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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones de Investigación, núm. 20, de 15/11/2017
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES DE INVESTIGACIÓN


Año 2017 XII LEGISLATURA Núm. 20

SOBRE LA CRISIS FINANCIERA DE ESPAÑA Y EL PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª ANA MARÍA ORAMAS GONZÁLEZ-MORO

Sesión núm. 15

celebrada el miércoles,

15 de noviembre de 2017



ORDEN DEL DÍA:


Comparecencias. Por acuerdo de la Comisión de investigación sobre la crisis financiera de España y el programa de asistencia financiera:


- Del señor Delgado Manzanares, secretario de la Asociación de Inspectores del Banco de España, para informar en relación con el objeto de la Comisión. (Número de expediente 219/000883) ... (Página2)


- Del señor Villasante Atienza, exdirector general de supervisión del Banco de España, para informar en relación con el objeto de la Comisión. (Número de expediente 219/000884) ... (Página22)



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Se abre la sesión a las cuatro y cinco minutos de la tarde.


COMPARECENCIAS. POR ACUERDO DE LA COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN SOBRE LA CRISIS FINANCIERA DE ESPAÑA Y EL PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA:


- DEL SEÑOR DELGADO MANZANARES, SECRETARIO DE LA ASOCIACIÓN DE INSPECTORES DEL BANCO DE ESPAÑA, PARA INFORMAR EN RELACIÓN CON EL OBJETO DE LA COMISIÓN. (Número de expediente 219/000883).


La señora PRESIDENTA: Damos comienzo a la sesión de la Comisión de investigación sobre la crisis financiera de España y el programa de asistencia financiera del día 15 de noviembre. Tienen el orden del día. En primer lugar,
desarrollaremos en régimen de sesión pública la comparecencia de don José Antonio Delgado Manzanares, secretario de la Asociación de Inspectores del Banco de España, y de don Pedro Pablo Villasante Atienza, ex director general de Supervisión.
Después tendremos un segundo punto del orden del día, como saben ustedes, a puerta cerrada.


En relación con la comparecencia del señor Delgado Manzanares y de acuerdo con lo dispuesto por la propia Comisión, intervendrá en primer lugar el compareciente para informar en relación con el objeto de la Comisión. A continuación,
intervendrá el portavoz del grupo solicitante de la comparecencia por un tiempo de siete minutos. Seguidamente intervendrán los portavoces de los restantes grupos parlamentarios de menor a mayor con el mismo intervalo de tiempo. El compareciente
contestará conjuntamente a las intervenciones de los diferentes portavoces.


Damos lugar entonces a la primera comparecencia, del señor Delgado Manzanares, a quien agradezco su disponibilidad. Al tratarse de una comparecencia sujeta a lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/1984, se ha trasladado al compareciente la
posibilidad de poder comparecer acompañado de la persona que designe para asistir. Asimismo, esta Presidencia manifiesta expresamente su voluntad de salvaguardar los derechos del compareciente, reconocidos por el artículo 1.2 de la citada ley
orgánica. Recuerdo igualmente la obligación contenida en el artículo 502.3 del Código Penal de no faltar a la verdad en su testimonio.


El señor Delgado Manzanares tiene la palabra para su exposición inicial.


El señor SECRETARIO DE LA ASOCIACIÓN DE INSPECTORES DEL BANCO DE ESPAÑA (Delgado Manzanares): Muchas gracias, señora presidenta.


Señoras y señores diputados, comparecemos por segunda vez en esta Comisión y por ello, antes de comenzar esta intervención, quisiera expresar nuestro profundo agradecimiento por la nueva posibilidad que se nos ofrece a nuestro colectivo, al
colectivo de inspectores y auditores informáticos del Banco de España, para que podamos exponer tanto nuestro análisis sobre los hechos que son objeto de investigación como las medidas que proponemos para tratar de evitar que los mismos se repitan
en el futuro. Imaginamos que, después de analizar la extensa y detallada intervención de nuestro presidente en esta Comisión, habrán surgido temas sobre los que precisen algún tipo de explicación o aclaración adicional, que son los que motivan esta
nueva comparecencia. Como ya expresó nuestro presidente, reiteramos nuestro ofrecimiento para una máxima colaboración tanto ahora, en el ámbito de esta Comisión, como en el futuro para cualquier otro aspecto que sus señorías o los grupos
parlamentarios a los que representan consideren oportuno.


Antes de responder a todas las cuestiones que nos planteen, creemos que sería de gran utilidad hacer un breve resumen de los aspectos básicos expuestos en la comparecencia previa de nuestro presidente, cuyo contenido asumimos de manera
íntegra, a fin de resaltar las principales deficiencias que, a nuestro juicio, se produjeron en el procedimiento supervisor llevado a cabo por el Banco de España durante la crisis financiera y que aún no han sido corregidas, así como en el ámbito
regulatorio, exponiendo a continuación algunas medidas que traemos a esta Cámara para tratar de darle solución. Porque entendemos que el sentido que debe tener esta comparecencia es identificar lo que se hizo mal, lo que el Banco de España, como
responsable de la supervisión y de la regulación bancarias, hizo mal, aunque esta evidencia sea negada sistemáticamente tanto por los antiguos como por los actuales responsables de nuestra institución, como han tenido ocasión de comprobar sus
señorías en algunas comparecencias ante esta misma Comisión. Lo niegan a pesar de la realidad de los hechos y de las evidencias que surgen de la documentación de trabajo de los equipos inspectores que va saliendo a la luz, desafortunadamente en
ocasiones demasiado despacio, responsables que, en lugar de realizar un ejercicio sincero y profundo de autocrítica, pidiendo disculpas a la ciudadanía por los errores cometidos, se han limitado a tratar de



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autojustificar su actuación, e incluso criticar con pobres e insólitos argumentos el escrito elaborado por nuestros compañeros en el año 2006.


Procede aquí hacer referencia de nuevo a nuestro primer director general y el creador del sistema supervisor más eficaz y eficiente del que ha dispuesto el Banco de España, don Aristóbulo de Juan, cuando decía: el mal supervisor se ha hecho
cautivo de sus propios errores, no puede desdecirse a estas alturas y no se contradecirá a sí mismo en el futuro ni en las decisiones que tome.


Pero al mismo tiempo creemos que es necesario tratar de mirar hacia el futuro, analizando con rigor las medidas que se precisan para que no se vuelvan a cometer los mismos errores que han provocado devastadoras consecuencias para miles de
ciudadanos y empresas españolas, a los que nos debemos como servidores públicos y cuya defensa debe ser el objetivo prioritario de toda nuestra actuación.


Queremos dejar constancia, como ya se dijo en la comparecencia anterior de nuestra asociación, de que no se trata por nuestra parte de hacer una enmienda a la totalidad respecto a la actuación del Banco de España. Entendemos que la mayor
parte de nuestro colectivo ha cumplido con rigor su función, que no es otra que analizar desde un punto de vista exclusivamente técnico la solvencia, actuación y cumplimiento de la normativa vigente por parte de las entidades, como ha quedado
meridianamente claro en el caso Bankia, que hizo el equipo de inspectores a cuyo frente estaba José Antonio Casaus, o como han demostrado los peritos judiciales, Antonio Busquets y Víctor Sánchez Nogueras, asignados a este mismo caso, cuyo trabajo
serio e independiente ha permitido que al menos una parte importante de los afectados haya podido recuperar su dinero. A ellos queremos reconocer y agradecer su labor. Ojalá en el denominado caso Popular los peritos que proponga el Banco de España
tengan ese mismo nivel de valentía, independencia de criterio y rigor técnico. Y no solo ellos, sino también el resto de Casaus, Busquets o Sánchez Nogueras que han cumplido su labor de forma irreprochable. Porque el trabajo de la mayor parte de
los inspectores y auditores informáticos ha tenido siempre -antes, durante y después de que estallara la crisis- el objetivo que todo empleado publico ha de seguir: el de servir a los ciudadanos, a los contribuyentes, a las empresas -incluidas las
propias entidades financieras- que construyen nuestra economía. Y si ese servicio debe guiar siempre a todo empleado público, más aún a nosotros, los inspectores, porque la supervisión tiene como razón fundamental proteger los depósitos de los
ciudadanos que guardan en los bancos y mantener la imprescindible estabilidad financiera para la actividad económica en su conjunto.


Como hemos comentado, existen numerosos ejemplos, algunos de los cuales son bien conocidos por sus señorías, de cómo la mayoría de nuestro colectivo ha tratado de velar por el interés de los ciudadanos españoles. Podemos citar, entre otros
los siguientes. Antes de que estallara la crisis, la carta de 2006, en la que mostrábamos la preocupación que teníamos por las consecuencias para los ciudadanos -decíamos las familias- y empresas de la burbuja inmobiliaria. Como hemos comentado,
hay quien afirma que se alertaba de la situación de las familias, no de las entidades. Señorías, con balances bancarios en los que el 50% de la exposición de riesgo de crédito estaba concedido a hipotecas destinadas a familias y un 30% a promotores
inmobiliarios para construcción de viviendas para esas familias, las dificultades de las familias son las dificultades de las entidades. Nuestros compañeros que redactaron el escrito en 2006 confiaban en que los responsables del Banco de España
conocieran al menos esta vinculación. Se equivocaron, obviamente, como ha quedado constancia en esta misma Cámara.


Durante el estallido de la crisis, en los conocidos cuatro correos del equipo de inspección de Bankia y, concretamente, de su responsable, el señor Casaus, en los que se trataba de frenar la salida a bolsa porque supondría la socialización
de pérdidas. A este respecto, y en relación con lo comentado en la comparecencia anterior, queremos recordar a sus señorías que estos correos, conocidos a través de la prensa, no fueron facilitados por el Banco de España al juez instructor del caso
Bankia, a pesar de la solicitud realizada por este de suministrar todos los correos electrónicos relevantes referentes a este caso. Solo cuando, en virtud del testimonio del propio señor Casaus, se tuvo conocimiento de la existencia de estos
correos electrónicos la acusación particular pudo solicitar que se incorporaran a la causa, pues el Banco de España, inexplicablemente, no los había facilitado.


Después del estallido de la crisis, aquí, como corresponsable que fui personalmente junto con José Antonio Casaus desde septiembre de 2011 en Bankia, puedo asegurarles que, una vez que se desencadenó toda la crisis, nos fijamos dos objetivos
básicos del equipo de seguimiento. Si bien he de decirles que en esta lucha, desgraciadamente, nos encontramos en los momentos iniciales sin muchos apoyos, ya que ni la dirección de nuestra casa ni el FROB ni los nuevos gestores de Bankia parecían
estar



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por la labor de cumplir con ellos. El primer objetivo era reducir al máximo el coste para el contribuyente, vía la disminución de los salarios del banco nacionalizado. Respecto a este objetivo fue, paradójicamente, la Comisión Europea la
que consiguió reducir algo la factura del contribuyente, a través de ligeras reducciones salariales, la congelación del bonus, las aportaciones por pensiones durante dos años, incluso el bail-in. El segundo objetivo era que se depuraran las
responsabilidades penales en que pudieran haber incurrido los responsables de las entidades en la gestión de la crisis. Respecto a este segundo objetivo, pese a que el equipo inspector había revisado algunas operaciones sospechosas de
irregularidades en el grupo inmobiliario, especialmente procedentes de Bancaja, y que como consecuencia de dicha revisión se elevó a la comisión ejecutiva del Banco de España, en abril de 2013, la propuesta de remisión de estas operaciones a la
fiscalía, según informaciones de prensa fueron el propio FROB y los nuevos gestores -que inicialmente no mostraban predisposición a ello- los que, finalmente, iniciaron la búsqueda de responsabilidades penales y no nuestra casa. Por todo ello, como
expondremos con más detalle a continuación, hoy comparecemos aquí para solicitarles que nos proporcionen un marco legal que proteja nuestra independencia, ya que entendemos que esta es la única vía que nos permitirá desarrollar de manera eficiente
nuestra función y así defender a los ciudadanos, en general, y a los contribuyentes, en particular.


Entrando de lleno en la materia objeto de esta Comisión, queremos transmitir de manera sucinta varios mensajes. Los hemos dividido en cuatro grandes bloques: Responsabilidad de los gestores; responsabilidad de la firma de autoría; la
base central, que será la intervención del Banco de España en la crisis y, por último, el marco regulatorio. Comenzando por la responsabilidad de los gestores de las entidades afectadas, para nosotros es importante dejar muy claro que aunque
centremos, lógicamente, nuestra intervención en las deficiencias puestas de manifiesto en la labor supervisora, no debemos olvidar que han sido los gestores de las entidades los primeros responsables de la crisis financiera y de las consecuencias
que por ello hemos padecido los ciudadanos españoles. Ello se explica porque estos gestores, en la mayor parte de los casos, carecían de la mínima capacitación técnica exigible para gestionar el dinero de los depositantes españoles y, además,
antepusieron sus intereses personales a los intereses de las entidades, como demuestra especialmente el pago de cuantiosos bonus mientras que sus entidades, literalmente, se caían. Creemos que sería importante asegurar que estos gestores, que han
sido los primeros responsables de la crisis financiera, queden expresamente inhabilitados para poder ejercer en el futuro cualquier función similar en una entidad de crédito. Por ello no comprendemos cómo desde el Banco de España parece haberse
fiado todo exclusivamente a la vía penal, sin que se hayan incoado los correspondientes expedientes sancionadores en la vía administrativa, como tuvo oportunidad de comentar también nuestro presidente en su anterior comparecencia.


A este respecto, y cuando se dice que no existían suficientes herramientas regulatorias para llevar a cabo una supervisión más firme de las entidades, cabe recordar -y solo a modo de ejemplo- las siguientes referencias a la Ley sobre
disciplina e intervención de las entidades de crédito, la Ley 26/1988. Se ha dicho en esta Cámara por exresponsables del Banco de España que la institución no podía oponerse a las fusiones. Bien, el artículo 4 dice que constituyen infracciones muy
graves la realización de actos que a continuación se relacionan sin autorización cuando sea preceptiva. Primero, fusiones, absorciones o escisiones que afecten a entidades de crédito. El artículo 5, letra p) establece como falta grave el
incumplimiento de las normas vigentes sobre contabilización de operaciones y sobre formulación de balances, cuentas de pérdidas y ganancias y estados financieros de obligatoria comunicación. En este caso fue el propio Banco de España el que no
cumplió su propia ley. Con relación a los riesgos asumidos, el mismo artículo 5, letra r) establece como falta grave presentar la entidad de crédito deficiencias en la organización administrativa y contable o en los procedimientos de control
internos, incluidos los relativos a la gestión de riesgos. En el artículo 31, apartado 2, lo dispuesto en el apartado 1 -sustitución de administradores- es aplicable si existen indicios fundados de que la situación real de las entidades de crédito
-y aquí cabría incluir morosidad, riesgos acumulados, malas prácticas comerciales, riesgo reputacional asociado, etcétera- no pueda deducirse de su contabilidad.


En segundo lugar, tenemos que hablar de la responsabilidad de las firmas de auditoría y consultoría. La crisis financiera ha demostrado que las firmas auditoras responsables de estas entidades han presentado problemas serios de
independencia respecto a los auditados, particularmente de las entidades que proporcionan más negocio. La realidad muestra que las auditorías no han detectado, en ningún caso, situaciones de irregularidades de las entidades que presentan informes a
la CNMV, cotizadas o/y emisoras; ni una sola auditoría de las realizadas a estas entidades durante la gestación de la crisis



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presenta informes con salvedades. El caso Bankia ha puesto de relieve otro hecho de la máxima importancia como es el tema de los conflictos de intereses que surgen de manera evidente entre las labores de auditoría y consultoría, lo que nos
lleva a plantear que posiblemente sería conveniente endurecer el régimen de incompatibilidades actualmente vigente. A pesar de la evidencia señalada, se ha difundido la idea falaz de que la supervisión debe apoyarse en auditoras o consultores
externos para realizar mejor su función. Y, de hecho, el Banco Central Europeo está recurriendo de forma masiva a este mecanismo para llevar a cabo las inspecciones in situ de las entidades significativas de nuestro país, sin que desde el Banco de
España se hayan puesto impedimentos a esta actuación.


En este sentido, hemos de decirles que nuestra asociación ha solicitado un dictamen jurídico que ha sido elaborado por dos de los mayores expertos en Derecho Administrativo de nuestro país, don Manuel Izquierdo Carrasco y don Manuel Rebollo,
catedráticos de la Universidad de Córdoba, a quienes desde aquí queremos agradecer su colaboración. Las conclusiones del informe, que haremos llegar a sus señorías, son concluyentes y contundentes. De manera resumida, resaltamos los siguientes
aspectos.


En primer lugar, el empleo de firmas privadas en las actividades de supervisión prudencial sobre las entidades de crédito conlleva la atribución a las mismas de un amplio catálogo de potestades públicas. De la jurisprudencia del Tribunal de
Justicia de la Unión Europea y de alguna legislación de la Unión cabe deducir la existencia de un principio conforme al que no cabe que una institución de la Unión delegue contractualmente en entidades privadas ni funciones de potestad pública ni el
ejercicio de un poder discrecional de apreciación.


En segundo lugar, señala que su intervención sería susceptible de afectar a diversos derechos fundamentales recogidos en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en particular el derecho a la protección de datos de
carácter personal, la libertad de empresa y el derecho a una buena administración. Esto tiene como consecuencia que la posibilidad de tal intervención así como algunas de sus manifestaciones deban estar previstas expresamente por ley.


En tercer lugar, no existe en la legislación europea del Mecanismo Único de Supervisión ninguna habilitación expresa de alcance general que permita el empleo de estas entidades privadas colaboradoras. La única referencia que hace al
respecto para las inspecciones in situ es una base legal claramente insuficiente para sustentar dicha habilitación. Una habilitación a la intervención de entidades privadas colaboradoras necesitaría de un expreso y sólido reconocimiento normativo
similar al que se incluye en toda aquella legislación europea y española que prevé la intervención de este tipo de entidades.


En cuarto lugar, indican los expertos que la legislación española sobre supervisión prudencial de entidades de crédito tampoco recoge la posibilidad de intervención de entidades privadas colaboradoras con el Banco de España. Solo prevé esa
intervención en el ámbito de la actividad de supervisión que es competencia de las comunidades autónomas.


En quinto lugar, en caso de que se desarrollase el marco legislativo que amparase esa habilitación, habría que determinar el régimen de incompatibilidades al que estarían sometidas estas entidades colaboradoras, donde se podría defender la
aplicación de la normativa española que es más exigente al respecto.


Por último, señala que no sería suficiente con que la legislación europea sobre el Mecanismo Único de Supervisión contuviera una mera habilitación para que el BCE pudiera hacer uso de estas entidades, sino que sería también necesario que
existiera una densidad normativa adecuada de estas entidades y de sus funciones, no solo por poder afectar su actividad a derechos fundamentales -como he indicado anteriormente-, sino como única forma de proteger los intereses públicos en juego y
los intereses de terceros. A día de hoy dicha regulación no existe y no es admisible que algunos de estos aspectos se encuentren regulados en el documento contractual que rige las relaciones entre el BCE y estas entidades privadas colaboradoras o
en la guía de supervisión bancaria.


Señorías, creemos que este es un tema de máxima trascendencia sobre el que deberían adoptarse medidas urgentes para impedir que se siga recurriendo al uso de estas firmas para una función pública como es la supervisión de las entidades de
crédito, al menos hasta que no se despejen todas las dudas existentes sobre su legalidad y/o se desarrolle el correspondiente marco regulatorio.


En tercer lugar, hablaremos de la responsabilidad del Banco de España, las deficiencias y errores cometidos en los procedimientos de supervisión. Entrando de lleno en el aspecto que más conocemos y sobre el que sus señorías han requerido
nuestra opinión, a nuestro juicio se cometieron varios errores en los procedimientos aplicados o que se dejaron de aplicar durante la crisis financiera.



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En primer lugar, la solución para abordar la crisis fueron los denominados sistemas institucionales de protección, SIP, que, a nuestro juicio, estaban mal concebidos desde el comienzo ya que su punto de partida era erróneo y carente de toda
lógica económica. No es posible que fusionar entidades con problemas ofrezca como resultado una entidad o un sistema de protección con menos problemas. Como bien señaló nuestro presidente en la anterior comparecencia, si se fusiona una entidad
quebrada con otra que está diecisiete veces quebrada, el resultado no puede ser satisfactorio, independientemente de cuál sea la evolución del PIB. Hay quien también en esta misma Cámara ha argumentado que las fusiones eran buenas por el mero hecho
de ser fusiones, debido a las sinergias en materia de costes. Resulta preocupante conocer que personas que han sido máximos responsables de la disciplina de entidades de crédito hagan esta exposición porque está muy alejada de la realidad bancaria.
Los problemas de las entidades en problemas crecen geométricamente mientras que las eventuales sinergias lo hacen linealmente. La contaminación de balance que induce una entidad en problemas a otra -los tenga también esta última o no- son de un
orden de magnitud muchas veces mayor que los eventuales ahorros por sinergias. A sensu contrario, ninguna fusión habría salido mal, pues las sinergias habrían compensado -según esta pobre argumentación- los deterioros de activos por valor de
decenas de miles de millones de euros que ocasionaron la crisis. No es preciso recordar a sus señorías lo que realmente ocurrió con estas fusiones.


En segundo lugar, los equipos de inspección no llevaron a cabo revisiones previas completas de los estados financieros de las entidades que participaban en los procesos de fusión, es decir, no realizaron los que consideramos imprescindibles
informes de fusión, por lo que la comisión ejecutiva del Banco de España no pudo disponer para su toma de decisiones de una información técnica detallada que permitiese descartar que hubiese eventuales quebrantos no reconocidos por las entidades,
como se ha comprobado posteriormente que fue lo que realmente sucedió. Esto es esencial porque si la información de partida sobre la que los distintos consultores proyectaban sus previsiones macroeconómicas como base del proyecto de fusión no era
correcta, resultaba imposible evaluar con fundamento la viabilidad de dicho proyecto. Esto explica también que casi ninguna de las fusiones realizadas haya sobrevivido. No es que se produjese una doble recesión que, por tanto, hubiera alterado las
proyecciones macroeconómicas aplicadas, sino que la información de partida sobre la que se proyectaban esas previsiones era falsa ya que no reflejaba los deterioros realmente existentes. Señorías, por lo que sabemos, en este ámbito no ha habido un
cambio en los procedimientos supervisores establecidos, como hemos comprobado recientemente con la fusión entre Bankia y BMN, en la que tampoco se ha requerido la realización de un informe de inspección; como tampoco se ha requerido un informe de
inspección con motivo de la crisis del Banco Popular. ¿Es realmente admisible que una decisión administrativa tan relevante como es la resolución de una entidad de crédito que como tal está sometida a un régimen de supervisión pública sea adoptada
basándose en el informe de una firma privada de auditoría? ¿Para qué están entonces los equipos de inspección del Banco de España y del Banco Central Europeo? ¿Es admisible la opacidad con la que se ha llevado a cabo todo este proceso?


Nuestra propuesta en este ámbito es que en cualquier procedimiento en los que se ejerza una potestad administrativa por parte de los organismos supervisores y de resolución que afecte a una entidad de crédito española se establezca la
obligatoriedad de que el correspondiente órgano responsable reciba un informe previo realizado por el equipo de inspección del Banco de España que haya sido designado a tal efecto por la comisión ejecutiva. Y, por supuesto, que esos informes, con
las limitaciones que marca el secreto bancario y las que pudieran establecerse reglamentariamente, sean debidamente transmitidos a las autoridades económicas que lo pudieran requerir, porque el secreto bancario no debe actuar como excusa en una
sociedad económica, democrática y desarrollada para no proporcionar las imprescindibles garantías jurídicas y de transparencia. La compatibilidad entre ambas cuestiones, secreto bancario y garantías jurídicas y transparencia, es perfectamente
factible.


Hay un aspecto fundamental que constituye la base de muchos de los problemas que se pusieron de manifiesto durante la crisis y es la asunción por parte del Banco de España de diversas interpretaciones de la normativa que, en realidad, lo que
suponían era no aplicar la normativa, así como el hecho de que desde la Dirección General de Supervisión se desarrollase -y aún se mantenga- una especie de regulación paralela, en la sombra, carente de base legal y sin la debida transparencia para
los propios supervisados, a través de los denominados CTC, ni para los propios supervisores, nuestros compañeros del Banco de España. Creemos procedente volver a leerles el denominado disclaimer que figura en gran parte de estos documentos y que
nuestra asociación ya ha hecho llegar a sus señorías, que dice: Los



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criterios internos de la Dirección General de Supervisión no son interpretaciones oficiales del Banco de España, sino pautas acordadas para contribuir a una aplicación homogénea y consistente de las normas a que se sujetan las entidades
supervisadas. En consecuencia, son posiciones que deben defenderse ante las entidades de crédito, quedando prohibida, por tanto, su difusión a usuarios externos de la Dirección General de Supervisión y su entrega por escrito a las entidades,
debiendo comunicarse a las mismas de forma oral.


A continuación, permítanme que, de entre la variada casuística de errores cometidos por la dirección del Banco de España durante la crisis, nos centramos en el que a nuestro juicio es el más relevante a la hora de enjuiciar el papel del
Banco de España en la crisis financiera, y este es la autorización de la comisión ejecutiva del Banco de España de 29 de diciembre de 2010 para que las cajas participantes en los distintos procesos de fusión planteados a través de los SIP aflorasen
una parte de las pérdidas latentes de su cartera crediticia mediante un cargo en reservas y no contra la cuenta de pérdidas y ganancias como establece la normativa tanto nacional, artículo 38 del Código de Comercio y norma 29.1 de la Circular
4/2004, como internacional, párrafo 63 de la NIIF 39 aprobada por la Unión Europea mediante el Reglamento 2086/2004. Decimos que es el ejemplo más relevante porque sin esta autorización, sin este cargo en reservas, todas las cajas que participaban
en los SIP habrían declarado pérdidas millonarias, de forma que esos procesos de fusión difícilmente podrían haberse llevado a cabo. ¿Podría haberse defendido ante las autoridades comunitarias, tal como se hizo, que esos SIP daban lugar a entidades
fundamentalmente sólidas y viables o no hubiera habido más remedio que reconocer esta situación de inviabilidad e intervenirlas? Sin duda, pues, estamos ante un punto clave en el desarrollo de la crisis.


Señorías, hemos presenciado como en diversos foros, entre ellos en esta misma Comisión, antiguos responsables del Banco de España han justificado este tratamiento argumentando que su efecto era neutro en el patrimonio. Pues bien, queremos
manifestar nuevamente que esto no es cierto, tal y como había alertado previamente a la propia Comisión Ejecutiva del Banco de España la división de normativa contable que, dentro de la Dirección de Regulación, era la competente para realizar las
interpretaciones referidas a aspectos contables. Realizar el cargo en reservas permitió a las cajas declarar beneficios contables que eran ficticios, que no eran reales y declarar beneficios tuvo unos efectos nada neutros en el patrimonio de esas
cajas, y luego en el de todos los contribuyentes, ya que les permitió dotar la obra benéfico-social, pagar intereses a los preferentistas y especialmente, lo que es más escandaloso, pagar el bonus a directivos y empleados, en general, de unas
entidades que estaban en crisis y que acababan de recibir cuantiosas ayudas públicas del Estado español a través del FROB. -Recordemos que en el caso de Bankia fueron 4465 millones de euros-. Solo en Bankia, esta decisión de permitir el cargo en
reservas implicó realizar pagos que supusieron un quebranto patrimonial superior a 450 millones de euros -repetimos: más de 450 millones de euros-, de los que 110 millones de euros corresponden al pago de bonus a directivos de una empresa que había
recibido ayuda pública por 4500 millones cuando, por ejemplo, por situarlo en contexto, en el caso de las tarjetas black -que ha escandalizado, con razón, a toda la sociedad española- tuvo un coste de apenas 15 millones de euros.


Sin embargo, vamos mucho más allá: ¿Se puede realizar una interpretación de la normativa que va en contra de la norma? La norma octava de la Circular 4/2004 indica al respecto que el criterio contable que establezca el Banco de España, en
todo caso, será coherente y compatible con los criterios regulados en este título, las normas contables españolas vigentes y las normas internacionales de información financiera aprobadas por los reglamentos de la Comisión Europea para otras
transacciones y eventos con los que tengan similitud. ¿No hubiera sido necesario en estos casos realizar una modificación normativa? En esos casos, ¿tenía la competencia el Banco de España para ello o excedía sus atribuciones? Hay un aspecto
adicional: la misma norma octava de la circular 4/2004 indica textualmente que si el Banco de España considera dichos criterios de interés para otras entidades de crédito, procederá a su difusión pública. Lo dispuesto en este apartado se entiende
sin perjuicio del procedimiento establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 19/1988, de Auditoría de Cuentas, respecto a las propuestas normativas o de interpretación de interés general en materia contable. ¿Qué establece esta
disposición adicional segunda de la Ley de auditoría? Dice que el Consejo de Contabilidad del ICAC es el órgano competente, una vez oído el Comité Consultivo de Contabilidad, para valorar la idoneidad y adecuación de cualquier propuesta normativa
de interpretación de interés general en materia contable con el marco conceptual de la contabilidad regulado en el Código de Comercio. ¿No era este un caso de interés general? ¿No debería haber sido, entonces, el ICAC el organismo que debiera
haber analizado esta consulta? Esto es lo que dejamos como reflexión a sus señorías.



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Dentro de este capítulo queremos señalar un último aspecto, no por ello menos relevante, que es la captura del supervisor ante la influencia de las propias entidades supervisadas. La influencia de la industria ha ido modulando la
supervisión de modo que, con un supuesto buen clima de diálogo entre supervisor y supervisado, se ha ido relajando la aplicación de medidas correctivas sobre las deficiencias observadas por los inspectores; primero, sustituyendo la emisión de actas
de inspección por relaciones de hechos o meras recomendaciones cuyo seguimiento, además, ha presentado notables lagunas. Esta negativa influencia de las entidades en el supervisor es una de las causas, aunque no la única, que explica uno de los
hechos que hemos denunciado en el pasado, y que lamentablemente seguimos teniendo que denunciar en el marco del MUS: que se aparte de la inspección de determinadas entidades a compañeros que, cumpliendo fielmente con el trabajo que tenemos
encomendado destapan deficiencias, irregularidades o déficits patrimoniales en dichas entidades, que se tratan de minimizar o de ocultar. Además, en la fase de resolución de la crisis se ha actuado de un modo excesivamente suave en relación con
infracciones que podrían tipificarse de muy graves y que afectaban a la solvencia y a la gestión. Se ha sido laxo en la política de remuneraciones estratosféricas de gestores de entidades -particularmente en las cajas de ahorros, muchas de las
cuales acabaron siendo parcial o totalmente nacionalizadas- o en situaciones como las de los directivos condenados penalmente.


Esta situación no tiene visos de revertir en la actualidad debido al proceso de concentración que ha experimentado y que sigue experimentando nuestro sistema financiero, que convierte en sistémicas a las entidades, lo que además de hacer más
difícil su supervisión, su control, implica que el daño que puede causar una crisis crece exponencialmente, lo que implica a su vez que el poder de influencia de las entidades sobre el supervisor se multiplica cuando su situación es saneada, y
también cuando no lo es.


Señorías, hemos expuesto hasta ahora algunas de las deficiencias y de los errores que, entendemos, se cometieron por parte del Banco de España en la crisis y que aún no se han corregido. Acudimos hoy aquí para proponerles una serie de
medidas que creemos serían necesarias para tratar de evitar que se repitan en el futuro. Como les habíamos anticipado anteriormente, consideramos que el punto de partida debe ser dotar a la función inspectora de un adecuado marco regulatorio que
asegure la independencia y capacitación técnica de los inspectores. En este sentido, nuestra asociación, con el adecuado asesoramiento legal, ha desarrollado un borrador de normativa que regule la actividad de supervisión de los inspectores del
Banco de España, al tiempo que complete el marco legislativo de colaboración de los inspectores del Banco de España en el marco del MUS.


Nuestro colectivo considera que se hace necesaria una revisión en profundidad del estatus legal del Banco de España de supervisión, así como de las condiciones del personal que, al servicio de esta entidad, está ejerciendo indiscutiblemente
potestades de carácter público. Puede procederse, o no, a una funcionarización formal de ese personal pero, en cualquier caso, resulta imprescindible dotarlo de un estatuto jurídico que puede incardinarse en las normas de funcionamiento interno del
banco y que lo asimile al funcionariado superior en cuanto a su independencia.


A nuestro juicio, los principios básicos que debería recoger ese reglamento de la función inspectora serían los siguientes: Primero, recuperación del papel básico del informe del inspector y auditor informático en la formación de la opinión
supervisora con suficiente trazabilidad, documentación y adecuada transmisión y presunción de veracidad, con el adecuado marco legal para el personal de la Dirección General de Supervisión en el ejercicio de sus funciones. No puede ser de otra
manera si queremos una supervisión eficaz e independiente. La desaparición de este informe y su sustitución por otros más abreviados ha sido la causa, y también la consecuencia, de la rebaja del papel del inspector en la organización práctica del
Banco de España y ha implicado concentrar las fuentes de información en muy pocas manos, normalmente alejadas de los trabajos de campo en las entidades. Cada escalón del procedimiento supervisor y cada actuación supervisora deben estar
adecuadamente identificados y documentados. Cada informe -de inspección, de seguimiento, de autorización- debe ser firmado; cada firmante debe asumir la plena responsabilidad de lo que firma y los miembros de un equipo -inspectores y/o jefes
grupo- que participan en la elaboración del informe, deberían firmar un documento anexo, o papel de trabajo que debe archivarse formalmente, responsabilizándose de su intervención. En el caso de existir discrepancias entre los miembros de un equipo
-inspectores, jefes de grupo, directores de departamento- debería quedar expresa constancia de las mismas firmada por cada uno de los responsables adecuadamente custodiada y con la necesaria trazabilidad para las dos partes, tal y como ocurre en
otros cuerpos de la Administración superior del Estado, de manera expresa, y no como ahora



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consta en la actual ordenanza de supervisión en la que se afirma que deben recogerse las discrepancias, pero no hay garantías de que se haga ni trazabilidad alguna, incluso de eventuales indicios de delito.


Los informes completos de las actuaciones supervisoras llevadas a cabo por los inspectores actuantes deben ser transmitidas a toda la cadena de mando, desde el jefe de grupo hasta la comisión ejecutiva, sin perjuicio de que se anexen
informaciones u opiniones de dichos miembros, pero nunca debería excluirse la información de primera mano, que es la que procede de los inspectores actuantes. Aquí hay que señalar que, aunque el reglamento del MUS recupera en gran parte la firma
del inspector en las inspecciones in situ, al final la propuesta de requerimientos que se eleva al Supervisory Board del BCE es realizada por la jefatura de los grupos de seguimiento de las entidades, los denominados JST, por lo que consideramos que
el marco que establece sigue siendo insuficiente, ya que continúa faltando ese último escalón, que es que el informe del inspector llegue a quien tiene que adoptar la decisión. Por eso creemos que en el caso de las entidades españolas, tanto las
significativas como, obviamente, las no significativas, el informe debería ser elevado a la comisión ejecutiva para que al menos las autoridades españolas tengan conocimiento de la opinión técnica de los equipos de inspección que realizan el trabajo
de campo.


Segundo punto: la obligatoriedad de informe previo de inspección en procedimientos en los que se ejerzan potestades administrativas. -Esto lo hemos señalado anteriormente-. Consideramos que en cualquier procedimiento en el que se ejerza
una potestad administrativa por parte de los organismos supervisores y de resolución que afecte a una entidad de crédito española -fusiones, salidas a Bolsa, resolución, etcétera- debería establecerse la obligatoriedad de que el correspondiente
órgano responsable reciba un informe previo realizado por el equipo de inspección del Banco de España que haya sido designado por la comisión ejecutiva a tales efectos.


En tercer lugar, sería necesario un sistema de acceso que garantice la independencia. Se debe potenciar el sistema de oposición como fórmula de entrada en la supervisión y es preciso establecer una categoría profesional de inspector. Dada
la importancia central del sistema financiero, debe garantizarse la independencia técnica de las personas que tienen asignada la responsabilidad de las actuaciones supervisoras, sin perjuicio de que las decisiones finales se adopten teniendo en
cuenta otros parámetros, que en cada caso se valorarán siempre contando con toda la información. En este sentido, hemos de transmitirles nuestra gran preocupación por los recientes cambios introducidos por los actuales responsables del Banco de
España en el sistema de acceso a la función inspectora, ya que suponen una relajación de los requisitos que medían la formación y capacidad técnica de los candidatos, fundamentalmente al eliminar una prueba general de conocimiento que se hacía
inicialmente para sustituirla por una prueba tipo GMAC, por la eliminación de otra prueba de derecho mercantil y por la eliminación de la lectura del examen del sistema financiero ante un tribunal, y sobre todo porque supone introducir la valoración
de méritos en este proceso, que llegará a pesar hasta un 25% en la nota final de los candidatos, pero sin que se haya establecido cuál será el baremo que se aplicará para su valoración.


Nos produce verdadero pavor leer en las nuevas bases que dentro de esos méritos, entre otros aspectos, se valorará la flexibilidad del candidato. Señorías, la última vez que oí hablar de flexibilidad fue cuando, alegando que yo carecía de
la misma, me apartaron del seguimiento continuado de una entidad por mantener un criterio técnico diferente al de la jefatura, así que comprenderán perfectamente nuestros temores. Insistimos en que la flexibilidad mal entendida ha sido una de las
principales razones que nos ha llevado a la mayor crisis financiera de nuestra historia reciente.


No entendemos la razón por la que estos cambios tan relevantes en un proceso opositor, que lleva funcionando más de treinta años, han sido introducidos con esa urgencia por una comisión ejecutiva que se encuentra en la fase final de su
mandato, sin que haya habido un consenso previo con nuestra asociación, como había sido hasta ahora práctica habitual, sin consensuar y ni siquiera sin comunicar previamente, porque fuimos conocedores de estos cambios el día en que se comunicaron a
nuestro colectivo, justo tras la comparecencia de nuestro presidente en esta Comisión, como bien saben sus señorías, ya que con carácter previo nuestro actual director general aprovechó esa convocatoria de todo el personal de supervisión para
dirigir un ataque improcedente a su intervención en esta Comisión. Evidentemente, estos cambios han generado un rechazo unánime de nuestro colectivo, expresado de forma contundente en la propia reunión que convocó la Dirección de Supervisión y en
la posterior asamblea de nuestra asociación, en la que se nos ha otorgado el mandato a la actual junta directiva para denunciar públicamente este hecho, que es lo que vengo a hacer yo aquí hoy, porque supone un ataque frontal a la independencia de
nuestra función.



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¿Es lógico y admisible que la respuesta de la dirección del Banco de España ante la reciente crisis financiera sea reducir el nivel de exigencia de sus inspectores? La cúpula del Banco de España puede publicar notas de prensa, escribir a
sus señorías con mayor o menor acierto y realizar todo tipo de maniobras para intentar demostrar que no es cierto lo que nosotros les transmitimos. Podrán afirmar que la prueba de acceso seguirá siendo muy garantista y dura, pero más moderna.
Nosotros, por el contrario, opinamos, primero, que es una decisión trascendental acabar con una oposición que tiene décadas de historia como para que la haga un equipo saliente. No estamos hablando de un cambio menor. Y dos, si huele a leche,
viene en envase de vidrio o tetrabrik y sabe a leche, es que es leche, aunque en el envoltorio exterior ponga vino de mesa. Esto es un fraude, un simulacro de oposición que compromete gravemente la actividad de la supervisión de entidades de
crédito.


Adicionalmente, el Banco de España ha comunicado otra convocatoria de plazas exclusivamente mediante un concurso de méritos para el acceso a la función de los denominados especialistas en supervisión bancaria, nueva figura sobre la que no
entendemos su papel, porque en las bases del concurso de inspector figura que su competencia es la supervisión bancaria. Por tanto, ¿qué hacen entonces los especialistas en supervisión? La confusión es mayor porque, a pesar de su denominación, no
irán asignados, al menos de momento, a la Dirección General de Supervisión.


Por todo ello, proponemos que los grupos parlamentarios acuerden con los próximos responsables del Banco de España que en las futuras convocatorias se derogue este procedimiento y se restaure el mecanismo de acceso vigente hasta ahora, con
los cambios y mejoras que se estimen convenientes, siempre en aras de aumentar la independencia de nuestra función y el máximo respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad que deben guiar el acceso a la Función pública.


Creemos que sería bueno paralizar cautelarmente estos procesos, para lo que solicitamos su colaboración, que se convoquen las plazas como tradicionalmente se ha hecho y que en todo caso fuera el siguiente equipo el que procediera a realizar
los cambios que fueran precisos. Puede que estemos todavía a tiempo, pero, señorías, si se incorporan personas por este mecanismo, la dilución del personal con garantías de independencia entre los que no la tienen, al menos en la forma, va a ser
enorme y de difícil arreglo posterior, y supone dejar un campo minado al equipo directivo entrante en próximas fechas. Experimentos de esta relevancia le corresponde hacerlos a quien tiene por delante seis años de mandato, no a quien no va a sufrir
el enorme error que supone esta cuestión.


En cuarto lugar, proponemos regular la colaboración con los órganos jurisdiccionales y establecer un procedimiento ágil que permita la efectiva ayuda a la persecución de los delitos. En primer término, es preciso regular el marco de
colaboración del Banco de España en aquellos procesos en los que se solicita un peritaje judicial, tanto a efectos organizativos -posible creación de un grupo específico que atienda estos asuntos con la adecuada rotación del personal- como
laborales, a través de la figura de la comisión de servicio.


La cuestión no es que los inspectores y auditores informáticos del Banco de España tengan que dejar de colaborar con la justicia por eventuales conflictos de interés, sino que puedan hacerlo con las máximas garantías y no como ha ocurrido,
por ejemplo, en el caso Bankia con el tema FROB, interpretación de la prensa de la carta del FROB, penalización interna a los peritos, etcétera.


Respecto a la comunicación de operaciones con indicios de delito, nuestra normativa interna actual solo contempla la necesidad de elaborar un informe que se elevará al jefe de grupo. A partir de ahí, perdemos la trazabilidad de las
actuaciones, además de que no se marcan unos plazos determinados de resolución para asegurar que no se retrase la entrega a la fiscalía o al Sepblac de aquellas operaciones que tengan indicios sólidos de delitos, dificultando en consecuencia su
efectiva persecución.


Señorías, creemos que contar con un procedimiento más ágil hubiera resultado muy útil en la fase de gestación y desarrollo de la crisis, pero sigue siendo hoy en día muy necesario, máxime si queremos efectuar un seguimiento y control
adecuado de determinados procesos de desinversión que nos preocupan, que se están llevando a cabo en entidades que han recibido ayudas públicas o en la propia Sareb. Aquí les interpelamos a revisar nuestro marco de regulación del necesario deber de
secreto, algo necesario y comprensible, pero que en nuestro caso es posible que se esté llevando más allá de lo que resultaría razonable, según nos indican nuestros asesores legales y tal y como hemos expuesto con anterioridad.


Adicionalmente a este marco regulatorio, con estos principios generales que les he marcado, consideramos que habría que analizar la posible adopción de otras medidas que podrían reforzar la actuación supervisora. En primer lugar, la
reorientación del perfil profesional de la cúpula del Banco de



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España hacia el control de riesgos y la experiencia práctica. En este sentido, propondríamos que el procedimiento de elección tuviera que ser acordado o ratificado por una mayoría cualificada parlamentaria, previa comparecencia de los
candidatos al menos ante la Comisión de Economía, la inclusión mayoritaria de expertos en gestión de riesgos, la inclusión de profesionales con experiencia práctica en supervisión bancaria y no solamente que procedan del mundo académico y, en la
medida de lo posible, la inclusión prioritaria de profesionales que no hayan militado en algún partido político o hayan ocupado cargos de confianza mediante nombramiento directo de algún cargo o partido político.


En segundo término, creemos necesario adoptar medidas en el marco de la transparencia en relación con el proceso de toma de decisiones. Proponemos un control parlamentario al menos anual con rendición de cuentas sobre las actuaciones
realizadas, permitiendo el acceso de los miembros de la comisión parlamentaria competente a las actas y documentación soporte de las reuniones celebradas, y el establecimiento de un marco jurídico que establezca un esquema de responsabilidades
claro.


En tercer lugar, proponemos establecer un marco para la publicidad de las actuaciones para vigilar y hacer públicos los riesgos macroeconómicos, particularmente los relativos a la estabilidad financiera; dar publicidad a la valoración de
riesgos y, lo que es más importante, a las actuaciones y decisiones tomadas por las autoridades responsables; y publicar los órdenes del día y acuerdos tomados en sus comités ejecutivos, de política monetaria, de estabilidad financiera, etcétera.


Confiamos en que sus señorías y los grupos parlamentarios a los que representan tengan en cuenta nuestras propuestas y, a tal efecto, proponemos que se constituya un grupo de trabajo con presencia de todas las partes interesadas en el que se
estudie y defina este marco regulatorio.


El cuarto bloque -hasta aquí hemos hablado del papel de los gestores de las entidades, del papel de la auditoría y del papel del Banco de España- sería el del marco regulatorio. Como extensamente explicó nuestro presidente en su
comparecencia, nosotros siempre distinguimos entre regulación y supervisión de manera clara. La regulación es la herramienta con la que trabajamos los supervisores; no en vano nuestra función es asegurar que las entidades en su actuación cumplen
con el marco regulatorio establecido. En este sentido, insistimos en los mensajes que transmitió nuestro presidente. No siendo una regulación perfecta -máxime tras la desaparición de las provisiones anticíclicas o estadísticas en el año 2004 y con
la entrada en vigor del acuerdo de capital de Basilea II-, la normativa existente durante la crisis proporcionaba suficientes mecanismos a las autoridades para tratar de acometer la situación. Cuestión diferente es si no se quiso hacer uso de los
mismos, especialmente de las herramientas que proporcionaba la Ley de disciplina, porque no se utilizó con la suficiente firmeza el amplio abanico de posibilidades que ofrecían esta ley y sus desarrollos legislativos. Lo que más nos preocupa es que
el nuevo marco regulatorio que se está implantando, lejos de contribuir a evitar que se produzcan crisis similares en el futuro, puede conducir a un desastre aún mayor que el sufrido. Estamos ante una regulación mucho más compleja, pero que no es
rigurosa. Llamamos especialmente la atención sobre la nueva normativa de determinación de las provisiones de las operaciones de crédito, que deja en cierta medida un enorme espacio a la discrecionalidad de las entidades para su determinación, sin
validación previa por la autoridad supervisora. Señorías, las entidades mueren por su activo, concretamente cuando difieren en el reconocimiento de los deterioros que se producen en el mismo. Dejar este tema en manos exclusivamente de las
entidades es un auténtico dislate.


Proponemos que, al margen de lo que establezca la regulación comunitaria, se apliquen en España suelos regulatorios que fijen unos mínimos que permitan realizar un control efectivo al supervisor del adecuado reconocimiento del nivel de
deterioro de los activos mediante la modificación de la Ley 10/2014 de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito o cualesquiera otros desarrollos legislativos que fueren necesarios.


Ya les anticipamos que la respuesta de las entidades será protestar por los efectos negativos en sus cuentas de resultados y que reclamarán un trato igualitario respecto a los competidores de su entorno. Entendemos, sin embargo, que hay un
bien común a proteger que está por encima de los objetivos de rentabilidad a corto plazo de las entidades, y que no es otro que la protección de los depositantes. Además, tener un mayor nivel de cobertura de los activos deteriorados, lejos de
perjudicar a las entidades, les permitirá tener una posición más sólida a medio plazo en el mercado. Un discurso habitual entre los gestores de las entidades es que se encuentran penalizados frente a sus competidores europeos debido a determinada
normativa prudencial del Banco de España. Esto llevó, entre otras cuestiones, a eliminar las provisiones anticíclicas con la excusa de la entrada en vigor de la normativa contable europea, aunque ya dijimos que existían vías jurídicas para evitarlo
y que continuaran en vigor. Así, tuvo lugar lo que tuvo



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lugar tan solo tres años después. Muchos gestores de entidades transmiten el miedo de que con tal o cual regulación se van a hundir, y la realidad es que no tener la valentía política ni técnica de aplicar una regulación rigurosa y
técnicamente adecuada nos acaba hundiendo a nosotros junto con ellos.


En todo caso, mientras no se desarrolle el fondo de garantía de depósitos europeo, parece razonable que nuestro país se dote de las herramientas legislativas necesarias para tratar de impedir los efectos de una crisis financiera. En este
sentido, destacamos las noticias recientes que hemos conocido sobre la nueva propuesta de la Comisión Europea que elimina el calendario inicialmente previsto de implantación del fondo de garantía de depósitos europeo en 2024. ¿Supervisión única,
pero coste nacional? ¿Esto es lógico? ¿Es justo? ¿Esta vuelta atrás respecto a un fondo de garantía de depósitos único en 2024 no debería llevar a nuestras autoridades a plantearse si sería necesario -y es posible- desarrollar medidas
legislativas que permitan retener una cierta soberanía en materia de supervisión?


Señorías, nosotros no atacamos el fondo de la supervisión única, pero creemos que la forma en que se está llevando a cabo no está siendo adecuada ni eficiente. Así lo denunciamos un año después de su puesta en marcha y, desgraciadamente, el
caso del Banco Popular y el de otros bancos de la eurozona han venido a darnos la razón. ¿No es el caso del Banco Popular un serio aviso de que algo falla? ¿Qué debemos hacer ante esta evidencia? ¿Nos callamos y confiamos en que no se nos caiga
otra entidad? ¿Rezamos para que, si esto ocurre, no se lleve por delante a la economía de nuestro país o tratamos de analizar con rigor y corregir estos fallos o seguimos escudándonos en que es un mecanismo en su fase inicial y que poco a poco irá
mejorando? Si se decide supervisar las entidades exclusivamente sobre la base de su nivel de recursos propios -como se hace ahora-, si se supervisan en un idioma distinto al idioma en el que la entidad desarrolla su actividad, si se externalizan
funciones públicas sin la debida garantía de confidencialidad y de rigor, todas estas cuestiones y muchas otras no van a mejorar con el paso del tiempo; en todo caso, se enquistarán.


Señorías, nosotros preferimos no tener que volver a comparecer en el futuro en una comisión de este tipo, lo que sería un síntoma de que se habrán adoptado las medidas correctoras pertinentes. No podemos olvidar que Bankia, Catalunya Caixa
y otras entidades estuvieron a punto de llevar a nuestro país al desastre, y lo que no deseamos es que se produzca en el futuro un desastre que se lleve por delante a la propia Unión Europea.


Por ello, la propuesta de un marco regulador de la función inspectora que les hemos comentado anteriormente debe incluir un aspecto que consideramos esencial: el desarrollo del marco de colaboración del Banco de España con el Banco Central
Europeo, dentro del MUS, que podría ser extensible con las necesarias adaptaciones al resto de países; un marco aún no desarrollado de manera rigurosa y completa en ninguno de los países que conforman el MUS y que España podría liderar. Creemos
que este debería ser el mecanismo para tratar de implantar medidas que aseguren una supervisión efectiva de las entidades españolas y que, dentro de los límites que marca el reglamento del MUS, permita a las autoridades españolas tener un papel
relevante en la supervisión de sus entidades, al menos de manera urgente hasta que exista ese fondo de garantía de depósitos a nivel europeo y con las necesarias adaptaciones a partir de su puesta en marcha, si es que llega a producirse.


Por último, quisiéramos reiterar nuestro agradecimiento a la Comisión de investigación y a todos los grupos políticos por su interés en nuestra opinión, y muy especialmente agradecemos el mismo hecho de la existencia de esta Comisión, que
deseamos que constituya el inicio de un proceso de colaboración más estrecho entre la plantilla del Banco de España a cargo de la supervisión y los diferentes grupos políticos.


Señorías, este es un oficio que realmente puede ser apasionante y gratificante, al menos para los que como nosotros decidimos vocacionalmente opositar y dedicarnos profesionalmente a él. Por ello, confiamos en ustedes, como legítimos
representantes de los ciudadanos españoles, para que nos proporcionen las herramientas que necesitamos para servir adecuadamente a los ciudadanos y las empresas españolas, para que nos faciliten el marco que asegure nuestra independencia al mismo
tiempo que la máxima cualificación y rigor técnico para evitar que nuestro país tenga que volver a sufrir -quizá no en un plazo lejano- todo lo que hemos sufrido desde el punto de vista económico y social.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Gracias.


Vamos a empezar las intervenciones por el grupo solicitante. Por el Grupo Parlamentario Popular, señor Aguirre. Siete minutos, por favor.



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El señor AGUIRRE RODRÍGUEZ: Ya lo siento, señora presidenta, pero planteo una primera cuestión de orden. ¿El señor Delgado está eximido del deber de secreto que impone su función de inspector del Banco de España?


El señor SECRETARIO DE LA ASOCIACIÓN DE INSPECTORES DEL BANCO DE ESPAÑA (Delgado Manzanares): Sí. De hecho, he pedido habilitación expresa al Banco de España y se me ha concedido.


El señor AGUIRRE RODRÍGUEZ: Mi grupo no querría tener que volver a estar presente en los actos que sucedieron en la comparecencia del presidente de su asociación, y siempre estaríamos muy al lado de la presidenta de esta Comisión para
evitar que se puedan repetir esos actos.


Señor Delgado, gracias por su intervención. Yo la he dividido, por las cosas que he estado escuchando, en dos grandes partes, la del propio análisis de la crisis y -por qué no decirlo- una parte propositiva, que este portavoz aprecia
muchísimo y toma muy buena nota; espero recibir en su momento los informes de los catedráticos de la Universidad de Córdoba a los efectos de poder leerlos y tener y formar opinión. También aprecio muchísimo las informaciones que nos ha facilitado
sobre la opinión de la asociación respecto al MUS. Pero hay una condición de su persona que es que usted ha sido corresponsable con el señor José Antonio Casaus en el caso Bankia, por lo que no puedo evitar en esta comparecencia formularle algunas
preguntas sobre el caso Bankia, que espero tenga a bien contestarme. Se las voy a formular muy deprisa y desde luego, señora presidenta, después de lo que acabo de escuchar al representante de la asociación de inspectores, ya me dispongo a
solicitar a la Presidencia de esta Comisión que la comparecencia del exsubgobernador del Banco de España, señor Aríztegui, se haga bajo la fórmula de pregunta y respuesta, por cuanto cada vez que anotamos más en la presencia de la etapa concerniente
al mandato del señor Fernández Ordóñez vemos las grandes discrepancias que hay entre el cuerpo de inspectores y la cúpula de aquel momento. Pero esto es una cuestión interna.


Voy a las preguntas, señor Delgado. ¿Incumplió Bankia las recomendaciones que recibió del Banco de España? Si es afirmativo, ¿en qué casos? ¿Validó el Banco de España la contabilidad de Bankia? ¿Autorizó el Banco de España a Bankia a
cargar pérdidas a reservas?


La señora PRESIDENTA: Señor Aguirre, una de dos: o se las da por escrito o las lee despacito.


El señor AGUIRRE RODRÍGUEZ: Se las doy por escrito, pero el otro día las di por escrito y no me sirvió de nada, ya se lo digo.


La señora PRESIDENTA: Lo que le quiero decir es que no quisiera que el señor compareciente no las pudiera anotar. Si quiere usted las lee rápido, y cuando acabe su intervención se las deja. ¿Le parece?


El señor AGUIRRE RODRÍGUEZ: Claro que sí. Es a efectos del Diario de Sesiones.


¿Incumplió Bankia la aplicación del conocido como Decreto Guindos I? ¿La SIP impulsada por Caja Madrid con las cajas restantes fue considerada por el Banco de España como una integración? ¿El rechazo por parte del Banco de España hubiera
impedido la salida a bolsa de Bankia? Creo que con dos cuestiones más en relación con Bankia quedaría mi grupo satisfecho. ¿Usted considera que el rescate de Bankia fue el más relevante de las ayudas públicas que se han aportado? ¿El Banco de
España sabía que la cuenta de resultados de Bankia y su reformulación no reflejaba la imagen fiel de la entidad? Y por último, ¿la reformulación del año 2012, hecha ya por otro equipo directivo, la considera cierta o falsa?


Voy a entrar ya directamente en la intervención que usted nos ha traído hoy al caso. Ha aportado por primera vez en esta Comisión un importante capítulo relativo a las auditorías. Respecto al papel de las auditorías privadas en el proceso
de la crisis financiera, salvo que usted me corrija, yo no encuentro que ninguna de las auditorías que se han producido en este proceso haya contenido salvedades. Mi pregunta en este campo es: Salvedades no, pero, ¿párrafos de énfasis había?
¿Usted considera por lo tanto el papel de las auditorías como una ayuda para el proceso de integración o fue un obstáculo?


Decía anteriormente que los inspectores habían realizado un conjunto de inspecciones, pero que lo más importante era que al final se consiguiera redactar un informe de fusión. ¿En el proceso de integración se han redactado informes de
fusión de las diferentes SIP y de las diferentes integraciones de las cajas de ahorros? Ha hablado detenidamente sobre el cargo a reservas, y evidentemente lo único que me queda por preguntarle es, ¿se vulneró la legislación vigente en ese momento?
Y ha hablado también de



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que a usted le quitaron de la inspección de una entidad, porque usted era poco flexible. ¿Qué entidad fue de la que le retiraron?


Es evidente que me cabe tenerle que preguntar si actuó el Banco de España como colaborador necesario para la ocultación de la verdadera situación patrimonial de las cajas, porque después de todo lo que le he escuchado decir a usted y a su
presidente no quiero yo responderla -la tengo medianamente interiorizada-, sino que prefiero escuchárselo a usted. ¿Le consta a usted que se suspendieran inspecciones en vigor cuando de la valoración preliminar de las entidades supervisadas se
deducía que estas entidades estaban y eran inviables? ¿Le consta a usted que en el periodo 2009-2012 se suspendieran de manera generalizada las actividades de inspección, impidiendo la puesta de manifiesto de la situación de entidades con
problemas? ¿Le consta a usted que para aquellas entidades en las que se habían realizado actividades inspectoras no se hubieran realizado los ajustes requeridos, arrastrando sin reclasificar ni sanear operaciones dudosas y contabilizando intereses,
cuando no procede, además de los deterioros pertinentes, con el consiguiente efecto ficticio en las cuentas de resultados de las entidades? ¿Me podría decir, si la respuesta a esta pregunta es afirmativa, en qué casos ha sucedido, en qué entidades
ha sucedido esta práctica?


Por último dice usted que las represalias a los inspectores por realizar su trabajo eran habituales, y que usted mismo ha sido represaliado. ¿Qué compañeros suyos han sido represaliados?


Señora presidenta, no tengo más cuestiones que formular al señor Delgado, a quien le reitero el agradecimiento de mi grupo por su intervención y la aportación de las propuestas que nos ha realizado en la segunda parte de la misma.


Muchas gracias, señora presidenta.


La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Aguirre.


Por el Grupo Mixto, tiene la palabra el señor Candela.


El señor CANDELA SERNA: Gracias, señora presidenta.


En primer lugar, quisiera agradecer su comparecencia y que haya puesto un poco de luz sobre una serie de teorías económicas, sobre todo cuando ha hablado de lo que significa flexibilidad y de la cuestión de la captura del supervisor, porque
ahí hay una reflexión muy pertinente, y que es cuando ustedes hablan de una serie de propuestas, sobre todo la que tiene que ver con el procedimiento de elección, que tenga que ser acordado o ratificado por mayoría cualificada parlamentaria, o la
cuestión del control parlamentario; nosotros entendemos que uno de los problemas de los bancos, en este caso del Banco de España, es precisamente el escaso control democrático o parlamentario que existe.


Más allá de esta reflexión le haré cuatro preguntas. Hay algo que me ha dejado muy preocupado, y es que usted haya propuesto un marco legal que les proteja. La pregunta es, ¿proteger de qué? ¿Hay amenazas o ha habido o hay presiones
políticas para el desarrollo de su cometido? En segundo lugar, usted ha hablado de figuras como el SIP y las fusiones, y a mí la pregunta que me surge es si al utilizar esas figuras -la agregación de balances totalmente desastrosos obviamente no da
como resultado un balance mejor- quien tomó esas decisiones lo hizo simplemente por una falta de formación o había algún tipo de motivación política detrás. También ha afirmado que no hay informe de inspección, por ejemplo, en el caso del Banco
Popular. ¿Por qué ha ocurrido eso? Ustedes también afirman que hay un riesgo para la supervisión y también para la economía -que es lo que viene defendiendo mi grupo desde hace mucho tiempo-, que es la mayor concentración bancaria, que complejiza
la supervisión y aumenta los riesgos. Habida cuenta de que el resultado de todo el proceso de crisis y gestión de la crisis económica es una mayor concentración, nos preguntamos inocentemente si era la consecución de una mayor concentración
bancaria el motivo de todas las acciones que se han llevado a cabo en materia de supervisión. De las dos preguntas que quedan solamente haré una. Muchas veces analizamos al Banco de España como si fuese una unidad, pero es cierto, por lo que han
comentado, que hay divisiones en el buen sentido de la palabra. La pregunta que le quería hacer -tiene que ver más con una cuestión de filosofía del Banco de España- es si existe una clara división entre las sucesivas cúpulas del Banco de España y
los inspectores de Hacienda o si por ahí van los tiros de las preguntas que le ha formulado -y de paso las aprovecho- el portavoz del Partido Popular, como complementación a lo que ha expuesto.


Gracias.


La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Candela.


El Grupo Vasco no se encuentra presente. Por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, señor De la Torre.



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El señor DE LA TORRE DÍAZ: Muchísimas gracias, señora presidenta.


Señor Delgado, en primer término, en nombre de mi grupo parlamentario quería agradecerle su detallada y documentada intervención, y en general a usted y a su asociación su trabajo en pro de los intereses generales, que en esta Comisión
valoramos mucho. De hecho, por poner un ejemplo, la carta que ustedes hicieron llegar al anterior vicepresidente del Gobierno, al señor Solbes, sobre la situación de la supervisión y que -pese a los desmentidos posteriores de algunos supervisores-
fue desgraciadamente profética. En este sentido su comparecencia -voy a intentar no repetirme respecto de las acertadas preguntas del portavoz del Partido Popular, del señor Aguirre- me ha recordado mucho, en el sentido de total contraposición, a
la que el otro día tuvimos aquí del señor Fernández Ordóñez -y también espero que se contraponga el sentido de lo que usted conteste-. En primer término, me gustaría preguntarle por una cuestión breve, y es respecto a la incapacidad derivada de la
politización de las cúpulas de las cajas de ahorro -por lo que usted dice de que los responsables eran esencialmente los directivos, los gestores de las cajas de ahorros-, y si también pudo afectar a la supervisión -que usted lógicamente ha pasado
por alto, porque es un inspector del Banco de España- y a las funciones que tenían las comunidades autónomas, porque ahí sí dijo el señor Fernández Ordóñez que las comunidades autónomas y sus funciones pudieron más estorbar que ayudar en la
resolución de la crisis bancaria. A lo mejor por una vez coincide usted con el señor Fernández Ordóñez.


Por otra parte, se ha referido usted -y esto sí es relevante y le digo que lo compartimos plenamente- a la cuestión importante de que incluso ahora no se respetan las opiniones de los inspectores del Banco de España respecto a la situación,
o mejor dicho se quieren ignorar. Aquí el tema más brutalmente claro fue cuando el señor Fernández Ordóñez declaró en sede judicial que afortunadamente de los detalles de Bankia no se enteró. Le preguntaba el otro día si no entraba dentro de su
sueldo enterarse de los detalles de la operación financiera más importante de la historia de España. Pero aquí sí le digo que desde mi grupo parlamentario -y yo personalmente- compartimos la idea de que la última palabra la tiene que tener la
comisión ejecutiva del Banco de España, pero al final los únicos que tienen una información distinta de la del común de los mortales son ustedes. Por tanto se puede contravenir la opinión de un inspector, pero dejando rastro y bajo su firma. No me
duelen prendas en decir que tienen toda la razón, porque yo mismo esto lo puse por escrito en un artículo de opinión ya en el año 2011.


Me gustaría preguntarle por una cuestión concreta -al hilo de que ahora mismo estamos hablando de paraísos fiscales-, y es que se habla mucho de las filiales de la banca española en paraísos fiscales. Le pregunté al otro día al señor
Fernández Ordóñez -por cierto, sí tuvimos una gran novedad, sí me contestó algo cuando nos enteramos de que hacía diecisiete años que había dejado el carné del Partido Socialista-, y no me contestó, que cuáles eran los efectos -y le pregunto su
opinión profesional como supervisor- de dejar en manos de la Banca Privada d'Andorra, un banco radicado en un paraíso fiscal -y que además luego hemos sabido que tenía gravísimos problemas de blanqueo de capitales-, el control de un banco como fue
el Banco Madrid. Y cuál es su opinión como supervisor de los efectos que puede tener esto. Por otra parte, ha hablado de que a usted le apartaron de una inspección. También le pregunté al señor Fernández Ordóñez -y tampoco tuve respuesta- sobre
por qué quitaron a todo el equipo de inspección de Caja Castilla-La Mancha y los trasladaron de Toledo a Madrid y demás. Me gustaría saber qué puestos ocupan actualmente las personas que le apartaron a usted de una inspección y de qué entidad eran
-en esto coincido especialmente con el señor Aguirre-.


Ha hablado también de los problemas del sistema de acceso y de las decisiones que está tomando la actual cúpula, en este sentido le garantizo que también he sido opositor, he tenido funciones públicas como inspector de Hacienda, y me parece
absolutamente esencial que se mantenga este nivel de exigencia, no en interés de los funcionarios, sino fundamentalmente en interés de los supervisados y de la sociedad. Al final esta independencia me parece esencial. En este sentido ustedes se
referían aquí en concreto a la reforma del sistema de nombramiento de la cúpula. Me gustaría decirle que en estos momentos se está tramitando en el Congreso de los Diputados una proposición de ley -que ya ha sido admitida a trámite y que ahora está
en periodo de enmiendas- para garantizar la independencia de los nombramientos de los organismos reguladores, y que también afectaría el Banco de España. Nos ponemos a su disposición como grupo parlamentario, aunque supongo que los demás grupos de
la Cámara aunque no hayan presentado esta proposición, sí la votaron favorablemente, estarían dispuestos a estudiar propuestas de enmienda para mejorarla y para garantizar lo que usted dice, y que me parece esencial, que es garantizar la
independencia y la idoneidad técnica y profesional de la cúpula del Banco de España.



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Le reitero mi agradecimiento y el de mi grupo, tanto por la labor que viene desarrollando su asociación como por el trabajo de los inspectores del Banco de España, y también por su intervención.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Gracias, señor De la Torre.


Por el Grupo Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, la señora Díaz.


La señora DÍAZ PÉREZ: Gracias, presidenta.


Bienvenido, señor Delgado. Quiero agradecerle su comparecencia, y si nos permite, incluso en estricto sentido profesional, quiero agradecer en nombre de nuestro grupo la profesionalidad de un cuerpo como el que ustedes representan, que de
alguna manera nos reconcilia con nuestro país y con unos profesionales que en realidad nos demuestran todos los días que, a pesar de las enormes dificultades que tienen para ejercitar su trabajo, siguen adelante. Vaya esto en primer lugar.


Efectivamente hay dos partes en su comparecencia. En lo que tiene que ver con la parte más sencilla, que sería recoger las propuestas que ustedes nos hacen, desde luego el Grupo Confederal de Unidos Podemos las recogerá -como es necesario-,
y les agradecemos además su aportación. Incluso nos parecen de una elemental sensatez las propuestas que están formulando y nos arroja una enorme inquietud por lo que está sucediendo ahora mismo en estos cuerpos de una enorme relevancia para el
Banco de España, pero para nuestro país también. Empezaré formulando algunas preguntas. La primera es si para usted, según su pericia, su criterio y su juicio, después de caer la sexta entidad financiera de nuestro país, este relato oficial de que
la crisis financiera ha terminado es así o no, si se impone el relato oficial. La segunda es -usted ha pasado lateralmente sobre ello- si tras esta caída de la sexta entidad de nuestro país no estamos ante un elevadísimo riesgo sistémico, por la
concentración bancaria en una ratio del 71%, a diferencia de los países de nuestro entorno, de las medias europeas. La tercera es que, según su criterio, ¿puede quebrar un banco sencillamente por tener problemas de liquidez? La cuarta, aunque ya
vamos teniendo algunas certezas, ¿nos puede describir cuáles fueron esas malas prácticas que se han dispensado desde las distintas entidades financieras, y que concluyeron con esta enorme crisis bancaria? ¿Nos puede describir cuáles eran
esencialmente y cómo funcionaban las golferías que tuvimos que sufrir, y que parece que el ente supervisor conocía con bastante claridad? Si esto es así -también lo vamos conociendo-, ¿por qué el organismo supervisor no actuó? Decía el presidente
de su asociación que había elementos normativos suficientes, que había elementos materiales, que había herramientas para por lo menos paliar la enorme catástrofe que hemos sufrido, ¿por qué no se hizo? Y si no se hizo, ¿no deberíamos pedir
responsabilidades sancionadoras en el ámbito administrativo -como decía usted-, pero también penales? Obviamente es muy duro lo que este país sigue viviendo por recortes, suicidios, y como ustedes mismos cifran más de 72 000 despidos en el conjunto
del país, que no es cosa menor.


En lo que tiene que ver con el Mecanismo Único de Supervisión a todas luces parece que estamos mucho peor que antes. ¿Nos puede usted explicar las nuevas normativas vinculadas al Mecanismo Único de Supervisión, que nos colocan en peor
posición jurídica que la que teníamos en los momentos precedentes? Su presidente señalaba que con la Ley de Disciplina podríamos haber hecho muchas cosas e incluso ha llegado a afirmar que estábamos más protegidos que en la actualidad. Es decir,
con todos los cambios normativos que están operando en el momento actual parece que vamos para atrás y no avanzamos. Por cierto, hablamos de malas prácticas bancarias en sentido extenso, pero es que el informe de la comisión nacional -y los
sindicatos y los trabajadores y las trabajadoras de la banca- está alertando de las mismas malas prácticas que se están produciendo hoy en día en las entidades financieras. ¿Qué hace el supervisor? ¿Sigue sin saber lo que está pasando? ¿Sigue sin
disponer medios para atajar esta situación? ¿Nos vamos a volver a ver involucrados, en un tiempo más próximo de lo que quisiéramos, en una futurible catástrofe como la que hemos vivido?


Respecto de las fusiones, en términos de responsabilidad, quisiéramos en nombre de nuestro grupo leer un texto. El señor Fernández Ordóñez en la Comisión de investigación de las cajas gallegas no ha querido comparecer, pero sí quiso
contestar a unas preguntas por escrito, que por tanto obran documentadas. Afirmaba que no había informes sobre las fusiones en el caso claro de Caja Madrid, pero también en el caso de las cajas gallegas, y le quiero leer simplemente un parágrafo
para que alguien nos explique -y que esta Comisión sirva para posibles depuraciones de responsabilidades- las afirmaciones en este caso del señor Fernández Ordóñez. Dice así: En lo que se refiere a la visión del proceso de concentración, a la
fusión de las cajas gallegas, ciertamente no afectaba al mercado español, pero era



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negativa desde el punto de vista de la competencia en Galicia, y este era un argumento más para no haberla impulsado, además del fundamental de la mayor solidez de otras alternativas que se barajaron a lo largo del proceso. Yo tuve ocasión
de plantearle estos problemas de competencia al presidente de la Xunta de Galicia, en una entrevista en la que traté de convencerle -y es obvio que no pude- de que permitiera buscar soluciones más sólidas y mejores desde todos los puntos de vista
económicos, incluido este, el de mayor competencia. Y es que la fusión de las dos cajas gallegas llevaba a controlar una cuota de mercado en Galicia del 50%, hecho que no se había producido en ninguna otra comunidad autónoma del Estado español.
Así sigue sucesivamente a lo largo de varias páginas. Nuestra pregunta es sencilla: había pleno conocimiento sobre las fusiones -en el caso gallego lo tenemos documentado y en el caso de Bankia no lo tenemos documentado, pero parece que a todas
luces era un auténtico dislate-, y estas personas que hasta por escrito sustancian lo negativo de estas medidas, ¿no son responsables de la catástrofe que hemos vivido? Lo digo porque usted afirmaba que efectivamente nos detenemos en las tarjetas
black -y nos tenemos que detener-, que eran 15 millones, pero tenemos un agujero de las cajas gallegas de más de 9000 millones y tenemos 23 000 millones vinculados al proceso Bankia, que seguimos pagando a día de hoy.


La señora PRESIDENTA: Doña Yolanda, se le acabó el tiempo. Vaya terminando.


La señora DÍAZ PÉREZ: Sustancialmente son estas las cuestiones que le formulamos. Muchas gracias por su comparecencia.


La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Díaz.


Por el Grupo Socialista la señora Pérez Herráiz.


La señora PÉREZ HERRÁIZ: Gracias, presidenta.


Muchísimas gracias por su intervención. Discúlpeme si en algunas cuestiones resultamos un poco reiterativos. ¿Consideran ustedes que se pudo haber frenado el fuerte incremento del crédito que hubo entre los años 2001 y 2007? ¿Cómo
consideran ustedes que repercutió la desregulación de mercados y sectores que se realizó a partir de 1996? Un compareciente dijo que la crisis se gestó entre 1996 y 2003, y que se agravó entre el 2004 y el 2007 por sobrevaloración de activos,
¿comparten que la crisis se gestó entre 1996 y 2003 y que esa etapa fue determinante? Algún compareciente también comentó que el Banco de España había alertado del fuerte incremento de demanda de viviendas, pero que la opinión mayoritaria era que
habría autocorrección, ¿podrían haber sido esas alertas del Banco de España más contundentes? Ustedes consideran que el Banco de España tenía herramientas reguladoras y supervisoras para detener la burbuja inmobiliaria, ¿cuál cree que fue el motivo
de que el Banco de España no utilizara su capacidad para intentar detener esa burbuja?


Me quedó clara su opinión respecto al funcionamiento de las auditoras en el pasado y me temo que también en el presente, ¿pero cuál es su opinión, que creo que no mencionó, de la relación de las tasadoras con las entidades bancarias, las que
hubo en el pasado, y si esa relación en este momento es más segura? El crecimiento del crédito entre el 2000 y el 2007 en los bancos fue del 182% y en las cajas del 266%, ¿esa diferencia se debe a que hacían menos caso a las advertencias del Banco
de España por su modelo de gobernanza o puede estar relacionado con que el problema estaba muy centrado en el sector inmobiliario, y los créditos hipotecarios eran una especialidad de las cajas de ahorros? También me quedó muy clara su opinión
respecto a los SIP, que era otra de las preguntas que tenía preparadas. Exigir a las cajas más porcentaje de capital, ¿era una forma de darles estabilidad o, tal como se hizo realmente, era una fórmula para su desaparición?


Después, en 2012, se publicaron dos reales decretos para incrementar las provisiones obligatorias, ¿era ese un momento adecuado para hacerlo, después del incremento de capital previo o puede que haya resultado contraproducente tal y como se
hizo? También explicó usted con bastante claridad varias fórmulas para que mejore la eficacia y la eficiencia del funcionamiento del Banco de España. Consideran ustedes que lo que se llaman herramientas para el trabajo del Banco de España no solo
no mejoraron sino que puedo interpretar que de alguna manera empeoraron; le solicito que me ratifique si le interpreto correctamente. Con respecto a los mecanismos europeos de resolución y de supervisión, me parece que también consideran que no
son lo suficientemente adecuados y que son susceptibles de mejoras para evitar que se repitan los riesgos; le pido que también me ratifique si es así.



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Ustedes consideran que no se utilizaron las posibilidades que otorgaba la Ley de disciplina, hoy derogada, y otros que era poco flexible y, por tanto, no útil. ¿Considerarían adecuada una nueva ley de disciplina u hoy no sería necesaria?
¿Qué consideran que se puede hacer para evitar los riesgos de la concentración bancaria -algo que ya comentó la anterior compañera que intervino- que hoy tiene España? ¿Consideran que se habría podido evitar la salida a bolsa de Bankia? ¿Habría
sido posible? Por último, algún compareciente comentó que el capital exigido a las entidades bancarias aún no es suficiente, y algún otro que para que el sistema financiero tenga estabilidad es imprescindible que los bancos tengan beneficios.
¿Cómo se puede compatibilizar esas dos necesidades, la de más capital y la de beneficios claros para las entidades bancarias?


Nada más, muchísimas gracias.


La señora PRESIDENTA: Gracias, doña Margarita.


Una pregunta, ¿usted tiene por escrito las preguntas también?


La señora PÉREZ HERRÁIZ: No sé si con la suficiente claridad.


La señora PRESIDENTA: Esta presidenta ha seguido muy bien las intervenciones de todos los portavoces. Quizás no son conscientes de que alguna pregunta daría solo para una comparecencia y que, según dice aquí el Código Penal y el Reglamento
del Congreso, yo tengo que proteger al señor compareciente... Estoy haciendo una broma, lo que quiero decir es que vamos a hacer un receso para que él pueda preparar las respuestas, pues algunas darían para una sola Comisión y hay muchísimas,
muchísimas preguntas. Vamos a dejar a su criterio lo que él considere más importante dentro de lo que le han preguntado. Para que usted lo sepa, en determinadas preguntas algún compareciente se ha comprometido a enviarlas por escrito, así que en
aquellas que por su tecnicidad usted considere que precisan de más matices yo le ahorraría la intervención.


Hacemos un receso de quince minutos. (Pausa).


Si les parece, reanudamos la Comisión.


Tiene la palabra el señor Delgado Manzanares.


El señor SECRETARIO DE LA ASOCIACIÓN DE INSPECTORES DEL BANCO DE ESPAÑA (Delgado Manzanares): Muchas gracias. Gracias a todos por sus intervenciones. Voy a tratar de responder a las cuestiones que me han planteado. Como bien ha dicho la
señora presidenta, para cualquier cuestión a la que consideren que no hemos dado debida respuesta o no ha sido suficientemente extensa, acudan a nosotros; estamos dispuestos y encantados de facilitarles con posterioridad cualquier tipo de
aclaración con la profundidad que necesiten.


En primer lugar, respondiendo al señor Aguirre, respecto a mi actuación como corresponsable en Bankia, yo llego a Bankia en septiembre de 2011 -justo después de la salida a Bolsa-, y mi función como corresponsable se centra en dos grandes
ámbitos de actuación: Por un lado, el seguimiento del riesgo de crédito y, por otro, el seguimiento de la solvencia de la entidad. Desde ese punto de vista, lo que le puedo anticipar es que desde que yo llegué a la entidad sí que teníamos claro
que había una situación de deterioros que no estaban registrados que, además, no se habían producido en el año 2011 sino que procedían fundamental y básicamente de Bancaja. Caja Madrid era una entidad con muchos problemas evidentes pero, como
decíamos anteriormente, el SIP la terminó de matar porque lo que hicimos fue, a una entidad con problemas, sumarle otra entidad que traía muchísimos más problemas, de un calibre mucho mayor. La cifra es la siguiente: Yo cuando llegué me encontré
con que había 20 000 millones de euros de riesgo promotor -estamos hablando de 2011- clasificado en normal. Esa cifra ya, automáticamente, hacía que la entidad estuviera quebrada. De hecho, el ajuste que hace posteriormente Goirigolzarri es
básicamente reconocer ese riesgo promotor, riesgo que estaba en normal y que estaba además devengando intereses en la cuenta de resultados, intereses que no se cobraban, evidentemente, pero que engordaban la cuenta de resultados. Desde el punto de
vista de riesgo de crédito, que era mi función, esa era la debilidad básica que tenía y con la que había nacido el proyecto, es decir, no es que hubiera habido una recesión en el 2011 y que de repente los créditos estaban bien y cayeron a dudosos,
no, era que los créditos venían de sucesivas refinanciaciones -estamos hablando quizá de terceras refinanciaciones-, en las que no se había cobrado absolutamente nada. Por tanto, lo que pasaba es que no se había reconocido adecuadamente en el
momento de constitución del SIP la realidad que tenían esas operaciones.



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Adicionalmente -y esto quiero dejarlo claro-, en la emisión de los informes famosos del Banco de España, los contrainformes periciales, se hacía referencia a que Bankia contaba con provisiones suficientes para atender a los déficits que
cuantifican los peritos en sus informes. A esto tengo que decir, como responsable del seguimiento de crédito, que Bankia no contaba con provisiones para hacer frente a ningún tipo de elementos, como además luego la evidencia ha puesto de
manifiesto, porque si los hubiera tenido, hubiera hecho uso de esos fondos en lugar de recibir esas cuantiosas ayudas públicas, es decir, hubiera recibido menos ayuda pública. Por tanto, esto no se sostiene. A nivel de solvencia, venía también
arrastrando algunos condicionantes de Bancaja. A Bancaja se le había permitido contabilizar, dentro de los recursos propios, unos intereses minoritarios que el equipo de inspección previamente -tanto el equipo de José Antonio Casaus y
posteriormente yo, tras mi incorporación- desde el primer momento indicamos que no podían computarse como recursos propios. ¿Por qué? Porque tenían un producto derivado asociado que les convertía realmente en acreedores. Es decir, no cumplían con
los requisitos de capital. ¿Eso que implicaba? Algo que reflejan los peritos judiciales, que era que Bancaja, antes de entrar en la fusión, en el SIP, estaba en una situación real de incumplimiento de recursos propios, estaba en déficit de
recursos propios, pero se le permitió computar estos 1300 millones de euros, que nosotros indicamos repetidamente en todos los informes de seguimiento que no procedía reconocer.


Me preguntaba sobre el tema de la formulación de la cuenta del señor Goirigolzarri. El señor Goirigolzarri, en la declaración de solvencia siguió reconociendo estos importes a pesar de que tenia evidencia de que esos importes no eran
recursos propios. Posteriormente, con motivo de la nacionalización, de la intervención, de la recepción de ayuda pública, en el proceso de desinversión obligatoria de activos, una de las partidas por las cuales se hizo la devolución y se utilizaron
parte de los fondos públicos, fueron estos fondos. Es decir, por un lado decían que eran fondos públicos, que era fondos propios; sin embargo, después, a la hora de hacer la devolución, decían que eran acreedores y que, por lo tanto, estaban
obligados a devolverlo sin aplicar los recortes que cualquier otro accionista, preferentista, etcétera, se ve obligado a soportar. Nosotros, en ese momento enviamos un informe que nos pidió al gobernador sobre la valoración de esa operación
concreta.


Me preguntaba sobre la reformulación del año 2012 de Goirigolzarri y aquí compartimos el criterio. Creo que los peritos judiciales dicen claramente que la reformulación no se hace de acuerdo con la normativa contable. ¿ Por qué? Porque la
técnica que emplea no es la de reconocer que hay un error contable porque hubiera supuesto reformular los estados financieros del año 2011. No sé si por facilidad o quizá por no querer comprometer a los antiguos gestores, dijo que era un cambio en
las estimaciones contables. Esto es lo que origina posteriormente todo el lío jurídico respecto de si las cuentas son falsas o si hay errores o no los hay. Es un tema de técnica contable. Los peritos dicen que había errores contables, que había
errores en las cuentas que hacían que esas cuentas tuvieran que ser reformuladas. Hay que decir que el que reformula las cuentas de Bankia, el interventor general, es el mismo que tenía el señor Rato, que estuvo y sigue estando en Bankia, a pesar
incluso de que está investigado por todo este caso. Lo que yo puedo decir respecto a la época de Bankia era que evidentemente había deterioros no reconocidos, fundamentalmente por el crédito promotor, crédito que en gran medida venía de Bancaja,
fundamentalmente de las operaciones con el grupo inmobiliario, que no eran operaciones de financiación directamente, sino de operaciones donde Bancaja actuaba casi como un empresario de la construcción, donde hacía sus proyectos en diversos lugares.


Hemos dicho que no ha habido ningún informe de auditoría con salvedades y me preguntaba si había párrafo de énfasis. Yo, párrafo de énfasis he visto solamente en el caso del Banco de Valencia, donde sí lo había, pero también es cierto que
esto se produjo ya una situación de casi crisis, o sea, cuando estaba ya a punto de estallar. De hecho, incluso la actuación en el mismo caso de Bankia, el socio de la firma auditora empieza a poner problemas, pero ya cuando la situación es
irreversible, cuanto está a punto de estallar.


Me preguntaba si había habido informes de fusión en alguna otra entidad, pero es que el procedimiento que se estableció fue que no se hiciera. Es decir, simplemente había informes que elevaban los jefes de grupo, los jefes de departamento,
que posteriormente iban a la Comisión Europea porque había que justificar las fusiones que daban lugar a entidades fundamentalmente sólidas y viables. Por tanto, en esos informes no participamos los equipos de inspección, sino que fueron informes
que asumieron las jefaturas del Banco de España. No hubo informes de fusión, y eso era precisamente lo que denunciábamos. En la fase en la que se produce el estallido de la crisis, los equipos de inspección, con carácter general -el caso de Bankia
es un caso aislado porque venía de una situación donde había un equipo de seguimiento



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continuado en Caja Madrid, y cuando se produce la fusión, ese equipo de seguimiento continuado continúa haciendo su trabajo- no hicieron inspecciones ad hoc en el resto de entidades para ver su situación antes de la fusión, sino que
simplemente se trabajó con los datos que las propias entidades facilitaban. Las entidades facilitaban un proyecto de fusión con sus datos, datos que nadie contrastaba porque los consultores lo que hacían era, sobre la base de esos datos, hacer sus
proyecciones macroeconómicas. Se dice: es que las proyecciones fallaron porque hubo una doble recesión. No, no, ahí lo que falló era el punto de partida; quizá también las proyecciones no fueran atinadas, y de eso también se puede hablar, pero
la parte mollar, la parte importante, era que el punto de partida no era adecuado, no era correcto. ¿Por qué? Porque había deterioros no reconocidos en el activo, que es donde tienen los problemas las entidades.


Me preguntaba si el Banco de España era colaborador necesario de la ocultación y le tengo que decir que no nos corresponde a nosotros realizar una valoración de ese calibre, evidentemente. Nosotros lo que podemos evaluar son las
consecuencias de las actuaciones y nosotros creemos que las consecuencias no fueron las deseables. Bien es cierto que estamos hablando de una actividad regulada, es decir, la actividad de las entidades de crédito está regulada por el Banco de
España, por tanto, es difícil imaginar que cualquier decisión que se tome no cuenta con el conocimiento o con el visto bueno del Banco de España. Nosotros, evidentemente, no somos quiénes para hacer valoraciones que puedan tener incluso
repercusiones de otro tipo.


Me preguntaba si de 2009 a 2012 había una suspensión generalizada de inspecciones. Ya lo he comentado. Le cuento mi caso particular. Cuando llegué a la oficina de cajas estuve un año sin hacer absolutamente nada, sin hacer inspecciones.
Estábamos parados. Recibíamos los proyectos de fusión, veíamos los datos que nos daban las entidades pero sin contrastar y, sobre esa base, teníamos que ver si los procesos eran viables o no eran viables. Esto, evidentemente, no tenía una base
sólida.


Respecto a las represalias -aprovecho para responder también al señor De la Torre-, yo comparezco como secretario general de la asociación de inspectores y no quisiera centrarme en mi caso porque es simplemente uno más de los que se han
producido, pero como indicativo de lo que ha sido el modus operandi en muchos casos en el banco, lo que les puedo decir es que yo era responsable de seguimiento continuado, en este caso de Liberbank, durante un tiempo determinado -poco, porque yo
llego en abril de 2013 y salgo en diciembre y no dio tiempo a mucho-, hago un informe y en un momento determinado el jefe de grupo me dice que no está cómodo con lo que le digo en ese informe. Me ha preguntado quién era la persona que en ese
momento dirigía ese departamento. Era Margarita Delgado, actualmente directora general adjunta del BCE, que es la que decide apartarme de la inspección con el argumento de que no tenía cintura, aunque técnicamente era muy bueno. Me dijo:
técnicamente eres el top one del departamento pero no tienes cintura, no tienes flexibilidad, mandas correos electrónicos que si trascendieran podrías poner en peligro..., un riesgo reputacional tremendo... De esa situación yo informé a la
asociación de inspectores, a la junta directiva que había en ese momento, la junta directiva se reunió con el entonces director general, Ramón Quintana, actual director general en el BCE, yo hice una relación de hechos que se le entregó, no hizo
nada y, al final, se me apartó. Esos son los dos responsables que decidieron apartarme. ¿Se ha repetido más veces? Se repitió antes en la CAM, donde hubo compañeros que habían iniciado una inspección y cuando empezaron a transmitir las
conclusiones de la misma no gustaron y entonces los retiraron. También en CCM había un equipo que estaba haciendo inspecciones y se le retiró físicamente de las mismas. Tendrán ocasión de preguntarle, si viene a comparecer, al compañero Ignacio
Pardo en relación con el Banco Popular. Creo que también en el Banco Popular ha habido problemas en cuanto a lo que él reflejaba en los informes y lo que luego llegaba arriba. También ha sucedido con otros compañeros, ya en el marco del MUS, que
nosotros hemos denunciado en repetidas ocasiones en comunicados que hemos hecho a la dirección del banco. Repito que mi caso es uno más entre los muchos que se producen y la represalia no es solamente que te aparten, sino que al año siguiente te
bajan la calificación, no te ascienden, te tienen apartado, etcétera. Ese es un poco el marco.


Me preguntaba también si tenemos constancia de que no se realizasen los ajustes requeridos y en qué entidades. Yo no tengo conocimiento de todas las entidades. De las entidades en las que estuve, el caso de Bankia es el que puede interesar
más por el periodo de crisis. Allí el esquema era un poco diferente, porque estábamos en un régimen de seguimiento continuado, no había una inspección que como consecuencia de la misma hubiera un requerimiento formal a la entidad. El seguimiento
continuado es más flexible, no existe un informe como tal. Hay informes que eleva el equipo de seguimiento, pero son



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informes a título informativo. Se informa al jefe de grupo, el jefe de grupo a su vez lo eleva a la comisión ejecutiva pero, que yo sepa, no se derivó ningún tipo de requerimiento formal a la entidad.


El señor Candela me preguntaba que cuando pedimos un marco legal y pedimos protección, de qué pedimos protección. Lo que pedimos es que nos den independencia, es decir, un marco general que regule nuestra actividad y que precisamente evite
este tipo de situaciones, es decir, que el inspector haga su informe, lo firme y si hay discrepancias no pasa nada. Que el jefe correspondiente aporte sus discrepancias, que haya trazabilidad y realmente seguimiento de esas discrepancias y que haya
garantías de que, al final, al órgano decisorio llegan las dos informaciones.


Preguntaba si en los SIP el hecho de haber elegido esta fórmula respondía a falta de formación o a una motivación política. Vuelvo a insistir en que a nosotros no nos corresponde valorar si hubo motivación política o no. Lo que podemos
valorar son las consecuencias, que fueron desastrosas, pero no nos corresponde valorar si hubo motivación política o no.


En cuanto al Banco Popular, me decía que no ha habido informe y me preguntaba por qué. Eso quisiéramos saber nosotros. Precisamente lo que planteamos es por qué en una decisión administrativa tan relevante, que corresponde a una función
supervisora que debe ser pública, se adopta sobre la base de un informe privado, que además está oculto. No lo entendemos, por eso lo planteamos hoy.


Creo que preguntaba si la mayor concentración bancaria era el objetivo de todas las acciones que se han hecho. No sabemos si la concentración era el objetivo final de todas las acciones que se han hecho, lo que sí conocemos son las
consecuencias que se están produciendo, consecuencias que, además, plantean problemas de control para el supervisor, es decir, en una entidad del tamaño que estamos viendo y con actividad supranacional, el control se vuelve muy dificultoso. Además,
tiene otros efectos frente al consumidor de transparencia y de competencia que son muy importantes, y luego lo que hablábamos de su mayor influencia, de la mayor capacidad de presión hacia el propio supervisor, porque se hacen mucho más sistémicas
y, por tanto, si hay una crisis, la posibilidad de que con ello arrastre a la economía es mucho mayor; su poder es mucho mayor, lógicamente.


El señor De la Torre nos preguntaba sobre la politización de la cúpula. Insisto en que a nosotros no nos corresponde evaluar si la cúpula estaba politizada o no, nosotros evaluamos la gestión de la entidad, y evaluamos que la gestión era
ineficiente, que las consecuencias han sido deficientes y que la actuación del Banco de España -sin considerar si ha estado más o menos politizada- tampoco ha sido la más acertada.


Sobre el tema concreto de dejar en manos de la Banca Privada d'Andorra el Banco Madrid, nosotros no evaluamos la decisión de autorizar a una entidad abrir una sucursal en una zona que puede tener esos problemas, lo que sí analizamos
técnicamente es que eso supone un riesgo reputacional exponencial. Eso es lo que podemos evaluar, que se está permitiendo que la entidad esté expuesta a un riesgo reputacional que puede tener las consecuencias que luego ha tenido.


La señora Díaz me preguntaba si había acabado la crisis financiera y si el hecho de que tengamos ahora el MUS, el MUR, etcétera, nos da más garantías o menos. Nosotros lo que pensamos -lo dijo nuestro presidente en su comparecencia y lo
reiteramos ahora- es que el marco regulatorio no es mejor, es peor, es mucho más complejo; da una apariencia de seguridad pero es mucho peor. El marco de supervisión tampoco es mejor, con lo cual la conjunción de las dos cosas hace que los riesgos
sean muy grandes. La única diferencia quizá es que ahora estamos en un escenario macroeconómico bueno, positivo, pero esto no nos garantiza nada y es de lo que nosotros estamos alertando. No queremos ser catastrofistas, solamente decimos que se
suponía, entendíamos todos -es la lucha que debemos mantener y es lo que nosotros procuramos- que el nuevo marco de supervisión europeo debería ser una solución que realmente mejorara los procedimientos o los errores que tenemos en nuestro
procedimiento, pero vemos que eso está lejos de producirse. Eso es lo que nos preocupa y lo que queremos que se cambie.


Nos preguntaba por qué no actuó el Banco de España habiendo tenido todas las herramientas y si eso podía suponer responsabilidades administrativas, penales, etcétera. Nosotros, repito, no podemos evaluar si eso conlleva una responsabilidad
en un orden u otro, lo que sí podemos constatar es la evidencia, es decir, que no se actuó, que había herramientas y que no se hizo. Eso es lo que nosotros en nuestro ámbito podemos decir.


Respecto al tema de las fusiones en el caso concreto de las cajas gallegas, si quiere nos hace llegar el texto y le podemos dar nuestra opinión, pero, en general, si lo analiza, al final ahí lo que hay es una diferencia respecto a cuál fue
la actuación frente a los criterios técnicos. Lo que está expresando en esa



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respuesta es que técnicamente había muchos elementos que hacían dudar de su procedencia. La pregunta es: ¿Y por qué se autoriza? (La señora Díaz Pérez: Esa es la pregunta). Si dudaba de su procedencia, no haberlo autorizado.


Señora Pérez Herráiz, sobre el tema de cuándo se gesta la crisis, por los datos que nosotros podemos manejar, el pico inferior del precio de la vivienda se produce en el año 1997, por tanto, entendemos que la gestación de la crisis se
produce durante el periodo 2000-2006, periodo en el que coinciden razonablemente la mayor parte de analistas. Pregunta por qué el Banco de España no usó las herramientas que tenía. Eso es lo que nosotros decimos, porque el Banco de España tenía
herramientas. ¿Qué pudo haber hecho? Podía haber frenado exigiendo dotaciones adicionales. Si tú dotas los créditos, enseguida paralizas la concesión porque además eso va directamente contra la cuenta de resultados. Eso como primera medida, pero
no se quiso hacer. Repito, nosotros evaluamos las consecuencias que tiene la no adopción en este caso de medidas que permitía el marco regulatorio.


Me preguntaba sobre la relación de las tasadoras con las entidades bancarias. Efectivamente, ha habido problemas derivados de la valoración de los activos que soportan los créditos, pero el problema es que los criterios de concesión
tendrían que ser totalmente independientes de la valoración de los activos. La concesión de un crédito debe basarse en la capacidad de reembolso del acreditado, no en el valor de la garantía. Si la concesión del crédito se hacía descansar en el
valor de la garantía, que además era proporcionado por una sociedad de tasación que tenía vínculos en gran medida con las entidades, el círculo era totalmente vicioso, lógicamente.


Preguntaba cómo podíamos equilibrar el capital con los beneficios, si el capital era suficiente o no. La clave no es que el capital sea suficiente sino que sea el adecuado para permitir la intermediación financiera. Tiene que haber un
punto de equilibrio, efectivamente. Vemos que ahora el mecanismo en el que se supervisa, el MUS, consiste en exigir más capital, cuando realmente la exigencia de capital es una medida para entidades que están en crisis, es la fase final. ¿De dónde
viene realmente la gestión de una entidad sana? Por la vía de las provisiones, por el activo; sin embargo, ese es un enfoque que no se hace en el MUS y que nosotros hemos denunciado porque creemos que es totalmente equivocado.


Me preguntaba también si había tenido un efecto contraproducente el hecho de haber aplicado los decretos de 2012 y si eso lo podía haber acelerado. Efectivamente, pudo haberlo acelerado, pero también quiero recordar las palabras de nuestro
antiguo director general, don Aristóbulo de Juan, que decía que más vale hacer algo tarde que no hacer nada. ¿Cuál era la alternativa? ¿Seguir manteniendo esa morosidad encubierta en la cartera? En algún momento había que hacerla aflorar, aunque
fuera parcialmente. En ese sentido, ¿tuvo efectos contraproducentes? Los pudo tener, pero era necesario para reflejar la realidad de la situación en que se encontraban las entidades.


Creo que más o menos he respondido a las preguntas, pero no sé si tienen alguna cuestión adicional.


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Delgado Manzanares. Efectivamente, hay muchas preguntas que no han sido contestadas, por tanto, si le parece, le haremos llegar aquellas cuestiones concretas que nos trasladen los portavoces.


El señor SECRETARIO DE LA ASOCIACIÓN DE INSPECTORES DEL BANCO DE ESPAÑA (Delgado Manzanares): Perfecto.


La señora PRESIDENTA: Señor Delgado, le agradecemos su presencia y le rogamos transmita a la asociación la satisfacción de esta Comisión por el servicio público que están prestando y que esperamos que sigan prestando en el futuro, así como
la colaboración con la Comisión.


Hacemos un receso de cinco minutos para despedir al señor Delgado. El segundo compareciente, el señor Villasante, ya está con nosotros, por tanto, continuaremos enseguida con la Comisión y al acabar la misma haremos la votación y el informe
al Banco Central Europeo que me imagino han leído todos los portavoces. (Pausa).


- DEL SEÑOR VILLASANTE ATIENZA, EXDIRECTOR GENERAL DE SUPERVISIÓN DEL BANCO DE ESPAÑA, PARA INFORMAR EN RELACIÓN CON EL OBJETO DE LA COMISIÓN. (Número de expediente 219/000884).


La señora PRESIDENTA: Continuamos la sesión con la comparecencia del señor Villasante Atienza. En primer lugar intervendrá el compareciente para efectuar su exposición inicial en relación con el objeto de la Comisión, a continuación
intervendrá el portavoz del grupo solicitante de la misma y seguidamente



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intervendrán los portavoces de los restantes grupos parlamentarios, de menor a mayor. El compareciente contestará conjuntamente a las intervenciones iniciales, así como a la réplica de cada portavoz. Para este trámite, cada grupo dispondrá
de un tiempo máximo de diez minutos dividido en dos intervenciones, la primera de siete minutos y la segunda de tres minutos.


Damos comienzo, pues, a la comparecencia del señor Villasante Atienza, a quien agradezco su disponibilidad. Al tratarse de una comparecencia sujeta a lo dispuesto en la Ley orgánica 5/1984, se ha trasladado al compareciente la posibilidad
de comparecer acompañado de la persona que designe para asistir. Asimismo, esta Presidencia manifiesta expresamente su voluntad de salvaguardar los derechos del compareciente reconocidos por el artículo 1.2 de la citada ley orgánica. Recuerdo,
igualmente, la obligación contenida en el artículo 502.3 del Código Penal de no faltar a la verdad en su testimonio. El señor Villasante Atienza me ha manifestado antes de empezar su comparecencia que tiene la autorización correspondiente del Banco
de España para hacer las aclaraciones que consideren los portavoces en su declaración. Tiene usted la palabra, señor Villasante.


El señor EXDIRECTOR GENERAL DE SUPERVISIÓN DEL BANCO DE ESPAÑA (Villasante Atienza): Señora presidenta, señorías, buenas tardes.


Comparezco ante ustedes atendiendo el requerimiento de la presidenta del Congreso de los Diputados y en calidad de ex director general de Supervisión del Banco de España durante el periodo que va de julio del año 2000 a julio del año 2006.
Entiendo que la mejor contribución que puedo hacer a los trabajos de esta Comisión de investigación es informar de los aspectos relativos a la supervisión de las entidades de crédito en dicho periodo y tratar de resumir las características, modelo y
actuaciones de la supervisión en esos años, así como qué medidas se adoptaron dentro del marco legal vigente para mitigar el crecimiento de los balances de las entidades de crédito, ya que anteriores comparecientes en esta Comisión han abordado con
extensión la evolución de la economía española y la crisis sufrida por parte de su sistema financiero. En mi exposición voy a informarles también de las características del sistema bancario español y de las funciones en materia de supervisión de
entidades de crédito que tenía el Banco de España y cómo la Dirección General de Supervisión las realizaba en dicho periodo en que fui subdirector.


Permítanme que antes de comenzar deje constancia de que a lo largo de los veinticuatro años de mi carrera profesional en el Banco de España, siempre en la supervisión, en la que entré en 1983 tras aprobar la oposición de inspectores de
entidades de crédito y en los últimos seis años como subdirector general, tuve la oportunidad y el privilegio de trabajar con excelentes profesionales con alta capacitación técnica y con grandísima dedicación y compromiso en el desempeño de sus
funciones. Como todos ustedes conocen, la supervisión del sistema financiero en España estaba y sigue estando encomendada a diferentes organismos de supervisión especializados dependiendo de la naturaleza de la actividad que se realice. Con
carácter general, la supervisión prudencial de las entidades de crédito y la comercialización de productos bancarios corresponde al Banco de España, la supervisión prudencial de las sociedades y agencias de valores e instituciones de inversión
colectiva junto a la comercialización de títulos valores corresponde a la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la supervisión de las entidades aseguradoras y gestoras de planes de pensiones corresponde a la Dirección General de Seguros del
Ministerio de Economía. Es aceptado en las economías desarrolladas que las entidades de crédito estén sujetas a un especial régimen regulador y supervisor mucho más exigente e intenso que el resto de sectores económicos debido a que las entidades
de crédito tienen concedida la facultad de poder captar ahorro en forma de depósitos de sus clientes para realizar sus funciones de intermediación financiera y de operador en el sistema de pagos, y por el entendimiento de que un sistema bancario
solvente, rentable y eficiente contribuye favorablemente a la estabilidad financiera y al desarrollo de la economía en general. Además, es conocido que la actividad bancaria está basada en la confianza de los clientes, principalmente depositantes,
que necesitan un entorno regulador apropiado y un sistema de supervisión eficaz y bien organizado para suplir en parte la falta de capacidad e información que estos tienen para medir con precisión el riesgo en que incurren al depositar sus ahorros
en entidades de depósito y así poder generar un entorno de confianza en las entidades por parte del público ahorrador, más allá de la garantía explícita que otorgan los fondos de garantía de depósitos que entonces solo garantizaban 20 000 euros por
titular y entidad y que con la crisis, en 2008, se elevó hasta los 100 000 euros actuales.


La supervisión bancaria es un sistema público de control adicional y no sustitutivo del que deben ejercer los gestores, los administradores, los accionistas y acreedores -subordinados vía disciplina de mercado-, las agencias de rating, los
auditores internos y finalmente las firmas de auditoría externa que



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auditan las cuentas anuales de las entidades de crédito aprobadas por sus consejos de administración. Desde 1962, diferentes disposiciones legales han venido atribuyendo la facultad de supervisión de las entidades de crédito y de sus grupos
consolidables al Banco de España. En el período que va del año 2000 al año 2006, la delimitación básica de las competencias del Banco de España en materia de supervisión bancaria se encontraba recogida tanto en la Ley 26/1988, de 29 de julio, de
disciplina e intervención de las entidades de crédito, como en la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España. La Ley de Autonomía del Banco de España establece en su artículo 7.6 que este deberá supervisar, conforme a las
disposiciones vigentes, la solvencia, actuación y cumplimiento de la normativa específica de las entidades de crédito y de cualesquiera otras entidades y mercados financieros cuya supervisión le haya sido atribuida, sin perjuicio de las funciones de
supervisión prudencial llevadas a cabo por las comunidades autónomas en el ámbito de sus competencias. Asimismo, en su artículo 7.5 se le asignaba la función de promover el buen funcionamiento y estabilidad del sistema financiero. Por su parte, la
Ley de disciplina e intervención, en su artículo 43.bis, reiteró que correspondía al Banco de España el control e inspección de las entidades de crédito y de sus grupos consolidados, y matizaba que esta competencia se extiende a cualquier oficina
dentro y fuera del territorio nacional y, en la medida necesaria, a las sociedades del grupo. Las competencias del Banco de España sobre las sucursales de entidades comunitarias operantes en nuestro país se limitaban a la revisión de la liquidez y
a la vigilancia del cumplimiento de las normas de interés general. Además, el control e inspección del Banco de España incluía el de los grupos consolidados de entidades de crédito, de acuerdo con lo previsto en la Ley 13/1992, de 1 de junio, sobre
recursos propios y supervisión en base consolidada de las entidades financieras. Como consecuencia de las actuaciones inspectoras o de las labores de supervisión en general, el Banco de España podía formular recomendaciones y requerimientos
precisos, establecer planes de saneamiento y recapitalización, así como adoptar las medidas cautelares previstas en el ordenamiento jurídico entonces vigente, incluyendo medidas excepcionales de intervención o sustitución de administradores.
Además, distintas leyes concedían al Banco de España competencias para autorizar algunas operaciones, tales como la adquisición de participaciones significativas en entidades de crédito, y le otorgaban potestad para la instrucción de expedientes
sancionadores y la imposición de sanciones, con excepción de las muy graves. Estaban las leves, las graves y las muy graves. En las muy graves tenía competencias entonces el ministro de Economía, a propuesta del Banco de España, o el Consejo de
Ministros si se trataba de sanción de revocación de la autorización. En cuanto a su capacidad normativa, en el ámbito de la supervisión, el Banco de España solo podía dictar circulares precisas para el desarrollo de las normas que le habilitasen
expresamente al efecto.


Hay que indicar, como característica significativa del sistema bancario español en el periodo de referencia, que convivían y competían, dentro del mismo marco regulador prudencial de solvencia y disciplina, entidades con diversa naturaleza
legal. Por un lado, estaban los bancos, sociedades anónimas con accionistas privados, cuyo capital en la mayoría de los casos cotizaba en mercados organizados. Por otro lado, estaban las cajas de ahorros con personalidad jurídica fundacional, sin
propietarios dominicales formales, entidades sin ánimo de lucro, que al no poderse capitalizar emitiendo acciones, el incremento de sus recursos propios provenía principalmente de la capitalización de beneficios no distribuidos en la financiación de
su obra benéfica y social. Y, finalmente, las cooperativas de crédito, que contaban exclusivamente con sus socios cooperativistas para realizar las aportaciones al capital cooperativo, siendo estos últimos también sus principales clientes.


En estas dos últimas clases de entidades de crédito, especialmente en las cajas de ahorros, las comunidades autónomas tenían diversas y diferentes competencias de supervisión y sanción que les atribuían sus estatutos de autonomía sobre los
órganos de gobierno, la obra benéfico-social, fusiones, transparencia y protección de consumidores; existiendo, además, en algunas comunidades autónomas, poderes para autorizar inversiones en acciones e inmuebles, la emisión de cuotas
participativas, financiaciones subordinadas u otros valores negociables y sobre la inversión crediticia.


Las limitaciones jurídicas en las cajas de ahorros para obtener capital implicaba la limitada posibilidad de reponer recursos propios si se sufrían importantes pérdidas, además de no contar con un instrumento, el valor de la acción, para que
el mercado valorase de manera continuada la actuación y evolución de la entidad. Asimismo, se obviaba el efecto corrector de los derechos de voto asociados con la propiedad de una entidad que otorga a su accionista la capacidad de poder tomar
decisiones, como la de reemplazar a la gestión o de aprobar operaciones de reestructuración necesarias para poder, en su caso, facilitar nuevas inyecciones de capital.



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Además de las diferencias en la personalidad jurídica de las entidades de crédito españolas, cabe añadir su diferente ámbito de actuación geográfica y tipo de actividad financiera desarrollada. En cuanto al ámbito geográfico, los bancos
tenían presencia nacional y los dos grandes aumentaban significativamente su presencia en el extranjero, principalmente en Latinoamérica, pero también en la Unión Europea; mientras que las cajas de ahorros y las cooperativas de crédito estaban más
focalizadas en su territorio de origen, siendo el ámbito de las cooperativas más regional o local. Hay que señalar que esta distribución geográfica de la actividad de las entidades de crédito en España suponía que, aunque los grandes bancos tenían
las cuotas de actividad absolutas más altas dentro del sistema a nivel nacional, medida en porcentajes de depósitos y créditos, siempre ocupaban segundos o terceros puestos cuando dicha cuota se medía por comunidades autónomas o regionalmente, donde
la caja de ahorros o la cooperativa local de referencia mantenían un claro liderazgo, obligando a los bancos a competir eficazmente.


En cuanto a la actividad financiera desarrollada, en general todas las entidades de crédito españolas estaban centradas en la banca comercial de intermediación financiera al por menor, de gran recurrencia en sus ingresos, con menor riesgo
relativo en sus operaciones y con menos volatilidad en sus resultados que otras actividades como la banca de inversión habitual en otras jurisdicciones. Los bancos estaban más desarrollados e implementaban su actividad comercial minorista con mayor
actividad financiera y financiación a empresas, consumo e internacionalización que el resto de las entidades competidoras nacionales centradas, fundamentalmente, en la financiación a hogares, vía créditos hipotecarios, y a pequeñas y medianas
empresas.


En el ejercicio del mandato recibido, el Banco de España, al igual que las demás autoridades supervisoras de sistemas desarrollados, dirigía su atención a la solvencia y actuación de las entidades, con el objetivo de obtener una opinión
fundamentada y actualizada de todos los aspectos cuantitativos y cualitativos y el nivel de cumplimiento de las normas de cada entidad y su grupo consolidado para así poder valorar su situación patrimonial, económica y financiera y su continuidad.
De esta manera, se trataba, en primer lugar, de corregir las posibles dificultades existentes en las entidades de crédito y, si no fuera posible conseguirlo, en todo caso, minimizar los efectos negativos de posibles crisis individuales de entidades,
sin que siempre sea posible evitar que existan entidades de crédito mal gestionadas o ineficientes y, por tanto, sin que se pretendiera impedir la función disciplinaria del mercado. Y, en segundo lugar, contribuir a la estabilidad financiera del
sistema bancario español, evitando que crisis individuales de entidades de crédito afectasen en cadena a otras entidades del sistema, produciéndose así el denominado efecto dominó con gran daño en la situación financiera o de solvencia de otras
entidades y en el correcto funcionamiento del sistema de pagos.


Me gustaría resaltar que el concepto de riesgo sistémico que entonces se manejaba, no solo en la supervisión española sino también internacionalmente, no era el actual, que ha evolucionado mucho e incorpora ya las enseñanzas de la crisis
financiera; entonces, era un concepto menos definido y de dimensión muy doméstica, por tener presente únicamente lo que podría ocurrir a nivel nacional. De ahí que en España se pusiese especial intensidad supervisora en las entidades de mayor
tamaño y en los dos grandes grupos bancarios que, por su expansión internacional, podrían afectar al sistema bancario español. Pero nunca se contempló como hipótesis de trabajo en aquellos años el supuesto de que podría ocurrir un riesgo sistémico
global que afectase, simultáneamente, a todos los sistemas bancarios y a los principales centros financieros de los países desarrollados, como así sucedió posteriormente con la crisis financiera internacional, que ha sido una crisis financiera
sistémica y de carácter global, con una súbita y prolongada paralización del mercado interbancario y de la liquidez de los mercados internacionales de financiación mayorista, y que provocó la recesión de la economía mundial, la llamada gran
recesión, y una doble recesión en la economía española sin precedentes; la primera en 2009 y la segunda en los años 2012 y 2013. Esta segunda recesión fue también causada por la crisis de la deuda soberana en algunos países de la zona euro, y el
incremento de la percepción de los inversores del riesgo de reversibilidad de la moneda única.


Tras la quiebra del banco de inversión americano, Lehman Brothers, el 15 de septiembre de 2008, y el cuestionamiento de la calidad crediticia de los productos como colateral de hipotecas subprime americanas, que rompe la confianza entre
entidades a nivel global afectando de forma muy importante al riesgo de contrapartida, se interrumpe el mercado interbancario y la liquidez de los mercados internacionales de financiación mayorista que hasta esa fecha venían operando con fluidez y
con grandes volúmenes de actividad.



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Esta paralización, de forma súbita y prolongada en el tiempo, de los mercados de financiación mayoristas afectaron al funding de aquellas entidades de crédito españolas que para financiar el incremento del crédito hipotecario más habían
acudido a estos mercados para financiarse, principalmente, mediante la emisión en euros de cédulas hipotecarias, títulos valores muy demandados por inversores institucionales internacionales, ya que cuentan, además de la solvencia patrimonial del
emisor, con la garantía de toda su cartera hipotecaria, obteniendo así fácilmente financiación a medio plazo a bajos tipos de interés que llegaron a estar a tan solo quince puntos básicos sobre los índices de referencia. Es necesario informar que,
a pesar de los efectos de la crisis financiera sufrida, nunca se ha dejado de pagar ninguna cédula hipotecaria emitida por una entidad de crédito española.


La necesidad de estabilizar la financiación mayorista de las entidades de crédito fue el primer problema a solucionar por las autoridades financieras, para que el sistema bancario nacional pudiera seguir realizando su papel de financiador de
la economía española. Pero los efectos de la gran recesión mundial y de la doble recesión de la economía española, con caídas del PIB del 3,7% en 2009 y del 1,6 y 1,7% en 2012 y 2013, respectivamente, originaron altísimos niveles de paro, que
llegaron a situarse casi en el 26% en 2012. Estos niveles de desempleo ocasionaron la imposibilidad de que muchos hogares y empresas pudieran atender el servicio de sus deudas y fue lo que finalmente provocó el envilecimiento de la calidad de las
carteras hipotecarias y crediticias, que, junto a los efectos generales del empobrecimiento de la actividad empresarial, produjo la crisis del sector de las cajas de ahorros -aunque no todas-, con la necesidad de recapitalización pública para
preservar y asegurar el ahorro de sus depositantes.


Para dar una medida del tamaño del sistema bancario español desde el año 2000 a 2006, creo que es representativo hacer referencia a la situación existente a 31 de diciembre de 2005, último año completo en que fui director general de
supervisión. A esa fecha, las entidades de crédito registradas con establecimiento en España eran 207: 75 bancos, 53 nacionales y 23 filiales de grupos extranjeros, 47 cajas de ahorros y 85 cooperativas de crédito. Además, estaban registradas 65
sucursales de bancos extranjeros operantes en España y 78 establecimientos financieros de crédito, especializados fundamentalmente en la financiación al consumo, pero que para financiar su actividad no pueden captar ahorro del público en forma de
depósitos, a las que hay que añadir 109 filiales bancarias extranjeras de bancos españoles que se supervisaban en base consolidada dentro de los grupos bancarios españoles. Los activos totales consolidados del sistema bancario español a 31 de
diciembre de 2005 eran 2,5 billones de euros, de los que 2,1 billones pertenecían a negocios en España. Era un sistema solvente con una ratio de solvencia del 10,3%, con recursos propios consolidados totales de 158 000 millones de euros y un exceso
del 30% sobre los requerimientos mínimos necesarios de 122 000 millones. La rentabilidad sobre fondos propios medios del consolidado era del 16,6% y la de negocios en España del 12,2%. La ratio de eficiencia consolidada era del 54% y el
coeficiente de mora en el consolidado era del 0,49%, que se elevaba al 0,60% en la actividad en España, con un nivel de cobertura del 252% gracias a las provisiones existentes por 25 638 millones de euros, de los que 18 209 correspondían a
provisiones genéricas.


Quisiera ahora referirme al modelo de supervisión desarrollado por el Banco de España, que no ha sido un modelo estático, sino que ha ido evolucionando con los años sobre la base de la experiencia acumulada en sus actuaciones y por la
incorporación de las mejores prácticas internacionales que se han ido desarrollando en otros países con sistemas bancarios y de supervisión de referencia. El modelo de supervisión del Banco de España se caracterizaba por su intensidad, con un
seguimiento y análisis a distancia con carácter permanente de la amplia y abundante información recabada periódica y específicamente de las entidades supervisadas sobre su situación económica, financiera y de recursos propios, reforzado por un
programa intenso de frecuentes visitas de inspección in situ para constatar con medios propios dicha información, revisando los estados financieros y contables de las entidades en base consolidada, actuación que proporcionaba a la inspección un
conocimiento de primera mano de la veracidad de la información recibida. Además, en las visitas se prestaba especial atención a la revisión de las políticas, prácticas y gestión de riesgos de las entidades de crédito, analizando con frecuencia los
expedientes acreditados de las carteras crediticias y la idoneidad de los controles internos existentes y el cumplimiento de la normativa obligatoria para el sector. La revisión directa que llevaba a cabo la inspección del Banco de España de los
estados contables individuales y consolidados y la calidad de sus activos difería de la práctica habitual existente en otras jurisdicciones, que dejaban la revisión contable de los estados financieros a las firmas de auditoría externa. El objetivo
supervisor de hacerlo directamente nosotros era asegurarnos de la efectividad de los recursos propios declarados por las entidades, es decir,



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asegurarnos por nuestros propios medios de que los estados financieros de las entidades bajo nuestra supervisión no tuviesen pérdidas ocultas o déficit de provisiones y que todos los activos y riesgos del grupo estuvieran incluidos dentro de
un amplio y exigente perímetro de consolidación contable y consumiesen, por tanto, los recursos propios regulatorios necesarios. Esta actuación nos permitía además entablar con las entidades un diálogo supervisor efectivo, actualizado y preventivo
muy útil para la supervisión, ya que estaba basado en el conocimiento directo obtenido por la inspección de la realidad de su situación económica, financiera, patrimonial y de la gestión de riesgos.


De acuerdo con las labores de planificación, las visitas de inspección podían ser de distinta naturaleza, bien de alcance global, bien limitadas a determinadas áreas o determinados aspectos. En el primer caso, las actuaciones pretendían
conocer una información actualizada y razonablemente completa que desde un punto de vista supervisor resultase relevante sobre todos los aspectos de una entidad o su grupo. Por su parte, las inspecciones parciales tenían un alcance limitado y
pretendían obtener conocimiento suficiente sobre una o varias áreas de una entidad o grupo; por ejemplo, la cartera de créditos, la actividad de tesorería, etcétera, o el cumplimiento de aspectos concretos, como el grado de cumplimiento de
requerimientos previamente formulados por el Banco de España o las circunstancias relevantes para el cierre del ejercicio.


Asimismo, para supervisar los dos grandes grupos bancarios nacionales se realizaba una inspección in situ constante y sucesiva de las distintas áreas de riesgos, con equipos de inspección desplazados de forma permanente a los servicios
centrales de estos dos grupos, que facilitaban las actuaciones a realizar y permitían que los inspectores tuviesen acceso a la información de gestión de la propia entidad, siendo este también un rasgo característico diferenciador de nuestro modelo
supervisor con el que habitualmente se realizaba en nuestro entorno de referencia.


En el año 2001, se empezó a desarrollar una metodología de supervisión enfocada al riesgo que complementaba e integraba en un marco dinámico las actuaciones anteriormente mencionadas y que reforzaba las medidas preventivas existentes,
permitiendo una comprensión más profunda y sistemática de la situación y evolución de las entidades de crédito y sus grupos consolidados. Esta nueva metodología se denominó Saber, por su acrónimo de supervisión de la actividad bancaria bajo el
enfoque riesgo, y aunque su concepto ahora es un estándar común de supervisión internacional, entonces era muy novedoso y pionero para los estándares de la época y solo lo aplicaba una de las agencias supervisoras bancarias americanas, concretamente
The Office of the Comptroller of the Currency, OCC, que fue quien primero lo desarrolló y en quien nosotros nos inspiramos.


Con el tiempo, la supervisión del Banco de España fue aquilatando esta metodología dentro de su modelo de supervisión, lo que le permitió más tarde estar en buenas condiciones para adaptarse al nuevo marco regulatorio de consumo de capital
en base a una mayor sensibilidad al riesgo y a la necesidad de validar enfoques avanzados en la gestión de riesgos que estableció Basilea II en 2014, y que después de la aprobación de la Directiva comunitaria de 2016 se traspuso en España por ley en
2007 y se implantó en 2008. Esta nueva metodología se resumía en una matriz de riesgos de acuerdo a las siguientes etapas. Primero, se realizaba la cuantificación de los riesgos de la entidad y su grupo, para lo que se definieron ocho riesgos
básicos: crédito, mercado, tipo de interés, tipo de cambio, liquidez, negocio, riesgo operativo y riesgo legal, aspectos sobre los que el equipo inspector debía pronunciarse y calificar como muy alto, alto, medio, bajo o muy bajo. A continuación,
se realizaba un análisis cualitativo de los sistemas de control de la entidad y su grupo, de tal manera que se medía la capacidad de control y mitigación que tiene la entidad de los citados riesgos. Tercero, se definía el perfil de riesgo de la
entidad evaluando el nivel de riesgo residual de todas las series de su negocio. Cuarto, se analizaba la solvencia de la entidad y su grupo en el sentido amplio, no solo la suficiencia de los recursos propios, sino también de su composición y
calidad, de la existencia de plusvalías latentes, así como de la capacidad de la cuenta de pérdidas y ganancias para generar resultados recurrentes con que poder reforzar sus recursos propios mediante la acumulación de reservas. Y quinto, se
valoraba transversalmente el gobierno corporativo. Finalmente, y en base a todo lo anterior, se determinaba el riesgo supervisor de la entidad.


A partir de la determinación del riesgo supervisor, se diseñaban los procedimientos supervisores específicos para aplicar a cada entidad de crédito o subgrupo, confeccionando un plan de supervisión a medida con estimaciones de recursos,
planificación de visitas y reuniones a realizar. Con independencia de que el riesgo supervisor de una entidad fuera muy bajo, no se dejaba sin inspeccionar in situ ninguna entidad por un periodo máximo de tres años. Al final de cada año se
elaboraba en función del perfil de riesgo supervisor de cada entidad el plan de inspección del año siguiente, que se elevaba para su



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aprobación a la comisión ejecutiva del Banco de España, explicando su adecuación y en su caso las razones de las posibles desviaciones del plan del año anterior.


Para desarrollar las actuaciones supervisoras antes descritas, la Dirección General de Supervisión contaba con recursos humanos de calidad y en proceso de crecimiento. De 2001 a 2006 se pasó de 336 a 416 profesionales. Más de la mitad eran
inspectores de entidades de crédito y un tercio lo componían técnicos e informáticos de apoyo a la inspección. Desde el punto de vista organizativo, la labor de análisis y seguimiento de las entidades de crédito y sus grupos consolidados recaía en
los grupos de supervisión, a los que se adscribían los recursos supervisores disponibles. Al frente de estos grupos estaba el jefe del grupo, que era la pieza clave de la estructura de la supervisión, ya que era el responsable de los trabajos de
análisis y seguimiento a distancia y de las labores inspectoras in situ de las entidades que cada grupo tenía asignadas, y por tanto quien tenía que tener el conocimiento actualizado de cada entidad y grupo bancario. Además, el jefe de grupo era el
interlocutor directo de la supervisión con los responsables de la entidad, ya que era el responsable de la supervisión continuada de estas. Los grupos de supervisión se organizaban dentro de tres departamentos de supervisión directa, que estaban
apoyados en sus actividades por grupos de supervisiones especializados en tesorería, riesgo de mercado, modelos, etcétera, adscritos a un cuarto departamento con funciones de apoyo transversal. Esta estructura organizativa de tres departamentos de
supervisión directa apoyados por un cuarto transversal y la adscripción de las entidades de crédito en grupos de inspección responsables de su análisis y seguimiento, cuyo jefe de grupo es el responsable e interlocutor principal con las entidades
bajo supervisión, es muy similar a la que años más tarde, en su constitución en noviembre de 2014, adoptó como propia el Mecanismo Único de Supervisión del Banco Central Europeo.


Como consecuencia de las labores de supervisión, en los seis años que van de 2001 a 2006 la comisión ejecutiva del Banco de España aprobó enviar una media de 109 escritos de requerimientos y observaciones por año y en dicho periodo se
incoaron una media anual de 19 expedientes sancionadores a entidades supervisadas y 48 expedientes administrativos a administradores y directivos. La relación de escritos de recomendación y requerimientos es un procedimiento legalmente establecido
y un medio que permitía al Banco de España dirigirse directamente a las entidades supervisadas y a sus consejos de administración con el fin de requerir o recomendar determinadas acciones en distintos aspectos de la operativa por ellas
desarrolladas. Si a modo de ejemplo nos centramos en el ejercicio 2005, el Banco de España remitió un total de 110 escritos de requerimientos y recomendaciones a las entidades de crédito. Asimismo, en dicho año se incoaron 15 expedientes
sancionadores a entidades supervisadas y 56 expedientes sancionadores a administradores y directivos. Dentro de los mencionados 110 escritos remitidos por el Banco de España, figuran 473 requerimientos, recomendaciones y observaciones. El conjunto
más significativo, en un total de 193, correspondía a cuestiones relacionadas con el riesgo de crédito, desde diferencias en la clasificación contable y necesidad de dotación de provisiones de riesgos individuales o recomendaciones de acreditados a
vigilar hasta observaciones de carácter más general sobre política crediticia o de financiación de viviendas con garantía hipotecaria y de promoción inmobiliaria. Veinticinco observaciones tuvieron que ver con la actividad que las entidades
realizaban en los mercados de capitales. La normativa de solvencia motivó 43 recomendaciones, de las que 31 eran porque las entidades debían reforzar su base de recursos propios o ajustar sus declaraciones, y 12 porque era necesario llamar la
atención sobre el correcto cumplimiento de los límites a la concentración de riesgos o al inmovilizado material.


Quería ahora detenerme en el contexto macroeconómico existente en los años de referencia, ya que considero que para evaluar correctamente el desarrollo de la actividad de las entidades de crédito españolas y su supervisión en el periodo
analizado hay que tener en cuenta la inusual y prolongada fase de crecimiento económico a nivel mundial y el entorno macroeconómico nacional entonces existente. Durante el periodo 1993-2007 el crecimiento económico alcanzó una dimensión global y se
manifestó tanto en países desarrollados como en emergentes, con tasas de incremento anual del PIB mundial cercanas al 3% de media del periodo, conocido como la gran moderación. En España el periodo que va de 1994 a 2008, inmediatamente anterior a
la crisis, fue uno de los de mayor éxito económico de nuestro país, con quince años de crecimiento ininterrumpido del PIB a tasas anuales por encima de la media de la Unión Europea y con algunas de las principales variables macroeconómicas
equiparables a las de nuestros socios comunitarios. El ejercicio económico se cerró con superávit presupuestario en las cuentas del Estado durante tres años consecutivos, 2005, 2006 y 2007. El nivel de deuda pública en 2006 y 2007 estaba por
debajo del 40% del PIB, cuando la media de la Unión Europea era del 60%. La tasa de



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desempleo alcanzó su nivel más bajo, del 8,5%, en 2007, tras haber creado casi ocho millones de puestos de trabajo, pasando de doce a veinte millones de ocupados, acogió a un millón de inmigrantes y -conviene recordarlo- el PIB per cápita
español llegó a situarse muy próximo a la media de la Unión Europea de diecisiete Estados, incluso lo superó tras la incorporación de diez nuevos miembros en 2004, desde el 75% por ciento que representaba en el momento de nuestra incorporación a la
Comunidad Económica Europea en 1986.


Las condiciones macroeconómicas favorables descritas, la rápida creación de empleo, especialmente de mujeres y jóvenes, incrementó en el periodo contemplado el número medio de miembros con trabajo por hogar de 1,36 a 1,54, con el
correspondiente incremento de los ingresos por hogar, y junto a la fuerte caída experimentada de tipos de interés nominales, que pasaron del 10% al 2%, y debido a las tasas de inflación existentes, tuvimos en España varios años con tipos de interés
reales negativos. Todos estos factores animaron a incrementar el endeudamiento para invertir en activos no monetarios provocando una elevada demanda en el mercado de la vivienda como alternativa de inversión y de ahorro que las entidades de crédito
españolas ayudaron a financiar. Además, a estos factores económicos se unieron otros de tipo demográfico y sociológico, tales como movimientos de población, cambios en el modelo familiar y el tipo de vivienda requerida, preferencia de la compra de
vivienda frente al alquiler, con disfrute de beneficios fiscales para la adquisición de primeras viviendas, y un aumento de la demanda de segundas viviendas por parte tanto de residentes como de no residentes. Pero a pesar de la preocupación
existente sobre los riesgos que para el sistema bancario suponía el incremento del endeudamiento de los hogares, hay que tener presente que entonces había factores que contribuían a mitigar dichos riesgos más allá del alto nivel de provisiones y de
capital con que contaban las entidades de crédito. La mayoría del stock de hipotecas se había generado con un loan to value por debajo del 80%, siendo en 2004 el loan to value medio de la cartera hipotecaria del 65%. Aunque no había regulación
prudencial que limitase o prohibiese conceder hipotecas con un loan to value superior al 80%, las entidades de crédito tenían incentivos regulatorios para no exceder este límite, ya que si lo hacían doblaban la ponderación de requerimientos de
capital de esos riesgos establecidos en Basilea I y se requería constituir mayores provisiones estadísticas. Además, los créditos hipotecarios que sobrepasaban dicho límite no eran elegibles para la emisión de cédulas hipotecarias o el 70% para los
préstamos con garantía hipotecaria no residencial, por lo que pasarse de dicho límite encarecía y dificultaba su financiación.


Desde que España entró a formar parte de la eurozona, en 1999, el Banco de España perdió su soberanía en política monetaria y, por tanto, la facultad de poder fijar por su cuenta las tasas de tipos de interés, facultad que hubiera sido de
gran utilidad para poder frenar el crecimiento existente de la inversión crediticia en los balances bancarios de las entidades españolas. No obstante, el Banco de España, en sus actuaciones, no estuvo ausente o despreocupado y trató de mitigar con
los medios que tenía disponibles las vulnerabilidades que se iban acumulando en el sistema bancario. Como ya se ha señalado en esta Comisión por previos comparecientes, implantó, basándose en las competencias que tenía para fijar la normativa
contable a la que estaban sujetas las entidades de crédito españolas, un novedoso y exigente sistema de constitución obligatoria de provisiones de carácter contracíclico dotadas contra la cuenta de pérdidas y ganancias, que representaban entre el 15
y el 20% del margen de explotación de las entidades de crédito, lo que significaba un deterioro de los beneficios contables de igual magnitud, y reforzaron su solvencia no solo por el fondo constituido -que a finales de 2007 llegó a alcanzar un
máximo de 25 836 millones de euros, cerca del 3% del PIB nacional y alrededor del 1% del total de activo del sistema-, para ser utilizado en una previsible fase bajista del ciclo económico, sino porque con su constitución se evitó a su vez que las
entidades se descapitalizasen mediante la distribución de los abundantes beneficios que venían obteniendo en los años favorables de ciclo económico. No voy a explicarles el mecanismo de estas provisiones, que ustedes ya conocen, ni la defensa que
el Banco de España hizo de ellas para hacerlas compatibles con las normas internacionales de contabilidad con motivo de su entrada en vigor en la Unión Europea en 2005, mediante un reglamento comunitario que estableció un marco común de información
financiera para todos los grupos empresariales cotizados o emisores de valores, pero sí me gustaría destacar que, a falta de política monetaria, la mejor manera que tuvo el Banco de España para mitigar los efectos perniciosos que en el sistema
bancario podría producir un cambio de ciclo económico fue establecer medidas contracíclicas, en cuya implantación fue pionero mundial. Además, ahora, después de haber sufrido la crisis internacional, estas medidas son generalmente aceptadas y
exigidas con recargo a recursos propios, pero en su día no estuvieron ajenas a la controversia.



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Como el Banco de España reconoce en su informe sobre la crisis financiera y bancaria respecto a la utilidad de provisiones contracíclicas, estas se calibraron utilizando un ciclo de crédito previo a la entrada de España en el euro, que
contemplaba la recesión de 1993, con una caída del 1% del PIB, que fue sustancialmente menos intensa que la doble recesión sufrida posteriormente. Con todo, con las provisiones contracíclicas se acumularon, como se ha señalado anteriormente, cerca
de 26 000 millones de euros en el conjunto del sistema bancario español. Por tanto, en algunos bancos estas provisiones contribuyeron a reforzar su solidez, y en las entidades rescatadas, los 7000 millones de euros de provisiones contracíclicas que
habían constituido redujeron las necesidades de posteriores inyecciones fondos públicos.


Otra actuación que realizó la supervisión del Banco de España durante estos años, también a diferencia de lo que era habitual en otros sistemas bancarios muy importantes a escala internacional, fue no permitir que ninguno de los riesgos que
asumían las entidades de crédito, incluso a través de vehículos estructurados de propósito especial -entonces de moda-, se quedaran fuera de sus balances y estados consolidados. Fuimos muy estrictos al definir los perímetros de consolidación y las
causas para poder excluir riesgos del mismo y, por tanto, obligamos a que las entidades incluyeran todos los riesgos incurridos en los cálculos de recursos propios necesarios, contribuyendo de esta forma a la adecuada capitalización de las entidades
españolas y a que los requerimientos de recursos regulatorios fueran efectivos. Hay que recordar que la constitución de estos vehículos fuera del balance de las entidades facilitó en otros países el desarrollo de una operativa de transformación y
titulización de los créditos denominados subprime, que se encuentra en el origen de la quiebra de Lehmann Brothers y en el contagio internacional de la crisis. Además, y aunque en la legislación vigente en los años 2000 a 2006 las recomendaciones
realizadas por el Banco de España no tenían la obligatoriedad de cumplimiento que hoy tienen las llamadas guías supervisoras y, por tanto, su incumplimiento en un Estado garantista como el español no conllevaba ninguna posibilidad de sanción, ya que
estas no estaban amparadas en la normativa bancaria, la supervisión del Banco de España, ante los riesgos observados en la actividad crediticia de expansión internacional, elaboró en esos años una serie de recomendaciones y reflexiones que
contribuyeron a orientar la actuación de las entidades de crédito y de sus consejos de administración en los importantes aspectos a los que se referían y que, aun con el paso del tiempo, siguen siendo vigentes y adecuadas.


Así, en el año 2004 se publicó una recomendación sobre la política de riesgos hipotecarios. Este escrito, que junto con el resto de recomendaciones figura en la web del Banco de España en el área de supervisión, fue difundido en diferentes
comparecencias públicas e incluido en la memoria de supervisión de ese año; además, desde su emisión, fue incluido como referencia en los escritos que de forma sistemática se enviaban a las entidades después de la visita de inspección. En él se
hacía especial atención a que las entidades de crédito debían poner interés en no relajar sus criterios de concesión ni por lo que respecta a la capacidad de reembolso requerida ni por lo que respecta al nivel de garantías exigidas ni por lo que
respecta al precio de las operaciones en coyunturas como la que había en aquel momento de competencia creciente e incremento del volumen de negocio. Se recordaba que el buen gobierno de una política de asunción y gestión de riesgo hipotecario exige
la implicación de forma directa, clara, activa y efectiva del consejo de administración y de sus comisiones especializadas, en congruencia con las estrategias generales de la entidad, teniendo en cuenta la situación existente y prevista de capital
disponible, vigilando los efectos que tasas de crecimiento de la actividad pueden tener a medio y largo plazo en las condiciones de equilibrio financiero estructural de la entidad y en los niveles de riesgos de interés, liquidez y negocio, la
necesidad de promover una adecuada diversificación del riesgo por sectores, titulares y productos, asegurando que en ningún caso la garantía sustituya al análisis de la capacidad de reembolso de la contraparte ni a una eventual falta de información
y que el precio de las hipotecas esté directamente relacionado con el riesgo efectivo incurrido en cada operación, así como que se establezca una plena transparencia con la clientela.


Asimismo, por su importancia, me gustaría hacer también referencia a otra recomendación publicada en 2002, después de la crisis argentina, que se tituló Ideas básicas de la supervisión en base consolidada de los grupos bancarios españoles
con presencia internacional, que ayudó principalmente a los dos grandes grupos bancarios españoles y a sus consejos de administración a organizar su estructura de grupo multinacional, mitigando el riesgo sistémico, tanto interno como externo, que se
podría producir en su expansión internacional y que, gracias a la adecuada implementación realizada por los dos grupos españoles, se ha considerado después de la crisis financiera como referencia por la comunidad supervisora internacional por su
contribución a la estabilidad financiera. Dado que la internalización de la



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banca española suponía un cambio en el perfil de sus riesgos, se vio la necesidad de adoptar medidas para prevenir que la posibilidad de crisis de cualquiera de las filiales de un grupo consolidado desencadenase efectos indeseados para sus
bancos matrices y sus grupos y, por extensión, para la estabilidad del sistema bancario español. Para ello, la supervisión del Banco de España definió un marco de buenas prácticas en el diseño y gestión de estos grupos bancarios basado en unos
principios que se comunicaron a las entidades de crédito matrices españolas y que orientaban la supervisión consolidada haciendo referencia a la necesidad de contar con una cultura de grupo e información de gestión, un diagrama de dominio claro y
público, políticas contables prudentes, solvencia de grupo y solvencia en base individual, autonomía financiera de las filiales bancarias y control de la liquidez tanto a nivel de grupo en su conjunto como en cada filial. Entre los anteriores
principios, cabe destacar que se estableció que los consejos de administración de la entidad matriz debían asegurarse de la implantación de criterios de organización, gestión, sistema de información interna y controles adecuados a su naturaleza de
grupo multinacional. En este sentido, las entidades de crédito matrices españolas debían asumir de forma eficaz las funciones de control de la gestión de riesgos de sus filiales, disponiendo de una exhaustiva información y de sistemas basados en
plataformas informáticas integradas que permitiesen el seguimiento, la organización contable consolidada, el análisis de negocio y el control de los riesgos de las mismas, tanto a nivel individual como agregado, contando en las matrices con robustos
departamentos de auditoría interna que realizasen frecuentes y sistemáticas visitas y asegurándose de que el auditor externo del grupo tenía acceso a los trabajos de los auditores externos de las filiales. También se solicitó que cada filial
bancaria de un grupo consolidado contase en cada país con recursos propios suficientes para la cobertura de sus riesgos y holgura adecuada para afrontar su crecimiento y el cumplimiento de las normas locales, que fueran -esto fue entonces realmente
novedoso- independientes financieramente de la matriz o de otras entidades del grupo y, por tanto, gestionasen su financiación y su liquidez con autonomía, lo que facilitaría la adecuada valoración de cada contraparte y abundaría en el
fortalecimiento financiero del grupo. Es decir, cada entidad filial debía recurrir a la financiación del mercado y pagar la prima de riesgo correspondiente a su situación individual. Asimismo, la cobertura que eventualmente decidiesen hacer de su
riesgo debía realizarse en el mercado, sin que la matriz u otras entidades del grupo fuesen su contraparte, y las operaciones intergrupo, excepto cuando tuviesen una base comercial -por ejemplo, créditos documentarios-, debían limitarse a
situaciones excepcionales y los precios aplicados debían ser siempre precios de mercado. Todo lo anterior perseguía reducir el riesgo de interconexión dentro de los grupos bancarios españoles y que la fortaleza del balance consolidado del grupo
provenga de la agregación de las fortalezas individuales de cada uno de sus componentes, además de favorecer el conocimiento por el mercado de tal circunstancia, lo que sin duda contribuiría a la estabilidad financiera. Como señala el Banco de
España en su informe sobre la crisis, el nivel de solvencia y de provisiones existentes facilitó que, en general, las entidades españolas soportaran mejor que las de otros países el primer envite de la crisis, pero evidentemente en algunos casos
fueron claramente insuficientes para soportar la doble recesión que finalmente se produjo, siendo el efecto de esta segunda recesión de nuestra economía realmente fundamental en el desarrollo de los acontecimientos sufridos por las entidades de
crédito.


Finalmente, me gustaría hacer referencia a que a lo largo del año 2005 y principios de 2006 el Fondo Monetario Internacional realizó la evaluación del sector financiero en España siguiendo la metodología del programa de evaluación del sector
financiero conocida como FSAP, por su acrónimo en inglés, cuyas conclusiones fueron publicadas en junio de 2006 y que son indicativas de lo que un tercero independiente, experto en este tipo de análisis, pensaba con la información entonces
disponible. El informe del Fondo Monetario Internacional decía que el recientemente concluido Financial Sector Assessment Program, FSAP, encontró que el sector financiero español era vibrante, altamente competitivo y bien supervisado y regulado.
Los puntos fuertes del sector incluían un alto grado de intermediación financiera, márgenes de intermediación bajos, instituciones bien capitalizadas y profesionalmente gestionadas y una estructura prudencial robusta. Los ejercicios de estrés
pusieron de manifiesto que las entidades bancarias y las compañías de seguros serían capaces de soportar grandes shocks adversos sin tensiones sistémicas. Esto reflejaba una capitalización robusta y buenas prácticas de gestión de riesgos de las
entidades de crédito sistemáticamente importantes, considerables dotaciones para pérdidas por crédito y un largo periodo de fuerte crecimiento económico español. Esto fue lo que dijo el Fondo Monetario Internacional. Hay que señalar que en uno de
los diferentes ejercicios de estrés que el fondo realizó antes de emitir su opinión se encontraba una caída del precio de la vivienda del 30%. Asimismo, el Fondo



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Monetario Internacional señalaba en su informe la limitación que la personalidad jurídica de las cajas de ahorros suponía para su capitalización en el mercado, las facultades supervisoras de las comunidades autónomas sobre estas y las
limitaciones sancionadoras del Banco de España.


Por otra parte, en su visita, el Fondo Monetario Internacional realizó también un análisis específico del cumplimiento por parte de la supervisión del Banco de España de los principios básicos para una supervisión bancaria efectiva,
conocidos en el mundo supervisor bancario como los core principles, que fueron emitidos a finales de los años noventa por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea. Los principios básicos se articulan en un conjunto de veinticinco principios
exigentes, pero que se considera que deben ser alcanzables por todos los sistemas de supervisión bancaria y tocan áreas como autoridad, independencia, competencias y buen gobierno del supervisor, acceso al ejercicio de la actividad bancaria,
evaluación del riesgo y requerimientos prudenciales, ejercicio de la supervisión y acciones prudenciales y preventivas del supervisor, requerimientos de información pública de los bancos, supervisión consolidada y cooperación y relaciones
transfronterizas entre supervisores. Para que un sistema se considere efectivo, se espera que estos principios estén presentes con un alto grado de cumplimiento. Como figura en las notas de estabilidad financiera publicadas por el Banco de España
como consecuencia de la revisión realizada por el Fondo Monetario Internacional, desde la publicación de los principios básicos en 1997 el Banco de España los vino considerando como el marco de referencia interno para evaluar la calidad de su
sistema de supervisión y, de este modo, establecer las medidas adicionales de fortalecimiento que se estimasen necesarias. Cuando las autoridades españolas solicitaron oficialmente al Fondo Monetario Internacional la realización de la evaluación
del FSAP, se quiso incluir de forma específica la evaluación de los principios básicos, principalmente como modo de establecer un contraste independiente por el mayor experto de referencia de lo que venía siendo la política interna de supervisión
del Banco de España. Las conclusiones de la evaluación del Fondo Monetario Internacional sobre la situación de la supervisión bancaria en España pusieron de manifiesto un alto grado de cumplimiento de los principios básicos, muy favorable en
relación con la media comparable de otros sistemas de supervisión bancaria existentes en nuestro entorno económico y de desarrollo financiero.


Perdónenme la extensión que he dedicado a las conclusiones del FSAP y de la evaluación de los principios básicos para una supervisión bancaria efectiva realizada por el Fondo Monetario Internacional, pero es que considero que la opinión del
experto internacional independiente que se dedicaba a hacer estos análisis es la mejor manera para informar a sus señorías de la situación del sistema financiero español, de la calidad y del reconocimiento que existía internacionalmente sobre el
modelo supervisor español y el trabajo que realizaba la supervisión del Banco de España.


Para terminar, me gustaría decir que los desarrollos económicos y también sociales y las prácticas y estándares que se consideran óptimos en cada momento están influenciados ineludiblemente por acontecimientos acaecidos en el pasado, pero
aun pudiendo ser adecuados en cada momento, cuando se juzgan en retrospectiva, con el paso del tiempo, puede que el resultado no sea tan favorecedor. La regulación, la supervisión bancaria y la gestión de riesgos no son ajenas a esta realidad y de
ahí la necesidad de que evolucionen en el tiempo para incorporar siempre las mejores prácticas, que estarán influidas por la historia y los hechos relevantes que ocurran en la economía y en el sistema financiero nacional e internacional. No
dejemos, cuando analicemos el pasado, que el sesgo retrospectivo nos impida tener presente la realidad existente en cada momento. A pesar del intenso trabajo y del esfuerzo colectivo realizado por la supervisión del Banco de España para ejercer de
la mejor manera posible su función supervisora de las entidades de crédito españolas, utilizando los más altos estándares internacionales entonces existentes, es lamentablemente cierto que a partir del año 2008 tuvimos una crisis financiera y
económica mundial, de carácter sistémico y global, difícil de anticipar, que afectó con consecuencias terribles a una parte de nuestro sistema bancario y a nuestra economía, con especial incidencia en el bienestar de las personas. Por ello, después
de la magnitud y dureza de la crisis vivida, es necesario, para protegernos, que profundicemos decididamente en el desarrollo de la unión bancaria europea y de la zona euro y que nuestras autoridades financieras establezcan de forma efectiva las
medidas necesarias que ayuden a poder impedir, mitigar o resolver de la manera más rápida y menos costosa posible las crisis financieras que puedan producirse en el futuro, tanto dentro del sistema bancario como también en la parte menos regulada
del sistema financiero, en el mundo económico y financiero cada vez más interconectado y digital en el que vivimos.


Muchas gracias por su atención. A continuación, responderé a las cuestiones que sus señorías deseen preguntar.



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La señora PRESIDENTA: Antes de dar la palabra a los portavoces, dada la interesante y exhaustiva intervención del señor Villasante, les voy a proponer una cosa, y es que la presidenta sea generosa en el primer turno de intervención si
alguno necesita más tiempo y que haya un solo turno y una sola réplica por el compareciente. Puede ser más interesante. Pregunto si les parece bien a todos. (Asentimiento). Muy bien. Por tanto, haremos un único turno de portavoces, después
haremos un pequeño receso y luego el señor Villasante contestará a todos.


En primer lugar, tiene la palabra la señora Pérez Herráiz.


La señora PÉREZ HERRÁIZ: Gracias, presidenta.


Muchas gracias, señor Villasante, por su exhaustiva información, que estudiaremos con interés, pero de momento permítanos que intentemos concretar algunas cuestiones.


Entre los años 2000 y 2006, aparentemente, España y todo en España iba bien, pero ahora sabemos que era un espejismo y, además de las circunstancias externas que usted mencionó, se pusieron de manifiesto importantes debilidades internas que
creemos que también hay que tener en cuenta en la medida que corresponde. ¿Por qué considera usted que no se frenó el exceso de crédito en aquellos años, entre 2000 y 2006? ¿Por qué no se evitó la concentración de riesgos en el sector
inmobiliario? ¿Por qué no se redujeron o suprimieron los incentivos a la compra de vivienda?


Algunos comparecientes comentaron como posible relación con el problema que tratamos el hecho de que los trabajadores del sistema financiero cobraran primas por el número de créditos sin tener en cuenta la posibilidad de devolución de los
mismos. ¿Por qué no se evitaron esos incentivos perversos?


También anteriores comparecientes, que hicieron su trabajo en diferentes momentos en el Banco de España, dijeron que el banco -y usted también lo detalló en su exposición- alertaba de riesgos, pero la opinión política general era que habría
autocorrección y no serían necesarias decisiones especiales. ¿Debió el Banco de España ser más contundente en sus alertas? ¿Por qué no se limitó el valor de la hipoteca en función del valor del bien hipotecado? Y, sobre todo, ¿por qué no se tuvo
más en cuenta la capacidad de devolución de las personas que solicitaban las hipotecas?


El incremento del crédito entre 2000 y 2007 fue muy superior en las cajas que en los bancos. ¿Considera que esto está más relacionado con su especialización en el sector inmobiliario o con su especial gobernanza, falta de propietarios y,
por tanto, menor vinculación al riesgo? ¿Se podrían, como solicitó el consejo de las cajas en 2009, hacer reformas que hubieran podido corregir sus problemas sin necesidad de suprimirlas -me refiero a las cajas -? ¿Por qué no se limitó la
expansión, incluso fuera de España, de las cajas?


Hay diferentes opiniones con respecto a los SIP. ¿Qué considera usted? ¿Fallaron por el agravamiento de la crisis o por su diseño inicial? ¿Por qué no se utilizó la Ley de disciplina? Y, si no era útil, ¿por qué no se modificó?


Usted, a finales de 2014, dijo que la crisis financiera española había terminado; después desapareció el Banco Popular. ¿Cómo explica la crisis del Banco Popular cuando ya no había crisis financiera? ¿Cómo valora la situación actual del
sistema financiero? ¿Considera que tiene suficientes garantías?


Para que el sistema financiero tenga estabilidad, dicen que es necesario que los bancos tengan beneficios. Las estadísticas globales dicen que los bancos obtuvieron casi 9000 millones en 2016, a pesar de las pérdidas aportadas por el Banco
Popular, pero el conjunto de la población asumió como pérdida propia, de momento, 41 000 millones. ¿Cuál considera que debe ser el equilibrio entre beneficios de la banca y sacrificios de la sociedad?


Del informe del Banco de España sobre la crisis se puede deducir que el banco tenía un problema de gobernanza y se exculpa a sí mismo por falta de herramientas. ¿Considera usted que tiene ahora suficientes herramientas para ejercer sus
funciones? ¿Los mecanismos de regulación y supervisión europeos son suficientes? ¿Funcionan adecuadamente?


Por último, ¿qué riesgos considera que supone la concentración bancaria que hay hoy en España? ¿Y cuándo y con qué características cree usted que se debería poner en marcha una autoridad macroprudencial en España?


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Pérez Herráiz.


Por el Grupo Ciudadanos, señor Navarro.



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El señor NAVARRO FERNÁNDEZ-RODRÍGUEZ: Muchas gracias, señor Villasante, por su exposición tan detallada.


Nos ha puesto en guardia contra el sesgo retrospectivo y tiene razón; es muy tentador cuando han pasado las cosas creer que eran previsibles desde el principio. Pero, también es cierto que si queremos corregir y evitar nuevos errores
tenemos que entender lo que ha pasado y para eso es esta Comisión y son estas comparecencias. Usted nos ha hablado de la doble recesión como explicación del descalabro generalizado del sistema financiero, pero esta explicación parece que cojea por
algún lado. En primer lugar, es llamativo que una caída del PIB no muy significativa provoque este descalabro. Tampoco explica por qué afectó más a las cajas. En suma, nos parece que pasa por alto dos cuestiones que sí afectan directamente a las
cajas. En primer lugar, la gobernanza, la politización de las cajas desde que los políticos entran en sus consejos de administración. Esto inmediatamente tiene dos efectos: por un lado, la presencia de gestores no siempre preparados para la
gestión y, por otro, la presencia del interés político en la gestión de las cajas. No explica tampoco la mayor exposición de las cajas al riesgo inmobiliario con respecto al total del sector financiero.


Creemos que explica mejor todo esto hablar de una crisis de cajas y entender que la colonización de los políticos provoca un triángulo perverso entre políticos, cajas y promotores inmobiliarios. Las preguntas de este primer bloque serían
básicamente dos. ¿Comparte en algo este diagnóstico, es decir que la crisis -independientemente de la doble recesión del impacto- es también una crisis de las cajas por sus peculiares características? ¿Cree que esta politización pudo influir en
una mayor inacción del supervisor? Porque la segunda pregunta va por ahí, tenemos que hablar de la famosa carta de los inspectores que nos ponía en guardia sobre una burbuja de crédito, una burbuja hipotecaria y de la pasividad del supervisor.
Esta carta también nos recordaba que había a disposición del supervisor una batería de sanciones y medidas de intervención. De hecho, usted nos ha dicho que el Banco de España disponía de la posibilidad de adoptar medidas cautelares, incluso
excepcionales, incluyendo remover a los administradores. Con lo cual, el segundo bloque de preguntas sería este: ¿Está usted de acuerdo con el contenido de la carta? ¿Pudo realmente existir una inacción o podía haber hecho más el Banco de España
a la luz de los acontecimientos de entonces?


La tercera es mucho más concreta. En 2004 se puso en marcha un nuevo informe, se llamaba ICE, el Informe para la comisión ejecutiva; los informes los pasaban a firmar por los jefes de departamento en lugar de los propios inspectores, lo
cual podría provocar una pérdida de información en el proceso. De hecho, en el caso Bankia algunos miembros de la cúpula del supervisor manifestaban ante declaraciones de los inspectores que a ellos esa información no les había llegado, es decir,
parece que en la cadena se perdía información. Esta es la tercera pregunta, ¿había trazabilidad sobre lo que decían los inspectores o con este nuevo modelo de informe ICE se estaba perdiendo información? Como varias de las preguntas que queríamos
hacer también las ha hecho mi compañera nos daremos por contestados con las respuestas que le dé a ella.


Muchas gracias.


La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Navarro.


Ahora por el Grupo Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, la señora Díaz.


La señora DÍAZ PÉREZ: Gracias, presidenta.


Bienvenido, señor Villasante. A lo largo de estos años usted, por su profesión, ha escrito algunas cuestiones en la prensa económica que creo que ahora tienen mucho interés, y nos gustaría -después de escuchar su prolija exposición, en la
que nos ha parecido que sigue manteniendo algunas de las cuestiones que ha escrito- que nos contestase si esas afirmaciones que ha hecho en la prensa económica hoy día son sostenibles. Por ejemplo, usted ha afirmado que la crisis financiera ha
quedado atrás. La pregunta es muy sencilla. Después de caer la sexta entidad financiera en nuestro país, ¿sigue afirmando esto o considera, como otros comparecientes y como otros expertos, que desde luego no ha terminado ni mucho menos la crisis
financiera y que debemos tener cierta prudencia? Ha dicho además que gozábamos de un elevado nivel de solvencia -de alguna manera también lo ha dicho ahora-, de un modelo bancario con apenas riesgo. Le volvemos a preguntar si usted sigue afirmando
esto y, si no sería conveniente de una vez por todas, decir la verdad a los contribuyentes y, sobre todo, a la gente de nuestro país que está sufriendo las consecuencias de la gestión que han mantenido muchos de ustedes. Usted llegó a afirmar que
se había salido de esta situación a través del éxito -cito literalmente- de la banca, que es meritorio, y que, además, esto se ha hecho sin ayudas públicas. La pregunta es muy sencilla.



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¿Para usted no son ayudas los créditos fiscales? ¿Para usted no son ayudas la financiación del BCE al 0%? ¿Sigue usted considerando lo mismo respecto a que despidamos a 72 000 trabajadores y trabajadoras de la banca pública o que hoy mismo
estemos con problemas de ERE a miles de trabajadores y trabajadoras como consecuencia del Banco Popular, del Banco Pastor, del Santander, que vamos a pagar con dinero público?


Tenemos un relato discrepante y muchos de los otros comparecientes que han pasado por aquí también. Usted insiste en el relato de que lo que ha pasado en España ha sido una enorme crisis internacional y que es como un sarampión que nos
llega a España y, además, está la teoría de la segunda recesión y demás. La pregunta es evidente. Usted estaba allí, era un responsable que tenía en su poder mitigar o actuar respecto de algunas de la cosas por las que le voy a preguntar, y la
cuestión es por qué no han hicieron nada. Hablo claramente del problema real, que es que estaban ante una enorme burbuja financiera y no hicieron absolutamente nada. La pregunta es por qué no han hecho nada, a pesar de que gozan ustedes de una
enorme profesionalidad y, desde luego, la entidad en la que estaban conocía lo que estaba pasando. No voy a reiterar algo que ya se ha dicho, la carta de la asociación de los inspectores, porque, al margen de esta carta, somos conscientes de que
ustedes sabían perfectamente lo que estaba pasando. ¿Por qué estaban autorizando la concesión de créditos cuando sabían que las personas a las que se les concedían no tenían capacidad de reembolso? A pesar de eso y del drama social que esto causó
después con desahucios, suicidios y subsiguientes catástrofes, no hicieron nada. La pregunta es muy sencilla, ¿por qué razón? Porque entiendo que ustedes conocían lo que estaba pasando. Igualmente supongo que conocían ustedes la colocación de
productos híbridos de manera absolutamente indebida -hablo de preferentes-, a diestro y siniestro a personas que, como conocimos posteriormente, fueron profundamente estafadas. Ustedes además conocían la titulización de activos por importe, según
el informe del Banco de España, de más de 314 000 millones de euros. ¿No veían el riesgo en el que colocábamos a nuestro país? ¿No sabían nada? No sé si nos puede decir algo sobre esta cuestión.


Otra pregunta, ¿por qué las cajas de ahorro trasladaban sus domicilios sociales a paraísos fiscales? ¿Por qué se permitía todo esto? A ver si nos puede describir un poco la realidad de lo que estaba pasando, si me permite y con absoluto
respeto, las golferías que se estaban practicando en las gestiones de las distintas entidades financieras; tendríamos la última, por ejemplo, la del Banco Popular o del ahora ya Banco Santander. ¿Cómo es posible que ustedes o no hayan actuado o
tomaran decisiones tan desacertadas? La pregunta es: ¿Cómo es posible que las personas que tenían capacidad de decisión o de evitar la catástrofe que hemos vivido y seguimos viviendo en nuestro país, no solamente no sean castigados ni asuman las
responsabilidades que deberían haber asumido, sino que encima son premiados. Le voy a poner ejemplos: el señor Caruana está en el Fondo Monetario Internacional, usted mismo pasa de lo público a lo privado rápidamente. Creo que usted ha respetado
los seis meses que tenía que completar, ¿le parece tiempo suficiente los seis meses -conoce, supongo, la insistencia de nuestro grupo sobre esta cuestión- de incompatibilidad para que de pronto usted pase de lo público a lo privado rápidamente y se
encuentre en el lugar en el que se encuentra? Desde luego, creemos que hay matices.


Una última pregunta: con la gestión que usted mismo ha practicado, ¿quién cree que se ha beneficiado? No sé si entiende la pregunta. Parece bastante evidente que usted mismo y sus equipos de supervisión, en una etapa clave de la crisis
financiera y bancaria, con lo que estaba pasando en nuestro país, no actuaron, por omisión, por ignorancia o porque creían que hacían lo correcto y, en todo caso, parece que han sido beneficiados con esa actividad. La pregunta es bastante sencilla:
¿cómo valoraría usted su gestión y a quién benefició? Parece que a los españoles y a las españolas no, porque lo están sufriendo a modo de recortes, de suicidios -incluso el señor Blesa se ha suicidado, fíjese si hemos vivido cosas en este país-.
¿A qué intereses atendían ustedes con el comportamiento que han tenido? Finalmente, le hemos hecho esta misma pregunta, por escrito, al compareciente anterior, sobre todo, por la comparecencia del señor Fernández Ordóñez y, sobre todo por las cajas
gallegas, donde se alerta y señala, con claridad, que conocían del factor de la negatividad de las fusiones que se estaban produciendo, particularmente le hablo de la fusión, como cita el señor Ordóñez, de las cajas gallegas -señalaba que era
desaconsejable hacer esto-, pero también le decimos lo propio respecto de Caja Madrid y todo lo que vivimos subsiguientemente con Bankia. A ver si nos puede contestar a todas estas cuestiones.


Una última cuestión. Respecto del argumentario de acogerse al secreto bancario, ¿no cree usted que esto ha operado o está operando como un mecanismo de obstrucción a la justicia, a la investigación y a lo que necesitamos saber, más que a
favor de los intereses generales de nuestro país?


Nada más y muchas gracias.



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La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Díaz.


Para cerrar, por el Partido Popular, señor Paniagua.


El señor PANIAGUA NÚÑEZ: Gracias, presidenta. Buenas tardes, señorías. Muchas gracias al señor Villasante por su comparecencia.


Usted tiene un currículo muy interesante para nuestro trabajo en esta Comisión, desde su experiencia en el Banco de España, en la AEB y actualmente en el Banco Popular, así como su formación y el resto de su actividad profesional. Por eso
debemos agradecer al Grupo Socialista que solicitara su comparecencia. Usted vivió en el Banco de España los años previos a la burbuja crediticia y la crisis financiera más importante que ha sufrido este país y, por tanto, la información que nos ha
aportado y que nos va a seguir aportando nos servirá, creo, bastante para redactar nuestra ponencia sobre lo que ocurrió y las recomendaciones para el futuro del sector. En primer lugar, quería referirme y hacerle algunas preguntas sobre su etapa
en la Dirección General de Supervisión entre los años 2000 y 2006; posteriormente, y dado que usted ha vivido toda la crisis financiera desde la Secretaría General de la AEB, desde 2007 a 2015, también le interpelaré sobre esa etapa; en tercer
lugar, como consejero independiente del Banco Popular, aunque de reciente nombramiento, espero que nos pueda aclarar e informar algo sobre el proceso de resolución del banco; por último, desde su conocimiento del sector a nivel español y europeo,
le preguntaré sobre su visión y recomendaciones para el futuro del sector financiero.


Vamos a empezar por la etapa precrisis y preburbuja crediticia. Incluso en la etapa de la burbuja, que usted también vivió desde su puesto en la dirección general, la burbuja parece que debía explotar sí o sí; es una conclusión que nos han
trasladado algunos comparecientes.


Aunque la señora Pérez habla de crecimiento entre 2000 y 2006, realmente hubo crecimiento del sector, los datos nos dicen que el crecimiento desproporcionado y fuera de los límites asumibles fue a partir de 2004, entre 2004 y 2007. ¿No cree
que si en 2004 se hubieran tomado algunas medidas, el impulso que se dio en el mercado crediticio al sector inmobiliario en los años anteriores no habría terminado en un crash, más regulación, límite de operaciones, importes, plazos, por ejemplo
poniendo límite al riesgo por sector en todas las entidades financieras o, como creo que usted propuso, imponer una adecuada estructura de capital quitando peso, por ejemplo, a las preferentes en las estructuras de las entidades financieras? Lo
resumiría en un concepto, más prudencia.


Usted nos ha hablado de una recomendación que se publicó en 2004 sobre el crédito al sector inmobiliario que, por lo que nos ha comentado, era muy completa; incluso, aborda algo que no se había abordado hasta entonces, porque Basilea no
obligaba todavía, que era limitar el riesgo por sector. Entonces, teniendo en cuenta esa recomendación, no acabo de entender cómo en los años siguientes el crédito al sector inmobiliario creció de forma desmesurada y fuera de todos los límites.
Algunos comparecientes nos han explicado un poco alguna de las razones, como la pertenencia a la Unión Europea y a la moneda única. Antes, el mercado se solía autorregular al depender de la financiación exterior. Cuando se alcanzaba el 3% sobre el
PIB de la necesidad de financiación del Estado por el déficit de la balanza de pagos, la moneda -la peseta entonces- perdía valor o se devaluaba, se producía un parón en el sector durante unos años y vuelta a empezar. La imposibilidad de
devaluación por estar en la moneda única y la ausencia de medidas para controlar el crecimiento siguió desbocando el mercado cuando se cruzó la barrera del 3%. Esto fue en el año 2004.


En los años 2001 y 2002 ya se superó ese 3%; el 3,1 y 3,2, concretamente, pero en los años 2002 y 2003, no sé si fue por impulso del Banco de España o por alguna situación internacional, se rebajó por debajo del 3%, concretamente el 2,2 y
el 2,5, respectivamente. ¿Recuerda usted si durante esos años se tomaron medidas específicas de control del riesgo sobre el crédito inmobiliario en las entidades? Pero en vez de continuar con esta línea, y posteriormente a esa recomendación de
2004 que usted nos ha comentado, nos fuimos al 4,3% en el año 2004; en 2005 al 6,5%; en 2006 al 8,3%; y en 2007 y 2008 superamos el 9% del PIB, cuando ya le digo que el límite que nunca habíamos superado en este país era el 3% sobre el PIB.


Yo creo que la gestión del Gobierno y las instituciones reguladoras y supervisoras no fue la adecuada en esos años, cuando los datos ofrecían una imagen clara de estar en el límite aceptable para nuestro país. Creo que se podían haber
tomado medidas, y más teniendo en cuenta que el límite del endeudamiento público, como usted bien ha comentado, estaba por debajo del 40% del PIB. El Estado podría haber cubierto el déficit de ingresos y haber mantenido la economía a flote, sobre
todo durante los primeros años de la crisis financiera, incluso, mejor que algunos países del norte de Europa, ya que no estábamos



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afectados por productos estructurados ni por las subprime, básicamente por las medidas especiales que el Banco de España tomó en diferencia a otros países también por las medidas contracíclicas.


Nos ha hablado de la crisis financiera global, de que no se pensó en la crisis financiera global, pero yo no acabo de entender, después de todas las visitas y comparecencias de los miembros del Banco de España, cómo no se valoró el riesgo
sistémico que tenía el riesgo crediticio que había en el sector inmobiliario. En esos años el crecimiento fue realmente espectacular, y no acabo de entender muy bien cómo eso no se valoraba en los modelos a la hora de analizar los riesgos en los
que podría ocurrir, incluso los riesgos sistémicos.


La finalidad básica de la supervisión bancaria, según el Banco de España, habla de un doble aspecto; primero, de minimizar los efectos de las crisis individuales -actualmente ¿eh?- y, segundo, el objetivo de la estabilidad financiera
requiere algo más que reducir las crisis individuales e impedir que una o varias crisis individuales generen incumplimientos en cadena que afecten al sistema. Yo no sé si este objetivo es actual del Banco de España, de la supervisión del Banco de
España, o era ya un objetivo anterior.


Hay otro dato del que también nos hablan de vez en cuando. Algunos comparecientes del Banco de España nos hablan de que la cobertura que había sobre mora en las entidades españolas era de más de un 200%, pero claro, realmente es una
cantidad ínfima, porque si tenemos en cuenta que la mora era un 0,06% de todas las operaciones, de todo el riesgo crediticio de una entidad, un 200% sobre un 0,06% es una cantidad realmente pequeña. Yo creo que no se está cubierto ante un riesgo
sistémico. Yo creo que nunca se pensó que viniera de donde viniera la crisis -ya fuera internacional, financiera, económica, del sector inmobiliario- podría ocurrir algo así, porque si no esta cobertura no es realmente suficiente. Ahora mismo
estamos hablando de que hemos subido la ratio de capital hasta el 12%, que es bastante, pues estamos hablando de una subida del 50%, y todavía no estamos seguros. Entonces las ratios de capital eran bastante más bajas y encima la cobertura sobre
riesgos no era de un importe importante sobre el total de volumen de riesgos, no sobre la mora, pues sobre la mora era una cobertura realmente importante. También debo reconocer, no solo criticar, que ustedes hicieron cosas que no se hicieron en
ningún otro país europeo ni mundial.


Quiero referirme ahora a la etapa de la crisis que usted ha vivido desde la AEB. Me interesa porque casi todos los comparecientes nos han trasladado que durante la primera etapa de la crisis 2007-2011 se podrían haber tomado medidas más
contundentes desde el Gobierno para solucionar el problema bancario, porque aunque se intentaron solventar los problemas de capital de las entidades, el verdadero problema que no se acometió fue que el mercado no tenía confianza en la situación de
los activos y su valoración, y hasta que esto no se solucionó en 2012 los bancos no empezaron a remontar y a aportar crédito al mercado para favorecer el crecimiento económico. ¿Piensa usted así o puede trasladarnos cuál es su visión sobre esta
primera parte de la crisis? ¿Puede decirnos cuándo recuperó el mercado realmente la confianza en las entidades financieras españolas? ¿Cree usted -como creemos nosotros y como nos han trasladado la mayoría de comparecientes- que si, como se hizo
en 2012, se hubiera realizado un rescate definitivo en los primeros años de la crisis el importe a aportar por el Estado habría sido mucho más reducido? Hay datos incluso significativos, y es que muchas entidades en el año 2012 reconocieron
pérdidas millonarias cuando llevaban desde el año 2007 al año 2011 con beneficios realmente importantes, y es que no puede ser que de repente en un año apareciera esa diferencia entre beneficios y pérdidas que tuvieron muchísimas entidades. Yo creo
que si hubieran aflorado todos esos riesgos o todas esas pérdidas que realmente estaban ahí, por la diferencia de valoración de todos los activos, habríamos podido solucionar el problema antes, porque esa falta de confianza se alargó durante
muchísimos años e influyó negativamente en el hecho de poder salir antes de la crisis económica lógicamente, porque siempre necesitamos al sector financiero para salir de una crisis económica y para reactivar la economía. De hecho, yo creo que esa
es una de las razones por las que el Estado o esta sociedad se plantean hacer un rescate del sistema financiero, porque necesitamos al sistema financiero para nuestra economía.


La señora PRESIDENTA: Señor Paniagua, lleva ya diez minutos. Yo le pido que vaya terminando o sintetizando.


El señor PANIAGUA NÚÑEZ: A ver si puedo. Es que son muchas cosas; son muchas cosas.


Ya lo han comentado aquí algunos compañeros, y es que usted hablaba de que en 2014 la crisis había terminado, casi un año y medio después de iniciarse el proceso de recapitalización de la banca, del rescate, porque se había iniciado el
proceso de aportar crédito al mercado y de financiar el crecimiento, que volvía a nuestro país. Usted reconocía que este proceso seria lento y que se alargaría en el tiempo,



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pero, ¿puede decirnos aproximadamente cuántos años cree que nos hubiéramos ahorrado si se hubieran tomado medidas al principio de la crisis en vez de en el año 2012?


No voy a preguntarle, porque es complicado, cuánto dinero podría haberse ahorrado el Estado en el rescate ni tampoco cuánto nos hubiéramos ahorrado en el déficit presupuestario y en importe de la deuda pública.


En cuanto al Banco Popular, desde su conocimiento de la entidad como consejero independiente, ¿considera que el banco habría tenido viabilidad sin el proceso de resolución, con los datos que usted ahora conoce? ¿Piensa, por otra parte, que
un proceso concursal hubiera sido mejor para los empleados, accionistas y titulares de preferentes y subordinadas y para los clientes de la entidad? ¿Cree usted, como piensan las instituciones bancarias europeas, que la continuidad del negocio así
como evitar la aportación del Estado son dos de los objetivos que nos deben guiar en la resolución de entidades financieras con problemas? Y por último, desde su conocimiento del sector financiero español y europeo -que no nos ha comentado nada-,
me gustaría preguntarle por su visión y sus recomendaciones para el futuro del sector. Algunos comparecientes nos han planteado algún déficit en el sistema de regulación, supervisión y resolución de entidades financieras, y me gustaría saber cómo
cree que está el modelo actualmente, qué características faltan para que podamos considerar este sistema como redondeado ya, y qué recomendaciones nos haría usted para nuestras conclusiones.


Muchas gracias de nuevo, señor Villasante. Gracias, presidenta. (Aplausos).


La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Paniagua.


El señor Villasante tiene la palabra para dar respuesta a los señores portavoces y cerrar esta parte de la Comisión.


El señor EXDIRECTOR GENERAL DE SUPERVISIÓN DEL BANCO DE ESPAÑA (Villasante Atienza): Muchas gracias, presidenta. Muchas gracias, señorías, por sus preguntas. Trataré de contestar de la forma más correcta a las mismas.


Empezaré por el principio. Señora Pérez Herráiz, muchas gracias por sus preguntas. Que hayamos tenido una crisis efectivamente es un hecho, una crisis importantísima, una crisis mundial, una crisis global, simultánea, una crisis que no
solamente ha afectado a España o a la zona euro, sino a todo el mundo desarrollado y ha afectado a todos sus centros financieros fundamentales al mismo tiempo. Eso no quiere decir que en esos años no se hicieran las cosas bien o que las cifras que
se estaban publicando eran las que existían. Otra cosa es que pudiéramos decir que estábamos en una situación tan buena que tenía que seguir siempre. El supervisor nunca pensó en eso, el supervisor lógicamente veía riesgos y trataba de ver cómo se
mitigaban, pero su actuación siempre era velar por el mandato. Y le aseguro que en la supervisión del Banco de España se trabajaba mucho para que los riesgos que existían, tanto a nivel individual como global, se mitigasen.


Una forma de mitigar los riesgos en que incurrían las entidades era ver su situación patrimonial, pero su situación efectiva en ese momento, que no hubiera ocultación de pérdidas o falta de provisiones, y que los recursos propios estuviesen
-por decirlo así- por encima de lo requerido. Les he dicho que había un 30% por encima de los requerimientos, un 30%. Por tanto, ¿había un espejismo? Bueno, llevábamos quince años creciendo, nos habíamos incorporado al euro, habíamos dejado la
peseta, ¿se acuerdan ustedes de las devaluaciones que había de la peseta? ¿Lo que afectaban a la economía española? Por primera vez entramos en una moneda robusta, en una moneda tan importante como el marco alemán. La economía española estaba en
una fase diferente, y la economía española crecía porque los tipos de interés estaban muy bajos y porque los tipos de interés ya no los fijaba el Banco de España, sino que los fijaba el Banco Central Europeo, donde influía el Banco de España, pero
no tomaba la determinación el Banco de España. Durante esa época los tipos de interés fueron bajos, nominales al 2%, que eran buenos para toda la zona euro, pero no para aquellos países del sur de Europa que tenían inflación, y eso nos trajo una
inflación que teníamos también por la entrada del euro. Se acordarán de cuando las 100 pesetas eran 1 euro, cuando eran 160, y la moneda trajo lógicamente una inflación no solamente en España, sino en muchos países de la zona euro, pero nos trajo
una estabilidad. Nos permitió crecer y endeudarnos en una moneda que considerábamos que era la nuestra y que consideramos que es la nuestra. Se nos amplió la economía. Los mercados internacionales cruzaban fronteras con el euro, ya no había
diferencia de cambio, era una realidad. Si. ¿Qué después hemos visto que esa realidad no era tan segura? También. Pero entonces fue un paso muy importante para la economía española.



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¿Por qué no se frenó el riesgo? El riesgo es inherente a las entidades bancarias, forma parte de la actividad. Los bancos son entidades con una licencia exclusiva, que se la da el Banco de España, para captar depósitos en forma de ahorro y
hacer una labor de intermediación y de transformación de plazos. La gente ahorra, lo deja en un banco y el banco lo presta con su mejor entendimiento, y asume riesgos. Lo importante es que en el conjunto esos riesgos estén bien valorados y que
haya los controles que los mitiguen, pero un banco sin riesgos no existe. Toda la actividad económica además tiene riesgos, lo que pasa es que, como he dicho antes, las entidades de crédito además tienen una supervisión y una regulación mucho más
estricta que cualquier otro sector económico, y por eso tiene una supervisión pública y por eso hay unas garantías de depósitos para tratar de que, en caso de que haya una entidad que al final tenga un problema, ese problema no afecte a las demás en
cadena.


¿Por qué no se redujo la concentración de riesgo en el sector? Algunos comparecientes anteriores a mí lo han explicado. No había regulación para poder limitar y prohibir que se concentrasen los riesgos. Se hicieron recomendaciones en
2004, a las que después me referiré más concretamente. No podíamos prohibir con una circular lo que ya no estaba en las normas. Estamos en el año de Basilea I. Basilea I es de 1986 y lo que da es unos requerimientos de capital que hay que cumplir,
pero no hay unas guías obligatorias. ¿Cómo se suplió después en España en 2008, con la modificación de Basilea I en Basilea II? En el informe que tenían que hacer interno de capital y en el pilar II ya se mete la acción del diálogo supervisor, y
el pilar II era el que decía: además del pilar I, que era los requerimientos que había en Basilea I, tienes que hacer una evaluación de capital y ver todos tus riesgos, incluso el de concentración. El supervisor valora y analiza esa autoevaluación
y ve que lo ha incluido, si tiene concentración, y pide un mayor capital. En Basilea I no se podía hacer. Lo hicimos a través de observaciones. Con requerimientos no se podía hacer, porque un requerimiento es decir: deje de hacer esto porque
está incumpliendo una norma, y como he dicho, en un Estado garantista no se puede sancionar a nadie que no incumpla la norma. No había norma. No había política como se dice macroeconómica. Ahora, después de la crisis, lógicamente se ha
considerado que era adecuado y se ha incluido.


¿Por qué no se redujo la concentración de riesgos del sector? No se puede prohibir dar riesgos. Se puede decir: tome las medidas adecuadas, fije los precios adecuados, provisione adecuadamente cuando dejen de pagar, tenga usted mayor
capital, no distribuya dividendos, que después entraré en ello; no lo ha dicho nadie, pero también había una política de restricción de dividendos. Por eso había tanto capital, por eso las entidades españolas estaban tan bien capitalizadas, con un
30% de exceso, no solamente las provisiones, que ya le quitaban de la parte de resultados y que impedían tener más beneficios, sino que se capitalizaban muchos dividendos. Ya hablaremos de esto después en una pregunta concreta.


¿Por qué no se redujeron los incentivos de la compra de viviendas? Las circulares del Banco de España tienen sus ámbitos. Si se dan incentivos fiscales, si hay una demanda porque hay tipos de interés reales negativos, porque con la
inflación que había en España y los tipos nominales al 2% no salía caro endeudarse, y había un movimiento como he dicho a activos no monetarios, se desplaza la inversión al sector inmobiliario y también el ahorro. En España se ha ahorrado pagando
hipotecas, porque se ha invertido en bienes de fácil acceso, como es la vivienda, y de necesidad primaria. ¿Por qué no se redujeron los incentivos? Nosotros no teníamos acceso a la política fiscal que estaba dando incentivos para comprar primera
vivienda en contra del alquiler. Había muchos incentivos sociológicos, había un flujo de emigración en España, hubo un momento como he dicho en que se incorporaron ocho millones de personas al mercado laboral, donde los hogares tenían mayores
ingresos y por tanto mayor capacidad de endeudamiento. Esa era la realidad. Después vino el paro. Se ha halado poco del paro aquí, pero es que la segunda recesión es la que ya lleva a la economía española al máximo de paro. En esos años
estábamos en el mínimo estructural, que ya es grande, el 8,5, pero es que se llegó a casi el 26, y cuando entra el paro en una familia no se pueden atender las obligaciones financieras, y lógicamente no se puede atender al pago de las hipotecas.
Pero eso no quiere decir necesariamente que todas las hipotecas estuvieran mal dadas. Lo que quiere decir es que mucha gente no puede hacer frente, ante una crisis como la que hubo en España, a sus compromisos anteriores. Por eso las entidades al
principio de la crisis tuvieron problemas de financiación y después tuvieron problemas de solvencia, porque las carteras crediticias no se pagaban, no solamente las hipotecas, sino también los comercios, porque la actividad económica se empobreció.


Limitar los loan to value. Vuelvo a decir que nosotros no teníamos capacidad de modificar las normas que estuviesen establecidas. Había normas ya establecidas que afectaban, como he dicho en mi intervención, en cuatro ámbitos: uno, si se
daba un crédito hipotecario por encima del 80% del loan to



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value computaba el doble en recursos propios, según Basilea I; dos, computaba el doble en la provisión genérica; tres, computaba el doble o cuatro veces más en la estadística, y cuatro, no era elegible para emitir cédulas hipotecarias, que
era la forma mejor que ha tenido la banca española para poder financiar las viviendas tan baratas, porque se transmitía el coste de esa financiación, que era muy bajo. Como he dicho se llegó a reducir 15 puntos básicos de los índices de referencia,
y ante ese menor coste en la financiación, por la solvencia de las entidades españolas y porque el producto era un producto bien analizado, los inversores extranjeros institucionales decían: aparte de la solvencia del emisor existe la garantía de
toda la cartera hipotecaria, con independencia de la elegibilidad, porque la elegibilidad era solamente para emitir. Si la cartera era de 100 y la elegibilidad era 20, respondía 100 sobre sus 20. Se pudo financiar la vivienda en España muy barata,
mucho más barata que en otros países de Europa. Eso son los hechos y están en las estadísticas.


En cuanto a la capacidad de las personas para solicitar hipotecas normalmente cuando una persona va a pedir una hipoteca se analiza su forma de pago, si tiene un trabajo estable o no, si firman las dos personas que forman el hogar, si están
las dos trabajando; está el loan to value, si la garantía es buena, pero como ya se ha dicho antes -y también lo he dicho yo- la concesión hipotecaria no está exclusivamente basada en la garantía, sino en la capacidad de pago -la garantía es un
refuerzo-. Hay dos límites, el loan to value y sobre todo la capacidad de pago de los obligados al pago, es decir, la corriente de ingresos que van a tener por un periodo largo para hacer frente a esta necesidad, y en ese momento como he dicho
había un crecimiento del número de personas trabajando por hogar del 1,36 al 1,54. Es decir, la capacidad de pago había mejorado. A veces hablamos del cost income, que es la otra forma de medir la capacidad de pago. Si no recuerdo mal, el cost
income en 2004, es decir el coste del servicio a deuda sobre los ingresos netos del que debe, solamente superior al 50%, era del 8% de los créditos; en 1995 era el 12. ¿Por qué? Porque había habido un incremento de la renta per cápita y de los
hogares, y por tanto la capacidad de las personas que solicitaban las hipotecas en ese momento era mayor. El problema fue el paro, el problema fue la crisis. Ellos tampoco vieron la crisis, ellos tenían un puesto de trabajo; la crisis les afectó
y nos afectó sistémicamente.


¿Las cajas incrementan el crédito más que otras entidades? Sí señor. He dicho que con las características que tenía el sistema financiero las cajas en su actividad eran más geográficamente limitadas y se estaban expandiendo, pero su
actividad financiera fundamentalmente siempre ha sido financiar a hogares por hipotecas. Por tanto estaban actuando en su ámbito de conocimiento; otra cosa es que en su expansión, en su gestión y en su gobernanza faltaron los resortes adecuados
-como también le he dicho- que sí que existían en otra parte del sector, en los bancos. La Ley 13/1985, de Órganos Rectores de las Cajas de Ahorros, en su exposición de motivos habla de la democratización de los órganos rectores de las cajas, y
establece unos cupos de representación en los órganos -la asamblea, el consejo- de personas que imponen instituciones que están en el ámbito de estas entidades sociales. Eran entidades sociales por su naturaleza, y el Tribunal Constitucional dictó
varias sentencias porque las comunidades autónomas en sus estatutos tenían atribuidas facultades de supervisión y vigilancia, pero al mismo tiempo tenían facultades de poner gente en estas estructuras de gobernanza de las entidades. Había un
conflicto -¡claro que lo había!-, no podían elegir los mejores gestores; no tenían acciones; no podían, en caso de equivocarse, ir al mercado de capitales como los bancos; dependían de la generación de resultados y no de su distribución a la obra
benéfico-social.


En cuanto a las limitaciones de las cajas fuera de España en el periodo en que yo estuve en el Banco de España, si se mira la hemeroteca podrían ver las quejas de las cajas contra el Banco de España, porque no las dejábamos comprar entidades
fuera de España. Incluso nos pusimos restricciones a que comprasen bancos en España si no era para actividades específicas, porque para hacer banca al por menor ya tenían el vehículo de entidad de crédito que era la propia caja. Recordábamos
constantemente a las cajas su naturaleza especial, su no ánimo de lucro; eran entidades muy especiales, con una naturaleza jurídica muy especial, llegando a decir el Tribunal Supremo y el Constitucional que podían ser entidades sociales, pero sobre
todo entidades de crédito. Ahí no había duda. Y la supervisión la tenían las comunidades autónomas a través de los estatutos de autonomía en temas tan importantes como la fusión. También podemos hablar después de por qué se tardó más o menos,
quién decidía que se fusionase una u otra, quién lo autorizaba.


¿Los SIP fallaron? Yo no estuve en ese momento. He estado sentado en esa silla y sé lo difícil que es supervisar, pero todavía es más difícil resolver un problema de una entidad. Ahora hay muchos más



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medios, ahora se ha cambiado, pero quizá los SIP pudieron tener su sentido porque no se podían fusionar las entidades sin la autorización de las comunidades autónomas.


Me pregunta por la Ley de Disciplina. La Ley de Disciplina era lo que era, un marco legal vigente en esos años que permitía a la supervisión hacer unas cosas y otras no. Lógicamente si alguien se salía de la legalidad teníamos facultades
para actuar. Si no se salía de la legalidad podíamos recomendar, y recomendábamos mucho. Se ha hablado mucho de que no hubo suficiente persuasión. Les aseguro que sí que hubo persuasión por parte del Banco de España, ahora, ¿alguien nos dejó de
hacer caso? El 30% de las entidades que tuvieron problemas a lo mejor no nos hicieron tanto caso como el resto.


Yo dije que la crisis había terminado en 2014, y efectivamente así fue. La crisis, que empezó financiera en 2007 para algunos con las tensiones y en septiembre de 2008 con Lehman Brothers, tuvo su momento álgido en Europa, en la zona euro,
con la crisis del euro, con la crisis de algunos países componentes del euro. Incluso se llegó a cuestionar la propia continuidad de la moneda única. Eso fue en 2013 y en 2014 ya eso se quedó atrás, después de que interviniera eficazmente el Banco
Central Europeo y de que su presidente, el señor Draghi, diera seguridad al mercado, diciendo que se haría lo que se tuviera que hacer para que no se crease esa ruptura. La crisis empezó financiera en 2008 o 2007, después hubo una segunda crisis, y
ya en 2014 fue otra cosa, lógicamente después de haber rescatado a parte del sistema de cajas de ahorros, pero no a todas, porque hubo cajas de ahorros muy bien gestionadas, de hecho todavía están ahí, compitiendo eficazmente.


¿Después vino el Banco Popular? Sí, en 2017. ¿Todo es atribuible a la crisis? No, hay un periodo de crisis, incluso el informe del Banco de España lo limita a 2014, dos años después de la asistencia financiera. ¿Nos ha costado la crisis
40 000 millones? No, se pidieron 41 000 millones. De una línea de asistencia de 100 000 millones solo se pidieron 41 000. Se han perdido 60 000 millones, 20 000 dados por los bancos. Efectivamente ha sido una crisis de algunas cajas por varios
motivos, como hemos dicho por su gobernanza o por la rapidez de actuación, porque no es lo mismo tener un accionista privado o una cotización que vaya marcando la evolución de la entidad; la capacidad que tiene una sociedad anónima o una sociedad
de capital es distinta de la que tenían las cajas para reaccionar, para sustituir, para anticiparse a los problemas.


Ha hablado del equilibrio entre los 40 000 y los beneficios de los bancos. Hay que medirlo por rentabilidad más que por los 9000 millones de beneficios. Los grandes bancos pasaron la crisis con mejor rating que el Estado español; los
inversores internacionales los consideraban más seguros que el Estado español. Esto ayudó a que tuvieran capacidad para ayudar al resto del sistema y también a intermediar financieramente en la economía española. ¿Qué hubiera pasado si también los
grandes bancos españoles hubiesen tenido problemas? ¿Cuál hubiera sido la magnitud de la crisis? Por tanto, las gestiones que hicieron las entidades que han sobrevivido, y que siguen compitiendo, también estuvieron influidas por la actuación del
supervisor, por sus recomendaciones, aunque no fueran exigencias. Pero cuando hablas con un profesional y se cree lo que le estás diciendo y lo entiende, actúa de una forma, pero al que no se lo quiere creer, ¿se le puede sancionar si no está
incumpliendo una normativa? Nos hubieran demandado. ¡Cómo una institución del Estado va a sancionar a alguien por no incumplir una norma de obligado cumplimiento! Si no hay incumplimiento, la actuación del supervisor queda reducida, no se puede
incoar expedientes y no se puede remover a un consejo de administración porque nos demandarían; sería un abuso de autoridad. Ahora, afortunadamente, hay otras medidas, pero ha pasado una crisis, y entonces no las hubo.


La rentabilidad de las entidades de crédito contribuye a la solvencia de las mismas. Un sector que no es rentable, no puede tener una capitalización adecuada porque los inversores no invertirán en él. Por tanto, es muy importante que las
entidades sean rentables y eficientes, pero durante muchos años no han tenido beneficios porque han tenido que hacer muchas provisiones, provisiones que ascienden a unos 300 000 millones. Se ha tenido que pedir al mercado capitalización y los
recursos propios de los bancos se han incrementado en 63 000 millones. ¿Quién ha contribuido a eso? Los accionistas de los bancos, que también son ahorradores, a través de fondos de inversión o directamente comprando las acciones. Lo que hay que
recordar en esta crisis es que ningún depositante ha perdido un euro porque esto era lo más importante, preservar los ahorros de los depositantes para mantener la confianza en el sistema. ¿Podemos imaginar qué hubiera pasado si se hubiera dejado
caer a las entidades, ir a un concurso de acreedores y, por tanto, liquidarlo? ¿Dónde hubieran ido los empleados, dónde hubieran ido los depósitos? Inmediatamente se habría producido el efecto de ir a la seguridad y hubiera habido una corrida de
depósitos en todo el sistema, que hubiera caído en su totalidad.



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Las autoridades, al inicio de la crisis, en 2008, proveyeron de financiación porque los mercados estaban cerrados, todavía el mercado interbancario sigue cerrado y no se cruzan operaciones interbancarias entre bancos, todo se realiza a
través del Banco Central Europeo. No se ha restituido todavía el temor al riesgo de contrapartida pero, gracias a Dios, a la buena gestión de las entidades que han sobrevivido a la crisis, al esfuerzo de los accionistas que han perdido durante años
rentabilidades, al de los ahorradores también, no grandes inversores, sino ahorradores, se pudo atender al pago de los depositantes de los demás. El rescate no fue un rescate de consejos de administración, fue un rescate de entidades; algunas de
esas entidades fueron compradas por otros bancos bien gestionados y con capacidad de gestión y de recursos propios para poder minimizar los efectos de la crisis -60 000 millones-, dándose por los bancos privados 20 000 millones. Afortunadamente,
había bancos y cajas que han asumido también un papel de estabilización y de rescate del sistema bancario tras la crisis que hemos sufrido.


¿Considero que tienen suficientes facultades ahora? Ahora estamos en un mundo nuevo. La crisis ha tenido una dimensión tan grande que ha afectado a tantas entidades en el mundo, a tantos sistemas, que la maquinaria de instituciones
internacionales se ha puesto a pensar y han empezado a pedir más capital, mucho más capital, así como que se dé más capacidad a los supervisores para actuar de forma temprana y para exigir incluso guías de recomendación. Ha habido también un riesgo
que antes solo se atendía de una forma cualitativa; ahora, al riesgo de liquidez se le han puesto unas ratios de cumplimiento obligatorio porque es un riesgo que se ha demostrado que ha sido y es muy importante. Antes estaba identificado, pero no
había un coeficiente que si se incumplía se producía sanción. Sí, se ha mejorado mucho. ¿Eso significa que estamos ahora cubiertos, con facultades suficientes y que no va a pasar absolutamente nada? Nunca hay riesgo cero, pero lo que hay que ver
es si las mitigaciones son adecuadas y si, lógicamente, los supervisores tienen sus facultades, que entiendo que ahora son mucho más y mucho mejores que las que tenían.


¿Mecanismos suficientes? Después de la crisis se ha introducido un mecanismo, el de resolución. Antes no había diferenciación cuando había una crisis bancaria y cuando había una crisis de un sector industrial. La solución pasaba por la
entonces Ley de Suspensión de Pagos y Quiebra y, claro, no es lo mismo una entidad de crédito, que tiene ahorro de terceros en forma de depósitos, que una sociedad industrial, que tiene riesgos de bancos que han invertido ahí u obligacionistas. El
trasfondo de llegar ahí supone, lógicamente, un riesgo que hay que tener en cuenta y lo que se ha hecho ha sido una normativa internacional, que en Europa se ha desarrollado con un reglamento y con una directiva, la Directiva de Recuperación y
Resolución Bancaria, donde no estás ya con un ámbito de un juez, como en la suspensión de pagos antigua y concurso a proveedores, sino que es una decisión de acto administrativo, pero ya estamos en otra dimensión. Ya no es el Banco de España, ya no
es el FROB; estamos en el Mecanismo Único de Supervisión Europeo. Estamos no solamente con la supervisión, sino con el mecanismo de resolución, con una junta de resolución europea.


Concentración bancaria. Efectivamente, nos hemos concentrado. He dicho que había 207 entidades que supervisábamos -47 cajas- y ahora hay 10. Bancos han desaparecido también, han sido absorbidos. No han costado un duro al erario público,
pero, lógicamente, a los accionistas sí. Ha habido una concentración. ¿Eso quiere decir que no hay competencia? Yo creo que nos tenemos que fijar en si hay competencia. En España sigue habiendo mucha competencia en el sector bancario. Por
tanto, la concentración sin competencia es un problema y concentración con competencia es otra cosa. Hay países en los que el mercado bancario tiene menos entidades que las nuestras y también hay mucha competencia y nadie dice que esta
concentración esté afectando al consumidor o a las empresas. En Canadá hay cuatro bancos, pero en Europa no. En Alemania hay un montón de entidades, un montón; sin embargo, en Francia hay menos entidades que en España. ¿Dicen que no hay
competencia en Francia? Lo importante no es la concentración -bueno, los niveles de concentración actuales-, sino la competencia que hay entre las entidades y todos sabemos que en España se compite en el sector bancario.


Autoridad macroprudencial. Es necesaria. Unas conclusiones de la crisis son las medidas macroprudenciales y tener la autoridad macroprudencial, pero les recuerdo que todavía no la tenemos. En España aún no hay una autoridad
macroprudencial. Está pendiente y las autoridades internacionales han dicho que es necesaria y conveniente para reducir y mitigar riesgos. Por tanto, es importante y, si hubiéramos tenido medidas macroprudenciales para actuar entonces, hubiéramos
tenido un arsenal de herramientas para hacerlo mayor que el que tuvimos. Espero, señora Pérez Herráiz, haber contestado a todas sus preguntas. Muchas gracias.



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Señor Navarro, dice que no explico bien con la caída de los PIB la doble recesión. Tengo un gráfico que abunda un poco más en lo que he dicho en mi exposición inicial. En mi exposición inicial dije que en 2009 el PIB había caído un 3,7%;
en 2012, un 1,6%; y en 2013, un 1,7 %. Pero en 2007 estábamos en el 3,6% y de ahí pasamos en 2008 al 0,9% y en 2009 al -3,7%. Hubo una caída del +3,6 al -3,7%. En una economía esta es una caída de una inclinación, de una profundidad y de una
dimensión muy importante. A pesar de eso, el sistema bancario español, como dice el propio Banco de España en su informe, resistió el envite de la primera recesión en uve, como pensábamos todos. Pero inmediatamente, tras poco más de un año, con
poco crecimiento -en 2010 se creció un -0,1% y en 2011, el 0,1%-, volvimos a caer otra vez. Ahí es donde ya no tuvimos capacidad. En la primera, se reaccionó con ayudas financieras, con líneas de avales, con garantía de emisiones. En la segunda,
el paro había llegado al 25,8%, subiendo desde el 8,5% en que estaba en 2007, y se mantuvo varios años alrededor del 25%. La segunda recesión trajo el paro y el paro lógicamente trajo impagos. La calidad de la cartera crediticia no era la misma,
había que hacer provisiones y se necesitaba capital. Ya no solo era necesaria la financiación, sino la recapitalización del sistema.


Por tanto, la doble recesión sí que fue un factor clave y determinante para entender la crisis financiera española. En la primera estuvimos influidos por la financiación que teníamos. La teníamos porque creíamos en el euro. Las entidades
creían en el euro. Era nuestra moneda y se financiaban en nuestra moneda. Como se ha dicho después, cuando teníamos la peseta había unos límites, teníamos que devaluar y había unas correcciones del mercado; en el fin de semana teníamos que
anunciar unas correcciones en el cambio de la divisa. Pero cuando entramos en el euro en 1999 perdimos no solamente la seguridad monetaria, sino también la cambiaria. Sin esas dos herramientas de ajuste, estábamos más indefensos ante una crisis
tan importante como la que vino.


Gobernanza de las cajas. Todos sabemos cómo estaban los órganos de gobierno de las cajas, cómo se constituían y cuál era el reparto. Incluso en la Ley 44/2002 de reforma del sistema se tuvo que decir que más del 50% no, porque estaba
cuestionado ya por Europa que eran entidades públicas. Los ámbitos de actuación de las cajas imponían a sus representantes; no necesariamente eran los mejores, como después se demostró, y no igual en todos los sitios. ¿Había una mayor exposición
de las cajas al sector inmobiliario? Sí. Ya he dicho antes que los bancos estaban más desarrollados financieramente. Tenían una internacionalización mayor, estaban en riesgo al consumo, en riesgo a grandes empresas, mientras que las cajas estaban
en la financiación a hogares y a pequeñas y medianas empresas. Lo que hicieron fue financiar la demanda que había en el sector pensando que con la garantía en algunos casos era suficiente. El Banco de España les tuvo que recordar que no solamente
era eso, sino que había otros atributos que mirar en la concesión. Cuando iba el Banco de España y veía créditos mal concedidos, mal clasificados o mal provisionados, ya había un incumplimiento y había sanciones. Ya eran requerimientos. Pero, nos
gustase o no, por mayor exposición lo único que había eran recomendaciones. No podíamos sancionar. Nos hubiera gustado tener el pilar II que después hubo, pero les recuerdo que se traspuso la directiva de Basilea II de 2004 con una ley de 2006, un
reglamento desarrollador en 2007 y la circular en 2007.


Crisis de cajas. Mayor inanición el supervisor. No. Carta de supervisión. Pasividad del supervisor. No. La carta la conocemos todos, pero le voy a leer dos fragmentos, y no voy a empezar por el que todos piensan, (El señor Mayoral
Perales: Lo suponíamos), no voy a empezar por el último. Después de haber dicho que no se tenía en cuenta, que es una carta que no tiene en cuenta ni las actuaciones ni lo que se ha dicho, si entran en la web del Banco de España y ven las
recomendaciones, verán que todavía siguen vigentes. Eran muy buenas recomendaciones. En la página tercera, dice: ' ... no queremos decir que con esto las entidades de crédito se hayan equivocado acudiendo a estas fuentes de financiación, pues a
fin de cuentas el riesgo es parte intrínseca del negocio bancario y la misión de los gestores bancarios -y de sus supervisores públicos- no es rehuirlo, sino identificarlo y gestionarlo adecuadamente'. El párrafo mismo, que empieza así, termina
diciendo, porque ponía problemas y pensando más en un crecimiento de los tipos de interés: 'De ser esto así, las entidades de crédito españolas estarían operando sin afectar suficientemente sus cuentas de resultados con los cargos por provisiones
necesarios para hacer frente a la pérdida esperada de sus carteras, por lo que, salvo que los gestores de las entidades hubieran decidido unilateralmente retener una parte de los beneficios de las sociedades que dirigen en forma de reservas, es
previsible suponer que el nivel de solvencia de estas acabe viéndose afectado una vez cambie la coyuntura y se manifieste el riesgo latente en sus carteras'. Hasta 1990, los dividendos se tenían que autorizar por el Banco de España en una orden
ministerial.



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Después se derogó, pero el Banco de España no levantó el pie del pedal y le exigió a las entidades, a través de una recomendación, que no dejasen de retener más del 50%, y así debe ser. Así lo hicieron. Si se ve la estadística de
distribución de resultados, se ve que el pay-out estaba por debajo del 50%. Por tanto, esto de decir 'salvo que los gestores de las entidades hubieran decidido unilateralmente', claro, eran los que lo tenían que decir, pero el Banco de España
estaba detrás.


Distribución de dividendos menos del 50%. Les leo literalmente la recomendación del Banco de España. Lo encuentran en la memoria de supervisión del año 2002. 'La decisión sobre la distribución del dividendo, en el caso de entidades con
naturaleza societaria, o del beneficio neto, en el resto de entidades de crédito, corresponde a los órganos de gobierno de las entidades. Pero es recomendable mantener en el tiempo una política de reparto de dividendos o, en su caso, de excedentes,
sostenida y coherente, basada en la premisa de que, por su naturaleza, la fijación de dicho importe no debe hacerse en virtud del reparto realizado en el ejercicio anterior o de otros factores como, por ejemplo, la evolución de la cotización
bursátil, etc., sino en función del resultado del ejercicio presente y de su carácter recurrente. Una buena referencia que cabe tener en cuenta es que, en general, la parte de los beneficios del ejercicio destinados a reservas suponga, de media, en
torno a la mitad del beneficio publicado y recurrente (beneficio recurrente atribuido al grupo en el caso de grupos consolidados). La adopción de decisiones sobre el porcentaje del dividendo de cada año no debe apartarse de este marco de
referencia, configurado como política de la entidad, y cualquier alejamiento de ella tendrá carácter excepcional, habrá de ser compatible con las estrategias de crecimiento y asunción de riesgos y deberá evitar esquemas de remuneración esporádicos y
no sostenibles en el tiempo, lo que implica que esté previsto el retorno a la situación de normalidad representada por la política general'. 1990. Se mandó una carta diciendo que se liberaba el 50% e inmediatamente se les puso esto y la mayoría de
las entidades lo respetaron. Por tanto, que se diga que íbamos a tener un problema si no se dotaban las provisiones... Se estaban dotando. No solamente se dotaban las provisiones, es que se estaban constituyendo reservas.


En el segundo párrafo, que es el que todos esperan -lo tengo que decir-, terminan los inspectores -se dice que son los que más saben porque conocen, lógicamente, la realidad-, diciendo: 'También nosotros consideramos que la gran mayoría de
las entidades de crédito españolas están bien capitalizadas y que por ello su solvencia no es previsible que se vea comprometida aun en los escenarios más desfavorables'. Es la misma carta. Éramos conscientes, estábamos preocupados y estábamos
haciendo lo que podíamos, pero hasta los propios inspectores reconocían la realidad en ese momento.


Paso al ICE. Déjenme que se lo explique porque aquí hay algunas cosas que aclarar, para que luego no haya confusión. No solamente estaba el ICE, que era el informe de la comisión ejecutiva; también estaba el IDE, el informe del director
general. Como les he dicho, yo estuve en el Banco de España veinticuatro años: empecé por inspector de entidad de crédito y fui subiendo en el escalafón a lo largo de los años; en los seis últimos años tuve el honor de ser director general y
miembro de la comisión ejecutiva, con voz pero no con voto. A la comisión ejecutiva iban los escritos de observaciones que se enviaban a las entidades después de las visitas o actuaciones supervisoras. Los informes de inspección con anexos podían
ser bastante extensos, de ahí las conclusiones. El inspector de cabecera sacaba una propuesta de escrito de observaciones a la entidad, que era lo que se elevaba al director general y al director de departamento y que luego se llevaba a la comisión
ejecutiva. ¿Qué es el ICE? El ICE no es un documento sustitutorio del informe de los inspectores, todo lo contrario: es un documento en el que se sustancia la base -es decir, las conclusiones del informe- para emitir el escrito de observaciones a
las entidades. Antes no se hacía y yo lo establecí cuando fui director general. ¿Y por qué lo establecí? Porque quería que quedase constancia en la secretaría de la comisión ejecutiva de los escritos que se mandaban y el por qué. ¿Y cómo
empezaba el ICE?: Informe que se eleva a la comisión ejecutiva en referencia a la visita e inspección a esta entidad, cuyo informe es de fecha... Se hacía especial referencia al informe que se había levantado por los inspectores. Antes no existía
eso; antes había un informe y un escrito de observaciones, y ahora lo que hay es un informe de actuaciones, un documento que recoge las conclusiones del informe y fija la fecha del informe y, sobre la base de esas conclusiones, se emiten unas
observaciones. El informe de inspección queda en la dirección general y la documentación soporte del escrito de observaciones queda en la comisión ejecutiva. No es un documento sustitutorio, es un documento que refuerza. No hay un salto; es más,
quien hacía el escrito de observaciones generalmente era el inspector de cabecera con el jefe de grupo, porque, como he dicho, los inspectores estaban asignados a unos grupos donde se hacía un seguimiento continuado de la entidad, y a veces había
que hacer inspecciones in situ, lo que venía a reforzar el conocimiento continuo, que se iba actualizando y



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enriqueciendo, de la situación de la entidad. Cuando se terminaba esa inspección, se hacía la propuesta de escrito de observaciones y esa propuesta, junto con el jefe de grupo, se elevaba al director de departamento y de ahí subía al
director general. Les he dicho que había dos informes, el ICE, informe de la comisión ejecutiva, y el IDE, informe al director general. Eran prácticamente iguales, pero a mí -aparte de eso- me venía una hoja que era la ficha de la entidad, el
resumen ejecutivo de la entidad. Yo había establecido un resumen ejecutivo, teníamos mucha documentación, y ahí se ponían las características y la situación de la entidad y en el adverso figuraba la matriz de riesgos en base al enfoque riesgos, el
riesgo supervisor. Porque cuando iba a la comisión ejecutiva a exponer el escrito me podían preguntar sobre el tamaño de la entidad, su financiación, sus recursos propios y mi cabeza no daba para tanto, tenía que tener una `chuleta´. Esa
`chuleta´, ese informe que se actualizaba trimestralmente, se añadía y eso formaba el IDE. El ICE, era lo que le he dicho, quedaba como soporte de las conclusiones haciendo referencia expresa a la fecha del informe del inspector. Nunca han ido los
informes de la inspección a la mesa de la comisión ejecutiva. ¿Quién lee esto? ¿Quién lee semanalmente todos esos informes? ¿Los cuatro miembros de la comisión ejecutiva? No, ellos se enteraban de los escritos y quedaba una documentación
adecuada. Es más, creo que fue en 2012 o en 2013 cuando el actual gobernador formó una comisión que revisó los procedimientos de la supervisión. Mandó presidirla al consejero ejecutivo López Roa. En el equipo no solamente estuvo gente del Banco
de España sino también de la supervisión francesa y holandesa, si no recuerdo mal. Dieron todo el procedimiento como bueno y lo único que incorporaron fue un canal por si había una discrepancia. Muy bien. ¿Eso significaba que cuando había
discrepancia no llegaba arriba? ¿Eso significaba que se silenciaba? No, se estableció un canal de control. Según parece, solamente ha habido un caso desde entonces en tres años -según se ha dicho en esta Comisión-. La ley 44/2002, de Medidas de
Reforma del Sistema Financiero, estableció que los organismos de supervisión tenían que tener una memoria de supervisión de sus actividades y que tenían que estar auditadas internamente. El Banco de España, al conocer ya el proyecto en 2001 publicó
su primera memoria de inspección -desde entonces la sigue publicando-, pero es que en 2002 ya figura la carta del auditor interno del Banco de España, diciendo que todos los procedimientos de supervisión se han cumplido sin salvedades. Eso es
importante saberlo. No solamente se hacían las cosas bien sino que se controlaba que se hacían bien. Esa es la historia del ICE y formaba parte del registro de la comisión ejecutiva. ¿Había trazabilidad en cadena? Más que antes. Sin el ICE no
había trazabilidad. ¿Que los inspectores no conocen lo que ha ido en el ICE? ¡Si lo tienen archivado en la documentación de su grupo! ¿Que los inspectores no conocen si se le está requiriendo a la entidad? Desde luego, los que están en otro
departamento no, porque hay unas murallas de confidencialidad dentro de la inspección, o por lo menos las había. Pero los del mismo grupo saben perfectamente los escritos que se están mandando a la entidad porque tienen que seguir después su
cumplimiento, y ellos saben perfectamente lo que estaba en el informe de inspección, lo que se le ha requerido y lo que han contestado. El Banco de España es una institución muy importante en el sistema financiero español y con unos procedimientos
muy bien establecidos, no estáticos, evolucionan, pero los tiene y supervisa que se cumplan. En cuanto a si se perdió información con el ICE, todo lo contrario, se dejó registro. Espero haber contestado a sus preguntas.


Señora Díaz, hace referencia a escritos míos, a cosas que yo he dicho en varias ocasiones en escritos y en comparecencias. En general, si no me específica mucho los temas, le diré que me ratifico en todo lo que he dicho, lógicamente en
algunos casos puede haber matices con el tiempo, pero yo me ratifico en todo lo que he dicho. Yo no he dicho que la crisis financiera quedaba atrás; lo que dije es que estábamos en una fase que ya no se podía decir de crisis financiera, porque ya
habíamos dejado la asistencia que tuvimos del organismo europeo de estabilidad financiera con la línea de 100 000 millones de euros y 41 000. Ya había habido una estabilidad, el euro había retornado y la situación era distinta. Aunque los niveles
de financiación de la economía todavía siguen por debajo de las cotas que había -porque lógicamente la cartera, que está viva, tiene un periodo de maduración que va venciendo y, por tanto, lo que vence no es mayor que las nuevas disposiciones-, ya
se empezó a financiar el crédito solvente. Hubo momentos en que no se podía financiar porque no había financiación en el país, y además había una crisis de entidades, pero a partir de 2004 entramos en un escenario diferente y, por tanto, era
distinto. ¿Que había un sistema bancario sin riesgos? No, un sistema bancario siempre tiene riesgos, lo único es que si hay unos riesgos hay que mitigarlos. ¿Ayudas públicas gracias a la banca? Las ayudas públicas no fueron a la banca. Algunas
veces fueron a algunos bancos en el grupo consolidado de cajas de ahorros, pero ningún banco ha recibido ayudas públicas, ni un euro. Es más, los bancos han dado de su fondo de garantías 20 000 millones de euros para resolver la crisis; es más,
los bancos y las cajas que no fueron



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intervenidas, que estaban bien gestionadas han ayudado, adquiriendo otras cajas, a facilitar la salida de la crisis. ¿Doble recesión? Vuelvo a decirlo, la doble recesión es muy importante, la segunda sobre todo. Si hubiese sido solamente
una, la pasamos mejor que otros países, pero estabilizando con la historia que teníamos entonces de que el PIB se había caído en el 1993 un 1%, teníamos provisiones por el 3% del PIB, que era el 1% de los activos del sistema y el 1,33 de los activos
ponderados por riesgo. Con eso hicimos frente al primer envite de la crisis, pero después vino la segunda, y todos sabemos lo que fue. El 70% del sistema lo superó; gracias a ese 70% se superó. ¿Qué hubiese pasado si no solamente el 30% de las
entidades hubiesen tenido que tener asistencia, sino que hubiesen sido más? Que estaríamos en una situación mucho más complicada. También me dice que las cajas de ahorros trasladaron sus domicilios a paraísos fiscales. No. Ahora, recientemente,
algunas entidades han cambiado su domicilio dentro de España y no es tan fácil, pero no se los llevó nadie a paraísos fiscales, porque no se lo hubiera autorizado la autoridad, lo tendrían que haber aprobado las comunidades autónomas. (El señor
Mayoral Perales: Sí). No, las cajas de ahorros no trasladaron sus domicilios a paraísos fiscales; las sedes sociales a paraísos fiscales, no, no; las sedes sociales han estado en España. Respecto a la carta de la asociación de inspectores, si
me permite ya la he contestado.


Sobre los seis meses de incompatibilidad en la AEB, le voy a contar una cosa, si me lo permite. Cuando en el 2006 salí del Banco de España, la normativa interna decía que los directores generales que salieran a una entidad supervisada
tenían que estar seis meses antes de poderlo hacer y se quedaban con el 80% de su sueldo. Yo fui a una asociación de bancos, no era literalmente una entidad supervisada, y pedí que se me aplicase; se lo pedí a la AEB y se lo pedí al Banco de
España, argumentando que era bueno para las dos, para la institución que yo había defendido durante veinticuatro años y para la que iba a entrar. Lo entendieron perfectamente y yo estuve seis meses al 80% de mi sueldo. (Rumores). Simplemente se
lo informo. En cuanto a si nos hemos beneficiado por no actuar, no entiendo la pregunta, ni en el conjunto ni en el específico. Yo, no solamente en mis años de director general sino desde que entré a trabajar en el Banco de España, he hecho
siempre lo que tuve que hacer; y no solamente yo lo he hecho sino que lo he visto y me enseñaron a hacerlo. (Rumores). Lo que quiero defender es al colectivo de inspectores. Hay profesionales como la copa de un pino en el Banco de España,
profesionales a los que no se les puede decir: no hagáis esto. A un profesional de los niveles que yo he visto, ¿quién le va a decir que no haga eso? Desconozco si ha ocurrido, pero no es tan fácil, no lo es. (Rumores). Lo desconozco, pero le
hablo del nivel de profesionalidad que he visto y que conozco. Se puede argumentar mucho, pero que quien lo haya visto lo denuncie con caras y ojos y lo diga, no en general. El Banco de España es una institución muy importante, muy importante, y
la supervisión que yo he vivido y los profesionales con los que he trabajado han sido un ejemplo para mí, y el convivir con ellos ha sido para mí, como he dicho al principio, un privilegio por la dedicación y la capacidad con la que han desarrollado
su función. ¿De qué nos hemos beneficiado? ¿Qué intereses hemos atendido? El de hacer bien el trabajo. (La señora Díaz Pérez pronuncia palabras que no se perciben). Yo, en mi función pública, he intentado hacer siempre bien mi trabajo,
permítame la aclaración. Es que yo no sospecho de que otro funcionario no esté en esa misma dinámica y, si no lo está haciendo, que se le identifique pero no en genérico. ¿De qué nos hemos beneficiado mis compañeros o yo? No entiendo su pregunta,
señoría.


Respecto a la fusión de cajas gallegas, desconozco de lo que estaban hablando, llegué, como sabe, antes de que finalizara el anterior compareciente y desconozco el documento ni sé concretamente a lo que se refiere, pero le puedo decir que
respecto de las cajas las autonomías tenían facultades para autorizar la fusión. Simplemente un matiz, que no solo era el Banco de España sino también las cajas; las autonomías en sus estatutos podían autorizar la fusión.


Sector bancario versus intereses generales. (Rumores.- La señora Díaz Pérez hace signos negativos). ¿No era esa la pregunta?


La señora PRESIDENTA: Doña Yolanda, yo creo que vamos a dejar al compareciente y no le vamos a interrumpir ni a hacer comentarios.


El señor EXDIRECTOR GENERAL DE SUPERVISIÓN DEL BANCO DE ESPAÑA (Villasante Atienza): Si no era la pregunta, pues no la contesto, pero el sector bancario, lógicamente, es un sector regulado, supervisado, muy tasado y, lógicamente, los
intereses generales tienen que estar contemplados en la legislación. Y son ustedes, a través de su facultad legislativa, quienes tienen que velar para que se legisle y los órganos de supervisión para que se cumpla.


Espero haberle contestado a todas sus preguntas. (La señora Díez Pérez: A todas). Muchas gracias.



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Señor Paniagua usted ha dividido sus preguntas en tres etapas de mi vida profesional. La primera, la etapa precrisis -si se puede llamar así-, 2000-2006; me ha preguntado sobre medidas para limitar el crecimiento poniendo límite a la
concentración, límites a las preferentes. Le he dicho que medidas para limitar no existen, serían recargos; pero si las entidades aparte de esos recargos querían hacerlo, nos quedaban solamente observaciones. Dentro de esas observaciones está
esta que le he mencionado de 2004, de política de crédito hipotecario, que es una observación importante que está en la web del Banco de España. (Muestra un documento). Tiene cinco hojas, no se las voy a leer, pero se las puedo resumir porque está
contemplado también el informe del Banco de España. Dice que se hacían unas recomendaciones y reflexiones relativas a los principales riesgos observados en la actividad de financiación de hipotecas y promotora. En particular, cabe señalar las
siguientes -es un resumen; esto tiene más contundencia pero es un resumen-: La primera, respecto a la financiación inmobiliaria. El Banco de España señaló en este informe la importancia de respetar en las operaciones de financiación de hipotecas
minoristas el límite del 80%, en relación con la financiación concedida y el valor de la garantía aportada. La incertidumbre que generaba el alargamiento de los plazos en operaciones de préstamos de tipo de interés variable. La preocupación por el
volumen alcanzado en la financiación de la actividad promotora, máxime si por parte de los prestatarios no había una aportación de fondos proporcional a la magnitud del proyecto y las expectativas de la recuperación de crédito descansaban en una
hipotética subida de los precios. En relación con la financiación de las altas tasas de crecimiento del crédito hipotecario, se señaló que la necesidad de la creciente aplicación a los mercados requería de una adecuada gestión de los riesgos
mediante el seguimiento de una política de diversificación y el establecimiento de límites máximos de endeudamiento en los mercados mayoristas y de concentración de vencimientos por plazos. También se insistía en la mejora de los planes de
contingencia de liquidez. Por último, respecto a la gobernanza de las cajas de ahorros, se trasladaba que era imprescindible un correcto funcionamiento de los distintos órganos de gobierno y de las comisiones delegadas, debiendo cumplir con las
funciones de control de la actividad de la entidad. Como dice también el informe del Banco de España, puede plantearse la pregunta de si se podría haber actuado de forma más enérgica, promoviendo las modificaciones legales necesarias para
establecer límites a la concentración de riesgos por sectores a los niveles de apalancamiento, o a las proporciones máximas entre el valor de los préstamos y la valoración de sus garantías, loan to value. Como se ha indicado anteriormente en el
informe del Banco de España, no obstante, la implantación de este tipo de herramientas macroprudenciales no se contemplaba en la regulación internacional existente en aquel momento; no solamente en España, no se contemplaba internacionalmente. Por
otra parte, los niveles de solvencia y provisiones de las entidades, junto con la evolución de los mercados y las previsiones económicas, sustentaron la opinión de que, en general, las entidades podrían afrontar una corrección gradual de sus
balances con los instrumentos disponibles y la normativa legal entonces en vigor. Hubo varios informes sobre la apreciación o no o sobrevaloración del mercado de la vivienda, algunos del Banco de España, y rondaban desde el 8% al 20% los del Banco
de España y algunos entre el 20% y el 30%, pero todos concluían que este riesgo podía ser asumido de una forma adecuada porque había además una situación de solvencia en las entidades y de unas altas provisiones; después hemos visto lo que vino.
Esa era la realidad. Incluso el Fondo Monetario Internacional en el Cesap, que publicó los resultados en junio de 2006, hizo un estrés de la cartera hipotecaria con una caída del 30% del valor de la vivienda y, a pesar de todo eso, opino lo que ya
les he leído que opinaba.


En cuando a lo que me comentaba de la zona euro, pertenencia a la moneda única la política de cambio, efectivamente, comparto lo que decía, la peseta tenías unas devaluaciones y unos límites de ajuste -que era un ajuste del sistema- como
cualquier otra moneda y, lógicamente, cuando entramos en el euro esa capacidad de ajuste desaparece. Tener la soberanía de la política monetaria sí habría sido una palanca de ajuste y de frenado de la subida del crédito y del crédito inmobiliario,
porque en el momento en que encareces el producto la gente deja de demandarlo. Al no tener eso sino todo lo contrario, los tipos fueron durante mucho tiempo reales negativos, hubo un incentivo para entrar en el mercado. Me pregunta por las medidas
específicas en el año 2003. No recuero que la inflación que usted me menciona sea debida a ninguna específica más que a la labor de persuasión, insistencia y seguimiento constante que teníamos con las entidades, pero ninguna específica o concreta
que se hubiese emitido.


Crisis financiera global. En esos años, como he dicho, el riesgo sistemático que manejábamos en la supervisión internacional -el Banco de España estaba en el Comité de Basilea y nos tenían como referencia porque veían nuestra capacidad y
nuestras estructuras de actuación- era que alguna entidad



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al caer afectase dentro del sistema nacional a otras que estaban sanas y así se empezase un efecto dominó que tuviese unas consecuencias macro en vez de micro de una entidad. Para eso sí que estábamos preparados; de hecho, nuestra
intensidad supervisora eran las entidades con mayor dimensión, sobre todo algunas que estaban creciendo fuera de nuestras fronteras, para evitar que nos importaran por el canal del grupo situaciones que afectasen a la solvencia del conjunto del
sistema bancario. Nadie preveía la crisis sistémica global que tuvimos; sistémica global -la palabra global es importante- y simultánea, además no solamente en países desarrollados, como Estados Unidos, Inglaterra, Alemania, Francia, también en
los sectores y en los centros financieros más importantes, Frankfurt, Londres, Nueva York. Se paralizó por completo el mercado de financiación mayorista, ya no se podía emitir nada, no te lo compraban, no te lo financiaban, pero es que además la
confianza interbancaria desapareció, todo había desaparecido, el riesgo de contraparte. Basilea I fue un gran avance en la supervisión porque fue el que introdujo que el riesgo de los bancos está por el activo; antes se medía casi como un
endeudamiento, el capital en función de los depósitos, ahora hay un límite al endeudamiento todavía no definido pero sí propuestas. Entonces, un comité, con su presidente del Banco de Inglaterra, establece lo del 8% y hace un consumo de recursos
propios sobre la base de unos paquetes. El primero era el sector público nacional, 0% de consumo; el segundo, el interbancario, 0,20; el tercero, el hipotecario, por debajo del 80 %, 0,50, y el resto al 1%. Pero prestar a otro banco estaba
considerado entonces como algo seguro o más seguro que prestar a un cliente o al mejor cliente. De ahí vino después Basilea II, a todos al 1%; pues, ¡hombre! habrá diferencia entre un triple A que el que no lo sea. Nunca se pensó que iba a
paralizarse, se paralizó dentro y fuera, y eso ocasionó un frenazo tremendo, fue súbito y prolongado. El mercado interbancario sigue todavía inexistente y el otro, el mayorista, empieza a tener una evolución, pero no hemos llegado a los niveles de
fluidez ni de profundidad del mercado ni de actividad que tenía entonces. Por tanto, nuestro objetivo era local, pero en ese momento era el que existía como estándar internacional. El que ha venido nuevo es el que ha obligado, después de la
crisis, a establecer e identificar entidades sistémicas, pedir requerimientos más de consumo de capital, establecer desconexiones, pedir una serie de situaciones que entonces ni se pensaban ni existían. (Rumores).


La señora PRESIDENTA: Disculpe un momento, señor Villasante.


Les ruego a los señores diputados que si quieren hablar que vayan fuera, porque distorsionan un poco la intervención del señor Villasante.


Continúe.


El señor EXDIRECTOR GENERAL DE SUPERVISIÓN DEL BANCO DE ESPAÑA (Villasante Atienza): Muchas gracias, señora presidenta.


Cobertura de mora en porcentaje. Efectivamente, cuando la mora es baja el porcentaje puede ser muy alto, pero si lo medimos en términos absolutos era una dimensión también tremenda. Estamos hablando en 2005, último año completo en que
estuve yo de director general, que era de 250% de cobertura pero en términos absolutos estábamos hablando de 25 000 millones, de los cuales 20 000 millones eran genéricas. Efectivamente, proporcionalmente si es bajo puede ser no significativo, pero
es que a nivel absoluto era muy significativo. Si a eso añadimos nuestra insistencia para que no hubiera pérdidas ocultas o malas clasificaciones o defecto de provisiones y encima hubiese un exceso de capital del 30%, estamos en unos márgenes que
podríamos haber pedido más provisiones, pero ya nos estábamos llevando el 30% del margen de explotación, en unos momentos en que no se veían tampoco esos riesgos. Efectivamente, con una mora del 0,60 había unas provisiones del 252%, pero en
términos absolutos eran 25 638 millones en el sistema y 18 000 correspondían a provisiones genéricas. Cuando nosotros empezamos las estadísticas a finales de los años noventa estábamos por debajo de provisiones por el ciclo de nuestro punto de
comparación con países de la OCDE, pero en cuanto establecemos todo esto nos ponemos muy por delante de todos. Por tanto, no fuimos remilgados, era el arma que teníamos, no teníamos política monetaria pero sí teníamos política contable, hasta 2005
que entró el reglamento. Pero lo defendimos y les obligamos no solamente a hacer provisiones sino a no distribuir dividendos, es decir, que era una doble vía de retención, que les vino muy bien a las cajas porque si no, no tenían capacidad de
operar en el mercado de capitales en caso de necesidad.


Seguridad. La seguridad no existe al cien por cien; los riesgos se evalúan, se mitigan, se gestionan en base a las mejores actuaciones de gestión; podemos anticipar si estamos en una situación más solvente o menos solvente. Para mí lo
importante es profundizar en el euro, que nos va a dar la estabilidad y no se va a producir otra vez el fraccionamiento que hubo en el mercado en 2012 cuando cada país actuaba con



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relación a cómo estaba su sistema bancario con independencia de que tuviésemos la misma moneda. Cuando tengamos, por decirlo así, nuestro tesoro único y ese tesoro único europeo pueda emitir financiación en euros para todos, la estabilidad
de la moneda será mayor y, por tanto, nosotros estaremos mucho más protegidos.


¿Se han dado pasos muy importantes después de la supervisión bancaria? Ya no hay una supervisión bancaria por países. Hacerla conjuntamente desde el MUS, el Mecanismo Único de Supervisión, da una credibilidad mayor, por lo menos al mercado
y a las instituciones europeas, de que la hiciera cada banco o cada país, cada banco central o su supervisor local por su cuenta con sistemáticas de supervisión diferentes, porque ahora es única. Podrá ser mejor o no, pero estamos viendo una
institución que está naciendo y, por tanto, hay que darle también crédito. ¿Se aleja de nuestros principios de valoración contable y de inspecciones in situ? Creo que sería bueno que siguiesen haciéndola, porque esto nos da un contraste directo de
lo que está pasando en las entidades. Hay que decir que en otros países no lo hacían y lo dejaban en manos de terceros, de auditores externos. Por tanto, llegar a un nuevo mecanismo imponiendo todo lo de cada país puede ser complicado, pero confío
en que cuando se termine la unión bancaria, es decir, cuando se adopte el tercer pilar que no se ha aprobado todavía, que es el fondo de garantía común, y se profundice en la integración de la zona euro con un tesoro único, estaremos mucho más
protegidos para cualquier tipo de crisis que pueda venir no necesariamente de dentro, sino también que nos afecte de fuera.


Etapa de la crisis en la AEB. Como he dicho, la crisis tiene dos momentos: la financiera y la de solvencia. Creo que fue fundamental el tema de las fusiones, tener la dificultad de fusionar entidades con problemas y resolver o no tener la
capacidad de comprar una a otra. A un banco se le puede comprar, pero a una caja de ahorros no se la podía comprar, solamente se podía fusionar una que estuviese mejor que otra. Por tanto, no tener esas dos capacidades fueron limitativas. En
cuanto a si hubiera sido más rápido con el tema de la resolución de la crisis -ahora tenemos un sistema muy rápido que es de resolución administrativo y no judicial, porque también el concurso entonces prolongaba los temas-, la verdad es que no lo
sé; sinceramente no lo sé. Lo único que sé es que conozco a profesionales que han estado al frente de esa responsabilidad y estoy seguro de que hicieron lo que pudieron. Desconozco todas las piezas que tenían encima de la mesa y, por tanto, antes
de pronunciarme y tener una opinión, siempre tengo la cautela de que yo he estado en situaciones también muy difíciles y hasta que no tienes un conocimiento de todas las medidas que tienes que tomar, y todas las circunstancias, es muy difícil
juzgarlo desde fuera. Diría que inspeccionar es una cosa y resolver es otra. Los problemas siempre causan un perjuicio, aunque sea mínimo. Aunque se haya evitado un gran problema, al final el problema que queda es el que todo el mundo conoce y el
que todo el mundo critica. Como he dicho, faltaban medidas que ahora son internacionales. También dije lo de la crisis que había terminado en el 2004 y lo he explicado; es otra situación.


Banco Popular. Todos ustedes conocen la resolución del Banco Popular. La información no es completa, todavía las autoridades europeas, no españolas, tienen que pronunciarse y dar información sobre lo que ha pasado. ¿Hubiese sido viable el
banco sin la resolución? Según los especialistas, que son los supervisores y los gestores, no. El concepto de viabilidad es un concepto nuevo, es un concepto que incluso es futuro inmediato, porque puedes serlo o dejar de serlo a corto plazo. En
ese momento se daba una circunstancia, que el banco tenía una crisis que afrontar y no podía hacer frente a los pagos. Las autoridades de supervisión consideraron que no era viable y se activó el Mecanismo Único de Supervisión, mecanismo europeo
que fue el que decidió subastar el banco. Si no hubiera habido ninguna entidad que hubiera acudido a la subasta, hubiese ido a otra dimensión mucho más sistémica, mucho más perjudicial para el sistema, para la economía española, de dimensiones
mucho más duras que lo que ha podido suponer que una entidad, por su capacidad financiera, de solvencia y de gestión, haya podido dar el paso al frente para pujar por el banco.


Esta resolución, como han dicho las autoridades, no ha costado un duro al erario público. El que ha entrado ha tenido que estabilizar con su propia tesorería, 13 000 millones para estabilizar las salidas de financiación, dándole también la
garantía del grupo, pero ha tenido que poner 13 000 millones. Anteriormente las resoluciones eran con dinero del Banco Central Europeo. Este es el primer rescate bancario que se estabiliza con dinero privado, del que compra la entidad. Además ha
tenido que hacer una ampliación de capital porque la absorción de los activos consume capital, 7000 millones, y hay que tener capacidad de gestión para sacarlo adelante. Por tanto, la situación, como dicen las autoridades, no ha



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costado recursos del erario público y se ha evitado una gran tensión en el sistema bancario español y posiblemente con repercusiones en la economía española.


Modelo actual de supervisión. Más o menos lo he anticipado antes. Nuestro futuro es integración. Valemos más dentro que aislados. Somos Europa, tenemos una moneda, el euro, y estamos en las instituciones. La unión bancaria es muy
importante, es un paso adelante para evitar lo que pasó en 2012. Faltan etapas que cubrir, pero tenemos instituciones europeas en las que participamos. Por tanto, ya no se trata de cuestionar si lo hemos hecho nosotros mal. Lo hemos hecho dentro
de esas instituciones o lo han hecho esas instituciones con nuestra participación. Creo que eso es muy importante, profundizar en la integración no solamente de la unión bancaria, sino de la zona euro, porque nos va a dar estabilidad como moneda y,
al final, la economía depende del valor de la moneda.


Aquí terminaría de responder a las preguntas. Espero haberlas contestado todas.


La señora PRESIDENTA: Creo que hay que dar las gracias al señor Villasante porque ha contestado absolutamente a todas las preguntas y además sin descanso, sin pausa, sin tener que ordenar nada. En esta Comisión no es normal que se conteste
absolutamente a todas las preguntas. Por ello, queremos agradecerle su presencia y la amplitud de su exposición.


Si les parece, despedimos al señor Villasante y les prometo que las cinco cosas que hay que ver ahora las resolvemos en cinco minutos.


Se levanta la sesión. 1


Eran las nueve y treinta y cinco minutos de la noche.


1 Continúa la sesión a puerta cerrada en aplicación del artículo 64.4 del Reglamento de la Cámara.