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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 63, de 08/11/2017
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES


COMISIONES MIXTAS


Año 2017 XII LEGISLATURA Núm. 63

PARA LA UNIÓN EUROPEA

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª MARÍA SORAYA RODRÍGUEZ RAMOS

Sesión núm. 21

celebrada el miércoles,

8 de noviembre de 2017

en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DÍA:


Debate sobre control de subsidiariedad de iniciativas legislativas de la Unión Europea:


- Propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE, Euratom) número 1141/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, sobre el estatuto y la financiación de los
partidos políticos europeos y las fundaciones políticas europeas [COM (2017) 481 final] [2017/0219 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000094 y número de expediente del Senado 574/000092) ... href='#(Página2)'>(Página2)


- Propuesta de directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la lucha contra el fraude y la falsificación de medios de pago distintos del efectivo y por la que se sustituye la Decisión marco 2001/413/JAI del Consejo [COM (2017) 489
final] [2017/0226 (COD)] [SWD (2017) 298 final] [SWD (2017) 299 final]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000095 y número de expediente del Senado 574/000093) ... (Página4)


- Propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril (versión refundida). (Texto pertinente a efectos del EEE) [COM (2017) 548 final] [COM (2017) 548 final
Anexos] [2017/0237 (COD)] [SWD (2017) 317 final] [SWD (2017) 318 final]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000096 y número de expediente del Senado 574/000094) ... (Página5)


- Propuesta de decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la concesión de una ayuda macrofinanciera adicional a Georgia [COM (2017) 559 final] [2017/0242 (COD)] [SWD (2017) 321 final]. (Número de expediente del Congreso de los
Diputados 282/000097 y número de expediente del Senado 574/000095) ... (Página6)



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- Propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a un marco para la libre circulación de datos no personales en la Unión Europea [COM (2017) 495 final] [2017/0228 (COD)] [SWD (2017) 304 final] [SWD (2017) 305 final].
(Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000098 y número de expediente del Senado 574/000096) ... (Página7)


- Propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (UE) número 1303/2013 por lo que respecta a la modificación de los recursos destinados a la cohesión económica, social y territorial, y los recursos
destinados a la inversión para el objetivo de inversión en crecimiento y empleo, así como al objetivo de cooperación territorial europea [COM (2017) 565 final] [COM (2017) 565 final Anexo] [2017/0247 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de
los Diputados 282/000099 y número de expediente del Senado 574/000097) ... (Página8)


- Propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a ENISA, la 'Agencia de Ciberseguridad de la UE', y por el que se deroga el Reglamento (UE) número 526/2013, y relativo a la certificación de la ciberseguridad de las
tecnologías de la información y la comunicación ('Reglamento de Ciberseguridad') (Texto pertinente a efectos del EEE) [COM (2017) 477 final] [COM (2017) 477 final Anexo] [2017/0225 (COD)] [SWD (2017) 500 final] [SWD (2017) 501 final] [SWD (2017) 502
final]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000100 y número de expediente del Senado 574/000098) ... (Página8)


Comparecencias. Por acuerdo de la Comisión Mixta para la Unión Europea:


- Del señor Alonso García, catedrático de Derecho Administrativo y de la Unión Europea de la UCM. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 219/000878 y número de expediente del Senado 713/000513) ... href='#(Página10)'>(Página10)


- Del señor Aldecoa Luzárraga, catedrático de Relaciones Internacionales de la UCM. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 219/000879 y número de expediente del Senado 713/000514) ... (Página21)


- De la señora Mangas Martín, catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la UCM. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 219/000880 y número de expediente del Senado 713/000515) ... href='#(Página26)'>(Página26)


Se abre la sesión a las cuatro de la tarde.


DEBATE SOBRE CONTROL DE SUBSIDIARIEDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS DE LA UNIÓN EUROPEA:


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO (UE, EURATOM) NÚMERO 1141/2014 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 22 DE OCTUBRE DE 2014, SOBRE EL ESTATUTO Y LA FINANCIACIÓN DE LOS
PARTIDOS POLÍTICOS EUROPEOS Y LAS FUNDACIONES POLÍTICAS EUROPEAS [COM (2017) 481 FINAL] [2017/0219 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000094 y número de expediente del Senado 574/000092).


La señora PRESIDENTA: Señorías, buenas tardes. Vamos a dar comienzo a la sesión de la Comisión Mixta para la Unión Europea. Y vamos a iniciar la misma con el debate sobre el control de subsidiariedad de iniciativas legislativas de la
Unión Europea. En primer lugar, vamos a ver la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento número 1141/2014, del Parlamento y del Consejo, sobre el estatuto y la financiación de los partidos
políticos europeos y las fundaciones políticas europeas. Se ha recibido informe del Gobierno. Para su presentación, interviene el señor Rubén Moreno Palanques, del Grupo Parlamentario Popular.



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El señor MORENO PALANQUES: Muchas gracias, señora presidenta.


Es una propuesta de reglamento que modifica un reglamento previo, precisamente el de 2014, que se instauró o se introdujo para aumentar la visibilidad, el reconocimiento, la eficacia y la transparencia, pero, sobre todo, la rendición de
cuentas de los partidos políticos y de las fundaciones políticas afiliadas a los mismos. A través de ese reglamento se ofreció la posibilidad a los partidos políticos de que se convirtiesen en entidades jurídicas europeas mediante un registro a
nivel europeo, mejorando de ese modo el acceso a la ayuda financiera europea, siempre que tuvieran una representación suficiente a nivel de la Unión y respetaran tanto en sus programas como en sus actividades los valores que caracterizan a esa Unión
Europea, que son la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de derecho y el respeto a los derechos humanos. Se creó en ese reglamento de 2014 una autoridad independiente, que era la que registraba, controlaba e imponía
sanciones a los partidos y a las fundaciones europeas asociadas a estos, y fue bien. Lo que ocurre es que se detectaron lagunas en las normas que todavía están vigentes y por eso la Comisión decidió proponer un número limitado de modificaciones, no
muchas pero suficientes para corregir esas lagunas, que, resumidamente, se concretan de la siguiente forma. Por una parte, en el criterio de representación, de modo que solo los partidos, y no las personas físicas, pudieran patrocinar la creación
de un partido político europeo. Eso dificultaría que entidades sin una representación sustancial en los Estados miembros crearan partidos a nivel europeo y recibieran financiación una vez que consiguieran un diputado en el Parlamento Europeo. La
tasa de cofinanciación también se ha modificado, de modo que el umbral, que era de un 15%, ahora queda reducido a un 5%, para evitar pérdidas o también prácticas de financiación prohibidas, que sería todavía peor. El nivel de transparencia y
claridad de las elecciones europeas se ha aumentado, al vincular de una forma más clara partidos políticos nacionales y europeos. La distribución de la financiación, que era un 85% en función de los europarlamentarios y un 15% distribuida
equitativamente entre los partidos, ahora ha quedado modificada de modo que el importe fijo se limita al 5% y el 95% restante de la financiación de la Unión Europa es en función del número de diputados que hay en el Parlamento Europeo. Se han
eliminado por parte del registro de partidos políticos europeos aquellos que no cumplen todas las condiciones del artículo 3.1, que hace referencia a que estén representados, al menos, en una cuarta parte los Estados miembros por diputados del
Parlamento Europeo nacionales o regionales. Hasta ahora se podía seguir recibiendo financiación aunque no se cumplieran esas condiciones. Finalmente, se persigue que se puedan recuperar las deudas de personas naturales. Hasta ahora en el
reglamento vigente se podían recuperar a partir de las fundaciones y de los partidos políticos que las patrocinan, pero en algunos casos de bancarrota no se podían recuperar esos fondos. La nueva propuesta puede hacer que se impongan sanciones a
personas físicas, para evitar casos de fraude o de malgasto. También la evaluación prevista al entrar en vigor este nuevo reglamento o modificación reglamentaria podrá hacerse en el primer semestre de 2022, para ver cómo ha evolucionado.
Finalmente, el hecho de que sea un reglamento europeo hace que solo pueda ser modificado por un reglamento vigente, al tiempo que es una personalidad jurídica europea la que se reconoce a partidos y fundaciones. Obviamente, cualquier modificación
sobre la financiación con cargo a la Unión Europea solo puede resolverse a nivel de la legislación de esta y no va más allá de lo necesario para alcanzar el objetivo a largo plazo de desarrollo de la democracia europea y la legitimidad en las
instituciones de la Unión. Por tanto, respeta no solo el principio de subsidiariedad, sino el de proporcionalidad.


En conclusión, esta propuesta de modificación del reglamento previo de 2014 sobre estatuto y financiación de los partidos políticos europeos y las fundaciones políticas asociadas entendemos que cumple con el principio de subsidiariedad del
Tratado de la Unión Europea.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


¿Hay algún grupo que quiera intervenir en relación con este informe? (Pausa).


De no ser así, ¿podemos estimar que es adoptado por unanimidad?


El señor BUSTINDUY AMADOR: Señora presidenta, nosotros no queremos intervenir, pero nuestra posición de voto es la abstención. No afecta al resultado pero sí al sentido del voto.


La señora PRESIDENTA: En este caso, pasamos a votar el informe.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; abstenciones, 6.



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La señora PRESIDENTA: Queda aprobado el informe.


- PROPUESTA DE DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO SOBRE LA LUCHA CONTRA EL FRAUDE Y LA FALSIFICACIÓN DE MEDIOS DE PAGO DISTINTOS DEL EFECTIVO Y POR LA QUE SE SUSTITUYE LA DECISIÓN MARCO 2001/413/JAI DEL CONSEJO [COM (2017) 489
FINAL] [2017/0226 (COD)] [SWD (2017) 298 FINAL] [SWD (2017) 299 FINAL]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000095 y número de expediente del Senado 574/000093).


La señora PRESIDENTA: Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la lucha contra el fraude y la falsificación de medios de pago distintos del efectivo y por la que se sustituye la Decisión Marco 2001/413/JAI. Para
presentar la propuesta, tiene la palabra el señor José Montilla, del Grupo Parlamentario Socialista.


El señor MONTIILLA AGUILERA: Muchas gracias, señora presidenta.


Efectivamente, el presente informe sobre la propuesta de directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la lucha contra el fraude y la falsificación... (Rumores).


La señora PRESIDENTA: Señorías, por favor, la sala es muy pequeña y si se habla alto es imposible escuchar al interviniente. Quien quiera que salga, pero pido que mantengamos silencio. Gracias.


El señor MONTILLA AGUILERA: Gracias, señora presidenta.


Decía que el presente informe es sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la lucha contra el fraude y la falsificación de medios de pago distintos del efectivo y por la que se sustituye la Decisión Marco
2001/413/JAI, del Consejo.


La propuesta legislativa analizada se basa en el artículo 83.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y las razones de la propuesta se basan en las insuficiencias de las normas vigentes para dar solución a los problemas en la
lucha contra el fraude y la falsificación de medios de pago distintos del efectivo. La Decisión Marco 2001/413/JAI, del Consejo, y el Convenio del Consejo de Europa sobre ciberdelincuencia, el convenio de Budapest, son las normas vigentes en la
actualidad que establecen la tipificación de los delitos de fraude relacionados con los medios distintos del efectivo, así como también el fraude informático.


El incremento de pagos con estos medios debido a los adelantos tecnológicos, el incremento de pago con monedas virtuales o con móviles, además de las tarjetas, hace que las posibilidades de fraude puedan incrementarse, y con ello crecen las
amenazas para la seguridad y el incremento de ingresos para la delincuencia organizada, las pérdidas económicas también directas y la lesión a la confianza de los consumidores. La evaluación del marco legislativo de la Unión Europea ha detectado
tres grandes problemas con respecto a esta cuestión: en primer lugar, el que algunos delitos no puedan ser investigados ni perseguidos eficazmente con arreglo al marco jurídico actual; en segundo lugar, que algunos delitos no pueden ser
investigados ni perseguidos debido a obstáculos de carácter operativo y, en tercer lugar, que los delincuentes se aprovechan de las lagunas en la persecución para cometer actividades fraudulentas.


Por tanto, la presenta propuesta persigue tres objetivos, que son: en primer lugar, velar para que se implante una política y un marco jurídico claro, sólido y tecnológicamente neutro; en segundo lugar, eliminar los obstáculos operativos
que entorpecen la investigación y la incoación de procedimientos penales; en tercer lugar, mejorar la prevención. Y la propuesta de directiva de referencia es coherente con disposiciones existentes en la misma política sectorial y coherente
también con otras políticas de la Unión Europea. Es coherente con los mecanismos de cooperación paneuropea en materia penal, es coherente con los actos jurídicos que tipifican como delitos conductas relacionadas con el fraude y la falsificación de
medios de pago distintos del efectivo y es coherente con otras políticas de la Unión, como son la agenda europea de seguridad, la estrategia de ciberseguridad de la Unión Europea y la estrategia para el mercado digital único.


La propuesta de directiva merece, por tanto, una valoración positiva, ya que seguro que, homogeneizando la normativa, no solo producirá efectos disuasorios, sino que además facilitará la cooperación entre los Estados a la hora de la
persecución de estos delitos. Además, el instrumento elegido es el adecuado, de conformidad con el artículo 83.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ya que solo pueden establecerse normas mínimas relativas a la definición de las
infracciones penales y de las sanciones en ámbitos delictivos que sean de especial gravedad y tengan una dimensión



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transfronteriza, como es en este caso. Y la propuesta de directiva es conforme con el principio de proporcionalidad, enunciado también en el artículo 5.4 del Tratado de la Unión Europea, ya que se limita a lo que es necesario y
proporcionado.


El fraude en los pagos realizados con medios distintos al efectivo tiene claramente una dimensión transfronteriza, como decía. Ello pone de relieve que el objetivo de combatir eficazmente los delitos mencionados no puede ser alcanzado de
manera suficiente por los Estados miembros actuando en solitario o de forma no coordinada ni ello facilitaría la colaboración con terceros países, dada la dimensión internacional del problema, que, obviamente, no se circunscribe al territorio de la
Unión Europea. De las justificaciones invocadas se deduce claramente que la propuesta se estima conforme con el principio de subsidiariedad, ya que los objetivos de la acción pretendida no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados
miembros y pueden alcanzarse mejor a escala de la Unión Europea, debido a la dimensión y efectos de la iniciativa, y en este sentido se formula el informe.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


¿Hay algún grupo parlamentario que quiera intervenir con relación a esta propuesta de informe? (Pausa).


No siendo así, pasamos a su votación.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobado el informe.


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO SOBRE LOS DERECHOS Y LAS OBLIGACIONES DE LOS VIAJEROS DE FERROCARRIL (VERSIÓN REFUNDIDA). (TEXTO PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2017) 548 FINAL] [COM (2017) 548 FINAL
ANEXOS] [2017/0237 (COD)] [SWD (2017) 317 FINAL] [SWD (2017) 318 FINAL]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000096 y número de expediente del Senado 574/000094)


La señora PRESIDENTA: Pasamos a la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril. Se ha recibido informe del Gobierno. Para su presentación, tiene la
palabra la señora Coloma Francisca Mendiola Olarte, del Grupo Parlamentario Popular.


La señora MENDIOLA OLARTE: Muchas gracias, señora presidenta.


Los antecedentes de esta propuesta están en el Reglamento 1371/2007, sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril, que tiene por objetivo proteger a los viajeros de ferrocarril de la Unión Europea. Los viajeros de
ferrocarril tienen derechos en materia de información, reservas y billetes, asistencia, cuidados e indemnización en caso de retraso o cancelación, asistencia gratuita para las personas con discapacidad y personas con movilidad reducida,
indemnización en caso de accidente, un sistema de tramitación de denuncias, así como plena aplicación y ejecución efectiva de la legislación de la Unión Europea a través de organismos nacionales de ejecución designados por los Estados miembros. En
2013 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que el actual artículo 17 del Reglamento no permite que las empresas ferroviarias queden exentas de la obligación de indemnizar a los viajeros por retrasos debidos a causas de fuerza mayor,
lo que distingue al transporte ferroviario de otros medios de transporte. Los Estados miembros pueden eximir a los servicios nacionales de la aplicación del Reglamento en determinados supuestos, pero la Comisión ha resaltado en diversos informes
aspectos problemáticos, que fueron confirmados por una evaluación de impacto realizada en 2016-2017.


Por tanto, el objetivo de esta propuesta trata de lograr el equilibrio entre reforzar los derechos de los viajeros de ferrocarril y reducir la carga de empresas ferroviarias y nos lleva a concordar el transporte ferroviario con determinados
aspectos generales de la legislación sobre los derechos de los pasajeros en otros medios de transporte, como la no discriminación, los planes de contingencia, la formación en materia de discapacidad, la tramitación de reclamaciones y la aplicación
efectiva de la normativa. Además, toma en consideración las características específicas del transporte por ferrocarril, permitiendo a los Estados miembros eximir a los servicios urbanos, suburbanos y regionales del cumplimiento de determinadas
disposiciones. La propuesta puede afectar a intereses de las empresas españolas ferroviarias, pero estos



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intereses son similares a los que concurren en el resto de los Estados miembros. Por otra parte, a lo largo de la negociación se podrá analizar en detalle la iniciativa y, si es necesario, se harán propuestas concretas de modificación o de
mejora.


Si hacemos una evaluación de la propuesta en términos generales y desde el punto de vista de sus repercusiones para España, se puede decir que es positiva la actualización del Reglamento y la incorporación del principio de fuerza mayor, como
ocurre en otros medios de transporte. La presente propuesta garantizará un nivel equivalente de protección de los viajeros en toda la Unión Europea. Por estas razones, la propuesta es conforme con el principio de subsidiariedad, ya que los
objetivos de la acción pretendida no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros ni a nivel central ni a nivel regional o local y pueden alcanzarse mejor a escala de la Unión Europea. Por los motivos expuestos, entendemos
que la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril, versión refundida, es conforme al principio de subsidiariedad establecido en el vigente Tratado de la Unión
Europea.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Gracias.


¿Algún grupo quiere intervenir con relación a la presentación de este informe? (Pausa).


No siendo así, pasamos a la votación del mismo.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; abstenciones, 6.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobado el informe. (La señora secretaria, Leyte Coello, ocupa la Presidencia).


- PROPUESTA DE DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVA A LA CONCESIÓN DE UNA AYUDA MACROFINANCIERA ADICIONAL A GEORGIA [COM (2017) 559 FINAL] [2017/0242 (COD)] [SWD (2017) 321 FINAL]. (Número de expediente del Congreso de los
Diputados 282/000097 y número de expediente del Senado 574/000095).


La señora SECRETARIA (Leyte Coello): A continuación veremos la propuesta de decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la concesión de una ayuda macrofinanciera adicional a Georgia. Se ha recibido informe del Gobierno. Tiene
la palabra doña Soraya Rodríguez.


La señora RODRÍGUEZ RAMOS: Muchas gracias, señora presidenta.


Se trata de la propuesta de la concesión de una ayuda macrofinanciera solicitada por el Gobierno de Georgia a la Unión Europea. La Comisión y el Consejo han propuesto una ayuda financiera de 45 millones de euros: 35 millones de euros en
forma de préstamos y 10 en forma de subvenciones. Con esta ayuda macrofinanciera se trataría de la tercera asistencia macrofinanciera a Georgia desde el conflicto militar con Rusia en agosto de 2008. La primera ayuda fue de 46 millones de euros,
cien por cien en subvenciones, y una segunda operación fue de 46 millones de euros también, de la que el 50% formaba parte de préstamos y el 50% restantes de subvenciones.


La Comisión y el servicio de evaluación del Servicio Europeo de Acción Exterior han estimado que se cumplen todas las condiciones políticas y económicas para la concesión de esta ayuda y han señalado la importancia que tiene para el
desarrollo económico y las reformas estructurales que viene realizando Georgia en los últimos años, desde 2008. Hay que recordar que la Unión Europea tiene unas relaciones muy importantes con este país. Como muestra, la cuota del comercio exterior
de Georgia se ocupa en un 32% con la Unión Europea, muy por encima de los socios más importantes, como Turquía o Rusia.


Por tanto, a la vista de este informe, la ponente estima que se cumple el principio de subsidiariedad y que se debe votar favorablemente el informe que presenta.


La señora SECRETARIA (Leyte Coello): Gracias.


¿Algún portavoz parlamentario desea intervenir? (Pausa).


Procedemos a la votación.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; abstenciones, 6.


La señora SECRETARIA (Leyte Coello): Queda aprobado. (La señora presidenta ocupa la Presidencia).



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- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVO A UN MARCO PARA LA LIBRE CIRCULACIÓN DE DATOS NO PERSONALES EN LA UNIÓN EUROPEA [COM (2017) 495 FINAL] [2017/0228 (COD)] [SWD (2017) 304 FINAL] [SWD (2017) 305 FINAL].
(Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000098 y número de expediente del Senado 574/000096).


La señora PRESIDENTA: Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a un marco para la libre circulación de datos personales en la Unión Europea. Se ha recibido informe del Gobierno. Interviene para presentar el
informe la señora María Mercedes Mallol Gil, del Grupo Parlamentario Popular.


La señora MALLOL GIL: Muchas gracias, señora presidenta. Muy buenas tardes, señorías.


A fin de aprovechar todo el potencial de la economía de los datos en la Unión Europea, la Comisión propone un nuevo conjunto de reglas relativas a la libre circulación de datos no personales en la Unión Europea. Junto con las normas
vigentes relativas a los datos personales, las nuevas medidas permitirán almacenar y tratar los datos no personales en toda la Unión, con el objetivo de potenciar la competitividad de las empresas europeas y modernizar los servicios públicos en un
mercado único europeo de servicios de datos. La propuesta del Reglamento sobre libre circulación de datos no personales en la Unión Europea se enmarca dentro de una estrategia para un mercado único digital de Europa. El marco persigue, por un
lado, mejorar la movilidad de los datos no personales a través de las fronteras en el mercado único, limitada en la actualidad en muchos Estados miembros por las restricciones de la localización o inseguridad jurídica en el mercado; asimismo,
pretende garantizar que no se vean afectados los poderes de las autoridades competentes para solicitar y recibir acceso a los datos a efectos de control normativo, como la inspección y la auditoría, y, por último, facilitar que los usuarios
profesionales de los servicios de almacenamiento o tratamiento de datos puedan cambiar de proveedores de servicios y trasladar sus datos, sin suponer una carga excesiva para los proveedores de servicios ni falsear el mercado.


Las nuevas normas reforzarán la seguridad jurídica y la confianza de las empresas y organizaciones. También permitirá la creación de un auténtico mercado único europeo de almacenamiento y tratamiento de datos y, por lo tanto, de un sector
de la Unión Europea que sea competitivo, seguro y fiable, así como la reducción de los precios para los usuarios de los servicios de almacenamiento y tratamiento de datos. Puesto que el objetivo de las nuevas normas es aumentar la confianza, se
espera que las empresas utilicen más servicios en la nube y no tengan dudas a la hora de acceder a nuevos mercados. También podrán trasladar sus recursos informáticos internos a las ubicaciones que resulten más rentables. Como consecuencia, se
espera un crecimiento adicional del producto interior bruto de la Unión Europea de 8000 millones de euros anuales.


En conclusión, en este caso la propuesta es conforme con el principio de subsidiariedad, ya que los objetivos de la acción pretendida no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros ni a nivel central ni a nivel
regional y local y pueden alcanzarse mejor a escala de la Unión Europea debido a la dimensión y a los efectos de la acción pretendida.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Gracias.


¿Hay algún portavoz parlamentario que quiera intervenir al respecto? (Pausa).


Pasamos a la votación del informe.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; abstenciones, 6.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobado el informe.



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- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO (UE) NÚMERO 1303/2013 POR LO QUE RESPECTA A LA MODIFICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS A LA COHESIÓN ECONÓMICA, SOCIAL Y TERRITORIAL, Y LOS RECURSOS
DESTINADOS A LA INVERSIÓN PARA EL OBJETIVO DE INVERSIÓN EN CRECIMIENTO Y EMPLEO, ASÍ COMO AL OBJETIVO DE COOPERACIÓN TERRITORIAL EUROPEA [COM (2017) 565 FINAL] [COM (2017) 565 FINAL ANEXO] [2017/0247 (COD)]. (Número de expediente del Congreso de
los Diputados 282/000099 y número de expediente del Senado 574/000097).


La señora PRESIDENTA: Pasamos a la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento 1303/2013 por lo que respecta a la modificación de los recursos destinados a la cohesión social, económica y
territorial, y los recursos destinados a la inversión para el objetivo de inversión en crecimiento y empleo, así como al objetivo de cooperación territorial europea. Se ha recibido informe del Gobierno. Y para su presentación, interviene la señora
María del Mar Moreno Ruiz, del Grupo Parlamentario Socialista.


La señora MORENO RUIZ: Muchas gracias, señora presidenta.


Esta propuesta se enmarca en un contexto en el que la economía europea sigue recuperándose pero sigue expuesta a riesgos a la baja reales asociados a la evolución de la economía mundial y de los mercados financieros mundiales. En este
contexto, el presupuesto de la Unión Europea debe contribuir lo máximo posible a estimular la inversión y la creación de empleo, tan necesarias en nuestro país. En concreto, el Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas se creó en el año 2015, en
estrecha asociación con el Banco Europeo de Inversiones, precisamente dirigido a este objetivo fundamental, a una de las diez prioridades políticas de la Unión Europea.


Esta propuesta que traemos de modificación reglamentaria tiene una finalidad, que es adaptar los importes de los recursos disponibles para el objetivo de inversión en crecimiento y empleo y el objetivo de cooperación territorial. Es un
ajuste básicamente técnico previsto en el propio reglamento, en virtud del cual todas las asignaciones a los Estados miembros han sido revisadas y comparadas con la evolución real del PIB. Eso ha supuesto un aumento de 4600 millones de euros de los
límites máximos para el periodo 2007-2020, que beneficia claramente a nuestro país, ya que España es uno de los más afectados por la recesión de la economía. Fruto de este ajuste técnico, vamos a ver cómo España incrementa sus dotaciones en el
Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas. En concreto, este ajuste técnico significa 2131 millones de euros corrientes: 1272 millones se van a destinar a Feder y 859 al Fondo Social Europeo. Como digo, nuestro país sale beneficiado de este
ajuste técnico de los recursos para inversión en crecimiento y empleo.


La propuesta es absolutamente conforme con el principio de subsidiariedad, ya que los objetivos de la acción pretendida no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros si no es a escala de la Unión Europea.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


¿Algún portavoz quiere intervenir? (Pausa).


Pasamos a votación el informe presentado.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; abstenciones, 6.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobado el informe.


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVO A ENISA, LA 'AGENCIA DE CIBERSEGURIDAD DE LA UE', Y POR EL QUE SE DEROGA EL REGLAMENTO (UE) NÚMERO 526/2013, Y RELATIVO A LA CERTIFICACIÓN DE LA CIBERSEGURIDAD DE LAS
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN ('REGLAMENTO DE CIBERSEGURIDAD') (TEXTO PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2017) 477 FINAL] [COM (2017) 477 FINAL ANEXO] [2017/0225 (COD)] [SWD (2017) 500 FINAL] [SWD (2017) 501 FINAL] [SWD (2017) 502
FINAL]. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000100 y número de expediente del Senado 574/000098).


La señora PRESIDENTA: Pasamos a ver la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a Enisa, la Agencia de ciberseguridad de la Unión Europea. En relación con el mismo se



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ha recibido informe del Gobierno. Para su presentación, tiene la palabra don Antonio Martín Iglesias, del Grupo Parlamentario Popular. (Rumores).


Señorías, rogaría, por favor, que las conversaciones se mantengan fuera de la sala, y, si se habla dentro, que se haga un poco más bajo, porque la sala es muy pequeña y resulta muy incómodo para quien está interviniendo.


El señor MARTÍN IGLESIAS: Muchas gracias, señora presidenta.


Pocos asuntos suscitan una mayor necesidad de respuesta común de la Unión Europea que la seguridad, y, dentro de ella, qué duda cabe, cada día adquiere una mayor dimensión la seguridad informática, la seguridad de las tecnologías de la
información y de la comunicación. Hablamos del mantenimiento de la garantía de un entorno digital seguro y fiable dentro de la Unión Europea al ser exponencial el crecimiento de Internet y al ser también exponencial la dependencia que de él tienen
los intereses económicos, los intereses sociales, los intereses incluso de la seguridad pública de los millones de personas que formamos parte de la Unión Europea.


Desde que se constató la existencia de este problema y la necesidad de afrontarlo, la Unión Europea ha tomado una serie actuaciones, buscando eliminar todas las vulnerabilidades y estar preparados ante posibles ataques a las redes y a los
sistemas de información. Entre ellas quizás la más importante fue la creación mediante el Reglamento 460/2004 de la Agencia europea de seguridad de las redes y de la información, conocida como Enisa, que después vio prorrogadas sus competencias,
ampliadas y reforzadas por el Reglamento 526/2013. A partir de ese momento se convirtió en un centro de conocimiento especializado en materia de seguridad cibernética en Europa y tenía la misión fundamental de ayudar a la Unión y a los países que
la integran a estar mejor preparados y equipados para prevenir, detectar y dar respuesta a los problemas de seguridad de la información. Posteriormente, en 2016 la conocida como Directiva NIS expuso la necesidad de reforzar las capacidades
nacionales en materia de ciberseguridad y para ello estableció entre otras cuestiones la exigencia de nombrar por parte de todos los Estados su propia estrategia de seguridad de las redes y de la información, así como una autoridad nacional de
ciberseguridad y disponer de una estructura operativa y financiera adecuada para prevenir, gestionar y enfrentarse a posibles riesgos e incidentes que afecten a las redes y a los sistemas de información. En definitiva, la Directiva NIS puso las
bases para comenzar a legislar en materia de ciberseguridad dentro de los países miembros.


Todas estas iniciativas han tenido como objetivos en un entorno mundial de creciente digitalización coordinar y reforzar las capacidades de la Unión Europea, de sus Estados, de sus empresas e instituciones en lo relativo a la prevención,
reacción y gestión de los problemas vinculados con la seguridad en las redes y la información, así como prestar asistencia y asesoramiento a la Comisión y a los Estados de la Unión Europea. Los resultados de todos estos esfuerzos han sido avances
muy significativos en el terreno de la seguridad informática en el ámbito del ciberespacio europeo, pero es evidente que se trata de un campo que continúa siendo un reto continuo, y a él responde esta propuesta que llega hoy a esta Comisión,
propuesta de regulación del Parlamento y del Consejo sobre Enisa, la Agencia europea de ciberseguridad y certificación de ciberseguridad de las tecnologías de la información y de la comunicación. En su conjunto, vienen a conformar un nuevo paquete
de medidas de la Unión Europea tendentes a aumentar eso que se llama resiliencia, esa capacidad de reaccionar ante posibles perturbaciones, en este caso de la seguridad informática de la Unión Europea, tanto de sus Estados como de los individuos,
empresas e instituciones que forman parte de ella. Se trata de dotar a Enisa de nuevas herramientas, de herramientas más modernas que la conviertan, en definitiva, en la verdadera agencia europea de ciberseguridad.


Por otra parte, el reglamento también plantea como perentoria la necesidad de desarrollar un marco para el establecimiento de un programa europeo de certificación en materia de ciberseguridad, procediendo a homogeneizar los numerosos y
diversos protocolos y sistemas que existen no solo en cada uno de los Estados miembros, sino también en cada uno de los sectores responsables de los diseños y fabricación de todos los productos y la prestación de servicios de las tecnologías de la
información y comunicación. Cada vez existen más objetos conectados digitalmente, cada vez tenemos un desarrollo de Internet de las cosas mayor e imparable y la exigencia de fiabilidad por parte de los usuarios obliga a establecer nuevas y
exigentes formas de seguridad de todos estos productos y servicios.


Sin entrar a valorar si debe ser la propia Enisa quien desempeñe este papel de responsable de la creación, coordinación y aplicación de todo este sistema de certificaciones o se debe optar por otro tipo



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de gobernanza, lo cierto es que la intervención de la Unión Europea a la hora de homogeneizar las certificaciones cibernéticas se considera muy necesaria para garantizar que los productos y servicios cumplan con todos los requisitos de
ciberseguridad aplicables, dentro de la estrategia para el establecimiento de un mercado digital único eficaz y seguro, en el que queden salvaguardados y garantizados los derechos e intereses de los potenciales usuarios, que son los ciudadanos de
los Estados miembros de la Unión Europea.


En una cuestión como la que tratamos, el reconocimiento del cumplimiento del principio de subsidiariedad es claro. Hablamos de ámbitos de competencia compartida en los que la actuación de la Unión Europea más que conveniente es
absolutamente necesaria y contribuye a abordar con garantías un problema que no entiende de territorios de Estados miembros, sino de una globalidad virtual que exige una respuesta en materia de ciberseguridad común de la Unión Europea, que tendrá un
resultado más efectivo en la consecución de un elevado nivel común de seguridad en las redes y en las tecnologías de la información del que obviamente pueda obtenerse desde las acciones aisladas que pueda emprender cada uno de los Estados miembros.
No hay que olvidar que cualquier perturbación o ataque en materia de seguridad informática puede producirse desde cualquier lugar y que la desigualdad y la existencia de niveles distintos de preparación ante esa circunstancia pueden afectar y
comprometer la seguridad de las redes de toda la Unión, lo que obliga a actuar ante esta problemática con el máximo de coordinación y evitando la fragmentación de los esfuerzos e iniciativas.


Se cumple, por tanto, lo dispuesto en el Tratado de la Unión Europea referido al principio de subsidiariedad, a la actuación de la Unión cuando los objetivos propuestos no puedan ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros y
sí a escala europea. Asimismo, se cumple el principio de proporcionalidad, ya que el contenido y la forma de la acción de la Unión no excederá lo necesario para alcanzar los objetivos de los tratados.


Gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


¿Algún portavoz desea intervenir? (Pausa).


Pasamos a la votación de la propuesta de informe.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; abstenciones, 6.


La señora PRESIDENTA: El informe queda aprobado.


COMPARECENCIAS. POR ACUERDO DE LA COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA:


- DEL SEÑOR ALONSO GARCÍA, CATEDRÁTICO DE DERECHO ADMINISTRATIVO Y DE LA UNIÓN EUROPEA DE LA UCM. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 219/000878 y número de expediente del Senado 713/000513).


La señora PRESIDENTA: Continuamos la sesión con las comparecencias, tal y como se había acordado en la reunión de Mesa y portavoces.


El primer compareciente, al que doy la bienvenida y agradezco muy sinceramente, en nombre de todos los miembros de la Comisión, que haya aceptado estar aquí hoy, es don Ricardo Alonso García, catedrático de Derecho Administrativo y de la
Unión Europea de la Universidad Complutense de Madrid.


Hemos acordado que el compareciente hará una primera intervención por un tiempo de unos veinte minutos. A continuación, daré la palabra a los distintos portavoces de los grupos parlamentarios para que efectúen las preguntas que consideren
convenientes por un tiempo de tres minutos. Finalmente, daré la palabra al compareciente para que conteste a las cuestiones formuladas. Estableceremos así estas comparecencias para que ninguna dure más de una hora. Por tanto, requiero su
colaboración.


Don Ricardo Alonso García, reiterándole el agradecimiento y la bienvenida a esta Comisión, tiene la palabra.


El señor ALONSO GARCÍA (Catedrático de Derecho Administrativo y de la Unión Europea de la Universidad Complutense de Madrid): Muchas gracias, señora presidenta.


Buenas tardes a todos y a todas. Es para mí un honor y un placer comparecer ante esta Comisión Mixta de la Unión Europea. Sin más prolegómenos, comienzo mi intervención, según la notificación enviada, firmada por la presidenta, para
compartir con ustedes una serie de reflexiones sobre las



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consecuencias del brexit. Va a haber consecuencias jurídicas, políticas, sociales, económicas y de toda índole, pero intentaré centrarme en las jurídicas, ya que en esa condición se me ha llamado, puesto que al fin y al cabo soy jurista.
Quizá el comienzo de mi intervención les sorprenderá, porque estoy aquí para exponerles mis ideas acerca de las posibles consecuencias del brexit, y tengo que empezar diciéndoles que no se saben. Voy a compartir con ustedes una serie de reflexiones
al respecto. Lo peor no es que no se sepan esas consecuencias a día de hoy, sino que no se sabían el 23 de junio de 2016, lo que ya constituye -les adelanto mi opinión- un gravísimo acto de irresponsabilidad por parte del entonces premier británico
David Cameron. Ya saben ustedes el dicho: Los referéndums los carga el diablo. Dice el sargento instructor: Las armas las carga el diablo y las dispara el imbécil. Podríamos añadir que las dispara el imbécil o el demagogo. Luego volveré sobre
el tema de por qué esto fue un acto de absoluta irresponsabilidad, pero simplemente anunciarlo, no ya celebrarlo.


Retomo lo de las consecuencias. Ya les decía que no se sabe cuáles van a ser. No se sabían cuando se anunció por el Partido Conservador que si ganaban las elecciones se iba a llevar a cabo ese referéndum, ni el ciudadano británico que fue
a votar el 23 de junio tenía la más remota idea de cuáles serían esas consecuencias, pero es que a día de hoy los negociadores -no el ciudadano de a pie, eso por supuesto- tampoco tienen idea de cuáles pueden ser, ni internamente para Reino Unido ni
para la contraparte, que es la Unión Europea. No es una opinión mía. Les iré dando datos. Para empezar, que es lo más importante, es que no se sabe si estamos ante un proceso irreversible. Imagínense, estoy aquí para explicarles a ustedes las
consecuencias de un proceso y empiezo diciéndoles que a día de hoy no se sabe si ese proceso, que se inició formalmente en marzo de este año con la notificación de Reino Unido a sus socios de la activación formal del artículo 50 del Tratado de la
Unión Europea, es reversible o no. Ya está dicho todo.


Ha habido dos pronunciamientos: la High Court y la Supreme Court del Reino Unido, en noviembre de 2016 y en febrero de 2017, emiten sendas sentencias -lo leerían ustedes en la prensa-, la segunda ratifica la primera pero por distintos
argumentos, y toda su argumentación parte de la idea -esto está por ver- de que una vez que el Gobierno británico procede a la notificación a sus socios de la activación del brexit es un proceso irreversible. Eso fue lo que dijeron ambos tribunales
británicos. La sentencia de la High Court fue ratificada luego por la Supreme Court. Recordarán ustedes, porque salió en la prensa, cómo llegaron esos asuntos ante ambos tribunales. La cuestión crucial en Reino Unido era si el Gobierno, motu
proprio, podía activar per se esa notificación del brexit a los socios o esa no era una prerrogativa real, sino que tenía que contar con la previa cobertura del Parlamento. Eso fue lo que se llevó ante los tribunales. Por cierto, para que vean la
confusión que ha habido con todo esto, es que eso se conoce como el asunto Gina Miller, que es la esposa de un financiero británico proeuropeo. Lo que no han contado los periódicos es que no se trataba solo de esta tal Gina Miller, sino que como
codemandante estaba el señor Dos Santos, que era un peluquero de treinta y siete años que en ese referéndum había votado lo contrario de la señora Miller, lo que apunta bastante a la confusión. El peluquero, que había votado por la salida de la
Unión, y la señora Miller, que había votado por la permanencia en la Unión, confluyen en los recursos ante las cortes británicas con argumentos similares. Lo que pedía Miller era que la decisión última contara con el aval o el respaldo del
Parlamento británico. Lo mismo sostenía Dos Santos, pero por motivos distintos, porque el peluquero mantenía que había votado a favor de la salida del Reino Unido de la Unión para recuperar soberanía y que era surrealista que el primer paso que se
diera pretendiera darlo el Gobierno escapando del órgano soberano por definición, que es el Parlamento británico.


Las dos sentencias concluyen de la misma manera, con distintos argumentos, que es que el Gobierno de Theresa May no podía activar el brexit si no era previa aprobación del Parlamento, es decir, contando con el respaldo del Parlamento. Esas
dos sentencias parten de una misma premisa, no discutida por nadie: Como el proceso es irreversible, aunque el Parlamento británico tenga la última palabra para ratificar la decisión final, el hecho mismo de que una vez activado ese brexit ya
impida una vuelta atrás implica que sería imprescindible contar con el aval previo del Parlamento.


He empezado la intervención diciendo que está por ver que sea así. Es que es dudoso que eso sea así, que esa posición adoptada por los tribunales británicos sea así. El artículo 50 no dice nada, y tengan ustedes en cuenta que todo esto se
ha activado en virtud de ese artículo. Es curioso el momento que podemos vivir como españoles y como europeos, y hago un breve paréntesis para reflexionar. Fíjense en que los dos artículos más de moda a lo largo del último año y medio son el
famoso 155 de la Constitución española y el 50 del Tratado de la Unión Europea. Si uno indaga como jurista en los estudios del 155 y



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del 50 apenas encuentra comentarios. ¿Por qué? Porque se trata de artículos que se pusieron ahí como cláusulas de cierre del sistema, sin que nadie pensara entonces que podría llegar un momento en el que pudieran ser activados. Pues da la
casualidad de que en apenas un año todos estamos estudiando como locos y poniéndonos al día sobre cómo deben funcionar ese artículo 50 en relación con el brexit y ese artículo 155 de la Constitución en relación con los sucesos acaecidos en Cataluña.


Como les decía, el que sea irreversible o no depende del artículo 50 del Tratado de la Unión Europea, que no dice nada sobre si el proceso es reversible o no. Al no decir nada, alguien tiene que decir la última palabra, alguien tiene que
cubrir esa laguna. Pero el intérprete del artículo 50 no son ni los tribunales británicos ni los españoles ni los franceses ni los alemanes, sino, como imagino que sabrán, los jueces de Luxemburgo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El
último que tendría que decir, interpretando el artículo 50, si eso que ya se ha activado tiene marcha atrás no es otro que el Tribunal de Justicia. ¿Se tenía que haber pronunciado en su momento? Como jurista creo que sí, que la High Court primero,
y la Supreme Court después, viendo que no estaba claro, porque el artículo 50 no decía nada, tendrían que haber activado lo que se conoce como la cuestión prejudicial europea. Tendrían que haber paralizado el proceso interno y dirigirse al Tribunal
de Luxemburgo para que este dijera, interpretando el artículo 50, si ese proceso es reversible o irreversible. Bien es verdad que si eso se hubiera activado -que era lo que se debería haber hecho en términos jurídicos-, en términos políticos
hubiéramos estado ante una situación completamente surrealista, que era que una vez que se había votado en referéndum la salida británica, los tribunales británicos tuvieran que dirigirse al tribunal máximo de la Unión Europea para que les dijera si
el proceso era reversible o irreversible. Así comienza la historia.


De entrada, no sabemos si estamos ante un proceso reversible o irreversible, y no lo sabremos. Aquí se ha abierto un periodo de negociaciones -empezó en marzo- que saben ustedes que, en principio, debería cerrarse en marzo de 2019, y si no
se ha llegado a un acuerdo se producirá la ruptura pura y dura, probablemente con consecuencias bastante caóticas para Reino Unido y para la Unión Europea. No hay que descartar que ese proceso dure dos años o más, porque saben que se puede extender
si los Estados miembros, de común acuerdo con Reino Unido, por unanimidad, deciden prolongar el periodo de negociación. Dicen que no, pero todos van diciendo que no y luego todo se convierte en sí. Todo es posible. Durante ese periodo no hay que
descartar -ha habido un intento desde la República de Irlanda, no desde Irlanda del Norte, de dirigirse al Tribunal de Justicia, que al final quedó abortado- que este tema acabe ante el Tribunal de Justicia y que este se pronuncie sobre el alcance
del artículo 50 diciéndonos a todos si es posible que sea reversible o no. Desde mi punto de vista debo decirles que creo que estamos ante un proceso reversible. Una cosa es que un Estado miembro no pueda utilizar el artículo 50 para hacer
chantaje a la Unión y si las negociaciones salen mal decir que vuelve a los orígenes, y otra cosa, lo tengo muy claro, es negar la posibilidad por hipótesis, que no hay que descartar, de que en Reino Unido pueda haber unas elecciones y que un
posible Gobierno entrante vuelva a someter la cuestión a referéndum y haya un vuelco en la respuesta. En todo caso, eso queda a expensas de lo que pueda decir el Tribunal de Justicia.


No se sabe si el proceso es reversible, pero es que tampoco se sabe cómo hay que negociar ese proceso. Saben cómo arrancó esto, con la posición británica que quería llevar simultáneamente el proceso de divorcio y las relaciones futuras;
esa firma de acuerdo con los Veintisiete de salida de la Unión negociando al mismo tiempo un acuerdo que regulara las posibles relaciones futuras del Reino Unido, ya fuera de la Unión Europea, con los Estados miembros. La contestación inmediata de
la señora Merkel, apoyada luego por los demás socios, fue que no, que primero había que solventar el divorcio y luego ver en qué quedan las relaciones. Me sorprendió que, en principio, los británicos estuvieran de acuerdo con eso, porque ahí sí que
se pronuncia el artículo 50, se moja algo a favor de los británicos, todo hay que decirlo, y no de la posición mantenida hasta ahora, mejor dicho, mantenida hasta ayer por la Unión Europea. ¿Por qué? Porque el artículo 50 dice literalmente: Se
negociará la forma de retirada del Estado saliente teniendo en cuenta el marco de las relaciones futuras. Eso es lo que dice el artículo 50, repito, teniendo en cuenta el marco de las relaciones futuras. No puede ser de otra manera. Esto no lo
digo solo como jurista -cualquier economista, cualquier politólogo sostendría lo mismo-: no se puede negociar una salida sin tener más o menos claro cuál puede ser la relación futura. Es muy sencillo hablar de divorcio. Cerrar un divorcio, sin
haber hablado previamente, sin saber quién va a tener la custodia de los hijos, el régimen de bienes, etcétera, es una locura. Acabará bien, regular o peor en función de lo que puedas ver a los hijos, de cómo queden los dineros, etcétera. Eso
predetermina bastante los términos del divorcio. Opino que esto es igual. No quiero decir con ello que se tengan que firmar simultáneamente



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ambos tratados, porque está claro que el de retirada irá antes que el del futuro acuerdo. Les adelanto que el Acuerdo comercial con Canadá tarda entre cinco y siete años. Hasta ahí podrían prolongarse las negociaciones con Reino Unido. De
todas formas, algo se tiene que haber apuntado para ver en qué términos se produce ese divorcio.


Estaba claro que se iba a separar hasta ayer, que fue cuando filtró la prensa que oficiosamente la Unión Europea está dispuesta a sentarse a hablar del futuro, siempre y cuando Reino Unido garantice una estrecha cooperación en materia
antiterrorista y en materia de seguridad, y que anticipe ciertas garantías para que no haya un comportamiento desleal en términos económicos, y estoy hablando, por ejemplo, de la deslocalización de empresas; es decir, que haya una cierta garantía
de que al día siguiente Reino Unido no va a bajar los estándares ambientales, los laborales, los fiscales para provocar una deslocalización de empresas del continente hacia Reino Unido.


Insisto en que a día de hoy tampoco está claro eso. Pero es que tampoco están claras las condiciones del divorcio en sí, del acuerdo de retirada, porque son muy complejas. Lo que se está discutiendo en estos momentos son cinco cuestiones.
La primera -lo habrán leído ustedes, aunque como integrantes de la Comisión Mixta esto les sonará más que a cualquier ciudadano-, el famoso cheque británico. Son entre 25 000 y 100 000 millones de euros. Ya tenemos un abanico bastante amplio. Es
difícil determinarlo, porque el presupuesto de la Unión Europea es plurianual, se vota y se ejecuta cada siete años. Ahora estamos con el presupuesto de 2014 a 2020 y ya está comprometido, pero en el momento en el que se produzca la salida, si todo
va como la seda, estaríamos hablando de marzo de 2019 y todavía quedaría un año. Esas cosas hay que negociarlas, porque si está comprometido el gasto, qué pasa después con la salida de Reino Unido, porque se pueden imaginar que ellos no quieren
saber nada. La Unión Europea dice: El gasto ya está comprometido y tú tienes que proceder a pagar antes de irte. Eso se ha dicho de una manera bastante expresiva. Habrán leído que la Comisión Europea, que es bastante poco dada a las bromas hizo
la de las veintisiete pintas en el pub. El que pide una ronda no puede irse tranquilamente sin haber pagado, y además tiene que pagar toda la ronda, porque ha comprometido a los demás al pedirla. Esa es la exigencia desde el punto de vista de la
Unión Europea: Tú te vas, pero antes pagas lo que debes. Insisto, lo que debes también a favor de los británicos, porque ya hay una serie de proyectos comprometidos en ese presupuesto, parte de los cuales va en beneficio del propio territorio
británico y en el de los demás Estados miembros.


La segunda, los activos financieros, que es otro problema gordo, muy difícil de negociar, al que ya veremos qué salida se le da. Me refiero básicamente a los préstamos de la Unión Europea para los rescates, para terceros Estados, los
préstamos de la Unión Europea, por ejemplo, a Ucrania. El préstamo se decide, pero como pasa con casi todos los préstamos de este calibre se va librando lo que se ha decidido en función de los objetivos cumplidos. Eso se va haciendo de una manera
dinámica. Se pueden imaginar la posición británica: Me voy, he pagado lo que he pagado en el momento de irme y no quiero saber nada. Posición de la Unión Europea: No, tú adelantas todo el dinero comprometido desde el primer momento y nosotros
nos comprometemos a devolverte lo tuyo cuando se devuelvan esos préstamos. Eso también está encima de la mesa y habrá que ver cómo se salda.


La tercera, activos físicos. Parece un tema menor, pero también son perras, son los euros que hay que discutir. ¿A qué me refiero con esto? A los edificios europeos, que han costado un dineral, por ejemplo, las dos famosas torres del
Tribunal de Justicia, el edificio del Parlamento, los de Bruselas, Estrasburgo, que pertenecen a la Unión Europea pero que han sido sufragados por los Estados miembros. ¿Qué pide Reino Unido al retirarse? La parte de lo que puso en su momento. La
Unión Europea dice que de eso no quieren hablar. Otra cosa sobre la que hay que negociar.


La cuarta, las pensiones. Me refiero a las pensiones de funcionarios de la Unión Europea. Estoy hablando del proceso de divorcio. Las pensiones del ciudadano vienen en la parte del posdivorcio, en las relaciones futuras. Ahora estoy
hablando del divorcio en sí, de las pensiones de los funcionarios de la Unión Europea. ¿Qué pasa con eso? Para empezar, y para acabar, no sabemos qué va a pasar con los funcionarios británicos, que son mil setecientos y pico. Nosotros estamos
aquí hablando tranquilamente, pero los funcionarios británicos están de los nervios.


La señora PRESIDENTA: Cambian de nacionalidad.


El señor ALONSO GARCÍA (Catedrático de Derecho Administrativo y de la Unión Europea de la Universidad Complutense de Madrid): No, no es necesario cambiar de nacionalidad. Es lo primero que se podía pensar, pero yo tampoco lo sabía y algo
he tenido que mirar para preparar la comparecencia; no



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estoy tan loco como para estudiarme el Estatuto del Funcionario Europeo. Lo que puedo decir, presidenta, es que el artículo 49 del Estatuto del Funcionario Europeo dice que para ser funcionario europeo se requiere la nacionalidad de uno de
los Estados miembros, salvo que se decida otra cosa, que es cuando podría haber un acuerdo de todos los Estados miembros para decidir que los funcionarios británicos permanezcan, aun habiéndose ido Reino Unido. Se pueden imaginar que eso no va a
pasar con funcionarios de alto nivel, pero a nivel funcionarial medio pueden decidir que los británicos sigan siendo funcionarios de la Unión, rompiendo el requisito de la nacionalidad. ¿Qué pasa con las pensiones de esos funcionarios? ¿Qué dicen
los británicos? Nosotros pagamos las pensiones de los funcionarios británicos. La Unión Europea dice: Vosotros contribuís a las pensiones de todos los funcionarios de toda la Unión Europea, que es lo que hacemos todos.


Finalmente, que tampoco es baladí, el quinto tema que se está negociando es el pago de los traslados de las agencias europeas que tenían su sede en Reino Unido, concretamente de la Autoridad Bancaria Europea, de supervisión bancaria, y de la
Agencia Europea del Medicamento, que están en Londres. Dirán: ¿Y eso qué? Eso también está dando lugar a mucho debate. ¿Qué dicen los británicos? Nosotros no queremos saber nada. Si se van de aquí, que lo paguen los europeos. El caso es que
hay un precedente, que es la Cepol, el colegio europeo de policía que tenía su sede en Londres, que se cambió hace unos años a Hungría y quien cubrió los gastos fue Reino Unido. Con ese precedente la Unión Europea dice: Tú te vas y pagas los
costes del traslado de la Agencia Europea del Medicamento y de la Autoridad Bancaria Europea. Pues nada de eso está claro.


Pero si eso no está claro, menos aún lo están las relaciones de futuro entre la Unión Europea y Reino Unido. Ahí hay muchos temas abiertos que afectan de manera especial a España, y lo saben ustedes: 300 000 británicos residentes aquí y
200 000 españoles residentes en Reino Unido. Hay cosas que afectan al propio Reino Unido profundamente. El tema de Irlanda del Norte -lo sabrán ustedes- es superdelicado. ¿Qué pasa con los acuerdos de Viernes Santo? Eso es, como dirían, un pain
in the ass, un grano en el trasero. A ver cómo se salva ese escollo, si vuelven a resituarse las fronteras, con todo lo que ello implica, y poner en entredicho esos acuerdos. En el tema de Gibraltar sí que podemos adelantar que, a día de hoy, es
una victoria de la diplomacia española, porque sabrán que hasta ahora lo que se ha decidido y se ha trasladado al equipo negociador es que nada se puede decidir por parte de la Unión respecto a Gibraltar si no hay un acuerdo bilateral previo entre
Reino Unido y España. Esto es un éxito negociador muy importante por parte de nuestro país, no ya por el tema de la unanimidad porque saben que esto lo va a cerrar la Unión Europea por mayoría cualificada. Es decir, el acuerdo de divorcio tiene el
sí del Reino Unido y por parte de la Unión Europea no se exige unanimidad, sino una mayoría supercualificada, el 72% de los Estados miembros que representen el 65% del total de la población de la Unión. Les decía que aunque fuera por unanimidad y
España tuviera el derecho de veto, que no es así, ya sería un éxito de la democracia española. ¿Por qué? Porque cuando todos se han puesto de acuerdo, que España levante la mano para vetar algo en relación con Gibraltar, no es lo mismo que el que
los socios te digan que de entrada no se decide nada si no hay un acuerdo entre España y Reino Unido; pero, además, este acuerdo gana mucha importancia desde el mismo momento en que se puede alcanzar por mayoría cualificada, es decir, estando
España al margen de lo que decida esa mayoría cualificada. Pues esto queda a salvo y Gibraltar es un asunto que tiene que ir bendecido por España y Reino Unido.


Voy terminando para no agotarles, o para crearles más dudas, he venido aquí para resolvérselas pero, como ven, es lo que hay; probablemente les estoy trasladando todas las dudas que están hoy encima de la mesa. Les he dicho que no están
claras las consecuencias en las negociaciones con la Unión Europea, pero es que los propios británicos no tienen ni la más maldita idea de dónde se encuentran en estos momentos; no saben que va a ser de ellos internamente. Y ya que están ustedes
en la Comisión Mixta, hablando en términos jurídicos el discurso que han soltado en principio es bien sencillo: no se preocupen que nosotros no vamos a desmantelar el ordenamiento jurídico de la Unión Europea vigente en el Reino Unido de la noche a
la mañana. Es verdad, si nos encanta mucho el ordenamiento jurídico de la Unión Europea. Es más, vamos a mantener el acervo de la Unión Europea, vamos a tocar muy poquito de todo lo que se ha hecho y ya es legislación vigente europea en el Reino
Unido. Esto dicho así puede parecer muy bien, pero alguien que tenga un mínimo conocimiento de la Unión Europea dirá: sí, sí, todo ese acervo si son directivas de la Unión Europea tiene un pase, porque saben ustedes que las directivas tienen que
ser transpuestas mediante legislación interna. Entonces, ahí hay muchísima legislación que ya es legislación británica dictada en transposición de directivas. Mañana te sales de la Unión y esa legislación ya es legislación vigente. Sí, pero y
¿qué pasa con todas las normas reglamentarias? Los



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reglamentos son normas directamente aplicables, y cuando te sales de la Unión esos reglamentos desaparecen. ¿Qué pasa con toda la legislación dictada por la Unión Europea en el marco de sus competencias exclusivas que pasan a ser
competencias del Reino Unido? Ahí tiene que haber una acción positiva, no basta con decir: no, mantengo la legislación vigente. Es que la legislación vigente hasta el momento del brexit desaparece de la noche a la mañana porque esos reglamentos
dejan de ser aplicables, y si quieres interiorizar el contenido de esos reglamentos en el ámbito interno tienes que ponerte a legislar. Este es el primer problema. El segundo problema es que los británicos están viendo que esto es mucho más
complicado de lo que creían y dicen: si hay problemas a la hora de interpretar ese acervo que vamos a mantener, para eso esta la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE. Cuando haya que aplicar nuestra legislación y tengamos dudas, los
tribunales británicos recurrirán a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE que nos haya venido explicando el alcance de ese acervo. Eso esta muy bien hasta el brexit, al día siguiente del brexit qué valor van a tener esas sentencias.
¿Se les va a dar un valor a las sentencias del Tribunal de Justicia? No creo. Es más, esos tribunales británicos si no saben cómo interpretar las normas, tampoco van a poder dirigirse vía prejudicial al Tribunal de Justicia. Son todos problemas
que están encima de la mesa.


La señora presidenta ya me pasa una nota, termino. ¿Cuáles serían mis tres conclusiones? La primera ya la he adelantado, desde mi punto de vista hace falta tener muy poca vergüenza para convocar un referéndum de este calibre, muy poca
vergüenza. Fíjense ustedes, cuando se active el brexit -no lo digo yo, lo ha dicho la High Court primero y el Supreme Court británico después- estaremos ante la decisión más importante desde el punto de vista del derecho constitucional británico en
los últimos sesenta años. La decisión más importante para ese país desde el punto de vista económico, político, social y jurídico. Hace falta tener pero que muy poca vergüenza -esto sí que es una apreciación personal- para llamar a la gente a las
urnas sin que sepa cuál es el futuro, entre otras cosas porque quien llama a las urnas no sabe cuál es el futuro de ese resultado, cuando no, tergiversando y mintiendo a los ciudadanos a los que se llama a votar sobre las consecuencias de ese
referéndum. Desde mi punto de vista hay que tener muy poca vergüenza.


La segunda conclusión que yo sacaría de todo esto y que les traslado es que la historia se repite. Sepan ustedes que esto que ha sucedido en el Reino Unido ya pasó en el año 1974, está en las hemerotecas. El Reino Unido entra en la Unión
Europea en 1973 de la mano de un partido conservador, al año siguiente gana las elecciones el Partido Laborista llevando el referéndum en su programa. Es un calco de lo de Cameron después, para que vean cómo la historia se repite cien por cien con
partidos distintos. El Partido Laborista se presentó a las elecciones incluyendo en su programa la convocatoria de un referéndum sobre la permanencia en las entonces Comunidades Europeas. Gana las elecciones y después de eso qué hace Reino Unido:
chantajea a las entonces Comunidades Europeas, hacen una campaña pro Comunidades Europeas y les sale bien -hace cuarenta años- con un 67% a favor. Esto le ha salido mal al señor Cameron y, como ven, la historia se ha repetido exactamente igual
cuarenta años después. La respuesta de los socios también, esto es importante saberlo. Yo ni soy tertuliano ni suelo escribir en los periódicos, pero debo decirles que en su momento escribí un artículo en un periódico el día del referéndum
británico. Como la gente no lee estas cosas, lo titulé Cristiano, Messi y el brexit, porque cuando uno habla de futbolistas se lee más, y ahí ya apuntaba que el daño estaba hecho, que pasara lo que pasara el daño ya estaba hecho. De eso no habla
nadie, pero tanto si salía que no como si salía que sí, el daño estaba hecho. ¿Por qué? Porque aunque les parezca fuerte esta expresión, los Veintisiete se habían bajado ya los pantalones en la declaración de Jefes de Estado y de Gobierno de
febrero de 2016, previa al referéndum. Ni más ni menos que ¿admitiendo el qué? Admitiendo que Reino Unido nunca se sintió vinculado por ese proceso de una unión cada vez más estrecha entre los pueblos europeos, o sea, una cosa que estaba en la
Declaración de Schuman y en los orígenes de todo esto. Ese adefesio que salió ya lo había hecho la Unión Europea con el Tratado de Maastricht -lo recordarán ustedes- para dar una salida a los daneses ante el no danés, y se repitió con el Tratado de
Lisboa cuando los irlandeses dijeron no y sacaron un adefesio contrario al tratado.


Y la última de las conclusiones que sacaría, que es la más preocupante de todas -puesto que todo se repite, se ha repetido lo de los británicos, se ha repetido la respuesta de los europeos-, es que yo soy de los que creen, tristemente lo
tengo que decir, que como la historia se repite y la Unión Europea nació como nació -lo saben ustedes, no les voy a dar una clase de historia, nació para evitar conflictos bélicos en suelo europeo-, eso que parecía estar olvidado hace sesenta años,
creo que hoy sigue completamente vigente. Lo hemos vivido, yo no sé qué habría sido de Europa cuando estalla la guerra de los Balcanes sin



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la Unión Europea; no sé que habría sido de Europa con la crisis de Crimea sin la Unión Europea; no sé qué sería de Europa con el nacimiento de estos nacionalismos y populismos exacerbados sin la Unión Europea. Luego esa es la única
consecuencia que yo les puedo dar para concluir mi intervención, si algo se puede sacar en claro de todo esto es que la Unión Europea es más necesaria, cuanto más fuerte mejor, a día de hoy.


Muchas gracias por su paciencia y su atención.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


Hemos agotado prácticamente el tiempo de esta comparecencia. Voy a dar la palabra por tiempo de tres minutos a los distintos portavoces de los grupos parlamentarios, y después pasaremos a la siguiente comparecencia porque ya estamos fuera
de tiempo. En primer lugar, tiene la palabra el portavoz del Grupo Parlamentario Vasco, don Jokin Bildarratz.


El señor BILDARRATZ SORRON: Muchas gracias, señora presidenta.


Agradezco al profesor Alonso García su comparecencia y también le felicito por su trabajo. Además, recomiendo encarecidamente un libro maravilloso titulado Sistema jurídico de la Unión Europea, que creo que debería ser el de cabecera de los
miembros de esta Comisión porque verdaderamente está muy bien. Quiero hacer dos grandes reflexiones en estos tres minutos. En primer lugar, se ha referido usted a la responsabilidad y poca vergüenza de David Cameron a la hora de convocar un
referéndum de este tipo. Hay que ver el contexto en el que estaba viviendo y se presentaba a las elecciones, la situación en la que estaba en aquel momento el UKIP, etcétera. Y aquí traigo a colación la política que estamos realizando en estos
momentos los partidos políticos en prácticamente todos los Estados miembros, porque en el discurso siempre estamos hablando del proceso de integración, pero después siempre estamos priorizando el ámbito interno a la hora de hacer política. Esto es
David Cameron, pero también es Renzi, es Hollande y cantidad de líderes políticos dentro de la Unión Europea y sus Estados miembros. Yo no sé si es tanto un problema del Reino Unido como de la manera de hacer política de los partidos políticos que
a la hora de trabajar nos hemos convertido en máquinas electorales.


No ha sido fácil encontrar artículos suyos, pero el que usted ha citado, Cristiano, Messi y el brexit, me ha sugerido una nueva reflexión porque es cierto que el Reino Unido nos ha dado mucho trabajo dentro de la Unión Europea, y lo que
usted escribía antes de conocer el resultado del referéndum es lo que nos tenemos preguntar. Es evidente la situación en la que nos encontrábamos en la relación con el Reino Unido, pero qué hemos ganado con que haya salido. Es verdad que en
febrero se adoptaron una serie de acuerdos sobre cuatro principios en el ámbito de lo social, etcétera, que hubieran tenido unas consecuencias muy negativas dentro del proceso de integración de la Unión Europea. Evidentemente, yo no voy a decir que
estoy aplaudiendo que se haya sustanciado el brexit, pero recojo su reflexión para preguntar qué decisiones vamos a adoptar ahora de cara al futuro ante la situación que se nos genera, no al mismo nivel, pero similar, con Dinamarca, Irlanda y las
últimas incorporaciones, Hungría, Polonia, con una serie de debilidades con las que, como usted calificaba en su artículo, el proyecto de Unión Europea está haciendo agua por diferentes líneas. Vamos a valorar qué elementos tenemos que corregir
para que, conociendo las debilidades que hemos diagnosticado, podamos superarlas de cara al futuro.


La señora PRESIDENTA: Termine, señor Bildarratz.


El señor BILDARRATZ SORRON: Bien, última pregunta. Ha comentando que es importante negociar una salida teniendo claro el futuro porque es un divorcio que todavía no se ha producido. Disiento porque el divorcio ya se ha producido, o sea,
desde el 23 de junio de 2016 el Reino Unido, uno de los miembros de la pareja, ya ha decidido irse. Hay que entender que la otra parte también intente poner el mayor número de dificultades para obtener el mayor beneficio posible. Vamos a ver cómo
lo gestionamos, pero es un elemento que hay que tener en cuenta. Estaría con usted reflexionando y debatiendo mucho más, pero como también quiero mucho a la presidenta me callo.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


En principio parece que había un acuerdo unánime de los portavoces para que el tiempo de las comparecencias se redujera a una hora. Yo estoy de acuerdo con ustedes, pero todos debemos colaborar. Por otra parte, en esta Comisión los
portavoces colaboran muy bien, siempre es así.


Por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, tiene la palabra la señora Castel Fort. (Denegación).



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La señora CASTEL FORT: Cedo mi tiempo.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


Por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, tiene la palabra don Fernando Maura.


El señor MAURA BARANDIARÁN: Muchas gracias, señora presidenta.


En primer lugar, quiero felicitar al compareciente por la disección que nos ha hecho en relación con el brexit no solo desde el punto de vista jurídico, sino desde el punto de vista histórico y del relato que se ha venido produciendo. Voy
rápidamente a las preguntas que me sugería su intervención. Primera pregunta, en las dos partes negociadoras se ha definido entre los aspectos de mayor importancia y a resolver, en primer lugar, la situación de los ciudadanos europeos en el Reino
Unido y de los británicos residentes en la Unión Europea, como elemento principal de uno de los pilares de la Unión Europea que, como saben ustedes, es la libertad de circulación de personas en su espacio interior. En este aspecto se ha invocado el
principio de reciprocidad, según el cual cualquiera de las dos partes negociadoras debería llegar al nivel de ofrecimientos que le plantee la otra parte. En su opinión, ¿cabría alguna otra posibilidad sin que ello atente contra la igualdad de
derechos de los ciudadanos de una o de otra parte? ¿Reciprocidad o algo más por alguna de las dos partes? Segunda pregunta, se ha referido también al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que se ha convertido en el referente jurisdiccional
para la parte negociadora de la Unión Europea en la solución de los conflictos. ¿Cree usted que cabría alguna otra solución que pueda ser razonable y eficaz? ¿Qué alternativa podría tener el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el caso de
que la parte británica lo rechace? Por otro lado, se ha referido a Gibraltar y, como usted ha dicho, una vez que concluya la negociación Reino Unido-Unión Europea, quedará abierta la posibilidad de un acuerdo entre España y Reino Unido respecto al
peñón. En este Parlamento y por el anterior equipo de la diplomacia española se hablaba de la fórmula del condominio, lo que supondría una táctica negociadora según la cual una de las partes, en este caso España, enseñaría sus cartas de negociación
incluso antes de empezar a jugar. ¿Existen otras posibilidades en el derecho internacional en el camino hacia una soberanía plena de España respecto a Gibraltar? También ha comentado usted la posibilidad de la reversibilidad de la decisión
británica tomada en referéndum. Mi pregunta va más allá, y es qué pasaría si Reino Unido sale de la Unión Europea en la primera parte del proceso, llega o no llega a un acuerdo de futuro con la Unión Europea, pero luego decide replantearse la
decisión y quiere volver. En su opinión ¿tendría que hacer cola como otros países que quieren acceder a la Unión Europea o podría entrar de una manera más rápida? Estas son las cuatro preguntas que quería hacerle.


Gracias, señora presidenta.


La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Maura.


Por el Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, tiene la palabra la señora Farré.


La señora FARRÉ FIDALGO: Gracias, señora presidenta.


Entiendo que no hay tiempo para las respuestas, pero yo le lanzaré algunas dudas. Creo que esto no se sabía cómo se iba a hacer, ya lo teníamos todos claro; de hecho, en diversas ocasiones se ha dicho que la Unión Europea está pensada para
integrar, pero no para desintegrar, y de ahí salen muchas dudas. Le diré como cuestión previa que estoy super de acuerdo con la frase que usted ha mencionado de que los referéndums los carga el diablo, como en el caso de las armas; con la otra
frase no estoy de acuerdo, también le puedo decir una que leí yo, el diablo vive en los chupitos, que podemos reproducir con muchos casos diferentes. Aquí el problema, lo hemos dicho muchísimas veces en esta Comisión, es que esta campaña sobre la
salida o no del Reino Unido, en la que Podemos participó por el remaind, tuvo unos tintes de xenofobia, a lo que se añadió el hecho de que en Reino Unido mucha gente no se ha llegado a sentir nunca integrada en la Unión Europea, y tampoco sus
líderes han hecho un discurso proeuropeo. Y no podemos decir que otro problema sea el mecanismo de participación o de decisión, si acaso lo será el hecho de no fomentar una participación política activa o que cuando hay un referéndum, como señalaba
el compañero, el objetivo sea electoral y no hacer pedagogía sobre lo que usted comentaba, las consecuencias, las oportunidades, los riesgos. En esto estaremos de acuerdo, pero no puedo dejar pasar que más participación, más democracia y más
directa sea algo negativo.


Quiero comentarle que, por ejemplo, el lunes pasado nos reunimos con el embajador y uno de los miembros de la Task Force que nos representa, y nos dijo que la fecha límite con la que trabajaban es



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octubre de 2018, para que después dé tiempo hasta marzo a tener este debate y ratificarlo en los diferentes Estados. Además de todos los temas en los que usted planteaba dudas, nosotros queremos añadir dos que consideramos importantes y que
no han salido. Como no creo que haya tiempo para que conteste, los voy a dejar también en la duda general. Por un lado, está la política agraria común, en la que hay que trabajar y apostar por un modelo más social, más sostenible en la producción
de alimentos y que sirva también para fomentar un equilibrio territorial y social. Nos gustaría pensar que desde Europa se puede trabajar en esto. Nos preocupa cómo puede afectar el brexit a las exportaciones de nuestras pequeñas y medianas
empresas y a las denominaciones de origen, teniendo en cuenta que es uno de los grandes lugares a donde se exporta. El otro tema fundamental, y con ello termino, es la ciudadanía donde todavía hay muchos nudos. Se ha dicho insistentemente que era
un asunto prioritario tanto para la Unión Europea como para Reino Unido, y muchas veces parece que se está usando como una carta de negociación. Aún hay muchos flecos en materia de libertad de movimientos, en qué pasará con los familiares de los
que obtengan el permiso de residencia. Para nosotros es uno de los temas básicos no solo respecto a los españoles en Reino Unido, sino en aplicación de la reciprocidad.


Gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias señora Farré.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra don Pere Joan Pons.


El señor PONS SAMPIETRO: Buenas tardes y muchísimas gracias por la intervención. Haciendo una pequeña broma sobre su artículo Cristiano, Messi y el brexit, solo le faltó poner a Neymar que fue el que realmente se cambió de equipo. Usted
habla del cambio de equipos, pero el que realmente se marchó fue Neymar. (El señor Alonso García: No se había cambiado por entonces, quién se iba a imaginar que alguien iba a pagar 222 millones). Entonces no, pero hubiera sido premonitorio.
(Risas). Al final del artículo habla de la necesidad de una refundación de la Unión Europea. Visto que Juncker habla de vientos de popa, que Theresa May habla en Florencia de que vamos a ir juntos de la mano, y que Macron habla de una refundación
de Europa, después de esta experiencia ¿estamos ante una oportunidad de refundación? Usted lo pedía en ese artículo. Por otra parte, con todo este contexto en el que, como decía Theresa May en Florencia, parece que todo es excitante, ¿se está
produciendo una versión soft brexit, estamos en un momento soft brexit? Usted se ha referido a la Declaración de Schuman. Si Europa se ha hecho a través de realizaciones concretas, ¿va a ser una oportunidad?. También Theresa May ha dicho que
nunca nos hemos querido y Europa tampoco ha sentido que el Reino Unido fuera parte de ella. ¿Va a ser una oportunidad o simplemente estamos ante una dimensión desconocida? Se habla mucho de democracia, ¿va a quedar tocada la democracia europea con
este proceso en paralelo a este gran cambio?


Para no repetirme pasaré a preguntarle cosas más concretas. Cuando se habla del nuevo partenariado económico al que se quiere ir, ¿podría usted ir un poco más lejos de lo dice Theresa May cuando afirma que el Tratado entre Canadá y la Unión
Europea no es el modelo a seguir? ¿Hacia dónde quieren ir? No entiendo cómo se quiere ser partenariado cuando te has divorciado, es decir, tiene que haber perdedores, lo dijo aquí Michel Barnier. ¿Cómo se va a gestionar eso? ¿Cree que hay
interés en que haya un acuerdo Unión Europea-Reino Unido en materia de seguridad? En un momento en que Trump y Theresa May hablan de global Britain y de ser más fuertes si estamos fuera, ¿es esto simplemente ese momento de soft brexit? Me quedo
con estos puntos.


Muchísimas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


Finalmente, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora Romero.


La señora ROMERO SÁNCHEZ; Muchas gracias, señora presidenta.


Muy buenas tardes. En primer lugar le doy la bienvenida y, en nombre del Grupo Parlamentario Popular, le agradezco su comparecencia en la Comisión esta tarde aquí, en el Congreso de los Diputados, su interesante análisis y las reflexiones
que nos ha planteado. No hay duda de que han sido muy importantes, sobre todo porque vienen de un experto en derecho comunitario y, evidentemente, nos van a ayudar mucho a poder tener una opinión más cualificada de cara a los trabajos que tenemos
que desarrollar. La verdad es que mi intervención me plantea dudas porque fundamentalmente quería preguntarle qué consecuencias va a tener el brexit para España y Reino Unido y, efectivamente, sabía de



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antemano que eso no nos lo iba a poder resolver esta tarde aquí. Es mucha la incertidumbre y preocupación sobre todo este asunto por lo que puede afectar e incidir de forma negativa en Europa, el Reino Unido, por supuesto, y en nuestro
país. Los que somos europeístas y creemos firmemente en que la Unión Europea, con sus sesenta años de historia desde el Tratado de Roma que celebramos este año, ha sido el mejor marco natural de desarrollo político, económico, social, no tenemos
dudas en querer seguir trabajando precisamente para fortalecer la Unión de forma más democrática y más próxima a los ciudadanos. Eso es lo que deberíamos estar trabajando y analizando y no encontrarnos en este punto de inflexión, donde
efectivamente en base a los datos que vamos conociendo todo esto puede afectar de forma negativa. Estos días hemos visto en los medios de comunicación un estudio elaborado por el Instituto Nacional de Análisis Económico y Social, en el que se
hablaba de la pérdida de poder adquisitivo de los hogares británicos, de cómo estaba cayendo en este momento comparándolo con el escenario económico anterior a esa victoria del brexit. También hemos visto estudios que señalan que antes había mayor
crecimiento económico y cómo la economía británica empieza a rezagarse cuando antes estaba acelerándose. En fin, estudios y datos que apuntan a que toda esta situación está generando incertidumbre, por supuesto, también en el ámbito económico con
las graves consecuencias negativas que puede tener. Por tanto, nos preocupa mucho y lamentamos la decisión que el pueblo británico ha tomado, como usted bien decía, de forma irresponsable por la actuación de aquellos que decidieron convocar un
referéndum con un claro interés electoral, nada serio y responsable de cara a lo que verdaderamente interesaba al Reino Unido en su conjunto y, por supuesto, a España y al resto de Europa. Por eso me gustaría que nos ampliara algunas de las
opiniones que nos ha dado, sobre todo en qué puede afectar a los derechos de los ciudadanos, de los españoles que viven en el Reino Unido o de los británicos que residen en España. También en el marco de las negociaciones comerciales que se están
desarrollando en este momento, en el que poco se avanza, la salida del Reino Unido del mercado único y de la unión aduanera puede perjudicar a nuestras relaciones comerciales, a nuestros productos agrícolas...


La señora PRESIDENTA: Perdón, tiene que ir acabando ya. Lo siento, son tres minutos por grupo parlamentario.


La señora ROMERO SÁNCHEZ: Termino ya.


Yo soy de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, y se puede imaginar lo importante que es este sector para mi tierra y lo que significa en nuestras relaciones con el Reino Unido. Si nos puede ampliar alguna de estas informaciones, se
lo agradecería. Termino manifestando nuestra disposición para trabajar en una próxima reunión, si pudiera ser, de cara a seguir fortaleciendo nuestra Unión Europea y avanzar de forma más homogénea los Veintisiete países que formamos este gran
proyecto.


Muchas gracias y perdón por haberme pasado en el tiempo.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


Se han suscitado muchísimas cuestiones que iremos viendo porque tendremos otras oportunidades. Le voy a dar la palabra por tiempo de cinco minutos en los que, indudablemente, no va a poder contestar a todos los portavoces, pero le pido un
esfuerzo de síntesis.


El señor ALONSO GARCÍA (Catedrático de Derecho Administrativo y de la Unión Europea de la UCM): Lo respetaré a rajatabla, señora presidenta.


Me van a permitir agradeciendo el interés que haya podido suscitar mi intervención y agradeciéndoles la amabilidad de todas sus intervenciones, voy a hacer una reflexión conjunta que pueda abordar un poco lo que me han podido plantear
ustedes, en vez de ir uno a uno, porque sino me pasaría de los cinco minutos. Sobre todo quiero ser educado y no restar tiempo a los siguientes comparecientes. El tema europeo es un mal endémico. Abordar temas europeos desde una perspectiva
interna. Ha pasado con la UKIP. Claro que Cameron iba arrastrado por la extrema derecha, la superconservadora UKIP, ojo y dentro de su partido conservador el ala más extrema. Soy de los que creen que no puedes extrapolar un problema interno. Eso
es lo que pasa con el referéndum. Los referéndum, insisto una vez más, los carga el diablo. Lo de los dispara un imbécil era una medio broma, pero suele disparar mucho irresponsable, hay que andar con mucho cuidado con el referéndum. Se pasa
todos los referéndum que se han planteado sobre temas europeos internamente han sido un desastre. ¿Por qué? Porque la gente va a votar en clave interna. Cuando fue el desastre de la Constitución Europea primero en Francia y luego en Holanda se
votó, por mucho que nos hicieran creer los políticos europeos que éramos medio tontos los ciudadanos,



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que es lo que se nos hizo hacer creer, no es que el ciudadano medio no se entera de qué va la cosa. No, el ciudadano no es tan tonto, lo que pasa es que se vota en clave interna. Los franceses estaban hartos del presidente Chirac, los
holandeses tenían sus motivos. Se va a castigar a quien plantea el referéndum en clave interna, aunque se le esté preguntando en clave europea.


¿Qué hemos ganado los europeos? Me preguntaba el representante del PNV. Nada, todos hemos perdido. Ha perdido el Reino Unido, ha perdido la Unión Europea. Lo que planteaba en el artículo es que había perdido la Unión Europea ya antes,
por lo que explicaba ahí, porque el mero hecho de anunciar que no estás a gusto, el hecho de seguir haciendo concesiones ya desvirtúa el proceso europeo. A día de hoy no ha ganado nadie. Ahora es una oportunidad. Sí, es una oportunidad si se
avanza de verdad hacia más integración, de una manera que eso hay que sopesar. Yo soy de los que creen que hay que refundar esto probablemente de una manera bastante complicada. Cada vez veo más claro que esto hay que empezar a plantearse la
Europa a las dos velocidades. De una Europa más cohesionada y otra detrás, que no vaya abandonada, pero que vea como incentivo el primer vagón para sumarse a ese vagón con posterioridad. Es una opinión muy personal. ¿Hay que avanzar hacia eso?
Sí.


Me preguntaba el representante del Grupo Socialista, la oportunidad estaba ahí, sí, y dicen que van a hacer algo, pero llegó Macron como la gran promesa y a día de hoy cero. Ya tiene problemas internos. Merkel ha renovado una vez más, pero
sigue sin verse por ningún lado, no hay el liderazgo europeo que hubo hace veinte años. No lo hay.


Entronco con lo que planteaba el representante de Ciudadanos y de Unidos Podemos, decían y los ciudadanos qué. Los ciudadanos en este momento están en un segundo término. No nos engañemos. Ya está. Por mucho que digan lo contrario.
Entre otras cosas, porque no hay más remedio. Porque lo que está encima de la mesa lo primero es el divorcio y el divorcio son los dineros y los dineros tienen que ver con lo que he explicado. Ahora que los ciudadanos van a importar después, no
porque les importe a los Estados, pero sí a los ciudadanos que van a empezar a activar pleitos. ¿Dónde está el tema de los ciudadanos? El tema es lo que hay que negociar en segundo lugar. El tema hay que negociarlo en segundo lugar. No descarto
que haya un acuerdo global entre la Unión Europea y el Reino Unido y se tenga que recurrir a acuerdos bilaterales. No descarto esa posibilidad. La posición de España con el Reino Unido es bastante estrecha, 300 000 o 200 000. No solo en materia
de pack. Les voy a dar a ustedes un dato que leí yo hace unos días. Les voy a dar un dato que desconocía, en materia de Seguridad Social, 300 000 británicos aquí haciendo uso de la Seguridad Social española, de los servicios médicos españoles,
pero luego España les pasa el cheque a los británicos y son 300 millones de ingresos. Todas esas cosas, si no se solventan bilateralmente, de la Unión Europea en bloque con el Reino Unido, vendrán los acuerdos bilaterales de Estado a Estado.
Insisto, concluyo con esta idea que me gustaría insistir en ello. Al fin y al cabo ustedes son representantes políticos, son diputados. Soy de los que creen que hay que tener mucho cuidado cuando se le llama al ciudadano a participar en los
referéndum. Hay que tener mucho cuidado cuando uno se divorcia. Soy de los que creen en el divorcio, no creo ni en el matrimonio, pero sí que creo en el divorcio. (Risas). Lo que me parece un absoluto disparate lo que se hizo en el brexit y lo
que se ha podido hacer aquí también es que lo que uno no puede hacer es: me divorcio -vamos a ser feministas- de este señor que no le aguanto más y me voy con el primero que viene. Porque este señor al que no aguanto más ya tengo una convivencia y
sé a lo que atenerme. Sé lo que me disgusta y si no aguanto más no aguantaré, pero no me voy con el primero que venga que no sé a dónde me va a llevar, que es lo que ha pasado con el brexit.


La señora PRESIDENTA: Hemos finalizado los cinco minutos. Vamos a finalizar esta primera comparecencia agradeciendo de verdad su participación en ella. Disculpándonos también por la premura del tiempo, por el formato, pero estamos en una
Comisión y tiene que ser así.


El señor ALONSO GARCÍA (Catedrático de Derecho Administrativo y de la Unión Europea de la UCM): Estupendo.


La señora PRESIDENTA: Muchísimas gracias, don Ricardo Alonso García y desde luego esperamos poder contar con usted porque en esta comisión del brexit estaremos bastante más tiempo trabajando. Ha sido un placer.


El señor ALONSO GARCÍA (Catedrático de Derecho Administrativo y de la Unión Europea de la UCM): Muchas gracias por vuestra atención. (Pausa).



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- DEL SEÑOR ALDECOA LUZÁRRAGA, CATEDRÁTICO DE RELACIONES INTERNACIONALES DE LA UCM. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 219/000879 y número de expediente del Senado 713/000514).


La señora PRESIDENTA: Compañeros y compañeras, vamos a comenzar inmediatamente la comparecencia, porque además el siguiente compareciente tiene que salir rápidamente de aquí, porque tiene que coger un avión a Bruselas. Por favor, los que
queráis comentar seguid hablando fuera porque vamos a dar la palabra a don Francisco Aldecoa, catedrático de Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Quiero agradecerle su presencia hoy aquí, máxime además con ese
problema que tiene de tener que salir para Bruselas. Tiene una primera intervención por un tiempo de quince o veinte minutos y luego los grupos parlamentarios podrán preguntarle. Muchísimas gracias.


El señor ALDECOA LUZÁRRAGA (Catedrático de Relaciones Internacionales de la UCM): Muchas gracias, presidenta, por haberme invitado a esta comparecencia. Estoy encantado de estar aquí con ustedes. A los profesores nos gusta que nos oigan
la gente importante, gente que tiene capacidad de decisión. Sobre todo cuando tenemos un pensamiento propio fruto de mucho tiempo de darle vueltas a las cosas. En este caso, yo le he dado bastantes vueltas a las cosas, incluso he traído, no sé si
es oportuno, tengo aquí las publicaciones que he hecho sobre este tema, son cuatro, las puedo ir circulando para que las ojeen. Perdonen ustedes la informalidad. Lo que quería decirles es y sería la introducción. La introducción es que durante un
año he venido publicando cuatro trabajos sobre esto. El primero fue el que hice en la revista Aranzadi que se llamaba El referéndum británico una posible oportunidad para el proyecto europeo. Donde ya empecé a señalar que además de un problema lo
que había era una oportunidad para Europa. Después en los siguientes trabajos que he hecho, en los cursos de derecho internacional de Vitoria-Gasteiz seguí con la misma cuestión: El referéndum británico un grave problema para el Reino Unido y para
la Unión Europea y una oportunidad para el proyecto europeo. En el último, sobre la relevancia del brexit, el problema y oportunidad para la Unión Europea y su política exterior. Dada mi especialidad -tengo otros dos trabajos que están por ahí en
relación con el tema de política exterior y con el tema de defensa- y teniendo en cuenta que los otros intervinientes van a tratar de los temas más generales, y por el poco tiempo que tengo, me voy a referir especialmente al tema de la política
exterior, de la seguridad y de la defensa.


La tesis central que yo mantengo es que el brexit cuando se produjo nos pareció que iba a realizarse una salida en cascada, en cadena, y que iba a amenazar el proyecto de integración europea. Año y medio después hay un cierto consenso
general de que ha ocurrido lo contrario. El brexit ha producido una cohesión entre los Estados miembros, entre este y las instituciones y entre los ciudadanos europeos. Solo citaré los últimos eurobarómetros que se ve que ha cambiado completamente
la inflexión de la tendencia de la aceptación, ha subido casi diez puntos en un año la aceptación del proyecto europeo, que había caído desde el 2008 de una forma muy considerable. Lo que mejor refleja este cambio de situación es los debates del
estado de la Unión del Parlamento Europeo en el discurso de Juncker del año pasado decía nada más y nada menos que nuestra Unión Europea se encuentra, al menos en parte, en una crisis existencial. Este año, un año después, en el debate sus palabras
fueron las contrarias. Hablaba del viento en nuestras velas y concretamente decía: El viento vuelve a henchir las velas de Europa. Se nos presenta una oportunidad que no va a durar eternamente, aprovechemos este impulso. Aprovechemos los vientos
favorables. La variable independiente que verdaderamente ha cambiado en este año es el brexit. El año pasado a los dos meses del brexit había una preocupación tremenda. En la actualidad nos damos cuenta, y en el debate del estado de la Unión
todos los grupos parlamentarios se manifestaron así, que ha habido un cambio de clima y el cambio de clima es la cohesión que ha producido entre los Estados miembros el brexit. Es algo que nadie esperaba que fuera a ocurrir. Desde luego, fui de
los que creía que iba a producirse un efecto muy negativo. No hace falta recordar los datos del referéndum británico que ustedes conocen por muy poca diferencia. Tampoco hace falta recordar que incluso el brexit podía producir en el Reino Unido el
fin del mismo, porque en Escocia los resultados eran muy distintos. Por tanto, amenazaba la propia existencia del Reino Unido. En el caso de la Unión Europea los efectos no son tan graves. La Unión Europea existía antes del Reino Unido y va a
seguir existiendo. Lo que ha ocurrido es precisamente lo contrario, ha fortalecido la Unión Europea. El Reino Unido plantea la retirada el 29 de marzo, al día siguiente el presidente del Consejo hace una respuesta provisional y ahí fija las bases
claras de cuáles son las orientaciones. El Parlamento Europeo el día 5 de abril plantea una resolución que es casi idéntica y el 29 de abril el Consejo Europeo formalmente ratifica y a principios de mayo la Comisión plantea la



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estrategia negociadora. De tal manera que las tres instituciones se plantean con claridad en relación con la que hay que mantenerse respecto al brexit. Al principio nadie creía que iba a pasar esto. El Reino Unido intentó negociar país
con país y no le salió. El Reino Unido ha mantenido una estrategia negociadora poco clara, por eso el New York Times le llamaba a la señora May la señora Maybe, porque iba cambiando completamente. Eso refleja tremendamente la posición negociadora.
Eso es debido a que no tenían claro cuál era el objetivo. Además cuando la señora May y el Gobierno británico ven la posición negociadora de la Unión Europea que es completamente sólida y unívoca se asustan y es cuando convocan las elecciones el 5
de junio. Ahí es donde viene el error fundamental, porque en vez de tener una mayoría absoluta, creyendo que iba a tener más mayoría, tiene menos. Ahí es donde su capacidad negociadora ha disminuido y ha ido completamente para atrás y donde ha
tenido grandes vaivenes y grandes dudas.


Tuve oportunidad de hacer uno de los informes del Parlamento Europeo respecto a la negociación anterior, la negociación de febrero. Ese informe fue embargado por el Parlamento, porque estaba entre los que decíamos que no tenía tanta
importancia la negociación que se había hecho y que al final se había cedido poco. Para que no influyera en el referéndum nos dijeron que no habláramos de eso. No se publicó hasta después del referéndum. Con eso quiero resaltar que en esa
negociación el Reino Unido tuvo muchísima fuerza y muchísima capacidad. Un compañero explicaba en un coloquio que esto es algo así como cuando un secuestrador secuestra un banco y pide mil cosas, le dan todo hasta que revienta la bomba. Esto es
igual. El Reino Unido durante cuarenta años ha tenido una capacidad negociadora por encima de su peso, en cuanto ha estallado la bomba y que ya ha visto que se va tiene una capacidad negociadora incluso por debajo de su peso. El Reino Unido es un
quinto o un sexto, según en población, comercio, distintos indicadores, anda por ahí. Cuando negociaba las reformas profundas, incluso constitucionales, que consiguió vetar y modernizar, consiguió construir, el Reino Unido pesaba casi como todos
los demás juntos, ahora pesa menos de lo que pesaba. Esto es importantísimo para comprender la lógica y el resultado de las negociaciones. No voy a hablar, porque no me da tiempo, de cómo ha sido el proceso del Reino Unido en la Unión Europea,
pero sí llegar a una conclusión. Ha obstruido el proceso de integración. Especialmente en la senda federal y concretamente en tres pilares: la unión económica y monetaria, y ahora la bancaria y la fiscal; el desarrollo del modelo social y la
política de defensa. En materia de política de defensa se ha producido una auténtica paradoja. El Reino Unido vetó sistemáticamente el desarrollo de una política de defensa. Ahora, como saben ustedes, se está poniendo en marcha, se toma la
decisión en el mes de junio, sobre la cooperación institucional permanente que en definitiva implica el desarrollo de una política de defensa autónoma que tiene capacidad de intervención rápida y que, como saben ustedes, está en un momento de
evaluación de los Estados y se va a decidir en el mes de diciembre. El último informe, que lo tengo aquí, de finales del mes de septiembre del Gobierno británico sobre la defensa llega a decir que ellos van a estar en la primera velocidad de la
defensa estando fuera. Es decir, han vetado cualquier desarrollo y ahora -que además eso es muy complicado- cómo van a estar dentro estando fuera. Ese es un tema que si les interesa hablamos después más despacio.


Sí quería señalarles esa enorme paradoja. Los expertos dicen que eso es debido a la preocupación que tiene con el tema de la seguridad interior y del terrorismo y que hay un vínculo entre seguridad interior y exterior y que ese es el que
hace que ahora diga lo contrario. Pero fíjense lo que son las cosas. Estaba leyendo aquí mis notas de la señora May cuando en la carta de solicitud del día 29 va a decir que si no hay acuerdo comercial favorable no va a haber política de seguridad
y defensa. Hace seis meses estaba amenazando con el tema de la seguridad y defensa, lo que cambian las cosas y a qué velocidad. Ahora en el informe oficial dice: No, no, nosotros en seguridad y defensa vamos a estar, no solo aceptamos donde
estamos, sino que nos vamos a meter donde haga falta. Es más, la semana pasada han decidido incorporar 5000 millones al fondo que ha creado la Comisión para investigación y desarrollo, en materia de defensa, que han estado vetando durante tres
años. El cambio es copernicano.


Quería hacer referencia al tema de los posibles escenarios. Este es un tema muy poco claro y que cada uno de los que hablamos de esto decimos una cosa distinta. Siguiendo la última literatura que he leído, sobre todo escocesa, llego a la
conclusión de que ahora mismo hay seis escenarios posibles. ¿Por qué hago los escenarios? Porque para ver las consecuencias que va a tener para nosotros o para la Unión Europea es imprescindible saber lo que va a pasar. ¿Cuál es el problema? No
sabemos lo que va a pasar. Pero sí sabemos que lo que va a pasar es que hemos conseguido cohesión. Esa es la primera consecuencia importante que a veces no se pone de relieve. En materia de política exterior hemos ganado mucho, porque vamos a
ganar coherencia. A pesar de que ha salido el Reino Unido -hablo así a trompicones porque estoy viendo que se me echa el tiempo encima- la Unión Europea no va a dejar de



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ser la primera potencia económica mundial, va a ser la primera potencia comercial. Por poco, porque va a dejar de serlo. Sin embargo, va a ganar en cohesión. Va a ganar en posibilidad de desarrollar una política exterior más coherente.
Está ganando. Está en este periodo transitorio consiguiendo ciertos resultados.


En cuanto a los escenarios. La primera hipótesis es: ruptura sin acuerdo. Por cierto ya está convocado el posible Consejo Europeo del día 30 de marzo de 2018, que va a ser en Silviu, porque es Presidencia rumana. La segunda, y esta
situación se podría producir por dos circunstancias distintas, primero porque no se ha llegado a un acuerdo o también, como se ve en el documento británico, porque una vez llegado al acuerdo, como ustedes saben se han comprometido a pasar otra vez
por el Parlamento. Puede ocurrir que el Parlamento una vez llegado a un acuerdo rechace ese documento. En ese caso, si se hace con muy poco tiempo, la única posibilidad es la salida de forma automática. La segunda hipótesis suele ser la del
acuerdo duro. Esto implica que se quedan fuera de casi todo y se llegaría a algunas concesiones de carácter económico y comercial futuras, en el acuerdo futuro que se desarrolla. La tercera, que es la que ahora parece que va para delante, pero no
me atrevo a pronunciarme por ninguna y, sobre todo, descartarla. Habrá algunas que parece que tienen más posibilidades que otras, pero creo que las seis están abiertas, el acuerdo blando, que implicaría estar en el mercado interior, aceptando
incluso la libre circulación de personas. En principio era el logro por el que votaron en contra, y estarían fuera de las instituciones. A esto se suele llamar la integración diferenciada desde fuera que prácticamente es como estaban, pero desde
fuera. Es el modelo noruego, lo cual tiene grandes inconvenientes. Incluso los diplomáticos noruegos siempre dicen es una pena que nosotros no podamos estar en el Consejo, tenemos que reunirnos antes para dar nuestra opinión. Es decir, que no
parece que sería favorable para ellos. La cuarta es la adaptación de un acuerdo transitorio de dos o tres años. He visto ahora una petición británica que hablan incluso de cinco, en el que estarían dentro a efectos económicos y sociales, pero en
este caso aceptando la fecha del 29 que se marcha. Hay una quinta posibilidad que es la extensión del periodo de negociación. Como saben ustedes el artículo 50 plantea la necesidad de unanimidad en el seno de los Veintisiete, lo cual no será fácil
de conseguir salvo circunstancias especiales. Por último, el tema de la no salida, que tiene a su vez varios vericuetos. He leído esta semana o la anterior de un miembro de la Cámara de los Lores importante un artículo donde viene a decir que si
el Parlamento dice que no, habrá que convocar un segundo referéndum, pero hace falta que dé tiempo a todo eso, y ese segundo referéndum puede decir que no, y entonces qué pasa. Hay la posibilidad de revocación de la retirada. Hay capacidad de
retirada. La doctrina científica está dividida. Hay unos que dicen que sí y otros que dicen que no. Sobre todo si es como consecuencia del acuerdo de que no les gusta el acuerdo que se ha llegado y dicen que no. Salvo que los Veintisiete por
unanimidad acepten la retirada. Este es un tema que es muy largo y hay muchas posiciones distintas respecto a ello. Mi compañera Araceli Mangas le dará mejores vueltas que las que le doy yo a este tema de la revocación de la retirada. Porque no
es tan sencillo. ¿Si retiran se quedan? Eso no está nada claro. Es un tema largo. Simplemente he apuntado algunas reflexiones. Lo que sí cabe es que de una forma o de otra no sé cómo pero cada vez se ve más claro que esa idea de que no se vayan
no hay que descartarla. Bien entendido que si se queda va a ser como el hijo pródigo, van a quedarse en peores condiciones, no van a quedarse con la posibilidad que tenían antes de una capacidad de negociación enorme y donde vetaban casi todo.


Respecto a la política exterior. Podría decir que desde su salida se está produciendo un desarrollo de la política exterior. El documento básico es la aprobación en el mes de junio, cinco días después, el 28 se aprueba la estrategia global
para la política exterior y seguridad común, que tiene una enorme importancia. En aquel momento muchos compañeros y en muchos think tanks españoles y de otros países pensaron que la estrategia global no servía para nada. Hoy hay un consenso
general que es lo que ha servido para fijar el rumbo en política exterior en la Unión Europea. Ha cambiado completamente el asunto. No hay que olvidar que la diplomacia europea se ha consolidado en los últimos años y que está en pleno
funcionamiento. En definitiva, hay una ministra que es Mogherini, hay un servicio central con 2000 funcionarios y hay unas embajadas, 140, con otros 2000 funcionarios. Esto empieza a dar resultados. Sobre todo, la estrategia global ha sabido
capitalizar. Se criticaba porque no era el momento. Es más, la estrategia global ni siquiera se aprobó, solo se presentó, porque el Consejo, cinco días después del brexit, estaba preocupado en qué hacían con los británicos, como para empezar a
estudiar. Algunos decían que eso había que dejarlo para otro momento. Sin embargo, en la medida que ha habido estrategia, ha habido capacidad de centrar y dirigir el rumbo de la política exterior, sobre todo que había dos grandes circunstancias.
Una, el brexit que se ha convertido en un federador interno y el presidente Trump que se



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ha convertido en un federador externo. La política errática del presidente, por decir algo suave, ha posibilitado que la Unión Europea fije posición común en casi todo. Además la prensa se fija en el eje franco-alemán, pero quién está
tomando la iniciativa es Mogherini. Por cierto, se suele olvidar siempre -no me va a dar tiempo- la materia de defensa. En materia de defensa resulta que hay dos diplomáticos españoles, el alto representante adjunto para la política exterior y
defensa es Serrano De Haro, es un diplomático español que en la prensa española no aparece, que no sé por qué, cuando es un tipo clave. Es el que está dando el empujón. Luego está otro compañero tuyo que es Jorge Domecq, que es el presidente
ejecutivo de la Agencia Europea de Defensa, que tiene muchísima importancia. Además, para hablar con claridad, me dicen que no hay ningún problema político con el Gobierno, no hay ninguno. Es simplemente que los medios de comunicación a veces no
acaban de apuntar en los temas centrales, perdonen esta reflexión un poco crítica, pero a mí me llama la atención que estos dos señores -estuve en Italia hace unos días había una entrevista con Serrano De Haro inmensa- no he visto ninguna entrevista
en El País a ninguno de los dos. Cuando son los responsables de este cambio. ¿Por qué pongo el énfasis en esto? Porque el Reino Unido se va y quiere estar dentro de la nueva política de defensa. Eso es lo que más me llama la atención. Quiere
decir que el que se vaya, primero desbloqueado, y segundo, ahora está en marcha y a punto de tomar la decisión de quién hace qué y cuántos entran en la cooperación instituida permanente, están las decisiones importantes tomadas que estaban con
claridad en el Tratado 42.6 y 42.7, pero por diversas circunstancias desde el 2009 no se habían aplicado y ahora se han aplicado en esta coyuntura. También es verdad que se han aplicado por una necesidad. Porque hay unas circunstancias de
incrementos de riesgos y de amenazas en Europa como no ha habido nunca. De tal manera que hay que buscar que el guión avance. La estrategia global tiene dos mensajes nítidos. La primera, la idea de potencia normativa, la de Ian Manners, este
teórico danés, que en definitiva dice: La capacidad de la Unión Europea en el mundo es capacidad de transformar normas, de establecer una nueva gobernanza mundial.


Segunda cuestión. Dada las circunstancias especiales en que nos movemos lo que hay que hacer es mantener una autonomía estratégica y para hacer creíble esa autonomía estratégica ponemos en marcha la cooperación interinstitucional
permanente. Este es el mensaje de la estrategia global, pero lo más llamativo es que cuando se escribió eso muchos dijeron que era muy bonito pero que no se iba a hacer. Lo más curioso es que se ha hecho, que se está haciendo, que por primera vez
se ha impulsado esta cuestión. ¿Por qué lo vinculo con el brexit? Si no hubiese brexit, hubiera sido más difícil. Eso es lo que sí creo que se puede decir: hubiera sido mucho más difícil.


Además hay otra cuestión a la que tampoco se suele dar suficiente importancia. El tratado había establecido con claridad la alianza defensiva en el artículo 42.7, que dice que frente a una agresión exterior existe la obligación de defender
con todos los medios todos los Estados, equivalente al artículo 5, e incluso es más eficaz, porque está redactada de forma más moderna y admite el tema del terrorismo. Como es sabido, en noviembre de 2015 Francia activa la cláusula de defensa, pero
la dificultad -que nadie esperaba- es que no hay una estructura permanente que sea capaz de poner en práctica esa estrategia y que haya funcionado regularmente. Para hacer creíble esa alianza defensiva es necesario tener una estructura permanente,
eso es lo que se está decidiendo estos días.


Para terminar, quisiera hablar de los efectos y oportunidades de la política exterior y de seguridad para España. Yo creo que España tiene un gran problema, que es que se queda en el Finisterre. El poder en Europa se ha ido hacia el este
en los últimos años, encima se nos da un balance que está desde un punto de vista geopolítico, lo ve cualquiera. A nosotros se nos complica y tenemos que buscar algún tipo de solución. España y Portugal se quedan ahí. Ese es el gran problema
estructural. Hay un dato objetivo: si se va Reino Unido nosotros nos quedamos en la esquina, nos quedamos en el Finisterre. Se han buscado algunas fórmulas y se han tomado algunas medidas para compensar este tema como, por ejemplo, las
Conferencias Internacionales Mediterráneas, que se han empezado a celebrar con este Gobierno en los últimos tres años. Aunque habría que hacer muchas más cosas. Tiene muchas ventajas, de las que no se han hablado.


En primer lugar, no me ha dado tiempo explicar que ha habido un proyecto importante sobre el futuro de Europa en la Comisión, antes está el del Parlamento, el de Verhofstadt, y luego ha habido un montón de informes en donde se retoma otra
vez la necesidad de un cambio profundo en la Unión Europea. Yo no creo en la refundación pero creo en la profundización, en la lógica federal, en lo que dice el informe del Parlamento Europeo, que fue aprobado por quinientos y pico votos, es decir,
por casi todos los grupos parlamentarios, por todos, incluido alguno más al que antes habéis hecho referencia, que no suele apoyar



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este tipo de informes. En definitiva, el informe de Verhofstadt está planteando la necesidad de un cambio político profundo, y una vez que hacemos la reforma de las instituciones y que ya no nos vetan el cambio profundo, hay que ir hacia un
cambio profundo.


Por tanto, hay algunas conclusiones para España. Para España la primera ventaja es que España ha defendido siempre el avance hacia el modelo federal, ha habido un consenso entre los grandes partidos con relación a este tema. Es más, ha
protagonizado los grandes cambios en los treinta años que lleva dentro en la profundización de la unión política los distintos Gobiernos. Así como los grandes Estados prefieren mantener una lógica más intergubernamental, a los Estados medianos como
España les favorecen todos los avances en la lógica federal. Además, hay un consenso en las Cámaras respecto a esta situación, o por lo menos lo ha habido hasta ahora.


En segundo lugar, esta ausencia va a desbloquear dos grandes temas. Sin Reino Unido la unión económica y monetaria, la unión bancaria y la unión fiscal es mucho más fácil que sigamos adelante, y desde luego, será más fácil que lleguemos a
acuerdos en la profundización del modelo social. Se han tomado unas medidas a corto plazo, pero hay que tomar otras con una reforma de los tratados.


En tercer lugar, hay un tema que para mí es central, el tema del liderazgo a cuatro. Desde la reunión de Versalles, aunque se venía discutiendo unos años anteriores, España ha participado en la Cumbre a cuatro, primero en Versalles, que
salió muy bien, y luego la que ha habido en agosto -no sé si se ha celebrado alguna más-. En Agosto se invitó incluso a cuatro presidentes de África para tratar el tema de inmigración, algo que es muy interesante. La tercera cumbre iba a
celebrarse en España, pero tengo oído -me podéis corregir- que como consecuencia del tema de Cataluña se va a retrasar. (El señor García Hernández: Por las elecciones alemanas). ¿Por las elecciones alemanas? Los informes que yo he visto dicen
que por el problema de Cataluña van a retrasar el asunto. Este es un tema sobre el que pensar, cómo un problema interno puede tener repercusión en la política exterior. Con la salida de Reino Unido podemos estar en el núcleo duro, mientras que
antes estábamos circunstancialmente. Ese es un cambio fantástico, el poder estar en medio. Además, somos el país que tiene la visión atlántica tanto en el norte como con América latina. Pero, sobre todo, hace que nuestros objetivos de política
exterior, especialmente en el Mediterráneo y América latina, adquieran un nuevo valor, en la medida en que a los ingleses no les gustaba nada. Estoy hablando rápidamente para que se entienda un poco la idea. Desde luego, lo que se ha dicho antes
en el tema de Gibraltar lo suscribo plenamente. El número 24 de la Resolución europea que se refiere a Gibraltar es un éxito diplomático de primera magnitud, nos deja en una situación como no hemos tenido nunca, en relación con el tema de
Gibraltar. Eso hay que reconocerlo sin ninguna duda.


Por último, ya me he referido al refuerzo de la política exterior. En cuanto a la política de defensa que nosotros tengamos garantizada nuestra integridad territorial por la Unión Europea en su conjunto con fuerzas de intervención rápida
cuando estamos también en el Finisterre del sur, para hablar con claridad, que es donde por pueden venir los problemas, es una garantía importantísima porque el tema de la seguridad ahora adquiere una importancia que no había adquirido hasta ahora.
Esas son las ventajas.


La conclusión es muy clara. No sabemos qué va a ocurrir con relación a los escenarios y, por tanto, no sabemos de verdad qué va a ocurrir respecto a los temas económicos y sociales. Yo creo que se va a resolver el tema de la libre
circulación de personas, que al final van a estar en el mercado interior, aunque al final puede reventar la negociación y que no lleguemos a nada. Pero lo que sí sabemos es que gracias al brexit -y nadie lo pensaba- la Unión Europea se ha puesto
las pilas. La Unión Europea ha conseguido una cohesión entre sus Estados y sus instituciones. Entre los grandes partidos todos están trabajando al unísono, con relación a este tema están prácticamente todos de acuerdo, menos el UKIP y poco más.
Por eso, dice el señor Juncker que es una gran oportunidad, que el viento está a favor de nuestras velas. Sin embargo, el viento lo mismo viene que se va y, por tanto, hay que aprovechar estas circunstancias para producir el cambio profundo que
Europa necesita.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchísimas gracias, Francisco Aldecoa, por tu intervención y por tu pasión. Lo que sucede es que se tiene que ir porque tiene que coger un avión a las siete y diez, hora en la que tienes que estar embarcando. Por
tanto, no me da tiempo a dar palabras a los grupos.


El señor ALDECOA LUZÁRRAGA (Catedrático de Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid): Con mucho gusto les escucho.


La señora PRESIDENTA: Si les doy la palabra no coges el avión.



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El señor ALDECOA LUZÁRRAGA (Catedrático de Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid): Yo he venido aquí encantado a oírles, no solo a soltar el rollo -perdonen mi expresión-. (Risas).


La señora PRESIDENTA: A lo que me quería referir es que se produce una intervención y luego el interviniente responde. Como te tienes que ir, no merece la pena. Le despedimos aquí.


El señor ALDECOA LUZÁRRAGA (Catedrático de Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid): Pues siento mucho no poder escucharles, porque quería haberlo hecho.


La señora PRESIDENTA: No pasa nada. Muchísimas gracias. (Pausa).


- DE LA SEÑORA MANGAS MARTÍN, CATEDRÁTICA DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Y RELACIONES INTERNACIONALES DE LA UCM. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 219/000880 y número de expediente del Senado 713/000515).


La señora PRESIDENTA: Vamos a continuar con la tercera comparecencia. A continuación doy la bienvenida en nombre de toda la Mesa y de todos los miembros de la Comisión a doña Araceli Mangas Martín, catedrática de Derecho Internacional
Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid. Le agradecemos muchísimo que esté hoy aquí, que haya venido a la Comisión en una tarde difícil de puente. En primer lugar, podrá realizar una intervención de unos veinte
minutos, después intervendrán los portavoces de los grupos por tres minutos, y finalmente, tendrá un tiempo para concluir su intervención. Esperamos que esta primera comparecencia sea el inicio de un trabajo con la ponencia sobre el brexit de esta
Comisión. Muchísimas gracias.


La señora MANGAS MARTÍN (Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid): Muchas gracias, señora presidenta.


Señorías, es un honor y un placer poder dirigirme a ustedes y plantearles algunas cuestiones que he escogido. Como no he recibido ninguna indicación, no sabía qué temas podían preferir porque hay muchos y yo tampoco los conozco todos, ni
mucho menos. Me voy a centrar fundamentalmente en aspectos jurídico internacionales, partiendo de una consideración que sé que la conocen perfectamente, en la decisión de retirada de un Estado miembro se está utilizando un derecho. Es decir, no
hay ningún acto ilegal, no hay nada extraño en el brexit, es un derecho que tiene todo Estado miembro en una organización internacional de poner fin a la membresía. Por tanto, no es comparable con ninguna otra situación y cualquier comparación está
completamente fuera de sitio. Por tanto, el Estado utiliza un derecho que le da el tratado. Además, aunque no lo reconociera el artículo 50 del tratado este derecho, todo Estado miembro de una organización internacional siempre, siempre, ingresa
en la organización con el derecho implícito a decidir cuando quiera la retirada. Afortunadamente está regulado y por tanto sabemos cómo hay que hacerlo, pero incluso antes de la reforma de Lisboa, que es cuando se incluyó el artículo 50, ese
derecho ya lo intentó utilizar el Reino Unido en 1975 cuando hizo otro referéndum para la posible salida, aunque en aquella ocasión un 67% de la población británica decidió permanecer. Por tanto, esto significa que es un derecho implícito de todo
Estado en una organización internacional. Además, nosotros ya nos regimos por el artículo 50 íntegramente, y no por las reglas generales del Convenio de Viena sobre el derecho de los tratados, salvo que algo no esté cubierto por este artículo 50,
que es cuando habría que ir al Convenio de Viena.


En algunas ocasiones se ha criticado, en un sistema de integración que va en progresión y que es una unión, hasta qué punto debería incluir este precepto. Pero esto está -insisto- implícito mientras la Unión Europea sea una organización
internacional, por muy avanzada que sea siempre estará este derecho implícito al estatuto de miembro y todavía más si encima está regulado. Con ello quiero decir que no es una rémora para la integración. Es más, que la marcha de un Estado miembro
esté regulado es un aspecto positivo para los europeístas, y por una razón, porque esto no es un pacto a perpetuidad. La Unión Europea no es un Estado y no es un pacto a perpetuidad. Por tanto, se tiene siempre ese derecho implícito, y es más,
invalida las tesis de los populistas y de los euroescépticos que a veces dicen, como los eurofóbos, que la Unión Europea es una prisión para esos pueblos. En absoluto, no lo es ni para sus pueblos ni para sus Estados, puesto que en cualquier
momento cualquier Estado miembro, y a través de su población, puede decidir la retirada. Desde este punto de vista es positivo, en la medida en que



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demuestra que nadie está forzado a permanecer en la Unión Europea y que es una organización internacional, muy avanzada, pero una organización internacional.


El hecho del referéndum no tiene ningún valor jurídico, simplemente es indiciario de lo que pensaba la población británica, ya que la clave es la notificación. De hecho hasta que no se notificó el 29 de marzo de este año, no empezó a correr
la cuenta atrás para la retirada. Por tanto, la notificación es la clave y va a ser una fecha crítica también para tomar en cuenta toda una serie de circunstancias de cara a los derechos de las personas y otras situaciones. En todo caso, abre una
etapa transitoria que es esta cuenta atrás para ir haciendo una ordenada retirada del Estado. Además, en las organizaciones internacionales es típico que se regule la retirada, porque en realidad la retirada es un preaviso para que sea una retirada
orgánica, es decir, que no sea abrupta para la propia organización. Vamos a ver que tenemos que hacer un tratado de adaptación en la que hay que eliminar toda referencia a británicos, a Reino Unido, a diputados británicos y tenemos que hacer,
además, el tratado de retirada. Antes de marzo hay que tener el tratado en vigor, para que a las cero horas del 29 de marzo entre en vigor el tratado de las adaptaciones institucionales y procedimentales. Por tanto, hay bastantes cosas que hacer
de aquí hasta entonces, en estos dos años.


También me gustaría decir que durante este tiempo -lo saben perfectamente- Reino Unido mantiene todas sus obligaciones como Estado miembro de la Unión, como cualquier otro Estado, solo decae su derecho cada vez que el Consejo Europeo o el
Coreper se tratan cuestiones relativas a la retirada porque en esos momentos se deduce del artículo 50 que es como si fuera un Estado tercero. Pero en lo demás mantiene todas sus obligaciones, incluido algo que es muy importante: la cooperación
leal, la lealtad, la buena fe durante todo el proceso. Hasta tal punto ese así, que pudiera ser demandado si durante este tiempo en la cuenta atrás no fuera leal, en relación con sus obligaciones, o si le viéramos que estuviera negociando con
terceros porque no puede hasta el 29 de marzo de 2019; no puede negociar ningún acuerdo comercial con terceros.


Asimismo, dado que he hablado del preaviso, me gustaría decirles -aunque también lo sabrán- que se discute bastante en términos europeos, y sobre todo después de que el ex primer ministro Major, así como Blair y Gordon Brown, lo sacaran a
colación sobre la posibilidad de una revocabilidad. Es un acto de voluntad soberano y lícito del Gobierno británico, pero no olviden que durante el preaviso esto puede ocurrir. Mientras no llegue el 29 de marzo de 2019 se podría revocar, porque
los actos unilaterales son revocables. Eso sí, con ciertos límites, evitando que pueda ser una argucia negociadora cuando se vea desbordado el Reino Unido. Si no hay posibilidad de prórroga, puesto que necesita la unanimidad, hay que evitar todo
aquello que pueda ser una argucia o una añagaza. Naturalmente si se viera buena fe, si hubiera por ejemplo unas elecciones generales anticipadas, si hubiera un referéndum y una voluntad de permanecer, es cuando tendríamos la buena fe del Reino
Unido asegurada de que permanece. Es decir, eso podría ocurrir: la revocabilidad. No digo que esté en el calendario, ni que yo me lo crea. No está en el espacio inmediato, pero es verdad que varios ex primeros ministros han planteado que se
debería revocar, porque sería un acto atroz para el propio Reino Unido y como depende de las condiciones de retirada, a lo mejor se lo piensan y permanecen. Al fin y al cabo, España también en la Sociedad de las Naciones hizo el preaviso y luego
cuando llegó el límite revocó el acto unilateral. Aunque es verdad que esto sucedió hace mucho tiempo, estoy hablando de los años veinte del pasado siglo.


Otro de los aspectos que me gustaría recordarles sería en relación con el acuerdo de retirada, con las negociaciones actuales. Saben perfectamente que uno de los puntos vitales para toda nuestra población, para toda nuestra gente en la
Unión Europea, que el propio Consejo Europeo reconoció en las orientaciones generales, es asegurar no solo para los españoles sino para el conjunto de ciudadanos de la Unión, así como para los ciudadanos británicos que son todavía ciudadanos de la
Unión, que el brexit les afecte lo menos posible. Es decir, la decisión soberana del Reino Unido es lícita y está bien políticamente. Esa es su decisión, pero no puede afectar a la vida de las personas y sobre todo a un derecho fundamental que es
el derecho a la vida privada familiar, a mantener tu vida, tus expectativas de tu familia, donde tus hijos estudian, donde tienes tus amigos, donde tienes tu trabajo. Eso es algo importante que deben garantizar nuestros negociadores y sabemos que
el Consejo Europeo insistió mucho en que esa es la cuestión fundamental: que la gente no sufra, que no se vea afectada en su vida personal y familiar, en sus expectativas de trabajo como consecuencia del brexit. Insisto, que es tanto para nuestra
gente que está en el Reino Unido como también para los británicos que viven entre nosotros en la Unión Europea y sin duda especialmente en España. Ese es un aspecto importante.



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Sabemos -lo sabíamos incluso antes del referéndum- que, debido a las normas de residencia de los ciudadanos de la Unión, la Directiva 2004/38 establece las condiciones de vida y permanencia de los ciudadanos de la Unión en cualquiera de los
Estados miembros y sabemos que la residencia permanente se obtiene a los cinco años de residir en cualquiera de los Estados miembros y que constituye un derecho adquirido. Es decir, que teniendo en cuenta el hecho de que un tratado termine entre
Estados nunca puede afectar a las situaciones lícitamente adquiridas por los Estados, por las empresas, por los particulares en ese tiempo, especialmente los particulares, las personas físicas. No pueden obtener los derechos adquiridos que tienen
de permanencia en el Reino Unido todos los ciudadanos de la Unión, y por supuesto los nuestros, los españoles, los que lleven ya cinco años. ¿Cuál es la fecha crítica? Naturalmente es la fecha de 29 de marzo de 2019, que es cuando expira, no es
cuando hubo el referéndum, que no tiene ninguna relevancia jurídico política, ni tampoco la fecha de la notificación. No olviden que un Estado es miembro hasta el último día, hasta las cero horas del 29 de marzo de 2019. Por tanto, aquellos que
tengan cinco años de residencia en esa fecha -si tienen más, mejor- tienen adquiridos los derechos a permanecer en el Reino Unido, o los derechos a permanecer en España. Todo esto es recíproco, porque hablamos de los derechos de los ciudadanos de
la Unión y de las veintiocho nacionalidades.


En cuanto a la libre circulación y residencia la clave es pensar si la tienen los británicos que viven entre nosotros en la Unión Europea, que hay bastantes. No tengo la cifra de cuántos hay con residencia permanente, aunque empadronados
hay más de 300 000. No todos han solicitado la residencia permanente, algunos solo se han empadronado y no la han pedido. En Reino Unido es verdad que a veces es difícil también obtenerla. Cuando se trata de ciudadanos británicos que viven en
España sabemos que pueden permanecer, que mantienen todas sus propiedades, sus trabajos, su vida familiar, sus derechos, sus prestaciones sociales, etcétera, pero la clave es si tienen derecho esos ciudadanos británicos, a los que se les respeta los
derechos adquiridos en España -lo mismo podría decir en Italia o en otro país de la Unión Europea-, a la libre circulación porque eso es otra cosa distinta. El derecho a residir en España es muy claro, cuando tienen cinco años de residencia tienen
derecho a permanecer. Sin embargo, la clave está en si deciden cambiar de país, es decir, si dejan de vivir en España y se van a vivir a Italia, a Suecia o a Eslovenia, a cualquier otro Estado miembro. ¿Conservan el derecho de libre circulación?
La residencia donde viven sí, pero la libre circulación es más que discutible. Es lo que ellos reclaman porque el derecho que han adquirido es de libre circulación y residencia. La residencia la adquieren frente a un Estado, no frente a todos. En
el momento en que dejen de ser un Estados miembro se puede originar un problema para los británicos, no para nosotros, no para los españoles que viven el Reino Unido, porque siguen siendo ciudadanos de la Unión y siempre podrán cambiar desde Reino
Unido a cualquier de los veintisiete países restantes. En el conjunto de las negociaciones ni los Estados miembros ni España deberían poner objeciones a que los británicos que permanezcan en nuestro país tengan derecho de libre circulación y a
cambiar de domicilio entre los restantes países de la Unión. La idea es la que les manifestaba inicialmente, hay que intentar afectar lo menos posible a la gente como consecuencia del cambio de estatuto del Reino Unido.


Otra cuestión que se plantea es a qué ley se someten estas personas. Los españoles que estén allí se someterán a la ley británica, y los británicos que estén aquí a la ley española. Sí, pero eso no es suficiente. Eso no les garantiza su
residencia con los derechos que tenían antes. Por ejemplo, si tienen un litigio en relación con sus derechos sociales o familiares, ¿conforme a qué norma se haría, la discrecional británica o la norma común, la ius commune, el derecho de la Unión
Europea? En la Unión Europea consideramos que debería ser bajo el derecho de la Unión Europea. Eso significa que para los ciudadanos españoles o franceses, por ejemplo, que estén en el Reino Unido si tienen algún litigio con las autoridades
británicas, como por ejemplo que les deniegan una carta de identidad o una serie de derechos, litigarían en el Reino Unido y el juez qué ley aplicaría, ¿la ley británica? Pues no, ahí está el nudo de la cuestión. Queremos que a todas estas
personas se les sigan aplicando, como han adquirido el derecho conforme a la Unión Europea, las normas de la Unión Europea y les queden garantizados los derechos de residencia a los ciudadanos que están en el Reino Unido, al igual que a los
ciudadanos que están en España o en cualquier Estado miembro bajo las mismas normas que adquirieron el derecho de libre circulación. Ese es el nudo donde en parte está empantanado, porque eso conlleva que si hay un litigio el juez británico tenga
que plantear una cuestión judicial y volver al horror -naturalmente solo para ellos- del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo. Todo eso plantea unos problemas y ese es un nudo que todavía no se ha desecho, pero sería agradable
para todos solucionarlo tanto aquí como allá. Aquí no



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habría prueba porque cualquier juez si tiene un problema va a acudir prejudicialmente, o va a tener en cuenta la jurisprudencia interior. Quizás haya que acabar de solucionar este problema por nuestra parte, aunque por los veintisiete la
delegación negociadora no ha planteado problemas. El problema se plantea desde el lado británico, porque le supondría seguir con el cordón umbilical ligado a la jurisprudencia de Luxemburgo y del Tribunal de Justicia, del que no tienen unas buenas
referencias.


Además, estas personas tendrían otro problema que tendríamos que tratar de resolverles de nuevo para que no se vean afectados. Me refiero al tema de los títulos profesionales. Deberían seguir siendo reconocidos los títulos profesionales
que hayan adquirido estas personas en cualquiera de los Estados miembros, tanto los británicos aquí como los españoles allá. Quienes tengan los cinco años de residencia el día 29 de marzo de 2019, crearán menos problemas. El problema que se
plantea mucho más crudo es para todos aquellos que no van a tener cinco años de residencia en el Reino Unido en esa fecha. Ahí es donde hay que tratar de negociar y ver las circunstancias globales de estas personas. Si tienen ya un trabajo, si
estos ciudadanos españoles o de cualquier Estado miembro en Reino Unido están empleados, cualquiera que sea su trabajo, y si además tienen un arraigo porque viven con la familia, los hijos, los ascendientes, etcétera, seguramente acaben teniendo los
mismos derechos que los que llevan residiendo cinco años. Ahí habría que tener en cuenta el derecho fundamental a la vida familiar, a no romper la vida privada y familiar de las personas. Si obligas a una persona, porque no tiene los cinco años de
residencia sino dos o tres, a salir del país eso originaría problemas importantes, sobre todo, en cuanto a los derechos fundamentales y cabría la posibilidad de que estas personas demandaran al Reino Unido ante el Tribunal Europeo de Derechos
Humanos. De hecho, las orientaciones del Consejo es que hay que tratar de que todos los que estén allí -con cinco años o sin cinco años- tengan finalmente reconocidas las expectativas que se han creado como consecuencia de vivir en el Reino Unido,
aunque no tengan los cinco años de residencia y no se les garantice la permanencia de por vida. Entonces hay que buscar una solución, sobre todo vía -insisto- derechos fundamentales, vía el arraigo familiar.


Otra cuestión es la que se produce con aquellos que tienen menos de cinco años y sobre todo están en una situación de desempleo, es decir, que están buscando empleo o son desempleados. Aquellos que han ido a buscar empleo pero no lo han
encontrado, y pueden llevar varios meses o años en esa situación, esas personas en principio podrían ser expulsadas con ocasión de la retirada o incluso antes, porque no hay un derecho indefinido a estar buscando empleo en un país. Si una persona
está desempleada no tiene un derecho indefinido a permanecer, si no tiene medios económicos y un seguro social para permanecer, según establecen las normas de la Unión desde hace ya decenas y decenas de años. Las personas que no tengan empleo o
vayan a buscar empleo por primera vez en Reino Unido y traten de permanecer allí, si no demuestran que tienen ascendientes, descendientes, que tienen hijos trabajando, etcétera, se pueden encontrar con una situación nada agradable para ellos, ya que
puedan ser invitados a marcharse del Reino Unido. Pero si tienen un cierto arraigo estas personas desempleadas o que están buscando empleo, porque tienen allí una familiar, o un ascendiente, o hijos que están allí estudiando o trabajando, hay
jurisprudencia del Tribunal de Justicia que actualmente exige que en estos casos, cuando hay un vínculo social, el Estado debe protegerlas y por tanto acceder a las prestaciones sociales y a todas las prestaciones no contributivas. Eso es así, a
vuelapluma en cuanto a los problemas de las personas.


Supongo que les gustará que les hable sobre Gibraltar. He oído algo al profesor Aldecoa. Yo no soy tan optimista antropológicamente como él. Es verdad que es una ocasión magnífica la que tenemos, pero que nadie sueñe con lo que todos
soñamos. Vamos a tratar de ser realistas y vamos a tratar de que se consiga lo más posible. Me parece que tenemos una ocasión magnífica, porque los gibraltareños son, sin duda, entre las personas afectadas por la retirada, las que más lo van a
sufrir, porque son las que han tenido una ventaja enorme desde el 1 de enero de 1973, cuando ingresó Reino Unido. Antes eran una colonia completamente dependiente, que costaba mucho al Reino Unido. Prácticamente apenas tenían vida, salvo el
contrabando. Entonces, desde el año 1973 les ha cambiado la vida, y totalmente el paraíso lo han tocado desde el año 1986, desde el ingreso de España, porque ya no solamente pueden tener actividades en otros Estados sino donde viven, muy cerca,
como en Sotogrande o donde quieran. Por tanto, esto les ha cambiado y les vas a cambiar la vida, sabiendo perfectamente -lo dicen muy claramente las orientaciones y se deduce muy claramente del tratado- que desde el momento en que se produzca la
retirada el 21 de marzo de 2019 a más tardar -salvo que haya prórroga, naturalmente- deja de aplicarse el vínculo, el cordón umbilical que une a Gibraltar con Reino Unido gracias al tratado establecido desde la época CECA, pensando en aquella época
en el Sarre, por el que a todo territorio europeo de un Estado miembro se le puede aplicar el derecho de la Unión, es decir, gracias a ese hoy artículo 355.3 se



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justifica esa aplicación y que gocen de los derechos que se tienen, y, sobre todo, los derechos de libre circulación, del pasaporte comunitario para las empresas, etcétera, y, además, gozando de un régimen fiscal específico que allí tienen.


Entonces, la retirada va a tener muchas consecuencias, sobre todo, porque es verdad -insisto- que cuando nosotros ingresamos en la Unión Europea tuvo un efecto inmediato sobre el Tratado de Utrecht. Había quedado obsoleto en algunas
disposiciones sobre libertad religiosa, etcétera, pero una de las disposiciones que queda enervada, que queda bloqueada desde el ingreso de España el 1 de enero de 1986 es el control discrecional de la Verja que el tratado le da a España, el control
del paso de personas. Entonces, España ya no puede utilizar ese control discrecional. La obligación que hemos tenido desde el 1 de enero de 1986 ha sido tener permanentemente abierta cualquier tipo de relación por carretera y de transporte, de
cualquier manera con Gibraltar, y, por tanto, la posibilidad de la libre circulación. Es verdad que, cuando se hicieron las normas relativas a Schengen, el código de fronteras no era aplicable a Reino Unido por su insularidad, lo que conllevó que,
efectivamente, nosotros pudiéramos seguir haciendo el control de la frontera exterior -porque es una frontera exterior-, pero nunca impedir el paso de personas; simplemente, controlar quién entra, y, naturalmente, aquellas personas que no pueden
entrar según el código Schengen no entrarían. Pero, si no, nosotros no podíamos nunca suspender el paso, algo que -insisto- con el Tratado de Utrecht sí podíamos hacer: suspender y cerrar. Incluso cerrarlo era perfectamente lícito, aunque es
verdad que, salvo en la época de la Dictadura, en general, no estuvo cerrado. Habitualmente, España fue muy laxa y, por razones humanitarias, mercantiles, etcétera, casi siempre fue una puerta relativamente abierta, que además favorecía a ambas
partes. Lo que sí es cierto es que el día que se produzca la retirada hay que tener en cuenta que volvemos íntegramente a la aplicación del Tratado de Utrecht y, por tanto, esas condiciones las volvemos a tener. Y eso significa que, efectivamente,
ya nadie nos puede reprochar ni la Comisión tiene que ir a vigilar si en la Verja la gente pasa deprisa o despacio, es decir, completamente discrecional, incluso podemos cerrar determinadas horas, los fines de semana, cuando regresen de Sotogrande.
Cabe hacer muchas cosas y, si ellos nos meten el dedo en el ojo, nosotros también tenemos algunas opciones clarísimamente. Es verdad que eso supone para ellos yugularles la economía que tienen y las posibilidades de actuación económica en España y
en el resto de Estados miembros, y desde ese punto de vista tenemos una oportunidad importante, que en todo caso siempre hay que hacer con delicadeza. Esta broma naturalmente es sabiendo que, al fin y al cabo, la población de Cádiz se favorece
enormemente de esa situación, y, por tanto, hay que evitar darnos bofetadas a nosotros mismos, es decir, tratando la situación de que es una posibilidad para ellos ahora entenderse con nosotros y nosotros con ellos.


Pero también hay que reconocer que no va a ser, en absoluto, fácil. Es verdad que la clave la tenemos, porque las orientaciones del Consejo, como saben, no son unas meras directrices, sino una norma obligatoria -obliga a los negociadores,
obliga a los Estados, y solo cuando el Consejo Europeo lo volviese a modificar podría cambiar-, y en esas orientaciones deja muy claro que una cosa es el vínculo que ha tenido Gibraltar estos años a través de ese artículo 355 pero que cuando Reino
Unido pase a ser un Estado tercero ya no viene con la dote de las colonias, es decir, ya es un Estado sin más, y, por tanto, no hay que extenderle el acuerdo de la relación futura a Gibraltar; eso es clarísimo. Y ahí es donde aparece el
reconocimiento a España de que cualquier acuerdo de relación futura que puede afectar a Gibraltar es solo una cuestión bilateral, como siempre lo ha sido. El Tribunal de Justicia en bastantes ocasiones nos ha reconocido que esa es una situación
bilateral. Cuando, por ejemplo, hubo que extender la normativa de transporte aéreo, quedó en suspenso hasta que no hubiera un acuerdo directo entre España y Reino Unido. Por tanto, hay un reconocimiento de que es una colonia, de que no es que haya
que aplicar, ni mucho menos, la normativa de libre determinación, sino la de descolonización, y que ya Naciones Unidas estableció la obligación de descolonizar y que es ella la que dice cuándo se cierra el proceso, y, por tanto, como saben, sigue
manteniéndolo en la lista de territorios dependientes pendientes de descolonización -no de libre determinación, de descolonización-. Por eso, lo más que podemos tener en cuenta son los intereses, pero nunca los deseos de la población, que quedan
claramente excluidos por la Asamblea General de las Naciones Unidas y por la propia jurisprudencia del Tribunal de Justicia. En el asunto del Sahara deja claro que es una situación en la que no hay que consultar, sino una reintegración de la
soberanía, como nos ocurrió en el caso de Fernando Poo, Río Muni, en el caso de Goa o en el de Hong Kong, donde hay que reintegrar la soberanía anterior. Eso es claro para nosotros y, por tanto, que es una colonia, y no un municipio más del Reino
Unido, de modo que se recuperan todas las situaciones relativas a Gibraltar.



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En definitiva, sí tenemos la oportunidad, pero insisto: ¿dónde está Gibraltar?, y todos saben perfectamente el valor extraordinario que tiene. Al fin y al cabo, ¿cuál es una de las bases más importantes que tiene Estados Unidos en el
mundo? La de Rota. Eso se sabe, es un punto estratégico. Gibraltar lo es desde la Edad Media. Era la obsesión de Barbarroja. Es decir, Gibraltar es un punto estratégico y, a pesar de todos los avances tecnológicos, es vital, es una llave en
Europa y en África. Se demostró también durante la Segunda Guerra Mundial. Por tanto, si Estados Unidos, gracias a los acuerdos, tiene la base de Rota, de verdad, si yo estuviera en esa posición de las Islas... ¿Por qué el Almirantazgo iba a
renunciar a un territorio que internacionalmente se le reconoce como de soberanía pendiente de descolonización pero que asegura las relaciones internacionales? Aunque los gibraltareños presionaran mucho, y tendría que costar mucho al Reino Unido,
pero, incluso, constándole mucho -lo ha aguantado trescientos años-, lo aguantará lo que sea necesario porque es un punto estratégico. Por tanto, para un país al que le quedan pocos ámbitos para seguir considerándose imperio la colonia de Gibraltar
es una de las que le permite mantener el orgullo de imperio. Mantiene una llave importantísima y no necesita negociar acuerdos con España. Por tanto, si nuestros diplomáticos, nuestros Gobiernos consiguen avanzar utilizando esta oportunidad, mucho
mejor, pero, sobre la cosoberanía ya sabemos que, cuando la intentó el señor Piqué -y, sin duda, ahí estuvimos a punto de tocar el cielo-, finalmente fue el Almirantazgo, los militares, la Marina la que dijo que en modo alguno podía haber
cosoberanía, que por qué tenían que compartir lo que era solo del Reino Unido.


En fin, señora presidenta, presento aquí algunas cuestiones, sé que hay muchas más, pero me someto a sus preguntas.


La señora PRESIDENTA: Muchísimas gracias por esta estupenda intervención.


Voy a dar la palabra a los portavoces de los grupos parlamentarios que deseen intervenir, por un tiempo de tres minutos. En primer lugar, tiene la palabra el señor Jokin Bildarratz, por parte del Partido Nacionalista Vasco.


El señor BILDARRATZ SORRON: Gracias, señora presidenta.


Ya que he perdido el avión, me vais a aguantar media hora. (Risas).


Bromas aparte, muchas gracias, porque siempre ha sido un placer leerle, porque escribe mucho, muchos artículos, además muy interesantes, a excepción de los de Cataluña. Pero hoy no estamos hablando de ese tema y vamos a quedarnos en el
ámbito de la Unión Europea.


En primer lugar, quisiera preguntarle sobre los pasos que está siguiendo en estos momentos la Unión Europea a la hora de negociar con Reino Unido y pasar de una fase a otra, eso de que tenga que ver el futuro para ir recorriendo los primeros
pasos. ¿Cómo ve este futuro de todavía no acuerdo? Y -esta es la siguiente pregunta- si en 2019 hay un no acuerdo, está la prórroga. Pero ahí tenemos también las elecciones europeas. ¿Cómo vamos a ir solventando todo eso? ¿Cómo vamos a ir
enfocando toda esa cuestión?


Está el tema de Irlanda y la rigidez-flexibilización de la frontera. ¿Cómo ve esta situación -el Acuerdo de Viernes Santo-? Creo que con el tema de Gibraltar ha dejado muy claro cuál es su opinión.


Hay otro tema que usted ha tratado en algún artículo, y es que el Reino Unido es considerado una potencia influyente en el mundo gracias a ser miembro de la Unión Europea. Y aquí vengo con una reflexión que también hacía el profesor
Aldecoa, con su optimismo antropológico, como lo definía. ¿Todavía ve posibilidades de que incluso no pueda llevar adelante el brexit o, viendo que su posición no es tan influyente, Reino Unido puede intentar en un futuro inmediato hacer otro
planteamiento? ¿Qué le sugiere toda esa reflexión sobre no haber llevado adelante todavía el brexit, y los movimientos que hicieron Tony Blair, etcétera, aunque todos veamos que es de difícil ejecución?


Y el siguiente tema muy importante es que, como consecuencia del brexit, uno de los elementos claves va a ser la seguridad. ¿Cómo nos va a afectar? ¿Cómo nos va a afectar también en el tema presupuestario? ¿Vamos a poder desarrollar ese
nuevo pilar social que estamos intentando llevar adelante, por esa ambición que tenemos de recoger lo que entendemos que nos hemos ido dejando en el camino? ¿Cuál es la implicación de la ciudadanía? ¿Nos ve como algo creíble? ¿También el proyecto
de la Unión Europea?


Hay muchos más temas, pero los grandes quizás están ahí, aunque no sé si va a tener tiempo siquiera para responderme. Encantado de haber estado con usted.



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La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Bildarratz. La media hora la dejaremos para la próxima Comisión.


Tiene la palabra el señor Fernando Maura, por parte de Ciudadanos.


El señor MAURA BARANDIARÁN: Gracias, señora presidenta.


Gracias a la señora Mangas por su exposición y, especialmente, por la claridad de la misma.


Por no salir del ámbito de la comparecencia, quiero referirme a dos de las cuestiones que ha evocado la profesora con mayor extensión, especialmente el aspecto de la ciudadanía. En algunas ocasiones que hemos tenido los distintos portavoces
de reunirnos con ciudadanos tanto españoles residentes en Reino Unido como de británicos residentes en España se nos ha planteado como una especie de fórmula demiúrgica que resolvería todos los problemas la doble nacionalidad, conceder la doble
nacionalidad a los ciudadanos que ahora mismo puedan tener derecho de residencia o que lo puedan tener en el momento de la salida de Reino Unido de la Unión Europea. Me gustaría conocer su opinión con respecto a esta cuestión, si considera que
jurídicamente podría ser factible y qué otro tipo de soluciones podría haber que no fuera esa en el caso de que en las negociaciones no resultase aceptable esa fórmula. No solamente está el problema de la residencia de los ciudadanos que puedan
estar afectados y la libre circulación, que usted señalaba con mucha lógica, de los ciudadanos británicos que residan en España, porque también hay supuestos como el de la reagrupación familiar. ¿Qué pasa con los descendientes de parejas que estén
residiendo en Reino Unido o en España o en cualquier otro país de la Unión Europea?, ¿qué derechos pueden tener? Parece que la doble nacionalidad resolvería todos esos problemas y me gustaría conocer su opinión.


Derivado de esta cuestión, y no solo en el ámbito de la ciudadanía, sino de empresas y otros litigios que se puedan plantear, el caballo de batalla está en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que, desde el punto de vista europeo es
la mejor solución. La otra solución no sería tal. Me gustaría conocer su opinión con respecto a una situación en la que básicamente Reino Unido no aceptara el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para resolver los diferendos que se puedan
plantear. ¿Qué podría haber como alternativa en esa situación?


Con respecto a Gibraltar ha evocado usted la cuestión de la cosoberanía, una posición que estuvo al alcance de la mano en el Gobierno de Aznar. Hay una cuestión que a veces se ha planteado con alguna ligereza desde el punto de vista
político español, que es definir como horizonte de nuestras relaciones futuras con Reino Unido con respecto a Gibraltar esta fórmula de cosoberanía. Es como si planteáramos en la negociación el final de esta, los deseos sobre la negociación por
parte española, lo que de alguna manera pone de relieve las cartas que nosotros estamos utilizando. Quizás en todo proceso de negociación hay que saber hacia dónde se quiere ir pero no dejar explícitos los objetivos que pretendemos. Por eso,
solamente desde el punto de vista conceptual, en la vía hacia una recuperación plena de la soberanía española de Gibraltar, que es el desiderátum final de toda la negociación, además de la cosoberanía, me gustaría saber si en derecho internacional
hay otro tipo de situaciones que no sea, lógicamente, la que en este momento estamos conociendo, que, evidentemente, tiene que terminar con este proceso de salida de Reino Unido de la Unión Europea. ¿Qué otras fórmulas puede haber en derecho
internacional?


Muchas gracias, señora presidenta.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Maura.


Por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, tiene la palabra la señora Farré.


La señora FARRÉ FIDALGO: Muchas gracias.


Muchas gracias, Araceli Mangas, porque ha sido realmente muy instructiva y útil tu exposición.


Me voy a centrar en los dos aspectos que has tratado, porque teníamos otras inquietudes y preguntas, pero, como vamos justos de tiempo, creo que es lo más útil. De hecho, muchas de las cosas que teníamos como nudos de la negociación en el
tema de ciudadanía los has comentado tú y el otro lo ha comentado ahora Maura, que es el tema de los familiares. Teniendo en cuenta la dinámica que ha seguido hasta ahora el Gobierno de May, con expectativas de deportaciones e invitaciones a
marcharse del país, continúa siendo preocupante quién dirimirá estas cuestiones más adelante. También está el tema de las trabas administrativas, porque tampoco está resuelto cómo se llevará a cabo toda la documentación, y ahora mismo es obvio que
la Home Office no da abasto.



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Ante todo esto, un poco en la línea de lo que comentaba Maura, nos planteamos qué opinión os merece el hecho de que sea el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el organismo que acabe siendo el que se ocupe de esta cuestión y el hecho de
que se pudiera crear una sala especial dentro del Tribunal de Justicia de la Unión Europea donde hubiera jueces europeos y jueces británicos, si existe la posibilidad de algún modelo similar, porque parece que también se ha oído algo sobre
tribunales de arbitraje y que se gestione directamente desde los tribunales británicos, pero no creemos que sea una buena opción.


Con respecto a Gibraltar, me gustaría recordar que hay un problema grave en el Campo, no solo en La Línea de la Concepción, donde hay un nivel de paro muy alto. En Gibraltar el paro es prácticamente inexistente y mucha gente del Campo
trabaja ahí. Habría que ver cómo se garantiza el derecho de los trabajadores del Campo de Gibraltar, y añadiría la preocupación que a día de hoy ya se está notando en los comercios de La Línea y seguro que en el resto del Campo por la devaluación
de la libra, tanto para los que trabajan, como los que residen, como para los que simplemente van a buscar bienes y servicios. Por tanto, nos preocupan dos cuestiones: por una parte, cómo se defienden los derechos de los trabajadores del Campo de
Gibraltar y el libre movimiento, y, por otro lado, cómo terminar con el estatus de paraíso fiscal que tiene ahora mismo el Peñón.


Una última pregunta, puesto que aún dispongo de un minuto, si tienes respuesta, porque es complicada: ¿Cuáles serían las consecuencias que destacarías del hecho de que no hubiera un acuerdo a nivel jurídico u otros niveles? ¿Cuáles son las
más destacables para la ciudadanía, para las empresas, en el ámbito de la agricultura, aun teniendo en cuenta que quizás es poco probable?


Gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Farré.


Por parte del Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Sánchez Amor.


El señor SÁNCHEZ AMOR: Muchas gracias, señora presidenta.


Es un placer siempre escucharla, profesora Mangas, además porque usted ha dado esa visión desde el punto de vista del derecho internacional y es entretenido compararla con los colegas que vienen de constitucional o de administrativo, vieja
batalla por quién se quedaba con este dosier del derecho europeo.


Yo querría explorar con usted un poco la zona gris entre el derecho y la política, porque el hecho de que académicamente estemos hablando de la posible irreversibilidad del artículo 50 tiene que ver con una circunstancia política: sigue sin
haber una posición nacional definitiva británica y van a negociar a Bruselas mientras que en su Parlamento algunos líderes hablan de un segundo referéndum y otros hablan del balance de flexibilizar el libre movimiento para conseguir más amplitud en
el acceso al mercado, y eso se ha convertido más en un problema doméstico británico, el modelo del brexit, que algo que se trate en Bruselas, y, ya el colmo, dentro del Partido Conservador, con lo cual entiendo que el negociador de Bruselas diga que
tienen derecho a pedir a los británicos una posición nacional, porque eso facilitará ofrecerles un modelo final. Si no, realmente, creo que la negociación será complicada.


Han tocado algunos compañeros en esta última intervención lo que yo también quería comentarle en ese ámbito entre el derecho y la política, que es el carácter del new deal como la amenaza movilizadora para que se avance, porque realmente es
un escenario aterrador, aunque me preocupa mucho que en Gran Bretaña se esté comenzando a admitir como una posibilidad poco menos que inocua, cuando creo que realmente sería un desastre. Voy a lo que decía algún compañero anterior, también la
compañera de Podemos: ¿Cuáles serían las consecuencias jurídicas de un new deal? Comprendo que no puede usted tratar todas, pero ¿cuál sería la reacción judicial ante un no pago del cheque? Parece clara la de comercio, porque iríamos a las
fórmulas generales de la Organización Mundial del Comercio, pero, por ejemplo, en el caso de los derechos de los ciudadanos, ¿cuál sería la posible reacción jurídica ante el desamparo en que quedarían muchos ciudadanos en el caso de que no hubiera
acuerdo?


Se ha referido usted al derecho a la vida familiar privada. Entiendo que desde el punto de vista político las dos partes tienen el máximo interés en ofrecer garantías a los ciudadanos más afectados, pero quiero que usted me complemente esa
visión política con la jurídica. ¿Qué tipo de derecho, el derecho a la reunificación sería un derecho a activar ante algún tribunal? ¿Cuál sería la fórmula jurídica para reaccionar ante ello?


Finalmente, hay una cuestión que requeriría una tesis, que no le voy a pedir. Me sigue resultando complicado entender la reluctancia británica a la jurisdicción del tribunal. Entiendo el discurso de una recuperación de la soberanía por el
Parlamento británico -por cierto, al que en cada ocasión que el Gobierno ha podido ha intentado dejarlo fuera de las negociaciones-, pero quizás hay alguna mínima



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iluminación por su parte sobre por qué es un asunto que causa esa especie de reacción tan incentivadora por parte de los británicos.


Muchas gracias, señora presidenta.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


Finalmente, por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Martínez.


El señor MARTÍNEZ ARCAS: Muchas gracias, señora presidenta.


Muchas gracias, señora Mangas. Creo que es un privilegio para la sociedad española tener profesores como usted, el señor Aldecoa y el señor Alonso García, y, desde luego, humildemente, también ha sido para mí un privilegio haber podido
asistir a esta comparecencia, en la que personalmente he podido aprender mucho de su exposición.


Al margen de este agradecimiento, es evidente -creo que todos los que estamos en esta sala lo compartimos- que nos encontramos en un momento de absoluta incertidumbre en el periodo de negociación. Ahora mismo es difícil sacar conclusiones o
tener una perspectiva jurídica clara sobre lo que va a ocurrir, porque, lógicamente, se está en un periodo de negociación, un periodo en el que una de las partes, como bien ha expuesto el señor Sánchez Amor, tiene una posición muy ambigua, muy
variable, muy influenciada por la política interna y, en cualquier caso, poco previsible, por lo que en estos momentos resulta muy difícil encontrar un escenario que permita hacer una reflexión jurídica concreta y científica por su parte. Y al hilo
de esto también me gustaría apuntar que hace escasas semanas tuvimos un encuentro con la confederación de empresarios, con la que algunos de los miembros de esta Comisión tuvimos ocasión de compartir coloquio, donde se nos puso en valor múltiples
inquietudes con relación a esa inseguridad jurídica a la que estaba haciendo alusión, lógicamente en el ámbito específico de los empresarios sobre qué seguridad jurídica vamos a tener a partir del año 2019.


En este contexto, quiero hacerle dos preguntas muy preguntas -otras ya se han indicado por parte de quienes me han precedido en el uso de la palabra-. Y es que en el caso de que no hubiera un acuerdo concreto sobre la gobernanza del
acuerdo, ¿a qué jurisdicción entiende usted, señora Mangas -creo que es una pregunta que nos hacemos casi todos los miembros de esta Comisión-, que deberíamos someternos? Obviamente, la aspiración de la Unión Europea y el mandato que establece el
Consejo de la Unión es el de someternos al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, pero no parece que esa sea la posición británica. En caso de que no hubiera un consenso sobre la gobernanza de ese hipotético acuerdo, ¿cuál cree que sería el
ordenamiento jurídico, qué órgano tendría la competencia jurisdiccional sobre las posibles discordancias o discrepancias jurídicas que hubiera entre particulares o empresas de la Unión Europea y del Reino Unido?


Una segunda cuestión sobre la que le quiero preguntar no es ya desde el punto de vista del ámbito jurídico, sino por su trayectoria y experiencia, atendida también la opinión publicada en sus artículos. Usted es partidaria de una Europa
responsable. No necesariamente tiene que haber más Europa, sino concretar aspectos que realmente puedan ser determinantes para el futuro de la Unión Europea. La mayoría de las formaciones políticas de esta Cámara entendemos absolutamente
imprescindible que haya una Europa más cercana a los ciudadanos y me gustaría preguntarle su opinión sobre cómo compatibilizar ese concepto que usted plantea de una Europa más seria y responsable, que probablemente sea muy respetable y que quizás
compartamos, con esa cercanía al ciudadano. En definitiva, a sensu contrario, ¿qué partes de la agenda del Consejo de Europa, de la Unión Europea que hoy se están desarrollando como objetivos políticos a medio y largo plazo borraría usted y en qué
temas concretaría esa Europa más seria y responsable?


Y una última reflexión.


La señora PRESIDENTA: Ya estamos fuera de tiempo.


El señor MARTÍNEZ ARCAS: Con respecto a Gibraltar, quien les habla es senador de Ceuta y comparte, indudablemente, las preocupaciones de los ciudadanos de La Línea, como no puede ser de otra manera, son nuestros hermanos. Pero, como última
reflexión, quiero decir que si en Gibraltar no hubiera habido un régimen tan laxo y esa opacidad jurídica probablemente Algeciras y la propia de Ceuta hubieran tenido un desarrollo que posiblemente hubiese dado cabida al déficit laboral y de paro
que tiene la zona de La Línea.


Muchas gracias.



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La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Martínez.


Doy la palabra a la profesora Araceli Mangas. Son muchas cuestiones, y, desde luego, no se pueden responder todas. Si les parece a sus señorías bien, vamos a utilizar un tiempo de diez minutos para que pueda responder a tantas cuestiones
planteadas.


La señora MANGAS MARTÍN (Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid): Muchas gracias.


Una de las cuestiones que han planteado es la relativa a la prórroga, sobre todo qué ocurriría si no hay acuerdo y no se prorroga, porque la prórroga requiere de la unanimidad, y es verdad que puede ser un problema. De todas maneras, en
todas las negociaciones siempre hay esta situación en la que parece que no se llega a ningún acuerdo, es decir, las partes se están tanteando, y es verdad -también lo han dicho ustedes- que el problema es que Reino Unido ha cambiado de posición. El
31 de enero, ante el cuerpo diplomático en Londres, la señora May habló clarísimamente de un brexit muy duro, puro y duro; completamente limpio, pero durísimo, tal como habían planteado las mentiras de la campaña electoral. Luego, se cayó
rápidamente del caballo y se dio cuenta de que eso iba a ser tremendamente perjudicial para el propio Reino Unido. Si ellos pensaban que sin más les íbamos a dar la libre circulación de sociedades, de mercancías y de personas, es que no conocen los
principios y los valores de la Unión Europea. A partir de la primavera se dieron cuenta de que las orientaciones lo dejaban muy claro. Me parece muy bien que haya unos pasos en la negociación y que según se vayan cerrando las cuestiones más
importantes, que en este caso son las de la ciudadanía, se pase a las siguientes. Esa me parece una buena técnica de negociación, porque saben que los británicos son unos excelentes negociadores, sobre todo dividiendo, mezclando y creando
expectativas: Vamos a cerrar lo que le interesa a la gente sin que los polacos o los españoles puedan hacer algo por su cuenta. Está muy bien seguir unos pasos partiendo de algo que ha gustado mucho, es decir, primero, la ciudadanía y, sobre todo,
no afectar a la vida de las personas, a sus expectativas personales y familiares. Una vez que eso se cierre, se verán otras cuestiones. Es verdad que en los últimos días han pensado que quizá haya que ir viendo también otras cosas, sobre todo
porque cuando se entra en el tema de sociedades y mercancías, conviene saber por dónde va a ir la relación futura, ya que a partir del 29 de marzo nos ponen aranceles y también les tenemos que poner los de la OMC. Efectivamente, será un drama.


En relación con las personas, si no se llega a un acuerdo con la prórroga hay que tener cuidado, porque hay un derecho fundamental -vuelvo a decirlo- que es el derecho a la vida familiar, a la vida privada, que está en el Convenio Europeo de
Derechos Humanos. Ahora no recuerdo el artículo, pero es una jurisprudencia muy clara que dice que no se puede expulsar a un extranjero cuando esa persona tiene un arraigo y puede romper su vida con sus hijos, con su familia, con sus ascendientes,
incluso con su entorno vecinal, porque puede desequilibrarle. El derecho a la vida privada y familiar está en el Convenio Europeo de Derechos Humanos; es decir, que aunque Reino Unido deje de pertenecer a la Unión y no acepte la Carta tendría que
respetarlo, porque es verdad que a veces han amenazado también con salir del Convenio Europeo de Derechos Humanos, pero es muy difícil porque es un derecho reconocido internacionalmente, es casi derecho consuetudinario, y eso es lo que va a
garantizar a muchas personas, si no hubiera acuerdo, la permanencia en el Reino Unido, porque si no este país se vería desbordado por una gran cantidad de demandas ante los tribunales británicos, que tienen la obligación de hacer respetar los
derechos fundamentales, incluidos los del convenio. En caso de que no hubiera satisfacción, naturalmente, tienen el recurso, después de agotados los internos, ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Esto es para aquellos que puedan probar el
arraigo familiar y, por tanto, que sus hijos, su cónyuge o su vida dependen fundamentalmente de donde están trabajando, insisto, descendientes o ascendientes. Otra cosa es que los que no tengan allí familia puedan verse en la situación de ser
expulsados del territorio.


Lo mismo pasa con las empresas. Está claro que las empresas británicas y las que están allí asentadas, especialmente bancos, solo podrán operar en el Reino Unido, lo que es un problema gravísimo para ellos. Nosotros también lo vamos a
tener, pero seguramente será mayor para ellos. Un informe del Fondo Monetario decía que todo afectará ocho veces más a Reino Unido; es decir, todo lo que nos venga mal, será ocho veces peor para Reino Unido. Por tanto, estamos interesados en el
acuerdo, pero puede no haberlo. Creo que lo va a haber, es más, creo que terminará hacia octubre o noviembre del año 2018, porque se necesita tiempo para hacer toda la tramitación. Este acuerdo es de la Unión Europea con un tercero -Reino Unido es
un tercero-, no es un acuerdo mixto y no va a pasar por los parlamentos



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nacionales. Se necesita la aprobación del Parlamento Europeo, pero también la del Parlamento británico, que esa sí que puede tardar semanas. Todo eso tiene que estar liquidado para que el acuerdo pueda entrar en vigor el 29 de marzo de
2019. Es muy difícil que haya prórroga -alguno de ustedes lo ha apuntado-, de hecho se les presionó para que entregaran la notificación en marzo porque en junio de 2019 hay elecciones y sería una situación atroz, espantosa e incomprensible para la
gente de la calle que un país que está a punto de marcharse tenga que elegir a los diputados al Parlamento Europeo. Eso está preparado para que haya acuerdo. Si no lo hubiera, nos encontraríamos en una situación difícil.


Si no hay acuerdo, también será un problema la financiación, porque se supone que no van a pagar lo que ahora mismo deben, o sea, todos los gastos que hemos contraído pensando que iban a seguir con nosotros: las pensiones, las subvenciones,
los programas, etcétera. El presupuesto de 2018 ya se hará pensando que no estarán, pero no olviden que las perspectivas financieras que tenemos en el presupuesto a siete años, 2014-2020, están hechas con las contribuciones británicas. Eso es lo
que habría que adaptar en el tratado que tenemos que preparar entre octubre y enero, más o menos, porque al ser una reforma de los tratados ese sí que pasa por todos los parlamentos nacionales. Ustedes controlarán la autorización de ese tratado,
aunque si dicen que no sería un problema porque a los británicos hay que eliminarlos de los tratados; me refiero a que hay que eliminar la mención a Reino Unido y a la ciudadanía porque si no se crea una distorsión enorme en la aplicación.


Si hubiera problemas en la aplicación de los derechos, en el derecho fundamental de la permanencia, de mantener un trabajo, tendrían que actuar los tribunales británicos y, en todo caso, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Lo mejor
sería que hubiera un acuerdo y consiguiéramos que los británicos aceptaran que los derechos de los británicos que están aquí y los de los ciudadanos europeos que están allí siempre quedaran salvaguardados. La reluctancia del Gobierno británico
hacia el tribunal es porque como no tienen constitución escrita han tenido bastantes problemas con las reglas constitucionales de la Unión. A través de sentencias del Tribunal de Justicia se les ha ido haciendo una especie de constitución escrita.
Por ejemplo, empresas españolas, en el asunto Factortame cambiaron la Constitución británica. Tradicionalmente, la Constitución no escrita no admite medidas cautelares contra la Corona ni contra el Parlamento británico y gracias a la sentencia
Factortame los españoles ganaron un pleito importantísimo en Reino Unido. De hecho, decían que los españoles volvían a ganar con la armada española nuevas batallas y que, además, les hacíamos la constitución, porque esa sentencia obligó a cambiar
una norma tradicional que era oral, no escrita pero clarísima que decía que no caben medidas cautelares ni contra las leyes del Parlamento ni contra la Corona. Ha habido más casos. La decisión fue imponer una indemnización fortísima a favor de los
pescadores españoles, que tenían derecho a utilizar la zona económica británica. Igual que las empresas vienen aquí a tierra, por qué no podían ir los españoles con sus barcos a pescar en la zona económica del Reino Unido. Se impuso una
indemnización muy importante por el tiempo que no pudieron utilizarla. Reino Unido no admite que el Parlamento británico tenga que indemnizar por sus propias leyes. Diríamos que es un acto de soberanía que decide discrecionalmente. Eso era antes
de entrar en la Unión Europea, porque el parlamento no tiene derecho a hacer lo que le venga en gana, no hay derecho a decidir ni para un parlamento nacional. Está claro que está sujeto a normas y que las de la Unión Europea son que no se puede
discriminar entre pescadores. Esa sentencia hizo reconocer la obligación que tiene el Estado británico de indemnizar por leyes del Parlamentario británico que son contrarias a las de la Unión.


Ha habido bastantes sentencias, por ejemplo, en temas de igualdad entre hombre y mujer, de la policía del Ulster, etcétera, que han tocado las peculiaridades del sistema tradicional británico. Tienen cierto temor, pero al mismo tiempo son
muy respetuosos, siempre las denominan como el principio Simmenthal, el principio Costa contra Enel, el principio Factortame, etcétera. Sufren, pero luego son muy respetuosos con el Estado de derecho. En la Unión Europea vamos a perder un Estado
muy respetuoso con el derecho. Es el noveno en el ranking del cumplimiento. Otra cosa es que todo lo protesten, que todo lo negocien, pero cuando se aprueba son muy respetuosos con el Estado de derecho, con las normas que están en vigor.


En relación con Gibraltar, es verdad que deberíamos llegar a un acuerdo para tratar de avanzar algo, sobre todo pensando que no nos debe perjudicar. Insisto en que ojalá tocáramos el cielo y consiguiéramos esa cosoberanía, aunque el acuerdo
que ha propuesto el Gobierno español realmente no es una cosoberanía territorial, de hecho España renuncia a ello, sino más bien funcional. Según nuestra oferta, los gibraltareños no tienen la obligación de adquirir la nacionalidad española, sino
que siguen con la británica y, si quieren, toman la española, que es la que les permite recuperar todo lo que tienen



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actualmente. En el fondo, es una forma de decirles: No os obligamos, pero aquí os ofrecemos todo el menú que tendríais si lo aceptáis.


En lo que hay que mejorar es en el tema fiscal, porque cualquiera que sea el status final de Gibraltar -seguramente todos desearíamos la completa recuperación, no la cosoberanía, pero insisto en que eso es impensable- lo que importa es que
no nos haga más daño del que nos ha hecho. Sin duda, nos ha favorecido mucho ser miembros de la Unión Europea. Ahí tenemos un balance espectacular, como Estado, como nación, como pueblo. Hay que reconocer que en la parte relativa a Gibraltar
hemos perdido mucho, entre otras cosas, porque hemos perdido facultades que teníamos antes con Utrecht; hemos tenido que darles unos derechos que no estaban en Utrecht. Está claro que Gibraltar se ha visto muy favorecida por la presencia de España
y del Reino Unido en la Unión Europea. Ese es el paraíso que van a perder. Hay que buscar, por lo menos, que no nos haga daño en términos medioambientales, por las actividades que realizan en la bahía, tampoco fiscalmente, porque es verdad que
actualmente tienen una fiscalidad muy baja, es casi un paraíso fiscal, aunque técnicamente no lo son, porque ha salido de la lista de la OCDE de los paraísos fiscales. Es un sistema que nos daña enormemente, nos hace una competencia feroz y hace
que buena parte del Campo de Gibraltar tenga unas condiciones muy distintas, porque son extraordinariamente benévolos, laxos en la aplicación de las normas societarias, de las normas fiscales. Insisto en que hay que tratar de que Gibraltar no nos
haga daño. Podríamos asimilarlo a situaciones que hay en otros Estados, aunque -respondiendo al señor Maura- no estoy diciendo que Gibraltar tenga como salida la estatalidad. Eso no, en ningún momento, porque si fuera un Estado como Mónaco habría
otras circunstancias, pero no lo podemos admitir, porque incluso está descartado, en principio, en el Tratado de Utrecht. Naciones Unidas no reconoce el derecho de retracto, es decir, que Reino Unido no puede reconocer ninguna independencia ni
Gibraltar erigirse en Estado independiente porque el Tratado de Utrecht ofrece a España la primera posibilidad de recuperarlo. Nunca puede pasar a un tercero sin previa aceptación de España. Ese derecho de retracto al único país que se lo ha
reconocido Naciones Unidas ha sido a España. Es más, cuando el primer ministro fue hace poco tiempo, hace un año o dos, a Naciones Unidas para pedir la eliminación de la lista, le dejaron muy claro que no tiene ninguna opción de estatalidad. Eso
lo tenemos que impedir, porque tenemos el derecho internacional de nuestra parte. No olviden que a partir de la marcha de Reino Unido las relaciones serán de puro derecho internacional, las que han existido desde 1704 hasta 1986; es decir,
recuperamos la controversia en todas sus dimensiones, la colonial, la territorial del istmo, el problema aéreo y el problema marítimo. Nos vamos a acordar de que estar en un proceso de integración sublima todos los conflictos territoriales, hace
olvidarlos, los hiberna. Es verdad que esto ha sido favorable para ellos, pero en el balance global de Estado y de sociedad nosotros nos hemos favorecido muchísimo de ser miembros de la Unión. En ese punto concreto hemos perdido mucho en relación
con Gibraltar, aunque ahora lo recuperamos bilateralmente.


Otra cuestión que han planteado ha sido la posibilidad de controversias entre los Estados miembros y Reino Unido sin que hubiera acuerdo. Cuando termine la relación, el Tribunal de Justicia no va a tener competencias, salvo que las acepte
para cuestiones de personas. Las relaciones, siempre que hay controversias, se mantienen con negociación y mediación, en todo caso, ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya. Las negociaciones son el medio habitual de resolver las
controversias entre Estados. (Aplausos).


La señora PRESIDENTA: Señora Mangas, le agradecemos esta intervención, de verdad brillante, eficaz y absolutamente útil para los trabajos de esta ponencia.


Como dije al principio, espero que este sea el inicio de una estrecha relación con la ponencia brexit.


Se levanta la sesión.


Eran las siete y quince minutos de la tarde.