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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 208, de 26/06/2014
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE


Año 2014 X LEGISLATURA Núm. 208

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JESÚS POSADA MORENO

Sesión plenaria núm. 196

celebrada el jueves,

26 de junio de 2014



ORDEN DEL DÍA:


Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas:


- Proyecto de ley orgánica complementaria de la ley de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa por la que se modifica la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. 'BOCG. Congreso de los
Diputados', serie A, número 93-1, de 30 de abril de 2014. (Número de expediente 121/000093) ... (Página2)


Votación de conjunto ... (Página23)



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SUMARIO


Se abre la sesión a las doce y quince minutos del mediodía.


Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas ... (Página2)


Proyecto de Ley Orgánica complementaria de la Ley de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial ... href='#(Página2)'>(Página2)


La Presidencia informa de que la votación de esta iniciativa no se producirá antes de las 13:30 horas.


Para la fijación de posiciones y, en su caso, defender las enmiendas y votos particulares presentados intervienen la señora Barkos Berruezo, los señores Salvador Armendáriz, Álvarez Sostres y Baldoví Roda, las señoras Oramas González-Moro y
Fernández Davila, el señor Tardà i Coma y la señora Enbeita Maguregi, del Grupo Parlamentario Mixto; el señor Olabarría Muñoz, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); la señora Lozano Domingo, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y
Democracia; los señores Llamazares Trigo, del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural; Jané i Guasch, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió); la señora Batet Lamaña, del Grupo Parlamentario Socialista, y el
señor Barreda de los Rios, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Sometidas a votación separada las enmiendas y el voto particular presentados, son rechazados.


Sometidas a votación separada las diversas partes del dictamen, son aprobadas todas.


Votación de conjunto ... (Página23)


Sometido a votación de conjunto el proyecto de ley de referencia, es aprobado por 184 votos a favor, 32 en contra y 109 abstenciones.


Se levanta la sesión a las dos y treinta minutos de la tarde.


Se abre la sesión a las doce y quince minutos del mediodía.


DICTÁMENES DE COMISIONES SOBRE INICIATIVAS LEGISLATIVAS:


- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA COMPLEMENTARIA DE LA LEY DE RACIONALIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO Y OTRAS MEDIDAS DE REFORMA ADMINISTRATIVA POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY ORGÁNICA 6/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL. (Número de expediente
121/000093).


El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión.


En la presente sesión el único punto es el debate y aprobación del dictamen del proyecto de ley orgánica complementaria de la Ley de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa por la que se modifica la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Como esta iniciativa tiene carácter orgánico, anuncio que la votación no se producirá antes de las 13:30.


Conforme acordamos en Junta de Portavoces, los grupos parlamentarios intervendrán de menor a mayor en un único turno de quince minutos, excepto el Mixto, que tiene un tratamiento diferente, de mayor tiempo, para fijar su posición y, en su
caso, defender las enmiendas presentadas. Comenzamos, por tanto, con el Grupo Mixto. En primer lugar, tiene la palabra la señora Barkos.


La señora BARKOS BERRUEZO: Gracias, presidente.



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Señorías, lo que hoy se nos propone es cerrar el círculo que se iniciaba con la abdicación del Rey Juan Carlos el 2 de junio. Veinticuatro días han pasado solamente, poco más de tres semanas, y en este tiempo se ha producido la abdicación
de un Rey, la proclamación de un Rey, la consolidación... (Rumores).


El señor PRESIDENTE: Perdón, señora diputada.


Hemos comenzado un Pleno. Ruego, por tanto, que los que quieran atender se sienten y los que no abandonen el hemiciclo.


Señora Barkos.


La señora BARKOS BERRUEZO: Gracias, presidente.


Decía que en poco más de tres semanas se ha producido una abdicación, la proclamación de un nuevo Rey, la consolidación de una monarquía parlamentaria, que fue, y hoy sigue siendo por mor del procedimiento utilizado, herencia directa del
franquismo. Ahora se fuerzan los tiempos parlamentarios, una vez más, para traernos una propuesta de aforamiento exprés, y no solo fuerzan tiempos sino que la propia iniciativa viene de tapadillo, porque lo cierto es que hoy la mayoría de esta
Cámara va a crear la figura del aforamiento del Rey abdicante -no parece poca cosa-, pero lo va a hacer no con una propuesta al efecto, sino a través de una enmienda de adición al proyecto de ley orgánica complementaria de la Ley de racionalización
del sector público, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial. Francamente, yo creo que esto merecería una explicación.


¿Quiere alguien explicarnos la necesidad de verles, en este caso concreto a ustedes, señores del Grupo Parlamentario Popular, utilizando todas las artes de la hurtadilla parlamentaria para aforar a un ciudadano? Y no nos digan -lo hemos
escuchado fuera de esta Cámara- que no puede un aforado negar un aforamiento. No es de ley, no es rigurosa esa afirmación, no se puede ser irresponsable en esta materia. No se está cuestionando el aforamiento de un cargo público, que también
podríamos hacerlo -no estaría mal, y creo que muchos en esta Cámara estaríamos dispuestos a hablarlo-, se está cuestionando el aforamiento de quien ya no lo es. Esa es la cuestión, de la que no debemos desviarnos, el aforamiento de quien ha dejado
de ser cargo público y, por tanto, la protección de sus actuaciones en virtud de ese cargo.


Señorías, en el pasado Pleno, en el que se aprobaba la abdicación del Rey, esta portavoz afeó a quienes llevaban el sí aquella mañana que estuvieran consolidando el sistema de la monarquía parlamentaria por la puerta de atrás -nos parece
lamentable-, que se desaprovechara la ocasión de conseguir en las urnas la legitimidad que a esta monarquía parlamentaria el franquismo nunca le va a poder dar, que no quisieran ver que la misma abdicación activaba el debate que existe sobre el
modelo de Estado, aunque se quiera negar, en una sociedad que, es evidente, madura a ritmo bastante más rápido que sus propias instituciones. Yo les pedía que preguntaran, y, además, que lo hicieran para escuchar.


Pues bien, señorías, aquellos son los mismos argumentos con los que hoy vamos a votar no a su enmienda. No hay problema, su mayoría, por supuesto, va a hacer el resto y hoy ustedes cierran el círculo, pero insisto -y termino como empezaba-
en que lo cierran en falso.


Gracias, presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Barkos.


Por el Grupo Mixto también, tiene la palabra el señor Salvador.


El señor SALVADOR ARMENDÁRIZ: Gracias, señor presidente.


Señor ministro, a mi partido la fórmula que se ha encontrado para el aforamiento nos parece razonable, lógica y oportuna. Y si es ahora cuando se plantea este dilema o cuando existe una laguna jurídica es, precisamente, ahora cuando podemos
y debemos plantear las soluciones con total naturalidad. A quienes se oponen al aforamiento por una cuestión de procedimiento les diría que podríamos mostrarles seguramente no uno, sino muchos precedentes en los que en su favor se han tramitado
cambios normativos con este mismo procedimiento perfectamente legal. Es cierto que debatimos un asunto que no es habitual, que es ciertamente excepcional o muy excepcional, tanto por las personas a las que se dirige la norma como por la falta de
precedentes normativos recientes o remotos que nos pueden proporcionar un modelo previo o una solución y tampoco el derecho comparado nos podría proporcionar uno. Ni el aforamiento ni su excepcionalidad en este caso constituyen a nuestro juicio un
privilegio y mucho menos deben suponer ninguna impunidad, ninguna. Si creemos en la justicia española, el que estas personas pudieran ser juzgadas por el Tribunal Supremo, como ha declarado el expresidente Felipe González, es simplemente



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una garantía de que serían juzgados con máxima seriedad, máximo rigor y máxima independencia. Y no dejaría de ser una paradoja, por otra parte, que quedaran en peor situación que cualquiera de nosotros o de los más de 10.000 aforados que
hay en España.


A quienes justifican su negativa diciendo que esta fórmula solo se aplica a quienes están en activo, podríamos contestar o argumentar que será difícil evitar la actividad pública de don Juan Carlos o doña Sofía. Es más, si por el hecho de
la abdicación tuviéramos que privar a nuestro país de sus buenas relaciones, de sus buenos oficios, de su experiencia o de su conocimiento, estaríamos desaprovechando un gran activo, sencillamente. Don Juan Carlos, aun habiendo abdicado y pasado a
la reserva, me temo que estará en activo, siempre estará al servicio del mando, por decirlo de alguna manera, o cuando se le requiera por cualquiera de las comunidades autónomas o de sus señorías. Mucho me temo que más allá de la renuncia a la
Jefatura del Estado siempre estará en activo. Es obvio que respetamos los discursos de quienes abogan por la desaparición de todo tipo de aforamiento, que no lo haya para nadie. También es verdad que en ese discurso habría que incorporar una
reflexión en torno a un cambio normativo para impedir las querellas políticas y el uso fraudulento de la justicia como altavoz político o plataforma mediática con el único objetivo de destrozar la honorabilidad del adversario político, o de provocar
descrédito en las instituciones, el desgaste, la renuncia o la exclusión del contrario.


Termino, señorías. En cuanto a algunos otros grupos, entenderé la oposición al aforamiento del Grupo de Amaiur, lógico. Son los mismos que jamás condenaron los intentos de asesinar o secuestrar a Su Majestad el Rey, que en la historia
reciente se han producido, al menos, en cinco ocasiones. Ninguno, jamás, no ya condenar, siquiera criticar u oponerse. Ayer mismo en Barañáin a un etarra con dos asesinatos y un secuestro a sus espaldas y por ese compromiso con la causa, por
pertenecer a una banda que ha querido -como digo- cinco veces asesinar al Rey se le hacía un homenaje. ¡Qué le vamos a hacer, señor ministro! Bastante tienen con respetar las reglas de la democracia que rigen en esta casa.


Señor presidente, señor ministro, UPN votará a favor del aforamiento.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Salvador.


Señor Álvarez Sostres.


El señor ÁLVAREZ SOSTRES: Gracias, señor presidente.


Señorías, mi intervención en esta tribuna obedece a la necesidad de referirme a mi posición política de apoyo explícito y claro al dictamen que modifica la Ley Orgánica, de 1 de julio, del Poder Judicial, que en su artículo único, entre
otras cosas, incluye un apartado 55 bis y una disposición transitoria en la que encomienda al Tribunal Supremo la tramitación y enjuiciamiento de las acciones civiles o penales del Rey o Reina abdicada y otros integrantes reales. Hasta aquí la
exposición de la iniciativa que nos ocupa.


El pasado día 18 de junio se ha producido la abdicación de Su Majestad Juan Carlos I, cesando por ello la inviolabilidad del Monarca, y sus actos, consecuentemente, dejan de estar exentos de cualquier responsabilidad jurídica. No existiendo
nada en el ordenamiento legal que prevea la situación sobrevenida en la que el Rey ha abdicado, queda con el tratamiento honorífico de Rey y tratamiento de Majestad. Es preciso observar que el famoso aforamiento, hoy tan en entredicho, no es un
tema que haya nacido ayer ni siquiera anteayer; es de una situación que se arrastra desde las propias Cortes de Cádiz, es decir, desde el desarrollo de la Revolución liberal burguesa española. Y ese término jamás encerró en su justo sentido ningún
atributo propio de privilegio de clase o vía de escape de una responsabilidad, sino que se corresponde con aquella acepción de garantía de y por los actos efectuados o por efectuar como alto servidor del Estado, evitando a parlamentarios, fiscales y
magistrados querellas y demandas interesadas que eliminen de hecho sus responsabilidades a estos servidores.


En el fondo, seamos claros, y yo siempre lo soy. Se está produciendo un debate con grandes dosis de hipocresía y cinismo, porque muchas críticas se formulan precisamente desde los miles de parlamentarios regionales o nacionales o incluso
miembros de la fiscalía y judicatura que sí tienen esa garantía en función de su responsabilidad, y, por cierto, los últimos representan los dos tercios de los aforados. El aforamiento, pues, no es un asunto de impunidad, sino de elección del
órgano jurisdiccional que garantice las actuaciones de orden institucional para ser juzgado por un tribunal superior de carácter penal o civil. Por eso estamos de acuerdo y hemos suscrito la enmienda presentada, más allá del procedimiento empleado,
siempre mejorable, pero que no empaña la calidad final del producto de velar por la imagen institucional de España, salvo que sirva de excusa que eclipsa una realidad menos confesable. Entendemos



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que mientras el aforamiento exista, y todo es revisable en cantidad y calidad, debe afectar a quien está llevando el título de Rey honorífico y que aún debe prestar grandes servicios a nuestro país.


Gracias, señorías. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Álvarez.


Tiene la palabra ahora, dentro del Grupo Mixto, el señor Baldoví.


El señor BALDOVÍ RODA: Muchas gracias, señor presidente.


Hoy en mis tres minutos quiero sintetizar tres ideas. Permítanme que comience con una afirmación que tengo muchísimas ganas de decir y si me la callo me revuelve las entrañas: no, categóricamente no, el Rey no fue el único que contribuyó a
traer la democracia a este país. La democracia vino también de la mano de todas las personas que en mayor o en menor medida lucharon contra la Dictadura, sufrieron persecución, fueron reprimidas, torturadas, de esas personas que incluso perdieron
su vida; personas de todas las ideologías que entendieron que el viejo mundo se había acabado y que contribuyeron desde diferentes sectores, lugares y posiciones a construir un nuevo país.


En segundo lugar, me voy a referir al fondo de lo que hoy se discute aquí. Que lo cargos públicos sean hereditarios resulta pintoresco, por no decir otro adjetivo; que el cargo suponga que puedas cometer delitos impunemente es poco menos
que aberrante, y que, encima -y este es el fondo de este proyecto de ley que discutimos hoy aquí-, el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo aprueben que cuando el Rey saliente deje el cargo siga ostentando privilegios por razón del cargo que tuvo
-para el cual le nombró, no lo olvidemos, el general Franco-, esto ya no hay ciudadano demócrata que lo entienda. Esta protección extraordinaria urdida con tramitación exprés, carente de toda justificación jurídica, solo puede provocar el recelo y
la sospecha. Dijo el Tribunal Constitucional en su sentencia 22/1997 que al dejar de ostentar el cargo, lo natural es la pérdida de tal privilegio, pues lo contrario supondría convertirlo en privilegio personal. Vulnerar este criterio supone
vulnerar el principio de igualdad de la Constitución.


Por último, me referiré a la forma en que vamos a aprobar esta ley. Están convirtiendo el Parlamento en esto (Introduce una flor en un vaso con agua), en un lugar decorativo, en un florero, negando el debate, negando la reflexión, negando
el diálogo. Hace menos de un mes que abdicó el Rey. En una semana hicieron una ley para coronar al nuevo Rey y el martes nos convocan para hoy jueves -dos días, dos días- con objeto de aprobar una nueva ley que pretende aforar al Rey saliente,
únicamente con los votos del Partido Popular y de algún que otro diputado. Con el 45 % de los votos -ni siquiera el 50 %- van a aprobar esta ley hoy aquí y nadie quiere refrendar este despropósito. Convendrán conmigo que tanta prisa nos hace
pensar mal, que no huele bien. Creo que muchas de esas personas a las que me referí al principio sentirían vergüenza de ver cómo se maltrata la democracia justamente aquí, cómo han convertido el Congreso en esto (Señala la flor): un lugar
decorativo, un florero.


Acabo haciendo dos reconocimientos. Quiero mostrar mi reconocimiento y mandar un abrazo al diputado Chesús Yuste. Que le vaya muy bien. (Pronuncia palabras en valenciano). Y mi reconocimiento y felicitación a los trabajadores de
Coca-Cola (Muestra una pegatina) por su victoria contra el gigante.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Baldoví.


Tiene la palabra la señora Oramas.


La señora ORAMAS GONZÁLEZ-MORO: Gracias, señor presidente.


Señoras y señores diputados, el tema que debatimos hoy es importante, delicado y sensible, y tiene dos aspectos, el fondo y la forma. Respecto al fondo quiero decir que parece necesario que la Reina esté aforada y que parece oportuno que
los anteriores Rey y Reina estén aforados. ¿Por qué lo digo? Porque se están diciendo por ahí cosas que son absurdas y mentira. No es inmunidad, es garantía. De lo único que se trata es de que, en vez de que una sola persona, un solo juez
decida, lo haga un tribunal, pero las leyes y las penas se les van a aplicar igual que al resto de los españoles. Hay que acabar con esa imagen de que el aforamiento es privilegio; es un tema de garantía.


¿Por qué digo que en el caso de la Reina es necesario y en el caso del anterior Rey oportuno? Porque hasta los propios jueces y fiscales de este país -que me he enterado, a raíz de este debate, que están todos aforados-, que son los que
administran la justicia, consideran que hay determinados temas sensibles, de imparcialidad, que necesitan no la opinión de un solo juez sino de un órgano colegiado, como puede ser un tribunal, en este caso el Supremo. En este país hay mucho
loquito, y yo sé que hay



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gente a la que le gustaría que el anterior Rey estuviera yendo provincia por provincia -por cada loquito que presente una demanda-, pero yo creo que este país tiene ante sí un tema de dignidad.


A continuación voy a entrar en el tema de la forma. Por ser, como dije al principio, un tema importante, delicado y sensible, no se tendría que haber hecho así. Se tenía que haber hablado con el resto de las fuerzas políticas que estamos
en esa línea y haber buscado un trámite ágil, serio y parlamentario, que existe, no de esta forma, de tapadillo, de urgencia, que da una percepción de que hay algo que no puede esperar ni tres ni cuatro ni cinco semanas. Creo que eso no es serio en
un tema que, vuelvo a decir, es importante, delicado y sensible.


Quedémonos con lo bueno. Al final esto ha servido para que todas las fuerzas políticas, todas, incluido el Partido Popular, digan que este tema, que es mastodóntico, lo de 10.000 personas aforadas en este país y el sistema y las causas por
las que uno es aforado, se tenga que revisar. Y ya que estamos metidos en esto y esto se ha hecho mal, invito al Partido Popular a que haga una cosa bien: que con urgencia veamos si podemos dar respuesta a una situación que todas las fuerzas
políticas consideramos que no está actualizada, que es urgente en este país, que lo pide la ciudadanía, para que, al final, aforados en este país, el presidente del Gobierno, los ministros, los presidentes autonómicos y tres más, y solamente para el
ejercicio del cargo. Nosotros no tenemos que estar aforados, nosotros no firmamos papeles en el ejercicio del cargo; damos libertad, damos opinión. Eso viene de la época en la que se creía que por lo que se decía a uno le podían procesar. Creo
que los diputados y el 99 % de los aforados no tienen que estarlo.


Por todo ello anuncio que nos vamos a abstener, porque creo que no ha habido la negociación parlamentaria ni las formas para un tema tan importante, tan delicado y tan sensible. Prisas, para lo otro, para quitar todos esos aforados.


Gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Oramas.


Señora Fernández Davila.


La señora FERNÁNDEZ DAVILA: Gracias, señor presidente.


Señorías, intervengo para anunciar el voto en contra del Bloque Nacionalista Galego a este proyecto de ley, tanto por la forma como por el fondo de cómo el Gobierno ha afrontado lo que se denomina aforamiento del Rey Juan Carlos. Señorías,
No podemos compartir en absoluto las formas que el Gobierno ha tenido de presentar una enmienda a un proyecto de ley ya en curso y, sobre todo, hacerlo en tan poquísimo tiempo, veinticuatro horas, lo que impide total y absolutamente a los grupos
parlamentarios presentar sus propias enmiendas o hacer su propio debate, no solamente en relación con el aforamiento del Rey Juan Carlos, sino también con la figura del aforamiento. El Gobierno ha hurtado a este Parlamento la posibilidad del debate
y sobre todo la posibilidad de que los grupos parlamentarios cumplieran con su responsabilidad de actuar como consideraran oportuno en relación con este asunto.


Tampoco compartimos el fondo, porque no podemos compartir que se presente una enmienda por la que, con este nuevo artículo 55 bis, se otorguen al Rey Juan Carlos, que acaba de abdicar hace unos días, unas prerrogativas, unos privilegios que
entendemos que ya no corresponden, en la medida en que la función del Rey Juan Carlos no va a ser una función en activo. Desde nuestro punto de vista, el aforamiento debería estar delimitado y justificado para aquellos asuntos relacionados con las
funciones institucionales que tiene cualquier persona que pueda ser aforada.


El Bloque Nacionalista Galego se hace una pregunta que se pueden estar haciendo muchos ciudadanos en este momento y es de qué quiere el Gobierno proteger al Rey Juan Carlos con este aforamiento que hoy se va a aprobar aquí, y sobre todo con
las prisas con que se está haciendo, del mismo modo que nos preguntamos qué quiere proteger el Gobierno cuando quiere recurrir la imputación de la Infanta Cristina de Borbón.


Queremos aprovechar para decir algo que nos duele mucho como ciudadanos del Estado español que vivimos épocas de dictadura, y es que se siga alabando tanto al Rey Juan Carlos como si por gracia divina nos hubiera otorgado a los ciudadanos
del Estado español la democracia. Eso es tanto como insultar a los miles y miles de ciudadanos del Estado que, por defender la democracia, tuvieron que sufrir la represión de la Dictadura. Nosotros no podemos admitir que la democracia, mucha o
poca, que existe en el Estado español sea gracia de ningún rey, sino que es gracia de la defensa de todas y todos los ciudadanos.



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Por esa razón y por las mismas que adujimos cuando defendimos nuestra posición frente a la abdicación del Rey, hecha de manera que no se pudiera pronunciar la ciudadanía en relación con la elección de la jefatura del Estado, vamos a votar en
contra.


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Fernández.


Señor Tardà.


El señor TARDÀ I COMA: Gracias, señor presidente.


Señorías, hemos vivido decenios de opacidades, decenios de privilegios, decenios de corrupciones, y hoy aquí se va a cometer otro fraude a la democracia. Ya robaron a nuestros padres, que habían padecido la Dictadura franquista, el derecho
a elegir en el año 1978 entre la monarquía instaurada por uno de los genocidas más sanguinarios del siglo XX o bien la restitución de la legalidad republicana, y ahora ustedes, incluso el Partido Socialista, roban a las nuevas generaciones este
mismo derecho a decidir, de forma chapucera, de forma vergonzante e incluso reprimiendo en las calles. Felipe VI, Rey por la gracia de Rajoy y Rubalcaba, como Juan Carlos lo fue por la gracia de Franco, y ahora de lo que se trata es de blindarlo
judicialmente.


No es verdad que ustedes actúen, tal como dice el ministro Gallardón, por respeto y dignidad a España, no, lo hacen por miedo, miedo a la democracia y miedo a la verdad, porque durante años Juan Carlos de Borbón tuvo barra libre para hacer y
deshacer lo que le viniera en gana, tanto que solo así se explica que haya podido amasar una de las fortunas más importantes del mundo que hoy podría ser cuestionada en los tribunales. Por ello, nosotros planteamos, en lugar del aforamiento, la
creación de una comisión parlamentaria que estudie si ha cometido delitos y que envíe las conclusiones a la justicia. Y, entre estos delitos, los imprescriptibles crímenes contra la humanidad cometidos por la Dictadura, ante los cuales nunca tuvo
la honradez de solicitar perdón por su complicidad, porque ¿al lado de quién y en qué balcón estaba Juan Carlos de Borbón el día 1 de octubre del año 1975 cuando el fascismo vitoreaba las últimas penas de muerte dictadas por Franco?


Esta es la realidad. Ustedes tienen miedo a la democracia y a la justicia. Por ello, pretenden garantizar que, ante una posible actuación judicial, el ciudadano Juan Carlos de Borbón sea juzgado por un tribunal que puedan ustedes
controlar. Y el ejemplo más claro de ello es el caso de Cristina de Borbón, porque, a pesar de aparecer su firma en tantos y tantos documentos de Nóos, si hubiera estado aforada, ¿acaso hubiera sido imputada por un tribunal de los que ustedes
controlan? La respuesta es evidente: no. De hecho, fíjense, el fiscal general de Estado, que es uno de los suyos, va a actuar para impedir que se haga justicia. Ustedes siguen la consigna de Franco: todo atado y bien atado. Pero, no se
equivoquen, esto para ustedes y para el nuevo Borbón es solo pan para hoy y hambre para mañana. Los jóvenes de hoy no consentirán que les impongan sus trampas antidemocráticas, aquellas que sus padres y madres -los míos-...


El señor PRESIDENTE: Tiene usted que terminar, señor Tardà.


El señor TARDÀ I COMA: ... tuvieron que tragarse por el miedo y el terror con que tuvieron que vivir buena parte de sus vidas.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Tardà.


Señora Enbeita.


La señora ENBEITA MAGUREGI: Gracias, señor presidente.


Señorías, Juan Carlos de Borbón abdicó, ha dejado de ser jefe de Estado. Bien, nos alegramos, pero ojalá hubiera abdicado toda su familia, ojalá hubieran decidido no seguir en los cargos que heredaron de Franco y hubieran decidido dar
cuentas por los cargos imputados por los jueces, porque, claro, ustedes nos dirán que el Rey no ha sido imputado, pero, si ni ustedes ni el Rey tienen miedo de ninguna imputación, ¿por qué este aforamiento? No vale decir que también nosotras las
diputadas somos aforadas, no vale. Los aforamientos deberían desaparecer, todos ellos, porque son fuente de desigualdad. La experiencia nos ha demostrado que protegen a los prevaricadores, a los ladrones y a los influyentes, porque, aprovechando
el aforamiento, no dan cuenta del dinero que han ganado a costa de los demás.


El aforamiento del Rey o ex-Rey en concreto esconde algo, porque, para cosa buena, mucha prisa han tenido ustedes. Juan Carlos ya no es Rey, con lo cual ya no es jefe de Estado, ya no es inviolable ni



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irresponsable, pero por si acaso se le afora. Ahora que, en teoría y solo en teoría, es un ciudadano más, van ustedes y lo aforan. ¿Por qué? ¿Para protegerlo de qué? Señorías, este señor llegó de Italia con una maletita de madera, una
mano delante y otra detrás, y hoy en día tiene una de las mayores fortunas de Europa. ¿De dónde? ¿Qué es, heredero del rey Midas? Nos hicieron creer que su padre, el rey que nunca llegó a serlo, murió en la miseria, y resulta que aunque jamás fue
aforado acabó sus días 'aforrado', pues tenía algunos dinerillos ahorrados en Suiza por si acaso. De eso es de lo que hay que hablar, señorías. ¿Cuánto dinero ha ganado el Rey Juan Carlos siendo Rey? ¿Cuánto se le ha pagado de cada ministerio y
para qué? Porque, con la asignación que se dice que se le dona, es imposible tener la colección de coches o palacios que tiene, por ejemplo; de la asignación que se dice que le corresponde, pocos safaris se pueden subvencionar.


Miren, señorías, ustedes me lo negarán una y mil veces, pero este señor tuvo tanto que ver como Tejero en el 23-F. (Rumores). Un discursito lo convirtió en salvaguardador de la democracia, cuando su elección fue hecha por nadie más y nadie
menos que Francisco Franco, el pequeño gran dictador. Y ahora lo quieren dejar libre de toda culpa, deprisa y corriendo, para que ahora tampoco falle nada y pueda retirarse tranquilo, sin responsabilidades. Sus mayores responsabilidades no son las
familiares, porque allá él con sus demandas de paternidad -de lo suyo gasta-, pero Juan Carlos era jefe de Estado cuando el GAL secuestraba, torturaba y asesinaba. Era jefe de Estado cuando un 20 noviembre asesinaron a Josu Muguruza en el hotel
Alcalá (Protestas), y jamás dijo nada al respecto, prefirió seguir cazando elefantes. Total, con un: Lo siento, me he equivocado y no volverá a ocurrir, lo ha solucionado todo.


Ahora, ahora que ya no tiene cargo alguno, también quiere que sea fácil para él solucionar sus irresponsabilidades. Señorías, han tenido cuarenta años para organizarlo todo y han hecho una chapuza. La abdicación no pilló a casi nadie por
sorpresa y aún así tuvimos que esperar veinticuatro horas para que alguien diera alguna explicación de cuál era el procedimiento. La ley que al final tuvo tres hojas incluyendo el discurso del ya ex-Rey se podía haber escrito mucho antes, pero en
cuarenta años nadie escribió nada al respecto, y ahora vienen con un aforamiento exprés. Señorías, ustedes mismos se delatan, ustedes mismos desacreditan la marca España, ustedes mismos nos dan cada día más motivos para irnos de este país que nunca
fue ni grande ni libre. Aforen al Rey, déjenlo libre de sus cacerías, parrandas... (Protestas).


El señor PRESIDENTE: Un momento.


Señores diputados, la oradora tiene derecho a expresar sus opiniones. Si están en desacuerdo, no pueden manifestarlo mientras ella está hablando, porque entonces no se la oye. Siga usted.


La señora ENBEITA MAGUREGI: Gracias, señor presidente.


Decía que le pongan la alfombra roja al nuevo Rey y sigan lavando la cara del Estado una y otra vez, pero cada vez tienen menos manos para tanta gotera. El régimen se debilita y los blindajes ya no esconden nada. Las alfombras rojas tienen
ya un perfil demasiado irregular con toda la suciedad que han escondido ustedes debajo. Después de cinco siglos el gran imperio se derrumba. Con Felipe V perdieron ustedes Nápoles, Sicilia, Cerdeña, Flandes y Gibraltar entre otros; con Felipe VI
seguro que caen Cataluña y Euskal Herria. Será un placer hacerles agur, agur a sus imposiciones, a sus banderas, a sus casas reales, a sus aforados y demás 'aforrados'. (Varios señores diputados: ¡Agur!).


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Enbeita.


Por el Grupo Vasco, PNV, tiene la palabra el señor Olabarría.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Gracias, señor presidente, señorías.


Señor ministro, me gustaría, si es tan amable, que me escuchara, más que nada porque no creo que su mano esté muy lejos de la enmienda que se ha redactado por su grupo parlamentario y otros dos, UPN y Foro Asturias. (El señor
vicepresidente, Barrero López, ocupa la Presidencia).


La perspectiva argumentativa de mi grupo va a ser diferente de la de quienes me han precedido en el uso de la palabra -suele serlo-. Va a basarse, señor ministro, en algo que es particularmente conocido e incluso me atrevo a decir que
dilecto para usted, en la máxima ignaciana -de San Ignacio de Loyola- que afirmaba que en tiempos de tribulación no hacer mudanza. No han hecho caso de la máxima ignaciana y nos encontramos en una situación complejísima, señor ministro. No sé en
este momento, o sí sé, mejor dicho, quiénes son los que mejores estamos protegiendo a quien hay que proteger pretendidamente -voy a ser cauto con las expresiones-, a quien hay que proteger porque hay que protegerle por alguna razón, pretendidamente
también, y que hay que proteger de una manera además manifiestamente ilegal,



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por razones que le comentaré a continuación. ¿Qué es lo que está ocurriendo, señor ministro? Que los que vamos a votar que no somos los mejores defensores de esta persona a la que hay que proteger pretendidamente, por dos razones
fundamentales.


Este Pleno es ilegal. Se lo digo así, con la normalidad con que hay que decir estas cosas. Es manifiestamente ilegal porque está viciado ya desde la configuración o desde la composición de la ponencia, que fue ilegal, vicio de ilegalidad
que mediante un mecanismo de tracto sucesivo va viciando los actos posteriores concatenados con el primero: la ponencia ilegal vicia de nulidad. Si estuviéramos hablando de derecho administrativo, sería una nulidad de pleno derecho, una nulidad
con efectos ex tunc; vicia a la Comisión y la Comisión impide la celebración de este Pleno. Casi con esto me tendría que marchar por congruencia con el carácter ilegal de este Pleno, pero casi prefiero quedarme un rato más para explicarle por qué
entendemos que es ilegal, como otros grupos de esta Cámara también entienden que este Pleno es manifiestamente ilegal.


Es ilegal por razones procedimentales o por razones procesales o reglamentarias, en primer lugar, señor ministro. La ponencia no se configuró como reivindica o como exige el artículo 69 del Reglamento de la Cámara con las cuarenta y ocho
horas que deben transcurrir entre la presentación de la enmienda a la que nos estamos refiriendo, y que provee al aforamiento de la práctica totalidad de la Casa Real, y la propia composición de la ponencia. Es cierto, y el presidente de la
Comisión de Justicia está aquí, que está autorizado el presidente de la Comisión de Justicia para acortar estos plazos que no se cumplieron, puesto que la enmienda fue presentada el viernes a las ocho de la tarde, para acortar los plazos, pero no es
una legitimación para acortar los plazos de manera discrecional o arbitraria, sino, como establece el artículo 69 del Reglamento, mediante la debida justificación. ¿Cuál es la debida justificación? La desconocemos. Ni el presidente de la Comisión
de Justicia ni el portavoz de su grupo parlamentario ni nadie de su partido ni nadie de su Gobierno nos ha explicado cuál es la debida justificación. Claro, esto genera suspicacias y sospechas en la ciudadanía. ¿A quién se quiere proteger, por qué
se le quiere proteger y por qué se hacen las cosas mal?


Lo más próximo a una debida justificación, tal como reclama o requiere el Reglamento de la Cámara, sería una reflexión del portavoz de su grupo parlamentario indicando que hay que evitar dilaciones indebidas. Ya me explicará usted, señor
ministro, si dilaciones indebidas equivale a atropellar en los requerimientos reglamentarios tan brutal y groseramente como se ha hecho en esta ocasión, atropellarlos. Nadie sabe en esta Cámara -y si no que lo diga cualquiera de los portavoces que
van a continuación a intervenir en esta tribuna- cuál es la debida justificación para el acortamiento de la constitución de la ponencia, la celebración de la Comisión al día siguiente y la celebración del Pleno hoy, que no del Pleno, de un segundo
Pleno. ¿Para qué entrar en gastos, señor ministro? Ustedes podían haber ya forzado la legalidad y haber convocado mañana en el Senado la ponencia, la Comisión y el Pleno del Senado, e incluso nos podían haber convocado el próximo domingo para,
recibido del Senado con la predeterminación temporal prevista en el Reglamento, aprobar ya el aforamiento definitivo de la Casa Real prácticamente en su totalidad. Pero es que no solo el plazo de cuarenta y ocho horas para la constitución de la
ponencia lo establece el artículo 69 del Reglamento, lo establece el artículo 90 del Reglamento también. Estamos hablando de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el problema es que hubo un domingo interpuesto en el cómputo de los plazos, y el
domingo es inhábil, no se pueden computar los domingos. El artículo 90 expresamente lo dice así. No se computarán los días inhábiles a efectos de los trámites parlamentarios, y estamos hablando de la constitución de una ponencia tras la
presentación de una enmienda. Lo dice también el artículo 182 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Los domingos son inhábiles también, luego las horas del domingo no se pueden computar a efectos de cumplir los requerimientos reglamentarios para
la constitución de la ponencia y para validar la legalidad de la misma, validar la legalidad de la Comisión y validar la legalidad del Pleno que estamos celebrando de carácter manifiestamente ilegal, señor ministro. Pero no es solo eso, lo dice el
artículo 5 del Código Civil, y quienes hemos estudiado en Deusto sabemos perfectamente que el título preliminar del Código Civil posee carácter multidisciplinar y afecta a todos los sectores del ordenamiento jurídico; me imagino que también a los
requerimientos reglamentarios de esta Cámara. Desde esa perspectiva, hay un primer elemento que provoca que estemos realizando un acto ilegal. El derecho parlamentario tiene una naturaleza anfibológica -sería la expresión que seguramente
utilizaría el Tribunal Constitucional-; no sabemos si ubicarlo en un sector del ordenamiento jurídico propio y autónomo, si forma parte del derecho administrativo o si forma parte del derecho constitucional. Si estuviéramos hablando de derecho
administrativo en la aplicación de los procedimientos, este acto sería nulo, radicalmente nulo, nulo de pleno derecho, con efectos ex tunc la



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nulidad, y no valdría de nada lo que estamos haciendo, señor ministro. Es ilegal por otra razón además, por falta de conexidad, por falta de congruencia entre el contenido de la enmienda y el proyecto de ley que estamos debatiendo. Si cree
usted que existe algún tipo de conexidad o congruencia entre el aforamiento de la Casa Real y el estatuto de los funcionarios al servicio de la justicia, explíqueme cuál es el elemento de conexión, por qué alambicado procedimiento de conexión o de
identidad cree usted que esa coherencia, esa conexidad existe. Cuando no existe congruencia y conexidad entre las enmiendas y el contenido de un proyecto de ley, el Tribunal Constitucional ha declarado que no se puede conferir validez
constitucional a esas enmiendas; luego esta enmienda tampoco tiene relevancia constitucional, no tiene validez constitucional. Léase enmiendas -que seguramente se habrá leído ya o las conoce-; léase la enmienda 119 de 2011, la enmienda 136 del
Tribunal Constitucional de 2011, la enmienda 176 de 2011, la enmienda 209 del Tribunal Constitucional de 2012. (El señor ministro de Justicia, Ruiz-Gallardón Jiménez, hace gestos negativos). Si me está diciendo que las ha leído, las ha leído a
beneficio de inventario, permítame que se lo diga, porque está haciendo manifiesto caso omiso de los requerimientos de las mismas en materia de conexidad y congruencia de la naturaleza de las enmiendas y el proyecto de ley que es objeto de debate.
Este, el de la falta de congruencia de las enmiendas, es un vicio que podríamos corregir e incluso subsanar. ¿Cómo? Pues llegando a este forzamiento extremo del ordenamiento jurídico, podríamos convertir a estos nuevos aforados en personal al
servicio de la justicia: podríamos convertir al Rey abdicante, al Rey que ha abdicado, en un secretario judicial, por ejemplo; podríamos convertir al Rey en este momento reinante en un oficial de un órgano judicial; al consorte o a la consorte
los podríamos convertir en un auxiliar. Esta sería una forma de regenerar la falta de conexidad o congruencia entre el contenido de la enmienda y el contenido del proyecto de ley que estamos debatiendo. Estas son razones suficientemente relevantes
para acreditar la ilegalidad de lo que se está cometiendo en este momento, y que nos lleva a manifestar la sospecha que ya la ciudadanía está interiorizando casi con carácter general y colectivo. ¿Por qué estamos corriendo tanto, señor ministro?,
¿por qué estamos corriendo tanto, señor Castillo? -Me refiero directamente al portavoz del Partido Popular que va a intervenir después-. ¿Por qué?, ¿qué hay que ocultar, qué estamos ocultando? Esto levanta sospechas legítimas, señor ministro,
levanta suspicacias. No he visto nunca un forzamiento del Reglamento tan brutal como este para realizar una operación que es dudosa también en cuanto a su contenido material, porque el aforamiento es temporal.


Usted es aforado, pero cuando deje de ser el ministro de Justicia va a dejar de ser aforado y tendrá que someterse a la jurisdicción ordinaria. Los diputados que estamos aquí somos aforados. Cuando dejemos de ser diputados, nos tendremos
que someter a la jurisdicción ordinaria, al juez natural predeterminado por la ley. El presidente del Gobierno es aforado. Cuando deje de serlo, a pesar de su condición de registrador, tendrá que someterse al juez ordinario predeterminado por la
ley. El presidente del Tribunal Supremo y los magistrados son aforados. Cuando dejen de ser presidente del Tribunal Supremo o magistrados, tendrán que someterse al tribunal ordinario predeterminado por la ley. El presidente del Tribunal
Constitucional y sus magistrados son aforados. Cuando dejen de serlo, tendrán que someterse al juez ordinario predeterminado por la ley, y así sucesivamente. Los presidentes autonómicos, el lehendakari, el president y todos los demás son aforados.
Cuando dejen de serlo, se someterán al tribunal ordinario predeterminado por la ley, como todos los aforados de todo el mundo. Esto es a lo que provee el derecho comparado, a pesar de las distorsiones de algún portavoz que me ha precedido en el uso
de la palabra.


Sin embargo, aquí se consagra una suerte de aforamiento vitalicio, porque el aforamiento afecta al rey que ha abdicado ya. Bueno, afecta a mucha gente; ya la Casa Real está aforada prácticamente en su totalidad: el Rey o su consorte; la
Reina o su consorte; la Princesa de Asturias o el Príncipe de Asturias; y el Rey que ha abdicado o la Reina consorte o la Reina que ha abdicado o su consorte. Nada menos que todos estos son aforados. No sé qué pretenden, de verdad, me lo
tendrían que explicar. Usted conoce las teorías de Lombroso, el famoso penalista italiano, fascista y padre del Código Penal de Mussolini, donde establecía lo que se denominaba perfil delincuencial, que lo vinculaba incluso al aspecto físico, a las
características físicas. ¿Es que ustedes ven en el Rey un perfil delincuencial que obliga a una operación tan rápida de aforamiento, vulnerando y atropellando los requerimientos reglamentarios y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en
materia de congruencia entre las enmiendas y los proyectos de ley? No creo que sean ustedes, precisamente, los que vean un perfil delincuencial en el aspecto físico del monarca, aunque pretendidamente alguno intuye que se le está intentando
proteger, no sabemos de qué, de lo que fuera. Ustedes lo sabrán si tienen tanta prisa en proveer a este aforamiento tan irregular. No es un



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aforamiento ordinario el que ustedes configuran, sino un aforamiento de naturaleza extraordinaria, más potente, más desmesurado que el que poseen los demás aforados del Estado español. En el artículo 56 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, enmendada, se establece que en el ámbito penal el aforamiento es como el de cualquier otro aforado, pues es un aforamiento de origen constitucional; pero en el ámbito civil el aforamiento de la Casa Real no está vinculado al ejercicio de
sus funciones o a la responsabilidad civil dimanante del ejercicio de sus funciones; nuestro aforamiento, el de todos los aforados, el suyo, el del Tribunal Constitucional, el del Tribunal Supremo, el de los presidentes autonómicos, el de todos los
aforados existentes en el Estado español está vinculado al ejercicio de sus funciones y a la responsabilidad civil dimanante del ejercicio de sus funciones. Sin embargo, ustedes proveen a la Casa Real de un aforamiento de carácter universal. Y por
si fueran pocas las extravagancias jurídicas -estamos analizando, señor ministro, y lo estoy haciendo con cierta contención, le aseguro que estoy intentando argumentar exclusivamente en términos de derecho-, incluso se le da efectos retroactivos a
este aforamiento, porque el Rey está aforado ya y el Rey que ha abdicado también está aforado ya. En el momento en que esta ley se publique en el Boletín Oficial del Estado, si son encausados -me da la impresión de que ustedes piensan que van a ser
encausados porque si no no correrían tanto-, el tribunal ad hoc, el tribunal que está entendiendo de la causa la pierde o pierde la competencia de forma sobrevenida y tiene que cederla a la Sala primera del Tribunal Supremo, en tanto en cuanto se
establecen que todas las acciones se presentarán ante la Sala primera del Tribunal Supremo y con efectos retroactivos. Una vez aprobada la ley, podríamos terminarlo el próximo domingo. -Ya le sugiero que habilite mañana en el Senado una ponencia
por la mañana, una comisión por la tarde y un pleno por la noche y nos convoque aquí el domingo para terminar de cubrir el círculo de la operación completa y tener una Casa Real aforada en su integridad la semana que viene-.


Hay dos reyes que han abdicado en Europa, una reina y un rey, en Bélgica y en Holanda, como usted sabe perfectamente, señor ministro. Ninguno de los dos ha reivindicado ni se le ha concedido ningún tipo de aforamiento que fuera especial.
Los dos están sujetos al juez ordinario predeterminado por la ley de sus países, el que ha abdicado en Bélgica y la que ha abdicado en Holanda. No hagamos singularidades y hagamos caso, señor ministro, a San Ignacio de Loyola. Estamos en tiempos
de perturbación; ya me explicará esta perturbación monárquica a qué se debe, porque empezamos a tener los ciudadanos un interés morboso en ver qué asuntos subyacen bajo esta suerte de forzamiento o violación, si me permite la expresión en el
sentido más etimológico y jurídico del término, de la legalidad. ¿En qué consiste exactamente esta perturbación? Seguro que alguno de ustedes lo tiene que saber, porque si no no estarían corriendo tanto y jugándose además la legalidad, jugándose
posibles recursos. Los recursos contra la soberanía parlamentaria constitucionalmente son muy difíciles de articular, pero existe la posibilidad incluso de recurrir la legalidad de los procedimientos administrativos previos que provocan un vicio en
esta parte final que coincide con la parte final de mi parlamento. La parte final es un aforamiento hecho de forma manifiestamente ilegal, un aforamiento desmesurado y diferente al aforamiento de las demás personas, cargos públicos o responsables
institucionales existentes en el Estado español.


El señor VICEPRESIDENTE (Barrero López): Señoría, debe concluir.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Acabo ya, señor presidente.


Para evitar que la sospecha adquiera carta de naturaleza definitivamente en el Estado español, le pido, por favor, que nos explique por qué están haciendo estas cosas.


Gracias, señor presidente.


El señor VICEPRESIDENTE (Barrero López): Gracias, señor Olabarría.


Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia. Tiene la palabra la señora Lozano.


La señora LOZANO DOMINGO: Muchas gracias, presidente.


Señorías, nos felicitamos por que la abdicación del Rey haya permitido que volvamos a debatir en esta Cámara sobre el privilegio del aforamiento. Desde nuestro punto de vista, no es este un debate sobre la monarquía ni sobre la figura del
Rey o sobre sus actos históricos; es un debate sobre el privilegio y es un debate sobre el principio de igualdad ante la ley. En esos términos es en los términos que nosotros lo queremos plantear. Pensamos que es muy complicado, desde la óptica
de la coherencia, hablar en este trámite de 4 aforamientos nuevos y no querer hablar de los 10.000 existentes desde hace años. El problema es que hay muchos grupos en esta Cámara que no tienen



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ninguna duda de que los 10.000 aforamientos ya existentes son perfectamente posibles, legales y convenientes y, sin embargo, estos 4 aforamientos nuevos están mal. Desde ese punto de vista, con las enmiendas que hemos planteado en este
trámite del procedimiento pretendemos defender la coherencia de que creemos que, por hacer valer el principio de igualdad ante la ley de todos los ciudadanos, ninguno debe estar aforado; ni los 10.000 que ya están -que ya estamos- ni los cuatro
nuevos que se van a aprobar hoy en este trámite. Lo planteamos hace un año en una proposición no de ley que trajimos al Pleno y, en este momento, lo volvemos a presentar en forma de enmiendas para darle a esta Cámara una nueva oportunidad de
reconciliarse con la ciudadanía, que no entiende por qué hay justicia de dos categorías en España. Hay una justicia cómoda y rápida para los cargos públicos en un sentido amplísimo -jueces, diputados autonómicos, nosotros mismos, senadores,
ministros; hasta el adjunto al Defensor del Pueblo tiene aforamiento- y, sin embargo, hay una justicia que es cara -más cara desde que gobierna el PP- y lenta para el común de los mortales, para el común de los ciudadanos. Estábamos en contra de
esos 10.000 aforamientos y estamos en contra de estos 4 nuevos porque sí que constituyen un privilegio. En contra de lo que ha señalado la señora Oramas -y otros oradores-, que ha negado que sea un privilegio y lo ha llamado garantía, exactamente
es la garantía de que te van a juzgar aquellos jueces que tú controlas, aquellos jueces que tú has colocado en los tribunales superiores de Justicia autonómicos o en el Tribunal Supremo o en el Consejo General del Poder Judicial; en fin, en todas
aquellas instancias que son las que luego se encargan de instruir y juzgar los casos cuando afectan a los cargos públicos que están aforados.


Este mecanismo del aforamiento nos interesa combatirlo especialmente -por eso presentamos hace un año esa proposición no de ley- porque es uno de los vértices por los que se busca la impunidad frente a la corrupción. Es el vértice que
complementa el reparto por cuotas del Consejo General del Poder Judicial, el control y el uso espurio de la fiscalía por parte del Gobierno, y la figura del indulto. Por lo tanto, es un privilegio sin ningún género de dudas. Pero se han hecho
manifestaciones extrañas al respecto en los últimos días. Sin ir más lejos, ayer el ministro Gallardón hizo dos afirmaciones en esta misma tribuna a propósito de otra moción que debatíamos. La primera, que el aforamiento no es un privilegio, sino
más bien al contrario es una carga. Es una carga porque el que es juzgado por el Tribunal Supremo no tiene la oportunidad de recurrir ante una instancia superior y, por lo tanto, pierde una oportunidad de recurso. Así pues, es una carga, no es un
privilegio. Segunda afirmación que hizo el ministro: hay que aforar al Rey porque se lo merece por lo que ha hecho por España. Es decir, hay que imponerle esta pesada carga del aforamiento por lo que ha hecho por España. No sabemos cómo
interpretar estas palabras suyas, señor ministro. No sabemos si es que no le gusta lo que el Rey ha hecho por España o si es que verdaderamente -como sospechamos-, a pesar de toda su retórica en contra, sí considera que es un privilegio y por eso,
igual que lo quieren conservar en el caso de los 10.000 que ya lo tienen, se lo quieren dar a estos nuevos miembros de la familia del Rey. De lo contrario, lo que estaría sosteniendo es que quiere perjudicar al Rey, que quiere imponerle esta
onerosa carga de estar aforado.


Lo que es una onerosa carga para los ciudadanos son las tasas judiciales que ustedes les impusieron. Si quieren hablar de cargas, retiren esas tasas. Eso es una carga para los ciudadanos y eso no es lo que ustedes le dan al Rey; ustedes
le dan el aforamiento porque proporciona una vía de justicia mucho más cómoda. Otro de los razonamientos que se han esgrimido para defender el aforamiento del Rey y el aforamiento en general es que en un país en el que hay, como he dicho, 10.000
aforados, y que hasta figuras como el adjunto al Defensor del Pueblo está aforado, cómo no vamos a aforar al Rey saliente. Ese es el razonamiento idóneo para eliminar todos los aforamientos existentes, los que no están recogidos en la Constitución,
que podríamos hacer de manera inmediata, hoy mismo en este trámite, apoyando el Grupo Popular las enmiendas que ha presentado Unión Progreso y Democracia, y también reformando los que están en la Constitución, es decir, los nuestros, los de
diputados y senadores. -Por cierto, aprovecho para decir que no podemos renunciar a ellos porque, conociendo las perversas formas dialécticas de algunos diputados, temo que cuando ya no podamos contestar alguien nos pregunte por qué no renunciamos.
No renunciamos porque no podemos hacerlo-. Es curioso, es extraño, que en Alemania no haya ningún aforado, mientras en España hay 10.000. Es extraño que en Francia solo estén aforados el presidente, el primer ministro y los miembros del Gobierno,
mientras en España hay 10.000 aforados. Nos preguntamos a qué se debe esa anomalía, a qué se debe la excepcionalidad española. Como somos gente seria cuando debatimos y cuando planteamos las cuestiones, sabemos que es cierto que en los países de
nuestro entorno, en nuestro países vecinos, se persigue con vehemencia la denuncia falsa y la denuncia temeraria, y creemos que ese debate también deberíamos tenerlo. Deberíamos reforzar



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la persecución y agravar las penas, si es necesario, por denuncia falsa y denuncia temeraria, para evitar eso que otros esgrimen también como pobre argumento para justificar el aforamiento: que puede haber gente que, en busca no se sabe qué
estrellato o en busca de causarle no se sabe qué incomodidad al Rey, a un ministro o a un diputado, pueden empezar a ponerle denuncias y querellas por toda España. Pues bien, evitemos que eso se haga disuadiendo a la gente de presentar ese tipo de
denuncias falsas o temerarias castigando ese comportamiento, pero no lo utilicemos para blindar ante la justicia a los cargos públicos. Eso es lo que constituye este aforamiento específico que se ha creado para la familia del Rey, un aforamiento
que implica cambiar el concepto, que es más extenso porque se refiere a los actos realizados mientras estaba en el cargo, pero también a los que realice fuera del cargo -insólito en un aforamiento, que va siempre vinculado al cargo-. Además es un
aforamiento que dura lo que dura la vida de quien posee ese privilegio, un aforamiento vitalicio, un aforamiento que no cesa cuando se cesa en el cargo, sino que pervive.


Señorías, con este blindaje de los 10.000 aforados y el blindaje nuevo que hoy se aprobará aquí, todavía hay gente que se pregunta por qué los ciudadanos han perdido la confianza en la política; todavía hay quien que se pregunta por qué la
gente no confía en que vayamos a solucionar sus problemas. Eso es así porque demostramos mucha más preocupación por proteger a ciertas élites que gobiernan o han gobernado el país, que por proteger a los ciudadanos, que es a quienes representamos
en esta Cámara. Si de verdad alguien quiere mejorar la confianza de los ciudadanos en la política, hay una forma muy rápida de lograrlo hoy: votando a favor de nuestras enmiendas que defienden la abolición del privilegio del aforamiento. Lo
primero que hay que hacer para recuperar la confianza de la gente es acabar con los privilegios de quienes los representan y de quienes ocupan ciertos cargos públicos; lo segundo es decirles la verdad. No se puede estar diciendo que nos preocupa
la corrupción mientras se mantienen los mecanismos por los que se garantiza la impunidad de quienes cometen delitos de corrupción. Los ciudadanos no confiarán en los políticos si nosotros no confiamos en los ciudadanos. Cuando se blinda y se
amplía esta institución del aforamiento se está manifestando una desconfianza cerval, una desconfianza atroz en el juez de instrucción, porque ustedes dicen que cualquiera puede poner una demanda, una querella, en cualquier juzgado de España; sí,
pero el juzgado que la recibe tiene como titular a un juez en el que confiamos porque es el último y el primer valladar del Estado de derecho. Señorías, los miles de jueces que hay en España son los que se encargan de hacer cumplir el Estado de
derecho y de defender la igualdad ante la ley. Así que, en el caso de que se presentaran denuncias falsas, denuncias temerarias, denuncias espurias, debemos confiar en quienes defienden el Estado de derecho y quienes garantizan el principio de
igualdad ante la ley.


Sin embargo, ustedes dejan patente la desconfianza en esos jueces de instrucción cuando, igual que hicieron en la reforma de la jurisdicción universal, introducen una disposición transitoria que da órdenes a los jueces respecto de lo que
deben hacer en el caso de que, en los pocos días que median entre la abdicación y la aprobación de este aforamiento, llegara alguna denuncia a algún juzgado: lo que deben hacer es remitirla con carácter inmediato al Tribunal Supremo. -Algo
insólito, señorías, que se dé órdenes a los jueces de instrucción respecto a lo que tienen que hacer con las denuncias que lleguen a sus juzgados; una nueva invasión del Poder Legislativo y del Poder Ejecutivo, en el Poder Judicial.


Señorías, nosotros defendemos la abolición del aforamiento porque defendemos la igualdad de los ciudadanos ante la ley. La ley no puede ser un traje a medida hecho para cada ocasión y para cada persona. La ley no puede ser un traje cómodo
y fácil de sobrellevar cuando se trata de los cargos públicos y, sin embargo, un traje estrecho, angosto y caro cuando se trata de los ciudadanos de a pié.


Por último, quiero hacer una consideración sobre el procedimiento. Como se ha dicho en repetidas ocasiones a lo largo de esta semana en la que hemos puesto el turbo a los procedimientos parlamentarios, por ocho horas, señorías, por ocho
horas. Hubieran bastado ocho horas para convocar la ponencia del lunes con el fin de que nadie hubiera podido suscitar ninguna duda sobre la ilegalidad de este procedimiento. Por ocho horas no se ha hecho, señorías. Esto se llama chapuza. Esto
se llama tener en muy poca estima a las personas a las que se dice proteger, señorías. Se han forzado los plazos, se ha permitido que se ponga en duda la legalidad del procedimiento y además hay dudas sobre la congruencia de que este asunto pudiera
incluirse en esta ley sobre la racionalización del sector público. Nosotros, exclusivamente desde el punto de vista de la lógica, lo que creemos es que si este es el trámite en el que debatir el aforamiento de 4 personas, también lo es el de
debatir el de 10.000, y si no es el lugar donde debatir



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el aforamiento de 10.000 personas, tampoco lo es el de 4. Lo que no es de recibo es que nos digan que este no es el momento de debatir sobre todos los aforados que existen en España, y si es el momento de debatir solo los relativos a la
Familia Real. Eso es una incongruencia absoluta.


Con este trámite, con dudas de legalidad, al que le han puesto el turbo en esta institución, le hacen un flaco favor a la institución monárquica, que es lo que a nosotros nos interesa defender, la institución y la normalidad democrática.
Forzando los plazos y los procedimientos no se ayuda a quienes ustedes dicen querer ayudar y querer proteger. Inevitablemente, me viene a la cabeza con su comportamiento la célebre frase del ministro de Exteriores israelí, Abba Eban, que dijo en
aquel caso de los palestinos lo que en este caso es aplicable a ustedes, al Grupo Popular y al Gobierno: que nunca pierden la oportunidad de perder la oportunidad. En este trámite han vuelto a perder la oportunidad de reconciliarse con la
ciudadanía, de fortalecer las instituciones, la institución monárquica pero también esta institución. Han vuelto a perder la oportunidad de demostrarles a los ciudadanos que comparten sus preocupaciones y no que tienen las preocupaciones exclusivas
de una élite que blinda su propia supervivencia.


Muchas gracias, presidente. (Aplausos).


El señor VICEPRESIDENTE (Barrero López): Gracias, señora Lozano.


Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, señor Llamazares.


El señor LLAMAZARES TRIGO: Gracias, señor presidente.


Señorías, señor ministro, en política no hay casualidades, no existen. Hoy mismo conocemos la imputación de la infanta Cristina y este Congreso de los Diputados va a aprobar un aforamiento extraordinario de la Familia Real. ¿Qué cabe
deducir de esas dos cuestiones? Que el Congreso de los Diputados se convierte en un monumento al desacato al Poder Judicial, un monumento al desacato a un juez. Esta es, en primer lugar, una ley anti juez Castro, porque hay seres humanos que
cuando dejan su responsabilidad no se convierten en ciudadanos, siguen siendo casi dioses y habiendo perdido la inviolabilidad pretenden tener un aforamiento extraordinario. Señorías, ni siquiera estamos hablando de aforamientos -que son muchos-,
estamos hablando de un aforamiento extraordinario, generalizado, retroactivo y vitalicio. ¿Se puede encontrar un desafuero tal en alguna legislación sobre aforamientos? Es un desafuero, señorías, este aforamiento que nos proponen. (Aplausos).


Señorías, la propuesta que viene como una enmienda a Ley Complementaria de Administraciones Públicas ha cambiado de naturaleza a esa ley. Ya no estamos discutiendo del horario o de las retribuciones de los magistrados como consecuencia de
la reforma de las administraciones, a no ser que el Partido Popular considere que este incremento en el número de aforados extraordinario vaya a suponer una carga extraordinaria de trabajo para los magistrados. Espero que no sea así. Como no hay
conexión no hay congruencia, señorías.


Hay sentencias del Tribunal Constitucional que han echado por tierra leyes de esta Cámara por falta de congruencia. Esas sentencias del Tribunal Constitucional han provocado una resolución del Senado y otra similar del Congreso de los
Diputados para evitar situaciones como esta, es decir, para evitar que una ley puramente administrativa se convierta en el vehículo de una iniciativa de hondo calado político. Señorías, se pretende un aforamiento extraordinario, vitalicio,
retroactivo y además se hace a la trágala. A este Congreso de los Diputados no nos han dejado ni intervenir, prácticamente han reducido los plazos al mínimo y han introducido la enmienda como un parásito en una ley en tramitación.


Señorías, no se puede hacer peor. Pero, incluso, no se puede hacer peor desde el punto de vista democrático, desde el punto de vista institucional. Señores del Partido Popular, ¿se han dado ustedes cuenta de que en la sucesión han perdido
ya dos partidos políticos que formaron parte del bloque de constitucionalidad?, ¿se han dado cuenta también de que en torno al aforamiento extraordinario se van a quedar ustedes solos?, ¿son ustedes los que respaldan la forma de Estado de este
país? Señorías, hay que hacérselo mirar. Tendrían que reflexionar sobre esta cuestión, porque si alguien ha pretendido que estemos ante un proceso de revitalización y regeneración democrática, ante una nueva transición democrática, mal comienza
esa transición democrática disminuyendo el bloque de constitucionalidad, disminuyendo los apoyos democráticos a esas reformas. Señorías, no se trata de regeneración, no señor. No se trata del cuento de hadas que nos han contado. Aquí no hay una
actitud generosa del jefe del Estado que reflexiona a solas -con algún secretario general de los partidos dinásticos- y que luego decide abdicar. No señorías, no. La iniciativa de aforamiento extraordinario demuestra que hay una maniobra palaciega
y la sustitución de los pactos de La Moncloa por un pacto de La Zarzuela. (Aplausos). Pacto en el cual entra lo que podríamos llamar la operación Gatopardo, que cambie todo



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para que todo permanezca. Esa operación Gatopardo de la cual este aforamiento es la tercera escena. La primera fue la abdicación, todavía no sabemos las verdaderas razones de la abdicación. Señorías, no es la regeneración es la
degradación. En segundo lugar, hay una sucesión rápida, una sucesión impuesta y una cacería en Madrid de los republicanos. Esa sucesión es el segundo acto. (Aplausos). Y un tercer acto se refiere a este aforamiento extraordinario que se pretende
para la Casa Real, no para la familia del Rey -sé distinguir- sino para la Familia Real, un aforamiento que llamamos generalizado.


¿Por qué no es un aforamiento más? Por un lado, porque cubre todos los aspectos civiles y penales al margen del cargo, señorías. El aforamiento en nuestro país, en nuestra tradición legislativa está unido a un cargo. Por tanto si no
tienes cargo no tienes fuero, y un fuero sin cargo es un desafuero, que es lo que propone el Grupo Parlamentario Popular. (Aplausos). Un desafuero que cubre aspectos penales y aspectos civiles que están fuera de la actividad y del cargo público,
eso tampoco tiene nada que ver con los fueros. Por otro lado, es un fuero vitalicio. ¿Cómo va a haber la pérdida de un cargo y un fuero vitalicio? Es una contradicción en sí misma. Pero por si no fuera todavía suficiente este tipo de
contradicciones se pretende un fuero retroactivo, de tal manera que en el espacio que media entre la abdicación y la publicación de este aforamiento extraordinario el Rey emérito estará cubierto por el fuero. Señorías, es un despropósito, un
desafuero que solamente se explica por algo: porque hay cortesanos que son más papistas que el papa.


Yo les recomendaría, señorías, que hablaran con el nuevo Rey para que evitase este desafuero, porque este desafuero en mi opinión y en opinión de mi grupo, es un despropósito desde el punto de vista constitucional, y desde el punto de vista
legal. Para ello, señorías, han tomado una iniciativa parlamentaria -no es sui géneris, la ha habido en otras ocasiones- especialmente -en términos norteamericanos- inapropiada, y es especialmente inapropiada porque utilizan ustedes el trámite de
una ley que no tiene nada que ver a razón de materia con la que estamos tratando, y lo hacen de una manera clandestina, lo hacen en el marco de la Ley complementaria de reforma de las administraciones públicas de manera clandestina, sin cumplir con
las cuarenta y ocho horas preceptivas, a no ser que contabilicen las horas de domingo, y le vuelvo a repetir al Partido Popular que los domingos, en su idea, deben de estar santificados. En nuestra opinión no son días de trabajo, pero en su opinión
deben ser santos; por lo tanto no son horas contabilizables. No han cumplido ustedes con las horas, no han cumplido ustedes con la congruencia de la iniciativa, porque nada tiene que ver el horario de los jueces con el desafuero o con el fuero
extraordinario que pretenden para el Rey emérito.


Señorías, es verdad que se da este fuero -lo ha planteado algún grupo parlamentario, y lo ha utilizado también el propio ministro de Justicia- en un marco de muchos fueros. Bueno, en mi opinión no es comparable. No tiene nada que ver un
fuero extraordinario, que se parece más a la inviolabilidad en diferido, ni siquiera con los fueros que tienen en estos momentos o los aforamientos los parlamentarios, los Gobiernos, los jueces y magistrados. Pero si ustedes quieren que debatamos
de todo no utilicen una operación acordeón; es decir, no aumenten ustedes los aforados, para en octubre disminuir los aforados. Aprovechen la ocasión, reduzcan drásticamente los aforados, y dentro de esa reducción de aforados no utilicen el fuero
para personas que no tienen cargo, no utilicen el fuero para un momento posterior al cargo, no utilicen el fuero de manera retroactiva. Nosotros se lo recomendamos, y en ese sentido mi grupo parlamentario se ha dirigido al resto de los grupos
parlamentarios de esta Cámara para que abordemos una supresión drástica de los aforamientos.


Señorías, el aforamiento originalmente tenía una finalidad y era la no intervención de otros poderes en el ámbito del poder político, la no intromisión en el ejercicio del cargo público. En estos momentos un aforamiento generalizado es
prácticamente una especialidad del derecho. En estos momentos, como la Sala de lo Laboral o como la Sala de lo Penal, estamos convirtiendo el Tribunal Supremo y los tribunales superiores de Justicia en Salas de lo Político. En nuestra opinión
tribunales que deben ser para otra cosa -deben ser tribunales de casación, deben ser tribunales de unificación de doctrina- no tienen que ser tribunales de aforados. En nuestra opinión, pues, hay que aprovechar la oportunidad: reducir
drásticamente los aforamientos y evitar el despropósito del desafuero del aforamiento generalizado de la Casa Real. Por tanto, si en vez de un mensaje de degradación de la vida política se pretende dar un mensaje de regeneración, y como diría el
nuevo Rey se pretende inaugurar un nuevo tiempo donde quepamos todos, lo que hay que hacer en primer lugar es garantizar la transparencia. Creo que si se quiere hacer eso, el Monarca emérito debería presentar sus cuentas, sus rentas, su patrimonio
y sus intereses. Ese sería realmente un ejercicio de regeneración democrática. (Aplausos). Y si se quiere también apostar por la regeneración deberíamos suprimir la dinámica creciente, imparable de los aforamientos, que más que



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defender a la política de las injerencias están provocando su desprestigio. Es verdad que no siempre es un privilegio; es verdad que es una parte de lo que podríamos llamar los medios de la política, pero en estos momentos la lectura por
parte de los ciudadanos es otra, y la política debe ser sensible a la lectura de los ciudadanos. No necesitamos el aforamiento; el aforamiento lo necesitan solamente algunos. En general en la política no necesitamos estar aforados porque en
general en la política la gente es honesta, y no se va a encontrar ante un tribunal.


Por último, señorías, si se quiere colaborar con la regeneración de la democracia lo que hay que hacer es colaborar con la justicia. Ayer mismo la Casa Real expresaba su respeto a la imputación de la infanta por parte del juez instructor
-bienvenido sea-, pero además de expresarlo retóricamente hay que actuar colaborando con la justicia. Hoy, en nuestra opinión, colaborar con la justicia significa retirar esta iniciativa, que es un desacato al juez Castro y a la justicia. Y,
señorías, colaborar también con la justicia es que la fiscalía saque sus manos del caso Nóos, y permita que continúe la instrucción.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor VICEPRESIDENTE (Barrero López): Gracias, señor Llamazares.


Grupo Parlamentario Catalán, Convergència i Unió, tiene la palabra el señor Jané.


El señor JANÉ I GUASCH: Señor presidente, señor ministro de Justicia, señoras y señores diputados, llevamos más de una hora debatiendo en un Pleno acelerado, convocado el pasado martes, un Pleno claramente improvisado porque ninguno de los
que estamos aquí sabíamos la semana pasada que iba a producirse hoy, tras el Pleno ordinario celebrado, con un único punto del orden del día, que paso a leerles. En teoría ahora estamos dictaminando en el Pleno del Congreso de los Diputados el
proyecto de ley orgánica complementaria de la Ley de Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial. Este es el título, y nada de lo que hemos escuchado hasta
el momento se corresponde con el título del proyecto de ley presentado por el Gobierno, que era una adaptación en el ámbito del Poder Judicial al proyecto de ley ordinario, que era el de la CORA, y a ese proyecto le hemos introducido de forma
rápida, exprés, una enmienda que provoca que hoy estemos hablando de otra cosa, no de este proyecto de ley. Estamos hablando del nuevo artículo 55 bis, un artículo que va a otorgar un aforamiento específico al Rey Juan Carlos, a la Reina Sofía, a
quienes ostenten la condición de Príncipe o Princesa de Asturias y a la consorte del actual Rey, y el debate de ese artículo 55 bis es un tema serio, importante. Señorías, hemos producido un articulo en menos de una semana. El pasado jueves ni tan
siquiera existía el artículo, el viernes a las ocho de la tarde se presenta la enmienda, el lunes la ponencia, el martes la Comisión, y hoy este Pleno. ¿Qué sensación da este proceso acelerado? Que estamos improvisando, que estamos legislando de
forma poco adecuada. Esta es la impresión generalizada que provoca este trámite exprés que hemos imprimido a ese nuevo artículo 55 bis.


Hemos troceado muchísimo la Ley Orgánica del Poder Judicial, constantemente hay reformas puntuales de otras leyes que nos obligan a realizar la correspondiente reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Esta misma semana, con el tema
del reconocimiento de resoluciones penales en el ámbito de la Unión Europea, estamos modificando la Ley Orgánica del Poder Judicial para ese tema. ¿Por qué no hacemos una reforma específica de la Ley Orgánica del Poder Judicial en materia de
aforamiento? Esto hubiera sido lo correcto, señor ministro. Se ha anunciado por parte de su Gobierno y por parte del portavoz del Grupo Popular que el próximo mes de octubre íbamos a debatir el alcance de los aforamientos. Hay muchísimos, miles,
y hay que acotarlos, hay que ver en qué supuestos está justificado y en cuáles no, qué extensión tiene ese aforamiento, hasta en qué momento puede concluir, si debe abarcar o no a exjefes de Estado. Todos son temas que es posible debatir, que es
necesario debatir, pero requieren un debate serio, un consenso. Estamos hablando de temas absolutamente trascendentes que van a llegar sin el informe incluso del Consejo de Estado. En el aforamiento del exjefe de Estado no tendremos ni tan
siquiera el informe del Consejo de Estado. Es cierto -eso hay que ponerlo en valor- que el Consejo General del Poder Judicial sí se ha pronunciado en términos favorables a reducir el número de aforados y a hacer una revisión global -mi grupo está
dispuesto a entrar en ese planteamiento de una reducción global del número de aforados-, y ha entendido que era posible extender esa aforamiento a figuras como el Rey Juan Carlos. Esto lo ha dictaminado el Consejo General del Poder Judicial.
Tenemos ese dictamen. No tenemos el dictamen del Consejo de Estado.


¿Qué tenemos? Una ley improvisada, una ley precipitada, una ley que no se corresponde con el necesario respeto institucional a quien se pretende proteger, y si me lo permiten, señorías, con el respeto



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institucional a esta Cámara, al Congreso de los Diputados, más allá de si estamos o no cumpliendo el Reglamento. Yo quiero mostrar mi respeto a las letradas de la Comisión de Justicia, doña Piedad García-Escudero, doña Isabel Revuelta, y a
todos los servicios jurídicos del Congreso de los Diputados, a todo el Cuerpo de letrados, pero en ocasiones se lo ponemos muy difícil, porque se intenta forzar de manera muy directa el Reglamento de la Cámara, que no discutimos que en ocasiones se
puede hacer si existe la mayoría absoluta para aprobarlo, pero, ¿dónde queda el respeto institucional a estos diputados que estamos aquí, que nos estamos pronunciando hoy ante un artículo, el 55 bis, al que nadie ha podido presentar una enmienda
porque nos lo hemos encontrado de repente introducido en ponencia, en Comisión al día siguiente, y debatido hoy en este Pleno? Esto no es serio para el buen hacer del proceso parlamentario. Por tanto desde Convergència i Unió reivindicamos
legislar de manera distinta. Necesitamos respetar las formas -y no digo que se esté incumpliendo el Reglamento-, las necesarias formas de respeto a todos los grupos para buscar el mayor consenso posible, y se podía haber hecho de manera distinta;
por tanto, desde Convergència i Unió lo lamentamos.


No vamos a votar favorablemente esta reforma puntual de la Ley Orgánica de Poder Judicial; nos vamos a abstener. Y lamentamos que no haya sido posible un consenso mayor, de una gran mayoría de grupos parlamentarios, porque este habría sido
posible si se hubiera tratado el tema del aforamiento desde la seriedad, buscando el derecho comparado, viendo las posibilidades, los alcances, y finalmente aprobando una reforma nada más y nada menos que de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Pero
de esta manera no podemos estar de acuerdo, no podemos compartir en ningún caso que llegue esta reforma con esa precipitación. Hoy la vamos a mandar al Senado, rápidamente el Senado -esta semana o la próxima- va a emitir ya el dictamen, y ya les
anticipo -que no se preocupe nadie- que esta ley no va a volver del Senado al Congreso porque se van a cuidar mucho de que en el Senado no se introduzca ninguna enmienda, para que esté cuanto antes en el BOE y sea una ley en vigor. (El señor
presidente ocupa la Presidencia). ¿Tanta prisa es necesaria? Esto también se lo pregunta la opinión pública. ¿Es necesario? ¿Qué pretendemos con esas prisas? Es un interrogante que también cuestiona el necesario respeto institucional cuando
hablamos de la degradación de las instituciones. Hoy no estamos contribuyendo a ese respeto con esta reforma tan rápida, tan precipitada. La gente nos ve con distancia, la gente nos observa, y dice: el Congreso hace un puzle con la Ley Orgánica
del Poder Judicial; quita una pieza, saca otra; esta no le encaja, la pone en otra ley. Desde Convergencia i Unió reivindicamos, más allá del Reglamento, la seriedad necesaria del procedimiento reglamentario, que se legisle con mayoría absoluta,
que es legítima, pero contando con todos, intentando cada vez que afrontamos una reforma -y esta es seria- hacerlo de la forma más pausada, serena y útil posible, porque hoy esta reforma tampoco es útil para la garantía que se pretende otorgar. Por
tanto también desde esta óptica somos críticos desde Convergència i Unió.


Termino ya, señor presidente, señorías, haciendo pedagogía de algo que hoy no sabemos explicar bien entre todos, pero también es nuestra responsabilidad explicarlo bien. Existen aforamientos; demasiados. ¿Hay que revisarlos? Sí. El
Gobierno ha dicho que lo haría en octubre. Podríamos haber esperado a octubre y hacerlo de manera global, que era lo deseable, con un proyecto de ley, pero expliquemos que quien está aforado no tiene impunidad. Es necesario explicar que quien está
aforado tiene un tribunal colegiado superior que le va a juzgar, pero que le va a juzgar, porque si equiparamos que sea juzgado por un tribunal superior con que va a quedar impune estamos dañando la imagen del Poder Judicial y de nuestros tribunales
superiores, y el portavoz de Convergència i Unió no pretende hacerlo en la Comisión de Justicia. Decir que si a una persona le va a juzgar el Tribunal Supremo es como si quedara impune -cualquier aforado de los que estamos aquí- estaríamos negando
la verdad. Estar aforado es tener esa garantía de un tribunal superior. Discutamos cuándo esto es necesario y cuándo no, pero tampoco digamos ante la sociedad que quien está aforado queda impune, porque impune no queda. Queda impune y es
irresponsable desde un punto de vista de responsabilidad jurídica de sus actos quien es el jefe del Estado, porque la Constitución así lo establece. Ahora decidimos -deciden por mayoría absoluta- que va a serlo también el exjefe del Estado. Es
discutible, debemos tratarlo; pero en ningún caso podemos afirmar que se abre la impunidad, porque no estaríamos haciendo la necesaria pedagogía ante el conjunto de los ciudadanos.


¿Qué le pedimos desde Convergència i Unió? Reflexión global sobre los aforamientos, reducción de los mismos, y hacerlo desde el consenso y no de manera parcheada, específica, teledirigida para cuanto antes poner en el BOE una norma que
parece que quiera proteger aquello que con este debate estamos dañando, que es el necesario respeto institucional. Por tanto desde Convergència i Unió lamentamos que



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se haya legislado de esta forma, lamentamos las prisas, y esperamos con sinceridad que toda reforma de una ley orgánica tan importante como la Ley Orgánica del Poder Judicial se hagan de otra forma. Y aprovecho también para afirmar desde la
tribuna que es cierto que es una enmienda que nada tiene que ver con el título, pero es cierto también que es una enmienda dirigida a la norma que la ley pretendía modificar, que es la Ley Orgánica del Poder Judicial, porque se han hecho cosas
peores; en muchísimas leyes se han introducido enmiendas que modifican leyes que nada tienen que ver con la ley que se reformaba. En este caso hay un objetivo en que la norma final es la Ley Orgánica del Poder Judicial, pero fijémonos en lo que
nos va a ocurrir a partir de los próximos meses de julio, agosto y septiembre. ¿Qué nos va a ocurrir? Que van a entrar en el BOE diversas reformas de la Ley Orgánica del Poder Judicial -las veremos-, y cada una con un título dirigido a aquello que
reforma, y en cambio esta va a salir con un título que nada tiene que ver con la ley que reforma. Incluso la memoria del Gobierno que acompaña a todo proyecto de ley podría producir algún sarcasmo, si me lo permiten, porque si leemos la memoria de
este proyecto de ley afirma que lo que vamos a hacer es agilizar trámites para la jubilación del personal al servicio de la Administración de Justicia, e incluso pretender una organización más eficiente de su gestión, y de alguna manera -se dice en
la memoria- tratar prórrogas de permanencia en el servicio. Alguien podría hacer una ironía: estar en este caso prorrogando un aforamiento cuando hablamos del Rey Juan Carlos y de la Reina Sofía no deja de ser un sarcasmo, porque la memoria de
este proyecto de ley se refiere a la Administración pública y a los funcionarios que están en la Administración de Justicia, se refiere a esa racionalización del sector público, y encaja mal que en ella se discuta, se enmiende con esa precipitación
una ley importante, la Ley Orgánica del Poder Judicial, que requiere serenidad, consenso, y sobre todo evitar comportamientos legislativos que se parecen más a la chapuza improvisada que no a la seriedad que este Congreso de los Diputados se merece,
nos merecemos todos cuando tramitamos un proyecto de ley orgánica.


Muchas gracias, señor presidente. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Jané.


Por el Grupo Socialista tiene la palabra la señora Batet.


La señora BATET LAMAÑA: Gracias, señor presidente.


Señorías, quiero empezar agradeciendo al presidente de nuestro grupo parlamentario tantos años de dedicación al servicio público, tanta entrega a todos los ciudadanos de este país... (Aplausos). He de decirle que la química de este país
ganará mucho, pero la química en este Congreso perderá, sin duda.


El proyecto de ley orgánica complementaria de la Ley de Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, introduce criterios de oportunidad y
racionalidad en la constitución de tribunales para las pruebas de acceso a los cuerpos de funcionarios, o equipara el régimen de permisos por asuntos propios del personal al servicio de la Administración de Justicia al existente para la Función
pública en general. En este sentido mi grupo parlamentario presentó cinco enmiendas, todas ellas rechazadas, con las que pretendíamos que los empleados públicos del ámbito de la justicia recuperaran todos los derechos que bajo el pretexto de la
crisis el Gobierno les ha ido cercenando. Sobre todo esto, señorías, es sobre lo que el Grupo Parlamentario Popular nos ha impedido hablar hoy aquí, de la misma manera que tampoco se habló de ello en la Comisión. Esta es la primera anomalía de un
procedimiento repleto de despropósitos.


Señoras y señores diputados, nosotros concebimos los fueros especiales como un elemento para preservar las instituciones constitucionales, así se concibieron, con ese objetivo se introdujeron y se regularon en todo nuestro ordenamiento
jurídico. El aforamiento no está para proteger a las personas, sino a las instituciones, y en último extremo a la democracia. No se trata de ofrecer impunidad o inviolabilidad a nadie, porque no es eso, sino de evitar que alguna instancia pueda
alterar el normal funcionamiento de las instituciones constitucionales, y por ende que el interés general se vea perjudicado. Si el objetivo del Gobierno y del Grupo Parlamentario Popular partiera de esa concepción, y hubiese pretendido mostrar ese
respeto a las instituciones constitucionales, jamás hubiese hecho las cosas como las está haciendo, precipitadamente, con un mal procedimiento legislativo, y con una falta absoluta de consenso con los grupos parlamentarios de esta Cámara. Con este
procedimiento lo único que consiguen paradójicamente es que el instrumento que se había diseñado para proteger a la democracia esté dañando a esa misma democracia. Lo lógico, señorías, hubiese sido traer un proyecto de ley propio, y lo podría haber
hecho con celeridad igual, presentar un proyecto de ley orgánica de reflexión y debate sobre la institución del aforamiento, su alcance y la extensión de este a miembros de la Familia Real. Pero el



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método elegido por el Grupo Parlamentario Popular y por el Gobierno ha sido otro: incluir mediante enmienda a un proyecto de ley existente esta regulación ex novo de un aforamiento especial para la Reina consorte o el consorte de la Reina,
el Príncipe o la Princesa de Asturias y su consorte, y el Rey o Reina que hubiese abdicado y su consorte. El mecanismo elegido ha sido este y no otro y se han equivocado. La inclusión de este tema de esta manera comporta incongruencia material,
comporta falta de debate parlamentario, y comporta vulneración del Reglamento de la Cámara, y me explico. Comporta problemas de incongruencia material con el proyecto de ley existente, y es que las enmiendas presentadas no tienen nada que ver con
el objeto de la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial sobre aspectos relativos a la carrera judicial y del personal al servicio de la Administración de Justicia. De hecho el mismo día que debatíamos este proyecto de ley en la Comisión,
debatimos a su vez otro proyecto de ley que también modificaba la Ley Orgánica del Poder Judicial sobre reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea.


¿Por qué el Gobierno no hizo un solo proyecto de ley y trajo dos por separado al Parlamento? Porque el Gobierno valoró, con buen criterio, que eran cuestiones completamente distintas y que merecían debates propios, individualizados y
específicos. De hecho hay varias sentencias, citadas ya por el señor Olavaria, del Tribunal Constitucional como la 119, la 136 y la 176 de 2011, y la 209 de 2012, que marcan claramente esta línea jurisprudencial.


También es un clásico en la técnica legislativa que usa este Gobierno introducir o presentar enmiendas de manera contraria a la jurisprudencia constitucional consolidada. De hecho este proyecto de ley que estamos hoy debatiendo es
complementario a otro proyecto de ley en el que hicieron exactamente lo mismo. Parece que ustedes han descubierto la alternativa a legislar a golpe de decretos leyes, que es legislar a golpe de enmiendas. En segundo lugar, decía que impide el
debate parlamentario, y no me digan que no es cierto porque en estos momentos estamos hablando en esta tribuna igual que lo hicimos en la Comisión. La deliberación parlamentaria no son solo monólogos expresados por los distintos grupos
parlamentarios de manera sucesiva, sino que la función principal de esta Cámara pasa por deliberar sobre cómo llegamos entre todos a la mejor expresión del interés general, para lo que muchas veces es fundamental transar entre enmiendas distintas,
llegando a un acercamiento de posiciones, lo que viene a llamarse consenso, acuerdo o pacto, que es precisamente la máxima y mejor expresión de la democracia. Ustedes con este procedimiento legislativo permiten a los grupos parlamentarios situarse
en un sí o en un no, y eso es todo, porque una enmienda ya no la podemos enmendar. Por tanto, sí ha habido usurpación de la principal función de un Parlamento, que es la deliberación, el acercamiento de posiciones y el acuerdo. Miren si han hecho
mal las cosas, señorías, que han presentado tres enmiendas y a estas tres enmiendas han tenido que presentar tres correcciones de errores. Tres enmiendas y tres correcciones de errores. Hablamos de precipitación, pero es que esa precipitación se
demuestra en cosas como esta.


A estos dos problemas hay que añadirles un tercero, como es el dudoso cumplimiento del Reglamento de la Cámara en su artículo 69. Ni en la convocatoria de la ponencia ni en la convocatoria de la Comisión se han cumplido los plazos de
cuarenta y ocho horas. No le quiero dedicar más tiempo a esto, puesto que ya en la Comisión tuve oportunidad incluso de leer la literalidad del precepto y además hay otros portavoces que me han precedido en el uso de la palabra que ya lo han hecho,
lo que sí quiero poner de manifiesto, señoras y señores diputados, es que lo expuesto hasta ahora no es una cuestión jurídico-procesal, no es una cuestión de technicalities, no es una cuestión meramente procedimental, como muchos querrán verlo para
reducir su trascendencia. No; no lo es. Estamos hablando del respeto a un procedimiento parlamentario, que es ni más ni menos que lo único que ofrece garantías a las minorías; lo único, señorías. Por tanto, en este caso el fondo y la forma
convergen, porque no respetar este procedimiento parlamentario es no respetar la democracia y, por tanto, vulnerar la función básica de este Parlamento. Si el Gobierno o el Grupo Parlamentario Popular querían traer a la Cámara un debate sobre este
tema, deberían haber traído un proyecto de ley, ofreciendo un trato de normalidad a la cuestión, y no traer este debate mediante este instrumento parlamentario y pedir luego a todos los grupos responsabilidad y altura de miras.


Les agradecería también que no digan en tribuna lo que han estado diciendo algunos cargos de su Gobierno de que estamos negando a otros el aforamiento de régimen general que nosotros mismos tenemos. Ustedes saben perfectamente que están
presentando otra cosa, con otro alcance, que como mínimo merecería una mayor discusión.


En definitiva, señorías, si el Gobierno y el Grupo Parlamentario Popular pensaran en términos de respeto institucional, en términos de búsqueda del interés general, de fortalecimiento del parlamentarismo, de garantizar la deliberación que
tiene que llevar a cabo esta Cámara, de preservación de la propia



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Jefatura del Estado y de búsqueda de los consensos necesarios, no hubiesen actuado como lo han hecho. Señorías del Grupo Popular, la responsabilidad de estar solos hoy y de las consecuencias que eso comporta es solo suya.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Batet.


Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Barreda.


El señor BARREDA DE LOS RÍOS: Muchas gracias, señor presidente.


Señorías, el Grupo Popular votará favorablemente el proyecto de ley orgánica que debatimos, votará favorablemente un proyecto de ley que ofrece el soporte adecuado para atender una situación sobrevenida derivada de la abdicación de Su
Majestad el Rey don Juan Carlos I: la necesidad de definir el estatuto jurídico tras la abdicación. Es importante atender esta cuestión con sentido de la responsabilidad y también con sentido de Estado; sentido de la responsabilidad que cada cual
debe asumir y sentido de Estado que evite dilaciones innecesarias o, lo que es lo mismo, periodos de interinidad, situaciones transitorias que nada aportan en términos de seguridad jurídica. No es mejor el procedimiento por ser más lento.


Hablamos de una institución constitucional. Se trata de la importancia simbólica de la figura de don Juan Carlos, incluso después de su abdicación, como suele recordar el primer grupo de la oposición. Somos conscientes de la importancia y
de la necesidad de esta reforma y debe ser voluntad de todos llevarla a cabo. Contamos con el instrumento adecuado, este proyecto de ley, y por tanto el compromiso del Gobierno y del Grupo Popular es impulsarlo por los cauces legales y en los
plazos que permite el Reglamento de la Cámara. Sin embargo, pese a nuestra disposición al acuerdo, no han faltado críticas de forma y de fondo al proyecto de ley que tramitamos, críticas que se han reproducido en la mañana de hoy. Por tanto, debo
reiterar cosas que ya dijimos en Comisión. En cuanto al procedimiento, son muchos y hasta gruesos los calificativos de algunos portavoces esta mañana, pero lo cierto es que se ha respetado escrupulosamente el Reglamento de la Cámara. La Mesa y los
portavoces de la Comisión de Justicia autorizaron el pasado día 11 la aplicación del artículo 69, que permite la reducción de los plazos, e igualmente se ha cumplido el Reglamento para fijar el orden del día de la Comisión. La ausencia o la
conveniencia de los portavoces de algunos grupos no permite cuestionar el escrupuloso respeto al procedimiento parlamentario. A nadie se ha hurtado el debate, ni en ponencia, ni en Comisión, ni tampoco en el día de hoy en este Pleno. Por tanto, ni
improvisación ni precipitación; previsión y agilidad dentro de los márgenes que permite el Reglamento para impulsar esta reforma y cubrir un vacío legal. Se ha actuado con plena transparencia, con conocimiento de la Comisión desde el 11 de junio e
insisto en que la dejación de funciones, en representación de sus electores, de algunos grupos en reuniones dirigidas precisamente a ordenar los trabajos de la Comisión no les permite descalificar la tarea de la Cámara.


Tampoco está en cuestión por mucho que se empeñen la congruencia de las enmiendas del Partido Popular, de Foro Asturias y de Unión del Pueblo Navarro con el propio proyecto de ley. Tratándose de la Ley Orgánica del Poder Judicial parece de
sentido común plantear en este proyecto de ley estos aforamientos. Al menos así lo han entendido varios grupos de la Cámara que también han presentado enmiendas sobre aforamientos e incluso peticiones de comisiones de investigación sobre don Juan
Carlos, y nadie se ha opuesto a su admisión a trámite por incongruentes. Por tanto, si congruentes son las enmiendas sobre aforamientos de unos grupos, coherentes son las de todos, incluidas las del Grupo Parlamentario Popular. Incongruencias,
señorías, las de otros grupos, las de La Izquierda Plural, por ejemplo, pretendiendo plantear una reforma constitucional vía referéndum en una enmienda a la Ley Orgánica de Abdicación y viniendo hoy, siendo muy flacos de memoria, apenas cuatro días
después, a denunciar supuestas incongruencias de otros grupos parlamentarios. Eso es tener muy poca memoria, señor Llamazares. Y también me da la impresión de que algunos, incapaces de definir una posición sobre el fondo, incluso diciendo
compartir la necesidad de los aforamientos propuestos, han invocado inexistentes defectos de forma para justificar su abstención.


En cuanto a la necesidad de la reforma, el pasado día 2 de junio Su Majestad el Rey don Juan Carlos I comunicó al presidente del Gobierno su voluntad de abdicar, es decir, de poner fin a un reinado excepcional, que constituye el periodo más
extenso de convivencia en paz, democracia y libertad, de progreso social y prosperidad material que hemos conocido los españoles en toda nuestra historia contemporánea. Don Juan Carlos ha sido no solo motor de la transición democrática, sino
símbolo de unidad y un factor clave para el fortalecimiento del país y para la concordia entre los españoles. Ha sido, en fin, porque quiso serlo, Rey de todos los españoles. (Aplausos). Groseras descalificaciones, cuando no insultos o injurias,



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como las que hemos oído gratuitamente en el Pleno de hoy, no empañan sino que enaltecen la figura de don Juan Carlos, señorías. Con la aprobación de la Ley Orgánica 3/2014 se daba cumplimiento al artículo 57.5 de la Constitución y el pasado
día 19, en este mismo hemiciclo, se producía la proclamación ante las Cortes de Su Majestad el Rey don Felipe VI como nuevo jefe del Estado. Se trata de un hecho inédito en los dos siglos de nuestra historia constitucional, la normal sucesión en la
Corona conforme a las previsiones legales, una excelente noticia en términos democráticos para nuestra nación, pero que supone también la necesidad de abordar situaciones igualmente excepcionales y novedosas. En efecto, la figura del Rey, como se
ha recordado, está constitucionalmente revestida de inviolabilidad e inmunidad porque así lo establece el artículo 56.3 de nuestra Carta Magna. Por tanto, todos los actos realizados por el Rey quedan amparados por la inviolabilidad y están exentos
de responsabilidad. Por el contrario, los que realizare después de haber abdicado quedarán sometidos al control jurisdiccional y es la actual falta de regulación en esta materia la que el proyecto de ley viene a subsanar.


Conocen sus señorías -también se ha recordado- que el Gobierno venía trabajando en el proyecto de ley de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial en el aforamiento de diferentes miembros de la Familia Real. Consta la opinión favorable
del Consejo General del Poder Judicial tanto a tal propuesta como a la regulación del estatuto jurídico de don Juan Carlos y doña Sofía, atribuyendo a ambos el aforamiento tras la abdicación. (Rumores). Hasta la fecha, tanto la Constitución como
la Ley Orgánica del Poder Judicial o los estatutos de autonomía prevén el aforamiento de diferentes cargos del Poder Ejecutivo, Legislativo o Judicial y de altas instituciones del Estado o de las comunidades autónomas; sin embargo, no existe
ninguna previsión concreta en nuestro ordenamiento jurídico... (Rumores).


El señor PRESIDENTE: Perdón, señor diputado.


Por favor, ruego atención al que está interviniendo.


El señor BARREDA DE LOS RÍOS: Gracias, señor presidente.


Decía que no existe ninguna previsión respecto al órgano judicial que debe conocer de los procedimientos civiles o penales dirigidos contra miembros de la Familia Real. Pues bien, conforme a las recomendaciones del Consejo General del Poder
Judicial y de la Fiscalía General del Estado, el proyecto de ley ha optado por el aforamiento ante el Tribunal Supremo de determinados miembros de la Familia Real. Lo hace así no solo atendiendo, por ejemplo, a la dignidad de quien ha sido Rey de
España, sino al tratamiento dispensado a los titulares de otras magistraturas y poderes del Estado.


En cuanto al fondo de la cuestión, señorías, la política debe también ser pedagogía, como le gusta decir al señor portavoz de Convergència i Unió. Por ello, debo recordar cuál es la verdadera naturaleza del aforamiento. Creo que tenemos la
obligación, y también la responsabilidad, de evitar debates que tergiversen los hechos o adulteren el lenguaje al servicio de la más simple demagogia o el más ramplón de los populismos. En el trámite de este proyecto de ley no han sido pocas las
voces, todas ellas aforadas -es más, todas ellas amparadas en la inmunidad parlamentaria-, que han pujado en una verdadera subasta de desafueros. Hay quienes confunden la libertad de expresión con barra libre para el insulto o la insidia. Dejando
aparte la mucha o poca educación de cada cual, solo acreditan -permítanme decirlo así- la carencia de argumentos sobre el fondo de la cuestión. Se ha querido en el curso de este debate en Comisión y en Pleno sembrar la sombra de la sospecha sobre
las intenciones del Gobierno; se ha tachado a las más altas instancias judiciales del país de justicia parasitada y de excepción dedicada a hacer trajes a medida de las personas aforadas, y se ha recurrido a metáforas literarias que hubieran
sonrojado al príncipe de Lampedusa. Se trata de discursos que nada tienen que ver con el debate o la crítica; por el contrario, carecen de todo rigor, cuando no reproducen simplemente tópicos o clichés. Insisto, todos ellos en boca de aforados,
todos amparados en la inmunidad parlamentaria. Porque, ciertamente, confundir fuero con privilegio es precisamente eso: demagogia y falta de rigor. El aforamiento no es un privilegio, sino una competencia jurisdiccional concreta con pleno aval
constitucional. No es una prerrogativa personal, sino una garantía para la institución a la que el aforado pertenece, así lo ha afirmado reiteradamente la jurisprudencia constitucional. Se trata de lograr que el procedimiento judicial se
desarrolle con plena normalidad con independencia de la relevancia o notoriedad pública de la persona enjuiciada o, lo que es lo mismo, se trata de preservar también la independencia judicial de la posible presión ambiental que tal notoriedad
pudiera representar, como muy bien ha argumentado el señor Salvador. De hecho, de ese énfasis en la garantía de las instituciones se pueden derivar inconvenientes para las personas aforadas como, por ejemplo, el hecho de no disponer de una segunda
instancia. En todo caso, es fundamental recalcar -porque lo contrario afectaría al principio de igualdad- que el aforamiento no



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supone impunidad ni inmunidad. El aforado responde en vía civil o penal de sus actos y el aforamiento no exime de responsabilidad ni reduce el alcance de las eventuales responsabilidades, tanto civiles como penales. Existe un único derecho
sustantivo en España y se aplica por igual por todos los órganos jurisdiccionales, esté aforada o no la persona enjuiciada. Quede esto claro a efectos de la Cámara y también para el conjunto de la opinión pública. Reitero: el aforamiento no
supone ni impunidad, ni inmunidad, ni limitación de responsabilidades ante la justicia, tan solo determina el órgano competente para el enjuiciamiento, que será un tribunal ante el que el aforado responde en los mismos términos y conforme a las
mismas leyes que el resto de los ciudadanos. Esa es la realidad de nuestras previsiones constitucionales y legales en contraste con los múltiples desatinos de tanta lengua de trapo jurídica y de tantos juristas de ocasión a los que lo último que
parece preocuparles es fundamentar en derecho sus exabruptos. Todo ello, por supuesto, con independencia del legítimo debate sobre el número de aforados o la necesidad de los mismos que actualmente existe en España, debate que tendremos ocasión de
abordar -como se ha dicho- en los próximos meses, cuando el Gobierno remita a la Cámara la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial.


En cuanto a la concreta regulación propuesta, señorías, el artículo 55 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuye a las salas de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Supremo el conocimiento de todas las acciones civiles o penales
eventualmente dirigidas contra la Reina consorte o el consorte de la Reina, la Princesa o Príncipe de Asturias y su consorte, así como contra el Rey o Reina que hubiera abdicado y su consorte, es decir, se determina por la ley qué concretos miembros
de la Familia Real están aforados. No todos los miembros de la Familia Real ni, por supuesto, otros parientes del Rey, tan solo la Reina consorte o el consorte de la Reina y quienes hubieran ocupado la Jefatura del Estado o estuvieren llamados por
las previsiones constitucionales a desempeñarla, así como sus consortes. Y se determina qué salas del Tribunal Supremo serán competentes para la tramitación y enjuiciamiento de los procesos en que esas personas aforadas sean parte denunciada,
querellada o demandada, exclusivamente eso, señorías, y no va más allá la previsión del proyecto de ley. Por tanto, se excluyen del aforamiento otros supuestos; no existe aforamiento para miembro alguno de la Familia Real cuando sean ellos mismos
quienes inicien un procedimiento como demandantes, denunciantes o querellantes, ni cuando se vean involucrados en un procedimiento como víctimas o fueren llamados como testigos. Aclaro esto porque, oyendo algunos discursos, viendo algunos debates
en algunos medios de comunicación, pudiera parecer lo contrario. De hecho, no falta quien lo divulgue, con manifiesta falsedad, alegre e irresponsablemente, por lo que creo -insisto- que es importante dejarlo claro en este debate.


Por último, la disposición transitoria del proyecto de ley prevé que los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del artículo 55 bis sean suspendidos y remitidos a la sala competente del Tribunal Supremo, que
continuará su tramitación. Es una previsión habitual, un supuesto que se da cuando una persona, cualquiera de los presentes, por ejemplo, pasa a ser aforada y tenía alguna causa abierta ante otro juzgado o tribunal. No hace falta que busquen tres
pies al gato ni que siembren de insidia sus discursos, parapetados en la inmunidad parlamentaria. Se trata de una disposición que permite la continuidad de eventuales procedimientos iniciados en lo que antes he denominado como situaciones
transitorias.


Termino, señor presidente. En cuanto al resto de los aspectos contemplados en el proyecto de ley, a los que otros grupos no han dedicado atención, permiten lograr diferentes objetivos vinculados a la racionalización del sector público y la
reforma administrativa en general en lo que afecta a la Ley Orgánica del Poder Judicial. Además, a través del acuerdo en torno a enmiendas planteadas por el Grupo de Convergència i Unió se han atendido otros aspectos y mejorado la estructura de la
Ley Orgánica del Poder Judicial.


Por todo ello, señorías, y especialmente con voluntad de atender una situación sobrevenida tras la sucesión en la Corona sin dilaciones innecesarias, el Grupo Popular aprobará el presente proyecto de ley orgánica.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Barreda.


Señorías, como les habrá ocurrido a muchos de ustedes, yo me he enterado esta mañana con gran tristeza de que nos va a abandonar en los próximos meses en su escaño don Alfredo Pérez Rubalcaba. Como presidente del Congreso, y creo que
represento la voluntad de la inmensa mayoría de los diputados, quiero agradecerle su labor durante todos estos años, su labor en el escaño, que ha dado categoría y altura a la función de diputado. Siempre será recordado como una gran figura del
parlamentarismo del siglo XXI. Muchas gracias. (Aplausos de las señoras y los señores diputados, puestos en pie).


En unos minutos, procederemos a votar. (Pausa).



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Proyecto de ley orgánica complementaria de la Ley de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.


Votamos en primer lugar una enmienda del Grupo Mixto, del señor Bosch.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 327; a favor, 21; en contra, 290; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda del Grupo Vasco PNV.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 327; a favor, 139; en contra, 188.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votación en bloque de las enmiendas del Grupo de Unión Progreso y Democracia.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 322; a favor, 18; en contra, 183; abstenciones, 121.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Voto particular del Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural. Se somete a votación el voto particular contra la introducción de las enmiendas números 8, 9 y 16 del Grupo Popular.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 327; a favor, 25; en contra, 184; abstenciones, 118.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.


Votación en bloque de las enmiendas del Grupo Socialista.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 323; a favor, 117; en contra, 184; abstenciones, 22.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votación del dictamen de la Comisión. En primer lugar, votación conjunta de: Artículo Único, apartado uno (adición de un nuevo artículo 55 bis a la Ley orgánica del Poder Judicial); disposición transitoria única (procedimientos en
trámite), y apartado IV del preámbulo.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 327; a favor, 185; en contra, 30; abstenciones, 112.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.


Resto del dictamen.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 326; a favor, 184; en contra, 31; abstenciones, 111.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


VOTACIÓN DE CONJUNTO.


El señor PRESIDENTE: Votación de conjunto del proyecto de ley orgánica, precisamente por su carácter orgánico.


Comienza la votación. (Pausa).



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 325; a favor, 184; en contra, 32; abstenciones 109.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el proyecto de ley orgánica.


Se levanta la sesión.


Eran las dos y treinta minutos de la tarde.