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DS. Senado, Comisiones, núm. 349, de 25/09/2014
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COMISIÓN CONSTITUCIONAL


PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. GONZALO PIÑEIRO
GARCÍA-LAGO


Sesión celebrada el jueves, 25 de septiembre de 2014


ORDEN DEL DÍA


Dictaminar


– Proyecto de Ley por la que se delega en el Gobierno
la potestad de dictar diversos textos refundidos, en virtud de lo
establecido en el artículo 82 y siguientes de la Constitución
española.


(Núm. exp. 621/000081)


Autor: GOBIERNO










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Se abre la sesión a las doce horas y treinta minutos.


El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión.


Comenzamos la segunda sesión de esta comisión en el día de
hoy, para, una vez conocidas las sustituciones, dictaminar el Proyecto de
Ley por la que se delega en el Gobierno la potestad de dictar diversos
textos refundidos, en virtud de lo establecido en el artículo 82 y
siguientes de la Constitución española.


A este proyecto de ley se han presentado 8 enmiendas, que
se distribuyen de la siguiente forma. La enmienda número 1, del Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya; la enmienda número 2, del
Grupo Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i Unió; la número
3, del Grupo Parlamentario Socialista; y las enmiendas 4 a 8, del Grupo
Parlamentario Popular en el Senado.


Según se me comunica, la ponencia ha emitido su informe, en
el que acuerda someter a la consideración de esta comisión el texto
remitido por el Congreso de los Diputados con la incorporación de las
enmiendas 4 a 8, del Grupo Parlamentario Popular en el Senado.


Si les parece a sus señorías, comenzamos el debate de las
enmiendas, con las intervenciones de los distintos grupos de menor a
mayor.


En primer lugar, en nombre del Grupo Parlamentario Entesa,
tiene la palabra el señor Martí.


El señor MARTÍ JUFRESA: Gracias, presidente.


Doy por defendida la enmienda, ya que en este proyecto de
ley existe consenso en el fondo de la cuestión; y en cuanto a la
discrepancia, ya habrá tiempo de tratarla en la última fase de control
por parte del Parlamento, en el debate que se celebrará en el Pleno.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Martí.


Por el Grupo Convergència i Unió, tiene la palabra la
senadora Rivero.


La señora RIVERO SEGALÀS: Muchas gracias, señor
presidente.


Al igual que ha manifestado el senador Martí, en mi grupo
estamos de acuerdo con el fondo del texto y no tanto con la forma y la
manera en que se han tratado las enmiendas que hemos presentado los
distintos grupos, que pienso que lo enriquecían.


En cualquier caso, mantenemos viva la enmienda del Grupo
Convergència i Unió, que defenderé en el Pleno.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Rivero.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el
señor Antich.


El señor ANTICH OLIVER: Muchas gracias, señor
presidente.


Se trata de un proyecto de ley que se ha trabajado bastante
en el Congreso de los Diputados, y he de decir que se aceptó una parte
importante de las 6 enmiendas que presentamos, que han servido para
mejorar el texto. Es verdad que en algunos temas hubiéramos querido
avanzar más, pero, tras el debate, no pudo ser.


Nosotros también vamos a mantener la enmienda para el
Pleno, que básicamente habla del tema del control. A pesar de que,
efectivamente, se ha avanzado haciendo una referencia al artículo 82.6 de
la Constitución y al articulado del Reglamento del Congreso en el
proyecto de ley, creemos que se debiera concretar más en este sentido y
sobre todo explicar cuáles van a ser los efectos, que la ley dijera
exactamente cuáles van a ser estos. Nosotros preveíamos una suspensión de
la publicación, que sabemos que es un tema complejo, pero con la idea
constructiva de intentar llegar a un acuerdo y que eso pudiera servir
para temas parecidos a este. Además, estamos ante un texto articulado de
una delegación para hacer textos refundidos que significa hacer una
pluralidad de textos refundidos y sobre materias importantes; por lo
tanto, creíamos también importante avanzar en ese sentido.


Repito que vamos a mantener la enmienda para el Pleno.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Antich.


Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el
señor Osés.









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El señor OSÉS RAMÍREZ: Muchas gracias, señor
presidente.


Como ha dicho el senador Antich, hemos recibido un texto
que viene bien trabajado del Congreso y con un amplio consenso. En
cualquier caso, las enmiendas 4 a 8 que hemos presentado en el Grupo
Parlamentario Popular se basan sobre todo en mejoras técnicas y en la
supresión de algunas cosas que están desactualizadas, para tratar de
mejorar definitivamente el proyecto de ley.


Como el resto de compañeros, vamos a entrar en el fondo de
las enmiendas en el Pleno de la semana que viene, pero quiero
agradecerles las aportaciones que han hecho al texto de la ley y sobre
todo resaltar la necesidad de aprobarla por la gran cantidad de materia
que ha ido aprobando el Gobierno, la gran cantidad de decretos leyes que
vienen necesitándose y la necesidad de textos refundidos para armonizar
la materia y hacer de nuestro ordenamiento jurídico un ordenamiento más
simple y más fácil de ser aplicado.


Sin más, vamos a dejar el debate de las enmiendas para el
Pleno.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Osés.


¿Alguien quiere utilizar —reglamentariamente es
posible— un turno en contra? (Pausa).


Nadie lo quiere utilizar. Asimismo, existe la posibilidad
de un turno de portavoces, si alguien lo quiere utilizar. (Pausa).


Tiene la palabra, señor Ramírez.


El señor RAMÍREZ RODRÍGUEZ: Gracias, señor presidente.


Respecto de las enmiendas, quiero expresar el motivo del
rechazo, en primer lugar, de una enmienda del Grupo Parlamentario Entesa
pel Progrés de Catalunya, sobre control parlamentario de la delegación
legislativa con carácter previo a la publicación de los textos
refundidos. Nosotros pensamos que dicho control supondría una
desnaturalización de la figura de la delegación legislativa, puesto que
su ejercicio conllevaría una significativa dilatación de la aprobación
definitiva del texto refundido, con lo que, de esta manera, el plazo para
dicha aprobación sería equiparable al de la tramitación ordinaria de un
proyecto de ley.


De otro lado, pensamos que tanto la doctrina como la
jurisprudencia han sentado reiteradamente una postura unánime frente al
vicio formal de ultra vires, estableciendo que aquellos preceptos que
pudieran exceder la delegación legislativa conferida no tienen rango de
ley sino simple rango reglamentario y serían susceptibles, en
consecuencia, de ser revisados por la jurisdicción ordinaria, lo que se
traduciría en un control efectivo.


De otra parte, en relación con la segunda enmienda, la del
Grupo Parlamentario Convergència i Unió, también sobre el control
parlamentario de la delegación legislativa, realmente la respuesta es la
misma. En este caso la respuesta es válida para todas las enmiendas, y
también lo es para la del Grupo Parlamentario Socialista sobre esta
delegación legislativa con carácter previo a la publicación de los textos
refundidos.


En suma, el Grupo Parlamentario Popular considera que
estamos ante una iniciativa legislativa de carácter bastante técnico y
práctico. La Constitución de 1978, en aquellos artículos dedicados a la
elaboración de leyes permite expresamente a las Cortes Generales delegar
en el Gobierno en determinados supuestos la potestad de dictar normas con
rango de ley; dicha delegación se realiza por ley ordinaria cuando se
trata de refundir varios textos en uno solo.


El informe elaborado por la Comisión para la Reforma de las
Administraciones Públicas considera necesaria la aprobación de una ley
ordinaria que habilite al Gobierno para elaborar los textos refundidos en
relación con aquellas leyes que, habiendo sido modificadas en numerosas
ocasiones, destacan por su relevancia en un área de actividad específica.
Ya en el informe de la OCDE del año 2000, sobre gestión y racionalización
de la regulación existente en España, se señalaba que la revisión de los
marcos legislativos no era sistemática en España y que en la tradición
legal no existían herramientas como las revisiones periódicas finales
obligatorias o la fijación de las fechas de caducidad. Posteriormente, un
informe de 2010, también de la OCDE sobre la misma materia, señaló que la
simplificación en España es difícil de lograr y que esto socava el fácil
acceso al ordenamiento jurídico, lo que incide en la claridad y en la
seguridad.


De este modo, y añadiendo también los especiales momentos
que hemos vivido en España en estos últimos años, no cabe duda de que se
ha usado con frecuencia la figura del real decreto ley, mediante el que
se han modificado leyes existentes en el derecho positivo español.









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En el Grupo Parlamentario Popular creemos que es necesario
tener en cuenta que la ley que hoy debatimos no incluye la autorización
para refundir determinados textos legales, aunque su refundición se
considera necesaria donde los departamentos concernidos ya han impulsado
o están impulsando anteproyectos de leyes específicas que además de
modificar el régimen vigente procederán en un futuro próximo a dicha
refundición. Es el caso, además, dentro del ámbito del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte, de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del
Deporte, del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley de propiedad intelectual, o de la
Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.


En suma, señorías, creemos que este instrumento legislativo
que hoy debatimos será un positivo paso adelante para clarificar, ordenar
e impulsar las normas que hoy los ciudadanos de este país
necesitamos.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ramírez.


A continuación procede someter a votación el informe de la
ponencia, ya que ha existido ese informe que se ha trasladado a la
comisión.


Efectuada la votación, fue aprobado por unanimidad.


El señor PRESIDENTE: Por lo tanto, queda aprobado este
informe y quedan rechazadas, obviamente, las enmiendas que no estaban
incluidas en él.


Solicito a los miembros de esta comisión, si no tienen
inconveniente, el incluir una serie de correcciones técnicas que han sido
propuestas por el letrado, señor Codes, a quien aprovecho la ocasión,
cómo no, para darle la bienvenida a este su primer día en esta
comisión.


¿Se aprueban esas correcciones? (Asentimiento).


En consecuencia, queda dictaminado por la Comisión
Constitucional el Proyecto de Ley por el que se delega en el Gobierno la
potestad de dictar diversos textos refundidos, en virtud de lo
establecido en el artículo 82 y siguientes de la Constitución
española.


Queda exclusivamente la designación de un miembro de la
comisión para presentar el dictamen ante el Pleno, que creo que está
incluido ya en el orden del día del próximo.


La señora VINDEL LÓPEZ: Señor presidente, el Grupo
Parlamentario Popular propone a su señoría.


El señor PRESIDENTE: ¿Hay algún inconveniente?
(Denegaciones).


Con mucho agrado y con mucho honor será este presidente
quien lo debata en el Pleno.


¿Desean alguna pregunta o aclaración? (Pausa).


Muchas gracias.


Se levanta la sesión.


Eran las doce horas y cuarenta y cinco minutos.