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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 609, de 18/04/2023
cve: BOCG-14-D-609 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


18 de abril de 2023


Núm. 609



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión Constitucional


161/004958 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el reconocimiento y homenaje a las personas del colectivo LGTBI víctimas de represión durante la Guerra Civil y la dictadura franquista... href='#(Página4)'>(Página4)


Comisión de Asuntos Exteriores


161/004962 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la situación política en Georgia y la condición del expresidente Mikheil Saakashvili... (Página7)


Comisión de Justicia


161/004952 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la reforma del artículo 36.3 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita en materia de pago de costas a la defensa derivada de justicia gratuita... href='#(Página9)'>(Página9)


Comisión de Interior


161/004947 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa al mantenimiento y refuerzo de la presencia de la Guardia Civil en todo el territorio nacional... (Página10)


161/004955 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la reprobación del Ministro del Interior, el Sr. Fernando Grande-Marlaska Gómez... (Página13)


161/004956 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil... (Página16)


161/004957 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre cese del Ministro del Interior... (Página19)


161/004963 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a los gravísimos incendios sufridos en Asturias en los últimos días del mes de marzo y principios de abril de 2023... href='#(Página21)'>(Página21)


161/004964 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a la modificación de la Ley 5/1964, de 29 de abril, sobre condecoraciones policiales... href='#(Página23)'>(Página23)



Página 2





161/004965 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu, relativa a regular reglamentariamente la aplicación del artículo 38 de la Ley 12/2009, de 20 de octubre, del derecho de asilo y de la protección
subsidiaria... (Página24)


Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


161/004946 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la realización de las actuaciones necesarias con el fin de restaurar y recuperar de manera permanente la playa de El Portil (Huelva)... href='#(Página26)'>(Página26)


161/004953 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, relativa a la reducción de los valores máximos de nitratos permitidos en el agua de consumo humano... href='#(Página29)'>(Página29)


161/004960 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la solución de los graves problemas de inundaciones y riadas del municipio de Murcia y sus pedanías... (Página30)


161/004961 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, sobre la necesidad de contar con un reglamento de restauración de la naturaleza ambicioso... href='#(Página33)'>(Página33)


Comisión de Cultura y Deporte


161/004950 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, sobre prevención del acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el ámbito cultural... href='#(Página35)'>(Página35)


Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


161/004948 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la protección de las familias en un contexto de aumento de la presión fiscal... (Página37)


161/004949 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a establecer medidas que protejan las empresas españolas e incentiven la inversión en España... (Página40)


Comisión de Sanidad y Consumo


161/004954 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a la lucha contra las falsificaciones y fraudes en el marcado 'CE'... (Página44)


161/004959 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, relativa a solicitar la creación de la especialidad de Genética Clínica... (Página46)


Comisión de Hacienda y Función Pública


161/004951 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a garantizar la transparencia y el respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad en la reforma del
sistema de acceso y de promoción interna en la Función Pública... (Página49)



Página 3





PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


181/002180 Pregunta formulada por los Diputados Patricia Rueda Perelló (GVOX), Figaredo Álvarez-Sala, José María (GVOX), Borrás Pabón, Mireia (GVOX), Rodríguez Almeida, Andrés Alberto (GVOX) y Ruiz Solás, María de la Cabeza (GVOX), sobre
línea de actuación que va a llevar a cabo como nuevo Ministro el Sr. Gómez en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo... (Página51)


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


181/002181 Pregunta formulada por los Diputados Ricardo Chamorro Delmo (GVOX), Vega Arias, Rubén Darío (GVOX), Nevado del Campo, María Magdalena (GVOX), Gestoso de Miguel, Luis (GVOX) y Mariscal Zabala, Manuel (GVOX), sobre medidas previstas
para resolver la situación 'absolutamente dramática' del sector apícola español, ayudar a los apicultores españoles y asegurar nuestra soberanía alimentaria... (Página51)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


184/104998 Autor: Ruiz de Pinedo Undiano, Iñaki


Existencia de propuestas a las Comunidades Autónomas de convenios que presuntamente tienen como función ceder competencias exclusivas de la sanidad pública a las mutuas privadas... (Página52)


184/105362 Autor: Santiago Romero, Enrique Fernando Cortés Gómez, Ismael Uriarte Torrealday, Roberto


Caso Zabalza y promoción del Teniente General Espejo Valero... (Página53)



Página 4





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de abril de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión Constitucional


161/004958


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente, Proposición no de Ley sobre el reconocimiento y homenaje a las personas del colectivo LGTBi víctimas de
represión durante la Guerra Civil y la dictadura franquista, para su debate en la Comisión Constitucional.


Exposición de motivos


La historia del colectivo LGTBi es una historia asentada en la discriminación. Aunque la orientación sexual homosexual ha existido en todas y en cada una de las culturas, la realidad es que lejos de ser aceptada, las personas LGTBI han sido
y siguen siendo víctimas de acoso, tortura, detenciones arbitrarias e incluso asesinadas en algunas sociedades debido a cuestiones morales y religiosas.


Gracias a la indiscutible labor de los colectivos que lucharon por los derechos de las personas LGTBI en 1973 la Asociación Norteamericana de Psiquiatría dejó de considerar la orientación homosexual como un trastorno. De igual modo, la
Organización Mundial de la Salud haría lo propio el 17 de mayo de 1990 cuando excluyó a la homosexualidad de la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y otros problemas de salud.


En lo que concierna a nuestro país, afortunadamente España es hoy líder mundial en la defensa de los derechos del colectivo LGTBi. Según una encuesta realizada por IPSOS (2021), España es el país del mundo que más apoya y acepta que las
personas LGTBi muestren su orientación o identidad sexual o expresión de género en público, un 73 %, frente a la media global que se sitúa en el 51 %.


Pero esta aceptación y apoyo hacia este colectivo no siempre fue así. Nuestro país también fue uno de tantos Estados que discriminaron, marginaron e incluso persiguieron a la población LGTBi.


Así, durante la Dictadura del capitán general Primo de Rivera, la homosexualidad pasó a considerarse paradigma de peligrosidad, ya que, tras la aprobación del Código Penal de 1928, se consideraba como circunstancias agravantes de
responsabilidad penal 'la vida depravada' del infractor (artículo 67.1), lo que podía llevar a acarrear la imposición de determinadas medidas de seguridad, como podía ser las de internamiento y retención (artículo 90).


De igual modo, a la hora de tipificar los delitos de escándalo público, el artículo 616 castigaba a la persona que 'habitualmente o con escándalo, cometiere actos contrarios al pudor con personas del mismo sexo'. O la consideración de
abusos deshonestos, cuando el artículo 601 establecía que: 'concurriendo cualquiera de las circunstancias mencionadas en el artículo 598, tuviere lugar con persona del mismo sexo que el culpable, se impondrá la pena de dos a doce años de prisión'.



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Tras la llegada de la II República y durante su primer bienio (1931-1932) uno de los principales promotores de romper con la legislación LGTBIfóbica fue el diputado socialista Luis Jiménez de Asúa quien, junto con Victoria Kent, del Partido
Radical-socialista, participó de la redacción del nuevo Código Penal de 1932, el cual suprimió los agravantes por homosexualidad introducidos en 1928. Es decir, a la hora de tipificar delitos como el abuso, la ofensa al pudor o la corrupción de
menores, no se señalaba específicamente a una determinada orientación sexual, castigándose a las personas heterosexuales y homosexuales sin distinción.


Un año después se aprobaba la 'Ley de Vagos y Maleantes'. Inicialmente esta legislación no consideraba explícitamente a las personas LGTBI como sujetos declarados en estado peligroso, al no encontrarse dentro de los sujetos definidos en su
artículo segundo. Pero con la llegada de la Dictadura franquista, en 1954 se modifica la 'Ley de Vagos y Maleantes' y se vuelve a incluir a las personas LGTBI como personas potencialmente criminales de delitos sexuales, a los que se les podía
aplicar determinadas medidas de seguridad, como podían ser el internamiento en centros de trabajo o en colonias agrícolas, siempre con absoluta separación de las demás personas. También se le podían aplicar otras medidas, como la prohibición de
residir en un determinado lugar, así como la obligación de declarar su domicilio; o estar sometido a la vigilancia continua del Régimen.


Por tanto, bajo la Dictadura franquista, los LGTBI pasaron a ser unas personas discriminadas por la ley y marginadas por la sociedad. El estigma que supuso su incorporación dentro de la 'Ley de Vagos y Maleantes' se añadió, también, su
marginación y su exclusión social. La soledad significó, por tanto, vivir en la clandestinidad y en la invisibilidad, pues ninguna institución del régimen acogió y apoyó a personas del colectivo LGTBi.


Como símbolo de dicha represión, muchas de las personas LGTBI que fueron condenadas entre 1954 y 1970 cumplieron sus internamientos (que oscilaban entre los seis meses a los tres años) en establecimientos penitenciarios comunes. En
concreto, el régimen del Dictador Franco señaló dos centros penitenciarios españoles en los que debían ingresar las personas LGTBI, en función de su rol sexual: el régimen penitenciario de Huelva (para las personas LGTBI que se consideraban
sexualmente 'activos') y el régimen penitenciario de Badajoz (para las personas LGTBI que se consideraban sexualmente 'pasivos').


Según distintos estudios, se calcula que más de 5000 personas del colectivo LGTBI acabaron en prisión por su orientación o identidad sexual o expresión de género, aunque dado el estigma social que rodeaba a estas personas, independientemente
de la ideología, podría llevarnos a deducir que el número podría ser mayor.


Si estas persecuciones fueron posibles fue gracias a las teorías que determinados 'expertos' del régimen nacionalcatolicista expusieron y defendieron para fundamentar esa base legal. Fueron los casos, por ejemplo, del catedrático de
Medicina Legal y Psiquiatría, Valentín Pérez Argilés, quien consideraba la homosexualidad como una enfermedad que había que perseguir, al considerarla, además, contagiosa, como se puede comprobar en sus afirmaciones, literales, que reproducimos:
'Los postulados de la impunidad de la homosexualidad van aprovechando la evolución de las doctrinas médicas para fundamentar su postura (...), así se establece: El homosexual no es responsable de su homosexualidad, como el diabético no lo es de su
diabetes. La comparación viene avalada por tratarse de dos conceptos tomados igualmente del campo endocrinológico, según las teorías imperantes en el momento que se formuló; pero esto es una falsedad parcial. En efecto, el diabético no ofrece
peligro de contagiosidad. La comparación sería más justa si se dijese: tampoco el tuberculoso es culpable de su tuberculosis; pero tendrá una grave responsabilidad cuando por odio al resto de la humanidad sana, o desinteresándose del riesgo de su
contagio, o por ignorancia, se dedique a sembrar sus esputos bacilíferos'. O el doctor Juan José López Ibor, que también consideraba la homosexualidad como una enfermedad, fue precisamente famoso por practicar lobotomías y terapias de electrochoque
a dichas personas durante la dictadura, amparándose en la Ley de Peligrosidad y rehabilitación social de 1970, la cual hablaba de la rehabilitación de personas homosexuales y transexuales.


Una ley, por cierto, que según su Exposición de Motivos, buscaba: 'Corregirlos defectos observados en el sistema o en la aplicación de la antigua Ley, empezando por sustituir el título de 'Vagos y Maleantes' por el de 'Peligrosidad y
Rehabilitación Social', no sólo más en línea con la terminología moderna, sino, lo que tiene superior importancia, más fielmente expresivo del fundamento y del fin de la norma, al señalar como objetivo el primordial compromiso de reeducar y rescatar
al hombre para la más plena vida social'.



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O lo que es lo mismo, dentro del compromiso de 'reeducar' y 'rescatar' al hombre para la vida social, entraba rescatarlo de los actos de homosexualidad, tal y como se hacía referencia en el artículo segundo de la mencionada norma,
equiparándola con las enfermedades mentales y definiéndola como un estado peligroso.


En definitiva, lo que el franquismo buscaba era implementar toda una maquinaria burocrática y con base legal 'científica' que le permitiese erradicar la homosexualidad dentro del territorio nacional.


Con la llegada de la democracia, la situación de persecución y discriminación empezó a cambiar. Como primer paso, la Ley 77/1978, de 26 de diciembre, modificó la Ley de Peligrosidad y Rehabilitación Social y de su Reglamento, derogando el
apartado tercero del artículo 2 de la misma, excluyendo las prácticas homosexuales del listado de medidas de seguridad que se aplicaban a los sujetos considerados como peligrosos.


Pero el estigma hacia el colectivo LGTBi seguía presente en la sociedad. De hecho, tras la muerte del dictador, estas víctimas nunca fueron reivindicadas como víctimas del franquismo. Ni el Real Decreto Ley de 1976 de Amnistía, ni la Ley
de Amnistía de 1977, afectaron a los presos del colectivo LGTBI, ya que no fueron considerados presos políticos sino presos comunes sujetos a la Ley de Peligrosidad Social. Además, el delito de escándalo público, utilizado para ubicar la disidencia
sexual, estuvo en vigor hasta 1988.


No sería hasta la entrada en vigor de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura,
cuando se empezara a reconocer a las personas del colectivo LGTBi como ciudadanos que sufrieron la persecución y represión franquista. Como se establecía en su artículo 2:


'Artículo 2. Reconocimiento general.


1. Como expresión del derecho de todos los ciudadanos a la reparación moral y a la recuperación de su memoria personal y familiar, se reconoce y declara el carácter radicalmente injusto de todas las condenas, sanciones y cualesquiera formas
de violencia personal producidas por razones políticas, ideológicas o de creencia religiosa, durante la Guerra Civil, así como las sufridas por las mismas causas durante la Dictadura.


2. Las razones a que se refiere el apartado anterior incluyen la pertenencia, colaboración o relación con partidos políticos, sindicatos, organizaciones religiosas o militares, minorías étnicas, sociedades secretas, logias masónicas y
grupos de resistencia, así como el ejercicio de conductas vinculadas con opciones culturales, lingüísticas o de orientación sexual.


3. Asimismo, se reconoce y declara la injusticia que supuso el exilio de muchos españoles durante la Guerra Civil y la Dictadura.'


Quedó claro, ya en 2007, pues, que el legislador manifestó su firme voluntad de recuperar la memoria de todas las víctimas del franquismo, en sintonía con las leyes que los últimos años se han impulsado también desde distintas Comunidades
Autónomas, impulsando las bases para un reconocimiento pleno de las personas del colectivo LGTBI.


Con la aprobación de la reciente Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, se ha dado un paso más en el reconocimiento de las víctimas del franquismo, declarando el carácter ilegal y radicalmente nulo de todas las condenas y
sanciones producidas durante la Guerra y la Dictadura por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa o de orientación e identidad sexual.


Asimismo, esta ley reconoce de manera especial la represión y la persecución que las personas LGTBi sufrieron durante el franquismo a causa de su orientación o identidad sexual o expresión de género, singularizadas en normas como la
modificación en 1954 de la Ley de Vagos y Maleantes para incluir a 'los homosexuales' y la Ley sobre Peligrosidad y Rehabilitación Social, de 6 de agosto de 1970, que definía como peligrosos sociales a 'los que realicen actos de homosexualidad'.
Una ley, en definitiva, que reconoce como víctimas a las personas LGTBI que sufrieron represión por razón de su orientación o identidad sexual, asumiendo así una parte oscura de nuestra historia y que, más allá de bandos e ideologías, se
fundamentaron en la intolerancia y en la discriminación de personas a quienes se negaron sus derechos, simplemente, por su orientación sexual.



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En consecuencia, por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados:


1. Rinde público homenaje y reconoce a todas aquellas personas del colectivo LGTBi que sufrieron el asesinato, la represión, la persecución, el exilio, la soledad y el estigma por motivo de su orientación e identidad sexual o expresión de
género durante la Guerra Civil y la Dictadura franquista.


2. Insta al Gobierno a homenajear y recordar a todas aquellas personas del colectivo LGTBi víctimas de la represión por motivo de su orientación e identidad sexual o expresión de género durante la Guerra Civil y la Dictadura franquista.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de marzo de 2023.-Valentín García Gómez, Carmen Calvo Poyato, Rafaela Crespín Rubio, Indalecio Gutiérrez Salinas, Uxía Tizón Vázquez, Diego Taibo Monelos, María Dolores Narváez Bandera y Esther Peña
Camarero, Diputados.-José Zaragoza Alonso e Isaura Leal Fernández, Portavoces del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Asuntos Exteriores


161/004962


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la situación política en Georgia
y la condición del expresidente Mikheil Saakashvili, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


El 9 de abril de 1991 Georgia se independizó de la Unión Soviética. Desde ese momento, y con no pocos problemas, el país fue experimentado progresos hacia la democracia y la apertura de mercados. En 2004 fue elegido presidente de Georgia
Mikheil Saakashvili, líder del partido Movimiento Nacional Unido.


Durante el período de gobierno de Saakashvili, entre 2004 y 2013, Georgia emprendió un proceso de reformas y modernización, al tiempo que fue cambiando algunas de sus prioridades en política exterior y concediendo importancia al eje
europeísta y atlantista en el marco de sus relaciones internacionales.


Ante este proceso de apertura internacional de la exrepública soviética, ya en 2006 el gobierno ruso intentó desincentivar el acercamiento de Georgia a los países europeos con una serie de coacciones económicas limitando y prohibiendo la
exportación de una serie de productos agroalimentarios, lo que provocó un grave revés para la economía de Georgia.


Las amenazas de Rusia pasaron, en 2008, del ámbito económico a la respuesta militar al producirse la invasión de tropas del ejército ruso en las regiones de Abjasia y Osetia del Sur, que se auto proclamaron independientes con el apoyo
político y militar de la Federación de Rusia.


Bajo intensa presión internacional, Rusia comenzó a retirar sus tropas de aquellas dos regiones a finales de 2008. Desde entonces el alto el fuego entre Georgia y Rusia es resultado de la mediación de la UE, que mantiene la única misión
civil de vigilancia sobre el terreno, la Misión de Observación de la Unión Europea.


Como consecuencia del conflicto, el 20 % del territorio de Georgia se encuentra separado de hecho, vulnerando los principios de soberanía e integridad territorial, y 15 años después las tropas rusas continúan estacionadas en esas dos
regiones.


En 2013 tanto el Ejecutivo como la Presidencia del país pasaron a manos del otro partido, Sueño Georgiano, que lleva gobernando desde entonces. Los distintos gobiernos de Sueño Georgiano han ido progresivamente adoptando una posición
política más cercana y pragmática hacía Rusia; sin embargo, las



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autoridades georgianas no han abandonado sus aspiraciones de recuperación de la integridad territorial del país y reivindican constantemente su posición en todos los foros internacionales y ante la comunidad internacional.


Tras los nuevos gobiernos de Sueño Georgiano, el expresidente Saakashvili trasladó temporalmente su residencia a Ucrania debido a intimidaciones y amenazas por razones políticas por parte de las fuerzas gubernamentales.


En 2018, Saakashvili fue condenado por 'abuso de autoridad' y otros dos delitos durante el ejercicio de sus funciones como presidente, y finalmente sentenciado a seis años de cárcel. En octubre de 2021, el exmandatario fue detenido al
regresar a Georgia tras su exilio político en Ucrania.


Desde entonces, la oposición ha denunciado la influencia que ejerce Vladimir Putin sobre el gobierno de Georgia, principalmente a través del oligarca y ex primer ministro Bidzina Ivanishvili.


El estado de salud de Saakashvili ha empeorado gravemente desde que éste fue encarcelado, tanto es así que según un informe médico distribuido el pasado mes de diciembre de 2022 por sus abogados, indica que Saakashvili ha podido ser
'envenenado' en prisión con metales pesados y corre el riesgo de morir si no recibe un tratamiento adecuado. 'Con un grado razonable de certeza médica', los tóxicos descritos, entre ellos arsénico y mercurio, habrían sido introducidos tras su
entrada en prisión, según destaca su equipo legal.


Las autoridades georgianas insisten en que Saakashvili está recibiendo los cuidados médicos adecuados, sin embargo, los últimos informes dan a entender que se le está administrando una medicación dañina sin la supervisión adecuada pues se le
ha diagnosticado 'daño cerebral y neurotoxicidad'.


La comunidad internacional ya se ha posicionado respecto a estos hechos. En octubre de 2022, la Asamblea Parlamentaría del Consejo de Europa, aprobó una resolución en la que se considera a Saakashvili como un 'preso político'. El 15 de
febrero de 2023, el Parlamento Europeo aprobó una resolución expresando su 'preocupación por el deterioro de salud del expresidente' y alertando de 'la deficiente respuesta recibida de las autoridades de Georgia' considerando además que 'el
tratamiento de los reclusos, como el expresidente Mikheil Saakashvili, constituye una prueba de fuego del compromiso del Gobierno georgiano con los valores europeos y sus aspiraciones europeas declaradas, en particular el estatuto de país candidato
a la Unión'. El texto, que fue aprobado por 577 votos a favor, 33 en contra y 26 abstenciones, hace un llamamiento a las autoridades georgianas para que le pongan en libertad y le permitan recibir tratamiento médico adecuado en el extranjero por
razones humanitarias. Finalmente, en marzo de 2023, las ONG Human Rights Watch (HRW) y Amnistía Internacional (Al) han pedido la liberación inmediata de Saakashvilí puesto que la denegación de atención médica adecuada puede constituir tortura o
tratos inhumanos o degradantes.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Pedir la puesta en libertad de Mikheil Saakashvili de acuerdo con las resoluciones aprobadas por el Parlamento Europeo, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa y las peticiones de Amnistía Internacional y Human Rights Watch.


2. Recordar a las autoridades georgianas su plena responsabilidad por la vida y la salud del expresidente Saakashvili y pedir su traslado a un Estado Miembro de la UE para que reciba el tratamiento médico adecuado.


3. Instar al gobierno de Georgia a respetar la pluralidad de la información, la libertad de los medios de comunicación, la competencia política, el Estado de Derecho, la justicia y la democracia, pues son los principales principios y
valores de una sociedad democrática y clave para el éxito de la integración europea.


4. Expresar su grave preocupación por el hecho de que el sistema judicial georgiano se convierta en una herramienta de intimidación y persecución contra los opositores políticos, pues ello socava gravemente el proceso de integración europea
y atlantista de Georgia.


5. Recordar a las autoridades georgianas que deben garantizar la independencia del poder judicial e instar a que se abstengan de cualquier instrumentalización política, restricción o influencia indebida de



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las decisiones judiciales. Esto redundará en beneficio de sus perspectivas de lograr el estatuto de país candidato a la UE.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de abril de 2023.-María Valentina Martínez Ferro y Pablo Hispán Iglesias de Ussel, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Comisión de Justicia


161/004952


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la reforma del artículo 36.3 de la Ley de Asistencia
Jurídica Gratuita en materia de pago de costas a la defensa derivada de justicia gratuita para su debate en la Comisión de Justicia.


Exposición de motivos


Según lo establecido en la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, así como en las normas deontológicas el reclamar cualquier tipo de pago o abono a un beneficiario del derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita es una
infracción grave o muy grave de dichas normas que conlleva la correspondiente sanción de apartamiento del servicio o suspensión del ejercicio profesional. Sin embargo, tal regla general tiene una excepción que se encuentra en el apartado 3 del
artículo 36 de la Ley 1/1996 suele pasar desapercibido por cuanto que, aunque figura dentro del título correspondiente a las obligaciones del Letrado en la prestación del servicio, el rubro del artículo es 'Costas no equipara costas con el derecho a
cobrar a su propio cliente, máxime cuando las mismas con criterio general se conceptúan como un derecho de la parte y no del letrado. De esta forma el apartado tercero dispone:


'3. Cuando la sentencia que ponga fin al proceso no contenga expreso pronunciamiento en costas, venciendo en el pleito el beneficiario de la justicia gratuita, deberá éste pagar las costas causadas en su defensa, siempre que no excedan de
la tercera parte de lo que en él haya obtenido. Si excedieren se reducirán a lo que importe dicha tercera parte, atendiéndose a prorrata sus diversas partidas.'


Esta condición supone no sólo el caso en que la resolución judicial no haga imposición de costas por no darse los requisitos para la misma, sino que abarca también procedimientos en los que por su propia naturaleza no existen las costas.
Esto es, por ejemplo, un procedimiento de división de herencia o liquidación de gananciales en los que no se produzcan incidentes no tienen pronunciamientos de costas porque no están previstos. En tal supuesto la jurisprudencia considera que el
Letrado del beneficiario tiene derecho a minutarle por la partición/liquidación porque se cumple tal requisito de no imposición de costas. También se ha declarado el derecho del Letrado respecto de la jurisdicción social, recordemos que en la misma
las costas no se imponen en la instancia salvo a la empresa y mediando mala fe, y que a INSS y otros organismos nunca se les van a imponer.


La justificación de dicha repercusión sobre lo obtenido en el procedimiento por el beneficiario de la justicia gratuita estriba según la jurisprudencia en la imposibilidad de repercutir tales honorarios sobre la contraparte, en estos
términos se pronuncia la Audiencia Provincial de Barcelona en su Sentencia de 25 de mayo de 2017:


'Como es sabido, el contenido material del derecho a la asistencia jurídica gratuita, comprende la gratuidad de la defensa y representación que utilice el titular de ese derecho en un determinado litigio, lo que no obsta para que, a falta de
todo pronunciamiento sobre las costas en la sentencia de que se trate, cuando el beneficiario de la justicia gratuita venza en el pleito y obtenga de él un beneficio patrimonial, deberá pagar las costas causadas en su defensa, siempre que no excedan
de la tercera parte de lo que en él haya obtenido.



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La razón de ser de la excepción regulada en el art. 36.3 Ley Justicia Gratuita estriba en trasladar el coste de la defensa letrada de un litigante carente de recursos económicos -o con derecho ex lege a la asistencia jurídica gratuita por
su condición de beneficiario de la seguridad social- a él mismo pese a disponer del beneficio de justicia gratuita, en vista de que tales honorarios no son repercutibles sobre la contraparte (la ausencia de condena en costas así lo determina) y de
que el propio litigante ha obtenido un provecho económico en el litigio de tal entidad que permite atender aquel menor gasto judicial.'


Es decir, la motivación principal es cargar sobre los hombros del beneficiario de la asistencia gratuita los honorarios de su propia defensa, al entenderse que éste ha obtenido un provecho económico que le permite atender el gasto que la
misma supone. Sin embargo, lo cierto es que se da una circunstancia injusta especialmente en los casos de los trabajadores que tienen otorgado este derecho en la jurisdicción social. La experiencia de muchos letrados de oficio, indica que muy
pocos ciudadanos acuden al letrado designado con la información clara, sobre todo, porque cuándo van a solicitar la justicia gratuita, van con un estrés por la situación que están viviendo y por el problema que deben solucionar. De esta forma el
derecho reconocido a la gratuidad queda totalmente desvirtuado, habida cuenta de que incluso en muchas ocasiones el importe devengado por imposición del artículo 36.3 es muy superior al importe de un abogado privado, debiendo el beneficiario
renunciar a la cantidad que legalmente le correspondería para cubrir un servicio público en principio 'gratuito'.


Por estas razones, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Iniciar los trámites necesarios para la reforma del artículo 36.3 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita para evitar repercutir sobre la cantidad obtenida por el beneficiario de justicia gratuita, en los
procedimientos en los que no exista la expresa imposición en costas, los gastos de su propia defensa y trasladarlos a la Administración estatal o autonómica correspondiente.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2023.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Interior


161/004947


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Francisco Javier Ortega Smith-Molina, doña María Teresa López Álvarez, don Francisco José Alcaraz Martos, don Luis Gestoso de Miguel y don Ignacio Gil Lázaro, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunto y Diputados del Grupo
Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa al mantenimiento y refuerzo de la presencia de la
Guardia Civil en todo el territorio nacional, para su discusión en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Primero. La Guardia Civil como cuerpo fundamental al servicio de España.


El 31 de marzo de 1844, a través de Real Decreto, se 'crea un cuerpo especial de fuerza armada de infantería y caballería, bajo la dependencia del ministerio de la Gobernación de la Presidencia y con la denominación de Guardias Civiles'
(artículo 1). Este tenía como finalidad 'proveer al buen orden, a la seguridad pública y a la protección de las personas y de las propiedades, fuera y dentro de las poblaciones' (artículo 2).



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La Guardia Civil, también conocida como la Benemérita por la concesión de la Gran Cruz de la Orden Civil de la Beneficencia a través del Real Decreto 2088 de 4 de octubre de 1929, ostenta una historia de cerca de dos siglos íntimamente
relacionada con la propia de nuestro país.


En la actualidad, la Guardia Civil cuenta con un total de 81.534 agentes 1. Se trata de una cifra que, lejos de la voluntad propagandística del actual Ejecutivo, no alcanza a las necesidades de buen funcionamiento del cuerpo y presenta
precariedades de medios humanos en muchas de sus Comandancias.


La regulación marco del Instituto Armado se encuentra recogida en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de
la Guardia Civil, la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de la Guardia Civil y la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil. En esta normativa se contienen los derechos, deberes y
funciones que este cuerpo desarrolla en nuestra Nación.


Así, la historia de la Guardia Civil es la de las virtudes que tradicionalmente se han vinculado a este cuerpo, y que están en su propio himno. Se trata, sobre todo, de la fuerte tradición patriótica del Instituto Armado, y del papel
fundamental en el mantenimiento del orden público que este ha tenido durante casi dos siglos. El Ejecutivo, sin embargo, parece omitir de manera recurrente esta historia.


Segundo. La Guardia Civil, elemento de negociación para el Gobierno.


Son muchas las ocasiones en las que el Gobierno ha utilizado a la Guardia Civil y sus funciones legalmente atribuidas como un activo más con el que negociar con sus socios para seguir en el poder. El resultado es evidente: la estrategia
del Ejecutivo de ceder a sus aliados separatistas elementos esenciales para el mantenimiento de la unidad nacional ha supuesto el vaciamiento de recursos y competencias del Instituto Armado en muchas zonas de nuestro territorio.


Este fenómeno alcanzó su cúspide durante la tramitación del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado del 2023: el 22 de noviembre de 2022 se anunció el acuerdo alcanzado entre el Gobierno y EH-BILDU por el que la Agrupación de
Tráfico de la Guardia Civil en Navarra se convirtió en moneda de cambio de los apoyos de los diputados de la formación filoetarra en el Congreso a los Presupuestos Generales del Estado, imprescindibles para el Ejecutivo. En concreto, en el
documento presentado por Bildu en el Congreso, el punto sexto se refiere a:


'Autogobierno: transferir la competencia de Tráfico a Navarra antes del 31 de marzo.


Se transferirá de manera efectiva, antes de 31 de marzo de 2023, la competencia de Tráfico y Seguridad Vial a la Comunidad Foral de Navarra, convocando para ello la Junta de Transferencias antes de 31 de diciembre 2022, debiendo producirse
cuantas reuniones sean necesarias para solucionar los actuales problemas técnicos para la transferencia de la misma.'


Se trata de una competencia que el artículo 149.1.21.° CE atribuye de forma exclusiva al Estado ('tráfico y circulación de vehículos a motor') y que se desarrolla en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que atribuye al Ministerio del Interior en su artículo 5.i): 'la vigilancia y disciplina del tráfico en toda clase de vías interurbanas y en travesías
cuando no exista policía local, así como la denuncia y sanción de las infracciones a las normas de circulación y de seguridad en dichas vías' 2.


Esta cesión y el límite temporal que en el acuerdo se establece suponen una nueva contradicción respecto de lo defendido hasta ese momento por el Ejecutivo. Así, en respuesta a diputados pertenecientes a este Grupo Parlamentario sobre el
traspaso de competencias a Navarra y el papel que la Guardia Civil desarrolla en esa región, el Gobierno respondió lo siguiente:


'En relación con las preguntas formuladas, el Gobierno se reitera en su afirmación: ''la Guardia Civil no va a salir de Navarra'', tal y como manifestó el Ministro del Interior ''añadiendo que'' el traspaso de


1 España supera los 154.500 efectivos de Policía Nacional y Guardia Civil y roza el récord histórico en número de agentes. La Moncloa. Disponible en:
https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/interior/Paginas/2022/140722-efectivos-policia-gcivil.aspx [Última visita: 21/12/2022].


2 Sin embargo, conforme al artículo 150.2 CE referido a Leyes Orgánicas de transferencia y delegación hoy en día son dos las regiones que cuentan con competencias ejecutivas en materia de tráfico: País Vasco, Cataluña y Navarra.



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competencias en materia de tráfico no se materializará de manera completa y efectiva a la Comunidad Foral de Navarra hasta finales de 2025' (Núm. Registro General 165514).


Asimismo, la respuesta supra argumentaba que 'el traspaso de las competencias a la Comunidad Foral de Navarra se hará de forma adecuada y ordenada, de acuerdo con la normativa vigente'. Un orden y una adecuación que, sin embargo, no han
sido respetados apenas un año después.


Esta cesión ha sido duramente criticada por las asociaciones profesionales de la Guardia Civil, entre ellas Justicia para la Guardia Civil ('JUCIL'), que declaró que 'la seguridad de los españoles, que este Ejecutivo ha abandonado desde el
primer minuto de su formación, se cambia ahora para conservar la precaria posición que les permite seguir en el poder'. Del mismo modo, la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC) afirmó que 'el ministro del Interior debe dar explicaciones
urgentes sobre este chantaje e informar a los guardias civiles cuál va a ser su situación profesional' 3.


Tercero. Otros ejemplos de instrumentalización de la Guardia Civil.


Como se anticipó, el Gobierno pretende relegar a la Guardia Civil, convirtiendo al Instituto en una moneda de cambio a la disposición del Gobierno de coalición, que la utiliza como mejor le convenga con tal de continuar imponiendo su
ideología como política oficial del Estado, y que además pacta con todos y cada uno de los enemigos de España, incluidos los herederos de los asesinos de cientos de guardias civiles.


Y es que, además de lo expuesto, existen otros conflictos competenciales auspiciados y alentados desde el Gobierno, que suponen un arrinconamiento de la Guardia Civil. Entre ellos se encuentra, señaladamente, la polémica entre la Guardia
Civil y una suerte de policía regional marítima catalana respecto de la protección de los espacios marítimos.


Cabe indicar que el artículo 1 del Real Decreto 246/1991, de 22 de febrero, por el que se regula el Servicio Marítimo de la Guardia Civil establece que 'las funciones que la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad, atribuye al Cuerpo de la Guardia Civil se ejercerán en las aguas marítimas españolas hasta el límite exterior del mar territorial determinado en la legislación vigente y excepcionalmente, fuera del mar territorial'. Este precepto,
deliberadamente ignorado por la Generalidad de Cataluña, ha supuesto que recientemente se haya dado a conocer cómo la Guardia Civil se encuentra obligada a supervisar las operaciones y funciones de ese servicio marítimo regional catalán. Lo
anterior se traduce en un aumento de las horas de trabajo de los agentes de la Benemérita. Al respecto, desde JUCIL han indicado lo siguiente: 'ni tenemos medios, ni personal suficiente para soportar tal carga de trabajo. Dicho aumento de horas
laborales repercutirá en el cansancio y fatiga del personal embarcado, por lo que podría acarrear accidentes o estrés laboral, y, en vez de aumentar, la operatividad de los servicios marítimos se puede traducir en la práctica en todo lo contrario'
4.


En este sentido, el Gobierno indicaba a diputados pertenecientes a este Grupo Parlamentario que 'en la actualidad el Gobierno mantiene una interlocución abierta con las Comunidades Autónomas a fin de iniciar, negociar y culminar, en su caso
y de común acuerdo, los traspasos correspondientes' (núm. Registro General 157970). Lo anterior es una forma velada de reconocer posibles traspasos de competencias de las funciones de la Guardia Civil a favor de distintas regiones, lo que
dependerá en última instancia del beneficio político que pueda reportar al Ejecutivo de la Nación.


Destacable también fue la aprobación en el Parlamento regional gallego en abril del 2021 de la Proposición de Ley Orgánica del Parlamento de Galicia de transferencias complementarias a Galicia, en materia de tráfico, circulación de vehículos
y seguridad vial 5, que contó con la abstención del PP. Esta deberá ser presentada en el Congreso de los Diputados para su aprobación, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 150.2 CE.


3 Pedro Sánchez sacará a la Guardia Civil de Tráfico de Navarra antes de 5 meses tras el acuerdo con Bildu. El Español. Disponible en:
https://www.elespanol.com/espana/20221122/pedro-sanchez-guardia-civil-trafico-navarra-bildu/720428331_0.html [Última visita: 14/12/2022].


4 Sánchez pone a la Guardia Civil de niñera de los Mossos: permite que patrullen el mar pero dobla turnos de los guardias. Libertad Digital. Disponible en:
https://www.libertaddigital.com/espana/2022-11-27/sanchez-pone-a-la-guardia-civil-de-ninera-de-los-mossos-permite-que-patrullen-el-mar-pero-dobla-turnos-de-los-guardias-6959247/ [Última visita: 17/01/2023].


5 BOPG n.º 21, del 24.09.2020.



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En definitiva, parece claro que un cuerpo que garantiza los derechos y libertades de todos los españoles desde hace casi dos siglos está perdiendo competencias y derechos de manera incluso contraria al ordenamiento. Y ello, con una
inusitada rapidez, vertiginosa en los últimos cuatro años.


Cuarto. Conclusiones.


Este Grupo Parlamentario -consciente de la radicalización del Ejecutivo Nacional- presentó en febrero del año 2020 una Proposición no de Ley en la que se instaba en al Gobierno a 'no utilizar a la Guardia Civil y a sus familias como moneda
de cambio en los pactos políticos y asegurar su no expulsión y permanencia en todo el territorio de nuestra Nación española como elemento esencial de su vertebración' (Núm. Registro General 8345).


Así las cosas, más allá de las legítimas reclamaciones que desde la Benemérita se vienen haciendo respecto de un suministro de medios materiales y humanos suficiente para el desarrollo de sus funciones, es necesario que el Gobierno adopte
las medidas necesarias para mantener la presencia de la Guardia Civil en el territorio nacional y garantizar el mantenimiento de sus competencias en todas las regiones de España, en vista de las continuas cesiones y negociaciones respecto de ellas.


Es presumible que en lo que resta de Legislatura continúen los pactos, negociaciones y acuerdos del Gobierno con todos aquellos enemigos de España que pretenden hacer desaparecer al Instituto Armado. Es de vital importancia poner fin a esa
situación.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a mantener la presencia de la Guardia Civil en el territorio nacional y garantizar el mantenimiento de sus competencias en todas las regiones de España y, en particular, a lo siguiente:


1. Poner fin a la instrumentalización de la Guardia Civil como moneda de cambio en sus pactos con separatistas y filoetarras.


2. Impulsar la devolución al Instituto Armado de las competencias indebidamente sustraídas durante la presente legislatura.


3. Dotar a la Guardia Civil de cuantos medios sean precisos para garantizar el correcto ejercicio de sus funciones en defensa de los derechos y libertades de los españoles.


4. Revertir el daño ocasionado a la unidad nacional por las cesiones de este Gobierno a sus socios separatistas y filoetarras con el único fin de mantenerse en el poder.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de marzo de 2023.-Luis Gestoso de Miguel, María Teresa López Álvarez, Francisco José Alcaraz Martos e Ignacio Gil Lázaro, Diputados.-Francisco Javier Ortega Smith-Molina y José María Figaredo
Álvarez-Sala, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Francisco Javier Ortega Smith-Molina, doña María Teresa López Álvarez, don Francisco José Alcaraz Martos, don Luis Gestoso de Miguel y don Ignacio Gil Lázaro, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunto y Diputados del Grupo
Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la reprobación del ministro del Interior, el Sr.
Fernando Grande-Marlaska Gómez, para su discusión en la Comisión de Interior.



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Exposición de motivos


Primero. El Ministro del Interior y su política penitenciaria: Arbitraria y al servicio de los separatistas y de los herederos de ETA.


La política penitenciaria del Gobierno de España, cuyo responsable político directo es el ministro del Interior, se caracteriza por su arbitrariedad a la hora de conceder beneficios penitenciarios -acercamientos, progresiones en grado y
concesiones de libertad condicional- contraviniendo en la mayoría de los casos los criterios de las Juntas de Tratamiento, que son los órganos de valoración del estado de los presos por su conducta y comportamiento, y adoptando resoluciones en las
que prevalecen los criterios políticos, marcados por el oportunismo más cínico.


Ha quedado acreditado que los acercamientos y excarcelaciones de etarras que se vienen realizando por el Ministerio del Interior desde 2018 no son decisiones plenamente autónomas y adoptadas 'en cumplimiento de la legalidad', sino que
responden a intereses políticos representados por las fuerzas parlamentarias separatistas, incluida la de los herederos de la banda terrorista ETA; y que son manifestación de la pasividad del Gobierno ante la injusticia que para las víctimas
suponen dichos acercamientos y excarcelaciones.


En este sentido, según se ha publicado, en el marco de las investigaciones de la Operación Kabat, se tuvo conocimiento en marzo de 2021 de la existencia de un canal de comunicación entre la ETA y cargos de la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias. A la investigación se incorporó un informe que pone de manifiesto la existencia de esta conexión 'soterrada' entre el Ministerio del Interior de una parte, y representantes de ETA, BILDU y de una red de apoyo a los
presos etarras denominada 'Sare', de otra. 6


En este canal de comunicación se atendían peticiones de presos etarras para que determinados centros penitenciarios aceptaran sus reclamaciones de 'tratamiento especial', concediéndoles progresiones en grado o traslados a centros
penitenciarios próximos a las provincias vascas y a Navarra. Esta información resulta de la intervención que se realizó en enero del 2020 al teléfono del etarra 'Kubati', donde se descubrieron conversaciones con instituciones oficiales.


El Gobierno, en lo que viene a ser un sometimiento a las exigencias de los herederos de la organización terrorista ETA, ha plasmado esas demandas en su política penitenciaria Sin ir más lejos, el 24 de marzo, el Ministerio del Interior
anunciaba el acuerdo alcanzado entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales del Gobierno regional vasco en relación con el traslado de presos de la organización terrorista
ETA 7.


Así, son cinco los presos etarras los que se trasladarán a centros penitenciarios de la región vasca. Estos son: Asier Borrero Toribio, Gregorio Escudero Balerdi, Garikoitz Etxeberria Goikoetxea, Irantzu Gallastegui Sodupe y Faustino
Marcos Álvarez 8.


De este modo, todos los presos de la organización terrorista ETA que cumplen condena en España ya lo hacen en un centro penitenciario vasco. Esta región cuenta además con la competencia en materia carcelaria desde que el Gobierno de Pedro
Sánchez la traspasara en la presente Legislatura. La atribución de esta competencia al Ejecutivo regional vasco -controlado por el Partido Nacionalista Vasco- supone, además, la seguridad de que las nuevas autoridades penitenciarias responsables
adoptarán siempre las decisiones más favorables a los criminales etarras.


La política penitenciaria del Gobierno Pedro Sánchez constituye una aberración que ofende la dignidad y el derecho a la justicia de las víctimas del terrorismo etarra. En este sentido, el Gobierno reconoció en respuesta parlamentaria que,
con fecha de 20 de enero de 2023, 'ascienden a ciento sesenta los internos e internas de ETA que han sido trasladados por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias a centros penitenciarios en la Comunidad Autónoma del País Vasco' (Núm.
de Registro 252395). A estos habría que añadir estos cinco últimos traslados. En total, cuando se hayan ejecutado estos últimos traslados, el Gobierno de Pedro Sánchez habrá acercado a 175 etarras.


6 Mensajes del jefe de Prisiones de Marlaska revelan trato de favor a los etarras. El Confidencial. Disponible en: https://www.elconfidencial.com/espana/2022-02-09/mensajes-jefe-prisiones-marlaska-revelan-trato-favor-etarras_3371902/.


7 Instituciones Penitenciarias coordina con el Departamento de Justicia del Gobierno Vasco el traslado de cinco condenados por terrorismo. Ministerio del Interior. Disponible en:
https://www.interior.gob.es/opencms/es/detalle/articulo/Instituciones-Penitenciarias-coordina-con-el-Departamento-de-Justicia-del-Gobierno-Vasco-el-traslado-de-cinco-condenados-por-terrorismo-00001/.


8 Ibid.



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Tercero. Los reiterados ataques a nuestra frontera sur.


Otro factor más que controvertido que afronta el Sr. Ministro de Interior es la nefasta política de defensa de nuestras fronteras. Las cifras de llegadas ilegales de inmigrantes desde que Pedro Sánchez Pérez-Castejón llegó al Gobierno se
han incrementado exponencialmente respecto a los años anteriores. Teniendo en cuenta los datos acumulados anuales, aportados por los informes quincenales del Ministerio del Interior, la evolución de la inmigración ilegal es la siguiente:


- 2019: 32.513.


- 2020: 42.097.


- 2021: más de 52.000 -aunque Interior contabilice 41.945-.


- 2022: 31.219 en 2022.


- 2023 (del 1 de enero al 15 de marzo): 3.729.


El número total de inmigrantes ilegales que han entrado en España durante la presente Legislatura es de 161.555.


Sólo hay que observar la evolución de las cifras de entradas de inmigrantes ilegales recogidas en los informes quincenales del Ministerio del Interior.


Y, lo cierto es que, pese a que España está sufriendo una de las mayores crisis de inmigración ilegal de los últimos años, principalmente consecuencia de las políticas que producen efecto llamada por parte del Ejecutivo actual, el ministerio
del ramo está de brazos cruzados. Mientras, nuestras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ('FFCCSE') se ven abandonadas y son dilapidadas en nuestras fronteras y la población civil sufre constantes ataques en sus pueblos y ciudades por parte
de los inmigrantes ilegales.


Además, han sido varios los asaltos masivos que se han producido de las vallas fronterizas del sur de nuestra Nación. Ejemplos muy significativos son los acontecidos el 17 y 18 de mayo de 2021 en Ceuta y el asalto a la valla de Melilla el
24 de junio de 2022. Y otras tantas ocasiones en las que los inmigrantes ilegales se lanzan con todo tipo de objetos utilizados como armas poniendo en riesgo la integridad física y la vida de los agentes que protegen nuestras fronteras.


Segundo. Los casos de corrupción.


La política penitenciaria del ministro Fernando Grande-Marlaska es sólo uno de los innumerables ejemplos de las actividades opacas, siniestras y poco transparentes y democráticas, que lleva a efecto el ministerio que dirige. En este punto
cabe recordar el 'caso mediador', el 'caso cuarteles', el 'caso grapa' y un largo etcétera.


El 27 de marzo de 2023 el Sr. Grande-Marlaska compareció ante la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados, a petición propia, para informar sobre el cumplimiento del principio de no injerencia y de respeto a la independencia
judicial en el denominado 'caso cuarteles'. No obstante, como acostumbra, el citado ministro obvió las polémicas que afectan a su ministerio y eludió dar explicaciones sobre la reciente dimisión de la directora general de la Guardia Civil, María
Gámez Gámez -con motivo de la citación judicial de su marido en calidad de investigado-, y sobre los casos de corrupción que podrían afectar a determinados elementos del Instituto.


Tanto es así que la Asociación Unificada de Guardias Civiles ('AUGC') ha emitido un comunicado expresando la 'preocupación extrema a la vista de la proliferación de casos penales en los que aparecen altos mandos de la Guardia Civil como
penalmente investigados por supuestos hechos relativos a la corrupción en la contratación pública, con posibles irregularidades en obras en más de una docena de comandancias de la Guardia Civil' 9.


Y es que los casos de corrupción se han sucedido sin que el Sr. Grande-Marlaska haya aceptado ninguna responsabilidad; una responsabilidad que, por razón de su cargo, debería haber asumido hace mucho tiempo.


Sin embargo, y lo que es aún más grave, el 28 de marzo se hacía público el fallo de la sentencia del Tribunal Supremo que anula el cese del coronel de la Guardia Civil, don Diego Pérez de los Cobos Orihuel, que servía al frente de la
Comandancia de Madrid; un cese completamente arbitrario ordenado por el Sr. Grande-Marlaska en su condición de ministro del Interior.


9 https://www.augc.org/actualidad/ministro-interior-elude-dar-respuesta-problemas-guardias-civiles-en-su-comparecencia-congreso_21793_102.html.



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A este respecto, se debe recordar que la hoy ex directora de la Guardia Civil, María Gámez Gámez, ya reconoció por escrito que el Sr. Pérez de los Cobos fue cesado por 'no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones de la
Guardia Civil (...) con fines de conocimiento' 10. Es decir, fue destituido por no haberse plegado a las arbitrarias exigencias del Sr. Grande-Marlaska en el marco de la investigación sobre la manifestación del 8 de marzo de 2020 y su relación con
la propagación de la pandemia del Covid-19.


Poco tiempo después del cese del Sr. Pérez de los Cobos, el ministro del Interior afirmó, en sede parlamentaria, que 'no voy a dimitir porque, como he dicho y repetiré, no he cometido ninguna ilegalidad, ni yo ni mi equipo'. Ahora, a la
luz del fallo del Tribunal Supremo, que califica el cese como ilegal, tal y como lo denunció VOX al presentar una querella por prevaricación contra el Sr. Grande-Marlaska por estos hechos, el ministro de Interior ha quedado en evidencia. Por
tanto, debe dimitir.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados:


1. Acuerda la reprobación del ministro del Interior por ser el responsable político directo de las medidas penitenciarias adoptadas por el Gobierno relativas a los presos de la banda terrorista ETA, que a su vez han sido pactadas con
fuerzas políticas separatistas, incluida la que es heredera de dicha organización y que representa los intereses de sus antiguos miembros; por su negligente gestión en relación con la inmigración ilegal y los constantes ataques que sufren nuestras
vallas fronterizas; por ser asimismo el responsable político directo de los casos de corrupción que se han sucedido en el ámbito de su ministerio; y, por ser también el responsable directo del cese de don Diego Pérez de los Cobos de su cargo de
Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid.


2. Conmina al Sr. Presidente del Gobierno a destituir inmediatamente al ministro del Interior, el Sr. Fernando Grande-Marlaska Gómez.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2023.-María Teresa López Álvarez, Francisco José Alcaraz Martos, Luis Gestoso de Miguel e Ignacio Gil Lázaro, Diputados.-José María Figaredo Álvarez-Sala y Francisco Javier Ortega
Smith-Molina, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Francisco Javier Ortega Smith-Molina, doña María Teresa López Álvarez, don Francisco José Alcaraz Martos, don Luis Gestoso de Miguel y don Ignacio Gil Lázaro, en sus respectivas condiciones de Portavoz Adjunto y Diputados del Grupo
Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, para
su discusión en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


Primero. De la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.


A tenor de lo estipulado en el artículo 12.1.B).c) de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (LO 2/1986), le corresponde a la Guardia Civil '[L]a vigilancia del tráfico, tránsito y transporte en las vías
públicas interurbanas'.


Del mismo modo, y de acuerdo con el artículo 4.5 del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, el Mando de Operaciones de la


10 https://www.elconfidencial.com/espana/2023-03-28/el-supremo-anula-cese-de-perez-de-los-cobos-como-jefe-de-la-comandancia-de-madrid_3601107/.



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Dirección General de la Guardia Civil 'es el responsable de planificar, impulsar y coordinar los servicios operativos de las Unidades de la Guardia Civil, de acuerdo con las directrices emanadas de la persona titular de la Dirección General
de la Guardia Civil, a través de la Dirección Adjunta Operativa, asumiendo para ello cuantos cometidos le atribuye la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo [...] Igualmente dirigirá, impulsará y coordinará la seguridad ciudadana en su demarcación y,
por su carácter transversal, las funciones que se realicen para la custodia de las vías de comunicación terrestre y la vigilancia del tráfico, tránsito y transporte en las vías interurbanas'.


De esta manera, del Mando de Operaciones depende 'la Jefatura de la Agrupación de Tráfico, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a la que corresponde, como es la unidad especializada en tráfico,
seguridad vial y transporte, organizar y gestionar todo lo relativo al ejercicio de las funciones encomendadas a la Guardia Civil por la normativa vigente'.


Por otro lado, el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (RDL 6/2015), recoge expresamente en su artículo 6.2 que
'[P]ara el ejercicio de las competencias atribuidas al Ministerio del Interior en materia de regulación, ordenación, gestión y vigilancia del tráfico, así como para la denuncia de las infracciones a las normas contenidas en esta ley, y para las
labores de protección y auxilio en las vías públicas o de uso público, actuará, en los términos que reglamentariamente se determine, la Guardia Civil, especialmente su Agrupación de Tráfico, que a estos efectos depende específicamente del organismo
autónomo Jefatura Central de Tráfico'.


En la actualidad hemos de referirnos a la Orden General número 30/2021 de 9 de septiembre, por la que se regula la especialidad de Tráfico y la estructura, organización y funciones de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil como la
disposición vigente que contiene 'la regulación específica de la especialidad de tráfico, y sus respectivas modalidades' (Exposición de Motivos).


Así, y en consonancia con las disposiciones normativas anteriormente mencionadas, se reconoce que la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil ('ATGC') tiene encomendadas las siguientes funciones 11:


- La vigilancia, regulación, auxilio y control del tráfico y del transporte, así como garantizar la seguridad de la circulación en las vías interurbanas.


- La protección y auxilio a los usuarios de las vías públicas.


- La vigilancia y disciplina del tráfico, tránsito y transporte en vías interurbanas y travesías, así como la denuncia de las infracciones a las normas de circulación.


- La investigación e instrucción de las diligencias por accidentes de tráfico.


- La vigilancia del cumplimiento de la normativa sobre transportes por carretera.


En definitiva, el control del tráfico interurbano es una competencia fundamental del Instituto Armado.


Segundo. De las dificultades propias de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en la actualidad.


La ATGC ha tendido a ser instrumentalizada por los diferentes Gobiernos de la Nación en los últimos años con criterios políticos. Hablamos de una agrupación que viene prestando un servicio de vigilancia de las vías de comunicación de las
carreteras españolas desde su creación por la Ley 47/1959, de 30 de julio, sobre regulación de la competencia en materia de tráfico en el territorio nacional 12. Sin embargo, esta unidad atraviesa un conjunto de dificultades que merecen
consideración.


Las complejidades operacionales que experimentan los agentes de la Guardia Civil especializados en tráfico responden a diversas cuestiones. En primer lugar, hemos de referirnos al aumento exponencial del parque automovilístico nacional, que
se sitúa en 29,87 millones de vehículos al término de 2021.


Este hecho repercute negativamente en la seguridad en las carreteras que, en último término, se ha traducido en un aumento de los siniestros viales. Así, en 2022, según datos de la Dirección General de Tráfico, perdieron la vida en las
carreteras nacionales 1.145 personas. Hablamos de un incremento del 4 % respecto a los datos de 2019, año de referencia 13. A ello debemos añadir que, por extensión, los agentes pertenecientes a la ATGC se erigen como la unidad de la Guardia Civil
con mayor número de efectivos


11 https://www.guardiacivil.es/es/institucional/Conocenos/especialidades/Seguridad_Vial/index.html.


12 https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1959/182/A10371-10372.pdf.


13 https://www.dgt.es/comunicacion/notas-de-prensa/1.145-personas-fallecieron-en-siniestros-de-trafico-durante-2022/#:~:text=En%202022%20se%20produjeron%201.042,y%20previo%20a%20la%20pandemia.



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fallecidos en acto de servicio. Según cifras facilitadas por la Agrupación Unificada de Guardias Civiles ('AUGC'), 343 agentes de la Agrupación de Tráfico han perdido su vida en las carreteras nacionales.


En segundo lugar, estas cifras de siniestralidad vial se explican no solo en lo que concierne al aumento progresivo del parque automovilístico nacional, sino también en lo referente al estado de las carreteras españolas. La Autoridad
Independiente de Responsabilidad Fiscal ('AIReF') en su estudio 'Infraestructuras de Transporte', publicado en el mes de julio de 2020, ya advirtió la necesaria configuración de un plan estatal que actúe como el instrumento técnico y jurídico que
ordene la política sectorial de carreteras en España. Del mismo modo, debe contener las previsiones y los objetivos a cumplir, así como las prioridades de actuación en relación con las carreteras estatales y sus elementos funcionales.


Atendiendo al Informe sobre necesidades de inversión en observación de carreteras en España 2019-2020 la situación es preocupante, en tanto uno de cada diez kilómetros presenta deficiencias incompatibles con una total seguridad 14. Un hecho
que repercute negativamente en el buen hacer y desempeño de los agentes de tráfico de la Guardia Civil, quienes exponen su vida de forma diaria en el ejercicio de sus funciones.


Tercero. De las justas reivindicaciones de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.


Así las cosas, a las complejidades que suscita el correcto desempeño de las actividades encomendadas a la ATGC debemos añadir, en primer lugar, la merma que ha sufrido su plantilla en los últimos años. Distintas agrupaciones y asociaciones
de agentes de Guardia Civil han denunciado que la Agrupación de Tráfico ha sido relegada al ostracismo por parte del Gobierno de España, lo que ha supuesto la reducción del número de efectivos desplegados en esta especialidad.


Así lo corrobora la respuesta parlamentaria del Gobierno de España a una pregunta por escrito formulada por diputados de este Grupo Parlamentario, en la que el Ejecutivo informa que 'desde el mes de julio de 2019 hasta el día 8 de febrero de
2023, se han producido un total de 1.636 bajas en la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, y durante el mismo período, se han incorporado a las unidades de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil un total de 1.402 Guardias Civiles' (Número
de registro 259847). Una circunstancia especialmente sensible a tenor de las cifras de siniestralidad vial expuestas; y es que la dispersión de agentes de la Guardia Civil en la especialidad de Tráfico se debe, a su vez, al hecho de que se trata
de la unidad del Instituto Armado en el que se refleja el mayor número de funcionarios fallecidos en acto de servicio de todo el Cuerpo, como ya ha sido referenciado.


En otro campo, y tal y como denuncia AUGC, el complemento de productividad por objetivos ha quedado reducido en un 50 % en 2022 con respecto al año previo, según cálculos aproximadas anunciados desde la Dirección General de la Guardia Civil
15. De esta manera, frente a la cantidad total destinada a la productividad de los agentes a final de 2021 (46 millones de euros), en 2022 esta cifra se situó en los 21 millones.


A este respecto, la productividad, que tiene como fin mejorar la eficacia y la eficiencia de los Cuerpos policiales, está regulada en la Guardia Civil mediante la Orden General 4/2021, por la que se regulan los incentivos al rendimiento del
personal de la Guardia Civil (Orden General 4/2021). El artículo 19.2.c) de esta disposición determina que la productividad por objetivos '03' está enfocada al desempeño de las actividades de vigilancia, control y regulación del tráfico y del
transporte. Según manifiesta la AUGC, la dotación mensual a abonar está fijada en 142 euros, muy alejados de los 361 euros que el Ministerio del Interior habría prometido ya en el año 2009.


Cuarto. Conclusión.


Los objetivos para la seguridad vial, pretendidos desde el Ministerio del Interior y encomendados a la labor de la ATGC, han de lograrse mediante la mejora del servicio prestado al conjunto de la ciudadanía española. En este sentido, las
condiciones materiales que deben amparar a los agentes han de ir acompañadas sine qua non de inversiones que mejoren el estado de las carreteras nacionales, de forma que la AGTC desarrolle los fines que tiene encomendados en condiciones de seguridad
que repercutan no solo en su propio beneficio, sino en el del conjunto de la sociedad. Por añadidura, la


14 http://94.23.80.242/~aec/rueda-prensa-28-7/NP%20Auditoria%20estado%20carreteras%20AEC%202019-2020_OK.pdf.


15 https://www.augc.org/actualidad/nuevo-atropello-derechos-guardias-civiles-dggc-anuncia-reduccion-50-productividad-por-objetivos-fin-ano_21617_102.html.



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recuperación de la plantilla que progresivamente ha ido perdiendo la Agrupación debe ser una condición indispensable. De esta manera, su imagen, condiciones laborales y económicas deben ser tenidas en cuenta, a fin de lograr que el ingreso
y permanencia en la misma sea más atractivo para los presentes y futuros agentes de la ATGC.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para mejorar la eficiencia y eficacia del servicio prestado desde la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. Para ello, se deberán adoptar, al menos, las
siguientes:


1. Regular mediante Real Decreto la asignación de los incentivos al rendimiento de la Guardia Civil, incrementando hasta los 361 euros los emolumentos actuales correspondientes a la productividad ''03'' que figura en la Orden General
4/2021.


2. Reorganizar reglamentariamente la estructura de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, dotándola de un nuevo catálogo de puestos de trabajo en funciones no operativas que serán cubiertas por personal en situación administrativa de
reserva.


3. Regular mediante Real Decreto el régimen de prestación del servicio, la jornada laboral y horario de los Guardias Civiles, en el que se recoja, a su vez, la obligatoriedad del descanso de once horas entre distintos servicios, tal y como
estipula la Orden general 11/2014, así como la instauración de núcleos operativos con turnos de trabajo


4. Desarrollar un plan operativo de vialidad que ahonde en las deficiencias de la situación de la Red de Carreteras del Estado, a fin de que se logre mejorar los índices de seguridad vial mediante la reparación de las carreteras secundarias
de competencia estatal.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2023.-María Teresa López Álvarez, Francisco José Alcaraz Martos, Luis Gestoso de Miguel e Ignacio Gil Lázaro, Diputados.-José María Figaredo Álvarez-Sala y Francisco Javier Ortega
Smith-Molina, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


161/004957


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre cese del Ministro del Interior, para su
debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


La trayectoria como Ministro del Interior de Grande-Marlaska, ha estado rodeada de polémica permanente y de innumerables irregularidades.


Es incomprensible que Marlaska siga siendo Ministro del Gobierno de España.


- Ha tenido que comparecer ante el Parlamento Europeo por la Valla de Melilla.


- Ha tenido que comparecer en el Congreso por el Caso Cuarteles


- Ha dimitido la directora de la Guardia Civil.


- Ha confirmado el acercamiento de todos los presos de ETA.


- Y el Supremo ha anulado el cese del coronel Pérez de los Cobos.


El proceso de destitución del coronel Pérez de los Cobos, reúne todos los ingredientes de la arbitrariedad y los abusos y desviaciones de poder de Marlaska en el Ministerio del Interior.


El cese del coronel Diego Pérez de los Cobos como máximo responsable de la Guardia Civil en Madrid fue ilegal. El Tribunal Supremo ha estimado el recurso interpuesto por Pérez de los Cobos contra



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la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional que había confirmado su destitución, la cual ha sido anulada.


El Alto Tribunal, por unanimidad, recuerda que la orden dada por Interior era contraria a la función de la Policía Judicial.


En mayo de 2020, cuando Marlaska dio la orden política de fulminar al coronel Pérez de los Cobos, el juzgado 51 de Madrid tenía abiertas unas diligencias en las que se había encargado a la Guardia Civil investigar cómo actuaron las
autoridades sanitarias durante el origen de la pandemia.


Los subordinados de Pérez de los Cobos -en su papel de policía judicial- habían remitido a la juez informes sobre la investigación del 8 de marzo.


Pérez de los Cobos defendió en todo momento la confidencialidad de las investigaciones judiciales y eso le costó el cargo. Si Pérez de los Cobos hubiese informado de las actuaciones a sus superiores podía haber incurrido él a su vez en un
'ilícito penal'.


En un primer momento el ministro del Interior, atribuyó el cese a razones de organización internas y lo desvinculó de ese informe si bien posteriormente matizó que respondía a la filtración del mismo a los medios.


Pero un documento interno de la Guardia Civil con fecha de 24 de mayo de ese año, de la entonces Directora General de la Guardia Civil, María Gámez, proponía el cese de Pérez de los Cobos 'por no informar del desarrollo' de la actuación del
capitán y teniente de la Guardia Civil encargados de las investigaciones por el 8 de marzo.


La publicación de este documento demostró la falsedad de las tesis defendidas en el Congreso por Marlaska y sus mentiras en sede parlamentaria.


Tres años después, la Sala Tercera del Supremo estima el recurso contra la sentencia de la Audiencia Nacional de 15 de septiembre de 2021 que había ratificado en apelación el cese del coronel Pérez de los Cobos y procede a su anulación.


En su sentencia, el Supremo subraya que el coronel 'estaba a las órdenes de la magistrada que dirigía la instrucción sin que sea admisible interferencia gubernativa y menos si la magistrada había ordenado absoluta reserva y que sólo se le
informase a ella'.


La sentencia del Alto Tribunal señala expresamente que '... reiteramos nuestra jurisprudencia que exige no sólo la motivación formal del cese en el puesto o destino de libre designación por razones de idoneidad profesional sino, además, la
exigencia de que esa motivación no sea vaga, imprecisa o rituaria, a base de expresiones opacas, estandarizadas, sino que dé razón de por qué la confianza profesional que motivó el nombramiento ha decaído y por qué ya no se reúnen las condiciones
para desempeñar un destino atendiendo a sus requerimientos.'


El Supremo ordena restituir a Pérez de los Cobos y reprende a Marlaska por la inadmisible interferencia en una investigación judicial.


En consecuencia, se confirma la primera sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, que había previamente anulado la decisión del Ministro Marlaska al estimar que el cese fue una represalia por la
decisión de Pérez de la Cobos de cumplir la orden de la juez que investigaba el caso del 8 de marzo, de no informar a los superiores sobre los pormenores del procedimiento judicial. Esa primera sentencia, que prevalece ahora, obligaba al Ministerio
de Interior a restituir al coronel en el cargo y pagar las diferencias retributivas dejadas de percibir desde la fecha de efectividad del cese. (sentencia de la Audiencia Nacional, n.º 35/2021 de 31 de marzo de 2021, Juzgado Central de lo
Contencioso Administrativo n.º8, Procedimiento Abreviado 109/2020)


La sentencia, ratificada por el Tribunal Supremo, señalaba 'que Interior incurrió en desviación de poder al apartar de la Jefatura de la Comandancia de la Guardia Civil en Madrid al coronel Pérez de los Cobos por no informar del desarrollo
de investigaciones, a pesar del 'deber legal de reserva' y de la 'orden expresa' que la instructora había dado a los agentes'. 'No constando en modo alguno qué información se consideraba que debería haber comunicado el recurrente [el coronel] en su
condición de Jefe de la Comandancia de Madrid, no podemos concluir más que el motivo de la decisión discrecional de cese era ilegal, en tanto que el cese estuvo motivado por cumplir con lo que la ley y el expreso mandato judicial ordenaban tanto a
la Unidad Orgánica de Policía Judicial como a sus superiores, en este caso al Sr. Pérez de los Cobos, esto es, no informar del desarrollo de las investigaciones y actuaciones en curso; lo que, entre otras cosas, podría haber sido constitutivo de
un ilícito penal' afirmaba literalmente la resolución judicial.



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El conjunto de decisiones ilegales, explicaciones contradictorias y mentiras reiteradas para ocultar la gravedad de los hechos declarados probados, revelan una posición insostenible para el Ministro del Interior visto desde los más
elementales principios democráticos. Resulta evidente que la gran mayoría de los ciudadanos han perdido la confianza en el señor Marlaska.


A todo ello, ahora se suma las declaraciones del señor Marlaska intentando crear artificialmente una causa justificativa para no dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Supremo y no restituir al coronel Pérez de los Cobos al cargo del
que fue ilegalmente cesado.


En ningún Gobierno democrático homologable se podría dar una cadena de irregularidades y polémicas de tal nivel como las que afectan al Ministro del Interior y que el Presidente del Gobierno continuará manteniéndolo en su puesto.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Presidente del Gobierno a que cese de inmediato al Ministro del Interior, señor Marlaska, por haber actuado con desviación de poder al apartar de la Jefatura de la Comandancia de la Guardia Civil en
Madrid al coronel Pérez de los Cobos por no informar del desarrollo de investigaciones penales abiertas que afectaban a altos cargos designados por el Gobierno del que el señor Marlaska forma parte, a pesar del deber legal de reserva y de la orden
expresa que la instructora había dado a los agentes de la Guardia Civil en su función de policía judicial.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2023.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa de la Comisión de Interior


Isidro Martínez Oblanca, Diputado de FORO, integrado en el Grupo Parlamentario Mixto del Congreso, al amparo del Reglamento de la Cámara presenta, para su debate en la Comisión de Interior, la siguiente Proposición no de Ley relativa a los
gravísimos incendios sufridos en Asturias en los últimos días del mes de marzo y principios de abril de 2023.


Exposición de motivos


La gravísima oleada de incendios forestales producida en Asturias durante once días (finales del mes de marzo y primeros días de abril de 2023) que afectó a una superficie aproximada de 11.000 hectáreas repartidas prácticamente en todos los
municipios de la Comunidad Autónoma y que obligó a la evacuación de sus hogares de casi 400 personas, hace imprescindible y urgente la adopción de medidas extraordinarias de apoyo para facilitar en lo posible la recuperación de los daños, atender
prioritariamente las necesidades de los afectados, restablecer la actividad agroganadera y atenuar las consecuencias medioambientales teniendo en cuenta que la destrucción de masas forestales exige medidas de reforestación muy largas en el tiempo y,
en no pocos casos, es irreparable. Existen, asimismo daños colaterales posteriores a la erosión causada por los incendios que llega a afectar, incluso, a la pesca y al marisqueo por el arrastre de toneladas de ceniza hacia el mar a través de los
ríos.


Los precedentes inmediatos de similares incendios forestales en Asturias se remontan a los años 2015 y 2017 donde se calcinaron 16.000 hectáreas y 13.000 hectáreas respectivamente, pero también en los años 2000, 2002, 2009, 2011, 2012, 2017
y 2019 hubo grandes incendios (más de 10.000 hectáreas destruidas en cada uno de ellos). En resumen, a lo largo del actual siglo XXI ya se han quemado del orden de casi 2.500 km, cuadrados, es decir, una cuarta parte de la superficie de la región.
Tras su extinción en algunos casos se adoptaron medidas en favor de los territorios afectados que o bien llegaron muy paulatinamente o bien no llegaron nunca.


En esta ocasión el Gobierno del Principado ya ha anunciado la solicitud al Gobierno de España de ayudas para paliar los graves perjuicios económicos y medioambientales que ha generado el fuego en los bienes dañados con medidas reparadoras
tanto para el patrimonio natural como para aquellas zonas



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rurales cuyos habitantes desarrollan una actividad socioeconómica basada en la agricultura, la ganadería y el sector forestal.


Es conocido que para paliar los daños derivados de una situación de emergencia o de naturaleza catastrófica producida en cualquier punto de la geografía española, resulta de inmediata aplicación -sin necesidad de ningún tipo de 'activación'-
el régimen ordinario de ayudas ya previsto en nuestro marco legislativo si bien, pueden aplicarse medidas de extraordinaria y urgente necesidad en su caso mediante la figura del Real Decreto-ley tanto para ayudas económicas directas a los afectados
como medidas reparadoras de bienes públicos -de titularidad estatal, autonómica y municipal-, exenciones y beneficios fiscales (IRPF, IBI, IAE, y de carácter específico para explotaciones agroganaderas), así como medidas laborales y de la Seguridad
Social, atribuidas a la competencia de los diferentes Departamentos ministeriales.


Por lo expuesto se presenta la siguiente Proposición no de Ley en relación con los gravísimos incendios sufridos en Asturias en los meses de marzo y abril de 2023.


Proposición no de Ley


'La Comisión de Interior del Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Determinar y atribuir a la competencia del departamento ministerial que corresponda el reconocimiento y la financiación de las ayudas económicas oportunas para paliar daños materiales producidos por los incendios en Asturias tanto en
vivienda y enseres como en explotaciones agrarias, ganaderas, forestales, establecimientos industriales y de otros servicios, así como los daños y perjuicios sufridos con motivo de tales sucesos, y a favor de las personas físicas y jurídicas, al
igual que a las Corporaciones Locales por los gastos ocasionados para hacer frente a situaciones de emergencia.


2. Fijar las ayudas correspondientes a las personas y familias que han sufrido daños físicos irreparables en las tareas de extinción de los incendios.


3. Habilitar a la mayor brevedad posible en la Delegación del Gobierno en Asturias una Oficina de Atención a las personas afectadas por los incendios, que trabaje en coordinación con el gobierno autonómico a los efectos de cumplimentar y
recoger los formularios correspondientes para determinar la gravedad de los daños producidos y resarcirlos con urgencia con el fin de recuperar la vida cotidiana y el normal desarrollo de las explotaciones agrarias, ganaderas, forestales, etc.


4. Atender la solicitud del Gobierno de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias a los efectos de reparar y paliar las pérdidas económicas, materiales, corporativas, y de todos cuantos han sufrido las consecuencias de los hechos
desencadenantes de la situación de emergencia causada por los incendios forestales producidos en su territorio en los meses de marzo y abril de 2023. Todo ello sin perjuicio de atender a la flexibilización en los requisitos que se exigen a los
ayuntamientos conforme a lo dispuesto en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.


5. Requerir celeridad para que, una vez computados todos los daños sufridos por los incendios producidos en Asturias el Gobierno se dirija a la Unión Europea a los efectos de solicitar la concesión de ayudas procedentes del Fondo de
Solidaridad (FSUE) establecido para la prestación de asistencia en caso de catástrofe natural grave con repercusiones importantes en las condiciones de vida, el medio natural o la economía de una o varias regiones de un Estado miembro.


6. Seguir manteniendo el sistema de seguros agrarios combinados, como herramienta óptima que garantice la viabilidad de las explotaciones agrarias y ganaderas ante los daños causados por las adversidades medioambientales.


7. Aplicar con la máxima urgencia el Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales en Asturias y demás territorios afectados por los siniestros de los meses de marzo y
abril de 2023. Todas las ayudas que se acuerden en aplicación de dicho real decreto deberán estar sometidas a la debida transparencia permitiendo el acceso a la información sobre los destinatarios y las cuantías de las ayudas y muy especialmente
cuanto estos sean empresas o administraciones públicas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de abril de 2023.-Isidro Manuel Martínez Oblanca, Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la modificación de la Ley
5/1964, de 29 de abril, sobre condecoraciones policiales, para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


En el ordenamiento jurídico del Estado español perviven, a día de hoy, una serie de normas aprobadas durante la dictadura, algunas de ellas con una importante carga política e ideológica, que arrastran la sombra del régimen totalitario hasta
nuestros días.


Es el caso, entre otras, de la Ley 5/1964 sobre condecoraciones policiales 16, que junto con la Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre secretos oficiales, dan muestra de esta pervivencia de normas preconstitucionales y obsoletas en nuestro
ordenamiento. En relación a la última, está en fase de tramitación la ley de información clasificada 17, cuya aprobación pondría fin a la vieja norma de secretos oficiales.


En cuanto a la ley de condecoraciones oficiales, desde múltiples instancias se ha pedido la revisión y retirada de condecoraciones, y se ha puesto de manifiesto el mal uso que se ha hecho de las mismas en múltiples ocasiones. De hecho, son
los colectivos sindicales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado los que han denunciado en numerosas ocasiones estos hechos, considerados muy polémicos dentro del cuerpo, visto que se han entregado a forma de 'recompensa'.


En el mismo sentido, varias sentencias han impuesto la retirada de medallas a ciertos agentes jubilados, los cuales han visto sus pensiones acrecentadas tras las condecoraciones, debido a que no cumplían con el trámite previsto por la
normativa. De hecho, la Audiencia Nacional anuló en mayo de 2022 el otorgamiento de estas recompensas a mandos policiales al entender que se incumplió con el procedimiento, ya que los sindicatos no dispusieron de la oportunidad para alegar las ya
mencionadas recompensas.


Además, el uso interesado de estas condecoraciones ha sido demostrado en la Comisión de investigación de la trama Kitchen. En efecto, quedó demostrado que catorce de los agentes involucrados en esta operación obtuvieron concesiones durante
la misma, siendo sólo uno el que pudo defender que, efectivamente, su recompensa fue otorgada acorde a la ley. Sin embargo, no sólo se utilizaron las condecoraciones como retribuciones al servicio prestado, sino que los traslados a zonas en el
exterior mejor pagadas o, entre otros, comisiones de servicio. En consecuencia, desde la Comisión del Congreso de los Diputados se instó a una revisión de los procesos de concesión de condecoraciones a fin de aumentar la transparencia y objetividad
de estas condecoraciones.


El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó el 17 de junio de 2020 una proposición no de ley relativa a la retirada de condecoraciones a funcionarios y autoridades franquistas que hubiesen observado conductas incompatibles con los valores
democráticos y los principios de protección de los Derechos Humanos 18. De igual modo, la Comisión Constitucional del Congreso aprobó el 23 de septiembre de 2021 otra proposición no de ley relativa a la retirada de medallas y condecoraciones
otorgadas a dictadores y personas condenadas por la violación de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad.


Con la entrada en vigor de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, el ministro del Interior ha ordenado retirar las condecoraciones afectadas por la misma, acordando que las direcciones generales de la Policía Nacional y de
la Guardia Civil inicien los procedimientos de oficio para revisar y retirar las condecoraciones y recompensas policiales que hubieran podido recibir en el pasado agentes de ambos cuerpos que hubieran formado parte del aparato de represión de la
dictadura franquista o realizado actos incompatibles con los valores democráticos y los principios rectores de protección de los derechos humanos que fija la Constitución Española. Así lo anunció a finales del 2022 19.


16 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1964-7524.


17 https://www.mpr.gob.es/servicios/participacion/Documents/APL%20Informacio%CC%81n%20Clasificada.pdf.


18 https://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/D/BOCG-14-D-93.PDF#page=8.


19 https://www.interior.gob.es/opencms/es/detalle/articulo/Grande-Marlaska-ordena-retirar-las-condecoraciones-afectadas-por-la-Ley-de-Memoria-Democratica/.



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Estas medidas tienen su fundamento en el artículo 42 de la Ley de Memoria Democrática, en el que se ordena la revisión y revocación de condecoraciones y recompensas concedidas durante la dictadura, y en la disposición adicional tercera que
prevé la anulación de las condecoraciones policiales cuando quede acreditada la realización por las personas beneficiarias, antes o después de la concesión, de actos manifiestamente incompatibles con la pertenencia a las órdenes del mérito, tanto de
la Policía Nacional como de la Guardia Civil. Según la propia disposición, esta revocación de oficio afecta a las resoluciones de concesión de recompensas anteriores a la entrada en vigor de la ley.


Las previsiones de la Ley de Memoria Democrática sobre revocación de condecoraciones afectarían a las otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de dicha norma. No obstante, se hace precisa una reforma profunda de la ley de
condecoraciones, tanto para la concesión de las posteriores a la Ley de Memoria Democrática, como para las posibles revocaciones que se tuvieran que producir sobre las otorgadas tras la entrada en vigor de la misma. Al no estar previsto en la norma
un procedimiento de revocación de condecoraciones, se precisaría una reforma legislativa de la misma, al margen de la vía judicial -tal y como ha manifestado el Gobierno a las preguntas que se han realizado en sede parlamentaria sobre este tema-,
además de actualizar el sistema de concesiones, para evitar que se produzcan situaciones de abuso como las descritas.


Con el objetivo de impulsar la adopción de las medidas necesarias destinadas a modificar la Ley 5/1964, de 29 de abril, sobre condecoraciones policiales, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común
presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Culminar los estudios que permitan la elaboración de un anteproyecto de ley sobre condecoraciones policiales que se adapte a las exigencias de nuestra sociedad actual, a las demandas de los diferentes colectivos implicados y a los criterios
de mérito, a través de un procedimiento con todas las garantías y transparencia, mejorando los controles con la intención final de modificar la Ley 5/1964, de 29 de abril, sobre condecoraciones policiales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de abril de 2023.-Ismael Cortés Gómez, Diputado.-Enrique Fernando Santiago Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Jon Iñarritu, diputado del Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu, de conformidad con lo previsto en el vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a regular reglamentariamente la
aplicación del artículo 38 de la Ley 12/2009, de 20 de octubre, del derecho de asilo y de la protección subsidiaria para su debate en la Comisión de Interior.


Exposición de motivos


El 24 de junio de 2022, en la frontera española de Melilla con Marruecos tuvo lugar la mayor masacre acaecida en una frontera terrestre: más de 30 personas muertas y más de setenta desaparecidas, además de cientos de personas torturadas y
víctimas de graves violaciones de derechos humanos, a causa de las actuaciones de las fuerzas de seguridad marroquíes y españolas. Personas en su gran mayoría refugiadas a las que, además, se les negó su derecho a solicitar protección
internacional, derecho garantizado por el artículo 14 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el artículo 18 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en relación con el artículo 1.A de la Convención sobre el estatuto
de refugiado, hecha en Ginebra en 1951.


El Gobierno español ha venido defendiendo desde antes de esa fecha -ante la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), Caso N.D.y N.T. c. España- y desde entonces que una de las vías para el acceso al procedimiento de
protección internacional era el artículo 38 de la Ley 12/2009,



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de 20 de octubre, del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, precepto que permite a las personas de terceros países solicitar en las Embajadas de España poder ser trasladadas a territorio español cuando 'corra peligro su integridad
física' para que puedan presentar su solicitud de protección internacional.


La realidad es absolutamente la contraria, como ya defendió el ACNUR ante la Gran Sala del TEDH. Los datos confirman la utilización política de este procedimiento para únicamente el caso de las personas refugiadas afganas: según datos
proporcionados a esta Cámara, desde marzo de 2022 hasta principios de marzo de 2023, 1.444 personas de las 1447 que habían solicitado la vía del artículo 38 eran de nacionalidad afgana. De los cientos de personas que intentaron cruzar la valla de
Melilla el 24 de junio de 2022, solo una persona africana, de nacionalidad sudanesa, ha pedido la aplicación del artículo 38. Y si ha podido hacerlo, ha sido porque ha estado respaldada jurídicamente por DEMOS, despacho especializado en derechos
humanos. Para el resto, el acceso ha sido sencillamente imposible.


La respuesta de la Administración respecto de la utilización del artículo 38 es contradictoria: por un lado se dice que la vía del artículo 38 está abierta y por otro, cuando no lo utiliza, se escuda en la ausencia de reglamento de
desarrollo. Este argumento ya fue echado por tierra por la sentencia del Tribunal Supremo no 1327/2020, de 15 de octubre, que afirmó la existencia regulación suficiente, partiendo de la propia de Ley de Asilo además de otros preceptos, para poder
resolver al respecto.


No obstante, esta situación de dispersión normativa -que se debe a que los diferentes Gobiernos desde 2009 han incumplido sistemáticamente la Ley de Asilo al no dictar un reglamento de desarrollo en el plazo fijado de seis meses, vulnerando
así la Disposición final tercera de la Ley 12/2009- impide que las personas refugiadas en este caso puedan conocer sus derechos y, como cualquier otra persona administrada, puedan saber a qué atenerse y qué garantías le protegen.


El incumplimiento reiterado y mantenido de esta disposición final, la dispersión de las normas secundarias aplicables y, en definitiva, la utilización del derecho de asilo en clara subordinación a las políticas de control de fronteras
-obviando el carácter de obligación internacional del primero-, de manera discriminatoria y con claro interés político han impedido el acceso a la posibilidad de obtener una protección a miles de personas refugiadas en el mundo.


El Derecho internacional de los derechos humanos y, en particular, de las personas refugiadas exige procedimientos que sean efectivos. Igualmente, el artículo 9 de la Constitución española establece la obligación de garantizar la igualdad y
que esta sea efectiva, así como de remover los obstáculos que impidan dicha igualdad (apartado 2), además de afirmar como base de nuestro estado de derecho, el principio de seguridad jurídica, en interconexión con otros como el principio de
legalidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos (apartado 3). El respeto a estos preceptos exige que el Gobierno regule reglamentariamente, cuando menos, el artículo 38 de la Ley 12/2009 para que se garantice un acceso
efectivo y garantista a dicho procedimiento a las personas refugiadas y víctimas de graves violaciones de derechos humanos, independientemente de su nacionalidad y del país en el que se encuentren, y para que se elimine la arbitrariedad y
discriminación en su utilización.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Regular reglamentariamente la aplicación del artículo 38 de la Ley 12/2009, de 20 de octubre, del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, estableciendo un procedimiento de urgencia con todas las garantías y derechos para las
personas solicitantes reconocidas en la propia Ley de Asilo, entre ellas, el derecho a intérprete, que la solicitud se comunique al ACNUR, que se realice una entrevista personal y que se requiera un informe preceptivo a la OAR, respetando los marcos
establecidos por la jurisprudencia tanto nacional como internacional.


2. Publicar mensualmente los datos de las personas que solicitan la aplicación del artículo 38, de las resoluciones positivas y negativas, desagregados por sexo, edad, nacionalidad y país en el que se hizo la petición.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de abril de 2023.-Jon Iñarritu García, Diputado.-Mertxe Aizpurua Arzallus, Portavoz del Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu.



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Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don José María Figaredo Álvarez-Sala y don Tomás Fernández Ríos, en sus respectivas condiciones de Portavoz Sustituto y Diputado del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento
del Congreso de los Diputados, formulan la siguiente Proposición no de Ley para la realización de las actuaciones necesarias con el fin de restaurar y recuperar de manera permanente la playa de El Portil (Huelva), para su discusión en la Comisión de
Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


Primero. La situación actual de las playas de Huelva.


Desde Matalascañas, junto a la provincia de Cádiz, hasta el extremo occidental de la costa onubense en la frontera con Portugal, las playas de Huelva vienen sufriendo en los últimos años temporales que causan daños y destrozos, haciendo
desaparecer parte del litoral y poniendo en guardia a uno de los sectores clave de la economía provincial como es el turismo.


La situación en la que se encuentra la playa de El Portil es especialmente relevante dentro de la problemática general de la provincia. Tratándose de una de las más populares de la provincia de Huelva, se sitúa entre los términos
municipales de Punta Umbría y Cartaya 20 y está rodeada de parajes naturales como la Reserva Natural de la Laguna del Portil, el Paraje Natural de Enebrales de Punta Umbría o el Parque Natural de las Marismas de Odiel 21. Además, uno de sus
principales reclamos es su extensión, toda vez que posee una longitud de más de tres kilómetros y medio y una anchura de cuarenta metros 22.


La playa de El Portil es compartida por las localidades de El Portil (Punta Umbría) y Nuevo Portil (Cartaya), destinadas, principalmente, al turismo de costa, lo cual también determina la importancia social y económica de la playa para la
zona. Sin embargo, ambas localidades han visto cómo en las últimas décadas se han ido quedando sin su mayor recurso.


Segundo. El problema de la Flecha del Rompido.


Esta playa está fuertemente condicionada desde hace un siglo por la presencia de una formación arenosa conocida como Flecha del Rompido. Se trata de 'una larga lengua de arena que se ha ido formando por la interferencia que el transporte
sólido litoral a lo largo de la costa hace con la corriente de salida y de flujo mareal de la desembocadura del río Piedras' 23.


La Junta de Andalucía, por medio de la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección, declaró Paraje Natural las Marismas
del río Piedras y Flecha del Rompido, 'en atención a las excepcionales exigencias cualificadoras de sus singulares valores y con la finalidad de atender a la conservación de su flora, fauna, constitución geomorfológica, especial belleza u otros
componentes de muy destacado rango natural'. En consecuencia, sus 2.530 hectáreas han sido consideradas de especial protección, quedando sometidas a un régimen que incluye, entre otras, la prohibición de 'toda actividad susceptible de alterar los
elementos y la dinámica de los sistemas naturales de las reservas naturales' 24.


20 [Blog] Barceló Experience: 'La Playa de El Portil, un arenal familiar en la naturaleza'. Disponible en: https://www.barcelo.com/guia-turismo/es/espana/huelva/que-ver/playa-el-portil/.


21 [Página web] Web Oficial de Turismo de Andalucía: 'Playa de El Portil'. Consejería de Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía. Disponible en: https://www.andalucia.org/es/punta-umbria-playas-playa-de-el-portil.


22 [Página web] Web Oficial de Turismo de Andalucía: 'Playa de El Portil'. Op. cit.


23 Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (2013). 'Estudio de la dinámica litoral, defensa y propuesta de mejora en las playas con problemas: Estudio de actuación del tramo de costa comprendido entre las desembocaduras de
los ríos Guadiana y Guadalquivir'. Junio. Disponible en: https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-costa/estrat-sosten-guadiana-guadalquivir_parcial_tcm30-163209.pdf.


24 'Boletín Oficial del Estado': Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección. Disponible en:
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1989-20636.



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No obstante, durante estas últimas décadas la cantidad de sedimento que se ha depositado frente a la entrada de la Flecha del Rompido ha ido generando un saliente arenoso que ha producido una acumulación de sedimento con dos consecuencias:
un avance puntual de la playa de dicha formación arenosa y una recesión de las playas colindantes. En el caso de la playa de El Portil se ha materializado en su práctica desaparición.


Tercero. La 'Estrategia para la protección de la costa de Huelva' (2014).


El 19 de febrero de 2014 el entonces Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente presentó su 'Estrategia para la protección de la costa de Huelva' 25, como estudio integral que proponía 'soluciones definitivas a la erosión del
litoral de Huelva'. El citado informe introduce dentro de las categorías de 'problemas en la actualidad' y 'sensibilidad ante cualquier situación' la Playa de El Portil y la punta de la Flecha del Rompido, respectivamente.


A pesar de la puesta en marcha de dicha Estrategia, desde el año 2014 hasta la actualidad la realidad ha ido demostrando, año tras año, que la Flecha del Rompido no sólo no había detenido su crecimiento sino que, por el contrario, ha ido
creciendo de manera ininterrumpida más de 40 metros de media cada año en las últimas cinco décadas y añadiendo al año alrededor de una hectárea de superficie nueva al territorio 26. Todo ello constata, por tanto, el fracaso de la referida
Estrategia que pretende lo contrario.


Cuarto. Los sucesivos planes del litoral.


Siguiendo las directrices de la Estrategia de 2014, los planes promulgados desde entonces y hasta la actualidad han sido los siguientes:


- Plan Litoral 2014 27: se crea con carácter de urgencia, única y exclusivamente para los daños causados por los temporales de febrero de 2014 en el litoral norte de la península.


- Plan Litoral 2015 28: a través del Real Decreto-ley 2/2015, de 6 de marzo, donde se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones y otros efectos de los temporales de lluvia, nieve y viento acaecidos en los
meses de enero, febrero y marzo de 2015. En el caso de la provincia de Huelva solo se incluyen en dicho plan actuaciones por erosión en la playa de Islantilla; y la modificación del paseo de Islantilla y su prolongación en La Antilla.


- Plan Litoral 2017 29: aunque el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente lo pone en marcha para recuperar las playas afectadas por los temporales en las provincias del sur y el este de España, no incluye en sus
actuaciones ninguna de las, afectadas por temporales en la provincia de Huelva.


- Plan Litoral 2018 30: para paliar los daños en diversos puntos del dominio público marítimo terrestre provocados por el fuerte oleaje, viento, lluvias y escorrentías que ocasionaron los temporales que azotaron las costas españolas en
febrero y marzo de 2018. Es el único que incluye de alguna manera la playa de El Portil y lo hace en los siguientes términos:


• Descripción del daño: Fuerte avance del mar sobre la costa amenazando la estabilidad de los edificios Puertamar y de las viviendas colindantes; desplome del muro exterior de las parcelas y de parte de éstas. Rotura de accesos públicos
promovidos por esta Administración y entregados al Ayuntamiento y a particulares.


• Valoración cualitativa: Muy grave. No es esperable la recuperación natural de la playa. La amenaza sobre las fincas colindantes es muy seria.


25 https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-costa/estrategias-proteccion-costa/huelva/estrategia-proteccion-costa-huelva.aspx.


26 Estudio florístico de la Flecha Litoral de El Rompido (Lepe, Huelva). Análisis y catálogo de la flora vascular de los sistemas de duna y marisma:
https://www.researchgate.net/publication/259464007_Estudio_floristico_de_la_Flecha_Litoral_de_El_Rompido_Lepe_Huelva_Analisis_y_catalogo_de_la_flora_vascular_de_los_sistemas_de_duna_y_marisma.


27 https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-costa/plan-litoral-obras-reparacion-temporales/pl2014.aspx.


28 https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-costa/plan-litoral-obras-reparacion-temporales/pl2015.aspx.


29 https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-costa/plan-litoral-obras-reparacion-temporales/pl2017.aspx.


30 https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-costa/plan-litoral-obras-reparacion-temporales/.



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• Actuación propuesta: Retirada de restos desenterrados. Protección del frente dunar con geocontenedores (300 metros). Estabilización del frente dunar con arena de procedencia externa. Estabilización de accesos 31.


Así pues, aunque el Ministerio presentaba la Estrategia para la protección de la costa de Huelva del año 2014 como un estudio integral que proponía 'soluciones definitivas' a la erosión del litoral de Huelva, la única actuación que se ha
llevado a cabo durante estos años para la recuperación de la playa de El Portil ha consistido en algunos aportes de arena de procedencia externa durante la primavera, que disimule el desastre e intente salvar de alguna manera la temporada estival
32.


Sin embargo, tal y como se ha expresado más arriba, las directrices de la Estrategia de 2014 han sido un fracaso y con ella también los distintos planes del litoral aprobados. Los datos científicos revelan que no se ha conseguido revertir
la situación. De esta forma, hasta que no se busque una solución definitiva toda acción se hace en balde: la playa se rellena todos los años pero, debido al efecto del crecimiento de la Flecha del Rompido, las altas mareas y los temporales que se
producen en el litoral atlántico se la llevan durante el invierno.


Quinto. Soluciones.


La solución definitiva a la que Gobierno de España se comprometió con los vecinos de El Portil en el año 2014 y que hasta la fecha no se ha llevado a cabo debe pasar siempre por la premisa de aceptar y permitir el natural crecimiento de la
Flecha del Rompido, siempre y cuando las actuaciones que se realicen no se hagan ni dentro ni afecten de ninguna manera negativa al paraje protegido.


Existen soluciones técnicas aplicables que están en disposición de llevarse a cabo, ya que se están acometiendo en la actualidad obras de recuperación de otras playas similares en el resto de España y hasta en la misma costa de Huelva, como,
por ejemplo, el proyecto de 'Regeneración de la playa de La Antilla-Islantilla' de Lepe e Isla Cristina 33.


En este caso concreto, la solución debería consistir en recuperar la propia arena que ha sido trasladada desde la Playa de El Portil hasta un gran bajo situado a levante frente a ella. Dicho bajo se encuentra fuera de lo que está delimitado
como Paraje Natural y la retirada de dicha arena no solo no afectaría en nada a dicho paraje, sino que serviría además para devolver al canal de entrada del río Piedras su anchura original. Es más, esta decisión facilitaría también la navegación
por el río, solucionando buena parte de los problemas que dicho bajo produce en la actualidad.


De manera paralela, para que no se repita la situación de pérdida de la playa que se produce cada invierno, la aportación de arena deberá llevar aparejada ineludiblemente la colocación de los elementos de fijación de dicha arena que los
informes técnicos determinen que son los más adecuados, dentro de la amplia gama de posibilidades que la ingeniería actual ofrece para realizar con garantías dicha labor.


Es fundamental para el futuro de la vida de los vecinos y para el desarrollo del territorio que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ponga en marcha una solución urgente y definitiva para regenerar la playa de El
Portil, una de las joyas turísticas de la provincia de Huelva y el auténtico motor económico que sustenta a toda la zona.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Proveer, a través del Servicio Provincial de Costas en Huelva, de los mecanismos necesarios para realizar una actuación urgente y necesaria de retirada de restos desenterrados, estabilización de accesos


31 https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-costa/fichasdanoshuelva_sinpresup_tcm30-483589.pdf.


32 https://www.europapress.es/andalucia/huelva-00354/noticia-gobierno-realiza-aportes-arena-playa-portil-puesta-punto-cara-verano-20200611160632.html.


33 [Página web] Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. 'Aprobación definitiva del Proyecto de ''Regeneración de la playa de La Antilla-Islantilla, en los tt.mm, de Lepe e Isla Cristina''. Ref. 21- 0474icono barra
herramientas'. Gobierno de España. Disponible en: https://www.miteco.gob.es/eu/costas/temas/proteccion-costa/aprobaciones-proyectos/21-0474-aprobacion.aspx.



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y aporte de arena suficiente a la playa de El Portil, antes del comienzo de la próxima temporada turística en la provincia de Huelva.


2. Impulsar la redacción urgente de un Proyecto definitivo de recuperación, protección y conservación de la playa de El Portil que tenga en cuenta el natural crecimiento de la Flecha del Rompido y no afecte negativamente al Paraje Protegido
de las Marismas del río Piedras y Flecha del Rompido; y que incluya:


- El aporte de arena necesario.


- La colocación de los elementos de fijación de dicha arena que los técnicos determinen que son los más adecuados en esta situación en particular.


- La reparación y recuperación definitiva de sus accesos.


3. Destinar una partida presupuestaria concreta y suficiente con cargo a los próximos Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el mencionado Proyecto de recuperación, protección y conservación de la Playa de El Portil.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de marzo de 2023.-Tomás Fernández Ríos, Diputado.-José María Figaredo Álvarez-Sala, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/004953


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la reducción de los
valores máximos de nitratos permitidos en el agua de consumo humano, para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


El Real Decreto 47/2022, sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias, establece para estos contaminantes unas normas de calidad ambiental más exigentes que las que
determinaba la normativa que deroga el citado real decreto.


El derogado Real Decreto 261/1996 establecía como norma de calidad, tanto para aguas superficiales como para aguas subterráneas, una concentración límite de 50 mg/l. Este valor de control de la contaminación difusa por nitratos de origen
agrario es sustituido en la actual norma en vigor por dos parámetros más exigentes. El primero, de aplicación para aguas superficiales, considera como aguas afectadas aquellas con una concentración de nitratos superior a 25 mg/l. El segundo
determina la afección de las aguas subterráneas a partir de valores superiores a 37,5 mg/l.


Estas nuevas normas de calidad ambiental responden a la necesidad de reducir la elevada contaminación por nitratos de los ecosistemas acuáticos, tal como se refleja en el reciente mapa de aguas afectadas 34 y en los informes cuatrianuales 35
elaborados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.


De igual manera, mediante la introducción de normas de calidad ambiental más exigentes se trata de evitar las posibles sanciones de la Unión Europea por incumplimiento de la Directiva 91/675/CEE del Consejo, relativa a la protección de las
aguas contra la contaminación producida por los nitratos utilizados en la agricultura (recurso de la Comisión Europea interpuesto contra el Reino de España del 30 de agosto de 2022).


La exposición de motivos del Real Decreto 47/2022 atiende a lo ya expuesto y dispone que 'la contaminación de origen difuso de las masas de agua superficial y subterránea es un problema muy


34 https://www.miteco.gob.es/es/cartografia-y-sig/ide/descargas/agua/aguas_afectadas.aspx.


35 https://www.miteco.gob.es/es/agua/temas/estado-y-calidad-de-las-aguas/proteccion-nitratos-pesticidas/Documentos-y-publicaciones.aspx.



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extendido en la mayor parte de las cuencas españolas. En particular, este hecho se pone de manifiesto por las elevadas concentraciones de nitratos que se registran en determinadas masas de agua, consecuencia de los excedentes de productos
inorgánicos u orgánicos usados como fertilizantes. Este hecho es especialmente preocupante cuando alcanza a aguas que se destinan o vayan a destinarse al abastecimiento de la población, reguladas por la Directiva 2020/2184, de 16 de diciembre,
relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano'.


Este párrafo condensa el grave problema de la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas por nitratos, ilustrando inseparable unión entre salud ambiental y salud humana. Tan solo un medio ambiente libre de nitratos permite un
agua de consumo humano sin este tipo de contaminación, que es sufrida en especial por los pueblos de la España vaciada.


Sin embargo, el reciente Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo humano, su control y suministro, determina como valor paramétrico de la calidad del
agua de consumo humano que la concentración de los nitratos debe ser inferior a 50 mg/l. Así, paradójicamente, se establece que las normas de calidad ambiental aplicables a los nitratos son más estrictas que las que se aplican para el agua de
consumo humano.


Un nuevo estudio español liderado por el Instituto de Salud Global de Barcelona (ISGlobal) y publicado el 8 de marzo de 2023 en la revista especializada Environmental Health Perspectives 36 concluye que 'el nitrato ingerido durante la vida
adulta a través del agua del grifo y el agua embotellada podría ser un factor de riesgo de cáncer de próstata, sobre todo en el caso de tumores agresivos y en hombres más jóvenes'.


La investigadora principal de este estudio resalta que 'los riesgos asociados a la ingesta de nitrato a través del agua ya se observan a consumos de agua con niveles por debajo de los máximos permitidos por las directivas europeas, 50 mg de
nitrato por litro de agua'. 37


En definitiva, un enfoque preventivo y acorde con las normas de calidad ambiental determina la urgencia de reducir el valor paramétrico para el parámetro químico nitratos de la tabla 2 de la Parte B, del Anexo I del Real Decreto 3/2023, de
10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo humano, su control y suministro.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar el Real Decreto 3/2023, en su Anexo I, Parte B, tabla 2, para reducir el valor paramétrico para el parámetro químico nitrato de los 50 mg/l a los 25 mg/l exigidos a las aguas
superficiales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2023.-Juan Antonio López de Uralde Garmendia, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


161/004960


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don José María Figaredo Álvarez-Sala, don Luis Gestoso de Miguel, doña Lourdes Méndez Monasterio, don Joaquín Robles López, don Ricardo Chamorro Delmo, don Francisco José Contreras Peláez y don Pedro Jesús Requejo Novoa, en sus respectivas
condiciones de Portavoz sustituto y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa
a la solución de los graves problemas de inundaciones y riadas del municipio de Murcia y sus pedanías, para su discusión en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


36 https://ehp.niehs.nih.gov/doi/10.1289/EHP11391.


37 https://www.isglobal.org/-/nitrato-en-agua-posible-factor-riesgo-cancer-prostata-a-largo-plazo.



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Exposición de motivos


Primero. Las riadas y las inundaciones en la ciudad de Murcia.


El problema de las inundaciones en la ciudad de Murcia y en sus pedanías del norte es un tema recurrente que viene ocasionando perjuicios desde muchos años atrás 38.


El 24 de septiembre de 2020 el Grupo municipal VOX en el Ayuntamiento de Murcia ya expuso que 'para que se aneguen las calles no es necesaria una DANA 39 como la que padecimos el mes de septiembre del año 2019. Basta con una lluvia de 10 o
15 l/m2 en 30 minutos para que muchas calles queden inundadas y algunas se conviertan en cauces, como de forma habitual sucede en Espinardo o en Churra' 40.


Sin embargo, el problema no se circunscribe exclusivamente a las pedanías del norte, ya que la rambla de la Ventosa en Javalí Viejo rompió el endeble muro de su encauzamiento el pasado mes de septiembre de 2022. Esta ruptura no solo sembró
el caos y la destrucción a su paso en esta pedanía murciana, sino que desgraciadamente se cobró la vida de un vecino de 58 años 41.


Entre las causas de las inundaciones en la ciudad de Murcia y sus pedanías están la falta de infraestructuras para conducir el agua, pero también la nefasta planificación urbanística 42, que permitió el desarrollo urbano de zonas sin
proponer soluciones para paliar el grave riesgo de inundación al que estaban sometidas.


Otro de los motivos que con normalidad se exponen es la dejadez continua de las administraciones competentes en esta materia 43 y, en concreto, de la Confederación Hidrográfica del Segura y de la Dirección General del Agua, de la cual
depende la primera.


Por fortuna, en la mayoría de las ocasiones las lluvias que generan estos episodios no causan muertos, pero sí crean episodios graves en las pedanías afectadas, con cortes de calles, coches arrastrados, bajos y garajes inundados, viviendas y
comercios perdidos, además del consecuente miedo público a los recurrentes episodios de gota fría que padece el sureste español.


Segundo. Las medidas del Ayuntamiento de Murcia.


Por su parte, el Ayuntamiento de Murcia aprobó en 2004 el Plan Especial de Infraestructuras Hidráulicas de Murcia ('PEIH') 44, modificado en 2015 45, un documento de planificación detallada de la red de drenaje a partir del cual se podrán
realizar los proyectos constructivos adecuados para nuevos colectores generales y mejoras de la red de saneamiento actual.


Además, este Plan también ponía de manifiesto su firme voluntad de acabar con el problema de las inundaciones en las pedanías del norte de Murcia (Churra, El Puntal, Espinardo y Cabezo de Torres),


38 Lanza (2020). 'La lluvia obliga a cortar en más de 10 pedanías de Murcia vías y calles y los pluviómetros recogen 67 l/m2'. 24 de marzo. Disponible en:
https://www.lanzadigital.com/general/la-lluvia-obliga-a-cortar-en-mas-de-10-pedanias-de-murcia-vias-y-calles-y-pluviometros-recogen-67-l-m2/. SÁNCHEZ, Alberto (2021). 'El nuevo mapa de zonas inundables de Murcia bloquea el 60% de los proyectos'.
La Opinión de Murcia. 17 de octubre. Disponible en: https://www.laopiniondemurcia.es/murcia/2021/10/17/nuevo-mapa-zonas-inundables-bloquea-58447947.html. Onda Regional (2022). 'Un hombre de 58 años muere por las lluvias torrenciales en Murcia'.
25 de septiembre. Disponible en: https://www.orm.es/informativos/noticias-2022/carreteras-y-calles-inundadas-por-lluvias-de-hasta-60-litros-en-cartagena-y-46-en-murcia/.


39 Depresión Aislada en Niveles Altos o, también llamada, gota fría.


40 Ayuntamiento de Murcia (2020). 'Sesión ordinaria del Excelentísimo Ayuntamiento de Murcia'. 24 de septiembre. Disponible en: http://www.murcia.es/documents/11263/11446852/24-09-20.Aw.pdf.


41 NIUS (2022). 'Así han quedado las calles de Javalí Viejo tras la riada mortal provocada por las lluvias'. 26 de septiembre. Disponible en:
https://www.niusdiario.es/sociedad/sucesos/20220926/asi-quedan-calles-javali-viejo-destrozos-riada-mortal-lluvias_18_07545402.html.


42 LAX ORENES, Isabel (2018). Análisis de la evolución urbanística histórica de la ciudad de Murcia para comprender la formación de inundaciones locales. Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Caminos y Puertos y de Ingeniería de Minas.
Universidad Politécnica de Cartagena.


43 GARCÍA BADÍA, Jorge (2020). 'Los Alcázares, el pueblo murciano en venta por las 3 inundaciones seguidas: casas a precio de chollo'. El Español. 31 de enero. Disponible en:
https://www.elespanol.com/reportajes/20200131/alcazares-pueblo-murciano-inundaciones-seguidas-precio-chollo/463704841_0.html.


44 Boletín Oficial de la Región de Murcia (2005). N.º 93. 25 de abril. Disponible en: https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2005/numero/4367/pdf?id=137133.


45 Ayuntamiento de Murcia (2015). 'Comentarios al Proyecto de Gestión del Riego de Inundación: Demarcación Hidrográfica del Segura. Murcia'. Confederación Hidrográfica del Segura. 20 de abril. Disponible en:
https://www.chsegura.es/export/sites/chs/descargas/planificacionydma/planificacion15-21/docsdescarga/17_Ayto_Murcia.pdf.



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porque las conducciones y colectores del momento no tenían la capacidad suficiente para absorber los caudales generados por los nuevos proyectos urbanizables 46.


Por ello, este proyecto concluía que la solución más viable era la de construir un colector que recogiera las aguas pluviales de las pedanías norte, desde Cabezo de Torres hasta Espinardo 47, para después dirigirla al río Segura, aguas
arriba de la ciudad de Murcia, desembocando el colector a la altura de la pedanía de La Arboleja.


Con motivo de la urbanización de centros comerciales y otras construcciones de la Costera Norte se llegaron a implementar bajo los viales algo más de 1.000 metros de conducciones de saneamiento, varios metros de cajones y la reposición de
doscientos metros de tubería de fundición para el abastecimiento de agua potable 48. Sin embargo, aunque la canalización de estas aguas permitirá derivarlas hasta la depuradora, garantizando su tratamiento y evitando el vertido al cauce público, el
uso de estos tramos en la actualidad es el de tanque de tormentas, es decir, el de meros depósitos, ya que no conducen el agua hacia ningún punto.


Tercero. La paralización del Gobierno central.


En enero de 2016 la Dirección General del Agua, dependiente del entonces Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, asumió su competencia y licitó un contrato para un colector interceptor de la zona norte de la ciudad de
Murcia 49. Este nuevo proyecto tenía como objetivo volver a estudiar el proyecto elaborado por el Ayuntamiento de Murcia y definirlo a nivel de proyecto de construcción para su licitación y adjudicación de las obras, una vez que la Confederación
Hidrográfica del Segura asumió como propia la obligación de llevar a cabo dicha actuación. El contrato se adjudicó por 705.900,52 € con un plazo de redacción del proyecto de 8 meses 50.


No obstante, el proyecto se redactó y quedó paralizado a la espera de fondos para ejecutar las obras; tras las lluvias torrenciales de septiembre de 2019, la Confederación Hidrográfica del Segura comunicó que dicho proyecto podía ser
contraproducente. Este organismo entendía que derivar hasta 100 m3/s aguas arriba del municipio entrañaba riesgo de desbordamiento del río Segura a su paso por la ciudad de Murcia 51.


Así pues, la nueva solución propuesta desde la Confederación consistió en volver a hacer un estudio de gran magnitud que englobase desde la Contraparada hasta la desembocadura del Segura en Guardamar (Alicante).


Cuarto. Situación actual.


Han transcurrido más de tres años desde que la Confederación Hidrográfica del Segura paralizase el Proyecto, y nada se ha hecho en este sentido. De esta forma, la ciudad de Murcia y sus pedanías llevan soportando casi veinte años de
estudios, planes y obras parciales para resolver el grave problema de las inundaciones y las riadas de la zona norte, sin que se haya afrontado todavía, de forma decidida, su solución.


Es necesario, por tanto, que se acometan de forma urgente las soluciones que sean necesarias para resolver la canalización y conducción de las aguas ante el riesgo de inundaciones de las pedanías del


46 Urbamusa (2018). 'Demanda hídrica ZM-Zn2'. 16 de mayo. Disponible en: http://urbanismo.murcia.es/infourb/planos/proyectos_desarrollo/RESTO/ZM-Zn2/DEMANDA%20H%C3%8DDRICA.pdf.


47 Murcia.com (2009). 'La construcción del colector de aguas pluviales de la zona norte acabará definitivamente con las inundaciones por fuertes lluvias'. 26 de junio. Disponible en:
https://www.murcia.com/noticias/2009/06-26-construccion-colector-aguas-pluviales-zona.asp.


48 NAVARRO, Pedro (2021). 'El Colector Norte de Murcia espera los fondos 'Next Generation''. La Verdad de Murcia. 16 de noviembre. Disponible en:
https://www.laverdad.es/murcia/ciudad-murcia/colector-norte-espera-20211116002304-ntvo.html#


49 'Boletín Oficial del Estado' (2016). Resolución de la Dirección General del Agua por la que se anuncia licitación de contratación de servicios para la redacción del proyecto de las obras del colector interceptor de la zona norte de la
ciudad de Murcia. Término municipal de Murcia. Clave: 07.330-0626/0311. 22 de enero. Disponible en: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2016-1696.


50 Ministerio de Hacienda y Función Pública: 'Expediente: 07.330-0626/0311'. Plataforma de contratación del sector público. Disponible en:
https://contrataciondelestado.es/wps/portal/!ut/13/130/04_Sj9CPykssy0xPLMnMz0vMArljU1ITC3Iy87KtU1JLEnNyUuNzMp?MzSxKTgOrOw_Wj9KMyU1zLcvOjtb190rLDLIoCSiwCyY1CXNMi3Cu1HW1t9Otycx0B5NPReA!!/.


51 20 Minutos (2020). 'CHS advierte a Ballesta que licitar obras del colector norte de Murcia colocaría en el Segura volumen de 100 m3/segundo'. 9 de enero. Disponible en: https://www.20minutos.es/noticia/4109681/0/segundo/.



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norte de la ciudad de Murcia toda vez que los destrozos que provocan contra viviendas y negocios no son solo económicos y materiales, sino que también amenazan la vida de los propios murcianos.


Por lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Acometer las medidas necesarias para solucionar el problema de las inundaciones de las pedanías del norte de la Ciudad de Murcia.


2. Promover, a través de la Confederación Hidrográfica del Segura, la puesta en marcha de soluciones eficaces y urgentes para resolver el grave problema de las inundaciones de la zona norte, concluir el problema del encauzamiento de la
Rambla de la Ventosa y determinar, con base en los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación (PGRI), otros puntos con grave riesgo de inundación para que todos los vecinos en riesgo de verse afectados por riadas e inundaciones dejen de tener miedo
ante los recurrentes episodios de gota fría que padece el sureste español.


3. Dotar de los fondos necesarios a la adopción y ejecución de las infraestructuras necesarias en la ciudad de Murcia y sus pedanías frente a riadas e inundaciones.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de marzo de 2023.-Lourdes Méndez Monasterio, Joaquín Robles López, Ricardo Chamorro Delmo, Francisco José Contreras Peláez, Pedro Jesús Requejo Novoa y Luis Gestoso de Miguel, Diputados.-José María
Figaredo Álvarez-Sala, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/004961


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la necesidad de contar con un
reglamento de restauración de la naturaleza ambicioso, para su debate en la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico.


Exposición de motivos


El 22 de junio de 2022, la Comisión Europea presentó una propuesta de Reglamento sobre la restauración de la naturaleza, que se encuentra en proceso de aprobación por parte del Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea. Su
objetivo es contribuir a la recuperación de una naturaleza biodiversa y resistente, aunque previamente degradada, en todas las zonas terrestres y marítimas de la Unión Europea (UE) mediante la restauración de los ecosistemas, y contribuir a los
objetivos de la UE relativos a la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo.


Esta nueva propuesta de regulación es una gran oportunidad para devolver la naturaleza a Europa en beneficio de la biodiversidad, del clima y de las personas. La restauración de ecosistemas como humedales, turberas, bosques y praderas
marinas, entre otros, ayudará a secuestrar millones de toneladas de carbono cada año.


España es uno de los países más vulnerables al cambio climático y la restauración de la naturaleza es una de las mejores pólizas de seguro para adaptarnos, ya que aumentará nuestra resistencia a las sequías, las inundaciones y a otros
fenómenos meteorológicos extremos, incluyendo incendios, y contribuirá a la seguridad alimentaria a largo plazo. De hecho, el propio artículo 45 de la Constitución Española insta a los poderes públicos a velar por la utilización racional de todos
los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.


No debe olvidarse que la naturaleza desempeña, a través de los servicios de los ecosistemas, un papel inestimable en apoyo a la seguridad alimentaria y la salud humana, así como a la mitigación de los efectos del cambio climático y la
resiliencia climática y de los ecosistemas. Sin embargo, las presiones sin



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precedentes sobre el uso del suelo y del mar y las prácticas insostenibles han provocado la degradación de estos servicios y corren el riesgo de provocar su disrupción.


Este reglamento europeo es, por tanto, un hito importante para revertir la pérdida de biodiversidad y mitigar el avance del cambio climático, con el potencial de tener un impacto real a la escala necesaria si se aplica de manera oportuna y
bien considerada.


Además, las negociaciones finales y la aprobación del reglamento coincidirán con la Presidencia española del Consejo de la UE, lo que confiere al gobierno español una mayor responsabilidad en el éxito de la norma.


Es necesario recordar el reciente Acuerdo de Kunming-Montreal, mediante el cual la comunidad internacional pactó la adopción de medidas urgentes para detener la pérdida de biodiversidad biológica a fin de encauzar la naturaleza en el camino
hacia la recuperación. Para ello, se ha adoptado entre otras la Meta 2, que insta a las Partes a lograr que en 2030 al menos el 30 % de las zonas de ecosistemas terrestres, de aguas continentales, costeros y marinos degradados estén siendo objeto
de una restauración efectiva.


Las principales entidades ecologistas, incluyendo a SEO/BirdLife, WWF España, Ecologistas en Acción, ClientEarth, Amigos de la Tierra y Oceana, coinciden en la necesidad de instar desde esta Cámara al Gobierno de España a asumir un papel
protagonista en la aprobación del Reglamento europeo de restauración de la naturaleza, y trabajar para que los objetivos y mandatos del mismo sean tan ambiciosos como resulte posible.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Apoyar la adopción urgente de un Reglamento europeo de restauración de la naturaleza que sea ambicioso y adecuado para hacer frente a la doble crisis climática y de biodiversidad.


2. Trabajar para que la restauración de la naturaleza se lleve a cabo lo antes posible a gran escala a través de medidas efectivas, con contribuciones justas y proporcionadas por parte de todos los Estados miembros de la Unión Europea, en
el medio terrestre y marino, con el objetivo de cumplir con los compromisos internacionales.


3. Asegurar que el Reglamento incluya objetivos de restauración de la naturaleza sólidos y plenamente implementables para todos los ecosistemas: hábitats naturales terrestres, de agua dulce, costeros y marinos, ecosistemas urbanos, ríos,
hábitats de polinizadores, ecosistemas agrícolas, turberas y ecosistemas forestales. Los objetivos deben corresponderse con el alcance y la urgencia de la crisis climática y de biodiversidad y establecerse a nivel de Estados miembros. Estos
objetivos deberían alcanzarse plenamente a más tardar en 2040, con un conjunto inicial de objetivos que deberán lograrse dentro de 2030. Retrasar la acción hasta 2050 haría imposible cumplir el reciente acuerdo de Kunming-Montreal y la Estrategia
de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030, socavaría las obligaciones de neutralidad climática, amenazaría cruzar puntos de inflexión irreversibles, al tiempo que aumenta desproporcionadamente los costes futuros de la restauración, y aplazaría
la carga a las generaciones futuras.


4. Garantizar el no deterioro a largo plazo de los ecosistemas restaurados para asegurar la prestación continua e ininterrumpida de servicios ecosistémicos así como otros beneficios y evitar un despilfarro de fondos públicos.


5. Garantizar que el Reglamento de restauración de la naturaleza incluya un marco sólido de gobernanza, que asegure la rendición de cuentas, la transparencia, el acceso a la justicia, y financiación específica.


6. Adoptar lo antes posible, de forma participativa y teniendo en cuenta a los sectores que gestionan y usan el territorio, así como a las organizaciones que tienen entre sus objetivos estatutarios la conservación de la naturaleza y el
mejor conocimiento científico, un plan nacional de restauración ambicioso que identifique las zonas prioritarias a restaurar, medidas concretas, objetivos, acciones, hitos,



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calendario y un presupuesto comprometido, para el cumplimiento de los objetivos del Reglamento europeo en el ámbito estatal.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de marzo de 2023.-Juan Antonio López de Uralde, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


Comisión de Cultura y Deporte


161/004950


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre prevención del acoso sexual y
el acoso por razón de sexo en el ámbito cultural, para su debate en la Comisión de Cultura y Deporte.


Exposición de motivos


La fiesta posterior a la gala de los Premios Feroz 2023 el pasado enero acabó con la detención del productor Javier Pérez Santana por dos denuncias por agresión sexual. Una de las víctimas es una actriz que, después de los hechos, acudió a
los miembros de seguridad para informar de que había sufrido dicha agresión, momento en el que se activó el protocolo para estos sucesos. Según relata la Asociación de Informadores Cinematográficos de España (AICE), organización que se encarga de
los Premios Feroz y la fiesta posterior, se aisló a los agresores y se atendió a la víctima. Según la propia AICE, el equipo de seguridad del evento asistió a un hombre y a una mujer, que sufrieron tocamientos y acoso continuo por parte de los
supuestos autores.


No se trata de un hecho aislado, sino uno de los pocos que acaban conociéndose por la atención mediática que atrae un evento de estas características. Así lo certifican los datos. La Macroencuesta de Violencia Contra la Mujer 2019,
realizada por la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, concluye que, del total de mujeres de 16 o más años residentes en España, el 40,4 % ha sufrido acoso sexual en algún momento de su vida. Un 17,3 % del total de mujeres que han
sufrido acoso sexual y que respondieron a la pregunta sobre el sexo del agresor señalaba a alguien del trabajo. Es decir, 1 de cada 5 mujeres acosadas sexualmente lo ha sido en el ámbito laboral.


Más recientemente, el estudio El acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el ámbito laboral en España, promovido, financiado y coordinado por la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género y realizado por la Confederación
Sindical de Comisiones Obreras (CCOO), pone de manifiesto que, de las 1.119 mujeres encuestadas, el 80 % dicen haber sufrido algún tipo de discriminación en el trabajo basada en el sexo que pudiera ser constitutiva de acoso por razón de sexo.
Concretamente, en cuanto a conductas constitutivas de acoso sexual el porcentaje más elevado según el estudio corresponde a chistes de carácter sexista (83 %), pero no se alejan de éste los piropos y comentarios sexuales (75 %), los gestos o miradas
insinuantes (73 %) y el contacto físico (67 %). El estudio también concluye que dichas conductas suelen ser realizadas por superiores jerárquicos (47 %), y en el 86 % de los casos los agresores fueron hombres. Se suma, además, el factor de la
precariedad laboral y económica como factor de riesgo, como también el hecho de que las empresas desconozcan o no apliquen la normativa en caso de acoso sexual y acoso por razón de sexo. De hecho, 7 de cada 10 encuestadas manifestó no haber puesto
en conocimiento de la empresa ser víctimas de las distintas acciones, y el 62 % dijo no haberlo hecho por temor a represalias.


Evidentemente, estos datos incluyen también a las mujeres que trabajan en el ámbito cultural, aunque no estén disgregados por sectores laborales, un hecho que podría tenerse en cuenta en los análisis que va brindando el Observatorio de
Igualdad de Género en el ámbito de la Cultura. Las características específicas del sector cultural en España hacen que, en algunos casos, las mujeres profesionales no estén imbricadas en una estructura empresarial, sino que ejerzan su labor de modo
autónomo. Esto se



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traduce en la ausencia de acceso a códigos de buenas prácticas, formación, campañas o planes de igualdad.


Conviene recordar en este punto la relevancia que tuvo el movimiento #MeToo iniciado en Estados Unidos y rápidamente extendido en todo el mundo, que se extendió a todo tipo de ámbitos profesionales pero particularmente animó a mujeres del
mundo de la cultura a denunciar que habían sufrido acoso por parte de compañeros, productores o directores. También hubo denuncias en España, con algunas actrices contando estas experiencias de abuso o con el caso del tenor Plácido Domingo. La
Asociación de Mujeres Cineastas y de Medios Audiovisuales (CIMA) ha venido reclamando desde hace tiempo un apoyo jurídico e institucional para las mujeres profesionales del mundo del cine y del sector audiovisual. Precisamente CIMA cuenta con una
comisión que asesora jurídicamente a las mujeres que denuncian cualquier tipo de violencia sexual, acoso o abuso de poder dentro de la industria. La asociación apuntó también que el mercado español es más pequeño que el estadounidense, y por ello
cuesta más hacer una denuncia, porque puede implicar no seguir trabajando en la industria. Es por ello que CIMA pedía que se pusiera el foco en que las empresas se doten de planes de igualdad y en crear protocolos conjuntamente con los y las
trabajadoras.


La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, establece que 'constituye acoso sexual cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de
atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo', y define el acoso por razón de sexo como 'cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el
propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo' (artículo 7). En el artículo 48 de la misma ley se prevén medidas específicas para prevenir la comisión de delitos y otras conductas
contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, que incluye códigos de buenas prácticas, formación o campañas. En el articulado inmediatamente anterior se especifica la obligatoriedad de empresas con cincuenta o más trabajadores a
elaborar un plan de igualdad, que debe incluir la prevención del acoso sexual y por razón de sexo. De igual forma, en el segundo eje del Pacto de Estado contra la violencia de género de 2017, en concreto en la medida 77 del Informe del Congreso, se
busca promover la mejora en la protección de las trabajadoras, con la obligación de implantar medidas y protocolos contra el acoso sexual o el acoso por razón de sexo en las empresas.


El Ministerio de Igualdad ha legislado, en los últimos años, de manera profusa sobre este tema, ejemplo de ello es la Ley Orgánica 10/2022, de 6 se septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, si bien es cierto que el sector
cultural sufre de particularidades inherentes a él que pueden dificultar el acceso a las garantías y mecanismos establecidos en la legislación impulsada recientemente.


Por todo ello el Grupo Parlamentario presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Elaborar un estudio específico, dentro de las competencias del Observatorio de Igualdad de Género en el ámbito de la Cultura, sobre el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el ámbito de la cultura, con especial énfasis en aquellas
mujeres profesionales que trabajan de manera autónoma.


2. En base a los resultados del estudio, elaborar un código de buenas prácticas o protocolo para ayudar a las mujeres profesionales a detectar y denunciar conductas de acoso sexual o acoso por razón de sexo, así como para promover el
conocimiento de la legislación vigente que las ampara, con especial atención a aquellas profesionales que trabajen de forma autónoma.


3. Trabajar conjuntamente con las empresas vinculadas al sector cultural para la promoción de planes de igualdad y medidas en la prevención de acoso sexual y acoso por razón de sexo.


4. Elaborar campañas informativas de prevención del acoso sexual y el acoso por razón de sexo específicamente enfocadas al ámbito cultural.


5. Estudiar la incorporación de un departamento asesor dependiente del Observatorio de Igualdad de Género en el ámbito de la Cultura que vehicule las dudas y los casos que puedan poner de manifiesto las mujeres profesionales, así como
establecer una vía de diálogo con diferentes organizaciones del



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ámbito cultural para acompañar, si así lo desean, la creación de un departamento especializado en acoso sexual y el acoso por razón de sexo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de marzo de 2023.-María del Mar García Puig, Diputada.-Joan Mena Arca, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital


161/004948


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Iván Espinosa de los Monteros de Simón, don José María Figaredo Álvarez-Sala, doña Inés María Cañizares Pacheco, don Víctor González Coello de Portugal, don Pablo Sáez Alonso-Muñumer, don Rubén Silvano Manso Olivar y don Rodrigo Jiménez
Revuelta, en sus respectivas condiciones de Portavoz, Portavoz sustituto, Portavoz adjunta y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley para la protección de las familias en un contexto de aumento de la presión fiscal, para su debate en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


1. Las familias, autónomos y empresas españolas están sufriendo las consecuencias de las desastrosas políticas económicas puestas en práctica por el Gobierno. Pero, además, la negligente gestión del Ejecutivo en lo económico se ha visto
acompañada de una voracidad recaudatoria sin límites: a causa de la inflación, los ingresos de la Hacienda Pública experimentan cifras récord que, sin embargo, no han empujado al Gobierno a bajar los impuestos ni a incrementar la renta disponible
de las familias y empresas.


2. Antes al contrario, según datos del Instituto de Estudios Económicos ('IEE') y The Tax Foundation ('TF'), España sigue perdiendo competitividad en el ámbito fiscal: la presión fiscal, que alcanzó el 42,1 % en 2022, va a aumentar al 42,3
% como consecuencia de la introducción de nuevos tributos o la reforma de los existentes. Es por ello que el IEE y la TF señalan a España como uno de los cinco países dentro de la OCDE con peor competitividad fiscal, ocupando el puesto 34 de 38
dentro del ranking. Asimismo, España ha sufrido un fuerte empeoramiento del referido indicador en la actual legislatura (once puestos por debajo respecto al 2019) desde una posición ya rezagada en el entorno internacional 52.


3. Este exceso de ingresos tampoco se acompaña de una actuación del Gobierno dirigida a paliar el estado de emergencia social que viven los españoles: por el contrario, el Ejecutivo persiste en destinar fondos públicos a sufragar sus
particulares excesos ideológicos, a hinchar de forma indiscriminada el gasto público y a seguir poniendo palos en la rueda de la productividad y del crecimiento. La política fiscal es confiscatoria, se dicta a golpe de ocurrencia ('chiqui, son
1.200 millones, eso es poco' 53) y pone en peligro el bienestar de las generaciones presentes futuras. El Ejecutivo despilfarra, cuando no destruye, el esfuerzo de los millones de españoles honrados que trabajan.


4. A pesar de ello, el Gobierno mantiene su intención de seguir aumentando el peso de la recaudación tributaria sobre la economía 54 y toma como objetivo a lograr los niveles de presión fiscal de países como Alemania, Francia o los
nórdicos, con mucha mayor renta que en España y, por tanto, con un menor esfuerzo fiscal soportado por sus nacionales.


5. Pues bien, siguiendo la correlación positiva entre presión fiscal y bienestar social que alega el Gobierno para seguir asfixiando con impuestos a los españoles y a las empresas, las medidas de política fiscal no están protegiendo
adecuadamente a las clases medias y populares de los efectos de la inflación


52 https://www.ieemadrid.es/wp-content/uploads/IEE.-INFORMES-Enero-2023.-Competitividad-fiscal-2022-1.pdf.


53 https://www.ondacero.es/noticias/espana/la-ministra-de-hacienda-quita-importancia-a-aplicar-un-deficit-del-13-chiqui-eso-es-poco_201810185bc82dba0cf2f746fb8309b6.html.


54 https://www.elmundo.es/economia/macroeconomia/2021/12/07/61af67bfe4d4d840478b45a1.html.



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y la crisis energética, y tienen un alto grado de ineficiencia 55. Así pues, hasta ahora, las consecuencias de esta política tributaria han sido las siguientes:


- Pérdida de capacidad adquisitiva de las familias, que ven reducida su renta disponible por los cada vez mayores y más numerosos impuestos, así como por una inflación galopante (el precio de los alimentos ha crecido un 16,7 % este mes, con
una inflación subyacente del 7,6 %, lo que supone máximos históricos 56).


- Reducción de la representación del sector privado en el conjunto de la economía, lo que ha supuesto un verdadero efecto expulsión.


- Deslocalización de fábricas, centros de trabajo y empresas, así como cambios de sede de multinacionales españolas, como Ferrovial a Países Bajos 57, que huyen por la inseguridad jurídica y la presión fiscal y regulatoria.


6. En suma, con estas subidas de impuestos, el Gobierno consigue únicamente profundizar en hacer de España un país y un ordenamiento jurídico caracterizado por la inseguridad jurídica. Ello se evidencia particularmente a través de un
sistema tributario injusto y desproporcionado, que repercute de manera nefasta no solo en las empresas, sino en las clases medias y populares.


7. Es por ello que, en lugar de igualar el nivel de presión fiscal de España con el de las principales economías de la Eurozona, el Gobierno debería centrar sus esfuerzos en alcanzar los niveles de renta, crecimiento y bienestar social de
los que gozan esas economías.


8. No en vano, los resultados de la política económica del Gobierno son preocupantes. Cabe destacar los siguientes:


- En términos de convergencia económica, España se sitúa en el 84 % de la renta la media de la Unión Europea en paridad de poder de compra 58.


- España es la única economía de la Eurozona que no ha recuperado los niveles de Producto Interior Bruto previos a la COVID-19 59.


- El consumo final de las familias ha caído en un 4,2 % desde 2019, en lo que es la mayor caída de los países de la Eurozona 60.


- La renta bruta disponible per cápita de los hogares españoles es, después de la de Portugal, la segunda que más ha caído en el tercer trimestre del año 2022 (-2,8 %) y la que más ha descendido desde el último trimestre de 2019 (-8 %) 61,
62.


- La tasa de paro en España (13 %, según Eurostat) es la mayor de todos los países de la Unión Europea (6,1 %). De hecho, la duplica y se constata que el mercado laboral en España es muy ineficiente y una rémora para el conjunto de la
Eurozona. Alemania, por ejemplo, tiene la tasa de paro en el 3 % de la población activa 63.


- España es el segundo país de la Eurozona con mayor tasa de población en riesgo de pobreza: el 27,8 %, que se traduce en 13 millones de personas 64; la media de la Eurozona es del 21,9 %, y la de la UE del 21,7 % 65.


9. En definitiva, urge que el Gobierno cambie su estrategia en política económica a través de una política fiscal que favorezca el crecimiento, mediante una reducción del gasto político improductivo,


55 'Medidas de apoyo frente a la crisis energética y al repunte de la inflación: un análisis del coste y de los efectos distribucionales de algunas de las actuaciones desplegadas según su grado de focalización'.
https://www.bde.es/f/webbde/SES/Secciones/Publicaciones/InformesBoletinesRevistas/BoletinEconomico/23/T1/Fich/be2301-art15.pdf.


56 https://www.ine.es/daco/daco42/daco421/ipc0223.pdf.


57 https://www.cnmv.es/Portal/verDoc.axd?t={4de7da1b-7d0e-4d84-b749-11afdfd73765}.


58 https://ec.europa.eu/eurostat/databrowser/view/tec00114/default/table?lang=en.


59 Entendido como la resta del índice (2010=100) en volumen encadenado del PIB a precios de mercado, ajustado de efectos estacionales y de calendario, entre el cuarto trimestre del 2022 y el cuarto trimestre de 2019, con los datos que ofrece
Eurostat. https://ec.europa.eu/eurostat/databrowser/view/NAMQ_10_GDP__custom_5164392/default/table?lang=en.


60 Entendido como la resta del índice (2010=100) en volumen encadenado del componente de la demanda privada de los hogares del PIB a precios de mercado, ajustado de efectos estacionales y de calendario, entre el cuarto trimestre del 2022 y
el cuarto trimestre de 2019, con los datos que ofrece Eurostat. https://ec.europa.eu/eurostat/databrowser/view/NAMQ_10_GDP__custom_5164582/default/table?lang=en.


61 https://www.expansion.com/economia/2023/02/13/63e974cfe5fdea43488b45fe.html.


62 11https://www.oecd.org/newsroom/growth-and-economic-well-being-third-quarter-2022-oecd.htm.


63 https://ec.europa.eu/eurostat/documents/2995521/16138291/3-02032023-BP-EN.pdf/40695304-0f6a-616d-2440-0884ea8a0220.


64 https://www.ine.es/prensa/ecv_2021.pdf.


65 https://ec.europa.eu/eurostat/databrowser/view/ilc_peps01n/defautt/table?lang=en.



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acompañada de la reducción de la inseguridad jurídica de la que alertan estudios y empresas, así como de medidas económicas de calado en todos los ámbitos que permitan a los españoles tener mejores niveles de riqueza, renta y empleo, y en
suma, de bienestar social.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a abandonar su política fiscal centrada en el aumento de la presión fiscal a las clases medias y populares españolas y a dirigirla a la consecución de niveles de prosperidad que permitan la
creación, mantenimiento y progreso de las familias.


A tal efecto, se insta al Gobierno a impulsar reformas legislativas y económicas que favorezcan, entre otros:


1. Impulsar la creación de empleo, en particular a través de:


- la reducción y simplificación del tipo del Impuesto sobre Sociedades y la reducción de las cotizaciones sociales a cargo de la empresa; y


- el impulso a la reindustrialización y la relocalización de centros de producción, mediante la adopción de medidas públicas que favorezcan la competitividad de nuestras empresas y hagan atractiva la inversión en España.


2. Promover la disminución de la presión fiscal y del esfuerzo fiscal, al objeto de aumentar la renta disponible e incrementar la capacidad de ahorro de las familias, a través de:


- la rebaja del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF);


- la reducción de las cotizaciones sociales a cargo del trabajador; y


- la mayor facilidad en la adquisición de la primera vivienda, impulsando la recuperación de la bonificación por adquisición de vivienda habitual, así como una minoración del Impuesto sobre el Valor Añadido y del Impuesto sobre Transmisiones
Patrimoniales;


- las acciones hacia la supresión del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana ('plusvalía municipal'); y


- la mejora en el acceso a la financiación bancaria para particulares y familias.


3. Implantar políticas de reducción de la deuda pública que soporta cada español y de racionalización del gasto público a través de un uso más eficaz y eficiente de los recursos de todos los españoles, que permitan una mejor asignación en
favor de las familias, en particular mediante las siguientes estrategias:


- la disminución drástica del gasto político improductivo a cargo de la Administración General del Estado, reduciendo el número de Ministerios, órganos superiores y directivos, organismos y entidades de cualquier clase en la Administración
General del Estado, y suprimiendo todas las entidades que no redunden en beneficio de los españoles;


- el estudio y eliminación de las duplicidades administrativas producto del modelo territorial, que generan distorsiones e ineficiencias que repercuten en la prosperidad de las familias y las empresas; y


- el destino del importe ahorrado en este gasto superfluo a paliar la emergencia social que viven los españoles, así como a mejorar la asignación de recursos a políticas de largo plazo, en particular, a la mejora del sistema educativo y al
incremento en la calidad de los servicios sanitarios, de forma equitativa en todo el territorio nacional.


4. En relación con lo anterior, promover la armonización al alza del régimen de apoyo y ayudas a las familias en las distintas regiones de España, con el fin de garantizar un entorno homogéneo en nuestro país para la formación de estas y el
mantenimiento de su bienestar. De modo particular, impulsar, entre otras, las siguientes:


- el aumento del importe de la deducción por hijo en el IRPF, duplicando la cantidad actual a partir del tercero, y de forma progresiva para los siguientes;


- la aplicación de un tipo reducido de IVA para la adquisición de vehículos entre 5 y 9 plazas para familias numerosas, llevando a cabo las acciones necesarias para modificar la Ley 37/1992;



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- el establecimiento de una exención del pago de las tasas de tráfico para las familias numerosas de categoría especial y una bonificación del 50 % para las familias de categoría general;


- el diseño de planes sociales de alquiler de viviendas a familias, particularmente a aquellas en situación más desfavorecida o numerosas;


- la modificación de los requisitos contemplados en los planes de vivienda, tanto de renta (que ha de considerarse familiar per cápita), como de edad, para el acceso de familias numerosas españolas a una vivienda protegida; y


- la consideración de la renta per cápita y cada uno de los hijos a cargo para todas las bonificaciones, deducciones o prestaciones.


5. Fomentar la minoración de los precios de la energía, mediante la consecución de la soberanía energética de España y la derogación de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, así como de todas aquellas
normas que impidan a los españoles explorar y explotar sus propios recursos naturales.


6. Generar un entorno social, económico y normativo atractivo y fiable para la formación y el progreso de las familias, que proporcione certidumbre y seguridad en cuanto al apoyo que el Estado ha de asegurar a estas por su contribución al
bien común.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de marzo de 2023.-Víctor González Coello de Portugal, Pablo Sáez Alonso-Muñumer, Rubén Silvano Manso Olivar y Rodrigo Jiménez Revuelta, Diputados.-Iván Espinosa de los Monteros de Simón, José María
Figaredo Álvarez-Sala e Inés María Cañizares Pacheco, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Iván Espinosa de los Monteros de Simón, don José María Figaredo Álvarez-Sala, doña Inés María Cañizares Pacheco, don Víctor González Coello de Portugal, don Pablo Sáez Alonso-Muñumer, don Rubén Silvano Manso Olivar y don Rodrigo Jiménez
Revuelta, en sus respectivas condiciones de Portavoz Sustituto y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente
Proposición no de Ley dirigida a establecer medidas que protejan las empresas españolas e incentiven la inversión en España para su discusión en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Exposición de motivos


Primero. Tejido empresarial español.


1. Uno de los principales problemas a los que se enfrenta España es la deslocalización de empresas, puesto que muchas han comenzado a trasladarse a otros países en los que un marco normativo más estable y favorecedor actúa como incentivo a
la inversión. En este contexto, la competitividad y el futuro del tejido empresarial español ha sido nuevamente puesto en cuestión durante la presente Legislatura con motivo de la probable próxima salida de España de la matriz de la empresa
Ferrovial.


2. Así, el 3 de marzo de 2023 la referida sociedad anunciaba que el Consejo de Administración en su sesión del 28 de febrero ha aprobado proponer a la Junta General de Accionistas la fusión de la matriz del grupo Ferrovial, S.A. con su
filial íntegramente participada, Ferrovial International SE mediante absorción de la primera por la segunda. Ello implica que la cabecera del grupo pasará a ser una sociedad anónima europea ('Societas Europaea') con domicilio social en Países Bajos
66.


3. En las últimas décadas, muchas empresas españolas han realizado un enorme esfuerzo por competir en mercados extranjeros. Fruto de ello se ha logrado una importante expansión internacional, que hoy lleva a nuestras empresas hasta muy
distintos países. Y todo ello, a pesar de los escasos incentivos y ayudas que dichas empresas encuentran a nivel nacional y a la hostilidad del propio entorno


66 https://newsroom.ferrovial.com/es/noticias/sobre-la-reorganizacion-societaria/ [fecha de consulta: 15 de marzo de 2023].



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español a su actividad, que supone que para estas compañías, españolas, es más rentable la actividad en el extranjero que en su propio país.


4. Las empresas españolas deben tener en el mercado nacional y en los españoles su referente, y han de encontrar el apoyo normativo y el entorno económico necesarios para potenciar al máximo su desarrollo, que redundará en la mejora del
nivel de vida de los españoles. Muy al contrario, las distintas actuaciones y declaraciones del Gobierno actual están encaminadas a practicar políticas de persecución de la empresa, de la iniciativa privada y del éxito empresarial, en lugar de
apoyar estos fenómenos como agentes necesarios para generar riqueza y bienestar para los españoles y garantizar la prosperidad presente y futura de la Nación.


Segundo. Análisis del contexto normativo y económico actual.


5. Como se ha adelantado en el Expositivo anterior, es necesario detenerse en aquellas cuestiones que, por ser evidentes, impiden el desarrollo empresarial, la creación de riqueza y la generación de un entorno socioeconómico favorable a la
iniciativa económica. Para ello, es importante referirse a las siguientes cuestiones:


i. Fiscal.


6. La arquitectura fiscal española resulta ineficiente para la inversión y no acompaña a la iniciativa empresarial. El marco fiscal cambiante, dependiente de las arbitrariedades políticas del Gobierno, tiene un efecto penalizados para la
actividad económica.


7. El volátil marco fiscal español desincentiva la inversión. Según datos del Instituto de Estudios Económicos ('IEE') y The Tax Foundation ('TF') en su informe España sigue perdiendo competitividad en el ámbito fiscal, la presión fiscal,
que alcanzó el 42,1 % en 2022, va a aumentar al 42,3 % como consecuencia de la introducción de nuevos tributos o de la reforma de los existentes. Es por ello que, atendiendo al Índice de TF (International Tax Competitiveness Index Rankings, 'ICF'),
el IEE y la TF señalan a España como uno de los cinco países dentro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos ('OCDE') con peor competitividad fiscal, ocupando el puesto 34 de 38 dentro del ranking. Asimismo, España ha
empeorado en el referido indicador respecto del inicio de la actual Legislatura (once puestos por debajo con respecto a 2019), momento en el que ya se encontraba en posiciones rezagadas en el entorno internacional, posición que va a peor y seguirá
empeorando si se continúa con continuadas subidas de impuestos y creación de nuevas figuras tributarias, según expone el IEE 67.


8. El IEE, a partir del ICF, ha elaborado el nuevo Indicador de presión fiscal normativa, entendido como la carga de gravamen que el diseño del sistema fiscal introduce en las economías, al margen de la recaudación que obtenga. En este,
España obtiene 116,4 puntos, un 16,4 % más que la media de la Unión Europea ('UE') y un 16,8 más que el promedio de los países integrantes de la OCDE. Con todo, concluyen que la brecha de desventaja fiscal se ha ampliado frente a Europa hasta el 36
% 68.


9. Además de estas cuestiones merecen especial consideración, por su indudable repercusión en el estado de emergencia actual de la economía española, los estados de alarma inconstitucionales declarados por el Gobierno, que hundieron la
actividad económica y condujeron a la ruina a muchísimas empresas. España aún no se ha recuperado de los efectos perniciosos de estas medidas.


ii. Laboral.


10. Las políticas en materia laboral puestas en marcha por el actual Ejecutivo no resuelven ninguno de los problemas estructurales del mercado de trabajo en España, lo que dificulta las decisiones de inversión empresarial en el país.
Tenemos las mayores tasas de desempleo de Europa, con datos especialmente sangrantes de desempleo juvenil, motivado entre otras cuestiones por los elevados costes sociales tanto para empresas como para trabajadores.


11. Conforme a las Encuestas de coste laboral del Instituto Nacional de Estadística ('INE') el coste laboral medio de las empresas, que incluye salarios y cotizaciones obligatorias, se sitúa en 2.754,75 euros


67 https://www.ieemadrid.es/wp-content/uploads/IEE.-INFORMES-Enero-2023.-Competitividad-fiscal-2022-1.pdf y
https://files.taxfoundation.org/20221013150933/Intemational-Tax-Competitiveness-Index-2022.pdf?_g1=1*dwm7f6*_ga*NTU3NTc3MDYyLjE2Nzg3MTY2NDY.*_ga_FP7KWDVO8V*MTY3ODcxNjYONS4xLjEuMTY3ODcxNzg4Ni4yNy4wLjA. [fecha de consulta: 27 de marzo de 2023].


68 Idem.



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por trabajador al mes, lo que supone un aumento del 4,0 % con respecto al mismo periodo de 2021, cuando aún no había sido aprobada la última reforma laboral 69. En términos anuales, el coste medio laboral anual por trabajador para el año
2021 fue de 32.710,70 euros (último dato disponible), lo que puesto en comparación con el del año 2018 (antes de la entrada del Gobierno actual), cuando esta cifra fue de 30.883,44 euros, se observa un incremento del coste medio por empleado de casi
un 6 %.


12. De esta forma, todas las ramas del tejido productivo asumen hoy mayores costes laborales, lo que plantea una mayor dificultad para las empresas a la hora de contratar 70.


13. A lo anterior se suman tanto las subidas de los costes laborales ya realizadas como las nuevas previsiones, lo que no solo supone un mayor coste para las empresas, sino que también genera una gran inseguridad jurídica para éstas y sus
inversiones en el país 71. Las políticas llevadas a cabo por el Ejecutivo de Pedro Sánchez, lejos de favorecer la contratación y la generación de puestos de trabajo a través de incentivos a la contratación, generan el efecto contrario.


14. El resultado de todo lo expuesto es que España tiene la mayor tasa de paro de Europa. En este sentido, el pasado 2 de marzo, la Oficina Europea de Estadística (EUROSTAT) publicó un informe con los datos de desempleo de la Eurozona. Se
destaca la situación de España, que encabeza los niveles de paro del conjunto de Estados miembros con una tasa del 13 %, muy lejos del 6,7 % de media de la Eurozona y más aún del 6,1 % de media de la UE 72.


iii. Volumen normativo creado por las Administraciones Públicas.


15. En el informe del Banco de España de 2022 La regulación sectorial en España. Resultados cuantitativos, realizado a partir del análisis de numerosos trabajos previos, se concluía que desde la aprobación de la Constitución Española ha
ido aumentando progresivamente la cantidad de normas nuevas publicadas anualmente desde 3.000 hasta un total de 12.250 en 2020 y de 12.704 en 2021. Esto supone que se haya multiplicado por cuatro el volumen de regulación 73. Asimismo, se indica
que, en concreto, en el año 2020, el 78,7 % de esta normativa provenía de las administraciones regionales, el 15,7 % de la Administración General del Estado, y aproximadamente el 5 % de las Corporaciones Locales 74.


16. Esto es, en España las empresas deben enfrentarse a un laberinto burocrático y a numerosas trabas administrativas fruto de factores muy diversos, que provocan enormes ineficiencias. Entre estos destaca sobremanera el caos normativo
producto del 'Estado de las Autonomías', que obliga a todos, empresas y particulares, a lidiar con multitud de ordenamientos jurídicos en muchos casos contrapuestos, lo que limita la capacidad de las empresas de prosperar y crear empleo.


17. A este respecto, se debe traer a colación el último 'Informe sobre España 2020' de la Comisión Europea, donde ya se señalaba la normativa empresarial como una de las barreras a largo plazo a la inversión más frecuentes en el país, solo
antecedida por la incertidumbre de cara al futuro (citada por el 80 % de las empresas) 75.


18. En concreto, se llamaba la atención de lo perjudicial de la estructura normativa española. Así, se advertía expresamente que el carácter restrictivo y fragmentado de la regulación en España impide a las empresas aprovechar las
economías de escala; también se subraya que esa regulación tan disgregada entre las regiones no solo hace más difícil la expansión de las empresas sino que también desincentiva la inversión. Asimismo, se criticaba duramente que en materia de
mejora de la legislación los avances han sido escasos 76. Ello tiene como consecuencia que la unidad de mercado nacional se vea seriamente dificultada.


69 https://www.ine.es/daco/daco42/etcl/etc10322.pdf [fecha de consulta: 14 de marzo de 2023].


70 https://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=estadistica_C&cid=1254736060920&menu=ultiDatos&idp=1254735976596 [fecha de consulta: 14 de marzo de 2023].


71 https://www.ceoe.es/es/ceoe-news/laboral/comunicado-de-rechazo-de-ceoe-la-subida-unilateral-de-las-bases-maximas-de [fecha de consulta: 13 de marzo de 2023].


72 https://ec.europa.eu/eurostat/documents/2995521/16138291/3-02032023-BP-EN.pdf/40695304-0f6a-616d-2440-0884ea8a0220?version=1.0&t=1677682503789 [fecha de consulta: 27 de marzo de 2023].


73 https://www.bde.es/f/webbde/SES/Secciones/Publicaciones/PublicacionesSeriadas/DocumentosTrabajo/22/Fich/dt2202.pdf. [fecha de consulta: 27 de marzo de 2023].


74 Idem.


75 https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:52020SCO508&from=EN [fecha de consulta: 27 de marzo de 2023].


76 Idem.



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19. No obstante, nada hace prever que esto vaya a cambiar. Así, solo a nivel nacional, el Plan Anual Normativo para 2023 ya presentado por el Gobierno contempla 117 propuestas normativas 77.


20. Así, por ejemplo, según los últimos datos disponibles Holanda ostenta la posición 14.ª en el ICF (España, la 34.ª), con una puntuación de 91,2 en cuanto a presión fiscal normativa (España, 116,4) 78. Asimismo, en enero de 2023 Holanda
contaba con una tasa de desempleo del 3,6 %, frente al 13 % de España, y en el año 2017 este país europeo se situaba en el puesto número 13 del Ranking de Capital Humano, mientras que el nuestro se ubicó en el puesto número 44. Se trata de datos
muy relevantes para las decisiones de inversión de las empresas, para la decisión que estas han de tomar para mantener, ampliar o reducir su presencia en un determinado mercado. Otros datos, como una prima de riesgo del 36 en Holanda y del 106 en
España, o que Holanda tenga un Rating Moody's AAA y España de Baa1, influyen también en estas decisiones de inversión 79.


Tercero. El coste para los españoles de la adopción de políticas contrarias a sus intereses.


21. Lo expuesto en los puntos anteriores se suma a otros factores que ponen palos en la rueda del crecimiento económico y de la prosperidad empresarial y nacional. Se trata de cuestiones puramente ideológicas, como las que tratan de poner
en marcha en todos los órdenes la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. También de otras derivadas de políticas erradas, como son el elevado coste energético consecuencia de la pérdida constante de soberanía energética o de la
escasez de materias primas impulsada por muchos gobiernos. Todo ello supone que nuestro país se sitúe en una posición de desventaja competitiva con respecto al resto de países del mundo.


22. En conclusión, es necesario que se pongan en marcha medidas que ayuden a incrementar la competitividad y la productividad empresarial, que la fiscalidad acompañe y facilite su crecimiento, expansión y generación de riqueza para los
españoles, y que reviertan la fuga de estas hacia ordenamientos con mayor seguridad jurídica y estabilidad.


23. Para ello, es imperativo adaptar las políticas de toda índole a las circunstancias del tejido empresarial español, primando los intereses de España y de los españoles sobre otras agendas globalistas de decrecimiento y ruina, así como
enfocando la política fiscal y económica no a la voracidad recaudatoria, sino a la correcta asignación de recursos.


Por los motivos expuestos, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar todas las medidas necesarias dirigidas a crear un marco normativo simplificado, estable y homogéneo en todo el territorio nacional, que tenga como fin proteger el tejido empresarial
existente, fomentar la relocalización de empresas y centros de producción y atraer nuevas inversiones a nuestro país, así como incrementar la productividad, procurando en todo caso lo siguiente:


1. Llevar a cabo las reformas necesarias encaminadas a reducir el esfuerzo fiscal que tienen que soportar las empresas españolas y aumentar la competitividad fiscal, en un contexto general de rebaja de impuestos para todos los españoles.


2. Promover un marco fiscal y laboral que incentive la contratación, a través de una rebaja inmediata de las cotizaciones sociales a cargo de empresas y trabajadores, así como de una reducción y simplificación del Impuesto sobre Sociedades
para las empresas que creen empleo neto y acometan inversiones productivas.


3. Emprender con carácter inmediato una rebaja sostenida del déficit público que suponga la minoración de la deuda pública a niveles compatibles con la sostenibilidad económica de la Nación en el medio plazo, a través de la disminución
drástica del gasto político improductivo a cargo de la Administración


77 https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/resumenes/Documents/2023/310123-PAN2023.pdf [fecha de consulta: 27 de marzo de 2023].


78 https://www.ieemadrid.es/wp-content/uploads/IEE.-INFORMES-Enero-2023.-Competitividad-fiscal-2022-1.pdf y
https://ffies.taxfoundation.org/20221013150933/International-Tax-Competitiyeness-Index-2022.pdf?_g1=1*dwm7f6*_ga*NTU3NTc3MDYyLjE2Nzg3MTY2NDY.*_ga_FP7KWDVO8V*MTY3ODcxNjYONS4xLjEuMTY3ODcxNzg4Ni4yNy4wLjA. [fecha de consulta: 27 de marzo de 2023].


79 https://datosmacro.expansion.com/paises/comparar/espana/paises-bajos [fecha de consulta: 27 de marzo de 2023].



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General del Estado, así como del estudio y eliminación de las duplicidades administrativas que son producto del modelo territorial.


4. Promover políticas de ayuda a los trabajadores autónomos, con reducciones y bonificaciones de la cuota cuando los ingresos netos no lleguen al Salario Mínimo Interprofesional y cuando estén de baja.


5. Reducir el tipo y simplificar el Impuesto sobre Sociedades para favorecer el crecimiento de las empresas y la creación de empleo en España, así como para atraer los beneficios generados por empresas en el exterior.


6. Reducir el volumen normativo, trámites y procedimientos administrativos, minimizando trámites y costes para la constitución y puesta en marcha de una empresa.


7. Impulsar los cambios normativos precisos para la derogación de todas las leyes ideológicas del Gobierno que imponen exigencias a las empresas que se traducen en mayores costes regulatorios para estas.


8. Preservar el medio ambiente desde el sentido común, la responsabilidad y la protección e impulso de nuestra economía, acompasando dicha protección a las necesidades reales de España y sus capacidades y, por tanto, sin imposiciones
netamente ideológicas que conlleven una mayor carga tributaria o impedimentos al desarrollo de nuestra Nación o que postulen el decrecimiento económico.


9. Garantizar una verdadera unidad de mercado eliminando las duplicidades, trabas y desequilibrios que siguen existiendo entre los subsectores de las Administraciones Públicas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de marzo de 2023.-Víctor González Coello de Portugal, Pablo Sáez Alonso-Muñumer, Rubén Silvano Manso Olivar y Rodrigo Jiménez Revuelta, Diputados.-José María Figaredo Álvarez-Sala e Inés María
Cañizares Pacheco, Portavoces del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Sanidad y Consumo


161/004954


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don José María Figaredo Álvarez-Sala, don Andrés Alberto Rodríguez Almeida, doña Mercedes Jara Moreno, don Juan Luis Steegmann Olmedillas, don Antonio Salvá Verd y don Tomás Fernández Ríos, en sus respectivas condiciones de Portavoz
sustituto y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley relativa a la lucha contra las falsificaciones y fraudes en
el marcado 'CE', para su discusión en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Primero. Consecuencias de la entrada y venta de productos falsificados en el mercado español.


El artículo 51 de la Constitución Española señala lo siguiente:


'1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.


2. Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquellos, en los términos que la ley establezca.


3. En el marco de lo dispuesto por los apartados anteriores, la ley regulará el comercio interior y el régimen de autorización de productos comerciales.'


La venta ilegal, las falsificaciones o infracciones de los derechos de propiedad intelectual y la entrada a España de productos sin garantía de calidad mediante el etiquetado 'CE' (China Export, en contraposición al que se expondrá en el
expositivo segundo) suponen un grave problema comercial por el



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daño que produce en la oferta, fundamentalmente en el comercio y los consumidores, así como por sus repercusiones en los ingresos fiscales del Estado.


Las consecuencias negativas de lo anterior son variadas, pudiendo señalarse, entre las incluidas en la vertiente económica, las siguientes:


- En primer lugar, el quebranto para las arcas públicas referido.


- En segundo lugar, el desarrollo de un mercado negro que escapa a todo tipo de controles y de exigencias legales.


- En tercer lugar, y consecuencia de lo anterior, la merma de facturación que supone para las empresas, con la consiguiente pérdida de cuota de mercado y el peligro para los puestos de trabajo que esta genera.


- En cuarto lugar, una fuerte distorsión del mercado por la pérdida de confianza de los operadores comerciales y en los productos comercializados cumpliendo todas las garantías.


- En quinto lugar, un perjuicio moral a las empresas y un daño a su imagen, así como a los derechos de propiedad intelectual, que fomentan la imagen de que España es un mercado en el que no se respetan estos derechos. Las vulneraciones de
este tipo de derechos han crecido de forma exponencial en los últimos años en la Unión Europea (UE), alcanzando niveles preocupantes, especialmente en los ámbitos relacionados con la salud y la seguridad.


- Por último, y lo más importante, el consumo de estos productos repercute en la adecuada protección de los consumidores y usuarios, para quienes estas actividades constituyen un engaño, y que se ven afectados en aspectos tan importantes
como la salud. Muchos de estos se fabrican sin cumplir los requisitos que se exigen a empresas españolas, o no cuentan con los permisos necesarios para su comercialización en el espacio económico europeo.


En el esfuerzo para combatir esta lacra deben intervenir de forma coordinada todas las administraciones, dando una respuesta nacional, informando al consumidor de los perjuicios que ocasiona la compra de falsificaciones.


Segundo. Control de productos con el marcado 'CE'.


Para poder comerciar en la Unión Europea ('UE'), muchos productos deben llevar obligatoriamente el marcado 'CE' ('Conformité Européenne' o 'de conformidad europea'), que acredita que el fabricante ha evaluado el producto y ha seguido en su
elaboración los requisitos de seguridad, sanidad exigidos por la UE. La Decisión n.º 768/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008, sobre un marco común para la comercialización de los productos y por la que se deroga la
Decisión 93/465/CEE del Consejo 80 (la 'Decisión'), establece los principios y procedimientos comunes que la legislación europea debe seguir al armonizar las condiciones de comercialización de los productos.


La Decisión incluye los requisitos de referencia que deberán incorporarse siempre que se revise la legislación sobre productos y es el modelo para la legislación de armonización de los productos, recogiendo las normas para el marcado CE.
Además de establecer claramente las responsabilidades de fabricantes, importadores y distribuidores a lo largo de la cadena del producto, recoge las normas para designar y supervisar los organismos notificados que llevan a cabo las evaluaciones de
la conformidad basándose en la legislación de la UE y cuándo se requiere la evaluación de la conformidad de productos de terceros (es decir, la certificación de la conformidad por un organismo independiente) y las normas de vigilancia del mercado se
aplican a los productos que plantean un riesgo para la salud o seguridad o no cumplen con la legislación pertinente.


El problema de las falsificaciones con marcado 'CE' se ha visto acentuado en los últimos tiempos con la aparición de un logo 'CE' casi idéntico, 'China Export', que lleva a engaño y que imita burdamente este sello de calidad, llevando a
confusión.


Tercero. El papel del Gobierno de España.


El Gobierno de España tiene en estos momentos un papel esencial para, de una parte, evitar la competencia desleal de los productos de terceros países con los productos españoles y europeos que, en muchos de los casos, representan a varios de
los principales productores y comercializadores


80 https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex%3A32008D0768.



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internacionales, y, de otra, evitar la entrada en nuestro mercado de productos falsificados o sin las garantías y estándares de calidad precisos para los consumidores y usuarios de nuestro país.


Sería conveniente el refuerzo de los Puestos de control en frontera (PCF) y de Inspección Fronterizos (PIF), en puertos, aeropuertos y estaciones de camiones, para intentar proteger a productores, fabricantes, consumidores y usuarios de
España, extremando los controles y las inspecciones de productos de terceros países que tratan de entrar en nuestro país.


También se debe fomentar la protección del consumidor ante la entrada de productos por el canal online, a través de plataformas de venta digital o plataformas de comunicación -que no se consideran operadores económicos- y que carecen de una
vigilancia en el mercado que resulte eficaz para el consumidor. Se debe pues poner el foco en la seguridad de productos adquiridos directamente de un fabricante de terceros países, que no pasan por el control de un importador, de una tienda física
o por un contenedor de aduana, puesto que llegan directamente al usuario final a través de un paquete postal.


En virtud de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Impulsar la mejora y los medios de los Puestos de Inspección Fronterizos y de Control de Fronteras para reforzar la prevención y sanción de las importaciones de falsificaciones y fraudes en el marcado CE.


2. Favorecer el desarrollo de herramientas y el intercambio y la obtención de datos, para apoyar la lucha contra las falsificaciones y el fraude en el marcado CE.


3. Poner en marcha las medidas necesarias para potenciar las relaciones de España con otros Estados, así como con las organizaciones internacionales y europeas competentes, en la lucha contra las falsificaciones y en el fraude en el marcado
CE.


4. Denunciar ante los organismos competentes de la Unión Europea aquellos casos en los que las importaciones superen las cantidades acordadas o tengan un marcado CE fraudulento, para garantizar la calidad de los productos ofertados a los
consumidores y usuarios de España.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2023.-Andrés Alberto Rodríguez Almeida, Mercedes Jara Moreno, Juan Luis Steegmann Olmedillas, Antonio Salvá Verd y Tomás Fernández Ríos, Diputados.-José María Figaredo Álvarez-Sala,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


161/004959


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don José María Figaredo Álvarez-Sala, don Juan Luis Steegmann Olmedillas, don Antonio Salvá Verd, doña Mercedes Jara Moreno, don Andrés Alberto Rodríguez Almeida y don Tomás Fernández Ríos, en sus respectivas condiciones de Portavoz
sustituto y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley para solicitar la creación de
la especialidad de Genética Clínica, para su discusión en la Comisión de Sanidad y Consumo.


Exposición de motivos


Primero. De acuerdo con la Asociación Española de Genética Humana (AEGH), 'la genética clínica es una especialidad transversal que se ocupa de la prevención, predicción, diagnóstico, manejo, tratamiento e investigación de las enfermedades
de base genética, como cáncer, malformaciones congénitas, discapacidad intelectual/autismo, anomalías de la fertilidad y enfermedades raras neurológicas, cardiológicas, hematológicas y pediátricas, entre otras; así como del estudio y aplicación



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clínica de los marcadores genéticos de susceptibilidad, del pronóstico y respuesta terapéutica (farmacogenética) en la mayoría de las enfermedades' 81.


Los trastornos genéticos pueden afectar a cualquier sistema corporal y a cualquier grupo de edad, e incluyen:


- Anomalías cromosómicas, que causan defectos congénitos, discapacidades o problemas reproductivos.


- Trastornos de un solo gen, como la fibrosis quística, la distrofia muscular, la enfermedad de Huntington y la drepanocitosis.


- Cáncer familiar y síndromes propensos al cáncer, como el cáncer de mama o colorrectal hereditario y la neurofibromatosis.


- Defectos congénitos con una componente genética, como defectos del tubo neural, labio leporino y paladar hendido.


Cada vez en mayor medida, muchas personas son investigadas para detectar factores genéticos. Los individuos identificados a través de programas de cribado en la infancia también requieren servicios genéticos. En el futuro, a medida que se
identifiquen las contribuciones genéticas a trastornos comunes de aparición tardía, como la diabetes y las cardiopatías coronarias, es posible que se requieran servicios genéticos para las personas de alto riesgo. Las pruebas para detectar factores
genéticos que afectan a la prescripción de fármacos también se convertirán cada vez más en una actividad importante.


La genética o la investigación genética está basada, por tanto, en el estudio material genético y epigenético de los seres humanos para averiguar cómo estas variables contribuyen al desarrollo de enfermedades y cuál es el papel de la
interacción entre ellas y el medio. Está centrada en identificar factores de riesgo genéticos con el fin de poder desarrollar también nuevas dianas terapéuticas.


Tanto la genética como la genómica desarrollan 'su actividad científica a través de distintas áreas enfocadas principalmente a las enfermedades raras y comunes de base genética, para su caracterización fisiopatológica, celular y molecular,
el desarrollo y validación de técnicas y algoritmos diagnósticos, y al análisis epidemiológico en series de pacientes, orientados al diseño de herramientas útiles con una clara aplicabilidad clínica y de nuevas estrategias terapéuticas' 82.


Segundo. Los requisitos para crear una nueva especialidad médica vienen establecidos en el Real Decreto 589/2022, de 19 de julio, por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud, el procedimiento
y criterios para la propuesta de un nuevo título de especialista en Ciencias de la Salud o diploma de área de capacitación específica, y la revisión de los establecidos, y el acceso y la formación de las áreas de capacitación específica; y se
establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación en especialidades en Ciencias de la Salud (RD 589/2022). Se trataría, por tanto, de dotar a los profesionales de una formación homogénea y reglada en línea con
los del resto de Europa.


Así, en el preámbulo del RD 589/2022 se señala que el artículo 16 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias (Ley 44/2003), 'otorga al Gobierno la competencia para el establecimiento de los títulos de
especialista en Ciencias de la Salud y los diplomas de área de capacitación específica, así como su supresión o cambio de denominación. En desarrollo y cumplimiento de esta previsión legal, este real decreto regula el procedimiento para la creación
y revisión, y en su caso supresión, de los títulos de especialista en Ciencias de la Salud y los diplomas de área de capacitación específica. Asimismo, la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, regula en su artículo 25 la formación en áreas de
capacitación específica y en el artículo 29 los comités de área de capacitación específica como órganos asesores del Ministerio de Sanidad 83.


En este sentido, el artículo 2.1 y .3 de la Ley 44/2003 establece que:


'1. De conformidad con el artículo 36 de la Constitución, y a los efectos de esta ley, son profesiones sanitarias, tituladas y reguladas, aquellas cuya formación pregraduada o especializada se dirige específica y fundamentalmente a dotar a
los interesados de los conocimientos, habilidades y actitudes propias de la atención de salud, y que están organizadas en colegios profesionales oficialmente reconocidos por los poderes públicos, de acuerdo con lo previsto en la normativa
específicamente aplicable. [...]


81 https://aegh.org/la-asociacion-de-genetica-humana-pide-a-sanidad-que-cree-la-especialidad-de-genetica-clinica/.


82 https://www.fid.es/iis-fjd/es/areas-grupos-investigacion/genetica-genomica.


83 https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-12015.



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3. Cuando así resulte necesario, por las características de la actividad, para mejorar la eficacia de los servicios sanitarios o para adecuar la estructura preventiva o asistencial al progreso científico y tecnológico, se podrá declarar
formalmente el carácter de profesión sanitaria, titulada y regulada, de una determinada actividad no prevista en el apartado anterior, mediante norma con rango de ley.'


Asimismo, el artículo 16.1 de la Ley 44/2003 establece:


'Corresponde al Gobierno, previo informe de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, del Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud y de la organización u organizaciones colegiales que correspondan, el
establecimiento de los títulos de Especialistas en Ciencias de la Salud, así como su supresión o cambio de denominación.'


Por último, la disposición transitoria quinta ibidem -con respecto a la creación de nuevos títulos de Especialista y de Diplomas de Áreas de Capacitación Específica en Ciencias de la Salud- establece que:


'1. Cuando, conforme a lo previsto en el artículo 16 de esta ley, sean establecidos nuevos títulos oficiales de especialista en Ciencias de la Salud, el Gobierno adoptará las medidas oportunas para posibilitar el acceso al nuevo título de
los profesionales que hubieran prestado servicios en el ámbito de la nueva especialidad y cumplan los requisitos que reglamentariamente se establezcan. Asimismo, adoptará las medidas oportunas para la inicial constitución de la correspondiente
Comisión Nacional de la Especialidad.'


Con esta base jurídica podemos sustentar la necesidad cada vez mayor de implantar nuevas especialidades en Medicina y así dar cobertura a las nuevas situaciones y exigencias que van surgiendo en salud. Con la creación de esta especialidad
se conseguirá dar un abordaje integral en la atención, el diagnóstico y el tratamiento de las enfermedades genéticas, como se pasará a exponer.


Tercero. Con el mismo objeto de la iniciativa, la AEGH ha mantenido reuniones con las Consejerías regionales para recabar sus apoyos y asegurar el consenso sobre la necesidad de la práctica especializada de la genética con una perspectiva
multidisciplinar, incluyendo médicos, biólogos, farmacéuticos y químicos. En este sentido, manifiestan que 'los Servicios de Salud son conscientes de la necesidad de la formación sanitaria especializada de los genetistas, en línea con Europa, para
su regularización y la implementación real de la nueva cartera común básica de servicios asistenciales del sistema nacional de salud, que incluye todas las prestaciones de genética para la prevención, diagnóstico y tratamiento de los pacientes' 84.


Así, desde la misma AEGH evidencian que 'cada año se solicitan en nuestro país más de 200.000 análisis genéticos y miles de consultas de Genética Clínica. Sin embargo, solo el 5 por ciento de los hospitales del Sistema Nacional de Salud
dispone de servicios de Genética Clínica, distribuidos de manera desigual y concentrados en determinadas comunidades autónomas, reflejando la inequidad en el acceso de la ciudadanía' 85.


La demanda de la AEGH se centra en recuperar la especialidad de Genética Clínica, que ya existió formalmente en España durante año y medio. El conocido como 'Real Decreto de Troncalidad' 86 aprobó hace seis años la implantación de dos
nuevas especialidades sanitarias: Genética Clínica y Psiquiatría Infantil y del Adolescente. Sin embargo, dicho Real Decreto fue anulado en 2016 por un defecto de forma.


Así, esta asociación afirma que 'España es el único país de la Unión Europea que aún no tiene reconocida la especialidad de Genética Clínica, lo que supone un perjuicio para millones de pacientes. La falta de ordenación profesional y
regulación de la especialidad retrasa diagnósticos, entorpece la prevención de nuevos casos y no garantiza que todos los profesionales que atienden a los pacientes o desarrollan actividades de laboratorio en este ámbito estén adecuadamente
cualificados' 87.


Cuarto. Dentro del área de la investigación en Genética cobra especial relevancia la basada en terapias avanzadas. En este campo debe reforzarse la investigación en materia de terapia celular con el


84 https://www.redaccionmedica.com/secciones/ministerio-sanidad/carrera-de-obstaculos-para-crear-nuevas-especialidades-y-ace-en-el-sns-1447.


85 https://aegh.org/la-asociacion-de-genetica-humana-pide-a-sanidad-que-cree-la-especialidad-de-genetica-clinica/.


86 Real Decreto 639/2014, de 25 de julio, por el que se regula la troncalidad, la reespecialización troncal y las áreas de capacitación específica, se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación y
otros aspectos del sistema de formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud y se crean y modifican determinados títulos de especialista.


87 https://aegh.org/la-asociacion-de-genetica-humana-pide-a-sanidad-que-cree-la-especialidad-de-genetica-clinica/.



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desarrollo de nuevos tratamientos ante enfermedades ligadas a los genes. De esta forma, la combinación entre la investigación preclínica y clínica debería ser una constante en el desarrollo de ensayos clínicos tempranos académicos y
comerciales.


Es muy importante la investigación de las enfermedades en general, pero es aún más importante la de las llamadas enfermedades raras, consideradas así porque son patologías que afectan a menos de 5 de cada 10.000 habitantes.


Muchas veces la investigación, aun siendo clave en dar respuesta a las necesidades de las personas con patologías poco frecuentes (desde la prevención hasta el acceso al diagnóstico y tratamiento, así como en la atención social y sanitaria),
resulta ser la única opción para el abordaje de las enfermedades. Además, la investigación debe ir encaminada también al estudio del impacto de los medicamentos innovadores en su lucha contra la enfermedad.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a lo siguiente:


1. Impulsar la adopción de las acciones y medidas necesarias para crear, con carácter inmediato, la especialidad de Genética Clínica como nuevo título oficial de especialista en Ciencias de la Salud, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 16 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, y tras la aprobación del Real Decreto de Formación Sanitaria Especializada.


2. Dotar de formación sanitaria especializada a los genetistas, promoviendo todas las medidas necesarias para que estos servicios tengan sus propios residentes, reciban una formación específica y obtengan complementos salariales
correspondientes a esta esencial especialidad, de tal forma que desarrollen su profesión con absoluto respeto a la vida y a la dignidad humana.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de marzo de 2023.-Juan Luis Steegman Olmedillas, Antonio Salvá Verd, Mercedes Jara Moreno, Andrés Alberto Rodríguez Almeida y Tomas Fernández Ríos, Diputados.-José María Figaredo Álvarez-Sala,
Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


Comisión de Hacienda y Función Pública


161/004951


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para instar al Gobierno a garantizar
la transparencia y el respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad en la reforma del sistema de acceso y de promoción interna en la Función Pública para su debate en la Comisión de Hacienda y Función Pública.


Exposición de motivos


La Constitución Española, en su artículo 103 proclama como principios que deben regir el acceso a la Función Pública la igualdad, el mérito y la capacidad.


Estos valores o principios son exigibles tanto para acceder a la condición de funcionario, como para la promoción a lo largo de la vida laboral en la Administración Pública. Así se proclama también en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).


Principios que son el pilar básico para garantizar una Administración Pública cuya finalidad es servir con objetividad y neutralidad al interés general.


En el mes de abril de 2021, el Gobierno anunció la constitución de un grupo de análisis y propuesta de reformas en la Administración Pública con el objetivo, entre otras cuestiones, de modificar el sistema de acceso para adquirir la
condición de funcionario.



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A través de los medios de comunicación y de las escasas pinceladas dadas en las comparecencias de los tres ministros que durante estos dos años han pasado por Función Pública, se ha conocido la voluntad del Ejecutivo de modificar los
sistemas de acceso a la función pública y de promoción dentro de la propia carrera administrativa.


Lo poco que ha trascendido es que este Grupo de análisis y propuesta de reformas en la Administración Pública ha recomendado al Gobierno 'reducir los ejercicios de conocimientos' para 'potenciar los cursos selectivos'. Con ello se
pretendería rebajar la exigencia del conocimiento de carácter teórico en las distintas oposiciones y, por contraposición, aumentar las pruebas de carácter subjetivo.


Si bien es cierto que los sistemas selectivos para acceder a la Administración han de atender a las circunstancias y necesidades propias de la realidad social, ninguna reforma puede implicar una ruptura con un sistema de acceso que ha dado
innumerables pruebas de su calidad.


Cualquier modificación que se realice en este ámbito debe aspirar a mantener la excelencia de nuestros servicios públicos, como mejor forma de apuntalar la igualdad, el mérito y la capacidad de quienes ejerzan sus funciones en los distintos
puestos de la Administración.


Las pruebas de acceso a los distintos Subgrupos de la Administración General del Estado siempre han garantizado la objetividad en los procesos selectivos de ingreso. Principio de objetividad consagrado asimismo por el artículo 103 de la
Constitución.


De igual manera, se han de defender los citados principios para el sistema de promoción interna entre los diferentes subgrupos y cuerpos funcionariales. En la Administración General del Estado siempre se han garantizado la profesionalidad y
la adquisición de los conocimientos necesarios para el desempeño de las ulteriores tareas y funciones que se desarrollarán en el nuevo subgrupo o categoría a la que se accede por este sistema.


La oscuridad del Gobierno respecto a la posible reforma es muy preocupante y parece evidenciar que vaya encaminada a rebajar el nivel de exigencia, preparación y, en último término, de objetividad en los procesos selectivos y de promoción
interna conllevando una merma de los principios de igualdad, mérito y de la capacidad, requisitos fundamentales para contar con una Administración Pública absolutamente profesionalizada y preparada que sirva al interés general con neutralidad y
objetividad.


Las propias Asociaciones Profesionales de funcionarios han alertado y denunciado públicamente el peligro que entraña las modificaciones propuestas por el Gobierno ya que conlleva una minoración de la calidad y eficiencia de nuestras
administraciones en todos los niveles.


En algunas convocatorias de promoción interna se han eliminado en unos casos y reducido enormemente en otros, los conocimientos teóricos necesarios para ejercer las funciones del subgrupo superior al que se accede estableciendo unas pruebas
que suponen un 'coladero' y que dará lugar a graves carencias de preparación y de conocimientos necesarios para el nuevo cuerpo en el que se ingresa.


Es evidente que deben analizarse herramientas que permitan mejorar constantemente la función pública española, así como de sus sistemas de promoción interna, avanzando siempre hacia las fórmulas que incrementen el alto nivel que siempre le
ha caracterizado (como, por ejemplo, implementando la transformación digital de la administración y la formación en este ámbito). Pero ello nunca en detrimento de la excelencia e imparcialidad de nuestro sistema de empleo público.


En resumen de todo lo anterior, en ningún acaso, en una reforma del sistema de acceso al Servicio Público (tanto de nuevo ingreso como de promoción interna), debe ocurrir que se reduzca la preparación y profesionalización de los funcionarios
que hoy se garantizan con los procesos selectivos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Garantizar una Administración Pública profesional y de prestigio que sirva al interés general de forma neutral y objetiva.



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2. Garantizar el respeto a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en todos los procesos selectivos y de promoción interna que se convoquen para acceder a la condición de funcionario o para prosperar en la carrera
administrativa.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2023.-Llanos de Luna Tobarra, Juan Manuel Constenla Carbón y Mario Garcés Sangustín, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 189 del Reglamento, las siguientes preguntas orales al Gobierno en Comisión, disponer su conocimiento por las Comisiones que se indican,
dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de abril de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


181/002180


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputados doña Patricia Rueda Perelló, don José María Figaredo Alvarez-Sala, doña Mireia Borrás Pabón, don Andrés Alberto Rodríguez Almeida, doña María de la Cabeza Ruiz Solás, Diputados del Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida al Ministro de Industria, Comercio y Turismo.


Texto:


¿Cuál va a ser la línea de actuación que va a llevar a cabo como nuevo ministro el Sr. Gómez en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo?


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de marzo de 2023.-Patricia Rueda Perelló, María de la Cabeza Ruiz Solás, Mireia Borrás Pabón, Andrés Alberto Rodríguez Almeida y José María Figaredo Álvarez-Sala, Diputados.


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


181/002181


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Diputados don Ricardo Chamorro Delmo, don Rubén Darío Vega Arias, doña María Magdalena Nevado del Campo, don Luis Gestoso de Miguel y don Manuel Mariscal Zabala, en sus condiciones de Diputados del Grupo Parlamentario VOX.


Dirigida al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación.



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Texto:


¿Cuáles son las medidas que tiene previsto impulsar el Gobierno para resolver la situación 'absolutamente dramática' del sector apícola español, ayudar a los apicultores españoles y asegurar nuestra soberanía alimentaria?


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de marzo de 2023.-Ricardo Chamorro Delmo, Rubén Darío Vega Arias, María Magdalena Nevado del Campo, Luis Gestoso de Miguel y Manuel Mariscal Zabala, Diputados.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


184/104998


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Ruiz de Pinedo Undiano, Iñaki (GEH Bildu).


Existencia de propuestas a las Comunidades Autónomas de convenios que presuntamente tienen como función ceder competencias exclusivas de la sanidad pública a las mutuas privadas.


Acuerdo:


1. En cuanto a la solicitud de remisión de las propuestas de convenio a que se refiere el segundo guion, admitir a trámite como solicitud de informe a los efectos de los artículos 7 del Reglamento de la Cámara y 109 de la Constitución, y
trasladar a la Administración Pública correspondiente (nuevo número de expediente 186/0064785).


2. En cuanto al resto, admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


3. Comunicar este acuerdo al Sr. Diputado autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de abril de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Iñaki Ruiz de Pinedo Undiano, Diputado por Araba del GP Euskal Herria Bildu, de conformidad con lo previsto en el artículo 185 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes preguntas al Gobierno con solicitud de
respuesta por escrito.


Recientemente hemos tenido conocimiento por prensa que el Ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, ha remitido un borrador a las Comunidades Autónomas para que los servicios sanitarios públicos cedan a las mutuas la atención de las
contingencias comunes de los y las trabajadoras; convenios que presuntamente tienen como función ceder competencias exclusivas de la sanidad pública a las mutuas privadas. Dichos convenios según estas fuentes tendrían una validez de cuatro años,
prorrogadles.


Teniendo en cuenta las graves consecuencias que ello podría acarrear en el Sistema de salud, deseamos saber:


- ¿Se confirma por parte del Gobierno la existencia de estas supuestas propuestas de convenios?


- [...].



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- ¿Se ha enviado propuesta de convenio a la Comunidad Autónoma del País Vasco y a la Comunidad Foral de Navarra?


- De ser así, ¿qué respuestas han recibido por parte de estas comunidades?


- ¿Qué previsiones tienen de desarrollo de estos convenios?


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de marzo de 2023.-Iñaki Ruiz de Pinedo Undiano, Diputado.-Mertxe Aizpurua Arzallus, Portavoz del Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu.


184/105362


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Santiago Romero, Enrique Fernando (GCUP-EC-GC). Cortés Gómez, Ismael (GCUP-EC-GC). Uriarte Torrealday, Roberto (GCUP-EC-GC).


Caso Zabalza y promoción del Teniente General Espejo Valero.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la incorporación de firma contenida en el escrito número de registro 266421, admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las
Cortes Generales, comunicando este acuerdo a los señores Diputados autores de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de abril de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, los diputados que suscriben presentan las siguientes preguntas relativas al caso Zabalza y a la promoción del Teniente General Espejo
Valero para las que se solicita respuesta escrita.


El 28 de febrero de 2022, la Comisión de Valoración, creada por la Ley 12/2016, de 28 de julio, de reconocimiento y reparación de víctimas de vulneraciones de derechos humanos en el contexto de la violencia de motivación política en la
Comunidad Autónoma del País Vasco entre 1978 y 1999, emitió una resolución reconociendo a Mikel Zabalza, desaparecido el 26 de noviembre de 1985, tras su detención por la Guardia Civil y traslado al cuartel de Intxaurrondo, y cuyo cuerpo fue
encontrado sin vida y con las esposas puestas en el río Bidasoa el 15 de diciembre de 1985, como víctima de vulneración de derechos humanos. En el informe, recomendaba al Gobierno Vasco y al Parlamento Vasco que se dirigiesen a las instituciones
del Estado para que actuasen en el mismo sentido, toda vez que consideraron responsables a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de los hechos analizados.


Además, según diversas fuentes, existe una transcripción de una supuesta conversación telefónica, entre el excoronel jefe del CESID de la época, Juan Alberto Perote, y el capitán Gómez Nieto, informante del CESID, en la que se comenta que
Zabalza murió al ser torturado.


Se ha hecho público que varios de los Guardias Civiles implicados en la detención de Zabalza ascendieron sin trabas en la carrera profesional.



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Es el caso de Arturo Espejo Valero, actualmente Jefe del Mando de Apoyo (Madrid), tal y como consta en la Orden INT/173/2022, de 2 de marzo, dos días después de hacerse público el informe de la Comisión de Valoración, por la que se nombra
Jefe del Mando de Apoyo (Madrid) al Teniente General don Arturo Espejo Valero, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 10 de marzo de 2022.


El 30 de marzo de 2023 Espejo Valero compareció en la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados, para informar sobre las competencias, mecanismos internos y cumplimiento normativo del Mando de Apoyo de la Guardia Civil en relación
con el caso cuarteles. A raíz de esta comparecencia han vuelto a salir a la luz los hechos relacionados con la detención, desaparición, torturas y asesinato de Mikel Zabalza y se ha puesto en cuestión el ascenso de Espejo Valero.


Por todo esto, se pregunta:


¿Cuándo va a desclasificar el Gobierno los documentos clasificados relativos al caso de la desaparición y la muerte de Mikel Zabalza?


¿Qué trayectoria profesional han tenido los guardias civiles responsables de la detención de Mikel Zabalza?


¿En qué puestos, en qué periodo y con qué funciones estuvo el Sr. Espejo destinado en el País Vasco?


¿Qué medidas va a tomar el Gobierno en relación con el citado informe de la Comisión de Valoración?


¿Guarda alguna relación el ascenso del Sr. Espejo con el informe de la Comisión de Valoración?


Palacio del Congreso de los Diputados 3 de abril de 2023.-Enrique Santiago Romero, Ismael Cortés Gómez y Roberto Uriarte Torrealday, Diputados.