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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 455, de 21/11/2018
cve: BOCG-12-D-455 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


21 de noviembre de 2018


Núm. 455



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


PERSONAL


299/000003 Personal eventual para la atención de los señores Diputados de los Grupos Parlamentarios.


Ceses... (Página3)


Nombramientos... (Página3)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Fomento


161/000190 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la necesidad de consensuar el trazado de la futura autovía A-7, a su paso por la comarca del Baix Penedès, en la provincia de Tarragona. Aprobación con
modificaciones así como enmiendas formuladas... (Página3)


161/000285 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la transferencia a la Comunitat Valenciana del servicio de cercanías de RENFE. Desestimación así como enmiendas formuladas... href='#(Página5)'>(Página5)


161/002219 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la conexión ferroviaria entre Sevilla y Antequera. Desestimación así como enmiendas formuladas... href='#(Página6)'>(Página6)


161/003544 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre las redes transeuropeas y la inclusión en las mismas de los trazados Madrid-Valencia en el Corredor Atlántico-Mediterráneo, y Zaragoza-Valencia en el
Corredor Cantábrico-Mediterráneo. Aprobación así como enmienda formulada... (Página8)


161/003635 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre mejoras en la N-340 a su paso por El Vendrell. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas... href='#(Página10)'>(Página10)


161/003699 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a incluir la autovía SE-40, Túneles Sur del Guadalquivir-Embocadura Oeste, 48-SE-4520A y la autovía SE-40, Tramo A-66/A-49 dentro del
Plan Extraordinario de Inversión en Carreteras (PIC). Aprobación con modificaciones así como enmienda formulada... (Página12)



Página 2





161/003711 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a incluir la autovía A-4 L.P. (límite provincia) Córdoba/Jaén-L.P. Sevilla/Córdoba dentro del Plan Extraordinario de Inversión en
Carreteras (PIC). Desestimación así como enmienda formulada... (Página13)


161/003721 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a incluir el proyecto autovía A-11 Zamora-Frontera portuguesa dentro del Plan Extraordinario de Inversión en Carreteras (PIC).
Desestimación así como enmiendas formuladas... (Página14)


161/003760 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre las infraestructuras ferroviarias en Extremadura. Aprobación... (Página15)


161/003854 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al regreso y recuperación del Tren Hotel Alhambra entre Granada y Barcelona y viceversa con paradas en
Linares-Baeza, Alcázar de San Juan, Albacete, Almansa, Valencia, Castelló, Salou y Tarragona. Aprobación con modificaciones así como enmienda formulada... (Página15)


Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social


161/002449 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la adopción de medidas para garantizar la seguridad y salud de las trabajadoras que desarrollan su actividad como camareras de pisos, fomentando el
cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos de las empresas, teniendo en cuenta las peculiaridades de su trabajo a los efectos de evitar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como para que no sufran
discriminaciones indirectas por razón de sexo, en el momento de la determinación de estas contingencias como profesionales. Aprobación... (Página16)


161/003458 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre los derechos de los trabajadores y trabajadoras del hogar. Aprobación con modificaciones así como enmienda
formulada... (Página17)


161/003559 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a que los vales de comida no computen en la base de cotización a la Seguridad Social. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas... href='#(Página18)'>(Página18)


161/003666 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas para la adaptación al proceso de cambio tecnológico y el avance de la robotización y la automatización. Aprobación con modificaciones así como
enmienda formulada... (Página20)


161/003725 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el refuerzo de la Guardia Europea de Fronteras y Costas. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas... href='#(Página21)'>(Página21)


161/003755 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a estudiar la reforma del permiso por fallecimiento de familiares de primer grado de consanguinidad. Aprobación
con modificaciones así como enmiendas formuladas... (Página24)


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


Relación de preguntas para respuesta escrita que han sido retiradas... (Página25)


Secretaría General


292/000040 Convenio Colectivo del personal laboral del Congreso de los Diputados... (Página41)



Página 3





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


PERSONAL


299/000003


Ceses


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 13 de noviembre de 2018 la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, a propuesta
del Excmo. Sr. D. Rafael Simancas Simancas, con efectos de 13 de noviembre de 2018, de D.ª María Felipe Herráez, como personal eventual en el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Socialista.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Nombramientos


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 12 de noviembre de 2018 la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D.ª Isabel Sánchez
Díaz, a propuesta del Excmo. Sr. D. Rafael Simancas Simancas, con efectos de 12 de noviembre de 2018 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Socialista.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Comisión de Fomento


161/000190


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 13 de noviembre de 2018, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre la necesidad de consensuar el trazado de la futura autovía A-7, a su paso por la comarca del Baix
Penedès, en la provincia de Tarragona, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 14, de 15 de septiembre de 2016, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llegar a un acuerdo con los ayuntamientos afectados para dar una solución definitiva al tramo de la futura autovía A7 entre Tarragona y Vilafranca del Penedès (Barcelona) estudiando en
especial la posibilidad de incorporar la A7 a la AP7 en su trayecto por



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la comarca del Baix Penedès en Tarragona y a analizar de forma conjunta con la Generalitat de Cataluña la extensión de bonificaciones a vehículos pesados aprobadas el 31 de agosto de 2018 entre Vilafranca Sur y Altafulla que puedan ser
cofinanciadas por ambas Administraciones.


Asimismo, y en coordinación con el resto de administraciones implicadas, a trabajar para encontrar una solución urgente a los problemas circulatorios en el entorno de la A7 y AP7 en Torredembarra.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley referente a la necesidad de consensuar el trazado de la
futura autovía A7, a su paso por la comarca del Baix Penedés, en la provincia de Tarragona presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.


Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


Se añade un nuevo punto a la sección propositiva de la Proposición no de Ley, con la siguiente redacción:


'Asimismo, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a, en coordinación con el resto de administraciones implicadas, trabajar para encontrar una solución urgente a los problemas circulatorios en el entorno de la A-7 y AP-7 en
Torredembarra, poniendo fin al bloqueo mediante vallas que rompen la circulación en la rotonda de acceso a este municipio desde la N-340, y poniendo en marcha el proyecto del desdoblamiento de la A-7.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2018.-Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre la necesidad de consensuar el trazado de la futura autovía A-7, a su paso por la comarca del Baix Penedés, en la provincia de Tarragona, del Grupo Parlamentario Socialista.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llegar a un acuerdo con los ayuntamientos afectados para dar una solución definitiva al tramo de la futura autovía A7 entre Tarragona y Vilafranca del Penedés (Barcelona) estudiando, en
especial, la posibilidad de incorporar la A7 a la AP7 en su trayecto



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por la comarca del Baix Penedés en Tarragona y a analizar de forma conjunta con la Generalitat de Cataluña la extensión de bonificaciones a vehículos pesados aprobadas el 31 de agosto de 2018 entre Vilafranca Sur y Altafulla que puedan ser
cofinanciadas por ambas Administraciones.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000285


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 13 de noviembre de 2018, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley sobre la transferencia a la Comunitat Valenciana del servicio de cercanías de Renfe, presentada por el Grupo
Parlamentario Mixto y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 23, de 28 de septiembre de 2016.


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos se insertan a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley sobre transferencia a la Comunitat Valenciana del servicio de
cercanías de Renfe presentada por el Grupo Parlamentario Mixto.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica la sección propositiva de la Proposición no de Ley, que queda redactada en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Estudiar la oportunidad y la viabilidad de transferir las competencias de los servicios ferroviarios de cercanías a la Generalitat valenciana, según se dispone en el artículo 49.15.º del Estatuto de Autonomía, de acuerdo con lo que
dispone el artículo 149.21.º de la Constitución Española, mediante la elaboración de un informe en el que se explicite el coste de asumir dichas competencias y clarificando con el Govern, entre otros aspectos, el modo en el que se van a gestionar
dichas competencias y si se pide la transferencia de las competencias o también de la titularidad.


2. Establecer un calendario de obras y puesta en servicios del Corredor Mediterráneo, que incluya una memoria económica para cada tramo, y realice las consignaciones presupuestarias adecuadas cada año para su cumplimiento.'


Texto que se modifica:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Transferir las competencias de las cercanías ferroviarias a la Generalitat Valenciá acompañadas del presupuesto suficiente para ejercerlas, derecho que contempla el Estatut d'Autonomia, como se ha hecho con otras comunidades autónomas.



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2. Solicitar a Renfe la adopción de una política de precios extraordinaria para paliar las deficiencias del servicio de transporte de viajeros, que debería concretarse en la bonificación de, al menos, el 50% del coste del billete.


3. Establecer un calendario de obras y puesta en servicios del Corredor Mediterráneo, que incluya una memoria económica para cada tramo, y realice las consignaciones presupuestarias adecuadas cada año para su cumplimiento.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2018.-Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre la transferencia a la Comunitat Valenciana del servicio de cercanías de Renfe, del Grupo Parlamentario Mixto.


Enmienda


De modificación.


'1. Dentro del control continuo que desde el Ministerio de Fomento se realiza de los servicios ferroviarios sometidos a obligación de servicio público, realizar un seguimiento continuo de la calidad en la prestación de los servicios
ferroviarios de cercanías en la Comunidad Valenciana.


2. (Se suprime).


3. Que en 2021 estén en servicio, con las obras finalizadas o en ejecución todos los tramos del Corredor Mediterráneo, dotando los PGE con dotación suficiente para la finalización de los trabajos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/002219


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 13 de noviembre de 2018, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley relativa a la conexión ferroviaria entre Sevilla y Antequera, presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de
Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 208, de 14 de septiembre de 2017.


A dicha Proposición no de Ley se formularon tres enmiendas, cuyos textos se insertan a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley relativa a la conexión ferroviaria entre Sevilla y Antequera,
presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica la sección propositiva de la Proposición no de Ley, que queda redactada en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Asumir responsabilidades presupuestarias sobre el eje transversal ferroviario de Andalucía.


2. Estudiar el aprovechamiento del trazado construido por la Junta de Andalucía por la línea Utrera-Bobadilla.


3. Reactivar los recursos de financiación procedentes de la Unión Europea para la finalización de este tramo.'


Texto que se modifica:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Asumir responsabilidades presupuestarias sobre el eje transversal ferroviario de Andalucía.


2. Estudiar la reconversión del tramo de Alta Velocidad entre Sevilla y Antequera en un tramo de altas prestaciones y Velocidad Alta que permita la movilidad sostenible y eficiente entre núcleos de población intermedios y no solo entre las
capitales andaluzas.


3. Retirar el proyecto del by-pass de Almodóvar del Río y reorientar los recursos hacia las obras aquí referidas.


4. Reactivar los recursos de financiación procedentes de la Unión Europea para la finalización de este tramo.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2018.-Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la conexión ferroviaria entre Sevilla y Antequera.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Asumir responsabilidades presupuestarias sobre el eje transversal ferroviario de Andalucía.


2. Estudiar la reconversión del tramo de Alta Velocidad entre Sevilla y Antequera en un tramo de altas prestaciones y Velocidad Alta que permita la movilidad sostenible y eficiente entre núcleos de población intermedios y no solo entre las
capitales andaluzas.


3. Reactivar los recursos de financiación procedentes de la Unión Europea para la finalización de este tramo.'



Página 8





Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2018.-Dolors Montserrat Montserrat, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa a la conexión ferroviaria entre Sevilla y Antequera, del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Enmienda


De sustitución.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


'1. Ejecutar, vía emergencia, las obras que permitan restablecer la conexión ferroviaria entre Málaga y Sevilla, aprovechando para ello como solución óptima el trazado del Eje Transversal Andaluz entre Antequera y Sevilla, en una longitud
aproximada de 11 kilómetros.'


'2. Iniciar las conversaciones para un análisis conjunto sobre la completa incorporación del Eje Transversal Andaluz a la Red Ferroviaria de Interés General a medio plazo contribuyendo a garantizar un sistema común de transporte ferroviario
en todo el territorio del Estado.''


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/003544


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 13 de noviembre de 2018, aprobó la Proposición no de Ley sobre las redes transeuropeas y la inclusión en las mismas de los trazados Madrid-Valencia en el Corredor Atlántico-Mediterráneo, y
Zaragoza-Valencia en el Corredor Cantábrico-Mediterráneo, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 398, de 25 de julio de 2018, en sus propios términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a realizar las gestiones oportunas ante las instituciones de la Unión Europea para que se incluya en las redes transeuropeas de ferrocarril, y por tanto en las conexiones ferroviarias que
formarán parte del plan financiero plurianual de la UE 2021-2027, el trazado Zaragoza-Valencia en el Corredor Cantábrico-Mediterráneo, y el trazado Madrid-Valencia en el Corredor Atlántico-Mediterráneo.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 9





A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo
Parlamentario Socialista, sobre las redes transeuropeas y la inclusión en las mismas de los trazados Madrid-Valencia en el Corredor Atlántico-Mediterráneo, y Zaragoza-Valencia en el Corredor Cantábrico-Mediterráneo.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que el Ministerio de Fomento:


1. Mantenga las seis solicitudes a la Comisión Europea realizadas por el anterior Ministerio de Fomento, de revisión de la Red Básica de Transportes, que incluyen la ampliación tanto del Corredor Atlántico como del Mediterráneo, con la
inclusión del eje Sagunto-Zaragoza, y que se remitió el pasado 30 de diciembre de 2017 y posteriormente el 22 de marzo de 2018.


2. Acelere las actuales obras de la vía férrea Sagunto-Teruel-Zaragoza (2018-2021: 344 M€), que en este presupuesto de 2018 destina al Corredor Cantábrico-Mediterráneo 82 M€, y que para la actuación Sagunto-Teruel-Zaragoza alcanza 52 M€.'


Justificación.


La Exposición de motivos es falsa, cuando se hace referencia a que 'según se ha sabido' el Gobierno de España no solicitó la inclusión de los trazados Valencia-Zaragoza y Valencia-Madrid en la solicitud de revisión de la Red Básica de
Transportes.


De hecho, y como consta en el Ministerio de Fomento, la solicitud de la inclusión del eje Sagunto-Zaragoza se hizo en dos ocasiones oficialmente, e informalmente en muchas más, en concreto el pasado 30 de diciembre de 2017 y posteriormente
el 22 de marzo de 2018.


El anterior Gobierno de España en la solicitud de revisión de la Red Básica de Transportes solicitó seis ampliaciones, ninguna reducción, haciendo una petición de máximos.


Así, el pasado 30 de diciembre de 2017 se remitió por parte de D. Íñigo de la Serna, de acuerdo con la petición de la Comisión, una propuesta de modificación del Anexo 1, Parte 1, del Reglamento CEF que incluye la ampliación tanto del
Corredor Atlántico como del Mediterráneo.


La propuesta española, entre otras, contenía en su punto 3, el Corredor Cantábrico-Mediterráneo. Conexión transversal Sagunto-Zaragoza-Pamplona/Logroño-Bilbao.


De las seis solicitudes, una se desestimó, tres fueron aceptadas por la Comisión íntegramente -las referidas a Olmedo-Orense-Santiago-Coruña, la de Huelva-Sevilla-Cádiz y la de Tenerife-G. Canaria-Sevilla-Huelva-, y otras dos parcialmente
estimadas, en concreto la referida Sagunto-Zaragoza-Frontera, fue desestimada en la parte Sagunto-Teruel-Zaragoza y estimada en el tramo Zaragoza-Pamplona-Logroño-Bilbao-Frontera.


El Eje Valencia-Madrid nunca fue susceptible de ser incluido, pues consta como línea concluida a esos efectos.


Con posterioridad, ante la respuesta de la Comisión se reiteró el 22 de marzo de 2018, España envía sus comentarios sobre la propuesta de la Comisión argumentando su postura inicial acerca de la necesidad de inclusión de los tramos no
seleccionados por ésta, insistiendo en la solicitud de Sagunto-Zaragoza-Pamplona/Logroño-Bilbao.


Este fue un eje prioritario para el gobierno popular hasta el punto de que en la vía se iniciaron obras Sagunto-Teruel-Zaragoza (2018-2021: 344 M€), y en este presupuesto de 2018, votado en contra por el PSOE, al Corredor
Cantábrico-Mediterráneo se destinan 82 M€, lo que supone un 34,5% de aumento respecto de 2017, en concreto la actuación Sagunto-Teruel-Zaragoza alcanza 52 M€.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2018.-Dolors Montserrat Montserrat, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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161/003635


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 13 de noviembre de 2018, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre mejoras en la N-340 a su paso por El Vendrell, presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra
Republicana y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 413, de 18 de septiembre de 2018, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Encargar al Ministerio de Fomento un proyecto de mejora de la movilidad y accesos a la urbanización Torreblanca de El Vendrell. Dicho informe tendrá que realizarse a lo largo del año 2019 en diálogo permanente con el vecindario,
representantes municipales y Ministerio de Fomento.


2. Estudiar la posibilidad de construir una rotonda en el p.k. 1189 para dar acceso a las propiedades lindantes y que el paso inferior quede para el paso de personas a pie o bicicleta. Mientras, es urgente construir un paso elevado para
que los vecinos y ciclistas puedan acceder de un lado a otro de la carretera N-340.


3. Instalar elementos que reduzcan el ruido para las viviendas de la calle Pardal de la urbanización Torreblanca cumpliendo lo establecido en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, y en el Plan de Acción Contra el Ruido, elaborado
por el Ministerio de Fomento.


4. Dotar de iluminación el paso para vehículos que actualmente hay construido.


5. Una vez construida la A-7 en su nuevo trazado dentro de la estructura de la actual AP7, revertir al municipio de El Vendrell la N-340 para su conversión en vía urbana.


6. Dotar una partida económica, en los próximos Presupuestos Generales del Estado, para llevar adelante estas acciones.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon cinco enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comision de Fomento


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Jordi Salvador i Duch, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la
Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre mejoras en la N-340 a su paso por El Vendrell, Comisión de Fomento.


Enmienda


De adición.


Se propone añadir dos nuevos puntos al texto de la Proposición, quedando redactado de la siguiente manera:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Construir un acceso por carretera para la urbanización Torreblanca a través de una bifurcación en el acceso a la C32.


2. Expropiar el espacio privado del p.k. 1189, donde está situado el paso inferior, para que éste pase a ser propiedad pública, y se dote de los elementos de señalización y seguridad necesarios para garantizar el uso para peatones y
vehículos.


3. Estudiar la posibilidad de construir una rotonda en el p.k. 1189 para dar acceso a las propiedades lindantes y que el paso inferior quede para el paso de personas a pie o bicicleta.


4. Instalar elementos que reduzcan el ruido para las viviendas de la calle Pardal de la urbanización Torreblanca.



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5. Construir un acceso para personas en el acceso a Cala Berenguer en el municipio de Vendrell.


6. Dotar de iluminación el paso para vehículos que actualmente hay construido.


7. Dotar una partida económica, en los próximos Presupuestos Generales del Estado, para llevar adelante estas acciones.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de noviembre de 2018.-Jordi Salvador i Duch, Diputado.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley sobre mejoras en la N-340 a su paso por El Vendrell,
presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Enmienda


De supresión.


Texto que se propone:


Se suprime el punto 2.


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2018.-Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición
no de Ley del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre mejoras en la N-340 a su paso por El Vendrell.


Enmienda


De sustitución.


Enmiendas de sustitución de los puntos 1 al 4:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Encargar a la empresa pública INECO un proyecto de mejora de la movilidad y accesos a la urbanización Torreblanca de El Vendrell. Dicho informe habrá de realizarse, a lo largo del 2019, en diálogo permanente con el vecindario,
representantes municipales y Ministerio de Fomento.


2. Construir un paso elevado para que los vecinos y ciclistas puedan acceder de un lado a otro de la N-340.


3. Una vez construida la A-7, en su nuevo trazado dentro de la estructura de la actual AP-7, revertir al municipio del Vendrell la N-340 para su conversión en vía urbana.


4. Instalar elementos que reduzcan el ruido para las viviendas de la calle Pardal de la urbanización Torreblanca.'



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Enmienda


De supresión.


Enmienda de supresión del punto 5.


Justificación.


Se presentan como mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2018.-Félix Alonso Cantorné, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre mejoras en la N-340 a su paso por El Vendrell, del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. (Se suprime).


2. Estudiar la mejor forma de adecuar esta zona para garantizar unas condiciones adecuadas de conservación y seguridad vial.


3. Continuar trabajando en la redacción del proyecto '4 glorietas y una pasarela peatonal entre Torredembarra y El Vendrell: en Creixell, Roda de Bará, Coma-Ruga y La Gomal, Reordenación de accesos y adecuación de intersecciones entre los
PPKK 1179,4 y 1188,5', con un presupuesto de 3,86 M€, que incluye la reordenación de accesos en esta zona.


4. Cumplir lo establecido en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, y en el Plan de Acción Contra el Ruido, elaborado por el Ministerio de Fomento.


5. (Se suprime).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/003699


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 13 de noviembre de 2018, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa a incluir la autovía SE-40, Túneles Sur del Guadalquivir-Embocadura Oeste, 48-SE-4520A y la
autovía SE-40, Tramo A-66/A-49 dentro del Plan Extraordinario de Inversión en Carreteras (PIC), presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 428, de 9 de octubre de
2018, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a trabajar en el desarrollo de los tramos de la SE-40 correspondientes a los túneles bajo el río Guadalquivir y a los del arco entre la A-66 y la A-49, para que esta vía sea una alternativa
viaria a la SE-30.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.



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Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa a incluir la autovía SE-40, Túneles Sur del Guadalquivir-Embocadura Oeste, 48-SE-4520A y la autovía SE-40, Tramo A-66/A-49 dentro del Plan Extraordinario de Inversión en Carreteras (PIC), del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a trabajar en el desarrollo de los tramos de la SE-40 correspondientes a los túneles bajo el río Guadalquivir y a los del arco entre la A-66 y la A-49, para que esta vía sea una alternativa
viaria a la SE-30.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/003711


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 13 de noviembre de 2018, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley relativa a incluir la autovía A-4 L.P. (límite provincia) Córdoba/Jaén-L.P. Sevilla/Córdoba dentro del Plan
Extraordinario de Inversión en Carreteras (PIC), presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 428, de 9 de octubre de 2018.


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto se inserta a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa a incluir la autovía A-4 L.P. (límite provincia) Córdoba/Jaén-L.P. Sevilla/Córdoba dentro del Plan Extraordinario de Inversión en Carreteras (PIC), del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a estudiar las actuaciones a ejecutar en la autovía A-4 en la provincia de Córdoba, para mantener esta vía en unas condiciones adecuadas de conservación y seguridad vial.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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161/003721


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 13 de noviembre de 2018, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley relativa a incluir el proyecto autovía A-11 Zamora-Frontera portuguesa dentro del Plan Extraordinario de Inversión
en Carreteras (PIC), presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 428, de 9 de octubre de 2018.


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos se insertan a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición
no de Ley del Grupo Parlamentario Popular, relativa a incluir el proyecto de autovía A-11 Zamora-Frontera portuguesa dentro del Plan Extraordinario de Inversión en Carreteras (PIC).


Enmienda


Al punto único


De sustitución.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a financiar a través de los Presupuestos Generales del Estado el proyecto de autovía A-11 Zamora-Frontera portuguesa.'


Justificación.


Se presenta como opción de financiación viable y realista para la consecución de la iniciativa.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2018.-Félix Alonso Cantorné, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa de la Comisión de Fomento


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa a incluir el proyecto autovía A-11 Zamora-Frontera portuguesa dentro del Plan Extraordinario de Inversión en Carreteras (PIC), del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar trabajando en la redacción de los proyectos de la Autovía del Duero, A-11, a su paso por la provincia de Zamora.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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161/003760


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 13 de noviembre de 2018, aprobó la Proposición no de Ley sobre las infraestructuras ferroviarias en Extremadura, presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos y publicada en el 'BOCG. Congreso
de los Diputados', serie D, núm. 433, de 17 de octubre de 2018, en sus propios términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Requerir la realización internalizada desde el Ministerio y sus empresas dependientes, de estudios técnicos y económicos, de diagnóstico de gestión y reposición de activos a fin de poder priorizar los focos de inversión como punto de
arranque previo a la inversión en esos entornos antes del final de este año 2018.


2. Presentar ante esta Cámara, en el plazo de tres meses desde la presentación de estos estudios, un plan valorado, priorizado y con fechas para la renovación de los activos ferroviarios de la infraestructura (renovaciones de vía,
eliminación de bloqueos telefónicos, protección de pasos a nivel, instalación de radiotelefonía) y de sustitución/adquisición del parque de material rodante que presta servicios en Extremadura.


3. Asegurar de manera inmediata el adecuado mantenimiento del conjunto de material rodante que constituye el parque de trenes que prestan y prestarán servicios en Extremadura.


4. Informar de las fechas previstas de puesta en servicio de los tramos en ejecución de la línea de alta velocidad y de la modernización de la línea Madrid-Extremadura a través de las fórmulas legales ya establecidas para la planificación
de líneas ferroviarias.


5. Mejorar la coordinación de los trabajos y avances del Eje Atlántico en la conexión España-Portugal, a través de la formación de una comisión bilateral específica permanente donde participen los gobiernos español y portugués, así como
Adif, Renfe, Infraestructuras de Portugal y Comboios de Portugal.


6. Promover la creación de un puesto en Adif de coordinador comisionado del Corredor Atlántico similar al ya existente para el Corredor Mediterráneo.'


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


161/003854


La Comisión de Fomento, en su sesión del día 13 de noviembre de 2018, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa al regreso y recuperación del Tren Hotel Alhambra entre Granada y Barcelona y viceversa con
paradas en Linares-Baeza, Alcázar de San Juan, Albacete, Almansa, Valencia, Castelló, Salou y Tarragona, presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados',
serie D, núm. 448, de 8 de noviembre de 2018, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que estudie la recuperación del servicio del Tren Hotel Alhambra Granada-Barcelona.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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A la Mesa de la Comisión de Fomento


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa al regreso y recuperación del Tren Hotel Alhambra entre Granada y Barcelona y viceversa con paradas en Linares-Baeza, Alcázar de San Juan, Albacete, Almansa, Valencia, Castelló, Salou y Tarragona, del Grupo Parlamentario Confederal
de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que estudie la recuperación del servicio del Tren Hotel Alhambra Granada-Barcelona.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social


161/002449


La Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, en su sesión del día 14 de noviembre de 2018, aprobó la Proposición no de Ley relativa a la adopción de medidas para garantizar la seguridad y salud de las trabajadoras que desarrollan
su actividad como camareras de pisos, fomentando el cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos de las empresas, teniendo en cuenta las peculiaridades de su trabajo a los efectos de evitar accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales, así como para que no sufran discriminaciones indirectas por razón de sexo, en el momento de la determinación de estas contingencias como profesionales, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el
'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 247, de 14 de noviembre de 2017, en sus propios términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que:


1. Previa consulta con las organizaciones sindicales y empresariales, revise y modifique la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y demás normativa de desarrollo, incorporando la perspectiva de género tanto en
la gestión de la prevención como en el conjunto de obligaciones empresariales y de los demás agentes implicados en la prevención, como los Servicios de Prevención Ajenos, asentando su base legal y reglamentaria para que no se pueda obviar una
correcta transversalidad de la perspectiva de género en todos los aspectos preventivos y para gestionar todos aquellos riesgos que inciden más en la salud e integridad de las mujeres trabajadoras.


2. Planifique en colaboración con las Comunidades Autónomas, en el marco de las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, campañas de prevención de riesgos en el sector de la hostelería, a los efectos de vigilar que por
parte de las empresas se adopten las medidas oportunas para que se tenga en cuenta la perspectiva de género en los instrumentos a través de los cuales gestiona la prevención, como son el Plan de Prevención, la evaluación de riesgos y la
planificación de la actividad preventiva, especialmente en relación al desarrollo de la prestación laboral de las camareras de pisos.


En relación al desarrollo de esta prestación laboral, y por lo que se refiere a la planificación de la actividad preventiva, así como a su diseño y adopción de medidas, se atenderán sus peculiaridades comprobando los aspectos relativos a la
ergonomía, la organización del trabajo y el ritmo de trabajo.


3. Asimismo, planificará en colaboración con las Comunidades Autónomas campañas específicas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de tiempo de trabajo en el sector de la hostelería, a los efectos de comprobar aspectos de
jornada, horario, descanso, estudios de tiempo y movimientos y



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el uso de la contratación a tiempo parcial, especialmente en relación al desarrollo de la prestación laboral de las camareras de pisos.


4. Valorar el establecimiento de protocolos específicos en el desarrollo de la vigilancia de la salud en relación a la actividad profesional de las camareras de pisos, para valorar la existencia de trastornos musculoesqueléticos, teniendo
en cuenta todas las circunstancias que concurren en su actividad.


5. Introducir en la Estrategia de Seguridad y Salud en el Trabajo 2015-2020 actuaciones que garanticen la perspectiva de género, tanto en los Planes de acción como en las campañas de divulgación en el sector de hostelería.


6. Revisar el Cuadro de Enfermedades Profesionales en el Sistema de la Seguridad Social contenido en el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, para evitar que su aplicación pueda provocar discriminaciones indirectas por razón de
género. A tal fin, incluirá dentro de este Cuadro las enfermedades profesionales provocadas por posturas forzadas y movimientos repetitivos, como los efectuados por el desempeño de la actividad de camareras de piso.'


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


161/003458


La Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, en su sesión del día 14 de noviembre de 2018, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre los derechos de los trabajadores y trabajadoras del hogar, presentada
por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 393, de 18 de julio de 2018, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Ratificar, sin más demoras, el Convenio número 189 de la OIT y la Recomendación número 201 sobre el trabajo decente para las trabajadoras o trabajadores domésticos, con objeto de que su entrada en vigor no se demore más allá del 2019.


2. Promover con urgencia y sin dilación los cambios legislativos necesarios para incluir a las empleadas del hogar en el ámbito de aplicación de los artículos 197.4 y 209.1.b) de la Ley General de la Seguridad Social, para que se les
consideren los periodos no cotizados en el cálculo de las pensiones de incapacidad permanente derivada de contingencias comunes y de jubilación en los términos establecidos en dichos artículos.


3. Promover los cambios legislativos necesarios para la integración plena de las Empleadas de Hogar en el Régimen General de la Seguridad Social a partir del 1 de enero de 2019, en los términos que estaba previsto en la D.T. 16.ª de la Ley
General de la Seguridad Social con antelación a la aprobación de la Ley de PGE para 2018.


4. Promover las medidas legislativas necesarias para lograr la equiparación plena de derechos para las trabajadoras de hogar y de cuidados, entre ellas las apuntadas para su estudio en el Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el
que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar especialmente en lo que refiere a 'Aplicar plenamente el régimen de extinción del contrato de trabajo de la relación laboral común establecido en el Estatuto de
los Trabajadores a la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar'.


5. Establecer un sistema de protección por desempleo adaptado a las peculiaridades de la actividad del servicio del hogar familiar que garantice los principios de contributividad, solidaridad y sostenibilidad financiera.'



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A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre los derechos de los trabajadores y trabajadoras del hogar, del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Enmienda


De adición.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a seguir debatiendo con los interlocutores sociales en el seno de la Mesa de Diálogo Social, el régimen jurídico aplicable a las empleadas y empleados de hogar con el fin de garantizar sus
derechos laborales, valorando, en particular, la procedencia de:'


De modificación.


'1. Ratificar, el Convenio número 189 de la OIT y la Recomendación número 201 sobre el trabajo decente para las trabajadoras o trabajadores domésticos.


2. Promover los cambios legislativos necesarios para incluir a las empleadas del hogar en el ámbito de aplicación de los artículos 197.4 y 209.1.b) de la Ley General de la Seguridad Social, para que se les consideren los periodos no
cotizados en el cálculo de las pensiones de incapacidad permanente derivada de contingencias comunes y de jubilación en los términos establecidos en dichos artículos.


3. Promover los cambios legislativos necesarios para la integración plena de las Empleadas de Hogar en el Régimen General de la Seguridad Social en los términos en que estaba previsto en la D.T. 16' de la Ley General de la seguridad
Social.'


(Resto de puntos, 4 y 5 igual)


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/003559


La Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, en su sesión del día 14 de noviembre de 2018, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa a que los vales de comida no computen en la base de cotización a
la Seguridad Social, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 409, de 12 de septiembre de 2018, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar el apartado 2 del artículo 147 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con el
objetivo de incluir entre los conceptos que no computan en la base de cotización la prestación del servicio de comedor que el empresario lleve a cabo en el marco de la relación laboral en la cuantía máxima de 11 euros diarios, o en la misma que esté
prevista en cada momento en la normativa del IRPF, garantizando el equilibrio del sistema de la Seguridad Social.'



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A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley para que los vales de comida no computen en la base de
cotización a la Seguridad Social presentada por el Grupo Parlamentario Mixto.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica la parte propositiva de la Proposición no de Ley, que queda redactada en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a estudiar el impacto de modificar el apartado 2 del artículo 147 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, con el objetivo de incluir entre los conceptos que no computan en la base de cotización la prestación del servicio de comedor que el empresario lleve a cabo en el marco de la relación laboral, tanto de forma directa como indirecta,
de manera progresiva y de forma que se garantice el equilibrio del sistema de la Seguridad Social.'


Texto que se modifica:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar el apartado 2 del artículo 147 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con el
objetivo de incluir entre los conceptos que no computan en la base de cotización la prestación del servicio de comedor que el empresario lleve a cabo en el marco de la relación laboral, tanto de forma directa como indirecta.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


A la Mesa de la Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo dispuesto en los artículos 194 y concordantes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la
Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Mixto, para su debate en la Comisión.


Enmienda


De modificación.



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Se sustituye el texto por el siguiente:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a modificar el apartado 2 del artículo 147 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con el
objetivo de incluir entre los conceptos que no computan en la base de cotización la prestación del servicio de comedor que el empresario lleve a cabo en el marco de la relación laboral, en la cuantía máxima de 11 euros diarios, o en la misma que
esté prevista en cada momento en la normativa del IRPF.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-Ana Marcello Santos, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


161/003666


La Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, en su sesión del día 14 de noviembre de 2018, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre medidas para la adaptación al proceso de cambio tecnológico y el
avance de la robotización y la automatización, presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 423, de 2 de octubre de 2018, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Elaborar un informe pormenorizado que permita tener una imagen más completa del fenómeno del cambio en la economía y el mercado de trabajo derivado de los avances en la tecnología digital y organizativa y la automatización y la
robotización en un entorno globalizado.


2. Llevar a cabo, a la mayor brevedad, el desarrollo reglamentario de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, de modo que se facilite la adaptación de
los trabajadores a las modificaciones operadas en su puesto de trabajo, así como al desarrollo de planes y acciones formativas tendentes a mejorar su empleabilidad.


3. Continuar desarrollando la labor de prospección y detección de necesidades formativas del sistema productivo recogida en la citada Ley 30/2015, y mejorar la implementación de mecanismos que permitan proporcionar respuestas efectivas a
las necesidades de formación y recualificación del mercado laboral, con el fin de anticiparse a los cambios y responder a la demanda que se pueda producir de mano de obra cualificada, contribuyendo así al desarrollo profesional y personal de los
trabajadores y a la competitividad de las empresas.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre medidas para la adaptación al proceso de cambio tecnológico y el avance de la robotización y la automatización, del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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Enmienda


Al punto 3


De modificación.


El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


'3. Continuar desarrollando la labor de prospección y detección de necesidades formativas del sistema productivo recogida en la citada Ley 30/2015, y mejorar la implementación de mecanismos que permitan proporcionar respuestas efectivas a
las necesidades de formación y recualificación del mercado laboral, con el fin de anticiparse a los cambios y responder a la demanda que se pueda producir de mano de obra cualificada, contribuyendo así al desarrollo profesional y personal de los
trabajadores y a la competitividad de las empresas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/003725


La Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, en su sesión del día 14 de noviembre de 2018, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre el refuerzo de la Guardia Europea de Fronteras y Costas, presentada
por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 428, de 9 de octubre de 2018, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- En el ámbito de sus competencias dentro de la Unión Europea, mantener el apoyo a la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas, en el refuerzo de su de capacidad operativa y ejecutiva para apoyar eficazmente a los Estados miembros
en la protección de las fronteras europeas.


- Apoyar un incremento de los fondos necesarios para proseguir correcta y adecuadamente el trabajo que viene realizando para la consecución de una inmigración ordenada, integradora, y de carácter comunitario, actuando coordinadamente en tres
niveles de intervención: dentro de nuestras fronteras, en los países de origen y tránsito, y, fundamentalmente, en el ámbito comunitario.


- Promover, en el seno de las instituciones de la Unión Europea, la necesidad de poner en marcha iniciativas que aseguren el cumplimiento con el derecho internacional y europeo en materia de asilo y refugio, siempre en línea con el más
escrupuloso respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales de los solicitantes de asilo y refugio.


- Impulsar las soluciones en los países de origen y tránsito de las rutas migratorias del Mediterráneo, incluyendo medidas tanto dentro del marco de la cooperación para el desarrollo como del de la colaboración con las autoridades
fronterizas y fuerzas de seguridad de estos países para promover los flujos migratorios seguros y poner fin a esta tragedia.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon tres enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley para el refuerzo de la Guardia Europea de Fronteras y Costas,
presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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Enmienda


De adición.


Texto que se propone:


Se añaden nuevos puntos a la parte propositiva de la Proposición no de Ley, con la siguiente redacción:


'- Promover, en el seno de las instituciones de la Unión Europea, la necesidad de poner en marcha iniciativas que aseguren el cumplimiento con el derecho internacional y europeo en materia de asilo y refugio, siempre en línea con el más
escrupuloso respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales de los solicitantes de asilo y refugio.


- Impulsar las soluciones en los países de origen y tránsito de las rutas migratorias del Mediterráneo, incluyendo medidas tanto dentro del marco de la cooperación para el desarrollo como del de la colaboración con las autoridades
fronterizas y fuerzas de seguridad de estos países para promover los flujos migratorios seguros y poner fin a esta tragedia.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


A la Mesa de la Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo dispuesto en los artículos 194 y concordantes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la
Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular, para el refuerzo de la Guardia Europea de Fronteras y Costas, para su debate en la Comisión.


Enmienda


De sustitución.


Modificar la petición al Gobierno por el siguiente texto:


'Que en el ámbito de sus competencias dentro de la Unión Europea apoye:


1. La apertura de vías seguras a través de la posibilidad de solicitar asilo o refugio, cupos de contratación en origen y apertura de una política de visados real y eficaz que permita la entrada en la Unión Europea por procedimientos
legales que eviten la necesidad de recurrir a las redes de inmigración clandestina o arriesgar la vida.


2. La conversión de las operaciones militares en el Mediterráneo como ÍNDALO, Hera y Minerva, EUNAV FOR MED 'SOPHIA' o Themos, en operaciones destinadas al rescate marítimo en el mar Mediterráneo.


3. Que se evalúen las actuales políticas migratorias en términos de eficiencia en materia de regulación y control de los flujos migratorios con carácter previo a la valoración del nuevo borrador de directiva de retorno.'


Justificación.


En lo que llevamos del año 2018, 2.040 personas han fallecido en el mediterráneo, casi 20.000 en los últimos cuatro años. Unas cifras que no pueden obviarse y que nos asoma a la mayor catástrofe humanitaria y de valores por la que atraviesa
el territorio europeo. La moción pretende que se siga profundizando en las políticas y organismos que no han sido capaces de revertir esta situación.



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Aunque las labores de FRONTEX son el desarrollo de prácticas para el retorno de los migrantes y coordina las operaciones conjuntas de retorno (aunque cada país decide quién debe ser devuelto), la práctica está demostrando que este tipo de
medidas además de ser caras, no tienen un impacto real, sino testimonial, en la gestión de los flujos migratorios.


FRONTEX a pesar de que evalúa los riesgos para la seguridad de las fronteras de la UE y elabora un modelo de las pautas y tendencias en migración irregular y las actividades delictivas transfronterizas en las fronteras exteriores, incluida
la trata de seres humanos y que comparte sus conclusiones con los países de la UE y la Comisión y las utiliza para planificar sus actividades, ha sido incapaz de diseñar un mecanismo eficaz y eficiente que frene el drama humanitario en las aguas del
Mediterráneo sur hasta el grado que en las áreas del Mediterráneo oriental y el central fueron organizaciones y entidades de la sociedad civil quien tuviera que establecer dispositivos de rescate en alta mar.


Tenemos que señalar con claridad que la cruda realidad que nos llega del Mediterráneo, es la del drama humanitario, no un problema securitario. Y para ello FRONTEX se ha evidenciado como una agencia incapaz de aportar soluciones.


Pero en el mismo grado de ineficacia que han tenido en los últimos años estas políticas tanto para lograr un control de los flujos migratorios como para salvar las vidas de quienes migran, lo tienen de eficacia para el desarrollo de las
mafias dedicadas a la inmigración que son las grandes beneficiarias, pero también en haber logrado sembrar nuevamente la semilla del odio en Europa y conducir a Europa a un precipicio de barbarie parecido al que la filósofa judía Hannah Arendt
describía en su libro 'Los orígenes del totalitarismo'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-Isabel Franco Carmona, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa de la Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre el refuerzo de la Guardia Europea de Fronteras y Costas, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a en el ámbito de sus competencias dentro de la Unión Europea, a mantener el apoyo a la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas, dotándola en el refuerzo de su de capacidad
operativa y ejecutiva para apoyar eficazmente a los Estados miembros en la protección de las fronteras europeas.'


De adición.


Se propone la adición de un nuevo párrafo:


'Apoyar un incremento de los fondos necesarios para proseguir correcta y adecuadamente el trabajo que viene realizando para la consecución de una inmigración ordenada, integradora, y de carácter comunitario, actuando coordinadamente en tres
niveles de intervención: dentro de nuestras fronteras, en los países de origen y tránsito, y, fundamentalmente, en el ámbito comunitario.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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161/003755


La Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, en su sesión del día 14 de noviembre de 2018, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a estudiar la reforma del permiso por
fallecimiento de familiares de primer grado de consanguinidad, presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 433, de 17 de octubre de 2018, en los siguientes
términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a, en el marco del diálogo social, estudiar la ampliación de la duración del permiso por fallecimiento de un familiar de primer grado de consanguinidad. A estos efectos, se convocará en el
seno de esta Comisión a expertos en la materia para aportar ideas y soluciones para que, junto con los interlocutores sociales, se alcance un acuerdo sobre la ampliación de estos permisos a fin de adecuarlos no solo a los tiempos sino también a la
realidad personal y anímica del trabajador/a.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos, asimismo, se insertan.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo dispuesto en los artículos 194 y concordantes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la
Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular, por la que se insta al Gobierno a estudiar la reforma del permiso por fallecimiento del primer grado de consanguinidad, para su debate en la Comisión.


Enmienda


De sustitución.


Se sustituyen la parte dispositiva de la PNL por el siguiente texto:


'El Congreso de los diputados insta al Gobierno para:


1. Promover los cambios legislativos pertinentes para modificar el subapartado b) del artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, en orden a establecer que el cómputo de los permisos retribuidos allí contemplados deberá ser siempre en
días hábiles, atendiendo al calendario laboral del trabajador.


2. Previa consulta con las organizaciones sindicales y empresariales, impulse los cambios normativos necesarios para ampliar los permisos por fallecimiento de familiar, nacimiento de hijo, y accidente o enfermedad grave de familiar hasta el
segundo grado de consanguinidad, contemplados en la letra b) del artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores.'


Justificación.


El apartado 1 de la propuesta modificativa responde al sentido del fallo de la Sentencia de la Sala Social del Tribunal Supremo n.º 145/2018, de 13 de febrero de 2018, que en referencia a un conflicto colectivo planteado por la
representación de los trabajadores del sector del Contact Center (Telemarketing), que ha establecido doctrina en el sentido de considerar que atendiendo a su naturaleza, los permisos del art. 37.3 de los trabajadores han de computarse atendiendo a
si la causa del permiso (fallecimiento de familiar, nacimiento de hijo...) se produce en día feriado para el trabajador, el cómputo de los días se debe realizar respetando tal circunstancia, porque de lo contrario se está minorando el derecho al
descanso retribuido del trabajador. Si bien la citada resolución afectaba tan solo al sector del Telemarketing, es innegable que los razonamientos jurídicos determinantes del fallo son extensibles al resto de sectores y



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empresas, por lo que la cuestión viene produciendo la presentación de demandas de conflicto colectivo en otros sectores y empresas. Parece razonable, atendiendo a la naturaleza imprevisible y perturbadora para la vida que tienen tanto la
circunstancia del fallecimiento de un familiar cercano, como la del nacimiento de un hijo, y la necesidad para la trabajadora de contar con tiempo hábil para adaptarse a dichas circunstancias, así como para atender a las numerosas gestiones
administrativas que tales situaciones requieren.


La segunda parte de la modificación propuesta atiende a la necesidad de que por economía legislativa se estudien simultáneamente la posibilidad de incrementar la duración mínima legal de los tres permisos contemplados en el subapartado b)
del artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, pues es evidente que si históricamente han estado regulados en el mismo precepto y han tenido la misma duración es porque en todos los casos atienden a unas necesidades de adaptación del trabajador
a un cambio radical e imprevisto de sus circunstancias vitales. Por otra parte, entendemos que es absolutamente innecesario crear una comisión de expertos para el estudio de esta cuestión tan puntual, siendo suficiente la consulta a los
interlocutores sociales.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-Alberto Rodríguez Rodríguez, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa de la Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley por la que se insta al Gobierno a estudiar la reforma del permiso por fallecimiento de familiares de primer grado de consanguinidad, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a, en el marco del diálogo social, estudiar la ampliación de la duración del permiso [...] (resto igual).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, en relación con los escritos de retirada de las preguntas que a continuación se relacionan, ha adoptado el siguiente acuerdo: Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por retirada la
iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y al autor de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Núm. expte.: 184/000126


Núm. registro: 110007


Fecha registro: 30/10/2018



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Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre previsiones acerca del acuartelamiento de la Guardia Civil de Córdoba capital.


Núm. expte.: 184/000437


Núm. registro: 110008


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre antigüedad de los vehículos de la Policía Nacional, así como número de los disponibles en la provincia de Córdoba.


Núm. expte.: 184/000915


Núm. registro: 110191


Fecha registro: 31/10/2018


Autor iniciativa: De la Encina Ortega, Salvador Antonio (GS) Alconchel Gonzaga, Miriam (GS) Campo Moreno, Juan Carlos (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre situación de la Comisaría Provincial del Cuerpo Nacional de Policía de Cádiz e incidencias en la prestación de diversos servicios.


Núm. expte.: 184/001276


Núm. registro: 109843


Fecha registro: 29/10/2018


Autor iniciativa: Muñoz González, Pedro José (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre inversiones realizadas en la Escuela Nacional de Policía de Ávila desde el año 2012.


Núm. expte.: 184/001278


Núm. registro: 109843


Fecha registro: 29/10/2018


Autor iniciativa: Muñoz González, Pedro José (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre medidas previstas ante el aumento de los delitos cometidos en Ávila capital entre enero y junio del año 2016.


Núm. expte.: 184/001780


Núm. registro: 109844


Fecha registro: 29/10/2018


Autor iniciativa: Rominguera Salazar, María del Mar (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre número de efectivos y vehículos policiales de la Brigada de Seguridad Ciudadana que han prestado sus servicios desde el mes de enero hasta septiembre de 2016 en la Comisaría Provincial de
Zamora.


Núm. expte.: 184/001781


Núm. registro: 109844


Fecha registro: 29/10/2018


Autor iniciativa: Rominguera Salazar, María del Mar (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre opinión del Ministerio del Interior sobre si la falta de efectivos para completar el Catálogo de Puestos de Trabajo de la Comisaría Provincial de Zamora ha podido influir en el aumento de los
robos en domicilios en Zamora.


Núm. expte.: 184/001782


Núm. registro: 109844


Fecha registro: 29/10/2018


Autor iniciativa: Rominguera Salazar, María del Mar (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre opinión del Ministerio del Interior sobre si el número de efectivos del Cuerpo Nacional de Policía que están desempeñando en estos momentos sus funciones en la Comisaría Provincial de Zamora
es suficiente para atender de manera eficiente las tareas encomendadas a este Cuerpo.



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Núm. expte.: 184/001783


Núm. registro: 109844


Fecha registro: 29/10/2018


Autor iniciativa: Rominguera Salazar, María del Mar (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre número de efectivos del Cuerpo Nacional de Policía del Catálogo de Puestos de Trabajo de la Comisaría Provincial de Zamora que se encuentran en puestos de segunda actividad y en bajas de
larga duración a fecha 01/09/2016.


Núm. expte.: 184/001784


Núm. registro: 109844


Fecha registro: 29/10/2018


Autor iniciativa: Rominguera Salazar, María del Mar (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre número de efectivos que desempeñan sus cometidos conforme a la dotación de plantilla prevista por el vigente Catálogo de Puestos de Trabajo en la Comisaría Provincia de Zamora a fecha
01/09/2016.


Núm. expte.: 184/003251


Núm. registro: 109842


Fecha registro: 29/10/2018


Autor iniciativa: Peña Camarero, Esther (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre causas por las que no se ha dotado de vestuarios apropiados a las distintas comandancias en la provincia de Burgos para procurar unas buenas condiciones laborales al colectivo de la Guardia
Civil.


Núm. expte.: 184/003254


Núm. registro: 109842


Fecha registro: 29/10/2018


Autor iniciativa: Peña Camarero, Esther (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre previsiones acerca de dotar de los medios necesarios para el efectivo desarrollo de las funciones de la plantilla de la Guardia Civil en la provincia de Burgos.


Núm. expte.: 184/003361


Núm. registro: 110191


Fecha registro: 31/10/2018


Autor iniciativa: De la Encina Ortega, Salvador Antonio (GS) Alconchel Gonzaga, Miriam (GS) Campo Moreno, Juan Carlos (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre previsiones para la mejor dotación de medios personales y materiales para la Oficina de Denuncias y de Atención al Ciudadano de la Comisaría de Jerez con el objeto de favorecer la mejor
prestación de sus servicios.


Núm. expte.: 184/003494


Núm. registro: 110191


Fecha registro: 31/10/2018


Autor iniciativa: De la Encina Ortega, Salvador Antonio (GS) Alconchel Gonzaga, Miriam (GS) Campo Moreno, Juan Carlos (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre previsiones acerca de ejecutar más obras en la Comisaría Provincial de Cádiz, actualmente desalojada, así como de gestionar de manera urgente la adquisición de un solar para la construcción
de la nueva Comisaría.


Núm. expte.: 184/004011


Núm. registro: 110002


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Rodríguez Hernández, Juana Amalia (GS) Cuello Pérez, Carmen Rocío (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre valoración del hecho de que el aumento de robos con violencia e intimidación en Sevilla coincida con una disminución de la plantilla de la Policía Nacional.



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Núm. expte.: 184/004012


Núm. registro: 110002


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Rodríguez Hernández, Juana Amalia (GS) Cuello Pérez, Carmen Rocío (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre número de efectivos de la Policía Nacional en Sevilla, así como porcentaje de agentes que se dedican a tareas administrativas y que tienen como función las custodias hospitalarias o funciones
similares.


Núm. expte.: 184/004013


Núm. registro: 110002


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Rodríguez Hernández, Juana Amalia (GS) Cuello Pérez, Carmen Rocío (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre previsiones acerca de actualizar el catálogo de puestos de trabajo de la Policía Nacional en Sevilla.


Núm. expte.: 184/006162


Núm. registro: 110004


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Galeano Gracia, Óscar (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre incremento de los robos con violencia o intimidación en lo que va de año en la provincia de Zaragoza.


Núm. expte.: 184/008079


Núm. registro: 110191


Fecha registro: 31/10/2018


Autor iniciativa: De la Encina Ortega, Salvador Antonio (GS) Alconchel Gonzaga, Miriam (GS) Campo Moreno, Juan Carlos (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre robos producidos en la provincia de Cádiz durante los años 2012 a 2016.


Núm. expte.: 184/008626


Núm. registro: 109841


Fecha registro: 29/10/2018


Autor iniciativa: Martín González, María Guadalupe (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre relación de puestos de trabajo de personal funcionario y laboral en los centros penitenciarios, a 01/01/2017.


Núm. expte.: 184/008635


Núm. registro: 110003


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Císcar Casabán, Ciprià (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre aumento de la siniestralidad en las carreteras valencianas.


Núm. expte.: 184/010501


Núm. registro: 110005


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Franquis Vera, Sebastián (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre estado de ejecución de las inversiones aprobadas en los Presupuestos Generales del Estado de 2015 y 2016 del Ministerio del Interior, o cualesquiera de sus 'entes o sociedades' para Canarias,
especialmente en la provincia de Las Palmas.


Núm. expte.: 184/010898


Núm. registro: 110007


Fecha registro: 30/10/2018



Página 29





Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre inversiones previstas en el cuartel de la Guardia Civil de Córdoba.


Núm. expte.: 184/011456


Núm. registro: 110009


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Pérez Herraiz, Margarita (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre estudios previos realizados para la comisaría de Lugo, relativos a la partida correspondiente de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.


Núm. expte.: 184/011902


Núm. registro: 110007


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre cuarteles de la Guardia Civil existentes en la ciudad de Córdoba y previsiones acerca del número y lugar de ubicación de los mismos en dicha ciudad y su provincia.


Núm. expte.: 184/011903


Núm. registro: 110007


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre comisarías de Policía existentes en la ciudad de Córdoba y previsiones acerca del número y lugar de ubicación de las mismas en dicha ciudad y su provincia.


Núm. expte.: 184/012938


Núm. registro: 110007


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre sustitución de las comisarías de Policía existentes en Campo Madre de Dios y en el Parque Figueroa en Córdoba.


Núm. expte.: 184/014246


Núm. registro: 110008


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre incidencia de la planificación de dos nuevas comisarías de Policía en Córdoba en las actuales comisarías en Campo Madre de Dios y en Figueroa.


Núm. expte.: 184/014792


Núm. registro: 110007


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre sanción disciplinaria impuesta al Secretario de Relaciones Institucionales y Formación de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) en Córdoba, destinado en el puesto de Cerro
Muriano.


Núm. expte.: 184/015927


Núm. registro: 110007


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre previsiones acerca de las comisarías de Policía de Córdoba.



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Núm. expte.: 184/015929


Núm. registro: 110007


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre delitos cometidos y número de agentes de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el municipio de Peñarroya Pueblonuevo (Córdoba) en los años 2011 a 2017, así como medidas previstas para reducir la
delincuencia.


Núm. expte.: 184/016665


Núm. registro: 110007


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre tiempo medio de espera en la Jefatura Provincial de Tráfico de Córdoba, así como su evolución desde el año 2012.


Núm. expte.: 184/017432


Núm. registro: 110008


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre delitos producidos en la provincia de Córdoba en los años 2011 a 2017, así como medidas previstas para reducir los delitos sexuales.


Núm. expte.: 184/017698


Núm. registro: 110006


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: De la Encina Ortega, Salvador Antonio (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre necesidad de refuerzo inmediato del número de agentes de la Guardia Civil en los cuarteles ubicados en el interior del Campo de Gibraltar (Jimena de la Frontera, Castellar de la Frontera y
Pueblo Nuevo de Guadiaro).


Núm. expte.: 184/019577


Núm. registro: 109840


Fecha registro: 29/10/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS) Bellido Acevedo, Pablo (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre número de nuevos radares de tráfico que tiene previsto instalar Tráfico en los años 2017 y 2018.


Núm. expte.: 184/019666


Núm. registro: 110007


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre situación de los proyectos de dos nuevas comisarías de policía en Córdoba.


Núm. expte.: 184/019755


Núm. registro: 109840


Fecha registro: 29/10/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS) Bellido Acevedo, Pablo (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre número de accidentes de motoristas registrados en el año 2017 en carreteras interurbanas y su variación respecto al mismo periodo del año anterior.


Núm. expte.: 184/020054


Núm. registro: 110007


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre niveles de delincuencia en Baena (Córdoba).



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Núm. expte.: 184/020788


Núm. registro: 109840


Fecha registro: 29/10/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS) Bellido Acevedo, Pablo (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre variación de la inversión realizada en el sostenimiento de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, así como en el mantenimiento e inversiones de la patrulla de helicópteros y de los
ocho Centros de Gestión del Tráfico desde el año 2012.


Núm. expte.: 184/020789


Núm. registro: 109840


Fecha registro: 29/10/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS) Bellido Acevedo, Pablo (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre variación del número de accidentes de motoristas sin casco desde el año 2011.


Núm. expte.: 184/020790


Núm. registro: 109840


Fecha registro: 29/10/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS) Bellido Acevedo, Pablo (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre variación del número de accidentes de motoristas en carreteras nacionales desde el año 2011.


Núm. expte.: 184/020938


Núm. registro: 110006


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: De la Encina Ortega, Salvador Antonio (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre medidas para combatir el aumento de la inseguridad ciudadana en las poblaciones de Algeciras y La Línea de la Concepción (Cádiz).


Núm. expte.: 184/024266


Núm. registro: 109840


Fecha registro: 29/10/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS) Bellido Acevedo, Pablo (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre multas puestas por la Dirección General de Tráfico con las cámaras de vigilancia instaladas por no usar el cinturón de seguridad en el año 2017.


Núm. expte.: 184/024675


Núm. registro: 110001


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Merchán Mesón, Carlota (GS) Serrada Pariente, David (GS) Peña Camarero, Esther (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre cifras de llegadas por costas, por nacionalidad y país de origen durante el año 2017, así como que han solicitado protección internacional.


Núm. expte.: 184/024677


Núm. registro: 110001


Fecha registro: 30/10/2018


Autor iniciativa: Merchán Mesón, Carlota (GS) Serrada Pariente, David (GS) Peña Camarero, Esther (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre personas internadas en Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE).


Núm. expte.: 184/024678


Núm. registro: 110001


Fecha registro: 30/10/2018



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Autor iniciativa: Merchán Mesón, Carlota (GS) Serrada Pariente, David (GS) Peña Camarero, Esther (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre porcentaje de personas llegadas que se encuentran todavía en España y número de personas llegadas en el año 2017 que podrían haber abandonado ya nuestro país.


Núm. expte.: 184/024681


Núm. registro: 111036


Fecha registro: 06/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS) Bellido Acevedo, Pablo (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre número de accidentes de motoristas registrados en vías interurbanas en el año 2017, así como variación respecto al mismo periodo del año 2016.


Núm. expte.: 184/024892


Núm. registro: 110385


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre robos producidos en el campo de Córdoba en los años 2012 a 2017.


Núm. expte.: 184/024902


Núm. registro: 111036


Fecha registro: 06/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS) Bellido Acevedo, Pablo (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre fecha prevista para instalar los sesenta nuevos radares anunciados para reducir la siniestralidad en las carreteras.


Núm. expte.: 184/024903


Núm. registro: 111036


Fecha registro: 06/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS) Bellido Acevedo, Pablo (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre variación de la recaudación por multas desde el año 2012.


Núm. expte.: 184/024939


Núm. registro: 110386


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre robos producidos en el campo durante los años 2012 a 2017.


Núm. expte.: 184/025139


Núm. registro: 110381


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre incorporación de efectivos de la UIP y del GRS de manera fija a las plantillas de Policía y Guardia Civil de Ceuta.


Núm. expte.: 184/025430


Núm. registro: 110385


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre previsiones acerca de la rehabilitación de las viviendas del cuartel de la Guardia Civil de Córdoba.



Página 33





Núm. expte.: 184/025431


Núm. registro: 110385


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre previsiones acerca de la construcción del nuevo cuartel de la Guardia Civil de La Rambla (Córdoba).


Núm. expte.: 184/025432


Núm. registro: 110385


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre previsiones acerca de la construcción del nuevo cuartel de la Guardia Civil de Espejo (Córdoba).


Núm. expte.: 184/025433


Núm. registro: 110385


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre ejecución del nuevo cuartel de la Guardia Civil de Espejo (Córdoba).


Núm. expte.: 184/025525


Núm. registro: 110375


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre inversiones previstas para mejorar la comisaría de Policía de Estepona.


Núm. expte.: 184/025526


Núm. registro: 110375


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre valoración de la necesidad de una nueva comisaría de Policía en Estepona.


Núm. expte.: 184/025671


Núm. registro: 110385


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre casas cuartel de la Guardia Civil existentes en la provincia de Córdoba, así como previsiones acerca de la rehabilitación de las mismas.


Núm. expte.: 184/025679


Núm. registro: 110382


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Pradas Torres, Antonio (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre evolución del personal en los puestos de la Guardia Civil de la provincia de Sevilla, durante los ejercicios 2011 a 2017, así como los dedicados a atender el programa ROCA, para prevenir
robos en el campo.


Núm. expte.: 184/025736


Núm. registro: 110381


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre número de multas puestas en la provincia de Salamanca a través de la información aportada por las cámaras de tráfico en el año 2017, así como causas de las mismas.



Página 34





Núm. expte.: 184/025740


Núm. registro: 110381


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre evolución de los puntos negros de la provincia de Salamanca entre los años 2011 y 2017.


Núm. expte.: 184/025824


Núm. registro: 110375


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre motivos por los que no se ha construido una nueva comisaría de Policía Nacional en Estepona.


Núm. expte.: 184/025825


Núm. registro: 110375


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre inversiones previstas para mejorar la actual comisaría de Policía Nacional en Estepona.


Núm. expte.: 184/025826


Núm. registro: 110375


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre motivos por los que el 30 % de la plantilla de Policía Nacional de Estepona está sin cubrir.


Núm. expte.: 184/027025


Núm. registro: 110385


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre proyecto de nuevo cuartel de la Guardia Civil en La Rambla (Córdoba).


Núm. expte.: 184/027026


Núm. registro: 110385


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre proyecto de nuevo cuartel de la Guardia Civil en Espejo (Córdoba).


Núm. expte.: 184/027051


Núm. registro: 111036


Fecha registro: 06/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS) Bellido Acevedo, Pablo (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre previsiones acerca de cambiar la ubicación del radar de Rincón de la Victoria instalado en el punto donde no se producen los accidentes y colocarlos en el sentido contrario, donde se han
producido varios accidentes de importancia.


Núm. expte.: 184/027052


Núm. registro: 111036


Fecha registro: 06/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS) Bellido Acevedo, Pablo (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre fecha prevista para subir la velocidad desde Casabermeja a Málaga y en la A-7 en la parte occidental de la provincia de Málaga de 80 a 90 km/h.



Página 35





Núm. expte.: 184/027071


Núm. registro: 110371


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: De la Encina Ortega, Salvador Antonio (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre medidas previstas para reducir el número de víctimas en accidentes de moto en la provincia de Cádiz.


Núm. expte.: 184/027164


Núm. registro: 110385


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre proyecto de nueva comisaría de Policía Nacional en el distrito Levante la ciudad de Córdoba.


Núm. expte.: 184/027165


Núm. registro: 110385


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre proyecto de nueva comisaría de Policía Nacional en el distrito Poniente de la ciudad de Córdoba.


Núm. expte.: 184/027169


Núm. registro: 111036


Fecha registro: 06/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS) Bellido Acevedo, Pablo (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre previsiones acerca de reducir la velocidad en carreteras convencionales como medida para reducir el número de víctimas mortales.


Núm. expte.: 184/027288


Núm. registro: 111036


Fecha registro: 06/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS) Bellido Acevedo, Pablo (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre número de nuevos radares de los prometidos por Tráfico a comienzos del año 2017 que han sido instalados.


Núm. expte.: 184/027432


Núm. registro: 110383


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: González Bayo, Josefa Inmaculada (GS) Díaz Trillo, José Juan (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre número de accidentes de tráfico por carretera y en vía urbana y de personas fallecidas en los mismos en la provincia de Huelva, así como inversión realizada en las carreteras de dicha
provincia.


Núm. expte.: 184/028038


Núm. registro: 110374


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS) Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre inversión destinada en construcción de nuevos cuarteles de la Guardia Civil desde el año 2012.


Núm. expte.: 184/028039


Núm. registro: 110374


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS) Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre inversión destinada en construcción de nuevas comisarías de Policía Nacional desde el año 2012.



Página 36





Núm. expte.: 184/028064


Núm. registro: 110385


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre proyectos de rehabilitación de las viviendas de los cuarteles de la Guardia Civil en la provincia de Córdoba.


Núm. expte.: 184/028130


Núm. registro: 110371


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: De la Encina Ortega, Salvador Antonio (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre inversiones previstas en mejora de los cuarteles en la provincia de Cádiz.


Núm. expte.: 184/028131


Núm. registro: 110371


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: De la Encina Ortega, Salvador Antonio (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre previsiones acerca de una nueva comisaría del Cuerpo Nacional de Policía en el Puerto de Santa María (Cádiz).


Núm. expte.: 184/028365


Núm. registro: 111036


Fecha registro: 06/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS) Bellido Acevedo, Pablo (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre radares de tramo y fijos existentes en las carreteras nacionales indicando la recaudación de los cincuenta que más multan.


Núm. expte.: 184/028366


Núm. registro: 111036


Fecha registro: 06/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS) Bellido Acevedo, Pablo (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre radares de tramo existentes en las carreteras nacionales indicando el número de multas impuestas y la recaudación en el año 2017.


Núm. expte.: 184/028769


Núm. registro: 110385


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre previsiones acerca de las comisarías de Policía de Córdoba, así como de la construcción de dos nuevas.


Núm. expte.: 184/028771


Núm. registro: 110378


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Alconchel Gonzaga, Miriam (GS) Campo Moreno, Juan Carlos (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre actuación y dotación de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en el Campo de Gibraltar desde el año 2015.


Núm. expte.: 184/028912


Núm. registro: 110381


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre acuerdos suscritos con el Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes sobre la construcción de un nuevo cuartel de la Guardia Civil.



Página 37





Núm. expte.: 184/028913


Núm. registro: 110381


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre fecha prevista para el inicio de las obras de construcción de un nuevo cuartel de la Guardia Civil en el municipio de Santa Marta de Tormes.


Núm. expte.: 184/028914


Núm. registro: 110381


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre inversión realizada en el actual cuartel de la Guardia Civil de Santa Marta de Tormes entre los años 2011 y 2017.


Núm. expte.: 184/028931


Núm. registro: 110373


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Alconchel Gonzaga, Miriam (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre situación de las instalaciones de la sede del Cuerpo Nacional de Policía en Jerez de la Frontera.


Núm. expte.: 184/028974


Núm. registro: 110374


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS) Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre inversión realizada en comida y suministros a los distintos CIE desde el año 2012.


Núm. expte.: 184/029348


Núm. registro: 110375


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre grado de ejecución de los Presupuestos del Ministerio del Interior de 2017 en Andalucía.


Núm. expte.: 184/029547


Núm. registro: 110381


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre contratos firmados por el Ministerio del Interior para la prestación de servicios informáticos en los últimos cinco años.


Núm. expte.: 184/029559


Núm. registro: 110379


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Sumelzo Jordán, Susana (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre número de efectivos de la Guardia Civil que se dedican a la prevención y a la lucha contra el tráfico de drogas en la provincia de Zaragoza.


Núm. expte.: 184/029560


Núm. registro: 110379


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Sumelzo Jordán, Susana (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre número de efectivos de la Policía Nacional que se dedican a la prevención y a la lucha contra el tráfico de drogas en la provincia de Zaragoza.



Página 38





Núm. expte.: 184/029698


Núm. registro: 110381


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre contratos de alquiler de viviendas para altos cargos del Ministerio del Interior firmados en la XII Legislatura.


Núm. expte.: 184/029909


Núm. registro: 110371


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: De la Encina Ortega, Salvador Antonio (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre fecha prevista para aprobar los proyectos de construcción de las nuevas comisarías del Cuerpo Nacional de Policía en El Puerto de Santa María y La Línea de la Concepción (Cádiz).


Núm. expte.: 184/030671


Núm. registro: 110385


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre validez del uso de las luces parpadeantes de las bicicletas y modificación normativa sobre el mismo.


Núm. expte.: 184/031103


Núm. registro: 110381


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre acuerdos adoptados entre la Dirección General de la Guardia Civil y el portavoz del Grupo Popular en la oposición en el Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo.


Núm. expte.: 184/031256


Núm. registro: 110374


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS) Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre número de vehículos de la Guardia Civil de Tráfico dados de baja y de alta en los años 2016 y 2017.


Núm. expte.: 184/031313


Núm. registro: 110384


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Palacín Guarné, Gonzalo (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre evolución del número de agentes destinados a los puestos y destacamentos de la Guardia Civil en la provincia de Huesca entre enero de 2011 y octubre de 2017, así como cierre de algún
destacamento o que ha quedado en desuso en dicha provincia.


Núm. expte.: 184/032032


Núm. registro: 110385


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre aumento de los hurtos y los robos en la provincia de Córdoba durante el año 2017, así como medidas previstas para su reducción.


Núm. expte.: 184/032033


Núm. registro: 110385


Fecha registro: 05/11/2018



Página 39





Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre aumento de las sustracciones de vehículos en la provincia de Córdoba durante el año 2017, así como medidas previstas para su reducción.


Núm. expte.: 184/032036


Núm. registro: 110385


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Hurtado Zurera, Antonio (GS) Serrano Jiménez, María Jesús (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre aumento de homicidios y asesinatos en la provincia de Córdoba durante el año 2017, así como medidas previstas para su reducción.


Núm. expte.: 184/032082


Núm. registro: 110380


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Lamuà Estañol, Marc (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre inversión realizada en materia de seguridad vial en las carreteras de titularidad estatal en el año 2016 en la provincia de Girona, así como porcentaje que representa respecto a la partida
correspondiente en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.


Núm. expte.: 184/032090


Núm. registro: 110381


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre previsiones acerca de reponer las plazas vacantes en la oficina de expedición del DNI en el municipio de Fuentes de Oñoro.


Núm. expte.: 184/032220


Núm. registro: 110380


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Lamuà Estañol, Marc (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre inversiones realizadas en la mejora de las instalaciones de cuarteles de la Guardia Civil en la provincia de Girona en el año 2017.


Núm. expte.: 184/032221


Núm. registro: 110380


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Lamuà Estañol, Marc (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre inversiones realizadas en las instalaciones de la Policía Nacional en la provincia de Girona en el año 2017.


Núm. expte.: 184/032363


Núm. registro: 110375


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre policías nacionales y guardias civiles heridos en acto de servicio desde el 01/01/2018.


Núm. expte.: 184/032364


Núm. registro: 110375


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre policías nacionales y guardias civiles heridos en acto de servicio desde el año 2012.



Página 40





Núm. expte.: 184/032778


Núm. registro: 110381


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre convenios suscritos entre el Ministerio del Interior o cualquiera de sus órganos superiores o directivos y las universidades para la realización de prácticas de Criminología de su alumnado,
en la Policía Nacional o en la Guardia Civil, así como formación académica de los tutores designados para la dirección y coordinación de dichas prácticas.


Núm. expte.: 184/032779


Núm. registro: 110381


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre nuevos efectivos de la Policía Nacional incorporados desde el año 2010 hasta el 30/04/2018.


Núm. expte.: 184/032780


Núm. registro: 110381


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre efectivos de la Policía Nacional jubilados desde el año 2010 hasta el 30/04/2018.


Núm. expte.: 184/032781


Núm. registro: 110381


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre efectivos de la Policía Nacional que han pasado a segunda actividad desde el año 2010 hasta el 30/04/2018.


Núm. expte.: 184/032782


Núm. registro: 110381


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre previsiones acerca de la incorporación efectiva de nuevos miembros en la Policía Nacional en los años 2018 a 2020.


Núm. expte.: 184/032783


Núm. registro: 110381


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre previsiones acerca de las jubilaciones de miembros de la Policía Nacional en los años 2018 a 2020.


Núm. expte.: 184/032784


Núm. registro: 110381


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre nuevos efectivos de la Guardia Civil incorporados desde el año 2010 hasta el 30/04/2018.


Núm. expte.: 184/032785


Núm. registro: 110381


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Serrada Pariente, David (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre efectivos de la Guardia Civil jubilados desde el año 2010 hasta el 30/04/2018.



Página 41





Núm. expte.: 184/035625


Núm. registro: 110372


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Císcar Casabán, Ciprià (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre presupuesto ejecutado en los años 2012 a 2017 en la construcción de nuevas comisarías de Policía Nacional en la provincia de Valencia.


Núm. expte.: 184/035626


Núm. registro: 110372


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Císcar Casabán, Ciprià (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre presupuesto ejecutado en los años 2012 a 2017 para la mejora de las instalaciones de las comisarías de Policía Nacional en la provincia de Valencia.


Núm. expte.: 184/035629


Núm. registro: 110372


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Císcar Casabán, Ciprià (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre presupuesto ejecutado en los años 2012 a 2017 para la mejora de las instalaciones de cuarteles de Guardia Civil en la provincia de Valencia.


Núm. expte.: 184/035630


Núm. registro: 110372


Fecha registro: 05/11/2018


Autor iniciativa: Císcar Casabán, Ciprià (GS)


Objeto iniciativa: Retirada de su pregunta sobre presupuesto ejecutado en los años 2012 a 2017 en la construcción de nuevos cuarteles de Guardia Civil en la provincia de Valencia.


SECRETARÍA GENERAL


292/000040


Una vez subsanada y completada la documentación del texto del Convenio Colectivo del Personal Laboral del Congreso de los Diputados de 3 de julio de 2018, publicado en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 390, el 13 de julio
de 2018, a requerimiento de la Dirección General del Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid y a la vista de la Resolución de dicha Dirección General de fecha 12 de noviembre de 2018, sobre Registro,
Depósito y Publicación del Convenio Colectivo del Personal Laboral del Congreso de los Diputados, al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, en uso de las atribuciones conferidas por delegación de la Excma. Sra.
Presidenta del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG, del texto definitivo del Convenio Colectivo del personal laboral del Congreso de los Diputados suscrito el día 3 de julio de 2018.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de noviembre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 42





CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


La negociación del presente Convenio ha sido efectuada entre el Congreso de los Diputados y la representación sindical de los trabajadores del mismo.


CAPÍTULO I


Normas generales


Artículo 1. Ámbito del Convenio.


1. El presente Convenio Colectivo será de aplicación al personal que, con relación jurídica laboral en cualquiera de sus modalidades, presta servicios al Congreso de los Diputados.


2. Este Convenio entrará en vigor el día 15 de julio de 2018, estableciéndose su vigencia hasta el 15 de julio de 2020.


Una vez denunciado, permanecerá vigente la totalidad de su contenido normativo hasta tanto sea sustituido por el nuevo Convenio.


3. El Convenio podrá ser denunciado por cualquiera de las partes con una antelación como mínimo de un mes a la fecha en que finalice la vigencia del mismo. La Comisión Negociadora del siguiente Convenio deberá constituirse y reunirse en un
plazo máximo de un mes a partir de la fecha de la denuncia.


4. A partir de 15 de julio de 2020 se considerará prorrogado temporalmente hasta la entrada en vigor del próximo Convenio.


5. En el supuesto de que la jurisdicción laboral declarase la nulidad de alguna de las cláusulas pactadas, ambas partes se comprometen a iniciar en el plazo de un mes desde la notificación la nueva negociación de dichas cláusulas y aquellas
que se vean afectadas, bajo el principio de que la nulidad de alguna o algunas de ellas no supone la nulidad de todo el Convenio.


Artículo 2. Condiciones más beneficiosas y aplicación favorable.


1. Las disposiciones laborales de carácter general, cualquiera que sea su rango, que establezcan condiciones más beneficiosas que las pactadas en el presente Convenio serán de aplicación cuando, consideradas en su conjunto y en cómputo
anual, resulten superiores aquéllas.


2. Las condiciones establecidas en el presente Convenio que sean ambiguas u oscuras o susciten dudas en cuanto a su sentido y alcance deberán ser interpretadas y aplicadas de la forma más beneficiosa para los trabajadores.


Artículo 3. Irrenunciabilidad.


Será nula y se reputará no efectuada la renuncia por parte de los trabajadores de cualquier beneficio establecido en el presente Convenio.


CAPÍTULO II


Organización del trabajo


Artículo 4. Organización del trabajo.


1. Conforme a la legislación vigente, y, en particular, a las normas elaboradas por las Mesas de ambas Cámaras reunidas en sesión conjunta, la organización del trabajo es facultad exclusiva del Congreso de los Diputados y su aplicación
práctica corresponde a los órganos competentes de la Cámara, sin perjuicio de los derechos y facultades de audiencia e información reconocidos a los trabajadores y a sus representantes en el Estatuto de los Trabajadores.


2. La relación de puestos de trabajo del personal laboral, así como las funciones correspondientes a cada puesto son las establecidas por la Plantilla Orgánica del Congreso de los Diputados aprobada por la Mesa de la Cámara.



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3. La Comisión Paritaria será informada previamente a la modificación de la Plantilla Orgánica del Congreso de los Diputados cuando afecte a los puestos de trabajo y funciones asignados al personal laboral.


CAPÍTULO III


Clasificación del personal


Artículo 5. Grupos profesionales.


1. Los grupos profesionales a que se refiere el presente Convenio son los siguientes:


- Médicos.


- Analistas.


- Traductores-Intérpretes.


- Programadores.


- ATS/DUE.


- Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales.


- Auxiliares de Informática.


- Guías.


- Brigada de Mantenimiento.


2. La clasificación del personal que se establece es meramente enunciativa. El Congreso de los Diputados no está obligado a tener cubiertos todos los grupos que se enumeran, si las necesidades no lo requieren.


La eliminación de un grupo profesional o, en su caso, el dejar sin personal un grupo profesional que previamente hubiera estado cubierto, requerirá la aprobación de la Comisión Paritaria.


3. En los tres primeros meses de cada año, se hará pública la relación nominal del personal laboral, con indicación de grupo, antigüedad, destino y jornada.


CAPÍTULO IV


Provisión de vacantes, contratación, provisión y cese en los puestos de trabajo


Artículo 6. Desempeño del puesto de trabajo.


El personal laboral está obligado a desempeñar las tareas propias de su puesto de trabajo. Sin perjuicio de ello podrán encomendársele temporalmente, atendiendo a las necesidades del servicio, otras tareas dentro de su jornada de trabajo y
siempre que aquellas se encuentren entre las propias de su grupo y categoría profesional.


Artículo 7. Provisión de vacantes.


La provisión de vacantes del personal laboral del Congreso de los Diputados se producirá por el siguiente orden:


1.º Con carácter previo se convocará la plaza vacante, en concurso de traslados, entre el personal laboral afectado por el presente Convenio que pertenezca al mismo grupo y categoría profesional correspondientes al puesto vacante y esté en
posesión de la titulación exigida para el mismo.


En la correspondiente convocatoria se especificarán los requisitos exigidos, de conformidad con lo dispuesto en la Plantilla Orgánica.


2.º Por reingreso de excedentes voluntarios.


3.º Sin perjuicio de lo que disponga la Plantilla Orgánica para los funcionarios, por el personal laboral afectado por el presente Convenio que esté en posesión de la titulación exigida para el puesto y supere las pruebas correspondientes,
cualquiera que sea el grupo profesional al que pertenezca.


4.º Por el personal laboral de nuevo ingreso.



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Artículo 8. Selección de personal de nuevo ingreso, cupo de reserva para discapacitados, contratación y período de prueba.


1. La selección y contratación del personal laboral de nuevo ingreso será autorizada por la Mesa del Congreso de los Diputados y se realizará bajo los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad. Los delegados del personal
laboral o los miembros del Comité de Empresa, en su caso, participarán como observadores en el proceso de selección para la provisión de vacantes de personal laboral de nuevo ingreso.


2. En cada convocatoria se reservará un cupo de un 10 por ciento de las plazas convocadas para su provisión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por ciento, siempre que reúnan los requisitos de la
convocatoria, superen las pruebas selectivas y, en su momento, acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. Si al aplicar dicho porcentaje el número resultante no fuese
entero y la fracción fuese igual o superior a 0,5 se aumentará en una las reservadas a dicho cupo. En todo caso, se reservará una plaza cuando la aplicación de dicho porcentaje sea inferior a la unidad, siempre que el número de plazas convocadas
sea igual o superior a tres. Las plazas correspondientes a dicho cupo que no se cubran incrementarán el turno general.


En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se haya presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera plaza por dicho cupo de reserva, y su puntuación fuera superior a la
obtenida por los aspirantes del sistema general (libre o promoción interna) que pudieran obtener plaza, será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.


3. El personal laboral de nuevo ingreso estará sometido a un período de prueba en los términos del artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores. No se computará a estos efectos el tiempo de incapacidad temporal que afecte al trabajador.


Transcurrido este período de prueba quedará automáticamente formalizada la admisión, siendo computado al trabajador este período a todos los efectos.


Artículo 9. Acceso a puestos de promoción.


1. La provisión de los puestos de trabajo entre el personal laboral del Congreso de los Diputados se regirá por los principios de mérito, capacidad y antigüedad, mediante la correspondiente convocatoria pública que establecerá los
requisitos exigidos para el acceso a la plaza convocada, de conformidad con lo previsto en la Plantilla Orgánica del Congreso de los Diputados, que distinguirá entre los sistemas de concurso y de libre designación.


2. Para la provisión de los puestos mediante el sistema de concurso, será de aplicación el baremo aprobado por el Secretario General del Congreso de los Diputados, una vez cumplimentado lo previsto en el artículo 41 de este convenio
colectivo en lo relativo a la negociación de los baremos de promoción interna.


Artículo 10. Cese en los puestos de trabajo.


1. El personal laboral adscrito a un puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación podrá ser cesado con carácter discrecional por decisión del órgano competente para su nombramiento.


2. El cese de los titulares de los puestos ganados por concurso se producirá por decisión motivada del órgano competente para su nombramiento.


Salvo causas excepcionales, el cese no podrá producirse antes de que se cumplan los tres primeros años de ejercicio del puesto. En todo caso, requerirá una evaluación detallada del trabajo desempeñado por el contratado laboral por parte de
sus superiores jerárquicos, audiencia del afectado e informe previo del Comité de Empresa.


3. El personal laboral que cese en un puesto de trabajo sin obtener otro por concurso o libre designación, quedará a disposición del Secretario General del Congreso de los Diputados que le atribuirá el desempeño provisional de un puesto
correspondiente a su categoría profesional.



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CAPÍTULO V


Trabajos de superior e inferior categoría


Artículo 11. Trabajos de superior e inferior categoría.


1. La realización de trabajos de superior e inferior categoría responderá a necesidades excepcionales y perentorias, deberá estar justificada, durará el tiempo mínimo imprescindible y se ajustará a lo establecido en el artículo 39 del
Estatuto de los Trabajadores.


2. El desempeño de un puesto de categoría superior no podrá exceder de seis meses, requerirá la titulación adecuada, el nombramiento expreso del Secretario General del Congreso de los Diputados y el mero desempeño no consolidará el salario
ni el puesto superior.


3. El desempeño de puesto de categoría inferior no podrá durar más de treinta días cada año.


CAPÍTULO VI


Jornada laboral y horario


Artículo 12. Jornada laboral.


1. La jornada laboral será la prevista en cada momento para el personal funcionario de las Cortes Generales.


2. El cómputo de la jornada se efectuará de tal forma que, en todo caso, tanto al comienzo como al fin de la misma, el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo, y dedicado a él.


3. Tienen derecho a solicitar una reducción de jornada de entre un octavo y un medio, los trabajadores que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:


a) Por razones de guarda legal, quienes tengan a su cuidado directo un menor de doce años o un discapacitado que no desempeñe una actividad retribuida.


b) Quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.


c) El progenitor, adoptante o guardador de carácter preadoptivo o permanente, para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado, del menor a su cargo afectado por cualquier enfermedad grave, que implique un ingreso
hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente. Bajo esta reducción de jornada se podrán acumular las jornadas reducidas en jornadas completas si lo solicita el trabajador, siempre y cuando las
necesidades del servicio lo permitan.


4. El personal laboral a quien falte menos de cinco años para cumplir la edad de acceso a la jubilación, o que habiendo cumplido los 55 años de edad reúna treinta años de servicios efectivos al Congreso de los Diputados o en cualquier otro
Ente público, podrá solicitar una reducción de entre un octavo y un medio de la jornada laboral. También podrá solicitar esta reducción de jornada, de manera temporal, el trabajador que lo precise por razón de enfermedad. El Secretario General
decidirá sobre la solicitud atendiendo a las necesidades del servicio.


5. La reducción de jornada prevista en los apartados anteriores conllevará la disminución proporcional del salario y no será compatible con el desempeño de un puesto de promoción que lleve aparejada dedicación especial. No obstante, esta
disminución podrá modularse o no aplicarse en los supuestos de reducción de jornada por enfermedad, cuando el Secretario General aprecie razones justificadas para ello.


6. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute de la reducción de jornada corresponderán al trabajador, dentro del horario del puesto de trabajo, salvaguardando los derechos de conciliación de la vida personal, familiar
y laboral del trabajador y las necesidades organizativas del Congreso de los Diputados. No obstante, se favorecerá que la jornada resultante de la aplicación de la reducción sea continuada. El trabajador, salvo fuerza mayor, deberá preavisar con
una antelación de treinta días, precisando la fecha en que iniciará y finalizará la reducción de jornada.


7. Por motivos de conciliación de la vida familiar y laboral, los trabajadores con hijos, descendientes o personas sujetas a su tutela o acogimiento de hasta 12 años de edad, o sin límite de edad en el supuesto



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de discapacidad superior o igual al 33 % de los anteriores, y siempre que convivan con el solicitante y dependan de éste, estando a su cargo, podrán reincorporarse al régimen de jornada completa durante los períodos no inferiores a un mes en
que el Calendario Laboral establezca la jornada continuada. Este derecho podrá ejercerse también en el año en que el menor cumpla la edad de 12 años.


Artículo 13. Horario.


1. El horario de trabajo será el establecido por el Congreso de los Diputados con carácter general, con las limitaciones que establezcan las disposiciones legales.


2. El Congreso de los Diputados podrá establecer horarios especiales, incluidos horarios nocturnos y de días festivos, en función de la naturaleza del trabajo, cuando las necesidades del servicio lo aconsejen, oída la Comisión Paritaria.


3. Tendrán derecho a flexibilizar una hora su horario laboral, en el marco de las necesidades del servicio, los trabajadores que tengan a su cargo personas mayores, hijos menores de 12 años o personas con discapacidad, así como quien tenga
a su cargo directo a un familiar con enfermedad grave hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.


4. Los trabajadores que tengan a su cargo personas con discapacidad hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad, podrán disponer de dos horas de flexibilidad horaria diaria sobre el horario fijo que corresponda, a fin de conciliar
los horarios de los centros educativos ordinarios de integración y de educación especial, de los centros de habilitación y rehabilitación, de los servicios sociales y centros ocupacionales, así como otros centros específicos donde la persona con
discapacidad reciba atención, con los horarios de los propios puestos de trabajo.


5. Excepcionalmente, los órganos competentes en materia de personal, podrán autorizar, con carácter personal y temporal, la modificación del horario fijo en un máximo de dos horas por motivos directamente relacionados con la conciliación de
la vida personal, familiar y laboral, y en los casos de familias monoparentales.


6. Los trabajadores que se reincorporen al servicio efectivo a la finalización de un tratamiento de radioterapia o quimioterapia, podrán solicitar una adaptación progresiva de su jornada de trabajo ordinaria. La Administración podrá
conceder esta adaptación cuando la misma coadyuve a la plena recuperación funcional de la persona o evite situaciones de especial dificultad o penosidad en el desempeño de su trabajo. Esta adaptación podrá extenderse hasta un mes desde el alta
médica y podrá afectar hasta un 25 % de la duración de la jornada diaria, considerándose como tiempo de trabajo efectivo. La solicitud irá acompañada de la documentación que aporte el interesado para acreditar la existencia de esta situación, y la
Administración deberá resolver sobre la misma en un plazo de tres días, sin perjuicio de que, para comprobar la procedencia de esta adaptación, la Administración podrá recabar los informes del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales o de
cualesquiera otros órganos que considere oportuno sobre el tratamiento recibido o las actividades de rehabilitación que le hayan sido prescritas.


El plazo al que se refiere el párrafo anterior podrá ampliarse en un mes más cuando el trabajador justifique la persistencia en su estado de salud de las circunstancias derivadas del tratamiento de radioterapia o quimioterapia.


Con carácter excepcional, y en los mismos términos indicados, esta adaptación de jornada podrá solicitarse en procesos de recuperación de otros tratamientos de especial gravedad, debiendo en este supuesto analizarse las circunstancias
concurrentes en cada caso.


Artículo 14. Horas extraordinarias.


1. El Congreso de los Diputados reducirá al mínimo imprescindible la existencia de horas extraordinarias. El máximo de horas extraordinarias no podrá exceder de los límites establecidos en la normativa sobre compensaciones y retribuciones
extraordinarias de los funcionarios de las Cortes Generales.


2. Tendrán la consideración de horas extraordinarias las que los trabajadores realicen fuera de la jornada propia del puesto de trabajo, calculada en cómputo semanal, en virtud de las necesidades del servicio.


3. Las horas extraordinarias se compensarán de acuerdo con lo establecido en la normativa sobre compensaciones y retribuciones extraordinarias de los funcionarios de Cortes Generales.



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Artículo 15. Calendario laboral.


1. El calendario laboral será el que se fije cada año, con carácter general, en el Congreso de los Diputados.


2. Los representantes del personal laboral participarán, con los representantes de los funcionarios, en la negociación del calendario laboral y sus modificaciones.


CAPÍTULO VII


Vacaciones, permisos y licencias


Artículo 16. Vacaciones.


1. Las vacaciones anuales retribuidas serán de un mes de duración o 22 días hábiles, en los términos previstos en el calendario laboral, siendo el período normal de vacaciones el establecido en el mismo.


Asimismo, se tendrán derecho a un día hábil adicional al cumplir quince años de servicio, añadiéndose un día hábil más al cumplir los veinte, veinticinco y treinta años de servicio, respectivamente, hasta un total de veintiséis días hábiles
por año natural. Este derecho se hará efectivo a partir del día siguiente al del cumplimiento de los años de servicio señalados.


2. Los trabajadores que en la fecha determinada para el disfrute de vacaciones no hubiesen completado el año efectivo en la plantilla, tendrán derecho a un número de días proporcional a los correspondientes al cómputo anual hasta el 31 de
diciembre. En el supuesto de que se produjera la extinción del contrato con anterioridad a la fecha indicada, en la liquidación que se practique se deducirá la parte proporcional que proceda.


3. El disfrute de las vacaciones anuales retribuidas podrá fraccionarse en los términos que determine el calendario laboral, quedando, no obstante, supeditado en todo caso a las necesidades del servicio.


4. Cuando un trabajador deje de prestar servicios antes de haber disfrutado sus vacaciones, percibirá en efectivo la retribución de los días que le correspondieran. Salvo en este caso, las vacaciones no podrán sustituirse por el abono de
salarios equivalentes.


Artículo 17. Licencias.


1. El personal que haya cumplido al menos un año de servicios efectivos podrá solicitar licencia sin sueldo, cuya duración acumulada no podrá exceder de tres meses en el plazo de dos años. El tiempo de disfrute de esta licencia será
computable a efectos de antigüedad.


2. Los trabajadores ligados por un contrato de duración determinada y con al menos un año de servicios efectivamente prestados, podrán solicitar asimismo licencias no retribuidas con una duración máxima de un mes en las mismas condiciones
establecidas para el personal fijo, si bien dichas licencias no se podrán disfrutar dentro del último mes de vigencia del contrato.


Artículo 18. Permisos retribuidos.


1. Independientemente del período de servicios efectivos, el personal laboral tendrá derecho, con justificación adecuada, a permisos con plenitud de derechos económicos, cómputo de antigüedad y reserva del puesto de trabajo por el tiempo y
motivos siguientes:


a) Quince días naturales en caso de matrimonio.


b) Dos días hábiles por nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo, a contar desde el nacimiento, el acogimiento o la adopción. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días
hábiles.


c) Cuatro días hábiles en los casos de enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, o fallecimiento de un pariente hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.


De las situaciones de pareja de hecho acreditada derivarán las mismas relaciones de afinidad.


Cuando el causante del permiso sea la pareja de hecho, tal condición se acreditará mediante la presentación del certificado expedido por el Registro de Uniones de Hecho que exista en el ámbito



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municipal o autonómico o, en ausencia de éste, mediante aportación de declaración jurada y certificado de convivencia expedido por el Ayuntamiento correspondiente.


d) Por razones justificadas, hasta diez días hábiles sin perjuicio de las necesidades del servicio. Su duración acumulada no podrá en ningún caso exceder de veinte días cada año. En todo caso, se entenderán incluidos en este concepto los
permisos por traslado del domicilio habitual, por cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal y por concurrencia a exámenes en Centros oficiales o reconocidos el día de su celebración.


e) Por el tiempo que dure la campaña electoral, los trabajadores que participen como candidatos en la misma.


f) Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de un año, a una hora de ausencia al trabajo que podrán dividir en dos fracciones. Este derecho podrá ser ejercido por la trabajadora, siempre que se demuestre que no es ejercido por el
otro progenitor simultáneamente. La acreditación de que este derecho no ha sido ejercido por la madre, que se exige para el disfrute de la misma por el otro progenitor, se entenderá también exigible cuando pretenda ejercerlo la madre, debiendo
probar ésta igualmente que el mismo no es ejercido por el otro progenitor.


El permiso de lactancia aumentará proporcionalmente en caso de parto múltiple y podrá sustituirse a voluntad del trabajador o trabajadora por un permiso de cuatro semanas.


g) En los casos de enfermedad muy grave de un pariente de primer grado por consanguinidad o afinidad que necesite cuidados especiales o deba permanecer hospitalizado se tendrá derecho a una reducción de un tercio de la jornada de trabajo sin
reducción del salario durante el tiempo que dure la hospitalización y por un plazo máximo de un mes.


Si hubiera más de un titular de este derecho por el mismo hecho causante, no podrían disfrutar ambos de dicho derecho simultáneamente.


2. La Secretaría General del Congreso de los Diputados, en aras de facilitar la conciliación de la vida personal y laboral de los trabajadores, garantizará que estos puedan ausentarse de su puesto de trabajo, por el tiempo preciso y con
derecho a remuneración, en los siguientes supuestos:


a) Las trabajadoras embarazadas para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, previo aviso a la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior y justificación de la necesidad de su realización dentro de la
jornada de trabajo.


b) Los trabajadores, en los casos de nacimiento de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, hasta un máximo de dos horas, mientras dure esta situación.


c) Para someterse a técnicas de fecundación asistida por el tiempo necesario para su realización y previa justificación de la necesidad dentro de la jornada de trabajo.


3. Siempre que sea posible, teniendo en cuenta las necesidades del servicio, se podrán buscar fórmulas de aplicación flexible en el disfrute de los permisos retribuidos previstos en este artículo, mediante acuerdo entre el trabajador y la
Secretaría General de la Cámara.


CAPÍTULO VIII


Estudios académicos y de formación profesional


Artículo 19. Estudios académicos y de formación profesional.


1. En los términos del artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores, el personal laboral tendrá derecho a ver facilitada la realización de estudios para la obtención de títulos académicos o profesionales reconocidos oficialmente, la
realización de cursos de perfeccionamiento profesional y el acceso a cursos de reconversión y capacitación profesionales.


2. Los trabajadores que cursen estudios académicos o de formación profesional tendrán, en su caso, preferencia para elegir turno de trabajo.


3. Siempre que las necesidades y la organización del trabajo lo permitan, se adaptará, en lo posible, la jornada de trabajo para facilitar la asistencia a los cursos correspondientes.



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4. El Congreso de los Diputados organizará cursos de capacitación profesional para la adaptación de los trabajadores a las modificaciones técnicas operadas en los puestos de trabajo, y podrá organizar cursos de reconversión profesional, que
aseguren la estabilidad del trabajador en su empleo. El tiempo de asistencia a estos cursos se considerará como de trabajo efectivo.


CAPÍTULO IX


Suspensión y extinción del contrato de trabajo


Artículo 20. Suspensión.


1. Sin perjuicio de lo establecido en los artículos 45 y 48 del Estatuto de los Trabajadores, el personal laboral del Congreso de los Diputados tendrá derecho, en los términos señalados en el mismo, a la suspensión del contrato con reserva
del puesto de trabajo y cómputo del período a efectos de antigüedad en los siguientes casos:


a) Maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo de la mujer trabajadora y adopción o acogimiento, preadoptivo o permanente, de menores de seis años.


En el supuesto de maternidad, la suspensión con reserva tendrá una duración máxima de dieciséis semanas ininterrumpidas ampliables por parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo. El período de suspensión se
distribuirá a opción de la interesada siempre que seis semanas sean inmediatamente posteriores al parto, pudiendo hacer uso, de la totalidad o, en su caso, de la parte que reste por disfrutar de aquéllas, el padre para el cuidado del hijo en caso de
fallecimiento de la madre.


No obstante lo anterior, y sin perjuicio de las seis semanas posteriores al parto de descanso obligatorio para la madre, en el caso de que ambos progenitores trabajen, la madre, al iniciarse el período de descanso por maternidad, podrá optar
por que el otro progenitor disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del periodo de descanso posterior al parto de forma simultánea o sucesiva con el de la madre, salvo que en el momento de su efectividad la incorporación al trabajo de la
madre suponga un riesgo para su salud.


En el caso de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento preadoptivo o permanente, el trabajador tendrá derecho a una suspensión del contrato por paternidad de cuatro semanas ininterrumpidas.


En el supuesto de riesgo durante el embarazo, en los términos previstos en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, la suspensión del contrato finalizará el día en que se inicie la suspensión del contrato por
maternidad biológica o desaparezca la imposibilidad de la trabajadora de reincorporarse a su puesto anterior o a otro compatible con su estado.


En los supuestos de adopción y acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, si el hijo adoptado o acogido es menor de hasta seis años, la suspensión tendrá una duración de dieciséis semanas ininterrumpidas, ampliable en el supuesto de
adopción o acogimiento múltiple en dos semanas más por hijo a partir del segundo, contadas, a elección del trabajador, bien a partir de la decisión administrativa o judicial de acogimiento, bien a partir de la resolución judicial por la que se
constituya la adopción. En los supuestos de adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento de los padres al país de origen del adoptado, el periodo de suspensión previsto para cada caso, podrá iniciarse hasta cuatro semanas antes de
la resolución para la que se constituye la adopción.


La duración de la suspensión será, asimismo, de dieciséis semanas en los supuestos de adopción o acogimiento de menores mayores de seis años de edad cuando se trate de menores discapacitados o que por sus circunstancias y experiencias
personales o que por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar debidamente acreditadas por los servicios sociales competentes.


El disfrute completo de la suspensión con ocasión del acogimiento impedirá una nueva suspensión en el momento en el que se constituya la adopción. Si el interesado no hubiese agotado el período de descanso de dieciséis semanas en el momento
del acogimiento podrá hacer uso de lo que reste del permiso una vez constituida la adopción.


En caso de que ambos adoptantes o guardadores trabajen, el período de suspensión se distribuirá a opción de los interesados, que podrán disfrutarlo de forma simultánea o sucesiva, siempre en períodos ininterrumpidos y con los límites
señalados. En los casos de disfrute simultáneo de períodos de descanso, la suma de los mismos no podrá exceder de las dieciséis semanas o de las que correspondan en caso de parto, adopción o acogimiento múltiples.



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b) Privación de libertad del trabajador, mientras no exista sentencia condenatoria firme, incluidas tanto la detención preventiva como la prisión provisional.


c) Suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias.


d) Excedencia forzosa.


e) Ejercicio del derecho de huelga.


f) Nombramiento del trabajador como funcionario en prácticas, así como el período de prueba o de práctica establecido legal o convencionalmente que se exija para consolidar una plaza de personal laboral fijo en cualquier Administración
Pública.


Artículo 21. Excedencia voluntaria.


1. La excedencia voluntaria por interés particular podrá ser solicitada por los trabajadores con al menos un año de antigüedad, y su duración no podrá ser inferior a un año ni superior a cinco. El derecho a esta situación sólo podrá ser
ejercido otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido como mínimo cuatro años desde el final de la anterior excedencia voluntaria. La concesión de la excedencia estará condicionada a las necesidades del servicio.


2. El trabajador que, como consecuencia de la normativa de incompatibilidades aplicable al personal de las Cortes Generales, deba optar por un puesto de trabajo, quedará en el que cesare en situación de excedencia voluntaria por
incompatibilidad, aun cuando no hubiese cumplido un año de antigüedad en el servicio. Permanecerá en esta situación un año como mínimo y conservará el derecho preferente al reingreso en vacante de un puesto básico del mismo grupo profesional que
hubiera o se produjera en el Congreso de los Diputados, en tanto subsista la situación que dio lugar a la excedencia. El trabajador podrá, no obstante, solicitar el reingreso antes de cumplirse el año de permanencia en la situación de excedencia
voluntaria por incompatibilidad, siempre que exista vacante y lo permitan las necesidades del servicio.


En el supuesto de que el trabajador en excedencia voluntaria por incompatibilidad no se incorpore una vez finalizada la causa que motivó el cambio de situación, pasará automáticamente a la situación de excedencia voluntaria por interés
particular.


3. Los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia, no superior a tres años, para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como
preadoptivo, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. Los sucesivos hijos darán derecho a un nuevo período de excedencia que, en su caso, pondrá fin al que se viniere disfrutando.


Si el hijo tiene reconocido un grado de discapacidad superior o igual al 33 % la duración de la excedencia podrá ser de hasta cinco años.


También tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años, los trabajadores para atender al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o
enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida.


Los trabajadores en esta situación tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo durante los dos primeros años. Transcurridos los dos años, la reserva lo será a un puesto del mismo grupo profesional. El período en que el trabajador
permanezca en situación de excedencia será computable a efectos de antigüedad y para la solicitud de excedencia voluntaria por interés particular.


Los trabajadores en esta situación podrán participar en los cursos de formación que convoque la Administración.


4. Las trabajadoras víctimas de violencia de género, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, tendrán derecho a solicitar la situación de excedencia sin necesidad de haber prestado un tiempo mínimo de
servicios previos y sin que resulte de aplicación ningún plazo de permanencia en la misma. Durante los seis primeros meses tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo que desempeñaran, siendo computable dicho período a efectos de ascensos y
antigüedad.


Esto no obstante, cuando de las actuaciones de tutela judicial resultase que la efectividad del derecho de protección de la víctima lo exigiere, se podrá prorrogar por períodos de tres meses, con un máximo de dieciocho, el período en el que,
de acuerdo con el párrafo anterior, se tendrá derecho a la reserva del puesto de trabajo, con idénticos efectos a los señalados en dicho párrafo.


Igualmente, durante los dos primeros meses de esta excedencia la trabajadora tendrá derecho a percibir las retribuciones íntegras.



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5. Los trabajadores que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista, así como los amenazados en los términos del artículo 5 de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección
Integral a las Víctimas del Terrorismo, previo reconocimiento del Ministerio del Interior o de sentencia judicial firme, tendrán derecho a disfrutar de un periodo de excedencia en las mismas condiciones que las víctimas de violencia de género.


Dicha excedencia será autorizada y mantenida en el tiempo en tanto que resulte necesaria para la protección y asistencia social integral de la persona a la que se concede, ya sea por razón de las secuelas provocadas por la acción terrorista,
ya sea por la amenaza a la que se encuentra sometida, en los términos previstos reglamentariamente.


6. Los trabajadores en situación de excedencia voluntaria no devengarán derechos económicos y les será aplicable lo establecido en el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores en lo relativo a antigüedad, promoción y formación.


7. Las solicitudes de excedencia voluntaria deberán cursarse como mínimo con 15 días de antelación a la fecha del inicio del disfrute de las mismas. El acuerdo adoptado deberá emitirse en el plazo de 15 días, y se comunicará al interesado
y a la representación laboral. Queda exceptuado de lo anterior la excedencia para el cuidado de hijos o familiares que solo requerirá la mera notificación de su disfrute al Congreso, sin exigencia de solicitud y concesión previa.


Artículo 22. Excedencia forzosa.


Los trabajadores tendrán derecho a la excedencia forzosa, con derecho en dicho periodo a la reserva del puesto de trabajo y al cómputo de la antigüedad, cuando sean designados o elegidos para un cargo público o cuando accedan a un puesto de
confianza de carácter temporal en los órganos constitucionales del Estado, el Gobierno o la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas, la Administración local y sus Entidades u Organismos dependientes o cuando sean elegidos para
ejercer funciones sindicales de ámbito provincial o superior, siempre que su desempeño resulte incompatible con la asistencia al trabajo o su prestación efectiva.


Artículo 23. Reingreso.


1. El trabajador podrá solicitar el reingreso de una situación de excedencia voluntaria. En cualquier caso, dicha solicitud deberá realizarse por escrito y, al menos, 15 días hábiles antes de la fecha de terminación de la misma. Quedan
exceptuados de la anterior exigencia los trabajadores en situación de excedencia para el cuidado de hijos, que pueden reincorporarse anticipadamente antes del plazo inicialmente solicitado, bastando la mera notificación de reingreso al Congreso por
el trabajador.


2. En los supuestos de excedencia forzosa, el reingreso deberá ser solicitado dentro del mes siguiente al cese en el cargo público, puesto de confianza o función sindical. En el supuesto de que el trabajador en excedencia forzosa no
solicite el reingreso en dicho plazo, pasará automáticamente a la situación de excedencia voluntaria por interés particular.


En caso de reincorporación, el trabajador que no tenga derecho a la reserva del puesto de trabajo ocupará la primera vacante que se produzca en su categoría. Si no existieran esas vacantes y la hubiera en categoría inferior dentro de su
grupo profesional, podrá optar a ella o esperar que se produzca vacante en su categoría. En el supuesto de que optase por ocupar vacante de inferior categoría, percibirá las retribuciones correspondientes a ésta manteniendo la opción a ocupar la
que se produzca en su categoría.


Artículo 24. Jubilación.


1. La edad de acceso a la jubilación del personal laboral del Congreso de los Diputados será la establecida en cada momento en las disposiciones vigentes en la normativa laboral y de Seguridad Social, sin perjuicio de que puedan completarse
los períodos de carencia para la jubilación. En este caso la jubilación obligatoria se producirá al completar el trabajador dichos períodos de carencia en la cotización a la Seguridad Social.


2. Sin perjuicio de lo indicado en el apartado anterior, los trabajadores podrán solicitar la prolongación voluntaria de su permanencia en el servicio activo en la Cámara en los mismos términos recogidos en el artículo 16.1 del Estatuto del
Personal de las Cortes Generales para el personal funcionario. A estos efectos, el trabajador afectado deberá notificar su decisión, mediante escrito dirigido al Secretario General



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del Congreso de los Diputados, al menos con dos meses de antelación a la fecha en que cumpla su edad de acceso a la jubilación.


En todo caso, no se podrá ocupar un puesto que tenga asignado un complemento de destino a partir de la fecha en que el trabajador alcance la más elevada de las edades exigidas en cada momento para el acceso a la pensión de jubilación, de
acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria séptima del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.


No obstante lo establecido en el párrafo anterior, los trabajadores podrán ser removidos con carácter discrecional de los puestos que tengan asignado complemento de destino por decisión del órgano competente para su nombramiento a partir del
momento en que cumplan sesenta y cinco años de edad.


Una vez ejercido el derecho a la prórroga, el trabajador podrá renunciar a la misma, siempre que lo notifique con tres meses de antelación a la fecha en que desee obtener la jubilación.


CAPÍTULO X


Régimen disciplinario


Artículo 25. Potestad sancionatoria.


Los trabajadores podrán ser sancionados por la Secretaría General del Congreso de los Diputados como consecuencia de incumplimientos laborales, de acuerdo con la graduación de faltas y sanciones que se establecen en los artículos siguientes.


Artículo 26. Faltas.


1. Las faltas disciplinarias de los trabajadores cometidas con ocasión o como consecuencia de su trabajo podrán ser leves, graves o muy graves.


2. Serán faltas leves las siguientes:


a) La incorrección con los compañeros o subordinados.


b) El retraso injustificado, negligencia o descuido en el cumplimiento de sus tareas.


c) La no comunicación con la debida antelación de la falta al trabajo por causa justificada, a no ser que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.


d) La falta de asistencia al trabajo sin causa justificada de uno o dos días al mes.


e) Las faltas repetidas de puntualidad sin causa justificada de tres a cinco días al mes.


f) El descuido en la conservación de los locales, material y documentos de los servicios.


g) En general, el incumplimiento de los deberes por negligencia o descuido inexcusable.


3. Serán faltas graves las siguientes:


a) La falta de disciplina en el trabajo o del respeto debido a los parlamentarios, superiores, compañeros o subordinados.


b) El incumplimiento de las órdenes o instrucciones de los superiores y de las obligaciones concretas del puesto de trabajo o las negligencias de las que se deriven o puedan derivarse perjuicios graves para el servicio.


c) La utilización o difusión indebidas de datos o asuntos de los que tenga conocimiento por razón del trabajo en el Congreso de los Diputados.


d) El incumplimiento o abandono de las normas y medidas de seguridad y salud del trabajo establecidas, cuando de los mismos puedan derivarse riesgos para la salud y la integridad física del trabajador o de otros trabajadores.


e) La falta de asistencia al trabajo, sin causa justificada, durante tres días al mes.


f) Las faltas repetidas de puntualidad, sin causa justificada, durante más de cinco días al mes y menos de diez días.


g) El abandono del trabajo sin causa justificada.


h) La simulación de enfermedad o accidente.


i) La simulación o encubrimiento de faltas de otros trabajadores en relación con sus deberes de puntualidad, asistencia y permanencia en el trabajo.



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j) La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.


k) La negligencia que pueda causar graves daños en la conservación de los locales, material o documentos de los servicios.


l) El ejercicio de actividades profesionales, públicas o privadas, sin haber solicitado autorización de compatibilidad.


m) La reincidencia en la comisión de faltas leves, aunque sean de distinta naturaleza, cuando hayan mediado sanciones por las mismas y no hayan prescrito.


n) El abuso de autoridad por parte de los superiores en el desempeño de sus funciones.


4. Serán faltas muy graves las siguientes:


a) El fraude, la deslealtad y el abuso de confianza en las gestiones encomendadas, así como cualquier conducta dolosa constitutiva de delito.


b) La manifiesta insubordinación individual o colectiva.


c) El falseamiento voluntario de datos e informaciones del servicio.


d) La falta de asistencia al trabajo por causa no justificada durante más de tres días al mes.


e) Las faltas reiteradas de puntualidad por causa no justificada durante diez o más días al mes, o durante más de veinte días al trimestre.


f) El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidad. A estos efectos, las incompatibilidades del personal laboral serán las establecidas con carácter general para los funcionarios en el Estatuto del Personal de las Cortes Generales,
siempre que por su naturaleza les sean aplicables.


g) La reincidencia en faltas graves, aunque sean de distinta naturaleza, cuando hayan mediado sanciones por las mismas y no hayan prescrito.


h) El acoso sexual.


Artículo 27. Sanciones.


Las sanciones se impondrán y graduarán de acuerdo con la intencionalidad del autor, la perturbación del servicio y la reincidencia de la falta y serán las siguientes:


1. Por faltas leves:


a) Amonestación por escrito.


b) Suspensión de empleo y sueldo hasta dos días.


c) Descuento proporcional de las retribuciones correspondientes al tiempo real dejado de trabajar por faltas de asistencia o puntualidad no justificadas.


2. Por faltas graves:


a) Suspensión de empleo y sueldo de dos días a un mes.


b) Suspensión del derecho a concurrir a pruebas selectivas o concursos de ascenso por un período de uno a dos años.


3. Por faltas muy graves:


a) Suspensión de empleo y sueldo de uno a tres meses.


b) Inhabilitación para el ascenso por un período de dos a seis años.


c) Despido.


Artículo 28. Procedimiento disciplinario.


1. Las sanciones por faltas graves y muy graves requerirán la tramitación previa de expediente disciplinario. Su iniciación se comunicará a los representantes de los trabajadores y al interesado, dándose audiencia a éste y siendo oídos
aquéllos en el mismo, con carácter previo a la resolución o al posible acuerdo de suspensión provisional de empleo y sueldo que se pudiera adoptar por la autoridad competente para ordenar la instrucción del expediente. Tanto el trabajador como los
representantes tendrán acceso al expediente desde su inicio si aquel lo solicita.



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2. Para la imposición de sanciones por faltas leves no será preceptiva la previa instrucción del expediente al que se refiere el apartado anterior, salvo el trámite de audiencia al inculpado que deberá evacuarse en todo caso.


Artículo 29. Prescripción.


Las sanciones por faltas leves prescribirán a los diez días; por faltas graves, a los veinte días, y por faltas muy graves a los sesenta días a partir de la fecha en que la Administración parlamentaria tuvo conocimiento de su comisión y, en
todo caso, a los seis meses de haberse cometido. Dichos plazos quedarán interrumpidos por cualquier acto propio del expediente instruido o preliminar que pueda instruirse, en su caso, siempre que la duración de éste, en su conjunto, no supere el
plazo de seis meses sin mediar culpa del trabajador expedientado.


Artículo 30. Encubrimiento.


Los superiores jerárquicos que toleren o encubran las faltas de los subordinados incurrirán en responsabilidad y sufrirán la corrección o sanción que se estime procedente, habida cuenta de la que se imponga al autor y de la intencionalidad,
perturbación para el servicio, atentado a la dignidad del Congreso de los Diputados y reiteración o reincidencia de dicha tolerancia o encubrimiento.


Artículo 31. Cancelación.


Las anotaciones en la hoja de servicios relativas a sanciones impuestas se cancelarán de oficio por la Administración, una vez transcurrido un período equivalente al de prescripción de la sanción, siempre y cuando no se hubiese incoado nuevo
expediente al trabajador que dé lugar a sanción. La cancelación se notificará al interesado y surtirá plenos efectos, incluidos los de apreciación de reincidencia.


Artículo 32. Actos atentatorios de la intimidad o dignidad.


Todo trabajador podrá dar cuenta por escrito, por sí o a través de sus representantes, de los actos que supongan falta de respeto a su intimidad o a la consideración debida a su dignidad humana o laboral. La Secretaría General del Congreso
de los Diputados, a través del órgano directivo oportuno, abrirá la oportuna información e instruirá, en su caso, el expediente disciplinario que proceda.


CAPÍTULO XI


Seguridad y salud en el trabajo


Artículo 33. Organización y participación en materia de seguridad y salud en el trabajo.


1. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como un deber correlativo de observar y poner en práctica las medidas de prevención de riesgos que se adopten legal y
reglamentariamente con el objeto de garantizar la prevención frente a los riesgos laborales. Los derechos de información, consulta y participación en materia preventiva, paralización de la actividad en casos de riesgo grave e inminente y vigilancia
de su estado de salud forman parte del derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.


2. El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber del Congreso de los Diputados de garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A cuyos efectos, en el marco de
sus responsabilidades, el Congreso de los Diputados realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la integración de la actividad preventiva en el conjunto de sus actividades y en todos sus niveles jerárquicos, y mediante la adopción de
cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y salud de los trabajadores, con las especialidades que se establecen en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y en sus normas de desarrollo, en
materia de planes de prevención de riesgos laborales, evaluación de riesgos, información, consulta y participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud, y mediante la
constitución de una organización y de los medios que resulten necesarios en los términos establecidos en dicha Ley.



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Asimismo, el Congreso de los Diputados desarrollará una acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva con el fin de perfeccionar ésta de manera continua, de mejorar los niveles de protección existentes y de adaptar las medidas
de prevención a las modificaciones que puedan experimentar las circunstancias que incidan en la realización del trabajo.


3. El Congreso de los Diputados está obligado a integrar la prevención de riesgos laborales en el sistema general de gestión de la Cámara, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta, a través de la
implantación y aplicación de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.


Los trabajadores y sus representantes deberán contribuir a la integración de la prevención de riesgos laborales en el Congreso de los Diputados y a colaborar en la adopción y el cumplimiento de las medidas preventivas a través de la
participación que se reconoce a los mismos en el capítulo V de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.


La participación a que se refiere el párrafo anterior incluye la consulta acerca de la implantación y aplicación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales del Congreso de los Diputados, la evaluación de los riesgos y la consiguiente
planificación y organización preventiva en su caso, así como el acceso a la documentación correspondiente, en los términos señalados en los artículos 33 y 36 de la mencionada Ley.


Artículo 34. Vestuario y equipos de protección individual.


1. El Congreso de los Diputados facilitará a los trabajadores vestuario apropiado para aquellos puestos de trabajo que por sus características lo requieran, incluyendo las prendas y los equipos de protección individual que sean adecuados en
los casos de trabajos sujetos a riesgos específicos. En tales casos, el trabajador vendrá obligado a vestir y a utilizar adecuadamente, durante la realización de su trabajo, el vestuario y los equipos de protección individual que le sean
facilitados.


2. En los casos en que el trabajo desarrollado requiriese vestir uniforme, se deberá proporcionar un uniforme de invierno y otro de verano, así como las prendas específicas necesarias.


3. El vestuario que facilite el Congreso de los Diputados sólo podrá ser usado por los trabajadores durante la realización de su trabajo.


Artículo 35. Vigilancia de la salud.


1. El Congreso de los Diputados, adoptará las medidas necesarias para garantizar la asistencia sanitaria y la vigilancia periódica del estado de salud de los trabajadores comprendidos en el presente Convenio, en función de los riesgos
inherentes al trabajo que estos desempeñen y en los términos previstos en el artículo 22 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y en el artículo 37.3 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba
el Reglamento de los Servicios de Prevención.


2. El Congreso de los Diputados promoverá los reconocimientos médicos anuales necesarios para la vigilancia periódica del estado de salud de los trabajadores. En todo caso las revisiones serán de carácter voluntario salvo las excepciones
fijadas en el artículo 22 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.


3. Durante el período de embarazo, se tendrá derecho al cambio de puesto de trabajo cuando, a juicio de los servicios médicos, se estime que la permanencia en éste resulte perjudicial para la madre o el feto.


CAPÍTULO XII


Derechos y beneficios sociales


Artículo 36. Derechos.


1. El personal laboral del Congreso de los Diputados tendrá derecho:


a) A desempeñar su puesto de trabajo.


b) A percibir la retribución que le corresponda.


c) Al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad profesional y personal, comprendida la protección frente a ofensas verbales o físicas de carácter sexual o moral.


d) A la promoción en el trabajo en los términos del presente Convenio.



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2. El personal laboral podrá afiliarse libremente a cualquier sindicato, partido o asociación legalmente constituido.


3. En la documentación personal de los trabajadores no podrá constar ningún dato que haga referencia a dicha afiliación o a cualquier otra circunstancia relativa a la afinidad ideológica de aquéllos.


Artículo 37. Protección social.


1. El personal laboral del Congreso de los Diputados tendrá derecho a una adecuada protección social, en los términos que se establezcan por la Mesa de la Cámara. Las prestaciones que, en su caso, se fijen responderán a criterios comunes
con las establecidas para los funcionarios de las Cortes Generales.


2. Los representantes del personal laboral participarán en la negociación y gestión de dichas prestaciones en los términos establecidos en el Reglamento del Fondo de Prestaciones Sociales para el personal laboral del Congreso de los
Diputados.


Artículo 38. Anticipos salariales.


Los trabajadores podrán solicitar anticipos de salarios no devengados, cuya concesión quedará sujeta a las siguientes condiciones:


- No devengarán interés alguno.


- Su cuantía máxima será la equivalente a una mensualidad de la totalidad de las retribuciones básicas netas del trabajador peticionario, incrementada en un sexto de la paga extraordinaria correspondiente, y hasta un máximo de 1.803 euros.


- La Administración Parlamentaria agilizará al máximo y otorgará el mayor automatismo posible a su concesión.


- Su devolución se practicará mediante deducciones de las nóminas correspondientes, a partir del mes siguiente al de la concesión del anticipo y en el plazo de diez meses.


- En el supuesto de que el trabajador a quien se hubiera otorgado un anticipo causara baja en su puesto de trabajo como consecuencia de extinción o suspensión de la relación laboral, excepto incapacidad laboral transitoria o licencias por
alumbramiento, o concesión de cualquier tipo de excedencia, el reintegro de las cantidades no devueltas se efectuará dentro del mismo mes en que se produzca la mencionada baja.


Artículo 39. Cobertura por incapacidad temporal, suspensión por maternidad, paternidad y suspensión por riesgo durante el embarazo de la mujer trabajadora.


En caso de baja por incapacidad temporal, el Congreso de los Diputados abonará la diferencia restante hasta completar el 100 por cien del salario del trabajador, durante el primer año.


Asimismo, durante los períodos de suspensión por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo de la mujer trabajadora y adopción y acogimiento, la Cámara complementará la prestación económica correspondiente hasta alcanzar el 100 por
cien del salario del trabajador.


CAPÍTULO XIII


Representación sindical


Artículo 40. Régimen general.


1. Las elecciones sindicales para representantes del personal laboral se regirán por la normativa propia en esta materia.


2. Las competencias y garantías de los delegados del personal laboral o de los miembros del Comité de empresa, en su caso, serán las que establecen el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales aplicables.


3. Los trabajadores podrán reunirse en asamblea en los términos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores. La convocatoria deberá ser solicitada a la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del
Congreso de los Diputados con cuarenta y ocho horas de antelación



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mínima, con especificación de fecha, hora de reunión, lugar y orden del día de los asuntos a tratar y relación de las personas no pertenecientes al Congreso de los Diputados que vayan a asistir. Para las asambleas que pretendan celebrarse
durante la campaña electoral, con motivo de elecciones sindicales, el plazo de preaviso será de veinticuatro horas.


CAPÍTULO XIV


Comisión Paritaria


Artículo 41. Comisión Paritaria.


1. Dentro de los 15 días siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales del presente Convenio se constituirá la Comisión Paritaria de Interpretación, Estudio y Vigilancia del Convenio, integrada por tres vocales
en representación del Congreso de los Diputados y otros tres en representación de los miembros del Comité de empresa firmantes del presente Convenio.


Los representantes del Congreso de los Diputados serán designados por la Mesa de la Cámara entre sus miembros u otras personas en quienes aquélla delegue.


2. En su primera reunión la Comisión Paritaria elegirá un presidente y un secretario entre sus miembros y establecerá sus normas de funcionamiento.


3. Los representantes de ambas partes podrán ser asistidos en las reuniones de la Comisión por asesores técnicos.


4. El Presidente podrá convocar a la Comisión en cualquier momento y en todo caso, cuando causas de urgencia o necesidad así lo aconsejen, a instancia de cualquiera de las partes, en un plazo no superior a cinco días desde la solicitud de
la reunión, previa comunicación a la otra parte.


5. Esta Comisión se mantendrá en funcionamiento hasta la constitución de la Mesa Negociadora del siguiente Convenio.


6. De los acuerdos adoptados por la Comisión Paritaria se levantará acta. Serán vinculantes para ambas partes, sin perjuicio del derecho de las mismas de acudir a la jurisdicción competente. Los acuerdos serán hechos públicos y, en su
caso, notificados al interesado en el plazo de diez días a contar desde la fecha de aprobación de la correspondiente acta.


7. Los acuerdos se adoptarán por mayoría de los miembros de la Comisión.


8. Serán funciones de la Comisión Paritaria:


a) Participar en la interpretación del Convenio.


b) Estudiar los problemas o cuestiones que presenten las partes con relación al Convenio.


c) Consulta de las condiciones establecidas en el Convenio en caso de duda, para su aplicación más beneficiosa.


d) Vigilar el cumplimiento de lo pactado.


e) Negociar la preparación de los planes de la oferta de empleo público para el personal laboral.


f) Estudiar y proponer medios para facilitar el acceso a la condición de funcionario.


g) Negociar la modificación, en su caso, de las relaciones de puestos de trabajo.


h) Negociar los baremos de los concursos de promoción interna en los que se establecerán los méritos que han de tenerse en cuenta y la valoración de los mismos.


i) Negociar el incremento salarial correspondiente a cada año.


j) Informar las bases de las convocatorias para la provisión de vacantes entre personal laboral de nuevo ingreso.


k) Instar, en el ámbito de sus competencias, medidas dirigidas a promover la igualdad de trato y de oportunidades, y evitar cualquier tipo de discriminación laboral, entre mujeres y hombres.


l) Las demás que se establezcan en el presente Convenio.


9. En relación con lo dispuesto en el artículo 85.3 del Estatuto de los Trabajadores, las discrepancias producidas en el seno de la Comisión Paritaria y la solución de conflictos entre el Congreso de los Diputados y los trabajadores se
solventarán de acuerdo con los procedimientos regulados en el Acuerdo Interprofesional sobre la creación del sistema de solución extrajudicial de conflictos y del Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid y en su Reglamento.



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CAPÍTULO XV


Retribuciones


Artículo 42. Retribuciones básicas.


1. Las retribuciones básicas del personal laboral en el período de vigencia del presente Convenio serán las siguientes:


a) Salario base, que se ajustará a los niveles salariales especificados en el anexo de retribuciones.


b) El complemento de antigüedad, que retribuirá al personal fijo de plantilla con una cantidad fija por anualidad cumplida y otra a percibir a partir del cumplimiento de cada cinco años de servicios efectivos en cada grupo profesional, según
se especifica en el anexo de retribuciones. En el supuesto de que el trabajador accediere a otros grupos profesionales, las cantidades devengadas como consecuencia del cumplimiento de cada tramo de cinco años como trabajador del Congreso de los
Diputados serán las correspondientes al grupo profesional al que se pertenezca en el momento de cumplirlos. A efectos del cómputo de la antigüedad se tendrá en cuenta todo el tiempo de servicio prestado, considerándose como efectivamente trabajados
todos los días y meses en que el trabajador haya percibido un salario o remuneración, bien sea por licencias, o en baja transitoria por accidente o enfermedad, o suspensión del contrato de trabajo en los supuestos previstos en los apartados a) y f)
del artículo 20.1 de este convenio.


2. Los trabajadores percibirán asimismo las pagas extraordinarias, en número de dos al año, en cuantía de una mensualidad cada una, que se harán efectivas en los meses de junio y diciembre. En el supuesto de que el trabajador no hubiere
prestado trabajo efectivo durante la totalidad del período, el importe de la paga extraordinaria se prorrateará en la proporción correspondiente.


Artículo 43. Complementos salariales.


1. El personal laboral perteneciente al grupo profesional de Auxiliares de Informática tendrá derecho a la percepción de un complemento de dedicación especial cuya cuantía se determina en el anexo de retribuciones. Dicho complemento se
vincula al desempeño efectivo de los servicios necesarios para garantizar la cobertura completa de las sesiones del Pleno y de las Comisiones, incluida la finalización de los trabajos del Departamento de Redacción del Diario de Sesiones.
Igualmente, incluirá la disponibilidad en las situaciones extraordinarias y urgentes que puedan afectar al funcionamiento del sistema informático de la Cámara.


2. Los médicos percibirán un complemento de dedicación especial en la cuantía establecida en el anexo de retribuciones.


3. El Director del Centro de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, el Jefe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, los Jefes de Área, los Jefes de Proyectos, los Jefes de Instalaciones Informáticas y Atención a
usuarios, los Supervisores y los Subencargados percibirán un complemento de destino, en los términos fijados en el anexo de retribuciones. Este complemento implicará dedicación especial cuando así lo recoja la Plantilla orgánica del Congreso de los
Diputados y será incompatible con la percepción de cualquier otro complemento, excepto el de antigüedad.


Se aplicará a quienes tengan asignado el complemento de destino señalado en el párrafo anterior lo dispuesto para los funcionarios de las Cortes Generales en el artículo 31 de su Estatuto de Personal, en los mismos porcentajes allí
establecidos en función del tiempo en que se ha desempeñado el puesto de trabajo, en las mismas condiciones y sin perjuicio de las adaptaciones que pudieran ser necesarias como consecuencia del propio régimen del personal laboral.


4. Los integrantes de la Brigada de Mantenimiento que superen las pruebas establecidas percibirán un complemento de Oficial en los términos que se detallan en el anexo de retribuciones.


Artículo 44. Documentación del pago.


El Congreso de los Diputados documentará la retribución del personal laboral de forma adecuada en nóminas en las que deberán especificarse percepciones y descuentos, así como la fecha de ingreso, número de identificación fiscal de la Cámara
y número de Seguridad Social.



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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS


Disposición adicional primera.


La aplicación de este Convenio no podrá suponer en ningún caso menoscabo en el nivel actual de retribuciones del personal laboral que preste sus servicios en el Congreso de los Diputados a la entrada en vigor del mismo.


Disposición adicional segunda.


1. Procederá el reconocimiento a los trabajadores fijos, una vez acreditado su cumplimiento, de los servicios no coincidentes prestados como funcionarios o personal contratado en la Administración civil o militar del Estado, en la
Administración de Justicia, al servicio de los órganos constitucionales, en la Seguridad Social y en las Administraciones autonómica y local, así como los periodos de cumplimiento del servicio militar obligatorio, con carácter previo o posterior a
su contratación por el Congreso de los Diputados. Asimismo, procederá el reconocimiento a los trabajadores de los servicios efectivos prestados previamente, como funcionario de las Cortes Generales, a los efectos de lo previsto en el artículo 31
del Estatuto del Personal de las Cortes Generales en lo relativo a consolidación del complemento de destino. Sin perjuicio de los derechos ya reconocidos a la entrada en vigor de este Convenio, el reconocimiento se producirá, en todo caso, desde la
fecha de presentación de la solicitud.


2. A los efectos de lo establecido en el apartado anterior, los trabajadores fijos tendrán derecho a percibir el importe de los trienios que tuvieran reconocidos por los servicios prestados, con el valor que para los mismos fije la Ley de
Presupuestos de cada año para el puesto efectivamente desempeñado.


3. A los efectos de la retribución por antigüedad por el cumplimiento de cada cinco años de servicios en cada grupo profesional a que se refiere el artículo 41.1.b), serán computables los servicios efectivos prestados previamente como
funcionario de las Cortes Generales. En tal caso, las cantidades devengadas por este concepto serán las correspondientes a los Cuerpos de funcionarios de las Cortes Generales o Grupos profesionales a los que perteneciere el trabajador en el momento
de cumplir cada período de cinco años de servicios.


Disposición adicional tercera.


Para acceder a la percepción de la retribución de Guía con idiomas recogida en el anexo de retribuciones será necesario reunir los requisitos de estar en posesión del título de Bachiller o equivalente y haber acreditado, o acreditar en el
futuro, el conocimiento correcto de uno de los idiomas inglés o francés, superando las pruebas que se establezcan.


Disposición adicional cuarta.


Las retribuciones establecidas en el anexo de este Convenio, tienen el carácter de retribuciones brutas mensuales.


Disposición adicional quinta.


En todo lo no previsto en el capítulo X sobre régimen disciplinario y, en especial, en lo relativo al procedimiento sancionador, se aplicará lo dispuesto en el Estatuto del Personal de las Cortes Generales.


Disposición transitoria primera.


Las tablas salariales contenidas en el anexo a este Convenio tendrán efectos de 1 de enero de 2018.


Disposición transitoria segunda.


A las cantidades consignadas en las tablas salariales contenidas en el anexo a este Convenio, se les aplicarán, desde el 1 de enero de 2019, los incrementos anuales que, en su caso, se establezcan, con carácter general, en el ámbito de las
Cortes Generales.



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Disposición transitoria tercera.


Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente Convenio Colectivo, se aplicará al personal laboral del Congreso de los Diputados las mejoras en materia salarial, de prestaciones sociales y de conciliación de la vida familiar y laboral que se
establezcan para el personal funcionario de las Cortes Generales.


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de julio de 2018.


ANEXO DE RETRIBUCIONES


(Año 2018)


Tabla salarial del personal a que se refiere el artículo 5 del Convenio


Euros


a) Salario base:


Médicos


3.833,76


Analistas


3.833,76


Traductores-Intérpretes


3.833,76


Programadores


3.144,94


A.T.S./D.U.E.


3.144,94


Técnicos Prevención Riesgos Laborales


3.144,94


Auxiliares de Informática


2.544,83


Guías con idiomas


2.544,83


Guías sin idiomas


2.361,00


Brigada de Mantenimiento


1.897,05


b) Complemento de antigüedad (por anualidad cumplida):


Analistas y Médicos y Traductores-Intérpretes


17,89


Programadores, A.T.S./D.U.E. y Técnicos Prevención Riesgos Laborales


15,03


Auxiliares de Informática


12,25


Guías con idiomas y Guías sin idiomas


12,25


Brigada de Mantenimiento


8,95


c) Complemento de antigüedad (por cada tramo de 5 años de servicios efectivos):


Analistas, Médicos, y Traductores-Intérpretes


96,64


Programadores, A.T.S./D.U.E. y Técnicos Prevención Riesgos Laborales


96,64


Auxiliares de Informática


76,13


Guías con idiomas y Guías sin idiomas


76,13


Brigada de Mantenimiento


58,11


d) Complemento de dedicación especial de Auxiliares de Informática


177,03


e) Complemento de dedicación especial de Médicos


885,19


f) Complemento de destino:


Director


1.925,61


Jefes de Área (con rango Jefe de Departamento)


1.650,52


Jefe de Servicio de Prevención Riesgos Laborales


1.375,41


Jefes de Proyectos


880,27


Jefes de Instalaciones Informáticas y de atención a usuarios


809,18


Supervisor


438,79


Subencargado


295,09


g) Complemento de Oficiales de la Brigada de Mantenimiento


220,07