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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 17, de 17/01/2012
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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


X LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


17 de enero de 2012


Núm. 17



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


Proposiciones no de Ley


Pleno


162/000057 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), por la que se insta al Gobierno a adoptar un conjunto de medidas de apoyo al emprendedor ... (Página4)


162/000058 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre medidas urgentes para garantizar el derecho constitucional a la vivienda de trabajadores en situación de desempleo y
otras personas afectadas por la crisis ... (Página5)


162/000059 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre introducción de fórmulas de COPAGO-REPAGO por parte de los usuarios del Sistema Nacional de Salud ... href='#(Página6)'>(Página6)


162/000060 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, relativa a agresiones del Estado de Israel sobre la población de la banda de Gaza ... (Página7)


162/000061 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, para prorrogar el programa temporal de protección por desempleo e inserción ... (Página7)


162/000062 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre medidas urgentes para la protección de las personas en situación de desempleo ... (Página8)


162/000063 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, para el establecimiento de una moratoria invernal a los desahucios de personas en desempleo prolongado ... href='#(Página8)'>(Página8)


162/000064 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre el Pacto por el Euro ... (Página9)



Página 2





162/000065 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la reforma y cierre de los Centros de Internamiento de Extranjeros ... (Página9)


162/000066 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre medidas para mejorar la liquidez de empresas y autónomos ... (Página12)


162/000067 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, relativa a la defensa y desarrollo de la Universidad Pública y la aplicación democrática del proceso de Bolonia ... href='#(Página13)'>(Página13)


162/000068 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre medidas legislativas, fiscales y de promoción del alquiler, para garantizar el derecho constitucional a la vivienda de
trabajadores en situación de desempleo y otras personas afectadas por la crisis ... (Página15)


162/000069 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre actualización del salario mínimo interprofesional para 2012 ... (Página17)


162/000070 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre medidas extraordinarias para la creación de empleo y el estímulo de la economía real ... href='#(Página18)'>(Página18)


162/000071 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, de renuncia a la energía nuclear ... (Página20)


162/000072 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre reconocimiento médico obligatorio a los deportistas ... (Página20)


162/000073 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la equiparación real de los derechos de las trabajadoras y los trabajadores del hogar ... href='#(Página22)'>(Página22)


162/000074 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la reposición del derecho a desempleo de los trabajadores y trabajadoras afectados por ERE temporales ... href='#(Página23)'>(Página23)


162/000075 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre el impulso de la energia fotovoltaica ... (Página23)


162/000076 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre recuperar el requisito del mantenimiento del empleo para la libertad de amortización ... href='#(Página25)'>(Página25)


162/000077 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, relativa al impuesto sobre la producción de energía termonuclear y sobre el depósito y almacenamiento de residuos ... href='#(Página26)'>(Página26)


162/000078 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, para la reforma de la asignación tributaria del 0,7% del IRPF destinado a otros fines de interés social ... href='#(Página26)'>(Página26)


162/000079 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre el calendario de cierre de las centrales nucleares ... (Página27)


162/000080 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre el control de las comisiones bancarias y de la transparencia en los servicios financieros ... href='#(Página28)'>(Página28)


162/000081 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre el derecho a la cotización de los becarios universitarios ... (Página28)



Página 3





162/000082 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la mejora de las pensiones de viudedad ... (Página29)


162/000083 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre reconocimiento del Estado de Palestina como sujeto de derecho internacional ... (Página30)


162/000084 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre iniciativas políticas para la resolución del conflicto del Sahara Occidental a través de la celebración de un referéndum
de autodeterminación de acuerdo a la legalidad internacional ... (Página31)


162/000085 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre calendario de retirada de las tropas españolas de Afganistán ... (Página32)



Página 4





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


162/000057


A la Mesa del Congreso


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión en el
Pleno, una Proposición no de Ley por la que se insta al Gobierno a adoptar un conjunto de medidas de apoyo al emprendedor.


De acuerdo con lo establecido en el artículo 124 y siguientes y la disposición final segunda del Reglamento de la Cámara, interesa su tramitación con arreglo a Derecho.


Antecedentes.


La crisis económica que padecemos tiene una dimensión global, afecta claramente sobre toda Europa, pero la intensidad con la que ha incidido sobre nuestro país no es comparable con la que ha tenido sobre nuestros homólogos europeos más
cercanos. La situación y estructura empresarial de la economía española ha variado sustancialmente desde 2008, han desaparecido muchas empresas y autónomos, a la vez que las cifras de paro casi se han doblado, el 21,5% como tasa de desempleo es una
tasa elevadísima, no comparable con la que tienen los países desarrollados. En este contexto, el último informe de la OCDE sobre el ranking de creación de empresas indica que en 2010, España era el país donde más ha caído la creación de nuevas
empresas. Si en 2006 se crearon 143.859 empresas, en 2010 sólo se crearon 76.622, prácticamente la mitad. Esta realidad no se ha reproducido en otras economías europeas como las de Francia y Holanda, donde en los últimos años el ritmo de creación
de empresas ha seguido creciendo en un 6,7% y 4,8% anual respectivamente.


Para favorecer la renovación del tejido productivo y estimular el cambio de modelo productivo, que desde hace años se defiende en España, es preciso estimular la actividad del emprendedor y de creación de empresas. Resulta especialmente
relevante que en economías como las del Reino Unido y Francia, con sistemas tributarios de muy diferente tradición, se hayan arbitrado estímulos fiscales similares destinados a favorecer la actividad de los emprendedores. Concretamente, se
estimulan dos vías, la primera para los emprendedores individuales, con empresas de menor tamaño; la segunda el estímulo a un marco fiscal específico para los inversores de proximidad (Business Angeis). Tanto en Francia como en el Reino Unido se
basa en cuatro pilares: desgravación a la inversión o suscripción de capital; exención en el Impuesto sobre Patrimonio en Francia y en el Impuesto de Sucesiones en Reino Unido; fiscalidad reducida para el cobro de dividendos y plusvalías de
cesión; y, en su caso, deducción de las pérdidas en capital.


De las cuatro vías de apoyo al emprendedor, la normativa española sólo contempla la exención del Impuesto sobre patrimonio, aplicable al conjunto de las actividades productivas, asimilándose así su tributación a la de cualquier inversión
mobiliaria,


Por ello, la presente Proposición no de Ley insta al Gobierno a arbitrar un conjunto de medidas orientadas específicamente a estimular la actividad del emprendedor, sea éste un trabajador autónomo, sin asalariados, con volúmenes de
facturación reducidos y que inicia una nueva actividad, para quien se plantean incentivos fiscales específicos para estimular su puesta en marcha; sea éste un autónomo o una pyme que requiere de capital para afrontar un proceso de crecimiento, para
lo cual se plantea la regulación de incentivos fiscales aplicables a los inversores estables de proximidad y a los rendimientos que estos obtengan de estas inversiones.


Las proposición contempla igualmente la necesidad de arbitrar líneas de financiación específicas del ICO y de Enisa destinadas a propiciar la creación de empresas.


Asimismo, en momentos de crisis y cierre de empresas resulta oportuno reforzar las medidas destinadas a apoyar procesos de impulso a las actividades empresariales de ámbito social con el fin de facilitar su implantación



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y su efecto positivo sobre el mantenimiento del empleo.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Regular la figura jurídica del auto-emprendedor, empresario individual sin trabajadores asalariados, que inicie una nueva actividad comercial o de servicios, siendo su facturación inferior a los 30.000 euros para actividades de servicios
y hasta los 80.000 euros para actividades comerciales o industriales. Los beneficios fiscales y las ventajas de simplificación administrativa atribuidos serán:


a. la exención del 90% del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas o del Impuesto sobre Sociedades durante los dos primeros años de actividad o bien hasta que alcance las citadas cifras de negocio.


b. una bonificación del 100% en las cotizaciones sociales como autónomo, durante los dos primeros años de actividad.


c. Declaración trimestral por IVA con devengo del impuesto por criterio de caja


d. Contabilidad simplificada con registro de facturas emitidas y registro de compras.


2. Regular un conjunto de incentivos fiscales destinados a estimular la inversión de proximidad en PYMES, definiendo el concepto de inversión de proximidad como la inversión estable (de entre tres años y ocho años) realizada por un
familiar, un amigo, o bien por una red de inversores de proximidad (Business Angels) para la creación de empresas o bien para articular procesos de capitalización que permitan su expansión. Las aportaciones podrán articularse a través de
ampliaciones de capital o de suscripción de préstamos participativos. Entre dichos estímulos se contemplará:


a. Una deducción del 25% al capital aportado o préstamo participativo suscrito.


b. Una deducción del 50% aplicable a los dividendos y plusvalías percibidas.


c. Una deducción por las pérdidas en caso de fracasar el proyecto.


3. Impulsar la financiación de la emprendeduría, a través de la articulación de instrumentos de financiación específicos para emprendedores por parte del ICO y de ENISA y la suscripción de convenios entre el ICO y las entidades financieras
para su difusión comercial.


4. Revisar la normativa vigente relativa a las actividades empresariales de iniciativa social, cooperativas y sociedades anónimas laborales (SAL), con el fin de incorporar estímulos fiscales, laborales y administrativos destinados a
facilitar la emprendeduría social.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de diciembre de 2011.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


162/000058


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas urgentes para garantizar el derecho constitucional a la
vivienda de trabajadores en situación de desempleo y otras personas afectadas por la crisis, para su debate en el Pleno.


Según los datos facilitados por el Consejo General del Poder Judicial, entre 2007 y 2011, más de 500.000 personas se han visto afectadas por el embargo de su vivienda habitual. En la actualidad se producen unas 300 ejecuciones diarias de
desahucios de la vivienda.


Esta situación angustiosa requiere medidas urgentes de protección del derecho constitucional a la vivienda.


En la pasada coyuntura económica expansiva, el crédito hipotecario para la financiación de la compra de vivienda contribuyó a generar una espiral inflacionista de los precios de este bien y un sobreendeudamiento familiar de elevadas
proporciones. El clima de excesiva confianza por parte de los compradores y el de las propias entidades financieras a la hora de evaluar los riesgos reales de las operaciones de endeudamiento, han producido la obtención de créditos sobre cantidades
y expectativas de futuro poco razonables.


La crisis y el aumento del desempleo, las variaciones en los tipos de interés reales, y la depreciación del valor de los inmuebles fruto del pinchazo de la burbuja especulativa, generan situaciones de imposibilidad de asumir el pago de las
cuotas hipotecarias para multitud de familias, y la ejecución de la garantía hipotecaria conlleva a la pérdida real de la propiedad de la vivienda y a mantener el endeudamiento de la familia, en muchos casos de por vida.


Por estos motivos, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a regular urgentemente medidas para garantizar el derecho constitucional a la vivienda de trabajadores en situación de desempleo y otras personas afectadas por la crisis, con los siguientes
contenidos:



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A. Evitar la ejecución del embargo de las viviendas de los trabajadores en situación de desempleo, mediante las siguientes medidas:


1. Suspensión inmediata de la ejecución de todos los embargos de la vivienda habitual que afecten a los trabajadores en situación de desempleo como consecuencia del impago de hipoteca de la citada vivienda.


2. Reconocimiento de la subsistencia del derecho de uso a la vivienda habitual por un período mínimo de cinco años, en aplicación de la Ley de Arrendamientos Urbanos, y mediante un alquiler pactado entre las partes que no podrá ser superior
a un tercio de los ingresos de la unidad familiar que reside en la vivienda.


3. Habilitación de un período mínimo de un mes en los procedimientos de embargo en curso para que el deudor pueda personarse alegando las condiciones abusivas o en fraude de ley que, en su caso, puedan existir en las cláusulas de sus
contratos de crédito hipotecario.


4. Incorporación al procedimiento judicial de embargo del análisis de los riesgos existentes en el momento de la concesión del crédito, de acuerdo con las garantías reales que podría ofrecer el deudor, de la gestión de riegos aplicada por
la entidad financiera en el crédito y limitación de la responsabilidad a esas garantías.


5. Establecimiento de un equipo de asesoramiento y arbitraje en las Administraciones de Consumo de las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos para garantizar la adecuada información sobre las cláusulas de los créditos hipotecarios y
arbitrar en la fijación de acuerdos para la moratoria de las deudas hipotecarias o para la fijación de los alquileres compensatorios del ejercicio del derecho de uso.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de diciembre de 2011.-José Luis Centella González, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000059


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre introducción de fórmulas de Copago-Repago por parte de los usuarios
del Sistema Nacional de Salud, para su debate en el Pleno.


El pasado 22 de febrero de 2011 en la Comisión de Sanidad, Política Social y Consumo se aprobó por 36 votos a favor y dos abstenciones una Proposición no de Ley por la que el Congreso de los Diputados reiteraba su rechazo a la introducción
de fórmulas de Copago-Repago (euro, ticket, etc.) a los usuarios del Sistema Nacional de Salud, al entender que afectarían gravemente a principios básicos del derecho constitucional a la salud como la accesibilidad, la universalidad y la gratuidad
de la atención integral de salud sin aportar, a cambio, avances significativos en la organización de la demanda y mucho menos en la financiación del Sistema Nacional de Salud.


Asimismo se consideró que existía margen suficiente en base a la ampliación de los presupuestos públicos y la mejora en la eficiencia de la gestión, así como en la política de salud pública para la sostenibilidad del Sistema Nacional de
Salud, en el marco de un Pacto por la Sanidad del que debían ser protagonistas las Comunidades Autónomas, el Ministerio de Sanidad y Consumo, junto con los partidos políticos y los agentes sociales.


Finalmente se instó al Gobierno a adoptar las medidas correspondientes de acuerdo con las Comunidades Autónomas en el marco de sus competencias para hacer efectiva esta posición.


Pues bien, es ya un hecho que a día de hoy el Gobierno de la Generalitat de Cataluña ha anunciado su voluntad de cobrar un euro en las recetas expedidas en Cataluña. Ello significaría una clara vulneración de los derechos que los ciudadanos
de Cataluña y del resto del país tienen reconocidos por la Ley General de Sanidad y la Ley del Medicamento.


Si el objetivo es reducir el Déficit Público el carácter disuasivo del copago en las recetas médicas está por demostrar. Estamos convencidos de que existen otras partidas sobre las que actuar -algunas de carácter ruinoso- y no en aquellas
que van a suponer 'de facto' recortes en el Estado del Bienestar al imponer barreras de acceso a un servicio universal como es la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud que generará potenciales consecuencias negativas sobre la salud
de un sector amplio de la población y porque además no existe un compromiso claro de destinar la recaudación que se pudiera derivar de esta medida a finalidades sanitarias lo que la hace aún más grave.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados reitera, una vez más, su rechazo a la introducción de fórmulas de Copago-Repago (euro, ticket, etc.) en el Sistema Nacional de Salud, e insta al Gobierno a que adopte las medidas correspondientes de acuerdo con
las Comunidades Autónomas en el marco de sus competencias para que no se instauren medidas de este tipo en sus respectivos territorios y para que en el caso de que se hayan adoptado las retiren de forma inmediata.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de diciembre de 2011.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella González, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.



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162/000060


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre agresiones del Estado de Israel sobre la población de la banda de
Gaza, para su debate en el Pleno.


La grave y sistemática vulneración de los derechos humanos contra la población de la franja de Gaza por parte del Estado de Israel requiere un pronunciamiento claro del Gobierno español en la arena internacional, y la adopción por su parte
de las medidas que estén en su mano para contribuir al cese de esta situación injusta.


Efectivamente, el bloqueo al que están sometidos desde hace años los habitantes de la franja ha generado una crisis humanitaria que, en otro lugar del mundo, por un terremoto o cualquier otro desastre natural, ya hubiera recibido una
adecuada ayuda humanitaria de nuestro Gobierno, muy superior a la que actualmente se está proporcionando.


A esta situación de partida se añaden los ataques armados, bombardeos y asesinatos impunes instigados por las autoridades israelíes y las violaciones del derecho internacional.


Por estos motivos, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a


1) Denunciar la impunidad con la que el Estado de Israel atenta contra los derechos humanos en la franja de Gaza.


2) Proponer en el seno de la Unión Europea la ruptura inmediata del acuerdo de asociación UE-Israel y de las relaciones económicas y comerciales con este país mientras no cesen las violaciones de los derechos humanos en la franja de Gaza.


3) Abogar en las instituciones internacionales, especialmente en la UE y en la ONU, para que presionen al gobierno de Israel para que ponga fin al bloqueo de la franja de Gaza.


4) Intensificar la ayuda humanitaria a la población de la franja de Gaza.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de diciembre de 2011.-José Luis Centella González, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000061


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley para prorrogar el programa temporal de protección por desempleo e
inserción para su debate en el Pleno.


El impacto de la crisis económica sobre el empleo en nuestro país se traduce en una intensa destrucción de puestos de trabajo y un considerable aumento del paro. Los datos de la última Encuesta de Población Activa que corresponden al tercer
trimestre de 2011 proporcionan unas cifras de desempleo que superan las 4.978.000 personas. La pérdida de puestos de trabajo y la destrucción de empleo se han agravado desde la última prórroga del Programa Temporal por Protección de Empleo e
Inserción.


El número de parados de larga duración sigue incrementándose como consecuencia de la situación del mercado de trabajo. Más de 1.600.000 personas en paro ya no tienen ningún tipo de subsidio ni seguro y en más de 1.400.000 hogares están en
paro todos sus componentes.


La tendencia del desempleo sigue siendo alcista y todo parece indicar que la contracción de la ocupación continuará en los próximos trimestres.


Con el objetivo de reforzar la protección de los trabajadores desempleados el Gobierno aprobó el Decreto-ley 10/2009, de 13 de agosto, por el que se regula el programa temporal de protección por desempleo e inserción, sustituido
posteriormente por la Ley 14/2009, donde se introdujeron en la tramitación parlamentaria sensibles mejoras en el contenido del programa.


En la Ley se establece una prestación por desempleo extraordinaria para los parados que han agotado la prestación por desempleo contributivo o el subsidio, con una cuantía mensual igual al 80% del IPREM, poco más de 426 euros, una duración
máxima de 6 meses, y con el requisito del cumplimiento por parte del trabajador de las obligaciones que supone el contenido del itinerario de inserción laboral en el que debe participar.


La duración del programa es de seis meses a contar desde el 16 de agosto de 2009, fecha en la que el Decreto-ley, que dio origen a la posterior Ley 14/2009, adquirió vigencia, si bien, la disposición final tercera de la esta Ley habilita al
Gobierno a prorrogar el programa considerando las disponibilidades presupuestarias, las perspectivas económicas y la situación de desempleo.'


No es menos importante la disposición adicional primera que mandata al Gobierno a realizar un estudio sobre los resultados de esta prestación extraordinaria, sobre la vigente prestación y subsidios por desempleo, sobre la renta activa de
inserción y sobre los restantes mecanismos de protección de estas contingencias por parte de las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.



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El Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción, según se declara en el preámbulo de la Ley 14/2009, forma parte de las medidas que impulsadas desde el Gobierno para hacer frente a la crisis económica, al incremento del
desempleo y, de manera especial, a la prolongación de los períodos de desempleo que sufren los trabajadores y el agotamiento de la protección por desempleo actualmente en vigor. Es, por tanto, responsabilidad del Gobierno, ante las malas
perspectivas económicas y de empleo, prorrogar o no el programa, sin que esto excluya el necesario diálogo y coordinación con otras Administraciones para mejorar la cobertura por desempleo y la protección social en nuestro país.


Somos conscientes de que este Programa representa una ayuda precaria y que es necesario un Plan más ambicioso que combine ayuda y formación de forma mucho más amplia y eficaz y que contribuya a preparar a las personas que actualmente están
en paro para encontrar oportunidades efectivas de empleo, en función de las necesidades de un nuevo modelo productivo y de las oportunidades reales que de él se puedan derivar.


Pero no es menos cierto que la actual prórroga del Programa vence en febrero de 2012 y que será difícil poner en marcha con urgencia Planes más ambiciosos y globales de empleo/formación. Desde el punto de vista social, y también del
económico, mantener el programa temporal de protección por desempleo e inserción responde a una urgencia necesaria mientras persista una situación de desempleo como la actual y hasta que se consideren otras alternativas.


Por este motivo, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1) Prorrogar el Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción por un nuevo período de seis meses.


2) Valorar la incorporación de la prestación por desempleo extraordinaria al Programa de Renta Activa de Inserción, eliminando de éste el requisito de que la persona en desempleo tenga cumplidos los cuarenta y cinco años.


3) Negociar con las Comunidades Autónomas la creación de un Fondo para que éstas, en el marco de sus competencias, puedan complementar y mejorar las rentas mínimas de inserción, para la capacitación de personas paradas sin prestación por
desempleo y con la financiación necesaria por parte del Estado.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de diciembre de 2011.-Gaspar Llamazares Trigo y Joan Coscubiela Conesa, Diputados.-José Luis Centella González, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda
Plural.


162/000062


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas urgentes para la protección de las personas en situación
de desempleo, para su debate en el Pleno.


La protección a las personas en situación de desempleo debe ser junto con la creación de empleo uno de los objetivos prioritarios de la política económica del Gobierno. Para ello es necesaria la aprobación de planes de urgencia y de
estrategias a medio plazo con las adecuadas dotaciones presupuestarias.


Por este motivo, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar un Plan de Apoyo urgente a las personas en situación de desempleo de larga duración que contemple la suspensión de todos los procedimientos de ejecución de embargo de la vivienda
habitual o de corte de suministro de electricidad, gas, agua y teléfono, así como el uso del transporte público gratuito.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de diciembre de 2011.-José Luis Centella González, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000063


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural RepublicanaIzquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds presenta la siguiente Proposición no de Ley para el
establecimiento de una moratoria invernal a los desahucios de personas en desempleo prolongado, para su debate en el Pleno.


La legislación francesa, en el artículo L 613-3 del Código de la construcción y de la vivienda, establece una moratoria invernal para todo el sector de la vivienda entre el 1° de noviembre al 15 de marzo, período en que están prohibidas las
expulsiones o desahucios por impago de alquiler. La Región de Bruselas también tiene regulada por Circular de 16 de noviembre de 2000 esta moratoria en las Sociedades de Vivienda Social entre el 1° de diciembre y el 28 de febrero.



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En España no existen todavía medidas protectoras de este tipo frente a la inclemencia del tiempo, pese a que son miles las familias que vienen sufriendo desahucios en invierno, bien por impago de las hipotecas o por impago de alquiler.


Por ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la adopción de una moratoria invernal entre el 1° de noviembre y el 15 de marzo, de tal modo que durante este período impida los desahucios por impago de las hipotecas o por impago de
alquiler.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de diciembre de 2011.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella González, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000064


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el Pacto por el Euro, para su debate en el Pleno.


Las orientaciones en materia de política social y económica contenidas en el llamado Pacto por el Euro, aprobado en marzo de 2011 por el Consejo Europeo, significan la renuncia a articular medidas a escala europea que permitan incentivar el
crecimiento económico y la creación de empleo.


Las propuestas en forma de nuevos ajustes presupuestarios y de presión a la baja en los salarios, las prestaciones sociales o la calidad de los servicios públicos como fórmulas para la mejora de la productividad y la competitividad, sólo
pueden incidir negativamente en la demanda interna europea entorpeciendo la recuperación económica y del empleo, además de fomentar la divergencia económica y social entre los países de la Unión Europea. Por el contrario, las políticas de ajuste
fiscal están reduciendo en la mayoría de los Estados miembros las necesarias inversiones en educación, investigación e infraestructuras, factores estos relevantes a la hora de mejorar la productividad y la eficiencia de las distintas economías.


No se avanza en la regulación del sistema financiero, la coordinación de las políticas fiscales o el gobierno de los mercados de deuda para gestionar la crisis de las deudas soberanas. En las últimas Cumbres del Consejo Europeo se han
ratificado la continuidad de las políticas de austeridad y de ajustes presupuestarios y no se ha garantizado la suficiente protección contra los ataques especulativos sobre la deuda de varios países europeos. Sólo parecen beneficiados los bancos.
Los datos económicos existentes hasta el momento avalan estas afirmaciones.


Esta gobernanza de la austeridad ha de ser corregida para garantizar verdaderas políticas de recuperación económica y evitar el desmantelamiento del modelo social europeo.


Por ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a defender en las instituciones europeas:


• Un acuerdo político y social europeo por la recuperación de la economía y el empleo, mediante políticas que basen los incrementos de la productividad en la educación, la investigación y la innovación.


• El fortalecimiento del Modelo Social Europeo cuyos principios y valores han de formar parte de la recuperación económica y de la creación de empleo.


• La aceleración de las medidas conducentes a la introducción de un impuesto sobre las transacciones financieras para financiar políticas inversoras europeas y un plan europeo de recuperación económica.


• La emisión de eurobonos para frenar la especulación y gestionar con mayores garantías la crisis de las deudas soberanas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de diciembre de 2011.-José Luis Centella González, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000065


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


Autor: Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


Proposición no de Ley sobre la reforma y cierre de los Centros de Internamiento de Extranjeros.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la corrección remitida mediante escrito número de registro 1839 y considerando que



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solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno, admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194 del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando traslado al Gobierno y al Grupo proponente y
publicarla en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la reforma y cierre de los Centros de Internamiento de
Extranjeros, para su debate en el Pleno.


La muerte por meningitis de una ciudadana congoleña, el pasado día 19 de diciembre de 2011 en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Aluche, ha vuelto a poner de relieve las condiciones infrahumanas en las que están recluidos los
extranjeros en este tipo de centros de reclusión, dependientes del Ministerio del Interior. El auto de 26 de diciembre de 2011 dictado por uno de los tres Juzgados de Vigilancia y Control del mencionado CIE ha criticado el 'palmario hacinamiento'
que sufren los internos y ha constatado la 'especial gravedad' de estas instalaciones en las que 'ni tan siquiera existe una habitación de enfermería donde los internos enfermos pudieran estar aislados de los sanos'. El auto judicial reconoce la
masificación del recinto y reprueba que el CIE no tenga una habitación para poder aislar a los enfermos. El dictamen del juez señala que el centro debe habilitar las habitaciones necesarias para separar a cuantas personas hayan tenido contacto con
la fallecida así como trasladar al hospital a cualquier persona que presente síntomas de padecer alguna enfermedad infecciosa.


El informe 'Miradas tras las rejas', coordinado por Cristina Manzanedo y elaborado por la ONG Pueblos Unidos analiza las condiciones de los inmigrantes indocumentados recluidos en el CIE de Aluche. Dicho informe pone de relieve que aunque
el centro tiene una capacidad para 280 personas, casi siempre está lleno y que en el 60% de los casos el internamiento supera los cuarenta días -el tiempo máximo es de sesenta días-.Manzanedo ha recordado que este es el segundo documento que
visibiliza 'las deficiencias de los centros de internamiento' ya que los tres juzgados que desde 2010 se encargan por turnos de la vigilancia y el control de estas instalaciones también emitieron el pasado 25 de noviembre un acuerdo -ejecutivo desde
el momento en que se dicta- en el que instaban a la dirección del centro a no restringir el acceso al baño por la noche.


El documento hacía referencia a las reiteradas quejas de los internos que reflejaban que las celdas, con capacidad para seis y ocho personas, se cierran por la noche y como los inodoros están en el pasillo se veían obligados a hacer sus
necesidades en bolsas, botellas o en la pequeña pila que hay en la habitación lo que suponía una situación 'humillante y vejatoria'. Ante las protestas de los inmigrantes por este hecho se llevó a cabo una inspección que terminó con un acuerdo de
los tres juzgados de control y vigilancia de los CIE en los que obligaban a los agentes que custodian las celdas a atender las peticiones de aquellos internos que solicitaran ir al baño en horario nocturno en un plazo máximo de tres minutos.


En el CIE situado en la Avenida de los Poblados de Madrid, se retienen hasta 280 personas en celdas para entre seis y ocho detenidos. Allí permanecen un máximo de dos meses (sesenta días) hasta que son deportados a su país, careciendo hasta
de aseos en un gran número de habitaciones con lo que no puede resultar extraño que puedan propagarse con facilidad enfermedades de carácter infeccioso. La ONG Pueblos Unidos asegura que los internos son sometidos a un maltrato generalizado, como
castigos colectivos, maltrato físico, la privación de salir al patio o la imposibilidad de ir al baño durante la noche, restricción esta última, levantada tras otra reciente orden judicial a raíz de una comunicación enviada por los tres juzgados que
ejercen la vigilancia sobre el CIE, por la que el director del centro autorizó a los policías a sacar de las celdas a los internos durante la noche para que pudiesen hacer sus necesidades.


Situaciones como las descritas se viven en los nueve CIE en España, por ejemplo en el de los Capuchinos, en Málaga, en el de Algeciras, donde se usa como CIE una antigua prisión, o en el de la Zona Franca de Barcelona, en el que el Síndic de
Greuges o defensor del pueblo catalán, Rafael Ribó, ha denunciado la existencia de maltratos. Las ONG que trabajan en la atención y acogida de los inmigrantes y que atienden a las personas que están internas en estos centros reclaman el desarrollo
urgente del reglamento de los CIE pendiente desde la publicación de la Ley de Extranjería en 2009 para acabar con la 'arbitrariedad, discrecionalidad y falta de información en torno a su gestión' que constatan estas asociaciones a través de la labor
de los voluntarios y de las experiencias de los propios internos.


Las condiciones infrahumanas en las que viven los internos en los CIE, con capacidad para 2.500 extranjeros, han sido denunciadas en reiteradas ocasiones por el Defensor del Pueblo, el Síndic de Greuges, el Defensor del Pueblo Andaluz,
Amnistía Internacional, Cruz Roja, la ONG Pueblos Unidos o este mismo grupo parlamentario.



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Los distintos CIE sirven como centro de detención temporal de personas indocumentadas que han agotado sus permisos de residencia o trabajo y han permanecido en territorio nacional o que no cumplen con la Ley de Extranjería.


La Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (AEDIDH) revela mediante un dictamen presentado ante el Comité de las Naciones Unidas (NN.UU.) para la Eliminación de la Discriminación Racial (CEDR) que en el año
2009 de las 16.590 personas extranjeras internadas en los CIES, 8.935 fueron expulsadas del país.


La actual legislación de extranjería obliga al internamiento preventivo y sistemático de toda persona extranjera en situación administrativa irregular, a pesar de que no haya cometido ningún delito, a los efectos de asegurar su expulsión.


La estancia de una persona extranjera en estos centros puede durar hasta sesenta días. Una vez agotado ese plazo, y con independencia del estado en el que se encuentre el procedimiento administrativo sancionador, la persona extranjera
internada debe ser necesariamente puesta en libertad.


Puesto que el internamiento en los CIE se concibe como una medida cautelar de aseguramiento personal durante la tramitación de un procedimiento administrativo de expulsión, resulta contradictorio que en casi la mitad de los casos el
procedimiento no haya culminado con el efecto que se pretendía asegurar con la medida. De lo que se infiere que la privación del derecho a la libertad de las personas no estuvo justificada en la mitad de los casos.


En este sentido, la AEDIDH manifiesta que el internamiento preventivo y sistemático de toda persona extranjera en situación administrativa irregular que no haya cometido ningún delito en CIE, es contrario al derecho a la libertad y a la
seguridad personales proclamado en el artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.


Además, se trata de una medida legislativa desproporcionada en relación al objetivo del Estado de regular las migraciones, es discriminatoria y por tanto incompatible con el artículo 5 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de
todas las Formas de Discriminación Racial (CIEDR). Por lo tanto, debería abolirse el internamiento en CIE y ser sustituido por otras medidas cautelares que sean compatibles con el derecho a la libertad y seguridad de todas las personas y no
discriminatorias, tales como: la notificación periódica a las autoridades, el depósito de una garantía financiera, o la obligación de permanecer en un domicilio designado, un centro abierto u otro tipo de vivienda especial.


Por lo que se refiere a España, la AEDIDH también denuncia que el régimen de internamiento infligido a las personas extranjeras no documentadas no respeta la propia legislación española de extranjería, como lo han puesto de manifiesto los
informes citados del Defensor del Pueblo, de la Fiscalía General del Estado y de varias organizaciones de la sociedad civil. En efecto, se han descrito condiciones inhumanas de internamiento en todos los CIE; frecuentes abusos y malos tratos;
dificultades y trabas para acceder al Juez, al Fiscal, a sus abogados, familiares y asistencia médica. Todo ello documenta otras violaciones de derechos humanos no derogables, tales como el derecho a la integridad física y moral, así como el
derecho a un recurso efectivo. En definitiva, las personas internadas en los CIE sufren una discriminación múltiple que es incompatible con los artículos 5 y 6 de la (CIEDR).


Tampoco se respetan en los CIE los derechos económicos sociales y culturales de las personas internadas, en particular el derecho de acceso en condiciones de igualdad a la salud pública, la asistencia médica, la seguridad social y los
servicios sociales a que tiene derecho toda persona privada de libertad. Lo que supone una situación discriminatoria que es contraria al artículo 5 de la (CIEDR).


De otra parte, desde que el Congreso aprobó la Ley de Extranjería en 2009, disponía de seis meses para presentar el Reglamento de desarrollo que regularía los CIE. Pero el plazo ha pasado y aún no hay Reglamento.


Por ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados, insta al Gobierno a:


1) Proceder al desarrollo urgente del Reglamento de los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE), pendiente de aplicación desde la publicación de la Ley de Extranjería en 2009, para el que se había dado un plazo de seis meses.


2) Realizar una investigación a fondo sobre las condiciones asignadas a los extranjeros insuficientemente documentados, recluidos en los CIE en toda España.


3) Proceder al cierre inmediato del CIE de Aluche (Madrid), atendiendo a las inadecuadas condiciones de habitabilidad, producidas por la situación de hacinamiento en sus celdas y por la falta de unas condiciones sanitarias y de aseo
apropiadas para con sus retenidos.


4) Garantizar la integridad física y la atención sanitaria a las personas retenidas en los CIE, especialmente mediante un reconocimiento médico a la llegada y la instalación de un botiquín y otros medios adecuados.


5) Reforzar la tutela judicial de los CIE para que se respeten todos los derechos de las personas retenidas en los CIE.


6) Permitir el acceso a los CIE de las Organizaciones No Gubernamentales de reconocida solvencia en la atención a los inmigrantes, con el fin de garantizar la transparencia de los Centros y la solidaridad con las personas allí retenidas.



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7) Garantizar que no se realizan expulsiones de inmigrantes a terceros países sin los debidos controles y sin las suficientes garantías de respeto a los derechos humanos, y nunca con Estados en los que está demostrado que no se respetan los
derechos humanos.


8) Proceder al cierre progresivo de los CIE y su sustitución por otros equipamientos que salvaguarden la salud, la libertad y la dignidad de los ciudadanos extranjeros insuficientemente documentados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de diciembre de 2011.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella González, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000066


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas para mejorar la liquidez de empresas y autónomos, para su
debate en el Pleno.


Aunque según los últimos datos del INE correspondientes a octubre de 2011 sobre efectos de comercio devueltos por impagos ha ido manteniendo una tendencia bajista en el último período de tiempo, la compleja situación de la economía sigue
mostrando un importante volumen de impagos, retrasos y prórrogas en la liquidación de facturas vencidas que afecta, evidentemente, a todos los sectores industriales y que cuestiona la supervivencia de una cantidad importante de pequeñas y medianas
empresas.


Según la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad en los últimos meses se ha constatado un aumento en las deudas que mantienen distintas Administraciones Públicas, especialmente Ayuntamientos, con sus proveedores al no poder el sector
público aumentar más su endeudamiento.


En 2011, el plazo medio de pago en España (incluido el acordado y los retrasos) duplica al europeo. Los datos europeos reflejan que la administración pública paga sus facturas en un plazo de sesenta y cinco días, las empresas en cincuenta y
seis y cuarenta en el caso de los consumidores; unos datos que, en algunos países, marcan una diferencia de hasta cien días respecto con España, concretamente, la administración pública española continúa pagando sus facturas en un plazo de pago
real superior a los ciento cincuenta días, al igual que en 2010; y las empresas han aumentado un día respecto al año anterior sus plazos de pago, hasta los noventa y nueve días. Por su parte los consumidores también han aumentado el plazo de pago
hasta los sesenta y ocho días, frente a los cincuenta y nueve de 2010.


Estas cifras muestran la necesidad de reforzar el cumplimento de la Ley de Morosidad, incluyendo también a los consumidores, ya que sus impagos o retrasos pueden suponer la diferencia entre que una empresa continúe o no en el mercado al ser
la causa del 25% de las quiebras empresariales.


La transposición a nuestro marco legislativo del espíritu previsto en la Directiva 2000/3510E para hacer menos vulnerables a los operadores económicos reduciendo el período de pago aplazado, acabó por permitir un pacto contrario para excluir
el pago a treinta días previsto como genérico en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.


Reducir razonablemente el período de pago aplazado pretende minorar la vulnerabilidad de los operadores económicos con menor capacidad financiera, pequeñas empresas y autónomos, que son los que indirectamente financian a sus clientes, entre
los que se encuentran corporaciones industriales, cadenas de distribución, o promotoras y constructoras, que han sido capaces de negociar plazos muy superiores a los recomendados en aquella Directiva.


Esta dilación provoca situaciones dramáticas cuando se producen impagos ya que, como consecuencia del contrato, los proveedores y subcontratistas han venido prestando servicios, ejecutando obras y entregando materiales o productos a cuenta
de medios de pago con vencimientos muy superiores a los de su finalización de ejecución de contrato.


Nuestro marco legal ha permitido unos usos comerciales de dilación en el pago a los proveedores y subcontratistas, en muchas ocasiones de más de ciento ochenta días, que les dejan en una situación de desamparo al verse muchos de ellos
inmersos ahora entre dos frentes. De una parte, la de los procedimientos concursales y las reclamaciones judiciales de los medios de pago devueltos y, de otra, la imposibilidad de descontar en las entidades financieras el papel comercial.


Al mismo tiempo y derivado de esta problemática, PYMES, autónomos y pequeños productores deben ingresar el IVA de facturas que aún no han cobrado y que puede que no cobren.


Con el fin de aliviar las dificultades de liquidez de las empresas y de los autónomos, los Técnicos del Ministerio de Hacienda, GESTHA, estiman factible que las empresas puedan compensar los pagos del Impuesto de Sociedades y del IVA con la
garantía de los recursos que las Administraciones Públicas adeudan al sector empresarial, hasta tanto no se aborde la modificación de la citada Ley contra la morosidad.


En este punto, la reforma realizada en la pasada Legislatura sobre la devolución mensual del IVA, que extiende a cualquier sujeto pasivo del Impuesto la posibilidad de obtener del Estado la devolución mensual del posible saldo de IVA a su
favor, puede implicar un



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riesgo para el Estado al poder devolver un IVA que aún no se ha ingresado.


Respecto al IVA, el marco regulador español debe someterse a lo dispuesto en la Directiva 2006/112/CE, relativa al sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido ('DOCE' de 11 de diciembre de 2006), modificada por la Directiva 2008/117/CE
del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, a fin de combatir el fraude fiscal vinculado a las operaciones intracomunitarias ('DOUE' L. 14 p, 7 a 9) ('DOUE' 20 de enero de 2009).


Los artículos 63, 68 y 70 de la Directiva establecen con rotundidad que el devengo del impuesto se produce, y el impuesto se hace exigible, en el momento en que se efectúe la entrega de bienes o la prestación de servicios, se efectúe la
adquisición intracomunitaria de bienes, y en el momento en que se efectúa la importación de bienes.


Por otra parte, el artículo 167 de la Directiva establece que 'el derecho a deducir nace en el momento en que es exigible el impuesto deducible'.


No obstante, el artículo 184 de la Directiva prevé que 'la deducción inicialmente practicada se regularizará cuando sea superior o inferior a la que el sujeto pasivo hubiera tenido derecho a practicar'.


Y, en este sentido, el artículo 185 establece:


'1. La regularización se efectuará en particular cuando con posterioridad a la declaración del IVA se hayan producido modificaciones en los elementos tomados en consideración para la determinación de la cuantía de las deducciones, entre
otros, en los casos de compras anuladas o de rebajas obtenidas en los precios.


2. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, no habrá lugar a la regularización en los casos de operaciones total o parcialmente impagadas, de destrucciones, de pérdidas o robos fehacientemente probados o justificados y en los casos de las
apropiaciones enunciadas en el artículo 16, efectuadas para hacer obsequios de escaso valor y ofrecer muestras comerciales.


No obstante, en caso de operaciones total o parcialmente impagadas y en caso de robo, los Estados miembros podrán exigir la regularización.'


Y en el artículo 186 se recoge que 'los Estados miembros determinarán las normas de desarrollo de lo dispuesto en los artículos 184 y 185'.


En base a esta facultad, el artículo 80 de la Ley española del IVA establece la posibilidad de la modificación de la base imponible por las causas previstas en Ley Concursal) (apartado tres) o por transcurrir un año desde el devengo sin que
se haya cobrado total o parcialmente el crédito y se haya instado su cobro mediante reclamación judicial, junto con otras condiciones (apartado cuatro).


En el contexto económico y financiero actual, una reducción del plazo del año fijado en el artículo 80.4 podría mejorar la liquidez de las empresas afectadas por la morosidad.


Por este motivo, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar urgentemente las medidas oportunas para:


A. Promover la reducción del plazo de pago habitual entre empresas determinando un plazo de pago máximo y considerar cualquier acuerdo contractual que lo supere como abusivo.


B. Crear un observatorio oficial de la morosidad para informar sobre la evolución de los plazos de pago, en el que participarán los agentes sociales.


C. Adoptar las acciones necesarias para que la Agencia Tributaria del Estado autorice la devolución mensual del IVA una vez comprobado que las facturas recibidas han sido declaradas por quienes las emitieron y conste el ingreso o la
concesión del aplazamiento de pago.


D. Permitir a las empresas aplazar las deudas del IRPF, Impuesto sobre Sociedades e IVA, con la garantía de los créditos que ostentan frente a las obligaciones reconocidas pendientes de pago por las Administraciones Públicas.


E. Aprobar, mediante un Real Decreto-ley, la modificación del apartado cuatro del artículo 80 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre del IVA, para reducir la condición l.ª a que hayan transcurrido tres meses desde el devengo del impuesto
repercutido sin que se haya obtenido el cobro de todo o parte del crédito derivado del mismo, manteniendo el resto de condiciones legales.


F. Realizar las gestiones oportunas para que el Consejo de la Unión Europea adopte una Decisión que exceptúe transitoriamente la regla del devengo y de la exigibilidad del IVA contenida en la Directiva 2006/112/CE, relativa al sistema común
del Impuesto sobre el Valor Añadido, y se sustituya por la regla del cobro.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de diciembre de 2011.-José Luis Centella González, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000067


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición



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no de Ley relativa a la defensa y desarrollo de la Universidad Pública y la aplicación democrática del proceso de Bolonia, para su debate en el Pleno.


Las Universidades Públicas en el Estado Español, como en el resto de Europa, se encuentran inmersas en un proceso avanzado de cambios en la configuración de sus estudios en el marco del llamado Espacio Europeo de Educación Superior (EFES),
que el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, estructura en las nuevas titulaciones de Grado y Master, además del Doctorado.


Dicho proceso ha avanzado en nuestro país sin el suficiente debate democrático de la comunidad universitaria y provocado inquietudes en los distintos sectores de la comunidad universitaria, así como en diversos sectores sociales.


Las declaraciones de algunos Ministros de Educación Europeos, orientando los estudios universitarios hacia un aprendizaje centrado en el estudiantado han estimulado movimientos de renovación pedagógica e innovación educativa para implementar
metodologías didácticas más participativas, que pueden fomentar la creatividad en la formación universitaria y la formación de profesionales en un contexto económico en el que la I+D+i está llamada a jugar un papel cada vez más relevante para un
desarrollo sostenible.


Pero, por otra parte, las políticas económicas neoliberales impulsadas en el marco de la Unión Europea amenazan reducir el esperanzador desarrollo indicado en el párrafo anterior a una alicorta adaptación al mercado, haciendo una
interpretación reduccionista del propugnado objetivo de la 'empleabilidad' y poniendo las Universidades al servicio de intereses empresariales privados a corto plazo, en un afán privatizador que resulta escasamente funcional a la Universidad
Pública, donde los ritmos de la formación educativa y de la investigación requieren una perspectiva a medio y largo plazo que no puede regularse por el mercado.


En ese sentido, es reseñable la afirmación contenida en la Declaración de Londres de 18 de mayo de 2007 que estipula que 'Trabajaremos, en la medida de nuestras competencias, dentro de nuestros gobiernos para que los empleos y la carrera
profesional en la función pública sea totalmente compatible con el nuevo sistema de titulaciones'. De hecho, el papel primario y dinamizador que aquí se asigna a los estudios universitarios no debería restringirse a la función pública, sino que,
por el contrario, la formación de profesionales creativos con capacidad investigadora e innovadora debe posibilitar un desarrollo sostenible a medio y largo plazo y constituir uno de los fundamentos del nuevo modelo productivo que es necesario. Su
significado tiene mucho más alcance que el concepto de empleabilidad.


Además, las expectativas de renovación pedagógica e innovación educativa para hacer realidad una verdadera convergencia en el EEES requieren de un proceso de formación metodológica y didáctica y de una adecuada dotación de medios materiales
y humanos sin los cuáles no podrían hacerse realidad.


Ello es también necesario para hacer realidad la llamada dimensión social de la convergencia europea, definida por la Declaración de Bergen de mayo de 2005 como la necesidad de establecer 'condiciones apropiadas para que los estudiantes
puedan completar sus estudios sin obstáculos relacionados con su origen social y económico', y que la Declaración de Londres desarrolla afirmando que 'La educación superior debería jugar un papel esencial en la promoción de la cohesión social, en la
reducción de las desigualdades y en la elevación del nivel del conocimiento, destrezas y competencias en el seno de la sociedad. Las políticas de educación superior deberían enfocarse a maximizar el potencial de las personas en cuanto a su
desarrollo personal y su contribución a una sociedad sostenible, democrática y basada en el conocimiento. Compartimos la aspiración social de que el conjunto de estudiantes que ingresan, participan y culminan la educación superior en todos sus
niveles debería reflejar la diversidad de nuestros pueblos. Reafirmamos la importancia de que los estudiantes puedan completar sus estudios sin obstáculos relacionados con su situación socio-económica. Por tanto, continuaremos con nuestros
esfuerzos para facilitar servicios adecuados a los estudiantes, crear itinerarios de aprendizaje más flexibles, tanto para acceder como una vez dentro de la educación superior, y ampliar la participación a todos los niveles sobre la base de la
igualdad de oportunidades'.


El proceso de implantación de las nuevas titulaciones adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior, comúnmente llamado 'proceso de Bolonia', se está realizando en nuestro país en condiciones de recortes presupuestarios que amenazan la
calidad de la docencia universitaria y de las titulaciones proyectadas, e incluso su subsistencia, con insuficiencia de becas y empeoramiento de las condiciones de los préstamos para los masters. Esta situación de precariedad financiera puede
convertir la puesta en práctica del proceso de Bolonia en un intento fallido, poniendo en peligro la esencia misma de la institución universitaria, concebida como servicio público.


Para hacer realidad el Espacio Europeo de Educación Superior es necesario, por un lado, un plan para establecer la gratuidad de los estudios universitarios, priorizando los de Grado, en vez de incrementar los precios públicos de los estudios
universitarios, y por otro lado, la equiparación con los países europeos más desarrollados en el gasto dedicado a becas y ayudas al alumnado universitario, con un sistema de carácter generalizado de becas y becas-salario que hagan viable la figura
de estudiante a tiempo completo prevista en el EEES.


Asimismo, el actual sistema de préstamos-renta de carácter público para los estudios de Master (con una cuota fija una vez se supera la renta media, cosa que puede tener un efecto desincentivador para el acceso a



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puestos de trabajo bien pagados de alta cualificación profesional) debería reformarse para establecer que su devolución responda a un sistema fuertemente progresivo respecto al exceso sobre la renta media existente, garantizando que en
ningún caso dicha devolución conlleve que los ingresos netos pasen a ser inferiores a dicha renta media.


Por este motivo, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1.° De acuerdo con las Comunidades Autónomas y la Comunidad Universitaria, abrir e impulsar la reflexión y el debate sobre el Espacio Europeo de Educación Superior, garantizando el carácter público y la accesibilidad de la Universidad.


2.° Asegurar que el diálogo y el consenso con la Comunidad Universitaria y la defensa de la Universidad como servicio público presidan las reformas necesarias para una convergencia real en el Espacio Europeo de Educación Superior y no para
su privatización o subordinación a los intereses del mercado como temen, con razón, los distintos sectores universitarios.


3.º Adoptar junto a las Comunidades Autónomas medidas presupuestarias extraordinarias para la convergencia real de nuestras Universidades, haciendo realidad


a) que los estudios universitarios sean accesibles sin obstáculos relacionados con las posibilidades económicas de los alumnos;


b) que la plantilla de profesores sea suficiente para promover una pedagogía activa, basada en la participación del estudiante.


4.º Implementar, en colaboración con las Comunidades Autónomas, un plan de financiación para la adaptación de las Universidades al Espacio Europeo de Educación Superior, impulsando la innovación educativa y la calidad de los estudios
universitarios.


5.º Desarrollar un plan que tienda a la gratuidad de los estudios universitarios, comenzando por los de Grado, y sin que se produzcan aumentos de los precios públicos.


6.º Especificar las medidas concretas para hacer realidad que los estudiantes puedan completar sus estudios sin obstáculos relacionados con su origen social y sus posibilidades económicas, de acuerdo con lo requerido al respecto en la
encuesta europea sobre la dimensión social del EEES.


7.º Establecer un sistema generalizado y suficiente de becas y becas-salario equiparando el gasto correspondiente con el de los países europeos más desarrollados.


8.º Modificar el sistema de préstamos públicos para masters de modo que su devolución se haga exclusivamente cuando el beneficiario supere la renta media existente y en un porcentaje fuertemente progresivo sobre el exceso de la misma.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de diciembre de 2011.-María Caridad García Álvarez, Diputada.-José Luis Centella González, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000068


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de lU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas legislativas, fiscales y de promoción del alquiler, para
garantizar el derecho constitucional a la vivienda de trabajadores en situación de desempleo y otras personas afectadas por la crisis, para su debate en el Pleno.


Según los datos facilitados por el Consejo General del Poder Judicial, entre 2007 y 2011, más de 500.000 personas se han visto afectadas por el embargo de su vivienda habitual. En la actualidad se producen unas 300 ejecuciones diarias de
desahucios de la vivienda.


El artículo 3 de la vigente Ley Hipotecaria establece que no es hipotecable el derecho de uso, en este caso el de la vivienda habitual.


El artículo 704 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) establece un plazo especial en caso de necesidad para proceder a la ejecución del embargo, abriendo así la posibilidad de establecer plazos más amplios teniendo en cuenta las actuales
circunstancias de crisis.


El artículo 605 de la LEC establece que son inembargables los derechos accesorios, que no sean inalienables con independencia del principal. Es claro que el derecho de uso de una vivienda es separable del derecho de propiedad, dado que
puede ser sometido a títulos diferentes como un contrato de alquiler.


Los artículos 606 y 607 de la LEC establecen las condiciones y limitaciones para el embargo de cantidades económicas y del embargo de salarios y pensiones.


Por otra parte, la Ley Hipotecaria, Texto Refundido según Decreto de 8 de febrero de 1946, sanciona en su artículo 105 que la hipoteca podrá constituirse en garantía de toda clase de obligaciones y no alterará la responsabilidad personal
ilimitada del deudor que establece el artículo 1.911 del Código Civil.


Esto significa que si el valor del bien hipotecado pasa a ser inferior al valor de la hipoteca, el deudor no



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puede liberarse de la deuda entregando, en su caso, el inmueble a la entidad financiera o dejando que ésta lo subaste. También es cierto que en el artículo 140 de la Ley Hipotecaria se establece que podrá pactarse en la escritura de
constitución de la hipoteca que la obligación garantizada se haga solamente efectiva sobre los bienes hipotecados, de tal forma que la responsabilidad del deudor y la acción del acreedor quedan limitadas al importe de los bienes hipotecados sin
alcanzar a los demás bienes del patrimonio del deudor. Pero este pacto resulta bastante inusual en nuestro país.


Si la entidad financiera que concede la hipoteca tiene toda la vida del deudor, y probablemente también la de sus herederos, para cobrar la deuda, el hecho de que el valor de las garantías se deprecie tiene una importancia relativa para la
entidad prestamista, pero supone graves consecuencias para el deudor que se multiplican en momentos como los actuales, inmersos en una crisis económica cuya duración e intensidad todavía son difíciles de medir.


En el mundo anglosajón si el precio de la vivienda desciende por debajo del valor de la hipoteca, el deudor puede entregar la vivienda a la entidad financiera y dar por cancelada la deuda pendiente de cobro.


En la pasada coyuntura económica expansiva, el crédito hipotecario para la financiación de la compra de vivienda contribuyó a generar una espiral inflacionista de los precios de este bien y un sobreendeudamiento familiar de elevadas
proporciones. El clima de excesiva confianza por parte de los compradores y el de las propias entidades financieras a la hora de evaluar los riesgos reales de las operaciones de endeudamiento, han producido la obtención de créditos sobre cantidades
y expectativas de futuro poco razonables.


La crisis y el aumento del desempleo, las variaciones en los tipos de interés reales, y la depreciación del valor de los inmuebles fruto del pinchazo de la burbuja especulativa, generan situaciones de imposibilidad de asumir el pago de las
cuotas hipotecarias para multitud de familias, y la ejecución de la garantía hipotecaria conlleva a la pérdida real de la propiedad de la vivienda y a mantener el endeudamiento de la familia, en muchos casos de por vida.


En el Estado Español, la legislación civil e hipotecaria establece que el deudor de un crédito garantizado con hipoteca responde ilimitadamente del mismo (artículo 105 Ley Hipotecaria y 1.911 Código Civil). De ese modo, cuando en caso de
subasta por impago del crédito hipotecario no llega a cubrirse la deuda contraída con la entidad bancaria, el embargo se traslada al resto de bienes, la nómina y el resto de ingresos, hasta saldar la totalidad del dinero prestado. Esta situación
está siendo frecuente en estos últimos meses, debido al descenso entre el 30 y el 40% del precio de la vivienda en nuestro país.


En consecuencia, observamos que el sobreendeudamiento de las familias ha sido en parte potenciado por una legislación que ha protegido los créditos de las entidades financieras y perjudicado a las personas y familias hipotecadas. La
propuesta que aquí se presenta va destinada a la modificación de esa legislación, entendiendo que es fulminante con la morosidad después de años en que el Gobierno se ha mantenido pasivo y ha rechazado medidas dirigidas a evitar el
sobreendeudamiento de las familias. Interesa señalar que la posibilidad de limitar la responsabilidad a los bienes hipotecados está ya prevista en la propia legislación (artículo 140 de la Ley Hipotecaria), si bien se restringe a los supuestos en
que exista pacto entre las partes. Siendo así, parece que razones de interés público justifican que lo que está regulado como excepción pase a ser norma general.


En el mercado español de la vivienda existen, al menos 750.000 viviendas nuevas que nunca han llegado a tener un primer ocupante y un parque de viviendas vacías que supera los 3 millones de unidades. Esta situación, consecuencia de la
desbordada especulación inmobiliaria de los años anteriores no solamente ha creado una situación que dificulta el cumplimiento efectivo del derecho a la vivienda contemplado en el artículo 47 de la Constitución Española, sino que es una de las
causas que agravan las manifestaciones financieras de la crisis económica.


Por otra parte, la aplicación de recursos económicos públicos para facilitar el cumplimiento de ese derecho ha de hacerse de forma que no sea un gasto, sino una inversión y por tanto genere rentabilidad social para esos recursos y la
recuperación de lo invertido para poder seguir garantizando la continuidad de políticas públicas de vivienda. Tampoco es aceptable que quienes han especulado con el suelo o la vivienda o, simplemente han cometido errores importantes en la
apreciación del riesgo, obtengan el menor beneficio de esta situación.


Finalmente, hay que propiciar desde los poderes públicos un cambio radical en la filosofía de tenencia en propiedad de la vivienda habitual por un criterio que de una prioridad clara a la vivienda en alquiler.


Por estos motivos, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a regular urgentemente medidas para garantizar el derecho constitucional a la vivienda de trabajadores en situación de desempleo y otras personas afectadas por la crisis, con los siguientes
contenidos:


A. Reformar la legislación civil e hipotecaria para:


1. Limitar al bien hipotecado la responsabilidad en el impago de hipotecas de vivienda como ocurre en la legislación de la mayor parte de los países europeos y de Estados Unidos y, mientras tanto, limitación de las cantidades embargables al
importe que, excediendo del Salario Mínimo Interprofesional, no supere el 50% del



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equivalente a un nuevo SMI por cada miembro de la unidad familiar menor de edad o que no perciba ingresos propios regulares por salario o pensión superiores al SMI.


2. Presentar las modificaciones legales oportunas para impedir que, como consecuencia del impago de los créditos hipotecarios derivados de la adquisición de la vivienda habitual, el hipotecado deba responder con todos los bienes presentes y
futuros, caso de que al subastar el bien que garantiza el crédito no se cubra el mismo.


3. Crear mecanismos públicos de supervisión, control y regulación de las entidades financieras que imposibiliten la sobrevaloración de las tasaciones de los bienes de garantía hipotecaria.


4. Crear un Fondo de Garantía Hipotecaria para frenar los embargos por parte de entidades financieras de las viviendas habituales de familias en especiales dificultades económicas, en el que estarán representados la Administración General
del Estado, las Comunidades Autónomas, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), las asociaciones de consumidores y organizaciones empresariales del sector financiero, y los sindicatos.


5. Regular un Seguro de Garantía de pago hipotecario para primera vivienda familiar, de carácter obligatorio, para atender la situación acreditada de insolvencia personal del deudor.'


B. Modificar la legislación sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles de tal manera que las viviendas vacías tengan un recargo mínimo del 200% en la cuota liquidable del mismo.


C. Adoptar las medidas que permitan la creación de un Parque Público de Vivienda en Alquiler Moderado mediante la adquisición a precio de coste y mediante un sistema de financiación basado en la emisión de cédulas hipotecarias, de un número
suficiente de viviendas vacías.


D. Adoptar las medidas legales y políticas necesarias para establecer los mecanismos de gestión de ese Parque de Viviendas, respetando las competencias de las CC.AA. y la necesaria cooperación entre Administraciones.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de diciembre de 2011.-José Luis Centella González, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000069


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre actualización del salario mínimo interprofesional para 2012, para
su debate en el Pleno.


Desde el año 2000, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ha experimentado una continua, aunque irregular, mejora nominal. No obstante, su capacidad de compra, considerada la evolución de los precios al consumo, ha disminuido desde 2009.


Nuestro Grupo Parlamentario considera que es fundamental reactivar la economía y el consumo y con él, la demanda agregada como motor de la recuperación del empleo. Para revitalizar los niveles de consumo hay que, como mínimo, garantizar el
poder adquisitivo de los salarios, por lo que es imprescindible el papel de la política salarial.


La caída del poder adquisitivo del SMI es un hecho, a partir de 2009. No solamente por el retroceso en la mejora nominal del mismo, sino por el aumento de los precios al consumo, que en noviembre de 2011 ha sido del 3,3%.


Además de ello, la Carta Social Europea, ratificada por el Estado español en 1980, que tiene por objetivo la protección de los derechos sociales y económicos, entre los que se encuentra el derecho a una remuneración justa establece que el
salario mínimo interprofesional no puede ser inferior al 60% del salario medio neto estatal.


El peso relativo del salario mínimo sobre el salario medio ha disminuido desde 2007, pasando del 41,5% al 41% y alejándose, así, del objetivo establecido en la Carta Social Europea. El objetivo del 60% del salario medio neto equivaldría a
un SMI en 2011 de 1.026,43 euros.


El salario mínimo español es uno de los más bajos de los países de la UE-15 que lo tienen establecido en su ordenamiento jurídico con cobertura general. Tanto medido en unidades monetarias (euros), como en paridad de poder de compra
(descontando los diferenciales de precios entre países), sólo se sitúa por encima de Portugal. Países como Bélgica, Países Bajos, Francia y el Reino Unido tienen SMI mucho más elevados y, fuera del la UE, incluso Estados Unidos lo tiene mayor.
Este hecho no se justifica por diferencias en los niveles de productividad por hora. Existe, simple y directamente, una remuneración más baja de la hora trabajada.


Nuestro Grupo ha reiterado la necesidad de preservar la protección de quienes se encuentran en situación de desempleo así como la mejora del poder adquisitivo de aquellos trabajadores y trabajadoras que reciben un salario menor.


Entendemos que el esfuerzo para salir de la crisis tiene que ser colectivo y el reparto de las cargas debe ser equitativo.


En cualquier caso, hay que salvaguardar a quienes pierden su empleo y a los que tienen salarios bajos o muy bajos, que les sitúan en niveles retributivos inferiores al mínimo exento en el IRPF.



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El porcentaje de asalariados que perciben una remuneración igual o inferior al salario mínimo interprofesional es reducido. Las últimas cifras disponibles indican que en el año 2009 cubría al 1,3% de los empleados a tiempo completo, según
la Encuesta Anual de Estructura Salarial del INE. Considerando la población activa, la cantidad de personas que perciben una retribución salarial igual o menor al salario mínimo no supera las 183.000.


Por todo ello, consideramos imprescindible que el SMI recupere su capacidad adquisitiva en 2012, compensando la pérdida en 2010 y 2011 e impidiendo que en el próximo año siga disminuyendo su poder de compra. Con este criterio, el SMI para
2012 debería experimentar un incremento no inferior al 5% y situarse en, al menos, 785,71 euros.


Así mismo, consideramos justo que se recupere el objetivo de avanzar sin demora hacia lo establecido en la Carta Social Europea, de manera que, al terminar la legislatura el salario mínimo sea el 60% del salario medio estatal. Para ello,
creemos necesario fijar objetivos intermedios, de forma que en 2013 el SMI alcance los 1.000 euros y en 2014, los 1.100 euros. Estos objetivos deberían ser adelantados si la mejora de la economía española lo hace posible.


Por otra parte, para evitar que el futuro continúe siendo posible la pérdida del poder adquisitivo del salario mínimo, hacemos nuestra la propuesta de CC.OO. y UGT, solicitando al Gobierno la reforma del artículo 27 del Estatuto de los
Trabajadores para asentar sobre nuevas bases la determinación anual del SMI, así como que se aborde la negociación planteada por el RDL 3/2004 sobre los criterios para la revisión del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM)


En el camino hacia la construcción de un nuevo modelo productivo la existencia de un salario mínimo digno es una condición necesaria para alejarnos del modelo perverso basado en salarios bajos y condiciones laborales precarias que ha
agravado en nuestro país la crisis económica global.


Por estos motivos, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas oportunas para:


1. Incrementar para 2012 la cuantía del salario mínimo interprofesional de forma que se recupere el poder adquisitivo perdido en 2010 y 2011 y se garantice su mantenimiento a lo largo del próximo año. Esto representa un incremento de, al
menos, el 5,5%.


2. Equiparar en esta legislatura la cuantía del salario mínimo al 60% del salario medio estatal.


3. Reformar el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores para asentar sobre nuevas bases la determinación anual del SMI, así como abordar de forma inmediata la negociación planteada por el RDL 3/2004 sobre los criterios para la revisión
del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de diciembre de 2011.-José Luis Centella González y Joan Coscubiela Conesa, Portavoces Adjuntos del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000070


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas extraordinarias para la creación de empleo y el estímulo
de la economía real, para su debate en el Pleno.


En el primer trimestre de 2008, la Encuesta de Población Activa situaba en 2.174.200 el número de personas paradas. En el tercer trimestre de 2011 esa cifra ha aumentado hasta 4.978.300. Son 2.804.100 parados más.


En cuanto al paro registrado en los servicios públicos de empleo, ha pasado de 2.129.547 en diciembre de 2007 a 4.420.482. Se trata de 2.301.935 más las que han decidido inscribirse como demandantes de empleo en paro.


Tras estos datos no hay un mero índice macroeconómico, hay cientos de miles de tragedias humanas, de sufrimiento. Como consecuencia, la cohesión social está seriamente amenazada. La pobreza ha aumentado en nuestra sociedad hasta el punto
de que, según Cáritas, el 20,8% de la población española está por debajo del umbral de la pobreza. Las diferencias sociales se han incrementado significativamente. Los ricos son cada vez más ricos y los pobres, más numerosos y más pobres. Más de
1.600.000 personas carece de cualquier tipo de prestación por desempleo y en 1.425.000 hogares no trabaja ninguno de sus miembros en paro.


El flagelo del paro golpea especialmente a mujeres y jóvenes. El 48,9% de los jóvenes está en desempleo según los últimos datos de Eurostat. El nivel de empleo precario, y de subempleos comparados con la formación de la juventud, es el más
alto de la Unión Europea.


La pobreza tiene un rostro especialmente femenino, como consecuencia de la precariedad laboral, de las diferencias salariales y de la escasa universalidad de muchos de nuestros servicios sociales.


Pero, además, no hay ninguna posibilidad de salida de la crisis sin crear empleo. No podremos limitar el déficit y hacer frente a las obligaciones de la deuda pública, sin crear empleo. Hoy ya este enfoque no se limita a nuestro Grupo
Parlamentario. Los sindicatos



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españoles han pedido una clara política de creación de empleo. Organismos internacionales como el FMI y la OCDE mantienen la misma demanda. Algunas autoridades europeas lo han expresado con toda claridad. Las consideraciones de las
agencias de rating también subrayan la debilidad de nuestra economía y la amenaza que representa sobre las cuentas públicas la persistencia de un paro elevado.


Creemos que la lucha contra el paro debe ser el objetivo prioritario en esta legislatura. La creación de empleo debe estar por encima de todo y además no hay tarea más urgente porque el empleo no será una consecuencia, sino un motor del
avance social y el desarrollo sostenible.


El alto nivel de paro es lo que marca la diferencia con relación al impacto nacional de la crisis sistémica que padecemos. Esa es nuestra gran diferencia con el resto de los países de la Unión Europea e, incluso, con el resto de los
miembros de la OCDE.


Nuestra tasa de paro es más del doble que la media de la UE-27.


La economía española no aprovechó los años de bonanza. Se especializó en la construcción, en el empleo doméstico y en la hostelería de poco valor añadido.


Esta especialización productiva ha propiciado la creación de un empleo de baja calidad y una segmentación del mercado laboral asociada por una parte a la incorporación a la actividad laboral de las mujeres y por otra a la disponibilidad de
un gran volumen de mano de obra inmigrante. En ambos colectivos de trabajadores su integración laboral se ha producido mayoritariamente en actividades de baja cualificación.


Las características del empleo en España son:


a) Un rápido ajuste del estancamiento económico a través del aumento del paro y la destrucción del empleo.


b) La existencia de una alta tasa de temporalidad, que se manifiesta en cualquier comparación internacional,


c) Una elevada tasa de empleo precario, situación que se ha puesto de relieve aún más en la época de crisis actual.


El elevado índice de empleos precarios es una constante desde la reforma laboral de 1984 y una consecuencia de la misma, que se ha mantenido a través de todas las reformas posteriores. Todas se han anunciado como remedios para combatir la
dualización y la precariedad y todas se han materializado consolidando esas características. Es hora de cambiar de modelo.


Este Congreso no debe considerar que estamos en el camino de la superación de la crisis económica hasta que nuestros índices de desempleo no recuperen la diferencia con la media de la Unión Europea existente en los inicios de 2008, lo que
representa al menos la creación de 2.800.000 empleos.


Estamos convencidos de que eso es posible y de que existen recursos económicos suficientes para lograrlo. No hay que olvidar que por cada 1.000 euros invertidos en contratación laboral, la Hacienda pública y la Seguridad Social recuperan de
forma muy rápida más de 580 euros, sin contar el efecto sobre el consumo y, consecuentemente, sobre el conjunto de la actividad económica.


En las actuales condiciones, la palanca para la creación de empleo no puede ser el sector privado. No existe una base objetiva para ello, cuando las empresas carecen de liquidez, el endeudamiento es muy importante y el crédito no fluye.
Las medidas que podrían permitir superar esta situación tardarán tiempo en ser efectivas, incluso en caso de éxito.


Por tanto, creemos firmemente que este esfuerzo inicial debe referirse a la creación de empleo en el sector público, que deberá ser acompañado posteriormente de forma cada vez más intensa por el sector privado. Existe recorrido para ello
porque el gasto en servicios sociales es siete puntos de PIB más bajo que la media de la Unión Europea y la tasa de empleados públicos sobre la población activa es muy inferior a la de los principales países de la UE.


Existen recursos más que suficientes para lograrlo porque el índice de contribución fiscal de los ciudadanos es 9 puntos de PIB inferior a la media de la Unión Europea y el volumen de economía sumergida y fraude fiscal está estimado en el
doble.


No hay ningún obstáculo desde el punto de vista de la racionalidad económica y sí hay un requerimiento desde el criterio de la justicia social.


Se trata de una cuestión de voluntad política.


Voluntad que debe manifestarse en cuatro niveles, cuyos contenidos principales deberían ser:


a) Creación de empleo desde lo público, mediante la dotación de los servicios sociales, especialmente educación (escolarización de 0 a 6 años), salud y aplicación de la Ley de Dependencia. Dotación de medios humanos a la Administración de
Justicia, Agencia Tributaria e Inspección de Trabajo. Plan de Reforestación. Programa de Inversiones Públicas.


b) Medidas de apoyo a la creación de empleo por parte de las pequeñas empresas y los autónomos, mediante subvención directa en función de la retribución bruta, con límites establecidos, y prioridad al primer empleo de la empresa y a los
empleos para jóvenes.


c) Medidas para mejorar la situación de las pyme: liquidez, acceso al crédito, deudas de las Administraciones, prioridad en la contratación pública y medidas fiscales sobre el pago del IVA.


d) Reparto del trabajo existente. Disminución de la jornada laboral a 35 horas semanales, racionalización de horarios y jornadas, avance en la conciliación de la vida personal y laboral.



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Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas oportunas para:


Poner en marcha un Plan Extraordinario de Medidas para la Creación de Empleo y el Estimulo de la Economía Real a aplicar durante los ejercicios presupuestarios de 2012, 2013 y 2014, con un objetivo mínimo de creación de 2.800.000 empleos y
una dotación inicial de 40.000 millones de euros para el trienio, a los que habría que añadir la reutilización en la financiación del Plan de los incrementos de recaudación fiscal derivados directamente de su aplicación.


Este Plan debe contener objetivos para el trienio y anualizados y debe contar con los siguientes contenidos:


1. Creación de empleo desde lo público, mediante la dotación de los servicios sociales. Dotación de medios humanos a la Administración de Justicia, Agencia Tributaria e Inspección de Trabajo. Plan de Reforestación. Programa de
Inversiones Públicas.


2. Medidas de apoyo directo a la creación de empleo por parte de las pequeñas empresas y los autónomos,


3. Medidas para mejorar la situación de las pyme: liquidez, acceso al crédito, deudas de las Administraciones, prioridad en la contratación pública y medidas fiscales sobre el pago del IVA.


4. Reparto del trabajo existente. Disminución de la jornada laboral a 35 horas semanales, racionalización de horarios y jornadas, avance en la conciliación de la vida personal y laboral.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de diciembre de 2011.-José Luis Centella González, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000071


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley de renuncia a la energía nuclear, para su debate en el Pleno.


El actual modelo energético en España se fundamenta en un consumo insuficiente de energía y en su producción creciente, y sobre todo a partir de fuentes de energía contaminantes, peligrosas y no renovables, como la nuclear y los combustibles
fósiles, las cuales dan origen a una gran variedad de impactos negativos sobre el medio ambiente.


Ante la creciente problemática asociada a la emisión de gases con efecto invernadero y el consiguiente cambio climático, en los últimos tiempos se ha venido extendiendo la opinión de la necesidad de dar un nuevo impulso a la energía nuclear.
Ello se ha hecho atribuyendo de manera falaz y tendenciosa el carácter de limpia a la energía nuclear, así como la improbabilidad de impactos, debido a su alta seguridad, en las instalaciones de generación de este tipo de energía.


Todo ello ha llevado al Gobierno a prolongar los períodos de funcionamiento de las centrales nucleares en territorio español.


Los desafortunados acontecimientos acaecidos como consecuencia del maremoto del pasado 11 de marzo de 2011 y sus devastadores efectos en Japón y, concretamente, en varias de sus instalaciones de generación de energía nuclear, han venido a
poner de manifiesto que, por muchos controles y por mucho que avance la tecnología al respecto, tales centrales nunca serán seguras y suponen no ya un riesgo sino un grave y manifiesto peligro para la supervivencia de la vida en este singular y
único planeta.


Por todo lo expuesto con anterioridad, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados:


1) Muestra su absoluta oposición a la instalación de nuevas centrales nucleares en España.


2) Insta al Gobierno a:


a) Declarar a España libre de energías nucleares.


b) Reconsiderar su reciente decisión de prolongar los períodos de vida útil de las centrales nucleares actualmente en funcionamiento.


c) Programar el progresivo desmantelamiento de las centrales nucleares existentes.


d) Programar la progresiva reducción de importaciones, hasta su cese total y definitivo, de energía procedente de instalaciones nucleares desde otros Estados.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de diciembre de 2011.-José Luis Centella González, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000072


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.



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Autor: Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


Proposición no de Ley sobre reconocimiento médico obligatorio a los deportistas.


Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno y que en su apartado 1 se insta al Gobierno a ejercer su iniciativa legislativa en la materia, admitirla a trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194 del
Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando traslado al Gobierno y publicarla en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Grupo Parlamentario proponente.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre reconocimiento médico obligatorio a los deportistas, para su debate
en el Pleno.


La Federación Española de Ciclismo, la única que lo hacía, desde el 1 de enero de 2012 deja de exigir a los deportistas un reconocimiento para lograr su licencia federativa, pese a que el ciclismo es, junto al atletismo, uno de los dos
deportes que más muertes súbitas causan en España. El Consejo Superior de Deportes (CSD) no obliga a hacer reconocimientos y el ciclismo era el único deporte que lo practicaba.


Esta situación de carencia existente en España, además de constituir un verdadero riesgo para la salud y la vida de los deportistas, no es congruente con la Constitución Española que, recogiendo la importancia del deporte entre los
principios rectores de la política social y económica, señala en su artículo 43.3 que 'Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo, facilitarán la adecuada utilización del ocio'.


La Ley 10/1990 del Deporte, en su artículo 32.4, establece que 'Los deportistas que traten de obtener una licencia deportiva estatal o autonómica homologada podrán ser sometidos, con carácter previo a su concesión, a un control de dopaje,
con el fin de determinar el cumplimiento de los requisitos establecidos en esta normativa'. Y en su título VIII de Control de las sustancias y métodos prohibidos en el deporte y seguridad en la práctica deportiva, artículo 59, apartados 3 y 4,
establece que 'En función de condiciones técnicas, y en determinadas modalidades deportivas, el Consejo Superior de Deportes podrá exigir a las Federaciones Deportivas Españolas que, para la expedición de licencias o la participación en
competiciones oficiales de ámbito estatal, sea requisito imprescindible que el deportista se haya sometido a un reconocimiento médico de aptitud' y que 'Las condiciones para la realización de los reconocimientos de aptitud, así como las modalidades
deportivas y competiciones en que éstos sean necesarios, serán establecidas en las disposiciones de desarrollo de la presente Ley'.


Lamentablemente esta disposición no ha sido desarrollada con precisión.


En consecuencia, ninguna ley estipula que los reconocimientos médicos sean obligatorios en España. Pero la Ley Orgánica de Protección de la Salud y de Lucha contra el Dopaje da por sentada su existencia y señala en su artículo tercero que
la Comisión de control y seguimiento de la salud y el dopaje integrada en el CSD deberá 'informar sobre las condiciones de los reconocimientos médicos' y de la 'homologación de las pruebas y protocolos' que los integran 'de acuerdo con las
exigencias de las modalidades deportivas'. Y en su artículo 49 añade que también 'determinará la obligación de efectuar reconocimientos médicos previos a la expedición de la licencia federativa en aquellos deportes que considere necesario'.


Pero la comisión de expertos del CSD lleva dos años trabajando en la normativa, y este grave retraso pone en riesgo la salud de los deportistas, aunque las Federaciones también incurren en esta responsabilidad, pues aunque ahora no haya
todavía una norma del CSD, tienen potestad para establecer la suya.


Países de nuestro entorno, como Francia e Italia, disponen desde hace muchos años de legislaciones precisas y de normas muy desarrolladas, en las que se establece la obligación perentoria de reconocimientos médicos a los deportistas.


En Italia, la Ley 28/12/1950 núm. 1055 y la Ley 26/10/1971 núm. 1099 de 'Tutela sanitaria de la actividad deportiva', están ampliamente desarrolladas en los Decretos Ministeriales 5/7/1975 de 'Disciplina del acceso a las actividades
deportivas singulares'; 1812/1982 y 2812/1983 de Normas para la tutela de actividades deportivas agonísticas y no agonísticas, actualmente en vigor; 22/10/1982 de Tutela sanitaria de los jugadores de fútbol; 15/9/1983 de Tutela sanitaria de los
ciclistas profesionales; 30/9/1983 de Tutela sanitaria de los boxeadores profesionales; y el 13/3/1995 de Tutela sanitaria de los atletas profesionales.


En Francia, la ley de 16 de julio de 1984 establece que 'La participación en las competiciones organizadas por cada una de las Federaciones está subordinada a la presentación de una licencia que demuestre la existencia



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de un certificado médico de que el deportista no tiene ninguna contraindicación para la práctica de la disciplina correspondiente, o para los que no dispongan de licencia, a la presentación de este único certificado médico para las pruebas
deportivas en las que participan'. Estos reconocimientos médicos son obligatorios.


Otros países, como Bélgica, Australia, Canadá y los distintos Estados federados de EE.UU., disponen igualmente de una legislación de tutela sanitaria de los deportistas.


Del estudio del derecho internacional comparado en la materia, se desprende la clasificación de los distintos deportes en diferentes categorías de riesgo: En la categoría A, menos exigentes (automovilismo, bolos, golf, karting, arco,
ping-pong...), se plantea el protocolo de reconocimiento médico, e historial clínico análisis completo de orina, electrocardiograma en reposo y ecocardiografía; en la categoría B, de deportes más exigentes (atletismo ligero, fútbol, baloncesto,
canoa, ciclismo, gimnasia, hockey, judo, lucha, balonmano, rugby, esquí, deportes ecuestres, deportes subacuáticos, tenis...) reconocimiento médico e historial clínico, análisis completo de orina, electrocardiograma en reposo, electrocardiograma
tras prueba de marcha, ecocardiograma y espirometría; y en los deportes de élite de gran esfuerzo, agonistas: además del protocolo anterior, se requiere una prueba de máximo esfuerzo y un electrocardiograma de 24 horas (Holter). En caso de duda,
se aconseja un examen cardiológico más profundo para prevenir la muerte súbita.


La prevención y el seguimiento de la salud de los deportistas deben de ser uno de los mayores empeños de las autoridades responsables de la promoción del deporte. Millones de personas practican el deporte siguiendo el sabio aforismo 'Mens
sana in corpore sano'. Pero, como afirmaba Menandro en el siglo IV aC, 'Aquellos a quienes los dioses aman mueren jóvenes'. El primer caso documentado de muerte fulminante en la historia fue la del soldado griego Pheidippides (490 aC) al término
de su carrera desde Marathon a Atenas para anunciar la victoria sobre los persas. Baste recordar los fallecimientos de los futbolistas Antonio Puerta en 2007 y Dani Jarque en 2009, para recordar que la muerte súbita tiene un carácter devastador en
la familia del deportista, en sus compañeros y en la comunidad.


No en balde, la Sociedad Europea de Cardiología ha propuesto un Protocolo Europeo de revisiones cardiovasculares para prevenir la muerte súbita en deportistas, apoyado por el Comité Olímpico Internacional, que adopta el modelo italiano por
haber demostrado su utilidad.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1) Modificar la Ley del Deporte con el fin de establecer el reconocimiento médico obligatorio a los deportistas, tanto para la obtención de licencias federativas como para la participación en pruebas deportivas concretas.


2) Acelerar la promulgación de la norma de desarrollo del apartado 4 del artículo 59 de la Ley 10/1990 del Deporte, con el fin de establecer 'Las condiciones para la realización de los reconocimientos médicos de aptitud, así como las
modalidades deportivas y competiciones en que éstos sean necesarios'.


3) Requerir del Consejo Superior de Deportes la elaboración urgente de los protocolos de reconocimientos médicos, teniendo en cuenta las normativas vigentes en los países de nuestro entorno, y muy especialmente en Italia.


4) Garantizar que se establezcan medidas sanitarias preventivas para evitar la muerte súbita de deportistas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de enero de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella González, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000073


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la equiparación real de los derechos de las trabajadoras y los
trabajadores del hogar, para su debate en el Pleno.


La integración del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar en el Régimen General de la Seguridad Social introducido por la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de
Seguridad Social es un cambio de gran calado que responde a una reivindicación sindical y social histórica en lo referente a empleados y empleadas domésticas y del hogar.


El cambio normativo ha entrado en vigor el 1 de enero de 2012, aunque hay un plazo de seis meses naturales para que las empleadas y los titulares de hogares familiares (denominación que reciben los empleadores que contratan este servicio)
puedan adaptarse a la nueva situación.


En concreto, el apartado 4.º de la disposición adicional trigésimo novena de la Ley 27/2011 establece que 'Dentro del plazo de seis meses naturales, a contar desde el primero de enero de 2012, los empleadores y las personas empleadas
procedentes del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar que hayan quedado comprendidos dentro del Régimen



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General de la Seguridad Social, de conformidad con lo previsto en el apartado 1 de esta disposición, deberán comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social el cumplimiento de las condiciones exigidas para su inclusión en el Sistema
especial de Empleados de Hogar de este último Régimen.


En España según la Encuesta de Población Activa del INE hay 700.000 empleadas de hogar de las cuales solamente cotizan a la seguridad social unas 300.000. Estas cifran muestran la importancia social y económica de esta transición hacia un
nuevo modelo en el sector del trabajo doméstico.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al gobierno español a:


1. Llevar a cabo la campaña informativa dirigida a los empleadores, es decir al hogar familiar que tenga contratadas a personas que realicen servicios domésticos, respecto a su obligación legal de comunicar la relación laboral a la
Seguridad Social en los plazos previstos por la ley.


2. Llevar a cabo la campaña informativa dirigida a las personas que hubieran sido cotizantes del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar, de la nueva situación legal que entró en vigor el pasado 1 de enero de
2012.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de enero de 2012.-Laia Ortiz Castellví, Diputada.-Joan Coscubiela Conesa, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000074


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de ley sobre la reposición del derecho a desempleo de los trabajadores y
trabajadoras afectados por ERE temporales, para su debate en el Pleno.


La Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, prevé que los trabajadores y trabajadoras afectados por los expedientes de regulación de empleo de suspensión o de reducción de jornada tengan
derecho a la reposición de la duración de la prestación por desempleo de nivel contributivo por el mismo número de días que hubieran percibido el desempleo total o parcial en virtud de aquellas autorizaciones con un límite máximo de 180 días,
siempre que, entre otras condiciones, las resoluciones que hubieran autorizado las suspensiones o reducciones de jornada se hubieran producido entre el 1 de octubre de 2008 y el 31 de diciembre de 2011. A diferencia de otros elementos de la reforma
laboral, este derecho no ha sido prorrogado por ninguna de las posteriores reformas parciales.


Esta norma ha permitido a muchas empresas encajar situaciones económicas adversas, evitando la destrucción de puestos de trabajo y reduciendo el impacto global sobre el empleo. Además ha permitido que durante el período de su vigencia los
trabajadores afectados por los expedientes, no se vieran afectados negativamente en cuanto al disfrute de las prestaciones de desempleo.


Esta situación ha hecho que diversas empresas hayan presentado expedientes de suspensión o de reducción de jornada de carácter preventivo, motivados no tanto por su situación económica empresarial, sino por la inseguridad jurídica de la
norma.


Además, en caso de no producirse una prórroga, los trabajadores y trabajadoras que se vean afectados por procesos en los próximos meses podrían quedar desprotegidos y ver consumidos días de la prestación por desempleo.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al gobierno español a:


Prorrogar, hasta el 31 de diciembre de 2011, la fecha límite de autorización de la suspensión o reducción de jornada como condición al derecho de los trabajadores y trabajadoras afectados a la reposición de la duración de la prestación por
desempleo a nivel contributivo por el mismo número de días que hubieran quedado expuestos a la suspensión o reducción.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de enero de 2012.-Laia Ortiz Castellví, Diputada.-Joan Coscubiela Conesa, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000075


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición



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no de ley sobre el impulso de la energía fotovoltaica, para su debate en Pleno.


Uno de los múltiples talones de Aquiles del modelo productivo de la economía española y de su pérdida de productividad es su profunda ineficiencia energética. La razón principal es un modelo de infraestructuras muy dependiente del exterior
y del petróleo, lo que a su vez conlleva una terrible dependencia energética. España importa el 75% de la energía primaria que utiliza frente al 50% de media en la UE, cifra considerada elevada por las instituciones comunitarias.


Además, esta dependencia va en aumento, con las implicaciones no sólo económicas y comerciales que ello supone, sino también con unos efectos ambientales significativos al tratarse mayoritariamente de productos fósiles con un elevado nivel
de emisiones de efecto invernadero. Por otro lado, el sistema productivo español es terriblemente ineficiente en el consumo de energía: A pesar de los esfuerzos hechos en los últimos años, la intensidad energética de España está más de 15 puntos
porcentuales por encima de la intensidad energética de la UE-15.


Gracias a la energía solar, España llegó a situarse en 2008 en cabeza de un mercado mundial de alta tecnología, atrayendo inversiones de todo el mundo. Pero el frenazo que ha ido aplicando el Gobierno desde entonces ha hecho que se hayan
perdido unos 30.000 empleos en el sector. Mientras España frenaba en seco el crecimiento de la energía solar, Alemania recuperó el liderazgo, instalando en 2010 más potencia fotovoltaica que nunca ningún país en el mundo.


El Real Decreto-ley 14/2010, de 23 de diciembre, por el que se establecen medidas urgentes para la corrección del déficit tarifario del sector eléctrico, limitó el mercado y la demanda de las energías renovables, dejando en una situación de
riesgo y debilidad a una industria puntera y líder en el planeta. Se intentó arreglar el déficit tarifario sólo atacando a las energías renovables y sus primas, sin tener en cuenta otros aspectos mucho más perjudiciales para el sistema energético
español como son los beneficios caídos del cielo.


El desconcierto y el descrédito del Estado español fue tal, que el propio gobierno y los grupos parlamentarios que apoyaron el Real Decreto 14/2010 se vieron obligados a rectificar en la tramitación de la Ley de Economía sostenible en el
Senado, matizando algunos de los recortes más injustificables y lesivos para los productores e inversores fotovoltaicos en el corto plazo, como la aplicación del recorte a efectos retroactivos. Pero se continuó sin resolver lo fundamental para la
promoción de la energía solar fotovoltaica.


La limitación de horas que el Real Decreto 14/2010 impone a las plantas solares, unido a un sistema de adjudicación de primas mediante cupos interminables, va a hacer fracasar la energía solar en nuestro país. Ningún sector económico puede
sostener su actividad en función de unas decisiones administrativas imposibles de conocer de antemano que pueden variar la viabilidad de la inversión o incluso hacerla imposible. El sector pide a gritos un régimen estable en el que pueda invertirse
con unos márgenes aceptables para todos. Esta deriva va a implicar una merma en el desarrollo tecnológico y la instalación de equipos tecnológicamente obsoletos. En definitiva, que después de todo lo que habíamos avanzado en esta tecnología,
España se quede a la cola de las renovables, con todo lo que esto implica.


Otro elemento fundamental para el impulso de la energía solar fotovoltaica es la promoción del autoconsumo. En 2010 Alemania instaló 20 veces más potencia fotovoltaica que España -pese a su menor radiación solar-, al haber dado entrada a la
participación ciudadana en este modo de producción eléctrica. Los impedimentos administrativos actuales están favoreciendo a las compañías eléctricas y de gas, el sistema actual está concebido sólo para que empresas de producción solar vendan la
electricidad a la red (a cambio de una remuneración con prima) pero administrativamente es enormemente complicado para un particular. No se justifica técnicamente que para conectar 3 kw de fotovoltaica haya que registrarse como productor y en
cambio para conectar un lavavajillas de idéntica potencia no. Además, no puede consumir esta energía limpia en casa, pues la que necesite debe comprarla a la compañía comercializadora en la red. Un cambio de este sistema potenciando la promoción
del autoconsumo, reduciendo la burocracia y trabas administrativas, supondrá a medio plazo la reducción de los costes medios del kilowatio, así como una reducción de las energías más contaminantes.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Eliminar la limitación de las horas equivalentes de funcionamiento de las instalaciones fotovoltaicas a partir de la cual dejan de percibir el régimen económico primado que tengan reconocido establecida en el Real Decreto-ley 14/2010, de
23 de diciembre, por el que se establecen medidas urgentes para la corrección del déficit tarifario del sector eléctrico.


- Establecer un sistema de prima fija inferior a la actual que permita prescindir de los cupos y de seguridad jurídica para garantizar los plazos de amortización.


- Ejecutar los avales de los proyectos de centrales fotovoltaicas que no se han realizado y estaban adjudicados.


- Realizar todas las modificaciones legales necesarias para fomentar y desarrollar el autoconsumo de la energía solar fotovoltaica, eliminando las trabas burocráticas para la instalación de placas solares domésticas



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y garantizando que las compañías comercializadoras dejen de ser las intermediarias del sistema.


- Establecer la obligatoriedad de instalar paneles fotovoltaicos en los edificios de dotaciones y equipamientos públicos, así como en las superficies comerciales e industriales superiores a los 10.000 m².


- Llevar a cabo todos los trámites necesarios para apoyar la instalación en España de una factoría que obtenga silicio apropiado para el uso solar a través de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales; y apoyar a las empresas
españolas y alemanas punteras en este campo, así como de las investigaciones, tanto públicas como privadas, generadas en España.


- Estudiar comparativamente las primas a las renovables, las asignadas a la cogeneración con combustibles fósiles y la retribución de las instalaciones de generación cuyos costes de producción son significativamente menores a los precios
resultantes del mercado mayorista, de forma que cada sector internalice la totalidad de sus costes y sus externalidades.


- La persecución del fraude de aquellas instalaciones acogidas a las primas del Real Decreto 661/2007 que no tenían derecho a ellas.


- Establecer un marco para las energías renovables que incluya retribuciones decrecientes en el tiempo, que permita incentivar la eficiencia, la mejora tecnológica y que asegure una retribución razonable a los productores, sin necesidad de
cupos, pero con un horizonte previsible.


- Revisar la regulación del sistema eléctrico para hacerlo más justo, excluyendo las instalaciones de producción hidroeléctrica y nuclear del pool.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de enero de 2012.-Laia Ortiz Castellví, Diputada.-Joan Coscubiela Conesa, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000076


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de ley sobre recuperar el requisito del mantenimiento del empleo para la
libertad de amortización, para su debate en Pleno.


En 2011 se dispararon el número de trabajadores de grandes compañías, aquellas de más de 1.000 trabajadores, afectados por despidos colectivos, muy por encima del incremento de ERE en el conjunto de las empresas. Una de las causas de ese
incremento del despido colectivo en grandes empresas fue el Decreto-ley 13/2010 que permitió la libertad de amortización para empresas con beneficios incluso en el caso de que estas reduzcan su número de empleados.


La libertad de amortización como incentivo fiscal en el pago del Impuesto de Sociedades, se implantó en la ley 4/2008. Pero esa reforma fiscal, que eliminó impuestos a las personas con más recursos y dejó al Estado sin los fondos necesarios
para tener más margen inversor y evitar el elevado déficit, limitaba la libertad de amortización únicamente en caso de que se conservaran los puestos de empleo de las empresas beneficiadas. Sin embargo, el Real Decreto-ley 13/2010, modificó la
disposición adicional undécima del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, y se eliminó el mantenimiento de los puestos de empleo como requisito para la libre amortización.


La libertad de amortización en el impuesto de sociedades es el mayor incentivo fiscal para las empresas. Por eso es absolutamente irresponsable no condicionar este incentivo a un requisito tan básico como el mantenimiento del empleo,
teniendo en cuenta que el desempleo es el principal problema de la economía española. Medio año después del inicio de su aplicación y demostrados sus efectos devastadores sobre el empleo, serían decenas de miles los despidos que se podrían evitar
en caso de rectificar y recuperar este requisito.


Sin duda, esta modificación no es ni mucho menos la única que necesita el Impuesto de Sociedades ni el sistema tributario en su conjunto para poder tener una fiscalidad justa. Pero es una de las medidas más urgentes y uno de los errores más
flagrantes incluso desde la lógica neoliberal que ha dirigido las políticas económicas de los sucesivos gobiernos del Estado.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Modificar con carácter de urgencia el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, para recuperar la exigencia de que 'la plantilla media total de la entidad se
mantenga respecto de la plantilla media de los doce meses anteriores' como requisito para que las empresas puedan amortizar libremente las inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias afectos a
actividades económicas, puestos a disposición del sujeto pasivo en los períodos impositivos iniciados dentro de los años 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de enero de 2012.-Laia Ortiz Castellví, Diputada.-Joan Coscubiela Conesa, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.



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162/000077


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de ley sobre el impuesto sobre la producción de energía termonuclear y sobre el
depósito y almacenamiento de residuos, para su debate en Pleno.


Esta Proposición no de ley pretende desarrollar uno de los tributos imprescindibles para una verdadera fiscalidad ambiental. Se propone la creación del Impuesto sobre la energía nuclear, que constituirá un gravamen sobre la producción de
energía termonuclear y sobre el depósito y el almacenamiento de residuos radiactivos.


La imposición sobre la generación de energía nuclear se justifica por multitud de razones, entre las que destaca el impacto y riesgo ambiental que genera, problemas no resueltos como los residuos nucleares, así como su importancia relativa
sobre el total de producción eléctrica.


Otras razones las podemos encontrar en los escandalosos beneficios que obtienen las empresas eléctricas. Según acredita no solo un informe de la CNE (Comisión Nacional de la Energía), avalado por la opinión de diversos expertos, los
titulares de las centrales nucleares, debido a la mala regulación acumulan más de 2.000 millones de euros por los conocidos como 'beneficios caídos del cielo'. Si a esto se le suma una política que a efectos prácticos conlleva el alargamiento de la
vida útil de las centrales nucleares ya existentes, este acaba siendo un negocio para las empresas eléctricas


Las centrales nucleares en funcionamiento hoy en nuestro país tendrán una vida útil que depende principalmente de las decisiones políticas y de los problemas técnicos que puedan generar. Por ello, está plenamente justificado que la
rendibilidad de las centrales nucleares se vea disminuida con la internalizacián de parte de los costes ambientales que generan, y la imposición desde el Gobierno podría significar una palanca adicional para acelerar la decisión empresarial y
política de cierre de su explotación.


Existen diversas alternativas para gravar la energía nuclear, la propuesta más lógica sería la de crear un impuesto sobre el kWh nuclear y complementarlo con otra imposición específica sobre los residuos nucleares, pero lo destacable es que
en coherencia con una transición energética que tenga como finalidad el cierre de las centrales nucleares está plenamente justificado aplicar impuestos ambientales sobre este tipo de energía y que su carga impositiva crezca conforme avance su vida
útil.


Es por tanto lógico pensar que en un momento que se exige tanto esfuerzo a tantos sectores y a tanta gente, un sector como el nuclear aporte más para salir de la crisis dada la rentabilidad económica que reporta a las eléctricas.


Por todo lo expuesto se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Establecer el impuesto de alcance estatal sobre la producción de la energía termonuclear y sobre el depósito y almacenamiento de residuos radiactivos, con la finalidad de gravar la contaminación y los riesgos sobre el medio ambiente y la
salud humana que ocasionan.


2. En las Comunidades Autónomas que ya tuvieran aprobados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley otros impuestos con el mismo hecho imponible, la compensación por parte del Estado deberá tener un alcance suficiente para
compensar económicamente su derogación.


3. Una parte del rendimiento derivado de este impuesto quedará afectado y se destinará a un Fondo de desarrollo de alternativas económicas a las zonas con centrales nucleares.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de enero de 2012.-Laia Ortiz Castellví, Diputada.-Joan Coscubiela Conesa, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000078


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley para la reforma de la asignación tributaria del 0,7% del IRPF destinado
a otros fines de interés social, para su debate en el Pleno de esta Cámara.


La reforma de la asignación tributaria del 0,7% del IRPF destinado a otros fines de interés social tiene como finalidad conjugar la lógica autonómica y estatal optimizando la eficacia de los programas sociales que se llevan a cabo. Para
ello se plantean dos requisitos imprescindibles, se trata de la territorialización a nivel autonómico de la asignación así como el establecimiento de un tramo autonómico.


La territorialización de los recursos asignados a nivel autonómico responde a la necesidad de disminuir la distancia actual entre lo que se recauda y lo que se asigna y conseguir de esta manera una mayor correlación territorial. La
recaudación total en la campaña de renta correspondiente al año 2010 fue aproximadamente



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de 266 millones de euros. Según estimaciones de la Taula del Tercer Sector, Catalunya recaudó 66 millones de euros, por el contrario solo recibió el 24% de aportación.


Este ejemplo evidencia que más allá de la solidaridad de la lógica solidaridad interterritorial es razonable establecer un criterio que vincule la recaudación y la distribución, más aún cuando la fuente de ingresos no se deriva del nivel de
renta de la población sino de la voluntad de los ciudadanos de un determinado territorio que conscientemente se inclinan por una opción determinada. La media de ciudadanos que marcan la casilla correspondiente a otros fines sociales según los
últimos datos disponibles fue del 47% a nivel de Estado y del 57% a nivel de Catalunya.


Con respecto al establecimiento de un tramo autonómico del 50% sobre la recaudación del 0,7% del IRPF implica que cada gobierno autonómico, en función de las competencias previstas en sus respectivos estatutos, en materia de acción social y
de asociaciones y fundaciones, puedan gestionar en su totalidad la recaudación por este concepto mediante las convocatorias de ayudas que estimen oportunas para hacer efectivos los programas sociales que llevan a cabo las organizaciones sin ánimo de
lucro de su territorio, hecho que, sin duda permite hacer realidad el criterio básico de proximidad en la acción social.


A efectos prácticos las organizaciones autonómicas podrán presentarse a las convocatorias autonómicas y recibirán la asignación del tramo autonómico, las organizaciones o confederaciones que ejecuten programas con lógica estatal se podrán
presentar a la convocatoria de la Secretaria de Asuntos Sociales y recibirán la asignación del tramo estatal, además las organizaciones con carácter estatal que tengan sede en una determinada comunidad u organizaciones autonómicas federadas a nivel
estatal podrán presentarse también a las convocatorias autonómicas cuando sus programas contemplen esta lógica y de acuerdo con las normas que se establezcan.


De esta manera y recogiendo las propuestas de la Taula del Tercer Sector Social de Catalunya sobre la reforma de la asignación tributaria del 0,7% del IRPF destinado a otros fines de interés social se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a proceder a la reforma de la asignación tributaria del 0,7% del IRPF destinado a otros fines de interés social, la cual deberá contemplar como mínimo los siguientes aspectos:


1. La progresiva territorialización a nivel autonómico de la gestión y distribución del 0,7% del IRPF destinado a otros fines de interés social.


2. El establecimiento de un tramo autonómico del 50% sobre la recaudación del 0,7% del IRPF, el cual será gestionado de manera íntegra por las comunidades autónomas en la próxima campaña de la renta.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de enero de 2012.-Laia Ortiz Castellví, Diputada.-Joan Coscubiela Conesa, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000079


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el calendario de cierre de las centrales nucleares, para su debate
en Pleno.


El debate nuclear se ha reabierto en Europa después de la catástrofe en tres centrales nucleares de Japón, como la de Fukushima. En el marco global de los problemas del sistema energético, agravado por la situación en el norte de África,
muchos habían querido ver la energía nuclear como solución de futuro. A pesar de ello, ni es la solución al cambio climático, ni es una energía barata, ni existen recursos ilimitados ni tampoco elimina la dependencia energética exterior. Pero
además, sin poder comparar en ningún caso la situación vivida en Japón después del seísmo con la de las centrales en Europa, existe un grave riesgo de seguridad en las instalaciones nucleares.


Alemania anunció el cierre temporal de sus siete centrales más antiguas, que operan desde antes de 1980.


Los sucesivos gobiernos del Estado español han ignorado los problemas de seguridad de la energía nuclear, olvidando que algunas centrales españolas han tenido a lo largo de los años accidentes de diferente gravedad como los escapes y fugas
radiactivas en Ascó en 2007 o los problemas de funcionamiento sin resolver como la rotura por corrosión del sistema de refrigeración de la central de Vandellós-II.


Es necesario limitar a 30 años la vida útil de las centrales nucleares, eliminando cualquier posibilidad de renovación extraordinaria de las concesiones y fijando por ley los criterios para adelantar su cierre. Para hacerlo posible es
necesario un plan de cierre ordenado y gradual de todas las centrales en el horizonte 2020.


Los objetivos de este plan de cierre son mantener un suministro de calidad sin encarecimiento de los costes de producción, cumplir los compromisos de Kyoto y disponer, desde las instancias públicas, de un fondo económico suficientemente
importante para impulsar las inversiones en energías renovables y en ahorro y eficiencia



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energética, así como para dinamitar la actividad de las zonas con centrales nucleares, garantizando la creación de puestos de empleo.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Elaborar un calendario de cierre de las centrales nucleares de acuerdo con su vida de diseño y sin posibilidad de renovación extraordinaria de las concesiones por encima de 30 años.


Se fijará por Ley:


1. El cierre de las instalaciones.


2. La creación de un fondo que se nutrirá del total de los beneficios de las centrales amortizadas, y destinará un 20% al mantenimiento y seguridad de las centrales, un 15% al gestor de la central, un 15% a la dinamización social y
económica de las zonas afectadas por el cierre de las centrales y un 50% al impulso y la inversión en planes de energías renovables y de mejora del ahorro y la eficiencia energética.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de enero de 2012.-Laia Ortiz Castellví, Diputada.-Joan Coscubiela Conesa, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000080


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el control de las comisiones bancarias y de la transparencia en
los servicios financieros, para su debate en el Pleno.


En 2010, la Comisaría de Consumo de la UE Maglena Kuneva presentaba el estudio 'On the follow up in retail financial services to the consumer markets scoreboard'. En él se evidenció los abusivos precios y la falta de transparencia de las
comisiones por servicios financieros que aplica la banca española. Las entidades bancarias españolas violan diversas leyes europeas de protección de los consumidores. España está incluida en el 'Grupo 1' de países con las comisiones más elevadas
en cuentas corrientes, tarjetas de débito y transferencias.


El estudio también revela que España se encuentra a la cabeza de la UE en el cobro de comisiones, solo superada por Italia. El coste medio de una cuenta corriente en España es el segundo más alto de la UE: 178 euros al año. El 90% de las
entidades bancarias españolas destacan por su opacidad, ya que los gastos y comisiones son tan poco claros, porcentaje solamente superado en la UE-27 por un paraíso fiscal como Malta.


Desde la publicación del estudio se ha agravado aún más la situación. En solo seis meses, las cuantías de las comisiones han subido entre el 8,5% y el 35, es decir, muy por encima del IPC. Todo ello, en un contexto en que las entidades
financieras en 2010 tuvieron unos beneficios conjuntos de 14.940 millones de euros. Unos beneficios sustentados en parte por el cobro de estas comisiones injustas, abusivas y, posiblemente, no acordes con la normativa europea.


A pesar de las quejas formales y las amenazas de sanción de la Comisión Europea, ni el Banco de España ni la Comisión Nacional de la Competencia, están tomando iniciativa alguna para resolver los abusos. En clara dejadez de sus funciones,
ignoran esta situación de indefensión y vulneración de los derechos de los consumidores y consumidoras. En 2011, incluso el comisario Michel Barnier, criticó a España e Italia por las comisiones y la falta de claridad, dijo sentirse 'muy
decepcionado' y afirmó que si el gobierno español no intervenía en la regulación de la información y la cuantía de las comisiones, él tomará la iniciativa legislativa.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Desarrollar reglamentariamente normas para la reducción de los precios de las comisiones bancarias y adaptar las prácticas bancarias a las normas europeas sobre control de la falta de transparencia, para asegurar el asesoramiento adecuado y
la información a los consumidores.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de enero de 2012.-Laia Ortiz Castellví, Diputada.-Joan Coscubiela Conesa, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000081


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el derecho a la



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cotización de los becarios universitarios, para su debate en el Pleno esta Cámara.


El Acuerdo de Diálogo Social para la reforma de pensiones elevado al máximo rango normativo en la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización de la Seguridad Social introdujo el nuevo derecho de los becarios
universitarios y de formación profesional a la cotización a la Seguridad Social.


Se trata de un reconocimiento que nacía de la constatación de que la entrada en el mercado de trabajo se produce cada vez con más frecuencia a través de la participación de los jóvenes en programas formativos o de investigación sin la
correspondiente protección social.


Este nuevo derecho se configura en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de
formación, con entrada en vigor desde el 1 de noviembre y que, en otros aspectos relevantes, destacan su asimilación a trabajadores por cuenta ajena a efectos de su inclusión en el Régimen General de Seguridad Social y la cotización, con excepción
de la protección por desempleo.


Paralelamente, el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, para regular las prácticas no laborales en empresas, dispone que irán dirigidas a personas jóvenes, entre 18 y 25 años inclusive, desempleadas, que tengan cualificación profesional
ya sean en el ámbito educativo o laboral (titulación oficial universitaria, titulación de formación profesional de grado medio o superior, o titulación del mismo nivel que el de esta última, correspondiente a las enseñanzas de formación profesional,
artísticas o deportivas, o bien un certificado de profesionalidad), pero nula o escasa experiencia laboral, bajo la dirección y supervisión de un tutor, en los centros de trabajo de la empresa que previamente haya celebrado un convenio con los
Servicios Públicos de Empleo y tendrán una duración entre 6 y 9 meses,


Tres semanas más tarde del primer desarrollo normativo, se firma un nuevo Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios que anula de facto la obligación
de las empresas de cotizar por los becarios universitarios (grado y máster)


Concretamente, en la disposición adicional primera del mencionado Real Decreto se establece que la inclusión en la Seguridad Social y las reglas especiales aprobadas recientemente 'no serán de aplicación a los estudiantes universitarios que
realicen las prácticas académicas externas'. Es decir, que excluye a la gran mayoría de becarios, todos aquellos que provengan del ámbito universitario (de grado y de máster) del ámbito de la Seguridad Social.


Esta nueva regulación supone vaciar de contenido la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, y el Real Decreto 149312011, de 24 de octubre, que la desarrolla, por la que todos los becarios deberían ser dados de alta
en la Seguridad Social, con la consiguiente cotización, además de poner en riesgo la cotización de los más de 41.000 becarios que ya han sido dados de alta durante este breve período de tiempo.


Esta interpretación del Gobierno atenta al consenso logrado en torno a la necesidad de mejorar la protección social de los becarios, por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la supresión de la disposición adicional primera del Real Decreto 1707/2011 y a garantizar el derecho de cotización de los becarios universitarios.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de enero de 2012.-Laia Ortiz Castellví, Diputada.-Joan Coscubiela Conesa, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000082


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de ley sobre la mejora de las pensiones de viudedad, para su
debate en el Pleno de esta Cámara.


La Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización de la Seguridad Social introduce en su disposición adicional trigésima la mejora de la acción protectora de la pensión de viudedad en los beneficiarios mayores
de 65 años en que esta pensión sea su principal fuente de ingresos.


Concretamente, tal y como recomienda el Pacto de Toledo se incrementa el porcentaje de la base reguladora, del actual 52% al 50% de forma gradual en ocho años a partir del 1 de enero de 2012, que se utiliza para calcular la pensión de
viudedad. El objetivo de dicha medida es garantizar una situación de renta equiparable a la existente antes del fallecimiento del cónyuge o pareja.


El Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público deja sin efecto la mejora de la base reguladora en las pensiones de viudedad al
introducir, en la disposición adicional novena, el aplazamiento de dicha medida.


Es paradójico que el único compromiso explícito del actual Presidente del Gobierno en campaña electoral



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de no tocar los acuerdos en materia de pensiones se vea hoy incumplido de manera tan encubierta.


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la supresión de la disposición adicional novena del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del
déficit público, y al pleno cumplimiento de la disposición adicional trigésima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización de la Seguridad Social, por la que se mejora la acción protectora de las pensiones de
viudedad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de enero de 2012.-Laia Ortiz Castellví, Diputada.-Joan Coscubiela Conesa, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000083


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre reconocimiento del Estado de Palestina como
sujeto de derecho internacional, para su debate en el Pleno.


El 15 de mayo de 2011 se celebró la Nakba (la catástrofe'), día del exilio de unos cuatro millones de palestinos dispersos por el mundo. Con este motivo, Saeb Erekat, el negociador de la OLP, organización que representa al pueblo palestino
conforme al Derecho Internacional, anunció que está recabando apoyos internacionales para proclamar la independencia del Estado Palestino.


La cuestión del derecho de autodeterminación del mundo colonial estaba presente desde el final de la primera guerra mundial. En el pequeño territorio de la región de Palestina venían compitiendo desde principios del siglo los intereses de
árabes y judíos. El pueblo judío permanecía disperso desde el siglo II de nuestra era. Los ataques contra las minorías judías en buena parte de Europa oriental llevaron en 1897 al Congreso sionista de Basilea, a proponer la construcción de 'un
hogar nacional judío' en Palestina. El problema era que la 'Tierra prometida' estaba habitada por otro pueblo y que formaba parte del imperio otomano. Mediante la Declaración Balfour (1917), el Foreign Office británico se comprometió ante lord
Rothschild a apoyar la creación del mencionado 'hogar nacional judío'. En palabras de Arthur Koestler, 'La Declaración Balfour constituye uno de los documentos políticos más increíbles de todos los tiempos. Es un documento por el cual una primera
nación promete solemnemente, a una segunda nación, el país de una tercera nación'.


Al término de la Primera Guerra Mundial y el hundimiento del imperio otomano, la Sociedad de Naciones situó bajo mandato británico a Palestina, cuyo acceso a la independencia quedó momentáneamente diferido. La hasta entonces escasa
presencia de colonos judíos en la región se vio incrementada hasta casi medio millón de personas entre 1922 y 1941. Tras la Segunda Guerra Mundial y el horror del Holocausto, el 29 de noviembre de 1947 la Asamblea General de Naciones Unidas,
mediante la Resolución 181/11, decidió la partición de Palestina en dos Estados independientes, uno árabe y otro judío, con un régimen internacional autónomo para la ciudad de Jerusalén bajo la autoridad de Naciones Unidas.


En 1948 fue creado y proclamado el Estado de Israel, condicionado a la existencia del otro, Más de tres millones de palestinos se vieron forzados al exilio por las presiones de Israel. Desde entonces, la conflictividad entre árabes e
israelíes fue constante y provocó cinco guerras muy sangrientas. Desde un principio hasta hoy, Israel no respetó las fronteras fijadas por la Resolución de partición y acrecentó su territorio a lo largo de los años, conquistando, colonizando y
ocupando los territorios palestinos.


En la Resolución 242 de 1967, el Consejo de Seguridad ordenó que se retiraran las fuerzas armadas israelíes de los territorios ocupados en la Guerra de los Seis Días. A raíz de la Declaración de Independencia del Estado de Palestina,
aprobada unánimemente el 15 de noviembre de 1967 por el Consejo Nacional de Palestina, órgano legislativo de la OLP, un centenar de Estados procedieron a su reconocimiento como sujeto de derecho internacional, entre ellos todos los Estados
sudamericanos salvo Colombia.


El pueblo y la Autoridad Nacional Palestina ya se han comprometido reconociendo a Israel en las fronteras de 1967, pero Israel difiere continuamente el reconocimiento del Estado Palestino y no cesa en sus actividades de colonización en
Jerusalén oriental y en Cisjordania. En los últimos años, a partir de la Declaración de Oslo y de los distintos procesos de negociación, la comunidad internacional viene abogando por la solución de 'dos Estados'. Lamentablemente, el inmovilismo
del actual gobierno israelí está bloqueando la vía negociadora.


Por ello, transcurridos más de 63 años de vigencia de la Resolución 181/11 de Naciones Unidas, el reconocimiento de Palestina ya no puede ser calificado de 'prematuro' y puede acelerar la solución de 'dos Estados'.


La UNESCO ya ha reconocido a Palestina como Estado miembro de pleno derecho. España, que siempre ha abogado por esta solución, está llamada a liderar



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el reconocimiento del Estado palestino en las fronteras de 1967 y su admisión en la ONU, con plenos derechos en instituciones tales como la Corte internacional de Justicia y el Tribunal Penal Internacional. El reconocimiento del Estado
Palestino sólo requiere la libre expresión de la voluntad soberana del Estado español, siendo una decisión discrecional que no está sujeta a la autorización de ningún otro Estado u entidad internacional.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Reconocer expresamente a Palestina como Estado libre e independiente en las fronteras del 4 de junio de 1967.


2. Promover en el seno de la Unión Europea el Reconocimiento del Estado de Palestina por parte de cada uno de los demás Estados miembros.


3. Promover en el seno de la Organización de Naciones Unidas el Reconocimiento del Estado de Palestina como estado miembro de pleno derecho.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de enero de 2012.-José Luis Centella González, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000084


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre iniciativas políticas para la resolución del conflicto del Sahara
Occidental a través de la celebración de un referéndum de autodeterminación de acuerdo a la legalidad internacional, para su debate en el Pleno.


Las exigencias que plantea la actual coyuntura internacional, reclaman por parte del Gobierno la adopción de acciones y medidas en todos los campos geopolíticos en los que España tiene comprometida su implicación y, muy especialmente, en
relación con el Sahara Occidental.


Desde que el Reino de Marruecos y el Frente Polisario acordaran buscar una solución al conflicto en el marco de la ONU hace ya 21 años, este organismo ha presentado cinco planes distintos para tratar de desbloquear la negociación entre las
partes. El resultado ha sido hasta ahora muy limitado, pues desde que se puso en marcha el plan de arreglo en 1991, las autoridades marroquíes no han cesado de aplicar tácticas dilatorias que le han servido para ganar tiempo y mantener su ocupación
de facto del territorio. El 31 de julio de 2003, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas aprobó por unanimidad la resolución 1495 que apoyaba el Plan Baker II. Este Plan de Paz para la libre determinación del Sahara Occidental contemplaba la
celebración de dos procesos electorales: uno para elegir a los miembros de la Asamblea Legislativa y al Jefe Ejecutivo de la Autoridad del Sahara Occidental. El segundo proceso electoral decidiría sobre el estatuto final del territorio en un plazo
de cuatro a cinco años a partir de su aplicación. Mientras el Frente Polisario anunciaba su disposición a explorar esta nueva vía, el Reino de Marruecos la rechazó categóricamente.


En los sucesivos Debates sobre el estado de la Nación desde 2005 y en múltiples propuestas en los últimos años, el Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad resoluciones sobre el Sahara en las que instaba al Gobierno a promover todas
las iniciativas políticas orientadas a alcanzar un acuerdo entre las partes, que respete la legalidad internacional y el legítimo derecho del pueblo saharaui a la libre determinación.


Hoy día, 36 años después del inicio de este conflicto, que comenzó cuando Marruecos ocupó la antigua colonia española en 1975, la situación sigue estancada.


El Gobierno debería aclarar su orientación y mantener los compromisos de Estado adquiridos como Administración responsable del territorio y mantener su apoyo al legítimo derecho de autodeterminación del pueblo saharaui, en cumplimiento de
las propias resoluciones de la ONU y conforme al Derecho Internacional.


La voluntad de cooperación con el vecino Reino de Marruecos debe ser compatible con esa responsabilidad, máxime cuando aquel país es el principal receptor de la ayuda española al desarrollo.


Tanto el Parlamento Europeo como el Alto Comisionado de los Derechos Humanos de la ONU y la organización no gubernamental Human Rights Watch han pedido la ampliación de las competencias de la Misión de Naciones Unidas para el Sahara
Occidental (MINURSO) para que asuma la supervisión y vigilancia de los Derechos Humanos en los territorios ocupados y en los campamentos de refugiados saharauis de Tinduf. Lo cierto es que al día de hoy todavía se están produciendo graves
violaciones recurrentes de los derechos humanos fundamentales en los territorios ocupados por el Reino de Marruecos en el Sahara Occidental, especialmente de la libertad de expresión, asociación, manifestación y comunicación.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1) Defender la necesidad de una solución urgente, justa y definitiva al conflicto del Sahara Occidental, en



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el marco del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de acuerdo a la legalidad internacional.


2) Promover las iniciativas necesarias que contribuyan a culminar el proceso de descolonización del Sahara Occidental, a través de la convocatoria de un referéndum de autodeterminación que incluya la independencia, de acuerdo con la
legalidad internacional y las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU.


3) Pedir a los gobiernos de Marruecos y Argelia que trabajen conjuntamente en la resolución del contencioso saharaui, en el marco de la integración regional magrebí y en colaboración con la Unión Europea.


4) Intensificar la colaboración con el Frente Polisario en relación a la ayuda humanitaria y la cooperación técnica, especialmente a través de las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo españolas a los campamentos de refugiados
saharauis, utilizando a tal efecto todos los instrumentos disponibles de la cooperación pública, tanto de la Agencia Española de Cooperación Internacional, como de las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, mejorando la coordinación entre
todas.


5) Reconocer formalmente a la República Árabe Saharaui Democrática e impulsar el reconocimiento internacional de la misma.


6) Promover en el ámbito de las relaciones bilaterales y en el seno de los organismos internacionales la atribución a la MINURSO de la competencia de supervisión de los derechos humanos en el Sahara Occidental.


7) Instar a las autoridades marroquíes a que pongan en libertad a los presos saharauis encarcelados por el ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales y a que garanticen el respeto a los Derechos Humanos en este conflicto.


8) Procurar acuerdos con el Reino de Marruecos a fin de que se permita visitar sin restricciones los territorios saharauis ocupados a delegaciones parlamentarias y de organizaciones no gubernamentales españolas, al objeto de acercarse a la
realidad actual de los ciudadanos saharauis en los territorios mencionados.


9) Revisar las ventas de material bélico y/o susceptible de doble uso en el marco de la vigente ley de comercio de armas y del Código de Conducta de la Unión Europea.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de enero de 2012.-Joan Josep Nuet Pujals, Diputado.-José Luis Centella González, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000085


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(162) Proposición no de Ley ante el Pleno.


Autor: Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


Proposición no de Ley sobre calendario de retirada de las tropas españolas de Afganistán.


Acuerdo:


Considerando que solicita el debate de la iniciativa ante el Pleno y entendiendo que las comparecencias e información a que se alude en sus apartados 4, 6 y 7 se tramitarían, en su caso, por el cauce reglamentario pertinente, admitirla a
trámite como Proposición no de Ley conforme al artículo 194 del Reglamento, disponer su conocimiento por el Pleno de la Cámara, dando traslado al Gobierno y publicarla en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Grupo
Parlamentario proponente.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de enero de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados, el Grupo Parlamentario IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre calendario de retirada de las tropas españolas de
Afganistán, para su debate en el Pleno.


Nuestro Grupo Parlamentario viene reclamando un debate a fondo y en toda su complejidad, en sede parlamentaria, sobre las características de la misión española en Afganistán, sobre sus objetivos y sus límites, sobre sus costes económicos y
sus resultados, sobre la seguridad de nuestras tropas y, fundamentalmente, sobre el establecimiento de un calendario de retirada militar para concentrar nuestra política de paz en la búsqueda de soluciones diplomáticas y en la reconstrucción y el
desarrollo de la población civil afgana.


Este debate se está produciendo a escala internacional y muy especialmente en los Parlamentos nacionales de los países implicados, en los que los gobiernos están viendo cuestionada la participación de sus respectivas Fuerzas Armadas.


En junio de 2011, el presidente Obama anunció que ese año regresarían 10.000 soldados estadounidenses de Afganistán y que en septiembre de 2012 habrán salido de ese país 33.000 militares. Berlín y París se sumaron de inmediato a este
anuncio, y ordenaron el repliegue



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progresivo de sus tropas respectivas, de manera proporcional y con un calendario comparable a la retirada de las fuerzas estadounidenses. Francia replegó 194 legionarios y 200 militares antes de la Navidad de 2011. Italia aprobó un
calendario de retirada a partir de la primavera de 2012 y Polonia piensa finalizar la retirada de todas sus tropas en 2013.


En la visita realizada a Herat en noviembre de 2011 para repatriar el cuerpo del sargento Joaquín Moya, la entonces ministra de Defensa, Carme Chacón, declaró que 'la misión de Afganistán ha entrado en su etapa final' y el 5 de diciembre del
mismo año confirmó que en enero de 2012 comenzaría la retirada de las tropas españolas destacadas en la provincia de Badghis. El Ministerio de Defensa del gobierno presidido por José Luis Rodríguez Zapatero anunció la retirada gradual y progresiva
de las tropas y el cumplimiento de los plazos marcados por la OTAN en la cumbre de Lisboa celebrada en noviembre de 2010, que establecieron la conclusión de esta misión de la ISAF a más tardar en 2014.


Los responsables políticos de la coalición internacional multiplican sus declaraciones de retirada progresiva de tropas, justificando sus decisiones en los progresos alcanzados en la estabilidad del país y la transferencia de la autoridad a
las fuerzas de seguridad afganas, como ha sido el caso en Herat, una zona de responsabilidad española.


El propio gobierno de Hamid Karzai ha confirmado su voluntad de negociar con los talibanes el futuro de Afganistán y se ha ido distanciando de la misión hasta llegar a llamar a las tropas de la OTAN 'fuerzas de ocupación'.


La retirada de tropas no implica el abandono de Afganistán, pues en la conferencia celebrada en Bonn el 5 de enero de 2012 la coalición internacional liderada por EE.UU. ha reiterado su compromiso de apoyo y cooperación con ese país.


El primer contingente de 350 militares españoles fue desplegado en Afganistán a finales de enero de 2002. Desde entonces, un total de aproximadamente 25.000 militares españoles han participado ya en la misión de la ISAF. Ha transcurrido
casi una década desde aquel despliegue inicial a comienzos de 2002 y nuestras tropas aún desarrollan su labor en la zona noroccidental de Afganistán, donde tienen encomendada la seguridad y la reconstrucción de la Provincia de Badghis, aunque
también se encuentran presentes en menor número en la vecina Provincia de Herat.


Es importante poner de relieve que la misión española en Afganistán está suponiendo un enorme sacrificio humano para las Fuerzas Armadas, que han perdido a 98 de sus integrantes (96 militares y 2 guardias civiles) y a 2 intérpretes a causa
de accidentes, atentados y acciones hostiles de la insurgencia afgana.


Se estima que el coste global de la presencia española en Afganistán hasta finales de 2011 ascendía a unos 2.200 millones de euros. Consecuentemente, el esfuerzo presupuestario para las arcas del Estado español está resultando severo,
especialmente en la coyuntura económica por la que atraviesa el país y el marco de austeridad en el gasto público. Ello provoca que una parte creciente de la ciudadanía española se pregunte por qué estamos prolongando nuestra misión en Afganistán.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Priorizar el tránsito hacia una estrategia civil y política regional que favorezca la estabilidad, la reconstrucción y la reconciliación interna en Afganistán.


2. Presentar ante la Cámara, en el presente período de sesiones, un calendario preciso de retirada de las tropas españolas en Afganistán.


3. Entre tanto, mantener una clara diferenciación de la acción de seguridad y reconstrucción (ISAF) de la Operación Libertad Duradera, evitando toda confusión que deje a nuestras tropas en tierra de nadie o modifique su misión.


4. Abrir una reflexión y promover un debate a fondo en el Pleno de la Cámara sobre los resultados de la misión militar española en Afganistán, sus objetivos y sus límites, sus costes económicos para el Estado; sobre la seguridad de
nuestras tropas y fundamentalmente sobre la continuidad de la misión o la retirada.


5. Remitir a la Cámara en cada período de sesiones un informe de situación que contemple la evolución política y militar del conflicto de Afganistán y su entorno, las alteraciones en materia de seguridad de nuestras tropas; las variaciones
del gasto generado por la misión y el balance de las realizaciones ejecutadas por España en las tareas de reconstrucción y ayuda al desarrollo de la población civil afgana.


6. Comparecer ante la Cámara cada vez que se contemple alguna modificación sustancial en la misión militar española en Afganistán, no sólo para solicitar la preceptiva autorización para todo aumento de tropas, sino en caso de prórroga
temporal, de retirada de efectivos, así como para informar de los incidentes significativos que se puedan producir durante la misión, todo ello con una información previa a los Grupos parlamentarios.


7. Informar cada período de sesiones y en momentos de dificultad, en el marco de la Comisión parlamentaria de Gastos Reservados, de la situación de Inteligencia en la zona.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de enero de 2012.-Joan Josep Nuet Pujals, Diputado.-José Luis Centella González, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.