Ruta de navegación

Publicaciones

BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 75, de 28/04/2020
cve: BOCG-14-D-75 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


28 de abril de 2020


Núm. 75



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


PERSONAL


299/000003 Personal eventual para la atención de los señores Diputados.


Ceses ... (Página8)


Nombramientos ... (Página8)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión Constitucional


161/000621 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la instauración de un periodo de luto oficial durante el tiempo que dure el estado de alarma y hasta pasados tres días desde su finalización, en honor y
memoria a las víctimas del COVID-19 ... (Página9)


Comisión de Asuntos Exteriores


161/000641 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la modificación del Real Decreto 8/2008, de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en
el exterior ... (Página10)


Comisión de Defensa


161/000584 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la mejora de las capacidades del Ejército del Aire y del Arma Aérea de la Armada ... (Página11)


161/000588 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al reconocimiento del 'fallecimiento en acto de servicio' a los miembros de las Fuerzas Armadas como consecuencia de su movilización y despliegue durante la
pandemia del COVID-19 ... (Página14)


161/000589 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la protección jurídica de los miembros de las Fuerzas Armadas integrados en la Operación 'Balmis' en el ejercicio de sus funciones como agentes de la
autoridad ... (Página16)



Página 2





161/000599 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a que los enfermos de coronavirus (COVID-19) de entre los miembros de las Fuerzas Armadas que hayan participado en todo tipo de actividades de
contención de la pandemia y lucha contra la misma, sean reconocidos como infectados y, en su caso, fallecidos en acto de servicio o como consecuencia del mismo ... (Página20)


161/000601 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a que los miembros de las Fuerzas Armadas que realizan cualquier tipo de actividad para la contención y lucha contra la pandemia del coronavirus
(COVID-19), sean reconocidos dentro del catálogo de personal con exposición al coronavirus y, por tanto, personal de riesgo con la dotación oportuna de equipos de protección individual (EPI) y pruebas diagnósticas ... href='#(Página21)'>(Página21)


161/000628 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al procedimiento de actuación del Ministerio de Defensa en el marco del estado de alarma y la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 ... href='#(Página21)'>(Página21)


Comisión de Hacienda


161/000585 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la oportunidad de financiación pública de medios de comunicación privados en el contexto de emergencia sanitaria y crisis económica ... href='#(Página24)'>(Página24)


161/000592 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a inyectar liquidez en la economía mediante el pago de deudas pendientes por parte de las Administraciones Públicas ... href='#(Página27)'>(Página27)


161/000623 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a rebajar el tipo de IVA aplicable a mascarillas, guantes e hidrogeles ... (Página28)


161/000624 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la convocatoria urgente del Consejo de Política Fiscal y Financiera para abordar cuestiones clave para que las Comunidades Autónomas puedan
combatir los efectos sanitarios y económicos del coronavirus ... (Página29)


161/000632 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la orientación del sistema tributario ante la crisis provocada por el COVID-19 ... (Página30)


161/000637 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas de apoyo en relación a los suministros de luz y gas para los autónomos, PYMES y consumidores domésticos ... href='#(Página32)'>(Página32)


Comisión de Interior


161/000590 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la reactivación de los talleres productivos de instituciones penitenciarias para la confección de mascarillas ... (Página33)


161/000598 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a que los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los funcionarios de prisiones sean reconocidos dentro del catálogo de personal
con exposición al coronavirus y, por tanto, personal de riesgo con la dotación oportuna de equipos de protección individual (EPI) y pruebas diagnósticas ... (Página36)


161/000600 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a que los enfermos de coronavirus (COVID-19) de entre los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que hayan participado en todo
tipo de actividades de contención de la pandemia y lucha contra la misma, sean reconocidos como infectados y, en su caso, fallecidos en acto de servicio o como consecuencia del mismo ... (Página37)



Página 3





161/000614 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a las medidas de protección sanitarias necesarias para los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, durante el estado de alarma ... href='#(Página38)'>(Página38)


161/000630 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la legislación vigente sobre las Instituciones Penitenciarias y el estado de alarma ... (Página40)


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/000595 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al apoyo del transporte aéreo de mercancías durante la crisis del COVID-19 ... (Página42)


161/000606 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, relativa a garantizar medidas de protección para los repartidores ante la crisis sanitaria del coronavirus ... (Página44)


161/000609 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la fijación de servicios mínimos para las empresas de grúas de auxilio en carretera en el contexto de la lucha contra el COVID-19 ... href='#(Página45)'>(Página45)


161/000633 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la aplicación de las recomendaciones sanitarias en relación con el COVID-19 en los medios de transporte colectivo, tras el cese del estado de alarma ...
(Página46)


161/000634 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la aprobación del Plan de Prestación del Servicio Postal Universal y su contrato regulador ... (Página47)


161/000635 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, para manifestar el agradecimiento y reconocimiento a todos los trabajadores del sector del transporte ... (Página48)


Comisión de Educación y Formación Profesional


161/000605 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la optimización de recursos educativos y la resolución del curso 2019/2020 ante la crisis del COVID-19 ... (Página49)


161/000613 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la evaluación final del curso académico 2019-2020 ... (Página51)


161/000617 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a un Plan integral para eliminar la brecha digital en el ámbito educativo ... (Página52)


161/000640 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a las dificultades de aprendizaje de los alumnos españoles debido a la brecha digital ... (Página54)


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/000603 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas de apoyo para los trabajadores en actividades estacionales o de temporada afectados por circunstancias excepcionales relacionadas con la
pandemia de COVID-19 ... (Página57)


161/000612 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la adopción de medidas para la reincorporación temporal de los liberados sindicales con el fin de desempeñar sus funciones en atención a la situación
generada por la COVID-19 ... (Página58)



Página 4





161/000626 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, relativa a extender a todos los miembros de mutualidades de previsión social alternativas al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), la prestación
extraordinaria por cese de actividad para trabajadores por cuenta propia o autónomos establecida en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 ... href='#(Página60)'>(Página60)


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/000583 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al impulso del turismo de interior, rural y de naturaleza ... (Página61)


Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/000602 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas para asegurar la protección y apoyo necesarios a colectivos vulnerables durante la emergencia sanitaria del COVID-19 ... href='#(Página64)'>(Página64)


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/000587 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a las labores de esquileo ... (Página67)


161/000594 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a adoptar medidas para intentar paliar la situación que atraviesa el sector cárnico ... (Página68)


161/000611 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, por la que se insta al Gobierno a reconsiderar las medidas anunciadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para el sector ovino-caprino ... href='#(Página70)'>(Página70)


161/000636 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas de acompañamiento al sector primario durante la crisis sanitaria ... (Página71)


Comisión de Cultura y Deporte


161/000562 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la promoción de la cultura y patrimonio histórico español ... (Página73)


161/000596 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, relativa a la puesta en marcha de medidas y ayudas que contribuyan a paliar la crisis derivada del COVID-19 en el sector cultural ... href='#(Página76)'>(Página76)


161/000607 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el desarrollo de medidas urgentes en el ámbito de las nuevas tecnologías y de la innovación para minimizar el impacto económico que, tras la
crisis sanitaria del COVID-19, ha sufrido el sector cultural e impulsar su digitalización ... (Página78)


161/000616 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la consideración del Libro como 'bien de primera necesidad' desarrollando, en atención a esta calificación, los mecanismos que permitan la
apertura de las librerías, con las adecuadas garantías sanitarias, para hacer posible la venta de libros durante el confinamiento y tras la gradual apertura de actividad, por motivo del COVID-19 ... (Página80)



Página 5





Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


161/000608 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a garantizar la conectividad y suprimir la brecha digital en la España rural ... (Página81)


Comisión de Sanidad y Consumo


161/000586 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la consideración del COVID-19 como enfermedad profesional ... (Página83)


161/000591 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la adopción de medidas complementarias de salud pública para asegurar la veracidad en la contabilización de las cifras de fallecidos con COVID-19 ... href='#(Página84)'>(Página84)


161/000593 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la modificación del protocolo sobre la reincorporación del personal sanitario a sus puestos de trabajo tras sufrir la COVID-19 ... href='#(Página87)'>(Página87)


161/000597 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la elaboración de un plan de acompañamiento de los centros hospitalarios para combatir las situaciones de soledad de los pacientes durante el
estado de alarma provocado por el COVID-19 ... (Página88)


161/000615 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al desarrollo de medidas de protección específicas para pacientes de grupos de riesgo frente a crisis como la generada por el coronavirus
(COVID-19) que puedan producirse en el futuro ... (Página90)


161/000618 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al aprovisionamiento de medidas de protección adecuadas (mascarillas) para el personal que debe ser considerado de alto riesgo ... href='#(Página91)'>(Página91)


161/000620 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al reconocimiento de la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias Sanitarias ... (Página93)


161/000625 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre apoyo a la Sanidad pública ... (Página95)


161/000627 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la apertura y rehabilitación del Hospital Policlínico de Segovia ... (Página96)


161/000631 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al contagio del virus SARS-CoV-2 (COVID-19) de Wuhan (China) a través de insectos vectores ... (Página100)


Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades


161/000610 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a realizar un estudio de impacto de las medidas adoptadas por la crisis sanitaria COVID-19 y el diseño de un plan
de refuerzo respecto a los estudiantes universitarios ... (Página101)


161/000629 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la creación de empresas, fundaciones y otras personas jurídicas dedicadas a la exclusiva investigación del SARS-CoV-2 (COVID-19) ... href='#(Página102)'>(Página102)


161/000638 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la optimización de recursos en ciencia y en I+D+i para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 ... href='#(Página103)'>(Página103)



Página 6





Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia


161/000604 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas de protección a la infancia y la adolescencia durante la emergencia sanitaria del COVID-19 ... (Página105)


Comisión sobre Seguridad Vial


161/000639 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la inclusión de la infracción referida al estacionamiento en zonas para uso exclusivo de personas con discapacidad, entre las infracciones que llevan
aparejada la pérdida de puntos ... (Página107)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


Comisión de Interior


181/000089 Pregunta formulada por el Diputado don Macarena Olona Choclán (GVOX), sobre explicación que da el Ministro del Interior a sus declaraciones del día 12/04/2020 donde afirmaba que 'No hay censura sino una monitorización de las redes
sociales por si hay discurso del odio' ... (Página109)


181/000090 Pregunta formulada por el Diputado don Macarena Olona Choclán (GVOX), sobre medios utilizados y acciones concretas emprendidas por el Ministerio del Interior para 'monitorizar las redes sociales' ... href='#(Página110)'>(Página110)


Comisión de Política Territorial y Función Pública


181/000087 Pregunta formulada por el Diputado don José María Sánchez García (GVOX), sobre incremento de la presencia de la Administración General del Estado en las Comunidades Autónomas ... (Página110)


181/000096 Pregunta formulada por el Diputado don José María Sánchez García (GVOX), sobre previsiones acerca de incrementar la presencia de la Administración General del Estado en las Comunidades Autónomas con recursos materiales y/o
personales en materia de educación, con carácter general ... (Página110)


181/000097 Pregunta formulada por el Diputado don José María Sánchez García (GVOX), sobre previsiones acerca de incrementar la presencia de la Administración General del Estado en las Comunidades Autónomas con recursos materiales y/o
personales en materia de seguridad y orden público, con carácter general ... (Página111)


181/000098 Pregunta formulada por el Diputado don José María Sánchez García (GVOX), sobre previsiones acerca de incrementar la presencia de la Administración General del Estado en las Comunidades Autónomas con recursos materiales y/o
personales en materia de justicia, con carácter general ... (Página111)


181/000101 Pregunta formulada por el Diputado don José María Sánchez García (GVOX), sobre previsiones acerca de incrementar la presencia de la Administración General del Estado en las Comunidades Autónomas en materia de infraestructuras ...
(Página112)


181/000102 Pregunta formulada por el Diputado don Emilio Jesús Del Valle Rodríguez (GVOX), sobre acciones del Ministerio de Política Territorial y Función Publica en relación con la cooperación territorial para favorecer la cohesión social y
mejorar la vida de todas las personas ... (Página112)



Página 7





181/000104 Pregunta formulada por el Diputado don Emilio Jesús Del Valle Rodríguez (GVOX), sobre situación en la que se encuentra el proceso de diálogo con la Comunidad Autónoma del País Vasco para continuar con el proceso de transferencias
pendientes ... (Página112)


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


181/000088 Pregunta formulada por el Diputado don María Magdalena Nevado del Campo (GVOX), sobre posibilidad de reestructurar las inversiones y emplear los fondos inicialmente destinados para el Fondo Verde del Clima a la lucha trasversal
contra el SARS-CoV-2, al haberse reducido drásticamente las emisiones de NO2 y, previsiblemente, también las de CO2, por el confinamiento ... (Página113)


181/000100 Pregunta formulada por el Diputado don Inés Sabanés Nadal (GPlu), sobre impulso de planes especiales para la movilidad segura en coordinación con otras Administraciones en relación al COVID-19 en la fase de menor confinamiento y
desescalada ... (Página113)


Comisión de Cultura y Deporte


181/000103 Pregunta formulada por el Diputado don José Ramírez del Río (GVOX), sobre conocimiento que tenía el Secretario General de Cultura de las gestiones realizadas por el Ministro de Cultura y Deporte para solventar la crisis de
COVID-19 con el sector cultural, así como de las consecuencias de su compromiso ... (Página114)


Comisión sobre Seguridad Vial


181/000099 Pregunta formulada por el Diputado don Francisco José Alcaraz Martos (GVOX), sobre motivo por el que el Gobierno sigue sin incluir en la lista de infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos, la infracción relacionada
con el estacionamiento en plazas destinadas a discapacitados ... (Página114)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


Relación de preguntas para respuesta escrita que pasan a tramitarse como preguntas para respuesta oral en Comisión ... (Página114)


184/009592 Autor: Utrilla Cano, Julio Fernández-Roca Suárez, Carlos Hugo


Medidas del CNI y del Centro Criptográfico Nacional (CCN) para contrarrestar la ofensiva de propaganda independentista ... (Página115)



Página 8





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


PERSONAL


299/000003


Ceses


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 13 de marzo de 2020, la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, a propuesta del
Excmo. Sr. D. Rafael Simancas Simancas, con efectos de 15 de marzo de 2020, de D.ª Mónica Martín Gómez, como personal eventual en el cargo de Asesora de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Socialista.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de marzo de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nombramientos


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 10 de marzo de 2020 la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D. Alvaro de Sande
Santa, a propuesta del Excmo. Sr. D. Rafael Simancas Simancas, con efectos de 10 de marzo de 2020 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Socialista.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de marzo de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 9





Comisión Constitucional


161/000621


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Alberto Asarta Cuevas y D. Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), respectivamente, al amparo de lo establecido en el artículo
193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la instauración de un periodo de luto oficial durante el tiempo que dure el estado de alarma y hasta pasados tres días
desde su finalización, en honor y memoria a las víctimas del COVID-19, para su discusión en la Comisión Constitucional.


Exposición de motivos


Primero. Hasta la fecha, 14 de abril de 2020, España registra 18.056 muertos por COVID-19. Desafortunadamente, ese número 'oficial' es demasiado bajo, según constatan numerosas fuentes, entre las que se incluye el Tribunal Superior de
Justicia de Castilla La Mancha, que cifra en un 250 por ciento más el número de fallecidos en esa Comunidad. Por ello, la Presidencia del Alto Tribunal ha dictado un Acuerdo instando prevención a los Jueces Encargados de los Registros Civiles para
que, en lo sucesivo, se vele por que se haga una identificación lo más precisa posible de la causa inicial o fundamental de la muerte en todos aquellos casos en los que aparezcan procesos patológicos o causas intermedias que puedan considerarse
compatibles o sospechosos con el coronavirus.


Y, pese a que el número oficial de fallecidos por COVID-19 se presuma ínfimamente inferior al real, España se sitúa, una semana más, como el primer país del mundo en muertos por millón de habitantes, afianzándose en esa posición y
distanciándose de su inmediato seguidor, Italia, con una diferencia que se amplía hasta las 47 víctimas mortales. El dato es demoledor: 369 fallecimientos por millón de habitantes (103 por encima del de la semana pasada).


Segundo. La última vez que el Gobierno decretó el luto nacional fue en mayo de 2019, con motivo del fallecimiento del ex secretario general del PSOE Alfredo Pérez Rubalcaba, decisión que fue publicada en el BOE del día 11 de mayo de 2019.
La bandera nacional ondeó a media asta en todos los edificios públicos y buques de la Armada.


Han sido numerosos los municipios y Comunidades Autónomas que ya han decretado el luto en sus respectivas áreas de gobierno territorial, como consecuencia del gran número de fallecimientos y en reconocimiento y recuerdo de los difuntos,
testimoniando el dolor ante el sufrimiento de todos los afectados por la pandemia.


Así, el pasado 30 de marzo, la Comunidad Autónoma de Madrid, decretó el luto regional indefinido, animando igualmente a los madrileños a guardar diariamente un minuto de silencio al mediodía. Después fue Castilla y León, que hizo lo propio
el pasado 3 de abril, como forma de dar 'testimonio del dolor de la Comunidad de Castilla y León, y en serial de duelo, respeto y solidaridad ante la pérdida de vidas humanas producida como consecuencia del COVID-19, mostrando las condolencias a
todos los que no pueden despedir a sus familiares como hubiesen deseado', tal y como manifestó el presidente de la comunidad. También han declarado el luto oficial diversos ayuntamientos, entre otros, los de Valencia, Oviedo, Orense, Granada,
Ávila, Salamanca...


Tercero. La trascendencia a nivel nacional del COVID-19 es manifiesta, motivo por el que el Gobierno de la nación decretó el estado de alarma el pasado 14 de marzo, y razón por la que el mismo debe decretar sin más dilación el luto nacional
hasta la finalización del estado de alarma vigente o su/s respectiva/s prórroga/s.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a decretar luto oficial durante el tiempo que dure el estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, hasta pasados tres días desde



Página 10





su finalización, ondeando las banderas de todos los edificios oficiales y buques de la Armada a media asta, en serial de solidaridad y condolencia de la nación por las víctimas ocasionadas por el COVID-19.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2020.-Alberto Asarta Cuevas y Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Asuntos Exteriores


161/000641


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán y D. Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputado del Grupo Parlamentario VOX respectivamente, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la modificación del Real Decreto 8/2008, de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes
en el exterior, para su discusión en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


Primero. La Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior, se configura como el marco básico para erigir, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Constitución Española, una política
plena de emigración y de retorno que salvaguarde los derechos económicos y sociales de los ciudadanos españoles que residen en el exterior, y para facilitar la integración social y laboral de los retornados.


Concretamente, el capítulo II del Título I de la referida Ley, recoge los derechos sociales y prestaciones, entre los que además del derecho a la protección de la salud, se introduce la prestación por razón de necesidad como un concepto que
engloba la prestación económica por ancianidad, por incapacidad, e incluso, la asistencia sanitaria.


Este Estatuto de la ciudadanía española en el exterior se extiende más allá, según reza la propia exposición de motivos de la Ley 40/2006, de la noción de emigrante que contemplaba la Ley 33/1971, de 21 de julio, de Emigración, que vinculaba
la acción protectora a la existencia de una relación de trabajo o actividad lucrativa, e indirectamente, a los familiares a su cargo.


Segundo. Por otro lado, el Real Decreto 8/2008, de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados (en adelante, el 'R.D.'), tiene por finalidad
establecer un mecanismo de protección que garantice el derecho a percibir una prestación a los españoles residentes en el exterior y que procedieron a trasladarse por razones laborales, económicas o cualesquiera otras y, habiendo cumplido 65 años de
edad o estando incapacitados para el trabajo, se encuentren en una situación de necesidad por carecer de aquellos recursos suficientes y necesarios para cubrir sus requerimientos vitales.


El importe de la prestación, señala el R.D., vendrá determinado para cada uno de los países de forma objetiva, tomando como referencia la realidad socioeconómica del país de residencia. Debemos recordar que el objetivo último que persigue
este R.D. es configurar un sistema que proteja, por razón de necesidad para los beneficiarios, además de la prestación económica por ancianidad o incapacidad, la protección sanitaria.


Precisamente por ese motivo, el R.D. recoge la pensión asistencial por ancianidad para los españoles de origen que retornen a España, y se reconoce su derecho a la asistencia sanitaria siempre que no lo tuviesen por otro título, derecho que
se extiende a los pensionistas españoles de origen residentes en el exterior en sus desplazamientos temporales a nuestro país.


Tercero. Según los últimos datos facilitados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), vía Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE), a fecha de 1 de enero de 2020, en Venezuela residen 142.302 españoles.



Página 11





De manera que, atendiendo a las cifras del PERE, el número de españoles que deben recibir la prestación, por razones de edad, asciende a 6.336. Cifra a la que hay que añadir aquellos españoles que estén incapacitados para el trabajo.


Pese a la alta vulnerabilidad de los sectores a los que afecta esta normativa (mayores de 65 años, incapacitados laborales...) y la necesidad de que residan legal y efectivamente en países 'donde la precariedad del sistema de protección
social justifique la necesidad de esta prestación', según dispone el artículo 3, apartado b) del R.D., el artículo 17 R.D. supone un margen excesivo sobre la financiación y pago de estas prestaciones a saber: El pago de la prestación por razón de
necesidad se efectuará con la periodicidad que determine la Dirección General de Emigración, que en ningún caso será superior a la trimestral (actualmente denominada Dirección General de Migraciones).


Dicho plazo concedido a la administración correspondiente para el pago es excesivo si se tiene en cuenta la situación crítica que viven los nacionales aptos para recibir la prestación, en sociedades cuya precariedad, precisamente, es la que
justifica la necesidad de la prestación objeto del R.D. y tal es la realidad de la sociedad venezolana, azotada por el hambre y la miseria, en la que viven numerosos españoles, que con un plazo para hacer efectiva la prestación de tres meses, se
ven desamparados económicamente.


A la pésima situación tanto económica como social, que vive el pueblo venezolano -y nuestros nacionales que allí residen-, se ha sumado la pandemia del COVID-19. 'The Economist' destacó en su editorial del 2 abril que 'la mitad de sus 306
hospitales no tienen mascarillas', y que solo disponen de agua corriente la mitad del día. Las fuentes consultadas por 'The Economist' señalan que hay hospitales que no tienen ambulancias, máquinas de rayos X, morgue, agua, ni electricidad
(suministros que se cortan a mitad de semana), de tal modo que la pandemia no ha hecho sino intensificar la crisis en que ya estaba inmersa Venezuela y que desafortunadamente también padecen nuestros nacionales, haciendo que, el pago de las
prestaciones a que tienen derecho, deba ser satisfecha en plazos reducidos de tiempo a fin de poder hacer frente a las necesidades más básicas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Impulsar las modificaciones normativas que procedan sobre el régimen de prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados, al objeto de que el pago de la prestación por razón de necesidad
se efectúe en un periodo de tiempo no superior a un mes y dentro de los límites establecidos en la correspondiente partida presupuestaria anual del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.


2. Elaborar y remitir a la Comisión de Asuntos Exteriores, en un plazo no superior a tres meses, un informe en el que se especifique el número total de españoles que reciben la prestación contemplada en el R.D. 8/2008, de 11 de enero, y la
cuantía a que asciende la misma. El informe habrá de contener, igualmente, la distribución por países de residencia de los beneficiarios de las prestaciones.


3. Confeccionar un plan de contingencia que incluya la repatriación de aquellos nacionales residentes en Venezuela, beneficiarios de las prestaciones contempladas en el R.D. 8/2008, de 11 de enero, que hayan manifestado el deseo de
retornar a España.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de abril de 2020.-Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, Diputado.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Defensa


161/000584


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D. Manuel Mestre Barea, D. Alberto Asarta Cuevas, D. Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez y D. Víctor González Coello de Portugal en



Página 12





sus condiciones de Portavoz Adjunto y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), respectivamente, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente
Proposición no de Ley relativa a mejora de las capacidades del Ejército del Aire y del Arma Aérea de la Armada, para su discusión en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


La principal misión del Ejército del Aire (EA) es asegurar la vigilancia y control del espacio aéreo de soberanía nacional de manera permanente, las 24 horas del día, los 365 días del año tal y como reza la Estrategia de Seguridad
Aeroespacial aprobada en 2019. Pero la situación operativa que vive EA a principios del 2020 pone en grave riesgo el cumplimiento de esa misión. Lo demuestra la reducción muy significativa de horas de vuelo realizadas anualmente, en comparación
con años previos a la crisis del 2008, la pérdida de capacidades importantes (ejemplo: reabastecimiento en vuelo, inteligencia de señales), el sostenimiento de los sistemas de armas con una capacidad de generar horas de vuelo muy baja y la
reducción de un 18 % de personal desde el 2011.


Fuentes militares señalan como fecha de colapso operativo el año 2023, a menos que se emprendan acciones de mejora que establezcan las condiciones para que el EA pueda seguir cumpliendo con sus misiones en los exigentes escenarios
geoestratégicos de los próximos años.


Concurren en el caso del EA la necesidad de continuar o finalizar la implantación de sistemas de armas y de programas ya en curso, junto con la imprescindible reposición de capacidades perdidas y el inicio de la sustitución y adquisición de
otras con vistas a un horizonte 2030.


En lo que se refiere exclusivamente a sistemas de armas se puede afirmar:


Primero. Respecto al caza Eurofighter Typhoon 2000, este sistema de armas empezó a diseñarse a principios de los años 80 y entró en servicio en el EA en el año 2004. Pese a ser todavía hoy un avión de combate con grandes capacidades y
encontrarse a mitad de su vida operativa, ya existen modelos que lo superan, como el F-35 o el F-22 Raptor, ambos estadounidenses. Pero no solo EE.UU. posee cazas de la llamada 5.ª generación por sus capacidades de baja detectabilidad e
integración de la información, China y Rusia también avanzan en sus modelos de caza de 5.ª generación, con su Su-57 (Rusia) y su J-20 (China), mientras que el Eurofighter pertenece a la 4, 5 generación si se incluyen sus distintas modificaciones
(tranches). Incluso algunos aviones de 4.ª generación como el F-16 transformados a F-16V (block 70) y recién adquiridos por Marruecos, superan a nuestros Eurofigthers en algunas de sus características.


El Eurofighter será la columna vertebral del EA una vez se den de baja los F.18. Por ello se hace necesario acometer su modernización para actualizar sus capacidades y hacerlo evolucionar hacia escenarios en los que la superioridad en el
enfrentamiento se logra a base de conectividad, y el trabajo colaborativo entre distintos componentes de un sistema de sistemas, como el Futuro Sistema Aéreo de Combate (FCAS).


En efecto, España asumió el compromiso, recientemente, de unirse al programa del Futuro Sistema Aéreo de Combate (conocido por las siglas en inglés FCAS), junto con Alemania y Francia. Se trata del mayor programa militar que Europa tiene
previsto para los próximos años y que dará lugar a un avión de combate que deberá superar las capacidades del ahora aparentemente imbatible F-35 Joint Strait Fighter estadounidense, que es el caza más avanzado del mercado mundial actual. El
objetivo del EA es que el FCAS sustituya al Eurofigther a partir del 2040.


Por tanto, España se ve en la tesitura de seguir financiando un proyecto como es el Eurofighter que en el 2040 tendrá más de treinta años de vida operativa con el riesgo de asumir la lentitud, como demuestra la experiencia, de los programas
militares europeos como el FCAS. Es este un programa esencial no solo para nuestras Fuerzas Armadas, sino para nuestra industria nacional, que no debe perder una capacidad considerada estratégica que va desde el diseño a la entrega de sistemas de
armas de tecnología punta y muchas veces de uso dual.


Segundo. Como se ha señalado con anterioridad, el F18, avión que ha significado toda una revolución tecnológica y de concepto en el EA, empieza a dar síntomas de obsolescencia, después de más de 30 años de operación.


Antes del 2024, el Ejército del Aire se verá abocado a ir adelantando la sustitución de los F-18 del Ala 46 en Canarias, que cuenta con los modelos más antiguos, adquiridos de segunda mano a la US Navy, y que deberían ser sustituidos por 20
Eurofighter de nueva generación.



Página 13





A medio plazo, también se debería planear la sustitución del resto de los 65 F.18. Las opciones están abiertas y entra dentro de lo posible que el MINISDEF vaya a adquirir una cantidad sensiblemente inferior (sobre 40), optando por más
Eurofighter (40) de nueva generación (versión LTE-Long Term Evolution) o por una opción mixta de Eurofighter LTE (20) y F-35A (20). Con esta operación, España mantendría su compromiso con la industria europea, el EA seguiría asegurando la
superioridad para mantener la vigilancia y control del espacio aéreo de soberanía y proporcionando seguridad aérea allá donde se le demande.


Tercero. Respecto los aviones P-3 Orión, encargados de la vigilancia marítima de nuestro país. Dichos aparatos, que entraron en servicio en el EA en 1973, están ya al final de su vida operativa útil. En misiones de vigilancia marítima y
SAR, el EA opera también 8 CN-235 VIGMA que entraron en servicio en 2008 pero modificados de células de 1988.


No obstante, mientras se tramita un posible programa de reposición para mantener la capacidad de Vigilancia Marítima y SAR, el EA tendrá que seguir operando los viejos P-3 y los CN-235 VIGMA, con más de 40 años en sus hojas de servicio. En
cualquier país, la vigilancia de sus mares resulta fundamental, pero en uno peninsular como el nuestro, esta actividad alcanza proporciones vitales, y se pone de manifiesto en la Estrategia de Seguridad Marítima Nacional, a la que estos veteranos
aviones proporcionan una capacidad clave para detectar con anticipación elementos de riesgo en este entorno, y actuar para mitigarlos.


Pero esta no es la única capacidad que corre el riesgo de perder nuestras Fuerzas Armadas. La opción de tener aviación embarcada, capaz de operar desde un portaaviones, también se encuentra en riesgo. Los Harrier de la Armada, tiene una
hoja de servicios tan longeva, que el propio mantenimiento de las unidades se ha dificultado enormemente, ya que apenas se fabrican piezas para ellos. En este caso concreto, y ante la necesidad de un avión que pueda realizar un despegue y
aterrizaje vertical, la única opción de sustitución que se plantea es el F-35B, de origen estadounidense, ya que actualmente, no existe un modelo alternativo con dicha capacidad.


Cuarto. Como se ha señalado con anterioridad, España como miembro de la Unión Europea, acaba de ratificar su participación en el programa europeo FCAS. No obstante, este programa se halla en su fase embrionaria, y no se espera que sea
operativo hasta el 2040 como fecha más optimista.


Además, entre el 2022 y el 2024 la Armada y el Ejército del Aire se verán abocados a ir reduciendo algunas de sus unidades operativas. En particular, el escuadrón de F-18, del Ala 46 en Canarias, que cuenta con los modelos más antiguos de
F18, así como los Harrier de la 9.ª Escuadrilla de la Armada.


Se debería explorar la opción de compra de un pequeño paquete de F-35B, para reemplazar los Harrier de la Armada (entre 12-14 naves), y sustituir el resto de F-18, cuya fecha prevista de sustitución es 2025-2030, por Eurofighter de nueva
generación (30-32 aparatos) o por un mix de Eurofighter LTE (20) y F-35 (20). Esta segunda opción ofrece la ventaja de comunalidad de flotas de la Armada y del EA. Con esta operación, España mantendría su compromiso con la industria europea,
seguiría asegurando la vigilancia y control del espacio aéreo de soberanía y, a la vez, lograría conservar una capacidad crítica para la Armada como es el apoyo aéreo a la Fuerza de Proyección.


Cuarto. Estos ejemplos dan muestra de la situación en la que se encuentran las capacidades aéreas de nuestras Fuerzas Armadas. Tras años de recortes, reducción de la inversión y de falta de nuevos proyectos, sus capacidades se están viendo
gravemente mermadas. Si esto no se revierte de forma inmediata, nuestro país se encontrará en serio peligro en caso de un conflicto o crisis.


Mientras tanto, nuestros vecinos del Sur siguen reduciendo la ventaja que, en teoría, poseen nuestras Fuerzas Armadas. Marruecos continúa comprando grandes cantidades de material estadounidense (F-16V, carros de combate Abrams, helicópteros
Apache, piezas auxiliares, repuestos...) y Argelia ha dado un salto cualitativo al obtener seis submarinos de 5a generación, con propulsión AIP (tecnologías que permiten a un submarino operar sin la necesidad de emerger a la superficie o tener que
usar el sistema snorkel para acceder al oxígeno de la atmósfera) y capacidad de ataque con misiles, lo que no solo supone un factor de superioridad naval de importancia decisiva, sino la posibilidad de batir objetivos en tierra.


Quinto. Desde hace décadas el Poder Aeroespacial ha sido un factor determinante en todos los conflictos y campañas de todas las naturalezas, desde la gestión de crisis a campañas de gran intensidad como la Segunda Guerra del Golfo, el
conflicto de los Balcanes o Libia. Por sus características de proyección global, flexibilidad, rapidez, versatilidad y relación coste/eficacia, el poder aeroespacial es hoy en día un elemento esencial y primera opción puesta a disposición del
gobierno de la Nación para la resolución de conflictos.



Página 14





El poder Aeroespacial nacional debe estar apoyado en una industria aeronáutica nacional potente y con capacidad de desarrollo de sistemas de armas, desde su diseño hasta su entrega y operación.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Elaborar y remitir a la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados un informe general del nivel de operatividad y sostenimiento de todas las aeronaves del Ejército del Aire, que incluya específicamente la siguiente información:


- Nivel de operatividad y sostenimiento en el que se encuentra la flota de F-18 y en particular los F-18 del Ala 46 del Mando Aéreo de Canarias y posibles opciones de sustitución.


- Nivel de operatividad y sostenimiento en el que se encuentra la flota EF-2000.


- Nivel de operatividad y sostenimiento en el que se encuentran los P-3 Orión, pertenecientes al Ala 11, Grupo n.º 22, de Vigilancia Marítima y posibles opciones de sustitución.


- Nivel de operatividad y sostenimiento en el que se encuentra la flota de CN-235 VIGMA y posibles opciones de sustitución.


2. Elaborar y remitir a la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados el mismo informe sobre el nivel Nivel de operatividad y sostenimiento de los Harrier-II Plus de la Armada, pertenecientes a la 9.ª Escuadrilla, sita en la Base
Naval de Rota y posibles opciones de sustitución.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de abril de 2020.-Manuel Mestre Barea, Agustín Rosety Fernández de Castro, Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, Alberto Asarta Cuevas y Víctor González Coello de Portugal, Diputados.-Macarena Olona
Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000588


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D. Manuel Mestre Barea, D. Alberto Asarta Cuevas, D. Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez y D. Víctor González Coello de Portugal en sus condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), respectivamente, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa al reconocimiento
del 'fallecimiento en acto de servicio' a los miembros de las Fuerzas Armadas como consecuencia de su movilización y despliegue durante la pandemia del COVID-19, para su discusión en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


Primero. Como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 se ha procedido a la declaración del Estado de Alarma mediante el RD 463/2020 de 14 de marzo, y a su posterior prórroga por el Congreso de los Diputados con fecha
25 de marzo de 2020.


El apartado sexto del artículo 5 del Real Decreto 463/2020 señala que 'para el eficaz cumplimiento de las medidas incluidas en el presente real decreto, las autoridades competentes delegadas podrán requerir la actuación de las Fuerzas
Armadas, de conformidad con lo previsto en el artículo 15.3 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional'.


En el caso que nos ocupa, la autoridad competente es el Ministerio de Defensa, en la persona de su Ministra, la Sra. Margarita Robles Fernández.


Hasta tal punto llega la dedicación de las Fuerzas Armadas que se están enfrentando a esta pandemia con una carencia de los Equipos de Protección necesarios que garanticen no solo su salud laboral, sino también la nuestra.



Página 15





Segundo. En este sentido, hemos tenido conocimiento del triste fallecimiento de miembros de nuestras Fuerzas Armadas a causa del COVID-19.


Nuestros militares, así como los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, una vez más entregan hasta la vida para proteger nuestra seguridad y nuestro sistema constitucional.


La Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, en su artículo 24, apartado primero, señala expresamente que 'en atención a méritos excepcionales o circunstancias especiales el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de
Defensa, podrá conceder, con carácter honorífico, el empleo inmediato superior a los militares que hayan pasado a retiro o resuelvan su compromiso. Los empleos con carácter honorífico también se podrán conceder a título póstumo (...). En todo
caso, se iniciará expediente para la concesión del empleo superior con carácter honorífico y se concederá a los militares fallecidos en acto de servicio.


Sin embargo, como señala su apartado tercero, los empleos concedidos con carácter honorífico, en ningún caso llevarán consigo beneficio económico de naturaleza alguna ni serán considerados a efectos de derechos pasivos.


En cuanto a la situación de servicio activo de los militares profesionales se encuentra recogido en el artículo 108.1 de la Ley 39/2007, el cual dispone lo siguiente:


'1. Los militares profesionales estarán en situación de servicio activo si ocupan alguno de los cargos o destinos a que se refiere el artículo 99.


2. También se hallarán en esta situación cuando estén pendientes de asignación de destino por haber cesado en el que tuvieran o por proceder de situación administrativa distinta, si no les correspondiera el pase a otra, y cuando permanezcan
como alumnos de la enseñanza en las Fuerzas Armadas.'


El artículo 99.1 señala que el militar profesional podrá ocupar cargos y destinos en las unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa, incluidos los de sus órganos directivos, que se asignarán en función de los criterios
determinados en las correspondientes relaciones de puestos militares o de puestos de trabajo, según corresponda. Es decir, mientras el militar ocupe plaza y destino en las unidades del Ministerio de Defensa, se considerará en situación de servicio
activo.


Tercero. Por otro lado, cabe hacer referencia al Real Decreto 1087/2015, de 4 de diciembre, sobre procedimiento, condiciones y alcance del reconocimiento de las prestaciones de incapacidad permanente y muerte y supervivencia para el
personal de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado derivado de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, en cuyo artículo 13 aparece recogido el derecho a la prestación extraordinaria por acto de
servicio en los siguientes términos:


'En el supuesto de incapacidad permanente o fallecimiento en acto de servicio declarado por la autoridad competente del Ministerio de Defensa o del Interior, se reconocerá al personal de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado o sus familiares con derecho a pensión, la pensión que corresponda conforme a la normativa del Régimen General de la Seguridad Social así como un complemento extraordinario de pensión equivalente a la diferencia entre el importe
de la pensión por contingencias profesionales de la Seguridad Social y la cuantía de la pensión extraordinaria que por el mismo hecho hubiere correspondido, en su caso, en aplicación de las normas del Régimen de Clases Pasivas del Estado.'


Cuarto. Asimismo, la letra a) del Artículo 15 del Real Decreto 1087/2015, recoge el procedimiento específico para el reconocimiento de la pensión por muerte en acto de servicio del Personal de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil,
señalando expresamente lo siguiente:


1.º Una vez dictada por la autoridad competente del Ministerio de Defensa la declaración de que el fallecimiento se ha producido en acto de servicio o como consecuencia del mismo, o en atentado terrorista, se notificará a los familiares del
causante la resolución correspondiente, acompañada del informe técnico de antecedentes en que se base dicha resolución.


Los beneficiarios del fallecido en acto de servicio que se consideren con derecho a pensión del Régimen General de la Seguridad Social, solicitarán a la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa la emisión de un certificado en
el que conste el importe mensual y anual de la pensión extraordinaria que les correspondería en la fecha de fallecimiento del causante, de haberle sido de aplicación al mismo el Régimen de Clases Pasivas del Estado.



Página 16





2.º El reconocimiento de las pensiones se efectuará mediante solicitud del interesado, presentada ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social o la mutua colaboradora con la Seguridad Social, en función de quien tenga asumida la
cobertura de la contingencia profesional.


A la solicitud se deberá acompañar, además de la documentación recogida en la misma, la resolución del órgano competente del Ministerio de Defensa en la que declare el fallecimiento en acto de servicio o en atentado terrorista, junto con el
informe técnico de antecedentes en que se base dicha resolución y la certificación emitida por la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa mencionada en el ordinal anterior'.


Quinto. Se nos hace especialmente duro que quienes entregan su vida por nuestra seguridad y se están enfrentando sin la protección debida a nuestra defensa, no tengan ese mínimo reconocimiento, y creemos que es un deber exigir que se les
reconozca dicha situación.


No se está pidiendo nada que no recoja la ley vigente, ya que es claro que 'el fallecimiento se ha producido en acto de servicio o como consecuencia del mismo.' La enfermedad ha sido consecuencia del ejercicio de su profesión, de su especial
dedicación y de la asunción de unos riesgos muy significativos. Basta el reconocimiento de la Autoridad competente, en este caso el Ministerio de Defensa.


Sexto. La falta de Equipos de Protección Individual (EPI) es un hecho desgraciadamente generalizado que no se puede negar, aún a sabiendas de que precisamente existen evidencias de que al menos desde el 24 de enero de 2020 se alertó por
parte de Servicio de Prevención de Riesgo Laborales dependiente de la Dirección General de la Policía de la necesidad de contar con guantes de nitrilo de un solo uso para los policías destinados en puestos fronterizos, así como se les alertaba de
evitar el contacto cercano ante evidencias de sintomatología, en especial de viajeros procedentes de zonas afectadas.


El riesgo que han asumido los miembros de Fuerzas Armadas, siempre con una especial entrega, se ha visto multiplicado sin duda alguna por la falta de diligencia debida en la provisión de Equipos de Protección ante la más que evidente amenaza
con la que nos encontramos.


Esta situación de desprotección refuerza la obligación para con nuestros militares de un pleno reconocimiento del 'fallecimiento en acto de servicio', si acaso es esa la única manera que tenemos de agradecer la entrega de su vida.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Llevar a cabo todas las acciones y medidas necesarias para que sea reconocida por la autoridad competente la situación administrativa de 'fallecimiento en acto de servicio' a todos los miembros de las Fuerzas Armadas dependientes del
Ministerio de Defensa que mueran como consecuencia del COVID-19.


2. Agilizar los trámites administrativos para el reconocimiento de estas situaciones habida cuenta del Estado de Alarma en el que nos encontramos y las dificultades de estas familias de tramitar los procedimientos administrativos exigidos
por la normativa, dado que ni siquiera pueden velar a sus familiares fallecidos.


3. Conceder las condecoraciones y ascensos que a título póstumo puedan corresponder como consecuencia de la declaración de 'fallecimiento en acto de servicio.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de abril de 2020.-Agustín Rosety Fernández de Castro, Manuel Mestre Barea, Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, Alberto Asarta Cuevas y Víctor González Coello de Portugal, Diputados.-Macarena Olona
Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000589


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, D. Manuel Mestre Barea, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D. Alberto Asarta Cuevas y D. Víctor González Coello de Portugal,



Página 17





en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), respectivamente, al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, formulan la
siguiente Proposición no de Ley referente a la protección jurídica de los miembros de las Fuerzas Armadas integrados en la Operación 'Balmis' en el ejercicio de sus funciones como agentes de la autoridad, para su discusión en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


Primero. La disposición adicional tercera de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, establece el carácter de agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones a los miembros de las Fuerzas Armadas que presten sus
servicios como policía militar, naval o aérea, o que intervengan en las operaciones descritas en el artículo 16.e), de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional (colaboración con las diferentes Administraciones públicas en
los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas), en las circunstancias y con las condiciones que reglamentariamente se determinen.


En el año 2010, el Ministerio de Defensa aprobó el Real Decreto 194/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueban las Normas sobre seguridad en las Fuerzas Armadas, (en adelante, 'RD 194/2010'), que resulta de aplicación al personal de las
'policías militares' (policía militar, naval y aérea) que realizan Servicios de Seguridad. La Disposición adicional primera del RD 194/2010, regula las circunstancias y condiciones de actuación de los miembros de las Fuerzas Armadas como agentes de
la autoridad, señalando expresamente lo siguiente:


'1. Los miembros de las Fuerzas Armadas tendrán el carácter de agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones cuando intervengan encuadrados en la Unidad Militar de Emergencias, bajo mando o control operativo de esta, o en otras
unidades de las Fuerzas Armadas, en las operaciones descritas en el artículo 16.e) de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, en las circunstancias que se indican a continuación:


a) En los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad en las situaciones:


1.º Que tengan su origen en riesgos naturales, entre ellas inundaciones, terremotos, deslizamientos de terreno, grandes nevadas y otros fenómenos meteorológicos adversos de gran magnitud.


2.º Que sean consecuencia de incendios forestales.


3.º Derivadas de riesgos tecnológicos, entre ellos el riesgo químico, el nuclear, el radiológico y el biológico.


b) En los supuestos de otras necesidades públicas en intervenciones en apoyo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en operaciones de vigilancia y protección o como consecuencia de atentados terroristas u otros actos ilícitos y
violentos. Estas intervenciones se producirán en los términos que determine el Gobierno.


2. En su actuación deberán cumplir las siguientes condiciones:


a) Deberá mediar una orden en ejecución de decisiones tomadas por la autoridad con competencia para ello.


b) Tendrán la formación y preparación adecuadas, que serán impartidas dentro de la enseñanza militar y de la instrucción y adiestramiento, con el fin de que conozcan sus obligaciones y derechos.


c) Llevarán una identificación fácilmente visible sobre el uniforme que les acredite como agentes de la autoridad.


3. También tendrán dicho carácter de agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones los miembros de las Fuerzas Armadas que presten sus servicios como policía militar, naval o aérea, de acuerdo con lo que establece el capítulo IV
de las Normas sobre seguridad en las Fuerzas Armadas, que aprueba este real decreto.


4. Los miembros de las dotaciones de los buques de la Armada tendrán el carácter de agentes de la autoridad en el ejercicio de funciones de vigilancia y seguridad marítima atribuidas legalmente o por convenios internacionales suscritos por
España, que se llevarán a cabo sin perjuicio de las que están atribuidas a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y a los



Página 18





integrantes de los organismos públicos con funciones de vigilancia marítima en el ejercicio de sus competencias.'


Segundo. El RD 194/2010, en el apartado 1, de la Disposición Adicional Segunda, establece el medio de identificación como agente de la autoridad para los miembros de las FAS, esto es, la Tarjeta de Identidad; 'El militar será provisto de
los medios de identificación necesarios para que pueda ser reconocido y acreditar su condición. A tales efectos se le proveerá de una tarjeta de identidad'.


Esta Tarjeta de Identidad de agente de la autoridad proveerá un número de identificación personal a cada miembro de la 'policía militar'. De esta forma, en caso de realizarse cualquier actuación policial como agente de la autoridad, el
personal de la 'policía militar' no expone públicamente sus datos personales, cargo y empleo.


Tercero. El 27 de febrero de 2015, en desarrollo de la referida Disposición Adicional segunda, se publicó en el Boletín Oficial del Estado, la Orden DEF/316/2015, de 23 de febrero, por la que se aprueban los medios de identificación que
sobre el uniforme deben portar los miembros de las Fuerzas Armadas que tengan carácter de agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones.


Esta Orden Ministerial indica que 'la tarjeta de identificación personal acredita la condición de Policía Militar, Naval o Aérea del militar a favor del cual esté expedida. Servirá como un medio adicional de identificación del policía
militar, naval o aéreo vistiendo de uniforme y único cuando lo haga de paisano'. Del mismo modo, el apartado 4, señala que 'el modelo de la tarjeta de identificación personal será desarrollado por el Ministro de Defensa, y, según lo dispuesto en el
apartado 5, 'los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire serán autoridades facultadas para expedir, dentro de sus competencias, la tarjeta de identificación personal previa superación del correspondiente
plan de instrucción como Policía Militar, Naval o Aérea'.


Cuarto. Realizada la exposición de antecedentes normativos, debemos atender a la materia que ahora nos ocupa, a saber, la Disposición adicional quinta del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para
la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, cuyo contenido regula el 'carácter de agente de la autoridad de los miembros de las Fuerzas Armadas'. Dicha disposición señala:


'De acuerdo con la disposición adicional tercera de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, en relación con los artículos 15.3 y 16 e) de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, los miembros de
las Fuerzas Armadas en el ejercicio de las funciones previstas en este real decreto tendrán carácter de agentes de la autoridad.'


Ahora bien, los miembros de las Fuerzas Armadas que llevan a cabo patrullas mixtas con la Guardia Civil para vigilar que se cumplen las restricciones al movimiento impuestas por el estado de alarma en el marco de la operación 'BALMIS', cuya
misión asignada está presidida por los criterios de protección y disuasión, tienen la consideración de agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones. Por tanto, en el marco del cumplimiento de dicha Operación, no puede quedar restringido
el derecho inherente a la legítima defensa, así como el empleo de la mínima fuerza en los siguientes supuestos:


- Limitación o restricción de la circulación o permanencia en vías o lugares públicos a personas y vehículos terrestres atendiendo a las directrices de la autoridad competente.


- Prevención de la comisión de un delito flagrante contra las personas y/o propiedades en ausencia de las FYCSE. Debiendo de atender a los principios de mínima fuerza, proporcionalidad y necesidad.


- Detención de personas que intenten cometer o se encuentren cometiendo un delito flagrante en ausencia de las FYCSE. Debiendo de atender a los principios de mínima fuerza, proporcionalidad y necesidad.


Por tanto, en sus actuaciones, revestidas de su condición de agentes de la autoridad, resultaría de aplicación el artículo 550 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, cuyo tenor literal es el siguiente:


'1. Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de
sus cargos o con ocasión de ellas.


2. Los atentados serán castigados con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás caso'



Página 19





Cuarto. En sus actuaciones, necesariamente, los miembros de las FAS, deberán acreditar su condición de agente de la autoridad, sin que dispongan de las tarjetas de identificación que la normativa exige sean puestas a su disposición.


Y es que, en su relación con la población, se encuentran en una encrucijada muy semejante a la que padecieron en su momento los vigilantes de seguridad. Y ello, debido a que respecto de sus métodos de identificación, vivieron 'durante
varios años en un limbo que ponía en peligro su integridad y su propia seguridad (como recientemente han reconocido los Altos Tribunales), haciendo que en muchas ocasiones se les identificara por sus datos personales'. Ante esta problemática, la
Agencia Estatal de Protección de Datos se pronunció en el año 2010 en el sentido siguiente:


'Se ha de proteger la identidad y los datos personales de los vigilantes de seguridad intervinientes enjuicio, evitando la publicidad de estos datos. Deben adoptarse al respecto las pertinentes cautelas y medidas de seguridad.'


Por su parte, la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, dictó sentencia el 20 de noviembre de 2013, con los siguientes pronunciamientos en su parte dispositiva: 'La identificación de los
vigilantes de seguridad resulta del conjunto de los datos expresados en la tarjeta de identidad profesional (incluido su número), por lo que no consideramos indispensable para dicha identificación que el número de su tarjeta sea el mismo número de
su DNI, pudiendo ser otro distinto'. Refrendado por el Tribunal Supremo, en Sentencia 1868/2016.


Finalmente, la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada zanjó esta cuestión definitivamente, estableciendo como el (único) medio de identificación de los Vigilantes de Seguridad mientras estuvieran de servicio, el TIP (Tarjeta de
Identidad Profesional).


En virtud de lo expuesto, y a fin de salvaguardar la identidad y derechos del personal de las FAS que actúan como policía militar o 'agente de la autoridad', consagrados en la normativa y ratificados por las más altas instancias de nuestros
tribunales, debemos evitar, urgentemente, por medio de la emisión de tarjetas identificativas, que padezcan la misma situación que los vigilantes de seguridad soportaron hace escasos años.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Expedir, con carácter urgente, la tarjeta de identificación de manera provisional, a los solos efectos de identificación ante cualquier actuación policial que realicen, a aquellos miembros de las Fuerzas Armadas que, no estando
encuadrados en las unidades de Policía Militar, Naval o Aérea, tienen reconocida legalmente la consideración de agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones por razones de excepcionalidad. De este modo se establece como requisito que
estos militares se encuentren realizando funciones de seguridad ciudadana en apoyo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado'.


2. Habilitar provisionalmente durante la duración del estado de alarma decretado por el Real Decreto 463/2020 o hasta que el Ministerio de Defensa lo determine, la tarjeta de identificación personal, a los solos efectos de identificación
ante cualquier actuación policial que realicen, a los miembros de las Fuerzas Armadas integrados en la Operación 'Balmis' que, teniendo reconocida legalmente la consideración de agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones por razones de
excepcionalidad, se encuentren realizando funciones de seguridad ciudadana. En este estado de cosas, los militares no tendrán que exponer públicamente sus datos personales, cargo y empleo, con la desprotección jurídica que de esta situación se
deriva.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de abril de 2020.-Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, Manuel Mestre Barea, Agustín Rosety Fernández de Castro, Alberto Asarta Cuevas y Víctor González Coello de Portugal, Diputados.-Macarena Olona
Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



Página 20





161/000599


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para que los enfermos por coronavirus/COVID-19 de entre
los miembros de las Fuerzas Armadas que hayan participado en todo tipo de actividades de contención de la pandemia y lucha contra la misma, sean reconocidos como infectados y, en su caso, fallecidos en acto de servicio o como consecuencia del mismo,
para su posterior debate en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


La participación de las Fuerzas Armadas en la lucha contra el virus está siendo esencial para controlar su expansión y como apoyo primordial, junto a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, al cuerpo de sanitarios que
se sitúa en primera línea de la lucha contra esta pandemia.


Esta labor, supone sin embargo en las actuales circunstancias, un grave riesgo para su integridad física, al tener que verse en permanente contacto con otras personas potencialmente contagiadas; pensemos, por ejemplo, en los militares
destinados en puestos fronterizos, en aeropuertos, en la protección de centros sanitarios, en labores de desinfección de residencias de ancianos, o levantando hospitales de campaña.


A la fuerza letal de este virus y a su progresiva capacidad de contagio, se une además el contar con limitados recursos adecuados de protección para las personas más expuestas al mismo. En efecto, sindicatos de Guardias Civiles, Policías y
Militares han pedido ser considerados personal de alto riesgo, para tener carácter preferente, junto con otros colectivos con la misma consideración, a la hora de recibir protección inmediata y eficaz para frenar los contagios masivos entre sus
miembros, consecuencia de su enorme exposición al virus por el ejercicio de sus funciones en la lucha contra el mismo.


Por otro lado, la falta de realización de tests masivos a los miembros de las Fuerzas Armadas con carácter previo a su incorporación a labores de lucha y contención de la pandemia, que acreditaran que el funcionario no estaba contagiado
previamente, no puede perjudicar la consideración de contingencia profesional o en acto de servicio de la infección contraída, en caso de producirse esta, en el desempeño de sus funciones, esto es, como consecuencia misma de las labores ejercidas
para luchar contra el virus.


Además, las consecuencias derivadas de ser el contagio o fallecimiento como producido por causa común, frente a su consideración como contingencia profesional o en acto de servicio son cruciales, añadiendo al drama que ya supone esta
situación, el efecto injusto de ver negados, bien para el contagiado o bien para sus familiares en caso de fallecimiento, los derechos que les corresponden.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que se reconozca por parte del Ministerio de Defensa a los enfermos por coronavirus/COVID-19 que hayan participado en cualquier tipo de actividad relacionada en la contención y lucha contra la citada pandemia, de entre los miembros de
las Fuerzas Armadas, como infectados, y en su caso, fallecidos en acto de servicio o como consecuencia del mismo, a todos los efectos, agilizándose en lo posible el procedimiento para dicho reconocimiento con todos los derechos que de ello se
deriven.


2. Que se agilice asimismo el proceso para el establecimiento de la pensión y complementos extraordinarios que correspondan, bien al contagiado o bien a los familiares de los militares en caso de fallecimiento en dichas circunstancias.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril 2020.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



Página 21





161/000601


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para que los miembros de las Fuerzas Armadas que
realizan cualquier tipo de actividad para la contención y lucha contra la pandemia del coronavirus/COVID-19, sean reconocidos dentro del catálogo de personal con exposición al coronavirus y, por tanto, personal de riesgo con la dotación oportuna de
EPIs y pruebas diagnósticas, para su debate en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


La participación de las Fuerzas Armadas en la lucha contra el virus está siendo esencial para controlar su expansión y para asegurar el cumplimiento de las medidas de confinamiento necesarias para conseguir el deseado objetivo de bajar la
curva de contagios.


Esta labor, supone sin embargo en las actuales circunstancias, un grave riesgo para su integridad física, al tener que verse en permanente contacto con otras personas potencialmente contagiadas; pensemos, por ejemplo, en los militares
destinados en puestos fronterizos, en la protección de centros sanitarios, en aeropuertos, en labores asociadas a residencias de ancianos, o para levantar hospitales de campaña, entre otras muchas.


A la fuerza letal de este virus y a su progresiva capacidad de contagio, se une además contar con limitados y escasos recursos adecuados de protección. En efecto, es fundamental que el personal de las Fuerzas Armadas que participa en
labores de contención y lucha contra la pandemia, sea considerado PERSONAL DE ALTO RIESGO, para que pueda contar con una protección inmediata y eficaz para frenar los contagios masivos entre sus miembros, consecuencia de su enorme exposición al
virus por el ejercicio de sus funciones en la lucha contra el mismo. Exigen Equipos de Protección Individual, con los que no cuentan en la cantidad necesaria para garantizar su seguridad.


El contagio entre los miembros de las Fuerzas Armadas se cuenta por cientos, como los militares desplegados en la operación Balmis. Son personas que exponen su vida en la protección de la vida de todos los ciudadanos y que continúan
trabajando con riesgo para su salud.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que se reconozca a iniciativa del Ministerio de Defensa, a los miembros de las Fuerzas Armadas que desempeñan sus funciones en cualquier tipo de actividad relacionada con la contención y lucha contra la pandemia del coronavirus COVID-19,
en la tabla de colectivos especialmente expuestos al coronavirus, y de ello se deriven las dotaciones de medios materiales y jurídicos para que realicen su labor con la máxima seguridad posible.


2. Que se realicen pruebas masivas a todos los integrantes del Ministerio de Defensa mencionados anteriormente, así como que se les dote de los Equipos de Protección Individual necesarios para la realización de su trabajo con todas las
garantías sanitarias.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2020.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/000628


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Agustín Rosety Fernández de Castro, D. Manuel Mestre Barea, D. Alberto Asarta Cuevas, D. Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez y D. Víctor González Coello de Portugal en sus condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX)



Página 22





respectivamente, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa al procedimiento de actuación del Ministerio de Defensa
en el marco del Estado de Alarma y la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, para su discusión en la Comisión de Defensa.


Exposición de motivos


Primero. El pasado 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud elevó la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional.


El Gobierno, ante dicha situación y en el ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 116.2 de la Constitución, declaró el estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (en adelante, el 'Real Decreto').


Segundo. El artículo 4 del Real Decreto hacer referencia a la Autoridad Competente a los efectos del estado de alarma, señalando expresamente lo siguiente:


'1. A los efectos del estado de alarma, la autoridad competente será el Gobierno.


2. Para el ejercicio de las funciones a que se hace referencia en este real decreto, bajo la superior dirección del Presidente del Gobierno, serán autoridades competentes delegadas, en sus respectivas áreas de responsabilidad:


a) La Ministra de Defensa.


b) El Ministro del Interior.


c) El Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


d) El Ministro de Sanidad.


Asimismo, en las áreas de responsabilidad que no recaigan en la competencia de alguno de los Ministros indicados en los párrafos a), b) o c), será autoridad competente delegada el Ministro de Sanidad.


3. Los Ministros designados como autoridades competentes delegadas en este real decreto quedan habilitados para dictar las órdenes, resoluciones, disposiciones e instrucciones interpretativas que, en la esfera específica de su actuación,
sean necesarios para garantizar la prestación de todos los servicios, ordinarios o extraordinarios, en orden a la protección de personas, bienes y lugares, mediante la adopción de cualquiera de las medidas previstas en el artículo once de la Ley
Orgánica 4/1981, de 1 de junio.


Los actos, disposiciones y medidas a que se refiere el párrafo anterior podrán adoptarse de oficio o a solicitud motivada de las autoridades autonómicas y locales competentes, de acuerdo con la legislación aplicable en cada caso y deberán
prestar atención a las personas vulnerables. Para ello, no será precisa la tramitación de procedimiento administrativo alguno.'


Este último apartado deja claro la potestad de la que goza la Ministra de Defensa, la Sra. Margarita Robles Fernández, como autoridad competente delegada, de actuar de oficio o a solicitud motivada de las autoridades autonómicas y locales
competentes en la esfera específica de su actuación.


Tercero. El Real Decreto, además de otorgar al Ministerio de Defensa, a través de su ministra, el rango de autoridad delegada competente, establece en su disposición adicional quinta que 'los miembros de las Fuerzas Armadas en el ejercicio
de las funciones previstas en este real decreto tendrán carácter de agentes de la autoridad'. Esta función se ve respaldada y desarrollada por la Instrucción de 15 de marzo de 2020, del Ministerio de Defensa, por la que se establecen medidas para
la gestión de la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en el ámbito del Ministerio de Defensa. Dicha instrucción tiene por objeto:


a) Determinar las medidas necesarias para la actuación de las Fuerzas Armadas y de los recursos sanitarios de la red sanitaria militar en desarrollo de lo previsto en el Real Decreto 463/2020.


b) Garantizar la actuación de los miembros de las Fuerzas Armadas y de los recursos de carácter operativo y sanitario en el cumplimiento de las medidas previstas en el citado real decreto en todo el territorio nacional, así como la
coordinación con las necesidades que se determinen por el Gobierno.


c) Poner a disposición de la autoridad competente, así como de las autoridades competentes delegadas las capacidades militares de la Unidad Militar de Emergencias, así como aquellas otras capacidades de las Fuerzas Armadas y del Ministerio
de Defensa, al menos, en materia de:


- Policía Militar.


- Transporte logístico terrestre.



Página 23





- Aerotransporte general y capacidades de aerotransporte medicalizado.


- Control de tráfico aéreo, de la navegación marítima, puertos y aeropuertos.


- Alojamientos logísticos y establecimiento de campamentos militares.


- El ámbito de la Inspección General de Sanidad de la Defensa.


Los apartados b) y c) son de vital importancia. En él, además de apuntarse las funciones que pueden desarrollar los miembros de las Fuerzas Armadas durante el estado de Alarma, destacan otros dos puntos clave. El primero de ellos es la
puesta a disposición de las capacidades de las FAS a la autoridad competente, el Gobierno de España en la figura del Presidente, y de las autoridades competentes delegadas, es decir, a los ministerios de Interior, Defensa, Sanidad y Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, en las figuras de sus respectivos ministros. Por tanto, el resto de autoridades del gobierno central, como del ámbito autonómico y local, no tienen competencia sobre las actuaciones de las Fuerzas Armadas involucradas en
la lucha contra el COVID-19. De hecho, el apartado b) es claro al garantizar la actuación de los miembros de las Fuerzas Armadas a todo el territorio nacional, así como la coordinación con las necesidades que se determinen por el Gobierno. Una vez
más, se subraya que es el gobierno español, la única autoridad competente, quien determinará la coordinación de actuaciones. Ambas palabras, determinación y coordinación, permiten aventurar que la acepción que contempla el legislador es la que la
Real Academia Española define como 'dirigir y concertar varios elementos'. Es decir, el Gobierno asume una posición jerárquica predominante sobre el resto de entidades políticas.


Cuarto. En la misma instrucción del Ministerio de Defensa, de 15 de marzo, en su disposición sexta se señala que 'se establecerá un Centro de coordinación, bajo la autoridad del Jefe de Estado Mayor de la Defensa (JEMAD), en el que se
integrarán las autoridades y mandos que este determine. Todo ello, sin perjuicio de la coordinación de este Ministerio con el resto de autoridades competentes delegadas a través de los medios que se establezcan entre ellas'.


En este punto cabe señalar, una vez más, la obligación de coordinar este centro (bajo el mando único del JEMAD), con el resto de autoridades competentes delegadas, en definitiva, los Ministerios citados en el Real Decreto 463/2020, que son
aquellos ante los que existe una paridad jerárquica en el Estado de Alarma.


Quinto. Sin embargo, y a pesar del marco jurídico provisto por el Gobierno español, la realidad es que en determinadas partes del territorio nacional como Cataluña el proceso de actuación de las Fuerzas Armadas no está siguiendo las pautas
marcadas en la normativa citada. Más bien al contrario. Está siendo la Conserjería de Asuntos Sociales y Familia de la Generalidad de Cataluña quien está coordinando la actuación de las Fuerzas Armadas en dicha región. Este hecho está generando
multitud de problemas que terminan con los ciudadanos como únicos damnificados. Especialmente grave es la situación en las residencias de mayores sitas en la citada Comunidad.


Ante el continuo bloqueo de las autoridades autonómicas a los miembros de las Fuerzas Armadas, integrados en la Operación Balmis, multitud de municipios ya han solicitado la actuación de estos ante la total falta de respuesta o ineficiencia
de la Generalidad de Cataluña. Especialmente remarcables son aquellas peticiones realizadas por parte de consistorios gobernados por partidos independentistas, como San Cugat del Vallés, Lleida y Balaguer (gobernados por ERC), Áger y Torres de
Segre (gobernados por JxCat) o Terrassa y Sort (con listas independientes).


Estas peticiones se producen, en ocasiones, tras la intervención de empresas privadas contratadas por la propia Generalidad, y cuyo resultado es ineficaz. Esta continua falta de colaboración por parte de las autoridades autonómicas se suma
a declaraciones ofensivas realizadas por parte de los dirigentes políticos independentistas que, no obstante, no están encontrando eco en la sociedad civil catalana. De hecho, según el último barómetro realizado por GAD3 para el diario ABC, el 78 %
de los catalanes valoran como buena la actuación de las Fuerzas Armadas en la lucha contra el COVID-19. Por el contrario, apenas el 5 % la considera como mala.


Sexto. Esta situación ha llegado a tal punto que el Mando de Operaciones (MOPS) del Estado Mayor de la Defensa (EMAD) realizó una protesta ante la Delegación del Gobierno en Cataluña.


La citado protesta viene motivada porque, a través del Ministerio de Defensa, tanto la Unidad Militar de Emergencias (UME) como el Ejército de Tierra llevan desde finales de marzo desinfectando, principalmente, residencias de ancianos en
Cataluña, y en alguna ocasión, pese a tener la orden de



Página 24





Defensa, no se ha podido realizar la misión por motivos externos al Ejército. De esta manera, no se estarían optimizando los recursos de los que el Gobierno dispone para luchar contra el COVID-19.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. A que el Ministerio de Defensa, como autoridad competente delegada, asuma la iniciativa de las actuaciones llevadas a cabo por las Fuerzas Armadas en la Comunidad Autónoma de Cataluña, actuando por iniciativa propia. No obstante, el
Ministerio de Defensa, a través del Centro de Coordinación, organizará y tramitará las solicitudes de intervención que provengan de las autoridades locales y autonómicas.


2. Al amparo de lo recogido en la mencionada Instrucción del Ministerio de Defensa, en su Disposición Tercera apartados c), d) y e), se active a todo el personal militar sanitario en la reserva.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2020.-Manuel Mestre Barea, Agustín Rosety Fernández de Castro, Alberto Asarta Cuevas, Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez y Víctor González Coello de Portugal, Diputados.-Macarena Olona
Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Hacienda


161/000585


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Eduardo Luis Ruiz Navarro y D. José María Figaredo Álvarez-Sala, en sus condiciones de Portavoz Adjunta y de Diputados respectivamente, del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los
artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la oportunidad de financiación pública de medios de comunicación privados en el contexto de emergencia sanitaria y crisis económica, para
su discusión en la Comisión.


Exposición de motivos


Primero. El 15 de marzo de 2020 el Gobierno puso en marcha la campaña de publicidad institucional 'Este virus lo paramos unidos', cuyo objetivo era promover la conciencia sanitaria de los ciudadanos y agradecerles su esfuerzo en la lucha
contra el COVID-19. Pero, como efecto colateral muy positivo -para las televisiones beneficiarias-, esta campaña ha inyectado dinero en efectivo a los medios contratados, gran parte de los cuales depende en gran medida de la publicidad
institucional para garantizar su supervivencia.


Es fundamental contextualizar el momento en que se produce esta inyección de liquidez: España atraviesa por una emergencia nacional que provocará un fortísimo impacto social y económico y que deteriorará la imagen del Gobierno ante la
opinión pública. Con motivos fundados, gran parte de dicha opinión pública está cuestionando precisamente la independencia e imparcialidad de estos medios de comunicación que no dejan de recibir y pedir aún más fondos.


Segundo. A pesar de la anterior inyección de liquidez, el pasado 20 de marzo la Unión de Televisiones Comerciales en Abierto (UTECA), que aglutina varios grupos audiovisuales como Atresmedia, Net TV o Realmadrid TV, solicitó ayuda al
Gobierno para paliar las pérdidas económicas sufridas por la caída de la inversión privada en publicidad. Informó de que, en el actual contexto de crisis sanitaria, estado de alarma y confinamiento de la población, se había producido un incremento
del consumo televisivo del 40 % pero que, al mismo tiempo, este incremento no compensa el descenso del 45 % de la inversión publicitaria en el sector audiovisual causado por la paralización de la actividad económica en España. Afirma lo siguiente:


'Ante la dramática caída de la publicidad, y siendo esta nuestra única vía de financiación, nos vemos obligados a solicitar al Gobierno la adopción de un conjunto de medidas específicas. (...): la realización



Página 25





de campañas publicitarias por parte de los gobiernos central y autonómico y de las instituciones públicas, bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social y ayudas para subvencionar parte del coste que supone llevar la cobertura de la
señal de la TDT a toda la población española, así como la exención durante los dos próximos trimestres de la aportación a la financiación de RTVE, junto a la exención también del 50 % de la financiación anticipada de obra europea para cine y series,
ante la paralización de la producción y el cierre de las salas de exhibición.'


Pues bien, aunque la campaña de publicidad institucional del Gobierno 'Este virus lo paramos unidos' es previa a la solicitud formal de UTECA, va en la misma línea: es un favor económico directo a los miembros de UTECA, los mismos que unos
días después remiten una petición formal de ayuda adicional.


Tercero. El 31 de marzo de 2020, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, en el que,
entre otras medidas, se acordó una ayuda de 15 millones de euros a los medios de comunicación. Resulta llamativa la correlación directa entre la petición del 20 de marzo y la automática concesión de 31 de marzo. Así las cosas, el artículo 46 del
citado Real Decreto-ley establece lo siguiente:


'Compensación temporal de determinados gastos de cobertura poblacional obligatoria del servicio de televisión digital terrestre de ámbito estatal.


Con carácter excepcional, se aprueban ayudas por importe de quince millones de euros para compensar una parte de los costes de los prestadores del servicio de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre de ámbito estatal,
derivados de mantener durante un plazo de seis meses determinados porcentajes de cobertura poblacional obligatoria.


En el instrumento en el que se regule esta compensación de costes, se definirán las actuaciones financiables, los gastos objeto de financiación, las condiciones y el procedimiento en el que materializar las compensaciones y concretará los
beneficiarios.'


Los destinatarios de estos 15 millones de euros serán, en virtud de esta norma, y entre otros, Mediaset y Atresmedia, que en 2019 obtuvieron unos beneficios netos de 211 y 118 millones de euros, respectivamente, según ellos mismos han
declarado y consta en información pública. Pero es más, la mayoría de los receptores de esos 15 millones de euros son quienes se han beneficiado de la campaña 'Este virus lo paramos unidos' y que, aun así, reclamaban subvenciones en el manifiesto
de UTECA, como Atresmedia.


Incluso es posible pensar que nos encontremos ante una ayuda de estado en toda regla, concedida a un grupo de interés que ya estaba suplicando esta subvención a pesar de haber anunciado beneficios millonarios en el ejercicio 2019. Las
razones para ello son: (i) que existe una transferencia de recursos públicos a determinadas empresas; (ii) que supone para estas empresas una ventaja económica especial que no habría obtenido en el desarrollo de su actividad; (iii) que se otorga
un trato diferenciado positivo a un sector económico con respecto a los que se encuentran en la situación jurídico-económica comparable; y (iv) que se altera negativamente la competencia y los intercambios comerciales entre los Estados miembros.


Cuarto. Por otro lado, los artículos 12 de la Ley 29/2005, de 29 de diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional y 11 del Real Decreto 947/2006, de 28 de agosto, por el que se regula la Comisión de publicidad y comunicación
institucional y la elaboración del Plan anual de publicidad y comunicación de la Administración General del Estado obligan al Gobierno a elaborar anualmente un Plan de Publicidad y Comunicación Institucional en el que se deben planificar todas las
campañas institucionales que la Administración General del Estado prevea desarrollar durante ese lapso temporal.


Esta obligación se concreta y regula en el Real Decreto 947/2006, de 28 de agosto, por el que se regula la Comisión de publicidad y comunicación institucional y la elaboración del Plan anual de publicidad y comunicación de la Administración
General del Estado.


El último plan se aprobó en enero de 2019, como se dispone en el citado Real Decreto, y prevé que 'la Administración General del Estado llevará a cabo 118 campañas de publicidad o comunicación institucional durante el año 2019, con un
presupuesto de 62,85 millones de euros', distribuidos por este orden entre las siguientes herramientas de comunicación: 'internet, prensa escrita, radio y televisión'. Según expone el mencionado Plan, el 36,8 % de las campañas realizadas el año
anterior tuvieron lugar en el medio televisivo.



Página 26





Asimismo, diversas informaciones periodísticas señalan que el Gobierno está ultimando el Plan anual de publicidad y comunicación de la Administración General del Estado correspondiente a 2020. Este tendría un importe de 100 millones de
euros (cantidad superior en 37 millones a los 62,8 millones de 2019, un 58 % más), la cifra más alta para esta partida desde 2010, ejercicio en el que se destinaron 130 millones de euros a la publicidad institucional.


Por ello, aunque fuese cierta la disminución de la inversión privada en los medios audiovisuales a la que hace alusión UTECA, también lo es que dichos medios pueden contar con un ingreso anual voluminoso y estable, independiente de la
inversión privada, que proviene de la publicidad institucional de la Administración General del Estado. Asimismo, debe tenerse en cuenta que, en un contexto de emergencia como el actual, existen otros sectores empresariales también enormemente
necesitados de la ayuda estatal.


Por esta razón deben emplearse criterios estrictos de eficiencia en la inversión del Estado, a causa de los altos volúmenes de deuda que se están generando y se generarán en el futuro próximo.


Quinto. A pesar de los argumentos aducidos por UTECA y de la aludida 'función de servicios esenciales' supuestamente desarrollada por los medios de comunicación, las ayudas que el Gobierno proporcione para paliar la crisis deben ir
destinadas a sostener y revitalizar la economía real: industria, pymes, trabajadores autónomos y todos aquellos agentes económicos que son la base del tejido industrial y productivo de nuestro país.


Los medios de comunicación, reiteramos, ya reciben anualmente grandes cantidades de dinero del Estado con la publicidad y la comunicación institucionales. Esto, evidentemente, genera una falta de independencia periodística. Los
comunicadores estarán, a todos los efectos, 'sobornados' por un Gobierno que puede dirigir como le plazca sus fondos a uno u otro medio de comunicación y, con ello, influir enormemente en la línea editorial de estos, acallando de esta manera
cualquier disidencia o crítica a su actuación. El descrédito y la falta de confiabilidad en los medios es la siguiente consecuencia de este tipo de situaciones, que no son deseables en una sociedad que se dice y presume democrática.


Por lo tanto, la aprobación de una subvención a los medios de comunicación de 15 millones de euros por vía de un Real Decreto-ley dictado en tiempo de emergencia constituye un absoluto atropello a la libertad de prensa, además de una
arbitrariedad de un Gobierno más preocupado por controlar el relato que por hacer frente a la pandemia. Esta subvención se concede, además, a los medios en detrimento de otros sectores sociales y agentes económicos mucho más castigados, y cuyo
hundimiento sí lastrará la economía nacional y la propia supervivencia de España cuando haya pasado la emergencia sanitaria.


En atención a lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados, como representante del pueblo español, declara que unos medios de comunicación libres son el fundamento de dos libertades esenciales de una Nación que se precie de ser democrática: la libertad ideológica y la
libertad de expresión.


Ambos derechos fundamentales, recogidos en los artículos 16 y 20 de nuestra Carta Magna, precisan de un poder político que respete la imparcialidad periodística. Unos periodistas libres, no coartados por hipotecas ni servidumbres sino
sometidos únicamente al imperio de la verdad, son la mejor evidencia de una sociedad crítica, compuesta por ciudadanos informados y que busca permanentemente la consecución del bien común a través de la excelencia y la honestidad.


En la situación actual de emergencia nacional, ello cobra aún más relevancia, pues una labor imparcial por parte de los medios de comunicación será imprescindible para exigir todas las responsabilidades que sean necesarias respecto de las
graves negligencias cometidas por el Gobierno de España en la prevención y en la gestión de esta tragedia.


En consecuencia, el Congreso de los Diputados condena todos y cada uno de los intentos llevados a cabo por el Poder Ejecutivo para ejercer un control sobre la actuación y la estrategia informativa de los medios de comunicación, cualquiera
que sea la forma que este revista.


Por todo ello, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Aprobar el Plan anual de Publicidad y Comunicación Institucional para 2020, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 29/2005, de 29 de diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional y en el Real Decreto
947/2006, de 28 de agosto, por el que se regula la Comisión de publicidad y comunicación institucional y la elaboración del Plan anual de publicidad y comunicación de la



Página 27





Administración General del Estado, dotándolo con una cantidad conveniente a la vista de la situación de emergencia por la que atravesarán otros sectores económicos, que hace que el gasto en publicidad institucional deba considerarse como no
esencial ni prioritario.


2. Promover las modificaciones pertinentes en la Ley 29/2005, de 29 de diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional para regular de una forma más adecuada la realización de campañas institucionales de publicidad y de comunicación
no previstas en el Plan anual de publicidad y comunicación institucional.


3. Adoptar las medidas necesarias para que la legislación relativa a subvenciones y cualesquiera concesiones de ayudas por parte de la Administración General del Estado, prioricen a todos aquellos sectores pertenecientes a la economía
productiva y dé apoyo y soporte a trabajadores autónomos y a pymes.


4. Asegurar el empleo de criterios de eficiencia y oportunidad en la asignación y destino del gasto público, de tal manera que el objetivo de la inversión del Estado sea sostener y revitalizar la economía real y la riqueza nacional y no la
consecución de otros fines, como el sometimiento de los medios de comunicación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de abril de 2020.-Eduardo Luis Ruiz Navarro y José María Figaredo Álvarez-Sala, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000592


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Pablo Sáez Alonso-Muñumer, D. Víctor González Coello de Portugal, D. Rodrigo Jiménez Revuelta, D. Rubén Manso Olivar y D.ª Inés María Cañizares Pacheco, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y
Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, formulan la siguiente Proposición no de Ley referente a inyectar liquidez en la economía
mediante el pago de deudas pendientes por parte de las Administraciones Públicas, para su discusión en la Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


Primero. La Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM) ha consultado los periodos medios de pago de las AA.PP. durante diciembre 2019, que el Ministerio de Hacienda acaba de hacer públicos. En ellos se detalla que se realizaron
pagos en diciembre por importe de 9.260 millones de euros y que quedaron pendientes de pago (excediendo los plazos legales) facturas por importe de 8.621 millones de euros.


La PMcM ha revisado también los balances del sector no financiero del IBEX 35 y el resto del mercado continuo a partir de los datos publicados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), y ha detectado que a 31 de diciembre de
2019 las compañías del Mercado Continuo tienen facturas pendientes de pagar a sus proveedores por valor de 122.000 millones de euros.


Segundo. El presidente de la PMcM, Antoni Cañete, ha explicado que 'poner en circulación esa enorme cantidad de dinero pendiente de pago y de obligatorio cumplimiento, tanto por parte de las AA.PP. como de las compañías con mayor capacidad
de financiación de nuestro país, generaría una enorme cantidad de liquidez entre nuestras pymes y autónomos, y un aspecto fundamental, sin riesgo para el Estado y de efecto inmediato. Además, cualquiera de estas empresas cuenta ahora con capacidad
de financiación extra proveniente de la línea de créditos ICO, la cual aplaudimos. Es fundamental asegurar el mantenimiento de la cadena de flujo de efectivo: las empresas deben pagar y cobrar. La necesidad de financiación externa sería
notablemente inferior si nuestras pymes y autónomos pudieran hacer líquido lo que se les debe, sus facturas pendientes de cobro'.


Comenta también Antoni Cañete que 'Estamos ante una crisis de liquidez nunca vista en el ámbito económico y empresarial; si no inyectamos liquidez a nuestras PYMES y autónomos, la destrucción de empresas será insoportable para nuestro
país', y también que 'no entenderíamos que, teniendo todos



Página 28





los derechos legales de las empresas a tener sus recursos, estos estén cautivos cuando el Gobierno ha abierto el grifo a la financiación'.


Tercero. El objetivo de dotar de liquidez a las empresas es un requisito básico (aunque no suficiente) para la continuidad de las empresas y la supervivencia de los autónomos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Liquidar la totalidad de las facturas pendientes de pago por parte de la Administración General del Estado.


2. Instar a los contratistas vinculados a la cadena de contratación pública a abonar las facturas pendientes de los subcontratistas en el momento que se reciba el pago de la correspondiente Administración Pública.


3. Proceder a la devolución a las PYMES y autónomos que lo soliciten del IVA pendiente de compensación declarado al cierre del ejercicio 2019.


4. Requerir a las empresas cotizadas en el mercado continuo a cumplir con la vigente Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de abril de 2020.-Inés María Cañizares Pacheco, Pablo Sáez Alonso-Muñumer, Víctor González Coello de Portugal, Rodrigo Jiménez Revuelta y Rubén Silvano Manso Olivar, Diputados.-Macarena Olona Choclán,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000623


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para rebajar el tipo de IVA aplicable
a mascarillas, guantes e hidrogeles, para su debate en Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


Desde que el pasado 14 de marzo se decretara el estado de alarma a consecuencia del coronavirus, la vida de los españoles ha cambiado radicalmente en todos los ámbitos: educativo, familiar, social, laboral y económico.


El confinamiento en nuestros domicilios ha cambiado nuestras rutinas y nuestros hábitos; las salidas han quedado restringidas al trabajo (en los casos en los que no es posible el teletrabajo), a la gestión de los trámites más urgentes e
imprescindibles y a las compras de alimentación. Los españoles hemos cumplido estrictamente con estas restricciones a nuestra movilidad y, a pesar de ello, un mes después, las cifras de contagiados (172.541) y fallecidos (18.056) son escandalosas,
sobre todo en términos relativos por millón de habitantes.


La alta tasa de contagio del coronavirus ha convertido en imprescindibles algunos artículos básicos de protección: guantes, hidrogeles para la desinfección y mascarillas. A la escasez inicial de estos productos se une ahora una importante
subida de su precio.


Aunque el Gobierno, a través del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, se reservó la posibilidad de regular el mecanismo de fijación de los precios
de los medicamentos y productos sanitarios no sujetos a prescripción médica, no ha adoptado ninguna medida en este sentido.


El riesgo de fijar un precio máximo incorrecto es que se puede generar nuevamente escasez de unos artículos que, como hemos señalado, son imprescindibles para todas las personas, pero especialmente para aquellos que siguen trabajando para
asegurar el abastecimiento de bienes o la prestación de



Página 29





servicios básicos. Y son imprescindibles hoy y, previsiblemente, lo seguirán siendo en un futuro próximo, cuando tengan que ser utilizados por la mayoría de ciudadanos para evitar nuevos brotes de la pandemia.


En el Grupo Parlamentario Popular creemos que una medida eficaz e inmediata para abaratar estos artículos es bajar el tipo del IVA que se les aplica, desde el 21 % actual hasta el tipo reducido del 10 % o superreducido del 4 %, equiparándolo
a otros productos farmacéuticos que también son imprescindibles.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar el artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, para incluir las mascarillas, guantes e hidrogeles desinfectantes en el listado de bienes
a los que se les aplica el tipo reducido del IVA del 10 % o superreducido del 4 %.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2020.-Mario Garcés Sanagustín, Carolina España Reina, María Soledad Cruz-Guzmán García y Javier Bas Corugeira, Diputados.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000624


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la convocatoria urgente del
Consejo de Política Fiscal y Financiera para abordar cuestiones clave para que las CCAA puedan combatir los efectos sanitarios y económicos del coronavirus, para su debate en Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


La crisis sanitaria provocada por el coronavirus está generando simultáneamente una profunda crisis económica y social que requiere la máxima coordinación y movilización de recursos por parte de todas las Administraciones Públicas, pero
especialmente, de aquellas más cercanas a los ciudadanos, las Comunidades Autónomas y los Entes Locales.


Por esta razón, el siempre necesario diálogo y colaboración entre el Estado y los Gobiernos regionales es hoy más importante que nunca. Tan solo desde la unidad y la lealtad institucional, real y en ambas direcciones, se logrará vencer la
pandemia.


Las Comunidades Autónomas, en atención a las competencias que tiene atribuidas en materia sanitaria, conforman la primera y principal línea de lucha contra la COVID-19, pero esta batalla resultará infructuosa sin el firme y decidido apoyo
del Gobierno central para facilitar los recursos indispensables que garanticen su superación.


El desafío al que se enfrentan las Comunidades Autónomas es doble. Por un lado, la crisis sanitaria, que exige un ímprobo refuerzo de los servicios autonómicos de salud y servicios sociales, tanto a nivel de personal como de material e
infraestructuras, para poder atender al elevado número de afectados, al tiempo que se adoptan medidas de prevención a fin de evitar nuevos contagios. Y, por otro, la crisis económica asociada al parón de la actividad empresarial, cuyo desarrollo
también se traducirá en un fuerte aumento del gasto público en atención social, políticas activas de empleo y promoción económica, junto a una significativa caída de la recaudación.


El esfuerzo presupuestario derivado de esta doble crisis carece de precedentes. Nos encontramos ante una emergencia nacional, tal y como evidencia la declaración del estado de alarma, que requiere que las Comunidades Autónomas dispongan de
recursos adicionales para que puedan librar con éxito esos dos frentes. Y los pasos dados por el Gobierno Central hasta ahora han sido claramente insuficientes.


El adelanto de 2.800 millones de euros en concepto de los pagos a cuenta de las Comunidades Autónomas en vez de devolver los 2.500 millones de euros del IVA pendientes por la implantación del Suministro Inmediato de Información en diciembre
de 2017 provocará un grave problema de liquidez en dos años. La previsible caída de ingresos tributarios por la crisis económica en 2020 hará que el ajuste



Página 30





entre la recaudación real y las entregas a cuenta sea muy negativo, y obligará a las CCAA a devolver incluso un importe mayor que esos 2.800 millones de euros.


Ni ese es el camino correcto, ni hay tiempo que perder. La urgencia y gravedad de la crisis del coronavirus exige el máximo esfuerzo y colaboración por parte de las Administraciones Públicas, así como disponer de los recursos
presupuestarios suficientes para poder hacer frente a las consecuencias, tanto sanitarias como económicas, del coronavirus.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a convocar de urgencia al Consejo de Política Fiscal y Financiera para tratar, como mínimo, los siguientes puntos que son críticos para superar la crisis del coronavirus:


1. Creación y reparto de un fondo no reembolsable adicional a los recursos procedentes del Sistema de Financiación Autonómica para combatir la pandemia en todas sus vertientes, tanto sanitaria como económica, así como suspensión de la
liquidación del año 2020 del Sistema de Financiación Autonómica.


2. Mecanismos para agilizar el reparto a nivel autonómico de los recursos procedentes del Mecanismo Europeo de Estabilidad, del Fondo de Solidaridad de la UE y de la financiación adicional del Banco Europeo de Inversiones, entre otras
partidas, a la vez que se garantice un incremento de la asignación que actualmente gestiona cada una de las autonomías.


3. Flexibilización de las reglas de estabilidad presupuestaria para excluir del cómputo de déficit y deuda todos los gastos asociados a la lucha contra la COVID-19, autorizando, además, el endeudamiento necesario para hacer frente a dichos
compromisos.


4. Extender las medidas tributarias adoptadas por las administraciones territoriales a la Administración General del Estado, para mejorar la liquidez tanto de los ciudadanos como de las empresas y autónomos.


5. Desarrollar una coordinación efectiva entre la administración estatal y la autonómica de las políticas financieras, presupuestarias y tributarias que contribuyan a acelerar la Agenda 2030 de la UE y utilizar el Pacto Verde Europeo como
una palanca de inversión para el crecimiento económico y el empleo.


6. Abonar las cantidades pendientes a las Comunidades Autónomas tanto por la no devolución de la liquidación de IVA de diciembre de 2017 como por la anulación del reparto de fondos destinados a políticas activas de empleo, acordada de forma
unilateral por parte del Gobierno y cuya adopción lastra las cuentas autonómicas. El Gobierno debe garantizar que no destinará nuevamente recursos que corresponden a las Comunidades Autónomas a cubrir gastos de la Administración Central.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2020.-Mario Garcés Sanagustín, Diputado.- Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000632


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esta Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de ley sobre la
orientación del sistema tributario ante la crisis provocada por el COVID-19, para su debate en Comisión de Hacienda.


Exposición de motivos


El pasado once de marzo de dos mil veinte, la Organización Mundial de la Salud, en rueda de prensa, declaraba que el brote de COVID-19 se había convertido en una pandemia, una emergencia sanitaria a nivel global que debía ser abordada con
contundencia para proteger la salud de las personas.


El brote inicialmente localizado en la región china de Hubei fue propagándose por todo el mundo convirtiéndose en lo que podemos calificar como una de las mayores catástrofes humanitarias sufridas en el mundo.



Página 31





Ante esta crisis sanitaria, el Gobierno de España ha ido adoptando cuantas medidas han sido necesarias para hacerle frente. Se ha ido atendiendo en todo momento a las directrices y recomendaciones de los expertos epidemiológicos. Se han
activado protocolos de seguimiento sanitario, de transparencia informativa permanente y se han adoptado las medidas restrictivas más drásticas en relación con nuestro entorno para contener la propagación del virus. Las más limitativas, las fijadas
en el 'Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19' y las establecidas en el 'Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que
se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19'. Medidas restrictivas
de movilidad y de hibernación de actividades comerciales, industriales y profesionales que han afectado a la capacidad productiva, al empleo y a toda la actividad económica en su conjunto.


Desde el primer momento, el Gobierno de España ha impulsado adicionalmente, medidas legislativas para paliar y eliminar los efectos más nocivos de esta crisis sobre las personas y colectivos más vulnerables. Medidas de carácter económico y
social para evitar deterioros y ajustes permanentes en la economía española, como la flexibilización de los ERTES, la facilitación de prestaciones por desempleo o prestaciones por cese de actividad a autónomos, apoyo al alquiler y protección de los
arrendatarios, medidas para facilitar liquidez, facilidad para rescatar los planes de pensiones, impulso de avales públicos o líneas de apoyo a la digitalización para facilitar el teletrabajo, etc. No podemos obviar, tampoco, el apoyo decidido a la
investigación, para conseguir tener cuanto antes una vacuna y medidas de adaptación de las estructuras productivas a la fabricación de productos de protección sanitaria, tan necesarios para evitar la propagación del virus y facilitar así el
autoabastecimiento de test de diagnóstico, respiradores y equipos de protección individual.


Medidas de contención, mitigación y erradicación de una crisis sanitaria que se traduce en una crisis económica de la que debemos recuperarnos lo más rápidamente posible y así evitar un estancamiento que también nos conduciría a una crisis
social. Medidas de toda índole de protección, medidas extraordinarias ante un momento extraordinario que han movilizado, en un principio, más de doscientos mil millones de euros a nivel nacional y quinientos mil millones a nivel europeo.


Sin duda, el gobierno central, los gobiernos de las comunidades autónomas y de las entidades locales han conformado el gran escudo sanitario y social ante esta pandemia de enormes dimensiones. Y con ello, esta crisis ha evidenciado la gran
fortaleza del Estado del Bienestar, con unas administraciones próximas a la ciudadanía, como la mejor herramienta de un país para hacer frente a las adversidades.


Sin embargo, es cierto que todas las crisis afloran debilidades que deben ser analizadas y evaluadas en su contexto y nunca como excusa para desgastar un sistema compartido que se ha mostrado como el mejor de la historia de nuestro país.


Las crisis económicas y sociales siempre conllevan bajadas en la recaudación de impuestos, que se traducen en menos ingresos que debilitan la financiación de las políticas públicas. Se han adoptado imprescindibles medidas para facilitar el
aplazamiento de deudas y pagos tributarios, pero sin duda, la incesante solicitud de bajadas indiscriminadas de impuestos, el resurgimiento de la economía sumergida y el quebranto de la confianza en el sistema, instigado de manera interesada por una
minoría ruidosa, constituyen la peor debilidad y amenaza para nuestro Estado y democracia. Un nuevo virus que se propaga en tiempo de crisis y que denominamos el deterioro de la conciencia tributaria. El centro de investigaciones sociológicas
(CIS) ha publicado interesantes informes de resultados de encuestas de opinión y política fiscal que deberían realizarse con mayor periodicidad y desarrollo. Informes de diagnóstico esenciales para medir, prevenir e impedir que, en tiempos de
crisis, este virus se convierta también en pandemia.


Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al gobierno a:


Medidas preliminares para mejorar el sistema:


1. Impulsar en Europa una fiscalidad común adaptada a la nueva realidad económica y social, digitalizada y global.



Página 32





2. Reforzar el Estado del Bienestar en su conjunto, con unos servicios públicos eficaces y consolidados, financiado con un sistema tributario revisado, moderno, redistributivo y justo.


3. Clarificar las competencias de las administraciones públicas para evitar la duplicidad de esfuerzos y responder mejor ante la escasez de recursos.


4. Consensuar la revisión del modelo de financiación autonómica y local, con mínimos comunes, para dotarles de los recursos necesarios para atender con suficiencia sus competencias y garantizar así la prestación de servicios de calidad a la
ciudadanía con independencia de donde vivan.


Medidas de diagnóstico y evaluación:


5. Incrementar la periodicidad de los estudios de opinión y política tributaria del CIS. Promover el estudio y análisis en profundidad de las causas que incentivan la existencia de la economía sumergida, en las distintas etapas del ciclo
económico, planteando medidas que las desincentiven.


Medidas de mitigación:


6. Impulsar mecanismos de adaptación digital de los contribuyentes, continuar con el proceso de simplificación en los trámites de presentación de impuestos, e impulso de las medidas de control y seguimiento, en aras a facilitar el
cumplimiento de las obligaciones tributarias y dificultar la existencia de la economía sumergida.


7. Fomentar una cultura tributaria responsable y voluntaria, promoviendo y facilitando el cumplimiento de las obligaciones tributarias, especialmente en tiempos de crisis.


Medidas de prevención y erradicación:


8. Impulsar sellos de excelencia en la contribución fiscal de las empresas como medida de reconocimiento social y/o indicador de riesgo reputacional.


9. Promover campañas de explicación del destino de los ingresos públicos procedentes de impuestos y fomentar la formación y la conciencia tributaria en el ámbito de una educación para la ciudadanía.


10. Fomentar la publicidad responsable y respetuosa en términos de conciencia fiscal.


11. Eliminación gradual del pago en efectivo, con el horizonte de su desaparición definitiva.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2020.-Patricia Blanquer Alcaraz, José Luis Ramos Rodríguez, María Luisa Vilches Ruiz, Juan Bernardo Fuentes Curbelo, Beatriz Micaela Carrillo de los Reyes, Juan Cuatrescasas Asua, Odón
Elorza González, Valentín García Gómez, Antonio Hurtado Zurera, María Ángeles Marra Domínguez, Montse Mínguez García, Ana Prieto Nieto, Miguel Ángel González Caballero y José Zaragoza Alonso, Diputados.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista.


161/000637


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley de medidas de apoyo en relación a los
suministros de luz y gas para los autónomos, PYMES y consumidores domésticos, para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


La actual crisis sanitaria producto del virus COVID-19 va a conducir a una abrupta y peligrosa crisis económica en nuestro país.


La disyuntiva económica a la que nos enfrentamos está relacionada con dos variables fundamentales: la profundidad y la duración de la crisis. Desde el punto de vista de mantenimiento del tejido productivo es altamente preferible un shock
corto en el tiempo. Este tipo de escenario, con las medidas de garantía de liquidez y flexibilización del trabajo asegurarían la menor pérdida del tejido productivo ya que reduce la



Página 33





probabilidad de que las situaciones de falta de liquidez deriven en situaciones de insolvencia. La opción menos preferida es optar por un shock de menor magnitud, pero más extendido en el tiempo, que muy probablemente producirá una
destrucción estructural de empresas y empleo que puede afectar a la capacidad de la economía de crecer en el medio y largo plazo. Sin duda, cuanto mayor sea el periodo de restricciones de liquidez y actividad al que se somete a las empresas y
autónomos, mayor será la probabilidad de destrucción.


Además de estas medidas en el ámbito laboral existen medidas de apoyo adicionales que pueden aliviar la situación de las empresas más vulnerables, como los autónomos y PYMES.


Una de ellas era habilitar la posibilidad de que estas empresas y consumidores puedan aplicar una disminución de su potencia contratada en el suministro eléctrico, aliviando así la carga que supone este gasto corriente para su actividad en
virtud de las excepcionales circunstancias que vivimos.


Varias empresas distribuidoras tomaron esta medida de forma proactiva para que se permita a los consumidores disminuir su potencia contratada o sus modos de aplicación de otros complementos, aunque no hayan transcurrido los 12 meses desde el
último cambio técnico realizado.


Siguiendo esta iniciativa, el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, generalizó esta posibilidad de forma temporal
mientras se mantenga la situación de Estado de Alarma.


Asimismo y de forma complementaria a esta medida, sería deseable valorar otros costes del suministro eléctrico como la doble imposición que existe en relación al Impuesto sobre la Electricidad, que forma parte de la base imponible del IVA
aplicable en las facturas; una situación análoga en el caso del Impuesto sobre Hidrocarburos y el IVA aplicable en la factura del gas.


Finalmente pero no menos importante, la situación actual vuelve a invitar a considerar la posibilidad de establecer un tipo reducido de IVA para estos suministros básicos; con el ánimo de limitar la pérdida de tejido productivo pero también
la reincidencia de situaciones de vulnerabilidad social como las que ha conocido nuestro país en el pasado, a causa de los impagos y cortes de suministro experimentados.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Acabar con la doble imposición establecida en las facturas de la luz y el gas natural, sacando a los impuestos de electricidad e hidrocarburos respectivamente, de la base imponible del IVA.


2. Establecer un tipo de IVA reducido para las facturas de la luz y del gas natural.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de abril de 2020.-María Muñoz Vidal, Diputada.-José María Espejo-Saavedra Conesa, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Interior


161/000590


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Francisco José Alcaraz, D. Ignacio Gil Lázaro, D. Francisco Javier Ortega Smith Molina, D. Luis Gestoso de Miguel y D. Carlos Hugo Fernandez-Roca Suárez, en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del
Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), respectivamente, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la reactivación de los
talleres productivos de instituciones penitenciarias para la confección de mascarillas, para su discusión en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Primero. Son más de 12.500 los presos que trabajan en los 300 talleres productivos que hay repartidos por las diferentes cárceles del territorio español, desempeñando labores de confección industrial, carpintería, metálica, soldadura, artes
gráficas o artesanía.



Página 34





Esa cifra supone en torno al 20 % de la población reclusa que cumple condena o se halla a la espera de juicio en los 85 centros dependientes de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.


Segundo. La Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, en su artículo 21, encomienda al Gobierno la regulación de dos aspectos diferenciados en relación con los penados: por un lado, le
habilita para articular la relación laboral de carácter especial de los penados que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios, contemplando, además, un marco de protección de Seguridad Social de este colectivo acorde con sus
especiales características.


Y, por otro, le habilita para regular la protección de Seguridad Social de los sometidos a penas de trabajo en beneficio de la comunidad.


La Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, en su disposición adicional trigésima primera (actualmente derogada), declaró aplicable el Programa de Fomento del Empleo al colectivo anteriormente
mencionado, y prorrogó el Programa para el año 2000 establecido en el artículo 28 de la Ley 55/1999, hasta el 17 de mayo de 2001. El Real Decreto-ley 5/2001, de 2 de marzo, de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incremento
del empleo y mejora de su calidad, incluye nuevamente al colectivo citado en el Programa de Fomento de Empleo para el año 2001, derogando el anterior.


Tercero. La relación laboral especial de los internos en los centros penitenciarios tiene como antecedentes próximos el artículo 25.2 de la Constitución Española, en cuanto que establece el derecho de los condenados a penas de prisión a un
trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, el capítulo II del Título II, y en particular el artículo 27.2, de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, que establece que el trabajo
directamente productivo que realicen los internos será remunerado y, por otro lado, el párrafo c) del apartado primero, del artículo 2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1995, de
24 de marzo, que enuncia como relación laboral de carácter especial la de los penados en las instituciones penitenciarias.


Estas previsiones fueron desarrolladas en el capítulo IV del Título V del Reglamento Penitenciario, aprobado por Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero.


En virtud del Real Decreto citado anteriormente y del Real Decreto 326/1995, de 3 de marzo, de regulación del Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias, este y el organismo autonómico equivalente tiene atribuidas, entre otras
funciones, la gestión del trabajo de los internos.


Dentro de este marco, el artículo 28 de la Ley 55/1999, regula el Programa de Fomento del Empleo para el año 2000, incluyendo, entre los colectivos beneficiarios de los incentivos previstos, a las empresas y entidades sin ánimo de lucro que
contraten, indefinida o temporalmente, trabajadores desempleados en situación de exclusión social, figurando entre ellos los internos de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo, así como los liberados
condicionales y ex reclusos.


Cuarto. Especial trascendencia reviste la pena de trabajo en beneficio de la comunidad, contemplada en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Con ella se evita alguno de los inconvenientes de las penas privativas de
libertad, tratando, además de hacer partícipe al condenado de intereses públicos, al tener que cooperar con actividades que tienen ese carácter.


Según el artículo 49 del Código Penal 'Los trabajos en beneficio de la comunidad, que no podrán imponerse sin consentimiento del penado, le obligan a prestar su cooperación no retribuida en determinadas actividades de utilidad pública'.
Consiste, por lo tanto, en una obligación asumida voluntariamente por el penado para prestar su cooperación en ciertas actividades de utilidad pública.


El Real Decreto 690/1996, de 26 de abril, por el que se establecen las circunstancias de ejecución de las penas de trabajo en beneficio de la comunidad y de arresto de fin de semana, además de establecer las circunstancias de ejecución de
esta pena, aporta a la definición de la misma, por una parte, que la actividad de utilidad pública a la que se preste la colaboración personal tenga 'interés social' y 'valor educativo', haciendo énfasis en la prevención especial, y, por otra parte,
que 'sirva de reparación para la comunidad perjudicada', es decir, que sirva como retribución por el delito cometido.


Tanto el Código Penal como el Real Decreto citado disponen que los sentenciados a la pena de trabajo en beneficio de la comunidad gozarán de la protección dispensada a los penados por la legislación penitenciaria en materia de Seguridad
Social. No obstante, el artículo 132 y siguientes del Reglamento Penitenciario regula el trabajo de los internos en los centros penitenciarios, como una actividad productiva y remunerada, características que no concurren en la pena de trabajo en
beneficio de la comunidad por no tratarse de una relación laboral. La protección que en este caso se les dispensa es la derivada de su



Página 35





inclusión en la acción protectora del sistema de la Seguridad Social en los casos de accidente de trabajo y enfermedad profesional.


Quinto. Hace escasos días, el director del Centro de Emergencias y Alertas Sanitarias, Fernando Simón, admitía la falta de equipos de protección individual (EPI) y material sanitario para hacer frente al COVID-19 (hecho este conocido
fehacientemente por el resto de la población hacía semanas) cuya consecuencia directa era el incremento exponencial en el número de contagios entre los sanitarios que están luchando contra el coronavirus. De acuerdo con la última cifra oficial, son
más de 19.000 los sanitarios infectados por el virus.


Continuaba asegurando el Sr. Simón, que estaba resultando imposible suministrar a los profesionales los EPI que requieren, lo que achacaba a un 'problema de acceso al mercado', ya que esos bienes 'son escasos y no existe disponibilidad',
pero, añadía, 'se está en vías de solución'.


La falta de material en los centros continúa siendo alarmante. Todavía existen profesionales de hospitales utilizando bolsas de basura para protegerse, mascarillas defectuosas e, incluso, reutilizando las mismas pese a los riesgos que ello
implica. Como denunciaba el Sindicato de Enfermería Satse es 'sistemática y afecta a todos los centros de salud y servicios de los hospitales, con lo que está en riesgo la salud y seguridad del colectivo y, en consecuencia, 'la de toda la
población''.


Sexto. Instituciones Penitenciarias suspendió el pasado 19 de marzo la actividad de los talleres productivos existentes en las cárceles dentro de las medidas de aislamiento dictadas por el Gobierno para prevenir la expansión del COVID-19.
Muchos de estos talleres trabajaban en colaboración con empresas externas, que envían empleados a los centros penitenciarios como maestros de taller para dirigir el trabajo de los reclusos.


Algunos sindicatos de trabajadores penitenciarios solicitaban reactivar de nuevo estos talleres para dotar al personal de los hospitales de 'vestuario de recambio y mascarillas' pues, en otros aspectos, había maestros de taller que mostraron
su disposición a acudir a las prisiones a colaborar. Igualmente solicitaban que se donase al sistema sanitario 'todo lo que sea posible del stock que tenga en sus almacenes y que les pueda ser útil, como batas sanitarias, pijamas sanitarios,
sábanas, mantas, delantales, vajillas, etc', a fin de poner 'todos los sistemas de producción al servicio de la sociedad'.


En vista de la innegable falta de material sanitario a que está expuesta la sanidad española por la inacción del Gobierno de la nación, ya a finales del pasado mes de marzo, reclusos de los talleres productivos de seis cárceles comenzaron a
elaborar uno de los productos más necesarios para combatir la expansión del coronavirus: las mascarillas. Se trata de los internos de las prisiones de Córdoba, Alcalá de Guadaira (Sevilla), Huelva, Alcalá-Meco (Madrid), Topas (Salamanca) y Sevilla
I, según constataba un escrito del director gerente de la Entidad Estatal de Trabajo Penitenciario, José Suárez Tascón.


Ayer, martes, 7 de abril, el Consejo de Ministros acordaba una nueva prórroga del estado de alarma con el objetivo de consolidar la ralentización de los contagios por coronavirus en nuestra nación.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Que, con observancia de todas las medidas de seguridad necesarias, se reinicie la actividad de todos los talleres productivos de material textil de los centros penitenciarios, enfocando exclusivamente su actividad a la fabricación de
mascarillas, mediante la dotación a los mismos de todo el material requerido para su confección.


2. Que, aquellos talleres productivos que no guarden relación con la confección textil, se orienten, en la medida de sus posibilidades, a la producción de mascarillas, en cuyas tareas serán empleados exclusivamente aquellos reclusos que se
presten voluntariamente.


3. La distribución de las primeras unidades confeccionadas de mascarillas serán empleadas para dotar a los propios integrantes de los talleres productivos para luego, destinar el material que se fabrique a hospitales, centros médicos,
residencias de ancianos y demás instalaciones que requieran de las mismas.


4. Que, en aquellos casos en que los talleres productivos colaboren con empresas externas, por medio de algún convenio suscrito con el organismo correspondiente, y siempre que las mismas muestren



Página 36





su predisposición a colaborar en la fabricación de mascarillas, se las dote de cuantos medios y permisos sean necesarios para reinstaurar la actividad de los talleres productivos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de abril de 2020.-Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, Francisco José Alcaraz Martos, Ignacio Gil Lázaro, Luis Gestoso de Miguel y Francisco Javier Ortega Smith-Molina, Diputados.-Macarena Olona
Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000598


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para que los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado y los Funcionarios de Prisiones sean reconocidos dentro del catálogo de personal con exposición al coronavirus y, por tanto, personal de riesgo con la dotación oportuna de EPIs y pruebas diagnósticas, para su posterior debate en
la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


La participación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la lucha contra el virus está siendo esencial para controlar su expansión y para asegurar el cumplimiento de las medidas de confinamiento necesarias para conseguir el
deseado objetivo de bajar la curva de contagios.


Esta labor, supone sin embargo en las actuales circunstancias, un grave riesgo para su integridad física, al tener que verse en permanente contacto con otras personas potencialmente contagiadas; pensemos, por ejemplo, en los policías
destinados en puestos fronterizos, o en la protección de centros sanitarios, o en labores asociadas a residencias de ancianos, o en las prisiones no pensadas para este tipo de sucesos. En definitiva, en todos los servicios considerados esenciales.


A la fuerza letal de este virus y a su progresiva capacidad de contagio, se une además contar con limitados y escasos recursos adecuados de protección. En efecto, las asociaciones de la Guardia Civil, sindicatos policiales y de prisiones se
han visto en la necesidad de remitir una carta al Presidente del Gobierno pidiendo ser considerados PERSONAL DE ALTO RIESGO, así como poder contar con una protección inmediata y eficaz para frenar los contagios masivos entre sus miembros,
consecuencia de su enorme exposición al virus por el ejercicio de sus funciones en la lucha contra el mismo. Exigen Equipos de Protección Individual, con los que no cuentan en la cantidad necesaria para garantizar su seguridad.


A pesar de esta evidente exposición a la enfermedad, el Ministerio de Sanidad ha suprimido como 'personal con exposición al virus' y ha dejado fuera de las tablas de escenarios de riesgo de exposición, a los Policías, Guardias Civiles,
personal aduanero, Bomberos y personal de salvamento y empleados de Instituciones Penitenciarias, todos ellos trabajadores que están demostrando un gran compromiso con el Estado poniendo en evidente riesgo su salud, en todas aquellas tareas a los
mismos encomendadas.


Hasta ahora, estos colectivos figuraban en las tablas que elabora el Ministerio de Sanidad con los diferentes escenarios de exposición, como de 'baja probabilidad de exposición', lo que los situaba a la cola a la hora de contar con medidas y
equipos de protección. Este hecho ya había sido objeto de numerosas quejas por parte del colectivo ante el Ministerio del Interior, pues a todos aquellos policías y guardias civiles que están en la calle en labores de vigilancia, se les estaba
proporcionando material de protección muy limitado. Ahora, sin embargo, tras su completa eliminación de las tablas, incluso de la parte de bajo riesgo de la misma, se elimina toda consideración prioritaria a la hora de recibir material.


Sin embargo como era de esperar, el contagio entre los miembros de las FCSE y Funcionarios de Prisiones se cuenta por miles y, desgraciadamente, también hay lamentar la muerte de varios funcionarios; personas que han expuesto su vida a la
protección de la vida de todos los ciudadanos y cuyos familiares ven cómo se les niega el reconocimiento social de haber fallecido en el cumplimiento de su deber y entrega a los demás. Y sus compañeros, que continúan trabajando con riesgo para su
salud, ven que se les excluye de esas tablas de exposición al virus.



Página 37





Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que se reconozca a iniciativa del Ministerio del Interior a las plantillas de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Funcionarios de Prisiones y trabajadores con dependencia orgánica y/o funcional del Ministerio del Interior que
desempeñan sus funciones en cualquier tipo de actividad relacionada con la contención y lucha contra la pandemia, en la tabla de colectivos especialmente expuestos al coronavirus, y de ello se deriven las dotaciones de medios materiales y jurídicos
para que realicen su labor con la máxima seguridad posible.


2. Que se realicen pruebas masivas a todos los integrantes del Ministerio del Interior mencionados anteriormente, así como que se les dote de los Equipos de Protección Individual necesarios para la realización de su trabajo con todas las
garantías sanitarias.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2020.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/000600


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para que los enfermos por coronavirus/COVID-19 de entre
los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que hayan participado en cualquier tipo de actividad relacionada con la contención y lucha contra la pandemia, sean reconocidos como infectados, y en su caso, fallecidos en acto de
servicio o como consecuencia del mismo, para su posterior debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


La participación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la lucha contra el virus está siendo esencial para controlar su expansión y para asegurar el cumplimiento de las medidas de confinamiento necesarias para conseguir el
deseado objetivo de bajar la curva de contagios.


Esta labor, supone sin embargo en las actuales circunstancias, un grave riesgo para su integridad física, al tener que verse en permanente contacto con otras personas potencialmente contagiadas; pensemos, por ejemplo, en los policías
destinados en puestos fronterizos, o en la protección de centros sanitarios, o en labores asociadas a residencias de ancianos.


A la fuerza letal de este virus y a su progresiva capacidad de contagio, se une además el contar con limitados recursos adecuados de protección para las personas más expuestas al mismo. En efecto, las asociaciones de la Guardia Civil y
sindicatos policiales se han visto en la necesidad de remitir una carta al Presidente del Gobierno pidiendo ser considerados personal de alto riesgo, así como poder contar con una protección inmediata y eficaz para frenar los contagios masivos entre
sus miembros, consecuencia de su enorme exposición al virus por el ejercicio de sus funciones en la lucha contra el mismo.


A pesar de esta evidente exposición a la enfermedad, el pasado 23 de marzo el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Guardia Civil emitió una Instrucción en la que se ordenaba que no se anotaran positivos por COVID-19 de guardias
civiles en el registro oficial de siniestralidad profesional. Con ello se rechazaba considerar que los agentes infectados hubieran contraído la enfermedad en acto de servicio, calificándose entonces como enfermedad común y, eventualmente el
fallecimiento, como no vinculado al acto de servicio, justificando esta decisión en la imposibilidad de determinar cómo y cuándo se había producido el contagio.


Sin embargo como era de esperar, el contagio entre los miembros de las FCSE se cuenta por miles y, desgraciadamente, también hay que lamentar la muerte de varios agentes; personas que han expuesto su vida a la protección de la vida de todos
los ciudadanos y cuyos familiares ven cómo se



Página 38





les niega el reconocimiento social de haber fallecido en el cumplimiento de su deber y entrega a los demás.


Por otro lado, las consecuencias derivadas de ser el contagio o fallecimiento como producido por causa común, frente a su consideración como enfermedad profesional o en acto de servicio son cruciales, añadiendo al drama que ya supone esta
situación, el efecto injusto de ver negados, bien para el contagiado o bien para sus familiares en caso de fallecimiento, los derechos que les corresponden.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que se reconozca por parte del Ministerio del Interior a los enfermos por coronavirus/COVID-19 de entre los miembros de las FCSE que hayan participado en cualquier tipo de actividad relacionada con la contención y lucha contra la
pandemia y que hayan sido diagnosticados o permanezcan confinados en cuarentena, como infectados, y en su caso, fallecidos en acto de servicio o como consecuencia del mismo, a todos los efectos, agilizándose en lo posible el procedimiento para dicho
reconocimiento con todos los derechos que de ello se deriven,


2. Que se agilice asimismo el proceso para el establecimiento de la pensión y complementos extraordinarios que correspondan, bien al contagiado o bien a los familiares de los agentes en caso de fallecimiento en dichas circunstancias.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2020.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/000614


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. José Ramirez del Río, D. Francisco José Alcaraz Martos, D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina, D. Ignacio Gil Lázaro y D. Luis Gestoso de Miguel en sus condiciones de Portavoz Adjunta y de Diputados del Grupo
Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a las medidas de protección sanitarias necesarias para
los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, durante el Estado de Alarma y para su discusión en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Primero. Al día de hoy, tenemos que lamentar el triste fallecimiento en acto de servicio de 10 miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FYCSE), policía local y autonómica, como consecuencia de su infección por el COVID-19,
habiendo más de 1.800 agentes contagiados con resultado positivo en el test y más de 5.500 agentes aislados con síntomas o por estas en contacto con positivos. estas son las terribles cifras que para el gobierno de España aún no son suficientes al
parecer para incluir a las FYCSE como colectivo de alto riesgo en el desempeño de sus funciones.


Funciones que siempre son esenciales y meritorias, pero que en este momento en España, en la difícil lucha contra la pandemia del COVID-19, están resultando vitales para salvar vidas, mantener la seguridad en las calles, en instalaciones
esenciales, y llevar alimentos, medicinas y ayuda hasta el último hogar español.


Prueba de la exposición al COVID-19 y su contagio, y como consecuencia del cumplimiento de la necesaria cuarentena, es que a día de hoy se encuentra cerrado el Puesto de la Guardia Civil de Villalba (Madrid), el Puesto de Barca de la Florida
(Cádiz), el Destacamento de Tráfico de Alfajariz (Zaragoza), y al menos dos puestos más en La Rioja.


Segundo. Con fecha 15 de marzo de 2020, desde el Ministerio del Interior se dictó la Orden INT/226/ 2020, por la que se establecían criterios de actuación para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado conforme al Real Decreto 463/2020,
de 14 de marzo, por el que se declaraba el estado de alarma. En



Página 39





dicha Orden se recoge que los funcionarios policiales tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.


Protección que casi un mes después no han recibido, salvo algunos de ellos y de manera parcial, debiendo suministrarse los agentes sus propios medios de protección, y debiendo por ello, por cumplir con su responsabilidad, presentar minutas
que justifiquen su uso. E incluso, en los casos que han recibido material de los EPIs, teniendo que presentar escrito a sus superiores, justificando su uso, tan incomprensible como verse obligados a justificar el uso del escaso material que la
propia Administración les facilita para su propia protección y la de sus compañeros, y para la protección de los ciudadanos con los que tratan a diario en sus jornadas laborales.


Tercero. A dicha Orden ministerial, entre otra normativa publicada en este contexto, se puede añadir la Resolución dictada el 16 de marzo por el Director General de la Policía aprobando el Plan de actuación frente al COVID-19 en el Cuerpo
de Policía Nacional y que recogía la dotación de material de seguridad y prevención (guantes, mascarillas FFP2 o superiores...) Esta proclama de seguridad no tuvo su efecto en la realidad, lo que conllevó a numerosas quejas y movimientos por parte
de distintos colectivos de representantes de miembros de FYCSE.


Cuarto. Ante tal desamparo en la protección de las FYCSE, varias fueron las asociaciones y sindicatos policiales que iniciaron actuaciones judiciales para reclamar las medidas cautelares urgentes necesarias, para garantizar la protección en
el desempeño de sus funciones, solicitando la entrega del material sanitario pertinente: EPIs, guantes, mascarillas, gafas, pantallas, mamparas, contenedores de residuos, realización de tests a todos los agentes, desinfección del material de
dotación, de centros y vehículos, e información actualizada de contagios. Y que se les reconozca como colectivo esencial de alta probabilidad de riesgo de contagio. Los Autos emitidos por la Audiencia Nacional, sorprendentemente, desestimaron la
petición de dichas medidas cautelares urgentes, al considerar que la Administración no tenía capacidad efectiva para proveer de dicho material a las FYCSE, y al considerar que dicho colectivo no pertenecía al personal reconocido esencial con alto
riesgo de contagio.


Quinto. El 30 de marzo el Ministerio de Interior publicó el' Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición del nuevo coronavirus (SARS-VOC-2)' y calificó, sorprendentemente, a las
FYCSE como colectivo de 'baja probabilidad de exposición al riesgo' en el entorno laboral.


Es la propia Directora de Gabinete del Ministro de Interior, quien a primeros de abril, y atendiendo a las reclamaciones y quejas de las asociaciones y sindicatos de los agentes, tranquiliza a este colectivo comunicando que se están
realizando las gestiones y trámites oportunos para incluir al colectivo como de alto riesgo de contagio por el COVID-19.


El resultado de esas 'gestiones y trámites' que estaba llevando a cabo el Ministerio de Interior, es que lamentablemente, el 8 de marzo, el Ministerio actualiza de nuevo el 'Procedimiento de Actuación', eliminando totalmente del mismo la
clasificación de las FYCSE, no apareciendo siquiera como en el anterior Procedimiento de 30 de marzo, como colectivo de 'baja probabilidad de exposición al riesgo'. Permítasenos la expresión del siempre muy acertado refranero español 'muerto el
perro, se acabó la rabia', pues al no clasificarles la Administración como colectivo de riesgo de contagio, ya no se ve obligado legalmente el Ministerio del Interior a facilitar el material de protección necesario frente a ese riesgo.


Una injusticia, una ilegalidad, una gravísima imprudencia y una inmoralidad. Y mientras esto ocurre, los agentes siguen cumpliendo como siempre con su deber, en precarias condiciones, poniendo en riesgo su salud, sus vidas, las de sus
compañeros y las de los españoles a los que ayudan y prestan servicio.


Sexto. En definitiva, una vez más vemos cómo el gobierno desatiende las justas demandas de medios de protección de las FYCSE, que en su función de proteger y velar por la seguridad de los españoles, se ven abandonadas en el cumplimiento de
sus deberes a la exposición al contagio, paradójicamente, mientras cumplen con su misión de frenar y controlar la pandemia que sufre España. Por lo que se debe reparar a la mayor urgencia tal injusticia y despropósito, y entregar el material y
medios que necesitan para su protección sanitaria, y por extensión, para la protección del resto de españoles.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente



Página 40





Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta de manera URGENTE al Gobierno de España, a lo siguiente:


1. A dotar a los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado de los elementos de protección necesarios contra el COVID-19 para dar cumplimiento de este modo a la Orden INT/226/2020 del Ministerio del Interior.


2. Incluir a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Policía Local y Autonómica, como colectivo de alto riesgo de contagio por el COVID-19.


3. Que se proceda a realizar el test de detección del COVID-19 a todos los agentes de la Guardia Civil y de la Policía Nacional, Local y Autonómica, incluyendo a los alumnos de Academias o los que se encuentren en prácticas de servicio o
que hayan sido dados de baja como consecuencia del COVID-19.


4. Dar libertad a los agentes para, en tanto no reciban los EPIs (Equipos de Protección Individual), puedan hacer uso de su propio material de protección, sin tener que tramitar minutas que justifiquen su uso. Así como no precisar
justificación alguna por el uso del escaso y puntual material facilitado por la propia Administración.


5. Facilitar a todos los agentes los EPIs, consistentes en guantes sanitarios, mascarillas FPP2 y FPP3, gafas, pantallas, mamparas, contenedores de residuos biológicos, desinfección del material de dotación, de centros de trabajo y
vehículos, y facilitarles la información actualizada a diaria de contagios, sintomáticos, fallecidos y cuánta información les afecte en el cumplimiento de sus funciones en la lucha contra la epidemia.


6. Que se proceda a la desinfección rutinaria de las dependencias de la Policía Nacional, Local y Autonómica, y de la Guardia Civil, así como a la desinfección de sus vehículos y material colectivo.


7. Que se conceda la condecoración con distintivo rojo para los agentes fallecidos en acto de servicio por el coronavirus.


8. Que las banderas de España, de todos los edificios, instalaciones, buques de las Administraciones Públicas (General, Autonómica y Local), FYCSE, FAS, delegaciones diplomáticas, y Organismos Internacionales, ondeen a media asta, en serial
de duelo nacional, en memoria, reconocimiento y respeto por las víctimas fallecidas por el coronavirus.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2020.-José Ramírez del Río, Francisco José Alcaraz Martos, Francisco Javier Ortega Smith-Molina, Ignacio Gil Lázaro y Luis Gestoso de Miguel, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz
del Grupo Parlamentario VOX.


161/000630


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Lourdes Méndez Monasterio, D. Francisco José Alcaraz Martos, D. Luis Gestoso de Miguel, D. Francisco Javier Ortega Smith-Molina, D. Ignacio Gil Lázaro y D. Juan Luis Steegmann Olmedillas, en sus condiciones de
Portavoz y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), respectivamente, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley en relación con
la legislación vigente sobre las Instituciones Penitenciarias y el estado de alarma, para su discusión en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Primero. El 25 de marzo de 2020 don José Ramón López, en calidad de Presidente de la Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias (ACAIP), presentó un escrito de petición para la realización de test rápidos
y masivos de COVID-19 a todo el personal penitenciario para garantizar la debida cobertura de servicio esencial prestada tanto en los Centros Penitenciarios como en aquellos de Inserción Social. ACAIP continuó señalando y dejando constancia de que
los trabajadores que ya presentaban síntomas no recibieron respuesta para la realización del test, a pesar de haberse puesto



Página 41





en contacto mediante los teléfonos habilitados a tal efecto por parte de las diferentes Comunidades Autónomas de España.


El 29 de marzo de 2020, desoídas las peticiones anteriormente señaladas, se producía el lamentable fallecimiento del primer funcionario de Instituciones Penitenciarias de España, trabajador de las oficinas del Centro Penitenciario de
Fontcalent, en Alicante, quien no estuvo en contacto directo con el grupo de presos, pero sí con el resto de funcionariado.


Segundo. Esta terrible situación, por desgracia no conlleva consigo la consideración de fallecimiento en acto de servicio, lo que implica indubitadamente una situación de desamparo para los funcionarios de prisiones; del mismo modo que por
medio de otras Iniciativas hemos solicitado el reconocimiento del fallecimiento en acto de servicio a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o las Fuerzas Armadas como consecuencia de su movilización y servicios prestados
durante la crisis del COVID-19; otorgar la misma consideración a los funcionarios de prisiones fallecidos es igual de necesario habida cuenta de la plena exposición en la que se encuentran durante el desempeño de sus funciones, lo que supone un
riesgo exponencial a su estado de su salud como consecuencia de las funciones inherentes a sus puestos.


Tercero. Tomando la regulación aplicable relativa al acto de servicio que se recoge en la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de régimen de personal de la Policía Nacional, 'se trata de un régimen propio y especifico que encuentra
justificación en la situación de mayor vulnerabilidad en la que se encuentran los Policías Nacionales en relación con el resto del personal al servicio de la Administración...'. Pues bien, es evidente que la situación en la que desempeñan
actualmente los funcionarios de prisiones es especialmente vulnerable en relación con otros funcionarios y cabría considerar por tanto la necesidad de que en el caso de fallecimiento de un funcionario de prisiones por COVID-19 como consecuencia de
la prestación de servicios entraría dentro de esta exposición.


Cuarto. Atendiendo al artículo 47.4 del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado 'se presumirá el acto de servicio, salvo prueba en contrario, cuando la
incapacidad permanente o el fallecimiento del funcionario hayan acaecido en lugar y tiempo de trabajo'; argumento que se podría esgrimir en el caso de las muertes de funcionarios de prisiones durante el estado de alarma en el ejercicio de sus
funciones.


Es fundamental valorar la labor que desempeñan los funcionarios de prisiones en este escenario que se está desarrollando, máxime teniendo en cuenta la falta de material con la que se encuentran provistos para su protección personal.


Quinto. Según reza el Procedimiento de Actuación Frente a Casos de Infección por el Nuevo Coronavirus (SARS-CoV-2) actualizado a 31 de marzo de 2020, en su primer apartado, punto B, 'En un escenario de transmisión comunitaria sostenida
generalizada se debe realizar la detección de infección por SARS-CoV-2 en las siguientes situaciones. (...) B. Persona con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda de cualquier gravedad que pertenezca a alguno de los siguientes grupos:
(a) personal sanitario y socio sanitario, (b) otros servicios esenciales', en relación con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el
COVID-19, 'La rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, requiere la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta coyuntura. Las circunstancias extraordinarias que concurren constituyen, sin
duda, una crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud tanto por el muy elevado número de ciudadanos afectados como por el extraordinario riesgo para sus derechos'.


Sexto. La Institución Penitenciaria es una pieza ineludible de la política de seguridad de cualquier país democrático. El fin encomendado constitucionalmente, principal objetivo de la institución, es el seguimiento y dirección de todas las
actividades dirigidas a la prestación del servicio público de ejecución de las penas y medidas penales, cuya consecuencia fundamental es garantizar el buen ejercicio de nuestras libertades.


El contagio en una institución cerrada podría acarrear gravísimas consecuencias a nivel sanitario y de seguridad tanto a los trabajadores como a la población reclusa. Hemos podido comprobar además, y así lo ha refirió la Organización
Mundial de la Salud (OMS) el 16 de marzo de 2020, que la realización de test masivos es fundamental para frenar el avance de este virus. El diagnóstico es necesario a efectos de establecer un estudio de contactos personales de los trabajadores y,
por consiguiente, la adopción de medidas y protocolos en todos los centros posiblemente afectados.



Página 42





Séptimo. Otro aspecto a valorar en el ejercicio de las funciones del cuerpo de funcionarios de prisiones es el hecho de que pasen a ser considerados como Agentes de la Autoridad, al igual que ocurre con los miembros de las Fuerzas Armadas a
través de la Disposición Adicional Quinta del Real Decreto 463/2020. La labor que están desempeñando se presenta cuanto menos como ardua y difícil, especialmente en la extraordinaria situación en la que nos encontramos. Esta consideración
implicaría que se les otorgaría de una seguridad jurídica en el desempeño de sus funciones.


A fortiori, el servicio esencial que desarrollan los funcionarios de prisiones en España es básico, aún más teniendo presente la grave situación epidémica que atraviesa la sociedad Española. Estamos obligados a proponer una solución
necesaria y urgente a la desprotección que existe hacia este colectivo especialmente expuesto al contagio debido al imprescindible servicio público que están cubriendo. Un hecho que pone de manifiesto la ineficacia y falta de consideración del
Gobierno hacía el cuerpo de funcionarios de prisiones en esta difícil situación.


A tenor de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Que 'de manera urgente' y ante la situación de déficit de personal, tanto de funcionarios de prisiones como de personal sanitario dentro de los centros, se contrate a médicos, enfermeras y auxiliares de enfermería para poder atender un
incremento de contagios, además de promover la incorporación inmediata de las adscripciones temporales y el personal de la bolsa de interinos.


2. Dotar al personal de prisiones responsable del control de comunicaciones de suficientes mascarillas FPP2, guantes de nitrilo, batas impermeables y gel hidroalcohólico.


3. Los ingresos y permisos que regresen a los centros penitenciarios deberán permanecer 14 días en celdas situadas en espacios arquitectónicamente diferentes hasta pasar a los módulos residenciales, suspendiendo los nuevos permisos durante
el período que dure la situación de aislamiento.


4. Que se suspendan todos los traslados, salvo por motivos sanitarios y judiciales de carácter extraordinario y la suspensión de todas las salidas a hospital salvo urgencias.


5. Que se pospongan todas las comunicaciones íntimas, familiares y de convivencia, pero que se mantengan 'con normalidad' las que se producen en los locutorios, es decir, a través del teléfono, con mampara y con una separación física.


6. El control, con un 'termómetro pistola', de todas las personas, tanto familiares como trabajadores, que vayan a acceder al centro, e impedir su entrada si su temperatura corporal es de 37 grados o más


7. Considerar a los funcionarios de las prisiones como Agentes de la Autoridad, valorando las especiales circunstancias y contexto en el que desarrollan sus funciones


8. Adoptar las medidas necesarias para que sea reconocida situación administrativa de 'fallecimiento en acto de servicio' a los funcionarios de prisiones que fallezcan como consecuencia del COVID-19.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2020.-Lourdes Méndez Monasterio, Juan Luis Steegmann Olmedillas, Francisco José Alcaraz Martos, Luis Gestoso de Miguel, Francisco Javier Ortega Smith-Molina e Ignacio Gil Lázaro,
Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana


161/000595


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Patricia de las Heras Fernández y D.ª Cristina Esteban Calonje, en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), respectivamente, al amparo de lo establecido en el
artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa al apoyo del transporte



Página 43





aéreo de mercancías durante la crisis del COVID-19, para su discusión en la Comisión Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


El 11 de marzo de 2020, el director general de la Organización Mundial de la Salud, Tedros Adhanom Ghebreyesus, declaró que la crisis del COVID-19 se convertía en pandemia. También comunicó que no solo era una crisis de salud pública, sino
que iba a afectar a todos los sectores.


Tras esta declaración de pandemia, el Gobierno decidió establecer, 3 días después, el estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. En el artículo 7 del mismo se proponían restricciones a la circulación de personas, y
en el artículo 14 de este Real Decreto se establecían una serie de reducciones en el transporte de viajeros, entre ellos el transporte aéreo. En cambio, para el transporte de mercancías, en el punto 4 del artículo 14, se reflejaba que 'por
resolución del Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana se establecerán las condiciones necesarias para facilitar el transporte de mercancías en todo el territorio nacional, con objeto de garantizar el abastecimiento y la entrega de
productos adquiridos en el comercio por internet, telefónico o correspondencia'. También los artículos 15 y 16 recogen medidas para garantizar el abastecimiento alimentario y el tránsito aduanero, respectivamente.


Actualmente, con todas estas restricciones tanto en la movilidad como en el tránsito aduanero, es fundamental el transporte de mercancías por vía aérea para el suministro de productos básicos, ya sean alimentos, productos sanitarios
esenciales como EPIs, mascarillas, guantes, geles u otro tipo de mercancía esencial para superar la crisis generada por el SARS-CoV-2 (COVID-19).


Según datos de la Comisión Europea, la carga aérea supone alrededor del 35 % del comercio mundial y considera que este tipo de transporte es un actor clave en la distribución de mercancías, complementando al terrestre y marítimo,
especialmente en relación con los productos perecederos. Y es que, para superar esta crisis, es fundamental asegurar que no se interrumpa el suministro de mercancías que llegan por vía aérea. Según los datos que ofrece la Comisión, el transporte
aéreo en Europa y en el mundo ha caído aproximadamente un 80 % debido al brote del virus, las restricciones de viajes y las medidas de contención impuestas por los países.


La importancia del transporte aéreo de mercancía no solo radica en la cantidad de material que se puede transportar, sino también por la rapidez con la que los productos pueden volar de un lugar a otro. El 50 % de la carga aérea viaja en la
bodega de los aviones de pasajeros, y pese a que los aviones de mercancías no han visto mermada su actividad, los aviones de pasajeros están casi paralizados, por lo que el transporte de carga se está resintiendo. Asimismo, se han producido quejas
de ciertas compañías de carga en las que denuncian la dificultad para operar en determinados países, y las restricciones de vuelo y de personal que dificultan la entrega de los suministros.


El 27 de marzo, en el Diario Oficial de la Unión Europea, fueron publicadas unas Directrices de la Comisión Europea para facilitar las operaciones del transporte aéreo de mercancías durante el brote de COVID-19. En ellas se explica que la
eficacia de las medidas de contención está relacionada con la restricción de vuelo a los pasajeros, pero no a las aeronaves. Refleja también que, muchos Estados miembros no excluyen a los vuelos de carga de sus restricciones, y describe como
desproporcionadas las posibles restricciones de vuelo en la UE que prohíban terminantemente los vuelos de carga, que además incumplirían el artículo 21 del Reglamento (UE) n.º 1008/2008. Igualmente, establece que los terceros países no deben
imponer restricciones innecesarias al transporte de carga por vía aérea, a fin de que prevalezca la continuidad del suministro de bienes esenciales y críticos.


Entre las medidas que proponen las directrices, en el punto 10 destacan las siguientes: la concesión inmediata de autorizaciones y permisos necesarios para el transporte desde fuera de la UE, incluidos los derechos de tráfico temporales en
operaciones adicionales de transporte de carga por vía aérea, aun cuando la realicen aeronaves de pasajeros; la eliminación temporal de restricciones nocturnas u horarias para la carga en los aeropuertos; facilitación de la utilización de
aeronaves de pasajeros para operaciones de carga; la garantía de una capacidad de carga suficiente, velando porque los aeropuertos sean capaces de asumir el tratamiento y entrega; el acceso a productos de higiene al personal de plataforma para que
ejercite su trabajo con seguridad y eficiencia, y solicitar a las compañías aéreas de carga y servicios urgentes la reserva de capacidades para bienes esenciales e implementar tarifas razonables.



Página 44





La industria de la carga aérea española ha manifestado que el cumplimiento de estas diez directrices recogidas en el punto 10, garantizaría el funcionamiento de las cadenas de suministro mundiales para gran cantidad de materiales y de envíos
urgentes.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las siguientes medidas para impulsar y proteger el transporte aéreo de mercancías durante la crisis del SARS-CoV-2 (COVID-19):


1. Cumplir con las medidas recogidas en las Directrices de la Comisión Europea 'Facilitar las operaciones del transporte aéreo de mercancías durante el brote de COVID-19' (2020/C 100 1/01), publicadas en el Diario Oficial de la Unión
Europea el 27 de marzo de 2020.


2. Requerir a las instituciones correspondientes de la Unión Europea que vigilen que estas medidas son respetadas por los países miembros.


3. Solicitar a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación a los países que no son miembros de la Unión Europea que, en la medida de sus posibilidades, faciliten el transporte aéreo de mercancías, teniendo en
cuenta las referidas Directrices y la situación excepcional actual.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2020.-Patricia de las Heras Fernández y Cristina Esteban Calonje, Diputadas.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000606


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Republicano, a instancia de su Portavoz, Gabriel Rufián Romero, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para Garantizar
medidas de protección para los repartidores ante la crisis sanitaria del coronavirus, para su debate en la Comisión de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


El confinamiento y el aislamiento social, consecuencia de la crisis sanitaria del coronavirus o COVID-19, ha provocado un aumento repentino de la demanda de comercio online y el consiguiente aumento de las necesidades de logística y
distribución puerta a puerta.


Los riders de las plataformas digitales, los trabajadores de las empresas de correo y paquetería, así como los responsables de hacer las entregas a domicilio están expuestos, estos días, a una presión laboral elevadísima que supone un factor
añadido de riesgo de contagio y un aumento de los riesgos laborales derivados del estrés ante la sobrecarga de trabajo.


En la mayoría de los casos, muchos de estos trabajadores se ven obligados a ejercer su trabajo sin ningún tipo de medida de protección y con pocas o ninguna pauta sobre prevención del contagio.


Algunas empresas de distribución están aprovechando la situación para sobrecargar de pedidos a sus repartidores y aumentar los beneficios sin tener en cuenta las consecuencias y los riesgos que para estos trabajadores supone la situación
actual. Igualmente se están viendo como se aumentan de manera desproporcionada el precio de venta de ciertos productos esenciales con fines especulativas.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Tomar las medidas necesarias para garantizar que todos los trabajadores de las empresas de distribución y mensajería dispongan de las medidas y del material de seguridad necesario para un correcto desarrollo de su actividad.



Página 45





2. Vincular, de manera extraordinaria y temporal, el salario de los profesionales de la distribución a la sobreactividad a la que están expuestos en esta situación excepcional y retribuir de forma adicional su labor con bonificaciones de
productividad.


3. Limitar, con carácter extraordinario y mientras dure las medidas del estado de alarma, las entregas diarias a un máximo de 40 entregas por repartidor.


4. Garantizar que todas las empresas de distribución y mensajería proporcionen a sus empleados un centro de espera seguro, en el cual puedan esperar entre orden y pedido, minimizando el tiempo que tienen que pasar en la calle, expuestos al
riesgo de contagio.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2020.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.


161/000609


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la fijación de servicios mínimos
para las empresas de grúas de auxilio en carretera en el contexto de la lucha contra el COVID-19, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece el confinamiento de personas además de un conjunto de medidas de
contención de la actividad. Según los datos ofrecidos por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a consecuencia del confinamiento la movilidad en nuestro país ha caído un 89 % en relación a los datos habituales para la época del
año. Por su parte la Dirección General de Tráfico ha señalado que el Miércoles Santo de este año los desplazamientos de vehículos ligeros ha descendido un 90'63 % respecto al 2019. El Miércoles Santo es históricamente el día del año en el que se
producen más movimientos de largo recorrido en toda la red de carreteras españolas. Este año debido se registraron, en ámbito DGT 295.000 desplazamientos de largo recorrido, de los cuales 140.434 fueron de vehículos ligeros, lo que supone un
descenso de un 90,63 % respecto a los datos del año 2019, en el que se registraron 1,7 millones de desplazamientos, de los cuales, 1,5 millones correspondían a vehículos ligeros. Con el mencionado descenso de los desplazamientos, no tiene sentido
seguir manteniendo el 100 % de la oferta de auxilio en carretera cuando la movilidad es apenas un 10 % de la habitual.


Ante el desplome de la movilidad, las empresas de auxilio en carretera pidieron al Gobierno un plan de reajuste con servicios mínimos y acceso a los ERTEs, algo que les viene siendo denegado por parte del Gobierno, asimilando a este sector
económico al transporte de mercancías y considerándolo asimismo servicio esencial.


Es importante el establecimiento de unos servicios mínimos que ayudarían a preservar miles de empleos en el sector y evitarían la exposición al COVID-19 de miles de empleados de empresas de grúas de auxilio en carretera. De hecho, en lo
referido a otros sectores de actividad con similar situación ya se han adoptado medidas por parte del Gobierno; es el caso de la Orden SND/337/2020, de 9 de abril, por la que se establecen medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los
servicios esenciales para la distribución al por menor de carburantes y combustibles en estaciones de servicio para la gestión de la crisis ocasionada por el COVID-19. En la referida norma, se permite en la práctica el cierre parcial del 50 % de
las gasolineras a consecuencia de la drástica reducción de la movilidad. Sin más, el sector de las grúas de auxilio en carretera, lleva solicitando desde el día 19 de marzo al Gobierno la adopción de una medida similar a la que ya se ha puesto en
marcha para las gasolineras, siendo los motivos que sustentan tal propuesta exactamente los mismos, ya que si hay una reducción drástica del tráfico, evidentemente el número de siniestros y averías descenderá en la misma medida.



Página 46





Es fundamental evitar que cuando remita la actual crisis sanitaria a consecuencia del COVID-19 haya una situación de quiebra empresarial en el sector de las grúas de auxilio en carretera y que se puedan seguir consolidando los avances en
materia de capacidad y velocidad de respuesta en siniestros y averías en toda la red viaria que se han experimentado en las dos últimas décadas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo las medidas oportunas en orden a fijar servicios mínimos para las actividades desarrolladas por las empresas de grúas de auxilio en carretera en el contexto de la lucha contra
el COVID-19 yen los que se garantice siempre, en aras a la seguridad vial, la atención ante cualquier siniestro o avería acaecido en cualquier punto de la red viaria.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2020.-Andrés Lorite Lorite, Óscar Gamazo Micó y Mario Garcés Sanagustín, Diputados.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular.


161/000633


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre la aplicación de las recomendaciones sanitarias en relación con el COVID-19 en los medios de transporte colectivo, tras el cese del estado de alarma, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), el nuevo coronavirus es un virus respiratorio, que se propaga principalmente mediante el contacto con una persona infectada a través de pequeñas gotas respiratorias generadas al toser o
estornudar, que pueden inhalarse o contaminar las manos y las superficies. Los virus necesitan de otros organismos para sobrevivir y propagarse. La movilidad de las personas contribuye a su propagación y es por ello que, desde que se decretó por
parte del Gobierno el estado de alarma, la reducción de la movilidad ha sido decisiva para la contención de la pandemia, siendo necesario mantener un equilibrio entre la garantía de la movilidad de aquellos que han trabajado en actividades
esenciales, y las restricciones a la movilidad, imprescindibles para reducir la propagación del virus.


Como ha señalado la Unión Internacional de Transporte Público, los sistemas de transporte colectivo deben considerarse un entorno de alto riesgo en la actual situación epidémica debido a factores como: aglomeración de un gran número de
personas en un espacio confinado con ventilación limitada; sistemas sin control de acceso para identificar personas potencialmente enfermas; y una variedad de superficies comunes para tocar (máquinas expendedoras, pasamanos, pomos de puertas,
etc.) a través de las cuales se puede transmitir la enfermedad.


Desde la declaración del estado de alarma, el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, ha adoptado medidas que se están demostrando eficaces para contener la pandemia. No obstante, una vez que finalice el estado de alarma y se
vuelva a la normalidad, de forma paulatina, corresponde también a este ministerio la importante labor de seguir garantizando la movilidad de los ciudadanos con las máximas garantías sanitarias para evitar un rebrote de la infección. La eficacia y
el cumplimiento escrupuloso de estas medidas contribuirán a evitar una nueva propagación del virus y con ello a garantizar la vida y salud de todos los ciudadanos.


El Ministerio de Transportes; Movilidad y Agenda Urbana cuenta en su estructura con un órgano específico, la Unidad de Emergencias, Coordinación y Gestión de Crisis, dedicado a dar respuesta a crisis y emergencias que afecten a los
servicios e infraestructuras de transporte, cuya labor de supervisión y coordinación durante la fase de contención del virus se está demostrado eficaz para evitar su propagación.



Página 47





Esa tarea debe continuar, una vez cese el estado de alarma, para seguir adaptando la aplicación de las directrices y recomendaciones de las autoridades sanitarias en nuestros medios de transporte colectivo hasta que no desaparezca, de forma
definitiva, el riesgo de contagio.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Desarrollar procedimientos de aplicación de las directrices y recomendaciones sanitarias para evitar el contagio por coronavirus COVID-19, que se adapten a los sucesivos escenarios de recuperación de la normalidad tras el cese del estado
de alarma, en los transportes colectivos de los modos terrestre, aéreo y marítimo.


2. Continuar las labores de información y concienciación permanente a los ciudadanos, de forma comprensible y accesible, en estaciones y medios de transporte, sobre prácticas correctas de prevención higiénica que eviten el contagio y la
propagación del virus, sancionando aquellas conductas insolidarias que pongan en riesgo la salud de los viajeros.


3. Promover, de acuerdo con sindicatos y organizaciones empresariales, la formación continuada de los trabajadores sobre prácticas correctas que reduzcan los riesgos de infección en sus puestos de trabajo y sobre la utilización correcta de
los equipos de protección y desinfección; así como el análisis de la introducción generalizada de opciones flexibles de teletrabajo durante la jornada laboral, en función de las tareas a desempeñar por los trabajadores, laminando las horas punta de
movilidad y reduciendo el tiempo efectivo de presencia en espacios físicos comunes con otros trabajadores.


4. Seguir intensificando la limpieza y desinfección en estaciones y medios de transporte, especialmente de zonas comunes o de uso compartido, dotando a los trabajadores destinados a estas labores de información continuada sobre pautas de
desinfección y de utilización correcta de los equipos de protección.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de abril de 2020.-César Joaquín Ramos Esteban y José Zaragoza Alonso, Diputados.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000634


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre la aprobación del Plan de Prestación del Servicio Postal Universal y su contrato regulador, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


El Gobierno tiene la responsabilidad de velar por un servicio postal universal de calidad, que llegue a todos los ciudadanos, con independencia de su situación social o económica o de su lugar de residencia, de forma que se garantice
adecuadamente las comunicaciones por vía postal y se refuerce la cohesión social y territorial en nuestro país.


El Plan de Prestación del Servicio Postal Universal y el contrato regulador entre la Administración General del Estado y la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., constituyen las herramientas básicas a través de las cuales el Gobierno
garantizará el citado servicio postal universal y establece su política postal, en el marco determinado por la Ley 43/2010, de 30 de diciembre y la normativa comunitaria.


El Plan de prestación del servicio postal universal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.3 de la Ley postal, debe ser aprobado por el Gobierno, previo informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y del Consejo
Superior Postal.


Este Plan, además de determinar los servicios que el Estado se compromete a garantizar a todos los ciudadanos en cualquier parte del territorio y sus condiciones de accesibilidad y calidad en su prestación,



Página 48





concretará las condiciones de financiación sostenible de este servicio al operador designado para prestarlo (Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A.), todo ello de conformidad con el ordenamiento jurídico nacional y de la Unión Europea.


Una vez concluida la tarea de elaborar un borrador de Plan de Prestación del Servicio Postal Universal cuyo análisis se está realizando por parte de la Comisión Europea es conveniente que, una vez que se evacue el correspondiente dictamen
por parte de la citada Comisión, se agilicen los trámites necesarios para su más rápida aprobación.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a agilizar, cuando reciba el informe correspondiente de la Comisión Europea, los trámites para la aprobación del Plan de Prestación del Servicio Postal Universal, teniendo en cuenta las
conclusiones a las que llegue la Comisión Europea en su informe y de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.3 de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de abril de 2020.-César Joaquín Ramos Esteban y José Zaragoza Alonso, Diputados.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000635


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
para manifestar el agradecimiento y reconocimiento a todos los trabajadores del sector del transporte, para su debate en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


Exposición de motivos


Con objeto de proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad provocada por el coronavirus COVID-19 y reforzar el sistema de salud pública, el Gobierno decretó, el pasado 14 de marzo, el estado de
alarma en España. Con motivo de esta declaración, entre otras medidas, se ha reducido la movilidad, salvo para aquellas personas que atienden al cumplimiento de los objetivos de la declaración y aseguran el funcionamiento de servicios públicos
esenciales.


La declaración del estado de alarma está resultando esencial para contener la propagación de la enfermedad y mitigar los efectos de la epidemia. Para que esto sea posible, los trabajadores del sector del transporte de viajeros y de
mercancías están garantizando tanto el abastecimiento de bienes y el suministro de servicios básicos, como la movilidad de otros trabajadores cuya actividad no ha cesado o se ha incrementado, por considerarse actividades esenciales para garantizar
nuestra salud, seguridad y bienestar. Estos trabajadores, dedicados a la actividad del transporte, han garantizado, con su esfuerzo y sacrificio personal en condiciones de especial dificultad, el mantenimiento del transporte y suministro de
medicamentos y material sanitario a hospitales y farmacias; el abastecimiento alimentario desde el origen hasta los establecimientos comerciales de venta al consumidor, incluyendo almacenes, centros logísticos y mercados en destino; el
abastecimiento de materias primas y otros productos destinados a la elaboración o producción de alimentos, así como la entrega de productos adquiridos a distancia.


Todo derecho individual, supone un deber para otros. Los trabajadores del sector del transporte contribuyen, con el cumplimiento de su deber, a garantizar el derecho a la salud y la movilidad de otros trabajadores de sectores básicos, que
han necesitado desplazarse a sus puestos de trabajo para garantizar nuestra salud y seguridad.


Es en momentos como la actual crisis sanitaria, en los que se descubre nuestra humanidad vulnerable ante agentes invisibles que todo lo infectan, cuando emerge la grandeza del ser humano, los valores



Página 49





inmunes al contagio que se manifiestan en ciudadanos que, comprometidos con el cumplimiento de su deber, garantizan con ello el bienestar de la sociedad que habitan. Principios a veces eclipsados por un individualismo y un materialismo
imperante, emergen en momentos difíciles para demostrarnos que sin ellos nuestra vida en sociedad no sería posible o, al menos, sería más difícil.


Por eso es obligado manifestar nuestro agradecimiento, en nombre de los ciudadanos que representamos, para que estas acciones se hagan visibles y sirvan de modelo para una sociedad mejor que, entre todos, tratamos de construir.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados, en nombre del Pueblo Español, manifiesta su reconocimiento y agradecimiento a todos los trabajadores del sector del transporte y la logística, tanto de viajeros como de mercancías y en todos los modos, tanto
terrestre, aéreo como marítimo, que con su esfuerzo y sacrificio personal, en una situación de especial riesgo y dificultad, han garantizado y siguen garantizando el abastecimiento de la población y la movilidad de aquellos ciudadanos que necesitan
desplazarse por razones laborales o por motivos de necesidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de abril de 2020.-César Joaquín Ramos Esteban y José Zaragoza Alonso, Diputados.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Educación y Formación Profesional


161/000605


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la optimización de recursos educativos y
la resolución del curso 2019/2010 ante la crisis del COVID-19, para su debate en la Comisión de Educación y Formación Profesional.


Exposición de motivos


La crisis provocada por el COVID-19 obliga al Gobierno de la Nación y a los Gobiernos de las Comunidades Autónomas a adoptar decisiones extraordinarias en materia educativa que garanticen que ningún alumno se queda atrás y que respeten el
esfuerzo realizado por los estudiantes y los profesores hasta la fecha.


El confinamiento decretado por el Gobierno a través de la aplicación del Estado de Alarma ha implicado un cambio en la metodología de los procesos de enseñanza que aplican los profesores de la noche a la mañana, sin que existiera un plan
para llevarlo a cabo de manera organizada. Esto ha provocado que muchos docentes se encuentren desamparados, especialmente durante los primeros días, a la hora de empezar a impartir sus clases a través de las plataformas virtuales habilitadas para
este fin. Además, parte del personal docente también se han visto perjudicado ante la ausencia de un plan estatal de formación en competencias digitales, anterior a la crisis del COVID-19, que les proporcione las herramientas suficientes como para
desenvolverse con soltura a través de estos medios a la hora de impartir docencia.


Otro de los problemas educativos que ha puesto sobre la mesa la crisis sanitaria provocada por el coronavirus es la brecha digital existente en nuestro país, y que viene determinada por los recursos económicos de muchas familias que se
encuentran en riesgo de exclusión social. Aunque hasta el momento no se ha realizado ningún estudio o evaluación, la experiencia personal que están relatando muchos docentes a través de los medios de comunicación es que una parte del alumnado no
está pudiendo seguir las clases a través de medios electrónicos debido a la falta de equipo o Internet en su hogar. A esto se suma que hay una falta de adaptación en muchos de los contenidos educativos on-line a



Página 50





los alumnos con necesidades de atención educativa específica y a los alumnos con necesidades de educación especial. Por ello, el sistema de evaluación del curso que se acuerde debe respetar los resultados alcanzados por los alumnos a lo
largo del curso y evitar que las características personales y/o las desigualdades económicas o por razón territorial que existen en nuestro país provoquen que muchos estudiantes pierdan el curso por razones ajenas a su capacidad y esfuerzo.


Todas estas circunstancias, además de muchas otras que iremos conociendo con el transcurso de los días, sobre el impacto del COVID-19 en nuestro sistema educativo deberían hacer que el Gobierno de la Nación retire el Proyecto de Ley
Educativa que registró en el Congreso de los Diputados y se abra a negociar un Pacto Nacional por la Educación en la Subcomisión que hemos propuesto crear en el seno de la Comisión de Educación y Formación Profesional. La crisis sanitaria que
estamos viviendo ha puesto sobre la mesa los problemas y necesidades existentes en materia digital en el mundo educativo, especialmente en cuanto a la brecha digital y a la formación del profesorado, que deben ser estudiadas con detenimiento. Estas
cuestiones no están contempladas en la LOMLOE y necesitan ser analizadas y evaluadas de manera sosegada con el apoyo de expertos a partir de la experiencia que seamos capaces de acumular durante estos meses de confinamiento.


Para hacer frente a todos estos desafíos, el Grupo Parlamentario Ciudadanos considera que es preciso coordinar una respuesta conjunta por parte de las Administraciones educativas para que ningún alumno se quede atrás, que tenga en cuenta el
desempeño realizado por los estudiantes durante el curso y que establezca unos criterios igualitarios para realizar la evaluación. Del mismo modo, las Administraciones educativas deberán establecer medidas para evitar que las desigualdades
económicas afecten de una manera más profunda a los estudiantes con menos recursos, circunstancias que deberán tenerse en cuenta a la hora de realizar la evaluación. De igual modo, el Ejecutivo debe ser consciente, ahora más que nunca, que toda la
obra de gobierno en materia educativa que tenía prevista, y que se plasmó en la LOMLOE, debe ser reformulada con el consenso de las formaciones políticas de ámbito nacional y el resto de actores del sistema educativo.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que ponga en marcha las siguientes medidas:


1. Acordar y publicar, en un periodo de plazo no superior a un mes, en colaboración con el INEE, y previa consulta a las Comunidades Autónomas a través de la Conferencia Sectorial de Educación, unos criterios básicos para orientar la
evaluación a los docentes de todas las etapas educativas. En todo caso, la evaluación del tercer trimestre en cada una de las materias, deberá hacerse teniendo en cuenta las circunstancias personales de cada alumno y concretarse en un informe
detallado. Además, la los criterios de evaluación deberán contemplar medidas concretas para la evaluación de aquellos alumnos por motivos económicos, o por otras circunstancias, no hubieran podido seguir clases a través de herramientas digitales
habilitadas por su centro y los alumnos que por motivos personales no hayan podido tener las adaptaciones correspondientes.


2. Encargar al Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEE) un análisis sobre el impacto de la crisis provocada en el COVID-19 en el sistema educativo en lo relativo a los resultados académicos del alumnado, el seguimiento de las
clases a distancias, los problemas que hubieran podido obstaculizar la labor del profesorado a la hora de impartir las clases, además de todas aquellas cuestiones que el INEE considere oportunas para evaluar el impacto de la crisis todas las etapas
educativas.


3. Impulsar el refuerzo de competencias básicas durante el periodo estival a través de un Programa de Cooperación Territorial, que sirva para complementar el contenido curricular impartido en las clases a distancia desde que se decretó el
Estado de Alarma.


4. Emitir unos criterios básicos sobre cómo se debe impartir y evaluar la Formación en Centros de Trabajo que forme parte del contenido curricular de la Formación Profesional que se estén realizando mediante teletrabajo.


5. Encargar a la Comisión de Expertos para la reforma de la EBAU que, en colaboración con la Conferencia Sectorial de Educación y el Consejo de Universidades, elabore un marco para la coordinación de la EBAU especialmente en cuanto a
calendarios y procesos. Estos últimos deberán contemplar la diversidad en la adquisición de contenidos que han impuesto las circunstancias del COVID y deberán flexibilizarse.



Página 51





6. Actualizar de manera urgente los umbrales de renta familiar para la obtención de becas y ayudas que otorga el Ministerio de Educación y Formación Profesional para el estudio con especial atención a las circunstancias económicas que ha
generado la pandemia.


7. Retirar el Proyecto de Ley de la LOMLOE y aceptará abrir una Subcomisión para la elaboración de un Pacto Nacional por la Educación que analice el impacto que ha tenido el COVID-19 en la educación y proponga medidas para hacer frente a
situación similares que puedan darse en el futuro.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2020.-Marta Martín Llaguno, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/000613


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Georgina Trías Gil y D. Joaquín Robles López, en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), respectivamente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes
del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, formula la siguiente Proposición no de Ley relativa a la evaluación final del curso académico 2019-2020, para su debate ante la Comisión de Educación y Formación Profesional.


Exposición de motivos


La presente Proposición no de Ley se presenta con el fin de dar respuesta a una problemática de gran envergadura existente en el sistema educativo español, debido a la crisis sanitaria ocasionada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19), a la que
estamos haciendo frente desde el pasado mes de enero.


Primero. España vive uno de los momentos más duros de su historia reciente, debido a la pandemia ocasionada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19), que está afectando de forma especial a nuestro país tanto a nivel económico como sanitario. La
crisis sanitaria originada por este virus, a fecha 7 de abril, ha causado la muerte a más de 13.000 personas y ha contagiado a más de 140.000 en España.


Las Comunidades Autónomas decretaron en su momento la suspensión durante al menos 15 días de la actividad docente presencial en todos los niveles educativos: desde la educación infantil hasta las universidades.


Segundo. Estas medidas se tomaron con carácter previo a la publicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, a
través del cual el Gobierno de la Nación decretó el Estado de Alarma, el pasado 14 de marzo. Con esta excepcional medida, miles de jóvenes, niños y adultos permanecen aislados en sus respectivas casas y la normalidad en sus planes lectivos y
laborales ha quedado inevitablemente interrumpida.


La rápida e inexorable expansión del virus SARS-CoV-2 (COVID-19), ha puesto de manifiesto las debilidades de nuestro sistema educativo, así como determinadas problemáticas a las que nunca nos habíamos enfrentado. Entre ellas, destacan
aquellas medidas que trastocan nuestro calendario académico con todo lo que ello significa: ausencia de clases lectivas, retrasos en las evaluaciones, cambios en los calendarios de pruebas de acceso, etc.


Dada la evolución de la pandemia generada por el virus SARS-CoV-2 (Coronavirus), cada vez aparece con mayor claridad que las clases presenciales en nuestros centros escolares van a quedar suspendidas o, en el mejor de los casos, reducidas a
su mínima expresión.


Tercero. Con la suspensión de las clases, la mayoría de los currículos de las asignaturas se han visto en mayor o menor medida afectados.


La Constitución Española, en su artículo 27, establece lo siguiente:


1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.


2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.


3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.



Página 52





4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.


5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.


6. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.


7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca.


8. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes.


9. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.


10. Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca.


Cuarto. El Consejo Escolar del Estado, en todas las reuniones mantenidas desde el cierre de los centros educativos derivado de la crisis originada por el virus SARS-CoV-2 (Coronavirus), ha venido instando al Ministerio a adoptar medidas que
generen una equidad en el sistema nacional de educación.


El Grupo Parlamentario VOX entiende que no es lógico, y menos en un momento de crisis nacional, que existan 17 diferentes formas de organizar los calendarios y las medidas académicas de urgencia, así como los currículos de las asignaturas.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las siguientes medidas:


1. Reducir y condensar los currículos de cada materia a los contenidos fundamentales y competencias básicas abordadas desde el inicio de curso hasta el comienzo del confinamiento.


2. Proponer tareas de profundización y ampliación de los contenidos fundamentales, de carácter voluntario, para determinados alumnos.


3. Evaluar las tareas educativas llevadas a cabo en casa mediante informes personalizados del alumno que tengan en cuenta la situación particular de cada uno, en particular respecto de su posibilidad de acceso al aprendizaje online.


4. Garantizar que la evaluación final, ya sea presencial o telemática, tenga en consideración los tres trimestres, y que se centre en los contenidos fundamentales que efectivamente los alumnos hayan podido adquirir. Todo ello con el fin de
asegurar que ningún alumno pierda el curso por el Coronavirus.


5. Aplicar estas medidas que se proponen a la formación en Ciclos Formativos en todos los módulos diferentes a la Formación en Centros de Trabajo, equivalentes a las de Bachillerato.


6. Realizar las pruebas extraordinarias para todos los cursos en septiembre, únicamente en el caso de que resulten imprescindibles. De este modo, el mes de junio quedaría hábil para la actividad lectiva del curso presente, presencial o a
distancia.


7. Garantizar que todas las medidas que se adopten sean comunes en todo el sistema educativo español, con el fin de garantizar la equidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2020.-Georgina Trías Gil y Joaquín Robles López, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000617


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a un Plan integral para
eliminar la brecha digital en el ámbito educativo, para su debate en la Comisión de Educación y Formación Profesional.



Página 53





Exposición de motivos


La crisis del COVID-19 ha puesto de manifiesto la desigualdad de medios tecnológicos de la población escolar. La suspensión de las clases por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la
gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ha hecho necesario el uso de las nuevas tecnologías para establecer la comunicación entre el alumnado y el profesorado de las diferentes enseñanzas. Pero muchas familias no
disponen de ordenadores o dispositivos para realizar los trabajos escolares encomendados, ni de conexión a Internet.


El informe 'Efectos del coronavirus en la educación' de la OEI señala que la reducción de la duración de la instrucción educativa podría ser de hasta un 11 % de la desviación estándar de aprendizaje. Resalta, por otro lado, el rol que
desempeñan los padres como parte fundamental en el acompañamiento de la instrucción en esta situación. Y asimismo apunta que aquellos estudiantes cuyos padres tienen más nivel educativo pueden recibir más ayuda durante la cuarentena, mientras que
los alumnos rezagados necesitan de un mayor refuerzo personal e individualizado.


La UNESCO ha alertado además del posible incremento del abandono escolar como consecuencia del cierre prolongado de las escuelas. Existe un riesgo evidente de que algunos jóvenes no regresen a la escuela y permanezcan en el sistema cuando
los centros escolares vuelvan a abrir.


Según los datos de la encuesta sobre equipamiento y uso de las TIC en los hogares del Instituto Nacional de Estadística (INE) de 2017, la prevalencia del uso de internet entre los niños es muy elevada. El 95,2 % de los chicos de entre 10 y
15 años han utilizado internet en los últimos tres meses. Sin embargo, sigue habiendo casi 300.000 niños en España que no han usado un ordenador en los últimos tres meses y casi 140.000 que no han tenido ni un solo contacto con internet en el mismo
periodo.


UNICEF España, en su informe 'Los niños y las niñas de la brecha digital en España' (febrero, 2018), analiza las oportunidades y riesgos de internet y profundiza en los colectivos más vulnerables en nuestro país, los niños y adolescentes.
En dicho informe se indica también que entre los colectivos más vulnerables se encuentra la comunidad gitana. Y respecto a los niños de familias migrantes establece que, en general, si bien es frecuente que dispongan de teléfonos móviles y se
conecten con ellos a internet es menos frecuente la presencia de ordenadores; para muchos de estos niños el acceso al ordenador se realiza bien en aula o en los centros de apoyo a los que pueden acudir.


Durante la crisis del COVID-19, el Ministerio de Educación y Formación Profesional ha puesto a disposición de alumnos de Bachillerato y Formación Profesional 20.000 dispositivos móviles para tener acceso a Internet y poder seguir las
indicaciones de sus profesores desde casa. Esta cifra supone aproximadamente un 1,3 % de la cantidad total de alumnos de dichos niveles, por lo que resulta claramente insuficiente.


La situación de confinamiento ha puesto en evidencia la necesidad de continuar trabajando en la eliminación de la brecha digital educativa.


En la actualidad desde el Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y de Formación del Profesorado (INTEF) se vienen formando cada curso miles de docentes en las modalidades de formación en el uso de las nuevas tecnologías, a través de
cursos tutorizados, cursos masivos abiertos y en línea (MOOC), nano experiencias de aprendizaje abiertas, masivas y en línea (NOOC), cursos abiertos y en línea 'a tu ritmo' (SPOOC), y micro-autoformación a través de dispositivos móviles con la app
Edupills. Y se ha incrementado la extensión del acceso a la banda ancha ultrarrápida de los centros docentes españoles.


Y merece recordarse que en marzo de 2018 el Gobierno del Partido Popular aprobó el Plan 300 x 100 para llevar fibra óptica a 300 Mbit/s al 100 % de los núcleos de población de España, un plan dotado con 525 millones de euros para el periodo
2018-2021.


Por último, hay que tener en cuenta la Recomendación del Consejo, de 22 de mayo de 2018, relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente, que contempla la competencia digital y tecnológica, si bien considera que ya no es
suficiente con dotar a los jóvenes de un conjunto fijo de capacidades o conocimientos sino que también tienen que desarrollar su resiliencia y habilidad para adaptarse a los cambios.


Por todo lo anteriormente expuesto, urge que el Gobierno elabore un plan ambicioso con la participación de las administraciones y agentes del sector tecnológico que garantice la equidad de nuestro sistema educativo y la calidad de la
educación.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso formula la siguiente



Página 54





Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar un Plan integral para eliminar la brecha digital en el ámbito educativo con la finalidad de garantizar el derecho de todos a la educación y la igualdad de oportunidades, con la
colaboración de las Comunidades Autónomas y el sector tecnológico, y que incluya entre otras medidas las siguientes:


1. Impulsar proyectos que favorezcan la innovación y la transformación tecnológica en el ámbito educativo, y la actualización científica y didáctica. Así como avanzar en la plena interoperabilidad didáctica de los sistemas.


2. Avanzar en la formación inicial y permanente de los docentes en educación digital para adquirir los conocimientos, competencias y herramientas en el uso de los recursos didácticos y en la metodología 'on line', que incluya la interacción
de los profesores con los alumnos en el aprendizaje.


3. Establecer como objetivo que en un periodo no superior a 3 años todo el profesorado obtenga el reconocimiento de la competencia digital docente dentro del Marco Común de Referencia de la Competencia Digital Docente.


4. Con tal finalidad se desarrollarán políticas de cooperación territorial y la dotación de los recursos precisos al Instituto de Tecnologías educativas y de Formación del Profesorado (INTEF).


5. Garantizar que todo el alumnado tenga acceso a un ordenador o dispositivo para uso educativo, mediante acuerdos o convenios con las Comunidades Autónomas, y con especial atención al alumnado con necesidades de apoyo educativo.


6. Velar por el aprendizaje digital de los niños con discapacidad, los niños migrantes, los que viven en centros de protección y los niños gitanos.


7. Acompañar a las familias en el proceso formativo digital de la infancia, reforzando y apoyando el rol de los padres y madres en el aprendizaje mediante el establecimiento de cauces y programas de formación para las familias que lo
precisen y/o demanden.


8. Fomentar la participación de la sociedad civil, a través del mecenazgo para que al menos el alumnado que cursa la enseñanza básica tenga acceso a un dispositivo digital que pueda apoyar y facilitar su proceso de aprendizaje.


9. Potenciar la investigación sobre el uso y el acceso a las nuevas tecnologías de los niños y adolescentes con una perspectiva de equidad, haciendo especial hincapié en las características y necesidades particulares de los niños en
desventaja cultural, social o económica.


10. Adoptar medidas y programas para que toda la comunidad educativa (familias, profesorado y alumnos) haga un uso responsable y adecuado de los medios digitales garantizando en todo momento la protección de la infancia y la adolescencia
frente al ciberacoso y otros delitos informáticos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2020.-María Sandra Moneo Díez, Elena Castillo López, Pedro Navarro López, Óscar Clavell López, Beatriz Jiménez Linuesa, María Soledad Cruz-Guzmán García, María del Carmen González Guinda,
José Ángel Alonso Pérez, Juan Antonio Callejas Cano, María Jesús Moro Almaraz y Juan Luis Pedreño Molina, Diputados.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000640


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Georgina Trías Gil y D. Joaquín Robles, en su condición de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX) respectivamente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del
vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a las dificultades de aprendizaje de los alumnos españoles debido a la brecha digital, para su discusión en la Comisión de Educación.



Página 55





Exposición de motivos


La presente Proposición no de Ley se presenta con el fin de dar respuesta a una problemática de gran envergadura existente en el sistema educativo español debido a la crisis sanitaria a la que estamos haciendo frente desde el pasado mes de
enero.


Primero. España vive uno de los momentos más duros de su historia reciente, a causa de la pandemia del SARS-CoV-2 (COVID-19), que está afectando de forma especial a nuestro país tanto a nivel económico como sanitario. A día 14 de abril, la
crisis sanitaria producida por el coronavirus COVID-19 ha causado la muerte a más de 18.000 personas y ha contagiado a más de 170.000 en España, según datos oficiales.


El día 11 de marzo se decretó en la Comunidad de Madrid la suspensión durante al menos 15 días de la actividad docente presencial, y seguidamente lo hicieron el resto de Comunidades Autónomas, continuando dicha suspensión a día de hoy. Las
fechas de cierre por Comunidades Autónomas han sido las siguientes:


Comunidad Autónoma;Día de cierre


Comunidad de Madrid;11 de marzo


Castilla y León;16 de marzo


Castilla-La Mancha;13 de marzo


Galicia;16 de marzo


Asturias;13 de marzo


Cantabria;16 de marzo


País Vasco;13 de marzo


La Rioja;11 de marzo


Navarra;16 de marzo


Aragón;16 de marzo


Cataluña;13 de marzo


Murcia;16 de marzo


Andalucía;16 de marzo


Extremadura;16 de marzo


Baleares;16 de marzo


Actualmente y de acuerdo con los datos y con el último informe publicado en la web del Ministerio de Educación del Gobierno de España de fecha 22 de agosto de 2019, sobre estadísticas de enseñanza no universitaria, en datos de avance
2019-2020, se estima que cerca de 8 millones de alumnos se encuentran en sus domicilios.


Segundo. Estas medidas se tomaron con carácter previo al Real Decreto 463/2020, con el que el Gobierno de la Nación declaró el Estado de Alarma. Con esta excepcional medida, miles de jóvenes, niños y adultos permanecen aislados en sus
respectivos domicilios, y la normalidad en sus planes lectivos y laborales ha quedado inevitablemente interrumpida.


La rápida e inexorable expansión de la enfermedad COVID-19 ha puesto de manifiesto las debilidades de nuestro sistema educativo, así como las problemáticas a las que nunca se había hecho frente debido a la extremada urgencia de las medidas.


Dada la evolución de la pandemia generada por la COVID-19, cada vez se ve con mayor claridad que las clases presenciales en nuestros centros escolares van a quedar suspendidas o, en el mejor de los casos, reducidas a su mínima expresión.



Página 56





Todo parece indicar que la única vía de salvar el curso escolar es a través de la formación a distancia, con los medios a los que hoy muchos tienen acceso.


Con fecha de 14 de abril del 2020, se ha reiniciado el curso conforme al calendario escolar en todo el territorio nacional, y continuamos con la problemática de la brecha digital que afecta a una parte muy importante de los estudiantes. Al
haberse prorrogado la situación del Estado de Alarma hasta al menos el día 26 de abril, la tercera evaluación del presente curso se somete a un escenario único en el que, dada la evolución de la pandemia generada por la COVID-19, se vislumbra cada
vez con mayor claridad que las clases presenciales en nuestros centros escolares van a quedar suspendidas o, en el mejor de los casos, reducidas a su mínima expresión. No obstante, la docencia va a reanudarse de forma virtual, pero muchas familias
de entornos rurales o vulnerables carecen de recursos tecnológicos y económicos para acceder a las sesiones on-line.


En concreto, muchas provincias de España, y sobre todo en aquellas en las que la distribución de su población se encuentra muy por debajo de la media nacional según datos del último informe publicado por el Instituto Nacional de Estadística
(INE), están gravemente afectadas en cuanto al acceso a las redes y desarrollo de las TIC para continuar la labor educativa de los centros públicos de ámbito rural.


Si bien las Conserjerías de Educación de las Comunidades Autónomas, ofrecen cada año subvenciones para la compra de dispositivos digitales, dada la situación actual y la alta necesidad en estos momentos en todos los Centros educativos, se
deberían poner todos los medios para que administraciones educativas eliminen la brecha digital lo antes posible, y se logre implementar una respuesta adaptada mediante la tecnología y los sistemas de aprendizaje a distancia, lo que contribuiría a
mejorar las perspectivas actuales, incluso si la situación se prolonga.


Por otro lado, aunque el acceso a la banda ancha ha ido mejorando, conforme a los datos del Informe de Cobertura de Banda Ancha 2019 publicados por el Ministerio de Economía y Empresa, se detallan a continuación las coberturas de poblaciones
por Comunidad Autónoma registradas y las que se estiman tras la ejecución de los proyectos en curso.


Comunidad Autónoma;2018;Mbps 2020


Andalucía;77,40 %;86,50 %


Aragón;79,20 %;85,10 %


Asturias (Principado de);80,30 %;83,40 %


Balears (Illes);85,60 %;88,40 %


Canarias;74,60 %;86,50 %


Cantabria;75,10 %;81,00 %


Castilla y León;65,40 %;78,30 %


Castilla-La Mancha;64,40 %;86,40 %


Cataluña;86,6 %;92,3 %


Ciudad Autónoma de Ceuta;85,70 %;86,10 %


Ciudad Autónoma de Melilla;100,00 %;100,00 %


Comunitat Valenciana;83,40 %;92,40 %


Extremadura;55,60 %;81,20 %


Galicia;61,50 %;72,70 %


Madrid (Comunidad de);97,10 %;99,30 %


Murcia (Región de);78,30 %;82,50 %


Navarra (Comunidad Foral);80,10 %;86,40 %


País Vasco;94,30 %;95,70 %


Rioja (La);86,40 %;90,70 %


TOTAL;80,90 %;88,70 %



Página 57





Como se puede comprobar, para algunas Comunidades Autónomas sigue siendo insuficiente, máxime si tenemos en cuenta la nueva situación que enfrentamos por la enfermedad COVID-19, que exige teletrabajo y sesiones virtuales al alumnado y
profesorado de todo el país.


A fecha de hoy, los profesores están accediendo con sus propios medios a la red, en muchos casos sin formación, en otros con sus propios datos móviles, con dispositivos obsoletos y con muchos problemas que están intentando sortear desde sus
casas.


Por todo lo anterior, este Grupo Parlamentario presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Poner todos los medios a su alcance, en coordinación con las administraciones educativas, para eliminar la brecha digital. Para ello, se debe elaborar un listado nacional urgente de todos los centros donde alumnos y/o profesores no
dispongan de acceso a la red o a dispositivos digitales óptimos que favorezcan el trabajo y la enseñanza no presencial.


2. Ofrecer, en aquellas zonas donde por su localización no sea posible el acceso a las redes convencionales, una alternativa que permita la conexión inalámbrica.


3. Entregar dispositivos digitales a los alumnos que los centros han señalado como afectados por la brecha digital.


4. Bonificar a las empresas privadas de fibra óptica y de equipos informáticos que ofrezcan tarifas accesibles a los escolares y profesores.


5. Realizar un reconocimiento público del trabajo de todo el profesorado de España, que afronta esta situación poniendo todos sus recursos, materiales y personales, al servicio de la enseñanza.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de abril de 2020.-Georgina Trías Gil y Joaquín Robles López, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones


161/000603


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas de apoyo para los trabajadores en actividades estacionales
o de temporada afectados por circunstancias excepcionales relacionadas con la pandemia de COVID-19, para su debate en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


Los trabajadores de actividades estacionales o de temporada en sectores como el turismo, el comercio o la agricultura, son unos de los más golpeados por el impacto de la pandemia de COVID-19. A diferencia de otras actividades, las que se
producen durante una estación o temporada concreta, o vinculada a celebraciones o eventos que se dan en fechas fijas, como ha sucedido recientemente con las Fallas, la Feria de Abril o la Semana Santa, difícilmente podrán recuperar los ingresos
perdidos por su cancelación tras el confinamiento.


Entre los anteriores, uno de los colectivos que más sufren los perjuicios de la pandemia del COVID-19 por estar su trabajo íntimamente ligado al desarrollo de las actividades estacionales o de temporada son los denominados trabajadores
fijos-discontinuos, trabajadores con contratos indefinidos que son llamados para trabajar en periodos concretos a lo largo del año en actividades de naturaleza estacional o de temporada, sobre todo agrícolas, turísticas y comerciales, de importancia
fundamental para la economía de algunas zonas de nuestro país.



Página 58





Pese a estas circunstancias, la protección dispensada a los trabajadores fijos-discontinuos hasta el momento ha sido muy reducida. A este respecto, tan solo en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias
para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, contemplaba la reposición de la prestación por desempleo hasta 90 días para los trabajadores fijos-discontinuos que hubieran tenido que finalizar su actividad antes de lo previsto en su
contrato por causa de la crisis sanitaria.


Por otra parte, aunque de manera mucho menos visible, estas mismas circunstancias también afectan a todos los trabajadores por cuenta propia que se dan de alta como trabajadores autónomos en el RETA para el desarrollo de actividades de
temporada, normalmente durante festividades concretas o durante el verano, y que ahora no podrán hacerlo por causa de la pandemia del COVID-19. Una situación que imposibilita la posibilidad de obtener unos ingresos cruciales que para muchos de
estos trabajadores constituían sus principales rendimientos a lo largo del año o, al menos, un complemento decisivo a los mismos.


Teniendo en cuenta estas circunstancias, y con el ánimo de otorgar un verdadero apoyo y protección a todos los trabajadores estacionales o de temporada, afectados por la pandemia del COVID-19, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la
siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España, con el fin de mitigar el impacto económico de la emergencia sanitaria causada por el COVID-19 sobre los trabajadores en actividades estacionales o de temporada, especialmente en los
sectores de la agricultura, el comercio o el turismo, a que adopte a la mayor brevedad posible las siguientes medidas:


1. En el caso de los trabajadores por cuenta propia o autónomos que tuviesen previsto darse de alta en el RETA para el desarrollo de actividades estacionales o de temporada pero que no pudieran hacerlo por causa del COVID-19, permita el
reconocimiento a todos aquellos autónomos afectados de la prestación extraordinaria por cese de actividad regulada en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo.


2. En el caso de los trabajadores fijos-discontinuos que hubieran de ser llamados para el inicio de la actividad y no lo fueran por la vigencia del estado de alarma o de otras medidas relacionadas con el COVID-19, apruebe las medidas
necesarias para:


a) Que no se considere, con carácter excepcional, la falta de llamamiento durante esta campaña o temporada por causas relacionadas con el COVID-19 como despido.


b) Que se mantenga el derecho de reposición de la prestación por desempleo a que tuviesen derecho de cara a la próxima campaña o temporada.


c) Que se establezca un subsidio excepcional de desempleo para aquellos trabajadores fijos-discontinuos que, no siendo llamados por las circunstancias referidas relacionadas con el COVID-19, no viniesen percibiendo prestación o subsidio de
desempleo por haberlos agotado o no haber generado derecho a los mismos, por el tiempo que hubiese durado la temporada o campaña suspendida, cuyo periodo de percepción tendrá la consideración de cotizado a todos los efectos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2020.-María Muñoz Vidal, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/000612


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Juan José Aizcorbe Torra, D. Luis Gestoso de Miguel, D. Pedro Requejo Novoa, y D. Pablo Calvo Liste, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo
de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la adopción de medidas para la reincorporación temporal de los liberados sindicales con el
fin de



Página 59





desempeñar sus funciones en atención a la situación generada por la COVID-19, para su discusión en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Exposición de motivos


Primero. Los sindicatos y en general los llamados interlocutores sociales se benefician de unas prerrogativas que fueron siendo convertidas en leyes por los sucesivos gobiernos desde el año 77 y que son entendidas por gran parte del resto
de la ciudadanía como privilegios, entre ellas están la autonomía total y la presencia y actuación de las organizaciones sindicales en todos los ámbitos de las relaciones laborales, incluida la empresa, el reconocimiento de los delegados sindicales
en las empresas, el cobro por las empresas de la cuota sindical, privilegios y garantías para determinados cargos sindicales, la participación de los sindicatos en importantes instituciones y organismos o la negociación colectiva obligatoria. La
entrega de inmuebles del llamado patrimonio sindical y la concesión de subvenciones, también por parte de Comunidades Autónomas y ayuntamientos.


La Ley Orgánica de Libertad Sindical de 1985 consolida esta situación en contraste con la poca aceptación social, visto el escaso número de afiliados, que hace a los sindicatos económicamente inviables únicamente con las cuotas. Los
sindicatos son los únicos organismos que, recibiendo cuantiosas subvenciones públicas, no están obligados a publicar sus cuentas que, por tanto, no son sometidas a la Intervención General del Estado ni tampoco a ninguna clase de auditoría pública.
De esta forma, una parte de nuestros impuestos va sin ningún control a las cúpulas sindicales, cuya elección se reduce -como sus manifestaciones y 'piquetes informativos'- a sus empleados, conocidos hoy como 'liberados sindicales'.


Segundo. Los delegados sindicales de una empresa pueden ceder las horas de las que disponen para las gestiones sindicales a una persona del mismo sindicato que trabaje en la misma empresa. Si el número de horas cedidas cubre en su
totalidad la jornada laboral del trabajador que las recibe (liberado), este queda exento de acudir a su puesto y dedica su jornada laboral al completo a dichas gestiones.


El número exacto de liberados sindicales no se conoce. Los sindicatos aseguran que es muy difícil contabilizarlos, porque dependen de los comités de empresa. Según datos de la CEOE, solo en el sector privado hay alrededor de 290.000
representantes de los trabajadores, de los cuales 4.200 pueden ser liberados.


Los liberados sindicales, pese a no acudir a sus puestos de trabajo en las empresas, tienen sus contratos blindados. 'No podrá ser despedido ni sancionado durante el ejercicio de sus funciones ni dentro del año siguiente a la expiración de
su mandato, salvo en caso de que esta se produzca por revocación o dimisión, siempre que el despido o sanción se base en la acción del trabajador en el ejercicio de su representación, sin perjuicio, según lo establecido por el despido
disciplinario'. Asimismo 'tampoco será discriminado en su promoción económica o profesional en razón, precisamente, del desempeño de su representación', entre otras.


Tercero. La gran difusión de la epidemia del COVID-19 está sometiendo a un gran estrés al sistema sanitario español. Se trata de una emergencia nacional, por la falta de camas de UCI y de sanitarios que las atiendan, especialmente por la
infección de gran número de médicos, enfermeros, celadores... más de 12.000 a día de hoy. Hay menos precisamente cuando más falta hace. El Gobierno ha centralizado en el Ministerio de Sanidad todas las competencias y ha recurrido a la
contratación de profesionales sanitarios MIR, jubilados e incluso, extranjeros sin la especialidad reconocida. El ejército, a su vez, está asumiendo trabajos de desinfección y desplegando hospitales de campaña por toda España.


Cuarto. En consecuencia, estamos asistiendo durante esta crisis a que tanto los servicios médicos, policiales y de emergencias se encuentran desbordados ante la situación sanitaria que ha provocado la COVID-19 por la falta de previsión del
Gobierno.


Mientras se reclaman profesionales sanitarios y de la medicina, de servicios auxiliares de la sanidad, de las emergencias, bomberos y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado vemos la escasa respuesta a incorporarse al servicio
activo de los liberados sindicales de estos servicios y de los catalogados como esenciales por el Gobierno en los decretos que regulan el presente estado de alarma.


Así, por ejemplo, en la Comunidad de Madrid, a día de hoy, solo 133 de los 444 liberados sindicales sanitarios se han incorporado a sus puestos de trabajo a afrontar la epidemia. Y eso para un solo sector y en una sola Comunidad, lo que da
una idea del perjuicio que causa la actitud de estos privilegiados de sindicato en toda España.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente



Página 60





Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo e impulsar todas las actuaciones necesarias para que se ejecuten, entre otras, que se obligue mediante las disposiciones legales necesarias a todos los liberados sindicales
tanto de la sanidad, seguridad y emergencias como de los llamados 'servicios esenciales' regulados en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada
por el COVID-19, a incorporarse de manera inmediata, como el resto de sus compañeros, a su puesto de trabajo y a cumplir los mismos horarios y desempeñar las mismas prestaciones que los demás.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2020.-Juan José Aizcorbe Torra, Pedro Jesús Requejo Nova y Pablo Juan Calvo Liste, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000626


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancias de la Diputada de Junts per Catalunya Laura Borràs i Castanyer, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su debate ante la Comisión de
Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, una Proposición no de Ley para extender, a todos los miembros de mutualidades de previsión social alternativas al reta, la prestación extraordinaria por cese de actividad para trabajadores por
cuenta propia o autónomos establecida en el real decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.


Exposición de motivos


El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, articula en su artículo 17 una 'Prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados
por declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19' particularmente para 'los trabajadores por cuenta propia o autónomos, cuyas actividades queden suspendidas, en virtud de lo previsto
en el mencionado Real Decreto, o, en otro caso, cuando su facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75 por ciento en relación con el promedio de facturación del semestre anterior'. Entre sus
requisitos se encuentra el cumplimiento por parte de los trabajadores por cuenta propia o autónomos de 'Estar afiliados y en alta, en la fecha de la declaración del estado de alarma, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores
por Cuenta Propia o Autónomos o, en su caso, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar'.


Dicho artículo no contempla por consiguiente a los trabajadores por cuenta propia o autónomos adheridos a las Mutualidades de Previsión Social Alternativas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), con naturaleza de entidades
aseguradoras según lo establecido en el artículo 43.1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y que acogen a profesionales colegiados como abogados, médicos,
arquitectos, etc., que realizan su actividad como autónomos y eligen darse de alta en una mutualidad alternativa al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.


En este sentido, entre los excluidos de las medidas contenidas en el Real Decreto-Ley 8/2020 están los colegiados cotizantes en la Mutualidad de la Abogacía, de Procuradores de los Tribunales, de Médicos, de Químicos, de Ingenieros, de
peritos técnicos e ingenieros técnicos industriales, de arquitectos, arquitectos técnicos y gestores administrativos, que han visto sobrevenidamente interrumpida su actividad ante la irrupción de la pandemia y quedan desamparados ante la caída de la
facturación o suspensión de su actividad.


Al estar regulada la posibilidad de los colegiados de darse de alta en una mutualidad alternativa al RETA, resulta palmario y de justicia incorporar a dichos profesionales como beneficiarios de la prestación extraordinaria por cese de
actividad para los afectados por declaración del estado de alarma para la



Página 61





gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en análogas condiciones que los cotizantes en el RETA.


Por todo ello los Diputados de Junts per Catalunya presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a extender a todos los miembros de mutualidades de previsión social alternativas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) la prestación extraordinaria por cese de actividad para
trabajadores por cuenta propia o autónomos establecida en el Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2020.-Laura Borràs Castanyer, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/000583


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D.ª Patricia Rueda Perelló, D. José María Figaredo Álvarez-Sala y D.ª Mireia Borrás Pabón, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo
establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa al impulso del Turismo de interior, rural y de naturaleza, para que se debata en la Comisión de
Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


Primero. Una de las mayores preocupaciones de España es su despoblación interior, especialmente en el medio rural. En las últimas décadas, la población española ha alcanzado los 47 millones de habitantes, sin embargo, el aumento no se ha
producido en todas partes por igual. Según Eurostat tenemos una densidad de población por debajo de la media europea con 92 personas por kilómetro cuadrado, pero en zonas como Castilla y León la densidad cae a 26 personas/km2. Diecinueve
provincias españolas están entre las menos pobladas: el 60 % de los municipios tienen menos de mil habitantes, representando el 40 % del territorio y el 3 % de la población.


Esta región, como la más afectada por la despoblación según el INE -de 1998 a 2018 el 88 % de sus municipios ha perdido población, en torno al 13,5 % de los jóvenes de las capitales de provincia, el 9,25 % de los de otras poblaciones
importantes y el 9,63 % del medio rural, emigra a las grandes ciudades, siendo el 53,85 de los mismos titulados universitarios- no es un caso único: Extremadura, Aragón o Asturias son otros ejemplos. Por otro lado, Madrid, Murcia o Valencia han
ganado población en el mismo periodo.


Segundo. Son varios los factores que llevan a la despoblación del territorio: abandono de los jóvenes en busca de oportunidades educativas y laborales en las ciudades; mayor emigración de mujeres, que se traduce en un descenso
significativo de la natalidad; o una mayor mortalidad por el envejecimiento de la población que queda. Destaca la emigración de jóvenes con alta preparación como señalan varios estudios como el del Centro de Estudios Demográficos de la Universidad
Autónoma de Barcelona a su vez basados en las Encuestas de Población Activa (EPA) y la Estadística de Variaciones Residenciales (EVR), que pone de manifiesto los dos momentos de la emigración: de los pueblos a las capitales de provincias y de estas
a las grandes capitales, lo que supone una capitalización del talento en las grandes ciudades y la emigración de la población menos capacitada de estas grandes ciudades al medio rural más próximo.


Las pequeñas ciudades presentan, dentro de una economía global, escasa competitividad: obsolescencia de su modelo industrial, déficit de valor añadido o mantenimiento de industrias poco competitivas. Consecuencia de ello es que no se ha
atraído inversión que favorezca la inclusión de nuevas tecnologías y que el capital humano emigre.



Página 62





Tercero. Ese éxodo rural que ha sido desatendido por los anteriores Gobiernos supone otras consecuencias como el desarraigo: verse obligado a abandonar el entorno donde uno ha crecido y perder el contacto con familiares y amigos no es
fácil.


Frente a esto, el turismo representa, según los últimos datos de la Cuenta Satélite del Turismo de España (CSTE), el 12,3 % del PIB español en 2018. Durante el 2019, según ha señalado el INE, visitaron España casi 84 millones de turistas
internacionales que supusieron un incremento de visitas y, a su vez, un incremento del gasto del 2,8 % llegando a los casi noventa y tres mil millones de euros, por supuesto referidos al sector exterior.


Según la Organización Mundial del Turismo (OMT), el turismo consiste en aquellas actividades que las personas realizan mientras están de viaje en entornos donde no es habitual que se encuentren, cuyos fines son el ocio, los negocios u otros
y duran periodos inferiores a un año. Según los datos de esta Organización, España es la segunda potencia turística, por detrás de Francia y habiendo adelantado a Estados Unidos. Además de ello, según el informe realizado por el Consejo Mundial de
Viajes y Turismo (WTTC) en 2017, la contribución del turismo a la economía española es del 14,9 % del PIB y un 15,1 % del empleo, entre directos e indirectos.


Existen distintos tipos de turismo según la motivación del turista, aunque el conocido como 'turismo de sol y playa' acapara la mayoría de la oferta y demanda turística. Aun así, según los datos de enero publicados por el INE, los
alojamientos de turismo rural muestran un incremento anual del 12,8 % en cuanto a las pernoctaciones, siendo la de no residentes de un 10,2 %. Esta circunstancia es una magnífica oportunidad para ampliar y e impulsar el turismo de interior, rural y
de naturaleza de nuestra nación.


Cuarto. Según el INE, en los alojamientos de turismo rural -por obtener un dato más objetivo, aunque también se podrían contabilizar campings, apartamentos y albergues- las pernoctaciones de residentes suben un 13,5 % y las de no residentes
un 10 % respecto del año anterior.


El Observatorio de Turismo Rural (OTR 2019) advierten que el 45 % de quienes se animan a disfrutar del turismo rural lo realizan gracias a la publicidad del destino y el 80 % de las reservas son 'on line' o mediante correo electrónico. En
este sentido, la promoción es de capital importancia para dar a conocer los destinos y las opciones que se presentan, tales como gastronomía, artesanía, atractivos turísticos y tradiciones locales, conocimiento del medio natural (su flora y su fauna
a través de actividades en familia o con amigos) así como su arquitectura y, por otro lado, la necesidad, en muchos casos, de la transformación digital de pequeños negocios.


El Camino de Santiago es un excelente ejemplo de cómo el turismo en las zonas rurales permite la subsistencia de estas poblaciones, su mejora en la calidad de vida y una revitalización económica en el mantenimiento de las poblaciones por
donde transcurre, manteniendo su población y economía, cuando no, revitalizándolas.


Según recientes manifestaciones de la Secretaria de Estado de Turismo, D.ª Isabel Oliver, 'el incremento del gasto turístico se traduce en mejores empleos, entre otras mejoras'.


Quinto. Como antes se expuso, la falta de recursos y oportunidades en el entorno rural conlleva su progresivo abandono. Muchas son las causas, pero una de las consecuencias peores ha sido la pérdida de un riquísimo patrimonio cultural que
queda desterrado al olvido, lo que obliga a los políticos y a la sociedad en general a actuar por el deber de salvaguardar nuestro patrimonio, así como su acervo cultural, herencia de nuestros antepasados.


Otra consecuencia de la despoblación supone la reducción y desaparición, en muchos casos, de servicios básicos de proximidad como la educación, y la sanidad, obligando a los habitantes a tener que acudir a poblaciones mayores para recibir la
prestación de dichos servicios.


Siendo estos problemas, competencia de las Comunidades Autónomas, donde la calidad es muy diferenciada entre unas y otras y siendo, a título de ejemplo, la sanidad y la educación cuestiones vertebradoras de España, estas competencias suponen
una desigualdad entre regiones que se hace especialmente sangrante en el medio rural.


Sexto. Esto es un problema que preocupa al Grupo Parlamentario VOX y es por ello que instamos a que se busquen nuevas fórmulas que eviten el éxodo del campo, el abandono y la pérdida de oportunidades para sus habitantes. Y entendemos que
una de ellas es el Turismo rural, interior o de naturaleza.


De hecho, este tipo de turismo genera, a su vez, otros tipos de turismo como ecoturismo, agroturismo, de aventura, deportivo, de nieve, ciclo turismo, de salud, de bienestar, médico, de negocios, turismo cinegético, educativo, solidario,
social, cinematográfico, religioso, industrial, ornitológico, espiritual o sostenible y todos con un denominador común, generar nuevas experiencias que demanda el turista y



Página 63





excursionista del siglo XXI y en el que España puede ser líder gracias a su riqueza natural, patrimonial, artística y cultural.


Séptimo. Por ello, el Grupo Parlamentario VOX, consciente de las altas tasas de desempleo, abandono escolar, paro juvenil y en ocasiones, umbral de la pobreza, plantea una mayor implicación del Gobierno en la promoción y comercialización,
no solo del turismo de interior, sino del turismo rural y el turismo en general a nivel nacional e internacional.


Conjugando las ventajas del turismo con el problema de la llamada España Vaciada o Vacía, se pueden obtener resultados muy beneficiosos: alternativa para la creación de empleo y generador de riqueza; como factor impulsor de la economía; y
como impulso y apoyo, tan necesario, para la recuperación del mundo rural. Estos esfuerzos se han realizado en otros países con notable éxito, como Reino Unido, Italia o Francia, donde el turismo ha servido como fuente muy importante de ingresos.
En definitiva, sería la tracción para la estructuración económica.


Siendo la cultura del campo español riquísima y con unas características propias, fomentar este turismo supondría la protección de nuestro patrimonio, favoreciendo de forma decisiva el mantenimiento y conservación del mismo que, de otra
manera, está en serio peligro -no hay más que consultar, a título de ejemplo, la Lista Roja del Patrimonio Español, donde Castilla y León encabeza el ranking creado por la Asociación Europa Nostra, con 285 monumentos en riesgo, lo que coincide con
la región con mayores problemas de despoblación-.


Octavo. Consideramos que son importantísimas herramientas complementarias, la tecnología, la innovación y la mejora de infraestructuras, como vehículos de atracción del turismo, de mejora de la calidad del servicio y una mayor eficiencia
para el sector. Estas herramientas, especialmente las tecnológicas, son claves para alcanzar una mayor competitividad. De igual forma son necesarias medidas específicas que ayuden al turismo rural a ser más innovador, desarrollando actividades y
talleres de formación en las nuevas tecnologías para comercios y pymes del sector.


Cada vez resulta más necesaria la oferta turística personalizada, que se adapte a las necesidades de los turistas y ofrezca una estancia cómoda, con infraestructuras y conexiones de calidad. El crecimiento de la demanda internacional en el
turismo rural depende en gran medida de los canales online para inspirar, planificar, interactuar y reservar.


Revitalizando el flujo de la economía de estas zonas, supondría, a su vez, paliar en gran medida el problema de la estacionalidad, que implica la inviabilidad de muchos negocios. El Observatorio de Turismo Rural indica que los mayores
flujos turísticos son los fines de semana, puentes y Semana Santa, siendo de lunes a jueves donde apenas hay movimiento en el sector. Con la reactivación de la economía de las zonas rurales, los establecimientos de hostelería, entre otros, se
verían gratamente beneficiados al incrementar sus posibles clientes.


Noveno. Otra protagonista sería la segunda vivienda. Al hacer más atractivas las zonas rurales y generar expectativas, se favorecerá necesariamente que las viviendas, en muchos casos heredadas y en estado de semiabandono, sean puestas en
valor como segunda residencia, negocio turístico o dedicadas al alquiler, entre otras muchas posibilidades.


Asimismo, la parcelación de las competencias turísticas dentro de las inoperantes Comunidades Autónomas, hace que las distintas normativas, lejos de promover, sirvan de lastre en la creación de nuevas vías turísticas, además de fomentar
desigualdades entre las diversas regiones de España. De hecho, resultan particularmente confusos los distintos requerimientos autonómicos para la catalogación de calidad de los establecimientos turísticos dando como resultado 17 modelos que causan
confusión entre los usuarios y en el sector turístico.


Por todo ello, por la necesidad de impulsar la creación de empleo, la generación de riqueza, eliminar el abandono del mundo rural, apostar por la sostenibilidad, proteger nuestras tradiciones y nuestro patrimonio y mantener el liderazgo de
España como potencia en el turismo, al ofrecer nuevos modelos de experiencias turísticas atendiendo a las diversas motivaciones, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la creación de políticas y promoción del turismo de interior y, en especial, el turismo rural, con el objetivo de fomentar las visitas de turistas en las zonas que



Página 64





estén más despobladas y en riesgo de despoblación, facilitando y creando los mecanismos oportunos, y en concreto a las siguientes medidas:


1. Comercialización del turismo rural en el mercado nacional e internacional con especial atención a los mercados emisores del mayor número de turistas.


2. Promoción del patrimonio cultural de las zonas rurales, con especial atención a aquellas zonas en las que no hay equilibrio entre patrimonio cultural y natural, y el turismo.


3. Definición de mecanismos en los que los operadores turísticos, agencias de viaje y empresas del sector, que participan del mismo, puedan promover fácilmente sus propuestas.


4. Unificación de normativa que permita la apertura de establecimientos y negocios enfocados al turismo sin las barreras de las Comunidades Autónomas, simplificando al mínimo licencias, requisitos y trámites de toda índole. De igual forma,
la creación de incentivos, como rebajas fiscales, no solo a la creación de negocios turísticos sino también a la creación de empleos especializados en la materia. Esa notoria dispersión normativa de las Comunidades Autónomas impide establecer
criterios uniformes.


5. Instauración de incentivos para el mantenimiento y conservación del patrimonio cultural de las zonas más deprimidas.


6. Revisión y ampliación de las políticas de la Agenda 2030 para evitar la barrera tecnológica y de comunicaciones, así como la enseñanza de las mismas a la población rural, eliminando la brecha tecnológica del campo-ciudad y, más
concretamente:


A) Facilitar la implantación en todos los comercios y alojamientos de sistemas de pago online.


B) Fomentar a través de la formación e incentivos a la innovación, la utilización de las nuevas tecnologías para ofrecer una mayor calidad en el servicio, que se adapte al máximo a las necesidades del cliente.


7. Implementación de una estrategia de marketing turístico.


8. Programas de formación y profesionalización del sector rural, que se añaden a otros ya existentes como el Sistema Integral de Calidad Turística en Destinos (SICTED).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2020.-Patricia Rueda Perelló, José María Figaredo Álvarez-Sala y Mireia Borrás Pabón, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad


161/000602


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas para asegurar la protección y apoyo necesarios a colectivos
vulnerables durante la emergencia sanitaria del COVID-19, para su debate en la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


Los efectos del impacto económico y social de la pandemia de COVID-19 resultan cada vez más patentes y, como desgraciadamente sucede, se ceban especialmente con aquellos colectivos más vulnerables de la población. Las personas y familias
vulnerables están más expuestas al riesgo de contagio del virus y a padecer una mayor intensidad en sus efectos, en parte por el estado de salud más precario que arrastran frente a la pandemia y en parte por la falta de acceso, derivada de la
carencia de recursos, a una alimentación saludable y a productos de higiene, a medicamentos y a suministros básicos de agua y energía. Pero además, también están más expuestas a los perjuicios económicos derivados de las medidas de confinamiento
para frenar la propagación de la pandemia, entre ellas, la suspensión de actividades y la limitación de la movilidad, que impiden a muchas de estas personas vulnerables buscar y



Página 65





acceder a un empleo, proceso frecuente para esta personas cuya fuente de ingresos suele consistir en trabajos temporales, esporádicos, eventuales o intermitentes.


Teniendo presentes estas circunstancias, resulta especialmente acuciante disponer de los medios de apoyo y protección necesarios para estas personas y familias vulnerables, especialmente aquellas que se encuentran en riesgo de exclusión
social, mientras dure la emergencia sanitaria por el COVID-19 y en particular durante la vigencia del estado de alarma. A estos efectos, el Gobierno debe trabajar en todo momento de forma coordinada con todas las Administraciones Públicas
(Comunidades Autónomas, Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos) para reforzar los recursos y los medios que permitan garantizar la provisión de alimentos y demás productos de primera necesidad, medicamentos y suministros básicos a todas las
personas y familias en riesgo de exclusión social. Esta coordinación debe ir igualmente dirigida a facilitar el acceso de todas estas personas y familias a los programas y ayudas dirigidos a facilitar su situación y atender sus necesidades básicas,
cuya solicitud conlleva en no pocas ocasiones superar una entramado de burocracia que, si de por sí resultan complejos, pueden llegar a suponer una barrera infranqueable para ciertos grupos de población en especial situación de vulnerabilidad poco
familiarizados con estos trámites. De nada sirve poner los recursos necesarios si los mecanismos para hacer que lleguen a quienes más los necesitan se ven anulados en la práctica por una maraña burocrática.


Con la finalidad de atender estas situaciones de vulnerabilidad, la labor desarrollada por todas las entidades que operan en el ámbito del tercer sector de acción social resulta fundamental. Todas las personas que prestan su tiempo y
esfuerzos, sea como profesionales o como voluntarios, contribuyen de forma decisiva a asegurar la garantía de las necesidades básicas de todas las personas y familias en este tipo de situaciones, lo que justifica sobradamente su consideración como
actividades esenciales durante esta emergencia sanitaria. No obstante, de nada sirve esta declaración si no se acompaña de las medidas necesarias para hacerla efectiva, lo que incluye la puesta a disposición de los medios de protección adecuados
para que las personas dedicadas a estos servicios de atención social puedan desempeñarlos con las garantías tanto para la protección de su salud como de las personas que atienden.


Tratándose también de colectivos en situación de vulnerabilidad, las posibilidades de contagio se incrementan exponencialmente en entornos de infravivienda o chabolismo, en los que, a las mayores dificultades para acceder a bienes de primera
necesidad, se une habitualmente la falta de acceso a suministros básicos de agua y energía, así como unas peores condiciones de habitabilidad que en no pocas ocasiones devienen en insalubridad. Circunstancias similares afectan a las personas sin
hogar. Todo ello hace necesario que, a la adopción de medidas de atención social y sanitaria, pueda ser necesario anudar la disposición de una alternativa habitacional transitoria y segura mientras dure la emergencia sanitaria.


Tampoco puede en ningún caso ignorarse que esta crisis golpea con especial crudeza a determinados grupos de población, especialmente las personas mayores. Su caso nos ha dejado la cara más cruenta y dramática de esta crisis, especialmente
el de aquellas que están en residencias, que suponen más de la mitad de todos los fallecidos por COVID-19 hasta la fecha, sin obviar tampoco la de todas las personas mayores que viven solas, muchas veces de forma no deseada. La mortalidad tan
elevada que el COVID-19 está teniendo con las personas mayores nos hace ser consciente de la necesidad de redoblar esfuerzos con una generación que nos trajo el país del que disfrutamos ahora y con la que estamos en deuda por su legado.


Del mismo modo, no podemos olvidar a todas las personas con discapacidad, sea física, cognitiva, sensorial o psicosocial, especialmente aquellas más necesitadas de apoyo para realizar las actividades básicas de la vida diaria, que en
situaciones como las actuales notan de manera más vívida las consecuencias de la menor autonomía y la falta de accesibilidad. Especialmente aquellas con discapacidad cognitiva padecen de forma muy dura unas medidas de confinamiento y de limitación
de movimientos que altera completamente el funcionamiento de su entorno; medidas, por otra parte, cuyo alcance y finalidad no alcanzan a comprender o nadie les explica de la manera más adecuada a sus necesidades.


Por todo ello, convencidos de la necesidad de garantizar un apoyo y una protección eficaces frente al impacto del COVID-19 que llegue también a los colectivos más vulnerables de nuestra sociedad, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la
siguiente



Página 66





Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a que:


1. Trabaje de manera coordinada con las Comunidades Autónomas, Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos, para reforzar los recursos y los medios necesarios para garantizar la provisión de alimentos y demás productos de primera necesidad,
medicamentos y suministros básicos a todas las personas y familias en riesgo de exclusión social, con especial atención a aquellas personas cuyas circunstancias específicas les hacen encontrarse en una situación de mayor vulnerabilidad, como la
infancia, la adolescencia, las personas pertenecientes a minorías étnicas, las personas migrantes, las personas mayores o las personas con discapacidad, entre otros.


2. Facilite en todo lo posible el acceso a los programas y ayudas dirigidos a personas y familias en situación de vulnerabilidad, reduciendo y simplificando al máximo la burocracia y los trámites asociados a dichos procedimientos, con el
objetivo de asegurar la eficacia de los mismos y que sus efectos lleguen a quienes más lo necesiten.


3. Haga efectiva la declaración de los servicios prestados por el tercer sector de acción social como servicio esencial en la gestión de la emergencia sanitaria del COVID-19, entre otras medidas, dotando a todas las personas involucradas de
los mismos de los equipos de protección individual (EPIs) o de los tests y PCRs necesarios para garantizar que puedan ejercer su actividad de manera compatible con la protección adecuada de su salud.


4. Constituya y convoque con urgencia una Mesa de Trabajo, dentro de la Comisión Delegada del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia, para la distribución, tanto desde el
Estado como entre las Comunidades Autónomas, de los fondos procedentes del 0,7 % para fines sociales del IRPF y del Impuesto de Sociedades, priorizando su destino a programas y actuaciones relacionados con la mitigación del impacto social del
COVID-19.


5. Asegure la disponibilidad de medidas de apoyo dirigidas a trabajadores dedicados a la venta ambulante que estén afectados por la suspensión de actividad de mercados y ferias durante la vigencia del estado de alarma, incluido el
reconocimiento de la prestación extraordinaria por cese de actividad para los autónomos afectados por esta suspensión.


6. Impulse, en coordinación con las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos, medidas de prevención y atención social y sanitaria específicas dirigidas a personas y familias residentes en infraviviendas o en chabolas, con especial atención
a la población gitana y migrante en dichas circunstancias, cuya precaria situación, unida a la falta de acceso a suministros y otros recursos básicos y las condiciones muchas veces de insalubridad de los alojamientos donde residen, hace que los
núcleos donde estas se concentran sean particularmente vulnerables al contagio por COVID-19, incluyendo la disponibilidad de una alternativa habitacional transitoria para la reubicación de las personas que deban permanecer en cuarentena o
aislamiento por contagio de la enfermedad.


Asimismo, estas medidas de prevención y atención social y sanitaria específicas, incluida la disponibilidad de una alternativa habitacional transitoria segura se extenderán también a las personas sin hogar, de modo que ninguna de ellas se
vea forzada a residir en la calle mientras persista la situación de emergencia sanitaria.


7. Garantice el respeto al principio de igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad en todas las medidas que se adopten en la gestión de la emergencia sanitaria por COVID-19 y especialmente durante la vigencia del
estado de alarma, asegurando que toda la información se encuentre disponible en formatos accesibles para las personas con discapacidad sensorial o cognitiva, así como una atención sanitaria inclusiva para todas las personas con discapacidad,
evitando la existencia de cualquier tipo de discriminación en los protocolos de actuación y atención sanitaria.


8. Promueva, a través del Consejo Interterritorial de Salud, un refuerzo de los protocolos sanitarios de prevención de COVID-19 y de atención a personas con síntomas, o sospechosa de padecer la enfermedad aun sin síntomas, en centros
residenciales y de día de personas mayores y de personas con discapacidad, atendiendo a su mayor riesgo de contagio y a la mayor intensidad de la enfermedad en ambos colectivos.


9. Impulse, previa deliberación en el seno del Consejo Interterritorial de Salud y en el del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia, la determinación de unas directrices y
criterios comunes para la elaboración de protocolos dirigidos a atender las necesidades básicas y proveer de acompañamiento a personas mayores que viven solas, con especial



Página 67





atención a situaciones cronificadas de soledad involuntaria, así como a prevenir, detectar e intervenir ante posibles casos de contagio por COVID-19 en este colectivo.


10. Trabaje, también a través del Consejo Interterritorial de Salud, con los servicios públicos de salud autonómicos para reforzar los protocolos de seguimiento y atención a personas con problemas, trastornos o enfermedades mentales, con
medidas específicas para asegurar la continuidad asistencial durante la vigencia del confinamiento domiciliario durante el estado de alarma, con la finalidad de poder asegurar la prevención, detección y actuación temprana ante posibles contagios por
COVID-19.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de abril de 2020.-Sara Giménez Giménez y Guillermo Díaz Gómez, Diputados.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/000587


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán y D. Ricardo Chamorro Delmo en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputado del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX) respectivamente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento
del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a las labores de esquileo, para su discusión en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


Primero. Debido a la pandemia originada por el virus del SARS-CoV-2 (COVID-19), España esta viviendo uno de los momentos más complicados de su historia reciente. No solo afecta a nuestro país tanto a nivel sanitario, económico y social,
sino que también está causando graves perjuicios en el mundo rural.


El Real Decreto-ley 10/2020, publicado el pasado 29 de marzo, confirma el esquilado de las ovejas como labor esencial. Esta actividad ya estaba contemplada en el primer Real Decreto-ley, publicado el 14 de marzo, por el que se declaró el
estado de alarma y las excepciones que regulaban el desplazamiento a los lugares de trabajado.


Uno de los anexos que incluye este último Real Decreto-ley 10/2020, recoge que pueden llevarse a cabo desplazamientos de los centros, servicios y establecimientos de atención sanitaria de animales, así como aquellos imprescindibles para el
mantenimiento de las actividades productivas de la industria manufacturera que ofrecen suministros, equipos o materiales necesarios para el correcto desarrollo de estas profesiones.


Segundo. El esquileo, o labor de cortar la lana de las ovejas y corderos, que se produce una vez al año, tiene lugar durante los meses de abril y mayo, y coincide normalmente con el levante de la lana, es decir, cuando la lana se despega de
la piel de la oveja, de manera natural. De esta forma se prepara al ganado para la llegada del verano y la subida de temperaturas.


El esquileo, además de ser uno de los oficios más antiguos vinculados al mundo rural, es de los más necesarios, ya que la lana es un nido de gérmenes que puede infectar a toda una granja. Se pueden contraer enfermedades contagiosas causadas
por la infestación de la piel por un parásito microscópico. La sarna es una enfermedad bastante frecuente y puede afectar tanto a niños como adultos. Está causada por un ácaro denominado Sarcoptes scabiei que se adquiere por contacto directo y
prolongado con personas infestadas o bien por contacto con ropas o materiales que han utilizado estas personas (sábanas o toallas, jerséis, etc.). Puede ocasionar un problema de salud importante en instituciones cerradas, como residencias de la
tercera edad, hospitales o cárceles, donde convivientes y cuidadores pueden adquirir la enfermedad y pueden producirse pequeñas epidemias.


Además, hay que tener en cuenta que la capacidad productiva de un animal merma considerablemente en condiciones de precaria sanidad, y las medidas de bienestar animal son de imposible cumplimiento sin que el animal esté pelado y aseado.



Página 68





Tercero. Ahora bien, aunque el trabajo de esquileo está bien remunerado, su dureza provoca que pocos jóvenes españoles deseen dedicarse a este noble oficio, lo que conlleva contratar esquiladores extranjeros que se desplazan a nuestro país.
Sin embargo, la actual situación de excepcionalidad generada por el virus originado en China, el virus SARS-CoV2 (COVID-19), ha supuesto que los profesionales necesarios para el esquileo en la campaña española no puedan venir a España.


El cierre de las fronteras de la Unión Europea por la pandemia del coronavirus impide la llegada de unos 300 uruguayos que todos los años participan desde últimos de marzo en la campaña de esquileo de ovejas.


Cuarto. Por este motivo, España solo cuenta actualmente con la mitad de los profesionales que necesita, y es absolutamente necesario que se lleven a cabo, junto a las Comunidades Autónomas, las empresas del sector y las cooperativas de
ovino, planes nacionales que permitan la entrada de esquiladores extranjeros o fomenten el esquileo entre los españoles, en especial jóvenes y desempleados.


Por tanto, es necesario adoptar decisiones que faciliten la labor de esquileo durante la crisis sanitaria generada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19), como medida de bienestar animal, aprobando medidas que garanticen la sanidad de los
animales, pero también de los miles de ganaderos que abastecen a este país y que se exponen a eventuales enfermedades si no se adoptan soluciones.


Por todo ello y en virtud de lo expuesto anteriormente, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Elaborar un plan coordinado a nivel nacional para realizar las labores de esquileo necesarias en la cabaña ovina durante el tiempo de vigencia del Estado de Alarma.


2. Incentivar el trabajo de esquilador como salida profesional en el mundo rural, y establecer planes de formación de este oficio, en especial entre jóvenes y desempleados.


3. Elaborar planes de fomento de este noble oficio, necesario en el Sector Primario, como una medida que permita luchar contra la despoblación rural.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de abril de 2020.-Ricardo Chamorro Delmo, Diputado.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000594


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán y D. Ricardo Chamorro Delmo en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputado del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a adoptar medidas para intentar paliar la situación que atraviesa el sector cárnico, para su discusión en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


A día de hoy, los españoles vivimos en una situación de excepcionalidad generada por el virus originado en China (COVID-19), que ha supuesto el confinamiento de toda la sociedad española y que exige un abastecimiento eficaz y eficiente. Por
este motivo, el comercio minorista y al por menor de la carne y, en general, el sector cárnico desarrolla un papel fundamental en la economía española y dentro del sector primario nacional.


En los últimos años, este sector ha evolucionado de gran manera ofreciendo, cada vez más, productos elaborados y variados, sabiendo adaptarse al cambio de costumbres y preferencias de los españoles. Además, con las últimas crisis
alimentarias (vacas locas, dioxinas en el pollo, caso de la carne mechada, entre otras) ha sabido incorporar e implantar sistemas de control más estrictos a lo largo de toda la cadena alimentaria para garantizar que los alimentos que consumimos sean
inocuos, conserven todas sus propiedades y sean de la mejor calidad para los consumidores tanto nacionales como internacionales.



Página 69





Sin embargo, la crisis generada por el virus originado en China (COVID-19), ha sido un duro golpe para este sector. El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de
crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y las sucesivas medidas adoptadas por el Gobierno no han ayudado a paliar la grave crisis económica a la que se enfrenta este sector. Sin embargo, de no hacerlo de manera urgente, abocará a numerosos
comerciantes cárnicos a la quiebra. Por tanto, es fundamental que los poderes públicos tomen las acciones que sean necesarias para apoyar a este sector tan necesario para el abastecimiento durante esta crisis nacional.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Suspender la cuota de autónomos correspondiente a los meses que dure el Estado de Alarma.


2. Eximir del pago de la cotización, desde el primer día, a los autónomos que se hayan contagiado del virus originado en China (COVID-19) y a aquellos que estén en cuarentena obligatoria.


3. Suspender todos los impuestos y obligaciones tributarias del primer trimestre de 2020, a presentar en abril, y aplazar su presentación hasta un mes después de que concluya el Estado de Alarma: adoptar un aplazamiento del pago del IVA,
exenciones en las cuotas de la Seguridad Social y exenciones en el IRPF. Además, aprobar nuevos préstamos a 0 % de interés con 2 años de carencia y aplicación del índice corrector en estimación objetiva por contratación de mano de obra.


4. Suspender la inscripción en ficheros de solvencia patrimonial (por ejemplo, ASNEF o RAI) a aquellas pequeñas y medianas empresas (PYMES) y autónomos que hayan suspendido temporalmente sus pagos recurrentes (suministros, arrendamientos,
entre otros) por fuerza mayor debido a la presente crisis sanitaria generada por el virus originado en China (COVID-19), dado que la inscripción en dichos ficheros podría ser una barrera para la obtención de créditos y financiación necesarios para
superar la crisis.


5. Reducir el umbral de pérdidas en el último mes que establece la prestación de cese de actividad por causas económicas que actualmente es de un 75 %.


6. Ampliar el plazo de disfrute de esta prestación a un mes desde que finalice el Estado de Alarma.


7. Incluir en los supuestos de fuerza mayor para el acceso a la prestación extraordinaria de cese de actividad a las actividades que ya no son esenciales de acuerdo con el Real Decreto-Ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un
permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras de los servicios no esenciales.


8. Establecer para los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) la fecha de finalización en un momento posterior a la del Estado de Alarma ya que la actividad no se va a reanudar con normalidad una vez acabado este.


9. Incorporar a los profesionales de la distribución minorista especializada de alimentos, por cuenta propia o ajena, como colectivo prioritario y servicio público esencial.


10. Dispensar equipos de protección individual (EPIS) y cualesquiera medios de protección sanitaria e higiene a este colectivo esencial para que puedan continuar con su trabajo sin poner en riesgo su salud.


11. Permitir a los establecimientos de comercio minorista y al por menor de carnes y derivados cárnicos el acceso a la actividad de congelación y descongelación de sus negocios y comercios, que hayan tenido que permanecer cerrados
temporalmente, como medida de excepción para evitar pérdidas de género y económicas, asegurando en todo caso que se cuentan con los equipos necesarios y se mantienen las buenas prácticas de manipulación.


12. Poner en marcha planes de fomento del consumo de carne nacional y promover campañas publicitarias a nivel nacional.


13. Promover la compra de carne nacional por parte de las Administraciones Públicas para su consumo en establecimientos públicos como hospitales, residencias, comedores sociales o cuarteles.


14. Incrementar la vigilancia y el seguimiento de los contratos ganaderos para evitar casos de incumplimiento de los mismos, teniendo en cuenta que la falta de cotización de algunas lonjas provoca que se estén haciendo operaciones por
debajo de mercado.



Página 70





15. Financiar programas que fomenten la contratación de personas desempleadas, programas de formación profesional para jóvenes y desempleados, programas de reciclaje profesional y competitividad de las empresas y programas para la formación
de trabajadores de PYMES.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de abril de 2020.-Ricardo Chamorro Delmo, Diputado.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000611


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán y D. Ricardo Chamorro Delmo, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputado del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley instando al Gobierno a reconsiderar las medidas anunciadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para el sector ovino-caprino, para su discusión en la Comisión
de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


La venta del ovino y del caprino, tradicionalmente, alcanza su punto álgido en la Semana Santa. No será así este 2020, ya que, con el cierre de restaurantes y hoteles y supresión del turismo, se ha desplomado la demanda de estos productos.
Así, el virus de Wuhan SARSCoV-2 no solo supone un problema sanitario cuyas consecuencias estamos lamentando, sino también una crisis económica a la que necesariamente tendremos que hacer frente.


El 3 de abril de 2020, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) anunció, a través de su página web, el inicio de la tramitación de un Real Decreto por vía de urgencia para conceder ayudas al sector del ovino y al caprino.


Por medio del mismo, se informa de la concesión de ayudas directas a las que podrán acogerse los ganaderos de ovino y caprino cuyas granjas tengan un censo de más de 30 hembras reproductoras, así como las granjas de tratantes y los centros
de concentración.


El importe máximo de la ayuda será de 30 euros por animal, que tengan una edad igual o menor a cuatro meses, que hayan salido de la granja con destino al matadero entre el 14 de marzo y el día siguiente a la finalización del estado de
alarma, ambos inclusive, hasta un máximo de 70 animales por granja y de 200 en el caso de tratantes y centros de concentración'.


El anuncio refleja el desconocimiento y despreocupación por el sector. Una parte importante de los ganaderos venden sus corderos a cebaderos y no a mataderos. Esto implicaría que los grandes beneficiarios serían los intermediarios, y que
un altísimo porcentaje de ganaderos quedaría excluido de dichas ayudas directas.


Por otro lado, el Real Decreto anunciado da respuesta, aunque sea parcial, al que vende, pero no supone ayuda alguna al ganadero que no consigue comprador y cuyo animal tiene que seguir alimentando. En este último caso el ganado pierde la
categoría comercial al pasarse de peso y de edad, por lo que a los costes de alimentación hay que añadir la pérdida de valor del producto en el mercado.


Por último, cabe recordar que se sigue dejando a un lado a otro sector con grandes pérdidas como es el del cochinillo, cuya producción se dirige casi en su integridad a la restauración y la salida a otros canales (como supermercados y
carnicerías) sigue sin tener empuje.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Elaborar un plan por el que se regulen medidas de apoyo al productor ovino y caprino de tal manera que realmente implique la concesión de ayudas directas a los ganaderos profesionales y no solo a intermediarios, es decir, se debe
priorizar las ayudas al ganadero profesional frente a los intermediarios.



Página 71





2. Elevar el número de animales por explotación que pueden obtener ayudas a un número superior a los 70.


3. Incluir entre los beneficiarios a aquellos ganaderos de animales destinados a reposición o a venta para vida. Contemplar también a los animales de desvieje de las explotaciones.


4. Extender la fecha final de dichas ayudas a dos meses tras la finalización del estado de alarma, ya que el canal HORECA no recuperará su actividad al día siguiente de la finalización del estado de alarma y, por lo tanto, las pérdidas
seguirán repercutiendo en el sector hasta que el canal HORECA no demande suministros con normalidad.


5. Conceder ayudas al ganadero que no consigue encontrar un comprador del animal y que, por lo tanto, ha de seguir alimentándolo aun a riesgo de la pérdida de valor por sobrepeso y mayor edad.


6. Solicitar a la Unión Europea (UE) que, en referencia a las ayudas acopladas al ovino/caprino 2020, se consideren los animales dejados en las explotaciones para reposición dentro del umbral de los 0,6 corderos/cabritos por hembra primable
para poder optar a la ayuda asociada teniendo en cuenta la excepcionalidad de la situación actual.


7. Requerir a la UE la apertura del sistema de intervención del ovino-caprino, ya que el sistema de ayudas actuales se dirigen al almacenamiento para intermediarios, para canales de vacuno.


8. Agilizar los trámites para la puesta en marcha de las medidas de almacenamiento privado.


9. Contemplar ayudas para el sector del cochinillo, al que no se ha tenido en cuenta en el paquete de medidas que pretende adoptar el ejecutivo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2020.-Ricardo Chamorro Delmo, Diputado.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000636


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley de medidas de acompañamiento al sector primario
durante la crisis sanitaria, para su debate en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


A comienzos de este año hemos vivido cómo los agricultores pusieron en marcha una serie de movilizaciones agrarias por toda España, convocadas por las organizaciones agrarias Asaja, UPA y COAG, y con el objetivo de reclamar al actual
Gobierno de España una serie de reivindicaciones que el sector necesita con urgencia. La mayor parte de sus reivindicaciones todavía no tienen medidas dirigidas a solucionarlas. El sector primario necesita acciones encaminadas a garantizar una
rentabilidad adecuada para los productos agrícolas y ganaderos, medidas para que exista un futuro con explotaciones viables.


A todo esto hay que añadir la sensación que tiene el sector de una cierta falta de reconocimiento por parte de la sociedad del papel de la actividad agraria para la producción de alimentos de calidad frente a las acusaciones en materia de
contaminación o de bienestar animal.


El sector agrario español se encontraba, ya antes de la crisis sanitaria que vivimos en la actualidad, en una situación crítica. A la tradicional falta de rentabilidad de muchos proyectos, algunos condenados a vender por debajo de su coste
de producción, se ha venido sumando el creciente fenómeno de la despoblación; en parte como respuesta lógica de la primera problemática mencionada. A todos estos problemas, ya casi convertidos en estructurales, se les suma unos pésimos datos de
empleo del pasado mes de enero.


En las circunstancias en las que nos encontramos actualmente, la realidad es que se ha puesto de manifiesto, de nuevo, lo estratégico de este sector. Sobre él descansa la responsabilidad de sostener a toda la cadena alimentaria, y a pesar
de ello, en la actualidad sigue siendo el eslabón más débil de la misma.



Página 72





El campo español necesita urgentemente que sea escuchado, y que se tomen en serio la aprobación de una serie de medidas que ayuden a su supervivencia, dado que si no se hace, será muy difícil mantener un sector agrario y ganadero en nuestro
país.


Con todo, en esta situación de plena actualidad, el sector agrario y ganadero una vez más volvió a responder a la sociedad con total responsabilidad. Una vez que se estableció el estado de alarma por la crisis sanitaria, estos formaban
parte de los sectores denominados esenciales.


Dejaron a un lado las movilizaciones, sus reivindicaciones y sus problemas, para volver a ser el pilar fundamental de los ciudadanos. Ahora no solo eran el sostén de toda la cadena alimentaria: en estos momentos de crisis son los
responsables de que no exista desabastecimiento de alimentos de primera necesidad.


Las personas que conforman este sector, pusieron en riesgo su propia salud para cumplir con la responsabilidad que tienen sobre sus hombros.


Es hora de que el Gobierno implemente más medidas urgentes para este sector y, por supuesto ,consensuadas con el resto de fuerzas políticas.


Con ese ánimo, se plantea la presente propuesta que aborda distintos ámbitos para el apoyo del sector primario en el marco de la actual crisis sanitaria.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Actualizar los protocolos sanitarios para el sector agrícola con el fin de que continúe proveyendo a la sociedad en las mejores condiciones sanitarias para ellos, sus empleados y sus familias. Esta actualización incluirá la provisión
reforzada de mascarillas, guantes y establecimiento de distancias de seguridad para toda la cadena de suministro y catalogar a la agricultura y la ganadería como sector prioritario, de manera explícita, cuando el Gobierno tenga la necesidad de
implementar el estado de alarma en España.


2. Introducir una mayor flexibilidad para disponer de fondos de desarrollo regional para paliar los efectos económicos nocivos que deje la pandemia.


3. Garantizar que los agricultores y ganaderos autónomos cuyos negocios se hayan visto afectados por el COVID-19 no paguen cuota mientras dure el estado de alarma y en la fase inicial de desescalada del confinamiento social, así como una
Tarifa Plana de 60 euros/mes para aquellos que reactiven su negocio después de haberse tenido que acoger al cese de actividad por el COVID-19.


4. Flexibilizar los procesos de solicitud de las ayudas de la Política Agraria Común (PAC) para facilitar y favorecer las solicitudes telemáticas, garantizando el acceso de miles de agricultores y ganaderos a estas ayudas. Asimismo,
ampliar los plazos para la contratación de seguros agrarios requeridos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.


5. Trabajar para que la Unión Europea garantice la movilidad y circulación de mercancías por todo el Mercado Único como elemento indispensable para mantener el suministro tanto de producto final como de productos necesarios para la cadena
de producción. Igualmente, preparar un plan de choque para el sector agrícola y ganadero en caso de que la situación evolucione hacia el cierre total de fronteras.


6. Diseñar e implementar un Plan de choque específico para los sectores agrícolas y ganaderos en estado crítico que identifique las necesidades especiales y tenga en consideración la estacionalidad o la inversión soportada para paliar las
pérdidas por la crisis del COVID-19. Asimismo, solicitar a la UE que se destine parte de los fondos de cohesión que los Estados no hayan gastado a sectores que se encuentren en riesgo de desaparición.


7. Prevenir la posible discriminación y desinformación hacia los productos españoles protegiendo su reputación dentro y fuera de nuestras fronteras.


8. Promover una campaña de comunicación para concienciar de la importancia de mantener una dieta equilibrada que incluya productos frescos, como frutas y verduras, apoyando así a nuestro sector primario, para asegurar que las medidas de
seguridad no tienen consecuencias negativas en la dieta de los españoles.


9. Promover el consumo de productos agroalimentarios de proximidad para garantizar la rápida distribución y abastecimiento de alimentos y brindar apoyo, de forma solidaria, a nuestro tejido productivo agrícola.



Página 73





10. Crear una Comisión de coordinación entre las autoridades y las organizaciones profesionales, sindicatos y cooperativas que agrupan al sector primario para clarificar, en el marco del estado de alarma y mientras dure la desescalada de
los aislamientos, las condiciones exactas para operar en relación a la cadena de suministros, la distribución, o los empleados agrarios.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de abril de 2020.-María del Carmen Martínez Granados, Diputada.-José María Espejo-Saavedra Conesa, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Cultura y Deporte


161/000562


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario VOX.


Proposición no de Ley relativa a la promoción de la cultura y patrimonio histórico español.


Acuerdo:


Considerando que se solicita el debate de la iniciativa en Comisión, admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Cultura y Deporte. Asimismo, dar
traslado de este acuerdo al Gobierno, al Grupo proponente y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Pedro Requejo Novoa, D. José Ramírez del Río y D.ª Mireia Borrás Pabón, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el
artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la promoción de la cultura y patrimonio histórico español, para su discusión en la Comisión de Cultura y Deporte.


Exposición de motivos


Primero. Según la Organización Mundial del Turismo (OMT), España es la segunda potencia turística, por detrás de Francia, habiendo adelantado a Estados Unidos. Además de ello, según el informe realizado por el Consejo Mundial de Viajes y
Turismo (VVTTC) en 2017, la contribución del turismo a la economía española es del 14,9 % del PIB y un 15,1 % del empleo, entre directos e indirectos.


En el año 2018, el último del que tenemos datos objetivos, España recibió 82,6 millones de viajeros y en cuanto a lo que repercute en nuestra economía, la aportación del turismo al PIB fue de 148.000 millones de euros, lo que equivale al
12,3 % del total, alcanzando un nuevo máximo de la serie histórica. Entre el año 2013 y el año 2018, la contribución del turismo a la riqueza nacional ha crecido en 7.636 millones al año.


En el año 2019, España recibió 83,7 millones de turistas, un 1,1 % más respecto al mismo periodo del año anterior. Los principales países de origen de los turistas fueron Reino Unido, Alemania y Francia. El gasto medio por turista alcanzó
los 1.102 euros, con un incremento del 1,7 % respecto al año 2018.



Página 74





Segundo. España vive uno de los momentos más duros de su historia reciente, debido a la pandemia del SARS-CoV-2 (COVID-19), que está afectando de forma especial a nuestro país, tanto a nivel económico como sanitario. La crisis sanitaria
producida por el Coronavirus COVID-19 ha causado el fallecimiento de más de 10.000 personas y ha contagiado a más de 110.000 personas en España.


Ante esta situación, el pasado 14 de marzo el Gobierno de España declaró el estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020. Esta disposición normativa contenía medidas que tienen como finalidad paliar los efectos negativos causados por
el coronavirus. El estado de alarma fue prorrogado por el Gobierno el pasado 27 de marzo previa autorización del Congreso de los Diputados; dicha prórroga ha desembocado en mayores restricciones a la movilidad y a la práctica de actividades. Como
es lógico, esta crisis está generando y va a provocar un impacto económico severo, especialmente para ciudadanos, pymes y autónomos en situación de especial vulnerabilidad.


Tercero. El coronavirus ha afectado especialmente al turismo en España: el estado de alarma ha paralizado todo el sector turístico español, afectando a fiestas y tradiciones populares cuya celebración estaba prevista estos días, así como a
las vacaciones de la Semana Santa. Todas estas fiestas se han cancelado con el consecuente impacto en el turismo. A título de ejemplo, las fiestas de las Fallas -que fueron las primeras fiestas populares canceladas a causa del coronavirus-,
supondrá un impacto económico negativo de 700 millones de euros. Otro evento cancelado es la Feria de Abril de Sevilla, que atrae cerca de 190.000 turistas y ha provocado un impacto económico negativo de 800 millones de euros aproximadamente.


En general, según los pronósticos de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), la crisis del coronavirus podría provocar pérdidas de entre 2,7 y 6 millones de turistas internacionales en función de cuándo se levanten las restricciones
derivadas del estado de alarma. Además, resalta que 'una de las principales consecuencias es que desaparecerán miles de puestos de trabajo' derivados de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERTE) que se están dando en el sector.


Cuarto. Según la motivación del turista, suelen distinguirse distintos tipos de turismo. En España, el segundo motivo por el que los turistas visitan nuestro país es el cultural. Y es que España cuenta con una gran variedad de monumentos,
museos o archivos que integran su rico patrimonio histórico y artístico y que es fuente de atracción de turistas.


Por poner algunos ejemplos, los tres monumentos más visitados en España reciben anualmente 8,5 millones de visitantes (la Sagrada Familia, en Barcelona, 4,5 millones de turistas; la Alhambra de Granada, más de 2,5 millones de turistas; la
Catedral de Sevilla, más de 1,5 millones de visitantes). Concretamente, la Alhambra de Granada está considerada una de las maravillas del mundo.


También hay que destacar otros monumentos histórico-artísticos en España: la Mezquita-Catedral de Córdoba, el Teatro Romano de Mérida, la muralla de Ávila, la Catedral de León y el Acueducto de Segovia.


Otra muestra del ingente patrimonio cultural español, también lo encontramos en que España es el tercer país del mundo en el 'ranking' del Patrimonio de la Humanidad de la UNESCO con 44 emplazamientos, y solo por detrás de Italia (49) y
China (45). Destacan el Parque Nacional de Garajonay, el Centro histórico de Córdoba, las cuevas de Altamira, el casco histórico de Toledo, el Camino de Santiago o el Monasterio del Escorial.


Quinto. El turismo cultural también abarca el turismo gastronómico que comprende todos aquellos turistas entre cuyas motivaciones para visitar España se encuentra la rica gastronomía española.


En este sentido, es de destacar que, del total de gasto realizado por los turistas internacionales en nuestro país en el año 2017 (80.664 millones de euros), el 15,5 % se destinó a la gastronomía (12.509 millones de euros).


La importancia del turismo gastronómico tiene efectos positivos en el empleo. Tal y como puede apreciarse a continuación, la gran parte de los empleos creados por el sector turístico se destinan a la restauración.



Página 75





[**********página con cuadro**********]


Sexto. En definitiva, todo esto pone de manifiesto la importancia del peso del turismo en España. La crisis del coronavirus puede provocar efectos muy negativos en el sector.


Por ello, es preciso aprovechar el patrimonio histórico, artístico y cultural español, presente en España, para incentivar el interés en conocer España, sus culturas y tradiciones y, de este modo, contribuir a reactivar este sector, en
particular, y la actividad económica, en general, después de la crisis del coronavirus.


En este sentido, hay que recordar que, de acuerdo con el artículo 46 de la Constitución Española, 'Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los
pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio'.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Fomentar desde el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo paquetes de servicios turísticos vinculados a los recursos culturales, mediante un Plan estratégico de fomento del turismo cultural, que promueva el aprovechamiento del
potencial de los recursos culturales y del turismo natural, que además haga frente a la concentración geográfica y a la estacionalidad, potenciando también las regiones de interior y la riqueza cultural nacional.


2. Poner en valor, resaltar, publicitar y dar a conocer dentro y fuera de España toda la riqueza patrimonial y artística de la que disponemos.


3. Promover la elaboración de programas de la más variedad para su difusión en la radio y televisión públicas (RTVE) enfocados a despertar interés en el conocimiento de la riqueza cultural en España.


4. Promover la inversión pública en la recuperación, restauración, adquisición y mantenimiento del patrimonio histórico, artístico y cultural.


5. Fomentar la promoción y publicidad de nuestras tradiciones culturales y gastronómicas, convirtiéndolas en fuente de atracción de visitantes y turistas españoles y extranjeros.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2020.-Pedro Requejo Novoa, José Ramírez del Río y Mireia Borrás Pabón, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.



Página 76





161/000596


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, por iniciativa del Diputado del Bloque Nacionalista Galego, don Néstor Rego Candamil, presenta la siguiente
Proposición no de Ley para la puesta en marcha de medidas y ayudas que contribuyan a paliar la crisis derivada de la COVID-19 en el sector cultural, para su debate en Comisión.


Exposición de motivos


La crisis causada por el coronavirus está provocando graves efectos de carácter laboral, económico y social, también en el sector cultural, mostrando una vez más la precaria situación en la que se encuentran muchos creadores y artistas, así
como el personal técnico y auxiliar partícipe en el proceso de creación. En este sector, la temporalidad e intermitencia de los contratos, así como la irregularidad de los ingresos y la escasez de los salarios suelen ser la norma.


Incluso antes del comienzo de la crisis, el sector demandaba reformas que consideraban necesarias para su adecuada supervivencia, como el desarrollo reglamentario del Estatuto del Artista para regularizar un sistema de afiliación a la
Seguridad Social, la creación de un sistema fiscal acorde a la intermitencia de su trabajo y a la irregularidad de sus ingresos, la garantía de una jubilación digna y compatible con el derecho a seguir creando, el reconocimiento de determinadas
enfermedades como laborales, el derecho a percibir paro y a estar representados sindicalmente.


Para paliar los efectos que el largo periodo de paralización de la actividad tiene y tendrá en la actividad cultural se hace imprescindible la implementación de medidas. Algunas ya fueron aprobadas por el Gobierno del Estado en el Real
Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social de la COVID-19, pero siendo el sector cultural un sector estratégico para el desarrollo productivo, la competitividad y el
empleo, que contribuye entorno al 2,4 % del PIB español, y que aportó en el 2018 el 3,6 % del empleo total en el Estado español, sin olvidar que, en su mayoría, son pequeñas empresas o autónomos, consideramos que es necesaria la puesta en marcha de
medidas específicamente dirigidas a apoyar el sector cultural, un sector en constante precariedad.


Debe hacerse hincapié en la necesidad de que los poderes públicos tomen conciencia de la especificidad y vitalidad del conjunto del sector cultural. La cultura es uno de los sectores económicos con más ramificaciones. Está formada por el
cine, la música, los artistas, pero también las bibliotecas, museos, productoras y todo su personal. Un sector tratado como algo pequeño cuando en realidad sus números dicen todo lo contrario. Sí, la cultura es negocio y, por supuesto, economía.
Según la EPA, en el segundo trimestre de 2017 había 30.500 personas trabajando en la industria cultural gallega, algo que incluye todo tipo de ocupaciones.


Por supuesto, este sector también tiene una importancia vital en Galiza, poniendo en valor su lengua y cultura propias, y es por ello que consideramos que, desde luego, la Xunta de Galiza debe ejercer sus competencias en esta materia para
atender las necesidades del sector cultural gallego, pero también es imprescindible que se pongan en marcha ayudas desde el Gobierno central para atender al conjunto del sector.


Desde distintas asociaciones y colectivos han estimado que solo un mes de cierre de la actividad creativa y comercial puede suponer una pérdida de casi 3.000 millones de euros y que la cancelación de espectáculos conllevará unas pérdidas de
casi tres millones de euros. Resulta evidente que esta situación supone una gran carga para las industrias culturales y creativas, y en particular para las más pequeñas e independientes. A las cifras anteriores falta todavía añadir el impacto
económico y laboral y cuantificar las pérdidas totales, lo que va a depender de la duración del cierre de actividades y del tiempo que se tarde en retomar la actividad cultural, debiendo analizar en ese momento el número final de bajas en la
Seguridad Social y de despidos, en un colectivo en el que la precariedad laboral es evidente.


En relación con las medidas excepcionales que el Gobierno adoptó para mitigar el impacto por la COVID-19 y apoyar la actividad empresarial y, de forma especial, a los colectivos y sectores más directamente afectados por este, es necesario
que se incluya al sector cultural de forma específica entre



Página 77





los sectores directamente afectados, pues el cierre de teatros, cines, museos y la clausura de todo tipo de actividades culturales va a generar un impacto económico negativo muy fuerte en el sector.


Por todo lo expuesto con anterioridad, el BNG presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a:


1. Diseñar líneas de ayuda específicas para el sector cultural, que incluya cuando menos alguna a fondo perdido para paliar una situación en la que no se generan ingresos, así como las ayudas directas dirigidas a instituciones culturales
públicas destinadas a la creación de eventos, programaciones culturales, mantenimiento de las estructuras y gestión.


2. Establecer la suspensión de las cuotas a autónomos y socios de cooperativas y otras formas de economía social por el cierre de actividades o disminución de la facturación, así como un subsidio a aquellos profesionales autónomos y socios
de las cooperativas y sociedades laborales por cese de actividad.


3. Establecer bonificaciones en las cuotas de Seguridad Social de trabajadores asalariados.


4. Desarrollar políticas de compensación de gastos ocasionados por las anulaciones.


5. Reformar la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/ UE, de 26 de febrero de 2014,
para que se permita que los contratos con las empresas prestadoras de servicios culturales que no se hayan podido desarrollar por la crisis de la COVID-19 no se suspendan y que las administraciones asuman parte de los costes fijos de esos contratos.
Así mismo, debe procurarse que las contrataciones sean más flexibles y ágiles, de modo excepcional como remedio a la crisis, tanto para las empresas de servicios y actividades culturales como para las empresas auxiliares en el ámbito técnico.


6. Incentivar desde el Ministerio de Cultura con ayudas directas a las instituciones culturales públicas y asociaciones culturales sin ánimo de lucro para que los eventos y programas culturales (artes escénicas, música, artes visuales,
artes mixtas, etc.) no sean finalmente suspendidos, sino aplazados, y que se realicen de forma inmediata una vez normalizada la situación. De este modo, el mercado no se resentiría totalmente, ya que existiría una programación que salvaría las
inversiones de las empresas de servicios y actividades culturales, así como empresas auxiliares en el ámbito técnico.


7. En aquellos servicios de museos o salas de exposiciones que hayan sido externalizados, se deben paliar los efectos del cierre de programas culturales, de modo que el Estado asuma la responsabilidad subsidiaria con el personal de esas
empresas. Esto supone que el apoyo a las empresas de servicios y actividades culturales, así como a las auxiliares de cultura y artes, se supedite al mantenimiento de como mínimo el 60 % de su personal temporal.


8. Las Administraciones Públicas se encargarán del pago total o parcial de cualquier actividad cultural comprometida y/o anunciada públicamente, incluso aunque el trámite administrativo de contratación no finalizara, teniendo en cuenta que
es práctica habitual del sector que la contratación lleve un ritmo diferente a los ritmos de producción. Para ello se debe poner en funcionamiento:


1.º Para mantener la confianza de los consumidores en el sistema cultural, el Gobierno debe crear una línea de crédito blanda para asegurar que los espectáculos con venta de entradas anticipadas puedan afrontar la devolución monetaria de los
paquetes anticipados que las empresas vendieron y que van a tener que atrasar.


2.º Ayudar a mantener la información cultural viva y actualizada.


3.º Llegar a acuerdos de urgencia y emergencia con los operadores de televisión, públicos y privados, para diseñar una programación cultural más amplia. En este caso el Gobierno tendrá específicamente en cuenta la difusión de las
manifestaciones culturales que se expresan en lenguas nacionales diferentes del español como el gallego.


9. Eliminación del IVA aplicado al sector cultural para equipararlo a la educación y formación. El IVA cultural es un coste para las administraciones públicas y bajar el IVA cultural supondría un ahorro considerable en las partidas de
gastos de las Administraciones y serviría como incentivo al público para asistir a los espectáculos.



Página 78





10. La suspensión temporal del pago de cuotas de préstamos bancarios concedidos para inversiones en equipos técnicos, vehículos, escenografía y otras necesidades que garanticen el correcto funcionamiento empresarial.


11. Los créditos bancarios ya concedidos para financiamiento de capital circulante tendrán la opción de ampliar a su cuantía a la misma cifra disponible a 10 de marzo de 2020 una vez que finalice el periodo del Estado de Alarma o
posteriores que impidan el normal desarrollo de las actividades. Solo conllevaría operaciones notariales en importes superiores a 50.000 euros.


12. Agilizar y reducir el periodo de pago a los proveedores de las Administraciones Públicas.


13. Ampliar la facilitación de los Avales Europa Creativa (públicos-SGR CREA) para crédito privado a entidades sin ánimo de lucro, no solo privadas de lucro.


14. Acceso a los préstamos ICO del Estado por parte de asociaciones, cooperativas y entidades sin ánimo de lucro.


15. Impulsar una ley del mecenazgo que impulse la cultura, regulando los incentivos fiscales del mecenazgo, con deducciones para el donante y bonificaciones en impuestos para las empresas que desarrollen los objetivos, e incentivar el
micromecenazgo para los creadores dotando de algún incentivo fiscal a los donantes.


16. Establecer una flexibilización en el pago de los impuestos, como son los pagos trimestrales del IVA, o la declaración del IRPF, entre otros, sin aplicar recargos.


17. Suspender el pago de servicios básicos (agua, luz, gas) para quien deje de percibir ingresos durante la crisis, así como el pago de hipotecas y alquileres.


18. Incentivar el consumo cultural una vez superada la crisis, por ejemplo, estableciendo medidas fiscales, bonos culturales, aumentando la oferta a precio reducido a ciertos colectivos, facilitando las actividades artísticas en espacios
públicos o desarrollando programas específicos complementarios de acceso a determinados segmentos de la población.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2020.-Néstor Rego Candamil, Diputado.- Laura Borràs Castanyer, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.


161/000607


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para el desarrollo de medidas urgentes
en el ámbito de las Nuevas Tecnologías y de la Innovación para minimizar el impacto económico que, tras la crisis sanitaria del COVID-19, ha sufrido el sector cultural e impulsar su digitalización, para su debate en la Comisión de Cultura y Deporte.


Exposición de motivos


El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, afecta de manera especial al ámbito cultural en nuestro país. Desde ese
momento, quedaron suspendidas prácticamente todas las actividades culturales y reducidas sustancialmente las relacionadas con el ámbito editorial.


La actividad empresarial en el ámbito de la cultura supone una aportación a la economía española de un 3,2 % de nuestro PIB, sin tener en cuenta que es motor de otras actividades empresariales como la industria turística. Las empresas
culturales aportaron en 2019 más de 700.000 empleos al año, además de los empleos de otras actividades de manera indirecta.


La parada forzosa de actividad, debido al estado de alarma, así como la propia configuración del tejido empresarial cultural en España, formado principalmente por pymes y autónomos, junto con la distribución intermitente en el tiempo de
ingresos en las empresas del sector, hace necesario el desarrollo de medidas extraordinarias urgentes por parte del Gobierno, como, por ejemplo, un fondo destinado a la cultura que sirva de cortafuegos a la caída económica que ya está sufriendo el
sector y que les permita la liquidez necesaria para poder hacer frente a la actividad, una vez termine el estado de alarma.



Página 79





El confinamiento de la sociedad española ha abierto una nueva forma de consumo cultural mediante el uso de las nuevas tecnologías. Muchos han sido los artistas que han donado a través de estos medios sus obras en abierto. Museos,
bibliotecas, cantantes y compañías de teatro han permitido una forma diferente de consumo cultural a través de las redes sociales y plataformas digitales, pero sus trabajos no son remunerados. Por ello, urge poner en marcha una plataforma digital
pública para la difusión, gestión y consumo de productos culturales digitales.


El Ministerio de Cultura y Deporte, junto con el resto de actores que conforman el complejo tejido empresarial de la cultura en España, debe hacer frente a un importante reto: aprovechar las nuevas tecnologías para atraer y conocer la
cultura española.


Por otra parte, diversas encuestas realizadas por entidades del sector indican que el consumo de lectura digital se ha duplicado durante el confinamiento y ha aumentado también el consumo del audiolibro. En este último caso, las plataformas
de suscripción son el principal canal de ventas de audiolibros, con el 83 % de las ventas.


Entre las medidas de apoyo económico anunciadas por la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, se ha puesto en marcha el portal Acelera Pyme a través de Red.es (entidad pública
adscrita a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial) con el objetivo de ayudar a las pymes y autónomos a reducir el impacto del COVID-19 en su actividad.


En la web de Acelera PYME se podrán encontrar soluciones tecnológicas orientadas a mantener su actividad y avanzar en procesos de transformación digital, así como instrumentos de financiación que están ya disponibles para impulsar los
proyectos de pymes y autónomos, y en particular su digitalización.


Por tanto, es necesario añadir un apartado 'cultural' para que puedan acogerse aquellos proyectos de empresas culturales relacionados con actividades digitales, especialmente los que se han visto fuertemente golpeados por la pandemia.


En cuanto al uso de cultura a través de la red, se añade la necesidad de desarrollar nuevos productos y procedimientos mediante la puesta en marcha de líneas específicas de I+D+i en el ámbito cultural, que consigan abrir nuevas líneas de
negocio diversificando el sector y fomentando su formación digital. La consideración del ámbito de los videojuegos como actividad cultural, los nuevos desarrollos cinematográficos, en especial la animación o proyectos culturales relacionados con la
realidad aumentada, son algunos ejemplos por los que se debería abrir esta línea de trabajo y ser apoyados por el Gobierno.


Además, proponemos para su debate en la Comisión de Cultura y Deporte un paquete específico de medidas en el ámbito digital que permita compartir, difundir, comercializar los productos culturales y, al mismo tiempo, proteger a los artistas y
sus derechos de autor en el consumo digital.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para impulsar las medidas necesarias para:


1. Incorporar contenidos culturales en las plataformas digitales públicas locales y de las Comunidades Autónomas, con el fin de difundir los proyectos que se han visto afectados por la crisis del COVID-19.


2. Incluir en la convocatoria Acelera PYME un apartado ''cultural'' para los proyectos de empresas culturales relacionados con actividades digitales, especialmente los que se han visto afectadas por la crisis del COVID-19.


3. Desarrollar un programa formativo para incentivar el negocio digital en las empresas culturales.


4. Realizar una campaña de concienciación sobre los derechos de la propiedad intelectual, así como llevar a cabo acciones que impidan la piratería cultural online.


5. Revisión y mejora de los incentivos fiscales del sector cultural vinculados con su proyección en el ámbito digital, la utilización de nuevas tecnologías y la innovación.


6. Incluir las actividades culturales que utilicen I+D+i en el apartado de ''áreas tecnológicas prioritarias'' que establece el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CD TI).


7. Proponer a la mesa intersectorial de operadores de Internet e industrias de contenidos digitales un paquete de medidas para favorecer el acceso a la oferta legal de las empresas culturales que utilicen la tecnología digital y garantizar
la conectividad.



Página 80





8. Elaborar de un Código de Buenas Prácticas con el objetivo de que Administraciones Públicas adquieran licencias de productos con derechos de autor y protejan la propiedad intelectual.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2020.-Marta González Vázquez, María Soledad Cruz-Guzmán García y Eduardo Carazo Hermoso, Diputados.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en
el Congreso.


161/000616


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la consideración del Libro como
'bien de primera necesidad' desarrollando, en atención a esta calificación, los mecanismos que permitan la apertura de las librerías, con las adecuadas garantías sanitarias, para hacer posible la venta de libros durante el confinamiento y tras las
gradual apertura de actividad, por motivo del COVID-19, para su debate en la Comisión de Cultura y Deporte.


Exposición de motivos


El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, afecta de manera especial al ámbito de la cultura en nuestro país. Desde ese
momento quedaron suspendidas prácticamente todas las actividades culturales y reducidas sustancialmente las relacionadas con el ámbito editorial.


La ampliación de este estado de alarma, prolongado por dos veces, nos llevará a un periodo mínimo de mes y medio de confinamiento para la población española, sin saber con seguridad la fecha del fin de las restricciones de movilidad. Este
confinamiento proporciona un tiempo libre de cuya carencia suelen quejarse los españoles que no poseen el hábito de la lectura para explicar las razones por las que no leen. Así se reflejaba en el último Barómetro de Hábitos de Lectura de la
Federación de Gremios de Editores de España, que mostraba cómo el porcentaje de lectores en 2019 alcanzó un 68,7 % de la población, lo que supone un aumento del 1,8 respecto al año anterior. Queda aún un alto porcentaje de población que no lee
libros (31,5 %), que se incrementa entre quienes no tienen la lectura como un hábito en su tiempo libre y que aseguran que la principal razón es, precisamente, la falta de tiempo.


En la presentación del Barómetro el pasado mes de febrero, el presidente de FGEE, don Miguel Barrero, incidía en la necesidad de 'hacer políticas y planes de activación de la lectura a partir de este Barómetro de Hábito de la Lectura', y el
propio Ministro, don José Manuel Rodríguez Uribes, anunciaba: 'La lectura es un asunto de país, de Estado. Leer nos hace libres, nos agranda la mirada. Libres para elegir lo que leemos'.


Una necesidad compartida por todos los grupos políticos. Gracias a la lectura nos convertimos en una sociedad más crítica, más democrática y con mayor capacidad para tomar decisiones independientes.


El sector del libro, editores, libreros, distribuidores y autores representan en la economía española una actividad de más de 3.000 millones de euros/año, a los que hay que unir otros 3.000 millones de euros que facturan las 219 filiales que
las editoriales tienen por el mundo. Esto significa algo más de 6.000 millones de euros, el 0,8 % del PIB y más de 100.000 empleos.


Hay que señalar que no solo se trata de la industria cultural más importante, con 900 empresas editoriales, 3.260 librerías, 100 empresas distribuidoras y 8.000 puestos de venta a través de quioscos, sino que siempre supone una aportación
positiva tanto a la balanza comercial -de hecho la partida arancelaria 49 es la decimotercera partida de mayor contribución a la deficitaria balanza comercial española- como a la balanza de servicios, como muestran tanto los datos de comercio
interior como los de comercio exterior de la Federación de Gremios de Editores de España y de la Asociación de las Cámaras del Libro de España, así como los de la cuenta satélite de la cultura española.


Sin embargo, la estructura empresarial del sector del libro está compuesta en más de un 70 % de pymes y micropymes, que están en estos momentos en peligro de supervivencia por la crisis sanitaria provocada por el COVID-19. Un riesgo que
tendrá consecuencias en materia de economía y empleo, y



Página 81





también en el ámbito cultural, ya que estas empresas constituyen un verdadero ecosistema que enriquece y garantiza la pluralidad y la diversidad cultural y lingüística del país.


Estas dos premisas que señalamos con anterioridad, la consideración del libro como un bien de primera necesidad y la protección de las empresas del sector del libro, nos hace promover esta iniciativa, solicitando la apertura de las
librerías, con un sistema de cita previa y con las medidas sanitarias necesarias que establezca el Gobierno, para que no se produzca ningún perjuicio en cuanto a la batalla por la eliminación de los contagios por el COVID-19.


Existen numerosas iniciativas de asociaciones de librerías, donde a través de plataformas online, se pueden seleccionar los ejemplares de los libros y solicitar su envío a domicilio. Sin embargo, otras librerías de menor tamaño no tienen la
posibilidad de envío a domicilio, comunicándose con sus clientes a través de medios telefónicos. Por todo ello, entendemos que proceder a la apertura de librerías, con control de acceso y cita previa (online/telefónica) podría cubrir al mismo
tiempo tanto las necesarias garantías sanitarias como la necesidad ciudadana de entretenimiento o formación que el libro proporciona.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la consideración del libro como 'bien de primera necesidad' desarrollando, en atención a esta calificación, los mecanismos que permitan la apertura de las librerías, con las garantías
sanitarias adecuadas, para permitir la venta tanto durante el confinamiento causado por el COVID-19 como durante la gradual recuperación de la actividad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2020.-Marta González Vázquez, María Soledad Cruz-Guzmán García y Eduardo Carazo Hermoso, Diputados.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en
el Congreso.


Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


161/000608


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para garantizar la conectividad y
suprimir la brecha digital en la España rural, para su debate en Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


La crisis sanitaria y económica que ha originado el COVID-19 en España ha transformado abrupta y profundamente nuestra manera cotidiana de vivir y trabajar. El confinamiento y las restricciones a la movilidad impuestos como última solución
para combatir la alta capacidad de contagio del virus amenaza la continuidad de nuestras actividades económicas y ya está destruyendo empleo de manera masiva. El Gobierno -constituido en mando único con poderes excepcionales- todavía no es capaz de
definir una batería de medidas a corto, medio y largo plazo, que nos permita atisbar cuándo y de qué forma las restricciones van a desaparecer.


Dada la acuciante necesidad de desarrollar medidas que dinamicen e impulsen las políticas de oferta adaptada a la nueva actividad económica y social que nos espera, en una situación de restricciones a la movilidad y la relación social, es
imprescindible impulsar la denominada nueva economía 4.0 o 'economía digital'. Además, las tecnologías, productos y servicios digitales no solo pueden ser una herramienta clave para dinamizar nuestra actividad productiva en este momento
excepcional, sino que pueden contribuir muy eficazmente a combatir la pandemia desde distintas perspectivas, sanitaria, asistencial, educacional, etc. En definitiva, es factible diagnosticar necesidades de demanda sin cubrir o estimular políticas
de demandas nuevas, que pueden ser cubiertas con esa nueva oferta de servicios, productos y tecnologías digitales que nos ayude a generar nueva actividad económica.



Página 82





El acceso al servicio de internet es básico para el correcto desarrollo de cualquier actividad ordinaria en las circunstancias actuales. Una conexión rápida a internet es hoy un servicio imprescindible, pudiendo mejorar muy notablemente la
vida y la economía de cualquier población. Vivir en las mismas condiciones de desarrollo, indistintamente del lugar en que se habita, es un derecho que nadie puede negar. Por ello, llevar la banda ancha a todos los domicilios particulares,
empresas y administraciones debe ser un objetivo común.


Y precisamente, es el territorio menos poblado, con población más dispersa, el que se puede beneficiar más de los avances tecnológicos digitales por una doble razón; primero, porque mejoran las oportunidades y el bienestar que supone la
tecnología para todos; y segundo, porque reducen las barreras de la lejanía y de la dispersión. Una lejanía y una dispersión que hoy resulta obligatoria incluso en las grandes ciudades -con enormes dificultades para hacerla sostenible en el
tiempo-, pero que se produce de forma natural en las zonas más despobladas de nuestro mundo rural. Esta digitalización, en el concreto contexto que nos encontramos, sirve para hacer frente al problema de la despoblación, y abre una oportunidad
irrepetible para atraer nuevo talento y emprendimiento a ellas, porque las tecnologías digitales, pese a las distancias físicas, nos acercan unos a otros. Y hacen accesibles los servicios y ayudan también a hacer rentables los negocios.


Por ello, en los lugares donde la distancia es una brecha, la tecnología digital es la forma de eliminarla. Por eso, los poderes públicos tienen que potenciar y promocionar las posibilidades de la digitalización en el mundo rural. En todos
los ámbitos, pero, prioritariamente, en la actual situación de crisis, en los más importantes, como los servicios de salud en línea, la teleformación o el teletrabajo. O en los sistemas de producción y gestión de la energía; o en la seguridad
ciudadana y la seguridad vial; o en una mayor capacidad de preservar nuestro medio ambiente, con tecnologías capaces de monitorear nuestros recursos naturales o de incrementar la posibilidad de reutilizar los residuos, avanzando hacia lo que se
conoce como la economía circular. Y también, desde luego, facilita la modernización de los negocios de los emprendedores y empresas del sector rural, desde el sector agroalimentario hasta el turismo, incentivando la atracción de nuevos proyectos y
talentos y ofreciendo nuevas alternativas para la comercialización de productos desde y hacia los núcleos rurales. Internet lleva la 'aldea global' a nuestros pueblos. Y nuestros pueblos, a la 'aldea global'. Contribuye así a corregir el
aislamiento de las zonas rurales, a reducir distancias físicas y a recortar brechas injustificables.


Ahora que nos encontramos con el trauma de tener que cambiar nuestro modo de vida habitual, sin saber cuánto tiempo será necesario hacerlo, es una oportunidad para extraer de ese cambio también algo positivo en nuestras vidas para el
presente y para el futuro. La digitalización de aquellas actividades que antes realizábamos con desplazamiento físico nos obliga a repensar nuestra forma de trabajar, de aprovisionarnos de productos y servicios, de relacionarnos socialmente. Y
necesitamos internet, conectividad y ancho de banda suficiente para poder hacerlo. Y en la España rural ya no es una opción que pueda esperar. Nadie discute que nuestros barrios y zonas rurales deben tener los mismos servicios que el resto de la
ciudadanía, y que estos servicios les ofrezcan posibilidades de desarrollo en las mismas condiciones. Igualdad de servicios nos llevará a igualdad de oportunidades. El servicio de conexión a internet del que disponen ahora es dispar, como quedó
reflejado en la relación de las 'zonas blancas NGA' publicada en el año 2018 por el entonces Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.


En España, la estrategia de desarrollo de las redes ultrarrápidas contemplada en la Agenda Digital para España, aprobada por el Consejo de Ministros del 15 de febrero de 2013 y desarrollada posteriormente en el Plan de Telecomunicaciones y
Redes Ultrarrápidas del entonces denominado Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, se concretó en el 'Plan 300x100', aprobado en marzo de 2018, que supuso un fuerte impulso al Programa de Extensión de la Banda Ancha de Nueva Generación
(PEBA-NGA). El objetivo del Plan 300x100 es llevar fibra óptica de banda ancha ultrarrápida a 300 Mbit/s a todos los núcleos de población de España, casi 5,9 millones de habitantes de zonas en las cuales existe un déficit notable en las
infraestructuras de acceso a Internet. Está dotado con 525 millones de euros (cofinanciados con fondos FEDER con 395 millones de euros) para ayudas a las compañías de telecomunicaciones para su implementación en el periodo 2018-2021 y con una
convocatoria de ayudas inicial para el año 2018 por importe de 150 M€.


Pero el Plan 300x100 -estratégico para el desarrollo de las zonas rurales e imprescindible para ellas en el nuevo contexto sanitario, económica y social que se deriva de la lucha contra el COVID-19-, se desarrolla a un ritmo menor a lo que
sería deseable y, a través de la Orden ministerial 116/2018, deja



Página 83





fuera de su plan de cobertura a la mayoría de los pequeños municipios al establecer tan solo una velocidad mínima de 30 megas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a acelerar la implementación del Plan 300x100 del Programa de Extensión de la Banda Ancha de Nueva Generación (PEBA-NGA) para el periodo 2019-2021 y garantizar la conectividad digital en la
España rural en el año 2020 mediante las siguientes medidas:


1. Inmediata publicación en el plazo máximo de 15 días, por parte de la Secretaría de Avance Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de la convocatoria de ayudas previstas para el ejercicio 2020.


2. Negociación con las autoridades de la UE del adelanto de las dotaciones previstas con cargo a fondos FEDER para el ejercicio 2021 para el Plan 300x100 del Programa PEBA-NGA, a fin de que puedan estar disponibles para una segunda
convocatoria que tendría lugar en el segundo semestre de 2020.


3. Impulso de los proyectos adjudicados en noviembre de 2019 en ejecución de la convocatoria de dicho PEBA-NGA correspondiente al ejercicio 2019 -así como, en su caso, a aquellos que no hayan sido aún culminados correspondientes a la
adjudicación de la convocatoria de 2018-, regresando al enfoque original del ''Plan 300x100'' de marzo de 2018, mediante la priorización de las empresas ejecutoras en la asignación de líneas de aval para el financiamiento habilitadas por el ICO para
dotar de liquidez a las empresas en la crisis generada por el COVID-19.


4. Declaración como actividad esencial de cualesquiera que sean necesarias para la ejecución y puesta en marcha de los proyectos adjudicados en los ejercicios 2018, 2019 y los que se adjudiquen en el ejercicio 2020.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2020.-Guillermo Mariscal Anaya, Carmen Navarro Lacoba y Tomás Cabezón Casas, Diputados.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Comisión de Sanidad y Consumo


161/000586


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Juan Luis Steegmann Olmedillas, D. Ignacio Garriga Vaz de Concicao y D. Antonio Salvá Verd, en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en
los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la consideración de la COVID-19 como enfermedad profesional, para su discusión en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Primero. Con la declaración del estado de alarma, mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 ('BOE' n.º 67, de 14
de marzo), modificado mediante Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el
COVID-19 ('BOE' n.º 73, de 18 de marzo), se han establecido determinadas limitaciones de libertades, así como medidas de contención, y medidas dirigidas a reforzar el Sistema Nacional de Salud en todo el territorio nacional.


Segundo. Entre estas medidas drásticas y excepcionales, y siguiendo el mandato del Gobierno y el Ministerio de Sanidad, desde las diferentes Direcciones Generales de RR.HH. de los Servicios de Salud regionales, se ha hecho un llamamiento
para incorporar profesionales sanitarios y estudiantes de Ciencias



Página 84





de la Salud de los últimos cursos, para prestar ayuda en la crisis sanitaria por la pandemia del COVID-19, ante la evidente saturación del sistema y la cantidad de bajas por contagio entre el personal sanitario.


Tercero. Tal y como informan los distintos sindicatos del sector sanitario, funcionarial y de otros ámbitos esenciales ante esta crisis global (CESIF, AMYTS, CESM...), que igualmente se suman a la petición realizada desde la Organización
Médica Colegial (CGCOM), las distintas Gerencias de los Servicios de Salud Territoriales, siguiendo las indicaciones del Ministerio, han establecido los criterios para la incapacidad temporal ante la situación de pandemia por coronavirus, ordenando
que la contingencia determinante de la situación de Incapacidad Temporal de los trabajadores en este momento, sea por aislamiento preventivo o por infección, sea considerada como 'Enfermedad Común'.


Este planteamiento resulta absolutamente intolerable. El reconocimiento de contingencia profesional no abarca solo ventajas económicas, sino también vigilancia de la salud en el tiempo -ya que el coronavirus es un microorganismo nuevo de
evolución incierta- y responsabilidad empresarial, así como el derecho a la indemnización en caso de lesiones físicas o psicológicas.


En ese sentido, el artículo 2.1 del Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro,
hace referencia al procedimiento para actualizar el cuadro de enfermedades profesionales, señalando expresamente lo siguiente:


'1. La modificación del cuadro de enfermedades profesionales a que se refiere el artículo anterior se realizará por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y requerirá el informe previo del Ministerio de Sanidad y Consumo y de la
Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. El informe científico que soporte la propuesta de modificación deberá ser realizado por una comisión técnica conjunta de ambos ministerios.'


En virtud de todo lo expuesto y de conformidad con lo indicado, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medias y actuaciones necesarias para la consideración de la COVID-19 como enfermedad profesional y, en concreto, las siguientes:


1. Modificar, a través del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, el cuadro de enfermedades profesionales, a fin de incluir el virus SARS-CoV-2 (COVID-19) como enfermedad profesional.


2. Que se considere el reconocimiento de contingencia profesional de estas bajas de personal infectado o en observación por COVID-19.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de abril de 2020.-Juan Luis Steegmann Olmedillas, Ignacio Garriga Vaz de Concicao y Antonio Salvá Verd, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000591


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Juan Luis Steegmann Olmedillas y D.ª Lourdes Méndez Monasterio, en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y
siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la adopción de medidas complementarias de salud pública para asegurar la veracidad en la contabilización de las cifras de fallecidos con COVID-19, para su
discusión en la Comisión de Sanidad y Consumo.



Página 85





Exposición de motivos


Primero. Nos encontramos ante una situación de crisis sanitaria mundial derivada del contagio de la enfermedad COVID-19, provocada por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2.


El 31 de diciembre de 2019, la Comisión Municipal de Salud y Sanidad de Wuhan (capital de la provincia china de Hubei) informó a la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre un grupo de casos de neumonía de etiología desconocida y con un
crecimiento exponencial alarmante. A principios de 2020 la cifra de infectados ascendía a más de 380. Parecía un microorganismo de la familia de otros coronavirus ya conocidos como el SARS o el MERS, todos ellos causantes de síndromes
respiratorios, pero cada uno con características particulares.


Actualmente, 175 países están afectados por lo que el 30 de enero fue declarada por la OMS emergencia internacional, hasta que el 11 de marzo pasó a ser calificada como pandemia global.


Segundo. El pasado 14 de marzo se declaró en España el estado de alarma por medio del Real Decreto 463/2020, prorrogado hasta el 11 de abril y cuya nueva extensión hasta el próximo 26 de abril tiene previsto solicitar el Gobierno en los
próximos días. En él se contiene un paquete de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto sanitario del COVID-19, entre las cuales se encuentra el confinamiento domiciliario para todos los ciudadanos.


A pesar de una medida tan drástica como esta, el 31 de marzo la OMS indicó a España que decisiones de este tenor son, por sí solas insuficientes, si no se pueden verificar los casos de contagios reales mediante pruebas diagnósticas que
permitan tener un número real de infectados y un control sobre estos. Así, la OMS critica la falta de test en nuestro país y, por lo tanto, la falta de eficacia plena de las duras medidas llevadas a cabo por el Gobierno de España.


Según los datos de la página web del Ministerio de Sanidad, a principios de abril la cifra oficial (que no real, como veremos) de contagiados en España es de más de 135.000 personas y la cifra de fallecimientos (tampoco real) supera los
13.000. Sin embargo, como hemos anticipado, los números anteriores deben observarse con precaución, puesto que sin hacer las pruebas pertinentes a la mayoría de la población, es imposible conocer el alcance real de los infectados o de los
fallecidos por esta enfermedad. Veamos las distintas implicaciones de esta afirmación.


Por un lado, el 28 de marzo el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM), siguiendo las directrices del Ministerio de Sanidad, emitía un comunicado cuyo apartado segundo señalaba que 'la intervención judicial del Médico
Forense se limitará, por tanto, a los casos de muerte violenta o en los que exista clara sospecha de criminalidad'. En otras palabras, las autopsias quedan limitadas.


Asimismo, desarrolla en su cuarto punto el siguiente contenido:


'Para la emisión de los correspondientes certificados de defunción, en los casos de probable infección por COVID-19 en el medio comunitario sin confirmación analítica, una vez consultados, si ello es posible, los antecedentes médicos del
fallecimiento con especial atención a la sintomatología descrita de la infección, se procederá a certificar de la siguiente manera:


- Causa Inicial o Fundamental de la Muerte: COVID-19 no confirmado o sospecha de infección por coronavirus.


- Causa Inmediata: la causa última que se considere correcta, sirva como ejemplos 'fallo multiorgánico', 'distrés respiratorio' o 'insuficiencia respiratoria aguda'.


- Podrán reflejarse causas intermedias si las hubiera o se conocieran: 'neumonía', 'sepsis' o 'coagulopatía'.'


Por otro lado, el 31 de marzo varios medios de comunicación de tirada nacional se hacían eco de la siguiente noticia: 'La Generalitat admite que hay más muertos por coronavirus que los reconocidos oficialmente. El alcalde de Igualada
cuestiona las cifras de fallecidos del departamento de Salud'.


Tercero. En el mismo sentido, el 6 de abril de 2020, el presidente de la Asociación Española de Profesionales de los Servicios Funerarios (AESPROF), don Juan Antonio Alguacil García, afirmaba en una entrevista de radio haberse puesto en
contacto con el Centro de Coordinación de Emergencias Sanitarias para ofrecerles su ayuda. El motivo era advertir a las autoridades del enorme aumento de cifras de fallecidos del que varios compañeros de profesión alertaban desde finales de
febrero. Sin embargo, nunca recibió respuesta.



Página 86





Así, señala que en su profesión están 'muy familiarizados con los certificados de defunción, con las diferentes patologías, y nos dimos cuenta todos de que a partir de la última semana de febrero se estaban dando muchísimos casos de neumonía
de origen vírico desconocida. Nos empezó a chocar'.


El señor Alguacil García lamenta además la falta de veracidad en las cifras de fallecidos por COVID-19, de la que no se puede tener certeza a causa de la falta de test realizados. En este sentido, recalca que los difuntos sin confirmación
por la prueba diagnóstica son certificados solo como casos sospechosos, de acuerdo con las directrices del Ministerio de Sanidad, e insiste en que a los fallecidos 'no se les hacían los test', por lo que esos fallecimientos no son contabilizados
como víctimas de esta enfermedad en las cifras publicadas diariamente por el Gobierno. En consecuencia, como afirma don Juan Antonio Alguacil García, 'si no entraban en las estadísticas los sospechosos de COVID-19, ni los fallecidos en domicilios y
en residencias de ancianos, pues evidentemente las cifras no cuadran'.


Asimismo, advierte de que es necesario tomar conciencia de la gravedad que para los profesionales del sector funerario implica la falta de confirmación de la enfermedad en un fallecido, puesto que ello impide que puedan llevarse a cabo los
protocolos de seguridad necesarios para garantizar que estos trabajadores no se contagian de COVID-19. No hay autopsias que realicen estudios sobre la duración de los restos del genoma del virus en cadáveres, por lo que no pueden realizarse las
tanatopraxias que mejor se adapten a cada caso.


Al respecto, el directivo de la patronal funeraria señala que 'es imprescindible que se hagan autopsias de estudio de los fallecidos por COVID-19' y que 'el no hacerlo coarta poder hacer un trabajo de mejor calidad'. La falta de realización
de autopsias y certificados son indicaciones trasladadas desde el Centro de Coordinación de Emergencias Sanitarias y no obedecen 'ni a la falta de medios ni a la de personal' porque 'tenemos unos institutos de medicina legal punteros a nivel
europeo'.


Cabe señalar que un gran número de las personas fallecidas por esta enfermedad son personas mayores, que han fallecido en las residencias de mayores en las que raramente se realizan los test, y que ni tan siquiera llegan a ingresar en
hospitales, por lo que este gran número de personas fallecidas no se reflejan en los datos oficiales.


Cuarto. En la misma fecha de esta entrevista, 6 de abril de 2020, varios medios de comunicación de tirada nacional publicaban que 'el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha informa de que en marzo fueron enterradas 1.921
personas por COVID-19, frente a las 708 oficiales'.


Esta comunicación tiene su origen en la denuncia efectuada por la alcaldesa de Tomelloso (Ciudad Real), doña Inmaculada Jiménez Serrano, del Partido Socialista Obrero Español, en relación con el aumento significativo de las cifras de
fallecidos que se ha producido en la localidad que dirige y que no constan en las cifras oficiales.


El TSJ castellano-manchego llama la atención sobre el notable incremento en el número de fallecidos en 2020 respecto de 2019, e indica que es más que probable que los casos sospechosos de coronavirus sean también casos positivos,
precisamente por ser esta la única variable que pueda explicar el enorme diferencial en la comparativa de las cifras de ambos años.


Quinto. De los apartados anteriores podemos concluir que la cifra real de fallecimientos a causa del COVID-19 en España nunca podrá obtenerse con certeza, sino que tan solo podrán hacerse estimaciones de la cifra de españoles que han muerto
como consecuencia directa de la inacción y de los errores del Gobierno en la gestión de esta tragedia. Y ello sin contar con las personas que han fallecido no por causas directamente relacionadas con la pandemia, sino por agravamientos en
enfermedades preexistentes que no han podido contar con una asistencia sanitaria a tiempo a causa del colapso.


En base a todo lo anterior, se considera necesario y urgente la adopción de una serie de medidas complementarias de salud pública en relación con la veracidad en la contabilización de las cifras de fallecidos con COVID-19, con base en las
competencias que, en su calidad de autoridad competente delegada en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, posee el Ministerio de Sanidad del Gobierno de España para la gestión de la emergencia sanitaria.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Que se proceda con carácter obligatorio a la realización de los test específicos a todas las personas que presenten cualquier síntoma de COVID-19.



Página 87





2. Que se proceda a la realización de test a todas las personas ingresadas en residencias de mayores.


3. Asegurar que se realizan estudios forenses en todos los fallecidos cuyo fallecimiento no ha sido confirmado por COVID-19, pero en la que existe una sospecha de COVID-19, fallo multiorgánico, distrés respiratorio, insuficiencia
respiratoria aguda, neumonía, sepsis o coagulopatía, para certificar la causa de la muerte.


4. Asegurar que la información proveniente de todas las autopsias y estudios forenses realizados conforme al apartado anterior es correctamente contabilizada, tratada e integrada en los registros oficiales de los fallecidos por COVID-19 o
causas relacionadas.


5. Elaborar un registro digitalizado y simultáneo, permanentemente actualizado, con los datos totales sobre los fallecidos con COVID-19, los ingresados en UCI, las altas producidas y el número de test realizados, desglosados por provincias,
y donde se vuelquen y puedan transmitirse los datos necesarios entre los distintos sistemas de salud y, en particular, entre hospitales, centros sanitarios o sociosanitarios y residencias de ancianos. Dicho registro deberá contener también un
apartado específico donde se contabilicen las personas fallecidas, no confirmadas, pero con sospecha de COVID-19.


6. Realizar un estudio sobre la incidencia de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19 en el número de fallecimientos producidos por otras enfermedades no relacionadas con la pandemia, pero provocadas por falta de atención
necesaria, a causa del colapso sanitario, como cánceres, infartos o accidentes de circulación, entre otros.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2020.-Lourdes Méndez Monasterio y Juan Luis Steegmann Olmedillas, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000593


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Ignacio Garriga Vaz de Concicao, D. Juan Luis Steegmann Olmedillas, D. Antonio Salvá Verd, en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en
el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la modificación del protocolo sobre la reincorporación del personal sanitario a sus puestos de trabajo tras
sufrir la COVID-19, para su discusión en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Primero. El Grupo Parlamentario VOX, recogiendo el comunicado del Consejo General de Dentistas, Enfermeros, Farmacéuticos, Médicos y Veterinarios, coincidimos y hacemos nuestras sus reivindicaciones ante el nuevo protocolo de actuación
frente al coronavirus aprobado el 31 de marzo por el Ministerio de Sanidad, ante la pandemia del COVID-19.


Dicho comunicado ha sido emitido por instituciones que engloban a más de 700.000 profesionales sanitarios en España. Y han expresado su absoluto rechazo respecto de las medidas y recomendaciones contenidas en el documento citado.


Segundo. Algunas de estas nuevas pautas presentadas el 3 de abril por el Ministerio de Sanidad suponen un riesgo elevado contra la seguridad de los profesionales y de sus pacientes. Algunas de estas medidas y recomendaciones, lejos de
contener la epidemia y preservar la salud pública, representan un riesgo evidente para sanitarios y pacientes.


Consideramos especialmente alarmante, al igual que el comunicado que han emitido las instituciones denunciantes, el punto B. 2 que hace referencia a la incorporación al puesto de trabajo de los profesionales sanitarios transcurridos siete
días desde el inicio de los síntomas y en ausencia de fiebre cuando no se realiza prueba diagnóstica.



Página 88





El texto dice literalmente lo siguiente:


'En caso de que no se realice la prueba de diagnóstico microbiológico, el trabajador se incorporará a su puesto de trabajo transcurridos siete días desde el inicio de síntomas en ausencia de fiebre sin necesidad de toma de antitérmicos en
los últimos tres días y siempre que se haya resuelto la clínica respiratoria. Se incorporará a su actividad con mascarilla quirúrgica hasta completar 14 días desde el inicio de síntomas, evitando durante este tiempo el contacto con pacientes
inmunodeprimidos'.


Consideramos una irresponsabilidad la incorporación a sus puestos de trabajo, en los términos expuestos por el Ministerio de Sanidad, constituyendo un riesgo para la población, pacientes atendidos, compañeros de trabajo e incluso su propia
salud.


Tercero. España es el país con mayor número de profesionales contagiados del mundo. La solución de reincorporar a toda prisa a los profesionales sanitarios infectados o con sospechas de estarlo supone una temeridad inaceptable, que puede
provocar un aumento mayor aun de la expansión del virus entre los profesionales sanitarios, pacientes y ciudadanos.


Hemos denunciado al igual que los Colegios Profesionales, de forma reiterada, no solo la falta de test de diagnóstico, sino también de los equipos de protección necesarios, así como los riesgos a los que se estaba sometiendo a los
profesionales sanitarios al tener que afrontar la atención de primera línea sin los equipos de protección adecuados.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, dentro de sus competencias, lleve a cabo las siguientes actuaciones:


1. Asegurar los test de PCR suficientes para el personal sanitario de manera urgente, garantizando así que se aíslan los que han sido infectados, y permitiendo la reincorporación del personal sanitario que ha superado la infección.


2. Modificar el protocolo de reingreso a los puestos de trabajo del personal sanitario, haciendo condición imprescindible el haber dado negativo en la prueba PCR.


3. Establecer una planificación urgente de recursos humanos para poder cubrir las contingencias que genera la alta infestación de personal sanitario.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2020.-Ignacio Garriga Vaz de Concicao, Juan Luis Steegmann Olmedillas y Antonio Salvá Verd, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000597


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la elaboración de un plan de acompañamiento en los centros
hospitalarios para combatir las situaciones de soledad de los pacientes durante el estado de alarma provocado por el COVID-19, para su debate en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


El pasado 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud elevó el brote de COVID-19 a pandemia mundial debido a su rápida propagación en el conjunto de los territorios y, derivando así, a una emergencia sanitaria sin precedentes a
la que el mundo se está enfrentando con un coste dramático de vidas humanas.



Página 89





En España, la rapidez de la evolución de los hechos requirió la adopción del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el cual declaró el estado de alarma para frenar la propagación del COVID-19. Sin embargo, el crecimiento exponencial del
número de afectados ha puesto a prueba la capacidad de atención de nuestra sanidad pública, provocando en muchas Comunidades Autónomas un colapso hospitalario que ha obligado a tomar decisiones drásticas en cuanto a la atención de pacientes y la
creación de unidades hospitalarias reconvertidas a partir de infraestructuras que no estaban preparadas para dicha función.


En consecuencia, el aumento de la presión asistencial ha desbordado la capacidad normal de los hospitales para atender a los pacientes, especialmente aquellos que requerían de las unidades de cuidados intensivos (UCI) en los hospitales,
originando que se hayan tenido que reconvertir quirófanos y unidades de reanimación en espacios de planta con dispositivos habilitados como UCI para atender este colapso generalizado, además de utilizar recursos de los centros de titularidad privada
para atender a los enfermos más graves.


No se puede olvidar tampoco que, a los enfermos con COVID-19, se suman los de otras patologías que requieren, en múltiples casos, la misma o mayor atención debido a la gravedad de su situación, por lo que el tensionamiento del sistema
sanitario se encuentra más agravado si cabe para atender a todos los pacientes bajo las circunstancias actuales.


Desgraciadamente, el número de fallecidos diarios provocados por el coronavirus sigue siendo muy elevado. Detrás de esas cifras, está la realidad que afrontan muchos pacientes, que ven agravada su situación de enfermedad por la
incomunicación y la soledad, circunstancia que en muchos casos acaba, trágicamente, en un fallecimiento ya dramático al que se suman la soledad y la lejanía de los seres queridos.


La respuesta incansable de nuestros profesionales, entre sanitarios y sociosanitarios está siendo admirable en esta labor humanitaria, proporcionando en muchos casos sus propios medios para que los pacientes puedan hablar con sus familiares
y disponer de unos minutos de contacto con sus allegados en momentos difíciles.


Es por ello que, habida cuenta de la fatalidad que supone hacer frente al virus en unas circunstancias de extrema dificultad, consideramos necesario habilitar, en la medida de lo posible, medidas para ayudar a los pacientes a sobrellevarlas.
Especialmente a aquellos en fase crítica que pueden verse ante la situación de morir en soledad, al no poder estar en contacto con ningún ser querido desde el momento de la hospitalización. Velar por que muchas personas puedan, al menos, tener
compañía en los momentos finales de su vida es una cuestión humanitaria.


En consecuencia, con el objetivo de paliar la soledad y aislamiento de los pacientes ingresados en los hospitales con COVID-19, independientemente de la patología original causante del ingreso y, hasta que se normalice la situación
epidemiológica del coronavirus, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a que promueva, en coordinación con las Comunidades Autónomas, a través del Consejo Interterritorial de Salud, las siguientes actuaciones para favorecer el acompañamiento y paliar la
situación de soledad de todas las personas con ingresos hospitalarios que padezcan el COVID-19:


1. Permitir la accesibilidad de un familiar o ser querido que pueda acompañar a pacientes críticos con COVID-19 en los que se prevea un fallecimiento próximo para evitar que pase los momentos finales de su vida en soledad. Dicho acceso
deberá contemplarse siempre respetando el protocolo de funcionamiento del centro hospitalario, garantizando el suministro del material necesario para minimizar el riesgo de contagio, y siempre que las necesidades de equipamientos individuales de
protección de los profesionales sanitarios del centro se encontrasen previa y suficientemente cubiertas.


2. Facilitar la entrega y/o uso de medios de comunicación electrónica personales, garantizando su limpieza a la entrada, con la finalidad de facilitar el entretenimiento de los pacientes y su comunicación con el medio exterior.



Página 90





3. Organizar actividades de entretenimiento para los pacientes aislados, que no impliquen compartir material, a través de los terapeutas ocupacionales o trabajadores sociales. Asimismo, se fomentará la orientación temporoespacial de los
pacientes permitiendo que tengan objetos personales en la habitación, siempre que sea posible garantizar la limpieza y desinfección adecuadas de los mismos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2020.-Guillermo Díaz Gómez, Diputado.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


161/000615


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al desarrollo de medidas de
protección específicas para pacientes de grupos de riesgo frente a crisis como la generada por el coronavirus (COVID-19) que puedan producirse en el futuro, para su debate en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Tal y como puede observarse desde que fueron detectados los primeros casos en la ciudad de Wuhan -provincia de Hubei, China- a finales de diciembre de 2019, la capacidad de contagio y de expansión del coronavirus (COVID-19), así como su tasa
de letalidad, está superando todo tipo de fronteras y afectando a los ciudadanos con independencia de su condición y su lugar de nacimiento, de procedencia o de residencia.


No en vano, en el momento en que se redactaba esta iniciativa, el número de casos confirmados por COVID-19 en todo el mundo asciende a 1.447.490 y el de fallecidos, a 83.139.


Del conjunto de afectados y fenecidos citados, gran parte de ellos responde a un perfil caracterizado por la edad avanzada y por la existencia de afecciones médicas previas al contagio como, por ejemplo, el asma, la diabetes o las
enfermedades cardíacas.


Son las citadas patologías las que, de acuerdo con lo establecido por instituciones internacionales como la Organización Mundial de la Salud o el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades, incrementan la
vulnerabilidad de las personas para enfermar con gravedad por culpa del referido COVID-19.


Desde la plena convergencia con el planteamiento anterior, en España, donde durante la redacción de la presente Proposición no de Ley se habían registrado oficialmente un total de 146.690 pacientes contagiados y 14.555 muertos por COVID-19,
el Ministerio de Sanidad contempla como personas de riesgo en sus protocolos de actuación frente al mencionado coronavirus a los ciudadanos que presentan una edad superior a los 60 años y a los que padecen patologías cardiovasculares, hipertensión
arterial, diabetes, enfermedades pulmonares de carácter crónico, cáncer e inmunodepresión, así como a las mujeres embarazadas.


Son, en todos los casos, pacientes en los que las diferentes medidas que las administraciones están implementando para favorecer la protección de los ciudadanos frente al COVID-19 han de aplicarse con mayor intensidad, si cabe, con el
objetivo de evitar la infección y las posibles complicaciones severas para la salud.


Por ello, y tomando en consideración con anterioridad al coronavirus (COVID-19), tuvimos que afrontar crisis sanitarias similares -aunque con un impacto sanitario, social y económico más reducido- como las que generaron el SARS en 2002, la
'gripe aviar' en 2005, la 'gripe A' en 2009 o el ébola en 2014, y que casi con total certidumbre tendremos que afrontar situaciones análogas en el porvenir,


El Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a diseñar, en coordinación con las Comunidades Autónomas y las sociedades científicas, protocolos de actuación específicos con los que garantizar la



Página 91





preservación de la salud de pacientes considerados de riesgo ante crisis sanitarias que, del modo en el que se está produciendo la pandemia por coronavirus (COVID-19), puedan acontecer en España en el futuro.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2020.-José Ignacio Echániz Salgado, Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo y Elvira Velasco Morillo, Diputados.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular
en el Congreso.


161/000618


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Juan Luis Steegmann Olmedillas, D. Ignacio Garriga Vaz de Concicao y D. Antonio Salvá Verd, en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), respectivamente, al amparo de
lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa al aprovisionamiento de medidas de protección adecuadas (mascarillas) para el personal que debe ser considerado de alto
riesgo, para su discusión en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Primero. El Coronavirus SARS-Cov-2 puede vehiculizarse en aerosoles y, así, ser transmisible.


Recientemente, el Comité Permanente de Academias Nacionales en enfermedades infecciosas emergentes y amenazas a la salud del siglo XXI (National Academies Standing Committee on Emerging Infectious Diseases and 21st Century Health Threats, en
su dicción inglesa) ha emitido un informe urgente, que ha salido a la luz el pasado 2 de abril. Dicho informe concluye que el nuevo coronavirus, el SARS-Cov-2, es transportado por aerosoles a través del habla o la exhalación, de manera que la
transmisión por aerosoles sería la tercera forma de transmisión del virus, siendo la primera a través de gotitas que se forman tras el estornudo o la tos y, la segunda, la transmisión por fómites 1 o vectores pasivos.


Segundo. El Ministerio de Sanidad ha emitido recomendaciones sobre el uso de mascarillas que son ambiguas, en su contenido y en su redacción, y se contradicen entre sí.


En la 'Guía de actuación frente a COVID-19 en los profesionales sanitarios y sociosanitarios' (Versión 8 de abril de 2020) del Ministerio de Sanidad, se afirma que 'Todos los profesionales sanitarios deberán colocarse una mascarilla
quirúrgica antes de la atención de un paciente con síntomas respiratorios'.


Asimismo, en el 'Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-Cov-2', de 8 de abril de 2020, se señala en su página 13, que: 'La protección respiratoria generalmente
recomendada para los profesionales de la salud que pueda estar en contacto a menos de dos metros con casos posibles, probables o confirmados es una mascarilla autofiltrante tipo FFP2 o media máscara provista con filtro contra partículas P2. Este
tipo de protección respiratoria será también la recomendada cuando la evaluación específica del riesgo así lo requiera. En caso de escasez de equipos de protección el personal sanitario también podrá usar mascarillas quirúrgicas en combinación con
otras medidas preventivas (ver anexo III)'.


Las medidas recogidas en este anexo van desde el uso extendido, la priorización del uso, las máscaras completas EN136 más filtros EN143, y las pantallas faciales EN166.


Hay que hacer notar que el documento utiliza la palabra 'podrá' (potestativo = recomendación) en vez de 'deberá' (imperativo = obligación), lo que deja al documento en una ambigüedad impropia de un procedimiento que, por su naturaleza, debe
ser obligatorio y no orientativo, ya que el trabajador no es el que debe proveerse de protección, siendo el empleador el que se la debe facilitar.


Tercero. El Ministerio de Sanidad clasifica como de bajo riesgo actividades que, con criterio científico-técnico, deberían ser consideradas de alto riesgo en momentos de pandemia y crisis sociosanitaria. Por otra parte, en el citado
Procedimiento, se clasifica como de bajo riesgo a las actividades del Personal


1 Fómites: Objeto carente de vida o sustancia que, si se contamina con algún patógeno viable, tal como bacterias, virus, hongos o parásitos, es capaz de transferir dicho patógeno de un individuo a otro.



Página 92





sanitario cuya actividad laboral no incluye contacto estrecho con una persona sintomática, por ejemplo, las siguientes:


a) Acompañantes para traslado.


b) Celadores, camilleros, trabajadores de limpieza.


c) Personal de laboratorio responsable de las pruebas de diagnóstico virológico.


Hay que señalar que en el 'Procedimiento de actuación frente a casos de infección por el nuevo coronavirus (SARS-Cov-2)' -actualizado a 11 de abril de 2020- en su página 4, se define como contacto estrecho de casos posibles, probables o
confirmados a 'cualquier persona que haya proporcionado cuidados mientras el caso presentaba síntomas: trabajadores sanitarios que no han utilizado las medidas de protección adecuadas, miembros familiares o personas que tengan otro tipo de contacto
físico similar'.


Por lo tanto, resulta pertinente subrayar que los celadores, camilleros o trabajadores de limpieza proveen de cuidados indudables y, a veces, con prolongadas exposiciones. Por ello, resulta contradictorio que no entren en la clasificación
de contacto estrecho, negándoles la utilización de medidas de protección adecuada propias de las recomendadas para los otros profesionales sanitarios, lo que les convierte en contactos estrechos, precisamente por la falta de protección.


Por otra parte, dado que es imprevisible que los profesionales de seguridad puedan en cualquier momento tener contacto estrecho con casos confirmados, posibles o probables, resulta preciso que sean considerados de alto riesgo.


Cuarto. El Ministerio de Sanidad considera de bajo riesgo a actividades esenciales para el control de esta epidemia.


Resulta del todo absurdo que cuando el éxito sobre la epidemia de Coronavirus depende de la realización adecuada de tests, no se proteja a los trabajadores de los laboratorios de virología, que deberían ser considerados unos de los más
esenciales.


Sexto. En última instancia, cabe destacar igualmente la contradicción en la que incurre el Ministerio de Sanidad cuando considera de bajo riesgo la exposición a fómites al mismo tiempo que proclama que la transmisión por contacto es la más
importante.


Asimismo, debe tenerse en consideración que: i) en esta emergencia sanitaria se debe aplicar el principio de precaución; ii) que a fecha 11 de abril de 2020 ya hay 25.000 sanitarios infectados, 5.600 en los últimos seis días, y iii) que
hay evidencia de que el virus se puede transmitir en forma de aerosoles.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas y acciones siguientes:


1. Establecer la clasificación de alto riesgo del siguiente personal y/o trabajadores:


a) Personal sanitario asistencial y no asistencial que atiende a un caso posible, probable o confirmado, independiente de si en ese momento tiene síntomas.


b) Técnicos de transporte sanitario, si hay contacto directo con un caso posible, probable o confirmado, independiente de si en ese momento tiene síntomas.


c) Situaciones en las que no se puede evitar un contacto estrecho en el trabajo con una persona sintomática.


d) Los profesionales sanitarios como celadores, camilleros, acompañantes de vehículos de traslado y limpiadoras.


e) Personal de laboratorio responsable de las pruebas de diagnóstico virológico.


f) Personal no sanitario que tenga contacto con material sanitario, fómites o desechos posiblemente contaminados.


g) Personal de seguridad.


2. Proveer de mascarillas tipo FFP2 a los profesionales de alto riesgo, reservando las mascarillas quirúrgicas para exposiciones de bajo riesgo.



Página 93





3. Proveer a los profesionales de seguridad de mascarillas quirúrgicas, y tendrán siempre una provisión de mascarillas FFP2 por si la precisan.


4. Proveer de mascarillas tipo FFP3 en los procedimientos en los que se generan aerosoles.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2020.-Juan Luis Steegmann Olmedillas, Ignacio Garriga Vaz de Concicao y Antonio Salvá Verd, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000620


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Juan Luis Steegmann Olmedillas y D. José Ramírez del Río, en sus condiciones de Portavoz y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), respectivamente, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley en relación al reconocimiento de la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias Sanitarias, para su discusión en la Comisión de
Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Primero. La crisis por Coronavirus ha puesto de manifiesto la gran importancia de los servicios de urgencia que ofrecen los hospitales españoles. Es evidente que existe una necesidad de dotación de medios tanto humanos como técnicos, que
debe ser solventada lo antes posible.


El personal sanitario, en el desempeño de sus funciones, está resultando extraordinario y esencial. Debemos, por tanto, atender a las reclamaciones que nuestros doctores de urgencias y emergencias sanitarias llevan manifestando desde hace
mucho tiempo, reconociendo su especialidad.


Según información aportada por la Sociedad Española de Medicina de Urgencias y Emergencias (SEMES), la atención sanitaria urgente en España supone un volumen importante en el conjunto de prestaciones que el Sistema Sanitario pone a
disposición del ciudadano. En el año 2018, realizó casi 28 millones de consultas en los Servicios de Urgencias Hospitalarios (SUH), y varios millones más de asistencias llevadas a cabo por los Sistemas de Emergencias Médicas (SEM). Esta prestación
se debe producir y se produce las 24 horas, los siete días de la semana y los 365 días del año, lo que implica la compatibilización de las necesidades de atención de los ciudadanos y los derechos de los profesionales.


A nivel mundial esta especialidad es aceptada, conformando un Servicio Público Esencial dentro del resto de prestaciones de cualquier Sistema Sanitario.


La Especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias existe en 22 países de la Unión Europea, teniendo reconocida su propia sección y 'board' por la Unión Europea de Médicos Especialistas (UEMS). Cabe destacar que en España existe la
especialidad en el ámbito militar desde el año 2016, siendo aún más incongruente su no existencia en el ámbito civil.


La legislación española, en convergencia con lo contenido en la normativa europea, recoge claramente cómo debe ser esta formación de cinco años, sin que se haya producido esta decisión por parte de los responsables de los diferentes
Ministerios de Sanidad hasta el día de hoy.


Segundo. Debemos referirnos al Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada,
en cuyo artículo 2, párrafo segundo, señala expresamente que 'de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, corresponde al Gobierno la creación de nuevos títulos de especialista o la modificación y supresión
de los que se relacionan en el anexo I, según lo requieran las necesidades del sistema sanitario, la evolución de los conocimientos científicos en la formación de especialistas en Ciencias de la Salud y su adaptación a las directrices derivadas de
la normativa comunitaria sobre la materia'.


En cuanto a la referencia de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, cabe destacar los apartados primero y tercero del artículo 2, que establecen lo siguiente:


'1. De conformidad con el artículo 36 de la Constitución, y a los efectos de esta ley, son profesiones sanitarias, tituladas y reguladas, aquellas cuya formación pregraduada o especializada se dirige específica



Página 94





y fundamentalmente a dotar a los interesados de los conocimientos, habilidades y actitudes propias de la atención de salud, y que están organizadas en colegios profesionales oficialmente reconocidos por los poderes públicos, de acuerdo con
lo previsto en la normativa específicamente aplicable.


3. Cuando así resulte necesario, por las características de la actividad, para mejorar la eficacia de los servicios sanitarios o para adecuar la estructura preventiva o asistencial al progreso científico y tecnológico, se podrá declarar
formalmente el carácter de profesión sanitaria, titulada y regulada, de una determinada actividad no prevista en el apartado anterior, mediante norma con rango de ley.'


Asimismo, el artículo 16 de la Ley 44/2003 recoge el procedimiento específico para el establecimiento, supresión o cambio de denominación de los títulos de Especialistas en Ciencias de la Salud, según el cual:


'1. Corresponde al Gobierno, a propuesta de los Ministerios de Educación, Cultura y Deporte y de Sanidad y Consumo, previo informe de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, del Consejo Nacional de Especialidades en
Ciencias de la Salud y de la organización u organizaciones colegiales que correspondan, el establecimiento de los títulos de Especialistas en Ciencias de la Salud, así como su supresión o cambio de denominación.


2. El título de especialista tiene carácter oficial y validez en todo el territorio del Estado.'


Por último, la disposición transitoria quinta de la citada Ley, referida a la creación de nuevos títulos de Especialista, afirma que 'cuando, conforme a lo previsto en el artículo 16 de esta ley, sean establecidos nuevos títulos oficiales de
especialista en Ciencias de la Salud, el Gobierno adoptará las medidas oportunas para posibilitar el acceso al nuevo título de los profesionales que hubieran prestado servicios en el ámbito de la nueva especialidad y cumplan los requisitos que
reglamentariamente se establezcan. Asimismo, adoptará las medidas oportunas para la inicial constitución de la correspondiente Comisión Nacional de la Especialidad'.


Todo lo señalado anteriormente se enmarca dentro de las competencias exclusivas que asigna al Estado la Constitución Española en su artículo 149.1.16.ª, referido a las competencias exclusivas en materia de sanidad exterior, bases y
coordinación general de la sanidad y legislación sobre productos farmacéuticos.


Tercero. Actualmente, todo doctor que desempeña su actividad en el departamento de urgencias, se encuentra englobado en especialidades como Médico de Familia o Médico Internista. Considerando que el trabajo de este servicio es lo
suficientemente específico, como así se ha demostrado para el buen desarrollo de la actividad sanitaria, debemos reconocerlo de manera concreta, específica e implantar esta especialidad tan necesaria en un tiempo de crisis como el que atraviesa
España.


Regular hoy en esta materia exige tener presente la progresiva implantación y desarrollo en el contexto europeo, mayoritario en cuanto al reconocimiento de la especialidad de urgencias y emergencias, como hemos citado.


A tenor de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Llevar a cabo todas las acciones y medidas que sean necesarias, dentro del marco de sus competencias reconocidas en el artículo 149.1.16.º y de conformidad con el artículo 16 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las
profesiones sanitarias, con el fin de establecer la Medicina de Urgencias y Emergencias Sanitarias como nuevo Título Oficial de Especialista en Ciencias de la Salud.


2. Adoptar todas las medidas necesarias para que estos servicios tengan sus propios internos, reciban una formación específica y obtengan complementos salariales correspondientes a su esencial especialidad.



Página 95





3. Adoptar las medidas oportunas para posibilitar el acceso al nuevo título de los profesionales que hubieran prestado servicios en el ámbito de la nueva especialidad y cumplan los requisitos que reglamentariamente se establezcan'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2020.-Juan Luis Steegmann Olmedillas y José Ramírez del Río, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000625


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario Plural.


Proposición no de Ley sobre apoyo a la Sanidad pública.


Acuerdo:


Considerando que se solicita el debate de la iniciativa en Comisión, y entendiendo que las previsiones contenidas en los puntos 3 a 5 se harían, en todo caso, por el procedimiento reglamentario pertinente, admitirla a trámite como
Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Sanidad y Consumo. Asimismo, dar traslado de acuerdo al Gobierno, al Grupo proponente y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes
Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plural, a instancia de Joan Baldoví Roda, Diputado de Compromís, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre apoyo
a la sanidad pública, para su debate en la Comisión Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


En la actualidad y frente la situación de emergencia internacional a causa de COVID-19 se ha demostrado más si cabe la imperiosa necesidad de contar con un sistema de salud pública con las mejores garantías posibles para refirmar el derecho
a la sanidad universal en cualquier circunstancia. Los aplausos a los trabajadores y trabajadoras del sector sanitario que han y siguen haciendo frente a la situación no pueden quedarse en una muestra esporádica de apoyo, sino que han de
reafirmarse en medidas políticas que refuercen sus condiciones de trabajo y que en última instancia garanticen el servicio a la ciudadanía.


Esta crisis sanitaria de enormes magnitudes ha vuelto a demostrar que es la sanidad pública la que en primera y última instancia garantiza la práctica totalidad del peso del derecho a la sanidad de la ciudadanía en cualquier circunstancia.
Esta crisis ha visualizado como los recortes y privatizaciones en el sector sanitario pueden provocar efectos devastadores frente a situaciones de especial riesgo. Esta crisis ha demostrado que los servicios públicos y la fuerza de las
instituciones que las sustentan son a la hora de la verdad la mayor garantía de los derechos de la ciudadanía.


El artículo 25.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos garantiza a toda persona el derecho a la sanidad, tal y como reconoce también la Carta Social Europea y la Constitución española. No



Página 96





obstante, los marcos de gran consenso jurídico han de actualizarse para blindar los recursos y los derechos que se derivan de la sanidad pública. Más bien al contrario, en la última década hemos visto la modificación de cartas magnas como
es el caso de la Constitución española para modificar artículos, así se dio con el artículo 135, que han legitimado un descenso de recursos en la sanidad pública y otros servicios públicos como la educación en beneficio de un auge privatizador de
servicios que como se han visto estas semanas pone en peligro vidas y derechos fundamentales.


Todo esto contribuirá a dar pleno sentido a elementos tan importantes como la definición del artículo 1.1 de la Constitución, que califica el Estado español como 'social', y que como tal se exhorta en el artículo 9.2 a ordenar los poderes
públicos a aplicar las medidas para que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas. El Estado social es, entonces, un compromiso específico en la lucha por los valores del ordenamiento que obliga a todos los poderes locales, autonómicos o
del Estado. En la actual crisis, entender la salvaguardia de la salud como un factor clave de igualdad, será una necesidad que permita a la ciudadanía recuperar la esperanza, la confianza y favorecer la cohesión social.


Por todo ello, presento la siguiente


Proposición no de Ley


'1. Expresar el apoyo político de la institución al modelo de servicio público de salud universal y de calidad, así como el compromiso de aumentar el presupuesto público destinado a este objetivo y de promover el estudio de reformas que le
permitan asegurar una adecuada planificación estratégica basada en la evidencia científica y el cumplimiento de los principios de equidad.


2. Hacer extensiva a esta institución el reconocimiento de los trabajadores y trabajadoras de la sanidad pública por su intenso trabajo y comprometiéndose a velar para que puedan trabajar en las condiciones adecuadas frente cualquier
circunstancia.


3. Proponer una reforma constitucional que otorgue el Derecho a la salud su plena y máxima relevancia. Para eso convendría situar en la sección primera del capítulo segundo del título primero el derecho a la salud y el reconocimiento de la
asistencia sanitaria universal. Este derecho se enuncia en la Constitución, pero mientras no tenga protección jurisdiccional directa y amparo, de reserva de ley orgánica o de reforma por mayoría reforzada, no se considera derecho subjetivo pleno
(art. 53).


4. Proponer una reforma legislativa que impida prácticas de descapitalización de la sanidad pública en beneficio de la sanidad privada.


5. Proponer una reforma legislativa que garantice un mínimo de inversión a la investigación sanitaria.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2020.-Joan Baldoví Roda, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Plural.


161/000627


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán y D. Rodrigo Jiménez Revuelta en sus condiciones de Portavoz Adjunta y Diputado del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso
de los Diputados, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la apertura y rehabilitación del Hospital Policlínico de Segovia.


Exposición de motivos


Primero. El año 1942 marca el origen del Complejo Asistencial de Segovia, siendo en esa fecha cuando se aprobó la construcción intramuros de la Ciudad de una clínica que se denominaría '18 de Julio', actualmente Hospital Policlínico. El
presupuesto fue de 1.860.461,97 pesetas, finalizando las obras e inaugurándose a mediados de los años cuarenta.


Con un presupuesto superior, unos 300 millones de pesetas, el hoy Hospital General inició su andadura el 20 de noviembre de 1974, estando presidida su inauguración por el Excmo. Sr. Ministro de Trabajo y Seguridad Social D. Licinio de la
Fuente.



Página 97





Su localización es la carretera de Ávila y tuvo el nombre de 'Residencia Sanitaria de la Seguridad Social Licinio de la Fuente'. La unión de los dos hospitales, que originaron el Complejo, se produjo en el año 1989, asignándoles algunas
consultas y servicios centrales del antiguo ambulatorio Ntra. Sra. de la Fuencisla.


En febrero del año 2000, comenzaron los trabajos de remodelación del Hospital General, que han transformado totalmente el Hospital configurado la estructura actual del mismo, siendo reinaugurado por el presidente de la Junta de Castilla y
León, D. Juan Vicente Herrera Campo, el 1 de marzo de 2007.


Segundo. Segovia es la única provincia de Castilla y León, dependiente de la Gerencia Regional de Salud de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, que carece de Complejo Hospitalario al contar únicamente con un solo e
insuficiente equipamiento, el denominado Hospital General de Segovia.


La provincia de Segovia padece la más deficiente dotación de camas hospitalarias de todo el Sistema Público de Salud de todo el Estado, disponiendo de una ratio de 2,41 camas por cada 1.000 habitantes, cuando el resto de Castilla y León
dispone de 3,9.


Esta situación supone una ineficiente gestión de los recursos y afecta gravemente a la prestación de calidad de un servicio esencial, como es de la Sanidad, discriminando a los ciudadanos segovianos.


Existe hoy una Plataforma que lleva años luchando para la rehabilitación del Policlínico, denominada 'Plataforma en defensa del Policlínico' comprometida en conocer en profundidad, divulgar y sensibilizar respecto de la necesaria
incorporación del citado inmueble al sistema público de salud.


Tercero. Además parece que los segovianos no es la primera vez que luchan contra este tipo de injusticias, ya que la construcción del Hospital General de Segovia se construyó en 1974, no sin antes llevar años, concretamente desde 1955, para
la construcción de una residencia que complementara los servicios del Policlínico, ya que en el año 1967 Segovia era la única provincia española que no tenía residencia del S.O.E., esto en un momento en el que la situación sanitaria había cambiado
al entrar en vigor el 1 de enero de 1967 la Ley de Seguridad Social, en cumplimiento de la cual empezaban a beneficiarse del Seguro Obligatorio de Enfermedad los trabajadores del campo, incluidos los autónomos, lo que para Segovia suponía un aumento
considerable de personas con derecho a la atención sanitaria, y provocando una saturación y una demanda de una residencia. Es entonces cuando un informe del Consejo Provincial del Instituto Nacional de Previsión, dejaba patente la necesidad de
construir la Residencia para cubrir las necesidades de los segovianos.


Hasta que no llegó el llamado II Plan de Desarrollo, que pretendía corregir diferencias entre las distintas Provincias, se proyectó la construcción de una Residencia Sanitaria para Segovia, y que tras la reunión con el reciente nombrado
Ministro de Trabajo, D. Licinio de la Fuente, se propusiera la construcción de dicha Residencia, ya con su finalización en 1974.


Cuarto. Por otro lado, en noviembre de 2008 se ordenó el cierre definitivo del Hospital Policlínico según parece ser 'por el deficiente estado de conservación del inmueble' y porque supuestamente los servicios sanitarios que se prestaban se
asumirían por la ampliación del nuevo Hospital de Segovia de 2007.


En consecuencia, desde el año 2009, se lleva luchando por la reapertura del Policlínico, significando la travesía que los segovianos tienen que pasar hasta que se les tenga en consideración, no como en otras provincias de Castilla y León con
unas infraestructuras y servicios sanitarios a la altura de los ciudadanos y considerado como un servicio elemental por parte del Estado.


Quinto. El Policlínico contaba con los siguientes servicios:


- 26 camas de geriatría y paliativos.


- 10 de medicina interna.


- 24 estancias medias psiquiátricas.


- 22 de cirugía.


- 25 otros usos.


Total: alrededor de 120 camas.


Y además de urgencias, también centro de rehabilitación de día, consultorio de atención a la mujer y consultas varias.


Por otro lado, cabe recordar que la titularidad del Hospital Policlínico de Segovia corresponde a la Administración del Estado -como así consta en el Registro de la Propiedad-, y concretamente al Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Asimismo está adscrito al uso sanitario a los fines previstos en



Página 98





la Ley 4/1986 de 8 de enero de cesión de bienes de Patrimonio Sindical Acumulado. La Administración autonómica solo lo tuvo cedido en uso, habiendo procedido a su devolución en febrero de 2014.


Sexto. A día de hoy, la situación en Segovia es la más preocupante en cuanto a infectados de la Comunidad de Castilla y León, según los datos oficiales de la página web de la Junta de Castilla y León, que refleja los datos actualizados
sobre la crisis sanitaria del COVID-19.


[**********página con cuadro**********]


De hecho, se comprueba que Segovia es la segunda provincia que menos habitantes tiene después de Soria y cuyo porcentaje de infectados con respecto a la población es del 1,20 % muy por encima de la media que es 0,51 % de toda la Comunidad de
Castilla y León.


[**********página con cuadro**********]


También Segovia es la provincia que mayor porcentaje de muertes tiene por cada 1.000 habitantes con el 0,95 % muy parecido a Soria, cuando la media es del 0,53 % en la Comunidad, prácticamente el doble.



Página 99





Es decir, está en el ranking de nuevos infectados, a la cabeza y con diferencia con el restos de provincias de Castilla y León. En el último dato, la Junta de Castilla y León, ha confirmado nada más y nada menos que 85 nuevos infectados,
incluso superior a Salamanca con una población el doble que la segoviana.


Esos 85 casos, más los últimos producidos en días anteriores, superando el centenar de casos diarios, se atienden en el Hospital General de Segovia, que está al límite. Hay 28 camas de cuidados intensivos. La totalidad de las cuales se
encuentran ocupadas para desesperación de los médicos de la provincia.


Hace unos días, el Consejo de Colegios Médicos de Castilla y León remitió una carta a la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, denunciando que Segovia y Soria están saliendo peor paradas que el resto de provincias en la
gestión de la crisis sanitaria. En ella reclamaban a la Consejería de Sanidad una 'correcta distribución de recursos asistenciales'.


Esto significa que si Segovia tuviera abierto el Policlínico esta situación se hubiera visto cubierto con todas las garantías sanitarias.


De hecho, en declaraciones a varios medios el Presidente del Colegio Oficial de Médicos de Segovia manifiesta que las cifras se están manipulando y que no son reales, y que el Hospital de Segovia está colapsado.


Séptimo. También la Mesa en Defensa de la Sanidad Pública de Segovia (Medsap Segovia) ha denunciado que en Segovia se han dejado sentir las carencias de medios, hasta el punto de desbordarse las capacidades del Hospital General, a la que
sumó un segundo hospital de campaña montado provisionalmente, que aún no ha entrado en funcionamiento, y todo cuando, paradójicamente, la capital cuenta con una segunda infraestructura hospitalaria, el Policlínico. En su opinión, la negativa
reiterada de las autoridades autonómicas a su utilización tiene que ser 'asumida como un gran error que debe ser corregido cuanto antes'. Asimismo, Medsap Segovia ha manifestado que cuando termine la pandemia del coronavirus, serán 'firmes en la
denuncia y la exigencia de responsabilidades' a los que, con sus políticas, han sido los responsables de 'una buena parte del sufrimiento actual'. Lamentaron, a su vez, que se montara un hospital de campaña que 'no ha podido entrar en
funcionamiento debido a la falta de equipos, material y profesionales'.


La Mesa en Defensa de la Sanidad Pública recordó que la Plataforma en Defensa del Policlínico y otros muchos colectivos ciudadanos, llevan años reclamando a la Junta que las instalaciones, situadas en el recinto amurallado de Segovia, se
conviertan en un hospital de estancias medias, que 'en circunstancias como las actuales hubiera sido esencial', y consideraron que se debe de corregir este error cuanto antes.


Además, remarcaron el trabajo de médicos, enfermeras, auxiliares, personal de administración y servicios, limpiadoras y conductores de ambulancias, que es 'imprescindible' para que funcione esta compleja maquinaria que es la sanidad pública.
Profesionales que 'se están dejando la piel en su trabajo', con precariedad de medios y 'el riesgo de contagio al que están expuestos por no contar con los elementos de protección personal apropiados', así como 'la presión con la que desempeñan su
labor'.


Octavo. Además en Segovia se han procedido a realizar inversiones en infraestructuras mastodónticas y altamente costosas, que habiéndose iniciado hace años, todavía no han visto finalizada sus obras, disparando los costes.


Hablamos del edificio del Círculo de las Artes y la Tecnología (CAT), que inició sus obras el 2011 y todavía no se ha finalizado con un coste que ronda los 25 millones de euros, y del Teatro Cervantes, que inició sus obras, igualmente, en
2011 y que por unas causas u otras sigue sin terminarse, con un coste que se ha ido encareciendo hasta los 14 millones de euros.


Noveno. El artículo 149.1.1.ª de la Constitución española señala expresamente que es competencia exclusiva del Estado 'la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los
derechos'. La citada competencia obliga a los poderes públicos y, en particular, al Estado a asegurar la igualdad en las condiciones básicas de protección de la salud en todo el territorio nacional. Este título competencial ha sido utilizado por
el Tribunal Constitucional como elemento de referencia para interpretar el contenido de los títulos competenciales del Estado y de las Comunidades Autónomas en materia sanitaria.


De otra parte, el artículo 158.1 CE se refiere a la 'garantía de un nivel mínimo en la prestación de los servicios públicos fundamentales en todo el territorio español'.



Página 100





Por otro lado, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, establece en su artículo 3 lo siguiente:


'1. Los medios y actuaciones del sistema sanitario estarán orientados prioritariamente a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades.


2. La asistencia sanitaria pública se extenderá a toda la población española. El acceso y las prestaciones sanitarias se realizarán en condiciones de igualdad efectiva.


3. La política de salud estará orientada a la superación de los desequilibrios territoriales y sociales.'


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a suscribir un convenio de colaboración con la Junta de Castilla y León en el que se comprometa a llevar a cabo todas las acciones y medidas necesarias a fin de recuperar y rehabilitar el
Hospital Policlínico sito en la provincia de Segovia, así como su incorporación posterior al servicio regional de salud.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2020.-Rodrigo Jiménez Revuelta, Diputado.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000631


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán y D. Ricardo Chamorro Delmo, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa al contagio del virus SARS-CoV-2 (COVID-19) de Wuhan (China) a través de insectos vectores para su discusión en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


Primero. Desde que se ha decretado la alerta sanitaria, las primeras aproximaciones afirman que los animales, y en especial las mascotas, no transmiten el virus ni se pueden contagiar. Sin embargo, a día de hoy, no es una afirmación que se
pueda hacer de manera categórica, ya que la información científica que poseemos sobre el virus SARS-CoV-2 (COVID-19) de Wuhan (China) es escasa o nula por ser una enfermedad de origen vírico desconocida hasta la fecha.


Segundo. Por su parte, la Organización Mundial de la Salud (OMS) también ha reconocido que todavía no existen pruebas científicas que señalen que las mascotas puedan ser portadoras y transmisoras del virus SARS-CoV-2 (COVID-19) de Wuhan
(China) y que, por tanto, los animales no pueden contagiar esta enfermedad de manera directa a los humanos.


Tercero. Ahora bien, sí tenemos evidencia científica de que los mosquitos, las moscas, las pulgas y otros insectos son transmisores de numerosas enfermedades como el dengue, la malaria o la leishmaniosis, pero también la esquistosomiasis,
la fiebre amarilla o la chikungunya, por lo que pudieran servir de vectores en la propagación indirecta de esta nueva enfermedad entre animales y humanos.


Cuarto. Esto supone un verdadero desafío para la lucha contra esta enfermedad, por cuanto que este tipo de vectores pueden ser claves para la transmisión del virus. Además, a ello se suma la problemática de que con la llegada de las altas
temperaturas y del verano, la temporada de eclosión de las larvas de esta clase de insectos está a punto de comenzar, lo que pudiera complicar la actual crisis sanitaria y causar un empeoramiento de la situación.


Quinto. Así pues, es fundamental que el Gobierno fomente la investigación sobre la materia para determinar cuál es el potencial de transmisión del virus SARS-CoV-2 (COVID-19) de Wuhan (China) de manera indirecta por medio de este tipo de
vectores y desarrolle un plan de contingencia; al mismo tiempo que lleve a cabo soluciones como la fumigación tanto de zonas urbanas como rurales en todo el territorio nacional, en especial cuando se aproxima la temporada de verano.



Página 101





Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Impulsar y fomentar la investigación científica para determinar si es posible la transmisión del virus SARS-CoV-2 (COVID-19) de Wuhan (China) a través de vectores como los mosquitos, moscas, pulgas y otros insectos.


2. Establecer, por medio de esa investigación, cuál es el alcance de la transmisión y, por tanto, adoptar las medidas sanitarias necesarias para evitar el contagio, en especial de cara a la temporada de primavera-verano.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2020.-Ricardo Chamorro Delmo, Diputado.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades


161/000610


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley solicitando un estudio de impacto de
las medidas adoptadas por la crisis sanitaria COVID-19 y el diseño de un plan de refuerzo respecto a los estudiantes universitarios, para su debate en la Comisión de Ciencia, innovación y universidades.


Exposición de motivos


Recientes estudios, como los informes OEI 'Efectos del coronavirus en la educación', 'COVID-19 Impact on Education' de la UNESCO o 'COVID-19 has thrust universities into online learning-how should they adapt?' de Brookings.edu, alertan ya
de los efectos negativos que la crisis sanitaria COVID-19 va a tener, a corto y a largo plazo, sobre los estudiantes españoles, especialmente sobre los universitarios por ser los perjudicados más inmediatos de esta crisis al estar más próximos a la
incorporación de un mercado laboral muy castigado por la crisis. Las evidencias científicas con las que contamos, y que parten del estudio de otras crisis, apuntan a una reducción de nivel en las cualificaciones, a una reducción de salarios y a un
aumento del desempleo.


Esos efectos se agravan cuando durante meses y de forma abrupta la docencia ha tornado de presencial a on line sin que exista uniformidad en las posibilidades de acceso de los estudiantes a dicha formación por problemas de conectividad o
carencia de medios, por deficiencia, ineficencia o insuficiencia de las plataformas digitales, la desigual respuesta de la planificación docente, la incertidumbre ante la duración del confinamiento, la afectación de la enfermedad, etc.


Nuestros estudiantes son el principal activo de la recuperación del país y debe formar parte de nuestras principales preocupaciones sin que pueda dejarse su futuro al albur de la casualidad o la suerte. Los responsables políticos debemos
esforzarnos en dar respuestas inmediatas y certeras a los problemas que intuimos o sabemos que van a producirse.


Por ello, no cabe demorar los estudios serios que permitan soluciones adecuadas y planificadas para amortiguar en lo posible los efectos negativos de la crisis sanitaria COVID-19 en nuestros estudiantes universitarios o en aquellos que se
incorporaran el curso próximo a la Universidad.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Realizar un estudio riguroso para obtener datos concretos sobre las consecuencias de las medidas adoptadas a nivel formativo, social y económico de esta pandemia, así como las consecuencias futuras



Página 102





(formación y salarios) sobre las promociones de estudiantes universitarios afectados por este curso anómalo.


Diseñar, junto a representantes de la Conferencia de rectores de las universidades españolas, de los Consejos sociales, responsables autonómicos, representantes del Consejo de estudiantes universitarios del Estado y, cuando corresponda, de
los Colegios profesionales, un plan de refuerzo a disposición de los estudiantes universitarios que concluyan su grado el presente año que permita disminuir el impacto negativo que pudiera tener en su formación el desarrollo anómalo de este curso
académico.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2020.-María Jesús Moro Almaraz y María Sandra Moneo Díez, Diputadas.-Cayetana Álvarez de Toledo Peralta-Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000629


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D.ª Macarena Olona Choclán, D. Pedro Fernández Hernández, D.ª Mireia Borrás Pabón y D. Francisco José Contreras Peláez, en su condición de Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX) respectivamente, al amparo de lo
dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la creación de empresas, fundaciones u otras personas jurídicas dedicadas a la exclusiva
investigación del SARS-CoV-2 (COVID-19), para su debate ante la Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades.


Exposición de motivos


Primero. El apartado VII de la Exposición de Motivos de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, destaca como principio informador de la norma que 'el auge de la sociedad de la información, el fenómeno de la
globalización y los procesos derivados de la investigación científica y el desarrollo tecnológico están transformando los modos de organizar el aprendizaje y de generar y transmitir el conocimiento. En este contexto, la Universidad debe liderar
este proceso de cambio y, en consecuencia, reforzar su actividad investigadora para configurar un modelo que tenga como eje el conocimiento. La Ley otorga, mediante un título propio, carta de naturaleza a la actividad investigadora en la
Universidad [...]para que las innovaciones científicas y técnicas se transfieran con la mayor rapidez y eficacia posibles al conjunto de la sociedad y continúen siendo su principal motor de desarrollo'.


Dicho principio informador tiene su reflejo en el artículo 39 de la citada Ley de Universidades cuando dispone respecto a la investigación, transferencia del conocimiento y las funciones de la universidad que 'la universidad tiene, como uno
de sus objetivos esenciales, el desarrollo de la investigación científica, técnica y artística y la transferencia del conocimiento a la sociedad, así como la formación de investigadores e investigadoras, y atenderá tanto a la investigación básica
como a la aplicada'.


Segundo. En este sentido, en relación con el fomento de la investigación, del desarrollo científico y de la innovación tecnológica en la Universidad, el artículo 41.2.f) de la Ley Orgánica 6/2001 establece como objetivo, entre otros, el de
asegurar 'la coordinación de la investigación entre diversas Universidades y centros de investigación, así como la creación de centros o estructuras mixtas entre las Universidades y otros Organismos públicos y privados de investigación y, en su
caso, empresas'.


Asimismo, el apartado 3 del artículo 42 dispone que 'la transferencia del conocimiento es una función de las universidades. Estas determinarán y establecerán los medios e instrumentos necesarios para facilitar la prestación de este servicio
social por parte del personal docente e investigador. El ejercicio de dicha actividad dará derecho a la evaluación de sus resultados y al reconocimiento de los méritos alcanzados, como criterio relevante para determinar su eficiencia en el
desarrollo de su actividad profesional.


Las universidades fomentarán la cooperación con el sector productivo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 83 2. A tal efecto, promoverán la movilidad del personal docente e investigador, así como el


2 'Los grupos de investigación reconocidos por la Universidad, los Departamentos y los Institutos Universitarios de Investigación, y su profesorado a través de los mismos o de los órganos, centros, fundaciones o estructuras organizativas
similares de la Universidad dedicados a la canalización de las iniciativas investigadoras del profesorado y a la transferencia de los resultados de la investigación, podrán celebrar contratos con personas, Universidades o entidades públicas y
privadas para la realización de trabajos de carácter científico, técnico o artístico, así como para el desarrollo de enseñanzas de especialización o actividades específicas de formación'.



Página 103





desarrollo conjunto de programas y proyectos de investigación y desarrollo tecnológico, la creación de centros o estructuras mixtas y la pertenencia y participación activa en redes de conocimiento y plataformas tecnológicas'.


Tercero. Por otro lado, el artículo 84 de la citada norma, en relación con la creación de fundaciones y otras personas jurídicas, establece expresamente que para la promoción y desarrollo de sus fines, las Universidades, por sí solas o en
colaboración con otras entidades públicas o privadas, y con la aprobación del Consejo Social, podrán crear empresas, fundaciones u otras personas jurídicas de acuerdo con la legislación general aplicable. Será de aplicación lo dispuesto en la Ley
2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, así como en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación'.


Cuarto. En el momento actual en que España está siendo durísimamente golpeada por la epidemia del COVID-19, un virus de la familia de los coronavirus descubierta en la década de los sesenta pero cuyo origen es todavía desconocido, requiere
a toda la sociedad que se ponga a funcionar para vencer a la epidemia pero también para evitar que algo así vuelva a suceder.


Y la Universidad tiene la oportunidad de liderar el proceso investigador para lograr la ansiada vacuna o tratamiento especifico para combatir la infección ocasionada por el COVID-19 y otros brotes epidémicos que puedan surgir en el futuro,
así como los instrumentos legales para hacerlo con la necesaria colaboración con el sector productivo de la sociedad, creando una empresa o fundación para la específica y exclusiva investigación de esta infección.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a fomentar entre la Universidad y el sector productivo de la sociedad la colaboración, coordinación y creación de empresas, fundaciones u otras personas jurídicas dedicadas a la exclusiva
investigación del SARS-CoV-2 (COVID-19), con el objetivo de lograr la vacuna o tratamiento especifico para combatir la infección, así como otros brotes epidémicos que puedan surgir en el futuro.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2020.-Mireira Borrás Pabón, Pedro Fernández Hernández y Francisco José Contreras Peláez, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/000638


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la optimización de recursos en Ciencia y en I+D+i para hacer
frente a la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, para su debate en la Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades.


Exposición de motivos


La expansión del nuevo coronavirus, el SARS-CoV-2 ha provocado el inicio de una carrera científica y de innovación en todo el mundo para intentar desarrollar una vacuna y herramientas que sirvan para controlar y erradicar la pandemia. Por
ello, el papel de la ciencia y la innovación en el actual contexto es nuclear para nuestro país si queremos dar la respuesta más efectiva y menos dañina para la sociedad y la economía de nuestro país.


Como apuntaba el editorial de El País publicado el día 2 de abril 'fue la ciencia quien advirtió al mundo sobre el coronavirus [...] es la ciencia la que está siguiendo la evolución del contagio, hasta donde se lo permiten los deficientes
datos oficiales, y la que ha recomendado a los Gobiernos las extraordinarias



Página 104





medidas de confinamiento [...] Fue la que previno contra la saturación de las unidades de cuidados intensivos, la que está ensayando bajo presión fármacos y cócteles antivirales, la que advierte sobre la preocupante situación de África, la
que está investigando en antivirales y vacunas'.


Por otra parte, la actual situación de excepcionalidad que estamos viviendo está poniendo de manifiesto que la ciencia y la innovación no solo serán claves para acabar con COVID-19, sino también para el futuro del desarrollo económico y
social de nuestro país. Ambos están resultando un factor decisivo para la implementación de las mejores prácticas a nivel mundial para contener la propagación del virus.


Conforme avanza la pandemia, se demuestra que los Estados que más han invertido en los últimos años en ciencia e I+D+i son los países que mejor están afrontando esta crisis (China, Corea del Sur, Singapur, Taiwan y Japón) y los que menos
perjuicios económicos y sociales sufrirán cuando salgan la propagación del virus esté controlada. La apuesta decidida por la por la inversión en ciencia e innovación que se está llevando a cabo en muchos países en este momento por países de nuestro
entorno y en las economías más avanzadas, deja mucho que desear en relación a la respuesta que está impulsando desde España.


El gobierno francés ha anunciado que incrementará en 5.000 millones de euros sus presupuestos en investigación en los próximos años y ha destinado 50 millones para encontrar una vacuna 3. La UE, por su parte, ha movilizado entre los meses
de febrero y marzo un total de 100 millones de euros para proyectos e investigación y otros 164 millones para empresas innovadoras 4. Sin embargo, el Gobierno de España ha limitado su respuesta en esta materia a impulsar una partida de 29,65
millones de euros que irán dirigidos al desarrollo de trabajos ya en marcha y se apoya la apertura de nuevas líneas de investigación para hacer frente al SARS-CoV2 y que serán gestionados por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC)
y el Instituto de Salud Carlos III de Madrid (ISCIII).


Además, la gestión de esos fondos no se ha coordinado con las Comunidades Autónomas que, a su vez, han lanzado de manera individual inversiones en I+D+i. Es importante que las diferentes Administraciones Públicas de nuestro país entiendan
que los retos del futuro, y del presente, como lo es la pandemia provocada por el COVID-19, deberán abordarse de manera coordinada. Solo mediante esfuerzos compartidos por parte de todas las Administraciones Públicas, centros de investigación,
servicios regionales de salud y empresas de toda España será posible obtener resultados satisfactorios.


Un ejemplo de esta situación es el desarrollo de diferentes apps por parte de las CCAA (para el diagnóstico on-line de paciente o la geolocalización de focos de contagio), lo que supuso la articulación de criterios dispares en el proceso de
evaluación y control que ejercen estas herramientas y un gasto innecesario de recursos públicos tan necesarios en estos momentos. El Estado debería haber lidereado una respuesta conjunta en I+D+i a nivel nacional contra el COVID-19, coordinando y
liderando la respuesta a esta emergencia sanitaria a través de entidades como la Agencia Estatal de Investigación, el CDTI o el CSIC.


Del mismo modo, es imprescindible dar un impulso a la colaboración público-privada entre las diferentes Administraciones Públicas con el sector privado para escalar los recursos y dar una respuesta inmediata y efectiva al impacto del
COVID-19 en nuestro país. Para ello, el Ministerio de Ciencia e Innovación debe establecer alianzas y mecanismos directos de interlocución con el empresariado español para coordinar los recursos del tejido productivo de España.


Incrementar los recursos en I+D+i y evitar la proliferación de proyectos por parte de las diferentes Administraciones Públicas son elementos claves para luchar de manera conjunta y eficaz contra esta enfermedad. Las prioridades inmediatas
deben ser el uso masivo de kits rápidos en combinación con aplicaciones digitales y de inteligencia artificial, el reposicionamiento de fármacos, el desarrollo de equipamiento médico y el desarrollo de vacunas. Para ello, es necesario proteger la
inversión I+D+i del impacto que tendrá la crisis sanitaria en las arcas públicas: no podemos tener recortes en este sector y debemos asegurar que no se pierden investigadores ni empresas innovadoras. La actual crisis es una lección sobre la
necesidad de situar la ciencia y la innovación como políticas de Estado.


3 http://www.rfi.fr/en/science-and-technology/20200320-france-boosts-research-budget-by-5-billion-euros-as-quest-for-covid-19-vaccine-continues-coronavirus-lockdown.


4 https://sciencebusiness.net/news/eu-boosts-efforts-adjust-rd-programmes-virus-crisis.



Página 105





En el contexto anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que ponga en marcha las siguientes medidas con relación a la I+D+i y la Ciencia:


1. Establecer un fondo de investigación de carácter plurianual de 50 millones de euros, para organismos públicos de investigación y empresas, destinado al desarrollo de kits rápidos, nuevas aplicaciones digitales y de inteligencia
artificial, vacunas y reposicionamiento de fármacos.


2. Coordinar, a través del Consejo de Política Científica, Tecnología e Innovación, la actuación de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas para combatir a la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19.


3. Crear un Consejo Asesor Empresarial que colabore y oriente al Gobierno de la Nación sobre las capacidades tecnológicas e industriales de España y participe en la elaboración de propuestas desde el sector industrial y científico contra el
COVID-19.


4. Liderar el despliegue inmediato, en colaboración con las empresas tecnológicas y las Comunidades Autónomas, de una plataforma digital, interoperable, escalable y compatible con los sistemas de los servicios sanitarios de todos los
territorios para el diagnóstico on-line de posibles positivos, la geolocalización de focos de contagio y de análisis de los datos con herramientas de inteligencia artificial.


5. Impulsar de manera urgente medidas para la estabilización de personal investigador no funcionario y para aumentar la liquidez de las empresas innovadoras, que fueron los principales afectados durante la crisis anterior, entre otras:


a) Facilitar la renovación de los investigadores temporales de proyectos de investigación estatales y establecer presupuesto específico para que las CCAA puedan hacer lo mismo a nivel autonómico.


b) Eliminar requisitos de avales durante 2020 para proyectos empresariales en todas las líneas de ayudas de I+D+i estatales, incluyendo proyectos en curso.


c) Generalizar el aplazamiento de deudas tributarias sin avales para las empresas innovadoras.


d) Poner en marcha inmediata una Ley de Mecenazgo que contribuya a canalizar la inversión privada hacia iniciativas de investigación y desarrollo relacionadas con el COVID-19.


6. Elaborar un nuevo Plan Nación de I+D+i que cuente con la participación de todos los actores públicos y privados involucrados en el sector científico y de innovación y con el consenso mayoritario de las fuerzas políticas. Este nuevo Plan
Nacional deberá ir acompañado de un aumento de la inversión pública en l+D+i, la mejora de las condiciones laborales del personal investigador y la reducción de las trabas burocráticas que lastran el potencial de los centros de investigación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de abril de 2020.-Marta Martín Llaguno, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Derechos de la Infancia y Adolescencia


161/000604


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas de protección de la infancia y la adolescencia durante la
emergencia sanitaria del COVID-19, para su debate en la Comisión de Derechos de la Infancia y la Adolescencia.


Exposición de motivos


La emergencia sanitaria causada por el COVID-19 ha llevado a la aplicación de medidas drásticas para contener la propagación de la pandemia entre la población española. Entre ellas, destaca la declaración del



Página 106





estado de alarma, que ha supuesto la aplicación de un confinamiento domiciliario generalizado y restricciones a la libertad de movimientos salvo por motivos tasados y justificados. Las limitaciones impuestas por estas medidas implican
sacrificios que, aunque necesarios, pueden agravar las circunstancias específicas de determinados grupos de población que ya eran más vulnerables antes de la pandemia.


Tal es el caso de la infancia y la adolescencia, en particular la de hogares vulnerables, que se encuentran más expuestas a sufrir los efectos del impacto económico y social derivado de esta pandemia de COVID-19. Primero, porque en hogares
vulnerables y con bajos ingresos son los menores quienes padecen con mayor intensidad las consecuencias de la falta de recursos y de la privación material severa de bienes básicos como alimentos, medicamentos, productos de higiene o suministros
básicos. En su caso, además, estas consecuencias no solo afectan en el día a día, sino que tienen un impacto que puede llegar a ser determinante en el desarrollo de su vida futura. Segundo, porque en muchos casos el confinamiento y la tensión que
conlleva actúan muchas veces como catalizador de conflictos y potenciales situaciones de riesgo de violencia que estaban latentes o actuaban con menor intensidad. Situaciones, además, que corren el riesgo de pasar desapercibidas ante la menor
interacción y el menor contacto entre personas o la ausencia de los menores de entornos más seguros y controlados, como los centros educativos, ahora cerrados. En este sentido, y en tercer lugar, esta suspensión de la actividad docente, ya de por
sí perjudicial desde un punto de vista educativo, tiene más incidencia en estos menores vulnerables, por cuanto la escuela supone para ellos un elemento mucho más decisivo a la hora de nivelar las desigualdades de partida.


Desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos estamos convencidos de la necesidad de garantizar una protección eficaz de la infancia y la adolescencia frente al impacto del COVID-19, asegurando un apoyo y una protección adecuada en el presente que
evite que este impacto tenga consecuencias perjudiciales en el futuro, y, por ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a que:


1. Refuerce, de manera coordinada con las Comunidades Autónomas, Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos, los recursos y los medios necesarios que garanticen la provisión, sea a través de ayudas económicas o directamente en especie, de
alimentos, productos de higiene y otros productos de primera necesidad, de medicamentos y de suministros básicos, a todas las personas y familias en riesgo de exclusión social, prestando especial atención a la cobertura de las necesidades básicas de
la población infantil y juvenil, al objeto de evitar la aparición o agravamiento de situaciones de privación material severa que tienen consecuencias decisivas para su desarrollo personal.


2. Promueva, a través de la Conferencia Sectorial de Educación, las medidas de apoyo, atención y acompañamiento de los menores estudiantes en entornos vulnerables que sean necesarias para garantizar en lo posible la continuidad de la
atención educativa en tanto se mantenga la suspensión de apertura de los centros docentes por el COVID-19.


3. Impulse, a través del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia, así como específicamente a través de la Comisión de Directores Generales de Infancia, la adopción de medidas
de prevención, detección, mediación e intervención en situaciones de conflicto o de violencia intrafamiliar durante la vigencia de las medidas de confinamiento domiciliario, especialmente aquellas situaciones en las que se puedan ver envueltos o de
las que puedan ser víctimas niños, niñas, adolescentes y jóvenes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2020.-Marta Martín Llaguno, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



Página 107





Comisión sobre Seguridad Vial


161/000639


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D. Santiago Abascal Conde, D.ª Macarena Olona Choclán, D. Francisco José Alcaraz Martos y D.ª Patricia Rueda Perelló, en sus condiciones de Presidente, Portavoz Adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), respectivamente, al
amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la inclusión de la infracción referida al estacionamiento en zonas para uso
exclusivo de personas con discapacidad, entre las infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos, para su discusión en la Comisión sobre Seguridad Vial.


Exposición de motivos


Primero. Según la última Encuesta de discapacidad, autonomía personal y situaciones de dependencia (EDAD), publicada por el INE en 2008, en España hay 3,84 millones de personas que tienen alguna discapacidad. Además, según datos de la
misma encuesta, alrededor de 500.000 personas en España sufren algún tipo de discapacidad que les influye en la conducción de sus vehículos, aunque solo 60.000 tienen prescrito la utilización de modificaciones en sus respectivos automóviles.


Son muchos los retos diarios, en todos los ámbitos, a los que se enfrentan las personas con discapacidad, por lo que el hecho de poder ejercer su derecho a la conducción, sin trabas ni obstáculos, supone un aumento en su libertad de
movimiento y autonomía personal. Es más, facilitar el acceso y desarrollo de la conducción supone una forma de integración y de mejora en la calidad de vida de estas personas.


Prueba de ello es el establecimiento del artículo 70 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos: 'Por los Ayuntamientos se adoptarán las medidas adecuadas para facilitar el estacionamiento de los vehículos
automóviles pertenecientes a los minusválidos con problemas graves de movilidad'.


Segundo. Las personas discapacitadas tienen reservadas unas plazas de aparcamiento de uso exclusivo. Pero uno de los obstáculos a los que tienen que hacer frente es el incivismo de ciertos conductores, que no respetan esta circunstancia y
que invaden las plazas sin tener una tarjeta de aparcamiento que les dé permiso para ello.


Actualmente esta infracción está tipificada como grave, tal y como recoge el artículo 76. d) del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a
Motor y Seguridad Vial, en el que se dice que son infracciones graves, cuando no sean constitutivas de delito, las conductas tipificadas en esta ley referidas a: 'parar o estacionar en el carril bus, en curvas, cambios de rasante, zonas de
estacionamiento para uso exclusivo de personas con discapacidad, túneles, pasos inferiores, intersecciones o en cualquier otro lugar peligroso o en el que se obstaculice gravemente la circulación o constituya un riesgo, especialmente para los
peatones'.


La sanción para este tipo de infracción es una multa de 200 euros, así queda recogido en el artículo 80 (título V, capítulo II), del Real Decreto Legislativo. En el artículo 64 (título IV, capítulo II), se comunica que 'el número de puntos
inicialmente asignado al titular de un permiso o licencia de conducción se verá reducido por cada sanción firme en vía administrativa que se le imponga por la comisión de infracciones graves o muy graves que lleven aparejada la pérdida de puntos, de
acuerdo con el baremo establecido en los anexos II y IV'. Esta infracción, pese a ser considerada grave, no se encuentra incluida entre las 20 infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos que recoge el anexo II.


1. Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida:;


Valores mg/l aire espirado, más de 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,30 mg/l).;6


Valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l).;4



Página 108





2. Conducir con presencia de drogas en el organismo.;6


3. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo.;6


4. Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en carreras o competiciones no autorizadas.;6


5. Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.;6


6. El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.;6


7. La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad.;6


8. Conducir un vehículo con un permiso o licencia de conducción que no le habilite para ello.;4


9. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación.;4


10. Incumplir las disposiciones legales sobre preferencia de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, ceda el paso y en los semáforos con luz roja encendida.;4


11. Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida.;4


12. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.;4


13. Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta ley y en los términos establecidos reglamentariamente.;3


14. Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.;4


15. No respetar las seriales o las órdenes de los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico.;4


16. No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.;4


17. Conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción o utilizar manualmente dispositivos de
telefonía móvil, navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación.;3


18. No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección.;3


19. Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce.;4


20. Conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros.;3


Tercero. Distintos representantes de personas con discapacidad han manifestado en diversas ocasiones al Ministerio del Interior, a través de la DGT, el daño que hace esta situación, pidiendo la pérdida de puntos por parte de los conductores
que cometen estas infracciones, encontrándose con una respuesta negativa en la cual se aduce que solo se sancionan con pérdida de puntos las infracciones que tengan un impacto directo en la seguridad del tráfico.


Dicha afirmación puede ser rebatida con la realidad. El cansancio y la fatiga que implica la búsqueda de aparcamiento es algo conocido por cualquier conductor medio, siendo ese cansancio y fatiga factores



Página 109





de riesgo que pueden provocar accidentes de tráfico. Este hecho tiene una especial incidencia en las personas que tienen alguna discapacidad cuando no pueden estacionar su vehículo en la plaza reservada para ellas.


Asimismo, la DGT ha realizado campañas publicitarias apelando a la empatía de los conductores para recordar que las plazas de aparcamiento para personas con discapacidad únicamente pueden ser utilizadas por ellas. Si bien estas campañas son
una llamada de atención a la ciudadanía, parece insuficiente seguir sin regular esta situación de una manera correcta, apelando únicamente al civismo y la solidaridad.


En virtud del artículo 5.q) del referido Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, es una obligación del Ministerio del Interior garantizar la 'igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de
las personas con discapacidad, especialmente en su calidad de conductores, en todos los ámbitos regulados en esta ley'. A su vez, en virtud del artículo 6 del citado Texto Refundido, el Ministerio ejerce las funciones derivadas del artículo
anterior a través del Organismo Autónomo de la Jefatura Central de Trafico.


Como consecuencia de todo lo expuesto, consideramos imprescindible acometer una reforma legal que endurezca la normativa vigente, con el fin de penalizar aún más el aparcamiento de vehículos en plazas de uso reservado a personas con
discapacidad.


En su virtud, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno promover la modificación del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad
Vial, con el fin de incluir la infracción relativa al estacionamiento en zonas para uso exclusivo de personas con discapacidad entre las infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de abril de 2020.-Santiago Abascal Conde, Francisco José Alcaraz Martos y Patricia Rueda Perelló, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 189 del Reglamento, las siguientes preguntas orales al Gobierno en Comisión, disponer su conocimiento por las Comisiones que se indican,
dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Interior


181/000089


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Interior


Diputada doña Macarena Olona Choclán, Portavoz Adjunta GPVOX


Dirigida al Excmo. Sr. Ministro del Interior, D. Fernando Grande-Marlaska Gómez



Página 110





Texto:


Señor Ministro, ¿puede explicar a qué se refería con sus declaraciones a los medios aparecidas el día 12 de abril donde afirmaba que 'No hay censura sino una monitorización de las redes sociales por si hay discurso del odio'?


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2020.-Macarena Olona Choclán, Diputada.


181/000090


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Interior


Diputada doña Macarena Olona Choclán, Portavoz Adjunta GPVOX


Dirigida al Excmo. Sr. Ministro del Interior, D. Fernando Grande-Marlaska Gómez


Texto:


Señor Ministro, ¿nos puede decir qué medios ha utilizado y qué acciones concretas ha emprendido su ministerio para, como usted declaró a los medios el 12 de abril, 'monitorizar las redes sociales'?


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2020.-Macarena Olona Choclán, Diputada.


Comisión de Política Territorial y Función Pública


181/000087


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Política Territorial y Función Pública


Diputado don José María Sánchez García, del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX).


Dirigida a la Sra. Ministra de Política Territorial y Función Pública, doña Carolina Darias San Sebastián


Texto:


En su comparecencia del 27 de febrero de 2020 ante la Comisión de Política territorial y función pública, la Sra. Ministra manifestó su voluntad de incrementar la presencia de la Administración General del Estado en las Comunidades
autónomas.


¿Se propone el Gobierno, sin perjuicio de las competencias actuales de las Comunidades Autónomas con arreglo a sus estatutos de autonomía o transferidas, incrementar la presencia de la Administración General del Estado en dichas Comunidades
con recursos materiales y/o personales en materia de sanidad con carácter general?


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2020.-José María Sánchez García, Diputado.


181/000096


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Política Territorial y Función Pública



Página 111





Diputado don José María Sánchez García, del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX)


Dirigida a la Sra. Ministra de Política Territorial y Función Pública, doña Carolina Darias San Sebastián


Texto:


En su comparecencia del 27 de febrero de 2020 ante la Comisión de Política territorial y función pública, la Sra. Ministra manifestó su voluntad de incrementar la presencia de la Administración General del Estado en las Comunidades
autónomas.


¿Se propone el Gobierno, sin perjuicio de las competencias actuales de las Comunidades Autónomas con arreglo a sus estatutos de autonomía o transferidas, incrementar la presencia de la Administración General del Estado en dichas Comunidades
con recursos materiales y/o personales en materia de educación con carácter general?


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2020.-José María Sánchez García, Diputado.


181/000097


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Política Territorial y Función Pública


Diputado don José María Sánchez García, del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX)


Dirigida a la Sra. Ministra de Política Territorial y Función Pública, doña Carolina Darias San Sebastián


Texto:


En su comparecencia del 27 de febrero de 2020 ante la Comisión de Política territorial y función pública, la Sra. Ministra manifestó su voluntad de incrementar la presencia de la Administración General del Estado en las Comunidades
autónomas.


¿Se propone el Gobierno, sin perjuicio de las competencias actuales de las Comunidades Autónomas con arreglo a sus estatutos de autonomía o transferidas, incrementar la presencia de la Administración General del Estado en dichas Comunidades
con recursos materiales y/o personales en materia de seguridad y orden público con carácter general?


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2020.-José María Sánchez García, Diputado.


181/000098


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Política Territorial y Función Pública


Diputado don José María Sánchez García, del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX)


Dirigida a la Sra. Ministra de Política Territorial y Función Pública, doña Carolina Darias San Sebastián


Texto:


En su comparecencia del 27 de febrero de 2020 ante la Comisión de Política territorial y función pública, la Sra. Ministra manifestó su voluntad de incrementar la presencia de la Administración General del Estado en las Comunidades
autónomas.



Página 112





¿Se propone el Gobierno, sin perjuicio de las competencias actuales de las Comunidades Autónomas con arreglo a sus estatutos de autonomía o transferidas, incrementar la presencia de la Administración General del Estado en dichas Comunidades
con recursos materiales y/o personales en materia de justicia con carácter general?


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2020.-José María Sánchez García, Diputado.


181/000101


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Política Territorial y Función Pública


Diputado don José María Sánchez García, del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX).


Dirigida a la Sra. Ministra de Política Territorial y Función Pública, doña Carolina Darias San Sebastián


Texto:


En su comparecencia del 27 de febrero de 2020 ante la Comisión de Política territorial y función pública, la Sra. Ministra manifestó su voluntad de incrementar la presencia de la Administración General del Estado en las Comunidades
autónomas.


¿Se propone el Gobierno, sin perjuicio de las competencias actuales de las Comunidades Autónomas con arreglo a sus estatutos de autonomía o transferidas, incrementar la presencia de la Administración General del Estado en dichas Comunidades
en materia de infraestructuras, mediante, por ejemplo, la recuperación de la competencia de gestión de infraestructuras cuando son de titularidad estatal?


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2020.-José María Sánchez García, Diputado.


181/000102


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Pregunta con respuesta oral en Comisión de Política Territorial y Función Pública


Diputado don Emilio Jesús del Valle Rodríguez, actuando en su condición de Diputado del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX)


Dirigida a la Sra. Ministra de Política Territorial y Función Pública


Texto:


¿Qué acciones concretas ha llevado a cabo su Ministerio en relación con la cooperación territorial -anunciada por la señora ministra- 'para favorecer la cohesión social y mejorar la vida de todas las personas'?


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2020.-Emilio Jesús del Valle Rodríguez, Diputado.


181/000104


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Pregunta con respuesta oral en Comisión de Política Territorial y Función Pública



Página 113





Diputado don Emilio Jesús del Valle Rodríguez, actuando en su condición de Diputado del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX)


Dirigida a la Sra. Ministra de Política Territorial y Función Pública


Texto:


¿En qué situación se encuentra el 'proceso de diálogo' con la Comunidad Autónoma Vasca para 'continuar con el proceso de transferencias pendientes'?


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2020.-Emilio Jesús del Valle Rodríguez, Diputado.


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


181/000088


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


Diputada doña María Magdalena Nevado del Campo, Diputada GPVOX.


Dirigida al Excmo. Sr. Vicepresidente Segundo y Ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030


Texto:


En base a que las emisiones de NO2 se han reducido drásticamente por el confinamiento, y previsiblemente también las de CO2, ¿se plantea el Gobierno reestructurar las inversiones y emplear los fondos inicialmente destinados para el Fondo
Verde del Clima a la lucha trasversal contra el SARS-CoV-2?


Palacio del Congreso e los Diputados, 14 de abril de 2020.-María Magdalena Nevado del Campo, Diputada.


181/000100


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Democrático


Diputada doña Inés Sabanés Nadal


Dirigida a la Ministra de Transición Ecológica y Reto Demográfico


Texto:


¿Va a impulsar planes especiales para la movilidad segura en coordinación con otras administraciones en relación al COVID-19 en la fase de menor confinamiento y desescalada?


Palacio del Congreso e los Diputados, 16 de abril de 2020.-Inés Sabanés Nadal, Diputada.



Página 114





Comisión de Cultura y Deporte


181/000103


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Cultura y Deporte


Diputado don José Ramírez del Río, Diputado GPVOX


Dirigida al Secretario General de Cultura, don Javier García Fernández


Texto:


Tras las declaraciones del Sr. Ministro de Cultura y Deportes en el sentido de que las medidas para paliar la crisis económica del coronavirus en el sector de la Cultura deberían esperar, una serie de asociaciones expresaron su desacuerdo,
y se llegó a convocar una protesta para los días 10 y 11 de abril, finalmente desconvocada. ¿Tenía conocimiento el Secretario General de Cultura de las gestiones realizadas por el Ministro de Cultura y Deportes para solventar esta crisis con el
sector cultural, así como de las consecuencias de dicho compromiso?


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2020.-José Ramírez del Río, Diputado.


Comisión sobre Seguridad Vial


181/000099


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Pregunta con respuesta oral en la Comisión Sobre Seguridad Vial


Diputado don Francisco José Alcaraz Martos, Diputado del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX)


Dirigida al Ministro del Interior, don Fernando Grande-Marlaska Gómez


Texto:


¿Por qué el Gobierno sigue sin incluir en la lista de infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos a la infracción relacionada con el estacionamiento en plazas destinadas a discapacitados?


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2020.-Francisco José Alcaraz Martos, Diputado.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


La Presidencia de la Cámara, a solicitud de sus autores, ha acordado tener por convertidas en preguntas con respuesta oral en Comisión y trasladar, a los efectos del artículo 190.2 del Reglamento, a la Comisión de Transición Ecológica y Reto
Demográfico, las preguntas al Gobierno con respuesta escrita que a continuación se relacionan, así como comunicarlo a dicha Comisión, al Gobierno y a los señores Diputados preguntantes y su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 115





Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


Núm. expte.: 184/003664


Núm. registro: 6916


Autor iniciativa: Delgado Arce, Celso Luis (GP) Vázquez Blanco, Ana Belén (GP).


Objeto iniciativa: Finalización en septiembre de 2019 de la redacción del proyecto de saneamiento del río Barbaña y la mejora de la EDAR de San Cibrao das Viñas (Ourense).


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 29 de 10 de febrero de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000091.


Núm. expte.: 184/003665


Núm. registro: 6917


Autor iniciativa: Delgado Arce, Celso Luis (GP) Vázquez Blanco, Ana Belén (GP).


Objeto iniciativa: Instrumentación en un convenio de colaboración del Protocolo firmado entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y el Ayuntamiento de Maside.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 29 de 10 de febrero de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000092.


Núm. expte.: 184/003666


Núm. registro: 6918


Autor iniciativa: Delgado Arce, Celso Luis (GP) Vázquez Blanco, Ana Belén (GP).


Objeto iniciativa: Trabajos enmarcados en el contrato 'Servicio de actuaciones de conservación del Dominio Público Hidráulico en los ríos de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil. Lote 3 Ourense, Pontevedra y Zamora', que se han
ejecutado en la provincia de Ourense en el segundo semestre de 2019.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 29 de 10 de febrero de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000093.


Núm. expte.: 184/003667


Núm. registro: 6919


Autor iniciativa: Delgado Arce, Celso Luis (GP) Vázquez Blanco, Ana Belén (GP).


Objeto iniciativa: Avances producidos en el segundo semestre de 2019 en el proyecto de cooperación transfronteriza -POCTEP- 'Raia Termal' cuyo socio principal es la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 29 de 10 de febrero de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000094.


Núm. expte.: 184/003668


Núm. registro: 6920


Autor iniciativa: Delgado Arce, Celso Luis (GP) Vázquez Blanco, Ana Belén (GP).


Objeto iniciativa: Avances producidos en el segundo semestre de 2019 en el proyecto de cooperación transfronteriza -POCTEP- 'Risc Miño-Limia' cuyo socio principal es la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 29 de 10 de febrero de 2020.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000095.


184/009592


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Utrilla Cano, Julio (GVOX). Fernández-Roca Suárez, Carlos Hugo (GVOX).



Página 116





Medidas del CNI y del Centro Criptográfico Nacional (CCN) para contrarrestar la ofensiva de propaganda independentista.


Acuerdo:


Admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, excepto las preguntas 1 y 3, en la medida en que, conforme a lo dispuesto en
el artículo 11 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, Reguladora del Centro Nacional de Inteligencia, la información apropiada sobre el funcionamiento y actividades del CNI se somete al conocimiento del Congreso de los Diputados a través de la Comisión
que controla los créditos destinados a gastos reservados, comunicando este acuerdo a los Sres. Diputados autores de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de abril de 2020.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


D. Julio Utrilla Cano y D. Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, en sus condiciones de Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en los artículos 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para las que solicitan respuesta por escrito.


Exposición de motivos


Según informaciones publicadas, el Centro Criptológico Nacional (CCN), órgano que depende del Centro Nacional de Inteligencia (CNT), sospecha que el movimiento independentista catalán está empleando la identidad de supuestos hackers, para
difundir información de carácter confidencial.


El robo de contraseñas de cuentas de correo de jueces que acaeció el año pasado se enmarcaría dentro de estas operaciones, que se conocen como 'hacktivismo'. Se entiende como tal el uso de las herramientas cibernéticas con fines políticos.


El propio CNI mantiene, según las informaciones de El País, que Anonymous Catalonia es 'un canal de propaganda desinformativa prosecesionista que opera probablemente como falsa bandera'. Esta organización sería la responsable de difundir
los datos personales de la secretaría del juzgado número 13 de Barcelona.


Por último, el CCN destaca que en España existe una organización (la 9.ª compañía de Anonymous) que tiene la capacidad suficiente para suponer un riesgo moderado/alto, tanto para las empresas privadas españolas como para el propio Estado.


Preguntas.


1. [...]


2. Tras la declaración del Estado de Alarma a causa de la pandemia del COVID-19 se ha detectado un notable aumento de la actividad cibercriminal. ¿Tiene el Gobierno la cifra exacta del aumento de este tipo de delitos?


3. [...]


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2020.-Julio Utrilla Cano y Carlos Hugo Fernández-Roca Suárez, Diputados.-Macarena Olona Choclán, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.