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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 773, de 25/03/2015
cve: DSCD-10-CO-773 PDF



CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2015 X LEGISLATURA Núm. 773

JUSTICIA

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. ALFREDO PRADA PRESA

Sesión núm. 45

celebrada el miércoles,

25 de marzo de 2015



ORDEN DEL DÍA:


Ratificación de las ponencias designadas para informar sobre:


— Proyecto de ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España que justifiquen tal condición y su especial vinculación con España, por la que se modifica el artículo 23 del Código Civil y se
establece una tasa para determinados procedimientos de adquisición de la nacionalidad española. (Número de expediente 121/000099) ... (Página2)


— Proyecto de ley de reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo. (Número de expediente
121/000100) ... (Página2)


Aprobación con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia sobre:


— Proyecto de ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España que justifiquen tal condición y su especial vinculación con España, por la que se modifica el artículo 23 del Código Civil y se
establece una tasa para determinados procedimientos de adquisición de la nacionalidad española. (Número de expediente 121/000099) ... (Página3)


— Proyecto de ley de reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo. (Número de expediente
121/000100) ... (Página15)



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Se abre la sesión a las cinco y cinco minutos de la tarde.


RATIFICACIÓN DE LAS PONENCIAS DESIGNADAS PARA INFORMAR SOBRE:


— PROYECTO DE LEY EN MATERIA DE CONCESIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA A LOS SEFARDÍES ORIGINARIOS DE ESPAÑA QUE JUSTIFIQUEN TAL CONDICIÓN Y SU ESPECIAL VINCULACIÓN CON ESPAÑA, POR LA QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO 23 DEL CÓDIGO CIVIL Y SE
ESTABLECE UNA TASA PARA DETERMINADOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA. (Número de expediente 121/000099).


El señor PRESIDENTE: Señorías, comenzamos la Comisión con el siguiente orden del día. En primer lugar, la ratificación de la ponencia designada para informar la iniciativa legislativa correspondiente al proyecto de ley en materia de
concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España que justifiquen tal condición y su especial vinculación con España, por la que se modifica el artículo 23 del Código Civil y se establece una tasa para determinados
procedimientos de adquisición de la nacionalidad española. La ponencia encargada de informar el referido proyecto es la siguiente. Por orden alfabético, Rosa María Díez González, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia; Gabriel
Elorriaga Pisarik, del Grupo Parlamentario Popular; José Ramón García Hernández, del Grupo Parlamentario Popular; Juan Carlos Grau Reinés, del Grupo Parlamentario Popular; Jordi Jané i Guasch, del Grupo Parlamentario Convergència i Unió; Gaspar
Llamazares Trigo, del Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural; Emilio Olabarría Muñoz, del Grupo Nacionalista Vasco; Álex Sáez Jubero, del Grupo Socialista; María del Carmen Silva Rego, del Grupo Socialista, y Joan Tardà i Coma, del Grupo
Parlamentario Mixto. ¿Se aprueba la composición de la ponencia por asentimiento? (El señor Llamazares pide la palabra). Señor Llamazares, tiene la palabra.


El señor LLAMAZARES TRIGO: Es para expresar mi desacuerdo con estos procedimientos exprés en materia de ponencia. Por tanto nuestro grupo no votará favorablemente la ponencia.


El señor PRESIDENTE: ¿Algún otro grupo quiere votar en contra? (Pausa). Se da por aprobada, con el voto en contra del señor Llamazares, en nombre del Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural, la composición de la ponencia.


— PROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA LEY HIPOTECARIA APROBADA POR DECRETO DE 8 DE FEBRERO DE 1946 Y DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL CATASTRO INMOBILIARIO, APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2004, DE 5 DE MARZO. (Número de expediente
121/000100).


El señor PRESIDENTE: A continuación, pasamos a la ratificación de la ponencia designada en el proyecto de ley de reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por decreto de 8 de febrero de 1946, y del texto refundido de la Ley del Catastro
Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, cuya ponencia encargada de informar el referido proyecto de ley, por grupos parlamentarios y también por orden alfabético, la componen los siguientes diputados: Teodoro
García Egea, del Grupo Parlamentario Popular; Jordi Jané i Guasch, del Grupo Parlamentario de Convergència i Unió; Gaspar Llamazares Trigo, del Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural; Enrique Luis Martínez Rodríguez, del Grupo Parlamentario
Popular; Carlos Martínez Gorriarán, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia; Pablo Matos Mascareño, del Grupo Parlamentario Popular; Víctor Morlán Gracia, del Grupo Parlamentario Socialista; Emilio Olabarría Muñoz, del Grupo
Parlamentario Vasco; Carlos Casimiro Salvador Armendáriz, del Grupo Mixto, y Antoni Such Botella, del Grupo Socialista.


¿Se puede aprobar? (El señor Llamazares Trigo pide la palabra). Señor Llamazares, tiene la palabra.


El señor LLAMAZARES TRIGO: Por las mismas razones, mi grupo no la va a votar.


El señor PRESIDENTE: ¿Algún otro portavoz quiere oponerse a la constitución de la ponencia? (Pausa).


Se aprueba en consecuencia, con la excepción del voto del Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural, manifestado así por el señor Llamazares.



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APROBACIÓN CON COMPETENCIA LEGISLATIVA PLENA, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA SOBRE:


— PROYECTO DE LEY EN MATERIA DE CONCESIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA A LOS SEFARDÍES ORIGINARIOS DE ESPAÑA QUE JUSTIFIQUEN TAL CONDICIÓN Y SU ESPECIAL VINCULACIÓN CON ESPAÑA, POR LA QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO 23 DEL CÓDIGO CIVIL Y SE
ESTABLECE UNA TASA PARA DETERMINADOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA. (Número de expediente 121/000099).


El señor PRESIDENTE: A continuación pasamos al siguiente punto del orden del día, que sería la aprobación con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia que acabamos de aprobar, del proyecto de ley en
materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.


Para la defensa de las enmiendas establecemos, como es habitual en la tramitación de los proyectos de ley, un único turno por grupo parlamentario por tiempo de diez minutos, de menor a mayor.


Por el Grupo Parlamentario Mixto tiene la palabra el señor Tardà.


El señor TARDÀ I COMA: Señor presidente, si no le importa, la compañera Irene Lozano ha solicitado cambiar el turno e intervenir ella primero y yo segundo.


El señor PRESIDENTE: Esta Presidencia accede, y si ningún portavoz se opone a este cambio, tiene la palabra entonces, en nombre del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, la señora Lozano.


La señora LOZANO DOMINGO: Solamente intervengo para agradecérselo al portavoz señor Tardà, y para dar por defendidas las enmiendas de mi grupo.


El señor PRESIDENTE: Ahora sí tiene la palabra, en nombre del Grupo Mixto, el señor Tardà.


El señor TARDÀ I COMA: Seré un tanto sucinto a la hora de exponer las razones en las cuales se fundamenta nuestro voto, puesto que ya en el debate de totalidad hicimos relación de todo el argumentario. Quiero recordar que planteamos una
enmienda a la totalidad con texto alternativo, y ya en su momento justificamos que nuestra enmienda a la totalidad no obedecía a una oposición al proyecto de ley presentado por el Gobierno español para dar carta de naturaleza a la nacionalidad de
los ciudadanos sefardíes dispersos por todo el mundo que desde hace centenares de años viven en la diáspora, y ya era hora de que un Gobierno español planteara un proyecto de ley a fin y efecto de facilitar la recuperación de la nacionalidad
española. Aun así presentamos en su momento una enmienda a la totalidad, tal como digo, porque nosotros entendíamos que este gesto, que ha tardado mucho pero que finalmente llegó, para con los sefardíes facilitaba un escenario en el cual pudiéramos
hacer también justicia para con los saharauis. Para cerrar el tema de los sefardíes diré que nosotros vamos a votar favorablemente todas las enmiendas de los grupos parlamentarios que han sido presentadas, con la finalidad de facilitar mucho más
—porque entendemos que se puede facilitar mucho más de aquello que contempla el proyecto de ley— el acceso de los ciudadanos sefardíes de los distintos Estados en donde residen actualmente a la culminación de su aspiración, es decir, tener la
nacionalidad española. Somos conscientes de que existen estas enmiendas y vamos a apoyarlas. Caso de que no fueran contempladas por la mayoría parlamentaria, nos añadiremos al resto de los grupos parlamentarios para que en el trámite del Senado
pueda la mayoría parlamentaria corregir un tanto el tiro. Dicho esto celebro que exista este proyecto de ley, que hoy se convierta en ley, entendiendo que debe ser mejorada en el trámite de esta tarde y en el Senado, puesto que hay algunas
cuestiones que, aun cuando nosotros no las hemos enmendado, entendemos que otros grupos parlamentarios quizá han tenido mayor diligencia que nosotros y lo han hecho, razón por la cual les felicitamos y anunciamos que votaremos a favor de esas
enmiendas. Me refiero a enmiendas de Convergència i Unió, del Partido Nacionalista Vasco, etcétera.


Ahora hablo de un tema que nos preocupa mucho y que para nosotros es una gran oportunidad perdida, que es esta ley para con los saharauis. Creo que no hace falta recordarles cuál es la situación, puesto que la conocen tanto como yo, y
ustedes saben que hay una deuda pendiente del Estado español con los saharauis. ¿Cuál es su situación? Ustedes saben que en estos momentos una persona de nacionalidad saharaui, una persona que reside en el Estado español, requiere diez años de
residencia



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para poder empezar a tramitar la adquisición de la nacionalidad española, con lo cual el trato que se da a los saharauis no se equipara al que se da a los ciudadanos de las repúblicas sudamericanas, a los ciudadanos de Andorra, de Guinea
Ecuatorial, de Filipinas o de Portugal. Creemos que hoy día cuesta mantener esta discriminación, e incluso nos sonroja un tanto cómo pueden tener un trato tan distinto al que tienen los ciudadanos, por ejemplo, argentinos, ecuatorianos, filipinos,
portugueses, etcétera, que con dos años de residencia ya pueden tramitar la nacionalidad española. Esto se podría resolver como saben ustedes modificando el artículo 22 del Código Civil. Fíjense qué satisfacción tendríamos todos si reparáramos la
injusticia que han sufrido históricamente los sefardíes y con qué orgullo hoy podríamos aprobar una ley que también metabolizara o resolviera esta injusticia mucho más cercana —no digo que más grave— a todos nosotros, como es la situación de las
personas saharauis.


Pero todavía el problema se agrava más. Incluso nosotros entendemos la dificultad para el Gobierno de plantear esta modificación del artículo 22, que creemos que políticamente es lo que debería hacerse, pero nosotros presentamos incluso
otra enmienda para que se instara al Gobierno, mediante una enmienda transaccional, a modificar el reglamento —fíjense que hablo del reglamento— del Registro Civil, concretamente el artículo 221. ¿Por qué? Porque estas personas, incluso cuando
llevan diez años residiendo en el Estado español y empiezan a tramitar todo aquello que se requiere para que se les conceda la nacionalidad española, se encuentran con que no se aceptan los documentos que están emitidos por la República Árabe
Saharaui, la RASD. Es decir, el Registro Civil en su reglamento exige documentos acreditativos de su nacionalidad, del estado civil, de si tienen antecedentes penales o no los tienen, si tienen hijos sujetos a patria potestad, documentación de
cuáles son sus ascendientes, es decir, toda la documentación que se requiere para poder tramitar la nacionalidad. ¿Quién les libra esta documentación? Su Gobierno, el Gobierno de la RASD, que como usted sabe está reconocido por la Organización de
Estados Africanos. Luego si la Administración no les admite los documentos del único órgano gubernamental de su república viven en el limbo. Nosotros creíamos que la mayoría parlamentaria y el Gobierno podrían moverse en este trámite parlamentario
para, al menos, aceptar la enmienda de Esquerra Republicana de Catalunya que insta a modificar el reglamento para que, a partir de los diez años, al menos la documentación les fuera admitida, cuando lo fundamental no es esto. Lo fundamental es que
pudieran equipararse al resto de Estados y que con solo dos años de residencia en el Estado español sus ciudadanos pudieran aspirar a la concesión de la nacionalidad española.


Esto es un tanto decepcionante para nosotros porque estamos en el año 2015. Estamos hablando del abandono por parte de España de aquellas tierras en el año 1976, a raíz de los Acuerdos de Madrid; estamos hablando de 175.000 personas que se
fueron a los territorios de Tinduf, y estamos hablando incluso de que ellos tenían la nacionalidad española. Es cierto que en el año 1976 hubo un real decreto del Estado español que concedía a estas personas, a las cuales se les había sustraído la
nacionalidad española —cosa muy cuestionable—, un año para recuperarla. ¿Se imagina lo que era el Estado español en el año 1976? ¿En qué situación estaba y cuál era la situación de violencia para con los saharauis en el año 1976? Y se les
concedió un año para recuperar una nacionalidad que nunca habrían tenido que perder.


El señor PRESIDENTE: Señor Tardà, le ruego vaya concluyendo.


El señor TARDÀ I COMA: Termino ya.


Estamos a la espera de lo que diga hoy el portavoz del Partido Popular porque nos resistimos a creer que no se pueda hacer ningún movimiento, por poco ambicioso que sea, atendiendo a esta problemática en el marco de este proyecto de ley, que
hoy será ley. Aun cuando creo que puede ser mejorable es para reconocer que ya era hora de que un Gobierno español hiciera justicia para con los sefardíes.


El señor PRESIDENTE: Pasamos a continuación al turno correspondiente al Grupo Nacionalista Vasco. En su nombre, su portavoz, el señor Olabarría, tiene la palabra.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Hago mío el argumentario del señor Tardà en sus propios términos en relación con los ciudadanos saharauis. Lo que pasa es que estamos hablando de una ley que se refiere a los hijos de Sefarad, a los sefardíes, y
desde una perspectiva de congruencia con el texto que estamos debatiendo —sin perjuicio de esta reflexión que como comento hago mía— nos vamos a referir a lo que nos convoca hoy para debatir y explicar sucintamente las enmiendas que mi grupo ha
presentado, que no son trascendentes y que no van a impedir el voto positivo al proyecto de ley.



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En primer lugar, tenemos algunas enmiendas relativas a la exposición de motivos; exposición de motivos en donde se establecen los principios filosóficos inspiradores de esta reparación histórica —se podría utilizar esta expresión— en
relación con los sefardíes, pero en donde se deberían evitar en nuestra opinión cierta retórica patriotera o patriótica, en el sentido más peyorativo de la expresión, y ciertos desajustes históricos que quizá deban ser puestos en consideración.
Cuando en la exposición de motivos se establece que los hijos de Sefarad mantuvieron un caudal de nostalgia —es posible que la mayoría de ellos lo haya mantenido—, de memoria, y de fidelidad a los que se denominan españoles sin patria, señor
presidente, la alocución «españoles sin patria» no deja de ser una expresión retórica, pero dudosa. Yo no sé hasta qué punto —conociendo y habiendo tenido contactos y cierto nivel de interlocución con los sefardíes organizados o sus asociaciones—
todos ellos o buena parte de ellos se consideran españoles sin patria, y están vinculados a la nacionalidad que ostentan. Ahora en este momento podrán ser también españoles con patria tras esta ley, pero esta retórica también tiene un cierto
resquemor que no se corresponde con los tiempos en los que vivimos en estos momentos, y en donde los conceptos de patria y de soberanía y tantos otros están siendo objeto de adecuación o de refutación. Pero desde una perspectiva de ajuste histórico
en la exposición de motivos se habla de que padecieron durante muchos años persecuciones, ataques, abusos, humillaciones, vejaciones de variado tipo, hasta que con la promulgación del edicto de 31 de marzo de 1492 fueron injustamente obligados a
abandonar España, o lo que hoy es el Estado español, por el Reino de Castilla y Aragón. Esta es la reflexión desde una perspectiva de ajuste a los requerimientos históricos o a la historia de esta reparación que en estos momentos estamos
realizando, y que nos parece particularmente pertinente.


En segundo lugar, también en la exposición de motivos y en referencia a los requerimientos del artículo 21 del Código Civil hay un problema de prueba de dicha condición de los sefardíes, y de su especial vinculación con España. Por las
circunstancias excepcionales para la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza —asimismo se establece en la exposición de motivos— es necesario determinar qué requisitos y condiciones deben tenerse en cuenta para la justificación
de aquella condición. Señor presidente, aquí nos encontramos con un problema vidrioso. ¿La adquisición de la nacionalidad va a ser por carta de naturaleza? ¿O va a ser una adquisición de la nacionalidad por mandato de la ley, ex lege? Si fuera
por carta de naturaleza se deberían incoar expedientes individualizados —y el señor Castillo sabe de lo que estoy hablando—, y es confusa cuando menos la exposición de motivos con relación a cuál es el procedimiento que legitima para la adquisición
de la nacionalidad española de estos ciudadanos. Si fuera por carta de naturaleza y hay que acreditar la vinculación con España, como ocurre con la carta de naturaleza, estaríamos hablando de un problema serio. Habría que incoar miles, cientos de
miles de expedientes porque tampoco está clara la dimensión del colectivo que subjetivamente tiene derecho a adquirir la nacionalidad por este procedimiento. Por tanto mi grupo propondría la supresión de esta mención a la adquisición por carta de
naturaleza.


La siguiente enmienda, la número 10, hace referencia a la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a los sefardíes originarios de España. Volvemos a hablar de la carta de naturaleza. Si se va a generalizar la carta de
naturaleza, que hasta el momento era objeto de expedientes individualizados, se podría hacer en esta ley, pero con más claridad, y desde luego con requerimientos que hagan referencia a una especial vinculación con España de carácter más claro, más
general, más universal, porque universalizar la adquisición de nacionalidad por carta de naturaleza también requiere elementos de legitimación de la misma naturaleza universal.


Nos preocupa la letra c) en relación con la acreditación del uso del idioma familiar, el ladino o haketía, por la partida de nacimiento o —no sé pronunciar bien esta lengua, señor presidente— el ketubah o certificado matrimonial en el que
conste su celebración, según el régimen o tradición de Castilla. ¿De qué estamos hablando, señor presidente? ¿Cuál es el régimen o tradición de Castilla a efectos de una certificación matrimonial que acredite y legitime para adquirir la
nacionalidad por carta de naturaleza? Es que estamos hablando de verdaderos anacronismos jurídicos que provocan una manifiesta inseguridad jurídica. En la letra f) se recoge que por la realización de estudios de historia y cultura españolas.
¿Este es un elemento de legitimación? Es que trabajos relativos a la historia y cultura españolas no solo los están haciendo los sefardíes, sino que los están haciendo muchas personas que podrían, por extensión del precepto del elemento de
legitimación, también solicitar la nacionalidad española por esta razón. Igualmente se establece por realización de actividades benéficas a favor de personas e instituciones españolas, siempre que las mismas no se hayan realizado con carácter
puntual y esporádico. ¿De qué estamos hablando aquí también? ¿Estamos hablando de los hijos de Sefarad o estamos hablando de



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quien aporte a instituciones de beneficencia o aporten, desde una perspectiva de beneficencia o de solidaridad o de humanidad, patrimonios, beneficios económicos o cantidades económicas que mercantilizan de alguna manera la adquisición o las
posibilidades de adquisición de la nacionalidad?


En el número 3 del artículo 1, que es al que nos estamos refiriendo, asimismo se establece que el solicitante podrá aportar como medio certificado expedido por la Secretaría General de la Federación de Comunidades Judías de España. Yo tengo
muchas dudas de que este elemento de legitimación, y sobre todo de certificación, sea suficiente para proveer de la suficiente seguridad jurídica para que estas personas que solicitan, nada menos que una nacionalidad nueva, la nacionalidad española,
sea suficiente —al tener dudas, pediría una reflexión sobre este elemento de acceso a la nacionalidad—, así como la acreditación en el número 4, de la especial vinculación con España, que exigirá la suspensión de una prueba de evaluación de los
conocimientos de la lengua y cultura españolas. En la Ley de Extranjería he manifestado en alguna ocasión que tendríamos que saber cómo se acredita la vinculación —salvo por procedimientos objetivos como el conocimiento de la lengua—, porque la
lengua que ellos conocen es un castellano arcaico, no es la lengua española que se habla en el Estado español en la actualidad o la cultura española. ¿Cuál es el elemento de vinculación? ¿Cómo se dimensiona? Es una pregunta que yo me hago y de la
que quiero hacer partícipes a los miembros de esta Comisión sobre la vinculación a la cultura española. ¿Cómo se hace? ¿A través del certificado de haber participado en un curso de sevillanas o de haber participado en un curso de elaboración de
tortilla de patata española? Es que estamos hablando de conceptos manifiestamente metajurídicos. Habría que concretar evidentemente cuál es el elemento de asimilación de la metacultura —no sería cultura, sino metacultura— española. Es un tema
recurrente; siempre se habla de estas cosas, pero sin concretar, lo cual provee también de inseguridad jurídica, incumpliendo los requerimientos constitucionales en materia de nacionalidad.


La enmienda número 11 hace referencia a la sobredimensión de atribución de competencias a los notarios —y voy acabando ya, señor presidente—. Los notarios y los registradores están ya de alguna forma despublificando las administraciones
públicas. Dice el ministro de Justicia que son funcionarios —puede ser que sea así desde una perspectiva funcional y no retributiva, porque cobran o perciben sus retribuciones a través de aranceles, como sabe perfectamente el señor presidente—,
pero en el precepto se establece que el notario podrá instar al interesado para que aporte certificado expedido por la Secretaría General de la Federación de Comunidades Judías de España. Si no creemos en la validez de este certificado creemos
menos en su conversión, a través de la escritura pública, en algo que tenga ya una acreditación o una vinculación a la fe pública registral, o a la fe pública notarial en este momento.


También en el número 4 se habla de los notarios, que podrán recabar informes que estimen oportunos. Los notarios no pueden realizar actividades de naturaleza discrecional como la reclamación de los informes que ellos consideren oportunos.
Los notarios consideran o deben considerar oportuno aquello que está previsto en las leyes; pero el notario, por la propia naturaleza de la función, no puede establecer o determinar mediante elementos discrecionales la oportunidad de elementos que
acrediten la legitimación de estas personas para adquirir la nacionalidad española.


El señor PRESIDENTE: Señoría, le ruego que concluya.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Ya voy acabando, señor presidente.


Por otra parte, ya nos preocupa también que las solicitudes se tengan que resolver en un plazo de dieciocho meses; dieciocho meses es un plazo absolutamente desmesurado en su duración para la adquisición de la nacionalidad. Y que el
silencio sea también negativo, que no sea un silencio administrativo positivo, que es el que se prevé en esta ley. Y por último, si se opta por la adquisición de la nacionalidad por el expediente de la carta de naturaleza, señor presidente, si hay
otros procedimientos para la adquisición de la nacionalidad diferentes a la adquisición por carta de naturaleza, la locución en la disposición transitoria única «deberán» debería ser sustituida por la expresión «podrán», puesto que hay otros
procedimientos más acreditativos para poder adquirir la nacionalidad española.


Estas son enmiendas de naturaleza estrictamente jurídico-técnica. Yo creo que no son discutibles, y no deberían ser discutibles desde una perspectiva de análisis jurídico, y aquí hay muchos expertos. Los requerimientos del ordenamiento
jurídico en relación a la adquisición de la nacionalidad, en relación a la adquisición de la ciudadanía… Bueno, no está escuchando nadie. (Un señor diputado: Sí, sí.— Rumores). Da la impresión de que el que está escuchando,…



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El señor PRESIDENTE: Señorías, silencio, por favor.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: … la persona más interesada desafortunadamente no va a intervenir después. Pero las enmiendas han sido estudiadas, y yo pediría, puesto que creo que son ponderadas y que son racionales, que sean, por quienes
tienen capacidad para decidir, es decir el grupo que usted representa también, señor presidente, el Grupo Parlamentario Popular, con su mayoría absoluta, objeto de la debida consideración.


Miren, podemos confrontarnos en otras materias ideológicamente más proclives a la confrontación, pero que nos confrontemos en cuestiones de naturaleza estrictamente jurídico-técnica y que dimanan de los requerimientos de la Constitución
española y del Código Civil me parece una verdadera aberración. Esperemos que puedan tener buena suerte nuestras enmiendas.


El señor PRESIDENTE: Pasamos a continuación a la defensa de las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural. En su nombre, el señor Llamazares tiene la palabra.


El señor LLAMAZARES TRIGO: Señor presidente, hay un dicho que dice que quien quiere lo más, quiere lo menos. Nosotros lo manifestamos en el debate de totalidad. Queríamos que se solucionase el problema del reconocimiento de la
nacionalidad en España que está en estos momentos legalmente disperso, y que significa la discriminación por ejemplo con otros colectivos, pero hemos visto que el Gobierno solamente considera la concesión de la nacionalidad a los sefardíes, y no ha
tenido en cuenta nuestra petición ni nuestras enmiendas relativas al pueblo saharaui o las relativas a los nietos de españoles que han perdido la nacionalidad. Como digo, quien quiere lo más, quiere lo menos: nosotros votaremos favorablemente la
concesión de la nacionalidad a los sefardíes. Sin embargo, como en La Metamorfosis, señorías, vemos con extrañeza la iniciativa inicial del Gobierno, pero vemos con espanto las enmiendas del Grupo Parlamentario Popular, y por lo tanto, si bien
podemos votar favorablemente la concesión de la nacionalidad a los sefardíes, no vamos a tragar —¡no lo vamos a tragar, señorías!— que en esta iniciativa legislativa, al igual que en la siguiente, que tiene que ver con medidas administrativas, se
nos cambie en España el sistema de registros públicos. En eso estamos, señorías: en un intento solapado de modificar la Ley 8/2014 y la Ley 18/2014, que hasta ahora las ha modificado por la vía verbal el Gobierno en acuerdos con los registradores,
y ahora pretende formalizarla mediante autoenmiendas del Grupo Parlamentario Popular. Por lo tanto una cosa es el señor Samsa de La metamorfosis y otra cosa es el monstruo. Nosotros respecto al señor Samsa podemos tener precaución, desconfianza.
Pero con respecto al monstruo nosotros no tenemos nada que ver. Nosotros respecto al monstruo no queremos saber nada, señorías. Me explico. En primer lugar, lamentamos el papel del Grupo Parlamentario Popular y de la ponencia. En estos momentos
llegamos a la Comisión sin saber no qué enmienda recoge el Grupo Popular del resto de los grupos parlamentarios, llegamos a la Comisión sin saber qué enmienda recoge el Grupo Popular de sí mismo, señorías, lo cual es una esquizofrenia difícil de
superar. Creemos que eso está afeando el papel de la ponencia y del Parlamento. Nos parece importante destacar esa cuestión.


Con relación a los contenidos que hoy se nos intentan hacer pasar por reconocimiento de nacionalidad, que en realidad son una privatización de los registros públicos, cuando habíamos contestado a la tasa, no queríamos que pusieran un arancel
arbitrario, contestábamos a la tasa, al precio. Que ahora nos digan que ya no es una tasa y que el ministro va a aprobar por su cuenta un nuevo arancel para pagarles a los registradores, a nosotros nos parece simple y llanamente una burla al
Parlamento. Porque, además, en paralelo ese mismo ministerio acaba de aprobar 4 millones de euros —es decir, el 90 % del presupuesto de la dirección general— para pagarles a los registradores el registro de la nacionalidad. Señorías, ¿pero no era
gratis? ¿No habían dicho ustedes que era gratis? Pues nada de gratis, son 4 millones de euros. Eso sí, los registradores boicotearon el registro durante el año 2014 hasta convertirlo en un cuello de botella. Ahora el Gobierno cede a la presión
de los registradores, aprueba 4 millones de euros y, si te vi, no me acuerdo. Son 4 millones para el pasado y un arancel para el futuro, es una privatización del registro de nacionalidad.


Señorías, esto se inscribe en algo mucho más grave, que es el Registro Civil. Señorías, si lo recuerdan, habíamos acordado en el Real Decreto-ley 8/2014 y en la Ley 18/2014 —acordado porque tienen ustedes mayoría y lo pueden hacer— que
quien iba a hacer todo lo relativo a la llevanza del Registro Civil era una corporación pública. Lo dijeron ustedes: corporación pública gratuita para los ciudadanos. Pues bien, a través de un acuerdo verbal y de una comisión mixta en el
Ministerio de Justicia ahora ya no es una corporación pública, ahora son los registradores mercantiles y de la propiedad quienes se ponen de



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acuerdo en tener cien registros civiles donde antes había ocho mil registros civiles. Ustedes verán cómo van a tratar a los ciudadanos, o más bien a maltratar a los ciudadanos, y ustedes verán también qué va a pasar con 4.000 funcionarios,
de los cuales 1.000 son interinos y para los cuales el ministerio no ha previsto ningún tipo de apoyo. Evidentemente, lo que ocurrirá es un colapso del Registro Civil y también una excedencia —entre comillas— de los trabajadores del Registro Civil
o de una cuarta parte de los trabajadores del Registro Civil. Esto que está pasando con relación al Registro Civil es infumable.


Termino. ¿A qué remite todo esto? Pues a un Ministerio de Justicia que está tomado por dos corporaciones, por dos colegios que además están en la CEOE. No es un funcionario público aquel que forma parte de una sociedad empresarial, no lo
es, no lo puede ser. Pues bien, en estos momentos podemos decir que esto es de libro. Se llama captura del regulador cuando el regulador es al mismo tiempo los intereses del regulado y en este caso estamos con el registro de la nacionalidad y el
Registro Civil. Esa es la situación que tenemos. Por supuesto, nosotros vamos a respaldar lo que tiene que ver con el reconocimiento de la nacionalidad por una vía excepcional, que creemos que es justa para el pueblo sefardí, aunque también la
desearíamos para otros pueblos, que creo que van a entender esto como un agravio, como el pueblo saharaui u otros ciudadanos hijos de españoles que deberían haber sido contemplados. Lamentamos que no sea así, pero al menos lo vamos a apoyar. Pero
desde luego lo que queremos denunciar y no vamos a apoyar nunca, y por eso pediremos votación separada, es que nos den gato por liebre. Aquí el gato —que algún grupo parlamentario puede pasar, pero nosotros no podemos— es que los registradores de
la propiedad y los registradores mercantiles den un pelotazo a costa de los españoles, eso es intolerable, sobre todo con una materia tan delicada como son los datos de los españoles: los datos de nacionalidad, los datos de nacimiento, los datos de
matrimonio, los datos de defunción. Con eso no se juega, eso forma parte del Estado, y eso no se pone al albur del mercado.


El señor PRESIDENTE: Corresponde ahora el turno al Grupo Parlamentario de Convergència i Unió y en su nombre, el diputado señor Jané tiene la palabra.


El señor JANÉ I GUASCH: Hoy lamentamos que, sin la serenidad previa de una ponencia sosegada que pudiera realmente avanzar en transacciones, se llegue a esta Comisión con competencia legislativa plena en la que hoy acabaremos aprobando un
proyecto de ley que es importante y que además se extralimita de aquello que inicialmente se pretendía cuando se presentó el proyecto de ley. Porque no estamos buscando únicamente una restitución histórica para poder establecer el cauce de
concesión, debería ser incluso de recuperación histórica de esa nacionalidad a los sefardíes originarios de España que justifiquen tal condición, no estamos únicamente en ese aspecto del proyecto de ley, sino que a través de enmiendas vamos más allá
y vamos a regular hoy aquí cómo se adquiere la nacionalidad por residencia a través de todo un conjunto de requisitos que modifican el Código Civil sin que ello viniera en el proyecto de ley inicial, con lo cual ni el señor Olabarría ni el señor
Llamazares ni el portavoz que les habla hemos podido enmendar algo que formará parte de nuestro ordenamiento jurídico, pero que habrá entrado vía enmienda. Esta no es la mejor solución técnica, jurídica, ni tan siquiera esto se habrá visto en el
Pleno de la Cámara, pero es así; vía enmienda hemos cambiado cauces para obtener la nacionalidad ya no únicamente en el caso que evidentemente apoyamos, que es una restitución histórica en el caso de los sefardíes, sino que en general se abre un
nuevo procedimiento.


Dicho esto, no quiero ser injusto, señor presidente. Mi amistad, mi buena relación con el señor Elorriaga hace que quiera constatar aquí su buen hacer en la ponencia en el sentido en que él ha intentado en la medida de lo posible y en la
medida en que ha podido tener margen de actuación —que creo que no es el que él hubiera deseado tener, pero en la medida de lo posible— buscar acuerdos con las enmiendas presentadas. Por tanto, le agradezco al señor Elorriaga ese esfuerzo. Pero
agradeciéndole a él ese esfuerzo, debo constatar que el producto final que sale hoy no es el que hubiéramos deseado desde Convergència i Unió. Nos hubiera agradado legislar de otra forma. Creo que hay un cierto abuso de la posición de mayoría
absoluta, que es absolutamente legítima, pero evidentemente, trasladada a una Comisión de Justicia, es aquello de: como sé que los votos los tengo ya para aprobar el proyecto de ley, las formas a veces pueden degradarse, y no deberían degradarse en
ningún caso y menos en una competencia legislativa plena como la que tiene hoy esta Comisión.


Vamos a analizar el texto final del proyecto de ley en cuanto a lo que es el propósito original, que era esa recuperación, esa concesión, dice el proyecto de ley, de la nacionalidad a los sefardíes originarios de España. ¿Cuál es el
resultado final? El resultado es un procedimiento que para Convergència i Unió es demasiado complejo. Es un proyecto de ley cuya denominación va a resultar algo engañosa porque hay



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muchas esperanzas detrás de este proyecto de ley, muchos anhelos, muchas injusticias históricas que debemos reparar, y ante todo ello, el proyecto con una nomenclatura que parece restituir, lo que hace en ocasiones es establecer un
procedimiento difícil de cumplir. Esperemos que al final no sea así; el deseo de Convergència i Unió es que al final no sea así.


De entrada ya digo que Convergència i Unió prefiere tener una ley sobre lo que hoy vamos a regular a que hoy no saliera ninguna ley. Por tanto, vamos a ser posibilistas, pero ello no debe alejarnos de lo que debería ser un propósito
compartido, hacer la mejor ley posible en este siglo XXI, en este año 2015, y esta no es la mejor ley posible, porque vamos acumulando un conjunto de requisitos que dificultan mucho el propósito inicial del proyecto de ley. Habrá muchísimas
personas que con buena voluntad van a querer adquirir la nacionalidad española y nos tememos que se van a encontrar —esperemos que finalmente no sea así— con una serie de requisitos que se lo van a poner muy difícil. ¿Qué nos hubiera gustado en
Convergència i Unió? Un planteamiento en el que se pudiera conceder esa nacionalidad a aquellos sefardíes originarios de España que valorados en su conjunto cumplieran una serie de requisitos, pero no, como se va a realizar, en el sentido de exigir
una serie de requisitos y después exigir también la acreditación de una especial vinculación con España —entendemos que ya no debería exigirse esa vinculación— y además someterlos a pruebas y exámenes obligatorios para acreditar esa especial
vinculación.


Si me permite decirlo el grupo mayoritario, estamos cometiendo un grave error, porque imaginemos por un momento que una persona quiera acogerse a esta futura ley, que inicie los trámites e incluso para acreditar esa especial vinculación
realice las pruebas y, sin embargo, al final, incluso superadas las pruebas, le dijeran que no ha quedado acreditado que es un sefardí originario de España. Entonces, ¿para qué le hemos hecho acreditar su especial vinculación, para qué tiene que
superar unas pruebas? ¿No sería mejor hacer dos estadios y, si eres un sefardí originario y ya se ha acreditado así, solo a partir de entonces exigir la realización de unas pruebas? Porque no sea que a una persona le obliguemos a realizarlo todo y
después le digamos: no, lo siento, pero en conjunto no nos parece que seas un sefardí originario. A esa persona le habremos hecho llevar a cabo todo un proceso y le denegaremos su solicitud. Esto lo decía muy bien el señor Olabarría, porque como
el silencio es negativo la persona inicia todo el procedimiento, después pasa el tiempo y no le han dicho nada, ya se le ha denegado.


Hay otro aspecto práctico, pero importante. ¿Es necesario exigirle el desplazamiento a España? Si cumple los requisitos, ¿no podemos de alguna forma habilitar un sistema de manera que en su comparecencia ante notario alguien le pueda
representar o que se pueda hacer desde un consulado? Porque, ¿todos se pueden permitir realizar un viaje para iniciar este procedimiento, para presentarse ante el notario y que a lo mejor después le digan que le faltan dos documentos y tenga que
volverse? ¿Esta es una legislación que quiere dirigirse realmente a todos o solo a aquellos que puedan permitirse ese trámite tan costoso, tan farragoso y que exige desplazamientos obligatorios? Reflexionemos porque aún estamos a tiempo.


Nuestro grupo tiene la mejor de las voluntades para llegar a acuerdos. Hoy con nuestro voto no vamos a obstaculizar la aprobación de este proyecto, porque preferimos una ley en el BOE a que no exista ley; pero vemos que se tiene la
sensación de acelerar un vehículo con el freno de mano puesto, con desconfianza. ¿Seríamos capaces de ver el valor de este proyecto de ley y lo que puede suponer este reconocimiento para este colectivo? En Francia hay más de 500.000; en Gran
Bretaña, casi 300.000; en Alemania, 100.000; en España, de 40.000 a 50.000. No vayamos con el freno de mano puesto. Seamos generosos a la hora de legislar marcando unos requisitos y exigencias, pero que no sean tan difíciles de cumplir que hagan
que esta sea al final una ley de ficción cuyo título queda muy bien pero a la que pocos se pueden acoger. Pediríamos mayor generosidad. Portugal acaba de hacerlo con un trámite mucho más fácil. Tenemos aún el trámite del Senado para intentar
mejorar todos estos aspectos.


Termino ya, señor presidente, pero no quiero hacerlo sin expresar mi agradecimiento a las letradas de esta Comisión, porque no lo tienen fácil cuando a través de enmiendas se cambia tanto el proyecto de ley original. Han hecho un gran
trabajo con unos cuadros comparativos. Una vez más a las letradas, doña Piedad García-Escudero y doña Isabel Revuelta, expreso mi agradecimiento por su labor. Quiero también agradecer a la letrada de nuestro grupo parlamentario, la abogada
Patricia Lezcano, que ha trabajado muchísimo con este portavoz para intentar encauzar un proyecto que es difícil. También quiero agradecer a muchas personas: a doña Carmen Mur, al abogado Rubén Agote, al abogado Antonio Gómez-Guiu y a sus
colaboradores en Tel Aviv, que están trabajando en este proyecto de ley, que quieren implementarlo y ayudar a mucha gente para que pueda ser una realidad.



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Señor presidente, ya que he hablado de don Rubén Agote, permítame solo un minuto. ¡Es tanta la injusticia que se ha hecho con los sefardíes y los judíos! Tengo al señor Olabarría al lado y quizá le guste también este ejemplo que me ha hecho
llegar don Rubén Agote, abogado, cuyo apellido es Agote, discriminado ya de entrada. Se trata de un extracto de la hidalguía litigada por Miguel de Machimbarrena en 1676 en la villa guipuzcoana de Andoain. Tuvo que acreditar su hidalguía para ser
admitido en los ayuntamientos y oficios honoríficos de paz y guerra de la villa y gozar de los derechos del resto de los caballeros de la villa mediante la comparecencia de hasta catorce testigos, para que quedaran patentes todos sus antepasados
paternos y maternos. Decía el certificado que él era un hijo de hidalgo notorio, de sangre cristiana, limpio de toda mala raza de judíos, moros, penitenciarios y agotes. Esto era necesario para poder obtener el certificado de hidalguía. Para
poder tener derechos tuvo que acreditar que nada tenía que ver ni con judíos ni con agotes… Señor presidente, ¡cuánta injusticia se ha tenido que plasmar en nuestro ordenamiento jurídico durante tantos años! Hoy queremos reparar injusticias.
Hagámoslo si podemos, señor Elorriaga, ponentes del Grupo Parlamentario Popular, con mayor generosidad. Sé que el Gobierno vela para que las cosas se hagan bien y de manera estructurada —no me cabe duda—, pero quizá en este caso tantos límites y
requisitos pueden llegar a frustrar el objetivo compartido por todos.


El señor PRESIDENTE: Corresponde ahora el turno al Grupo Parlamentario Socialista y, en su nombre, tiene la palabra la diputada señora Silva.


La señora SILVA REGO: Señorías, quiero recordar que el Grupo Parlamentario Socialista mostró su apoyo en el Pleno de esta Cámara a la tramitación de este proyecto de ley que hoy va a ser aprobado. Considerábamos en aquel momento y
consideramos ahora que es una causa justa para dar respuesta a una deuda histórica con la comunidad judía originaria de España. Pero, señorías, el Grupo Parlamentario Socialista quiere mostrar su indignación ante el procedimiento seguido para la
aprobación de este proyecto de ley.


El Gobierno presenta un proyecto de ley que se ha modificado de forma tan radical por el Grupo Parlamentario Popular que es difícil reconocer en los preceptos que hoy debatimos la propuesta inicial. Resulta de especial gravedad esta forma
de actuar, que roza el fraude político, ya que se ha hurtado al resto de grupos políticos la posibilidad de fijar su posición sobre temas tan esenciales como la regulación del procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por
residencia. El Grupo Parlamentario Popular, con la complicidad del Gobierno, introduce por la puerta de atrás un examen de integración. Se han hurtado, señorías, el debate y la búsqueda de consenso con el resto de grupos y con el conjunto de la
sociedad sobre un tema de tanta trascendencia. Es inadmisible que ustedes cuelen enmiendas de contenido esencial sin informes, sin debate y sin consenso. La nacionalidad, señorías, es una cuestión de Estado. Hablamos del estatus jurídico de las
personas, y resulta de extrema gravedad que se introduzca un nuevo requisito, no exento de aristas, sin buscar el acuerdo, sin diálogo, sin dar la oportunidad de plantear alternativas al resto de los grupos.


Si el Grupo Socialista hubiera tenido conocimiento de esta propuesta, hubiera presentado una enmienda de totalidad a este proyecto, hubiera presentado una alternativa y nuestro cuestionamiento a que se deje a un reglamento posterior, y sin
excepciones en principio, el contenido de una prueba de integración. Cuando preparaba esta intervención, me preguntaba: ¿A quiénes se la van a aplicar? ¿La tendrán que hacer los hijos de inmigrantes que hayan estado escolarizados en España? ¿La
tendrán que hacer los alumnos de origen extranjero que, de continuar en España y acceder a la nacional, deberían revalidar su conocimiento de la lengua e integración antes de adquirirla? ¿Se le denegará la nacionalidad al nacido en España de padres
extranjeros, que ahora la pueden adquirir con un año de residencia, hasta que puedan hacer el examen? Atendiendo a la generalidad de la propuesta de enmienda presentada por el Grupo Popular, sí la tendrían que hacer. Esto es para no creer. Parece
ser que van a plantear una transaccional más sensata, en la que los menores de dieciocho años no la tendrán que pasar, ni tampoco las personas que sufren discapacidad. Aún así, es claramente insuficiente. Esta enmienda que presenta el Grupo
Popular deja el camino abierto a que, a través de un reglamento, el Ejecutivo pueda regular los contenidos que más se asemejen a sus injustos postulados ideológicos, sin negociación, sin acuerdo, sin consenso, sin diálogo, en un tema tan importante,
tan relevante como es la adquisición de la nacionalidad por residencia. Se ha actuado con alevosía y con nocturnidad y han impedido el profundo debate que este tema requiere.


Según las estadísticas publicadas por el Ministerio de Empleo, el número de extranjeros con certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor a 30 de diciembre de 2014 era cercano a los 5 millones. Todos



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estos son los destinatarios de la prueba de integración que ustedes cuelan en este proyecto de ley. Según una respuesta escrita del Gobierno, de 2012 a 2013 se concedió la nacionalidad a 68 sefardíes. El Gobierno considera —y nosotros lo
apoyamos y lo vamos a votar favorablemente— que los sefardíes merecen un trámite de proyecto de ley y, sin embargo, ese mismo Gobierno considera que 5 millones de personas pueden ser reguladas con una enmienda y sin debate. Ciertamente, es
delirante. Pero no se han quedado aquí. Además, modifican el procedimiento para la concesión de la nacionalidad a los sefardíes, los aspectos relativos a la acreditación de la condición de sefardí y los de especial vinculación con España, en los
que también se plantea una prueba de evaluación; se elimina la tasa prevista, pero dan potestad al ministro para el cálculo de los honorarios registrales, que sin duda serán más caros, además —y gravísimo— de consolidar por ley la privatización de
un servicio público, la privatización de los registros públicos.


En definitiva, es una nueva ley radicalmente distinta a la que el Gobierno presentó. Pero es que, además, y también de extrema gravedad, han engañado a miles de ciudadanos. Señorías del Grupo Popular, ustedes dijeron que no podían admitir
las enmiendas relativas a otros colectivos o a los emigrantes porque no querían desvirtuar el contenido del proyecto de ley de sefardíes. Hoy esta ley ha dejado de ser la ley de la concesión automática de la nacionalidad a los sefardíes, para
convertirse en un cajón de sastre donde ustedes han colado cuestiones que nada tienen que ver con los judíos originarios de España. ¿Qué creen que estarán pensando todos aquellos colectivos y emigrantes a los que ustedes les niegan la posibilidad
de adquirir la nacionalidad española? ¿Qué habrán sentido cuando conocieron que el Partido Popular aprovecha esta ley para privatizar los servicios públicos, para establecer una nueva regulación de la nacionalidad por residencia, pero sigue
negándose a reconocerles su derecho a la nacionalidad española? Se lo diremos nosotros, el Grupo Socialista: Ustedes les han mentido.


Por si todo esto no fuera suficiente, han faltado además a su compromiso de intentar favorecer el diálogo para lograr el apoyo del resto de grupos a esta ley. Lo planteó el ponente del Grupo Popular —que yo sé que ha hecho esfuerzos, pero
no lo ha logrado—, el director general de Registros y el propio ministro. Otra falsedad. Ustedes no han tenido en ningún momento la voluntad de dialogar y acordar. Como es habitual en esta legislatura, han aplicado el rodillo de la mayoría
absoluta y lo han hecho de un modo que es inaceptable. No han admitido prácticamente ninguna de las enmiendas presentadas. En el caso de mi grupo, solo han admitido la número 47, relativa a que las personas con discapacidad accederán en
condiciones de igualdad a la nacionalidad española. Nos sentimos muy satisfechos de que se admita porque es una cuestión de justicia y de igualdad. Estábamos muy preocupados porque ustedes imponían un examen de integración que en principio no
establecía excepciones y, por lo tanto, también lo tendrían que pasar los discapacitados. Ahora presentan una transaccional en la que plantean que las personas con discapacidad no tendrán que hacer ese examen de integración. Por lo tanto, nos
sentimos satisfechos de que se hayan dado cuenta de su tremendo error, del tremendo error de la enmienda que ustedes habrían propuesto.


Quiero pasar ahora a denunciar que ustedes se hayan negado a aceptar nuestras enmiendas. No entendemos que no admitan la relativa a que se exima de presentar documentos para el otorgamiento de la nacionalidad derivativa en aquellos casos en
los que la expedición es imposible, como ocurre con los casos de los saharauis. Es absolutamente injusto que no acepten esta enmienda. No entendemos que no admitan que puedan obtener la nacionalidad los hijos mayores de edad de quienes la hubieran
obtenido de origen en virtud de la Ley de Memoria Histórica. No entendemos que no acepten que puedan acceder a la nacionalidad de origen los nacidos de madre española antes de la entrada en vigor de la Constitución española de 1978 o a los nacidos
de padre o madre españoles de origen que por motivos de exilio se vieron obligados a renunciar a su nacionalidad. No entendemos que no asuman que una vez que se adquiere la nacionalidad se tiene ya, y que simplemente se puede perder si se renuncia
a ella, no que haya que ratificarla cuando se cumplan dieciocho años. Los derechos se adquieren y no deben ser ratificados. Pero no es que no lo entienda mi grupo, que no lo entiende, es que no lo entienden miles de emigrantes y sus descendientes.
Les aseguro que su negativa a conceder la nacionalidad española a los descendientes de mujeres españolas, a los hijos mayores de edad, a los que tuvieron que renunciar a ella por causas ajenas a su voluntad, genera un enorme rechazo en el exterior.
Nuestros emigrantes sienten que ustedes, el Partido Popular, que se había comprometido a reconocerlos, les traiciona. Ustedes les dicen no a los emigrantes españoles. No duden que esos emigrantes le dirán no al Partido Popular porque ustedes les
excluyen abiertamente. Quiero que sepan los españoles que viven en el exterior que ustedes ni siquiera han querido hablar con el Grupo Socialista de estas enmiendas que presentábamos. Señorías, mi grupo sigue apoyando y va a apoyar que los
sefardíes puedan obtener la nacionalidad española de



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forma automática, pero nos vamos a oponer contundentemente a todas las modificaciones que desvirtúan el objetivo original del proyecto de ley presentado por el Gobierno. Les queremos decir alto y claro que así no, que este modo de proceder
del Partido Popular nos parece profundamente antidemocrático por más que la legalidad permita que ustedes cometan estos atropellos. Ustedes tenían la oportunidad de lograr un apoyo mayoritario al proyecto de ley que debatimos, pero han preferido
introducir cuestiones de exclusivo calado ideológico que nada tiene que ver con los sefardíes, pero que sí es una cuestión de Estado cómo se adquiere la nacionalidad por residencia.


Finalizo. Aún están a tiempo de rectificar. Si no lo hacen, habrán traicionado a los sefardíes, habrán traicionado a los colectivos inmigrantes que les excluyen del derecho a la adquisición de la nacionalidad española y nos habrán hurtado
al resto de grupos la posibilidad de hacer un debate en profundidad sobre la integración de los inmigrantes en nuestro país. Por tanto, pediremos la votación separada de las enmiendas que hacen referencia a estas cuestiones que he planteado en mi
intervención. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Corresponde finalizar este turno al ponente del Grupo Parlamentario Popular. Señor Elorriaga, tiene la palabra.


El señor ELORRIAGA PISARIK: Procuraré ser ágil a la hora de contestar a las muchas cuestiones planteadas. Sin embargo, quiero empezar también con algún agradecimiento, desde luego a los demás grupos parlamentarios, muy singularmente al
Grupo Parlamentario de Convergència i Unió y a su portavoz en esta Comisión, con el que he trabajado muy estrechamente, pero también al PNV y a Unión Progreso y Democracia, que también han respaldado desde el principio y con gran entusiasmo esta
ley, incluso a los que, con algunas discrepancias mayores, también han respaldado el fondo de la iniciativa que ahora sometemos a debate, como Esquerra Republicana, La Izquierda Plural, incluso el Partido Socialista. Quiero también extender los
agradecimientos a quienes me han acompañado como ponentes: a José Ramón García y a Juan Carlos Grau, pero también y singularmente a quien fue durante muchos años nuestro portavoz parlamentario, Alfonso Alonso, hoy ministro de Sanidad, que formó
parte del equipo de ponentes inicial de este proyecto de ley. Desde luego me sumo a las palabras del señor Jané respecto a las letradas de la Comisión y también quiero sumarme a los agradecimientos a las muchísimas aportaciones y colaboraciones
externas que estos meses hemos recibido de equipos jurídicos de fuera de nuestro país, de asociaciones de comunidades sefardíes y de numerosísimas personas muy interesadas en este proyecto a lo largo y ancho de todo el mundo.


El texto final que hoy vamos a votar mantiene la vocación y la estructura del texto original que remitió el Gobierno, pero, sin duda, incorpora innumerables mejoras que simplifican, agilizan y abaratan enormemente el procedimiento. Se ha
hecho, a pesar de algunas de las intervenciones que hemos escuchado, un gran esfuerzo de aproximación de posiciones que, en mi opinión —y ahora trataré de explicarlo aunque sea sucintamente—, dan casi completa satisfacción a prácticamente todas las
aportaciones que se han hecho al contenido sustantivo de esta ley. En la ponencia se incorporaron al proyecto de ley distintas enmiendas, pero destaco tres: aquellas que aludían a la supresión de la tasa, iniciativa que presentó el Grupo Popular y
también Esquerra Republicana de Cataluña, que se aceptó en trámite de ponencia; aquellas que pretendían que los sefardíes que estaban ya con procedimientos iniciados con arreglo a la legislación anterior pudiesen continuarlos sin necesidad de
acogerse a este nuevo procedimiento, que era el planteamiento inicial del proyecto, y así se acogió en ponencia; en tercer lugar, la enmienda a la que se hacía referencia por parte de la portavoz socialista en relación con la igualdad jurídica de
los discapacitados en el acceso a este tipo de procedimientos. No se incorporaron, y esto produce cierta comicidad, me atrevería a decir, porque se critica en las intervenciones, por un lado, que incorporemos nuestras enmiendas y, por otro, que no
lo hagamos. Lo explico, aunque sea sucintamente: no incorporamos parte de nuestras enmiendas en aras de buscar un acuerdo mayor, que creo que en buena medida se ha alcanzado. Por esa razón no se incorporaron las enmiendas que inicialmente
presentábamos en torno a los requisitos para acceder a la nacionalidad y también en torno al procedimiento y se incorporaron aquellas que el grupo parlamentario estimó conveniente. Se confunde de pleno la señora Silva, porque la capacidad de
enmienda del Grupo Parlamentario Popular es ilimitada, como constitucionalmente está establecido, y más aun cuando se refiere a materias íntimamente conectadas con el objeto principal de la ley. Es evidente que esta ley tenía que establecer un
procedimiento para el acceso a la nacionalidad de la comunidad sefardí y, por lo tanto, era de sentido común aprovechar la ocasión para, en paralelo, acomodar todos los procedimientos de acceso a la nacionalidad, entre otras cosas porque la no
actuación del Partido Socialista en este campo fue lo que provocó un colapso en el



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sistema de concesión de nacionalidad de cientos de miles de expedientes que se encontró el Partido Popular al llegar al Gobierno y para los que hubo que habilitar procedimientos extraordinarios para dar la nacionalidad a personas que durante
décadas vivían en España y no la habían obtenido por la negligencia en la tramitación administrativa por parte del Partido Socialista.


Con relación a los cambios que se han introducido, me referiré, sucintamente, a los más importantes. Quiero dejar claro que la mayor parte de las observaciones, que con buen criterio planteaba el señor Olabarría en torno a la exposición de
motivos, han sido incorporadas al nuevo texto que está distribuido como transaccional, tanto aquellas que se referían a destacar el papel que corresponde a la Federación de comunidades judías de España como a aquellas que pretendían un mayor rigor
histórico y una mayor certeza en la descripción de lo acontecido cinco siglos atrás. Hay algunas precisiones históricas que también se reclamaban y que han mejorado. Por ejemplo, una, que es interesante, es la referencia expresa que ahora se va a
hacer en la exposición de motivos no al decreto de expulsión sino a los decretos de expulsión, porque, como se ha mencionado, hubo tres: uno referido al Reino de Castilla, otro al de Aragón y, unos años más tarde, un tercero referido al Reino de
Navarra.


Con relación a las enmiendas que se han introducido al artículo 1, insisto, manteniendo la estructura original que exige un doble requisito —y quizá eso merece una explicación adicional, aunque ya lo tratamos en el Pleno—, la ley pretende
ofrecer la nacionalidad española a todos aquellos ciudadanos extranjeros que cumplan una doble condición. La primera es ser miembros de la comunidad sefardí, es decir, ser descendientes de aquellos que fueron expulsados de España hace ahora algo
más de quinientos años. En segundo lugar —y es importante—, que hayan mantenido una especial relación con España, porque ese es el sentido de la ley. El sentido de la ley es, de alguna manera, reconocer, honrar, dar cabida entre nosotros a todos
aquellos que de una manera realmente increíble a lo largo de los siglos, y a pesar de haber sido tan injustamente excluidos de la convivencia entre los españoles, han mantenido sus tradiciones, han mantenido el idioma, han mantenido sus raíces
culturales, han mantenido ese vínculo espiritual con España. Esta ley no se dirige a todos los descendientes, sin más, de los que fueron expulsados; se dirige a aquellos de entre esos que han mantenido ese especial vínculo con España, que es a los
que pretendemos honrar y reconocer en este proyecto. Por lo tanto, lo que ha hecho la ley para facilitar el trámite y, sobre todo, para objetivarlo al máximo es distinguir las dos cosas con la mayor precisión posible dentro de que, inevitablemente,
ha habido que dejar un cierto margen de indeterminación.


Quiero destacar también —en respuesta a alguna observación del señor Olabarría— que la ley, con mayor precisión ahora, atribuye al notario la capacidad de valoración conjunta. Es decir, es el notario en el que se deposita la responsabilidad
de, a la vista del conjunto de requisitos, decidir, y hacerlo fe pública a través de un acta, si efectivamente se reúnen o no los requisitos. No va a ocurrir —como le preocupaba, sensatamente, a su señoría— que nadie se desplace a España sin saber
si le va a ser reconocida la situación. Eso no va a ocurrir porque se dice ahora, en la nueva redacción del procedimiento, expresamente, que el notario solo pedirá la comparecencia personal del interesado una vez que haya podido examinar toda la
documentación y haya llegado a la convicción de que reúne esos requisitos. Es decir, la presencia física tiene por objeto —cuando tiene que producirse, y también se ha introducido alguna salvedad— aportar la documentación original que hasta ese
momento se ha presentado telemáticamente, hacer una declaración personal y responsable de la veracidad de toda la información aportada y, por último, permitir al notario, mediante la personación, formarse un criterio exacto de su condición.


Por otro lado, se reúnen una serie de requisitos que lo que acreditan es esa especial vinculación con España. En algunos casos es fácil. Se dice que la tienen aquellos que han mantenido el idioma, aquellos que han mantenido los ritos,
aquellos que han mantenido los ritos matrimoniales. Señor Olabarría, hoy en día se siguen celebrando matrimonios en muchas partes del mundo con arreglo a las leyes de Castilla y a las leyes de Aragón. Y esos certificados existen y están expedidos;
ayer se habrá celebrado un matrimonio con arreglo a las leyes de Castilla del año 1492. Esa es la grandeza de este proyecto y esa es la grandeza del reconocimiento que estamos haciendo. Pero hay otras. Desde luego, todos los descendientes de
aquellos que en algún momento han figurado en las relaciones de ciudadanos protegidos del Reino de España, situación que se dio en Grecia y en Turquía a partir de los tratados internacionales que se firmaron con posterioridad a la Primera Guerra
Mundial. También los que fueron incorporados en 1948. Es decir, hay ya, afortunadamente, algunos documentos absolutamente precisos que identifican a quienes reúnen esta condición y a los cuales, y a sus descendientes, esta ley les da ese
reconocimiento.


Se resuelve también, y creo que de una manera mucho más clara, otra observación que creo que ha sido planteada por el señor Olabarría sobre cuáles son esas eventuales actuaciones benéficas que se



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reconocen de alguna manera, que se suman a esos criterios que permiten acreditar esa especial vinculación con España. Se añade una que quizás es la más importante y que tal vez debería haber figurado desde el principio, y es que se reconoce
el esfuerzo que han realizado todos aquellos que han apoyado a instituciones orientadas al estudio, a la conservación y a la difusión de la condición sefardí, porque precisamente es el mantenimiento de esa cultura sefardí lo que significa el vínculo
con España.


Por último, se ha precisado mucho mejor la prueba de idioma y de integración en España dejando claramente establecido en la ley cuál es el nivel básico que se va a exigir y precisando también cuál es la prueba de integración. En este
sentido y en relación con la prueba de integración, aprovecho para decir dos cosas ante algunos comentarios realizados. La primera es que estas pruebas objetivas vienen a resolver el problema que se está planteando en los registros ante la
discrecionalidad que se repite una y otra vez y que termina en los tribunales; por otro lado, es el estándar establecido en prácticamente todos los países de nuestro entorno, es decir, sustituir un elemento discrecional del encargado del registro
por un elemento objetivo, que es una prueba tasada. En segundo lugar, esta norma, lejos de ser un inconveniente, va a suponer una fórmula fácil para objetivar y acelerar la tramitación. Voy finalizando, no quiero alargarme, aunque tampoco quiero
dejar ningún asunto sin contestar. Se agiliza enormemente y se precisa el expediente, el trámite, el procedimiento que se va a seguir tasando —creo que mejor que en el proyecto original— cuáles son las responsabilidades en cada una de esta etapas y
distinguiendo perfectamente las funciones de los notarios, inicialmente de la Dirección General de los Registros y del Notariado y finalmente del propio Registro Civil, por lo que creo que ha mejorado enormemente.


Por último, hemos presentado dos enmiendas, una no especialmente relevante, de menos calado político, destinada simplemente a precisar en la entrada en vigor un primer plazo de seis meses para que se pueda poner en marcha la plataforma
electrónica que va a permitir la instrucción tanto de estos procedimientos como de todos los de nacionalización y no solo los referidos a los ciudadanos sefardíes. Otra enmienda es la que hemos presentado con carácter in voce, puesto que no había
ninguna viva, pero que creo que todos los grupos parlamentarios van a compartir, porque hace referencia también a algunas de las preocupaciones que se han expresado, que es el propósito de dejar perfectamente claro que las pruebas tanto de idioma
como de integración sociocultural no tendrán que ser realizadas por los menores de edad, menores de dieciocho años, ni por las personas discapacitadas. Estas personas quedan automáticamente exentas por la ley y por lo tanto no tendrán que superar
todos estos trámites.


Termino, pero no puedo dejar de hacer unas últimas referencias a algunos temas que, sin estar relacionados con la ley que hoy nos reúne —que es el reconocimiento del acceso a la nacionalidad española de los ciudadanos de origen sefardí con
una especial relación con España—, han salido sin embargo reiteradamente en el debate. Quiero decir dos cosas sin ánimo de polemizar en exceso. La primera, en la tradición jurídica española que desde la aprobación del Código Civil se ha dado —y no
hay excepciones—, siempre han sido leyes singulares las que han reconocido a colectivos singulares su acceso a la nacionalidad. Se hizo una ley para los ciudadanos extranjeros que habían participado en las Brigadas Internacionales, y solo para
ellos; se hizo una Ley de Memoria Histórica solo para los hijos o descendientes de los exiliados, y solo para ellos, y se hace ahora una ley centrada en los sefardíes, y solo para ellos. Eso no quiere decir que se desconozca ni que se dejen aparte
otras demandas muy razonables; es más, quiero dejar muy claro que el Grupo Parlamentario Popular tiene singularmente una muy especial sensibilidad en torno al problema realmente inconcebible creado por el Gobierno del Partido Socialista y su mala
legislación en la Ley de Memoria Histórica, porque solo la torpeza política y legislativa del Partido Socialista, que estuvo en el Gobierno no hace tanto, durante ocho años, solo su torpeza y su incapacidad de arreglar los errores que cometió y de
los que fue plenamente advertido han hecho que exista el problema que ahora hay que solucionar. Quiero decir solemnemente que para solucionarlo de manera inmediata el Grupo Parlamentario Popular presentará las iniciativas políticas correspondientes
en esta Cámara que permitan atender esta legítima demanda. (Rumores.—Aplausos).


Dos cosas más y termino. Una, muy rápidamente, porque en todo caso va a ser objeto de debate en esta Comisión, es simplemente para dejar perfectamente claro que nada tienen que ver los cambios organizativos en el Registro Civil con este
proyecto de ley, en los cuales inevitablemente incide porque la materia de la que es objeto lógicamente termina en una inscripción registral, pero la desjudicialización del Registro Civil, también hay que recordarlo, tiene origen en la iniciativa de
una ley del Partido Socialista, la Ley 20/2011, del Registro Civil, que fue la que retiró a los jueces la llevanza y la transfirió a unos funcionarios públicos, funcionarios públicos que efectivamente este Gobierno ha precisado en los integrantes
del cuerpo de registradores. Quiero dejar muy claro, porque eso sí podría despertar alguna duda, que la



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prestación del servicio público del Registro Civil continuará siendo gratuita sin excepción de ningún tipo y esto afecta tanto al proyecto de ley que ahora debatimos como a cualquier otro.


Termino ya, señor presidente, ahora sí. Creo que el momento o la ocasión que hoy nos reúne son realmente históricos. Creo que es un anhelo perseguido durante mucho tiempo por muchas personas dentro y fuera de la comunidad sefardí. A pesar
de nuestras discrepancias en muchos aspectos y de las naturales —me atrevería a decir— confrontaciones políticas entre unos y otros, creo que en esta Cámara, tanto en el trámite plenario como ahora en Comisión, sobre lo que constituye el objeto
central de esta ley —es decir, el gesto que España quiere hoy dirigir a la comunidad sefardí invitándola a acceder a la nacionalidad y firmando, sellando así una definitiva reconciliación y reencuentro con el pueblo español— hemos expresado un grado
de acuerdo y de unanimidad que es importante y que quisiera resaltar para que quede constancia. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Esta Presidencia también quiere dejar constancia del agradecimiento a todos los portavoces que han intervenido en el debate de esta importante y, como se ha señalado, histórica ley de restitución de derechos de unos
españoles que en su día fueron expulsados por otros españoles. Creo que con la aprobación de esta ley, si se produce, y con las discrepancias políticas y legítimas que se han señalado por parte de todos los grupos parlamentarios, quedará
solventado. Muchas gracias por ello a todos los portavoces y a todos los ponentes por el trabajo que han venido realizando en la elaboración de este proyecto de ley.


— PROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA LEY HIPOTECARIA APROBADA POR DECRETO DE 8 DE FEBRERO DE 1946 Y DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CATASTRO INMOBILIARIO, APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2004, DE 5 DE MARZO. (Número de expediente
121/000100).


El señor PRESIDENTE: Pasamos al siguiente punto del orden del día: proyecto de ley de reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario aprobado por Real
Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo. Como en el anterior proyecto de ley, cada grupo parlamentario tendrá un turno de diez minutos para la defensa de sus enmiendas. En primer lugar, en nombre del Grupo Parlamentario Mixto, el señor Salvador
tiene la palabra.


El señor SALVADOR ARMENDÁRIZ: En primer lugar, señor presidente, quisiera unirme a sus palabras y a su mensaje de satisfacción y de agradecimiento por la ley que previsiblemente en unos momentos apoyaremos para conceder la nacionalidad a
los sefardíes. Telegráficamente, me hubiera gustado desde luego participar con más hondura o profundidad en esta norma, pero obviamente conocen que el frente de actividad de un parlamentario que es todo su grupo parlamentario es muy amplio.


Nosotros hemos presentado cinco enmiendas, las números 28 a 32, y quiero agradecerle al Grupo Parlamentario Popular su disponibilidad a llegar a algún acuerdo en algunas de ellas. Nos trasladó en su momento dos enmiendas alternativas y
sobre la base de ambas hemos llegado a unas transacciones que afectan a la número 28 y la número 31 de Unión del Pueblo Navarro. La número 28 incorpora en el texto una cláusula de salvaguarda de los regímenes forales más correcta, en la que se hace
una referencia expresa a que en la Comunidad Foral de Navarra las referencias que esta ley hace a la Dirección General del Catastro, en cuanto a las relaciones y comunicaciones de los registros de la propiedad con ella, se entenderán referidas —como
no podía ser de otra manera— al Registro de la Riqueza Territorial de Navarra o en su caso al órgano que le sustituya. En relación con la enmienda número 31, contiene una previsión eminentemente técnica de coordinación entre el Catastro y el
Registro de la Propiedad.


Vamos a mantener las enmiendas restantes porque creemos que mejoran el texto, con soluciones técnicas mejores a los problemas que pretende solucionar esta norma. En todo caso, esperamos la misma disposición del grupo parlamentario de la
mayoría y nosotros intentaremos en el Senado que lo que hoy es una negativa, pueda ser reconsiderada porque creemos que nuestras enmiendas mejoran y aportan mayor luz a esta norma en estos asuntos.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, tiene la palabra el señor Martínez Gorriarán.


El señor MARTÍNEZ GORRIARÁN: Mi grupo presentó dos enmiendas a esta ley, una de las cuales retiramos porque nos pareció suficiente el cambio que hubo durante la ponencia, y en la otra el Grupo



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Popular nos ha presentado una transaccional que también hemos aceptado, de manera que votaremos a favor de esta ley y también, por cierto, a favor de la mayor parte de las enmiendas de los demás grupos, porque nos parece que afectan a una
ley que siendo técnica tiene sin duda un trasfondo de interés y también era mejorable.


El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural, tiene la palabra el señor Coscubiela.


El señor COSCUBIELA CONESA: De nuevo, para que no haya ningún tipo de dudas, reiteramos el reconocimiento de la necesidad de mejorar la regulación legal para evitar los conflictos surgidos entre las anotaciones catastrales y registrales,
que en la medida que responden a objetivos distintos también recogen datos muchas veces no coincidentes. Este objetivo de concordancia de la ley es loable y lo compartimos, pero entendemos que esta ley no lo garantiza en algunos aspectos, y en
otros, aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid, continúa en esa especie de ofensiva para situar los intereses de los registradores de la propiedad como si fueran intereses generales. En ese sentido van nuestras enmiendas, sobre todo
aquellas que pretenden que entre el dicho y el hecho exista alguna coincidencia. Vamos a votar también favorablemente aquellas enmiendas de otros grupos que coinciden con las que nosotros hemos planteado, en algunos casos motivadas por sugerencias
realizadas por profesionales como los ingenieros topógrafos, que creo que aportan sentido común a la elaboración de esta ley.


En definitiva, nos parece que el texto, tal y como en estos momentos está planteado, no resuelve bien el conflicto que se da en algunas ocasiones entre el Registro de la Propiedad y el Catastro, pero sobre todo no resuelve determinadas
situaciones que se dan cuando, existiendo coincidencia, al menos aparente, entre el Registro de la Propiedad y el Catastro, esa concordancia entre ambos registros choca y se confronta con la realidad que se observa a partir de la visión de esa
realidad, con su representación gráfica, con el levantamiento topográfico, que sin duda debería jugar un papel más importante, ya que si se aborda este problema debería tenerse muy presente.


En los debates y en las conversaciones que hemos mantenido, se nos alega por quienes defienden este proyecto de ley que algunas de las cosas que estamos planteando supondrían colapsar en estos momentos el funcionamiento de estos registros e
incluso un coste elevado del mismo. No compartimos este planteamiento, primero, porque no les estamos hablando de hacer algo moviendo todas las anotaciones registrales que existen en estos momentos, sino hablando de cara al futuro, y sobre todo
porque permítanme que les diga que esta ley tiene la oportunidad de establecer un modus operandi distinto de cara al futuro, de manera que los procedimientos basados fundamentalmente en la exigencia de una representación gráfica, basados en un
levantamiento topográfico previo a cualquier inscripción, sea registral o sea catastral, el establecer esos procedimientos sin duda va a permitir evitar contenciosos futuros y eso da más seguridad jurídica y al mismo tiempo evita costes a los
ciudadanos que, en definitiva, es uno de los objetivos que se dice perseguir por parte de la ley. ¿En qué supuestos los planteamos? Supuestos de inmatriculaciones, es decir, ab initio; supuestos de reordenación urbanística de los terrenos y
supuestos en que exista falta de concordancia entre la realidad física y la realidad registral. Insisto, lejos de suponer un exceso burocrático, eso permitiría dar más garantías jurídicas a los ciudadanos.


Al parecer ello choca con un obstáculo que otra vez vuelve a ser insalvable y son los intereses de los registradores de la propiedad en un conjunto de leyes que en estos momentos se está tramitando. Me parece que ya lo ha situado con
bastante claridad y contundencia mi compañero Gaspar Llamazares en el debate de la ley anterior. Que los registradores de la propiedad hayan invertido recursos muy importantes en la puesta en marcha del programa geobase registral lo podemos
entender, pero que esa inversión que ellos previeron para un escenario jurídico distinto sea el obstáculo para ahora incorporar modificaciones que se les están planteando por parte de muchos grupos me parece que es confundir intereses de cuerpo con
intereses generales, que es lo que desgraciadamente está haciendo el Gobierno en las últimas leyes que nos ha traído a esta Cámara.


En relación con el resto de enmiendas de los grupos, vamos a intentar en la medida de lo posible votarlas favorablemente. Quiero citar concretamente una presentada por el Grupo de Convergència i Unió que creo que vale la pena que se tenga
presente y es en cuanto al margen de tolerancia de error situado en el proyecto de ley en el 10 %. Creemos que el planteamiento de reducirlo al 5 % es sensato, porque un 10 % de margen de tolerancia de error en una inscripción nos parece exagerado.
Por el contrario, no vamos a apoyar las enmiendas presentadas por el Grupo Popular, primero, porque sinceramente no nos parece una manera de elaborar las leyes. Déjenme hacerles una confesión. Como persona que estaba



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obligada en la sociedad civil a tratar con leyes, notaba cierto déficit técnico en la elaboración de las mismas, que luego resulta que acaban pagando los administrados y los agentes jurídicos. Nunca me hubiera podido imaginar el proceso de
elaboración de las leyes con las que me he encontrado en esta Cámara. Lo siento pero debo decirlo porque además mis compañeros de profesión me piden cuentas y yo les tengo que decir: lo siento pero a mí no me las pidáis, vengo denunciándolo, como
otros diputados en esta Cámara. Al principio, como yo no estaba en la Comisión de Justicia —estaba en la Comisión de Economía—, pensaba que eso era porque como los economistas ya han decidido que el derecho no existe, total para qué tener criterio
jurídico en las leyes. Eso es lo que me permitía pensar que estar discutiendo decretos-leyes que modifican proyectos de ley que aún no han sido ni tan siquiera aprobados, ya no solo en segunda lectura por el Congreso sino ni tan siquiera en
primera, era algo propio solo de la Comisión de Economía. Eso ha pasado en dos circunstancias en los últimos dos años. Estamos en este momento modificando por segunda vez una ley concursal por decreto-ley que aún no se ha discutido en su
tramitación legislativa con la anterior redacción, que también se modificó cuando aún no se había discutido la anterior. Yo pensaba que eso era cosa de los que están en la Comisión de Economía, pero, claro, cuando vengo a esta Comisión y veo que
por ejemplo en esta ley a las 18:01 me presentan unas modificaciones que incorporan enmiendas a enmiendas que el Grupo Popular hizo al proyecto de ley y tienes que tomar decisiones en escasos segundos, creo que el problema no es de la Comisión de
Economía, es un problema grave. Quien se acostumbra a gobernar con mayoría absoluta ya no solo no respeta a las minorías, sino que no respeta una cuestión básica que es la seguridad jurídica. Entonces, como el «BOE» está a mano todos los viernes y
todos los sábados, para qué establecer el más mínimo rigor.


Reproduzco aquí lo que dije en el Pleno en relación con lo que supone esta ley respecto a las inmatriculaciones de la Iglesia. Sin duda la responsabilidad es compartida desde 1998 para que se haya podido hacer lo que se ha hecho después de
que el Gobierno Aznar diera carta blanca a la posibilidad de inmatricular bienes sin ningún tipo de garantía y estableciendo claras discriminaciones favorables a una determinada confesión que ponen en duda todo el concepto de laicidad y que están
permitiendo que bienes de uso público que han sido mantenidos durante siglos y siglos con el esfuerzo de los ciudadanos acaben siendo inmatriculados como bienes de la Iglesia. No me refiero al conflicto que hay en estos momentos con la situación de
la Mezquita de Córdoba.


Termino haciéndoles una observación a sus señorías. Si se dan cuenta ustedes, las circunstancias de la vida nos han permitido que hoy estemos en una misma sesión de la Comisión de Justicia discutiendo leyes que aparentemente no tienen nada
en común, la ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes con otra ley que lo que intenta es dar más seguridad jurídica al trato entre los ciudadanos. Permítanme que les diga que tienen bastante que ver una con la otra,
la historia nos lo ha puesto encima de la mesa. Hace un momento todo el mundo estaba orgulloso y contento de que por fin se restituyera un derecho, quinientos años después, a quienes fueron víctimas de una injusticia, los sefardíes. Gracias al
diputado portavoz de Convergència i Unión Jordi Jané, hemos tenido la oportunidad de ver un documento histórico, en el cual alguien reivindicaba su condición de hidalguía y, a través de eso, sus derechos, se supone, también de nacionalidad. Han
cambiado algunas cosas, pero no los valores. Ahora ya no hace falta acreditar la hidalguía para acceder a la nacionalidad, ahora gracias a la Ley de Emprendedores se puede acceder al permiso de residencia y facilitar el acceso a la nacionalidad a
partir de ser rico, es decir, de poder comprar propiedades o bienes del capital. Han cambiado algunas cosas, pero el concepto de nacionalidad que tienen algunos continúa siendo el mismo, es el de una gran injusticia. Tomen nota ustedes de lo que
supone que en estos momentos este Estado, al cual nosotros representamos legislativamente en este Cámara, esté negando la nacionalidad a personas que llevan muchos años viviendo entre nosotros y aportando sus impuestos, simplemente porque son
pobres, y se les esté otorgando el permiso de residencia e indirectamente la nacionalidad a otros, porque son ricos y pueden comprar propiedades. Espero que no tarden ustedes quinientos años más en restituir esta profunda desigualdad que están
cometiendo durante esta legislatura.


El señor PRESIDENTE: Pasamos al Grupo Parlamentario de Convergència i Unió. El señor Jané tiene la palabra.


El señor JANÉ I GUASCH: Señorías, una vez más lamentamos las formas: competencia legislativa plena y enmiendas que aterrizan en esta Comisión de Justicia pocos minutos antes de ser votadas. Este portavoz no ha podido estudiarlas, no ha
podido conocer exactamente qué es lo que hoy vamos a aprobar. En un proyecto de ley necesario, al que nuestro grupo no planteó enmienda a la totalidad porque



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entendemos que es necesario que se legisle al respecto, nos vamos a abstener en su votación final, porque si no lo conocemos bien y nadie se ha dirigido a nosotros para explicarnos bien aquello sobre lo que vamos a legislar hoy, yo tampoco
voy a dar un cheque en blanco con un voto favorable sin saber exactamente cuál es el contenido de lo que estoy votando. Por tanto, lo lamento, pero ya avanzo que por razones técnico-formales no puedo dar el apoyo a este proyecto de ley y me voy a
abstener.


También lamento que ni una sola de nuestras enmiendas haya sido objeto de aprobación o de aproximación, porque en ocasiones pueden ser rechazadas, pero puedes tener puntos de encuentro, cosa que en este caso no se ha producido. Por tanto,
lamentamos también esta oportunidad perdida. Este es un proyecto de ley del que se habla poco, pero es importante porque nos afecta a todos, porque la realidad física, las fincas, sean urbanas o rústicas, la realidad inmobiliaria es solo una. El
ámbito sobre el que actúa este proyecto de ley es único, la realidad corpórea, sea una finca rústica o una finca inmobiliaria, urbana, pero jurídicamente describimos esa única realidad a través de dos instituciones que tienen una naturaleza y unas
competencias diferenciadas, que son el Registro de la Propiedad por un lado y el Catastro por otro.


¿Qué es lo que debemos intentar? Debemos intentar que ambas instituciones, que intentan reflejar la misma realidad física, concuerden. Esto es seguridad jurídica. Aquello que hoy no estamos aplicando aquí, porque vamos deprisa aprobando
este proyecto de ley, es lo que en principio busca el propio proyecto de ley: aportar seguridad jurídica, encontrar cauces de colaboración entre Catastro y el Registro de la Propiedad, actuar de forma coordinada y que cuando hablamos de esa
realidad —sea en el Catastro, sea en el Registro— hablemos de la misma cosa. Por tanto, es necesario un proyecto de ley como el que hoy estamos debatiendo. De ahí que hayamos planteado enmiendas, a algunas de las cuales quiero referirme.


Cuando legislamos tenemos la obligación de escuchar a cuantos se dirigen a nosotros y hay un colectivo, los topógrafos, que se ha dirigido a este portavoz. Los topógrafos anhelan poder ver reflejado en este proyecto de ley su trabajo
científico, que es importante y merece una valoración. Por ejemplo, pediríamos que cada vez que en el proyecto de ley se alude a una representación gráfica —son cuarenta y seis veces— pudiéramos cambiar esa expresión por representación topográfica
o cartográfica georreferenciada. Entendemos que sería más completo y que contribuiría a lo que queremos con este proyecto de ley, que no es otra cosa que certidumbre. Queremos que el Catastro y el Registro sean lo más certeros posible. Decía
santo Tomás de Aquino que la certidumbre pertenece a la dignidad de la ciencia. Eso es lo que buscamos: certidumbre. La certidumbre que anhelamos podríamos mejorarla si escucháramos e intentáramos trasladar aquí las aportaciones que nos hace el
colectivo de los topógrafos.


Por ejemplo, en el artículo 9 de la Ley Hipotecaria que hoy se va a modificar ya se establece actualmente que puede completarse la identificación de la finca mediante la incorporación al título inscribible de una base gráfica o mediante su
definición topográfica con arreglo a un sistema de coordenadas geográficas referido a las redes geodésicas y de nivelación en proyecto expedido por técnico competente. Dice: Cuando conste acreditada, se expresará la calificación urbanística,
medioambiental o administrativa correspondiente por el procedimiento que reglamentariamente se establezca al efecto. Ahora esto no va a figurar y entendemos que ello limita la posibilidad de añadir esa identificación que ayudaría a la mayor
certidumbre que todos deberíamos pretender. Por tanto, lo lamentamos. Por otra parte, como decía antes el señor Coscubiela, debemos buscar unos porcentajes de exceso de cabida que realmente podamos admitir jurídicamente en aras de la seguridad
jurídica que todos pedimos que se respete. Entendemos que ese porcentaje no debería exceder del 5 % en la cabida inscrita y, sin embargo, el proyecto sigue manteniendo porcentajes mayores que se apartan de esa certidumbre.


En cuanto a otros aspectos, quiero referirme a una enmienda que no hemos presentado, pero que vamos a presentar en el Senado. En el artículo 10 de la Ley Hipotecaria se establecen supuestos en los que pueda aportarse una representación
gráfica georreferenciada complementaria o alternativa a la certificación catastral gráfica y descriptiva. Sin embargo, nos hemos dejado un supuesto importantísimo, que es cuando en operaciones registrales de compraventa, de permuta, de segregación
o de agrupación, los titulares manifiestan que la titularidad física real no se corresponde con la certificación catastral descriptiva y gráfica. Cuando los propios titulares en esas operaciones están manifestando que no hay concordancia sería
bueno que se pudiera aportar la representación gráfica geoerreferenciada y complementaria. Por tanto, señor presidente, también hay aspectos que hay que mejorar. Es un proyecto de ley necesario y útil, pero podría haberse abierto más al diálogo y
al consenso de los grupos parlamentarios para haber intentado incorporar aportaciones que, como el caso de Convergència i Unió, todas tienen un ámbito técnico, de mejora legislativa y, lamentablemente, hoy no se van a incorporar a este proyecto de



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ley. Por tanto, para nosotros es una ocasión perdida. Es un proyecto de ley que, en el día a día, va a tener una evidente repercusión práctica sobre los asientos que acabarán inscribiéndose en el Registro de la Propiedad, va a buscar esa
mayor certidumbre y esa mayor colaboración con el Catastro. Evidentemente, necesitamos mejores leyes. En algunas de nuestras enmiendas —y lamentamos que no se aprueben— incidíamos también en que, cuando se inscribe una finca nueva y ya se ha
constituido la comunidad de propietarios, con unos estatutos, poder incorporar todo ello a la realidad registral es positivo y abunda en una mayor certidumbre.


Lamentablemente, al no incorporarse ninguna de nuestras enmiendas, hoy tenemos que discrepar finalmente y no aportaremos ese voto positivo, tal y como nos hubiera gustado realizar cuando se presentó el proyecto de ley y no presentamos
enmienda a la totalidad de devolución. Con eso termino, señor presidente. Cuando un grupo parlamentario, ante un debate de totalidad, no ha presentado enmienda de devolución, el grupo mayoritario debería dirigirse a ese grupo para ver si lo
incorpora ya finalmente al consenso que inicialmente ese grupo está trasladando cuando no hace una enmienda de devolución. Ello no ha sido así y, por tanto, lo lamentamos. Pero no por ello queremos dejar de dar valor al proyecto de ley que hoy se
aprueba, que va en la buena dirección, pero que, evidentemente, es mejorable.


El señor PRESIDENTE: Corresponde ahora el turno al Grupo Parlamentario Socialista y, en su nombre, el diputado señor Morlán tiene la palabra.


El señor MORLÁN GRACIA: Permítame que inicie mi intervención parafraseando a Mario Benedetti: Cuando creía que tenía preparadas las respuestas, me cambiaron las preguntas. Eso ha sucedido con este proyecto de ley. Uno hace con mucho
esfuerzo y con mucho trabajo las enmiendas a un proyecto de ley que fue sometido a debate de totalidad en el Pleno, y se encuentra con que este proyecto de ley, de dos artículos y varias disposiciones transitorias, derogatorias y finales, es
modificado por otras enmiendas del Grupo Popular, en definitiva del propio Gobierno, que varían sustancialmente muchos aspectos del mismo, y no para mejorarlo, sino para empeorarlo.


Hemos presentado un grupo de enmiendas que, aun siendo enmiendas que afectan al conjunto del proyecto, inciden en dos de los aspectos fundamentales que existen. Un aspecto tiene que ver con la inmatriculación de los bienes de la Iglesia,
donde desaparece esa prórroga del año que se había dado a la Iglesia católica para que siguiera inmatriculando. Por tanto, a partir del momento en que entre en vigor la ley no se podrá producir ninguna inmatriculación, pero queda pendiente ver qué
sucede con todo lo que se ha inmatriculado desde 1998 hasta ahora. Pretendemos saber, a través de nuestra enmienda 59, qué bienes son, dónde están, de qué se trata, quién era el titular, cuándo se ha producido esa inmatriculación. Por ello,
hicimos una pregunta por escrito al Gobierno, en la que solicitábamos estos datos, pero nos hemos encontrado con la sorpresa de que el Gobierno no nos los puede dar porque están en manos de los registradores de la propiedad. No entiendo cómo es
posible que, siendo unos funcionarios públicos, una institución pública, según dice el Gobierno, no tiene la capacidad para obligar, para solicitar esa relación de bienes desde 1998 hasta ahora inmatriculados a favor de la Iglesia católica, y que
sean suministrados a todos nosotros para nuestra información y para ver de qué se trata, porque todavía no lo sabemos. Por ello, seguimos manteniendo esa enmienda y seguimos planteando que es necesario que eso se conozca porque da la impresión, por
lo que se dice —puesto que no hay ninguna información oficial—, de que estos bienes están mal inmatriculados y que están a favor de la Iglesia porque se trata de viales, de plazas, de bienes de dominio público; son bienes demaniales, no son bienes
patrimoniales de la Iglesia, y como tales bienes demaniales, si no demuestra su titularidad debidamente, tienen que volver al dominio y al uso público. Eso es lo que pretendíamos nosotros con la enmienda número 59 que hemos presentado y a la que he
hecho referencia. Ya digo que en esa respuesta que se nos da en modo alguno se nos dice que nos puedan dar contestación a ese planteamiento, a esa formulación, y también se nos dice que si queremos algo que vayamos a los tribunales. Si tienen que
ir todos los ayuntamientos a los tribunales para reclamar una plaza que está inscrita a favor de la Iglesia y tienen que costearse el pago de esa demanda, no creo que esa sea la fórmula más adecuada, sino que tendría que ser a iniciativa del propio
Gobierno como se llevara a cabo este tipo de intervenciones.


El segundo aspecto por el que planteábamos esta enmienda de devolución y que ahora hemos traducido en enmiendas parciales tiene que ver con el hecho de que este proyecto de ley decanta la balanza hacia el Registro en demérito del Catastro,
en detrimento del notariado y de la propia Administración de Justicia. Del equilibrio actual que toda la doctrina ha venido reconociendo y apoyando, en virtud del cual el derecho sobre un bien se reconocía a través de escrituras notariales y
sentencias judiciales —en



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el Catastro se inscribía el bien a efectos fiscales fundamentalmente y en el Registro se inscribía la existencia de un derecho ya reconocido—, con este proyecto de ley se pasa a que los registradores tienen la facultad para reconocer,
interpretar y atribuir derechos e inscribirlos, dejando de lado a los notarios y a los jueces, que solo actúan en última instancia. Por ejemplo, en un expediente de dominio actúa el registrador, no un juez, y por ello una de las enmiendas que hemos
presentado plantea que en los expedientes de dominio se establezca un procedimiento para resolverlos articulado en torno a la figura del juez. Por eso hemos planteado también que en esa corrección que formulamos sobre la preeminencia del Registro
sobre las demás instituciones se diga que si los registradores quieren tener el folio real que lo tengan y que se puede plantear a efectos internos del propio Registro, pero no es un nuevo DNI reconocido a todos los efectos, como puede ser el DNI
que se deriva del Catastro. Si tiene que haber una coordinación entre Catastro y Registro, la información del Catastro debería prevalecer, y no es así. A partir de este momento, tal como está establecido en el texto del proyecto de ley, agravado
por las propias enmiendas del Partido Popular, lo que sucede es que la información del Registro es la que va a prevalecer sobre la información que tenga el Catastro e incluso sobre las propias decisiones judiciales, que se van a ver condicionadas
por lo que diga el Registro. Es decir, quien puede reconocer un derecho, que es un juez a través de su sentencia o un notario a través de una escritura pública, pierde esa facultad porque el Registro de la Propiedad tiene ahora un magnífico
proyecto, Geobase, que técnicamente está muy avanzado, es muy bueno, pero indudablemente eso no puede ser razón suficiente para que ya de él surjan las garantías suficientes para reconocer un derecho. Estamos de acuerdo en que el derecho se
inscriba en el Registro, pero ese derecho tiene que seguir reconociéndolo quien ha tenido esa facultad tradicionalmente en nuestro país, que han sido los notarios y los jueces. Por ello, las enmiendas van dirigidas a que el Catastro no quede
marginado, a que en un expediente de deslinde de fincas inscritas sea el que lo solicita el que pueda optar entre el juez o el notario competente y no, como plantea el proyecto, que el competente sea el notario, también puede serlo el juez.
Plantemos también que el notario competente sea el del territorio donde se ubique la finca y no cualquier otro de la provincia o de la capital de la provincia, pues con ello lo que estamos haciendo es perjudicar a los usuarios, a los ciudadanos de
las zonas rurales, y eso traería consigo una disminución de los servicios que pueden prestar los notarios en los diversos territorios. Regulamos —como he indicado antes también— la tramitación de los expedientes de dominio ante el juez, que el
proyecto elimina. En los casos de subsanación de la doble o múltiple inmatriculación de una finca o parte de ella en varios folios registrales distintos, pretendemos que se lleve a cabo por el juez o notario, que son los que generan el derecho, y
no por parte de los registradores, tal y como figura en el proyecto. La liberación de cargas y gravámenes por prescripción, caducidad o no uso también debe poder plantearse ante el juez y no solo ante el registrador.


Creo que este proyecto de ley establece una serie de prevenciones y de cautelas donde la marginación del notario y del juez es demasiado ostentosa y esto se debería reconsiderar. Por eso las enmiendas van en la dirección que he planteado.
También hay otro aspecto que me gustaría destacar, y es que este proyecto de ley es excesivamente reglamentista. Se están estableciendo una serie de condiciones y de regulaciones que pueden ser perfectamente modificadas con el día a día de la
gestión y que, al adquirir la condición de norma legal, para su modificación van a exigir una serie de condiciones y de plazos que van a desvirtuar esa flexibilidad que se pretende a la hora de llevar a cabo toda la tramitación interna que tiene que
producirse. Es decir, se elevan a carácter de normas que pueden variar el día a día, una serie de planteamientos, de formulaciones, de pretensiones, que lo que hacen es legalizar aspectos que con una regulación tipo reglamento podrían perfectamente
ser comprensibles. En definitiva, la aprobación de este proyecto de ley, tal y como va a quedar con la incorporación de las enmiendas del Grupo Popular, va a suponer que los registradores se apropien de la seguridad jurídica preventiva en España
como únicos titulares en materia de Registro de la Propiedad. Esto es muy grave. Otros casos ha habido y se han comentado a lo largo de la tarde y en otros momentos de la tramitación de otras leyes, donde hay una atención muy especial a ver cuál
va a ser el futuro de los registradores y del Registro de la Propiedad. Conozco pocos países, por no decir ninguno, donde esta formulación que existe en España se mantenga. En otros países no existen los registros de la propiedad; en otros países
están funcionando instituciones similares al Catastro, que es el que, como órgano de la Administración, como dirección general de la Administración pública, tiene que tener la información detallada de todos los aspectos precisos y concretos que
requieren la definición de cada una de las fincas, los límites, los deslindes. Tiene que tener toda la geografía catastral de cualquier parcela para que, en base a ella, se vayan reconociendo derechos y que el registrador se limite a su
inscripción.



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Por todo ello, señorías, nosotros vamos a seguir manteniendo las enmiendas que hemos planteado. Entendemos que son unas enmiendas que pretenden reconducir a una situación más normal en la que funcione una mejor coordinación entre las
instituciones como el Catastro y el Registro, y que las decisiones judiciales y las escrituras públicas de los notarios sean los referentes y los que generen el derecho. Por lo tanto, decantarse en una determinada dirección no es ni bueno ni
positivo para el desarrollo de una actividad, y más cuando estamos hablando de intervenciones en las que el cobro de aranceles se va a dar con mucha asiduidad, y eso va a ir en perjuicio del ciudadano. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Finalizamos este turno con la intervención del Grupo Popular. En su nombre, el diputado señor Ordóñez tiene la palabra.


El señor ORDÓÑEZ PUIME: Señorías, intervengo hoy para defender la postura de mi grupo parlamentario en el proyecto de ley por el que se modifica la Ley Hipotecaria y del Catastro. Este proyecto de ley viene a culminar una larga y sentida
aspiración ciudadana que no es otra cosa que la coordinación e identificación entre el contenido del Catastro inmobiliario y el Registro de la Propiedad en materias como la descripción de bienes, pero sobre todo porque esta interoperatividad va a
permitir una colaboración y una comunidad de datos que indudablemente van a mejorar la posición y la seguridad jurídica de los derechos que los ciudadanos tengan inscritos.


Hemos escuchado cómo se atribuye a esta reforma, fundamentalmente desde algunos grupos de la oposición, un carácter privatizador. Se dice que ataca a los derechos de los ciudadanos y que es excesivamente reglamentista. En cuanto a la
acusación de privatizador, solo quiero señalar que estamos hablando del Registro de la Propiedad y del Catastro inmobiliario y ni uno ni otro son privados. El uno está adscrito al Ministerio de Justicia y el otro al Ministerio de Hacienda; ambos
están integrados por funcionarios públicos que acceden al puesto con sujeción a los principios de mérito y capacidad, pero sobre todo porque desarrollan un servicio público tan meritorio, relevante y fundamental, como salvaguardar, con el mayor tino
en derecho posible, los derechos de los ciudadanos. Más aún, al constituir como elemento esencial de la inscripción la utilización de la cartografía y la certificación catastral, y dado además el carácter gratuito de la información que prevé el
Catastro, este proyecto de ley lo que está haciendo es justamente lo contrario, es decir, abaratar el proceso de descripción gráfica de las fincas y, por lo tanto, está incentivando una mayor seguridad jurídica en la titularidad de los derechos de
los ciudadanos como es el acceso al Registro. No olvidemos, señorías, que el acceso a la inscripción en el Registro es meramente optativa, es declarativa; la inscripción tiene ese efecto, solo demanda la inscripción, y por tanto el carácter
constitutivo, en algunos casos excepcionales como puede ser cuando se constituye una hipoteca.


En cuanto al contenido sometido a esta Comisión, deseo manifestar lo siguiente. De las ciento ocho enmiendas presentadas han sido aprobadas cuarenta y tres, dejando el resto para esta Comisión, y hoy se han aceptado tres enmiendas más de
los grupos de Unión Progreso y Democracia y Unión del Pueblo Navarro, a quienes agradezco su disposición. De las enmiendas que el Grupo Popular tiene incorporadas en ponencia, la mayoría de ellas —y con ello también contesto a los reproches que se
formulan desde algún grupo de la oposición— son meramente correcciones técnicas, aclaratorias de la redacción y reordenación del articulado para que la aprobación del proyecto de ley no suponga una ruptura con la ordenación actual de la materia,
pero también se han incorporado enmiendas de fondo, a las que voy a referirme en estos momentos.


La enmienda 66 profundiza en uno de los pilares de este proyecto, refuerza y garantiza la coordinación entre el Registro de la Propiedad y el Catastro en cuanto que la superficie literal y gráfica de una misma finca ha de ser idéntica en
ambos registros. En este mismo sentido va la enmienda 67, al establecer que una vez se dé esa armonía entre ambos registros no se podrá realizar de manera unilateral por el Catastro la rectificación de una finca. En la enmienda número 66 se
instrumenta además un mecanismo que facilita las comunicaciones con el titular registral. Respecto a la inmatriculación de los bienes de la Iglesia, la enmienda número 69 del Grupo Parlamentario Popular plantea una modificación estructural en el
reparto del articulado del proyecto, pero, además, al modificar la vacatio legis y permitir la entrada en vigor de esta norma, está imposibilitando a la Iglesia católica el que pueda seguir inmatriculando fincas con la mera certificación propia. Me
referiré a este punto más adelante. En el expediente de deslinde de fincas se fortalece, además, mediante la enmienda 71, la protección de los titulares de fincas colindantes afectadas. De esta manera, el promotor del deslinde deberá aportar,
junto con la información de la finca objeto de deslinde, las de aquellas colindantes afectadas. Esta medida garantiza una mayor precisión en el



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expediente. También con la misma enmienda se reduce el riesgo de un uso fraudulento de estos procedimientos de deslinde para eludir requisitos urbanísticos, fiscales y civiles a que el ordenamiento somete a operaciones de permuta de
terreno, segregaciones, agregaciones simultáneas entre fincas, etcétera.


Un importante bloque de enmiendas que han quedado incorporadas en ponencia y que han sido presentadas por mi grupo son las enmiendas a la Ley del Catastro Inmobiliario; son veintitrés enmiendas en total. Con la enmienda 85 se adapta la
normativa catastral… (Rumores).


El señor PRESIDENTE: Perdón, señor Ordóñez. Por favor, señorías, guarden silencio, hay un orador en el turno de la palabra y además los servicios técnicos tienen dificultades de audición para poder desarrollar su labor. Señorías, les
ruego guarden silencio. Gracias.


Continúe, señor Ordóñez.


El señor ORDÓÑEZ PUIME: Con la enmienda 85, decía, se adapta la normativa catastral a lo que marca el Tribunal Supremo sobre la calificación catastral en materia de suelos urbanizables. En sentencia de 30 de mayo de 2014 se estableció que
aquellos suelos urbanizables que no cuenten con ordenación de planeamiento detallado o pormenorizado, deberán ser clasificados como bienes inmuebles de naturaleza rústica al efecto de su valoración registral; hasta ahora eran clasificados como
suelos urbanizables. También con la enmienda 97 se simplifica y agiliza el procedimiento de valoración colectiva para que el valor catastral sea el adecuado cuando hay un cambio de régimen urbanístico. Por lo tanto, esto hace que no sea necesario
aprobar una ponencia de valores, siendo suficiente iniciar el procedimiento publicando un edicto en la sede electrónica de la Dirección General del Catastro.


Voy a referirme ahora muy escuetamente a los motivos por los cuales este grupo parlamentario se opuso a las enmiendas de otros grupos. Lo haré por bloques, tratando de aunar más o menos las enmiendas presentadas por los distintos grupos.
Las relacionadas con la inmatriculación de bienes de la Iglesia católica no pueden ser aceptadas por cuanto supondría la aplicación retroactiva de normas restrictivas de derechos individuales; es decir, no pueden, por lo tanto —de la mano de
nuestra Constitución y de su artículo 9.3—, establecerse unas normas que de alguna manera socaven derechos ya adquiridos con anterioridad. Hay que tener en cuenta, además, que la sentencia del Tribunal Supremo de 16 de noviembre de 2006 ha
considerado que el precepto recogido, que es el 206 de la Ley Hipotecaria, no es inconstitucional; otra cosa es que alguien lo pueda entender más o menos oportuno. Se modifica pero, al ser constitucional, no puede en modo alguno optarse a ese
carácter retroactivo.


En cuanto a las enmiendas sobre la manera de documentar y realizar la representación de los inmuebles y fincas, tengo que decir que este es el caballo de batalla de todos los grupos de la oposición; es un instrumento importante que se
arguye. Consideramos —y lo decimos además con total honestidad— que el proyecto de ley prevé que la cartografía catastral sea la que deba tomarse como base para la posterior inscripción. Decía el portavoz de La Izquierda Plural, y además también
se ha reproducido por el portavoz del Grupo Socialista, señor Morlán, que debiera optarse —y es un planteamiento que también de alguna manera comparte Convergència i Unió— por un informe técnico elaborado específicamente por un cuerpo de técnicos
particulares. Consideramos que tener que acceder necesariamente a este informe y además obligar a los ciudadanos a evacuar unos informes por los que van a tener que pagar unos honorarios y hacerlo además de forma imperativa, es justamente lo que
debe impedirse. Es decir, que se acceda lo más fácilmente y al menor coste posible al Registro de la Propiedad. Muchas veces hay muchas dificultades por parte de los ciudadanos a la hora de inscribir sus bienes, muchas veces hay ciertas
reticencias a practicar esa inscripción. Si efectivamente lo que estamos haciendo es tratar de quitar obstáculos y permitir e incentivar ese acceso al Registro, si estamos obligando además a una serie de informes técnicos concretos, evidentemente
lo estamos encareciendo y, además, impidiendo, restringiendo y limitando esa posibilidad.


Por otro lado, quiero reiterar el agradecimiento, ya expuesto en su día, por el no rechazo de Convergència i Unió en el debate de totalidad, que sirve también para los demás grupos porque de alguna manera nos sentimos afectados por algunas
manifestaciones que se han vertido. Las cuestiones que se han hecho llegar en el día de hoy son meramente técnicas y vienen de la mano de aquellas alegaciones o puntualizaciones que nos habían hecho llegar los letrados y las letradas del
Parlamento. Por lo tanto, lo único que hacemos es recoger esas recomendaciones y trasladarlas mediante unas enmiendas. Cosa distinta es que se refiriesen al fondo o al planteamiento que engloba la norma, pero no se trata de eso. Hay únicamente
tres enmiendas, que además han sido aceptadas, y reitero mi agradecimiento a los dos



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grupos, Unión Progreso y Democracia y Unión del Pueblo Navarro, en las personas del señor Martínez Gorriarán y del señor Armendáriz, porque efectivamente han aceptado esas enmiendas que nosotros entendíamos que afectaban al contenido de la
norma; no así las otras que, reitero —y además pido disculpas en ese sentido—, se trata únicamente de actuaciones tendentes a ajustarse a las recomendaciones de los letrados.


En relación con las demás enmiendas, Convergència i Unió nos plantea la posibilidad de incorporar también en el Registro aquellas actuaciones que puedan llevar —enmienda 36— a cláusulas abusivas o que pueda rechazar el registrador en este
sentido. Consideramos que tal vez sean demasiados restrictivos los condicionantes del Registro de la Propiedad como para que de alguna manera el registrador de la propiedad pueda constituirse en juez de esas incorporaciones. En términos similares,
consideramos que incorporar las modificaciones que se pueden plantear al amparo de la Ley de Propiedad Horizontal al Registro de la Propiedad, sinceramente exceden de lo que es el marco de esta norma y son más propias de otra, pero no en estas
modificaciones concretamente. Consideramos que la certificación descriptiva y gráfica —lo reiteramos— es un instrumento pleno, es un instrumento capaz y es un instrumento importante y, por lo tanto, es un instrumento hábil para practicar esa
inscripción, además con la facilidad de acceso y la gratuidad. Es decir, no se puede hablar de aranceles cuando precisamente en este caso se excluye cualquier arancel sobre esas informaciones. Termino, por tanto, mostrando mi agradecimiento al
señor Jané y pidiendo disculpas a los demás grupos por estas modificaciones de estas enmiendas, pero evidentemente es un texto que está en tramitación y no es el definitivo y, por tanto, puede haber alguna modificación también en el futuro.


Quería señalar al señor Morlán —reiterando mis disculpas por traer estas modificaciones puramente técnicas, que nada tienen que ver con el contenido— que hay un error en las puntualizaciones que efectúa en cuanto a las competencias que aquí
se atribuyen a los registradores y las que se atribuyen a los notarios. El artículo 201, al hablar del expediente para rectificar la descripción, superficie o linderos de cualquier finca registral dice que podrá promoverlo el titular registral de
la totalidad o de una cuota indivisa en el dominio, o de cualquier derecho real, mediante la aportación al notario de la descripción registral de la finca. Estamos hablando del notario. El artículo 202 dice que el expediente…


El señor PRESIDENTE: Señoría, le ruego que vaya concluyendo, por favor.


El señor ORDÓÑEZ PUIME: Termino ya, señor presidente.


El artículo 202 dice que el expediente deberá tramitarse ante notario hábil. Estamos hablando de notarios, pero, evidentemente la inscripción tiene que practicarla el Registro de la Propiedad. El papel que juegan los registradores de la
propiedad no lo ha inventado el Partido Popular; hay una realidad histórica que es la que es y que nosotros no vamos a cambiar.


Consideramos que la representación gráfica y georreferenciada de la finca y su coordinación con el Catastro es fundamental, esencial y prevalente; por tanto, son informes relevantes y suficientes —a mayor abundamiento se podrán aportar
otros informes técnicos— para practicar una inscripción registral. El acceso a la vía judicial está expedito, otra cosa es que si no hay ninguna confrontación de las partes y están de acuerdo todos pueda excluirse esa vía judicial, lo que, de
alguna manera, es favorecer una mayor desjudicialización de procedimientos administrativos, sin perjuicio de que la vía judicial quede expedita para el supuesto de desacuerdo. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Señorías, pasamos a continuación a someter a votación los dos proyectos de ley que han sido debatidos esta tarde. En primer lugar, votaríamos el proyecto de ley referido a la concesión de la nacionalidad española a los
sefardíes originarios de España. (El señor Olabarría Muñoz pide la palabra).


Tiene la palabra, señor Olabarría.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Señor presidente, intervengo para anunciar la retirada de las enmiendas 9 y 10 de mi grupo parlamentario, relativas a la exposición de motivos de este proyecto de ley. Sin perjuicio de ello y a efectos de
ilustración, quiero indicar que uno tiene la impresión de que en esta Comisión, dado el desorden y su decurrir un tanto caótico, ya estamos en el fin de una legislatura. Sí, pasa en todas; no hay ningún problema; nada nuevo bajo el sol. Las
cosas son comos son, está en la naturaleza



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de las cosas. Y como se ha hablado de los agotes, que no sé si todo el mundo sabe lo que son, quiero decir que fue un colectivo de personas perseguidas en el Reino de Navarra, lo que sería Euskadi hoy, por apostasía y por practicar
determinadas…(Rumores).


El señor PRESIDENTE: Señorías, silencio. Aunque se esté terminando la legislatura, vamos a mantener las formas.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: Siempre conviene aprender algo, aunque sea en las postrimerías de la legislatura.


El señor PRESIDENTE: Hemos cerrado el debate. (Rumores). Señorías, silencio, por favor. Vamos a mantener las formas y no abramos un debate nuevo cuando ya lo hemos cerrado, señor Olabarría.


El señor OLABARRÍA MUÑOZ: No pretendo interpelar ni establecer ningún debate o confrontación dialéctica con nadie, pero es que se ha hablado de los agotes y tengo la impresión de que en esta legislatura no habrá muchas personas que sepan
quiénes eran los agotes.


El señor PRESIDENTE: Tiene treinta segundos para que nos lo explique, si su señoría quiere. (Rumores.—Risas).


Silencio, señorías. Vamos a proceder a la votación. Les ruego atención porque hay votaciones separadas. En primer lugar, del Grupo Mixto, señora Fernández Davila, votación de la enmienda número 7.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 33; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos a continuación la enmienda número 8 de la misma diputada, señora Fernández Davila.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Pasamos a votar las enmiendas del señor Tardà i Coma; en una sola votación las enmiendas 37, 38 y 39.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 24, abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos a continuación las enmiendas pertenecientes al Grupo Parlamentario Vasco, una vez que se han retirado las número 9 y 10, y lo haremos en tres bloques. En primer lugar, la enmienda número 13.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 24; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos a continuación la enmienda número 12, que estaba en el bloque con la enmienda número 10, que ha sido retirada; por tanto, queda por someter a votación la número 12.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 7; en contra, 37.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


A continuación votamos la enmienda número 11.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 24; abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos a continuación en tres bloques las enmiendas del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia. En primer lugar, enmienda número 4.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 24; abstenciones, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos a continuación la enmienda número 6 del mismo grupo parlamentario.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 24; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos a continuación el resto de enmiendas del Grupo de Unión Progreso y Democracia, que serían las número 3 y 5.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 37; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos a votar las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural. Lo haremos en tres bloques. En primer lugar, enmienda número 17.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 37; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las enmiendas 20, 22 y 24.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos el resto de enmiendas del Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 7; en contra, 24; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las enmiendas correspondientes al Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y lo haremos también en tres bloques. En primer lugar, enmiendas 33, 35 y 36.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 26.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos el segundo bloque de enmiendas, que serían las número 25, 27 y 28.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 25; abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos el resto de enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). (La señora Silva Rego pide la palabra).


Señora Silva.


La señora SILVA REGO: Señor presidente, hay que votar la enmienda 26, porque habíamos pedido votación separada.


El señor PRESIDENTE: Tiene razón su señoría.


Votamos la enmienda número 26.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 5; en contra, 39.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Ahora sí votamos el resto de enmiendas de este grupo parlamentario.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 40; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos a votar las enmiendas del Grupo Socialista número 41, 42, 43, 44, 45, 46 y 48.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


También del Grupo Socialista votamos la enmienda de vuelta al texto anterior a la incorporación de las enmiendas del Grupo Parlamentario Popular número 61 y 66.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 24; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda del Grupo Socialista también de vuelta al texto anterior a la incorporación de las enmiendas número 63 y 64 del Grupo Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 24; abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos ahora las enmiendas transaccionales in voce y de corrección técnica en cinco bloques. La primera votación es la de la enmienda transaccional que integra las enmiendas 52, 53 y 54 solamente en lo que se refiere al artículo 1.5.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; en contra, 16; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


La segunda votación es la del resto de la enmienda transaccional que hemos votado anteriormente que engloba las enmiendas 52, 53 y 54 del Grupo Parlamentario Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 40; en contra, 2; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


En tercer lugar, votamos la enmienda transaccional a la enmienda número 57 del Grupo Parlamentario Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; en contra, 15; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos a continuación la transaccional que ha presentado el Grupo Parlamentario Popular a la exposición de motivos.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 40; en contra, 2; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos el resto de enmiendas transaccionales in voce y de corrección técnica que han sido presentadas por el Grupo Parlamentario Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 40; en contra, 2; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Señorías, por último votamos el texto del informe con las enmiendas ya aprobadas que lógicamente están incorporadas al texto, así como las correcciones técnicas que han formulado las letradas de la Comisión.


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el proyecto de ley por unanimidad. (Aplausos).


Pasamos a continuación a votar la reforma de la Ley Hipotecaria. Lo haremos según lo han solicitado sus señorías y los distintos portavoces en diferentes votaciones. En primer lugar, enmiendas del Grupo Parlamentario Mixto, señor Salvador.
Lo haremos en tres votaciones. Primero votamos la enmienda 32.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 7; en contra, 23; abstenciones, 13.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda número 29, también del señor Salvador.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 2; en contra, 39; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda número 30.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 26.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos ahora la enmienda del señor Cuadra Lasarte, que es la número 2.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 25; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la enmienda que queda viva del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, que es la número 41.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 24; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos ahora las enmiendas correspondientes al Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural. En primer lugar, la enmienda número 3.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 24.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos ahora en un segundo bloque las enmiendas 4, 5, 7, 8, 12, 17, 18, 22 y 27, también del Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 24; abstenciones, 16.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos ahora las enmiendas 16, 19 y 20.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 4; en contra, 37; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos a continuación el resto de enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario de La Izquierda Plural.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 24; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos a continuación a votar las enmiendas presentadas por el Grupo Catalán de Convergència i Unió, y lo haremos en tres bloques. En primer lugar, las enmiendas 33, 36 y 39.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; en contra, 24; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Enmiendas números 34 y 37.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 6; en contra, 37; abstenciones, 1.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Por último, enmiendas 35 y 38, del Grupo Catalán de Convergència i Unió.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 36; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Pasamos ahora a votar en dos bloques las enmiendas presentadas por el Grupo Socialista. En primer lugar, las enmiendas 44, 45, 46 y 48.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 24; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos ahora el resto de enmiendas presentadas por el Grupo Socialista.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 24; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


A continuación votamos en seis bloques las enmiendas transaccionales presentadas por el Grupo Parlamentario Popular. En primer lugar, la enmienda transaccional a la enmienda número 28, de Unión del Pueblo Navarro, referida a la disposición
adicional.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 27; en contra, 3; abstenciones, 14.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


La siguiente enmienda transaccional que votaremos es sobre la enmienda 108, del Grupo Parlamentario Popular, referida a la disposición final segunda.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25; en contra, 13; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos ahora la enmienda transaccional a las enmiendas 82 y 92, también del Grupo Parlamentario Popular, que se refiere al artículo 18 de la Ley del Catastro.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 16; abstenciones, 4.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


En cuarto lugar, votamos la enmienda transaccional a la enmienda 31, también del Grupo Mixto, en concreto de Unión del Pueblo Navarro, señor Salvador, que se refiere al artículo 3.1 de la Ley del Catastro.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 3; abstenciones, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la enmienda transaccional a la enmienda número 40 del Grupo de Unión Progreso y Democracia, relativa a la disposición adicional nueva.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25; en contra, 13; abstenciones, 6.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Ahora votamos el resto de enmiendas transaccionales y de correcciones técnicas que ha presentado el Grupo Parlamentario Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; abstenciones, 7.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Por último, señorías, votamos el texto del informe, ya con las enmiendas aprobadas e incorporadas y las correcciones técnicas presentadas por las letradas de la Comisión.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 26; en contra, 16; abstenciones, 2.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.


Sin más, señorías, dándoles las gracias, se levanta la sesión.


Eran las siete y cincuenta minutos de la tarde.