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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 444, de 02/11/2018
cve: BOCG-12-D-444 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


2 de noviembre de 2018


Núm. 444



ÍNDICE


Control sobre las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley


DECRETOS-LEYES


130/000040 Real Decreto-ley 13/2018, de 28 de septiembre, por el que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor. Convalidación y
tramitación como Proyecto de Ley por el procedimiento de urgencia... (Página3)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000391 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la protección socio-laboral de los donantes vivos de un órgano.


Enmiendas... (Página3)


Aprobación con modificaciones... (Página5)


162/000799 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno y sus miembros a abstenerse de cualquier pronunciamiento, declaraciones o actuaciones públicas que menoscaben la
independencia y legitimidad del poder judicial. Rechazo por el Pleno de la Cámara... (Página5)


INTERPELACIONES


Urgentes


172/000147 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la necesidad de aplicar la gratuidad de la AP-7 y asegurar la construcción de los tramos que garanticen la conexión con los pueblos colindantes... href='#(Página6)'>(Página6)


172/000152 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre el derecho a la movilidad y el transporte público, por el desarrollo y sostenibilidad de una red de ferrocarril público,
ecológico, social y de calidad para una mejor competitividad, vertebración y cohesión social en nuestro país, y en particular, para conocer la orientación que pretende darle el Gobierno al sector público ferroviario en el marco de los cambios
regulatorios y del avance de la logística y el transporte como áreas estratégicas de la economía... (Página6)



Página 2





172/000153 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la actuación del Gobierno en política migratoria... (Página7)


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000113 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre las previsiones del Gobierno en relación con la problemática relativa a la proliferación
de casas de apuestas y la orientación política sobre juegos de azar.


Texto de la moción así como enmiendas formuladas... (Página8)


Aprobación con modificaciones... (Página18)


173/000114 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el uso de sociedades instrumentales para pagar menos impuestos por parte de miembros del Ejecutivo socialista y el
compromiso del Presidente de expulsar de su partido a quien lo haga. Texto de la moción y rechazo por el Pleno de la Cámara... (Página20)



Página 3





CONTROL SOBRE LAS DISPOSICIONES DEL EJECUTIVO CON FUERZA DE LEY


DECRETOS-LEYES


130/000040


Convalidado en la sesión plenaria del día de hoy el Real Decreto-ley 13/2018, de 28 de septiembre, por el que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de arrendamiento de vehículos
con conductor (núm. expte. 130/000040), se acordó su tramitación como Proyecto de Ley por el procedimiento de urgencia (núm. expte. 121/000032), por lo que el texto se publica en la serie A del Boletín Oficial de las Cortes Generales, en
cumplimiento de lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de octubre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000391


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las enmiendas formuladas a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Socialista, relativa a la protección socio-laboral de los donantes vivos de un órgano, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 139, de 7 de abril de 2017.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y concordantes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley para la protección socio-laboral de los donantes
vivos de un órgano, presentada por el Grupo Socialista.


Enmienda


De adición.


Texto definitivo:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover las modificaciones legales necesarias para:


1. Adoptar las medidas necesarias para que la donación de un órgano por parte de un donante vivo constituya causa de incapacidad temporal, con los efectos y las prestaciones de la Seguridad Social correspondientes, incluyendo todo el
proceso médico necesario que conlleve el tiempo del propio proceso



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de donación hasta que se produzca el trasplante y la posterior convalecencia hasta recuperar su plena capacidad laboral.


2. Impulsar las modificaciones normativas necesarias (incluida la reforma de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre) para reconocer que los supuestos de
incapacidad laboral por donación en vida no constituyan una causa de despido.


3. Garantizar que el cambio en las circunstancias de salud que puede sufrir una persona debido a su condición de donante en vida no conlleve penalizaciones en la renovación de seguros o préstamos.'


Texto original:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover las modificaciones legales necesarias para:


- Convertir la extracción de un órgano para donación entre vivos en causa específica de incapacidad temporal para el trabajo, con el consiguiente disfrute de una prestación monetaria de la Seguridad Social durante la extracción del órgano y
la posterior recuperación del donante.


- Garantizar que el cambio en las circunstancias de salud que puede sufrir una persona debido a su condición de donante en vida no conlleve penalizaciones en la contratación o renovación de seguros o préstamos.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2018.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a
la protección socio-laboral de los donantes vivos de órganos.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Adoptar las medidas necesarias para que la donación de un órgano por parte de un donante vivo constituya causa de incapacidad temporal, con los efectos y las prestaciones de la Seguridad Social correspondientes, incluyendo todo el
proceso médico necesario que conlleve el tiempo del propio proceso de donación hasta que se produzca el trasplante y la posterior convalecencia hasta recuperar su plena capacidad laboral, equiparando la protección sociolaboral a la establecida
actualmente para las mujeres gestantes durante el embarazo y el postparto.


2. Impulsar las modificaciones normativas necesarias (incluida la reforma de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre) para reconocer que los supuestos de
incapacidad laboral por donación en vida no constituyan una causa de despido.


3. Garantizar que el cambio en las circunstancias de salud que puede sufrir una persona debido a su condición de donante en vida no conlleve penalizaciones en la renovación de seguros o préstamos.'



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Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2018.-Dolors Montserrat Montserrat, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/000391


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la protección socio-laboral de los donantes vivos de un
órgano, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 139, de 7 de abril de 2017, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover las modificaciones legales necesarias para:


1. Adoptar las medidas necesarias para que la donación de un órgano por parte un donante vivo constituya causa de incapacidad temporal, con los efectos y las prestaciones de la Seguridad Social correspondientes, incluyendo todo el proceso
médico necesario que conlleve el tiempo del propio proceso de donación hasta que se produzca el trasplante y la posterior convalecencia hasta recuperar la plena capacidad laboral.


2. Impulsar las modificaciones normativas necesarias (incluida la reforma de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre) para reconocer que los supuestos de
incapacidad laboral por donación en vida no constituyan una causa de despido.


3. Garantizar que el cambio en las circunstancias de salud que puede sufrir una persona debido a su condición de donante en vida no conlleve penalizaciones en la renovación de seguros o préstamos.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/000799


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, rechazó la Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno y sus miembros a abstenerse de cualquier
pronunciamiento, declaraciones o actuaciones públicas que menoscaben la independencia y legitimidad del poder judicial, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 426, de 5 de octubre de 2018.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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INTERPELACIONES


Urgentes


172/000147


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Mixto, sobre la necesidad de aplicar la gratuidad de la AP-7 y asegurar la construcción de los tramos que
garanticen la conexión con los pueblos colindantes, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de octubre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de la Diputada de Compromís Marta Sorlí Fresquet, al amparo de lo dispuesto en el artículo 181 del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente interpelación urgente al Gobierno sobre la
necesidad de aplicar la gratuidad de la AP-7 y asegurar la construcción de los tramos que garanticen la conexión con los pueblos colindantes.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de octubre de 2018.-Marta Sorlí Fresquet, Diputada.-Carles Campuzano i Canadés, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


172/000152


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre el derecho a la movilidad y el transporte público, por
el desarrollo y sostenibilidad de una red de ferrocarril público, ecológico, social y de calidad para una mejor competitividad, vertebración y cohesión social en nuestro país, y en particular, para conocer la orientación que pretende darle el
Gobierno al sector público ferroviario en el marco de los cambios regulatorios y del avance de la logística y el transporte como áreas estratégicas de la economía, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97
del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de octubre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta, al amparo de lo dispuesto en los artículos 180 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente interpelación urgente al
Gobierno sobre derecho a la movilidad y el transporte público, por el desarrollo y sostenibilidad de una red de ferrocarril público, ecológico, social y de calidad para una mejor competitividad, vertebración y cohesión social en nuestro país, y en
particular, para conocer la orientación que pretende darle el Gobierno al sector público ferroviario en el marco de los cambios regulatorios y del avance de la logística y el transporte como áreas estratégicas de la economía, para su debate en
Pleno.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de octubre de 2018.-Sergio Pascual Peña, Diputado.-Ione Belarra Urteaga, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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172/000153


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la actuación del Gobierno en política migratoria, cuyo texto se inserta a
continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de octubre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 180 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente interpelación urgente al Gobierno sobre la actuación del
Gobierno en política migratoria.


Exposición de motivos


La política migratoria del Gobierno de España en los últimos tres meses se ha caracterizado por su falta de coordinación, los numerosos bandazos y las constantes rectificaciones por el afán de aprovecharse de la política migratoria en
términos partidistas.


España está viviendo una grave situación debido a la llegada masiva e incontrolada de inmigrantes desde la entrada del buque Aquarius al puerto de Valencia el pasado mes de junio, autorizado por el Gobierno español. El número de llegadas
irregulares a España ha crecido superlativamente, pudiendo considerar que los servicios de acogida se han encontrado colapsados en varias ocasiones.


Con la llegada del buque Aquarius se produjo un efecto llamada que abría la puerta a las mafias, a lo que se sumó el anuncio de la retirada de las concertinas y la aplicación de la sanidad universal. Sin embargo, viendo la creciente llegada
de migrantes por mar, comenzaron las rebajas en los permisos de entrada extraordinarios. En primer lugar, a los 60 migrantes del Open Arms de Barcelona se les concedió un permiso humanitario de 30 días (15 menos que a los del Aquarius), y a los 87
migrantes del Open Arms de Algeciras se les sometió al protocolo común, que es el que reciben los migrantes que llegan en patera a las costas españolas, lejos de los dispositivos sanitarios y policiales extraordinarios y lejos del foco mediático.
Esta política arbitraria en la decisión de acoger supone una gran inseguridad jurídica para los migrantes, como así denunció la CEAR (Comisión Española de Ayuda al Refugiado).


Desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre de este año han llegado a España de forma irregular 43.467 personas. Esta cifra supera el récord histórico de entradas a España durante la crisis de los cayucos que tuvo lugar en 2006 y en la
que llegaron 41.180 personas. Estas cifras no se deben a un 'empuje de los flujos migratorios un poquito más importante', como así afirmó el Ministro del Interior, estas cifras son consecuencia de la ineficaz política migratoria del Gobierno.


Esto ha supuesto que España sea el primer destino para la inmigración irregular, superando desde hace semanas las cifras de Italia y Grecia, que suelen situarse a la cabeza de los países europeos en la llegada de migrantes. Más del 42% de
todos los inmigrantes irregulares que cruzan el Mediterráneo hacia Europa utilizan la ruta española conocida como la ruta del Mediterráneo Occidental.


La política errática del Gobierno de Pedro Sánchez está desembocando, como un problema de especial gravedad, en el aumento de menores extranjeros no acompañados en el territorio español y en el desbordamiento de los centros de atención de
menores. Actualmente, hay en España 11.100 MENA y que ya son casi el triple que en 2016. Sin embargo, Madrid, Cataluña y Murcia no reconocen las cifras oficiales de menores que maneja el Gobierno y se sienten perjudicadas con el reparto económico
del fondo de 40 millones de euros destinado a compensar el incremento de MENA que han acogido las Comunidades Autónomas este año.


Es sorprendente que estos menores puedan atravesar España sin que las autoridades tengan constancia de ello y sin que se haya producido acompañamiento, tutela y custodia de los mismos. Esto se debe a la grave descoordinación del Gobierno de
Pedro Sánchez y a la falta de recursos. Los centros de atención de menores no se pueden improvisar y deben estar dotados de medios humanos y materiales, puesto que los menores no acompañados son un colectivo vulnerable que debe ser protegido con
las máximas garantías.



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En la misma línea, se puede destacar la constante descoordinación en política migratoria entre Ministerios. Por una lado, la Ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social afirmaba que los dispositivos de acogida a inmigrantes estaban
desbordados, mientras que, por otro lado, el Ministro del Interior, Grande-Marlaska, afirmaba lo contrario, que el sistema de acogida de inmigrantes en España 'no está colapsado'.


Hace cinco meses el presidente del Gobierno y el PSOE criticaron al Gobierno del Partido Popular por la no admisión en frontera, lo llamaron 'devolución en caliente' y fue recurrido ante el Tribunal Constitucional alegando que se vulneraba
la dignidad y la intimidad de las personas. Hace escasas semanas el Gobierno de Pedro Sánchez expulsó a 116 inmigrantes en frontera.


El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha indicado que el Gobierno baraja tres opciones para sustituir las concertinas en los perímetros fronterizos de Ceuta y Melilla. Sin embargo, no se ha hecho público cuáles son esas tres
opciones para que se pueda estudiar de manera transparente los pros y contras de cada una de ellas y, con ello, decidir cuál será el sistema que mejor garantice la seguridad de la frontera. Cabe entender que, al no hacerse público y tampoco tomarse
la decisión de manera transparente, dichos sistemas carecen de las garantías mínimas de protección de la frontera si pretenden que sean mecanismos menos invasivos, pero a su vez disuasorios.


Esta situación de inestabilidad, oportunismo e inseguridad jurídica está provocando reacciones negativas en la población de toda Europa y está siendo aprovechada por partidos políticos de la extrema derecha de países como Alemania
(Alternative für Deutschland). Es preocupante que el Ministro del Interior crea que en política migratoria está 'todo controlado', puesto que lo que demuestra la realidad es la alarmante improvisación con la que está actuando el Gobierno, coyuntura
en la que nuestro país debería ser pionero y experto en política migratoria.


Especialmente grave y preocupante desde el punto de vista humanitario y de los derechos fundamentales es el tráfico de seres humanos y las mafias que se aprovechan de la situación de necesidad de los migrantes. Contra esta lacra debemos
combatir en unión con el resto de Estados Miembros de la Unión Europea para evitar más muertes en el Mediterráneo y en nuestras fronteras comunes, sin olvidar el riesgo que corren en el desplazamiento por África antes de llegar al Mediterráneo.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente interpelación urgente para que el Gobierno explique detalladamente los motivos de esta política migratoria errática y errónea y las líneas a seguir a partir
de los fallos ya contrastados.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de octubre de 2018.-Dolors Montserrat Montserrat, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000113


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, de la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Confederal de
Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre las previsiones del Gobierno en relación con la problemática relativa a la proliferación de casas de apuestas y la orientación política sobre juegos de azar y de las enmiendas presentadas a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podernos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo establecido en el artículo 184 del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Moción consecuencia de interpelación
urgente relativa a las previsiones del Gobierno en relación con la problemática generada por la proliferación de casas de apuestas y orientación política sobre juegos de azar.


Exposición de motivos


El avance de las nuevas tecnologías de la información ha tenido numerosos y variados impactos en nuestras vidas cotidianas que han obligado a la acelerada adaptación de nuestros marcos regulatorios y que, en no pocas ocasiones, han requerido
de sucesivas revisiones normativas hasta conseguir un adecuado equilibrio entre el ejercicio de la libertad individual, los legítimos intereses económicos y la adecuada protección de principios y valores de orden superior, como la salud o la
protección a los menores de edad.


El caso del juego es quizá el mayor de estos ejemplos y, sin embargo, en el que más retraso se está sufriendo en la regulación adecuada a una actividad económica con un especial riesgo para la salud pública.


Desde que empezaran las primeras actividades de apuestas on line dirigidas a usuarios afincados en el territorio español, promovidas desde territorio extranjero, hasta la entrada en vigor de una ley que regulara el conjunto de elementos
afectados por dicha actividad han transcurrido más de diez años.


La promulgación de la Ley 13/2011, de 28 de mayo, reguladora del juego, en adelante LRJ, supuso un peligroso cambio de paradigma en cuanto a la actividad de arriesgar cantidades de dinero u objetos económicamente evaluables sobre resultados
futuros e inciertos, esto es, apuestas de azar. Especialmente en relación con la publicidad, promoción, patrocinio y la concepción de 'juego responsable'.


En nuestro país, hasta el año 1977, la actividad comercial asociada a las apuestas de azar estaba reducida prácticamente a la Lotería Nacional, la ONCE, quinielas y apuestas hípicas. Al producirse una primera apertura legislativa a bingos,
casinos y máquinas tragaperras, se limitó enormemente la publicidad, pudiendo considerarse una prohibición de facto, que adquirió todo el sentido al evidenciarse el enorme riesgo que la proliferación de ofertas de apuestas de azar suponía, ya que,
con la ampliación de oferta comenzó a mostrarse el problema social del juego patológico.


Diez años después de la despenalización del juego, en 1988, se constituían las primeras asociaciones de autoayuda para personas con ludopatía en nuestro país, siendo desde entonces hasta hoy prácticamente el único recurso asistencial para
este tipo de patologías que, desde hace años está considerada patología adictiva, pues su clínica y fenómenos neurobiológicos que se presentan en el paciente son iguales a los producidos en la adicción a sustancia. Tanto es así que la estrategia
del Plan Nacional sobre drogas 2017-2024 incorpora entre sus ámbitos de actuación el juego patológico, seguramente fruto del exponencial aumento de todos los indicadores de juego desde la legalización de las apuestas on line y la alarma social que
la masiva e indiscriminada emisión de publicidad sobre apuestas y la invasiva proliferación de casas de apuesta en los barrios más vulnerabilizados de las ciudades españolas está produciendo.


A pesar de estas dos realidades, el aumento de indicadores objetivos en relación con juego patológico y de riesgo, y la alarma social existente, no existe una política pública definida para la prevención y tratamiento de la ludopatía y
llevamos una década de retraso en la reglamentación de aspectos fundamentales que quedaron sin concreción normativa suficiente, en especial -pero no exclusivamente- lo referido al artículo 7 y 8 de la LRJ. Hasta en dos ocasiones se ha iniciado la
tramitación del Real Decreto relativa a comunicaciones comerciales de las actividades de juego y juego responsable y, en ambas ocasiones, no se ha concluido su tramitación.


Esta inacción de los sucesivos ejecutivos ha supuesto la desprotección de nuestros menores y el desbordamiento de las entidades sociales que hasta la fecha se han hecho cargo en solitario y con muy poco apoyo de este problema de salud
pública, así como serias dificultades para las comunidades autónomas y entidades locales para, en el ejercicio de sus competencias, ser eficaces en el freno a la proliferación de casas de apuestas. Ante la inacción de sucesivos ejecutivos, y por la
enorme preocupación de familias y barrios, Unidos Podemos sitúa esta cuestión en la agenda política mediante diversas iniciativas en parlamentos autonómicos, plenos municipales y comisión mixta para el problema de las



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drogas, traduciendo el mismo a compromisos concretos básicos en el marco del acuerdo de presupuestos generales del Estado 2019: Presupuestos para un estado social, alcanzado con el ejecutivo, ese marco básico de acuerdo requiere de un
impulso inmediato para su traducción en hechos concretos, pues es urgente la adopción de medidas a este respecto, por lo que


Moción


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Otorgar máxima prioridad, en el marco de la Estrategia Nacional Sobre Drogas 2017-2024, al desarrollo de un Programa de Prevención de la ludopatía en colaboración con las comunidades autónomas y entidades locales, a fin de que se avance
en el objetivo de garantizar la asistencia y las medidas de prevención que vienen dadas por las directrices del plan de Acción del Ministerio de Sanidad y los objetivos enunciados por la Dirección General de Ordenación del Juego, para la
minimización de los efectos negativos que la actividad económica del juego pueda causar en la población.


2. La modificación vía presupuestos, como establece el artículo 48.10 de la LRJ, de tal forma que se equiparen en obligaciones y tipos de gravamen cualquier tipo de apuesta deportiva, con independencia de la titularidad pública o privada
del operador, logrando así que éste se adapte a la realidad actual del mercado de apuestas deportivas, y que una parte de su recaudación redunde en el impulso del deporte de base y deporte femenino, siendo su destino final mayoritario, junto con
otros fondos provenientes de la actividad de juego, el tratamiento y prevención de la ludopatía, tal y como obliga la ley y que hoy se incumple, incluso por parte de Loterías y Apuestas del Estado.


3. Dar trámite inmediato de un nuevo y definitivo Real Decreto que tenga en cuenta las alegaciones y aportaciones realizadas por las entidades e instituciones universitarias que trabajan en el campo del estudio y tratamiento de la ludopatía
a los proyectos anteriores de decreto y que, en todo caso, siga los siguientes principios:


a) Una consideración del juego como una actividad económica de especial riesgo para la salud, con el fin de que en su regulación autonómica y estatal prevalezca una orientación de salud pública, así como de protección prioritaria del menor.


b) El establecimiento de un marco normativo unificado para el conjunto del Estado que permita a las comunidades autónomas y entidades locales la intervención efectiva sobre la proliferación descontrolada de casas de apuestas.


c) Una regulación de comunicaciones comerciales de las actividades de juego basada en criterios científicos y de protección de la salud pública con limitaciones similares a las aplicables a tabaco y alcohol, esto es:


i) La publicidad, promoción y patrocinio debería estar restringida al propio contexto de juego (casinos, bingos o dentro de las webs de juego), prohibiéndose la publicidad en los medios de comunicación de masas y lugares públicos, entre los
cuales se incluyen aquellos locales donde se llevan a cabo juegos sin que exista un control fehaciente de la identidad en el acceso a los mismos (bares, salones de juego, etc.). Estas medidas servirían tanto para el juego presencial como el online,
prohibiéndose banners, cookies que tengan como objetivo la publicidad, etc.


ii) Excluir de esta limitación loterías, por ser el juego menos adictivo, salvo las presorteadas, aplicando a éstas limitaciones horarias que permitan la protección del menor.


iii) Prohibir la aparición de personas relevantes, especialmente para los menores, en la publicidad de juego.


iv) Prohibición de promociones o regalos de crédito o bonos para realizar apuestas como reclamo publicitario.


v) Obligar a incluir de forma específica mensajes que adviertan de las consecuencias potencialmente adictivas del juego.


vi) Mecanismos de seguimiento, inspección y control que lo hagan realmente efectivo.



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d) Una orientación de las políticas del juego responsable y protección del usuario que involucren no sólo a los operadores, atendiendo al principio de Responsabilidad Social Corporativa, sino especialmente a la Administración en su calidad
de garante de la salud y protección de los menores, que contenga al menos:


i) Un mecanismo de financiación de la prevención y asistencia de la ludopatía obtenido de la propia actividad comercial del juego.


ii) Una sistematización de estudios epidemiológicos periódicos desarrollados en el marco de salud pública y no de la orientación económica y recaudatoria propia del Ministerio de Hacienda.


iii) Desarrollo periódico de campañas de información y sensibilización de Juego Responsable.


iv) Ejercer mecanismos de control de las operadoras de juego para garantizar el cumplimiento de buenas prácticas sobre juego que prevengan el juego excesivo, especialmente en lo relativo a la verificación efectiva de la identidad antes de la
realización de apuesta alguna, así como la correcta aplicación de los bloqueos del Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ).


v) Una medida esencial para favorecer el juego responsable es la identificación fehaciente del jugador, que permita que los menores y quienes han ejercido su derecho de autoexclusión no puedan acceder al juego. Por ello, todos los
dispositivos electrónicos de juego deberían tener un lector de DNI o de tarjeta de juego. Esto es especialmente importante en los juegos que están ubicados en lugares donde no existe control de entrada (máquinas tragaperras y de apuestas situadas
en bares, salones de juego, etc.).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de octubre de 2018.-Sofía Fernández Castañón, Tania Sánchez Melero y María Teresa Arévalo Caraballo, Diputadas.-Ione Belarra Urteaga, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En
Comú Podem-En Marea.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de los Diputados de Compromís Marta Sorlí y Enric Bataller y al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso, formula las siguientes enmiendas a la Moción consecuencia de interpelación
urgente presentada por el Grupo Parlamentario Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea relativa a las previsiones del Gobierno en relación con la problemática generada por la proliferación de casas de apuesta y orientación política sobre juegos de
azar.


Enmienda


Al punto 3 c)


De adición.


Se añade el punto vii) con la siguiente redacción:


Texto que se propone:


'Prohibir las notificaciones de mensajería instantánea en dispositivos móviles, tablets y/u ordenadores de las casas de apuestas y juego online a los usuarios.'


Enmienda


Al punto 3 d)


De adición.


Se añade el punto vi) con la siguiente redacción:


Texto que se propone:


'Prohibir el acceso de menores a los juegos que incluyan loot boxes, esto es cofres virtuales con un contenido desconocido por el que el usuario paga un precio en dinero real mediante una moneda camuflada, al igual que ocurre en el casino.'



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Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de octubre de 2018.-Marta Sorlí Fresquet y Enric Bataller i Ruiz, Diputados.-Carles Campuzano i Canadés, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y concordantes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción sobre las previsiones del Gobierno en relación con la problemática
relativa a la proliferación de casas de apuestas y la orientación política sobre juegos de azar, presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Enmienda


De modificación.


Texto definitivo:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Otorgar máxima prioridad, en el marco de la Estrategia Nacional Sobre Drogas 2017-2024, al desarrollo de un Programa de Prevención de la ludopatía en colaboración con las comunidades autónomas y entidades locales, a fin de que se avance
en el objetivo de garantizar la asistencia y las medidas de prevención que vienen dadas por las directrices del plan de Acción del Ministerio de Sanidad y los objetivos enunciados por la Dirección General de Ordenación del Juego, para la
minimización de los efectos negativos que la actividad económica del juego pueda causar en la población.


2. La modificación, vía presupuestos como establece el artículo 48.10 LRJ, de tal forma que se equiparen en obligaciones y tipos de gravamen cualquier tipo de apuesta deportiva, con independencia de la titularidad pública o privada del
operador, logrando así que éste se adapte a la realidad actual del mercado de apuestas deportivas y que una parte de su recaudación redunde en el impulso del deporte de base y deporte femenino, siendo su destino final mayoritario, junto con otros
fondos provenientes de la actividad de juego, el tratamiento y prevención de la ludopatía, tal y como obliga la ley y que hoy se incumple, incluso por parte de Loterías y Apuesta del Estado.


3. Tramitar de manera urgente una actualización de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego que tenga en cuenta las alegaciones y aportaciones realizadas por las entidades e instituciones universitarias que trabajan en el
campo del estudio y tratamiento de la ludopatía a los proyectos anteriores de decreto y que, en todo caso, siga los siguientes principios:


a) Una consideración del juego como una actividad económica de especial riesgo para la salud con el fin de que en su regulación autonómica y estatal prevalezca una orientación de salud pública, así como de protección prioritaria del menor.


b) Un marco normativo claro y conciso que permita a las Comunidades Autónomas y Entidades Locales actualizar sus respectivas normativas en materia de juego, drogadicciones y otros trastornos adictivos y limitar la apertura de casas de
apuestas y juego en entornos cercanos a centros escolares, institutos, centros juveniles, bibliotecas o cualquier otro tipo de centro público con alta frecuentación de menores de edad.


c) Una regulación de comunicaciones comerciales de las actividades de juego basada en criterios científicos y de protección de la salud pública con limitaciones similares a las aplicables a tabaco y alcohol, esto es:


i) La publicidad, promoción y patrocinio debería estar restringida al propio contexto de juego (casinos, bingos o dentro de las webs de juego), prohibiéndose la publicidad en los medios de comunicación de masas y lugares públicos, entre los
cuales se incluyen aquellos locales donde se llevan a cabo juegos sin que exista un control fehaciente de la identidad en el acceso a los mismos (bares, salones de juego, etc.). Estas medidas servirán tanto para el juego presencial como el online,
prohibiéndose banners, cookies que tengan como objetivo la publicidad, etc.



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ii) (Suprimido).


iii) Prohibir la aparición de personas relevantes, especialmente para menores en la publicidad del juego.


iv) Prohibición de promociones o regalos de crédito o bonos para realizar apuestas como reclamo publicitario.


v) Obligar a incluir de forma específica en mensajes que adviertan de las consecuencias potencialmente adictivas del juego.


vi) Mecanismos de seguimiento, inspección y control que lo hagan realmente efectivo.


vii) Evitar que promocionen eventos deportivos o equipos de categorías juveniles o inferiores.


d) Una orientación de las políticas del juego responsable y protección del usuario que involucren no sólo a los operadores, atendiendo al principio de responsabilidad social corporativa, sino especialmente a la administración en su calidad
de garante de la salud y protección de los menores, que contenga al menos:


i) Un mecanismo de financiación de la prevención y asistencia de la ludopatía obtenido de la propia actividad comercial del juego.


ii) Una sistematización de estudios epidemiológicos periódicos desarrollados en el marco de salud pública y no de la orientación económica y recaudatoria propia del Ministerio de Hacienda.


iii) Desarrollo periódico de campañas de información y sensibilización de Juego Responsable.


iv) Ejercer mecanismos de control de las operadoras de juego para garantizar el cumplimiento de buenas prácticas sobre juego que prevengan el juego excesivo, especialmente en lo relativo a la verificación efectiva de la identidad antes de la
realización de apuesta alguna, así como la correcta aplicación de los bloqueos del Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ).


v) Una medida esencial para favorecer el juego responsable es la identificación fehaciente del jugador, que permita que los menores y quienes han ejercido su derecho de autoexclusión no puedan acceder al juego. Por ello, todos los
dispositivos electrónicos del juego deberían tener un lector de DNI o de tarjeta de juego. Esto es especialmente importante en los juegos que están ubicados en lugares donde no existe control de entrada (máquinas tragaperras y de apuestas situadas
en bares, salones de juego, etc.)


vi) Establecer como obligatorios los mensajes de 'sé responsable, juega seguro', 'no pierdas más' o 'no recomendado para menores de 18 años' en los portales de manera clara, visible y notoria.


vii) Obligar en los procesos de alta de las páginas de juego online y apuestas deportivas a establecer un proceso de verificación para tarjetas de crédito (por ejemplo, códigos enviados por SMS al titular) que ayuden a controlar el acceso de
menores y dificulten la generación de deudas.


4. Supervisar la correcta aplicación de los bloqueos que permite el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ) y garantizar su correcta aplicación junto con el resto de registros territoriales.


5. Hacer campañas de concienciación que recomienden que los padres no jugadores se inscriban en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ) como manera preventiva para el control de menores.


6. Crear la Plataforma Nacional por la Integridad en el Deporte y las Apuestas que luche contra una de las lacras que tiene nuestro deporte que es los amaños de partidos a través de las apuestas, como exige los Convenios firmados por
España.


7. A trabajar junto a las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales a mejorar la oferta de ocio para los más jóvenes en sus territorios a fin de que tengan alternativas reales para disfrutar sin riesgos su tiempo libre.'


Texto original:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Otorgar máxima prioridad, en el marco de la Estrategia Nacional Sobre Drogas 2017-2024, al desarrollo de un Programa de Prevención de la ludopatía en colaboración con las comunidades autónomas y entidades locales, a fin de que se avance
en el objetivo de garantizar la asistencia y las medidas de prevención que vienen dadas por las directrices del plan de Acción del Ministerio de Sanidad y los objetivos enunciados por la Dirección General de Ordenación del Juego, para la
minimización de los efectos negativos que la actividad económica del juego pueda causar en la población.



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2. La modificación vía presupuestos, como establece el artículo 48.10 LRJ, de tal forma que se equiparen en obligaciones y tipos de gravamen cualquier tipo de apuesta deportiva, con independencia de la titularidad pública o privada del
operador, logrando así que éste se adapte a la realidad actual del mercado de apuestas deportivas y que una parte de su recaudación redunde en el impulso del deporte de base y deporte femenino, siendo su destino final mayoritario, junto con otros
fondos provenientes de la actividad de juego, el tratamiento y prevención de la ludopatía, tal y como obliga la ley y que hoy se incumple, incluso por parte de Loterías y Apuesta del Estado.


3. Dar trámite inmediato de un nuevo y definitivo Real Decreto que tenga en cuenta las alegaciones y aportaciones realizadas por las entidades e instituciones universitarias que trabajan en el campo del estudio y tratamiento de la ludopatía
a los proyectos anteriores de decreto y que, en todo caso, siga los siguientes principios:


a) Una consideración del juego como una actividad económica de especial riesgo para la salud con el fin de que en su regulación autonómica y estatal prevalezca una orientación de salud pública, así como de protección prioritaria del menor.


b) El establecimiento de una normativa unificada para el conjunto del Estado que permita a las comunidades autónomas y entidades locales la intervención efectiva sobre la proliferación descontrolada de casas de apuestas.


c) Una regulación de comunicaciones comerciales de las actividades de juego basada en criterios científicos y de protección de la salud pública con limitaciones similares a las aplicables a tabaco y alcohol, esto es:


i) La publicidad, promoción y patrocinio debería estar restringida al propio contexto de juego (casinos, bingos o dentro de las webs de juego), prohibiéndose la publicidad en los medios de comunicación de masas y lugares públicos, entre los
cuales se incluyen aquellos locales donde se llevan a cabo juegos sin que exista un control fehaciente de la identidad en el acceso a los mismos (bares, salones de juego, etc.). Estas medidas servirán tanto para el juego presencial como el online,
prohibiéndose banners, cookies que tengan como objetivo la publicidad, etc.


ii) Excluir de esta limitación loterías, por ser el juego menos adictivo, salvo las presorteadas, aplicando a éstas limitaciones horarias que permitan la protección del menor.


iii) Prohibir la aparición de personas relevantes, especialmente para menores en la publicidad del juego.


iv) Prohibición de promociones o regalos de crédito o bonos para realizar apuestas como reclamo publicitario.


v) Obligar a incluir de forma específica en mensajes que adviertan de las consecuencias potencialmente adictivas del juego.


vi) Mecanismos de seguimiento, inspección y control que lo hagan realmente efectivo.


d) Una orientación de las políticas del juego responsable y protección del usuario que involucren no sólo a los operadores, atendiendo al principio de responsabilidad social corporativa, sino especialmente a la administración en su calidad
de garante de la salud y protección de los menores, que contenga al menos:


i) Un mecanismo de financiación de la prevención y asistencia de la ludopatía obtenido de la propia actividad comercial del juego.


ii) Una sistematización de estudios epidemiológicos periódicos desarrollados en el marco de salud pública y no de la orientación económica y recaudatoria propia del Ministerio de Hacienda.


iii) Desarrollo periódico de campañas de información y sensibilización de Juego Responsable.


iv) Ejercer mecanismos de control de las operadoras de juego para garantizar el cumplimiento de buenas prácticas sobre juego que prevengan el juego excesivo, especialmente en lo relativo a la verificación efectiva de la identidad antes de la
realización de apuesta alguna, así como la correcta aplicación de los bloqueos del Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ).


v) Una medida esencial para favorecer el juego responsable es la identificación fehaciente del jugador, que permita que los menores y quienes han ejercido su derecho de autoexclusión no puedan acceder al juego. Por ello, todos los
dispositivos electrónicos del juego deberían tener un lector de DNI o de tarjeta de juego. Esto es especialmente importante en los juegos que están ubicados en lugares donde no existe control de entrada (máquinas tragaperras y de apuestas situadas
en bares, salones de juego, etc.).'



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Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2018.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Mixto, a instancia del Diputado Isidro Martínez Oblanca, de Foro, al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario
Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre las previsiones del Gobierno en relación con la problemática relativa a la proliferación de casas de apuestas y la orientación política sobre juegos de azar.


Enmienda


De adición.


Se propone añadir este cuarto punto:


'4. Regularizar la convocatoria de reuniones del Consejo Asesor del Juego Responsable y actualizar su composición (representantes de la sociedad civil, operadores, comunidades autónomas y Administración del Estado).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2018.-Isidro Manuel Martínez Oblanca, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 184 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Moción
consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre las previsiones del Gobierno en relación con la problemática relativa a la proliferación de casas de apuestas y la orientación
política sobre juegos de azar.


Enmienda


De modificación.


'1. Otorgar máxima prioridad, en el marco de la Estrategia Nacional Sobre Drogas 2017-2024, al desarrollo de un Programa de Prevención de la ludopatía en colaboración con las comunidades autónomas y entidades locales, a fin de que se avance
en el objetivo de garantizar la asistencia y las medidas de prevención que vienen dadas por las directrices del plan de Acción del Ministerio de Sanidad y los objetivos enunciados por la Dirección General de Ordenación del Juego, para la
minimización de los efectos negativos que la actividad económica del juego pueda causar en la población.


2. Reorientar la tasa por la gestión administrativa del juego que pagan los operadores online de ámbito estatal para destinar un porcentaje de ésta a iniciativas preventivas, de sensibilización, de intervención y de control, así como de
reparación de los posibles efectos negativos producidos por la actividad del juego y para el impulso del deporte de base y el deporte femenino.


3. Desarrollar reglamentariamente los artículos 7 y 8 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del juego, en relación con la actividad publicitaria de las actividades del juego de ámbito estatal y la protección de los consumidores y
políticas del juego responsable teniendo en cuenta, entre otros aspectos, las aportaciones a las consultas de los borradores previos de RD realizadas por distintas entidades, administraciones, asociaciones de afectados, etc., como son las
siguientes:



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a) Una consideración del juego como una actividad económica de especial riesgo para la salud, con el fin de que en su regulación prevalezca una orientación de salud pública, así como de protección prioritaria del menor.


b) El estudio, en el marco de los órganos pertinentes de participación y coordinación entre Comunidades Autónomas y Estado, de la situación regulatoria y las posibles medidas relativas a la intervención sobre el acceso y ejercicio de las
distintas actividades de juego, en particular las apuestas deportivas.


c) Una regulación de comunicaciones comerciales de las actividades de juego basada en criterios científicos y de protección de la salud pública con limitaciones similares a las aplicables a tabaco y alcohol, esto es:


i) Estudiar la restricción de la publicidad, promoción y patrocinio al propio contexto de juego (casinos, bingos, o dentro de las webs del juego), al tiempo que se adoptan una serie de medidas regulatorias tales como las siguientes:


a) En lo que se refiere a la difusión de la publicidad del juego a través de internet, esta deberá tener una regulación específica, ya que las propinas características del funcionamiento de la red pueden hacer que la publicidad no solo sea
intrusiva, sino que se convierta en una técnica de instigar a jugar incluso aunque se estén realizando otras acciones distintas a las del juego por internet. Además, se establecerá con objeto de proteger a los menores, la prohibición total de
publicidad del juego de azar online en espacios virtuales específicamente destinados a ellos, como webs, redes sociales, juegos o aplicaciones, así como en espacios físicos destinados o frecuentados mayoritariamente por menores.


b) En cuanto a la publicidad en prensa y medios de comunicación audiovisual, la publicidad deberá restringirse en franjas horarias (radio, televisión) o secciones (prensa escrita), estableciendo un horario de protección en el que no se podrá
insertar publicidad de ningún tipo.


ii) Contemplar en la regulación que se adopte a las especificidades de las loterías, sin perjuicio de la debida protección del menor.


iii) Evitar que las comunicaciones de juegos de azar incluyan elementos de atracción para los menores como determinadas sintonías, mascotas de marca, narrativas cercanas al público infantil, la aparición de personajes relevantes,
especialmente para los menores, etc., así como evitar la utilización de mensajes que banalicen el desembolso a realizar por los jugadores o que hagan referencia a su facilidad para ganar.


iv) Prohibición de promociones o regalos de crédito o bonos para realizar apuestas como reclamo publicitario.


v) Incluir de forma específica mensajes que adviertan de los riesgos potenciales de la actividad de juego.


vi) Impulsar los mecanismos y herramientas de seguimiento, inspección y control que garanticen el cumplimento de las normas establecidas.


d) Una orientación de las políticas del juego responsable y protección del usuario que involucren no sólo a los operadores, atendiendo al principio de Responsabilidad Social Corporativa, sino especialmente a la Administración en su calidad
de garante de la salud y protección de los menores, que contenga al menos:


i) Un mecanismo de contribución de la prevención y asistencia de la ludopatía obtenido de la propia actividad comercial del juego.


ii) Una sistematización de estudios epidemiológicos periódicos enfatizando la dimensión de salud pública y sobre la prevalencia de la adicción al juego, atendiendo a los distintos tipos de juego así como la promoción de investigaciones
científicas en materia de prevención y tratamiento de la adicción al juego.


iii) Desarrollo periódico de campañas de información y sensibilización de Juego Responsable.


iv) Ejercer mecanismos de control de las operadoras de juego para garantizar el cumplimiento de buenas prácticas sobre juego que prevengan comportamientos de riesgo, especialmente en lo relativo a la verificación efectiva de la identidad en
el momento del depósito o la participación, así como la correcta aplicación de los bloqueos del Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ).


v) Reforzar los requisitos que se exigen y las condiciones que se establecen para poder jugar, evaluando las distintas medidas que pueden llevarse a cabo en este sentido, para garantizar que los y las menores y quienes han ejercido su
derecho de autoexclusión no puedan acceder al juego.



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vi) Estudiar la inclusión en el marco regulador de los juegos de azar y apuesta en línea de medidas de información, gestión y limitación del consumo de juegos, que permitan reforzar la autoconciencia y la autonomía del jugador de cara a
prácticas de consumo responsable y prevenir, anticiparse y en su caso identificar la generación de patrones de juego problemático, mejorando la protección del consumidor.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción, consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario
Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre las previsiones del Gobierno en relación con la problemática relativa a la proliferación de casas de apuestas y la orientación política sobre juegos de azar.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Otorgar máxima prioridad, en el marco de la Estrategia Nacional Sobre Drogas 2017-2024, al desarrollo de un Programa de Prevención de la ludopatía en colaboración con las comunidades autónomas y entidades locales, a fin de que se avance
en el objetivo de garantizar la asistencia y las medidas de prevención que vienen dadas por las directrices del plan de Acción del Ministerio de Sanidad y los objetivos enunciados por la Dirección General de Ordenación del Juego, para la
minimización de los efectos negativos que la actividad económica del juego pueda causar en la población.


2. Dar trámite inmediato de un nuevo Real Decreto que tenga en cuenta las alegaciones y aportaciones realizadas por las entidades e instituciones que trabajan en el campo del estudio y tratamiento de la ludopatía a los proyectos anteriores
de decreto y que, en todo caso, siga los siguientes principios:


a) Una consideración del juego como una actividad económica de especial riesgo para la salud, con el fin de que en su regulación autonómica y estatal, prevalezca una orientación de salud pública, así como de protección prioritaria del menor.


b) Una regulación de comunicaciones comerciales de las actividades de juego basada en criterios científicos, de protección de la salud pública y la especial protección de los menores, y en todo caso:


1. En los medios de comunicación de masas, la publicidad, promoción y patrocinio, en aras a la protección prioritaria del menor, debería estar restringida en horario infantil.


2. Prohibición de promociones o regalos de crédito o bonos para realizar apuestas como reclamo publicitario.


3. Obligar a incluir de forma específica mensajes que adviertan de las consecuencias potencialmente adictivas del juego.


4. Mecanismos de seguimiento, inspección y control que lo hagan realmente efectivo.


c) Una orientación de las políticas del juego responsable y protección del usuario que involucren no sólo a los operadores, atendiendo al principio de Responsabilidad Social Corporativa, sino especialmente



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a la Administración en su calidad de garante de la salud y protección de los menores, que contenga al menos:


1. Un mecanismo de financiación de la prevención y asistencia de la ludopatía obtenido de la propia actividad comercial del juego.


2. Una sistematización de estudios epidemiológicos periódicos desarrollados en el marco de salud pública y no de la orientación económica y recaudatoria propia del Ministerio de Hacienda.


3. Desarrollo periódico de campañas de información y sensibilización de Juego Responsable.


4. Ejercer mecanismos de control de las operadoras de juego para garantizar el cumplimiento de buenas prácticas sobre juego que prevengan el juego excesivo, especialmente en lo relativo a la verificación efectiva de la identidad antes de la
realización de apuesta alguna, así como la correcta aplicación de los bloqueos del Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ).


5. Una medida esencial para favorecer el juego responsable es la identificación fehaciente del jugador, que permita que los menores y quienes han ejercido su derecho a su autoexclusión no puedan acceder al juego. Por ello, todos los
dispositivos electrónicos de juego deberían tener un lector de DM o de tarjeta de juego. Esto es especialmente importante en los juegos que están ubicados en lugares donde no existe control de entrada (máquinas tragaperras y de apuestas situadas en
bares, salones de juego, etc.).'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2018.-Dolors Montserrat Montserrat, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


173/000113


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, con motivo del debate de la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre las previsiones
del Gobierno en relación con la problemática relativa a la proliferación de casas de apuestas y la orientación política sobre juegos de azar ha acordado lo siguiente:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Otorgar máxima prioridad, en el marco de la Estrategia Nacional Sobre Drogas 2017-2024, al desarrollo de un Programa de Prevención de la ludopatía en colaboración con las comunidades autónomas y entidades locales, a fin de que se avance
en el objetivo de garantizar la asistencia y las medidas de prevención que vienen dadas por las directrices del plan de Acción del Ministerio de Sanidad y los objetivos enunciados por la Dirección General de Ordenación del Juego, para la
minimización de los efectos negativos que la actividad económica del juego pueda causar en la población.


2. La modificación vía presupuestos, como establece el artículo 48.10 de la LRJ, de tal forma que se equiparen en obligaciones de cualquier tipo de apuesta deportiva, con independencia de la titularidad pública o privada del operador,
logrando así que éste se adapte a la realidad actual del mercado de apuestas deportivas, para que una parte de su recaudación redunde en el impulso del deporte de base y deporte femenino.


3. Reorientar la tasa por la gestión administrativa del juego que pagan los operadores online de ámbito estatal para destinar un porcentaje de éstas a iniciativas preventivas, de sensibilización, de intervención y de control, así como de
reparación de los posibles efectos negativos producidos por la actividad del juego.


4. Dar trámite inmediato y definitivo al Real Decreto ya en tramitación que tenga en cuenta las alegaciones y aportaciones realizadas por las entidades e instituciones universitarias que trabajan en el



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campo del estudio y tratamiento de la ludopatía a los proyectos anteriores de decreto y que, en todo caso, siga los siguientes principios:


a) Una consideración del juego como una actividad económica de especial riesgo para la salud, con el fin de que en su regulación autonómica y estatal prevalezca una orientación de salud pública, así como de protección prioritaria del menor.


b) De acuerdo con el Plan de Acción 2018-2020 de la Estrategia Nacional, acordar mecanismos, en conjunción con comunidades autónomas y entidades locales, para la actualización de sus respectivas normativas en materia de juego, drogadicciones
y otros trastornos adictivos, a la realidad actual del juego, con especial atención a la proliferación de casas de apuesta, para la limitación de su instalación en entornos cercanos a centros escolares, institutos, centros juveniles, bibliotecas o
cualquier otro tipo de centro público con alta frecuentación de menores, así como la participación de las entidades locales en la necesaria planificación de este tipo de ordenación.


c) Una regulación de comunicaciones comerciales de las actividades de juego basada en criterios científicos y de protección de la salud pública con limitaciones similares a las aplicables a tabaco y alcohol, que en el marco de tramitación
del RD actual, incorpore las alegaciones referidas:


i) La publicidad, promoción y patrocinio debería estar restringida al propio contexto de juego obligando a una identificación fehaciente del jugador. Estas medidas servirían tanto para el juego presencial como el online, prohibiéndose
banners, cookies que tengan como objetivo la publicidad, etc.


ii) Contemplar en la regulación que se adopte a las especificidades de las loterías, sin perjuicio de la debida protección del menor.


iii) Prohibir la aparición de personas relevantes, especialmente para los menores, en la publicidad de juego.


iv) Prohibición de promociones o regalos de crédito o bonos para realizar apuestas como reclamo publicitario.


v) Obligar a incluir de forma específica mensajes que adviertan de las consecuencias potencialmente adictivas del juego.


vi) Impulsar mecanismos de seguimiento, inspección y control que lo hagan realmente efectivo.


vii) Prohibir las notificaciones de mensajería instantánea en dispositivos móviles, tablet y ordenadores de las casas de apuestas y juego online a los usuarios.


viii) Evitar que operadores de juego promocionen eventos deportivos y equipos de categorías juveniles o inferiores.


d) Una orientación de las políticas del juego responsable y protección del usuario que involucren no sólo a los operadores, atendiendo al principio de Responsabilidad Social Corporativa, sino especialmente a la Administración en su calidad
de garante de la salud y protección de los menores, que contenga al menos:


i) Un mecanismo de financiación de la prevención y asistencia de la ludopatía obtenido de la propia actividad comercial del juego.


ii) Una sistematización de estudios epidemiológicos periódicos enfatizando la dimensión de Salud Pública y sobre la prevalencia de la adicción al juego, atendiendo a los distintos tipos de juego, así como a la promoción de investigaciones
científicas en materia de prevención y tratamiento de la adicción al juego.


iii) Desarrollo periódico de campañas de información y sensibilización de Juego Responsable.


iv) Ejercer mecanismos de control de las operadoras de juego para garantizar el cumplimiento de buenas prácticas sobre juego que prevengan el juego excesivo, especialmente en lo relativo a la verificación efectiva de la identidad antes de la
realización de apuesta alguna, así como la correcta aplicación de los bloqueos del Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ).


v) Una medida esencial para favorecer el juego responsable es la identificación fehaciente del jugador, que permita que los menores y quienes han ejercido su derecho de autoexclusión no puedan acceder al juego. Por ello, todos los
dispositivos electrónicos de juego deberían tener un lector de DNI o de tarjeta de juego. Esto es especialmente importante en los juegos que están ubicados en lugares donde no existe control de entrada (máquinas tragaperras y de apuestas situadas
en bares, salones de juego, etc.).



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vi) Obligar en los procesos de alta de las páginas de juego online y apuestas deportivas a establecer un proceso de verificación para tarjetas de crédito (por ejemplo, códigos enviados por SMS al titular) que ayuden a controlar el acceso de
menores y dificulten la generación de deudas.


5. Regularizar la convocatoria de reuniones del Consejo Asesor del Juego Responsable y actualizar su composición (representantes de la sociedad civil, operadores, CCAA, FEMP y Administración del Estado).


6. Supervisar la correcta aplicación de los bloqueos que permite el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ) y garantizar su correcta aplicación junto con el resto de registros territoriales.


7. Hacer campañas de concienciación que recomienden que los padres y madres no jugadores se inscriban en el RGIAJ como manera preventiva para el control de menores.


8. Crear la Plataforma Nacional por la Integridad en el Deporte y las Apuestas que luche contra una de las lacras que tiene nuestro deporte, como son los amaños de partidos a través de las apuestas, como exigen los Convenios firmados por
España.


9. Colaborar con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales para la mejora de la oferta de ocio para las personas más jóvenes en sus territorios a fin de que tengan alternativas reales para disfrutar sin riesgos su tiempo libre.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


173/000114


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, rechazó la Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el uso de sociedades instrumentales para pagar menos impuestos
por parte de miembros del Ejecutivo socialista y el compromiso del Presidente de expulsar de su partido a quien lo haga, cuyo texto se inserta a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de octubre de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184.2 del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Moción consecuencia de interpelación urgente al Gobierno sobre el uso
de sociedades instrumentales para pagar menos impuestos por parte de miembros del ejecutivo socialista y el compromiso del Presidente de expulsar de su partido a quien lo haga.


Exposición de motivos


El pasado jueves, 27 de septiembre, varios diarios nacionales se hacían eco de una noticia que afectaba al Ministro de Ciencia, Innovación y Universidades: Pedro Duque había creado en 2005 una Sociedad Patrimonial 'Copenhague Gestores de
Inmuebles SL', posiblemente para eludir el pago de impuestos. En la rueda de prensa que ofreció el Ministro esa misma tarde, justificó que nunca pretendió eludir el pago de ningún impuesto y afirmó que la sociedad recibía los ingresos
correspondientes al autoalquiler tal y como exige la legislación.


Es verdad que la creación de una sociedad patrimonial en sí misma no constituye ningún delito, pero la información publicada en los días posteriores a la rueda de prensa del Ministro de Ciencia, Innovación y Universidades, no soportan las
afirmaciones que éste realizó: entre 2015 y 2017 la sociedad patrimonial no declara ningún ingreso y sólo tiene gastos de explotación, por lo que aparentemente Pedro Duque no



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se imputó esos años el correspondiente autoalquiler. De ser así, el ministro habría eludido el pago de los impuestos correspondientes, lo que constituiría una ilegalidad fiscal y, más grave aún, habría mentido a todos los españoles en la
rueda de prensa del pasado 27 de septiembre.


No olvidemos, además, que fue el propio Presidente del Gobierno quien fijó el listón en este tema afirmando que 'si yo tengo en la ejecutiva federal de mi partido, en mi dirección, a un responsable político que tiene una sociedad interpuesta
para pagar la mitad de los impuestos que le toca pagar, al día siguiente esa persona estaría fuera de mi Ejecutiva. Ese es el compromiso que yo asumo con mis votantes y también con los españoles'.


Desde la publicación de estas noticias el Ministro ha desaparecido de la vida parlamentaria: no asiste a las sesiones de control al Gobierno -por lo que no hay oportunidad de preguntarle nada al respecto-, no comparece en Comisión -a pesar
de que el Grupo Parlamentario Popular tiene registrada una solicitud de comparecencia urgente- y en la interpelación urgente dirigida al Ministro de Ciencia, Innovación y Universidades para que pueda dar las explicaciones pertinentes, éste se
esconde y, en su lugar, el Gobierno envía a la Ministra de Hacienda para no responder nada relacionado con la interpelación.


Moción


'Por todo ello, el Congreso insta al Gobierno a:


Que el Ministro de Ciencia, Innovación y Universidades comparezca de manera inmediata en Comisión para que aclare todo lo relacionado con su sociedad patrimonial, aporte la documentación correspondiente al autoalquiler y su reflejo contable
en las cuentas de la sociedad, así como se ratifique en todo cuanto afirmó en rueda de prensa el pasado 27 de septiembre.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de octubre de 2018.-Dolors Montserrat Montserrat, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.