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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 827, de 10/06/2015
cve: DSCD-10-CO-827 PDF



CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2015 X LEGISLATURA Núm. 827

SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. MARIO MINGO ZAPATERO

Sesión núm. 36

celebrada el miércoles,

10 de junio de 2015



ORDEN DEL DÍA:


Ratificación de la ponencia designada para informar sobre:


- Proyecto de ley del tercer sector de acción social. (Número de expediente 121/000140) ... (Página2)


Aprobación con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia sobre:


- Proyecto de ley del tercer sector de acción social. (Número de expediente 121/000140) ... (Página2)


Ratificación de la ponencia designada para informar sobre:


- Proyecto de ley de voluntariado. (Número de expediente 121/000141) ... (Página12)


Aprobación con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia sobre:


- Proyecto de ley de voluntariado. (Número de expediente 121/000141) ... (Página12)



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Se abre la sesión a las cuatro y cinco minutos de la tarde.


RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR SOBRE:


- PROYECTO DE LEY DEL TERCER SECTOR DE ACCIÓN SOCIAL. (Número de expediente 121/000140).


El señor PRESIDENTE: Señorías, vamos a dar comienzo a la sesión número 36 de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales del Congreso de los Diputados. El primer punto del día es la ratificación de la ponencia, que estoy seguro que
comparto con ustedes que se aprueba por unanimidad. ¿Estamos de acuerdo? (Asentimiento). Gracias.


APROBACIÓN CON COMPETENCIA LEGISLATIVA PLENA, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA SOBRE:


- PROYECTO DE LEY DEL TERCER SECTOR DE ACCIÓN SOCIAL. (Número de expediente 121/000140).


El señor PRESIDENTE: A continuación debatimos el proyecto de ley del tercer sector, después debatiremos el segundo proyecto de ley y, por último, realizaremos las votaciones, nunca antes de las 6:30 y espero que pocos minutos después.


Para la defensa de las enmiendas al proyecto de ley del tercer sector, tiene la palabra, en primer lugar, por el Grupo Mixto, el señor Tardà.


El señor TARDÀ I COMA: Tomo la palabra para defender las dos enmiendas que hemos presentado a este proyecto de ley. De forma muy escueta he de decir, puesto que ya dejamos dicho qué es lo que pensábamos sobre este proyecto de ley en el
debate de la enmienda a la totalidad que presentó nuestro grupo parlamentario, que, a nuestro entender, esta ley es innecesaria en la medida en que no regula nada que no esté ya regulado por las comunidades autónomas. Por cierto, el Estatuto de
Autonomía de Cataluña, en su artículo 166, deja bien explícito que las competencias en servicios sociales son de su materia exclusiva. También dejamos dicho durante el debate de totalidad que detrás de esta iniciativa del Gobierno, apoyada por el
grupo mayoritario, hay una voluntad de centralizar competencias. De hecho, con ello se niega la capacidad -que es hija del derecho que queremos, por ejemplo, en el caso catalán y también en otros- de desarrollar unas políticas propias en esta
materia. También en su momento denunciamos que la disposición adicional cuarta de esta ley deja muy claro que no podrá derivarse de la misma ningún incremento del gasto. Es cierto, y no lo negamos en aquel debate, que esta ley no deja de ser un
reconocimiento de la existencia del tercer sector, que es evidente que existe y gracias a su existencia hoy en día la batalla contra la exclusión social, contra la pobreza, etcétera, no está ni absoluta ni radicalmente perdida. Pero es que el
tercer sector ya está reconocido por las comunidades autónomas. Si no tienen competencia en esta materia -porque en el caso catalán son exclusivas del Gobierno de Cataluña y en otros casos de distintos Gobiernos autonómicos-, no sé el por qué esta
ley, que además viene muy reforzada. ¿A qué responde la creación del consejo estatal de organizaciones no gubernamentales de acción social o la comisión para el diálogo social con la plataforma del tercer sector? Todo ello forma parte de ese
intento de ir conformando una estructura a partir de unas premisas -a nuestro entender, ilegítimas-, en la medida en que no tienen competencias para ello. Es un traje a la medida a fin y efecto de poder ir vistiendo esta competencia, que ahora
ustedes se atribuyen después de años, de muchos años de implementación por parte de las comunidades autónomas sobre la base de sus capacidades estatutarias para desarrollar todo aquello que es competencia de los servicios sociales.


Fruto de estos razonamientos presentamos la enmienda número 15, que es muy clara. Dice así: Las disposiciones de esta ley solo regirán supletoriamente a la legislación propia de aplicación en la Comunidad Autónoma de Cataluña. No es una
enmienda tan radical como aquella que pudiera derivarse de todo lo dicho; es decir, esta ley no tiene vigencia en Cataluña, pero lo que sí decimos es que en todo aquello que ya está regulado desde Cataluña esta ley no tiene sentido; quizá sí en
todo aquello que desde las comunidades autónomas no se haya regulado. Finalmente, anunciamos que votaremos en contra de este proyecto de ley porque ya que quieren poner un esmoquin al tercer sector, ya que quieren reconocer su existencia, aunque
sea de forma ilegítima como he intentado demostrar, entendemos que, de una vez por todas, hay que resolver todo aquello que compete a los problemas y las reivindicaciones que nuestro



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grupo parlamentario, así como otros grupos, básicamente catalanes, desde el año 2004 -creo que el compañero Campuzano incluso antes-, hemos venido reclamando respecto al 0,7 del IRPF recaudado con finalidades sociales. Les recuerdo que en
el año 2014, por ejemplo, en Cataluña se recaudaron 54,4 millones, de los cuales solo se recibieron 30, por lo que ustedes la territorialización no la contemplan. Se recibe menos de lo que se recauda, por lo que creo que existe un cierto expolio
incluso a la misma solidaridad. Durante años se ha reivindicado y ha habido momentos en otras legislaturas en los que eran posibles -incluso se llegó a pactar con el Partido Socialista cuando estaba en el Gobierno- criterios de territorialización
que al final no se llevaron a cabo, por lo que estamos en donde estábamos.


También he de recordarles que no se trata solo de un problema de territorialización, sino también de legitimidad respecto de quién tiene que gestionar estos recursos. Como saben ustedes, a lo largo de estos últimos años ha habido distintas
sentencias del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, la última de hace pocas horas, que dejan claro que compete a las comunidades autónomas y no al Gobierno central esta materia. En nuestra enmienda número 14 pedimos una disposición
adicional nueva en la que se establezca que de forma inmediata a la aprobación de esta ley se procederá a la territorialización y traspaso a las comunidades autónomas de los ingresos del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas que
se destina a finalidades de interés social. Estas son las dos enmiendas que hemos presentado. Entendemos que no serán recogidas por el grupo mayoritario, por lo que votaremos en contra de este proyecto de ley.


El señor PRESIDENTE: Quiero pedirles un favor a los portavoces. El Grupo Parlamentario de Convergència i Unió tiene problemas para participar en otras comisiones y es mi intención, si ustedes me lo permiten, darle la palabra ahora, ¿Es
posible? (Asentimiento). Gracias por su generosidad.


Señor Campuzano, agradézcaselo. (Risas). Tiene usted la palabra.


El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Señor presidente, se lo agradezco a usted y al conjunto de los portavoces porque es una tarde complicada.


En el trámite en el que nos encontramos, hemos traducido en enmiendas parciales las consideraciones que hicimos en el debate de las enmiendas a la totalidad. Afirmábamos entonces que el problema que nos planteaba el proyecto de ley tenía
tres dimensiones. Una primera dimensión que no era tanto una invasión competencial sino un reforzamiento de la dimensión estatal del tercer sector que, a medio plazo, iba a debilitar las capacidades de construcción de políticas públicas a través y
en colaboración con el tercer sector de las comunidades autónomas y que iba a recentralizar de facto en el ámbito de la sociedad civil la articulación de ese tercer sector. Ahí nos generaba una sustancial desconfianza que expresamos claramente en
la enmienda número 25, donde pretendíamos en el artículo 9 no excluir del ámbito de discusión de las políticas estatales que pudiesen afectar al tercer sector las entidades de ámbito autonómico, partiendo de la realidad de que el tercer sector de
Cataluña no participa del tercer sector de ámbito estatal. Primera consideración.


Segunda consideración. Nos parecía que este proyecto de ley no abordaba las cuestiones de fondo que necesitaba el tercer sector. Ahí creo que hemos hecho un planteamiento ambicioso de propuestas legislativas concretas para dar respuesta a
cuestiones esenciales, cuestiones de fiscalidad del tercer sector en el contexto de una legislatura en la que no se ha aprobado la ley de mecenazgo que la sociedad civil nos exige. Enmiendas 30, 39, 40, 41 y 42, donde hemos trasladado las
propuestas que a lo largo de estos cuatro años hemos intentado incorporar en nuestra legislación de mecenazgo. Incorporar, en la línea de otras legislaciones autonómicas como la vasca y la asturiana, el principio de concertación con las entidades
del tercer sector en materia de servicios sociales. Hacer frente a la necesidad de que las deudas pendientes a las entidades del tercer sector, vinculadas no a través de los mecanismos hoy contemplados en el Plan de proveedores, puedan resolverse.
Básicamente hablamos de las subvenciones. Ayuntamientos y comunidades autónomas continúan debiendo recursos a estas entidades y eso provoca el ahogo financiero de las mismas. Pretendíamos modificar el marco legal del mecanismo de pago de
proveedores para garantizar esos recursos para el tercer sector. Convicción de que necesitamos un modelo de cláusulas sociales, en la línea de las últimas directivas de la Unión Europea, que recogiese algunos modelos de éxito como el que se ha
desarrollado en Barcelona en los últimos años -enmienda número 38-. Necesidad de modificar la Ley general de subvenciones para permitir una mayor flexibilidad que permita que el tercer sector pueda desarrollarse a fondo -enmienda número 35-.
Creación de un fondo de reestructuración del tercer sector, que ya llevamos a discusión en el Pleno -enmienda número 33-. Creación de un fondo de lucha contra la pobreza realmente sólido -enmienda número 32-. Creación de un plan de empleo que dé



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oportunidades al tercer sector de creación de empleo para hacer frente, además, al problema del desempleo juvenil -enmienda número 37-. Aumento del porcentaje del IRPF destinado a actividades de interés general, del 0,7 % al 0,1 %, donde,
por desgracia, el Gobierno ha rechazado la posibilidad de que hoy pueda votarse esta enmienda que ha planteado Convergència i Unió. Por tanto, un paquete amplio -?insisto- de cuestiones que no se abordan en este proyecto de ley y que por desgracia
van a quedar pendientes para la próxima legislatura. En esa misma dirección podríamos situar la enmienda número 36, que afecta a la necesidad de regular la sociedad limitada de interés general para facilitar la actividad de los emprendedores
sociales.


Tercera cuestión que nos llevaba a esa enmienda a la totalidad: la vieja reivindicación catalana de la gestión de los recursos del 0,7 % por parte de las comunidades autónomas. Como recordaba mi amigo y colega señor Tardà, un tema que los
grupos catalanes hemos venido reivindicando en los últimos quince años en esta casa, habiendo sido incapaces de convencer a los gobiernos, tanto del Partido Popular como del Partido Socialista, a revertir en la práctica esta situación, con la
paradoja de que en esta materia los tribunales nos dan siempre la razón. Ayer mismo, el Tribunal Supremo tumbó el decreto del Gobierno que establece la organización de las subvenciones del denominado régimen general. Estableció que el Gobierno
tiene derecho a establecer una línea de subvenciones para las ONG en actividades que son de competencia autonómica, pero que esos recursos deben ser gestionados por las comunidades autónomas, no por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad. Nueva sentencia del Tribunal Supremo tumbando los argumentos legales que el Gobierno va construyendo para intentar soslayar el cumplimiento de las sentencias. La sentencia de ayer vuelve a ser clara, y al no plantearnos el grupo de la
mayoría una solución a las enmiendas que hemos presentado el señor Tardà y nuestro grupo nos lleva necesariamente a votar negativamente este proyecto de ley. Tenemos la sensación de tomadura de pelo en este tema. El Tribunal Constitucional y el
Tribunal Supremo nos dan la razón; en aquellas materias en las que las comunidades autónomas son competentes, el Estado puede establecer subvenciones, pero la gestión debe ser autonómica. No hay discusión. No pueden inventarse nuevos títulos
competenciales para justificar en la práctica esa invasión competencial y, por tanto, ante esa tomadura de pelo, por desgracia, un proyecto de ley que en algunas de sus consideraciones podríamos compartir, el Grupo Parlamentario de Convergència i de
Unió lo va a votar negativamente. Se pierde una oportunidad de hacer un buen proyecto de ley y se pierde, sobre todo, la oportunidad de resolver cuestiones de fondo, pendientes, que van a hacer que el tema del 0,7 % continúe abierto y que
continuemos necesitando una política efectiva, eficaz, que permita resolver los problemas de fondo del tercer sector. Una oportunidad perdida, una pena, y el rechazo de Convergència i Unió en cualquier caso.


El señor PRESIDENTE: En representación del Grupo Parlamentario Vasco, tiene la palabra doña Isabel Sánchez Robles.


La señora SÁNCHEZ ROBLES: Iré directamente al grano. El proyecto de ley del tercer sector de acción social que el Gobierno trae hoy a esta Comisión para su aprobación es manifiestamente inconstitucional en la medida en que no respeta la
competencia exclusiva en materia de asistencia y servicios sociales que tienen las comunidades autónomas.


El título competencial al que se acoge el proyecto, el expresado en el artículo 149.1 de la Constitución española, una vez más no da cobertura a la regulación que pretende el Estado. En esta materia son las comunidades autónomas las que se
han visto investidas de la atribución competencial para dictar la norma correspondiente sin que pueda acudir el Estado al manido artículo 149.1.1.º de la Constitución en todos estos ámbitos de corte asistencial, provocando además una interferencia
brutal con las regulaciones autonómicas en esta materia. Es más que obvio que este proyecto de ley colisiona frontalmente con las previsiones del Estatuto de Gernika, que en su artículo 10 establece que la Comunidad Autónoma del País Vasco tiene
competencia exclusiva en esta materia. Esta cualidad, la exclusividad, se torna especialmente pura en el caso de Euskadi en la medida en que se encuentra blindada con lo previsto en la disposición adicional primera de la Constitución española, que
expresamente reconoce y ampara los derechos históricos de los territorios forales. Se trata, por tanto, de una competencia singular de raíz foral, de carácter preconstitucional, que ha sido ejercida históricamente por las diputaciones forales
vascas. Ni siquiera la dictadura franquista se atrevió a cuestionarlo. Tiene bemoles que ustedes, que acreditan el marchamo de ser un partido democrático, lo hagan. Lo cierto es que la utilización de la técnica de la apropiación de la ilegítima
incautación de ámbitos competenciales propios de las comunidades autónomas, y muy especialmente de las instituciones vascas por aquello de las diputaciones forales, que son quienes



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ostentan en este caso las competencias, se ha convertido desgraciadamente en el pan nuestro de cada día a lo largo de esta legislatura. Y este abuso se torna especialmente grave en la medida en que se ve amparado yo creo que en la
ineficacia temporal del Tribunal Constitucional -cuyos miembros, por cierto, han sido designados digitalmente por ustedes mismos- para resolver y dirimir las causas de inconstitucionalidad en tiempo y forma; sobre todo en tiempo. Conceptos ambos
que al parecer no deben tener del todo claros.


Supongo que compartirán que las dilaciones y más dilaciones, los años y más años sin dictar sentencias, están proporcionándoles una oportunidad de oro para ir recentralizando, para ir usurpando competencias a las comunidades autónomas y en
consecuencia desmantelando poquito a poco el régimen de reparto competencial que democráticamente, tras el franquismo, nos otorgamos. Este es un caso palmario, máxime cuando en torno a esta cuestión, y más concretamente sobre la aplicación de este
artículo 149.1.1º, en materia de asistencia social también, hay una extensa doctrina del alto tribunal que refrenda nuestra posición en la medida en que reiteradamente ha sentado jurisprudencia en el sentido de que este artículo de la Constitución
en ningún caso constituye un título atributivo de competencias, lo que quiere decir que las podrá utilizar el Estado en la medida en que tengan competencias en la materia. Por su parte, y como refuerzo a nuestros argumentos -ha hecho mención a ello
el diputado de Convergència i Unió-, les diré también que el 24 de mayo -se ha publicado recientemente- la Sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha declarado nulo, por no ser conforme con el ordenamiento
jurídico -y he citado literal- el real decreto -lo ha hecho dos años después de su aprobación- por el que se establecían las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del tercer sector de ámbito estatal colaboradoras con la Secretaría de
Estado de Servicios Sociales e Igualdad y ha estimado así el recurso contencioso-administrativo que interpuso la Generalitat de Catalunya en base a estos mismos argumentos, es decir, que el Estado no es competente para ejercer funciones ejecutivas
en una materia en la que no tiene competencia exclusiva. Como ya conocen, estas fueron las razones que nos llevaron a formular enmienda de totalidad y las que nos han llevado también, en un afán de mejora y de tratar de limitar los efectos que esta
norma puede tener si resulta finalmente aprobada, a formular unas enmiendas parciales con la única finalidad de restablecer en la legalidad este proyecto de ley. De no ser aceptadas, les aventuro que tiene plazo de caducidad. El Tribunal
Constitucional, cuando evacue sentencia -Dios proveerá- probablemente diga que esto no se ajusta al bloque de constitucionalidad.


No quiero concluir sin hacer mención a las entidades del tercer sector, no solamente en Euskadi sino en el ámbito estatal, y reconocer su excelente trabajo. Quiero poner de manifiesto el profundo rechazo que el tercer sector vasco tiene
para con este proyecto, máxime cuando se encuentra en tramitación en el Parlamento vasco otro proyecto de ley, consensuado con ese tercer sector -este sí ajustado a la legalidad y a derecho-, que satisface tanto a los grupos políticos, aquí
representados por cierto a través de sus representantes en la Cámara vasca, como a las propias entidades del tercer sector vascas. Es un proyecto de un calado bastante más profundo que este, con una visión integral de lo que es el tercer sector y
su colaboración y participación en las decisiones y en el devenir de todo lo que debe ser el bienestar en la sociedad. Es una pena que, como decía el señor Campuzano, tengamos que votar negativamente este proyecto de ley. Espero -lo digo
sinceramente- que el Tribunal Constitucional haga su trabajo y que por lo menos dicte sentencia en tiempo y forma para que todas estas cuestiones que al final afectan al propio principio de seguridad jurídica y, por tanto, a los ciudadanos y a las
entidades, no perduren demasiado en el tiempo.


El señor PRESIDENTE: En representación del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia -en nombre de la Mesa y de toda la Comisión le doy la bienvenida, señor Lleonart, porque creo que es la primera vez que comparece usted en esta
Comisión-, tiene usted la palabra, don Julio.


El señor LLEONART I CRESPO: Como la ley del voluntariado, la ley del tercer sector viene de la mano de la sociedad civil y su reivindicación sobre el hecho de legislar sobre el tercer sector, con lo cual es una ley esperada y deseada, pero
su texto es mejorable. El Gobierno se sentó con ellos para crear una norma que del anteproyecto al proyecto de ley ha tenido alguna variación significativa y por eso nosotros presentamos en su momento cinco enmiendas. El proyecto que nos trae el
Gobierno no contempla algo que el colectivo considera enriquecedor y que aportará debate y soluciones a los retos venideros del tercer sector. Es preciso incorporar a la legislación un observatorio estatal del tercer sector de acción social
encuadrado en la Administración General del Estado a través del ministerio responsable de las políticas sociales. Esto supone un elemento enriquecedor para la generación de información y conocimiento.



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La crisis económica ha sido extraordinaria, es un proceso poco habitual que, cuando llega, lo hace para quedarse por una larga temporada, como se ha podido comprobar y es por ello que las medidas que debe implementar el Gobierno para
solventar esta situación han de ser también de carácter extraordinario. No puede el Gobierno repetir el chasco de su iniciativa que luchó contra la pobreza infantil en la que apenas tocaban a unos pocos euros por niño. La redacción de las leyes se
debe acompañar con fondos económicos que las sustenten y que permitan su aplicación. La relevancia de la acción social que sirve al interés general de las entidades integradas en el tercer sector hace aconsejable que las mismas dispongan de un
régimen jurídico-legal propio en materia de ayudas públicas y subvenciones distinto del general aplicable a todo tipo de personas y entidades, como ocurre en la actualidad, lo que provoca multitud de disfunciones pues su estatuto singular e
idiosincrasia así lo requieren.


Aun así, nosotros votaremos favorablemente al proyecto.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, don Julio. Lo breve y bueno, dos veces bueno.


En representación de La Izquierda Plural, el señor Pérez Moya tiene la palabra.


El señor PÉREZ MOYA: En el debate de totalidad ya expresamos nuestro rechazo a la propuesta sobre la base de que se perdía una oportunidad, en primer lugar, para dar un enfoque global e integral a la realidad del tercer sector y al papel
que este juega en la lucha contra la pobreza y la exclusión social, y que eso había que enmarcarlo además en una realidad competencial, pues hay comunidades autónomas que por sus estatutos tienen asignada la competencia exclusiva en la materia.
Decíamos además que se perdía una oportunidad para reconocer la pluralidad del propio sector y por tanto también la realidad territorial diferenciada que no tiene una única interlocución.


Ayer -han hecho referencia a ello portavoces que han intervenido anteriormente- conocimos la sentencia del Tribunal Supremo por la que se declara nulo el Real Decreto 535/2013, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones a entidades del tercer sector, a organizaciones no gubernamentales y a otras entidades privadas sin ánimo de lucro que desempeñan actividades de interés general, de ámbito estatal, colaboradoras con la Secretaría de Estado de
Servicios Sociales e Igualdad. Según conocimos por el contenido de la sentencia, la Sala de lo Contencioso del Supremo ha estimado el recurso que contra esa norma presentó en su día la Generalitat de Catalunya que consideraba que el decreto invadía
la competencia exclusiva en materia de asistencia y servicios sociales de acuerdo con su estatuto de autonomía. Entonces, el tribunal lo que hace es reforzar el argumento de que la competencia en materia de asistencia social es exclusiva de
aquellas comunidades autónomas que hayan asumido esta competencia en su estatuto de autonomía -que es el caso de Cataluña, pero podría ser el del País Vasco y seguramente el caso de alguna otra comunidad autónoma- y que el Estado no ostenta ninguna
competencia que le habilite para regular la concesión de subvenciones del tercer sector de acción social.


Más allá de la idea de la sentencia respecto al criterio de la concesión de subvenciones, la sentencia toca uno de los elementos troncales de la propuesta del proyecto de ley que es esa tendencia recentralizadora en materia de acción social
y en concreto establecida en el proyecto de ley del tercer sector. En ese sentido, la sentencia viene a reafirmar -entendemos nosotros- el posicionamiento de que no puede existir -teniendo en cuenta que hay competencias exclusivas en las
comunidades autónomas- una sola y única interlocución ante el Gobierno del Estado en materia del tercer sector. En ese sentido, la Plataforma del Tercer Sector estatal no puede ser la única referencia que para el Gobierno del Estado debe existir a
la hora de planificar sus políticas de acción social y la distribución de los recursos que se pudieran derivar de esas políticas. Por tanto, es evidente que la Comisión para el diálogo civil de organizaciones, que tiene una clara participación -no
solo la tiene la plataforma-, una clara actuación que tiene que ver con centenares de miles de ciudadanos que son atendidos por las entidades del tercer sector y que merece también tener representación y ser escuchada por el Gobierno del Estado.


En las enmiendas que hemos presentado, que van en esa dirección, también incorporamos otros conceptos como la creación del observatorio estatal del tercer sector social. Entendemos que puede ser un claro elemento generador de información y
de conocimiento sobre las políticas a desarrollar en el conjunto del sector. Hablamos también de establecer un fondo estatal de lucha contra la pobreza y la exclusión social, y pedimos asimismo la incorporación a la normativa y a la protección,
como entidades del tercer sector, de entes que son generadores de actividad económica, como las cooperativas de iniciativa social o las empresas de inserción. En ese sentido, termino volviendo a la referencia, en la sentencia de ayer del Supremo,
del concepto territorial en la asignación de los recursos de los que pueden



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disponer tanto las comunidades autónomas como los ayuntamientos -hablamos poco de ellos, pero juegan también un papel fundamental en las políticas sociales-. En relación con el acceso a los recursos del 0,7, la sentencia de ayer avala
perfectamente las propuestas que este grupo de La Izquierda Plural presenta en sus enmiendas, que explicamos en la enmienda de totalidad y que también son coincidentes con los planteamientos de otros grupos.


El señor PRESIDENTE: Quiero anunciarles que después de una serie de consultas que hemos realizado ahora, la convocatoria de Mesa y Portavoces que estaba programada para después de finalizar la Comisión queda aplazada.


En representación del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora Pérez Domínguez.


La señora PÉREZ DOMÍNGUEZ: Quisiera empezar dando la bienvenida a este proyecto de ley y a la posibilidad de debatirlo hoy aquí, como hice el otro día en el debate en el Pleno cuando se debatieron las enmiendas de totalidad. Lo hago, entre
otras cosas, por ser consecuente, porque esta Comisión aprobó en 2013, a propuesta del Grupo Socialista, una proposición no de ley instando al Ejecutivo a traer este proyecto de ley a la Cámara, y además lo aprobó por unanimidad. Así que, aunque
solo sea por ser consecuente con lo que hemos instado y aprobado por unanimidad en esta misma Comisión, debemos felicitarnos por que el Ejecutivo haya traído un proyecto ley.


Dicho esto, no es el proyecto de ley que hubiéramos hecho nosotros como no es el proyecto de ley que hubieran hecho otros grupos. Cada grupo tiene su propia visión. Es un proyecto demandado por las propias organizaciones del tercer sector.
Hoy le hubiera gustado estar aquí a mi compañero Pedro Zerolo, que desgraciadamente nos dejó ayer, porque ha trabajado mucho con las entidades en este tema. Es un compromiso que teníamos los socialistas y es un avance. En nuestro ordenamiento
jurídico, el tercer sector de acción social no aparecía reconocido como tal, no tenía ninguna entidad. Aparece reconocido por primera vez en la Ley de autonomía y atención a las personas en situación de dependencia, y ciertamente creemos que
necesitaba una regulación. Así lo hicimos saber. Por lo tanto, hay unos antecedentes que avalan esto, hay una necesidad de las propias organizaciones sociales y un trabajo que el tercer sector en su conjunto ha hecho con el Gobierno para llegar a
este texto.


No es, como decía, el texto que nosotros hubiéramos redactado. De hecho, hemos presentado varias enmiendas que pretendían mejorarlo. Paso a señalar las más importantes. El grupo mayoritario, el Grupo Popular, ya nos ha dicho que nos va a
aceptar distintas enmiendas, que son enmiendas finas para definir y concretar un poco más cada uno de los principios rectores que deben de contemplar las entidades del tercer sector. Entre ellas quisiera destacar -porque fue un trabajo que hizo
este Parlamento y es de reconocer el informe de la subcomisión de responsabilidad social empresarial o responsabilidad social corporativa- las que incorporan la aplicación a estas entidades del tercer sector de las recomendaciones que esta Cámara
hizo para ellas y algunas otras que definen y concretan mucho mejor el papel y las medidas de fomento que era importante precisar, aunque queden aparcadas para ser desarrolladas con posterioridad y en un plazo que va más allá de un año. Me voy a
limitar, por tanto, no a las que el Grupo Popular ya nos ha dicho que va a aceptar, sino a aquellas que no han sido recogidas y que para nosotros marcan esa diferencia entre lo que es y lo que podía haber sido el proyecto que aquí se trae, que es un
proyecto marco en el que quedan por dibujar, como ya han dicho otros intervinientes, cuál va a ser el desarrollo definitivo de esta ley.


Nos parece muy importante -las propias entidades del tercer sector también nos han hecho saber la importancia que para ellas tenía-, no solo para los parlamentarios sino también para los Gobiernos, contar con el observatorio estatal del
tercer sector de acción social -por eso hemos presentado una enmienda para ponerlo en marcha-, entre otras cosas, para disponer de muchísimos datos, estadísticas y estudios de los que hoy no disponemos y que facilitarían la toma de decisiones tanto
por el Ejecutivo como por el Parlamento. Desafortunadamente, como ya han dicho otros portavoces, esta enmienda no va a ser tenida en cuenta. Como tampoco lo va a ser -y nos parecía necesario recogerlo en la ley, porque es algo con lo que se ha
venido trabajando desde el primer momento- el tratamiento fiscal favorable a las entidades integradas en este sector. Creemos que la enmienda que hemos presentado recoge con suficiente amplitud que las entidades se vieran favorecidas siempre del
máximo beneficio fiscal previsto en la regulación y en la normativa aplicable en cada momento. Por lo tanto, no nos parecía estar sometiendo a ninguna tensión el presupuesto ni al Gobierno. No obstante, no se ha considerado así y lo lamentamos
sinceramente.



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Como no podía ser menos, y ya nos ha sucedido en dos leyes que hemos visto con anterioridad en esta Comisión y con las que hoy vamos a ver en esta sesión, no podemos entender no solamente que no haya crédito disponible para llevar adelante
esta ley, sino que además nos encontremos con una disposición adicional que dice que esto no causará ningún coste añadido, lo cual es absolutamente imposible. Luego hemos presentado también una enmienda para que se regulen las subvenciones públicas
a las entidades del tercer sector cuando se modifique la Ley de subvenciones -no pedíamos que fuera ahora mismo ni en la misma ley- y otra disposición adicional nueva que nos parecía también lo suficientemente importante, además de obligado
cumplimiento. No terminamos de entender por qué no se ha aceptado ya que es hacer algo a lo que estamos obligados, es decir, trasponer la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de febrero de 2014, sobre contratación pública, por la
que se deroga una directiva anterior de 2004 en la que se hace referencia precisamente a estas entidades del tercer sector, a los proyectos concretos que se pueden desarrollar y a algo que nos parece muy importante -que ya lo ha empezado a regular
el Parlamento vasco en esa ley de la que hablaba la señora Sánchez Robles y también Asturias-, que es el fomento del concierto social, una figura fundamental más allá de las cláusulas sociales de las que llevamos hablando mucho tiempo en el
Parlamento. Es una figura nueva que permite la traslación de esta directiva y que es absolutamente necesaria para fortalecer realmente a las entidades del tercer sector, tanto a las que trabajan con la discapacidad como con otros sectores
absolutamente importantes. Por ello, aunque agradecemos a las portavoces y a las ponentes de la ley del Grupo Parlamentario Popular la disposición que han tenido y que hayan recogido bastantes de las enmiendas que hemos presentado, no vamos a
apoyar la ley. Tampoco vamos a votar en contra. Nos vamos a abstener. Nos parece que es positiva, que es un marco y algo que permite comenzar a andar. Esperamos, más adelante, poder cumplir tanto los objetivos que se marcaban las propias
organizaciones como los que nos marcábamos nosotros en nuestro programa electoral de desarrollarla más ampliamente.


El señor PRESIDENTE: En representación del Grupo Parlamentario Popular, van a distribuir su tiempo tres portavoces. En primer lugar, tiene la palabra la señora Guaita.


La señora GUAITA VAÑÓ: En primer lugar, quiero dar las gracias a mi grupo parlamentario por confiar en mí para participar en la elaboración de esta ley.


El objeto de esta ley es reforzar la capacidad del tercer sector de acción social como interlocutor ante la Administración General del Estado para el diseño, aplicación y seguimiento de las políticas públicas en el ámbito social mediante la
regulación común del conjunto de entidades que lo integran, y supone un avance hacia un modelo de atención social más próximo a los ciudadanos. Es una ley hecha para/y con el tercer sector de acción social, que necesita una regulación más acorde
con la realidad y la evolución que el sector ha tenido en los últimos años; es una ley que profundiza y define sus características, sus relaciones con la Administración y los canales por los que estas han de conducirse. Nos hubiera gustado que
esta ley se aprobase con el máximo consenso posible, pero al hilo de las intervenciones vemos que no y desde mi grupo queremos expresar el dolor que esto nos causa al estar hablando del tercer sector de acción social y que ello se deba únicamente a
las sospechas por injerencias competenciales.


Como bien ha dicho el señor presidente, nos hemos distribuido los tiempos, y yo voy analizar enmiendas presentadas por La Izquierda Plural, el Grupo Mixto, o sea Esquerra Republicana de Cataluña, UPyD y el Grupo Parlamentario Vasco.


En cuanto a las enmiendas presentadas por La Izquierda Plural, que son las más numerosas, la primera, que se refiere al apartado segundo del artículo 2, que quiere introducir a las cooperativas de iniciativa social y a las empresas de
inserción, la vamos a rechazar. En primer lugar porque esta ley solo aspira a regular las entidades del tercer sector de acción social, que son entidades sin ánimo de lucro, y en segundo lugar, porque las cooperativas de iniciativa social y las
empresas de inserción cuentan ya con su propia normativa.


La enmienda al artículo 5 tampoco va a ser aceptada por nuestro grupo parlamentario porque esta ley pretende crear un nuevo marco jurídico para aquellas entidades del tercer sector de acción social de ámbito estatal exclusivamente, evitando
en todo caso interferir en competencias autonómicas.


Por lo que respecta a la enmienda que introduce un nuevo apartado en el artículo 6, también presentada por UPyD, hemos de decirles que por razones de seguridad jurídica no vamos a introducir un texto que hable de beneficios fiscales, ya que
la aplicación de los mismos, así como sus revisiones, deben recogerse en los textos normativos que los regulen en cada momento.



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En cuanto a la modificación del artículo 9, la Comisión para el diálogo civil con la Plataforma del tercer sector ya existe y funciona desde el año 2013.


Nos proponen también un artículo nuevo, el 10 -que propone también UPyD y del que también ha hablado el Grupo Parlamentario Socialista-, en relación con la creación de un observatorio estatal del tercer sector de acción social, y en nuestro
grupo parlamentario entendemos que en coherencia con el propósito del Gobierno de racionalización del sector público y para evitar la proliferación de entes instrumentales en la Administración, la vamos a rechazar.


En cuanto a la modificación de la disposición adicional séptima que propone La Izquierda Plural o su supresión que propone UPyD, hay que decir que esta ley no pretende establecer un régimen propio de subvenciones para el tercer sector de
acción social. Se ha hablado ya por parte de diferentes grupos parlamentarios de la sentencia del Tribunal Supremo que salió ayer en relación con el Real Decreto 535/2013, que anula las ayudas al tercer sector reguladas por este real decreto. Sin
embargo, la cantidad importante, la de las ayudas al IRPF, se rige por otro Real Decreto, el 536/2013, que sigue en vigor. Dicho esto, me consta que el Gobierno está buscando la manera de poder resolver el problema para que este año puedan
repartirse estas ayudas y así encontrar la solución de mano de asociaciones y organizaciones del tercer sector para que les puedan llegar estas subvenciones.


Por lo que se refiere a la creación de un fondo estatal de lucha contra la pobreza que plantea La Izquierda Plural o la solicitud de unos recursos económicos extraordinarios de lucha contra la pobreza por parte de Unión Progreso y Democracia
conforme a la disposición adicional cuarta, tampoco lo podemos aceptar.


En relación con la derogación de la resolución por la que se crea la Comisión para el diálogo civil con la Plataforma del tercer sector, La Izquierda Plural nos propone crearla en la enmienda al artículo 9 y derogarla en este artículo, y no
vamos a aceptar ni una ni otra.


Tampoco vamos a aceptar la derogación de la disposición adicional cuarta por coherencia con la política llevada a cabo por el Gobierno de la nación de no incrementar el gasto público.


En cuanto las enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco, la primera al artículo 3 la vamos a rechazar porque creemos que la nueva redacción dada es confusa; además, tal y como reza la disposición adicional primera, esta ley se circunscribe al
ámbito estatal y no interfiere en ningún momento en el ámbito competencial autonómico. Y las enmiendas a las disposiciones adicionales primera y segunda, entendemos que no se pueden suprimir ni modificar porque creemos fehacientemente que el ámbito
competencial está garantizado. Por último he de decir que sí vamos a aceptar la enmienda al artículo 5 planteada por el Grupo Parlamentario Vasco, en el sentido de introducir la palabra sectorial dentro de la expresión ámbito de actuación.


Por lo que respecta a las enmiendas de Esquerra Republicana de Cataluña, tampoco van a ser aceptadas por mi grupo porque se deja claro en la disposición adicional primera que esta ley se aplicará sin perjuicio de las competencias atribuidas
a las comunidades autónomas.


El señor PRESIDENTE: A continuación, señora Falcón, doña Maravillas, tiene usted la palabra.


La señora FALCÓN DACAL: Esta tarde el Grupo Parlamentario Popular trae a esta Comisión un proyecto de ley pionero, de nueva creación, fruto de la demanda de las entidades del sector y resultado del diálogo y la actitud de escucha,
compromiso y entendimiento del Gobierno y del Grupo Parlamentario Popular hacia las carencias normativas que el sector venía poniendo de manifiesto desde hace largo tiempo, pero que hasta ahora ningún otro grupo o equipo de gobierno anterior lo
habían materializado. Sería beneficioso para las entidades del tercer sector de acción social tener el respaldo y el consenso de todos los grupos parlamentarios de esta Cámara con los que el Grupo Parlamentario Popular ha dialogado ampliamente para
tratar de buscar un apoyo favorable a este proyecto en interés de todas las entidades sociales, sin embargo, veo que a lo largo de esta tarde no será posible.


Como ha dicho mi compañera la señora Guaita, a mí me toca defender las enmiendas que ha propuesto el Grupo Parlamentario Socialista. Resultado de la sensibilidad de mi grupo, hemos aceptado más de la mitad de las enmiendas presentadas por
el Grupo Parlamentario Socialista, las números 48, 49, 50, 51, 52, 54, 55 y 60, por considerar que mejoran el texto -y aprovecho también para agradecer su aportación-. Además les hemos propuesto dos transaccionales: una a su enmienda número 52,
recogiendo el término entidades al referirnos al tercer sector de acción social, para hacer patente que no se trata de un ente abstracto sino que la ley quiere regular para reforzar la capacidad de las entidades, en concreto de las entidades
sociales del tercer sector. También les hemos propuesto otra transaccional a su enmienda



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número 56, con la que dejamos el término cooperación, que a nuestro juicio queda más claro, y no el de partenariado, porque el que ustedes proponen ni siquiera está reconocido en la Real Academia de la Lengua. Ninguna de las transacciones
cambia en modo alguno el fondo de la enmienda realizada por sus señorías y creo que tras el diálogo y buen entendimiento que hemos tenido la señora Pérez y yo misma en reuniones previas, no habrá ningún inconveniente por parte de su grupo en que
sean aceptadas.


Ha habido otras enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista -al que en todo momento me estoy refiriendo-, las números 47, 57, 58, 59, 61 y 62, que no hemos estimado conveniente aceptar y expongo brevemente los motivos. Respecto a la número
47, donde solicitan que se consideren las cooperativas de iniciativa social como entidades del tercer sector de acción social, la ley que nos ocupa solo aspira a regular las entidades sin ánimo de lucro. El compromiso empresarial con la
corresponsabilidad social y la sostenibilidad, que también es importante a nuestro juicio, se está abordando ya desde la línea de la responsabilidad social empresarial y se enmarca dentro de otra ley, de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía
Social. La enmienda número 57 del Grupo Parlamentario Socialista es relativa a la creación del observatorio. No podemos aceptarla en coherencia con el propósito del Gobierno de reestructurar y racionalizar el sector público en todos los niveles.
El Instituto Nacional de Estadística, INE, puede hacer perfectamente la labor de recogida de datos estadísticos de los que usted hablaba; sin embargo quiero poner de manifiesto que ya existen dos órganos de participación que han servido de ámbito
de encuentro y más que nunca de diálogo, de canal de propuestas y de colaboración entre las entidades sociales y el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Son el Consejo Estatal de Organizaciones no gubernamentales y Acción Social y
la Comisión para el diálogo civil con la Plataforma del tercer sector, a los que esta ley confirma como órganos de participación y regula reglamentariamente en el capítulo V. La enmienda 58 del Grupo Parlamentario Socialista, referente a un
tratamiento fiscal favorable a las entidades integradas en el tercer sector de acción social, está en el espíritu de esta ley, por lo que se recoge esta idea en la exposición de motivos; sin embargo, creemos que no procede incluirla en el
articulado, sino que en su momento se recogerá en los textos normativos de incentivos fiscales correspondientes. La enmienda 59 solicita que el Gobierno habilite créditos extraordinarios y suplementos de crédito para garantizar el cumplimiento de
esta ley. Queden tranquilas sus señorías que la ley de presupuestos -y no esta- recogerá las partidas correspondientes para poner en marcha la ley del tercer sector de acción social, sin que precise incremento de gasto público ni más retribuciones
ni más dotación ni otros gastos de personal adicional, sino mayor eficiencia, eficacia y buena gestión, que es lo que al Gobierno popular le ha permitido economizar y solucionar algunos desaguisados de la pésima administración de su Gobierno.
Prueba palpable de ello es que este Gobierno ha sostenido el reparto de la recaudación del IRPF para estas entidades a nivel estatal y también ha pagado las deudas de Gobiernos anteriores -en concreto las del Gobierno socialista- que dejó sin pagar
a estas entidades sociales nada menos que unos 3.000 millones de euros.


En lo referente a la enmienda 61 de la reforma de la Ley General de Subvenciones, excede el objeto de este proyecto normativo. Ya les digo que pueden estar tranquilos porque el Gobierno popular cumple con sus compromisos y las entidades del
tercer sector no van a quedar sin las ayudas que les corresponden derivadas de su singular naturaleza y que se recogerán en las bases reguladoras de las convocatorias de la Administración General del Estado. Creo que están ustedes más preocupados
que las entidades del propio sector, que saben que cumplimos con nuestros compromisos. Por último, en la enmienda 62 solicitan la trasposición de la Directiva 2014/24 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre
contratación pública. Aunque su enmienda se refiere exclusivamente a los contratos públicos relativos al tercer sector, esta reforma que todavía está en plazo hasta 2016 será motivo de una nueva ley de contratos que recoja todos los cambios
contemplados en la normativa comunitaria, incluyendo, por primera vez en la historia, la regulación de la figura de las concesiones en una directiva europea, que integra también la necesaria reforma del vigente texto refundido de la Ley de Contratos
del Sector Público recogido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. En definitiva, se trata de un proyecto de ley enmarcado en la agenda social del Gobierno, pero fruto de la iniciativa del tercer sector de acción social.
Lamentaríamos la falta de actitud proactiva y positiva para sensibilizarse con las entidades sociales, que son al fin y al cabo a quienes va dirigida esta ley para reforzar su capacidad y definir medidas de fomento para las mismas. Por ello, nos
gustaría que todos los grupos parlamentarios tuvieran a bien apoyar con su voto favorable este proyecto de ley. Especialmente me refiero al Grupo Socialista; reflexionen precisamente para ser consecuentes con ustedes mismos, con lo que ustedes han
manifestado al principio de su exposición, sin escudarse en la abstención. (Aplausos).



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El señor PRESIDENTE: Señora Vázquez, cierra usted el debate.


La señora VÁZQUEZ BLANCO: Intervendré brevemente quiero agradecer en nombre del Grupo Parlamentario Popular al Grupo de UPyD el apoyo a este proyecto de ley, que no es un proyecto de ley del Grupo Popular, sino -como hemos dicho- de la
plataforma del tercer sector. Ellos han sido quienes colaboraron en la redacción, ellos son hoy quienes están satisfechos de que este proyecto de ley llegue al Congreso y se vaya a aprobar; no están satisfechos porque no tiene la unanimidad de
todos los grupos parlamentarios, como ellos pretendían. Es un primer paso importante, porque es la primera ley que se aprueba referida al tercer sector; me hubiese gustado que el grupo mayoritario de la oposición, el Grupo Socialista, refrendara
de alguna manera este proyecto de ley, porque queda pendiente todavía un desarrollo reglamentario. Como toda ley va con un reglamento, y en él todavía se pueden hacer muchas de las incorporaciones que ahora, vía proyecto de ley, no se pueden
realizar. Por eso me gustaría que contara con el mayor consenso posible.


Quiero referirme a los portavoces de CiU y del PNV para que por lo menos conste en el 'Diario de Sesiones', por si lo quieren leer. A la portavoz del PNV tengo que decirle que la misma legitimidad que tiene el proyecto de ley del País Vasco
con la plataforma del tercer sector la tiene este proyecto de ley, que también está redactado, trabajado y consensuado con la plataforma del tercer sector a nivel estatal. Debo hacer hincapié en que solo va a afectar a las entidades cuya actividad
se vea más allá de una comunidad autónoma. No es algo que se cierre a Cataluña o al País Vasco. Es precisamente una ley estatal porque las entidades tienen que abarcar más de una comunidad autónoma. Por otra parte, hoy se hacía referencia aquí a
una sentencia que debe conocer todo el mundo menos nosotros; no la tenemos, aunque la intentamos buscar por todas partes. Lo que hay que hacer con esa sentencia es modificar la Ley de Subvenciones, pero no es la ley del tercer sector. Si esa
sentencia afecta a las subvenciones que hay que dar a las comunidades autónomas se modificará la Ley de Subvenciones. Yo lo dije muy claro en el Pleno. Estos grupos nacionalistas -ausentes en este debate porque ahora no me quieren escuchar- solo
están preocupados de ver cómo reparten el pastel, en vez de ver cómo pueden ayudar a las entidades del tercer sector. Solo quieren manejar el dinero ellos. (Rumores). En este momento tratamos de poner en valor la actividad que están realizando
las asociaciones y entidades del tercer sector, que representan a 30.000 entidades, que tienen más de 636.000 empleados, y que están realizando una labor muy importante. En cambio, aquí nos estamos peleando por quién va a darle la subvención o el
euro a estas entidades. Seamos realistas. Después dice que por culpa del Gobierno están abocados en estos momentos a un ahogo financiero. Fue este Gobierno el que ha dado 3.000 millones para pagar las facturas, incluidas las de Cataluña y las del
País Vasco. No puedo permitir que hoy aquí se esté actuando como poli malo y poli bueno, mencionando una ley buena, la del País Vasco, y una ley mala, la estatal. No, aquí son entidades supraautonómicas, entidades sin ánimo de lucro, por eso no
vamos a poder meter a las cooperativas sociales, porque tienen ánimo de lucro. (Varios señores diputados: No lo tienen). Tiene el desarrollo reglamentario de cooperativas, y lo pueden... (Una señora diputada: Que no, que no.-Rumores).


El señor PRESIDENTE: Un momento, doña Ana, por favor. (Continúan los rumores). Señorías, por favor, que esta es la mejor Comisión de todas. (Risas). Doña Ana.


La señora VÁZQUEZ BLANCO: Otro de los temas que se han tratado es el de los beneficios fiscales. No podemos hacer constar en una ley, por coherencia y por seguridad jurídica, que todos los beneficios fiscales se aplicarán al tercer sector.
¿Por qué? Porque en cada una de las leyes y de las reformas fiscales que se vayan produciendo no va a haber una excepción que diga: excepto cuando sean las entidades del tercer sector, excepto... Eso es una inseguridad jurídica tremenda. ¿Que
habrá beneficios? Por supuesto. ¿Que habrá que contemplarlos en cada reforma fiscal? Por supuesto. Presupuestariamente esta ley claro que supone gasto, claro que supone reconocimiento a las entidades del tercer sector, pero si en estos momentos
hay 30.000 entidades y dentro de dos años habrá 40.000, no vamos a fijar ahora un presupuesto para las entidades.


Finalmente, en aras del consenso, creo que deberíamos intentarlo, porque esta ley no es nuestra. La plataforma del tercer sector nos la ha enviado para que hoy la aprobemos, la refrendemos; le estamos diciendo que no a ellos, incluso con
la abstención a su proyecto de ley. Creo que debemos esperar al desarrollo reglamentario de esta ley, que va a ser muy bueno. Esta es la primera ley, y ustedes ven lo que estamos haciendo aquí en cada legislatura; yo llevo dieciséis años aquí y
han pasado cantidad de reformas legislativas. Cuando gobierne el Partido Socialista apoyen una reforma de esta ley, pero este es un buen



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comienzo; es el inicio de las entidades, no es el inicio del Partido Popular. Lo único que hizo el Gobierno fue darle soporte, sentar y escuchar, a través de la plataforma del tercer sector, por primera vez a todas las entidades de España.
(Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Atendiendo a alguna consideración, voy a hacer una pausa de cinco minutos en la Comisión para ver a continuación el segundo proyecto de ley. (Pausa).


RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR SOBRE:


- PROYECTO DE LEY DE VOLUNTARIADO. (Número de expediente 121/000141).


El señor PRESIDENTE: Reanudamos la sesión, señorías, con el punto 3.º del orden del día: Ratificación de la ponencia designada para informar la siguiente iniciativa legislativa: proyecto de ley de voluntariado. ¿Sus señorías están de
acuerdo con que aprobemos por unanimidad los miembros de la ponencia? (Asentimiento). Gracias.


APROBACIÓN CON COMPETENCIA LEGISLATIVA PLENA, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA SOBRE:


- PROYECTO DE LEY DE VOLUNTARIADO. (Número de expediente 121/000141).


El señor PRESIDENTE: Punto 4.º del orden del día: Proyecto de ley de voluntariado. Iniciamos el debate. En primer lugar, tiene la palabra la representante del Grupo Mixto.


La señora JORDÀ I ROURA: En ausencia de mi compañero Joan Tardà, que está en otra Comisión, simplemente y de una manera muy rápida voy a defender las enmiendas que tenemos a este proyecto de ley de voluntariado.


Para Esquerra Republicana este proyecto supone una vez más una descarada e inaceptable invasión competencial que además beneficia a las entidades de voluntariado de ámbito estatal y va en detrimento de las autonómicas. La Generalitat de
Catalunya ostenta la competencia exclusiva en materia de voluntariado de acuerdo con el actual orden constitucional de distribución de competencias. El voluntariado es una materia autonómica a efectos competenciales y no una faceta dentro de las
materias en que cada caso se incardina, algo que ha sido avalado incluso por el propio Tribunal Constitucional. Sin embargo, basándose en un título competencial de carácter transversal, el Estado vulnera de forma flagrante las competencias de la
Generalitat de Catalunya y le impide a la vez la posibilidad de desarrollar políticas propias sobre la materia. De hecho, la invasión competencial llega hasta el punto de que este proyecto de ley atribuye al Gobierno la competencia para su
desarrollo reglamentario, vulnerando así la necesaria estabilidad normativa que debe posibilitar a las comunidades autónomas el desarrollo de sus políticas.


Damos por defendidas nuestras enmiendas.


El señor PRESIDENTE: En representación del Grupo Parlamentario Vasco, señora Sánchez, tiene usted la palabra.


La señora SÁNCHEZ ROBLES: En el tiempo de que dispongo me gustaría tratar una cuestión previa y responder a la señora Vázquez. Los nacionalistas escuchamos atentamente. Es verdad que los representantes del Grupo Vasco en esta Cámara somos
cinco y tenemos que atender a muchas comisiones. Es lo mismo que les ocurre a los representantes del Partido Popular, por ejemplo, en el Parlamento vasco, cuando además solo se presentan por la circunscripción de Euskadi, y nadie se lo echa en
cara.


En segundo lugar, es incierto que queramos repartirnos ningún pastel. En cualquier caso además nosotros, especialmente Euskadi por el régimen económico financiero del que disponemos, no participaríamos nunca en ese 0,7 % al que otros grupos
se han referido, legítimamente.


Por último, es verdad que este proyecto ha sido solicitado, pero por las grandísimas entidades del tercer sector, que se aglutinan en una plataforma y que en ningún caso representan ni a la totalidad ni a la mayoría de las entidades del
tercer sector.


Dicho lo anterior, presidente, paso al asunto que nos ocupa.



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El señor PRESIDENTE: ¿Me perdona que la interrumpa, doña Isabel? Hemos estado hablando de otra ley. Ahora vamos a hablar de la siguiente ley.


La señora SÁNCHEZ ROBLES: Efectivamente.


El señor PRESIDENTE: ¿Me permite usted un momento? (Asentimiento). Señora Vázquez, ¿tiene usted algo que decir en relación con este asunto? (Asentimiento).


Tiene usted la palabra, doña Ana, brevísimamente.


La señora VÁZQUEZ BLANCO: No se puede tocar de oído. Yo no he hablado nada del 0,7 % ni de nada de lo que creo que le han ido a soplar fuera, en el pasillo. Que entrara y lo escuchara.


El señor PRESIDENTE: Doña Isabel, conteste a esto, porque luego usted va a hablar de la siguiente ley. Tiene la palabra.


La señora SÁNCHEZ ROBLES: Únicamente quiero decir que desgraciadamente algunos y algunas quieren una España o un Estado español distinto al que existe, y eso no se puede imponer.


El señor PRESIDENTE: Doña Isabel, muchísimas gracias. Continúe usted y hablamos de esta ley.


La señora SÁNCHEZ ROBLES: Perfecto.


No me extenderé demasiado porque no quisiera ser reiterativa, aunque la recidivancia del Gobierno en la utilización del artículo 149.1 como título de atribución competencial sea escandalosa y agotadora. Por tanto, pueden dar por válidos la
totalidad de los argumentos expuestos en mi anterior intervención. Únicamente introduciré los matices que afectan a este proyecto de ley de voluntariado que nos ocupa.


El proyecto de ley de voluntariado tiene una vez más su basamento competencial en el artículo 149.1.1 de la Constitución española, extendiendo, como la tinta del chipirón, su incidencia a la totalidad, a toda la actividad y el régimen
jurídico del voluntariado que se pueda desarrollar, al margen y obviando que la actividad del voluntariado es inherente en su caso a las regulaciones sectoriales de las distintas materias competenciales. Esta regulación estatal no puede sino verse
ligada a unos determinados ámbitos y materias competenciales, aquellas en las que el Estado -por supuesto que sí- ostenta atribuciones constitucionales, pero de ninguna manera puede expandir su regulación de forma cuasi universal y desvinculada de
esos ámbitos de tal forma que penetre de una manera indebida en el marco de juego competencial de las comunidades autónomas. En definitiva, el Estado podía haber presentado una ley en la que hubiera regulado el voluntariado en determinados sectores
en los que se ve habilitado competencialmente -son múltiples además-, discriminando el alcance de la regulación en función de las competencias sobre los distintos ámbitos materiales. No es lo mismo la regulación del voluntariado en una materia en
la que el Estado tenga competencia plena que en otra en la que solo se le atribuyan las bases, y sobre todo en aquellos sectores en los que la competencia exclusiva sea de las comunidades autónomas. Esto es una obviedad.


De hecho, la sentencia del Tribunal Constitucional 31/2010 ya explicitó en su fundamento jurídico 104 -para que no se diga que no encuentra las sentencias; luego, por cierto, señora Vázquez, le daré una copia de la sentencia que se ha
citado en el punto anterior- (La señora Vázquez Blanco: ¡Qué pesada!) que en ningún precepto constitucional se sustenta la objeción a la posibilidad de que las comunidades autónomas puedan asumir competencia en materia de voluntariado, ni de esa
posible asunción resulta por sí misma infracción constitucional alguna, de modo que, en tanto respetuosa con el orden constitucional de competencias, ningún reparo puede hacérsele en principio con una perspectiva constitucional. Cierro comillas.
En consecuencia, cabe deducir que el proyecto de ley es intencionadamente confuso en su ámbito competencial, posibilitando una actuación estatal duplicada, tal y como se manifiesta en la interpretación del artículo 1.c) en relación con los artículos
2 -ámbito de aplicación-, 6 -ámbito de actuación del voluntariado-, 17.1 -de las administraciones públicas- 20 -referido a medidas de fomento- y con la disposición final tercera referida a los títulos competenciales. Sinceramente, es un auténtico
desastre legislativo que pasado el tiempo, si ustedes no lo remedian, se encargará -espero- de enmendar el Tribunal Constitucional. Por ello, este proyecto de ley, que per se no es malo pero tiene estos defectos, fue objeto de una enmienda de
totalidad por este grupo, así como de enmiendas parciales precisamente a esos artículos que he citado. ¿Para qué? Para asegurar el encaje normativo desde el punto de vista legal en el ordenamiento jurídico. Supongo que no hace falta que les
recuerde el riesgo que



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supondría la aprobación de esta ley desde la perspectiva de la seguridad jurídica si estos aspectos esenciales no se subsanan. Hay duplicidades, hay otras leyes que no han sido recurridas en las comunidades autónomas que colisionan en parte
de su articulado con lo previsto en este proyecto de ley.


Por otro lado, legislar caprichosamente, embozados en su mayoría absoluta y bajo el paraguas de la parsimonia resolutiva del Tribunal Constitucional, es una práctica perversa que, más allá de nuestras reivindicaciones en defensa de nuestro
autogobierno y de nuestro hecho nacional, afecta a las personas y a las organizaciones, que se ven innecesariamente inmersas en situaciones cotidianas de confusión y conflicto y seriamente perjudicadas por lo que comentaba, por una ausencia de
seguridad jurídica. Creo que deberían dejar de abusar de esa atalaya privilegiada y ajustarse a derecho a la hora de legislar, porque al final se corre el riesgo de morir de éxito. Corren el riesgo de que cambiemos de mayorías parlamentarias y que
futuros acuerdos, así como sentencias del propio Tribunal Constitucional o del Supremo, como en el caso de la anteriormente citada y de cuya copia dispongo, acaben de un plumazo con una parte importante de toda su creación legislativa. Esto es lo
que tenía que comentarles.


Sé que se han ofertado -tengo que agradecer la propuesta que se me ha formulado- transaccionales por parte del Grupo Popular, tres en concreto, si bien creo que parten de una premisa distinta a la nuestra y tienen un difícil encaje con el
planteamiento que hemos hecho de la lectura y del análisis jurídico del proyecto de ley que hoy se trae aquí. Por eso nuestro voto será en contra.


El señor PRESIDENTE: Ya nos dirán si esas enmiendas transaccionales son aceptadas o no al final del debate.


En representación de Unión Progreso y Democracia, el señor Lleonart, don Julio, tiene la palabra.


El señor LLEONART CRESPO: Como decíamos en la intervención anterior, esta también es una ley esperada; por eso en su día Unión Progreso y Democracia no presentó ninguna enmienda a la totalidad. Sin embargo, sí contribuimos a mejorar el
texto presentando diversas enmiendas al articulado, ocho en total. Haciendo cuentas, veo que se han intentado transaccionar cuatro que nosotros votaremos favorablemente. Un ejemplo es el texto inicial en relación a las personas que habían pasado
por prisión y se habían reinsertado, que son personas que en muchas ocasiones habían sido sujetos pacientes del voluntariado. Una vez reinsertados, se lo pueden devolver, a través de altruismo y de sus vidas personales, a otras personas permitiendo
mostrar ejemplos de superación, y no se podía restringir de forma absoluta la vinculación a estos programas. En este caso sí que se han presentado una serie de enmiendas transaccionales que solucionan en gran parte el reparo que teníamos
inicialmente. Por otro lado, la redacción que se propone responde al objetivo de declarar de manera general que el voluntariado no puede suponer amortización o sustitución de puestos de trabajo respecto de los que exista identidad de funciones o
similitud en la forma de llevarlos a cabo. Además, al utilizarse términos como amortización o sustitución, no supone una inmersión en el ordenamiento laboral creando una nueva causa de extinción del contrato de trabajo. Por otro lado, creemos que
las responsabilidades de cobertura de garantías financieras que la ley adjudica a las entidades voluntarias deben ser recogidas en un seguro específico para tales tareas. Pese a que quedan cuatro de las ocho enmiendas -que me imagino que luego nos
indicarán que no han sido aceptadas-, ya anunciamos que votaremos favorablemente este proyecto de ley.


El señor PRESIDENTE: Dado que no está presente el portavoz de La Izquierda Plural, por el Grupo de Convergència i Unió, tiene la palabra el señor Campuzano.


El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Señorías, el hecho de que en una misma Comisión podamos debatir estos dos proyectos de ley tiene algunas virtudes importantes. Por ejemplo, nos permite profundizar en algunas de las discusiones de fondo que
comparten estos dos proyectos. En la crítica de Convergència i Unió tanto al proyecto de ley del tercer sector como al proyecto de ley del voluntariado existe esa vocación recentralizadora de las iniciativas gubernamentales. En el caso del
proyecto de ley del tercer sector decíamos que no era tanto un problema de invasión competencial en sentido estricto y, en cambio, en este proyecto de ley sí podemos decir que lo es. Aquello que se había configurado como un título o como una
aproximación competencial del Estado en el año 1995 muy clara y que había sido pacífica durante estos años, en este proyecto de ley queda ampliamente superado. Esa es una dinámica que forma parte de una política del Gobierno que mi grupo rechaza.
Además hemos argumentado que este rechazo a esa política del Gobierno no solo tiene un sustento en nuestras posiciones políticas, sino que



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tiene un sustento en las posiciones de la mayoría de la sociedad catalana. Por ejemplo, la plataforma que agrupa al sector del voluntariado en Cataluña rechaza este proyecto de ley por la invasión competencial y por el modelo de
voluntariado que configura. No es una cuestión de los nacionalistas, que somos unos tipos extraños y raros, como alguna portavoz del Grupo Popular ha querido expresar hace unos minutos, sino que la sociedad catalana en su pluralidad expresa un
rechazo a que sean las leyes aprobadas en el Congreso las que decidan cuál es nuestro modelo de voluntariado, cuáles son nuestras políticas del tercer sector, y reclaman la libertad para poder articularse en función de otros valores, de otras
prioridades, de otros criterios. Es la expresión de una sociedad civil rica y mentalmente independiente. La sociedad civil no es la única que está en esa dirección, sino que además en algunas cuestiones concretas los tribunales nos dan la razón.
Parece que alguna portavoz no se ha enterado, pero es que hay una sentencia del Tribunal Supremo que establece claramente que en materias como estas, las del voluntariado, en las que la competencia es autonómica, el Estado no puede establecer
subvenciones que no sean gestionadas por las comunidades autónomas; el Estado puede establecer la subvención, pero la gestión debe ser autonómica. No hace falta leerse las sentencias del Tribunal Supremo, sino que la propia prensa lo cuenta: el
Supremo tumba el reparto estatal de las ayudas de las ONG. Claramente la prensa de hoy refleja lo que ayer se hizo público del Tribunal Supremo.


En relación con este proyecto de ley en concreto, las enmiendas 32, 36, 43, 44, 48 y 49 pretenden encajar el proyecto de ley en el marco competencial existente, que es una norma que afecta a las entidades de carácter supraautonómico, de
carácter estatal, y que juegue un papel de derecho supletorio respecto a la normativa autonómica. Es lo que ha funcionado desde el año 1995 de manera pacífica y que no exige un planteamiento más intrusivo por parte del Gobierno. Decía además que
hay un modelo distinto de voluntariado en Cataluña. En este sentido, mi grupo ha planteado a través de las enmiendas 34, 35, 40 y 46 la necesidad de que la norma estatal no sea intervencionista y reglamentista, que una norma estatal nos termine
explicando lo que entiende por voluntariado, entre otras cosas, porque la imaginación del Gobierno o del Parlamento para determinar lo que es el voluntariado nunca va a cubrir -por suerte- la capacidad de iniciativa de la gente. La ley siempre va a
quedar obsoleta, va a resultar insuficiente. Por ejemplo, con buena fe, el Grupo Socialista intenta ampliar los tipos de voluntariado, pero nuestra imaginación nunca va a dar una respuesta definitiva a la sociedad. A mi grupo y a la sociedad civil
catalana nos habría gustado una ley más ligera, menos detallista, con menos vocación de reglamentación. La sociedad catalana pretende dejar muy claro -y es compartido con el conjunto del Estado- que el voluntariado en ningún caso puede suponer la
sustitución de puestos de trabajo, especialmente cuando hablamos del voluntariado en el ámbito de la Administración pública. La gran tentación de las administraciones públicas en las políticas de voluntariado es sustituir trabajadores remunerados
por voluntarios. Debemos ser precavidos en relación con el papel que las empresas pueden tener en la promoción del voluntariado, en el sentido de que el modelo que la sociedad civil en Cataluña demanda es un modelo de colaboración con las entidades
sociales y no de creación de los propios programas de voluntariado de las empresas. Al mismo tiempo -y eso sí que se ha podido resolver de manera adecuada- un tratamiento que no criminalice a los exconvictos, que pueden encontrar a través del
voluntariado fórmulas de reinserción en la vida colectiva. Creo que, finalmente, las enmiendas que se han acordado con los distintos grupos parlamentarios pueden resolver esta cuestión de una manera simple.


Ahora bien, agradezco el esfuerzo que han hecho los portavoces del Grupo Popular, ya que, a diferencia que en el proyecto de ley del tercer sector, se han aceptado enmiendas. Por ejemplo, hace un momento con el señor Grau en relación con
una enmienda que pretende reconocer la especificidad en el ámbito de la salud, en el ámbito de la cooperación al desarrollo, una vieja demanda de los profesionales de la salud que arrastramos desde los tiempos del Estatuto del cooperante. Hacemos
un esfuerzo para encajar esa petición sobre la base de la enmienda que ha sentado el Grupo Popular. Por tanto, mi grupo quiere remarcar ese esfuerzo que han hecho los portavoces del Grupo Popular en este proyecto de ley, no en el anterior. Mi
grupo no podrá apoyar el proyecto de ley, porque la cuestión de fondo, que es el encaje competencial, no queda resuelta. Por tanto, lamentándolo, porque nos habría gustado encontrar una solución, no podremos votar favorablemente el proyecto de ley.
He de decirles, si el grupo de la mayoría aún está en condiciones de alcanzar un acuerdo con Convergència i Unió y quizás con algún otro grupo de la Cámara en este proyecto de ley, que si se aceptase la enmienda número 49, que propone suprimir la
disposición adicional tercera del texto donde el Gobierno ampara esta intervención en el artículo 149.1.1.ª -esta referencia al artículo 149.1.1.ª en la ley vigente no está presente-, junto con la transacción que el Grupo Popular ofrece a nuestra
enmienda número 32, permitiría el voto favorable de



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Convergència i Unió; solo con la aceptación de esta enmienda. En los últimos veinte años no hemos hecho referencia al artículo 149.1.1.ª y la transacción del Grupo Popular, que nos genera dudas manteniendo el 149.1, resolvería la posición
de fondo de Convergència i Unió. Solicito a los portavoces del Grupo Popular que hagan esta reflexión para que seamos capaces de alcanzar ese acuerdo porque, a nuestro entender, salvaría la mayor de las dificultades que tenemos para votar el
proyecto de ley.


El señor PRESIDENTE: Tenemos pendientes las transaccionales del Grupo Parlamentario Vasco y la propuesta que ha hecho el representante de Convergència i Unió. Digo esto a los demás grupos, porque la votación se realizará a las seis y
media.


Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora Martín.


La señora MARTÍN GONZÁLEZ: Si me permiten una licencia, antes de entrar en el contenido del proyecto de ley del voluntariado y apuntándome a los antecedentes de otras intervenciones, quisiera sugerir a la señora Vázquez que lea el artículo
106 de la Ley 27/1999, de Cooperativas, y a lo mejor así se aclaran algunas dudas.


Dicho esto, empiezo a hablar del proyecto de ley del voluntariado, que es lo que estamos debatiendo. Quiero empezar agradeciendo el trabajo a mi compañero Federico Buyolo y a la asesora Raquel Sanchidrián porque hemos tenido que trabajar
contrarreloj y un poco apurados. Quiero dar las gracias a todos los grupos, porque son muchas las enmiendas que se han presentado. Por supuesto, quiero agradecer a la diputada del Grupo Popular, a la señora Heredia, su disposición al diálogo que,
aunque ha sido limitado, ha sido diálogo al fin. Quisiera agradecerle su voluntad de llegar a acuerdos.


Esta ley no comenzó con buen pie. Hubo un primer borrador que se distribuyó a las entidades de voluntariado integradas en la plataforma estatal de voluntariado, no a los diputados. Sencillamente fue un borrador que circuló por ahí y que
permitió un trabajo intenso por parte de las entidades del voluntariado, hasta el punto de que presentaron 463 enmiendas al texto, algo curioso porque de ahí salió un texto muy consensuado. Pero cuál fue la sorpresa de todos cuando el texto que se
tramitó era un texto totalmente diferente. Hemos tenido ciertas dificultades en hacer nuestro trabajo. Ahora hay prisas por aprobar ciertas iniciativas legislativas. El plazo de enmiendas ha sido verdaderamente corto, en plena campaña electoral y
en una semana en la que no había actividad parlamentaria, pero los ponentes estuvimos trabajando en la ley, aunque ya digo que con ciertas prisas. Hubo una reunión de la ponencia, y cuál fue nuestra sorpresa cuando en esa reunión los deberes iban
sin hacer; una ponencia que tengo que decir que fue especialmente breve. Hemos recibido propuestas de enmiendas transaccionales hoy a las doce de la mañana, lo cual ha dificultado nuestro trabajo. Nuestro grupo entiende que la ley del
voluntariado es una ley amable y que debería ser aprobada por consenso de todos los grupos, pero también somos conscientes de que tiene que ser una ley ajustada al Estado de derecho y a la realidad actual, ya que todas las comunidades autónomas
tienen leyes de segunda e incluso de tercera generación y algunas de ellas están esperando la aprobación de esta ley para poder avanzar en la tramitación de las suyas.


La ley del voluntariado, por principio, debe reconocer la expresión de la solidaridad ciudadana, que es una sociedad madura, una sociedad que quiere expresar su voluntad de solidaridad, una sociedad que no quiere que se valore su actividad
pero que sí merece un reconocimiento. Por eso, reconocemos la labor de miles y miles de ciudadanos voluntarios en sus diferentes manifestaciones de la acción voluntaria, que desde luego son muchas y variadas. En esta ley de voluntariado no puede
encontrarse el más mínimo resquicio de tentaciones, que nosotros creemos que son ciertamente perversas. No se pueden solapar puestos de trabajo ni se pueden solapar servicios públicos esenciales, como son los servicios sociales, los servicios de
salud o los servicios de educación, porque entendemos que estos servicios deben ser universales y que por mucho que se repita que son universales, ciertamente ahora no lo son. La ley del voluntariado no puede ser la tapadera de concebir servicios
paralelos ni servicios de segunda categoría, ni siquiera abrir la puerta mínimamente para crear una beneficencia social, una beneficencia sanitaria y una beneficencia educativa. Los programas de voluntariado deben ser una acción complementaria,
pero no un servicio paralelo para los excluidos de los sistemas públicos universales.


Hemos presentado veintinueve enmiendas y hoy hemos recibido nueve enmiendas transaccionales, de las que hemos podido aceptar dos, la 52 y la 61. Después de darle muchas vueltas al texto que se nos ha presentado, no queremos que se ponga
sombra sobre nuestra voluntad en estas enmiendas y quiero que tengan en cuenta que hemos dado muchas vueltas a la redacción. Nos sorprende que, por lo menos hasta ahora, no se nos acepten propuestas para mejorar un texto que es claramente
mejorable. Voy a nombrar algunas de ellas. La enmienda 54 plantea que no se solapen las funciones de los servicios



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sociales. En aquellas en las que se habla de los ámbitos de actuación del voluntariado se podría no haber entrado a definir las diferentes modalidades de voluntariado, pero como van surgiendo nuevas acciones y nuevas modalidades de
voluntariado hemos querido también aportar algunas. Así pues, hemos adecuado la definición del voluntariado educativo o del voluntariado sanitario, porque entendemos que el voluntariado sanitario tiene que ser complementario al sistema público,
pero ni mucho menos dar otro tipo de prestaciones. También queríamos hacer un reconocimiento y por eso hemos introducido una enmienda de adición, incluyendo el voluntariado de dotación. Los donantes en nuestro país no han tenido ningún
reconocimiento en ningún texto legislativo y nos parecía que el espacio natural de reconocerles esa labor altruista debía ser precisamente la ley del voluntariado. También hemos incluido un voluntariado de divulgación científica o un voluntariado
de defensa de los derechos humanos que incorpora, a estas alturas, a muchísimos activistas y a muchísimos voluntarios que trabajan en este campo. Hemos coincidido con el resto de los grupos en suprimir la mención que se hace a tener otra garantía
financiera, además del seguro del voluntariado. En eso hemos coincidido todos y, por eso, hemos pedido que se supriman estas menciones.


Con la enmienda número 65 pretendemos delimitar las tareas en las funciones que se desarrollan con los profesionales, al igual que en la enmienda 66 se plantea que haya una estructura profesional que supervise y que garantice la labor
voluntaria. Por supuesto, con la enmienda 69 queremos poner de manifiesto que las administraciones públicas deben supervisar y controlar la acción voluntaria, más si cabe cuando está sujeta a convocatorias públicas de las propias administraciones
públicas. Con las enmiendas 72 y 73 queremos hacer un reconocimiento público. Una de las enmiendas que más nos llaman la atención, que no han mencionado si admiten o no admiten porque además coincide con lo que hemos dicho todos los grupos, es la
que hace mención a la disposición final cuarta. Ustedes dicen en la propia ley que no debe generar gastos. En nuestra enmienda decimos que debemos habilitar los créditos presupuestarios necesarios para desarrollar los programas de voluntariado
porque claro que implican gasto. Las entidades de voluntariado se comprometen a hacer un seguro a los voluntarios y a garantizar unos gastos de desplazamiento cuando hay una labor voluntaria que requiere una aportación dineraria para apoyar esa
acción de los voluntarios. Nos sorprende que intenten decirnos que no puede haber gasto con el desarrollo de esta ley.


En la enmienda 78 nos sorprende cómo puede pretenderse que se valore la acción voluntaria con vistas a la promoción, algo que rompe completamente los principios básicos del voluntariado y que está en relación con una enmienda del Grupo
Popular, la enmienda 81, con la que proponen que se modifique el Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud para que se reconozcan en baremos de méritos a las pruebas selectivas. Sinceramente, nos parece del todo escandaloso.
No compartimos que en esta ley se incluya la enmienda 80 del Grupo Popular, porque su espacio natural es la modificación del Estatuto del cooperante que, efectivamente, necesita modificaciones, pero creemos que aquí no deben hacerse. Trabajemos en
la Comisión pertinente la modificación del Estatuto del cooperante, que todavía da tiempo. No compartimos muchos de los conceptos de esta ley que, por supuesto, dada la mayoría del Partido Popular, se aprobará con sus votos; entendemos que es
claramente mejorable. No han admitido muchas de las enmiendas, creo que han sido poco receptivos. Señora Heredia, le agradezco muchísimo su voluntad y seguimos a la espera, antes de que termine la sesión de la Comisión, de saber si algunas de las
enmiendas han sido aceptadas, aparte de las transaccionales.


El señor PRESIDENTE: Está pendiente, para hacer el documento de votaciones, la posición en relación con las enmiendas transaccionales del Grupo Parlamentario Vasco, del Grupo Parlamentario de Convergència i Unió y del Grupo Parlamentario
Socialista.


Le damos la palabra al portavoz del Grupo de La Izquierda Plural, señor Pérez Moya.


El señor PÉREZ MOYA: Gracias, señor presidente, por la generosidad al entender la confluencia de diferentes comisiones.


La posición del Grupo de La Izquierda Plural ya la planteamos en enmienda a la totalidad, en la que señalamos los elementos troncales de nuestro posicionamiento. En las catorce enmiendas presentadas hemos intentado mejorar la propuesta. En
ese sentido, quiero situar telegráficamente los elementos más importantes de nuestras enmiendas, empezando por nuestra enmienda número 5, en la que hablamos de la necesidad de superar la introducción de elementos diferenciadores que tengan que ver
con las creencias religiosas. En un Estado laico como el nuestro y en la voluntad de trabajar con el voluntariado de todas las opciones, no tiene sentido mantener en el redactado referencias a los valores religiosos. De la misma



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manera, entendemos que en la función del voluntariado hay una clara voluntad por parte de las entidades que trabajan en ese ámbito de jugar un papel claro en la reinserción de personas que están en procesos penales pendientes. En ese
sentido, el papel a jugar en la reinserción no debería penalizar a estas personas que están en estos procesos penales, sino que sean las propias entidades las que decidan cómo y de qué manera poder trabajar con cada una de esas personas. El
voluntariado no puede suponer una amortización o sustitución de puestos de trabajo. El papel de colaboración con las empresas debería contribuir a dejar claro dónde está el espacio estrictamente laboral y profesional y dónde está el espacio de
voluntariado. Las enmiendas que hemos presentado intentan perfilar y reforzar esa claridad. De la misma manera -como acabo de escuchar a la portavoz que me ha precedido-, está claro que con el planteamiento de un seguro de responsabilidad civil es
suficiente, no hay que introducir otros mecanismos de seguridad o garantía financiera en las entidades que trabajan en el voluntariado. No entendemos cómo se puede desarrollar una ley de voluntariado y trabajar en los ámbitos del sector del
voluntariado sin la dotación de recursos. Lo que plantea la ley es una contradicción y una incongruencia.


El Grupo Popular nos ha presentado enmiendas transaccionales a la enmienda número 7, que hemos aceptado, y a la número 13. La transaccional a esta última inicialmente la aceptábamos pero al hacer una lectura mucho más detallada del texto,
vemos que en el segundo apartado se dice: reglamentariamente se establecerán las especialidades pertinentes a efectos de fomentar y facilitar que las pymes promuevan y participen en programas de voluntariado. En nuestra opinión, ahí queda abierta
una puerta que sería una contradicción con lo que he especificado hace un momento en cuanto a clarificar dónde está el espacio estrictamente laboral y dónde el del voluntariado.


El señor PRESIDENTE: En representación del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra, en primer lugar, el señor Grau.


El señor GRAU REINÉS: Señoras y señores diputados, quisiera comenzar mi intervención llamando al consenso entre los grupos y recordando que aquí no termina la negociación. Sin embargo, el debate del día de hoy es clave para conocer las
intenciones de los diferentes grupos; unas intenciones que a priori muestran un carácter de acuerdo que esperamos se mantengan en la votación del conjunto y en su posterior fase de tramitación en el Senado. Por tanto, agradezco el talante de
acuerdo y consenso que han manifestado algunos grupos y quisiera pedir una seria reflexión de aquellos que se han mostrado contrarios al proyecto de ley.


Entrando en la materia que nos ocupa, quisiera exponer las dos enmiendas que ha presentado mi grupo, la 80 y la 81, que persiguen regular la participación del personal del Sistema Nacional de Salud y emergencias humanitarias y modificar el
apartado 4 del artículo 31 de la Ley 55/2003, de 17 de diciembre, del Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, con el objeto de que reglamentariamente y con carácter básico se regulen los principios y criterios que
determinen las características comunes de los baremos de méritos que sean de aplicación en los procesos selectivos respectivamente. En cuanto a la votación de estas dos enmiendas del Partido Popular, esperamos el apoyo de todos los grupos. Ya
hemos transado con Convergència i Unió la enmienda 80, ya que comparte el mismo espíritu que la 47 de su grupo. Asimismo, hemos ofrecido a los diferentes grupos la posibilidad de transaccionar un total de catorce enmiendas, que agrupan un total de
veintinueve, de las que a lo largo de la tarde algunas se han aceptado y otras no. Además, votaremos a favor de diez enmiendas presentadas por diferentes grupos, que se van a votar en los propios términos presentados, ya que reconocemos que las
propuestas mejoran el texto inicial. Sin embargo, no estamos de acuerdo con algunas de las aportaciones realizadas por los diferentes grupos, como las recogidas en la enmienda 5 de La Izquierda Plural, la 23 de UPyD y 75 del PSOE, que tratan de
eliminar la referencia a los misioneros y misioneras. No podemos olvidar que estas personas llevan 500 años realizando acciones de voluntariado por todo el mundo. Cómo quedaría la figura del padre Ángel si le negásemos a su institución figurar en
la ley del voluntariado. O las contenidas en la enmienda 37 de CiU, que pretenden negar el ejercicio del voluntariado a los menores de dieciséis años y mayores de doce. No vemos inconveniente en que estas personas puedan llevar a cabo acciones de
voluntariado, siempre que estén adaptadas a sus condiciones y cuenten con la autorización expresa de sus progenitores, tutores o representantes legales. Además, existe una tendencia general en otros países y en diversas comunidades autónomas a
fomentar el voluntariado en edades tempranas, desde la premisa de que son actividades enriquecedoras para todos los que participan en ellas y que educan en esa solidaridad a los más jóvenes.



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También quiero destacar el rechazo a la enmienda 40, del Grupo Parlamentario Catalán, que pretendía suprimir el artículo 12, que regula las relaciones entre personas voluntarias y la entidad de voluntariado, por considerar que la regulación
contenida en el proyecto de ley es excesivamente intervencionista. Pero, señorías, lo dispuesto en el antedicho artículo no es intervencionista sino que confiere seguridad a la entidad y a la persona voluntaria, sirviendo al mismo tiempo para
delimitar la actividad del voluntariado y otras que se puedan realizar en la entidad.


Permítanme un inciso en mi intervención. Algunos diputados han tratado de distorsionar el debate hablando sobre la sentencia del Tribunal Supremo que declara nulo el Real Decreto 535/2013, de 12 de julio, por el que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades del tercer sector. Quiero señalar que se trata de un asunto que nos preocupa, pero que no debe convertirse en el centro del debate de este proyecto de ley del voluntariado, que es lo que
realmente nos tiene que preocupar y ocupar.


Volviendo al porqué del rechazo a las enmiendas, quisiera referirme a aquellas que manifiestan que el proyecto de ley supone una invasión competencial. Como ya dije en mi discurso del pasado 13 de mayo, no existe ningún interés oculto en
recentralizar competencias en el ámbito social ni en ningún otro. Queda claro que se limita el ámbito de aplicación de la ley a la regulación de aquellas entidades que tengan ámbito estatal.


Por último, en cuanto a las enmiendas que cuestionan la viabilidad económica, quiero señalar que el límite en el incremento del gasto se justifica, entre otras razones, por el hecho de que la creación prevista de los dos órganos -la comisión
interministerial del voluntariado y el observatorio estatal del voluntariado- no supone más que reconocer lo que ya existe; además, en ningún momento se está haciendo referencia a la minoración o supresión de recursos actualmente previstos para el
voluntariado. Por otra parte, señorías, tienen que reconocer que es muy difícil que una ley lleve una memoria económica; distinto sería si se tratase de un plan, como el Plan integral de apoyo a la familia o el Plan nacional de acción para la
inclusión social.


Señoras y señores diputados, el voluntariado siempre ha estado presente en nuestro país. En los últimos años ha experimentado un crecimiento importante, habiéndose constituido como un actor destacado en la lucha contra las situaciones de
mayor vulnerabilidad social; un actor que se merece un marco de actuación propio, coordinado y actual, que además de delimitar con mayor claridad los márgenes competenciales de las administraciones públicas, atienda a los cambios producidos desde
la promulgación de la Ley vigente, en 1996, a través de una redacción moderna. Este proyecto de ley lo hace; es además una norma que ha sido consensuada y en la que han participado diferentes representantes de las comunidades autónomas, la FEMP,
la Confederación de Rectores de las Universidades Españolas y organizaciones representativas de la sociedad civil, entre otros. Como ya manifestó el ministro en su intervención en el Pleno del Congreso el pasado 13 de mayo, en España hay alrededor
de 30.000 entidades sociales, cuyas actividades representan casi un 2 % del PIB, dan empleo prácticamente a 636.000 personas y afectan a casi 6 millones. Por eso es vital configurar un marco regulatorio que ampare la actuación de las personas
voluntarias y las receptoras de su dedicación. Además, no podemos olvidar que la acción del proyecto de ley del voluntariado no es aislada sino que se enmarca en la ambiciosa agenda social emprendida por el Gobierno, una agenda social que, a través
de instrumentos como la estrategia de juventud 2020, el Plan de acción sobre la estrategia española de discapacidad, el proyecto de ley del tercer sector de acción social -que acabamos de debatir- y el Plan integral de apoyo a la familia, pretende
consolidar el crecimiento económico y fortalecer el Estado del bienestar.


En definitiva, señorías, estamos ante una nueva ley que trata de dar respuesta a los 6 millones de españoles voluntarios, una nueva ley para el ejercicio de la actividad solidaria sin adjetivos, acorde con la sociedad actual; una ley
encaminada a la promoción del interés general, el bien común, el despliegue solidario de las capacidades humanas, la construcción de la equidad, la justicia y la cohesión social; una nueva ley para el refuerzo de la participación social y el
impulso de iniciativas solidarias, también entre los más pequeños, los mayores y las personas con discapacidad; una nueva ley abierta a la promoción del voluntariado también desde la empresa, la Administración y la universidad; una nueva ley con
una regulación estatal respetuosa con los ámbitos competenciales de las administraciones públicas, con un núcleo esencial común, que promueve la colaboración con el tercer sector para fomentar la acción solidaria y buscar el mayor compromiso de las
administraciones.


Acabo, señor presidente, manifestando el compromiso del Grupo Parlamentario Popular con la labor de los voluntarios españoles desde la consciencia del importante papel que desempeñan en nuestra



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sociedad. Sabemos que la actuación de las personas voluntarias se ha erigido como una pieza clave para lograr la recuperación y que su actuación se ha convertido en un bálsamo reparador para muchos ciudadanos. Por ello, consideramos que el
trabajo desarrollado por estas personas es una labor encomiable que merece el apoyo y el respaldo por parte de todos los poderes públicos. No debemos olvidar que el próximo trámite parlamentario de esta ley se sustanciará en el Senado, donde se
abrirá un nuevo periodo de negociaciones con la totalidad de los grupos a fin de seguir mejorando la ley que nos ocupa.


Termino felicitando a mis compañeras y coponentes en este proyecto de ley, Silvia Heredia y María Jesús Susinos, por el trabajo realizado y, cómo no, a la asesora, Raquel Álvarez, por su mucha ayuda y mucho esfuerzo. (Aplausos).


El señor VICEPRESIDENTE (Román Jasanada): Tiene la palabra la señora Heredia.


La señora HEREDIA MARTÍN: En primer lugar, me van a permitir expresar el honor que supone para mí que mi grupo me haga partícipe de la tramitación de esta ley, la gran ley -así lo pienso- del voluntariado. Estamos ante una de las labores
más nobles y puras del ser humano: dedicar su tiempo, su talento, sus conocimientos y también su vocación a mejorar la vida de los demás. Después de veinte años, ha sido el Gobierno del Partido Popular el que ha creído conveniente y muy necesario
adaptar su normativa a las nuevas realidades de la sociedad. Créanme, señorías, lo mejor de traer esta ley aquí es la manera de hacerlo, pues el Gobierno ha marcado como principal objetivo conseguir el mayor consenso posible, un objetivo que
comparte también este grupo. En primer lugar, hemos buscado un consenso con las entidades del sector, manteniendo diversas reuniones y un diálogo constante con ellas y aceptando una gran parte de sus reivindicaciones. (El señor presidente ocupa la
Presidencia). Quiero hacer aquí un reconocimiento especial a todas y cada una de estas entidades que diariamente se dejan la piel para cambiar las realidades injustas que viven muchas personas. En segundo lugar, hemos intentado llegar a un
consenso con las fuerzas políticas, un consenso que ha llevado a intentar aceptar el máximo número de enmiendas de los grupos.


Señorías, esta nueva ley mejora considerablemente la función del voluntariado y va a suponer un antes y un después para las entidades que lo desarrollan. ¿Por qué? En primer lugar, porque reconoce nuevos agentes, como son las empresas, las
universidades y las administraciones públicas; en segundo lugar, porque contempla un aspecto muy importante dentro del sector del voluntariado, como es que en determinados programas de voluntariado se requiera que las personas voluntarias no hayan
sido condenadas por una sentencia firme por diversos delitos; en tercer lugar, porque deja muy claro que la realización de actividades de voluntariado no podrá suponer una causa justificativa para llegar a la extinción de un contrato laboral ni
tampoco podrá suponer la sustitución de las tareas que sean desarrolladas dentro del sector público; por último, porque establece por primera vez los ámbitos de actuación del voluntariado, como son el social, el internacional, el ambiental,
etcétera, y describe el contenido mínimo que han de tener los programas de voluntariado. Señorías, estamos hablando de un trabajo riguroso, un trabajo que ha llevado mucho tiempo, en el que se ha intentado hacer lo que es justo y necesario:
garantizar el buen funcionamiento de este importante sector.


Por otra parte, en cuanto al debate que hoy nos ocupa, el debate de las enmiendas al articulado, quiero manifestar que el Grupo Parlamentario Popular ha tratado de cumplir su compromiso y, por ese motivo, ha dialogado con todos los grupos de
esta Cámara. Respecto al Grupo Socialista, hemos aceptado ocho de sus enmiendas en sus propios términos. Consideramos que mejoran el texto original, al añadir, por ejemplo, la palabra enfermedad como causa de discriminación -enmiendas 53 y 68-, al
establecer mecanismos eficientes para la supervisión de la acción del voluntariado -enmienda número 69- y al dejar constancia por escrito de medidas cuando se alteren la adaptación y la reducción de la jornada de los trabajadores, que es lo que
recoge su enmienda número 70. Además, hemos intentado transaccionar con este grupo un total de nueve enmiendas, de las cuales finalmente solo se han sustanciado tres. Señorías socialistas, quiero agradecer esa predisposición al diálogo en estos
días, muy especialmente a la señora Martín, como también ella ha hecho conmigo. Ahora, después de esa predisposición al diálogo y a la negociación quiero apelar a su responsabilidad política, porque no basta con el voto fraccionado. Necesitamos y
esperamos un voto favorable al conjunto de este proyecto. En definitiva, señorías, pido a los grupos parlamentarios su apoyo, porque estamos ante una ley que beneficia a los que más lo necesitan, en este y en cualquier momento. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Hacemos una pausa y a las seis y media en punto votamos. (Pausa).



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El señor PRESIDENTE: Señorías, muchas gracias por su trabajo. Quiero agradecer también la labor del letrado y la de los letrados que nos acompañan con las nuevas técnicas que nos permiten tener un cuaderno de votación correcto. Ustedes y
toda la Mesa vamos a votar lo más rápido y ordenadamente posible. Les pido su colaboración y atención.


Proyecto de ley del tercer sector. Votamos la enmienda transaccional número 53.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 39; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda transaccional número 56.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 39; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos las enmiendas del Grupo Mixto (señor Tardà). Enmienda número 14.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 36.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda número 15.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 36.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco. Enmienda numero 22.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 41; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resto de las enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 37.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia. Enmiendas números 16 y 19.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 23; abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de las enmiendas de UPyD.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 23; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas de La Izquierda Plural. Enmienda número 5.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 23; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmienda número 6.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 37.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas números 11 y 12.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 23; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de las enmiendas de La Izquierda Plural.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 23.



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El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas de Convergència i Unió. Enmiendas números 25 y 32 a 34.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 36; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas números 30, 35 y 43.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas números 31, 37 y 38.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 23; abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 40 a 42.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 24; abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de las enmiendas del Grupo de Convergència i Unió.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 23; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista. Enmienda número 47.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 23; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas números 48 a 52, 54 y 55.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.


Enmienda número 60.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; en contra, 3; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resto de las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las correcciones técnicas. ¿Quedan aprobadas por asentimiento? (Asentimiento). Muchísimas gracias.


Votamos el texto del informe de la ponencia, al que se han incorporado las enmiendas transaccionales y las enmiendas que han sido aprobadas.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 5; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Pasamos, a continuación, a la votación del proyecto de ley de voluntariado. Votamos las enmiendas transaccionales. Enmienda número 1.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 26; en contra, 14; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda transaccional número 2.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 38; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda transaccional número 3.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 40; en contra, 1; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda transaccional número 4.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; en contra, 14; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda transaccional número 5.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 13; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Resto de las enmiendas transaccionales, que son las números 6, 7, 8 y 9.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 41; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco. Enmiendas números 15 y 21.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 36.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas números 17 a 19.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de las enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia. Enmienda número 23.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 23; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de las enmiendas de UPyD.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 23; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas de La Izquierda Plural. Enmienda número 5.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 23; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 6, 9 y 14.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 23; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de enmiendas de Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 23.



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El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). Enmiendas 32, 47 y 50.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 24; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 37.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 36; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Enmiendas 33, 39 y 45.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resto de las enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 36; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista. En primer lugar, enmiendas 53, 54, 62, 65, 68 y 78.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 39; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


En segundo lugar, enmiendas 55 a 59, 75 y 76.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 23; abstenciones, 5.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas 60 y 66.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13; en contra, 23; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmienda 69.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda 70.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 37; en contra, 1; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda 73.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 23; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Resto de enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 23.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas del Grupo Parlamentario Popular. En primer lugar, enmienda 80.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; en contra, 1; abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Enmienda 81.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 18; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Por último, votamos en la tarde de hoy el texto del informe de la ponencia al que se incorporan las enmiendas transaccionales aprobadas y las enmiendas aprobadas en las votaciones correspondientes.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 3; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Señorías, muchísimas gracias.


Se levanta la sesión.


Eran las siete y cincuenta minutos de la tarde.