Ruta de navegación
Publicaciones
III. AUTORIZACIONES TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES Enmienda al Acuerdo de Servicio de Préstamo de (610/000004) (Cong. Diputados, Serie C, núm. 21
Cortes Generales, Serie A, núm. 30
Núm. exp. 110/000020) DICTAMEN DE LA COMISIÓN Al Excmo. Sr. Presidente del Senado. Excmo. Sr.: La Comisión de Asuntos Exteriores, de acuerdo con lo Palacio del Senado, 31 de mayo de 2012.—El Presidente
80.000.000.000 euros entre los siguientes Estados miembros cuya moneda es
el euro: el Reino de Bélgica, Irlanda, el Reino de España, la República
Francesa, la República Italiana, la República de Chipre, el Gran Ducado
de Luxemburgo, la República de Malta, el Reino de los Países Bajos, la
República de Austria, la República Portuguesa, la República de Eslovenia,
y la República de Finlandia y KfW, actuando en interés público, con
sujeción a las instrucciones y acogiéndose a la garantía de la República
Federal de Alemania, como Prestamistas y la República Helénica como
Prestatario, el Banco de Grecia como Agente del Prestatario, hecha en
Bruselas el 27 de febrero de 2012.
dispuesto en el artículo 144.4 del Reglamento del Senado, ha acordado
elevar al Pleno propuesta favorable a la concesión de autorización al
Gobierno para que preste el consentimiento del Estado a obligarse por
medio de la Enmienda al Acuerdo de Servicio de Préstamo de 80.000.000.000
euros entre los siguientes Estados miembros cuya moneda es el euro: el
Reino de Bélgica, Irlanda, el Reino de España, la República Francesa, la
República Italiana, la República de Chipre, el Gran Ducado de Luxemburgo,
la República de Malta, el Reino de los Países Bajos, la República de
Austria, la República Portuguesa, la República de Eslovenia, y la
República de Finlandia y KfW, actuando en interés público, con sujeción a
las instrucciones y acogiéndose a la garantía de la República Federal de
Alemania, como Prestamistas y la República Helénica como Prestatario, el
Banco de Grecia como Agente del Prestatario, hecha en Bruselas el 27 de
febrero de 2012.
de la Comisión, Alejandro Muñoz-Alonso Ledo.—El Secretario Primero
de la Comisión, Alfonso Gustavo Ferrada Gómez.