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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 31, de 07/02/2012
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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


X LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


7 de febrero de 2012


Núm. 31



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


Comisiones, Subcomisiones y Ponencias


158/000001 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Fomento, de análisis y posible reforma del sistema hipotecario español, presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) ... href='#(Página9)'>(Página9)


158/000002 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Economía y Competitividad, sobre la comercialización de productos financieros de riesgo como las participaciones preferentes, presentada por el Grupo
Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural ... (Página10)


Control de la acción del Gobierno


Proposiciones no de Ley


Pleno


162/000143 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre las participaciones preferentes ... (Página13)


Comisión Constitucional


161/000110 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa al derecho de voto de los 'exiliados' vascos y navarros en sus territorios de origen ... (Página15)


Comisión de Asuntos Exteriores


161/000134 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la exportación de armas a países que vulneran los derechos humanos ... (Página16)


161/000135 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre reforma integral del servicio exterior de la Administración General del Estado ... (Página17)


161/000154 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre Colombia ... (Página18)



Página 2





Comisión de Justicia


161/000102 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, por la que se insta al Gobierno a reformar la Ley en aras de evitar que queden impunes el delito de homicidio y sus formas en los casos en
que el cuerpo de la víctima haya sido ocultado y/o destruido ... (Página19)


161/000127 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la revisión y denuncia de los acuerdos del Estado con la Santa Sede ... (Página20)


161/000129 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre procedimiento para dejar de pertenecer de manera expresa a las confesiones religiosas ... href='#(Página21)'>(Página21)


161/000130 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre revisión de sentencias y la anulación de Consejos de Guerra y juicios sumarios ejecutados por motivos políticos durante
la dictadura franquista ... (Página22)


161/000131 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, para la creación de una Ley de Mediación Familiar ... (Página23)


161/000161 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre niños perdidos del franquismo y adopciones ilegales hasta inicios de los 80 ... (Página24)


Comisión de Interior


161/000133 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre revitalización de las Juntas Locales de Seguridad ... (Página25)


161/000155 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, al objeto de modificar la aplicación del Código Penal Militar a la Guardia Civil ... (Página26)


Comisión de Defensa


161/000109 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre las infraestructuras militares que está instalando el Ministerio de Defensa en la Montaña de la Muda, en la isla de Fuerteventura ... href='#(Página27)'>(Página27)


161/000132 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre bases militares de uso compartido ... (Página28)


Comisión de Economía y Competitividad


161/000125 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la incorporación de representantes del Gobierno de Navarra a la delegación del Gobierno de España en las reuniones del Consejo de Asuntos Económicos y
Financiación de la UE (Ecofin) ... (Página29)


161/000126 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la necesidad de mejorar los fondos destinados a I+D+i ... (Página29)


161/000160 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre las participaciones preferentes ... (Página30)


Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


161/000124 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre tributación de las plusvalías de los terrenos de naturaleza urbana en el caso de ejecuciones hipotecarias ... href='#(Página32)'>(Página32)



Página 3





161/000147 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, por la que se insta al Gobierno a modificar la legislación de contratos del sector público a fin de establecer la reserva de un
porcentaje, con carácter de mínimo, de las licitaciones a favor de Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción que vincule a todas las administraciones y entes públicos, tanto estatales como autonómicos y locales ... href='#(Página32)'>(Página32)


161/000156 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, sobre el desarrollo de un modelo de evaluación del desempeño ... (Página34)


161/000158 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, para establecer un modelo profesional de directivos públicos en España ... (Página37)


Comisión de Presupuestos


161/000144 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa al cumplimiento de la Ley 37/2010, de 15 de noviembre, por la que se crea la Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales ... href='#(Página43)'>(Página43)


Comisión de Fomento


161/000105 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre N-IV tramo Dos Hermanas-Los Palacios ... (Página44)


161/000106 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, para la prolongación de la red ferroviaria de cercanías del área de Castellón hasta la localidad de Vinaròs ... href='#(Página44)'>(Página44)


161/000107 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre el polígono sur de la ciudad de Sevilla ... (Página44)


161/000108 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre gratuidad de uso de la carretera AP-7 a su paso por la provincia de Castellón ... (Página45)


161/000111 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a adopción de medidas del Ministerio de Fomento para la creación de servicios de cercanías en Galicia ... (Página46)


161/000117 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre el puerto de Alicante ... (Página47)


161/000119 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre aceleración del inicio de las obras de soterramiento de la actual línea de ferrocarril Barcelona-Portbou a su paso por Montcada i
Reixac ... (Página48)


161/000121 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre iluminación del trazado de la A-7 entre los municipios de Fuengirola y Manilva (Málaga) ... href='#(Página48)'>(Página48)


161/000122 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre soterramiento del acceso ferroviario al puerto de Málaga ... (Página49)


161/000123 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre soterramiento de la línea de Alta Velocidad a su paso por Antequera (Málaga) ... (Página50)


161/000137 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre cesión de los terrenos del Campamento Benítez al Ayuntamiento de Málaga para su conversión en zona verde ... href='#(Página51)'>(Página51)


161/000139 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la mejora de las condiciones de seguridad de los buques de cruceros, como consecuencia del accidente sufrido, recientemente, por el buque 'Costa
Concordia' ... (Página52)



Página 4





161/000141 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre infraestructuras de transporte básicas para Asturias ... (Página53)


161/000146 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el servicio de ferrocarril Logroño-Madrid-Logroño ... (Página54)


161/000148 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la reapertura de la línea ferroviaria internacional de Canfranc ... (Página54)


161/000153 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la necesidad de agilizar la construcción de un paso subterráneo en la rotonda de Conxo (Santiago de Compostela) para facilitar la entrada y salida sur
de la ciudad ... (Página55)


161/000162 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se insta al Ministerio de Fomento a que se comprometa a continuar con la ejecución del AVE Bobadilla-Ronda-Algeciras y redactar los proyectos del
trazado entre Ronda y Bobadilla en 2012 ... (Página56)


161/000163 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la realización de un parque periurbano en los terrenos del antiguo Campamento Benítez ... (Página57)


161/000164 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, para la construcción del Anillo Ferroviario de Antequera ... (Página57)


Comisión de Industria, Energía y Turismo


161/000143 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa al sector naval ... (Página58)


Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


161/000103 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la subvención para la desalación de agua de mar en Canarias ... (Página59)


161/000138 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la declaración de España libre de transgénicos ... (Página60)


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/000104 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la transferencia a la Xunta de Galicia de la competencia de los servicios sanitarios de Instituciones Penitenciarias ... href='#(Página60)'>(Página60)


161/000112 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre muerte digna ... (Página61)


161/000113 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre enfermedades profesionales ... (Página62)


161/000114 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre protección de la salud frente a la exposición a campos electromagnéticos ... (Página63)


161/000115 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, relativa al reconocimiento de las enfermedades de sensibilización central ... (Página65)


161/000116 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre estrategia de atención al paciente crónico en el Sistema Nacional de Salud (SNS) ... href='#(Página66)'>(Página66)


161/000120 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, contra la pobreza y la exclusión social ... (Página66)



Página 5





161/000142 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre desarrollo de la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo ... href='#(Página67)'>(Página67)


161/000145 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre centros psiquiátricos en instituciones penitenciarias.... (Página68)


161/000149 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), para reforzar las políticas de inclusión social y mejorar la atención a las personas sin hogar ... (Página69)


161/000151 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), para mejorar la atención a los menores en situación de pobreza y de riesgo social.... (Página70)


161/000159 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), de apoyo e impulso del modelo estatal de donaciones y trasplantes ... (Página71)


Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/000118 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, para evitar que la AOD española se destine a financiar proyectos de empresas transnacionales cuya actividad ocasiona daños
medioambientales, sociales y vulnera derechos humanos ... (Página71)


Comisión de Cultura


161/000140 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, para la conservación del tesoro cultural del prerrománico asturiano ... (Página72)


Comisión de Igualdad


161/000150 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), por la que se insta al Gobierno a adaptar el ordenamiento jurídico a la orden europea de protección de las víctimas ... href='#(Página73)'>(Página73)


Preguntas para respuesta oral


Comisión de Asuntos Exteriores


181/000012 Pregunta formulada por la Diputada doña Ana María Oramas González-Moro (GMx), sobre políticas que piensa impulsar el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación en relación con la situación de falta de garantías físicas y
jurídicas que sufren los ciudadanos españoles que residen en Venezuela ... (Página73)


Comisión de Defensa


181/000021 Pregunta formulada por la Diputada doña Ana María Oramas González-Moro (GMx), sobre fecha prevista por el Ministerio de Defensa para aprobar la normativa pertinente para que los miembros de las Fuerzas Armadas heridos en misiones
en el exterior, en zonas muy peligrosas, puedan volver a integrarse en la institución para evitar que queden en una situación de total desamparo, pese a que reúnen las condiciones físicas para seguir en dichas Fuerzas desempeñando otras funciones
... (Página74)


Comisión de Fomento


181/000010 Pregunta formulada por el Diputado don Pere Macias Arau (GC-CiU), sobre razones por las que ADIF no ha instalado el sistema de señalización y seguridad RMTS en Rodalies de Barcelona, cuando lo solicitó explícitamente la
Generalitat de Catalunya y está operando en otros servicios de Cercanías ... (Página74)



Página 6





181/000011 Pregunta formulada por el Diputado don Pere Macias Arau (GC-CiU), sobre mejoras en los sistemas de señalización y seguridad introducidos por ADIF desde el accidente que ocurrió en la estación de El Clot-Aragó el día 28/04/2011 con
el fin de evitar que se repitiera de nuevo ... (Página74)


Comisión de Empleo y Seguridad Social


181/000017 Pregunta formulada por la Diputada doña Ana María Oramas González-Moro (GMx), sobre previsiones del Gobierno con respecto a la financiación en 2012 del Plan Integral de Empleo de Canarias (PIEC) 2011-2014 ... href='#(Página74)'>(Página74)


Comisión de Industria, Energía y Turismo


181/000002 Pregunta formulada por el Diputado don Enrique Álvarez Sostres (GMx), sobre política del Gobierno ante la Unión Europea para replantear la prórroga del régimen de ayudas al carbón más allá del 2018 o la no devolución de ayudas a
la explotación que resulten viables en dicho año ... (Página74)


181/000003 Pregunta formulada por el Diputado don Enrique Álvarez Sostres (GMx), sobre rectificación del acuerdo del Consejo de Ministros que decidió la 'eliminación' de los Fondos Mineros para financiar infraestructuras, correspondientes al
Primer Plan 1998-2005 y al Segundo Plan 2006-2012, así como traslado de los términos concretos de dicho acuerdo a los gobiernos autonómicos afectados ... (Página75)


181/000004 Pregunta formulada por el Diputado don Enrique Álvarez Sostres (GMx), sobre actuaciones para garantizar el abono de los 185 millones de euros de los fondos mineros ya comprometidos con Asturias ... href='#(Página75)'>(Página75)


181/000005 Pregunta formulada por el Diputado don Enrique Álvarez Sostres (GMx), sobre previsiones acerca de la remisión de información del cierre de las explotaciones mineras a Asturias y al resto de las comunidades autónomas implicadas ...
(Página75)


181/000006 Pregunta formulada por el Diputado don Enrique Álvarez Sostres (GMx), sobre política sectorial para evitar que España siga siendo una isla energética ... (Página75)


181/000007 Pregunta formulada por el Diputado don Enrique Álvarez Sostres (GMx), sobre medidas para evitar el oligopolio que impera en España en los mercados de electricidad ... (Página76)


181/000008 Pregunta formulada por el Diputado don Enrique Álvarez Sostres (GMx), sobre reforma estructural de las tarifas eléctricas ... (Página76)


181/000009 Pregunta formulada por el Diputado don Enrique Álvarez Sostres (GMx), sobre elaboración de un plan energético que aborde de manera integral el conjunto de dicho sector ... (Página76)


181/000019 Pregunta formulada por el Diputado don Pedro Quevedo Iturbe (GMx), sobre hoja de ruta que se ha trazado el Gobierno con respecto a rescatar las nueve autorizaciones otorgadas en 2001 a la compañía Repsol para la realización de
prospecciones petrolíferas frente a las costas de Lanzarote y Fuerteventura ... (Página76)


181/000020 Pregunta formulada por el Diputado don Pedro Quevedo Iturbe (GMx), sobre línea de comunicación que ha abierto el Ministerio de Industria, Energía y Turismo con el Gobierno de Canarias y los Cabildos de Lanzarote y Fuerteventura,
con respecto a la posible autorización de prospecciones petrolíferas frente a las costas canarias ... (Página76)


Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


181/000013 Pregunta formulada por la Diputada doña Ana María Oramas González-Moro (GMx), sobre gestiones que está impulsando el Gobierno para lograr la renovación del acuerdo pesquero entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos ... href='#(Página77)'>(Página77)


181/000014 Pregunta formulada por la Diputada doña Ana María Oramas González-Moro (GMx), sobre gestiones que está realizando el Gobierno para permitir la renovación del acuerdo pesquero suscrito entre la Unión Europea y Mauritania, que
expira el día 31/07/2012 ... (Página77)



Página 7





181/000015 Pregunta formulada por la Diputada doña Ana María Oramas González-Moro (GMx), sobre posición del Gobierno con respecto a establecer acuerdos pesqueros bilaterales entre España y Portugal para el acceso de la flota a los caladeros
de Madeira y Azores ... (Página77)


181/000016 Pregunta formulada por la Diputada doña Ana María Oramas González-Moro (GMx), sobre gestiones que está realizando el Gobierno para evitar que el protocolo agrícola con Marruecos, pendiente de ratificar por el Parlamento Europeo,
sea perjudicial para el sector hortofrutícola, especialmente para el tomate canario ... (Página77)


Comisión de Cultura


181/000018 Pregunta formulada por la Diputada doña Ana María Oramas González-Moro (GMx), sobre fecha prevista por el Gobierno para la adopción de las medidas necesarias para la devolución al Museo Arqueológico de Tenerife de la momia guanche
que actualmente alberga el Museo Nacional de Antropología ... (Página77)


Competencias en relación con otros órganos e instituciones


Tribunal Constitucional


232/000018 Encabezamiento y fallo de la sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 71/2001, promovido por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía contra el artículo único, ordinales uno, dos y tres,
del Real Decreto-Ley 9/2000, de 6 de octubre, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental ... (Página78)


232/000019 Encabezamiento y fallo de la sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 3547/1999, promovido por el Presidente del Gobierno contra los artículos 217; 220.2, salvo el inciso relativo a los vertidos al mar;
224.1 a), y 228.3 a) de la Ley 9/1999, de 13 de mayo, de Ordenación del Territorio de Canarias ... (Página78)


232/000020 Encabezamiento y fallo de la sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 2194/2002 interpuesto por el Presidente del Gobierno, representado por la Abogada del Estado, contra los artículos 2.2; 7, 12.1 párrafos
primero, tercero y cuarto, en relación con el artículo 10; 14, 7, por conexión, los artículos 19, apartados 2, 3 y 20, apartado 1 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha, 8/2001, de 28 de junio, para la Ordenación de las Instalaciones de
Radiocomunicación en Castilla-La Mancha ... (Página79)


233/000005 Encabezamiento y fallo de la sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 30/2002, promovida por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Las Palmas de Gran Canaria en relación con la disposición
transitoria segunda de la Ley Canaria 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de Policías Locales ... (Página80)


233/000006 Encabezamiento y fallo de la sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 1836/2005, promovida por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Córdoba en relación con la disposición transitoria
primera, apartado 2 de la Ley Andaluza 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de Policías Locales ... (Página81)


233/000007 Encabezamiento y fallo de la sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 4346/2003, promovida por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Sevilla en relación con la disposición transitoria
cuarta de la Ley del Parlamento de Andalucía 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales ... (Página82)


233/000008 Encabezamiento y fallo de la sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 1490/2010, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Alicante, sobre supuesta inconstitucionalidad del
párrafo tercero del artículo 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, ante su posible contradicción con el artículo 23 de la Constitución española ... (Página82)



Página 8





Otros textos


Iniciativa legislativa popular


120/000002 Proposición de Ley de modificación de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, que regula el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales (corresponde al número de expediente 120/000008 de la IX Legislatura).
Caducidad de la iniciativa ... (Página83)



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COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


COMISIÓNES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


158/000001


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.


Autor: Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Fomento, de análisis y posible reforma del sistema hipotecario español.


Acuerdo:


Admitir a trámite y trasladar a la Comisión de Fomento, a los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia de 26 de junio de 1996, advirtiendo que no cabe predeterminar en este momento el conocimiento por el Pleno del informe
final que se elabore, y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales. Asimismo comunicar este acuerdo al Grupo Parlamentario solicitante.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), de acuerdo con lo establecido en la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre el
procedimiento de creación y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en el seno de las Comisiónes de la Cámara, presenta la propuesta de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Fomento, de análisis y posible reforma del
sistema hipotecario español.


Exposición de motivos


Si la hipoteca fue uno de los motores del rápido crecimiento económico experimentado en España a finales de los 90 y en los primeros años del presente siglo, la ejecución hipotecaria con la consiguiente pérdida de la vivienda se ha
convertido en uno de los problemas más visibles de la crisis económica que vivimos.


Desde una visión meramente estadística, fueron 26.000 las ejecuciones hipotecarias que se produjeron el año 2007, fueron 59.000 las registradas en el 2008, fueron 94.000 las de 2010 y un número similar en 2011. En total, han sido casi
300.000 ejecuciones hipotecarias de vivienda en cuatro años, ello equivale a que todas las viviendas principales de la provincia de Girona, o las de Tarragona, hubiesen sido ejecutadas.


El Congreso de los Diputados ya se ha pronunciado en diversas ocasiones sobre la conveniencia de estudiar modificaciones en la legislación hipotecaria para corregir el problema de la pérdida de la vivienda en casos cada vez más numerosos.
Así, en la pasada legislatura, la Comisión de Vivienda aprobó, el 16 de junio de 2010, la siguiente Proposición no de Ley:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar un Informe, en el plazo de tres meses, que analice la posibilidad de establecer como regla general en los préstamos hipotecarios y para los deudores de buena fe, que la obligación
garantizada se haga solamente efectiva sobre los bienes hipotecados, en los términos previstos en el artículo 140 de la Ley Hipotecaria, y en función del impacto que dicha medida pueda suponer sobre el conjunto del sistema financiero español.'


Otra ocasión fue el 14 de diciembre de 2010, cuando el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó, a propuesta del grupo parlamentario catalán (CiU), la siguiente Moción:


'El Congreso de los Diputados muestra su preocupación por el incremento de los procesos de ejecución de préstamos hipotecarios y de las consecuencias sociales y económicas que de ello se derivan, así como la necesidad de mejorar el acceso de
los ciudadanos a la financiación. Por ello insta al Gobierno, en el marco del diálogo con las Comunidades Autónomas y los agentes interesados, a estudiar la adopción de las siguientes medidas:


1. Evaluar las modificaciones normativas necesarias para perfeccionar la regulación hipotecaria con el objetivo de limitar los efectos sociales de las ejecuciones causadas por impago del préstamo o crédito hipotecario.



Página 10





2. El seguimiento de las modificaciones legislativas introducidas con objeto de incrementar las cuantías fijadas como inembargables de salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, para responder de deuda pendiente de préstamo
hipotecario ejecutado, siempre que la vivienda hubiera constituido la única vivienda disponible y residencia habitual del deudor, atendiendo, entre otras circunstancias, al número de hijos de la unidad familiar que dependen del mismo.


3. Las modificaciones legislativas necesarias a fin de considerar la paralización de la ejecución hipotecaria de la vivienda habitual cuando el deudor persona física se encuentre incurso en procedimiento concursal, en los términos que la
normativa concursal contempla en el supuesto de empresario concursado.


4. Medidas para fomentar el pacto en las escrituras de constitución de hipotecas por el cual la obligación garantizada se haga solamente efectiva sobre los bienes hipotecados, no alcanzando a los demás bienes del patrimonio del deudor, de
conformidad con lo previsto en el artículo 140 de la Ley Hipotecaria.


5. Perfeccionar los mecanismos para favorecer la transparencia y la información a disposición de los ciudadanos en la concesión de préstamos o créditos hipotecarios, en particular en materia de seguros de protección de tipos de interés y de
seguros de protección de pagos que cubra las contingencias de desempleo o incapacidad temporal del prestatario.


6. Fomentar la mediación entre las familias y las entidades financieras para la solución de impagos de préstamos y créditos hipotecarios, posibilitando, en los casos de pérdida de la propiedad, la permanencia en la vivienda en régimen de
alquiler.


7. Reiterando mandatos aprobados por la Cámara, con carácter de urgencia:


a) Impulsar el establecimiento de un nuevo sistema de ayudas públicas para la subsidiación de tipos de interés de préstamos hipotecarios para la financiación de la adquisición de vivienda habitual, con fórmulas de retorno de las ayudas en
cuanto desaparezca la situación de sobreendeudamiento familiar.


b) Promover la creación de un Fondo financiado por el Estado y gestionado por las Comunidades Autónomas, para atender el impago de las rentas del alquiler de vivienda habitual para personas en situación de alta vulnerabilidad social,
previendo la devolución de las cantidades anticipadas por el Fondo una vez que los beneficiarios superen la situación de necesidad que motivó la percepción de las ayudas.'


Con el mismo objetivo, también en la pasada legislatura, todos los grupos del Congreso de los Diputados acordaron la creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Vivienda, de Análisis y posible Reforma del Sistema Hipotecario
Español. Se aprobó esta subcomisión el 15 de junio de 2011, con lo que el plazo de seis meses que tenía para elaborar los trabajos quedó interrumpido por la convocatoria avanzada de elecciones, no pudiendo por tanto cerrar sus conclusiones.


En opinión del Grupo Parlamentario Catalán (CiU), la importancia social y económica de los problemas generados por el impago de hipotecas requiere culminar los trabajos de análisis realizados, en el seno de la Comisión de Vivienda, por la
subcomisión de análisis y posible reforma del sistema hipotecario español en la pasada legislatura.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Catalán propone a la creación de una subcomisión, en el seno de la Comisión de Fomento, 'de análisis y posible reforma del sistema hipotecario español'.


Reglas de organización y funcionamiento:


A) Objeto de la Subcomisión.


La emisión de un informe sobre los elementos de mejora en el sistema hipotecario español y en particular respecto a aquellas condiciones que puedan ser consideradas abusivas.


B) Composición.


La Subcomisión estará integrada por tres representantes de cada uno de los Grupos Parlamentarios con más de 100 diputados en la Cámara y un representante de cada uno de los Grupos restantes.


C) Adopción de acuerdos.


En los acuerdos que adopte la Subcomisión se aplicará el criterio del voto ponderado.


D) Plazo para la realización de los trabajos de la Subcomisión.


La Subcomisión deberá finalizar sus trabajos en el plazo de seis meses, remitiendo el informe que elabore -una vez aprobada por la Comisión de Fomento- al Pleno de la Cámara para su debate y aprobación.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


158/000002


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.



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Autor: Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural,


Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Economía y Competitividad, sobre la comercialización de productos financieros de riesgo como las participaciones preferentes.


Acuerdo:


Admitir a trámite y trasladar a la Comisión de Economía y Competitividad, a los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia de 26 de junio de 1996, advirtiendo que conforme a lo dispuesto en el Punto Tercero de la citada
Resolución la Comisión ha de concretar, en su caso, en su propuesta de creación la composición de la Subcomisión. En el supuesto de que dicho extremo no quede resuelto expresamente, la composición de la Subcomisión se ajustaría a lo dispuesto en la
Cámara para las Ponencias. Asimismo, publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales y comunicar este acuerdo al Grupo Parlamentario solicitante.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, al amparo de la Resolución 18 de la Presidencia del Congreso de 26 de junio de 1996, sobre el procedimiento de creación y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en el
seno de las Comisiónes de la Cámara, presenta la siguiente propuesta de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Economía y Competitividad, sobre la comercialización de productos financieros de riesgo como las participaciones
preferentes.


Exposición de motivos


La Directiva 2004/39/CE relativa a los mercados de instrumentos financieros (MiFID); la Directiva 2006/73/CE relativa a los requisitos organizativos y las condiciones de funcionamiento de las empresas de inversión; y la Directiva
2006/49/CE sobre la adecuación del capital de las empresas de inversión y las entidades de crédito, fueron incorporadas al ordenamiento jurídico español por la Ley 47/2007, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Ley 24/1988, de 28 de julio,
del Mercado de Valores.


Estos cambios legales, entre otras cosas, pretendían proteger a los pequeños inversores ante productos financieros complejos, que en la mayoría de los casos coinciden con los de elevado riesgo. En concreto, el Título VII de Normas de
Conducta, establece en su Capítulo I de Normas de Conducta aplicables a quienes presten servicios de inversión, que 'Las entidades que presten servicios de inversión deberán comportarse con diligencia y transparencia en interés de sus clientes,
cuidando de tales intereses como si fueran propios, y, en particular, observando las normas establecidas en este capítulo'. Más adelante se menciona que 'las entidades que presten servicios de inversión deberán mantener, en todo momento,
adecuadamente informados a sus clientes' y que 'toda información dirigida a los clientes, incluida la de carácter publicitario, deberá ser imparcial, clara y no engañosa. Las comunicaciones publicitarias deberán ser identificables con claridad como
tales'. La propia ley prevé que sea la CNMV quien se encargue de 'en aquellos casos en que se detecte que su contenido no se ajusta a lo dispuesto anteriormente o no es adecuado a la naturaleza o al conjunto de actividades que la entidad o grupo
desarrolla, la Comisión Nacional del Mercado de Valores podrá requerirle para que incorpore al reglamento cuantas modificaciones o adiciones juzgue necesarias'.


En el Estado español estos productos derivados complejos y de elevado riesgo, como es el caso de las participaciones preferentes, han sido ofertados a usuarios que mostraban en los test de conveniencia un profundo desconocimiento de los
productos financieros, así como su voluntad de no adquirir productos con riesgo.


Según el folleto informativo de la CNMV dirigido a los inversores, se definía las participaciones preferentes como un 'Instrumento complejo y de riesgo elevado'. Además, en referencia al proceso de comercialización, explicaba al inversor
que 'su entidad se asegurará de que el producto es adecuado a sus conocimientos y experiencia previa para valorar correctamente su naturaleza y riesgos. Es el test de conveniencia'.


A pesar de ello, diversas entidades financieras omitieron información y ofrecieron masivamente las Participaciones a sus clientes asegurándoles que era un producto sin riesgo, garantizado y que tendrían disponibilidad inmediata de la
liquidez en caso de necesitarla. Ni la CNMV ni el Banco de España supervisaron que las entidades ofrecieran productos adecuados a los test requeridos por la MiFID.


Después de los cambios en la regulación del sistema financiero introducidos por el pacto internacional normativo International regulatory framework for banks -conocido popularmente como Basilea 111- las participaciones preferentes, entre
otros productos financieros como la deuda subordinada o las cédulas hipotecarias, no podrán continuar siendo productos de mercados cerrados. Hasta ahora, cuando el cliente necesitaba la disponibilidad, la propia entidad ofrecía las participaciones



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a otro cliente. Ahora, estas participaciones deberán acudir a un mercado secundario abierto, sometidas por tanto a la más que probable pérdida de su valor nominal. Sin embargo, la propia entidad puede hacerse cargo de garantizar el capital
inicial del cliente, asumiendo en su caso las pérdidas que se pudieran derivar del cambio de mercado.


La realidad es que algunas entidades no se quieren hacer cargo de ello. Por ejemplo, Caixabank ofrece a los clientes un cambio de las participaciones preferentes por un 70% en deuda subordinada a 10 años y un 30% en obligaciones
convertibles en acciones (el 15% en julio de 2012 y el otro 15% en julio de 2013). Las personas que están firmando este intercambio lo hacen ante la falta de una opción que permita la recuperación inmediata del capital inicial y por miedo a perder
el total de dicho capital. Además, de acuerdo con la normativa MIFID, en el nuevo contrato se debe responder al cuestionario de evaluación de la conveniencia, habiéndose observado que en ocasiones el cuestionario ha sido rellenado de antemano,
ofreciendo un perfil de alto conocimiento del funcionamiento de los productos financieros.


En el otro extremo, algunas entidades han ofrecido el cambio de las participaciones por acciones al 100% del valor nominal inicial.


Esto supone que miles de clientes minoristas -ahorradores que pretendían depositar sus rentas del trabajo en la mayoría de casos- pueden perder cantidades sustanciales de sus ahorros fruto de la opacidad e información deficiente ofrecida por
las entidades financieras que comercializaban las participaciones preferentes. Sus perfiles de inversores definidos por los test de conveniencia, mostraban un profundo desconocimiento de los productos financieros, una total falta de experiencia en
el sector y su voluntad de contratar un producto que no pusiera en peligro el capital inicial. La población afectada podría ser de alrededor 500.000 personas.


A la vista de los hechos queda claro que las entidades ofrecieron productos que en absoluto interesaban a los inversores, que además desconocían su naturaleza. Queda claro, por tanto, que las entidades no respetaron los requerimientos
legales exigidos para la comercialización de Participaciones preferentes y que la CNMV no realizó ningún control, o lo hizo muy deficientemente.


Este nuevo episodio escandaloso, se suma a la reiteradamente denunciada opacidad y conductas abusivas de la banca Española. En 2010, la Comisaria Maglena Kuneva presentaba el estudio 'On the follow up in retail financial services to the
consumer markets scoreboard'. En él se evidenció los abusivos precios y la falta de transparencia de las comisiones por servicios financieros que aplica la banca española. En setiembre de 2011, el comisario Michel Barnier, criticó a España e
Italia por las comisiones, pero también por la falta de claridad, dijo sentirse 'muy decepcionado' y dio dos meses de plazo a los Gobiernos para que regulasen la información y la cuantía de las comisiones, antes de que él tomara la iniciativa
legislativa. El plazo acabó, y evidentemente el gobierno no realizo iniciativa legislativa alguna al respecto, ni piensan llevarla a cabo en los próximos meses a la vista de su agenda política.


Por ello y por todo lo expuesto anteriormente, se presenta la siguiente


Propuesta de creación de Subcomisión en el seno de la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales


Composición.


La Comisión de Economía y Competitividad determinará, a instancias de la Mesa y portavoces, el número de diputados que cada Grupo Parlamentario designará para dicha Subcomisión.


Reglas de organización y funcionamiento.


1) Objeto de la Subcomisión. La realización de un estudio sobre la venta de productos financieros complejos y de riesgo a minoristas en el que se analice si ha sido correcta la comercialización de productos financieros de riesgo y se
concreten qué medidas legales adoptar para evitar que se comercialicen productos inadecuados o con información deficiente.


2) Sistema de decisión. En el proceso de decisión de acuerdos, los representantes de cada Grupo Parlamentario tendrán un voto ponderado proporcional a su representación en esta Cámara.


3) Designación de comparecientes. Cada Grupo Parlamentario tendrá derecho a designar hasta un máximo de cuatro ponentes para recabar la información oportuna para cumplir con el objeto de la Subcomisión.


4) Documentación. Cada Grupo Parlamentario podrá recabar, en cualquier momento de los trabajos de la Subcomisión, la información que considere oportuna para cumplir con el objeto de la Subcomisión.


Plazo de finalización de los trabajos de la Subcomisión.


En el plazo de seis meses desde su constitución, la Subcomisión sobre la comercialización de productos financieros de riesgo como las participaciones preferentes elevará a la Comisión de Economía y Competitividad un informe para su
aprobación, con los votos particulares oportunos de los Grupos Parlamentarios discrepantes.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2012.-Laia Ortiz Castellví, Diputada.-Joan Coscubiela Conesa, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.



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CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


162/000143


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre las participaciones preferentes, para su debate en el Pleno.


La Directiva 2004/39/CE relativa a los mercados de instrumentos financieros (MiFID); la Directiva 2006/73/CE relativa a los requisitos organizativos y las condiciones de funcionamiento de las empresas de inversión; y la Directiva
2006/49/CE sobre la adecuación del capital de las empresas de inversión y las entidades de crédito, fueron incorporadas al ordenamiento jurídico español por la Ley 47/2007, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Ley 24/1988, de 28 de julio,
del Mercado de Valores.


Estos cambios legales, entre otras cosas, pretendían proteger a los pequeños inversores ante productos financieros complejos, que en la mayoría de los casos coinciden con los de elevado riesgo. En concreto, el Título VII de Normas de
Conducta, establece en su Capítulo I de Normas de Conducta aplicables a quienes presten servicios de inversión, que 'Las entidades que presten servicios de inversión deberán comportarse con diligencia y transparencia en interés de sus clientes,
cuidando de tales intereses como si fueran propios, y, en particular, observando las normas establecidas en este capítulo'. Más adelante se menciona que 'las entidades que presten servicios de inversión deberán mantener, en todo momento,
adecuadamente informados a sus clientes' y que 'toda información dirigida a los clientes, incluida la de carácter publicitario, deberá ser imparcial, clara y no engañosa. Las comunicaciones publicitarias deberán ser identificables con claridad como
tales'. La propia ley prevé que sea la CNMV quien se encargue de 'en aquellos casos en que se detecte que su contenido no se ajusta a lo dispuesto anteriormente o no es adecuado a la naturaleza o al conjunto de actividades que la entidad o grupo
desarrolla, la Comisión Nacional del Mercado de Valores podrá requerirle para que incorpore al reglamento cuantas modificaciones o adiciones juzgue necesarias'.


En el Estado español estos productos derivados complejos y de elevado riesgo, como es el caso de las participaciones preferentes, han sido ofertados a usuarios que mostraban en los test de conveniencia un profundo desconocimiento de los
productos financieros, así como su voluntad de no adquirir productos con riesgo.


Según el folleto informativo de la CNMV dirigido a los inversores, se definía las participaciones preferentes como un 'Instrumento complejo y de riesgo elevado'. Además, en referencia al proceso de comercialización, explicaba al inversor
que 'su entidad se asegurará de que el producto es adecuado a sus conocimientos y experiencia previa para valorar correctamente su naturaleza y riesgos. Es el test de conveniencia'.


A pesar de ello, diversas entidades financieras omitieron información y ofrecieron masivamente las Participaciones a sus clientes asegurándoles que era un producto sin riesgo, garantizado y que tendrían disponibilidad inmediata de la
liquidez en caso de necesitarla. Ni la CNMV ni el Banco de España supervisaron que las entidades ofrecieran productos adecuados a los test requeridos por la MiFID.


Después de los cambios en la regulación del sistema financiero introducidos por el pacto internacional normativo International regulatory framework for banks -conocido popularmente como Basilea 111- las participaciones preferentes, entre
otros productos financieros como la deuda subordinada o las cédulas hipotecarias, no podrán continuar siendo productos de mercados cerrados. Hasta ahora, cuando el cliente necesitaba la disponibilidad, la propia entidad ofrecía las participaciones
a otro cliente. Ahora, estas participaciones deberán acudir a un mercado secundario abierto, sometidas por tanto a la más que probable pérdida de su valor nominal. Sin embargo, la propia entidad puede hacerse cargo de garantizar el capital inicial
del cliente, asumiendo en su caso las pérdidas que se pudieran derivar del cambio de mercado.



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La realidad es que algunas entidades no se quieren hacer cargo de ello. Por ejemplo, Caixabank ofrece a los clientes un cambio de las participaciones preferentes por un 70% en deuda subordinada a 10 años y un 30% en obligaciones
convertibles en acciones (el 15% en julio de 2012 y el otro 15% en julio de 2013). Las personas que están firmando este intercambio lo hacen ante la falta de una opción que permita la recuperación inmediata del capital inicial y por miedo a perder
el total de dicho capital. Además, de acuerdo con la normativa MIFID, en el nuevo contrato se debe responder al cuestionario de evaluación de la conveniencia, habiéndose observado que en ocasiones el cuestionario ha sido rellenado de antemano,
ofreciendo un perfil de alto conocimiento del funcionamiento de los productos financieros.


En el otro extremo, algunas entidades han ofrecido el cambio de las participaciones por acciones al 100% del valor nominal inicial.


Esto supone que miles de clientes minoristas -ahorradores que pretendían depositar sus rentas del trabajo en la mayoría de casos-pueden perder cantidades sustanciales de sus ahorros fruto de la opacidad e información deficiente ofrecida por
las entidades financieras que comercializaban las participaciones preferentes. Sus perfiles de inversores definidos por los test de conveniencia, mostraban un profundo desconocimiento de los productos financieros, una total falta de experiencia en
el sector y su voluntad de contratar un producto que no pusiera en peligro el capital inicial. La población afectada podría ser de alrededor 500.000 personas.


A la vista de los hechos queda claro que las entidades ofrecieron productos que en absoluto interesaban a los inversores, que además desconocían su naturaleza. Queda claro, por tanto, que las entidades no respetaron los requerimientos
legales exigidos para la comercialización de Participaciones preferentes y que la CNMV no realizó ningún control, o lo hizo muy deficientemente.


Este nuevo episodio escandaloso, se suma a la reiteradamente denunciada opacidad y conductas abusivas de la banca española. En 2010, la comisaria Maglena Kuneva presentaba el estudio 'On the follow up in retail financial services to the
consumer markets scoreboard'. En él se evidenció los abusivos precios y la falta de transparencia de las comisiones por servicios financieros que aplica la banca española. En septiembre de 2011, el comisario Michel Barnier, criticó a España e
Italia por las comisiones, pero también por la falta de claridad, dijo sentirse 'muy decepcionado' y dio dos meses de plazo a los Gobiernos para que regulasen la información y la cuantía de las comisiones, antes de que él tomara la iniciativa
legislativa. El plazo acabó, y evidentemente el gobierno no realizó iniciativa legislativa alguna al respecto, ni piensan llevarla a cabo en los próximos meses a la vista de su agenda política.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Que coordine con la CNMV la revisión exhaustiva de todos los test de conveniencia con el objeto de que el contrato de subscripción de participaciones preferentes, o de cualquier otro producto financiero de riesgo, quedara sin efectos
legales, en el caso de que no fueran un producto adecuado al perfil de conocimiento de productos financieros de la persona contratante o que no se adecuara a los riesgos que manifestaba estar dispuesto a asumir.


2. Que garantice que la CNMV realice en el futuro correctamente sus funciones previstas por la Ley en lo relativo a la comercialización a minoristas.


3. Desarrollar todas aquellas medidas necesarias para que las entidades financieras dejen de ignorar sistemáticamente las Normas de Conducta previstas en el Título VII de la Ley 47/2007, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Ley
24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.


4. Que coordine con el Banco de España todas las acciones necesarias para que se garantice la devolución del capital inicial de todas aquellas personas que subscribieron participaciones preferentes, habiendo manifestado un perfil inversor
de baja tolerancia al riesgo.


5. Que lleve a cabo las sanciones correspondientes a las Entidades Financieras que vulneraron la ley ignorando los requisitos legales para la comercialización de determinados productos financieros de riesgo como es el caso de las
participaciones preferentes.


6. Que durante el próximo periodo de sesiones presente ante esta Cámara un proyecto de ley de transparencia y calidad en la comercialización de los productos financieros, con el objeto de acabar con los abusos y la opacidad de la banca
española y en cumplimiento de los reiterados requerimientos de la Comisión Europea ignorados hasta ahora por los sucesivos gobiernos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2012.-Laia Ortiz Castellví, Diputada.-Joan Coscubiela Conesa, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiónes que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.



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En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


Comisión Constitucional


161/000110


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado don Carlos Salvador Armendáriz de Unión del Pueblo Navarro (UPN), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara presenta la siguiente Proposición
no de Ley relativa al derecho de voto de los 'exiliados' vascos y navarros en sus territorios de origen, para su debate en Comisión.


Exposición de motivos


La historia reciente de nuestro país está íntimamente unida al deseo de la gran mayoría de los españoles por superar episodios recurrentes de desunión, odio y resentimiento. No cabe explicar el notable avance en la convivencia entre
españoles sin un impulso sociopolítico, basado en el respeto y en la tolerancia, que siempre ha tenido como norte la consolidación del Estado que tiene como valores superiores 'la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político' (art.
1.1 CE.).


Esa impronta tan nuestra de buscar soluciones posibles, inclusivas e imaginativas en momentos complejos -como la historia nos demuestra-, quiebra en partes de nuestra geografía en donde el terror político se ha constituido en dictador y
opresor de quienes no comparten sus ideas limitando así sus vidas, anulando su libertad, provocando su exclusión, todas ellas, vergonzosas notas diferenciadoras de su paisaje general (comunitario).


Allí donde se instala el radicalismo, se impone el miedo; la libertad ideológica (art. 16.1 CE.), la libertad de expresión (art. 20.1 CE.), el derecho a participar en los asuntos públicos (art. 23.1 CE.), el derecho a elegir libremente
el lugar de residencia o a circular libremente (art. 19 CE.) dejan su lugar al adoctrinamiento, al silencio, a la sumisión y en muchas ocasiones -como ha ocurrido en nuestro país durante medio siglo- al exilio forzoso de la tierra natal.


Son muchos los vascos y los navarros -cabría añadir -, pueden cifrarse en miles, los ciudadanos anónimos que han tenido que reiniciar sus vidas fuera de estas tierras. Han intentado con ello ocultar sus vidas y patrimonios de las garras de
la extorsión a costa de su libertad y, por tanto, de romper sus lazos con su comunidad, sus gentes, sus raíces y su cultura. Y no debemos olvidar que todo esto ha ocurrido precisamente bajo la atenta mirada de quienes habiendo provocado su marcha,
se han visto automáticamente beneficiados. Éstos, sin reserva moral alguna, han ocupado el hueco social, político y económico que aquéllos han dejado.


Llama la atención que aquéllos que han alentado durante décadas el éxodo de tantos no nacionalistas y que son los mismos que se proclaman miembros de un pueblo vasco étnica, lingüística culturalmente distinto, al defender un supuesto
'derecho de autodeterminación', no reclamen la vuelta de los que tuvieron que marcharse por meras razones políticas (pensar diferente) para participar en este actual 'nuevo y esperanzador período de paz y libertad' -como alguien ha escrito-con la
plenitud de derechos que les corresponden.


Al margen de elucubraciones, es un deber del Estado garantizar el derecho a participar en la vida pública de todos los ciudadanos y, en concreto, el derecho de voto de todas aquellas personas que tuvieron que dejar su tierra por la presión,
el chantaje o las amenazas de ETA y su entorno. La restauración de este derecho constituye, en primer lugar, un acto de reparación y justicia debida con quienes siguen estando privados en la actualidad del derecho básico a poder votar en su tierra,
además de requisito indispensable para poder hablar de una democracia real.


Huelga decir que la actividad intimidatoria de ETA en este sentido ha sido siempre clara y directa que podríamos resumir en la siguiente frase: quien no quisiera participar de la construcción de la nación vasca, sobraba. La historia,
desgraciadamente, ofrece miles de testimonios del programado y selectivo proceso de intimidación y exclusión al que los no nacionalistas han sido sometidos, en lo que algunos sociólogos han calificado como el 'último éxodo político en Europa'


Resulta que a fecha de presentación de esta Proposición no de Ley las razones por las que tuvieron que irse tantas personas del País Vasco y Navarra persisten porque la banda criminal ETA no ha entregado las armas ni se ha disuelto y todavía
no ha sido derrotada, de modo que mantiene su capacidad operativa, y de intimidación, más allá de su actual estrategia política.


Para Unión del Pueblo Navarro, estas personas que tuvieron que dejar necesariamente su tierra natal tienen el derecho fundamental a votar en sus tierras de origen y la defensa del mismo así como su garantía constituyen una prioridad en su
actividad pública. En este sentido, UPN ya presentaba en junio del pasado año, con motivo del último Debate sobre el Estado de la Nación, una Propuesta de Resolución para garantizar los derechos y libertades en País Vasco y Navarra, en la que
instaba a la articulación de un mecanismo que permitiese a estas personas votar en País Vasco y Navarra, sin perjuicio del mantenimiento de su actual domicilio y de la confidencialidad del mismo, y que entonces no contó con el favor de la Cámara.
Escasamente un mes después,



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con fecha 21 de julio, recogía esta misma necesidad en la Moción consecuencia de interpelación sobre los planes del Ministerio del Interior en orden a garantizar que los representantes de Bildu, presentes en las instituciones forales de
Navarra y País Vasco desde las pasadas elecciones, respeten la legalidad vigente y que tampoco contó con la mayoría de la Cámara.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar, con el mayor consenso posible de las fuerzas políticas con representación parlamentaria y cumpliendo con la función atribuida a los poderes públicos por el artículo 9.2 CE, la
reforma necesaria de la regulación electoral con el objeto de garantizar que las personas que han tenido que marcharse de País Vasco y Navarra a causa de las presiones terroristas y su entorno, puedan ejercer su derecho a voto en dichos territorios,
garantizando así este derecho fundamental consagrado en el artículo 23.1 CE y recogido por el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 16 de diciembre de 1966, ratificado por España.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de enero de 2012.-Carlos Casimiro Salvador Armendáriz, Diputado.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


Comisión de Asuntos Exteriores


161/000134


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la exportación de armas a países que vulneran los derechos
humanos, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.


El Gobierno entregó el 4 de junio de 2010 las estadísticas de ventas de material de defensa de doble uso correspondientes a 2009. Llama la atención el aumento de un 44,1% en las exportaciones, con un total de 1.346,5 millones de euros,
batiendo el récord histórico de exportación de armas.


Lo más alarmante es que se han vendido cantidades muy significativas de material de defensa y doble uso a destinos preocupantes, bien porque están en conflicto armado, con situaciones de grave inestabilidad interna o de violaciones de
derechos humanos, operaciones que vulneran el artículo 8 de la Ley 53/2007, sobre comercio de armas y el Código de Conducta Europeo.


Algunos de los destinos más preocupantes, por su situación interna y el montante de las operaciones son:


Tailandia (50 millones de euros en aeronaves y 155.000 euros en armas de calibre inferior a 20 mm., pese al conflicto con Camboya y la represión militar y policial contra la oposición civil;


Sri Lanka (1,29 millones en bombas, torpedos, cohetes y misiles), pese a la guerra contra los Tigres Tamiles, con la reclusión de 250.000 personas y 2.000 víctimas civiles.


Israel (con exportaciones por valor de casi 800.000 euros, de los que 624.000 correspondientes a la categoría 4 (bombas, torpedos, cohetes y misiles) y más de 120.000 en cartuchos de escopeta. Lo más preocupante es el volumen de operaciones
de exportación que se autorizaron en 2009 y que posiblemente se estén realizando en este momento, pese a las continuas y gravísimas violaciones de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario, como ha ocurrido durante el reciente
asalto en aguas internacionales a la 'flotilla' que se dirigía a Gaza con ayuda humanitaria.


Colombia (un avión de transporte por más de 30 millones de euros, con autorización de un millón más), pese al grave conflicto armado interno y pruebas de graves violaciones de los derechos humanos.


Marruecos (30 millones de euros, entre ellos 28 millones en vehículos todo-terreno y 1,7 millones en aeronaves), pese al conflicto del Sahara Occidental y la violación de derechos humanos.


Guinea Conakry (4,1 millones de euros en cartuchos de escopeta y autorización para otros 3,2 millones) pese al golpe de Estado de 2008 y la represión de manifestantes.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno para que:


1) Garantice el cumplimiento riguroso del artículo 8.º, de la Ley 53/2007, en materia de exportación de material de defensa y de doble uso, y exija en todos los casos certificados de último destino firmados por las autoridades de cada país
importador.


2) Verifique la situación de los países de destino y suspenda las autorizaciones de exportación de armas a Estados que mantengan conflictos armados y no garanticen el respeto de los derechos humanos de la población civil.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Joan Josep Nuet i Pujals, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.



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161/000135


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre reforma integral del servicio exterior de la Administración
General del Estado, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.


Durante décadas, el Servicio Exterior de la Administración General del Estado ha estado sometido a una situación de desregulación interesada por parte de la Administración General del Estado y allí donde existía una regulación unilateral por
imperativo legal, como era el caso de los funcionarios, la negociación colectiva específica ha sido prácticamente inexistente por la negativa de la Administración, a pesar de la insistencia de los sindicatos con presencia en el exterior.


Actualmente, a pesar de que se han producido avances considerables en los últimos cuatro años, el servicio exterior se encuentra en una situación de absoluto 'impasse' que impide avanzar en la consolidación de los derechos adquiridos y en el
proceso de articulación de unas relaciones laborales en el exterior en las que los derechos y deberes de todos los trabajadores y todas las trabajadoras se ajusten a los principios fundamentales de un Estado social, democrático, de derecho y
moderno, como pretende ser el nuestro.


Por otro lado sigue siendo necesario abordar cuestiones aún no resueltas, como es la racionalización de los salarios y el desarrollo del Estatuto Básico del Empleado Público en todo el ámbito de la AGE.


Junto a estas cuestiones, se deberían añadir las específicas de este colectivo:


• La necesidad de poner a funcionar la Comisión Técnica del Acuerdo firmado hace ya casi ocho meses para conseguir las relaciones de puestos de trabajo del personal laboral con el fin de proceder al establecimiento de una estructura salarial
actualmente inexistente y así poder iniciar el proceso de homologación salarial por países con la participación de los sindicatos firmantes del acuerdo.


• La necesidad de celebrar elecciones sindicales para el personal laboral de todo el exterior. La Administración debía haber convocado las mismas antes del 10 de marzo.


• La necesidad de acordar un procedimiento para la aplicación del Régimen Sancionador para así poder poner fin a las múltiples arbitrariedades de los gestores.


• La necesidad de tipificar las categorías profesionales y sus correspondientes funciones de manera racional para todos los trabajadores.


• La necesidad de regular el sistema de provisión de puestos de trabajo en el exterior, garantizando, en todo caso, la promoción interna y el reingreso después de la excedencia voluntaria.


• La necesidad de acordar la norma reguladora de la carrera profesional de los funcionarios en el exterior, como ya ocurre con los diplomáticos. Igualmente, garantizar la carrera profesional del personal laboral. En ambos casos, tanto la
carrera horizontal como vertical.


• La necesidad de poner orden en las retenciones fiscales del personal laboral.


• La necesidad de actualizar retribuciones, teniendo en cuenta las distintas realidades laborales en los distintos países. Actualización salarial a principios de año y aplicación de un sistema de revisión automática salarial cuando se
produzca una pérdida significativa salarial en el transcurso del año para el personal laboral y transparencia en la aplicación de los módulos de calidad de vida y de poder adquisitivo a los funcionarios.


• La necesidad de que la Administración garantice a sus trabajadores en el exterior la posibilidad de retorno a España en unas condiciones de dignidad, es decir, ofreciéndoles la posibilidad de continuar trabajando en el ámbito de la AGE en
el interior. Sólo así se dará un cumplimiento efectivo al artículo 42 de nuestra Carta Magna, por lo que respecta a gran parte de nuestro colectivo.


El principio de una negociación conjunta de las condiciones de trabajo de todos los empleados públicos, laborales y funcionarios, su estructura salarial y profesional, la carrera profesional, la jubilación parcial, son reivindicaciones
básicas e imprescindibles para sentar las bases de un modelo de Servicio Público moderno, efectivo y eficaz, al servicio de la ciudadanía española y de los intereses de España en el mundo.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


a) Acometer de forma urgente la reforma Integral del Servicio Exterior a través de una Ley de Acción y Servicio Exterior del Estado, conforme ha comprometido en su programa electoral.


b) Retomar negociaciones reales y efectivas con las Centrales Sindicales para conseguir un Marco Jurídico que regule de manera colectiva y convenida las condiciones de trabajo de los empleados públicos destinados en el Servicio Exterior de
la Administración General del Estado en el marco del Estatuto Básico del Empleado Público y su desarrollo, atendiendo a las necesidades específicas del colectivo, entre otras:


• Poner en marcha la Comisión Técnica del Acuerdo firmado con el Gobierno hace ocho meses para conseguir las relaciones de puestos de trabajo del personal



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laboral con el fin de proceder al establecimiento de una estructura salarial actualmente inexistente y así poder iniciar el proceso de homologación salarial por países con la participación de los sindicatos firmantes del acuerdo.


• Convocar de forma inmediata elecciones sindicales para el personal laboral de todo el exterior.


• Regular un procedimiento para la aplicación del Régimen Sancionador para que ponga fin a las múltiples arbitrariedades de los gestores.


• Tipificar las categorías profesionales y sus correspondientes funciones de manera racional para todos los trabajadores.


• Regular el sistema de provisión de puestos de trabajo en el exterior, garantizando, en todo caso, la promoción interna y el reingreso después de la excedencia voluntaria.


• Regular las retenciones fiscales del personal laboral.


• Actualizar retribuciones, teniendo en cuenta las distintas realidades laborales en los distintos países.


• Garantizar la posibilidad de retorno facilitando la continuidad en el ámbito de la AGE en el interior.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de enero de 2012.-Joan Josep Nuet i Pujals, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000154


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre Colombia, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.


En Colombia se desarrolla un prolongado conflicto armado interno que afecta la estabilidad política y social del país y de la región.


Este conflicto tiene profundas raíces políticas, económicas, sociales e históricas que se remontan a las guerras civiles y levantamientos armados del siglo xix y a la época de la violencia de los años cuarenta y cincuenta del siglo xx.


En desarrollo del conflicto interno y de acciones de las partes relacionadas con el mismo se han producido miles de desapariciones, secuestros y asesinatos. Existen más de cuatro millones de desplazados internos y miles de refugiados en el
exterior. Se calculan en 5 millones las hectáreas de tierras fértiles arrebatadas a los campesinos por los grandes propietarios de tierras en connivencia con las organizaciones paramilitares. Igualmente con el pretexto del conflicto las
organizaciones políticas de oposición y las organizaciones sindicales y sociales han sido víctimas de sistemáticas políticas de persecución y aniquilamiento.


El pueblo colombiano reclama el fin del conflicto y la construcción de una democracia plena en lo político, lo económico y lo social.


Del mismo modo, podemos afirmar que existen numerosas experiencias en las que se han puesto en práctica teorías y decisiones políticas para la resolución pacífica de los conflictos. De hecho, el Estado español ha participado en diversos
esfuerzos e iniciativas para la búsqueda de una solución política dialogada al conflicto colombiano.


España es un Estado Social y Democrático de Derecho con unos amplios y diversos vínculos con América Latina, y concretamente con Colombia, por lo que su gobierno no puede pasar por alto esta situación en la implementación de su política
exterior. Conociendo la gran cantidad de acuerdos existentes con el Estado colombiano, como por ejemplo: el Programa Financiero, renovado en 2005, el Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, el Convenio para Evitar la Doble
Imposición y, sobre todo, el firmado el 23 de enero de 2008, llamado Acuerdo de Asociación Estratégica (AAE), que coloca las relaciones bilaterales en el más alto nivel y que regulará la relación de los dos Estados en ámbitos como inmigración,
comercio, cultura, cooperación judicial o lucha contra 'el terrorismo y el narcotráfico'. Y además, estando al tanto de las ventas de material militar español a Colombia, concretadas en 13 millones de euros el año 1998 y 11 millones de euros en el
año 2003 por la venta de 2 aviones militares CN-235.


Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados, insta al Gobierno a:


1. Reconocer la existencia en Colombia de un conflicto armado interno con sus orígenes políticos, económicos y sociales, tal y como ha hecho recientemente el Gobierno del Presidente Santos al incluir tal reconocimiento de la existencia de
un conflicto armado interno en el texto de la ley de Tierras recientemente aprobada.


2. Abogar por el respeto al Derecho Internacional Humanitario de La Haya y de Ginebra (protección de civiles, prisioneros de guerra, no utilización de medios y métodos prohibidos en la guerra).


3. Suspender la venta de material militar a Colombia mientras no se solucione el conflicto armado interno que vive el país.


4. Apoyar la adopción de la vía del diálogo y la negociación para buscar la terminación del conflicto que vive Colombia y la reconstrucción del país en paz, libertad, democracia y derechos sociales.


5. Vincular los acuerdos con el gobierno colombiano a decisiones y resultados en la observancia y respeto



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de los derechos humanos y las garantías a los derechos constitucionales de los trabajadores sindicalizados y la oposición política.


6. No tomar ninguna medida que ignore la Proposición no de Ley sobre la suspensión de la venta de armas a Colombia y el condicionamiento de la ayuda al desarrollo al respeto a los derechos humanos, aprobada en la Comisión de Asuntos
Exteriores del Congreso de los Diputados en junio de 2004.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2012.-Joan Josep Nuet i Pujals, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


Comisión de Justicia


161/000102


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Unión Progreso y Democracia, a instancia de la Diputada doña Rosa Díez González y al amparo de lo dispuesto en los artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de
Ley para reformar la ley en aras de evitar que queden impunes el delito de homicidio y sus formas en los casos en que el cuerpo de la víctima haya sido ocultado y/o destruido, para su debate en Comisión.


Exposición de motivos


El constante cambio al que se ve sometida la sociedad y los agentes que participan en la misma, exige una adaptación de las acciones objeto de recriminación penal a las circunstancias reales del momento en el que conviven y al que sirven de
fundamento. Dicha adaptación legislativa cumple, de un lado, una función preventiva al evitar determinados comportamientos sociales que surgen 'ex novo' y que son reputados indeseables y, de otro lado, una función resocializadora para el agente
causante.


Sin embargo, la 'estática' tipificación de los elementos objetivos y subjetivos que delimitan el ilícito junto con la interpretación de los mismos -a través de la Jurisprudencia-, aumenta la audacia de los sujetos de la acción delictiva, que
buscan cualquier fisura legal para escapar del poder punitivo del Estado. Una de estas grietas, la encontramos respecto del delito tipificado en el Título I del Libro II de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, esto es, del
homicidio y sus formas.


Ernest Beling definió al sujeto y el objeto de la acción del delito de homicidio como 'el que matare a otro (...)', lo que, conforme a la lógica, exige el efectivo fallecimiento de la víctima y por ende, a priori, la efectiva presencia del
'corpus delicti' que, en la presente, se materializa en el cuerpo del finado. Sin embargo, ¿qué sucede cuando el autor del homicidio oculta y/o destruye el cuerpo de la víctima?


Pese a no existir precepto legal que compela la existencia del cadáver a fin de condenar al culpable de un delito de homicidio, lo cierto es que los tribunales y el Tribunal Supremo en sentada Jurisprudencia, en aras al principio de
inocencia y tutela judicial efectiva, exigen la efectiva presencia del 'corpus delicti' como presupuesto indispensable para acreditar la muerte y, de este modo, poder atribuir la autoría de este ilícito a persona cierta.


La ausencia del 'corpus delicti' en los delitos de homicidio ha provocado que la imputación penal del supuesto culpable se haya incoado bajo los presupuestos de otro tipo penal, por ejemplo, el delito de secuestro, o ha supuesto el
sobreseimiento de la causa, logrando que el homicida quede impune por sus acciones. Esta fisura legal es conocida por los homicidas, quienes ven en la ocultación y/o destrucción del 'corpus delicti', la vía de escape de la mano de la Justicia a
pesar de la existencia de indicios, en muchos casos, que inducen a pensar lo contrario.


Conscientes de estas lagunas, otros ordenamientos jurídicos lo han solventado de diferentes formas. Así, en Estados Unidos la ausencia de 'corpus delicti' se ha salvado por el término legal de la prueba circunstancial o presunta fuera de
toda duda razonable. El primer caso sentado sobre esta base se dio en 1850 en el Juicio contra John Webster, acreditándose probado la muerte de su víctima Ephraim Littlefield en base al conjunto probatorio pese a la ausencia del cuerpo de la
víctima. En línea similar vemos la figura de la 'prueba forense' en Derecho anglosajón, que en 1949 permitió condenar a John George Haigh por seis delitos de asesinatos, pese a la ausencia del cuerpo de sus víctimas y a que el asesino disolvía sus
cuerpos en ácido sulfúrico.


En aras a que no queden impunes el delito de homicidio y sus formas en los casos en que el cuerpo de la víctima haya sido ocultado y/o destruido, se insta al Gobierno a acometer una reforma -en los artículos que afecten a esta materia-, de
la Ley de Enjuiciamiento Criminal, promulgada por Real Decreto de 14 de septiembre de 1982, al ser la ley procesal que impulsa el procedimiento penal, además de fijar las reglas de valoración de la prueba donde radica la problemática de la ausencia
del 'corpus delicti'.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario (Unión Progreso y Democracia) presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno· a presentar, en el plazo máximo de tres meses, una reforma parcial de los artículos (tanto de la Ley de Enjuiciamiento



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Criminal como del Código Penal) que regulan lo relativo a los delitos de homicidio y sus formas para evitar que queden impunes los casos en los que el cuerpo de la víctima haya sido ocultado y/o destruido cuando existan suficientes indicios
del delito.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de enero de 2012.-Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.


161/000127


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


Proposición no de Ley sobre la revisión y denuncia de los acuerdos del Estado con la Santa Sede.


Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión y entendiendo que en los apartados 2 y 3 de la iniciativa se insta al Gobierno a ejercer su iniciativa legislativa en la materia, admitirla a trámite como Proposición no de
Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Justicia. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno, al Grupo Parlamentario proponente y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados, el Grupo Parlamentario IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la revisión y denuncia de los acuerdos del Estado
con la Santa Sede, para su debate en Comisión Justicia.


Exposición de motivos


En los últimos años la sociedad española ha experimentado una profunda secularización, sin embargo no ha sucedido lo mismo con el Estado. Los sucesivos gobiernos del Estado Español han mantenido unas relaciones políticas con la institución
de la Iglesia Católica que la han garantizado una situación claramente privilegiada en numerosos aspectos sociales, educativos, culturales y económicos.


La financiación del clero y de la Conferencia Episcopal, la enseñanza de la religión en la escuela, un régimen abusivo de conciertos con la enseñanza privada, un régimen fiscal más que favorable y un protocolo institucional que la convierte
sin fundamento jurídico en religión oficial, son algunos de estos privilegios recogidos en el Acuerdo General de 1976 que revisaba el Concordato de 1953. Un acuerdo que fue completado con el 'Acuerdo sobre Asuntos Culturales y Educativos' (Acuerdo
de la Santa Sede). Este Acuerdo data de enero de 1979, aspecto nada baladí teniendo en cuenta que tan sólo un mes antes fue aprobada la Constitución española y que este protocolo se negoció con el Vaticano por un gobierno preconstitucional.


Con respecto al contenido del acuerdo, una de las cuestiones fundamentales es la situación de privilegio (que no de derecho), de la Iglesia en el sistema educativo. Un pacto que determina que la asignatura de religión tendrá el mismo rango
que el resto de asignaturas fundamentales, es decir, será tan importante como las matemáticas, el inglés, la historia. Del mismo modo se establece que la asignatura de religión católica siempre se impartirá en el período lectivo, sus libros son los
únicos que no pueden ser revisados por la autoridad educativa y los profesores de religión son elegidos por los obispos y pagados por el Estado (son los únicos a los que la administración les permite educar sin que la propia administración compruebe
su preparación para ello).


Este protocolo es producto de un contexto histórico superado por nuestra democracia hace mucho tiempo y en el que la Iglesia mantenía un poder extraordinario como consecuencia de su alianza con el franquismo. Un acuerdo que le ha servicio
como cadena de hierro con el que maniatar a los gobiernos democráticos, que aún hoy sigue vigente y que no tiene visos de ser revisado.


Por todo ello se presenta, para su debate en Comisión, la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que:


1. Revise los acuerdos del Estado con la Santa Sede del 1975 al 1979 que posibilitan la financiación de la Iglesia Católica, de acuerdo con un Estado aconfesional y de manera que no tenga un trato de privilegio respecto a otras religiones.



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2. Reforme la Ley Orgánica de Libertad Religiosa aprobada el 1980, de manera que no se favorezca a la jerarquía católica ofreciéndole un trato diferencial.


3. Reforme la Ley de Asociaciones, con el fin de que en su ámbito de aplicación la Iglesia Católica no reciba ningún privilegio respecto de otras confesiones religiosas.


4. Suprima los símbolos religiosos de los actos institucionales de toma de posesión elaborando un protocolo civil.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de enero de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000129


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre procedimiento para dejar de pertenecer de manera expresa a las
confesiones religiosas, para su debate en la Comisión de Justicia.


De forma resumida, la apostasía es la renuncia a la fe cristiana recibida por medio del bautismo. Es decir, el abandono explícito y voluntario de los dogmas y creencias de la Iglesia que se asumen por el acto del sacramento del Bautismo,
independientemente de que en ese momento la persona no pueda tener consciencia de ello, ni posea capacidad crítica para decidir si deseará o no algún día abrazar libre y voluntariamente dicha fe. Por extensión la apostasía también puede
considerarse en general como el abandono de la fe o de la religión que se profesa.


La declaración de apostasía es el único medio que la Iglesia Católica reconoce para que una persona bautizada deje de pertenecer a ella de forma voluntaria, ya que el apartamiento de la práctica religiosa en ausencia de una manifestación
formal de rechazo de la fe no comportaría para la Iglesia ninguna situación especial -de hecho es algo bastante común hoy en día-, y por otro lado la expulsión de la Iglesia del interesado por parte de las autoridades eclesiásticas sin ser
solicitada no constituye apostasía, sino excomunión.


La posibilidad de ejercer la apostasía, al margen de la opinión que pueda merecer a la Iglesia, se trata de un derecho implícitamente reconocido tanto en la legislación internacional como en la nacional:


• Artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948:


Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia...


• Artículo 9, párrafo 1, del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de 1950:


Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho implica la libertad de cambiar de religión o de convicciones...


• Artículo 10, párrafo 1, sobre Libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 2000:


Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho implica la libertad de cambiar de religión o de convicciones...


• Artículo 2, párrafo 1.a, de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980:


La libertad religiosa y de culto garantizada por la Constitución comprende, con la consiguiente inmunidad de coacción, el derecho de toda persona a:


Profesar las creencias religiosas que libremente elija o no profesar ninguna; cambiar de confesión o abandonar la que tenía, manifestar libremente sus propias creencias religiosas o la ausencia de las mismas, o abstenerse de declarar sobre
ellas.


Por otro lado, las confesiones religiosas obtienen beneficios de dicha circunstancia, ya que gracias a los 'registros de bautismo' hacen aumentar artificiosamente su número de fieles en determinadas estadísticas para obtener mayores
privilegios sociales y económicos, sin preocuparles demasiado la integridad de las creencias de dichos fieles ni si sus prácticas se corresponden realmente con su supuesta condición.


Por tanto, elegir la propia adscripción ideológica o religiosa es un derecho incuestionable de todos los ciudadanos, reconocido legalmente en el artículo 16 de la Constitución Española. La posibilidad de cambiar o de abandonar cualquier
religión también está recogida, como hemos visto, en la Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980 así como en distintos tratados internacionales, entre ellos la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948.


Sin embargo, hemos de señalar que en la práctica este proceso para llevar a cabo la apostasía y el reconocimiento de la misma por parte de las religiones es muy lento e incierto en su resolución, quedando sin constancia ni efecto alguno en
la mayoría de los casos. Concretamente, a día de hoy, no se ha establecido un sistema que garantice la baja o el acto de no pertenencia a la religión de la persona que en su día fue bautizada y con posterioridad decide libremente no formar parte de
la misma, y que ésta se inscriba en los archivos oportunos. Otro problema que no está resuelto es la dificultad para conseguir la supresión de todos los datos de los registros de la Iglesia, en aplicación de la Ley Orgánica 15/1999,



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de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, que obliga a cualquier organización, iglesias incluidas, a eliminar de sus archivos toda referencia sobre datos personales y privados sencillamente con la petición en ese
sentido por parte del interesado.


Por estos motivos, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a estudiar las reformas legales y llevar a cabo acuerdos con las diferentes confesiones para establecer un procedimiento que permita de forma rápida y con garantías causar baja de las
religiones a todos los efectos legales y económicos posibles, la inscripción expresa en sus asientos de la baja y la supresión de los datos personales que obren en sus registros.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de enero de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000130


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre revisión de sentencias y la anulación de Consejos de Guerra y
juicios sumarios ejecutados por motivos políticos durante la dictadura franquista, para su debate en la Comisión de Justicia.


Es preciso traer a la memoria a todas aquellas personas que durante el régimen franquista fueron perseguidos, torturados, juzgados y ejecutados por motivaciones políticas, en algunos casos meros 'paseos' (ejecuciones extrajudiciales), pero
en otros casos los fusilamientos de los disidentes políticos se revistieron de algún tipo de formalidad jurídica.


Sirva de ejemplo el caso de Julián Grimau: detenido, torturado, procesado y ejecutado por el régimen franquista. El 18 de abril del 63 comienza el juicio sin pruebas de ningún género, ni testimonios directos, en el que el fiscal,
cumpliendo órdenes de sus superiores, le impone la pena máxima: la pena de muerte. Dos días después, el 20 de abril, Julián Grimau es conducido a Campamento en donde un pelotón de fusilamiento ejecuta la pena de muerte impuesta por un consejo de
guerra en el juicio sumarísimo seguido contra este dirigente del Partido Comunista de España, detenido por la policía franquista entre los días 7 y 8 de noviembre de 1962. Su único delito, como él mismo reconoció durante el procesamiento, ser
comunista y luchar en defensa de la libertad y por el restablecimiento del Estado legítimo y soberano arrebatado por la sublevación franquista.


No es necesario ponderar la execrabilidad de este tipo de crímenes cometidos durante la dictadura franquista, pues cualquier demócrata entiende que la eliminación física del opositor político es rechazable desde todos los puntos de vista.
Pues bien, los herederos de algunos de estos ciudadanos ejecutados por sus ideas políticas por la dictadura han tratado de restablecer el buen nombre de sus familiares y en el curso de los procesos de revisión de sentencia se han encontrado con la
desagradable sorpresa de que los tribunales de un Estado democrático les niegan esa restitución en virtud de ajuste al derecho de la época de las sentencias de ejecución franquistas. Tal es el caso de la sentencia de 3 de marzo de 1999 de la Sala
de lo Militar del Tribunal Supremo, por la que se niega la revisión de una sentencia de 1963 por la que se ejecuta a Joaquín Delgado y a Francisco Granado, según la sentencia, de acuerdo a la legalidad entonces vigente.


Con la presente Proposición no de Ley no se pretende rebatir la pureza formal de esas decisiones judiciales, sino que, más allá de razonamientos jurídico-procesales, se haga justicia, rehabilitando el honor de los hombres y mujeres
condenados y ejecutados durante el régimen franquista por sus convicciones ideológicas, a través de la anulación de los Consejos de Guerra y la revisión de oficio de los juicios sumarios.


Por todo ello se presenta, para su debate en Pleno, la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Tomar las medidas necesarias para la declaración de nulidad radical de todas las condenas, sentencias y resoluciones dictadas por los tribunales franquistas a propuesta de la fiscalía.


2. Promover la creación de una línea específica de la fiscalía que impulse la anulación judicial de las resoluciones dictadas por los tribunales, jurados y cualesquiera otros órganos penales o administrativos que, durante la Guerra Civil y
la Dictadura, impusieron, por motivos políticos, ideológicos o de creencia religiosa, condenas o sanciones de carácter personal, teniendo en cuenta la ilegitimidad de dichos órganos y a la derogación expresa de las normas que las fundamentaron.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de enero de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.



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161/000131


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la creación de una Ley de Mediación
Familiar, para su debate en la Comisión de Justicia.


La mediación como mecanismo de solución de conflicto va implantándose en nuestra sociedad, a pesar de carecer de regulación jurídica.


El Comité de Ministros del Consejo de Europa formuló a los Estados miembros la Recomendación R (98)1, de 21 de enero de 1998 (publicado en el Boletín de Información del Ministerio de Justicia de 1 de mayo de 2001 (número 1.892), sobre
Mediación Familiar, que a pesar de no tener carácter vinculante, sin embargo constituye una fuente de inspiración moral de la acción de los poderes públicos. Esta Recomendación, entre otras disposiciones, recomienda a los gobiernos de los Estados
miembros para que instituyan o promuevan la mediación familiar, o refuercen la mediación familiar existente, así como para que tomen o refuercen cualquier medida que estimen necesaria para asegurar el establecimiento de los principios que la propia
Recomendación sienta.


La propia Recomendación expresa que la decisión de formularla a los Estados miembros, se fundamenta en los resultados de la investigación en lo que respecta al uso de la Mediación y de las experiencias llevadas en este terreno en varios
países, que demuestran que el recurrir a la Mediación Familiar podrá, llegado el caso:


- Mejorar la comunicación entre los miembros de la familia.


- Reducir los conflictos entre las partes en litigio.


- Dar lugar a acuerdos amistosos.


- Reducir los costes económicos y sociales de la separación y del divorcio para las partes y para los Estados.


- Reducir el tiempo necesario para la solución de conflictos.


En el ámbito territorial del Estado Español, ya existen diversas Leyes y Reglamentos de ámbito autonómico que han aprobado, instaurado y desarrollado la Mediación Familiar en sus respectivos territorios y la han integrado en su normativa
positiva, cuales son las Comunidades Autónomas de Cataluña, Valencia, Galicia y Canarias, existiendo diversos anteproyectos y proyectos de Ley en curso en otras Comunidades Autónomas, como es el caso de la Comunidad de Castilla y León, por lo que
parece conveniente dictar una normativa de carácter estatal que sirva para establecer la Mediación Familiar como eficaz y extendido sistema de resolución alternativa de conflictos en el ámbito familiar, y que comprenda tanto su variable
extrajudicial como la propiamente judicial o intrajudicial.


La propia Ley 1/2.000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil ('BOE' de 8 de enero), ya prevé, tanto en su Exposición de Motivos como en algunos puntos de su articulado, la necesidad de dar a las partes la posibilidad de llegar a un acuerdo
antes de proceder a la apertura y continuación del trámite judicial, sirviendo a modo de ejemplo el contenido del artículo 414 que, en su párrafo segundo, expresa: 'Esta audiencia se llevará a cabo, ...para intentar un acuerdo o transacción de las
partes que ponga fin al proceso...', así como el contenido del apartado 3 del artículo 771 de la misma, relativo a las 'Medidas provisionales previas a la demanda de nulidad, separación o divorcio...', que expresa lo siguiente: 'En el acto de la
comparecencia a que se refiere el apartado anterior, si no hubiere acuerdo de los cónyuges sobre las medidas a adoptar...'


Con esta justificación, durante la tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley de modificación del Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, se acordó con el apoyo unánime mediante una transacción a
una enmienda presentada por este Grupo Parlamentario, incorporar en una disposición final la obligación de Gobierno de elaborar una Ley de mediación, de forma que también el Juez, en los procesos incoados a instancia de uno solo de los cónyuges con
la finalidad de reducir las consecuencias derivadas de una separación y divorcio para todos los miembros de la familia, mantener la comunicación y el diálogo, yen especial garantizar la protección del interés superior del menor, se establece la
mediación como un recurso voluntario alternativo de solución de los litigios familiares por vía de mutuo acuerdo con la intervención de un mediador, imparcial y neutral.


Han transcurrido más de seis años desde la entrada en vigor de la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, sin que hasta la fecha el Gobierno
haya iniciado los trámites legislativos para dar cumplimiento al mandato contenido en la disposición final tercera, que establece que el Gobierno remitirá a las Cortes un proyecto de ley sobre mediación basada en los principios establecidos en las
disposiciones de la Unión Europea, y en todo caso, en los de voluntariedad, imparcialidad, neutralidad y confidencialidad y en el respeto a los servicios de mediación creados por las Comunidades Autónomas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Remitir a la Cámara en el plazo de seis meses un proyecto de ley sobre mediación familiar basada en los



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principios establecidos en las disposiciones de la Unión Europea, y en todo caso en los de voluntariedad, imparcialidad, neutralidad y confidencialidad y en el respeto a los servicios de mediación creados por las Comunidades Autónomas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de enero de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000161


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre niños perdidos del franquismo y adopciones ilegales hasta inicios
de los ochenta, para su debate en la Comisión de Justicia.


El 28 de octubre de 2010 el Juzgado de Instrucción número 21 de Madrid se inhibió a favor del Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional respecto a una denuncia por robo de niños durante el franquismo. Otros dos jueces a favor
de los cuales se había inhibido el juez Baltasar Garzón durante su investigación sobre los crímenes del franquismo, el Tribunal Supremo le ha abierto juicio al considerar que, al aceptar el caso, cometió prevaricación, lo que provocó en mayo su
suspensión por el Poder Judicial. Además, la Fiscalía de la Audiencia Nacional se opone a que este tribunal investigue esta causa, con el discutible argumento de que no es posible la vía penal, aunque parece que el ministerio público sí apoyaría la
vía administrativa mediante la creación de una Oficina en el Ministerio de Justicia encargada de coordinar las denuncias y agilizar los trámites en la localización de los desaparecidos.


El comandante psiquiatra Antonio Vallejo Nájera, que dirigía los Servicios Psiquiátricos del Ejército, director del Gabinete de Investigaciones Psicológicas, encargado de estudiar la superioridad de la raza española y autor del libro
'Eugenesia de la Hispanidad y regeneración de la raza', estableció en Málaga un campo de experimentación sobre presos políticos, asesorado por agentes de la Gestapo, en el que agrupó a las mujeres marxistas, considerando que el marxismo español era
una patología mental, 'mezcla judeo-masónica que la distingue del marxista europeo, semita puro'. Siguiendo sus teorías, la dictadura confió al Ministerio de Justicia la responsabilidad de recoger a todos los hijos de los fusilados, encarcelados o
desaparecidos a fin de purificar a aquellas criaturas, de familias rojas y descarriadas, y 'liberarles de la miseria material y moral que suponía su distanciamiento del nuevo Estado español'. La Orden de 30 de marzo de 1940 dio la patria potestad
al Estado. Con el concurso de la Acción Social de la Falange y la Iglesia, miles de niños fueron arrebatados a sus madres y familiares en cárceles, hospicios y maternidades, y en numerosos casos les cambiaron los apellidos para entregarlos a
parejas afines al régimen, amparándose en la Ley de 4 de diciembre de 1941, que autorizó el cambio de apellidos 'si no se pudiera averiguar el Registro Civil en que figuren inscritos los nacimientos de los niños que los rojos obligaron a salir de
España y que sean repatriados. Igual inscripción se hará a los niños cuyos padres y demás familiares murieron o desaparecieron durante el Glorioso Movimiento Nacional'.


Estos hechos están acreditados en el auto redactado por el juez Garzón, descritos en el documental televisivo 'Els nens perduts del franquisme', obra de Montse Armengou y Ricard Belis, y analizado en el libro 'Irredentas' (2002), del
historiador Ricard Vinyes, y 'El caso de los niños perdidos del franquismo' (2008), del jurista Miguel Ángel Rodríguez Arias, del Instituto de Derecho penal Internacional de la Universidad de Castilla-La Mancha.


El juez incluye en su escrito cifras, basadas en fuentes históricas, que elevan a más de 30.000 el número de hijos de presas republicanas tutelados por la dictadura franquista entre 1944 y 1954, especificando distintas formas de sustracción
de menores, sin olvidar a los que fueron repatriados desde el extranjero, contra la voluntad de sus familias, entre los años 1939 y 1949, a través de un entramado de acciones y organismos, principalmente el Servicio Exterior de Falange.


Lo que había empezado con una motivación política se convirtió en un negocio en los años sesenta y setenta, e incluso prosiguió hasta inicios de los ochenta. El mapa de adopciones ilegales se extiende por toda España. Clínicas privadas o
concertadas como O'Donnell, Santa Cristina y San Ramón, en Madrid; Santa Isabel, en Valencia; o Pérez Serrano, en Zaragoza.


Este delito constituye un delito de lesa Humanidad que no ha prescrito, ya que muchas de las víctimas pueden aún estar vivas. Por ello el juez Baltasar Garzón instó a las instituciones, al Ministerio Fiscal y a los jueces a que investiguen,
sancionen a los culpables y se repare a las víctimas, de manera que puedan recuperar la identidad que les fue arrebatada.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar en el marco de sus competencias las medidas necesarias para:


1. Apoyar la investigación de las desapariciones de niños robados a sus madres por la dictadura franquista



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y, posteriormente, hasta los años ochenta en clínicas privadas.


2. Crear en el Ministerio de Justicia la prometida Oficina de coordinación y agilización de la búsqueda de los niños desaparecidos.


3. A la creación de una base de datos, incluyendo el ADN de las víctimas y familiares que lo soliciten.


4. Facilitar el acceso a las informaciones solicitadas por las víctimas o sus familiares supervivientes, mediante una disposición específica que permita una interpretación flexible de la Ley de Protección de Datos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


Comisión de Interior


161/000133


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


Proposición no de Ley sobre revitalización de las Juntas Locales de Seguridad.


Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión y entendiendo que la información a la que se refiere el punto 3 de la iniciativa se facilitaría, en su caso, por el cauce reglamentario pertinente, admitirla a trámite como
Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Interior. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno, al Grupo Parlamentario proponente y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes
Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre revitalización de las Juntas Locales de Seguridad, para su debate
en la Comisión de Interior.


La Seguridad Pública exige la colaboración entre todas las administraciones concernidas, también en sus aspectos de Seguridad Ciudadana. En múltiples estudios y análisis se coincide en destacar que la división competencial tiene sentido en
cuanto distribución de tareas, pero siempre buscando la optimización de los recursos disponibles. Por su parte, los indicadores de criminalidad denunciada aumentan la demanda ciudadana de seguridad al unísono o por encima de tales indicadores, y
parece que con 'planes' puntuales (tipo presencia policial en los colegios) es claramente insuficiente.


Una de las estrategias fundamentales para la gobernabilidad, en los casos de fenómenos de relevancia social, es la participación mayoritaria en los programas de acción política. Así es que ante los problemas públicos de seguridad ciudadana,
la adecuación de la implicación pública está contrastada. Es necesario que la ciudadanía, a través de los cauces representativos y presencia directa, tome parte en las propuestas para la resolución de sus carencias seguritarias. En gran medida es
seguir las recomendaciones de las Naciones Unidas, en su documento 'Un mundo más seguro: la responsabilidad que compartimos'. Otras recomendaciones del Consejo de Europa y del Parlamento Europeo van por el mismo camino.


En el ordenamiento español las figuras participativas son escasas, pero la lógica y la práctica política están superando las carencias. En el caso de la seguridad ciudadana las lagunas aumentan, pero al menos existe la posibilidad de
articular cierta respuesta a partir de un uso adecuado de las Juntas Locales de Seguridad; recogidas en la Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, artículo 54 (el último precisamente) Pensamos que es muy importante acercarnos a los
problemas locales de seguridad, pero en una conjunción e interrelación con las Comunidades Autónomas y específicamente del Estado. Es una aplicación del concepto 'glocal' a la gobernanza actual. Para ello resulta esencial conocer directamente los
problemas y demandas de la ciudadanía, para articular medidas administrativas a continuación.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover una estrategia que promocione la reunión de las Juntas Locales de Seguridad. A través de



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las instrucciones y directrices oportunas procederá a la convocatoria de tales Juntas, con la específica idea de promover la participación cívica en la adopción de medidas de seguridad ciudadana.


2. Estudiar fórmulas de participación pública en las políticas de seguridad ciudadana, especialmente contrastando las experiencias ya existentes y su posible adecuación normativa y ejecutiva.


3. Informar en el plazo de seis meses ante la Comisión de Interior sobre el desarrollo y resultados de la estrategia marcada.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Ricardo Sixto Iglesias, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000155


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.


Proposición no de Ley al objeto de modificar la aplicación del Código Penal Militar a la Guardia Civil.


Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión y entendiendo que se insta al Gobierno al ejercicio de su iniciativa legislativa en la materia, admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194 del
Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Interior. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y al Grupo proponente y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Unión Progreso y Democracia, a instancia de la Diputada doña Rosa Díez González y al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de
Ley al objeto de modificar la aplicación del Código Penal Militar a la Guardia Civil, para su debate en Comisión.


Exposición motivos


La aprobación de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, supuso un paso en la democratización de la Guardia Civil, aunque no fue suficiente. Así, la citada Ley recogía entre otros supuestos
la desaparición de la sanción del arresto entre las posibles sanciones a aplicar cuando un agente incurriera en una infracción del régimen disciplinario. Pero, sin duda, uno de los extremos más importantes que recogió la citada norma fue la no
aplicación del Código Penal militar a los agentes de la Benemérita, salvo, como se recoge en la disposición adicional cuarta, 'en tiempos de guerra, durante la vigencia del estado de sitio, durante el cumplimiento de misiones de carácter militar o,
cuando el personal del citado cuerpo, se integrara en Unidades militares'. De esta forma, se acababa con un anacronismo que suponía la aplicación del Código de Justicia militar a unos funcionarios que desarrollan sus funciones en el ámbito civil,
salvo en excepcionales situaciones.


Si bien éste era el sentido y finalidad de la reforma, desde hace meses la Sala Militar del Tribunal Supremo, en sentencias como la del 16 de abril de 2009, 20 de abril de 2009, 16 de junio de 2009, 8 de mayo de 2009, entre otras, se realiza
una interpretación que se aleja del espíritu de la norma de forma que el Código Penal militar se aplica a los agentes no sólo en los casos que prevé la disposición adicional cuarta, sino también en situaciones en las que los guardias no se
encuentran de servicio y en los casos en los que, aun estando de servicio policial, el hecho en sí no forma parte de los actos propios del mismo.


Esta interpretación -que no es pacífica en la Sala ya que existen en todas las sentencias votos particulares que no comparten el criterio-, supone en la práctica que, cuando un Guardia Civil esté de servicio, no le será aplicable el CPM,
pero cuando lo termine sí lo será. Esta interpretación lleva a resultados escandalosos, como que si, por ejemplo, un Guardia Civil insulta, o desobedece a un superior durante el servicio, será sancionado por el Régimen Disciplinario a un
determinado número de días de suspensión de empleo, pero si lo hace no estando de servicio acabará cumpliendo pena de cárcel.


Los guardias civiles son funcionalmente policías y jurídicamente militares. Y esta circunstancia, nada más que ésta, es la que permite que carezcan de muchos derechos o bien que el ejercicio de los mismos sea tan limitado. La Guardia Civil
realiza las mismas funciones que encomienda la Constitución a los Cuerpos de Seguridad, dichas funciones son compartidas a nivel estatal por el Cuerpo Nacional de Policía. No obstante,



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los componentes de ambos Cuerpos disfrutan de un ejercicio de sus derechos con diferencias abismales de forma que los guardias civiles son susceptibles de ser encarcelados por meras infracciones administrativas y carecen de cualquier órgano
de representatividad, sean sindicatos o asociaciones profesionales.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'En su virtud el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que:


Proceda a realizar las modificaciones legales oportunas tanto en la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil como en la Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre, por la que se aprueba el Código
Penal Militar, a fin de que este último se aplique a los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil exclusivamente en tiempo de guerra, durante la vigencia del estado de sitio, durante el cumplimiento de misiones de carácter militar en el extranjero o
cuando el personal del citado Cuerpo se integre en Unidades militares, descartándose expresamente su aplicación en cualquier otro supuesto.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2012.-Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.


Comisión de Defensa


161/000109


A la Mesa de la Comisión de Defensa


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado don Pedro Quevedo Iturbe, de conformidad con lo previsto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de la Cámara, presenta para su debate en la Comisión de Defensa, la
siguiente Proposición no de Ley sobre las infraestructuras militares que está instalando el Ministerio de Defensa en la montaña de la Muda, en la isla de Fuerteventura.


El Ministerio de Defensa ha puesto en marcha los trabajos para instalar nuevas infraestructuras de comunicaciones militares en la montaña de la Muda (TM Puerto del Rosario).


La montaña de La Muda forma parte del Espacio Natural Protegido de Vallebrón, en una isla, Fuerteventura, que en mayo de 2009 fue declarada Reserva de la Biosfera por la Unesco.


Estas obras comienzan a ejecutarse sin tener en cuenta las solicitudes de paralización y estudio de otras alternativas de ubicación en la misma zona (pero en terrenos no considerados Espacio Natural Protegido), que han formulado por escrito
todas las instituciones de Fuerteventura y el propio Parlamento de Canarias, a través de la proposición no de ley PNL-0294, de 2 de marzo de 2011, debatida y aprobada en el Pleno del Parlamento en sesión celebrada los días 22 y 23 de marzo de 2011.


Con fecha 25 de noviembre de 2011, el Pleno del Cabildo de Fuerteventura renueva su declaración institucional aprobada el 25 de febrero de 2011, en la que se reitera el rechazo del Cabildo de Fuerteventura a la ampliación de las
instalaciones militares de La Muda, y aprueba por unanimidad una moción en la que se reafirma en la vocación profundamente democrática y de la cultura de la paz de la isla de Fuerteventura, así como el espíritu hospitalario, tolerante y abierto que
caracteriza a su pueblo y que permite acoger a cientos de miles de visitantes para que disfruten de nuestra cultura y las bondades de nuestra naturaleza y clima, adhiriéndose a la resolución del Senado 662/000129, en sesión extraordinaria del día 21
de julio de 2010, sobre la declaración de Canarias como Zona Internacional de Cultura de Paz y Derechos Humanos, solicitando al Parlamento de Canarias y los grupos que lo conforman que se pronuncien a favor de la misma.


Conviene recordar que gracias al convenio de colaboración del Cabildo con la entidad cultural Radio ECCA ya se han desmontado unas estructuras viejas que tenía la emisora de radio en la montaña de La Muda, incluyendo una torre de unos 40
metros de altura. Y el servicio público de abastecimiento de aguas (Consorcio de Abastecimiento de Aguas a Fuerteventura), ha retirado también diverso material ubicado en la zona. Permitiendo así eliminar muchos residuos relacionados con
sujeciones, restos de obras, etc., que se habían venido acumulando desde hacía décadas.


La intención de las instituciones de Fuerteventura es continuar este trabajo adecuando las viejas instalaciones, dos pequeños cuartos para los motores, mimetizándolos con el entorno dejándolos preparados como zona de descanso para los
visitantes que transiten por el sendero que atraviesa la zona incluido en la red insular de senderos y, en el caso de que no fuera posible, también valorar la eliminación total de estas construcciones, devolviendo el entorno a su estado original, en
la medida de lo posible.


En este mismo sentido, desde hace años el Cabildo también ha propuesto a Defensa retirar o mimetizar las instalaciones que tiene en La Muela, para aminorar su impacto en el entorno. El Cabildo incluso ha redactado una propuesta técnica al
respecto, que se entregó en mano a los representantes del Ministerio de Defensa, y ha estado dispuesto a financiar parte de los trabajos, sin haber recibido ningún tipo de respuesta hasta la fecha.


Esta iniciativa va por lo tanto dirigida a solicitar de forma urgente al Ministerio de Defensa que escuche los



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planteamientos de las instituciones de Fuerteventura y de los colectivos vecinales y paralice los trabajos que acaba de comenzar hasta que haga los estudios técnicos necesarios para ubicar dichas instalaciones en terrenos no considerados
Espacio Natural Protegido.


Existen alternativas técnicas viables para ubicar los equipos de comunicaciones en áreas próximas a La Muda, que ya vienen siendo ocupadas para este tipo de fines, que no cuentan con la categorización de Espacio Natural Protegido y donde
generarían un menor impacto ambiental y paisajístico.


Las instituciones de Fuerteventura han mostrado además su disponibilidad a colaborar en esta iniciativa, para definir un emplazamiento más razonable y que no genere mayores impactos ambientales. En este sentido, todos los alcaldes de
Fuerteventura han ratificado con su firma un escrito de apoyo a esta solicitud.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Ministerio de Defensa a la paralización inmediata de las obras y del proyecto para la instalación de infraestructuras en la montaña de La Muda, en la isla de Fuerteventura, y la puesta en marcha de los
estudios técnicos necesarios para la búsqueda de alternativas fuera de espacios protegidos, que generen menor impacto ambiental y visual y que sean consensuadas con las instituciones majoreras.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Pedro Quevedo Iturbe, Diputado.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


161/000132


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


Proposición no de Ley sobre bases militares de uso compartido.


Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión y entendiendo que la comparecencia anual a la que se alude en el punto 7 se realizaría, en su caso, por el cauce reglamentario pertinente, admitirla a trámite como Proposición
no de Ley, conforme al artículo 194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Defensa. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno, al Grupo Parlamentario proponente y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre bases militares de uso compartido, para su debate en la Comisión
de Defensa.


La apuesta por la paz, la resolución pacífica de conflictos, la lucha contra el terrorismo a través de la información y la coordinación policial desde el respeto a las libertades y derechos fundamentales, exige un control en cuanto al uso de
las bases ubicadas en territorio español que evite la utilización por parte de EEUU de sus instalaciones para llevar a cabo operaciones ilegales, tales como las operaciones de secuestro o entrega de ciudadanos presuntamente vinculados al terrorismo
internacional, sin las mínimas garantías jurídicas y vulnerando los derechos humanos.


En un contexto en el que las Bases de Rota y Morón se podrían calificar de 'restos' de la denominada 'guerra fría', que hoy no se corresponde con la situación geoestratégica de interés mundial y en el que se limitan a ser herramientas
subordinadas a la política exterior de EEUU, es necesario denunciar los acuerdos bilaterales, el Acuerdo de Amistad, Defensa y Cooperación suscrito con Washington, para modificar el uso compartido de las instalaciones militares en el marco del
derecho internacional y de la ONU.


Finalmente, es necesario establecer mecanismos de control parlamentario sobre el uso que las Fuerzas Aéreas y Navales de EEUU hacen de las bases que son de exclusiva soberanía española, de forma que el Gobierno español remita anualmente a la
Comisión de Defensa información completa sobre la actividad en las referidas bases, junto a la comparecencia del Ministro de Defensa en dicha Comisión para explicar el contenido de la información de que dispone y el balance de la actividad en las
bases de uso compartido.


'Por todo ello el Congreso de los Diputados, insta al Gobierno a que:


1. Denunciar el Convenio bilateral suscrito con los EEUU para facilitar la reconversión de las bases de Rota y Morón en instalaciones de uso civil.



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2. Garantizar que el uso de las bases militares se realiza, en todo caso, en el marco del derecho internacional y de la ONU y de acuerdo con la Ley de Defensa Nacional.


3. Evitar el uso de instalaciones públicas (aeropuertos, puertos, bases militares) por parte de los EE.UU. para llevar a cabo operaciones ilegales, tales como las operaciones de secuestro o entrega de ciudadanos presuntamente vinculados al
terrorismo internacional, sin las mínimas garantías jurídicas y vulnerando los derechos humanos.


4. Remitir anualmente a la Comisión de Defensa la información recibida sobre las actividades de los militares norteamericanos responsables de las instituciones de apoyo, así como sobre equipos, material, armamento y movimientos internos de
los mismos, con especial referencia a la prevención de la política española de no nuclearización de los espacios de soberanía española y más en concreto, la prohibición de instalar, almacenar o introducir armas nucleares o sus componentes en
territorio español.


5. Remitir anualmente a la Comisión de Defensa la información sobre las autorizaciones para sobrevolar y utilizar las bases, solicitadas a través del Comité Permanente.


6. Remitir anualmente a la Comisión de Defensa la información sobre situación laboral del personal español de las bases.


7. Regular la comparecencia anual del Ministro de Defensa ante la Comisión de Defensa para explicar el contenido de la información recibida acerca de la actividad de las bases militares de uso compartido.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de enero de 2012.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


Comisión de Economía y Competitividad


161/000125


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a iniciativa de la Diputada de Geroa Bai, Uxue Barkos Berruezo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su
debate en Comisión.


Exposición de motivos


La presencia de técnicos de las haciendas forales en las sesiones de trabajo del ECOFIN resulta una herramienta fundamental para encarar los retos a futuro ante la actual circunstancia económica.


Por todo ello, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


'1. Incorporar a los representantes del Gobierno de Navarra a la delegación del Gobierno central en las reuniones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de la UE (Ecofin) en todas las ocasiones en que se aborden asuntos vinculados
al ámbito propio y singular del Concierto Económico.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Uxue Barkos Berruezo, Diputada.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


161/000126


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado don Francisco Xesús Jorquera Caselas (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley
relativa a la necesidad de mejorar los fondos destinados a I+D+i, para su debate en Comisión.


Exposición de motivos


En el primer paquete de recortes adoptado por el Gobierno (Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público), se decidió un recorte de
600 millones de euros en el capítulo destinado a ciencia e investigación.


Una decisión que ha provocado el malestar de una comunidad científica, desde siempre sometida a estrecheces presupuestarias, y que ahora ve como se agrava el problema de la falta de recursos económicos, a pesar de ser la base fundamental
para cambiar el patrón de crecimiento en el Estado español.


El Gobierno está poniendo en cuestión el futuro de la ciencia, de la innovación y de la investigación con este tipo de políticas que, además, son la demostración de que no existe voluntad política por superar el modelo de crecimiento
fundamentado en el ladrillo.


La frustración que ha generado en la comunidad científica ha desembocado en un movimiento social a favor de la ciencia, y también ha dado lugar a las protestas de la comunidad científica. Hasta tal punto ha llegado este descontento que se
ha trasladado al Gobierno una propuesta consistente en incluir una casilla en la declaración de la renta que permita a los ciudadanos ofrecer el 0,7% de sus impuestos a invertir en I+D+i. Se



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trata del porcentaje de libre asignación existente en la declaración de la renta.


La situación de los investigadores en el Estado español dista mucho de ser idónea. Debe tenerse en cuenta que es un colectivo que se ve abocado a la emigración a otros países, y son muchos los científicos que se están marchando debido a la
falta de posibilidades en el territorio español, alimentando así lo que se conoce como fuga de cerebros.


Los recortes del Gobierno en el área de la investigación provocan ya retrasos en las convocatorias y la resolución de becas y en los pagos de las ayudas, y en la eliminación de plazas que está afectando a muchos investigadores.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Considerar la política de impulso de I+D+i como estratégica y prioritaria, habida cuenta de su capacidad para fomentar un cambio en el patrón productivo del Estado, y en consecuencia a:


-Mejorar y aumentar en los Presupuestos Generales del Estado 2012 los recursos económicos destinados al ámbito de I+D+i.


-Estudiar la adopción de un Plan para evitar la constante emigración de investigadores y científicos, de modo que puedan desarrollar su labor investigativa en el territorio del Estado, a través tanto de estímulos públicos directos al sistema
de I+D+i como incentivando una mayor implicación del tejido empresarial.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de enero de 2012.-Francisco Xesús Jorquera Caselas, Diputado.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


161/000160


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre las participaciones preferentes, para su debate en la Comisión de
Economía y Competitividad.


La Directiva 2004/39/CE relativa a los mercados de instrumentos financieros (MiFID); la Directiva 2006/73/CE relativa a los requisitos organizativos y las condiciones de funcionamiento de las empresas de inversión; y la Directiva
2006/49/CE sobre la adecuación del capital de las empresas de inversión y las entidades de crédito, fueron incorporadas al ordenamiento jurídico español por la Ley 47/2007, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Ley 24/1988, de 28 de julio,
del Mercado de Valores.


Estos cambios legales, entre otras cosas, pretendían proteger a los pequeños inversores ante productos financieros complejos, que en la mayoría de los casos coinciden con los de elevado riesgo. En concreto, el Título VII de Normas de
Conducta, establece en su Capítulo I de Normas de Conducta aplicables a quienes presten servicios de inversión, que 'Las entidades que presten servicios de inversión deberán comportarse con diligencia y transparencia en interés de sus clientes,
cuidando de tales intereses como si fueran propios y, en particular, observando las normas establecidas en este capítulo'. Más adelante se menciona que 'las entidades que presten servicios de inversión deberán mantener, en todo momento,
adecuadamente informados a sus clientes' y que 'toda información dirigida a los clientes, incluida la de carácter publicitario, deberá ser imparcial, clara y no engañosa. Las comunicaciones publicitarias deberán ser identificables con claridad como
tales'. La propia ley prevé que sea la CNMV quien se encargue de 'en aquellos casos en que se detecte que su contenido no se ajusta a lo dispuesto anteriormente o no es adecuado a la naturaleza o al conjunto de actividades que la entidad o grupo
desarrolla, la Comisión Nacional del Mercado de Valores podrá requerirle para que incorpore al reglamento cuantas modificaciones o adiciones juzgue necesarias'.


En el Estado español estos productos derivados complejos y de elevado riesgo, como es el caso de las participaciones preferentes, han sido ofertados a usuarios que mostraban en los test de conveniencia un profundo desconocimiento de los
productos financieros, así como su voluntad de no adquirir productos con riesgo.


Según el folleto informativo de la CNMV dirigido a los inversores, se definía las participaciones preferentes como un 'Instrumento complejo y de riesgo elevado'. Además, en referencia al proceso de comercialización, explicaba al inversor
que 'su entidad se asegurará de que el producto es adecuado a sus conocimientos y experiencia previa para valorar correctamente su naturaleza y riesgos. Es el test de conveniencia'.


A pesar de ello, diversas entidades financieras omitieron información y ofrecieron masivamente las Participaciones a sus clientes asegurándoles que era un producto sin riesgo, garantizado y que tendrían disponibilidad inmediata de la
liquidez en caso de necesitarla. Ni la CNMV ni el Banco de España supervisaron que las entidades ofrecieran productos adecuados a los test requeridos por la MiFID.


Después de los cambios en la regulación del sistema financiero introducidos por el pacto internacional normativo 'International regulatory framework for banks' -conocido popularmente como Basilea III- las participaciones preferentes, entre
otros productos financieros como la deuda subordinada o las cédulas hipotecarias, no podrán continuar siendo productos de mercados



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cerrados. Hasta ahora, cuando el cliente necesitaba la disponibilidad, la propia entidad ofrecía las participaciones a otro cliente. Ahora, estas participaciones deberán acudir a un mercado secundario abierto, sometidas por tanto a la más
que probable pérdida de su valor nominal. Sin embargo, la propia entidad puede hacerse cargo de garantizar el capital inicial del cliente, asumiendo en su caso las pérdidas que se pudieran derivar del cambio de mercado.


La realidad es que algunas entidades no se quieren hacer cargo de ello. Por ejemplo, Caixabank ofrece a los clientes un cambio de las participaciones preferentes por un 70% en deuda subordinada a 10 años y un 30% en obligaciones
convertibles en acciones (el 15% en julio de 2012 y el otro 15% en julio de 2013). Las personas que están firmando este intercambio lo hacen ante la falta de una opción que permita la recuperación inmediata del capital inicial y por miedo a perder
el total de dicho capital. Además, de acuerdo con la normativa MIFID, en el nuevo contrato se debe responder al cuestionario de evaluación de la conveniencia, habiéndose observado que en ocasiones el cuestionario ha sido rellenado de antemano,
ofreciendo un perfil de alto conocimiento del funcionamiento de los productos financieros.


En el otro extremo, algunas entidades han ofrecido el cambio de las participaciones por acciones al 100% del valor nominal inicial.


Esto supone que miles de clientes minoristas -ahorradores que pretendían depositar sus rentas del trabajo en la mayoría de casos- pueden perder cantidades sustanciales de sus ahorros fruto de la opacidad e información deficiente ofrecida por
las entidades financieras que comercializaban las participaciones preferentes. Sus perfiles de inversores definidos por los test de conveniencia, mostraban un profundo desconocimiento de los productos financieros, una total falta de experiencia en
el sector y su voluntad de contratar un producto que no pusiera en peligro el capital inicial. La población afectada podría ser de alrededor 500.000 personas.


A la vista de los hechos queda claro que las entidades ofrecieron productos que en absoluto interesaban a los inversores, que además desconocían su naturaleza. Queda claro, por tanto, que las entidades no respetaron los requerimientos
legales exigidos para la comercialización de Participaciones preferentes y que la CNMV no realizó ningún control, o lo hizo muy deficientemente.


Este nuevo episodio escandaloso, se suma a la reiteradamente denunciada opacidad y conductas abusivas de la banca española. En 2010, la comisaria Maglena Kuneva presentaba el estudio 'On the follow up in retail financial services to the
consumer markets scoreboard'. En él se evidenció los abusivos precios y la falta de transparencia de las comisiones por servicios financieros que aplica la banca española. En septiembre de 2011, el comisario Michel Barnier criticó a España e
Italia por las comisiones, pero también por la falta de claridad, dijo sentirse 'muy decepcionado' y dio dos meses de plazo a los Gobiernos para que regulasen la información y la cuantía de las comisiones, antes de que él tomara la iniciativa
legislativa. El plazo acabó, y evidentemente el gobierno no realizo iniciativa legislativa alguna al respecto, ni piensan llevarla a cabo en los próximos meses a la vista de su agenda política.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Que coordine con la CNMV la revisión exhaustiva de todos los test de conveniencia con el objeto de que el contrato de subscripción de participaciones preferentes, o de cualquier otro producto financiero de riesgo, quedara sin efectos
legales, en el caso de que no fueran un producto adecuado al perfil de conocimiento de productos financieros de la persona contratante o que no se adecuara a los riesgos que manifestaba estar dispuesto a asumir.


2. Que garantice que la CNMV realice en el futuro correctamente sus funciones previstas por la Ley en lo relativo a la comercialización a minoristas.


3. Desarrollar todas aquellas medidas necesarias para que las entidades financieras dejen de ignorar sistemáticamente las Normas de Conducta previstas en el Título VII de la Ley 47/2007, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Ley
24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.


4. Que coordine con el Banco de España todas las acciones necesarias para que se garantice la devolución del capital inicial de todas aquellas personas que subscribieron participaciones preferentes, habiendo manifestado un perfil inversor
de baja tolerancia al riesgo.


5. Que lleve a cabo las sanciones correspondientes a las Entidades Financieras que vulneraron la ley ignorando los requisitos legales para la comercialización de determinados productos financieros de riesgo como es el caso de las
participaciones preferentes.


6. Que durante el próximo periodo de sesiones presente ante esta Cámara un proyecto de ley de transparencia y calidad en la comercialización de los productos financieros, con el objeto de acabar con los abusos y la opacidad de la banca
española y en cumplimiento de los reiterados requerimientos de la Comisión Europea ignorados hasta ahora por los sucesivos gobiernos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2012.-Laia Ortiz Castellví, Diputada.-Joan Coscubiela Conesa, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.



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Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas


161/000124


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre tributación de las plusvalías de los terrenos de naturaleza
urbana en el caso de ejecuciones hipotecarias, para su debate en la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas.


La crisis económica ha supuesto un importante incremento de las ejecuciones hipotecarias como consecuencia de la imposibilidad de las familias de afrontar el pago de los préstamos suscritos para financiar la compra de la vivienda habitual.
No hace falta insistir sobre la dramática situación social que conlleva la pérdida de la vivienda y la inutilidad de los esfuerzos económicos realizados por esas familias para sufragar la inversión más significativa de su vida.


En la actualidad, quien se ve forzado a desprenderse de su vivienda debe además abonar el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, también conocido como plusvalía municipal, que se aplica a la diferencia
entre el valor del suelo desde que se adquirió el inmueble hasta que se enajena por la razón que sea. Es decir, la plusvalía municipal es un impuesto que se aplica sobre unas ganancias obtenidas por la transmisión de inmuebles, en la mayoría de los
casos por la transmisión de la vivienda.


Cuando se producen desahucios por embargos bancarios las familias, generalmente con serios problemas económicos, además de perder su vivienda, tener que seguir pagando la hipoteca o, en casos excepcionales y después de un acuerdo con la
entidad financiera, efectuar la dación en pago, tienen que abonar por esa transmisión, por otra parte forzosa, el impuesto de plusvalía municipal. Esto es algo que hay que calificar como de totalmente injustificable en estas situaciones de
necesidad extrema.


En el actual escenario económico y con el actual marco legal hipotecario, son pocas las alternativas que les quedan a las familias en la negociación con las entidades financieras ante una situación de morosidad en sus deudas. Algunos
consiguen la dación en pago como método para saldar las deudas de tal forma que la entrega de la vivienda suponga la cancelación total de la deuda hipotecaria. Otros, lamentablemente y ante la falta de mutuo acuerdo de las partes, llegarán a una
ejecución hipotecaria con el mismo resultado: la pérdida de su vivienda.


Sin embargo, en ambos casos la problemática fiscal subyace ya que a esta operación hay que añadirle el impacto fiscal que ello supone para el deudor. En efecto, probablemente tendrá que liquidar posteriormente un 'Incremento patrimonial' en
el IRPF y, en el caso que nos ocupa, liquidar el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.


Nos encontramos con una falta de adaptación a la realidad actual de la Ley de Haciendas Locales. Se hace tributar por una plusvalía por el incremento del valor de los terrenos cuando se ha producido una operación en su conjunto con pérdida
para el vendedor. En la configuración de dicho impuesto las únicas bonificaciones existentes versan sobre la transmisión de la propiedad de la vivienda habitual o del local de negocio familiar para el caso de mortis causa a favor de descendientes.
Para la transmisión de la vivienda mediante la dación en pago o por la ejecución hipotecaria no existe la posibilidad de establecer bonificaciones fiscales.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar todas las medidas legales oportunas para que en las transmisiones realizadas en subasta pública, notarial, judicial o administrativa y en las adjudicaciones del bien inmueble a la
entidad financiera en pago de la deuda prestada para su adquisición, a efectos de la liquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, tenga la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente
quien adquiere el inmueble.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Alberto Garzón Espinosa, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000147


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de la Diputada doña Rosa Díez González y al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no
de Ley para instar al Gobierno a modificar la legislación de contratos del sector público a fin de establecer la reserva de un porcentaje, con carácter de mínimo, de las licitaciones a favor de Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción
que vincule a todas las administraciones y entes públicos, tanto estatales como autonómicos y locales, para su debate en Comisión.



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Exposición de motivos


El desempeño de un trabajo adecuado es la mejor manera que tienen las personas con discapacidad para mejorar su calidad de vida y conquistar mayores cuotas de autonomía, en su camino hacia una forma de vida independiente, y por lo tanto, su
inclusión laboral debe de ser una prioridad y obligación legal de las Administraciones Públicas.


Además de trabajar para conseguir el acceso al empleo ordinario de este colectivo, no debemos olvidar la importante labor de los Centros Especiales de Empleo y de las empresas de iniciativa social dirigidas a grupos vulnerables. El empleo
protegido tiene un papel fundamental en cuanto a la integración de las personas con discapacidad, y especialmente de aquellas con más dificultades de inclusión.


La Directiva Comunitaria 2004/18/CE en su considerando 28, recoge que 'El empleo y la ocupación son elementos clave para garantizar la igualdad de oportunidades en beneficio de todos y contribuyen a la inserción en la sociedad. En este
contexto, los programas de talleres y empleos protegidos contribuyen eficazmente a la inserción o reinserción de personas con discapacidad en el mercado laboral. Sin embargo, en condiciones normales de competencia, estos talleres pueden tener
dificultades para obtener contratos. Conviene, por tanto, disponer que los Estados miembros puedan reservar a este tipo de talleres el derecho a participar en los procedimientos de adjudicación de contratos públicos o reservar su ejecución en el
marco de programas de empleo protegido'.


El Contrato Reservado no limita el principio de libre competencia ni incurre en discriminación sobre el resto de empresas. El argumento jurídico es obvio: se halla plenamente refrendado desde el punto de vista legal por el artículo 19 de
la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios; y por la Disposición Adicional Quinta
del reciente Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.


Primar, por lo tanto, a las empresas o entidades dedicadas a la inserción socio-laboral no supone competencia desleal, ni vulnera la libre concurrencia, ni atenta contra los principios básicos de la contratación, sino que la acción positiva
encuentra su sentido cuando determinadas personas o colectivos precisan de una especial protección y se justifica además por diferenciarse de las empresas convencionales en su finalidad y resultados, poseyendo un mayor alcance que el de la mera
rentabilidad económica, así como por su naturaleza cívica y carácter social que contribuyen al beneficio de la colectividad.


Así lo ha sancionado de forma reiterada y unánime la jurisprudencia. El Tribunal Constitucional en las Sentencias 128/1987 de 16 de julio y 5 de mayo de 1983 determinó que: 'el principio de igualdad permite el tratamiento desigual ante
situaciones de hecho desiguales' y 'la actuación de los poderes públicos para poner remedio a la situación de determinados grupos sociales en innegable desventaja en el ámbito laboral no puede considerarse vulneradora del principio de igualdad'.


La normativa Contratos del Sector Público pone a disposición de las administraciones públicas, desde el año 2007, diversas herramientas para incorporar criterios sociales en la adjudicación de los contratos sometidos a su ámbito de
aplicación. En la Disposición Adicional Quinta del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, se faculta a las entidades del sector público a establecer una reserva como mecanismo de discriminación positiva, al fin de que la adjudicación
pueda realizarse a favor de centros especiales de empleo (CEE), con el objetivo último de contribuir a la creación de empleo para las personas con discapacidad. Desde que estas disposiciones se introdujeron en la legislación de Contratos Públicos
(2007), es reseñable destacar que son pocas las administraciones que de forma voluntaria han aplicado esta cuota de reserva.


En la citada Disposición Adicional Quinta (anteriormente Disposición Adicional Séptima de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público) se regula el Contrato Reservado como una posibilidad pero no se establece como una obligación, por lo
tanto depende de la Administración Pública de que se trate la facultad de aplicar la reserva a un contrato o no hacerlo.


En este sentido, hay países que ya han ido más allá, estableciendo esta medida con carácter obligatorio, como es el caso del Reino Unido, o de Estados Unidos, donde son numerosos los Estados que han excluido expresamente a los Centros
Especiales de Empleo (sheltered wokshops) de la aplicación de procedimientos competitivos de contratación (concurso y subasta), permitiendo que las Administraciones Públicas puedan adjudicar directamente a estos centros (o incluso a veces a personas
físicas con discapacidad) la compra de ciertos suministros o servicios, pudiendo mencionar por citar sólo algunos, en los Estados de Arizona, Arkansas, California, Colorado, Illinois, Maryland, Nebraska, Nevada, Texas, Virginia o Washington.


Lo mismo ha sucedido en algunas de nuestras Comunidades Autónomas, como Cataluña, Andalucía, la Comunidad Valenciana o la Comunidad Foral de Navarra, en las que distintas normas han establecido la reserva obligatoria de un porcentaje de
adjudicación de contratos, que oscila entre el 6 y el 20 % de los que se celebren en su ámbito respectivo.


La situación actual de crisis, está provocando la perdida de actividad en los CEE, con la consecuente destrucción de puestos de trabajo. Este hecho ha justificado la ayuda de 41,7 millones de euros que el gobierno central destinó en el año
2009 para paliar los efectos de la crisis en Centros Especiales de Empleo, además de incluir en el proyecto de Ley de Medidas Urgentes para el Fomento del Empleo y el Apoyo a las Personas Desempleadas, un incremento de la subvención del SMI



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del 50 hasta el 75%, medida que estuvo vigente desde el 10 de julio hasta el 31 de diciembre de 2010 con carácter general, habiéndose incluso ampliado a 31 de diciembre de 2011 para aquellos colectivos de personas con discapacidad con más
dificultad para la inserción laboral.


Entendemos que la iniciativa que presentamos es complementaria a las ya tomadas y va en el mismo sentido de frenar la destrucción de empleo protegido, ayudando de este modo a mantener las empresas que ofrecen trabajo a personas con
discapacidad.


Consideramos que sería muy positivo para el fomento de la actividad y el desarrollo de esta herramienta de integración social de la discapacidad que la potestad administrativa se convierta en obligación administrativa.


En atención a todo lo expuesto, se formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que en el plazo de seis meses, modifique la legislación en materia de Contratos del Sector Público a fin de establecer la reserva obligatoria y no potestativa de un porcentaje de las
licitaciones a favor de Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción, que vincule a todas las administraciones y entes públicos, tanto estatales, como autonómicos y locales.


En todo caso, y de acuerdo con nuestro sistema competencial, dicho porcentaje tendrá naturaleza de mínimo, sin perjuicio de que Comunidades Autónomas en el ámbito de sus competencias puedan mejorarlo.


Para una mayor claridad de la norma, se considera adecuado también instar al Gobierno a precisar en dicha modificación los conceptos de 'Centro Especial de Empleo' y 'programas de emplea protegido' empleados en la Disposición Adicional
Quinta del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2012.-Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Unión Progreso y Democracia, a instancia de la Diputada doña Rosa Díez González y al amparo de lo dispuesto en los artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de
Ley sobre el desarrollo un modelo de evaluación del desempeño para su debate en Comisión.


Exposición de motivos


1. Los sistemas actuales de promoción, selección interna y salarios de los empleados públicos están excesivamente condicionados por las relaciones personales y el clientelismo político. En el caso de los puestos de directivos, encontramos
también con una frecuencia alarmante el condicionante de la filiación o simpatías políticas de los empleados. De hecho, un porcentaje muy alto de los concursos para cubrir puestos vacantes, al igual que de las convocatorias para seleccionar
candidatos mediante sistemas de libre designación pueden estar mediatizados por conocimientos o amistades previas. Esta situación resulta de dudosa ética y además influye directamente en el creciente deterioro de lo público y el mal funcionamiento
de las organizaciones públicas.


2. La legislación en materia de personal y puestos de trabajo ignora básicamente la promoción de los empleados públicos entendida como un desarrollo natural de la carrera profesional de esos empleados. Existen, desde luego, mecanismos que
pueden hacer posible esta promoción, pero estos sistemas se contemplan como la herramienta necesaria para permitir una adecuada manera de cubrir los puestos que van quedando vacantes, lo cual es una necesidad de la propia Administración. Sería muy
conveniente que la legislación en esta materia contemplara la existencia de un modelo ordinario y sistemático de organizar la promoción profesional de los empleados sin que dicha promoción venga a ser un 'subproducto' de la inevitable dinámica de
cobertura de puestos de trabajo.


3. En alguno de los países de nuestro entorno existen ejemplos de sistemas de promoción de los empleados públicos en los que se atiende básicamente a la conveniencia de establecer canales de promoción individual basados en criterios de
reconocimiento del mérito y la capacidad independientes de la política de cobertura general de vacantes. Característica común a esos sistemas es la existencia de evaluaciones individuales periódicas de los empleados. Desafortunadamente nuestra
práctica legislativa ha ignorado básicamente esos ejemplos.


4. La Administración en sus niveles directivos puede resultar excesivamente expuesta a la mediatización con criterios de oportunidad política en materias propias de su propio ámbito de actuación, tales como la organización, selección y
estructuras de la propia Administración pública. Los sistemas de evaluación que se propugnan en esta proposición, que deben alcanzar a la totalidad de los empleados de las organizaciones correspondientes, actuarían como una 'muralla' que
dificultaría notablemente la manipulación con criterios de oportunidad o clientelismo políticos del estamento directivo de la organización de que se trate.



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5. La situación actual no garantiza que la promoción de los empleados públicos se base en criterios de objetividad y profesionalidad, en ninguna de las dos grandes modalidades de provisión de puestos: el concurso y la llamada 'libre
designación' que afecta a puestos de nivel elevado. En este segundo caso el motivo es obvio ya que el sistema da libertad de elección a los directivos de la organización de entre los candidatos que cumplan los requisitos de la convocatoria
correspondiente. En el caso de los concursos el sistema suele desvirtuarse mediante el procedimiento de 'adecuar' los requisitos obligatorios a cumplir por los aspirantes al perfil personal del candidato preseleccionado 'de facto' a priori por los
responsables de la unidad convocante del puesto.


6. Al estar ligada normalmente la promoción profesional y económica de los empleados públicos a los sistemas de provisión de puestos vacantes, es relativamente frecuente que personas que no desean aumentar su nivel de responsabilidad, pero
por su competencia profesional merecen la promoción buscada, acepten puestos de jefatura en cuyo desempeño muchas veces no alcanzan la eficacia deseable. Se trata de una evidente disfuncionalidad que se vería en parte paliada si fuera posible una
promoción horizontal sin que resulte obligado el cambio de puesto de trabajo.


7. Lo expuesto en el párrafo anterior no es la única tipología de ineficacias a las que conduce la necesidad de cambiar de puesto de trabajo como única forma de progresar en la carrera profesional y mejorar las correspondientes
retribuciones. Es frecuente también que empleados públicos que están bien preparados para el tipo de trabajo que desarrollan, con experiencia a veces muy dilatada en la especialidad que desempeñan, opten a puestos vacantes que no corresponden en
absoluto a su experiencia y formación como única vía para 'promocionar'. Es obvio que este tipo de situaciones, bastante frecuentes en las Administraciones Públicas, no son un ejemplo de eficacia en cuanto a provisión de puestos de trabajo.


8. De las consideraciones presentadas en los párrafos anteriores se deduce la conveniencia de la existencia de un sistema de evaluación individual de los empleados públicos diferenciado de los procedimientos que se establezcan para la
provisión de puestos de trabajo vacantes. Por su carácter de 'acicate' para un buen desempeño la implantación de sistemas individuales de evaluación pueden favorecer tanto a los empleados considerados de modo individual como al conjunto de la
organización


9. La regulación de los sistemas de evaluación del desempeño idealmente debería establecerse a nivel estatal con objeto de eliminar todo tipo de agravios comparativos, facilitar el intercambio de funcionarios entre las diferentes
administraciones, dar un mejor servicio a los ciudadanos y ser aplicable al conjunto de entes y empresas públicas de todas las administraciones, permitiendo que los empleados de la Administración no se sientan discriminados frente a los de otros
organismos pertenecientes al sector público.


La propuesta que a continuación se plantea se resume en dos aspectos fundamentales:


- evaluar periódicamente e individualmente el desempeño de sus funciones por los empleados públicos con consecuencias sobre su carrera profesional y sus retribuciones,


- establecer la influencia de estas evaluaciones en la provisión de los puestos vacantes por diversas causas sin prejuzgar en la propuesta como deberían instrumentarse los correspondientes procedimientos.


Proposición no de Ley


'Por todo ello, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a desarrollar en el plazo de tres meses un modelo de evaluación del desempeño que obedezca a los siguientes contenidos y principios:


1. Rango y ámbito.


- La regulación de la evaluación del desempeño debe hacerse por ley y contemplar un régimen básico común y estable para todas las Administraciones.


- La regulación de la evaluación del desempeño debe efectuarse conforme a los principios y en desarrollo del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril, en especial de su artículo 20 relativo a este
aspecto, así como teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 16, sobre carrera profesional, 17 sobre carrera horizontal y 24 sobre retribuciones complementarias.


- La regulación de los principios generales a los que habrá de ajustarse la evaluación del desempeño tendrá que establecerse con carácter previo a la entrada en vigor del grueso de las Leyes de Función Pública que en desarrollo del artículo
6 del EBEP hayan podido preparar las Comunidades Autónomas (evitando lo ocurrido en algunas de ellas como Valencia) o, en su caso, disposiciones equivalentes de los órganos competentes de la Administración Local. En el caso de las disposiciones que
hayan podido dictarse antes de esta regulación a nivel nacional, debe asegurarse su derogación en la parte que pueda contradecir lo establecido sobre la evaluación del desempeño, a nivel nacional.


2. Principios básicos.


- El modelo de evaluación del desempeño debe inspirarse en los principios constitucionales (artículo 103 CE) que definen un modelo concreto de función pública tal como han venido siendo interpretados por el Tribunal Constitucional:
objetividad, eficacia, neutralidad presupuestaria, coordinación entre administraciones e igualdad, mérito y capacidad.



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- Debe reconocerse el derecho de los empleados públicos a ser evaluados en forma periódica de acuerdo con un procedimiento reglado, así como la obligación de someterse a las exigencias derivadas de este proceso.


- Debe reconocerse el derecho de encauzar a través de la representación sindical o asociaciones profesionales que correspondan la formulación de observaciones y recursos derivados de su posible disconformidad con las actuaciones derivadas
del procedimiento de evaluación en el que esté implicado.


- Las autoridades de personal competentes de acuerdo con la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE) deben responsabilizarse de la conducción de los procedimientos de
evaluación, recabando la asistencia necesaria por parte de los Jefes inmediatos y superiores de los evaluados, así como de la representación sindical que corresponda incluyendo la dedicación que ello exija dentro del cómputo general de horas
dedicadas a la atención de las obligaciones sindicales.


- Debe reconocerse el derecho de los ciudadanos a que los empleados públicos sean evaluados en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones hacia ellos y a que en su retribución se tenga en cuenta no solo sus conocimientos y experiencia sino
también la forma en que llevan a cabo su trabajo así como a contar con los mejores dirigentes y empleados públicos posibles.


- A todos ellos cabe añadir los principios de transparencia y motivación que garanticen la objetividad en el sistema de evaluación como base de la carrera administrativa, y una provisión racional de los puestos de trabajo, que estimule la
vocación de servicio y el rendimiento de los empleados públicos.


3. Contenidos mínimos.


a) Especificar qué se entiende por evaluación del desempeño y qué efectos tiene en las posibilidades de promoción de los empleados público.


En toda caso la evaluación del desempeño deberá ser individual, formalizada por escrito, aplicarse a la totalidad de los servidores públicos incluyendo ministros y presidentes de organismos autónomos, entes y empresas públicas, ser anual o
bianual y ser realizada directamente por el jefe inmediato de cada servidor público.


b) Diseñar un sistema de evaluación del desempeño que establezca los condicionantes y garantías en que deberá llevarse adelante este proceso.


El diseño del sistema de evaluación del desempeño debe encuadrarse dentro de los siguientes condicionantes y garantías:


- Debería darse un papel muy relevante a las Inspecciones de Servicios (o unidades semejantes de las CCAA) estableciendo un modelo semejante al que ahora existe para las Intervenciones delegadas de la IGAE.


- Primacía de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad no solo para la selección de los empleados públicos sino también para la progresión en su carrera profesional y en la provisión de sus puestos de trabajo. Junto a
ellos deberían añadirse otros nuevos: el del derecho de los ciudadanos a contar con los mejores servidores públicos posibles, la obligación de cumplir objetivos, mantener altos niveles de productividad o la de rendición de cuentas.


- Transparencia en la aplicación de los procedimientos de evaluación, de tal manera que el empleado tome parte activa en el mismo, tanto facilitando los datos que le sean requeridos, como teniendo, en todo momento, acceso a la información
generada sobre él mismo dentro del procedimiento.


- Papel director en el procedimiento de evaluación, no solo del superior inmediato del empleado, sino también de las autoridades de personal del Departamento u Organismo, en tal forma que se facilite la homogeneización de los procedimientos
y el objetivo de igualdad de trato en el proceso, dentro de una u otra Administración Pública.


- Garantías suficientes para que el empleado pueda manifestar, por escrito, sus reparos a las actuaciones que se realicen en relación con el procedimiento de evaluación del desempeño que le afecte, asignándole la responsabilidad al Superior
inmediato al de quién realice la evaluación, de estudiar las observaciones que el empleado pueda formular, proponiendo que se adopte, a la vista de las discrepancias que puedan producirse, resolución razonada por parte de las Autoridades superiores
del Departamento u Organismo.


- Derecho del empleado a obtener apoyo de la representación sindical que corresponda a ser asesorado y, en su caso, representado si lo desea dentro de las actuaciones a que dé lugar el procedimiento de evaluación, tanto en cuanto a la
formulación de observaciones como a la de los recursos que procedan frente a la Administración o a la Jurisdicción Contencioso Administrativa.


- Derecho del empleado a que en su pensión de jubilación sean tenidos en cuenta no solo su Grupo o Subgrupo profesional y la antigüedad en el mismo, sino también el grado, categoría o escalón que alcanzó en su carrera administrativa, como
consecuencia de la aplicación del sistema de la evaluación del desempeño que se establezca.


c) El sistema de evaluación permitirá establecer cauces para que la promoción de los empleados públicos dentro de su carrera administrativa, signifique un aumento de sus posibilidades de desempeñar puestos de mayor nivel así como reforzar
las posibilidades de mejora profesional y retributiva de los empleados públicos sin necesidad de solicitar cambio en su puesto de trabajo, establecer un sistema de carrera administrativa



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cuya estructura básica quede definida, a nivel nacional, para todos los empleados públicos, con incidencia en las retribuciones de los empleados públicos de la progresión en los distintos grados, categorías o escalones de la carrera
administrativa dentro de los distintos Grupos o Subgrupos de clasificación profesional.


d) La evaluación de los resultados de la aplicación de la evaluación del desempeño en cada Departamento se basará en la actuación anual o bianual de la Inspección General de Servicios que presentará un informe anual a la Comisión de
Administraciones Públicas del Congreso (o Asamblea Autonómica) sobre la marcha (puntos fuertes y áreas de mejora) del sistema.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2012.-Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Unión Progreso y Democracia, a instancia de la Diputada doña Rosa Díez González y al amparo de lo dispuesto en los artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de
Ley para establecer un modelo profesional de directivos públicos en España, para su debate en Comisión.


Exposición de motivos


1. Una situación insostenible: entre el capricho, el oportunismo político y los ceses continuos.


Una mirada desapasionada al BOE los días que siguen a la formación de un nuevo Gobierno o la remodelación del mismo (y por tanto sin necesidad de cambio de partido ni de políticas) causa un cierto estupor: decenas (cuando no cientos) de
directores generales, secretarios generales o subsecretarios (a los que siguen subsiguientemente decenas-cientos de subdirectores generales) son cesados sin una mínima oportunidad de demostrar su valía. En pocas ocasiones los cambios vienen
motivados por el objetivo de mejorar la eficacia y el funcionamiento de las organizaciones públicas. Lo que se valora, más que rodearse de gente competente y experta, es la absoluta fidelidad (que les deban el puesto al político de turno) o el pago
de favores, aunque se trate de copar unidades de nivel técnico y no político. Lo más grave por tanto es que no se cesa a los que se cesa porque lo hayan hecho mal o no hayan cumplido los objetivos marcados, sino simplemente porque los nombró otro/a
y por tanto no se les puede considerar 'de los míos', siendo el único mérito exigido y valorado el de la fidelidad inquebrantable al partido gobernante de turno.


Sobran los ejemplos: ministros/as que cesan como primera medida a los que más saben del ministerio, directores de organismos que cesan al poco de aterrizar a todos sus directivos con varios años de experiencia (y que habían conseguido
espléndidos resultados) para poner en su lugar a algún viejo amigo de universidad o compañera de actividades lúdicas de la responsable del ministerio; una dirección general de alto y complejo contenido técnico en el área de transporte, cuyo titular
con diez años de experiencia, Inspector técnico, funcionario de reconocida profesionalidad, muy bien valorado por el sector y colaboradores, es sustituido repentinamente por un concejal, maestro y diplomado del derecho, con ninguna experiencia en
ese área, etc.


Esta situación no sólo resulta de dudosa estética y ética (pública y privada), sino que influye directamente en el creciente deterioro de lo público y el mal funcionamiento de las organizaciones públicas, lo que puede explicar al menos en
parte por qué España está sufriendo la crisis de forma más grave que otros países. Por lo tanto, resulta urgente y necesario dotar de estabilidad, evaluación y rigor al sistema de directivos públicos, como uno de los elementos fundamentales de una
reforma más amplia de la Administración pública que resulta imprescindible acometer, que debería abarcar asimismo, entre otros aspectos, la racionalización, simplificación e integración de estructuras, así como la evaluación permanente de
organizaciones y personal.


2. Un marco normativo insuficiente e ineficaz.


La Ley de Funcionarios Civiles del Estado de 1964 ya contemplaba una formación específica para acceder a la categoría de los funcionarios directivos en algunos cuerpos. Posteriormente, tras la Ley 30/1984, que obvió la regulación de
categorías y funciones directivas; la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE), introdujo la diferencia entre órganos superiores (ministros y secretarios de Estado) y órganos
directivos (art. 6, apartados 2, 3 y 4). Su artículo 6.10 establece algunos criterios para su nombramiento: 'Los titulares de los órganos directivos son nombrados, atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia en la forma
establecida en esta Ley (...)'.


Lo cierto es que a pesar de la dicción de ese texto, en la práctica, transcurridos más de diez años desde su aprobación, el nombramiento y cese de los órganos directivos se realiza con total discrecionalidad y, al menos en un importante
número de casos, por meros motivos de oportunidad política, de confianza o de otra índole, sin que se haya planteado seriamente que un nombramiento pueda resultar ilegal por no haberse hecho siguiendo criterios de competencia profesional y
experiencia. Otra cosa es que se ostente o no la condición de funcionario, requisito que como es sabido la



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LOFAGE exige para ser subsecretario, secretario general técnico y director general. Ser funcionario es una garantía de que se cumplen unos niveles mínimos de formación, capacitación e imparcialidad, pero no basta para asegurar que los más
preparados desempeñan los puestos donde pueden ser más eficaces. En otras palabras, no todos los funcionarios sirven de igual manera para hacer cualquier cosa.


La ley ha establecido asimismo la posibilidad de exceptuar la condición de funcionario 'en atención a las características específicas de las funciones de la Dirección General' (art. 18.2 LOFAGE). Sin embargo, en lugar de utilizar esta
opción de forma razonada y sensata para atraer a los mejores profesionales del sector privado, en la práctica, con honrosas excepciones, se ha hecho un uso abusivo de esta vía para colocar a personas pertenecientes o cercanas a los partidos
políticos, más allá de su capacitación e independientemente de si existen funcionarios mejor preparados para desempeñar dicha función (ver recientemente las sentencias del Tribunal Supremo de 3 y 28 de septiembre de 2010 que anulan varios
nombramientos por falta de justificación). Ya destacó UPyD la anterior legislatura (en la correspondiente pregunta parlamentaria) el caso del nombramiento de la anterior Directora del CIS, una asesora de La Moncloa, cuando había claramente
funcionarios preparados para esa función como luego se ha demostrado al nombrarse recientemente a un catedrático de sociología. En todo caso, esta forma de proceder muestra que igual que el nombramiento no tiene por qué ser justificado en razón de
la profesionalidad del candidato, tampoco hay que razonar el cese aunque las razones del mismo puedan deberse simplemente a haberse resistido a seguir instrucciones contrarias a la finalidad de la institución. En parecido sentido, existe la mala
práctica de realizar un nombramiento manifiestamente ilegal confiando en que la lentitud de la justicia haga que el fallo, cuando se produzca, sea irrelevante.


Esta situación es todavía más llamativa en el sector público-económico donde a la proliferación, en muchas ocasiones innecesaria, de entes públicos (fundaciones, empresas públicas, entidades públicas empresariales) y a la no exigencia de la
condición de funcionario, se une la existencia de salarios bastante más altos que en la Administración pública (sin razones objetivas que lo justifiquen), así como la de importantes 'blindajes' para caso de cese.


En la actualidad, el artículo 13 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, está dedicado al 'personal directivo profesional' al que define (apartado primero) vagamente como 'el que desarrolla funciones
directivas profesionales en las Administraciones Públicas, definidas como tales en las normas específicas de cada Administración.' Este artículo sigue sin contar con una regulación estatal, aunque existen algunos desarrollos parciales en el ámbito
autonómico (Ley 10/2010, de 9 de julio, de ordenación y gestión de la Función Pública Valenciana, la cual dedica su capítulo II al Personal directivo público profesional) o sectoriales (Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan
medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, que en su Disposición adicional cuarta crea el 'Registro de personal directivo del sector público estatal', el cual a pesar de su nombre no afecta a la Administración General del
Estado).


3. Necesario para homologarse con la situación en los países de nuestro entorno.


En el ámbito internacional se han desarrollado numerosas experiencias en este ámbito. En Estados Unidos se creó en 1978 el Senior Executive Service, en el Reino Unido en 1996 se creó el Senior Civil Service que ampliaba una estructura
anterior, en Australia el Senior Executive Service fue introducido en 1984, en Italia, en 1993, se creó la Dirigenza Pubblica, principalmente para distinguir los planos de dirección política y administrativa; en Holanda en 1995 se creó el Alto
Servicio Civil, y en Canadá tradicionalmente se ha distinguido un grupo de dirigentes de alto nivel que es reclutado de las universidades más prestigiosas del país. Por lo que respecta a las organizaciones internacionales, destaca la iniciativa en
el seno de la Comisión Europea de establecer un régimen especial en relación a los 'Altos directivos' o Top Managers (niveles AD15 y AD16).


En este contexto, España sigue siendo uno de los pocos países desarrollados que no cuenta con una regulación específica y completa sobre esta cuestión, lo que influye en la valoración negativa del sector público español a cargo de organismos
internacionales.


4. Necesario para separar claramente la política de la dirección pública.


Ningún Gobierno ni ningún partido ha podido acusar a la Administración de ser la culpable de no poder poner en práctica su programa político. Más bien los problemas surgen cuando el nivel político traspasa su papel de liderazgo de las
políticas públicas para tratar de intervenir en la organización, selección y estructuras de la propia Administración pública buscando no tanto el mejor servicio al interés común como el mejor acomodo a su propio interés. Por ejemplo, la creación de
Gabinetes cada vez más numerosos compuestos por personal 'de confianza' demuestra la falta de confianza del dirigente político de turno tanto en sus propias capacidades, como en las de los altos cargos y directivos que él/ella ha nombrado
'libremente'. En este mismo sentido, lo que debía ser una excepción -acudir a la contratación directa de personal laboral- se ha convertido en muchos casos en regla general y de hecho ya son varias las administraciones autonómicas y locales en que
superan ampliamente a los funcionarios, incluso en puestos técnicos, profesional y predirectivos a través de la figura del contratado laboral fuera de convenio



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(permitido en los últimos convenios colectivos suscritos en diversas administraciones públicas). Del mismo modo, proliferan corruptelas que permiten ampliar plantillas teóricamente congeladas o establecidas por una relación formal de
puestos de trabajo por la vía de acudir a personal de confianza contratado laboralmente (con sueldos normalmente muy elevados y no justificados) por entidades públicas dependientes del Ministerio o Consejería correspondiente, poniéndose
posteriormente a disposición del político que los ha demandado.


En definitiva, la función del directivo público no es el servir de Gabinete bis para los responsables políticos del ministerio sino asegurar una labor lo más profesional, eficaz y eficiente posible de los órganos y departamentos
administrativos. Por tanto, la libertad o discrecionalidad del dirigente político para nombrar a directivos públicos (que no deben confundirse con sus colaboradores políticos) no tiene por qué ser necesariamente sin condiciones pues entonces se
caería en arbitrariedad y se pondría en riesgo el funcionamiento eficaz y eficiente de las instituciones.


5. Necesario para garantizar que los directivos seleccionados cuentan con la profesionalidad y objetividad requeridas.


Por tanto, la cuestión fundamental es cómo se puede garantizar que siempre y en todo caso los directivos seleccionados para los distintos cargos cuenten con el nivel profesional requerido. Si lo que se busca es atraer a los mejores gestores
del ámbito privado el carácter limitado de los sueldos públicos supone en la práctica un obstáculo real para tal eventualidad. De hecho, son pocos los casos en que altos directivos del sector privado se han pasado al sector público y han dejado una
impronta de gran innovación o eficacia. En la práctica, la mayor parte de las personas que vienen de fuera de la Administración y han ocupado cargos directivos lo han hecho más por cercanía política o personal con el responsable político que por su
capacidad real y competencia.


Por tanto, la posibilidad de abrir los cargos directivos a personal no funcionario debe estar unida a la necesidad de atestiguar una adecuada preparación y experiencia para evitar el fenómeno recurrente del 'amiguismo' en detrimento de la
'profesionalidad y la eficacia' y que además se garantice un conocimiento suficiente del funcionamiento y organización de la Administración pública, de forma que se eviten errores que en ocasiones tienen un alto precio. Esa apertura de la función
directiva a los particulares debería canalizarse a través de la figura de la relación laboral especial de personal de alta dirección regulada en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, cercenándose la contratación de personal laboral fuera de
convenio para funciones técnicas predirectivas.


Nuestra Administración se basa en un sistema de pruebas objetivas de selección (al menos en su mayor parte) que tratan de proporcionar (en el modelo ideal) los mejores profesionales posibles, a los cuales se dota además de estabilidad en el
empleo, precisamente para defenderles de posibles tentaciones de uso partidista o de otros intereses aún más espurios. Estos principios son si cabe más importante en lo que respecta a los directivos públicos. Por ello deben definirse con precisión
los requisitos profesionales mínimos del directivo tanto en materia de formación como experiencia, y asegurar un sistema de provisión de cargos transparente. En este sentido, la mayoría de organismos internacionales exigen a sus potenciales
directivos: experiencia en entornos similares, una antigüedad cifrada de entre 15 a 20 años según los casos, la correspondencia con un perfil profesional del puesto, consignándose factores como conocimiento profesional, dificultad del trabajo o
grado de autonomía.


Por tanto, la opción más sencilla (y barata) sigue siendo acudir a los cuerpos superiores de funcionarios profesionales que conocen la Administración pública, están adecuadamente formados, han sido seleccionados de forma rigurosa (las
oposiciones siguen siendo, a falta de alternativa mejor, una garantía del principio de igualdad y una defensa frente a influencias, relaciones o pertenencias a determinados grupos) y cuentan con experiencia de dirección. Por supuesto que no son los
únicos, pero una política más flexible debería motivarse respecto a los intereses que persigue pues no puede en ningún caso poner en cuestión la imparcialidad en la gestión y la necesidad de servir con objetividad a los intereses generales, ni
tampoco bajar las exigencias en materia de profesionalidad y experiencia. Finalmente, cabe recordar que el artículo 9.2 del propio Estatuto Básico precisa que: 'En todo caso, el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o
indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones públicas corresponden exclusivamente a los funcionarios públicos, en los términos que en la ley de desarrollo
de cada Administración pública se establezca'; criterio por cierto bastante similar al de reserva de puestos a españoles frente a ciudadanos de la Unión Europea regulado en el Real Decreto 543/2001.


6. Necesario para diferenciar entre el perfil del directivo público y el del resto de empleados públicos.


La función del directivo público es asegurar una labor lo más profesional, eficaz y eficiente posible de los órganos y departamentos administrativos, orientándolos al cumplimiento de objetivos. Pero su trabajo resulta asimismo clave para
trasladar necesidades y oportunidades al dirigente político que es quien, por su autoridad y situación, puede hacerlas realidad. El Civil Service Management Board elaboró un modelo de competencias directiva para el Servicio Civil Superior,



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que bajo el lema 'Liderazgo para resultados', identificaba seis competencias directivas básicas: 1) suministrar propósito y dirección, 2) producir un impacto personal, 3) pensar estratégicamente, 4) conseguir lo mejor de su gente, 5)
aprender y mejorar, 6) centrarse en los resultados. Doctrinalmente, se han identificado asimismo las siguientes características de un sistema de dirección gerencial:


1) Profesionalización: selección con libre concurrencia de acuerdo a los méritos por los que se acrediten las competencias para el desempeño.


2) Capacidades decisorias.


3) Responsabilidad: se le marcan objetivos.


4) Evaluación del rendimiento: el salario está ligado a los resultados obtenidos.


5) Temporalidad del nombramiento, pero separado del ciclo político.


6) Cese no discrecional: dependiente de resultados objetivamente evaluados de acuerdo a las metas que se le fijaron por períodos.


En suma, estas labores gerenciales sólo pueden ser desempeñadas por quien cuenta con la preparación y la experiencia adecuada pues exigen unos conocimientos y habilidades específicas.


7. Necesario para poder mejorar y evaluar el funcionamiento de todas las organizaciones públicas.


El desarrollo de la función directiva en el sector público suele acompañar a la implantación del fenómeno de la gerencialización, hasta el punto de llegar a afirmarse como una consecuencia lógica que no puede haber una gestión eficaz y
eficiente de las organizaciones si no se cuenta con un grupo de gerentes, directivos o managers. De hecho, la Carta Iberoamericana de Función Pública de junio de 2003 en su apartado 53 señala que: 'La adecuada definición y consolidación de una
dirección pública profesional son básicas para un correcto diseño institucional de los sistemas públicos contemporáneos'. Y es que si en la práctica con las mismas reglas unos organismos funcionan mejor que otros, esto es consecuencia directa de la
calidad de sus directivos.


El artículo 13 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, fija unos pocos principios un tanto ambiguos y luego se remite al 'Gobierno y los órganos de Gobierno de las Comunidades Autónomas' para que
establezcan el régimen jurídico específico de este personal. Por tanto, por un lado, ante la situación de indefinición legal que presenta el artículo 13 del Estatuto Básico, el Gobierno podría sentirse tentado de regular esta cuestión de forma
reglamentaria sin contar con la opinión del Parlamento y, por otro, podemos acabar con dieciocho regímenes diferentes de función directiva. Uno y otro peligro deben evitarse.


Se trata en primer lugar de una cuestión muy sensible que supera el interés de un Gobierno concreto pues afecta a la forma de gobernar los asuntos de interés común. Sería pernicioso para la estabilidad y la eficacia gubernamental, para los
ciudadanos, así como para las personas afectadas, que cada partido político impusiera un modelo de directivos públicos diverso. Todo ello determina que cualquier proyecto que se plantee en este ámbito debe adoptar la forma de norma legal, tener en
cuenta la opinión de los expertos y representantes acreditados de funcionarios del Grupo Al, la experiencia comparada, y negociarse en el parlamento con transparencia hacia la opinión pública.


Por otra parte, como la Fundación Progreso y Democracia se ha esforzado en demostrar (cfr. Libro El coste del Estado autonómico y estudio 'El sobre coste de la Administración local') en España sufrimos una clamorosa carencia de estudios que
comparen el nivel de eficacia y eficiencia entre distintos organismos y Administraciones. Pues bien, para que esta evaluación comparada resulte en la práctica viable conviene que el régimen jurídico aplicable a los directivos públicos sea semejante
en todo el Estado, con objeto de poder comparar sus niveles de eficacia y consecución de resultados. El legislador estatal, sin embargo, ha hecho dejación de funciones por una mala interpretación de lo que supone ser el principio de autonomía
organizativa, al renunciar a fijar un régimen básico en esta materia, desconociendo así lo que establece el artículo 149.1. 18ª de nuestra Constitución ('bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas'). Si un modelo de función
directiva resulta básico para mejorar el funcionamiento de las organizaciones públicas parece claro que contar con dieciocho soluciones diversas no mejorará ni la coordinación de Administraciones, ni la posible movilidad de directivos públicos
excelentes (en los que por razones estrictamente de tamaño algunos territorios pueden ser deficitarios), ni la comparación y medición de los resultados que consiguen. Por tanto, o bien se modifica el artículo 13 del Estatuto Básico (que sería lo
ideal) o se llega a un gran pacto con todas las Comunidades Autónomas para adoptar un régimen básico común.


De manera especial, se requiere asimismo un sistema que incluya las necesidades de la Administración local, un nivel de gobierno a menudo ignorado y susceptible sin embargo de caer bajo influencias perniciosas e intereses particulares.


Por último, debe ser un régimen con vocación de aplicación general (con las lógicas especificidades) a todos los puestos directivos del sector público independientemente de la naturaleza del órgano de que se trate, lo que lleva a eliminar
enfoques parciales que parecen obedecer más a guerras entre departamentos ministeriales que al objetivo de elaborar una regulación práctica y eficaz.



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8. Necesario para evaluar a los empleados públicos.


Una Administración moderna y eficaz requiere establecer un sistema objetivo de indicadores de gestión conforme a los cuales evaluar a su personal, como vía asimismo de motivación de actitudes y conductas que se tiendan a la excelencia.
Ahora bien, cuando se habla de la necesidad de evaluar el desempeño de los funcionarios y demás empleados públicos se suele olvidar que tal evaluación no resulta viable en la práctica si no separamos la escala directiva (los máximos responsables de
la evaluación del personal) de los evaluadas. Ello no quiere decir que los directivos públicos no vayan a ser evaluados a su vez (por ejemplo, por los responsables políticos y por sus pares), pero se trata de evitar que el evaluado de hoy pueda
evaluar mañana a su evaluador, sin más trámites y requisitos que ser nombrado para un puesto superior. Si tal fuera el caso, ningún directivo se atrevería a evaluar negativamente a más de un subordinado para evitar así cualquier riesgo de venganza
administrativa.


Por otra parte, el directivo público deviene igualmente una pieza clave de todo sistema de evaluación pues de su profesionalidad y seguridad personal depende que no se desvirtúe por la introducción de criterios subjetivos, de mera afinidad
personal, o de premio a aduladores.


9. Necesario para separar la regulación de los directivos públicos de la actuación de los sindicatos.


El artículo 13.4 del Estatuto Básico establece que 'La determinación de las condiciones de empleo del personal directivo no tendrá la consideración de materia objeto de negociación colectiva a los efectos de esta Ley'. Hay que tener en
cuenta que parte de la función de los directivos públicos es precisamente negociar con los sindicatos numerosas cuestiones, entre ellas la propia negociación colectiva. Por ello, los sindicatos no pueden convertirse en juez y parte en lo que afecta
al diseño y ejecución del sistema de dirección pública. De hecho, se ha puesto de manifiesto (Cfr. Miguel Sánchez-Morón, 'La situación actual del empleo público', Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho, núm. 10, febrero de
2010, págs. 58-67, págs. 64 y 65) que parte de los problemas que aquejan a nuestro modelo de función pública (discriminación salarial entre Comunidades Autónomas, exceso de absentismo laboral, exceso de días de libre disposición, etc...) se deben
a que el responsable político de turno no actúa como 'empresario' a la hora de negociar con los sindicatos, anteponiendo sus intereses electorales a los intereses de la organización pública que provisionalmente dirigen. Sólo faltaría que al
directivo público le ataran parecidas servidumbres.


En definitiva, esta propuesta se resume en que si queremos que las instituciones públicas funcionen con eficacia y eficiencia y aspiren a la excelencia se requiere:


- Hacer más hincapié en la profesionalidad y el mérito que en la adhesión inquebrantable.


- Consagrar y reconocer el derecho de los ciudadanos a contar con los mejores dirigentes posibles.


Proposición no de Ley


'Por todo ello, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a desarrollar en el plazo de tres meses un modelo de directivos públicos que obedezca a los siguientes contenidos y principios:


1. Rango y ámbito.


- La regulación del directivo público debe hacerse por ley y contemplar un régimen básico común para todas las Administraciones y, dentro de éstas, homologar en lo posible las condiciones y exigencias del sector público administrativo y el
empresarial o para económico.


- Resulta igualmente necesario reforzar y recapitalizar el sistema de cuerpos nacionales en los ayuntamientos configurando de forma más amplia una función directiva local profesional.


- Debe derogarse el Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, en su Disposición adicional cuarta.


2. Principios básicos.


- Debe reconocerse el derecho de los ciudadanos a contar con los mejores dirigentes posibles.


- El modelo debe inspirarse asimismo en los principios constitucionales (artículo 103 CE) que definen un modelo concreto de función pública tal como han venido siendo interpretados por el Tribunal Constitucional:


• Objetividad e imparcialidad en el servicio a los intereses generales (cfr. sentencia del Tribunal Constitucional sentencia 99/1987, de 11 de junio de 1987);


• Eficacia y eficiencia tanto en el diseño de los puestos directivos como en los procesos de selección provisión y desempeño;


• Jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación;


• Igualdad, mérito y capacidad como garantía de que todos los ciudadanos tengan igualdad de acceso al empleo público (cfr. sentencias del Tribunal Constitucional, entre otras, 73/1998, 99/1999), que prevalecen sobre el principio de
idoneidad que carece de arraigo constitucional.


- A todos ellos se unen los principios de publicidad y motivación como elementos que garantizan la transparencia en la selección y provisión de puestos y la no arbitrariedad.


3. Contenidos mínimos.


a) Concretar qué se entiende por un directivo público y cuáles son los puestos directivos:


- Sobre la base de la LOFAGE y de un sistema de evaluación de puestos, lo cual debe ir unido a una evaluación



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paralela de las estructuras orgánicas. Los mismo debe hacerse en el sector público empresarial y económico (i.e. fundaciones y entidades públicas empresariales).


- En el perfil del puesto debe consignarse el grado de experiencia y conocimiento profesional requerido, así como el nivel de responsabilidad, dificultad y autonomía.


b) Introducir límites objetivos a la discrecionalidad en la selección y nombramiento de directivos:


- Cada nombramiento debe justificarse por escrito (publicado en el 'Boletín Oficial del Estado') en términos de adecuación al perfil, profesionalidad y experiencia en puestos similares.


- La discrecionalidad de la selección puede enmarcarse en una terna propuesta por un órgano imparcial de acuerdo con el perfil que se busque (por ejemplo por la Dirección General de Función Pública u órgano especializado que se constituya).


- Necesidad de que los principales directivos se sometan a una evaluación previa por parte de una Comisión del Congreso de los Diputados.


- Establecer un procedimiento para la suspensión cautelar de los nombramientos por parte de la autoridad judicial cuando, habiéndose impugnado un nombramiento, existan indicios suficientes de que no se dan los requisitos exigidos para que
dicho nombramiento sea ajustado a Derecho.


- Alternativamente, cabría introducir un procedimiento de acreditación de manera que aquellos directivos privados que quieran concurrir a puestos de alta dirección públicos deban pasar previamente un proceso objetivo de certificación de sus
méritos semejante en la forma al que ahora existe para acreditar la valía de los profesores universitarios que, una vez obtenido ya sea suficiente para considerar que cumplen con el requisito de mérito y capacidad para ser nombrados.


c) Fortalecer la estabilidad en el desempeño del cargo y evitar ceses caprichosos:


- Debe acabarse con la actual situación donde los directivos son nombrados y cesados por el puro capricho del dirigente político de turno y más allá de cualquier consideración de eficacia en su trabajo.


- Debe limitarse el cese al hecho de no haber cumplido los objetivos marcados o haberse superado el tiempo marcado.


- Debe ofrecerse al directivo un contrato de cinco años (más que una legislatura) con evaluación anual por objetivos, lo que encaja con el modelo de función pública diseñado en nuestra Constitución, es decir la imparcialidad en la gestión y
la necesidad de servir con objetividad a los intereses generales.


d) Diseñar una carrera del directivo público:


- Debe definirse los requisitos mínimos de entrada (régimen predirectivo), de experiencia y desempeño, de formación (cursos selectivos con convalidación o no de créditos), así como las garantías de permanencia y de progresión en función de
resultados. Debe fijarse igualmente el régimen transitorio de equiparación de categorías funcionariales actuales que desempeñan o han desempeñado puestos directivos.


- Debe confiarse la gestión del sistema a un órgano específico: la propia Dirección General de la Función Pública (en su caso en relación con los órganos similares de las Comunidades Autónomas) o (si la reorganización de la Administración y
los límites presupuestarios lo permitieran) un órgano específico en línea con lo ocurrido en otros países (i.e. The Senior Appointments Selection Comité británico o Il Comitato di Garanti italiano).


e) Régimen retributivo:


- Debe establecerse un régimen retributivo que garantice la profesionalidad, dignidad y responsabilidad del directivo, con la contrapartida de poder recibir incentivos complementarios por el cumplimiento de objetivos.


- Debe fijarse una escala salarial en función de la responsabilidad. Esta escala debe ser aplicable tanto si los directivos públicos desempeñan sus funciones en la Administración o en el sector empresarial público o similar (i.e.
Fundaciones).


f) Sistema de evaluación:


- Debe diseñarse la evaluación de lo directivos de acuerdo a indicadores, objetivos y consecución de resultados.


- En la evaluación pueden participar además del criterio del superior jerárquico, comisiones de otros directivos y el grado de satisfacción de los ciudadanos y del personal que dirige.


- La evaluación se convierte asimismo en una garantía del directivo frente al cese o remoción caprichosa a manos del dirigente político.


g) Otras cuestiones:


- Deber regularse asimismo el régimen de movilidad, el régimen de evaluación de méritos, la formación continuada de los directivos y evaluación de aptitudes y el régimen de incompatibilidades.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2012.-Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.



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Comisión de Presupuestos


161/000144


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado don Carlos Salvador Armendáriz de Unión del Pueblo Navarro (UPN), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición
no de Ley relativa al cumplimiento de la Ley 37/2010, de 15 de noviembre, por la que se crea la Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales, para su debate en Comisión.


Exposición de motivos


La Ley 37/2010, de 15 de noviembre, por la que se crea la Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales, se encuentra en vigor desde el mes de febrero de 2011 según lo dispuesto en la Disposición final segunda de la propia Ley: 'La
presente Ley entrará en vigor a los noventa días de su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado' [...]' ('BOE' de 16 de noviembre de 2010).


Sin embargo, a fecha de la presente iniciativa, no se ha dado cumplimiento al contenido de la misma que en su Disposición adicional (única) establece: 'La regulación de la organización y funcionamiento de la Oficina Presupuestaria de las
Cortes Generales se llevará a cabo por Resolución de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado'.


Cabe recordar que, con motivo del último Debate sobre el Estado de la Nación, Unión del Pueblo Navarro presentó una propuesta de resolución cuyo texto ratificaba 'la necesidad de poner en marcha de forma inmediata la Oficina Presupuestaria
de las Cortes Generales, en cumplimiento de la Ley 37/2010, de 15 de noviembre, por la que se crea dicha Oficina', y que resultó aprobada por la unanimidad de esta Cámara.


En el contexto de la Unión Europea, la nueva gobernanza económica y presupuestaria aprobada el pasado noviembre contempla reforzar la transparencia del proceso presupuestario, otorgando mandatos a oficinas presupuestarias nacionales
independientes o a instituciones competentes en materia presupuestaria. Así, el considerando 9 del Reglamento (UE) 1174/2011, de 16 de noviembre, 'el fortalecimiento de la gobernanza económica debe conllevar una participación más estrecha y
oportuna del Parlamento Europeo y de los Parlamentos nacionales' -reproducido también en los considerandos 11 y 5 de los Reglamentos (UE) 1175/2011 y 1176/2011 respectivamente-, el considerando 5 del Reglamento (UE) 1175/2011 de 16 de noviembre, 'el
contenido de los programas de estabilidad y convergencia, así como el procedimiento para examinarlos, deben desarrollarse tanto a nivel nacional como de la Unión' y el considerando 11 del mismo reglamento 'en consonancia con las disposiciones
jurídicas y políticas de cada Estado miembro, los Parlamentos nacionales deben tener una adecuada participación en el semestre europeo y en la preparación de los programas de estabilidad, los programas de convergencia y los programas nacionales de
reforma, con el fin de reforzar la transparencia y la implicación y responsabilidad por las decisiones que se adopten'.


Todo ello no está sino al servicio de la estabilidad presupuestaria que 'adquiere un valor verdaderamente estructural y condicionante de la capacidad de actuación del Estado, del mantenimiento y desarrollo del Estado Social que proclama el
artículo 1.1 de la propia Ley Fundamental', tal y como recoge la Exposición de Motivos de la reforma del artículo 135 de la Constitución Española de 27 de septiembre de 2011. Su consagración en el artículo 135 de nuestra Carta Magna, concretamente
en su apartado primero, que dice: 'Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria', responde a la necesidad de garantizar la sostenibilidad económica y social de nuestro país y reforzar el
compromiso con la Unión Europea.


Además, debe ser tenida en cuenta la especialidad del momento en el que nos encontramos, las serias dificultades que atraviesa la economía española, así como la, cada vez mayor, demanda de transparencia y control de las cuentas públicas por
parte de los ciudadanos.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados ratifica la necesidad de poner en funcionamiento a la mayor brevedad la Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales para dar cumplimiento a la Ley 37/2010, de 15 de noviembre, por la que se crea dicha
Oficina, que en su la Disposición adicional (única) establece que 'la regulación de la organización y funcionamiento de la Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales se llevará a cabo por Resolución de las Mesas del Congreso de los Diputados y
del Senado', así como de incluir dotación presupuestaria suficiente para el desempeño de sus funciones en el Presupuesto de las Cortes Generales, consiguiendo una mayor transparencia de las cuentas públicas que redundará en la recuperación del
prestigio por parte de las instituciones.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2012.-Carlos Casimiro Salvador Armendáriz, Diputado.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



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Comisión de Fomento


161/000105


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre N-IV tramo Dos Hermanas-Los Palacios, para su debate en la
Comisión de Fomento.


El tramo de la carretera N-IV, entre las localidades sevillanas de Dos Hermanas y Los Palacios, asume un tráfico diario de 40.000 vehículos y en menos de diez años se ha cobrado 83 vidas, además de ser un freno para el desarrollo económico
de una zona que ve estranguladas sus comunicaciones.


Actualmente esta actuación está pendiente solamente de su licitación de las obras y su adjudicación posterior, estando ejecutado incluso el proceso de expropiaciones, por lo que únicamente resta presupuestos y voluntad de actuación, además,
el mes de septiembre de 2011, el Ministerio de Fomento adquirió el compromiso de incluir el desdoble de la N-lV en el tramo que discurren entre Dos Hermanas y Los Palacios en los PGE de 2012.


En consecuencia y respaldando las iniciativas municipales y ciudadanas que se están llevando a cabo se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno central a incluir en los Presupuestos Generales del Estado las partidas necesarias para financiar y ejecutar el tramo de la carretera N-IV entre las localidades de Dos Hermanas y Los Palacios,
de manera que puedan iniciarse las obras en el menor tiempo posible.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de enero de 2012.-Ascensión de las Heras Ladera, Diputada.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000106


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la prolongación de la red ferroviaria de cercanías desde Castellón
a Vinaròs (Comunidad Valenciana), para su debate en la Comisión de Fomento.


En estos momentos la conexión entre Castellón y Vinaròs está cubierta diariamente por tres trenes regionales de ida y tres de vuelta, sin contar los de largo recorrido. La red de cercanías solamente contempla un trayecto entre Valencia y
Castellón. Dado que es este tipo de tren el que más utiliza la ciudadanía para ir a trabajar, estudiar y trasladarse en desplazamientos cortos, resulta necesario para las comarcas de la provincia de Castellón que el tren de cercanías llegue con
horarios adecuados hasta el norte de dicha provincia.


Es una demanda antigua y unánime de la ciudadanía del norte de las comarcas de Castellón, que ven como los trenes de cercanías provenientes de Valencia tienen como última estación Castellón, y el norte es dejado al margen, únicamente
conectado con trenes de medio y largo recorrido de frecuencia muy escasa y precio más elevado. Lo único que pide la sociedad castellonense es un tren de cercanías en condiciones, que pueda transportar a las personas a sus trabajos y lugares de
estudio. La infraestructura ya está construida y sólo queda por desarrollar el servicio de cercanías.


En consecuencia, y respaldando las iniciativas municipales y ciudadanas que se están llevando a cabo, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a prolongar la red ferroviaria de cercanías del área de Castellón hasta la localidad de Vinaròs, incluyendo en los Presupuestos Generales del Estado para 2012 las partidas necesarias para su
ejecución en el menor tiempo posible.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de enero de 2012.-Ricardo Sixto Iglesias, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000107


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el Polígono Sur de la Ciudad de Sevilla, para su debate en la
Comisión de Fomento.


El Polígono Sur de la ciudad de Sevilla lleva padeciendo desde hace muchos años una situación de pobreza, exclusión y marginación, que han generado numerosos problemas y patologías sociales, conocidas de sobra por todos.



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El deterioro humano y urbano que ha sufrido el barrio desde que se creó hasta la actualidad ha motivado numerosas movilizaciones reivindicativas vecinales, y numerosas actuaciones administrativas.


Ya, en la década de los ochenta, cuando el barrio era aún joven, los vecinos reivindicaban 100 medidas urgentes para solucionar problemas, que empezaban a germinar y que hoy día están 'encallados'. Los planes de barrio, y otras medidas
administrativas no evitaron el deterioro que sufría la zona ya en el año 2000.


La política de erradicación de asentamientos chabolistas y realojo de las familias, desarrollada por la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Sevilla, agrava la situación a finales del año 2000.


Los constantes intentos por parte de la Administración de realojar en Polígono Sur a familias procedentes de asentamientos chabolistas, convirtiéndolo así en el 'depósito de los pobres de Sevilla', motivan la indignación y protesta de los
vecinos.


Ante esta situación, diferentes entidades de Polígono Sur deciden trabajar conjuntamente en la búsqueda de soluciones para evitar que la zona se convierta en un gueto, se constituye, entonces, la plataforma vecinal Nosotros también Somos
Sevilla.


En las 'Jornadas de estudio sobre el Polígono Sur', organizadas por la plataforma en el año 2002, ésta presenta el documento 'Presupuestos para un plan integral de actuación en el Polígono Sur', donde se propone un plan de intervención
integral para dar respuesta a la situación de Polígono Sur, orientado a cambiar las condiciones de vida de la población. Un plan novedoso, diferente a las demás experiencias fallidas en Polígono Sur. Para ello, se proponían varias condiciones,
entre ellas:


- Que el plan estuviese consensuado por todas las fuerzas políticas, 'un plan que no debe verse alterado por los resultados electorales'.


- La creación de una autoridad única con competencias para la coordinación, con relevancia política importante para garantizar el desarrollo del plan, y 'que sea aceptada por las distintas opciones políticas'.


En el año 2006 se firma el plan integral para Polígono Sur de Sevilla, con el compromiso de las Administraciones para llevarlo a cabo, durante todos estos años, en las diferentes reuniones mantenidas, tanto con el Comisiónado, don Jesús
Maeztu, como con otros políticos responsables, hemos abordado los mismos problemas que nos llevaron a exigir el plan integral, (Trabajo con familias, Plan de Seguridad Ciudadana, Comisaría, Red de transportes, Soterramiento del Tren, Equipamientos
Ciudad, Eliminación de Muros, Rehabilitación Urbana, etc.). Sin embargo, esos mismos problemas siguen vigentes en la actualidad, agravados por la situación general de crisis que estamos viviendo.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1) Poner en marcha, y se concreta el proyecto de soterramiento de las vías del ferrocarril, eliminando, así, uno de los elementos cruciales que favorecen la segregación impuesta a esta zona de Sevilla en relación al resto de la ciudad,
cumpliendo además con lo aprobado en el PGOU de Sevilla, el 19 de julio de 2006. Esta cuestión se incluye en el Plan Integral de Polígono Sur como elemento a desarrollar de manera prioritaria.


2) Llevar a cabo el plan de seguridad ciudadana para Polígono Sur, así como se concluyan sin más dilación los trámites que permitan la inmediata construcción de la comisaría para el Polígono Sur de Sevilla, en la parcela, hoy propiedad de la
Junta de Andalucía, elegida por los vecinos y vecinas, así como considerada idónea por el Comisiónado para Polígono Sur.


3) Desde el Plan Integral, desarrollar el trabajo individual, familiar y comunitario, mediante proyectos individualizados, con itinerarios evaluables, contemplando y exigiendo derechos y deberes radicados en educación para ayudar a la plena
autonomía.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de enero de 2012.-José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000108


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre gratuidad de uso de la carretera AP-7 a su paso por la provincia de
Castellón (País Valenciano), para su debate en la Comisión de Fomento.


En la provincia de Castellón la carretera N-340 transcurre paralela y en muchos tramos próxima a la AP-7, y soporta diariamente un elevado volumen de tránsito de mercancías, sobre todo pesadas, atravesando o bordeando núcleos urbanos muy
poblados, y caracterizándose como un peligroso punto negro por el frecuente índice de accidentes de tráfico. La situación de colapso está alcanzando niveles muy preocupantes.


Si se rescatara la gratuidad de la AP-7, el impacto ambiental, social y patrimonial sería nulo, y la inversión del Estado muy inferior; de esta manera no habría la necesidad de un vial nuevo, al poder asumir el AP-7



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el tránsito excedente de la N-340. La opción más razonable económica, ambiental y socialmente sería recuperar la gratuidad del AP-7.


Mientras la N-340 se encuentra masificada, un vial que soporta un volumen de tráfico excesivo para sus características, la AP-7, con una infraestructura muy segura, se encuentra en estos momentos infrautilizada, porque mucha gente que la
utilizaría para viajar la evita por el gasto económico que representa.


La publicación del informe europeo del Real Automóvil Club de España de diciembre de 2011 deja muy claro la terrible situación de las carreteras castellonenses y los problemas de seguridad vial que sufren los conductores y conductoras, un 30
% de los tramos incluidos en el estudio tienen un riesgo medio de accidentes, una cifra que dobla la media estatal. Una de las conclusiones de este estudio es la congestión de la N-340 en muchos tramos y su peligrosidad.


Existe además un agravio comparativo, ya que mientras en otras zonas del Estado los ciudadanos pueden disfrutar de autovías de reciente construcción gratuitas, aquí, los castellonenses y castellonensas debemos pagar por utilizar este vial
absolutamente amortizado por la empresa concesionaria.


Por todo ello, y recogiendo las peticiones ciudadanas, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover la gratuidad de uso de la carretera AP-7 en toda la provincia de Castellón.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de enero de 2012.-Ascensión de las Heras Ladera, Diputada.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000111


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado don Francisco Xesús Jorquera Caselas (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley
relativa a adopción de medidas del Ministerio de Fomento para la creación de servicios de cercanías en Galicia, para su debate en Comisión.


Exposición de motivos


Desde que se comenzó a proyectar el AVE a Galicia, hace ya más de diez años, el BNG siempre advirtió de que el avance y la modernización de las líneas de larga distancia debía ir acompasada con el necesario avance y desarrollo de las líneas
ferroviarias de cercanías o de media distancia. Como bien sabe el Gobierno, Galicia es una de las pocas Comunidades Autónomas que carecen de un servicio ferroviario de cercanías, fundamental para vertebrar el territorio a nivel interno y facilitar
la movilidad a la ciudadanía.


El impulso, o en su defecto la instalación de nuevas líneas de cercanías, debería formar parte de las medidas del Gobierno sobre política energética. Si la ciudadanía gallega tiene la posibilidad de desplazarse en trenes de cercanías, es
obvio que no lo hará en sus vehículos particulares. Precisamente la incentivación del transporte colectivo, del transporte ferroviario, debería ser un punto destacado entre las medidas a adoptar en este sentido.


La puesta en servicio de los diversos tramos del Eixo Atlántico ferroviario ha supuesto y supondrá el abandono de las viejas líneas ferroviarias. En este sentido, son muchas las iniciativas registradas por el BNG en el Congreso que
demandaban al Gobierno la permanencia de dichas líneas y sus estaciones con el propósito de rentabilizarlas para un servicio de proximidad.


Es así que en septiembre del año 2008, el Congreso aprobaba una proposición del BNG que instaba al Gobierno a abrir un diálogo, antes de terminar el año, para abordar 'el traspaso de las infraestructuras que por quedar fuera de servicios por
la apertura de nuevos trazados dejen de estar afectadas por la red estatal de interés general, para que puedan ser destinadas por la Comunidad Autónoma a la implantación de los servicios ferroviarios de cercanías. Asimismo, se estudiará con la
Xunta la posibilidad de interconexión de ambas redes en los casos que sea necesario'. La iniciativa aprobada contaba con otros dos puntos, aunque destacamos especialmente el antes mencionado por afectar directamente la temática objeto de esta
exposición.


Asimismo, en los Presupuestos Generales del Estado 2011 se aprobó, a iniciativa del BNG, una dotación de 400.000 euros para la realización de un estudio para la implantación de servicios de ferrocarril de cercanías en Galicia.


Por todo ello, sería pertinente conocer en que Estado se encuentran las conversaciones entre el Gobierno y la Xunta, o qué iniciativas se llevaron a cabo por ambas partes para cumplir con lo aprobado en la Cámara, aunque mucho nos tememos
que no haya habido movimientos en esta dirección.


El BNG siempre ha reivindicado que las líneas ferroviarias que van a caer en desuso sean aprovechadas para la creación de servicios de proximidad, algo que no requiere de demasiado presupuesto porque ya contaría con la infraestructura
fundamental.


En la actualidad, el nuevo trazado entre Santiago y A Coruña ya ha provocado el cierre de 8 estaciones de la red convencional. A esta lista se añadirán otras 10



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que quedarán fuera de servicio entre Redondela y Santiago de Compostela.


Las informaciones publicadas en los medios de comunicación indican que otras 45 estaciones todavía están pendientes de lo que determinen los estudios informativos en otras conexiones como el de A Coruña-Lugo, Ferrol-A Coruña o
Monforte-Ponferrada.


Respecto a la línea Santiago-Ourense, parece que Fomento va a cerrar muchas de las estaciones al tráfico de viajeros, pero se mantendrán abiertas para el transporte de mercancías. Es el caso de 12 estaciones entre Santiago, Lalín y Ourense.


En relación a la entrada del AVE en el territorio gallego por Ourense, también se sospecha que quedarán sin servicio unas 10 estaciones. Sólo está previsto que se mantenga la continuidad del servicio de viajeros en A Gudiña.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno-Ministerio de Fomento a:


• Paralizar de inmediato el desmantelamiento de vías en Galicia hasta acordar el futuro de las líneas que van a quedar en desuso una vez esté en marcha el Eixo Atlántico,


• Programar una reunión con la Xunta de Galicia para abordar la necesidad de creación de un servicio ferroviario de cercanías en Galicia, aprovechando las viejas líneas ferroviarias, y acordar el traspaso de las infraestructuras que por
quedar fuera de servicio por la apertura de nuevos trazados dejen de estar afectadas por la red estatal de interés general.


• Ejecutar la partida consignada en los Presupuestos Generales del Estado 2011 para la realización de un estudio para la implantación de servicios de ferrocarril de cercanías en Galicia.


• Realizar un plan específico sobre las numerosas estaciones y apeaderos ferroviarios que con la entrada en funcionamiento del Eixo Atlántico serán cerradas, a fin de mantenerlas para un futuro servicio de proximidad, o destinarlas a otros
usos para evitar su abandono.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Francisco Xesús Jorquera Caselas, Diputado.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


161/000117


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el puerto de Alicante, para su debate en la Comisión de Fomento.


Varios colectivos sociales alicantinos se han mostrado abiertamente contrarios a la futura instalación de una planta de residuos peligrosos, nocivos, tóxicos y cancerígenos en una parcela del puerto de Alicante, debido a que la misma se
encuentra situada a escasos 500 metros de viviendas, dotaciones públicas como el colegio público Benalúa o la Casa del Mediterráneo, hoteles y zonas verdes urbanas como el Parque del Mar o el paseo Joan Fuster.


Para dichos colectivos la ubicación de esta planta en el ámbito portuario sería un obstáculo para la adecuada integración entre el puerto y la ciudad. Como alternativa han propuesto que se habilite un 'puerto seco' en la futura Plataforma
Logística de Alicante, prevista entre el polígono industrial del Pla de La Vallonga y la cementera de Alicante. En dicho 'puerto seco' encontrarían adecuada ubicación las actividades industriales ligadas al puerto, como la planta de residuos
peligrosos, que no deben localizarse en el ámbito portuario por sus perjuicios ambientales y sanitarios sobre barrios colindantes como Gran Vía Sur, San Gabriel, Benalúa o Ensanche-Autobuses.


Por todo ello, y recogiendo las peticiones ciudadanas, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1) Que los representantes de la Administración General del Estado en el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Alicante que se posicionen en contra de la concesión para la instalación de dicha planta de residuos en el puerto
de Alicante.


2) Recomendar a la Autoridad Portuaria que rechace la concesión y promueva una ubicación para la planta de residuos peligrosos fuera del ámbito portuario, sobre suelo industrial suficientemente alejado de zonas residenciales.


3) Que se promueva un 'puerto seco' para actividades industriales vinculadas al puerto de Alicante que deberían ubicarse fuera del ámbito portuario por sus efectos negativos ambientales y sanitarios sobre los vecinos que residen en el
entorno del puerto.


4) Que se estudie como posible ubicación idónea para ese puerto seco por las magníficas condiciones de conexión viaria y ferroviaria previstas con el puerto, el suelo industrial previsto en la Plataforma Logística de Alicante, promovida por
la Consellería de infraestructuras de la Generalitat Valenciana, ya que incluso va a disponer de una estación de mercancías ferroviarias propia.


5) Que se revise el Plan Especial del Puerto de Alicante para excluir del ámbito portuario las actividades



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industriales que pueden suponer molestias y perjuicios sanitarios para los vecinos que residen en su entorno de modo que se ubiquen en ese puerto seco que se propone en el punto anterior.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Ricardo Sixto Iglesias, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000119


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión ante
la Comisión de Fomento del Congreso de los Diputados, una Proposición no de Ley para acelerar el inicio de las obras de soterramiento de la actual línea de ferrocarril Barcelona-Portbou a su paso por Montcada i Reixac.


Antecedentes


Montcada i Reixac es un municipio limítrofe con Barcelona, con una gran presión ambiental. La tensión primordial de Montcada proviene de su situación geográfica: se trata de una de las salidas naturales que Barcelona tiene hacia el
interior terrestre (por la cuenca del Besós), con lo cual, todas las vías de comunicación pasan por el estrecho corredor natural: tres vías de tren, una autovía, una autopistas, dos carreteras nacionales, tres comarcales, tres ríos afluentes del
Besós y el propio río Besós que en pleno centro del municipio convive, en el congost o estrechamiento, con las vías de tren.


El soterramiento de las vías ferroviarias de la línea Barcelona-Portbou, que atraviesan el municipio de Montcada i Reixac es una antigua reivindicación vecinal y de todos los grupos políticos. El paso de la línea del AVE por el municipio
fue visto como una oportunidad histórica para conseguir una reorganización ferroviaria en el municipio, que permitiera una mejora en la cohesión y permeabilidad del mismo, aprovechando el soterramiento de las vías del AVE y del tren convencional.


Finalmente, en noviembre del 2007 y tras muchos años de reivindicaciones, el Ayuntamiento de Manteada i Reixac y el Ministerio de Fomento pactaron el soterramiento de las infraestructuras ferroviarias. Cuando concluya esta inversión, el
municipio ganará para uso público una gran franja de terreno cuya conversión en paseo o zona verde fue objeto de un concurso de ideas. Las ventajas del soterramiento se notarán también en el barrio de Vallbona (Barcelona) donde la unificación de
las líneas de Rodalies en un solo espacio evitará las actuales zonas intermedias aisladas y urbanísticamente inutilizables.


El proyecto básico del nuevo trazado de la línea ferroviaria entre Barcelona y Montcada i Reixac fue aprobado definitivamente a finales de 2010, incluye el soterramiento de las vías en un tramo de 3.860 metros, por Montcada i Reixac, y la
construcción de una nueva estación que sustituirá la actual. Hasta el momento ya se han realizado los proyectos constructivos de tres de las cinco fases de las que se compone el soterramiento; lo que implica que en el ámbito técnico ya se puede
empezar a ejecutar las obras.


El compromiso del Ministerio de Fomento del Gobierno anterior con el Ayuntamiento de Montcada i Reixac fue el de licitar las obras con la mayor prontitud, pero los diferentes anuncios respecto a la paralización de inversiones y el retraso en
la licitación hacen temer un retraso 'indefinido' en el calendario previsto para la ejecución del soterramiento de las vías en Montcada.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a licitar, durante el primer semestre de 2012, las obras previstas de soterramiento del trazado ferroviario entre Barcelona y Montcada i Reixac (Barcelona) de la línea Barcelona-Portbou.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


161/000121


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la iluminación del trazado de la A-7 entre los municipios de
Fuengirola y Manilva (Málaga), para su debate en la Comisión de Fomento.


Desde el pasado 1 de noviembre de 2011 los más de 80 kilómetros del trazado de la A-7 a lo largo del litoral de la Costa del Sol -desde Fuengirola a Manilva- se encuentran ausentes de iluminación por la decisión de los ejecutivos locales de
cesar en los pagos a la empresa suministradora de la energía eléctrica tras considerar que se trata de un gasto impropio y que los costes corresponden al Ministerio de Fomento.



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Los alcaldes de Estepona, Marbella, Fuengirola y Mijas en comparecencia pública en la sede de su Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental, el pasado 27 de septiembre de 2011, indicaron que los ayuntamientos han sufragado por
concepto de iluminación más de 11 millones de euros en los últimos quince años.


Nuestro Grupo Parlamentario considera que el hecho de que la A-7 se encuentre sin iluminación en este tramo es una situación perjudicial para la seguridad del tráfico y para la industria turística, en esta línea se han manifestado también
colectivos de taxistas, transportistas, del sector turístico, la asociación de Automovilistas Europeos Asociados y el sentir general de la ciudadanía. Todos coinciden en que ya era un recorrido muy peligroso antes del apagón y que la falta de
iluminación actual agrava la inseguridad.


Nuestro Grupo apuesta por la reducción de los gastos corrientes y por el ahorro energético, dos principios rectores que deben conciliarse con otros dos principios no menos importantes como la seguridad e integridad de las personas, ya que el
tramo de autovía que ahora está a oscuras constituye sobre la realidad una travesía urbana con numerosas entradas y salidas hacia urbanizaciones, fruto de la expansión urbanística experimentada, lo que hace recomendable la existencia de una
iluminación adecuada con un tratamiento similar a la de las vías urbanas, es decir, con iluminación. Una prueba de que este trazado no es asimilable a una autovía es que el límite de velocidad está fijado en 80 km/hora, una velocidad inferior a los
límites de una autovía convencional.


Con un claro afán propositivo brindamos una fórmula conciliadora con el ahorro económico y energético y que a la vez atienda a la seguridad de las personas, como la de encender el 50 % de las farolas, eso sí, manteniendo todas las existentes
en los puntos más conflictivos y en las incorporaciones y salidas, lo que conllevaría un gasto mucho menor y, además, aseguraría la seguridad del tráfico.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Asumir el coste de la iluminación del trazado de la A-7 entre los municipios de Fuengirola y Manilva en las condiciones (50 % de las luminarias) para garantizar la seguridad de las personas en una vía que en la realidad es más una travesía
que una autovía.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Alberto Garzón Espinosa, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000122


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre soterramiento del acceso ferroviario al Puerto de Málaga, para su
debate en la Comisión de Fomento.


La ciudad de Málaga, con una instalación estratégica para el desarrollo económico de la ciudad que además ha sido su origen como ciudad y su conformación como agente urbanístico, el puerto de Málaga. No podemos entender la historia de la
ciudad sin su existencia y una parte de su desarrollo urbano nace condicionado por las sucesivas ampliaciones y urbanizaciones de los espacios adyacentes al mismo.


Desde finales del siglo pasado el puerto de Málaga ha desarrollado un ambicioso plan de transformación para adaptarse a los nuevos tipos de tráficos marítimos las mercancías transportadas mediante cajas estandarizadas -contenedores- esta
apuesta ha resultado, junto con los tránsitos de buques de turismo de cruceros, los elementos que han salvado al puerto de la decadencia de su configuración y calado habían propiciado desde los años sesenta del pasado siglo.


Sin embargo, esta apuesta ha tenido un importante tropiezo en este último año como consecuencia de la apertura de nuevas terminales de contenedores que cumplen las mismas funciones de intercambio de contenedores entre buques, pero no se ha
sabido mejorar las conexiones del puerto con las infraestructuras terrestres y la creación de centros logísticos que permitirían situar las mercancías movidas en el puerto en nuestro entorno próximo, 'Hinterland' del puerto de Málaga. Asimismo el
pasado marzo fue convocada una huelga por CC.OO. con el objetivo de denunciar la privatización del servicio de estiba y desestiba en los puertos públicos del Estado y rechazar la constitución de las Agrupaciones Portuarias de Interés Económico.


Hoy, estas carencias representan la pérdida de varios cientos de puestos de trabajo en la terminal de contenedores, así como pérdidas en el Puerto de Málaga, por todo ello es necesario que se impulsen las acciones necesarias para evitar esta
situación.


Por otro lado, los vecinos más próximos a las instalaciones ferroviarias y el conjunto de la ciudad soportan mal los inconvenientes de un tráfico ferroviario no muy intenso que, si se incrementase, podría colapsar la ciudad y llegar a ser
insoportable. El Ministerio de Fomento tiene encomendado el soterramiento de la línea ferroviaria que une la estación y el puerto, lo que obligará a la demolición de un edificio de seis plantas, conocido por 'el bloque de los pescadores', cuya
fachada trasera da al paseo marítimo. Este edificio es propiedad del Ayuntamiento de Málaga, que manifiesta



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que comenzarán el proceso de expropiación en el momento en que Fomento apruebe el proyecto.


En una situación general de cambio climático por la utilización de combustibles fósiles el impulso de trasporte ferroviario de mercancías permitirá evitar colapsos circulatorios en carreteras y mejorar el consumo energético, por ello estas
actuaciones tienen un carácter estratégico para nuestro desarrollo. El soterramiento del ferrocarril es vital para el desarrollo comercial del Puerto. Además del beneficio para la ciudad, una línea de tren sólida, conectada con el futuro puerto
seco de Antequera, permitirá que Málaga tenga otro tipo de tráfico del que ahora carece, que es el de la importación y exportación. Por otro lado, se evitarían los continuos cortes de tráfico en las calles Héroe de Sostoa, Ayala y paseo Marítimo
Antonio Machado.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1) Elaborar con la máxima urgencia para la elaboración de los proyectos y ejecución del soterramiento del acceso ferroviario al puerto de Málaga y a la ampliación de la red interior ferroviaria del recinto portuario, para permitir la carga
de contenedores y la expedición de trenes desde el interior del mismo.


2) A tomar las medidas necesarias para que, en la ejecución de las obras y en el futuro, se puedan evitar ruidos y vibraciones que los tránsitos de mercancías acarrean a los vecinos de la zona.


3) A realizar las actuaciones en la línea ferroviaria convencional para permitir mejoras en la infraestructura ferroviaria como la ampliación de la longitud de los puestos de cruce y adelantamiento y la duplicación hasta el municipio de
Álora para que mejoren simultáneamente los tránsitos de mercancías y cercanías.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Alberto Garzón Espinosa, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000123


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre soterramiento de la línea de alta velocidad a su paso por Antequera
(Málaga), para su debate en la Comisión de Fomento.


A propuesta del Grupo Municipal de Izquierda Unida, el Pleno del Ayuntamiento de Antequera (Málaga) aprobó el 13 de septiembre de 2007, por unanimidad, un Acuerdo instando a la Subdirección General de Planes y Proyectos de la Dirección
General de Ferrocarriles, del Ministerio de Fomento, para que:


'1. Emita informe de viabilidad, tanto técnica como económica, del soterramiento del AVE a su paso por la ciudad de Antequera, por el mismo trazado actual, indicando posible longitud de soterramiento, variaciones de trazado y coste
aproximado.


2. En caso de no ser viable por el trazado actual, la emisión de un informe de viabilidad tanto técnica como económica del soterramiento por el trazado actualmente en estudio por el Ministerio de Fomento (Sur-2), con las mismas
especificaciones del informe anterior.


3. El mantenimiento de los trenes de cercanías y media distancia, así como el compromiso del mantenimiento de la estación de Antequera ciudad.'


De lo que hasta la fecha sólo se ha dado cumplimiento al punto primero, y al compromiso de mantener la estación de Antequera ciudad. Ya que se remitió informe sobre las posibilidades de soterrar, tanto por el trazado actual -variante 1-
como por otra nueva denominada variante 2, en las que se plantean algunos problemas técnicos solucionables, y el mayor inconveniente era el tema económico, ya que ambos implicaban unos 65 millones de euros, con el soterramiento de unos 1.900 metros.
En la misma línea que el aportado por el Estudio independiente encargado por el Ayuntamiento.


Y el 3 de abril de 2008, el Pleno municipal nuevamente instó al Ministerio de Fomento la urgente contestación a los puntos 2 y 3 del anterior Acuerdo de 13 de septiembre de 2007, dándose por contestado el primero. A la vez que se planteaba
que el Ayuntamiento de Antequera sigue apostando por el soterramiento del trazado del AVE.


Pues bien, en la actualidad y pese al largo período transcurrido, no se ha producido remisión alguna de lo reiteradamente solicitado al Ministerio de Fomento. Y dichos informe y compromisos son esenciales para poder adoptar una postura
definitiva y consecuente con el interés general, respecto a la futura configuración de la ciudad de Antequera, pueda determinar la adopción de la solicitud de soterramiento del trazado.


Por último, la Alcaldía tomó un Acuerdo de fecha 1 de agosto de 2008, por el que solicitaba una entrevista con el Ministerio de Fomento y sus responsables de infraestructuras, para obtener la información necesaria sobre las peticiones
formuladas por el Pleno municipal antes referidas.


Tampoco se ha llevado a cabo dicho acuerdo, resultando evidente su importancia para determinar la mejor y más adecuada solución, así como las formas y maneras de financiar dicha mejor solución.



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Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1) Que dé cumplimiento a los acuerdos del Excmo. Ayuntamiento de Antequera, respecto a la remisión de informes sobre el trazado del AVE a su paso por la ciudad de Antequera.


2) Que preste su total colaboración y apoyo en la cofinanciación con el Consejo de Gobierno de Andalucía para la efectiva ejecución del proyecto que definitivamente se adopte, en cuanto al trazado soterrado de la mencionada línea
Sevilla-Granada a su paso por la ciudad de Antequera.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Alberto Garzón Espinosa, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000137


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre cesión de los terrenos del Campamento Benítez al Ayuntamiento de
Málaga para su conversión en zona verde, para su debate en la Comisión de Fomento.


Los terrenos del antiguo recinto militar Campamento Benítez, en la ciudad de Málaga, cumplen quince años cerrados y sin ningún uso después de un periplo de promesas y anuncios de proyectos sin cumplir. Dichos terrenos fueron cedidos al
ejército español en 1925 y funcionaron como instalación militar hasta abril de 1995, fecha en la que fue cerrado el acuartelamiento y trasladadas las tropas. En julio de 2005 los Ministerios de Fomento y Defensa firman un convenio de permuta de los
terrenos del Benítez, por el cual pasa la titularidad a Fomento, que pone en marcha la constitución de un consorcio para hacer el Museo de Transporte. En 2007 y 2008 se procede a la convocatoria de un concurso de ideas y a la consignación de 2,2
millones de euros para la redacción del proyecto. No consta que se haya realizado este trabajo, y el coste total de este proyecto supera los 300 millones de euros, cantidad muy alta que el Ministerio de Fomento no está en disposición de costear.


El recinto del Campamento Benítez cuenta con 28 hectáreas y se encuentra en una situación estratégica, al oeste de Málaga limitando con Torremolinos, cerca de la playa y las conexiones tanto por carretera como por tren. Además, cuenta con
una masa forestal importante con ejemplares de pinos carrascos, eucaliptos, cipreses y palmeras, entre otras especies. Con una correcta y módica actuación se podría disponer de esta gran parcela para su uso como zona verde y equipamiento público,
que se constituiría como la tercera zona verde más extensa de la capital después de los Montes de Málaga y de la desembocadura del río Guadalhorce. Este gran parque haría las veces de parque central o casa de campo ligada al futuro cinturón verde
de la ciudad, con equipamientos públicos para que todos los ciudadanos puedan disfrutar de esos terrenos y un espacio natural que en la actualidad no se está utilizando.


Lo triste y lamentable es que mientras se concreta el proyecto que sea esos miles de metros de zona verde se van degradando medioambientalmente. Desde que no tiene uso su conservación ha sido absolutamente deficiente, su estado de abandono
ha hecho que pierda calidad medioambiental, sufriendo agresiones como talas masivas de árboles, pérdida de sotobosques, etc.


Nuestro Grupo Parlamentario quiere preservar esta zona como espacio verde protegido para que sea uno de los espacios públicos con mayor valor ecológico de Málaga, calificando la parcela como zona protegida y a disposición de la ciudadanía,
con la definitiva cesión a la ciudad y la redacción de un plan especial. Pero esta demanda es, hoy, de toda la ciudad de Málaga. La unanimidad demostrada por partidos políticos, movimientos sociales y vecinales, sindicatos y empresarios, etc.,
para que los terrenos del Campamento Benítez sea el gran parque de Málaga es innegable.


Hoy sabemos que el proyecto del Museo de Transporte está totalmente descartado por su coste de 300 millones y que la parcela sigue sufriendo un proceso de deterioro, por lo que habría que tomar la decisión de garantizar y acelerar la
ejecución de proyectos y mejorar la calidad ambiental de zonas verdes, tomando medidas de limpieza y mantenimiento, retirada de residuos, desbroces, etc.


El importe de las obras para adecuar el recinto y realizar ese gran parque público de Málaga se cifra en unos 20 millones de euros, cantidad quince veces inferior al presupuesto del proyecto museístico. Después de anuncios, de posibles
acuerdos, de proyectos presentados, etc., es hora de que los malagueños y malagueñas puedan decidir y a disfrutar de lo que es suyo, independientemente del resultado de los procedimientos judiciales en curso.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1) Proceder a los trámites necesarios para la cesión gratuita de los terrenos del Campamento Benítez a la



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ciudad de Málaga para su conversión en zona verde ciudadana.


2) Establecer un convenio para participar en la financiación de las actuaciones y obras necesarias para la creación de un espacio verde y equipamiento público en los terrenos del Campamento Benítez.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de enero de 2012.-Alberto Garzón Espinosa y Ascensión de las Heras Ladera, Diputados.-José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda
Plural.


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La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario Socialista.


Proposición no de Ley sobre la mejora de las condiciones de seguridad de los buques de cruceros, como consecuencia del accidente sufrido recientemente por el buque 'Costa Concordia'.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la corrección de error contenida en su escrito número de registro de entrada 3071, y considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión, admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo
194 del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Fomento. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno, al Grupo Parlamentario proponente y publicar en el 'Boletín Oficial de las Cortes Generales'.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa, para presentar, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley sobre la
mejora de las condiciones de seguridad de los buques de cruceros, como consecuencia del accidente sufrido, recientemente, por el buque 'Costa Concordia', para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


En los últimos años del siglo xix, con la generalización del transporte marítimo como medio de emigración, se sucedieron una serie de siniestros marítimos que pusieron en evidencia la insuficiencia de la normativa internacional en materia de
seguridad marítima vinculada tanto a los requisitos técnicos en la construcción como en la propulsión. El buque 'London', buque de pasaje británico, que se hundió en 1866 con la muerte de doscientas personas, desencadenó una normativa de exigencias
que se conoció en 1894 como la Merchant Shipping Act. Posteriormente, tras el hundimiento del buque alemán 'Elbe', otros países europeos crearon códigos similares. Estos códigos fueron el origen de los actuales convenios internacionales, que han
incluido aspectos formativos, reglas de navegación, señalización, construcción, etc., especialmente en buques de pasaje.


Aun así, como es bien sabido, no se consiguió evitar un nuevo accidente marítimo que marcó un desgraciado hito en la historia de la navegación en el mundo como fue el hundimiento del 'Titanic' en el año 1912, que dio lugar a la primera
Conferencia Internacional sobre Seguridad de la Vida Humana en el Mar (conocido como convenio SOLAS), ratificado por cinco países: Gran Bretaña, España, Noruega, Holanda y Suecia. Al convenio SOLAS se le fueron incluyendo, con el curso de los
años, enmiendas originadas por estudios posteriores a accidentes marítimos de índole diferente debidos a fallos humanos o a acciones de diferente naturaleza.


Es suficientemente conocido que la estabilidad de un buque en caso de avería, de colisión o de errores humanos en la navegación constituye un tema fundamental para la conservación de la flotabilidad de los buques de pasaje. Resulta una
obviedad el que cuanto más tiempo permanezca a flote el buque en caso de daños graves, más eficaces serán la evacuación (en su caso) y las operaciones de búsqueda y rescate. Estas consideraciones cobran aún más importancia habida cuenta del tamaño,
en constante aumento, de los buques de cruceros y del número creciente de pasajeros y de tripulación que transportan. Tanto la experiencia como los estudios realizados demuestran que el problema más peligroso para estos buques es el perder la
flotabilidad por efecto de una acumulación importante de agua. Sin embargo, con la aplicación de las normas técnicas adecuadas, un buque con avería puede permanecer a flote.


Los estudios han puesto claramente de manifiesto que el francobordo residual del buque y la altura de las



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olas en una zona marítima específica influyen de forma muy significativa en la cantidad de agua que puede acumularse tras una avería de colisión.


La Organización Marítima Internacional ha tratado, en repetidas ocasiones, el tema de la estabilidad de los buques de pasajeros en el contexto del convenio internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS). Las primeras
prescripciones de estabilidad con avería fueron instauradas en 1948 y mejoradas en 1960 y 1974. Estas prescripciones (denominadas 'normas de estabilidad SOLAS') son aceptadas a escala internacional y se aplican a los buques de pasajeros que
realizan viajes internacionales con origen o destino a puertos comunitarios, así como a los viajes nacionales de los Estados miembros.


Las prescripciones de SOLAS 90 tienen un período de aplicación progresiva para todos los buques de pasaje de transbordo rodado existentes entre el 1 de octubre de 1998 y el 1 de octubre de 2010, en función de una combinación de distintos
factores. Tras la catástrofe del 'Estonia', que en septiembre de 1994 causó la muerte de más de 800 pasajeros, ocho países del norte de Europa (Dinamarca, Finlandia, Alemania, lrlanda, los Países Bajos, Noruega, Suecia y el Reino Unido) decidieron,
en febrero de 1996, en Estocolmo, imponer normas más estrictas que las aprobadas tan sólo unos años antes por la norma SOLAS 90 de la OMI, por no ser ésta suficientemente elevada para los tipos de altura de ola del norte de Europa.


El accidente sufrido recientemente por el buque 'Costa Concordia' como consecuencia posiblemente de un error humano por haberse aproximado de forma temeraria a la costa de la isla de Giglio, en Italia, tiene que hacernos reflexionar a los
países ribereños y con flota de buques mercantes cerca de la necesidad de reconsiderar y reestudiar la regulación del a navegación en el denominado 'Mar Territorial2 (12 millas) además de implementar la normativa de seguridad para este tipo de
buques con doble casco al igual que ocurre con los buques petroleros.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover, en el seno de las instituciones internacionales con competencia en la regulación del tráfico marítimo, todos aquellos estudios que conduzcan a la mejora de las condiciones de
seguridad de los buques de cruceros que han elevado sus capacidades de transporte de pasajeros a unas cuantías sin precedentes en la historia del transporte marítimo. En el entendimiento de que el Gobierno de España y en el marco de las políticas
comunitarias definidas en normativa dispersa pero agrupada en la comunicación de la Comisión Europea conocida como 'una política marítima integrada en el seno de la Unión Europea', podrá plantear la necesidad de una mejor regulación de los
dispositivos de separación de tráfico dentro de la franja de agua calificada de aguas territoriales, así como la conveniencia de la exigencia de doble casco en la estructura de los buques referidos con el objeto de incrementar la seguridad de las
personas transportadas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de enero de 2012.-José Segura Clavell, Diputado.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000141


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo, de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre infraestructuras de transporte básicas para Asturias, para su
debate en la Comisión de Fomento.


Asturias necesita completar de una vez la red de infraestructuras básicas para su desarrollo, cuya construcción se inició en algunos casos hace más de treinta años. Esta Comunidad Autónoma tiene aún pendientes de completar la ejecución de
proyectos que, o bien estaban incorporados a los primeros instrumentos de planificación hace más de veinticinco años y que a pesar del tiempo transcurrido aún no han sido terminados, como es el caso de la autovía del Cantábrico, o bien se
incorporaron a partir de 1996, pero que llevaban más de tres decenios siendo exigidos por las fuerzas políticas y sociales asturianas, caso de la variante de Pajares cuya construcción definitiva hacia Gijón está a día de hoy muy lejos de ser
culminada. De hecho, la única infraestructura estatal básica que se ha finalizado ha sido la que conecta Asturias con la meseta a través de la autopista de peaje del Huerna.


El anuncio por parte de RENFE de sustituir en la gama Alvia 120, la que está operando la alta velocidad en la línea Madrid-Valladolid-León-Asturias, los trenes Talgo por otros de la empresa CAF, ha suscitado indignación y polémica en
Asturias, especialmente por parte de todos los partidos políticos asturianos, las organizaciones empresariales y las centrales sindicales, así como a raíz de las críticas hechas públicas por maquinistas y sindicatos. Según estos colectivos, los
trenes CAF son más pequeños, con 75 plazas menos, y de peor calidad, con un centro de gravedad más bajo que provocará mayor balanceo al atravesar la Cordillera Cantábrica por la variante de Pajares.



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Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1) Impulsar la culminación de las infraestructuras básicas de transporte que comunican Asturias y que acumulan un retraso de varios años en su ejecución:


a) Los tramos oriental y occidental de la autovía del Cantábrico y el tramo Cornellana-Salas-La Espina de la autovía Oviedo-La Espina.


b) El proyecto y ejecución de la autovía entre La Espina y Cangas del Narcea en el marco del corredor La Espina-Ponferrada.


c) La ejecución de la pasarela ferroviaria de Trubia (Oviedo).


2) Establecer un mecanismo de colaboración estable con el Gobierno de Asturias para impulsar y fiscalizar el desarrollo y ejecución de estas infraestructuras y controlar que en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado de cada año se
asignen las partidas presupuestarias necesarias para que estas obras sean ejecutadas en los plazos previstos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo y Ascensión de las Heras Ladera, Diputados.-José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda
Plural.


161/000146


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición
no de Ley sobre el servicio de ferrocarril Logroño-Madrid-Logroño, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


Las comunicaciones de Madrid con Logroño, capital de La Rioja, por ferrocarril han experimentado una avance en los últimos años. En enero de 2004 se puso en marcha el servicio de ferrocarril Altaria, que acortaba el tránsito entre ambas
ciudades en tres horas y cuarenta minutos.


En 2008, este servicio fue sustituido por el actual y más moderno Alvia, que acortó el tiempo de viaje a tres horas y catorce minutos y se implantaron además servicios con otras ciudades, tales como Salamanca, Zaragoza, Bilbao, Barcelona, A
Coruña y con Gijón, en este caso el tren-hotel.


En diciembre de 2010, esta Cámara debatió la conveniencia de impulsar la frecuencia de los servicios Alvia en los trayectos Madrid-Logroño y Logroño-Madrid, no alcanzando un acuerdo en ese momento al no aceptar el grupo proponente, Partido
Popular, una fórmula que combinaba un análisis sobre la demanda como paso previo a la ampliación del servicio ferroviario entre Madrid y Logroño, cuyo objetivo final será compartido en cambio: como tren simétrico.


Persiguiendo mejorar y avanzar en los servicios que la Administración estatal ofrece a los ciudadanos, el Grupo Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que, previos los análisis de demanda y aprovechamiento pertinentes, factores determinantes que justifiquen el incremento de la oferta comercial, amplíe en su caso el servicio ferroviario a todos los días de la semana, e implante el 'tren
simétrico' para doblar el número de trenes que conecta Logroño, capital de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con la capital de España.


2. Asimismo, y sin perjuicio de estos análisis, si la Comunidad Autónoma de La Rioja manifiesta su interés, incorpore ventajas y facilidades para los usuarios del servicio de transporte por ferrocarril Logroño-Madrid y Madrid-Logroño, así
como la ampliación del servicio ferroviario a todos los días de la semana, y la implantación de 'tren simétrico' mediante la suscripción del correspondiente Convenio de colaboración como existe en otras Comunidades Autónomas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de enero de 2012.-César Luena López, Diputado.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000148


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la reapertura de la línea ferroviaria internacional de Canfranc,
para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


El Presidente de Aquitania, Alain Rousset, el pasado 22 de julio planteó acortar el plazo de ejecución



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de las obras de reapertura del tramo ferroviario Olorón-Bedous y el tramo entre esta localidad y Canfranc, dejándolos para el 2013 y 2015, respectivamente. Conocida la perspectiva francesa de reabrir la línea internacional en cuatro años,
es ahora el ADIF y los Gobiernos de España y de Aragón quienes tienen que fijar sus horizontes para hacer posible esa reapertura.


Por otra parte, el Gobierno español se desentendía de sus compromisos de inversión en la modernización de la línea ferroviaria Zaragoza-Pau a través de Canfranc (limitándose a la firma del memorándum-marco en mayo de 2010, que no contenía
plazos para la reapertura final de la línea). Asimismo, el Gobierno de Aragón fiaba todas sus expectativas sobre las comunicaciones ferroviarias con Francia a la ejecución de la Travesía Central Pirenaica (TCP), sin mantener la presión sobre el
Gobierno para la adecuación de la línea de Canfranc de cara a una reapertura, justo ahora que el Gobierno francés y la región de Aquitania creen e invierten en ella.


Es evidente que este es el momento de apostar fuerte por la reapertura del Canfranc, que en todo caso sería una condición 'sine qua non' para que un día sea posible la TOP. En este sentido, el último informe del Consejo Económico y Social
de Aragón, el coste de la reapertura de esta línea sería de algo menos de 400 millones de euros (frente a los 8.000 estimados para la TCP y los 51.000 comprometidos por el Gobierno español para el corredor mediterráneo), su plazo de ejecución
inferior a cuatro años y su puesta en servicio permitiría ampliar en un 50 % el volumen de mercancías que actualmente atraviesan la frontera con Francia por ferrocarril a través de los pasos costeros.


En esa línea, ahora urge una actuación firme y comprometida con la reapertura del Canfranc.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados, consciente de la necesidad de priorizar la reapertura de la línea ferroviaria internacional del Canfranc ante la evidencia de los avances y trabajos que se llevan a cabo en Francia, acuerda solicitar al
Gobierno:


a) La elaboración de un programa de trabajo coordinado con las autoridades francesas responsables de las obras en el tramo francés de la línea ferroviaria Pau-Zaragoza, con el objeto de fijar una fecha definitiva o un horizonte temporal
concreto para la finalización de los trabajos y la reapertura de la línea; y


b) Como expresión de ese compromiso, la consignación de las partidas correspondientes debidamente dotadas en los Presupuestos Generales del Estado de 2012 y de los años sucesivos que permitan la modernización completa del tramo
Huesca-Canfranc y con ello la entrada en servicio de este corredor en 2015, nueva fecha de referencia para el tramo francés.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2012.-Chesús Yuste Cabello, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000153


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado don Francisco Xesús Jorquera Caselas (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley
relativa a la necesidad de agilizar la construcción de un paso subterráneo en la rotonda de Conxo (Santiago de Compostela) para facilitar la entrada y salida sur de la ciudad, para su debate en Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


El Ministerio de Fomento se comprometió en su día a construir un túnel subterráneo bajo la rotonda de Conxo (Santiago de Compostela), compromiso que vinculó al túnel de O Hórreo.


El presupuesto para la construcción del túnel subterráneo bajo la rotonda de Conxo estaba fijado en 4,5 millones de euros. Sin embargo, en la actualidad y debido a los recortes presupuestarios que se han llevado esta infraestructura carece
de fecha de ejecución.


Es preciso señalar que la apertura del túnel de O Hórreo convirtió la rotonda de Conxo en un punto conflictivo para el tráfico urbano, hasta el extremo de que se tuvo que anular un giro como medida transitoria y con el fin de darle agilidad
y aliviar la congestión de tráfico. La solución definitiva a este problema está en la construcción de dicho paso subterráneo para el tráfico que circula entre el centro de la ciudad y A Rocha.


Hay que señalar que se estiman entre 5.000 y 7.000 los vehículos que cruzan cada día la rotonda de Conxo.


Este falso túnel permitiría recuperar de alguna manera la intercomunicación vecinal y social del barrio. Precisamente, los vecinos y vecinas de Conxo consideran que esta vía es un obstáculo para la comunicación que afecta sobremanera al
desarrollo económico y social de la zona.


El túnel en la rotonda de Conxo es una obra relativamente sencilla, que se puede ejecutar en poco tiempo y que no resulta verdaderamente costosa dados los problemas de tráfico que resolvería.



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Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Acometer la ejecución de un túnel subterráneo bajo la rotonda de Conxo (Santiago de Compostela) a fin de resolver cuanto antes los problemas de tráfico que se producen a diario en este punto.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2012.-Francisco Xesús Jorquera Caselas, Diputado.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


161/000162


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa, para presentar, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley, para su
debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


La Alta Velocidad ha supuesto en España una verdadera revolución en el transporte y un generador de riqueza sin precedentes desde que un Gobierno socialista construyera la primera línea, Madrid-Sevilla, en 1992. En apenas veinte años,
nuestro país se ha convertido en el que más kilómetros de Alta Velocidad tiene en Europa y, en este marco ambicioso, Málaga es la segunda provincia con más líneas en servicio o proyectadas.


Las actuaciones del Gobierno de España en los últimos años han redimensionado la visión de país creando mallas y redes que aportan nuevas centralidades y liderazgos, de manera que se vertebra el territorio en torno a decenas de polos y no
sólo en torno a la capital.


En este sentido, la provincia de Málaga recibió la Alta Velocidad en 2006, con la inauguración del AVE Córdoba-Málaga en su primer gran tramo hasta Antequera, hito que se completaría apenas un año después con la entrada en servicio de la
línea completa. En paralelo, avanzan a gran velocidad las obras del AVE a Granada, que parte de Antequera.


Asimismo, se encuentran en obras el 60% de los tramos del AVE directo a Sevilla, que promueve la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía en virtud de un convenio con el Ministerio de Fomento y en el marco del Eje
Ferroviario Transversal de Andalucía, lo que coloquialmente se conoce como 'A-92 Ferroviaria'.


Otro proyecto ya iniciado es el AVE Bobadilla-Ronda-Algeciras, llamado a ser un revulsivo para la Serranía, por su potencial para afianzar el liderazgo turístico rondeño y para captar inversiones y riqueza a través de las conexiones con el
Puerto de Algeciras y la zona logística de Antequera.


El AVE a Ronda es irrenunciable para el Grupo Socialista en el Congreso de los Diputados por cuanto también supone una revolución en las relaciones y tiempos en el interior de la provincia, dado que dos ciudades de la importancia de
Antequera y Ronda quedarán a menos de media hora gracias a un sistema de transporte seguro, eficaz y sostenible.


La línea a Ronda corresponde a la categoría de Altas Prestaciones, que concilia el transporte de viajeros con el de mercancías en aras de la generación de riqueza y oportunidades para la Ciudad del Tajo.


La Alta Velocidad cohesiona los territorios, las regiones y también las provincias, como es el caso de esta línea que ya tiene finalizado uno de sus tramos, entre Ronda y San Pablo Buceite.


Fomento, el 5 de noviembre de 2011, publicó en el 'BOE' el proceso de exposición pública del Estudio Informativo de este tramo, de 64,4 kilómetros de longitud (24 menos que en este momento) y un coste de licitación de obra de unos 711
millones de euros (sin lVA).


El documento oficial contempla el recorrido entre las estaciones Antequera-Santa Ana y Ronda-La Indiana. En el mismo, se procede a definir y analizar distintas alternativas de recorrido, teniendo en cuenta los condicionantes técnicos,
geotécnicos, de planeamiento y las posibles afecciones al medio ambiente. Con la adopción de parámetros de alta velocidad, se pretende lograr una mejora en la calidad de los servicios y comodidad que demandan los usuarios, disminuyendo
sustancialmente los tiempos de recorrido.


La actuación proyectada dispondrá de línea con doble vía electrificada y apta para tráfico mixto. El trazado comienza en la estación de Santa Ana mediante dos ejes de vía única que se conectan en vía doble junto a la estación de Bobadilla.


A partir del punto kilométrico 38,5, el trazado discurre por el mismo corredor de la infraestructura existente hasta llegar a la actual estación de Ronda. Finalmente, continúa por la vía hasta La Indiana. Para mejorar las condiciones de
explotación de la futura línea se plantean un puesto de adelantamiento y estacionamiento de trenes a mitad del recorrido y dos puestos intermedios de banalización.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta a:


1. Al Ministerio de Fomento a que se comprometa a continuar con la ejecución del AVE Bobadilla-Ronda-Algeciras como proyecto capital y generador de riqueza



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a través del turismo y el transporte de mercancías, ligado a un eje estratégico en Andalucía y España como es el Antequera-Algeciras.


2. Al Ministerio de Fomento a redactar los proyectos del trazado entre Ronda y Bobadilla en 2012.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2012.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000163


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa, para presentar, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley, para su
debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


El llamado Campamento Benítez esta constituido por 279.000 metros cuadrados que la ciudad cedió al Ramo de Guerra según acuerdo plenario del 30 de julio de 1924, ratificado en 20 de mayo de 1925.


Dicha cesión se realizó para el adiestramiento de las tropas que prestaban servicio en el protectorado español en Marruecos. A través de los sucesivos Ministerios del Ejército y de Defensa continuó dicha utilización hasta el 17 de noviembre
de 1995, momento en que el Ministerio de Defensa declara la desafectación al fin público de dicho Campamento Benítez, poniéndolo a disposición de la GlNDEF (Gerencia de Infraestructuras de Defensa).


Los terrenos del antiguo Campamento Benítez atesoran un potencial estratégico en pleno corazón de la Costa del Sol y son el lugar idóneo para albergar un gran parque periurbano que proporcione espacios de esparcimiento y calidad ambiental
para los ciudadanos. Se trata de un gran espacio urbano para los malagueños.


El Grupo Parlamentario Socialista siempre ha defendido la presencia de dicho pulmón en este valioso espacio. Es más, la propuesta del gran parque fue recogida por el Ministerio de Fomento, que propugna un convenio entre el Gobierno de
España, la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento para abordar este gran parque.


El Ministerio de Fomento le envió en marzo de 2011 al Ayuntamiento de Málaga una propuesta de Convenio, aunque se modificó en julio para eliminar las referencias a una posible compensación por los terrenos.


De hecho, la intermediación ejercida por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga para eximir al Ayuntamiento de la compensación al Gobierno de España por derechos edificatorios, fue clave para que el Ministerio de
Fomento optara por no pedir compensaciones municipales.


El borrador de acuerdo establece una aportación de 5 millones de euros de Fomento y 3 millones, en reforestación, de la Junta. Quedaría que el Ayuntamiento concrete su aportación.


Este Grupo defiende el carácter periurbano de este gran parque, de vital importancia para la ciudad y por ello eleva a la Comisión de Fomento del Congreso de los Diputados la siguiente


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Ministerio de Fomento a que apueste decididamente por un parque periurbano en los terrenos del antiguo Campamento Benítez y a que firme en el primer trimestre de este año el convenio para acometerlo,
una vez liberado el Ayuntamiento de pagar compensaciones por derechos edificatorios.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2012.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000164


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa, para presentar, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley para la
construcción del Anillo Ferroviario de Antequera, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


Málaga es la única provincia de España que completa el 'Ciclo integral del AVE'. Además de todas las líneas proyectadas, los socialistas hemos reactivado los talleres de Renfe en Los Prados, otorgándoles carga de trabajo y recualificación
tecnológica. Estas instalaciones han pasado de verse abocadas al cierre con el PP a ser un referente mundial con el PSOE en fabricación de material móvil para el AVE. Al mismo tiempo, hemos puesto en marcha el Centro de Tecnologías



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Ferroviarias (CTF) en el Parque Tecnológico y este año comenzaremos a construir el Anillo Ferroviario.


El Anillo será el único circuito de pruebas para trenes AVE preparado para velocidades de hasta 520 kilómetros por hora. El Anillo creará 7.000 empleos durante su construcción y posterior puesta en marcha, con el compromiso socialista de
apostar por la contratación en la comarca. Antequera, Mollina, Fuente de Piedra y Humilladero se beneficiarán de los 400 millones de euros que invertirá el Gobierno de España en estas instalaciones.


El circuito convertirá a la comarca de Antequera en capital mundial de pruebas de material de Alta Velocidad. De hecho, las instalaciones servirán para probar trenes, tranvías, metros y todo tipo de materiales empleados en los recorridos y
trazados.


La capacidad de atraer inversiones será otra de las señas de estas instalaciones que empezarán a construirse en los próximos meses y en las que se instalarán más de 20 empresas líderes mundiales. En este sentido, la movilización de
inversiones privadas se estima en 60 millones de euros.


Con este proyecto, Antequera consolida su liderazgo estratégico, y su posición central en Andalucía gracias a que las inversiones del Gobierno de España y de la Junta de Andalucía han trazado una potentísima red de autovías y líneas de
ferrocarril en torno a la comarca. De hecho, el Gobierno de España y la Junta de Andalucía llevan invertidos más de 1.000 millones de euros en la construcción de líneas de Alta Velocidad en la comarca en los últimos ocho años.


Todo el proyecto ofrece la inmensa posibilidad de convertir a Antequera, Mollina, Fuente de Piedra y Humilladero en capitales de la investigación y el desarrollo de la Alta Velocidad, potencial que se puede aprovechar para la creación de un
Parque Ferroviario, que, en torno al Anillo, aglutine empresas, logística, formación, espacios ciudadanos.


Este Grupo Socialista en el Congreso de los Diputados se ha reunido en varias ocasiones con el anterior Gobierno de España para mejorar aún más el proyecto del Anillo Ferroviario y hemos logrado que tenga el menor impacto ambiental y
agrícola.


Se trata de una actuación que permitiría generar más de 7.000 empleos para la zona, de ahí la importancia de este proyecto.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Ministerio de Fomento a dar prioridad a este proyecto, cumpliendo los plazos previstos, para la construcción del Anillo Ferroviario de Antequera, que generará 7.000 empleos y supondrá una inversión
inducida de 60 millones de euros.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2012.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Industria, Energía y Turismo


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de don Francisco Xesús Jorquera Caselas, Diputado por A Coruña (BNG) y doña M.ª Olaia Fernández Davila, Diputada por Pontevedra (BNG), al amparo de lo dispuesto en los artículos 124 y siguientes del
vigente Reglamento del Congreso de los Diputados presentan la siguiente Proposición no de Ley relativa al sector naval.


Exposición de motivos


Hace unos meses trascendía la noticia de que la sociedad de garantía PYMAR podría estar al borde de la quiebra. Esta situación estaría provocada por la grave crisis que padece el sector naval que, según manifestaciones de responsables de
esta sociedad, habría motivado que 'los fondos de PYMAR estén agotados porque ha habido más siniestros de los deseables'.


En el mismo orden, se señalaba que había que valorar el cierre de la actual línea de avales y 'buscar una nueva solución, más eficaz, para apoyar al naval'.


En los años ochenta, el sector naval en Galicia sufrió una reconversión que eliminó miles de puestos de trabajo. Sin embargo, fue capaz de recuperar una actividad económica que volvió a generar un volumen de empleo muy importante para un
país que tiene que padecer una serie de limitaciones sobre sus sectores estratégicos, impuestos por la UE.


El sector naval gallego supone una aportación al PIB del 5,7%, y ha llegado a ocupar a más de 10.416 trabajadores y trabajadoras a la altura de abril de 2008. Sin embargo, en la actualidad vuelve a atravesar momentos de grave crisis. Se
han perdido más de 3.500 puestos de trabajo de empresas auxiliares, y otros tantos están sujetos a un ERE.


Desde su creación, el rol que PYMAR ha desempeñado en esta situación sigue siendo imprescindible.


Hay que recordar que esta sociedad de 'Pequeños y Medianos Astilleros en Reconversión' esta constituida por el propio sector y está participada por el Gobierno (Ministerio de Industria) y las CC.AA. Una participación que consideramos debe
llevar al Gobierno central



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a tomar las decisiones necesarias para hacer frente a tan difícil momento. Las soluciones que se barajen deben partir de medidas que permitan a los astilleros acceder a la financiación necesaria para poder continuar con su actividad
productiva.


Sin abandonar el sector naval, también tenemos que hacer referencia a la cuestión del denominado Tax Lease. A finales del pasado mes de noviembre se apuntaba que la solución a este problema estaba 'encauzada'. Una información que se basaba
en las conversaciones entre el Comisario de la Competencia, el señor Almunia, y altos cargos del anterior Gobierno. Se señalaba que en un breve periodo de tiempo se contaría con un borrador de propuesta para ser remitido a la UE. Según parece, la
fórmula por la que se decantaría sería la del modelo de Tax Lease existente en el Estado francés, que aunque precisaría de cambios legales para poder ser aplicado en el Estado español, 'ya se habría definido la fórmula, así como el compromiso de
llevarlo a cabo'.


El BNG lleva más de un año advirtiendo de la grave situación por la que atraviesa el sector naval en Galicia, una crisis que en la actualidad se ha recrudecido por la imposibilidad de los astilleros de poder realizar nuevas contrataciones
dada la paralización del Tax Lease.


Tal y como hemos expuesto en esta Proposición no de Ley, a las dificultades de financiación existentes actualmente hay que añadir la incertidumbre generada por la suspensión del Tax Lease cuando varios Estados europeos están aplicando
fórmulas fiscales semejantes.


Mientras en el último año, los astilleros del Estado español sólo han contratado dos buques, en otros Estados de la UE se han llevado a cabo más de 60 contrataciones.


Por todo lo expuesto, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a


Proposición no de Ley


'- Contemplar urgentemente un régimen fiscal para el sector naval que le permita ser competitivo, teniendo en cuenta que este tipo de fórmulas fiscales especiales existen en otros Estados de la UE.


- En breve plazo de tiempo, llegar a acuerdos con la Comisión de la Competencia Europea que permitan dar garantías de estabilidad económica al sector naval del Estado español.


- Crear instrumentos financieros específicos que faciliten las inversiones necesarias en el sector naval, contando con instrumentos que den garantías a la exportación de productos y servicios de los astilleros y su industria auxiliar,
siempre que presenten un plan de negocio viable.


- Establecer una política financiera y crediticia a largo plazo para la construcción, reparación, transformación y ampliación de buques y artefactos marítimos.


- Con el objeto de posibilitar que el sector naval supere la crisis, promover en la UE las siguientes medidas:


• La aplicación de medidas de carácter temporal que tengan en consideración la especificidad del sector.


• Promover la modernización de la flota pesquera bajo criterios de mejora de la seguridad y mayor respeto al medio ambiente.


• Impulsar el pago de una cuota o arancel para los barcos que atraquen regularmente en los puertos europeos y que no hayan sido construidos en astilleros comunitarios. Dicha recaudación constituiría un fondo de garantías para el conjunto
del sector naval europeo.


• En colaboración con la Xunta de Galicia, habilitar una línea especial de avales para el sector naval gallego que permita garantizar la viabilidad económica a las empresas integradas en esa actividad, a fin de que puedan refinanciar su
deuda y hacer frente a la carga de trabajo. Condicionando dichos avales al pago de la deuda que estos astilleros hayan contraído con la industria auxiliar naval.


• En colaboración la Xunta de Galicia, aprobar medidas complementarias de apoyo para las empresas que se encuentran en situación de ERE suspensivo o reducción de jornada, mediante complementos de prestación por desempleo.


• En coordinación con la Xunta de Galicia, establecer líneas de actuación en I+D+i, que tengan como objetivo la aplicación de programas para diseño de buques y robótica, y la potenciación del subsector de bienes de equipo, el incremento de
la seguridad y el respeto al medio ambiente, así como el ahorro energético para lograr una disminución de la energía global a bordo,


• También en coordinación con la Xunta de Galicia, promover, mediante la Comisión del Arco Atlántico, la Comisión Europea y los Estados miembros, la implantación, sin demora, de un programa de emergencia para contrarrestar los daños que esta
causando la baja actividad del sector.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2012.-Francisco Xesús Jorquera Caselas, y M.ª Olaia Fernández Davila, Diputados.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


161/000103


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Ana María Oramas González-Moro, Diputada de Coalición Canaria-Nueva Canarias, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de la Cámara, presenta para
su debate en esta Comisión la siguiente Proposición no de



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Ley sobre la subvención para la desalación de agua de mar en Canarias.


El 'Boletín Oficial del Estado' publicó el 18 de julio pasado una resolución de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua por la que se convoca la concesión de subvenciones a las plantas potabilizadoras para desalación de agua de mar en
Canarias por un importe global superior a 9 millones de euros para el ejercicio 2011.


Esta línea de ayudas a la desalación de agua de mar en Canarias se reduce en un porcentaje superior al 30% en 2011 respecto a 2010, cuando ascendió a más de 13 millones de euros.


El pasado día 27 de septiembre de 2011, el pleno del Parlamento de Canarias aprobó por unanimidad una Proposición no de Ley en la que se reclama al Gobierno del Estado que amplíe la cuantía de la subvención a la desalación de agua de mar en
Canarias.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno del Estado a que amplíe la cuantía de la subvención a la desalación de agua de mar en Canarias con carácter inmediato, y por un importe global no inferior al consignado por este concepto en el
ejercicio 2010.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de enero de 2012.-Ana María Oramas González-Moro, Diputada.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


161/000138


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la declaración de España libre de transgénicos, para su debate en
la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


España sigue siendo el único país de la UE en el que se cultivan transgénicos a escala comercial. Concretamente, unas 70.000 hectáreas de un maíz modificado genéticamente (MG) con propiedades insecticidas de la empresa multinacional
Monsanto (MON 810). Cada vez más datos científicos confirman los riegos que los Organismos Modificados Genéticamente (OMG) y los agrotóxicos empleados en su cultivo suponen para la salud y para el medio ambiente. Además, más de una década de
cultivo en nuestro país ha demostrado sobradamente sus efectos socioeconómicos negativos.


Tras todos estos años de cultivo en España, se han comprobado muchos problemas, especialmente la imposibilidad de desarrollar la agricultura ecológica en presencia de cultivos transgénicos. Hay sobradas evidencias de casos de contaminación,
y de la práctica desaparición del cultivo de maíz ecológico, con la consecuente subida de precios en los piensos ecológicos y sus repercusiones en la ganadería ecológica. Los agricultores y las agricultoras que optan por practicar una agricultura
responsable con el medio ambiente y producir alimentos sanos y de calidad, ven como sus esfuerzos se pierden por culpa de los transgénicos.


Los consumidores y consumidoras están indefensos ante la introducción, en contra de su voluntad, y sin que en la mayoría de los casos puedan evitarlo, de transgénicos en su alimentación. La oposición social es mayoritaria y cada vez mayor,
según demuestran los Eurobarómetros y las movilizaciones ciudadanas. Pero ello no parece impedir que, tal y como demostraron los cables de Wikileaks en diciembre de 2010, la política sobre transgénicos parezca dictada por los intereses de EEUU y de
las empresas multinacionales.


Por todo ello presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, llevar a cabo todos los trámites necesarios para declarar el Estado español territorio libre de cultivos transgénicos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de enero de 2012.-Laia Ortiz Castellví, Diputada.-Joan Coscubiela Conesa, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/000104


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de doña M.ª Olaia Fernández Davila (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, relativa a la
transferencia a la Xunta de Galicia de la competencia de los servicios sanitarios de Instituciones Penitenciarias, para su debate en Comisión.


Exposición de motivos


La disposición adicional sexta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión social y calidad del Sistema Nacional de Salud (SNS), contempla la transferencia a las CC.AA. de los servicios e instituciones sanitarias



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dependientes de Instituciones Penitenciarias, que actualmente dependen del Ministerio de Interior.


Así dice literalmente que 'los servicios sanitarios dependientes de Instituciones Penitenciarias serán transferidos a las Comunidades Autónomas para su plena integración en los correspondientes servicios autonómicos de salud. A tal efecto,
en el plazo de 18 meses desde la entrada en vigor de esta Ley y mediante el correspondiente real decreto, se procederá a la integración de los servicios sanitarios penitenciarios en el Sistema Nacional de Salud, conforme al sistema de traspasos
establecidos por los Estatutos de Autonomía'.


Una ley que entró en vigor el mismo año 2003 y es evidente que el plazo estipulado de 18 meses ha quedado verdaderamente superado por el tiempo. No es la primera vez que el BNG demanda la transferencia de esta competencia a la Xunta de
Galicia, porque supondría una mejora en la atención sanitaria a los presos. Redundaría en una prestación más cercana y más adecuada a las personas internas en centros penitenciarios.


En la actualidad sólo Catalunya tiene esta competencia transferida y otros territorios como Andalucía están trabajando para organizar la coordinación entre sus servicios sanitarios y la atención que ofrecen en prisiones a fin de mejorar la
calidad asistencial de los reclusos.


Sin olvidar, que en el año 2009 Instituciones Penitenciarias creó unos grupos de trabajo para armonizar el proceso de transferencia a cada servicio autonómico de salud.


Hay que tener en cuenta que entre los reclusos existe un alto índice de enfermedades infecciosas como el VIH o la hepatitis. También las enfermedades mentales han pasado a ser de las más extendidas en las cárceles del Estado español.


La Comisión de Prisiones de la Coordinadora estatal CESIDA señaló en un informe que el 26% de los presos padecen VIH positivo y el 42% reconocen haberse infectado en la cárcel.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Cumplir con lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión social y calidad del Sistema Nacional de Salud (SNS), que contempla la transferencia a las CCAA de los servicios sanitarios
dependientes de Instituciones Penitenciarias.


- Iniciar un proceso de diálogo con la Xunta de Galicia a fin de efectuar el traspaso de esta competencia que redundaría en una mejora en la atención sanitaria a los presos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de abril de 2012.-M.ª Olaia Fernández Davila, Diputada.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


161/000112


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La lzquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre muerte digna, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios
Sociales.


La vida, como objeto de protección jurídica, no presenta, en principio, ningún problema desde el punto de vista de su reconocimiento constitucional; así, el artículo 15 de nuestra Constitución proclama taxativamente que 'todos tienen
derecho a la vida'. Una interpretación integradora de vida y libertad y, por consiguiente, una interpretación del artículo 15 a la luz del libre desarrollo de la personalidad obliga a considerar que la vida impuesta contra la voluntad de su titular
no puede merecer en todo caso el calificativo de bien jurídico protegido.


En otros términos, los derechos fundamentales de la persona emanan de la proclamación de su dignidad como fundamento del orden político y de la paz social, y de conformidad con los valores superiores del ordenamiento jurídico proclamados en
el artículo 1 de la propia norma fundamental.


La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y la ya mencionada 41/2002, fijan básicamente el derecho a la protección de la salud, recogido por el artículo 43 de la Constitución de 1978, desde el punto de vista organizativo de las
cuestiones más estrechamente vinculadas a la condición de los derechos de las personas usuarias de los servicios sanitarios, es decir, la plasmación de los derechos relativos a la información clínica y la autonomía individual de los pacientes en lo
relativo a su salud.


Sin embargo, la especial importancia de la vida, !a irreversibilidad de las consecuencias de la decisión, la eventual necesaria implicación de terceros y la vulnerabilidad de los procesos de toma de decisión en determinadas situaciones y
etapas vitales hacen necesario adoptar cuantas medidas sean posibles en orden a garantizar la plena libertad de la voluntad, sobre todo en el momento del final de la vida.


Así, en este sentido, en el marco de los cursos de verano de la Universidad Menéndez Pelayo, se firmó el Manifiesto de Santander sobre la muerte digna, por parte de un grupo de profesionales de la Sanidad.


Como dice el Manifiesto de Santander:


'Ha llegado el momento para debatir en la sociedad española las diferentes cuestiones relacionadas con el final de la vida, como el suicidio asistido y la eutanasia.


El ser humano, aun en medio de su vulnerabilidad, y en tanto que persona, disfruta del derecho a la autodeterminación, libertad, dignidad y otros, que le permiten



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disponer de su vida, lo que permitirá afrontar la muerte a la luz de la decisión personal.


El suicidio asistido y la eutanasia van más allá de los cuidados paliativos, aun cuando éstos estuvieran bien implantados en todo el ámbito de la sanidad pública estatal. Los cuidados paliativos no resuelven todos los problemas relacionados
con el dolor y el sufrimiento físico, psíquico y existencial.


Los profesionales de la sanidad que acepten estas prácticas eutanásicas y/o de ayuda médica al suicidio han de realizarlas bajo determinados criterios y deben estar legalmente protegidos.'


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que de acuerdo con las Comunidades Autónomas:


1. Realice un estudio en relación a 'como se muere en España', que incluya el grado de aplicación de la estrategia de cuidados paliativos, el conocimiento público, la accesibilidad y la utilización del testamento vital, el derecho efectivo
de los ciudadanos a no sufrir en la muerte (esfuerzo terapéutico, asistencia en la agonía, sedación terminal, etc.), así como la experiencia de las familias y de los profesionales y sus propuestas de mejora.


2. A establecer en la futura ley un marco común de cooperación en esta materia al objeto de garantizar la mejora de los cuidados paliativos, el derecho efectivo a las instrucciones previas a asistencia a la agonía, la sedación terminal y la
muerte digna, de acuerdo con las Comunidades Autónomas.


3. Reconozca el derecho de la persona a la autodeterminación, la libertad y la dignidad en el final de su propia vida.


4. Garantice en la práctica la asistencia a la agonía y dentro de ésta la limitación del esfuerzo terapéutico y la sedación terminal.


5. Despenalice la eutanasia o suicidio asistido, dando garantías y cobertura jurídica a pacientes y profesionales, basándose en principios como los requisitos de enfermedad incurable y penosa, la garantía de atención profesional y la
objeción de conciencia, la decisión libre y sin condiciones del paciente y la tutela de segunda instancia tanto profesional como judicial.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000113


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre enfermedades profesionales, para su debate en la Comisión de
Sanidad y Servicios Sociales.


Según las estimaciones realizadas en España fallecen cada año cerca de 14.000 hombres y más de 2.000 mujeres por enfermedades contraídas en su trabajo (cáncer, cardio-vasculares y respiratorias).


El Informe de SESPAS ha puesto de manifiesto además (en la línea del Informe de la OMS sobre determinantes sociales), la relación entre crisis económica, precariedad, desempleo y enfermedades psíquicas y físicas, en particular entre las más
vulnerables como inmigrantes, trabajadores manuales, mujeres y desempleados.


Sin embargo, la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social ha presentado recientemente el informe correspondiente a 2010, del Servicio de alertas del Sistema CEPROSS (Comunicación de Enfermedades Profesionales de la Seguridad
Social), en el que se presenta una reducción del 40,4% en los últimos 3 años de las empresas que superan el límite establecido por este sistema.


Los datos ofrecidos por esta herramienta no son representativos de la realidad de las enfermedades profesionales en nuestro país ya que no tienen en cuenta su principal problema, que no es otro que el subregistro. El subregistro tiene el
origen en la práctica habitual de las Mutuas de Accidentes de Trabajo de infradeclarar las enfermedades profesionales y relacionadas con el trabajo, considerándolas como enfermedades comunes y derivándolas al sistema público de salud.


Además, el Servicio de Alertas sólo tiene en cuenta las enfermedades profesionales declaradas por las Mutuas en un número muy pequeño de empresas (131 frente al más de 1 millón existentes en España), por lo que sus datos no son
representativos de la realidad y propician la paradoja de que aquellas CCAA (Navarra, Catalunya y País Vasco), que han puesto en marcha dentro sus sistemas públicos de salud algún tipo de herramienta para detectar enfermedades profesionales
('sistema centinela') se ven señaladas en el informe como las que cuentan con un mayor número de empresas que superan los límites de alerta.


En relación a los Servicios de Prevención, estos sólo tienen como actividad casi exclusiva los reconocimientos médicos voluntarios. Sin embargo, dichos reconocimientos voluntarios disminuyen día a día, a la par que se incrementa la
externalización de los Servicios de Prevención a entidades ajenas.


Por otra parte, la accidentabilidad y mortalidad laboral aunque menor como consecuencia de la crisis económica, sigue siendo de las más altas de nuestro entorno.



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Es urgente que las Administraciones Públicas adopten políticas que permitan hacer visible lo invisible. No es admisible que la declaración de enfermedades profesionales se reduzca año artificialmente tras año en lugar de aumentar, como en
realidad ocurre.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Desarrollar políticas sanitarias y de salud pública de acuerdo con las Comunidades Autónomas y los agentes sociales que integren el trabajo y el empleo como factor determinante de la salud.


2. Promover la creación o potenciación en su caso, de acuerdo con las Comunidades Autónomas y agentes sociales de Unidades de Salud Laboral como servicios de apoyo en la materia, así como poner en marcha o potenciar sistemas de vigilancia e
información en salud laboral.


3. Garantizar de acuerdo con la legislación laboral vigente la vigilancia control de la salud laboral por los Servicios de Prevención propios o ajenos, con la mayor calidad y efectividad.


4. Desarrollar programas de colaboración con los sistemas públicos de salud con el objetivo de la puesta en funcionamiento de 'Sistemas Centinela' de acuerdo con las Comunidades Autónomas.


5. Mejorar los Sistemas de Información sobre la enfermedad profesional, para poder hacer estudios con rigor sobre la realidad del trabajo y la salud y promover la investigación científica sobre empleos y trabajos desfavorables.


6. Elaborar y poner en marcha el Plan de Salud Laboral, de común acuerdo con las Administraciones implicadas y los agentes sociales, al objeto de garantizar la coordinación y cooperación entre los servicios de prevención y el Sistema
Nacional de Salud, en el marco de la Estrategia 2007-2012, de seguridad y salud en el trabajo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000114


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados, el Grupo Parlamentario IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre Protección de la salud frente a la exposición a
campos electromagnéticos, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


En los últimos diez años las tecnologías inalámbricas han experimentado un crecimiento exponencial que ha supuesto la proliferación caótica de redes de telefonía móvil y otras infraestructuras de telecomunicaciones sin cable, con el
consiguiente aumento significativo de la contaminación electromagnética y de la percepción social del riesgo asociado a estas infraestructuras.


Con la presente iniciativa, se pretende que nuestro país inicie un proceso de protección de la salud de la población frente a la exposición a campos electromagnéticos de Alta y Baja Frecuencia.


La legislación estatal no ha resuelto el impacto social, ambiental y sanitario de las redes de telefonía móvil. Tenemos una legislación obsoleta que ha de ser renovada de acuerdo con la evolución del derecho internacional en los países de
nuestro entorno y las Resoluciones del Parlamento Europeo del 4 de septiembre de 2008, sobre la Revisión Intermedia del Plan de Acción Europeo sobre Medio Ambiente y Salud 2004-2010 [2007/2252 (lNI)] y del 2 de abril de 2009, sobre las
consideraciones sanitarias relacionadas con los campos electromagnéticos [2008/2211(INI)].


De otra parte, en los últimos años se han publicado los resultados de nuevas investigaciones científicas que confirman la existencia de efectos biológicos no térmicos a niveles muy por debajo de los actualmente permitidos y que entrañan un
importante riesgo para la salud de la población general y especialmente para algunos grupos más vulnerables.


En aplicación del principio de precaución, varios países de nuestro entorno han rebajado los niveles de exposición de la población mediante reformas normativas. Tal ha sido el caso, por ejemplo, de las 16 ciudades francesas que han reducido
los niveles a 0,1 microwatios/cm2 (0,6 V/m); la ley francesa que prohibe el móvil a los niños en las escuelas; la recomendación de varios gobiernos europeos de usar el cable en vez del WIFI en las escuelas y su retirada de centros educativos y
bibliotecas en Francia; las orientación del Gobierno alemán de minimizar la exposición doméstica; o el Principado de Mónaco que ha impuesto un límite máximo de radiación de 4 V/m para las Altas Frecuencias y 6 V/m para las demás fuentes de
emisión, cuando en España estos límites oscilan entre 41,58 y 61 V/m. Del mismo modo, en estos países se han fijado objetivos de calidad para la reducción progresiva de la electropolución, en los límites que permite el nivel de la técnica,
siguiendo el principio ALATA (as low as technic allows).


Por el contrario en nuestro país estamos asistiendo a una proliferación en el medio rural y urbano de toda una serie de infraestructuras de antenas estaciones base GSM, DC, LMDS, UMTS, WlMAX, femtoceldas, teléfonos DECT, dipolos repetidores,
antenas de alta ganancia, picocélulas y microantenas, radioenlaces y nuevas tecnologías como los sistemas WIFI, tanto dentro de escuelas, centros públicos o centros de trabajo, como en plazas, parques o autobuses, para disponer de banda ancha y
acceso a Internet en cualquier lugar, sin



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haber realizado, previamente a su despliegue, ningún estudio científico sobre el impacto en la salud y el medio ambiente de esta sobreexposición a campos electromagnéticos artificiales que se propagan sin control desde hace más de una década
de forma masiva e indiscriminada.


Asimismo existe un gran desconocimiento por parte de la población del funcionamiento de estas tecnologías y de los posibles riesgos y efectos que su uso indiscriminado puede afectar a su salud, especialmente a la de grupos de población que
deberían estar especialmente protegidos como son los niños, embarazadas, personas con enfermedades crónicas, personas mayores, más vulnerables a los efectos de las radiaciones. No existen campañas informativas por parte de las administraciones
públicas, ni tampoco ningún control respecto a la publicidad de las operadoras o fabricantes de tecnologías móviles que están utilizando niños en sus campañas publicitarias, cuando en otros países no está permitido.


Como consecuencia de la sobreexposición de la población a estos campos electromagnéticos, hay que destacar el surgimiento de nuevas enfermedades como la Lipoatrofia -ya reconocida por la OMS-, o la ElectroHiperSensibilidad (EHS), que en
España ni siquiera se reconoce como tal, pese a que en su Resolución de 2 de abril de 2009, el Parlamento Europeo ha reclamado su reconocimiento como discapacidad, y así se ha legislado en Suecia. El proyecto Reflex, un estudio financiado por la
Unión Europea, en el que han participado doce países, entre ellos España, concluye que las ondas electromagnéticas de telefonía móvil producen alteraciones del ADN que transporta la información genética en el núcleo de las células y cambios en
éstas.


La legislación estatal no garantiza la protección a la salud ni al medio ambiente, en primer lugar, porque en lo relativo a las muy altas frecuencias, no son las Administraciones quienes llevan el control del espacio radioeléctrico, sino las
propias operadoras de telefonía móvil, ya que la Ley 32/2003, General de Telecomunicaciones, les ha cedido totalmente su gestión, y en segundo lugar, porque el Reglamento que establece las condiciones de protección del dominio público
radioeléctrico, las restricciones a las emisiones radioeléctricas y las medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas, el RD 1066/2001, fija los límites de exposición teniendo en cuenta solamente los efectos térmicos de las
radiaciones no ionizantes y no los efectos biológicos no térmicos, que son sobre los que los Comités Científicos Independientes llevan años alertando, así como la Agencia Europea de Medio Ambiente y el Parlamento Europeo. Además, dicha legislación
no ha sido revisada desde hace una década, por lo que no se está teniendo en cuenta la gran evolución de las tecnologías de la información en estos últimos años. Recordemos que este RD se ha basado en la Recomendación 1999/519/CE del Consejo, de 12
de julio de 1999, relativa a la exposición del público general a campos electromagnéticos (de 0 Hz a 300 GHz), que el propio Parlamento Europeo considera obsoleta.


Es necesario que por Ley se reconozca explícitamente la existencia de un Riesgo Sanitario por Contaminación Electromagnética o Electropolución, y se regulen reglamentariamente los valores, distancias y medidas de protección.


De otra parte, las Administraciones Públicas deben abrir a la ciudadanía cauces de información para hacer valer ante los tribunales los Derechos Fundamentales siguientes, establecidos en la Constitución Española: el derecho a la integridad
física (art. 15 CE); el derecho a la intimidad personal y familiar (art. 18.1 CE) y el derecho a la inviolabilidad del domicilio (art. 18.2 CE) de tal modo que se declare expresamente que quedan fuera del ámbito del espacio público
radioeléctrico el cuerpo humano y su cerebro, así como el domicilio particular.


Por otro lado, se están produciendo cambios normativos extraparlamentarios como la Orden ITC/749/2010, de 17 de marzo, por la que se eliminan los requisitos a cumplir por las operadoras para la instalación de determinadas estaciones base, lo
que supone una vulneración de las mínimas garantías de control establecidas en el RD 1066/2001 y de la orden CTE/23/2002, además de !a eliminación de los visados profesionales de las instalaciones a través del RD 1000/2010, de 5 de agosto. Cambios
que consideramos de gravedad y que no deberían producirse sin pasar por el control parlamentario.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1.º Impulsar la revisión de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, del Real Decreto 1066/2001, sobre dominio público radioeléctrico y de la Ley 32/2003 General de Telecomunicaciones, ya obsoletas, mediante una nueva Ley que garantice la salud
de la población, basándose en el principio de precaución y el principio ALATA de mínima emisión técnicamente posible, siguiendo las recomendaciones del informe Bioinitiative para microondas que son de menos de 0,1 pw/cm2 en exteriores y 0,01 pw/cm²
en interiores, y con el compromiso de reducirlo aún más en el futuro en consonancia con la Resolución de Londres (2007); y para campos magnéticos provocados por las líneas de alta tensión y transformadores, estableciendo niveles inferiores a 0,1µT,
en base al informe Bioinitiative.


2.º Establecer distancias mínimas biosanitarias para todas las fuentes de emisión CEM, tanto de baja como de alta frecuencia, en base a los estudios científicos independientes.


3.º Promover el establecimiento de mapas electromagnéticos de las ciudades.



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4.º Regular los radioenlaces, con frecuencias de radar altamente peligrosas, y sustituirlos por fibra óptica en los núcleos urbanos.


5.º Establecer una reserva específica de suelo para todo tipo de infraestructuras e instalaciones emisoras de CEM.


6.º Promover sistemas de conexión por cable más seguros sanitariamente como alternativa a los sistemas inalámbricos de radiación generalizada como WI-FI o WIMAX.


7.º Establecer un registro público actualizado de todas las fuentes de emisión CEM, especificando su ubicación, potencia de emisión, frecuencias y demás características.


8.º Establecer un sistema público de control fiable e independiente, de los niveles de emisión radioeléctrica sobre la ubicación de antenas e infraestructuras de telecomunicaciones en zonas residenciales, educativas y hospitalarias.


9.º Promover y financiar la realización de estudios epidemiológicos y científicos de investigación por expertos de probada independencia sobre poblaciones residenciales que hayan sido expuestas de manera continua, con participación ciudadana
y de las organizaciones de personas afectadas.


10.º Reconocer legalmente la ElectroHiperSensibilidad como enfermedad causante de discapacidad, con el correspondiente Protocolo Sanitario para su diagnóstico y tratamiento.


11.º Regular el uso del móvil, redes WIFI y otras tecnologías inalámbricas por los menores de edad, así como en el transporte público y centros públicos; elaborar un Código de buenas prácticas y desarrollar Campañas específicas contra el
abuso del móvil, dirigidas a la población adolescente y adulta, con recomendaciones de uso y etiquetado en móviles de baja emisión.


12.º Obligar a las compañías a disponer de un seguro de responsabilidad civil y penal ilimitado o garantizado por el Estado, en caso de daños.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000115


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al reconocimiento de las enfermedades de sensibilización
central, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


La Fibromialgia (FM), el Síndrome de Fatiga Crónica (SFC), la Sensibilidad Química Múltiple (SQM) y la Electro-Hiper-Sensibilidad (EHS) son consideradas enfermedades de sensibilización central o enfermedades ambientales emergentes.


La FM y el SFC ya disponen de su código en la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE 10) de la OMS, pero la SQM y la EHS aún no están incluidas en dicha clasificación.


Estas patologías pueden provocar invalidez y hasta una dependencia que impide a quienes las padecen, en muchos casos, llevar una vida normal. Son, también, enfermedades que desestructuran familias, vidas laborales y economías. Muchos de
estos problemas surgen debido a la incomprensión e ignorancia existente hacia estas patologías y sus repercusiones.


Además, son numerosos los pacientes que presentan una superposición de estas patologías. No es lo mismo padecer una sola o las cuatro, ya que el pronóstico es diferente.


Con la mayor presencia de las nuevas tecnologías y el uso por parte de la población de aparatos tecnológicos, así como la carga de tóxicos alimentarios que consumimos, tales como conservantes, colorantes, aditivos o desnaturalizantes, se
prevé que cada vez haya más casos de estos trastornos que, además, tienen una incidencia ocho veces mayor en mujeres que en hombres.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a coordinar en el marco del Consejo Interterritorial de Salud, con las Comunidades Autónomas y, en su caso, en el marco de la Unión Europea:


1. La asignación de un código específico para las enfermedades SQM y EHS, la Clasificación Interterritorial de Enfermedades (ClE), que posibilite la actuación conjunta de la Unión Europea para facilitar tanto la investigación en este
problema emergente de salud pública, como su categorización entre las enfermedades laborales.


2. A incluir las enfermedades de sensibilización central (Fibromialgia, Síndrome de Fatiga Crónica, Sensibilidad Química Múltiple y Electro-Hiper-Sensibilidad) en la Estrategia de Atención a los enfermos crónicos con un capítulo específico.


3. A establecer la coordinación institucional necesaria para resolver las necesidades sociolaborales y jurídicas de estos colectivos de pacientes afectados, y, concretamente, le insta a que los diagnósticos de SQM y EHS se tengan en cuenta
en las valoraciones para conseguir las adaptaciones laborales correspondientes: invalidez, discapacidad o ayudas a la dependencia.


4. A poner en marcha una campaña de información al conjunto de la población y de sensibilización y



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formación de los profesionales del sistema sanitario, de cara a difundir el conocimiento de las enfermedades de sensibilización central.


5. A que promueva y apoye la puesta en marcha de Centros de Referencia, así como la investigación sobre etiología y tratamiento de las enfermedades de sensibilización central.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000116


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre estrategia de atención al paciente crónico en el SNS, para su
debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


Nuestro sistema sanitario no está preparado para atender adecuadamente a los pacientes crónicos.


Las sociedades que representan a los médicos de familia y a los médicos de medicina interna: Sociedad Española de Medicina Familiar y Comunitaria y Sociedad Española de Medicina Interna, han elaborado conjuntamente un documento de consenso
sobre la atención al paciente crónico.


Esta Declaración persigue una alianza entre ciudadanos, profesionales y administraciones.


España, está entre los países con poblaciones más envejecidas del mundo, estimándose que para 2050 cerca del 35% de nuestra población superará la edad de 65 años.


Se estima que las enfermedades crónicas serán la principal causa de discapacidad en el 2020 y que hacia 2030 se doblará la incidencia actual.


Una de las consecuencias inmediatas de estos cambios es el rápido incremento de pacientes que comparten múltiples enfermedades crónicas.


Las personas con múltiples enfermedades crónicas representan el 50% o más de toda la población que las presentan. En ellos los costes relacionados con la atención sanitaria llegan a multiplicarse por seis respecto a los que no tienen
ninguna enfermedad o solo tienen una.


Disponemos de la mayoría de los elementos que nos pueden permitir una rápida organización de nuestro Sistema de Salud y especialmente un Sistema Sanitario Público con una Atención Primaria fuertemente implantada y consolidada. No obstante,
no se está desarrollando una estrategia clara y global para afrontar los desafíos de la cronicidad en el conjunto del Sistema Nacional de Salud, aún cuando hay evidencia de que una estrategia integrada es uno de los pilares de los abordajes exitosos
de la cronicidad.


El documento de consenso es la expresión de la alianza de los profesionales con las administraciones sanitarias y las asociaciones de pacientes con el fin de afrontar los cambios necesarios en el Sistema Nacional de Salud para adecuarlo a
las necesidades de los pacientes con enfermedades crónicas.


Este Documento de Sevilla pretende promover y estimular el desarrollo de iniciativas dentro de una estrategia nacional integrada.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno:


1. A la aprobación urgente de la Estrategia horizontal del Sistema Nacional de Salud de atención al paciente crónico con la participación de CCAA, sociedades científicas y asociaciones de pacientes.


2. A reorientar el SNS hacia la integralidad de la atención, la continuación asistencial y la intersectorialidad, basado en las necesidades del paciente crónico y la participación de la comunidad en la prevención y promoción de la salud y
en los cuidados en la enfermedad y en la organización de la atención, teniendo como eje la Atención Primaria, puerta de entrada al sistema, desarrollando su capacidad clínica, la gestión integrada del paciente y la coordinación de los servicios
sanitarios y sociales.


3. A promover también la adecuación de los perfiles competenciales de los profesionales a las necesidades sanitarias y en concreto del paciente crónico y la construcción de indicadores de evaluación y objetivos de calidad útiles y válidos
para garantizar el proceso asistencial y facilitar la autonomía del paciente.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000120


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley contra la pobreza y la exclusión social, para su debate en la Comisión
de Sanidad y Servicios Sociales.



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Estamos ante una crisis que no es únicamente económica, de un sistema que genera riqueza a costa de dejar a millones de personas en situación de pobreza y exclusión social.


Ante esta crisis, las administraciones públicas anuncian medidas que, en lugar de atacar sus causas, provocan recortes sociales haciendo que paguen quienes no son responsables de la actual situación. Es necesario un cambio de modelo, en el
que la pobreza y la exclusión social se combatan con justicia y equidad.


El crecimiento económico sostenido que hemos tenido en España durante más de quince años (1994-2007), no solamente no ha reducido las tasas de pobreza, tanto la relativa como la severa, sino que además ha agravado las desigualdades entre el
segmento más rico y el segmento más pobre de la población. Ello es debido a que no se han abordado los problemas estructurales que están en la base de las desigualdades.


Hay claras evidencias de que la crisis que estamos padeciendo en los tres últimos años ha traído consigo un aumento de la pobreza y nuevos fenómenos de exclusión social, discriminación y pérdida de derechos. El incremento desorbitado del
desempleo, junto con las drásticas políticas de ajuste de gasto, se traduce en el aumento de situaciones de exclusión social, pobreza y vulnerabilidad de las personas.


La inversión en políticas sociales es la mejor garantía para el progreso social y económico de nuestras sociedades. Las políticas sociales y la inclusión, han de estar en el centrado de la agenda en nuestro país en la próxima etapa de
gobierno.


La Estrategia Europa 2020, fija objetivos económicos y sociales para la Unión Europea en la presente década, tanto en términos de crecimiento, como en materia de empleo, formación y reducción de la exclusión. España ha de hacer los
esfuerzos necesarios para cumplir esos objetivos.


Siete destacadas organizaciones de carácter social han culminado en Madrid el nacimiento de La Plataforma del Tercer Sector. Las siete organizaciones que conforman la nueva iniciativa son la Plataforma de ONG de Acción Social (POAS); la
Plataforma del Voluntariado de España (PVE), la Red Europea de Lucha Contra la Pobreza y la Exclusión Social del Estado Español (EAPN), el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMl), Cruz Roja Española, Cáritas Española, y
la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), FEAPS forma parte de todas la plataforma integrantes de esta nueva entidad social, así como de la Fundación ONCE.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar en el marco de sus competencias las medidas necesarias para:


1) Aprobar un Plan Nacional de Inclusión Social 2012-2016 que dure el periodo de la próxima legislatura y cuyos objetivos sean evaluados y actualizados anualmente durante el primer semestre de 2012.


2) Asegurar el derecho a un ingreso mínimo garantizado como derecho subjetivo en el marco de las Rentas Mínimas.


3) Considerar la vivienda y el suelo como bienes básicos no sujetos a especulación y sacar las consecuencias de dicho principio en términos de políticas y de derecho de vivienda.


4) Asegurar la escolarización efectiva de toda persona en edad obligatoria para mejorar sustancialmente los resultados educativos a todos los niveles. La educación debe ser la piedra angular para evitar las desigualdades sociales y
económicas.


5) Seguir garantizando en España los niveles actuales de cobertura sanitaria universal y gratuita para el conjunto de la población.


6) Garantizar los derechos sociales y políticos de las personas extranjeras.


7) Consolidar el sistema de servicios sociales como el cuarto pilar del sistema de protección social, contando con los recursos medios.


8) Reconocer y 'legalizar' el papel esencial que juega el Tercer Sector de Acción Social (TSAS) en las políticas de inclusión.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000142


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre desarrollo de la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y
reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, para su debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


La Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, reconoce 'el derecho de la mujer a decidir sobre su maternidad' dentro de una protección y garantía de los derechos relativos
a la salud sexual y reproductiva de manera integral, de acuerdo con las definiciones de la OMS.


Según dicha Ley la prestación sanitaria de la Interrupción Voluntaria del Embarazo IVE), se realizará en 'centros de la red sanitaria pública o vinculados' a la misma garantizando a las mujeres por igual el acceso a



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la prestación con independencia del lugar donde residan (oído el Consejo Interterritorial de Salud), según el Capítulo II de la Ley.


De acuerdo con la Ley en su artículo 19-2, 'Los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo tendrán el derecho de ejercer el derecho de objeción de conciencia sin que el acceso y la calidad
asistencial de la prestación puedan resultar menoscabadas por el ejercicio de la objeción de conciencia...'.


Las interrupciones voluntarias del embarazo por las causas médicas contempladas en el artículo 15, letra c), de la Ley 2/2010, se realizarán preferentemente en centros cualificados de la red sanitaria pública.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno al desarrollo de la Ley 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, en los siguientes aspectos:


1. Aplicar, en cooperación con las Comunidades Autónomas, la Estrategia de salud sexual y reproductiva, bajo los criterios de calidad y equidad y con mecanismos de evaluación que, en particular permitan garantizar el acceso universal a la
salud sexual y reproductiva y con ello la reducción en el número de interrupciones de embarazo.


2. Garantizar que la prestación sanitaria de la interrupción voluntaria del embarazo, se realice en centros de la red sanitaria pública o vinculados a la misma, en los términos de la Ley 14/1986, General de Sanidad, y de la Ley Orgánica
2/2010, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, a fin de asegurar la gratuidad, la igualdad en el acceso y la calidad asistencial, con independencia del lugar de residencia.


3. Garantizar el ejercicio de la objeción de conciencia, que al amparo de la Ley Orgánica 2/2010, puedan realizar los profesionales directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo, sin que se menoscabe el acceso y la
calidad asistencial de la mencionada prestación a la mujer.


Las Comunidades Autónomas, en el marco del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, habrán de adoptar las medidas pertinentes.


4. A partir de la inclusión de la interrupción voluntaria del embarazo en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, se velará por la Alta Inspección del Estado, para que, en las Comunidades Autónomas, los centros sanitarios
públicos estén dotados de recursos humanos y medios adecuados para su realización, comenzando por la interrupción voluntaria del embarazo por razones médicas y las previstas en el artículo 15.c y continuando con el resto.


5. El Gobierno evaluará, de forma continua, la aplicación de los Reales Decretos 825 y 831/2010, de 25 de junio; de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, al
objeto de garantizar, en todo caso, la efectividad de la decisión de la mujer, la agilidad, la confidencialidad, la neutralidad de la información previa y la prestación gratuita por los centros públicos o vinculados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000145


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre centros psiquiátricos en instituciones penitenciarias, para su debate
en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


La situación de los dos psiquiátricos penitenciarios existentes en España: Fontcalent en Alicante y Sevilla, cuestiona los principios y valores del modelo expresado tanto en el Informe de la Comisión Interterritorial para la reforma de la
Salud Mental (1985) y el artículo 20 de la Ley General de Sanidad, como la más reciente Estrategia de Salud Mental del Servicio Nacional de Salud (2006). En particular, la atención en la comunidad, superando instituciones cerradas como los
hospitales psiquiátricos, y la protección de los derechos de los pacientes respetando y promoviendo su autonomía y su recuperación personal, familiar y social, mediante dispositivos accesibles, comprensivos, de atención continua y de calidad.


A raíz de la aprobación de la mencionada Estrategia de Salud Mental y del estudio de Instituciones Penitenciarias sobre enfermedad mental en las prisiones, se ha creado el Programa Marco para la Atención Integral a Enfermos Mentales en las
mismas, con el objetivo declarado de mejorar la vida de los enfermos mentales, evitar su estigmatización, y aumentar su autonomía y su adaptación al entorno mediante la reincorporación social de estos reclusos.


En realidad, tanto en Fontcalent como en Sevilla, prevalece el carácter penitenciario sobre el sanitario.


Actualmente, la composición y el número de pacientes sometidos a encarcelamiento en estos centros son la principal demostración de su carácter de manicomio. El número de internos se incrementa en vez de reducirse hasta la plétora de dichas
instituciones y la composición



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es un cajón de sastre donde caben psicóticos, alcohólicos, toxicómanos e incluso, ancianos de más de ochenta años.


No solo la situación interna es lamentable y contraria a los principios y objetivos de la estrategia de salud mental, sino que la relación con el resto del sistema de salud es claramente deficiente. Por si fuera poco, no acaba de cumplirse
con el mandato de transferencia de la sanidad penitenciaria, y las Comunidades Autónomas, salvo excepciones, carecen de mecanismos y medios para la información, coordinación y atención integral a los pacientes.


Tampoco en el ámbito de la justicia avanza, ni la utilización de los servicios de salud comunitarios para personas con enfermedad mental declarada no imputable o que los hace exentos de responsabilidad criminal, ni tampoco la revisión de los
casos de los internados en estos psiquiátricos penitenciarios al objeto de superar su aislamiento y lograr su atención en la comunidad.


Por lo que se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno al desarrollo y aplicación de la estrategia de Salud Mental en el ámbito de los hospitales penitenciarios y en el marco de sus competencias, a:


1. Promover de acuerdo con el Consejo General del Poder Judicial una aplicación del Código Penal favorable a una mayor utilización de los servicios de salud comunitarios, frente a los psiquiátricos penitenciarios, en aplicación de la
mencionada Estrategia de Salud Mental de 2006.


2. Alcanzar por parte del Ministerio de Sanidad y Consumo, Ministerio del Interior y las Comunidades Autónomas, los acuerdos necesarios al objeto de dar cumplimiento a la Estrategia de Salud Mental en los psiquiátricos penitenciarios,
incrementando el personal sanitario y las actividades rehabilitadoras a corto plazo en dichos centros y en tanto se producen las transferencias, estableciendo los oportunos convenios con las Comunidades Autónomas, con el fin de avanzar en la
coordinación y paulatina integración de los pacientes en el modelo de atención comunitario.


3. Desarrollar lo previsto en el artículo 265.4 del Reglamento. Penitenciario, para que los órganos colegiados de los hospitales penitenciarios cumplan con esta orientación de salud mental.


4. Favorecer, de acuerdo con el Consejo General del Poder Judicial, el estudio y reorientación comunitaria de las medidas de seguridad privativas de libertad en los enfermos mentales hoy ingresados en los hospitales psiquiátricos
penitenciarios de Fontcalent y Sevilla.


5. Apoyar a las Asociaciones de familiares y amigos de enfermos mentales, ingresados en los mencionados hospitales psiquiátricos, tanto en materia de información, como en su participación en la recuperación y reinserción de los pacientes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de enero de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


161/000149


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión en la
Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, una Proposición no de Ley para reforzar las políticas de inclusión social y mejorar la atención a las personas sin hogar.


Antecedentes


En la Declaración Escrita del Parlamento Europeo 61/2010, de 16 de diciembre de 2010, sobre la estrategia de la UE en relación a las personas sin hogar, se pide a la Comisión Europea que desarrolle una ambiciosa estrategia de la UE para
abordar la situación de las personas sin hogar, y que ayude a los Estados miembros a desarrollar unas estrategias estatales eficaces con arreglo a las orientaciones del Informe conjunto de Protección Social e Inclusión Social, aprobado en marzo de
2010, y como parte de la Estrategia UE 2020.


Algunos países europeos como Irlanda, Reino Unido, Dinamarca, Finlandia, Holanda, Francia o Portugal, han adoptado estrategias para luchar contra el 'sinhogarismo' y la exclusión residencial. Las diferentes estrategias se basan en: la
voluntad de prevenir el 'sinhogarismo', en concreto de establecer medidas orientadas al seguimiento de las personas que dejan las prisiones o instituciones de salud después de un largo periodo, y sobre todo la prevención de los desahucios; se trata
de acabar con las formas más explícitas del sinhogarismo en base a los Derechos Humanos; reducir la duración del sinhogarismo (en particular el tiempo en recursos de alojamiento de emergencia y temporales); y mejorar la calidad de los servicios
para las personas sin hogar y la oferta de vivienda asequible.


Sin duda no debería resultar necesario, por evidente, añadir que como consecuencia de la grave crisis económica, las situaciones de pobreza, de exclusión social y residencial han aumentado de forma muy importante y que las entidades y
administraciones dedicadas a atenderlas se encuentran desbordadas. En este contexto y reconociendo que las competencias para combatir el sinhogarismo recaen principalmente sobre las comunidades autónomas y corporaciones



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locales, se trata de reforzar, desde la administración general del estado, las políticas que lleven a cabo estas administraciones.


Por ello, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados, con el fin de mejorar la acción social para la inclusión, la prevención y erradicación del sinhogarismo y de la exclusión residencial, respetando las competencias autonómicas y locales, insta al Gobierno a:


- Ratificar la Carta Social Europea Revisada, adoptada en 1996, cuyo artículo n.º 31 (Derecho a la Vivienda) compromete a la partes firmantes para garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la vivienda, a adoptar medidas destinadas a:
favorecer el acceso a la vivienda de un nivel suficiente; a prevenir y paliar la situación de carencia de hogar con vistas a eliminar progresivamente dicha situación; a hacer asequible el precio de las viviendas a las personas que no dispongan de
recursos suficientes.


- Crear un Fondo Extraordinario de 20 millones de euros para el fortalecimiento de las políticas de inclusión social, con la finalidad de apoyar con recursos económicos las políticas que en materia de prevención y erradicación de la
exclusión social y de atención a las personas sin hogar, llevan a cabo las Comunidades Autónomas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2012.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


161/000151


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión en la
Comisión de Sanidad y Servidos Sociales, una Proposición no de Ley para mejorar la atención a los menores en situación de pobreza y de riesgo social.


Antecedentes


La crisis económica y sus consecuencias están teniendo un impacto negativo directo en la situación de muchos niños y de sus familias. La crisis tiene consecuencias que van más allá del sector financiero, del mercado de trabajo o del
consumo. Hoy hay más de dos millones de niños en riesgo de pobreza en España. Uno de cada cuatro menores de 16 años se encuentra por debajo del umbral de pobreza. Las cifras sobre pobreza infantil sitúan a España entre los estados de nuestro
entorno, con índices más altos. La infancia y la transición a la edad adulta se han convertido en términos de exclusión social, en etapas de alto riesgo.


Se debería prestar una atención especial a las medidas destinadas a atender el impacto de la crisis sobre la población más vulnerable en los diferentes momentos del ciclo de la vida de las personas, pero sobre todo en la infancia. En este
contexto, una apuesta por un modelo de apoyo a las familias y a los niños, para garantizar su bienestar actual y su desarrollo futuro es más necesaria que nunca. No solo para atenuar el impacto negativo de la crisis sino también, como inversión
necesaria para salir de ella y para conseguir en el futuro, asegurar un crecimiento sostenible y la posibilidad de consolidar los avances alcanzados en calidad de vida para toda la población.


La pobreza infantil no supone sólo una situación de malestar y pérdida de oportunidades para los niños que la sufren sino también, una pérdida de oportunidades y de capital humano para la sociedad en su conjunto, y la perpetuación de la
transmisión generacional de la pobreza. No invertir y no proteger a la población infantil ahora, supone tener en el futuro, una sociedad menos cohesionada, menos capacitada, menos productiva, y que requerirá más gasto social.


La reducción de la pobreza y la exclusión social es un objetivo de la estrategia 2020 de la Unión Europea y la reducción de la pobreza infantil figura como uno de los objetivos prioritarios de este Programa en España.


La firma en 2010 y 2011 de Pactos por la Infancia por parte de algunos Gobiernos autonómicos y partidos políticos han supuesto un avance en cuanto han dado mayor relevancia a los temas de infancia, Una relevancia que esta cuestión tiene y se
merece en el desarrollo de las políticas públicas, pero que no es suficiente.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a aprobar de forma urgente y de acuerdo con las Comunidades Autónomas, un Plan estatal de lucha contra la pobreza infantil que haga frente al empeoramiento de la situación económica y al
aumento de la pobreza y la exclusión social en este colectivo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2012.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



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161/000159


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y de acuerdo con lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión en la
Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, una Proposición no de Ley de apoyo e impulso del modelo estatal de donaciones y trasplantes.


Antecedentes


La Organización Nacional de Trasplantes (ONT) es un organismo coordinador de carácter técnico, dependiente al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, encargado de desarrollar las funciones relacionadas con la obtención y
utilización clínica de órganos, tejidos y células. Su estructura se basa en tres niveles de coordinación: estatal, autonómica y hospitalaria.


Para llevar a cabo dichas funciones actúa como una unidad técnica operativa que, siguiendo los principios de cooperación, eficacia y solidaridad, coordina y facilita las actividades de donación, extracción, preservación, distribución
intercambio y trasplante de órganos, tejidos y células en el conjunto del sistema sanitario español, juntamente con las Coordinaciones Autonómicas de Trasplante,


Además, la ONT promueve el incremento continuado de la disponibilidad de órganos, tejidos y células para el trasplante, así como garantizar la más apropiada y correcta distribución de acuerdo al grado de conocimientos técnicos y a los
principios éticos de equidad que deben presidir la actividad trasplantadora.


Su principal objetivo es por tanto la promoción de la donación altruista con el único fin de que quien necesite un trasplante tenga las mayores y mejores posibilidades de conseguirlo.


El modelo español de trasplantes es conocido internacionalmente y ampliamente descrito en la literatura científica, ha sido recomendado por la OMS y se está aplicando en diferentes partes del mundo con resultados muy positivos. El éxito de
este modelo sólo es comprensible desde un enfoque multidisdiplinar, que engloba aspectos legales, económicos y médicos.


El balance de funcionamiento de la ONT es igualmente positivo, tras su creación el número de donantes ha aumentado desde los 14 donantes por millón de población (pmp) a los 34,6 donantes pmp. Es decir, de estar en la parte media-baja de los
índice de donación en Europa, a tener con diferencia el índice más elevado, no ya de Europa, sino del mundo.


En este sentido, cabe destacar que el último balance ofrecido por la propia ONT nos indica que el año pasado superamos nuestro propio record en trasplantes y donaciones, 4.212 y 1.667, respectivamente, cifras que constituyen máximos
históricos.


Recientemente una organización alemana ha realizado una captación de donantes de médula ósea mediante campañas centradas en casos particulares, procedimiento no permitido en la legislación española, dado que ésta exige que la promoción de la
donación se realice siempre de forma general, sin buscar el beneficio de personas concretas.


Dicha organización justificó su actuación alegando deficiencias en el Sistema Español de Trasplantes y, en concreto, que el procedimiento de donación de médula ósea está algo anticuado; desacreditando con sus afirmaciones a la Organización
Nacional de Trasplantes, al Sistema Español de Trasplantes y a la Fundación Internacional Josep Carreras-REDMO (Registro Español de donantes de médula ósea) quien tiene delegadas las competencias para la captación y gestión de donaciones y
trasplantes de médula ósea, que actúa en coordinación con el Registro Mundial de Donantes de Médula Ósea, en el supuesto que un paciente español no encuentre un donante en nuestro país.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Seguir impulsando y apoyando la labor que realiza la Organización Nacional de Trasplantes -como órgano coordinador del Sistema Español de Donaciones y Trasplantes, junto con las diferentes Coordinaciones Autonómicas-, así como la Fundación
Internacional Josep Carreras como organismo encargado de las donaciones y trasplantes de médula ósea, para que sigan siendo instituciones sanitarias de referencia en el ámbito de los trasplantes.


- Reforzar la normativa existente en materia de donaciones y trasplantes de órganos en aras a evitar donaciones irregulares y posibles injerencias que distorsionen el carácter altruista del Sistema Estatal de Trasplantes, destacando que la
promoción de la donación sólo puede ser realizada por las autoridades competentes, o a través de las instituciones en las que dichas autoridades hayan delegado.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2012.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo


161/000118


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición



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no de Ley para evitar que la AOD española se destine a financiar proyectos de empresas transnacionales cuya actividad ocasiona daños medioambientales, sociales y vulnera derechos humanos, para su debate en la Comisión de Cooperación
Internacional para el Desarrollo.


La Fundación Repsol-YPF ha recibido 149.932 euros de la AEClD para financiar un proyecto destinado al 'fortalecimiento de los emprendimientos económicos y sociales de las comunidades en zona de influencia de la operación de Repsol YPF
Ecuador en la Amazonia ecuatoriana'.


Dicho proyecto contará con una co-financiación de la Fundación Repsol del Ecuador de 178.676 euros. En total 328.608 euros que serán transferidos en parte al Servicio Holandés de Cooperación al Desarrollo (SNV) para la ejecución del
proyecto.


Desde la entrada de Repsol en Ecuador en el año 2000 con la compra de YPF son numerosas las denuncias por parte de los pueblos indígenas y las organizaciones sociales sobre la destrucción económica, social y medioambiental de la Amazonia
Ecuatoriana.


En Ecuador, Repsol opera el Bloque 16, ubicado sobre el territorio ancestral del pueblo Waorani, afectando también a población kitchwa, gran parte del Parque Nacional Yasuní y el territorio intangible de los pueblos no contactados Tagaeri y
Tagomenani. Repsol ejerce soberanía territorial sobre el Bloque 16, controlando la entrada y salida de personas, en clara violación de los derechos territoriales de los pueblos afectados. A pesar de la falta de información sobre la situación en el
interior del Bloque, Repsol se ha visto obligada a reconocer el vertido de 14.000 barriles de crudo en 2008. Existen denuncias recurrentes sobre el aumento de enfermedades relacionadas con la actividad petrolera y daños hídricos y ambientales en la
zona. El pueblo waorani, cuyos derechos han sido conculcados, está siendo sometido a un fuerte proceso de aculturación y pérdida de autonomía e identidad (Repsol administra la educación y la sanidad de las comunidades, por ejemplo).


Resulta incompresible e inaceptable que AEClD financie con dinero público destinado a Ayuda Oficial para el Desarrollo a empresas como Repsol que incurren en prácticas contrarias a los derechos humanos internacionalmente reconocidos, así
como los principios recogidos en la política de la cooperación española, el Plan Director y estrategias sectoriales tales como la Estrategia de la Cooperación Española con los Pueblos Indígenas, como es el caso de Repsol en el Ecuador.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


Garantizar que los proyectos subvencionados por AECID respetan los principios de la política de cooperación española, su Plan Director y las Estrategias Sectoriales evitando la utilización de fondos públicos computados como Ayuda Oficial
para el Desarrollo para financiar proyectos de empresas trasnacionales cuya actividad ocasiona importantes daños medioambientales, sociales y graves violaciones de los derechos humanos internacionalmente reconocidos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Laia Ortiz Castellví, Diputada.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


Comisión de Cultura


161/000140


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley para la conservación del tesoro cultural del prerrománico asturiano,
para su debate en la Comisión de Cultura.


El prerrománico asturiano es una joya cultural europea declarada Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO y, sin embargo, sufre una situación de abandono absurda e inadmisible. Las administraciones públicas deben actuar para evitar el
deterioro irreversible de los bienes integrantes de este conjunto histórico. Desde el año 2000 se lleva hablando de un plan del prerrománico que tras una década, y ante la indiferencia de todos los gobiernos implicados, no ha sido puesto en marcha.


Recientemente, el ministro de Cultura del Gobierno anterior anunció la creación de un Patronato y de una Comisión de expertos, comprometiendo a la vez la creación de un Centro Internacional del Prerrománico.


El Plan Integral para el Prerrománico sigue siendo una necesidad inaplazable. Desde el Ministerio de Cultura se ha elaborado, con financiación del Ministerio de Vivienda, un plan redactado por los Sres. Fernando Nanclares y Antón Capitel,
plan que duerme el sueño de los justos en algún cajón del Ministerio desde el mismo momento en que se hizo público.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a


1. Poner en marcha y ejecutar el Plan Director para el Prerrománico Asturiano, actualizado a las necesidades



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presentes, que permita garantizar de manera efectiva su conservación y puesta en valor.


2. Establecer algún instrumento permanente de colaboración entre el Gobierno de la nación y el Gobierno de Asturias para coordinar la ejecución de medidas de protección y promoción del Prerrománico Asturiano.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


Comisión de Igualdad


161/000150


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y de acuerdo can lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión en la
Comisión de Igualdad, una Proposición no de Ley para instar al Gobierno a adaptar el ordenamiento jurídico a la orden europea de protección de las víctimas.


Antecedentes


El Parlamento Europeo aprobó, el pasado 13 de diciembre, la orden europea de protección, que garantiza a las víctimas de delitos como la violencia, el acoso, la homofobia o la trata, el mismo nivel de protección frente a sus agresores en
toda la Unión Europea.


La orden europea de protección tiene como finalidad asegurar que una medida de protección impuesta en un Estado miembro se aplicará en cualquier otro país de la Unión Europea al cual se desplace la víctima. Además, aunque la mayoría de
medidas benefician a mujeres, también se aplicará a víctimas de ambos sexos y a niños, y se prevé que el beneficiario pueda solicitar protección para sus familiares.


Aunque los Estados miembros tienen tres años para adaptar la norma a sus respectivas legislaciones, se considera conveniente proceder a la adaptación a nuestro ordenamiento jurídico lo antes posible.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a poner en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva 2011/99/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de
13 de diciembre de 2011, sobre la orden europea de protección.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2012.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 189 del Reglamento, las siguientes preguntas orales al Gobierno en Comisión, disponer su conocimiento por las Comisiones que se indican,
dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


Comisión de Asuntos Exteriores


181/000012


Grupo Parlamentario Mixto-Coalición Canaria-Nueva Canarias


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Asuntos Exteriores


Diputada doña Ana María Oramas González Moro


Texto:


¿Qué políticas piensa impulsar el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación en relación con la situaclón de falta de garantías físicas y jurídicas que sufren los ciudadanos españoles que residen en Venezuela?


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2012.-Ana María Oramas González Moro, Diputada.



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Comisión de Defensa


181/000021


Grupo Parlamentario Mixto-Coalición Canaria-Nueva Canarias


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Defensa


Diputada doña Ana María Oramas González Moro


Texto:


¿Cuándo prevé el Ministerio de Defensa aprobar la normativa pertinente para que los miembros de las fuerzas armadas heridos en misiones en el exterior, en zonas muy peligrosas, puedan volver a integrarse en la institución para evitar que
queden en una situación de total desamparo, pese a que reúnen las condiciones físicas para seguir en dichas fuerzas desempeñando otras funciones?


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2012.-Ana María Oramas González Moro, Diputada.


Comisión de Fomento


181/000010


Grupo Parlamentario Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputado don Pere Macias i Arau


Texto:


Al Ministro de Fomento:


¿Cuáles son las razones por las que ADIF no ha instalado el sistema de señalización y seguridad RMTS en Rodalies de Barcelona, cuando lo solicitó explícitamente la Generalitat de Catalunya y está operando en otros servicios de Cercanías?


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de enero de 2012.-Pere Macias i Arau, Diputado.


181/000011


Grupo Parlamentario Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Fomento


Diputado don Pere Macias i Arau


Texto:


Al Ministro de Fomento:


¿Qué mejoras en los sistemas de señalización y seguridad ha introducido ADIF desde el accidente que ocurrió en la Estación de El Clot-Aragó el pasado 28 de abril de 2011, con el fin de evitar que se repitiera de nuevo, tal como ocurrió el 19
de enero de 2012?


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de enero de 2012.-Pere Macias i Arau, Diputado.


Comisión de Empleo y Seguridad Social


181/000017


Grupo Parlamentario Mixto-Coalición Canaria-Nueva Canarias


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Empleo y Seguridad Social


Diputada doña Ana María Oramas González Moro


Texto:


¿Cuáles son las previsiones del Gobierno con respecto a la financiación en 2012 del Plan Integral de empleo de Canarlas (PlEC) 2011-2014?


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2012.-Ana María Oramas González Moro, Diputada.


Comisión de Industria, Energía y Turismo


181/000002


Grupo Parlamentario Mixto-Foro


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Industria, Energía y Turismo


Diputado don Enrique Álvarez Sostres



Página 75





Texto:


Pasada la Presidencia española hace dos años sin que el Gobierno hubiese tomado ni una sola iniciativa al respecto, ¿cuál va a ser la política de España ante la Unión Europea para replantear la prórroga del régimen de ayudas al carbón más
allá del 2018, o en todo caso la no devolución de ayudas a la explotación que resulten viables en el 2018?


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Enrique Álvarez Sostres, Diputado.


181/000003


Grupo Parlamentario Mixto-Foro


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Industria, Energía y Turismo


Diputado don Enrique Álvarez Sostres


Texto:


¿Piensa el Gobierno rectificar el acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 30 de diciembre que decidió la 'eliminación' de los Fondos Mineros para financiar infraestructuras, que suponen aproximadamente 800 millones de euros para Asturias
y cuyos convenios se encuentran en diferente fase administrativa, correspondientes al Primer Plan 1998-2005 y al Segundo Plan 2006-2012?


Y en todo caso, ¿tiene previsto trasladar los términos concretos de dicho acuerdo a los gobiernos autonómicos afectados?


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Enrique Álvarez Sostres, Diputado.


181/000004


Grupo Parlamentario Mixto-Foro


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Industria, Energía y Turismo


Diputado don Enrique Álvarez Sostres


Texto:


¿Qué hará para garantizar el abono de los 185 millones de euros de los fondos mineros ya comprometidos con Asturias y que el Gobierno socialista se marchó sin firmar los correspondientes convenios, a pesar de ser fruto de un compromiso
formalizado por real decreto, y que constituye un elemento compensador del futuro de las comarcas mineras con nuevas alternativas de desarrollo mediante mejores infraestructuras, incentivos a nuevas empresas y formación de los trabajadores?


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Enrique Álvarez Sostres, Diputado.


181/000005


Grupo Parlamentario Mixto-Foro


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Industria, Energía y Turismo


Diputado don Enrique Álvarez Sostres


Texto:


Se reclamó al Gobierno anterior la remisión del plan de cierre de las explotaciones mineras, que exige la decisión 787/2010, por falta de notificación a las comunidades autónomas, con una posible violación de los estatutos de autonomía por
tratarse de un sector en reestructuración.


¿Tiene previsto el Gobierno informar a Asturias y al resto de las comunidades autónomas implicadas?


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Enrique Álvarez Sostres, Diputado.


181/000006


Grupo Parlamentario Mixto-Foro


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Industria, Energía y Turismo


Diputado don Enrique Álvarez Sostres


Texto:


España tiene una fuerte dependencia energética del exterior, con un gran aumento de costes.


¿Cuál va a ser su política sectorial para evitar que España siga siendo una isla energética, debido a la escasez de conexiones internacionales y que perjudican gravemente la competitividad de las empresas españolas y su capacidad para
generar empleo?


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Enrique Álvarez Sostres, Diputado.



Página 76





181/000007


Grupo Parlamentario Mixto-Foro


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Industria, Energía y Turismo


Diputado don Enrique Álvarez Sostres


Texto:


¿Tiene pensado el Gobierno aplicar alguna medida para evitar el oligopolio que impera actualmente en España, fomentador de la competencia en los mercados de electricidad, y equipararnos así a países europeos como Francia y Alemania?


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Enrique Álvarez Sostres, Diputado.


181/000008


Grupo Parlamentario Mixto-Foro


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Industria, Energía y Turismo


Diputado don Enrique Álvarez Sostres


Texto:


¿Tiene previsto el Gobierno diseñar y aplicar algún tipo de reforma estructural de las tarifas eléctricas, con el fin de garantizar la competitividad de nuestras industrias básicas en Asturias y en España (siderúrgica, aluminio y zinc), y
evitar la deslocalización territorial y sus consecuencias en el crecimiento econó-mico asturiano y español, amenazado en su compe- titividad?


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Enrique Álvarez Sostres, Diputado.


181/000009


Grupo Parlamentario Mixto-Foro


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Industria, Energía y Turismo


Diputado don Enrique Álvarez Sostres


Texto:


¿El Gobierno tiene previsto a corto plazo la elaboración de un plan energético que aborde de manera integral el conjunto del sector energético?


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de enero de 2012.-Enrique Álvarez Sostres, Diputado.


181/000019


Grupo Parlamentario Mixto-Coalición Canaria-Nueva Canarias


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Industria, Energía y Turismo


Diputado don Pedro Quevedo Iturbe


Texto:


¿Cuál es la hoja de ruta que se ha trazado el Gobierno con respecto a rescatar las nueve autorizaciones otorgadas en 2001 a la compañía REPSOL para la realización de prospecciones petrolíferas frente a las costas de Lanzarote y
Fuerteventura?


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2012.-Pedro Quevedo Iturbe, Diputado.


181/000020


Grupo Parlamentario Mixto-Coalición Canaria-Nueva Canarias


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Industria, Energía y Turismo


Diputado don Pedro Quevedo Iturbe


Texto:


¿Qué línea de comunicación ha abierto el Ministerio de Industria, Energía y Turismo con el Gobierno de Canarias y los Cabildos de Lanzarote y Fuerteventura, con respecto a la posible autorización de prospecciones petrolíferas frente a las
costas canarias?


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de enero de 2012.-Pedro Quevedo Iturbe, Diputado.



Página 77





Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


181/000013


Grupo Parlamentario Mixto-Coalición Canaria-Nueva Canarias


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


Diputada doña Ana María Oramas González-Moro


Texto:


¿Qué gestiones está impulsando el Gobierno para lograr la renovación del acuerdo pesquero entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos?


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2012.-Ana María Oramas González-Moro, Diputada.


181/000014


Grupo Parlamentario Mixto-Coalición Canaria-Nueva Canarias


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


Diputada doña Ana María Oramas González-Moro


Texto:


¿Qué gestiones está realizando el Gobierno para permitir la renovación del acuerdo pesquero suscrito entre la Unión Europea y Mauritania, que expira el próximo 31 de julio de 2012?


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2012.-Ana María Oramas González-Moro, Diputada.


181/000015


Grupo Parlamentario Mixto-Coalición Canaria-Nueva Canarias


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


Diputada doña Ana María Oramas González-Moro


Texto:


¿Cuál es la posición del Gobierno con respecto a establecer acuerdos pesqueros bilaterales entre España y Portugal para el acceso de la flota a los caladeros de Madeira y Azores?


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2012.-Ana María Oramas González-Moro, Diputada.


181/000016


Grupo Parlamentario Mixto-Coalición Canaria-Nueva Canarias


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


Diputada doña Ana María Oramas González-Moro


Texto:


¿Qué gestiones está realizando el Gobierno para evitar que el protocolo agrícola con Marruecos, pendiente de ratificar por el Parlamento Europeo, sea perjudicial para el sector hortofrutícola, especialmente para el tomate canario?


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2012.-Ana María Oramas González-Moro, Diputada.


Comisión de Cultura


181/000018


Grupo Parlamentario Mixto-Coalición Canaria-Nueva Canarias


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Cultura


Diputada doña Ana María Oramas González-Moro


Texto:


¿Cuándo prevé el Gobierno la adopción de las medidas necesarias para la devolución al Museo Arqueológico de Tenerife de la momia guanche que actualmente alberga el Museo Nacional de Antropología?


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2012.-Ana María Oramas González-Moro, Diputada.



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COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


232/000018


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(232) Recurso de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por dicho Tribunal en el recurso de inconstitucionalidad número 71/2001, promovido por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía contra el artículo único, ordinales uno, dos y tres, del Real Decreto-ley
9/2000, de 6 de octubre, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, así como voto particular formulado a la misma.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Pascual Sala Sánchez, Presidente, don Eugeni Gay Montalvo, don Javier Delgado Barrio, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pablo Pérez Tremps, don Francisco José Hernando Santiago, doña
Adela Asúa Batarrita, don Luis Ignacio Ortega Álvarez y don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En el recurso de inconstitucionalidad núm. 71-2001, promovido por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía contra el artículo único, ordinales uno, dos y tres, del Real Decreto-ley 9/2000, de 6 de octubre, de
modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental. Ha intervenido el Abogado del Estado. Ha sido Ponente la Magistrada doña Adela Asua Batarrita, quien expresa el parecer del Tribunal.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Estimar parcialmente el recurso de inconstitucionalidad núm. 71-2001, promovido por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, contra el artículo único, ordinales uno (en cuanto que modifica los artículos 5 y 7 del Real
Decreto Legislativo 1302/1986, de 26 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental), dos y tres, del Real Decreto-ley 9/2000, de 6 de octubre, y en consecuencia:


1.º Declarar la inconstitucionalidad del artículo único, ordinal dos, del Real Decreto-ley 9/2000.


2.º Desestimar el recurso en todo lo demás.


Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Valencia, a 13 de enero de 2012.


232/000019


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(232) Recurso de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional


Sentencia dictada por dicho Tribunal en el recurso de inconstitucionalidad número 3547/1999, promovido



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por el Presidente del Gobierno contra los artículos 217; 220.2, salvo el inciso relativo a los vertidos al mar; 224.1.a) y 228.3.a) de la Ley 9/1999, de 13 de mayo, de Ordenación del Territorio de Canarias.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Pascual Sala Sánchez, Presidente, don Eugeni Gay Montalvo, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pablo Pérez Tremps, don Francisco José
Hernando Santiago, doña Adela Asúa Batarrita, don Luis Ignacio Ortega Álvarez y don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En el recurso de inconstitucionalidad núm. 3547/1999, interpuesto por el Presidente del Gobierno, representado por el Abogado del Estado, contra los artículos 217; 220.2, salvo el inciso relativo a los vertidos al mar; 224.1.a) y 228.3 a)
de la Ley 9/1999, de 13 de mayo, de Ordenación del Territorio de Canarias. Han comparecido y formulado alegaciones el Gobierno y el Parlamento de Canarias, por medio de sus respectivos Letrados. Ha sido Ponente el Magistrado don Francisco Pérez de
los Cobos Orihuel, quien expresa el parecer del Tribunal.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Estimar parcialmente el recurso de inconstitucionalidad y, en consecuencia, declarar:


1) Que el art. 228.3.a) del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, que aprueba el texto refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, vulnera las competencias del Estado.


2) Que es inconstitucional y nulo el art. 217 del citado texto refundido en cuanto a las cuantías de las multas para las infracciones previstas en el mismo, si bien, en los términos establecidos en el fundamento jurídico 6 de esta
Sentencia.


3) Que son inconstitucionales y nulos los artículos 220.2, salvo el inciso relativo a los vertidos al mar, y 224.1.a) del citado texto refundido en cuanto a las cuantías de las multas para las infracciones previstas en los mismos, si bien,
en los términos establecidos en el fundamento jurídico 7 de esta Sentencia.


Publíquese esta sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 18 de enero de 2012.


232/000020


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(232) Recurso de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional


Sentencia dictada por dicho Tribunal en el recurso de inconstitucionalidad número 2194/2002 interpuesto por el Presidente del Gobierno, representado por la Abogada del Estado, contra los artículos 2.2; 7, 12.1 párrafos primero, tercero y
cuarto, en relación con el artículo 10; 14, 7, por conexión, los artículos 19, apartados 2, 3 y 20, apartado 1 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha, 8/2001, de 28 de junio, para la Ordenación de las Instalaciones de Radiocomunicación en
Castilla-La Mancha.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.



Página 80





En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Pascual Sala Sánchez, Presidente; don Eugeni Gay Montalvo, Vicepresidente; don Javier Delgado Barrio; doña Elisa Pérez Vera; don Ramón Rodríguez Arribas; don Pablo Pérez Tremps;
don Francisco José Herrando Santiago; doña Adela Asúa Batarrita; don Luis Ignacio Ortega Álvarez y don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En el recurso de inconstitucionalidad núm. 2194/2002, interpuesto por el Presidente del Gobierno, representado por la Abogada del Estado, contra los artículos 2,2; 7, 12.1 párrafos primero, tercero y cuarto, en relación con el artículo 10;
14, y, por conexión, los artículos 19, apartados 2, 3 y 20, apartado 1 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 8/2001, de 28 de junio, para la Ordenación de las Instalaciones de Radiocomunicación en Castilla-La Mancha. Han comparecido y
formulado alegaciones la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en representación del Consejo de Gobierno, y las Cortes de Castilla-La Mancha. Ha sido Ponente el Magistrado don Eugeni Gay Montalvo, quien expresa el parecer del Tribunal.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Estimar parcialmente el presente recurso de inconstitucionalidad y, en consecuencia, declarar que:


1.º Son inconstitucionales y nulos el art. 7, en el inciso en el que obliga a los operadores a 'incorporar las mejoras tecnológicas que vayan apareciendo y contribuyan a reducir los niveles de emisión de los sistemas radiantes', y el
apartado 2 del art. 19, ambos de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 8/2001, de 28 de junio, para la Ordenación de las Instalaciones de Radiocomunicación en Castilla-La Mancha.


2.º Son conformes a la Constitución el subapartado 1 del art. 2.2, el inciso del art. 7 en el que se obliga a los operadores a 'incorporar las mejoras tecnológicas que vayan apareciendo y contribuyan [...] a minimizar el impacto ambiental
y visual', los apartados segundo y tercero de este art. 7, y el artículo 14, todos ellos de la Ley de Cortes de Castilla-La Mancha 8/2001, de 28 de junio, para la Ordenación de las Instalaciones de Radiocomunicación en Castilla-La Mancha, siempre
que se interpreten tal y como se ha indicado en los fundamentos jurídicos 5, 7 y 9, respectivamente, de esta Sentencia.


3.º Se desestima el recurso en todo lo demás.


Publíquese esta sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 18 de enero de 2012.


233/000005


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(233) Cuestión de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional


Sentencia dictada por dicho Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 30/2002, promovida por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Las Palmas de Gran Canaria en relación con la disposición transitoria segunda
de la Ley Canaria 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de Policías Locales.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



Página 81





El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Pascual Sala Sánchez, Presidente, don Eugeni Gay Montalvo, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pablo Pérez Tremps, don Francisco José
Hernando Santiago, doña Adela Asúa Batarrita, don Luis Ignacio Ortega Álvarez y don Francisco Pérez de los Cabos Orihuel, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 30/2002, promovida por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 2 de Las Palmas de Gran Canaria en relación con la Disposición Transitoria Segunda de la Ley Canaria 6/1997, de 4 de julio,
de Coordinación de Policías Locales. Han intervenido y formulado alegaciones el Abogado del Estado, el Gobierno y el Parlamento de Canaria, así como el Fiscal General del Estado. Ha sido Ponente el Magistrado don Francisco Pérez de los Cobos
Orihuel, quien expresa el parecer del Tribunal.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Estimar la presente cuestión de inconstitucionalidad y, en consecuencia, declarar inconstitucional y nula la disposición transitoria segunda de la Ley Canaria 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de Policías Locales.


Publíquese esta sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Valencia, a 13 de enero de 2012.


233/000006


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(233) Cuestión de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por dicho Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 1836/2005, promovida por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Córdoba en relación con la disposición transitoria primera, apartado 2 de la
Ley Andaluza 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de Policías Locales.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento yel fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Pascual Sala Sánchez, Presidente, don Eugeni Gay Montalvo, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pablo Pérez Tremps, don Francisco José
Hernando Santiago, doña Adela Asua Batarrita, don Luis Ignacio Ortega Álvarez y don Francisco Pérez de los Cobas Orihuel, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 1836/2005, promovida por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 2 de Córdoba en relación con la Disposición transitoria primera, apartado 2 de la Ley Andaluza 13/2001, de 11 de
diciembre, de Coordinación de Policías Locales. Han intervenido y formulado alegaciones el Abogado del Estado, el Parlamento de Andalucía y el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, así como el Fiscal General del Estado. Ha sido Ponente la
Magistrada doña Adela Asua Batarrita, quien expresa el parecer del Tribunal.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,



Página 82





Ha decidido


Estimar la presente cuestión de inconstitucionalidad y, en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad y nulidad de la Disposición transitoria primera, apartado 2 de la Ley del Parlamento de Andalucía 13/2001, de 11 de diciembre, de
Coordinación de las Policías Locales.


Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Valencia, a 13 de enero de 2012.


233/000007


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(233) Cuestión de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por dicho Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 4346/2003, promovida por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 7 de Sevilla en relación con la disposición transitoria cuarta de la Ley del
Parlamento de Andalucía 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Pascual Sala Sánchez, Presidente, don Eugeni Gay Montalvo, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pablo Pérez Tremps, don Francisco José
Hernando Santiago, doña Adela Asua Batarrita, don Luis Ignacio Ortega Álvarez y don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 4346/2003, promovida por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 7 de Sevilla en relación con la disposición transitoria cuarta de la Ley del Parlamento de Andalucía 13/2001, de 11 de
diciembre, de Coordinación de las Policías Locales. Han intervenido y formulado alegaciones el Abogado del Estado, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y el Parlamento de Andalucía, así como el Fiscal General del Estado. Ha sido Ponente
el Magistrado don Luis Ignacio Ortega Álvarez, quien expresa el parecer del Tribunal.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Estimar la presente cuestión de inconstitucionalidad y, en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad y nulidad de la disposición transitoria cuarta de la Ley del Parlamento de Andalucía 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de
las Policías Locales.


Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Valencia, a 13 de enero de 2012.


233/000008


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(233) Cuestión de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por dicho Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 1490/2010, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Alicante, sobre supuesta inconstitucionalidad del párrafo tercero del
artículo 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, ante su posible contradicción con el artículo 23 de la Constitución española, así como voto particular formulado a la misma.



Página 83





Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Pascual Sala Sánchez, Presidente, don Eugeni Gay Montalvo, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Ramón Rodríguez Arribas, don Francisco José Hernando Santiago, doña
Adela Asua Batarrita, don Luis Ignacio Ortega Álvarez y don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 1490-2010, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 2 de Alicante, sobre supuesta inconstitucionalidad del párrafo tercero del art. 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local, ante su posible contradicción con el art. 23 CE. Han intervenido en el procedimiento el Fiscal General del Estado, el Abogado del Estado y el Ayuntamiento de Denia. Ha sido Ponente el Magistrado don
Francisco José Hernando Santiago, quien expresa el parecer del Tribunal.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Desestimar la presente cuestión de inconstitucionalidad.


Dada en Madrid, a 18 de enero de 2012.


OTROS TEXTOS


INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR


120/000002


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(120) Iniciativa legislativa popular.


Autor: Don Jokin Babaze Aizpurua.


Solicitud de prórroga del plazo previsto para la recogida de firmas, en relación con la Proposición de Ley de modificación de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, que regula el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la resolución adoptada por la Junta Electoral Central en relación con la citada Proposición, declarar la caducidad de la referida iniciativa legislativa popular, por haber transcurrido el plazo para la recogida de firmas
establecido en el artículo 7.3 de la Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular, comunicándolo a la Comisión Promotora y a la Junta Electoral Central y publicándolo en el Boletín Oficial de las Cortes
Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.