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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 175, de 28/03/2023
cve: DSCG-14-CM-175 PDF



DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES


COMISIONES MIXTAS


Año 2023 XIV LEGISLATURA Núm. 175

PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. SANTOS CERDÁN LEÓN

Sesión núm. 20

celebrada el martes,

28 de marzo de 2023

en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DÍA:


Debate y votación de las propuestas de resolución:


BLOQUE I:


- Informe anual de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicio 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000140 y número de expediente del Senado 771/000138) ... (Página3)


- Informe anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000141 y número de expediente del Senado 771/000139) ... (Página4)


- Informe anual de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000142 y número de expediente del Senado 771/000140) ... (Página4)


- Informe anual de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000143 y número de expediente del Senado 771/000141) ... (Página5)


- Informe anual de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ejercicio 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000144 y número de expediente del Senado 771/000142) ... (Página5)



Página 2





- Informe anual de la Ciudad Autónoma de Ceuta, ejercicio 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000145 y número de expediente del Senado 771/000143) ... (Página6)


- Informe anual de la Ciudad Autónoma de Melilla, ejercicio 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000146 y número de expediente del Senado 771/000144) ... (Página6)


BLOQUE II:


- Informe de fiscalización de Fond-ICO Global, FCR, ejercicios 2018 y 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000138 y número de expediente del Senado 771/000136) ... (Página6)


- Informe de fiscalización de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, FSP, ejercicios 2018 y 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000155 y número de expediente del Senado 771/000153) ... href='#(Página7)'>(Página7)


- Informe de fiscalización de la Agencia Estatal de Investigación, ejercicio 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000161 y número de expediente del Senado 771/000162) ... (Página7)


BLOQUE III:


- Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en el informe de fiscalización sobre la gestión y control de las prestaciones abonadas por el Fondo de Garantía Salarial, ejercicio 2013. (Número de expediente del
Congreso de los Diputados 251/000147 y número de expediente del Senado 771/000149) ... (Página8)


- Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones realizadas por el Tribunal de Cuentas en el 'Informe de fiscalización sobre las medidas de gestión y control adoptadas por las Comunidades Autónomas para la adecuada aplicación
de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia'.(Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000165 y número de expediente del Senado 771/000161) ... href='#(Página8)'>(Página8)


Comparecencia de la señora presidenta del Tribunal de Cuentas (Chicano Jávega):


BLOQUE-I:


- Informe de fiscalización de los contratos de servicios de seguridad privada y de servicios de limpieza formalizados por autoridades administrativas independientes, otras entidades públicas estatales y fundaciones estatales, ejercicios 2018
y 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000106 y número de expediente del Senado 771/000106) ... (Página9)


- Informe de fiscalización de la contratación de los servicios de limpieza y los de seguridad y vigilancia realizada por las comunidades autónomas y ciudades autónomas sin órgano de control externo propio, ejercicio 2019. (Número de
expediente del Congreso de los Diputados 251/000112 y número de expediente del Senado 771/000112) ... (Página9)


- Informe de fiscalización de la contratación de los servicios de seguridad privada y de limpieza realizada por los ministerios del área político-administrativa del Estado y sus organismos dependientes, ejercicios 2018 y 2019. (Número de
expediente del Congreso de los Diputados 251/000113 y número de expediente del Senado 771/000113) ... (Página9)


- Informe de fiscalización de contratos de servicios de seguridad privada y de limpieza en el ámbito empresarial estatal no financiero, ejercicios 2018 y 2019. (Número de



Página 3





expediente del Congreso de los Diputados 251/000120 y número de expediente del Senado 771/000120) ... (Página9)


- Informe de fiscalización de las contrataciones de los servicios de seguridad privada llevadas a cabo por los ministerios del área de administración económica del Estado y sus organismos dependientes durante los ejercicios 2016 a 2019.
(Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000125 y número de expediente del Senado 771/000122) ... (Página9)


- Informe anual de la actividad fiscalizadora del Tribunal de Cuentas sobre la contratación del sector público. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000174 y número de expediente del Senado 771/000172) ... href='#(Página9)'>(Página9)


BLOQUE-II:


- Informe de fiscalización de los contratos tramitados como de emergencia y de urgencia por las Confederaciones Hidrográficas del Guadalquivir, del Segura y del Júcar, así como de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla durante los
ejercicios 2008 a 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000078 y número de expediente del Senado 771/000080) ... (Página17)


- Informe de fiscalización de los contratos patrimoniales celebrados por los ministerios del área de administración económica del Estado y sus organismos y entidades dependientes durante los ejercicios 2018 y 2019. (Número de expediente del
Congreso de los Diputados 251/000175 y número de expediente del Senado 771/000173) ... (Página17)


BLOQUE-III:


- Informe de fiscalización de los estados contables de los partidos políticos y de las aportaciones percibidas por las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de ellos y de los gastos de programas y actividades de estas
financiados con cargo a subvenciones públicas, ejercicio 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000149 y número de expediente del Senado 771/000148) ... (Página25)


- Informe de fiscalización de las aportaciones percibidas por las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de los partidos políticos y de los gastos de programas y actividades de estas financiados con cargo a subvenciones
públicas, ejercicios 2018 y 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000173 y número de expediente del Senado 771/000171) ... (Página25)


Se abre la sesión a las diez y cinco minutos de la mañana.


DEBATE Y VOTACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN:


BLOQUE I:


- INFORME ANUAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA, EJERCICIO 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000140 y número de expediente del Senado 771/000138).


El señor PRESIDENTE: Buenos días. Vamos a dar comienzo a la sesión.


En primer lugar, vamos a pasar a votar los informes de fiscalización que figuran en el orden del día. Lo haremos a mano alzada. Empezamos con el bloque I. Votación correspondiente al informe anual de la Comunidad Autónoma de Cantabria,
ejercicio 2019.


Propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario VOX. Votamos la número 1.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 29.



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El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


A continuación, votamos de la número 2 a la 7.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos a votar las resoluciones del Grupo Parlamentario Popular, de la número 8 a la 17.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos las resoluciones del Grupo Parlamentario Socialista, de la número 18 a la 26.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; en contra, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


- INFORME ANUAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA, EJERCICIO 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000141 y número de expediente del Senado 771/000139).


El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente al informe anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2019.


Propuestas presentadas por el Grupo Parlamentario VOX. Votamos la número 1.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 29.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos de la número 2 a la 6.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las del Grupo Parlamentario Popular, números 7 a 13.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Pasamos a las del Grupo Parlamentario Socialista, números 14 a 20.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; en contra, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


- INFORME ANUAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, EJERCICIO 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000142 y número de expediente del Senado 771/000140).


El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente al informe anual de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 2019.


Resoluciones presentadas por el Grupo Parlamentario VOX. Votamos la número 1.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 29.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos de la número 2 a la 14.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las resoluciones presentadas por el Grupo Parlamentario Popular, de la número 15 a la 27.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; abstenciones, 3.



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El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Resoluciones presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista, de la 28 a la 37.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; en contra, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


- INFORME ANUAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA, EJERCICIO 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000143 y número de expediente del Senado 771/000141).


El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente al informe anual de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2019.


Propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario VOX. Votamos la número 1.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 29.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos de la número 2 a la 9.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las del Grupo Parlamentario Popular, de la número 10 a la 21.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos las del Grupo Parlamentario Socialista, de la número 22 a la 29.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; en contra, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


- INFORME ANUAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA, EJERCICIO 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000144 y número de expediente del Senado 771/000142).


El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente al informe anual de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ejercicio 2019.


Resoluciones presentadas por el Grupo Parlamentario VOX. Votamos la número 1.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 29.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos de la número 2 a la 6.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resoluciones presentadas por el Grupo Parlamentario Popular, de la número 7 a la 14.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, votamos de la 15 a la 22.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; en contra, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.



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- INFORME ANUAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA, EJERCICIO 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000145 y número de expediente del Senado 771/000143).


El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente al informe anual de la Ciudad Autónoma de Ceuta, ejercicio 2019.


Propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario VOX. Votamos la número 1.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 29.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos de la número 2 a la 8.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las del Grupo Parlamentario Popular, de la número 9 a la 20.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Grupo Parlamentario Socialista, de la número 21 a la 32.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; en contra, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


- INFORME ANUAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, EJERCICIO 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000146 y número de expediente del Senado 771/000144).


El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente al informe de fiscalización de la Ciudad Autónoma de Melilla, ejercicio 2019.


Grupo Parlamentario VOX, votamos la número 1.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 29.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos de la número 2 a la 7.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las del Grupo Parlamentario Popular, de la 8 a la 14.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos las del Grupo Parlamentario Socialista, de la 15 a la 20.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; en contra, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


BLOQUE II:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE FOND-ICO GLOBAL, FCR, EJERCICIOS 2018 Y 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000138 y número de expediente del Senado 771/000136).


El señor PRESIDENTE: Pasamos al Bloque II, votación correspondiente al informe de fiscalización del FondICO Global, FCR, ejercicios 2018 y 2019.



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Propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario VOX, de la número 1 a la 7.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos, por el Grupo Parlamentario Popular, la número 8.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la número 9 y la 10.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 12; en contra, 17; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos a las resoluciones del Grupo Parlamentario Socialista. Votamos la número 11 y la 12.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 3; abstenciones, 12.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos la número 13 y la 14.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 15.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA FUNDACIÓN ESTATAL PARA LA FORMACIÓN EN EL EMPLEO, FSP, EJERCICIOS 2018 Y 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000155 y número de expediente del Senado 771/000153).


El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente al informe de fiscalización de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, FSP, ejercicios 2018 y 2019.


Votamos las resoluciones presentadas por el Grupo Parlamentario VOX, número 1 y la 2.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 17; abstenciones, 12.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Grupo Parlamentario Popular, votamos de la número 3 a la 6.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 12; en contra, 17; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las del Grupo Parlamentario Socialista, números 7, 9, 10 y 14.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 3; abstenciones, 12.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos las propuestas números 8, 11, 12 y 13.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 15.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACIÓN, EJERCICIO 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000161 y número de expediente del Senado 771/000162).


El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente al informe de fiscalización de la Agencia Estatal de Investigación, ejercicio 2019.


Resoluciones presentadas por el Grupo Parlamentario VOX. Votamos la número 4 y la 5.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 17; abstenciones, 12.



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El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las números 1, 2, 3, 6, 7 y 8.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las del Grupo Parlamentario Popular, de la número 9 a la 13.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 12; en contra, 17; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las del Grupo Parlamentario Socialista, de la número 14 a la 19.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; en contra, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


BLOQUE III:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES INCLUIDAS EN EL INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA GESTIÓN Y CONTROL DE LAS PRESTACIONES ABONADAS POR EL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, EJERCICIO 2013. (Número de expediente del
Congreso de los Diputados 251/000147 y número de expediente del Senado 771/000149).


El señor PRESIDENTE: Bloque III. Votación correspondiente al informe de fiscalización del seguimiento de las recomendaciones incluidas en el informe de fiscalización sobre la gestión y control de las prestaciones abonadas por el Fondo de
Garantía Salarial, ejercicio 2013.


Propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario VOX, de la número 1 a la 4.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las del Grupo Parlamentario Popular, de la 5 a la 8.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 12; en contra, 17; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las del Grupo Parlamentario Socialista. En primer lugar, la número 10.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 3; abstenciones, 12.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos a continuación las números 9, 11, 12 y 13.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; en contra, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES REALIZADAS POR EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN EL 'INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LAS MEDIDAS DE GESTIÓN Y CONTROL ADOPTADAS POR LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA LA ADECUADA APLICACIÓN
DE LA LEY 39/2006, DE 14 DE DICIEMBRE, DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA'.(Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000165 y número de expediente del Senado 771/000161).


El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente al informe de fiscalización del seguimiento de las recomendaciones realizadas por el Tribunal de Cuentas en el 'informe de fiscalización sobre las medidas de gestión y control adoptadas por las
comunidades autónomas para la adecuada aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia'.



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Propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario VOX. Votamos las números 1, 2 y 3.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 29.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las números 7 y 8.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 17; abstenciones, 12.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las números 4, 5, 6 y 9.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos, para terminar, las enmiendas del Grupo Parlamentario Popular, de la número 10 a la 16.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 12; en contra, 17; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Finalizadas las votaciones, suspendemos unos minutos la sesión, hasta que se incorpore la señora presidenta. (Pausa).


COMPARECENCIA DE LA SEÑORA PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (CHICANO JÁVEGA):


BLOQUE-I:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA Y DE SERVICIOS DE LIMPIEZA FORMALIZADOS POR AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS INDEPENDIENTES, OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS ESTATALES Y FUNDACIONES ESTATALES, EJERCICIOS 2018
Y 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000106 y número de expediente del Senado 771/000106).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA Y LOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA REALIZADA POR LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y CIUDADES AUTÓNOMAS SIN ÓRGANO DE CONTROL EXTERNO PROPIO, EJERCICIO 2019. (Número de
expediente del Congreso de los Diputados 251/000112 y número de expediente del Senado 771/000112).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA Y DE LIMPIEZA REALIZADA POR LOS MINISTERIOS DEL ÁREA POLÍTICO-ADMINISTRATIVA DEL ESTADO Y SUS ORGANISMOS DEPENDIENTES, EJERCICIOS 2018 Y 2019. (Número de
expediente del Congreso de los Diputados 251/000113 y número de expediente del Senado 771/000113).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE CONTRATOS DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA Y DE LIMPIEZA EN EL ÁMBITO EMPRESARIAL ESTATAL NO FINANCIERO, EJERCICIOS 2018 Y 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000120 y número de
expediente del Senado 771/000120).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS CONTRATACIONES DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA LLEVADAS A CABO POR LOS MINISTERIOS DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO Y SUS ORGANISMOS DEPENDIENTES DURANTE LOS EJERCICIOS 2016 A 2019.
(Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000125 y número de expediente del Senado 771/000122).


- INFORME ANUAL DE LA ACTIVIDAD FISCALIZADORA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS SOBRE LA CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000174 y número de expediente del Senado 771/000172).



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El señor PRESIDENTE: Se reanuda la sesión.


Comenzamos dando la bienvenida a la señora presidenta y agradeciéndole, tanto a ella y como a sus colaboradores, que comparezca para informar sobre los siguientes extremos que figuran en el punto 2.º del orden del día y que están repartidos
en tres bloques. Comenzamos con el debate correspondiente al bloque I: Informes de fiscalización de los contratos de servicios de seguridad privada y de servicios de limpieza formalizados por autoridades administrativas independientes, otras
entidades públicas estatales y fundaciones estatales, ejercicios 2018 y 2019. Informe de fiscalización de la contratación de los servicios de limpieza y los de seguridad y vigilancia realizada por las comunidades autónomas y ciudades autónomas sin
órgano de control externo propio, ejercicio 2019. Informe de fiscalización de la contratación de los servicios de seguridad privada y de limpieza realizada en los ministerios del área políticoadministrativa del Estado y sus organismos dependientes,
ejercicios 2018 a 2019. Informe de fiscalización de contratos de servicios de seguridad privada y de limpieza en el ámbito empresarial estatal no financiero, ejercicios 2018 y 2019. Informe de fiscalización de las contrataciones de los servicios
de seguridad privada llevados a cabo por los ministerios del área de administración económica del Estado y sus organismos dependientes durante los ejercicios 2016 a 2019. E Informe anual de la actividad fiscalizadora del Tribunal de Cuentas sobre
la contratación del sector público.


Tiene la palabra la señora presidenta del Tribunal de Cuentas.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Chicano Jávega): Gracias, presidente. Buenos días. (Apoya su intervención en una presentación digital).


Si ustedes me lo permiten, con el afán de hacerles la mañana llevadera, en vez de presentar cada uno de los informes, voy a intentar hacer un informe conjunto, que se hace a petición de las Cámaras. Además, lo que se llama informe anual del
Tribunal de Cuentas, tengo que decirles -como ya hemos tenido ocasión de comentar, e incluso les dije mi parecer al respecto- que no se viene haciendo el informe anual convencional que se hacía del Tribunal de Cuentas, aunque se retomará seguramente
a partir del ejercicio que viene. Entonces, lo que se hizo fue considerar como informe anual la parte de contratación de los informes de aquel año más todos los informes de seguridad y de limpieza que se habían pedido; sobre todo, los de seguridad
y los de limpieza se añadieron por el importe, por el volumen y por la extensión, puesto que todos los organismos de la Administración pública tienen contratados servicios de limpieza. Eso es lo que constituiría el informe conjunto. Como es un
informe transversal en el que, como verán ustedes, ni siquiera se corresponden todos los años, sino que en algunos ámbitos subjetivos tiene un ámbito temporal y en otros tiene uno que es distinto, lo que se ha pretendido, con eso que llamamos
informe conjunto, es sacar las principales características de todos para dar una visión de conjunto y que sea más llevadero, puesto que poner cada uno de los informes con resultados prácticamente iguales realmente era pesado. Entonces, lo que voy
hacer es un informe de los cinco de seguridad y limpieza, que son los que se hicieron a instancias de las Cortes, y la parte de contratación de los otros informes que corresponden a ese ejercicio económico, tres ya los he presentado en esta Cámara,
y uno es el que viene después en el otro bloque, que es el de los Canales del Taibilla. Para mayor claridad expositiva, voy a exponer los resultados del conjunto que ha sido objeto de análisis transversal.


Este informe se elaboró a instancia de las Cortes Generales y se concibió como un instrumento para ofrecer una visión global de las distintas incidencias que afectan a la contratación del sector público, permitiendo analizar tendencias,
detectar áreas de riesgo y analizar el impacto de las medidas legislativas adoptadas. El origen se encuentra en las resoluciones dictadas por la Comisión mixta en el último trimestre de 2017, en las que se solicitaba al Tribunal de Cuentas la
elaboración de un informe anual y la fiscalización de los contratos de los servicios de seguridad privada. A ese tipo de contratación se añadió el análisis de los servicios de limpieza, dada su utilización generalizada y el elevado importe. El
ámbito subjetivo está referido a todas las entidades del sector público; el objetivo lo constituyen los principales resultados contenidos en los informes de fiscalización sobre la contratación, aprobados por el pleno del tribunal el 2020-2021 en
ejecución del programa de 2020, que son los que les he referido anteriormente; y el ámbito temporal está centrado fundamentalmente en los años 2018 y 2019.


Este informe conjunto consta de dos partes, una primera de carácter numérico y estadístico, y una segunda sobre el estudio de incidencias más importantes detectadas de manera reiterada en la fiscalización de la contratación del sector
público, ordenándolas según las distintas fases de contratación: preparación y selección del contratista, adjudicación, ejecución y modificaciones, en su caso. Esta información la presentamos distinguiendo entre limitaciones al alcance,
deficiencias no constitutivas de



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incumplimientos o de una aplicación incorrecta de la legislación de contratos, aplicación incorrecta o incumplimientos específicos de la legislación de contratos, problemas de gestión y planificación, recomendaciones, seguimiento de
recomendaciones y buenas prácticas. La exposición se realiza clasificando las incidencias en muy significativas, significativas y leves -es una manera interna de hacer la clasificación-, calificando, a ese respecto, como muy significativas las que
han supuesto un incumplimiento sustancial de las normas y constituyen un elevado riesgo de que los contratos no hayan sido adjudicados a los mejores licitadores; las significativas serían las que han supuesto un incumplimiento importante de las
normas, a pesar del cual el riesgo de que los contratos no se haya adjudicado a los mejores licitadores es bajo; y leves serían las incidencias relativas a errores intrascendentes o meramente formales que no tienen incidencia directa y negativa en
el nivel de competencia de adjudicación a las mejores ofertas, pero que han podido obtener algún reflejo en el control de la contratación.


El informe recoge 729 contratos fiscalizados, de los que 50 eran contratos basados en el acuerdo marco, por un importe total de adjudicación de 1650 millones de euros. De ellos, 568 fueron los contratos de servicios de seguridad y limpieza,
que es un 78 % de los contratos fiscalizados, por un importe de adjudicación de 1376 millones de euros. Se han analizado 256 contratos de seguridad y vigilancia privada, por un importe de 909 millones de euros, y 312 contratos de servicios de
limpieza, por un importe de 467 millones de euros. En lo referente al ámbito subjetivo, se fiscalizaron contratos que formalizaron 112 entidades del sector público.


Los principales resultados de las fiscalizaciones, centrándonos, como he dicho, en que las incidencias sean más o menos significativas, en los relativos a la preparación de los contratos y selección de los contratistas se han observado como
deficiencias muy significativas las referidas a las fórmulas fijadas para valorar el criterio precio, las cuales pueden distorsionar la importancia de este criterio respecto del conjunto de los mismos y afectar al principio de proporcionalidad y a
la integridad de las licitaciones; y también las relativas a la falta de concreción de la forma de valorar cada uno de los aspectos incluidos en los criterios de adjudicación evaluables mediante juicios de valor. Por otro lado, hay incidencias
significativas que están relacionadas con el establecimiento de los parámetros objetivos para la identificación de las ofertas anormalmente bajas con la omisión de la motivación de la necesidad de contratar, bien porque esta se formule de forma
excesivamente genérica o sean meras declaraciones sin más. También son significativas las de falta de motivación del valor estimado del contrato en la elección del procedimiento de licitación, de los criterios y requisitos mínimos de solvencia, de
la decisión de no división por lotes o de las condiciones especiales de ejecución o criterios de adjudicación. Asimismo, se aprecia ausencia de memoria económica que justifique el presupuesto de contrato en numerosas ocasiones; la utilización de
aspectos que sirven para acreditar la solvencia como criterios de adjudicación; la falta de formulación de forma clara, precisa e inequívoca de los términos en los que puede efectuarse una modificación del contrato; o la previsión en los pliegos
de prórrogas que exceden los límites legales.


En las apreciaciones respecto a las deficiencias que representan problemas de gestión y planificación, se incluye una incidencia muy significativa, consistente en una inadecuada y deficiente planificación de las necesidades contractuales, al
no haberse iniciado con la suficiente antelación los expedientes de contratación que permiten tener adjudicados los nuevos contratos antes del vencimiento de los anteriores, lo que da lugar a prolongación irregular de la ejecución de los contratos,
abonándose conforme a precios estipulados en contratos anteriores, a convalidaciones en el Consejo de Ministros por omisión de la función interventora en las prórrogas, y a adjudicación de contratos por el procedimiento negociado sin publicidad por
razones de extrema urgencia, sin que se trate de acontecimientos previsibles no imputables al órgano de contratación.


Respecto de la adjudicación y formalización de los contratos, se aprecian incidencias muy significativas, como la ausencia de separación en la valoración de los criterios evaluables de forma automática y de aquellos dependientes de un juicio
de valor; licitación por procedimiento negociado sin publicidad, sin respetar la exigencia legal del número mínimo de candidatos; aplicación incorrecta de criterios de adjudicación, sobre todo por una insuficiente motivación de la exclusión de
licitadores o de la puntuación otorgada a los criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor. Hay incidencias significativas relacionadas con la falta de acreditación en los expedientes de la solvencia y/o clasificación del
adjudicatario del contrato o de su situación de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias o de Seguridad Social; y la falta de justificación suficiente de los criterios para determinar la existencia de ofertas con valores
anormalmente bajos. También hay incidencias significativas, como las deficiencias en los anuncios de licitación, mejoras valoradas para la adjudicación que no se han incluido



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en los documentos de formalización de contratos, o falta de acreditación en los procedimientos negociados de que se haya producido una auténtica negociación de los aspectos económicos o técnicos.


Por lo que se refiere a la fase de ejecución de los contratos, se consideran incidencias muy significativas la realización de modificaciones no previstas en los pliegos sin que concurrieran los supuestos establecidos en la normativa. Como
significativas destacan las que están referidas a la falta de utilización de las horas de la bolsa gratuita ofertada por las empresas adjudicatarias o la inexistencia de información sobre la utilización de esa bolsa y la falta de inclusión en los
expedientes de diversa documentación acreditativa de la adecuada realización de la prestación. También son incidencias significativas en esta fase la falta de acreditación del cumplimiento de las condiciones especiales de ejecución impuestas al
adjudicatario o la falta de aportación de diversa documentación sobre la recepción de las prestaciones objeto del contrato. Respecto a los problemas de gestión y planificación de la contratación, se han detectado deficiencias muy significativas
provocadas por la existencia de prórrogas irregulares en los contratos, dando lugar a situaciones de continuación de la prestación y pago de servicios sin la cobertura de un contrato en vigor. En cuanto al cumplimiento de la obligación legal de
rendición, generalmente no se han producido limitaciones al alcance que hayan impedido cumplir objetivos previstos, aunque hay algunas limitaciones al principio de transparencia, que pueden ser incumplimientos leves, y algunas incidencias
significativas por la falta de publicación de algunos expedientes en el perfil del contratante.


Respecto del seguimiento de las recomendaciones formuladas previamente por el tribunal, se ha constatado un cierto avance, aunque una gran parte de ellas siguen plenamente vigentes, como ocurre con las referidas a la necesidad de una mayor
precisión en la redacción de los pliegos en relación con la solvencia exigida a los licitadores y de las memorias justificativas en la necesidad y, en general, un mayor rigor en las fases de planificación previas a la contratación y la necesidad de
una mayor precisión en los informes técnicos de valoración de las ofertas. En este informe conjunto también se recogen algunas buenas prácticas detectadas, como la inclusión en algunos pliegos de, al menos, una condición especial de ejecución de
tipo social o de carácter medioambiental, previendo, salvo excepciones puntuales, la imposición de penalidades en caso de incumplimiento de dichas condiciones especiales, en las que en algunos casos se les atribuye el carácter de obligaciones
contractuales esenciales. También como buena práctica se ha detectado la imposición de penalidades económicas por incumplimientos parciales de la prestación objeto de los contratos y, salvo incidencias puntuales, el cumplimiento en el plazo de los
pagos realizados y la publicación en el perfil del contratante de los datos relativos a la actividad contractual de las entidades y organismos fiscalizados.


A la vista de estos resultados expuestos, el informe concluye que la contratación analizada adolece sobre todo de deficiencias en la fase de preparación del contrato y de selección del contratista. Supone un elevado riesgo de que no se
hubieran adjudicado a los mejores licitadores. No obstante, se destaca como positiva la existencia de buenas prácticas relacionadas con las condiciones especiales de ejecución, la imposición de penalidades en supuestos de incumplimiento parcial, la
falta de retraso en los pagos y el cumplimiento del deber de rendición al Tribunal de Cuentas.


Finalmente, se puede destacar que hacen recomendaciones relativas a la necesidad de planificar las actuaciones preparatorias de forma metódica y organizada, de forma que se permita concluir la tramitación y la adjudicación con la debida
antelación; determinar con mayor nivel de precisión la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrir los contratos; elaborar una memoria, estimación o estudio económico que sea justificativo del presupuesto del contrato;
determinar con claridad los criterios de adjudicación y el establecimiento de garantías para su cumplimiento en relación con los aspectos sociales o laborales vinculados a los denominados contratos intensivos de mano de obra. En los casos en los
que los pliegos contemplan la modificación del contrato, establecer de una manera clara, precisa e inequívoca las cláusulas reguladoras de las eventuales modificaciones de los contratos; incluir de manera clara en los pliegos las competencias y
obligaciones del responsable del contrato; promover las divisiones por lotes y, en caso contrario, determinar de manera precisa las causas en las que se ampara la no división por lotes del objeto del contrato; proceder a la aplicación efectiva de
las previsiones para promover la igualdad a través de la contratación. También, las entidades deben mejorar sus procedimientos internos para garantizar un seguimiento y control de las obligaciones de los adjudicatarios en el ámbito sociolaboral y
llevar a cabo un seguimiento riguroso de la ejecución de los contratos, imponiendo siempre las penalidades que procedan.



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Yo, con esto, doy por concluida la presentación, teniendo en cuenta que son ustedes conocedores del contenido de todos los informes. Si, de alguna manera, puedo responder a temas que hayan quedado pendientes, estoy a su disposición.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora presidenta.


A continuación, para fijar posición y formular las preguntas que estimen convenientes, tiene la palabra por tiempo de cinco minutos, por el Grupo Parlamentario VOX, el señor Aizcorbe.


El señor AIZCORBE TORRA: Muchas gracias, señor presidente.


Bienvenida, señora presidenta. Nos toca, fíjese las casualidades, la contratación del sector público en mitad del huracán del caso Gámez o del caso Juan Bernardo Fuentes Curbelo. (Rumores). Sí, presidenta, se lo explico: el caso Gámez es
el del Tito Berni, el del señor Bernardo Fuentes, que se llama caso Guardia Civil o contrataciones de la Guardia Civil. Bueno, a eso me refería. (La señora presidenta del Tribunal de Cuentas, Chicano Jávega: Ya sé a lo que se refiere). Era,
digamos, una alegoría que me invita a hablar sobre el poder político del Estado, que, en este momento, lo invade todo con su intervención. A raíz de los informes de fiscalización, se produce una desigualdad y le comentaré por qué, porque nosotros
hemos proclamado, hemos advertido y hemos avisado en estas Cámaras legislativas, y fuera de ellas, que el Estado de las autonomías no nos ayuda al fortalecimiento de las instituciones y del cuerpo de la unidad nacional, que debería ser un factor
importante. Entre ellos, porque se produce una cosa inédita mediante dicho Estado de las autonomías en derecho comparado, pues ni es el Estado federal, que no deja de ser la utilización de técnicas de gobierno en torno a una misma nación, ni
tampoco es el Estado unitario donde se reconozca la interdependencia, la personalidad jurídica y cultural de las propias regiones españolas. Entonces, sucede que aquí, en sede parlamentaria de la nación española, se hacen unos informes de
fiscalización -que el Tribunal de Cuentas no tiene culpa en ello- única y exclusivamente sobre aquellas autonomías sin órgano de control externo propio. Estas son: Castilla-La Mancha, Extremadura, Región de Murcia, La Rioja, Ceuta y Melilla. Con
lo cual, no tenemos una visión completa de lo que sucede. En estos momentos de turbulencia, como digo, de invasión del poder político en toda intervención, de la convivencia, de la intervención de los ayuntamientos, de las comunidades, se ha
rehusado a una descentralización en un cuerpo de Estado que sea eficaz, ágil y barato -eficaz, ágil y barato-, hacer de forma clara la Administración del Estado de la sociedad, porque ves en Castilla y León que hay una centralización en Valladolid,
porque ves en Cataluña que hay una centralización en Barcelona, porque ves en Andalucía que hay una centralización en Sevilla, no se ha conseguido eso y, en vez de ese Estado eficaz, ágil y barato, que venía ya regulado por el viejo principio de la
soberanía nacional de los cuerpos intermedios, estamos invadiendo todo. ¿Y por qué viene esto? Porque obviamente no tenemos una visión completa de cuál es el orden de contratación del sector público en toda España y, sobre todo, en las comunidades
autónomas, si el Tribunal de Cuentas no puede fiscalizar a dichas comunidades autónomas en todo. Y a la vista del caso Gámez, que nos tiene entretenidos, es evidente -usted lo ha manifestado- que hay problemas en la contratación del sector público
y, sobre todo, en aquellos temas que también han indicado como muy significativos o significativos, que es en muchas ocasiones la aplicación inadecuada del procedimiento de adjudicación y, sobre todo, la selección del contratista. Y ahí es donde
debemos poner incidencia y el foco, en la selección del contratista.


Basándonos en esto, y ya que el tiempo apremia, corríjame si me equivoco, pero me ha parecido no ver, excepto en unas alegaciones de la Agencia Tributaria en uno de los informes, ninguna mención al artículo 118 de la Ley de Contratos del
Sector Público, del texto refundido. Ya sabe que en el texto refundido, mediante Real Decreto 3/2020, en la disposición adicional primera -si no me equivoco- se produjo la modificación del artículo 118, sobre los contratos menores. Me ha
sorprendido no ver en los informes mención al 118, menos en unas alegaciones de la Agencia Tributaria a uno de los informes. Recordemos que se aprobó por real decreto ley, por urgencia, que dicha norma se introdujo mediante unas trasposiciones que
venían de Europa con retraso. Por ello, me gustaría saber qué efectos ha tenido o puede tener con relación a estos informes de fiscalización la modificación de dicho artículo 118.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Paniagua.



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El señor PANIAGUA NÚÑEZ: Gracias, presidente.


Buenos días, señora presidenta. Buenos días, señorías. Quiero dar la enhorabuena al tribunal y a todo el equipo por los informes que hoy estamos analizando.


Se analizan, en primer lugar, los contratos de seguridad privada y servicios de limpieza de las comunidades autónomas y ciudades autónomas sin OCEX propio. El informe mantiene las recomendaciones a pesar de algunas mejoras. Hace diez
recomendaciones, un seguimiento de diez recomendaciones: en el caso de la primera, el envío de información al Tribunal de Cuentas se considera no cumplida; la segunda, mejorar las fases de planificación previas a la contratación, también se
considera no cumplida; la tercera no resulta aplicable en este caso, en estos informes; en el caso de la cuarta, en cumplimiento de los principios de transparencia y objetividad en los pliegos de cláusulas administrativas y particulares, la
recomendación se considera cumplida parcialmente; la quinta, en cuanto a los criterios de adjudicación susceptibles de ser valorados mediante la aplicación de fórmulas y los criterios de valoración de ofertas, también parcialmente cumplida; la
sexta, el empleo de fases de valoración, también parcialmente cumplida; la séptima, en los contratos seguidos mediante procedimiento negociado, cabe considerar cumplida la recomendación; la octava se considera no cumplida, en cuanto a la
supervisión y control durante la ejecución del contrato; la novena recomendación, en caso de empate de la valoración de las ofertas, debe considerarse no cumplida; y la décima, en cuanto a la transparencia del organismo de los contratos, debe
considerarse cumplida sustancialmente. Es decir, cuatro cumplidas, tres cumplidas parcialmente y una cumplida, una cumplida sustancialmente y otra que no se puede valorar. Yo creo que no es un buen resultado el seguimiento de estos contratos en
las comunidades autónomas y ciudades autónomas.


En segundo lugar, en cuanto a la Administración General del Estado, hay recomendaciones múltiples en todos los centros que van desde la fase de preparación, desde la fase de adjudicación y desde la fase de ejecución. No se detallan
claramente las necesidades a cubrir, los detalles, la idoneidad, la proporcionalidad y el contenido del contrato para satisfacerlas. No se facilita el acceso a las pequeñas y medianas empresas, que son la inmensa mayoría de las empresas españolas.
Y yo me pregunto: ¿entonces a quiénes se adjudican los contratos, a un pequeño grupo de grandes empresas? También hay dudas sobre el valor de los contratos y los costes laborales, criterios de adjudicación genéricos; dudas sobre las fórmulas de
valoración y los criterios elegidos para la selección de los contratos, e incluso demasiada discrecionalidad en algunos casos. No se lleva a cabo un seguimiento riguroso de la ejecución de los contratos y de la tramitación de las incidencias
sobrevenidas, ausencia de medidas de control incluso sobre quién debe controlar y cómo. En nuestra opinión, tampoco es un buen resultado.


En cuanto al informe anual de la actividad fiscalizadora del tribunal sobre la contratación del sector público, en el caso de la fase de preparación de los contratos y selección del contratista, hay bastantes deficiencias significativas y
muy significativas, y, aunque en el seguimiento de las recomendaciones del tribunal y la Comisión mixta se ha constatado un cierto avance en el grado de cumplimiento de estas, siguen plenamente vigentes la mayoría. En el caso de la fase de
adjudicación y formalización de los contratos, se repiten los resultados anteriores, bastantes deficiencias significativas y muy significativas, y, aunque en el seguimiento de las recomendaciones del tribunal y la Comisión mixta se ha constatado un
cierto avance en el grado de cumplimiento de estas, siguen plenamente vigentes la mayoría.


Por lo que se refiere a la fase de ejecución de los contratos, demasiadas deficiencias, en especial las que tienen que ver con las prórrogas y modificaciones de los contratos. Estamos de acuerdo con las recomendaciones del tribunal para que
las entidades mejoren sus procedimientos internos para garantizar un seguimiento y control de las obligaciones de los adjudicatarios en el ámbito sociolaboral y que lleven a cabo un seguimiento riguroso de la ejecución de los contratos, imponiendo
en su caso las penalidades que procedan. Al menos, en este caso ha habido transparencia con carácter general y, salvo incumplimientos puntuales, se remitió la información incluso cuando durante el procedimiento se le requirió a ello.


Realmente, presidenta, desazonadores los informes. Creemos que hay que dar una vuelta significativa a las administraciones públicas, no solo por los datos de contratación, como acabamos de ver, sino que lo estamos comprobando también con
los retrasos en la atención a los ciudadanos y con los retrasos en la gestión de expedientes, fallos en las plataformas, etcétera. Necesitamos una Administración al servicio de los ciudadanos, que permita además a todos acceder, que no haya
exclusiones, con una gestión rápida, eficaz y eficiente, evitando cualquier gasto superfluo. Esta legislatura no ha sido la adecuada para acometer estos objetivos por varias razones. En principio, no hemos visto ningún interés en el Gobierno



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en hacerlo, más allá de incrementar el número de funcionarios, pero tampoco las circunstancias excepcionales -hay que reconocerlo- han ayudado. Esperamos que la próxima lo sea. Yo creo que esta reforma de la Administración es cada vez más
necesaria y más urgente acometerla.


Para acabar, quería hacerle una pregunta; quería preguntarle cuáles de todos estos errores o de estas malas prácticas en la contratación pública considera el Tribunal de Cuentas que son las que más pueden beneficiar la aparición de casos de
corrupción para intentar luchar contra ellas de forma especial.


Muchísimas gracias, presidenta. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Duque.


El señor DUQUE MORÁN: Buenos días, señor presidente.


Señora presidenta, lo primero, muchas gracias por la exposición tan exhaustiva, así como por el trabajo realizado por su institución, desde luego, muy necesario.


En esta parte estamos tratando sobre la fiscalización concreta de los ejercicios 2018 y 2019, y, aun así, nos indican que la tendencia de las recomendaciones efectuadas por parte del Tribunal de Cuentas es positiva. Quiero remarcar esto,
estamos en el horizonte 2018-2019. La evaluación es respecto a las autoridades administrativas, como bien han indicado, entidades, fundaciones, comunidades autónomas, ministerios y organismos dependientes, y centrándose -a mi modo de ver, de manera
muy interesante- en los contratos públicos referidos a los servicios de seguridad privada y servicios de limpieza. La verdad, si alguien ha estado trabajando directamente en ejecución de contratos y ve este tipo de informe, comprobará que
efectivamente tiene mucho valor, aunque la casuística que lleva o que se ha dado al final es bastante lógica por el perfil de contratos analizados y fiscalizados.


Déjeme que me centre en algunas incidencias concretas y reseñables que yo he estimado. Primero, en lo que afecta a los trabajadores sujetos a subrogación, me parece especialmente interesante respecto a las condiciones de costes laborales y
cumplimientos de la normativa laboral. Hay deficiencias en cuanto al fomento de la igualdad de género, sobre todo, como bien dicen en su informe, dado el juego que da la posibilidad de los artículos 33 y 34 de la Ley Orgánica 3/2007, que permiten
incluir cláusulas en la licitación dirigidas a dar preferencia en la adjudicación con parámetros de igualdad.


También hay incidencias detectadas en criterios sociales, al tener en cuenta el tipo de discapacidad, medioambientales o de transparencia. Por cierto, es curiosa la mención sobre la transparencia respecto a la Ciudad Autónoma de Ceuta.


Hay deficiencias en el clausulado o en los criterios de sostenibilidad ambiental, en línea con lo que está trabajando este Gobierno, referentes a la transición ecológica. Efectivamente, hay criterios que se aplican respecto a la división en
lotes que limitan la participación de licitadores, en perjuicio de las pequeñas y medianas empresas, y que afectan al principio de concurrencia e igualdad de trato. En relación con esto, hemos estado muy atentos a las acertadas y pertinentes
recomendaciones que el Tribunal de Cuentas ha puesto en los informes y en la presentación para reducir esta casuística detectada por los años indicados de fiscalización y que hace pertinente las políticas que está impulsando este Gobierno
progresista, con especial mención a mi partido, al Partido Socialista. Pues bien, como todas sus señorías saben, este Gobierno está impulsando políticas de interés general y social, tal y como es la ley orgánica de representación paritaria de
mujeres y hombres en órganos de decisión. El Partido Socialista busca que predomine la igualdad con esta ley no solamente en las listas electorales, sino también en todo el sector público, en sociedades cotizadas, en grandes empresas y en colegios
profesionales, esperando que esto se explicite en la contratación pública. Por lo tanto, la futura ley paritaria establece el objetivo del 40 % en la participación femenina en los órganos de dirección públicos y privados, que en la actualidad está
en torno al 20 %. El ejemplo lo tenemos en la contratación en servicios de limpieza, en los que la plantilla es absolutamente femenina, pero, sin embargo, en los cuadros de dirección y de alta dirección su presencia prácticamente no existe.
También estamos impulsando, y pretendemos impulsar, para que se expliciten en la contratación pública, medidas contra el cambio climático a través de políticas de transición ecológica para fomentar la sostenibilidad que tanto pone sobre la mesa
nuestro partido, el Partido Socialista.


Señora presidenta, quiero agradecer al Tribunal de Cuentas tan importante información y su trabajo realizado y decir que seguiremos con la actuación política del Gobierno en materia de igualdad para conseguir la implementación de mejoras
para los derechos sociales de los trabajadores y de transparencia. Esperamos que, con la probable y futura repetición del Gobierno progresista refrendado en las próximas



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elecciones, se fortalezca y potencie esto en la contratación pública y que así lo fiscalice este apreciado Tribunal de Cuentas.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Duque.


Tiene la palabra la señora presidenta del Tribunal de Cuentas.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Chicano Jávega): Gracias, presidente.


Gracias a todas sus señorías. Realmente, como siempre que tratamos la contratación, nos encontramos con temas muy importantes, toda vez que, como ustedes conocen, el importe de la contratación pública es una parte sustancial del PIB y,
además, siempre ha constituido un área de riesgo especial en la contratación.


En cuanto a los temas que el señor Aizcorbe plantea relativos a las comunidades autónomas y a que la visión no puede ser completa, quiero decirle que el Tribunal de Cuentas tiene jurisdicción en las comunidades autónomas que no tienen órgano
de control propio -Castilla-La Mancha ya tiene órgano de control propio- y en todas, porque nosotros tenemos la jurisdicción con carácter general, lo único que pasa es que, por respeto a los estatutos de autonomía y a las autonomías que los han
creado, lo que hacemos es coordinar el trabajo en la medida en que establecemos, primero, mecanismos de coordinación que tenemos muy engrasados y, después, puntos de fiscalización que abordamos todos a un tiempo para, con unos criterios semejantes,
dar las respuestas que entendemos que se nos exigen.


Estoy de acuerdo con usted, y con esto contesto a una pregunta del señor Paniagua, en que el foco de todo el asunto está la selección del contratista. Creo que es el principal momento, y así lo hemos detectado, en el que se puede evitar
temas de corrupción. Tengo que decir que hemos mejorado bastante tanto en los sistemas de control como en la propia gestión de las administraciones públicas, pero, sin embargo, hay temas que nosotros pensamos que son recurrentes, y son las propias
normas las que nos hacen caer en el mismo sitio; cuando te das cuenta de que hay una deficiencia que se reproduce sistemáticamente, que se da en todos los ámbitos y que se da en todos los sitios y en todos los centros de contratación, posiblemente
haya una rigidez en la propia legislación. ¿Pero qué es lo que pasa? Que nos hemos encontrado con que la reacción ante la corrupción supone rigidez en la normativa, y eso sí que es muy difícil superarlo. Es decir, no hay un solo interventor que
esté dispuesto a saltarse ni medio paso en el procedimiento e incluso, aunque ya lo veremos en otro de los informes que presentaré ahora, se dan normas específicas para controlarse más no previstas en la ley ni en los reglamentos.


Este es un tema que tendremos que ir viendo ustedes por un lado y nosotros por otro, porque, efectivamente, el Legislativo ha reaccionado ante la corrupción introduciendo muchos controles y muchas rigideces en el sistema que dan lugar a
cosas que después hacen que el sistema no funcione fluidamente, sino con retrasos. Las modificaciones se producen porque la primera fase tarda mucho y tienes que ejecutar en un tiempo, y entonces hay que hacer una modificación porque no lo tenías
previsto, sin que esto justifique que no se pueda hacer bien, porque hay sitios en donde indudablemente se hace bien.


Por otra parte, en determinados ámbitos de las administraciones públicas también tienen unos sistemas de control interno más débiles que, por ejemplo, en la Administración General del Estado. Ya hemos hablado en alguna ocasión de los
interventores en los ayuntamientos, donde igual en uno de ellos pasan cuatro interventores en el periodo de dos años y eso también dificulta el control interno.


No obstante, no puedo dejar de estar de acuerdo con ustedes en que se producen muchas deficiencias, ya que el procedimiento debía ser más fluido y a la vez tendríamos que mantener los sistemas de control. ¿Cómo? Pues haciendo cada uno lo
que tiene que hacer, pero eso es como un brindis al sol. Ese sería el único sistema, porque no se puede legislar continuamente sobre el mismo tema e ir poniendo un control, otro control y otro porque dificultas la contratación. En una reunión que
tuve hace poco con empresarios -me parece que también la he comentado con ustedes- me decían que tienen demasiados controles, que tienen demasiadas rigideces en la contratación y que tienen demasiadas exigencias, aunque a la vez entienden que tienen
que tenerlas, porque se quejan de otros que entran sin haber cumplido alguna de las exigencias. O sea, es un tema que todos debemos seguir permanentemente.


Me comprometo -no sé cuándo, porque eso no lo sé, pero queremos aplicar las nuevas técnicas, incluso de inteligencia artificial- a hacer un análisis de contratación anual para que, a través de estas técnicas, tengamos una posibilidad de
análisis exhaustivo de todos los datos que tenemos, que son muchos. Además, seguramente que con unos sistemas que cruzaran el control interno y el control externo



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evitaríamos muchas cosas. En eso estamos. Son procesos caros y largos, pero tenemos aún algunos años por delante, así que igual hasta lo conseguimos.


Es verdad que es muy descorazonador encontrar las mismas deficiencias todo el tiempo, aunque bien es cierto que notamos que se autoexigen más, por ejemplo, a la hora de las formalidades y que algunas cosas se van mejorando.


Los retrasos en muchas de las fases no son lo más aconsejable para una contratación fluida y sin incidencias en el tiempo. Vuelvo a repetir que creemos -no es que yo lo crea, ustedes también lo creen porque lo han manifestado así, y el
tribunal como tribunal- que el foco donde debemos mirar es la adjudicación y la selección del contratista. Es verdad que en ese tipo de contratos que hemos estudiado se ha producido una cuestión que no habíamos visto en otro tipo de contratos, que
es la de las empresas, por ejemplo, de limpieza que se rigen por convenios y hacen contratos con subrogación de trabajadores, etcétera. Ha habido algunos problemas precisamente de ese tipo. Nunca encontramos ningún contrato que atendiera a las
cláusulas sociales potestativas que prevé la ley y ahora cada vez encontramos más empresas que introducen ese tipo de cláusulas, tanto de sostenibilidad como de igualdad y eso es lo que le puedo decir.


El panorama es mejorable -creo que estamos mejorando- y es imprescindible que abordemos unos informes anuales de la contratación. Tiene una dificultad, pero ya veremos cómo la salvamos. Normalmente, hacer el informe anual deja fuera la
ejecución casi siempre, pero lo haremos en dos fases y las mentes técnicas pensantes están viendo cómo podemos coger lo máximo posible.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora presidenta.


BLOQUE-II:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS TRAMITADOS COMO DE EMERGENCIA Y DE URGENCIA POR LAS CONFEDERACIONES HIDROGRÁFICAS DEL GUADALQUIVIR, DEL SEGURA Y DEL JÚCAR, ASÍ COMO DE LA MANCOMUNIDAD DE LOS CANALES DEL TAIBILLA DURANTE LOS
EJERCICIOS 2008 A 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000078 y número de expediente del Senado 771/000080).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS PATRIMONIALES CELEBRADOS POR LOS MINISTERIOS DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO Y SUS ORGANISMOS Y ENTIDADES DEPENDIENTES DURANTE LOS EJERCICIOS 2018 Y 2019. (Número de expediente del
Congreso de los Diputados 251/000175 y número de expediente del Senado 771/000173).


El señor PRESIDENTE: Pasamos al debate correspondiente al bloque II: Informe de fiscalización de los contratos tramitados como de emergencia y de urgencia por las confederaciones hidrográficas del Guadalquivir, del Segura y del Júcar, así
como de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla durante los ejercicios 2008 a 2017 e informe de fiscalización de los contratos patrimoniales celebrados por los ministerios del área de la Administración Económica del Estado y sus organismos y
entidades dependientes durante los ejercicios 2018 y 2019.


Tiene la palabra la señora presidenta del Tribunal de Cuentas.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Chicano Jávega): Gracias, presidente.


En cuanto al primer informe, el de los contratos tramitados como emergencia y urgencia, decía que la parte de contratación se había incluido en el informe resumen de la contratación a la que me he referido en el anterior punto. Este es un
informe que se aprobó en octubre de 2020, a iniciativa también de las Cortes. El ámbito subjetivo lo constituyen las confederaciones hidrográficas del Guadalquivir, del Segura y del Júcar y la Mancomunidad de Canales del Taibilla. Como saben, las
confederaciones hidrográficas son organismos autónomos adscritos al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y tienen como misión las tareas de planificación hidrológica, gestión de los recursos del dominio público hidráulico
en razón de la cuenca donde se encuentren, concesión de derechos de explotación de los recursos acuíferos, construcción y planeamiento de infraestructuras hidráulicas y gestión medioambiental de sus zonas, con especial atención a la preservación de
los recursos y a la calidad del agua. El ámbito objetivo lo constituyen los contratos adjudicados con rehabilitaciones de emergencia o de urgencia por los



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organismos que hemos fiscalizado y el ámbito temporal comprende los ejercicios 2008 a 2017, ambos incluidos, según el encargo de la propia Comisión mixta.


Se ha hecho una fiscalización de cumplimiento y operativa con el objeto de verificar si las contrataciones efectuadas con tramitaciones de urgencia o emergencia se han ajustado a los principios de legalidad, eficiencia y economía, y si era
imprescindible que las correspondientes actuaciones se realizasen mediante esos procedimientos en función de las circunstancias que concurrían en cada caso. Se ha examinado la ejecución de las prestaciones para comprobar si se realizaron con la
celeridad e inmediatez que requieren ese tipo de contratos y se ha verificado el cumplimiento de la normativa en materia de transparencia y de igualdad de género.


De los resultados en cuanto a los contratos con tramitación de emergencia, en el 96 % de los expedientes examinados no se ha acreditado -o no suficientemente- la efectiva concurrencia del supuesto de hecho requerido por la normativa como
condición previa para utilización de la contratación excepcional, que ya saben que son acontecimientos catastróficos, situaciones que supongan grave peligro o necesidades que afecten a la defensa nacional. Se ha verificado, como les decía antes, la
aplicación de una normativa administrativa interna con un complejo procedimiento escrito no previsto en las leyes ni en el reglamento reguladores de la contratación pública, que en este caso en concreto no puede ser compatible con la finalidad y con
los objetivos de la propia tramitación de emergencia.


En la ejecución del 87 % de los contratos examinados se han producido demoras o paralizaciones injustificadas que son particularmente incoherentes con la inmediatez de las actuaciones ejecutadas al amparo de la tramitación excepcional.
Ninguno de los organismos fiscalizados había aprobado durante el ámbito temporal de esta las normas reguladoras de la expedición de órdenes de pago a justificar, de acuerdo con lo que establece el Real Decreto 640/1987, sobre pagos librados 'a
justificar', aunque esos libramientos sí se han utilizado en 25 de los 54 contratos con tramitación de emergencia examinados. En los restantes contratos, los pagos no se realizaron mediante estos libramientos, incongruentemente con la tramitación
establecida para los expedientes de emergencia, sino mediante gastos autorizados en firme. Ninguna de las cuentas justificativas del empleo de los fondos librados a justificar de los contratos examinados fueron enviados de oficio al Tribunal de
Cuentas.


En relación con la tramitación de urgencia, la mayoría de los expedientes examinados fueron objeto de tramitación urgente porque las respectivas obras se financiaron con cargo al Fondo especial del Estado para la dinamización de la economía
y el empleo. Ya saben ustedes que este real decreto estableció que las obras financiadas con cargo a ese fondo debían de ser de ejecución inmediata y su contratación debía de tramitarse por el procedimiento de urgencia. Por consiguiente, la
justificación de la tramitación no se derivaba de la concurrencia de los supuestos, sino de la financiación con respecto a este fondo, pero ninguno de los expedientes examinados y tramitados con arreglo a ese real decreto contienen una preceptiva
declaración de urgencia debidamente motivada, teniendo en cuenta que este real decreto, que declara de urgencia todo lo tramitado a su amparo, no contiene ninguna norma que permita omitir la declaración.


Con carácter general, se observan deficiencias en las justificaciones de la necesidad de los contratos y de los procedimientos y los criterios de adjudicación. Se han observado deficiencias también en los pliegos de cláusulas
administrativas particulares en cuanto a la fijación de plazos de ejecución y de criterios de adjudicación de los contratos, algunos de ellos expresados en términos excesivamente genéricos o sin baremación necesaria. Se produjeron incumplimientos
de plazos legales o dilaciones excesivas o incongruentes con la urgencia invocada, destacando el transcurso de dilatados periodos temporales entre la redacción de proyectos y la apertura de los correspondientes procedimientos de adjudicación, así
como demoras y dilaciones injustificadas durante la ejecución.


A pesar de que la financiación con cargo al fondo de dinamización tenía como finalidad prioritaria favorecer aquellas inversiones que contribuyeran a dinamizar a corto plazo la actividad económica, incidiendo en la creación de empleo, en los
pliegos de cláusulas administrativas de los contratos examinados no se establecieron medidas para la consecución de dicha finalidad ni se realizaron comprobaciones sobre la repercusión efectiva que tuvo la ejecución de estos contratos en la
dinamización del empleo, excepto la Confederación Hidrográfica del Segura, que sí ha aportado documentos en los que figura el número de empleos generados.


En la ejecución de los contratos adjudicados con tramitación de urgencia se han producido demoras y dilaciones injustificadas, que, en estos casos, son incongruentes, con incumplimiento generalizado del plazo de quince días establecido por
la ley de contratos, habiéndose autorizado ampliaciones de los



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plazos que oscilaron entre un 13,8 y un 680 % de los plazos originarios. En el 50 % de los contratos examinados se han producido paralizaciones no justificadas o suspensiones de la obra que produjeron desviaciones de los plazos que
oscilaron entre el 32,7 y el 605 % de los plazos. En materia de igualdad, se concluye que, excepto en un contrato, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares de los contratos examinados con tramitación de urgencia no se establecieron
medidas para la promoción de igualdad de las previstas con carácter potestativo en los artículos 33 y 34. También debe destacarse que estas medidas no son aplicables en las tramitaciones de emergencia por la inexistencia, en los respectivos
expedientes, de cláusulas administrativas particulares.


En cuanto a la normativa de transparencia, fueron objeto de publicación en la plataforma de contratación del Estado, además de los contratos examinados con tramitación de urgencia, los contratos con tramitación de emergencia de las
confederaciones hidrográficas del Júcar y un contrato de la Confederación Hidrográfica del Segura, aunque se han detectado algunas informaciones erróneas. El resto de contratos no fueron objeto de publicación: los relativos a las confederaciones
del Guadalquivir, casi todos los del Segura y de la Mancomunidad de Canales de Taibilla. El informe termina con una formulación de recomendaciones que se dirige a la Dirección General del Agua, proponiendo que se revise la aplicación de la
normativa interna administrativa reguladora de la tramitación de expedientes de emergencia por los efectos adversos que se han observado en su efectiva aplicación, y a los organismos de cuenca fiscalizados, para que implementen programas que
garanticen el control y la vigilancia periódica de las instalaciones de su competencia para permitir el mantenimiento de las mismas y aplicar, en los contratos con tramitación de urgencia, las previsiones legales de carácter potestativo previstas en
la legislación vigente.


Paso al segundo informe previsto en este bloque: la fiscalización de los contratos patrimoniales celebrados por los ministerios del Área de Administración Económica del Estado y sus organismos y entidades dependientes durante los ejercicios
2018 y 2019. Este informe se aprobó en diciembre de 2021 y se realiza a iniciativa del Tribunal de Cuentas. El ámbito subjetivo de la fiscalización está constituido por los ministerios del Área de Administración Económica del Estado -no se los voy
a decir a ustedes, pero normalmente son los que están en la sectorial de asuntos económicos- y sus organismos y entidades dependientes. El ámbito objetivo lo constituyen los contratos de compraventa, donación, cesión, permuta, arrendamiento y demás
negocios jurídicos análogos más relevantes sobre los bienes inmuebles. Son contratos, como saben, que se rigen por la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas y su reglamento de desarrollo. El ámbito temporal lo constituyen los años
2018 y 2019. Es también una fiscalización de cumplimiento y operativa que ha tenido como objetivo general la comprobación del cumplimiento de los requisitos legales de la contratación patrimonial más relevantes en los ejercicios 2018 y 2019, así
como el análisis de la adecuación de esa contratación, sus procedimientos y su gestión a los principios de eficacia, eficiencia y economía. También se ha verificado el cumplimiento de la normativa en materia de transparencia, igualdad y
sostenibilidad. Como principales magnitudes hay que destacar que, de acuerdo con las propias directrices técnicas, el análisis ha recaído sobre los contratos patrimoniales más relevantes, aquellos con importes superiores a 50 000 euros. En el
período fiscalizado se suscribieron un total de 200 contratos por un importe de 211 millones de euros. De ellos se ha seleccionado una muestra de 99 contratos por importe de 199 millones de euros. Entre las principales conclusiones se destaca, en
relación con el envío de información sobre contratación al Tribunal de Cuentas, que se han observado deficiencias en la remisión de las relaciones de contratos patrimoniales formalizados por las entidades del sector público. En materia de
transparencia, si bien es cierto que los contratos patrimoniales no están sujetos a la Ley de Contratos del Sector Público, no están incluidos en el ámbito de aplicación de la ley de transparencia, por lo que el Tribunal de Cuentas estima que tenía
que haber tenido lugar la publicación de la formalización, circunstancia que no se da en la generalidad de los casos. Esto es para favorecer la competencia y la transparencia, facilitando a las posibles empresas licitadoras el conocimiento de los
contratos celebrados en el sector público.


Se han detectado deficiencias e incidencias en algunos contratos concretos que afectan a algunos aspectos formales en la contratación de los que se pueden destacar que, en relación con los expedientes tramitados por la Delegación del
Gobierno para el Plan Nacional de Drogas, en un expediente no se motiva en la memoria justificativa el recurso a la adjudicación directa y no consta la aprobación del informe de tasación. En otros seis expedientes no figura la aprobación de los
criterios para la elaboración de los pliegos de bases de la subasta pública y en tres expedientes no existe un informe preceptivo del abogado del Estado sobre el acta de resolución. En los contratos realizados por este organismo no se han adoptado



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medidas cautelares en sede judicial dirigidas a garantizar la inmatriculación para que se produjera con mayor eficacia. El asunto es un expediente en concreto que parte de una sentencia de la Audiencia, de noviembre de 2012, declarada firme
por auto de 2013, que no se recibe y no se da de alta en la base de datos de la delegación de drogas hasta 2014. Por dicha sentencia, el Estado adquiere la totalidad de la propiedad del inmueble por comiso y adjudicación al plan de drogas. Sin
embargo, en 2013 se celebra un contrato de arrendamiento que otorga el anterior propietario. Después de recursos, etcétera, al final el inmueble se enajenó por parte del propio plan nacional, siguiendo un procedimiento de adjudicación directa por
adquisición del arrendatario, al que arrendó el anterior propietario.


En cuanto a los expedientes que el Ministerio de Hacienda tramita, en un contrato de permuta no figura la memoria justificando su necesidad y en los 45 contratos de venta no hay memoria justificativa de la necesidad, sino que se emplea una
formulación genérica que se recoge en los acuerdos de incoación de la enajenación. Además, el importe de la garantía en aquellos expedientes de enajenación tramitados por subasta se fija incorrectamente al establecer que deberá ser un 5 % del
importe de licitación del bien, cuando el artículo 137 de la ley de patrimonio establece que el porcentaje tiene que calcularse sobre el valor de la tasación. También se destaca que en ninguno de los contratos de ventas se genera crédito en el
presupuesto de la Dirección General del Patrimonio -cosa que permite el artículo 133 de la ley del patrimonio-, sino que el ingreso importe de la venta se ha realizado al Tesoro Público sin afectación presupuestaria. También la Dirección General
del Patrimonio, a nuestro entender, no interpreta de la misma manera que nosotros el artículo 97 del reglamento de la ley del patrimonio, ya que la Dirección General del Patrimonio considera que solo es preciso el informe de la Abogacía del Estado
en la provincia al pliego de condiciones particulares elaborado por la Delegación de Economía y Hacienda, si hay cláusulas o requisitos adicionales al precio que no estén previstos en el pliego general. Nosotros no compartimos esa interpretación y
entendemos que el informe de la Abogacía del Estado debería ser preceptivo siempre.


En relación con los expedientes que el Fondo Español de Garantía Agraria tramita, en los diez expedientes fiscalizados la justificación de la enajenación se hizo en términos muy genéricos. En ninguno de los expedientes consta que se
previera la reserva del uso temporal del bien a favor de la Administración General del Estado y en ningún caso el producto de la enajenación generó crédito en los correspondientes estados de gastos de la Dirección General del Patrimonio.


Por último, el informe concluye con una serie de recomendaciones dirigidas a la generalidad de los órganos fiscalizados, que son dos: que procedan a la publicación de las licitaciones o, al menos, de las formalizaciones en el perfil del
contratante y que la documentación que se remita al Tribunal de Cuentas se remita y esté debidamente fechada. A la Dirección General del Patrimonio y al Fondo Español de Garantía Agraria se les recomienda que la justificación de la necesidad de la
enajenación no debe limitarse al empleo de una fórmula genérica. Se hace otra recomendación al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social para que emplee mayor diligencia en la tramitación de los expedientes. Y a la Delegación del
Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas se le recomienda que actúe con la debida diligencia a la hora de inmatricular registralmente la titularidad de los inmuebles que les sean adjudicados o de instruir a quien corresponda hacerlo en sede
judicial sobre la necesidad de actuar mediante, al menos, la adopción de medidas cautelares adecuadas.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora presidenta.


A continuación, por el Grupo Parlamentario VOX, tiene la palabra por cinco minutos la señora Cañizares.


La señora CAÑIZARES PACHECO: Gracias, presidente.


Bienvenida, presidenta. Buenos días. Muchas gracias, como siempre, por su excelente trabajo y el de su equipo. Con su permiso, le diré que las conclusiones que podríamos extraer de estos dos informes dan para el título de una película, de
un thriller, El mundo al revés. Vemos contratos de emergencia o tramitados por el procedimiento de emergencia con paralización de obras y, luego, informes de contratos patrimoniales que remiten al tribunal sin fecha.


En cuanto al primer informe de fiscalización de los contratos tramitados como emergencia y urgencia por las confederaciones hidrográficas referidas por usted, como así se dice en el propio informe, estos informes tienen por objetivo, en
términos generales, verificar y comprobar si las contrataciones que se efectúan por esas razones de emergencia o de urgencia responden a esos principios de legalidad, eficiencia y economía, y si precisamente era imprescindible que estas actuaciones
fuesen realizadas



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mediante dicho procedimiento, para lo que se debería acreditar la existencia de esos acontecimientos a los que usted ha hecho alusión: acontecimientos catastróficos, situaciones de gravedad, etcétera. Asimismo, la ejecución de estos
contratos se debería haber llevado a cabo sin demora para atender o remediar precisamente dichos acontecimientos catastróficos o de gravedad por razón de interés público. Por tanto, cuando estamos hablando de esa necesidad inaplazable por razones
de interés público, se entiende que las declaraciones de urgencia realizadas por los órganos de contratación deberían estar perfectamente motivadas y los plazos en coherencia con la celeridad propia de esa tramitación, que el comienzo y desarrollo
de esa ejecución de prestaciones debería realizarse con la agilidad requerida y que tanto la tramitación de los expedientes como su adjudicación y afianzamiento debe ajustarse a la legalidad vigente, pero la realidad... Usted ya lo ha dicho. Puedo
ser reiterativa, pero en mi intervención poco más puedo decir, al margen de hacerle unas preguntas en relación con esto que nos encontramos, pues en la mayoría de los expedientes examinados no se justifica, o se hace de manera deficiente, esa
existencia de acontecimientos catastróficos; es decir, no se acredita la efectiva concurrencia de los supuestos que se requieren para utilizar esta tramitación.


Igualmente, las desviaciones de plazos producidas por esa concesión de ampliaciones o prórrogas no se ciñen a dos, tres o cuatro contratos, sino que en el 87 % de los contratos, como bien refiere su informe, se produjeron esas demoras o
paralizaciones injustificadas.


Y también nos llama mucho la atención que la mayoría de esos expedientes examinados se lleven por ese procedimiento. De alguna manera parece que la motivación real es poderse beneficiar de una financiación específica, que está reservada
precisamente para obras urgentes, con cargo a ese Fondo especial del Estado para la dinamización de la economía y el empleo, acogiéndose a ese Real Decreto 9/2008. Por consiguiente, parece ser que la justificación de esta tramitación urgente tiene
su origen o su razón de ser en la financiación al amparo de ese real decreto, según se desprende del informe, y no de la efectiva concurrencia de los supuestos de hecho requeridos.


Entonces, a mí me gustaría preguntarle a usted, si me puede contestar, si la utilización de esta treta, argucia o no sé cómo llamarlo, disfrazando de urgente lo no urgente para beneficiarse de unos fondos especiales regulados en ese real
decreto, es legal, ilegal, alegal, amoral, si tiene alguna consecuencia para alguien o si alguien ha incurrido en responsabilidad de algún tipo por esta, llamemos, ligereza. Y es que, claro -antes lo ha referido usted en los otros informes-, en la
Administración se va mejorando, pero no sé si realmente hay incentivo o desincentivo para la Administración en general o para las personas que trabajan en la Administración, para los responsables, para los servidores públicos en general, a la hora
de cumplir o incumplir, de saltarse las normas. Por tanto, ¿deben asumir los máximos dirigentes de estos organismos alguna responsabilidad?


Y luego hay algo que también es sorprendente, y es que efectivamente ese real decreto ley al que se acogieron para financiar estos expedientes habla de que la finalidad prioritaria del mismo -de ese fondo especial- es la de favorecer
aquellas inversiones que contribuyeran a dinamizar a corto plazo la actividad económica, incidiendo directamente en la creación de empleo. Y en los pliegos de cláusulas administrativas particulares de esos contratos que ustedes han examinado jamás
se establecieron medidas para la consecución de esa finalidad, lo cual también me parece grave, porque, si efectivamente se trata de fondos que están destinados a financiar inversiones generadoras de empleo, algo importante en nuestro país teniendo
en cuenta las tasas de desempleo que arrastramos, ese paro estructural que tenemos, no me parece adecuado, por no utilizar otro término, que se puedan utilizar estos fondos para destinarlos a inversiones que no son urgentes ni precisamente ha
quedado acreditado suficientemente que se cumpliese con esa finalidad.


Yo siempre -quizá porque vengo del sector privado- aplico estas conclusiones a una empresa privada para ver qué consecuencias tendría. Yo creo que la ejemplaridad pública es necesaria y hace falta, y que hay una crítica despiadada al sector
privado, crítica que yo creo que sobra. Pero si defendemos lo público como bueno y necesario, creo que deberíamos predicar con el ejemplo.


Para finalizar, porque me quedo sin tiempo, en cuanto al segundo informe, un poco más de lo mismo: incumplimientos reiterados. Yo no sé si nos tenemos que quedar en las recomendaciones o si tendríamos que ir más allá para causar un efecto
disuasorio en cuanto al incumplimiento de la legalidad.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias.


A continuación, tiene la palabra, por el Grupo Parlamentario Popular, el señor Hernando.



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El señor HERNANDO GARCÍA: Buenos días. Muchas gracias, señor presidente.


Debo felicitar a la señora presidenta y a su equipo por lo minuciosos y esclarecedores que son los dos informes. Particularmente, nos interesa el relacionado con los contratos de emergencia y urgencia de las cuencas hidrográficas. Lo
cierto es que la tramitación de emergencia constituye una casi total abdicación de las exigencias formales de la contratación. Nos ocupamos de poner en marcha un acervo normativo, el de contratación pública, tan intenso, tan extenso y tan inmisivo,
y al mismo tiempo habilitamos la posibilidad de que todo él quede en agua de borrajas en determinados supuestos. Lógicamente, la aplicación de la tramitación de emergencia debe quedar reducida a supuestos muy tasados y, además, ha de aplicarse una
perspectiva muy restringida y siempre excepcional. En cuanto a la tramitación de urgencia, pues resulta menos garantista, como bien pone de manifiesto el informe, en la medida en que limita las posibilidades de los licitadores dada la reducción de
plazos.


Evidentemente -y en esto coincido con la intervención de la representante de VOX-, las conclusiones del informe de fiscalización pueden considerarse demoledoras en algún sentido. Lo que tenemos que preguntarnos es si pueden ser matizadas a
la vista de las específicas condiciones de la acción desarrollada por los organismos de cuenca y por la mancomunidad fiscalizadas. Se dice que el 97 % de los contratos de emergencia carecen de la adecuada justificación del presupuesto de hecho
habilitante, en algún caso incluso el Tribunal de Cuentas en su informe de fiscalización no se queja solamente de la motivación, sino incluso entiende que el propio supuesto de hecho puede existir o que realmente no exista. A cambio, sin embargo,
también en el expediente de fiscalización figuran las alegaciones de directivos o exdirectivos de organismos de cuenca, incluso de una directora general del Agua en su momento, que ponen de manifiesto el indudable elemento de emergencia, casi
consustancial a la gestión del agua, en el caso, primero, de la sequía, sobre todo cuando se trata de situaciones que han sido declaradas al efecto en situaciones extremas, como ocurre, por ejemplo, con los territorios del Júcar y del Segura en los
reales decretos 355/2015 y 356/2015, que además fueron ampliados, y, segundo, como consecuencia de las inundaciones catastróficas que también afectaron a tales territorios. Es decir, que parece que los organismos de cuenca quieren justificar la
tramitación de emergencia sin las suficientes garantías de justificación del supuesto de hecho en que existe una situación declarada como excepcional. Evidentemente, creo que el Tribunal de Cuentas no está de acuerdo y nosotros tampoco podemos
estarlo. En todo caso, nos llama la atención, señora presidenta -y esta es nuestra primera pregunta-, el hecho de que entre las recomendaciones del informe no exista ninguna que vaya dirigida precisamente a una necesaria mejora a la hora de
justificar y motivar el presupuesto fáctico de la emergencia. Y por lo que se refiere a las demoras o paralizaciones, resultan absolutamente injustificables; es decir, entendemos que no hay ninguna razón para ello porque estas demoras no se
conectan en absoluto con la supuesta emergencia de la necesidad atendida. Si un contrato se demora en su ejecución o en su tramitación, quizás es que en realidad la emergencia nunca existió. Tampoco existe en el informe -no lo hemos visto y nos
gustaría preguntar por qué- una recomendación dirigida a paliar esta situación en la medida de lo posible.


Hay una cierta reluctancia que se pone de manifiesto en el informe en torno a la normativa interna administrativa que han promulgado los organismos de cuenca y la Administración del Estado dirigida a la regulación de los expedientes de
emergencia. Es cierto que podemos entender que esta normativa interna, indebidamente aplicada, puede poner en cuestión la imprescindible celeridad exigible en el caso de las emergencias, y además son formalidades que en ningún caso exige la ley.
Nuestra sincera opinión, sin embargo, es que en realidad se trata de una norma interna que trata de servir de enganche con los imprescindibles principios a los que responde la normativa de contratación, y a mi juicio lo que pone de manifiesto es una
saludable intención de evitar el uso arbitrario de la figura de la tramitación de emergencia. Además, tal y como se pone de manifiesto en algunas de las alegaciones, esta normativa interna ha pasado el filtro del informe de la Abogacía del Estado,
que incluso en relación con las instrucciones de 2013 declara que supone un gran paso hacia adelante. Nosotros, en realidad, estamos de acuerdo; otra cosa es que esta normativa interna deba simplificarse lo máximo posible para evitar que pueda
actuar como elemento obstaculizador de la necesaria celeridad. Pero en todo caso entendemos que es una garantía que siempre viene bien y, como digo, es un ejemplo de salud de la Administración.


En lo que se refiere a los contratos tramitados de urgencia, se denuncia -y lo ha puesto de manifiesto también en su exposición- la falta de la preceptiva declaración de urgencia de los que se acogieron al Real Decreto Ley 9/2008, que el
tribunal considera imprescindible también en estos casos. Lo que ocurre es que a nosotros nos parece inconcebible que un defecto formal tan grosero haya pasado los filtros de la Abogacía del Estado -hay varios a lo largo del expediente de
contratación- y que haya pasado también



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los filtros de los informes de las unidades de intervención sin que haya existido previamente un informe o una instrucción que haya habilitado precisamente esta forma de actuar. Nos parece muy difícil, como digo, que se haya generalizado
esta situación sin que la Abogacía del Estado o la Intervención hayan dicho algo al respecto. También me gustaría saber si efectivamente han comprobado el hecho de que existan instrucciones o protocolos -que en todo caso serían cuestionables- que
hayan llevado a esta situación. En este caso también resultan difícilmente justificables las demoras o las suspensiones, y también reitero mi pregunta acerca de la ausencia de una recomendación al respecto. Por lo demás, asumimos las
recomendaciones, sin perjuicio de nuestras propias propuestas.


En relación con el segundo contrato, y muy brevemente, señor presidente, la principal objeción, con la que no podemos estar más de acuerdo, se centra en la ausencia casi generalizada de publicación de la licitación o cuando menos de la
formalización, pero lo que más llama la atención es que sea precisamente un órgano especializado en la contratación patrimonial -la Dirección General del Patrimonio- la que incurra en más descuidos a la hora de justificar la necesidad de las ventas,
de fijar el importe de la garantía o de calificar contablemente el ingreso. Por lo demás, asumimos plenamente las recomendaciones de este segundo informe.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Gracias.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Escudero.


El señor ESCUDERO ORTEGA: Muchas gracias, presidente.


Presidenta, una vez más he de reconocerle la labor y el trabajo, muchas veces en condiciones y situaciones seguramente muy complicadas. Por tanto, mi más sincero reconocimiento y el de mi grupo a usted y a su equipo.


Habrán visto sus señorías que hemos empezado el primer bloque con el partido VOX arremetiendo duramente contra el Estado autonómico y las autonomías, y que el Partido Popular ha hecho un seguidismo de esa primera intervención, olvidándoseles
que ustedes gobiernan en comunidades autónomas con VOX. (El señor Paniagua Núñez: ¿De qué hablas? ¿Has escuchado?)


Sí, estoy hablando del primer bloque.


El señor PRESIDENTE: Señor Paniagua, por favor, respete el tiempo de intervención. (El señor Paniagua Núñez: ¿Se puede decir cualquier cosa aquí?). Se han oído otras cosas aquí y nadie ha intervenido. Por favor, respeten el tiempo.


El señor ESCUDERO ORTEGA: Este segundo bloque va encaminado a la fiscalización generalmente de entidades y organismos estatales, y aquí he visto a la representante de VOX ya muy complaciente -si no complaciente, sí de alguna manera
comprensiva, quizá sea esa la palabra más exacta- con determinadas situaciones que se producen al hilo de los diferentes informes, por ejemplo de las confederaciones hidrográficas. En relación con el periodo analizado, el Partido Popular gobernó de
2007 a 2011, luego ustedes eran competentes en esos ministerios que gobernaban las confederaciones. Por tanto, ustedes tienen una memoria muy selectiva y la van acoplando conforme les conviene y les interesa; cuando toca arremeter contra las
comunidades autónomas se olvidan de que gobiernan con VOX y cuando toca arremeter contra el Estado se olvidan de que ustedes han sido de alguna manera partícipes en la gestión del Estado español.


Quiero decir que entiendo perfectamente la posición legal del Tribunal de Cuentas a la hora de fiscalizar. Debemos hacerlo, tenemos que estar ahí y todo responsable público tiene que saber que es responsable de los recursos públicos que
controla y maneja y, por tanto, la labor que ustedes hacen, como le he dicho, es encomiable.


También quiero romper una lanza en favor de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, dadas las situaciones que muchas veces se dan. Los responsables que administran esas confederaciones son muchas veces incapaces de prever todos los
acontecimientos que pueden surgir de forma inesperada y, por tanto, necesitan soluciones rápidas e inmediatas que den respuesta y que tranquilicen a los afectados y a la sociedad en general. Hay que reconocer que este mecanismo de urgencia y de
emergencia -muchas veces es un hecho latente que se encuentra en la propia Administración- esconde muchas veces las infradotaciones que tienen muchas administraciones, tanto a nivel humano como a nivel técnico, para poder realmente hacer esa labor
más previsora o esa labor que de alguna manera dé más tranquilidad



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en relación con lo que es el procedimiento. El procedimiento hay que seguirlo, estamos en ese derecho de exigirlo, pero en el caso de las confederaciones -y yo lo he vivido personalmente en mi etapa como alcalde de mi pueblo- se producen
situaciones de urgencia, situaciones muy complejas y muy complicadas, con una alta carga emocional. La verdad es que yo tengo un concepto crítico con las confederaciones, pero al mismo tiempo las conozco y sé que son, desde el punto de vista
funcionarial, de seguir los criterios, las diferentes actuaciones que tienen que hacer para seguir los procedimientos. Aun así, reconozco -y ahí está el informe fiscalizador- que siempre hay que mejorar y estar vigilantes, y aquí enlazo con lo que
voy a decir respecto al segundo bloque y que ustedes recomiendan: que se potencie la formación en materia contractual del personal que trabaja en las administraciones que llevan estas cuestiones. Creo que no se puede reincidir tantas veces en el
mismo error o en la misma dejación -no lo sé exactamente-, pero esa recomendación que ustedes hacen nosotros la asumiremos y, por supuesto, la defendemos.


En cuanto a los informes de fiscalización de los contratos patrimoniales -esto es muy extenso; han hecho ustedes un trabajo total-, hay organismos -los tengo aquí- que la verdad es que son un poco anacrónicos -no sé si es la palabra, lo
digo con todo el respeto-, una especie de entelequia; para que me entiendan los compañeros diputados y senadores, una especie de 'Juan Palomo, yo me lo guiso y yo me lo como'. Los tenemos ahí, pero obviamente tenemos que potenciar -lo vuelven
ustedes a decir y yo lo asumo- más especialización en ese tipo de contratos. Son 3021 contratos los que se tramitan, con más de 220 millones de euros, y desde mi experiencia, para seguir los trámites de un procedimiento la verdad es que no hay que
hacer nada más que seguirlos -los secretarios, los interventores-. Hay que dejarse guiar en la casuística por la experiencia de los técnicos y las personas encargadas. Esa es nuestra opinión, en el sentido de reconocer el trabajo que hacen, por
supuesto, y que tienen que seguir haciéndolo, y la exigencia total y absoluta a los responsables -lo ha dicho otro compañero de otro grupo político-, a las personas que están en el cargo. Los responsables tienen que ser absolutamente conscientes de
la responsabilidad que tienen como administradores de los recursos públicos. Tienen que ser muy profesionales, asumiendo plenamente, como he dicho, todas las recomendaciones planteadas por el tribunal, incluyendo la máxima de todo responsable de
ofrecer todas las garantías en relación con los recursos que maneja.


Nada más.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Escudero.


A continuación, tiene la palabra la señora presidenta.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Chicano Jávega): Gracias, presidente, y gracias a todos.


Coincido con muchos de ustedes en lo que han expresado. Ciertamente es un poco demoledor ver algunos resultados. Lo que pasa es que en cuanto a la solicitud que hacen al Tribunal de Cuentas de denunciar o de recomendar que se cumpla la
ley, diré que nosotros no recomendamos que se cumpla la ley; la ley hay que cumplirla. Nosotros solamente detectamos los incumplimientos y, dependiendo del tipo que sean, van por una vía o por otra, pero recomendar que se cumpla la ley... De
hecho, en nuestras normas nos lo tenemos prohibido.


A la hora de hacer recomendaciones, nos encontramos con esas limitaciones en algunos casos, pero en otros casos también se produce, como en algunos hechos que ustedes han detectado, que la obligación legal de justificar el porqué, el
fundamento de por qué unos contratos deben tramitarse por un procedimiento u otro es eso, es una obligación legal, es la Administración la que lo debe subsanar, y así consta en los informes.


Por otra parte, la diputada Cañizares decía: ¿y ahora qué hacemos? Pues en relación con el Tribunal de Cuentas pasa solamente lo que puede pasar. En el Tribunal de Cuentas hacemos lo que podemos hacer, y en los casos en los que hay
indicios de responsabilidad, como en algunos de estos, tanto el informe del fiscal como el del abogado del Estado han iniciado expedientes de responsabilidad contable. Ya veremos cuando se sustancien dónde van, pero están iniciados los
procedimientos de responsabilidad contable. Las otras vías ya saben que no nos corresponden al Tribunal de Cuentas.


Los detalles a los que hacía alusión el señor Escudero están en cada uno de los informes y anexos en todos los expedientes fiscalizados y, como yo sé que ustedes los leen desde la primera letra hasta el último de los anexos, pues se
encuentran perfectamente informados del asunto.



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Me voy a permitir una licencia, y me voy a permitir una licencia porque ha hecho cincuenta y dos años que soy funcionaria pública. Quiere decir eso que para mí el valor de lo público es fundamental y sustancial, y que lo voy a defender
siempre. No quiere decir eso que esté en contra de lo privado, pero también tengo que decir que en todos los casos en que se producen distorsiones en los procedimientos hay dos partes. Esto es así. Por mi parte, salvo que me haya dejado algo en
el tintero, este bloque lo he terminado.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora presidenta.


BLOQUE-III:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y DE LAS APORTACIONES PERCIBIDAS POR LAS FUNDACIONES Y DEMÁS ENTIDADES VINCULADAS O DEPENDIENTES DE ELLOS Y DE LOS GASTOS DE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES DE ESTAS
FINANCIADOS CON CARGO A SUBVENCIONES PÚBLICAS, EJERCICIO 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000149 y número de expediente del Senado 771/000148).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS APORTACIONES PERCIBIDAS POR LAS FUNDACIONES Y DEMÁS ENTIDADES VINCULADAS O DEPENDIENTES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y DE LOS GASTOS DE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES DE ESTAS FINANCIADOS CON CARGO A SUBVENCIONES
PÚBLICAS, EJERCICIOS 2018 Y 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000173 y número de expediente del Senado 771/000171).


El señor PRESIDENTE: Pasamos al debate correspondiente al Bloque III. Informe de fiscalización de los estados contables de los partidos políticos y de las aportaciones percibidas por las fundaciones y demás entidades vinculadas o
dependientes de ellos y de los gastos de programas y actividades de estas financiados con cargo a subvenciones públicas, ejercicio 2017, e informe de fiscalización de las aportaciones percibidas por las fundaciones y demás entidades vinculadas o
dependientes de los partidos políticos y de los gastos de programas y actividades de estas financiados con cargo a subvenciones públicas, ejercicios 2018 y 2019.


Tiene la palabra la señora presidenta del Tribunal de Cuentas.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Chicano Jávega): Gracias, presidente.


El informe de fiscalización de los estados contables de los partidos que corresponde al ejercicio 2017 se aprobó en 2022 y se realiza por mandato legal. El ámbito subjetivo de esta fiscalización son los partidos políticos que hubieran
percibido subvenciones anuales para atender sus gastos de funcionamiento o que hubieran recibido asignaciones anuales para sufragar gastos de seguridad. La fiscalización, además, se ha extendido a aquellos partidos políticos que, si bien no fueron
perceptores directos de subvenciones, participaron indirectamente de las mismas con un importe significativo mediante el traspaso de fondos procedentes de la federación o coalición en la que estaban integrados. Asimismo, se han fiscalizado los
estados contables relativos al ejercicio 2017 de aquellos partidos políticos que obtuvieron representación como consecuencia de los procesos electorales celebrados en dicho año y percibieron por ello subvenciones de las citadas anteriormente.


En conjunto, se han realizado las fiscalizaciones de 25 formaciones políticas. Se ha extendido, asimismo, la fiscalización a las aportaciones que recibieron fundaciones y entidades vinculadas o dependientes de dichos partidos políticos, con
lo que se han fiscalizado 39 fundaciones, 8 asociaciones y 3 sociedades mercantiles. Los objetivos de esta fiscalización han sido el análisis de la legalidad de los recursos públicos y privados de los partidos políticos, así como la regularidad
contable de la actividad económico-financiera que realizan.


En cuanto a las fundaciones y entidades vinculadas o dependientes de los partidos políticos, las actuaciones fiscalizadoras han tenido como objetivo analizar la legalidad y la regularidad contable de las aportaciones percibidas por aquellas,
así como el cumplimiento de la legalidad de las donaciones. El informe recoge independientemente los resultados obtenidos para cada una de las entidades fiscalizadas.


Por lo que se refiere a las formaciones políticas, todas presentaron las cuentas anuales del ejercicio 2017 de forma telemática, 19 en plazo y 6 fuera de plazo. Las cuentas anuales de 10 formaciones políticas no reflejan adecuadamente su
situación financiera y en 9 formaciones políticas se han observado



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limitaciones al alcance, que son algunas dificultades que han impedido algunos puntos de análisis. Además, 2 formaciones políticas presentaban un patrimonio negativo neto. La financiación pública percibida en 2017 consistió en subvenciones
de funcionamiento ordinario por importe de 170,67 millones de euros, y en subvenciones electorales por importe de 5,72 millones de euros. Los recursos privados contabilizados han representado un total de 67,73 millones de euros. La financiación
pública representa el 72 % de los recursos y la privada el 28 %, lo que pone de manifiesto la necesidad o la conveniencia de equilibrar el peso que cada una de ellas habría de representar en el total de la financiación, con objeto de evitar una
excesiva dependencia de los ingresos de origen público, que pueden verse sometidos a variaciones significativas en función de resultados electorales y devenir en riesgo de incurrir en situaciones de insolvencia. De las comprobaciones realizadas
sobre el cumplimiento de las prescripciones, requisitos y limitaciones previstos en la normativa aplicable, se han observado incumplimientos que podrían constituir irregularidades sancionables de las recogidas en el artículo 17 de la Ley Orgánica
sobre Financiación de los Partidos Políticos.


En cuanto a las obligaciones de transparencia, 2 formaciones no habían publicado en su página web las cuentas anuales de 2017, otras 2 no habían publicado el informe de fiscalización del tribunal correspondiente al ejercicio 2016 y 13 no
habían aprobado y publicado instrucciones internas en materia de contratación.


Respecto a los resultados relativos a fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes, solo 16 de las 79 fundaciones y ninguna de las 11 entidades vinculadas o dependientes se había inscrito en la sección específica del registro de
partidos políticos; 5 fundaciones y 2 asociaciones no presentaron las cuentas anuales del ejercicio 2017, y un total de 16 fundaciones y asociaciones permanecían sin actividad en 2017 y 3 fundaciones disponían de patrimonio negativo neto. Las
aportaciones y donaciones privadas ascendieron a 2,6 millones de euros. El total de subvenciones percibidas ascendió a 3,9 millones de euros. Además, 20 fundaciones y 7 entidades vinculadas o dependientes de los partidos políticos no publicaron en
su página web las cuentas anuales del ejercicio 2017 ni las conclusiones del resultado de la auditoría.


En cuanto a las recomendaciones incluidas en el informe, son coincidentes en buena parte con las recogidas en informes de anteriores ejercicios y en la moción relativa a la financiación, actividad económicofinanciera y control de las
formaciones políticas y de las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de ellas, aprobada el 27 de junio de 2021.


En relación con las formaciones políticas, se formulan diecisiete recomendaciones. Se estima preciso que la legislación aplicable a los grupos institucionales de las formaciones políticas especifique en mayor medida las condiciones y
requisitos en los que aquellos pueden efectuar aportaciones a los partidos políticos. Se considera que habría que aplicar a las coaliciones electorales la obligación de presentar cuentas anuales. Podría evaluarse la conveniencia material y
económica de mantener en las condiciones actuales la subvención estatal para sufragar los gastos de seguridad. Sería aconsejable que la ley orgánica de financiación definiese claramente lo que haya de entenderse por los conceptos de aportación o de
donación -cosa que han repetido ustedes en esta Cámara ya-. Se considera conveniente ampliar los supuestos tipificados como infracción en el artículo 17 de la ley orgánica, con la presentación de cuentas anuales correspondientes a un ejercicio
económico, con posterioridad a la remisión del anteproyecto del informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas para el trámite de alegaciones. Igualmente, se recomienda que el Ministerio del Interior continúe actualizando el registro de partidos
políticos, a fin de disponer de una relación de los partidos políticos obligados a presentar sus cuentas al tribunal. Y también se recomienda a las formaciones políticas que presenten durante dos o más ejercicios económicos una situación
patrimonial negativa, que ajusten sus actividades económicas, con objeto de alcanzar el reequilibrio patrimonial y elaborar un plan de saneamiento.


En relación con las fundaciones y demás entidades vinculadas, se incluyen siete recomendaciones. Convendría establecer para estas entidades los mismos requisitos que para las fundaciones, y las limitaciones exigidas a las formaciones
políticas en relación con las donaciones. Se considera procedente que en las convocatorias de subvenciones dirigidas a estas entidades se establezca como requisito para concurrir su inscripción obligatoria en la sección específica del registro de
partidos políticos. Se estima oportuno que se regule una cuantía mínima para que las fundaciones y entidades vinculadas a los partidos políticos procedan a la notificación obligatoria al Tribunal de Cuentas en el plazo de tres meses desde su
aceptación de las donaciones de personas jurídicas. Se recomienda también al Ministerio de Interior que mantenga una relación actualizada de aquellas entidades y fundaciones obligadas a presentar sus cuentas



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anuales al Tribunal de Cuentas. A las propias fundaciones que tengan una situación patrimonial negativa se les recomienda, lo mismo que a los partidos, que ajusten sus actividades y elaboren un plan de saneamiento. Y los patronatos de esas
entidades que hayan permanecido inactivas de forma continuada y sin previsión de retomar actividad deberían acordar la decisión de disolverse o extinguirse, y sería preciso que se adecuara su actuación a la realización de los fines fundacionales
propios. Esto en cuanto al informe de partidos políticos de 2015.


El siguiente informe de este bloque es de fiscalizaciones de las aportaciones que perciben ya las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes, que se aprobó en 2022. La fiscalización de las aportaciones recibidas por las
fundaciones y entidades vinculadas o dependientes de los partidos políticos y los gastos derivados de programas y actividades financiadas con cargo a subvenciones públicas de los ejercicios 2018 y 2019 se realiza como una fiscalización diferenciada
de la fiscalización de las cuentas anuales de los partidos políticos de esos ejercicios. Por primera vez se hace un informe diferenciado de las fundaciones y del partido político. Ambas fiscalizaciones se venían aprobando en un único informe.


En los ejercicios 2018 y 2019, que es el ámbito temporal, se han fiscalizado 38 fundaciones un año y 37 otro, y 10 asociaciones un año y 11 otro, respectivamente, así como 3 sociedades mercantiles. Las principales conclusiones son: en
relación con la rendición de cuentas, de las 51 entidades fiscalizadas en 2018, 23 remitieron las cuentas en plazo, 22 se recibieron transcurrido dicho plazo y 6 no han remitido sus cuentas. En relación con el ejercicio 2019, dichas cifras
ascendieron a 16 entidades que rindieron en plazo, 26 fuera de plazo y 9 no han remitido cuentas. La falta de presentación de las cuentas ha constituido, como pueden suponer, una limitación al alcance.


La presentación de las cuentas anuales por parte de 8 fiscalizaciones un año y 7 en otro y entidades fiscalizadas se ha realizado al margen del procedimiento de remisión establecido en la propia instrucción por el que se regula la
presentación telemática que se aprobó por el pleno del tribunal. En los ejercicios 2018 y 2019, únicamente 18 y 16 de las 51 entidades fiscalizadas han presentado el informe de auditoría de las cuentas anuales. Según la información facilitada por
el Ministerio del Interior, a 31 de diciembre de 2019, solo 18 de las fundaciones y 3 de las entidades vinculadas a partidos políticos o dependientes de ellos se habían inscrito en la sección específica de registro de partidos políticos. Se ha
observado que un total de 19 de las fundaciones y asociaciones permanecían sin actividad en los años 2018 y 2019. Del total de fundaciones fiscalizadas, 5 de ellas disponen de patrimonio neto negativo al cierre del ejercicio 2019. Las aportaciones
y donaciones privadas recibidas por las entidades fiscalizadas en los ejercicios 2018 y 2019 han supuesto un total de 2 millones un año y 1,5 millones el siguiente año, 2019; y se han observado incumplimientos relativos a la existencia de
donaciones ingresadas en cuentas bancarias ordinarias, al no existir cuentas abiertas específicas para tal fin; donaciones procedentes de personas jurídicas de las que no se ha aportado el acuerdo del órgano social. Entregas de efectivo
resultantes de convenios de colaboración no notificadas al Tribunal de Cuentas en el plazo de los tres meses exigidos desde su aceptación; y donaciones de personas jurídicas que tampoco han sido notificadas al Tribunal de Cuentas en el plazo de
tres meses desde su aceptación.


Las subvenciones públicas recibidas por las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de los partidos políticos han supuesto un total de 3,2 millones y 3,1 millones, respectivamente, a los dos años fiscalizados; y un total de
24 fundaciones y 7 entidades vinculadas o dependientes de los partidos políticos no han publicado en su página web las cuentas anuales de los ejercicios 2018 y 2019 ni las conclusiones del informe de auditoría. El informe incluye unas
recomendaciones dirigidas al Gobierno, al Ministerio del Interior y a las propias entidades fiscalizadas que resultan coincidentes con las contenidas en el informe del ejercicio de 2017 y que podemos dar por reproducidas.


Por mi parte, presidente, queda terminada la presentación de los dos informes.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora presidenta.


A continuación, por tiempo de cinco minutos, tiene la palabra, por el Grupo Parlamentario Vasco EAJ-PNV, la señora Etxano Varela.


La señora ETXANO VARELA: Gracias, presidente.


Gracias, presidenta del Tribunal de Cuentas, señora Chicano, por su comparecencia.


Cuando hablamos de la fiscalización y de la financiación de partidos políticos, nos parece importante hacer referencia al artículo 6 de la Constitución para decir que son los partidos políticos los que expresan el pluralismo político,
concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y que son un



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instrumento fundamental para la participación política. Por tanto, resulta imprescindible garantizar la suficiencia y estabilidad de los recursos a los partidos con un marco normativo adecuado, unas reglas de juego comunes que no
homogeneicen a todos los partidos, y un control efectivo de la actividad económica, que es lo que estamos haciendo hoy con la lectura de este informe.


Como sabemos, la última modificación legislativa en relación con el funcionamiento de los partidos políticos fue en 2015; y la que hoy analizamos, la de 2017, es en la que se despliega la Ley Orgánica sobre Financiación de los Partidos
Políticos en todos sus efectos, en lo referente a la consolidación de las cuentas de los partidos políticos en toda su estructura, cumpliendo con la obligación de integrar a las sedes locales, consolidación que -muchas veces lo he dicho- para el
Partido Nacionalista Vasco, que basa su actividad política en el principio de subsidiariedad y de reconocimiento de la autonomía de funcionamiento, y gestiona las organizaciones municipales, ha supuesto un reto en cuanto a la centralización de la
operativa con respecto a nuestro modelo de organización interna, que no está centralizado. Además, en el PNV contamos con patrimonio que debe gestionarse conforme a la Ley Orgánica sobre Financiación de los Partidos Políticos, patrimonio que,
además, es sede de las organizaciones municipales y que es fundamental en la vida del partido. Quiero indicar -y esto no es una crítica- que en el caso de las cuentas del Partido Nacionalista Vasco, como en el de otras organizaciones que no tienen
implantación estatal, las cuentas se fiscalizan prácticamente en su totalidad, y no por un muestreo como el que se realiza con otros partidos políticos que tienen una implantación estatal. Dicho esto, haré varios apuntes.


Además de los expedientes que hoy vemos, los de las fundaciones y el de la fiscalización de 2017, el tribunal tiene prácticamente finalizada la de 2018 y 2019, que yo sepa, y está muy avanzada la de 2020 y 2021, que también sepamos. Existe
una diferencia o decalaje entre los años con fiscalizaciones aprobadas por el Tribunal de Cuentas que, a nuestro entender, pueden estar dando lugar a que existan interpretaciones distintas por parte de los partidos políticos en aspectos que el
tribunal deba informar en las fiscalizaciones que aprueba y que no se trasladan inmediatamente o se pueden arrastrar esas diferencias de criterio durante varios ejercicios. Sabemos y entendemos que para poder solucionar esta diferencia o decalaje,
entre otras cosas, se necesitarían muchos más medios de los que en este momento tiene el Tribunal de Cuentas; pero incido en el conocimiento que debe tener este Legislativo. Porque, viendo la información de la que disponemos de la fiscalización
del 2017, la información de la que ya dispone el Tribunal de Cuentas del resto de años, todas las fiscalizaciones de todos los procesos electorales e incluso la moción que elaboró el propio tribunal, llegamos a la conclusión bastante razonada de la
necesidad de abordar una modificación de la Ley Orgánica sobre Financiación de los Partidos Políticos, de la LOREG e, incluso, de la del Tribunal de Cuentas.


Estamos pensando en una ley de financiación y en una ley electoral que no choquen con el resto de la legislación en distintos puntos a tratar que usted ya ha planteado también en sus recomendaciones. Hablamos de las donaciones, de los
recursos privados de los partidos, siempre que cuenten con garantías de control suficiente; una normativa que amplíe, por ejemplo, las propias funciones del Tribunal de Cuentas, la posibilidad de emisión de informes vinculantes que evite esas
diferencias de criterio entre distintos ejercicios contables y que la función del tribunal que prevalezca no sea solo la sancionadora. Queremos una modificación de las tres leyes orgánicas que, de abordarla, debería ser más serena y sosegada - no
sé si esto es posible en estos momentos- que la que se realizó en 2015, sacando el debate del contexto en que se aprobó, el de la corrupción, que lo inundaba todo, en la que claramente pagamos justos por pecadores. Por tanto, queremos una
modificación que sirva para garantizar un marco normativo que garantice suficiencia y estabilidad de recursos públicos a los partidos, con unas normas comunes y un control efectivo de los mismos. Unas normas que tengan en cuenta características y
formas de organización, un marco común de regulación para partidos que entienda que no todos los partidos somos clones; en definitiva, que entienda las distintas formas de funcionamiento; en el caso del PNV, descentralizado, y con un modelo de
organización que tiene unos principios y valores instaurados ya tras muchos años, ciento veintisiete en concreto.


Eskerrik asko. Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


A continuación, por Grupo Parlamentario VOX, tiene la palabra el señor Sáez.



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El señor SÁEZ ALONSO-MUÑUMER: Gracias, señor presidente.


Bienvenida, señora presidenta, como siempre. Gracias por su comparecencia y exposición. También quiero felicitarla -y a todo el equipo del Tribunal de Cuentas- por la minuciosidad de los informes presentados.


Existen una serie de puntos que me gustaría comentar del informe de fiscalización de los estados contables de los partidos políticos del año 2017. El primero es sobre la presentación de las cuentas consolidadas con los grupos
institucionales. Usted sabe que el Código de Comercio en su artículo 42 habla de la obligación de realizar un informe consolidado y vincula esa obligación al control; un control que el Código de Comercio vincula a derechos de voto y a la facultad
de nombrar a los miembros del órgano de administración. Le hago una pregunta: ¿Considera el Tribunal de Cuentas que los partidos políticos tienen el control de los grupos institucionales?


Segundo punto, en sus conclusiones menciona la conveniencia de equilibrar el peso entre financiación pública y privada, que supone un 72 y un 28 % respectivamente en el total de la financiación de los partidos políticos, y lo hace con objeto
de equilibrar, de evitar la excesiva dependencia de los ingresos de origen público. Vuelvo a animar a todos los partidos políticos a apoyar la propuesta de VOX para eliminar las subvenciones a todos los partidos políticos. Y también quiero
recordar que la democracia consiste en tener las mismas reglas para todos.


Tercero, en sus conclusiones y recomendaciones, menciona que del total de las subvenciones que reciben los grupos institucionales, un 63 % va a los partidos políticos mediante aportaciones. Recomienda -y estamos de acuerdo porque así lo
hacemos en VOX- que las relaciones de colaboración entre las formaciones políticas y los grupos institucionales se deben formalizar mediante convenios en los que se recojan los servicios que la formación política se compromete a prestar a cada grupo
político, con una valoración económica de los mismos, así como el importe a aportar anualmente por parte de los grupos para compensar el coste de dichos servicios. No podemos estar más de acuerdo.


Cuarto, respecto a la recomendación cuarta sobre reconsiderar la conveniencia de mantener en las condiciones actuales la subvención estatal para sufragar los gastos de seguridad en que incurran los partidos políticos para desarrollar su
actividad política e institucional, estamos de acuerdo en reconsiderar esta subvención. No se entiende que reciban subvención de seguridad partidos políticos que no solo no sufren agresiones, sino que, por el contrario, las provocan, las instigan,
las fomentan o las justifican.


Quinto, en cuanto a la recomendación nueve del Gobierno, el tribunal recomienda -y no es la primera vez- especificar las condiciones básicas en las que haya de realizarse la recaudación, la justificación y el ingreso de recursos económicos
por actividades como los ingresos por venta de merchandising. Es, por tanto, el propio Tribunal de Cuentas quien reconoce que actualmente no existe un procedimiento a seguir y reclama que se especifique. Entendemos, por tanto, que ante
deficiencias de la regulación, carecería de fundamento alguno y podría ser considerada una actuación arbitraria una mención a estos ingresos en cualquier informe.


Respecto al informe de fiscalización de las aportaciones recibidas por fundaciones vinculadas a partidos políticos, nos parecen adecuadas las recomendaciones. Tan solo quiero comentar que en la recomendación no se menciona establecer un
umbral de ingresos mínimos para que las fundaciones deban someterse obligatoriamente a auditoría externa. En VOX consideramos -y así lo practicamos- que estas instituciones se deben someter a auditoría externa siempre.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Suárez.


El señor SUÁREZ LAMATA: Muchas gracias, señor presidente.


Muchas gracias, señora presidenta, por la presentación de estos informes.


Comenzaré con el informe de partidos políticos. Este es el primer informe que analiza el impacto de la modificación legislativa de la ley financiación de 2015 y la portavoz del Partido Nacionalista Vasco advertía ya de algunas diferencias
en el tratamiento de la información de distintas formaciones políticas, a mí me sucede lo mismo. Veo que no hay un equilibrio en el tratamiento de alguna cuestión, y me voy a referir a una en concreto, algo que no acabo de entender y por eso le
pregunto. En el trámite de alegaciones y en su contestación hay una desproporción que, reitero, no entiendo en términos porcentuales ni en términos de contundencia en la contestación. Concretamente, comentaré una estadística -hay otras más
importantes-: el Partido Socialista presentó 37 alegaciones y se le contestaron 6, un 16 %; Izquierda



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Unida, 21 y se le contestaron 6, un 28 %; el PNV presentó 32 alegaciones y le contestaron 12; el Partido Popular presentó 42 y se le contestó el 85 %, algunas respuestas no profundizando en la propia alegación, lo que da la sensación de
que no tenga la razón el alegante, cosa que es más que discutible.


Voy a otra de las cuestiones -el poco tiempo de que disponemos hace que al final uno tenga prácticamente que sobrevolar sobre los informes-, no voy a citar a ninguna formación política, pero me interesan los problemas, porque luego pueden
acabar trasladándose a otras formaciones políticas. Crowdfunding y financiación de primarias. El tribunal despacha el crowdfunding de una formación política con un párrafo en el que se dice que se ha contrastado -nada que decir-, pero yo le hago
la siguiente reflexión: ¿cómo es posible abrir tres cuentas para la financiación de unas primarias y que luego el propio partido diga que no, que eso tiene que estar integrado en las cuentas? Se integra en las cuentas, pero al final hay un
problema, y es que el artículo 5 de la Ley sobre Financiación de los Partidos Políticos prohíbe las donaciones finalistas y cuando se hace ese crowdfunding claramente tiene una finalidad que es finalizar la campaña del candidato. Por lo tanto, se
está incumpliendo el artículo 5 y, por lo tanto, yo entiendo que el tribunal debería reflexionar sobre esta cuestión, que, insisto, le puede acabar afectando a cualquier formación política, porque, al final, parece lógico que las campañas de los
candidatos en primarias se financien de alguna manera, pero nada se reflexiona sobre esta cuestión.


Otra cuestión que me interesa que explique es sobre los expedientes de información previa que se abren antes del expediente sancionador por incumplimiento de la Ley sobre Financiación de los Partidos Políticos. Se abrieron tres. Yo no
acabo de entender, y me gustaría que lo explicara, cómo es posible que haya una formación política con unos ingresos de casi 42 000 euros, que se dice que proceden de actos celebrados en varias fiestas, ingresos que se dejan en una caja, que nadie
sabe quién los deja, que nadie identifica a quien los deja y no le pasa nada, no le pasa nada. La página 57 del informe del Bloque Nacionalista Gallego tiene uno por 1869; el Bloque, en la página 86, tiene 2655 euros por algo similar. Izquierda
Unida, en la página 232. Otras formaciones políticas, en la 334 y 343. Al final, lo que sigo sin entender es el tratamiento desigual ante situaciones iguales.


Y por ir acabando, la financiación de partidos políticos. Recientemente, pudimos leer que para las próximas fiscalizaciones el tribunal plantea una reducción de las acciones, creo recordar que era si cuando se notifica la incoación de
expedientes se paga pronto. A mí me gustaría -más allá de entrar en el tema jurídico, que ya le digo no comparto para nada esa decisión, el voto particular me parece contundente y, además, con poca respuesta, pero no entro ni en el voto- que
explique por qué, que explique por qué esa decisión. Insisto, hablamos del Tribunal de Cuentas y, por lo tanto, está sometido al principio de legalidad más que otras instituciones. Al menos, una justificación. Y también -creo que leí que se va a
tomar o se ha tomado la decisión-, sobre ampliar el supuesto de incumplimientos para deducciones en las subvenciones percibidas por los partidos políticos, deseo saber cuál es el criterio -que supongo que lo habrá y por eso se lo pregunto- que lleva
a tomar esas decisiones.


Y, muy brevemente, respecto a las fundaciones. Es verdad que el tribunal tiene una opinión muy clara en cuanto a los partidos políticos, pero parece que en las fundaciones se difumina un poco, por ejemplo, con donaciones de créditos. Hay
una fundación con un crédito de 1,7 millones. Desde que tengo uso de razón, son doce años aquí que lleva estando ese crédito en la contabilidad de la fundación. Da la sensación de que está condonado y me gustaría saber qué opinión tiene, si es
posible la condonación, aunque el dinero provenga del partido político, que, evidentemente, no proviene de un banco.


Hay una cuestión que me resulta chocante -es legal, es legal-, una fundación muy vinculada a un partido político que se financia con tres convenios. El convenio es: usted me promociona a mí, que soy un banco -que soy un banco-, usted pone
mi imagen corporativa detrás de los actos que organizo y, a cambio, le doy 170 000 euros. Me he molestado en mirar si entre los principios fundacionales u objetivos de la fundación está el promover entidades financieras o publicidad, y no está.
Entonces, cuando menos, una reflexión. Creo que se trata de mejorar el sistema y, por lo tanto, son preguntas que lanzo: si una fundación está para promocionar o hacer publicidad de un banco. No lo sé, no lo sé. Lo dejo ahí.


El señor PRESIDENTE: Debe ir terminando, señor Suárez.


El señor SUÁREZ LAMATA: Sí. Una última reflexión respecto a las donaciones de inmuebles. Hay dos o tres formaciones especialistas en transferir inmuebles en una cadena -y muebles de 400 000 euros, no hablamos de cuatro-, con un nulo
patrimonio prácticamente. Le pregunto si el tribunal entra en la trazabilidad de esas donaciones y de dónde proviene el inmueble. A mí se me ocurren mil maneras de sortear la ley. Yo creo que debería entrar ahí.



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Y respecto a los convenios a los que hacía mención el compañero de VOX que tiene que haber entre partidos y grupos institucionales, yo creo que merece una reflexión si eso está sometido a IVA, si los partidos políticos tendrán que cambiar su
objeto social, cómo se articula todo eso, que introduce una complejidad. Me da la sensación de que se ha reflexionado poco.


Nada más y muchas gracias, señora presidenta.


El señor PRESIDENTE: A continuación, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora Marra.


La señora MARRA DOMÍNGUEZ: Buenos días.


Quisiera que mis primeras palabras fuesen para agradecer la labor del Tribunal de Cuentas, en particular, en esta cuestión que desde el Grupo Parlamentario Socialista consideramos que es esencial en el ámbito de la fiscalización de los
partidos políticos y fundaciones, para que a partir de esta fiscalización se contribuya a que estos mejoren la presentación de sus cuentas, sus estados contables, se potencie su transparencia y se promueva una buena y eficiente gobernanza de los
partidos.


Como recordarán, hace unas pocas semanas, tuvimos ocasión en esta Comisión de debatir y aprobar una moción relativa a la financiación de partidos políticos con 44 propuestas que desde el Grupo Parlamentario Socialista compartimos con el
tribunal. De hecho, los dos informes de fiscalización que hoy se presentan -uno de partidos políticos correspondiente al ejercicio 2017 y otro de fundaciones en los años 2018 y 2019- profundizan en esta línea al constatarse que, si bien se aprecia
un claro avance en transparencia y control, también se concluye que queda un largo camino por recorrer y retos que es urgente abordar, siendo necesario seguir profundizando en la labor de dar cumplimiento a los requerimientos y recomendaciones que
formula el Tribunal de Cuentas. Permítanme que haga referencia a algunos de ellos.


Respecto a la obligatoriedad de remitir al Tribunal de Cuentas sus cuentas anuales consolidadas, es necesario que se continúe avanzando en el registro de partidos políticos. Sigue habiendo muchos partidos, fundaciones, que tienen serios
problemas de consolidación. Somos conscientes de que se ha hecho un importante esfuerzo por parte del Ministerio del Interior, pero hay que seguir avanzando. Esto es fundamental en la consolidación de las cuentas, porque esto beneficia el sistema
de control interno y también externo.


En relación con la financiación pública, se observa que las aportaciones de los grupos institucionales figuran en muchas ocasiones como subvenciones directas de la entidad local a las formaciones políticas, lo que contraviene la legislación
vigente. Por tanto, este también es un reto: el abordar, el desarrollar y armonizar la ley de bases de régimen local con la ley de financiación. En este sentido, resulta paradójico que el Grupo VOX se posicione en contra de las subvenciones
cuando después no dudan en cobrar 9,7 millones de euros que le corresponden al año en subvenciones públicas.


Respecto a la financiación privada, si bien se han puesto en pie medidas que avanzan en la regulación de microcréditos y de conceptos básicos, como se ha recogido aquí, que son las aportaciones y donaciones, sigue siendo necesario un
desarrollo normativo de estos dos conceptos para evitar dudas interpretativas. En este sentido, me gustaría preguntarle, presidenta, qué interpretaciones hace el propio Tribunal de Cuentas sobre estos temas.


Otra cuestión importante es la revisión del régimen sancionador. Preocupa la desproporción enorme que existe, sobre todo para formaciones y grupos de electores de ámbito exclusivamente municipal que, por haber ingresado 150 euros -por
ejemplo- de más, tienen que pagar multas muy elevadas, en este caso, de 50 000 euros. Esto plantea graves problemas de equidad y de proporcionalidad, como usted ha señalado, por lo que deberían ser eliminadas.


En definitiva, como se puede observar a lo largo de los informes, con respecto al Partido Socialista, su actuación ha sido rigurosa, ha sido ejemplar en el cumplimiento de las observaciones y requerimientos formulados por el Tribunal de
Cuentas, por lo que puedo afirmar que el Partido Socialista es el partido político de mayor transparencia y con mejores sistemas de control que existe en este país. Y voy a dar algunas razones para ello. En primer lugar, la consolidación, y es que
el Partido Socialista tiene prácticamente todas sus cuentas consolidadas y ha continuado con ese proceso de incorporación progresiva en el caso de la actividad a nivel local. Pero es que, además, el Partido Socialista ha establecido un sistema de
control interno avanzado y riguroso, con una gestión eficaz y eficiente, y con transparencia. Tiene la publicación de todas sus cuentas en la página web, tiene un sistema de contratación asimilable



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al del sector público y tiene un sistema de garantía de cumplimiento de las normas que establece la propia ley, que evidencia que también es riguroso y ejemplar.


Señorías, creo que haríamos bien utilizando estos informes con la finalidad que realmente tienen, que es potenciar la transparencia y mejorar la gestión y control de las cuentas de las formaciones políticas, y con un espíritu constructivo,
como así lo entendemos en el Partido Socialista, en lugar de utilizarlos, como ha hecho el señor Suárez, como armas arrojadizas hacia los adversarios. Por cierto, señor Suárez, el Partido Popular, según el Tribunal de Cuentas en este informe, es
uno de los pocos partidos con graves incumplimientos por vulnerar la Ley sobre Financiación de los Partidos Políticos, susceptible de aplicar sanciones importantes, respecto a donaciones recibidas, que no figuran en su contabilidad y que no se han
identificado.


Finalizo reiterando nuevamente mi felicitación por el trabajo impecable y riguroso de la presidenta y de todo su personal del Tribunal de Cuentas y formulando dos últimas preguntas. En primer lugar, respecto al informe del ejercicio
anterior, el de 2016, ¿qué avances o novedades ha detectado en la fiscalización de los partidos políticos y cuál de ellas destacaría? Y respecto a la observancia de la normativa para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, ¿qué opinión le merece
la no existencia de paridad en la composición de la plantilla de personal de los partidos políticos?


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


A continuación, tiene la palabra la señora presidenta del Tribunal de Cuentas.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Chicano Jávega): Gracias, presidente.


Después de todas las reflexiones escuchadas a todos los grupos que han intervenido, me complace comprobar que están ustedes de acuerdo con algo que venimos diciendo desde hace mucho tiempo: la necesaria reforma de la financiación de los
partidos políticos. Hay muchos aspectos que nosotros abordamos muchas veces con más voluntad que con norma de apoyo, como, por ejemplo, el tema del crowdfunding y de los microcréditos, o las diferencias entre las propias formaciones políticas en
cuanto al régimen de funcionamiento, composición, etcétera. Entonces, todo lo que se ha puesto de manifiesto aquí son problemas con los que se enfrenta el Tribunal de Cuentas a la hora de hacer estas fiscalizaciones.


No suelo llorar por el trabajo que tenemos, pero realmente en el tema de partidos políticos ustedes saben que se empezó sin estructura. Aunque vamos consiguiendo una estructura relativa, es un trabajo que se hace en coponencia por los
departamentos del Tribunal de Cuentas. Y hay algo que ustedes saben, pero que quiero recordárselo. En este año tenemos, por ley, que hacer fiscalización de todos los procesos electorales locales, de las elecciones generales, cuando se produzcan, y
de cinco elecciones autonómicas, además de las cuentas generales de cada año, que se van haciendo, digamos, en los ratos que nos dejan los procesos electorales. ¿Y eso qué supone? Pues supone un sobreesfuerzo tremendo y seguramente una aplicación
a veces no todo lo correcta que sería de algunas cosas. Si nosotros nos hemos equivocado en algo, me queda la tranquilidad de la garantía que ofrecen los recursos posteriores. Eso me produce cierta tranquilidad con respecto a algunas de las cosas
que se han dicho.


Les diré que la instrucción previa se hace por un instructor que, como es lógico, por la propia instrucción, no cuenta con los consejeros coponentes a la hora de enviar al partido político la resolución procedente de su instrucción, que
después el pleno puede convalidar, puede modificar o puede rechazar. Con lo cual, a veces se ha producido que a un partido político le llegue la resolución del instructor y que después no se cierre por el pleno en las mismas condiciones, o sí, pero
digamos que no tiene por qué, porque el instructor hace ese trabajo sin contar con el órgano de gestión.


No quiero dejar de decir una cosa, porque se ha planteado por varios partidos políticos y a lo mejor he dado pie al hablar sobre el tema del equilibrio entre los recursos públicos y los recursos privados. A mí me parece que es muy oportuno
el recordatorio del artículo 6, lo que la ley prevé de las subvenciones públicas a los partidos políticos. El recordatorio que se ha hecho está en función del propio soporte de los partidos políticos. Es decir, si un partido político, por decirlo
finamente, pierde unas elecciones, disminuyen sus recursos sustancialmente y, por tanto, puede no tener garantizado un buen sistema de recursos propios. No es que no tengan que recibir subvención pública. Yo soy partidaria de que sea un
instrumento de la democracia y el artículo 6 dice lo que dice, lo único que pasa es que, sobre todo a los partidos que tienen en un momento ese tipo de problemas, se les aconseja que tengan un soporte que les permita continuar. Muchos no han
continuado por eso, muchos no tienen actividad porque no han tenido ningún recurso privado; es cierto que eran pequeños, pero muchos no han continuado. Y la consolidación de las cuentas



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entre los partidos y los grupos institucionales tiene como fundamento el beneficio técnico de presentar una imagen fiel de la situación económica de las agrupaciones políticas.


En cuanto a las alegaciones y al tratamiento desigual a los que se refiere el señor Suárez, no le voy a decir que no lo haya advertido, pero me sorprende profundamente, porque aquí tenemos unas normas internas publicadas en la web con el
sistema de contestación de alegaciones. No quiere decir nada si a uno se le contestan ochenta y tres y a otro cuarenta y dos, porque está todo conforme al mismo criterio y están publicadas las normas en la página web. No es que cada uno haga lo
que le parece en el momento en que se sienta delante de las alegaciones de un partido político. Entonces, me sorprende. Pero si ha habido algún problema, a mí me gustaría tenerlo identificado, porque me identificaría un problema real en el grupo
de personas que trabajan en esto, aunque no tendría por qué darse. Realmente, además, las alegaciones en muchos casos, de no atenderse, y ustedes estarán de acuerdo conmigo, es porque no es oposición técnica o jurídica -nosotros hacemos los
informes sobre la base en consideraciones técnicas y jurídicas-, sino un comentario para intentar salvar una situación; y no se oponen, de contrario, a argumentos técnicos o jurídicos. Entonces, no se tienen en consideración. También puede darse
el caso de que se opongan a argumentos técnicos o jurídicos que no convencen al órgano auditor. Eso aquí también pasa, ¿verdad, señora auditora? (La señora Cañizares Pacheco: Sí, claro que pasa). Eso pasa muchas veces. Con lo cual no creo que
puedan alegarse tratamientos diferentes a partidos políticos diferentes. Primero, porque los informes pasan por las manos de muchos técnicos. Segundo, porque la coponencia es variada. Tercero, porque el pleno es más variado todavía. Y, además,
porque unas veces están unos arriba, otros abajo y otros en el medio, y a nosotros nos tocan todas las situaciones. Con lo cual, sería casi imposible mantener una línea de oposición a algún partido político o de más incidencia en algún partido
político. En cualquier caso, ya les digo que, si esto se produce y ustedes lo tienen meridianamente claro, hágannoslo llegar, porque yo no tengo el más mínimo inconveniente, ya que puede ser -puede ser- que se produzca alguna situación que no se
observa y ustedes sean capaces de verla.


Lo único que queremos es hacer el trabajo lo mejor posible y que sirva lo mejor posible. Con esa ley lo hacemos regular y, como no la modifiquemos pronto, solamente lo vamos a seguir haciendo regular, porque hay bastantes cosas que no están
previstas, bastantes situaciones que hay que modificar y bastantes atenciones diferentes que regular en una norma única, con lo cual tiene su dificultad.


En fin, puesto que ustedes están de acuerdo, pónganse a ello y démonos una norma de financiación de partidos políticos que a la ciudadanía nos deje tranquilos y que al Tribunal de Cuentas nos facilite el trabajo y para que ustedes también
puedan trabajar mejor.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora presidenta.


Tras la presentación de estos informes, despedimos a la señora presidenta, agradeciendo sus explicaciones. Y, sin más asuntos a tratar, se levanta la sesión.


Eran las doce y cuarenta minutos del mediodía.