Ruta de navegación

Publicaciones

BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 499, de 19/02/2019
cve: BOCG-12-D-499 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


19 de febrero de 2019


Núm. 499



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Asuntos Exteriores


161/004259 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre acciones para el desbloqueo de ayuda humanitaria a la población de Venezuela ... (Página4)


Comisión de Justicia


161/004263 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la garantía efectiva del derecho de los ciudadanos de la Unión Europea a colegiarse como abogados en España y la coordinación de la normativa estatal y
autonómica ... (Página6)


Comisión de Fomento


161/004268 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la eliminación de los tramos peligrosos en la carretera N-332 entre los municipios de Benissa y Calp (Alicante) ... (Página8)


161/004270 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a impulsar una estrategia de mejora de procesos aeroportuarios mediante el empleo de nuevas tecnologías innovadoras y soluciones digitales ... href='#(Página9)'>(Página9)


161/004271 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la necesidad de culminar el marco normativo de la actividad de la estiba portuaria ... (Página10)


161/004276 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el final de la actual concesión en forma de peaje y bonificaciones previas de la AP-7 a su paso por la Comunitat Valenciana ... href='#(Página11)'>(Página11)


161/004277 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el acceso al Hospital de la Marina Baixa desde la circunvalación de La Vila Joiosa N-332 ... (Página12)


Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social


161/004264 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la recuperación de la memoria de las víctimas de los procesos migratorios ... href='#(Página14)'>(Página14)


161/004266 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, por la que se insta al Gobierno a compensar a los centros especiales de empleo por la subida del salario mínimo ... (Página15)



Página 2





161/004275 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la derogación de los visados de oro para inversores y la garantía de los derechos de ciudadanía ... href='#(Página16)'>(Página16)


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/004279 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre medidas de apoyo a los Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal ... (Página18)


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/004256 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la defensa de la citricultura valenciana ... (Página22)


Comisión de Transición Ecológica


161/004257 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la regulación de los pozos de prospección en busca de aguas subterráneas ... href='#(Página23)'>(Página23)


161/004258 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a paralizar el proceso de llenado de la presa de Enciso (La Rioja) hasta el desarrollo de los planes
específicos de emergencia y evacuación de los municipios adyacentes ... (Página24)


161/004273 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la protección del subsuelo y los recursos geológicos ... (Página26)


Comisión de Cultura y Deporte


161/004280 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la ciudad romana de Arucci/Turobriga (Aroche-Huelva) ... (Página28)


Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades


161/004261 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa al derecho humano a la ciencia ... (Página30)


161/004278 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre medidas de apoyo a los Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal ... (Página31)


Comisión de Igualdad


161/004255 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa al estudio y seguimiento estadístico de la violencia sexual ... (Página34)


Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad


161/004274 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la puesta en marcha de un Centro de Referencia en Autismo ... (Página37)


Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible


161/004260 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre inclusión de la parada de Lleida en el nuevo servicio de tren low cost Madrid-Barcelona, de Renfe ... (Página38)


161/004267 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la articulación de una normativa específica relativa al uso de los nuevos vehículos de movilidad personal (VMP) en la vía pública ... href='#(Página38)'>(Página38)



Página 3





161/004272 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el uso obligatorio de guantes para conducción de motocicletas y ciclomotores en carretera ... (Página40)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


184/044463 Autor: Vidal Sáez, Aina


Terrón Berbel, Ana Belén


Farré Fidalgo, Sònia


Pretensión por parte del Presidente de México de crear una Guardia Nacional con atribuciones de seguridad pública ... (Página40)


184/044534 Autor: Alonso Cantorné, Félix


Documentación perdida en el incendio del día 21 de enero de 2019 en el Juzgado de Ibiza ... (Página41)



Página 4





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de febrero de 2019.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Asuntos Exteriores


161/004259


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para el desbloqueo de ayuda humanitaria a la población de
Venezuela, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Exposición de motivos


Nicolás Maduro ha llevado a cabo una erosión de las instituciones democráticas de Venezuela y, por tanto, del Estado de Derecho que protege los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos venezolanos. Este deterioro institucional
deriva de una fuerte crisis económica provocada por las políticas fallidas del régimen bolivariano, que han llevado a los venezolanos a la miseria y la pobreza.


Según las cifras del Consejo de Relaciones Exteriores, la Renta Nacional Bruta de Venezuela se contrajo más de un 9 % en 2018, siendo el tercer año consecutivo que esto ocurre. Desde que Nicolás Maduro está al frente del país, la economía
se ha contraído en un 50 %, según datos del Fondo Monetario Internacional. Además, a finales de 2017 el país se declaró en situación de default, dejando de pagar miles de millones de dólares en términos de deuda externa. La inflación está
disparándose, alcanzando cifras de hasta el 80.000 % en 2018, según Forbes.


Como resultado, la población de Venezuela está sufriendo una verdadera crisis humanitaria en la que los ciudadanos ya no tienen acceso a bienes de primera necesidad como algunos alimentos y medicamentos. En 2017, los venezolanos perdieron
una media de unos 11 kilos de peso y en torno al 12 % de la población está en situación de desnutrición, según las Naciones Unidas. Además, nueve de cada diez personas viven en situación de pobreza y en torno a uno de cada diez ha huido del país,
suponiendo ya un éxodo de tres millones de venezolanos. Los principales destinos de estos exiliados son la vecina Colombia, Estados Unidos y España. Según Ricardo Hausmann, de la Universidad de Harvard, la crisis humanitaria en el país es mayor
que la que sufrió nuestro país después de la Guerra Civil Española.


Las protestas sociales no se hicieron esperar, y el descontento en la población llevó a la oposición a ganar las elecciones parlamentarias de 2015 y obtener la mayoría de la Asamblea Nacional. Sin embargo, Nicolás Maduro negó que hubiera
una crisis humanitaria en el país, culpando a los medios de comunicación globales de presentar una visión errónea de Venezuela 'con la intención de justificar una intervención militar', según afirmó en la propia Asamblea General de las Naciones
Unidas. Así, el régimen se ha negado a cualquier intento de organizar una entrega de ayuda humanitaria en el país.


Precisamente, la doctrina de la responsabilidad de proteger, impulsada por las Naciones Unidas, reconoce la responsabilidad de la comunidad internacional de impedir y sancionar las peores formas de violencia y persecución. Así, se intenta
evitar el vacío legal entre el principio de no intervención en un país y las obligaciones de prevenir y evitar violaciones de las obligaciones bajo el derecho internacional



Página 5





humanitario y de los derechos humanos. Precisamente, crisis humanitarias como ésta han servido como justificación en el pasado para llevar a cabo acciones militares en Europa, Oriente Medio y África.


Juan Guaidó, Presidente de la Asamblea Nacional de Venezuela -donde la oposición tiene la mayoría- activó los artículos de la Constitución de Venezuela que le habilitan para jurar como Presidente encargado del país ante una situación de
vacío de poder. Esta situación tuvo lugar debido a que el mandato presidencial de Nicolás Maduro terminaba el 10 de enero de 2019 y a que las elecciones presidenciales celebradas en mayo de 2018 no fueron legítimas y, por tanto, tampoco lo fueron
sus resultados. Así lo reconoció la comunidad internacional.


El Secretario General de la Organización de Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, anunció que apoyaría la intención del Presidente de la Asamblea Nacional de activar esos artículos de la Constitución. Posteriormente, el 11 de enero de
2019, la OEA se reunió en sesión extraordinaria para votar ese reconocimiento de Juan Guaidó como Presidente legítimo de Venezuela. La resolución de la OEA fue respaldada por 19 países, entre ellos 13 de los 14 integrantes del Grupo de Lima y
Estados Unidos, mientras que seis se declararon en contra y otros ocho se abstuvieron.


El 23 de enero de 2019, Juan Guaidó juró finalmente como Presidente legítimo de la República Bolivariana de Venezuela de forma interina. Poco después, los gobiernos de Estados Unidos y Canadá anunciaron que reconocen a Guaidó como
Presidente. Acto seguido se sumaron los gobiernos de Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Paraguay y Perú. También los presidentes del Consejo Europeo y del Parlamento Europeo mostraron su apoyo a Juan Guaidó como Presidente
encargado del país. Tras titubear durante semana y media intentando conseguir una posición común en la Unión Europea, finalmente varios gobiernos europeos reconocieron a Juan Guaidó como Presidente encargado de Venezuela el 4 de febrero de 2019.


El Presidente Guaidó ha hecho del desbloqueo de la ayuda humanitaria para el país una de las claves de su discurso, donde sigue encontrándose con la oposición del régimen. Para ello, la oposición se ha dirigido directamente a los militares,
que controlan las fronteras con Colombia y Brasil por donde se estipula que entraría la ayuda humanitaria. Estados Unidos ha puesto en marcha una gran operación, coordinada con Colombia y Brasil, para que la ayuda llegue cuanto antes, aunque aún no
se ha especificado los puntos por los que tratarán de hacerla llegar ni la forma de entrega o a qué interlocutores. El propio Fondo Monetario Internacional ha admitido que la crisis económica y humanitaria del país requerirá apoyo externo por parte
de la comunidad internacional.


Por estos motivos, y teniendo en cuenta los lazos históricos, culturales y sociales entre España y Venezuela, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'La Comisión de Asuntos Exteriores insta al Gobierno a:


1. Impulsar, en el seno de las instituciones de la Unión Europea y del sistema de las Naciones Unidas, la adopción de medidas urgentes para paliar la crisis humanitaria y migratoria haciendo uso de las competencias del nuevo Representante
de las Naciones Unidas para el éxodo venezolano, Eduardo Stein.


2. Trabajar conjuntamente con los países de América Latina que han acogido al éxodo venezolano para que garanticen el acceso de estos exiliados a los servicios públicos y a los programas nacionales de servicios sociales, así como el
compromiso de mantener sus fronteras abiertas a ese éxodo.


3. Iniciar el proceso para otorgar protección temporal al éxodo venezolano en España, como ya aprobó el Congreso de los Diputados en octubre de 2018.


4. Reforzar con apoyo internacional a las organizaciones de la sociedad civil que están otorgando ayuda humanitaria dentro de Venezuela, así como a las instituciones y organizaciones que se encarguen de la integración del éxodo venezolano
en las sociedades de los países que lo acogen.


5. Facilitar la concesión de ayuda financiera por parte de acreedores internacionales para proceder a la reconstrucción de la economía del país, en colaboración con las instituciones financieras internacionales.


6. Redoblar la presión política internacional sobre el régimen de Nicolás Maduro mediante el impulso de nuevas sanciones específicas -como aprobó el Congreso de los Diputados en abril de 2018- contra la cúpula del régimen en el seno de las
instituciones de la Unión Europea, en coordinación con Estados Unidos, Canadá y los demás miembros de la Comunidad Iberoamericana de Naciones.



Página 6





7. Sumarse al grupo de países que pidieron formalmente una investigación por parte de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional sobre la presunta comisión de crímenes de leca humanidad por parte del régimen de Nicolás Maduro en Venezuela.


8. Apoyar de forma activa la celebración de elecciones libres, justas y en igualdad de condiciones para todas las opciones políticas en Venezuela, mediante el envío de observadores internacionales y de asistencia administrativa, en
colaboración con Estados Unidos, Canadá, nuestros socios de la Unión Europea y el resto de miembros de la Comunidad Iberoamericana de Naciones.


9. Preparar, de forma coordinada con nuestros socios de la Unión Europea, Estados Unidos, Canadá y el resto de miembros de la Comunidad Iberoamericana de Naciones, una posición común para defender en el Consejo de Seguridad de las Naciones
Unidas en caso de que fuera necesario tomar nuevas medidas ante el intento del régimen de mantener el poder en Venezuela.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de febrero de 2019.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Justicia


161/004263


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la garantía efectiva del derecho de los ciudadanos de la
Unión Europea a colegiarse como abogados en España y la coordinación de la normativa estatal y autonómica, para su debate en la Comisión de Justicia.


Exposición de motivos


Uno de los principales pilares del mercado único de la Unión Europea es la libertad de circulación de personas, capitales, bienes y servicios. En aras de una mayor integración y dinamismo de dicho mercado, la legislación europea ha ido
progresivamente facilitando el ejercicio de ciertos derechos laborales a los ciudadanos de los Estados miembros, de forma que en la actualidad estos pueden acceder a profesiones colegiadas o en las que existen exámenes habilitantes en cualquier
Estado de la Unión, con independencia de su nacionalidad. Es por ello que compete a los Estados miembros incluir en su legislación cauces que garanticen dichos derechos a los ciudadanos de la Unión.


En lo que respecta al ejercicio de la profesión de la abogacía, el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, aprobado por Real Decreto 775/2011, de 3 de
junio, estipula en su artículo segundo que 'la obtención del título de profesional de abogado o de procurador de los tribunales requiere [...] estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho o de otro título universitario
de Grado equivalente'.


En este sentido y a modo de ejemplo, la Orden PRE/202/2015, de 9 de febrero, por la que se convocaba la prueba de evaluación de la aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Abogado para el año 2015, recogía entre sus
requisitos que los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero' estuviesen 'en posesión de la credencial que acredite la homologación de su título al de Licenciado en Derecho o Graduado en Derecho expedida por el Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte'. De igual forma, en la Orden PCl/1424/2018, por la que se convoca la prueba de acceso a la abogacía para el año 2019, se mantiene el requisito de estar 'en posesión de la credencial que acredite debidamente su homologación a la
Licenciatura en Derecho'.


Habida cuenta de que homologación y equivalencia no son figuras sinónimas desde el punto de vista del Derecho, y de que la homologación de los títulos dejó de ser posible a partir del 23 de noviembre de 2014, fecha en la que el Real Decreto
285/2004, por el que se regulaba la homologación de títulos extranjeros, dejó de estar en vigor, existió durante un periodo de tiempo una barrera para la homologación de los títulos obtenidos en el extranjero, dado que a priori se exigía un
requisito adicional de homologación que a partir de una determinada fecha no pudo cumplirse.



Página 7





Asimismo, conviene recordar que, aunque la regulación de los másteres de acceso a la profesión de abogado es una atribución las universidades españolas, la regulación del examen y posterior acceso a la profesión de abogado recae sobre el
Estado. Sin embargo, las comunidades autónomas han regulado de manera descoordinada dicho acceso a la profesión de abogado. De nuevo a modo de ejemplo, en Andalucía se exige como requisito para acceder al Máster de Acceso a la Abogacía 'estar en
posesión de un título universitario extranjero, equivalente al nivel de grado en España, pero que no ha sido homologado por el Ministerio de Educación Español y que faculte en su país de origen para cursar estudios de posgrado', según consta en las
distintas resoluciones de la Dirección General de Universidades de la Junta de Andalucía, por las cuales se establece, de manera anual, el procedimiento para el ingreso en los másteres universitarios del curso que corresponda.


Por tanto, la Orden PRE/202/2015 a la que se ha hecho referencia anteriormente no se coordinó con la normativa autonómica para el acceso al master habilitante, dado que pasó de exigir la equivalencia del título de grado a su efectiva
homologación. Esta clara disfunción entre la normativa estatal y la autonómica generó en algunos estudiantes con títulos equivalentes obtenidos en otros Estados de la Unión Europea la justa expectativa de su colegiación; carece de sentido, en
efecto, que los requisitos para cursar dicho máster y para realizar la prueba de acceso difieran entre una comunidad autónoma y otra, tratándose al fin y al cabo de una cuestión tan relevante.


Esto provocó que algunos estudiantes que comenzaron el Máster de Acceso contando con que la equivalencia de su título les permitiría colegiarse (y a los que el Ministerio no les dio la oportunidad de homologado a partir del 23 de noviembre
de 2014) se viesen afectados por una inadmisible inseguridad jurídica, que los dejaba en un limbo en el que cumplían los requisitos para colegiarse como abogados en el momento de comenzar el máster habilitante, pero dejaron de cumplirlos una vez que
entró en vigor la Orden del año 2015.


Por todo ello, existe una falta de coordinación entre la legislación estatal y las distintas legislaciones autonómicas, fruto del hecho de que la competencia respecto a los másteres de acceso a la abogacía y la convocatoria de la prueba de
acceso a la profesión de abogado compete a niveles distintos de la Administración. Una situación como la descrita anteriormente no puede volver a repetirse, y es por ello necesario que se adopten medidas.


En este sentido, conviene recordar que la Constitución Española atribuye al Estado en su artículo 149.1.30.ª la 'regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas
para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia'. Por ello, la Constitución legitima al Gobierno para adoptar las medidas que sean necesarias
para garantizar la igualdad en este ámbito.


Debe tenerse en cuenta, igualmente, que la Directiva (UE) 2018/958 prohíbe cualquier discriminación relativa al acceso de las profesiones reguladas, ya sea por razones de residencia o nacionalidad, y que el Tribunal de Justicia de la Unión
Europea, en el asunto C/ 313-01 (Morghenbesser vs Consiglio dell'Ordine degli Avvocati Genova), se opuso a que las autoridades de un Estado miembro denegasen la inscripción en el Registro del Colegio de Abogados a quien hubiese obtenido un título de
licenciado en Derecho obtenido en otro Estado miembro únicamente por el hecho de que no se tratase de un título convalidado por una universidad del primer Estado. Es por ello que, más allá de la trasposición de la norma, es necesario que el
Gobierno vele por que este principio recogido por el Derecho europeo y la jurisprudencia del TJUE se aplique de forma efectiva en nuestro ordenamiento.


Teniendo presente todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta ante la Comisión de Justicia la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Eliminar las barreras existentes en la legislación española para el acceso a la profesión de abogado por parte de los estudiantes que cursan sus estudios en el centro de otro Estado miembro, todo ello en cumplimiento de la Directiva (UE)
2018/958 y del artículo 149.1.30.ª de la Constitución.


2. Adoptar las medidas que resulten necesarias para mejorar la implementación efectiva de los objetivos de la citada Directiva y, a este respecto, armonizar la legislación estatal y autonómica en la



Página 8





materia, con el fin último de dotar a los estudiantes de seguridad jurídica y proteger su legítima expectativa de que los requisitos para acceder a la profesión de abogado se mantengan constantes en el tiempo.


3. Adoptar las medidas oportunas al efecto de revertir o mitigar los perjuicios causados a algunos estudiantes provenientes de otros estados de la Unión por la falta de coordinación entre la Orden PRE/202/2015, el Real Decreto del 775/2011
y las diversas normativas autonómicas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de febrero de 2019.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Fomento


161/004268


A la Mesa del Congreso


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado y la Diputada de Compromís, Joan Baldoví Roda y Marta Sorlí Fresquet, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente
Proposición no de Ley, sobre la eliminación de los tramos peligrosos en la CN-332 entre los municipios de Benissa y Calp (Alicante), para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


La saturación y paso de vehículos de todo tipo es continua en la CN 332 en las comarcas de la Marina y la Safor, en especial en los momentos de más desplazamientos y en algunas épocas del año (meses de verano, puentes, navidades, fin de año
y reyes). Su peligrosidad la evidencia el reciente informe europeo de seguridad vial EuroRAP, un documento difundido por las asociaciones RACE y RACC con datos aportados por estas dos entidades expertas en la materia, el Real Automóvil Club de
España y el Real Club Automóvil de Catalunya y que es muy crítico con las prestaciones que ofrece la CN-332, de hecho, colorea el tramo de esta carretera nacional comprendido entre Teulada y Benidorm (Alicante) de color naranja, es decir de riesgo
elevado para la seguridad vial; mientras que el que transcurre entre Teulada (Alicante) y Oliva (Valencia) es considerado también peligroso aunque un poco menos, está pintado de color amarillo, es decir, de riesgo moderado.


Según ese mismo dictamen, la CN-332, una vía vital para la comarca de la Marina Alta porque vertebra todas sus poblaciones y porque es utilizada para viajar a otras comarcas debido a que la autopista AP-7 continúa siendo de pago, tiene una
estadística de siniestralidad demoledora y muy preocupante. Los tramos de la CN-332 entre Benidorm y Benissa, entran en la categoría de alto riesgo de accidentes según un estudio de EuroRAP, que analiza la siniestralidad de toda la Unión Europea,
la desmesurada intensidad de tráfico, los cruces peligrosos o la densidad demográfica, sobre todo en los meses de verano.


Por todo lo anteriormente expuesto, realizamos la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a invertir en la mejora y adecuación de la CN-332 entre Benissa y Calp en la provincia de Alicante para eliminar este punto negro en la red de carreteras española, por su elevado índice de
peligrosidad y accidentes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2019.-Marta Sorlí Fresquet, Diputada.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



Página 9





161/004270


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
para impulsar una estrategia de mejora de procesos aeroportuarios mediante el empleo de nuevas tecnologías innovadoras y soluciones digitales, para su debate en la Comisión de Fomento.


Motivación


La velocidad con la que la sociedad absorbe las nuevas tecnologías y la facilidad con la que se obtiene y se comparte la información está dibujando una nueva realidad económica que se puede denominar la economía del conocimiento.


Este entorno coloca a la innovación como la fuente principal de competitividad de las organizaciones de futuro. Como respuesta a este desafío, el gestor aeroportuario incorpora la innovación como uno de los pilares de su estrategia para los
próximos años, según el plan estratégico presentado el 10 de octubre para el periodo 2018-2021: Desarrollo de soluciones digitales y tecnológicas innovadoras.


El papel de la innovación en el ámbito de la gestión aeroportuaria, es desarrollar nuevos servicios que mejorarán la experiencia del usuario y contribuirán a potenciar la competitividad y diferenciación respecto a otros operadores. Para
ello, se deberán fomentar todas aquellas actividades innovadoras (tecnologías, servicios y procesos) que, unido al objetivo de rentabilidad del negocio, cristalizan en los objetivos estratégicos de innovación.


Dentro del marco estratégico nacional e internacional también se recogen diferentes políticas y programas de apoyos públicos, nacionales y europeos a la innovación, que por su relevancia y/o carácter mandatorio son decisivos para el fomento
de la innovación en la gestión aeroportuaria. De manera resumida, se indican a continuación las iniciativas e instrumentos más significativos que sirven de referente a la organización:


- Plan de Innovación del Ministerio de Fomento para el Transporte y las Infraestructuras 2018-20.


- Estrategia Españolas de Ciencia, Tecnología e Innovación 2013-2020. Tiene como objetivo aumentar el esfuerzo en ciencia y tecnología en España hasta lograr alcanzar en el año 2020 un nivel de inversión en I+D+i del 2 % sobre el conjunto
del PIB Nacional tanto de naturaleza pública como privada como se muestra en los Indicadores de Esfuerzo de la citada estrategia que se reproducen a continuación:


Tabla 2. Indicadores de la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación;;;


Indicadores de esfuerzo;2010;2016;2020


Gasto en I+D sobre el producto interior bruto (%) ;1,39 %;1,48 %;2,00 %


- Estrategia Europea 'Europa 2020': La meta fijada para el conjunto de la Unión Europea es lograr un 3 %.


- Plan de infraestructuras, Transporte y Vivienda 2012-2024 (PITVI).


Si bien en la actualidad, el gestor aeroportuario de la red de aeropuertos de interés general no forma parte de la Administración General del Estado (AGE), sus políticas obligatoriamente pueden verse influenciadas por dichos planes, como así
queda reflejado en el hecho de se le continúe solicitando a día de hoy su participación y colaboración para incluir sus actividades de l+D+i dentro de la estructura del PITVI, junto a otros organismos y entidades pertenecientes al Ministerio de
Fomento.


Una muestra del compromiso con la innovación, es el esfuerzo económico que Aena dedica a la I+D+i con relación al volumen de negocio. La situación actual, así como la proyección prevista según el PAP 2018-2021 es la siguiente:


Años;2017 (Cierre);2018 (Previsión);2019 (Previsión);2020 (Previsión);2021 (Previsión)


Esfuerzo I+D+i ;7.554;7.214;8.578;7.241;3.077



Página 10





Para poner en perspectiva estos datos vamos a indicar el esfuerzo en 2016 de España con relación al PIB que fue de un 1,19 % y la de la UE-28 un 2,03 %, y la comparación del esfuerzo de Aena con relación a otras empresas del lbex 35:


Empresas IBEX 35 en 2016 en millones €;;;


Empresa;Ventas;i+D+i;%


(l+D+i/ventas)


Aena ;3.772,0;2,5;0,07 %


Amadeus ;4.472,9;725,8;16,23 %


Indra ;2.709,3;163,3;6,03 %


Grifols ;4.049,8;213,7;5,28 %


Banco Popular ;3.057,6;128,0;4,19 %


Santander ;46.192,0;1.726,0;3,74 %


Acciona ;5.977,4;193,9;3,24 %


Telefónica ;52,036,0;906,0;1,74 %


Gamesa ;4.612,0;65,7;1,42 %


Ohl ;3.862,6;29,5;0,76 %


Iberdrola ;29.215,4;211,4;0,72 %


Ree (2015) ;1.938,9;9,6;0,50 %


Ferrovial ;10.759,0;47,8;0,44 %


Acerinox (2015) ;4.221,4;16,5;0,39 %


Repsol ;34.689,0;78,0;0,22 %


ACS ;31.975,2;39,0;0,12 %


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a requerir a los gestores de aeropuertos de interés general del Estado para que aprueben una estrategia de mejora de procesos aeroportuarios mediante el empleo de nuevas tecnologías innovadoras
y soluciones digitales para alcanzar unos objetivos de mejora de experiencia del pasajero, optimización de los procesos para maximizar la capacidad y reducción de los costes, manteniendo el liderazgo nacional e internacional en el sector a través de
nuevos avances en materia de I+D+i y continuando con el impulso en materia de innovación de los gestores aeroportuarios.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 febrero de 2019.-César Joaquín Ramos Esteban, Diputado.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/004271


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre la
necesidad de culminar el marco normativo de la actividad de la estiba portuaria, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


El 18 de mayo de 2017 se convalidó por esta Cámara el Real Decreto-ley 8/2017, de 12 de mayo, por el que se modifica el régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías, dando cumplimiento a
la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 11 de diciembre de 2014, recaída en el Asunto C-576/13 (procedimiento de infracción 2009/4052).



Página 11





El Real Decreto-ley establece en su disposición final tercera la necesidad de un desarrollo reglamentario que recoja la propuesta de mediación de fecha 30 de marzo de 2017, por la que se pone fin a la mediación tripartita entre las
organizaciones sindicales, la asociación empresarial y el Gobierno. Concretamente, la disposición final tercera se refiere a esta obligación indicando que 'dicha propuesta, que tiene por objeto el mantenimiento del empleo de los actuales
trabajadores de las SAGEP y la mejora de la organización y productividad en el sector de la estiba, mediante acuerdo de las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales, y el establecimiento de un sistema de ayudas para los trabajadores de
mayor edad, que se desarrollará reglamentariamente, se acompaña como anexo I.'


Sin embargo, este desarrollo reglamentario ha encontrado dificultades en su tramitación, encontrándose pendiente de valoración por parte de la Comisión Europea sobre el alcance del mismo respecto del Real Decreto-ley 8/2017 o los tratados de
la Unión. Además, dada la experiencia acumulada durante este periodo de casi dos años desde la aprobación del Real Decreto-ley 8/20017, se ha identificado que algún aspecto que podría ser objeto de perfeccionamiento a través de una regulación de
rango de ley.


Resulta esencial y urgente completar la regulación incluida en el Real Decreto-ley 8/2017 con los mismos principios que inspiraron el mismo, y con los instrumentos jurídicos más adecuados. Es decir, con el objetivo de conjugar los
principios de libertad de contratación con los derechos de los trabajadores, de manera que se produzca un tránsito ordenado a un nuevo marco en el que la aplicación de los principios del Derecho de la Unión Europea inspiradores de la libertad de
competencia se lleve a efecto sin menoscabo de los derechos laborales básicos de los trabajadores y, sobre todo, sin merma del empleo en el sector.


Por otra parte, la singularidad del sector de la estiba portuaria requiere regular a través de una modificación de la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal, las especificidades del sector, con
objeto de, manteniendo el máximo rigor en los requisitos a exigir a los centros portuarios de empleo y otras empresas de trabajo temporal que desarrollen su actividad en el ámbito de la estiba, se eviten cargas burocráticas innecesarias o se
impongan obligaciones desproporcionadas. Esta modificación requerirá necesariamente una norma de rango de ley.


Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a utilizar los instrumentos jurídicos necesarios para completar el régimen jurídico de la estiba, de forma que, con el máximo consenso posible en el sector y respetando los principios de la
normativa europea, se incluyan las disposiciones necesarias, del rango normativo que se requiera, para dar cumplimiento al objetivo de conjugar los principios de libertad de contratación con los derechos de los trabajadores conforme dispuso la
sentencia del TJUE de 11 de diciembre de 2014.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de febrero de 2019.-César Joaquín Ramos Esteban, Diputado.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/004276


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre el final de la actual concesión en forma de peaje y bonificaciones previas de la AP-7 a su paso por la Comunitat Valenciana, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


El 31 de diciembre de 2019 expira la concesión en forma de peaje de la AP-7 a su paso por la Comunitat Valenciana, concretamente, en los tramos entre Tarragona y Valencia, y entre Valencia y Alicante.



Página 12





El Gobierno de España ya ha afirmado que no prorrogará esa concesión y que pasaría a ser una vía sin peaje ni pago alguno por parte de los usuarios, y que el debate sobre la financiación del mantenimiento y explotación de la Red de
Carreteras del Estado debe abordarse en su conjunto en todo el territorio y por tanto, se debe acabar con la discriminación territorial en cuanto al pago o no por el uso de carreteras de la Red Estatal, especialmente allí donde se finaliza las
concesiones actuales y por tanto ya están amortizadas.


La Generalitat Valenciana ya elaborado un informe sobre las actuaciones que serían necesarias para adecuar a la nueva situación, planteando entre otras medidas la mejora de los accesos.


Antes del fin de la concesión se requieren bonificaciones para aliviar, por lo menos del tráfico pesado, algunos tramos de la N-332 y N-340, especialmente en municipios con travesías que donde el Gobierno ha descartado a corto plazo retomar
los proyectos y obras de circunvalación o/y duplicación de capacidad.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que una vez concluyan las actuales concesiones de autopista, como es el caso de la AP-7 Alicante-Tarragona en diciembre de 2019, tomar las medidas necesarias para aplicar el principio de igualdad a los usuarios, por lo que pasará a tener
el mismo criterio de uso que haya para el conjunto de la Red de Carreteras del Estado que no sean autopistas, que supondrá que sea gratuita.


2. En caso de que se estableciera un sistema general de contribución de los usuarios al mantenimiento de la Red de Carreteras del Estado, se aplicará también a esta vía, pero será al mismo tiempo y en las mismas condiciones que las actuales
autovías sin peaje.


3. Tras la finalización del actual contrato de concesión de la AP-7 Alicante-Tarragona, el 31 de diciembre de 2019, asumir la gestión de la explotación y mantenimiento a través del adecuado instrumento de la Administración General del
Estado.


4. Exigir a la empresa concesionaria de la AP-7 que esta esté en óptimas condiciones de conservación y mantenimiento en el momento de la Finalización de la concesión.


5. Extender las bonificaciones para vehículos pesados ya vigentes en la AP-7 en Tarragona hasta Torreblanca y estudiar la implantación de medidas similares en otros tramos de la AP-7 a su paso por la Comunidad Valenciana.


6. En colaboración con la Generalitat Valenciana, estudiar las actuaciones necesarias para mejorar la funcionalidad y conectividad de la AP-7 cuando revierta al Estado, incluyendo aquellas conexiones necesarias y las ampliaciones de
capacidad para garantizar una adecuada cohesión social y territorial.


7. Dotar presupuestariamente aquellas actuaciones que, en base a las conclusiones de los estudios que se realicen en colaboración con la Generalitat Valenciana, sea necesario ejecutar.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de febrero de 2019.-Herick Manuel Campos Arteseros, Patricia Blanquer Alcaraz, Artemi Rallo Lombarte, Ciprià Císcar Casabán, Alicia Piquer Sancho y Antonio Quintana Martínez, Diputados.-Rafael
Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/004277


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre el
acceso al Hospital de la Marina Baixa desde la circunvalación de La Vila Joiosa N-332, para su debate en la Comisión de Fomento.



Página 13





Exposición de motivos


El Congreso de los Diputados aprobó el 25 de marzo una Proposición no de Ley del grupo Socialista en la que se instaba al Gobierno a realizar el estudio informativo sobre la creación de un acceso desde la N-332 circunvalación de La Vila
Joiosa al Hospital de la Marina Baixa, una vez la Generalitat Valenciana realizara la oportuna planificación y ordenación del entorno del hospital. Esa planificación y ordenación nunca se hizo, ya que incluso se negaba la posibilidad de que se
requiriera una ampliación del hospital y de que fuera necesario ampliar las zonas de aparcamiento.


Y es que la falta de aparcamiento público provocaba que los vehículos se estacionaran a lo largo del actual acceso, el único, que es desde la carretera N-332A, y en los caminos colindantes de la Circunvalación, donde deberían construirse los
accesos directos desde la Circunvalación. Por tanto, la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana no podía seguir con la tramitación de esta actuación.


En abril de 2015, la Generalitat Valenciana seguía negando la necesidad ampliar el Hospital y su zona de aparcamiento o de la mejora de la urbanización del entorno, alegando que no tenía peticiones al respecto.


El Grupo Parlamentario Socialista mantuvo reuniones con representantes sindicales en el propio Hospital en varias ocasiones y en todas ellas se les trasladaba las iniciativas presentadas en el Congreso de los Diputados para exigir este
acceso directo, que incluyeron sucesivas enmiendas a los Presupuestos Generales del Estado de 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, y 2018.


Con la elección de un nuevo Consell tras las elecciones de 2015, la Generalitat Valenciana empieza a planificar la ampliación del Hospital de la Marina Baixa y la mejora de la accesibilidad al hospital con la urbanización del aparcamiento
para adecuarlo a las nuevas dimensiones.


Pese a este cambio en la posición de la Generalitat Valenciana, el Gobierno de España no retomó el expediente para la mejora del acceso al Hospital desde la Circunvalación. Y ello pese a que el propio Grupo Socialista presentó una enmienda
a los presupuestos Generales del Estado de 2016 para introducir una consignación presupuestaria, que fue rechazada por el Grupo Parlamentario del PP.


Al proyecto de Ley de Presupuestos Generales de 2017 se presentan varias enmiendas para introducir la oportuna consignación, incluida una del Grupo Socialista. Finalmente, se introduce una partida del Grupo de Ciudadanos, quien
conjuntamente con el Grupo del PP rechazan la enmienda del PSOE.


En 2017, aún sabiendo que se iba a ejecutar por parte de la Generalitat Valenciana los cambios en la urbanización y aparcamientos que se requerían para realizar el acceso desde la circunvalación, el Gobierno de España no ejecutó esa partida.
El proyecto de Presupuestos Generales del Estado de 2018 si incluía una partida, pero en junio de 2018 aún no se había tomado ninguna decisión para retomar el expediente.


El 2 de junio tomaba posesión un nuevo Presidente del Gobierno y se establecía un nuevo Gobierno.


La Junta de Personal empezó una campaña de adhesiones para pedir que se iniciaran los trámites para crear el acceso. Entre otras medidas, incluyeron un escrito al Ministro de Fomento.


El nuevo Gobierno, a través del Ministro de Fomento, ya ha comunicado a la Junta de Personal que va a iniciar los trámites para la construcción del acceso al hospital.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta para su debate y aprobación la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Continuar con el procedimiento de licitación del contrato de servicios para la redacción del proyecto 'mejora de la capacidad, funcionalidad y accesibilidad de la carretera N-332, tramo La Vila Joiosa Norte-Benidorm Sur'.


2. Recopilar y analizar los datos necesarios para definir las distintas opciones viables que permitan el aumento de capacidad y la mejora de la funcionalidad y accesibilidad en el tramo considerado de la N-332, contemplando la construcción
de un nuevo acceso a distintos niveles desde la N-332, variante de La Vila Joiosa, al centro sanitario hospital de la Marina Baixa situado en el entorno del p.k. 141+300, margen izquierda.


3. Contar con las aportaciones que pudieran realizar la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de La Vila Joiosa.



Página 14





4. Una vez se formalice el contrato, redactar el proyecto, supervisarlo y aprobarlo, procediendo a la licitación de las obras.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de febrero de 2019.-Herick Manuel Campos Arteseros y Patricia Blanquer Alcaraz, Diputados.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social


161/004264


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su
debate y aprobación en la Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, relativa a la recuperación de la memoria de las víctimas de los procesos migratorios.


Exposición de motivos


El 6 de febrero de 2014, al menos 14 personas fallecieron y una desapareció cuando trataban de llegar a nado a Ceuta a través de la frontera del Tarajal. Este año se cumplen cinco años de aquellos acontecimientos sin que se haya avanzado en
la recuperación de la memoria de las víctimas.


El Estado español debe adoptar todas las medidas posibles con el fin de poder identificar los cuerpos que se hallan enterrados en Ceuta. Esto, a su vez, permitiría la personación de sus familiares en el procedimiento judicial y la
restitución, al menos en parte, del daño sufrido por estas familias, siempre dentro de un proceso de reparación más amplio.


Así mismo, entendemos como una cuestión humanitaria básica que los padres y madres de las víctimas puedan conocer la suerte de sus hijos, el lugar donde se encuentran sus cuerpos y poder honrarlos como consideren más oportuno.


Desde hace ya algunos años se viene solicitando al Ministerio de Asuntos Exteriores los visados de entrada a España de los familiares de los fallecidos nacionales de Camerún, constituidos en la Asociación de Víctimas del Tarajal sin que,
hasta el momento, se haya obtenido respuesta positiva. Los familiares de Armand Souop Tagne, Larius Fotio, Aboubacar Oumarou Maiga, Luc Bikai Firmin, Daouda Mahatma, Roger Nana Chimie, Oussmane Hassan, Jeannot Flame y Blaise Fotchin solicitan
visado de entrada en territorio español a fin de poder visitar la playa donde murieron sus familiares, rendirles homenaje, así como facilitar la identificación de las víctimas de los hechos de Tarajal enterradas en España y asistir personalmente al
lugar dónde están enterradas.


Desde este Grupo Parlamentario ya se presentó anteriormente una iniciativa instando al Gobierno tanto a conceder de manera extraordinaria visados de carácter humanitario a los familiares de los fallecidos, como a oficiar las delegaciones
diplomáticas que corresponda a los efectos de que se les realice toma de muestras de ADN a algunos de los familiares conforme al protocolo establecido por la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios; y que
estos sean remitidos a la Brigada de Policía Científica de la Guardia Civil para su cotejo con las muestras de ADN de los fallecidos enterrados en Ceuta.


Sin embargo, estos hechos no son una cuestión exclusiva de las víctimas de aquel 6 de febrero, sino que hemos de abordar la cuestión de la memoria democrática de nuestro país desde una perspectiva que nos permita también hablar de la memoria
de las víctimas de los procesos migratorios.


En 2018 se cumplían 30 años de la primera persona migrante fallecida en las costas españolas de la que tenemos constancia. Intentaba llegar a España en patera y se abría así una ruta que se convertiría en la ruta migratoria más mortífera
del mundo con 10.000 muertes en los últimos cuatro años.


El avance en las políticas públicas de memoria de la mano de una justicia restaurativa para las víctimas es imprescindible para construir una democracia sana e inclusiva, que no distinga entre categorías de víctimas sino que las ponga en el
centro para su reparación.



Página 15





Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos de Podemos En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Facilitar visados humanitarios a los familiares de aquellas personas fallecidas en su intento de entrada a territorio español para posibilitar la personación como acusación particular en caso de que así lo deseen y garantizar el acceso a
la tutela judicial efectiva.


2. Emprender las acciones necesarias para la reconstrucción de la memoria de las víctimas comenzando por reconocerlas víctimas de los procesos migratorios. Estas medidas estarán encaminadas a la reparación de las víctimas y sus familias.


3. Realizar investigaciones exhaustivas, veraces e independientes sobre las circunstancias en que ocurren esas muertes garantizando la identificación de los cuerpos y estableciendo un registro de las personas fallecidas, identidad y lugar
en el que se encuentran enterradas en caso de no ser repatriadas.


4. Creación de un Observatorio para la recuperación de la memoria y la reparación de las víctimas de las fronteras, basado en la investigación de las muertes y la identificación de las personas fallecidas, dándoles un tratamiento digno y
acorde con sus creencias, así como a la localización y comunicación efectiva a las familias allá dónde se encuentre y el acompañamiento en los casos en que fuera necesario, ofreciéndoles la posibilidad del acompañamientos psicosocial necesario y de
hacerse cargo de los procesos de repatriación.


5. Apoyar la labor de las organizaciones que se hacen cargo de la identificación de personas fallecidas y del contacto con familiares así como facilitar su trabajo.


6. Establecer el día 6 de febrero como el Día de las víctimas de las fronteras e instar a la Unión Europea a que lo establezca como Día Europeo de las Víctimas de las fronteras.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2019.-Rita Gertrudis Bosaho Gori, Diputada.-lone Belarra Urteaga, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/004266


A la Mesa del Congreso


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias de Carles Campuzano i Canadés, Diputado del Partit Demòcrata, y al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión ante la Comisión
de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, una Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a compensar a los centros especiales de empleo por la subida del salario mínimo.


Exposición de motivos


Actualmente en España, según datos del INE del año 2017, hay 481.000 personas con discapacidad trabajando tanto en centros especiales de empleo como en empresas ordinarias.


La subida del salario mínimo interprofesional hasta los 900 euros, establecido por el Gobierno, ha puesto en alerta a los centros especiales de trabajo.


Ciertamente los centros especiales de empleo han visto con buenos ojos que suba la retribución a sus trabajadores, sin embargo a su vez consideran que esta medida debe ir acompañada cíe la subida de la subvención del Estado.


La base del sueldo de estos trabajadores estipulado mediante la negociación colectiva de este sector es el salario mínimo interprofesional. La Administración por su parte estipuló mediante regulación costear el 50 %. Estos centros emplean
desde personas con un grado de discapacidad mínimo del 33 % hasta personas con más del 65 % de discapacidad. Aún así las ayudas de la Administración son idénticas sin distinguir el grado de discapacidad que tenga la persona.



Página 16





El problema nace en que si solo aumenta el salario mínimo y no lo hace la subvención a estos centros, los centros no podrán ser competitivos puesto que la subida del salario mínimo implica aproximadamente que las empresas tengan que pagar
2.300 euros más por trabajador.


Para poner un ejemplo práctico, en un centro con un presupuesto de 300.000 euros la subida del salario mínimo le implica un aumento de sus costes equivalente a los 20.000 euros al año.


Aún entendiendo positiva la subida del salario mínimo, en lo que hace referencia a los centros especiales de trabajo sin un aumento de la subvención estatal puede convertir a estos centros en insolventes.


Por todo lo expuesto anteriormente, este Grupo Parlamentario presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a incrementar del 50 % al 60 % el porcentaje de financiación del salario mínimo interprofesional a los centros especiales de empleo para compensar el aumento de los costes derivados de dicho
incremento.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de diciembre de 2018.-Carles Campuzano i Canadés, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.


161/004275


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para su debate en la Comisión de Trabajo,
Migraciones y Seguridad Social, sobre la derogación de los visados de oro para inversores y la garantía de los derechos de ciudadanía.


Exposición de motivos


Los 'visados de oro' o 'golden visa' son 'visados de residencia para inversores', es decir, permisos de estancia y residencia que se conceden a personas extracomunitarias por el hecho de comprar inmuebles de más de 500.000 euros, tener más
de un millón de euros en depósitos bancarios de entidades españolas, tener más de un millón de euros en acciones o participaciones sociales de sociedades españolas o en fondos de inversión, adquirir más de dos millones en bonos del Estado o
presentar un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España y que sea considerado y acreditado como de interés general.


La 'golden visa' se implantó en el Estado español en 2013, a imagen de otros países de la Unión Europea, a través de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyó a los emprendedores y su internacionalización, que se reformó en 2015 para
facilitar todavía más los requisitos y trámites burocráticos para acceder a estos visados especiales. Desde 2013, se han concedido 43.863 visados, entre personas directamente beneficiadas y sus familiares, y cada año se incrementa su número.


Estos visados especiales suponen la mercantilización de los derechos de ciudadanía, que se venden al mejor postor: las personas multimillonarias pueden acceder a ellos; las que no lo son, quedan relegadas al régimen general de extranjería.
Así, se crea una categoría de inmigrantes 'de primera', que gracias a su alta capacidad económica tiene una vía directa para adquirir los permisos de residencia y de trabajo; en contraposición al resto de inmigrantes, sometidos a los exigentes
requisitos de la regulación de extranjería. La 'golden visa' muestra cómo los derechos de ciudadanía no son vistos por el poder político como derechos inherentes a la condición humana, sino más bien como un instrumento útil para atraer a la
inversión. Es la diferencia entre legislar poniendo las personas (todas) en el centro o hacerlo en función de los intereses del sector bancario (es decir, de unos pocos).


Las 'golden visa' son un ejemplo paradigmático de cómo crear, a través de una ley, una discriminación entre iguales en la adquisición y disfrute de derechos de ciudadanía. En la práctica, son un ejemplo más de cómo desde el poder político
se legisla para (y por lo tanto, se fomenta) que no todas las personas inmigrantes afronten en las mismas circunstancias la obtención de un permiso de residencia y trabajo en



Página 17





España. Esta discriminación en la adquisición y disfrute de derechos de ciudadanía es todavía más grave si, a las discriminaciones formales (legales), se le suman las circunstancias socioeconómicas (materiales) y de género, que dificultan o
imposibilitan la solicitud de permisos de residencia y de trabajo, y en definitiva, una estancia en situación regular en el Estado español.


No se puede olvidar, por tanto, a los efectos de poner en contraste los distintos regímenes, la dificultad que ciudadanos y ciudadanas extranjeras tienen en la actualidad para, conforme el régimen legal de extranjería, obtener permisos de
trabajo y residencia por cuenta ajena, con base en lo dispuesto en la Ley 4/2000 de 11 de enero, de derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y su Reglamento de desarrollo. A todas luces, los trámites en origen así
como la sumisión de la disposición del puesto de trabajo al catálogo de ofertas de empleo de difícil cobertura, hacen prácticamente inviable y residual este tipo de permiso. Esto provoca en la práctica que la inmensa mayoría de personas extranjeras
que se encuentran ya residiendo en territorio español cuando solicitan un permiso de trabajo y residencia se vean abocadas al régimen de arraigo, lo que les obliga a encontrarse en situación irregular durante al menos tres años, con el consiguiente
riesgo de marginación y precariedad asociado.


La 'Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de enero de 2014, sobre la ciudadanía de la UE en venta', ya mostró su malestar por los regímenes nacionales que pueden implicar la venta directa o indirecta de la ciudadanía de la UE (que va
adherida a la adquisición de la ciudadanía del Estado miembro), apuntando específicamente la preocupación 'por la discriminación que estas prácticas de los Estados miembros puedan suponer, en la medida en que solo permiten obtener la ciudadanía de
la UE a los nacionales más ricos de terceros países', y que 'estos programas de inversión tienen efectos secundarios negativos, como las distorsiones de los mercados inmobiliarios locales'. También 'Subraya que el hecho de disponer de medios no
debe ser el criterio principal para otorgar la ciudadanía de la UE a nacionales de terceros países pide a los Estados miembros que tengan en cuenta los asuntos penales relacionados con el fraude, como el blanqueo de capitales'
(http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?pubRef=-//EP//TEXT+TA+P7-TA-2014-0038+0+DOC+XML+V0//ES).


En concreto, los visados dorados para residir en territorio español a cambio de inversiones inmobiliarias de más de 500.000 euros han marcado en 2018 un nuevo récord. Hasta octubre del pasado año han sido 546 personas, según el Ministerio
de Exteriores, cifra que casi iguala a los de todo 2017 (563 por la adquisición de inmuebles, 5.876 en total). En este caso, se utiliza la vivienda como un activo de inversión en el mercado inmobiliario y se legaliza su uso para el mercadeo de
derechos de ciudadanía, en lugar de destinarse al fin constitucionalmente previsto: un bien para satisfacer el derecho de toda la población al acceso a una vivienda digna y adecuada.


En este sentido, la exrelatora especial de la ONU para el Derecho a la Vivienda Raquel Rolnik, ha denunciado en varias ocasiones que 'Un Gobierno que debería defender a sus ciudadanos y sus derechos a la vivienda lo que hace es impulsar la
política de la golden visa -visados en España para millonarios que invierten más de 500.000 euros en inmuebles-' y que esto 'ha sido claramente una medida del Estado para destruir el poder de los ciudadanos y aumentar el poder de los propietarios.
Una medida activa del Estado de imponer a la gente la financiarización de la vivienda. Hay que cambiar la ley para revertir estos efectos'.


También la portavoz de la ONG Global Witness ha advertido que 'en países donde la gente puede comprar pasaportes y permisos de residencia a través de invertir en una propiedad, hoy una preocupación real de que puedan presionar al alza los
precios de la vivienda y distorsionar el mercado. El FMI asegura también que la inversión privada 'podría tener un impacto real y directo en algunos sectores, particularmente en el de la construcción y el inmobiliario''
(https://www.eldiario.es/cv/Raquel-Rolnik-Gobierno-provocado-financiarizacion 0 754525368.html).


Aparte de los problemas en el ámbito del acceso a la vivienda, también se han vislumbrado problemas de corrupción en la concesión de estos visados especiales. La misma ONG Global Witness ha reclamado recientemente a la Comisión Europea más
control sobre este tipo de programas de 'residencia comprada': 'los riesgos de corrupción y para la seguridad de estos planes son dobles: son atractivos para los criminales y los corruptos porque ofrecen la oportunidad de evadir eventuales
persecuciones en su propio país. Es una tarjeta de 'salida gratuita de la cárcel' que permite continuar sus actividades en países miembros de la UE, disfrutando de libertad de movimientos y los derechos de ciudadanía. Además, por la cantidad de
dinero que mueven, estos programas tienen un riesgo de soborno para políticos y funcionarios'. Al mismo tiempo, su portavoz recuerda que el Ministro del Interior de Portugal tuvo que



Página 18





dimitir en 2014 por un caso de corrupción vinculada a la concesión de 'golden visa'. (httbs://www.eldiario.es/economia/visados-extranjeros-invierten-millones-disparan 0 753125467.html).


Asimismo, el FMI advirtió en el Informe de 2015 'Too Much of a Good Thing? Prudent Management of Inflows under Economic Citizenship Programs' de las consecuencias negativas que podía acarrear este mecanismo extraordinario, dedicado a las
personas millonarias extracomunitarias que quieren tener una puerta de entrada a la zona Schengen vía España: 'La rápida emergencia y crecimiento de este tipo de planes podría exacerbar los riesgos de abuso y corrupción' (p. 8).


La ONG Transparencia Internacional también ha criticado estas prácticas. En un informe publicado el mes pasado 'Escapada europea. Dentro del turbio mundo de los visados dorados' señaló a España como el socio de la UE con más golden visa.
Su portavoz critica que 'La residencia y la nacionalidad europea se han convertido en productos de lujo' y que 'Al margen de la cuestión ética fundamental de vender pasaportes', 'también hay un costado siniestro de esos programas'. En relación a
personas vinculadas con casos de corrupción en Brasil, Rusia o Ucrania que han accedido por esta vía a la facilidad de movimientos que da el espacio Schengen' (https://elpais.com/economia/2017/04/23/actualidad/1492964484 077992.html).


Por los motivos expuestos, los programas de 'visados de oro' están ahora mismo en el punto de mira del Parlamento Europeo. Un informe que se votará en la comisión especial sobre Delitos Financieros y Evasión y Elusión Fiscal de la
Eurocámara a principios de 2019 [Draft Report on financial crimes, tax evasion and tax avoidance [2018/2121(INI)]] ha conseguido poner de acuerdo a los ponentes de los dos grupos más grandes de la Eurocámara, el Partido Popular Europeo y a
Socialistas y Demócratas. En este informe recomiendan que se pida a los estados miembros que vayan dando por concluidos 'tan pronto como sea posible' estos visados, ya que 'Los potenciales beneficios económicos de estos programas no compensan los
serios riesgos de blanqueo de capitales y evasión fiscal que presentan'. (https://www.eldiario.es/economia/Villas-millones-Baleares-Madrid-Espana 0 836066541.html).


En definitiva, por razones de igualdad y de derechos humanos, de protección del derecho constitucional al acceso de toda la población a una vivienda digna y adecuada y de prevención de la corrupción, debe acabarse con la existencia de los
visados dorados. En consecuencia, el legislador debe derogar el capítulo II de la sección 2.ª del título V de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, relativo al visado de residencia para
inversores y garantizar que los derechos de ciudadanía se confieran con criterios basados en la dignidad humana.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Eliminar la 'golden visa', a través de la derogación del capítulo II de la sección 2.ª del título V de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, relativo al visado de residencia para
inversores.


2. Garantizar los derechos de ciudadanía como una cuestión de dignidad humana y asegurar que su adquisición no dependa de la capacidad económica de la persona ni quede sometida a condicionantes socioeconómicos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de febrero de 2019.-Rafael Mayoral Perales, Diputado.-Lucía Martín González, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión de Industria, Comercio y Turismo


161/004279


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,



Página 19





presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas de apoyo a los Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, para su debate en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo.


Exposición de motivos


La Federación Española de Centros Tecnológicos (FEDIT) ha realizado una propuesta de modificación en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público para elevar el umbral de consideración de contrato menor en actividades
subcontratadas a Centros, así como una propuesta de modificación en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para no perjudicar la subcontratación de Centros Tecnológicos por empresas de su Patronato.


Se consideran Centros Tecnológicos de ámbito estatal a aquellas entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y residentes en España, que sean creadas con el objeto de contribuir al beneficio general de la sociedad y a la mejora de
la competitividad de las empresas mediante la generación de conocimiento tecnológico, realizando actividades de I+D+i y desarrollando su aplicación. La actividad de los centros se ha mostrado esencial para el desarrollo tecnológico e industrial de
las PYME españolas.


En el caso de los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, serán creados con el objeto de facilitar la aplicación del conocimiento generado en los organismos de investigación, incluidos los centros tecnológicos,
mediante su intermediación entre estos y las empresas, proporcionando servicios de apoyo a la innovación.


El Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, regula los Centros Tecnológicos (CT) y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica (CAIT) de ámbito estatal y crea un registro público de carácter informativo y voluntario que puede ser
consultado en el Directorio de centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica.


Sobre la modificación de la Ley de Contratos del Sector Público.


La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 31 (Gastos subvencionables), apartado 3, la necesidad de que, cuando el gasto subvencionable deba subcontratarse y exceda de la cuantía establecida para un
contrato menor que establece la Ley de Contratos del Sector Público (actualmente establecida en 15.000 €), el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, estableciendo la salvedad de que por sus especiales
,Características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren.


Sin embargo, la especial naturaleza de la relación que mantienen los Centros Tecnológicos con las empresas que invierten en innovación hace que, muy (frecuentemente, la definición del proyecto, las tecnologías a desarrollar, el proceso de
adaptación al mercado de los desarrollos contratados y muchos otros factores se definan conjuntamente entre la empresa y el propio Centro Tecnológico. Esta colaboración llega incluso a buscar conjuntamente y preparar las propuestas necesarias para
obtener fondos públicos competitivos de ayuda a I+D+i que cofinancien este desarrollo.


En este contexto, no es razonable exigir que las empresas que han buscado un proveedor tecnológico de confianza, han definido un proyecto innovador que mejorará su competitividad y han colaborado con este proveedor para encontrar una
subvención para ese proyecto, busquen proveedores alternativos. Por tanto, hasta hace poco tiempo el artículo mencionado de la Ley de Subvenciones se cumplía mediante un informe de la propia empresa explicando las especiales características que
impedían subcontratar esa actividad subvencionable a otro proveedor tecnológico diferente. Sin embargo, en los últimos tiempos desde la Administración Pública se desestiman sistemáticamente este tipo de informes y se ha instalado una lógica más
garantista que obliga, para cualquier contrato de más de 15.000 €, a presentar esas tres ofertas diferentes.


Consecuencias de la actual redacción de la Ley de Contratos del Sector Público.


Esta situación está llevando al conjunto de entidades privadas que invierten en l+D+i a rechazar determinados proyectos propuestos por Centros Tecnológicos ante la complejidad de la gestión y la carga burocrática que llevaría si finalmente
se obtuviese subvención para ese desarrollo. Las alternativas que tienen son renunciar a subvenciones públicas, trabajar solo con proyectos de menos de 15.000 € o establecer un sistema de búsqueda de propuestas ficticias que sirvan para cubrir el
expediente. Y muchas de ellas, ante esas alternativas, prefieren no iniciar un proceso de inversión en desarrollos tecnológicos



Página 20





innovadores. Este problema se ha visto agravado desde que el umbral que establece el contrato menor bajó de 18.000 € hasta los 15.000 € actuales.


Ante las trabas burocráticas que implica esta gestión de diferentes ofertas, establecieron, en la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos Generales del Estado para 2018, la modificación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público, para añadir una disposición adicional quincuagésima cuarta que establecía excepciones al problema descrito en este documento.


Atendiendo a la singular naturaleza de su actividad, como excepción al límite previsto en el artículo 118 de esta Ley, tendrán en todo caso la consideración de contratos menores los contratos de suministro o de servicios de valor estimado
inferior o igual a 50.000 euros que se celebren por los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, siempre que no vayan destinados a servicios generales y de infraestructura del órgano de contratación.


A estos efectos, se entienden comprendidos entre los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, en los términos establecidos en la Ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, las
Universidades públicas, los Organismos Públicos de Investigación, fundaciones, consorcios y demás agentes de ejecución de la Administración General del Estado, los organismos y entidades de investigación similares a los anteriores dependientes de
otras Administraciones Públicas, las Fundaciones de Investigación Biomédica, y los centros, instituciones y consorcios del Sistema Nacional de Salud.


Sobre la modificación de la Ley de General de Subvenciones.


Los Presupuestos Generales del Estado aprobados para 2017 incluyeron una disposición final undécima modificando la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El cambio aprobado modifica la letra d) del apartado 7 del artículo
29 de dicha Ley para incluir una nueva condición para que una entidad perceptora de subvención pueda subcontratar a una entidad vinculada para realizar los trabajos objeto de esa subvención.


Con la modificación introducida, esta subcontratación solo se podrá hacer si:


2.ª Que el importe subvencionable no exceda del coste incurrido por la entidad vinculada. La acreditación del coste se realizará en la justificación en los mismos términos establecidos para la acreditación de los gastos del beneficiario.


Consecuencias de la actual redacción de la Ley.


Este cambio parece pensado para evitar que los grupos empresariales consolidados (o empresas que hayan creado una Fundación dedicada exclusivamente a trabajar para esa empresa) puedan subcontratarse subvenciones entre empresas del mismo
grupo. Donde antes esa subcontratación podía hacerse a precio de mercado, ahora se ha modificado la Ley para que esa subcontratación deba hacerse a precio de coste (en todo caso, es lo único que financiará la subvención). Sin embargo, tiene un
efecto colateral en el caso concreto de Fundaciones (muchos Centros Tecnológicos lo son) que reciban contratos de sus Patronos para desarrollar actividades de l+D para las que ese Patrono ha obtenido subvención.


Jurídicamente, no queda claro si los Centros Tecnológicos son entidades vinculadas a las entidades que componen su Patronato (en caso de Fundaciones) o a sus empresas asociadas (en el caso de asociaciones empresariales). Si así fuese, este
cambio va contra los objetivos fundacionales de un Centro Tecnológico, como es ofrecer las mismas condiciones de acceso a la tecnología a todas las entidades interesadas. Además, se daría la paradoja de que una empresa tendría más fácil
subcontratar una subvención con un Centro con el que no tuviese relación a través del Patronato.


Este problema ya está afectando al colectivo de Centros Tecnológicos. Las diversas administraciones públicas están incluyendo en las convocatorias públicas el nuevo Articulado de la Ley. De este modo, se deja abierta a la interpretación de
un tercero el nivel de vinculación entre un Centro Tecnológico y la entidad que le subcontrata, existiendo el riesgo de que incluso cuando haya Administraciones que permitan la subcontratación a Centros Tecnológicos y que aprueben los costes
completos de la subcontratación, una revisión posterior de IGAE o de Agencia Tributaria obligue a revertir parte de los fondos ya aprobados en esas subvenciones.


Un estudio de las convocatorias regionales y de CDTI realizado por Fedit nos muestra que, en todos los casos, se deja para más adelante la decisión de si un Centro Tecnológico es una entidad vinculada o no lo es, sin especificar quién tomará
esa decisión y en qué momento del proceso (aprobación de la



Página 21





subvención, justificación de los costes, etc....). Estas convocatorias incluyen trabas en el modelo de gobernanza público-privada de los Centros Tecnológicos, bien por prohibición expresa de subcontrataciones que hasta ahora eran válidas, o
por generar una incertidumbre en la certificación de las actividades que hará que las empresas no quieran arriesgar a subcontratar con Centros Tecnológicos vinculados por el riesgo de devolución de subvenciones dentro de cinco años. Debemos
insistir en el impacto tan negativo que tendrá en los ingresos y en el modelo de gobernanza de los Centros Tecnológicos.


Los argumentos para promover este cambio en la Ley, entre otros, son:


- Un Centro Tecnológico que sea una Fundación no está vinculado a ninguna de las Entidades que conforman su Patronato (no consolida cuentas ni balances fiscales con ninguna de ellas). Además, no tienen Patronos que posean un control
efectivo del propio Centro, por lo que cualquier margen comercial conseguido a través de una subcontratación no tiene ni siquiera efectos indirectos de ningún tipo en la Entidad que recibió la subvención.


- Un Centro Tecnológico es una entidad sin ánimo de lucro, por lo que no puede repartir beneficios (es decir, la Entidad que perciba la subvención nunca podrá obtener un beneficio económico de la misma a través de subcontratar actividades a
un Centro Tecnológico).


- Los Patronos de un Centro Tecnológico no perciben ningún tipo de remuneración por su actividad en el Patronato.


- Se produce una distorsión en el mercado si una Entidad de un Patronato tiene más ventajas subcontratando a un Centro Tecnológico que está fuera de su Patronato (ya que la Administración Pública le permitiría subcontratar a precio de
mercado y le subvencionaría todo el coste) que al propio Centro Tecnológico en cuyo Patronato está incluida (ya que esa misma subvención solo financiaría los costes incurridos, debiendo aportar la Entidad con sus propios fondos la parte que ahora no
cubrirá la subvención).


- Conducirá a una descapitalización de los Patronatos de los Centros Tecnológicos. Si una Entidad se ve perjudicada económicamente para contratar en este caso con el Centro Tecnológico que la tiene en su Patronato, la solución más obvia es
abandonar el Patronato para evitar ese perjuicio.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Establecer un diálogo y grupo de trabajo con la Federación Española de Centros Tecnológicos (FEDIT) para estudiar las propuestas que ha formulado para la mejora del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación a través de la
participación de los Centros Tecnológicos (CT) y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica (CAIT) de ámbito estatal, regulados y reconocidos por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre. Se acordarán medidas para conseguir los
siguientes objetivos:


a) Darle más valor a la figura del Centro Tecnológico y mejorar la percepción que se tiene de sus actividades en la sociedad.


b) Mejorar la definición del modelo de Centro Tecnológico incluido en el Registro que gestiona el Ministerio de Economía y Empresa.


c) Mejorar el marco jurídico que afecta a la relación entre Centros Tecnológicos y otros agentes, especialmente empresas, del sistema de I+D+I.


d) Impulsar la cooperación entre los diferentes agentes de fomento de la tecnología y la innovación, y particularmente entre el colectivo de Centros Tecnológicos de diferentes Comunidades Autónomas.


e) Analizar los cambios legales oportunos para evitar que los Centros Tecnológicos (CT) y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica (CAIT) vean mermadas su capacidad de gestión y papel para facilitar la innovación por efectos no
deseados de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público en relación al umbral de consideración de contrato menor en actividades subcontratadas a Centros y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para no
perjudicar la subcontratación de Centros Tecnológicos por empresas de su Patronato.


f) Valorar diferentes medidas de apoyo financiero para los Centros Tecnológicos (CT) y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica (CAIT) de ámbito estatal. Se estudiará mecanismos para generar una Financiación estructural de Centros
Tecnológicos, Ea Creación de un plan de infraestructuras de Centros Tecnológicos, y un programa nacional de investigación aplicada orientado a los organismos de



Página 22





investigación que quieran desarrollar proyectos a 3-5 años con una orientación clara a obtener resultados económicos en el mercado.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de febrero de 2019.-Herick Manuel Campos Arteseros, Patricia Blanquer Alcaraz y María González Veracruz, Diputados.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación


161/004256


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la defensa de la citricultura valenciana, para su debate
en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación.


Exposición de motivos


La Comunitat Valenciana es la principal región citrícola de España, tanto por la superficie dedicada a este cultivo como por producción. La citricultura valenciana tiene una fuerte vocación exportadora, fundamentalmente de productos
destinados al consumo en fresco, y unos elevados estándares de calidad.


Sin embargo, la citricultura valenciana está atravesando la peor campaña de las últimas décadas, caracterizada por el retraso de operaciones de compraventa y el hundimiento de los precios en origen. Esta situación afecta directamente de
forma negativa a los rendimientos de las personas productoras de cítricos y a la competitividad de un sector económico clave para la Comunitat.


En todo caso, y más allá de las repercusiones comerciales y económicas, la firma de acuerdos con países terceros sin garantías fitosanitarias y permitir que esos mismos países marquen los protocolos de importación en la Unión Europea (UE),
supone abrir las puertas de la citricultura valenciana a la entrada de plagas y enfermedades que podría tener como resultado un incremento del abandono de las explotaciones, con lo que esto supondría tanto desde la vertiente económica como
medioambiental y de puestos de trabajo para los municipios valencianos.


Son un buen número las entidades así como más de 70 los ayuntamientos valencianos que se han sumado a una movilización conjunta en apoyo de los intereses de la citricultura como actividad económica, social y medioambiental del territorio de
la Comunitat. Se han producido diversas concentraciones en este mes de enero en favor de la citricultura convocadas en municipios de toda la Comunitat, con un notable seguimiento.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'1. Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover en las instituciones europeas las siguientes medidas:


A) La modificación, en aquello que afecta a las concesiones favorables a las importaciones de cítricos y la aplicación, mientras tanto, de la cláusula de salvaguardia por la incidencia negativa del incremento de las importaciones de cítricos
sudafricanos en la producción europea.


B) La exigencia de la máxima cautela y controles a las producciones citrícolas importadas de países terceros, implantando un sistema común de inspección fitosanitaria unificado a todos los puntos de entrada de cítricos en la UE y
estableciendo inspectores de la UE en los puntos de origen de los cítricos importados para evitar la salida de producciones infestadas de plagas.


C) El establecimiento a las producciones de países terceros de las mismas exigencias que tienen las producciones de la UE, tanto desde el punto de vista del uso de productos fitosanitarios como de requisitos de seguridad alimentaria de los
consumidores y obligaciones laborales, medioambientales y protocolos comerciales.



Página 23





D) El impulso de una normativa comunitaria que regule el buen funcionamiento de la cadena alimentaria a nivel europeo y contemple la prohibición de la venta a pérdida de los productos agrarios.


2. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


A) Defender las normas establecidas en la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, garantizando los derechos de los productores agrarios ante la distribución.


B) Implementar ayudas directas para los citricultores que se han visto afectados negativamente en la presente campaña.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de febrero de 2019.-Ricardo Sixto Iglesias, Diputado.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión de Transición Ecológica


161/004257


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Poden-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley sobre la
regulación de los pozos de prospección en busca de aguas subterráneas, para su debate y aprobación en la Comisión de Transición Ecológica.


Exposición de motivos


Determinados sucesos tienen el efecto de llevarnos a la conciencia aspectos de nuestra vida a los que hasta ese momento no habíamos prestado la atención que merecen. Este es el caso de las normas técnicas de ejecución de investigaciones y
prospección de aguas subterráneas.


La desgracia ocurrida recientemente en Málaga debe llevarnos a reflexionar sobre este tema, no solo en lo referente a la seguridad, sino también a los graves problemas ambientales vinculados a la gestión de aguas subterráneas, en el contexto
de una situación de desgobierno que posibilita la existencia de en torno a 1 millón de pozos ilegales en nuestro país. La ley establece que 'el Organismo de Cuenca podrá otorgar autorizaciones para investigación de aguas subterráneas, con el fin de
determinar la existencia de caudales aprovechables' (artículo 73 Real Decreto Legislativo 1/2001 y artículo 179 del Real Decreto 849/1986). Sin embargo, también entra en juego otro permiso de carácter minero, referente a la prospección en sí (al
margen de la posterior explotación), que depende del correspondiente departamento de la Comunidad Autónoma encargado de cuestiones mineras.


El desarrollo reglamentario de dicho sistema autorizatorio establece que 'el Organismo de Cuenca establecerá las condiciones que procedan en las autorizaciones de investigación que otorgue [...] En particular, podrá establecer: [...] e)
Normas técnicas de ejecución, como sellado de acuíferos, aislamientos y aquellas otras que resulten convenientes para la mejor conservación de los acuíferos.' (Artículo 180.2 del Real Decreto 849/1986).


Por otro lado, la norma general minera establece que 'Los sondeos terrestres y marítimos, las calicatas,..., y otros de prospección precisarán de un proyecto aprobado,..., atendrán a lo dispuesto en el presente Reglamento' (artículo 109 del
Real Decreto 863/1985 por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera).


No obstante, la necesaria vinculación del permiso minero de prospección y del permiso del Organismo de Cuenca responsable de las masas de agua, no está suficientemente ciara, lo que motiva en muchos casos tramitaciones separadas e inconexas
ante instituciones diferentes: la Comunidad Autónoma en cuestiones de minería, y en lo referente a la gestión de aguas, el Organismo de Cuenca, que es de competencia estatal en cuencas intercomunitarias y autonómica en cuencas internas. Esto
lleva, en muchos casos, a que, en acuíferos en riesgo, los interesados dispongan fácilmente de permiso de



Página 24





prospección por parte de minas, y no del Organismo de Cuenca. De hecho, al trabajar sin suficiente coordinación, las instituciones de aguas y de minería, se suele incumplir el precepto de no dar permiso de prospección alguno en acuíferos en
riesgo. Ello genera una situación confusa en la que muchas explotaciones ilegales, sin permiso de explotación de aguas subterráneas, se amparan en que disponen del permiso de prospección minera. Por otro lado, la vigencia del artículo 54.2 de la
Ley de Aguas, que permite perforar pozos de igual o menos de 7.000 m3/año, incluso en acuíferos en riesgo, previa 'declaración responsable', facilita la explotación abusiva de acuíferos en riesgo, sin permiso legal propiamente dicho del Organismo de
Cuenca.


Desde la Asociación Internacional de Hidrogeólogos (AIH-GE), un grupo de investigadores y profesionales han elaborado recientemente trabajos relevantes que concretan las normas a establecer y a cumplir: 'Estándares mínimos para una correcta
ejecución de pozos', publicado en las actas Agua subterránea, medio ambiente, salud y patrimonio. Congreso ibérico. AIH-GE. Salamanca, noviembre 2018.


Estas normas técnicas a aplicar, tanto en la ejecución como en abandono de pozos o sondeos, deben garantizar la seguridad de personas y bienes, así como impedir el deterioro ambiental, evitando la sobreexplotación de acuíferos en riesgo, o
la entrada de contaminantes en el acuífero, bien a través de la propia boca del pozo, o entre la tubería y la pared del sondeo, por falta de cementación o por interconexión de acuíferos. Se trata de establecer, según la distinta tipología de los
pozos y de la situación de los acuíferos, las medidas técnicas necesarias para lograr los objetivos reseñados. Es preciso, por ejemplo, evitar que un sondeo se abandone con medidas fácilmente removibles, como colocar una piedra sobre su boca,
haciendo obligatorio, cono mínimo, sellarlo con una tubería metálica de 1 a 3 metros, cerrada con una chapa metálica soldada, o en su caso, con candado. Igualmente debe garantizarse la vinculación de cualquier permiso minero de prospección al
permiso del Organismo de Cuenca, que debe velar por el buen estado de las masas de aguas subterráneas; así como la necesaria coordinación entre los distintos niveles de la Administración, en las competencias concurrentes que dependen de la
Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas e incluso de los Municipios, para garantizar un correcto desempeño de todas las potestades administrativas en juego.


Dada que la necesidad imperiosa y urgente de concretar normas vinculantes que protejan a la población y al medio ambiente, se propone la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que:


1. El Ministerio de Transición Ecológica, a la mayor brevedad posible, establezca unas Normas técnicas obligatorias en la ejecución y clausura de sondeos de investigación y captación de aguas subterráneas, que aporten seguridad para las
personas y prevengan el deterioro ambiental, siguiendo las recomendaciones que aportan científicos y técnicos al respecto.


2. Se vincule de forma efectiva y obligatoria cualquier autorización de prospección minera en busca de aguas subterráneas al permiso del Organismo de Cuenca, evitándose que se emitan dichas autorizaciones mineras sin el necesario permiso de
aguas y que quede vetado todo permiso de prospección en acuíferos en riesgo.


3. Se garantice una coordinación efectiva de las competencias concurrentes de Estado, Comunidades Autónomas y Municipios, no solo en la expedición de permisos y licencias, sino también en la vigilancia sobre el terreno de este tipo de
obras.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de febrero de 2019.-Pedro Arrojo Agudo y Rosana Pastor Muñoz, Diputados.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/004258


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley relativa
a paralizar el proceso de llenado de la presa de



Página 25





Enciso (La Rioja) hasta el desarrollo de los planes específicos de emergencia y evacuación de los municipios adyacentes, para su debate y aprobación en la Comisión de Transición Ecológica.


Exposición de motivos


La presa de Enciso (La Rioja) se inauguró el 29 de enero de 2019 en presencia, entre otros, del Secretario de Estado de Medio Ambiente Hugo Alfonso Morán; la Subsecretaria para la Transición Ecológica, Juana María Lázaro; el Delegado del
Gobierno en La Rioja, José Ignacio Pérez; la Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Ebro, María Dolores Pascual, y el Presidente de La Rioja, José Ignacio Ceniceros.


Su construcción ha sido un proceso de largo recorrido desde que se licitara en 1993 y se comenzara a construir en 2008. En total, una inversión de 91 millones de euros para una infraestructura hidráulica de 103 metros de altura en su pared,
700.000 m3 de hormigón compactado y un peso de 1,7 toneladas a las que se suma el peso de los 46,5 millones de toneladas de agua que incidirán directamente sobre el vaso del embalse.


Su levantamiento no ha pasado desapercibido para los vecinos y vecinas de la zona, especialmente los del municipio de Enciso, a tan solo 700 metros aguas abajo de la presa. Sus preocupaciones han sido varias. Por un lado, el impacto
paisajístico y la modificación del entorno, con !a desaparición del pueblo Las Ruedas de Enciso. Por el otro, su propia seguridad. En los últimos años se han registrado unos diez movimientos sísmicos de baja intensidad en la zona, no percibidos
por la población ni dañinos para viviendas e infraestructuras, pero que han hecho que el Instituto Geográfico Nacional actualizara el grado de aceleración sísmica de La Rioja de 0.04 a 0.06. Esto significa que la probabilidad de que en La Rioja
haya un movimiento sísmico de mayor intensidad se ha incrementado.


La construcción de la presa, y sobretodo su llenado, aumentan el riesgo de que se produzca un movimiento en las fallas por un fenómeno conocido como sismicidad inducida. Del mismo han alertado expertos de la Universidad de Zaragoza y
Ecologistas en Acción entre otros. El delegado del Colegio de Geólogos de España en La Rioja informaba solo un día después de la inauguración de la presa de que no se han instalado las estaciones de control sísmico de Enciso, Jubera, Grávalos y
Santa Cruz de Yanguas (Soria) durante la fase de construcción ni en la actual fase de llenado de prueba.


La inauguración de la presa se ha hecho además con la polémica y el debate suscitado en torno a la existencia o no del preceptivo plan de emergencia y la existencia de los planes de evacuación específico para los municipios afectados de la
zona como Enciso, Arnedillo o Munilla, algo que preocupa especialmente a los habitantes del valle del Cidacos dada la envergadura del embalse, su proximidad a él y los riesgos de movimiento sísmico. Se prevé realizar el llenado de la presa en doce
fases en los próximos tres años.


La Confederación Hidrográfica del Ebro, por su parte, asegura que el plan de emergencia de la presa de Enciso está implantado y comunicado por Protección Civil desde el pasado 26 de noviembre fecha en la que se celebró una jornada en la que
se implantó el Plan de Emergencia. Por su parte, todos los municipios tienen unos planes de evacuación propios para distintas emergencias y los tienen que desarrollar a través de Protección Civil, descargando la responsabilidad de adecuar el plan
general a las especificadas de cada municipio sobre los Ayuntamientos.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Paralizar el proceso de llenado de la presa de Enciso hasta que:


1. Se haya clarificado la validez del Plan de Emergencia de la Presa por parte de las autoridades competentes.


2. Se hayan realizado los planes de emergencia y evacuación locales específicos para los municipios adyacentes a la presa de Enciso previamente a iniciar el proceso de llenado de la misma.


3. Se realicen los estudios sismológicos necesarios a fin de evaluar la posibilidad de que el llenado de la presa pueda provocar un movimiento en las fallas, garantizando en todo momento la seguridad de los vecinos y vecinas del Valle del
Cidacos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de febrero de 2019.-Sara Carreño Valero, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



Página 26





161/004273


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la protección del subsuelo y los recursos geológicos,
para su debate en la Comisión de la Transición Ecológica.


Exposición de motivos


En el Estado español existen más de 2.000 expedientes de solicitudes mineras en diferentes localidades. Muchas de ellas son resultado de la especulación, la subida de los precios de los metales y minerales no energéticos de uso tecnológico,
y en no pocos casos suponen la reapertura de antiguas minas abandonadas, cuya nueva explotación se plantea vinculada a innovaciones tecnológicas. En muchos de estos casos los permisos se encuentran a día de hoy caducados y el abandono y
desprotección de muchas de estas minas suponen una amenaza para un gran número de municipios.


Los proyectos de reactivación mineros suponen tan peligro en la medida en que la mayoría de los consistorios afectados adolecen de información, por lo que no pueden calibrar la necesidad de rehabilitar accesos rodados, ni el alcance del
impacto en la actividad económica existente, a menudo en tejidos incompatibles con la minería, dado el carácter mayoritariamente rural de estos municipios. La gestión de zonas dónde ha habido actividad minera, debería centrarse en la conservación
del patrimonio natural y cultural existente, evitando un nuevo impacto en el territorio, así como la acumulación y gestión de residuos derivados de una actividad extractiva y sus consecuencias. La Directiva 2008/98/CE exige que se introduzcan las
actuaciones necesarias para que las operaciones de valorización se lleven a cabo respetando el medio ambiente y sin perjuicio para la salud humana.


Los planes desarrollados en otros países muestran que las minas pueden tener una segunda vida como: centros culturales, zonas de ocio, o centros de investigación; ejemplos exitosos que son constatables en nuestro entorno geográfico. Del
mismo modo, deben ser las personas residentes en las localidades quienes elijan la nueva actividad respetuosa con el medioambiente y generadora de crecimiento: deviene fundamental que quienes van a vivir el cambio de modelo productivo sean
protagonistas del mismo.


Podemos hablar ya de 'epidemia de minería' que afecta en gran medida el medio natural, y la vida de pueblos y ciudades, y que en la mayoría de los casos ha generado rechazo vecinal y movilizaciones. Ampliamente conocido es que se trata de
una actividad que apenas deja beneficios económicos, sociales o ambientales en los municipios, más bien al contrario: deja consecuencias que acaba pagando la población. Casos como las minas de cobre en el bajo Guadalquivir, de oro y cobre en
Galicia, Catalunya y Asturias, de uranio en Salamanca, de litio y estaño en Cáceres, wolframio y titanio en Ciudad Real y en el Pirineo de Lleida, de tierras raras en Canarias, de potasas en Aragón y Navarra, de feldespato en Ávila, son unos pocos
ejemplos de estos casos, a los que se suman multitud de proyectos subacuáticos, tanto en el litoral mediterráneo, como el hallazgo de telurio y hafnio en el atlántico. La falta de regulación de la explotación de recursos del subsuelo marino,
requiere una reforma que establezca para una actividad que previsiblemente tendrá un desarrollo exponencial en las próximas décadas.


El actual modelo de desarrollo industrial internacional, tiene la necesidad de disponer de amplias reservas de hidrocarburos y minerales. Buena prueba de ello, resultó la salida a la luz del cable diplomático de Estados Unidos filtrado por
Wikileaks en el que se enumeraban los minerales estratégicos por su grado de dependencia para dicho país, así como los países en que se acumulaban dichas reservas. Documento de la Secretaría de Estado, con la clasificación de Secreto, y número
015113, de fecha 18 de febrero de 2009, con el asunto 'Request for information: critical foreign dependencies'. Por todo ello, la presencia de depósitos minerales, ha llevado aparejada en muchos territorios la presencia de lobbies y grupos de
presión. De hecho, la minería internacional está actualmente concentrada en unas pocas empresas, fundamentalmente de Reino Unido, Estados Unidos y Australia. Hasta ahora, el ámbito de crecimiento preferido por este tipo de actividades extractivas
eran los países empobrecidos, donde los controles administrativos son más laxos y sorteables por las corporaciones multinacionales, así como los requisitos ambientales, laborales y de seguridad son menos rigurosos que en los países desarrollados.
Sin embargo, en los cinco últimos años, se han elevado alarmantemente los permisos mineros otorgados por los gobiernos autonómicos, lo que permite afirmar que el Reino de España es ahora mismo un nuevo campo de actuación



Página 27





para las empresas con intereses especulativos vinculados a la minería. Numerosas Comunidades Autónomas vienen dando todo tipo de facilidades a las empresas mineras que tienen concesiones vigentes, y también a las potenciales interesadas en
retomar la actividad en los casos en los que la caducidad de los permisos ya no permitiera realizar actividad extractivas alguna. En muchos de los casos, allanando el camino de las mineras mediante una disminución de la transparencia y la rendición
de cuentas sobre los trámites en curso e incidentes acaecidos en las explotaciones o investigaciones que realizan las compañías.


La gran mayoría de las nuevas minas proyectadas son a cielo abierto, más baratas de explotar que las subterráneas, pero con un impacto ambiental y social mucho mayor, debido a la necesidad de grandes superficies de territorio y, sobre todo,
de las grandes cantidades de agua para concentrar los minerales. Otros riesgos graves son la contaminación del aire y de los acuíferos, así como la contaminación química y radioactiva, causadas por infiltración rutinaria o accidental del agua que
abastece a los municipios de la zona. Junto a ello, también es notable el impacto de las minas en espacios naturales protegidos (Red Natura, ZEPA, LIC, IBA) y que debería ser por sí mismo un elemento suficiente para la denegación de permisos.


Por todo ello, diversas organizaciones sociales, ecologistas, medioambientales, así como múltiples plataformas vecinales, denuncian la amenaza ambiental que pone en peligro decenas de miles de hectáreas de gran valor natural, que podrían ser
destruidas en los próximos años.


Toda esta actividad viene regulada por la Ley de Minas, aprobada el año 1.973, es decir, durante la dictadura franquista, que cuarenta y cinco años después todavía no se ha modificado.


Dicha regulación dio primacía a los intereses del promotor y le dotaba (y le dota a día de hoy) de una serie de instrumentos legales que legitiman las prácticas extractivas predadoras. Muchos de sus preceptos son claramente contrarios a los
principios y valores de la Constitución, otorgando privilegios que sitúan a las empresas mineras por encima de consideraciones medioambientales y sociales e, incluso, por encima del derecho de propiedad privada.


De esta manera, en la regulación de los aprovechamientos del subsuelo, nos encontramos ante un vacío legal (a diferencia de otros sectores que aprovechan el agua, los bosques, los campos o el mar), que en la explotación de yacimientos de
minerales o aguas termales no se protege de forma ordenada, sostenible y respetuosa con la biodiversidad y el paisaje. Sin embargo, la Directiva 2006/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, establece medidas para prevenir los efectos adversos
sobre el medio ambiente y la biodiversidad, impele a los Estados a garantizar un sistema eficaz de inspecciones o medidas de control equivalentes respecto a las instalaciones de residuos de las industrias extractivas.


Por ello, deviene imprescindible una reforma integral que supedite la actividad minera a la protección del medio ambiente, del paisaje y de las poblaciones de las zonas afectadas, así como el respeto a las actividades preexistentes en el
territorio y la consideración de la opinión de las ciudadanía de la zona afectada y los municipios y demás instituciones locales de representación. Es decir, una reforma en profundidad de la ley que respete los derechos ambientales, los derechos de
la ciudadanía, la transparencia y la planificación y que sitúe el interés público por encima de los intereses mercantiles, y cuya elaboración atienda los criterios de personas expertas y de instituciones académicas, como facultades de derecho,
geología, medio ambiente e ingenierías. Una reforma que acabe con la laxa normativa que contempla los mecanismos de restauración de los espacios afectados por un yacimiento, con criterios claros y rigurosos de fijación de fianzas y garantías, y que
establezca seguridad jurídica en los procesos de determinación de responsabilidad ambiental y un régimen disciplinario y sancionador eficaz y, en contrapartida, un sistema que beneficie a las empresas que implementan y respetan las buenas prácticas
ambientales, implicando a las mismas en un modelo de transición justa, que potencie y promocione las energías limpias, sostenibles. En definitiva, permitiendo que sean las necesidades del territorio y su población y no la economía especulativa, las
que permitan la creación de riqueza y empleo.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover en un plazo máximo de seis meses la reforma de la de la Ley 22/1973, de 22 de julio, de Minas, para:


a) Proteger el subsuelo y sus recursos geológicos de modo que la explotación de yacimientos de minerales como oro, cobre, uranio, litio, wolframio, titanio, potasas, feldespato, telurio o tierras raras, así



Página 28





como las aguas termales y otros usos geológicos se hagan, en todo caso, con respeto al hábitat natural, al medio ambiente y al paisaje, con atención a los criterios de expertos, supeditadas siempre el interés común, la sostenibilidad y la
lucha contra el cambio climático.


b) Garantizar que cualquier prórroga o concesión de una actividad minera que se pretendiera desarrollar, sea consultada a través de un procedimiento participativo y vinculante, al conjunto de la población afectada.


2. Remitir al Congreso de los Diputados de un Proyecto de Ley de protección del subsuelo y los recursos geológicos, que permita que cualquier actividad extractiva se ajuste a criterios de sostenibilidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de febrero de 2019.-Jaume Moya Matas y María Rosa Martínez Rodríguez, Diputados.-Lucía Martín González, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión de Cultura y Deporte


161/004280


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de los establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre la
Ciudad Romana de Arucci/Turobriga (Aroche-Huelva), para su debate en la Comisión de Cultura.


Exposición de motivos


La ciudad romana de Arucci/Turobriga está catalogada como Bien de Interés Cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. La ubicación del Enclave es privilegiada, situándose en los Llanos de la Belleza, un singular paraje
junto a la Rivera del Chanza y frente a las últimas estribaciones de Sierra Morena, en la antigua frontera con la Lusitania y la actual Portugal. Este yacimiento cuyas primeras investigaciones históricas se realizan en 1975 ha pasado a convertirse
en uno de los yacimientos que más investigaciones ha desarrollado en los últimos tiempos, siendo muy reconocido a nivel científico. Desde el año 2004 hasta la actualidad se han desarrollado al menos una o dos campañas arqueológicas anuales, lo que
ha permitido un amplio conocimiento del yacimiento, además de la creación de empleo estable (guías, mantenimiento, restauraciones) y temporal (operarios para excavaciones, apoyo para mantenimiento, etc). En la actualidad se está desarrollando el
segundo Proyecto General de Investigación del yacimiento, que abarca el período 2016-2021. Las investigaciones en la ciudad romana se llevan a cabo por el Área de Arqueología de la Universidad de Huelva y el Ayuntamiento de Aroche, de forma
conjunta y modélica aunando la investigación, la conservación y la puesta en valor de un importante recurso patrimonial, que ha conseguido a través de sus actividades de divulgación, una mayor sensibilización hacia el patrimonio por parte de la
población de Aroche, además de un importante incremento del turismo. Dentro de las actividades de divulgación destaca el Festival de Diana, una fiesta de origen romano dedicada a Diana, diosa de la caza y la naturaleza. Esta diosa presidía el
templo central del Foro de Arucci. El Festival permite recrear la vida cotidiana de esta ciudad hace 2.000 años, y son más de 100 vecinos de Aroche los que instruidos por el Área de Patrimonio del Ayuntamiento recrean la vida cotidiana de la
ciudad. A ellos se suman representaciones de teatro clásico de compañías de teatro nacional, talleres de juegos romanos, desfiles, juegos de gladiadores, artesanos, etc. y la presencia de numerosas asociaciones de recreacionismo histórico llegados
desde distintos puntos de la geografía nacional.


Este yacimiento por tanto destaca por sus valores arqueológicos pero también porque ha conseguido que diferentes administraciones e instituciones trabajen de forma conjunta por un bien común, conocer nuestra historia, conservarla y permitir
que la sociedad pueda disfrutarla. El papel de la Universidad de Huelva como garante del conocimiento y de la divulgación científica es de vital importancia para este proyecto, pero también el papel del Ayuntamiento de Aroche, como administración



Página 29





más cercana al patrimonio local. El Ayuntamiento de Aroche, un municipio de poco más de 3000 habitantes, en una zona rural amenazada con la despoblación, ha sabido invertir en el cuidado de su patrimonio como seña de identidad local. Las
diversas campaña de sensibilización entre la población, destacando el trabajo con los centros escolares, ha conseguido que la población sienta como suyo el yacimiento porque es parte de su Historia y de su identidad. La ciudad romana se ha
convertido de nuevo en un espacio lleno de vida, donde los escolares pueden hacer prácticas de arqueología, donde la gente puede visitar los trabajos que se realizan, pueden disfrutar de nuevo de la ermita de San Mamés, que se ha recuperado de forma
conjunta al yacimiento y se han creado además espacios de ocio y descanso en el entorno del yacimiento. La puesta en valor del yacimiento ha permitido además el incremento del turismo, diversificando la economía local, eminentemente agrícola. El
trabajo conjunto entre administraciones revierte en un mayor desarrollo socioeconómico y cultural de un municipio rural. A este esfuerzo se suma la Junta de Andalucía, y debe sumarse también el Ministerio, dado que se trata de consolidar y reforzar
un trabajo que revierte en la población y en la conservación de nuestro legado histórico.


La ciudad romana de Arucci/Turobriga se funda en época de Augusto, a finales del siglo I a.C. (15-10 a.C.), y supone la culminación de un proceso de ocupación y control generalizado de un sector del territorio conocido como la Beturia
Céltica, ubicado al noroeste de la Bética. Este control se basa en una intensa colonización agrícola que comienza en época de César y culmina con la fundación de la ciudad de Arucci, junto con la contribución de Turobriga, a finales del siglo I
a.C. Como consecuencia emigran a la zona población ciudadana cuyos nombres conocemos gracias a la epigrafía que se expone en el Colección Arqueológica Municipal de Aroche, algunos de los cuales aparecen en la epigrafía como benefactores de la
ciudad. A partir del segundo tercio del siglo I d.C. la ciudad inicia un programa de construcciones públicas que culminará en época Flavia con la construcción de las termas y el campus. En el siglo II d.C. se experimenta una consolidación del
urbanismo de la ciudad así como de la vida de la misma, para en el segundo tercio del siglo III, tras el periodo Severo, iniciarse el abandono de la ciudad de manera progresiva y paulatina hasta finales del siglo IV y principios del V, al servir
además de cantera de materiales. La construcción de la ermita de San Mamés, las obras en el castillo, algunos cortijos y casas del pueblo amortizaron los materiales constructivos de la ciudad. No obstante la ciudad conserva completa su planta, lo
que resulta de gran importancia para el estudio del urbanismo romano.


Las continuas excavaciones han sacado a la luz diversos edificios públicos y privados, destacando el foro o plaza pública, el mercado, las termas, el campus, la necrópolis, la muralla y tres ambientes domésticos, la Casa de la Columna, la
Casa Norte y la Casa del Peristilo. Además el yacimiento se complementa de forma importante con la medieval ermita de San Mamés, un templo de repoblación del siglo XIll construido sobre los restos de la basílica romana y decorado con impresionantes
frescos de los siglos XIV, XV y XVI.


El Enclave Arqueológico de Arucci/Turobriga y Monumental de San Mamés está abierto al público desde 2004 con horarios estables y es la única ciudad romana visitable en toda la provincia de Huelva.


Dadas la trayectoria e implicación de instituciones y entidades de estos últimos años, creemos llegado el momento de que el Gobierno de España, a través de su Ministerio de Cultura y de los organismos que considere, colabore e impulse en lo
posible el conocimiento, la investigación y difusión de tan notable bien patrimonial.


Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Solicitar el apoyo del Gobierno, y particularmente del Ministerio de Cultura, tanto en las excavaciones como en las actividades relacionadas con el yacimiento de la ciudad romana de Arucci/Turóbriga, en el municipio de Aroche, provincia
de Huelva.


2. Estudiar que las actuaciones a realizar en la Ciudad Romana de Arucci/Turóbriga (Aroche-Huelva) se presenten a la siguiente convocatoria de Ayudas del Programa de Conservación del Patrimonio Histórico Artístico (1,5 % Cultural) del
Ministerio de Fomento.



Página 30





3. Apoyar cuantas iniciativas, nacionales e internacionales, redunden en beneficio de la conservación y promoción de Arucci/Turóbriga como referencia de la presencia romana en el suroeste de la Península Ibérica.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de febrero de 2019.-José Juan Díaz Trillo y Josefa Inmaculada González Bayo, Diputados.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Ciencia, Innovación i Universidades


161/004261


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esta Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley relativa
al derecho humano a la ciencia, para su debate en la Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades.


Exposición de motivos


El derecho humano a la ciencia se recogió brevemente en la Declaración Universal de los Derechos Humanos en el año 1948, en su artículo 27:


'1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de el resulten.


2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.'


Posteriormente, en 1996 se amplió en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su artículo 15:


'1. Los Estados Parte en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a:


a) Participar en la vida cultural.


b) Gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones.


c) Beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.


2. Entre las medidas que los Estados Parte en el presente Pacto deberán adoptar para asegurar el pleno ejercicio de este derecho, figurarán las necesarias para la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia y de la cultura.


3. Los Estados Parte en el presente Pacto se comprometen a respetar la indispensable libertad para la investigación científica y para la actividad creadora.


4. Los Estados Parte en el presente Pacto reconocen los beneficios que derivan del fomento y desarrollo de la cooperación y de las relaciones internacionales en cuestiones científicas y culturales.'


La Conferencia Mundial sobre la Ciencia de la UNESCO aprobó en 1999 la Declaración sobre la ciencia y el uso del saber científico que incluía cuatro objetivos:


'1. La ciencia al servicio del conocimiento; el conocimiento al servicio del progreso.


2. La ciencia al servicio de la paz.


3. La ciencia al servicio del desarrollo.


4. La ciencia en la sociedad y la ciencia para la sociedad.'



Página 31





La Carta de los Derechos Humanos Fundamentales de la Unión Europea de 2000, incluye en su artículo 13 la investigación científica: 'Las artes y la investigación científica son libres. Se respeta la libertad de cátedra'.


Finalmente, el 1 de enero de 2016 entró en vigor la llamada Agenda 2030, que incluye 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) a favor de las personas, el planeta y la prosperidad. El Gobierno socialista aprobó en 2018 el Plan de acción
para la implementación de esta Agenda en España. Una de las áreas prioritarias, como refleja el ODS 9, es la inversión en investigación científica y técnica. Por ello, en base a este Plan de Acción y con la firme voluntad del Gobierno de avanzar
en hacer de la ciencia un Derecho Humano se está trabajando intensamente para hacer realidad los objetivos y metas de la Agenda 2030 en España.


En conclusión, las instituciones internacionales, europeas y nacionales reconocen y están desarrollando el derecho a la ciencia como valor cultural, económico y social.


A pesar de ello, el derecho humano a la ciencia sigue sin gozar, desgraciadamente, con un desarrollo adecuado en la legislación internacional de derechos humanos.


Es por ello que el Comité de Derechos, Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas está actualmente elaborando un Comentario General sobre este derecho para desarrollar su pleno reconocimiento y cumplimiento. Está previsto que este
Comentario General pudiera ser aprobado este mismo año 2019 por dicho Comité.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar las medidas necesarias para que el derecho humano a la ciencia obtenga su debido desarrollo internacional y goce de un marco normativo global.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2019.-María González Veracruz, Diputada.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/004278


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre
medidas de apoyo a los Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, para su debate en la Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades.


Exposición de motivos


La Federación Española de Centros Tecnológicos (FEDIT) ha realizado una propuesta de modificación en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, para elevar el umbral de consideración de contrato menor en actividades
subcontratadas a Centros, así como una propuesta de modificación en la Ley 38/2003, de 17 de 1, noviembre, General de Subvenciones para no perjudicar la subcontratación de Centros Tecnológicos por empresas de su Patronato.


Se consideran Centros Tecnológicos de ámbito estatal a aquellas entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y residentes en España, que sean creadas con el objeto de contribuir al beneficio general de la sociedad y a la mejora de
la competitividad de las empresas mediante la generación de conocimiento tecnológico, realizando actividades de I+D+i y desarrollando su aplicación. La actividad de los centros se ha mostrado esencial para el desarrollo tecnológico e industrial de
las PYME españolas.


En el caso de los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, serán creados con el objeto de facilitar la aplicación del conocimiento generado en los organismos de investigación, incluidos los centros tecnológicos,
mediante su intermediación entre estos y las empresas, proporcionando servicios de apoyo a la innovación.



Página 32





El Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, regula los Centros Tecnológicos (CT) y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica (CAIT) de ámbito estatal y crea un registro público de carácter informativo y voluntario que puede ser
consultado en el Directorio de centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica.


Sobre la modificación de la Ley de Contratos del Sector Público.


La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 31 (Gastos subvencionables), apartado 3, la necesidad de que, cuando el gasto subvencionable deba subcontratarse y exceda de la cuantía establecida para un
contrato menor que establece la Ley de Contratos del Sector Público (actualmente establecida en 15.000 €), el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, estableciendo la salvedad de que por sus especiales
características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren.


Sin embargo, la especial naturaleza de la relación que mantienen los Centros Tecnológicos con las empresas que invierten en innovación hace que, muy frecuentemente, la definición del proyecto, las tecnologías a desarrollar, el proceso de
adaptación al mercado de los desarrollos contratados y muchos otros factores se definan conjuntamente entre la empresa y el propio Centro Tecnológico. Esta colaboración llega incluso a buscar conjuntamente y preparar las propuestas necesarias para
obtener fondos públicos competitivos de ayuda a I+D+I que cofinancien este desarrollo.


En este contexto, no es razonable exigir que las empresas que han buscado un proveedor tecnológico de confianza, han definido un proyecto innovador que mejorará su competitividad y han colaborado con este proveedor para encontrar una
subvención para ese proyecto, busquen proveedores alternativos. Por tanto, hasta hace poco tiempo el artículo mencionado de la Ley de Subvenciones se cumplía mediante un informe de la propia empresa explicando las especiales características que
impedían subcontratar esa actividad subvencionable a otro proveedor tecnológico diferente. Sin embargo, en los últimos tiempos desde la Administración Pública se desestiman sistemáticamente este tipo de informes y se ha instalado una lógica más
garantista que obliga, para cualquier contrato de más de 15.000 €, a presentar esas tres ofertas diferentes.


Consecuencias de la actual redacción de la Ley de Contratos del Sector Público.


Esta situación está llevando al conjunto de entidades privadas que invierten en I+D+I a rechazar determinados proyectos propuestos por Centros Tecnológicos ante la complejidad de la gestión y la carga burocrática que llevaría si finalmente
se obtuviese subvención para ese desarrollo. Las alternativas que tienen son renunciar a subvenciones públicas, trabajar solo con proyectos de menos de 15.000 € o establecer un sistema de búsqueda de propuestas ficticias que sirvan para cubrir el
expediente. Y muchas de ellas, ante esas alternativas, prefieren no iniciar un proceso de inversión en desarrollos tecnológicos innovadores. Este problema se ha visto agravado desde que el umbral que establece el contrato menor bajó de 18.000 €
hasta los 15.000 € actuales.


Ante las trabas burocráticas que implica esta gestión de diferentes ofertas, establecieron, en la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos Generales del Estado para 2018, la modificación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público, para añadir una disposición adicional quincuagésima cuarta que establecía excepciones al problema descrito en este documento:


Atendiendo a la singular naturaleza de su actividad, como excepción al límite previsto en el artículo 118 de esta Ley, tendrán en todo caso la consideración de contratos menores los contratos de suministro o de servicios de valor estimado
inferior o igual a 50.000 euros que se celebren por los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, siempre que no vayan destinados a servicios generales y de infraestructura del órgano de contratación.


A estos efectos, se entienden comprendidos entre los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, en los términos establecidos en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, las
Universidades públicas, los Organismos Públicos de Investigación, fundaciones, consorcios y demás agentes de ejecución de la Administración General del Estado, los organismos y entidades de investigación similares a los anteriores dependientes de
otras Administraciones Públicas, las Fundaciones de Investigación Biomédica, y los centros, instituciones y consorcios del Sistema Nacional de Salud.



Página 33





Sobre la modificación de la Ley de General de Subvenciones.


Los Presupuestos Generales del Estado aprobados para 2017 incluyeron una disposición final décima primera modificando la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El cambio aprobado modifica la letra d) del apartado 7 del
artículo 29 de dicha Ley para incluir una nueva condición para que una entidad perceptora de subvención pueda subcontratar a una entidad vinculada para realizar los trabajos objeto de esa subvención.


Con la modificación introducida, esta subcontratación solo se podrá hacer si:


2.a Que el importe subvencionable no exceda del coste incurrido por la entidad vinculada, La acreditación del coste se realizará en la justificación en los mismos términos establecidos para la acreditación de los gastos del beneficiario.


Consecuencias de la actual redacción de la Ley.


Este cambio parece pensado para evitar que los grupos empresariales consolidados (o empresas que hayan creado una Fundación dedicada exclusivamente a trabajar para esa empresa) puedan subcontratarse subvenciones entre empresas del mismo
grupo. Donde antes esa subcontratación podía hacerse a precio de mercado, ahora se ha modificado la Ley para que esa subcontratación deba hacerse a precio de coste (en todo caso, es lo único que financiará la subvención). Sin embargo, tiene un
efecto colateral en el caso concreto de Fundaciones (muchos Centros Tecnológicos lo son) que reciban contratos de sus Patronos para desarrollar actividades de I+D para las que ese Patrono ha obtenido subvención.


Jurídicamente, no queda claro si los Centros Tecnológicos son entidades vinculadas a las entidades que componen su Patronato (en caso de Fundaciones) o a sus empresas asociadas (en el caso de asociaciones empresariales). Si así fuese, este
cambio va contra los objetivos fundacionales de un Centro Tecnológico, como es ofrecer las mismas condiciones de acceso a la tecnología a todas las entidades interesadas. Además, se daría la paradoja de que una empresa tendría más fácil
subcontratar una subvención con un Centro con el que no tuviese relación a través del Patronato.


Este problema ya está afectando al colectivo de Centros Tecnológicos. Las diversas administraciones públicas están incluyendo en las convocatorias públicas el nuevo Articulado de la Ley. De este modo, se deja abierta a la interpretación de
un tercero el nivel de vinculación entre un Centro Tecnológico y la entidad que le subcontrata, existiendo el riesgo de que incluso cuando haya Administraciones que permitan la subcontratación a Centros Tecnológicos y que aprueben los costes
completos de la subcontratación, una revisión posterior de IGAE o de Agencia Tributaria obligue a revertir parte de los fondos ya aprobados en esas subvenciones.


Un estudio de las convocatorias regionales y de CDTI realizado por Fedit nos muestra que, en todos los casos, se deja para más adelante la decisión de si un Centro Tecnológico es una entidad vinculada o no lo es, sin especificar quién tomará
esa decisión y en qué momento del proceso (aprobación de la subvención, justificación de los costes, etc...). Estas convocatorias incluyen trabas en el modelo de gobernanza público-privada de los Centros Tecnológicos, bien por prohibición expresa
de subcontrataciones que hasta ahora eran válidas, o por generar una incertidumbre en la certificación de las actividades que hará que las empresas no quieran arriesgar a subcontratar con Centros Tecnológicos vinculados por el riesgo de devolución
de subvenciones dentro de cinco años. Debemos insistir en el impacto tan negativo que tendrá en los ingresos y en el modelo de gobernanza de los Centros Tecnológicos.


Los argumentos para promover este cambio en la Ley, entre otros, son:


- Un Centro Tecnológico que sea una Fundación no está vinculado a ninguna de las Entidades que conforman su Patronato (no consolida cuentas ni balances fiscales con ninguna de ellas). Además, no tienen Patronos que posean un control
efectivo del propio Centro, por lo que cualquier margen comercial conseguido a través de una subcontratación no tiene ni siquiera efectos indirectos de ningún tipo en la Entidad que recibió la subvención.


- Un Centro Tecnológico es una entidad sin ánimo de lucro, por lo que no puede repartir beneficios (es decir, la Entidad que perciba la subvención nunca podrá obtener un beneficio económico de la misma a través de subcontratar actividades a
un Centro Tecnológico).


- Los Patronos de un Centro Tecnológico no perciben ningún tipo de remuneración por su actividad en el Patronato.



Página 34





- Se produce una distorsión en el mercado si una Entidad de un Patronato tiene más ventajas subcontratando a un Centro Tecnológico que está fuera de su Patronato (ya que la Administración Pública le permitiría subcontratar a precio de
mercado y le subvencionaría todo el coste) que al propio Centro Tecnológico en cuyo Patronato está incluida (ya que esa misma subvención solo financiaría los costes incurridos, debiendo aportar la Entidad con sus propios fondos la parte que ahora no
cubrirá la subvención).


- Conducirá a una descapitalización de los Patronatos de los Centros Tecnológicos. Si una Entidad se ve perjudicada económicamente para contratar en este caso con el Centro Tecnológico que la tiene en su Patronato, la solución más obvia es
abandonar el Patronato para evitar ese perjuicio.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Establecer un diálogo y grupo de trabajo con la Federación Española de Centros Tecnológicos (FEDIT) para estudiar las propuestas que ha formulado para la mejora del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación a través de la
participación de los Centros Tecnológicos (CT) y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica (CAIT) de ámbito estatal, regulados y reconocidos por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre. Se acordarán medidas para conseguir los
siguientes objetivos:


a) Darle más valor a la figura del Centro Tecnológico y mejorar la percepción que se tiene de sus actividades en la sociedad.


b) Mejorar la definición del modelo de Centro Tecnológico incluido en el Registro que gestiona el Ministerio de Economía y Empresa.


c) Mejorar el marco jurídico que afecta a la relación entre Centros Tecnológicos y otros agentes, especialmente empresas, del sistema de I+D+I.


d) Impulsar la cooperación entre los diferentes agentes de fomento de la tecnología y la innovación, y particularmente entre el colectivo de Centros Tecnológicos de diferentes Comunidades Autónomas.


e) Analizar los cambios legales oportunos para evitar que los Centros Tecnológicos (CT) y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica (CAIT) vean mermadas su capacidad de gestión y papel para facilitar la innovación por efectos no
deseados de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público en relación al umbral de consideración de contrato menor en actividades subcontratadas a Centros y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones para no
perjudicar la subcontratación de Centros Tecnológicos por empresas de su Patronato.


f) Valorar diferentes medidas de apoyo financiero para los Centros Tecnológicos (CT) y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica (CAIT) de ámbito estatal. Se estudiará mecanismos para generar una Financiación estructural de Centros
Tecnológicos, la Creación de un plan de infraestructuras de Centros Tecnológicos, y un programa nacional de investigación aplicada orientado a los organismos de investigación que quieran desarrollar proyectos a 3-5 años con una orientación clara a
obtener resultados económicos en el mercado.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de febrero de 2019.-Herick Manuel Campos Arteseros, Patricia Blanquer Alcaraz y María González Veracruz, Diputados.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Igualdad


161/004255


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz sustituto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,



Página 35





presenta la siguiente Proposición no de Ley para el estudio y seguimiento estadístico de la violencia sexual, para su debate en la Comisión de Igualdad.


Exposición de motivos


De unos años a esta parte y, especialmente, desde 2018, la sociedad española ha vivido un nuevo despertar en lo que a la violencia que sufren las mujeres se refiere. Han sido numerosas las ocasiones en las que las mujeres -y también los
hombres- han expresado su preocupación con la situación actual: se ha avanzado mucho, pero queda mucho por hacer. El número de mujeres que sufren maltrato, las mujeres que son asesinadas a manos de sus parejas o exparejas o la trata con fines de
explotación sexual, sin olvidarnos de la violencia sexual, son algunos de los motivos que más preocupan a la sociedad española.


Fruto de este contexto social, todas las fuerzas con representación parlamentaria, salvo Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, firmaron en septiembre de 2017 un Pacto de Estado contra la violencia machista con 214 medidas; medidas que
suponían un paso adelante en la lucha contra esta violencia, actualizaban el concepto de violencia sobre las mujeres al recogido en el Convenio de Estambul, y nos situaba a la cabeza de países en la lucha por su erradicación.


Sin embargo, el Pacto será papel mojado si desde las instituciones no se implementan con decisión y urgencia las medidas allí contenidas. Y entre las medidas que recoge, resultan fundamentales las relativas al seguimiento estadístico de
todas las famas de violencia contra las mujeres (medidas 167 a 175), especialmente las referidas a la violencia sexual. Este tipo de violencia, que por desgracia han sufrido y sufren miles de mujeres en España, ha sido, hasta la fecha,
prácticamente olvidada a la hora de elaborar estadísticas e informes oficiales.


Entre las escasas fuentes oficiales disponibles encontramos la Macroencuesta de 2015 elaborada por la Delegación de Gobierno para la Violencia de Género que incluyó, por primera vez, preguntas sobre violencia sexual. Y el resultado arrojó
datos muy preocupantes, como que el 7,2 % de la población femenina -1,7 millones de mujeres residentes en España- ha sufrido una agresión sexual alguna vez en su vida, que el 15,2 % de las mujeres de origen extranjero en España han sufrido violencia
sexual a lo largo de su vida, o que el 94 % de las mujeres que han sufrido agresiones sexuales por su pareja las sufrieron más de una vez. Sin embargo, existe una ausencia total de datos oficiales en lo que a agresiones sexuales múltiples se
refiere.


Por ello el Pacto establece, en su punto 167, '[...] la obligación legal de obtener y prestar datos estadísticos detallados y secuenciados C..) sobre todas las formas de violencia incluidas en este Pacto [...] para su difusión, realización
de estudios, impulso de investigaciones y elaboración de encuestas, con el fin de estudiar sus causas y efectos, evaluar su incidencia y su percepción social y conocer las medidas para su erradicación, así como la eficacia de las mismas.'


Asimismo, el punto 172 establece la obligación de 'Realizar estudios, desde la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, sobre el alcance y tipología de la violencia sexual', y el 180, 'Acordar con la Comisión Nacional de
Estadística Judicial la modificación de los boletines estadísticos judiciales sobre violencia de género (con el fin de ampliar indicadores de seguimiento de la respuesta judicial a todas las formas de violencia sobre las mujeres)', además de los
puntos 182 a 188, dirigidos específicamente a la lucha contra la violencia sexual.


No puede ser que las características propias de la violencia sexual continúen siendo, en gran medida, desconocidas por las instituciones que tienen encomendada, precisamente, la adopción de medidas para su eliminación. No es aceptable que,
mientras conocemos con alarma la perpetración de violaciones múltiples, sigamos sin tener datos oficiales sobre cuántas de estas agresiones se producen, cómo son los integrantes de estos grupos o su modus operandi.


Según el último Informe sobre delitos contra la libertad e indemnidad sexual en España (2017, Ministerio del Interior), estos delitos se producen cada vez en mayor número, y del total de hechos conocidos, el 75 % resultan de la suma de los
abusos sexuales y las agresiones sexuales. Sin embargo, como decíamos, no existe un desglose por número de autores:



Página 36





[**********página con cuadro**********]


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Dar cumplimiento urgente, en el plazo de tres meses, a las medidas relativas al tratamiento estadístico y la elaboración de informes sobre violencia sexual en España en aplicación del Pacto de Estado contra la violencia machista y,
concretamente, aquellos referidos a los delitos contra la libertad e indemnidad sexual en España, incluyendo un apartado específico relativo a las violaciones múltiples.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de febrero de 2019.-Patricia Reyes Rivera, Miguel Ángel Garaulet Rodríguez, María Virginia Millán Salmerón y Marta Martín Llaguno, Diputados.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo
Parlamentario Ciudadanos.



Página 37





Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad


161/004274


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de tos Diputados, presenta la siguiente Proposición no de
Ley sobre la puesta en marcha de un Centro de Referencia en Autismo, para su debate en la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


La Estrategia Española en Trastornos del Espectro del Autismo surge de una Proposición no de ley, aprobada en el Congreso de los Diputados y con el respaldo unánime de todos los grupos parlamentarios, siendo aprobada por el Consejo de
Ministros el 6 de noviembre de 2015, constituyendo el marco de referencia en la definición de acciones estatales, autonómicas y locales para contribuir a ofrecer en todos los territorios una orientación común que garantice la igualdad de
oportunidades y el disfrute efectivo de los derechos del colectivo de personas con TEA y sus familias.


La Estrategia recoge 15 líneas estratégicas que, en el plazo de un año, han de reflejarse en un Plan de Acción donde se establecerán las medidas y acciones concretas.


El Gobierno, de manera inexplicable, ha decidido no atender el compromiso de poner en marcha un Centro de Referencia en Autismo (CREA) que tiene como objetivo dar cumplimiento en torno al 40 % de las acciones de la Estrategia Española en
Autismo pendiente de aprobación del Plan de Acción. En esta situación las personas con trastorno autista y sus familias están viendo perjudicados el disfrute de sus derechos esenciales.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Poner en marcha un Centro de Referencia en Autismo de manera urgente o, en su defecto, alguna propuesta alternativa que ayude a llevar a cabo las acciones necesarias para desarrollar las principales líneas estratégicas.


2. Llevar a cabo las acciones necesarias para garantizar la igualdad de oportunidades y el disfrute efectivo de los derechos del colectivo de personas con TEA y sus familias.


3. Desarrollar el Plan de Acción de la Estrategia Española en Trastornos del Espectro del Autismo y dar cuenta al Congreso de los Diputados del avance e impacto de sus medidas, entre las que se encuentran:


a) El desarrollo y la concreción de los objetivos planteados en la Estrategia a través de medidas y acciones.


b) La designación de los agentes implicados y la atribución de responsabilidades entre los mismos.


c) La calendarización de acciones a desarrollar en el periodo de aplicación del Plan.


d) Los recursos necesarios para el desarrollo de las actuaciones y el presupuesto asociado a las mismas.


e) Un método de evaluación que cuente con un sistema de indicadores de seguimiento y valoración de la consecución de las medidas y acciones propuestas y de su contribución al desarrollo de la Estrategia en su conjunto.


4. Crear la comisión de seguimiento, coordinada por la Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad, que deberá contar con la participación de las entidades específicas de ámbito estatal representantes del movimiento asociativo
y personas con TEA.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de febrero de 2019.-Marta Martín Llaguno y Marcial Gómez Balsera, Diputados.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



Página 38





Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible


161/004260


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias de Antoni Postius i Terrado, Diputado del Partit Demòcrata, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su debate ante la Comisión
Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, una Proposición no de Ley para incluir la parada de Lleida en el nuevo servicio de tren low cost Madrid-Barcelona, de Renfe.


Exposición de motivos


Casi diez millones de usuarios han utilizado el servicio de Alta Velocidad en la estación de Lleida desde su puesta en marcha. Es un punto de conexión con Zaragoza y Madrid, y también con Barcelona. La alta velocidad ferroviaria ha
generado nuevos flujos de relación entre territorios, así como posibilidades laborales y de interacción económica indiscutibles.


Renfe ha anunciado un nuevo servicio de alta velocidad Madrid-Barcelona low cost. Se estima que los billetes para este servicio serán un 40 % más económico que los actuales. Como en el fallido servicio Tren EVA anunciado por el ejecutivo
del Partido Popular, este nuevo servicio no contempla parada en la estación de Lleida, lo cual constituye una muy negativa decisión teniendo en cuenta la elevada movilidad existente en este trayecto, con parada en Lleida.


Teniendo en cuenta la rebaja de los billetes de Madrid a Barcelona en este nuevo servicio, y teniendo en cuenta que no se incluye la parada de Lleida, los viajeros con parada en Lleida se ven perjudicados por el precio de los billetes
Lleida-Barcelona o Lleida-Madrid que pasarían a ser más caros que el trayecto Madrid-Barcelona.


Por todo ello, los Diputados y Diputadas del Partit Demòcrata presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a incluir la parada de Lleida al nuevo servicio de tren de alta velocidad, low cost Madrid-Barcelona, prestado por Renfe.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de febrero de 2019.-Antoni Postius Terrado, Diputado.-Carles Campuzano i Canadés, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.


161/004267


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del Diputado del Partit Demòcrata Europeu Català, Antoni Postius i Terrado, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su debate ante la
Comisión la Comisión de Seguridad Vial, una Proposición no de Ley para la articulación de una normativa específica, relativa al uso de los nuevos vehículos de movilidad personal (VMP) en la vía pública.


Antecedentes


El debate sobre el uso del espacio público siempre ha tenido una gran relevancia entre la población y en las decisiones de las administraciones públicas, El contenido del debate es además cambiante de manera paralela a las trasformaciones
sociales, económicas y culturales de la sociedad. Así, elementos como la sostenibilidad o los cambios de hábitos en movilidad en las zonas urbanas e interurbanas aparecen cada día como factores de gran relevancia en la toma de decisiones.


La apuesta de muchas personas por una movilidad más sostenible y saludable ha incrementado con notoriedad el uso de la bicicleta, los vehículos de movilidad personal (VMP) como los patinetes eléctricos, seegway, bici eléctrica o los
vehículos L, que son casi ciclomotores. Su uso ha generado un



Página 39





fuerte impacto en las ciudades, está creciendo y la previsión es que siga creciendo con rapidez atendiendo la demanda de sectores y edades. Esta realidad exige dar respuestas y abordar los cambios normativos necesarios para regular su uso,
atendiendo a las diferentes tipologías, dimensiones y velocidades de los mismos.


El año 2016, la Dirección General de Tráfico publicó la 'Instrucción 16/V-124, Asunto: Vehículos de movilidad personal (VMP)', como medida provisional hasta que no se elaborara una normativa específica. De esa forma, la DGT proponía
criterios sobre la catalogación técnica y jurídica, normativa aplicable, permiso o licencia de circulación y conducción, aseguramiento y autorización expresa para determinados VMP y ciclos de más de dos ruedas. Instrucción que ha quedado superada
por la rápida intensificación de su uso.


La proliferación de dichos vehículos está obligando a las ciudades a reaccionar. Barcelona, en otoño de 2017, impulsó una primera ordenanza municipal sobre vehículos de movilidad personal. Otras ciudades como Madrid, Bilbao, Valencia,
Sevilla, Málaga o Granada han seguido el mismo ejemplo para regularlo. Las ordenanzas municipales se han redactado por exclusiva iniciativa de los ayuntamientos, con los límites que conlleva una legislación estatal en materia de circulación vial
que no contempla la incorporación de los citados vehículos a las políticas de movilidad. Es en este contexto que la presente Proposición no de ley plantea la necesidad de establecer una normativa específica, en el marco del código de circulación y
el reglamento de vehículos, que contemple la rápida entrada, en el ámbito de la movilidad urbana e interurbana, de los nuevos vehículos de movilidad personal, normativa que deberá actuar como base jurídica de referencia para ayuntamientos y
comunidades autónomas en sus políticas de movilidad y de circulación viaria, pero que también debe comportar, en su caso, la posibilidad de registro obligatorio de algunas categorías de vehículos o de establecimiento de seguro obligatorio a terceros
para la circulación por la vía pública de determinadas tipologías de vehículos eléctricos.


Es este un tema que se está planteando también en otros países como el Reino Unido, Francia, Holanda, Alemania, Bélgica o Estados Unidos, donde se han presentado recientemente iniciativas legislativas, con contenidos diferentes, para regular
o prohibir el uso de los citados vehículos.


Y paralelamente a la regulación, en las políticas de movilidad, también es preciso aumentar las actuaciones de sensibilización sobre el uso de los nuevos vehículos de movilidad personal y su interactuación con la movilidad peatonal de las
personas y viaria, ya que el rápido aumento de su uso también está comportando mayores incidencias y accidentes con otros vehículos y con peatones.


Por todo ello, los Diputados y Diputadas del Partit Demòcrata, presentan la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Presentar un proyecto de ley, en el marco del código de circulación y del reglamento de vehículos, para la regulación del uso de los nuevos vehículos de movilidad personal (VMP) en la vía pública, que sea la base jurídica de referencia
para ayuntamientos y comunidades autónomas en sus políticas de movilidad y de circulación viaria. Entre otras cuestiones contemplará:


a) La catalogación técnica y jurídica de las diferentes tipologías de vehículo.


b) La posibilidad de establecer permiso o licencia de circulación y conducción obligatoria para determinadas tipologías de vehículo.


c) El registro y aseguramiento obligatorio para determinadas tipologías de vehículo.


d) El establecimiento de los elementos de protección activa y pasiva, como reflectantes, timbre, uso del casco,... obligatorios para los usuarios de determinadas tipologías de vehículo.


e) La autorización expresa para determinados VMP y ciclos de más de dos ruedas.


f) El establecimiento de la velocidad máxima a la que pueden circular las diferentes tipologías de vehículo.


g) El establecimiento de las zonas por donde no pueden circular algunas tipologías de vehículo.


h) La normativa específica aplicable.



Página 40





2. Impulsar campañas de sensibilización relativas al buen uso y respeto de las normas que deben seguir los vehículos de movilidad personal (VMP), en colaboración con las administraciones competentes en viabilidad urbana e interurbana.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2019.-Antoni Postius Terrado, Diputado.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


161/004272


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre el uso obligatorio de guantes para conducción de motocicletas y ciclomotores en carretera, para su debate en la Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.


Exposición de motivos


Un elemento primordial para la seguridad de los motoristas es su propio equipamiento, que se constituye como un elemento fundamental para minimizar las consecuencias en caso de accidente.


Las manos suelen ser el primer parapeto para el usuario de moto. Cuando se produce un accidente y cae, instintivamente se tiende a poner las manos para evitar el golpe, por lo que son la parte más perjudicada del cuerpo. Los guantes
protegen las manos de heridas, cortes y abrasiones.


Estudios recientes ponen de manifiesto que los motociclistas con guantes tienen un 31 % menos probabilidades de sufrir lesiones en las manos y muñecas; si además utilizan chaquetas integrales, un 45 % menos.


Esta práctica fue en su momento adoptada en Francia, está en estudio en otros países de nuestro entorno. En España se constata que el uso de los guantes se extiende entre los motoristas como una medida preventiva, y está ya en un grado de
concienciación adecuado como para dar el paso para su obligatoriedad en la norma.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a introducir la obligatoriedad del uso de guantes para la conducción de motocicletas y ciclomotores en carretera, mediante la modificación del artículo 118 del Reglamento General de
Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, titulado 'casco y otros elementos de protección'.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2019.-Pablo Bellido Acevedo, Diputado.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


184/044463


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.


Autor: Vidal Sáez, Aina (GCUP-EC-EM)


Terrón Berbel, Ana Belén (GCUP-EC-EM)


Farré Fidalgo, Sònia (GCUP-EC-EM)



Página 41





Reformulación de su pregunta sobre pretensión por parte del Presidente de México de crear una Guardia Nacional con atribuciones de seguridad pública.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la presente reformulación, admitir a trámite la pregunta de referencia, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales,
comunicando este acuerdo a las Sras. Diputadas autoras de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de febrero de 2019.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, las Diputadas adscritas al Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea formulan las siguientes preguntas
dirigidas al Gobierno, para su respuesta escrita.


En diciembre de 2017, el Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos adoptó una Ley de Seguridad Interior que elevaba a rango legal la fallida estrategia de seguridad de los años anteriores basada en dotar de poderes sin contrapesos
al sector militar. Por fortuna, esta ley fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en noviembre de 2018, al considerar que el legislativo se había excedido en sus facultades para legislar en la materia, por
tratarse del otorgamiento de atribuciones a las fuerzas armadas que le corresponden a las instituciones civiles, pero que además trastocaba la voluntad del constituyente de prohibir toda actividad que no estuviera relacionada con la disciplina a las
fuerzas armadas en tiempos de paz.


No obstante lo anterior, el Plan Nacional de Paz y Seguridad 2018-2024 presentado por el presidente de México Andrés Manuel López Obrador el pasado mes de noviembre, plantea la creación de una guardia nacional militar con la pretensión de
institucionalizar la militarización de la seguridad pública.


Organizaciones como la Comisión Mexicana de Defensa y Protección de los Derechos Humanos (CMDPDH) han manifestado su firme rechazo ante la creación de una guardia nacional adscrita a la Secretaría de la Defensa Nacional integrada por
políticas militares, navales y elementos de las Fuerzas Armadas. Según el criterio de esta organización y de otras como la Comisión lnteramericana de Derechos Humanos (CIDH) o la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas, la creación de la
guardia nacional puede suponer una comprobable amenaza a los derechos humanos y además contraviene diagnósticos y recomendaciones internacionales en torno a esta cuestión.


Considerando que el Presidente del Gobierno tiene previsto realizar próximamente una visita oficial a México, ¿tiene previsto el Gobierno pronunciarse en ese foro a favor de los derechos humanos y civiles?


¿Tiene previsto el Gobierno impulsar algún cambio en sus relaciones con México centrado en promover los derechos humanos en ese país? En ese caso, ¿qué medidas concretas contempla impulsar?


¿Tiene en vigor el Gobierno de España algún acuerdo de colaboración con México para el fortalecimiento democrático de los cuerpos y fuerzas de seguridad? En caso negativo, ¿piensa impulsar su creación?


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de febrero de 2019.-Aina Vidal Sáez, Ana Belén Terrón Berbel y Sònia Farré Fidalgo, Diputadas.


184/044534


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(184) Pregunta al Gobierno con respuesta escrita.



Página 42





Autor: Alonso Cantorné, Félix (GCUP-EC-EM).


Retirada de las dos primeras cuestiones de su pregunta sobre documentación perdida en el incendio del día 21 de enero de 2019 en el Juzgado de Ibiza.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la presente reformulación, admitir a trámite la pregunta de referencia, trasladar al Gobierno a los efectos de lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales,
comunicando este acuerdo al Sr. Diputado autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de febrero de 2019.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta las siguientes preguntas relativas a la documentación perdida en el
incendio del día 21 de enero en el Juzgado de Ibiza dirigidas al Gobierno para las que se solicita respuesta escrita.


El pasado día 21 de enero de este año se produjo un incendio en el Juzgado de Ibiza situado en la calle lsidor Macabich. Dicho fuego afecto de forma directa según hemos podido comprobar en diferentes medios de comunicación a los Juzgados
números 1 y 2.


El fuego fue localizado por los bomberos en torno a las 5:00 de la mañana y como informan diversos medios se barajan dos escenarios. El primero de ellos, es que fuese accidental debido a un cortocircuito debido al deplorable estado del
Juzgado. O bien que fuese intencionado, al haber localizado una mochila dentro del mismo edificio con material inflamable.


Por todo ello, se pregunta:


1. ¿De qué mecanismos disponen el Gobierno y el Juzgado citado anteriormente para evitar sucesos como estos?


2. ¿Qué medidas de seguridad pondrá en marcha el Gobierno para evitar que estos eventos vuelvan a suceder?


3. ¿Va a iniciar el Gobierno una investigación para esclarecer el origen del incendio?


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de febrero de 2019.-Félix Alonso Cantorné, Diputado.