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DS. Senado, Comisiones, núm. 336, de 07/07/2014
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COMISIÓN DE JUSTICIA


PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JOAQUÍN LUIS RAMÍREZ
RODRÍGUEZ


Sesión extraordinaria


celebrada el lunes, 7 de julio de 2014


ORDEN DEL DÍA


Dictaminar


– Proyecto de Ley Orgánica complementaria de la Ley
de racionalización del sector público y otras medidas de reforma
administrativa por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial.


(Núm. exp. 621/000076)


Autor: GOBIERNO.










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Se abre la sesión a las diecisiete horas y cinco
minutos.


El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión. Señorías, buenas
tardes.


El señor letrado procederá a comprobar las asistencias.
(Pausa).


¿Entiendo que puede aprobarse por asentimiento el acta de
la sesión anterior? (Asentimiento). Gracias.


Pasamos al único punto del orden del día, que es el
dictamen del Proyecto de Ley Orgánica complementaria de la Ley de
racionalización del sector público y otras medidas de reforma
administrativa, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial.


A este proyecto de ley se han presentado 4 propuestas de
veto y 34 enmiendas. En relación con las enmiendas, he de comunicar a sus
señorías que la Presidencia del Senado, en ejercicio de la delegación
conferida por la Mesa de la Cámara, ha acordado no admitir a trámite las
enmiendas número 7, de los señores Iglesias Fernández y Mariscal
Cifuentes, ambos del Grupo Parlamentario Mixto, y número 20, del Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya, por considerar que dichas
enmiendas carecen de manera evidente y manifiesta de conexión con el
objeto del proyecto de ley que se tramita.


Así pues, vamos a pasar a la defensa de las propuestas de
veto. En primer lugar, propuesta de veto número 1, presentada por la
señora Capella i Farré, del Grupo Parlamentario Mixto.


El señor IGLESIAS FERNÁNDEZ: La doy por defendida, señor
presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Iglesias.


Para la defensa de la propuesta de veto número 2,
presentada conjuntamente por el señor Iglesias Fernández y el señor
Mariscal Cifuentes, ambos del Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra
el senador Iglesias.


El señor IGLESIAS FERNÁNDEZ: Gracias, señor presidente.


Intervendré de forma muy sintética, como me he comprometido
en las conversaciones previas al inicio de la comisión, para defender el
veto que hemos presentado el senador Mariscal y yo mismo, en primer lugar
por cuestiones formales. Baste la referencia pública realizada por el
presidente del Congreso y de las Cortes Generales, el señor Posada, en el
sentido de calificar como auténtica chapuza el procedimiento que se ha
seguido para el aforamiento de los miembros de la Casa Real, mediante su
introducción como enmienda en el Congreso en este proyecto de ley.


En segundo lugar, me basaré precisamente en esa resolución
a la que acaba de hacer referencia el señor presidente de la comisión,
que efectivamente he recogido hace unos minutos en mi despacho y que yo
entiendo responde al probado sentido del humor y fina ironía del señor
presidente de la Cámara: que se considere que la enmienda no puede ser
admitida a trámite por no guardar relación directa con los contenidos del
proyecto, teniendo en cuenta que la enmienda pretende exclusivamente
incrementar a 6 los días de uso particular por parte de los funcionarios,
después de que en la tramitación en el Congreso —como todas sus
señorías saben— se haya aprovechado un proyecto de ley que nada
tenía que ver con la situación procesal de los miembros de la Casa Real
para introducir el aforamiento, ha de ser tomado, efectivamente, como una
broma. Me extenderé más en el Pleno, pero la falta de congruencia no está
en esta humilde enmienda; y, de haberla, sería superada con mucho por los
contenidos que se introdujeron en el proyecto de ley en su tramitación en
el Congreso de los Diputados.


Pasando a las cuestiones de fondo, la última cifra de
aforados que barajan los medios de comunicación no es ya la de aquellos
10 000 que provocaba perplejidad en la sociedad española; sino que,
incorporando a los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del
Estado, estaríamos ya cerca de los 200 000 aforados en España. Bien, si
todo el mundo está de acuerdo en que hay que reducir el número de
aforados, por qué, a qué lógica responde, ampliar el número de aforados,
en vez de seguir lo que tanto el Consejo General del Poder Judicial como
el Tribunal Supremo —con una sentencia reciente— o el propio
presidente del Gobierno apuntaban de introducir modificaciones que
supongan una reducción del número de aforados.


En relación en concreto con estos contenidos introducidos
en el Congreso para establecer un sistema de aforamiento de los miembros
de la Casa Real, insisto en algo que ya tuve oportunidad de decir ante el
Pleno y que, por lo tanto, sintetizaré al máximo en esta comisión. El
aforamiento no es un privilegio, sino que es una garantía vinculada al
ejercicio de una responsabilidad de trascendencia institucional e incluso
constitucional. El reconocimiento, por tanto, de tal condición a quien
carece de esa responsabilidad









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institucional supone quebrar la base y el fundamento del
propio concepto de aforamiento; en el caso del anterior jefe del Estado
porque abdicó y cesó en el ejercicio de las funciones que le son propias;
en el caso de la consorte o el consorte del rey porque ninguna
competencia ni función le reconoce la Constitución. Finalmente, plantear
la extensión del aforamiento al ámbito civil carece de cualquier
precedente y de base en el propio concepto.


Por lo tanto, o estamos hablando de un aforamiento especial
o estamos hablando de otra cosa. Si el aforamiento no es un privilegio,
está adjudicación —entre comillas— de un juez natural poco
natural se acaba convirtiendo, por no tener como fundamento las
motivaciones y razones que dan lugar al aforamiento, en otra cosa: y esto
sí es un privilegio.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Iglesias.


Propuesta de veto número 3, presentada conjuntamente por el
señor Guillot Miravet y el señor Saura Laporta, ambos del Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya.


Señor Guillot Miravet, tiene la palabra.


El señor GUILLOT MIRAVET: Gràcies, senyor president.


Yo también quiero empezar diciendo que, como no es cuestión
de esta comisión sino de la Mesa del Senado, pediré una resolución
motivada: cómo puede ser que una modificación del Estatuto Básico del
Empleado Público no se acepte y, en cambio, estemos discutiendo aquí el
aforamiento de miembros de la Casa Real. A mí no me hace gracia porque,
además, esto se ha venido repitiendo en esta legislatura: hay un Gobierno
y unos grupos parlamentarios que son capaces de introducir cualquier tipo
de concepto, criterio o cambio legislativo en cualquier tipo de proyecto
de ley; y ahora la Mesa nos sale con eso.


El veto que presentamos el senador Saura y yo tiene tres
grandes argumentos. El primero es formal: creemos que en medio del debate
público que han suscitado la abdicación del rey, la tramitación exprés a
nivel parlamentario y la proclamación del nuevo rey, no es razonable
tramitar por el procedimiento de urgencia este aforamiento, que más suena
a privilegio que a la salvaguarda de la dignidad del rey Juan Carlos y de
los miembros de la Casa Real. He de insistir en el aspecto formal y en
que se presentan enmiendas a un proyecto de ley que no guardan ninguna
coherencia ni conexión con su contenido.


En segundo lugar, existen razones de oportunidad política.
Me sorprende que, habiendo instado y proclamado su voluntad el presidente
del Gobierno, Mariano Rajoy, de abrir un debate en España sobre la
cuestión de los aforamientos, se amplíe este de la manera que se
propone.


Y, en tercer lugar, hay razones de contenido. Rechazamos el
aforamiento de los exmonarcas, porque la figura no tiene ningún sentido:
la aplicación retroactiva que recoge el proyecto de ley y la propuesta de
un aforamiento mucho más amplio del que gozan los actuales aforados.


Estas son, en definitiva, las tres grandes razones que
justifican el veto del senador Saura y mío. Evidentemente, quiero
manifestar nuestra disponibilidad para discutir sobre el hecho del
aforamiento en nuestro país.


Gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Guillot
Miravet.


Para defender la propuesta de veto número 4 del Grupo
Parlamentario Vasco en el Senado, tiene la palabra el señor
Bildarratz.


El señor BILDARRATZ SORRON: Muchas gracias, señor
presidente. Buenas tardes.


Voy a intervenir de una manera breve por dos motivos:
primero, porque así me lo han pedido varios miembros de la comisión para
poder compatibilizar esta con otras comisiones que se están celebrando
simultáneamente; y segundo, porque es un sinsentido del Reglamento que
tengamos que discutir este tema hoy en comisión y esta misma semana en
Pleno, lo hemos comentado ya muchas veces.


Dicho esto, estamos enfocando lo que parece el final de un
proceso que comenzó hace muy poco tiempo, el 2 de junio. Se nos dijo que
fue una decisión planificada de una manera muy metódica, con todos los
elementos cerrados; pero estamos viendo que ni estaba tan pensada ni era
tan metódica ni era una reflexión tan profunda, sino que ha sido
consecuencia, evidentemente, de los avatares políticos ocurridos en mayo,
una vez que se celebraron las elecciones europeas.


En toda la tramitación del Proyecto de Ley Orgánica de
abdicación nuestro posicionamiento ha sido crítico. No obstante, me van a
aceptar que diga que algo debe de estar pasando dentro del grupo









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mayoritario, si un consenso tan amplio como el que dicen
que se consiguió con el Proyecto de Ley de abdicación, se resquebraja a
la mínima, como está sucediendo con el aforamiento.


Tal como se ha comentado hasta ahora, somos muy críticos
tanto con el fondo como con la forma. Como ha dicho el representante del
Grupo Parlamentario Mixto, Izquierda Unida, el propio presidente del
Congreso ha calificado el trámite de este proyecto de ley de chapuza, lo
que, si a nosotros nos puede sorprender, más o menos, para los
representados, para la ciudadanía en general, ha sido una gran sorpresa,
lo compartirán conmigo. Este es un indicador de que quizá las cosas no se
han hecho del todo bien, porque la reflexión es muy sencilla: superado el
debate de monarquía o república, que una persona que ha sido jefe de
Estado tenga que ser aforado sin fuero y, por otra parte, tenga que ser
aforado por la puerta de atrás, no parece lógico.


Se está tensionando demasiado. Y no solo con esto, sino
también con la no aceptación de las enmiendas 7 y 20 de la Entesa y del
Grupo Parlamentario Mixto, por no ser acordes con el contenido y
objetivos del proyecto de ley que estamos tramitando en estos momentos.
Resulta cínico que estemos tramitando los proyectos de ley tensionando
tanto los reglamentos en un momento de desafección ciudadana profunda
hacia las instituciones, y más hacia esta Cámara, el Senado. Con ello,
más que ayudarlas, estamos hundiendo las instituciones, separándolas
mucho más de la ciudadanía. Por eso nuestra postura hoy es crítica, y
profundizaremos en los argumentos en el Pleno que va a tener lugar esta
semana, en el que debatiremos el proyecto de ley que tenemos encima de la
mesa.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Bildarratz.


Para turno en contra, la señora Franco, del Grupo
Parlamentario Popular, tiene la palabra.


La señora FRANCO GONZÁLEZ: Muchas gracias, señor
presidente. También muy brevemente y de forma sintética voy a responder a
los ponentes que han defendido los vetos a este proyecto de ley.


El objetivo que persigue este proyecto de ley, en lo que
afecta a los motivos fundamentalmente alegados en los vetos, es
precisamente el aforamiento del rey que ha abdicado, aunque se afora a
otros miembros de la familia real, como el consorte del rey o el consorte
de la reina, en su caso, el príncipe heredero, la princesa heredera y su
consorte, y, por supuesto, al rey que ha abdicado y a su esposa, la reina
consorte, el motivo fundamental que han alegado los ponentes para
oponerse a este proyecto de ley.


Este proyecto de ley pretende suplir un vacío legal. Por
una parte, ya desde hace años se venía demandando, sobre todo en sectores
académicos, la necesidad de regular el estatuto legal del príncipe
heredero, a lo que ahora se une la necesidad de regular el estatuto legal
del rey que ha abdicado. Este es el objetivo de una de las enmiendas
introducidas en el Congreso de los Diputados a este proyecto de ley que
hoy debatimos.


Se ha criticado el procedimiento, señalando que es de
urgencia. Es cierto que es un procedimiento de urgencia, porque se trata
de rellenar una laguna legal con la mayor rapidez y diligencia, pero no
ha sido la intención del Grupo Parlamentario Popular ni en el Congreso ni
en el Senado tensionar los reglamentos o llevar a cabo un procedimiento
atropellado. Se han respetado en todo caso los reglamentos de ambas
Cámaras, y se ha mantenido el oportuno debate sobre las modificaciones
que se introducen.


También se ha señalado la posibilidad de que exista una
incoherencia con las enmiendas aprobadas en el Congreso. A este respecto,
quiero ser sobre todo escrupulosa con la autonomía que tiene la Mesa del
Congreso para valorar esa conexión mínima de la enmienda con el texto
enmendado, que es algo que la Mesa del Congreso ha hecho, respetando por
supuesto el derecho de enmienda de los diputados; un derecho que, además,
se deduce directamente del derecho de participación que recoge nuestra
Constitución. Consideramos que esa coherencia mínima, que es lo que exige
la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, sí que concurre en este
caso. Respetamos, por tanto, la decisión de la Mesa del Congreso al
aceptar estas enmiendas al texto del proyecto de ley.


En segundo lugar, además de estos aspectos formales o
procedimentales, sus señorías han hecho referencia a una serie de
aspectos materiales por los que se oponen al proyecto de ley. Varios
senadores han hablado de la propia naturaleza de un aforamiento especial,
que es cierto que el ordenamiento jurídico y la jurisprudencia
constitucional reconocen no como un privilegio personal, sino como una
garantía para garantizar el buen funcionamiento, la libertad y la
independencia de los órganos constitucionales. Así se previó en la
Constitución el aforamiento de los diputados y senadores. Esta norma
pretende conceder este aforamiento a los miembros de la familia real a
los que he hecho referencia, no









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como privilegio personal, jamás como privilegio personal,
sino como garantía de independencia, de libertad, de la primera
magistratura del Estado, que es la jefatura del Estado.


También se ha criticado la amplitud de este aforamiento,
que es cierto que abarca las materias civiles y penales, y llama la
atención, sobre todo, el aforamiento del rey; porque es un rey abdicado,
pero sigue siendo rey y su figura está indisolublemente unida a la
jefatura del Estado de este país y lo estará hasta el momento de su
fallecimiento. Les quiero recordar que una regulación muy similar se
introduce en el Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial que está
actualmente en tramitación. Hace pocos días conocimos el informe completo
del pleno del Consejo General del Poder Judicial, que valora
positivamente la introducción de estos aforamientos; ya se conocía con
anterioridad el criterio de la Comisión permanente del Consejo General
del Poder Judicial.


No existe ningún tipo de incoherencia política en que se
regulen en este proyecto de ley estos aforamientos especiales, al margen
de este debate general de totalidad que, como ha señalado nuestro
presidente del Gobierno, debe encararse: el debate sobre la institución
del aforamiento en general. No hay incoherencia en que se incluyan estos
aforamientos en este proyecto de ley y se aborde con posterioridad ese
debate general que todos creemos que es necesario en este país, porque es
cierto que preocupa a la ciudadanía y que determinados supuestos se
censuran, se critican y no se comprenden. Es un debate que debemos
emprender, porque quizás el número de aforados sea excesivo y haya que
ver también la amplitud y extensión de los aforamientos y otra serie de
materias; pero este debate llegará a la Cámara, y llegará, por supuesto,
en ese nuevo proyecto de ley orgánica que está actualmente en
tramitación. Cuando este proyecto llegue a esta Cámara, afrontaremos ese
debate general.


Por las razones que he expuesto, nos vamos a oponer a los
vetos.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Franco.


Pasamos al turno de portavoces.


Por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra el señor
Iglesias.


El señor IGLESIAS FERNÁNDEZ: Intervendré brevemente, para
sumar una consideración más a las argumentaciones que hemos desarrollado.
Hasta tal punto es anómala la incorporación a este proyecto de ley del
aforamiento del anterior jefe del Estado que, en la justificación que se
realiza en el preámbulo, no se hace referencia a ninguna función
constitucional o institucional que lo justifique, sino que se habla de la
dignidad de quien fue jefe del Estado o rey de España. Cuando se pretende
legislar a partir de cuestiones que forman parte más de la moral, de la
consideración social o de la ética, que de conceptos jurídicos, el
ordenamiento jurídico empieza a patinar y empieza a deslizarse hacia
caminos difíciles de acotar, en principio.


Creo que la dignidad puede ser de dos clases: la primera,
la de las personas, la que tenemos todos y que es igual en cada uno, y,
la segunda, la de las instituciones; en este caso se pretende aforar a
alguien, no porque represente una institución sino porque la representó.
Entiendo que esa decisión y ese fundamento basado en la dignidad de quien
fue como argumento para aforarlo de cara al futuro ni tiene precedentes
en el sistema jurídico ni refuerza nuestro sistema institucional. Además,
estoy convencido de que tampoco ayuda a la Corona ni a ese compromiso o
apuesta por la modernización de la monarquía.


En fin, lo cierto es que muchas veces, alguien que pretende
ayudar genera sin querer tremendos perjuicios, y sospecho que estamos
ante una de esas situaciones.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Iglesias.


Por el Grupo Parlamentario Vasco, tiene la palabra el señor
Bildarratz.


El señor BILDARRATZ SORRON: Gracias.


Quiero subrayar, y quiero que lo entienda el grupo
mayoritario, que, tal como señalaba la senadora Franco, existía desde
hacía años una demanda de que se estableciera el estatuto legal del
príncipe, al igual que el estatuto legal del monarca abdicado. Pero
realizar en quince días, con estas prisas, de manera urgente y no
habitual, algo que ha dormido el sueño de los justos resulta, cuando
menos, anómalo.


Mi grupo parlamentario entiende que es bueno que se realice
una profunda reflexión sobre los aforamientos. Tenemos que intentar ser
coherentes con los razonamientos que hacemos en defensa de nuestras
posiciones, para ver hasta dónde tiene que llegar o no ese aforamiento,
sin complejos, actuando como creemos que hay que actuar; y me refiero al
derecho comparado o a ser diferentes o no.









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Dicho esto, hay que tener en cuenta que estamos viviendo
una situación del todo anómala: por qué se aplica al que fue rey, y no al
que fue presidente del Gobierno y ha dejado de serlo. ¿Dónde empieza y
dónde termina el aforamiento? ¿Hasta dónde podemos llegar o no?


La senadora Franco hacía referencia a que sigue siendo rey,
y es así; pero también existirá alguna diferencia, porque el anterior rey
era inviolable, según la Constitución, y ahora no lo es. Todo ello exige
una reflexión para que seamos coherentes con el planteamiento, y las
prisas nunca son buenas consejeras.


Legislar de manera improvisada para solucionar problemas
puntuales de una persona no nos lleva a ningún sitio y, a nuestro
entender, produce una gran falta de confianza en la justicia y en los
operadores jurídicos que la gestionan.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Bildarratz.


Por el Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya,
tiene la palabra el senador Guillot.


El señor GUILLOT MIRAVET: Gracias, señor presidente.


Puedo entender que para el Partido Popular esté bien todo
lo que acaba según su voluntad, deseos y objetivos; pero, señora Franco,
este tipo de tramitaciones, colgar en el Congreso de los Diputados
enmiendas que nada tienen que ver con el proyecto de ley presentado, que
la Mesa del Senado tenga que ver algo y decida que no...; usted dirá lo
quiera, pero no es la primera vez que ocurre en esta legislatura; ya
hemos acumulado muchas experiencias de este tipo, y creo que esto es un
mal servicio al rigor y al buen trabajo parlamentario. Además, como decía
el portavoz del Grupo Nacionalista Vasco, violenta a las minorías; este
hacer y deshacer nos violenta.


Por otro lado, estamos debatiendo sobre un privilegio, no
se engañen; y la opinión pública está viviendo toda esta tramitación, el
concepto de aforamiento, su ampliación y su extensión a miembros de la
familia real y al exjefe de Estado, al rey Juan Carlos, como un
privilegio, y es un privilegio que ustedes defienden a capa y espada. El
jefe de Estado está protegido por la Constitución española; y el exjefe
de Estado, desde que abdicó hasta su muerte, señora Franco, es exjefe de
Estado, y punto; eso es lo que es, desde que abdicó y hasta su muerte. Y
como es exjefe de Estado, no hay que garantizar sus funciones a partir de
la libertad y la independencia, como usted afirma, que es lo que
representan los aforamientos. ¿Qué libertad y qué independencia hay que
garantizar a don Juan Carlos de Borbón y Borbón o a doña Sofía? ¿Qué
funciones tienen? Ninguna.


Así como el jefe de Estado está protegido por la
Constitución española, todos, en nuestra vida personal, nos protegemos
nosotros mismos, con nuestra coherencia, o con nuestro buen o mal hacer;
y ni el BOE ni las votaciones por mayorías van a impedir que nadie en
este mundo abdique de sus responsabilidades. Y si hay hijos fuera del
matrimonio u otros problemas o circunstancias, es una realidad que no
vamos a impedir aquí, ni siquiera votando. Por mucho que votemos, no lo
vamos a paralizar. Al final, todo el mundo tiene que afrontar lo que ha
hecho en la vida y sus responsabilidades.


Gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Guillot.


El Grupo Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i
Unió no va a hacer uso de la palabra.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el
senador Díaz Tejera.


El señor DÍAZ TEJERA: Gracias, señor presidente. Buenas
tardes.


Para explicar el voto del Grupo Parlamentario Socialista en
esta comisión, nos remitimos al Pleno que se celebrará el próximo jueves,
donde daremos una explicación pormenorizada y detallada acerca de
nuestras razones y argumentos.


Compartimos algunas razones formales y objetivas que se han
expuesto aquí en la defensa de los vetos; sin embargo, no compartimos
algunos otros razonamientos políticos, sustantivos o de contenido, lo que
nos llevará a abstenernos en la votación, tal y como ha mantenido mi
grupo parlamentario en el Pleno del Congreso de los Diputados, como
mantiene en esta comisión y como mantendrá el próximo jueves, en el Pleno
del Senado, en relación con este último punto del orden del día.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Díaz Tejera.


Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el
señor Altava.









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El señor ALTAVA LAVALL: Con su venia, señor presidente.
Gracias.


Se han dicho muchas cosas, pero para este portavoz no todas
las que se deberían haber dicho. El proyecto de ley trata 2 cuestiones
básicas: una, la concesión de competencias respecto a las comunidades
autónomas o el Ministerio de Justicia en todo aquello que tiene
competencia en el ámbito del territorio nacional, y una segunda cuestión
importante respecto al aforamiento de la Casa Real y de su majestad el
rey abdicado y su consorte. Los vetos hacen referencia solamente a este
segundo punto, el de los aforamientos. Y a ellos muy sintéticamente me
voy a referir.


Yo creo que hay que partir de una idea clara. Confundimos
conceptos. Se confunde el concepto de aforamiento con el de
irresponsabilidad, con el de inmunidad, con el de inviolabilidad. El
único que es irresponsable jurídicamente hoy día es su majestad don
Felipe VI, con una irresponsabilidad jurídica. De hecho, si su majestad
cometiera delito, él no podría ser juzgado, porque es el único
irresponsable jurídicamente. Serían responsables quienes refrendan las
leyes: el presidente del Gobierno o el ministro firmante. El rey sanciona
y por eso es irresponsable jurídicamente. Esa misma ley viene refrendada
por el presidente del Gobierno o el ministro. Esos serían los
responsables. Su majestad don Juan Carlos I, del que estamos tratando su
aforamiento, sería responsable; responsable ante un determinado órgano
jurisdiccional, que es de lo que se trata. Pero ahora mismo ni sería
inmune ni sería inviolable, sería absolutamente responsable de cualquiera
de las cuestiones que se han planteado por el resto de portavoces. Con lo
cual, el aforamiento no pretende blindar de cualquier irresponsabilidad a
su majestad don Juan Carlos o a su consorte. Para nada. Precisamente
pretende concederle un órgano jurisdiccional aprobado legislativamente y
que viene recogido en la Ley Orgánica del Poder Judicial.


El veto número 1, de la senadora Capella i Farré, habla de
la protección y de los privilegios, critica el procedimiento que se ha
llevado para la tramitación del mismo y se refiere a la supuesta
vulneración del principio de igualdad y del principio de tutela judicial
efectiva. Y, señorías —esto lo digo también para el resto de
portavoces—, se está modificando la Ley Orgánica del Poder
Judicial. Ya hace mucho tiempo, el Tribunal Constitucional y también el
Tribunal Supremo censuraron de manera muy tajante que aprovechando las
leyes de Presupuestos Generales del Estado se modificaran otras leyes
sustantivas. Eso hoy día legislativamente ya no lo hacemos porque se
tildó de técnica legislativa defectuosa. Se está modificando la propia
Ley Orgánica del Poder Judicial. ¿Cómo? A través de una Ley Orgánica del
Poder Judicial que ya se estaba sustanciando en las Cámaras. ¿No se podía
haber regulado algo respecto a los secretarios judiciales? Exactamente
igual. ¿No se podía haber tocado algo en esta Ley Orgánica del Poder
Judicial respecto al ministerio fiscal, respecto a los abogados, respecto
a los procuradores, que también hay cierta regulación que les afecta a
ellos en la Ley Orgánica del Poder Judicial? Por supuesto que sí. Con lo
cual, ¿por qué nos llevamos a engaño si estamos recogiendo algo que
afecta a la competencia objetiva de un órgano jurisdiccional, que es el
Tribunal Supremo? Simplemente nos estamos limitando a recoger, a poner, a
añadir una competencia más ante la Sala de lo Civil y de lo Penal del
Tribunal Supremo.


El veto número 2, del Grupo Mixto, de los senadores
Iglesias y Mariscal, critica el procedimiento y vienen a decir lo mismo
que dijeron en el Congreso de los Diputados. Aquello lo tenemos que dar
por supuesto, porque ya nos viene una ley heredada del Congreso de los
Diputados, que es la que tenemos que tratar aquí. ¿Quieren de verdad un
tercer proyecto de ley orgánica de la Ley Orgánica del Poder Judicial que
regule el aforamiento? Si ya tenemos este instrumento, señorías, si ya
tenemos esta ley orgánica que estamos supervisando y estamos tocando un
tema que afecta a la competencia, que viene recogido en esa Ley Orgánica
del Poder Judicial. Es, pues, cauce idóneo para solucionar la cuestión
del aforamiento, que afecta a un privilegio procesal, no de derecho
constitucional, no de derecho sustantivo, no de derecho penal, sino que
es una cuestión procesal que viene precisamente regulada en la Ley
Orgánica del Poder Judicial.


Dice que se vulnera el principio del juez natural. Para
nada. Como sus señorías saben, ya desde las sentencias del Tribunal
Constitucional 55/1990, 68 y 69/2001, y muchas otras del Tribunal
Supremo, se entiende que el juez predeterminado por la ley, juez legal o
juez natural, se da siempre que el órgano jurisdiccional está creado por
norma legal, con jurisdicción y competencia con anterioridad al hecho
motivador que da lugar al proceso judicial. Y esto se da en este caso.
Aquí no se está asignando ningún juez ad hoc, ningún tribunal, ninguna
sala ad hoc para un determinado caso. Simplemente, se está determinando,
ampliando un supuesto más de criterio de competencia objetiva.


El veto número 3, de los senadores Guillot y Saura, critica
la reforma por motivos formales, por motivos de oportunidad política y
por motivos de contenido. Por motivos formales, yo entiendo, señorías,









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que ha pasado el trámite en el Congreso
—determinación de la ponencia y debate en la ponencia, Comisión de
Justicia y Pleno— y aquí estamos también en la Comisión de Justicia
y tendremos oportunidad de debatirlo en el Pleno, con lo cual, para nada
se está hurtando el debate respecto al planteamiento de los vetos.


Motivos de oportunidad política. Dicen que en este momento
en que se está hablando de que hay demasiados aforados, ¿qué hacemos
aforando todavía a alguien más? Yo creo que hay que distinguir. Estamos
intentando aforar a alguien que ha sido jefe de Estado durante casi
cuarenta años y el presidente del Gobierno ha dicho que es un tema que se
tiene que tratar. Ustedes han manifestado que hay, presuntamente, 10 000
aforados, pero, efectivamente, se ha hablado de los 200 000 de las
fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y de los 126 000 militares, que
van a una jurisdicción especial. A lo mejor tenemos que hacer una
consideración global del aforamiento o de las jurisdicciones especiales
que hay al respecto. El presidente del Gobierno ha puesto de manifiesto
que es un tema a tratar y que tanto sus señorías como yo, Dios mediante,
tendremos oportunidad de hacerlo.


En los motivos de contenido que plantean hacen una
intromisión a la aplicación retroactiva. ¿No les parece bien que el
Tribunal Supremo sea el órgano que juzgue, en todo caso, a su majestad el
rey Juan Carlos I, a su consorte y a la Casa Real? No solamente porque
sus señorías —así lo dice la Constitución— estemos aforados,
sino, fíjense, porque en la VIII Legislatura, la Ley Orgánica 3/2004, de
28 de diciembre, que modificó la Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, del
Consejo de Estado, en su artículo 8 introdujo que serán consejeros natos
—ni electivos ni permanentes, sino natos, o sea, para
siempre,—: «Quienes hayan desempeñado el cargo de presidente del
Gobierno adquirirán la condición de consejeros natos de Estado con
carácter vitalicio, y en cualquier momento podrán manifestar al
presidente del Consejo de Estado su voluntad de incorporarse a él». Eso
es lo que hizo el señor Rodríguez Zapatero, presidente del Gobierno, que
en el año 2004, en su primera legislatura, modificó el Consejo de Estado
para, entre otras cosas, que él, como expresidente del Consejo de Estado,
pudiera estar. Nadie se planteó si lo que estábamos cuestionando aquí era
si el señor Rodríguez Zapatero pretendía aforarse, porque como
perteneciente al Consejo de Estado está aforado ante el Tribunal Supremo.
Nadie lo cuestionó en el año 2004. Y ahora, ¿nos planteamos si debe estar
o no aforado quien ha sido jefe de Estado con todos los expresidentes de
Gobierno, cuando los presidentes de Gobierno lo han estado? Creo,
señorías, que la contestación está clara. El aforamiento, al menos el
mismo aforamiento que tuvieron los expresidentes del Gobierno, lo tiene
que tener quien ha sido casi durante cuarenta años jefe del Estado.


Y, por último, el veto número 4, del Grupo Parlamentario
Vasco, dice que se evita un debate necesario y profundo sobre la
monarquía. El debate sobre la monarquía no existe y, si existe en la
calle, no se ha presentado ninguna iniciativa por parte del Grupo
Parlamentario Vasco para intentar modificar el artículo 1.3 de la
Constitución, que es el que recoge la forma política del Estado español
como monarquía parlamentaria. Al no haberse planteado una iniciativa, nos
sorprende que ahora diga que con este debate se está hurtando el de la
monarquía.


El procedimiento a través de la Ley Orgánica del Poder
Judicial creo que ya está dicho, por lo menos en este trámite de
comisión, y, en su caso, ya lo ampliaremos en el Pleno.


Respecto al aforamiento vitalicio, me remito a lo dicho
para los expresidentes de Gobierno, que de alguna manera se solucionó
para que también pudieran tener ese aforamiento.


Por todo lo manifestado, y como ha dicho antes la senadora
Franco, rechazaremos los 4 vetos, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Altava.


Finalizadas estas intervenciones, procedemos a votar las
propuestas de veto.


En primer lugar, votamos la propuesta de veto número 1,
presentada por la señora Capella i Farré, del Grupo Parlamentario
Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 16; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la propuesta de veto número 2, presentada por el
señor Iglesias Fernández y el señor Mariscal Cifuentes, del Grupo
Parlamentario Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 16; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.









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Votamos la propuesta de veto número 3, presentada por el
señor Guillot Miravet y el señor Saura Laporta, del Grupo Parlamentario
Entesa pel Progrés de Catalunya.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 16; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Por último, votamos la propuesta de veto número 4, del
Grupo Parlamentario Vasco.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 16; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Señorías, finalizada esta votación, pasamos a la defensa de
las enmiendas.


Empezamos con las enmiendas 1 a 6 y 8 a 10, presentadas por
el señor Iglesias Fernández y el señor Mariscal Cifuentes, del Grupo
Parlamentario Mixto.


Señor Iglesias, tiene la palabra para la defensa de sus
enmiendas.


El señor IGLESIAS FERNÁNDEZ: Intervendré muy rápidamente,
señor presidente.


La enmienda número 7 no ha sido admitida, por lo que
solicitaré a la Mesa que reconsidere esa decisión.


Las enmiendas que guardan relación con el contenido del
proyecto inicialmente presentado en el Congreso son las que hacen
referencia a la retribución de los magistrados del Tribunal Supremo que
sean miembros del Consejo General del Poder Judicial sin dedicación
exclusiva; a la homologación de los permisos en la Administración de
Justicia con los de la Administración General del Estado; a la
posibilidad de que se constituyan tribunales autonómicos de oposición; y
a la cobertura de vacantes con jueces sustitutos y magistrados
suplentes.


El segundo bloque de enmiendas hace referencia a las
incorporaciones realizadas a través de las enmiendas presentadas por el
Grupo Parlamentario Popular durante el trámite parlamentario en el
Congreso relativas al aforamiento. Nosotros queremos revertir el
contenido de esas enmiendas y por ello enmendamos la consideración que se
realiza en el preámbulo, además de la introducción de ese artículo 55 bis
de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la disposición transitoria.
Por el contrario, planteamos que se introduzca otra disposición
transitoria que dé un plazo al Gobierno de seis meses para presentar las
reformas normativas necesarias para la reducción del número de aforados y
se introduzca la posibilidad del reconocimiento del carácter voluntario
del aforamiento en el momento de tomar posesión de la responsabilidad que
da lugar a dicho aforamiento, no a posteriori.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Iglesias.


Para la defensa de las enmiendas 22 a 25 presentadas por el
Grupo Parlamentario Vasco, tiene la palabra el señor Bildarratz.


El señor BILDARRATZ SORRON: Muchas gracias, señor
presidente.


En este caso distinguimos 2 bloques. En el primero de
ellos, con el ánimo de ser coherentes con el veto presentado, proponemos
la supresión de determinados planteamientos realizados en ciertas
modificaciones planteadas en el Congreso de los Diputados. Por otra
parte, hemos presentado una enmienda relacionada únicamente con el objeto
inicial de este proyecto de ley relativa a la rehabilitación procedente
de la jubilación, donde pedíamos que esta se pudiese establecer a través
de las comunidades autónomas que tuviesen asumidas competencias en la
materia.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, don Jokin
Bildarratz.


Para la defensa de las enmiendas 11 a 19 y 21 del Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya, tiene la palabra el señor
Guillot.


El señor GUILLOT MIRAVET: Gràcies, senyor president.


Las doy por defendidas.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Guillot.









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Para la defensa de las enmiendas 26 a 34 del Grupo
Parlamentario Socialista, tiene la palabra don Arcadio Díaz Tejera.


El señor DÍAZ TEJERA: Gracias, presidente.


Nosotros hemos presentado 2 bloques de enmiendas. En las
que tienen que ver con el Consejo General del Poder Judicial, por
coherencia con la línea de pensamiento y propuesta política que hemos
expresado durante esta legislatura, mostramos nuestro desacuerdo con su
vaciamiento competencial, con su desplazamiento de atribuciones, con su
estructura y con el cambio de las mayorías cualificadas establecidas. Por
estos motivos planteamos retomar la situación anterior a la última
reforma.


En otro bloque de enmiendas pretendemos retrotraer la
situación de los funcionarios antes del recorte de sus derechos y
prestaciones. Son propuestas que tienden a restituir el estado de cosas
anterior a los últimos recortes en materia de función pública.


Todos estos son los razonamientos relativos a los 2 bloques
de enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista, de la 26
a la 34.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, senador Díaz
Tejera.


Turno en contra.


Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la
señora Franco.


La señora FRANCO GONZÁLEZ: Buenas tardes de nuevo. Muchas
gracias, señor presidente.


Responderé con brevedad a los ponentes respecto de las
enmiendas que han presentado. Si me lo permiten, trataré todas ellas en
conjunto, ya que muchas son coincidentes.


En primer lugar, un grupo de enmiendas se refiere al
aforamiento, cuestión que hemos debatido con bastante amplitud
anteriormente. Simplemente quiero señalar que se rechazan por los
argumentos que tanto el senador Altava como yo misma hemos puesto de
manifiesto durante la presentación de los vetos, pues estas enmiendas
pretendían suprimir la parte del preámbulo que justifica la introducción
de esta reforma legal, el artículo 55 bis y la disposición transitoria
única.


En segundo lugar, otro conjunto de enmiendas también
enmienda —por decirlo de alguna manera— ese bloque que se
introdujo en el Congreso que no afecta al aforamiento, en particular, las
relativas al artículo 355 bis y a la parte del preámbulo que lo
justifica, sobre la cobertura de destinos que los titulares se encuentran
en situación de servicios especiales. Las enmiendas que piden la
supresión de este artículo también han sido rechazadas. Se trata en este
caso de recuperar un artículo derogado con la anterior modificación de la
Ley Orgánica del Poder Judicial, el artículo 118, cuya derogación es
verdad que ha generado ciertos desajustes o disfunciones. Por tanto, es
necesario reintroducirlo precisamente para articular de una manera más
adecuada la cobertura de destinos de jueces y magistrados que se
encuentran en situación de servicios especiales.


Un tercer bloque de enmiendas afecta al artículo 584 bis y
al punto tercero del preámbulo que lo justifica. Este artículo hace
referencia precisamente a las retribuciones de los vocales del consejo
sin dedicación exclusiva. Lo que se hace es recolocar un precepto que ya
existe en la actual ley orgánica eliminando el apartado tercero, que
establecía una discriminación en función de que estos vocales ejerciesen
una actividad pública o privada. Por tanto, se suprime esa
distinción.


En cuarto lugar, sus señorías han presentado al texto un
conjunto de enmiendas que hace referencia al contenido original del
proyecto de ley relativo a la constitución de tribunales delegados por
las comunidades autónomas, artículo 478.1. Rechazamos estas enmiendas
pues esta es una cuestión que se establece de acuerdo con criterios de
ahorro y eficiencia, ya que en ocasiones no es necesaria la creación de
estos tribunales aunque la oferta pública sea muy amplia. También se han
presentado enmiendas al artículo 494.2 en relación con la rehabilitación
procedente de la jubilación por incapacidad permanente para dar cabida a
la posibilidad de que intervengan las comunidades autónomas. Rechazamos
estas enmiendas porque hablamos en todo caso de cuerpos nacionales.


Por otra parte, todos los grupos han presentado enmiendas
al artículo 373.4, relativo a los permisos, bien para su ampliación o
para volver a la normativa existente con anterioridad. Aquí sumo ese otro
conjunto de enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista
en relación con diferentes aspectos —no solo permisos sino otras
materias como licencias por enfermedad, etcétera— en los que trata
de recuperar la normativa que existía con anterioridad al decreto ley y
la ley que modificó la Ley Orgánica del Poder Judicial, que vino a
introducir una serie de medidas propuestas inicialmente por









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la CORA. Estas enmiendas no se van a admitir precisamente
porque tampoco se ha superado del todo esa situación. Como saben,
determinadas decisiones han sido reversibles a medida que lo ha permitido
la mejora de la situación económica del país y de las cuentas públicas,
aunque en otros casos no ha podido ser así. En este caso no se puede
revertir porque todavía no se han superado completamente las dificultades
económicas de este país.


Señorías, rechazamos varias enmiendas que hacen referencia
a la introducción de una nueva disposición adicional relativa a jueces
sustitutos y magistrados suplentes puesto que el mecanismo de sustitución
está ampliamente regulado; se prevé un cuarto turno y no es necesario
introducir mayores medidas al respecto. Por último, en cuanto a la
enmienda relativa a la introducción de una nueva disposición transitoria,
quiero señalar que también se deniega.


Finalizo con una breve referencia a esta enmienda. Ha sido
una decisión de la Mesa del Congreso desestimar por incoherencia las
enmiendas 7 y 22, que pretendían a través de esta ley orgánica modificar
el Estatuto Básico del Empleado Público. Aunque es el criterio de la
Mesa, por supuesto, el Grupo Parlamentario Popular está de acuerdo con
esta desestimación porque realmente desde nuestro punto de vista lo que
sí resulta incoherente es tratar de modificar una norma distinta a la Ley
Orgánica del Poder Judicial, como es el Estatuto Básico del Empleado
Público, a través de una modificación de la Ley Orgánica del Poder
Judicial.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Franco.


En turno de portavoces, tiene la palabra el portavoz del
Grupo Parlamentario Mixto, señor Iglesias.


El señor IGLESIAS FERNÁNDEZ: Intervengo exclusivamente,
señor presidente, para decir que me abstendré en la votación respecto a
las enmiendas de los otros grupos parlamentarios, salvo la de la Entesa
que conozco, por no haber tenido tiempo esta mañana de leer con
detenimiento el Boletín Oficial de las Cortes Generales en que se
publicaron.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Iglesias.


¿Grupo Parlamentario Vasco en el Senado, señor Bildarratz?
(Denegaciones).


¿Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya? Tiene
la palabra el senador Guillot.


El señor GUILLOT MIRAVET: Gràcies, senyor president.


Votaré a favor de todas las enmiendas que se han presentado
de los diferentes grupos. Y quiero hacer una consulta, ¿una petición de
resolución motivada es un acto personal, constará en la ponencia o
cómo?


El señor PRESIDENTE: Depende, yo creo que podría ser
unipersonal o colectivo representado en su grupo.


El señor GUILLOT MIRAVET: Gràcies, president.


El señor PRESIDENTE: ¿Grupo Parlamentario Catalán en el
Senado Convergència i Unió? (Denegaciones.)


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el
señor Díaz Tejera


El señor DÍAZ TEJERA: Gracias, señor presidente.


Yo hago mías las consideraciones que se han hecho sobre la
coherencia o la incoherencia de los acuerdos de la Mesa en torno a las
enmiendas. Y quisiera formular una petición expresa al Grupo Popular por
si me la pudiesen explicar, toda vez que no alcanzo a tan profundo
razonamiento. Hasta ahora todas las plazas de los jueces, magistradas y
magistrados del Tribunal Supremo que pasaban a servicios especiales se
cubrían con arreglo a concurso según el escalafón, o sea, el más antiguo
tiene preferencia sobre el más nuevo. Eso hasta ahora. A partir de ahora
no va a ser así, sino que discrecionalmente el consejo nombrará a quien
estime. ¿Eso qué tiene que ver con la crisis económica, con la
racionalidad y con la reducción del gasto público? Nada. Pero como no
alcanzo a tan profundo razonamiento, quisiera preguntar por si tienen a
bien explicarlo en este momento. Puedo entender que lo remitan también a
Pleno.









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Nada más, señor presidente, muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Díaz Tejera.


Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el
señor Altava.


El señor ALTAVA LAVALL: Con su venia, señor presidente.


Suscribo entusiásticamente todo lo manifestado por la
senadora Silvia Franco. Y después quiero decir 4 cosas muy puntuales en
relación con las enmiendas de los distintos grupos parlamentarios.


Respecto a las enmiendas de los senadores Iglesias y
Mariscal, sí entiendo el rechazo por la Presidencia de la Mesa y la no
admisión de su enmienda, habida cuenta de que estaban ustedes criticando
una reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial, que el Grupo
Parlamentario Popular está realizando con una modificación de la
competencia objetiva del Tribunal Supremo y, sin embargo, porque pasaban
por ahí, ustedes intentaban cambiar el Estatuto Básico del Empleado
Público, que no tiene nada que ver. Exactamente igual que la enmienda
planteada por el senador Guillot que ha dado por defendida, reiterando lo
que es la jurisprudencia consolidada, muy consolidada, del Tribunal
Constitucional de que no se puede utilizar una norma para legislar sobre
otras normas.


En cuanto a las enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco,
simplemente quiero decir que es verdad, señor Bildarratz, que no aparece
la elaboración y la dicción de las competencias autonómicas, pero es que
la Ley Orgánica del Poder Judicial es un todo y aquí estamos corrigiendo
o regulando algunas normas en concreto. Entonces hay que entenderlo como
ese compendio legislativo que es la Ley Orgánica del Poder Judicial, con
lo cual aunque en estas normas no se hable de las competencias
autonómicas que tienen los tribunales, ya sabemos que existen esos
tribunales de oposición autonómicos, con lo cual queda claro que se da
por sentado que hay tribunales estatales y también tribunales
autonómicos, aunque no aparezca en la dicción de esta reforma.


Por último, respecto al senador Díaz Tejera, por una parte
el Grupo Parlamentario Socialista plantea en un grupo de enmiendas una
vuelta atrás, no solamente un déjà vu, sino que pretenden que volvamos a
estudiar y a cuestionar la existencia del Consejo General del Poder
Judicial tal y como fue aprobado recientemente en esta legislatura.
Creemos que este es un debate que ya tuvimos, es un debate superado, lo
que hay es ya de lege data, no es de lege ferenda sobre lo podamos
hablar. Es lege data, lo tenemos ya aprobado en el Boletín Oficial del
Estado, perfectamente aplicable, con lo cual no es este el momento de
reabrir el debate en el que cada grupo ya tuvo la oportunidad de
manifestar lo que quiso.


En segundo lugar, respecto a los magistrados del Tribunal
Supremo y su afirmación de que siempre correspondía la plaza a la que se
aspiraba al magistrado antiguo sobre el más moderno, debo decirle que no
es verdad. Sabe perfectamente que es el Consejo General del Poder
Judicial el que designa esas plazas, de manera discrecional, no
arbitraria porque tiene que ser razonada, pero el Consejo General del
Poder Judicial designa a los presidentes de los tribunales superiores de
justicia, designa a los presidentes de las audiencias provinciales y
designa también a los magistrados del Tribunal Supremo, así como a los
presidentes de la secciones y de las salas. Por tanto, es obvio que no va
a cambiar para nada porque el Consejo General del Poder Judicial va a
designar a los magistrados del Tribunal Supremo, entendiendo incluso lo
que en muchas ocasiones se ha hecho, eligiendo en la carrera judicial a
magistrados más modernos o más jóvenes. Y estoy seguro que alcanza a
entender esto que, además, es bastante profundo.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor DÍAZ TEJERA: No me refería a eso, me refería a los
servicios especiales del artículo 118.


El señor PRESIDENTE: ¿Quiere usted tomar la palabra, señor
Díaz Tejera?


El señor DÍAZ TEJERA: Sí me lo permite, señor
presidente.


El señor PRESIDENTE: Por favor.


El señor DÍAZ TEJERA: Es como si yo ahora hablase en chino
y me respondiese en arameo, son dos idiomas distintos. La pregunta
formulada expresamente es respecto al artículo 118, los servicios
especiales; es decir, cuando un magistrado es designado letrado del
Consejo General del Poder Judicial, letrado del Tribunal Constitucional o
alcalde, como es el caso de Juan Alberto. Esa plaza que deja libre hasta
ahora se cubría de acuerdo al escalafón; se sacaba a concurso y se
presentan todos los magistrados de España que quieran, y el más antiguo
en el escalafón la cubre. Es una regla predeterminada, objetiva









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y preestablecida. A partir de ahora eso lo quitan y cómo
hacen, el Consejo nombra a quien quiere para cubrir esa plaza de quien
está en servicios especiales. Entonces la pregunta es ¿qué tiene que ver
con la crisis económica que esa plaza antes se cubriese de acuerdo al
escalafón y ahora se vaya a cubrir de acuerdo con el criterio del
Consejo? No tiene nada que ver. Esa es la pregunta, no tiene nada que ver
con que los presidentes del Tribunal Superior los nombre el consejo según
su libre entender, mi querido don Manuel.


Gracias, presidente, por su espíritu deportivo al dirigir
este debate.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Díaz Tejera.


Señor Altava, tiene la palabra.


El señor ALTAVA LAVALL: Muchas gracias, señor
presidente.


Quiero aclararle al senador Díaz Tejera que le había
entendido perfectamente. El artículo 118 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial recoge los servicios especiales, y es verdad que hasta ahora se
hacía y se va a seguir haciendo con el criterio de la antigüedad respecto
a la carrera judicial en el juzgado de instrucción número 28 de Plaza de
Castilla de Madrid para aquel que se quiera ir por servicios especiales
para ser alcalde de una determinada localidad, pero para los magistrados
del Tribunal Supremo que usted planteaba no es así. Siempre se ha hecho
por parte del Consejo General del Poder Judicial. Y desde luego esto no
tiene nada que ver con la crisis económica, que en muchas otras cosas sí
ha tenido que ver y que el Partido Popular está intentando
solucionar.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señorías.


No habiendo informe de la ponencia, vamos a proceder a
votar las enmiendas por el orden anterior que habíamos reflejado. Hay
agrupación de votaciones de la siguiente manera: en primer lugar, votamos
las enmiendas de los senadores Iglesias Fernández y Mariscal Cifuentes,
del Grupo Parlamentario Mixto, números 1, 4, 5, 6 y 8.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 16; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas números 2, 3, 9 y 10, también de los
senadores Iglesias y Mariscal, del Grupo Parlamentario Mixto.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 3; en contra, 16; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Del Grupo Parlamentario Vasco, votamos la enmienda número
24.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 16; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


También del Grupo Parlamentario Vasco, votamos las
enmiendas números 22, 23 y 25.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 2; en contra, 16; abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya,
votamos las enmiendas 11 a 19 y 21.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 7; en contra, 16; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Por último, del Grupo Parlamentario Socialista, votamos las
enmiendas 26 a 34.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 6; en contra, 16; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Seguidamente, señorías, vamos a proceder a votar el texto
remitido por el Congreso de los Diputados.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a
favor, 16; en contra, 3; abstenciones, 6.









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El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Por lo tanto, señorías, finalizada esta votación,
proclamamos que ha sido dictaminado por la Comisión de Justicia este
proyecto de ley orgánica.


Solo falta que por esta comisión se designe a la persona
que presentará el dictamen ante el Pleno del Senado.


El señor DÍAZ TEJERA: Señor presidente, usted mismo, que lo
hace muy bien.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Díaz Tejera.


El señor ALTAVA LAVALL: En el Grupo Parlamentario Popular
nos sumamos a tan acertada idea del senador Díaz Tejera.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la
sesión.


Eran las dieciocho y cinco minutos.