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III. AUTORIZACIONES TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES Protocolo de enmienda al Convenio de Asistencia (610/000006) (Cong. Diputados, Serie C, núm. 3
Cortes Generales, Serie A, núm. 8
Núm. exp. 110/000003) TEXTO REMITIDO POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Con fecha 23 de mayo de 2012, ha tenido entrada en esta Se ordena la remisión de este Protocolo de enmienda a la Se comunica, por analogía con lo dispuesto en el artículo Por acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el Palacio del Senado, 23 de mayo de 2012.—P.D., Manuel
Administrativa Mutua en Materia Fiscal, hecho en París, el 27 de mayo de
2010, y declaración que España desea formular.
Cámara, a efectos de la autorización prevista en el artículo 94.1 de la
Constitución, el Protocolo de enmienda al Convenio de Asistencia
Administrativa Mutua en Materia Fiscal, hecho en París, el 27 de mayo de
2010, y declaración que España desea formular.
Comisión de Asuntos Exteriores.
107.1 del Reglamento del Senado, que el plazo para la presentación de las
propuestas a las que se refiere el artículo 144 del Reglamento del Senado
terminará el próximo día 4 de junio, lunes.
del Senado, reunidas en sesión conjunta el 19 de diciembre de 1996, el
texto del citado Protocolo de enmienda aparece publicado en el BOCG,
Cortes Generales, Serie A, número 8, de fecha 24 de febrero de 2012,
encontrándose la restante documentación a disposición de los señores
Senadores en la Secretaría General de la Cámara.
artículo 191 del Reglamento del Senado.
Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.