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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 139, de 07/04/2017
cve: BOCG-12-D-139 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


7 de abril de 2017


Núm. 139



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


DIPUTACIÓN PERMANENTE


061/000008 Composición de la Diputación Permanente. Altas y bajas... (Página3)


JUNTA DE PORTAVOCES


031/000011 Composición de la Junta de Portavoces. Altas y bajas... (Página3)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000384 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre protección de los derechos digitales de la ciudadanía... (Página4)


162/000385 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), sobre la prohibición de campañas publicitarias con lemas 'sin IVA'... (Página7)


162/000386 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre medidas para garantizar un nivel de renta que ponga a toda la población por encima del umbral de la pobreza
monetaria... (Página8)


162/000387 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el reconocimiento de la sordoceguera y sus necesidades específicas... (Página10)


162/000388 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a mejorar los procedimientos de concesión de nacionalidad española por residencia... href='#(Página11)'>(Página11)


162/000389 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre el desarrollo de las equivalencias entre los títulos de las Enseñanzas de Idiomas y el resto de los títulos de las enseñanzas del sistema educativo...
(Página13)


162/000390 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas para reducir la deuda tributaria pendiente de cobro, los plazos de resolución de los Tribunales Económico-Administrativos y sus correspondientes
intereses de demora... (Página14)


162/000391 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la protección socio-laboral de los donantes vivos de un órgano... (Página17)



Página 2





162/000392 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la externalización del servicio de traducción e interpretación del Ministerio del Interior... href='#(Página19)'>(Página19)


162/000393 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a acelerar el proceso para la creación de una Autoridad Administrativa Independiente de Protección del Consumidor
e Inversor Financiero... (Página22)


162/000394 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a impulsar un plan para la reducción de las listas de espera quirúrgicas... (Página23)


162/000395 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre el regadío en las perspectivas vigentes de cambio climático... (Página24)


162/000396 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la crisis institucional en Venezuela... (Página26)



Página 3





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


De conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de los cambios habidos en la composición de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de abril de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


DIPUTACIÓN PERMANENTE


061/000008


Grupo Parlamentario Socialista


(061/000005)


Titulares:


Baja:


PÉREZ DOMÍNGUEZ, María Soledad 29-03-2017


Alta:


MUÑOZ GONZÁLEZ, Pedro José 29-03-2017


Suplentes:


Baja:


MUÑOZ GONZÁLEZ, Pedro José 29-03-2017


Alta:


PÉREZ DOMÍNGUEZ, María Soledad 29-03-2017


JUNTA DE PORTAVOCES


031/000011


Grupo Parlamentario Socialista


(031/000002)


Portavoces adjuntos:


Alta:


BATET LAMAÑA, Meritxell 28-03-2017


Baja:


MUÑOZ GONZÁLEZ, Pedro José 28-03-2017


Portavoz sustituto:


Alta:


MUÑOZ GONZÁLEZ, Pedro José 28-03-2017



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CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de abril de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/000384


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre protección de los derechos digitales de la ciudadanía, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Internet se ha convertido en una realidad omnipresente tanto en nuestra vida personal como colectiva. Una gran parte de nuestra actividad profesional, económica y privada se desarrolla en la Red y adquiere una importancia fundamental tanto
para la comunicación humana como para el desarrollo de nuestra vida en sociedad. Ya en los años noventa y conscientes del impacto que iba a producir Internet en nuestras vidas, los pioneros de la Red propusieron elaborar una Declaración de los
Derechos del Hombre y del Ciudadano en Internet.


Hoy identificamos con bastante claridad los riesgos y oportunidades que el mundo de las redes ofrece a la ciudadanía. Corresponde, sin duda, al Gobierno y al Parlamento el impulso de políticas públicas que hagan efectivos los derechos de la
ciudadanía en Internet promoviendo la igualdad de los ciudadanos y de los grupos en los que se integran para hacer posible el pleno ejercicio de los derechos fundamentales en la realidad digital.


La Vicepresidenta del Gobierno manifestó con motivo de su primera comparecencia ante la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados la voluntad de trabajar en el impulso de la garantía de los derechos de los españoles en el mundo
de Internet. Sin ningún género de dudas, las políticas vinculadas a Internet deben ser políticas de Estado, capaces de comprometer el consenso y la unanimidad de todos los Grupos Parlamentarios. Internet debe ser una apuesta compartida de progreso
y transformación que permita construir una sociedad digital segura y competitiva, pero también democrática y participativa que promueva la justicia y la igualdad de oportunidades.


La transformación digital de nuestra sociedad es ya una realidad en nuestro desarrollo presente y futuro tanto a nivel social corno económico. La suma de innovaciones que se están produciendo de manera acelerada en ámbitos como la robótica,
la inteligencia artificial, las redes 5G y la computación cuántica nos está llevando a un nuevo paradigma de convivencia social de tal envergadura que ya no podemos hablar de una Era de cambios sino de un cambio de Era. En este contexto, países
como Italia, que ya ha aprobado una Declaración de Derechos en Internet, y Francia, que en su ley de impulso digital ha reforzado los derechos digitales de la ciudadanía, están señalando inequívocamente el camino.


El despliegue de la legislación europea sobre transparencia y open data, y la entrada en vigor en mayo de 2018, del Reglamento General de Protección de Datos ponen de manifiesto el carácter fundamental que el impulso de Internet tendrá para
nuestras vidas. Pero, más allá del desarrollo de la administración



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electrónica, de la puesta a disposición de la ciudadanía de información reutilizable generadora de crecimiento económico de riqueza o del uso de las redes sociales, Internet exige una comprensión global de los retos a los que nos
enfrentamos.


Las administraciones españolas tienen mucho camino que recorrer mediante un esfuerzo concertado del Gobierno, del conjunto de las fuerzas políticas y de los agentes sociales en los ámbitos económico, cultural, asociativo y participativo.


Los constituyentes españoles ya intuyeron el enorme impacto que los avances tecnológicos provocarían en nuestra sociedad y, en particular, en el disfrute de los derechos fundamentales. Pero el artículo 18.4 de la Constitución evidencia unas
claras limitaciones para atender las necesidades contemporáneas de garantía de los derechos en la Red. Una deseable futura reforma de la Constitución debería incluir entre sus prioridades la actualización de la Constitución a la era digital y,
específicamente, elevar a rango constitucional una nueva generación de derechos digitales. Pero, en tanto no se acometa este reto, los poderes públicos deben asumir el impulso de iniciativas legislativas dirigidas a perfeccionar el sistema de
garantía de los derechos digitales de los ciudadanos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las iniciativas políticas y legislativas necesarias para satisfacer los siguientes objetivos:


1.º Garantizar los derechos fundamentales y de ciudadanía en Internet:


El Gobierno presentará un Proyecto de Ley ante el Congreso de los Diputados para garantizar:


- Derechos de Ciudadanía:


a) El derecho a la libertad de expresión, al acceso a la información y a la veracidad de las informaciones en la Red.


b) El derecho al honor y a la propia imagen en la Red.


c) El derecho a la desconexión laboral.


d) El derecho a la reutilización online de los datos generados por las administraciones públicas.


- Derechos prestacionales de acceso y uso:


e) El derecho de acceso a Internet independientemente de la condición social, económica, de género o geográfica.


f) El derecho a la neutralidad de la Red garantizado un internet abierto, equitativo, innovador y en libertad.


g) El derecho a la formación y capacitación digital.


h) El derecho a acceder online, en régimen de apertura, a los datos, innovaciones, creaciones y conocimiento generado con fondos públicos.


i) El derecho a recurso, indemnización y reparación por conductas ilícitas en la Red.


- Derechos de protección de datos personales:


j) El derecho a la privacidad y a la protección de datos personales preservando la transparencia e información en las relaciones entre proveedores de contenidos y usuarios.


k) El derecho a la identidad online y a la protección del anonimato.


I) El derecho de acceso, rectificación, oposición y cancelación de los datos personales.


m) El derecho al olvido.


n) El derecho a la seguridad y a la confidencialidad de las comunicaciones electrónicas y de los datos que circulan por la red.


o) El derecho a la portabilidad de los datos.


p) El derecho a la huella digital.


q) El derecho a la gestión del patrimonio y al testamento digital.



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2.º Acometer políticas de protección de los menores en Internet:


a) El Gobierno debe impulsar una legislación específica que garantice los derechos del menor y que contemple con detalle el impacto de Internet en los derechos de los menores (tanto desde el punto de vista de la garantía de su seguridad e
integridad como de la generación de oportunidades en los ámbitos educativos y de desarrollo personal).


b) El Gobierno deberá prestar particular atención al desarrollo de estrategias de formación tanto en la educación obligatoria (en todos sus niveles) como en los planes de estudio universitarios de las profesiones dirigidas a los menores (en
particular, en la formación de maestros y profesores de enseñanza media) así como en la implementación de planes de formación del profesorado en materias relacionadas con internet, la seguridad, y la privacidad


c) El Gobierno deberá proponer legislación específica para la protección de los menores en el sector de las comunicaciones y de la publicidad.


3.º Acometer políticas para reducir la brecha de género en Internet v para combatir en la red la violencia machista:


a) El Gobierno impulsará políticas para reducir la brecha de género en el acceso y el uso de Internet tanto en el ámbito personal como laboral garantizando que mujeres y hombres se incorporen en condiciones de igualdad a la sociedad de la
información. A tal fin, el Gobierno adoptará las iniciativas necesarias, en el ámbito educativo, que cubran todo el itinerario formativo de la infancia y, en el ámbito laboral, en colaboración con organizaciones sociales.


b) El Gobierno impulsará a través de las redes sociales iniciativas para luchar contra la violencia machista mediante campañas de concienciación, educación y detección de actitudes machistas que vulneran la ley y que puedan derivar en
violencia machista.


4.º Acometer políticas que garanticen el derecho de acceso universal y no discriminatorio a Internet:


a) El Gobierno, partiendo de la consideración de Internet como un servicio universal, debe impulsar iniciativas legislativas dirigidas a garantizar el acceso asequible y no discriminado de toda la población a la red de banda ancha; teniendo
en cuenta, en particular, la situación concreta de los entornos rurales donde el acceso es limitado.


b) El Gobierno adoptará las políticas que garanticen el acceso pleno a Internet a través de cualquier tipo de tecnología disponible. El acceso a Internet debe garantizar condiciones de igualdad para aquellas personas que cuenten con
necesidades especiales.


5.º Acometer políticas que garanticen la protección de la privacidad digital en el ámbito laboral y la desconexión de los trabajadores fuera del horario de trabajo:


El Gobierno presentará un Proyecto de Ley para reformar el régimen laboral vigente a fin de:


a) Garantizar la privacidad de los trabajadores en la utilización de medios digitales.


b) Preservar la intimidad de los trabajadores ante las tecnologías utilizadas. por los empresarios para controlar el cumplimiento de las obligaciones laborales.


c) Garantizar el derecho a la desconexión digital de los trabajadores fuera del horario laboral.


6.º Acometer políticas que impulsen la transparencia v participación tecnológica hacia una democracia digital avanzada:


El Gobierno elaborará un Plan con políticas dirigidas a garantizar los derechos de la ciudadanía en Internet y a ampliar las políticas de transparencia y reutilización de la información pública para facilitar un Gobierno abierto sustentado
en la rendición de cuentas sobre las políticas públicas y la participación democrática de la ciudadanía en la gestión de las políticas públicas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de marzo de 2017.-Artemi Rallo Lombarte, Óscar Galeano Gracia, Gregorio Cámara Villar y Patricia Blanquer Alcaraz, Diputados.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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162/000385


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la prohibición de campañas publicitarias con
lemas 'sin IVA', para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Cuando las personas consumidoras adquirimos cualquier bien o somos receptoras de la prestación de un servicio, debemos pagar a la parte vendedora o prestadora de dicho servicio un importe que incluye. el Impuesto sobre el Valor Añadido
(IVA). Posteriormente, es esta parte -vendedora o prestadora de servicios- y no las personas consumidoras finales, quien, por regla general, debe ingresar en Hacienda las cuotas correspondientes del IVA que está obligada a repercutir a su
clientela.


El Impuesto constituye una de las principales fuentes de financiación del sector público, y por lo tanto, un recurso fundamental para la provisión de bienes y servicios públicos por parte de las Instituciones.


En este contexto, observamos con preocupación algunos tipos de estrategia comercial que se vienen consolidando, principalmente entre las grandes superficies, y que creemos favorecen una percepción distorsionada sobre el pago del IVA. Nos
referimos a las campañas publicitarias con lemas tales como 'Día sin IVA', 'Ahórrate el IVA', 'Te descontamos el IVA', 'Semana sin IVA', etc. Las instituciones públicas deben incentivar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de
la ciudadanía, impulsando medidas tendentes a concienciar a la opinión pública de la importancia de contribuir y de pagar los impuestos, evitando actuaciones fraudulentas; prácticas publicitarias como las mencionadas no resultan un buen ejemplo
para ello.


Ha de quedar claro, sin ningún género de duda, que, siendo el IVA un impuesto que grava el consumo, cada compra que las personas consumidoras realicen en los establecimientos que llevan a cabo este tipo de campañas publicitarias está sujeta
al IVA, digan lo que digan las mencionadas campañas publicitarias. Las ofertas promocionales podrán, en su caso, contar con un descuento en el precio del producto, pero nunca será admisible que la compra en cuestión se exima de la obligación de
pagar el IVA por el hecho de que la parte vendedora decida ofertar sus productos a un precio más bajo. Por lo tanto, además del efecto pernicioso respecto a la concienciación ciudadana al que nos hemos referido, es evidente que los eslóganes de las
campañas no resultan veraces, porque en ningún caso las empresas que los promueven evitan a su clientela soportar el IVA que ellas deben ingresar.


Dichas campañas hacen un flaco favor a un funcionamiento transparente de la economía, fomentan valores que poco tienen que ver con la solidaridad y la honradez, no aportan nada a la construcción de un potente sistema de protección social y
no contribuyen al desarrollo de una sociedad más justa y más solidaria. Se debe de controlar los perjuicios que este tipo de campañas publicitarias pueden crear en la economía familiar y la conciencia fiscal de los ciudadanos, y perseguir las
prácticas de publicidad engañosa que llevan a cabo.


Por todo ello, proponemos la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado español a revisar y en su caso modificar las Leyes 34/1998, de 11 de noviembre, General de Publicidad y 29/2009, de 30 de diciembre, por el que se modifica el régimen general de la
competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios para la prohibición de las campañas publicitarias con lemas que anuncien cualquier tipo de campaña 'sin IVA'.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de marzo de 2017.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).



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162/000386


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, de conformidad con el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no Ley, para su debate en Pleno, relativa a garantizar
un nivel de renta que ponga a toda la población por encima del umbral de la pobreza monetaria.


Exposición de motivos


Desde el inicio de la crisis, las situaciones de emergencia social y pobreza se han multiplicado en España. Los principales indicadores así lo muestran:


- La tasa de pobreza monetaria ha pasado del 19,7% en 2008 al 22,1% en 2015, es decir, más de diez millones de personas viven bajo el umbral de la pobreza.


- La tasa AROPE, que mide el riesgo de pobreza y exclusión social, ha pasado del 24,5% en 2008 al 28,6% en 2015, es decir más de trece millones de personas se encuentran en riesgo de pobreza o exclusión.


- Más preocupante incluso es la casi duplicación de la tasa de carencia material, esto es personas que tienen carencia en alguna categoría relevante para la vida-del 3,5% en 2007 al 6,4% en 2015 (es decir, que casi tres millones de personas
viven en condiciones de pobreza severa).


- Más de 630.000 hogares no perciben ningún tipo de ingreso y más de dos millones de parados no reciben prestaciones por desempleo (según datos de la EPA).


- La tasa de parados de larga duración se ha incrementado en más de 600% desde el inicio de la crisis.


Esta situación de elevadas y crecientes tasas de pobreza y privación material en millones de familias españoles tiene consecuencias socialmente indeseables en numerosos sentidos: creciente dependencia de la ayuda familiar, de ONGs o de
bancos de alimentos para sobrevivir y hacer frente a los gastos más elementales; pérdida de los ahorros familiares; imposibilidad de hacer frente a las deudas; inseguridad alimentaria y desnutrición infantil; desatención de necesidades
sanitarias por falta de recursos para sufragar los tratamientos; desahucios; abandono prematuro de estudios; necesidad de volver al hogar de los padres para muchos jóvenes desempleados; emigración forzada por las circunstancias económicas, etc.


Es cierto que el incremento del desempleo es una de las fuentes principales por la que se ha expandido el riesgo de pobreza, de forma que -según el indicador AROPE- el 70% de los parados y el 58% de paradas están en riesgo de pobreza. Sin
embargo el empleo tampoco es una garantía ya para evitar la pobreza o para alcanzar un nivel de bienestar suficiente. Según Eurostat 13.2% de ocupados están en riesgo de pobreza, teniendo además España la 2.ª tasa -después de Rumanía- de
trabajadores pobres jóvenes (18-24) más alta.


Todo esto ha generado un incremento de las desigualdades sin precedentes en España. El índice de Gini, que mide la desigualdad en la distribución de la renta, ha pasado del 0,329 en 2009 al 0,346 en 2015, según datos del INE. Los datos de
la OCDE además, nos permiten comparar el índice de Gini antes y después de impuestos y prestaciones. Se observa que, antes de impuestos, este índice pasa de 2007 del 0,40 al 0,48 en 2013, y después de impuestos y prestaciones, pasa de 0,34 en 2007
a 0,39 en 2013 (últimos datos disponibles).


Si a esto añadimos el incremento de la precariedad en el mercado de trabajo, y la caída salarial en los deciles más bajos, podemos afirmar que la crisis ha golpeado de forma más acusada a las capas más desfavorecidas de la población. A esta
situación se añade la debilidad redistributiva de nuestro sistema fiscal y de protección social. Nuestro sistema redistribuye poco y mal: en España el 20% más pobre de la población obtiene un volumen de recursos en términos de prestaciones
monetarias muy inferior al que obtiene el 20% más rico. Ello sitúa a nuestro país como uno de los menos redistributivos y con menor esfuerzo protector hacia los pobres en la OCDE.


Es necesario reconocer que el sistema de garantía de rentas mínimas es incoherente y está muy fragmentado como para poder realizar la tarea que tiene encomendado, a lo que contribuye las diversas administraciones y programas, con diferentes
criterios en cuanto a intensidad de la protección y/o requisitos



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de acceso. Si bien es en las administraciones autonómicas y locales donde recae la responsabilidad de gestión, su estructural infrafinanciación les impide atenderla de manera adecuada.


Es por ello que se necesita un plan integral de lucha contra la pobreza y la desigualdad, que coordine los esfuerzos de la administración central, CCAA y Ayuntamientos. Dicho plan se inscribe dentro de las líneas generales marcadas por las
instituciones europeas y por diversos organismos e instituciones internacionales dedicados a la lucha contra la pobreza. Desde la recomendación de la Comisión Europea del 3 de octubre de 2008, que reconoce el 'apoyo adecuado a la renta' como uno de
los pilares de la inclusión social, pasando por la Estrategia Europa 2020, que estableció la Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social, se han aprobado numerosas resoluciones y documentos que instan a los estados miembros de la UE,
y a la Comisión, a impulsar la aprobación de planes integrales de garantía de rentas. En concreto, la resolución del Parlamento Europeo del 20 de octubre de 2010, insta a los Estados miembros a aprobar programas de garantía de rentas para toda la
población en situación de pobreza. El Comité de las Regiones, la Confederación Europea de Sindicatos, o la Red Europea de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social (EAPN, por sus siglas en inglés), han hecho recomendaciones similares. El
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo del 10 de diciembre de 2013, recoge asimismo dicha necesidad como una prioridad de la política pública. La Comisión Europea ha financiado el proyecto EMIN (European Mínimum lncome), para emitir
informes nacionales sobre la conveniencia y viabilidad de implantar dichos programas de garantía de rentas. El presente plan recoge y desarrolla dichas recomendaciones.


Los tres objetivos del Plan de Garantía de Rentas son:


- Primero, caminar hacia la pobreza cero en España. El objetivo es la universalización de la cobertura de rentas para la población que cae por debajo del umbral de la pobreza, priorizando a la población infantil y en situación de emergencia
social. Ello incluye, además de una garantía básica de renta, atender a las situaciones de urgencia social en términos de vivienda, suministro energético, instalaciones y equipamientos suficientes para unas condiciones de vida dignas.


- Mejorar la predistribución y la redistribución de la renta por parte del sector público. Es necesario tomar medidas de política pública para que el sistema fiscal y de protección social tenga un mayor efecto redistributivo a favor de los
más desfavorecidos. Al mismo tiempo, la carga de combatir la pobreza y la desigualdad no puede recaer sólo sobre los poderes públicos: la política de garantía de rentas debe complementarse con otras políticas sectoriales que aseguren que los
mercados (y en particular el mercado de trabajo) estén regulados para favorecer ya de inicio una mayor igualdad y suficiencia de rentas.


- Erradicar la pobreza infantil: una prioridad fundamental del plan debe ser apoyar a los hogares en situación de pobreza en los que vivan menores de edad. Según la Encuesta de Condiciones de Vida, más de tres millones de niños viven en
hogares por debajo del umbral de la pobreza en España. La inversión en prestaciones a la infancia y en menores a cargo ha sido tradicionalmente insuficiente en nuestro país, tanto en comparación con la habitual en otros países de la UE, como en
relación al gasto en otro tipo de prestaciones a otros colectivos. Combatir la pobreza infantil es una cuestión de derechos y un imperativo de justicia social, pero también una inversión de futuro: los niños y las niñas que han crecido en hogares
pobres serán adultos con muchas menores probabilidades de salir de la pobreza y tener trayectorias sociales y laborales estables y productivas. Y la mejor manera de combatir la pobreza de los niños y niñas es combatir la pobreza de sus padres y
madres.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a iniciar un proceso con todas las Comunidades Autónomas, así como los colectivos de la sociedad civil, para poner en marcha un Plan de Garantía de Rentas a toda la población con las siguientes
características:


1. Un Plan de Garantía de Rentas que asegure que toda la población pasa a tener un nivel de ingresos por encima del umbral de la pobreza monetaria y cuya duración sea igual a la situación de necesidad, sin cortes en la prestación. Dicho
programa, que se implementaría paulatinamente (por fases), sería un programa de renta diferencial (complementaria de los ingresos existentes).



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2. Adoptar medidas complementarias de urgencia social. En concreto, son necesarias ayudas complementarias para atender los siguientes tipos de situaciones: emergencias sociales, por ejemplo situaciones de desahucio; gastos de acceso y
mantenimiento en la vivienda, tanto los relacionados con alquileres e hipotecas como los requeridos para hacer frente a la pobreza energética; gastos necesarios para mantener una vivienda en mínimas condiciones de dignidad; otras modalidades
especiales de gasto entre colectivos en situación de riesgo de pobreza.


3. Agilizar la tramitación de las solicitudes de forma no invasiva, ni estigmatizante.


4. Asegurar que la cuantía básica de la Renta Garantizada sea superior al umbral de la pobreza monetaria (definido a partir de la ECV/EU-SILC), con el objetivo de igualarlo al Salario Mínimo Interprofesional y de que se indexe anualmente de
acuerdo con el mismo.


5. Elaborar un sistema de prioridades para que, mientras el plan se articula en su totalidad, que integre, en primer lugar, a las los desempleados y desempleadas sin ingresos de ninguna clase y la presencia de menores en el hogar.


6. Iniciar un programa de Evaluación de Políticas Públicas con la Agencia de Evaluación de las Políticas Públicas que evalúe ex-ante, in itinerario y ex-post, el impacto del plan en la reducción de la pobreza y las situaciones de emergencia
social, su aplicación y adecuación a sus objetivos y sugerir mejoras en su diseño e implementación, entre otras. La Agencia velará asimismo por la gestión eficaz de los fondos públicos en la lucha contra la pobreza recabando toda la información
sobre el funcionamiento del programa, que pondrá a disposición del Parlamento.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de marzo de 2017.-Alberto Montero Soler, Segundo González García e Isabel Franco Carmona, Diputados.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz Adjunta del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de
Ley sobre el reconocimiento de la sordoceguera y sus necesidades específicas, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La sordoceguera es una discapacidad que se caracteriza por la combinación de dos deficiencias sensoriales, deficiencia visual y deficiencia auditiva, que produce problemas de comunicación y necesidades únicas en las personas que la padecen.
Según la Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas, las personas sordociegas son definidas como: 'Aquellas personas con un deterioro combinado de la vista y el oído que dificulta su acceso a la
información, a la comunicación y a la movilidad. Esta discapacidad afecta gravemente las habilidades diarias necesarias para una vida mínimamente autónoma, requiere servicios especializados, personal específicamente formado para su atención y
métodos especiales de comunicación'.


La sordoceguera no es un término absoluto. Existen personas que poseen diferentes niveles de discapacidad auditiva y visual, que conjuntamente, producen una variabilidad de necesidades muy dispares en todas las actividades básicas de su
vida diaria. De esta combinación de factores, podemos encontrar:


- Las personas con sordoceguera congénita son aquellas que nacen sordociegas o adquieren la sordoceguera en edad muy temprana.


- Las personas con sordoceguera adquirida a su vez se pueden subdividir en tres grupos:


• Personas sordociegas con deficiencia auditiva congénita y una pérdida de visión adquirida durante el transcurso de la vida.


• Personas sordociegas con una deficiencia visual congénita y una pérdida de audición adquirida durante el transcurso de la vida.



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• Personas nacidas sin deficiencias visuales ni auditivas y que sufren una pérdida de audición y de visión durante el transcurso de la vida.


Pese a esta variabilidad, el efecto de incomunicación y desconexión que produce la conjunción de estas deficiencias, en todos sus espectros, supone una grave dificultad para acceder a la información, a la educación, al mercado laboral, e
incluso desarrollar una vida social plena.


En base a todas estas dificultades a las que las personas sordociegas deben hacer frente, en el año 1999, se celebró la XII Conferencia Mundial sobre Sordoceguera de la Dbl. En esta conferencia se hizo un llamamiento a los Gobiernos
nacionales de todo el mundo, para que al considerar la definición de las discapacidades y las descripciones de sus distintas categorías, reconozcan la sordoceguera de forma específica.


En nuestro país, sin embargo, las personas con sordoceguera no poseen el apoyo institucional adecuado para garantizar que puedan desarrollar sin complicaciones actividades básicas de su vida diaria.


Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover y garantizar, con el resto de Administraciones Públicas, los derechos de las personas con sordoceguera en nuestro país, así como el desarrollo de políticas y la instauración de los medios necesarios para que estos consigan su
plena equiparación y participación social.


2. Llevar a cabo las modificaciones legales oportunas a fin de reconocer la sordoceguera como una discapacidad, y que puedan poseer las ayudas precisas reconocidas al respecto por la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a
las personas en situación de dependencia, además de contar con la asistencia personal que precisen.


3. Llevar a cabo un estudio, en colaboración con las asociaciones de sordociegos, sobre las necesidades generales de los sordociegos.


4. Ofrecer asesoramiento y orientación a las personas sordociegas, a sus familiares y a profesionales de la Administración, tanto a nivel local, autonómico y nacional, en la búsqueda de soluciones a sus problemas y en el aprovechamiento de
los servicios y recursos existentes.


5. Colaborar, con las Comunidades Autónomas, a la creación de programas educativos, de rehabilitación general y cualquier otro tipo de programa para facilitar el acceso de los sordociegos a la educación, sanidad y mercado laboral.


6. Facilitar el acceso a la información y a la cultura de las personas sordociegas, adaptando las páginas web de la Administración General del Estado y órganos dependientes a sus capacidades comunicativas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de marzo de 2017.-Francisco Igea Arisqueta, Diputado.-Melisa Rodríguez Hernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


162/000388


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para instar al Gobierno a mejorar los
procedimientos de concesión de nacionalidad española por residencia, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Si algo caracteriza a la tradición histórica en nuestro país, es la de haberse forjado en torno a un crisol de culturas extendido a lo largo de los siglos. Tradición que no ha hecho sino infundir valores de solidaridad y acogimiento que se
siguen extendiendo hasta nuestros días, y que informan procedimientos de enorme



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relevancia como los de concesión de la nacionalidad española. El hecho de que desde 2011, hasta la actualidad las peticiones se eleven a más de 800.000, da prueba de que nuestro país es concebido como un destino de oportunidades y en el que
la tutela de los derechos fundamentales del individuo está garantizada. Son numerosas las virtudes de un sistema como el nuestro, cuyo buen funcionamiento ha permitido que más de una quinta parte de las concesiones de nacionalidad que se dan en el
conjunto de la Unión Europea, sean españolas. Si bien, siempre resulta positivo buscar margen de mejora y más si se trata de áreas en las que los derechos más básicos del ciudadano resultan afectados.


Según datos del Ministerio de Justicia, en la actualidad son en torno a trescientos mil los expedientes de nacionalidad a la espera de resolución. A pesar de que aún quedan pendientes solicitudes de 2014, estas cifras han venido
descendiendo a un ritmo destacable en los últimos años, lo que ha permitido reducir el cuello de botella existente. No obstante, la mayoría de peticiones (casi el 85%), corresponden a solicitudes presentadas desde el 2015 a la actualidad, es decir,
unas 250.000. De ello se hizo eco el Defensor del Pueblo que en algunos de sus informes ha venido manifestando la excesiva demora tanto en la tramitación como en la resolución de los expedientes, con la problemática que ello pudiera conllevar. Si
bien, dicha demora podría ser fácilmente justificable por el incremento de solicitudes en un lapso de tiempo tan reducido.


Por otro lado, el carácter garantista del sistema, junto con lo antes expuesto, ha llevado a que recientemente se hayan detectado algunas anomalías en relación a la concesión de la nacionalidad. Se trataría de situaciones en las que,
habiendo solicitado el reconocimiento de la nacionalidad, y durante el transcurso del procedimiento de sus expedientes, el solicitante ha cometido algún tipo de delito. Situaciones, estas, que no han podido ser detectadas de manera previa a la
resolución de concesión. Este tipo de coyuntura es ciertamente residual, en relación con el volumen de expedientes concedidos, (inferior al 0,07% en cómputo anual), si bien, ello no obsta a que se impulsen los medios necesarios para garantizar su
eliminación.


En particular, una de las medidas sería la de mejorar los métodos de verificación y actualización de la existencia de antecedentes delictivos en el momento más próximo posible al de la fecha de resolución de la concesión. Para ello, la
mejora de los programas y aplicaciones informáticas utilizadas para la tramitación de expedientes sería de gran utilidad.


Se hace necesario, por tanto, adoptar medidas para facilitar una tramitación más ágil de los expedientes, generalizando la tramitación telemática de las solicitudes y mejorando las aplicaciones informáticas disponibles.


Por otra parte, sería adecuado continuar impulsando los convenios de colaboración, como los ya existentes entre el Ministerio de Justicia y algunos colegios profesionales, como el de Gestores Administrativos o el de Procuradores, y que se
dirijan a otros colegios o agrupaciones de profesionales del ámbito social, como las Entidades del Tercer Sector. Tanto la información previa como la revisión de documentación y solicitudes por parte de éstas, suponen una agilización en la
tramitación de las instancias.


Son numerosas las variables que configuran el sistema de adquisición de la nacionalidad española, vigente en nuestro Código Civil. Aspectos tales como los plazos de residencia necesarios, los requisitos para conservar y/o recuperar la
nacionalidad española, las distintas formas de acceso a la misma, el tratamiento de los menores, la eventual regulación de las condiciones para adquirir la nacionalidad española por carta de naturaleza, las competencias para la calificación de los
expedientes, etc.


Creemos que se podría iniciar una reflexión serena, sin ningún planteamiento previo, a partir del conocimiento de otros sistemas y en perspectiva comparada. En dicha reflexión deberá buscarse el máximo consenso posible con todos los Grupos
Parlamentarios.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España, a mejorar el procedimiento de adquisición de la nacionalidad española por residencia, a través de las siguientes medidas:


1. Reforzando los mecanismos internos de control, que aseguren que las personas que no cumplan todos los requisitos no obtendrán la concesión de nacionalidad. En particular, aquellas que no acrediten buena conducta cívica por tener
antecedentes penales hasta la resolución del procedimiento.


2. Agilizando la tramitación mediante un refuerzo en el uso de las herramientas electrónicas disponibles.



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3. Fomentando la colaboración generalizada del Ministerio de Justicia con organizaciones sociales como colegios profesionales y otras organizaciones sociales, que lleven a cabo medias de agilización tales como el apoyo a la presentación
ordenada de solicitudes.


4. Poniendo en marcha los análisis necesarios que permitan al Gobierno estudiar la posibilidad de equiparación de los procedimientos de adquisición de la nacionalidad española respecto de otros sistemas de nuestro entorno, en relación a las
variables anteriormente expuestas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de marzo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/000389


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don José Manuel Villegas Pérez, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de
Ley sobre el desarrollo de las equivalencias entre los títulos de las Enseñanzas de Idiomas y el resto de los títulos de las enseñanzas del sistema educativo, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regulaba en sus artículos 59, 60, 61 y 62, las enseñanzas de idiomas de régimen especial y establecía que estas enseñanzas se organizarían en tres niveles: Básico, intermedio y avanzado.
En consonancia con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley, el Gobierno debía fijar los aspectos básicos del currículo que constituían las respectivas enseñanzas mínimas, con el fin de asegurar una formación común y garantizar la validez de los
certificados correspondientes. De acuerdo con lo previsto en el artículo 61.1, en la definición de los aspectos básicos del currículo de las distintas lenguas, debían determinarse los efectos de los certificados acreditativos de la superación de
las exigencias académicas correspondientes a los diferentes niveles.


Estos efectos fueron fijados por Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, que establece en el artículo. 3.6 que: 'El título de bachiller habilitará para acceder directamente a los estudios del idioma de nivel intermedio de la primera
lengua extranjera cursada en el bachillerato'. Y en el artículo 4.1 que: 'Para obtener los certificados de los niveles intermedio y avanzado será necesaria la superación de unas pruebas terminales especificas de certificación'. En su disposición
final segunda el citado real decreto establece que 'El Ministro de Educación y Ciencia, en el ámbito de sus competencias, podrá dictar cuantas disposiciones sean precisas para la ejecución y desarrollo de lo establecido en este real decreto'.


Este real decreto ha quedado desfasado respecto a la realidad educativa y a las demandas sociales, pues solo contempla el reconocimiento del aprendizaje de un idioma extranjero en la enseñanza reglada (en este caso el Bachillerato) en los
niveles básicos del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.


Con la entrada en vigor de la LOMCE establecía en el punto cuarenta y ocho 'que el apartado 1 del artículo 62 de la LOE queda redactado de la siguiente manera:


1. El Gobierno determinará, previa consulta a las Comunidades Autónomas, las equivalencias entre los títulos de las Enseñanzas de Idiomas y el resto de los títulos de las enseñanzas del sistema educativo.'


Sin embargo, a pesar del tiempo transcurrido hasta ahora no ha habido un desarrollo ulterior que actualizara o sustituyera el ya mencionado Real Decreto 1629/2006, y lo adaptara a la norma superior vigente.


A la vista de todo lo anteriormente expuesto, desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Desarrollar, mediante los mecanismos legislativos pertinentes, las equivalencias entre los títulos de las Enseñanzas de Idiomas y el resto de los títulos de las enseñanzas del sistema educativo.



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2. Garantizar con este desarrollo normativo la igualdad de oportunidades de todos los ciudadanos y la homologación de títulos en todo el estado al igual que se efectúa con los títulos de Graduado de la ESO, de Bachiller y las titulaciones
de la Formación Profesional. De esta forma se evitaría que la expedición de certificados en lenguas extranjeras por algunas administraciones educativas vulnere principios de equidad, pudiéndose originar el no reconociendo de titulaciones de unas
comunidades respecto a otras y la utilización de los idiomas extranjeros en políticas de inmersión lingüística.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Marta Martín Llaguno, Diputada.-José Manuel Villegas Pérez, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


162/000390


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre las medidas para reducir la deuda tributaria pendiente de cobro,
los plazos de resolución de los Tribunales Económicos Administrativos y sus correspondientes intereses de demora, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La morosidad, tanto la pública como la privada, son una lacra para cualquier economía, donde las consecuencias negativas de esta al final la pagan los ciudadanos, bien en recortes de gasto social, bien en incremento de la presión fiscal
aquellos contribuyentes cumplidores.


Según los últimos datos disponibles de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (en adelante AEAT), en 2015, el saldo pendiente de cobro a 31 de diciembre es de 49.272 millones de euros. Esto supone 4,5 puntos de PIB, por lo que a
pesar de que han mejorado levemente desde 2014, seguimos teniendo altas tasas de morosidad en la recaudación tributaria, en torno al doble que antes de la crisis que se inició en 2007.


[**********página con cuadro**********]


Fuente: Agencia Tributaria.


Según declaraciones del Director de la Agencia Tributaria a los medios de comunicación el pasado 7 de marzo, en lo que se refiere a la deuda pendiente de cobro a 31 de diciembre de 2016, la cuantía se situó en 45.849 millones de euros, dato
aún muy elevado y sobre el que se evidencia además rigidez dado que sobre el 88% de la deuda pendiente el organismo 'no puede hacer ninguna actuación', ya que éstas pueden estar suspendidas por una reclamación o pueden corresponder, por ejemplo, a
sociedades en



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concurso de acreedores, y además, empeora en un 5% los resultados obtenidos por la AEAT en 2016 (14.883 M.€) en el ejercicio de sus funciones de prevención y lucha contra el fraude, respecto del año 2015 (15.664 M.€).


La merma de recursos tributarios por la falta de recursos humanos y materiales (recordemos que desde 2011 se han perdido cerca de 3.000 funcionarios en la AEAT), junto a la reducción de recaudación en Impuestos directos como el de
Sociedades, así como la brecha de recaudación con países europeos de nuestro entorno, hacen más que nunca imprescindible acometer reformas legislativas en aras de mejorar la recaudación fundamentalmente en periodo ejecutivo, por lo que debemos
fijarnos en varios aspectos que incidan en dicha lucha contra la morosidad, a saber:


A) Según establece el artículo 95.bis de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, añadido por el Artículo único 18 de la Ley 34/2015, de 21 de septiembre, sobre la publicidad de situaciones de incumplimiento relevante de las
obligaciones tributarias.


'... 1. La Administración Tributaria acordará la publicación periódica de listados comprensivos de deudores a la Hacienda Pública por deudas o sanciones tributarias cuando concurran las siguientes circunstancias:


a) Que el importe total de las deudas y sanciones tributarias pendientes de ingreso supere el importe de 1.000.000 de euros.


b) Que dichas deudas o sanciones tributarias no hubiesen sido pagadas transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario.


A efectos de lo dispuesto en este artículo no se incluirán aquellas deudas y sanciones tributarias que se encuentren aplazadas o suspendidas.


2. En dichos listados se incluirá la siguiente información:


a) La identificación de los deudores conforme al siguiente detalle:


- Personas Físicas: nombre apellidos y NIF.


- Personas Jurídicas y entidades del artículo 35.4 de esta ley: razón o denominación social completa y NIF.


b) El importe conjunto de las deudas y sanciones pendientes de pago tenidas en cuenta a efectos de la publicación....'


Por su lado, el artículo 41 de esta misma Ley General Tributaria establece que:


... '1. La ley podrá configurar como responsables solidarios o subsidiarios de la deuda tributaria, junto a los deudores principales, a otras personas o entidades. A estos efectos, se considerarán deudores principales los obligados
tributarios del apartado 2 del artículo 35 de esta ley...'


Por lo tanto, y a pesar de que la investigación de las conductas fraudulentas tendentes a evitar el pago, la detección de posibles responsables con los que realizar y/o continuar el cobro de las deudas, el descubrimiento de terceras personas
interpuestas, etc., son actuaciones de cobro que se desarrollan con carácter habitual, tanto respecto de los deudores que aparecen en el listado como de cualquier, con los datos que se cuentan, no ha producido un gran efecto beneficioso en la
recaudación en esta lista de morosos.


La publicación de una lista de morosos con sólo el nombre de la persona jurídica, en muchos casos meras pantallas para esconder a individuos dolosos, poco dice a la opinión pública y diluye el efecto disuasorio de esta lista de morosos ante
una situación alarmante de fraude fiscal en España, con cifras en torno a 80.000 millones de euros.


La publicación del nombre de los administradores, con nombres y apellidos, de las sociedades que deban más de un millón de euros haría más eficaz el efecto disuasorio de la medida contemplada en la reforma de la Ley General Tributaria y, con
una deuda tributaria pendiente de cobro cerca de 50.000 millones, parece una medida justificada y proporcionada, incluso de acuerdo con la última actualización del plan presupuestario del Gobierno, remitido a Bruselas en diciembre de 2016, esta
medida podría aumentar la recaudación fiscal en 150 millones de euros.



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B) En segundo lugar, el artículo 43.2 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003) establece que:


'Serán responsables subsidiarios de las deudas tributarias derivadas de tributos que deban repercutirse o de cantidades que deban retenerse a trabajadores, profesionales u otros empresarios, los administradores de hecho o de derecho de las
personas jurídicas obligadas a efectuar la declaración e ingreso de tales deudas cuando, existiendo continuidad en el ejercicio de la actividad, la presentación de autoliquidaciones sin ingreso por tales conceptos tributarios sea reiterativa y pueda
acreditarse que dicha presentación no obedece a una intención real de cumplir la obligación tributaria objeto de autoliquidación.


Se entenderá que existe reiteración en la presentación de autoliquidaciones cuando en un mismo año natural, de forma sucesiva o discontinua, se hayan presentado sin ingreso la mitad o más de las que corresponderían, con independencia de que
se hubiese presentado solicitud de aplazamiento o fraccionamiento y de que la presentación haya sido realizada en plazo o de forma extemporánea


A estos efectos no se computarán aquellas autoliquidaciones en las que, habiendo existido solicitud de aplazamiento o fraccionamiento, se hubiese dictado resolución de concesión, salvo incumplimiento posterior de los mismos y con
independencia del momento de dicho incumplimiento, no computándose, en ningún caso, aquellos que hubiesen sido concedidos con garantía debidamente formalizada.


Se considerará, a efectos de esta responsabilidad, que la presentación de las autoliquidaciones se ha realizado sin ingreso cuando, aun existiendo ingresos parciales en relación con todas o algunas de las autoliquidaciones presentadas, el
importe total resultante de tales ingresos durante el año natural señalado en el segundo párrafo no supere el 25 por ciento del sumatorio de las cuotas a ingresar autoliquidadas.


Se presumirá que no existe intención real de cumplimiento de las obligaciones mencionadas en el párrafo primero, cuando se hubiesen satisfecho créditos de titularidad de terceros de vencimiento posterior a la fecha en que las obligaciones
tributarias a las que se extiende la responsabilidad establecida en esta disposición se devengaron o resultaron exigibles y no preferentes a los créditos tributarios derivados de estas últimas.'


Por otro lado, el artículo 41.5 de esta misma Ley General Tributaria (LGT) establece:


...'5. Salvo que una norma con rango de ley disponga otra cosa, la derivación de la acción administrativa para exigir el pago de la deuda tributaria a los responsables requerirá un acto administrativo en el que, previa audiencia al
interesado, se declare la responsabilidad y se determine su alcance y extensión, de conformidad con lo previsto en los artículos 174 a 176 de esta ley. Con anterioridad a esta declaración, la Administración competente podrá adoptar medidas
cautelares del artículo 81 de esta ley y realizar actuaciones de investigación con las facultades previstas en los artículos 142 y 162 de esta ley.


La derivación de la acción administrativa a los responsables subsidiarios requerirá la previa declaración de fallido del deudor principal y de los responsables solidarios.'


Por lo tanto, en el supuesto de responsabilidad subsidiaria que contempla dicho artículo 43.2 de la LGT, los órganos de recaudación de la AEAT se encuentran supeditados a la previa declaración de fallido del deudor principal y de los
responsables solidarios, lo que puede producir un alargamiento en el tiempo de los procedimientos de apremio y embargo.


Hay responsables subsidiarios, administradores de hecho o de derecho, que utilizan esta figura para evitar sus obligaciones tributarias, dilatando en el tiempo las medidas coercitivas de la Administración para el cobro de las deudas y,
llegado el caso, tener la posibilidad de vaciamiento patrimonial para eludir el pago de forma intencionada, por lo que se precisa un cambio de calificación a estas conductas.


C) Por último, en tercer lugar, cabe también atribuir parte del aumento de la deuda pendiente al aumento de la litigiosidad en los procedimientos de gestión tributaria, así como de comprobación e investigación (inspección). Las
reclamaciones y recursos por discrepancias tributarias que presentan los contribuyentes ante los tribunales competentes se han multiplicado desde el comienzo de la crisis, según la Memoria del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC). La
entrada de reclamaciones pasó de unas 122.000 en 2007 a más de 223.000 cinco años más tarde, en 2012. El último dato disponible de 2015, es de 204.698 entradas de asuntos en los Tribunales Económico Administrativos (TEA) por 195.749 asuntos
resueltos. Como lleva ocurriendo desde 2009, todos los años entran más reclamaciones de las que se resuelven. El mayor número de entradas de asuntos que de resoluciones ha provocado una acumulación de casos pendientes desde 2009 y de la deuda
pendiente de liquidación.



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Diversas fuentes estiman en torno a 7.000 millones la deuda pendiente de resolución de los Tribunales Económico Administrativos. Si los TEA estiman en torno a un 40% de los recursos a favor del contribuyente, esto supondrá que habrá que
devolver unos 2.800 millones de euros del principal más intereses de demora, actualmente del 3,75% más el interés legal del dinero del 3% sobre los avales que pudieran haberse prestado. Suponiendo que el retraso en resolver sea de entre uno y dos
años de media, nos enfrentamos a un recargo sobre la administración de más de 180 millones de euros. Por otra parte, transcurrido el año para resolver, se dejan de devengar los intereses de demora a favor de la Administración. Esto es relevante si
la reclamación se desestima total o parcialmente.


Reducir la deuda pendiente de liquidación ante los TEA podría ahorrar importantes costes a los ciudadanos, las empresas y a la misma Administración. Una manera lógica de reducir la deuda tributaria pendiente de cobro es reforzar los medios
personales y materiales de los organismos involucrados, es decir, tanto en la AEAT como en los Tribunales Económicos Administrativos (TEA).


En el caso de los TEA, a pesar del aumento tan espectacular de carga, en los últimos cinco años el personal encargado de la resolución de, ponentes y personal de apoyo, se redujo un 13% de 777 a 677, cuando el periodo medio de resolución
está en torno a los tres años y medio y la prescripción acecha la nulidad de dichas liquidaciones (recordemos que son cuatro años).


Teniendo presente todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Modificar de manera urgente la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en su artículo 95.bis, incorporando la figura del administrador de hecho o de derecho de las personas jurídicas que sean susceptibles de cumplir dichos
requisitos.


2. Modificar de manera urgente la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, eliminando el contenido del artículo 43.2 como responsable subsidiario e incorporarlo en el artículo 42 como responsable solidario.


3. Aprobar un Estatuto de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria para reforzar su independencia y profesionalidad e incrementar sus recursos hasta equipararlos a los de los países de nuestro entorno, en especial para su refuerzo
en la lucha contra el fraude fiscal, la morosidad y recaudación tributaria.


4. Reforzar los medios personales y materiales de los Tribunales Económico Administrativos hasta resolver todos los asuntos acumulados pendientes y en consonancia con la carga de trabajo extraordinaria, originada en los años de crisis
económica, ajustando los plazos de resolución a los establecidos legalmente.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Vicente Ten Oliver y Francisco de la Torre Díaz, Diputados.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esta Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley para la
protección socio-laboral de los donantes vivos de un órgano, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El trasplante de órganos entre personas vivas es una técnica ya asentada en el sistema de transplantes español desde hace unos años. Se trata de personas vivas que ceden en la mayor parte de los casos uno de sus riñones o una parte de su
hígado de manera altruista. Existen también casos de donación de partes de otros órganos, pero son mucho menos frecuentes. En el futuro es previsible que se pueda extender el trasplante entre vivos a otros órganos (es el caso del útero). Los
donantes entre vivos suelen producirse



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entre familiares o allegados al receptor, existiendo también dos figuras altruistas. La primera es el conocido como cruzado, por el que una persona dona un órgano a un desconocido, a cambio de que un familiar o un amigo del receptor haga lo
mismo con alguien relacionado con el primer donante; y la donación del 'buen samaritano' por la que un voluntario ofrece alguno de sus órganos en vida, no a un familiar o conocido, sino al paciente de la lista de espera al que más pueda beneficiar
o a un trasplante cruzado. Los resultados del trasplante de órganos entre vivos son siempre mejores que los procedentes de fallecidos por la calidad del órgano trasplantado, además de contribuir de manera eficaz a la siempre escasa disposición de
órganos de fallecidos, por más que España disponga del mejor sistema de donación de órganos de fallecidos del mundo.


Según la normativa aplicable (Ley 30/79, sobre extracción y trasplante de órganos y Real Decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención, utilización clínica y coordinación territorial de los órganos
humanos destinados al trasplante y se establecen requisitos de calidad y seguridad) la donación en vida es un procedimiento gratuito que requiere: la mayoría de edad, plenas facultades y buena salud del donante; su consentimiento debidamente
informado, de forma expresa, libre, consciente y desinteresada, ratificado por escrito ante el Juez, presentes los médicos que intervienen en el proceso; informe preceptivo del Comité de Ética; compatibilidad de la extracción con la vida y la
posibilidad de la compensación funcional; que el destino del órgano sea una persona determinada con el propósito de mejorar sustancialmente su pronóstico vital o sus condiciones de vida; así como amplias posibilidades de éxito del trasplante que
habrá de realizarse en centro debidamente autorizado


Según datos de la Organización Nacional de Trasplantes (ONT), en 2016, las donaciones de donantes vivos fueron alrededor de 400 personas para un trasplante de riñón y 30-40 para el de hígado. Suponían un 11% del total de trasplantes,
apreciándose, después de un crecimiento permanente desde su introducción, un ligero descenso en los dos últimos años.


Esta donación, por definición solidaria y desinteresada, tiene ventajas indudables tanto para el receptor (mayor expectativa de vida, mejor calidad de vida...) como para el sistema (en términos de ahorro para el Sistema Nacional de Salud,
dado el menor coste que tiene un trasplante frente a un tratamiento de diálisis por vida, por ejemplo). En consecuencia, ha de ser promovida y protegida desde los poderes públicos. La propia ONT ha asumido como uno de sus objetivos, desde el Plan
Estratégico Donación 40 (2008), el impulso de la donación entre vivos.


El citado Real Decreto señala que deberá proporcionarse al donante vivo asistencia sanitaria para su restablecimiento y se facilitará su seguimiento clínico en relación con la obtención del órgano. Sin embargo nada regula sobre su
asistencia y protección socio-laboral.


Además de los riesgos sanitarios, que pueden considerarse menores, hay que tener en cuenta las consecuencias para la vida laboral o perjuicios patrimoniales que puede sufrir el donante, al no haber una legislación específica que proteja al
donante vivo.


La incapacidad temporal, según el artículo 169 de la vigente Ley General de la Seguridad Social, requiere la alteración de la salud derivada de enfermedad o accidente. De acuerdo con una interpretación restrictiva, podría entenderse que el
donante, al no estar enfermo previamente ni haber sufrido accidente, no reúne tal requisito, con lo que no podría disfrutar de la baja laboral ni la prestación correspondiente, de manera que puede verse obligado a someterse a la extracción durante
el período vacacional.


En lo tocante a las consecuencias patrimoniales, se puede tener en cuenta también que el donante en vida frecuentemente sufre el aumento de las primas a la hora de contratar o renovar seguros de asistencia sanitaria, seguros de vida,
préstamo bancarios.


Todo ello tiene como resultado evidente una clara repercusión negativa en la calidad de vida futura de los donantes en vida y sus entornos familiares; y consecuentemente también, una falta de estímulo a la donación altruista entre vivos,
tan necesaria hoy en España.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover las modificaciones legales necesarias para:


- Convertir la extracción de un órgano para donación entre vivos en causa específica de incapacidad temporal para el trabajo, con el consiguiente disfrute de una prestación monetaria de la Seguridad Social durante la extracción del órgano y
la posterior recuperación del donante.



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- Garantizar que el cambio en las circunstancias de salud que puede sufrir una persona debido a su condición de donante en vida no conlleve penalizaciones en la contratación o renovación de seguros o préstamos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2017.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley relativa
a la externalización del servicio de traducción e interpretación del Ministerio del Interior, para su debate y aprobación en el Pleno.


Exposición de motivos


En el año 2008, el Ministerio del Interior contaba con una plantilla de 260 traductores e intérpretes, dedicados a la interpretación de declaraciones orales, traducciones escritas y escuchas telefónicas en varias dependencias del Ministerio
de Interior de todo el territorio nacional (comisarías policiales, aeropuertos internacionales, oficinas de asilo, etc.). El aumento progresivo de los flujos migratorios en España, así como la creciente amenaza del terrorismo internacional y el
aumento de las operaciones policiales de investigación produjeron el aumento significativo de la demanda del personal contratado para estas actividades. El entonces Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, decidió no ampliar la oferta de
plazas públicas y externalizar el servicio mediante la contratación de varias empresas privadas.


Entre las empresas privadas contratadas, se destaca, por ejemplo, el contrato de servicios firmado entre la empresa Seprotec S. L. y la Dirección General de la Policía y la Dirección General de la Guardia Civil, para el servicio de
traducción e interpretación, que entró en vigor el 1 de mayo de 2008, por un valor total de 2,6 millones de euros 1. Esta práctica de externalización de servicios se ha mantenido hasta la actualidad, repitiéndose la adjudicación en sucesivos
contratos en favor de la empresa Seprotec S. L. y posteriormente de la empresa Ofilingua S.L. 2


El sindicato de Comisiones Obreras (en adelante CCOO) ha venido denunciado, desde la formalización del primer contrato, las graves irregularidades que se están produciendo en los servicios que prestan las empresas adjudicatarias 3. Por su
parte, el Sindicato Unificado de Policía (en adelante SUP), ha advertido del riesgo que entraña para los agentes el trabajar con personas subcontratadas por empresas privadas en investigaciones con acceso a información reservada. Muchas de estas
investigaciones exigen un compromiso de confidencialidad, imparcialidad y fiabilidad que no está suficientemente garantizado.


En este contexto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, considera especialmente preocupante la situación descrita. Los servicios de traducción e interpretación de las distintas dependencias del
Ministerio del Interior nunca deberían haber sido privatizados. Existen tres razones que evidencian los graves problemas de la privatización de los servicios de intérpretes y traductores:


1. Riesgos para la seguridad nacional.


La externalización de estos servicios supone un peligro para toda la ciudadanía española, para las fuerzas y cuerpos de seguridad y en términos genéricos, para la seguridad nacional, pues implica dejar en


1 Fuente: Informe La externalización del servicio de traducción-interpretación en la DGP. y GC, CCOO., Sección sindical estatal de Interior. La DGPN externalizó a una empresa privada tareas como el servicio de interpretación de
declaraciones orales, traducciones escritas, escuchas telefónicas y transcripción de cintas de audio u otros soportes informáticos grabados en lenguas distintas del castellano, en el marco de las actuaciones policiales en el ámbito de todo el
territorio nacional.


2 Fuente: Anuncio de adjudicación, Número de Expediente 005/15/C0/05 (BOE 30 de noviembre de 2015), Plataforma de contratación del sector público.


3 Fuente: Informe La externalización del servicio de traducción-interpretación en la DGP. y GC, CCOO., Sección sindical estatal de Interior.



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manos de empresas privadas investigaciones judiciales y cuestiones estratégicas y de inteligencia nacional, así como también datos sensibles y personales de cientos de ciudadanos.


El Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público 4 prohíbe expresamente suscribir contratos públicos con empresas privadas para aquellos 'servicios que
impliquen ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos', es decir, los servicios de seguridad ciudadana, defensa exterior, las actividades jurisdiccionales, entre otros. Por lo tanto, el servicio de traducción e interpretación de
escuchas telefónicas a sospechosos de delitos de terrorismo o vinculados con él, está directamente relacionado con la seguridad nacional y no debería ser susceptible de privatización o externalización por estar enmarcado en esta restricción.


A lo largo de los últimos años, el Ministerio del Interior ha reducido sistemáticamente la plantilla de funcionarios públicos en labores de traducción e interpretación, no ha convocado nuevos procesos de oposiciones para vacantes en la
plantilla, y adicionalmente, ha contratado personal en calidad de empleo público interino. Esto implica reducir el personal público más idóneo, con obligación legal de confidencialidad y probidad profesional, y reemplazarlo por personal privado
temporal sobre el que existe reducida capacidad de fiscalización y control.


2. Externalización injustificada y deterioro del servicio.


La tercerización laboral de estas funciones no está justificada, pues no cumple los criterios por los que la Administración Pública puede externalizar un servicio. La Constitución Española (en adelante CE) establece en su artículo 103.1 el
principio de eficacia como criterio para la externalización de servicios, de manera que la privatización de la prestación de un servicio público sólo estaría justificada por motivos de eficiencia, productividad y/o especialización. La aplicación de
este principio significa que las empresas privadas deberían prestar los servicios con mayor eficiencia y a un coste menor que la entidad pública encargada de garantizarlos.


No es el caso de la adjudicación del servicio de traducción e interpretación que presta, por ejemplo, la empresa Seprotec. Según informes del Tribunal de Cuentas, los servicios que brinda esta empresa supondrían un coste aproximado de un
30% más para las arcas públicas, que la prestación directa del servicio sin externalización. 5 Por lo tanto, la subcontratación de los servicios a una empresa privada es injustificada y no resulta más conveniente que la gestión directa. 6


Adicionalmente, se está produciendo un contrastado deterioro del servicio, repercutiendo negativamente en la calidad de su prestación. Los medios de comunicación han hecho públicas las deficiencias de este servicio y han evidenciado que el
número de traductores actuales no cubre las necesidades, especialmente en los casos de procedimientos judiciales, donde se requieren traductores jurados. Igualmente, la falta de calidad y eficiencia de estos servicios puede suponer una vulneración
al derecho de los ciudadanos a un debido proceso, puesto que el Estado está en la obligación de proveer un intérprete a todas las personas que hablen una lengua extranjera, para que les asistan en sus declaraciones, solicitudes de asilo,
procedimientos judiciales, etc. Cualquier fallo o ineficiencia en estas labores podría acarrear la responsabilidad del Estado en el ejercicio de sus funciones.


4 Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público: - Artículo 301.Contenido y límites. 1.No podrán ser objeto de estos contratos los servicios que impliquen
ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos.- Artículo 275. Ámbito del contrato. 1.La Administración podrá gestionar indirectamente, mediante contrato, los servicios de su competencia, siempre que sean susceptibles de explotación
por particulares. En ningún caso podrán prestarse por gestión indirecta los servicios que impliquen ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos.


5 Moción del Tribunal de Cuentas N.o 827 de fecha 26/2/2009.


6 Economía Digital, 08/09/2016, La defensora del pueblo investiga los traductores judiciales low cost. Fuente: http://www.economladigitai.es/iniitica-v-sociedad/la-defensora-del-pueblo-Investiga-los-traductores-ludiciales-low­cost 185907
102.html ABC, 23/02/2015, El jefe de una mafia india, chantajeado por traductores de la Policía. Fuente: http://www.abc.es/espana/20150223/abci-traductores-detenidos-201502211951.html



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3. Condiciones laborales.


Las empresas privadas han generado unas condiciones de precariedad laboral para los trabajadores subcontratados que brindan estos servicios, pues en su gran mayoría son contratados temporalmente sin ninguna garantía de estabilidad. Esta
situación ha generado que la cualificación académica y profesional de los intérpretes sea deficiente o escasa. Las empresas ofrecen bajos salarios y precarias condiciones de trabajo, lo que significa que sea muy difícil contratar profesionales
probadamente cualificados.


Esta falta de estabilidad laboral implica además un incumplimiento de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, en los que se especifica que las empresas adjudicatarias deben aportar documentación acreditativa de solvencia
técnica, y cumplir con el número mínimo de profesionales intérpretes de cada idioma que se especifica para cada uno de los servicios. Al carecer de una plantilla de trabajadores estable y con cualificación profesional probada, Seprotec y Ofilingua
podrían estar incumpliendo las condiciones por las que se les adjudicó el contrato público.


Según informes de CCOO existen varios casos de intérpretes que, tras trabajar para Seprotec, han comprobado que en su Vida Laboral no constan las cotizaciones a las que estaba obligada la empresa según el contrato que tenían suscrito. Esto
supondría un incumplimiento grave de las obligaciones de cotización a la Seguridad Social que tienen todas las empresas que mantengan contratos con Administraciones Públicas 7.


El presente caso de los servicios de traducción e interpretación en dependencias policiales y asociadas al Ministerio del Interior demuestra claramente cómo una privatización provoca que las entidades públicas necesiten cada vez menos
personal propio, pudiendo justificar a medio plazo la desaparición del servicio por causas ajenas al desenvolvimiento de las actividades que le son propias.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las siguientes medidas:


1. Revertir la externalización de los servicios de traducción e interpretación, contratados con empresas privadas, que se prestan en varias dependencias del Ministerio del Interior.


2. Investigar si las empresas contratantes cumplen con las disposiciones contenidas en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como con
las condiciones establecidas en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares para los Contratos de Servicio y los Pliegos de Prescripciones Técnicas. Particularmente, debería investigar si las empresas contratadas cumplen con la obligación
de proveer personal con la experiencia, formación y titulación que corresponde a las labores ejecutadas.


3. Investigar las condiciones de precariedad laboral que estarían sufriendo los trabajadores subcontratados de los servicios de interpretación y traducción del Ministerio del Interior. Concretamente se solicita:


a) Determinar si se cumplen las obligaciones de afiliación a la seguridad social de los trabajadores;


b) Establecer si se ha producido cesión ilegal de trabajadores entre las empresas Seprotec y Ofilingua;


c) Investigar las condiciones de temporalidad y falta de estabilidad laboral de los trabajadores subcontratados;


4. Convocar las plazas de empleo público necesarias para satisfacer la demanda del servicio de traducción e interpretación en todas las dependencias del Ministerio del Interior, tanto para cubrir vacantes de plantilla como para crear nuevos
puestos en aquellos servicios donde el número de traductores e intérpretes resulte insuficiente.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2017.-Juan Manuel del Olmo Ibáñez, Diputado.-Irene María Montero Gil, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú-Podem-En Marea.


7 Fuente: Informe La externalización del servicio de traducción-interpretación en la DGP. y GC., CCOO., Sección sindical estatal de Interior



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para instar al Gobierno a acelerar el
proceso para la creación de una Autoridad Administrativa Independiente de Protección del Consumidor e Inversor Financiero, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Un objetivo declarado del Gobierno del Partido Popular para la presente legislatura es la toma de medidas para proteger a los consumidores y usuarios. En un entorno cambiante, caracterizado por una mayor complejidad de los instrumentos
financieros y prácticas más agresivas por parte de sus comercializadores, bancos y gestoras, debe reformarse la supervisión financiera al objeto de proteger al pequeño ahorrador e inversor.


Un ejemplo de no adecuación de un producto financiero fue la comercialización en España de deuda subordinada perpetua a pequeños ahorradores sin suficientes conocimientos financieros. El cómputo corno capital de estos instrumentos hizo que
se incrementaran las emisiones a partir del año 2009 y que se colocaran de forma masiva entre los pequeños inversores.


Según un Estudio de la Defensora del Pueblo hubo 300.000 afectados por las participaciones preferentes. El saldo en estos instrumentos ascendía a 22.374 millones, que los diversos canjes redujeron hasta alrededor de 7.000 millones de euros.
Estos canjes se hicieron en algunos casos con pérdidas muy sustanciales por la evolución posterior de la acción. El Gobierno articuló un sistema de arbitraje de consumo para que, aquellos preferentistas que habían sido objeto de fraude por las
entidades comercializadoras, recuperaran su dinero. Más del 70 % de estos recuperaron el 100 % de su inversión.


Más reciente ha sido el tema de las cláusulas suelo cobradas indebidamente, para el cual el Gobierno ha tenido que articular un arbitraje para no colapsar los juzgados y permitir que el proceso discurra con las debidas garantías para los
prestatarios. El trámite es gratuito, rápido y sencillo para el consumidor, además de obligatorio para las entidades, que tendrán tres meses para resolver las reclamaciones. El pago será en efectivo, aunque el cliente y la entidad podrán acordar
otras fórmulas, como la novación de la hipoteca. Una comisión de seguimiento vigilará el proceso con especial protección hacia las personas más vulnerables.


Estos casos son sobradamente conocidos por la enorme repercusión mediática que han tenido, pero no son los únicos. En 2015 el Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones (DCMR) del Banco de España atendió 59.223 nuevos casos
presentados por usuarios de servicios financieros, de los que 20.262 fueron reclamaciones dirigidas en su mayoría, 97%, contra entidades de depósito -bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito y sucursales en España de entidades de crédito
extranjeras comunitarias-. Más de la mitad de estas reclamaciones estaban relacionadas con incidencias en los depósitos a la vista y con las tarjetas de crédito, normalmente por importes pequeños que imposibilitan el recurso a procesos judiciales.


El propio Defensor del Pueblo, en respuesta a la queja 14005855 sobre la efectividad de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores, señala que 'no comparte el criterio de que el sistema
vigente de protección al cliente es suficientemente garantista' y recomienda 'Arbitrar un sistema de reclamación extrajudicial eficaz para los ciudadanos, de modo que las entidades bancarias corrijan su actuación en los casos debidos'.


Hechos como estos, ponen de relieve la necesidad de crear una Autoridad Independiente de Protección del Consumidor e Inversor Financiero, que permita proteger al consumidor así como unificar y reforzar la gestión de las reclamaciones de los
supervisores financieros existentes en las áreas de banca, seguros y valores. Este supervisor descargará de trabajo a los juzgados, que se pueden ver colapsados ante la proliferación de demandas presentadas, en muchos casos, por cuantías
relativamente pequeñas.


En línea con los mejores estándares internacionales y acorde a la Directiva 2013/11/UE, esta Autoridad deberá ser independiente y dotada con los mejores profesionales y medios técnicos. Sólo así se podrá promover la competencia y asegurar
la protección de consumidores y pequeños inversores.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a acelerar los trámites para la creación y puesta en funcionamiento de una Autoridad Independiente de Protección del Consumidor e Inversor Financiero.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a impulsar un plan para la
reducción de las listas de espera quirúrgicas, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El Real Decreto 1039/2011, de 15 de julio, por el que se establecen los criterios marco para garantizar un tiempo máximo de acceso a las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud, dispone que para las intervenciones quirúrgicas
de cataratas, prótesis de caderas, prótesis de rodilla, cirugía cardiaca valvular y cirugía cardiaca coronaria no se podrán superar los 180 días (seis meses) por parte de las administraciones sanitarias.


En la actualidad, el tiempo medio de espera para una operación quirúrgica en la sanidad pública es de 89 días. Si se analizan los datos por Comunidades Autónomas, Castilla-La Mancha y Extremadura están a la cola en intervenciones
quirúrgicas. Por el contrario, Navarra, Madrid y La Rioja ocupan los mejores puestos en muchas operaciones. Por poner algunos ejemplos, mientras que para una cirugía pediátrica hay que esperar 292 días de media en Castilla-La Mancha, en Madrid
está cerca de los 39 días. Canarias presenta una demora media de 175,9 días, mientras que en Asturias se eleva a 144 días. En el caso de traumatología, una de las intervenciones más comunes, los extremeños tienen 147 días de demora de media, muy
lejos de los 56 días que hay que esperar en La Rioja.


Los ciudadanos tienen derecho a las prestaciones sanitarias en condiciones de igualdad efectiva, tal y como se recoge en el artículo 3.2 de la Ley General de la Sanidad Pública. Por tanto, se hace necesario, corregir esta situación de
desequilibrio con el objetivo de que los ciudadanos, independientemente del lugar donde vivan, esperen el mínimo tiempo posible para una operación quirúrgica.


Ante la importancia de la problemática de las listas de espera en el Sistema Nacional de salud, se aprobó el Real Decreto 605/2003 de 23 de mayo, que establece un sistema de información homogéneo para las listas de espera de consultas
externas, pruebas diagnósticas y/o terapéuticas e intervenciones quirúrgicas.


Sin embargo, la problemática persiste y ha sido debatida desde diferentes puntos de vista. Desde la economía de la salud, se señala que los avances en la organización en el ámbito de las listas de espera pasan también por una mejora de las
fuentes de información. Desde el derecho sanitario indican la necesidad de una mayor transparencia en la información sobre listas de espera y una reducción de las mismas en aras a garantizar la equidad en el acceso al sistema.


Asimismo la oficina del Defensor del Pueblo, en el estudio monográfico sobre las listas de espera, propone cinco recomendaciones cuyo espíritu se centra en la importancia de la homogeneización de los indicadores y definiciones que configuran
las listas de espera, el establecimiento de tiempos máximos de espera, así como la transparencia informativa a los usuarios del Sistema Nacional de Salud.


Por todo lo anterior, se hace necesario coordinar un plan para la reducción de las listas de espera quirúrgicas en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y con el consenso de las Comunidades Autónomas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a coordinar la actualización de los indicadores y las definiciones de los procedimientos quirúrgicos incluidos en las listas de espera, así como los criterios de transparencia informativa de
éstas en relación con los usuarios del Sistema Nacional de Salud.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de marzo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/000395


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley sobre el
regadío en las perspectivas vigentes de Cambio Climático, para su debate y aprobación en Pleno.


Exposición de motivos


España dispone hoy del orden de 3,7 millones de hectáreas de regadío fruto de ingentes esfuerzos financieros del erario público, así como desgarradores traumas sobre miles de familias que vieron inundados sus pueblos y graves impactos
ambientales sobre nuestros ríos, por las grandes presas construidas. Sacrificios, traumas e impactos que, sin embargo, han permitido generar beneficios sociales y económicos indudables, al multiplicar la productividad de la tierra.


Partiendo de esta valoración socioeconómica positiva del regadío en su conjunto debemos afrontar una seria reflexión sobre sus perspectivas de viabilidad en los escenarios de cambio climático vigentes, contando con que se estima una
reducción de las precipitaciones de entre el 2 y el 5%, y de la escorrentía y caudales fluviales, de entre el 5 y el 15%, en los próximos veinte años. En este contexto, debemos valorar la calidad agronómica de las tierras en riego, evaluando con
rigor su rentabilidad económica, su valor social en la vertebración de un medio rural vivo, y sus impactos ambientales.


Sin duda, disponemos de las mejores tierras en las vegas y huertas tradicionales, tanto en fertilidad como buen drenaje. Proteger estos regadíos como un verdadero tesoro patrimonial y productivo, frente a la voracidad depredadora del
urbanismo, es un reto que debemos asumir, favoreciendo la producción de alimentos de calidad en la cercanía de nuestras ciudades.


En el ámbito de los nuevos regadíos, generalmente vinculados a grandes sistemas, aunque la calidad de las tierras es muy variada, abundan las que adolecen de graves problemas de salinidad y drenaje: decenas de miles de hectáreas de muy baja
productividad que inducen, para colmo, graves impactos difusos por retornos gravemente salinizados, que llegan a suponer más de diez toneladas de sal por hectárea y año. Superficies en las que el riego, a menudo, induce una progresiva salinización
del suelo fértil por la ascensión de sales desde capas inferiores, esterilizando esas tierras que finalmente se abandonan y quedan a merced de la erosión, favoreciendo así el avance de la desertización en nuestro país. Por otro lado, en bastantes
casos, se han transformado superficies de elevada pendiente, que ofrecen malas condiciones agronómicas e imponen altos consumos energéticos de bombeo.


Respecto a la rentabilidad real y efectiva de los diversos regadíos, nunca hemos hecho un balance riguroso de costes y beneficios. Obviamente, para hacerlo es preciso tomar en cuenta los costes reales -financieros, ambientales y del
recurso-, tal y como exige la Directiva Marco de Aguas (DMA), superando el enfoque productivista, que no económico, desde el que se suele mitificar, de forma general, el regadío, eludiendo contrastar beneficios y costes reales. En todo caso, hoy ya
son muchos los estudios económicos coste/beneficio que demuestran la rentabilidad negativa de decenas de miles de hectáreas de regadío, especialmente en tierras salobres y de mal drenaje, o condiciones climáticas poco propicias, y que, a pesar de
todo, se riegan, al contar con caudales subvencionados por el Estado y subvenciones europeas muy superiores para el regadío que para el secano.


Igualmente resulta injustificable seguir eludiendo, en plena crisis, la exigencia de racionalidad económica en materia de nuevos regadíos. Sirvan de ejemplo los nuevos regadíos del Canal de Navarra,



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en los que la privatización de la gestión del sistema (como puro negocio para grandes empresas -ACCIONA, CAIXA, AGBAR y OHL-) se ampara con un 'peaje en la sombra' a esas corporaciones, de 680E/ha/año de dinero público, frente a los
280€/ha/año pagados por los regantes; y ello sin contar con la escasa recuperación efectiva de las ingentes inversiones en las grandes obras de regulación y transporte (Itoiz y Canal de Navarra).


Respecto a la valoración social del regadío queda fuera de duda su enorme valor histórico en la revitalización del medio rural en muchas comarcas. Aragón, de donde vengo, vio nacer en Graus, allá en el Pirineo, a Joaquín Costa; y con él
vio nacer el Regeneracionismo que impulsó, bajo el lema de 'despensa y escuela', el papel vital del regadío, bajo iniciativa pública, en la lucha de aquella época contra el hambre, especialmente en el medio rural. Sin embargo hoy no podemos seguir
hablando del regadío, bajo una interesada mitificación del costismo, que queda fuera del contexto actual, en pleno siglo XXI.


Tomar en consideración el enorme valor social del regadío que aún tiene en nuestro país, exige distinguir, cuando menos, el valor social de la explotación familiar, frente al del agronegocio y al de la agricultura como actividad secundaria.
Siendo todas ellas actividades legítimas, es necesario y urgente centrar la consideración de 'interés general' en el regadío vinculado a la explotación familiar, especialmente si desarrolla buenas prácticas agro-ambientales, de forma que se
concentren las subvenciones y las políticas públicas de apoyo en las explotaciones que por razones sociales y ambientales merezcan esa consideración de 'interés general'.


Respecto a la valoración ambiental del regadío, se deben considerar, por un lado, los graves impactos generados por la contaminación difusa, por nitratos y pesticidas, de los retornos de riego; más allá de la contaminación salina en zonas
salobres. Por otro lado, es necesario respetar el equilibrio que la UE nos exige, entre zonas regadas y espacios naturales esteparios protegidos por ley. Un equilibrio desde el que se deben valorar, cuidar y respetar patrimonios naturales, pero de
forma que la población del entorno pueda beneficiarse de ellos como oportunidades para desarrollar un medio rural vivo.


En todo caso, este análisis del regadío, en sus dimensiones económica, social y ambiental, debe hacerse sin demora en la perspectiva que nos impone el cambio climático desde los escenarios esperables, caracterizados por:


- Una fuerte recesión de caudales fluviales (hasta un 15%, según cuencas), por recesión pluviométrica y crecimiento de la evapotranspiración, por incremento de las temperaturas.


- Un duro incremento de la variabilidad climática y pluviométrica que incrementa los riesgos de sequía y de crecidas.


- Mayores demandas de riego, al aumentar la evapotranspiración por el aumento de temperaturas debido al calentamiento global, lo cual, unido a la menor disponibilidad de caudales, obligaría a dejar de regar entre el 10 y 20% del actual
regadío.


En este contexto, basar la estrategia del regadío en las tradicionales mega-infraestructuras no sólo es ineficaz, sino económicamente inasumible y contradictorio con la legislación ambiental vigente en la UE, por insostenible.


En la medida que las sequías suelen ser regionales, los trasvases son una herramienta ineficaz para gestionar los ciclos de sequía. Sirva de ejemplo el Proyecto de Trasvase del Ebro que proyectaba el PHN del 2000, cuando el propio proyecto
preveía que, en ciclos de sequía, el trasvase no operaría. Análogamente resulta insensato basar nuestra garantía de riego en sequía, en nuevos grandes embalses. En ciclos de sequía no faltan embalses (están vacíos); lo que falta es agua. Basar
la estrategia en hacer más embalses, es como regalar un monedero a un pobre. Incluso si se piensa en esos grandes embalses desde estrategias de regulación plurianual, que sin duda hay que considerar, habrá que tener en cuenta el coste de esa
plurianualidad (un coste de regulación anual de 0,1 €/m3, se transforma en 0,5 €/m3, impagable por el regadío, si el periodo de regulación es de cinco años).


Por todo ello, promovemos la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Promover en colaboración con las CCAA., y con pleno respeto a sus competencias en esta materia, un nuevo Plan Nacional de Regadíos a fin de adecuar el regadío a las perspectivas de Cambio Climático vigentes, sobre la base de:


- Evaluar rigurosamente la disponibilidad que puede esperarse de caudales en las diversas cuencas y redimensionar con base en ello la superficie regable.



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- Promover la retirada del riego, con adecuadas compensaciones, sobre la base del lucro cesante, en suelos de baja productividad, ya sea por problemas de salinidad y drenaje, elevado consumo energético o condiciones agronómicas o climáticas
poco propicias.


- Establecer medidas que permitan disminuir drásticamente la contaminación difusa producida por los agroquímicos utilizados en el regadío y promover la producción integrada y ecológica.


- Introducir una política de tarifas y cánones del agua que, teniendo realmente en cuenta el principio de recuperación de costes exigido por la DMA, se adapte a las circunstancias económicas, sociales, ambientales y territoriales de los
diversos regadíos y tipos de explotación.


- Condicionar cualquier nuevo regadío a la disponibilidad de caudales en escenarios previsibles de cambio climático, garantizando la sostenibilidad de los ecosistemas acuáticos que brindan esos caudales, siempre que se asegure su
rentabilidad desde estudios coste/beneficio rigurosos y la disponibilidad a pagar por parte de los futuros beneficiarios.


- Recuperar los acuíferos sobreexplotados en la actualidad, redimensionando extracciones, para conservarlos como reserva estratégica en ciclos de sequía.


- Proteger específicamente la explotación familiar en el regadío existente, favoreciendo su modernización y la transición a cultivos y buenas prácticas acordes a las perspectivas impuestas por el cambio climático.


- Reactivar la Ley de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, como herramienta de diversificación productiva, fortalecimiento social y valorización del patrimonio ambiental existente en el medio rural.


- Apoyar la modernización de grandes sistemas sobre la base de desarrollar la regulación en tránsito.


- Apoyar una reforma de la PAC más justa para los diversos agricultores, que promueva un buen uso de los recursos naturales y una drástica disminución de la contaminación difusa, y que procure alimentos sanos para la población.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2017.-Pedro Arrojo Agudo, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la crisis institucional en
Venezuela, para su debate en el Pleno.


Exposición de motivos


La comunidad internacional viene atestiguando durante los últimos años un importante deterioro del estado de derecho en la república bolivariana de Venezuela. Este proceso ha culminado el pasado miércoles cuando el Tribunal Supremo de
Justicia (TSJ) venezolano asumía las competencias de la Asamblea Nacional, limitando la inmunidad a sus Diputados y otorgándose poderes extraordinarios en materia penal, militar, económica, social, política y civil. El bloqueo institucional que
vive el país, a través del control que ejerce el poder ejecutivo sobre el Tribunal Supremo y el Consejo Nacional Electoral, ha venido impidiendo la aplicación de leyes e iniciativas legislativas, y afecta ya a todos los ámbitos de la política y a
los derechos de los ciudadanos venezolanos.


La Asamblea Nacional, que ostenta una mayoría indiscutible de los partidos de la oposición desde el 6 de diciembre de 2015, ha estado trabajando para implementar medidas que aborden los desafíos económicos, sociales y de seguridad que
afronta el país, sin poder avanzar frente a un gobierno que utiliza las instituciones en beneficio propio.


A pesar de las reiteradas resoluciones, dictámenes y declaraciones, provenientes de Unión Europea, de organismos regionales o de las principales organizaciones no gubernamentales encargadas de velar por los derechos humanos, y del intento de
mediación promovido por UNASUR con la participación de los tres ex Presidentes y el Vaticano, el gobierno venezolano ha mantenido su rumbo, ignorado sistemáticamente las llamadas a la sensatez y al diálogo.



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En este sentido, cabe destacar las declaraciones del Secretario General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, condenando el auto golpe de Estado perpetrado por el régimen venezolano contra la Asamblea Nacional y
las del Presidente del Parlamento Europeo, Antonio Tajani, expresando su tristeza por la situación que atraviesa Venezuela en donde se están dando pasos atrás en el camino hacia la democracia y la separación de poderes en el país.


La situación en Venezuela vive hoy sus peores días. La violación de los derechos humanos y libertades fundamentales es preocupante, a la situación de los presos políticos se le suma la ausencia de un sistema de justicia independiente, de
libertad de partidos políticos y medios libres, y todo ello incide intensamente en el sufrimiento de la población, cuyas condiciones básicas de vida se han visto deterioradas de manera preocupante debido a la crisis humanitaria que vive el país.
Venezuela es hoy una democracia fallida con presos políticos, la oposición perseguida, el Parlamento suspendido y en plena alarma social por la falta de alimentos y medicamentos.


España siempre ha demostrado estar comprometida con las libertades y con la promoción y defensa de los valores democráticos en el mundo, y especialmente en estados hermanos como la República de Venezuela, con la que le unen vínculos
históricos, económicos y culturales en todos los ámbitos, y así lo ha puesto de manifiesto en numerosas ocasiones. En el año 2016, las peticiones de asilo en España por parte de ciudadanos venezolanos superaron la cifra de cualquier otra
nacionalidad, incluida la siria.


Por todo lo expuesto, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados:


- Muestra una gran preocupación por la situación en Venezuela, y por la grave crisis institucional que vive el país, a partir de la anulación de las competencias de la Asamblea Nacional.


- Manifiesta su compromiso con la defensa de la separación de poderes, base de toda democracia, y muestra su solidaridad con la Asamblea Nacional Venezolana, que debe actuar con autonomía, desarrollando su labor legítima.


- Manifiesta su convencimiento de que solo un diálogo urgente, inclusivo y basado en el sincero reconocimiento mutuo de los distintos actores políticos será efectivo para solucionar los problemas de Venezuela, y permitirá avanzar en la
consecución de la paz social y la estabilidad política e institucional, con pleno derecho a la democracia y al respeto a los Derechos Humanos.


Insta al Gobierno a que:


- Exhorte al Gobierno venezolano a asumir responsabilidades con el fin de lograr el respeto de la democracia y el diálogo efectivo entre los poderes del estado.


- Emplace al Gobierno venezolano a que garantice la separación de poderes y el Estado de Derecho, las libertades, los principios democráticos, y los Derechos Humanos así como la convocatoria de elecciones previstas por el ordenamiento
jurídico y constitucional del país.


- Continúe impulsando en colaboración con los distintos actores internacionales y regionales la búsqueda de soluciones, que garanticen el cumplimiento de los principios democráticos.


- Exija al Gobierno venezolano la inmediata liberalización de todos los presos políticos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de marzo de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.