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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
X LEGISLATURA
Serie B: PROPOSICIONES DE LEY
17 de septiembre de 2015
Núm. 237-2
PROPOSICIÓN DE LEY
122/000213 Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, para la ejecución de las resoluciones del Tribunal Constitucional como garantía del Estado de Derecho.
Toma en consideración.
Tramitación en lectura única.
Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración.
El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, acordó tomar en consideración la Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, para la ejecución de las resoluciones del
Tribunal Constitucional como garantía del Estado de Derecho, presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie B, núm. 237-1, de 4 de septiembre de 2015, así como su tramitación
directa y en lectura única, según el artículo 150 del Reglamento.
Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de septiembre de 2015.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.
1. Tomada en consideración la Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, para la ejecución de las resoluciones del Tribunal Constitucional como garantía del Estado de
Derecho, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie B, núm. 237-1, de 4 de septiembre de 2015, y acordada su tramitación directa y en lectura única, disponer, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 93 y 126.5 del
Reglamento, su tramitación por el procedimiento de urgencia y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, estableciendo, de acuerdo con el artículo 91 del Reglamento, un plazo de presentación de enmiendas a la señalada Proposición de Ley
Orgánica que finalizará el día 23 de septiembre de 2015.
2. Adaptar el plazo previsto en el artículo 69 del Reglamento en los términos que resulten necesarios para la celebración del debate correspondiente.
Se ordena la publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de septiembre de 2015.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.