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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 399, de 26/07/2018
cve: BOCG-12-D-399 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


26 de julio de 2018


Núm. 399



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


DIPUTADOS


Declaración de bienes y rentas de los señores Diputados ... (Página2)


PERSONAL


299/000003 Personal eventual para la atención de los señores Diputados de los Grupos Parlamentarios.


Ceses ... (Página23)


Nombramientos ... (Página24)


299/000005 Personal eventual como Asistente para la atención de los señores Presidentes de Comisión. Nombramiento ... (Página25)


Otros textos


ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA


430/000005 Acuerdo por el que se fijan los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para el periodo 2019-2021 y el límite de gasto no financiero
del Presupuesto del Estado para 2019 ... (Página25)



Página 2





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


DIPUTADOS


De conformidad con lo dispuesto en la Norma 5 del Acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, de 21 de diciembre de 2009, por el que se aprueban las Normas en materia de registro de intereses, en los términos de la
redacción dada por la modificación acordada por las Mesas de ambas Cámaras, en su reunión del día 19 de julio de 2011, para dar cumplimiento a lo establecido en la reforma del artículo 160.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, se
ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las siguientes declaraciones de bienes y rentas presentadas, una vez calificadas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de julio de 2018.- P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


ÍNDICE


CORTÉS BURETA, Pilar (GP) (núm. expte. 005/000317/0001)1 ... (Página3)


MUÑOZ GONZÁLEZ, Pedro José (GS) (núm. expte. 005/000138/0001)1 ... (Página8)


SÁNCHEZ AMOR, José Ignacio (GS) (núm. expte. 005/000182/0002)2 ... (Página13)


TORRES HERRERA, Manuel Luis (GP) (núm. expte. 005/000383/0000)0 ... (Página18)


0 Declaración inicial.


1 Modificación de la declaración.


2 Declaración final.



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PERSONAL


299/000003


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 19 de julio de 2018 la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, a propuesta del
Excmo. Sr. D. José A. Bermúdez de Castro Fernández, con efectos de 20 de julio de 2018, de D. José Javier Meana Gutiérrez, como personal eventual en el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario Popular en
el Congreso.


AI amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de julio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 19 de julio de 2018 la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, a propuesta del
Excmo. Sr. D. Joan Tardà i Coma, con efectos de 19 de julio de 2018, de D.ª Soledad Hernández Sardá, como personal eventual en el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de julio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 19 de julio de 2018 la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, a propuesta del
Excmo. Sr. D. Joan Tardà i Coma, con efectos de 19 de julio de 2018, de D.ª Marta Moreno Luque, como personal eventual en el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de julio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 19 de julio de 2018 la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, a propuesta del
Excmo. Sr. D. Joan Tardà i Coma, con efectos de 19 de julio de 2018, de D.ª Teresa Rovira Rodríguez, como personal eventual en el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de julio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 24





De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 19 de julio de 2018 la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, a propuesta del
Excmo. Sr. D. Joan Tardà i Coma, con efectos de 19 de julio de 2018, de D. Bernat Tresserras Ferrer, como personal eventual en el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de julio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


299/000003


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 20 de julio de 2018 la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D.a Marta Moreno Luque,
a propuesta del Excmo. Sr. D. Joan Tardà i Coma, con efectos de 20 de julio de 2018 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente técnico de los señores Diputados del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de julio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 20 de julio de 2018 la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D.a Teresa Rovira
Rodríguez, a propuesta del Excmo. Sr. D. Joan Tardà i Coma, con efectos de 20 de julio de 2018 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente técnico de los señores Diputados del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de julio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 20 de julio de 2018 la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D.a María Eugenia Comas
Alsina, a propuesta del Excmo. Sr. D. Joan Tardà i Coma, con efectos de 20 de julio de 2018 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de julio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 25





299/000005


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 20 de julio de 2018 la Excma. Sra. Presidenta del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a D. Bernat Tresserras
Ferrer, a propuesta de la Excmo. Sr. D. Joan Olòriz Serra, con efectos de 20 de julio de 2018 y con carácter de personal eventual para el cargo de Asistente para la atención del Presidente de la Comisión de Ciencia, Innovación y Universidades.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de julio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


OTROS TEXTOS


ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA


430/000005


La Mesa de la Cámara ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(430) Objetivo de estabilidad presupuestaria.


Autor: Gobierno.


Acuerdo por el que, conforme a lo establecido en el artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se fijan los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública
para el conjunto de Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para el periodo 2019-2021 y el límite de gasto no financiero del Presupuesto del Estado para 2019.


Acuerdo:


Someter a la deliberación del Pleno de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y en el artículo 74 del Reglamento de la Cámara y
publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de julio de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 26





ACUERDO POR EL QUE SE FIJAN LOS OBJETIVOS DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DE DEUDA PÚBLICA PARA EL CONJUNTO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DE CADA UNO DE SUS SUBSECTORES PARA EL PERÍODO 2019-2021 Y EL LÍMITE DE GASTO NO FINANCIERO DEL
PRESUPUESTO DEL ESTADO PARA 2019


El artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera relativo al 'Establecimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública para el conjunto de
Administraciones Públicas' señala en su apartado primero que corresponde al Gobierno la fijación de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública referidos a los tres ejercicios siguientes, tanto para el conjunto de Administraciones
Públicas como para cada uno de sus subsectores. Asimismo, el apartado segundo establece que para la fijación del objetivo de estabilidad presupuestaria se tendrá en cuenta la regla de gasto recogida en su artículo 12, la cual será la referencia a
tener en cuenta por la Administración Central y cada una de las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales en la elaboración de sus presupuestos.


Para la fijación de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública del conjunto de Comunidades Autónomas y de Entidades Locales, siguiendo el procedimiento previsto en la Ley, el Ministerio de Hacienda remitió la propuesta de
objetivos para el periodo 2019-2021, al Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas, que fue objeto de informe favorable en su sesión de 19 de julio de 2018, de conformidad con el artículo 15 de la Ley Orgánica de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, habiéndose remitido también a estos efectos, a la Comisión Nacional de Administración Local con fecha 19 de julio de 2018.


De conformidad con el apartado tercero del artículo 15 de la citada Ley Orgánica, en la fijación del objetivo de deuda pública se ha mantenido la coherencia con el objetivo de estabilidad presupuestaria establecido. Finalmente, la Ley
Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera establece que el acuerdo del objetivo de estabilidad incluirá el límite de gasto no financiero del presupuesto del Estado para el próximo ejercicio.


Al presente Acuerdo se acompaña el informe en el que se evalúa la situación económica prevista para cada uno de los años contemplados en el horizonte temporal de fijación de dichos objetivos, así como las recomendaciones y opiniones emitidas
por las instituciones de la Unión Europea sobre el Programa de Estabilidad del Reino de España o como consecuencia del resto de mecanismos de supervisión europea, tal como establecen los apartados cuarto y quinto del artículo 15 de la citada Ley.


En virtud de lo anterior, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 20 de julio de 2018,


ACUERDA


1. El objetivo de estabilidad presupuestaria de los ejercicios 2019, 2020 y 2021 para el conjunto de Administraciones Públicas y para cada uno de sus subsectores, de conformidad con los términos previstos en la Ley Orgánica de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que figura en el Anexo I que se acompaña.


2. El objetivo de deuda pública de los ejercicios 2019, 2020 y 2021 para el conjunto de Administraciones Públicas y para cada uno de sus subsectores, de conformidad con los términos previstos en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria
y Sostenibilidad Financiera, que figura en el Anexo II que se acompaña.


3. La variación del gasto computable de la Administración Central, de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales no podrá superar la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía
española que se recoge en el Anexo III. La Vicepresidenta y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad remitirá a las Cortes Generales el presente Acuerdo, para que el Congreso de los Diputados y el Senado se pronuncien
aprobando o rechazando los objetivos propuestos por el Gobierno, tal y como se establece en el artículo 15.6 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.


4. Este acuerdo de Consejo de Ministros se acompaña de un informe en el que se evalúa la situación económica que se prevé para cada uno de los años contemplados en el horizonte temporal de fijación de dichos objetivos.


5. El límite máximo de gasto no financiero del Estado en 2019 se fija en 125.064 millones de euros.



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De conformidad con lo previsto en el artículo 30.2 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el Ministerio de Hacienda informará al Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas
sobre el límite máximo de gasto no financiero del Estado en 2019.


Madrid, 20 de julio de 2018.


ANEXO I


Objetivo de estabilidad presupuestaria para el periodo 2019-2021


Capacidad (+) Necesidad (-) de Financiación, SEC-2010


(En porcentaje del PIB)


;2019;2020;2021


Administración Central;-0,4;-0,1;0,0


Comunidades Autónomas;-0,3;-0,1;0,0


Entidades Locales;0,0;0,0;0,0


Seguridad Social;-1,1;-0,9;-0,4


Total Administraciones Públicas;-1,8;-1,1;-0,4


ANEXO II


Objetivo de deuda pública para el periodo 2019-2021 (*)


(Deuda PDE en porcentaje del PIB)


;2019;2020;2021


Administración Central y Seguridad Social;70,1;68,9;67,2


Comunidades Autónomas;23,7;23,0;22,2


Entidades Locales;2,3;2,2;2,1


Total Administraciones Públicas;96,1;94,1;91,5


(*) Estos objetivos de deuda pública se podrán rectificar por el importe efectivo de la ejecución de los mecanismos adicionales de financiación que se produzca durante los respectivos ejercicios, siempre que no se destine a financiar
vencimientos de deuda o déficit del ejercicio respectivo. A efectos del cumplimiento de estos objetivos, podrá tenerse en cuenta la concurrencia de circunstancias que, no afectando al cumplimiento de los objetivos de déficit ni al cumplimiento de
la regla de gasto, pudieran afectar a los límites de deuda y no derivaran de decisiones discrecionales de las Comunidades Autónomas, de conformidad con el Ministerio de Hacienda.


ANEXO III


Regla de gasto para el periodo 2019-2021


Tasa de referencia nominal (% variación anual)


2019;2020;2021


2,7;2,9;3,1