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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 261, de 20/06/2017
cve: DSCD-12-CO-261 PDF



CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2017 XII LEGISLATURA Núm. 261

JUSTICIA

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª MARGARITA ROBLES FERNÁNDEZ

Sesión núm. 20

celebrada el martes,

20 de junio de 2017



ORDEN DEL DÍA:


Comparecencias. Por acuerdo de la Comisión de Justicia:


- Del señor Lara Hernández, presidente del Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia, para informar sobre temas relacionados con el estudio y definición de una estrategia nacional de justicia. (Número de expediente
219/000692) ... (Página2)


- De la señora Urrea Marsal, portavoz de la Unión Progresista de Letrados de la Administración de Justicia (UPSJ), para informar sobre temas relacionados con el estudio y definición de una estrategia nacional de justicia. (Número de
expediente 219/000693) ... (Página2)


- Del señor Maraver Sánchez, presidente de la Asociación Independiente de Letrados de la Administración de Justicia (AInLAJ), para informar sobre temas relacionados con el estudio y definición de una estrategia nacional de justicia. (Número
de expediente 219/000694) ... (Página2)


- De la señora Fernández González, portavoz del Sindicato de Letrados de la Administración de Justicia (SISEJ), para informar sobre temas relacionados con el estudio y definición de una estrategia nacional de justicia. (Número de expediente
219/000695) ... (Página2)



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Se abre la sesión a las diez de la mañana.


La señora PRESIDENTA: Buenos días.


Vamos a dar inicio a la sesión de la Comisión de Justicia de hoy; más exactamente es la subcomisión para el estudio y definición de una estrategia nacional de justicia.


Quiero dar especialmente las gracias a los representantes de los letrados de la Administración de Justicia que comparecen en el día de hoy. La subcomisión viene funcionando con el esfuerzo de todos los grupos parlamentarios. Estamos
avanzando y oyendo declaraciones muy interesantes. El mecanismo que se está siguiendo en esta subcomisión es siempre el mismo: cada compareciente tendrá quince minutos en una intervención inicial y les rogamos que sean muy estrictos con el tiempo;
a continuación, los portavoces de los distintos grupos parlamentarios tendrán un máximo de diez minutos y luego, cada uno de los comparecientes tendrá entre cinco o diez minutos para responder a aquellas cuestiones que planteen los distintos grupos
parlamentarios.


Quería presentarles, por el respeto y el cariño que tengo a los letrados de la Administración de Justicia y quería compartir con ustedes estos primeros minutos en la Comisión de Justicia. No podré continuar hasta el final por razones
internas pero, en cualquier caso, saben los letrados, con los que llevo muchos años trabajando, que siempre tendrán mi consideración y apoyo personal, y también el de todos los representantes de los grupos parlamentarios. Luego me sustituirá el
vicepresidente, don Pablo Matos. Les ruego que hagan esfuerzo en cuanto al tiempo.


Por tanto, vamos a empezar dando la palabra a don Rafael Lara Hernández, presidente del Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia.


Adelante.


El señor LARA HERNÁNDEZ (Presidente del Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia): Muchas gracias, señora presidenta. Buenos días a todos.


Por supuesto, de parte del Colegio, y entiendo que de todas las organizaciones de letrados de Justicia, les agradezco su invitación para comparecer ante esta subcomisión, cuya finalidad es precisamente elaborar las bases para una estrategia
nacional de modernización de la Administración de Justicia. Esta estrategia nacional tiene que tener -así lo entendemos- una visión muy concreta, que no es otra que la de conseguir para nuestro país una justicia moderna y eficaz, del siglo XXI y,
por supuesto, de calidad y al servicio del ciudadano, manejando los medios de los que se dispone y manejando los tiempos de la mejor manera posible. Evidentemente, la justicia es un servicio público, eso no lo discute nadie. Esta concepción de
servicio público que superó la inicial consideración de poder, del Poder Judicial, ya quedó plasmada en el pacto de Estado de 2001 que entendemos que todavía permanece con vigencia suficiente para poder ser atendidas las determinaciones de este
pacto. Pero, evidentemente, a través de la pretensión de elaborar una nueva estrategia nacional se pueden introducir -garantizando aquello que en el pacto se hizo y se hizo bien- las nuevas sensibilidades, las nuevas concepciones y las nuevas ideas
que desde los grupos parlamentarios, y a través de ellos de la propia sociedad, tengan por conveniente. Como servicio público que es, la justicia debe estar orientada a las personas, a los ciudadanos y debe ser un servicio de carácter eficiente,
eficaz y de calidad; no otra cosa debe ser nuestro objetivo. Además, debe ser un servicio que esté dotado de transparencia y orientado también a atender a las personas más vulnerables de la sociedad.


Como servicio público que es, es un servicio de carácter esencial que exige las inversiones económicas suficientes para garantizar el desarrollo de su actividad. En este sentido, entendemos que, dada la implicación de diversas
administraciones en este ámbito, debería establecerse un plan nacional de inversiones que garantizara la optimización del dinero que se aplica a la justicia y de las medidas que se quieren implantar para evitar la multiplicidad de gastos muchas
veces con una misma finalidad. La justicia debe ser también próxima a la ciudadanía. Esta proximidad a la ciudadanía que tradicionalmente se entendió como una proximidad territorial, pensamos que está en cierta medida superada; ya se hizo en los
años ochenta cuando se constituyeron los juzgados provinciales de lo Penal, de lo Contencioso o de lo Social. Actualmente, como servicio público que debe atender a la sociedad y dado que nuestra sociedad es eminentemente tecnológica, de la
información tecnológica, esta proximidad debería encauzarse a través de la proximidad tecnológica, superando la brecha digital que separa a la justicia del entramado social. Pero la justicia tampoco deja de ser un servicio público que atiende un
poder del Estado, a diferencia de otros servicios públicos, como la sanidad o la educación, que no atienden poderes del Estado. Esta concepción también tiene que tener su influencia en la estructura judicial, principalmente



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cuando hablamos de que el poder es único y, por tanto, el servicio que se atiende, si no único, por lo menos debe ser un servicio público homogéneo. Entendemos que esta concepción constituye un verdadero derecho del ciudadano,
independientemente de donde haya nacido o de donde resida, es decir, recibir un servicio público de calidad y de características homogéneas. Las transferencias son un hecho, es evidente; un hecho constitucional y un hecho que ha traído importantes
ventajas a la estructura de nuestro Estado, pero también es cierto que, al menos en la Administración de Justicia y muy en concreto en cuestiones tecnológicas, ha significado una dispersión de fuerzas que ha llevado, en cierto punto, a una relativa
ineficacia de las aplicaciones informáticas.


Paso por encima esta concepción única del Poder Judicial y, como característica de ser un poder del Estado, la necesidad de garantizar la independencia judicial, desde el órgano de Gobierno del Poder Judicial en su sistema de elección hasta
el último juez o magistrado a la hora de dictar sentencia. Solo de esta manera, si garantizamos la independencia del Poder Judicial, podemos establecer verdaderos mecanismos de lucha contra la corrupción a través de la Administración de Justicia en
un entorno global de asedio del hecho corrupto, con medidas tanto de carácter político como judicial que se pueden comentar como social, mediante la protección del denunciante de la corrupción y mediante la protección también del testigo que quiera
participar en los procesos de este tipo.


Pero vayamos a lo concreto antes de que se me agote el tiempo. El Colegio entiende que hay cuatro aspectos básicos en los que se deben establecer estrategias comunes: el ámbito procesal, el ámbito organizativo, el ámbito tecnológico y el
factor humano. En cuanto al ámbito procesal, ya en el año 2009 se reformaron las leyes procesales y se estableció lo que nosotros llamamos un proceso competencialmente distribuido entre jueces y magistrados y letrados de la Administración de
Justicia. Este proceso de distribución competencial no es más que la aplicación a la justicia de los procesos de gestión de las grandes organizaciones, la llamada gestión por competencias, es decir, aquél ha de hacer aquello para lo que está
capacitado. Así se entendió por las Cortes y dictaron unas leyes de reforma procesal que nos otorgaron una serie de competencias de calado en materia procesal que han llevado a la actualidad. Conforme a los datos que tenemos en el Colegio
recabados y que emitimos en un informe, que ponemos a disposición de todos ustedes, del letrado judicial en cifras, se han dictado en el pasado año un millón y medio de decretos definitivos, más que el número de sentencias que se han dictado y más
también en el ámbito civil que el número de sentencias y autos definitivos juntos. Hemos dictado dos millones y medio de decretos de incoación de la demanda, acordamos seis millones de actos de comunicación; es decir, son unas cifras realmente
llamativas. Por eso, desde nuestra posición, entendemos que hay que garantizar esta distribución competencial en la propia ley, evitando que todas las reformas procesales que se adopten de cara al futuro rompan la distribución de competencias de
las que ya se dotó nuestro ordenamiento jurídico y que, además, están plasmadas y avaladas por el último informe de la Cepej, la Comisión europea para la eficacia de los sistemas judiciales, del año 2016.


En este sentido, creemos que también es básico y fundamental garantizar en la ley la autonomía profesional del letrado de la Administración de Justicia para poder servir realmente a la función de autonomía procesal que está determinada en la
ley, pero parece ser que no está suficientemente determinada de manera clara, sobre todo cuando se une a la jerarquía que no afecta a lo procesal, afecta solo a lo directivo. Nos hemos encontrado con alguna sentencia del Tribunal de Justicia de la
Unión Europea que, contrariamente al criterio de la abogacía general del tribunal, ha entendido lo contrario. Por tanto, garantizar en la ley la distribución competencial y la autonomía en lo procesal. Como horizonte de cualquier medida de reforma
de las leyes procesales, consideramos que debe tomarse en consideración nuestra concepción constitucional orgánica de que el proceso debe ser predominantemente oral. Cuando hemos dado el paso a la oralidad en las reformas procesales ha sido un
completo éxito. La oralidad permite agilizar la tramitación, evita trámites intermedios innecesarios y asegura la inmediación en la prestación del servicio y, por tanto, la proximidad directa al justiciable. Este debe ser uno de los objetivos
básicos.


También tengo que hablar de la mediación. La mediación se nos encomendó por la última reforma de la Ley de Orgánica del Poder Judicial. Se nos había atribuido la conciliación previamente, en la reforma procesal del año 2009. Podemos decir
que actualmente solucionamos, mediante acto de conciliación que celebran los letrados de justicia, un 46 % de los procesos que entran en los juzgados de lo Social. Por tanto, es un elemento de mucho valor que debe incluirse en las nuevas reformas
procesales. La semana pasada o la anterior el Tribunal de Justicia la Unión Europea dictó una sentencia por la que interpretó también la directiva de mediación dictada por la Unión y entendió que era factible, que no era contra al



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derecho europeo, establecer mecanismos previos obligatorios de mediación antes de acudir a la vía contenciosa. Creemos que es una propuesta muy válida y que debería tomarse en consideración la generación de servicios comunes de mediación
dirigidos por nosotros, en donde podríamos -entendemos en todos los ámbitos- solucionar un importante porcentaje de litigios antes de que acudiesen al juicio y a la sentencia.


Quisiera hacer también mención a la ejecución, que ha sido tradicionalmente la cenicienta de nuestros juzgados. De hecho, la estadística del consejo le dedica un análisis de datos ínfimo; no le presta gran atención. En 2009 se nos
encomendó prácticamente la ejecución de sentencias y, a día de hoy podemos decir que, en una evolución progresiva, el pasado año ejecutamos 400 000 más de las que fueron registradas el mismo año. Cada año se reduce la pendencia en ejecución.
Actualmente hay 2 455 017 ejecuciones pendientes. Si seguimos con este ritmo de 400 000 al año, creemos que podemos llegar en poco tiempo a tocar el suelo estructural que tiene la ejecución en nuestro país, sin necesidad de dispersar las
competencias en materia de ejecución a otros colectivos más que en aquello que no afecte al elemento decisorio en materia de ejecución. Así lo han dicho también el Consejo General del Poder Judicial en un uniforme del año 2014 y el Tribunal
Constitucional en diversas sentencias de los años 2013 y 2014. La ejecución debe estar regida por los principios de independencia e imparcialidad, y encomendada a un organismo de carácter público. En materia de Ley de Enjuiciamiento Criminal, es
la única ley que no se reformó en 2009. Hay una conciencia social de que debe reformarse el proceso penal español. Solamente como introducción diré que si queremos atribuir la instrucción al ministerio fiscal, también creemos desde el Colegio
nacional que es necesario reduplicar la autonomía del ministerio fiscal para poder llevar adelante esta función y, por qué no también, en cierta medida tocar la forma de designación o de control de la Fiscalía General del Estado.


El segundo elemento sería el elemento organizativo. ¿Qué decir de la nueva Oficina Judicial? Para nosotros es un auténtico éxito. Después de los primeros pasos titubeantes propios de un cambio de estructura tan profundo, los números de
los que disponemos y que pondremos a su disposición arrojan ahora unos resultados de excelencia, es decir, se resuelve mucho más de lo que entra y se tramita con muchísima más agilidad. Si hay colegiación en la Oficina Judicial, debe haber
colegiación en el elemento jurisdicente, en los jueces y magistrados. Por tanto, somos favorables a los tribunales de instancia o al tribunal que colegie los esfuerzos judiciales de una o de otra manera. Si queremos, como hemos propuesto,
introducir mediación previa; si queremos que el Registro Civil esté en sede de Administración de Justicia y a cargo de los letrados de justicia; si queremos potenciar los procesos ejecutivos y sumarios como el monitorio y generar incluso
monitorios de carácter electrónico -pensemos que el monitorio es un 50 % de la carga de trabajo de los juzgados de Primera Instancia-, tenemos que cambiar un poco la concepción. El ciudadano cuando acude a los juzgados no debe hacerlo única y
exclusivamente para demandar una solución contenciosa mediante una sentencia. Creo que debemos ofrecer al ciudadano todas estas alternativas, en la medida en que se introduzcan dentro del ámbito de lo público, de la Administración de Justicia, y
cambiar la concepción de palacios de justicia a casas de la justicia, como ya existen en algunos países iberoamericanos. Y que ahí, mediante una comparecencia oral, como dicho antes, se pueda encauzar la demanda de mediación del ciudadano ante
procesos sumarios, ejecutivos o monitorios, o preparar la fase inicial de alegaciones para que el juez tome conocimiento directo en el acto de juicio y dicte la sentencia. Creo que estas medidas agilizarían enormemente el proceso judicial español.


En lo terminológico no tengo más que coincidir con todas las declaraciones públicas. Necesitamos una única aplicación; una aplicación que sea interoperable, pero no ya interoperable entre sí, porque será la única, sino interoperable con el
resto de aplicaciones informáticas de aquellos organismos con los que nos tenemos que relacionar. Necesitamos que sea una aplicación integral que nos preste todos los servicios tecnológicos necesarios para el proceso y no como ahora, que tenemos
diversas aplicaciones en las que hay que entrar y salir para poder avanzar en el proceso. Necesitamos que sea una aplicación que sirva a la función y no al contrario, que la función de los juzgados se adapte al entorno informático. Por tanto,
proponemos que se dicte un código procesal electrónico que introduzca todos estos criterios y establezca toda aquella normativa que nos lleve realmente a un proceso digital y no solamente a un proceso, como el que tenemos ahora, digitalizado.


Por último, el factor humano; el factor humano y el talento en un proceso competencialmente distribuido, como hemos dicho; el letrado de la Administración de Justicia como elemento decisor y sobre la base del principio de especialidad en
el diseño procesal que tiene todo Estado. Este elemento decisor ha sido reconocido por la Comisión Europea, por la Cepej, para la armonización de los sistemas judiciales.



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Somos un 28 % menos de efectivos que los jueces, pero el trabajo que desarrollamos es el 70 % de la carga de trabajo de los juzgados. La propia Cepej ha dicho que, efectivamente, faltan jueces en España: hay la mitad de la media europea.
Pero la propia Cepej ha dicho que, como pasa en Alemania con los Rechtsgelehrte, en España hay que sumar los efectivos de letrados de la Administración de Justicia porque somos elemento decisor dentro del proceso. Aun con esta suma, no alcanzamos
la media europea. Con esta consideración y teniendo en cuenta además que, a diferencia de otras administraciones, debe haber un letrado de Justicia en cada unidad judicial y que, por tanto, no se pueden amortizar estas plazas, la oferta de empleo
público debe ser una oferta de carácter especial para nuestro colectivo, que evite que en la actualidad haya quinientas plazas no cubiertas por titulares. Deben, por tanto, hacerse esfuerzos en este sentido.


Termino enseguida. Somos motor de servicio público, motor económico porque generamos con nuestro trabajo hasta 120 000 euros al año y, por tanto, en una elemental gestión de recursos humanos, hay que adoptar medidas de incentivo
profesional. Hay que asegurar la profesionalización, hay que asegurar la carrera profesional, pero no solo de nosotros, sino también de los jueces y del resto de funcionarios, pero yo hablo por nosotros. Estos incentivos de carácter profesional
deben alcanzar las retribuciones. Ha habido una pérdida de poder adquisitivo inmensa. Como ejemplo, puedo decir que un letrado de Justicia, de entrada, tiene un salario neto de 1500 euros, a pesar de todas las responsabilidades que está asumiendo.
Hay que hacer adaptaciones estatutarias, fomentar la especialización, mejorar la formación, profesionalizar el servicio evitando la sustitución interina pero siempre analizando las cargas de trabajo para no ahogar al profesional y retribuyéndolas
adecuadamente. Hay que adoptar medidas de conciliación de la vida laboral y familiar que, si tienen a bien, podemos comentar. Y por supuesto, creemos que como directivos públicos que somos y en la consideración que se nos da así en la normativa
vigente, debe dictarse un estatuto a este respecto que asegure también nuestro derecho de representación colectiva. Somos un cuerpo superior jurídico de carácter nacional, dependiente del Ministerio de Justicia y no de otro, fedatario directivo
público y al servicio de los ciudadanos. Somos un valor que queremos seguir desarrollando.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, don Rafael Lara, por el esfuerzo de síntesis que ha hecho. A continuación, va a tomar la palabra doña Lidia Urrea Marsal, por la Unión Progresista de Letrados de la Administración de Justicia. Reitero
mis disculpas por tener que ausentarme; saben que estaría encantada de seguir con ustedes pero les dejo en buenas manos, en manos del vicepresidente. Luego leeremos muy atentamente toda su intervención para elaborar las conclusiones. Gracias y
perdonen. (El señor vicepresidente, Matos Mascareño, ocupa la Presidencia).


La señora URREA MARSAL (Portavoz de la Unión Progresista de Letrados de la Administración de Justicia, UPSJ): Buenos días a todos.


Aunque sea recurrente y repetitivo, iniciaré esta intervención agradeciendo, en nombre de UPSJ, la ocasión que nos brindan para hablar de la justicia. Somos un colectivo obviado y por esta circunstancia estamos doblemente agradecidos.
Reitero y hago mías las palabras de mi compañero en cuanto al pacto de Estado firmado en 2001 y la Carta de derechos de los ciudadanos ante la Justicia de 2002, así como que quizás fue la falta de previsión presupuestaria lo que hizo fracasar este
intento. Entendemos, por tanto, que era un pacto muy válido y que debería influir en un posible pacto posterior que podamos acordar.


Paso a dividir la intervención en los cuatro puntos que me solicitaron en la convocatoria. En primer lugar, en cuanto al fortalecimiento de la independencia judicial, nuestra asociación propone una solución novedosa como sería la creación
de una comisión de nombramientos de libre designación que afectara subjetivamente no solo a la carrera judicial sino también a la fiscal y a la nuestra propia. Todos participamos en esta tarea y, por tanto, todos debemos participar en la toma de
estas decisiones. Una cuestión que debería abordar con urgencia esta Comisión sería la definición de un sistema de elección de cargos de libre designación que fuera objetivo y único para todos estos supuestos. Sin embargo, opinando sobre la
situación actual, en cuanto al sistema de elección del Consejo General del Poder Judicial, nuestra asociación considera que actualmente la designación es teóricamente muy correcta; que sea en sede parlamentaria y que sea un órgano en el cual
participen diferentes colectivos nos parece que asegura su pluralidad y diluye el corporativismo inherente a otra forma de designación. Sin embargo, consideramos que podría mejorarse obligando a los vocales a comparecer ante las Cámaras, ante el
Parlamento, si



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fueran requeridos para ello y no solamente al presidente, ya que son los vocales los que escogen al presidente y no a la inversa. En este mismo campo y en coherencia con esta idea, entendemos que el nombramiento del fiscal general del
Estado y de los altos cargos del ministerio fiscal debería partir y vincularse al Consejo Fiscal, ya que, además de tener una composición profesional, también las fuerzas políticas nombran a algunos de sus miembros. Sin embargo, consideramos
oportuno que el mandato del fiscal general no esté ligado al mandato del Gobierno y que el cese del mismo, así como de los otros cargos superiores, obedezca a causas tasadas, revisadas y avaladas por el Consejo Fiscal.


Dentro de este apartado, quiero también hablarles de nuestro Consejo del Secretariado, regulado en el artículo 22 de nuestro reglamento. Se trata de un órgano consultivo en parte compuesto por miembros de elección democrática por y entre
los letrados de la Administración de Justicia. Es un órgano por el cual pasan los nombramientos de los cargos electivos de nuestra carrera y especial importancia tienen el nombramiento del secretario de Gobierno de la Audiencia Nacional y del
Tribunal Supremo. Pues bien, este consejo actualmente está regulado de forma opaca y no tenemos acceso a conocer los debates que se producen en el mismo. Solamente se nos deja informar de los candidatos que han pasado previamente con el
beneplácito del ministerio y ni siquiera conocemos el número de los candidatos a los puestos que informamos. Entendemos que debería modificarse esta forma de funcionamiento y pasar a un funcionamiento más transparente que nos garantice que los
altos cargos de nuestra carrera cumplen con los principios de mérito y capacidad que exige la Constitución española.


En un segundo apartado abordaré el tema de la modernización de la justicia. El modelo organizativo que proponemos y en el que creemos ciegamente es la implantación de la Oficina Judicial en la nueva forma con todos los servicios: UPAD,
SCOP, servicio común general y servicios comunes de ejecución. Después de su implantación, como ha dicho el compañero, solo cabe que reciba halagos esta forma de organización. Sin embargo, después del tiempo transcurrido desde su creación,
detectamos algunas disfunciones que necesitan ser revisadas. En un primer momento entendemos que deberían estudiarse las relaciones de puestos de trabajo y las cargas concretas que pesan sobre cada uno de los servicios que componen esta oficina,
pues algunos están sobredimensionados -generalmente se trata de la UPAD, donde el letrado tiene pocas funciones procesales y organizativas-, mientras que el resto de servicios -SCOP y servicio común de ejecución- están infradotados, cuando es el
SCOP el que atiende la labor de los jueces y desde el servicio común de ejecución se ejecutan las sentencias judiciales y, por tanto, se acaba de completar el derecho a la tutela efectiva que reconoce la Constitución. En segundo lugar, existe una
disfunción por lo que debe promoverse una mayor coordinación entre administraciones, puesto que muchas veces el Poder Judicial crea plazas de juez mientras que el ministerio no crea paralelamente plazas proporcionales de letrados o de funcionarios
que puedan atender a las tareas de este juez nombrado por el Poder Judicial. Dentro de esta organización en la que estaría la Oficina Judicial y por ser lo más afín a ella, entendemos y apoyamos también la creación de los tribunales de instancia.
Dada la realidad actual, entendemos también que los juzgados de Paz deberían ser redistribuidos, porque muchos de sus efectivos -pequeñas plantillas de dos o tres funcionarios- serían más eficientes si fueran reasignados a los servicios comunes.


Un problema que se plantea en la implantación de este modelo de Oficina Judicial es la diversidad dentro del panorama nacional. Así, nos encontramos con que actualmente en España hay dos niveles de prestación de un servicio público esencial
como es la justicia: uno de mayor calidad y celeridad, donde está implantada la Oficina Judicial, y otro en el cual perviven la estructura y los servicios trasnochados de la Secretaría Judicial. Está claro que este mapa quiebra el principio
constitucional de igualdad y, además, impide el aprovechamiento integral de cualquier inversión tecnológica, porque estamos invirtiendo recursos económicos en modelos organizativos obsoletos. Este principio también es aplicable a los medios
materiales a los cuales cada comunidad autónoma destina recursos muy desiguales. La Comunidad de Madrid es un claro ejemplo. Siendo la capital del país, dispone de menos y peores medios materiales que otras provincias periféricas de menor peso en
la justicia. La justicia es un servicio público y ha de garantizarse el mismo nivel de servicio a cualquier ciudadano. Básico nos parece dentro de los medios materiales contar con un sistema de gestión común en todo el territorio nacional,
acabando con los problemas de interoperatividad que ralentizan la modernización de la justicia.


En cuanto al modelo de investigación penal, aunque apoyamos la atribución de la investigación de las causas penales al ministerio fiscal, la coyuntura económica nos hace ser cautos y entendemos que esta reforma quizá debería quedar en la
carpeta del futuro inmediato, cuando pueda aplicarse con mejores garantías. Haciendo un pequeño inciso en la jurisdicción penal, entendemos que el artículo 324 de la Ley



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de Enjuiciamiento Criminal, que limita el tiempo de instrucción de las causas, actualmente plantea más problemas que beneficios, puesto que en muchos juzgados no se dispone de los medios materiales para hacer efectiva la instrucción en ese
plazo marcado de seis meses. En el mejor de los supuestos y en juzgados que funcionan correctamente, este plazo en la práctica se queda materialmente más corto, puesto que coincide con periodos de inevitable menor actividad judicial, como puede ser
el periodo vacacional, quedándose reducido a cinco meses o menos.


También dentro del proceso penal es necesaria una actualización de la fase de ejecución, la cual está regulada muy fragmentariamente en dieciséis artículos dispersos en el ordenamiento jurídico. Es necesario regular con garantías figuras o
instituciones tan importantes como las liquidaciones de condena, la ejecución de penas accesorias, la intervención de la víctima, etcétera. También en el ámbito penal nos preocupa y nos mostramos contrarios a la última interpretación del artículo
203.1 de la ley orgánica manifestada por el fiscal general en su reciente instrucción 3/2017, excluyendo de su ámbito las diligencias sumariales, que entiende que deberían ser transcritas a soporte papel. Después del acuerdo del Consejo General del
Poder Judicial recientemente tomado sobre este tema, entendemos que las declaraciones videográficas íntegras y auténticas tienen también valor de documento original, sin ninguna excepción. Si al ministerio fiscal le interesa algún tipo de
transcripción, dispone de sus medios materiales y recursos humanos en las fiscalías para realizarla, sin que ello deba realizarse en sede judicial y dilatar de esta forma el procedimiento.


Para agilizar también la justicia, apostamos por avanzar en las soluciones alternativas a la resolución judicial del conflicto, como es la mediación intrajudicial a cargo de los letrados de la Administración de Justicia, puesto que ello
incrementa la tasa de resolución y reduce el tiempo de tramitación de las demandas. Específicamente en el campo laboral, proponemos la reforma del artículo 82.1 y 82.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, que permitiría que el acto de
conciliación ante el letrado se pudiera realizar en un tiempo avanzado al señalado para la vista, evitando dilatar el procedimiento si se llegase a la mediación o a la conciliación. Con el mismo objetivo de agilización, entendemos que hay que
reforzar también las soluciones alternativas extrajudiciales como la mediación. Muchas demandas llegan a los juzgados cuando realmente no hay un conflicto jurídico latente en las mismas. Aterrador es el panorama actual ante las demandas previstas
-más de 100 000- que los juzgados de España esperan recibir sobre las llamadas cláusulas suelo. Es ahora cuando más valoramos y reclamamos el recurso a la solución extrajudicial del conflicto. No podemos ser más pesimistas sobre este tema, ya que
entendemos que el actual sistema judicial es incapaz de absorber esa cantidad de demandas, ni por casualidad puede absorberlas con la actual solución impuesta por el acuerdo de 25 de mayo del Consejo General del Poder Judicial. Es urgente actuar
sobre el tema. Entendemos que lo más conveniente y efectivo sería una decisión política al respecto que acabase con el conflicto. Sin embargo, subsidiariamente entendemos que debería obligarse a las partes a acudir a opciones extrajudiciales como
la mediación para filtrar el acceso a la justicia de la mayoría de estas demandas que no plantean problemas de carácter jurídico. La falta de recursos y de previsión es total en este momento: hay que decir que hay juzgados bis que no tienen sede,
que en algunas comunidades autónomas no se ha adaptado el sistema de gestión para turnar asuntos a los nuevos juzgados, no se ha dotado de letrados de refuerzo sustitutos a tiempo total, los juzgados han iniciado su marcha sin la cuenta de
consignaciones diferenciada y el ministerio se muestra inoperativo para facilitar los medios materiales a los juzgados afectados con un volumen de demandas que, como decía, es aterrador tras poco más de quince días de funcionamiento. Así, desde el
día 1 de junio hay que saber que en Barcelona han entrado 457 demandas; en Madrid superan las 1100; en Valencia 360; en Zaragoza 272. Parece que el Ejecutivo desconoce que hay artículos tan básicos como el 404 y 414 de la Ley de Enjuiciamiento
Civil que regulan que es el letrado el primero que va a tomar en consideración las demandas que entren, que debe admitir la demanda y que, después, convoca a las partes a la audiencia. Aún así, siguen sin nombrarse letrados a tiempo total, mientras
que en los juzgados bises sí disponen de juez de refuerzo. Por tanto, entendemos que este acuerdo debería ser anulado lo más rápidamente posible y, en su caso, también suspendido cautelarmente, tal como ha solicitado el Consejo General de la
Abogacía, cuyo recurso contra el referido acuerdo suscribimos.


Acabamos este apartado presentando uno de los problemas más importantes que padece la ejecución civil. Se trata de la cesión de los créditos de la banca hacia los llamados fondos buitre y la cadena perpetua a que se condena a los
ejecutados, que supone una carga importante dentro de la ejecución civil, que deberíamos solucionar para descargar algunos asuntos de este tipo. La mayor parte de los ejecutados son personas de pequeños ingresos, a los cuales retenemos cantidades
insignificantes vista



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la cantidad global que se les reclama, sobre todo en los casos de ejecuciones hipotecarias que continúan posteriormente como ejecución ordinaria. Por otro lado, el sistema jurídico sí que permite la cesión sucesiva ininterrumpida de estos
créditos a favor de fondos internacionales de muy diferente nacionalidad, sin que exista una regulación clara que permita ni al ejecutado ni al propio órgano judicial conocer el importe de la cesión de este crédito, que previsiblemente es muy
inferior a la deuda judicial, ya que las cesiones se practican en bloque hacia estos llamados fondos buitre. El resultado actual de estas dos variables es la indefensión actual de la mayoría de los ejecutados. Al respecto, proponemos que deberían
establecerse normas de control para conocer el importe de la cesión del crédito para que el ejecutado no deba pagar una deuda superior a aquella que se le reclama, teniendo en cuenta el importe de la venta de este crédito; y, en segundo lugar,
fijar un plazo máximo para estas ejecuciones, para que dejen de ser una cadena perpetua para aquellos que por la insignificancia de sus ingresos nunca podrán hacer frente a la deuda reclamada.


Entro en el tema de la justicia como servicio público. En primer lugar, respecto a las tasas, entendemos que solo deben reclamarse a las personas jurídicas, grandes empresas, quedando exentas de la misma tanto la persona física como las
pequeñas y medianas empresas. En cuanto al Registro Civil como servicio público esencial, UPSJ lucha desde hace años para disponer de un Registro Civil moderno y cercano, y entendemos que la Ley 20/2011 conseguía estos objetivos. Debe respetarse
su organización y los medios de los que se dotaba a la misma. Igualmente, reclamamos que se atribuya definitivamente la llevanza de este servicio al letrado de la Administración de Justicia, por nuestra experiencia y preparación. Exigimos también
que, por el principio de justicia e igualdad, se nos retribuya con la misma retribución que tiene el encargado, puesto que pasaremos a realizar exactamente sus mismas funciones. En último lugar, queremos dejar constancia de nuestro rechazo a
cualquier intento de privatización de una parte del servicio público de la justicia, como es la ejecución, idea que choca fundamentalmente con la eficacia demostrada por el cuerpo de letrados de la Administración de Justicia y que persigue el único
objetivo de complacer a otros colectivos.


Según un estudio elaborado por nuestra asociación sobre la evolución de las ejecuciones en los cuatro órdenes jurisdiccionales, durante el periodo 2013-2016, basado en datos oficiales de la página web, en todos los órdenes jurisdiccionales
se ha incrementado la tasa de resolución de los asuntos, mientras que ha bajado el número de asuntos ingresados; especialmente significativo es el incremento del 30 % de resolución de ejecuciones civiles. En otros aspectos, los letrados hemos
enviado hasta mayo de 2017 dos millones de órdenes telemáticas de embargo, recuperándose para los ciudadanos 900 000 millones de euros. Hemos gestionado treinta mil subastas electrónicas y también llevamos sin problemas una cuenta de depósitos y
consignaciones de un volumen global general de 4100 millones de euros. Entendemos, por tanto, que continuamos dirigiendo con eficacia, eficiencia y profesionalidad la ejecución y no entendemos que puedan basarse en otras acusaciones para cualquier
intento de privatización.


En cuanto al último punto, referente a la justicia de calidad y profesional, nos centraremos en nuestro colectivo. Si queremos conseguir un colectivo de letrados profesional y de calidad que después revierta en una mayor calidad y
profesionalidad de la justicia, debemos tomar en valor nuestra figura. Sabemos que tenemos funciones de fe pública, también de dirección procesal y que incluso podrían desarrollarse más en jurisdicciones especiales, reivindicamos que se nos
reconozca también una función judicial, como concluyó el abogado general del Estado en la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo 503/2015. Pero, junto a estas funciones, el letrado tiene funciones gerenciales, perfil gerencial, que puede
utilizar el Ministerio de Justicia para optimizar los recursos que, por definición, son siempre insuficientes. Con estos recursos proponemos cambiar la cultura corporativa del cuerpo y de la Administración de Justicia, implementar principios
nuevos, como es la orientación de la tarea al ciudadano y el compromiso personal con el trabajo. Sin embargo, para ello, el ministerio necesita contar con un letrado en la Administración de Justicia preparado y motivado, preparación que no tendría
ningún inconveniente contando con el Centro de Estudios Jurídicos, un centro excelente en el cual nos podrían preparar para la formación de habilidades directivas. Sin embargo, el perfil motivado que necesita la justicia topa con un panorama
desalentador, a la vista de nuestra actual regulación orgánica y nuestro sistema retributivo. Hay una sensación de desánimo en nuestro colectivo, como demuestra la falta o preocupante escasez de solicitudes para acceder a puestos de
responsabilidad, como coordinadores provinciales o directores de servicios.


Hay varios temas a solucionar para conseguir nuestra motivación. Primero, que seamos oídos a través de las asociaciones en cualquier decisión que nos afecte, incluso aquellas coyunturales. No es de recibo que el último acuerdo del consejo
general de 25 de mayo haya sido conocido por los afectados a través



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del Boletín Oficial del Estado; y tampoco que las propuestas de reforma que lanza el ministerio contra la Ley de Registro Civil de 2011 pasen por las manos sindicales sin nuestro conocimiento, como pasó el último mes de febrero, y parece
que se está cociendo, según hemos tenido conocimiento a través de las redes sociales. Por eso, reiteradamente solicitamos un sistema de negociación colectivo propio, independiente de sindicados generalistas. Sepan ustedes que la mitad de nuestro
colectivo actualmente no tiene representantes sindicales, puesto que en el último procedimiento electoral sindical fuimos excluidos de los censos, bien de oficio por las comunidades autónomas o por sentencias judiciales promovidas por nosotros
mismos. Es un problema a solucionar.


El segundo problema sería el de la retribución. Es de sentido común que cualquier trabajador, para sentirse parte de un sistema y motivado para mejorarlo, ha de sentirse retribuido de acuerdo con su responsabilidad y sus funciones.
Nuestras funciones han ido incrementándose paulatinamente desde el año 2009 con reformas en la Ley de Enjuiciamiento Civil y en la Ley de Jurisdicción Voluntaria y con nuevas competencias dentro del proceso de familia, y, sin embargo, no se ha
reconocido este incremento en el sistema retributivo. Por ello, necesitamos de manera imprescindible y urgente una adecuación salarial. Somos un cuerpo con mucha responsabilidad y percibimos el menor sueldo del grupo A, y eso tiene que cambiar
para conseguir una motivación en un técnico esencial para el cambio de la justicia. Es sangrante la situación de los compañeros de la tercera que con pocos medios deben asumir instrucciones, causas de violencia civil, etcétera, por nóminas, como ha
dicho el compañero, mileuristas. Los años de lucha ininterrumpida de esta reclamación sin conseguir nada a cambio, antes al contrario, recortes de nómina, pérdida de poder adquisitivo, han provocado el desaliento y la sensación de abandono en el
colectivo, cuando, en palabras del ministro, deberíamos ser, y somos, la piedra angular del sistema. Si queremos una justicia profesional y eficiente hay que empezar por gestionar mejor el factor humano, entre el cual nos encontramos.


Muchas gracias.


El señor VICEPRESIDENTE (Matos Mascareño): Muchas gracias, señora Urrea.


A continuación, tiene la palabra doña Abigail Fernández González, portavoz del Sindicato de Letrados de la Administración de Justicia, a quien, si me lo permiten, le haré un saludo particular dado que es paisana de Santa Cruz de Tenerife,
chicharrera.


Tiene la palabra, doña Abigail.


La señora FERNÁNDEZ GONZÁLEZ (Portavoz del Sindicato de Letrados de la Administración de Justicia, SISEJ): Muchas gracias.


Buenos días a todos, miembros de la Comisión, señoras y señores diputados. Quiero agradecerles en nombre del Sindicato de Letrados su deferencia y el interés que han mostrado por conocer la opinión del Sisej y, en general, del colectivo de
letradas y letrados de la Administración de Justicia de cara a la definición de esta estrategia nacional de justicia. Quiero además agradecer particularmente a la señora presidenta el esfuerzo que ha hecho compartiendo con nosotros el inicio de
esta sesión, a pesar de que hoy sabemos todos que es un día muy difícil para ella.


Antes de entrar en el fondo de mi exposición, quiero trasladarles dos cuestiones. En primer lugar, que el Sisej comparece hoy ante esta subcomisión para colaborar y ponerse a disposición del conjunto de la ciudadanía, a la que ustedes
representan y a la que nosotros servimos. Este, y no otro, va a ser el objeto de mi intervención. Además, quiero también trasladarles que valoramos enormemente tanto el conjunto de los trabajos que se están llevando a cabo en esta subcomisión como
el hecho de que haya vuelto a la agenda parlamentaria la necesidad de retomar los consensos para llevar a cabo cambios en la Administración de Justicia.


Consideramos necesario recordar que hasta hace pocas legislaturas mucho se ha avanzado en esta materia, por tanto, es evidente que no partimos de cero en esta cuestión, pero precisamente por esto -por la experiencia previa- quiero hacer un
llamamiento a la responsabilidad institucional y democrática de todos los implicados en este proceso de cambio. Por supuesto a los grupos parlamentarios, a los partidos políticos, a los Gobiernos que deberán llevar a cabo la ejecución de los
acuerdos a los que ustedes consigan llegar, pero también quiero apelar a la responsabilidad de los colectivos profesionales que tanto tenemos que decir en el éxito o el fracaso de cualquier iniciativa que se lleva a cabo en esta materia.


La mejora del servicio público de la Administración de Justicia es uno de los fines del Sisej. Por esta razón nosotros, de manera cotidiana y habitual, llevamos a cabo numerosos contactos con entidades



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sociales e instituciones y organismos tanto profesionales y propios de Administración de Justicia como de otros ámbitos profesionales. El objetivo que perseguimos con todo esto es llegar a conclusiones que nos permitan avanzar en esta
mejora del servicio público y de calidad. Otra de las cuestiones que nos preocupan también y que intentamos conseguir a través de estos contactos es la de pasar de un modelo de simple gasto -más o menos ordenado o desordenado, según se mire- a un
sistema de auténtica inversión planificada sobre la base de políticas públicas bien desarrolladas, bien diseñadas, con objetivos y plazos que deban cumplirse y estén bien marcados y por supuesto sometidos a un control y una rendición de cuentas
estrictos.


A partir de estos trabajos, hemos concretado una serie de propuestas sistematizadas en un único documento que me he permitido enviarles, donde no están todas, pero se recogen las principales iniciativas que pretendo resumir en esta
intervención. Me permitiré comenzar por el cuarto de los temas que plantean como eje de los trabajos de esta subcomisión, que es una justicia orientada a las personas y la justicia como servicio público. Como pueden imaginar, a partir de mis
palabras tengo que adelantar que esta concepción de la justicia es para nosotros la finalidad que debemos perseguir con todas las actuaciones que llevemos a cabo; este es el leitmotiv -no puede ser otro- que guía todos los trabajos y la línea
estratégica del Sisej de manera cotidiana y habitual: focalizar en las personas -que son las auténticas protagonistas- todo el trabajo que se desarrolla en el mundo de la justicia. ¿Para qué? Para conseguir que la tutela judicial sea efectiva,
que es lo que exige la Constitución. Esto supone que la respuesta que ofrecemos a los ciudadanos y las ciudadanas sea real, sea una respuesta material y no solo meramente formal.


Comenzando con la cuestión de la modernización, lo primero que quiero trasladarles es que nosotros consideramos fundamental que se realice lo antes posible una auténtica auditoría de datos en Justicia, cuestión necesaria para conocer la
situación real de la Administración de Justicia. Como ustedes bien saben, los datos con los que contamos son los de la estadística del Consejo General del Poder Judicial, pero estos datos -por el propio diseño y por las propias circunstancias que
envuelven la elaboración de esta estadística- no son fiables y además ofrecen una percepción distorsionada de la carga de trabajo y de la pendencia que existe en la Administración de Justicia. Tenemos que decir, de todas formas, que estos son los
únicos datos con los que contamos a día de hoy, por lo cual, si queremos elaborar una propuesta basada en datos y no solamente en opiniones, tenemos necesariamente que recurrir a ellos, pero esto no quiere decir que debamos conformarnos, sino que
debemos ir más allá y buscar un escenario realista de lo que ocurre en la Administración de Justicia.


Con este fin se creó la Comisión Nacional de Estadística, órgano adscrito al Ministerio de Justicia y que en los últimos años aparece virtualmente abandonado -no entendemos por qué-, situación que tenemos que decir que nos parece
escandalosa. España es el único país de la Unión Europea cuyo Ministerio de Justicia carece de datos propios sobre la situación de la Administración de Justicia. Por este motivo, reclamamos a los grupos parlamentarios -les solicitamos a los
miembros de esta subcomisión- que requieran al Ejecutivo para que retome los trabajos de la Comisión Nacional de Estadística y que con ello se pueda dar cumplimiento no a otra cosa que al artículo 421 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. La
estadística no es un fin en sí mismo, la estadística debe servir para la planificación, el desarrollo y la ejecución de políticas públicas en materia de justicia. No pueden tomarse decisiones sin más si no van orientadas a un objetivo concreto y
bien definido. Cualquier decisión que se tome en este sentido no puede ser un fin en sí mismo, sino que tiene que estar orientada a este objetivo.


A partir de esta situación de carencia de datos fiables, pero en todo caso de contar con unos datos sobre los que podamos trabajar, quiero realizarles una propuesta de organización eficaz y eficiente para dar una respuesta adecuada a las
necesidades sociales frente a la justicia. Quiero someterles tres cuestiones para su valoración y su reflexión. La primera es una cuestión que ya se ha adelantado previamente, y es que partiendo de los datos del Consejo General del Poder Judicial
en los últimos años ha habido un descenso en determinados números de juzgados y tribunales, no en todas las cuestiones pero sí en dos particularmente determinantes, como son el número de asuntos ingresados -el número de asuntos que han entrado en
los juzgados-, pero también el número de resoluciones finales que se han dictado para dar solución a estos asuntos; todo esto sin olvidar la pendencia acumulada.


En todo caso, tenemos dos cuestiones: bajan los asuntos de entrada y bajan las resoluciones. Esto lo tenemos que poner en relación con dos elementos: de una parte que, nos guste más o nos guste menos y estemos más o menos de acuerdo con
cómo se ha hecho o el número final que se haya conseguido, se ha incrementado el número de funcionarios trabajando en la Administración de Justicia en todos los



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cuerpos. Esta es la primera de las cuestiones. La segunda de las cuestiones es que en el año 2010, debido a la entrada en vigor de las leyes procesales -que, me permito recordar, fueron acordadas por unanimidad de todo el arco
parlamentario en 2009-, los entonces secretarios judiciales asumimos una serie de competencias que determinaron una enorme descarga de trabajo, una enorme reorganización del trabajo, que hasta ese momento solamente asumían los jueces y los
magistrados, hasta el punto de que en el año 2016 cerca de un millón y medio de procedimientos se resolvieron solamente por los letrados y letradas de la Administración de Justicia, sin intervención judicial y sin que ello afectara a la tutela
judicial efectiva, dato que tienen claro, pero que me permito remarcar.


Pues bien, ninguna de estas dos cuestiones -ni el incremento del número de funcionarios ni la colaboración y el trabajo de los letrados sobre la base de esta nueva organización- ha tenido su reflejo en una percepción ciudadana y asimismo
profesional de los profesionales liberales que colaboran con la Administración de Justicia y de los funcionarios que prestamos servicio en ella; la percepción respecto a lo que ocurre en la Administración de Justicia continúa siendo muy negativa.
Lo único que quiere decir esto -aunque podemos extraer muchas más conclusiones- es que fundamentalmente es necesario cambiar la organización. Sobre esta cuestión hay un consenso generalizado, el problema es cómo cambiamos la Administración de
Justicia.


Desde el Sindicato de Letrados de la Administración de Justicia les presentamos una propuesta que hemos elaborado sobre la base de los trabajos que les comentaba anteriormente. Nosotros consideramos que la Administración debe estructurarse
garantizando dos criterios: de un lado, la calidad y la especialización del trabajo, y del otro lado, la proximidad al ciudadano. Para ello, proponemos la creación de dos tipos de tribunales para dar la respuesta jurisdiccional, junto a los que
paralelamente trabajarían unas oficinas administrativas que colaborarían y servirían de soporte a la actuación de estos tribunales. De entrada pedimos, como no podía ser de otra manera, la implantación de los tribunales de instancia en todo el
territorio del Estado español. Ya sabemos que estos tribunales serían unas estructuras colegiadas que permitirían introducir criterios homogéneos, objetivos e igualitarios en la organización del trabajo, mejorando la calidad del trabajo de jueces y
magistrados, pero también ofreciendo una mejor respuesta a la ciudadanía.


Nosotros introducimos dos matices en este diseño de los tribunales de instancia. En primer lugar, las competencias que deben asumir y, en segundo lugar, quién debe estar al frente. En cuanto a las competencias, pensamos que deben
especializarse en asuntos de mayor complejidad exclusivamente. En cuando a quién debe estar a cargo, consideramos que todos los integrantes actuales del Poder Judicial, incluyendo a los jueces de adscripción territorial. También pensamos que para
dar una respuesta de proximidad, estos tribunales de instancia no deben limitarse a las capitales de provincia, como ya se han planteado, sino que deben existir en todos y cada uno de los partidos judiciales del territorio.


Paralelamente, consideramos que junto a los tribunales de instancia también deben crearse unos tribunales de base y ejecución. ¿Sobre qué materias tendrían competencia estos tribunales de base y ejecución, que, como decimos, estarían en
todos los partidos judiciales? En general, sobre asuntos de menor complejidad, lo cual permitiría la especialización del trabajo. Vuelvo a incidir en la calidad del mismo, y para que me entiendan bien sobre por qué distinguir entre asuntos más o
menos complejos, les pondré un ejemplo muy ilustrativo, como es el del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Nules, en la provincia de Castellón, que, mientras conocía de problemas entre vecinos, problemas de pensiones o de
divorcios, tenía que llevar nada más y nada menos que la instrucción del caso Fabra. Cuando estas cuestiones tan difíciles se juntan en una misma oficina, en un mismo tribunal, lo que ocurre es que algo queda dejado de lado, y no porque lo queramos
los que trabajamos dentro, y mucho menos los ciudadanos y los vecinos que vienen a reclamarnos nuestro trabajo, sino porque simplemente no se puede asumir todo, no se puede responder a un asunto tan complejo como este y al mismo tiempo resolver los
pequeños conflictos cotidianos en la vida de la comunidad.


La segunda de las cuestiones es quién debe estar al frente de estos tribunales de base y ejecución. Nosotros pensamos que deben estar atendidos también por jueces profesionales y, en este sentido, para dar una respuesta que permita dar una
solución rápida, fiable y en la línea de optimización de los recursos humanos y materiales, proponemos que alrededor de 1500 letrados de la Administración de Justicia pasen a prestar servicios como titulares de estos juzgados de base y ejecución.
Esto, tanto por la formación como por la experiencia que se ha acreditado en el campo de la resolución y del conocimiento jurídico, porque de esta manera se podría -considerando el actual panorama tecnológico- superar definitivamente



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un diseño de la fe pública aún hoy anclado en la Edad Media. Por tanto, consideramos que para optimizar estos recursos humanos esta sería la mejor solución de entrada.


Otra competencia que deberían asumir los tribunales de base, que no he comentado antes, es la participación judicial en la ejecución de los procedimientos. Recordemos que la ejecución supone a día de hoy un auténtico agujero negro que no
puede quedar sin atención. Con esto se conseguiría una respuesta ágil y de calidad, se mejoraría mucho el servicio prestado y redundaría en beneficio de la sociedad. Paralelamente, consideramos que debe haber unas oficinas de soporte
administrativo. En primer lugar, la Oficina Judicial, que debe desarrollarse hasta la posibilidad que permita la ley. Hay que recordar que está reconocida legalmente desde el año 2003 y deberían implantarse en todo el territorio del Estado todos
los servicios comunes previstos en la ley, por supuesto el servicio común procesal, que es la pieza clave de todo el sistema, pero también los servicios comunes de ejecución. Y aprovecho para manifestar que deberían crearse unos servicios comunes
de resolución pactada de conflictos, de manera que pueda ofrecerse una propuesta completamente pública de conciliación y mediación a los ciudadanos.


El otro tipo de oficinas que deben crearse son las oficinas judiciales de atención a la ciudadanía. En la actualidad, la supresión de las faltas penales y la aprobación, aunque aún no ha entrado en vigor, de la Ley del Registro Civil
-debería entrar en vigor con el texto originario que se aprobó por unanimidad de todo el arco parlamentario- determinan que los juzgados de Paz ya no tengan sentido como tal, pero esto no quiere decir que se pueda abandonar a los vecinos de estos
pequeños municipios. Por tanto, sería oportuno sustituir los juzgados de Paz por unas oficinas de atención a la ciudadanía, que podrían llevar a cabo actuaciones de colaboración con los tribunales de instancia de base y ejecución, actuaciones de
comunicación y actos de ejecución y de información a los vecinos de estos municipios, sobre todo a los afectados por la brecha digital. También pueden tener un papel importante los servicios de orientación jurídica de los colegios de abogados, así
como los servicios sociales de los propios municipios para ofrecer una atención pública de calidad transversal e integral a los vecinos de los mismos.


Quiero aprovechar este punto para llamar la atención sobre el hecho de que el proceso modernizador y la implantación de la Oficina Judicial se encuentran hoy virtualmente paralizados en el Estado español. La única actuación que se ha
realizado con posterioridad al año 2011 ha sido la ejecución de decisiones tomadas previamente, a excepción de dos actuaciones muy concretas en Murcia y en Ponferrada. Esto no puede continuar así. Si realmente queremos dar un impulso a la
modernización, debe retomarse toda la actuación modernizadora. Lamentablemente, esta ha sido una de las circunstancias que nos ha llevado a pedir hace poco el cese del secretario general de la Administración de Justicia.


En cualquier caso, somos conscientes de dos cuestiones. En primer lugar, una estructura de la Administración como la que estamos planteando requiere un alto grado de consenso y de corresponsabilidad de todas las administraciones implicadas,
con lo cual volvemos a apelar nuevamente a la responsabilidad de todos los implicados. Y en segundo lugar, esto requiere el desarrollo y la implantación del expediente digital y de todas aquellas herramientas telemáticas que puedan dar una
respuesta real que vaya más allá de eslóganes y que sirvan para agilizar y mejorar el trabajo en las oficinas.


Me voy a referir brevemente a las otras dos cuestiones que se han planteado: la independencia y la profesionalización del personal al servicio de la Administración de Justicia. En cuanto a la independencia, quiero recordar que esta no es
otra cosa que una garantía de los ciudadanos frente a cómo desarrollan el trabajo los jueces y los magistrados en el ejercicio de sus actividades jurisdiccionales. El Sisej considera que es necesario llevar a cabo una profunda reflexión sobre la
existencia del Consejo General del Poder Judicial, en particular sobre su composición y sus funciones. Por lo que se refiere a su composición, es inasumible que los vocales de procedencia judicial del Consejo General del Poder Judicial sean
elegidos exclusivamente por jueces y magistrados. Eso determinaría la sustracción de uno de los poderes del Estado al control y a la participación ciudadana. En cuanto a sus funciones, les pondré otro ejemplo que consideramos ilustrativo: la
decisión del Consejo General del Poder Judicial, tomada recientemente, de especializar unos juzgados determinados en el conocimiento de la problemática hipotecaria, muy complicada y con asuntos muy numerosos, pero el consejo carece de competencias
en medios humanos y materiales, con lo cual en la práctica la especialización ha supuesto el cambio de nombre o de las funciones concretas del juzgado y no una especialización real.


Por otra parte, con respecto a la profesionalización, es necesario hacer una reflexión sobre el acceso a las profesiones jurídicas de mayor nivel. Este acceso debe permitir que cualquier persona, con independencia de sus circunstancias
económicas, profesionales o familiares, pueda acceder. Debe



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permitir el acceso de los más válidos en condiciones de igualdad y a día de hoy esto no sucede. En cuanto a la profesionalización en sentido estricto, consideramos que es necesario profesionalizar, obviamente, y tender a la consolidación
del empleo, a los empleos estables, pero esto no puede significar una supresión de profesionales con gran experiencia sin ofrecerles una alternativa para aprovechar esta experiencia en beneficio de la Administración pública. En muchas ocasiones, la
mejor manera de sustituir será a través de titulares, pero siempre será necesario el mantenimiento de bolsas de interinos sometidos a criterios de transparencia, objetividad y rotación en su gestión. Los datos que les he dado de manera muy resumida
los tienen en el documento que he facilitado a la subcomisión para que se los traslade. Ahí también pueden consultar los datos estadísticos a los que he hecho referencia en profundidad.


Les traslado nuevamente el agradecimiento de mi organización, del Sindicato de Letrados de la Administración de Justicia, y aprovecho para ponerme otra vez a disposición de todos ustedes para lo que consideren necesario en cuanto al diseño
de esta estrategia nacional de justicia. Muchas gracias y quedo a su disposición para cualquier aclaración que consideren oportuna.


El señor VICEPRESIDENTE (Matos Mascareño): Muchas gracias, señora Fernández.


A continuación, tiene la palabra don Ángel Maraver Sánchez, presidente de la Asociación Independiente de Letrados de la Administración de Justicia.


El señor MARAVER SÁNCHEZ (Presidente de la Asociación Independiente de Letraos de la Administración de Justicia AINLAJ): En nombre de la Asociación Independiente quiero agradecer al Congreso de los Diputados esta comparecencia, que
demuestra que son conscientes de que la labor de los letrados de la Administración de Justicia en los juzgados es cada vez más importante. A lo largo de veinticinco años de servicio he trabajado con alrededor de treinta jueces y hay algo en lo que
absolutamente todos coinciden: para que un juzgado funcione es esencial que funcionen los gestores, tramitadores y funcionarios del cuerpo de auxilio judicial. El factor humano es esencial. La tramitación de los expedientes judiciales es muy
compleja y la asistencia de personal cualificado es imprescindible. Gracias a su excepcional trabajo, la maquinaria judicial funciona día a día. Y si después de las reformas procesales los juzgados de toda España no se han hundido, ha sido gracias
al esfuerzo más que notable de los letrados de la Administración de Justicia, que hemos asumido una gran parte de las funciones de los jueces, aliviando su sobrecarga de trabajo. Un artículo publicado en octubre de 2001, titulado El verdadero motor
de un juzgado, dice que los letrados de la Administración de Justicia asumen un número notable de competencias de la unidad a la que se les destina. Poco a poco los letrados se han convertido en el motor que mueve los juzgados y tribunales de este
país. Ha hecho falta dotarles de más medios, incrementar sus competencias y sus responsabilidades, pero los resultados están ahí: la justicia se está agilizando. Y acto seguido, el articulista habla de la bajada de sueldo que tuvimos.
¿Paradójico, verdad?


La Ley 13/2009, de 3 de noviembre, para la reforma de las leyes procesales, atribuyó a los letrados una serie de funciones nuevas y hay que recalcar que son nuevas, es decir, que a la sobrecarga de trabajo que ya teníamos se añade ahora una
nueva sobrecarga de trabajo extra. La admisión de la demanda, que antes era competencia del juez, ahora pasa a los letrados de la Administración de Justicia. Toda la ejecución, que antes era una sobrecarga para el juez, ahora es una sobrecarga
para nosotros. Antes de la reforma, la práctica totalidad de los asuntos los resolvían los jueces por sentencia o auto. Pues bien, 116 resoluciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que antes resolvían los jueces por auto, ahora se resuelven por
un decreto dictado por el letrado de la Administración de Justicia, hasta el punto de que, conforme a la estadística trimestral que se manda al Consejo General del Poder Judicial, la cifra media de las resoluciones finales civiles que se dictan en
un juzgado ronda alrededor del 16 % de sentencias, 27 % de autos y 55 % de decretos, es decir, que los letrados de la Administración de Justicia dictamos más de la mitad de las resoluciones procesales que dan fin a un procedimiento. Hay mucho
trabajo, hay trabajo para todos. Nosotros ya teníamos un exceso más que considerable de trabajo y en el año 2009 se nos añadió una sobrecarga descomunal.


Desde el año 2009 de forma reiterada planteamos que esas nuevas funciones había que retribuirlas y se nos dijo que era algo evidente, pero la situación del país era la que era y había que esperar. Lo aceptamos por profesionalidad, por
responsabilidad, por solidaridad con el país, que tenía una crisis muy grave, pero hay que recalcar que una cosa es ser solidario de palabra y otra serlo día a día con nuestro trabajo y nuestro esfuerzo. Llevamos ya ocho años haciendo un trabajo
añadido por el que no se nos paga. No sé si conocen ustedes a alguien que no cobre las horas extras, la responsabilidad extra; a alguien a quien se le duplique su trabajo y su responsabilidad, que no se lo paguen y que lo siga haciendo.



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Eso es lo que llevamos haciendo desde el año 2009. Pongo un ejemplo para aclarar algo que es evidente: si alguien encarga una reforma en una vivienda, una cosa es que aunque hayan subido los precios de los materiales, dada la crisis, se
mantenga el precio inicial de la obra, y otra cosa muy distinta es que a parte de la reforma prevista te encarguen además un trastero, un cuarto de baño para los niños, una piscina y pretendan que el precio sea el mismo. Porque una cosa es que no
se nos haya subido el sueldo en muchos años, con la depreciación que eso ha supuesto, y otra cosa es que de forma continua se nos hayan encomendado nuevos trabajos y ninguno de ellos esté remunerado. Y ahora, más madera. Como hasta ahora lo hemos
hecho bien, le hemos resuelto los problemas gratis al ministerio nos encargan la jurisdicción voluntaria, los actos de conciliación...


No voy a hacer un catálogo completo de los asuntos que son exclusiva competencia de los letrados de la Administración de Justicia, lo que sí quiero es resaltar que hay un alto porcentaje de ciudadanos que, si van a un juzgado -bien para una
liquidación de régimen económico matrimonial, de herencia o cuando plantean un monitorio porque alguien no les paga-, su asunto va a ser tramitado y resuelto por un letrado de la Administración de Justicia y, salvo que las partes recurran en
revisión, el juez ya no tiene que intervenir en el asunto. A ello se suma ahora el Registro Civil. Los registradores no están dispuestos a asumirlo sin cobrar, consecuencia de lo cual el ministerio nos lo da a los letrados de la Administración de
Justicia. Esto da qué pensar, porque desempeñar una nueva función gratis tiene bastante similitud no ya con el trabajo precario sino con la explotación laboral. Durante la crisis no solo hemos sido conscientes y comprensivos, hemos hecho un
esfuerzo muy considerable en aras de la indudable profesionalidad del colectivo, y ya es hora de que haya reciprocidad o al menos una respuesta acorde con la labor que hemos desempeñado. No pedimos mucho: que los trabajos extras se paguen. Pero
hasta ahora la respuesta ha sido: más funciones, más trabajo, más madera, Registro Civil gratis.


Dada la limitación de tiempo, voy a incidir en uno de los objetivos prioritarios de la asociación independiente a la que represento, que es acabar con la discriminación sistemática de la tercera categoría. Este es un mandato de los
estatutos de nuestra asociación, aprobados por la asamblea general, y cuando la palabra discriminación aparece en unos estatutos oficiales por algo será. Esta claro que el Congreso -y vuelvo a darles las gracias- sabe que los letrados de la
Administración de Justicia existimos; la prueba es que estamos aquí ahora mismo. Quiero aprovechar mi intervención para decir que la tercera categoría también existe. Y he de aclarar que cuando me refiero a la tercera categoría, me refiero no ya
a los letrados de la Administración de Justicia de tercera sino esencialmente a los ciudadanos que no viven en las capitales. Los juzgados de tercera están ubicados en pequeñas localidades y suponen una parte muy importante de la justicia, puesto
que en esta situación se encuentran 106 juzgados únicos, 336 partidos con dos o más juzgados, es decir, varios cientos de partidos judiciales y, según la Constitución, todos somos iguales. La situación de los juzgados de tercera es muy peculiar,
puesto que abarca la práctica totalidad de las materias. Lo que en las grandes ciudades está separado -por una parte los juzgados de primera instancia, allí los de instrucción, allí el de familia, el de violencia de género, los hipotecarios, el
decanato, el servicio común de notificaciones, el Registro Civil- en los juzgados de tercera está todo junto, hay que hacerlo todo a la vez y suele ser todo urgente. En el mismo juzgado y en el mismo día hay que atender, en el ámbito penal, como
juzgados de instrucción, todo lo relativo a la violencia de género, que es absolutamente urgente; el servicio de guardia, urgente y peor pagado; detenidos; entradas y registro; diligencias urgentes de juicio inmediato y, mientras tanto y a la
vez, como Juzgado de Primera Instancia Civil, hay que tramitar los juicios ordinarios, verbales, monitorios, cambiarios y la admisión de la demanda, que antes hacían los jueces y ahora hacen gratis los letrados de la Administración de Justicia. Hay
que hacer también las conciliaciones y los hipotecarios, que en otros sitios son un juzgado aparte. Con los asuntos de familia pasa otro tanto. Hay medidas urgentes de menores, medidas previas urgentes de divorcio, vistas urgentes con problemas de
patria potestad, interdictos urgentes de recobrar la posesión, comparecencias de jurisdicción voluntaria, poderes apud acta urgentes y un largo etcétera de asuntos urgentes pero menos urgentes, eso sí, sin contar con la actividad diaria de las
tasaciones de costas, resolución de recursos, cuentas de consignaciones, estadística, impugnaciones, dudas de personal, firma y los innumerables problemas cotidianos. En los juzgados de tercera no suele haber servicio común de notificaciones ni
decanatos, son funciones que asume el propio juzgado. En época de elecciones también somos junta electoral. La tramitación electoral lo paraliza todo, pero aquí no se puede parar nada porque todo es urgente, por lo que hay que desdoblarse. Otro
tanto pasa con el Registro Civil, que además no está retribuido: inspecciones a los registros de los juzgados de paz, expedientes de nacionalidad, bodas... Si coincide una boda con un detenido y una entrada y registro,



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¿aplicamos el 'Vuelva usted mañana'? Pues evidentemente, no, porque todo es urgente. No hay tiempo ni para clasificar qué urgencia es más urgente. La cosa está clara, hay que hacerlo todo, hay días en los que la actividad es frenética y
vertiginosa. Y ustedes dirán: ¿Estará muy bien pagado, no? Pues no, y no solo no es así sino que a la tercera se la castiga y discrimina de forma sistemática.


Como botón de muestra, a parte de lo que ya les he dicho que en otros sitios se paga y aquí no, les diré que en el año 2005 no había dinero para subir el sueldo a todos y el Ministerio de Justicia decidió subirles el sueldo a todos menos a
los de tercera. Así, como lo oyen. No habría sido más inconstitucional, por ejemplo, subir el sueldo a todos menos a los de Cuenca. Si se les sube el sueldo a todos los médicos menos a los que están en los ambulatorios de los pueblos y en
urgencias, esos médicos se irán de esas plazas, se colapsará el hospital comarcal y los que lo sufrirán serán, como siempre, los ciudadanos de tercera. Y pregunto: ¿Es lógico que precisamente se les pague menos a los de urgencias cuando además son
los que están en una situación más precaria, de mayor estrés y con más trabajo? Evidentemente, no. Por eso, no hace mucho un subdirector general del Ministerio de Justicia nos dio la razón y dijo que no puede haber ciudadanos de tercera, y para
eso los médicos de urgencias o, en nuestro caso, los letrados de la Administración de Justicia de tercera tienen que estar bien pagados o por lo menos no peor pagados que el resto.


La tercera es una categoría de paso. Cuando estás en ella el aluvión de asuntos es tal que no te da tiempo ni a respirar ni mucho menos a protestar. La mayoría están unos años, se van, se olvidan y desde el nuevo destino ya nadie se
acuerda de lo que pasaron y penaron en el juzgado de tercera y encima recuerdan aquellos años con cariño porque era su primer destino, consecuencia de lo cual es una categoría abandonada. La situación es grave: hay falta de formación informática,
falta de dotación, de medios, hay escasez de personal, falta de doble pantalla, es necesario incrementar el presupuesto porque hay sistemas que no funcionan. Solo la falta de interoperabilidad entre los sistemas de las comunidades autónomas y los
sistemas del ministerio daría para un debate monográfico. Conclusión: el Congreso tiene que tomar medidas para que cese la situación de discriminación y abandono de las pequeñas poblaciones. ¿Y qué pasa con los que por razones personales, de
conciliación de la vida laboral y familiar hemos decidido quedarnos en un juzgado de tercera? Porque, ¡ojo!, la Constitución dice promoción por el trabajo, no por el traslado. Pues pasa que hay una discriminación sistemática y ya
institucionalizada en el Ministerio de Justicia respecto a la categoría personal de los letrados de la Administración de Justicia de tercera. Paradójicamente fuimos nosotros quienes logramos que se suprimiera algo tan decimonónico como era que te
trasladaran forzosamente para ascender. Un premio no puede conllevar un castigo. Esto no pasa en ningún cuerpo de la Administración; ni jueces ni fiscales tienen que pedir un traslado a otro juzgado para ascender y a los únicos a los que se nos
aplica este absurdo es a los letrados de la Administración de Justicia, cuando precisamente tenemos una ley específica que regula todo lo contrario y que sigue en vigor, y no cualquier tipo de ley, ni más ni menos que una ley orgánica aprobada por
ustedes. La disposición adicional primera de la Ley Orgánica 19/2003 prevé la revisión de la categoría sin necesidad de traslado por criterios objetivos basados en el tiempo de servicios efectivos prestados en el cuerpo. Esta ley la dictó el
Parlamento hace ya catorce años y el Ministerio de Justicia sigue sin aplicarla. ¿Para qué sirve que ustedes dicten una ley si el ministerio no la aplica?


Por centrar el tema. Lo normal es ascender con tres años de antigüedad; cinco para consolidar una categoría; diez para ser coordinador y, en el otro extremo, treinta para jubilarse. Y aquí de lo que estamos hablando es de pasar de la
tercera categoría o categoría de entrada a la segunda o general. Si la ley orgánica dice revisión de la categoría por criterios objetivos de antigüedad en el cuerpo, nadie puede entender cómo es posible que, después de catorce años, el Ministerio
de Justicia siga sin revisarle la categoría por criterios de antigüedad absolutamente a nadie. Y menos cuando hay una serie de sentencias que obligan al ministerio a fijar dichos criterios objetivos. El Ministerio de Justicia, ni caso. La
sentencia de 23 de febrero de 2010, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dice que el Ministerio de Justicia no ha actuado conforme a derecho y debe hacer la revisión conforme a lo dispuesto en la disposición adicional, es decir, basándose en
criterios objetivos en relación con el tiempo de servicios prestados en el cuerpo. El Ministerio de Justicia, ni caso. La sentencia de 27 de septiembre de 2010, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dice que el Ministerio de Justicia
debe establecer un criterio objetivo en consonancia con la disposición adicional. El Ministerio de Justicia, ni caso. La sentencia de 6 de junio de 2011, del mismo alto tribunal, dice que el Ministerio de Justicia no acierta en la aplicación legal
y que este criterio objetivo es un concepto que debe ser integrado por el ministerio. Pero el Ministerio de Justicia, ni caso. Un compañero se jubiló con treinta y siete años de servicio, siendo de la categoría de entrada, que es como



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si te jubilas siendo profesor de la facultad con la categoría que te dan en parvulitos o en el jardín de infancia. En mi caso, con veinticinco años de servicio -más cercano ya a la jubilación que al ingreso en el cuerpo- sigo siendo de
tercera o categoría de entrada y en una situación similar están bastantes compañeros. En su día, 116 letrados de la Administración de Justicia a los que el ministerio nos había mandado un telegrama obligándonos a ascender de forma forzosa
renunciamos al traslado. No renunciamos al ascenso, renunciamos al traslado por razones personales y de conciliación de la vida laboral y familiar, pero es que además era inminente -como de hecho así fue- una ley orgánica que preveía la revisión.
Cuando pedimos la revisión de la categoría -que lógicamente, siendo de tercera, consiste en que te den la segunda- el Ministerio de Justicia nos castigó diciéndonos que no. Vamos a ver, si el propio ministerio nos había dicho ya hacía dos años que
teníamos que ascender a segunda, se supone que los requisitos objetivos de antigüedad en el cuerpo los cumplíamos más que de sobra, y más cuando habían pasado dos años más. Recurrimos, nos vamos a los tribunales, lo ganamos. Los tribunales
declaran que el ministerio tiene que revisarnos la categoría por criterios de antigüedad, pero al ser una sentencia declarativa el Ministerio de Justicia no hace nada, lo cual nos obliga a ir a ejecución de sentencia. En ejecución de sentencia los
tribunales le dicen al ministerio que las revisiones que han hecho son nulas y que tiene que volver hacerlas, pero basadas en un criterio objetivo de antigüedad. Volvemos a pedir la revisión y el ministerio se descuelga revisándonos la categoría y
haciendo exactamente lo mismo que se había declarado nulo, es decir, concediéndonos la misma que teníamos, o sea, la tercera. ¿Qué clase de cumplimiento es repetir lo que se ha declarado nulo? ¿Qué clase de revisión por criterios objetivos de
antigüedad es darte lo que yo tenías hace diez años? Volvemos a los tribunales y nos dicen que el que tiene que establecer el criterio objetivo es el ministerio, pero a día de hoy el ministerio no ha hecho nada. Y mientras tanto, ¿a quién
acudimos? ¿Otra vez a los tribunales, para que dentro de cuatro años vuelvan a decirle al ministerio que nos revise la categoría y la revisión consista en volver a darnos lo que tenemos? Esto es un juego impropio de un ministerio que, no hay que
olvidar, se llama Ministerio de Justicia.


Por eso, acudimos a ustedes para que insten al ministerio a que cumpla y dote de contenido una ley que lleva sin aplicarse desde que nació en el año 2003. Y mientras tanto, la discriminación se mantiene, todas las asociaciones de letrados
de la Administración de Justicia han sido recibidas a título particular por el ministro, señor Catalá, todas menos la nuestra. Lo hemos solicitado varias veces por escrito, sin contestación. Más aún, en los cajones del Ministerio de Justicia hay
solicitudes de revisión pendientes desde el año 2014 todavía sin resolver. No parece muy ejemplarizante un atraso de más de tres años en el Ministerio de Justicia, el mismo que nos está metiendo prisa todo el día para que hagamos las cosas más
rápido. ¿Tres años para resolver algo tan fácil y tan evidente, cuando además hay varias sentencias que te obligan a ello? Mal ejemplo, ¿no? Poco edificante, sobre todo para los que estamos dejando la piel asumiendo nuevas funciones de forma
gratuita. Parece que no hay reciprocidad y, desde luego, esta no es la formar ni de pagarlo ni de agradecerlo.


Concluyendo, esta asociación siempre ha considerado que el mantenimiento de las categorías era una discriminación absurda, sobre todo cuando no hay pruebas selectivas para pasar de una a otra y no existe diferencia alguna de cualificación
profesional. Por eso, estamos totalmente de acuerdo con el portavoz de la Asociación Independiente de Fiscales, en el sentido de que habría que suprimir de una vez la tercera categoría para quedarnos con dos solamente. La tercera ha desaparecido
ya hasta en los trenes; es un anacronismo y una fuente de conflictos y discriminaciones. Asimismo, habría que reelaborar un escalafón único con el criterio que rige en todas las administraciones. Por supuesto, reivindicamos la creación de los
tribunales de instancia, pero somos conscientes de que crearlos va a ser muy complicado y las filas de alcaldes protestando van a ser capítulo aparte. Así que, en tanto se crean los tribunales de instancia -si es que se crean- y desaparece el
problema gravísimo de los juzgados únicos -que sería otro capítulo aparte-, la estrategia nacional de la justicia no puede pasar por mantener aplastados a los juzgados de tercera, condenándolos al más absoluto de los olvidos, y mantener esta
discriminación.


Finalmente, me gustaría hablar de una serie de temas, esencialmente de la falta de interoperabilidad de los once sistemas informáticos que existen; daría para un solo debate, pero mi tiempo creo que ha concluido. Si acaso en el siguiente
turno podría responderles si es que alguien quiere hacer alguna pregunta al respecto. Es un tema de mucho interés. Les ruego que disculpen la extensión y doy mi enhorabuena a las taquígrafas si han conseguido seguirme. Vuelvo a reiterarles mi
agradecimiento por su atención.


Muchas gracias.



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El señor VICEPRESIDENTE (Matos Mascareño): Muchas gracias, señor Maraver.


Invito a todos los ponentes a que nos entreguen la documentación, tal como ha hecho la señora Fernández, ya que nos facilita muchísimo el trabajo tenerla por escrito. Se lo agradecemos.


A continuación, es el turno de los grupos parlamentarios, para que les planteen las cuestiones y preguntas que estimen convenientes. Luego dispondrán de un segundo turno más breve para que den respuesta a esas preguntas.


En primer lugar, por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, tiene la palabra el señor Gómez Balsera.


El señor GÓMEZ BALSERA: Gracias, señor presidente. Buenos días, señorías.


Gracias por sus comparecencias y por la información que han compartido con nosotros, así como por las propuestas que nos han trasladado. Quiero hacer mía, en primer lugar, la bienvenida y el cariño que les ha expresado la presidenta.
Huelga decir que, como procurador en ejercicio, estoy acostumbrado a trabajar codo con codo con los letrados de la Administración de Justicia para resolver esos pequeños entuertos que se dan en los procedimientos judiciales. Sean bienvenidos y, de
verdad, muchas gracias por su comparecencia.


En el apartado de las nuevas tecnologías, que es con el que hemos concluido, les felicito por haber abogado claramente por un único sistema de gestión procesal, así que mis preguntas no van a ir por ahí, porque en esta Comisión hablamos
mucho de Lexnet y de esos programas de gestión, pero apenas hablamos de Punto Neutro Judicial, que es ese otro portal que no depende del ministerio sino que depende del Consejo General del Poder Judicial. En particular, quisiera saber si ustedes
están contentos con este portal y cómo de actualizadas se encuentran las informaciones patrimoniales, ya que hemos hablado mucho de la ejecución de sentencias y es muy importante que la información patrimonial a la que accede el juzgado a través del
Punto Neutro Judicial esté actualizada para que la ejecución llegue a buen puerto.


Quisiera también preguntar, como curiosidad, sobre la prevalencia de las transferencias de dinero telemáticas sobre las de papel, es decir, si están observando ustedes y sus compañeros que ya todo el mundo hace las transferencias
telemáticamente o se sigue recurriendo al papelito azul sin cumplir con ese objetivo de papel cero que todos nos estamos proponiendo en la Administración de Justicia.


En cuanto al Registro Civil, compartimos con ustedes el objetivo de un registro público, gratuito, moderno y cercano, si bien nos preocupa la tensión que se produce en cuanto al modelo territorial de ese registro, quiero decir, en cuanto al
mantenimiento, por un lado, de los registros civiles municipales y de los juzgados de paz, en la creencia de que acercan el Registro Civil a la ciudadanía, o la opción, por otro lado, de un nuevo modelo territorial que optimice los recursos. A mi
modo de ver esto está muy relacionado con el sistema de gestión informática que se haga de la base de datos de ese registro civil. Quiero decir que una vez que sepamos las posibilidades y el alcance de esa base de datos quizá podamos determinar el
modelo territorial más adecuado para dar respuesta a las necesidades de la ciudadanía respecto al Registro Civil. Me gustaría recabar su opinión al respecto, es decir, cuál sería para ustedes el modelo territorial óptimo para el Registro Civil, ya
que están llamados a ser los encargados del mismo.


Quiero preguntarles también sobre la ejecución de sentencias, ya que es cierto que ustedes tienen ahora un papel mucho más preponderante y que la intervención del juez ha quedado más limitada a los casos de controversia u oposición. En
cuanto las medidas que pudieran adoptarse para agilizar esa ejecución de sentencias, me gustaría saber si creen que la justicia podría no ser tan rogada en esta fase del procedimiento. Ustedes han abogado por mantener el carácter decisorio en su
colectivo, con lo cual estamos de acuerdo, pero ¿ven factible que esas decisiones que se deban adoptar a lo largo de una ejecución se puedan concentrar de alguna manera al inicio para que después su impulso quede en manos de los profesionales? Ese
era el sentido de la pregunta.


En cuanto a la autonomía procesal, me van a permitir una reflexión. La autonomía procesal de los letrados de la Administración de Justicia conlleva a veces una disparidad de criterios en la práctica entre juzgados de un mismo orden y dentro
de una misma ciudad. Sería injusto decir que eso puede llegar a suponer un obstáculo para los profesionales, pero sí que los confunde a veces. En este sentido, les quería preguntar por la labor que hace el secretario coordinador, que creo que es
el encargado de unificar los criterios. A lo mejor estoy equivocado; les solicito aclaración al respecto. La cuestión es cómo podemos unificar los criterios para que no se produzcan esas disparidades, por supuesto, siempre dentro del respeto a su
autonomía.


Finalmente, se han referido a unos servicios comunes de mediación que serán dirigidos por los letrados de la Administración de Justicia. Y aquí también les tengo que solicitar alguna aclaración o que



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se detengan un poquito más en la explicación, porque escuchándoles se me hace difícil entender cómo de cara al objetivo de agilizar la Administración de Justicia -que ya tiene una enorme sobrecarga de trabajo- la solución pasa por atribuirle
una nueva competencia, la mediación intrajudicial, toda vez que la experiencia del día a día de las conciliaciones judiciales es malísima en nuestro país.


Muchas gracias.


El señor VICEPRESIDENTE (Matos Mascareño): Muchas gracias, señor Gómez Balsera.


Señora Capella, le pido disculpas porque le había entendido que no iba a hacer uso de la palabra. Tiene la palabra.


La señora CAPELLA I FARRÉ: Gracias, presidente.


No son necesarias las excusas. En todo caso, me disculpo previamente, porque por la incapacidad de estar en dos sitios a la vez -no tengo el don de la ubicuidad- no he podido seguir la intervención de los letrados de la Administración de
Justicia. En todo caso, quiero agradecerles su comparecencia. Las aportaciones que han efectuado en la parte que he podido escuchar son las que conozco por razones evidentes, por haber tenido contactos directos con algunos de ellos, que me han
permitido saber la posición que mantienen en determinados aspectos.


Les agradezco su comparecencia y les agradeceré que nos hagan llegar algunas de sus consideraciones por escrito -algunos sí lo han hecho-, en el bien entendido de que todos estamos trabajando por una Administración de Justicia mejor, para
que sea un auténtico servicio público al alcance de todos y garantice la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley. Esta afirmación que hago debe casar con las reivindicaciones laborales propias de los distintos miembros, de todas las patas que
conforman la Administración de Justicia: jueces y magistrados, fiscales, letrados de la Administración de Justicia, es decir, funcionarios, pero también el resto de los mal llamados operadores jurídicos, que son abogados y procuradores, porque en
definitiva la conjunción y, por tanto, la participación de todos mejorará la Administración de Justicia, que es por lo que estamos en esta Comisión y en este Parlamento.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Capella.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, tiene la palabra su portavoz el señor Santos.


El señor SANTOS ITOIZ: Muchas gracias.


Aprovecho la intervención, en primer lugar, para felicitarles por haber venido aquí y por el esfuerzo de haber preparado sus intervenciones, porque realmente se ha notado.


Al margen de esto, y recogiendo a vuelapluma las cuestiones que a nosotros más nos pueden interesar y que nos parece que necesitan aclaración, aunque no sea de una manera tan sistemática como nos gustaría, les voy a plantear una serie de
cuestiones para ver si podemos suscitar un pequeño diálogo que nos permita de una forma u otra avanzar en las tareas de esta subcomisión, que no son otras que las de intentar plantear cosas novedosas y efectivas.


En primer lugar, respecto a la oralidad, soy un convencido de que la oralidad es necesaria porque hace avanzar, soluciona un montón de problemas y desburocratiza, si me permiten la expresión, la Administración de Justicia. Las preguntas que
quiero plantearles son: la primera, ¿cuáles son en su opinión las principales resistencias para hacer un procedimiento realmente oral?, y la segunda, como corolario, ¿cómo podríamos superarlas? Me gustaría que aclararan si se trata únicamente de
un tema de legislación procesal, de práctica o de resistencia de algún o algunos colectivos.


En segundo lugar, en relación con la mediación, que es un tema que conozco bien y de manera profesional, me ha parecido entender -disculpen si no es así- que hay una mezcla entre la mediación, la conciliación y el arbitraje, que son formas
diferentes de resolución de conflictos. Dado que la mediación tiene como característica fundamental la voluntariedad, la pregunta que les planteo es si su papel o el papel que ustedes ven de ustedes mismos en relación con la mediación es de tutela
o de ejercicio inmediato -tengo mis dudas sobre eso por la carga de trabajo que supone y porque sé cómo se realizaría- o si sería un papel de tutela de servicios de mediación, ejercidos por profesionales de mediación, que podría ser un modelo bien
público, dependiente del propio juzgado como una parte del servicio, o bien externalizado, a través de asociaciones de mediación o del colegio de abogados, etcétera. Me gustaría saber su opinión al respecto.



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Han hablado de la ejecución y compartimos la preocupación expresada por algunos de ustedes por su carácter público. Ya se han planteado algunas cuestiones en este sentido, pero les quiero preguntar por el papel de otros profesionales, por
cómo se puede agilizar la ejecución en relación con el planteamiento que ustedes han hecho de que muchas veces las ejecuciones se alargan, se dilatan en el tiempo y generan problemas, por ejemplo, con los fondos buitre, porque a veces da la
sensación de que la Administración de Justicia está trabajando únicamente y en un porcentaje altísimo de ocasiones para determinadas entidades jurídicas, financieras o de otro tipo.


Otra cosa que nos interesa mucho y que se ha planteado es la posibilidad de que haya una oficina informativa para el ciudadano. Entendemos que muchas veces el ciudadano -sobre todo creemos que les afecta a ustedes- va buscando recursos o
resoluciones y acude a ustedes como letrados de la Administración de Justicia, pero eso genera muchas distorsiones en el funcionamiento del día a día. Sobre esto se ha hecho una pequeña reflexión, pero me gustaría ampliarla un poco en relación con
el ámbito territorial, incluso me gustaría saber si se podría hacer una oficina de atención telemática para orientar recursos. Ustedes también han hablado del papel que tiene el SOJ en un momento determinado como colegio de abogados, pero yo
entiendo que se trataría de un recurso, no de la propia oficina de información debido a su carácter. Les comento esto al margen de la reflexión que se pueda hacer sobre el papel de los colegios en la justicia gratuita.


Hay una cosa que me ha parecido muy interesante y que me gustaría que se ampliara: el código procesal electrónico. Los profesionales hemos reflexionado muchas veces sobre la tiranía -lo digo coloquialmente- de la informática, sobre cómo la
informática condiciona la propia aplicación de la ley en un sentido práctico. La ley dice cosas que pueden ser interpretadas de muchas maneras, pero en realidad solo hay un camino que es el que el programa concreto te deja hacer. Esto a mí me hace
reflexionar sobre si podríamos integrarlo en las propias leyes procesales. No sé si sería excesivamente reglamentista. ¿Cómo ven ustedes este tipo de problemas? ¿Se puede integrar en una ley o qué tipo de relación hay que tener entre la legalidad
y la posibilidad que te da el programa concreto, entre lo que puedes y no puedes hacer?


Otra cuestión -quizás son demasiadas, pero prometo que enseguida paro- que les quiero plantear trata sobre el letrado como gestor de la oficina de personal. Sobre esto, han mencionado ustedes la formación o la capacidad de formación incluso
en alta dirección. Este es un tema que nos interesa mucho, porque creemos en ese papel de gestor de la oficina judicial. Me gustaría que ampliaran la información para saber cuáles son las carencias o los obstáculos que se están encontrando ustedes
para desarrollar ese papel profesional.


Se me van a quedar un montón de cosas en el tintero, pero, como me da la sensación de que hay más, voy a limitarme a lo que es realmente importante, por si podemos hacer ese tipo de debate que les comentaba antes o por si me pueden contestar
para avanzar y hacerlo efectivo.


Les reitero las gracias por su esfuerzo.


El señor VICEPRESIDENTE (Matos Mascareño): Muchas gracias, señor Santos.


Para finalizar este turno de intervenciones, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra su portavoz la señora Moro Almaraz.


La señora MORO ALMARAZ: Muchas gracias, señor presidente. También les doy las gracias a los representantes de las cuatro asociaciones de los letrados de la Administración de Justicia. Creo que han sido unas intervenciones muy detalladas,
muy claras, ceñidas a lo que hemos pretendido que sea esta subcomisión, una subcomisión de trabajo para afinar y concretar las propuestas y las prioridades para así avanzar sobre aquello en lo que parece que estamos todos de acuerdo: que hay un
diagnóstico general bastante común, pero que, indudablemente, luego viene la letra pequeña y, casi siempre, la letra pequeña en el mundo del derecho -y no solo en él- trae sus problemas.


También tengo que darles las gracias en nombre de mi grupo por la consideración que siempre han tenido con nosotros y por esa relación directa que hemos mantenido, en particular, con el colegio nacional y con la asociación UPSJ. Hace poco,
los miembros de los cuatro grandes partidos representados en esta Cámara hemos estado en sus jornadas. Esta ha sido una manera para que no solo vinieran aquí, como lo han hecho en otras ocasiones, en reuniones en petit comité, sino para que
estuvieran con todos, comunicándose con todos, con la Mesa e individualmente con cada uno. Esto nos



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permite fluidez en el contacto y, por tanto, empaparnos con sus problemas, porque los conocemos, pero cuando los oímos por boca de sus protagonistas, indudablemente, cobran verdadero sentido y encajan en todo este puzle, que no es fácil.


Es evidente que desde hace un tiempo, no solo ahora, nos encontramos en una encrucijada, y los tiempos de encrucijada suponen una transformación. Repito muchas veces -siento que siempre digo lo mismo y no me gusta- que no se trata de que no
haya existido un cambio, de que no haya habido modificaciones relevantes en la justicia en España. Precisamente por eso, porque han existido modificaciones pero no son suficientes, porque la sociedad nos supera y porque tenemos nuevos retos, muchos
cambios parciales, esa encrucijada en la que nos encontramos hace que el papel de profesionales como los letrados de la Administración de Justicia sea cambiante. Yo creo que es cambiante para bien, al menos sobre el papel, porque es el
reconocimiento -desde luego, por parte nuestro grupo- de esa labor fundamental y que no solo se quede en las palabras. Es el reconocimiento que articula y que ha de articular el trabajo. Indudablemente, cuando se ha ido avanzando en esas
modificaciones, se ve -ustedes lo han dicho hoy aquí- que tiene efectos positivos. Pero no está concluido y la ausencia de conclusión lleva a disfunciones que han sido puestas de manifiesto y sobre las que venimos tomando nota. Y lo más importante
es que intentaremos ver cuáles son los mecanismos de modificación que permitan resolverlas de la mejor manera posible, tanto por el incentivo de las fuerzas parlamentarias y de mi grupo como por parte del ministerio.


Han tocado prácticamente todos los temas y desarrollarlos ahora sería muy complicado, pero yo me detendría en algunos. Siempre sale la Ley del Registro Civil y el papel de los letrados de la Administración de Justicia en la Ley del Registro
Civil. En estos momentos ya estamos en condiciones de señalar cómo se ha producido esa nueva prórroga en la vacatio de la completa entrada en vigor de la Ley del Registro Civil por aprobación en el Senado, y en este Pleno del Congreso, si mal no
recuerdo, tendrá lugar la aprobación definitiva. Es una oportunidad que nosotros mismos nos autoimponemos, la oportunidad de concluir la reforma de la mejor manera posible, porque estamos convencidos de que son ustedes, los letrados de la
Administración de Justicia, los que tienen que asumir esa responsabilidad como encargados. Hemos pasado fases distintas. Eso ha llevado a que esa, en principio, amplia vacatio de la Ley del Registro Civil se haya quedado corta. Yo tengo que decir
que no es porque no se haya hecho nada, sino porque aquel aspecto tan importante que quedaba pendiente, como es pasar de un modelo judicial a un modelo desjudicializado, quedó en el aire y tuvimos la mala suerte de toparnos, entre otras cosas, con
una crisis económica tremenda y con distintas maneras de ver cómo se podía complementar. Pero creo que hemos llegado a buen puerto, creo que estamos en la última fase y estamos convencidos de que esta última fase tiene que hacerse bien,
definitivamente, con la conformidad de quienes deben -creemos que son ustedes- afrontar esa tarea, hacerla bien y prestar el mejor servicio, como se ha dicho aquí en repetidas ocasiones, a los ciudadanos.


Además de lo que ya han dicho, hay quejas que se han hecho aquí y que se plasman en las reuniones con sus asociaciones de que no siempre se han enterado en el momento adecuado de por dónde iban determinadas negociaciones. A veces la
estructura de quiénes son los representantes en las negociaciones no coincide con esa comunicación. Nos dicen a los partidos políticos que a veces no comunicamos bien, pero esto sucede también en otros entornos, como es el entorno sindical y el del
asociacionismo. Por tanto, nos interesa que aquí en sede parlamentaria -en el Diario de Sesiones va a quedar reflejado- ustedes nos completen lo que ya han dicho para que tengamos claro qué elementos consideran esenciales para llevar a cabo esa
tarea y para que al finalizar este año de prórroga de vacatio entre en funcionamiento un registro que, como ya ha dicho alguno de mis compañeros y el ministro lo ha señalado en distintas ocasiones, estamos comprometidos a que sea único, universal,
público y gratuito y que funcione, que desaparezcan esas quejas mayoritarias. No se deben a que los profesionales no hayan trabajado bien, pero ustedes saben que han engrosado probablemente las cifras más importantes de quejas sobre el
funcionamiento del Registro Civil en España. Por tanto, creo que es injusto que se siga materializando de esa manera porque los profesionales somos conscientes de que han trabajado bien, pero con las mimbres que tenían. Por tanto, les preguntamos
sobre esas mimbres. Pongámoslo encima de la mesa y colaboremos todos para solucionar el problema.


Estoy de acuerdo con algo que se ha dicho aquí. Por esa razón era una barbaridad en este momento plantear una plataforma tecnológica sin antes completar cómo queremos que se desarrolle ese modelo de encargado del Registro Civil. Pongamos
la informática al servicio del derecho y no el derecho al servicio de la informática. Yo creo en eso y estoy plenamente de acuerdo.



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Hay otra cuestión que también han mencionado y me gustaría que nos hiciera algunas aclaraciones. Se dice mucho en las últimas semanas -yo creo que no es correcto- que hace falta modificar las normas en materia de proceso criminal, de
proceso penal, pero, dadas las circunstancias, no es el momento. O es necesario modificarlas porque tenemos una ley absolutamente ajena a lo que es la realidad social y la realidad criminal y las necesidades de nuestra sociedad en estos momentos,
parcheada, que no se acomoda y que por tanto no permite agilizar los procesos ni que los ciudadanos cambien su percepción sobre la Administración de Justicia, o no es necesario. Si tenemos la necesidad y con la experiencia de lo que acabo de
señalar de la Ley del Registro Civil, no creo que nos podamos permitir el lujo -creo que sería una irresponsabilidad- de esperar a que cambien las circunstancias. También suelo utilizar este ejemplo y les pido disculpas porque es absolutamente
llano. Nunca una pareja está en condiciones óptimas de tener un hijo, nunca vamos a encontrar las circunstancias óptimas, que además no acabo de ver cuáles son, porque las de la crítica van existir siempre, las de la discrepancia en opiniones van a
existir siempre y luego hay otras que no se corresponden con la verdad, se dicen pero no se corresponden con la verdad, porque si entráramos en eso que se dice y que no se corresponde con la verdad tendríamos que preguntarnos, echando mano de
hemeroteca, qué ha ocurrido en otras épocas con determinados fiscales generales del Estado. A mí no me gusta hacer esa comparación y no la voy a hacer.


Todos nos dicen que es necesario, nosotros creemos que es imprescindible, creemos que es imprescindible colocarnos en el mapa porque no es posible luchar contra la criminalidad en el siglo XXI de la manera que se hacía en los siglos XVIII y
XIX y, en consecuencia, sí creemos que es importante cambiar el modelo de investigación, no de instrucción. Creo que es importante empezar a machacar esto. Aquí no estamos cambiando -o no lo pretendemos o no creemos que sea bueno cambiar- al juez
por el fiscal, sino cambiar el modelo de investigación. Por tanto, un fiscal investigador, un juez de garantías, una adecuada coordinación en ese proceso y una agilización. ¿Cuál es el papel que creen que debe tener el letrado de la Administración
de Justicia en ese cambio? Porque después ya vemos que los tiempos de entrada en vigor de esas leyes son largos. Por eso digo que no nos podemos permitir el lujo de seguir pasando.


Es evidente, en tercer lugar, que es importante concluir el tema de la Oficina Judicial, como ya hemos escuchado. Creemos en ese modelo de gestión, creemos que hay que ir resolviendo disfunciones, pero que en general estamos en sintonía de
que lo que corre prisa es irlo completando. Es cierto que en los últimos años ha habido una marcada preferencia por incorporar los sistemas de expediente electrónico o digital por parte del ministerio, pero sin abandonar la implantación de la
Oficina Judicial, porque se han hecho los análisis y los estudios, y una de esas muestras de que se ha ido haciendo y de que se quiere implantar, al mismo tiempo que se ha puesto un énfasis muy especial en mejorar la Administración de Justicia en el
ámbito tecnológico, es la Orden de 27 de abril de 2017, donde entre otras cosas se pone de manifiesto que no todos los juzgados son iguales, que no todos los tribunales son iguales, que no todos los lugares son los mismos y, por tanto, que hay que
adecuarlo. Esto parte de un estudio que se ha hecho. ¿Cómo creen ustedes que esta adecuación debe casar con ese papel que deben tener? Yo creo -lo he dicho y lo repito aquí-, al menos a título personal, en esa función gerencial que además de las
otras deben tener en la Oficina Judicial, y creo -por eso comenzaba diciendo que estamos en un periodo de tránsito- que debemos dar un impulso para que ustedes tengan el reconocimiento en todos los niveles que se corresponde con las competencias que
se han ido atribuyendo. Concluida esa encrucijada, concluido el puzzle, tendrán nuestro apoyo.


Señalaría muchas más cosas pero ya han sido planteadas aquí. Me gustaría que me pudieran decir cómo les parece a ustedes que podemos trabajar para reducir la interinidad, igual que en otros cuerpos, en el caso de los letrados de la
Administración de Justicia. La intervención de don Ángel Maraver ha sido de una defensa a ultranza sobre una serie de cuestiones muy importantes porque afectan sin duda a un número importante de letrados de la Administración de Justicia, y también
a una forma de estructurar la profesión. Creemos que es importante cambiar absolutamente ya de una vez por todas. Estamos convencidos de que es necesaria la profesionalización, es necesaria una atención clara y rotunda a la carrera profesional de
los letrados de la Administración de Justicia, es necesario cambiar el acceso de los secretarios, que es de otros tiempos, como en otros tiempos les pasaba a los jueces, etcétera. El ministerio quizá se retrase, pero le aseguro que está dispuesto a
cumplir la ley, a poner orden en una serie de resoluciones enmarañadas a lo largo del tiempo sobre esa materia y que está en ello.



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Sí me ha sorprendido lo que ha dicho, porque mi información era que el ministerio se había reunido con todas las asociaciones. De hecho, mi referencia es que usted mismo y don José Antonio Castillo estuvieron en una reunión el 7 de febrero
en el Ministerio de Justicia. Una cosa es que, a lo mejor, no sean suficientes pero no cabe decir -y usted lo concretará- que no las haya. Nosotros, es verdad, no nos hemos reunido, no nos lo han pedido ustedes, pero desde aquí, en nombre de mi
grupo, les digo que, como hemos hecho ya reiteradamente con dos asociaciones, nos ponemos a disposición de los cuatro para que salga de aquí, de esta subcomisión de la Comisión de Justicia, un buen documento que permita que el Gobierno realice, con
las prioridades adecuadas, esa modernización, esa actualización, esa revisión de la Administración de Justicia para que los profesionales estén contentos -porque así el trabajo se hace mejor- y de ese modo los ciudadanos estarán mejor atendidos.


Muchas gracias.


El señor VICEPRESIDENTE (Matos Mascareño): Muchas gracias, señora Moro.


Pasamos al turno de contestación por parte de los comparecientes para que den respuesta a todas las cuestiones o comentarios que se les han planteado. Vamos a seguir el mismo orden que en la intervención inicial y ahora les pido una
concreción, una síntesis para poder dar las respuestas en no más de diez minutos. Tiene la palabra el señor Lara.


El señor LARA HERNÁNDEZ (Presidente del Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia): Procuraré cumplir con el tiempo, pero han sido muchas las cuestiones que se han planteado y, posiblemente, difíciles de concretar.


Se nos ha planteado por el Grupo Ciudadanos la valoración que hacemos de los accesos al punto neutro judicial. Creo que es altamente positiva tanto la propia existencia de este canal de comunicaciones y de interoperabilidad con otras bases
de datos como los servicios que nos presta. Sí que he hablado de la necesidad de mejorar la interoperabilidad entre las aplicaciones de justicia y las aplicaciones externas y este punto sería uno de los básicos y fundamentales para llevar a cabo.
Muchas veces, y no solo a través del punto neutro sino a través de la cuenta de consignaciones de la aplicación de gestión, se realizan solicitudes de embargo de depósitos a la vista en entidades bancarias. No siempre conocemos si estas solicitudes
de embargo se ejecutan el mismo día, si se ejecutan al día siguiente, si se mantiene el embargo si no hay en ese momento saldo líquido disponible, cuánto tiempo se mantiene. Son puntos que sí hay que tratar, pero de todas formas estamos satisfechos
y consideramos que, dado que afecta a derechos fundamentales como el derecho a la intimidad y a la protección de datos personales, deben tener su origen y su cauce siempre a través de los órganos judiciales.


En cuanto a las transferencias telemáticas, solo quiero recordar que se realiza una transferencia de dinero telemática cuando hay que realizar un pago judicial a solicitud de la parte, nunca por instancia. Por tanto, hay un cien por cien de
transferencias solicitadas para su realización telemática. Se está dando el paso en la gestión de la cuenta de consignaciones para que la emisión en el famoso papel del mandamiento de devolución desaparezca y se hagan también documentos
electrónicos. Las pruebas están en marcha y creo que va a ser también un éxito.


Me ha preguntado muy expresamente sobre la posibilidad de concretar las decisiones en materia de ejecución de sentencias en la decisión inicial, en el despacho de ejecución o en el decreto de medidas que se dicta con posterioridad y que está
prevista en la ley. Ahí se tiene que concretar absolutamente todo lo que afecta a la ejecución en concreto. Si la parte, al presentar la demanda de ejecución, efectúa algún tipo de solicitud concreta se resuelve sobre ella, porque no se puede no
resolver sobre lo pedido por las partes. No existe ningún problema al respecto. Lo que sí sería una aventura es imaginar lo que puede ocurrir durante una fase de ejecución y resolver ya sobre las posibilidades que pueden ocurrir. Las resoluciones
judiciales de los letrados de la Administración de Justicia se basan en hechos, peticiones y aplicación del derecho. Hasta que no se produce el hecho es bastante complicado aventurar las decisiones.


Se ha comentado sobre la autonomía procesal y la labor que se puede realizar para unificar criterios. Lo he dicho, creo que el servicio público de la justicia es un servicio que tiene que ser homogéneo. Consideramos que esto es un derecho
del ciudadano, no podemos vivir en una sociedad en la que en cada momento se resuelve una cosa a hechos distintos. Pero también es cierto que una de las principales características del Poder Judicial en su conjunto, y de todos los que trabajamos o
colaboramos con el Poder Judicial o en la Administración de Justicia, es la independencia en la decisión. Porque si no, no sería un poder del Estado, sería un poder dependiente. Por tanto, hay que garantizar esa independencia



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judicial y hay que garantizar, como he dicho, la autonomía procesal en la decisión concreta de cada letrado de justicia. Conjugando ambas cuestiones la ley nos da una vía y es, en juntas de letrados, la posibilidad de unificar prácticas y
criterios por vía jerárquica. Solamente a través de los protocolos de actuación de la nueva Ofician Judicial se pueden unificar prácticas y criterios del proceso de trabajo, pero nunca del proceso judicial, que es diferente. Cuando esto es una
decisión procesal se actúa con autonomía y solo se puede adoptar sobre la base de unificación de criterios globales. Los criterios homogéneos se adoptan, no se imponen, porque eso significaría una intromisión jerárquica en algo que no es más que el
proceso, que no es más que el instrumento para el ejercicio de la jurisdicción y hay que garantizar la autonomía de este. La labor que puede hacer la jerarquía dentro del cuerpo es la de promocionar esa unificación de criterios, pero nunca
adoptarlos.


También se ha preguntado por los servicios de mediación. Evidentemente, hay una cierta confusión entre mediación y conciliación. El conciliador propone soluciones; el mediador, no, solamente acerca posturas. Sí que es cierto que la labor
que realizamos en la jurisdicción social -como he dicho, solucionando casi la mitad de los casos que entran- es de conciliación, no de mediación. Sí que es cierto que lo que existe es una normativa que viene regulada a nivel europeo en la directiva
correspondiente de mediación y no conciliación, pero son primas hermanas. Lo que proponemos nosotros -y lo ha admitido, como he dicho, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en una sentencia reciente- es que se establezca la obligatoriedad de
acudir a mediación -y yo diría- y/o acto de conciliación previo en determinado tipo de asuntos. Asuntos que pueden ser de cuantía ínfima, asuntos en donde la discusión jurídica o sobre los hechos también es irrelevante y, a partir de ahí, en un
servicio común creado al efecto, verificar las posibilidades y la potencialidad que tiene este tipo de servicios.


Se ha hablado de la sobrecarga de trabajo. Efectivamente, esto sería una carga más de trabajo, trabajo que nos otorga la Ley Orgánica del Poder Judicial en la última reforma que se promovió y se aprobó por esta Cámara de que somos
competentes en mediación. Nuestra mediación es una mediación jurídica, no puede ser una mediación familiar, no puede ser una mediación social; es una mediación jurídica. Sobrecarga de trabajo habría si ponemos a la misma persona a abrir la puerta
del juzgado, a sentarse, a encender los ordenadores. Es decir, lo que planteamos nosotros -y lo he dicho cuando he hablado del número de efectivos del cuerpo, uniéndolo con el informe de la Cepej- es la creación de puestos de trabajo. ¿Para qué?
Para servir al ciudadano; no pedimos crear puestos de trabajo porque queremos trabajar menos. Pedimos más puestos de trabajo porque es necesario si consideramos que hay que adoptar una medida que mejore el servicio público. Esta es una medida que
entendemos que mejoraría el servicio público, el crear puestos específicos de gente preparada, formada, profesional y especializada para llevar a cabo esa función.


En relación con la oralidad, somos partidarios de ella. En el año 2001 se reformó la Ley de Enjuiciamiento Civil y se impuso la oralidad en el acto de juicio e incluso se introdujo por primera vez la videograbación de los actos de juicio.
Hubo resistencia por parte de todo el mundo -por los profesionales, por los juzgados-, pero esa ley significó un avance impresionante. Superada esa resistencia, con la tranquilidad y el sosiego que se merece, ahora nadie concibe un juicio que no
sea oral en España. Pues lo mismo si la intentamos aplicar en el resto de cuestiones. ¿Cómo superarlo? Pues con un tratamiento adecuado de las necesidades de los profesionales, ya lo he mencionado a la hora de hablar de las aplicaciones
informáticas, y con un tratamiento adecuado de la dedicación inmediata que eso pueda exigir a los profesionales, tanto de fuera de la Administración de Justicia como de los que trabajamos dentro de la justicia. Es un principio básico que debe ser
fundamental. Ya he hablado de la mediación. El papel de otros colectivos está previsto en la ley, por ejemplo, la intervención de los procuradores en materia de poder constituirse en notificadores de las resoluciones, en depositarios de los bienes
cuyo depósito se acuerde, en realizadores de bienes mediante subasta. Por el momento las experiencias realizadas son mínimas, a pesar de que la reforma es de 2009. Dejemos andar en ese camino pero mantengamos, como he dicho, la ejecución en el
ámbito que tiene que estar, la decisión y la ejecución deben ser públicas, profesionales y a cargo del personal que las Cortes Generales han querido que esté que, como dicen tanto el Tribunal Constitucional como el Consejo General del Poder
Judicial, no son otros que nosotros.


El código procesal electrónico la verdad es que es algo un poco etéreo pero sí que surge de una necesidad que es la que hemos mencionado. Nos encontramos con que las aplicaciones informáticas no sirven a la función, sino que la función se
tiene que adaptar, como bien se ha dicho, a la propia aplicación. Es necesario que se dicte una norma, que hemos llamado código procesal electrónico, que incluya las características esenciales y básicas que tiene que tener una aplicación
informática para servir realmente



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a la función y que además haga un compendio de toda aquella normativa puramente técnica de la normativa procesal que se incluye en las leyes de procedimiento. Si no, nos vamos a encontrar con disparidad de criterios entre lo que dice, por
ejemplo, la Ley de Enjuiciamiento Civil y lo que dice la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sobre todo el problema que ha planteado una compañera sobre las transcripciones. Si la ley orgánica dice que no se ha de transcribir lo videograbado de un acto
oral, evidentemente no se puede excluir, porque la Ley de Enjuiciamiento Criminal en un determinado punto no se haya modificado, y que eso no afecte a las diligencias sumariales. Esa disfunción la llegaría a solucionar un código procesal
electrónico único.


Respecto al letrado de la Administración de Justicia como gestor del personal, siempre digo que con la ley de 2003 hemos dejado de ser jefes de personal para pasar a jefes del personal. Es una diferencia de criterio, gestionamos el trabajo
de las oficinas judiciales y, como tales, no tenemos competencias directas en materia estatutaria o profesional sobre el personal. Sí que es cierto que hay normas dictadas por el Ministerio de Justicia como la orden que regula nuestra jornada y
horario en la que se nos reconoce como directivo público. Ese es el punto básico y fundamental y al que he hecho referencia al final de mi intervención. Creo que es necesario pero no por nosotros -que también-, sino por el servicio público que se
dote de capacidades al que dirige para poder dirigir con agilidad y con eficacia; capacidades que ahora surgen más de la propia predisposición personal y de la mano izquierda que de la mano derecha. Es cuestión de profundizar en este estatuto de
director público para poder garantizar lo que he mencionado anteriormente, la homogeneidad del servicio público, que también afecta a la dirección.


La representante del Grupo Popular nos ha preguntado también por el Registro Civil. Efectivamente, es una oportunidad pero no solo una oportunidad para nosotros el asumir el Registro Civil, que también es una función que está íntimamente
ligada a la fe pública, sino que creo que es una oportunidad para la ciudadanía y que deberían hacerse los máximos esfuerzos para que la ley, que está pendiente de entrar en vigor, entre en vigor lo antes posible. El despliegue territorial del
Registro Civil y la aplicación informática que regule la hoja de personal están íntimamente relacionados. Es evidente que la crisis y el haber estado con una interinidad en el Gobierno durante un año han impedido que se hayan podido adoptar las
decisiones que se querían adoptar desde el Ministerio de Justicia. De ahí la transitoria que se propuso, con la que estábamos absolutamente de acuerdo, de desjudicializar, asumir el Registro Civil y mantenerlo dentro de donde tiene que estar que es
en sede de la Administración de Justicia. En esa interinidad deberíamos haber adoptado soluciones imaginativas, entre comillas, para evitar que significara una sobrecarga de trabajo para los registros no exclusivos, concentrando este tipo de
registros, dotándoles también de letrado de la Administración de Justicia exclusivo, etcétera, en espera del despliegue informático que necesariamente exige, porque una cosa tiene que ir con la otra. Si tenemos una hoja de personal informática
evidentemente el registro tiene que estar concentrado y, como tiene que estarlo, por eso queremos tener una hoja personal en formato electrónico. Una cosa va con la otra y espero, deseo y estaremos absolutamente dispuestos a que esta vacatio de un
año, si es posible, sea en cinco meses o en cuatro, porque no podemos poner en duda el horizonte en la gestión del Registro Civil que no es otro que mantenerlo en sede pública.


Ley de Enjuiciamiento Criminal, absolutamente de acuerdo, hay que modificarla. Es una ley parcheada, que trae consecuencias como las transcripciones que he mencionado, es una ley que exigirá -si se adopta, como se ha dicho- ese cambio de
filosofía en la investigación. No es cuestión -participamos de esa idea- de sustituir al juez instructor por el fiscal instructor; no, no es esa la cuestión. Tenemos una fase de instrucción o de investigación tediosa, absolutamente cargada de
trámites, absolutamente ligada a la adquisición de todas las pruebas y de ninguna otra de la que se pueda hacer valor en el acto de juicio. Tenemos que agilizar este sistema. La figura del fiscal investigador sería magnífica con un juez de
garantías que controlara esa instrucción. Como ha dicho nuestro ministro de Justicia, si para ello es necesario hacer modificaciones o redoblar la autonomía del ministerio fiscal en este ámbito para que pueda llevar con garantías y con tranquilidad
para la ciudadanía la fase de instrucción, que se hagan. Somos partidarios de esa idea y es la única que entendemos que va a agilizar de verdad la fase de investigación. Hay que cambiar el modelo, efectivamente. ¿Qué participación podemos tener
nosotros en este modelo? Esto dependerá -y así se lo hemos hecho saber al ministro de Justicia- de nuestras funciones. Si es necesario, por el ejercicio de funciones propias de carácter exclusivo, que intervengamos en esa fase de investigación
ejerciendo impulso procesal o fe pública, tendremos que estar en esa fase. Si no es necesario porque el concepto que se hace de la fase de investigación no es tan garantista, sino que la garantía la dará el Juzgado de garantías y luego el Juzgado
de lo Penal, no tendremos que



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intervenir en la fase de investigación. Estamos a disposición. Por supuesto, siempre en el ejercicio de nuestra esencia básica que es el impulso del proceso y, sobre todo, de la fe pública judicial, que no es otra cosa que la garantía del
derecho de los ciudadanos.


En cuanto a la nueva Oficina Judicial, mi intervención va íntimamente ligada a lo que se ha manifestado. Creemos que la orden de abril de este año es una magnífica noticia. El despliegue de la Oficina Judicial estaba más sometido a
cuestiones voluntaristas de 'ahora quiero desplegarla en tal localidad' que a 'me veo impulsado a desplegarla en esta localidad'. Esa orden ministerial va a ser muy positiva porque ha determinado exactamente cómo se tiene que desplegar la oficina
en todo el territorio que depende del Ministerio de Justicia, y así lo aplaudimos. Ahora esperamos que se continúe con esa autobligación que se ha dado el ministerio de hacerlo y confiamos absolutamente en ello.


En cuanto a la reducción de la interinidad, somos partidarios de una justicia profesional y que la labor y el servicio que prestamos a la Administración de Justicia también sean profesionales; que el que no se acuda a no profesionales sean
medidas extraordinarias, por supuesto. Pero aquí hay que valor mucho la carga de trabajo, de la que tanto se ha comentado. No superpongamos la profesionalidad en la prestación a la imposibilidad de hacerlo con calidad. Hay que valorar las cargas
de trabajo que tenemos, hay que valorar la compensación a ese trabajo que se realiza. Principalmente, si partimos del dato que he manifestado al principio de que existen quinientas vacantes en nuestro cuerpo, posiblemente pudiésemos reducir esas
quinientas a muchas menos, a doscientas, a cien y hacer un ahorro económico importante si tomamos la decisión de hacer esas ofertas de empleo público de carácter especial que demandábamos desde el colegio, por la sencilla razón de lo que he dicho
antes, es decir, no existe posibilidad intelectiva alguna de considerar que puede haber un juzgado sin letrado. No se puede decir: voy a amortizar un 10 % de las plazas y voy a quitar estas. No, toda unidad judicial tiene que tener un letrado de
la Administración de Justicia. Si eso es un hecho, ¿qué impedimento hay para convocar las oposiciones correspondientes, para que se cubran por profesionales, para que tengamos que tener el mismo gasto -porque hay que poner un sustituto- y no
obtener un servicio profesional? De ahí la petición que hemos hecho de una oferta de empleo público especial y adecuada. No sé si se me ha olvidado algo. Si es así, sigo a disposición de ustedes.


Gracias.


El señor VICEPRESIDENTE (Matos Mascareño): Muchas gracias, señor Lara.


Señora Urrea.


La señora URREA MARSAL (Portavoz de la Unión Progresista de Letrados de la Administración de Justicia, UPSJ): Voy a empezar contestando a Ciudadanos sobre el punto neutro judicial, que, como ha dicho mi compañero, es un sistema que
funciona. Estamos muy contentos, es ágil y creemos que es fiable, pero deberíamos complementarlo. Tendría que tener acceso, por ejemplo, a datos del Instituto Nacional de Estadísticas, intercambio de datos con registros mercantiles, registros de
la propiedad. Creemos que no es difícil y facilitaría mucho más el procedimiento. En cuanto a la información patrimonial y su actualización, yo puedo hablar de esto de primera mano por el puesto de trabajo que estoy desempeñando en Primera
Instancia. La información es actualizada relativamente, aunque desconozco si podrían conseguirse mejores resultados. Accedemos, por ejemplo, a las declaraciones de renta del año pasado, pero no podemos acceder a los datos fiscales de las de este
año, que a lo mejor ya han finalizado. Siempre vamos, digamos, un año atrasados. No sé si desde el ministerio se podría solucionar y conseguir una mayor actualización.


Sobre la prevalencia de las transferencias telemáticas, creo que somos de las únicas administraciones que aún estamos emitiendo papeles para que vayan a cobrar en metálico a los bancos. Debería existir la obligación de que, ante cualquier
persona que quiera relacionarse con los juzgados, se designara una cuenta corriente a través de la cual se realizara la transferencia telemática. Nos ahorraríamos los miles de mandamientos que caducan, recordemos, a los tres meses de la expedición,
lo que es un tiempo muy corto porque el circuito que tiene que hacer el mandamiento es: salir del juzgado, llegar al procurador, después al abogado y finalmente al cliente, momento en el que a lo mejor han pasado dos meses y caduca a los tres.
Creo que las transferencias deberían ser obligatorias para evitar este tipo de disfunciones, que son muchas, a la hora de gestionar la cuenta.


Sobre el Registro Civil y el modelo territorial, ya he expuesto que nosotros somos seguidores del modelo marcado por la Ley 20/2011. No sé dónde está la justificación para mantener unos registros delegados a cargo de juzgados de paz cuando
la propia dirección general los mira con recelo. La



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instrucción de 28 de mayo de 2008, que habla de los juzgados de paz, les limita muchísimo las competencias. El artículo 46 de la Ley del Registro Civil solo les da competencias para inscribir la defunción o el nacimiento cuando sea dentro
del matrimonio, y el hecho del matrimonio. Pueden expedir certificados siempre con dos firmas; cosa que no ocurre en el resto de legados; necesita la firma del juez de paz y la del secretario. Es decir, es un órgano que desde la misma
organización se mira con recelo. Entendemos que la Ley 20/2011 avanza hacia un modelo territorial provincial que gestiona mucho mejor los recursos, más profesionalizado y que, con los medios telemáticos que prevé, lo acerca al ciudadano. Estos
registros civiles municipales o a cargo de los juzgados de paz pueden mantenerse, pero ya tienen unas competencias: las de recoger las solicitudes y las documentaciones de los ciudadanos. Esto es suficiente para evitar los desplazamientos a las
capitales de provincia desde pequeños municipios. También en relación con esto es esencial que se dote a este nuevo Registro Civil provincial de los medios informáticos que prevé la misma ley. No entendemos que estas modificaciones que pretenden
hacerse para implementar automáticamente y lo más rápido posible esta Ley del Registro Civil obvien el hecho de disponer de estos sistemas informáticos avanzados, que son los que realmente después acercan al ciudadano. Quién no cambiaría ir al
Registro Civil en el momento en que vas a pedir la beca de comedor de tu hijo o cuando vas a pedir la pensión de viudedad, por que sea el INSS, el consejo comarcal o el que necesite la Administración quien obtenga la partida de nacimiento, de
defunción, etcétera. Esto se consigue con los medios telemáticos que ya están previstos en la Ley 20/2011. Dotemos de estos medios informáticos a los registros civiles provinciales que, como mucho, serán cincuenta oficinas. Cuando estamos
hablando de un incremento del Ministerio de Justicia de 7,7 %, no sé qué problema puede haber en destinar una partida lo suficientemente grande para acabar con este problema. Dejémonos de aplicar esta ley antes de hora; hagámoslo con las garantías
necesarias para que nosotros podamos ser los encargados, pero dando un servicio adecuado y cercano al ciudadano. Esto se consigue con los medios telemáticos, y para eso hay que invertir en esos medios. Si no invertimos en esos medios, no
conseguiremos que esta ley sea cercana.


En cuanto a la ejecución en manos de los procuradores, yo ofrezco el estudio que ha realizado la asociación -lo voy a enviar a la Comisión- sobre la eficacia que tenemos en la ejecución actualmente. Sobre todo en el ámbito civil se ha
demostrado que hemos aumentado la resolución de ejecuciones en un 30 %. Creemos que no se puede disgregar la ejecución de lo que es el procedimiento judicial, en primer lugar por respeto a la protección de datos. Ya hemos dicho cuántos embargos
telemáticos enviamos. Cuánta información patrimonial, no lo sé, pero hacemos averiguaciones patrimoniales constantemente de todo, de datos sensibles a la protección de datos de los ciudadanos. No creemos que esto pueda transmitirse a manos de
terceros que, además, son interesados directos en el pleito. Esto es así, son representantes de una de las partes.


En relación con si podríamos acordar una ejecución con todas las normas para posteriormente continuar con esas normas la ejecución, tal y como está prevista actualmente la regulación procesal, es muy difícil. Cuando se pide un embargo hay
que acordar si son embargos proporcionales. Constantemente hay peticiones de embargo y en cada uno hay que mirar que sea proporcional a la deuda. Esa es una función del letrado. Cuando se embarga, por ejemplo, un salario, el letrado también puede
reducir la cantidad resultante del embargo. Cómo se transmite eso posteriormente durante la ejecución está garantizado con la figura del letrado. Por tanto, creemos que no es posible que la ejecución pase a ser un servicio privado.


Sobre la oralidad, como han dicho los compañeros, cualquiera que trabaje en los juzgados sabe que los jueces están encantados con todas las actuaciones orales. Quién no reconoce el valor del lenguaje no verbal. Ver a un testigo, ver a un
perito, ver a la parte que está hablando en un juicio civil o penal convence al juez a la hora de decidir, le ayuda mucho después a decidir. ¿Qué problema tenemos? Normalmente los que son contrarios a esta oralidad lo son por motivos -entre
comillas- de comodidad. Las segundas instancias, los ministerios fiscales, los que después quizás tienen que ver esas grabaciones que duran horas, eso son los impedimentos que ven los contrarios a la oralidad. La oralidad debería ser obligatoria,
sobre todo en ejecución penal; da más garantías al acusado en el momento en que está declarando. También es verdad que faltan medios en los juzgados. Las salas de vista no disponen de pantallas para poder ver una grabación y en los juicios eso
también es un problema y crea opiniones contrarias a la oralidad.


En cuanto al papel de la mediación, creemos que podemos practicarla nosotros, pero también estamos a favor de que haya otros colectivos preparados especialmente para poderla llevar a cabo. Sobre las



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oficinas de atención al ciudadano y asistentes sociales, es increíble la cantidad de gente que viene -sobre todo en civil, donde yo estoy- con instrucciones del asistente social. Hoy en día el asistente social es un asesor del ciudadano.
Es necesario y sería muy útil que tuviéramos oficinas de asistentes sociales dentro de los juzgados con los que pudiéramos coordinarnos -porque a veces les dan instrucciones que procesalmente no son viables- para que el ciudadano no se sienta en un
ir y venir a oficinas diferentes. Necesitamos que estas personas estén bien asesoradas desde estos dos puntos de vista: social y jurídico, que son diferentes pero que podemos coordinar.


En relación con el letrado con perfil de gestor en las oficinas judiciales y las habilidades directivas, ya he explicado que es un valor que debería tomar muy en cuenta el ministerio, puesto que nosotros, como directores de los servicios y
de los recursos, somos los que podemos, a su vez, motivar a nuestros funcionarios a la hora de cambiar nuestra cultura de trabajo. Debemos orientarla sobre todo al servicio público, al servicio al ciudadano y también a una cultura de trabajo en
equipo, que no tenemos, y superar así los individualismos que actualmente están a la orden del día en los micro juzgados que tenemos. Este perfil -ya lo he dicho- necesita un letrado, primero, motivado y también preparado. La preparación está
iniciándose ya; hacemos cursos en el centro de estudios sobre habilidades directivas, coaching, factoring; numerosas disciplinas de este tipo, pero la motivación actualmente del colectivo de letrados es baja. Ya he explicado que hay concursos en
los cuales se ofrecen plazas de mayor responsabilidad, como puede ser un coordinador provincial o un director de servicio común de una oficina -que es básico- y no hay candidatos o hay poquísimos candidatos. Ese es un problema de motivación del
cuerpo causado, en primer lugar, porque muchas veces no se nos tiene en cuenta a las asociaciones a la hora de tomar decisiones que nos afectan y, por otro lado, como ya he dicho, por la falta de retribución adecuada a las funciones, que son cada
vez mayores y que no han tenido una contraprestación económica. Eso es así. Estamos poco motivados y necesitamos letrados motivados para que tengan ese perfil gerencial básico para cambiar la cultura corporativa y gestionar y optimizar los
recursos de que disponen. Los recursos siempre son insuficientes, porque con más recursos evidentemente conseguiríamos más resultados, pero hablamos de optimizarlos y de sacar más rendimiento con los mismos recursos.


En cuanto a las preguntas del Grupo Parlamentario Popular sobre qué es esencial, ya he explicado que para nosotros es esencial que la Ley 20/2011 entre con esas condiciones, sobre todo con los medios informáticos que prevé, que son los que
realmente acercan al ciudadano. No vemos posible dejar como encargado al letrado de la Administración de Justicia en soledad. Hoy día las funciones están llevándose por dos profesionales, el juez y el letrado. Normalmente las funciones de
Registro Civil se comparten entre los dos, porque son un extra que llevamos los juzgados de Primera Instancia de todo el país. Entendemos que precipitarnos en eso va a colapsar los juzgados de Primera Instancia y, además, va a perjudicar también
este servicio público. Por lo tanto, creemos que se tiene que cumplir esta ley en todos sus términos, tanto en su organización territorial como con la dotación informática que prevé. Por lo que se refiere a la atribución de la investigación penal
al ministerio fiscal, ya le he dicho que nuestra asociación cree que es necesaria y que sería muy útil, aunque creemos que un cambio así necesita el acuerdo de todos los grupos políticos. Vemos que la coyuntura política es la que es -no vamos a
entrar en las causas o en las razones- y, si no hay un acuerdo político, creemos que no debería continuar este cambio en la competencia.


En cuanto al tiempo de implantación de la Oficina Judicial, ya hemos dicho que un problema que presenta este país es el doble nivel del servicio público de la justicia. ¿Cómo lo solucionamos? Ese es un tema político del Estado con las
comunidades autónomas. Como ha dicho el compañero, las transferencias son un hecho y no las podemos obviar, pero hay que coordinarse para que avancen con un ritmo parecido. Que el Ministerio de Justicia haya resuelto un modelo organizativo nos
parece correcto, pero las comunidades autónomas van superretrasadas en este tema. Tiene que haber más coordinación y no puede existir una justicia de dos niveles.


Por último, en cuanto a la interinidad en nuestro cuerpo, creemos que nuestro cuerpo debe ser profesional. En este sentido, si no recuerdo mal, el ministerio se ha comprometido a sacar a concurso en tres años el 90 % de las plazas vacantes.
Nosotros creemos que se va a cumplir ese compromiso y que se van a cubrir la mayoría de las plazas vacantes. Sin embargo, también es verdad que el cuerpo de sustitutos profesionales no puede desaparecer. Hay muchas circunstancias coyunturales
-ahora mismo el tema de los juzgados bis y las cláusulas suelo- en que se necesita una bolsa de sustitutos profesionales que puedan actuar en un determinado momento coyuntural. Estas son mis opiniones.



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El señor VICEPRESIDENTE (Matos Mascareño): Muchas gracias, señora Urrea.


Señora Fernández.


La señora FERNÁNDEZ GONZÁLEZ (Portavoz del sindicato de Letrados de la Administración de Justicia, SISEJ): Muchas gracias.


Se han puesto de manifiesto muchos temas y solamente lamento no tener todo el tiempo necesario para tratarlos todos, pero intentaré en el tiempo del que dispongo hacer una panorámica general.


Se ha puesto sobre la mesa la cuestión de la tecnología. Nuevamente repito una frase que ya he dicho antes. Aquí nada es un fin en sí mismo. Necesitamos todos los medios tecnológicos que sean necesarios, pero tienen que estar en todo caso
al servicio de las personas, al servicio -valga la redundancia- del servicio público que se presta para que tenga la calidad necesaria y podamos dar una respuesta adecuada. En cuanto a la actualización y los datos sobre el punto neutro, dependiendo
del registro al que se acceda están más o menos actualizados. Aquí quería enlazar con una cuestión que también he introducido antes, que es la relativa a las competencias del Consejo General del Poder Judicial. Quizá deberíamos plantearnos si
todas las aplicaciones que ofrece el punto neutro deben depender del Consejo General del Poder Judicial o debería ofrecerlas el Ministerio de Justicia. Sería conveniente reflexionar sobre esta cuestión. En cuanto a la ejecución y al papel que
pueden tener otros profesionales, desde el Sisej valoramos enormemente toda la colaboración que los distintos colectivos profesionales prestan junto con la Administración de Justicia, pero consideramos que en todo caso las titularidades y las
competencias deben mantenerse en manos de funcionarios públicos. Una cosa no quita la otra. La colaboración de abogados y procuradores y de graduados sociales en el ámbito social es imprescindible, pero consideramos que las competencias deben
permanecer dentro del ámbito público.


Se ha tocado también el tema de la autonomía procesal, hasta qué punto la autonomía de cada letrado de la Administración de Justicia en las resoluciones que dicta y en las decisiones que toma puede provocar una disparidad absoluta de
criterios. Esto efectivamente es así. Lamentablemente, la respuesta que con las mismas leyes procesales se da en los distintos juzgados y tribunales varía absolutamente y esto nos parece una situación que es inasumible. La ciudadanía no se merece
no saber a qué juzgado va o no saber la respuesta que le van a dar. Es una cuestión que ya no es estrictamente procesal; debería serlo pero no lo es, porque se ha vinculado con otra cuestión, y me refiero al tema de los señalamientos de juicios y
de incidentes. No puede ser que con los mismos números de entrada -con la misma carga de trabajo- un juzgado dé una respuesta y otro juzgado dé otra respuesta. ¿Por qué? Porque estamos hablando de criterios. La autonomía al final se ha
relacionado con la independencia de jueces y magistrados y no tiene nada que ver una cosa con la otra. Recuerdo que la independencia de jueces y magistrados es una garantía para los ciudadanos respecto al ejercicio de la actividad jurisdiccional,
pero no puede extenderse a toda la actuación ni puede suponer que haya una falta absoluta de control y de rendición de cuentas respecto a todas las decisiones que se toman. En concreto, en cuanto a los señalamientos, somos firmes defensores de la
existencia de una agenda programada de señalamientos que dé una respuesta igualitaria a todas las situaciones iguales y acabe con situaciones como, por ejemplo, que en el ámbito laboral tres despedidos de una misma empresa, que caen en tres juzgados
al mismo tiempo y presentan sus demandas el mismo día, tengan una variación quizá de dos años en el señalamiento de su juicio de despido. Esto no puede ser. Sería deseable una mayor implicación de los secretarios coordinadores, como se ha
planteado antes en esta cuestión. Por supuesto, no estamos hablando de que se determine el contenido material de la resolución, pero consideramos que tiene que haber unos criterios objetivos que permitan que todo el mundo reciba una respuesta
similar. Tiene que haber criterios objetivos homogéneos, públicos y transparentes, y aquí vuelvo a la cuestión del control y la rendición de cuentas.


Se ha planteado también la cuestión de los mecanismos alternativos de conflictos. En el Sisej estamos de acuerdo en general en que hay una confusión entre todos los medios alternativos de resolución de conflictos. Parece que todos sean lo
mismo y mediación no es conciliación. Por eso, valorando si hacen falta otros servicios comunes, planteamos la posibilidad de crear servicios comunes de resolución pactada de conflictos. El arbitraje queda aparte porque es otra cosa, pero por lo
menos establecer servicios comunes de resolución pactada de conflictos. Consideramos que una cosa es la conciliación, en la que la intervención jurídica tiene un mayor peso, y otra cuestión es la mediación, en la que se intermedia entre posiciones
que en un primer momento están alejadas. Por eso, planteaba la posibilidad, a título de ejemplo, de que no solamente hubiera personal de justicia en sentido estricto dentro de estos servicios



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comunes, sino que hubiera personal de otro tipo con la finalidad de ofrecer una atención integral a las demandas en el sentido no procesal, a las demandas de tutela y de auxilio de los ciudadanos. Esto lo quiero relacionar con el tema de
las oficinas de información pública, porque se planteaba si hace falta que estén los servicios de orientación jurídica allí. Era un ejemplo. Me refiero a que una oficina de información no tiene por qué ser simplemente para consultar un expediente
telemático e informar de que un procedimiento está así, sino que se puede aprovechar este tipo de estructuras para ofrecer una atención integral a cualquier necesidad, incluyendo cuestiones de asistencia social de los ayuntamientos o servicios de
orientación jurídica para que un ciudadano de un municipio pequeño no tenga que desplazarse hasta municipios más grandes para poder contactar con un abogado, un procurador o un graduado social. En este sentido, aprovecho para introducir un tema que
hasta ahora no había aparecido, y es la necesidad de que la asistencia jurídica gratuita funcione debidamente. Quizá sea necesario revisar las prestaciones que se ofrecen y, en todo caso, se debe dotar a la organización de los medios necesarios
para que funcione de manera adecuada y permita un acceso de los ciudadanos a la justicia en condiciones de igualdad material. Respecto a si el tema de la mediación y la conciliación determinaría una sobrecarga de trabajo. Desde el Sisej
consideramos que esto es absolutamente imposible, no se pueden asumir competencias de mediación en juzgados. Por eso, planteamos una estructura alternativa. Planteamos que la cuestión jurisdiccional se dirima en unas oficinas determinadas y que la
actuación administrativa se resuelva en otro tipo de oficinas, que serían los servicios comunes y oficinas de atención al ciudadano. Como decía al principio, hace falta introducir criterios de especialización, pero profundizando en ellos. Es
verdad que, a día de hoy, desde que se planteó la cuestión de la existencia de servicios comunes o de unidades procesales de apoyo directo, se introdujo la especialización, pero hay que ir más allá porque no estamos en un grado de especialización
que permita dar una respuesta adecuada a los ciudadanos. Por eso, introducíamos la cuestión de distinguir entre asuntos más o menos complejos y, por eso también, toda la distribución de competencias en servicios comunes de distinto tipo.


Se planteaba la cuestión de un Registro Civil. En Sisej somos unos firmes defensores de la Ley 20/2011 en su texto integral y no modificaríamos absolutamente nada, sin perjuicio de que, cuando las cosas empiezan a funcionar, siempre se ve
que hay cuestiones que se podrían haber matizado; pero en el momento en el que nos encontramos ahora, somos unos firmes defensores de esta ley. Recordemos que fue una ley que se aprobó por unanimidad, y esto debería tener un plus añadido de
responsabilidad democrática e institucional. En este sentido, me remito a los comunicados que hemos hecho públicos.


En cuanto a la cuestión de si la vacatio legis es adecuada o no, nos parece que cuando se opta por proponer una vacatio legis determinada, que además era muy grande, hay que asumir el compromiso de que cuando acabe esa vacatio legis pueda
entrar en vigor la ley. Obviamente, nadie quiere que entre en vigor la ley de cualquier manera, y desde el Sisej dijimos que, vista la situación, lamentablemente parecía que no quedaba otra opción que prorrogar el plazo de vacatio legis, pero esta
no es una situación deseable y hay que asumir responsabilidades en este sentido.


Quería detenerme un poco en la cuestión de la modernización. Cuando tengan ustedes acceso a la documentación que hemos remitido, podrán comprobar que hay un cuadro relativo al ritmo de implantación de la Oficina Judicial. Este cuadro está
extraído directamente del portal de la Administración de Justicia, es decir, son datos oficiales, y lo que vemos rápidamente es que, después de diciembre de 2011, solamente ha habido cuatro actuaciones de implantación de Oficina Judicial y solo dos
de ellas -me he referido antes a esta cuestión- han sido decididas también después de diciembre de 2011. Una de ellas era la ampliación de la Oficina Judicial en Murcia, que ya estaba implantada, y la otra era la implantación de la Oficia Judicial
en Ponferrada. Desde diciembre de 2011 hasta ahora nos parece un largo periodo de tiempo. Comentaba antes, en relación con la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que nunca es el momento idóneo para algo. Está claro que nunca es el momento idóneo para
algo y que siempre hay causas, no voy a decir excusas, que justifican que las cosas no se hagan así o asá, pero cuando pasan tantos años hay que asumir responsabilidades. Las cosas como son, el ritmo de implantación y el ritmo de modernización
deberían ser incrementados. Lamentamos mucho esta situación y tengo que decir que el Sisej tuvo contactos con el ministro Catalá y con su gabinete cuando tomó posesión del cargo. Nos pusimos a disposición de este gabinete para cualquier
colaboración que tuvieran a bien requerir. Pero el tiempo va pasando y llega un momento en el que ya todo corre prisa. Vuelvo a decir que no es que las cosas se hagan de cualquier manera, pero hay que hacerlas, no pueden pasar los años sin más.


En cuanto a la cuestión de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, nosotros siempre hemos sido unos firmes defensores de que la investigación se atribuya al ministerio fiscal, profundizando en su autonomía



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y siempre con las debidas garantías para los ciudadanos. Respecto al papel de los letrados de la Administración de Justicia en una nueva estructura, nosotros somos muy críticos -ya lo he adelantado antes- con la insistencia en la defensa de
la fe pública judicial, no porque no creamos en las garantías, sino porque creemos que a día de hoy ya está más que superado el diseño de la fe pública tradicional. Es un diseño medieval. Se avanzó mucho en esta materia con la reforma de las leyes
de 2009, pero todavía hay que avanzar más. La realidad tecnológica lo permite y la lógica y la propia existencia del cuerpo de letrados y letradas de la Administración de Justicia requiere que se profundice y se asuman competencias que a día de hoy
ya están superadas y que son obsoletas. Por tanto, en lo que es la nueva estructura, que supondría atribuir la investigación al fiscal, creemos que a priori poca participación deberíamos tener los letrados de la Administración de Justicia; siempre
en pro de potenciar el colectivo y otorgarle competencias garantizando la tutela judicial efectiva, pero que le permitan profundizar y optimizar los recursos humanos con los que contamos.


En relación con la cuestión de la interinidad, estamos de acuerdo en que hay que hacer ofertas de empleo público adecuadas. Vuelvo al tema de la tecnología. Aquí nada es un fin el sí mismo. El objeto de todos, la inspiración de todos
deben ser las personas, los ciudadanos y las ciudadanas que atendemos diariamente y a los cuales servimos. Con lo cual, hacen falta unas ofertas de empleo público adecuadas, y dentro del campo del colectivo de los letrados de la Administración de
Justicia reclamamos siempre la convocatoria de todas las vías de acceso a la profesión, incluyendo el concurso-oposición.


Se insiste en que todo juzgado debe tener un letrado de la Administración de Justicia. No estamos de acuerdo con esta cuestión, más que nada porque la propuesta de estructura que les trasladamos es completamente distinta. Hay oficinas en
las que tiene haber letrado de la Administración de Justicia y oficinas que funcionarán perfectamente y en las que no se vulnerará ninguna garantía sin que haya letrados de la Administración de Justicia al frente para asumir y desarrollar funciones
accesorias. No queremos más funciones accesorias. Se nos han dado funciones accesorias en épocas recientes y nosotros lo que queremos es trabajar y ponernos al servicio del conjunto de la sociedad española.


Por último, estamos de acuerdo en que lo mejor es que tengamos toda la fluidez posible en las relaciones entre las organizaciones, en este caso del colectivo de letrados de la Administración de Justicia y los grupos parlamentarios. En este
sentido, les emplazo y les invito, aunque sé que sus agendas lo harán muy complicado, a que nos acompañen en las jornadas que realizamos la semana que viene en Cádiz precisamente sobre estos temas de modernización, tecnología y proximidad.
Lamentablemente, por falta de espacio material y de tiempo, no podemos ofrecerles la posibilidad de intervenir directamente en una mesa de grupos parlamentarios, con la que cerraremos estas jornadas. En todo caso, están más que invitados a
participar en ellas. Esperamos contar con su presencia para generar un debate enriquecedor y lo más fluido posible.


Muchísimas gracias.


El señor VICEPRESIDENTE (Matos Mascareño): Gracias, señora Fernández.


Para finalizar, tiene la palabra el señor Maraver.


El señor MARAVER SÁNCHEZ (Presidente de la Asociación Independiente de Letrados de la Administración de Justicia, AInLAJ): Ha habido muchísimas preguntas, voy a responder de una forma sistemática, pero inicialmente voy a hacer una pasada
rápida, aunque voy a ir al final porque es una pregunta dirigida expresamente a nuestra asociación que ha hecho el Partido Popular.


Por supuesto que recuerdo esa reunión. Estuve allí y le agradecimos de una forma muy especial a la secretaria de Estado que nos recibiera. Aparte de ella, estaban mi compañero José Antonio Castillo y el secretario general de la
Administración de Justicia. Pero había una serie de temas que queríamos decirle de forma personal al ministro, porque es él el que tiene la facultad decisoria y nos parecía muy interesante que supiera una serie de cuestiones históricas que habían
pasado. Se lo queríamos explicar a él; es más, la propia secretaria de Estado nos dijo que lo entendía perfectamente. Hicimos una exposición y nos dijo que el señor Catalá nos recibiría. Pero no ha sido así. Se lo recordamos dos veces, y no ha
pasado nada; es más, se lo recordé yo personalmente cuando tuvimos una reunión todas las asociaciones para que nos explicara que nos iban a dar el Registro Civil. Le dije: por favor, igual que el resto ha tenido una reunión específica con usted,
también queremos tenerla nosotros. No se nos ha respondido. Por eso, insisto en que los datos que han dicho son parcialmente ciertos, en el sentido de que la reunión estaba prevista inicialmente con él, pero por razones de agenda o de congreso -no
sé qué es lo que pasó- no pudo ser. Le esperamos, pero se lo hemos recordado varias veces.



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Voy a contestar a varias cuestiones. Al representante de Ciudadanos le responderé muy rápido porque la respuesta es muy fácil. ¿El modelo territorial óptimo para el Registro Civil? Internet, no hay más cuestión; de todas maneras ahora
incidiré sobre ello. A Unidos Podemos, respecto a la oralidad, la respuesta también es breve y telegráfica: inercia, falta de medios y lo que usted mismo ha dicho, que el sistema genera una sola forma de hacerlo, y le pongo un ejemplo. Si hay que
estar tomando declaraciones, no se graban, se toman a máquina, lo imprimes, lo firma el ciudadano, luego se escanea, el original te lo llevas a un legajo, se está generando una duplicidad innecesaria entre el sistema papel y el sistema informático,
pero como luego además no tenemos la doble pantalla, no quiero ni pensar lo que puede ser cuando el juez tenga que ver por una parte la declaración de uno, luego la declaración de otro, etcétera. Tendría que tener la doble pantalla, pero además de
eso tendría que tener los viejos autos originales en papel encima de la mesa, con lo cual el desbarajuste es monumental. De todas maneras, luego incidiré sobre esta cuestión.


Respecto a las cuestiones que plantea el Partido Popular sobre el Registro Civil, vemos que hoy día todo el mundo ya se saca los billetes de tren por Internet, por tanto, respecto a qué hace falta para que funcione el Registro Civil, le diré
que dos cosas: un sistema válido de Internet y pagarlo; y esta es una cuestión que dije en la reunión con el ministro cuando aludió a la cuestión del Registro Civil. Notarán que aunque hay una cierta disparidad de criterios con las otras
asociaciones, en lo fundamental estamos de acuerdo: que se nos dé a nosotros el Registro Civil va a ser una cuestión muy favorable para el colectivo; ahora bien, de los que estamos aquí, ¿cuántos tenemos Registro Civil? Que levanten la mano.
(Levanta la mano). ¿Nadie más? Comprenderán que cuando uno está trabajando en el Registro Civil y ha asumido una cantidad de funciones tremenda que le están cayendo como bombas, la visión no es la misma que la de nuestros compañeros, con los que
estamos totalmente de acuerdo en la cuestión fundamental, pero tienen que ser conscientes de que a nosotros cada bomba que cae nos afecta bastante más y la cara que se nos pone es distinta, porque somos nosotros quienes lo sufrimos. Por tanto,
evidentemente tiene que haber un sistema válido para que el ciudadano se meta en Internet y, lo mismo que los billetes de tren, saque su certificado de nacimiento.


Sobre si podemos permitirnos el lujo de esperar a que cambien las circunstancias, vamos a matizarlo: que cambien, no, que mejoren -por cierto, eso es lo que hacen los arqueólogos cuando no tienen medios; descubren algo curioso y piensan
que es bastante mejor dejarlo tapado que destrozarlo-, partiendo de una base, y es que a pesar de tal y como están las cosas ahora mismo -sea Fiscalía, sea Registro Civil, sean juzgados, incluso los lamentables juzgados de tercera, en los que vamos
como motos-, funcionan. Entonces, ¿podemos permitirnos el lujo de esperar a que cambien las circunstancias? No, pero sí podemos permitirnos el lujo de esperar a que mejoren las circunstancias, porque digo yo que la aspiración debe ser ir a mejor,
no ir a peor.


Respecto a la NOJ, es importante hacer una radiografía de la situación de la justicia en España y no se puede olvidar la existencia de la Nueva Oficina Judicial, la NOJ. El eje de la reforma en su momento fueron los servicios comunes, el
SCOP y el SCEJ. Pues bien, la justicia digital está pensada para un juzgado tradicional, en el que se manda el asunto a la audiencia una vez o poco más, pero no para la NOJ, en la que los procedimientos se están moviendo continuamente. El Minerva
no es del todo fino y hay que profundizar y simplificar. Hay problemas con las inhibiciones, itineraciones, elevaciones, acumulaciones; todo lo que tiene que ver con que el procedimiento se mueva y vaya, por ejemplo, de la UPAD número 1 al Penal
número 4 para ejecución, elevación o celebración de juicio. Cada vez que el expediente se va, pasa al Servicio Común General, luego al juzgado de turno, y del juzgado de turno otra vez al servicio general, etcétera, se crea una maraña tremebunda.


Se han quejado muchísimo los compañeros de la Nueva Oficina Judicial de que inicialmente había muchísimo apoyo por parte del ministerio, pero actualmente y poco a poco se les ha ido abandonando y hay una cierta soledad en las ciudades NOJ.
Es más, me han insistido en que incida en el problema más importante para ellos, que es lo que llaman la bicefalia; a mí me costó entenderlo hasta que me lo explicaron. En Ciudad Real, Cuenca, León, Burgos hay muchos letrados de la Administración
de Justicia que están en un servicio común SCOP o SCEJ y a la vez están en una UPAD, que es distinto. La UPAD supone apoyo directo al juez y los servicios comunes son de una laboriosidad tremenda. Hay que modificar esto.


Me dicen que eso es esquizofrénico, que es un disparate, que se trabaja con dos cabezas, lo cual es demencial; que hay que modificar las RPT para redefinir los puestos de trabajo. El letrado de la Administración de Justicia que trabaja en
una UPAD puede compatibilizar su trabajo con el de otra UPAD,



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pero no con un servicio común. Como esto está funcionando y no se quejan, no se toca nada, pero aclaremos la cuestión -me han dicho que insista en ella-: se está funcionando con un desgaste personal tremendo y parece que el ministerio se
ha olvidado de esto, o al menos no tiene el mismo interés que cuando se puso en marcha. Me han insistido en que les diga que de lo que está funcionando se puede aprender mucho y que es absolutamente necesario prestarles más atención.


Respecto a lo que planteaba Ciudadanos sobre el sistema procesal único, estamos absolutamente de acuerdo, pero como en toda época de tránsito tiene que haber periodos de adaptación. Ustedes recordarán que un periodo de adaptación fue el
paso de la peseta al euro. La Agencia Tributaria, con todos los medios que tiene, ha tardado veinte años en implantar el sistema Padre. Me da la impresión de que no somos muy conscientes de la magnitud del cambio, y tomar consciencia de la
situación puede ser un paso muy importante. Los hitos que marcaron el paso de la Edad Media a la Edad Moderna fueron el descubrimiento del nuevo mundo, coincidiendo aproximadamente -cuarenta años- con la invención de la imprenta de Gutenberg. Pues
bien, todo esto se queda chico comparado con el descubrimiento e invención del mundo informático, la globalización, Internet, las redes sociales. Ya no estamos en la Edad Contemporánea, hemos pasado a una nueva era que llamarán era espacial, de las
comunicaciones, de la informática, o como sea, pero el hecho es que el tránsito ya se ha producido y la transición es un momento muy delicado. Hay que hacerlo de una forma muy reflexiva y con cautela, porque los errores iniciales luego se arrastran
durante muchísimo tiempo y crean un lastre añadido e innecesario que colapsa el sistema.


En los sistemas informáticos los errores se están multiplicando y ahora mismo conviven once sistemas de gestión procesal: Minerva, Vereda, Avantius, Cicerone, Adriano, Atlante, Libra, Ius Madrid, Justizia Bat, EJusticia.Cat, Themis. Solo
el mantenimiento de esos sistemas supone un coste elevadísimo y se están haciendo las cosas por ensayo y error, y no lo digo yo, lo dice un alto cargo del Servicio de Sistemas e Informática del Ministerio de Justicia; tremendo. El gasto se está
multiplicando por once o por más, porque incluso se ha tenido que crear una cosa que se llama el Cteaje, Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica, para coordinar todos esos sistemas. Haciendo una broma en un curso, alguien
hablaba del sabotaje.


A las futuras generaciones les va a costar muchísimo desenredar la madeja, y esto no lo digo yo sino un director general de Relaciones con la Administración de Justicia, que dijo que el sistema informático era un desastre y que estaban
haciendo un maquillaje informático. Incluso he llegado a oír en una de esas reuniones -por supuesto de puertas afuera- que era mucho más económico empezar de cero, con un sistema único, que estar manteniendo once sistemas y además el Cteaje. Pues
no digamos cuando hablemos de la cooperación internacional, porque comunicarnos con Europa va a ser complicado. En cada país hay un sistema, pero uno solo; ahora bien, para que Europa se comunique con nosotros, que tenemos once sistemas, lo va a
tener pero bastante complicado. Es evidente que la justicia tiene que adecuarse al Estado autonómico; la justicia está transferida a muchísimas comunidades y hay que adecuarse a esto, pero como buen gallego les voy a contestar con una pregunta:
¿Alguien me podría decir cuál es la particularidad ideológica de la miña terra, de Galicia, en informática, o el hecho diferencial o idiosincrasia de Andalucía en lo digital, cuando además las nuevas tecnologías provienen de América, son recientes?
No ha dado tiempo a que se forme idiosincrasia digital. Y no me refiero ya a las comunidades autónomas, me refiero en general a España, porque aquí todo es complicadísimo. Lo complicado no es el acceso a la informática, sino intentar desentrañar,
navegar o más bien naufragar por sistemas que son malos de solemnidad.


Como medio país, yo tenía un móvil bastante normalito y mi mujer y mis hijas tuvieron el detalle de regalarme un móvil de una marca americana que todos conocemos y que no voy a decir aquí. Pues no me costó absolutamente nada empezar a
manejarlo, no hizo falta un cursillo. Es intuitivo, rápido, eficaz, muy visual y ágil. Está muy bien pensado y pensado para dar un servicio. Pues vamos a reconocerlo. En baloncesto y en informática los americanos están a otro nivel, están en
otra galaxia. Vamos a aparcar la idea de que España es diferente y vamos a copiarles. Picasso decía que los grandes artistas copian y los genios roban. Bueno, pues sería más barato comprarles un sistema que el despilfarro que supone ahora mismo
el presupuesto para arreglar goteras, poner parches o hacer maquillajes informáticos. Además, yo creo que todos los que estamos aquí nos daríamos con un canto en los dientes si al final se consigue hacer una copia más o menos decente y dejamos la
idiosincrasia para cosas más importantes, que las hay, porque la reivindicación de lo español en lo digital tampoco es demasiado necesaria, pero no, lo nuestro es la dispersión, el individualismo, la improvisación, cada uno a lo suyo, por su cuenta
y a su manera. Así, los juzgados -los de pueblo, como les llaman- tienen treinta y seis aplicaciones: Hermes,



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Adriano, la cuenta de consignaciones, Siraj, Interius, la Agencia Tributaria, CSIR, INE, etcétera. Unas son de la comunidad autónoma, otras del ministerio, otras del consejo y otras de organismos diversos. Así hasta treinta y seis. Es una
auténtica barbaridad y cada una funciona a su manera. Por cierto, la Agencia Tributaria funciona perfectamente. Su acceso es diáfano, único, a través del DNI, y la cuenta de consignaciones es muy buena, francamente buena. Ahora, parece que las
aplicaciones andaluzas están hechas por un informático que no quiere saber nada del mundo jurídico. Están llenas de links, de enlaces, de conexiones que no conectan nada. Están hechas con muy pocos medios, son lentas y está todo lleno de
advertencias y avisos. Si ustedes abren desde Andalucía un programa del ministerio, aparece una pantalla que dice: Cuidado, la página no es de confianza. (Risas). Aparece sistemáticamente.


Por otra parte, las aplicaciones del ministerio parece que las ha hecho un jurista más que un informático. Están llenas de modificaciones, matices, derogaciones, cambios continuos y alarmas. La forma de acceso es absolutamente tortuosa.
En otro momento les hablaré de cómo se accede a la Agencia Tributaria y al Siraj. Es tremendo. Las improvisaciones con prisas y con el complejo marca de la casa son muy peligrosas. Como siempre se dice que la justicia es lenta, parece que en el
Ministerio de Justicia tenemos tendencia a hacerlo todo muy rápido y en algunos casos puede ser un problema. Véase la Ley de Tasas. Primero se dicta la ley y se dice que hay que pagar, pero nadie sabe ni cuándo ni cómo ni quién ni dónde ni por
qué. No hay impresos y los letrados de la Administración de Justicia tenemos que volvernos locos para solucionar el problema. Finalmente, la Ley de Tasas se deja prácticamente sin efecto. Conclusión: habría sido mejor no hacer algo de una forma
tan precipitada.


En definitiva, partiendo de la base de que la revolución digital está globalizada, hay dos tipos de programas: aquellos que han sido pensados, que se han hecho con medios necesarios, y los que se han improvisado alegremente. Y vuelvo a
decir que las precipitaciones son muy peligrosas y las improvisaciones más. Queremos pasar al sistema papel cero y lo que hemos inventado es el sistema papel a tope, porque se está duplicando. Vuelvo a insistir en la magnitud del cambio. Con el
sistema papel, teniendo en cuenta la existencia del papiro, llevamos 5000 años, que no es poco. Luego parece evidente que el cambio no se puede hacer de un plumazo.


Voy a matizar algunas intervenciones anteriores, como por ejemplo la de la Asociación de la Magistratura, que decía que nos encontramos con una justicia de primera en las ciudades y una de segunda en los pueblos. Matizo: es peor, es de
tercera. Mantengamos los juzgados de los pueblos con la finalidad de que exista una primera atención para determinado tipo de cuestiones, pero en lo que sea necesario centralicemos. Por su parte, la Asociación Independiente de Fiscales dice que el
partido judicial de los pueblecitos ha quedado un poco desfasado. Estoy totalmente de acuerdo, pero les aviso de que no podemos olvidar que la presión de los alcaldes en las puertas del Ministerio de Justicia va a ser un factor absolutamente
determinante. Y si como consecuencia de eso pasan los años y no se crean los tribunales de Instancia, ¿qué hacemos? ¿Nos olvidamos de los que existen?


La función del Legislativo y del Ejecutivo no solamente es planificar un mundo ideal, sino sobre todo dar respuesta a los problemas concretos que existen en el mundo real, que es el que tenemos y que de momento no está preparado para lo que
se nos viene encima. Y con lo que se nos viene encima no digo lo digital, sino esas once aplicaciones informáticas, que cada una va a su aire. La cuestión no es tanto planificar lo que va a pasar, que eso ya se sabe. Les guste o no, la revolución
digital va a barrer el sistema antiguo. Va a desaparecer, como los cromañones acabaron con los neandertales, exactamente igual. La cuestión es cómo se va a orquestar la fase de transición y tienen ustedes una labor muy complicada, porque analizar
cómo tiene que ser la sucesión de los pasos que hay que dar y manejar bien los tiempos para que los tropiezos no sean demasiado traumáticos puede ser muy complejo. Y tienen ustedes que ponerse de acuerdo, porque los errores iniciales tienen una
repercusión y un coste incalculable. Sobre todo, habría que pensar en las generaciones futuras, porque si el sistema acaba siendo tan enmarañado que no hay forma de manejarlo -vamos camino de eso-, a las generaciones futuras les va a hacer falta
mucha, pero que mucha imaginación para solucionar los problemas que se van a encontrar.


Por la cuenta que nos trae a todos, les deseamos muchísima suerte y les pedimos, por favor, unidad, porque estamos hablando de informática y no de ideología. La idiosincrasia es algo particular de cada cual, pero en las grandes reformas lo
particular hay que dejarlo al margen y más cuando hablamos de ceros y unos. En informática, las particularidades pueden servir para crear un laberinto en el que perderse y colapsar un sistema cuyo objetivo final tiene que ser dar un servicio al
ciudadano. Con tanta madeja de sistemas informáticos va a ser imposible. Por supuesto, cuentan con nuestra colaboración y entera



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disposición, entre otras cosas, para informarles de los problemas y errores que detectamos, que, como habrán visto, no son pocos.


Muchísimas gracias, señor presidente, y gracias a todos por su atención.


El señor VICEPRESIDENTE (Matos Mascareño): Muchas gracias, señor Maraver, y también quiero reiterar nuestra gratitud al señor Lara, a la señora Urrea y a la señora Fernández. Por la labor compleja que han expuesto es por lo que se está
reuniendo esta Comisión y estamos oyendo a todos los operadores jurídicos. Las opiniones de los letrados de la Administración de Justicia y las intervenciones que han hecho son de muchísima utilidad.


A continuación vamos a celebrar Mesa y portavoces. Así me lo ha pedido la presidenta y todos los portavoces están presentes. Muchísimas gracias y se levanta la sesión.


Eran las doce y cincuenta minutos del mediodía.