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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 297, de 14/02/2018
cve: BOCG-12-D-297 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


14 de febrero de 2018


Núm. 297



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


PLENO


051/000002 Composición del Pleno. Altas y bajas ... (Página4)


GRUPOS PARLAMENTARIOS


010/000011 Composición de los Grupos Parlamentarios. Altas y bajas ... (Página4)


JUNTA DE PORTAVOCES


031/000011 Composición de la Junta de Portavoces. Altas y bajas ... (Página5)


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


152/000005 Creación de la Comisión de Investigación relativa al accidente del vuelo JK5022 de Spanair ... (Página5)


156/000024 Solicitud de creación de una Comisión de Investigación relativa al accidente del vuelo JK5022 de Spanair, presentada por los Grupos Parlamentarios Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea y de Esquerra Republicana ...
(Página5)


Control sobre las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley


DECRETOS-LEYES


130/000026 Real Decreto-ley 20/2017, de 29 de diciembre, por el que se prorrogan y aprueban diversas medidas tributarias y otras medidas urgentes en materia social. Convalidación y tramitación como Proyecto de Ley por el procedimiento de
urgencia ... (Página7)


130/000027 Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores. Convalidación y tramitación como Proyecto de Ley por
el procedimiento de urgencia ... (Página7)



Página 2





Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000058 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se insta al Gobierno a la puesta en práctica de un Plan contra la Explotación Laboral.


Enmiendas ... (Página8)


Aprobación con modificaciones ... (Página15)


162/000541 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el impulso en la agenda internacional de la relevancia y la memoria de las víctimas del terrorismo.


Enmiendas ... (Página16)


Aprobación con modificaciones ... (Página20)


INTERPELACIONES


Urgentes


172/000093 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre el proceso de reforma de la Política Agrícola Común (PAC) que está abierto en el marco de la Unión Europea, así como de
la posición del Gobierno y las negociaciones al respecto ... (Página21)


172/000100 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la posición del Gobierno respecto a la reciente concesión de permisos de exploración a la empresa multinacional
petrolera ENI en la Cuenca de Tan Tan, en Marruecos, que supondrá la realización de unas prospecciones que pondrán en riesgo todo su socioecosistema ... (Página21)


172/000101 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno para corregir la brecha salarial entre hombres y mujeres ... (Página22)


172/000102 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, a la Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente sobre los planes de su Ministerio en materia de agua ... (Página23)


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000071 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la situación política en Cataluña. Texto de la moción, enmienda formulada y rechazo por el Pleno de la Cámara ...
(Página23)


173/000072 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre las medidas a adoptar para garantizar la empleabilidad de las personas jóvenes y la calidad en su contratación y condiciones
laborales.


Texto de la moción así como enmiendas formuladas ... (Página24)


Aprobación ... (Página31)



Página 3





PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


Relación de preguntas para respuesta escrita que pasan a tramitarse como preguntas para respuesta oral en Comisión ... (Página32)


Otros textos


DECLARACIONES INSTITUCIONALES


140/000021 Declaración institucional de tolerancia cero contra la mutilación genital femenina ... (Página34)



Página 4





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


De conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de los cambios habidos en la composición de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de febrero de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


PLENO


051/000002


A) Relación por orden alfabético de señores Diputados que han adquirido la plena condición de Diputado.


Alta:


ESTELLER RUEDAS, María Ángeles 06-02-2018


RAMOS JORDÁN, Alicia . 06-02-2018


B) Relación de Diputados que han presentado su credencial, por circunscripciones.


Barcelona:


ESTELLER RUEDAS, María Ángeles PP


RAMOS JORDÁN, Alicia GCUP-EC-EM


C) Relación de Diputados por orden de presentación de credenciales.


Nombre: ESTELLER RUEDAS, María Ángeles.


Circunscripción: Barcelona.


Número: 373.


Fecha: 9 de enero de 2018.


Formación electoral: PP.


Nombre: RAMOS JORDÁN, Alicia.


Circunscripción: Barcelona.


Número: 374.


Fecha: 17 de enero de 2018.


Formación electoral: ECP.


GRUPOS PARLAMENTARIOS


010/000011


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


(010/000007)


Número de miembros al 6 de febrero de 2018: 134.


Alta:


ESTELLER RUEDAS, María Ángeles 06-02-2018



Página 5





Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


(010/000010)


Número de miembros a 7 de febrero de 2018: 67.


Alta:


RAMOS JORDÁN, Alicia 07-02-2018


JUNTA DE PORTAVOCES


031/000011


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


(031/000007)


Portavoz Adjunto:


Baja:


MORENO PALANQUES, Rubén 02-02-2018


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


152/000005 y 156/000024


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha acordado la creación de una Comisión de Investigación relativa al accidente del vuelo JK5022 de Spanair (núm. expte. 152/000005) en los siguientes términos:


'A) Objeto de la Comisión.


La Comisión tendrá como objeto investigar, y en su caso determinar las causas y las responsabilidades del accidente del vuelo JK5022 de Spanair, el 20 de agosto de 2008. A su vez, debe extraer conocimientos y recomendaciones para prevenir
futuras tragedias.


B) Composición.


La Comisión de Investigación estará integrada por tres representantes de cada uno de los grupos parlamentarios con más de cincuenta diputados en la Cámara y dos representantes de cada uno de los demás grupos parlamentarios.


C) Adopción de los acuerdos.


En los acuerdos que adopte la Comisión se aplicará el criterio del voto ponderado.


C) Plan de trabajo.


La Comisión se constituirá en el período de sesiones en el que se apruebe su creación por el Pleno de la Cámara, y desarrollará su actividad conforme a un Plan de trabajo aprobado por la propia Comisión, que incluirá las comparecencias que
se consideren oportunas, incluidas las de quienes puedan resultar, por las informaciones conocidas, política, penal, civil o administrativamente responsables de las prácticas cuya investigación constituye el objeto de la Comisión.


Los grupos parlamentarios podrán solicitar la documentación necesaria para la realización de los trabajos de la Comisión desde el momento de su constitución. En concreto, la Comisión podrá solicitar de los órganos jurisdiccionales
competentes la documentación obrante en las diferentes causas relacionadas con el objeto de la misma, que no se encuentre afectada por el secreto de sus actuaciones.



Página 6





E) Plazo para la realización de los trabajos de la Comisión.


En el plazo de seis meses, que podrá ser prorrogado por acuerdo del Pleno de la Cámara, la Comisión elevará al Pleno del Congreso de los Diputados para su aprobación el Dictamen en el que figuren sus conclusiones, así como los votos
particulares que los Grupos Parlamentarios presenten, pudiendo acordar, en su caso y conforme a lo previsto en el artículo 76.1 de la Constitución, que la Mesa del Congreso dé traslado al Ministerio Fiscal de las mismas para el ejercicio de las
acciones que sean procedentes.'


Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Asimismo, se ordena la publicación de la solicitud de los Grupos Parlamentarios Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea y de Esquerra Republicana, de creación de una Comisión de Investigación relativa al accidente del vuelo
JK5022 de Spanair (núm. expte. 156/000024).


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Los Grupos Parlamentarios firmantes, por medio del presente escrito y al amparo de lo establecido en el artículo 52 del Reglamento de la Cámara, proponen al Pleno del Congreso que acuerde la creación de una Comisión de Investigación relativa
al accidente del vuelo JK5022 de Spanair.


Exposición de motivos


El día 20 de agosto de 2008, tuvo lugar en nuestro país una de las peores catástrofes de la aviación civil de los últimos 30 años. El vuelo JK5022 de Spanair entre el aeropuerto de Madrid-Barajas Adolfo Suárez y el Aeropuerto de Gran
Canaria se estrelló tras su segundo intento de despegue costando la vida a 154 personas fallecidas y dejando graves secuelas de por vida a 18 que lograron sobrevivir.


Nueve años después de lo sucedido, el Congreso de los Diputados aún no ha abierto una Comisión de Investigación que permita esclarecer las causas del accidente, depure responsabilidades, extraiga conocimientos para la seguridad y prevención
de accidentes aéreos y proteja a las víctimas y sus familiares.


Constituir una Comisión de Investigación en el Congreso de los Diputados cumpliría con las demandas de la Asociación de Afectados del Vuelo JK5022 y las peticiones aprobadas por el Parlamento Canario, la Asamblea de Madrid, el pleno de las
Cortes de Castilla y León, así como, con la mayoría de los 88 Municipios Canarios y los siete Cabildos Insulares, por unanimidad de todos sus representantes políticos, sirviendo, además, como apoyo y respaldo a su creación. Pero además, la
constitución de esta Comisión de Investigación se torna necesaria e imprescindible desde la sociedad civil, la seguridad y confianza ciudadana, los afectados por dicho accidente y desde la responsabilidad de la Administración del Estado por la
seguridad aérea, más si cabe, si tenernos en cuenta que el transporte aéreo es imprescindible para la conectividad de las insularidades con la península.


REGLAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO


A) Objeto de la Comisión.


La Comisión tendrá como objeto investigar, y en su caso determinar las causas y las responsabilidades del accidente del vuelo JK5022 de Spanair, el 20 de agosto de 2008. A su vez, debe extraer conocimientos y recomendaciones para prevenir
futuras tragedias.


B) Composición.


La Comisión de Investigación estará integrada por tres representantes de cada uno de los grupos parlamentarios con más de cincuenta diputados en la Cámara y dos representantes de cada uno de los demás grupos parlamentarios.



Página 7





C) Adopción de los acuerdos.


En los acuerdos que adopte la Comisión se aplicará el criterio del voto ponderado.


D) Plan de trabajo.


La Comisión se constituirá en el periodo de sesiones en el que se apruebe su creación por el Pleno de la Cámara, y desarrollará su actividad conforme a un Plan de trabajo aprobado por la propia Comisión, que incluirá las comparecencias que
se consideren oportunas, incluidas las de quienes puedan resultar, por las informaciones conocidas, política, penal, civil o administrativamente responsables de las prácticas cuya investigación constituye el objeto de la Comisión.


Los Grupos Parlamentarios podrán solicitar la documentación necesaria para la realización de los trabajos de la Comisión desde el momento de su constitución. En concreto, la Comisión podrá solicitar de los órganos jurisdiccionales
competentes la documentación obrante en las diferentes causas relacionadas con el objeto de la misma, que no se encuentre afectada por el secreto de sus actuaciones.


E) Plazo para la realización de !os trabajos de la Comisión.


En el plazo de seis meses, que podrá ser prorrogado por acuerdo del Pleno de la Cámara, la Comisión elevará al Pleno del Congreso de los Diputados para su aprobación e! Dictamen en el que figuren sus conclusiones, así como los votos
particulares que los Grupos Parlamentarios presenten, pudiendo acordar, en su caso y conforme a lo previsto en el artículo 76.1 de la Constitución, que la Mesa del Congreso del Congreso dé traslado al Ministerio Fiscal de las mismas para el
ejercicio de las acciones que sean procedentes.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de noviembre de 2017.-María del Carmen Pita Cárdenes, Carmen Valido Pérez y Félix Alonso Cantorné, Diputados.-Irene María Montero Gil, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En
Comú Podem-En Marea.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


CONTROL SOBRE LAS DISPOSICIONES DEL EJECUTIVO CON FUERZA DE LEY


DECRETOS-LEYES


130/000026


Convalidado en la sesión plenaria del día de hoy el Real Decreto-ley 20/2017, de 29 de diciembre, por el que se prorrogan y aprueban diversas medidas tributarias y otras medidas urgentes en materia social (núm. expte. 130/000026), se
acordó su tramitación como Proyecto de Ley por el procedimiento de urgencia (núm. expte. 121/000016), por lo que el texto se publica en la serie A, del Boletín Oficial de las Cortes Generales, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 97 del
Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


130/000027


Convalidado en la sesión plenaria del día de hoy el Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores (núm. expte.
130/000027), se acordó su tramitación como Proyecto de Ley por el



Página 8





procedimiento de urgencia (núm. expte. 121/000017), por lo que el texto se publica en la serie A del Boletín Oficial de las Cortes Generales, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000058


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las enmiendas formuladas a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Socialista, por la que se insta al Gobierno a la puesta en práctica de un Plan contra la Explotación Laboral, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 11, de 12 de septiembre de 2016.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 194.2 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley para solicitar del Gobierno la puesta en práctica de un Plan contra la
Explotación Laboral, del Grupo Parlamentario Socialista.


Enmienda


De supresión.


Texto que se propone:


Se suprimen los puntos tercero ('Suprimir temporalmente de la posibilidad de compensación de las horas extraordinarias [...]') y quinto ('Derogar la desregulación del trabajo a tiempo parcial contenida en la Ley 3/2012 [...]') de la
Proposición no de Ley.


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo dispuesto en el artículo 194.2 del Reglamento del Congreso, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición no de Ley del Grupo Socialista para
solicitar del Gobierno la puesta en práctica de un Plan contra la explotación laboral.



Página 9





Enmienda


De adición.


Se propone la adición en la exposición de motivos de la Proposición no de Ley, lo siguiente:


'El modelo productivo y las políticas laborales derivadas del mismo (altas tasas de paro, devaluación salarial, precariedad laboral, extensión del trabajo a tiempo parcial no voluntario, bonificaciones o exenciones en la contratación
ineficientes, que encubren una rebaja encubierta de cotizaciones y otras manifestaciones de economía sumergida) condicionan de manera importante no solo las condiciones de trabajo de las trabajadoras y los trabajadores, volviendo a viejos modelos de
explotación intensiva, sino también un sistema de protección social contributivo sin que haya una aportación estatal suficiente que las compense.


Una de las causas de la pérdida constante de cotizaciones es el crecimiento del trabajo a tiempo parcial y los llamados 'minijobs', fórmulas de subempleo que, además de reducir la recaudación, vienen a maquillar las cifras de paro.


Dentro del aumento del trabajo a tiempo parcial se debe distinguir entre el voluntario y el involuntario. El segundo es el que según las encuestas ha aumentado más. El trabajo a tiempo parcial clásico lo llevaban a cabo fundamentalmente
mujeres como forma de conciliación de la vida laboral y familiar al ser mujeres casi un 80% de las personas contratadas a tiempo parcial. A falta de verdadera eficacia de las medidas laborales de conciliación de la vida laboral y familiar así como
las reducciones de jornada y las excedencias contempladas en el Estatuto de los Trabajadores, esa forma de trabajo atípico ha sido muchas veces la única vía para conseguir tal conciliación ante la carencia de servicios de cuidados de hijos
(guarderías y gratuitas) y de mayores (sistema de la dependencia), una constante desde mucho antes de la crisis reciente.


En España la regulación tradicional del trabajo a tiempo parcial no ha tenido como finalidad adaptarse a las necesidades de las personas trabajadoras sino al revés, son éstas las que se tienen que adaptar a las necesidades de la empresa como
principio incuestionable, en claro desconocimiento de la Directiva 97/81.


Lo que se producido en la crisis y en la forma de salida de la misma es el incremento del trabajo a tiempo parcial no voluntario, llevado a cabo por mujeres, pero también por otros colectivos, lo que ha dado lugar a la figura de los
'trabajadores pobres'. Las sucesivas reformas del contrato a tiempo parcial han introducido un nuevo elemento de dualidad en el mercado de trabajo que se añade al de la temporalidad, favoreciendo la aparición de los llamados 'trabajadores pobres'
que sufren el uso abusivo de esta modalidad de contratación.


Las altas tasas de paro y la baja tasa de cobertura del desempleo (solo un 56%) presionan a trabajadoras y trabajadores para aceptar trabajos de cualquier clase, de pocas horas o días reales de trabajo o de pocas horas o días de trabajo
declarados, pero que se acaban configurando como trabajos a tiempo completo.


La inexistencia de garantías legales adecuadas ha hecho posible que el contrato a tiempo parcial se utilice masivamente para enmascarar jornadas a tiempo completo, causando un grave perjuicio a los ingresos de la Seguridad Social y un no
menos grave deterioro de los derechos de los trabajadores durante el desarrollo de la relación laboral y con posterioridad a la misma, en la medida en que la situación de infracotización se traduce en prestaciones inferiores a las que les
corresponderían en función de las horas efectivamente trabajadas. Infracotización que se añade a las diferencias que se derivan de atribuir a las trabajadoras y trabajadores categorías profesionales inferiores a las que corresponderían por el
trabajo realizado.


Se trata de una 'economía semisumergida' no solo tolerada sino que también en cierta medida fomentada por la reforma laboral del trabajo a tiempo parcial de 2013.'


Motivación.


Mejora técnica.


Enmienda


De adición.



Página 10





Se propone la adición en la Exposición de motivos de la Proposición no de Ley, lo siguiente:


'Durante los últimos años, la política de lucha contra el fraude laboral y a la Seguridad Social se ha orientado hacia la detección y corrección de situaciones de economía irregular, obteniendo resultados no menores en ámbitos como el
afloramiento de empleos sumergidos, la desarticulación de empresas ficticias o la conversión de contratos temporales en indefinidos. En este sentido, la efectividad de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social resulta incuestionable, por más que
la endémica insuficiencia de medios humanos y materiales de dicho organismo constituya una limitación evidente para el sostenimiento y garantía de nuestro Estado social.


Sin embargo, no es menos cierto que la política gubernamental de lucha contra el fraude ha descuidado otros problemas que han adquirido proporciones alarmantes en los últimos años, llegando a constituir la mayor parte del fraude que se
realiza a la Seguridad Social.


En efecto, mientras las estadísticas ponen de manifiesto la creciente implantación del trabajo a tiempo parcial en España, existen evidencias concluyentes que sugieren que su utilización fraudulenta constituye un fenómeno generalizado en
nuestro sistema de relaciones laborales, especialmente en sectores como el comercio y la hostelería. Según datos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, hasta el 40 por ciento de los contratos concertados a tiempo parcial podrían ocultar un
fraude en la jornada laboral, lo que supone un importante menoscabo para las arcas de la Seguridad Social en términos de cotizaciones sociales. Pues bien, a pesar de tales evidencias, y aunque el 49 por ciento de las actuaciones inspectoras en
materia de tiempo de trabajo realizadas en el año 2015 detectaron algún tipo de incumplimiento, tales actuaciones sólo representan el 1,8 por ciento del total de las realizadas en dicho período por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.


Por consiguiente, es urgente adoptar medidas adecuadas para combatir la utilización fraudulenta y abusiva del contrato a tiempo parcial como vía para degradar las condiciones laborales y detraer recursos económicos al sistema de Seguridad
Social. Con esta finalidad, hay que introducir modificaciones en la normativa laboral y de Seguridad Social vigente, adecuando el régimen jurídico del trabajo a tiempo parcial a las conductas y situaciones irregulares y fraudulentas que han
proliferado al amparo de un marco legal que se ha revelado insuficiente e ineficaz. Así, hay que introducir ciertas modificaciones para permitir el control del horario de manera que las horas efectivamente trabajadas coticen a la Seguridad Social y
no solo las horas declaradas o pactadas en el contrato. Hay que volver a los topes y plazos de preaviso anteriores a la reforma laboral de 2012 y suprimir las horas complementarias de aceptación voluntaria, pues no son sino horas extraordinarias
encubiertas, que hay que prohibir en este tipo de contratos.


Paralelamente, hay que prever medidas para intensificar las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, particularmente en su vertiente de inspección en materia de tiempo de trabajo y de economía irregular, así como para
endurecer el régimen de infracciones y sanciones aplicables frente a eventuales incumplimientos por parte de las empresas.'


Motivación.


Mejora técnica.


Enmienda


De adición.


Se propone la adición en la Exposición de motivos de la Proposición no de Ley, de lo siguiente:


'El abuso de la contratación temporal no es algo que se produzca tras la reforma laboral de 2012, que no introduce medidas nuevas en este campo, sino que el dualismo del mercado de trabajo es algo endémico de nuestro modelo productivo y de
nuestro modelo laboral, favorecido por las reformas laborales de 1984 y 1994 y poco corregido, o solo a medias por la de 2011 (causalidad, duración y encadenamiento de contratos, indemnizaciones, etc.). Ahí se encuentra el verdadero poder
empresarial en la gestión de las condiciones de trabajo, en la inestabilidad en el empleo.


La reforma laboral de 2012 y 2013 lo que hace es extender el poder unilateral del empresario también a las personas con contrato indefinido, tanto en flexibilidad interna, como en la externa, y en la devaluación salarial y de la negociación
colectiva.



Página 11





Y en ambos casos desde planteamientos similares: el sometimiento y subordinación de los derechos laborales a la creación de empleo aunque este sea precario y de baja calidad en cada ciclo económico y como forma de salir de la crisis y de la
endémica destrucción de empleo que es el principal mecanismo de ajuste habitual de la economía española. La falta de un modelo productivo competitivo y la baja productividad llevan a que ésta se consiga mediante estas vías laborales.'


Motivación.


Mejora técnica.


Enmienda


De adición.


En la parte dispositiva de la Proposición no de Ley, que empieza 'En primer lugar [...]' se propone la adición, en la letra b) del primer guión, de la mención '[...] y comunicado al Servicio Público de empleo y a la Tesorería General de la
Seguridad Social', de modo que dicha letra b) quedaría redactada con el siguiente tenor literal:


'b) Tipificar expresamente como infracción grave realizar una jornada de trabajo superior o fuera del horario pactado en los contratos a tiempo parcial y comunicado al Servicio Público de empleo y a la Tesorería General de la Seguridad
Social, considerando una infracción por cada trabajadora o trabajador afectado, equiparándose la misma, a la falta de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.'


Motivación.


La presente enmienda se propone en consonancia con la imposición de la obligación de comunicar el horario pactado en los contratos a tiempo parcial al Servicio Público de empleo y a la Tesorería General de la Seguridad Social.


Enmienda


De sustitución.


En la parte dispositiva de la Proposición no de Ley, que empieza 'En primer lugar [...]' se propone la sustitución del segundo guión, que dice:


'-Establecer el horario en el contrato de trabajo a tiempo parcial y en su comunicación a través de Contrato y de Seguridad Social. Las modificaciones del horario deberán realizarse de la misma forma. Su no concreción (salvo prueba en
contrario) supondrá su conversión automática en tiempo completo.'


Por otro del siguiente tenor literal:


'-Establecer el horario en el contrato de trabajo a tiempo parcial y en su comunicación al Servicio Público de empleo y a la Tesorería General de la Seguridad Social. De no observarse estas exigencias, el contrato se presumirá celebrado a
jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.'


Motivación.


Se suprime la posibilidad de modificar el horario de trabajo en los contratos a tiempo parcial y, en consecuencia, la obligación de comunicarla al Servicio Público de empleo y a la Tesorería General de la Seguridad Social, ya que abrir la
puerta a la posibilidad de modificar el horario en los contratos a tiempo parcial entra en clara contradicción con la intención de la proposición no de ley de acabar con la explotación laboral, ya que dependiendo de cómo se interprete la posibilidad
de modificar el horario de trabajo 'por acuerdo entre las partes', la regulación podría ser incluso más flexible que la actualmente vigente. Resulta además contradictorio denunciar el proceso de individualización de las condiciones de trabajo a
través del contrato y, al mismo tiempo, recurrir al propio contrato individual para modificar el horario pactado.



Página 12





Enmienda


De adición.


En la parte dispositiva de la Proposición no de Ley, que empieza 'En primer lugar [...]' se propone sustituir el tercer guión, que dice:


'-Suprimir temporalmente de la posibilidad de compensación de las horas extraordinarias por descansos en los cuatro meses siguientes a su realización. Esta supresión dejará de tener efecto cuando la tasa de desempleo se sitúe por debajo del
15%.'


Por otro con la siguiente redacción:


'-Suprimir la posibilidad de compensación de las horas extraordinarias por descansos en los cuatro meses siguientes a su realización.'


Motivación.


Deben adoptarse medidas que no sean simplemente coyunturales: debe invertirse la regla general del art. 35 ET, procedente de la reforma laboral del PSOE de 1994, de que salvo que otra cosa establezca el convenio colectivo las horas
extraordinarias se compensen con descanso. Debe establecerse como regla general su compensación en dinero, pues la compensación con tiempo de descanso es una forma de distribución irregular de la jornada encubierta y resulta muy difícil controlar
la jornada real pues en la práctica la empresa alegará siempre que los excesos de jornada presentes se compensarán en un futuro.


Enmienda


De adición.


En la parte dispositiva de la Proposición no de Ley, que empieza 'En primer lugar, [...]' se propone añadir al final del cuarto guión, lo siguiente:


'Crear equipos profesionales especializados en materia de tiempo de trabajo en los sectores de hostelería, comercio y aquellos otros en los que se detecte un mayor fraude en la contratación a tiempo parcial, dotando tal actuación con
recursos suficientes para intensificar campañas y actuaciones específicas en ambos sectores y respecto de empresas con coeficientes de jornada más bajos, planificando visitas de inspección fuera de los horarios que figuren en los contratos
registrados en los Servicios Públicos de Empleo. Todo ello sin perjuicio de que en todas las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se efectúe un control específico de los contratos a tiempo parcial.'


Justificación.


Se trata de reforzar la actuación inspectora en los sectores con mayor fraude en la contratación a tiempo parcial, sin perjuicio de que en todas las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se efectúe un control específico
de los contratos a tiempo parcial.


Enmienda


De sustitución.


Se propone sustituir el apartado de la parte dispositiva de la Proposición no de Ley, que empieza 'En segundo lugar [...]' por lo siguiente:


'En segundo lugar, promover una reforma en profundidad de la regulación del contrato de trabajo a tiempo parcial que corrija la situación creada por la desregulación efectuada por la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para
la reforma del mercado de trabajo, la Ley 3/2012 y el Real Decreto-ley 16/2013, recuperando su vocación de elemento ordenador del tiempo de trabajo, compatible con las responsabilidades familiares y las necesidades formativas de las personas
trabajadoras.



Página 13





Entre otras medidas se deberán regular las siguientes obligaciones informativas y de registro:


1. La jornada de las y los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador o trabajadora, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada
mes, tanto las ordinarias como las complementarias.


2. La empresa deberá conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada durante un periodo mínimo de cuatro años.


3. La empresa deberá llevar un registro horario diario que permita un control de la jornada efectiva de trabajo llevada a cabo por trabajadoras y trabajadores a tiempo parcial, mediante medios electrónicos o telemáticos en los términos que
reglamentariamente se establezcan. El registro deberá incluir el horario concreto de entrada y salida, se trate de realización de la jornada ordinaria o de las horas complementarias.


El registro horario diario deberá estar disponible en el centro del trabajo y confirmado por la persona trabajadora. El incumplimiento se considerará como infracción grave del art. 7 del texto Refundido de la Ley de Infracciones y
Sanciones del Orden Social (LISOS).


En caso de incumplimiento de las referidas obligaciones de registro, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.


4. La empresa estará obligada a comunicar por medios telemáticos a la Tesorería General de la Seguridad Social la realización de las horas complementarias con anterioridad a su realización. El número y retribución de las horas
complementarias realizadas se deberá recoger en el recibo individual de salarios y en los documentos de cotización a la Seguridad Social. Las horas complementarias pactadas mediante pacto adicional especifico efectivamente realizadas se retribuirán
como ordinarias, computándose a efectos de bases de cotización a la Seguridad Social y periodos de carencia y bases reguladoras de las prestaciones.'


Justificación.


La nueva regulación del contrato a tiempo parcial deberá establecer garantías legales adecuadas para evitar que el contrato a tiempo parcial se utilice masivamente para enmascarar jornadas a tiempo completo, causando un grave perjuicio a los
ingresos de la Seguridad Social y un no menos grave deterioro de los derechos de trabajadoras y trabajadores durante el desarrollo de la relación laboral y con posterioridad a la misma, en la medida en que la situación de infracotización se traduce
en prestaciones inferiores a las que les corresponderían en función de las horas efectivamente trabajadas. Infracotización que se añade a las diferencias que se derivan de atribuir a categorías profesionales inferiores a las que corresponderían por
el trabajo realizado.


Se trata de adoptar medidas eficaces para luchar contra una 'economía semisumergida' no solo tolerada sino que también en cierta medida fomentada por la reforma laboral del trabajo a tiempo parcial de 2013.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.- Miguel Anxo Fernández Bello, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista, por la que se
insta al Gobierno a la puesta en práctica de un Plan contra la Explotación Laboral.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno:


1. A continuar trabajando desde las Administraciones Públicas (AGE y Comunidades Autónomas) y los agentes sociales para que cada día haya más empleo y de más calidad donde queden garantizados los derechos de los trabajadores, y con ello se
refuerce nuestro modelo de bienestar social.



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Para ello, aprobará el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que complementa y refuerza los objetivos Plan de lucha contra el Fraude Laboral y a la Seguridad Social de abril de 2012. La ejecución del Plan ha
supuesto hasta la fecha aflorar más de 500 000 empleos sumergidos, detectar más de 7000 empresas ficticias, y convertir 350 000 empleos indebidamente temporales en empleos indefinidos.


2. A seguir combatiendo el fraude, la temporalidad injustificada y favorecer la estabilidad en el empleo, reforzando para ello las garantías de causalidad, de manera que sea siempre la concurrencia de una necesidad temporal concreta de mano
de obra la que justifique la celebración de un contrato de duración determinada. Y con ello priorizar un modelo de contratación en nuestro país, que desincentive la contratación temporal injustificada.


3. A adoptar medidas en el marco del dialogo social en la Mesa de Calidad en el Empleo, para que no solo se sancionen la contrataciones temporales injustificadas y que no cumplan con la finalidad que para esta modalidad contractual prevé el
Estatuto de los Trabajadores, sino que a través de estas medidas se logre disuadir a aquellos que fomenten este contrataciones sin causa.


Por ello, se trabajará para que se impongan tantas sanciones como contratos temporales sin causa haya celebrado una empresa, corrigiendo el sistema actual, porque detrás de cada contrato en fraude hay un trabajador al que se priva de sus
derechos laborales.


4. A intensificar las campañas de la ITSS ya iniciadas en materia de falsos autónomos, falsos cooperativistas y falsos becarios.


5. A continuar orientando las políticas de empleo, en un momento como el actual de recuperación, a que vayan orientadas a alcanzar la estabilidad del empleo y a un empleo de mayor calidad, porque es un derecho que tienen todos los
trabajadores en nuestro país. Por ello, se continuará trabajando en la modernización de los SPE con nuevas herramientas e infraestructuras, buscando la coordinación de esfuerzos para mayor eficacia, a través del perfilado estadístico o el portal
único de empleo; apostando por impulsar la Formación Profesional para el empleo; estableciendo como colectivos prioritarios a jóvenes, parados de larga duración y mayores de 50; y mantenido y profundizando en el sistema de incentivos para la
orientación a resultados.


6. A trabajar para que en el marco del diálogo social, se logre alcanzar un gran acuerdo de conciliación en España, y para ello seguiremos impulsando nuevos incentivos para favorecer la incorporación de la mujer al mercado de trabajo,
reforzando y garantizando en todo caso los derechos laborales de las mujeres y con ello seguir reduciendo la brecha salarial en España.


Entre las medidas a adoptar se propone: mejorar la transparencia retributiva y la igualdad salarial a través de la incorporación de la obligación del empleador de ofrecer a los trabajadores y a sus representantes información desagregada en
función del género sobre los componentes y la cuantía de la retribución para puestos de trabajo de igual valor, así como requerir a las empresas de más de 250 trabajadores que realicen auditorías salariales con la periodicidad que se decida en sus
planes de igualdad.


7. A culminar la modificación, a la mayor brevedad posible, del Real Decreto 625/1985 por el que se regula la prestación por desempleo, con el fin de continuar otorgando la protección adecuada ante las situaciones de necesidad que pudieran
surgir en los supuestos de acceso a los subsidios por desempleo derivados de un contrato a tiempo parcial. En línea con la inmediata actuación del Gobierno que procedió a dar cumplimento a Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea,
relativa al reconocimiento de las prestaciones de desempleo derivadas de contratos a tiempo parcial vertical.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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162/000058


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista, por la que se insta al Gobierno a la puesta en práctica de un Plan
contra la Explotación Laboral, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 11, de 12 de septiembre de 2016, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a garantizar que la jornada de trabajo se efectúe respetando los límites legales o pactados, bien en el convenio colectivo bien en el contrato de trabajo, y promoverá, previo diálogo con los
interlocutores sociales, las medidas que posibiliten que las necesidades adicionales de producción de las empresas se atiendan haciendo una utilización racional del tiempo de trabajo, compatible con la conciliación personal, familiar y personal, y
favoreciendo la creación de nuevos puestos de trabajo.


A tal efecto, y entre otras medidas:


En primer lugar, y con objeto de combatir los excesos de jornada, y reforzar de forma efectiva y real la vigilancia del cumplimiento de las normas sobre tiempo de trabajo, promoverá un Plan Contra la Explotación Laboral que se centrará en
los siguientes ejes:


- La modificación de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) con el objeto de:


a) Considerar una infracción por cada trabajador afectado en caso de transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de jornada y horas extraordinarias. Actualizando las cuantías establecidas en la LISOS.


b) Tipificar expresamente como infracción grave realizar una jornada de trabajo superior o fuera del horario pactado en los contratos a tiempo parcial y comunicado al Servicio Público de Empleo y a la Tesorería General de la Seguridad
Social, considerando una infracción por cada trabajador afectado, equiparándose la misma, a la falta de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.


- Establecer el horario en el contrato de trabajo a tiempo parcial y en su comunicación a través de Contrat@ y de Seguridad Social. Las modificaciones del horario deberán realizarse de la misma forma. Su no concreción (salvo prueba en
contrario) supondrá su conversión automática en tiempo completo.


- Suprimir la posibilidad de compensación de las horas extraordinarias por descansos en los cuatro meses siguientes a su realización. Esta supresión dejará de tener efecto cuando la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15 por ciento.


- Incrementar sustancialmente las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el control del cumplimiento de la normativa sobre jornada de trabajo, así como los medios humanos y materiales necesarios al efecto. En
particular, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social deberá poner en práctica dos planes de actuación específicos, uno destinado al control de la contratación temporal y otro al control de la contratación a tiempo parcial, creando equipos
especializados en materia de tiempo de trabajo en los sectores de hostelería, comercio y aquellos otros en los que se detecte un mayor fraude en la contratación a tiempo parcial, dotando tal actuación con recursos suficientes para intensificar
campañas y actuaciones específicas en ambos sectores y respecto de empresas con coeficientes de jornada más bajos, planificando visitas de Inspección fuera de los horarios que figuren en los contratos registrados en los Servicios Públicos de Empleo.
Para ello, se dotará también a la Inspección de Trabajo de un personal administrativo específico en el análisis de bases de datos, con el objetivo de preparar las actuaciones planificadas a desarrollar.


En segundo lugar, promover la modificación de la regulación del contrato a tiempo parcial y efectuar una nueva regulación del mismo que corrija la situación creada por la desregulación y flexibilización sufrida por esta modalidad contractual
en las sucesivas reformas, que la han alejado de su objeto y lo han convertido en un contrato de inserción en el mercado laboral tal y como reflejan los datos de contratación, constituyendo una nueva forma de precarización de las condiciones de
trabajo y que tiene especial incidencia sobre las medidas de conciliación de la vida familiar y laboral, desarticulando por completo las medidas que con este fin han sido promovidas en los últimos 10 años. Teniendo en cuenta entre otros aspectos la
necesidad de:



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• Abordar en diálogo con los interlocutores sociales una nueva regulación del trabajo a tiempo parcial homologable con la existente en otros países europeos y que recupere su vocación de elemento flexibilizador y ordenador del tiempo de
trabajo, compatible con las responsabilidades familiares y laborales, incluidas las formativas. Para ello se reformará la regulación del pacto de horas complementarias, y se eliminará el ofrecimiento de realización de horas complementarias
establecidas en la actual regulación.


• Los contratos a tiempo parcial deberán contener el horario del trabajador, pudiendo modificarse por acuerdo entre las partes y notificándose de forma previa a través de los sistemas telemáticos existentes al efecto (sistema RED y
Contrat@).


• La empresa deberá conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada durante un período mínimo de 4 años.


En tercer lugar, se insta al Gobierno a modificar el Real Decreto-ley 20/2012, para evitar que los subsidios por desempleo puedan tener carácter parcial. La actual regulación laboral consolida salarios de pobreza y cuando se extingue la
relación laboral: subsidios de miseria.


Finalmente, se insta igualmente al Gobierno a que, previo diálogo con los interlocutores sociales, adopte una regulación del tiempo de trabajo, incluido el trabajo a tiempo parcial, que permita recuperar el equilibrio en las relaciones
laborales individuales y colectivas y la racionalización en su organización, en atención a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral del trabajador así como a las necesidades productivas de la empresa.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/000541


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las enmiendas formuladas a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el impulso en la agenda internacional de la relevancia y la memoria de las víctimas del terrorismo, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 268, de 15 de diciembre de 2017.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Interior


El Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Popular, relativa al impulso en
la agenda internacional de la relevancia y la memoria de las víctimas del terrorismo, para su debate ante el Pleno.


Enmienda


De modificación.


Texto que se modifica:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Seguir impulsando en las instituciones europeas, y en colaboración con nuestros socios, el reconocimiento de las víctimas del terrorismo y su significación política en la consolidación del Estado de Derecho, así como la protección
integral de sus derechos, exponiendo el sistema español de reconocimiento y apoyo a víctimas, pionero a nivel mundial, como ejemplo de buenas prácticas.



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2. Promover, en el seno de la UE, la aprobación de la Carta Europea de Derechos de las Víctimas del Terrorismo impulsada por nuestro país, que armonice los protocolos a seguir en los distintos países, asegurando que todos los afectados
tengan y se vean amparados por los mismos derechos, eliminando cargas administrativas y regulando apoyo determinado a las víctimas de acuerdo con sus características específicas.


3. Seguir trabajando en otros organismos internacionales, como NNUU, para impulsar un Estatuto Internacional de Derechos de las Víctimas, y continuar promoviendo la actividad del Grupo de apoyo a las Víctimas del Terrorismo.


4. Liderar una mayor sensibilización internacional en materia de víctimas del terrorismo e incluir este asunto en la próxima reunión en España de los ministros del Interior del denominado G-6 en materia de lucha contra el terrorismo y
contra su financiación.


5. Abogar por otorgar la mayor relevancia a la voz de las víctimas y a su ejemplo moral, dado el papel que juega su relato para deslegitimar ética, política y socialmente el terrorismo, y con ello la narrativa que tratan de imponer los
grupos terroristas, así como combatir la propaganda de la radicalización.'


Texto que se propone:


'1. Seguir impulsando en las instituciones europeas, y en colaboración con nuestros socios, el reconocimiento específico de las víctimas del terrorismo destacando su significación política en la consolidación del Estado de Derecho, así como
la protección integral de sus derechos, exponiendo el sistema español de reconocimiento y apoyo a víctimas del terrorismo, pionero a nivel mundial, como ejemplo de buenas prácticas.


2. Garantizar los derechos de las víctimas del terrorismo de manera integral, promoviendo mecanismos que los garanticen de manera efectiva e individualizada, teniendo en cuenta las circunstancias y necesidades específicas de cada caso.


3. Promover, en el seno de la UE, la aprobación de una Directiva específica de víctimas del terrorismo, que armonice los protocolos a seguir en los distintos países, asegurando que todas las víctimas tengan y se vean amparados por los
mismos derechos, eliminando cargas administrativas para evitar una doble victimización, y regulando un apoyo integral y específico por parte de profesionales con formación cualificada de acuerdo a las especificidades de las víctimas del terrorismo.


4. Impulsar la elaboración y aprobación de una Convención Internacional sobre los Derechos de las Víctimas del Terrorismo, de forma que sea un instrumento para la protección de los derechos de las víctimas del terrorismo a nivel universal.


5. Impulsar la armonización de las legislaciones para alcanzar una definición única sobre la definición de víctima del terrorismo a los efectos de evitar situaciones de desamparo en personas que se vean afectadas directamente por un
atentado terrorista.


6. Adoptar protocolos de actuación inmediatos tras la perpetración de atentados terroristas.


7. Seguir trabajando en otros organismos internacionales, como NNUU, para impulsar un Estatuto Internacional de Derechos de las Víctimas del terrorismo.


8. Liderar una mayor sensibilización y concienciación internacional en materia de víctimas del terrorismo, e incluir este asunto en la próxima reunión en España de los ministros del Interior del denominado G-6 en materia de lucha contra el
terrorismo y contra su financiación.


9. Tener en cuenta el papel de las víctimas a la hora de establecer estrategias para la lucha contra el terrorismo.


10. Abogar por otorgar una mayor relevancia a la voz de las víctimas y a su ejemplo moral, dado el papel que juega su relato para deslegitimar ética, política y socialmente el terrorismo, y con ello la narrativa que tratan de imponer los
grupos terroristas, así como combatir la propaganda de la radicalización.


11. Vigilar la responsabilidad de las instituciones a la hora frenar la radicalización violenta y actos de enaltecimiento del terrorismo.


12. En aras de dar cumplimiento a las recomendaciones del Defensor del Pueblo, impulsar las iniciativas necesarias para que en el marco de una eventual reforma de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral
a las víctimas del Terrorismo, se equiparen de forma completa o progresiva, las indemnizaciones a cargo del Estado por daños personales de las víctimas del terrorismo cuyo caso no disponga de condena condenatoria del autor, con las indemnizaciones
de aquellos casos que sí dispongan de sentencia condenatoria.



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13. Trabajar para que, en la medida de los posible, se pueda dar una respuesta policial a los expedientes archivados, reabriendo así aquellos sumarios en los que todavía sea posible esclarecer la autoría del caso.


14. Adoptar Códigos Deontológicos así como normas de autorregulación sobre el tratamiento informativo de actos terroristas y de sus víctimas.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de febrero de 2018.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular sobre el
impulso en la agenda internacional de la relevancia y la memoria de las víctimas del terrorismo.


Enmienda


De adición.


Añadir un punto 1 pre, con el siguiente texto:


'1. A que promueva con carácter prioritario el debate y la reflexión sobre la situación de las víctimas del terrorismo en España en aplicación del art. 63 de la Ley 29/2011.'


Enmienda


De modificación.


Sustituir el texto del punto 1 (que pasaría a ser el 2) por el siguiente:


'2. Seguir impulsando en las instituciones europeas, y en colaboración con nuestros socios, el reconocimiento de las víctimas del terrorismo y en general de graves vulneraciones de derechos humanos y su significación política en la
consolidación del Estado de Derecho, así como la protección integral de sus derechos, exponiendo el sistema español de reconocimiento y apoyo a víctimas, pionero a nivel mundial, como ejemplo de buenas prácticas.'


Enmienda


De modificación.


Sustituir el texto del punto 2 (que pasaría a ser el 3) por el siguiente:


'3. Promover, en el seno de la UE, la aprobación de la Carta Europea de Derechos de las Víctimas del Terrorismo prevista en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 29/2011, de reconocimiento y protección integral a las víctimas del
terrorismo, que armonice los protocolos a seguir en los distintos países, asegurando que todos los afectados tengan y se vean amparados por los mismos derechos, eliminando cargas administrativas, regulando apoyo determinado a las víctimas de acuerdo
con sus características específicas y diseñando políticas activas que incluyan búsqueda, identificación y localización de víctimas para hacer efectivos sin exclusiones dichos derechos y prestaciones.'


Enmienda


De modificación.



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Sustituir el texto del punto 5 (que pasaría a ser el 6) por el siguiente:


'6. Abogar por otorgar la mayor relevancia a la voz de las víctimas y a su ejemplo moral, sin distinciones entre unas víctimas y otras, dado el papel que juega su relato para deslegitimar ética, política y socialmente el terrorismo, y con
ello la narrativa que tratan de imponer los grupos terroristas, así como combatir la propaganda de la radicalización.'


Enmienda


De adición.


Añadir un nuevo punto número 7, con el siguiente texto:


'7. Dar la máxima repercusión nacional e internacional a las experiencias de Justicia Restaurativa en delitos de terrorismo desarrolladas en España en los últimos años.'


Enmienda


De adición.


Añadir un nuevo punto número 8, con el siguiente texto:


'8. Otorgar la Gran Cruz de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo a las personas asesinadas por el BVE, el GAL y otros grupos similares que aún no la han recibido.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-María Gloria Elizo Serrano, Diputada.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el impulso en la agenda internacional de la relevancia y la memoria de las víctimas del terrorismo.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Seguir impulsando en las instituciones europeas, y en colaboración con nuestros socios, el reconocimiento de las víctimas del terrorismo y su significación política en la difusión de los principios de convivencia democrática en el marco
del estado constitucional y de derecho (consolidación del Estado de Derecho), así como la protección integral de sus derechos, exponiendo el sistema español de reconocimiento y apoyo a víctimas, recogido en la Ley de Reconocimiento y Protección
integral a las Víctimas del Terrorismo de 22 de septiembre de 2011, pionero a nivel mundial, como ejemplo de buenas prácticas.


2. Promover, en el seno de la UE, la aprobación de la Carta Europea de Derechos de las Víctimas del Terrorismo impulsada por nuestro país a raíz del documento elaborado por NAVT (Red Europea de Víctimas del Terrorismo) y de acuerdo con la
disposición adicional sexta de la ley 29/2011, de 22 de septiembre, de reconocimiento y protección integral a las víctimas del terrorismo que señala que 'el Gobierno apoyará e impulsará la aprobación de la citada carta europea' que armonice los
protocolos a seguir en los distintos países, asegurando que todos los afectados tengan y se vean amparados por los mismos derechos, eliminando cargas administrativas y regulando apoyo determinado a las víctimas de acuerdo con sus características
específicas.


3. Seguir trabajando en otros organismos internacionales, como NNUU, para impulsar un Estatuto Internacional de Derechos de las Víctimas, y continuar promoviendo la actividad del grupo de apoyo a las



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víctimas del terrorismo para cumplir con todos los compromisos contraídos, incluidos los principios de memoria y verdad.


4. Liderar una mayor sensibilización internacional en materia de víctimas del terrorismo, que son víctimas de vulneraciones de derechos humanos, e incluir este asunto en la próxima reunión en España de los ministros del Interior del
denominado G-6 en materia de lucha contra el terrorismo y contra su financiación.


5. Abogar por otorgar la mayor relevancia a la voz de las víctimas, de sus familiares, asociaciones y fundaciones de víctimas y a su ejemplo moral, dado el papel que juega su relato para deslegitimar ética, política y socialmente el
terrorismo, y con ello la narrativa que tratan de imponer los grupos terroristas, así como combatir la propaganda de la radicalización.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000541


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el impulso en la agenda internacional de la relevancia
y la memoria de las víctimas del terrorismo, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 268, de 15 de diciembre de 2017, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Seguir impulsando en las instituciones europeas, y en colaboración con nuestros socios, el reconocimiento específico de las víctimas del terrorismo destacando su significación política en la difusión de los principios de convivencia
democrática en el marco del estado constitucional y de derecho -consolidación del Estado de Derecho-, así como la protección integral de sus derechos, exponiendo el sistema español de reconocimiento y apoyo a víctimas del terrorismo -recogido en la
Ley de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo de 22 de septiembre de 2011- pionero a nivel mundial, como ejemplo de buenas prácticas.


2. Impulsar, en el seno de la UE, la garantía de los derechos de las víctimas del terrorismo de manera integral, promoviendo mecanismos que los garanticen de manera efectiva e individualizada, teniendo en cuenta las circunstancias y
necesidades específicas en cada caso.


3. Culminar la transposición de la Directiva 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativa a la lucha contra el terrorismo, la cual contiene un título específico -Título V-, acerca de las 'Disposiciones
sobre protección, apoyo y derechos de las víctimas del terrorismo'.


4. Promover, en el seno de la UE, la aprobación de la Carta Europea de Derechos de las Víctimas del Terrorismo prevista en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 29/2011, de reconocimiento y protección integral a las víctimas del
terrorismo, que armonice los protocolos a seguir en los distintos países, asegurando que todos los afectados tengan y se vean amparados por los mismos derechos, eliminando cargas administrativas y regulando apoyo determinado a las víctimas de
acuerdo con sus características específicas.


5. Liderar una mayor sensibilización y concienciación internacional en materia de víctimas del terrorismo, que son víctimas de vulneraciones de derechos humanos, e incluir este asunto en la próxima reunión en España de los ministros del
Interior del denominado G-6 en materia de lucha contra el terrorismo y contra su financiación.


6. Abogar por otorgar la mayor relevancia a la voz de las víctimas, de sus familiares, asociaciones y fundaciones de víctimas y a su ejemplo moral, dado el papel que juega su relato para deslegitimar ética, política y socialmente el
terrorismo, y con ello la narrativa que tratan de imponer los grupos terroristas, así como combatir la propaganda de la radicalización.


7. Seguir trabajando en otros organismos internacionales, como NNUU, para impulsar un Estatuto Internacional de Derechos de las Víctimas del Terrorismo.'



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Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


INTERPELACIONES


Urgentes


172/000093


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre el proceso de reforma de la Política Agrícola Común
(PAC) que está abierto en el marco de la Unión Europea, así como de la posición del Gobierno y las negociaciones al respecto, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de febrero de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, al amparo de lo dispuesto en los artículos 180 y siguientes del Reglamento del Congreso, presenta la presente interpelación urgente sobre el proceso de reforma de la
Política Agrícola Común (PAC) que está abierto en el marco de la UE así como de la posición del Gobierno y las negociaciones al respecto, para su debate en Pleno.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de diciembre de 2017.-Yolanda Díaz Pérez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


172/000100


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Coma Podem-En Marea, relativa a la posición del Gobierno respecto a la reciente
concesión de permisos de exploración a la empresa multinacional petrolera ENI en la Cuenca de Tan Tan, en Marruecos, que supondrá la realización de unas prospecciones que pondrán en riesgo todo su socioecosistema, cuyo texto se inserta a
continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de febrero de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta al amparo de lo dispuesto en los artículos 180 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, interpelación urgente al Gobierno
relativa a su posición respecto a la reciente concesión de permisos de exploración a la empresa multinacional petrolera ENI en la Cuenca de Tan Tan, en Marruecos, que supondrá la realización de unas prospecciones que pondrán en riesgo todo su
socioecosistema.


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de febrero de 2018.-María del Carmen Pita Cárdenes, Diputada.-Irene María Montero Gil, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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172/000101


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno para corregir la brecha salarial entre hombres y
mujeres, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de febrero de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para formular, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados y para su inclusión en el orden del día de la próxima sesión del
Pleno de la Cámara, la siguiente interpelación urgente al Gobierno sobre las medidas que piensa adoptar para corregir la brecha salarial entre hombres y mujeres.


Exposición de motivos


Año tras año la Encuesta de Estructura Salarial (EES) del INE, así como la encuesta del decil de salarios del empleo principal, publicada por el mismo organismo, nos muestran el estancamiento en la corrección de la brecha salarial entre
hombres y mujeres. Así, los resultados de esta última EES sobre 2015, publicados el 28 de junio de 2017, muestran que la ganancia media anual de las mujeres fue de 20.051,58 euros, frente a la de los hombres que se situó en 25.992,76 euros. Las
mujeres cobraron 5.941,18 euros menos de media que los hombres. Casi un 23%, representando el salario promedio anual femenino un 77,1% respecto al masculino.


Por su parte, la encuesta de decil de salarios sobre 2016, publicada el 8 de noviembre de 2017, señala que mientras el salario medio de las mujeres en ese año fue de 1.661 euros al mes, el de los varones alcanzó los 2.075,7 euros; es decir.
las mujeres cobran 414,4 euros mensuales menos de salario medio que los hombres.


Pero lo más preocupante es observar cómo las mujeres se sitúan en un porcentaje muy elevado en relación a los hombres dentro de los tramos más bajos de remuneración. Así, la EES destaca como en el año 2015 el 18,2% de las mujeres tuvo
ingresos salariales menores o iguales al SMI, frente al 7,4% de los hombres. A su vez, la encuesta de decil de salarios marca una diferencia de casi 20 puntos entre el porcentaje de mujeres que tuvo un salario inferior a 15.000 euros anuales en
2016 en relación a los hombres, un 40,3% de mujeres, frente a un 20,7% de hombres.


No obstante, el dato adquiere su tinte más dramático cuando se constatan los retrocesos en la corrección de la brecha salarial precisamente en estos salarios low pay rate, el índice que mide la ganancia por hora por debajo de los 2/3 de la
ganancia media por hora. De este modo, si en 2014 el 63,8% de las mujeres tenían un salario por hora por debajo de este índice, en 2015 ese porcentaje ha aumentado hasta el 65,5%.


Sin lugar a duda son muchos los factores que inciden en esta brecha salarial, fundamentalmente los derivados de la situación y consideración de la mujer en el mercado de trabajo, lastrada por el desigual reparto en el trabajo de cuidado.


La mayor precarización del empleo femenino respecto del masculino, cuya expresión lo constituye la desigualdad salarial, también se constata en su menor tasa de actividad, en caída desde 2012, en su menor tasa de empleo, y su mayor tasa de
paro.


Según la EPA del 4.º trimestre de 2017, las mujeres representan el 45,56% de las personas ocupadas, 8.659.100 mujeres trabajando. Y son las mujeres las que desempeñan fundamentalmente el trabajo a tiempo parcial: el 75% del total de esta
jornada es realizado por mujeres. Y si tienen un contrato indefinido, casi el 82% de las mujeres prestan esta relación laboral a tiempo parcial. El 66,97% de las mujeres tiene un contrato temporal a tiempo parcial.


Precisamente son estos tiempos de trabajo y jornadas los más penalizados desde el punto de vista retributivo y también en esta retribución por tipo de contrato y jornada se observa la brecha de género. Brecha que también es apreciable en la
ganancia media anual por ocupación, incluso en los sectores feminizados y que desempeñan trabajo de cuidado. Así, la EES sobre 2015 nos muestra que las mujeres



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que trabajaron en servicios de salud y cuidado de personas tienen un ganancia media anual inferior de un 23,92% en relación a los hombres que desempeñan igual trabajo.


Estos datos estadísticos, que dimensionan la discriminación de género en el ámbito laboral, cuando se trasvasan al sistema público de pensiones se ensanchan, alcanzando entonces la brecha de género casi 38%.


Esta brecha en el mercado de trabajo y salarial cuestiona día a día la igualdad real entre mujeres y hombres, mandatada por la Constitución y demandada por el artículo 17 del Estatuto de los Trabajadores, así como en los Tratados de la Unión
Europea.


Remover los obstáculos que impiden su corrección también es una cuestión de justicia y de equidad. Y también una cuestión económica, como alertan las organizaciones internacionales.


Es por ello que, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente interpelación urgente al Gobierno sobre las medidas que piensa adoptar para corregir la brecha salarial entre hombres y mujeres.


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de febrero de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


172/000102


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Ciudadanos a la Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente sobre los planes de su Ministerio en
materia de agua, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de febrero de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 180 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente interpelación urgente a la Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente sobre
los planes de su Ministerio en materia de agua.


Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de febrero de 2018.-Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000071


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, rechazó la Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, sobre la situación política en Cataluña, cuyo texto se inserta a
continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara. Asimismo se inserta la enmienda formulada a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, a instancia del Diputado Joan Tardà i Coma, al amparo de lo dispuesto en el artículo 180 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Moción consecuencia de interpelación
urgente sobre la situación política en Catalunya, para su debate en Pleno.


Moción


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


Establecer, en base al reconocimiento del resultado de las elecciones del 21 de diciembre en Catalunya y del mandato democrático emanado de las urnas, un diálogo bilateral con el Govern de la Generalitat con el objetivo de alcanzar una
resolución democrática a las demandas expresadas de manera permanente en Catalunya.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de diciembre de 2017.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 184 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Moción
consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana sobre la situación política en Cataluña.


Enmienda


De sustitución.


Se propone el siguiente texto:


'El Congreso de los Diputados:


1. Declara que, tras las elecciones celebradas el pasado 21 de diciembre al Parlament de Catalunya, es necesario que cuanto antes éste elija un President de la Generalitat que pueda legalmente ejercer sus funciones y sea capaz de formar un
gobierno estable que, con respeto al marco constitucional y conforme al Estatut d'Autonomía, desarrolle sus competencias con objeto de restablecer urgentemente el autogobierno y la normalidad institucional, trabaje para resolver los problemas y
necesidades de todos los catalanes y atienda al desarrollo económico y la cohesión social en Catalunya.


2. Considera necesario que el Gobierno que así se forme actúe conforme a los principios de legalidad y lealtad institucional, participando plenamente en los órganos multilaterales de cooperación con el Estado y el resto de CCAA e impulsando
el funcionamiento de los órganos bilaterales previstos en el Estatuto de autonomía.


3. Insta al Gobierno a recuperar el diálogo institucional con el Gobierno de la Generalitat que se constituya conforme a lo previsto en los apartados anteriores, con objeto de abordar y solucionar los problemas que afectan específicamente a
la ciudadanía de Catalunya.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


173/000072


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, de la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Socialista,
sobre las medidas a adoptar para garantizar la empleabilidad



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de las personas jóvenes y la calidad en su contratación y condiciones laborales y de las enmiendas presentadas a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 184.2 del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Moción consecuencia de interpelación
urgente sobre las medidas a adoptar para garantizar la empleabilidad de las personas jóvenes y la calidad en su contratación y condiciones laborales.


Moción


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Evaluar, en el marco del diálogo social y antes del 31 de marzo de 2018, la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016, al objeto de analizar cada una de las medidas adoptadas en sus cuatro ejes de actuación, y, por tanto, en
la mejora de la intermediación y en la mejora de la empleabilidad, con ratios que identifiquen itinerarios personalizados y tutorizados en formación e inserción laboral, así como el impacto de los incentivos y bonificaciones en una contratación
estable y de calidad y en el emprendimiento.


Esta evaluación incluirá, entre otros, los siguientes extremos:


a) Resultados cuantitativos sobre el número de personas jóvenes inscritas y las acciones recibidas en cada uno de los ejes de actuación, que serán analizados, entre otros elementos, con perspectiva de género, edad, tiempo en desempleo y en
respuesta en la actuación, así como en atención al nivel formativo y capacitación o cualificación profesional de partida y alcanzado.


b) Un análisis comparado con el resto de países de la Unión Europea que participan en dicha iniciativa.


c) El grado de ejecución anual de los fondos destinados, con indicación de los recibidos, para el desarrollo de la Iniciativa de Garantía Juvenil.


d) Orientaciones, recomendaciones y propuestas de actuación para mejorar la inserción laboral de las personas jóvenes, con determinación de las acciones a desarrollar también en el ámbito docente y formativo, incluido el universitario.


2. En atención a la evaluación realizada y su grado de eficiencia en los objetivos perseguidos por la Estrategia y a la vista de las recomendaciones del Informe elaborado por el Tribunal de Cuentas Europeo, informe n.º 5/2017 sobre
evaluación de la Garantía Juvenil y de la Iniciativa de Empleo Juvenil, en el marco del diálogo social se planificará una nueva Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven que contendrá nuevas actuaciones, incluidas las reformas normativas
necesarias, para mejorar la empleabilidad de los jóvenes, facilitar su inserción en el ámbito laboral, promover el emprendimiento y mejorar su situación dentro del mercado de trabajo. Asimismo, contendrá las acciones y mecanismos que permitan
mejorar la coordinación y la planificación con los interlocutores sociales, los colaboradores intermedios y las Comunidades Autónomas, con el fin de garantizar la eficiencia de las medidas adoptadas, también las económicas.


3. Anualmente se publicará un informe sobre la implementación de las acciones desarrolladas en el marco de esta nueva estrategia y su impacto en la mejora de la inserción en el ámbito formativo y en el mercado de trabajo de las personas
jóvenes.


4. Reunir urgentemente la mesa de diálogo social al objeto de llevar a cabo medidas de impulso para el empleo joven. A tal efecto:


a) Se elaborará y pondrá en marcha un Plan de Choque para el Empleo de las Personas Jóvenes, que, desde la articulación de un itinerario personal de inserción, con garantía de seguimiento y evaluación de actuaciones y con una dotación
económica suficiente, tenga por objeto mejorar su empleabilidad, en



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atención a su cualificación, y su inserción mediante contratos de trabajo que les garanticen un empleo de calidad y un salario digno.


b) Se revisará el contrato de relevo, con jubilación parcial a los 61 años, que contendrá previsiones específicas dirigidas a posibilitar la formación de las personas jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, incluidas
bonificaciones por la contratación indefinida y a tiempo completo de estas personas trabajadoras jóvenes a través de esta figura contractual o su reconversión en indefinidos y a tiempo completo cuando se realicen con estas personas.


c) Se revisarán los contratos de formación y aprendizaje al objeto de impulsar la alternancia de la actividad formativa con la práctica en el puesto de trabajo, aportando a las personas jóvenes trabajadores una elevada cualificación y/o
competencia profesional, promoviendo su incorporación a la empresa, y penalizando a las empresa que abusen de ellos con el único fin de beneficiarse de los beneficios de exenciones y bonificaciones.


d) Se fomentará el contrato en prácticas, con el fin de conseguir una mayor eficiencia en su utilización.


e) Se derogará el Real Decreto 1543/2011 de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas para jóvenes con titulación oficial, que posibilita su explotación laboral. Estas prácticas deberán articularse a través
de un contrato en prácticas, y se revisarán los programas de becarios y el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, al objeto de eliminar las prácticas no
laborales extracurriculares, así como los programas de becarios.


f) Se impulsará una red pública de oficinas de empleo, con mayores dotaciones económicas, que cuente con orientadores especializados con la formación y experiencia necesarias para ajustar los perfiles individuales desarrollados a las
necesidades del mercado de trabajo, así como para hacer un seguimiento de las personas que abandonen los programas de garantía juvenil.


g) Se fortalecerán los mecanismos de coordinación entre el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y las Comunidades Autónomas así como los recursos económicos destinadas a estas últimas, al objeto de mejorar la eficiencia en el desarrollo
de la iniciativa de empleo juvenil, y todo ello teniendo en cuenta que esta iniciativa supone el 80% de los fondos destinados al programa de garantía juvenil.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de diciembre de 2017.-Margarita Robles Fernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción consecuencia de interpelación urgente sobre las medidas a adoptar para garantizar la
empleabilidad de las personas jóvenes y la calidad en su contratación y condiciones laborales del Grupo Parlamentario Socialista.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


Se modifica el punto cuarto de la sección propositiva de la Moción, que queda redactado en los siguientes términos:


'4. Reunir urgentemente la mesa de diálogo social al objeto de llevar a cabo medidas de impulso para el empleo joven. A tal efecto:


a) [...]


b) [...]


c) [...]


d) [...]


e) Se revisará la normativa por la que se regulan las prácticas no laborales en empresas para jóvenes con titulación oficial y por la que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes



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universitarios, promoviéndose un Estatuto del Becario que prevea una nueva regulación de las prácticas no laborales y los programas de becarios, con revisión de las prácticas extracurriculares, garantizando unas condiciones dignas y
previniendo posibles casos de falsos becarios.


f) [...]


g) [...]


h) Se pondrá en marcha el Complemento Salarial para Jóvenes, dotado con 500 millones de euros en la partida presupuestaria 19.101.251M.48803 de los PGE 2017, que podrán recibir todos los trabajadores menores de 30 años inscritos en el
Sistema Nacional de Garantía Juvenil que accedan a un empleo, con una duración que será ampliable hasta los 18 meses en caso de que el trabajador se matricule en centros educativos o se inscriba en procesos oficiales con el fin de obtener una
titulación educativa reglada, promoviendo con ello el reenganche de aquellos jóvenes que abandonaron el sistema educativo de manera temprana. En paralelo se reformará la actual bonificación para la contratación de personas beneficiarias del Sistema
Nacional de Garantía Juvenil para extender su aplicación a todos los trabajadores jóvenes hasta los treinta años y a los que sean beneficiarios del Complemento Salarial antes referido.'


Texto que se sustituye:


'4. Reunir urgentemente la mesa de diálogo social al objeto de llevar a cabo medidas de impulso para el empleo joven. A tal efecto:


a) [...]


b) [...]


c) [...]


d) [...]


e) Se derogará el Real Decreto 1543/2011 de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas para jóvenes con titulación oficial, que posibilita su explotación laboral. Estas prácticas deberán articularse a través
de un contrato en prácticas, y se revisarán los programas de becarios y el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, al objeto de eliminar las prácticas no
laborales extracurriculares, así como los programas de becarios.


f) [...]


g) [...].'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-Miguel Ángel Gutiérrez Vivas, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario
Socialista, sobre las medidas a adoptar para garantizar la empleabilidad de las personas jóvenes y la calidad en su contratación y condiciones laborales.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Evaluar, en el marco del diálogo social y antes del 31 de marzo de 2018, la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016, al objeto de analizar las medidas adoptadas en sus cuatro ejes de actuación y, por tanto en la mejora de
la intermediación y en la mejora de la empleabilidad, con



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ratios que identifiquen itinerarios personalizados y tutorizados en formación e inserción laboral, así como el impacto de los incentivos y bonificaciones en una contratación estable y de calidad y en el emprendimiento.


Esta evaluación incluirá, entre otros extremos:


a) Resultados cuantitativos sobre el número de personas inscritas y acciones recibidas que serán analizados, entre otros elementos, con perspectiva de género, edad, tiempo de desempleo y en respuesta a la actuación, así como en atención al
nivel formativo y capacitación o cualificación profesional de partida y alcanzado.


b) Análisis comparado con el resto de países de la Unión Europea que participan en dicha iniciativa.


c) El grado de ejecución anual de fondos destinados, con indicación de los recibidos, para el desarrollo de la Iniciativa de Garantía Juvenil.


d) Orientación, recomendaciones y propuestas de actuación para mejorar la inserción laboral de las personas jóvenes, con determinación de las acciones a desarrollar también en el ámbito docente y formativo, incluido el universitario.


2. En atención a la evaluación realizada y su grado de eficiencia en los objetivos perseguidos de la Estrategia y a la vista de las recomendaciones del Informe elaborado por el Tribunal de Cuentas Europeo, informe n.º 5/2017 sobre
evaluación de la Garantía Juvenil y de la Iniciativa de Empleo Juvenil, en el marco del diálogo social, se planificará una nueva Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven que contendrá nuevas actuaciones, incluidas las reformas normativas
necesarias, para mejorar la empleabilidad de los jóvenes, facilitar su inserción en el ámbito laboral, promover el emprendimiento y mejorar su situación dentro del mercado de trabajo. Asimismo, contendrá las acciones y mecanismos que permitan
mejorar la coordinación y planificación con los interlocutores sociales, los colaboradores intermedios y las Comunidades Autónomas, con el fin de garantizar la eficiencia de las medidas adoptadas, también las económicas.


3. Anualmente se publicará un informe sobre la implantación de las acciones desarrolladas en el marco de esta nueva Estrategia y su impacto en la mejora en el ámbito formativo y en el mercado de trabajo de las personas jóvenes.


4. Implementar urgente e íntegramente las medidas del plan de choque por el empleo juvenil, aprobado el 28 de septiembre 2017 por los interlocutores sociales:


a) Programa de formación y transmisión de conocimientos en el empleo a través del contrato de relevo.


- Nueva modalidad de jubilación parcial que posibilite la formación de trabajadores jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que se incorporen a la empresa sin experiencia ni cualificación previa para ese puesto de
trabajo, reduciendo la edad del jubilado parcial que es relevado hasta 4 años menos que la edad ordinaria de jubilación, quien deberá mantenerse por dicho período en el puesto de trabajo para desarrollar el programa formativo. El contrato de relevo
será indefinido y a tiempo completo con un trabajador menor de 30 años y el relevado deberá dedicar al menos el 50 por ciento de su jornada a la formación del relevista.


- Las empresas que contraten, bajo la modalidad de contrato de relevo por tiempo indefinido anterior, tendrán derecho a una bonificación del 100 por cien de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondiente
al trabajador contratado durante un máximo de dos años.


b) Incentivos a la conversión en indefinido del contrato de relevo para beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.


Las empresas que conviertan a indefinido a tiempo completo un contrato de relevo suscrito con un beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, tendrán derecho a una bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social por
contingencias comunes correspondiente al trabajador durante dos años de un 100% si la conversión se produce antes del transcurso de dos años desde la celebración del contrato, de un 50% si la conversión se produce entre el segundo y tercer año, un
25% si la conversión se produce entre el tercer y cuarto año, y un 10% si la conversión se produce después del cuarto año.



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c) Modificación del contrato para la formación y el aprendizaje.


Gobierno e interlocutores sociales emprenderán, en el marco del diálogo social y con las CCAA, y con ocasión de la renovación de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, una mejora del contrato para la formación y el aprendizaje para
impulsar la formación profesional dual, en especial en el ámbito de las PYMES, así como garantizar su finalidad formativa.


d) Bono Garantía Juvenil.


- Los jóvenes con bajo nivel formativo inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que suscriban un contrato para la formación y el aprendizaje recibirán una ayuda de acompañamiento del 80% del IPREM (430 euros en 2017) gestionada
por el SEPE.


- La percepción de la ayuda de acompañamiento se mantendrá durante la vigencia del contrato y tendrá una duración máxima de dieciocho meses (treinta y seis meses en caso de trabajadores con discapacidad).


- La conversión a indefinido de dichos contratos para la formación y el aprendizaje de jóvenes que hubieran percibido la ayuda económica de acompañamiento anteriormente descrita, se beneficiará de una bonificación adicional a la existente en
las cuotas empresariales a la Seguridad Social de 250 euros/mes (3.000 euros/año) durante 3 años.


e) Equiparación del contrato de trabajo en prácticas con el contrato para la formación y el aprendizaje en materia de cotización e incentivos para la conversión en Indefinido.


Se mejora el contrato de trabajo en prácticas celebrado con jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil al equipararse, en materia de cotización e incentivos para la conversión en indefinido, con el contrato para la
formación y el aprendizaje. Así:


- Se fijará una bonificación del 100% en las cuotas empresariales a la Seguridad Social, cuando la plantilla de la empresa sea menor de 250 personas o del 75% si es igual o mayor de 250 trabajadores; y una bonificación del 100% en las
cuotas a la Seguridad Social del trabajador contratado.


- Si el contrato se transforma en indefinido, agotada su duración máxima, las empresas tendrán derecho a una bonificación en las cuotas de la Seguridad Social de 1.500 euros durante los tres primeros años o de 1.800 euros en el caso de ser
mujer.


f) Estatuto de las prácticas no laborales.


El Ministerio de Empleo y Seguridad Social aprobará, como resultado del proceso de negociación y acuerdo con interlocutores sociales con ocasión de la renovación de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, un Estatuto de las prácticas
no laborales. Dicho Estatuto establecerá un marco normativo de calidad para las prácticas no laborales que aborde, entre otros, los siguientes aspectos:


- Vinculación entre las prácticas no laborales, la beca y el programa de formación.


- Requisitos que tienen que reunir las empresas e instituciones (tamaño de la empresa, ratio tutoría, etc.).


- Contenido del convenio entre la empresa y el becario.


- Duración máxima de las prácticas no laborales, incluido régimen de descansos.


- Marco de protección social y de prevención de riesgos laborales.


Al efecto, se revisará el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas.


A su vez, se procederá a la revisión del marco normativo de las prácticas académicas externas en el ámbito del Pacto de Estado Social y Político por la Educación y la Estrategia Española de Educación.


g) Programa Integral de Políticas de Empleo para jóvenes sin cualificación profesional.


- El Ministerio de Empleo y Seguridad Social diseñará, en coordinación con las Comunidades Autónomas y en el marco del diálogo social, un programa nacional de orientación, formación y ayudas directas a jóvenes sin cualificación profesional
que hayan abandonado el sistema educativo, beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, para incentivar su participación en programas de formación profesional, tanto del ámbito educativo como del ámbito laboral.



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- El programa incluirá la asignación por los Servicios Públicos de Empleo de un tutor especializado que diseñe y realice el seguimiento del itinerario personalizado de formación de cada joven inscrito en el Sistema Nacional de Garantía
Juvenil, que será requisito para la incorporación al programa y la concesión de las ayudas directas que sean diseñadas en el marco del programa.


- Este programa deberá ser objeto de acuerdo de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, y será gestionado por las Comunidades Autónomas con fondos transferidos por el Servicio Público de Empleo Estatal, por importe de hasta
175 millones de euros por cada ejercicio presupuestario hasta 2020.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo establecido en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda de modificación a la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario
Socialista, sobre las medidas a adoptar para garantizar la empleabilidad de las personas jóvenes y la calidad en su contratación y condiciones laborales.


Enmienda


De modificación.


Se propone el siguiente texto:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Evaluar, en el marco del diálogo social, y en colaboración con las CCAA que hayan asumido competencias en políticas activas de empleo, y antes del 31 de marzo de 2018, [...] (resto igual).


a) (Igual).


b) (Igual).


c) (Igual).


d) En el marco de las políticas activas de empleo, las orientaciones, recomendaciones y propuestas de actuación para mejorar la inserción laboral de las personas jóvenes, con propuestas de las acciones a desarrollar también en el ámbito
docente y formativo, y por las instancias competentes, incluido el universitario.


2. En atención a la evaluación realizada y su grado de eficiencia [...] en el marco del diálogo social, y también en colaboración con las CCAA, se planificará una nueva Estrategia [...] (resto igual).


3. (Igual).


4. Reunir urgentemente la mesa de diálogo social, y a las CC.AA., al objeto de promover medidas de impulso para el empleo joven. A tal efecto:


a) Se elaborará y propondrá, ente otros, un Plan de Choque [...] (resto igual).


b) (Igual).


c) Se revisarán los contratos [...] de los beneficios de exenciones y bonificaciones. A dicho efecto, se deberá considerar impulsar un modelo de formación universitaria en alternancia que deberá contemplar la adaptación de los modelos de
contratación laboral en que se pueda apoyar.


d) (Igual).


e) Partiendo de que el Real Decreto 1543/2011 de 31 de octubre, por que se regulan las prácticas no laborales en empresas para jóvenes con titulación oficial, ha posibilitado su explotación laboral, dichas prácticas deberán articularse [...]
(resto igual).



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f) Se impulsará la integración de la red pública de oficinas de empleo en la de las CC.AA., con mayores dotaciones económicas, que puedan contar con orientadores especializados con la formación y experiencia [...] (resto igual).


g) (Igual).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


173/000072


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha aprobado la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, sobre las medidas a adoptar para garantizar la empleabilidad de las personas
jóvenes y la calidad en su contratación y condiciones laborales, sin modificaciones con respecto al texto inicial que se inserta a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Evaluar, en el marco del diálogo social y antes del 31 de marzo de 2018, la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016, al objeto de analizar cada una de las medidas adoptadas en sus cuatro ejes de actuación, y, por tanto, en
la mejora de la intermediación y en la mejora de la empleabilidad, con ratios que identifiquen itinerarios personalizados y autorizados en formación e inserción laboral, así como el impacto de los incentivos y bonificaciones en una contratación
estable y de calidad y en el emprendimiento.


Esta evaluación incluirá, entre otros, los siguientes extremos:


a) Resultados cuantitativos sobre el número de personas jóvenes inscritas y las acciones recibidas en cada uno de los ejes de actuación, que serán analizados, entre otros elementos, con perspectiva de género, edad, tiempo en desempleo y en
respuesta en la actuación, así como en atención al nivel formativo y capacitación o cualificación profesional de partida y alcanzado.


b) Un análisis comparado con el resto de países de la Unión Europea que participan en dicha iniciativa.


c) El grado de ejecución anual de los fondos destinados, con indicación de los recibidos, para el desarrollo de la Iniciativa de Garantía Juvenil.


d) Orientaciones, recomendaciones y propuestas de actuación para mejorar la inserción laboral de las personas jóvenes, con determinación de las acciones a desarrollar también en el ámbito docente y formativo, incluido el universitario.


2. En atención a la evaluación realizada y su grado de eficiencia en los objetivos perseguidos por la Estrategia y a la vista de las recomendaciones del Informe elaborado por el Tribunal de Cuentas Europeo, informe n.º 5/2017 sobre
evaluación de la Garantía Juvenil y de la Iniciativa de Empleo Juvenil, en el marco del diálogo social se planificará una nueva Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven que contendrá nuevas actuaciones, incluidas las reformas normativas
necesarias, para mejorar la empleabilidad de los jóvenes, facilitar su inserción en el ámbito laboral, promover el emprendimiento y mejorar su situación dentro del mercado de trabajo. Asimismo, contendrá las acciones y mecanismos que permitan
mejorar la coordinación y la planificación con los interlocutores sociales, los colaboradores intermedios y las Comunidades Autónomas, con el fin de garantizar la eficiencia de las medidas adoptadas, también las económicas.


3. Anualmente se publicará un informe sobre la implementación de las acciones desarrolladas en el marco de esta nueva estrategia y su impacto en la mejora de la inserción en el ámbito formativo y en el mercado de trabajo de las personas
jóvenes.


4. Reunir urgentemente la mesa de diálogo social al objeto de llevar a cabo medidas de impulso para el empleo joven. A tal efecto:


a) Se elaborará y pondrá en marcha un Plan de Choque para el Empleo de las Personas Jóvenes que, desde la articulación de un itinerario personal de inserción, con garantía de seguimiento y evaluación



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de actuaciones y con una dotación económica suficiente, tenga por objeto mejorar su empleabilidad, en atención a su cualificación, y su inserción mediante contratos de trabajo que les garanticen un empleo de calidad y un salario digno.


b) Se revisará el contrato de relevo, con jubilación parcial a los 61 años, que contendrá previsiones específicas dirigidas a posibilitar la formación de las personas jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, incluidas
bonificaciones por la contratación indefinida y a tiempo completo de estas personas trabajadoras jóvenes a través de esta figura contractual o su reconversión en indefinidos y a tiempo completo cuando se realicen con estas personas.


c) Se revisarán los contratos de formación y aprendizaje al objeto de impulsar la alternancia de la actividad formativa con la práctica en el puesto de trabajo, aportando a las personas jóvenes trabajadores una elevada cualificación y/o
competencia profesional, promoviendo su incorporación a la empresa, y penalizando a las empresas que abusen de ellos con el único fin de beneficiarse de los beneficios de exenciones y bonificaciones.


d) Se fomentará el contrato en prácticas, con el fin de conseguir una mayor eficiencia en su utilización.


e) Se derogará el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas para jóvenes con titulación oficial, que posibilita su explotación laboral. Estas prácticas deberán articularse a
través de un contrato en prácticas, y se revisarán los programas de becarios y el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, al objeto de eliminar las prácticas
no laborales extracurriculares, así como los programas de becarios.


f) Se impulsará una red pública de oficinas de empleo, con mayores dotaciones económicas, que cuente con orientadores especializados con la formación y experiencia necesarias para ajustar los perfiles individuales desarrollados a las
necesidades del mercado de trabajo, así como para hacer un seguimiento de las personas que abandonen los programas de garantía juvenil.


g) Se fortalecerán los mecanismos de coordinación entre el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y las Comunidades Autónomas así como los recursos económicos destinadas a estas últimas, al objeto de mejorar la eficiencia en el desarrollo
de la iniciativa de empleo juvenil, y todo ello teniendo en cuenta que esta iniciativa supone el 80% de los fondos destinados al programa de garantía juvenil.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


La Presidencia de la Cámara, a solicitud de su autor, ha acordado tener por convertidas en preguntas con respuesta oral en Comisión y trasladar, a los efectos del artículo 190.2 del Reglamento, a la Comisión de Fomento, las preguntas al
Gobierno con respuesta escrita que a continuación se relacionan, así como comunicarlo a dicha Comisión, al Gobierno y al Sr. Diputado preguntante y su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


RELACIÓN DE PREGUNTAS


Núm. expte.: 184/018236.


Núm. registro: 51190.


Autor iniciativa: Pascual Peña, Sergio (GCUP-EC-EM).


Objeto iniciativa: Modelo de explotación de la AP-4, Autopista del Sur.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 239, de 30 de octubre de 2017.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000734.



Página 33





Núm. expte.: 184/023959.


Núm. registro: 60681.


Autor iniciativa: Pascual Peña, Sergio (GCUP-EC-EM).


Objeto iniciativa: Electrificación de la línea de ferrocarril Bobadilla-Algeciras.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 261, de 4 de diciembre de 2017.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000735.


La Presidencia de la Cámara, a solicitud de su autora, ha acordado tener por convertidas en preguntas con respuesta oral en Comisión y trasladar, a los efectos del artículo 190.2 del Reglamento, a la Comisión de Fomento, las preguntas al
Gobierno con respuesta escrita que a continuación se relacionan, así como comunicarlo a dicha Comisión, al Gobierno y a la Sra. Diputada preguntante y su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de febrero de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


RELACIÓN DE PREGUNTAS


Núm. expte.: 184/023958.


Núm. registro: 60680.


Autor iniciativa: Carreño Valero, Sara (GCUP-EC-EM).


Objeto iniciativa: Posibilidad existente de que los trenes de mercancías peligrosas efectúen paradas técnicas en la estación de Arrúbal en lugar de realizarlas en el núcleo urbano de Logroño.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 261, de 4 de diciembre de 2017.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000736.


Núm. expte.: 184/024229.


Núm. registro: 61801.


Autor iniciativa: Carreño Valero, Sara (GCUP-EC-EM).


Objeto iniciativa: Medidas previstas para garantizar el paso seguro de los peatones en la glorieta de Avenida de Zaragoza y Avenida de La Paz en Logroño.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 265, de 12 de diciembre de 2017.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000737.


La Presidencia de la Cámara, a solicitud de sus autores, ha acordado tener por convertidas en preguntas con respuesta oral en Comisión y trasladar, a los efectos del artículo 190.2 del Reglamento, a la Comisión de Fomento, las preguntas al
Gobierno con respuesta escrita que a continuación se relacionan, así como comunicarlo a dicha Comisión, al Gobierno y a los Sres. Diputados preguntantes y su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de febrero de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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RELACIÓN DE PREGUNTAS


Núm. expte.: 184/024197.


Núm. registro: 61702.


Autor iniciativa: Pascual Peña, Sergio (GCUP-EC-EM) García Sempere, Eva (GCUP-EC-EM) Montero Soler, Alberto (GCUP-EC-EM).


Objeto iniciativa: Descarrilamiento del tren Media Distancia Sevilla-Málaga a su paso por el término municipal de Arahal.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 265, de 12 de diciembre de 2017.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000738.


Núm. expte.: 184/024240.


Núm. registro: 61857.


Autor iniciativa: Valido Pérez, Carmen (GCUP-EC-EM) Pita Cárdenes, María del Carmen (GCUP-EC-EM).


Objeto iniciativa: Inspecciones en España a la compañía aérea Ryanair.


Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 265, de 12 de diciembre de 2017.


Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/000739.


OTROS TEXTOS


DECLARACIONES INSTITUCIONALES


140/000021


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha aprobado, por asentimiento, la siguiente Declaración Institucional de tolerancia cero contra la mutilación genital femenina.


'El 6 de febrero se celebra el Día Internacional de Tolerancia Cero contra la Mutilación Genital Femenina (MGF), proclamado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, con la finalidad de desarrollar los mecanismos necesarios para
promover campañas de concienciación y adoptar medidas concretas para la erradicación de la mutilación genital femenina.


La mutilación genital femenina es una práctica que supone violencia contra las mujeres que la sufren y afecta directamente a la salud física, psicológica, sexual y reproductiva. Es una violación de los derechos humanos y una forma de
violencia, que constituye la manifestación de una gran discriminación por razón de género, ya que es un acto de violencia que se ejerce contra las mujeres y las niñas por el hecho de serlo. Es, sin duda, un desafío global a los derechos humanos,
individuales y colectivos de las mujeres que la sufren. Esta práctica afecta, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), a unos 40 millones de niñas y mujeres en el mundo.


En el Convenio del Consejo de Europa, de 12 de abril de 2011, sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Convenio de Estambul), se insta a promover la adopción de un enfoque global e integrado
en relación con la violencia contra las mujeres y la mutilación genital femenina. El compromiso en la lucha contra esta forma de violencia llevó al Gobierno a promover en 2005 la reforma de la Ley Orgánica 3/2005, de 8 de julio, haciendo competente
a la jurisdicción del Estado para conocer los hechos cometidos fuera del territorio nacional susceptibles de tipificarse como mutilación genital femenina, siempre que los responsables se encuentren en territorio español.


En 2014, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó una nueva resolución en la que se insta a los Estados a que intensifiquen sus esfuerzos para la eliminación de la mutilación genital femenina, incluyendo en sus agendas de
prioridades respectivas la adopción de medidas y estrategias encaminadas a poner término a esta forma inhumana de barbarie. También el Parlamento Europeo, en su Resolución de 6 de febrero de 2014, pide a la Comisión Europea y a los Estados de la
Unión, que adopten nuevas medidas más eficaces contra esta lacra, reiterando su llamamiento a los Estados miembros para que se sirvan de los mecanismos existentes, en particular de la Directiva 2012/29/EU.



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En 2015, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud nos advertía en su Protocolo Común de Actuación Sanitaria que, aproximadamente, diecisiete mil niñas de cero a catorce años se encontraban en riesgo de sufrir esta práctica
en España. Según los datos de la Fundación Wassu UAB, esta cifra sube en el año 2016 hasta las dieciocho mil cuatrocientas niñas en riesgo de sufrir mutilación genital femenina. En el reciente Pacto de Estado aprobado en el Congreso de los
Diputados, se hace por primera vez mención de la práctica de la mutilación genital femenina como parte de la violencia patriarcal que sufren algunas mujeres.


El Congreso de los Diputados, con motivo del Día Mundial de Tolerancia Cero Contra la Mutilación Genital Femenina, se compromete a perfeccionar los mecanismos que permitan desarrollar políticas públicas enfocadas a la erradicación de la
mutilación genital femenina en España. Algunas de estas medidas deben pasar por el reforzamiento de la formación en la prevención y erradicación de la MGF, con perspectiva intercultural y de género; por el impulso de modelos de intervención socio
comunitaria, que impliquen a las familias de las niñas o mujeres que pudiesen verse afectadas; por el fortalecimiento de los servicios de salud públicos para que eviten la mutilación genital femenina y traten las complicaciones que causa, y por
supuesto, por el desarrollo de medidas legislativas que pongan en el centro las vidas de las niñas y mujeres en riesgo de sufrir esta práctica inhumana.'


Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2018.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.