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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 103, de 11/07/2018
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES


COMISIONES MIXTAS


Año 2018 XII LEGISLATURA Núm. 103

PARA LA UNIÓN EUROPEA

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª MARÍA SORAYA RODRÍGUEZ RAMOS

Sesión núm. 30 (extraordinaria)

celebrada el miércoles,

11 de julio de 2018

en el Palacio del Senado



ORDEN DEL DÍA


Debate sobre control de subsidiariedad de iniciativas legislativas de la Unión Europea:


Aprobación del Informe:


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el refuerzo de la seguridad de los documentos de identidad de los ciudadanos de la Unión y de los documentos de residencia expedidos a ciudadanos de la Unión y a los
miembros de sus familias que ejerzan su derecho a la libre circulación (Texto pertinente a efectos del EEE) [COM (2018) 212 final]. (Número de expediente del Senado 574/000164 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000166).


Autor: Comisión Mixta para la Unión Europea ... (Página4)


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) número 862/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las estadísticas comunitarias en el ámbito de la migración y la protección
internacional (Texto pertinente a efectos del EEE) [COM (2018) 307 final]. (Número de expediente del Senado 574/000167 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000169).


Autor: Comisión Mixta para la Unión Europea ... (Página5)


- Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la reducción del impacto ambiental de determinados productos de plástico (Texto pertinente a efectos del EEE) [COM (2018) 340 final]. (Número de expediente del Senado
574/000173 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000175).


Autor: Comisión Mixta para la Unión Europea ... (Página6)



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- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) [COM (2018) 380 final]. (Número de expediente del Senado 574/000183 y número de expediente del Congreso de los
Diputados 282/000185).


Autor: Comisión Mixta para la Unión Europea ... (Página7)


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo Social Europeo Plus (FSE+) [COM (2018) 382 final]. (Número de expediente del Senado 574/000184 y número de expediente del Congreso de los Diputados
282/000186).


Autor: Comisión Mixta para la Unión Europea ... (Página8)


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo
Marítimo y de Pesca, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo y Migración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Gestión de las Fronteras y Visados [COM (2018) 375 final]. (Número de expediente del
Senado 574/000190 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000190).


Autor: Comisión Mixta para la Unión Europea ... (Página9)


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los requisitos mínimos para la reutilización del agua (Texto pertinente a efectos del EEE) [COM (2018) 337 final]. (Número de expediente del Senado 574/000192 y
número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000197).


Autor: Comisión Mixta para la Unión Europea ... (Página10)


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el programa Europa Digital para el período 2021-2027 [COM (2018) 434 final] (Número de expediente del Senado 574/000193 y número de expediente del
Congreso de los Diputados 282/000198).


Autor: Comisión Mixta para la Unión Europea ... (Página11)


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las órdenes europeas de entrega y conservación de pruebas electrónicas a efectos de enjuiciamiento penal [COM (2018) 225 final]. (Número de expediente del Senado
574/000191 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000199).


Autor: Comisión Mixta para la Unión Europea ... (Página13)


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca y por el que se deroga el Reglamento (UE) número 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo [COM (2018) 390 final]. (Número de
expediente del Senado 574/000203 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000200).


Autor: Comisión Mixta para la Unión Europea ... (Página14)


- Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo que establece el Programa Específico por el que se ejecuta el Programa Marco de Investigación e Innovación 'Horizonte Europa' (Texto pertinente a efectos del EEE) [COM (2018) 436
final]. (Número de expediente del Senado 574/000206 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000202).


Autor: Comisión Mixta para la Unión Europea ... (Página16)



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- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Programa de Justicia [COM (2018) 384 final]. (Número de expediente del Senado 574/000201 y número de expediente del Congreso de los Diputados
282/000204).


Autor: Comisión Mixta para la Unión Europea ... (Página17)


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el programa sobre el mercado único, la competitividad de las empresas, incluidas las pequeñas y medianas empresas, y las estadísticas europeas, y se
derogan los Reglamentos (UE) número 99/2013, (UE) número 1287/2013, (UE) número 254/2014, (UE) número 258/2014, (UE) número 652/2014 y (UE) 2017/826 (Texto pertinente a efectos del EEE) [COM (2018) 441 final]. (Número de expediente del Senado
574/000208 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000208).


Autor: Comisión Mixta para la Unión Europea ... (Página17)


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que complementa la legislación de la UE sobre homologación de tipo por lo que respecta a la retirada del Reino Unido de la Unión (Texto pertinente a efectos del EEE) [COM (2018)
397 final]. (Número de expediente del Senado 574/000205 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000210).


Autor: Comisión Mixta para la Unión Europea ... (Página18)


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima (LIFE) y se deroga el Reglamento (UE) número 1293/2013 (Texto pertinente a efectos del EEE) [COM
(2018) 385 final]. (Número de expediente del Senado 574/000211 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000212).


Autor: Comisión Mixta para la Unión Europea ... (Página19)


- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece Erasmus, el programa de la Unión para la educación, la formación, la juventud y el deporte y se deroga el Reglamento (UE) número 1288/2013 (Texto
pertinente a efectos del EEE) [COM (2018) 367 final/2]. (Número de expediente del Senado 574/000210 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000213).


Autor: Comisión Mixta para la Unión Europea ... (Página20)


Se abre la sesión a las dieciséis horas y cinco minutos.


La señora PRESIDENTA: Se abre la sesión correspondiente a la convocatoria extraordinaria de la Comisión Mixta para la Unión Europea, para el debate sobre el control de subsidiariedad de iniciativas legislativas de la Unión Europea.


Quiero pediros disculpas porque hemos llegado un poquito tarde; los miembros de la Mesa y los portavoces veníamos de una comida de trabajo en el ministerio con el nuevo secretario de Estado para la Unión Europea. También os agradezco
vuestra presencia hoy aquí, en fechas extraordinarias, para poder sacar adelante estos informes de subsidiariedad, cuya fecha máxima de presentación habría caducado si hubiéramos celebrado esta sesión en septiembre.



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DEBATE SOBRE CONTROL DE SUBSIDIARIEDAD DE INICIATIVAS LEGISLATIVAS DE LA UNIÓN EUROPEA:


APROBACIÓN DEL INFORME:


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO SOBRE EL REFUERZO DE LA SEGURIDAD DE LOS DOCUMENTOS DE IDENTIDAD DE LOS CIUDADANOS DE LA UNIÓN Y DE LOS DOCUMENTOS DE RESIDENCIA EXPEDIDOS A CIUDADANOS DE LA UNIÓN Y A LOS
MIEMBROS DE SUS FAMILIAS QUE EJERZAN SU DERECHO A LA LIBRE CIRCULACIÓN (TEXTO PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2018) 212 FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000164 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000166).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Por lo tanto, procedemos al debate de la primera propuesta, que es la de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el refuerzo de la seguridad de los documentos de identidad de los ciudadanos de la Unión y
de los documentos de residencia expedidos a ciudadanos de la Unión y a miembros de sus familias que ejerzan su derecho a la libre circulación.


Hemos recibido el informe del Gobierno y, para presentarlo, interviene Jokin Bildarratz, del Grupo Nacionalista Vasco.


El señor BILDARRATZ SORRON: Muchas gracias, señora presidenta.


A mis compañeros les digo que este es mi primer informe y espero poder hacerlo, primero, de una manera adecuada y, segundo, en tiempo para que todo vaya más fluido.


De todos los informes de subsidiariedad que he visto, creo que este es de los más claros, en el sentido de que todos somos conscientes de qué es lo que estamos analizando aquí. No estamos analizando el contenido ni si nos parece adecuado o
no el reglamento, sino que estamos analizando la aplicación del 5.1 del Tratado de la Unión Europea y estamos viendo la adecuación o no al concepto de subsidiariedad y proporcionalidad, y yo creo que en este sentido esto es evidente.


Para trasladarles la importancia que tiene este reglamento, les voy a dar un dato que entiendo que es importante: más de mil millones de personas viajan cada año en la Unión Europea y cruzan sus fronteras exteriores. Este dato es para que
ustedes sean conscientes de lo verdaderamente importante que es este tema.


Entendemos que actualmente los niveles de seguridad de los documentos de identidad nacionales expedidos por los Estados miembros, que es de lo que estamos hablando hoy, y de los documentos de residencia de los ciudadanos de la Unión Europea
que residen en otro Estado miembro y de los miembros de sus familias, varían considerablemente, lo que incrementa el riesgo de falsificación y fraude documental. El objetivo de este reglamento es aunar, armonizar, unificar todos estos documentos
para darle sentido a este concepto de integración europea y, dentro del concepto de integración europea, para reforzar una de las cuatro libertades fundamentales, como es la libre circulación. Consideramos que la mejora de la seguridad de los
documentos es un factor importante para mejorar la seguridad en la Unión Europea y en sus fronteras y apoyar el avance hacia una Unión de la seguridad genuina y efectiva.


Un concepto importante que tenemos que tener claro es el espacio Schengen, donde se ha conseguido eliminar las fronteras internas y garantizar la seguridad dentro de la Unión. Hay algo que también es muy importante dentro de la colaboración
que existe entre los Estados miembros, que es la confianza. La libre circulación y las cuatro libertades fundamentales se basan en la confianza mutua que debemos tener entre todos los Estados miembros, y dar con un reglamento que posibilite este
tipo de opciones es totalmente adecuado.


La sociedad, además, nos está demandando que garanticemos la seguridad interna. En ese sentido, vemos también cómo uno de los riesgos globales es el de la seguridad, que para poder enmarcar la libertad en los Estados miembros es un elemento
importante, así como lograr las máximas cotas de libertad, seguridad, solidaridad y prosperidad. Este objetivo está estrechamente ligado al derecho de las personas en la Unión a desplazarse, tal y como hemos dicho, libremente por el espacio
comunitario.


Con confianza y lealtad mutua entre los Estados, entendemos que el desarrollo de este reglamento es totalmente importante, con lo cual, y como conclusión, nosotros entendemos que se adecúa a los principios de subsidiariedad y
proporcionalidad y, además, confirma uno de los elementos básicos



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importantes de las cuatro libertades fundamentales dentro de lo que es el proceso de integración europea.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: ¿Hay algún grupo parlamentario que quiera reaccionar a la presentación de este informe? (Denegaciones). No hay ningún grupo que desee intervenir.


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO (CE) NÚMERO 862/2007 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, SOBRE LAS ESTADÍSTICAS COMUNITARIAS EN EL ÁMBITO DE LA MIGRACIÓN Y LA PROTECCIÓN
INTERNACIONAL (TEXTO PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2018) 307 FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000167 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000169).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Pasamos al debate de la siguiente propuesta: la de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se modifica el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las estadísticas comunitarias en el
ámbito de la migración y la protección internacional.


Se ha recibido informe del Gobierno. Para presentarlo, tiene la palabra doña Sonia Farré Fidalgo, del Grupo Podemos.


La señora FARRÉ FIDALGO: Gracias, presidenta.


En primer lugar, la Comisión Europea ya tiene este Reglamento de recogida de datos, lo que pasa es que la migración ha cambiado significativamente desde 2007. Se ha ido viendo cómo estos datos se han ido quedando insuficientes y presentan
diferentes deficiencias, básicamente de precisión, de frecuencia, de eficacia y de actualización, que se han ido compensando con estadísticas que voluntariamente la mayoría de los Estados nacionales han ido enviando a Eurostat.


A lo largo de este tiempo también se ha ido viendo qué soluciones metodológicas y qué técnicas se podían ir aplicando.


La Comisión ha reconocido periódicamente la necesidad de mejorarlo. También se enviaron informes al Parlamento Europeo y al Consejo, que hicieron propuestas de modificación. Asimismo, se recoge en la comunicación de la Comisión acerca del
informe sobre la aplicación de la Agenda de Migración Europea la necesidad de estas mejoras, así como en diversas reuniones de grupos de expertos de Eurostat.


Las mejoras a las que se hace referencia son garantizar que las transmisiones, que ahora se hacen de manera voluntaria, sean más completas, fiables y comparables para que proporcionen a los responsables políticos de la Unión Europea mejores
estadísticas que permitan hacer mejores políticas en el ámbito de la migración. Las lagunas más importantes son aumentar la periocidad de las estadísticas sobre retornos y que las obligaciones de abandonar el territorio pasen de ser anuales a
trimestrales. Asimismo, que se introduzcan desagregaciones adicionales, desagregaciones de las estadísticas relativas a menores acompañados y desagregaciones de las estadísticas de reasentamiento que introduzcan estadísticas sobre los solicitantes
de asilo por primera vez, así como nuevas estadísticas de solicitudes de reexamen Dublín o sobre los permisos de residencia. Teniendo en cuenta que por separado no se puede alcanzar adecuadamente el objetivo por parte de los países de la Unión
Europea, puesto que la escala de la iniciativa necesita comparabilidad y que se puede lograr mejor a nivel europeo para, además, tener una metodología normalizada que defina unos resultados estándares que los Estados miembros proporcionen,
consideramos que sí cumple el principio de subsidiariedad, se hace en forma de modificación limitada del reglamento y, en principio, no tiene cargas significativas para las diversas autoridades nacionales.


Hay que tener en cuenta que ha cambiado radicalmente la migración y que estamos ante una crisis humanitaria muy grave. Para mejorar la manera en que se gestionan los flujos migratorios, la Agenda Europea de Migración habla de cuatro
pilares: reducir los incentivos a la migración irregular, fortalecer una política común de asilo, hacer una nueva política en materia de migración o gestionar las fronteras. Todo esto es imposible afrontarlo correctamente si no se tienen datos
fácticos realistas, ya que, si no, se acaba hablando, por ejemplo, del efecto llamada, cuando en realidad solo un 3,2% de la población mundial reside fuera de su país; o en los países en conflicto, como Siria, la mayoría están reubicados en países



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del entorno, especialmente en el Líbano, que tiene un millón respecto a sus seis millones de población; o que solo el 3% de la migración que llega al Estado lo hace por la frontera sur. (Rumores).


Es interesante tener estos datos. Simplemente tenemos la preocupación de que se usen para plantear la migración no como un desafío, según aparece en los documentos sobre los que se ha trabajado, sino como un hecho -porque no es un problema
ni un desafío, es un hecho-, y hay que afrontarlo con una visión de derechos humanos más global y no una visión securitaria y militarizada de las fronteras.


Sin más, consideramos que cumple el principio de subsidiariedad. (Rumores).


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


¿Hay alguna intervención en relación con esta presentación del informe? (Denegaciones).


Antes de pasar al siguiente punto, les pido por favor que no mantengan conversaciones en la sala, porque es muy pequeña y hay un ruido molesto para la persona que tiene que hacer la presentación.


- PROPUESTA DE DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVA A LA REDUCCIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL DE DETERMINADOS PRODUCTOS DE PLÁSTICO (TEXTO PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2018) 340 FINAL]. (Número de expediente del Senado
574/000173 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000175).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: El tercer punto del orden del día es la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la reducción del impacto ambiental de determinados productos de plástico.


Se ha recibido informe del Gobierno. Para presentarlo, tiene la palabra don José Montilla Aguilera, del Grupo Parlamentario Socialista.


El señor MONTILLA AGUILERA: Muchas gracias.


Las razones y objetivos de esta propuesta hay que buscarlos en la cantidad de residuos plásticos en el mar, que no cesa de aumentar. Los residuos de un solo uso representan alrededor de la mitad de todos los residuos marinos medidos por
recuento en las playas europeas. Además, el impacto de los residuos plásticos es cada vez mayor, encontrándose ya, como es conocido, en determinadas especies marinas. Es claramente un problema transfronterizo, ya que los residuos se desplazan por
el medio marino, por lo que requiere una actuación conjunta para reducirlos y, a la vez, garantizar un mercado único con normas ambientales rigurosas y con seguridad jurídica para las empresas.


La iniciativa debe considerarse en el contexto más amplio de la transición a una economía circular, ya que facilitará también soluciones innovadoras para nuevos modelos empresariales y otros productos de un solo uso. Además, la iniciativa
es coherente con disposiciones existentes en la política sectorial, al centrarse en un uso más eficiente de los recursos y en una economía del plástico globalmente más eficaz.


Es coherente, asimismo, con otras políticas de la Unión Europea. La propuesta tiene por objeto preservar el mercado interior frente a la fragmentación, suscribiendo, además, los principios de innovación y las acciones asociadas al marco de
la estrategia sobre el plástico y otras obligaciones internacionales que ha suscrito la propia Unión Europea.


El objetivo principal es prevenir y reducir el impacto de algunos residuos plásticos en el medioambiente, especialmente en el medio acuático. Para ello, se fijan objetivos específicos de prevención y gestión de los residuos y un conjunto de
medidas. Dependiendo del tipo de artículos considerados, se proponen medidas de distinta naturaleza, como objetivos globales de reducción de consumo, restricción a la puesta en el mercado, medidas de diseño del producto, requisitos de etiquetado,
aplicación de responsabilidad ampliada al productor, requisitos de recogida separada y medidas de sensibilización.


El instrumento que se propone -la directiva- consideramos que es el adecuado y proporcional para evitar un panorama jurídico fragmentado, que es el que hubiera comportado la modificación de diversas directivas y reglamentos, que era otra
posibilidad. Es proporcional y específico, ya que se centra en los diez artículos de macroplásticos que se encuentran con más frecuencia en las playas europeas. Seguramente la regulación de todos los productos plásticos de un solo uso que se
encuentran en las playas no sería proporcional y comportaría costes y sobrecargas innecesarias.


Además, la basura, como sabemos, tiende a ser transportada por el viento, las mareas, las corrientes, teniendo, por tanto, la contaminación por plásticos y basura marina un carácter transfronterizo y, por consiguiente, no puede resolverse
con una actuación individual de los Estados miembros que comparten,



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además, los mismos mares y las mismas vías navegables. Requiere un enfoque político global y coherente con otras medidas de la Unión Europea, con obligaciones internacionales, como he dicho.


Por lo tanto, en consonancia con el principio de subsidiariedad, la presente propuesta legislativa también deja, en relación con algunas medidas, cierta flexibilidad a los Estados miembros.


Por todos los motivos expuestos, consideramos que es conforme al principio de subsidiariedad.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


¿Hay algún grupo político que quiera intervenir en relación con la presentación del informe? (Denegaciones).


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVO AL FONDO EUROPEO DE ADAPTACIÓN A LA GLOBALIZACIÓN (FEAG) [COM (2018) 380 FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000183 y número de expediente del Congreso de los
Diputados 282/000185).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Pasamos al punto cuarto del orden del día, que es la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo Europeo de adaptación a la globalización. Se ha recibido informe del Gobierno, e
interviene para presentarlo Francisco David Lucas Parrón, del Grupo Parlamentario Socialista.


El señor LUCAS PARRÓN: Muchas gracias.


Buenas tardes. Esta propuesta se enmarca en el denominado pilar europeo de derechos sociales, proclamado conjuntamente por el Parlamento, la Comisión y el Consejo el 17 de noviembre del año 2017 en respuesta a los retos sociales de Europa.


Uno de los elementos que se ha tenido en cuenta para la configuración de este pilar europeo de derechos sociales es el gran problema europeo del desempleo, que se ha acrecentado con la reciente crisis que se ha venido arrastrando a lo largo
de los últimos años en la Unión Europea, con especial atención en algunos países, siendo España, quizás, uno de los que más ha sufrido este problema.


En esta propuesta de reglamento se han tenido en cuenta las realidades cambiantes del mundo laboral. La Unión Europea considera imprescindible y urgente prepararse para afrontar los retos actuales y futuros de la globalización y la
digitalización, lo que implica lograr un crecimiento más integrador y mejorar las políticas de empleo y sociales. De esta manera, los principios del pilar europeo de derechos sociales se quieren construir bajo el marco general del Fondo Europeo de
Adaptación a la Globalización, y deben permitir a la Unión poner en práctica los principios pertinentes en el caso de que se produzcan reestructuraciones importantes que afecten de manera consustancial al empleo en nuestro continente.


El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización fue creado inicialmente en virtud del Reglamento 1927/20 061, para el período de programación 2007-2013, y su objetivo era dotar a la Unión Europea de un instrumento con el que dar muestras
de solidaridad y prestar ayuda a los trabajadores y a los desempleados ante cambios estructurales en los patrones del comercio mundial provocados por la globalización.


Para el marco financiero plurianual 2014-2020, el ámbito de actuación del fondo se amplió, mediante Reglamento 1309/20 134, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se deroga el Reglamento 1927/2006. Se amplió, con ello, el marco de
actuación. El objetivo ya no era solamente cubrir los cambios estructurales, sino que, con la crisis económica y financiera mundial que aborda el Reglamento 546/2009, se pretende abarcar también cualquier otra nueva crisis económica y financiera
mundial. De este modo, el fondo podría ofrecer asistencia también en caso de crisis imprevista que dé lugar a una grave perturbación de la economía local, regional o nacional. Así, fue posible incluir no solamente a trabajadores con contratos
laborales de duración indefinida, que ya preveía el Reglamento 1927/2006, sino también a los trabajadores con contratos de duración determinada, a los trabajadores cedidos por agencias de trabajo temporal, a los propietarios y administradores de
microempresas y a los trabajadores por cuenta propia. No solamente afectaba a estos trabajadores, sino que, incluso, el fondo ha ido más allá, incorporando a jóvenes que ni estudian ni trabajan ni reciben formación, que han sido despedidos y que
tienen muchísimas dificultades para incorporarse al mundo



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laboral, que necesitan de la formación necesaria para su reincorporación y que están teniendo más dificultades, sobre todo en países de latitud sur, para su incorporación al mundo laboral.


En un principio, el fondo tenía una limitación temporal. Esta limitación temporal era la que con este reglamento se suprime y se intenta ampliar para que no tenga ningún tipo de fecha de limitación. Es decir, que solamente las limitaciones
puedan ser las presupuestarias que puedan establecerse por parte de la Unión Europea, pero no las temporales, que son las que se intentan eludir con este nuevo marco de fondo. Además, la experiencia ha establecido que el número de trabajadores que
podían incorporarse por empresas a estos fondos era de 500 trabajadores, y esta nueva modificación lo que establece es que el umbral sea de 250 despidos dentro de un periodo de referencia dado como límite recomendable.


Actualmente, solo se puede dar ayuda del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización a los trabajadores que han sido despedidos debido a los patrones cambiantes del comercio por las consecuencias de la crisis económica y financiera. Lo
que se intenta es establecer el marco, y ampliarlo, para que cualquier tipo de situación pueda entrar dentro de los parámetros que establece el fondo, reduciendo, incluso, como he dicho, de 500 a 250 el número de trabajadores despedidos necesarios
para poder optar a la ayuda.


Con el fin de evitar cualquier tipo de competencia entre instrumentos, el porcentaje de financiación del fondo se ajustará al porcentaje de cofinanciación más elevado del Fondo Social Europeo Plus en el Estado miembro respectivo. Pasa del
60% a la más alta que haya en estos momentos en el Fondo Social Europeo Plus.


En definitiva, por la presente propuesta general se establece como fecha de ampliación hasta el 1 de enero del año 2021 y se presenta para la Unión de los Veintisiete Estados miembros, en consonancia con las notificaciones del Reino Unido en
su intención de retirarse de la Unión Europea y de los organismos de la Unión. Dentro del marco que ha establecido el fondo, se respeta el principio de subsidiariedad que ha fijado el vigente tratado de la Unión Europea.


Por lo tanto, por los motivos expuestos, entendemos que la propuesta de Reglamento del Parlamento y del Consejo relativo al Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización por parte de esta comisión mixta debe ser positiva.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


¿Hay algún grupo parlamentario que quiera intervenir en relación con la presentación de este informe? (Denegaciones).


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVO AL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS (FSE+) [COM (2018) 382 FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000184 y número de expediente del Congreso de los Diputados
282/000186).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Pasamos al punto quinto, que es la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo social europeo Plus.


Se ha recibido informe del Gobierno y, para su presentación, tiene la palabra Antonio Gutiérrez Limones, del Grupo Parlamentario Socialista.


El señor GUTIÉRREZ LIMONES: Muchas gracias, presidenta.


Señorías, voy a realizar algunas consideraciones previas a la propuesta de este reglamento.


La desigualdad entre personas, países y regiones -es igual norte-sur, centralidades-periferias, acreedores-deudores, ricos-pobres- es seguramente uno de los principales problemas que tiene la Unión Europea y que ha llevado a muchos
ciudadanos a plantearse si la Unión Europea es parte del problema o es parte de la solución.


Se trata, por tanto, de proteger y potenciar a las clases medias y bajas, que han sido las más afectadas por la crisis y los efectos negativos de la globalización, y crear para los jóvenes, que viven una crisis de expectativas, un futuro
alentador y evitar, al mismo tiempo, que surjan nuevas fuentes de desigualdad entre lo que se ha llamado la cuarta revolución industrial y el efecto desigual que el impacto de estas nuevas tecnologías pueda tener en el acceso a ellas y también en la
empleabilidad. Recuperar, por tanto, las ideas y las políticas para una convergencia económica y social, que quedó relegada en la época que denominamos la década negra por un objetivo de estabilidad macroeconómico que ha tenido en muchos



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ámbitos efectos devastadores. Hacer que Europea sea competitiva, cohesiva y resiliente en el futuro significa invertir en su gente ahora, en su educación, en su formación, en sus capacidades, en su creatividad, en su potencial para crear
empresas e innovar, y en su sanidad.


Este es el contexto de la propuesta de reglamento relativa al Fondo social europeo plus. Se constituye, por tanto, en el principal instrumento de la Unión Europea para invertir en las personas y aplicar el pilar europeo de los derechos
sociales. En el Fondo social europeo plus se fusionan los siguientes fondos y programas: el clásico Fondo social europeo y la Iniciativa de empleo juvenil; el Fondo de ayuda europea a las personas más desfavorecidas, con especial atención a los
romaníes y migrantes; el Programa para el empleo y la innovación social y el Programa para la unión en el ámbito de la salud. Se trata, por tanto, de compactar y unificar los enfoques de programación y ejecución para que sean mucho más integrados,
dar una mayor flexibilidad y simplificar las cargas que hasta ahora tenían.


Este reglamento entrará en vigor el 1 de enero del año 2021 hasta finales de 2027. Tendrá una dotación de 101 200 millones de euros. Unos fondos más flexibles y simplificados para invertir en lo que decidan las personas. El capítulo del
Fondo social europeo plus, en régimen de gestión compartida, está respaldado por el principio de subsidiariedad. Con la gestión compartida, la Comisión delega las tareas estratégicas de programación y ejecución en los Estados miembros y también en
las regiones, por tanto, acercamos mucho más las diversidades locales a los propios objetivos europeos. La proporcionalidad de la propuesta viene dada por la unificación de las normas y la fusión de los fondos, que reducen las cargas
administrativas que soportan las partes interesadas.


Por tanto, solicito su apoyo a esta propuesta de reglamento que cumple los principios de subsidiariedad y proporcionalidad.


Gracias.


La señora PRESIDENTA: Gracias, señoría.


¿Algún grupo parlamentario desea intervenir? (Denegaciones).


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES COMUNES RELATIVAS AL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL, AL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS, AL FONDO DE COHESIÓN Y AL FONDO EUROPEO
MARÍTIMO Y DE PESCA, ASÍ COMO LAS NORMAS FINANCIERAS PARA DICHOS FONDOS Y PARA EL FONDO DE ASILO Y MIGRACIÓN, EL FONDO DE SEGURIDAD INTERIOR Y EL INSTRUMENTO DE GESTIÓN DE LAS FRONTERAS Y VISADOS [COM (2018) 375 FINAL]. (Número de expediente del
Senado 574/000190 y número de expediente del Congreso de los Diputados. 282/000190).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Pasamos al debate de la siguiente propuesta: la de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo europeo de desarrollo regional, al Fondo social
europeo Plus, al Fondo de cohesión y al Fondo europeo marítimo y de pesca, así como las normas financieras para dichos fondos y para el Fondo de asilo y migración, el Fondo de seguridad interior y el Instrumento de gestión de las fronteras y
visados.


Se ha recibido informe del Gobierno y para su presentación, tiene la palabra don Guillermo Martínez Arcas, del Grupo Parlamentario Popular.


El señor MARTÍNEZ ARCAS: Muchas gracias, señora presidenta.


Me gustaría empezar mi intervención con una nota preliminar y una queja que a mi grupo parlamentario le gustaría que se transmitiera a través de la Mesa al Gobierno, y es que los informes del Gobierno que habitualmente acompañan a este tipo
de propuestas en el orden del día han llegado tarde, incluso alguno ni siquiera ha llegado hasta este momento. Por tanto, entendiendo el momento en el que estamos y el cambio del Gobierno, me gustaría que se tramitaran con más celeridad estos
informes, que tan bien vienen para preparar las propuestas de subsidiariedad.


En cuanto al reglamento cuya condición de subsidiariedad se somete a los miembros de esta comisión es el que establecen las normas generales de los distintos fondos estructurales y de cohesión, en concreto, como bien ha expuesto la
presidenta, el Feder, el Fondo social europeo Plus, el Fondo de cohesión, el marítimo y de pesca, el de asilo y migración, el Fondo de seguridad interior y el Instrumento de gestión de fronteras y asilo. Establece las normas generales de la gestión
administrativa de estos



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programas, sin perjuicio de que existan también reglamentos específicos, como el que ha presentado el portavoz que me ha precedido en el uso de la palabra, el Fondo social europeo Plus, que regula las especificidades de cada uno de estos
fondos. En concreto, establece los sistemas de programación, de modificación de la programación, de evaluación, elegibilidad del gasto, control y seguimiento, pagos, tasas de cofinanciación, etcétera.


Esta forma de regular los fondos estructurales es la habitual en los distintos marcos de programación que han precedido a 2021/2027: un reglamento general y reglamentos específicos para cada uno de los fondos. Las diferencias de este
reglamento con respecto a los anteriores es, por un lado, la existencia de una apuesta decidida -parece que esta vez sí- por la simplificación, reduciendo las cargas administrativas innecesarias que tan pesadas se hacen para los organismos
intermedios y gestores de los distintos programas cofinanciados con fondos estructurales. Por otro lado, una mayor flexibilidad, que también es bienvenida por este grupo parlamentario, porque permite ajustar los programas a las circunstancias, y
una cuestión muy concreta, que es la de establecer un vínculo más estrecho con las recomendaciones que establece el informe semestral de la Comisión Europea respecto de cada uno de los Estados miembros, para que se puedan ajustar los programas a
dichas recomendaciones.


Por último, una novedad importante de este reglamento es que establece los métodos de asignación de fondos estructurales y de cohesión por países y por regiones. Y aun encontrándonos en una fase muy preliminar de la negociación -de hecho, a
fecha de hoy, todavía no se ha producido ninguna reunión entre los distintos gobiernos y la Comisión Europea para analizar esta propuesta-, el Grupo Parlamentario Popular quiere ofrecer al Gobierno su absoluta colaboración en la defensa y en la
aportación de cuanto sea necesario para conseguir el ineludible objetivo de que en el próximo periodo de programación comunitario, los fondos estructurales y de cohesión que reciba el Estado español en su conjunto sean cuando menos los mismos que se
han recibido en este periodo de programación, atendiendo de manera especial a aquellas regiones más desfavorecidas, a las regiones ultraperiféricas -en nuestro caso, únicamente las islas Canarias- y aquellas que tienen déficit y condicionantes
estructurales, como pueden ser las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.


Entendemos que se dan, por razones obvias, los criterios para votar favorablemente la subsidiariedad, ya que se trata de un reglamento de gestión de fondos exclusivamente financiados por la Unión Europea, gestionados, controlados y
fiscalizados directamente por la Unión Europea, y que, indudablemente, tienen que aplicarse de manera homogénea en los veintisiete Estados miembros de la Unión.


Por tanto, debemos votar favorablemente la subsidiariedad.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


¿Algún grupo parlamentario quiere intervenir en relación con la presentación de este informe? (Denegaciones).


De acuerdo.


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVO A LOS REQUISITOS MÍNIMOS PARA LA REUTILIZACIÓN DEL AGUA (TEXTO PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2018) 337 FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000192 y
número de expediente del Congreso de los Diputados. 282/000197).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: A continuación, debatimos la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los requisitos mínimos para la reutilización del agua. Se ha recibido un informe del Gobierno.


Para presentar el informe, tiene la palabra doña Laura Castel, de Esquerra Republicana.


La señora CASTEL FORT: Gracias, presidenta.


Como ha dicho el compañero del Partido Popular, he recibido el informe cuando el mío ya estaba hecho, como le habrá pasado a la mayoría.


En todo caso, entrando en el informe, les diré que el agua es un recurso limitado; la Unión Europea sufre escasez. La captación excesiva para el riego agrícola, su uso industrial y el desarrollo urbano siguen siendo las principales
amenazas; el cambio climático, la sequía y sus daños ambientales y económicos han aumentado drásticamente, y se prevé que esta tendencia continúe. Esto puede afectar a la



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competitividad del mercado interior, por lo tanto, los recursos hídricos deben gestionarse de manera más eficiente. Las aguas residuales tratadas proporcionan una opción alternativa fiable de suministro para el riego agrícola, tiene un
impacto ambiental menor que los trasvases o la desalinización, y amplía el ciclo de vida del agua de conformidad con la economía circular.


El establecimiento de requisitos armonizados junto con la armonización de la gestión de riesgos garantizaría unas condiciones equitativas para los afectados en la reutilización del agua. Se calcula que el instrumento propuesto podría dar
lugar a la utilización de aguas regeneradas en el regadío agrícola, del orden de 6600 millones de metros cúbicos al año. La presente propuesta se ha incluido en el programa para promover una economía más circular y contribuye a los objetivos de
desarrollo sostenible y, en particular, al objetivo 6 sobre agua potable y saneamientos que fija el objetivo de aumentar la regeneración y la reutilización del agua de aquí al año 2030.


La política de la Unión sobre escasez de agua detalla la jerarquía de medidas que los Estados deben tener en cuenta en la gestión de la escasez de agua, dando prioridad a las medidas de eficiencia y ahorro, considerando las infraestructuras
adicionales únicamente cuando se hayan agotado las demás.


La propuesta se ajusta al VII Programa de acción en materia de medioambiente y a la Agenda 2030 de las Naciones Unidas para el desarrollo sostenible. Los objetivos del presente reglamento se lograrán a través de requisitos mínimos para la
calidad del agua, medidas de control y prevención y gestión de riesgos a nivel de la Unión. El 60% de las cuencas de la Unión son internacionales o bien compartidas, y las medidas adoptadas por un único Estado no son, por tanto, suficientes.
Además, si los Estados actúan de manera aislada las barreras técnicas y sus costes asociados serían innecesariamente elevadas.


Está justificada, pues, la intervención de la Unión para prevenir que los requisitos en cada territorio afecten negativamente las condiciones de competencia equitativa y creen obstáculos al mercado interior; requisitos distintos pueden
también utilizarse para restringir la importación de productos de Estados que se sospeche que cuentan con requisitos menos exigentes.


Finalmente, la carga administrativa suplementaria se calcula además que será mínima. Se utilizarán los flujos de notificación existentes ya en la Directiva marco del agua y en la Directiva sobre tratamiento de aguas residuales urbanas, y
solo se desarrollarán este seguimiento y notificación adicionales limitados.


Por lo tanto, por los motivos expuestos, consideramos que la propuesta de Reglamento relativo a los requisitos para la reutilización del agua es conforme al principio de subsidiariedad.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


¿Algún grupo parlamentario quiere intervenir? (Denegaciones).


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROGRAMA EUROPA DIGITAL PARA EL PERÍODO 2021-2027 [COM (2018) 434 FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000193 y número de expediente del
Congreso de los Diputados 282/000198).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Pasamos al debate de la siguiente propuesta: la de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el Programa Europa digital para el periodo 2021-2027.


Se ha recibido informe del Gobierno y tiene la palabra para su presentación doña María José Martín Gómez, del Grupo Parlamentario Popular.


La señora MARTÍN GÓMEZ: Muchas gracias, presidenta.


Señorías, reiteramos la queja. En mi caso no ha llegado el informe.


A través de la propuesta objeto del presente informe, la Comisión Europea presenta al Parlamento Europeo y al Consejo la propuesta de Reglamento por el que se establece el programa Europa digital para el periodo 2021-2027. Es un nuevo
programa dedicado a aumentar y a maximizar los beneficios de la transformación digital para todos los ciudadanos, administraciones públicas y empresas en Europa. La transformación digital afecta a todos los sectores de la economía y transforma
nuestra manera de vivir, trabajar y comunicar. Al igual que nuestros transportes, nuestra infraestructura industrial, nuestro sistema educativo, nuestros servicios públicos de alta calidad han garantizado la prosperidad de Europa en el pasado, las
inversiones en capacidad de infraestructuras digitales estratégicas, así como la mejora y la



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modernización de la interacción entre las administraciones y los ciudadanos, sustentará nuestra prosperidad futura.


La Estrategia para el mercado único digital ha puesto en marcha un marco sólido que ahora debe ser completado por un programa de inversiones igualmente sólidas. Este hecho ha sido respaldado al más alto nivel político. En Tallin los jefes
de Estado y de Gobierno europeos identificaron los principales pilares de una economía digital fuerte: la ciberseguridad, la inteligencia artificial, una infraestructura de clase mundial que incluya la informática de alto rendimiento, las
competencias digitales y la digitalización del sector público. Esto quedó reflejado en las conclusiones del Consejo Europeo de octubre del 2017, y desde entonces varias formaciones del Consejo han debatido la cuestión del refuerzo de las
capacidades digitales de la Unión Europea.


El Programa Europa digital es un elemento central de la respuesta integral de la Comisión al desafío de la transformación digital, que forma parte de la propuesta del marco financiero plurianual 2021-2027. Su objetivo es ofrecer un
instrumento de gasto adaptado a los requisitos operativos de la creación de capacidades en las áreas identificadas por el Consejo y explotar las sinergias entre ellas. Se pretenden destinar 9200 millones de euros para el periodo 2021-2027.


Este programa se concentrará en las áreas en las que ningún Estado miembro por sí solo puede garantizar el nivel requerido para el éxito digital. También pondrá su atención en aquellas áreas en las que el gasto público tenga un mayor
impacto, especialmente en la mejora de la eficiencia y la calidad de los servicios en las áreas de interés público como la salud, la justicia, la protección de los consumidores, las administraciones públicas y la ayuda a las pymes para adaptarse al
cambio digital.


Es coherente con las disposiciones existentes en la misma política; hablamos ya de proyectos que están puestos en marcha, la informática de alto rendimiento, la ciberseguridad, la transformación de la salud y la educación, pero también es
coherente con otras políticas de la Unión Europea conocidas por todos, llámese Mecanismo conectar Europa, Horizonte Europa, el Fondo europeo plus, Erasmus, etcétera.


Por todo ello, el Programa Europa digital lo que pretende es dar una respuesta a una nueva voluntad política de abordar de forma cooperativa lo que antes eran, principalmente, preocupaciones nacionales, ya que ningún Estado miembro ni
empresa que actúe por sí solo puede realizar inversiones digitales importantes a la escala requerida o aumentarlas hasta alcanzar un nivel satisfactorio.


Si la Unión Europea no se compromete, estas inversiones no se plasmarán en la medida necesaria y la Unión corre el riesgo de perder su competitividad. La intervención a nivel de la Unión es necesaria para planificar, financiar conjuntamente
y coordinar acciones en una escala capaz de hacer frente a estos desafíos, así como garantizar que se compartan en toda Europa los beneficios de las tecnologías digitales.


Por lo tanto, la acción coordinada también puede evitar la duplicación, aprovechar sinergias, salvaguardar la interoperabilidad y evitar puntos ciegos o una grave brecha digital geográfica. Estamos hablando de ventajas para todos los países
de la Unión Europea, siempre que actuemos conjuntamente.


Y respecto al principio de proporcionalidad, existe la voluntad evidente por parte del sector público de abordar la transformación digital a nivel europeo, así como la voluntad de coinvertir en la construcción y en el fortalecimiento de la
capacidad digital de la Unión Europea. También las consultas realizadas a las partes interesadas han puesto de manifiesto que el conjunto de inversiones tendrá un mejor resultado si se hacen a nivel europeo.


Por los motivos expuestos, entendemos que el Programa Europa digital respeta, en este caso, el principio de subsidiariedad y de proporcionalidad, por lo que les pedimos su apoyo a todos los grupos parlamentarios que integran la Comisión
Mixta para la Unión Europea.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


¿Algún grupo parlamentario quiere intervenir? (El señor Gutiérrez Limones pide la palabra).


El señor GUTIÉRREZ LIMONES: Gracias, presidenta.


Tan solo quiero hacer una pequeña consideración, que no tiene nada que ver con la propuesta de reglamento, porque hemos escuchado a dos de los ponentes del Grupo Popular manifestar una queja a la Mesa en relación con la tardanza del Gobierno
en emitir los informes previos, e incluso una queja por no haberlos emitido.


En primer lugar, debo decir que el Gobierno no tiene ninguna obligación de emitir ese informe; sobre todo, cuando no hay que matizar nada sobre las propuestas. Y viene ocurriendo exactamente lo mismo que ocurría con anterioridad: que a
veces llegaban los informes, y a veces no, o lo hacían tarde. Resulta



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llamativo que sea el grupo que sostenía al Gobierno anterior el que manifieste la queja, cuando ocurría entonces lo mismo que ahora.


La señora PRESIDENTA: Gracias por su intervención.


Le he dado la palabra porque pensaba que quería intervenir en relación con la presentación del informe presentado por la ponente del Grupo Popular. En cuanto al tema de los informes, la Mesa pensaba hacer al final una aclaración al
respecto.


La señora DE SANTA ANA FERNÁNDEZ: Señora presidenta, ahora o, si no, al final, quisiera hacer uso de la palabra.


La señora PRESIDENTA: Bueno, hagámoslo ya, para no repetir el debate después, aunque me parecía mucho más acorde hacerlo al final.


La señora DE SANTA ANA FERNÁNDEZ: Tan solo quería decir que para nuestro grupo el informe del Gobierno es muy importante. Nosotros siempre lo hemos estudiado con mucha atención, y creemos que deben seguir llegando esos informes. Es verdad
que a veces es complicado tener todos los informes en tiempo y forma pero, mientras ha estado gobernando el Partido Popular, nunca ha ocurrido que los informes no hayan llegado o que hayan llegado cinco o diez minutos antes del debate.


Queremos decirlo y esperamos que lo que ha ocurrido no siente precedente. Estoy convencida de que cuando el Gobierno termine la etapa de transición, llegarán con normalidad.


La señora PRESIDENTA: Aunque no es el momento ni la forma, para no volver a tratar este asunto, les informo de que lo que la Mesa pensaba decir al final es que creemos que la mayor responsabilidad de que los informes del Gobierno no hayan
llegado en tiempo y forma la tiene la presidenta de esta Mesa. Como es evidente, se trata de una situación transitoria, de cambio de gabinetes y de equipos, y deberíamos haberlo tenido en cuenta. Es la primera vez que le hemos pedido al Gobierno
16 informes de subsidiariedad a la vez en un plazo de quince días; creo que el Grupo Popular también es consciente de ello.


Por lo tanto, pienso que no va a haber ningún problema en que el Gobierno siga mandando estos informes. La Mesa y los portavoces deberán tenerlo en cuenta a la hora de establecer los plazos de tiempo de solicitud de los informes al
Gobierno. Es verdad que por ser julio vencían muchos plazos y le hemos pedido una cantidad enorme: 16 en quince días, y en un momento de cambio, además.


Por consiguiente, si hay algún responsable que debería haber tenido esto previsto y no lo ha hecho, ese alguien es la presidenta de esta Mesa, que asume toda su responsabilidad. Era lo que pensaba decir al final, pero ya se ha producido el
debate.


¿Sobre la presentación del informe de doña María José Martín Gómez hay alguna intervención? (Denegaciones).


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO SOBRE LAS ÓRDENES EUROPEAS DE ENTREGA Y CONSERVACIÓN DE PRUEBAS ELECTRÓNICAS A EFECTOS DE ENJUICIAMIENTO PENAL [COM (2018) 225 FINAL]. (Número de expediente del Senado
574/000191 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000199).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Pasamos, por lo tanto, a la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las órdenes europeas de entrega y conservación de pruebas electrónicas a efectos de enjuiciamiento penal.


Creo que se ha recibido informe del Gobierno e interviene para presentarlo el señor don José Montilla Aguilera, del Grupo Parlamentario Socialista.


El señor MONTILLA AGUILERA: Muchas gracias, señora presidenta.


Sí, se ha recibido informe del Gobierno, y un informe bastante amplio, de 12 páginas.


El informe versa sobre el reglamento objeto también del informe de este ponente. En la actualidad, la utilización de las redes sociales, el correo electrónico, la mensajería, en fin, las diversas aplicaciones para comunicarse, para
trabajar, para crear lazos sociales y obtener información se ha convertido en algo habitual. En la mayoría de países del mundo estos servicios generan importantes beneficios, pero también



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son instrumentos que pueden servir para cometer o facilitar delitos graves, de manera muy especial aquellos relacionados con el terrorismo. Y cuando esto sucede, dichos servicios y aplicaciones son a menudo el único lugar donde los
investigadores pueden hallar pistas para determinar quién ha cometido un delito y obtener pruebas que puedan utilizarse ante los tribunales. Dado que internet no conoce fronteras, estos servicios pueden prestarse desde cualquier lugar del mundo y
las autoridades de los Estados miembros necesitan acceder a datos que pueden servir como prueba y que están almacenados fuera de su país o por proveedores de servicios de otros Estados miembros o de países terceros.


Los mecanismos de cooperación que hasta ahora hay desarrollados, la Directiva sobre orden europea de investigación, entre otros, están sometidos a una presión creciente, que ha comportado que varios Estados miembros y terceros países, con
los que hay los llamados mecanismos de asistencia judicial mutua, hayan recurrido a la ampliación de sus herramientas nacionales, con la consiguiente fragmentación o peligro de fragmentación que genera o puede generar inseguridad jurídica y
obligaciones contradictorias. De ahí que el Consejo y el Parlamento Europeo trataran el tema y animaran a la Comisión, en este caso, a trabajar una propuesta de reglamento.


La presente propuesta, por lo tanto, aborda el problema específico derivado del carácter volátil de las pruebas electrónicas y su dimensión internacional, intentando adaptar los mecanismos de cooperación a la era digital. La propuesta tiene
también por objeto mejorar la seguridad jurídica para las actividades de los proveedores de servicios y las personas afectadas, protegiendo los derechos fundamentales, la trasparencia y la responsabilidad. La propuesta es coherente con las
disposiciones vigentes en el Unión Europea en este ámbito, así como con el Convenio de Budapest del consejo de Europa.


Mediante la introducción de esta Orden europea de entrega y conservación de pruebas electrónicas a efectos de enjuiciamiento penal se aseguran y reciben las pruebas almacenadas y conservadas por los proveedores de servicios en otra
jurisdicción. Para facilitar la obtención transfronteriza de pruebas electrónicas, el nuevo instrumento se basa en los principios de reconocimiento mutuo, requiriendo una serie de sólidas salvaguardas y disposiciones, como la validación por una
autoridad judicial en cada caso. Es una propuesta que introduce estas órdenes europeas vinculantes de entrega y conservación de datos, que deben ser emitidas y validadas por una autoridad judicial de un Estado miembro y que solo pueden emitirse si
existe una medida similar para la misma infracción en una situación comparable a nivel nacional en el Estado emisor, y solo pueden utilizarse en los procesos penales. La base jurídica para su utilización es el artículo 82, apartado 1, del tratado,
que garantiza el reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales por las que una autoridad judicial de un Estado emisor se dirige a una persona jurídica de otro Estado miembro e incluso le impone obligaciones sin intervención previa de una
autoridad judicial en ese otro Estado miembro.


El instrumento adecuado es el reglamento, dado que se requieren normas uniformes para abordar esta problemática. Es una propuesta pragmática y posibilista. En el caso de España comportará algún cambio legislativo -alguno ya está en curso,
como es la trasposición de la Directiva de la Orden europea de investigación-. Es proporcional: se limita a solicitudes de datos almacenados y a las órdenes emitidas en un proceso penal; no aborda la persecución de la delincuencia -eso no es
objeto de la regulación de este reglamento-. Es la adecuada, ya que las medidas incluidas en ella deben adoptarse a escala de la Unión Europea con el fin de alcanzar sus objetivos. Los Estados, si actuaran solos, tendrían enormes dificultades para
hacerlo. Además, dado el número de ámbitos políticos afectados -seguridad, derechos fundamentales-, la legislación a escala europea es el reglamento y es el más adecuado.


Por los motivos expuestos, consideramos que la propuesta de reglamento es conforme al principio de subsidariedad.


Gracias.


La señora PRESIDENTA: ¿Hay alguna intervención en relación con esto? (Denegaciones). Gracias.


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVO AL FONDO EUROPEO MARÍTIMO Y DE PESCA Y POR EL QUE SE DEROGA EL REGLAMENTO (UE) NÚMERO 508/2014 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO [COM (2018) 390 FINAL]. (Número de
expediente del Senado 574/000203 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000200).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Pasamos al debate de la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo europeo marítimo y de pesca, por el que se deroga el Reglamento número 508/2014 del Parlamento Europeo.



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Se ha recibido informe del Gobierno. Para su presentación, tiene la palabra la señora Leyte Coello, del Grupo Parlamentario Popular.


La señora LEYTE COELLO: Gracias, presidenta.


Señorías, la presente propuesta consiste en la creación del Fondo marítimo y de pesca, llamado FEMP, para el periodo 2021-2027, con el objetivo de seguir apoyando la política pesquera y marítima común y los compromisos internacionales de la
Unión en el ámbito de la gobernanza de los océanos, especialmente en el contexto de la Agenda 2030 de desarrollo sostenible.


Estamos hablando de un fondo que se eleva a 6140 millones de euros y del que se asignan 5311 millones al marco de la gestión compartida y 829, a la gestión directa. Recordemos que el sector marítimo europeo tiene más de 5 millones de
puestos de trabajo, con un enorme potencial para crear muchos más, y genera casi 500 000 millones de euros al año.


Según un informe de la OCDE, la producción de la economía oceánica mundial asciende a 1,3 billones de euros y se calcula que esa cifra podría duplicarse en el 2030. La Unión Europea es el quinto productor de pescado y marisco del mundo y
tiene una responsabilidad a la hora de proteger, conservar y utilizar los océanos y sus recursos. Su preservación es fundamental para una población mundial en rápido crecimiento.


Este fondo de financiación va a constituir un instrumento esencial para mantener una pesca sostenible y la conservación de los recursos biológicos marinos. Apoyará a los pescadores que se dedican a la pesca costera artesanal con buques de
menos de 12 metros de eslora, que representan la mitad del empleo del sector pesquero de la Unión Europea. Va a contribuir a la seguridad alimentaria en la Unión mediante una acuicultura y un suministro de productos de pescado y marisco seguros y
unos mercados más competitivos y sostenibles. Va a estimular una economía azul, que genere inversión, empleo y crecimiento; fomente la investigación e innovación, y contribuya a la seguridad energética a través de la energía oceánica, centrada
también en los ecosistemas marinos, con una contribución de un 25% del presupuestos a la mitigación del cambio climático y su adaptación en consonancia con los acuerdos de París. Se reforzará la gobernanza internacional de los océanos y mares para
que estén protegidos, limpios y gestionados de una manera sostenible, así como para que sean seguros, con un control eficaz de las fronteras para la lucha global contra la delincuencia marítima, colaborando de esta manera con la seguridad de los
ciudadanos.


Estas prioridades requieren, además del Fondo económico marítimo y de pesca, buscar sinergias con otros fondos estructurales, como el Fondo europeo de desarrollo regional o el Fondo social europeo, y la adhesión de la Unión a organizaciones
existentes de pesca sostenible y ordenación pesquera, para buscar un efecto multiplicador en el crecimiento socioeconómico de las zonas pesqueras.


Para esta propuesta se tuvo en cuenta la evaluación del Fondo europeo de pesca del periodo anterior, 2007-2013, y también las recomendaciones de la Conferencia de Tallin -que ya fue nombrada aquí-, más allá de 2020: apoyo a las comunidades
costeras de Europa, para realizar un estudio de lo que está siendo el plan actual. En el Comité de las Regiones se aprobó por unanimidad una propuesta, precisamente de Galicia, para pasar del 1% al actual 0,58% de las cuentas comunitarias. La
propuesta pretende simplificar la puesta en marcha del fondo, dado que en el periodo actual, 2014-2020, hubo muchas dificultades en su aplicación. Los formularios eran muy complicados e, incluso, muchas industrias renunciaron a pedirlos. Lo que se
ha decidido para este nuevo fondo es dar una mayor facilidad y mayor simplificación, lo cual es muy importante, y que en el marco de la gestión compartida sean los Estados miembros los que elaboren los programas, con más flexibilidad en las normas
de admisibilidad, y también en cuanto a sus condiciones y restricciones, para evitar efectos perjudiciales en términos de conservación de los recursos pesqueros. Los Estados miembros van a informar anualmente de los avances y el rendimiento para
poder corregir a tiempo los posibles errores y que no pase como en este anterior periodo.


Como saben sus señorías, la pesca es vital para la subsistencia y el patrimonio cultural de muchas comunidades costeras de la Unión Europea y por eso es muy importante la noticia de que se siga manteniendo el Fondo de pesca en estas
cantidades. España será una de las beneficiadas, por nuestro peso específico en pesca, acuicultura, industria, energía, investigación e innovación. No obstante, somos la primera potencia en pesca de la Unión Europea.


Por los motivos expuestos, la propuesta cumple con el principio de subsidiariedad y proporcionalidad.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


¿Algún grupo parlamentario desea intervenir? (Denegaciones).



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- PROPUESTA DE DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO QUE ESTABLECE EL PROGRAMA ESPECÍFICO POR EL QUE SE EJECUTA EL PROGRAMA MARCO DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN 'HORIZONTE EUROPA' (TEXTO PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2018) 436
FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000206 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000202).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Pasamos al debate del siguiente punto, el número 11: Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo, que establece el programa específico por el que se ejecuta el Programa marco de investigación e
innovación Horizonte Europa.


Se ha recibido informe del Gobierno. Para la presentación del informe, tiene la palabra doña Pilar Rojo Noguera, del Grupo Parlamentario Popular.


La señora ROJO NOGUERA: Muchas gracias, señora presidenta.


Buenas tardes, señorías.


La decisión del Parlamento Europeo y del Consejo establece el programa específico por el que se ejecuta el Programa marco de investigación e innovación llamado Horizonte Europa para el periodo 2021-2027, de acuerdo con el propio tratado
fundacional de la Unión Europea. Esta decisión define los objetivos operativos del programa, el presupuesto para el periodo 2021-2027, las modalidades de ejecución y las actividades que han de realizarse.


¿En qué consiste Horizonte Europa? Lo único que querría señalar es que se trata, por supuesto, de un programa de investigación e innovación que se enmarca en la premisa de que tanto la investigación como la innovación dan respuesta a las
prioridades de los ciudadanos, que impulsan la productividad y la competitividad de la Unión y que son decisivas para mantener nuestro modelo socioeconómico, nuestros valores y para hallar soluciones que permitan afrontar los desafíos de manera más
sistémica. Las prioridades de Horizonte Europa están estrechamente vinculadas a las prioridades estratégicas generales de la Unión y sus políticas. Por supuesto, se tendrán en cuenta en la ejecución de este programa las iniciativas existentes a
escala nacional y de la Unión y se garantizará una coordinación efectiva entre todas las actividades del programa. No voy a desarrollar cómo es, pues está perfectamente diseñado en el programa europeo que nos han enviado. Únicamente quiero señalar
que en la ejecución de este programa la comisión va a estar asistida por un comité, que reunirá a diferentes expertos en función de los temas que vayan a debatirse, que se establecerán sinergias fuertes con otros programas de la Unión, especialmente
para promover una difusión y una aplicación más rápida de los resultados de las inversiones en investigación y en innovación.


En definitiva, la I+D+i constituye una parte fundamental de la sociedad del conocimiento y estamos convencidos de que dotarlas de una fuerte dimensión europea puede ser mucho más eficaz. Simplemente, les doy un dato y es que el 83% de los
proyectos de investigación e innovación de la Unión Europea no habría salido adelante sin las ayudas de la Unión, lo que da una medida de la importancia de la implicación de la Unión Europea en esta materia. Por supuesto, para España, estos
programas son de gran importancia por su contenido, pero también por su presupuesto. El Programa Horizonte Europa representa una nueva oportunidad, tanto por la financiación de actividades de investigación como por el impacto que estas actividades
pueden tener en el crecimiento económico y en la generación de empleo, tan importantes para nuestro país. Además, dado que se realizarán en cooperación con instituciones de investigación y empresas de otros Estados miembros, nos parece que tendrá
un efecto muy beneficioso, tanto de modernización como de apertura de nuestro país.


Finalmente, dado que la investigación y la innovación no son competencias exclusivas de la Unión Europea, lógicamente tienen que cumplir el principio de subsidiariedad y creemos que la propuesta es conforme, que los objetivos de la acción no
pueden ser alcanzados de la misma forma ni de manera suficiente por los Estados miembros. Por tanto, cumple el principio de subsidiariedad sin problema.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


¿Algún grupo parlamentario quiere intervenir? (Denegaciones).



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- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROGRAMA DE JUSTICIA [COM (2018) 384 FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000201 y número de expediente del Congreso de los Diputados
282/000204).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Pasamos a debatir la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el programa de justicia.


Se ha recibido informe del Gobierno.


Tiene la palabra, para presentar el informe, doña Clara San Damián Hernández, del Grupo Parlamentario Popular.


La señora SAN DAMIÁN HERNÁNDEZ: Gracias, presidenta.


Buenas tardes, señorías. España ha estado siempre entre los principales impulsores del proyecto europeo y ha contribuido, desde su inicio, a la construcción de lo que es Europa, un espacio de libertad, de seguridad y de justicia. (La
señora secretaria primera, Leyte Coello, ocupa la Presidencia). En este proyecto, el pilar fundamental ha sido la creación de un mercado único, un espacio sin fronteras interiores que garantiza el principio de libre circulación de mercancías,
personas, servicios y capitales. Por ello, los ciudadanos de la Unión Europea podemos estudiar, vivir, hacer compras, negocios, trabajar o jubilarnos en cualquier Estado miembro y es evidente que si existe esa libre circulación de personas en
Europa es necesario dotarse de los instrumentos jurídicos adecuados que garanticen la protección y la defensa de las personas físicas y jurídicas en cualquier parte del territorio europeo.


Desde el Tratado de Ámsterdam, tenemos Schengen, la Europol, la Eurojust, la Oficina de la fiscal europea..., en fin, determinados instrumentos, pero dos décadas más tarde seguimos atascados en un punto clave, que es la recíproca y genuina
confianza entre los Estados miembros. Creamos la euroorden, la orden de detención europea, para conseguir una entrega de los delincuentes más fácil, rápida y segura. Si esta euroorden no funciona, Schengen nos deja de proteger y nosotros, los
Estados miembros, debemos proteger el espacio europeo y reforzarlo con las medidas adicionales que sean necesarias para garantizar que nuestros derechos y libertades, en el espacio europeo, como digo, queden absolutamente garantizadas. Es evidente
que, a día de hoy, con los acontecimientos que hemos vivido recientemente, queda mucho trabajo de cooperación por delante porque el espacio común de justicia es todavía una ilusión en Europa y habrá que impulsar todas las propuestas que promuevan el
respeto mutuo y la confianza en la coordinación efectiva entre los veintisiete sistemas judiciales. En este sentido, la orden de arresto europea y el reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales son dos de las herramientas fundamentales en las
que hay que seguir trabajando.


Por lo tanto, la propuesta de reglamento del Parlamento y Consejo, que hoy se trae a consideración, supone un paso adelante más que consideramos que va a ser beneficioso para el proyecto europeo y, por tanto, para todos los ciudadanos de los
Estados miembros. Dado que esta propuesta de programa de justicia continuará apoyando el desarrollo de un espacio europeo de justicia que esté asentado sobre los valores de la Unión, del Estado de derecho, el reconocimiento y confianza mutuos y que
tiene por objetivo facilitar el acceso a la justicia, promover la cooperación judicial y mejorar los sistemas judiciales nacionales, entendemos que cumple con el principio y los objetivos de la subsidiariedad.


Muchas gracias.


La señora SECRETARIA PRIMERA (Leyte Coello): ¿Algún grupo desea intervenir? (Denegaciones).


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROGRAMA SOBRE EL MERCADO ÚNICO, LA COMPETITIVIDAD DE LAS EMPRESAS, INCLUIDAS LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, Y LAS ESTADÍSTICAS EUROPEAS, Y SE
DEROGAN LOS REGLAMENTOS (UE) NÚMERO 99/2013, (UE) NÚMERO 1287/2013, (UE) NÚMERO 254/2014, (UE) NÚMERO 258/2014, (UE) NÚMERO 652/2014 Y (UE) 2017/826 (TEXTO PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2018) 441 FINAL]. (Número de expediente del Senado
574/000208 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000208).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora SECRETARIA PRIMERA (Leyte Coello): Pasamos debatir la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el programa sobre el mercado único, la



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competitividad de las empresas, incluidas las pequeñas y medianas empresas y las estadísticas europeas, y se derogan los reglamentos sucesivos.


Tiene la palabra don José Cano Fuster.


El señor CANO FUSTER: Muchas gracias, señora presidenta.


La propuesta de Reglamento del Parlamento trata, como saben ustedes, de potenciar y de ayudar a las pequeñas y medianas empresas, que es un tejido que para nuestro país concretamente y para el resto de países de la Unión Europea es un tejido
muy importante. Como saben, el 2 de mayo de 2018 la Comisión ha propuesto el marco financiero plurianual y propone un nuevo programa sobre el mercado único. En esta propuesta establece una asignación presupuestaria de 4089 millones de euros,
además de 2000 millones de euros asignados en el marco del Fondo Invest Unión Europea, en particular a través de la ventanilla para pequeñas y medianas empresas, que contribuirá de manera significativa a los objetivos del presente reglamento. El
programa propuesto agrupa actividades financiadas en el marco de cinco programas que le antecederán en el ámbito de la competitividad de las empresas: la protección de los consumidores, los clientes y usuarios finales de los servicios financieros,
la elaboración de la política sobre servicios financieros y la cadena alimentaria o financiadas anteriormente a través de varias líneas presupuestarias de la Comisión, todas ellas relacionadas con el mercado interior y la competitividad de las
pymes. Concretamente, las acciones de este programa complementarán los programas Aduana y Fiscalis, cuyo objetivo también es apoyar y mejorar el funcionamiento del mercado interior. El programa propuesto promueve sinergias y complementariedades en
las ayudas a las pymes y emprendimiento en el marco del Fondo Invest Unión Europea. Con este fin, además de los 1000 millones de euros destinados al tipo de ayudas consistentes en sus instrumentos no financieros para la competitividad de las pymes
en el marco de este programa, a través de la ventanilla para pymes Invest Unión Europea, se gestionará un instrumento de garantía con un presupuesto de 2000 millones de euros. Teniendo en cuenta que estas propuestas afectan a diversos Estados de la
Unión, nuestra opinión es que cumple plenamente el principio de subsidiariedad.


Muchas gracias, señora presidenta.


La señora SECRETARIA PRIMERA (Leyte Coello): ¿Algún grupo desea intervenir? (Denegaciones).


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO QUE COMPLEMENTA LA LEGISLACIÓN DE LA UE SOBRE HOMOLOGACIÓN DE TIPO POR LO QUE RESPECTA A LA RETIRADA DEL REINO UNIDO DE LA UNIÓN (TEXTO PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2018)
397 FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000205 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000210).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora SECRETARIA PRIMERA (Leyte Coello): Pasamos al punto 14: Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, que complementa la legislación de la UE sobre homologación de tipo por lo que respecto a la retirada del Reino
Unido de la Unión.


Tiene la palabra doña Soraya Rodríguez Ramos.


La señora RODRÍGUEZ RAMOS: Muchas gracias, presidenta.


Esta propuesta de modificación del Reglamento del Parlamento Europeo en relación a la homologación de tipo pone de forma muy clara la enorme complejidad que tiene la salida del Reino Unido de la Unión Europea. De no ser modificado el
acuerdo de retirada, como ustedes saben, el 30 de marzo de 2019 Reino Unido saldrá de la Unión Europea, será país tercero y la agencia de homologación de vehículos a motor y todos sus componentes existentes en Reino Unido dejará de ser una agencia
de homologación europea. Por lo tanto, todos los vehículos y el reglamento que afecta a vehículos de motor, las dos directivas que afectan a vehículos de dos y tres ruedas, a vehículos agrícolas y forestales, y a todos los componentes de los
mismos, ya no podrán ser aplicados en Reino Unido y todas aquellas industrias bien de automóviles o bien de componentes para automóviles de vehículos de motor que hayan obtenido su autorización en esta agencia de homologación de Reino Unido deberán
buscar una homologación en alguno de los países europeos a Veintisiete si quieren tener acceso libre al mercado comunitario. Como esta reglamentación es muy compleja, establecía, de no ser modificada, que ninguna empresa que haya pedido la
homologación en una agencia tipo europea de cualquiera de los Veintisiete puede cambiar de



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agencia y que solamente se puede pedir una nueva homologación en los vehículos cuando estamos hablando de productos nuevos, no ya de cualquier componente ya existente.


Por lo tanto, lo que hace este reglamento es modificar esta directiva para permitir que a partir del momento en el que sea aprobada la modificación de este reglamento, es decir, prácticamente en los siguientes meses, las empresas
automovilísticas que tengan libre acceso al mercado comunitario puedan solicitar una nueva homologación, no para productos nuevos, sino para ya existentes, en cualquier agencia de homologación de los veintisiete países miembros para que cuando se
produzca la salida del Reino Unido el 30 de marzo de 2019 ya tengan esta nueva homologación obtenida en cualquiera de los otros países miembros y no afecte este cambio al acceso de sus productos en el mercado comunitario.


Está claro que no es posible alcanzar este objetivo con cualquier legislación a nivel nacional, local o autonómico, tiene que ser una legislación comunitaria, por lo tanto, cumple perfectamente el principio de subsidiariedad. Además, quiero
señalarles que la empresa automovilística de automoción española tiene mucho interés en poder contar con una modificación de esta reglamentación para poder acceder de forma inmediata a una autorización rápida en cualquiera de las autoridades de
homologación tipo de cualquier país a Veintisiete. Por lo tanto, es conforme al principio de subsidiariedad y el informe va en este sentido.


Muchas gracias.


La señora SECRETARIA PRIMERA (Leyte Coello): Muchas gracias.


¿Algún grupo desea intervenir? (Denegaciones).


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE ESTABLECE UN PROGRAMA DE MEDIO AMBIENTE Y ACCIÓN POR EL CLIMA (LIFE) Y SE DEROGA EL REGLAMENTO (UE) NÚMERO 1293/2013 (TEXTO PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM
(2018) 385 FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000211 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000212).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora SECRETARIA PRIMERA (Leyte Coello): Pasamos al punto número 15, que es la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un programa de medioambiente y acción por el clima, y se deroga el
reglamento anterior.


Tiene la palabra doña Mercedes Mallol.


La señora MALLOL GIL: Muchas gracias, señora presidenta. Buenas tardes, señorías.


La política y la legislación de la Unión en materia de medioambiente, clima y energías limpias conexas han mejorado considerablemente el estado del medioambiente. No obstante, persisten importantes retos medioambientales y climáticos que si
continúan desatendidos, tendrán consecuencias negativas significativas para la Unión y el bienestar de sus ciudadanos.


El programa de medioambiente y acción por el clima Life, establecido por el Reglamento de la Unión Europea número 1293/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, correspondiente al periodo comprendido entre 2014 y 2020 es el último de una
serie de programas de la Unión Europea en el transcurso de los últimos veinticinco años que promueven la aplicación de la legislación y las prioridades políticas relacionadas con el medioambiente y el clima. Fue valorado positivamente en una
reciente evaluación intermedia, que consideró que va camino de ser eficaz, eficiente y pertinente. Por tanto, el Programa Life 2014-2020 debe continuar, pero con ciertas modificaciones señaladas en la evaluación intermedia y en posteriores
evaluaciones. De esta forma, se debe establecer un programa de medioambiente y acción por el clima Life para el periodo que comienza en 2021.


Con el nuevo marco financiero multianual 2021-2027, es necesario adoptar un nuevo reglamento Life, y este es el objetivo de la propuesta de la Comisión. Con el fin de alcanzar los objetivos y metas de la Unión establecidas por la
legislación, las políticas, los planes y los compromisos internacionales en materia de medioambiente, clima y energías limpias conexas, el programa contribuirá al cambio hacia una economía limpia, circular, energéticamente eficiente, hipocarbónica y
resistente al cambio climático, a la protección y a la mejora de la calidad del medioambiente y a frenar e invertir la pérdida de biodiversidad a través bien de intervenciones directa, bien del apoyo a la integración de dichos objetivos en otras
políticas. La mayoría de los problemas medioambientales son transfronterizos o transnacionales, y los Estados miembros no pueden resolverlos adecuadamente por sí solos. Es necesaria la intervención de la Unión Europea para establecer mecanismos
adecuados con los que abordar de manera eficaz dichos



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problemas y evitar errores de coordinación. Además, el patrimonio medioambiental es un bien público europeo cuya correcta gestión es básica para el adecuado funcionamiento del Mercado Único. (La señora presidenta ocupa la Presidencia).


El presente reglamento establece el Programa de medioambiente y acción por el clima. Esta propuesta fija los objetivos del programa. El presupuesto para el periodo 2021-2027, que será de 5450 millones de euros, fijará también las formas de
financiación de la Unión y las normas para la concesión de dicha financiación. La propuesta está en línea con el principio de subsidiariedad, recogido en el artículo 5.3 del Tratado de la Unión Europea.


En este caso, dado que los objetivos de esta propuesta van más allá del interés y beneficio exclusivo de uno o varios Estado miembros puesto que abarca el ámbito transfronterizo de la Unión, dado que sus objetivos no pueden ser alcanzados
por los Estado miembros de manera individual y además el objetivo de esta modificación va más allá del interés exclusivo de uno o varios Estado miembros, podemos concluir que esta propuesta cumple plenamente con el principio de subsidiariedad.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


¿Algún grupo desea intervenir en relación a la presentación de esta propuesta? (Denegaciones).


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE ESTABLECE ERASMUS, EL PROGRAMA DE LA UNIÓN PARA LA EDUCACIÓN, LA FORMACIÓN, LA JUVENTUD Y EL DEPORTE Y SE DEROGA EL REGLAMENTO (UE) NÚMERO 1288/2013 (TEXTO
PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2018) 367 FINAL/2]. (Número de expediente del Senado 574/000210 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000213).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Pasamos, finalmente, al debate de la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece Erasmus.


Se ha recibido informe del Gobierno. Tiene la palabra para presentarlo, don José Cano Fuster, del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


El señor CANO FUSTER: Muchas gracias, señora presidenta.


Si hay un programa que establece qué es la Unión Europea y que expresa que somos muchos países con ganas de crecer y de seguir unidos -sobre todo los jóvenes se identifican con él- es el Programa Erasmus. Así, la Comisión ya pone de relieve
el amplio consenso sobre la necesidad de intensificar los intercambios y la movilidad entre, otras cosas, mediante el Erasmus +, sustancialmente reforzado, inclusivo y ampliado, y hace hincapié en que el programa dota a los jóvenes de las
capacidades para el mercado laboral, mejora el entendimiento cultural y potencia el tejido social de la Unión.


La aspiración del propio programa va pareja con la pasión de la Comisión de trabajar en pos de un espacio europeo de educación para 2025. El objetivo es impulsar el Programa Erasmus que ha demostrado su eficacia en todas las categorías de
aprendientes, ya sean alumnos de educación superior, educación escolar, formación profesional o enseñanza de adultos, o bien personas que se benefician de un aprendizaje no formal o que emprenden actividades juveniles o de participación activa.


Aumentar la accesibilidad del programa a un mayor número de personas implicará incrementar su dotación financiera pero también y ante todo aplicar una combinación de medidas, normas y modalidades de participación que permitan hacer economías
de escala e introducir simplificaciones para aliviar la carga administrativa, de modo que se eliminen obstáculos a la movilidad y se favorezca la pertenencia, el atractivo y el carácter inclusivo del programa. El objetivo es triplicar el número de
participantes al tiempo que se introducen incentivos y medidas cualitativas que permitan llegar mejor a los aprendientes con menos oportunidades.


Por todo lo anteriormente expuesto, establecemos que cumple perfectamente con el principio de subsidiariedad.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.


¿Hay algún grupo parlamentario que quiera intervenir? (Denegaciones).


No habiendo ninguna intervención, pasamos ya a la votación de los informes que hemos debatido.



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- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO SOBRE EL REFUERZO DE LA SEGURIDAD DE LOS DOCUMENTOS DE IDENTIDAD DE LOS CIUDADANOS DE LA UNIÓN Y DE LOS DOCUMENTOS DE RESIDENCIA EXPEDIDOS A CIUDADANOS DE LA UNIÓN Y A LOS
MIEMBROS DE SUS FAMILIAS QUE EJERZAN SU DERECHO A LA LIBRE CIRCULACIÓN (TEXTO PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2018) 212 FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000164 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000166).
(Votación).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: En primer lugar, votamos la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el refuerzo de la seguridad de los documentos de identidad de los ciudadanos de la Unión y de los documentos de residencia
expedidos a ciudadanos de la Unión.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO (CE) NÚMERO 862/2007 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, SOBRE LAS ESTADÍSTICAS COMUNITARIAS EN EL ÁMBITO DE LA MIGRACIÓN Y LA PROTECCIÓN
INTERNACIONAL (TEXTO PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2018) 307 FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000167 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000169). (Votación).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Pasamos a la votación de la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se modifica el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las estadísticas comunitarias en el ámbito de
la migración y la protección internacional.


Efectuada la votación, quedó aprobada por unanimidad.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


- PROPUESTA DE DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVA A LA REDUCCIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL DE DETERMINADOS PRODUCTOS DE PLÁSTICO (TEXTO PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2018) 340 FINAL]. (Número de expediente del Senado
574/000173 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000175). (Votación).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Votamos la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la reducción del impacto ambiental de determinados productos de plástico.


Efectuada la votación, quedo aprobada por unanimidad.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVO AL FONDO EUROPEO DE ADAPTACIÓN A LA GLOBALIZACIÓN (FEAG) [COM (2018) 380 FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000183 y número de expediente del Congreso de los
Diputados 282/000185). (Votación).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



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- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVO AL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS (FSE+) [COM (2018) 382 FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000184 y número de expediente del Congreso de los Diputados
282/000186). (Votación).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Pasamos a la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Social Europeo.


Efectuada la votación, fue aprobada por unanimidad.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES COMUNES RELATIVAS AL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL, AL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS, AL FONDO DE COHESIÓN Y AL FONDO EUROPEO
MARÍTIMO Y DE PESCA, ASÍ COMO LAS NORMAS FINANCIERAS PARA DICHOS FONDOS Y PARA EL FONDO DE ASILO Y MIGRACIÓN, EL FONDO DE SEGURIDAD INTERIOR Y EL INSTRUMENTO DE GESTIÓN DE LAS FRONTERAS Y VISADOS [COM (2018) 375 FINAL]. (Número de expediente del
Senado 574/000190 y número de expediente del Congreso de los Diputados. 282/000190). (Votación).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Pasamos a la votación de la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo europeo de desarrollo regional, al Fondo social europeo
Plus, al Fondo de cohesión y al Fondo europeo marítimo y de pesca, así como las normas financieras para dichos fondos y para el Fondo de asilo y migración, el Fondo de seguridad interior y el instrumento de gestión de las fronteras y visados.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROGRAMA EUROPA DIGITAL PARA EL PERÍODO PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVO A LOS REQUISITOS MÍNIMOS PARA LA
REUTILIZACIÓN DEL AGUA (TEXTO PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2018) 337 FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000192 y número de expediente del Congreso de los Diputados. 282/000197). (Votación).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Votamos la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los requisitos mínimos para la reutilización del agua.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROGRAMA EUROPA DIGITAL PARA EL PERÍODO 2021-2027 [COM (2018) 434 FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000193 y número de expediente del
Congreso de los Diputados 282/000198). (Votación).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Votamos la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el programa Europa Digital para el período 2021-2027.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



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- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO SOBRE LAS ÓRDENES EUROPEAS DE ENTREGA Y CONSERVACIÓN DE PRUEBAS ELECTRÓNICAS A EFECTOS DE ENJUICIAMIENTO PENAL [COM (2018) 225 FINAL]. (Número de expediente del Senado
574/000191 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000199). (Votación).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: A continuación, vamos a votar la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las órdenes europeas de entrega y conservación de pruebas electrónicas a efectos de enjuiciamiento penal.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVO AL FONDO EUROPEO MARÍTIMO Y DE PESCA Y POR EL QUE SE DEROGA EL REGLAMENTO (UE) NÚMERO 508/2014 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO [COM (2018) 390 FINAL]. (Número de
expediente del Senado 574/000203 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000200). (Votación).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: A continuación, procedemos a la votación de la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo europeo marítimo y de pesca y por el que se deroga el Reglamento Europeo 508/2014.


Efectuada la votación, fue aprobada por unanimidad.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


- PROPUESTA DE DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO QUE ESTABLECE EL PROGRAMA ESPECÍFICO POR EL QUE SE EJECUTA EL PROGRAMA MARCO DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN 'HORIZONTE EUROPA' (TEXTO PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2018) 436
FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000206 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000202). (Votación).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Votamos la Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo, que establece el programa específico por el que se ejecuta el Programa marco de investigación e innovación Horizonte Europa.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROGRAMA DE JUSTICIA [COM (2018) 384 FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000201 y número de expediente del Congreso de los Diputados
282/000204). (Votación).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: A continuación, vamos a votar la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el programa de justicia.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; abstenciones, 6.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



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- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROGRAMA SOBRE EL MERCADO ÚNICO, LA COMPETITIVIDAD DE LAS EMPRESAS, INCLUIDAS LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, Y LAS ESTADÍSTICAS EUROPEAS, Y SE
DEROGAN LOS REGLAMENTOS (UE) NÚMERO 99/2013, (UE) NÚMERO 1287/2013, (UE) NÚMERO 254/2014, (UE) NÚMERO 258/2014, (UE) NÚMERO 652/2014 Y (UE) 2017/826 (TEXTO PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2018) 441 FINAL]. (Votación). (Número de expediente del
Senado 574/000208 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000208).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: A continuación, pasamos a proceder a la votación de la Propuesta de Reglamento del Parlamento y del Consejo, por el que se establece el programa sobre el mercado único, la competitividad de las empresas, incluidas las
pequeñas y medianas empresas, y las estadísticas europeas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO QUE COMPLEMENTA LA LEGISLACIÓN DE LA UE SOBRE HOMOLOGACIÓN DE TIPO POR LO QUE RESPECTA A LA RETIRADA DEL REINO UNIDO DE LA UNIÓN (TEXTO PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2018)
397 FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000205 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000210). (Votación).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Votación de la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, que complementa la legislación de la Unión Europea sobre homologación de tipo por lo que respecta a la retirada del Reino Unido de la Unión.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE ESTABLECE UN PROGRAMA DE MEDIO AMBIENTE Y ACCIÓN POR EL CLIMA (LIFE) Y SE DEROGA EL REGLAMENTO (UE) NÚMERO 1293/2013 (TEXTO PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM
(2018) 385 FINAL]. (Número de expediente del Senado 574/000211 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000212). (Votación).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: Pasamos a la votación de la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un programa de medio ambiente y acción por el clima.


Efectuada la votación, fue aprobado por unanimidad.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobado.


- PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO POR EL QUE SE ESTABLECE ERASMUS, EL PROGRAMA DE LA UNIÓN PARA LA EDUCACIÓN, LA FORMACIÓN, LA JUVENTUD Y EL DEPORTE Y SE DEROGA EL REGLAMENTO (UE) NÚMERO 1288/2013 (TEXTO
PERTINENTE A EFECTOS DEL EEE) [COM (2018) 367 FINAL/2]. (Número de expediente del Senado 574/000210 y número de expediente del Congreso de los Diputados 282/000213). (Votación).


AUTOR: COMISIÓN MIXTA PARA LA UNIÓN EUROPEA.


La señora PRESIDENTA: A continuación, votamos la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el programa Erasmus.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; abstenciones, 5.


La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.


Ya hemos terminado. Quiero desearles un buen verano, porque espero no verles en esta comisión hasta que pase. Que lo pasen bien y que descansen. Y muchas gracias por todo.


Se levanta la sesión.


Eran las diecisiete horas y treinta y cinco minutos.