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BOCG. Congreso de los Diputados, serie C, núm. 36-2, de 09/05/2017
cve: BOCG-12-C-36-2 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie C: TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES


9 de mayo de 2017


Núm. 36-2



ENMIENDA DE TOTALIDAD


110/000034 Acuerdo Económico y Comercial Global entre Canadá, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados miembros, por otra, hecho en Bruselas el 30 de octubre de 2016.


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de la enmienda presentada en relación con el Acuerdo Económico y Comercial Global entre
Canadá, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados miembros, por otra, hecho en Bruselas el 30 de octubre de 2016.


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de mayo de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa de la Comisión de Asuntos Exteriores


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta, al amparo de lo establecido en el artículo 156 del Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente enmienda a la totalidad al Acuerdo Económico y
Comercial Global entre Canadá, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados miembros, por otra, hecho en Bruselas el 30 de octubre de 2016.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de abril de 2017.-Pablo Bustinduy Amador, Diputado.-Irene María Montero Gil, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


ENMIENDA NÚM. 1


FIRMANTE:


Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea


A la totalidad


Se propone denegar la autorización al Acuerdo Económico y Comercial Global entre Canadá, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados miembros, por otra, hecho en Bruselas el 30 de octubre de 2016, lo que a los efectos oportunos supondría
una propuesta de no ratificación del Acuerdo.


Este Grupo Parlamentario, entre otros, considera que los capítulos 8 y 26 del Acuerdo violan en grado sumo preceptos fundamentales del orden constitucional establecido, además de suponer cesiones notables en materia de soberanía popular, que
sólo merecen el rechazo por parte de esta Cámara.