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III. Autorizaciones
Enmienda para la supresión del artículo 124 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, adoptada en La Haya el 26 de noviembre de 2015. Texto remitido por el Congreso de los Diputados
610/000091 (Congreso de los Diputados, Serie C, Num.103, Núm.exp. 110/000089) (Cortes Generales, Serie A, Num.216)
Con fecha 27 Se ordena la remisión de esta Enmienda a la Comisión de Asuntos Exteriores. Se comunica, por analogía con lo dispuesto en el artículo 107.1 del Reglamento del Senado, que el plazo para la presentación Por acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, reunidas en sesión conjunta el 19 de diciembre Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del Senado. Palacio del Senado, 27 de febrero de 2019.—P.D., Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.
de febrero de 2019 ha tenido entrada en esta Cámara, a efectos de la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución, la Enmienda para la supresión del artículo 124 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, adoptada en La
Haya el 26 de noviembre de 2015.
de las propuestas a las que se refiere el artículo 144 del Reglamento del Senado terminará el próximo día 11 de marzo, lunes.
de 1996, el texto de la citada Enmienda aparece publicado en el BOCG, Cortes Generales, Serie A, número 216, de fecha 16 de julio de 2018, encontrándose la restante documentación a disposición de los señores Senadores en la Secretaría General de la
Cámara.