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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 102, de 01/06/2012
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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


X LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


1 de junio de 2012


Núm. 102



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


Proposiciones no de Ley


Pleno


162/000305 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre las Unidades Terapéuticas y Educativas (UTE). Corrección de error ... (Página3)


162/000310 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, relativa a la lucha contra el hambre en el mundo ... (Página3)


162/000311 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a participación internacional de las selecciones deportivas gallega, vasca y catalana ... (Página5)


162/000312 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre aumento de silicosis por exposición a sílice cristalina ... (Página6)


162/000313 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), por la que se insta al Gobierno a consensuar con la Generalitat de Cataluña la determinación del caudal ambiental para el tramo final del
río Ebro ... (Página7)


162/000314 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la puesta en marcha del Fondo Estatal de Compensación a las víctimas del amianto ... (Página9)


162/000315 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la situación de las personas promotoras de empleo en los servicios públicos de empleo ... href='#(Página10)'>(Página10)


Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/000623 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, relativa al cumplimiento de la 'cláusula democrática' en el ámbito de la cooperación al desarrollo con terceros. Corrección de error ...
(Página12)



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Competencias en relación con otros órganos e instituciones


Comunidades autónomas


093/000004 Convenio de colaboración con el organismo autónomo Euskarabidea/lnstituto Navarro del Vascuence de la Comunidad Foral de Navarra para impulsar la colaboración en aspectos concretos del euskera ... href='#(Página13)'>(Página13)



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CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000305


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


Autor: Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


Corrección de error en su Proposición no de Ley sobre las Unidades Terapéuticas y Educativas (UTE).


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por corregida la iniciativa de referencia, así como comunicarlo al Gobierno y al autor de la iniciativa y publicarlo en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


Nota.-La iniciativa de referencia se publicó en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 97, de 25 de mayo de 2012.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Por medio del presente escrito el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, subsana error advertido en las Proposiciones no de Ley en Pleno con el número de registro 14989 y la Proposición no de Ley en la Comisión Mixta
para el Estudio del Problema de las Drogas con número de registro 14988 y fecha de 14 de mayo de 2012.


Donde dice:


'1. Ampliar la prevención del modelo UTE...'


Debe decir:


'1. Ampliar la presencia del modelo UTE...'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de mayo de 2012.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por este, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


162/000310


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la lucha contra el hambre en el mundo, para su debate en el
Pleno.


En 2011 se desató una terrible hambruna en el Cuerno de África que amenazó las vidas y los medios de subsistencia de más de 12 millones de personas, principalmente en Somalia, Yibuti, Etiopía y Kenia, aunque la situación se extendió a Sudán
y a ciertas regiones de Uganda. Se han relatado situaciones caóticas y las muertes por inanición se calculan entre 50.000 y 100.000, según Oxfam y Save the Children. La situación estaba mejorando ligeramente en la región, gracias la acción
humanitaria y a las lluvias que tuvieron lugar a finales de 2011, pero a pesar de todo, 8 millones de personas siguen recibiendo atención humanitaria y la FAO (Organización de la Naciones Unidas para la Ali



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mentación y la Agricultura) ha lanzado una alerta porque el pronóstico para la próxima temporada de lluvias parece indicar que lloverá menos de lo previsto.


La crisis está lejos de solucionarse y en los últimos meses se ha extendido a ocho países del Sahel, donde se calcula que hay aproximadamente 15 millones de personas en riesgo grave de inseguridad alimentaria. Los estados más afectados son
Níger (5,4 millones, el 35% de la población), Chad (3,6 millones, el 28% de la población), Malí (3 millones, el 20% de la población), Burkina Faso (1,7 millones, el 10% de la población), Senegal (0,85 millones, el 6% de la población), Gambia (0,71
millones, el 37% de la población) y Mauritania (0,7 millones, el 22% de la población), aunque la zozobra también se ha propagado a Camerún y Nigeria.


Estos son solo algunos datos de la cara más dramática del hambre en nuestro planeta, sin que podamos olvidar los 906 millones de hambrientos que en 2010 calculó la FAO en los países en vías de desarrollo.


En el derecho internacional el derecho a la alimentación se define como el derecho a tener un acceso regular, permanente y libre, sea de un modo directo, o bien por medio de compras monetarias, a un alimento cualitativamente y
cuantitativamente adecuado y suficiente, que se corresponda con las tradiciones culturales del pueblo de procedencia del consumidor, y que garantice una vida psíquica y física, individual y colectiva, libre de angustias, satisfactoria y digna.


La situación actual de crisis económica y financiera que sufre occidente, como consecuencia de las políticas neoliberales aplicadas por los gobiernos y los organismos internacionales, no puede ser un obstáculo para plantear medidas de lucha
contra el hambre que solo pueden ser efectivas si se reforman en profundidad las instituciones internacionales que hasta el momento no han hecho ningún esfuerzo serio para ir disminuyendo esta lacra.


Se impone que Naciones Unidas represente verdaderamente a 'Nosotros los pueblos...' de forma igualitaria, justa y democrática. No es democrático que los miembros permanentes del Consejo de Seguridad de la ONU sigan utilizando el derecho de
veto.


El siglo XXI reclama cambios profundos y radicales en las relaciones económicas y políticas internacionales para evitar la supremacía de los EE.UU. y otros países de la OCDE. Son necesarias nuevas instituciones que reemplacen al FMI, al
Banco Mundial y a las Naciones Unidas.


La Organización Mundial del Comercio (OMC) debe transformarse de forma que prime el desarrollo sostenible de todos los pueblos y la colaboración mutua, y no el principio de libre competencia que ha tenido como consecuencia el aumento de la
pobreza en el mundo.


Hay que exigir la soberanía alimentaria, es decir, el derecho de los pueblos a decidir sobre su política agraria por ellos mismos respetando el medio ambiente. Ello significa dar prioridad a las producciones locales agrarias, a la calidad
en la alimentación y defender el no sometimiento a los mercados mundiales. El acceso a la tierra, a las semillas, al agua y a los créditos se debe regular para llevar a cabo una verdadera reforma agraria en Europa y en otros continentes.


Es igualmente prioritaria una política de desarrollo rural integral que apoye la biodiversidad agrícola y el empleo rural, especialmente para jóvenes y mujeres. Los subsidios deben darse bajo criterios económicos, sociales y ambientales, y
no bajo criterios de beneficio de los grandes terratenientes o productores en algunos sectores.


El FMI y el Banco Mundial (BM) -cuyo lema es 'trabajamos por un mundo sin pobreza'- no solo no han conseguido reducir la pobreza, sino que han arruinado con sus recetas neoliberales a economías emergentes, como las que llevaron a Argentina a
decretar el 'corralito', y conducido a los países pobres, o en vías de desarrollo, al pago de una deuda y sus intereses que colapsa las economías y por lo tanto su posibilidad de progreso. En definitiva, necesitamos nuevas instituciones
internacionales que no hagan de empobrecedores de otros países.


En particular, es necesaria una reforma democrática que promueva la armonización justa de los sistemas fiscales europeos, que comience a aplicar impuestos ecológicos, que persiga y penalice la delincuencia financiera en todas sus formas, que
de pasos para eliminar los paraísos fiscales. Solo así podremos incrementar la ayuda al Tercer Mundo y proteger los bienes públicos mundiales.


El control público y democrático del Banco Central Europeo (BCE) es cada vez más necesario. Es inaceptable que una institución tan poderosa no esté sometida al control por parte de la ciudadanía. El BCE debe tener la responsabilidad de
apoyar el desarrollo, la inversión y el empleo y no exclusivamente la estabilidad y el control de precios. No es justificable el desembolso de dinero público para tapar los agujeros de las instituciones financieras que se han estado lucrando a
costa del ciudadano de una manera inmoral.


Es imprescindible poner en marcha un impuesto a las transacciones financieras internacionales (ITF) sobre la compraventa de activos financieros. No es un impuesto a las instituciones financieras, sino a las operaciones financieras que
realizan. Es, en suma, un impuesto que pretende, fundamentalmente, penalizar el vértigo especulativo.


Tenemos que empezar por reorientar la distribución del presupuesto de la Política Agrícola Común (PAC) y hacerlo, en particular, hacia las necesidades de las zonas rurales, los pequeños productores y las zonas desfavorecidas y montañosas.


La Agricultura del siglo XXI tiene que proteger el material multiplicativo de las plantas, garantizando el derecho de los campesinos del mundo a tener sus propias semillas frente al empuje de las multinacionales,



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como Monsanto, aplicando programas de desarrollo de la agricultura y la ganadería orgánicas.


Es urgente prohibir el uso de organismos modificados genéticamente en la producción de alimentos, defendiendo y valorando la denominación de origen, incluso en los mercados no europeos.


La Unión Europea debe jugar un papel protagonista en todas estas reformas: los ciudadanos de la Unión hemos de decidir hacia dónde queremos avanzar porque la respuesta no puede ser la resignación. Ante esta gravísima situación, provocada
por la voracidad del capitalismo, existen alternativas.


El derecho humano a la alimentación, tal como se desprende del artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales es sin duda el que de forma constante y más ampliamente se viola en nuestro planeta. Como dice
Jean Zeagler, miembro del Comité Consultivo del Consejo de Derechos del Hombre de la ONU y Relator Especial de la ONU para el Derecho a la Alimentación entre los años 2001 y 2008, 'el hambre tiene un cierto parentesco con el crimen organizado'.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Proponer en los organismos internacionales en los que esté representado la reforma en profundidad de las Instituciones Internacionales (BM, FMI, ONU, OMC, OCDE, PAC) para hacerlas más democráticas y participativas y para lograr que la
seguridad cooperativa a nivel mundial sea un hecho.


2. Impulsar una regulación adecuada para poner fin a los paraísos fiscales y perseguir la evasión fiscal para reducir la inestabilidad que producen en las economías y la pobreza que crean en todos los países.


3. Desarrollar las medidas políticas y presupuestarias necesarias para cumplimentar y ayudar a la consecución de los Objetivos del Milenio, y específicamente, al aumento de la contribución española para alcanzar en Ayuda al Desarrollo el
0,7% de la RNB en el año 2015.


4. Promover la implantación de un impuesto a las transacciones financieras internacionales (ITF) como herramienta de regulación, de redistribución y, en su caso, de sanción contra los mercados financieros, cuyo papel sería la búsqueda de la
justicia económica global a través de su función, tanto reguladora de la actividad económica, como redistributiva de recursos a nivel global.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de mayo de 2012.-Cayo Lara Moya y José Luis Centella Gómez, Portavoces del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000311


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de los Diputados M.a Olaia Fernández Davila (BNG) y Francisco Xesús Jorquera Caselas, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presentan la
siguiente Proposición no de Ley, relativa a participación internacional de las selecciones deportivas gallega, vasca y catalana, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El pleno desarrollo del deporte gallego hace necesario que los combinados deportivos gallegos, en representación de las respectivas federaciones deportivas gallegas, puedan intervenir y competir en el plano estatal e internacional como ya lo
hacen las representaciones deportivas de otras naciones europeas.


La prohibición de la presencia internacional de las selecciones deportivas de Galicia, Euskadi o Cataluña carece de base constitucional alguna y es, simplemente, resultado de un esquema político centralista, de dudoso encaje con la
competencia exclusiva asumida por Galicia en materia de 'promoción deportiva y adecuada utilización del ocio' (artículo 27.22 del Estatuto de Autonomía de Galicia).


Por otro lado, la exclusividad reclamada por el Estado en materia de presencia y organización de competiciones deportivas internacionales no puede ampararse en la competencia estatal en materia de 'relaciones internacionales' (artículo
149.1.13 CE), dado que esta se circunscribe -tal y como el Tribunal Constitucional ha tenido ocasión de establecer en diversas ocasiones- estrictamente al 'ius legationis' (es decir, a la representación diplomática y consular), y al 'ius ad
tractatum' (es decir, al poder de obligar internacionalmente al Estado a través de tratados o convenios internacionales): Ninguna de estas dos potestades es invadida si la selección gallega participa, en representación de la correspondiente
federación deportiva, en competiciones de ámbito estatal o internacional.


Además, la presencia de una única selección deportiva por cada Estado no es una norma obligatoria a nivel internacional. Al contrario, en diversos Estados se constata la existencia de distintas selecciones nacionales, en consonancia con su
carácter plurinacional. Esta circunstancia está especialmente asumida en el ámbito de la Unión Europea, donde el Parlamento Europeo aprobó la incorporación de un nuevo Considerando al Proyecto de Decisión del Consejo relativa a la seguridad en los
partidos de fútbol de dimensión internacional [(12175/1/2001- C5-0067/2002 - 2001/0824(CNS)], que hacía expresa referencia a la presencia a nivel internacional de selecciones nacionales de las entidades nacionales de los Estados miembros: 'Los
equipos de



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fútbol nacionales no representan necesariamente a las mismas entidades nacionales que representan los Estados miembros, y deberían tenerse en cuenta las distintas tradiciones y culturas futbolísticas existentes en aquellos Estados miembros
representados en el fútbol internacional por más de un equipo nacional'.


Una reciente sentencia del Tribunal Constitucional sobre el recurso presentado en su momento por el Gobierno central contra la Ley del Deporte vasco, abre una puerta a la posibilidad legal de que las federaciones gallegas representen al
deporte gallego en todos los ámbitos, también en las competiciones internacionales.


Es ya el momento de romper complejos, de terminar con las visiones cerradas que no se corresponden con los tiempos que vivimos y superar esquemas políticos de otros tiempos. Consiste en definitiva, en dar normalidad democrática al mundo del
deporte.


No hay nada negativo en impulsar la presencia del deporte gallego, catalán y vasco en el ámbito internacional, potenciando así las selecciones nacionales y que sean dichas federaciones las que representen el deporte de Galicia, Catalunya y
Euskadi. Es perfectamente compatible con la existencia de las selecciones deportivas españolas.


Sin embargo, desde la Administración central se mantuvo desde siempre una posición contraria a que las federaciones deportivas gallegas, catalanas y vascas tengan presencia en las competiciones internacionales, tanto en deportes en los que
no exista Federación española o coexistiendo con la Federación española en los deportes en los que está presente.


No se trata de una demanda surrealista ni ilógica puesto que se puso en práctica en otros estados. Sin olvidar que como reconoce el mismo Tribunal Constitucional, las federaciones internacionales deportivas tienen carácter privado.


Galicia, Catalunya y Euskadi tienen derecho a disponer de su propia selección nacional como nacionalidades históricas que son. La actitud de una democracia avanzada y madura es la del respeto y convivencia libre con realidades nacionales
existentes en el propio Estado español. Restringir, coaccionar o sancionar, como en el caso de los deportistas a los que se amenazó con la retirada de la licencia federativa en caso de negarse a jugar con la selección española, no es el camino que
debe seguirse.


La senda debería ser la del reconocimiento de las selecciones deportivas gallegas, catalanas y vascas. Sirvan de testimonio las experiencias deportivas realizadas entre diferentes modalidades deportivas de Galicia y otros países. Un
ejemplo son los partidos de fútbol jugados contra Uruguay, Palestina o El Sáhara. Y nada extraño ni disonante ha habido en estas experiencias.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Permitir y realizar las actuaciones precisas para que las selecciones deportivas gallegas reciban reconocimiento internacional a través de su integración en las competiciones internacionales que las administraciones deportivas gallegas
consideren oportunas.


2. Apoyar la posibilidad de que las federaciones gallega, catalana y vasca se integren directamente en las entidades internacionales competentes, realizando las modificaciones normativas y organizativas necesarias para facilitar dicha
integración; adoptando las actuaciones necesarias para que las selecciones nacionales vascas, catalanas y gallegas de las diferentes modalidades deportivas reciban reconocimiento internacional mediante su integración en los organismos
internacionales; y efectuando cuantas medidas sean necesarias para posibilitar esa integración


3. Acometer las modificaciones normativas necesarias para permitir a las selecciones deportivas vascas, catalanas y gallegas competir internacionalmente.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de mayo de 2012.-Francisco Xesús Jorquera Caselas y M.a Olaia Fernández Davila, Diputados.-Xabier Mikel Errekondo Saltsamendi, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000312


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA; La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre aumento de silicosis por exposición a sílice cristalina, para su
debate en Pleno.


Hasta la década de los setenta del siglo XX la silicosis se asociaba al trabajo realizado en las minas del carbón y en la excavación de túneles. Un importante porcentaje de quienes trabajaron en estas actividades contraían algún tipo de
enfermedad respiratoria. Luego, dio paso a un período de unos treinta años en el que la silicosis pasó a estar en clara regresión.


Sin embargo la tendencia se invierte con el comienzo del actual siglo, aumentando el número de silicosis notificadas como enfermedad profesional, con y sin baja médica. En el quinquenio 1996-2000 se produjo un ligero crecimiento de las
notificadas, de 9 a 15. En el quinquenio 2001-2005, el número de casos se duplicó. Y donde el crecimiento fue alarmante es el periodo más próximo, 2006-2010, con un incremento del 500%.



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El mayor número de personas afectadas por esta patología en el último quinquenio correspondió a los que trabajaban en marmolerías expuestos a polvo de sílice cristalina presente en el ambiente donde realizaban operaciones de corte y pulido
de aglomerados de cuarzo. Se trata de un producto compuesto de una mezcla de cuarzo (la mayor parte de los comercializados en los años de mayor exposición contenían entre un 50% a 95%) resinas, colorantes y otros componentes.


En el sector de la piedra natural (mármoles, granitos y compactos de cuarzo), corte, tallado y acabado de la piedra se ha detectado un incremento de casos de silicosis por inhalación de polvo con alto contenido de sílice cristalina (cuarzo)
entre los trabajadores que mecanizan las tablas de compactos de cuarzo para encimeras de cocinas y baños fundamentalmente, así como entre los montadores que efectúan trabajos de ajuste de obra.


En las operaciones de mecanizado de las tablas para la fabricación de las encimeras, revestimientos y pavimentos, y en los trabajos del montaje de estos, que suelen requerir cortes y retoques, se desprende polvo con alto contenido en cuarzo
respirable, si no se utilizan medidas adecuadas de control.


Una información procedente de la Comunidad Valenciana, alertó sobre el incremento observado en los casos de silicosis entre los trabajadores. que mecanizan las tablas de compactos de cuarzo para fabricar encimeras de cocinas y baños, así
como entre los montadores que efectúan trabajos de ajuste en obra. El documento refiere 12 casos diagnosticados desde 203, uno de los cuales falleció por insuficiencia respiratoria en 2007, pertenecientes a seis empresas.


Se trata de personas con edades comprendidas entre 26 y 63 años, 10 de ellos con menos de 50 años en el momento del diagnostico, que desempeñaban tareas de acabados en el centro de trabajo o de montaje en obra, cuyas exposiciones a sílice
cristalina (cuarzo) no superaban en ningún caso los 7 años, siendo menos de 5 años para 6 de ellos.


Hay que recordar que estos son periodos inusualmente cortos para el desarrollo de una silicosis, lo que apunta a la existencia de concentraciones ambientales muy elevadas.


También otras Comunidades aparecieron situaciones similares.


La sílice todavía no está incluida en la tabla 2 del documento de Límites de exposición profesional para agentes químicos en España, donde aparecen los agentes carcinogénicos o mutagénicos, tampoco se incluye el cáncer de pulmón como
enfermedad profesional asociada a la sílice cristalina en el Real Decreto 1299/2006, donde se recogen el cuadro de enfermedades profesionales en el Sistema de la Seguridad Social.


Son imprescindibles métodos de trabajo y medidas técnicas diseñadas para evitar que las pequeñas partículas de sílice cristalina se propaguen en el ambiente donde se encuentran los trabajadores, facilitándoles idóneos equipos de protección
respiratoria para ser usados conforme a pautas que alivien la penosa carga que supone su utilización.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que:


1. Incorpore al Real Decreto 1299/2006, de enfermedades profesionales e incluya en el documento sobre Límites de exposición profesional para agentes químicos, la silicosis por exposición a sílice cristalina.


2. Ponga en marcha un reglamento de métodos de trabajo y medidas técnicas para evitar las pequeñas partículas de sílice cristalina en el ambiente de trabajo.


3. En su caso facilite la normativa para que por parte de las empresas de marmolerías, compacto de cuarzo, etc., se cuente con equipos de protección respiratoria y las pautas para su utilización.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de mayo de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000313


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta para su discusión en el
Pleno, una Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a consensuar con la Generalitat de Catalunya la determinación del caudal ambiental para el tramo final del río Ebro.


Antecedentes


El Delta del Ebro es la zona húmeda más grande de Cataluña y una de las más importantes de Europa Occidental, junto con el Parque de la Camarga y Doñana. Pero al mismo tiempo es un espacio físico que pertenece a la cuenca hidrográfica del
Ebro, en el cual convergen dos administraciones, la del Estado y la de la Generalitat de Catalunya. Por todos es conocido que estas dos administraciones no siempre son coincidentes en relación a los asuntos que afectan al Delta del Ebro.


El último episodio de esta discrepancia es la propuesta sobre el caudal ambiental para el tramo final del río Ebro, de la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE). Esta propuesta de caudal ambiental entra en clara contradicción con los
estudios científicos de los



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que dispone la Generalitat de Catalunya, que fijan unos caudales ambientales muy superiores, y que se plasmaron en la propuesta de la Comisión para la Sostenibilidad de las Terres de I'Ebre.


La Confederación Hidrográfica del Ebro, en Junta de Gobierno, y posteriormente en el Consejo del Agua de la Demarcación, ambas celebradas el día 25 de abril de 2012, presentó la propuesta de proyecto del Plan hidrológico de la cuenca del
Ebro (2010-2015) con la determinación de un régimen de caudales ambientales.


Por otra parte, la Comisión para la Sostenibilitat de les Terres de I'Ebre aprobó en la sesión de 8 de marzo de 2007, una propuesta de caudales ambientales para el tramo final del río Ebro, que contemplaba tres escenarios diferentes en
función de los regímenes hídricos anuales (sequía, normalidad y año húmedo). Esta propuesta de caudales ambientales fue desarrollada por el Instituto de búsqueda y tecnología agroalimentarias (IRTA) en el marco de varios convenios promovidos por la
Agencia Catalana del Agua (ACA) para la prestación de los servicios técnicos previstos en el Plan Integral de Protección del Delta del Ebro (PIPDE). Esta propuesta, posteriormente validada por varios estudios realizados por la ACA en colaboración
con el IRTA, fue enviada por la ACA a la Confederación Hidrográfica del Ebro en 2009, para ser considerada en el documento de Plan Hidrológico de la cuenca del Ebro.


Sin embargo, la propuesta de la CHE ha ignorado completamente el criterio del Gobierno de Catalunya. Posición fundamentada como hemos señalado, en estudios rigurosos fruto de la colaboración entre la ACA y el IRTA, y que cuenta con la
aprobación de la Comisión para la Sostenibilitat de les Terres de I'Ebre.


Que la propuesta de caudales presentada por la Confederación no tenga en consideración el criterio del Gobierno de Cataluña es grave pero, además, tampoco cumple con la normativa estatal vigente, ya que no se adecúa a los criterios
establecidos en el año 2008, por el Ministerio en la Instrucción Técnica de Planificación (IPH), ni con la legislación comunitaria. Y es que, con la propuesta de la CHE, no se garantizan las condiciones para alcanzar a medio plazo el buen estado
ecológico del tramo final del Ebro, tal y como lo define la normativa comunitaria.


Los caudales mínimos propuestos por la Confederación no permitirían cumplir las funciones ecológicas del río, del Delta y del ecosistema marino asociado. Y ello no solo tiene un grave impacto ecológico, sino también importantes
consecuencias económicas para el territorio.


La Directiva Marco del agua no recoge explícitamente la necesidad de garantizar un régimen de caudales ambientales a los ríos. Ahora bien, la preservación de este régimen de caudales es una medida imprescindible para el logro de los
objetivos ambientales que establece la propia Directiva, puesto que caudales de mantenimiento e índice de calidad ecológica tienen una relación directa.


Por otra parte, la normativa vigente en materia de caudales ecológicos en el Estado español es clara en la definición de los objetivos que tienen que satisfacer estos y su concepto, El Texto Refundido de la Ley de Aguas determina claramente
que el caudal ecológico es considerado como una restricción que se impone a todos los efectos a las explotaciones. Es decir, el caudal ecológico es un caudal que no se tiene que garantizar, sino que hay que determinar, concertarlo y, finalmente,
implantarlo, aplicándolo a las nuevas concesiones, modificando, en su caso, las ya existentes y determinando las reservas de caudales y usos para permitir que este circule por el río en condiciones no excepcionales.


Esta noción se reitera en la propia Ley del Plan Hidrológico Nacional que vuelve a reconocer el carácter de limitación previa a los flujos del sistema de explotación de estos caudales, que operan con carácter preferente a los usos
contemplados en el sistema. Los caudales ecológicos tienen que permitir el correcto funcionamiento del ecosistema y la habitabilidad de la fauna, para contribuir a lograr o mantener el buen estado de las masas de agua de acuerdo con los criterios e
indicadores ecológicos establecidos a la Directiva Marco del agua. Y a esta finalidad obedece la Disposición adicional primera de la LPHN cuando ordena definir el régimen hídrico que ha de permitir el desarrollo de las funciones ecológicas del río,
del delta y del ecosistema marino.


La propuesta de caudales ecológicos presentada por CHE el pasado mes de abril no parece cumplir los dos criterios básicos,


Actualmente, el Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro está desde el 12 de mayo, en trámite de consulta pública por un plazo de 6 meses y, por lo tanto, todavía es posible efectuar alegaciones e incorporar una definición de caudales
ambientales para el tramo final del Ebro, que permita cumplir con las finalidades determinadas por la legislación comunitaria y estatal, de manera que los caudales finalmente determinados sean más próximos a los que resultan de los estudios
científicos y de la propuesta de la Comisión para la Sostenibilitat de les Terres de l'Ebre, pero hace falta voluntad política.


Conviene llamar la atención sobre el hecho que la Confederación nunca ha presentado una valoración que desvirtúe o ponga en entredicho los caudales propuestos desde Cataluña, ni tampoco ha buscado una solución consensuada con esta parte del
territorio de la cuenca, que es precisamente, la más afectada por las decisiones a adoptar, por ser el tramo final.


Al Ebro no le sobra ni una gota y tenemos que garantizar un caudal adecuado para evitar la regresión del delta y para preservar las condiciones ambientales del río.


Por ello el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a garantizar que la determinación sobre el caudal ambiental para el tramo final del río Ebro:



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1. Cumple plenamente con la Directiva Marco del Agua.


2. Cumple con la normativa estatal relativa a la determinación de los caudales ecológicos.


3. Será consensuada con el Gobierno de Catalunya, por ser el territorio catalán el más afectado de la cuenca respecto a los caudales mínimos fijados, y que en todo caso su definición garantizará que se pueda cumplir con las finalidades
establecidas por la Ley del Plan Hidrológico Nacional.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de mayo de 2012.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


162/000314


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la puesta en marcha del Fondo Estatal de Compensación a las
víctimas del amianto, para su debate en Pleno.


El amianto o asbesto es una fibra de origen animal de gran resistencia térmica y por tanto con propiedades ignifugas que cuando se inhala es tóxico y puede llevar a la enfermedad y a la muerte. De ahí que su uso industrial -especialmente en
edificios- fuera notable a pesar de que desde hace más de un siglo se conocía ese peligro potencial. Pudo más la presión de la industria y los medios de comunicación y los políticos callaron porque unos y otros fueron debidamente 'engrasados'.


Pues bien, en la actualidad podría haber ya en España 50.000 personas afectadas por el amianto. Una cifra que el sindicato Comisiones Obreras prevé se eleve en las dos décadas a 60.000. Simples estimaciones obviamente porque en realidad no
existe un censo de afectados. De hecho teniendo en cuenta que hablamos de patologías que pueden tardar en aparecer entre 10 y 30 años podríamos estar contemplando solo la punta del iceberg. Las asociaciones de afectados calculan en cualquier caso
que solo en España morirán a finales del 2010 entre 1.200 y 1.500 de quienes estuvieron expuestos al amianto en el período 1960-1975. Luego es indudable que lo peor está por llegar ya que el uso masivo del amianto se inició en los 80.


La Unión Europea ha calculado que hasta el año 2035 se producirán en su ámbito 250.000 fallecimientos por mesotelioma y entre 250.000 y 400.000 más por cáncer de pulmón, laringe, asbestosis y cáncer gastrointestinal. Todos como consecuencia
de la inhalación de fibras de amianto.


'Estamos ante una pandemia, ante un genocidio económico provocado por un mineral que todavía mata a más de cien mil personas en el mundo cada año', basándose en datos de las Organización Mundial de la Salud.


Sería necesaria la creación en España de un fondo de indemnización para las víctimas del amianto que deberían financiar, el Estado como responsable subsidiario, y las empresas que trabajaron con el amianto.


Por otro lado, en España no se dedica 'ni un solo euro' a la investigación de las enfermedades asociadas al amianto, entre otras los tumores de pleura, de pulmón y de peritoneo. Por ejemplo, en el Reino Unido, país que más fondos de
investigación ha dedicado al amianto, se descubrió hace más de dos años un fármaco que alarga la vida al menos unos meses a quienes padecen cáncer de pleura.


Además hoy en día existen 'más de 3 millones de toneladas' de amianto en edificios españoles, casi el 90 por ciento de los inmuebles construidos entre 1969 y 1998, entre ellos centros escolares, universidades o estructuras de canalización de
agua y gas.


Del total, un 77 por ciento de las víctimas son personas que estuvieron expuestas laboralmente al mineral, y el resto familiares y vecinos de este tipo de edificios.


Sin embargo aún hoy en España no existen registros ni de empresas que utilizaron el amianto ni de trabajadores afectados.


Es necesario que se tomen medidas determinantes como la de un castigo penal y la responsabilidad indemnizatoria de los responsables; la desamiantización controlada del amianto instalado.


Otra medida sería destinar más recursos a la investigación médica para la mejora y curación de los afectados.


En cuanto a las actuaciones de nuestro país en el ámbito internacional sería necesario la prohibición y control de enviar nuestros barcos para el desguace a los países empobrecidos e iniciar una lucha por la prohibición mundial de la
extracción y uso de este mineral.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. La atención especial a los afectados y a las víctimas mediante un Fondo de Compensación para paliar los sufrimientos de las víctimas por el paso por administraciones y juzgados antes de que se les reconozcan sus derechos. Este Fondo no
debería hacer renunciar a los afectados sus derechos a litigar en las instancias que consideren.


2. La mejora de los registros ya establecidos como el de empresas con riesgo de amianto (RERA):


a) La relación completa de trabajadores expuestos para poder atenderlos.



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b) El registro de edificios públicos y privados con amianto, así como instalaciones de especial interés.


c) Un registro nacional de mesoteliomas para trabajos epidemiológicos y de atención.


3. Un programa a corto y largo plazo de desamiantado del país.


4. La prohibición de exportar residuos con amianto a otros países, normalmente empobrecidos, especialmente el desguace de barcos, por transferir el riesgo a países sin normas, expandiendo la epidemia de cáncer a continentes enteros.


5. La solidaridad con los países en los que aún el amianto no está prohibido el amianto, en el sentido de conseguir la prohibición universal en todo el mundo.


6. La formación de un Tribunal Penal Laboral Internacional para juzgar el presunto genocidio del amianto en el mundo.


7. Aplicar con rigor el principio de precaución a otros materiales que vienen y que pueden tener características parecidas al amianto, especialmente los derivados de las nanotecnología, o de fibras cerámicas refractarias de determinadas
dimensiones, de carácter cancerígenas.


8. Que se proceda a las modificaciones necesarias de la legislación vigente de cara a posibilitar la ampliación del plazo de responsabilidad civil.


9. Que se pueda dar acceso a la jubilación anticipada, mediante la aplicación de un coeficiente reductor de un año por cada tres de exposición, a todos aquellos trabajadores a partir de 50 años que hayan trabajado con amianto. Además, las
víctimas de enfermedades profesionales graves causadas por el trabajo con este material (asbestosis, tumores,...) deberán cesar su actividad de inmediato sea cual sea la duración de la exposición.


10. Que se apliquen medidas de protección a poblaciones no profesionalmente expuestas, pero si afectadas por 'exposiciones pasivas'.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000315


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la situación de las personas promotoras de empleo en los Servicios
Públicos de Empleo, para su debate en el Pleno.


En el Estado Español, el país con más paro de toda la UE, hay un trabajador del Servicio Público de Empleo por cada 189 personas desempleadas; cifra alarmantemente baja si se compara con el trabajador público por cada 12 desempleados de
Francia o el trabajador público por cada 50 personas desempleadas que destina de media la UE-27.


Al inicio de la crisis económica, con un exponencial crecimiento del desempleo, el gobierno intentó tomar medidas para paliar esta grave deficiencia de los Servicios Públicos de Empleo. En primer lugar, se aprobó el Real Decreto-ley 2/2008,
de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica, entre las que se encuentra un Plan Extraordinario de Medidas de Orientación, Formación Profesional e Inserción Laboral para profundizar en las políticas activas de empleo transferidas a
las Comunidades Autónomas, consistente en reforzar con personal los Servicios Públicos de Empleo y orientar a los parados en la búsqueda de empleo. La dotación presupuestaria de este Plan permite la contratación de 1.500 técnicos que desempeñan la
función de tutores-orientadores y entre sus tareas principales realizan itinerarios personalizados de inserción a desempleados para ayudarles a encontrar trabajo y volver a la vida activa, además de reforzar las oficinas de empleo.


La situación del desempleo seguía agravándose y las necesidades de personal en los SPE se hacían más evidentes. Por ello, se impulso la contratación de 1.500 promotores de empleo para reforzar los servicios públicos de empleo autonómicos.
Dicha medida se establece el Artículo 15 del Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, y cuya vigencia se fija entre el 2 de febrero de 2011 y el 31 de diciembre de 2012.


Los términos del Artículo 15 del Real Decreto-ley 13/2010 son los siguientes:


'Artículo 15. Medida para el refuerzo de la atención a la demanda y oferta de empleo en el Sistema Nacional de Empleo.


Con el fin de reforzar la atención a las personas demandantes de empleo y a las empresas que ofertan empleo, se aprueba la medida consistente en la incorporación de 1.500 personas como promotoras de empleo, que realizarán su actividad en las
oficinas de empleo de los Servicios Públicos de Empleo, desde el 1 de febrero de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012.


Esta medida será de aplicación en todo el territorio del Estado y su gestión se realizará por las Comunidades Autónomas con competencias estatutariamente asumidas en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación y por el Servicio Público
de Empleo Estatal en el ámbito de sus respectivas competencias.


Respecto de la gestión por las Comunidades Autónomas de esta medida, los créditos correspondientes se distribuirán territorialmente entre dichas administraciones, de conformidad con lo establecido en la normativa estatal.'



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Cabe destacar las importantes funciones y actuaciones encomendadas a los 1500 Promotores de Empleo que se especifican de forma pormenorizada en el Artículo 17 del Real Decreto-ley 13/2010, en los siguientes términos:


'Artículo 17. Actuaciones a desarrollar.


1. Las actuaciones a desarrollar por el personal referido en los dos artículos anteriores consistirán en:


a) Atención directa y personalizada a las personas desempleadas.


b) Información a las empresas y prospección del mercado laboral de su entorno.


c) Seguimiento de las actuaciones realizadas con las personas desempleadas y las empresas.


2. Las actuaciones anteriores se dirigirán, prioritariamente, a los colectivos que se determinen en el ámbito del Sistema Nacional de Empleo.'


A pesar de ello, el gobierno introdujo una modificación del Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo en texto articulado de
la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2012. En la Disposición Final decimocuarta del proyecto, se propone modificar el plazo de vigencia de la contratación de las personas promotoras hasta el 30 de junio de 2012, recortando en medio
año la duración del contrato establecida por el Real Decreto-ley 13/2010,


La justificación de esta medida por parte del gobierno es únicamente económica. La realidad es que el impacto económico de reducir durante 6 meses el servicio que prestan los 1.500 promotores de empleo es muy reducido y, sin embargo, el
servicio que prestan puede tener importantes consecuencias para el acompañamiento y asesoramiento de las personas desempleadas. Además, las personas que estaban contratadas por parte de las CCAA para prestar dicho servicio serán víctimas de la
inseguridad jurídica que genera una decisión sorpresiva e injustificable del gobierno del estado, ya que contaban con la posibilidad de acabar su contrato.


La realidad es que este recorte se enmarca en una estrategia del gobierno que pivota sobre dos ejes: En primer lugar, la privatización de servicios como sucede en este caso con la intermediación en el mercado laboral, reduciendo a su mínima
expresión la intermediación pública. En segundo lugar, la recentralización de competencias, en este caso la gestión de la medida de la contratación de las personas promotoras se ha realizado por las Comunidades Autónomas con competencias
estatutariamente asumidas en el ámbito del trabajo.


Todo ello hace pensar que las 1.500 personas contratadas como orientadoras, según lo establecido en el Real Decreto-ley 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica, entre las que se encuentra un Plan Extraordinario
de Medidas de Orientación, Formación Profesional e Inserción Laboral podrían no continuar en 2013. La contratación de estas 1.500 personas fue prorrogada por el Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal,
laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo.


A la práctica, los 3.000 promotores y orientadores realizaban similares tareas y constituían uno de los pilares de los SPE para garantizar un servicio lo más adecuado posible a las personas desempleadas. El trabajo diario de estos 3.000
técnicos, Grupos Al y A2, se centra en la atención personalizada a los diferentes colectivos de desempleados, entre otros el colectivo PREPARA, atendiendo las singularidades que presenta cada desempleado para fijar como objetivo un itinerario
personal, formativo y profesional que permita diseñar de forma individualizada una agenda activa en la búsqueda de empleo. Y todo ello, en el marco del desarrollo competencial de los Servicios Públicos de Empleo para ajustar las demandas de empleo
a las ofertas de trabajo.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Garantizar el cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2010 y, en consecuencia, asegurar que las 1.500 personas contratadas como promotoras no finalizan su contrato en ningún caso antes del 31 de diciembre del 2012.


2. Que se establezca una mesa de diálogo con los gobiernos de las CCAA y las organizaciones sindicales para prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2015 el Plan Extraordinario de medidas de orientación, formación profesional e inserción
laboral, en lo referente a la contratación de orientadores, así como la contratación de los 1.500 promotores y promotoras.


3. Que garantice una dotación presupuestaria digna de los Servicios Públicos de Empleo para equiparar el Estado Español a la media de la UE en gasto público de políticas activas de empleo y de ratio de profesionales dedicados a la atención
de cada persona desempleada.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de mayo de 2012.-Laia Ortiz Castellví, Diputada.-Joan Coscubiela Conesa, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.



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Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/000623


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.


Corrección de error en su Proposición no de Ley relativa al cumplimiento de la 'cláusula democrática' en el ámbito de la cooperación al desarrollo con terceros, en el sentido de añadir un nuevo punto.


Acuerdo:


Aceptar la declaración de voluntad, teniendo por corregida la iniciativa de referencia, así como comunicarlo a la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo, al Gobierno y al autor de la iniciativa y publicarlo en el Boletín
Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


Nota.-La iniciativa de referencia se publicó en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 99, de 23 de mayo de 2012.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su portavoz doña Rosa María Díez González solicita mediante el presenta escrito la corrección de errores en la Proposición no de Ley con número de registro 0014997 y
número de expediente 161/000623, presentada en comisión, en el sentido de añadir un punto que diga:


'4. Impulsar, con los países firmantes de acuerdos que incluyen la 'cláusula democrática', los objetivos de la Cumbre de Rio+20 especialmente en lo referente a la erradicación de la pobreza y a la búsqueda de una economía compatible con el
desarrollo sostenible.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de mayo de 2012.-Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario Unión Progreso y Democracia.


COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES


COMUNIDADES AUTÓNOMAS


093/000004


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(93) Convenios entre Comunidades Autónomas.


Autor: Comunidad Autónoma del País Vasco-Gobierno.


Convenio de colaboración con el organismo autónomo Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence de la Comunidad Foral de Navarra para impulsar la colaboración en aspectos concretos del euskera.


Acuerdo:


Trasladar a la Comisión Constitucional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 166.1 del Reglamento de la Cámara, así como comunicar al Senado y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, poniéndolo en conocimiento de la
Presidencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco y del Parlamento de la citada Comunidad Autónoma.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



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CONVENIO DE COLABORACIÓN CON EL ORGANISMO AUTÓNOMO EUSKARABIDEA/INSTITUTO NAVARRO DEL VASCUENCE DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA PARA IMPULSAR LA COLABORACIÓN EN ASPECTOS CONCRETOS DEL EUSKERA


En , a de de 2012


REUNIDOS


De una parte, doña Blanca Urgell Lázaro, Consejera de Cultura del Gobierno Vasco.


De otra parte, don José Iribas Sánchez de Boado, Consejero de Educación del Gobierno de Navarra.


Ambas partes, que actúan en representación de sus respectivos Gobiernos, están facultadas para la realización de dicho acto, y a tal efecto


MANIFIESTAN


Que la Constitución Española, el Estatuto de Gernika y la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra conceden a las Comunidades Autónomas la posibilidad de colaborar mutuamente, así como, en el caso de las dos
aquí representadas, competencias en materia del vascuence.


Que el Gobierno Vasco y el Gobierno de Navarra optan por el camino de la colaboración, partiendo siempre del mutuo respeto institucional y de la diferente realidad política y sociolingüística de ambas comunidades, en el marco de las
competencias que las respectivas legislaciones asignan a cada Comunidad.


Que el Gobierno Vasco y el Gobierno de Navarra tienen interés en la colaboración en materia lingüística, tal y como se establece en la letra C de la Tercera Cláusula del Protocolo General de Colaboración entre la Comunidad Autónoma Vasca y
la Comunidad Foral de Navarra, firmado el 3 de julio de 2009 por los presidentes de Gobierno de ambas Comunidades.


Que el Gobierno Vasco y el Gobierno de Navarra consideran oportuno precisar los ámbitos de colaboración técnica en la protección y desarrollo del vascuence, la investigación, la documentación y el intercambio de conocimientos e información.


Que la colaboración entre las dos administraciones es aconsejable a fin de evitar duplicidades y gastos innecesarios y lograr la máxima eficiencia en cumplimiento de los términos de racionalidad, simplicidad, transparencia y economía de
medios, definidos en el citado Protocolo General de Colaboración.


Que ambas partes acuerdan firmar un Convenio Específico de Colaboración con sujeción a las siguientes


CLÁUSULAS


Primera. Objeto.


El objeto de este Convenio Específico de Colaboración es impulsar la colaboración de las dos instituciones firmantes en lo relativo a determinados aspectos relacionados con el euskera. Cada una de las administraciones realizará o
desarrollará los programas aquí recogidos en la medida de sus respectivas posibilidades económicas.


Segunda. Ámbitos de aplicación.


Los ámbitos de aplicación serán los siguientes:


A) Enseñanza de euskera a personas adultas.


La Viceconsejería de Política Lingüística del Gobierno Vasco, a través del Instituto para la Euskaldunización y Alfabetización de Adultos (HABE), y Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence del Departamento de Educación del Gobierno de
Navarra, están de acuerdo en impulsar la colaboración en las acciones que ambas administraciones realizan en la enseñanza de euskera a personas adultas.


Es por ello que ambas partes manifiestan su acuerdo en la necesidad de continuar el trabajo colaborando en:


a) El desarrollo del curriculum de enseñanza de euskera a personas adultas en ambas comunidades, así corno en la equiparación del mismo.


b) La formación específica del personal dedicado a estas enseñanzas. Las dos administraciones posibilitarán que su personal participe en las acciones formativas que cada una de ellas organice en este ámbito, atendiendo siempre a los
criterios de asistencia a formación establecidos con carácter general por la administración de origen y a la propia capacidad de acogida de la administración en la que se imparta dicha formación.


c) La elaboración y divulgación de materiales curriculares, cuando así lo estimen oportuno ambas administraciones.


En el curriculum y los materiales curriculares se establecerá claramente que la Comunidad Autónoma Vasca y la Comunidad Foral de Navarra constituyen dos entidades políticas, institucionales y administrativas diferentes.


B) Evaluación y acreditación de competencias lingüísticas.


Igualmente se establece la colaboración mutua en el diseño de pruebas y sistemas para la evaluación y acreditación de los niveles de competencia lingüística en euskera en base al Marco Común Europeo de referen



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cia para las lenguas, así como el reconocimiento mutuo de los títulos expedidos por las dos Administraciones.


C) Investigaciones y mapas sociolingüísticos.


Ambas Administraciones se ofrecen colaboración a fin de que los datos que cada administración recabe puedan ser utilizados de cara a plasmar la realidad del euskera en cada una de las comunidades.


Así para ello se podrá intercambiar información sobre los estudios e investigaciones sociolingüísticos y compartir experiencias respecto a la elaboración y el desarrollo de los respectivos sistemas de indicadores sociolingüísticos y de la
política lingüística.


En la medida de lo posible se ajustarán las fechas de realización de los estudios en cada una de las comunidades, ya sea encuesta, Mapa sociolingüístico del Euskera, u otras operaciones de carácter estadístico que complementen las
anteriores.


En esta materia se establecerá claramente que la Comunidad Autónoma Vasca y la Comunidad Foral de Navarra constituyen dos instituciones diferenciadas con administraciones públicas diferentes.


D) Traducciones euskera-castellano y viceversa.


Ambas administraciones colaborarán para:


a) La traducción del castellano al euskera o viceversa de las normas legales españolas y extranjeras, incluyendo tratados y directivas de la Unión Europea.


b) Facilitar el reconocimiento mutuo de las acreditaciones para traductoras, traductores e intérpretes jurados.


Las traducciones realizadas por los Servicios de traducción de las respectivas Administraciones tendrán validez en ambas Comunidades.


E) Memorias de traducción.


Ambas partes se comprometen en la creación y mantenimiento de un banco público de memorias de traducción, que pueda estar disponible para su uso profesional por los traductores de las dos administraciones y que incorpore el corpus de
traducción generado por fas dos Administraciones.


F) Terminología.


Las dos Administraciones acuerdan establecer una colaboración eficiente en el campo de la terminología que permita la unificación de la aprobación de términos, el intercambio de glosarios y la divulgación de los mismos.


A tal fin, un representante de la administración no convocante podrá ser invitado a la Comisión de Terminología de la otra administración.


G) Tecnologías de la Información y Comunicación.


Ambas partes se comprometen a la creación de un inventario de recursos disponibles en el ámbito de las Tecnologías de la Información y Comunicación que facilite la accesibilidad de los usuarios interesados y evite la duplicación de esfuerzos
en la creación o adaptación al euskera de dichos recursos.


H) Programas de divulgación internacional de la lengua vasca y lectorado en euskera en universidades extranjeras.


La Viceconsejería de Política Lingüística del Gobierno Vasco, propiciará la colaboración entre el Instituto Vasco Etxepare, y Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra. Estas dos
instituciones tienen encomendada la difusión en ámbitos internacionales de la lengua y cultura vasca y es por ello que ambas partes podrán invitarse a participar en los programas que cada una desarrolle con estos objetivos.


I) Promoción cultural de la lengua.


Tanto Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence, del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra como la Viceconsejería de Política Lingüística del Gobierno Vasco podrán invitarse a colaborar en la realización o participación en
programas de promoción cultural de la lengua en ámbitos tales como:


a) Difusión de campañas y materiales.


b) Participación en eventos organizados por las respectivas administraciones.


Tercera. Vigencia.


Este Convenio Específico de Colaboración surtirá efectos desde su firma. Se entenderá prorrogado tácitamente cada año si ninguna de las partes comunica con una antelación mínima de un mes la voluntad de dejarlo sin efecto.


Cuarta. Seguimiento del acuerdo.


Para el seguimiento de la ejecución del presente Convenio Específico de Colaboración, ambas partes convienen la constitución de una comisión mixta paritaria, compuesta por cuatro miembros, dos de los cuales serán designados por el
Departamento de Cultura del Gobierno Vasco y dos por el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.


En dicha comisión podrán participar los representantes de los organismos anteriormente señalados (HABE) e Instituto Vasco Etxepare cuando el tema a tratar así lo requiera.



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Los órganos competentes de cada Comunidad para desarrollar cada uno de los ámbitos de aplicación detallados en el presente Convenio elevarán a la Comisión Mixta Paritaria una propuesta de actuación en su ámbito y un informe de su actividad.


Corresponde a la Comisión Mixta realizar el estudio y propuesta de actuaciones concretas a realizar, así como la valoración de los acuerdos recogidos en este Convenio en sus aspectos pedagógicos, organizativos y administrativos.


La Comisión Mixta se reunirá al menos una vez al año y cuando una de las partes lo solicite. Se levantará acta de cada sesión. La comisión para el desarrollo de sus funciones contará con el apoyo de los servicios técnicos de cada una de
las partes firmantes.


Este Convenio Específico de Colaboración podrá ser modificado si ambas partes manifiestan su conformidad, añadiéndose el anexo correspondiente.


De conformidad con lo indicado, suscriben este Convenio Específico de Colaboración, en dos ejemplares, en euskera y castellano, en el lugar y fecha arriba mencionados.