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BOCG. Senado, apartado I, núm. 606-4162, de 01/10/2015
cve: BOCG_D_10_606_4162 PDF



I. Iniciativas legislativas


Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.
Enmiendas (números 2001 a 2500)
621/000159
(Congreso de los Diputados, Serie A, Num.163, Núm.exp. 121/000163)



ENMIENDA NÚM. 2001

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE


Servicio 11 D.G. BB.AA. Y BIENES CULTURALES, ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS

Programa 337B Conservación y restauración de bienes culturales

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 63 Inversión de reposición asociada al fun.
operativo de los servicios

Proyecto nuevo Eliminación barreras arquitectónicas Torre de ses Puntes (Manacor)

Importe 70,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS.
GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe
70,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Se crea una partida para iniciar las obras de eliminación de las barreras arquitectónicas en los accesos de la Torre de ses Puntes de Manacor (Illes Balears), para continuar con su uso cultural.


ENMIENDA NÚM. 2002

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Servicio 107 INST. NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA

Programa 335B
Teatro

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 63 Inversión de reposición asociada al fun. operativo de los servicios

Concepto nuevo Adaptación y equipación del Teatre del Born de Ciutadella (Menorca)

Importe 1.500,00
(Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE
CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 1.500,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Se crea una partida para la adaptación y equipamiento del Teatre des Born de
Ciutadella (Menorca. Illes Balears).

ENMIENDA NÚM. 2003

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Servicio 11 D.G. BB. AA. Y BIENES CULTURALES
Y DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS

Programa 337C Protección del Patrimonio Histórico

Capítulo 4 Transferencias corrientes

Artículo 45 A comunidades autónomas

Concepto nuevo Apoyo a la Declaración de Patrimonio Mundial de
«Menorca Talaiòtica»

Importe 750,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 750,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Se crea esta partida para ayudar a la
candidatura de «Menorca Talaiòtica» para conseguir ser Patrimonio Mundial de la UNESCO.

ENMIENDA NÚM. 2004

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE


Servicio 105 GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS

Programa 333A Museos

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Proyecto nuevo Puesta en
marcha del proyecto museográfico en Can Saura

Importe 600,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M
IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 600,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Se propone
crear un circuito cultural por el casco antiguo de Ciutadella, como conjunto histórico, con Can Saura como punto central, albergando un proyecto museográfico con el traslado del Museu Bastió de sa Font. Ciutadella (Menorca. Illes Balears).


ENMIENDA NÚM. 2005

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE




Servicio 105 GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS

Programa 332A Archivos

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 62 In. nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Proyecto nuevo
Archivo histórico Provincial de Burgos. Construcción

Importe 1.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa
929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 1.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN


Creación de una partida para iniciar la construcción del nuevo Archivo Histórico Provincial de Burgos, que desde que fue derribado su antiguo edificio en 2004, está disperso en diversas lonjas, instalaciones y naves, habiendo padecido la pérdida
de parte de sus fondos. Cuenta con una parcela en el campus universitario para su construcción.

ENMIENDA NÚM. 2006

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y
DEPORTE

Servicio 11 D.G. BB. AA. Y BIENES CULTURALES Y DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS

Programa 337B Conservación y restauración de bienes culturales

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 63 Inversión de reposición asociada
al funcionamiento operativo de los servicios

Concepto 2014 18 11 0028 Monasterio de San Pedro de Arlanza Hortigüela (Burgos)

Importe 3.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS


Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510
Imprevistos

Importe 3.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Ampliación de la exigua partida inicial de 130.000 euros destinada a la rehabilitación del Monasterio de San Pedro de Arlanza, hoy en ruinas, origen de la Castilla
Condal, en un emplazamiento ambiental, cultural, paisajístico y natural de máximo valor en los Sabinares del Arlanza, al objeto de redactar el Proyecto de Intervención, iniciar cauces de Participación Ciudadana para definir su futuro uso y acometer
intervenciones de urgencia en el edificio actual.

ENMIENDA NÚM. 2007

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Servicio 105 GERENCIA DE
INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS

Programa 333A Museos

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 63 In. de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Proyecto 2000 18 103 0200 Museo de Burgos.
Rehabilitación.

Importe 2.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 2.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Aumento de la partida habilitada
de 150.000 euros en orden a proceder a la ampliación del Museo de Burgos, iniciativa prevista hace 15 años y que se ha demorado en exceso, impidiendo la exposición y conservación de importantes fondos culturales que albergan este excepcional
museo.

ENMIENDA NÚM. 2008

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Servicio 11 D.G. BB. AA. Y BIENES CULTURALES Y DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS


Programa 337B Conservación y restauración de bienes culturales

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Restauración del
Monasterio de Alveinte (Monasterio de la Sierra-Burgos)

Importe 1.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES


Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 1.000,00 (Miles de €)


MOTIVACIÓN

Creación de una partida para iniciar la intervención del Estado en la restauración del Monasterio de Alveinte (Monasterio de la Sierra - Burgos), hoy ruinas tardogóticas en un emplazamiento ambiental, cultural, paisajístico y
natural de máximo valor, al objeto de redactar el Proyecto de Intervención, iniciar cauces de Participación Ciudadana para definir su futuro uso y acometer intervenciones de urgencia en el edificio actual.

ENMIENDA NÚM. 2009

De don
Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Servicio 11 DIR. GRAL. DE BB.AA. Y BIENES CULT. Y DE ARCHIVOS Y BIBLIOT.

Programa 337B Conservación y
restauración de bienes culturales

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 63 Inversión de rep. asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Proyecto nuevo Excavaciones arqueológicas en Vega Baja de Toledo

Importe
600,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS




Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos


Concepto 510 Imprevistos

Importe 600,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

La zona arqueológica de Vega Baja, en Toledo, es un yacimiento de enorme valor datado en época tardo-romana y visigoda dentro de la cual se estima que la
entidad de los restos podría situarse la basílica pretoriense de San Pedro y San Pablo, donde se celebraron los Concilios de Toledo. Este espacio de indudable valor arqueológico e histórico precisa de una actuación urgente de excavación y puesta en
valor dado que en la actualidad se encuentra abandonado y expuesto a robos y actos incívicos o de vandalismo.

ENMIENDA NÚM. 2010

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA
Y DEPORTE

Servicio 11 D.G. BB. AA. Y BIENES CULTURALES Y DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS

Programa 337B Conservación y restauración de bienes culturales

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 61 Inversión de reposición en
infraestructuras y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Restauración del Monasterio de Rioseco (Burgos)

Importe 1.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D.
G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos


Importe 1.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Creación de una partida para iniciar la intervención del Estado en la restauración del Monasterio de Río Seco (Valle de Manzanedo-Burgos) al objeto de redactar el Proyecto de
Intervención, iniciar cauces de Participación Ciudadana para definir su futuro uso y acometer intervenciones de urgencia en el edificio actual.

ENMIENDA NÚM. 2011

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García,
COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN
18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Servicio 105 GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS

Programa 333A Museos

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo
de los servicios

Proyecto nueva Biblioteca y Museo de la Cerámica, Costumbres y la Gastronomía (Benicarló)

Importe 3.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G.
PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos


Importe 3.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

La Casa del Marqués de Benicarló es un edificio histórico Bien de Interés Cultural del siglo XVIII, fue sede de la encomienda de la Orden de Montesa de Benicarló-Vinaròs. La propiedad
tiene 765 metros cuadrados y un jardín posterior. Su cocina cerámica con materiales del siglo XVIII ha sido calificada como la capilla Sixtina de la cerámica valenciana y es la única completa que se conserva en la autonomía. Todas sus paredes son
cerámicas y de enorme belleza, retratando escenas relacionadas con la gastronomía, las costumbres y los placeres de la alimentación. El Marqués fue un gran terrateniente, sostuvo una destacada biblioteca y mantuvo notables edificios históricos en
la autonomía valenciana.

ENMIENDA NÚM. 2012

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda
a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 18 M.º DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Servicio 11 D. G. DE BELLAS ARTES Y BIENES CULT. Y DE ARCHIVOS Y
BIBLIOT.

Programa 337B Conservación y restauración de bienes culturales

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Restauración y mejora
del yacimiento íbero del Puig de la Nau en Benicarló y de los nuevos hallazgos en el Mas de Fabra

Importe 300,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D.G. PRESUPUESTOS. GASTOS
DE LOS DEPS. MINISTERIALES

Programa 929M Imprevistos y funciones no clasificadas

Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 300,00 (Miles de
€)

MOTIVACIÓN

El Puig de la Nau de Benicarló alberga, en un entorno excepcional, los restos amurallados de un núcleo poblacional ibero de alto valor patrimonial, excelente ejemplor de arquitectura avanzada y con un alta
potencialidad turística. Recientemente se han descubierto con las obras de la variante de la N-340 un nuevo yacimiento en el Mas de Fabra, que deberían ser excavados y puestos en valor para su uso turístico y cultural.

ENMIENDA NÚM. 2013


De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 18 M.º DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Servicio 11 D. G. DE BELLAS ARTES Y BIENES CULT. Y DE ARCHIVOS Y BIBLIOT.

Programa 337B Conservación y restauración de
bienes culturales

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 62 Restauración y recuperación de la Cartuja de Vall de Crist (Altura)

Importe 3.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS
MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos


Concepto 510 Imprevistos

Importe 3.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

La Cartuja de Vall de Crist, uno de los monumentos más importantes de este género en todo el País Valencià, no goza, a pesar de su relevancia, de todas
las actuaciones que merecería. La cartuja de Vall de Crist estuvo vigente durante seis siglos y fue uno de los centros eclesiásticos y de más contundencia histórica que alberga la Comunidad Valenciana. Mientras estuvo en pie diversos papas la
visitaron, se celebraron grandes encuentros de índole eclesiástica y su control abarcaba numerosas propiedades como villas, fábricas, masías, terrenos y viviendas dispersas por todo el reino de Valencia.




ENMIENDA NÚM. 2014

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE.

Servicio 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa 336A Fomento y apoyo de
actividades deportivas

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 60 Inversión en nuevas infraestructuras y bienes destinados al uso general

Importe 2000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS
MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos


Concepto 510 Imprevistos

Importe 2000,00 (Miles de €)

PROYECTO DE INVERSIÓN: Trasferencia de fondos para la construcción de una ciudad deportiva en la ciudad de Benicarló

JUSTIFICACIÓN DE LA ENMIENDA

Una ciudad
de casi 30.000 habitantes debe contar con unos equipamientos deportivos acordes que incluyan además, infraestructuras que permitan la promoción de los deportes minoritarios y propios, como la pilota valenciana.

ENMIENDA NÚM. 2015

De
don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE.

Servicio 11 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES, BIENES CULTURALES,ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS

Programa 337C


Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 60 Inversión en nuevas infraestructuras y bienes destinados al uso general

Importe 2000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D.
G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos


Importe 2000,00 (Miles de €)

PROYECTO DE INVERSIÓN: Trasferencia de fondos para la construcción de un Auditorio Municipal en la ciudad de Benicarló

JUSTIFICACIÓN DE LA ENMIENDA

Una ciudad de casi 30.000 habitantes
debe contar con unos equipamientos culturales acordes.

ENMIENDA NÚM. 2016

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE.

Servicio 11 DIRECCIÓN GENERAL DE
BELLAS ARTES, BIENES CULTURALES,ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS

Programa 337C

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 63 Inversión de reposición associada al funcionamiento operativo de servicios

Importe 500,00 (Miles de
€)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y
OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 500,00 (Miles de €)

PROYECTO DE INVERSIÓN: Dotación económica para el Conservatorio de Música de Benicarló

JUSTIFICACIÓN DE
LA ENMIENDA

El Consevatrio de Benicarló es el único de titularidad municipal del País Valenciano y, como tal, es el ayuntamiento quien asume las nóminas de los profesores, el mantenimiento y las becas de los alumnos. Mientras sea de
titularidad municipal, es necesaria una colaboración económica para poder asumir esta gestión.

ENMIENDA NÚM. 2017

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO


Servicio 16 DIR. GRAL. DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Programa 422M Reconversión y reindustrialización

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso
general

Concepto nuevo Activación Polígono Industrial carretera Onda-Vila-real (Castelló)

Importe 3.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D.G. PRESUPUESTOS. GASTOS
DE LOS DEPS. MINISTERIALES

Programa 929M Imprevistos y funciones no clasificadas

Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 3.000,00 (Miles
de €)

MOTIVACIÓN

El polígono industrial de la carretera de Onda de la ciudad de Vila-real se encuentra actualmente prácticamente paralizado. Debido a esta carencia de suelo industrial muchas empresas han tenido que emigrar de
la ciudad para poder ampliar sus instalaciones.

ENMIENDA NÚM. 2018

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA




SECCIÓN 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO

Servicio 16 DIR. GRAL. DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Programa 433M Apoyo a la pequeña y mediana empresa

Capítulo 6 Inversiones reales


Artículo 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Fomento de las empresas de economía social y sostenible en Castelló

Importe 600,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31
GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51
Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 600,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Para financiar cooperativas y empresas de economía social y sostenible de Castelló, que no tienen garantizado su funcionamiento
debido a los impagos de la Generalitat y ayuntamientos, y la dificultad de acceso a los créditos por constar como morosos por lo que les adeudan las administraciones públicas.

ENMIENDA NÚM. 2019

De don Carles Mulet García (GPMX)


El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

SECCIÓN 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO

Servicio 18 SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA

Programa 421M Dirección y Servicios Generales de Industria y Energía

Capítulo 6 Inversiones
reales

Artículo 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Construcción Subestación eléctrica para Llíria (València) y comarca

Importe 8.000,00 (Miles de €)

BAJA


SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D.G. PRESUPUESTOS. GASTOS DE LOS DEPS. MINISTERIALES

Programa 929M Imprevistos y funciones no clasificadas

Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos


Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 8.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Es necesaria la creación de una subestación eléctrica en Llíria para el suministro de los servicios eléctricos
básicos en la comarca.

ENMIENDA NÚM. 2020

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a
la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO

Servicio 16 DIR. GRAL. DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA

Programa 422B Desarrollo industrial

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Programa de apoyo al desarrollo, la adquisición de
nuevas tecnologías y la

internacionalización de las industrias tradicionales de la Comunitat Valenciana (calzado,

textil, marroquinería, juguete, etc.)

Importe 40.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS
DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros
imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 40.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

La mayor parte de las industrias tradicionales valencianas se encuentran en una situación de crisis endémica y necesitan un apoyo mayor
por parte de la Administración General del Estado como uno de los principales motores de creación de empleo en algunas comarcas de esta comunidad autónoma.

ENMIENDA NÚM. 2021

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles
Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA

SECCIÓN 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO

Servicio 04 SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO

Programa 432A Coordinación y promoción del turismo

Capítulo 7 Transferencias de capital

Artículo 75 A
comunidades autónomas

Concepto nuevo Plan de Desestacionalización del Turismo en las Illes Balears

Importe 15.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS.
GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe
15.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Se propone una partida para convenio de actuación, en línea con los suscritos en 2009 y 2010, para invertir en la Desestacionalización de un destino turístico maduro, para que los beneficios del
turismo repercutan en forma de prosperidad compartida.

ENMIENDA NÚM. 2022

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO

Servicio 18 SECRETARÍA DE ESTADO DE
ENERGÍA

Programa 425A Normativa y desarrollo energético

Capítulo 7 Transferencias de capital

Artículo 75 A comunidades autónomas

Concepto nuevo Plan de inversión Baleares 100 % renovables




Importe 15.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 15.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Se propone una partida para promover
el cumplimiento de los objetivos europeos en materia de ahorro energético, reducción de emisiones de CO2 e implantación de energías renovables en las Illes Balears.

ENMIENDA NÚM. 2023

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador
Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA

SECCIÓN 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO

Servicio 16 DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA

Programa 422M Reconversión y reindustrialización

Capítulo 6 Inversiones reales


Artículo 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Plan Reindustrialización comarca de Talavera de la Reina (Toledo)

Importe 30.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31
GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D.G. PRESUPUESTOS. GASTOS DE LOS DEPS. MINISTERIALES

Programa 929M Imprevistos y funciones no clasificadas

Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo 51
Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 30.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Talavera de la Reina y su Comarca están padeciendo una fuerte desindustrialización, cierre de empresas, éxodo de jóvenes, elevado
desempleo y además está amenazada por una mayor pérdida de empleo directo e indirecto, así como de la actividad económica asociada a sus industrias tradicionales. La pérdida de población en Talavera y su comarca requiere inversiones inmediatas en
industrialización.

ENMIENDA NÚM. 2024

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO

Servicio 16 DIR. GRAL. DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA

Programa 422M Reconversión y reindustrialización

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Plan Reindustrialización Miranda de
Ebro (Burgos)

Importe 30.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D.G. PRESUPUESTOS. GASTOS DE LOS DEPS. MINISTERIALES

Programa 929M Imprevistos y funciones no
clasificadas

Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 30.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Miranda de Ebro padece una fuerte
desindustrialización y además está amenazada por la pérdida de empleo directo e indirecto, así como la actividad económica asociada al cierre de la Central Nuclear de Santa María de Garoña.

ENMIENDA NÚM. 2025

De don Carles Mulet García
(GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA


De modificación.

ALTA

SECCIÓN 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO

Servicio 16 DIR. GRAL. DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Programa 422M Reconversión y reindustrialización

Capítulo 6
Inversiones reales

Artículo 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Plan Reindustrialización comarca de Puertollano (Ciudad Real)

Importe 30.000,00 (Miles de €)


BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D.G. PRESUPUESTOS. GASTOS DE LOS DEPS. MINISTERIALES

Programa 929M Imprevistos y funciones no clasificadas

Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros
imprevistos

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 30.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Puertollano y su comarca están padeciendo una fuerte desindustrialización, cierre de empresas,
éxodo de jóvenes, elevado desempleo y además está amenazada por una mayor pérdida de empleo directo e indirecto, así como de la actividad económica asociada a sus industrias tradicionales. El cierre anunciado de ELCOGAS puede ser la puntilla
definitiva a esta comarca, por lo que es necesaria una actuación inmediata de reindustrialización.

ENMIENDA NÚM. 2026

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y
TURISMO

Servicio 16 DIR. GRAL. DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Programa 422M Reconversión y reindustrialización

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes
destinados al uso general

Concepto nuevo Plan Reindustrialización de Béjar y comarca (Salamanca)

Importe 30.000,0 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D.G. PRESUPUESTOS.
GASTOS DE LOS DEPS. MINISTERIALES

Programa 929M Imprevistos y funciones no clasificadas

Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos




Importe 30.000,0 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Béjar y su comarca están padeciendo una fuerte desindustrialización, cierre de empresas, éxodo de jóvenes, elevado desempleo y además está amenazada por una mayor pérdida de
empleo directo e indirecto, así como de la actividad económica asociada a sus industrias tradicionales.

ENMIENDA NÚM. 2027

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA
Y TURISMO

Servicio 16 DIR. GRAL. DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Programa 422B Mantenimiento red eléctrica

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados
al uso general

Concepto nuevo Interconexión de la red eléctrica en Ares del Maestrat para que la de Vilafranca no

sea final de línea

Importe 40.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS
MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos


Concepto 510 Imprevistos

Importe 40.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Red eléctrica. Ministerio de Industria y Energía. Interconexión de la red en Ares del Maestrat para que la de Vilafranca no sea final de línea y
provoque cortes y bajadas de tensión en el suministro que ahora mismo perjudican a la población y a la industria muy a menudo.

ENMIENDA NÚM. 2028

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS
(GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA


SECCIÓN 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA

Programa 452A Gestión e infraestructuras del agua

Capítulo 7 Transferencias de capital

Artículo 75 A
comunidades autónomas

Concepto nuevo Proyecto colector interceptor gral. de gravedad centro hasta EDAR Palma II

Importe 8.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G.
PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos


Importe 8.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

El colector de aguas mixtas de las Avenidas de Palma, en el tramo de Av. Gabriel Alomar Villalonga se colmata en periodos punta y lluvias intensas, especialmente en su tramo final, al
llegar a la autopista de Levante. Se plantea un convenio para financiar las obras para interceptar el colector a la altura de la calle General Ricardo Ortega y conducir las aguas hasta la ubicación donde está prevista la construcción de un tanque
de tormentas para laminar los caudales, antes de incorporarlos al proceso de depuración. Las obras están valoradas en 16.000.000 €, y se financiarían en dos anualidades.

ENMIENDA NÚM. 2029

De don Carles Mulet García (GPMX)


El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA


De modificación.

ALTA

SECCIÓN 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Servicio 06 DIR. GENERAL DE SOSTENIBILIDAD DE LA COSTA Y EL MAR

Programa 456D Actuación en la costa

Capítulo 7
Transferencias de capital

Artículo 75 A comunidades autónomas

Concepto nuevo Remodelación integral de la playa de Palma

Importe 20.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS


Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510
Imprevistos

Importe 20.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Creación de una partida presupuestaria para poder cumplir con el convenio firmado con la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, en el marco de la disposición
transitoria novena del Estatuto de Autonomía, para la remodelación integral de la Playa de Palma.

Debido a que el montante total es de 83,5 millones de euros y que desde 2009, sólo se han formalizado convenios por 20 millones, se propone que
la cantidad pendiente se transfiera en tres años (2016-2018).

ENMIENDA NÚM. 2030

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE


Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA

Programa 452A Gestión e infraestructuras del agua

Capítulo 7 Transferencias de capital

Artículo 75 A comunidades autónomas

Concepto nuevo Convenio conservación cauces de
Baleares

Importe 2.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 2.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Se crea esta partida para que el
Estado financie un nuevo convenio con la comunidad autónoma para el mantenimiento y la gestión de los torrentes como se hacía en años anteriores.

ENMIENDA NÚM. 2031

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet
García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.




ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Servicio 08 DIR. GRAL. CALIDAD Y EVALUACIÓN AMBIENTAL Y MEDIO NATURAL

Programa 456B Protección y
mejora del medio natural

Capítulo 7 Transferencias de capital

Artículo 75 A comunidades autónomas

Concepto nuevo Financiación transporte residuos Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla

Importe 20.000,00 (Miles de
€)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y
OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 20.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Se crea esta partida para dar cumplimiento a la D.A. 3 de la actual Ley 22/2011, de
residuos, que establece que la Administración General del Estado establecerá medidas para financiar el coste adicional que implica la valorización de los residuos generados en las Illes Balears, Canarias, Ceuta y Melilla que no hayan podido
valorizarse in situ y que sean transportados por mar a la Península o a otra isla.

ENMIENDA NÚM. 2032

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA,
ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA

Programa 456A Calidad del agua

Capítulo 7 Transferencias de capital

Artículo 75 A comunidades autónomas

Concepto nuevo Financiar inversiones
realizadas en plantas desaladoras de Baleares

Importe 20.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D.G. PRESUPUESTOS. GASTOS DE LOS DEPS. MINISTERIALES

Programa 929M
Imprevistos y funciones no clasificadas

Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 20.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Se crea
esta partida para poder dar cumplimiento al convenio entre el Ministerio y la comunidad autónoma. Además el Estado debería financiar la inversión efectuada en las desaladoras de Ciudadela, Andratx, Alcudia y Santa Eulalia de la misma forma que ha
hecho en todas las desaladoras de las Islas Canarias.

Permitirá la reducción del precio del agua producida por lo que se prevé un incremento del consumo de agua desalada y la reducción de presiones sobre las masas de agua.

El importe
total de las inversiones realizadas es de 80.000.000 €, a financiar en el período 2016-2019.

ENMIENDA NÚM. 2033

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA,
ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Servicio 06 DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD DE LA COSTA Y EL MAR

Programa 456D Actuación en la costa

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes
destinados al uso general

Proyecto 2005 23 06 1390 Obras de reposición y conservación del litoral (Illes Balears)

Importe 5.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D.G.
PRESUPUESTOS. GASTOS DE LOS DEPS. MINISTERIALES

Programa 929M Imprevistos y funciones no clasificadas

Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos


Importe 5.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

En la costa de Illes Balears existen multitud de elementos patrimoniales en estado de abandono y degradación (nidos de ametralladoras, torres de enfilación, varaderos...). Los
proyectos de inversión previstos en presupuestos de años anteriores han quedado reducidos a cantidades con las que es imposible acometer las actuaciones necesarias.

Por ello se propone ampliar esta partida, para poder realizar actuaciones
sobre estos elementos, que además de su importancia histórica y patrimonial, tienen una incidencia importante sobre el turismo.

ENMIENDA NÚM. 2034

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS
(GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA


SECCIÓN 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA

Programa 456A Calidad del agua

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 60 Inversión nueva en infraestructura y
bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Para adecuar la desalinizadora de Ciutadella a una gestión insular del agua

Importe 3.500,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS


Servicio 02 D.G. PRESUPUESTOS. GASTOS DE LOS DEPS. MINISTERIALES

Programa 929M Imprevistos y funciones no clasificadas

Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510
Imprevistos

Importe 3.500,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Es necesario darle uso a la desalinizadora de Ciutadella, en el marco de una gestión insular del agua, y ello pasa por adecuar y acabar la inversión en función del uso
y función que se le asigne.

ENMIENDA NÚM. 2035

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Servicio 110 CONFEDERACIÓN
HIDROGRÁFICA DEL TAJO




Programa 452A Gestión e infraestructuras del agua

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Limpieza y depuración de agua,
acondicionamiento de caudales y cauces del río

Tajo entre Aranjuez y Talavera de la Reina (Toledo)

Importe 4.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS.
GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe
4.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

El río Tajo necesita urgentemente una limpieza de sus caudales y su cauce que debe ser llevada a cabo de manera inmediata por la C.H. Tajo, debido a la polución y suciedad que arrastra en el
tramo medio del río.

ENMIENDA NÚM. 2036

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a
la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Servicio 18 D. G. DE DESARROLLO RURAL Y
POLÍTICA FORESTAL

Programa 414B Desarrollo del medio rural

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Inversiones para
desarrollo rural en la provincia de Cuenca

Importe 40.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M
IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 40.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

La
situación de abandono del medio rural en la provincia de Cuenca, en la que las pérdidas poblacionales son constantes y la inversión en el medio rural es nula, es necesario fijar población e invertir para frenar esta situación.

ENMIENDA
NÚM. 2037

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE.

Servicio 101 DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL Y POLÍTICA
FORESTAL

Programa 456C Desarrollo del medio rural

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 63 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Promoción y desarrollo de iniciativas
turísticas y medioambientales en los Parques

Nacionales de Cabañeros y las Tablas de Daimiel

Importe 2.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D.G. PRESUPUESTOS.
GASTOS DE LOS DEPS. MINISTERIALES

Programa 929M Imprevistos y funciones no clasificadas

Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 2.000,00
(Miles de €)

MOTIVACIÓN

Los Parques Nacionales de Cabañeros (Ciudad Real y Toledo) y de Las Tablas de Daimiel (Ciudad Real) se encuentran entre los tres menos visitados de España, lo que hace necesario la implicación del
Ministerio y del Organismo de Parques Nacionales para promocionar y desarrollar nuevas iniciativas turísticas y medio ambientales que hagan más atrayentes los parques a los ciudadanos y que favorezcan la conservación y el mejor conocimiento de los
mismos.

ENMIENDA NÚM. 2038

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Servicio 18 D. G. DE DESARROLLO RURAL Y POLÍTICA
FORESTAL

Programa 414B Desarrollo del medio rural

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Inversiones para desarrollo rural
en la provincia de Guadalajara

Importe 40.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y
FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 40.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

La situación de abandono
del medio rural en la provincia de Guadalajara, en la que las pérdidas poblacionales son constantes y la inversión en el medio rural es nula, es necesario fijar población e invertir para frenar esta situación.

ENMIENDA NÚM. 2039

De don
Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Servicio 18 D. G. DE DESARROLLO RURAL Y POLÍTICA FORESTAL

Programa 414B Desarrollo del medio
rural

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Inversiones para desarrollo rural en la provincia de Albacete

Importe 40.000,00
(Miles de €)

BAJA




SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS
IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 40.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

La situación de abandono del medio rural en la provincia de Albacete, en la que las pérdidas
poblacionales son constantes y la inversión en el medio rural es nula, es necesario fijar población e invertir para frenar esta situación.

ENMIENDA NÚM. 2040

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García,
COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA

SECCIÓN 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA

Programa 452A Gestión e infraestructuras del agua

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 60
Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Regulación del río Arlanza

Importe 20.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D.
G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos


Importe 20.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Creación de una partida para la continuación de las obras del Embalse de Castrovido.

ENMIENDA NÚM. 2041

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet
García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA

SECCIÓN 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA

Programa 452A Gestión e infraestructuras del agua

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 61
Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Mejora del abastecimiento de agua en Talavera de la Reina (Toledo)

Importe 5.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS
DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros
imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 5.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Adelanto de las inversiones para la mejora del abastecimiento de agua en Talavera de la Reina (Toledo), previsto para anualidades
futuras.

ENMIENDA NÚM. 2042

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Servicio DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA


Programa 452 A Gestión e infraestructuras del agua

Capítulo 2.1 Inversiones reales

Artículo Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Mejora del abastecimiento de la población


Importe 1.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Servicio DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA

Programa 452A Gestión e infraestructuras del agua

Capítulo 2.1
Inversiones reales

Artículo Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general

Concepto Nuevas infraestructuras y modernización de las existentes

Importe 1.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN


Pozo de las Llargueres; Confederación Hidrográfica del Júcar. Dotar de presupuesto (aprox. 1 millón de euros según los técnicos) para hacer un pozo nuevo, aparte del que da servicio en Vilafranca y Benasal, para llegar al acuífero regional del
Maestrat y paliar los problemas de abastecimiento de agua de la población y de la industria.

ENMIENDA NÚM. 2043

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA,
ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE.

Servicio 18 DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL Y POLÍTICA FORESTAL

Programa 414B Desarrollo del medio rural.

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 61 Inversión de reposición en
infraestructuras y bienes destinados al uso general

Proyecto: Mejora de la Vía Verde de Ojos Negros a su paso por Altura.

Importe 150,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio
02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510
Imprevistos

Importe 150,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN




La actual vía verde es en buena parte un vial para el tráfico rodado, para cualquier tipo de automóvil. Los proyectos para separar la vía verde del tráfico se ejecutan muy lentamente y por eso queremos un proyecto más ambicioso, que
potencie al máximo este recorrido y sea un gran revulsivo turístico no ya solo para el municipio sino para toda la comarca.

ENMIENDA NÚM. 2044

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 23
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACION Y MEDIO AMBIENTE.

Servicio 23.107 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR.

Programa 452A Gestión e infraestructuras del agua

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 61 Inversión de
reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Importe 500,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES


Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 500,00 (Miles de €)

PROYECTO DE
INVERSIÓN: Limpieza / adecuación y mantenimiento de la zona húmeda de Aiguadoliva entre los términos municipales de Benicarló y Vinarós

JUSTIFICACIÓN DE LA ENMIENDA

Por considerarlo necesario.

ENMIENDA NÚM. 2045

De don
Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 26 MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD

Servicio 15 SECRETARÍA DE ESTADO DE SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD

Programa 311M Dirección y Servicios
Generales de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Mejora ayuda municipios Camp de Turia


Importe 1.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D.G. PRESUPUESTOS. GASTOS DE LOS DEPS. MINISTERIALES

Programa 929M Imprevistos y funciones no clasificadas


Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 1.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Comarca que históricamente ha estado desprovista de
servicios sociales y en la cual hay riesgo de exclusión social, tanto por dependencia como por dificultad de inmersión.

ENMIENDA NÚM. 2046

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 26
MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD

Servicio 16 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS PARA LA FAMILIA Y LA INFANCIA

Programa 231G Atención a la infancia y a las familias

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 60
Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Creación Punto de Encuentro en Náquera

Importe 90,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio
02 D.G. PRESUPUESTOS. GASTOS DE LOS DEPS. MINISTERIALES

Programa 929M Imprevistos y funciones no clasificadas

Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510
Imprevistos

Importe 90,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Facilitar los encuentros familiares en caso de conflicto ya que así las exparejas puedan disponer de un lugar neutral donde dejar y recoger menores y resolver problemas
derivados de las rupturas.

ENMIENDA NÚM. 2047

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 26 MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD

Servicio 15 SECRETARÍA DE ESTADO DE
SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD

Programa 232A Promoción y servicios a la juventud

Capítulo 7 Transferencia de capital Inversiones reales

Artículo 76 A corporaciones locales

Concepto nuevo Creación de un albergue juvenil en
Sueca (València)

Importe 1.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D.G. PRESUPUESTOS. GASTOS DE LOS DEPS. MINISTERIALES

Programa 929M Imprevistos y funciones no
clasificadas

Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 1.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Sueca es una ciudad de cerca de 30.000
habitantes, con un gran potencial turístico y dotada de numerosos y valiosos recursos culturales (Casa Museu Joan Fuster, Espai Natural de la Muntanyeta dels Sants, Mostra Internacional de Mim, Concurs Internacional de Paella Valenciana, etc.), que
pueden atraer a un público joven.

Sin embargo, cuenta con escasas posibilidades de alojamiento en el centro urbano, ya que la proximidad con la costa ha desplazado allí los hoteles y apartamentos.

El Ayuntamiento es propietario del
antiguo Matadero Municipal, un edificio de gran valor arquitectónico, que podría adaptarse perfectamente para habilitarlo como albergue juvenil. Este es el sentido de la creación de esta partida.

ENMIENDA NÚM. 2048

De don Carles Mulet
García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA

De modificación.




ALTA

SECCIÓN 26 MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD

Servicio 16 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS PARA LA FAMILIA Y LA INFANCIA

Programa 231F Otros servicios sociales del Estado

Capítulo 4
Transferencias corrientes

Artículo 46 A corporaciones locales

Concepto nuevo Convenio con Ayto. de Algemesí para creación nuevas plazas (en residencia y

viviendas tuteladas) de atención a mayores. Primera fase

Importe
4.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D.G. PRESUPUESTOS. GASTOS DE LOS DEPS. MINISTERIALES

Programa 929M Imprevistos y funciones no clasificadas

Capítulo 5 Fondo
de Contingencia y otros imprevistos

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 4.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

La OMS establece que la cantidad idónea de plazas para gente mayor es
del 5 % de la gente de más de 65 años residente en la ciudad. Algemesí está por debajo de la media estatal, autonómica y provincial.

Se solicita dicho convenio para cumplir con los criterios de la OMS y por necesidad de plazas. Proyecto a
realizar en 2 fases.

ENMIENDA NÚM. 2049

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a
la Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 27 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

Servicio 11 Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e
Innovación

Programa 00X Trasferencias internas

Capítulo 4 Trasferencias corrientes

Artículo 48 A familias e instituciones sin fines de lucro

Concepto nuevo Para dotar de mayor presupuesto al Centro de Investigación
Príncipe Felipe de Valencia

Importe 4.500,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y
FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 4.500,00 (Miles de €)

PRESUPUESTO DEL ORGANISMO

ALTA
PRESUPUESTO DE GASTOS

SECCIÓN 27 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

Servicio 401 CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS

Programa 463A Investigación científica

Capítulo 4 Trasferencias corrientes


Artículo 48 A familias e instituciones sin fines de lucro

Concepto nuevo Para dotar de mayor presupuesto al Centro de Investigación Príncipe Felipe de València

Importe 4.500,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 27
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

Servicio 401 CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS

Programa 463A Trasferencias internas

Capítulo 4 Trasferencias corrientes

Artículo 48 A familias e instituciones sin
fines de lucro

Concepto Del departamento al que está adscrito

Importe 4.500,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

El Centro de Investigación Príncipe Felipe de Valencia es una institución pionera en la investigación
científica, para encontrar soluciones de mejora de la salud humana, aplicando las tecnologías más avanzadas para desarrollar nuevas terapias. Por ello se hace imprescindible dotarlo de mayores recursos económicos.

ENMIENDA NÚM. 2050


De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 27 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

Servicio 09 DR. GRAL. DE COMERCIO INTERNACIONAL E INVERSIONES

Programa 431A Promoción comercial e
internacionalización de la empresa

Capítulo 8 Activos financieros

Artículo 87 Aportaciones patrimoniales

Concepto 871 Al fondo para la internacionalización de la empresa

Importe 40.000,00 (Miles de €)


BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS
IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 40.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Se incrementa la partida para aproximarla a los niveles de 2011, con el fin de garantizar unas
ayudas adecuadas a la internacionalización de los sectores productivos, dada la importancia de impulsar el comercio exterior en este contexto de crisis. La cantidad que se consigna es especialmente importante para aquellos sectores manufactureros e
industrias tradicionales valencianas, como el calzado, el textil, la marroquinería o el juguete, que registraron un aumento de las exportaciones. Sectores como éste necesitan un apoyo decidido para su participación en ferias internacionales, motivo
por el que se precisa este aumento de la partida presupuestaria.

ENMIENDA NÚM. 2051

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 27 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

Servicio 09 DRIRECCIÓN GENERAL
DE INNOVACIÓN Y COMPETITIVIDAD

Programa 463B Fomento y coordinación de la investigación científica y técnica

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios


Concepto nuevo Creación Polo de Excelencia Marítimo-Náutico de las Illes Balears

Importe 2.500,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS
MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS




Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 2.500,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

Se habilita esta partida para crear un espacio
integrado para la investigación, innovación y formación en temas marítimo-náuticos que incluya los diferentes actores implicados en el sector: SOCIB, IMEDEA, AEMET, en colaboración con la UIB y la Escuela de Estudios Marítimos, y el sector
empresarial náutico para la identificación de necesidades formativas y de negocio.

ENMIENDA NÚM. 2052

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones financieras con entes territoriales.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 32 OTRAS RELACIONES FINANCIERAS CON
ENTES TERRITORIALES

Servicio 01 SECRETARIA GENERAL DE COORD. AUTONÓMICA Y LOCAL. CC.AA.

Programa 441M Subvenciones y apoyo al transporte terrestre

Capítulo 4 Transferencias corrientes

Artículo 45 A comunidades
autónomas

Proyecto nuevo Conexión Nàquera-Estaciones ADIF

Importe 950,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES


Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos

Concepto 510 Imprevistos

Importe 950,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN


Solventar las dificultades de conexión de Náquera con las diferentes estaciones de ADIF y así prevenir el aislamiento urbano.

ENMIENDA NÚM. 2053

De don Carles Mulet García (GPMX)

El Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS
(GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones financieras con entes territoriales.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN
32 OTRAS RELACIONES FINANCIERAS CON ENTES TERRITORIALES

Servicio 01 SECRETARIA GENERAL DE COORD. AUTONÓMICA Y LOCAL. CC.AA.

Programa 441M Subvenciones y apoyo al transporte terrestre

Capítulo 4 Transferencias corrientes


Artículo 45 A comunidades autónomas

Proyecto nuevo Contrato Programa de financiación del transporte del Área Metropolitana de València

Importe 37.000,00 (Miles de €)

BAJA

SECCIÓN 31 GASTOS DE DIVERSOS
MINISTERIOS

Servicio 02 D. G. PPTOS. GASTOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

Programa 929M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO CLASIFICADAS

Capítulo 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

Artículo 51 Otros imprevistos


Concepto 510 Imprevistos

Importe 37.000,00 (Miles de €)

MOTIVACIÓN

El área metropolitana de València está constituida por 43 municipios, donde viven 1,5 millones de habitantes. La red de transportes públicos está
integrada por las empresas públicas de autobuses municipales y las empresas públicas, la red de Metro València (FGV), los trenes de Cercanías. A pesar de ser la tercera área metropolitana del estado español, a diferencia de las ciudades de
Barcelona y Madrid, y de la Comunidad Autónoma Canaria, València no recibe ni un euro de subvención y apoyo al transporte.

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS) y el Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan 2 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.

Palacio del Senado, 28 de septiembre de 2015.—El Portavoz del GPS, Óscar López Águeda y Carles
Mulet García.

ENMIENDA NÚM. 2054

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS) y de don Carles Mulet García (GPMX)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS) y el Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la DISPOSICIONES ADICIONALES. Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se propone una disposición adicional con la siguiente redacción:


El Gobierno de España corregirá los déficits de inversión que ha padecido la Comunidad Valenciana en los últimos años, teniendo en cuenta el acuerdo del Consell de 24 de julio de 2015.

MOTIVACIÓN

El acuerdo que adoptó el Consell, en
la reunión del día 24 de julio de 2015, y que fué remitido al Presidente del Gobierno de España antes de la aprobación por parte del Consejo de Ministros y el registro del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2016, dice lo
siguiente:

«La Comunitat Valenciana, uno de los motores que consiguió la modernización de las estructuras económicas del conjunto español a lo largo del siglo XX, ha visto como en los últimos años retrocedía en los principales indicadores
que miden el desarrollo social y económico hasta caer en muchos de ellos significativamente por debajo de la media española.

Alguna de las causas de esta situación, como la crisis, la corrupción y mala gestión de los últimos Gobiernos o la
existencia de un defectuoso sistema de financiación, son bien conocidas por todos.

Otra de las causas fundamentales es el bajo nivel inversor a través de los Presupuestos Generales del Estado. La Comunitat Valenciana ha recibido
históricamente un porcentaje muy inferior a su peso real en el conjunto español, especialmente si tomamos como base el que debería ser el parámetro principal: el de la población.

La discriminación sistemática se plasma en números:
desde 2000 siempre hemos recibido del Estado menos inversión per capita en inversiones que la media de las Comunidades Autónomas. En el período 2000-2015 la Comunitat Valenciana recibió el 8,2 % de la inversión estatal territorializable, cuando en
este mismo período ha supuesto el 10,7 % de la población, resultando una diferencia de 2,5 puntos de media anual. Eso significa, por otra parte, que hemos recibido sólo el 86 % de la media per capita del conjunto de Comunidades Autónomas en ese
período.

La construcción de la línea de alta velocidad a Valencia y Alicante, parte del Corredor Mediterráneo entre Valencia y Alicante, la ampliación de los aeropuertos de Valencia y Alicante, la creación de infraestructuras hídricas como el
acueducto Júcar-Vinalopó, las desaladoras y la modernización de regadíos, la autovía central Alicante-Valencia y las obras de ampliación de capacidad de la N332 y N340, elevaron el porcentaje de inversión hasta aproximadamente el 9 % del total de
España. Aún así, no se alcanzó el que nos correspondería según nuestra población.

Pero la llegada del AVE a Valencia en diciembre de 2010, la ralentización de las obras del AVE a Alicante a partir de enero de 2012, retrasando su conclusión
en más de 7 meses, la práctica paralización de la línea de alta velocidad y corredor a Elx y Castellón, el abandono de las obras de ampliación de capacidad y mejora de carreteras nacionales, la suspensión de grandes inversiones hidráulicas y de
preservación del medio ambiente y la costa, han provocado que caiga aún más ese porcentaje y que se ponga de manifiesto la constante marginación de los Presupuestos Generales del Estado para con nuestra tierra.

La situación es aún peor cuando
se comprueban los datos de ejecución presupuestaria, puesto que a la evidente discriminación en inversiones en la Comunitat Valenciana en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, se añade el expreso incumplimiento de los mismos, siendo un claro
ejemplo de ello la contraposición de los datos del presupuesto del corredor del Mediterráneo desde 2012 con la ejecución.

Esa situación supone un nuevo lastre para nuestra economía, tanto por la ausencia de inversiones directas que puedan
traducirse de manera inmediata en empleo como por la desventaja que supone contar con unas infraestructuras claramente insuficientes, una red viaria incompleta, unos puertos y aeropuertos que se ven privados de las inversiones que permiten a los de
otras partes del Estado ganar cuota de mercado o una planificación de las redes ferroviarias que priman la comunicación con el centro de la península mientras que dejan de lado la conexión directa con las grandes redes europeas de mercancías y
pasajeros.

La complexión del corredor ferroviario mediterráneo para mercancías y pasajeros, una infraestructura clave tanto para la economía de la Comunitat Valenciana como de la de toda España, se ve postergada año tras año en favor de otros
ejes e infraestructuras cuya viabilidad e idoneidad es mucho más cuestionable desde todos los puntos de vista, incluido el de la Comisión Europea.

Los proyectos se suceden, como también los estudios técnicos y las buenas palabras, pero
infraestructuras tan estratégicas para nuestro futuro como la conexión ferroviaria con Zaragoza siguen en niveles propios del siglo XIX, mientras que otras como las que nos unen a Francia están colapsadas por la falta de inversiones, por no
mencionar la deficiente red ferroviaria de cercanías o la conexión por tren entre ciudades costeras de gran impacto turístico.

Mientras tanto, la única vía rápida que conecta el norte y el sur de nuestra Comunitat sigue siendo una autopista
cuyos peajes se convierten en una nueva contribución que se añade a las que los ciudadanos valencianos realizan vía impuestos para sufragar el rescate de las concesiones ruinosas que el Estado asume en otras comunidades mucho más ricas y mejor
financiadas que la nuestra

Los datos de esas inversiones en los últimos cuatro presupuestos del Gobierno de España son los peores de todos y muestran una discriminación que ha sido denunciada repetidamente por los agentes económicos y la
sociedad civil valenciana en su conjunto.

No son sólo las grandes infraestructuras las que ponen de manifiesto esa discriminación. El transporte público de Valencia y Alicante cuenta con una financiación por usuario mucho menor al de los
sistemas similares de Madrid o Barcelona. En materia cultural otras capitales ven financiados sus teatros, festivales, orquestas o museos, mientras que los que se hallan en nuestra Comunitat cuentan con inversiones mucho menores o con simples
proyectos inacabables.

Las localidades turísticas se ven sometidas a un régimen de financiación que no tiene en cuenta la enorme población flotante que reside en ellas y que demanda unos servicios públicos dignos, y nuestras zonas de montaña,
con altos niveles de despoblación y sin las infraestructuras necesarias para generar riqueza y nuevas oportunidades de empleo, son mucho peor financiadas que otras de regiones limítrofes que sí cuentan con el aporte de fondos del Estado.

No
se realizan inversiones necesarias en infraestructuras que solventen o aminoren el déficit hídrico que ahoga nuestra agricultura o que lastra el desarrollo económico, obligando a las administraciones locales o a los usuarios a asumir unas cargas
insostenibles que se traducen en un endeudamiento cada vez mayor.

Hay una financiación indirecta que también se ha visto recortada, como es aquella que se realiza a través de convenio para cofinanciar obras o actuaciones de competencias
compartidas o exclusivas de la Comunitat. Hablamos de ayudas a la promoción turística, los centros tecnológicos, a las políticas activas de empleo, a la ampliación de reformas educativas», a la educación 0-3 años, a la nueva FP, a Parques
científicos de las universidades, a programas de salud pública, a la atención a la dependencia, a programas sociales, etc. En muchos casos se han eliminado esa transferencia corriente o de capital, aún habiendo aprobado nuevas leyes y normas que
requieren más gasto público.

Es necesario romper con la discriminación histórica en inversión territorial, máxime en una comunidad como la valenciana que ha visto perder riqueza relativa de forma muy acusada en los últimos años y que
necesita, no sólo de la justicia distributiva sino de una mayor solidaridad interterritorial si cabe.

Las cifras no pueden ser más elocuentes. La Comunitat Valenciana tenía en 2000 un PIB per cápita que suponía el 95 % del español y hoy está
en el 88 %, siendo la 11.ª, doce puntos por debajo de la media estatal.

Si descendemos a otros indicadores más concretos, los datos son incluso aún más sangrantes, como los referidos a la pobreza de las familias, las cifras de desempleo, el
importe medio de los salarios, la cuantía de la pensión media de jubilación, los datos sobre abandono escolar o la inversión en materias como educación, sanidad o servicios sociales.

La actual situación, insostenible para la Comunitat
Valenciana, no admite nuevos parches ni buenas palabras. La respuesta no puede ser la falta de recursos debido a la crisis, sino un reparto de los mismos de manera justa y con criterios objetivos si no queremos seguir cayendo a los últimos lugares
de las regiones europeas.

Los cinco millones de valencianos y valencianas no queremos ser ciudadanos de segunda, sino ser tratados con justicia e igualdad como al resto de españoles.

No queremos caer en la cultura del subsidio a la que
estaremos abocados si el actual statu quo no cambia. Queremos poder seguir contribuyendo al bienestar general, queremos ser solidarios, crecer y crear riqueza, pero exigimos que no nos pongan más obstáculos a nuestro paso.

Desde la lealtad y
la solidaridad, el Consell reclama que los próximos Presupuestos Generales del Estado para 2016 establezcan una inversión para la Comunitat Valenciana que suponga al menos el 12 % de la total, dado nuestro peso poblacional, y además corrija la
infrainversión que hemos sufrido en los últimos cuatro Presupuestos, cifrada en 1.679 millones de euros.»

ENMIENDA NÚM. 2055

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS) y de don Carles Mulet García (GPMX)

El Grupo Parlamentario
Socialista (GPS) y el Senador Carles Mulet García, COMPROMÍS (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a las DISPOSICIONES ADICIONALES. Disposición adicional nueva.


ENMIENDA

De adición.

Se propone una disposición adicional con la siguiente redacción:

«El Gobierno de España debe iniciar los trámites oportunos para modificar la Ley Orgánica de Financiación y toda aquella legislación que
regule al modelo de financiación de las Comunidades Autónomas.

Las modificaciones del sistema de financiación autonómico deberá corregir los déficits de financiación, garantizando la prestación de los servicios públicos esenciales en
todas las Comunidades Autónomas, de tal manera que todos los ciudadanos, con independencia de donde vivan, accedan en igualdad de condiciones a dichos servicios.

Los cambios en el sistema de financiación autonómica tendrán efectividad desde
el 1 de enero de 2014

Sin menos cabo de que en 2015 se pudiera dar cumplimiento a lo dicho anteriormente y alguno de los siguientes puntos, como sería deseable, de forma concreta se establece que:

1) En un plazo no superior a
quince días desde la aprobación de la presente Ley, dar a conocer en el seno del Consejo de Política Fiscal y Financiera, los estudios aportados por las diversas Comunidades Autónomas en orden a configurar un nuevo esquema de funcionamiento de
financiación para el futuro.

2) Realizar o concluir, en un plazo no superior a un mes desde la aprobación de la presente Ley, la evaluación de los resultados del modelo de financiación autonómica, dándolos a conocer.


3) Iniciar, en un plazo no superior a dos meses desde la entrada en vigor de la presente disposición, los trámites oportunos para modificar la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, y toda
aquella legislación que regule al modelo de financiación de las Comunidades Autónomas, incluida la presente Ley.

4) Aprobar en Consejo de Ministros las modificaciones de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de
las Comunidades Autónomas, que deberá corregir los déficits de financiación, garantizando la prestación de los servicios públicos esenciales en todas las Comunidades Autónomas, de tal manera que todos los ciudadanos, con independencia de donde
vivan, accedan en igualdad de condiciones a dichos servicios. El nuevo sistema de financiación garantizará los principios de coordinación y solidaridad recogidos en la Constitución Española. Los cambios en el sistema de financiación autonómica
tendrán efectos desde el 1 de enero de 2014.




5) Mientras no se plantee una revisión del actual modelo de financiación autonómica, se pondrá en marcha los mecanismos de corrección necesarios para ajustar el modelo de financiación autonómico de tal forma que se compense la
infrafinaciación que se han constatado en las últimas balanzas fiscales.

Se determinarán los déficit de financiación que hayan afectado a las Comunidades Autónomas en los últimos años, así como los instrumentos para compensarlas, haciendo
efectiva dicha compensación de acuerdo con el principio de igualdad constitucional y desarrollo armónico previsto en el artículo 2 de la Ley Orgánica de Financiación de las comunidades autónomas (LOFCA).»

MOTIVACIÓN

Necesidad de
acometer la revisión de la financiación autonómica a partir de la evaluación del modelo actual.

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 5 enmiendas al
Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.

Palacio del Senado, 28 de septiembre de 2015.—El Portavoz Adjunto, Antolín Sanz Pérez.

ENMIENDA NÚM. 2056

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado
(GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 78. Dos.

ENMIENDA

De modificación.

Técnica


En la quinta línea del apartado Dos del artículo 78,

Donde dice:

«… la sección 3.ª y en la subsección 1.ª de la sección 5.ª de este capítulo ….»

Debe decir:

«… la sección 4.ª y en la
subsección 1.ª de la sección 6.ª de este capítulo ….»

Y, en la quinta y sexta líneas del apartado Tres del artículo 78,

Donde dice:

« … en la sección 3.ª y en la subsección 1.ª de la sección 5.ª de este
capítulo.»

Debe decir:

« … en la sección 4.ª y en la subsección 1.ª de la sección 6.ª de este capítulo.»

JUSTIFICACIÓN

Errata material.

ENMIENDA NÚM. 2057

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado
(GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 86. Tres.

ENMIENDA

De modificación.

Técnica


En la séptima línea del apartado Tres del artículo 86,

Donde dice:

«… del artículo 80 de esta Ley, sin que, ….»

Debe decir:

«… del artículo 82 de esta Ley, sin que, ….»


JUSTIFICACIÓN

Errata material.

ENMIENDA NÚM. 2058

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 95. Uno.

ENMIENDA

De modificación.

Técnica

En la segunda línea del apartado Uno del artículo 95,

Donde dice:

«… en la Subsección 2.ª de la
Sección 3.ª de este Capítulo, ….»

Debe decir:

«… en la Subsección 2.ª de la Sección 4.ª de este Capítulo, ….»

JUSTIFICACIÓN

Errata material.

ENMIENDA NÚM. 2059

Del Grupo Parlamentario
Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 96. Dos.

ENMIENDA

De
modificación.

Técnica

En la tercera y cuarta línea del apartado Dos del artículo 96,

Donde dice:

«… en la Subsección 1.ª de la Sección 3.ª y en la Subsección 1.ª de la Sección 5.ª de este Capítulo, ….»


Debe decir:

«… en la Subsección 1.ª de la Sección 4.ª y en la Subsección 1.ª de la Sección 6.ª de este Capítulo, ….»

Y, en la segunda línea del apartado Tres del artículo 96,

Donde dice:

«… en la
Subsección 2.ª de la Sección 3.ª de este Capítulo, ….»

Debe decir:

«… en la Subsección 2.ª de la Sección 4.ª de este Capítulo, ….»

JUSTIFICACIÓN

Errata material.

ENMIENDA NÚM. 2060

Del
Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 103. Cuatro.


ENMIENDA

De modificación.

Técnica

En la primera línea del apartado Cuatro del artículo 103,

Donde dice:

«… de la Subsección 2.ª de la Sección 3.ª de este Capítulo, ….»

Debe decir:


«… de la Subsección 2.ª de la Sección 4.ª de este Capítulo, ….»

JUSTIFICACIÓN

Errata material.

El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula 12 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.

Palacio del Senado, 28 de septiembre de 2015.—El Portavoz, Jokin Bildarratz Sorron.

ENMIENDA NÚM. 2061


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV)

El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 20.


ENMIENDA

De modificación.

Se propone la modificación del artículo 20 del citado Proyecto de Ley, mediante la adición de un inciso en el apartado uno número 1, supresión del apartado uno número 4, modificación del apartado tres,
supresión del apartado 4, del apartado cinco y del apartado seis, y el apartado siete se modifica y se renumera como apartado cuatro.

«Artículo 20. Oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de
necesidades de personal.

Uno.

1. A lo largo del ejercicio 2016 no se procederá en el sector público delimitado en el artículo anterior, a excepción de las sociedades mercantiles públicas y entidades públicas empresariales,
fundaciones del sector público y consorcios participados mayoritariamente por las Administraciones y Organismos que integran el Sector Público, que se regirán por lo dispuesto en la disposición adicional décima tercera, décimo cuarta y décimo
quinta, respectivamente, de esta Ley y de los Órganos Constitucionales del Estado, a la incorporación de nuevo personal con sujeción a los límites y requisitos establecidos en los apartados siguientes, salvo la que pueda derivarse derivada de la
ejecución de procesos selectivos correspondientes a Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores, la que pueda resultar del inicio de la actividad de entidades u organismos del sector público o de plazas de militares de Tropa y Marinería
profesional y de la Policía Autónoma Vasca o Ertzaintza necesarias para alcanzar los efectivos fijados en las disposiciones adicionales décima cuarta y décima cuarta bis, respectivamente.

No se tomarán en consideración, a efectos de dicha
limitación, las plazas que estén incursas en los procesos de consolidación de empleo previstos en la Disposición Transitoria Cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público.

Asimismo, en el sector público definido en el artículo 19, a lo
largo del ejercicio 2016 se podrán convocar Ofertas de Empleo Público destinadas a llevar a efecto la provisión mediante el correspondiente procedimiento selectivo, de los puestos o plazas de carácter estructural, correspondientes a distintos
cuerpos, escalas o categorías, que estando dotados presupuestariamente, se encuentren desempeñados por empleados públicos que cubran los citados puestos o plazas hasta la cobertura reglamentaria de la vacante, incluyendo aquellos que ostenten la
condición de personal laboral por tiempo indefinido, prevista en el artículo 11 de la Ley 7/2007, de abril, del Estatuto Básico del Personal Empleado Público.

2. (igual).

3. (igual).

4. (supresión).


Dos. (igual).

Tres.

1. (igual que actual apartado tres).




2. La contratación, por la Administración General del Estado, sus organismos públicos y demás entes públicos estatales de personal laboral temporal y el nombramiento de funcionarios interinos y de personal estatutario temporal, en
las condiciones establecidas en el apartado Dos de este artículo requerirá la previa autorización del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Asimismo, la celebración de contratos de puesta a disposición con empresas de trabajo
temporal sólo podrá formalizarse en las condiciones del apartado Dos de este artículo y requerirá la previa autorización del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

La contratación de personal fijo o temporal en el extranjero con
arreglo a la legislación local o, en su caso, legislación española, requerirá la previa autorización del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Cuatro. (supresión).

Cinco. (supresión).


Seis. (supresión).

Cuatro. Los apartados Uno y Dos de este artículo tienen carácter básico y se dictan al amparo de los artículos 149.1.13.2 y 156.1 de la Constitución.»

JUSTIFICACIÓN

En el primer párrafo del
apartado uno.1 se ha añadido un inciso excepcionando de la regla general, posibilitando una oferta pública de empleo para la incorporación de personal en aquellos casos derivados del inicio de la actividad de entidades u organismos del sector
público.

Por otra parte, en el segundo párrafo, la prohibición de desarrollar los procesos de consolidación de empleo temporal a los que hace referencia la Disposición Transitoria Cuarta del EBEP no se soporta en los términos de la
justificación que pudiera soportarse en el artículo 156.1 de la Constitución. Se trata de procesos de sustitución de empleo de carácter temporal por empleo definitivo, procesos que incluso en los ejercicio presupuestarios posteriores a 2010 se han
venido desarrollando, entre otras Administraciones, por la Administración General del Estado.

Se añade un tercer párrafo en el apartado uno.1 que introduce una excepción a la prohibición de efectuar procesos selectivos en el sector público,
excepción que se desarrolla en base al supuesto de hecho de personal que desempeña con carácter temporal y hasta la cobertura reglamentaria los puestos de trabajo y cuya racionalización en términos de política de recursos humanos resulta
absolutamente justificada. Entre dicho personal se singulariza a los que ostenten la condición laboral de carácter indefinido mediante sentencia, a quienes el propio Proyecto de Ley en su s disposiciones adicionales correspondientes, si bien sólo
para las sociedades mercantiles públicas, fundaciones y consorcios, posibilita que sean contratados (incluso sin procedimiento selectivo). En el caso de nuestra enmienda se abre tal posibilidad al resto de sujetos del art. 19, si bien, como debe
ser, mediante acceso con procedimiento selectivo sujeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad.

Por otra parte se suprime el número 4 del apartado uno ya que la tasa de reposición debe referirse a la plantilla presupuestaria no a
las bajas causadas en el año precedente, ya que el objetivo de la norma debe ser el no crecimiento de plantilla y no su disminución. Además en el actual marco de recuperación económica dejan de tener sentido aquellas medidas.

La supresión
del apartado cuatro se produce para incorporarlo al actual apartado tres y como mejora técnica ya que las autorizaciones a las que se refiere sólo pueden tener lugar en el seno de la administración general del Estado.

La supresión del
apartado cinco se realiza por no tener sentido el condicionar la oferta de las vacantes de los sectores prioritarios a la oferta previa de las vacantes de sectores no prioritarios.

La supresión del apartado seis se realiza como mejora técnica
ya que deja de tener sentido al venir referido a los casos de oferta de reposición del 100 %.

La enmienda del apartado siete es consecuencia de las enmiendas a los apartados anteriores.

ENMIENDA NÚM. 2062

Del Grupo Parlamentario
Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV)

El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a las DISPOSICIONES ADICIONALES. I.
Disposición adicional primera. Apartado nuevo.

ENMIENDA

De adición.

Se propone la adición de un nuevo apartado (seis) a la Disposición adicional primera del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016,
con la siguiente redacción:

«Apartado nuevo (Seis). En virtud de su régimen foral, la aplicación a la Comunidad Autónoma del País Vasco de lo señalado en esta disposición se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley del
Concierto Económico y de conformidad con los acuerdos adoptados al respecto en la Comisión Mixta del Concierto Económico.»

JUSTIFICACIÓN

En congruencia con el resto de disposiciones legales en materia de estabilidad presupuestaria que
contienen una salvaguarda similar.

ENMIENDA NÚM. 2063

Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV)

El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a las DISPOSICIONES ADICIONALES. VII. Disposición adicional septuagésima novena.

ENMIENDA

De modificación.

Se propone la modificación de la Disposición adicional
septuagésima novena del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, quedando redactado como sigue:

Disposición adicional septuagésima novena. Gestión de las acciones, medidas y programas establecidos en la
letra h) del artículo 13 de la ley 56/2003, de 16 de diciembre, de empleo.

«El Servicio Público de Empleo Estatal, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.h) de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, realizará la gestión
de las acciones, medidas y programas financiados con cargo a la reserva de crédito de su presupuesto de gastos, que comprenderá las plicaciones 19.101.000X.400, 19.101.000X.401, 19.101.000X.402, 19.101.000X.410, 19.101.000X.411, 19.101.000X.431,
19.101.241A.441, 19.101.241A.442 y 19.101.241A.482, desagregadas a través de varios subconceptos, según los diferentes ámbitos funcionales de las políticas activas de empleo, para financiar las siguientes actuaciones:

a) Acciones y
medidas cuya ejecución afecte a un ámbito geográfico superior al de una Comunidad Autónoma, cuando éstas exijan la movilidad geográfica de las personas desempleadas o trabajadoras participantes en las mismas a otra Comunidad Autónoma distinta a la
suya, o a otro país y precisen de una coordinación unificada.

b) Acciones y medidas dirigidas tanto a las personas demandantes de empleo como a las personas ocupadas, para la mejora de su ocupación mediante la colaboración del Servicio
Público de Empleo Estatal con órganos de la Administración General del Estado o sus organismos autónomos, para la realización de acciones formativas, entre otras, aquellas que tengan como objetivo la generación de empleo de calidad y la mejora de
oportunidades de las personas trabajadoras, en particular cuando se desarrollen en el marco de planes, estrategias o programas de ámbito estatal, y ejecución de obras y servidos de interés general y social relativas a competencias exclusivas del
Estado.

c) Acciones y medidas de intermediación y políticas activas de empleo cuyo objetivo sea la integración laboral de trabajadores inmigrantes, realizadas en sus países de origen, facilitando la ordenación de los flujos
migratorios.

d) Programas que se establezcan con carácter excepcional y duración determinada, cuya ejecución afecte a todo el territorio nacional, siendo imprescindible su gestión centralizada a los efectos de garantizar la efectividad
de las mismas, así como idénticas posibilidades de obtención y disfrute a todos los potenciales beneficiarios.

Dicha reserva presupuestaria opera como reserva de gestión de políticas activas de empleo en los supuestos anteriormente señalados
a favor del Servicio Público de Empleo Estatal, excepto en aquellas Comunidades Autónomas que hayan asumido los programas y actuaciones públicas en el ámbito del trabajo, empleo y formación profesional presupuestados en la
aplicación 19.101.241A.482.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 14.4 de la citada Ley 56/2003, de 16 de diciembre, los fondos que integran la reserva de crédito no estarán sujetos a distribución territorial entre las Comunidades
Autónomas con competencias de gestión asumidas.»

JUSTIFICACIÓN

Si bien las aplicaciones presupuestarias que consisten en transferencias corrientes a órganos de la Administración del Estado para el desarrollo de acciones y medidas de
fomento del empleo mediante la contratación directa por estos organismos del Estado (00X y 241A 441 y 442) acciones incluidas en el apartado segundo del artículo 13,h) de la Ley de Empleo (recogidos en el apartado b) de esta disposición adicional 56
del proyecto de ley) tiene cierto sentido su exclusión de la distribución territorial, no procede aplicar el mismo criterio a la aplicación 241A482, dado que tal actividad está incluida entre las funciones y servicios objeto de transferencia en el
apartado C-10 del Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 28 de octubre de 2010 al tener incidencia en la CAPV, correspondiendo por tanto su ejecución a la Comunidad Autónoma y no estar excluido del cálculo del coste total anual a nivel
estatal de los programas y actuaciones públicas objeto de la transferencia aprobada por el Real Decreto 1441/2010 (apartado G-2-a). De esta manera, el porcentaje correspondiente al índice de imputación utilizado para el cálculo del cupo del coste
total a nivel estatal (el reflejado en el presupuesto) deberá ser objeto de minoración en el cupo a satisfacer anualmente al Estado.

ENMIENDA NÚM. 2064

Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV)

El Grupo
Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a las DISPOSICIONES ADICIONALES. Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De
adición.

Se propone la adición de una nueva Disposición adicional (décimo cuarta bis), al Proyecto de Ley de Presupuesto Generales del Estado para el año 2016, con el siguiente texto:

«Disposición adicional nueva (décimo cuarta
bis). Régimen foral de la Policía Autónoma del País Vasco o Ertzaintza. (Oferta de plazas en de la Policía Autónoma del País Vasco o Ertzaintza.)

La oferta de plazas para el acceso a funcionario de la Ertzaintza ó Cuerpo de la Policía
dependiente de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco o Euskadi, será el necesario para alcanzar, como máximo, los efectivos acordados en la Junta de Seguridad prevista en el artículo 17.4 del Estatuto de Autonomía para el País
Vasco, tal y como dispone la Disposición transitoria cuarta del mismo cuerpo legal.»

JUSTIFICACIÓN

El art. 17 del Estatuto de Autonomía de Euskadi, en atención a la disposición adicional primera de la Constitución, actualiza el régimen
foral de la Policía Autónoma o Ertzaintza para la protección de personas y bienes y el mantenimiento del orden público, dentro de su territorio. La Junta de Seguridad, prevista en el mismo precepto, así como en la disposición transitoria cuarta de
la misma Norma institucional, ha acordado el cupo numérico de la Ertzaintza, cifrándolo, al día de hoy, en 8.000 efectivos.

Corresponde a todos los poderes públicos, en cumplimiento de la garantía institucional reconocida en la Constitución,
en su disposición adicional primera, preservar una imagen reconocible de la foralidad en todo tiempo y lugar, tal y como ha declarado el Tribunal Constitucional, entre otras, en la STC 76/1988.

En consecuencia, el mantenimiento efectivo del
cupo policial acordado en 8.000 agentes debe quedar garantizado a través de esta Ley al margen de las tasas de reposición establecidas para otros sectores en el art. 21 de la misma.

ENMIENDA NÚM. 2065

Del Grupo Parlamentario Vasco en
el Senado (EAJ-PNV) (GPV)

El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final primera.

ENMIENDA


De modificación.

Se propone la modificación de la Disposición final primera del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, con el siguiente tenor literal:

«Disposición final primera. Modificación
del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril.

Con efectos de 1 de enero de 2016 y vigencia indefinida se modifica el texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del
Estado, aprobado por el Real Decreto legislativo 670/1987, de 30 de abril, en los siguientes términos:

Uno. La Disposición Adicional décimosexta del Texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado queda redactada como
sigue:

“Disposición adicional decimosexta. Jubilación voluntaria

En la jubilación o el retiro de carácter voluntario, regulado en el artículo 28.2,b) del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado
por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, el derecho a la correspondiente pensión estará condicionado a que los últimos cinco años de servicios computables estén cubiertos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado, cuando para
completar los treinta años de servicios exigidos hubieran de computarse períodos de cotización a otros regímenes, por aplicación de las normas sobre cómputo recíproco de cuotas entre regímenes de Seguridad Social.

Dicha regla será asimismo de
aplicación cuando para completar los treinta años de servicios exigidos hubieran de computarse períodos de seguro, residencia o asimilados cubiertos fuera de España, derivados de la aplicación de convenios bilaterales o de reglamentos comunitarios
de coordinación de los sistemas de seguridad social, salvo que los referidos períodos correspondan a actividades que de haberse desarrollado en España hubieran dado lugar a la inclusión obligatoria del interesado en el Régimen de Clases Pasivas.


Lo dispuesto en el primer párrafo no será de aplicación al empleado público de cualquier Administración Pública en servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares y excedencia por razón de violencia de género que, como
consecuencia de la superación de los procesos de acceso y promoción regulada en las normativas correspondientes de función pública, cambie de régimen de protección social. A efectos de acceder a la jubilación voluntaria regulada en el
artículo 28.2.b) del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado a este personal le será de aplicación la normativa vigente a 31 de diciembre de 2010.”

Dos. Se añade una nueva disposición adicional, la decimoséptima,
al texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado con la siguiente redacción:

“Disposición adicional decimoséptima. Extensión al Régimen de Clases Pasivas del Estado de la regulación establecida en el apartado 2 del
artículo 163 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

A las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado que se causen a partir de 1 de enero de 2015, les será aplicable lo establecido en el apartado 2 del
artículo 163 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio.

A los efectos de lo establecido en esta disposición, las referencias hechas en el artículo mencionado en
el párrafo anterior a las letras a) y b) del apartado 1 del artículo 161, al apartado 1 del artículo 163 y al artículo 47 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, se entenderá que se corresponden, respectivamente, con los
artículos 28.2.a), 29, 31 y 27.3 del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto legislativo 670/1987, de 30 de abril. Asimismo, se entenderá por período de cotización o años de cotización o cotizados, los años
de servicios efectivos al Estado según lo previsto en el artículo 32 de dicho texto refundido. Por su parte, las referencias a la base reguladora y al tope máximo de la base de cotización vigente en cada momento, en cómputo anual, deben entenderse
hechas, respectivamente, a los haberes reguladores contemplados en el artículo 30 del citado texto refundido y al haber regulador del grupo/subgrupo A1 establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio económico, en
cómputo anual.

Lo establecido en esta disposición únicamente será de aplicación en los supuestos contemplados en el artículo 31 del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado”.

En consecuencia, a los efectos de lo
establecido en los artículos 39, 42 y 45 de este texto refundido, la base reguladora de las diferentes pensiones estará constituida por la pensión de jubilación o retiro del fallecido, calculada exclusivamente conforme a lo dispuesto en el
artículo 31, sin que en ningún caso sea de aplicación lo previsto en esta Disposición adicional.»

JUSTIFICACIÓN

Se trata con la enmienda, singularmente de dar un tratamiento igual a los empleados públicos independientemente de la
administración en la que prestan sus servicios, ya sea la administración del Estado o la del resto de administraciones públicas.

ENMIENDA NÚM. 2066

Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV)

El Grupo
Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final sexta. Dos.

ENMIENDA

De modificación.

Se propone la
modificación de la redacción de la Disposición adicional decimocuarta del apartado Dos de la Disposición final sexta del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, quedando redactado de la siguiente forma:


«Disposición final sexta. Modificación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Uno. (Igual).

Dos. Se añade una nueva Disposición adicional decimocuarta, con la siguiente
redacción:

La Administración del Estado, organismos y entidades de derecho público dependientes de la misma y órganos constitucionales, en su ámbito, podrán establecer a las funcionarias en estado de gestación, un permiso retribuido, a
partir del día primero de la semana 37 de embarazo, hasta la fecha del parto.

En el supuesto de gestación múltiple, este permiso podrá iniciarse el primer día de la semana 35 de embarazo, hasta la fecha de parto».

JUSTIFICACIÓN


El Proyecto de ley, al señalar que cada Administración Pública «podrá establecer» un permiso retribuido a partir de la semana 37 de embarazo, se otorga un carácter potestativo a la concesión de dicho permiso. Este carácter potestativo se aleja
de la concepción de lo básico. En consecuencia, la enmienda concreta esta facultad únicamente para la Administración general del Estado.

ENMIENDA NÚM. 2067

Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV)

El Grupo
Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se propone la adición de
una nueva Disposición final al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, con el siguiente tenor literal:

«Disposición final nueva. Modificación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.

Se modifica la disposición adicional vigésimo segunda de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con el siguiente texto:

Disposición adicional vigésima segunda. Régimen foral del País
Vasco.

En virtud de su régimen foral la aplicación de esta ley a la Comunidad Autónoma del País Vasco se realizará con respeto a lo establecido en su Estatuto de Autonomía, en la Ley del Concierto Económico y en la disposición final tercera
de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, así como en la disposición adicional segunda de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en la disposición
adicional octava del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.»

JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica.

ENMIENDA NÚM. 2068




Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV)

El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se propone la adición de una nueva Disposición final al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, con el siguiente tenor literal:

«Disposición
final nueva. Tipos reducidos en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Con efectos desde 1 de enero de 2016 se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido:


Uno. Se añade un nuevo número 13.º al apartado Uno.2 del artículo 91, que queda redactado como sigue:

13.º Los servicios de peluquería, incluyendo, en su caso, aquellos servicios complementarios a que faculte el
epígrafe 972.1 de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Dos. Se añade un nuevo número 14.º al apartado Uno.2 del artículo 91, que queda redactado como sigue:

14.º Los servicios veterinarios cuando tengan
por objeto la prevención, diagnóstico o tratamiento de las enfermedades o dolencias de los animales.»

Tres. Se añade un nuevo número 15.º al apartado Uno.2 del artículo 91, que queda redactado como sigue:

15.º La entrada
a teatros, circos, parques de atracciones y atracciones de feria, conciertos, bibliotecas, museos, parques zoológicos, salas cinematográficas y exposiciones, así como a las demás manifestaciones similares de carácter cultural a que se refiere el
artículo 20, apartado uno, número 14 de esta Ley cuando no estén exentas del Impuesto.

Cuatro. Se añade un nuevo número 16.º al apartado Uno.2 del artículo 91, que queda redactado como sigue:

16º. Los servicios prestados
por intérpretes, artistas, directores y técnicos, que sean personas físicas, a los productores de películas cinematográficas susceptibles de ser exhibidas en salas de espectáculos y a los organizadores de obras teatrales y musicales.»


Cinco. Se suprime el número 6.º del apartado Uno.2 del artículo 91.»

JUSTIFICACIÓN

La enmienda tiene por objeto:

a) Recuperar la aplicación del tipo reducido para los servicios de peluquería, sector intensivo
en la utilización de mano de obra y en profunda crisis como consecuencia de la elevación del tipo de IVA.

b) Recuperar la aplicación del tipo reducido para los servicios veterinarios cuando tengan por objeto la prevención, diagnóstico
o tratamiento de las enfermedades o dolencias de los animales. Las razones son claras: el carácter sanitario de esta actividad con repercusión en la salud pública, la función social de la actividad veterinaria y la importancia económica del
sector.

c) Recuperar la aplicación del tipo reducido para las actividades culturales, como cine, teatro y música para favorecer el acceso a la cultura y a la formación.

ENMIENDA NÚM. 2069

Del Grupo Parlamentario Vasco en
el Senado (EAJ-PNV) (GPV)

El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17.

Servicio: 20.

Programa: 451N. Dirección General de servicios de Fomento.

Capitulo: 7.

Artículo: 74. A Sociedades, Ent. Públicos, Emp. Fundac. y
resto entes Sector Público.

Concepto: Al ADIF, para L.A.V. Vitoria-Bilbao-S.Sebastián, incluido estaciones.

Importe: 140.000 (miles de euros).

Modificación propuesta: Incremento.

BAJA

Sección: 31


Servicio: 02

Programa: 929M

Capítulo: 5

Artículo: 51

Concepto: 510

Importe: 140.000 (miles de euros).

Modificación propuesta: Minoración


ANUALIDAD2017 2018 2019
CANTIDAD (miles de euros) 580.150 565.301 267.884

JUSTIFICACIÓN

La enmienda tiene como objetivo el dotar de créditos
presupuestarios suficiente para la ejecución de las obras de la L.A.V. (Y vasca), línea que forma parte del corredor ferroviario Atlántico de carácter Transeuropea y prioritario y que arrastra un retraso considerable respecto a las previsiones de
la UE. Además esta enmienda también persigue el cumplimiento del compromiso del gobierno de que la red esté operativa en 2016.

Se incrementan las partidas asignadas a los accesos y estaciones de las tres capitales, con el objetivo de que las
obras necesarias se inicien en 2016 y puedan estar concluidas en el año 2019, puesto que la complejidad de su ejecución al tener que realizarlas sobre la red actual en servicio, hace que los plazos de ejecución sean muy largos.

El resto de
partidas que se incrementan corresponden al desarrollo de las obras, principalmente en el denominado «nudo de Bergara», que se ha convertido en «camino crítico» por el retraso que llevan, han sido recientemente adjudicadas y todavía no se han
iniciado, para poner en marcha la Y en el año 2019.

ENMIENDA NÚM. 2070

Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV)

El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 18.

Servicio: 13.

Programa: 334A.
Promoción y cooperación cultural.

Capítulo: 4.

Artículo: 46. A Entidades Locales.

Concepto: 460. A la Fundación Donostia/San Sebastián 2016.

Importe: 3.000 (miles de euros).

Modificacion propuesta:
Incremento.

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 3.000 (miles de euros).

Modificacion propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN

El presupuesto aportado por el Gobierno Central a San Sebastián 2016 es significativamente inferior al aportado por otros gobiernos centrales correspondientes a otras capitales culturales de Europa.

Como ejemplo,
Wroclaw o Breslavia será capital europea de la cultura también en 2016, y el presupuesto destinado por el Gobierno polaco para la capitalidad asciende a 99 millones de slotis (PLN), el equivalente a más de 23 millones de euros. El presupuesto total
de la ciudad para el proyecto de capital europea de la cultura ronda los 350 millones de PLN, el equivalente a casi 83 millones de euros. Por lo tanto, el Gobierno Central polaco aporta el 27,71 % del presupuesto global de su capitalidad.

La
aportación del Gobierno Central no está en consonancia con las aportaciones del resto de instituciones de la Fundación San Sebastián 2016.

La Fundación San Sebastián 2016 cuenta con un presupuesto consolidado por parte del Ayuntamiento de San
Sebastián, la Diputación Foral de Gipuzkoa y el Gobierno Vasco desde junio de 2013. Sobre una previsión de ejecución presupuestaria plurianual de 47,8 millones de euros, las citadas instituciones realizan las siguientes aportaciones al
proyecto:

Ayuntamiento de San Sebastián: 26,2 %

Diputación Foral de Gipuzkoa: 26,1 %

Gobierno Vasco: 25,1 %

El Gobierno Central, sin embargo, contempla tan solo una cantidad de 1,5 millones de euros, cifra que está
muy alejada de lo que sería mínimamente razonable.

El incremento de 3 millones de euros sobre la aportación incialmente prevista para 2016, servirá para mejorar la colaboración e implicación de instituciones importantes del Estado.

La
Fundación San Sebastián 2016 trabaja con las siguientes entidades, entre otras: Biblioteca Nacional de España, Calcografía Nacional, Fundación Carlos de Amberes, Museo de América, Museu d’Art Contemporari de Barcelona, Museo del Ejército,
Museu Nacional d’Art de Catalunya, Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Museo Nacional del Prado, Centro Dramático Nacional... Los proyectos que se están trabajando con estas y otras instituciones de renombre tienen un presupuesto que
supera el millón y medio de euros destinado desde el Ministerio de Cultura, Educación y Deporte para la Fundación San Sebastián 2016 durante el ejercicio 2016. El incremento propuesto serviría para financiar aquellos proyectos vinculados a las
instituciones mencionadas, y que, además, siguen los intereses y criterios del Ministerio de Cultura, Educación y Deporte, puesto que las partes correspondientes a los ejercicios 2014 y 2015 ya han sido aprobadas por la citada entidad.




Bruselas ha exigido en reiteradas ocasiones que el Gobierno Central aumente su aportación y la realice de forma directa, en lugar de utilizar la subvención nominativa asignada a determinados proyectos.

En diversos informes tanto
públicos como privados que el Comité de Seguimiento y Asesoramiento de las Capitales Europeas de la Cultura ha trasladado a la Fundación San Sebastián 2016, se insta al Gobierno español a incrementar su aportación para la capitalidad cultural
europea de San Sebastián y modificar la fórmula para financiar el proyecto. En concreto, en el último informe emitido en abril de 2015, en la página 10 del informe, se cita de forma clara:

«4.1.2. Finance

In terms of funding
from the National Government, the Panel expresses concerns that this has not yet been secured, as there are only eight months left before the start of the title-year. The decision of the National Government to only award funding for specific
projects rather than awarding a lump sum to the ECOC project is seen as potentially very problematic. This decision by the Spanish government is unprecedented as far as the Panel is aware, and it could be said to be bad practice. Insofar as it can
take a considerable amount of time to assess projects, the selection process may also constitute a risk for the timely implementation of the programme. In addition, the national contribution will be much lower than initially expected, i.e.
€4.2 million and not €11 million.»

Por tanto, un incremento de la aportación será aplaudido por el Comité de Seguimiento y Asesoramiento de Bruselas.

Además, el Gobierno Central puede facilitar otras vías de financiación
para la Fundación San Sebastián 2016.

Cabe recordar que cuando Salamanca fue capital europea de la cultura en 2002, según la disposición adicional decimosexta de la Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2002, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de 31 de diciembre de 2001 se habilitó la posibilidad de que la «entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado destinara durante el año 2002 los beneficios de un sorteo especial
de Lotería Nacional a favor de “Salamanca 2002, Ciudad Europea de la Cultura”, de acuerdo con las normas que dicte al efecto el Ministerio de Hacienda».

Asimismo, otros ministerios y entidades podrían destinar recursos
adicionales para garantizar el éxito del proyecto, tal como ha sugerido anteriormente el Comité de Seguimiento y Asesoramiento.

ENMIENDA NÚM. 2071

Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV)

El Grupo Parlamentario
Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

Servicio: 05. Dirección general del agua.

Programa: 456A. Calidad del agua.

Capítulo: 6. Inversiones reales


Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general.

Concepto: Construcción de la Depuradora de Aguas Residuales de Basaurbe (Laudio/Llodio).

Importe: 18 Millones de Euros.

BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.

Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos y Gastos de los Departamentos Ministeriales.

Programa: 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.

Capítulo: 5. Fondo de
contingencia y otros imprevistos.

Artículo: 51. Otros imprevistos.

Concepto: 510. Imprevistos.

Importe: 18 Millones de Euros.

JUSTIFICACIÓN

Hace ahora 21 años, el 31 de mayo de 1994, se reunió la Comisión Mixta
de Transferencias y acordó el traspaso a la Comunidad Autónoma Vasca de la Transferencia de Aguas compuesta por los siguientes documentos:

— Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 31 de mayo de 1994, sobre traspaso a
la Comunidad Autónoma del País Vasco de las funciones y servicios en materia de Recursos y Aprovechamientos Hidráulicos (Decreto 297/1994, de 12 de julio).

— Convenio entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio
Ambiente y el Departamento de Transportes y Obras Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco por el que se encomienda a este la tramitación de Autorizaciones referentes al dominio público hidráulico, así como la policía del mismo, en las
Cuencas Hidrográficas Cantábricas y del Ebro, y por el que se determinan los criterios de colaboración para la elaboración de la Planificación Hidrológica en las Cuencas Cantábricas.

— Acuerdo de colaboración entre el Ministerio
de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y el Departamento de Transportes y Obras Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de Obras Hidráulicas.

Han transcurrido 21 años desde el acuerdo de la transferencia y el
Saneamiento del Alto Nervión acordada su ejecución por la Administración Central, aún no se ha iniciado.

Por ello desde el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), solicitamos al Gobierno la inclusión de la partida presupuestaria necesaria para
iniciar este saneamiento a través de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Basaurbe, situada en Laudio/Llodio, a fin de lograr el saneamiento de casi un 50 % de la población prevista en el Plan de Saneamiento del Alto Nervión, donde se
tratarán las aguas residuales de las poblaciones de Laudio/Llodio; Amurrio y parte de las Juntas Administrativas de Aiara.

ENMIENDA NÚM. 2072

Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV)

El Grupo Parlamentario
Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

Servicio: 05. Dirección general del agua.

Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua.

Capítulo: 6. Inversiones
reales

Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general.

Concepto: Encauzamiento del Río Kadagua en Bizkaia en el tramo comprendido entre el Ayuntamiento de Güeñes y la Papelera de Aranguren.


Importe: 10 Millones de Euros.

BAJA

Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.

Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos y Gastos de los Departamentos Ministeriales.

Programa: 929M. Imprevistos y funciones
no clasificadas.

Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.

Artículo: 51. Otros imprevistos.

Concepto: 510. Imprevistos.

Importe: 10 Millones de Euros.

JUSTIFICACIÓN

En 2009 se aprobó
conjuntamente por la Confederación Hidrográfica del Cantábrico y la Agencia Vasca del Agua el Proyecto de encauzamiento del Río Kadagua en Bizkaia en el tramo comprendido entre el Ayuntamiento de Güeñes (Güeñes) y la Papelera de Aranguren
(Zalla).

El pasado 30 de enero se volvió a poner de manifiesto la escasa capacidad hidráulica que tiene el Río Kadagua en sus más de 20 kilómetros de recorrido por el Territorio Histórico de Bizkaia.

Uno de los puntos especialmente
afectado fue el existente entre la Papelera de Aranguren ubicada en el municipio de Zalla en el límite con el municipio de Güeñes y el Ayuntamiento de Güeñes.

El proyecto de encauzamiento de esa zona fue ejecutado por la Agencia Vasca del
Agua y aprobado conjuntamente con la Confederación Hidrográfica del Cantábrico.

Esta zona se encuentra catalogada como ARPSY (Área de Riesgo Potencial Significativo de Inundación).

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la
Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan 25 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.

Palacio del
Senado, 28 de septiembre de 2015.—Melissa Armas Pérez y María del Mar del Pino Julios Reyes.

ENMIENDA NÚM. 2073

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa
Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda al Artículo 20. Uno. 2. J.

ENMIENDA

De
modificación.

El párrafo citado queda redactado de la siguiente forma:

«J) A las plazas de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores Titulares de Universidad, Catedráticos y Profesores Titulares de Escuela Universitaria y a las
plazas de personal de administración y servicios de las Universidades, siempre que por parte de las administraciones públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias, previa acreditación de que la oferta de empleo público
de las citadas plazas no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la correspondiente Universidad, ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria
y Sostenibilidad Financiera.

Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos y Profesores Titulares de Universidad y de Catedráticos y Profesores Titulares de Escuela Universitaria, previsto en el
párrafo anterior, cada Universidad podrá destinar una parte de las mismas a la contratación, como personal laboral fijo, de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3, así como para
el ingreso como profesor contratado doctor, en los términos previstos en el artículo 52 de la citada Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

No computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición
de efectivos, aquellas plazas que se cubran por personal fijo de los Cuerpos Docentes Universitarios con destino previo en la Universidad convocante.»

JUSTIFICACIÓN

La drástica limitación de la Oferta de Empleo Público que desde hace
cuatro años vienen soportando las Universidades Públicas ha generado una descapitalización de su profesorado, habiendo tenido que hacer frente a las necesidades docentes mediante las figuras de profesor ayudante doctor o de profesor asociado a
tiempo parcial, hasta el extremo de que, en muchos casos, se encuentran al límite de los porcentajes que establecen los apartados 4 y 5 del artículo 48 de la Ley Orgánica de Universidades.

Por otro lado, existe un gran número de profesores
acreditados para el acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios con un profundo sentimiento de frustración por no poder ver cumplidas sus expectativas de desarrollo profesional.

La enmienda que se propone tiende a aprovechar al máximo la
tasa de reposición de efectivos que se autoriza en el artículo 20 del Proyecto de Ley, introduciendo las matizaciones propias del ámbito universitario, tal y como se realiza en otros apartados del artículo respecto de otros colectivos.

Las
razones son las siguientes:

1.º En el primer párrafo se incluyen las plazas de los Catedráticos y Profesores Titulares de Escuela Universitaria, ya que estos efectivos deben ser sustituidos por profesores de los Cuerpos vigentes.


2.º En el segundo párrafo se configura como potestativo de cada Universidad el destinar plazas de la tasa de reposición de efectivos a la contratación fija de investigadores del Programa Ramón y Cajal con certificado I3, al igual que
ocurre con las plazas que se puedan destinar al ingreso como profesor contratado doctor. Debe tenerse en cuenta que el carácter imperativo de la reserva del 15 % obliga a las Universidades a incorporar esta nueva figura laboral de carácter fijo,
que en muchos casos no responde a las necesidades académicas de la Institución o a sus prioridades.

3.º Se introduce un tercer párrafo cuya intención es trasladar al ámbito universitario la excepción contenida en el apartado 3 del
mismo artículo 20.UNO, es decir que no computen en el límite de la tasa de reposición de efectivos las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna.

En la regulación del personal docente universitario no
existe la figura de la promoción interna, sin embargo lo habitual es que sea el profesorado de la propia Universidad el que acceda a los distintos Cuerpos Docentes desde el anterior, dejando su puesto vacante. Son puestos de Profesor Titular y de
Profesor Contratado Doctor. La pretensión es que sólo los puestos de los Profesores Titulares de la Universidad convocante que accedan a puestos de Catedráticos puedan ser rescatados dentro del propio ejercicio presupuestario, sin esperar al
siguiente año para incluirlos en una nueva Oferta de Empleo. Se pretende, pues, un tratamiento similar al de los sectores de las Administraciones Públicas que pueden realizar promoción interna.

ENMIENDA NÚM. 2074

De doña Melissa Armas
Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formulan la siguiente enmienda al Artículo 28. Tres. 3. b.

ENMIENDA

De adición.

Con el siguiente tenor:

«Tendrán la consideración de adecuaciones retributivas singulares y excepcionales, a efectos de lo dispuesto en el
artículo 19.siete de esta Ley, las adaptaciones de las cuantías del complemento específico transitorio de los Cuerpos de Auxilio Judicial, Tramitación Procesal y Administrativa y Gestión Procesal y Administrativa, que realicen las Administraciones
Públicas con competencias en materia de justicia que cumplan con los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, previa negociación con las organizaciones sindicales integrantes de la Mesa Sectorial de Justicia, con la
finalidad de ajustar las retribuciones complementarias a las nuevas funciones atribuidas a estos Cuerpos en los últimos años e implantar el modelo organizativo previsto en la legislación vigente para la Oficina Judicial y Fiscal. Así mismo, la
reactivación de efectos a partir del 1 de enero de 2016 de los Acuerdos Administración Sindicatos en este ámbito aprobados con anterioridad al 1 de enero de 2011, que se encontraran suspendidos en ejercicios anteriores, no tendrán la consideración
de incrementos retributivos respecto a los vigentes a 31 de diciembre de 2015.»

JUSTIFICACIÓN

Durante el período 2004-2009 fueron suscritos distintos Acuerdos Administración Sindicatos en materia de personal al servicio de la
Administración de Justicia por las diferentes Administraciones Públicas competentes en materia de justicia, con la finalidad de adecuar las cuantías del complemento específico del personal que se ha de integrar en las unidades que conformen la
estructura de las nuevas Oficinas Judiciales y Fiscales, previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. De esta forma, casi la generalidad de las Comunidades Autónomas con competencias en materia de
justicia y el Ministerio de Justicia adecuaron las cuantías del complemento específico transitorio de los Cuerpos de Auxilio Judicial, Tramitación Procesal y Administrativa y Gestión Procesal y Administrativa a los pactos suscritos para abordar el
proceso de reorganización y modernización de la Administración de Justicia. Sin embargo, la crisis económica padecida en los años 2010-2015 motivó la suspensión de Acuerdos adoptados en esta materia, lo que ha dificultado poder avanzar en el
reconocimiento paulatino de derechos del personal funcionario de los Cuerpos Generales al servicio de la Administración de Justicia, frente al marco normativo que progresivamente desde 2003 le ha ido atribuyendo nuevas funciones y
responsabilidades.

De igual forma, el levantamiento de la suspensión de efectos a partir del 1 de enero de 2016 de los Acuerdos Administración Sindicatos en el ámbito de la Administración de Justicia alcanzados con anterioridad al 1 de enero
de 2011, una vez superada la crisis económica grave sufrida en el período 2010-2015, constituye una línea acorde con las políticas generales diseñadas para el ejercicio 2016 de recuperación de derechos del personal funcionario. La necesaria
suspensión de efectos de dichos Acuerdos para ajustar las cuentas públicas al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera ha dificultado el diseño de políticas que fomente la implicación de este personal
en procesos de modernización de la Administración de Justicia e implantación de nuevas herramientas y servicios tecnológicos, así como en la reorganización de su actividad para la implantación de las nuevas Oficinas Judicial y Fiscal en todo el
territorio del Estado. Por ello, es necesario retomar el cumplimiento o renegociación de dichos Acuerdos para poder impulsar definitivamente su implantación de forma homogénea en todos los territorios, disminuyendo progresivamente las elevadas
diferencias retributivas existentes para estos funcionarios de Cuerpos Nacionales en función de la Comunidad Autónoma en la que se encuentren destinados y coadyuvando a la estabilización de plantillas en las Comunidades con mayores tasas de
interinidad.

ENMIENDA NÚM. 2075

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda al Artículo 74.

ENMIENDA




De modificación.

Del artículo 74 del texto articulado del proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016, para adicionarle un apartado cuarto, con el siguiente texto:

«Cuatro: Se modifica el
apartado 4.º del artículo 78 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, quedando dicho apartado 4.º redactado en los siguientes términos:

“4. En los aeropuertos estacionales de Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, las
cuantías unitarias de las prestaciones públicas por salida de pasajeros y seguridad se bonificarán en un 20 por ciento durante los meses de la temporada de menor tráfico.”

En los aeropuertos de las Islas Canarias no será de aplicación
la proporción de estacionalidad fijada en la definición de aeropuerto estacional establecida en el apartado 15 del artículo 72 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea y se considerará como temporada baja la temporada de verano, tal como
viene definida en el apartado 16 del mencionado artículo, a los efectos de aplicar la bonificación prevista en el párrafo anterior».

JUSTIFICACIÓN

En ninguno de los aeropuertos canarios se da esa proporción de estacionalidad, quedando
los aeropuertos canarios fuera de las bonificaciones que la propia Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea establece en su artículo 78 apartado 4.º Pero esto no quiere decir que Canarias como destino turístico no tenga estacionalidad, aunque
no la sufran los aeropuertos. Prueba de ello es que los hoteleros deben negociar muy a la baja sus precios fuera de la temporada de invierno para mantener su negocio y los organismos de promoción turística también se ven obligados a realizar
convenios de promoción con las aerolíneas para asegurar las conexiones en la temporada de verano. Creemos que el esfuerzo de captación de turistas en las épocas de menor demanda debe recaer en todo el producto turístico, del que el transporte
constituye una parte principal y no sólo en la industria hotelera. Por tanto, en Canarias no debe aplicarse esa proporción de estacionalidad, de manera que se pueda aplicar siempre la bonificación del 20 % en nuestra temporada baja que es, sin
lugar a dudas, la del verano.

ENMIENDA NÚM. 2076

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios
Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda al Artículo 74.

ENMIENDA

De modificación.

Del artículo 74 del texto articulado del proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para 2016, para adicionarle un apartado quinto, con el siguiente texto:

«Quinto: Se añade un nuevo párrafo al artículo 73 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea con la siguiente
redacción:

Independientemente de la clasificación anterior establecida, se crea una nueva categoría de aeropuertos ultraperiféricos, en la que se engloban los aeropuertos de la región ultraperiférica de Canarias.»

JUSTIFICACIÓN


La propia Comisión Europea, en la revisión de las Directrices sobre ayudas estatales a aeropuertos y compañías aéreas (2014/C 99/03), aprobadas en 2014, y que vienen a revisar las anteriormente vigentes desde 2005, reconoce las desventajas
inherentes a los aeropuertos ubicados en regiones ultraperiféricas, incluyéndolos, a efectos de dichas directrices, en un nuevo grupo de regiones y países que denominó «regiones remotas». Para paliar los efectos negativos derivados de la ultra
periferia, las directrices introducen determinadas excepciones a favor de dichos aeropuertos, con el objetivo de fomentar la conectividad aérea en las regiones remotas, altamente dependientes del transporte aéreo especialmente las más alejadas del
territorio continental.

ENMIENDA NÚM. 2077

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC
(GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda al Artículo 74.

ENMIENDA

De modificación.

Del artículo 74 del texto articulado del proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado para 2016, para adicionarle un apartado sexto, con el siguiente texto:

«Sexto: Se introduce una nueva disposición adicional a la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea en los siguientes términos:


Disposición adicional vigésima. Con vigencia a partir del 1 de marzo de 2016 y con carácter indefinido, a los aeropuertos ultraperiféricos les serán de aplicación las prestaciones públicas patrimoniales correspondientes a la categoría
Grupo IV, a excepción de los aeropuertos de La Gomera y El Hierro, a los que se les aplicarán las del Grupo V.»

JUSTIFICACIÓN

La propia Comisión Europea, en la revisión de las Directrices sobre ayudas estatales a aeropuertos y
compañías aéreas (2014/C 99/03), aprobadas en 2014, y que vienen a revisar las anteriormente vigentes desde 2005, reconoce las desventajas inherentes a los aeropuertos ubicados en regiones ultraperiféricas, incluyéndolos, a efectos de dichas
directrices, en un nuevo grupo de regiones y países que denominó «regiones remotas». Para paliar los efectos negativos derivados de la ultraperiferia, las directrices introducen determinadas excepciones a favor de dichos aeropuertos, con el
objetivo de fomentar la conectividad aérea en las regiones remotas, altamente dependientes del transporte aéreo, especialmente las más alejadas del territorio continental, para su desarrollo económico.

Por otra parte, se considera que los
principales aeropuertos canarios, aquellos que disponen de conexiones con la Península y con el extranjero, merecen un sistema de tarifas iguales, pues todos adolecen de las mismas desventajas derivadas de la ultraperiferia. La lejanía de Canarias
del territorio continental europeo supone una realidad que resta competitividad a los aeropuertos ubicados en el archipiélago. Es por ello, que se deben implementar medidas correctoras, que permitan mejorar el atractivo de los aeropuertos canarios
de cara a las aerolíneas y las incentiven a establecer o incrementar su tráfico con las islas.

ENMIENDA NÚM. 2078

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas
Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda al Artículo 74. Uno.

ENMIENDA

De modificación.


Del artículo 74, apartado uno, del texto articulado del proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, para adicionarle un nuevo párrafo, quedando redactado el citado artículo en los siguientes términos:


«Artículo 74. Prestaciones Patrimoniales de carácter público.

Uno. Con efectos de 1 de marzo de 2016 y vigencia indefinida, la cuantía de las prestaciones patrimoniales de carácter público de Aena, S.A., establecidas en el
Título VI, Capítulos I y II de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, disminuyen en un 1,9 por ciento respecto al nivel de las exigibles el 29 de febrero de 2016.

Para las operaciones realizadas en los aeropuertos canarios, las
prestaciones patrimoniales señaladas en el párrafo anterior, se verán reducidas, a partir del 29 de febrero de 2016, en el 4 % respecto de las cuantías exigibles en dicha fecha.»

JUSTIFICACIÓN

Se trata de atenuar la desventaja
competitiva que los aeropuertos canarios sufren, debido a la lejanía del archipiélago canario del territorio continental español. La brecha entre los costes aeroportuarios de Canarias y los de los aeropuertos de los destinos turísticos competidores
está aumentando de forma importante.

ENMIENDA NÚM. 2079

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino
Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda al Artículo 74. Dos.

ENMIENDA

De modificación.

Del artículo 74, apartado dos, del texto articulado
del proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016, para adicionarle un nuevo párrafo, quedando redactado como sigue:

«Dos. Se da nueva redacción al párrafo final del apartado 1 del artículo 78 de la Ley 21/2003, de 7
de julio, de Seguridad Aérea, que quedará redactado como sigue: «Con efectos 1 de marzo de 2016 y vigencia indefinida, las cuantías unitarias de las prestaciones públicas por salida de pasajeros y por seguridad para los pasajeros en conexión se
reducirán en un 40 por ciento.»

«Para los pasajeros en conexión en los aeropuertos canarios se reducirán en un 50 por ciento, con los mismos efectos y vigencia.»

JUSTIFICACIÓN

Incentivar el incremento de actividad y pasajeros en
los aeropuertos canarios.

ENMIENDA NÚM. 2080

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes,
CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda al Artículo 74. Dos.

ENMIENDA

De modificación.

Del artículo 74, apartado dos, del texto articulado del proyecto de
Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016, para adicionarle un párrafo primero, con el siguiente texto:

«Dos. Se modifica el apartado 1 del artículo 78 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, quedando redactado
en los siguientes términos:

“1. Las cuantías serán las siguientes por cada pasajero:






Aeropuerto Cuantía Pasajero Cuantía de Seguridad Aeroportuaria
EEE Internacional
Madrid-Barajas 14,44 € 20,44 € 3,46 €
Barcelona-El Prat 13,44 € 16,44 € 3,46 €
Alicante, Palma de Mallorca y Málaga-Costa del Sol 5,99 € 9,03 € 3,46 €
Bilbao, Fuerteventura, Girona, Ibiza, Lanzarote, Menorca, Santiago, Sevilla, Tenerife Norte,
Valencia, Gran Canaria y Tenerife Sur
5,11 € 7,67 € 3,46 €
A Coruña, Almería, Asturias, FGL Granada-Jaén, Jerez, La Palma, Murcia-San Javier, Reus, Santander, Vigo y Zaragoza3,66 € 5,49 € 3,46 €
Albacete, Algeciras, Badajoz, Burgos, Ceuta, Córdoba, Cuatro Vientos, El Hierro, Huesca-Pirineos, La Gomera, León, Logroño, Melilla, Pamplona, Sabadell,
Salamanca, San Sebastián, Son Bonet, Torrejón, Valladolid, Vitoria y resto de aeropuertos gestionados por Aena Aeropuertos S.A.
2,40 € 3,59 € 3,46 €

JUSTIFICACIÓN

Los aeropuertos insulares de Gran Canaria, Tenerife Sur, Lanzarote, Fuerteventura y Tenerife Norte, independientemente de cual sea su grupo de clasificación por volumen de pasajeros, deben quedar encuadrados todos en el mismo
grupo en cuanto a la prestación patrimonial por salida de pasajero, dado el papel estratégico de los aeropuertos en la conectividad y la dinamización de la actividad turística. A ello se suma, en el caso de los archipiélagos, su insularidad y, en
el caso de Canarias, su situación ultraperiférica, y el difícil contexto económico actual: alto nivel de desempleo (superior al 30 %) y una economía basada prácticamente en el sector servicios y, en particular, en la actividad turística. Por
razones de rentabilidad económica, muchas compañías aéreas, en su apuesta por Canarias, utilizan los aeropuertos de Gran Canaria y Tenerife Sur como primera entrada a las islas, por las mayores posibilidades de conexión que ofrecen hacia el resto de
los aeropuertos insulares.

ENMIENDA NÚM. 2081

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes,
CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a las DISPOSICIONES ADICIONALES. VI. Disposición adicional sexagésima tercera. Tres.

ENMIENDA

De modificación.


Al apartado tercero de la disposición adicional quincuagésima quinta del texto articulado del proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016, quedando redactada en los siguientes términos:

Disposición adicional sexagésima
tercera. Regulación de la concesión de subvenciones nominativas destinadas a la financiación del transporte público regular de viajeros de Madrid, Barcelona y las Islas Canarias.

Tres. Los libramientos se efectuarán con cargo a
las siguientes aplicaciones presupuestarias e importes.

— Islas Canarias: 32.01.441M.453 «A la Comunidad Autónoma de Canarias para la financiación de las necesidades correspondientes al transporte regular de viajeros de las
distintas Islas Canarias» por importe de 30.000,00 miles de euros.

JUSTIFICACIÓN

En coherencia con la enmienda presentada que incrementa la dotación presupuestaria en cinco millones de euros.

ENMIENDA NÚM. 2082

De doña
Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a las DISPOSICIONES ADICIONALES. VI. Disposición adicional sexagésima séptima.

ENMIENDA

De modificación.

«Disposición adicional sexagésima séptima. Convenios de
inversión con la CAC relativos al desarrollo del Plan Integral de Empleo.

UNO. Durante el año 2016, el Plan Integral de Empleo de Canarias, contemplado en la Disposición Adicional Quinta de la Ley 56/2003 de 16 de diciembre, de Empleo,
recibirá una aportación de 42 millones de euros procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal.

DOS. Se autoriza al Gobierno a suscribir un nuevo Convenio 2016 para el desarrollo del Plan Integral de Empleo, entre el Mº de
Educación, Cultura y Deportes y la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias, con una dotación de 40 millones de euros.

TRES. Las precisiones operativas y de funcionamiento general de ambas aportaciones, son las
contempladas en la Disposición Adicional Décimo Tercera de la Ley 39/2010 de 22 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado, para el año 2011, y ello sin perjuicio de los Convenios de Colaboración que las partes pudieran suscribir en ambos
casos»

JUSTIFICACIÓN

El proyecto suspende, de nuevo la cobertura en su totalidad. La realidad nos muestra la concepción errática y dubitativa de la AGE sobre las políticas de empleo, primero y de atención al desempleo después.


La enmienda pretende activar todas las políticas y recursos posibles, con recorrido plurianual y certeza jurídico-presupuestaria suficientes.

Como se sabe, el diferencial de las tasas de paro de Canarias con la nacional ha de estrecharse y
disminuirse todo lo posible, finalmente.

Las dos partidas diferenciadas actúan en la dirección que comentamos:

Conexión de las políticas de empleo y las relativas a formación mediante las correspondientes Administraciones
responsables.

ENMIENDA NÚM. 2083

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a las DISPOSICIONES ADICIONALES. Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Incluir una nueva Disposición Adicional
del siguiente tenor:

«Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 20, las Universidades podrán incorporar funcionarios de carrera y personal laboral fijo o indefinido siempre que no superen los costes de personal autorizados inicialmente
por la respectiva Comunidad Autónoma en su Ley de Presupuestos para el ejercicio 2016, de acuerdo con lo previsto en el artículo 81.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.»

JUSTIFICACIÓN

La finalidad del
precepto es la reducción del gasto para la corrección del déficit público, entre el que se incluye el de las Universidades, finalidad que se cumple mejor con la redacción propuesta que con la prohibición de incorporación de nuevo personal fijo,
debiéndose permitir a las Universidades el pleno ejercicio de su autonomía y capacidad de autoorganización por las razones siguientes:

1.º La redacción propuesta actúa directamente sobre el gasto, debiéndose dar la opción a las
Universidades que sean capaces de generar economías con medidas de gestión, para que puedan organizar sus recursos humanos y orientar sus políticas de personal a las necesidades de la Institución para el cumplimiento de sus fines. Téngase en cuenta
que la mera prohibición de incorporación de nuevo personal fijo no garantiza una contención del gasto, en la medida en que la incorporación de personal temporal por necesidades justificadas puede incrementarlo.

2.º La segunda razón que
citaremos, y no por ello menos relevante que la anterior, es el actual diseño de la formación, acceso y promoción del personal docente universitario que establece la LOU y su normativa de desarrollo. La formación del profesorado universitario es un
proceso largo que supone muchos años de esfuerzo del individuo y de la Institución, parte esencial de esa formación se adquiere mediante el paso por las distintas figuras contractuales y cuerpos funcionariales. Los incentivos que impulsan este
régimen se encuentran íntimamente relacionados de forma que la parálisis de uno de ellos repercute ineludiblemente en los restantes, pudiéndose producir una desestabilización del sistema que mermará la calidad de la docencia e investigación de las
Universidades, con consecuencias que costará muchos años recuperar. Téngase en cuenta que los actuales sistemas de acreditación para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y a las modalidades contractuales específicas de carácter
indefinido, así como los sistemas de evaluación de la actividad docente e investigadora, tienen su colofón en el acceso a la modalidad contractual o cuerpo docente superior —aunque la LOU no configure una relación de jerarquía teórica en la
práctica opera de esta manera—. El cierre de esta expectativa de acceso y promoción generará una falta de motivación y posible descenso en la calidad de la actividad docente e investigadora, así como en la cantidad de esta última, con la
consiguiente pérdida de calidad de la Universidad.

3.º La tercera de las razones radica en la inviabilidad del régimen de interinidad o de temporalidad laboral para cubrir las necesidades docentes o paliar la falta de convocatorias de
acceso a la fijeza. El régimen laboral no da respuesta a esta coyuntura, puesto que la única figura indefinida, el Profesor contratado doctor, no admite personal temporal en su lugar por la propia definición de su régimen jurídico. Los Profesores
Ayudantes doctores se encuentran en proceso de formación y deberán ser despedidos inevitablemente cuando finalicen su periodo máximo de contrato si no se pueden hacer convocatorias a personal fijo, por muy brillante que sea su formación y aún en el
caso de que se encuentren acreditados para acceder a la fijeza (contratado doctor, titular o catedrático). Por otra parte, los nombramientos interinos en los cuerpos docentes universitarios resultan absurdos, puesto que deben cumplir los mismos
requisitos que para el acceso a la condición de funcionario de carrera (estar acreditados y superar el concurso de acceso). Concurso de acceso que deberán superar nuevamente para adquirir la condición de funcionario de carrera, arriesgándose
mientras tanto a perder la plaza de funcionario o laboral indefinido que ya ostentaban.

4.º La cuarta de las razones es el riesgo en el que pueden incurrir alguna Universidades en caso de incorporación de personal laboral temporal por
necesidades urgentes. Este riesgo es doble, de un lado que la docencia se concentre en mayor medida en la figura del profesor asociado o en la del Ayudante doctor, con la consiguiente pérdida de calidad de la docencia por la falta de cualificación
de este profesorado, así como una merma en la actividad investigadora de la Universidad, dado que los asociados carecen de esta función. De otro lado, pueden llegar a rebasarse los límites de profesorado contratado que establecen los apartados 4
y 5 del artículo 48 de la LOU.

ENMIENDA NÚM. 2084

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios
Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a las DISPOSICIONES ADICIONALES. Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Incluir una nueva
Disposición Adicional del siguiente tenor:

«PRÓRROGA DE LOS CONTRATOS DE PROFESORES AYUDANTES DOCTORES CON VENCIMIENTO EN 2016

Los contratos de los Profesores ayudantes doctores que durante el año 2016 cumplan su periodo máximo de
duración previsto en el artículo 50 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, podrán ser prorrogados por un año más.»

JUSTIFICACIÓN

La enmienda que se propone tiende a aprovechar al máximo la tasa de reposición
de efectivos que se autoriza en el artículo 20 del Proyecto de Ley, con la finalidad de que no se consuma dicho cupo en la consolidación de la plazas de Profesores ayudantes doctores cuyo contrato cumple en 2016 el tiempo máximo de duración
permitido por el artículo 50 de la LOU.

ENMIENDA NÚM. 2085

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino
Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a las DISPOSICIONES ADICIONALES. Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una
nueva disposición adicional.

«Disposición adicional xxx. Medidas para la mejora de la conectividad de Canarias con terceros países.

Para la mejora de la conectividad de las Islas Canarias con terceros países y debido a su
especial posición geoestratégica y su carácter ultraperiférico se aplicarán las siguientes bonificaciones durante el año 2016:

Los obligados al pago de la prestación pública por aterrizaje tendrán derecho a la devolución del 100 % de la
cuantía cuando el vuelo efectúe escala comercial en las Islas Canarias con origen o destino en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo.

A. La cuantía de la prestación pública por pasajero de salida tendrá derecho a la
devolución del 100 % de la cuantía cuando el pasajero haya embarcado en un aeropuerto de las Islas Canarias en un vuelo en escala comercial con origen o destino en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo.

Esta bonificación no
será compatible con otras bonificaciones establecidas o que pudieran establecerse.

Las devoluciones deberán solicitarse durante el mes de enero de 2017 y se satisfarán por AENA, S.A., compensando su importe con cualesquiera cantidades que le
adeuden los beneficiarios y, no siendo ello posible en todo o en parte, mediante su abono en dinero antes del 31 de mayo de 2017».

JUSTIFICACIÓN

Se pretende mejorar la conectividad con países terceros para potenciar el sistema
aeroportuario canario como plataforma logística en el Atlántico impulsando acuerdos de quinta libertad.

Por otro lado, distintas disposiciones legales han venido estableciendo durante 2009, 2010 y 2011, un conjunto de bonificaciones sobre las
tasas aeroportuarias de gran importancia para el impulso del transporte aéreo y para el sector turístico, con especial atención a la situación específica ultraperiférica de las Islas Canarias, considerando oportuno mantener e, incluso, ampliar dicho
tipo de medidas para el próximo ejercicio.

ENMIENDA NÚM. 2086

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del
Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Disposición transitoria nueva.

ENMIENDA

De adición.

De adición. Se añade una nueva
disposición transitoria XXX con el siguiente texto:

«Disposición Transitoria XXX. Comunidad Autónoma de Canarias.

Por la Comisión Mixta Administración del Estado y Comunidad Autónoma de Canarias se procederá a la actualización
del régimen de compensación al Estado por la supresión del Impuesto General sobre el Tráfico de Empresas, autorizándose la aplicación del mismo a la Comunidad Autónoma hasta el 100 % del importe legalmente previsto en el Régimen Económico y Fiscal
de Canarias. Incrementándose a partir del ejercicio de 2016, en base a este precepto legal y al apartado 4 del artículo 12 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el nivel de gasto computable en la regla de
gasto de la Comunidad Autónoma de Canarias.»

JUSTIFICACIÓN

La experiencia de los más veintidós años transcurridos en la aplicación del Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Estado - Comunidad Autónoma de Canarias, de 20 de
octubre de 1993, y, por otra parte, las especiales circunstancias derivadas del hecho insular y la lejanía, la situación generada por el actual sistema de financiación autonómica que la sitúa a la cola de la financiación per cápita, lo que conlleva
un importante deterioro de la prestación de servicios públicos fundamentales por su trayectoria de escrupuloso cumplimiento de la «Ley de Estabilidad Presupuestaria y Estabilidad Financiera» y la actual situación económico financiera de la Comunidad
Autónoma de Canarias y recomiendan actualizar dichos acuerdos.

ENMIENDA NÚM. 2087

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora
María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA




De adición.

DE ADICIÓN DE UNA NUEVA DISPOSICIÓN FINAL con el siguiente texto:

«Disposición Final XXX. Modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local.

El artículo 75 bis, apartado 2,
párrafo segundo, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, queda redactado en los términos siguientes:

Los miembros de los Cabildos y Consejos Insulares, serán retribuidos por todos los conceptos y
asistencias con el límite máximo total que fija el apartado primero de este artículo atendiendo a la población de la isla.»

JUSTIFICACIÓN

La Isla es también entidad local, artículo 141.4 de la Constitución, y la elección de los
miembros de Cabildos y Consejos es directa. Por ello, en relación a su población, presupuestos y competencias, han de ser tratados en condiciones de igualdad respecto a las Corporaciones Municipales.

ENMIENDA NÚM. 2088

De doña Melissa
Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una Nueva disposición final XXX, con el siguiente texto:

«Disposición final XXX. Modificación del artículo 12 de
la Ley 19/1994, de 06 de julio, de Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

Con efectos desde la entrada en vigor de la presente Ley, se modifica del artículo 12 de la ley 19/1994, de 6 de Julio, de modificación del Régimen
Económico Fiscal de Canarias.

Artículo 12. Financiación

Los Presupuestos Generales del Estado recogerán cada año las partidas presupuestarias que resulten precisas para dotar las transferencias correspondientes a las inversiones
del Estado en infraestructuras en Canarias, que ascenderán como mínimo al 100 por 100 de la recaudación normativa líquida atribuida al Estado, como compensación por la supresión del Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas establecida en la
Ley 20/1991, de 7 de junio.»

JUSTIFICACIÓN

El artículo 12, de la citada Ley 19/94, se relaciona parcialmente con las previsiones de los artículos 95 y 96 de la Ley 20/1991, de forma que, una parte del régimen jurídico de la
financiación de las inversiones en Canarias establecido en la ley fiscal se integra en la Ley económica del REF.

El contenido de ambos artículos es el siguiente:

Artículo 95 Ley 20/91. Compensación del hecho insular.

De
conformidad con lo previsto en el artículo 138.1 de la Constitución Española y el artículo del Estatuto de Autonomía de Canarias, se considerará de interés general a los efectos de inclusión de los créditos correspondientes en los Presupuestos
Generales del Estado, las obras de infraestructura y las instalaciones de telecomunicación que permitan o faciliten la integración del territorio del Archipiélago con el resto del territorio nacional o interconecten los principales núcleos urbanos
de Canarias o las diferentes islas entre sí.

La puesta en vigor del sistema fiscal establecido en la presente Ley no implicará menoscabo alguno de las asignaciones complementarias previstas en el art. 54 (actualmente art. 55) del Estatuto de
Autonomía de Canarias.

La relación entre ambas Leyes, se inscribe bajo el concepto y título denominado: «Compensación del hecho insular.»

Adicionalmente el Articulo 96 de la Ley 20/1991, LIBRO CUARTO, RÉGIMEN DE LAS INVERSIONES
PUBLICAS EN CANARIAS, define la obligación de igualar la inversión del Estado en Canarias a la media de la inversión regionalizada.

Artículo 96 Ley 20/91. Distribución del Programa de Inversiones Públicas.

En cada ejercicio, el
Programa de Inversiones Públicas que se ejecute en Canarias se distribuirá entre el Estado y la Comunidad Autónoma de tal modo que las inversiones estatales no sean inferiores al promedio que corresponda para el conjunto de las Comunidades
Autónomas, excluidas de este cómputo las inversiones que compensen del hecho insular.

Extremo este que, a pesar de los años transcurridos, ha quedado permanente incumplido. Por ello la revisión del artículo 12 de la Ley 19/94 garantiza que,
al menos la aportación canaria al Estado, quede finalmente radicada en el territorio del archipiélago mediante planes específicos de inversión.

Esta actualización del mandato legal viene a cerrar el sistema de compensación establecido
en 1994, que ha venido siendo incumplido por parte de la Administración del Estado.

ENMIENDA NÚM. 2089

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI
(GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

De
adición de una nueva Disposición Final en los siguientes términos:

«Disposición Final XXX. Modificación de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

Con efectos retroactivo y
vigencia indefinida, se modifica la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del régimen Económico y Fiscal de Canarias, dándole la siguiente redacción al artículo 26, Régimen especial de empresas productoras de bienes corporales, mediante el
añadido de un nuevo párrafo y número, con el siguiente tenor:

3. A los efectos del cálculo del rendimiento derivado de la venta de bienes corporales producidos en Canarias, se considera que las ayudas de cualquier clase, obtenidas por
el sujeto pasivo como consecuencia de la realización de su actividad económica, forman parte de dicho rendimiento y, por tanto, otorgan el derecho a la aplicación de la bonificación regulada en este artículo.»

JUSTIFICACIÓN

La enmienda
precisa que los rendimientos derivados de la venta de bienes corporales producidos en Canarias, han de incluir las ayudas recibidas por los sujetos pasivos. De excluirse, la tributación de las empresas aumentará en sectores tan sensibles como el
agrícola, ganadero, industrial y pesquero y ello, ciertamente, actuando en una dirección claramente opuesta a los principios rectores del R.E.F.

Finalmente, nuestra propuesta reivindica la interpretación coincidente con el auténtico espíritu
del legislador reflejado en la redacción original y primera dada al artículo 26.

ENMIENDA NÚM. 2090

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI
(GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se
añade una nueva disposición final XXX con el siguiente texto:

«Disposición Final XXX. Modificación de la Ley 22/2009 en su Disposición adicional segunda.

Se suprime el tercer párrafo de la disposición adicional segunda de
Ley 22/2009, de 18 de diciembre por la que se regula el Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía.»

JUSTIFICACIÓN

El sistema de financiación de las CC.AA de régimen común tiene como
objetivo dotar a las CC.AA de los recursos necesarios para la prestación de los servicios públicos fundamentales de manera que puedan ser prestados en igualdad de condiciones en todo el territorio nacional. Por su parte, el REF de Canarias pretende
compensar las desventajas estructurales, y mayores costes asociados, que suponen en canarias la lejanía, la fragmentación, la insularidad y lo reducido de sus mercados.

No obstante lo anterior, la redacción del tercer párrafo de la
disposición adicional segunda de Ley 22/2009, de 18 de diciembre por la que se regula el Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, permite que el actual modelo de financiación no considere las
singularidades económicas y fiscales, debidas a la insularidad y lejanía, que el Régimen Económico y Fiscal de Canarias otorga a nuestra región y al que se incorporan los principios y normas aplicables como consecuencia del reconocimiento de
Canarias como región ultraperiférica de la UE.

Y ello es así porque, a diferencia del modelo anterior, en el que el Régimen Económico y Fiscal canario y el sistema de financiación de las CCAA de régimen común operaban como regímenes
paralelos, que respondía a objetos de naturaleza distinta y cumplían una función perfectamente delimitada, que permitía que los recursos provenientes del REF, como no podía ser de otra manera, fueran invertidos en Canarias no para financiar los
servicios esenciales, como está ocurriendo en la actualidad, sino para financiar actuaciones que permitan paliar el hecho insular y equiparar su renta per cápita con la media del territorio español.

Por el contrario, el actual sistema de
financiación, rompe con el modelo anterior, ya que si bien los recursos provenientes del REF no se integran en la caja común que constituye la base de reparto, si se tienen en cuenta en el reparto del Fondo de Competitividad, de tal manera que para
determinar financiación homogénea per cápita entre CCAA, referencia que determina las CCAA a las que corresponde asignar de este fondo, se computan los recursos del REF como una mayor financiación de Canarias equiparable al resto de las figuras
tributarias que componen la financiación autonómica. Ello ha conducido a una drástica minoración para Canarias de los recursos provenientes del sistema de financiación, ha impedido que obtenga los recursos del Fondo de Competitividad que le
corresponden, y a encontrarse entre las tres CA peor financiadas, incluso considerando los recursos del REF.

Lo que es más grave, se integran de forma directa los recursos del REF en el sistema de financiación de las CC.AA., trasvasando
recursos de finalidad REF a financiar competencias autonómicas, lo que claramente supone una usurpación de la finalidad perseguida por el citado régimen para dedicarlos a mermar las obligaciones del Estado con Canarias en materia de competencias
transferidas.

ENMIENDA NÚM. 2091

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

Adición de una nueva Disposición Final en orden a modificar la Ley 47/2003
de 26 de noviembre, General Presupuestaria en su artículo 82.

En consecuencia:

«Disposición Final XXX. Modificación del artículo 82 de la Ley General Presupuestaria.

El contenido de la letra a) del apartado 1 del
artículo 82, queda modificado conforme a la siguiente redacción:

a) Las compras de productos, así como las subvenciones y otras intervenciones de mercado y las operaciones relativas a los programas de desarrollo rural financiadas por
el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA), el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y las operaciones relativas al programa POSEI-Pesca financiadas por el programa operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP).

Los
anticipos de tesorería a favor o por cuenta de la Unión Europea se cancelarán con los reintegros realizados por la misma».

JUSTIFICACIÓN

Se añade a la anterior redacción, las nuevas referencias al programa POSEI-Pesca entre la serie de
medidas para compensar los costes adicionales originados por la comercialización de diversos productos de territorios lejanos e insulares, o regiones ultraperiféricas (art. 349 TFUE). Los programas POSEI se diseñaron para que los productos de estas
regiones pudieran acceder a los mercados continentales en condiciones de igualdad a los restantes productos comunitarios.

Las ayudas POSEICAN-Pesca han sido gestionadas por el Gobierno de Canarias en el periodo 2007 2013 conforme al
Reglamento CE 791/2007 DEL Consejo de 21 de mayo de 2007, que contempla la compensación por los costes de comercialización de determinados productos pesqueros de las regiones de Azores, Madeira, Canarias, Guayana francesa y Reunión. Pero ahora la
inclusión de estas ayudas en el nuevo Reglamento del Fondo Europeo y Marítimo de Pesca (FEMP), que dará cobertura a las operaciones del sector pesquero en el periodo 2014-2020, supone un importante cambio en el tratamiento de estas ayudas por las
instituciones comunitarias.

Desde su implantación, estas ayudas han tenido la consideración de extrapresupuestarias para nuestra Comunidad Autónoma y sus gastos han sido cubiertos mediante la prefinanciación del Fondo Español de Garantía
Agraria (FEGA) con cargo a los fondos del FEAGA, en base al Convenio de colaboración de agosto de 2007, entre la Comunidad de Canarias y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para la prefinanciación de estas ayudas con cargo al FEAGA y
al FEADER.

La Comunidad Autónoma de Canarias ha defendido siempre que debía garantizarse, a imagen de la situación actual, el carácter extrapresupuestario de las compensaciones a las regiones ultraperiféricas (ayudas POSEI) y que Canarias
mantuviera su status como única región ultraperiférica española, junto que ello, además, favoreciera la independencia de factores y situaciones limitativas, por ejemplo presupuestarias, para la Comunidad de Canarias. Este tratamiento que
defendemos, no se recoge en el nuevo Reglamento del Fondo Europeo y Marítimo de Pesca (FEMP).

Ello origina una situación delicada pudiendo tener un impacto económico-presupuestario muy serio para la Comunidad Autónoma de Canarias al verse
obligada a la generación de un crédito anual de 8,7 millones de euros sobre los créditos que ya destina, en sus presupuestos anuales, al sector pesquero para el desarrollo de las medidas recogidas en el programa operativo del Fondo Europeo de Pesca,
programa cofinanciado por la UE, la A.G.E. y la Comunidad de Canarias; fondos adelantados íntegramente por la Comunidad Autónoma hasta la reversión de los mismos, una vez certificados al Ministerio y luego a la Comisión. Todo sucede, por lo
demás, en una actualidad económica y presupuestaria que conduce a que las Administraciones públicas adopten medidas de reducción del déficit.

Todo ello justifica la presente enmienda al objeto de preservar el status actual de los mecanismos
de pago de las ayudas POSEICAN-Pesca y a hacerlo mediante la modificación de la Ley 47/2003 de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Así se hizo en la modificación realizada en el apartado seis, de la Disposición Final novena de la Ley 42/2006,
de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007 y recogiéndose en el expositivo quinto del Convenio de colaboración de agosto de 2007 arriba mencionado. Insistimos que ello ha venido posibilitando, hasta la fecha, la
cobertura de los gastos mediante la prefinanciación del Fondo Español de Garantía Agraria con cargo a los fondos FEAGA.

ENMIENDA NÚM. 2092

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)


La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.


ENMIENDA

De adición.

Se propone incluir una Disposición Final modificando la Ley 22/2001, de 27 de diciembre, reguladora de los Fondos de Compensación Interterritorial.

«Disposición Final XXX. Modificación de la
Ley 22/2001, de 27 de diciembre, reguladora de los Fondos de Compensación Interterritorial.

La letra c) del artículo 2.1 de la Ley 22/2001, de 27 de diciembre, queda redactada con el siguiente contenido:

“2.1.c) Adicionalmente,
con el 4,02 por 100 de la cantidad determinada en la letra a) anterior, y con el 1 por ciento de la cantidad determinada en la letra a) anterior, siendo la suma de estos dos porcentajes la cantidad que se adiciona en función de la variable
‘región ultraperiférica’.”»

JUSTIFICACIÓN

Canarias es una de las siete comunidades autónomas donde la renta per cápita disminuye permanentemente, ampliando así el diferencial que la separa del resto de España, En
los últimos catorce años (1999-2014) Canarias ha perdido 10,5 puntos porcentuales de convergencia con el resto del Estado. Esta situación se visualiza fácilmente al ser Canarias una de las siete comunidades autónomas donde la renta per cápita
disminuye permanentemente ampliando el diferencial que la separa del resto de España. Este retroceso se debe a la caída sucesiva del PIB en 2009 y 2010 más intensas que en el resto del Estado y ello acompañado de un aumento de población continuado
que condujo a Canarias a una posición relativa del 86 % de la media española en 2014 (que supondría el 100 %) según últimos datos INE.

Por otra parte nuestra tasa de paro que actualmente se sitúa en el 30,3 % de su población activa, lo que
supone una desviación con respecto de la media nacional de 7,93 puntos porcentuales adicionales, y que supone que el número de desempleados en Canarias es de 336.500 personas según la Encuesta de Población Activa (EPA 2.º T. 2015); lo que nos
sitúa, como la segunda Comunidad Autónoma con la mayor tasa de desempleo detrás de Andalucía (30,98 %). Adicionalmente ha de considerarse que la tasa de paro canaria refleja diferenciales con respecto de la media nacional, que se mantienen de forma
sostenida durante una serie larga de años (en este momento siete años consecutivos de hasta ocho puntos adicionales) y estas posiciones, desfavorables a las finanzas públicas y a la economía canaria, nos apunta hacia dos de los efectos más
preocupantes del desempleo en Canarias que son, el del «desempleo de larga duración» y la «tasa de paro juvenil».

Estos dos datos macroeconómicos muestran con rotundidad la mayor gravedad de la situación en Canarias respecto al resto de
España y sin embargo el Gobierno Central parece desconocer dichas cifras dando un trato presupuestario a Canarias peor que el de muchas regiones bien desarrolladas e incumpliendo incluso derechos legalmente reconocidos como es el caso que ocupa a
esta enmienda.

En el nuevo artículo 16. 3.b), de la LOFCA han quedado separados los fondos que se destinan a Ceuta y Melilla de los del resto de CC.AA. beneficiarias, e igualmente separado, en el Artículo 16.3.c) se dispone el método
concreto de dotación del fondo específico Región Ultraperiferica. Se separan así del fondo ordinario (compensación y complementario) dos adicionales de carácter fijo para las comunidades perceptoras), junto con Ceuta y Melilla la comunidad de
Canarias, para contribuir por este método a superar las barrera estructurales y permanentes que sus posiciones geográficas les suponen, mecánica por tanto adicional a la operativa del FCI ordinario.

El apartado 3 del artículo 16 de la Ley
Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, está redactado por la Ley Orgánica 7/2001 como sigue,

«3. El Fondo de Compensación se dotará anualmente de la siguiente forma:

a) Con
una cantidad que no podrá ser inferior al 22,5 por 100 de la base de cálculo de la inversión pública que haya sido aprobada en los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio, tal y como se defina en la Ley reguladora de los Fondos de
Compensación Interterritorial.

b) Adicionalmente, con el 1,5 por 100 de la cantidad determinada en la letra anterior y el importe que se asigne legalmente en función de la variable «Ciudad con Estatuto de Autonomía».


c) Adicionalmente, con el 4,02 por 100 de la cantidad determinada en la letra a) anterior, y el importe que se asigne legalmente por la variable de «región ultraperiférica».

El legislador tasa en el 4,02 % de la cantidad anual del
fondo de compensación, que corresponde a Canarias por este concepto más la cantidad que se asigne legalmente.

El importe adicional por la variable región ultraperiférica se asignó por la Ley 23/2009 de modificación de la Ley 22/2001, de 27 de
diciembre, reguladora de los Fondos de Compensación Interterritorial, (1 por ciento del fondo de compensación). Pero dicha reforma recoge solo parcialmente el precepto de la Ley Orgánica antes citado, al dotar el extremo relativo a la cantidad
adicional mencionada en la segunda parte de la letra c) del apartado 3) del artículo 16 de la Ley Orgánica, si bien la cantidad correspondiente al 4,02 %, establecida en la LOFCA como parámetro fijo, no ha sido referenciada en el texto legal
citado.

Esta cuestión técnica ha sido esgrimida como impedimento para que se consignen en los presupuestos desde 2002 hasta los de 2015 los créditos que corresponden a Canarias en virtud de la Ley Orgánica, que por tanto vienen siendo
incumplida, dado que las Leyes de Presupuestos no ejecutan, desde el año 2002, lo estipulado para la «región ultraperiférica», que es Canarias.




Con esta enmienda se da cumplimiento a la legislación citada y se desarrollan los instrumentos de solidaridad interterritorial creados por la Constitución y la LOFCA.

ENMIENDA NÚM. 2093

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y
de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la
siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se propone incluir una disposición final, modificando la Ley 22/2001, de 27 de diciembre, reguladora de los Fondos de Compensación Interterritorial.


Texto propuesto:

«Disposición Final XXX. Modificación de la Ley 22/2001, de 27 de diciembre, reguladora de los Fondos de Compensación Interterritorial.

La letra c) del art. 2.1, queda redactada con el siguiente
contenido:

2.1.c) Adicionalmente, con el 4,02 por 100 de la cantidad determinada en la letra a) anterior y con el 1 por 100 de la cantidad determinada en la misma letra, siendo la suma de estos dos porcentajes la cantidad que se
adicionará en función de la variable región ultraperiférica»

JUSTIFICACIÓN

Los datos macroeconómicos de Canarias muestran rotundamente una mayor gravedad de su situación respecto al resto de España. Canarias es una de las CC.AA.,
donde la renta percapita disminuye permanentemente, y ampliando su diferencial respecto del resto de España, este retroceso se debe a la caída sucesiva del PIB en 2009 y 2010 de una forma más intensa que en el resto de las regiones y, acompañado
todo ello, de un importante aumento poblacional, igualmente la tasa de paro refleja preocupantes diferenciales con la media nacional que se mantiene sostenidamente en una serie larga de años.

El Gobierno central parece desconocer estas cifras
dando un trato presupuestario a Canarias peor que el de muchas regiones más desarrolladas y, lo peor, incumpliendo preceptos legales como el que nos ocupa en esta enmienda.

En el art. 16.3.b), de la LOFCA, han quedado separados los fondos que
se destinan a Ceuta y Melilla, de los del resto de CC.AA. beneficiarias. Igualmente y también separado, el art. 16.3.c), recoge la dotación del Fondo específico Región Ultraperiférica. Se diferencian así del fondo común, compensación y
complementario, dos adicionales para Ceuta y Melilla, y la CAC. Se contribuye por este método a superar las circunstancias y barreras estructurales y permanentes que sus ubicaciones geográficas suponen. Es una mecánica adicional y clara añadida a
la operativa del FCI habitual o común.

El legislador tasa en el 4,02 por ciento de la cantidad anual del Fondo de Compensación que corresponde a Canarias por este concepto, más la cantidad que se asigne legalmente. El importe adicional de la
variable Región Ultraperiférica, se asignó por la Ley 23/2009 de modificación de la Ley 22/2001, de 27 de diciembre, reguladora de los FCI, 1 por ciento del Fondo de Compensación. Pero esta reforma recoge parcialmente el precepto de la L.O. antes
citado, y no referenciando la cantidad correspondiente al 4,02 por ciento establecido en la LOFCA. Ello se ha esgrimido como impedimento para que la Ley de Presupuestos no incluya desde el año 2002, lo estipulado para el concepto de Región
Ultraperiférica.

Con esta enmienda se da cumplimiento a la Legislación y al desarrollo de los instrumentos de solidaridad interterritorial de la L.O. de Financiación.

ENMIENDA NÚM. 2094

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de
doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la
siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

Disposición final XXX. Modificación del apartado tres de la disposición adicional décimo tercera de ley 17/2012, de 27 de diciembre de presupuestos
generales del estado para 2013, de acuerdo con la siguiente redacción:

«Tres. El porcentaje de bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo de pasajeros, entre las Comunidades Autónomas de Canarias e
llles Balears y las Ciudades de Ceuta y Melilla, respectivamente, y el resto del territorio nacional, así como en los viajes interinsulares será, con vigencia indefinida, del 50 % de la tarifa bonificable por cada trayecto directo de ida o de ida y
vuelta

A estos efectos, se considera trayecto directo de ida aquél que se realiza desde el aeropuerto o helipuerto del punto de origen en los archipiélagos, Ceuta o Melilla, al de destino final, distinto del anterior, en el territorio
nacional y viceversa, sin escalas intermedias o con escalas, siempre que estas no superen las 12 horas de duración, salvo aquéllas que vinieran impuestas por las necesidades técnicas del servicio o por razones de fuerza mayor.»


JUSTIFICACIÓN

El texto legal del proyecto de Presupuestos Generales garantiza el mantenimiento de un porcentaje de bonificación del 50 % en las tarifas del transporte aéreo. A pesar de ello, se habilita al Ministerio a fijar una tarifa
máxima bonificable, lo que a efectos prácticos significa que mediante una simple Orden Ministerial el porcentaje de bonificación puede caer, dependiendo de los criterios que utilice el Ministerio para fijar la tarifa máxima, al 25 % o incluso por
debajo. Con esta enmienda se trata, por tanto, de evitar que por vía reglamentaria se pueda vulnerar la declaración y la voluntad del texto legal de garantizar la bonificación del 50 % en el transporte aéreo que todos los residentes
extrapeninsulares han venido disfrutando desde 2007, por lo que se propone la supresión del párrafo segundo y tercero.

ENMIENDA NÚM. 2095

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La
Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.


ENMIENDA

De adición.

Se añade una nueva disposición final, con el siguiente texto:

Disposición Final XXX. Modificación del apartado cuatro de la disposición adicional décima tercera de ley 17/2012, de 27 de diciembre
de presupuestos generales del estado para 2013, de acuerdo con la siguiente redacción:

«Cuatro. La condición de residente en las Comunidades Autónomas de Canarias y las llles Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla a los efectos
de las bonificaciones reguladas en esta disposición se acreditará mediante el documento nacional de identidad en vigor».

JUSTIFICACIÓN

El texto del proyecto exige que la condición de residente se acredite mediante certificado de
empadronamiento en vigor. Esta exigencia es una medida cuya supresión, en términos presupuestarios, tiene un efecto de ahorro inapreciable y que, por otro lado, viene a añadir más problemas a las ya de por si difíciles condiciones de movilidad de
los residentes extrapeninsulares.

ENMIENDA NÚM. 2096

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios
Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

Disposición Final XXX. Modificación de la
disposición adicional octogésima tercera de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.

Se actualizan las bonificaciones aplicables a las prestaciones patrimoniales de carácter público en Aeropuertos
de las Islas Canarias prevista en la disposición adicional octogésima tercera de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, quedando el cuadro de vuelos bonificados previsto en dicha disposición adicional
del siguiente modo:



Aeropuerto Día de la semana
Gran Canaria Martes
Tenerife Sur Jueves
Lanzarote Miércoles
Fuerteventura Martes/Viernes
Tenerife Norte Sábado
La Palma Todos los días
El Hierro Todos los días
La GomeraTodos los días

JUSTIFICACIÓN

Esta medida fue aprobada en su día con vigencia indefinida, pero quedaron sin definir los días valle de la Gomera y el Hierro.

ENMIENDA NÚM. 2097

De doña
Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una nueva disposición adicional.

«Disposición adicional XXX. Incentivo por crecimiento de pasajeros
en las rutas operadas en la red de Aena, S.A.




Se aprueba para 2016 la continuidad del incentivo por crecimiento de pasajeros en las rutas operadas en la red Aena, S.A regulada en la disposición adicional Vigésima segunda de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2015, que quedará redactado en los siguientes términos:

«Uno. Las compañías aéreas que operen en los aeropuertos españoles gestionados por Aena, S.A. tendrán derecho en 2016 a un incentivo por su
aportación al crecimiento en número de pasajeros de las rutas que se operan desde los aeropuertos de la red, con respecto a 2015.

Dos. Para cada compañía que incremente el número de pasajeros transportados, tanto en el aeropuerto
origen de la ruta como en la red de Aena, S.A., el incentivo se cifrará en un importe equivalente al 50 por ciento de la cuantía media de la prestación pública por salida de pasajeros de la ruta, y se aplicará exclusivamente al número de pasajeros
de salida adicionales de dicha ruta en 2016 con respecto a 2015. El incentivo a que tendrá derecho cada compañía aérea que opere la ruta en cuestión será proporcional a su contribución al crecimiento generado en dicha ruta por el conjunto de las
compañías aéreas que operan en la misma.

Si además, en 2017, dicha compañía mantiene el número de pasajeros de salida operados en 2016 en dicha ruta, se le abonará un 25 por ciento adicional de la cuantía de la prestación pública por salida
de pasajeros correspondiente al mismo número de pasajeros incentivado en 2016 en la ruta en cuestión.

En el caso de las rutas a destinos no operados en 2015 desde un aeropuerto de la red, el incentivo en 2016 alcanzará el 75 por ciento de la
cuantía media de la prestación pública por pasajeros de salida de la ruta, y se abonará un 25 por ciento adicional en 2017 si la compañía mantiene, al menos, el 90 por ciento de los pasajeros de salida transportados en 2016 en dicha ruta.


Tres. Para cada compañía, si la suma de pasajeros de las rutas de un aeropuerto que darían derecho a incentivo es superior al número de pasajeros que la compañía crece en el aeropuerto, el número de pasajeros a computar para el incentivo
será este último.

En este caso, la distribución por ruta del número de pasajeros con derecho a incentivo se realizará de forma proporcional a la contribución de la compañía al crecimiento de cada ruta.

Cuatro. Para cada
compañía, si la suma de pasajeros imputados por ruta del apartado anterior es superior al número de pasajeros que la compañía crece en la red de Aena, S.A. el número de pasajeros a computar para el incentivo será este último.

En este caso,
la distribución por ruta del número de pasajeros que darán derecho a incentivo se realizará de forma proporcional a los pasajeros por ruta resultantes en el apartado anterior.

Cinco. En el caso de los aeropuertos canarios, el incentivo
se aplicará sobre el importe de la prestación pública por salida de pasajero resultante una vez aplicadas las bonificaciones correspondientes a prestaciones patrimoniales de carácter público en Aeropuertos de las Islas Canarias establecida en la
Disposición adicional octogésima tercera de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.

Seis. El crecimiento de cada compañía no podrá ser debido a la mera transferencia de pasajeros entre
compañías de un mismo grupo, o a acuerdos entre compañías que puedan compartir su programa o alinear estrategias con el fin de acceder al incentivo. A estos efectos, Aena, S.A. evaluará si el aumento de pasajeros de una compañía se debe a algunas
de las condiciones anteriores, y tendrá la potestad de anular el incentivo si fuera así.

Siete. A los efectos de este incentivo, se define ruta como el conjunto de operaciones comerciales de transporte aéreo de pasajeros con origen en
un aeropuerto de Aena, S.A. y destino en otro aeropuerto. Se considerará una misma ruta a un mismo destino a aquella que, aunque sea operada a distintos aeropuertos, éstos formen parte del mismo área de captación del destino.

Ocho. A
los efectos de este incentivo, se considerará que una ruta a un destino no ha sido operada en 2015 si no superó los 2.500 pasajeros comerciales de salida en el conjunto de dicho año. En este mismo sentido, para considerarse ruta operada en 2016, la
ruta a un destino determinado debe superar los 2.500 pasajeros comerciales de salida en el conjunto de dicho año.

Nueve. Los incentivos deberán solicitarse durante el mes de enero de 2017 y se satisfará por Aena, S.A compensando su
importe con cualesquiera cantidades que le adeuden los beneficiarios y, no siendo ello posible en todo o en parte, mediante su abono en dinero antes de que finalice el mes de mayo de 2017, y, en su caso, la parte a la que se hace referencia a los
pasajeros de 2017, antes de que finalice el mes de mayo del 2018.

Diez. Para percibir el incentivo, la compañía aérea debe estar al corriente de pago con Aena, S.A.

Once. A los efectos de este incentivo se considerará que
los aeropuertos siguientes, definidos por su código IATA, están incluidos en una misma área de captación del destino:

Basilea: BSL, MLH; Belfast: BFS, BHD; Berlín: BER, SXF,TXL; Bruselas: BRU, CRL; Bucarest: BBU, OTP; Dusseldorf:
NRN, DUS; Glasgow: GLA, PIK; Estambul: SAW, IST; Estocolmo: ARN, VST, NYO; Frankfurt: HHN, FRA; Goteborg: GOT, GSE; Hamburgo: HAM, LBC; Kiev: IEV, KBP; Londres: LCY, LGW, LHR, LTN, SEN, STN; Milán: BGY, LIN, MXP; Moscú: DME, SVO,
VKO; Oslo: OSL, RYG, TRF; París: BVA, CDG, ORY; Roma: CIA, FCO; Stuttgart: STR, FKB; Varsovia: WAW, WMI; Venecia: TSF, VCE; Verona: VRN, VBS; Viena: VIE, BTS y Nueva York: EWR, JFK, LGA.»

JUSTIFICACIÓN

Se pretende
mantener un incentivo que ha venido estableciéndose en las distintas leyes de presupuestos generales del Estado desde el ejercicio 2013 en adelante. La reducción del 50 por ciento de la cuantía media de la prestación pública por salida de pasajeros
de la ruta, ha venido aplicándose tres ejercicios consecutivos y contribuye al impulso del transporte aéreo y mejora del sector turístico, con especial atención a la situación ultraperiférica de las Islas Canarias, así como a la conectividad de las
mismas. Por ello se considera oportuno mantener dicho incentivo para el próximo ejercicio.

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107
del Reglamento del Senado, formulan 87 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.

Palacio del Senado, 28 de septiembre de 2015.—Melissa Armas Pérez y María del Mar del Pino Julios Reyes.


ENMIENDA NÚM. 2098

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 13

SERV.: 02

PROGRAMA: 112A.
Tribunales de Justicia y Mº Fiscal

CAPÍTULO: 4

ART.: 46

CONCEPTO: 462

SUBCONCEPTO: 4620. Juzgado de Paz de Vecindario (Gran Canaria)

DOTACIÓN: 50,00 miles

BAJA:

SECC.: 13

SERV.: 02


PROGRAMA: 112A

CAPÍTULO: 6

ART.: 62

CONCEPTO: 620

DOTACIÓN: 50,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Dotar adecuadamente un servicio con alta demanda ciudadana.

ENMIENDA NÚM. 2099

De doña Melissa
Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 17 M.º de Fomento

SERV.: 38 D.G de Carreteras

PROGRAMA: 453B. DG de Carreteras


CAPÍTULO: 7

ART.: 75

CONCEPTO: 755. Convenio con la CA Canarias

DOTACIÓN: 85.382,565 miles

BAJA:

SECC.: 17

SERV.: 20

PROGRAMA: 453A

CAPÍTULO: 7

ART.: 74


CONCEPTO: 745

DOTACIÓN: 85.382,565 miles

JUSTIFICACIÓN

En cumplimiento de las previsiones contenidas en la Adenda al Convenio de Colaboración entre la AGE y el Gobierno de Canarias, de 31/01/2009.

La dotación
pretende superar la situación crítica tanto de obras en curso como de actuaciones complementarias a obras ya finalizadas. Al igual, procurará una mayor seguridad para asegurar la deseable continuidad de obras y seguridad de empresas constructoras y
trabajadores.

Comprende, entre otras, las siguientes actuaciones:

— Mejoras en los accesos al municipio de Betancuria, Fuerteventura (carretera FV-30 desde el cruce con la carretera FV-416 hasta Vega de Río Palmas a
Pájara) (1.000,00 miles).

— Plan de actuación corredor de la GC-1 a su paso por el Municipio de Telde (1.000,00 miles).

— Eje Norte-Sur, tramo Costa Calma-Pecenescal , Fuerteventura(18.500,00 miles)


— Tramo de carretera Arure-Aeropuerto-Alajeró, que incluye el cruce de Paredes, La Gomera (8.500,00 miles).

— Mejora corredor noroccidental y viaducto sobre el Barranco de las Angustias. Conclusión de los tramos
San Simón-Fuencaliente-Tahuya o Tazacorte-El Puerto (8.000,00 miles).

ENMIENDA NÚM. 2100

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la
Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA:

SECC.: 17 M.º de Fomento

SERV.: 20 Secret. de Estado de Infraest., Transporte y Vivienda

PROGRAMA: 441 P. Subvenciones al Transporte Extrapeninsular de Mercancías

CAPÍTULO: 4

ART.: 47


CONCEPTO: 478

SUBCONCEPTO: 47801. Canarias, SIN FINANCIACIÓN COMUNITARIA

DOTACIÓN: 5.590,00 miles

BAJA:

SECC.: 17

SERV.: 39

PROGRAMA: 441M

CAPÍTULO: 411

ART.: 44


CONCEPTO: 442

DOTACIÓN: 5.590,00 miles




JUSTIFICACIÓN

Se trata de la cohesión territorial referida a la insularidad y lejanía, un concepto vital para la CAC.

Se pretende, también el cumplimiento del RD 359/2010, para bonificar hasta el 70 % el tráfico de
Mercancías que nos ocupa en esta enmienda.

ENMIENDA NÚM. 2101

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del
Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 17


SERV.: 20

PROGRAMA: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario

CAPÍTULO: 7

ART.: 76

CONCEPTO: 762. Convenio con el Cabildo de Tenerife en materia de ferrocarril.

DOTACIÓN: 7.088,00 miles


BAJA:

SECC.: 17

SERV.: 38

PROGRAMA: 453B. Creación e infraestructura de carreteras

CAPÍTULO: 6

ART.: 60

DOTACIÓN: 7.088,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Habida cuenta que ya han transcurrido 7
años desde el inicio de los trabajos y ante las dificultades que supone una nueva ampliación de los contratos entre MTSA y los redactores de los proyectos, debido fundamentalmente a que ya se encuentran en la fase final de definición es por lo que
se propone la presente enmienda a fin de incrementar la dotación presupuestaria incluida en los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2016 hasta alcanzar 7.948.000 euros.

ENMIENDA NÚM. 2102

De doña Melissa Armas Pérez
(GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 17 Ministerio de Fomento

SERV.: 09 Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda y
suelo

PROGRAMA: 261N Promoción, Administración y Ayudas para la Rehabilitación y acceso a vivienda

CAPÍTULO: 7

ART.: 75. A Comunidades Autónomas

CONCEPTO: 753. Subvenciones Planes Estatales de Vivienda


SUBCONCEPTO: 75307. Canarias

DOTACIÓN: 24.900 Miles €

BAJA:

SECC.: 17 Ministerio de Fomento

SERV.: 09 Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda y suelo

PROGRAMA: 261N Promoción,
Administración y Ayudas para la Rehabilitación y acceso a vivienda

ART.: 78 A Familias e Instituciones sin fines de lucro

SUBCONCEPTO: 782

DOTACIÓN: 24.900 Miles €

JUSTIFICACIÓN

Con el fin de poder hacer
frente, entre otros como mínimo, a las obligaciones generadas por Acuerdos de la Comisión Bilateral firmados entre el Ministerio de Fomento, la Comunidad Autónoma de Canarias y otras Administraciones Públicas.

Los proyectos afectados son los
siguientes:

GRAN CANARIA

— Plan integral de rehabilitación del Polígono Urbano de Jinámar (12.000.000.-)

— San Bartolomé de Tirajana: Plan de Viviendas (3.000.000.-)

— San
Bartolomé de Tirajana: Plan de Embellecimiento (1.200.000.-).

— Los Olivos, Santa Brígida: Plan de Viviendas (2.700.000.-).

FUERTEVENTURA

— Plan de embellecimiento y mejoras del Parque de Viviendas de
protección oficial en la isla, Pto. Del Rosario, Tuineje, Pájara, La Oliva, Betancuria y Antigua (6.000.000.-)

ENMIENDA NÚM. 2103

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La
Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 17

SERV.: 38 D.G. de Carreteras

PROGRAMA: 453 B. Creación de infraestructuras de carreteras

CAPÍTULO: 7

ART.: 75 A C.C.A.A.

CONCEPTO: 755.
Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias

SUBCONCEPTO: 75501.Para financiar actuaciones relacionadas con la Aldea-El Risco

DOTACIÓN: 5.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N


CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 5.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Se aumenta la dotación en la cantidad solicitada por mejoras presupuestarias necesarias.

ENMIENDA NÚM. 2104

De doña
Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 17

SERV.: 38 D.G. de Carreteras

PROGRAMA: 453 B. Creación de
infraestructuras de carreteras

CAPÍTULO: 7

ART.: 75 A C.C.A.A.

CONCEPTO: 755. Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias

SUBCONCEPTO: 75500.Para financiar obras y expropiaciones

DOTACIÓN: 10.000,00
miles

BAJA:

SECC.: 17




SERV.: 18

PROGRAMA: 453B

CAPÍTULO: 7

ART.: 76

SUBCONCEPTO: 76600

DOTACIÓN: 10.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

El incremento obedece a la debida regularización de las expropiaciones.


ENMIENDA NÚM. 2105

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 17

SERV.: 38 D.G. de Carreteras


PROGRAMA: 453 B. Creación de infraestructuras de carreteras

CAPÍTULO: 7

ART.: 75 A C.C.A.A.

CONCEPTO: 755. Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias

SUBCONCEPTO: 75503. Para financiar actuaciones relacionadas
con Adeje-Santiago del Teide, segundo tubo túnel bicho, isla de Tenerife

DOTACIÓN: 9.708,896 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500


DOTACIÓN: 9.708,896 miles

JUSTIFICACIÓN

Las actuaciones detalladas son de carácter urgente para 2016. En general, tratan de resolver situaciones muy urgentes, tanto por razones de seguridad, movilidad y de gestión administrativa.
El ahogo financiero de los últimos cuatro años, ha generado unas situaciones de tensión en las obras que han de resolverse con las aportaciones de mínimos que contiene la enmienda.

ENMIENDA NÚM. 2106

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX)
y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 17

SERV.: 38 D.G. de Carreteras

PROGRAMA: 453 B. Creación de infraestructuras de carreteras


CAPÍTULO: 7

ART.: 75 A C.C.A.A.

CONCEPTO: 755. Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias

SUBCONCEPTO: 75504. Para financiar actuaciones relacionadas con la circunvalación Las Palmas fase IV, isla de Gran Canaria


DOTACIÓN: 19.398,053 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 19.398,053 miles

JUSTIFICACIÓN

Las actuaciones
detalladas son de carácter urgente para 2016. En general, tratan de resolver situaciones muy urgentes, tanto por razones de seguridad, movilidad y de gestión administrativa. El ahogo financiero de los últimos cuatro años, ha generado unas
situaciones de tensión en las obras que han de resolverse con las aportaciones de mínimos que contiene la enmienda.

ENMIENDA NÚM. 2107

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La
Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 17

SERV.: 38 D.G. de Carreteras

PROGRAMA: 453 B. Creación de infraestructuras de carreteras

CAPÍTULO: 7

ART.: 75 A C.C.A.A.

CONCEPTO: 755.
Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias

SUBCONCEPTO: 75505. Para financiar actuaciones relacionadas con San Andrés y Sauces-Barlovento-C. Castillo. Isla de La Palma

DOTACIÓN: 7.725,615 miles

BAJA:


SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 7.725,615 miles

JUSTIFICACIÓN

Las actuaciones detalladas son de carácter urgente para 2016. En
general, tratan de resolver situaciones muy urgentes, tanto por razones de seguridad, movilidad y de gestión administrativa. El ahogo financiero de los últimos cuatro años, ha generado unas situaciones de tensión en las obras que han de resolverse
con las aportaciones de mínimos que contiene la enmienda.

ENMIENDA NÚM. 2108

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María
del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:


SECC.: 17

SERV.: 38 D.G. de Carreteras

PROGRAMA: 453 B. Creación de infraestructuras de carreteras

CAPÍTULO: 7

ART.: 75 A C.C.A.A.

CONCEPTO: 755. Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias


SUBCONCEPTO: 75506. Para financiar actuaciones relacionadas con Caldereta-Corralejo. Isla de Fuerteventura

DOTACIÓN: 19.294,869 miles

BAJA:

SECC.: 35




SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 19.294,869 miles

JUSTIFICACIÓN

Las actuaciones detalladas son de carácter urgente para 2016. En general, tratan
de resolver situaciones muy urgentes, tanto por razones de seguridad, movilidad y de gestión administrativa. El ahogo financiero de los últimos cuatro años, ha generado unas situaciones de tensión en las obras que han de resolverse con las
aportaciones de mínimos que contiene la enmienda.

ENMIENDA NÚM. 2109

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar
del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:


SECC.: 17

SERV.: 38 D.G. de Carreteras

PROGRAMA: 453 B. Creación de infraestructuras de carreteras

CAPÍTULO: 7

ART.: 75 A C.C.A.A.

CONCEPTO: 755. Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias


SUBCONCEPTO: 75507. Para financiar actuaciones Complementario Mácher-Playa Quemada, isla de Lanzarote

DOTACIÓN: 1.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5


ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 1.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Las actuaciones detalladas son de carácter urgente para 2016. En general, tratan de resolver situaciones muy urgentes, tanto por razones de seguridad,
movilidad y de gestión administrativa. El ahogo financiero de los últimos cuatro años, ha generado unas situaciones de tensión en las obras que han de resolverse con las aportaciones de mínimos que contiene la enmienda.

ENMIENDA
NÚM. 2110

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 17

SERV.: 38 D.G. de Carreteras

PROGRAMA: 453 B.
Creación de infraestructuras de carreteras

CAPÍTULO: 7

ART.: 75 A C.C.A.A.

CONCEPTO: 755. Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias

SUBCONCEPTO: 75508. Para financiar actuaciones Travesía de Hermigua, isla de La
Gomera

DOTACIÓN: 999,99 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 999,99 miles

JUSTIFICACIÓN

Las actuaciones
detalladas son de carácter urgente para 2016. En general, tratan de resolver situaciones muy urgentes, tanto por razones de seguridad, movilidad y de gestión administrativa. El ahogo financiero de los últimos cuatro años, ha generado unas
situaciones de tensión en las obras que han de resolverse con las aportaciones de mínimos que contiene la enmienda.

ENMIENDA NÚM. 2111

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La
Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 17

SERV.: 38 D.G. de Carreteras

PROGRAMA: 453 B. Creación de infraestructuras de carreteras

CAPÍTULO: 7

ART.: 75 A C.C.A.A.

CONCEPTO: 755.
Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias

SUBCONCEPTO: 75509. Para financiar actuaciones HI-50 Frontera-Sabinosa, isla de El Hierro

DOTACIÓN: 1.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01


PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 1.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Las actuaciones detalladas son de carácter urgente para 2016. En general, tratan de resolver situaciones muy
urgentes, tanto por razones de seguridad, movilidad y de gestión administrativa. El ahogo financiero de los últimos cuatro años, ha generado unas situaciones de tensión en las obras que han de resolverse con las aportaciones de mínimos que contiene
la enmienda.

ENMIENDA NÚM. 2112

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 18 Mº de Educación, Cultura y
Deporte

SERV.: 03 Secret. De Estado, de Educ., Formac. Prof. y Universidades

PROGRAMA: 321M. Direcc. Y Serv. Grles. De Educación, Cultura y Deportes

CAPÍTULO: 4

ART.: 45, NUEVO. A CC.AA

CONCEPTO: 455.
Desarrollo del Plan Integral de Empleo CAC. Convenio 2016 con la CAC

DOTACIÓN: 40.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01




PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 40.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Dotación urgente para afrontar las altas tasas de paro y desempleo, las segundas más altas de
España. El Convenio 2016, paliaría las ausencias injustificadas en los anteriores ejercicios de un Plan urgente en la materia.

ENMIENDA NÚM. 2113

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes
(GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 18 Mº de Educación, Cultura y Deporte

SERV.: 01 Mº, Subsecret. Y Serv. Generales

PROGRAMA: 321M. Direcc y Serv. Grles
de Educación, Cultura y Deporte

CAPÍTULO: 4, NUEVO

ART.: 45

CONCEPTO: 451. Subvención a la CAC para desplazamientos culturales y deportivos

DOTACIÓN: 2.086,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01


PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 2.086,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Dotar adecuadamente los desplazamientos desde territorio alejado a otras regiones insulares o al territorio
peninsular de artistas y deportistas.

ENMIENDA NÚM. 2114

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino
Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:


SECC.: 18

SERV.: 106. Consejo Superior de Deportes

PROGRAMA: 336A. Fomento y apoyo de las actividades deportivas

CAPÍTULO: 7

ART.: 76. Nuevo.

CONCEPTO: 762. Al Cabildo de Fuerteventura para el Plan de
Acción en Materia Deportiva.

DOTACIÓN: 4.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 4.000,00 miles


JUSTIFICACIÓN

Se hace necesario la mejora y arreglo de infraestructuras deportivas en la isla de Fuerteventura.

En la actualidad se realizan múltiples actividades deportivas por toda la isla siendo además un aliciente para la gente
joven que practica el deporte, así mismo dentro de los objetivos del Primer Plan Insular de Drogodependencias en la isla uno de los planteados en materia de prevención, es el deporte, el esfuerzo realizado por las diferentes instituciones de la isla
en materia presupuestaria para el mantenimiento a arreglo de estas instalaciones no es suficiente, por ello se hace necesario la colaboración por parte del Ministerio.

ENMIENDA NÚM. 2115

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña
María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente
enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 18

SERV.: Organismo 105. Gerencia de Infraestructura y equipamientos

PROGRAMA: 334 A.
Promoción y Cooperación cultural

CAPÍTULO: 4, Nuevo

ART.: 46. Entidades Locales

CONCEPTO: 461. Al Ayuntamiento de Pájara para la construcción de su Auditorio. Fuerteventura

DOTACIÓN: 3.500,00 miles

BAJA:


SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 3.500,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Por Ley 38/2003 General de Subvenciones, se han venido concediendo
subvenciones nominativas al Ayuntamiento de Pájara. Con el fin de continuar la iniciativa, procede dotar este servicio cultural en un Municipio eminentemente turístico.

ENMIENDA NÚM. 2116

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña
María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente
enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 18

SERV.: 11

PROGRAMA: 337 B. Conservación y restauración de bienes culturales


CAPÍTULO: 7

ART.: 75. Nuevo

CONCEPTO: 752. A la Comunidad Autónoma para el Palacio de la Cultura y de las Artes de Arnao en Telde, Gran Canaria

DOTACIÓN: 5.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 18

SERV.: 11


PROGRAMA: 337B

CAPÍTULO: 6

ART.:




CONCEPTO: 630

DOTACIÓN: 5.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Telde es un municipio de una importante riqueza cultural y natural que le permite desarrollar una estrategia de promoción turística conectada con otras
actividades económicas del municipio. Por ello, proponemos continuar con la puesta en valor de los recursos de interés turístico y cultural para promover el desarrollo socioeconómico de la ciudad siendo respetuosos con la conservación del
patrimonio histórico y la protección del medioambiente. Son muchas las oportunidades que podríamos desarrollar si ponemos en valor nuestros recursos culturales, comerciales y de ocio, por ello creemos que es indispensable apostar por la ejecución
de una fase del proyecto que permita avanzar en la finalización del Palacio de la Cultura y de las Artes de Arnao en Telde. De este modo tanto los visitantes de la isla como los turistas nacionales y extranjeros podrán ubicar los atractivos de
Telde como en cualquier gran ciudad de la Unión Europea

ENMIENDA NÚM. 2117

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María
del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA:

SECC.: 18

SERV.: 11

PROGRAMA: 337 B. Conservación y restauración de bienes culturales

CAPÍTULO: 7

ART.: 75 Nuevo

CONCEPTO: 754. A la Comunidad Autónoma de Canarias, Plan de mejora y
rehabilitación del yacimiento aborigen de Cuatro Puertas en Telde, Gran Canaria.

DOTACIÓN: 300,00 miles

BAJA:

SECC.: 18

SERV.: 11

PROGRAMA: 337B

CAPÍTULO: 6

ART.: 64

CONCEPTO: 640


DOTACIÓN: 300,00 miles

JUSTIFICACIÓN

En la Ciudad de Telde localizamos el yacimiento aborigen de «Cuatro Puertas», declarado bien de interés cultural y referente del patrimonio histórico de la Isla de Gran Canaria. Con esta
inversión las diferentes administraciones trabajarán para potenciar la calidad turística en la visita y la configuración de un producto cultural de excelencia. Asimismo, velarán por un uso responsable y sostenible del recurso por parte tanto de los
guías, las agencias de viajes o tour operadores y los propios visitantes que acuden de forma particular a este enclave incomparable. También se prevé la realización de actuaciones conjuntas encaminadas a la puesta en marcha de proyectos de
innovación y aplicación de las tecnologías de la información para la mejora de la gestión y la generación de nuevas experiencias turísticas durante la visita al yacimiento, otro objetivo prioritario pretende generar un impacto económico en la ciudad
y más empleo directo e indirecto.

ENMIENDA NÚM. 2118

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios
Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:


SECC.: 18

SERV.: 106. Consejo Superior de Deportes

PROGRAMA: 336A. Fomento y apoyo de las actividades deportivas

CAPÍTULO: 7

ART.: 75

CONCEPTO: 755. Nuevo A la Comunidad Autónoma de Canarias, Plan de
mejora y reposición de las canchas polideportivas al aire libre, Telde, Gran Canaria

DOTACIÓN: 2.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50


CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 2.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

El desarrollo de infraestructuras cercanas al ciudadano supone una herramienta para seguir afianzando las acciones que permiten que en el municipio haya
aproximadamente 30.000 usuarios federados y no federados que practican deporte activamente. Un 29 % de la población, muchas de las canchas polideportivas al aire libre fueron construidas al inicio de los años 90’ y se encuentran en un nivel
de deterioro y de grave riesgo para la práctica físico deportiva, esta colaboración entre administraciones permitirá atender a más de 20.000 usuarios y continuar desarrollando las líneas estratégicas que nos han llevado a ser nominados Ciudad
Europea del Deporte por «Aces Europe». Y así seguir potenciando muchos de los objetivos previstos en materia de infraestructura básica, servicios deportivos y de actividad física, promoción del deporte base, promoción y desarrollo de eventos
deportivos.

ENMIENDA NÚM. 2119

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN: 18


SERVICIO: 13

PROGRAMA: 334A. Promoción y cooperación cultural

ARTÍCULO: 45. Nuevo.

CONCEPTO: 455.Nuevo. A la CCAA de Canarias para desplazamientos a o desde la península a empresas, personas y bienes destinados a la
realización de actividades culturales.

DOTACIÓN: 400,00 miles

BAJA

SECCIÓN: 18

SERVICIO: 13

PROGRAMA: 334A

ARTÍCULO: 22

DOTACIÓN: 400,00 miles

JUSTIFICACIÓN

La especial condición
de lejanía e insularidad de Canarias implica una condición objetiva que dificulta la creación, producción y difusión de las iniciativas culturales que se realizan en nuestras Islas.

Los artistas y sus creaciones contribuyen de forma
decisiva al interés general y al desarrollo local, por lo que es necesario avanzar en fórmulas que posibiliten la movilidad integral de artistas, creadores, técnicos y agentes culturales, de sus creaciones y producciones, tal y como es demandado, de
manera unánime, en todos los foros internacionales.

Es necesario un fondo que permita la minoración de los gastos que deben acometer los artistas, los creadores, los técnicos y los agentes culturales para desplazarse, ellos y sus creaciones,
entre el territorio continental y nuestras Islas, de forma que las condiciones que deben asumir para tener plena movilidad en el Estado Español sean similares a las del resto de profesionales de las artes y la cultura que viven en otros territorios
del Estado.

La baja correspondiente se propone en una partida de carácter general, cuyo empleo no es especificado.

ENMIENDA NÚM. 2120

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)


La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 18

SERV.: 11

PROGRAMA: 337B. Conservación y restauración de bienes culturales

CAPÍTULO: 7

ART.: 78


CONCEPTO: 78411. Al Obispado de Tenerife para la restauración de la Catedral de La Laguna

DOTACIÓN: 1.365,00 miles

BAJA:

SECC.: 18

SERV.: 11

PROGRAMA: 337B

CAPÍTULO: 2

ART.: 22


CONCEPTO:

DOTACIÓN: 1.365,00 miles

JUSTIFICACIÓN

La obra ha sido acometida de forma diligente por el Obispado de la Diócesis, después de llegar a un acuerdo de financiación con el Gobierno del Estado. A pesar de que la
obra se concluyó con acta de recepción de fecha 19 de diciembre de 2013 y que, por tanto el Obispado ha hecho frente a los gastos de ella derivados, aún restan que les sean abonados 2.060.000 €, cantidad de la que solo ha sido consignada en
el presente proyecto el importe de 695.000 €.




Se aumenta, por ello, la partida destinada a este fin hasta la cuantía de 2.060.000€, de forma que se pueda cancelar la totalidad de la deuda.

ENMIENDA NÚM. 2121

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del
Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 19 Mº de Empleo y SS.

ORGANISMO: 101. Servicio Público de Empleo Estatal

PROGRAMA: 241A. Fomento de la
Inserción y de la Estabilidad Laboral

CAPÍTULO: 4

ART.: 45

CONCEPTO: 455, NUEVO. Plan Integral de Empleo de Canarias. Convenio 2016 con la CA Canarias

DOTACIÓN: 42.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35


SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 42.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

En concordancia con la Enmienda del PIEC, en la Secc. 18, aunque complementándola respecto
a las políticas activas de empleo y de inserción y estabilidad en el ámbito laboral.

ENMIENDA NÚM. 2122

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI
(GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

ENMIENDA


De modificación.

ALTA

SECCIÓN: 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SERVICIO: 101. Servicio Público de Empleo Estatal

PROGRAMA: 241A. Fomento de la Inserción y Estabilidad Laboral

CAPÍTULO: 4.
Transferencias Corrientes

ARTÍCULO: 44.

CONCEPTO: Nuevo. 445. Al Programa Barrios por el Empleo: Juntos más fuertes

DOTACIÓN: 4.000,00 miles.

BAJA

SECCIÓN: 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL


SERVICIO: 101. Servicio Público de Empleo Estatal

PROGRAMA: 241A. Fomento de la Inserción y Estabilidad Laboral

CAPÍTULO: 4. Transferencias Corrientes

ARTÍCULO: 48

CONCEPTO: 482. Reserva de gestión directa del
Servicio Público de Empleo Estatal de créditos destinados a programas de fomento de empleo

DOTACIÓN: 4.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Dotar el mencionado Plan reiterando los términos justificadores de nuestra enmienda al texto
articulado del proyecto en la Disposición adicional Quincuagésima cuarta.

ENMIENDA NÚM. 2123

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y
la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

SECCIÓN: 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SERVICIO: 03. Secretaría de Estado de Empleo.

PROGRAMA: 241N. Desarrollo del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad
social de las empresas

CAPÍTULO: 4. Transferencias Corrientes

ARTÍCULO: 44.

CONCEPTO: Nuevo. 448. Plan Insular de Fomento del Emprendimiento del Cabildo de Tenerife

DOTACIÓN: 2.000,00 miles.

BAJA


SECCIÓN: 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SERVICIO: 03. Secretaría de Estado de Empleo.

PROGRAMA: 241N. Desarrollo del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas


CAPÍTULO: 4. Transferencias Corrientes

ARTÍCULO: 48.

CONCEPTO: 484. Subvenciones para el desarrollo de acciones de formación, difusión y fomento del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las
empresas, de ámbito estatal

DOTACIÓN: 1.000,00 miles

BAJA

SECCIÓN: 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SERVICIO: 03. Secretaría de Estado de Empleo.

PROGRAMA: 241N. Desarrollo del trabajo autónomo, de
la economía social y de la responsabilidad social de las empresas

CAPÍTULO: 4. Transferencias Corrientes

ARTÍCULO: 48.

CONCEPTO: 485. Subvenciones para sufragar los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores
autónomos, de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de otros entes representativos de la economía social, de ámbito estatal

DOTACIÓN: 1.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Dotar el mencionado Plan reiterando
los términos justificadores de nuestra enmienda al texto articulado del proyecto en la Disposición adicional Quincuagésima cuarta.

ENMIENDA NÚM. 2124

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes
(GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 19.
Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 19

ORGANISMO: 101. Servicio Público de Empleo Estatal

PROGRAMA: 241A. Fomento de la Inserción y Estabilidad Laboral


CAPÍTULO: 4

ART.: 46

CONCEPTO: 462, Nuevo. Plan de Empleo Social. Orientación profesional (EJE 1). Cabildo de Fuerteventura

DOTACIÓN: 2.500,00 miles

BAJA:

SECC.: 19

ORGANISMO: 101


PROGRAMA: 241A

CAPÍTULO: 4




ART.: 45

CONCEPTO: 461

SUBCONCEPTO: 46102

DOTACIÓN: 2.500,00 miles

JUSTIFICACIÓN

El alto índice de desempleo en la Isla, necesita de incentivos a los diferentes sectores económicos sociales y
empresariales para la progresiva incorporación de trabajadores.

ENMIENDA NÚM. 2125

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora
María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA:

SECC.: 20 M.º de Industria, Energía y Turismo

SERV.: 12 Sect. de Estado, de Telec. y para la Soc. De la Información

PROGRAMA: 491M. Ordenación y Promoción de las Telecomunicaciones y Sociedad de
la Información

CAPÍTULO: 4

ART.: 46. NUEVO

CONCEPTO: 461. Al Cabildo de Gran Canaria para la infraestructura de conectividad de redes de fibra óptica y otras tecnologías para favorecer el acceso a la banda ancha de las zonas
interiores de la isla.

DOTACIÓN: 5.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 20

SERV.: 15

PROGRAMA: 467C

CAPÍTULO: 7

ART.: 79

CONCEPTO: 790

DOTACIÓN: 5.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN


Los objetivos establecidos por la Agenda Digital para la UE y España requieren que las Administraciones Públicas intervengan en territorios e islas con menor despliegue de las redes que favorecen la extensión de la banda ancha a zonas rezagadas
de las islas. En particular, las zonas no capitalinas e interiores de la isla requieren un esfuerzo adicional de infraestructuras para garantizar que en el año 2020 se cumplan los objetivos previstos de cobertura y de penetración de internet en
esas áreas territoriales.

ENMIENDA NÚM. 2126

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes,
CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 20
M.º de Industria, Energía y Turismo

SERV.: 01 M.º, Subsec. Y Serv. Generales

PROGRAMA: 421M. Direcc y Serv. Grles de Industria y Energía

CAPÍTULO: 4

ART.: 45

CONCEPTO: 452. A la CAC, para la sustitución del
tendido aéreo por el subterráneo

DOTACIÓN: 30.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 30.000,00 miles


JUSTIFICACIÓN

Reducción del impacto visual y paisajístico en entornos turísticos, prevención de daños contaminantes y seguridad de las personas.

ENMIENDA NÚM. 2127

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar
del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la
Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 20 M.º de Industria, Energía y Turismo

SERV.: 01 M.º, Subsec. y Serv. Generales

PROGRAMA: 421M. Direcc y
Serv. Grles de Industria y Energía

CAPÍTULO: 4

ART.: 46

CONCEPTO: 461. Subvención Plantas Potabilizadoras de Agua en Canarias

DOTACIÓN: 7.500,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01


PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 7.500,00 miles

JUSTIFICACIÓN

La subvención atiende a tratamientos de desalación de agua de mar mediante un proceso de ósmosis inversa que
alcanza en algunas islas hasta el 100 %.

A ello añadimos que el agua de consumo tiene uno de los precios más altos de España, según datos del INE. De eliminarse esta dotación, el precio del agua se encarecería aún más.

De igual forma
la subvención atiende los elevados precios de la electricidad necesaria para abordar el proceso, y un encarecimiento añadido del agua por la importante dispersión poblacional a los centros de generación.

En definitiva, cubre y atiende el
abastecimiento de agua de consumo a la población de Canarias.

ENMIENDA NÚM. 2128

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora
María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA:

SECC.: 20

SERV.: 04

PROGRAMA: 432A

CAPÍTULO: 7

ART.: 76

CONCEPTO: 766. Al Consorcio para la Rehabilitación Turística del Sur de Gran Canaria

DOTACIÓN: 1.400,00
miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5




ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 1.400,00 miles

JUSTIFICACIÓN

El 3 de febrero de 2009 se constituyó uno de los órganos más importantes para el necesario impulso del sector turístico de Gran Canaria: el
Consorcio de Rehabilitación Turística. El Consorcio es un proyecto complejo pero que debe llevar a cabo sus actuaciones a corto plazo para la recalificación integral de una zona turística muy importante para Gran Canaria. Entre los objetivos de
este plan está la mejora y renovación de los equipamientos, la potenciación de los recursos turísticos. Ponemos como ejemplo de inversión; la recuperación del parque Tony Gallardo. El parque Tony Gallardo es un palmeral que se encuentra en el
pulmón de Maspalomas, contiguo a la charca y Dunas de Maspalomas.

ENMIENDA NÚM. 2129

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la
Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA:

SECC.: 20

SERV.: 04

PROGRAMA: 432 A. Coordinación y promoción del turismo

CAPÍTULO: 7

ART.: 75

CONCEPTO: 752. A la Comunidad Autónoma para el Centro de Interpretación
turística «Casa de los Sall», Telde, Gran Canaria.

DOTACIÓN: 500,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 500,00 miles


JUSTIFICACIÓN

Se trata de un proyecto que ha contado con el apoyo y respaldo financiero del Gobierno de Canarias, la Administración central y el Cabildo de Gran Canaria, proponemos continuar con la puesta en valor de una instalación de
interés turístico y cultural con el fin de promover el desarrollo socioeconómico de la ciudad siendo respetuosos con la conservación del patrimonio histórico y la protección del medioambiente.

ENMIENDA NÚM. 2130

De doña Melissa Armas
Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 20 M.º de Industria, Energía y Turismo

SERV.: 12 Sect. de Estado, de Telec. y
para la Soc. De la Información

PROGRAMA: 491M. Ordenación y Promoción de las Telecomunicaciones y Sociedad de la Información

CAPÍTULO: 4

ART.: 44. NUEVO

CONCEPTO: 441. A la Entidad Pública Empresarial RED.ES, para
asegurar la adecuada cobertura en las Islas de la TV Digital de ámbito estatal a los estándares de la media española. Compensación al déficit de cobertura de TDT, en territorio ultraperiférico

DOTACIÓN: 1.500,00 miles

BAJA:


SECC.: 20

SERV.: 15

PROGRAMA: 467C

CAPÍTULO: 7

ART.: 79

CONCEPTO: 790

DOTACIÓN: 1.500,00 miles

JUSTIFICACIÓN

De acuerdo con la Disposición Transitoria Undécima de la Ley General de la
Comunicación Audiovisual 72/2010, de 31 de marzo, se pretende una cobertura televisiva adecuada y en calidad homologable a la peninsular.

ENMIENDA NÚM. 2131

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios
Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20.
Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 20 M.º de Industria, Energía y Turismo

SERV.: 12 Sect. de Estado, de Telec. y para la Soc. de la Información


PROGRAMA: 467I. Innovación Tecnológica de las Telecomunicaciones

CAPÍTULO: 8

ART.: 87

CONCEPTO: 873. A RED.ES, para medidas compensatorias previstas en Telecomunicaciones de banda ancha en Las Islas Canarias, región
ultraperiférica de la UE

DOTACIÓN: 5.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 20

SERV.: 12

PROGRAMA: 467I

CAPÍTULO: 8

ART.: 87

CONCEPTO: 872

DOTACIÓN: 5.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN


Se trata de avanzar en el desarrollo de la sociedad de la información de todas las Islas. La legislación general de Comunicación Audiovisual y de Economía Sostenible en esta materia no se está cumpliendo en Canarias.

Así, en el primer
trimestre de 2015, la cobertura de banda ancha de al menos treinta Mbps en Canarias, no alcanza el 44 %, mientras que la media nacional supera el 65 %; Canarias ocupa la posición décimo quinta entre las CC.AA. En cuanto a la cobertura de al
menos 100 Mbps en Canarias es del 39 % y la media nacional en el 61,1 % ocupando también la posición décimo quinta entre las CC.AA.

Los datos de cobertura por Municipios para velocidades superiores a 10 Mbps, son muy reveladores de la
situación en la que se encuentran las Islas: Fuera de las zonas metropolitanas de las Islas capitalinas sólo 7 Municipios tienen una cobertura superior al 75 %, es decir, el esquema general de despliegue de redes atendiendo a criterios de
rentabilidad de las inversiones produce un efecto muy negativo en Canarias condenando a una parte importante del territorio a un retraso muy significativo en la disponibilidad de infraestructuras de alta velocidad.

La desagregación
geográficas y la dispersión de la población sitúan a Canarias en las últimas posiciones en despliegue de infraestructuras de TIC, tanto por tecnología como por velocidad. Esta brecha también tiene su efecto en el ámbito empresarial con incidencia
especial en la industria turística, que se ubica, con carácter general en zonas escasamente desarrolladas en este ámbito.

ENMIENDA NÚM. 2132

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)


La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 20

SERV.: 04

PROGRAMA: 432A

CAPÍTULO: 7

ART.: 76

CONCEPTO: 768. Nuevo. Al Cabildo de Fuerteventura para
promoción y coordinación turística entre los municipios.

DOTACIÓN: 3.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50




CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 3.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Promocionar la isla de Fuerteventura como destino turístico importante y como generador de economía.

ENMIENDA NÚM. 2133

De doña Melissa
Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 20

SERV.: 18

PROGRAMA: 425A. Normativa y Desarrollo
Energético

CAPÍTULO: 7

ART.: 75, Nuevo. A CC.AA.

CONCEPTO: 750. A la CA. de Canarias. Subvención de medios e instalaciones alternativos para la producción de energía eléctrica en Fuerteventura

DOTACIÓN: 74.000,00
miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 74.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

LOS PROYECTOS A DESARROLLAR SON:


Electrificación de explotaciones ganaderas y agrícolas mediante energías renovables, 50.000.000,00€

Subvención a la instalación de sistemas alternativos para la producción de energía eléctrica en Canarias 10.000.000,00 €


Subvención a la generación de energía eléctrica mediante medios alternativos en Canarias 10.000.000,00 €

Al C.I. de Fuerteventura, Línea de Subvención específica para energías renovables en la isla 4.000.000,00 €

La
Subvención sirve a la producción de energía a un coste menor que la actual, y a reducir muy considerablemente la contaminación y emisión de gases.

ENMIENDA NÚM. 2134

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino
Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la
Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 20

SERV.: 18

PROGRAMA: 425A. Normativa y Desarrollo Energético

CAPÍTULO: 4

ART.: 45,
Nuevo.

CONCEPTO: 457. A la CA de Canarias. Refuerzo de la conexión eléctrica Fuerteventura-Lanzarote

DOTACIÓN: 20.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5


ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 20.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Para garantizar el suministro eléctrico.

ENMIENDA NÚM. 2135

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios
Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20.
Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 20

SERV.: 18

PROGRAMA: 425A. Normativa y Desarrollo Energético

CAPÍTULO: 7

ART.: 75


CONCEPTO: 752, Nuevo. Plan Estratégico de Ahorro Energético y Reducción del consumo eléctrico convencional en la isla de Fuerteventura

DOTACIÓN: 150.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01


PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 150.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

LOS PROYECTOS A DESORRALAR SON:

Plan Estratégico de ahorro energético y reducción del consumo
eléctrico convencional en la Isla de Fuerteventura: Electrificación Rural mediante energías Alternativas a Viviendas Aisladas, sin conexión a red, 52.500.000,00 €

Plan Estratégico de ahorro energético y reducción del consumo eléctrico
convencional en la Isla de Fuerteventura: Producción de agua caliente a través de paneles solares en viviendas, 34.000.000,00 €

Plan Estratégico de ahorro energético y reducción del consumo eléctrico convencional en la Isla de
Fuerteventura: Reducción del gasto energético destinado a PYME de Fuerteventura, 30.000.000,00 €

Plan Estratégico de ahorro energético y reducción del consumo eléctrico convencional en la Isla de Fuerteventura: Producción de energía
eléctrica mediante paneles fotovoltaicos en viviendas con conexión a red, 33.500.000,00 €

El Plan abarca políticas energéticas muy decidas a la implantación de energías alternativas, y dirigidas entre otros aspectos, al fomento del uso
de la producción autónoma de energía y a la reducción de su demanda; a la reducción de gasto energético de PYMES instaladas y futuras, y a la producción mediante paneles fotovoltaicos en viviendas con conexión a la red. Finalmente el Plan aborda
la producción de agua caliente en viviendas mediante paneles solares.

ENMIENDA NÚM. 2136

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la
Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA:

SECC.: 20

SERV.: 01

PROGRAMA: 421M. Dirección y Servicios Generales de Industria y Energía

CAPÍTULO: 4

ART.: 46. a EE.LL

CONCEPTO: 464 Soterramiento de la línea
eléctrica 132 KV. Corralejo-Morro Jable (Fuerteventura)

DOTACIÓN: 50.000,00 miles




BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 50.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Se propone una partida específica para la isla de
Fuerteventura, por sus necesidades más acuciantes para la reducción del impacto visual al tratarse de un territorio de continuas planicies y de referencia turística internacional.

ENMIENDA NÚM. 2137

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y
de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la
siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN: 20

SERVICIO: 04

PROGRAMA: 432A

ARTÍCULO: 76

CONCEPTO: 763.
Nuevo.Consorcio Rehabilitación Puerto de la Cruz

DOTACIÓN: 1.000,00 miles

BAJA

SECCIÓN: 20

SERVICIO: 04

PROGRAMA: 432A

ARTÍCULO: 76

CONCEPTO: 762. Planes de recualificación integral de destinos
turísticos.

DOTACIÓN: 1.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

El Puerto de La Cruz, gracias al trabajo del Consorcio, dispone de un Plan Integral de Rehabilitación, un Plan de Marketing y, sobre todo, de un Plan de Modernización, que
consiste en un instrumento territorial del mismo rango normativo que un plan general de ordenación urbana y que contiene las actuaciones concretas urbanísticas a ejecutar tanto en el ámbito privado como en el público.

Se propone que
en los presupuestos generales del Estado para 2016 se contemple de manera específica la aportación no satisfecha correspondiente al ejercicio 2015 más la correspondiente a 2016.

ENMIENDA NÚM. 2138

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y
de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la
siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN: 20. MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO

SERVICIO: 01. Ministerio, Subsecretaría y
Servicios Generales

PROGRAMA: 421M. Dirección y Servicios Generales de Industria y Energía

CAPÍTULO: 4. Transferencias Corrientes

ARTÍCULO: 44.

CONCEPTO: Nuevo. 444. Al Plan Insular de Artesanía del Cabildo de
Tenerife

DOTACIÓN: 1.000,00 miles.

BAJA

SECCIÓN: 20. MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO

SERVICIO: 01. Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales

PROGRAMA: 421M. Dirección y Servicios Generales de
Industria y Energía

CAPÍTULO: 4. Transferencias Corrientes

ARTÍCULO: 44

CONCEPTO: 441. A la Fundación Escuela de Organización Industrial para actuaciones financiadas con fondos comunitarios

DOTACIÓN: 750,00 miles


BAJA

SECCIÓN: 20. MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO

SERVICIO: 01. Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales

PROGRAMA: 421M. Dirección y Servicios Generales de Industria y Energía

CAPÍTULO: 4.
Transferencias Corrientes

ARTÍCULO: 44

CONCEPTO: 480. Para concesión de becas, asistencia a Congresos, Cursos, Seminarios y otras subvenciones

DOTACIÓN: 250,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Dotar el mencionado
Plan reiterando los términos justificadores de nuestra enmienda al texto articulado del proyecto en la Disposición adicional Quincuagésima cuarta.

ENMIENDA NÚM. 2139

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar
del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la
Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN: 20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO.

SERVICIO: 01 Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales


PROGRAMA: 421M. Dirección y Servicios Generales de Industria y Energía

CAPÍTULO: 4. Transferencias corrientes

ARTÍCULO: 47. A empresas privadas

CONCEPTO: 471. Subvención para plantas potabilizadoras de agua en
canarias.

DOTACIÓN: 250,00 miles

BAJA

SECCIÓN: 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

SERVICIO: 01. Ministerio, Subsecretaría y Servicios generales

PROGRAMA: 421M. Dirección y Servicios Generales de
Industria y Energía

ARTÍCULO: 22. Material, suministros y otros

DOTACIÓN: 250,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Compensar a los ciudadanos canarios el incremento del coste del agua de abastecimiento, fruto de la
dependencia de esta Comunidad del agua de mar desalada, teniendo en cuenta el incremento del coste de la potabilización del agua como consecuencia de la importante subida de las tarifas eléctricas a partir de la liberalización del mercado
eléctrico.

ENMIENDA NÚM. 2140

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 23
M.º de Agric., Aliment. y Medio Ambiente

SERV.: 12 DG de Producciones y Mercados Agrarios

PROGRAMA: 412C. Competitividad y Calidad de la Producción y los Mercados Agrarios

CAPÍTULO: 7

ART.: 75

CONCEPTO: 756.
Plan estratégico de Canarias en Agricultura y Ganadería. Marco Legal POSEI




DOTACIÓN: 23.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 23.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

El Reglamento
(CE) N.º 24/2006 del Consejo, de 30/01/2006, establece las Medidas específicas en el Sector Agrícola a favor de las RUP, vía POSEI. En su aplicación se dotan partidas para la financiación de estas políticas, lograr su abastecimiento y paliar los
costes adicionales derivados de la ubicación insular y alejada de Canarias.

ENMIENDA NÚM. 2141

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y
la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 23 M.º de Agric., Aliment. y Medio Ambiente

SERV.: 12 DG de Producciones y Mercados Agrarios

PROGRAMA: 412C. Competitividad y Calidad de la Producción y los Mercados
Agrarios

CAPÍTULO: 7

ART.: 75

CONCEPTO: 757. Financiación adicional a las ayudas al POSEI

DOTACIÓN: 17.069,350 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5


ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 17.069,350 miles

JUSTIFICACIÓN

El Reglamento (CE) 228/2013 del Parlamento y Consejo de 13 de marzo, establece otras medidas POSEI que permiten una financiación adicional del Gobierno
de España a la región ultraperiférica que es Canarias. En los últimos 4 años el Gobierno de Canarias ha gestionado de sus propios fondos, y a pesar de los recortes 36,8 millones de euros en concepto de ficha financiera del POSEI adicional, dirigido
al sector agrícola y ganadero. No parece lógico que la UE, reconozca las desventajas como región ultraperiférica, con las correspondientes ayudas de Estado, y que el Gobierno de España lo ignore y, aún más sea la CAC, la que aporte los recursos
para esta compensación.

El Parlamento de Canarias aprobó por unanimidad de todas las fuerzas políticas en abril de 2015, al igual que el Congreso de los diputados, el expediente «Renovación de los Incentivos Económicos del REF», expediente
que justifica la dotación solicitada en esta enmienda.

A diferencia de la situación en España, el Gobierno francés aporta la cantidad de 40 millones de euros por este mismo concepto desde el año 2010, y sin repercusión negativa alguna en sus
regiones ultraperiféricas.

ENMIENDA NÚM. 2142

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes,
CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:


SECC.: 23 M.º de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

SERV.: 05. Dirección General del Agua

PROGRAMA: 452A. Gestión e Infraestructura del Agua

CAPÍTULO: 7

ART.: 75

CONCEPTO: 750. Convenio de
Colaboración con el Gobierno de Canarias para desarrollo de actuaciones en materia de Agua

DOTACIÓN: 41.881,81 miles

BAJA:

SECC.: 23

SERV.: 05

PROGRAMA: 452A

CAPÍTULO: 8

ART.: 85


CONCEPTO: 851

SUBCONCEPTO: 85101

DOTACIÓN: 41.881,81 miles

JUSTIFICACIÓN

Convenio Estructural REF.

ENMIENDA NÚM. 2143

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes
(GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 23

SERV.: 05

PROGRAMA: 452A. Gestión e Infraestructura del Agua

CAPÍTULO: 7

ART.: 75


CONCEPTO: 754, Nuevo. En particular, abastecimiento, suministro y actuaciones estructurales de nuevos depósitos y conducciones, reposición de redes de agua obsoletas en la Isla de Fuerteventura

DOTACIÓN: 18.164,716 miles


BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 18.164,716 miles

JUSTIFICACIÓN

LOS PROYECTOS A DOTAR SON,

Instalación Hidráulica
impulsión planta desalinizadora - Depósitos de la Herradura (2.388.420,43 €)

Red de distribución desde depósito de Morro Francisco hasta depósito de Lajares (814.298,31 €)

Depósito regulador y red de distribución en
Guerime-Las Hermosas-La Pared (461.997,12 € )

Incremento del importe anual Subvención Agua Desalada en Canarias (4.000.000,00 €)

Al Cabildo de Fuerteventura para diversas actuaciones en la isla en materia de aguas
(10.500.000,00 €)

La isla de Fuerteventura manifiesta una demanda muy específica y problemática en el programa que nos ocupa. Ya sea para garantizar el abastecimiento a todo el territorio desde la desaladora de Pto. Del Rosario, como
en particular a Municipios de La Oliva y Pájara (incluyendo la pretensión de reducir costes energéticos), este territorio insular requiere de actuaciones presupuestarias periódicas e intensivas en materia de agua. Así mismo, la dotación pretende
atender actuaciones estructurales en instalaciones vitales de almacenamientos, depósitos, conducciones y redes de distribución.

ENMIENDA NÚM. 2144

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes
(GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 23




SERV.: 18

PROGRAMA: 414B. Desarrollo del Medio Rural

CAPÍTULO: 7

ART.: 76, Nuevo

CONCEPTO: 765. Al Cabildo de Fuerteventura, para reforestación y construcción de presas en la Isla


DOTACIÓN: 1.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 23

SERV.: 18

PROGRAMA: 414 A

CAPÍTULO: 8

ART.: 85

CONCEPTO: 851

DOTACIÓN: 1.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Para combatir la
desertización y erosión en la isla.

ENMIENDA NÚM. 2145

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino
Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.


SECC.: 23

SERV.: 18

PROGRAMA: 414B. Desarrollo del Medio Rural

CAPÍTULO: 7

ART.: 76

CONCEPTO: 767. Nuevo. Al Cabildo de Gran Canaria, para el acondicionamiento de la Finca del Galeón, e integración con el
casco urbano de Santa Brígida, Gran Canaria

DOTACIÓN: 1.800,00 miles

BAJA:

SECC.: 23

SERV.: 18

PROGRAMA: 414 B

CAPÍTULO: 7

ART.: 77

CONCEPTO: 777

DOTACIÓN: 1.800,00 miles


JUSTIFICACIÓN

El Parque Agrícola del Guiniguada, en la Finca del Galeón, proyecto llevado a cabo al amparo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). Es un espacio de enorme riqueza ambiental ubicado en pleno casco urbano de Santa
Brígida. Un espacio de ocio y recreo para todos los grancanarios y visitantes, que disfrutan de los distintos ingredientes del mundo rural, a través de veredas que serpentean entre plantaciones de hortalizas, frutales, y viñedos. Requiere una
renovación urgente, en la actualidad presenta un aspecto descuidado a medida que los viandantes se adentran en su interior. Se propone su acondicionamiento e integración con el pueblo mediante la eliminación del vallado y su unión con el resto de
elementos que la rodean como la Casa del Vino y el Mercadillo Agrícola.

ENMIENDA NÚM. 2146

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la
Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 23

SERV.: 18

PROGRAMA: 414C. Protección y mejora del medio natural.

CAPÍTULO: 7

ART.: 75

CONCEPTO: 754. Nuevo. A la Comunidad Autónoma de
Canarias, Plan Especial de Protección de Bandama.

DOTACIÓN: 1.500,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 1.500,00
miles

JUSTIFICACIÓN

El valor del paisaje de Bandama se caracteriza por el componente vulcanológico de alto interés científico, la definición de su área por el soporte de ceniza volcánica, único en Gran Canaria, la configuración de
paisaje humanizado gracias al cultivo histórico de la vid, el equilibrio cromático y de planos y volúmenes, ampliamente arraigado en la memoria colectiva insular, conformado por la perfecta simbiosis de una obra de la naturaleza y una obra agrícola
humana, singular atalaya de un valioso trozo de identidad tradicional grancanaria. Por ello, se hace necesario actuaciones urgentes encaminadas a la protección del paisaje de Bandama-Monte, Pico y Caldera, un instrumento ordenador de usos
agrícolas, residenciales y culturales para la previsión y preservación de servicios y valores colectivos.

ENMIENDA NÚM. 2147

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora
Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 23

SERV.: 18

PROGRAMA: 414C. Protección y mejora del medio natural.

CAPÍTULO: 7

ART.: 75

CONCEPTO: 756.
Nuevo. A la Comunidad Autónoma de Canarias, con el fin de retomar el Proyecto Guiniguada, centrado en el tercer sector, Santa Brígida, Gran Canaria.

DOTACIÓN: 500,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01


PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 500,00 miles

JUSTIFICACIÓN

El programa «Proyectos Pilotos Urbanos (UPPs)», fue promovido en 1990 por la Comisión Europea al amparo del
artículo 10 del Fondo Europeo de Desarrollo Regional ( FEDER). El Proyecto Guiniguada formó parte de las 26 propuestas seleccionadas por la Comisión Europea en la 2.ª Fase del Programa. Para su redacción se retomó, a modo de antecedentes, algunas
de las propuestas del Plan Especial del Jardín Canario. Se propone actuar centrado en el tercer sector (Santa Brígida), en su desarrollo se contemplaría tres Programas de Actuaciones Interrelacionadas: Proyecto del Paisaje, Rehabilitación
Ambiental y Acondicionamiento Especial.

ENMIENDA NÚM. 2148

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino
Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA:

SECC.: 23 M.º de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

SERV.: 08

PROGRAMA: 456C

CAPÍTULO: 7

ART.: 76. Nuevo. Entidades Locales. Al Cabildo de la Gomera

CONCEPTO: 761. Sistema Integral
de Prevención de Incendios Forestales




DOTACIÓN: 1.200,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929 N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 1.200,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Se trata de
establecer un plan piloto en una Isla con las dimensiones idóneas y con una importancia medioambiental singular en todo el Estado español, el Parque Nacional y lo que supone el Bosque de la Gomera, la cantidad de caseríos que existen al borde del
parque y la importancia que su actividad tiene en el medio rural, la cantidad de espacios naturales protegidos y que pueden ser afectados por los incendios y las dramáticas experiencias que han multiplicado exponencialmente la sensibilización de
todos los canarios con la prevención de incendios en la Gomera y en Canarias.

— Vigilancia por videocámaras de los cruces y caminos y puntos estratégicos que puedan usar presuntos pirómanos.

— Red de sensores
climáticos que den información sobre temperaturas y condiciones del clima en las zonas más críticas.

— Posibilidad de control vía satélite de cualquier dato que ayude a la prevención centralizada.

ENMIENDA NÚM. 2149


De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107
del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 23

SERV.: 05

PROGRAMA: 452A.
Gestión e Infraestructura del Agua

CAPÍTULO: 7

ART.: 76

CONCEPTO: 768, Nuevo. Drenajes de Presas y Embalses de Vallehermoso, La Gomera

DOTACIÓN: 1.500,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01


PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 1.500,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Existen en Vallehermoso numeroso estanques y alguna represas como «la Presa de la Encantadora» que debido a
los lodos y depósitos de tierras arrastrados por sus cuencas, albergan, en algunos casos, tan solo el 40 % del volumen de agua del que podrían retener. Ante la cada vez más escasa lluvia, se hace necesario los drenajes de estos estanques y represas
para conseguir los volúmenes óptimos de agua para el consumo humano y agrícola; y de posibilitar que algunos de estos embalses puedan ser fuente de energía hidráulica en un futuro cercano.

ENMIENDA NÚM. 2150

De doña Melissa Armas
Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN: 23

SERVICIO: 18

PROGRAMA: 414B

CAPÍTULO: 7


ARTÍCULO: 76

CONCEPTO: 764. Nuevo «Ampliación del Plan Nacional de Desertización en la isla de la Gomera, concretamente con actuaciones de mantenimiento y construcción de bancales para evitar la erosión de la isla de La Gomera»


DOTACIÓN: 2.500,00 miles

BAJA:

SECCIÓN: 35

SERVICIO: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ARTÍCULO: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 2.500,00 miles

JUSTIFICACIÓN

La Gomera ha sido
recientemente declarada Reserva de la Biosfera. Cuenta con el Parque Nacional Garajonay, patrimonio mundial por la UNESCO, espacios protegidos, zonas de especial conservación de la Unión Europea y tantas otras figuras de protección sobre un terreno
que cada año, debido a la erosión, pierde millones de toneladas de tierra al mar. Sus bancales definen el paisaje de la isla pero su deterioro hace que sea la isla del archipiélago que más sufre la erosión, y que antaño, cuando se cultivaba se
mantenían. Los bancales retienen e impidiesen la erosión por acción de las lluvias. Recuperando los bancales y reforestando dichas zonas se lograría evitar la erosión de la isla siendo un modelo en la aplicación del Plan Nacional Contra la
Desertización. erosión de la isla, siendo un modelo en la aplicación del Plan Nacional Contra la Desertización y el mantenimiento del paisaje.

ENMIENDA NÚM. 2151

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino
Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la
Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN: 23

SERVICIO: 18

PROGRAMA: 456 C

CAPÍTULO: 7

ARTÍCULO: 76. Nuevo


CONCEPTO: 762 Cabildo de La Gomera. «Recuperación y puesta en valor de las áreas afectadas por los incendios»

DOTACIÓN: 1.500,00 miles

BAJA:

SECCIÓN: 35

SERVICIO: 01

PROGRAMA: 929 N

CAPÍTULO: 5


ARTÍCULO: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 1.500,00 miles

JUSTIFICACIÓN

La puesta en valor y la recuperación de las zonas afectadas por los incendios en la Gomera supondrá para zonas deprimidas la recuperación del
paisaje, al tiempo que se lleven a cabo las acciones de recuperación forestal. Hemos sufrido los incendios en la isla y ahora, más que nunca, se necesita impulsar proyectos que recuperen las zonas afectadas.

ENMIENDA NÚM. 2152

De doña
Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN: 23 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente

SERVICIO: 05 Dirección General del Agua

PROGRAMA: 456A. Calidad del Agua

CAPÍTULO: 6.

ARTÍCULO: 60.

PROYECTO: 2015 23 05 0083 saneamiento y depuración en la c.a. de canarias Plan Crece.


DOTACIÓN: 3.750,00 miles




BAJA

SECCIÓN: 23 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

SERVICIO: 01 Ministerio, subsecretaría y servicios generales

PROGRAMA: 451 O. Dirección y servicios generales de Agricultura, Alimentación
y Medio Ambiente.

CAPÍTULO: 2

ARTÍCULO: 22. Material, suministros y otros

DOTACIÓN: 3.750,00 miles

JUSTIFICACIÓN

El grave problema ambiental, sanitario y social, se resuelve evitando el recorte presupuestario
para posibilitar su ejecución dentro de la ficha financiera del Convenio de colaboración con el Gobierno de Canarias suscrito el 9 de diciembre de 2008, con proyección de +8.000,00 en 2017 y + 5.000 en 2018.

ENMIENDA NÚM. 2153

De doña
Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23 M.º De Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.

Servicio: 06 D.G De Sostenibilidad De La Costa y el Mar

Programa: 456D. Actuación en la Costa

Capítulo: 7. Nuevo

Artículo: 75, A Comunidades Autónomas

Concepto: 750 Diversas actuaciones en Costa a
desarrollar en la Comunidad Autónoma de Canarias en virtud de Convenio de Colaboración.

SUBCONCEPTO: 7501. Paseo marítimo y rehabilitación de infraestructuras desde Pozo Izquierdo a Bahía de Formas, isla de Gran Canaria.


DOTACIÓN: 3.206,169 miles

BAJA:

Sección: 35

Servicio: 01

Programa: 929N

Capítulo: 5

Artículo: 50

Concepto: 500

Dotación: 3.206,169 miles

JUSTIFICACIÓN

Con el paso de
los años esta costa ha sufrido un deterioro en su infraestructura, lo que hace necesaria una inversión que permita la rehabilitación y el acondicionamiento de estos espacios, y lograr así un paseo marítimo accesible que pueda seguir siendo referente
para los usuarios habituales y visitantes.

ENMIENDA NÚM. 2154

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del
Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 23 M.º De Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Servicio: 06 D.G De Sostenibilidad De La Costa y el Mar

Programa: 456D. Actuación en la Costa

Capítulo: 7 Nuevo


Artículo: 75, A Comunidades Autónomas

Concepto: 750 Diversas actuaciones en Costa a desarrollar en la Comunidad Autónoma de Canarias en virtud de Convenio de Colaboración.

DOTACIÓN: 33.600 miles de euros

BAJA:


Sección: 35

Servicio: 01

Programa: 929N

Capítulo: 5

Artículo: 50

Concepto: 500

dotación: 33.600 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Responde entre otros, a la necesidad de que las
inversiones estatales en Canarias no sean inferiores al promedio que correspondiese para el conjunto de las CC.AA., excluidas de este cómputo las inversiones que componen el hecho insular, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 20/1991 de 7 de
junio de modificación de los aspectos fiscales del REF de Canarias.

Las actuaciones que se dotan presupuestariamente pretenden bien la contención a mareas para la protección de las construcciones ya realizadas; bien el acondicionamiento de
las playas ya existentes; la ejecución de obras y proyectos que omitan el impacto negativo visual; la rehabilitación urgente que evite posibles desprendimientos a visitantes y turistas; la mejora de playas dentro de los mismos núcleos urbanos
turísticos y la mejora ambiental general de sus playas.

En todos los casos son actuaciones decididas para la mejora turística en general y después urbana en particular. En otros casos, se abordan proyectos integrales para posibilitar accesos
rodados a urbanizaciones situadas en el litoral marítimo. También se aborda la Recuperación de lugares tradicionalmente dedicados a la agricultura que ahora, por la realización de estas actuaciones, pudieran también diversificarse hacia una
incipiente actividad turística.

En concreto:

Rehabilitación paseo marítimo y servicios, Plan de Actuación en la Costa de Telde, Gran Canaria (500,00 miles); Convenio de la playa de Valleseco en Sta. Cruz de Tenerife (3.000,00
miles); Convenio de rehabilitación de la playa Martianez, Pto. De La Cruz, Tenerife (1.500,00 miles); Convenio Litoral de Tenerife (1.000,00 miles); (Plan Integral de Recuperación de Playas para uso público en zonas del litoral del Municipio de
San Sebastián de La Gomera, La Gomera (plurianual ,año 2016: 2.000,00 miles, año 2017: 2.500 miles, año 2018: 3.000,00 miles); Finalización Avenida del Litoral Marítimo del Municipio de Valle Gran Rey, La Gomera ( año 2016: 2.500,00 miles,
año 2017: 2.000,00 miles); Obra en el Litoral Marítimo del Pescante de Hermigua, La Gomera ( año 2016: 2.000,00 miles, año 2017: 2.500,00 miles); Acceso al Pescante y Playa de San Marcos, Municipio de Agulo. La Gomera, 1.000,00 miles);
Construcción de Dique sumergido para recuperar el litoral en playa de Santiago (año 2016: 2.000,00 miles, año 2017: 2.500,00 miles ); Avenida Marítima de la zona de El Charco, Ayuntamiento Pto. Del Rosario, obras de inicio, Fuerteventura
(2.000,00 miles); Avda. Marítima de Gran Tarajal, obras de inicio (1.000,00 miles); Avda. Marítima de Los Pozos, en Pto. Del Rosario, obras de inicio (2.000,00 miles); Limpieza del litoral en el dominio marítimo terrestre de Fuerteventura
(500,00 miles); Litoral de la Playa del Valle de Sta. Inés, Betancuria, habilitación playa (100,00 miles); Paseo Marítimo de Gran Tarajal (7.000 miles), Paseo Marítimo de Giniginamar (1.500 miles), Revisión de la ZEC marina de Playa de Sotavento
(Jandía 300 miles), Dique sumergido, Playa Pto. Naos, La Palma (2.000,00 miles)

— PLAYA DE VARADERO 2.ª FASE, EL HIERRO, 800 MILES DE EUROS.

— TRATAMIENTO DE TALUD EN LA CUEVA DE LOS BARCOS - EL TAMADUSTE
(T.N. DE VALVERDE), 300 MILES DE EUROS.

— ACTUACIONES EN TALUDES Y PROTECCIÓN DEL POZO DE LAS CALCOSAS (T.M. DE VALVERDE) 600 MILES DE EUROS.

ENMIENDA NÚM. 2155

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María
del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente
enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 26

SERV.: 17

PROGRAMA: 231F.

CAPÍTULO: 4

ART.: 46. Nuevo


CONCEPTO: 460. Al Cabildo de Fuerteventura, para el Centro Insular Atención a la Discapacidad

DOTACIÓN: 4.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50


CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 4.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Actualmente en ejecución, este complejo alberga servicios integrales a la discapacidad desde la atención residencial y estancia diurna, talleres ocupacionales, atención
temprana y promoción asociativa de los discapacitados.

ENMIENDA NÚM. 2156

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María
del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA:

SECC.: 26

SERV.: 15

PROGRAMA: 231F. Otros Servicios Sociales del Estado

CAPÍTULO: 7, Nuevo




ART.: 76. A EE.LL.

CONCEPTO: 760. Al Cabildo de Fuerteventura. Plan Insular de Infraestructuras Sociosanitarias

DOTACIÓN: 8.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N


CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 8.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Se pretende la construcción y el equipamiento de Infraestructuras sociosanitarias de respiro familiar, en la Isla. Se aproximan así
a la ciudadanía los principales recursos de esta política social en ámbitos municipales dispersos y alejados.

ENMIENDA NÚM. 2157

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora
Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 27

SERV.: 12

PROGRAMA: 467C. Investigación y Desarrollo Tecnológico-Industrial

CAPÍTULO: 7

ART.: 76 A EE.LL.

CONCEPTO: 767.
Al Cabildo de Fuerteventura para la Sociedad Parque Tecnológico de Fuerteventura. Apoyo a las empresas de base tecnológica

DOTACIÓN: 3.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 27

SERV.: 12

PROGRAMA: 467C


CAPÍTULO: 8

ART.: 87

CONCEPTO:

DOTACIÓN: 3.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Se aborda con esta enmienda, la nueva etapa de implantación de empresas tecnológicas que contribuyan a la diversificación económica de la
Isla. Se entiende de gran utilidad el apoyo económico inicial de este tipo de proyectos y empresas.

ENMIENDA NÚM. 2158

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa
Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 27

SERV.: 11, Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación

PROGRAMA: 436B. Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y
Técnica

CAPÍTULO: 4

ART.: 45, Nuevo. A CC.AA

CONCEPTO: 450. A la CA de Canarias. Financiación de Medidas a la I+D+i

DOTACIÓN: 4.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 27

SERV.: 12


PROGRAMA: 436B

CAPÍTULO: 4

ART.: 49

CONCEPTO: 499

SUBCONCEPTO: 49901

DOTACIÓN: 4.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

El sistema de I+D+i, Canario tiene una dimensión pequeña en relación a la posición
económica y población del archipiélago. Su actividad está muy marcada por el Sector Público sobre la base de los recursos humanos existentes en nuestras Universidades y en otros Centros de Investigación como la Astrofísica, Ciencias Marinas,
Energías Renovables, Biotecnología, Biomedicina, Las TIC, la Microelectrónica y la Nanotecnología...

La estrategia de especialización inteligente de Canarias, establece la necesidad de generar un conocimiento de excelencia, desarrollar
capital humano y fortalecer las instituciones de I+D.

Se trata de actuaciones dirigidas a las Universidades, Centros de investigación públicos y privados y empresas, para la realización de estas actividades, e incorporación de nuevos
investigadores con la creación de Redes de Excelencia.

Se trata de incentivar: Proyecto de I+D, para grupos y Centros Públicos de investigación; Proyectos de gran calidad científica, para dar servicio a empresas y que ponga en marcha un
modelo de gestión que deberá permitir la utilización de los recursos disponibles, tanto a los propios investigadores como al resto de la comunidad investigadora de Canarias.

Estas actuaciones son compatibles con las políticas estatales de
I+D+i en el marco de la estrategia española 2013-2016.

Recientemente por otra parte se ha informado que el M.º de Economía y Competitividad, aumentará las ayudas directas en la materia en un 15 % en 2016, quedando la partida de subvenciones
incrementada en 227 millones de euros.

Así mismo se indica que las ayudas directas a I+D+i irán destinadas a las Regiones con mayores necesidades de desarrollo en Ciencia y Tecnología, entre ellas Canarias.

ENMIENDA NÚM. 2159

De
doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 27

SERV.: 11 Sect. de Estado, de Investigación, Desarrollo
e Innovación

PROGRAMA: 436B. Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y Técnica

CAPÍTULO: 4

ART.: 46. NUEVO

CONCEPTO: 461. Al Cabildo de Gran Canaria para la infraestructura de conectividad de plantas
eólicas marinas y otros proyectos para el aprovechamiento y desarrollo de energias renovables.

DOTACIÓN: 5.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 27

SERV.: 12

PROGRAMA: 436B

CAPÍTULO: 4

ART.: 49


CONCEPTO: 499

DOTACIÓN: 5.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

La isla de Gran Canaria tiene un alto potencial para el aprovechamiento de energías renovables, particularmente, la eólica generada en la costa sureste de la isla.
Asimismo, el potencial aprovechamiento de las energías renovables requiere el desarrollo de proyectos experimentales y desarrollos tecnológicos que permitan una posterior extensión al resto de la isla y otros entornos insulares. Además, el
desarrollo de estas energías permitirá reducir su huella de carbono y favorecerá la creación de empleo cualificado.

ENMIENDA NÚM. 2160

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La
Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones
financieras con entes territoriales.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 32




SERV.: 02

PROGRAMA: 942N. Otras Aportaciones a Entidades Locales

CAPÍTULO: 4

ART.: 46

CONCEPTO: 461 Transferencia a Ayuntamientos

SUBCONCEPTO: 46103, Nuevo, al Ayuntamiento del Pinar. Centro de
Recuperación de la Fauna Marina en extinción. La Restinga, Isla de El Hierro

DOTACIÓN: 2.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500


DOTACIÓN: 2.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Se trata de una zona de alta sostenibilidad marina medioambiental y en territorio Reserva de la Biosfera. En particular la Reserva integral de la Reserva Marina, Punta de la Restinga.


ENMIENDA NÚM. 2161

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones financieras con entes territoriales.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 32


SERV.: 02

PROGRAMA: 942N. Otras Aportaciones a Entidades Locales

CAPÍTULO: 7

ART.: 76

CONCEPTO: 765, Nuevo. Al Cabildo de El Hierro, al Refugio Marítimo-pesquero en las «Puntas Valle del Golfo»


DOTACIÓN: 11.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 11.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Dotación necesaria para
el desarrollo pesquero y turístico de la isla.

ENMIENDA NÚM. 2162

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar
del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones financieras con entes territoriales.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA:

SECC.: 32 Otras Relaciones financieras con Entes Territoriales

SERV.: 01. Secretaría General de Coordinación Económica y Local de las CC.AA

PROGRAMA: 941O. Otras Transferencias a CC.AA


CAPÍTULO: 7

ART.: 75

CONCEPTO: 757, NUEVO. Actuaciones a realizar por la AGE directamente o mediante Convenio con la CA Canarias, en cumplimiento de la Ley 19/1994 sobre inversiones. Convenio con el Instituto de Turismo de
España y la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias. Convenio para la ampliación y mejora de los Espacios y Paisajes públicos de Canarias.

DOTACIÓN: 50.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35


SERV.: 01

PROGRAMA: 929n

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 50.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

El Convenio especificaba en su expositivo 2.º, la necesidad de que las inversiones
estatales en Canarias no sean inferiores al promedio que corresponda al conjunto de las CC.AA, excluyendo del computo las inversiones dirigidas a compensar el hecho insular (Ley 20/1991 de 7 de junio REF). Entre otros proyecto de inversión caben
reseñarse importantes rehabilitaciones y actuaciones en costa, de paisajes, salinas y piscinas naturales. La pretensión final de la enmienda es reeditar el Convenio, suscrito en 2010 con una vigencia mínima de dos años.

ENMIENDA
NÚM. 2163

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones financieras con entes territoriales.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 32

SERV.: 01


PROGRAMA: 942N. Otras aportaciones a Entidades Locales

CAPÍTULO: 7

ART.: 75. Nuevo

CONCEPTO: 752. A la Comunidad Autónoma de Canarias, para el Mercado Comarcal de Guía

DOTACIÓN: 1.000,00 miles

BAJA:


SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 1.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Estímulo fundamental para el sector primario que supondría la creación de
un importante número de puestos de trabajo en esta zona. El presupuesto necesario para poder culminar esta obra asciende a 3 millones de euros, lo que supone el 40 % del total del presupuesto del proyecto que alcanza los 6,6 millones de euros. Con
el fin de no comprometer la continuidad de estas obras se requiere como mínimo una asignación de una partida económica de 650.000,00 euros en la presente anualidad.

ENMIENDA NÚM. 2164

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María
del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente
enmienda a la Sección 32. Otras relaciones financieras con entes territoriales.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 32 Otras Relaciones financieras con Entes Territoriales

SERV.: 01 Secretaría General de
Coordinación Económica y Local de las CC.AA.

PROGRAMA: 441M. Subvenciones y apoyo al Transporte Terrestre

CAPÍTULO: 4




ART.: 45

CONCEPTO: 453. A la CAC, para financiar las necesidades correspondientes al Transporte Regular de viajeros de las distintas Islas, según Convenio suscrito con el Estado

DOTACIÓN: 5.000,00 miles

BAJA:


SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 5.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

En coherencia con la enmienda presentada a la disposición adicional
quincuagésima quinta del Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2016, que regula la concesión de subvenciones nominativas destinadas a la financiación del transporte público regular de viajeros de Madrid, Barcelona y las Islas
Canarias.

ENMIENDA NÚM. 2165

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones financieras con entes territoriales.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 32


SERV.: 02.

PROGRAMA: 942N.

CAPÍTULO: 7

ART.: 75. Nuevo

CONCEPTO: 752. A la Comunidad Autónoma de Canarias para obras de acondicionamiento del entorno del «Estadio de Fútbol los Olivos y Complejo Municipal de
Deportes», Santa Brígida, Gran Canaria.

DOTACIÓN: 1.200, 00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 1.200, 00 miles


JUSTIFICACIÓN

El Estadio de Fútbol los Olivos, Santa Brígida, fue construido en el año 2009 con el Fondo Estatal de Inversión Local, (Real Decreto - Ley 9/2008, de 28 de noviembre), por un importe de 1.529.536,92 euros, quedando para una
segunda actuación el acondicionamiento de las zonas verdes del entorno del Estadio y del Complejo Municipal de Deportes y Piscina que comparten espacio.

ENMIENDA NÚM. 2166

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del
Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la
Sección 32. Otras relaciones financieras con entes territoriales.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 32

SERV.: 02

PROGRAMA: 942N. Otras Aportaciones a Entidades Locales

CAPÍTULO: 7


ART.: 75. Nuevo

CONCEPTO: 754. Nuevo. A la Comunidad Autónoma de Canarias para Restauración y Reforma del Edificio de Protección Civil de Santa Brígida, antiguo matadero, Gran Canaria.

DOTACIÓN: 436.687 euros

BAJA:


SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 436.687 euros

JUSTIFICACIÓN

El presente proyecto consiste en la adecuación de una de las dependencias
del antiguo matadero de Santa Brígida al uso que se destina en la actualidad, Sede de Protección Civil, situado en el Paseo del Guiniguada.

ENMIENDA NÚM. 2167

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios
Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 32.
Otras relaciones financieras con entes territoriales.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 32

SERV.: 02

PROGRAMA: 942N

CAPÍTULO: 7

ART.:76

CONCEPTO: 764. Al Cabildo de Gran
Canaria, para infraestructuras deportivas (construcción Palacio de Deportes)

DOTACIÓN: 10.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500


DOTACIÓN: 10.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Subvención al Cabildo Insular de Gran Canaria con el fin de compensar la falta de transferencia de capital relacionada con la construcción del Palacio de Deportes de Gran Canaria.


ENMIENDA NÚM. 2168

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones financieras con entes territoriales.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN: 32


SERVICIO: 02

PROGRAMA: 942 N.

CAPÍTULO: 7

ARTÍCULO: 76

CONCEPTO: 767, Nuevo: Proyecto de Remodelación del Antiguo Hospital de La Gomera, para su reconversión en un Centro Sociosanitario

DOTACIÓN: 800,00
miles

BAJA:




SECCIÓN: 35

SERVICIO: 01

PROGRAMA: 929 N

CAPÍTULO: 5

ARTÍCULO: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 800,00 miles

JUSTIFICACIÓN

El Plan Funcional del nuevo Hospital de La Gomera
«Nuestra Señora de Guadalupe», aprobado en el año 2005, por todas las fuerzas políticas, planteaba que una vez se inaugurara el mismo, hecho que sucedió el 07 de abril de 2010, debía procederse a reconvertir el hospital en un centro sociosanitario.
En una PNL aprobada en el Parlamento de Canarias en diciembre de 2010, se acordó que en ese proyecto debían participar todas las Administraciones. Lo cual, supondría dotar a La Gomera de un recurso que pueda ofrecer un servicio de atención
globalizadora e integral, porque está en un lugar ideal, tiene buenas comunicaciones y reúne todas las condiciones.

ENMIENDA NÚM. 2169

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La
Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones
financieras con entes territoriales.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

Sección: 32 Otras Relaciones Financieras con Entes Territoriales

Servicio: 02 Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local.
EE.LL.

Programa: 942N Otras aportaciones a Entidades Locales

Capítulo: 4

Artículo: 46 A Entidades Locales

Concepto: 467 Al Cabildo de la Palma para proyectos de inversión en la isla.

Dotación: 5.300,00 miles
de Euros

BAJA:

Sección: 35

Servicio: 01

Programa: 929 N

Capítulo: 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos

Concepto: 500

Dotación: 5.300,00 miles de Euros

JUSTIFICACIÓN

En
concreto los proyectos de inversión son,

Mejora y modernización de la red insular de riego (1.800 miles euros), Complejo Sociosanitario Nuestra Sra. De las Nieves (1.000,00 miles); Plan de conectividad y Turismo (1.000,00 miles euros);
Centro de Interpretación de «El Roque de Los Muchachos» (1.000,00 miles); Parque Cultural Islas Canarias (500 miles).

Los proyectos de inversión indicados se justifican bien en obras de riego que han sido declaradas de interés
general por la propia ley de presupuestos o bien en obras fundamentales para permitir el desarrollo la isla de La Palma. En los demás casos nos referimos a la necesidad de desarrollo que requiere el sector turístico de la isla mediante las
conexiones aéreas suficientes que posibiliten la entrada de turistas, concretamente con Alemania, Francia y Gran Bretaña. El complejo socio sanitario pretende atender la escasez de los actuales recursos en la atención a cuidados paliativos contando
con idéntica financiación estatal que la percibida en los ejercicios 2009, 2010 y 2011, aunque no en los ejercicios de 2012 a 2016.

En otros casos finalmente, se pretende la urgente diversificación económica de la Isla, vía inversión
tecnológica o el aprovechamiento, el enclave astronómico del Roque como atracción turística. Muchas de estas enmiendas cuentan con la unanimidad de los grupos políticos del Parlamento de Canarias.

ENMIENDA NÚM. 2170

De doña Melissa
Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones financieras con entes territoriales.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 32

SERV.: 02

PROGRAMA: 942N. Otras aportaciones a
EE.LL.

CAPÍTULO: 7

ART.: 76

CONCEPTO: Nuevo 762. Al Cabildo de Lanzarote. Parque Eólico de Desalación de Agua. 1.ª fase

DOTACIÓN: 800,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01


PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 800,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Desde el Convenio Marco de 2006 entre el Cabildo, el IDAE, y el Gobierno de Canarias, participando el Instituto
Tecnológico de Canarias para formar parte finalmente del Plan E del Gobierno de España, el proyecto no ha tenido reflejo presupuestario alguno. Se trata de un Parque Eólico de 12 MW, sin conexión directa a la red para producir agua desalada. Las
tecnologías con esta finalidad, junto a las ya existentes, resultan vitales para el futuro de servicios públicos básicos como el de suministro de agua.

Como indicábamos el Consejo de Ministros de noviembre de 2009, estableció una dotación
de 14.400,00 miles, para esta finalidad, sin que hasta hoy el proyecto haya recibido aportación económica alguna desde la AGE.

ENMIENDA NÚM. 2171

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes
(GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras
relaciones financieras con entes territoriales.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 32

SERV.: 01

PROGRAMA: 441M. Subvenciones y apoyo al transporte terrestre

CAPÍTULO: 4

ART.: 45


CONCEPTO: 455, Nuevo. A la C.A. de Canarias. Implantación de sistemas de transporte público sobre plataforma reservada o prioritario (Bus Rapid Transit, BRT)

DOTACIÓN: 10.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35


SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 10.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

La enmienda pretende la implantación de nuevas tipologias de transporte no ferroviarias
sobre estas plataformas reservadas o prioritarias, que multiplican exponencialmente la potencia de una red de transporte con una inversión mínima respecto a su equivalente ferroviario, y cuya flexibilidad se adapta mucho mejor a las necesidades de
movilidad insulares.

En los presupuestos para 2015, ya se apuntaba esta posibilidad para el estudio de la implantación del BRT en España. En cualquier caso, en Canarias la dotación pública resulta necesaria para su establecimiento definitivo
en un parque automovilístico de altísima densidad.

ENMIENDA NÚM. 2172

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del
Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones financieras con entes territoriales.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA:

SECC.: 32

SERV.: 01

PROGRAMA: 441M. Subvenciones y apoyo al transporte terrestre

CAPÍTULO: 4

ART.: 45

CONCEPTO: 457, Nuevo. Implantación de zonas logísticas de operativa
intermodal en el transporte terrestre insular.

DOTACIÓN: 500,00, miles

BAJA:




SECC.: 32

SERV.: 01

PROGRAMA: 441M

CAPÍTULO: 4

ART.: 45

CONCEPTO: 454

DOTACIÓN: 500,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Existe una carencia de estas infraestructuras para el transporte
terrestre de mercancias. En Canarias el 95 % de las cargas, entran o sales por vía marítima en combinación con el transporte terrestre. La financiación de esta necesidad, se estima en unos 500.000 € anuales.

ENMIENDA NÚM. 2173


De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107
del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones financieras con entes territoriales.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

Sección: 32 Otras Relaciones Financieras con Entes
Territoriales

Servicio: 02 Secret. Gral. De Coordinación Autonómica y Local. EE.LL.

Programa: 942N. Otras Aportaciones a Entidades Locales

Capítulo: 4

Art.: 46 A Entidades Locales

Concepto: 461
Transferencia a Ayuntamientos

Subconcepto: 46103, Nuevo, al Ayuntamiento del Pinar. Centro de Recuperación de la Fauna Marina en extinción. La Restinga, Isla de El Hierro

Dotación: 2.000,00 miles de Euros

BAJA


Sección: 35 Fondo De Contingencia

Servicio: 01 D.G. Presupuestos Fondo de Contingencia

Programa: 929M Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria

Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros Imprevistos


Artículo: 50 Dotación Fondo de contingencia

Concepto: 500

Dotación: 2.000,00 miles de Euros

JUSTIFICACIÓN

Se trata de una zona de alta sostenibilidad marina medioambiental y en territorio Reserva de la Biosfera. En
particular la Reserva integral de la Reserva Marina, Punta de la Restinga.

ENMIENDA NÚM. 2174

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y
la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 33. Fondos de Compensación Interterritorial.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA:

SECC.: 33

SERV.: 12. Secretaría Gral. De Coordinación Autonómica y Local. Canarias

PROGRAMA: 941N. Transferencias a CC.AA. Por los fondos de Compensación Interterritorial

CAPÍTULO: 7


ART.: 75

CONCEPTO: 755.

SUBCONCEPTO: Nuevo. Fondo de Compensación ultraperiférico 7551

DOTACIÓN: 12.712,24 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5


ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 12.712,24 miles

JUSTIFICACIÓN

De acuerdo con la disposición legal que viene incumpliéndose respecto a la variable «Región Ultraperiférica» en la regulación de los Fondos de
Compensación Interterritorial, Ley 22/2001 de 27 de diciembre. Y en consonancia con nuestra enmienda al articulado proponiendo una Nueva Disposición Final a la citada Ley.

ENMIENDA NÚM. 2175

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de
doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la
siguiente enmienda a la Sección 33. Fondos de Compensación Interterritorial.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 33

SERV.: 12

PROGRAMA: 941N. Transferencias a CC.AA., por los Fondos de Compensación
Interterritorial

CAPÍTULO: 7

ART.: 75

CONCEPTO: 756. Fondo Complementario

SUBCONCEPTO: NUEVO, 7561 Fondo Complementario Ultraperiférico

DOTACIÓN: 4.237,41 miles

BAJA:

SECC.: 35


SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 4.237,41 miles

JUSTIFICACIÓN

La dotación responde al 4,02 por ciento adicional prevista en el, art.16 de la legislación
de financiación de las CC.AA. Para determinar la cuantía que le corresponde a Canarias en el FCI, le es de aplicación, junto a la Ley 22/2001, la L.O. 8/1980, de financiación de las CC.AA., en la redacción dada a este precepto por la L.O. 7/2001
que establece el porcentaje de 4,02 por ciento adicional sin perjuicio de lo que haya de añadirse como Región Ultraperiférica. Por lo demás son aplicables los argumentos empleados respecto a nuestra enmienda del Fondo de Compensación
Ultraperiférico.

ENMIENDA NÚM. 2176

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC
(GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA).

ENMIENDA

De modificación.

Al Anexo de Inversiones Reales 2016 y
Programación Plurianual

Entidad: ENAIRE (GRUPO)

ALTA: Comunidad Autónoma: Canarias

Provincia: Las Palmas

Código de Proyecto: Nuevo

Denominación: Ampliación Aeropuerto de Lanzarote. 1.ª fase

COSTE
TOTAL: 27.000,00 miles

INICIO: 2016

FIN: 2021

DOTACIÓN PRESUPUESTO 2016: 4.500,00 miles




BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 4.500,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Junto a los proyectos del Aeropuerto que nos ocupa
el proyecto de ampliación es una obra de indudable necesidad. Esta infraestructura figura en la relación de los cinco aeropuertos más rentables de la red, aunque las inversiones y nuevas dotaciones no vayan en consonancia con su rentabilidad. Al
tratarse de un territorio de liderazgo turístico internacional la necesidad de ampliación de la pista de aterrizaje y despegue como de cualesquiera otras relativas al aumento de la carga turística de largo alcance, la presente enmienda propone una
plurianualidad hasta cubrir un presupuesto total de 27.000,00 miles.

ENMIENDA NÚM. 2177

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la
Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA).

ENMIENDA

De
modificación.

Al anexo de inversiones reales y plurianuales 2016

Entidad: Grupo ENAIRE

ALTA:

Comunidad Autónoma de Canarias

Provincia: Santa Cruz de Tenerife.

Proyecto: Nuevo. «Redacción de proyecto
nueva terminal Tenerife Sur».

Coste total: 5.000,00 miles

Inicio: 2016

Dotación presupuesto 2016: 5.000,00 miles

BAJA

GRUPO ENAIRE

Proyecto: 2248 «Desarrollo, mejora de sistemas de navegación aérea
Varias Regiones»

Dotación: 5.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Dotar de consignación que permita iniciar los trabajos recogidos en el Plan Director del Aeropuerto de Tenerife Sur y en el Plan de Infraestructuras Aeroportuarias de
Canarias en lo relativo a la Nueva Terminal del Aeropuerto de Tenerife - Sur.

ENMIENDA NÚM. 2178

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez,
AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA).

ENMIENDA


De modificación.

Al Anexo de inversiones reales y plurianuales 2015.

Entidad: Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA).

ALTA:

Comunidad Autónoma de Canarias.

Provincia: Tenerife

Proyecto:
Nuevo. Ampliación del Aeropuerto de El Hierro.

Inicio: 2016.

Dotación presupuesto 2016: 1.500 miles de euros

BAJA:

SECCIÓN: 35

SERVICIO: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ARTÍCULO: 50


CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 1.500 miles euros

JUSTIFICACIÓN

El sistema de infraestructuras de comunicaciones es fundamental para cualquier territorio que aspire a un cierto progreso económico y social, pero cuando hablamos de
un archipiélago —un territorio aislado, fragmentado y alejado—  la consolidación de ese sistema de comunicaciones se convierte en el auténtico cordón umbilical sin el cual está condenado irremisiblemente a la asfixia y al
colapso.

ENMIENDA NÚM. 2179

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.

ENMIENDA

De modificación.

Al anexo de inversiones reales y plurianuales 2016


Entidad: Puertos del Estado y Autoridades Portuarias

ALTA:

Comunidad Autónoma de Canarias

Provincia: Las Palmas.

Proyecto: Nuevo. Ampliación del Muelle Deportivo de Las Palmas de Gran Canaria

Coste
total: 11.000,00 miles

Inicio: 2016

Dotación presupuesto 2016: 11.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500


DOTACIÓN: 11.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Cantidad destinada a la ampliación del Muelle Deportivo de Las Palmas de Gran Canaria, construyendo una segunda dársena y duplicando así el número de atraques existentes.

ENMIENDA
NÚM. 2180

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.

ENMIENDA

De modificación.

Al Anexo de Inversiones Reales 2016 y Programación Plurianual

Entidad:
Puertos del Estado y Autoridades Portuarias

ALTA: Comunidad Autónoma: Canarias

Provincia: Las Palmas

Código de Proyecto: Nuevo

Denominación: Dotación al Puerto de Arrecife

COSTE TOTAL: 3.000,00 miles


INICIO: 2016

FIN: 2017

DOTACIÓN PRESUPUESTO 2016: 2.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N




CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 2.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Se propone una dotación para la adecuada renovación y mantenimiento de una infraestructura que ha de brindar importantes
oportunidades a este espacio insular de liderazgo turístico internacional. Para 2016, se propone una actuación valorada en 2.000,00 miles, y de 1.000,00 miles para el año 2017.

ENMIENDA NÚM. 2181

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y
de doña María del Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la
siguiente enmienda a Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.

ENMIENDA

De modificación.

Al anexo de inversiones reales y plurianuales 2016

Entidad: Puertos del Estado y Autoridades Portuarias

ALTA:


Comunidad Autónoma de Canarias

Provincia: Las Palmas.

Proyecto: Nuevo Proyecto. Puerto de Las Palmas. Dique de La Esfinge.

Coste total: 12.000 miles de euros

Inicio: 2016

Fin: 2017

Anualidades


PPTO 2016 PAP 2017
6.000.- 6.000.-

DOTACIÓN PRESUPUESTO 2016: 6.000,00 miles de euros

BAJA:

SECC.: 35


SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 6.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Cantidad destinada a la dotación del proyecto de referencia en el Puerto de Las
Palmas: Dique de la de La Esfinge. La autoridad portuaria solicita la autorización legal pertinente para la iniciación del Proyecto.

ENMIENDA NÚM. 2182

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes
(GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a Puertos del Estado y
Autoridades Portuarias.

ENMIENDA

De modificación.

Al anexo de inversiones reales y plurianuales 2016

Entidad: Puertos del Estado y Autoridades Portuarias

ALTA:

Comunidad Autónoma de Canarias


Provincia: Las Palmas.

Proyecto: 1501. Las Palmas - Puerto de Las Palmas. AMPLIACIÓN REINA SOFIA

Coste total: 28.000 miles de euros

Inicio: 2016

Fin: 2018

Anualidades


PPTO 2016 PAP 2017 PAP 2018
6.000.- 14.000.- 8.000.-

DOTACIÓN PRESUPUESTO 2016: 6.000,00 miles de euros

BAJA:

SECC.: 35


SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 6.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Cantidad destinada a la dotación del proyecto de referencia en el Puerto de Las
Palmas: AMPLIACIÓN REINA SOFÍA. La autoridad portuaria solicita la autorización legal pertinente para la iniciación del Proyecto.

ENMIENDA NÚM. 2183

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del Mar del Pino Julios Reyes
(GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a Puertos del Estado y
Autoridades Portuarias.

ENMIENDA

De modificación.

Al anexo de inversiones reales y plurianuales 2016

Entidad: Puertos del Estado y Autoridades Portuarias

ALTA:

Comunidad Autónoma de Canarias




Provincia: Las Palmas.

Proyecto: Nuevo. Soterramiento de la carretera de acceso a la entrada del Muelle de Las Palmas.

Coste total: 29.000 miles de euros

Inicio: 2016

Fin: 2019

Anualidades


PPTO 2016 PAP 2017 PAP 2018 PAP 2019
1.000.- 6.000.- 12.000.- 10.000.-

DOTACIÓN
PRESUPUESTO 2016: 1.000,00 miles

BAJA:

SECC.: 35

SERV.: 01

PROGRAMA: 929N

CAPÍTULO: 5

ART.: 50

CONCEPTO: 500

DOTACIÓN: 1.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Cantidad
destinada a la dotación del proyecto de referencia en el Puerto de Las Palmas: Soterramiento de la carretera de acceso a la entrada del Muelle de Las Palmas.

ENMIENDA NÚM. 2184

De doña Melissa Armas Pérez (GPMX) y de doña María del
Mar del Pino Julios Reyes (GPMX)

La Senadora Melissa Armas Pérez, AHI (GPMX) y la Senadora María del Mar del Pino Julios Reyes, CC (GPMX), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a
INGRESOS DEL ESTADO.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

SECC.: 98

SERV.: 01

CAPÍTULO: 02

ART.: 21

CONCEPTO: 2100. IVA, sobre importaciones

IMPORTE: 192.982,46 miles

BAJA:


SECC.: 98

SERV.: 01

CAPÍTULO: 04

ART.: 45

CONCEPTO: 4503. Compensación a satisfacer por la CAC, por la supresión del IGTE

IMPORTE: 192.982,46 miles

JUSTIFICACIÓN

Con la entrada en vigor de la
Ley 20/1991, de 7 junio, de Modificación de los Aspectos Fiscales del REF, se estable el impuesto General Indirecto Canario, (IGIC), de aplicación exclusiva en Canarias, gestionado por la CAC, cuyo rendimiento nutre los Presupuestos de la citada
Comunidad y de sus Corporaciones Locales. Este nuevo Tributo sobre las ventas tipo IVA, absorbe los hasta entonces vigentes IGTE, cuya gestión y recaudación correspondía a la Administración General del Estado y el Arbitrio Insular sobre el lujo,
que se gestionaba por la CAC y cuyo rendimiento se destinaba a las CC.LL.

Con la entrada en vigor del IGIC, y debido a las singularidades del REF, Canarias participa en un Tributo General sobre las ventas tipo IVA. En la exposición de
motivos que lo crea, se recoge el principio de correspondencia en las participaciones y el mantenimiento de la capacidad financiera de las Administraciones que intervienen. En el marco de la transitoriedad de la financiación de las CC.AA., se
acordó una compensación de la CAC a la Administración General del Estado por la pérdida de recursos que ésta sufría al desaparecer el IGTE. Hay que considerar que el sistema de financiación de las CC.AA., de régimen común vigente hasta el 01 de
enero de 2002, no preveía la participación en el IVA como un recurso para financiar las CC.AA., y, además, su regulación quedaba condicionada a los periódicos acuerdos del Consejo de Política Fiscal y Financiera, que eran objeto de obligada revisión
cada 5 años.

A partir del 01 de enero de 2009, la Ley 21/2001 queda derogada por la Ley 22/2009. Desde entonces el nivel de corresponsabilidad fiscal mediante una mayor participación de las CC.AA., en los recursos tributarios ha aumentado,
al igual que la pretensión de estabilidad del modelo; y ello, incluso, por encima de los acuerdos puntuales que puedan adoptarse en el Consejo de Política Fiscal y Financiera.

Establecido con carácter definitivo y estable el nuevo sistema de
financiación de Régimen Común, incluyendo una participación en la recaudación de un impuesto general sobre las ventas, IVA, ha de desaparecer la transitoriedad de la actual compensación de la CAC a la AGE porque no hay mención alguna a dicha
compensación en la nueva normativa. De igual forma la compensación se ha establecido no por un precepto dispositivo, sino en el contenido de la exposición de motivos.

Todo ello, explica la derogación urgente, de esta compensación al Estado
por la supresión del IGTE.

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 30 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2016.

Palacio del Senado, 28 de septiembre de 2015.—El Portavoz Adjunto, Antolín Sanz Pérez.

ENMIENDA NÚM. 2185

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado
(GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 13 MINISTERIO DE JUSTICIA


Servicio: 02 SECRETARÍA GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Programa: 112A Tribunales de Justicia y Ministerio Fiscal

Capítulo: 6 INVERSIONES REALES

Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo
de los servicios

Concepto: 620 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Proyecto: 201613020001 TALAVERA DE LA REINA

Importe: 100,00 miles de euros

BAJA

Sección: 13 MINISTERIO DE
JUSTICIA

Servicio: 02 SECRETARÍA GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Programa: 112A Tribunales de Justicia y Ministerio Fiscal

Capítulo: 6 INVERSIONES REALES

Artículo: 62 Inversión nueva asociada al
funcionamiento operativo de los servicios

Concepto: 620 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Proyecto: 200713020019 IBIZA, N.E.J.

Importe: -100,00 miles de euros

REPERCUSIÓN EN EL ANEXO
DE INVERSIONES REALES

Concepto: 13.02.112A.620

Proyecto: 201613020001 TALAVERA DE LA REINA

Importe: 100,00 miles de euros (aumento)

Concepto:

Proyecto: 200713020019 IBIZA, N.E.J.

Importe: 100,00 miles
de euros (disminución)

JUSTIFICACIÓN

La antigüedad y el deficiente estado de las instalaciones de los juzgados de Talavera de la Reina existentes en la actualidad aconsejan la construcción de un nuevo edificio que albergue a las
distintas unidades judiciales de dicho municipio.

A la vista de la disponibilidad para llevar a cabo la inversión y la correspondiente programación de la obra, en el ejercicio 2016 se podría iniciar la realización del Proyecto Básico con el
fin de avanzar en el estudio previo al Proyecto de Ejecución.

Se propone financiación con baja en los créditos asignados al proyecto de la obra del nuevo edificio de juzgados de Ibiza, que permite el reajuste de las anualidades comprometidas
hasta el año 2020.

ENMIENDA NÚM. 2186

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.




ENMIENDA

De modificación.

SECCIÓN 16 MINISTERIO DEL INTERIOR

ENMIENDA TÉCNICA

ALTA

Sección: 16 MINISTERIO DEL INTERIOR

Servicio: 04 DIRECCIÓN GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL

Programa: 132A
Seguridad ciudadana

Capítulo: 6 Inversiones Reales

Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Concepto: 630 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los
servicios

Proyecto: 2004160043015 Obras en «A Coruña»

Importe: 1.000,00 miles €

BAJA

Sección: 16 MINISTERIO DEL INTERIOR

Servicio: 04 DIRECCIÓN GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL

Programa: 132A
Seguridad ciudadana

Capítulo: 6 Inversiones reales

Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Concepto: 630 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los
servicios

Proyecto: 2008 160043028 Obras en Madrid

Importe: 1.000,00 miles €

RESUMEN DE LA ENMIENDA:

Obras Cuartel de la Guardia Civil de Santiago de Compostela (A Coruña) rehabilitación.


JUSTIFICACIÓN

El inmueble presenta un estado en general bastante deteriorado. El Informe emitido por la arquitecto jefe de Área de Proyectos y Obras del Servicio de Acuartelamiento de la Dirección General de la Guardia Civil sobre el
estado y valoración del referido Acuartelamiento se plantea desde dos puntos de vista, según las necesidades de rehabilitación necesaria y según las necesidades operativas del puesto.

En relación al estado general del inmueble, dadas las
deficiencias puestas de manifiesto se proponen una serie de actuaciones; y desde el punto de vista de dependencias oficiales y operatividad se propone ampliar una serie de Unidades por no tener el espacio adecuado para realizar sus actuaciones. La
obra se articula en dos fases, cuya proyección temporal se sitúa en los años 2017 y 2018, iniciándose la obra con la redacción de proyecto para el ejercicio 2016. El importe del referido proyecto se ha estimado en función del importe Material de
ejecución de la obra sin incluir el porcentaje estimado de Gastos Generales y de Beneficio Industrial y metros cuadrados construidos del inmueble y los porcentajes establecidos por los Colegios Profesionales.

Se ha propuesto reducir el
importe presupuestado para «actuaciones varias» en obras de la Comunidad de Madrid (1.000.000 euros previsto) para dotar crédito suficiente para la redacción del proyecto inicial de Obras del Acuartelamiento de Santiago de Compostela.


PROPUESTA DE REHABILITACIÓN

En el proyecto de rehabilitación se tendría que estudiar las fases de actuación más conveniente: Se propone una rehabilitación en las fases siguientes con la distribución plurianual de acuerdo con la valoración
económica que se muestra a continuación, a incluir en el Anexo de Inversiones con la proyección Plurianual siguiente:

Proyecto 2016 2017 2018
2004160043015 Obras
en «A Coruña»
1.000.000 3.487.625,70 3.627.828,05

Siendo el desglose de Gastos el siguiente:







Fase Inicial
Redacción de Proyecto de Obra 250.000,00
1.ª Fase de la Obra
Ejecución Material 2.943.000,00
19 % (Gastos Generales + Beneficio Industrial)559.170,00
Presupuesto Contrata 3.502.170,00
21 % IVA 735.455,70
TOTALES 4.237.625,70
2.ª Fase de la Obra
Ejecución Material 2.519.500,00
19 % (Gastos Generales + Beneficio Industrial) 478.705,00
Presupuesto Contrata 2.998.205,00
21 % IVA 629.623,05
TOTALES 3.627.828,05

ENMIENDA NÚM. 2187

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario
Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

Modificación de anualidades
(2017 y siguientes) del Anexo de Inversiones

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 38 Dirección General de Carreteras

Programa: 453 B Construcción de infraestructura de carreteras

Capítulo: 60. Inversión nueva
en infraestructuras

Proyecto: 2008 17 38 1061

Concepto: A-11 TRAMO: ALCAÑICES - FRONTERA CON PORTUGAL

Importe: Modificación en las cantidades y anualidades que se señalan en el siguiente cuadro (en miles de euros):


2016 2017 2018 2019 RESTO
+ 10.000 + 12.000 + 18.000 + 55.000

JUSTIFICACIÓN


Dotar en las anualidades futuras los importes correspondientes a la obra.

ENMIENDA NÚM. 2188

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 38 Dirección General de
Carreteras

Programa: 453 B Construcción de infraestructura de carreteras

Capítulo: 60. Inversión nueva en infraestructuras

Proyecto: 2008 17 38 1057

Concepto: A-11 TRAMO: RONDA NORTE DE ZAMORA - RICOBAYO


Importe: Modificación en las cantidades y anualidades que se señalan en el siguiente cuadro (en miles de euros):


2016 2017 2018 2019 RESTO
+ 466,31 + 5.000,00 + 10.000 + 15.000 + 50.000

BAJAS

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 38 Dirección General de Carreteras


Programa: 453 B Construcción de infraestructura de carreteras

Capítulo 60. Inversión nueva en infraestructuras

Proyecto: 1993 17 38 0010

Concepto: PLANEAMIENTO Y PROYECTOS

Importe: Modificación en las cantidades y
anualidades que se señalan en el siguiente cuadro (en miles de euros):

2016
-34,00

Sección: 17 Ministerio de Fomento




Servicio: 38 Dirección General de Carreteras

Programa: 453 B Construcción de infraestructura de carreteras

Capítulo 60. Inversión nueva en infraestructuras

Proyecto: 2000 17 38 0121

Concepto: OTRAS
ACTUACIONES DE LA RED DE ALTA CAPACIDAD

Importe: Modificación en las cantidades y anualidades que se señalan en el siguiente cuadro (en miles de euros):


2016
-73,31

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 38 Dirección General de Carreteras

Programa: 453 B Construcción de infraestructura de carreteras

Capítulo 64. Gastos de inversión de carácter
inmaterial

Proyecto: 1990 17 04 0640

Concepto: ESTUDIOS Y PUBLICACIONES

Importe: Modificación en las cantidades y anualidades que se señalan en el siguiente cuadro (en miles de euros):


2016
-359,00

JUSTIFICACIÓN

Se trata de una actuación muy demandada territorialmente por razones de seguridad vial, que se debe agilizar para finalizar la redacción del proyecto
en el año 2016 y poder acometer las obras.

ENMIENDA NÚM. 2189

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

SECCIÓN 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio 09 DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA, VIVIENDA Y SUELO

Programa
2610 Ordenación y fomento de la edificación

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Intervención en Las Huertas del Palacio Infante
Don Luís de Boadilla del Monte (Madrid)

Importe 300,00 (miles de €)

BAJA

SECCIÓN 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio 09 DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA, VIVIENDA Y SUELO

Programa 2610 Ordenación y fomento de
la edificación

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 61 Proyecto 1986 17 07 0125 HONORARIOS PROFESIONALES POR REDACCIONES DE PROY. DIRECCIONES DE OBRAS Y ESTUDIOS.

Importe 300,00 (miles de €)

MOTIVACIÓN


Creación de una partida para acometer las obras que se indican, encaminadas a recuperar el conjunto arquitectónico formado por el Palacio del Infante Don Luís y su entorno, catalogados como Bien de Interés Cultural. La aportación total prevista
por parte del Ministerio de Fomento es de 1.000 mil €, repartidos en las anualidades 2016 (300 mil €) y 2017 (700 mil €).

ENMIENDA NÚM. 2190

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo
Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

SECCIÓN 17
MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio 09 DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA, VIVIENDA Y SUELO

Programa 2610 Ordenación y fomento de la edificación

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 61 Inversión de reposición en
infraestructuras y bienes destinados al uso general

Concepto nuevo Intervención en la Basílica de los Mártires Justo y Pastor, en la ciudad de Barcelona. Fachada principal y Cubiertas

Importe 300,00 (miles de €)

BAJA


SECCIÓN 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio 09 DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA, VIVIENDA Y SUELO

Programa 2610 Ordenación y fomento de la edificación

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 61 Proyecto 1986 17 07 0125
HONORARIOS PROFESIONALES POR REDACCIONES DE PROY. DIRECCIONES DE OBRAS Y ESTUDIOS.

Importe 300,00 (miles de €)

MOTIVACIÓN

Creación de una partida para acometer la fase II de las obras de recuperación de la Basílica de
los Santos Mártires Justo y Pastor. El importe total previsto es de 1.150 mil €, repartidos en las anualidades 2016 (300 mil €) y 2017 (850 mil €).

ENMIENDA NÚM. 2191

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado
(GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 38 Dirección General de Carreteras

Programa: 453 B Construcción de infraestructura de carreteras

Capítulo: 7

Concepto: 759. CONVENIO CON MURCIA - AUTOVIA
ZENETA-SANTOMERA

Importe: (en miles de euros): + 4.000,00

BAJAS

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 38 Dirección General de Carreteras

Programa: 453 B Construcción de infraestructura de carreteras


Capítulo: 60. Inversión nueva en infraestructuras

Proyecto: 2015 17 38 5900

Concepto: AUTOVIA DEL BANCAL




Importe: (en miles de euros): - 4.000,00

JUSTIFICACIÓN

Se trata de un compromiso del Ministerio de Fomento establecido en un Protocolo firmado en 2006 y su adenda de 2010, entre el Ministerio de Fomento y el Gobierno de
la Región de Murcia, por la que el Ministerio se compromete a aportar a la región de Murcia un total de 110 M€, para la ejecución de la Autovía Zeneta-Santomera que será construida y explotada por la Comunidad Autónoma.

Dado que la
actuación va a ser realizada por el Gobierno de Murcia se debe establecer el importe en el capítulo VII.

ENMIENDA NÚM. 2192

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

Se modifica la Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO, Comunidad
Autónoma: 10 ARAGÓN,


Org. Prog. Ar. Proyec Denominación Año Año Com. Prov. Tipo Coste Total Ley 015Proyecto 2016 Proyección 2017 Proyección 2018 Proyección 2019
Super-proyec. ini. fin
17.38 453B 61 2005 17 38 3674 N-260.
TÚNEL DE BALUPOR — FISCAL. (14 KM.)
2006 2019 10 22 O 11.163,74 100 100,00 100,00 100,00 100,00

Que
queda redactada de la siguiente forma:





Org. Prog. Ar.. Proyec. Denominación Año Año Com. Prov. Tipo Coste TotalLey 2015 Proyecto 2016 Proyección 2017 Proyección 2018 Proyección 2019
Super-proyec ini. fin
17.38 453B 61 2005 17 38
3674
N-260. TÚNEL DE BALUPOR — FISCAL. (14 KM.) 2006 2019 10 22 O 11.163,74 100,00 100,00 2.060,00 5.483,743.520,00

JUSTIFICACIÓN

La modificación de las cantidades del tramo Túnel de Balupor - Fiscal viene justificada porque la DIA (Declaración de Impacto Ambiental) se espera tener en breve con
lo que sería necesaria dotación plurianual tanto para la realización del proyecto como para ejecutar la obra, por esto se incrementan las plurianualidades.

ENMIENDA NÚM. 2193

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El
Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

Sección:


Servicio: ADIF

Programa: AL ANEXO DE INVERSIONES REALES Y PROGRAMACIÓN PLURIANUAL

Aplicaciones Presupuestarias Importe (miles de €)

ALTA

(nueva) PASO INFERIOR EN NAVALPERAL 500

SUMA: 500


BAJA

4040 RESTO DE ACTUACIONES E INCIDENCIAS -500

SUMA: -500

JUSTIFICACIÓN

Habilitar la partida para la ejecución de la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 2194

Del Grupo Parlamentario Popular en el
Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De
modificación.

Sección: 17.

Servicio: 38. Dirección General de Carreteras.

Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras.

Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al
uso

General.

Proyecto: MEJORA INTERSECCIÓN CARRETERA N-310 EN PK. 157

Importe: incrementar en 100 (miles de euros).

BAJA

Sección: 17.

Servicio: 38. Dirección General de Carreteras.

Programa: 453C.
Conservación y explotación de carreteras.

Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso

General.

Proyecto: 2001 17 38 0960.

Importe: disminuir en 100 (miles de euros).


MOTIVACIÓN

Necesidad de la actuación.

ENMIENDA NÚM. 2195

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

Sección: 17.

Servicio: 38. Dirección General de Carreteras.

Programa: 453C. Conservación y explotación
de carreteras.

Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso

General.

Proyecto: ACONDICIONAMIENTO Y MEJORA DE ACCESOS N-420. TRAMO OLIVARES DEL JÚCAR-CUENCA.

Importe: incrementar
en 500 (miles de euros).

BAJA

Sección: 17.

Servicio: 38. Dirección General de Carreteras.

Programa: 453C. Conservación y explotación de carreteras.

Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y
bienes destinados al uso

General.

Proyecto: 2001 17 38 0960.

Importe: disminuir en 500 (miles de euros).

MOTIVACIÓN

Necesidad de la actuación.

ENMIENDA NÚM. 2196

Del Grupo Parlamentario Popular en
el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección  17 Ministerio de Fomento

Organismo 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS

Programa  453 C Conservación y Explotación de Carreteras

Artículo  61 Inversión de reposición en infraestructuras y
bienes destinados al uso general

Concepto Mejora de la interconexión entre las carreteras N-320 y la GU-1056. Cruce de Galapagos

Importe Incrementar en 900 miles de €

BAJA

Sección  17 Ministerio de Fomento


Organismo 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS

Programa  453 C Conservación y Explotación de Carreteras

Artículo  61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Concepto Actuaciones de
conservación, explotación, rehabilitación y mejoras funcionales en Castilla la Mancha. Proyecto: 1986 17 04 0960

Importe Reducir en 900 miles de €

JUSTIFICACIÓN

Eliminación de un cruce peligroso para la seguridad vial
en dicho entorno.

ENMIENDA NÚM. 2197

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 18: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 11: Dirección General de Bellas
Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas

Programa: 337C: Protección del patrimonio histórico

Capítulo: 4: Transferencias corrientes

Artículo: 48: A familias e instituciones sin fines de lucro




Concepto: 485: Otras transferencias

Subconcepto 485.03: A la Asociación UNESCO Valencia Mediterráneo, para el programa Ruta de la Seda

Importe: 10,00 miles €

BAJA

Sección: 18: Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 11: Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas

Programa: 337C: Protección del patrimonio histórico

Capítulo: 2:Gastos corrientes en bienes y
servicios

Artículo: 23: Indemnizaciones por razón del servicio

Concepto: 233: Otras indemnizaciones

Importe: -10,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

España ha sido incluida como el Estado Miembro número 32 en el
programa de la Ruta de la Seda de la Organización Mundial del Turismo (OMT).

Se trata de una iniciativa que servirá para enlazar con países lejanos, como las ex repúblicas soviéticas del Asia central, además de estrechar lazos con mercados
prioritarios para España, como China.

Valencia es un referente entre las ciudades de las Rutas Occidentales de la Seda por las múltiples vinculaciones mantenidas por la ciudad con los corredores comerciales de este tejido.

Además, la
Lonja de la Seda de Valencia fue declarada Patrimonio de la Humanidad por la Unesco en 1996.

Valencia tiene la oportunidad histórica de recuperar y liderar el protagonismo entre las míticas ciudades de la Seda, y proyectar su valioso
patrimonio histórico en el nuevo Programa de UNESCO para relanzar las Rutas de la Seda en el futuro, como punto de encuentro de la relaciones humanas, económicas y culturales de Oriente a Occidente, y fomentar los diálogos políticos-sociales y los
intercambios económicos y culturales.

Con motivo de la incorporación de España al Programa de la Ruta de la Seda de UNESCO, y la designación de Valencia como Punto focal, el Programa en el que participa esta Asociación se propone reivindicar
el legado histórico de Valencia en la misma, pues la seda es, para la Comunidad Valenciana, un fuerte signo de identidad, con unas instituciones sederas tan emblemáticas como el Colegio del Arte Mayor de la Seda y la Lonja de los Mercaderes de la
Seda.

El Programa pretende que la sociedad civil valenciana se involucre en este proyecto.

La Asociación UNESCO Valencia Mediterráneo, es una asociación sin fines de lucro, inscrita en la sección Primera del Registro Autonómico
CV-01-038470-V.

ENMIENDA NÚM. 2198

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 18: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Organismo: 106: Consejo Superior de Deportes


Programa: 336A: Fomento y apoyo de las actividades deportivas

Capítulo: 4: Transferencias corrientes

Artículo: 48: A familias e instituciones sin fines de lucro

Concepto: 486.06: Ayudas sociales a mujeres deportistas
(NUEVO)

Importe: 57,53 miles €

BAJA

Sección: 18: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Organismo: 106: Consejo Superior de Deportes

Programa: 336A: Fomento y apoyo de las actividades deportivas


Capítulo: 4: Transferencias corrientes

Artículo: 48: A familias e instituciones sin fines de lucro

Concepto: 483.05: Para proyectos Mujer y Deporte

Importe: - 57,53 miles €

JUSTIFICACIÓN

Desde el
Consejo Superior de Deportes se llevan a cabo actuaciones de promoción del deporte femenino, a través de los Programas Mujer y Deporte. Para impulsar este programa, se convocan anualmente ayudas a las Federaciones deportivas españolas para
colaborar en la financiación de sus proyectos destinados a Mujer y Deporte.

El objeto de los programas Mujer y Deporte es promocionar, fomentar e impulsar el deporte femenino en todos los niveles donde puede desarrollarse la actividad
deportiva: deportistas, entrenadoras, juezas, árbitras, gestoras, etc. Así como a lo largo de las diferentes etapas de la vida de las mujeres.

Ante las próximas convocatorias de Ayudas, con el objeto de garantizar que las mujeres
deportistas puedan acceder a este tipo de ayudas con mayor rapidez eximiendo, al mismo tiempo, a las Federaciones deportivas de la carga de aportar documentos de carácter personal o familiar y persiguiendo, al mismo tiempo, el incremento de la
agilidad en la gestión de los procedimientos establecidos para su concesión, se hace necesario poder crear una vía de financiación alternativa que permita tanto la solicitud como la obtención de las mismas de manera directa por parte de sus posibles
beneficiarias.

Por lo tanto se estima necesaria la creación de una nueva aplicación presupuestaria 18.106.336A 486.06 «Ayudas sociales a mujeres deportistas», dotada con 57,53 miles de euros.

ENMIENDA NÚM. 2199

Del Grupo
Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

SECCIÓN 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

ALTA

Sección: 18: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 13: Dirección General de Políticas
e Industrias Culturales y del Libro

Programa: 334A: Promoción y cooperación cultural

Capítulo: 7: Transferencias de capital

Artículo: 76: A entidades locales

Concepto: 769: «Al Ayuntamiento de Figueres para la
rehabilitación de la Casa Natal de Salvador Dalí»

Importe: 500,00 miles €

BAJA

Sección: 18: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 11: Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de
Archivos y Bibliotecas

Programa: 337B: Conservación y restauración de bienes culturales

Capítulo: 6: Inversiones reales

Artículo: 63: Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios


Concepto: 630: «Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios»

Superproyecto: 2016 18 011 9000 Otras actuaciones

Proyecto: 2016 18 011 0001 Rehabilitación de la Casa Natal de Salvador Dalí
(Figueres)

Importe: -500,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Corrección técnica.

ENMIENDA NÚM. 2200

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

Sección: 18: Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte

Servicio: 11: Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas

Programa: 333A: Museos

Capítulo: 7: Transferencias de capital

Artículo: 75: A comunidades autónomas


Concepto: 759: «A la Comunidad Autónoma de Andalucía para la ejecución del proyecto museístico Argárico en Antas (Almería)»

Importe: 100,00 miles €

BAJA

Sección: 18: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte


Servicio: 11: Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas

Programa: 333A: Museos

Capítulo: 6: Inversiones reales

Artículo: 62: Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de
los servicios

Concepto: 620: «Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios»

Superproyecto: 1997 18 013 8200 Inversiones nuevas en museos

Proyecto: 2016 18 011 0003 Proyecto museístico Argárico en
Antas (Almería)

Importe: -100,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Corrección técnica.

ENMIENDA NÚM. 2201

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA




De modificación.

ALTA

Sección: 18: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 09 Secretaría de Estado de Cultura

Programa: 321M Dirección y servicios generales de Educación, Cultura y Deporte


Capítulo: 2 Gastos corrientes en bienes y servicios

Artículo: 22 Material, suministros y otros

Concepto: 227 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales

Subconcepto: 227.06 Estudios y trabajos técnicos


Importe: 70,54 miles de euros

BAJA

Sección: 18: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 13 Dirección General de Políticas e industrias culturales del libro

Programa: 334A Promoción y cooperación
cultural

Capítulo: 2 Gastos corrientes en bienes y servicios

Artículo: 22 Material, suministros y otros

Concepto: 227 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales

Subconcepto: 227.06 Estudios y trabajos
técnicos

Importe: - 70,54 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Redistribución de créditos entre los servicios centrales de la Secretaría de Estado de Cultura.

ENMIENDA NÚM. 2202

Del Grupo Parlamentario Popular en el
Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música

Programa: 335A. Música y Danza


Capítulo: 4. Transferencias corrientes

Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de lucro

Concepto: 480. A programas de actividades musicales de entidades sin fines de lucro

Subconcepto: 480.25 A la Fundación
Instituto de Música de Cámara de Madrid, para sus actividades

Importe: 61,67 (miles de euros).

BAJA

Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de
la Música

Programa: 335B. Teatro

Capítulo: 2. Gastos corrientes en bienes y servicios

Artículo: 20. Arrendamientos y cánones

Concepto: 202. Arrendamientos de edificios y otras construcciones

Importe: - 61,67
(miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

La Fundación Instituto Música de Cámara, desarrolla desde hace años una importante labor formativa en el ámbito de la música y la sensibilización de la misma por parte de la ciudadanía. Dotando la
programación de muchas ciudades en nuestro país de un nutrido repertorio de conciertos de música de cámara y sinfónica. Para su próxima temporada realiza un importante esfuerzo en multiplicar sus acciones formativas y didácticas.

Es por esta
razón que se propone incrementar los recursos de la Fundación Instituto de Cámara de Madrid con el objetivo de que pueda desarrollar dichos programas en los mismos niveles de excelencia y calidad.

ENMIENDA NÚM. 2203

Del Grupo
Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música

Programa: 335A. Música y
Danza

Capítulo: 4. Transferencias corrientes

Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de lucro

Concepto: 480. A programas de actividades musicales de entidades sin fines de lucro

Subconcepto: 48013. A
la Fundación Isaac Albéniz, para sus actividades culturales (NUEVO)

Importe: 100,00 (miles de euros).

BAJA

Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música

Programa: 335A. Música y Danza

Capítulo: 2. Gastos corrientes en bienes y servicios

Artículo: 20. Arrendamientos y cánones

Concepto: 202. Arrendamientos de edificios y otras construcciones


Importe: - 100,00 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

La Fundación Isaac Albéniz es una de las grandes instituciones nacionales dedicada a la enseñanza musical de excelencia con un carácter internacional. Un año más, en este nuevo
curso desarrollará un amplio programa de impulso a sus cuatro objetivos fundamentales: docencia, divulgación, investigación y creación.

Por este motivo, se propone dotar a la Fundación Isaac Albéniz con los recursos necesarios para que pueda
seguir desarrollando sus programas de calidad y excelencia en el ámbito de la música.

ENMIENDA NÚM. 2204

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte

Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música

Programa: 335A. Música y Danza

Capítulo: 4. Transferencias corrientes

Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de
lucro

Concepto: 485. Apoyo a programas líricos y de danza

Subconcepto: 48504. A la Asociación de Amigos de la Opera de A Coruña, para la temporada lírica de A Coruña. (NUEVO)

Importe: 75,00 (miles de euros).


BAJA

Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música

Programa: 335A. Música y Danza

Capítulo: 2. Gastos corrientes en bienes y
servicios

Artículo: 20. Arrendamientos y cánones

Concepto: 202. Arrendamientos de edificios y otras construcciones

Importe: - 50,00 (miles de euros).

BAJA

Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte

Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música

Programa: 335B. Teatro

Capítulo: 2. Gastos corrientes en bienes y servicios

Artículo: 20. Arrendamientos y cánones

Concepto: 202.
Arrendamientos de edificios y otras construcciones




Importe: - 25,00 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

La nueva Temporada Lírica de A Coruña 15/16 amplía el número de títulos ofrecidos en una firme apuesta por abrir nuevos horizontes a través de la programación de algunas de
las más reconocidas creaciones del teatro musical en el siglo XX, como la «Salomé» de Richard Strauss o el «West side story» de Leonard Bernstein, así como montajes más clásicos de Verdi, Wagner o Händel.

Por tanto, se propone dotar a la
temporada lírica de A Coruña de los recursos necesarios para garantizar su excelencia y prestigio nacional e internacional.

ENMIENDA NÚM. 2205

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en
el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA


Sección: 20 (Ministerio de Industria, Energía y Turismo)

Servicio: 103 Centro Español de Metrología

Programa: 495C Metrología

Capítulo: 4 Transferencias corrientes

Artículo: 49 Al exterior

Concepto: 491
Cuotas de participación en EURAMET (Organización Regional de Metrología Europea)

Proyecto:

Importe: 7,50 miles de euros

ALTA

Sección: 20 (Ministerio de Industria, Energía y Turismo)

Servicio: 103 Centro Español
de Metrología

Programa: 495C Metrología

Capítulo: 4 Transferencias corrientes

Artículo: 49 Al exterior

Concepto: 492 Cuotas de participación en WELMEC. (Cooperación Europea en Metrología Legal)

Proyecto:


Importe: 7,00 miles de euros

ALTA

Sección: 20 (Ministerio de Industria, Energía y Turismo)

Servicio: 103 Centro Español de Metrología

Programa: 495C Metrología

Capítulo: 4 Transferencias corrientes


Artículo: 49 Al Exterior

Concepto: 493 Cuotas de participación en IMEKO (Confederación Internacional de Medida)

Proyecto:

Importe: 1,00 miles de euros

BAJA

Sección: 20

Servicio: 103 Centro Español
de Metrología

Programa: 495C Metrología

Capítulo: 2 Gastos Corrientes en bienes y servicios

Artículo: 20 Arrendamientos y cánones

Concepto: 209 Cánones

Proyecto:

Importe: 15,50 miles de euros


JUSTIFICACIÓN

Se solicita esta enmienda para incluir en el presupuesto los créditos destinados a pagar las Cuotas de Participación en Organismos Internacionales. en los que el CEM participa y que no se dotaron al elaborar las fichas pues
estas cuotas se venían pagando con créditos del capítulo 2 Recientemente a petición de nuestra Intervención, ante la duda que le suscitaba el pago de estas cuotas con capítulo 2, se solicitó informe a la Abogacía del Estado quién determinó que son
aportaciones voluntarias a Organismos Internacionales.

De acuerdo con esto, las aportaciones se deben imputar a créditos del capítulo 4, transferencias corrientes.

ENMIENDA NÚM. 2206

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado
(GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA


De modificación.

ALTA

Sección: 20 Ministerio de Industria Energía y Turismo

Servicio: 04 Secretaría de Estado de Turismo

Programa: 432A Coordinación y Promoción del Turismo

Capítulo: 7 Transferencias de
capital

Artículo: 76 A Entidades Locales

Concepto: 764 A la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental para la puesta en marcha del Plan de Adecuación Turística de la Costa del Sol Occidental.

Importe: 500,00
miles €

BAJA

Sección: 20 Ministerio de Industria Energía y Turismo

Servicio: 04 Secretaría de Estado de Turismo

Programa: 432A Coordinación y Promoción del Turismo

Capítulo: 7 Transferencias de
capital

Artículo: 76 A Entidades Locales

Concepto: 762 Planes de recualificación integral de destinos turísticos

Proyecto:

Importe: 500,00 miles €

MOTIVACIÓN DE LA ENMIENDA:

Crear una dotación
de 500 miles de euros para contribuir al Plan de Recualificación del Espacio Turístico de la Costa del Sol Occidental que se desarrollará en dos direcciones:

— Creación, mantenimiento y mejora del espacio turístico en relación
con la movilidad, la puesta en valor de lugares singulares, y la competitividad-sostenibilidad del sector.

— Promoción de producto turístico litoral sostenible ligado a su especialización y diferenciación para la obtención de una
ventaja competitiva sostenible.

ENMIENDA NÚM. 2207

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTAS

Sección: 20 Ministerio de Industria Energía y Turismo

Servicio: 16 Dirección General de
Industria y de la PYME

Programa: 422B Desarrollo industrial

Capítulo: 7. Transferencias de capital

Artículo: 74. A sdades, en.púb.empr., fundac. y resto entes Sector Público

Concepto: 740. Para actuaciones de fomento
de la movilidad sostenible (nuevo concepto)

Importe: 400,00 miles de euros

Sección: 20 Ministerio de Industria Energía y Turismo

Servicio: 16 Dirección General de Industria y de la PYME

Programa: 422B Desarrollo
industrial

Capítulo: 2. Gastos corrientes en bienes y servicios

Artículo: 22. Material, suministros y otros

Concepto: 227. Trabajos realizados por otras empresas y profesionales (nuevo concepto)

Subconcepto: 227.99
Otros

Importe: 400,00 miles de euros

BAJAS

Sección: 20 Ministerio de Industria Energía y Turismo

Servicio: 16 Dirección General de Industria y de la PYME

Programa: 422B Desarrollo industrial

Capítulo: 7.
Transferencias de capital




Artículo: 75. A Comunidades Autónomas

Concepto: 750. Para actuaciones de fomento de la movilidad sostenible

Importe: 400,00 miles de euros

Sección: 20 Ministerio de Industria Energía y Turismo

Servicio: 16
Dirección General de Industria y de la PYME

Programa: 422B Desarrollo industrial

Capítulo: 7. Transferencias de capital

Artículo: 76. A entidades locales

Concepto: 760. Para actuaciones de fomento de la movilidad
sostenible

Importe: 400,00 miles de euros

MOTIVACIÓN DE LA ENMIENDA:

Dar cabida en las actuaciones de apoyo a la movilidad sostenible al sector público estatal, integrado por múltiples organismos y entidades que, para el
desarrollo normal de sus actividades, requieren del uso de vehículos y medios de transporte, y que, por otra parte, pueden incorporar en sus edificios y centros de actividad las infraestructuras necesarias para facilitar el acceso a usuarios de
vehículos propulsados con energías alternativas más eficientes.

Dicha necesidad se justifica por la importancia de que la AGE y las empresas y organismos públicos que integra lideren este tipo de iniciativa, sirviendo de ejemplo y arrastre al
resto de entidades tanto de otras administraciones como del sector privado.

La propuesta de enmienda incorpora asimismo una dotación para el apoyo en la gestión del programa de ayudas que se arbitre, por tratarse de una nueva iniciativa.


ENMIENDA NÚM. 2208

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 20 Ministerio de Industria Energía y Turismo

Servicio: 04 Secretaría de Estado de Turismo

Programa: 432A
Coordinación y Promoción del Turismo

Capítulo: 7 Transferencias de capital

Artículo: 78 A familias e instituciones sin fines de lucro

Concepto: 786.11 Al Instituto de Calidad Turística Española (ICTE).

Importe: 100,00
miles de euros

BAJA

Sección: 20 Ministerio de Industria Energía y Turismo

Servicio: 04 Secretaría de Estado de Turismo

Programa: 432A Coordinación y Promoción del Turismo

Capítulo: 6 Gastos de Inversión


Artículo: 64 Gastos de Inversión de carácter inmaterial

Concepto: 640 Gastos de Inversión de carácter inmaterial

Proyecto: 2014 20 04 0001 Evolución del Sistema de Calidad Turístico Español

Importe: 100,00 miles de
euros

MOTIVACIÓN DE LA ENMIENDA:

Crear una dotación de 100 miles de euros Al Instituto de Calidad Turística Española (ICTE) para promoción de la Marca «Q».

ENMIENDA NÚM. 2209

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado
(GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA


De modificación.

ALTA

Sección: 20. MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y TURISMO

Servicio: 04. SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO

Programa: 432A. COORDINACIÓN Y PROMOCIÓN DEL TURISMO

Capítulo: 7. TRANSFERENCIAS DE
CAPITAL

Artículo: 76. A ENTIDADES LOCALES

Concepto: (nuevo)

Al Ayuntamiento de Tías (Lanzarote) para ejecución del Plan de Modernización de Puerto del Carmen

Importe: 500,00 miles de euros

BAJA


Sección: 20. MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y TURISMO

Servicio: 04. SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO

Programa: 432A. COORDINACIÓN Y PROMOCIÓN DEL TURISMO

Capítulo: 7. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

Artículo: 76. A
ENTIDADES LOCALES

Concepto: 762. Planes de Recualificación integral de destinos turísticos

Importe: 500,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Crear una dotación de 500.00 miles de euros al Plan de Modernización de Puerto del
Carmen, en la isla de Lanzarote, para la rehabilitación de infraestructuras turísticas del municipio. En la actualidad, Puerto del Carmen sigue desarrollándose y continúa siendo un gran destino turístico, si bien, como todo destino maduro, necesita
acciones e inversiones de mantenimiento y mejora que le permitan mantener su posición de liderazgo y seguir satisfaciendo una demanda en continua evolución. La actuación consiste en el embellecimiento, acondicionamiento y ajardinamiento del tramo
comprendido entre Las Puntas y Guacimeta, en Puerto del Carmen. Se trata de una intervención fundamental para un espacio turístico de primer nivel y para la que el Ayuntamiento de Tías NO cuenta con el apoyo de otras administraciones.


ENMIENDA NÚM. 2210

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23-Ministerio de Agricultura Alimentación y Medio Ambiente

Servicio: 18-D.G Desarrollo Rural y
Politica Forestal

Programa: 414B-Desarrollo del Medio Rural

Capítulo: 7-Transferencias de Capital

Artículo: 75-AComunidades Autónomas

Concepto: 756-Financiación AGE a los PDRs 2014-2020

Proyecto:


Importe: 119.499,32 miles €

BAJA

Sección: 23-Ministerio de Agricultura Alimentación y Medio Ambiente

Servicio: 18-D.G Desarrollo Rural y Politica Forestal

Programa: 000X-Transferencias internas


Capítulo: 7-Transferencias de Capital

Artículo: 71-A Organismos Autónomos

Concepto: 718-Fondo Español de Garantía Agraria. Cofinanciación de Programas de Desarrollo Rural

Proyecto:

Importe: 119.499,32 miles

REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DE FEGA

BAJA INGRESOS

Sección: 23-Ministerio de Agricultura Alimentación y Medio Ambiente

Servicio: 114 - Fondo Español de Garantía Agraria

Programa:


Capítulo: 7-Transferencia de capital

Artículo: 70 - De la administración del estado

Concepto: 700.06 - Para la financiación de los programas de Desarrollo Rural

Importe: 119.499,32 miles €

BAJA GASTOS


Sección: 23-Ministerio de Agricultura Alimentación y Medio Ambiente

Servicio: 114 - Fondo Español de Garantía Agraria

Programa: 414B-Desarrollo del Medio Rural

Capítulo: 7-Transferencias de Capital


Artículo: 75-AComunidades Autónomas




Concepto: 753 - Actuaciones confinanciadas con la Unión Europea-Planes de Desarrollo Rural

Proyecto:

Importe: 119.499,32 miles €

MOTIVACIÓN DE LA ENMIENDA:

Creación de la aplicación 23.18.414B.756
para el pago de la aportación AGE a los PDRs directamente por la D.G de Desarrollo Rural y Politica Forestal a las Comunidades Autónomas, agilizando así su tramitación.

ENMIENDA NÚM. 2211

Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado
(GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL FEGA

Sección: 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Servicio: 114 FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA

Programa:


Capítulo: 8 Activos Financieros

Artículo: 87 Remanente de tesorería

Concepto: 870 Remanente de tesorería

Proyecto:

Importe: 12,17 miles €

ALTA PRESUPUESTO DE GASTOS DEL FEGA

Sección: 23
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Servicio: 114 FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA

Programa: 412M Regulación de los mercados agrarios

Capítulo: 4 Transferencias corrientes

Artículo: 45 A
comunidades autónomas

Concepto: 450 País Vasco y Navarra por coste de traspaso fuera de cupo

Proyecto:

Importe: 11.00 miles €

ALTA PRESUPUESTO DE GASTOS DEL FEGA

Sección: 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA,
ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Servicio: 114 FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA

Programa 412M Regulación de los mercados agrarios

Capítulo: 7 Transferencia de capital

Artículo: 75 A comunidades autónomas

Concepto
750 País Vasco y Navarra por coste de traspaso fuera de cupo

Proyecto

Importe: 1,17 miles €

JUSTIFICACIÓN

Se propone un incremento de 12,17 miles de euros en el presupuesto del FEGA de los que 11,00 miles de euros
corresponden a transferencias corrientes y 1,17 miles de euros a transferencias de capital.

La liquidación de pagos a efectuar a la Comunidad Autónoma del País Vasco en aplicación del acuerdo complementario relativo a la ampliación de medios
FEGA, Real decreto 512/1996, la previsión de coste anualidad 2016, en los conceptos presupuestarios 23.114.412M.450 y 23.114.412m.750, por importe de 900.852,36 € y 70.152,75 €, respectivamente. Una vez aplicado el índice de
incremento que se establezca en la ley de Presupuestos Generales del estado para las retribuciones del personal funcionario, más medio punto porcentual por deslizamiento.

Liquidación de pagos a efectuar a la Comunidad Foral de Navarra en
aplicación al acuerdo relativo a la ampliación de medios FEGA del Real Decreto 1327/97, la previsión de coste anualidad 2016, en los conceptos presupuestarios 23.114.412M.450 y 23.114.412M.750, por importe de 432.440,39 € y 48.285,76 €,
respectivamente. Al igual que en el anterior se ha aplicado el índice de incremento que se establezca en la ley de Presupuesto Generales para la retribuciones del personal funcionario, más medio punto porcentual por deslizamiento.

Los
importes que deben figurar en los Presupuestos Generales del Estado, en el concepto 450 asciende a la cantidad de 1.333,30 miles de euros y en el 750 es de 118,44 miles de euros.

ENMIENDA NÚM. 2212

Del Grupo Parlamentario Popular en el
Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Servicio: 06 DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD DE LA COSTA Y DEL MAR

Programa: 456D
Actuación en la costa

Capítulo: 6 Inversiones reales

Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Concepto: 601 Otras

Proyecto: 2016230060701 Reparación y mejora de diversas
plataformas de baño en el T.M. de Ciutadella en la isla de Menorca

Importe: 250,00 miles €

BAJA

Sección: 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

Servicio: 06 DIRECCIÓN GENERAL DE
SOSTENIBILIDAD DE LA COSTA Y DEL MAR

Programa: 456D Actuación en la costa

Capítulo: 6 Inversiones reales

Artículo: 61: Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Concepto: 611
Otras

Proyecto: 200523061390 Obras de reposición y conservación del litoral

Importe: 250,00 miles €

MOTIVACIÓN DE LA ENMIENDA:

Necesidad de la actuación dado el mal estado en que se encuentran, el uso frecuente
que se hace por parte de residentes y turistas y la posibilidad de ayudar a diversificar las zonas de baño del municipio liberando carga humana de las playas vírgenes del mismo T.M.

ENMIENDA NÚM. 2213

Del Grupo Parlamentario Popular en
el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ENMIENDA

De modificación.

Sección: 27 Ministerio de Economía y Competitividad

Servicio: 401 Consejo Superior de Investigaciones Científicas

Programa: 463A Investigación científica

Capítulo: 4 TRANSFERENCIAS
CORRIENTES

Artículo: 49 Al Exterior

Concepto 491 Cuotas y contribuciones a organismos internacionales y entidades sin fines de lucro

Subconcepto 49114 European Institute of Tecnology (EIT) — KIC Innolife

DONDE
DICE

Concepto: «European Institute of Tecnology (EIT) - KIC Innolife»

DEBE DECIR

Concepto: «European Institute of Tecnology (EIT) - KIC Health»

JUSTIFICACIÓN

Se encuentra en tramitación la constitución y adhesión
del CSIC a este Consorcio, que en un principio iba a llamarse Innolife y finalmente se denominará «Health». Esta modificación se propone para evitar problemas de identificación y tramitación de las cuotas.

ENMIENDA NÚM. 2214

Del Grupo
Parlamentario Popular en el Senado (GPP)

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 27 Ministerio de Economía y Competitividad

Servicio: 06 Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional

Programa: 923P
Relaciones con Instituciones Financieros Multilaterales

Capítulo: 4 Transferencias corrientes.

Artículo: 49 Al exterior

Concepto: 490 Contribuciones a Instituciones Financieras Multilaterales

Subconcepto 49005 Al Fondo
Verde del Clima

Importe: 1.000, 00 miles de euros

BAJA




Sección: 27 Ministerio de Economía y Competitividad

Servicio: 06 Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional

Programa: 923P Relaciones con Instituciones Financieros Multilaterales


Capítulo: 4 Transferencias corrientes.

Artículo: 49 Al exterior

Concepto: 490 Contribuciones a Instituciones Financieras Multilaterales

Subconcepto 49006 Al Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM)


Importe: 1.000, 00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

España se comprometió a aportar 120 millones de euros al Fondo Verde para el Clima de Naciones Unidas en 2014. Esta propuesta es esencial para que España cumpla sus compromisos con
este fondo internacional de lucha contra el cambio climático, identificado por Naciones Unidas como una de las dimensiones más importantes de lucha contra la pobreza. Resulta imperativo que España esté al corriente de sus compromisos de aportación
con este fondo con ocasión de la próxima reunión de la Conferencia Marco de Naciones Unidas contra el Cambio Climático, que tutela este fondo, que tendrá lugar en París en diciembre de 2015, y que tendrá una enorme exposición mediática.

El
Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 20 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.

Palacio del Senado, 28 de septiembre
de 2015.—El Portavoz, Óscar López Águeda.

ENMIENDA NÚM. 2215

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula
la siguiente enmienda a las DISPOSICIONES ADICIONALES. Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se propone la adición de una nueva disposición adicional, que tendrá la siguiente redacción:

«Disposición
adicional XXX. Sanidad de la producción agrícola.

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente elaborará un nuevo programa de Sanidad de la producción agrícola para desbloquear la acumulación de expedientes en el
Registro de productos fitosanitarios, así como para aprovechar de forma eficaz y óptima las nuevas acciones y medidas que permite la nueva regulación europea en materia de fitosanitarios y del uso sostenible de los productos fitosanitarios.
Asimismo, el Gobierno efectuará las remodelaciones presupuestarias y de recursos humanos necesairas para atender dicho nuevo programa de sanidad de la producción agrícola. Tanto el nuevo programa, como las modificaciones presupuestarias y de
recursos humanos serán efectivos en un plazo no superior a 5 meses.»

MOTIVACIÓN

Dar apoyo presupuestario y en recursos, humanos y materiales, suficiente al Registro de productos fitosanitarios.

ENMIENDA NÚM. 2216

Del
Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a las DISPOSICIONES ADICIONALES. Disposición adicional
nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se propone la adición de una nueva disposición adicional, que tendrá la siguiente redacción:

«Disposición adicional XXX. Plan Extraordinario de apoyo al séctor lácteo.

El
gobierno aprobará de forma inmediata un PLAN EXTRAORDINARIO DE APOYO AL SECTOR LÁCTEO que contemple entre otras medidas:

— Los procedimientos para la determinación de un precio sostenible evitando la venta de leche por debajo de
costes de producción. Se regulará la creación de la figura del “Mediador de Contratos”

— La financiación de la retirada de leche excedentaria para su destino a fines humanitarios,

— El
cumplimiento efectivo de la Ley Equilibrio de la Cadena Alimentaria en lo referente a las labores de control, inspección y sanción de prácticas comerciales irregulares.

— Apoyo y refuerzo de las OPL como parte fundamental para
lograr el equilibrio en la negociación de contratos y

— Una ayuda específica de mínimos para las explotaciones lácteas en peligro de desaparición.»

MOTIVACIÓN

El sector lácteo español está atravesando uno de los
momentos más delicados de los últimos años motivado por la situación internacional de los mercados lácteos, la liberalización del mercado, la nula previsión por parte del gobierno y la ausencia de medidas políticas que pudiesen evitar o aminorar
estos factores. Se trata ante el nuevo escenario de elaborar un plan extraordinario teniendo en cuenta la grave situación, pero de forma inmediata urge el restablecimiento de una situación más equilibrada en la cadena productiva, el evitar precios
finales al consumo que encubran situaciones de venta pérdidas, el apoyo claro a los productores en la negociación que son la parte más débil y la única que está pagando la crisis, y el establecer ayudas directas urgentes que eviten el cierre
inmediato de miles de explotaciones.

ENMIENDA NÚM. 2217

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a las DISPOSICIONES ADICIONALES. Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se propone la adición de una nueva disposición adicional, que tendrá la siguiente redacción:

«Disposición adicional
XXX. Plan de Gestión del Mediterráneo.

El Gobierno aprobará, en el plazo más breve posible, la Orden Ministerial que establezca un Plan de Gestión para los buques de palangre de superficie que operan en el Mediterráneo.»


MOTIVACIÓN

La flota de palangre de superficie en el Mediterráneo, con puertos base en cuatro Comunidades Autónomas (Baleares, Valencia, Murcia y Andalucí) se ve obligada a parar 4 meses al año —octubre, noviembre y marzo por
normativa de ICCAT y diciembre por falta de actividad comercial—. Al no existir Plan de Gestión no pueden , desde hace tres años, recibir ningún tipo de ayuda, por lo que afronta una situación insostenible.

ENMIENDA NÚM. 2218


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición derogatoria segunda.


ENMIENDA

De supresión.

Se propone la supresión de la Disposición derogatoria segunda.

MOTIVACIÓN

La Disposición derogatoria segunda deja sin efecto el incremento del auxilio de defunción, una prestación economica ya de
por sí muy exigüa y que tan sólo tiene una revalorización anual del 1 %.

ENMIENDA NÚM. 2219

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final séptima.

ENMIENDA

De modificación.

Se modifica la Disposición final séptima, que queda redactada como sigue:

Modificación de la Ley 8/2009,
de 28 de agosto, de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española, S.A.

Se modifica el apartado 2 del artículo 4 de la Ley 8/2009, de 28 de agosto de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española S.A. que pasa
a tener la siguiente redacción:

«Artículo 4. Porcentaje sobre el rendimiento de la tasa sobre reserva de dominio público radioeléctrico.

2. Mientras las leyes de Presupuestos Generales del Estado no
establezcan un porcentaje diferente sobre el rendimiento de la tasa sobre reserva de dominio público radioeléctrico, el porcentaje queda fijado en el 100 %. con un importe máximo anual de 380 millones de euros.»

El resto del artículo
permanece con la misma redacción.

MOTIVACIÓN

Establecer en la Ley de financiación que la Corporación RTVE reciba el 100 % de la recaudación de la tasa sobre reserva de dominio público radioeléctrico, dejando que sea la ley de
presupuestos la que pueda fijar anualmente el tope de ingresos.

ENMIENDA NÚM. 2220

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final octava.

ENMIENDA

De supresión.

Se propone la supresión de la Disposición final octava.

MOTIVACIÓN

La ampliación del permiso de paternidad no puede
continuar posponiéndose, pues ello afecta a las expectativas de conciliación de la vida familiar y laboral de los padres trabajadores y, además, constituye una discriminación indirecta para las mujeres. Las mujeres son las que padecen las
reticencias de un mercado de trabajo hacia las responsabilidades derivadas del nacimiento de los hijos e hijas, que recaen exclusivamente en ellas, en un momento en el que la regulación de las condiciones laborales no sólo impiden la conciliación,
sino que expulsa a las mujeres del ámbito laboral. Todo ello, debido a la legislación emprendida por el Gobierno del Partido Popular desde su reforma laboral y terminando con la nueva regulación del contrato a tiempo parcial, y en un momento en el
que los poderes públicos deberían estar adoptando medidas de corresponsabilidad, pues los beneficios de la maternidad repercuten en toda la sociedad.

ENMIENDA NÚM. 2221

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo
Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final décima.

ENMIENDA

De supresión.

Se propone la supresión de la Disposición
final décima.

MOTIVACIÓN

Por el grave perjuicio que ocasiona a los trabajadores autónomos el continuar posponiendo la regulación de su actividad a tiempo parcial, incluido su sistema de afiliación y, en consecuencia, su acción
protectora, en unos momentos en los que, acogiéndose a esta forma de prestación, pudieran impedir el cierre de su empresa por la caída del negocio. Ello además es más llamativo cuando, en el régimen de actividad por cuenta ajena, el Gobierno a
través de su reforma laboral y sucesivos Reales Decretos-leyes, fundamentalmente el referido expresamente a tiempo parcial, ha propiciado este tipo de jornada.

ENMIENDA NÚM. 2222

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo
Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se propone la adición de una nueva
disposición final, que tendrá la siguiente redacción:

«Disposición Fnal XXX. Modificación de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria:

Se añade una nuevo artículo 9
bis, que tendrá la siguiente redacción:

Disposición adicional quinta. Mediador de contratos.

Cuando no exista acuerdo entre los productores y los compradores en relación con los contratos alimentarios, en especial en lo
relativo al precio, se establecerá un mecanismo de medidación, asegurando de esta forma la equidad en las relaciones contractuales.

La mediación se realizará en los términos, condiciones y con los efectos que reglamentariamente se
establezcan, garantizándose, en todo caso, un procedimiento neutral, imparcial y en el que las partes intervengan en plena igualdad de oportunidades.

El resultado de la medicación tendrá carácter vinculante para las partes.

Se modifica
el apartado 12 de la disposición adicional primera, que tendrá la siguiente redacción:

12. La Agencia contará con los medios económicos, personales y materiales suficientes para el correcto desempeño de sus funciones. Sus recursos
podrán provenir de cualquiera de los enumerados en el apartado 1 del artículo 65 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.»

MOTIVACIÓN




Se trata de modificar la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria en un doble aspecto:

En primer lugar, para crear una figura como la del medidador de la cadena alimentaria,
ya existente en Derecho Comparado (por ejemplo, en Francia), que resulta especialmente adecuada para resolver conflictos y desequilibrios en la contratación a lo largo de la cadena alimentaria sin necesidad de recurrir a los juzgados y
tribunales.

En segundo lugar, se modifica la disposición adicional primera, que transforma la Agencia para el Aceite de Oliva en Agencia de Información y Control Alimentarios, asumiendo además de las funciones que venía ejerciendo aquel
organismo autónomo, aquellas nuevas relacionadas con el control del cumplimiento de lo establecido en la propia Ley 12/2013 para garantizar su dotación suficiente.

ENMIENDA NÚM. 2223

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El
Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

A la Disposición final (Nueva).


Disposición final xxx. Modificación de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.

Se modifica el punto Dos de la Disposición Adicional tercera de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, en los siguientes
términos:

«Dos: Transitoriamente y hasta tanto no se determinen reglamentariamente las entidades beneficiarias de las asignaciones y los porcentajes de asignación financiera para cada una de ellas, el importe que se consignará para
cada uno de los distintos beneficiarios en los Presupuestos Generales del Estado para 2015 y siguientes, y que podrá ser destinado a financiar tanto operaciones de naturaleza corriente como actuaciones de inversión, será el resultado de aplicar los
siguientes porcentajes a la previsión de recaudación por el impuesto sobre Actividades del Juego en relación con las apuestas mutuas deportivas de fútbol:

— 49,95 % para las Diputaciones Provinciales, a través de las respectivas
Comunidades Autónomas.

— 42,50 % para la Liga Nacional de Fútbol Profesional.

— 4,55 % para la Real Federación Española de Fútbol con destino al fútbol no profesional.

— 3 % para el CSD,
para la potenciación del fútbol femenino en todas las categorías.»

MOTIVACIÓN

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, fomenta la inclusión de estrategias de fomento del deporte femenino y
en su artículo 29 encomienda al Gobierno la promoción del deporte femenino mediante programas específicos, instándole a favorecer su acceso a la práctica deportiva, además de exigir la inclusión de la igualdad en los programas públicos de desarrollo
deportivo.

Organismos como el COI o el CSD han incorporado en sus estrategias la promoción del deporte femenino, e incluyen en sus objetivos facilitar el acceso a la práctica deportiva de las mujeres y el fomento de una educación para la
integración de la mujer en todas las actividades deportivas.

Si bien se ha iniciado el camino, es evidente que, en España, el fútbol femenino no tiene muchos apoyos económicos ni oficiales. La falta de incentivos económicos por jugar a pesar
de militar en Primera División, la falta de patrocinios que lo hiciese posible o la escasez de horas de retrasmisión de futbol femenino que pudiese incentivar los apoyos publicitarios, se presentan como obstáculos que dificultan el crecimiento de la
afición y de los propios equipos.

Sin un apoyo decidido y activo por parte de la administración resultará imposible cambiar los parámetros que permitan un mayor desarrollo de la actividad deportiva de las mujeres como futbolistas
profesionales.

Acabar con la discriminación, conseguir visibilidad y beneficios económicos que permita profesionalizarse a las mujeres es lo que se pretende con esta modificación legal, con el objetivo de que los clubes femeninos de fútbol
sean partícipes en los ingresos procedentes de las Apuestas Deportivas del Estado, que se regulan en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, por el que se fija la distribución de la recaudación y premios de las Apuestas Deportivas
del Estado.

Se reservaría el 3 % de lo que corresponde hasta ahora a la Liga Profesional de Fútbol para crear un fondo para el fútbol femenino, gestionado por una comisión específica para la gestión de las aportaciones que con dicha finalidad
se deriven de la recaudación obtenida, en cuya composición además del CSD, participen representantes de los equipos de máxima categoría de la superliga femenina, así como de las asociaciones de mujeres futbolistas que promueven programas y servicios
para fomentar futbol femenino y aumentar el número de mujeres y niñas que lo practican en todas las categorías y modalidades.

ENMIENDA NÚM. 2224

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una nueva Disposición final al proyecto de Ley con el siguiente
texto:

Disposición Final xxx.

Se modifica la Ley 17/2003, de 29 de mayo, por la que se regula el Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, cuyo artículo 1, apartado 6 queda redactado del
siguiente modo:

«La Mesa de Coordinación de Adjudicaciones es un órgano colegiado interministerial, con capacidad jurídica para enajenar de acuerdo con la legislación vigente, integrada en el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, que estará presidida por el Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, y de la que formarán parte otros representantes del Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y del Ministerio de Justicia, con la distribución numérica que se establezca reglamentariamente.»

MOTIVACIÓN

Se pretende
adecuar la norma a la realidad. Actualmente, la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones está adscrita al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, tal y como dispone el Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. La Ley 17/2003, de 29 de mayo, por la que se regula el Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados debe establecer la
adscripción de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, no sólo porque —como se ha dicho— es así como funciona en la práctica, sino porque ese es el departamento adecuado para
trabajar por los objetivos que deben perseguirse con las actuaciones financiadas con dicho Fondo.

ENMIENDA NÚM. 2225

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

A las disposiciones finales.

Se añade una nueva Disposición Final con el siguiente contenido:


«Disposición final (nueva). Modificación de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2013.

1. Se modifica el párrafo primero del apartado dos de la Disposición Adicional Décima tercera de la
Ley 17/2012, que queda redactado de la siguiente forma:

“El porcentaje de bonificación aplicable en los billetes de transporte marítimo, con vigencia indefinida, para los trayectos directos, ya sean de ida o de ida y vuelta, entre las
Comunidades Autónomas de Canarias y las Illes Balears y las Ciudades de Ceuta y Melilla, respectivamente, y el resto del territorio nacional, y en los viajes interinsulares, será del 50 por ciento de la tarifa bonificable.”

2. Se
añade un nuevo segundo párrafo al apartado dos de la Disposición Adicional Décima tercera de la Ley 17/2012, con el siguiente texto:

“Quedan sujetos a las bonificaciones de residencia tanto los billetes de pasajeros como los de sus
vehículos.”

3. Se modifica el último párrafo del apartado tres de la Disposición Adicional Décima tercera de la Ley 17/2012, que queda redactado de la siguiente forma:

“A los efectos de esta bonificación, del
importe de la tarifa bonificable se deducirá el importe correspondiente a las prestaciones patrimoniales públicas a que se refieren las letras d) y e) del artículo 68.2, de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, con independencia de que
hayan sido repercutidas o no al pasajero. A tal efecto, dichas prestaciones patrimoniales aparecerán desglosadas en la documentación justificativa de los cupones de vuelo.”»

MOTIVACIÓN

En primer lugar, el actual sistema
discrimina por parte del Estado entre el transporte aéreo y el marítimo y ha llevado a que la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y la de Canarias asuman en sus presupuestos el 25 % no bonificado por el Estado, subvencionando a sus propios
ciudadanos, que con sus impuestos pagan la factura de un descuento que debe asumir el Estado para ponernos en una situación cercana a la del resto de ciudadanos del territorio peninsular.

En segundo lugar, se pretende acercar a unas
condiciones de igualdad a los ciudadanos de dichos territorios en comparación con los de otros territorios con transportes por carretera o alternativos al marítimo y aéreo.

Ha de considerarse que la bonificación del billete del vehículo
acerca, que no iguala, a los ciudadanos de dichos territorios a las condiciones del resto de ciudadanos para completar un desplazamiento con medios propios a lugares a los que la red de aeropuertos o puertos no llega.

Finalmente, el apartado
f) del artículo 68.2, de la Ley 21/2003, relativo a los ingresos de AENA, SA. establece:

«2. Tendrán la consideración de prestaciones patrimoniales de carácter público, las prestaciones que la citada sociedad deba percibir en los
siguientes supuestos:

...

f) Por los servicios que permiten la movilidad general de los pasajeros y la asistencia necesaria a las personas con movilidad reducida (PMRs) para permitirles desplazarse desde un punto de llegada al
aeropuerto hasta la aeronave, o desde ésta a un punto de salida, incluyendo el embarque y desembarque.»

Así, no resulta bonificable, en las bonificaciones a residentes, el importe que se puede repercutir a los pasajeros con movilidad reducida
por la asistencia que se les presta para el acceso a la aeronave.

Dicha exclusión introducida modificando el texto originario de la Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, supone un empeoramiento de las condiciones
de un colectivo de personas con especiales dificultades que por su situación pueden ver agravado el coste de sus desplazamientos.

Por tanto se propone la vuelta al régimen anterior que no excluía de bonificación dicho concepto.


ENMIENDA NÚM. 2226

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final
nueva.

ENMIENDA

De adición.

A la Disposición Final (Nueva).

«Disposición Final XXX. Escala general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Con efectos desde 1 de enero de 2016 se introducen las
siguientes modificaciones en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio:


Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 63, que queda redactado de la siguiente forma:

1. La parte de la base liquidable general que exceda del importe del mínimo personal y familiar a que se refiere el artículo 56 de
esta Ley será gravada de la siguiente forma:

1.º A la base liquidable general se le aplicarán los tipos que se indican en la siguiente escala:






Base liquidable — Hasta euros Cuota
íntegra — Euros
Resto base liquidable — Hasta euros Tipo aplicable — Porcentaje
0,00 0,00 12.450,00 9,50
12.450,00 1.182,757.750,00 12,00
20.200,00 2.112,75 15.000,00 15,00
35.200,00 4.362,75 24.800,00 18,50
60.000,00 8.950,75 100.000,00 22,50
160.000,00 31.450,75 140.000,00 23,25
300.000,00 64.000,75 En adelante 24,00

2.º La cuantía resultante se minorará en
el importe derivado de aplicar a la parte de la base liquidable general correspondiente al mínimo personal y familiar, la escala prevista en el número 1.º anterior.

Dos. Se modifica el artículo 65, que queda redactado de la siguiente
forma:

Artículo 65. Escala aplicable a los residentes en el extranjero.

En el caso de los contribuyentes que tuviesen su residencia habitual en el extranjero por concurrir alguna de las circunstancias a las que se refieren el
apartado 2 del artículo 8 y el apartado 1 del artículo 10 de esta Ley, las escalas aplicables serán la establecida en el apartado 1 del artículo 63 y la siguiente:




Base liquidable —
 Hasta
euros
Cuota íntegra — Euros Resto base liquidable —
 Hasta euros Tipo aplicable — Porcentaje
0,00 0,00 12.450,00 9,50
12.450,00 1.182,75 7.750,00 12,00
20.200,00 2.112,75 15.000,00 15,00
35.200,00 4.362,75 24.800,00 18,50
60.000,00 8.950,75 100.000,00 22,50
160.000,00 31.450,75 140.000,00 23,25
300.000,00 64.000,75 En adelante 24,00

»

MOTIVACIÓN




Establecimiento de una mayor tributación para las rentas más elevadas, de acuerdo con los principios de capacidad económica y progresividad que han de informar nuestro sistema tributario.

ENMIENDA NÚM. 2227

Del Grupo
Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.


A la Disposición Final (Nueva).

«Disposición Final XXX. Tipo aplicable a las actividades culturales en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Con efectos desde 1 de enero de 2016 se introducen las siguientes modificaciones en la
Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido:

Uno. Se añade un nuevo apartado Cuatro al artículo 91, que queda redactado de la siguiente forma:

Cuatro. Se aplicará el tipo reducido del 10 por
ciento a las prestaciones de servicios siguientes:

1.º La entrada a teatros, circos, parques de atracciones y atracciones de feria, conciertos, bibliotecas, museos, parques zoológicos, salas cinematográficas y exposiciones, así como a
las demás manifestaciones similares de carácter cultural a que se refiere el artículo 20, apartado uno, número 14 de esta Ley cuando no estén exentas del Impuesto.

2.º Los prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos, que
sean personas físicas, a los productores de películas cinematográficas susceptibles de ser exhibidas en salas de espectáculos y a los organizadores de obras teatrales y musicales.»

Dos. Se suprime el número 6.º del apartado Uno.2 del
artículo 91.»

MOTIVACIÓN

El Real Decreto-ley 20/2012 de 13 de julio, estableció que determinados productos que venían tributando al tipo reducido del IVA (8 %), pasaban a hacerlo, a partir del 1 de septiembre de 2012, al tipo general
(21 %). Entre los servicios afectados por este incremento extraordinario de 13 puntos se encuentran las actividades culturales, como cine, teatro y música.

Todo ello está penalizando el acceso a la cultura y a la formación a la gran mayoría
de la ciudadanía y tiene un efecto negativo sobre el sector cultural que representa más del 3 % del PIB y que da empleo a cientos de miles de personas de este país. Por ello, es necesaria la rectificación de esta política tan injusta y
desproporcionada, proponiéndose la aplicación a las actividades culturales de un tipo reducido del 10 por ciento, en línea con el impuesto aplicable en otros países de nuestro entorno.

ENMIENDA NÚM. 2228

Del Grupo Parlamentario
Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

A la
Disposición Final (Nueva).

«Disposición Final XXX. Aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social.

Con efectos desde 1 de enero de 2016 se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 35/2006, de 28 de
noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio:

Uno. Se modifica la letra f) del
apartado 1 del artículo 17, que queda redactada de la siguiente forma:

«f) Las contribuciones o aportaciones satisfechas por los empresarios para hacer frente a los compromisos por pensiones en los términos previstos por la
disposición adicional primera del texto refundido de la Ley de regulación de los planes y fondos de pensiones, y en su normativa de desarrollo, cuando aquellas sean imputadas a las personas a quienes se vinculen las prestaciones. Esta imputación
fiscal tendrá carácter obligatorio en los contratos de seguro colectivo distintos de los planes de previsión social empresarial que cubran las contingencias de jubilación o, conjuntamente, estas y la de fallecimiento o incapacidad, salvo en los
seguros colectivos contratados a consecuencia de despidos colectivos realizados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores. La imputación fiscal será obligatoria en los contratos de seguro de riesgo. Cuando
los contratos de seguro cubran conjuntamente las contingencias de jubilación y de fallecimiento o incapacidad, será obligatoria la imputación fiscal de la parte de las primas satisfechas que corresponda al capital en riesgo por fallecimiento o
incapacidad, siempre que el importe de dicha parte exceda de 50 euros anuales. A estos efectos se considera capital en riesgo la diferencia entre el capital asegurado para fallecimiento o incapacidad y la provisión matemática.

Dos. Se
modifica el apartado 1 del artículo 52, que queda redactado de la siguiente forma:

1. Como límite máximo conjunto para las reducciones previstas en los apartados 1, 2, 3, y 4 del artículo 51 de esta Ley, se aplicará la menor de las
cantidades siguientes:

a) El 30 por 100 de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio. Este porcentaje será del 50 % para contribuyentes mayores de 50 años.

b)
3.000 euros anuales. No obstante, en el caso de contribuyentes mayores de 50 años la cuantía anterior será de 4.000 euros.

Además, 5.000 euros anuales para las primas a seguros colectivos de dependencia satisfechas por la empresa.


Tres. Se modifica la Disposición adicional decimosexta, que queda redactada de la siguiente forma:

Disposición adicional decimosexta. Límite financiero de aportaciones y contribuciones a los sistemas de previsión social.


El importe anual máximo conjunto de aportaciones y contribuciones empresariales a los sistemas de previsión social previstos en los apartados 1, 2, 3, y 4 del artículo 51, de la disposición adicional novena y del apartado dos de la disposición
adicional undécima de esta Ley será de 3.000 euros anuales. No obstante, en el caso de contribuyentes mayores de 50 años la cuantía anterior será de 4.000 euros.

Además, para seguros colectivos de dependencia contratados por empresas para
cubrir compromisos por pensiones, se establece un límite adicional de 5.000 euros anuales.

Cuatro. Se modifica la letra a) del apartado 3 del artículo 5 del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, que queda redactada de la siguiente forma:

a) El total de las aportaciones y contribuciones empresariales anuales máximas a los planes de pensiones regulados en la presente
Ley no podrá exceder de 3.000 euros. No obstante, en el caso de contribuyentes mayores de 50 años la cuantía anterior será de 4.000 euros.»

MOTIVACIÓN

Aproximar el límite máximo de reducción por aportaciones y contribuciones a
sistemas de previsión social a la media de las realizadas por los contribuyentes (aproximadamente 1.500 euros anuales en el ejercicio 2012). En todo caso, los límites máximos de la reducción en el IRPF por aportaciones y contribuciones a sistemas
de previsión social — actualmente 8.000 euros anuales — son aprovechados casi exclusivamente por los contribuyentes de mayor capacidad económica, con un alto coste para los ingresos del Estado. Igualmente, la actual situación aconseja
modificar dichos límites, de forma que cubran a todos aquellos contribuyentes que utilizan este mecanismo como auténtica previsión social complementaria y no como un producto más del ahorro, pero privilegiado fiscalmente.

Igualmente, en el
caso de sistemas alternativos a los regulados en la Ley de Planes y Fondos de Pensiones, se detecta una anomalía, dado que en estos supuestos la renta se traslada, sin duda, de la empresa al empleado (grandes directivos de las grandes empresas sobre
todo) y a pesar de ello la actual Ley permite que no se les imputen fiscalmente hasta 100.000 euros anuales por contribuyente y respecto del mismo empresario. Se instrumentan a través de seguros colectivos, como figura alternativa a los planes de
pensiones que se usan para el conjunto de los trabajadores.

Con el cambio propuesto se iguala el tratamiento fiscal de estos sistemas de previsión de los altos directivos con el de los planes de pensiones del conjunto de los trabajadores.


ENMIENDA NÚM. 2229

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final
nueva.

ENMIENDA

De adición.

A la Disposición Final (Nueva).

«Disposición Final XXX. Retenciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Con efectos desde 1 de enero de 2016 se introducen las
siguientes modificaciones en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio:


Se modifica el apartado 1 del artículo 101, que queda redactado de la siguiente forma:

1. El porcentaje de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos del trabajo derivados de relaciones laborales o estatutarias y de
pensiones y haberes pasivos se determinará con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca.

Para determinar el porcentaje de retención o ingreso a cuenta se podrán tener en consideración las circunstancias personales y
familiares y, en su caso, las rentas del cónyuge y las reducciones y deducciones, así como las retribuciones variables previsibles, en los términos que reglamentariamente se establezcan, y se aplicará la siguiente escala:






Base para calcular el tipo de retención —
 Hasta euros Cuota de retención — Euros Resto base para calcular el tipo de retención —
 Hasta euros Tipo aplicable —
Porcentaje
0,00 0,00 12.450,00 19,00
12.450,00 2.365,50 7.750,00 24,00
20.200,00 4.225,50 15.000,0030,00
35.200,00 8.725,50 24.800,00 37,00
60.000,00 17.901,50 100.000,00 45,00
160.000,00 62.901,50 140.000,00 46,50
300.000,00 128.001,50 En adelante 48,00

A estos efectos, se presumirán
retribuciones variables previsibles, como mínimo, las obtenidas en el año anterior, salvo que concurran circunstancias que permitan acreditar de manera objetiva un importe inferior.

Tratándose de atrasos que corresponda imputar a ejercicios
anteriores, el porcentaje de retención e ingreso a cuenta será del 15 por ciento, salvo que resulte de aplicación los porcentajes previstos en los apartados 2 y 3 de este artículo.

MOTIVACIÓN

Ajuste técnico, en coherencia con la nueva
escala general de gravamen propuesta.

ENMIENDA NÚM. 2230

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

A la Disposición Final (Nueva).

«Disposición Final XXX. Tipos de gravamen y tributación mínima en el Impuesto sobre Sociedades.


Uno. Con efectos desde 1 de enero de 2016 los tipos de gravamen del impuesto sobre Sociedades serán los siguientes:

1. El tipo general de gravamen para los sujetos pasivos del impuesto será el 30 por ciento.


2. Tributarán al tipo del 25 por ciento:

a) Las mutuas de seguros generales, las mutualidades de previsión social y las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social que cumplan los requisitos
establecidos por su normativa reguladora.

b) Las sociedades de garantía recíproca y las sociedades de reafianzamiento reguladas en la Ley 1/1994, de 11 de marzo, sobre el régimen jurídico de las sociedades de garantía recíproca, inscritas en
el registro especial del Banco de España.

c) Las sociedades cooperativas de crédito y cajas rurales, excepto por lo que se refiere a los resultados extracooperativos, que tributarán al tipo general.

d) Los colegios profesionales, las
asociaciones empresariales, las cámaras oficiales y los sindicatos de trabajadores.

e) Las entidades sin fines lucrativos a las que no sea de aplicación el régimen fiscal establecido en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de
las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

f) Los fondos de promoción de empleo constituidos al amparo del artículo 22 de la Ley 27/1984, de 26 de julio, sobre reconversión y reindustrialización.

g)
Las uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas.

h) La Entidad de Derecho público Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias.

3. Tributarán al 20 por ciento las sociedades cooperativas fiscalmente protegidas,
excepto por lo que se refiere a los resultados extracooperativos, que tributarán al tipo general.

4. Tributarán al 10 por ciento las entidades a las que sea de aplicación el régimen fiscal establecido en la Ley 49/2002, de 23 de
diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

5. Tributarán al tipo del 15 por ciento:

a) Las sociedades de inversión de capital variable reguladas por la
Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, siempre que el número de accionistas requerido sea, como mínimo, el previsto en su artículo 9.4.

b) Los fondos de inversión de carácter financiero previstos en la citada
Ley, siempre que el número de partícipes requerido sea, como mínimo, el previsto en su artículo 5.4.

c) Las sociedades de inversión inmobiliaria y los fondos de inversión inmobiliaria regulados en la citada Ley, distintos de los previstos en
la letra d) siguiente, siempre que el número de accionistas o partícipes requerido sea, como mínimo, el previsto en los artículos 5.4 y 9.4 de dicha Ley y que, con el carácter de instituciones de inversión colectiva no financieras, tengan por objeto
exclusivo la inversión en cualquier tipo de inmueble de naturaleza urbana para su arrendamiento.

La aplicación de los tipos de gravamen previstos en este apartado requerirá que los bienes inmuebles que integren el activo de las Instituciones
de Inversión Colectiva a que se refiere el párrafo anterior no se enajenen hasta que no hayan transcurrido al menos tres años desde su adquisición, salvo que, con carácter excepcional, medie la autorización expresa de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores.

La transmisión de dichos inmuebles antes del transcurso del período mínimo a que se refiere esta letra c) determinará que la renta derivada de dicha transmisión tributará al tipo general de gravamen del impuesto. Además,
la entidad estará obligada a ingresar, junto con la cuota del período impositivo correspondiente al período en el que se transmitió el bien, los importes resultantes de aplicar a las rentas correspondientes al inmueble en cada uno de los períodos
impositivos anteriores en los que hubiera resultado de aplicación el régimen previsto en esta letra c), la diferencia entre el tipo general de gravamen vigente en cada período y el tipo del 1 por ciento, sin perjuicio de los intereses de demora,
recargos y sanciones que, en su caso, resulten procedentes.

Lo establecido en esta letra c) está condicionado a que los estatutos de la entidad prevean la no distribución de dividendos.

d) Las sociedades de inversión inmobiliaria y los
fondos de inversión inmobiliaria regulados en la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, que, además de reunir los requisitos previstos en la letra c), desarrollen la actividad de promoción exclusivamente de viviendas para destinarlas a su arrendamiento y
cumplan las siguientes condiciones:

1.ª Las inversiones en bienes inmuebles afectas a la actividad de promoción inmobiliaria no podrán superar el 20 por ciento del total del activo de la sociedad o fondo de inversión inmobiliaria.


2.ª La actividad de promoción inmobiliaria y la de arrendamiento deberán ser objeto de contabilización separada para cada inmueble adquirido o promovido, con el desglose que resulte necesario para conocer la renta correspondiente a cada
vivienda, local o finca registral independiente en que éstos se dividan, sin perjuicio del cómputo de las inversiones en el total del activo a efectos del porcentaje previsto en la letra c).

3.ª Los inmuebles derivados de la actividad
de promoción deberán permanecer arrendados u ofrecidos en arrendamiento por la sociedad o fondo de inversión inmobiliaria durante un período mínimo de siete años. Este plazo se computará desde la fecha de terminación de la construcción. A estos
efectos, la terminación de la construcción del inmueble se acreditará mediante el certificado final de obra a que se refiere el Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

La transmisión de dichos inmuebles antes del
transcurso del período mínimo a que se refiere esta letra d) o la letra c) anterior, según proceda, determinará que la renta derivada de dicha transmisión tributará al tipo general de gravamen del impuesto. Además, la entidad estará obligada a
ingresar, junto con la cuota del período impositivo correspondiente al período en el que se transmitió el bien, los importes resultantes de aplicar a las rentas correspondientes al inmueble en cada uno de los períodos impositivos anteriores en los
que hubiera resultado de aplicación el régimen previsto en esta letra d) la diferencia entre el tipo general de gravamen vigente en cada período y el tipo del uno por ciento, sin perjuicio de los intereses de demora, recargos y sanciones que, en su
caso, resulten procedentes.

Las sociedades de inversión inmobiliaria o los fondos de inversión inmobiliaria que desarrollen la actividad de promoción de viviendas para su arrendamiento estarán obligadas a comunicar dicha circunstancia a la
Administración tributaria en el período impositivo en que se inicie la citada actividad.

e) El fondo de regulación del mercado hipotecario, establecido en el artículo 25 de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado
hipotecario.

6. Tributarán al tipo del cero por ciento los fondos de pensiones regulados en el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.

7. Tributarán al tipo del 40 por ciento las
entidades que se dediquen a la exploración, investigación y explotación de yacimientos y almacenamientos subterráneos de hidrocarburos en los términos establecidos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.

Las
actividades relativas al refino y cualesquiera otras distintas de las de exploración, investigación, explotación, transporte, almacenamiento, depuración y venta de hidrocarburos extraídos, o de la actividad de almacenamiento subterráneo de
hidrocarburos propiedad de terceros, quedarán sometidas al tipo general de gravamen.

A las entidades que desarrollen exclusivamente la actividad de almacenamiento de hidrocarburos propiedad de terceros no les resultará aplicable el régimen
especial establecido en el capítulo X del título VII de esta ley y tributarán al tipo del 35 por ciento.

8. Tributarán al tipo de gravamen especial que resulte de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de
modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, las entidades de la Zona Especial Canaria, por la parte de base imponible correspondiente a las operaciones realizadas efectiva y materialmente en el ámbito geográfico de la Zona Especial
Canaria.

Dos. Con efectos desde 1 de enero de 2016, la cuota íntegra de los sujetos pasivos a los que sea de aplicación el tipo general del impuesto sobre Sociedades y cuyo importe neto de la cifra de negocios habida en el periodo
impositivo inmediato anterior sea superior a sesenta millones de euros, no podrá ser inferior a la cantidad resultante de aplicar el tipo del 15 por ciento al resultado positivo de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio, determinado de
acuerdo con el Código de Comercio y demás normativa contable de desarrollo, incrementado en el exceso de gastos financieros contabilizados que superen el límite de deducibilidad previsto en la normativa del Impuesto y en el gasto contabilizado en
concepto de Impuesto sobre Sociedades, y minorado en las bases imponibles negativas pendientes de compensar por los contribuyentes, teniendo en cuenta los límites que correspondan, y en el importe de las rentas a las que resulte de aplicación las
exenciones para evitar la doble imposición.

A la cuota íntegra resultante de lo previsto en el párrafo anterior le serán de aplicación las deducciones para evitar la doble imposición. Las referencias a la cuota íntegra contenidas en la
normativa del Impuesto se entenderán referidas, a estos efectos, a la cuota íntegra resultante de lo previsto en el párrafo anterior.

Cuando la entidad fuere de nueva creación, el importe de la cifra de negocios se referirá al primer período
impositivo en que se desarrolle efectivamente la actividad. Si el período impositivo inmediato anterior hubiere tenido una duración inferior al año, o la actividad se hubiere desarrollado durante un plazo también inferior, el importe neto de la
cifra de negocios se elevará al año.

Cuando la entidad forme parte de un grupo de sociedades en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, con independencia de la residencia y de la obligación de formular cuentas anuales consolidadas,
el importe neto de la cifra de negocios se referirá al conjunto de entidades pertenecientes a dicho grupo.

Lo establecido en el párrafo anterior será igualmente aplicable cuando dicha cifra de negocios se alcance como consecuencia de que se
haya realizado una operación de las reguladas en el régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores.

Reglamentariamente podrán adoptarse las medidas necesarias para adecuar lo previsto en el presente
apartado a las características específicas de los diferentes sectores de actividad, siempre que las mismas resulten imprescindibles para la correcta aplicación de lo previsto en los párrafos anteriores.

Igualmente, reglamentariamente se
dictarán las normas necesarias para adecuar la cuantía de los pagos fraccionados a la tributación mínima prevista en la presente Disposición.»

MOTIVACIÓN

Recuperar, de un lado, los tipos del Impuesto sobre Sociedades y, de otro,
corregir la actual desfiscalización de las instituciones de inversión colectiva, en especial en relación con las sociedades de inversión de capital variable (SICAV’s).

Por lo que se refiere a los grandes grupos consolidados, la
reducción del tipo efectivo ha sido extraordinaria en los últimos años, habiéndose producido grandes diferencias de tributación entre grupos empresariales, siendo relativamente mayor la tributación de las pequeñas y medianas empresas que la que
soportan los grandes grupos multinacionales.

Lo anterior no sólo provoca un perjuicio a la Hacienda y, a través de ella, a los ciudadanos más desfavorecidos que ven recortadas las políticas sociales ante la falta de recursos, sino que es
fuente de competencia desleal entre empresas que deben soportar distinto esfuerzo fiscal, siendo el impuesto sobre sociedades uno de los principales costes empresariales.

En consecuencia, resulta ineludible establecer un impuesto mínimo sobre
la magnitud que mejor refleja la capacidad económica de una empresa: resultado positivo de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio, ajustado para dejar absolutamente intactas las exenciones y deducciones para evitar la doble imposición
nacional e internacional y para eliminar las consecuencias del excesivo endeudamiento.

El resultado es un impuesto mínimo, de base amplia y tipo reducido, que en definitiva supone un límite global y general para las deducciones en base y en
cuota y para las bonificaciones establecidas en la normativa del impuesto.

ENMIENDA NÚM. 2231

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

A la Disposición Final (Nueva).

«Disposición Final XXX. Tipos reducidos en el Impuesto sobre el Valor
Añadido.

Con efectos desde 1 de enero de 2016 se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido:

Uno. Se añade un nuevo número 13º al apartado Uno.2 del
artículo 91, que queda redactado como sigue:

13º. Los servicios de peluquería, incluyendo, en su caso, aquellos servicios complementarios a que faculte el epígrafe 972.1 de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.


Dos. Se añade un nuevo número 14º al apartado Uno.2 del artículo 91, que queda redactado como sigue:

14º. Los servicios veterinarios cuando tengan por objeto la prevención, diagnóstico o tratamiento de las enfermedades o
dolencias de los animales.»

MOTIVACIÓN

La enmienda tiene por objeto:

a) Recuperar la aplicación del tipo reducido para los servicios de peluquería, sector intensivo en la utilización de mano de obra y en profunda crisis como
consecuencia de la elevación del tipo de IVA.

b) Recuperar la aplicación del tipo reducido para los servicios veterinarios cuando tengan por objeto la prevención, diagnóstico o tratamiento de las enfermedades o dolencias de los animales. Las
razones son claras: el carácter sanitario de esta actividad con repercusión en la salud pública, la función social de la actividad veterinaria y la importancia económica del sector.

ENMIENDA NÚM. 2232

Del Grupo Parlamentario
Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

A la
Disposición Final (Nueva).

«Disposición Final XXX. Tipos superreducidos en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Con efectos desde 1 de enero de 2016 se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 37/1992, de 28 de
diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido:

Uno. Se modifica el último párrafo del número 2.º del apartado Dos. 1 del artículo 91, que queda redactado de la siguiente forma:

Se considerarán comprendidos en este número los
álbumes, partituras, mapas, cuadernos de dibujo y los objetos que, por sus características, sólo puedan utilizarse como material escolar, excepto los artículos y aparatos electrónicos.

Dos. Se añade un nuevo número 7.º al apartado
Dos. 1 del artículo 91, con la siguiente redacción:

7.º Los productos de higiene personal, pañales, compresas, tampones, protege slips, preservativos y otros anticonceptivos no medicinales.»

MOTIVACIÓN




La enmienda tiene por objeto:

a) Recuperar la aplicación del tipo superreducido para el material escolar, que dejó de tributar al tipo del 4 por ciento, para hacerlo al tipo general (21 %), incremento excesivo de 17 puntos que va
en contra de la equidad en la educación, ya que perjudica a los estudiantes de familias con ingresos más bajos.

b) Aplicar el tipo superreducido a los productos de higiene personal, como pañales, tampones, etc.

ENMIENDA NÚM. 2233


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De
adición.

A la Disposición Final (Nueva).

«Disposición Final XXX. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos
sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio

Con efectos desde 1 de enero de 2016 se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio:

Uno. Se añade un nuevo párrafo en el apartado 2 del artículo 23, con la siguiente redacción:


La reducción prevista en el presente apartado sólo se aplicarán sobre una cuantía máxima de 12.000 euros de rendimientos netos anuales. Los rendimientos netos que superen el citado importe no serán objeto de reducción en la parte en que excedan
de dicho límite.

Dos. Se modifica la letra d) del apartado 5 del artículo 33, que queda redactada de la siguiente forma:

a) Las debidas a pérdidas en el juego.

Tres. Se modifica el segundo párrafo del apartado 1
del artículo 58, que queda redactado de la siguiente forma:

«A estos efectos, se asimilarán a los descendientes aquellas personas vinculadas al contribuyente por razón de patria potestad, guarda y custodia, tutela y acogimiento, en los
términos previstos en la legislación civil aplicable. (Resto igual)»

MOTIVACIÓN

La enmienda propone diversas modificaciones en el IRPF, con la siguiente finalidad:

1.º Limitar, por razón de la cuantía de los ingresos
obtenidos, la reducción del importe de los rendimientos obtenidos por el arrendamiento de viviendas. En la actual situación parece conveniente corregir la citada previsión, limitando el beneficio fiscal a una cuantía razonable y compatible con la
finalidad de estimular el alquiler de viviendas, pero de aquellas que tienen un coste asequible para los inquilinos.

2.º Suprimir la deducibilidad de las pérdidas en el juego, pues tal previsión ni se justifica ni es aceptable desde el
principio de justicia del sistema tributario, por lo que debe ser derogada.

3.º Corregir la injusta interpretación de la Agencia Tributaria que está considerando, y así consta en respuesta a consultas vinculantes formuladas al
respecto, que no tienen derecho a la aplicación del mínimo por descendientes quienes tienen atribuida judicialmente la patria potestad, guarda y custodia de menores cuando no son ascendientes de éste, resultando perjudicados en relación con quienes
tienen relaciones de tutela o acogimiento.

ENMIENDA NÚM. 2234

Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

Disposición final (nueva).

Se añade una nueva disposición final, con el siguiente contenido:

«Disposición final (nueva).


Uno. Modificación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

Los preceptos de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía
personal y atención a las personas en situación de dependencia, que figuran a continuación, tendrán el siguiente contenido:

Artículo 4, apartado 4:

4. Las personas en situación de dependencia y, en su caso, familiares o
quienes les representen, así como los centros de asistencia, estarán obligados a suministrar toda la información y datos que les sean requeridos por las Administraciones competentes, para la valoración de su grado y nivel de dependencia; a
comunicar todo tipo de ayudas personalizadas que reciban, y a aplicar las prestaciones económicas a las finalidades para las que fueron otorgadas; o a cualquier otra obligación prevista en la legislación vigente.

Las personas en situación de
dependencia y, en su caso, sus familiares o quienes les representen, no estarán obligados a aportar información, datos o documentación que obren ya en poder de la Administración Pública que los solicite o que, de acuerdo con la legislación vigente,
pueda ésta obtener por sus propios medios.

Artículo 8. Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

1. Se crea el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia como instrumento de cooperación para la articulación del Sistema. El Consejo estará constituido por el titular del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y por un representante de cada una de la Comunidades Autónomas, recayendo dicha
representación en el miembro del Consejo de Gobierno respectivo que tenga a su cargo las competencias en la materia. Integrarán igualmente el Consejo un número de representantes de los diferentes Departamentos ministeriales. En la composición
tendrán mayoría los representantes de las Comunidades Autónomas.

2. Sin perjuicio de las competencias de cada una de las Administraciones Públicas integrantes, corresponde al Consejo, además de las funciones que expresamente le
atribuye esta Ley, ejercer las siguientes:

a) Acordar el Marco de cooperación interadministrativa para el desarrollo de la Ley previsto en el artículo 10.

b) Establecer los criterios para determinar la intensidad de protección de los
servicios previstos de acuerdo con los artículos 10.3 y 15.

c) Acordar las condiciones y cuantía de las prestaciones económicas previstas en el artículo 20 y en la disposición adicional primera.

d) Adoptar los criterios de
participación del beneficiario en el coste de los servicios.

e) Acordar el baremo a que se refiere el artículo 27, con los criterios básicos del procedimiento de valoración y de las características de los órganos de valoración.

f)
Acordar, en su caso, planes, proyectos y programas conjuntos.

g) Adoptar criterios comunes de actuación y de evaluación del Sistema.

h) Facilitar la puesta a disposición de documentos, datos y estadísticas comunes.

i) Establecer
los mecanismos de coordinación para el caso de las personas desplazadas en situación de dependencia.

j) Informar la normativa estatal de desarrollo en materia de dependencia y en especial las normas previstas en el artículo 9.1.

k)
Servir de cauce de cooperación, comunicación e información entre las Administraciones Públicas.

El Consejo Territorial del Sistema, una vez constituido, acordará sus normas en cuanto a funcionamiento y Presidencia.

Artículo 9,
apartado 1:

1. El Gobierno, oído el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, determinará el nivel mínimo de protección garantizado para cada uno de los beneficiarios del Sistema, según el grado y
nivel de su dependencia, como condición básica de garantía del derecho a la promoción de la autonomía personal y atención a la situación de dependencia.

Artículo 14, apartado 6:

6. La prioridad en el acceso a los servicios
vendrá determinada por el grado y nivel de dependencia y, a igual grado y nivel, por la capacidad económica del solicitante.

Hasta que la red de servicios esté totalmente implantada, las personas en situación de dependencia que no puedan
acceder a los servicios por aplicación del régimen de prioridad señalado, tendrán derecho a la prestación económica prevista en el artículo 17 de esta Ley.

Artículo 17, apartado 1:

1. La prestación económica, que tendrá
carácter periódico, se reconocerá, en los términos que se establezca, únicamente cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado de atención y cuidado, en función del grado y nivel de dependencia y de la capacidad económica del
beneficiario, de acuerdo con lo previsto en el convenio celebrado entre la Administración General del Estado y la correspondiente Comunidad Autónoma.

Artículo 18, apartado 2:

2. Previo acuerdo del Consejo Territorial del
Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, se establecerán las condiciones de acceso a esta prestación, en función del grado y nivel reconocido a la persona en situación de dependencia y de su capacidad económica.

Artículo
19. Prestación económica de asistencia personal.

La prestación económica de asistencia personal tiene como finalidad la promoción de la autonomía de las personas con gran dependencia. Su objetivo es contribuir a la contratación de una
asistencia personal, durante un número de horas, que facilite al beneficiario el acceso a la educación y al trabajo, así como una vida más autónoma en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria. Previo acuerdo del Consejo Territorial
del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, se establecerán las condiciones específicas de acceso a esta prestación.

Artículo 23. Servicio de Ayuda a Domicilio.

El servicio de ayuda a domicilio lo constituye el
conjunto de actuaciones llevadas a cabo en el domicilio de las personas en situación de dependencia con el fin de atender sus necesidades de la vida diaria, prestadas por entidades o empresas, acreditadas para esta función:

a) Servicios
relacionados con la atención de las necesidades domésticas o del hogar: limpieza, lavado, cocina u otros.

b) Servicios relacionados con la atención personal, en la realización de las actividades de la vida diaria.

Artículo
26. Grados de dependencia.

1. La situación de dependencia se clasificará en los siguientes grados:

a) Grado I. Dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida
diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.

b) Grado II. Dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria
dos o tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.

c) Grado III. Gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades
básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía
personal.

2. Cada uno de los grados de dependencia establecidos en el apartado anterior se clasificarán en dos niveles, en función de la autonomía de las personas y de la intensidad del cuidado que requiere.

3. Los
intervalos para la determinación de los grados y niveles se establecerán en el baremo al que se refiere el artículo siguiente.

Artículo 27. Valoración de la situación de dependencia.

1. Las Comunidades Autónomas
determinarán los órganos de valoración de la situación de dependencia, que emitirán un dictamen sobre el grado y nivel de dependencia, con especificación de los cuidados que la persona pueda requerir. El Consejo Territorial deberá acordar unos
criterios comunes de composición y actuación de los órganos de valoración de las Comunidades Autónomas que, en todo caso, tendrán carácter público.

2. El grado y niveles de dependencia, a efectos de su valoración, se determinarán
mediante la aplicación del baremo que se acuerde en el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia para su posterior aprobación por el Gobierno mediante Real Decreto. Dicho baremo tendrá entre sus referentes la
Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud (CIF), adoptada por la Organización Mundial de la Salud.

3. El baremo establecerá los criterios objetivos de valoración del grado de autonomía de la persona, de
su capacidad para realizar las distintas actividades de la vida diaria, los intervalos de puntuación para cada uno de los grados y niveles de dependencia, y el protocolo con los procedimientos y técnicas a seguir para la valoración de las aptitudes
observadas, en su caso.

4. El baremo valorará la capacidad de la persona para llevar a cabo por sí misma las actividades básicas de la vida diaria, así como la necesidad de apoyo y supervisión para su realización por personas con
discapacidad intelectual o con enfermedad mental.

5. La valoración se realizará teniendo en cuenta los correspondientes informes sobre la salud de la persona y sobre el entorno en el que viva, y considerando, en su caso, las ayudas
técnicas, órtesis y prótesis que le hayan sido prescritas.

Artículo 28, apartado 3:

3. La resolución a la que se refiere el apartado anterior determinará los servicios o prestaciones que corresponden al solicitante según el
grado y nivel de dependencia.

Artículo 29, apartado 1:

1. En el marco del procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y las prestaciones correspondientes, los servicios sociales correspondientes del sistema
público establecerán un Programa Individual de Atención en el que se determinarán las modalidades de intervención más adecuadas a sus necesidades de entre los servicios y prestaciones económicas previstos en la resolución para su grado y nivel, con
la participación previa consulta y, en su caso, elección entre las alternativas propuestas del beneficiario y, en su caso, de su familia o entidades tutelares que le represente.

Artículo 30, apartado 1:

1. El grado o nivel de
dependencia será revisable, a instancia del interesado, de sus representantes o de oficio por las Administraciones Públicas competentes, por alguna de las siguientes causas:

a) Mejoría o empeoramiento de la situación de dependencia.


b) Error de diagnóstico o en la aplicación del correspondiente baremo.

Artículo 38, Apartado 3:

3. A través de dicha red de comunicaciones se intercambiará información sobre las infraestructuras del sistema, la situación,
grado y nivel de dependencia de los beneficiarios de las prestaciones, así como cualquier otra derivada de las necesidades de información en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Disposición adicional
novena. Efectividad del reconocimiento de las situaciones vigentes de gran invalidez y de necesidad de ayuda de tercera persona.

Quienes tengan reconocida la pensión de gran invalidez o la necesidad de asistencia de tercera persona
según el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de Procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, tendrán reconocido el requisito de encontrarse en situación de dependencia, en el grado y nivel que se
disponga en el desarrollo reglamentario de esta Ley.

Disposición final primera. Aplicación progresiva de la Ley.

1. La efectividad del derecho a las prestaciones de dependencia incluidas en la presente Ley se ejercitará
progresivamente, de modo gradual y se realizará de acuerdo con el siguiente calendario a partir del 1 de enero de 2007:

El primer año a quienes sean valorados en el Grado III de Gran Dependencia, niveles 2 y 1.

En el segundo y tercer
año a quienes sean valorados en el Grado II de Dependencia Severa, nivel 2.

En el tercero y cuarto año a quienes sean valorados en el Grado II de Dependencia Severa, nivel 1.

El quinto y sexto año a quienes sean valorados en el Grado I
de Dependencia Moderada, nivel 2.

El séptimo y octavo año a quienes sean valorados en el Grado I de Dependencia Moderada, nivel 1.

2. El reconocimiento del derecho contenido en las resoluciones de las administraciones públicas
competentes generará el derecho de acceso a los servicios y prestaciones correspondientes, previstos en los artículos 17 a 25 de esta Ley, a partir del inicio de su año de implantación de acuerdo con el calendario del apartado 1 de esta disposición
o desde el momento de su solicitud de reconocimiento por el interesado, si ésta es posterior a esa fecha.

3. Transcurridos los primeros tres años de aplicación progresiva de la Ley, el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía
y Atención a la Dependencia realizará una evaluación de los resultados de la misma, proponiendo las modificaciones en la implantación del Sistema que, en su caso, estime procedentes.

4. En la evaluación de los resultados a que se
refiere el apartado anterior se efectuará informe de impacto de género sobre el desarrollo de la Ley.




En el Capítulo II del Titulo I, queda derogada la Sección 4.ª y el artículo 25 bis.

Dos. Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la
competitividad.

Se derogan las siguientes disposiciones del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, recuperando su vigencia las normas que hubieran
sido derogadas por su aprobación:

Disposición adicional séptima.

Disposición adicional octava.

Disposición adicional novena.

Disposición adicional décima.

Disposición transitoria octava.

Disposición
transitoria novena.

Disposición transitoria décima.

Disposición transitoria undécima.

Disposición transitoria duodécima.

Disposición transitoria décimo tercera.

Disposición final primera.»

MOTIVACIÓN


La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia estaba desarrollándose según lo previsto en su calendario y generando importantes retornos económicos hasta el
año 2011.

Las reformas adoptadas por el Gobierno a partir de diciembre de 2011, así como los recortes en los Presupuestos de 2012, 2013, 2014 y 2015, recortaron derechos y degradaron la capacidad de cobertura del Sistema, afectando a miles de
personas.

En la situación económica actual, los servicios sociales que dan cobertura a los colectivos más desfavorecidos deben ser una prioridad, por ello se debe recuperar, de manera inmediata, el Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia, tal y como se diseñó en la redacción original de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

El Senador José María Fuster Muniesa (GPP), la
Senadora María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan 68 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2016.

Palacio del Senado, 28 de septiembre de 2015.—José María Fuster Muniesa, María Belén Ibarz Ibarz y Rosario Isabel Santos Fernández.

ENMIENDA NÚM. 2235

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén
Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz , PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a las DISPOSICIONES ADICIONALES. VI. Disposición adicional sexagésima primera.

ENMIENDA

De modificación.

A la disposición adicional
sexagésima primera. Derivaciones y desplazamientos de pacientes dentro del Sistema Nacional de Salud

Sustituir el texto de la disposición por el siguiente:

«Uno. En el primer semestre de 2016, el Gobierno impulsará, de acuerdo
con las Comunidades Autónomas, la aprobación de las disposiciones precisas para garantizar, normativa y presupuestariamente, la atención y derivaciones de pacientes fuera de su Comunidad Autónoma de residencia en las mismas condiciones que cualquier
ciudadano residente, y su sostenibilidad y gestión eficaz.

Dos. En tanto se produzca dicha aprobación, se mantendrá y/o recuperará la aplicación y carácter presupuestario del Fondo de Garantía Asistencial y del Fondo de Cohesión
Sanitaria y en concreto, de los apartados a), b), c) y d) del artículo 2.1 del Real Decreto 1207/2006, de 20 de octubre, por el que se regula el Fondo de Cohesión Sanitaria.»

JUSTIFICACIÓN

Garantizar el acceso a la asistencia sanitaria
a aquellas personas que la precisen en cualquier parte del territorio español, fuera de su Comunidad Autónoma de residencia, incluyendo las derivaciones a centros de referencia por enfermedades graves o raras y en particular, a los residentes en las
zonas limítrofes entre comunidades autónomas, atendidos en centros sanitarios de la comunidad vecina, como es el caso de miles de aragoneses.

ENMIENDA NÚM. 2236

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz
(GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a las DISPOSICIONES ADICIONALES. Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una nueva disposición adicional con el siguiente texto:


Disposición adicional nueva.

Inversiones del Estado en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Crédito 32.01.9410.757 dotado en la Sección 32 «Otras Relaciones Financieras con Entes Territoriales» se destinará a actuaciones inversoras
en la Comunidad Autónoma de Aragón atendiendo a los acuerdos alcanzados al respecto en la comisión Bilateral Estado-Aragón.

JUSTIFICACIÓN

Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en el Estatuto de Autonomía de Aragón.


ENMIENDA NÚM. 2237

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz,
PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a las DISPOSICIONES ADICIONALES. Disposición adicional nueva.


ENMIENDA

De adición.

DISPOSICIÓN ADICIONAL: Financiación Local

Se añade una Disposición adicional con el siguiente tenor:

Antes del 15 de marzo de 2016, se someterá a aprobación de las Cortes Generales, previo
proceso participativo, un Proyecto de ley de financiación local. Dicho proyecto de Ley contemplará, de manera muy concreta, y debido a las excepcionales características de distribución de la población en el conjunto de España, los criterios de
financiación de los municipios de menos de 20.000 habitantes.

JUSTIFICACIÓN

Necesidad de resolver el problema de financiación de los municipios para hacer frente a las competencias asumidas como consecuencia de las últimas reformas del
régimen local contemplando criterios que ayuden a paliar las dificultades de los municipios de menos de 20.000 habitantes.

ENMIENDA NÚM. 2238

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña
Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a las DISPOSICIONES ADICIONALES. Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Añadir una nueva disposición adicional con el siguiente texto:

Disposición
adicional nueva: Despoblación

«El Gobierno desarrollará acciones y medidas para evitar la despoblación en el medio rural en provincias y comarcas con una densidad de población inferior a 10 hab/km2, en coordinación con el resto de
administraciones, dotándolas de los medios presupuestarios suficientes correspondientes a los diferentes Ministerios, conforme a los principios de transversalidad y colaboración institucional, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Informe de la
Ponencia de estudio para la adopción de medidas en relación con la Despoblación Rural en España, aprobado el pasado 10 de junio por el Senado, así como al Dictamen de la Comisión Especial de Estudio sobre las medidas a desarrollar para evitar la
despoblación de las zonas de montaña, aprobado por el pleno del Senado el día 9 de julio de 2015, ambos aprobados por unanimidad.»

JUSTIFICACIÓN

Para dar cumplimiento a los acuerdos parlamentarios en relación con la despoblación
alcanzados por todas las fuerzas políticas.

ENMIENDA NÚM. 2239

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa,
PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a las DISPOSICIONES
ADICIONALES. Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Añadir una nueva disposición adicional con el siguiente texto:

ANEXO (nuevo) Inversiones del estado en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Dotación de
líneas de ayuda para la realización de inversiones en la adaptación medioambiental en la Central Térmica de Andorra (Teruel).

JUSTIFICACIÓN

Para priorizar líneas de ayuda para la adaptación medioambiental de la Central Térmica Térmica
Teruel en Andorra (Teruel) como elemento fundamental de desarrollo en las cuencas mineras turolenses y garante de la explotación del carbón autóctono, todo ello conforme a las previsiones establecidas en el Estatuto de Autonomía de Aragón.


ENMIENDA NÚM. 2240

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz,
PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

SECCIÓN: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

SERVICIO: 40 SECRETARIA DE ESTADO DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA

PROGRAMA: 453A INFRAESTRUCTURA DEL TRANSPORTE FERROVIARIO.

ARTICULO: 60
INVERSIÓN NUEVA EN INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL

PROYECTO: 2012 17 40 0346 «REAPERTURA TÚNEL CANFRANC»

IMPORTE: +15.000 miles de euros en 2016 y Proyección plurianual en los siguientes ejercicios para garantizar
la continuidad de la inversión y obras, de acuerdo con esta previsión:




PROYECTO 2016 PROYECCIÓN 2017 PROYECCIÓN 2018 PROYECCIÓN 2019
Enmiendas +15.000 miles € +15.000 miles € +10.000 miles € +5.000 miles €

BAJA

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02


PROGRAMA: 929M

CONCEPTO: FONDO DE CONTINGENCIA

ARTICULO: 51

IMPORTE: -15.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Aumentar y señalar partidas para el impulso inmediato a la mejora de este eje ferroviario con la
intención de cumplir el acuerdo unánime de las Cortes de Aragón alcanzado en fecha 24 de septiembre de 2015 que concretamente dice: «las Cortes de Aragón, conscientes de la importancia que para el desarrollo futuro de la Comunidad representan las
infraestructuras ferroviarias, instan al Gobierno de Aragón a trasladar al Gobierno central la necesidad de priorizar la reapertura del Canfranc con carácter internacional, a impulsar la Travesía Central de los Pirineos dentro del Eje 16 de las
Redes Transeuropeas de Transporte y a comprometer inversiones para la modernización de la línea férrea Zaragoza-Teruel-Valencia dentro del proyecto de corredor Cantábrico-Mediterráneo, por ser estas infraestructuras básicas para el crecimiento y la
consolidación de la posición logística de Aragón en España y Europa».

ENMIENDA NÚM. 2241

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador
José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la
Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

ENTIDAD: Administrador de infraestructuras ferroviarias (ADIF)

PROYECTO: 4035

DENOMINACION:
MEJORA Y ADAPTACIÓN PARA EL TRÁFICO INTERNACIONAL DE LA LÍNEA HUESCA-CANFRANC

IMPORTE: +21.000 miles de euros en 2016

BAJA

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

CONCEPTO: FONDO DE CONTIGENCIA


ARTICULO: 51

IMPORTE: -21.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Aumentar la partida para el impulso inmediato a la mejora de este eje ferroviario (contando con la continuidad de los trabajos con base en la proyección indicada en
el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para ADIF) con la intención de cumplir el acuerdo unánime de las Cortes de Aragón, alcanzado en fecha 24 de septiembre de 2015, que concretamente dice: «las Cortes de Aragón, conscientes de la
importancia que para el desarrollo futuro de la Comunidad representan las infraestructuras ferroviarias, instan al Gobierno de Aragón a trasladar al Gobierno central la necesidad de priorizar la reapertura del Canfranc con carácter internacional, a
impulsar la Travesía Central de los Pirineos dentro del Eje 16 de las Redes Transeuropeas de Transporte y a comprometer inversiones para la modernización de la línea férrea Zaragoza-Teruel-Valencia dentro del proyecto de corredor
Cantábrico-Mediterráneo, por ser estas infraestructuras básicas para el crecimiento y la consolidación de la posición logística de Aragón en España y Europa».

ENMIENDA NÚM. 2242

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María
Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

SECCIÓN: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

ENTIDAD: Administrador de
infraestructuras ferroviarias (ADIF)

PROYECTO: 4043

DENOMINACION: TRAVESIA CENTRAL DE LOS PIRINEOS

IMPORTE + 2. 000 miles de euros en 2016 y Proyección plurianual en los siguientes ejercicios para garantizar la continuidad de
la inversión, de acuerdo con esta previsión:


PROYECTO 2016 PROYECCIÓN 2017 PROYECCIÓN 2018 PROYECCIÓN 2019
Enmiendas +2.000 miles € +2.000 miles € +3.000 miles € +3.000 miles €

BAJA

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

CONCEPTO: Fondo de Contingencia y otros
imprevistos.

ARTICULO: 51

IMPORTE: -2.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Garantizar la aportación de España a la elaboración de cuantos estudios técnicos e informes sean necesarios para la reincorporación de esta vía
férrea en el mapa de redes transeuropeas y así mismo, a la redacción de los proyectos constructivos para el inicio de los trabajos a medio plazo, de acuerdo con la importancia que representa para Aragón y su futuro, así como para España y Europa en
las actuales circunstancias, la apertura de un paso ferroviario de alta capacidad, integrado en un eje europeo, que fomente notablemente el desarrollo socioeconómico constituyendo un motor de desarrollo y prosperidad.

ENMIENDA NÚM. 2243


De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora
Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA


Sección: 17. Ministerio de Fomento

Servicio: 40.

Programa: 453A.

Capítulo: 6.

Artículo: 60.

Proyecto: 2005 17 40 0160

Denominación: Corredor de alta velocidad Cantábrico - Mediterráneo (estudios y
proyectos).

Provincias: Teruel y Zaragoza

Importe: 6.000 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.




Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 6.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Dotación para impulsar el eje Cantábrico-Mediterráneo por Zaragoza y Teruel hasta Valencia como eje
vertebrador del territorio, colaborando en las oportunidades de desarrollo económico y social de Aragón, evitando desequilibrios territoriales y de oportunidades, favoreciendo la sostenibilidad ambiental y compensando a Teruel que quedó fuera del
AVE Madrid-Cuenca-Valencia.

ENMIENDA NÚM. 2244

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la
Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17. Ministerio de Fomento

Servicio: 40.

Programa: 453A.

Capítulo: 6.

Artículo: 60.

Proyecto: 2001 17 40 0165

Denominación: L.A.V.
Zaragoza - Teruel.

Provincias : Teruel y Zaragoza

Importe: 6.000 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.


Importe: 6.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Dotación para la modernización y mejora de la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 2245

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y
de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17 Ministerio de Fomento.

Servicio: 20.

Programa: 453
A.

Artículo: 61.

Proyecto: Nuevo.

Denominación: Estudio viabilidad conexión ferroviaria La Puebla de Hijar - Samper de Calanda - Alcañiz - Motorland Aragón - Alcorisa - Andorra (Teruel) - Caspe (Zaragoza).

Importe: 100
(miles de euros).

BAJA

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 20

Programa: 453 A

Capítulo 6

Artículo: 61

Concepto: Contratos de Asistencia Técnica

Importe: 100 (miles de euros)


JUSTIFICACIÓN

Para valorar la viabilidad de la puesta en marcha de una conexión ferroviaria logística en las áreas industriales y tecnológicas del Bajo Aragón histórico, aprovechando las infraestructuras existentes en uso y las abandonadas
en su día.

ENMIENDA NÚM. 2246

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén
Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

SECCIÓN: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

SERVICIO: 38 DIRECCION GENERAL DE CARRETERAS

PROGRAMA: 453B CREACION DE INFRAESTRUCTURA DE CARRETERAS

ARTICULO 61: INVERSION DE REPOSICIÓN EN
INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL

PROYECTO: 2005 17 38 3689 N-260 CONGOSTO DEL VENTAMILLO-CAMPO

IMPORTE: +7.690,78 miles de euros en 2016 y Proyección plurianual en los siguientes ejercicios hasta el coste total del
proyecto (76.000.000 €), de acuerdo con esta previsión:


PROYECTO 2016 PROYECCIÓN 2017 PROYECCIÓN 2018 PROYECCIÓN 2019
Enmiendas +7.690,78
miles €
+23.040 miles € +20.370 miles € +15.580 miles €
Cantidad Total 8.000 miles € 25.000 miles € 25.000 miles € 18.000 miles €

BAJA

SECCIÓN 31

SERVICIO 02

PROGRAMA 929m




CONCEPTO: FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

ARTICULO 51

IMPORTE: -7.690,78 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Iniciar y garantizar la rápida ejecución del acondicionamiento de este tramo, demanda que
vienen solicitando los vecinos de la comarca de la Ribargoza y en especial del Valle de Benasque, durante décadas, sin respuesta, para impulsar un trazado clave en el Eje Pirenaico N-260, que actualmente supone un grave riesgo para las miles de
personas que transitan por el mismo y está limitando el bienestar así como el crecimiento y desarrollo económico de una de las zonas con mayor potencial turístico de Aragón. Al tiempo que con esta infraestructura se resuelve el acceso al Valle de
Benasque y se vertebra la Ribagorza, se conecta a las comarcas aragonesas pirenaicas entre sí y con otras comunidades, objeto de la N-260.

ENMIENDA NÚM. 2247

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP)
y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN 17 MINISTERIO DE FOMENTO

SERVICIO 38 DIRECCIÓN GENERAL DE
CARRETERAS

PROGRAMA 453B CREACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CARRETERAS

ARTICULO 61 Inversión en reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general.

PROYECTO. 2005 17 38 3674 N-260. TÚNEL DE BALUPOR-FISCAL.


IMPORTE: +209,22 miles de euros en 2016 y Proyección plurianual en los siguientes ejercicios para garantizar la continuidad de la inversión y obras, de acuerdo con esta previsión:


PROYECTO 2016 PROYECCIÓN 2017 PROYECCIÓN 2018 PROYECCIÓN 2019
Enmiendas +209,22 miles € +1.960 miles € +4.630 miles € +2.420 miles
Cantidad Total 309,22 miles € 2.060 miles € 4.730 miles € 2.520 miles €

BAJA

SECCIÓN: 31


SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

CONCEPTO: FONDO DE CONTINGENCIA E IMPREVISTOS

ARTICULO: 51

IMPORTE: -209,22 (MILES DE EUROS)

JUSTIFICACIÓN

Recuperación de las cantidades inicialmente previstas en el
proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2016 (modificadas por enmienda en el Congreso de los Diputados) a fin de garantizar el impulso (definición de trazado, asistencias técnicas e inicio y continuidad de las obras) al acondicionamiento
de este tramo de la N-260 en el valle del Ara en la comarca de Sobrarbe, espacio natural y humano cuya vida y porvenir se han visto condicionados e incluso eliminados durante décadas por el ahora descartado embalse de Jánovas que frenó también la
mejora de la carretera de forma que este tramo permanece con un estado decimonónico y graves riesgos, situado entre itinerarios ya acondicionados como el Sabiñánigo-Fiscal que generan abundante tránsito y lo convierten en «cuello de botella». La
restitución territorial y expectativas de progreso en esta zona exigen la mejora de esta carretera, reclamada por los vecinos que vieron frustradas sus esperanzas ante la declaración ambiental negativa a la primera propuesta de trazado y ante el
aplazamiento de la inversión. Al tiempo que con esta infraestructura se resuelve esta comunicación y se vertebra el Sobrarbe, se conecta a las comarcas aragonesas pirenaicas entre sí y con otras comunidades, objeto de la N-260.

ENMIENDA
NÚM. 2248

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y
la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA

SECCIÓN 17 MINISTERIO DE FOMENTO

SERVICIO 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS

PROGRAMA 453B Creación de infraestructura de carreteras

ARTICULO 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso
general

PROYECTO. 2004 17 38 4141. A-21 TRAMO: ENLACE DE SIGÜES - ENLACE TIERMAS

IMPORTE: +5.000 miles de euros

BAJA

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

CONCEPTO: FONDO DE CONTINGENCIA E
IMPREVISTOS

ARTICULO: 51

IMPORTE: -5.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Garantizar la agilidad en el inicio y realización de las obras de este tramo de la A-21 que está situado entre otros varios tramos ya en servicio, de
manera que supone graves inconvenientes y riesgos por lo que es imprescindible cuanto antes dar continuidad a esta infraestructura de importancia decisiva para un amplio territorio y miles de personas en el Alto Aragón, especialmente en la
Jacetania.

ENMIENDA NÚM. 2249

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén
Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

SECCIÓN: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

SERVICIO: 38

PROGRAMA: 453B

ARTICULO: 60

PROYECTO: 2005 17 38 4164 A - 21 TRAMO: PUENTE LA REINA DE JACA-FAGO (L.P. ZARAGOZA)

IMPORTE:
+3.000 miles de euros

BAJA

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

CONCEPTO: FONDO DE CONTIGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

ARTICULO: 51

IMPORTE: -3.000 miles de euros.

JUSTIFICACIÓN


Garantizar la agilidad en el inicio y realización de las obras de este tramo de la A-21, dando continuidad a esta infraestructura de importancia decisiva para un amplio territorio y miles de personas en el Alto Aragón, especialmente en la
Jacetania.

ENMIENDA NÚM. 2250

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP)


y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

SERVICIO: 38


PROGRAMA: 453B

ARTICULO: 60

PROYECTO: 2005 17 38 4166 A-21 TRAMO: SANTA CILIA DE JACA-PUENTE LA REINA DE JACA

IMPORTE: +3.000 miles de euros

BAJA

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M


CONCEPTO: FONDO DE CONTIGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

ARTICULO: 51

IMPORTE: -3.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Garantizar el reinicio en 2016 de las obras de este tramo de la A-21, dando continuidad a su construcción
y a esta infraestructura de importancia decisiva para un amplio territorio y miles de personas en el Alto Aragón, especialmente en la Jacetania, ya que las inversiones previstas en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado son aplazadas
hasta 2017-2019.

ENMIENDA NÚM. 2251

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María
Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA


De modificación.

ALTA

SECCIÓN: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

SERVICIO: 38 DIRECCION GENERAL DE CARRETERAS

PROGRAMA: 453B CREACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CARRETERAS

ARTICULO: 61 INVERSIÓN DE REPOSICIÓN Y BIENES
DESTINADOS AL USO GENERAL

PROYECTO: 2005 17 38 3661 Variante sur de Huesca y acceso aeropuerto Monflorite

IMPORTE: +2.000 miles de euros

BAJA

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

CONCEPTO:
Fondo de Contingencia y otros imprevistos.

ARTICULO: 51

IMPORTE: -2.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Impulsar la licitación inmediata e inicio de las obras de la Variante Sur de Huesca que uniría, con características de
autovía, la A-22 desde Siétamo por el aeropuerto de interés general Huesca-Pirineos hacia la A-23 en el entorno de las zonas industriales, logísticas y tecnológicas de PLHUS y Walqa, enlazando ambos importantes itinerarios de alta capacidad y largo
recorrido y dando lugar a un importante impulso a la multimodalidad del transporte, la actividad económica y ordenación urbana de la capital del Alto Aragón. Esta variante cuenta con proyecto y declaración de impacto positiva (cuya caducidad debió
incluso ser resuelta) desde hace años.

ENMIENDA NÚM. 2252

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR
(GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

SERVICIO: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS

PROGRAMA: 453B CREACION DE INFRAESTRUCTURA DE CARRETERAS

ARTICULO: 60
INVERSION NUEVA EN INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL.

PROYECTO: 2005 17 38 4181 A-22 TRAMO SIETAMO-HUESCA

IMPORTE: +3.000 miles de euros

BAJA

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M


CONCEPTO: Fondo de Contingencia y otros imprevistos.

ARTICULO: 51

IMPORTE: -3.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Impulsar el inicio inmediato de la construcción del único tramo pendiente de toda la autovía A-22
Lérida-Huesca, que cuenta con proyecto y declaración de impacto ambiental positiva cuya caducidad incluso fue preciso resolver ante la tardanza en comenzar las obras tras la aprobación del proyecto.

ENMIENDA NÚM. 2253

De don José María
Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos
Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17. Ministerio
de Fomento.

Servicio: 38.

Programa: 453B.

Artículo: 61.

Proyecto: 1993 17 38 2425.

Denominación: N-232 L.P. Castellón - Ráfales - Teruel (13,8 km).

Importe: 6.000 (miles de euros).

BAJA.


Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 6.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Incremento de la dotación presupuestaria para
aumentar el ritmo de ejecución de las obras, como consecuencia de que los PGE de 2016 reducen a la mitad la plurianualidad prevista en los PGE de 2015.

Si bien la partida presupuestaria prevista garantiza la continuidad de las obras (que se
han parado 3 veces desde 1.993), es de sentido común que después de 20 años de espera de acondicionamiento de una carretera nacional, que ya tiene planificada una autovía (A68) en su trazado, no sean necesarios ni técnica ni presupuestariamente 4
años más de espera para terminar 13,8 kms.

ENMIENDA NÚM. 2254

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa,
PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17 Ministerio de Fomento.

Servicio: 38.

Programa: 453B.

Artículo: 60.




Proyecto: 2002 17 38 4063.

Denominación: A-40 Cuenca-Teruel.

Importe: 6.000 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.


Concepto: 510.

Importe: 6.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Incremento de dotación para el acondicionamiento del tramo de referencia.

ENMIENDA NÚM. 2255

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María
Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17 Ministerio de Fomento.

Servicio: 38.


Programa: 453B.

Artículo: 60.

Proyecto: nuevo.

Denominación: N-330 Teruel-Los Santos.

Importe: 6.000 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.


Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 6.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Dotación para el acondicionamiento del tramo de referencia que requiere de actuaciones de urgencia para reducir su
peligrosidad.

ENMIENDA NÚM. 2256

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María
Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA


De modificación.

ALTA

Sección: 17.

Servicio: 38.

Programa: 453B.

Capítulo: 6.

Artículo: 60.

Proyecto: 2004 17 38 9535. A-68. Tramo: Fuentes de Ebro (Zaragoza) - Valdealgorfa (Teruel).


Importe: 6.000,00 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 6.000,00 (miles de euros).


JUSTIFICACIÓN

Incremento de dotación presupuestaria para la redacción de proyectos de las diferentes fases de la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 2257

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz
Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17. Ministerio de Fomento.

Servicio: 38.


Programa: 453B.

Artículo: 61.

Proyecto: 2006 17 38 0825

Denominación: N-420 Tramo variante de Calanda (Teruel).

Importe: 600 (miles de euros).

BAJA.

Sección: 31.

Servicio: 02.


Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 600 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Incremento dotación presupuestaria para agilizar la actuación de referencia conforme a los
compromisos adoptados del Ministerio de Fomento con las agentes sociales de Teruel en su día.

ENMIENDA NÚM. 2258

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández
(GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17. Ministerio de Fomento.

Servicio: 38.

Programa: 453B.

Artículo: 61.


Proyecto: 2006 17 38 4682

Denominación: N-420 Tramo variante de Villalba Baja (Teruel).

Importe: 600 (miles de euros).

BAJA.




Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 600 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Incremento dotación presupuestaria para
agilizar la actuación de referencia conforme a los compromisos adoptados del Ministerio de Fomento con las agentes sociales de Teruel en su día.

ENMIENDA NÚM. 2259

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz
(GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17. Ministerio de Fomento.

Servicio: 38.


Programa: 453B.

Artículo: 61.

Proyecto: 2006 17 38 0826

Denominación: N-420 Tramo variante de La Mata de los Olmos (Teruel).

Importe: 600 (miles de euros).

BAJA.

Sección: 31.


Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 600 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Incremento dotación presupuestaria para agilizar la actuación de
referencia conforme a los compromisos adoptados del Ministerio de Fomento con las agentes sociales de Teruel en su día.

ENMIENDA NÚM. 2260

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario
Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento
del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17. Ministerio de Fomento.

Servicio: 38.

Programa: 453B.


Artículo: 61.

Proyecto: 2006 17 38 0827

Denominación: N-420 Tramo variante de Gargallo (Teruel).

Importe: 600 (miles de euros).

BAJA.

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.


Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 600 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Incremento dotación presupuestaria para agilizar la actuación de referencia conforme a los compromisos adoptados del
Ministerio de Fomento con las agentes sociales de Teruel en su día.

ENMIENDA NÚM. 2261

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José
María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la
Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17. Ministerio de Fomento.

Servicio: 38.

Programa: 453B.

Artículo: 61.

Proyecto: 2005 17 38 3661


Denominación: N-420 Variante de Utrillas (Teruel) tramo intersección con N-211.

Importe: 600 (miles de euros).

BAJA.

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.


Concepto: 510.

Importe: 600 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Incremento dotación presupuestaria para agilizar la actuación de referencia conforme a los compromisos adoptados del Ministerio de Fomento con las agentes sociales
de Teruel en su día.

ENMIENDA NÚM. 2262

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora
María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17. Ministerio de Fomento.

Servicio: 38.

Programa: 453B.

Artículo: 61.

Proyecto: 2006 17 38 3677

Denominación: N-211 Duplicación Alcolea del
Pinar - Monreal del Campo (Teruel).

Importe: 3.000 (miles de euros).

BAJA.

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.




Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 3.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Incremento dotación presupuestaria para agilizar la actuación de referencia a los efectos de completar el estudio informativo, la
evaluación ambiental y la redacción de proyectos.

ENMIENDA NÚM. 2263

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster
Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17.
Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17.

Servicio: 38.

Programa: 453B.

Capítulo: 6.

Artículo: 60.

Proyecto: Nuevo.

Denominación: Conexión en
Autovía de la N-420, entre N-232 (Valdealgorfa) y la Variante Sur de Reus.

Importe: 1.000,00 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.


Concepto: 510.

Importe: 1.000,00 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Dotación presupuestaria para la realización del estudio informativo.

ENMIENDA NÚM. 2264

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María
Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 38


Programa: 453B Dirección General de Carreteras

Artículo: 60

Proyecto: 2015 17 38 3647

Denominación: A-68 Tramo Gallur-Mallén

Provincia: Zaragoza

Importe: 2016: +5000 (miles de euros) en 2016


BAJA

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Importe: -5000 (miles de euros)

JUSTIFICACIÓN

Incrementar la partida
prevista en el ejercicio 2016 para impulsar el desdoblamiento de la N-232 en el citado tramo.

ENMIENDA NÚM. 2265

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández
(GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa,, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan
la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 38

Programa: 453B Dirección General de Carreteras


Artículo: 60

Proyecto: 2015 17 38 3646

Denominación: A 68 Tramo Figueruelas-Gallur

Provincia: Zaragoza

Importe: 2016: +5000 (miles de euros)

BAJA

Sección: 31

Servicio: 02


Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Importe: -5000 (miles de euros)

JUSTIFICACIÓN

Incrementar la partida prevista en el ejercicio 2016 para impulsar el
desdoblamiento de la N-232 en el citado tramo.

ENMIENDA NÚM. 2266

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster
Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17.
Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 38

Programa: 453B Dirección General de Carreteras

Artículo: 61


Proyecto: 2015 17 38 3691

Denominación: Variante Borja - Maleján

Provincia: Zaragoza

Importe 2016: 300 (miles de euros)

BAJA

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51


Concepto: Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Importe: 300 (miles de euros)




JUSTIFICACIÓN

Dotar convenientemente la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 2267

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)


El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente
enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17 Ministerio de Fomento.

Servicio: 38. Dirección General de Carreteras

Programa: 453B. Creación de
infraestructura de carreteras

Artículo: 60.

Proyecto: 2005 17 38 1137

Denominación: A-68 Tramo Burgo de Ebro - Fuentes de Ebro

Importe de la enmienda: 1.000 (en miles de euros)

BAJA

Sección: 31.


Servicio: 02.

Programa: 929M.

Artículo: 51.

Concepto: Fondo de Contingencia y Otros imprevistos.

Importe: 1.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Acelerar la ejecución de dicha infraestructura.


ENMIENDA NÚM. 2268

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz,
PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De adición.


ALTA

Sección: 17. Ministerio de Fomento

Servicio: 20

Programa: 453A. Infraestructuras del Transporte Ferroviario.

Artículo: 60

Proyecto: Nuevo.

Denominación: Aportación para financiación ampliación
sistema cercanías ferroviarias Zaragoza y comarcas limítrofes.

Provincia: Zaragoza.

Dotación 2016: 4.000 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 2.

Programa: 929M.

Artículo: 51.


Concepto: Fondo de Contingencia y Otros imprevistos.

Importe: 4.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Incluir partidas para impulsar el convenio de colaboración firmado entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de
Zaragoza para impulsar el servicio de ferrocarril convencional en Zaragoza y su área metropolitana siendo el objetivo que el sistema de cercanías, a su finalización, alcance a Huesca por el norte, Gallur por el oeste, Riela-La Almunia por el
sudoeste, Cariñena por el sur y Alcañiz y Caspe por el este, de forma que quede establecida la red definitiva del sistema de cercanías en Aragón, respondiendo a lo acordado de manera unánime en las Cortes de Aragón.

ENMIENDA NÚM. 2269


De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora
Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De adición.

ALTA


Sección: 17. Ministerio de Fomento

Servicio: 20

Programa: 453A. Infraestructuras del Transporte Ferroviario.

Artículo: 60

Proyecto: Nuevo.

Denominación: Mejora de la vía y estudio de desdoblamiento de la
línea Madrid - Barcelona en el tramo Reus-Caspe

Dotación 2016: 1.000 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 2.

Programa: 929M.

Artículo: 51.

Concepto: Fondo de Contingencia y Otros
imprevistos.

Importe: 1.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 2270

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario
Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento
del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De adición.

ALTA

SECCIÓN: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

SERVICIO: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS

PROGRAMA: 453B
CREACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE CARRETERAS

ARTICULO: 60 INVERSIÓN NUEVA EN INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL.

PROYECTO: NUEVO - A-23 LANAVE-EMBALSE DE JABARRELLA-SABIÑÁNIGO SUR

IMPORTE: +4.000 miles de
euros

BAJA

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

CONCEPTO: FONDO DE CONTINGENCIA

ARTICULO: 51

IMPORTE: -4.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Incluir partida con dotación suficiente
y en proyecto unificado para el reinicio inmediato de las obras en estos dos tramos de la A-23 cuyos contratos están rescindidos en la actualidad y con obras paralizadas desde hace varios años, mientras el proyecto de Presupuestos Generales del
Estado aplaza cualquier inversión hasta 2017.

ENMIENDA NÚM. 2271

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa,
PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.

ENMIENDA

De adición.




ALTA

Sección: 17. Ministerio de Fomento

Servicio: 38.

Programa: 453C.

Capítulo: 6.

Artículo: 61.

Proyecto: Nuevo. Cesión y acondicionamiento Travesía N-II, Avenida Cataluña (Zaragoza).


Importe: 1.400,00 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: Fondo de Contingencia y Otros imprevistos.

Importe: 1.400,00
(miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Dotar la partida de referencia.

ENMIENDA NÚM. 2272

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El
Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente
enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De adición.

ALTA

Sección: 17 Ministerio de Fomento.

Servicio: 20

Programa: 441M

Proyecto: Nuevo.

Denominación: Liberación de
peajes de la AP-2 entre Zaragoza y Fraga

Importe: 20.000 (en miles de euros)

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Artículo: 510.

Concepto: Fondo de Contingencia y Otros
imprevistos.

Importe: 20.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Liberación de peajes de la AP-2 entre Zaragoza y Fraga como solución inminente a los graves problemas de siniestralidad del trazado correspondiente de la NII hasta
tanto se produzca el desdoblamiento.

ENMIENDA NÚM. 2273

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR
(GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.

ENMIENDA

De adición.

ALTA

Sección: 17. Ministerio de Fomento.

Programa: 453B. Dirección General de Carreteras.

Artículo: 61.

Proyecto: Nuevo.

Denominación: NII Variante de
Bujaraloz, opción sur (Zaragoza)

Provincia: Zaragoza

Importe 2016: 3.000 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Artículo: 51.

Concepto: Fondo de Contingencia y
Otros imprevistos.

Dotación 2016: 3.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Garantizar mediante una dotación plurianual la citada infraestructura según estudio informativo Autovía del Noreste A2, Clave EL1-E-175 de la Dirección
General de Carreteras, Ministerio de Fomento, año 2007.

ENMIENDA NÚM. 2274

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María
Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la
Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De adición.

ALTA

Sección: 17. Ministerio de Fomento.

Programa: 453B. Dirección General de Carreteras.

Artículo: 60

Proyecto: Nuevo.


Denominación: Carretera Ribarroja del Ebro - Almatret - Mequinenza

Importe 2016: 1.000 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Artículo: 51.

Concepto: Fondo de
Contingencia y Otros imprevistos.

Dotación 2016: 1.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Como consecuencia de la construcción de la presa de Ribarroja de Ebro desaparecieron las infraestructuras de comunicación en las poblaciones
limítrofes del río Ebro en ambos márgenes. Esta infraestructura se considera imprescindible, a la vista de lo anterior, para facilitar el tránsito de personas y servicios a las poblaciones, fomentar el turismo como elemento clave para la creación
de empleo y riqueza y facilitar el tránsito de mercancías desde el Puerto de Tarragona coadyuvando a la localización de industrias.

ENMIENDA NÚM. 2275

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de
doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107
del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De adición.

ALTA

Sección: 17. Ministerio de Fomento.

Programa: 453B. Dirección General de
Carreteras.

Artículo: 60

Proyecto: Nuevo.

Denominación: N211a/N211 Caspe-Mequinenza (39 km)

Importe 2016: 1.000 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.




Servicio: 02.

Programa: 929M.

Artículo: 51.

Concepto: Fondo de Contingencia y Otros imprevistos.

Dotación 2016: 1.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Mejora de la conexión entre ambas
poblaciones.

ENMIENDA NÚM. 2276

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María
Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA


De adición.

ALTA

Sección: 17. Ministerio de Fomento.

Servicio: 09. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo

Programa: 261O

Artículo: 61.

Proyecto: Nuevo.

Denominación:
Rehabilitación de la Plaza de España, Municipio de Daroca

Provincia: Zaragoza.

Dotación 2016: 1.700 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Artículo: 51.


Concepto: Fondo de Contingencia y Otros imprevistos.

Importe: 1.700 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

La Plaza de España, que junto con su entorno inmediato ocupa un espacio aproximado de 4.476,03 m2 es el núcleo neurálgico
de la localidad, y lo ha sido también históricamente, por situarse en ella el principal monumento de la ciudad, como es la Iglesia Colegial de Santa María de los Corporales (B.I.C.). También confluyen en ella edificios representativos como la Casa
Consistorial, el antiguo almudí, y el que hasta hace poco ha sido su Colegio público. La actuación que se propone tiene por objeto recuperar el carácter monumental de la plaza eliminando la característica actual de aparcamiento público, realizando
la unificación de todos los espacios diseminados contiguos dotándola de un carácter básicamente peatonal. La plaza de España, constituye un espacio irregular que proviene de la macla de la Daroca musulmana, que se situaba en toda la zona Norte, al
abrigo del castillo mayor, y la repoblación cristiana, al sur. El lugar que ocupa la Iglesia Colegial, pudo ser ocupado en su día por la mezquita mayor, lo que ha convertido a este lugar como el históricamente más representativo. La primitiva
iglesia románica, de la que se conserva el ábside central, tuvo un claustro adosado, hoy desaparecido, y con elementos reutilizados en la gran ampliación renacentista por la que se giró 90 grados la orientación de la iglesia. La plaza había sido
urbanizada mediante empedrado a comienzos del siglo XVI, pero después de la ampliación de la iglesia de Santa María a finales de este siglo, fue nuevamente reformada y ampliada, ocupando parte del fosal de la iglesia. Hacia 1643 se construye uno de
los edificios singulares de la plaza, la casa del almudí, lonja de trigo de la ciudad, construido con soportales en la planta baja, confiriendo un carácter que debió extenderse a otros edificios de la plaza. La configuración de la plaza a mediados
del siglo XIX ya tenía un carácter irregular similar al actual. En los años 60, se efectuó una remodelación general de la plaza y de los edificios que la rodean, construyéndose el edificio de viviendas que cierra la plaza hacia el Este, realizado
con ladrillo, pretendiendo dotar de uniformidad con el edificio escolar. La ordenación prevista no se ejecutó en su totalidad.

En la actualidad, su configuración permite que se haya convertido casi exclusivamente, en un aparcamiento al aire
libre, encontrándose la mayor parte del tiempo ocupada por vehículos, no sólo en su perímetro sino también en su zona central. Por otra parte, las escasas zonas libres existentes, sufren un gran deterioro en sus pavimentos, y los parterres carecen
de toda utilidad salvo la de servir de transpiración al arbolado. Otro aspecto que actualmente es preciso resolver es el acceso al edificio del Ayuntamiento, cuya rampa de minusválidos y su barandilla está resuelta de forma poco adecuada.


ENMIENDA NÚM. 2277

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz,
PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 11

Programa: 337 B

Capítulo: 6

Proyecto: Restauración de la Iglesia de Montalbán (Teruel)


Importe: 1.000 (miles de euros)

BAJA

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Capítulo: 5

Artículo: 51

Concepto: 510

Importe: 1.000 (miles de euros)

JUSTIFICACIÓN

La
iglesia de Santiago de Montalbán es uno de los monumentos del arte mudéjar aragonés de mayor interés tipológico. La construcción de la iglesia tiene dos fases determinadas por el cambio de factura, estilo y material: el modelo gótico levantino y
finalizada al estilo mudéjar en ladrillo.

Fue declarada Bien de Interés Cultural por Decreto del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes de 3 de junio de 1931, completando la declaración originaria de Bien de Interés Cultural
conforme a la Disposición Transitoria Primera de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural, publicada en el BOA de 27 de marzo de 2002.

Entre 1984 y 2010 el Gobierno de Aragón y el Ministerio de Fomento promovieron dos fases de
trabajos de restauración, por lo que se propone continuar la misma en otra fase de las dos pendientes: la conservación y restauración de la decoración mural de la cabecera de la Iglesia y la de la nave.

El importante interés cultural de la
Iglesia, así como su impacto y relevancia monumental para Montalbán en la cuenca minera central turolenses aconsejan acometer su acondicionamiento lo antes posible.

ENMIENDA NÚM. 2278

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña
María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 11

Programa: 337 B

Capítulo: 6

Proyecto: Restauración de la Iglesia de la Concepción de Alloza (Teruel)

Importe: 600 (miles de euros)

BAJA

Sección: 31


Servicio: 02

Programa: 929M

Capítulo: 5

Artículo: 51

Concepto: 510

Importe: 600 (miles de euros)

JUSTIFICACIÓN

Situada en el centro del casco histórico de la ciudad de Alloza, fue construida
en los siglos XVI y XVII en fábrica de sillería y ladrillo.

El estado de conservación del edificio era deficiente por lo que el Instituto del Patrimonio Cultural de España actuó entre los años 2009 y 2012 en una primera fase con el objetivo
proteger el templo de las humedades del terreno, impidiendo que llegaran a las fachadas sur y oeste, deteniendo la entrada de aguas en el edificio a través de las cubiertas y como los contrafuertes. Se consolidó el basamento de la torre y las
fachadas del edificio y el cosido de grietas en muros, arcos y bóvedas.

Por todo ello, se propone la terminación de la restauración en una fase final.

ENMIENDA NÚM. 2279

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María
Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 20. Ministerio de Industria,
Energía y Turismo

Organismo: 104.

Programa: 432A.

Capítulo: 6.

Artículo: 60.

Proyecto: 1997 15 201 9008. Construcción, ampliación, equipamiento y adquisición de inmuebles y terrenos de la Red de Paradores de
Turismo.

Importe: 2.000 (miles de euros).

En el presupuesto de ingresos del Organismo:

ALTA

Sección: 20.




Organismo: 104.

Capítulo: 7.

Artículo: 70.

Concepto: 700.

Importe: 2.000 (miles de euros).

Repercusión en el presupuesto del Estado:

ALTA

Sección: 20.

Servicio: 04.


Programa: 000X

Capítulo: 7.

Artículo: 71.

Concepto: 713.

Importe: 2.000 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.


Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 2.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Dotación para la finalización de las obras licitadas el pasado 23 de mayo y el equipamiento del Parador de Veruela (Zaragoza) y su
definitiva apertura en 2016, así como la redacción del proyecto del Parador de Mora de Rubielos (Teruel). Ambos como motores de turismo de calidad en sus respectivas zonas de influencia, así como para la protección y conservación del patrimonio
cultural.

ENMIENDA NÚM. 2280

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén
Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 20. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

Servicio: 101.

Programa: 457. .

Artículo: 7.5.

Proyecto: Nuevo.

Denominación: Plan comarcas
mineras de Teruel y Zaragoza

Provincia: Teruel.

Importe: 10.000 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Capítulo: 5

Artículo: 51

Concepto: 510


Importe: 10.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Para la dotación de un programa específico de reindustrialización de las comarcas mineras aragonesas.

ENMIENDA NÚM. 2281

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña
María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Servicio: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro

Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua

Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y
bienes destinados al uso general

Proyecto: 2015 23 104 0010

Provincias: Huesca y Zaragoza

Denominación: Fondos de inversiones generados por energía reservada

Importe de la enmienda: 10.000 (miles de euros).


BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 10.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Dotar fondos suficientes para dar
satisfacción a lo previsto en el artículo 96.2 del Plan Hidrológico de la cuenca del Ebro, esto es, destinarlos a la restitución económica y social, restauración medioambiental, modernización y eficiencia de regadíos y necesidades energéticas de los
servicios públicos de gestión del agua de la cuenca.

ENMIENDA NÚM. 2282

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster
Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Servicio: 5

Programa: 452A


Artículo: 742. ACUAES

Importe: 1.000 (miles de euros)

BAJA

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Capítulo: 5

Artículo: 51

Concepto: 510

Importe: 1.000 (miles de euros)


Repercusión en los presupuestos de ACUAES.

ALTA EN INGRESOS

Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Concepto: 7. Para atender inversiones.

Importe: 1.000
miles de euros.

ALTA EN GASTOS




Entidad: Aguas de las Cuencas de España, S.A. (ACUAES).

Comunidad Autónoma: Aragón.

Provincia: Teruel.

Proyecto: 0204. Recrecimiento del Embalse de Santolea.

Importe: 1.000 (miles de euros).


JUSTIFICACIÓN

Dotación para la urgente adjudicación de las obras para la nueva ubicación de la presa de Santolea, en el T.M. de Castellote (Teruel) conforme a los acuerdos adoptados por la Comisión de Seguimiento del Pacto del Agua en
Aragón.

ENMIENDA NÚM. 2283

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén
Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

Servicio: 05.

Programa: 452A.

Capítulo: 6.

Artículo: 61


Proyecto: 1988 17 06 0809

Denominación: Otras Actuaciones Infraestructura Hidráulica Cuenca del Ebro. (balsa lateral de Comellares en Peñarroya de Tastavins, en el río Tastavins, comarca del Matarraña — Teruel)


Importe: 6.000 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 6.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN


Dotación para la ejecución de la obra conforme a los acuerdos adoptados en la Comisión de Seguimiento del Pacto de Agua de Aragón y en la Comisión Bilateral Aragón - Estado, en relación con la balsa lateral de Comellares en Peñarroya de Tastavins
(Teruel).

ENMIENDA NÚM. 2284

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén
Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

Servicio: 05.

Programa: 452A.

Capítulo: 6.

Artículo: 61

Proyecto:
nuevo

Denominación: Instalación de placas solares para la captación del nuevo abastecimiento de agua potable en La Portellada (Teruel)

Importe: 120 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.


Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 120 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Una vez que se han finalizado las obras de la nueva captación de agua en el municipio de La
Portellada (Teruel) y que han permitido después de 3 años que los vecinos puedan beber agua potable, es urgente la dotación de referencia para resolver energéticamente la captación, en la actualidad provisionalmente resuelta con un generador.


ENMIENDA NÚM. 2285

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz,
PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

Servicio: 05.

Programa: 452A.

Capítulo: 6.

Artículo: 61

Proyecto: nuevo


Denominación: Limpieza y dragado de la presa de Aliaga (Teruel)

Importe: 350 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.


Concepto: 510.

Importe: 350 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Dotación para la actuación de referencia, dado que en la actualidad el pantano está colmatado y provoca inundaciones en las carreteras por las que se accede a
los 3 barrios pedáneos del municipio, además de dificultar, en caso de necesidad, su utilización para la recarga de helicópteros en la lucha contra el fuego.

ENMIENDA NÚM. 2286

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María
Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

Servicio: 05.

Programa: 452A.

Capítulo: 6.

Artículo: 61

Proyecto: 1988 17 06 0809

Denominación: Mejora de las infraestructuras hidráulicas del río Aguasvivas
(embalses y canalizaciones)

Importe: 6.000 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.




Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 6.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Dotación para la ejecución de las obras conforme a lo previsto en el Plan de
Demarcación del Ebro para el río Aguasvivas en los embalses de Moneva y Almochuel, así como las infraestructuras hidráulicas anexas y todo ello para facilitar el caudal de compensación adecuado al paso por el municipio de Vinaceite (Teruel).


ENMIENDA NÚM. 2287

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz,
PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

Servicio: 107

Programa: 452A.

Capítulo: 6.

Artículo: 61


Proyecto: 1988 17 06 0809

Denominación: Embalse de los Alcamines en el río Alfambra (Teruel)

Importe: 6.000 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.


Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 6.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Dotación para la ejecución de las obras de referencia reclamadas desde 1932 y único embalse que queda por construir en la demarcación del
Júcar recogido en el Pacto del Agua de Aragon de 1992, de forma que permita la regulación hiperanual del río que sufre periodos de sequía, adelantando su ejecución prevista por la Confederación Hidrográfica del Júcar para 2.020, con el objetivo de
garantizar el abastecimiento a las poblaciones, laminar avenidas del río Alfambra y dotar de recurso a 3.000 ha de regadío.

ENMIENDA NÚM. 2288

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña
Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente

Servicio: 5

Programa: 452A.

Capítulo: 7.

Artículo: 75

Proyecto: nuevo

Denominación: Regadíos de la cuenca Baja del río Martín y Aguasvivas desde elevaciones del Ebro (Teruel y
Zaragoza)

Importe: 10.000 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 10.000 (miles de euros).


JUSTIFICACIÓN

En Teruel existe un claro déficit en inversiones para la modernización de los regadíos en una de las comarcas más despobladas de la provincia de Teruel y Zaragoza pero con unas condiciones objetivas para la competitividad de
su agricultura y cuyos ríos no cuentan con recursos adicionales regulados.

La enmienda propone dotar partida presupuestaria suficiente y proceder a su urgente licitación en 2016.

ENMIENDA NÚM. 2289

De don José María Fuster
Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos
Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA

Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Servicio: 18

Programa: 414B

Capítulo: 6

Artículo: 61

Proyecto: 2008 23 04 1001. Adecuación caminos naturales de Aragón.
Vía verde Calatayud — Caminreal

Importe: 300 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Capítulo: 5

Artículo: 51

Concepto: 510

Importe: 300 (miles de
euros).

JUSTIFICACIÓN

Dotación plurianual para la actuación de referencia que conectaría con la vía verde Ojos Negros - Sagunto.

ENMIENDA NÚM. 2290

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz
(GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.

Servicio: 18

Programa: 414B

Capítulo: 6

Artículo: 61

Proyecto: 2008 23 04 1001. Adecuación caminos naturales de Aragón (Vía verde Ojos Negros / Sierra Menera - Santa Eulalia del
Campo).

Importe: 300 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M




Capítulo: 5

Artículo: 51

Concepto: 510

Importe: 300 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Dotación para la actuación de referencia que permitiría completar el trazado en Teruel de la vía verde Ojos Negros
- Sagunto y la vía verde del Jiloca a Calatayud en proyecto sobre la antigua vía de tren.

ENMIENDA NÚM. 2291

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández
(GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la
siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCIÓN: 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACION Y MEDIO AMBIENTE

SERVICIO: 18
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL Y POLÍTICA FORESTAL

CAPITULO: 77 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL - A empresas privadas

CONCEPTO: 777 MODERNIZACION DE EXPLOTACIONES

SUBCONCEPTO: 77700 MODERNIZACIÓN DE EXPLOTACIONES E
INSTALACIÓN DE JOVENES AGRICULTORES, PLANES DE MEJORA Y OTRAS ACTUACIONES

IMPORTE: +4.500 miles de euros

BAJA

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

CONCEPTO: FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS
IMPREVISTOS

ARTICULO: 51

IMPORTE: -4.500 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Cada año que se detiene el fomento de las medidas para la incorporación de la juventud al sector agrícola, supone un abandono definitivo por parte de
estos jóvenes, que nunca más proyectan su incorporación a este sector al tiempo que se pone en riesgo la continuidad de muchas explotaciones y la pervivencia del propio medio rural, con afecciones económicas, sociales, ambientales... El relevo
generacional en la agricultura y el proceso de modernización deben ser apoyados por el gobierno dentro de sus atribuciones.

ENMIENDA NÚM. 2292

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña
Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De adición.

ALTA

Sección: 23. Dirección General del Agua

Programa: 456A.
Calidad del Agua

Artículo: 64

Proyecto: Nuevo

Denominación: Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y el Gobierno de Aragón para resolver las causas y efectos de la contaminación por
residuos de LINDANO en el río Gállego.

Importe de la enmienda: 36.000,00 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.


Importe: 36.000,00 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

La contaminación del río Gállego por residuos de lindano depositados en el entorno donde se ubicó la factoría de este pesticida está provocando graves problemas en el
abastecimiento de agua a miles de aragoneses en diversos municipios y potencialmente otras consecuencias sobre los regadíos e industrias y sus producciones, y el medio ambiente. La garantía de suministro alternativo de agua y la descontaminación de
las zonas de depósito y del río son urgentes y requieren la implicación de todos los niveles de la administración así como un amplio e inmediato programa de inversiones y acciones, según el modelo ya aplicado en situaciones equiparables sobre el
pantano de Flix o el vertido de Aznalcóllar. A los efectos oportunos se requiere un plan plurianual con dotaciones anuales específicas, siendo la sugerida para la anualidad de 2016 de 36.000.000.

ENMIENDA NÚM. 2293

De don José María
Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos
Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De adición.


ALTA

Sección: 23.

Servicio: 05.

Programa: 452A.

Artículo: 61.

Proyecto: Nuevo. Plan integral del Ebro.

Importe: 25.000,00 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.


Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 25.000,00 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Realizar, en colaboración con las Comunidades afectadas y previo proceso de participación
de los representantes políticos y sectoriales de las zonas afectadas, un plan Integral del Ebro que contemple, entre otras, la prevención de avenidas, actuaciones en cauce, riberas y motas y fomento de zonas inundables a fin de evitar daños en caso
de avenida.

ENMIENDA NÚM. 2294

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María
Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente.

ENMIENDA

De adición.

ALTA

Sección: 23.

Servicio: 104.

Programa: 452A.

Artículo: 61.

Proyecto: 2003 23 226 0035. Mantenimiento y conservación de cauces

Provincia:
Zaragoza

Importe: +6.000,00 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 6.000,00 (miles de euros).


JUSTIFICACIÓN

Restauración medioambiental urgente del río Ebro a su paso por Zaragoza: retirada de arbustos, leña, zarzas, arbolado y demás vegetación acumulada en el río en las zonas afectadas de Aragón como consecuencia de las últimas
avenidas.

ENMIENDA NÚM. 2295

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP)


y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De adición.

SECCIÓN: 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE


SERVICIO: 19 DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD DE LA PRODUCCIÓN AGRARIA

PROGRAMA: 412D COMPETITIVIDAD Y CALIDAD DE LA SANIDAD AGRARIA

CAPITULO: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

ARTÍCULO: 75 A COMUNIDADES AUTÓNOMAS


CONCEPTO: 752 SANIDAD EN LA PRODUCCIÓN AGRARIA

SUBCONCEPTO: Nuevo - Plan integral contra la plaga de la mosca negra y mosquito tigre en el Ebro y sus afluentes

IMPORTE: 3.000 miles de euros

BAJA

SECCIÓN: 31


SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

CONCEPTO: FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

ARTÍCULO: 51

IMPORTE: -3.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Impulsar el Plan Integral propuesto para garantizar la
eliminación de estos insectos en el Ebro y sus afluentes por cuanto representan un grave problema de salud para la población, la producción en huertas y frutales y de afección medioambiental.

ENMIENDA NÚM. 2296

De don José María Fuster
Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos
Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De adición.


ALTA

Sección: 23 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Servicio: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro

Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua

Artículo: 61.


Proyecto: 2010 23 226 0015: Restitución territorial por obras de regulación e infraestructura hidraúlica.

Provincias: Huesca, Teruel y Zaragoza

Importe de la enmienda: 10.000 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.


Servicio: 02.

Programa: 929M.

Artículo: 510.

Concepto: Fondo de Contingencia y Otros imprevistos.

Importe: 10.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Planes de restitución por los embalses de
Montearagón, Jánovas, San Salvador, Yesa, Almudévar, Biscarrués y Santolea. Incluir partidas para impulsar el desarrollo de estas zonas, correspondientes a las provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza, afectadas por la construcción de piezas de
regulación hidráulica, que en algunos casos ya cuentan con planes de restitución aprobados pero sin desarrollar en parte o en su totalidad y en otros casos, requieren del impulso a la negociación de dichos planes con la Comunidad de Aragón, los
municipios y los afectados, y la redacción de los mismos.

ENMIENDA NÚM. 2297

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María
Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la
Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De adición.

ALTA

Sección: 23 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Servicio: 05. Dirección General del Agua


Programa: 452A. Gestión e infraestructuras del agua

Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Proyecto: Nuevo.

Denominación: Infraestructuras de regadíos. «Tuberías
Principales de Valdurrios y Sástago en los riegos de Monegros II».

Importe de la enmienda: 10.000 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Artículo: 510.

Concepto: Fondo
de Contingencia y otros imprevistos.

Importe: 10.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Construcción de la tubería de Valdurrios y su ramal de Sástago imprescindible para la puesta en riego de más de 11.000 hectáreas de los
sectores VIII, IX y IX de la zona de Monegros II (entorno de los municipios de Fraga, Peñalba, Bujaraloz, La Almolda y Valfarta en las provincias de Huesca y Zaragoza), buena parte de los cuales que ya cuentan con la distribución de las tuberías en
las parcelas y concentración parcelaria realizada.

ENMIENDA NÚM. 2298

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster
Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De adición.

SECCIÓN: 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACION Y MEDIO AMBIENTE

SERVICIO: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA

PROGRAMA: 452A GESTIÓN
E INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA

ARTICULO 61: INVERSIÓN DE REPOSICIÓN EN INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL

PROYECTO: NUEVO

DENOMINACION: «PROYECTO CONSTRUCTIVO DE LAS BALSAS DE RIEGO. S. GREGORIO Y LA
PORTELLADA, ASÍ COMO SUS CONEXIONES AL CANAL DE ONTIÑENA «

IMPORTE: 10.500 miles de euros

BAJA

SECCIÓN 31

SERVICIO 02

PROGRAMA 929M

CONCEPTO FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

ARTICULO 51


IMPORTE: -10.500 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Una vez acometidas las infraestructuras de tuberías y estación de bombeo, el objeto de este proyecto es completar la puesta en riego de los sectores hidráulicos VI, VII, XVII, XVIII,
XIX, XXI y XX-XXII de la zona regable de Monegros II, definiendo técnica y económicamente las obras, instalaciones y equipos necesarios para llevar a cabo la construcción de las balsas de riego San Gregorio II y La Portellada, así como sus
conexiones a la acequia de Ontiñena y a las redes ejecutadas.

ENMIENDA NÚM. 2299

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María
Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la
Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De adición.

ALTA

Sección: 23. Dirección General del Agua

Programa: 456A. Calidad del Agua

Artículo: 64

Proyecto:
Nuevo




Denominación: Fuente de suministro de agua de boca alternativa a la actual en Mequinenza, Zaragoza

Importe de la enmienda: 2.000 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.


Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 2.000 (miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 2300

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña
María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibar, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

ENMIENDA

De adición.

ALTA

Sección: 23. Dirección
General del Agua

Programa: 452A. Calidad del Agua

Artículo: 61

Proyecto: Nuevo

Denominación: Recuperación del lecho y mejora del estado ecológico del río Segre en la confluencia con el Ebro en el término municipal de
Mequinenza, Zaragoza

Importe de la enmienda: 5.000 (miles de euros).

BAJA

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Capítulo: 5.

Artículo: 51.

Concepto: 510.

Importe: 5.000
(miles de euros).

JUSTIFICACIÓN

Por Resolución de 9 de septiembre de 2013 (BOE 1 de octubre de 2013), de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, se formuló declaración de impacto ambiental del proyecto de Recuperación del lecho y
mejora del estado ecológico del río Segre en la confluencia con el Ebro en el término municipal de Mequinenza, Zaragoza. Pese a lo anterior, no se ha realizado ninguna de las actuaciones previstas. Se propone abordar dichas actuaciones en tres
ejercicios consecutivos dotando, en el año 2016, 5 millones de euros, y 4 millones de euros más en cada uno de los ejercicios 2017 y 2018.

El proyecto consiste en el dragado de lodos acumulados en el río Segre, en la franja más próxima a la
población de Mequinenza, y el depósito de los mismos, previa retirada de residuos, en una zona hidrológicamente adecuada para su arrastre aguas abajo en situaciones de crecida, con el fin de mantener, en la medida de lo posible, un flujo de
sedimento hacia las partes de desembocadura del río; Construcción de un nuevo espigón; Instalación de una planta de tratamiento contra el mejillón cebra; y, finalmente, la adopción de medidas de carácter medioambiental y paisajístico. La
acumulación de lodos registrada ha sido favorecida por las crecidas sufridas en los últimos años de los ríos Segre y Cinca y por la apertura de los desagües de fondo del embalse de Barasona. Además, las pilas del puente de Mequinenza sobre el Segre
representan una trampa de sedimentos, acumulándose éstos en la cola del embalse de Ribarroja. Esta situación ha conllevado la aparición de problemas de salud pública, malos olores y proliferación de moscas y mosquitos, con las consiguientes
molestias para la población. Asimismo, los lodos han inutilizado instalaciones del Ayuntamiento de Mequinenza que posibilitaban un aprovechamiento recreativo (antiguo campo de regatas, embarcadero, etc) del embalse de Ribarroja.

ENMIENDA
NÚM. 2301

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y
la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA

De adición.

ALTA

SECCIÓN: 23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACION Y MEDIO AMBIENTE

SERVICIO: 18 DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL Y POLÍTICA FORESTAL

PROGRAMA: 414B DESARROLLO DEL MEDIO
RURAL

CAPITULO: 48 TRANSFERENCIAS CORRIENTES - A familias e instituciones sin fines de lucro

CONCEPTO: 485 PROMOCIÓN DE ACTUACIONES DE LA MUJER RURAL

SUBCONCEPTO: Nuevo - Plan de apoyo a la mujer y desarrollo de la
titularidad compartida y en explotaciones agrarias y empresas del medio rural

IMPORTE: 2.500 miles de euros

BAJA

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

CONCEPTO: FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS
IMPREVISTOS

ARTICULO: 51

IMPORTE: -2.500 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar el mencionado Plan destinado a afrontar las dificultades para el desarrollo efectivo de la igualdad de género en el medio rural y para el
despliegue de la vigente Ley sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias, con la financiación suficiente para establecer los correspondientes acuerdos con asociaciones, organizaciones profesionales agrarias, sindicatos y otras
entidades, dirigidos a la formación y promoción de las competencias y participación de la mujer en la gestión de las explotaciones agrarias y empresas.

ENMIENDA NÚM. 2302

De don José María Fuster Muniesa (GPP), de doña María Belén
Ibarz Ibarz (GPP) y de doña Rosario Isabel Santos Fernández (GPP)

El Senador José María Fuster Muniesa, PAR (GPP), la Senadora María Belén Ibarz Ibarz, PAR (GPP) y la Senadora Rosario Isabel Santos Fernández, PAR (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

ENMIENDA

De adición.

ALTA

Sección: 26. Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad.

Servicio: 09. Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.

Programa: 313A. Prestaciones sanitarias y farmacia.

Artículo: 45. Transferencias
corrientes a Comunidades Autónomas.

Concepto: Fondo de cohesión sanitaria

Importe: 40.000 miles de euros

BAJA

Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.

Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos.
Gastos de los departamentos ministeriales.

Programa: 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.

Concepto: Fondo de contingencia y otros imprevistos.

Artículo: 51. Otros imprevistos.

Importe: -40.000 miles de
euros

JUSTIFICACIÓN

Garantizar la financiación para el acceso a la asistencia sanitaria a aquellas personas que la precisen en cualquier parte del territorio español, fuera de su Comunidad Autónoma de residencia, incluyendo las
derivaciones a centros de referencia por enfermedades graves o raras y en particular, a los residentes en las zonas limítrofes entre comunidades autónomas, atendidos en centros sanitarios de la comunidad vecina, como es el caso de miles de
aragoneses.

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 286 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2016.

Palacio del Senado, 28 de septiembre de 2015.—El Portavoz Adjunto, Jordi Guillot Miravet.

ENMIENDA NÚM. 2303

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa
pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 01. Casa de S.M. el Rey.

ENMIENDA

De modificación.

BAJA

Sección: 01,
Casa de su Majestad el Rey

Programa: 911M, Jefatura del Estado

Artículo 48

Concepto 480: A S.M. el Rey. Para el sostenimiento de su Familia y Casa (Art. 65 de la Constitución)

Dotación a minorar 2016: -1.555 miles de
euros

ALTA

Sección 31

Servicio 02

Programa 929M

Artículo 51

Concepto 510




Dotación 2016 adicional: 1.555 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Se propone reducir la dotación de referencia en un 20 %. Es razonable pedir este esfuerzo a la jefatura del Estado que, en todo caso, contará con un presupuesto
más que suficiente, si bien desconocemos su desagregación.

ENMIENDA NÚM. 2304

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (en miles de euros)

Sección: 12.


Servicio: 401. AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL

PARA EL DESARROLLO

Programa: 143A. Cooperación para el desarrollo

Artículo: 48

Concepto 48910 Fundación Privada Casa América en Cataluña


Dotación 2016 +60 miles de euros

BAJA (en miles de euros)

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto 510

Dotación 2016 -60 miles de euros


JUSTIFICACIÓN

Recuperar la prestación del año anterior.

ENMIENDA NÚM. 2305

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (en miles de euros)

Sección: 12.


Servicio: 04. Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores

Programa: 142A.Acción del Estado en el Exterior.

Artículo: 48

Concepto 481(nuevo). Fundación CIDOB (Centro de Información y Documentación Internacional de
Barcelona)

Dotación 2016 +30 miles de euros

BAJA (en miles de euros)

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto 510

Dotación 2016 -30 miles de euros


JUSTIFICACIÓN

Dotar presupuestariamente una partida para Fundación CIDOB (Centro de Información y Documentación Internacional de Barcelona).

ENMIENDA NÚM. 2306

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (en miles de euros)

Sección: 12.

Servicio: 401. AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL

PARA EL DESARROLLO

Programa: 143A. Cooperación para el
desarrollo

Artículo: 48

Concepto 48905 Instituto Europeo del Mediterráneo

Dotación 2016 +161 miles de euros

BAJA (en miles de euros)

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M


Artículo: 51

Concepto 510

Dotación 2016 -161 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Recuperar la prestación del año anterior.

ENMIENDA NÚM. 2307

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 12, Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

Servicio: 01

Programa: 142A, Acción del Estado en el Exterior

Capítulo: 4


Artículo: 49

Concepto: 493 Protección de españoles en el extranjero: asistencia social, evacuaciones, hospitalizaciones y repatriaciones

ALTA (miles de euros): Dotación 2016 adicional: 2.000 miles de euros

BAJA


Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Capítulo: 5

Artículo: 51

Concepto: 510

BAJA (miles de euros): Dotación 2016 a minorar: -2.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

No se tiene en
cuenta el incremento exponencial de españoles y españolas que han emigrado y emigrarán, expulsados de España por la profunda crisis económica.

ENMIENDA NÚM. 2308

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El
Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 12, Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

Servicio: 03

Programa: 000X




Artículo: 43

Concepto: 430, A la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para atender los gastos derivados de proyectos de Ayuda Oficial al Desarrollo, incluidos los propuestos o a ejecutar por
Organizaciones No Gubernamentales, con destino a países en vía de desarrollo.

Dotación adicional 2016: 40.000 miles de euros

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51


Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -40.000 miles de euros

Repercusión en el presupuesto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo:

ALTA, Estado de ingresos

Transferencia del
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Importe: 40.000 miles de euros

ALTA, Estado de gastos

Sección: 12

Servicio: 401


Programa: 143A

Artículo: 48

Concepto: 486, Para Ayuda Oficial al Desarrollo

Importe: 40.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

En el cómputo total de AOD, el presupuesto de AECID sigue encontrándose en una
situación muy crítica, porque arrastra una caída sustancial desde el inicio de la legislatura. Los recursos destinados a la AECID no parece coherente con la voluntad del gobierno de que esta la agencia siga siendo el eje de la ejecución de la
política española de cooperación para el Desarrollo.

ENMIENDA NÚM. 2309

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 12, Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación

Servicio: 03

Programa: 000X

Artículo: 43

Concepto: 430, A la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para atender los gastos derivados de proyectos de
Ayuda Oficial al Desarrollo, incluidos los propuestos o a ejecutar por Organizaciones No Gubernamentales, con destino a países en vía de desarrollo.

Dotación adicional 2016: 4.000 miles de euros

BAJA (miles de euros)


Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -4.000 miles de euros

Repercusión en el presupuesto de la Agencia Española de Cooperación Internacional
para el Desarrollo:

ALTA, Estado de ingresos

Transferencia del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Importe: 4.000 miles de euros

ALTA,
Estado de gastos

Sección: 12

Servicio: 401

Programa: 143A

Artículo: 48

Concepto: Ayuda Humanitaria canalizada a través de ONGD

Importe: 400.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Insuficiencia
de los fondos canalizados vía ONGD a pesar de la capacidad diferencial de las ONGD de responder de forma ágil e inmediata a crisis humanitarias.

ENMIENDA NÚM. 2310

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 12, Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

Servicio: 03

Programa: 000X

Artículo: 43

Concepto: 430, A la Agencia Española de
Cooperación Internacional para el Desarrollo, para atender los gastos derivados de proyectos de Ayuda Oficial al Desarrollo, incluidos los propuestos o a ejecutar por Organizaciones No Gubernamentales, con destino a países en vía de desarrollo.


Dotación adicional 2016: 40.000 miles de euros

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -40.000 miles de euros


Repercusión en el presupuesto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo:

ALTA, Estado de ingresos

Transferencia del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo.

Importe: 40.000 miles de euros

ALTA, Estado de gastos

Sección: 12

Servicio: 401

Programa: 143A

Artículo: 48

Concepto: Convenios con ONGD

Importe: 40.000
miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Incremento de la partida destinada a ONGD.

ENMIENDA NÚM. 2311

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (en miles de
euros)

Sección: 12.

Servicio: 03

Programa: 143A.Cooperación para el desarrollo.

Artículo: 48

Concepto: 488 (nuevo). Ayuda a convenios de erradicación del trabajo infantil.

Dotación 2016 adicional:
+3.600 miles de euros

BAJA (en miles de euros)




Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto 510

Dotación 2016 a minorar: -3.600 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Cumplimiento de nuestros compromisos internacionales
en esta materia.

ENMIENDA NÚM. 2312

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

ENMIENDA

De modificación.

BAJA

Sección: 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación


Servicio: 01

Programa 141 M

Artículo: 22

Subconcepto: 22608, Gastos reservados.

Dotación a minorar 2016: -186,31 miles de euros.

ALTA

Sección 31

Servicio 02

Programa 929M

Artículo
51

Concepto 510

Dotación 2016 adicional: 186,31 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

En relación con los fondos reservados parece absolutamente injustificado su volumen. Proponemos la eliminación de la partida de referencia
porque sigue resultando discutible su existencia mientras no se acometa la reforma de su régimen jurídico.

ENMIENDA NÚM. 2313

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA (miles de euros)

Sección: 12

Servicio: 03

Programa: 000X

Artículo: 73

Concepto: 730

Dotación 2016 adicional: 40.000 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de
diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto 510

Dotación 2016: -40.000 miles de euros

Repercusión en el presupuesto del Organismo:

ALTA

Estado de ingresos


Transferencia del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a la AECID

Importe: 40.000 miles de euros

ALTA

Estado de gastos

Sección: 12, Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

Servicio: 401,
Agencia Española de la Cooperación Internacional para el desarrollo

Programa: 143A, Cooperación para el desarrollo

Artículo: 79: Al exterior

Concepto (nuevo): Programas y proyectos para mejorar el acceso a la salud sexual y
reproductiva en los países en vía de desarrollo

Importe: 40.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

El programa de Acción adoptado en la Conferencia Internacional de El Cairo sobre Población y Desarrollo (CIPD) por 180 países en 1994
fue uno de los primeros instrumentos internacionales que incorporó metas cuantitativas para el seguimiento de sus avances, algunas de cuales —reducción de la mortalidad materna, asistencia del parto por personal cualificado y prevención del
VIH/Sida— fueron incorporadas desde el inicio como Objetivos del Milenio (ODM). Más recientemente, el acceso universal a la salud reproductiva, objetivo fundamental de la CIPD, fue incorporado también como meta del milenio junto con
diferentes indicadores relativos a la fertilidad adolescente, las necesidades insatisfechas de planificación familiar, la tasa de prevalencia anticonceptiva y la cobertura de cuidados prenatales. Esta incorporación fue el resultado tanto de la
acción de un amplio movimiento de apoyo a los derechos sexuales y reproductivos, como de la constatación de que no es posible avanzar hacia el desarrollo global y la erradicación de la pobreza si no se trabaja en la equidad de género y la salud y
los derechos sexuales y reproductivos.

A pesar de los avances importantes producidos en los últimos años para el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio en materia de educación y salud (reducción de las infecciones por VIH/SIDA) hay
todavía mucho camino para recorrer, hasta llegar a cumplir los objetivos.

En este marco de necesidades pasadas, presentes y futuras, España está ocupando aún un lugar modesto en cuanto al porcentaje de Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD)
destinada a la implementación del programa de acción de la CIPD. De acuerdo al informe del Secretario General de la CPD con motivo de Cairo+15, en 2007 el promedio del porcentaje de AOD que los donantes dedicaron a este sector fue de 6,46 %, en un
amplio rango que tiene como porcentaje mínimo 0,11 % y como máximo 13,15 %. España, por su parte, se ubica bastante por debajo de este promedio, que por tanto puede ser bastante mejorado.

Especialistas de Naciones Unidas afirman que el
«dramático» descenso de los fondos destinados a aumentar y proporcionar el acceso a la salud sexual y reproductiva en los países en vía de desarrollo amenaza directamente cualquier iniciativa para enfrentarse a la pobreza, el hambre y el
calentamiento global.

ENMIENDA NÚM. 2314

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 12, Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación


Servicio: 03

Programa: 000X

Artículo: 43

Concepto: 430, A la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para atender los gastos derivados de proyectos de Ayuda Oficial al Desarrollo, incluidos los
propuestos o a ejecutar por Organizaciones No Gubernamentales, con destino a países en vía de desarrollo.

Dotación adicional 2016: 40.000 miles de euros

BAJA

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M


Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -40.000 miles de euros

Repercusión en el presupuesto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo:

ALTA, Estado de ingresos


Transferencia del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Importe: 40.000 miles de euros

ALTA, Estado de gastos

Sección: 12


Servicio: 401

Programa: 143A

Artículo: 49

Concepto: 496, Para Ayuda Oficial al Desarrollo

Importe: 40.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Las cifras existentes siguen manteniendo a España alejada de la
media de donantes europeos EU15 y del compromiso del 0,7 % asumido por los Estados Miembros de la UE.

La AECID la agencia especializada, concentra gran parte de la AOD bilateral, que es la que expresa de una manera más directa la voluntad del
gobierno español de contribuir a la lucha contra la pobreza y la desigualdad en unos determinados sectores y países. Las cifras existentes siguen suponiendo un cuestionamiento frontal a esta voluntad del gobierno; y una pérdida de peso importante
de España en la esfera internacional.

Para que la AECID sea de una manera efectiva el eje de la ejecución de la política de cooperación debe dotarse de un presupuesto suficiente, a la altura de los desafíos que plantea el IV Plan Director y
debe incrementar las capacidades humanas y técnicas adquiridas en los últimos años.




ENMIENDA NÚM. 2315

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 12. Asuntos Exteriores.

Servicio: 01.


Programa: 142 A. Acción del Estado en el exterior

Artículo 48 (NUEVO) A familias e instituciones sin ánimo de lucro.

Concepto 48105 Para defensa y protección de los derechos humanos.

Variación 2016 (miles de euros):
+ 9.500

Artículo 49 Al exterior

Concepto 495 (NUEVO). Participación en el FNUAP.

Variación 2016 (miles de euros): + 6.000

Concepto 496 (NUEVO). Participación en UNIFEM.

Variación 2016 (miles de euros):
+ 500

Concepto 498 (NUEVO). Participación en el fondo de programas de salud sexual y reproductiva.

Variación 2016 (miles de euros): + 3.000

Concepto 499 (NUEVO). Ayudas a convenio de erradicación del trabajo infantil.


Variación 2016 (miles de euros): + 4.000

Dotación adicional 2016: 23.000 miles de euros

BAJA (miles de euros)

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929 M

Artículo 51

Concepto 510


Dotación 2016 a minorar: -23.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar a estos programas de fondos necesarios para llevarlos a cabo, al tiempo que satisfacemos parte de nuestros compromisos internacionales en esta materia.


ENMIENDA NÚM. 2316

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (en miles de euros)

Sección: 12.

Servicio: 03. Secretaría de Estado de Cooperación
Internacional.

Programa: 143A. Cooperación para el Desarrollo.

Artículo: 48

Concepto 481(nuevo). Ayuda a organizaciones de exiliados/as colombianos en España para facilitar su participación en el Proceso de Paz y el retorno
de los exiliados a Colombia.

Dotación 2016 +500 miles de euros

BAJA (en miles de euros)

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto 510

Dotación 2016 -500
miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar presupuestariamente una partida para ayudas a las organizaciones de exiliados/as colombianos en el estado español para facilitar su participación en el proceso de paz de Colombia y el retorno de los
exiliados/as a Colombia, una vez finalizado el actual conflicto armado interno. De forma más concreta, para contribuir en la línea de los contenidos específicos de una solución política; particularmente en el punto quinto, sobre víctimas,
contemplado en el Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera con Justicia, Verdad, Reparación y Garantías de No Repetición, suscrito en La Habana (Cuba) entre el Gobierno de Colombia y las
FARC-EP.

ENMIENDA NÚM. 2317

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 12, Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación


Servicio: 03

Programa: 000X

Artículo: 43

Concepto: 430, A la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para atender los gastos derivados de proyectos de Ayuda Oficial al Desarrollo, incluidos los
propuestos o a ejecutar por Organizaciones No Gubernamentales, con destino a países en vía de desarrollo.

Dotación adicional 2016: 15.000 miles de euros

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02


Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -15.000 miles de euros

Repercusión en el presupuesto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo:

ALTA, Estado
de ingresos

Transferencia del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Importe: 15.000 miles de euros

ALTA, Estado de gastos

Sección: 12


Servicio: 401

Programa: 143A

Artículo: 48

Concepto: Programas, proyectos y otras ayudas a ONGD

Importe: 15.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

En coherencia con otras enmiendas.

ENMIENDA
NÚM. 2318

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros) + 250,00

Sección: 12. Asuntos Exteriores.

Servicio: 01.

Programa: 142 A.
Acción del Estado en el exterior

Artículo 48 (nuevo)

Concepto (nuevo): Defensa y Protección de los Derechos Humanos

BAJA (miles de euros) -250,00

Sección: 31.

Servicio: 02.

Programa: 929 M


Articulo 51




Concepto 510

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 2319

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 13.
Justicia

Servicio: 01

Programa: 111N Dirección y Servicios Generales de Justicia

Artículo: 75

Concepto: (Nuevo) Transferencias a aquellas CCAA que desarrollan tareas de dignificación y exhumación de las fosas
comunes

Dotación adicional 2016: 2.000 miles de euros.

BAJA (miles €)

Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Artículo: 51.

Concepto: 510


Dotación 2016: -2.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Garantizar la responsabilidad pública e institucional en las labores de localización, exhumación e identificación de las fosas o enterramientos de las víctimas de la guerra civil y
dictadura, así como la divulgación de los resultados, pasando a ser ésta una política pública e institucional garantizada por el conjunto de Administraciones y por la Administración General del Estado con carácter subsidiario.

Por todo ello,
reclamos una alta de 2 millones de euros para los gastos de justicia para el apoyo de todas aquellas CCAA que están realizando tareas de dignificación y exhumación de fosas comunes, en cumplimiento de la ley 52/2007 de Memoria Histórica.


ENMIENDA NÚM. 2320

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 13. Justicia

Servicio: 01

Programa: 111N Dirección y Servicios Generales de
Justicia

Artículo: 48

Concepto: (Nuevo) Ayudas a las familias para la exhumación de fosas comunes

Dotación adicional 2016: 2.000 miles de euros.

BAJA (miles €)

Sección: 31. Gastos de diversos
Ministerios.

Servicio: 02.

Programa: 929M.

Artículo: 51.

Concepto: 510

Dotación 2016: -2.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Garantizar la responsabilidad pública e institucional en las labores de
localización, exhumación e identificación de las fosas o enterramientos de las víctimas de la guerra civil y dictadura, así como la divulgación de los resultados, pasando a ser ésta una política pública e institucional garantizada por el conjunto de
Administraciones y por la Administración General del Estado con carácter subsidiario.

Por todo ello, reclamos una alta de 2 millones de euros para los gastos de justicia para el apoyo de las familias que soliciten la exhumación de fosas.


ENMIENDA NÚM. 2321

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 13, Ministerio de Justicia.

Servicio: 02, S.G. de la Administración de Justicia.


Programa: 112 A, Tribunales de Justicia y Ministerio Fiscal.

Artículo: 45, A Comunidades Autónomas.

(Nuevo) Concepto: 453 Plan de especialización de los Juzgados de Familia e Incapacidades.

Dotación 2016 adicional: +5.000
miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -5.000 miles de euros


JUSTIFICACIÓN

Las materias de las que conocen estos Juzgados afectan a los sectores sociales más débiles, y en la actualidad son insuficientes en número para abordar todas las demandas y además no se encuentran dotados de medios adecuados
para desarrollar su labor.

ENMIENDA NÚM. 2322

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 13, Ministerio de Justicia .

Servicio: 01, Ministerio,
Subsecretaría y Servicios Generales.

Programa: 111N, Dirección y Servicios Generales de Justicia.

Artículo: 49, Al Exterior.

Concepto: 493, GRECO Grupo de Estados contra la Corrupción

Dotación 2016 adicional: 50 miles
de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -50 miles de euros

JUSTIFICACIÓN


Aumentar la aportación de España al Grupo GRECO del Consejo de Europa de lucha contra la corrupción, habida cuenta de lo conveniente de impulsar este grupo que lucha contra una de las mayores lacras de las democracias actuales.

ENMIENDA
NÚM. 2323

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 13, Ministerio de Justicia.

Servicio: 02, S. G. de la Administración de Justicia.

Programa: 112
A, Tribunales de Justicia y Ministerio Fiscal.

Artículo: 45, A Comunidades Autónomas.

(Nuevo) Concepto: 452 Plan de Mejora de los Juzgados de Menores.




Dotación 2016 adicional: 4.000 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016:
-4.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Acometer la mejora del funcionamiento de los Juzgados de Menores, que en su mayoría están transferidos a las Comunidades Autónomas, incrementando sus recursos para garantizar la eficacia de las
medidas y los fines contenidos en la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor.

ENMIENDA NÚM. 2324

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 13,
Ministerio de Justicia.

Servicio: 02, S. G. de la Administración de Justicia.

Programa: 112 A, Tribunales de Justicia y Ministerio Fiscal.

Artículo: 45, A Comunidades Autónomas.

(Nuevo) Concepto: 451 Plan de Mejora de
los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria.

Dotación 2016 adicional: 4.000 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo 51


Concepto: 510

Dotación 2016: -4.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Acometer la mejora del funcionamiento de los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, que en su mayoría están transferidos a las Comunidades Autónomas,
incrementando sus recursos para garantizar la reinserción social y la reeducación que establece el artículo 25.2 de la CE como fin de las penas privativas de libertad.

ENMIENDA NÚM. 2325

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de
Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 13, Ministerio de Justicia.

Servicio: 02, S. G. de la Administración de Justicia.

Programa: 112 A, Tribunales de Justicia y Ministerio Fiscal.


Artículo:48, A familias e instituciones sin fines de lucro.

Concepto: 484, Al Consejo de los Colegios de Procuradores. Turno de Oficio.

Dotación 2016 adicional: 650 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31,
Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto 510

Dotación 2016: -650 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Por considerar la cuantía insuficiente para realizar la
prestación de Justicia Gratuita para los ciudadanos con menos recursos.

ENMIENDA NÚM. 2326

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 13 Ministerio de Justicia.

Servicio 02.
Secretaría General de la Administración de Justicia.

Programa 112A Tribunales de Justicia y Ministerio Fiscal.

Artículo 46. Transferencias Corrientes a Entidades Locales.

Concepto 462. Subvención por gastos Juzgados de Paz
(art. 52 Ley de Demarcación y de Planta Judicial).

Importe: Se incrementa su dotación para 2016 en 724,62 miles de euros.

BAJA

Sección 31. Gastos de diversos Ministerios.

Servicio 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los
Departamentos ministeriales.

Programa 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.

Artículo 51. Otros imprevistos.

Concepto 510. Para atender necesidades que puedan presentarse en los Departamentos Ministeriales


Importe Se minora en 2016 en 724,62 miles de euros.

JUSTIFICACIÓN

Dotar a los Juzgados de Paz de recursos necesarios para el desempeño de las funciones atribuidas.

ENMIENDA NÚM. 2327

Del Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 13, Ministerio de Justicia.

Servicio: 02, S.G. de la Administración de Justicia.

Programa: 112 A, Tribunales de Justicia y Ministerio Fiscal.


Artículo: 60.

Proyecto (nuevo): Modernización de la Administración de Justicia.

Dotación 2016 adicional: 40.000 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios


Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -40.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Dotación presupuestaria para abordar la necesaria modernización de la administración de
Justicia (expedientes digitales, sistemas de registros o infraestructuras) no solo en su concepción de poder, sino como servicio público de calidad.

ENMIENDA NÚM. 2328

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA (miles €)




Sección: 13, Ministerio de Justicia.

Servicio: 02, S.G. de la Administración de Justicia.

Programa: 112 A, Tribunales de Justicia y Ministerio Fiscal.

Artículo: 60.

Proyecto (nuevo): Implantación de la
Nueva Oficina Judicial (NOJ)

Dotación 2016 adicional: 40.000 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51


Concepto: 510

Dotación 2016: -40.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Dotación presupuestaria para poder afrontar la implantación de la nueva oficina judicial. La Ley 13/2009 supone el verdadero despliegue de la modernización
de la justicia tras la reforma de las leyes procesales, pero sin embargo, para hacerlo posible, es necesario una inversión pública acorde con este proceso.

ENMIENDA NÚM. 2329

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 15, Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Servicio: 27, Dirección General de Coordinación de Competencias con las CC.AA. y las EE.LL.


Programa: 942 A, Cooperación económica local del Estado

Artículo: 76 A entidades locales

Concepto: 760 (nuevo), A las Diputaciones, Cabildos, Consejos Insulares, Comunidades Autónomas Uniprovinciales y Ayuntamientos de Ceuta y
Melilla, como aportación a la financiación de las inversiones de las Entidades Locales por Cooperación Económica Local del Estado

Dotación adicional 2016: 40.000 miles de euros

BAJA

Sección: 31

Servicio: 02


Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación a minorar en 2016: -40.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Se propone una dotación presupuestaria destinada a la financiación de inversiones de las entidades
locales por cooperación económica local del Estado.

ENMIENDA NÚM. 2330

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 15, Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas

Servicio: 27, Dirección General de Coordinación de Competencias con las CC.AA. y las EE.LL.

Programa: 942 A, Cooperación económica local del Estado

Artículo: 46 (nuevo), A entidades locales


Concepto: 461 (nuevo), Fondo especial para la financiación a favor de los municipios de población no superior a 20.000 habitantes

Dotación adicional 2016: 40.000 miles de euros

BAJA

Sección: 31

Servicio: 02


Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación a minorar en 2016: -40.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Se trata de financiar a municipios con reducida capacidad económica, impositiva y recaudatoria que
tendrán serios problemas para la gestión de muchos de los servicios que prestan. Se propone destinar unos recursos similares a los del año 2011.

ENMIENDA NÚM. 2331

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 16 MINISTERIO DEL INTERIOR

Servicio: 01. Ministerio, Subsecretaria y Servicios Generales

Programa: 131P Derecho de asilo y apátridas

Artículo: 6. Inversiones
Reales

Concepto: Acciones orientadas a ofrecer una respuesta adecuada a las personas solicitantes de protección internacional en España

Dotación 2016 adicional: 2.480,00 miles de euros

BAJA (miles de euros)


Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 921M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -2.480 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

El incremento en el número de solicitantes de asilo hace
necesario aumentar el presupuesto para poder habilitar y mejorar los espacios en puestos fronterizos (salas en aeropuertos y en las fronteras de Ceuta y Melilla) con el fin de garantizar el acceso a la protección de forma segura y garantista. Es
necesario ofrecer una respuesta adecuada a las personas solicitantes de protección internacional en España.

ENMIENDA NÚM. 2332

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)


Sección: 16, Ministerio del Interior.

Servicio: 01

Programa: 131 P Derecho de asilo y apátridas.

Artículo: 60

Proyecto: Acciones orientadas a ofrecer una respuesta adecuada a las personas solicitantes de
protección internacional en España.

Dotación 2016 adicional: 2.500 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929 M

Artículo: 51


Concepto 510

Dotación 2016: -2.500 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

El incremento en el número de solicitantes de asilo hace necesario aumentar el presupuesto para poder habilitar y mejorar los espacios en puestos fronterizos
(salas en aeropuertos y en las fronteras de Ceuta y Melilla) con el fin de garantizar el acceso a la protección de forma segura y garantista. Es necesario ofrecer una respuesta adecuada a las personas solicitantes de protección internacional en
España.

ENMIENDA NÚM. 2333




Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a
la Sección 16. Ministerio del Interior.

ENMIENDA

De modificación.

BAJA

Sección: 16. Ministerio de Interior

Servicio: 01

Programa 131 M

Artículo: 22

Subconcepto: 22608, Gastos
reservados.

Dotación a minorar 2016: -6.374,61 miles de euros.

ALTA

Sección 31

Servicio 02

Programa 929M

Artículo 51

Concepto 510

Dotación 2016 adicional: 6.374,61 miles de euros


JUSTIFICACIÓN

En relación con los fondos reservados parece absolutamente injustificado su volumen. Proponemos la eliminación de la partida de referencia porque sigue resultando discutible su existencia mientras no se acometa la reforma de
su régimen jurídico.

ENMIENDA NÚM. 2334

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.

ENMIENDA

De modificación.

BAJA

Sección 16, Ministerio del Interior

Servicio 05

Programa 133A

Artículo 48


Concepto 481: Transferencia a la Comisión Episcopal para atención del culto en centros penitenciarios.

Dotación a minorar 2016: -598,50 miles de euros

ALTA

Sección 31

Servicio 02

Programa 929M

Artículo
51

Concepto 510

Dotación 2016 adicional: 598,50 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

En aras del ahorro presupuestario se propone suprimir la partida de referencia.

ENMIENDA NÚM. 2335

Del Grupo Parlamentario Entesa
pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del
Interior.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 16, Ministerio del Interior

Servicio: 02

Programa: 132A

Artículo: 64

Concepto (nuevo): Plan para el cierre progresivo de
los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE).

Dotación 2016 adicional: 100 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929 M


Artículo: 51

Concepto 510

Dotación 2016 a minorar: -100 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Abordar a la mayor brevedad el cierre progresivo de los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) de todo el territorio
español, entendiendo que la simple comisión de una infracción administrativa no debería conllevar jamás una privación de libertad.

Los CIE han acabado por ser cárceles encubiertas que atentan contra los derechos humanos.

En relación a
los CIE que existen en España, diversas organizaciones políticas, sociales, instituciones públicas nacionales e internacionales vienen solicitando su cierre al considerar la injusticia que supone privar de libertad a personas que no han cometido
ningún delito, la deficiencia de las instalaciones y las precarias condiciones en las que se encuentran las personas internas, condiciones que la evidencia demuestra vulneran derechos humanos fundamentales. CIE Zapadores de Valencia, CIE Aluche de
Madrid o CIE de Algeciras, son ejemplos claros de estas denuncias reiteradas de violaciones de derechos humanos y reivindicaciones continuas de su cierre inmediato.

ENMIENDA NÚM. 2336

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de
Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 16, Ministerio del Interior.

Servicio: 05.

Programa: 133A

Artículo: 63

Proyecto: Nuevo

Concepto: Unidades asistencia
psiquiátrica penitenciaria en todos los centros.

Dotación 2016 adicional: 3.000 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929 M


Artículo: 51

Concepto 510

Dotación 2016 a minorar: -3.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Teniendo en cuenta el alto índice de población reclusa con problemas psiquiátricos que no requieren hospitalización es necesario
crear y articular un servicio de asistencia psiquiátrica extensivo en todos los centros con el objetivo de cumplir con el mandato constitucional del artículo 25.

ENMIENDA NÚM. 2337

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de
Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 16, Ministerio del Interior.

Servicio: 05.

Programa: 133A

Artículo: 63

Proyecto: nuevo

Concepto: Unidades asistencia social en
todos los centros para el cumplimiento de penas alternativas a la prisión.

Dotación 2016 adicional: 3.000 miles de euros

BAJA (miles €)




Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929 M

Artículo: 51

Concepto 510

Dotación 2016 a minorar: -3.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

El elevado número de
población reclusa en nuestro Estado, y las consecuencias (hacinamiento, etc.) pone de relieve la necesidad de explotar los servicios sociales penitenciarios en todo el territorio. Los medios personales y materiales de estos servicios sociales son
los mismos desde hace más de una década, con un ratio de trabajadores sociales claramente insuficiente.

ENMIENDA NÚM. 2338

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés
de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)


Sección: 16, Ministerio del Interior.

Servicio: 04.

Programa:131 N Formación y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Artículo (nuevo): 48, A familias e instituciones sin fines de lucro

Concepto (nuevo): 481 Atención a
la inmigración.

Dotación 2016 adicional: 5.000 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929 M

Artículo: 51

Concepto 510


Dotación 2016: -5.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Complementar la actuación de los Cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado que atienden a los inmigrantes, sobre todo en las costas Canaria y Andaluza, receptoras de inmigrantes de
manera permanente, de forma que sea posible una formación específica en el tratamiento y atención de la inmigración.

ENMIENDA NÚM. 2339

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario
Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles
€)

Sección: 16, Ministerio del Interior.

Servicio: 01.

Programa: 134 M

Artículo: 62

Proyecto 2003 16 01 1085

Concepto: Equipos para riesgos y emergencias

Dotación 2016 adicional: 1.000
miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929 M

Artículo: 51

Concepto 510

Dotación 2016: -1.000 miles de euros


JUSTIFICACIÓN

Incrementar la partida destinada a equipos de emergencias y riesgos, para garantizar la suficiencia y adecuación de medios, con el objetivo de mejorar la eficacia en la asistencia y la rapidez en la respuesta ante estas
situaciones.

ENMIENDA NÚM. 2340

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 16, Ministerio del Interior.

Servicio: 101 Jefatura de Tráfico.


Programa: 132 B Seguridad Vial.

Artículo: 46 - nuevo

Concepto: 460 A -nuevo. A corporaciones Locales para ayuda a la renovación de Parques Infantiles de Tráfico.

Dotación 2016 adicional: 100 miles de euros

BAJA
(miles €)

Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929 M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: - 100 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Necesidad de la
propuesta.

ENMIENDA NÚM. 2341

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 16, Ministerio del Interior.

Servicio: 05.

Programa: 133A


Artículo: 12

Concepto: Funcionarios

Dotación 2016 adicional: 20.000 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929 M


Artículo: 51

Concepto 510

Dotación 2016: - 20.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Es necesario un incremento considerable que garantice un plan de choque en recursos humanos (Nuevas plazas, reorganización RPTs con
nuevos puestos de trabajo) con el objeto de que las medidas alternativas a la prisión sean una realidad en España.

ENMIENDA NÚM. 2342

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa
pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 16. Ministerio del Interior.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)


Sección: 16, Ministerio del Interior.




Servicio: 05 Dirección General de Instituciones Penitenciarias.

Programa: 133A Centros e Instituciones Penitenciarias.

Artículo: 21 Reparaciones, mantenimiento y conservación.

Dotación 2016 adicional: 30.000
miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929 M

Artículo: 51

Concepto 510

Dotación 2016: - 30.000 miles de euros


JUSTIFICACIÓN

Se propone aumentar el presupuesto para el mantenimiento, reparaciones y conservación de las IIPP en orden a la perentoria necesidad de mejorar las instalaciones desde el punto de vista material.

ENMIENDA NÚM. 2343


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 16. Ministerio del Interior.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 16, Ministerio del Interior.

Servicio: 101 Jefatura de Tráfico.

Programa: 132 B Seguridad Vial.


Artículo: 46 A Corporaciones Locales.

Concepto 465 (NUEVO). Plan de Apoyo a la Educación Vial.

Varias provincias

Dotación 2016 adicional: 500 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de
diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929 M

Artículo: 51

Concepto 510

Dotación 2016: - 500 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Apoyar planes conjuntos con las corporaciones locales de Educación
Vial, cursos a profesores y materiales didácticos necesarios para ampliar el currículum escolar de primaria y secundaria para incorporar la seguridad vial.

ENMIENDA NÚM. 2344

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 17: Ministerio de Fomento

Servicio: 38. Dirección General de Carreteras

Programa: 453B Creación de infraestructura de carreteras

Artículo: 60 Inv. Nueva Infraestr.y
bienes destinados al uso general

Provincia: 43 Tarragona

Proyecto: 2004 17 38 4158

Denominación: A-27 TRAMO VARIANTE VALLS-MONTBLANC (7,3km)

Nueva Dotación 2016: +25.000 miles de euros

BAJA (miles de euros)


Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -25.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Se trata de avanzar esta partida un año para la comunicación entre las
comarcas del Tarragonès, Alt Camp y Conca de Barberà. Conexión con el polígono Petroquímico y Estación de AVE La Secuita-Perafort.

ENMIENDA NÚM. 2345

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA
(miles de euros)

Sección: 17. Ministerio de Fomento.

Servicio: 40. Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias.

Programa: 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.

Artículo: 60. Inversión nueva en
infraestructuras y bienes destinados al uso general

Proyecto: Nuevo.

Provincia:

Denominación: Plan de mejoras de accesibilidad para las estaciones de ferrocarriles del Estado

Dotación adicional 2016: 40.000 miles de
euros

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 921M

Artículo: 51

Concepto: 510

Superproyecto:

Proyecto:

Provincia:

Denominación:

Dotación 2016:
-40.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

La LIONDAU, Ley de Igualdad de Oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, de 2003, establece en la disposición adicional octava los nuevos plazos
para las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los medios de transporte. Concretamente, de 5 a 7 años para lo nuevo y de 15 a 17 para lo antiguo. Es decir, se establece el horizonte del 2020 para
la plena accesibilidad.

ENMIENDA NÚM. 2346

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17, Ministerio de Fomento

Servicio: 38, Dirección General de Carreteras


Programa: 453B, Creación de infraestructuras de carreteras

Artículo:61

Superproyecto:

Proyecto: Nuevo

Provincia: Tarragona

Denominación: Acondicionamiento acceso urbanización Torreblanca de Vendrell
(EI)

Dotación 2016 adicional: +1.000 miles de euros




BAJA

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -1.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

La urbanización Torreblanca de Vendrell,
en la provincia de Tarragona, está situada en la confluencia de los accesos por carretera de la N340 con la rotonda de la AP7 y C32, presenta dos problemas graves que requieren de una solución por parte del Ministerio de Fomento.

El primero
está relacionado con su proximidad al nudo de carreteras anteriormente descrito, el cual tienen un gran volumen de tráfico rodado diario y supone un problema de contaminación acústica que impide el descanso de los vecinos de la urbanización que
tienen ubicadas sus casas a cerca de la carretera.

El segundo problema, es el acceso al transporte público, el cual tiene ubicadas las paradas de autobús urbano e interurbano en la N340 debido al difícil acceso por carretera a la
urbanización.

La parada sentido Barcelona está ubicada a 600 metros de la urbanización, de los cuales 500 m se tienen que recorrer a pie por el arcén de la carretera N340, pasando por una curva sin visibilidad para conductores y peatones,
hasta llegar a un paso subterráneo, sin iluminación, y con una deficiente acera para los peatones, por el que no pasa un autobús.

Con esta enmienda se pretende realizar un estudio informativo para:

1. Instalar pantallas
acústicas en el acceso a la AP7 y en el tramo de la N340 que discurre paralelo a la urbanización.

2. Construir un acceso por carretera a la urbanización que permita la entrada de los autobuses de línea.

3. Acondicionar el
paso subterráneo para que peatones puedan circular de manera segura.

ENMIENDA NÚM. 2347

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 17. Ministerio de Fomento


Servicio: 40. Dirección General de Ferrocarriles

Programa: 453A Infraestructuras del Transporte Ferroviario

Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Superproyecto:


Proyecto: Nuevo

Provincia: Tarragona - Barcelona

Denominación: Adaptación de ancho internacional de la línea Puerto de Tarragona - vía mixta Puerto de Barcelona

Dotación 2016 adicional: + 40.000 miles de euros

BAJA
(miles €)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: - 40.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Adaptación al ancho internacional de la línea
entre el puerto de Tarragona y la actual vía mixta Puerto de Barcelona - la Jonquera, con previsión para el desdoblamiento del cuello de botella Castellbisbal - Martorell (Oeste).

ENMIENDA NÚM. 2348

Del Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 40DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES

Programa: 453A Infraestructura del transporte ferroviario


Artículo: 60

Provincia: 08 Barcelona

Proyecto: NUEVO

Provincia: BARCELONA

Denominación: Adaptación de las estaciones de Arc de Triomf y el Aeropuerto a los 200 metros de un doble tren Civia serie 465


Dotación 2016 adicional: +20.000

BAJA (miles €)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -20.000

JUSTIFICACIÓN

Actuación urgente
incluída en el Plan de Cercanías 2008-2012.

ENMIENDA NÚM. 2349

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO


Servicio: 40DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES

Programa: 453A Infraestructura del transporte ferroviario

Artículo: 60

Provincia: 43 Tarragona

Denominación: ADAPTACIÓN TRAMCAMP

Nueva Dotación 2016: +5.000
miles de euros

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -5.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Garantizar la conexión de
toda la franja costera del área central del Camp de Tarragona con el centro de Tarragona y Vila-seca.

Garantizar la conexión a través de un programa de intercambiadores intermodal de transportes públicos.

Asegurar la movilidad
interurbana de los diferentes núcleos de la ciudad y el entorno de Tarragona.

ENMIENDA NÚM. 2350

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17 MINISTERIO DE
FOMENTO

Servicio: 40

Programa: 453A

Artículo: 60

Proyecto: Nuevo

Provincia: GIRONA




Denominación: ADECUACIÓN ESTACIÓN DE TREN DE CAMALLERA (GIRONA)

Dotación 2016 adicional: +1000

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51


Concepto: 510

Dotación 2016: -1000

JUSTIFICACIÓN

Dotar los andenes de la estación de Camallera de las dimensiones necesarias para hacer posible la parada de trenes de Media Distancia. Esta medida fue aprobada por el
Parlament de Catalunya para favorecer la mobilidad en transporte público en esa área.

ENMIENDA NÚM. 2351

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17
Ministerio de Fomento

Servicio: 38

Programa: 453B

Artículo:60

Proyecto:201617383688

Provincia:43

Denominación: A-7 Tramo: Mora-La Pobla de Montarnès

Dotación 2016 adicional: +9.500

BAJA
(miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -9.500

JUSTIFICACIÓN

Se trata de acelerar la duplicación de la N-340 entre
Altafulla (La Mora) y La Pobla de Montornès, lo que permitirá realizar la conexión de la A7 y la AP7 en Torredembarra, mejorando la movilidad y eliminando uno de los puntos negros de la red viaria española en índices de siniestrabilidad.


ENMIENDA NÚM. 2352

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17, Ministerio de Fomento

Servicio: 38, Dirección General de Ferrocarriles

Programa: 453A


Artículo:60

Superproyecto:

Proyecto: Nuevo

Provincia: Tarragona

Denominación: Ampliación aparcamiento estación Sant Vicenç de Calders (EI)

Dotación 2016 adicional: 1.000 miles de euros

BAJA


Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -1.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Se trata de ampliar el parking de la estación de Sant Vicens de
Calders (El Vendrell, Tarragona) mediante el derribo del antiguo taller de vagones y antiguo almacén, el acondicionamiento de la explanada que hay tras el antiguo edificio y la supresión de las vías de tren en desuso.

ENMIENDA NÚM. 2353


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

Sección:17

Servicio: 40

Programa: 453A

Artículo: 60

Proyecto:

Provincia: Barcelona

Denominación: Apeadero provisional
(marquesinas, accesos, etc) en la línea ferroviaria R8 (Papiol Mollet) a su paso por el municipio de Santa Perpètua de Mogoda.

Dotación 2016 adicional: +900 miles de euros

BAJA (miles de euros)

Sección: 31


Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -900

JUSTIFICACIÓN

Los andenes están construidos desde 2008. Una pequeña inversión en marquesinas, accesos y máquina
expendedora de billetes sería suficiente para ofrecer el servicio de cercanías a una población de más de 25000 habitantes y una oferta de puestos de trabajo de más de 14000. Este bajar provisional también daría servicio al conjunto de municipios
que forman la Riera de Caldes, importante enclave industrial, que cuenta con unos 90.000 habitantes y más de 40.000 puestos de trabajo.

ENMIENDA NÚM. 2354

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA
miles de euros

Sección: 17, Ministerio de Fomento

Servicio: 38, Dirección General de Carreteras

Programa: 453B, Creación de infraestructuras de carreteras.

Artículo: 61

Proyecto: existente

Provincia:
Tarragona

Denominación: Ampliación proyecto construcción autovía entre las poblaciones de Atmella de Mar i Ulldecona.

Dotación 2016 adicional: 10.000

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02


Programa: 921M

Artículo: 51

Concepto: 510




Dotación 2016: -10.000

JUSTIFICACIÓN

El sur de Cataluña, concretamente en las comarcas del Baix Ebre y Montsia, disponen a dia de hoy de unas vías de comunicación obsoletas y del todo insuficientes. Con el fin de mejorar
la comunicación entre las poblaciones del sur de Cataluña, desde Atmella de Mar hasta Ulldecona, se propone la construcción del tramo de autovía en el sur de Cataluña comprendido entre las dos poblaciones que potencie el desarrollo comercial e
industrial en esta zona tan desfavorecida.

ENMIENDA NÚM. 2355

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

BAJA (en miles de euros) 621

Sección: 17 Ministerio de Fomento


Servicio: 38

Programa: 453B

Artículo: 60

Proyecto: 2007 17 38 431

Concepto: A-2 TRAMO: FIGUERAS - PONT DE MOLINS

Dotación 2016 a minorar: -630

JUSTIFICACIÓN

Infraestructura no prioritaria en
el territorio dada la existencia de alternativas más eficientes, como el rescate de la Autopista de peaje AP7, y descartar la inversión en el desdoblamiento de la A2, una actuación muy agresiva con el territorio.

ENMIENDA NÚM. 2356

Del
Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17.
Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

BAJA (en miles de euros)

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 38

Programa: 453B

Artículo: 60

Proyecto: 2007 17 38 4247


Concepto: A-2 TRAMO: MEDINYÁ - ORRIOLS (3,4 KM)

Dotación 2016 a minorar: -890

JUSTIFICACIÓN

Infraestructura no prioritaria en el territorio dada la existencia de alternativas más eficientes, como el rescate de la Autopista
de peaje AP7, y descartar la inversión en el desdoblamiento de la A2, una actuación muy agresiva con el territorio.

ENMIENDA NÚM. 2357

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa
pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

BAJA (en miles de
euros)

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 38

Programa: 453B

Artículo: 60

Proyecto: 2007 17 38 4311

Concepto: A-2 TRAMO: PONT DE MOLINS - LA JUNQUERA (8,6 KM)

Dotación 2016 a minorar:
-500

JUSTIFICACIÓN

Infraestructura no prioritaria en el territorio dada la existencia de alternativas más eficientes, como el rescate de la Autopista de peaje AP7, y descartar la inversión en el desdoblamiento de la A2, una actuación
muy agresiva con el territorio.

ENMIENDA NÚM. 2358

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

BAJA (en miles de euros)

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 38


Programa: 453B

Artículo: 61

Proyecto: 2007 17 38 3749

Concepto: A-26 TRAMO: ENLACE CABANELLES - BESALÚ (9,3 KM)

Dotación 2016 a minorar: -250

JUSTIFICACIÓN

Infraestructura no prioritaria en el
territorio puesto que no cubre ninguna necesidad para el volúmen de tráfico que soporta la vía ni reporta ningún beneficio directo a su población.

ENMIENDA NÚM. 2359

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De
modificación.

BAJA (en miles de euros)

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 38

Programa: 453B

Artículo: 61

Proyecto: 2006 17 38 0829

Concepto: A-26 TRAMO: LLANÇÀ-FIGUERES


Dotación 2016 a minorar: -5

JUSTIFICACIÓN

Infraestructura no prioritaria en el territorio puesto que no cubre ninguna necesidad para el volúmen de tráfico que soporta la vía ni reporta ningún beneficio directo a su población.


ENMIENDA NÚM. 2360

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

BAJA 2016 -7 miles de euros

Sección: 17: Ministerio de Fomento

Servicio: 38. Dirección General de Carreteras


Programa: 453B Creación de infraestructura de carreteras

Artículo: 60 Inv. Nueva Infraestr.y bienes destinados al uso general

Provincia: 25 Lleida

Proyecto: 2005 17 38 4196

Denominación A-27 MONTBLANC-LLEIDA


JUSTIFICACIÓN

Implica doblar infraestructuras innecesarias existiendo ya la AP-2 MONTBLANC-LLEIDA.

ENMIENDA NÚM. 2361

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

BAJA 2016 -3 miles de
euros

Sección: 17: Ministerio de Fomento




Servicio: 38. Dirección General de Carreteras

Programa: 453B Creación de infraestructura de carreteras

Artículo: 60 Inv. Nueva Infraestr.y bienes destinados al uso general

Provincia: 43 Tarragona


Proyecto: 2005 17 38 4196

Denominación A-27 MONTBLANC-LLEIDA

JUSTIFICACIÓN

Implica doblar infraestructuras innecesarias existiendo ya la AP-2 MONTBLANC-LLEIDA.

ENMIENDA NÚM. 2362

Del Grupo Parlamentario Entesa
pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA

De modificación.

BAJA (miles €)

Sección: 17

Servicio: 38

Programa: 453B

Artículo: 60

Superproyecto:

Proyecto: 2006 17 38 1036

Provincia: 08

Denominación:
B-40 TRAMO: TERRASSA-GRANOLLERS.

Dotación 2016: -1000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Retirar las inversiones para el cuarto cinturón.

ENMIENDA NÚM. 2363

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De
modificación.

BAJA (miles €)

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 38

Programa: 453B

Artículo: 60

Superproyecto: 2005 17 38 0572

Proyecto:

Provincia: BARCELONA


Denominación: CINTURÓN LITORAL. TRAMO: ZONA FRANCA-EL MORROT (6,5KM.)

Dotación 2016: -1000

JUSTIFICACIÓN

El proyecto que se plantea comporta un aumento neto de la capacidad de la red viaria en la entrada y salida de
Barcelona, de forma que facilita que los desplazamientos de conexión se realicen en vehículo privado, contradiciendo los objetivos del Plan de Movilidad Urbana de Barcelona vigente y del futuro (pendiente de su aprobación final) y la necesidad de
reducir la contaminación atmosférica actual.

Los barrios de la Marina y Zona Franca, aparte de los autobuses actuales, deberían tener próximamente de conexión directa con el centro y otros barrios de Barcelona con las líneas L9/L10 y L2 del
metro, de forma que esta área urbana tendrá a su alcance un servicio de transporte público que supone una alternativa viable al uso excesivo del vehículo privado.

ENMIENDA NÚM. 2364

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de
Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA

De modificación.

BAJA (en miles de euros)

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 38

Programa: 453B

Artículo: 61

Proyecto: 2007 17 38 3759

Concepto: N-152 LA MOLINA
CONEXIÓN CON LA ACTUAL N-152 (10,17 KM)

Dotación 2016 a minorar: -5

JUSTIFICACIÓN

Infraestructura no prioritaria en el territorio puesto que no cubre ninguna necesidad para el volumen de tráfico que soporta la vía ni reporta
ningún beneficio directo a su población.

ENMIENDA NÚM. 2365

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

BAJA (en miles de euros)

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 38


Programa: 453B

Artículo: 61

Proyecto: 2007 17 38 3762

Concepto: N-152 RIBES DE FRESER - LA MOLINA (18,2 KM)

Dotación 2016 a minorar: -5

JUSTIFICACIÓN

Infraestructura no prioritaria en el territorio
puesto que no cubre ninguna necesidad para el volumen de tráfico que soporta la vía ni reporta ningún beneficio directo a su población.

ENMIENDA NÚM. 2366

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA
(miles €)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 40

Programa: 453A

Artículo: 60

Superproyecto: 1999 17 20 0660

Proyecto:

Provincia: 08-17 Barcelona-Girona

Denominación:
Línea Férrea Barcelona-Puigcerdà

Dotación 2016 adicional (miles €): +40.000 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Dotación 2016: -40.000
miles de euros

JUSTIFICACIÓN

La línea férrea Barcelona-Puigcerdà no cuenta con presupuesto para este 2016, a pesar de tratarse de uno de los tramos más necesitados de actualización y donde urge su desdoblamiento para articular las
comarcas del Vallés Oriental, Osona, Ripollés y Cerdaña.

ENMIENDA NÚM. 2367

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA




De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17

Servicio: 38

Programa: 453B

Artículo: 60

Proyecto: Nuevo

Provincia: Barcelona

Denominación: Barreras sonoras AP-7 a su paso
por el municipio de Santa Perpètua de Mogoda.

Dotación 2016 adicional: +100

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a
minorar: -100

JUSTIFICACIÓN

Corregir el impacto negativo de ruido que provoca el gran tránsito de la AP-7 a su paso por el municipio, especialmente a su paso por el barrio de Can Filuà.

ENMIENDA NÚM. 2368

Del Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17.
Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17

Servicio: 38

Programa: 453B

Artículo: 60

Proyecto: Nuevo

Provincia: Barcelona


Denominación: Barreras sonoras polimetacrilato C32 Sant Adrià del Besòs

Dotación 2016 adicional: +1.000

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51


Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -1.000

JUSTIFICACIÓN

Por considerarlo conveniente.

ENMIENDA NÚM. 2369

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa
pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)


Sección: 17

Servicio: 38

Programa: 453B

Artículo: 60

Proyecto: Nuevo

Provincia: Barcelona

Denominación: Barreras sonoras con muro vegetal del Cinturón Litoral a su paso por Sant Adrià del Besòs


Dotación 2016 adicional: +1.000

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -1.000

JUSTIFICACIÓN

Por
considerarlo conveniente.

ENMIENDA NÚM. 2370

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 38


Programa: 453B

Artículo:60

Proyecto:Nuevo

Provincia:08

Denominación: Carril bici Molins de Rei-Quatre Camins (Barcelona)

Dotación 2016 adicional: +500

BAJA (miles de euros)

Sección: 31


Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -500

JUSTIFICACIÓN

Se trata de acondicionar el puente entre Molins de Rei y Quatre Camins para que las bicicletas
puedan circular de manera segura. La autovía NII ha desviado su tráfico habitual, con lo que ha disminuido considerablemente esto permitiría incorporar un carril para bicis y otro para peatones, facilitando un acceso seguro entre las dos
poblaciones, así como una mayor afluencia a la estación intermodal de Quatre Camins de los FGC.

ENMIENDA NÚM. 2371

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de
Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17
Ministerio de Fomento

Servicio: 38

Programa: 453B

Artículo:60

Proyecto:Nuevo

Provincia:08




Denominación: Carril bici Nacional II Barcelona-Sant Adrià del Besòs

Dotación 2016 adicional: +900

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51


Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -900

JUSTIFICACIÓN

Por considerarlo conveniente.

ENMIENDA NÚM. 2372

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa
pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)


Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 38

Programa: 453B

Artículo:60

Proyecto: Nuevo

Provincia:08

Denominación: Carril bici Sant Boi-Cornellà (Barcelona)

Dotación 2016 adicional:
+500

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -500

JUSTIFICACIÓN

Se trata de acondicionar la conexión de la
C245 a la altura de Sant Boi con Cornellà y con la Ronda del Litoral para que las bicicletas puedan circular de manera segura.

ENMIENDA NÚM. 2373

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA
(miles €)

Sección: 17: Ministerio de Fomento

Servicio: 38. Dirección General de Carreteras

Programa: 453B Creación de infraestructura de carreteras

Artículo: 60 Inv. Nueva Infraestr.y bienes destinados al uso
general

Provincia: 08 Barcelona

Proyecto: 2005 17 38 0599

Denominación: Carril Bus-VAO B-23 MOLINS DE REI - AVENIDA DIAGONAL. PLATAFORMAS.

Nueva Dotación 2016: +7.000 miles de euros

BAJA (miles de euros)


Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -7.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

La B-23 (Molins de Rei - Avinguda Diagonal) es la entrada que registra
más circulaciones en autobús y autocar de Barcelona, cuyo carril bus es objeto de reivindicaciones de Ayuntamientos, sindicatos y entidades como la PTP desde el año 2001. Para superar las dificultades de los carriles bus-VAO tradicionales, con
elevados costes de construcción y rigidez en sus accesos, en Barcelona se ha propuesto una solución más ligera basada en la reducción de la velocidad para ganar espacio en la calzada actual y generar un carril bus por un coste muy inferior. La
menor velocidad de esta solución permite acomodar una transición entre los 120 km/h interurbanos y los 50 km/h urbanos, además de facilitar la incorporación de los autobuses desde cualquiera de los accesos actuales, ahorrándose los rígidos y costos
accesos con distinto nivel y ampliaciones de calzada.

ENMIENDA NÚM. 2374

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 17: Ministerio de Fomento

Servicio: 38.
Dirección General de Carreteras

Programa: 453B Creación de infraestructura de carreteras

Artículo: 60 Inv. Nueva Infraestr.y bienes destinados al uso general

Provincia: 08 Barcelona

Denominación: Carril Bus-VAO C32
Sant Adrià del Besòs

Nueva Dotación 2016: +900 miles de euros

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -900 miles de
euros

JUSTIFICACIÓN

Por considerarlo conveniente.

ENMIENDA NÚM. 2375

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 17. Ministerio de Fomento


Servicio: 40

Programa: 453A

Artículo: 60

Superproyecto: Nuevo

Proyecto:

Provincia:

Denominación: Cercanías Catalunya

Dotación 2016 adicional: + 40.000 miles de euros

BAJA (miles
€)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 921M

Artículo: 51

Concepto: 510




Superproyecto:

Proyecto:

Provincia:

Denominación:

Dotación 2016: - 40.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Subvención del déficit operativo de Cercanías y Regionales, del servicio Rodalies de
Catalunya.

ENMIENDA NÚM. 2376

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 40DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES


Programa: 453A Infraestructura del transporte ferroviario

Artículo: 64

Concepto: Elaboración de un estudio para la mejora y ampliación de los servicios ferroviarios en Lleida

Nueva Dotación 2016: +1.000 miles de euros


BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -1.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Para dar cumplimiento a la resolución
número 24 aprobada en el debate del estado de la nación 2009. Dotación de un servicio de cercanías metropolitano en el área de Lleida.

ENMIENDA NÚM. 2377

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA
(miles de euros) 100

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 40

Programa: 453A

Artículo: 60

Proyecto: Nuevo

Provincia: GIRONA

Denominación: REDACCIÓN DEL PROYECTO CONEXIÓN SUR EN FIGUERES
LÍNEA FERREA TREN CONVENCIONAL - LÍNEA AVE

Dotación 2016 adicional: 100

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -100


JUSTIFICACIÓN

Asegurar la continuidad de la actuación.

ENMIENDA NÚM. 2378

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 17

Servicio: 40

Programa: 453A


Artículo: 60

Proyecto: Nuevo

Provincia: Barcelona

Denominación: Construcción de la estación en la línea ferroviaria R8 (Papiol-Mollet) a su paso por el municipio de Santa Perpètua de Mogoda (Granja Soldevila)


Dotación 2016 adicional: +6.000 miles de euros

BAJA

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -6.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN


El proyecto de construcción de la estación está elaborado. Los andenes están construidos. Santa Perpètua de Mogoda con más de 25000 habitantes y una oferta de más de 14000 puestos de trabajo necesita este servicio para una movilidad sostenible
y eficaz. La ciudadanía está indignada de ver pasar los trenes sin efectuar parada. Esta nueva estación también daría servicio al conjunto de municipios de la Riera de Caldes, importante enclave industrial, que cuentan en total con unos 90.000
habitantes y más de 40.000 puestos de trabajo.

ENMIENDA NÚM. 2379

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17 Ministerio de FOMENTO

Comunidad
Autónoma: 02 Cataluña

Servicio: 17.38

Programa: 453C

Artículo: 60

Proyecto: Nuevo

Provincia: Barcelona

Denominación: Conversión de la C-32 en vía semi urbana en su paso Badalona.

Dotación 2016
adicional: 9.000 miles de euros.

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: 9.000 miles de euros.

JUSTIFICACIÓN


Desde 1985, nuestra coalición ha apostado por la transformación de la autopista C-32 en su paso por Badalona. De sobras son conocidas los argumentos: vertebración territorial, mejoras de la cualidad de vida, mejora urbana, efectos sobre la
salud de las personas y sobre la sostenibilidad territorial y social, etc. Estos argumentos fueron reconocidos por el Parlament de Catalunya, cuando el 12 de de Junio del 2002, todos los grupos parlamentarios, aprobaron por unanimidad una
proposición no de Ley en la cual textualmente se decía: «La autopista C-32, que une Barcelona con Mataró, tiene una parte de su recorrido en medio de núcleos urbanos, como es el caso de los tramos de Sant Adrià de Besós, Badalona, Montgat,
poblaciones que se han visto afectadas por esta vía, que en el momento de su diseño y construcción no tuvo en cuenta ni las necesidades de los vecinos ni las condiciones de un desarrollo harmonioso de la vida urbana de las localidades. A lo largo
de los años, estas ciudades han padecido consecuencias negativas, de orden ambiental, social, urbanístico y económico, y resulta lógico que sus instituciones representativas reivindiquen una acción decidida por parte del gobierno en orden de
eliminar y/o reducir los efectos perjudiciales, que impiden el normal desarrollo y la cualidad de vida de estos núcleos de población».

El debate de la C-32 hace muchos años que es presente en nuestra ciudad. Desde las propuestas que
apostaban por su soterramiento, pasando por las más pragmáticas que apostaban por reducir el impacto, hace ya más de 10 años.

En nuestro entorno más inmediato, las vías de tránsito de alta capacidad construidas en zona urbanas, reciben el
tratamiento de vías urbanas: las Rondas de Barcelona, la misma C-32 en su paso por Hospitalet de Llobregat y Barcelona (en su tramo Norte y Sur) son ejemplos claros.




Por estos motivos se propone convertir esta vía en un eje de comunicación, de unión, de encuentro, en un elemento cohesionador en el que hoy es el principal elemento desvertebrador de nuestra ciudad.

Cuando hablamos de un
tratamiento de la C-32 como vía urbana en su paso por Badalona, no nos estamos refiriendo a convertir la actual autopista en una calle más de nuestra ciudad, hecho que provocaría colapso de la misma vía y de las vías urbanas transversales, sino que,
sin dejar de ser considerada una vía rápida, esta tenga un tratamiento respetuoso con la ciudad, como sucede en Barcelona y Hospitalet o Santa Coloma de Gramenet con la B-20. Eso quiere decir soterramiento en aquellos tramos donde sea posible y
reducción del impacto y medidas de permeabilidad donde no lo sea.

Esta no es nada más una transformación urbanística. La transformación de la C-32 comportará también una trasformación de nuestra ciudad, sacando una barrera física y social
que ha comportado y sigue comportando desde su construcción.

Hoy no tenemos nada más que argumentos, tenemos toda una coyuntura que nos permite afirmar que ahora es el momento de situar este elemento sobre la mesa.

ENMIENDA
NÚM. 2380

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección:17

Servicio: Dirección general de ferrocarriles

Programa: 453A

Artículo:60


Superproyecto:1001

Proyecto:1001

Provincia: Barcelona

Denominación: Corredor Mediterráneo (Barcelona Frontera francesa incluido estaciones)

Avanzar las aportaciones previstas los años posteriores.


Dotación 2016 adicional: +30.000

BAJA (miles de euros)

Sección:

Servicio:

Programa:

Artículo:

Concepto:

Dotación 2016 a minorar: -30.000

JUSTIFICACIÓN

Acelerar la construcción
del Eje del Mediterráneo y las infraestructuras relacionadas dado su carácter estratégico, generador de riqueza y puestos de trabajo, y su influencia positiva en la mejora del medio ambiente.

ENMIENDA NÚM. 2381

Del Grupo Parlamentario
Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 40DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES

Programa: 453A Infraestructura del transporte ferroviario


Artículo: 60

Provincia: 08 Barcelona

Denominación: Estudio técnico para el tercer túnel de Barcelona y la cuadruplicación de vías Bellvitge - Castelldefels

Nueva Dotación 2016: +1.500 miles de euros

BAJA (miles de
euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -1.500 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Para garantizar una buena capacidad en el futuro y mejoras en
la velocidad comercial de regionales.

ENMIENDA NÚM. 2382

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 17, Ministerio de Fomento

Servicio: 40, Dirección General
de Ferrocarriles

Programa: 453A, Infraestructura del transporte ferroviario

Artículo: 60, Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Concepto: Mejora del cubrimiento de las vías del AVE y ancho
ibérico a su paso por Vilafranca del Penedès y nuevo soterramiento con medidas de reducción sonora y vibratoria

Nueva Dotación 2016: +10.000 miles de euros

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02


Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -10.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Ejecutado el Subtramo X-A, del Tramo Lleida - Martorell, de la LAV Madrid - Barcelona - Frontera Francesa, a su
paso por el núcleo urbano de Vilafranca del Penedès, resulta evidente que no se han conseguido plenamente los objetivos de la intervención.

La obra ejecutada ha consistido, muy resumidamente, en el refuerzo y construcción de los muros de
carga laterales para permitir cubrir con grandes losas de hormigón las vías existentes de ancho ibérico y las de nueva construcción de la LAV, atendiendo al hecho que el corredor ferroviario transcurre por una cota inferior a la de las calles de
ambos lados de la ciudad. La cobertura realizada tiene una longitud de 1318 metros.

Sin embargo, no se han cubierto los 190 metros finales, que se descartaron porqué en esta última zona la diferencia de cotas entre las vías y las calles es
menor, lo que impedía cubrir «a nivel».

Es urgente pues estudiar e implementar medidas para la reducción y minimización del ruido y las vibraciones, sin descartar a priori ninguna opción, hasta, si es menester, el soterramiento total y el
cubrimiento de los 190 metros que quedan al descubierto.

ENMIENDA NÚM. 2383

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO


Servicio: 40

Programa: 453A

Artículo: 60

Proyecto:

Provincia: GIRONA

Denominación: REDACCIÓN PROYECTO DESDOBLAMIENTO PARCIAL LÍNEA FERROCARRIL BARCELONA-PUIGCERDÀ

Dotación 2016 adicional: + 50


BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -50

JUSTIFICACIÓN

Infraestructura imprescindible para el Ripollès y la Cerdanya.
Proyecto total ya reducido.

ENMIENDA NÚM. 2384

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)




El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 38 DIRECCION GENERAL DE CARRETERAS

Programa: 453B

Artículo: 60

Proyecto: Nuevo

Provincia: Tarragona


Denominación: Enlace A7 con el núcleo de la población de Altafulla

Dotación 2016 adicional: +3.000 (miles de euros)

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51


Concepto: 510

Dotación 2016: -3.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Finalización del enlace ya existente de la A7 con el núcleo de la población de Altafulla.

ENMIENDA NÚM. 2385

Del Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17

Servicio: 40

Programa: 453A

Artículo: 60

Proyecto: Nuevo

Provincia: Barcelona

Denominación: Estación Intermodal de
Mercancías del Eje del Mediterráneo prevista en el municipio de La Llagosta de la provincia de Barcelona.

Dotación 2016 adicional: +6.000

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M


Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -6.000

JUSTIFICACIÓN

Es estratégico para el municipio de Santa Perpètua de Mogoda la construcción de esta estación así como su conexión con la Central Integral de
Mercancías (CIM-Vallès). Esto facilitaría el intercambio de mercancías transportadas por carretera a ferrocarril, con el consiguiente beneficio económica, social i ambiental para todo el territorio de influencia.

ENMIENDA NÚM. 2386


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 40

Programa: 453A

Artículo: 60


Superproyecto: 1995 17 39 0600

Proyecto:

Provincia: 08

Denominación: Estació de Sants

Dotación 2016 adicional (miles de €): + 40.000 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31


Servicio: 02

Programa: 921M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: - 40.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Por considerarlo conveniente.

ENMIENDA NÚM. 2387

Del Grupo Parlamentario
Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (100 miles de euros)

Sección: 17

Servicio: 40

Programa: 453A

Artículo: 60

Proyecto:

Provincia: Barcelona

Denominación: Estudio de la
interconexión de las líneas ferroviarias R3, R4 y R8 (Papiol-Mollet) en el ámbito de la Línea Orbital Ferroviaria de la provincia de Barcelona.

Dotación 2016 adicional: +100

BAJA (miles de euros)

Sección: 31


Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -100

JUSTIFICACIÓN

Mejora de la comunicación ferroviaria y uso más eficiente de las infraestructuras existentes.


ENMIENDA NÚM. 2388

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17

Servicio: 40

Programa: 453A




Artículo: 60

Proyecto: Nuevo

Provincia: Barcelona

Denominación: Estudio de nuevo trazado alternativo de la línea ferroviaria R3 entre La Llagosta y Santa Perpetua de la Mogoda (Barcelona)

Dotación 2016
adicional: +100

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -100

JUSTIFICACIÓN

Eliminación del impacto de la
línea ferroviaria sobre núcleos urbanos y mejora de la comunicación ferroviaria entre los municipios de La Llagosta y el barrio de La Florida de Santa Perpètua de Mogoda de la vía ferroviaria existente, facilitando así una mayor conexión y
comunicación de la ciudadanía.

ENMIENDA NÚM. 2389

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 40


Programa: 453A

Artículo:60

Proyecto:Nuevo

Provincia:17

Denominación: Fondo provisión indemnizaciones ejecución y obras estación AVE Girona

Dotación 2016 adicional: +1.000

BAJA (miles de euros)


Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -1.000

JUSTIFICACIÓN

Provisión de fondo para hacer frente a indemnizaciones por molestias,
afectaciones y otros problemas que afectan a los vecinos y al municipio, derivados de las infraestructuras construídas así como de la provisionalidad de las obras de la estación de alta velocidad de Girona, que causaron la inundación de las vías y
la suspensión del servicio durante una semana.

ENMIENDA NÚM. 2390

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 40


Programa: 453A

Artículo:60

Proyecto:Nuevo

Provincia:17

Denominación: Fondo provisión indemnizaciones ejecución y obras estación AVE Girona

Dotación 2016 adicional: +1.000

BAJA (miles de euros)


Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -1.000

JUSTIFICACIÓN

Provisión de fondo para hacer frente a indemnizaciones por molestias,
afectaciones y otros problemas que afectan a los vecinos y al municipio, derivados de las infraestructuras construídas así como de la provisionalidad de las obras de la estación de alta velocidad de Girona, que causaron la inundación de las vías y
la suspensión del servicio durante una semana.

ENMIENDA NÚM. 2391

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 40
DIRECCION GENERAL DE FERROCARRILES

Programa: 453A

Artículo: 60

Proyecto: Nuevo

Provincia: BARCELONA

Denominación: PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN - INTEGRACIÓN URBANA DE LA LÍNEA C-2 DE CERCANÍAS EN
L’HOSPITALET E INTERCAMBIADOR DE LA TORRASSA - FASE 1

Dotación 2016 adicional: +40.000 (miles de euros)

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51


Concepto: 510

Dotación 2016: -40.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

La ejecución del proyecto de construcción de integración urbana de la línea C-2 de cercanías en L’Hospitalet e intercambiador de la Torrassa - fase 1
está acordada con el Ministerio y la Generalitat de Catalunya en los protocolos de colaboración de fecha 10 de octubre de 2001, 28 de julio de 2003 y de mayo de 2007.

El proyecto del nuevo túnel de L’Hospitalet genera unanimidad en el
consistorio municipal. Todos los partidos con representación estamos de acuerdo en reivindicar esta inversión como prioritaria de la mano con la sociedad civil bajo la forma de plataforma ciudadana «L’Hospitalet sense vies» integrada por
todas las entidades, sociales, económicas y vecinales de la ciudad.

El mencionado proyecto que está completamente redactado se encuentra paralizado a la espera de recibir la correspondiente dotación económica a cargo del Ministerio de Fomento
para proceder, previa firma de los convenios de cofinanciación previstos en los protocolos, a su ejecución. Huelga decir que, dicho Proyecto, es fruto de un intenso trabajo técnico y que cuenta, naturalmente, con las previas aprobaciones de los
estudios informativos y de impacto ambiental. Este proyecto, que sólo necesitaría una revisión y actualización mínima y que supuso un importante esfuerzo económico se encuentra completamente paralizado por la falta de dotación económica.

Es
evidente que se está viviendo un período de crisis económica y social profunda pero paralizar infraestructuras clave para la renovación y potenciación de la economía sólo ahonda en la crisis y posterga la recuperación económica.

La
integración urbana de las vías de ferrocarril de la Costa, por la que transitan los servicios de la R-2 de Cercanías de Barcelona y la línea hacia el Aeropuerto del Prat, no sólo es una evidente mejora para la ciudad de L’Hospitalet en
términos urbanísticos, de movilidad, ambientales y sociales, sino que significa la actuación previa e imprescindible para acometer, según la diagnosis y las propuestas del Plan de Infraestructuras Ferroviarias de Cercanías de Barcelona 2008-2015, la
reestructuración de la infraestructura del sistema ferroviario de toda la región metropolitana de Barcelona.

El servicio de Cercanías de Barcelona exige una urgente modernización y potenciación imposibilitada en gran medida por el hecho que
los dos túneles ferroviarios que actualmente cruzan subterráneamente Barcelona se encuentran al límite de su capacidad operativa. La ejecución de la citada obra permite acometer la mejora integral del servicio de cercanías, con la correspondiente
mejora en la economía, la movilidad y en el medio ambiente que eso supone.

La ejecución de la obra en L’Hospitalet supone añadir un nuevo túnel al sistema ferroviario que permite una superposición entre las actuales líneas de la Costa
y del Interior, cosa que abre la puerta a una restructuración de líneas y servicios de mejora radical de la eficacia y eficiencia de toda la red ferroviaria de la región metropolitana de Barcelona, de manera que se puedan establecer las
circulaciones directas en sentido costa-costa (Vilanova-Mataró) e interior-interior (Vilafranca-Granollers).

Tanto es así, que instrumentos como el mencionado Plan de Infraestructuras Ferroviarias de Cercanías de Barcelona 2008-2015, del
propio Ministerio de Fomento, aprobado y en fase de implementación, y como el Plan Director de Infraestructuras del Transporte Público Colectivo de la Región Metropolitana de Barcelona 2011-2020 de la Autoridad del Transporte Metropolitano,
actualmente en fase de revisión, internalizan la actuación del nuevo túnel de L’Hospitalet y efectúan sus previsiones de futuro integrando en el sistema planificado las mejora derivadas de la reestructuración pendiente.

Para reforzar y
clarificar el impacto positivo que la ejecución del nuevo túnel en L’Hospitalet representa tanto para ésta ciudad como para la región metropolitana de Barcelona, el Ayuntamiento de L’Hospitalet de Llobregat encargó un estudio al
Institut Cerd titulado «Impactos socioeconómicos y territoriales del túnel urbano de la Línea de Cercanías R-2 en l’Hospitalet de Llobregat y la reconfiguración de la red de Cercanías» los resultados del cual confirman la conveniencia y
viabilidad económica de la ejecución del Proyecto.

Cabe decir que además de posibilitar la reestructuración de la red de cercanías, el Proyecto es esencial para dar pleno sentido a la futura estación intercambiadora de La Torrassa, donde
interconexionan dos líneas de Metro (L1 y L9) y dos líneas de Cercanías, permitiendo ampliar la capacidad de la línea de ferrocarril hacia el Aeropuerto.

Si bien es cierto que la situación de crisis económica y financiera que se está
atravesando complica en extremo la dotación de inversiones, no es menos cierto que es más urgente que nunca priorizar los escasos recursos disponibles para centrarlos en actuaciones que tengan un verdadero valor estratégico y que sean generadoras de
externalidades positivas para toda la economía. La importante inversión requerida - 420 M€ - se relativiza en comparación con los beneficios económicos y sociales directos e indirectos que genera.

Estamos seguros de que el proyecto de
l’Hospitalet, en cuanto repercute en la mejora del sistema de transporte público de cercanías de la región metropolitana de Barcelona y del medio ambiente, multiplica sus efectos económicos y coadyuvará en la mejora de la estrategia comercial
y económica del territorio.

ENMIENDA NÚM. 2392

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)




Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 40

Programa: 453A

Artículo: 60

Superproyecto: 1995 17 39 0600

Proyecto:

Provincia: Barcelona

Denominación: INTEGRACIÓN URBANA DEL
SOTERRAMIENTO DE LA VÍA FÉRREA A SU PASO POR MONTMELÓ

Dotación 2016 adicional (miles €): +11.174

BAJA (miles €)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Dotación 2016:
- 11.174

JUSTIFICACIÓN

El 26 de noviembre de 2010, el Ministro de Fomento y el Presidente de ADIF firmaron la Adenda al Protocolo de Cooperación, suscrito el 12 de diciembre de 2005, en la cual la Administración General del Estado se
compromete a aportar a ADIF «11.174.867,86 € (IVA incluido) como financiación de los costes de urbanización correspondientes exclusivamente al nuevo suelo generado sobre la losa de cobertura de las vías así como los entronques con los
viales».

Según la mencionada Adenda al Protocolo de Cooperación, los mencionados costes serán «a cargo de los Presupuestos del Estado». Y por otra parte «Los aprovechamientos urbanísticos que el planeamiento que finalmente se apruebe, serán
atribuidos a ADIF en el correspondiente proceso reparcelatorio en parcela o parcelas exclusivas e independientes para su puesta en mercado con el fin de colaborar en la financiación en las actuaciones que son ejecutadas a cargo de ADIF en el
correspondiente proceso reparcelatorio». «Dicho planeamiento deberá otorgar una edificabilidad mínima de 29.775 m2, con un mínimo de 80 % destinado a uso residencial y el resto a terciario».

Cabe destacar que el beneficio de este
aprovechamiento urbanístico en el Protocolo suscrito el 12 de diciembre de 2005, correspondía al Ayuntamiento de Montmeló. Con la firma de la Adenda de 26 de noviembre de 2010 este Ayuntamiento cedió este aprovechamiento a ADIF.

Finalmente,
en el Plan de Ordenación Urbana Municipal (POUM), aprobado definitivamente y publicado en el DOG el 25 de mayo de 2012, se establece un periodo máximo de 2 años desde la publicación del POUM para el inicio de las obras de urbanización contempladas
en la Adenda.

Por todo esto es pertinente solicitar la incorporación de una partida presupuestaria de 11.174.867,85€ para la ejecución de las obras de integración urbana, acorde a lo establecido en la citada Adenda al Protocolo de
Cooperación, firmada por el Gobierno de España.

ENMIENDA NÚM. 2393

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 40


Programa: 453A - Infraestructura del transporte ferroviario

Artículo: 60 - Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general

Superproyecto: 1995 17 39 0600 Cercanías de Barcelona

Proyecto:


Provincia: Barcelona

Denominación: Intercambiador estaciones Renfe y FGC en Hospital General de Catalunya

Dotación 2016 adicional: +4.000 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31

Servicio: 02


Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Superproyecto:

Proyecto:

Provincia:

Denominación:

Dotación 2016: - 4.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Mejorar el servicio de
transporte de pasajeros con la conexión entre las estaciones de RENFE (línea R8, Martorell/Granollers Centre) y Ferrocarriles de la Generalitat (línea S1, Bcn pl. Catalunya/Terrassa), en concreto en la estación de Hospital General de Catalunya.
Esta actuación permitiría aumentar los usuarios del Vallès Occidental (quedan fuera de la línea las dos co capitales de la comarca), y del norte de Barcelona; aportando una mayor conectividad con las estaciones de la línea R8, que actualmente sólo
enlaza en tres estaciones con las líneas de FGC (sólo en una existe intercambiador). Finalmente, todo esto reduciría el déficit de explotación de la línea al incrementarse los pasajeros, favoreciendo el aumento de servicios en la línea R8 y su
posible ampliación en paralelo en la AP7 o Corredor Mediterráneo.

ENMIENDA NÚM. 2394

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO


Servicio: 40

Programa: 453A

Artículo: 60

Superproyecto: 1995 17 39 0600

Proyecto:

Provincia: Barcelona, Tarragona

Denominación: Proyectos constructivos para la ejecución de los intercambiadores:
Reus Bellisens, Rubi Hospital General y Sant Cugat Volpelleres

Dotación 2016 adicional: + 3.000 miles de euros

BAJA (miles €) 3.000

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51


Concepto: 510

Dotación 2016: - 3.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Promover enlaces ferroviarios intercambiadores que mejoren la comunicación entre municipios.

ENMIENDA NÚM. 2395

Del Grupo Parlamentario Entesa
pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17

Servicio: 40

Programa: 453.ª, Infraestructuras ferroviarias

Artículo: 60, inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso
general

Superproyecto:

Proyecto:

Provincia: Tarragona

Denominación: Instalación de un interconexión de ejes de alta velocidad y ancho ibérico en la estación de l’Arboç del Penedès

Dotación 2016
adicional: +20.000

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -20.000

JUSTIFICACIÓN

Permitir la conexión del
tercer hilo proyectado para la línea convencional con la línea de alta velocidad para permitir el paso de trenes de viajeros y no romper la continuidad de los servicios de regionales y facilitar el acceso de los servicios de alta velocidad y Avant a
la zona urbana del Camp de Tarragona.

ENMIENDA NÚM. 2396

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.




ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17

Servicio: 09

Programa: 261 O

Artículo: 61

Superproyecto:

Proyecto: Nuevo

Provincia: Tarragona


Denominación: Equipamientos deportivos para los Juegos del Mediterráneo Tarragona 2017

Dotación 2016 adicional: +15.000

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51


Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -15.000

JUSTIFICACIÓN

Por considerarlo conveniente.

ENMIENDA NÚM. 2397

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario
Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles
€)

Sección: 17, Ministerio de Fomento

Servicio: 40, Dirección General de Ferrocarriles

Programa: 453A, Infraestructura del transporte ferroviario

Artículo: 60, Inversión nueva en infraestructuras y bienes
destinados al uso general

Concepto: Nuevo, Mejora líneas de cercanías Barcelona R-4

Nueva Dotación 2016: +4.000 miles de euros

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M


Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -4.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Consideramos necesarias una serie de actuaciones en esta línea:

1) Más obras de mantenimiento en la misma con el objetivo
de permitir incrementar la velocidad media de los trenes y reducir la duración de los trayectos. Actualmente la velocidad es muy baja en muchos tramos a causa del escaso mantenimiento. Esto también permitiría recuperar todas las paradas en las
estaciones de Lavern - Subirats y La Granada.

2) Incremento de frecuencias de paso: Sin hacer ninguna obra nueva ya se pueden incrementar las frecuencias hasta 15 minutos en horario normal, simplemente se trata de prolongar hasta
Vilafranca del Penedès y Sant Vicenç de Calders el recorrido de los trenes que ahora finalizan en Martorell (y a la inversa, los que ahora salen de Martorell, que lo hagan de Sant Vicenç de Calders). Es un problema de voluntad política y
prioridades presupuestarias.

Posteriormente, si como parece previsible, las actuaciones en los entornos de Barcelona permiten eliminar el «cuello de botella» que se produce en Sants - Estación, pensamos que todavía se podrían incrementar más
las frecuencias de paso.

ENMIENDA NÚM. 2398

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección:17

Servicio: 40

Programa: 453A

Artículo: 60


Proyecto: Nuevo

Provincia: Barcelona

Denominación: Mejoras en la seguridad de vías y taludes y intrusismo en las líneas ferroviarias R3 y R8 (Papiol- Mollet) a su paso por el municipio de Santa Perpètua de Mogoda, así como
eliminación de pasos a nivel mediante pasos a deferentes niveles que mejoren la permeabilidad urbana.

Dotación 2016 adicional:+1.000

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M


Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -1.000

JUSTIFICACIÓN

Mejorar la seguridad, en todos los sentidos, de las líneas ferroviarias, y la permeabilidad urbana para una mejor comunicación interna del
municipio de Santa Perpètua de Mogoda.

ENMIENDA NÚM. 2399

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17

Servicio: 40

Programa: 453A


Artículo: 60

Proyecto: Nuevo

Provincia: Barcelona

Denominación: Minimización impactos sonoros de la línea ferroviaria R8 (Papiol Mollet) a su paso por Santa Perpetua Mogoda

Dotación 2016 adicional:+100

BAJA
(miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -100

JUSTIFICACIÓN

Corregir los impactos negativos del exceso de ruido de las
líneas ferroviarias sobre los vecinos y equipamientos públicos siguientes: el IES Estel Ibèrica y el barrio de Mas Costa de Santa Perpètua de Mogoda. Así mismo, minimización de impactos sonoros de la línea R3 a su paso por el municipio de La
Llagosta y del barrio de La Florida de Santa Perpètua de Mogoda.

ENMIENDA NÚM. 2400

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO


Servicio: 38 DIRECCION GENERAL DE CARRETERAS

Programa: 453B




Artículo: 60

Proyecto: Nuevo

Provincia: BARCELONA

Denominación: Pasarela peatones B-20 a su paso por el Prat de Llobregat (Barcelona)

Dotación 2016 adicional: +6.000 (miles de euros)

BAJA (miles de
euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -6.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Por considerarlo conveniente.

ENMIENDA NÚM. 2401


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17 Ministerio de Fomento

Servicio: 38

Programa: 453B

Artículo:61

Proyecto:Nuevo


Provincia:08

Denominación: Pasarela de peatones en la AP-7 a la altura del Camí Vell de Polinyà en Santa Perpètua de Mogoda

Dotación 2016 adicional: +200

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02


Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -200

JUSTIFICACIÓN

Mejora de las posibilidades de comunicación a pie entre los municipios de Santa Perpètua de Mogoda, Palau-solità i
Plegamans, i Polinyà, así como incremento de las medidas de permeabilidad de la AP-7.

ENMIENDA NÚM. 2402

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 17
MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 40

Programa: 453A - Infraestructura del transporte ferroviario

Artículo: 60 - Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general

Proyecto: Nuevo

Provincia:
Barcelona

Denominación: PLAN DE TRANVÍAS (VALLÈS OCCIDENTAL)

Dotación 2016 adicional (miles €): +10.000 euros

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51


Concepto: 510

Superproyecto:

Proyecto:

Provincia:

Denominación:

Dotación 2016: -10.000

JUSTIFICACIÓN

La comarca del Vallès Occidental se caracteriza por una alta densidad poblacional (más de
un millón de habitantes), y en consecuencia, por una elevada movilidad interna (tanto laboral como de servicios, que supone el 83 % del total de desplazamientos). Desde hace varios años, entidades de la sociedad civil y ayuntamientos trabajan en la
creación de una línea de tranvía, denominada Tramvallès. La propuesta incluye:

— una línea interurbana (Badia del Vallès, Barberà del Vallès, Cerdanyola

del Vallès, Montcada i Reixac, Ripollet, Rubí, Sabadell, Sant
Cugat

y Terrassa)

— líneas urbanas (de tranvía complementarias a los servicios locales de autobús)

En total, se prevé 52 kilómetros de línea, 9 enlaces con estaciones de RENFE y 5 enlaces con estaciones de FGC.


El Tamvallès propone cubrir las zonas poco servidas por los transportes ya existentes, favoreciendo así:

— la sostenibilidad ambiental y energética

— una mayor competitividad económica.

ENMIENDA
NÚM. 2403

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 40

Programa: 453A

Artículo: 60

Proyecto:
Nuevo

Provincia: GIRONA

Denominación: PROLONGACIÓN 3ER RAIL LÍNEA FERROCARRIL HASTA PORTBOU

Dotación 2016 adicional: +1000

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M


Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -1000

JUSTIFICACIÓN

Infraestructura imprescindible para el transporte de mercancías por ferrocarril y para la revitalización económica del área. Además es una medida que
favorece la movilidad por carretera (dando más argumentos a la no necesidad de desdoblar infraestructuras para el tránsito rodado) y la competitividad logística.

ENMIENDA NÚM. 2404

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de
Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA

De modificación.




ALTA (miles €)

Sección: 17. Ministerio de Fomento

Servicio: 40. Dirección General de Ferrocarriles

Programa: 453A Infraestructuras del Transporte Ferroviario

Artículo: 60 Inversión nueva en
infraestructuras y bienes destinados al uso general

Superproyecto:

Proyecto: Nuevo

Provincia:

Denominación: Provisión de nuevos trenes para Regionales

Dotación 2016 adicional: + 40.000 miles de euros


BAJA (miles €)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Superproyecto:

Proyecto:

Provincia:

Denominación:

Dotación 2016: - 40.000
miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Por considerarlo conveniente.

ENMIENDA NÚM. 2405

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 17


Servicio: 40

Programa: 453ª, Infraestructuras ferroviarias

Artículo: 60, inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Superproyecto:

Proyecto:

Provincia: Tarragona


Denominación: REAPERTURA TRAMO DE FERROCARRIL REUS-RODA DE BARÀ

Dotación 2016 adicional: +30.000

BAJA (miles €)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510


Dotación 2016 a minorar: -30.000

JUSTIFICACIÓN

Incrementar la intercomunicación ferroviaria del terrritorio, línea abandonada que une los municipios de Reus (Baix Camp) i Roda de Barà (Tarragonès).Garantizar servicio ferroviario a
poblaciones como el Morell, Perafort y La Riera de Gaià.

Conexión directa de la Estación de Alta Velocidad de La Secuita-Perafort con la ciudad de Reus, actuar como tren de cercanías y solventar las dificultades de acceso y de
comunicación.

ENMIENDA NÚM. 2406

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17

Servicio: 09

Programa: 261 O

Artículo: 61


Superproyecto:

Proyecto: Nuevo

Provincia: Tarragona

Denominación: Rehabilitación Mercado Central de Tarragona

Dotación 2016 adicional: +800

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02


Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -800

JUSTIFICACIÓN

Acabar las obras del Mercado Central de Tarragona de acuerdo con los compromisos adquiridos por el gobierno central.


ENMIENDA NÚM. 2407

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 17, Ministerio de Fomento

Servicio: 40, Dirección General de Ferrocarriles


Programa: 453A, Infraestructura del transporte ferroviario

Artículo: 60, Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Concepto: Remodelación Estación Ferrocarril Vilafranca del Penedès

Nueva
Dotación 2016: +5.000 miles de euros

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -5.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

En
julio de 2008 ADIF realizó un proyecto para la remodelación de la Estación de Ferrocarril de Vilafranca del Penedès, incorporando las propuestas que previamente había realizado el Ayuntamiento.

Es necesario actualizar este proyecto con las
actuales previsiones para que la estación pueda acoger trenes de cercanías, regionales y trenes Avant, y proceder a su ejecución ya que las actuales condiciones de accesibilidad y seguridad no son de recibo, en especial de la via 1. Debe tenerse en
cuenta que el projecto ya se ha demorado inexplicablemente durante 7 años.

ENMIENDA NÚM. 2408

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)




Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 38

Programa: 453B

Artículo: 60

Proyecto: Nuevo

Provincia: Tarragona

Denominación: Rescate peaje AP7 Amposta, Aldea-Tortosa, Ampolla


Dotación 2016 adicional: 1000

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -1.000

JUSTIFICACIÓN

Por considerarlo
conveniente.

ENMIENDA NÚM. 2409

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 38

Programa: 453B


Artículo: 60

Proyecto: Nuevo

Provincia: Tarragona

Denominación: Rescate peaje AP7 Torredembarra-El Vendrell

Dotación 2016 adicional: 1000

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02


Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -1.000

JUSTIFICACIÓN

Por considerarlo conveniente.

ENMIENDA NÚM. 2410

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 38

Programa: 453B

Artículo: 60

Proyecto: Nuevo

Provincia: GIRONA

Denominación: RESCATE AP7 GIRONA NORD -
FRONTERA FRANCESA

Dotación 2016 adicional: 4000

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -4.000

JUSTIFICACIÓN


Actuación prioritaria para satisfacer la necesidad de una vía de altas prestaciones ante los movimientos para desencallar el desdoblamiento de la A2 a su paso por la provincia de Girona. El rescate de este tramo de la AP-7 haría innecesario un
proyecto insostenible e injustificable en un territorio lleno de infraestructuras y de alto valor paisajístico y ambiental.

ENMIENDA NÚM. 2411

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA
(miles de euros)

Sección: 17

Servicio: 40

Programa: 453.ª, Infraestructuras ferroviarias

Artículo: 60, inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Superproyecto:

Proyecto:


Provincia: Tarragona

Denominación: SEGUNDA FASE OBRAS ESTACIÓN DE TARRAGONA.

Dotación 2016 adicional: +15.000

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51


Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -15.000

JUSTIFICACIÓN

Aumentar la accesibilidad en la zona de andenes con la modificación del paso inferior existente, la nueva configuración de las vías de la estación, para aumentar
la anchura y longitud de los andenes, y una pasarela peatonal de uso urbano para mejorar la permeabilidad de las infraestructuras ferroviarias.

ENMIENDA NÚM. 2412

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA (miles de euros) 100

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio:

Programa:

Artículo:

Superproyecto:

Proyecto:

Provincia: GIRONA




Denominación: REDACCIÓN DEL PROYECTO PARA SOTERRAR LA LÍNIA DE TREN CONVENCIONAL A SU PASO POR FIGUERES

Dotación 2016 adicional: 100 miles de euros

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02


Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -100 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Se trata de iniciar la redacción del proyecto para su immediata ejecución de soterramiento de las vías del tren para
suprimir los 2 pasos a nivel existentes en Figueres y que causan graves problemas de movilidad y seguridad.

ENMIENDA NÚM. 2413

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)


Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 40

Programa: 453A

Artículo: 60

Provincia: Barcelona

Denominación: Soterramiento del ferrocarril a su paso por Sant Adrià (Barcelona) en los barrios
Mina-Besòs-Via Trajana

Dotación 2016 (miles €): +6.000

BAJA (miles €)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Dotación 2016: - 6.000

JUSTIFICACIÓN

Por
considerarlo conveniente.

ENMIENDA NÚM. 2414

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 40


Programa: 453A

Artículo: 60

Superproyecto: 1995 17 39 0600

Proyecto:

Provincia: Barcelona

Denominación: Soterramiento del ferrocarril a su paso por Sant Feliu de Llobregat y cumplimiento con las
previsiones del Plan Ferroviario de Barcelona 2010-2015

Coste total proyecto: 120.800

Dotación 2016 adicional (miles €): 30.000

BAJA (miles €)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M


Artículo: 51

Dotación 2016: - 30.000

JUSTIFICACIÓN

Cumplimiento con las previsiones del Plan Ferroviario de Barcelona 2010-2015 aprobado por el Ministerio de Fomento.

ENMIENDA NÚM. 2415

Del Grupo Parlamentario
Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 17, Ministerio de Fomento

Servicio: 40, Dirección General de Ferrocarriles

Programa: 453A, Infraestructura del transporte ferroviario


Artículo: 60, Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general

Concepto: TUNEL DE MONTCADA

Nueva Dotación 2016: +20.000 miles de euros

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02


Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -20.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Las infraestructuras ferroviarias en Cataluña acumulan un gran déficit. Los accesos a la ciudad de Barcelona
están saturados, sobre todo en las horas punta. Esta saturación, como todas las administraciones coinciden, sólo se puede resolver con la construcción de un Túnel en la ciudad de Montcada i Reixac, hecho que permitirá ampliar la capacidad de vías
para poder acceder a la ciudad de Barcelona.

El problema de saturación e insuficiencia de vías perjudica sobre todo a los usuarios que provienen de comarcas como el Valles Occidental i el Bages.

El Gobierno español ha reconocido en
diversas ocasiones la necesidad de efectuar estas obras.

ENMIENDA NÚM. 2416

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 17

Servicio: 40


Programa: 453A

Artículo: 60

Concepto: Urbanización y ajardinamiento de la nueva cobertura de las vías de ancho ibérico y LAV a su paso por el núcleo urbano de Vilafranca del Penedès.

Nueva Dotación 2016: +25.000 miles de
euros

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -25.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

En los últimos años, en virtud
del convenio entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento se han ejecutado 1318 metros de cobertura de las vías en el Subtramo X-A, del Tramo Lleida - Martorell, de la LAV Madrid - Barcelona - Frontera Francesa, a su paso por el núcleo urbano de
Vilafranca del Penedès.




Ejecutada la obra, queda pendiente su urbanización, de acuerdo con el anteproyecto ya realizado por el Ayuntamiento.

Esta actuación debe ser prioritaria por cuanto actualmente la ciudad se encuentra dividida a banda y banda de la
cobertura, y las vías de conexión entre los distintos barrios se reducen a unas conexiones viarias provisionales.

ENMIENDA NÚM. 2417

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa
pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)


Sección: 17, Ministerio de Fomento

Servicio: 40

Programa: 453A

Artículo: 60

Proyecto: nuevo

Denominación: VALLADO DE SEGURIDAD DE LAS VÍAS DE TREN EN EL TRAZADO «L’HOSPITALET DE L’INFANT -
CAMBRILS»

Provincia: Tarragona

Dotación 2016: +3’936 €

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016:
-3,936 €

JUSTIFICACIÓN

Mejorar la seguridad en el transporte ferroviario mediante la construcción de un cerramiento, impidiendo el tránsito indebido por espacios no autorizados, prevenir invasiones de la vía, incrementar los
niveles de fiabiliada de las instalaciones y mejorar los índices de seguridad del trazado viario L’Hospitalet de l’Infant - Cambrils.

ENMIENDA NÚM. 2418

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 17, Ministerio de Fomento

Servicio: 40

Programa: 453A

Artículo: 60

Proyecto: nuevo

Denominación: Vallado de las vías de tren a su paso por Cunit

Provincia:
Tarragona

Dotación 2016 adicional: +495 miles de euros

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -495


JUSTIFICACIÓN

El objetivo de las obras es mejorar la seguridad en el transporte ferroviario mediante la construcción de un cerramiento para evitar los posibles «pasos viciados», impedir el tránsito indebido por espacios no autorizados,
prevenir invasiones de la vía, incrementar los niveles de fiabilidad de las instalaciones y mejorar los índices de seguridad, del trazado viario a su paso por Cunit (2,5 km). Ya que en la actualidad no se dispone de dicho cerramiento. El vallado
de las vías se ha de centrar en eliminar los «pasos viciados» que son lugares donde está prohibido transitar pero en los que, por diversos motivos, se produce el paso irregular de peatones.

ENMIENDA NÚM. 2419

Del Grupo Parlamentario
Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17

Servicio: 38

Programa: 453B

Artículo: 60

Proyecto: Nuevo

Provincia: Barcelona

Denominación: Variante
N-340 Cervelló-Vallirana

Dotación 2016 adicional: +1000

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -1000


JUSTIFICACIÓN

Se trata de acabar la variante de la N-340 entre Cervelló y Vallirana.

ENMIENDA NÚM. 2420

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de
Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA : (miles de euros)


Sección: 17, Ministerio de Fomento

Servicio: 38, Dirección General de Carreteras

Programa: 453B, Creación de infraestructuras de carreteras.

Artículo: 61

Proyecto: nuevo

Provincia: Tarragona


Denominación: Variante de la carretera nacional 420 a su paso por Gandesa y Corbera d’Ebre ( Terra Alta)

Dotación 2016 adicional: 2.000

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02


Programa: 921M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -2.000

JUSTIFICACIÓN

Las Tierras del Ebro son la comarcas con el más elevado índice de pobreza de Cataluña. Con el objetivo de mejorar las
comunicaciones entre las poblaciones de la comarca de Terra Alta, en Tarragona, muy castigados por el alto índice de emigración y el despoblamiento de los mismos por la falta de infraestructuras y vías de comunicación adecuadas, se propone la
creación de la variante de la nacional 420 a su paso por Gandesa y Corbera d’Ebre ( Terra Alta).

ENMIENDA NÚM. 2421

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés
de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)




Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 39, DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

Programa: 453A Infraestructura del transporte ferroviario

Artículo: 74

Concepto (nuevo): Al ADIF para la mejora de
la seguridad en la red convencional (Instalación de ERTMS y otras mejoras en Madrid, Barcelona, Valencia y Sevilla)

Dotación 2016 adicional: 5.000,00

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02


Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -5.000,00

JUSTIFICACIÓN

Mejora de la seguridad en la red convencional ferroviaria en Madrid, Barcelona, Valencia y Sevilla.

ENMIENDA
NÚM. 2422

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 39, DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

Programa: 441M,
Subvenciones y apoyo al transporte terrestre

Artículo: 44

Concepto 442: Renfe Viajeros, S.A., para la compensación de las Obligaciones de Servicio Público, pendiente de liquidación

Dotación 2016 adicional: 30.000,00


BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -30.000,00

JUSTIFICACIÓN

Se propone aumentar la partida de referencia
para restituir líneas y frecuencias eliminadas.

ENMIENDA NÚM. 2423

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17, Ministerio de Fomento

Servicio: 09,
Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo

Programa: 261N Promoción, administración y ayudas para rehabilitación y acceso a vivienda

Artículo: 75

Concepto: 753

Denominación: Subvenciones Estatales Planes de
vivienda

Dotación 2016 adicional: 40.000

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -40.000


JUSTIFICACIÓN

Garantizar el derecho de acceso a la vivienda.

ENMIENDA NÚM. 2424

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17 Ministerio de Fomento


Servicio: 38 Dirección General de Carreteras

Programa: 453C Conservación y explotación de carreteras

Artículo: 61

Superproyecto: 1999 17 38 9201

Denominación: OTRAS ACTUACIONES DE CONSERVACIÓN Y REPOSICIÓN


Proyecto: Realización de firmes, barreras de seguridad y señalización

Dotación 2016 adicional: 5.000,00

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51


Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -5.000,00

JUSTIFICACIÓN

Aumentar los recursos para mejorar la seguridad en las carreteras.

ENMIENDA NÚM. 2425

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17, Ministerio de Fomento

Servicio: 09, Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo

Programa: 261O, Ordenación y fomento de la edificación

Artículo: 62


Proyecto: NUEVO

Denominación: Rehabilitación de viviendas propiedad del Ministerio (pertenecientes al antiguo cuerpo de Peones Camineros) para su uso social

Dotación 2016 adicional: 900

BAJA (miles de euros)


Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510




Dotación 2016 a minorar: -900

JUSTIFICACIÓN

El Ministerio de Fomento tiene varios centenares de viviendas de su propiedad en diversas provincias. Las viviendas están en su inmensa mayoría desocupadas. Su rehabilitación
permitiría su inmediata puesta a disposición de los servicios sociales de ayuntamientos y comunidades autónomas donde están ubicadas para ser dedicadas a atender las necesidades sociales del entorno.

ENMIENDA NÚM. 2426

Del Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17.
Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 39, DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

Programa: 453A Infraestructura del
transporte ferroviario

Artículo: 74

Concepto (nuevo): Al ADIF para la mejora de la seguridad en la circulación ferroviaria

Dotación 2016 adicional (en miles de euros): 20.000,00

BAJA (miles de euros)


Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar (en miles de euros): -20.000,00

JUSTIFICACIÓN

Se propone aumentar la partida genérica para seguridad
en la circulación ferroviaria.

ENMIENDA NÚM. 2427

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17, Ministerio de Fomento

Servicio: 09, Dirección General de
Arquitectura, Vivienda y Suelo

Programa: 261N Promoción, administración y ayudas para rehabilitación y acceso a vivienda

Artículo: 78

Concepto: 782

Denominación: Ayudas para renta básica de emancipación de los
jóvenes, subsidiación de préstamos y otros apoyos a la vivienda

Dotación 2016 adicional: 40.000

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510


Dotación 2016 a minorar: -40.000

JUSTIFICACIÓN

Garantizar el derecho de acceso a la vivienda y restituir de forma retroactiva las ayudas a la subsidiación de préstamos protegidos suprimidas por el artículo 35 del RDL 20/2012, de 13
de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento a la competitividad y por la disposición adicional segunda de la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de
viviendas, así como favorecer la emancipación de los jóvenes.

ENMIENDA NÚM. 2428

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO


Servicio: 39, DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

Programa: 441M, Subvenciones y apoyo al transporte terrestre

Artículo: 44

Concepto (nuevo): A Renfe-Viajeros S.A. para subvenciones al transporte terrestre


Dotación 2016 adicional: 10.000,00

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -10.000,00

JUSTIFICACIÓN

La
reducción en las subvenciones corrientes al transporte supondrá un encarecimiento de los precios para los usuarios que se suma al que ya vienen sufriendo en los últimos años.

ENMIENDA NÚM. 2429

Del Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17 MINISTERIO DE FOMENTO

Servicio: 20

Programa: 453A Infraestructura del transporte ferroviario

Artículo: 60


Proyecto: 1987 23 03 0565

Denominación: PLAN DE SUPRESIÓN DE PASOS A NIVEL

Dotación 2016 adicional (en miles de euros): 6.000

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M


Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar (en miles de euros): -6.000

JUSTIFICACIÓN

Aumentar los recursos destinados a la supresión de pasos a nivel para mejorar la seguridad.

ENMIENDA NÚM. 2430


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 17. Ministerio de Fomento.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)

Sección: 17, Ministerio de Fomento

Servicio: 09, Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo

Programa: 261N
Promoción, administración y ayudas para rehabilitación y acceso a vivienda

Artículo: 78

Concepto: 783 (nuevo)




Denominación: Restitución supresión retroactiva de las prórrogas de subsidiación de préstamos protegidos

Dotación 2016 adicional: 40.000

BAJA (miles de euros)

Sección: 31

Servicio: 02


Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -40.000

JUSTIFICACIÓN

Se propone una dotación presupuestaria para comenzar a restituir la supresión retroactiva de las prórrogas de
subsidiación de préstamos protegidos que estableció el RDL 20/2012. La supresión se justificó por la crisis económica pero si, como afirma el Gobierno, las circunstancias económicas han cambiado lo suficiente, es hora de devolver dichas ayudas.


ENMIENDA NÚM. 2431

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335A Música y
Danza

Artículo: 48015

Proyecto: Transferencias Corrientes a familias e instituciones sin fines de lucro

Denominación: Al Auditori Torredembarra (Tarragona)

Dotación 2016 adicional: +500 miles de euros

BAJA
(miles €)

Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios

Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de los Departamentos Ministeriales

Programa: 929-M Imprevistos y funciones no clasificadas

Capítulo: 5
Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo: 51 Otros imprevistos

Concepto: 510 Para atender las necesidades que puedan presentarse en los Departamentos Ministeriales

Dotación 2016 a minorar: - 500 miles de euros


JUSTIFICACIÓN

Se trata de dotar de recursos para la programación estable del Auditori de Torredembarra.

ENMIENDA NÚM. 2432

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa
pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA
(miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 333 A Museos

Artículo: 7

Proyecto: Nuevo

Denominación: Centro interpretación y recuperación arqueológica del enclave Vila del
Moro en Torredembarra (Tarragona)

Dotación 2016 adicional: +500 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a
minorar: - 500 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Por considerarlo conveniente.

ENMIENDA NÚM. 2433

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)


Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 333 A Museos

Artículo: 7

Proyecto: Nuevo

Denominación: Adecuación museística del centro cultural aeronáutico del aeropuerto de Barcelona-El
Prat

Dotación 2016 adicional: +6.000 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 6.000 miles de
euros

JUSTIFICACIÓN

Por considerarlo conveniente.

ENMIENDA NÚM. 2434

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18. Ministerio
de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 333A Museos

Artículo: 46105

Proyecto: Transferencias corrientes a entidades locales

Denominación: Subvención al Consorcio del MACBA para gastos de funcionamiento


Dotación 2016 adicional: 900,00 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios

Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de los Departamentos Ministeriales


Programa: 929M

Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo: 51 Otros imprevistos

Concepto: 510 Para atender las necesidades que puedan presentarse en los Departamentos Ministeriales

Dotación 2016
a minorar: - 900,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Incrementar las aportaciones del Ministerio a las grandes infraestructuras culturales de Catalunya, manteniendo un criterio razonable que no ponga en situación crítica unos
equipamientos culturales con presupuestos comparativos a otros equipamientos de las mismas características bastante inferiores. Atendiendo al carácter nacional del mismo y a la aportación realizada en ejercicios anteriores.

ENMIENDA
NÚM. 2435

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.




ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 333 A Museos

Artículo: 455

Proyecto: Transferencias corrientes a comunidades
autónomas

Denominación: Subvención directa al funcionamiento ordinario del Museo Nacional d’Art de Catalunya (MNAC - Barcelona)

Dotación 2016 adicional: 2.000,00 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31
Gastos de Diversos Ministerios

Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de los Departamentos Ministeriales

Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas

Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros
imprevistos

Artículo: 51 Otros imprevistos

Concepto: 510 Para atender las necesidades que puedan presentarse en los Departamentos Ministeriales

Dotación 2016 a minorar: - 2.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN


Incrementar las aportaciones del Ministerio a las grandes infraestructuras culturales de Catalunya, corrigiendo desagravios con centros de las mismas características y evitando que no ponga en situación crítica al mismo. Debe atenderse al
carácter nacional del mismo y a las aportaciones a otros equipamientos de referencia nacional internacional del patrimonio español (léase Museo del Prado o MNCARS)

En los últimos ejercicios presupuestarios la reducción de la aportación se ha
mantenido, acumulando un -52,62 % muy superior a los porcentajes de los equipamientos referidos con anterioridad.

ENMIENDA NÚM. 2436

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa
pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA
(miles €)

Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 333 A Museos

Artículo: 48501

Proyecto: Transferencias a familias e instituciones sin fines de lucro

Denominación: A la
Fundación Privada Antoni Tàpies para gastos de funcionamiento (Barcelona)

Dotación 2016 adicional: 50,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51


CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 50,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Incrementar las aportaciones del Ministerio a las grandes infraestructuras culturales de Catalunya, manteniendo un criterio razonable que no ponga
en situación crítica unos equipamientos culturales con presupuestos comparativos a otros equipamientos de las mismas características bastante inferiores. En los últimos años el decrecimiento de aportación ha superado en creces la media del conjunto
de equipamientos de las mismas características.

ENMIENDA NÚM. 2437

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deportes

Programa: 335A Música y Danza

Artículo: 48015

Proyecto: Transferencias Corrientes a familias e instituciones sin fines de lucro

Denominación: A la fundación privada Orfeó Català - Palau de la Música
Catalana para sus actividades

Dotación 2016 adicional: 300,00 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios

Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales

Programa: 929-M Imprevistos y funciones no clasificadas

Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo: 51 Otros imprevistos

Concepto: 510 Para atender las necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales

Dotación 2016 a minorar: - 300,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Incrementar las aportaciones del Ministerio a las grandes infraestructuras culturales de Catalunya, manteniendo un
criterio que no ponga en situación crítica unos equipamientos culturales con presupuestos comparativos a otros equipamientos de las mismas características bastante inferiores. Recuperación de la aportación estatal del año 2011.

ENMIENDA
NÚM. 2438

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335A Música y danza


Artículo: 46445

Proyecto: Transferencias corrientes a entidades locales

Denominación: Al Consorcio Mercat de les Flors - Centre de les Arts del Moviment para sus actividades (Barcelona)

Dotación 2016 adicional: 600,00
miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 600,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

La reducción
de la aportación del Ministerio desde 2011 ha sido del 62,5 %. Este equipamiento sufre de forma continuada un mayor recorte que otros comparativamente similares.

Se trata de un exponente claro de equipamiento con proyección internacional que
ha conseguido liderar proyectos europeos de las artes del movimiento y que con la dotación actual puede entrar en situación crítica.

ENMIENDA NÚM. 2439

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335B Teatro

Artículo: 48322

Proyecto: Transferencias corrientes a familias e instituciones sin fines de
lucro

Denominación: Subvención a la Fundació Teatre Lliure- Teatre Públic para actividades teatrales (Barcelona)

Dotación 2016 adicional: 300,00 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31 Gastos de Diversos
Ministerios

Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de los Departamentos Ministeriales




Programa: 929-M Imprevistos y funciones no clasificadas

Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo: 51 Otros imprevistos

Concepto: 510 Para atender las necesidades que puedan presentarse en
los Departamentos Ministeriales

Dotación 2016 a minorar: - 300,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Incrementar las aportaciones del Ministerio a las grandes infraestructuras culturales de Catalunya, manteniendo un criterio
razonable que no ponga en situación crítica unos equipamientos culturales con presupuestos comparativos a otros equipamientos de las mismas características bastante inferiores. Recuperación de una aportación similar a la de ejercicios
anteriores.

ENMIENDA NÚM. 2440

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes


Programa: 335 B Teatro

Artículo: 46406

Proyecto: Subvenciones

Denominación: Mayor dotación del presupuesto para la Fira de Teatre al Carrer de Tàrrega

Dotación 2016 adicional: 40,00 miles de euros

BAJA
(miles €)

SECCIÓN: 31

Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios

Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de los Departamentos Ministeriales

Programa: 929-M Imprevistos y funciones no
clasificadas

Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo: 51 Otros imprevistos

Concepto: 510 Para atender las necesidades que puedan presentarse en los Departamentos Ministeriales

Dotación 2016 a
minorar: -40,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Una apuesta que se ha convertido en referente internacional de los festivales del estado español en la disciplina de artes de calle y circo y que combina sus programaciones en las diversas
manifestaciones escénicas des de la contemporaneidad, los nuevos lenguajes y la coproducción internacional y nacional.

Desde la perspectiva de la internacionalización, apuesta referencial, dinamización económica, apuesta por los creadores
nacionales e internacionales y como apuesta por ser el festival de referencia de la mediterránea debe no solo mantener sino incrementar la participación de las diferentes instituciones públicas y los patrocinios.

En un momento de crisis y
apuesta des del Ministerio por las artes escénicas entre otras, debe acometer un impulso decidido a los festivales como expresión creativa y de internacionalización de nuestras compañías.

ENMIENDA NÚM. 2441

Del Grupo Parlamentario
Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335 B Teatros

Artículo: 742

Proyecto:
Transferencias de capital a sociedades, entidades públicas empresariales, fundaciones y resto de entes del sector público

Denominación: Al Consorcio de Rehabilitación de Teatros de Barcelona para ayudas a la rehabilitación de teatros
privados de Barcelona

Dotación 2016 adicional: 75,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar:
- 75,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Incrementar las aportaciones del Ministerio al apoyo a la rehabilitación de teatros en Barcelona, recuperando la dotación que a tal finalidad se destinó en ejercicios anteriores i atendiendo a la
necesidad de la mejora de las infraestructuras teatrales.

ENMIENDA NÚM. 2442

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio
de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 333 A Museos

Artículo: 48514

Proyecto:

Denominación: Subvención directa al funcionamiento ordinario de la Fundación Miró (Barcelona)

Dotación 2016 adicional: 120,00
miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 120,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Incrementar
las aportaciones del Ministerio a las grandes infraestructuras culturales de Catalunya, manteniendo un criterio razonable que no ponga en situación crítica unos equipamientos culturales con presupuestos comparativos a otros equipamientos de las
mismas características bastante inferiores. Recuperación de la aportación del Ministerio a la cantidad de ejercicios anteriores.

ENMIENDA NÚM. 2443

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335 A Música

Artículo: 48400

Proyecto: Para el mantenimiento de las actividades musicales en el Gran Teatre
del Liceu

Denominación: A la Fundación Gran Teatre del Liceu. Aportación ordinaria para sus actividades

Dotación 2016 adicional: 4.000,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02


PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 4.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Incrementar las aportaciones del Ministerio a las grandes infraestructuras culturales de Cataluña,
manteniendo un criterio razonable que no ponga en situación crítica unos equipamientos culturales con presupuestos comparativos a otros equipamientos de las mismas características bastante inferiores. Recuperación de la dotación realizada en
ejercicios anteriores.

ENMIENDA NÚM. 2444

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.




ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335 A Música

Artículo: 46

Proyecto: Transferencias corrientes a entidades locales

Denominación: Al
Ayuntamiento de Sant Feliu de Guixols para el Festival de verano de la Porta Ferrada

Dotación 2016 adicional: 90,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M


ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: -90,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Incrementar las aportaciones del Ministerio a los festivales de referencia en todo el territorio asegurando su viabilidad
económica con un reconocimiento a su aportación al dinamismo cultural y recuperando dotaciones ya consignadas en ejercicios anteriores.

ENMIENDA NÚM. 2445

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335 A Música

Artículo: 48

Proyecto: Transferencias corrientes a familias y entidades sin animo de lucro


Denominación: A las Joventuts Musicals de Torroella de Montgrí para el Festival de Música de Montgrí

Dotación 2016 adicional: 70,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02


PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: -70,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Incrementar las aportaciones del Ministerio a los festivales de referencia en todo el territorio
asegurando su viabilidad económica con un reconocimiento a su aportación al dinamismo cultural y recuperando dotaciones ya consignadas en ejercicios anteriores.

ENMIENDA NÚM. 2446

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335 A Música

Artículo: 48

Proyecto: Transferencias corrientes a familias y entidades
sin animo de lucro

Denominación: A la Asociación Cultural Castell de Peralada para el desarrollo de su Festival

Dotación 2016 adicional: 80,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02


PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: -80,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Incrementar las aportaciones del Ministerio a los festivales de referencia en todo el territorio
asegurando su viabilidad económica con un reconocimiento a su aportación al dinamismo cultural y recuperando dotaciones ya consignadas en ejercicios anteriores.

ENMIENDA NÚM. 2447

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335 B Teatro

Artículo: 46

Proyecto: Transferencias corrientes a entidades locales


Denominación: Al Instituto de Cultura de Barcelona para el Festival de Barcelona GREC

Dotación 2016 adicional: 100,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M


ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: -100,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Incrementar las aportaciones del Ministerio a los festivales de referencia en todo el territorio asegurando su viabilidad
económica con un reconocimiento a su aportación al dinamismo cultural y recuperando dotaciones ya consignadas en ejercicios anteriores.

ENMIENDA NÚM. 2448

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335 B Teatro

Artículo: 46

Proyecto: Subvenciones a entidades locales

Denominación: Dotación del
presupuesto para el Ayuntamiento de Girona destinado a la programación del Festival Temporada Alta

Dotación 2016 adicional: 375,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M


ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 375,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Una apuesta que se ha convertido en referente internacional de los festivales del estado español y que combina su
programaciones en las diversas manifestaciones escénicas desde la contemporaneidad, los nuevos lenguajes y la coproducción internacional y nacional.




Desde la perspectiva de internacionalización, apuesta referencial, dinamización económica, apuesta por los creadores nacionales e internacionales y como apuesta por ser el festival de referencia de la mediterránea.

ENMIENDA
NÚM. 2449

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335 B Teatro


Artículo: 46

Proyecto: Transferencias corrientes a entidades locales

Denominación: Al Ayuntamiento de Cornellà de Llobregat para la celebración del Festival Internacional de Pallasos

Dotación 2016 adicional: 100,00 miles
de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: -100,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Incrementar las
aportaciones del Ministerio a los festivales de referencia en todo el territorio asegurando su viabilidad económica con un reconocimiento a su aportación al dinamismo cultural y recuperando dotaciones ya consignadas en ejercicios anteriores. En
concreto se trata de un festival de referencia en el ámbito estatal por su aportación a la creatividad artística.

ENMIENDA NÚM. 2450

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa
pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA
(miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335 B Teatro

Artículo: 47

Proyecto: Transferencias corrientes a empresas privadas

Denominación: A serveis escenics Romea para
actividades teatrales

Dotación 2016 adicional: 100,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar:
-100,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Incrementar las aportaciones del Ministerio en las actividades teatrales. En concreto para la realización de actividades en un teatro de referencia por la calidad y riesgo en su programación.


ENMIENDA NÚM. 2451

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335 B Teatro


Artículo: 46

Proyecto: Transferencias corrientes a entidades locales

Denominación: Al Consorcio del Teatro Fortuny de Reus para la feria de circo «TRAPEZI»

Dotación 2016 adicional: 20,00 miles de euros

BAJA (miles
€)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: -20,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Incrementar las aportaciones del Ministerio a los
festivales de referencia en todo el territorio asegurando su viabilidad económica con un reconocimiento a su aportación al dinamismo cultural y recuperando dotaciones ya consignadas en ejercicios anteriores. En concreto se trata de un festival de
referencia en el ámbito del circo.

ENMIENDA NÚM. 2452

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y
Deportes

Programa: 335 B Teatro

Artículo: 48

Proyecto: Subvenciones a entidades

Denominación: Apoyo a la Fundació sala Beckett / Obrador de Dramaturgia Contemporània.

Dotación 2016 adicional: 80,00 miles de
euros

BAJA (miles €)

Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios

Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de los Departamentos Ministeriales

Programa: 929M

Capítulo: 5 Fondo de Contingencia
y otros imprevistos

Artículo: 51 Otros imprevistos

Concepto: 510 Para atender las necesidades que puedan presentarse en los Departamentos Ministeriales

Dotación 2016 a minorar: - 80,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN


Dotación presupuestaria, como en anteriores ejercicios, para el fomento de la escritura dramática, la difusión, el intercambio internacional y la programación de les expresiones teatrales, des de la contemporaneidad y la proximidad.


ENMIENDA NÚM. 2453

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 333 A Museos


Artículo: 7

Proyecto: Nuevo

Denominación: Presupuesto para inversión en compra de obras de arte al Museu d’Art Contemporani de Barcelona (MACBA).

Dotación 2016 adicional: 100,00 miles de euros

BAJA (miles
€)

SECCIÓN: 31




SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 100,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Mantener dotación presupuestaria, como en otros ejercicios y como en los
grandes museos del estado español, al MACBA para adquisición de obra de arte contemporáneo, para continuar incrementando la colección y ser un museo competitivo y referencial de arte dentro del conjunto de museos de carácter nacional que ayuden al
conocimiento internacional de nuestro patrimonio artístico contemporáneo.

ENMIENDA NÚM. 2454

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18,
Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 333 A Museos

Artículo: 78

Proyecto: Nuevo

Denominación: Presupuesto para inversión en compra de obras de arte al Museu Nacional d’Art de Catalunya
(MNAC).

Dotación 2016 adicional: 500,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 500,00 miles de
euros

JUSTIFICACIÓN

Mantener dotación presupuestaria, y como en los grandes museos del estado español, al MNAC para adquisición de obras de arte, para continuar incrementando la colección y ser un museo competitivo y referencial de
arte dentro del conjunto de museos de carácter nacional que ayuden al conocimiento internacional de nuestro patrimonio artístico.

ENMIENDA NÚM. 2455

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 463 A Investigación científica

Artículo: 48112

Proyecto: Ayudas al Instituto de España, Reales Academias y
otras instituciones adscritas al programa para el desarrollo de actividades y gastos de funcionamiento.

Denominación: Institut d’Estudis Catalans

Dotación 2016 adicional: 500,00 miles de euros

BAJA (miles €)


SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 500,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

El Institut d’Estudis Catalans acoge una parte de la
élite científica del ámbito lingüístico catalán. El IEC estructura en secciones, establecidas según grandes unidades temáticas, que organizan la investigación y cuenta con una plantilla de más de cien personas. La institución es un centro de
catalanística y, con sus secciones y sociedades filiales, promueve y desarrolla la investigación en los diferentes ámbitos de la ciencia y de la tecnología, pero principalmente en la de todos los elementos de la cultura catalana. Actúa como centro
divulgador de la investigación y también acoge, en su sede, iniciativas de otras instituciones que están en estrecha relación con la investigación y la cultura. Es miembro de la Unión Académica Internacional desde el año 1922 y, en consecuencia,
participa en programas de ámbito internacional impulsados ​​por esta corporación.

En éste sentido y atendiendo a los diversos convenios internacionales suscritos por España debe defender, promover e impulsar el reconociendo
pluricultural y plurilingües de la misma. En los últimos años la institución IEC ha visto recortada las ayudas contenidas en los presupuestos generales del Estado en un -72 % des de 2011. En este sentido, sorprende el incremento presupuestario de
otras entidades de la misma característica o el incremento substancial del Instituto Cervantes.

ENMIENDA NÚM. 2456

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de
Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles
€)

Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 334A Promoción y Cooperación cultural

Artículo: 46

Proyecto: Nuevo

Denominación: Participación del ministerio por la capitalidad del
Ayuntamiento de Barcelona en convenio en el ámbito de la Comisión de colaboración interadministrativa para el funcionamiento ordinario de los equipamientos culturales

Dotación 2016 adicional: 11.000,00 miles de euros

BAJA (miles
€)

Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios

Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de los Departamentos Ministeriales

Programa: 929M

Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos


Artículo: 51 Otros imprevistos

Concepto: 510 Para atender las necesidades que puedan presentarse en los Departamentos Ministeriales

Dotación 2016 a minorar: - 11.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Recuperar y
cumplir con la Carta de Barcelona en cuanto a las aportaciones del Ministerio a las grandes infraestructuras culturales de Barcelona en concepto de la capitalidad cultural, que no ponga en situación crítica unos equipamientos culturales que
desarrollan proyección internacional de la ciudad y en consecuencia de la cultura del Estado español.

ENMIENDA NÚM. 2457

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés
de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles
€)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 333 B exposiciones

Artículo: 48

Proyecto: Nuevo

Denominación: Apoyo a la actividad de las artes visuales de ámbito nacional de
Entidades sin fines de Lucro. A la Organización Union de Asociaciones de Artistas Visuales.

Dotación 2016 adicional: 90,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M


ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 90,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Se propone la inclusión en los Presupuestos Generales del Estado como perceptora de subvención nominativa a la Organización
Unión de Asociaciones de Artistas Visuales del Estado Español, por ser una organización plenamente representativa de la profesión de las artes visuales a nivel estatal, siendo una de las principales actividades dar cobertura a las necesidades del
sector cultural al que representa y atendiendo al necesario impulso de la creatividad en este sector visual.

ENMIENDA NÚM. 2458

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA
(miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes




Programa: 334 B Promoción del libro y publicaciones culturales

Artículo: 77

Proyecto: Nuevo

Denominación: Impulso a la edición en las lenguas cooficiales

Dotación 2016 adicional: 900,00 miles de euros


BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación a minorar 2016: - 900,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Se propone la inclusión en los
Presupuestos Generales del Estado de una partida específica para la edición en lenguas cooficiales, destinadas al enriquecimiento bibliotecario. De hecho existe una partida general a ésta finalidad pero que incluye lengua castellana pero entendemos
que se debería fomentar específicamente ésta línea de fomento a la edición. La descompensación en fondos bibliotecarios en cualquier lugar del estado español es evidente respecto a la presencia y visibilidad de las culturas existentes en el mismo.
Se trataría de una medida de fortalecimiento de la industria editorial y a la vez del acrecimiento de las colecciones bibliotecarias.

ENMIENDA NÚM. 2459

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 333 B Exposiciones

Artículo: 48

Proyecto: Nuevo

Denominación: Plan de Encargo de Obras a artistas
visuales para el Espacio Público.

Dotación 2016 adicional: 800,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a
minorar: - 800,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Se propone la inclusión en los Presupuestos Generales del Estado una dotación que palie los efectos negativos de la crisis económica en este sector y poner las bases para su reactivación.
A tal efecto, por espacio público se entiende espacio urbano, rural, natural, TV y red Internet. El arte contemporáneo, las artes en general, entendidas como forma de conocimiento, pueden contribuir a la generación de un nuevo modelo de crecimiento
basado en la economía creativa; a la vez que se enriquece el patrimonio cultural.

Estos proyectos deberían sujetarse a una convocatoria pública y resolución a cargo de un jurado de expertos independientes.

ENMIENDA NÚM. 2460


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 333A Museos

Artículo: 48


Proyecto: Nuevo

Denominación: Plan de Inversiones de apoyo a los centros y espacios de producción de artes visuales

Dotación 2016 adicional: 800,00 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31 Gastos de
Diversos Ministerios

Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de los Departamentos Ministeriales

Programa: 929M

Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo: 51 Otros imprevistos


Concepto: 510 Para atender las necesidades que puedan presentarse en los Departamentos Ministeriales

Dotación 2016 a minorar: - 800,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Entendemos que se deben apoyar los proyectos y programas
actuales de los centros de producción de artes visuales existentes en el resto del Estado, que configuran una incipiente pero reconocida red, como Hangar (Barcelona), Arteleku y Tabakalera (Donosti), LABoral (Gijón), etc. Necesitan el apoyo del
Ministerio de Cultura. El Ministerio no ha de suplir o competir con esas iniciativas, ha de complementar el esfuerzo económico que desarrollan las otras administraciones.

Este Plan de Inversiones de apoyo a los centros y espacios de
producción de artes visuales permitiría mejorar y aumentar sus servicios de espacios, producción digital (equipos y personal especializado) y residencias de artistas.

Unas políticas culturales que van encaminadas a dar soporte al tejido
creativo en R+D+i. En este sentido entendemos que se deben acometer inversiones desde una perspectiva del conjunto del territorio y no desde una visión exclusiva centralizadora.

ENMIENDA NÚM. 2461

Del Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 333 B Exposiciones

Artículo: 48

Proyecto: Nuevo


Denominación: Fondo de ayuda económica directa a los artistas para proyectos de investigación y preproducción.

Dotación 2016 adicional: 500,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02


PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 500,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

El arte contemporáneo, las artes en general, entendidas como forma de conocimiento, pueden contribuir
a la generación de un nuevo modelo de crecimiento basado en la economía creativa.

En este sentido, el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, al rebajar las inversiones públicas en I+D+i, educación y cultura nos sitúa
en la dirección opuesta. Mantener y extender las prestaciones sociales básicas en tiempos de crisis es una buena política y necesaria, reducir el apoyo a estos sectores de la economía del conocimiento es un grave error que retrasará y dificultará
la salida de la crisis y la irrupción de un nuevo modelo de crecimiento económico.

A nuestro parecer dos pilares fundamentales de cohesión y futuro para la sociedad española que en estos presupuestos se dotan con unas partidas presupuestarias
bajo mínimos.

En éste sentido proponemos situar unas nuevas bases para la reactivación e introducir algunos cambios estructurales y se plantean el apoyo a los artistas contemporáneos a través de programas de apoyo directo, evitando -en la
medida de lo posible- la intervenciones de mediadores mediante la convocatoria pública de proyectos y resolución a cargo de un jurado de expertos independientes.

ENMIENDA NÚM. 2462

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de
Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 333 B Exposiciones

Artículo: 48

Proyecto: Nuevo

Denominación:
Fondo de apoyo a los programas de Formación Continúa de las asociaciones profesionales y a los programas de workshops que impulsan los espacios o centros de producción

Dotación 2016 adicional: 100,00 miles de euros

BAJA (miles
€)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M




ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 100,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

El arte contemporáneo, las artes en general, entendidas como forma de conocimiento, pueden contribuir a la
generación de un nuevo modelo de crecimiento basado en la economía creativa.

En este sentido, el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, al rebajar las inversiones públicas en I+D+i, educación y cultura nos sitúa en la
dirección opuesta. Mantener y extender las prestaciones sociales básicas en tiempos de crisis es una buena política, pero reducir el apoyo a estos sectores de la economía del conocimiento es un grave error que retrasará y dificultará la salida de
la crisis y la irrupción de un nuevo modelo de crecimiento económico.

En éste sentido proponemos situar unas nuevas bases para la reactivación e introducir algunos cambios estructurales. En éste principio se sustenta la propuesta de
favorecer e impulsar programas de formación continua en el sector de las artes visuales, profesionales que aportan conocimiento, creatividad e innovación.

ENMIENDA NÚM. 2463

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 333 A Museos

Artículo: 78

Proyecto: Nuevo

Denominación: Aumento de los
presupuestos de adquisición de los museos y colecciones públicas de arte contemporáneo

Dotación 2016 adicional: 1.000,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M


ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 1.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

La propuesta pretende complementar el esfuerzo económico que desarrollan las otras administraciones en la adquisición de
obra en los museos y colecciones públicas.

Se propone la inclusión en los Presupuestos Generales del Estado una dotación que palie los efectos negativos de la crisis económica en este sector y poner las bases para su reactivación e introducir
algunos cambios estructurales. El arte contemporáneo, las artes en general, entendidas como forma de conocimiento, pueden contribuir a la generación de un nuevo modelo de crecimiento basado en la economía creativa; a la vez que se enriquece el
patrimonio cultural.

Ésta propuesta proponemos que establezca políticas de compra que discriminen positivamente al arte producido en el contexto, las mujeres artistas y los artistas vivos en general.

ENMIENDA NÚM. 2464

Del Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 334APromoción y cooperación cultural


Artículo: 46

Proyecto: Nuevo

Denominación: Digitalización de los equipamientos culturales

Dotación 2016 adicional: 600,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02


PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 600,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

La revolución tecnológica digital está ejerciendo un fuerte impacto sobre la producción, y difusión de
la cultura o en el acceso a los mercados de forma normalizada. El tejido de empresas y el conjunto de equipamientos culturales, en especial los de singularización, necesitan la adaptación urgente a estos nuevos formatos. Se trabajará en
cooperación con las partidas asignadas por las administraciones actuantes de las CCAA y con una línea específica para los ayuntamientos en el impulso a la modernización tecnológica.

ENMIENDA NÚM. 2465

Del Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 334A Promoción y Cooperación cultural

Artículo: 45

Proyecto:
Nuevo

Denominación: Aportaciones para actividades de fomento de los escritores en lengua catalana. Subvención nominativa a la Institució de les Lletres Catalanes

Dotación 2016 adicional: 100,00 miles de euros

BAJA (miles
€)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 100,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

El Estado español ha firmado la Convención de
la Diversidad de la UNESCO. Para cumplir los acuerdos referentes a la Convención, debe dotar a los presupuestos generales de partidas destinadas al fomento, el impulso y la difusión de los escritores en lengua cooficial del estado español. En este
sentido, la propuesta pretende este acometido respeto a la lengua catalana para favorecer el intercambio y encuentros con escritores de otros entornos culturales. La institución que en Catalunya tiene esta misión es la Institució de les Lletres
Catalanes, en este sentido proponemos una subvención nominativa a la Institució de les Lletres Catalanes.

ENMIENDA NÚM. 2466

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA
(miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335 C Cinematografía

Artículo: 47

Proyecto: Nuevo

Denominación: línea de subvención a la creación de guiones y series de
animación en el presupuesto de l’ICAA

Dotación 2016 adicional: 500,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510


Dotación 2016 a minorar: -500,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

El éxito de la cinematografía se sustenta inicialmente en un buen guión. Si queremos consolidar nuestra cinematografía no podemos renunciar a una dotación
presupuestaria dirigida a la creación de guiones i series de animación, más allá de una política de incentivos fiscales que puedan ayudar a los recursos económicos destinados a las políticas cinematográficas.

ENMIENDA NÚM. 2467

Del
Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes




Programa: 334 B Promoción del libro y publicaciones culturales

Artículo: 77

Proyecto: Nuevo

Denominación: Fomento de la diversidad cultural del estado español y apoyo a las traducciones y ediciones en lenguas
extranjeras de obras escritas en lenguas cooficiales del estado español

Dotación 2016 adicional: 800,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51


CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 800,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Se propone la inclusión en los Presupuestos Generales del Estado de una partida específica para la traducción y edición en lenguas cooficiales,
destinadas al conocimiento en el extranjero mediante sus traducciones. La riqueza y diversidad cultural es un patrimonio de la humanidad que debe protegerse y acrecentarse. Se trataría de una medida de fortalecimiento de la industria editorial y a
la vez del acrecimiento de las colecciones bibliotecarias.

ENMIENDA NÚM. 2468

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio
de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335 C Cinematografía

Artículo: 45

Proyecto: Nuevo

Denominación: Fomento a la cinematografía en lengua oficial, excluyendo el castellano, en convenio con los correspondientes
gobiernos de las CCAA con lengua propia: transferencia de créditos mediante convenios a las CCAA con lengua propia

Dotación 2016 adicional: 1.000,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02


PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: -1.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Impulso a la cinematografía en las lenguas cooficiales, atendiendo a los correspondientes convenios
con las CCAA y en el impulso de la diversidad cultural en la cinematografía de España. Corrección del agravio en los presupuestos generales a la disciplina de las artes cinematográficas.

ENMIENDA NÚM. 2469

Del Grupo Parlamentario
Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335 A Música y Danza

Artículo: 47

Proyecto:
Nuevo

Denominación: Al Festival de cantautor Barnasants

Dotación 2016 adicional: 60,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51


CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 60,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Festival de referencia nacional de cantautor que ha concretado una propuesta de proyecto de cooperación internacional con Uruguay y otros países
Iberoamericanos.

La canción de autor se merece un festival de proyección y reconocimiento, papel que viene realizando, des de hace años, el Festival Barnasants con una programación que abarca más de 100 conciertos en tres meses.


ENMIENDA NÚM. 2470

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335 B Teatro


Artículo: 48

Proyecto: Transferencias corrientes a familias e instituciones sin ánimo de lucro

Denominación: Apoyo para la Coordinadora Estatal de Salas Alternativas.

Dotación 2016 adicional: 50,00 miles de euros


BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 50,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Mantener dotación presupuestaria,
como en otros ejercicios para el fomento, la difusión y la programación de las expresiones teatrales, desde la contemporaneidad y la proximidad.

ENMIENDA NÚM. 2471

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA


De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335 B Teatro

Artículo: 48

Proyecto: Nuevo

Denominación: Subvención para el Sindicato de
Actores y Actrices del Estado español

Dotación 2016 adicional: 75,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016
a minorar: - 75,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Dotación presupuestaria para el año 2015 para las organizaciones representativas del sector para sus actividades y programas formativos.

ENMIENDA NÚM. 2472




Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a
la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335 C Cinematografía


Artículo: 47

Proyecto: 470 Fondo de protección a la cinematografía

Dotación 2016 adicional: 10.000,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M


ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: -10.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Impulso a la cinematografía. Sector de las empresa culturales que al talento e imaginario patrimonial de España, genera
ocupación y en el contexto actual es portador neto de ingresos . En este sentido debemos garantizar la protección de nuestro patrimonio cinematográfico y poner las condiciones más óptimas para competir internacionalmente. Corrección del agravio en
los presupuestos generales a la disciplina de las artes cinematográficas.

ENMIENDA NÚM. 2473

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18,
Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 335 A Música y Danza

Artículo: 48047

Proyecto: Transferencias corrientes a familias e instituciones sin fin de lucro

Denominación: Al Circuito Estatal de Músicas
populares

Dotación 2016 adicional: 250,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 250,00 miles
de euros

JUSTIFICACIÓN

Dotación suficiente para el impulso de la música popular y sus diferentes expresiones en el conjunto de las CCAA.

ENMIENDA NÚM. 2474

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 332 B Bibliotecas

Artículo: 62

Proyecto: Inversión nueva asociada al funcionamiento
operativo de los servicios

Denominación: Dotación de fondos para la construcción de la nueva sede de la Biblioteca Provincial de Barcelona. Reprogramación anualidades de las inversiones

Dotación 2016 adicional: 6.500,00 miles de
euros

BAJA (miles €)

Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios

Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de los Departamentos Ministeriales

Programa: 929M

Capítulo: 5 Fondo de Contingencia
y otros imprevistos

Artículo: 51 Otros imprevistos

Concepto: 510 Para atender las necesidades que puedan presentarse en los Departamentos Ministeriales

Dotación 2016 a minorar: - 6.500,00 miles de euros


JUSTIFICACIÓN

El sistema de lectura pública de la provincia de Barcelona está en una fase de concreción muy avanzada, lo mismo que la implantación del mapa de bibliotecas de la ciudad de Barcelona. Una pieza indispensable en la mejora de
la eficiencia y el servicio de lectura pública se sustenta en la biblioteca provincial de Barcelona que por diferentes motivos su construcción lleva años de demora.

Una vez resueltas todas las circunstancias, sería oportuno poder garantizar
su puesta en servicio en el tiempo razonable pero no sufriendo más demoras a su concreción constructiva y de puesta al servicio público y para poder terminar el mapa de Bibliotecas Provinciales del Reino de España. No deja de ser sorprendente que
la segunda ciudad de España carezca de este servicio y no haya previsión de programación de inversión hasta el año 2017. En este sentido, la propuesta pretende agilizar su construcción atendiendo a que el proyecto se encuentra en una fase de
concreción que permite garantizar la adjudicación de obras y comienzo de las mismas, que en definitiva situaría la puesta en servicio de la misma en el tiempo más breve y razonable posible y necesario. Es necesaria, por tanto, una reprogramación
del calendario de inversiones que situaría el inicio en 2015 (recordar que su previsión era de 2012 a 2018) con una inversión media estimada de 8 millones de euros anuales con un coste ejecución de 52 millones de euros.

ENMIENDA NÚM. 2475


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 17, Ministerio de Fomento

Programa: 337B

Artículo: 61

Proyecto: Nuevo


Denominación: Obras de rehabilitación Casa Puig i Cadafalch de Argentona. Aportación de 300.000 euros durante cuatro anualidades (total 1.200.000 euros)

Dotación 2016 adicional: 300,00 miles de euros

BAJA (miles €)


SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 300,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

La casa de Puig i Cadafalch es una muestra del conjunto
patrimonial de la obra del arquitecto modernista catalán. La casa, situada en el centro histórico de la población de Argentona, pretende convertirse en centro de investigación de la obra del arquitecto y para usos culturales del municipio. La
estimación de la inversión de rehabilitación se valora en torno a 2 millones d’euros, y precisa de una intervención urgente para sanear tejados y evitar goteras y filtraciones de agua que pueden ocasionar daños irreparables al patrimonio
modernista y de referencia en la obra de Puig i Cadafalch.

ENMIENDA NÚM. 2476

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio
de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 332 A Archivos

Artículo: 62

Proyecto: Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Denominación: Dotación de fondos para la construcción de la nueva
sede del Archivo Histórico Provincial de Girona. Reprogramación anualidades de las inversiones

Dotación 2016 adicional: 1.500,00 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M




ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510

Dotación 2016 a minorar: - 1.500,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Equipamiento inicialmente programado para las anualidades 2012 a 2018 que ha sido reprogramado a 2013 a 2019.
Este hecho supone poner en grave situación de deterioro toda la documentación patrimonial archivística y de otros elementos de una riqueza patrimonial importante. Hay una necesidad urgente de iniciar las obras para substituir el edificio actual que
presenta graves déficits estructurales.

En 2013 se suprimió la partida de 100.000 euros y en 2014 se desinaron sólo 5.000 euros. Es necesaria la programación desde 2016 en una inversión prevista de 11.530 miles de euros con una dotación
inicial superior a los 50.000 euros propuestos que permita actuaciones.

ENMIENDA NÚM. 2477

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE.

Servicio: 107 INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA

Programa: 335B Teatro

Artículo: 46

Proyecto: nuevo

Provincia: Tarragona

Denominación:
Ejecución obras de la segunda fase de construcción del Teatre Auditori de Constantí

Dotación 2016 adicional: 1.000,00 miles de euros

BAJA (miles de euros)

Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios

Servicio: 02
Dirección General de Presupuestos. Gastos de los Departamentos Ministeriales

Programa: 929M

Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo: 51 Otros imprevistos

Concepto: 510 Para atender las
necesidades que puedan presentarse en los Departamentos Ministeriales

Dotación 2016 a minorar: -1000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Es muy importante abordar la segunda fase de construcción del Teatre Auditori de Constantí.
Este centro cultural, que una vez construido tendrá un uso polivalente, posibilitará que se lleven a cabo en él distintas actividades culturales y permitirá albergar la escuela de música municipal.

ENMIENDA NÚM. 2478

Del Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE.

Servicio: 11 D.G. DE BELLAS ARTES Y BIENES CULTURALES Y DE
ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS

Programa: 333 A Museos

Artículo: 48

Proyecto: nuevo

Provincia: Tarragona

Denominación: (nuevo) CONSTITUCIÓN DE UN ENTE GESTOR DEL PATRIMONIO ROMANO DE TARRAGONA

Dotación 2016
adicional: 30.000,00 miles de euros

BAJA (miles de euros)

Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios

Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de los Departamentos Ministeriales

Programa: 929M


Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo: 51 Otros imprevistos

Concepto: 510 Para atender las necesidades que puedan presentarse en los Departamentos Ministeriales

Dotación 2016 a minorar: -30.000,00
miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Tarragona fue declarada Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO en el año 2000. La ciudad ha sabido combinar su legado de romanidad y sus ancestros medievales con el modernismo constituyendo un importante
destino cultural y turístico. La constitución de un ente gestor garantizaría la promoción del patrimonio romano de Tarragona.

ENMIENDA NÚM. 2479

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18

Servicio: 103 INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES

Programa: 335C Cinematografía

Provincia: Barcelona

Denominación: A la Fundación
Sitges Festival Internacional de Cinema de Catalunya

Dotación 2016 adicional: 150,00 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929M


Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -150 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Por considerarlo conveniente.

ENMIENDA NÚM. 2480

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El
Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 333A Museos

Artículo: 46105

Proyecto: Transferencias corrientes a entidades locales

Denominación:
al Ayuntamiento de Sant Adrià del Besòs para la rehabilitación de la Masía Can Rigalt de Sant Adrià del Besòs

Dotación 2016 adicional: +400 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios


Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de los Departamentos Ministeriales

Programa: 929M

Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo: 51 Otros imprevistos

Concepto: 510 Para
atender las necesidades que puedan presentarse en los Departamentos Ministeriales

Dotación 2016 a minorar: - 400 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Por considerarlo conveniente.

ENMIENDA NÚM. 2481

Del Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.




ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes

Programa: 333 A Museos

Artículo: 7

Proyecto: Nuevo

Denominación: Museo
historia Inmigración de Sant Adrià del Besòs

Dotación 2016 adicional: +70 miles de euros

BAJA (miles €)

SECCIÓN: 31

SERVICIO: 02

PROGRAMA: 929M

ARTÍCULO: 51

CONCEPTO: 510


Dotación 2016 a minorar: - 70 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Por considerarlo conveniente.

ENMIENDA NÚM. 2482

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA
(miles €)

Sección: Sección 18. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 11D. G. DE BELLAS ARTES Y BIENES CULTURALES Y DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS S

Programa: 337B Conservación y restauración de bienes
culturales

Artículo: 6. Inversiones

Provincia: Barcelona

Denominación: Destinar el 1 % Cultural derivado de las recientes inversiones en la B-30 y la línea ferroviaria R8 (Papiol-Mollet) para la rehabilitación del antiguo
Vapor de Santa Perpètua de Mogoda.

Dotación 2016 adicional: 2.500 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios

Servicio: 02 Dirección General de Presupuestos. Gastos de los
Departamentos Ministeriales

Programa: 929M

Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos

Artículo: 51 Otros imprevistos

Concepto: 510 Para atender las necesidades que puedan presentarse en los Departamentos
Ministeriales

Dotación 2016 a minorar: - 2.500 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Necesidad de obtener financiación para rehabilitar un edificio que será destinado a usos sociales y culturales. Destinar el 1 % Cultural derivado de
las recientes inversiones en la B-30 y la línea ferroviaria R8 (Papiol-Mollet) para la rehabilitación del antiguo Vapor de Santa Perpètua de Mogoda.

ENMIENDA NÚM. 2483

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA


De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 04

Programa: 322L, Otras enseñanzas y actividades educativas.

Artículo: 48

Concepto: 489,
Otras actuaciones

Subconcepto (nuevo): Ayudas a actividades de alumnos

Dotación 2016 adicional: 4.500,6 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02


Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016: -4.500,6 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Se propone incrementar la cuantía de la partida de «Ayudas a actividades de alumnado» por entender que está
plenamente justificada, reconociendo la labor que hacen y la necesidad de su participación en la configuración de auténticas comunidades educativas democráticas y participativas.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 04

Programa: 322L, Otras enseñanzas y actividades educativas.

Artículo: 48

Concepto: 489, Otras actuaciones

Subconcepto (nuevo): Ayudas a actividades de alumnos


Dotación 2016 adicional: 4.500,6 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016:
-4.500,6 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Se propone incrementar la cuantía de la partida de «Ayudas a actividades de alumnado» por entender que está plenamente justificada, reconociendo la labor que hacen y la necesidad de su
participación en la configuración de auténticas comunidades educativas democráticas y participativas.

ENMIENDA NÚM. 2484

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés
de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de
euros)

Sección: 18, Ministerio de Educación

Servicio: 04

Programa: 324M

Artículo: 48

Concepto: 487

Denominación: Ayudas a libros de texto

Dotación 2016 adicional: 27.000

BAJA (miles de
euros)

Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929 M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -27.000




JUSTIFICACIÓN

Necesidad de esta inyección de fondos dado práctica desaparición de esta partida en los últimos años, a pesar de resultar más necesaria que nunca, como consecuencia de la grave situación económica por la que
atraviesan innumerables familias, y en tanto no se ponga en marcha un sistema que garantice realmente la gratuidad de la educación obligatoria, mediante la puesta a disposición del alumnado del material didáctico que ha de usar en el aula sin coste
añadido alguno.

ENMIENDA NÚM. 2485

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte


Servicio: 04

Programa: 322C, Enseñanzas Universitarias.

Artículo: 48

Concepto: Ayudas a asociaciones juveniles y a federaciones y confederaciones de estudiantes de ámbito nacional cuyo ámbito de actuación sea la
universidad

Dotación 2016 adicional: 400 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510


Dotación 2016: - 400 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Promover la participación estudiantil en el ámbito universitario, apoyando las asociaciones juveniles y sus organizaciones federadas o confederadas de ámbito nacional que realizan
una excepcional labor en defensa de los derechos y necesidades del alumnado universitario.

ENMIENDA NÚM. 2486

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)


Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 07

Programa: 323M, Becas y ayudas a estudiantes

Artículo: 48

Concepto (nuevo): Becas-salario

Dotación 2016 adicional: 200.000

BAJA
(miles €)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -200.000

JUSTIFICACIÓN

Las sucesivas declaraciones para el Espacio Europeo de
Educación Superior, suscritas por España, reclaman la dimensión social del proceso de convergencia europea en la educación superior, entendida como la garantía de que ningún/ninguna estudiante se vea obstaculizado para acceder o completar sus
estudios por razones derivadas de su origen socioeconómico. En el actual contexto de crisis económica y de subida desmesurada de las tasas universitarias, circunstancias que incrementan las dificultades de las familias incluso con niveles de renta
intermedios, dicha dimensión social sólo puede asegurarse con una amplia dotación de Becas-salario que permitan atender al mantenimiento de quienes estudian y sufragar sus gastos de estudio. Dicha necesidad es tanto más perentoria en cuanto que el
modelo de docencia contemplado en los nuevos planes de estudio promueve la figura del estudiante a tiempo completo, y es por tanto esencial que no se vea forzado a intentar compatibilizar el estudio con alguna otra ocupación remunerada que le reste
un tiempo necesario para su adecuada formación durante el curso académico.

La dotación que se propone permitiría atender a unos 40.000 estudiantes a razón de 5.000 € por curso, es decir, al menos 500 € por mes durante 10 meses
(de septiembre a junio, ambos inclusive). No obstante, el criterio para años posteriores debería ser equiparar estas becas al salario mínimo interprofesional.

ENMIENDA NÚM. 2487

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 07

Programa: 323M, Becas y ayudas a estudiantes

Artículo 48

Concepto: 482 Becas
y ayudas

Dotación 2016 adicional: 150.000

BAJA (miles €)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -150.000


JUSTIFICACIÓN

Se propone un incremento de 150 Millones en el programa destinado a Becas y ayudas a estudiantes, excluidas las becas-salario que tendrían dotación aparte, para atender las necesidades existentes.

Las becas y ayudas a
estudiantes, junto con las becas-salario, constituyen uno de los pilares para asegurar el principio de equidad, ofreciendo al alumnado con dificultades socioeconómicas una oportunidad para que no se vea privado del acceso a un derecho básico como es
la educación en cualquiera de sus etapas o modalidades. Y en mayor medida en un contexto de crisis económica como el actual, que está condenando a millones de personas al paro y privando a cientos de miles de familias de los recursos precisos para
que sus hijos e hijas puedan acceder o continuar los estudios necesarios para su formación y acceso cualificado al mundo laboral.

ENMIENDA NÚM. 2488

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 04, Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial

Programa: 322B, Educación compensatoria


Artículo: 45

Concepto: 451 Para actividades de educación compensatoria

Dotación 2016 adicional: 40.000

BAJA (miles €)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51


Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -40.000

JUSTIFICACIÓN

Reclamamos que este tipo de programas cuenten con medios suficientes por contribuir a prevenir y compensar desigualdades en educación, tal como se recoge en sus
objetivos.

ENMIENDA NÚM. 2489

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 04


Programa: 322E, Enseñanzas artísticas

Artículo: 45

Concepto: (nuevo) Para el fomento de la creatividad artística del alumnado

Dotación 2016 adicional: 2.000 miles de euros




BAJA (miles €)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -2.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

El recorte continuado en
este programa desde los PGE del 2013 guarda relación con el menosprecio por las enseñanzas artísticas que viene mostrado el Gobierno.

ENMIENDA NÚM. 2490

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 04, Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial

Programa: 322A, Educación infantil y primaria

Artículo: 45, A
Comunidades Autónomas

Concepto: 454 (Nuevo). Convenios con las Comunidades Autónomas para la creación de escuelas infantiles públicas

Dotación 2016 adicional: 40.000 miles de euros

BAJA

Sección: 31


Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -40.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Se propone dotar con 200 millones este programa.

La educación infantil
desde los cero años atiende al desarrollo afectivo, físico, social e intelectual de las niñas y los niños, además de contribuir a atenuar las desventajas sociales, culturales y lingüísticas del alumnado que proviene de entornos desfavorecidos. La
OCDE señala que las inversiones en educación infantil son un medio eficaz para sentar las bases del aprendizaje posterior, prevenir el abandono y fracaso escolar, y mejorar la equidad de los resultados académicos. Es además una vía para la creación
de empleo estable y de calidad que permite atender necesidades sociales básicas.

ENMIENDA NÚM. 2491

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)


Sección: 18, Ministerio de Educación

Servicio: 01, Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales

Programa: 321M, Dirección y Servicios Generales de la Educación

(Nuevo) Artículo: 45, A Comunidades Autónomas


(Nuevo) Concepto: 450, Fondo de Compensación Educativa Interterritorial

Dotación 2016 adicional: 40.000 miles de euros

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02


Programa: 929M

Artículo: 51

Dotación 2016: -40.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Investigaciones e informes ponen de manifiesto la desigual distribución territorial del llamado fracaso escolar en España (Asturias,
País Vasco y Cantabria obtienen los índices más bajos; Navarra, Castilla y León, Galicia, Cataluña, Madrid y Aragón tienen mejores tasas que la media; Andalucía está justo en la media; Canarias, La Rioja, Murcia, Melilla, Ceuta y Baleares tienen
la mayor tasa de fracaso). Estos datos y las notables diferencias en gasto medio por estudiante y otros índices educativos nos llevan a reclamar la dotación de al menos 150 millones de euros para un fondo de compensación interterritorial en materia
de educación, destinado a cofinanciar actuaciones en la red de centros públicos dirigidas a subsanar desigualdades en el ámbito educativo entre unos y otros territorios del Estado.

ENMIENDA NÚM. 2492

Del Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 04, Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial


Programa: 321N, Formación permanente del profesorado de Educación

Artículo: 45 A comunidades autónomas

Concepto: 450 (nuevo) A centros de enseñanza públicos, incluido universidades públicas, para formación del profesorado


Dotación 2016 adicional: 50.000

BAJA (miles €)

Sección: 31, Gastos de diversos Ministerios

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -50.000


JUSTIFICACIÓN

Se propone la dotación de un fondo específico de 50 millones de euros para poder asegurar actuaciones que contribuyan eficazmente a mejorar la formación del profesorado; sobre todo mediante planes de formación en centros,
acordes con las necesidades detectadas en los mismos. En los últimos años este programa ha venido sufriendo recortes drásticos, quedando casi anulado. No podemos demandar un profesorado altamente cualificado y que pueda innovar para mejorar su
práctica docente, si no se le facilitan estrategias e instrumentos de reflexión y actualización científico-didáctica a través de la formación permanente.

ENMIENDA NÚM. 2493

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 322B

Artículo: 45

Concepto: 454. A CC.AA. para el impulso de la
formación profesional

Dotación 2016 adicional: 80.000

BAJA (miles €)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -80.000


JUSTIFICACIÓN

Necesidad de la partida presupuestaria.

Una de las necesidades de nuestro sistema educativo es potenciar una FP con recursos y oferta suficiente para todo el alumnado que la demanda. Proponemos esta dotación adicional
dadas las condiciones de precariedad y limitaciones que están teniendo los actuales programas de Formación Profesional, pero en ningún caso destinada esta partida a una FP Básica segregadora y destinada a expulsar del sistema educativo a una buena
parte de la población escolar que ha sido incluida en los últimos 30 años.

ENMIENDA NÚM. 2494

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles de euros)




Sección: 18, Ministerio de Educación

Servicio: 07, Dirección General de Política Universitaria

Programa: 463A, Investigación científica

Artículo: 78

Concepto: 788, Becas y ayudas para formación,
perfeccionamiento y movilidad de profesores, incluido pago de primas de seguros de los becarios

Dotación 2016 adicional: 25.500

BAJA (miles de euros)

Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios

Servicio: 02


Programa: 929 M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -25.500

JUSTIFICACIÓN

En esta enmienda se propone recuperar recursos para el programa de formación de profesorado universitario como
herramienta que fortalece la estrategia para salir de la crisis y la evolución negativa del gasto en I+D+i.

ENMIENDA NÚM. 2495

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel
Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA
(miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 04 DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN

Programa: 322L Otras enseñanzas y actividades educativas

Artículo: 45

Concepto:
Investigación y evaluación educativa

Dotación 2016 adicional: 4.000

BAJA (miles €)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar:
-4.000

JUSTIFICACIÓN

Necesidad de la inversión.

ENMIENDA NÚM. 2496

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 18, Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte

Servicio: 18.01

Programa: 322F, Educación en el Exterior

Artículo: 22

Denominación: Material, Suministro y Otros

Dotación 2016 adicional: 756,16 miles de euros

BAJA


Sección: 18

Servicio: 01

Programa: 321M

Artículo: 15

Concepto: Incentivos al rendimiento

Dotación 2016 a minorar: -756,16 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Recuperar el nivel de gastos de esa
partida del año 2013 porque las necesidades no han variado.

ENMIENDA NÚM. 2497

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 04, Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial

Programa: 322B

Artículo: 45

Concepto: Para la mejora de las enseñanzas en lengua extranjeras

Dotación 2016
adicional: 15.000

BAJA (miles €)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51

Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -15.000

JUSTIFICACIÓN

Necesidad de la partida
presupuestaria dado su recorte y la importancia que tiene el aprendizaje de lenguas extranjeras para el futuro profesional de los alumnos y las alumnas.

ENMIENDA NÚM. 2498

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA (miles €)

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 322B

Artículo: 45

Concepto: 453. Convenios con CC.AA. para el
desarrollo de programas de acciones de compensación educativa e inserción laboral

Dotación 2016 adicional: 30.000

BAJA (miles €)

Sección: 31

Servicio: 02

Programa: 929M

Artículo: 51


Concepto: 510

Dotación 2016 a minorar: -30.000

JUSTIFICACIÓN

Necesidad de la partida presupuestaria para mejorar la cualificación y la inserción laboral de jóvenes con mayores necesidades de compensación educativa.


ENMIENDA NÚM. 2499




Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a
la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 18.01

Programa: 322F, Educación en el
Exterior

Artículo: 12

Denominación: Funcionarios

Dotación 2016 adicional: 4.500 miles de euros

BAJA

Sección: 18

Servicio: 01

Programa: 321M

Artículo: 15

Concepto: Incentivos al
rendimiento

Dotación 2016 a minorar: -4.500 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Aumentar el número de profesorado en adscripción temporal ya que el de alumnos no ha bajado sino que sube en muchos programas.

Establecer un
complemento económico para el profesorado interino cuyo salario es inferior en el Exterior al de las CCAA y territorio MECD.

ENMIENDA NÚM. 2500

Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC)

El Grupo
Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Servicio: 18.01

Programa: 322F, Educación en el Exterior

Artículo: 13

Denominación: Laborales

Dotación 2016
adicional: 1.000 miles de euros

BAJA

Sección: 18

Servicio: 01

Programa: 321M

Artículo: 15

Concepto: Incentivos al rendimiento

Dotación 2016 a minorar: -1.000 miles de euros


JUSTIFICACIÓN

Mantener el sueldo de estos trabajadores y trabajadoras y suplir las bajas que por jubilación o enfermedad se puedan producir y las que ya se han producido y están por cubrir.