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BOCG. Senado, apartado I, núm. 252-1839, de 24/10/2013
cve: BOCG_D_10_252_1839 PDF











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I. INICIATIVAS LEGISLATIVAS


PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY


Proyecto de Ley Orgánica de creación de la Autoridad
Independiente de Responsabilidad Fiscal.


(621/000049)


(Cong. Diputados, Serie A, núm. 53



Núm. exp. 121/000053)


PROPUESTAS DE VETO


El Senador Jesús Enrique Iglesias Fernández, IU (GPMX), y
el Senador José Manuel Mariscal Cifuentes, IU (GPMX), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan una
propuesta de veto al Proyecto de Ley Orgánica de creación de la Autoridad
Independiente de Responsabilidad Fiscal.


Palacio del Senado, 22 de octubre de 2013.—Jesús
Enrique Iglesias Fernández y José Manuel Mariscal Cifuentes.


PROPUESTA DE VETO NÚM. 1


De don Jesús Enrique Iglesias Fernández (GPMX) y de don
José Manuel Mariscal Cifuentes (GPMX)


El Senador Jesús Enrique Iglesias Fernández, IU (GPMX), y
el Senador José Manuel Mariscal Cifuentes, IU (GPMX), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la
siguiente propuesta de veto.


JUSTIFICACIÓN


Este Proyecto de Ley pretende crear la llamada Autoridad
Independiente de Responsabilidad Fiscal para garantizar el cumplimiento
efectivo por las administraciones públicas del principio de estabilidad
presupuestaria previsto en el artículo 135 de la Constitución y
desarrollado por la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y
Financiera.


No compartimos la necesidad de este tipo de entes para
evaluar las políticas fiscales pues el Estado ya cuenta con instrumentos
suficientes. Pero más allá de esta consideración, lo que cuestionamos,
por sus efectos económicos y sociales negativos, es la propia naturaleza
del principio de estabilidad presupuestaria plasmado, a efectos
prácticos, en los objetivos de reducción del déficit y deuda y en la
regla de gasto.


Las estrictas limitaciones al déficit, gasto y deuda
pública, y la priorización absoluta del pago de la deuda, restringen
sobremanera la capacidad del Estado para impulsar la economía asumiendo
una función anticíclica y desarrollar el Estado social. Porque el Estado
no solo invierte en infraestructuras









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físicas, sino también en justicia, investigación, sanidad o
educación que son gastos esenciales para el desarrollo económico del país
y, por tanto, para fortalecer también los ingresos del Estado.


Las bases ideológicas de la reforma constitucional del
artículo 135 y de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y
Financiera pretenden ahora reforzarse con la creación de una autoridad
fiscal, que se dice independiente, adscrita al Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas. Pero lo que no se va a conseguir, en ningún
caso, es que la política de la consolidación fiscal a cualquier coste
contribuya positivamente al crecimiento económico y a la creación de
empleo.


El objetivo real de todo este entramado legal es procurar
dar confianza a los mercados ajustando el gasto público e intentando
hacer lo propio con la deuda. Pero el problema es que los mercados son
insaciables y los intereses que en ellos se dirimen no se basan en
criterios sociales sino de maximización de ganancias, de tal forma que
aprovecharán el marco legal para desarrollar sus movimientos financieros
especulativos que llevan a las economías más débiles a una presión
permanente.


En la práctica, todo ello se traduce en recortes en el
gasto público que debilitan la actividad económica, alimentan la
recesión, provocan menores ingresos públicos y dificultan el control del
déficit y del endeudamiento público.


El desarrollo legal del principio de estabilidad
presupuestaria obedece a las instrucciones de la Unión Europea (UE), cuya
configuración económica e institucional no sólo es frágil y
antidemocrática sino que también es contradictoria por los intereses
económicos dispares de los países europeos del centro y la periferia, sin
oportunidad para lograr una solución que podría entenderse como de
interés general.


Así, seguir los mandatos de la UE supone aceptar un destino
nada halagüeño para la cohesión social y el mantenimiento de las
instituciones sociales europeas. El verdadero gobierno de la UE reside en
los centros financieros, de donde provienen precisamente los líderes de
muchas de sus instituciones, como es el caso del Banco Central Europeo,
cuyos intereses tampoco coinciden con los de la mayoría de la población
europea.


Según reza la exposición de motivos de este Proyecto de
Ley, no sin cierta pomposidad, las autoridades fiscales han demostrado
ser un elemento clave para los gobiernos a la hora de diseñar,
implementar y evaluar las políticas fiscales, y más aún, se añade, cuando
resulta imprescindible realizar un control exhaustivo y riguroso del
cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda
pública así como de la regla de gasto.


Pero el caso es que todos los límites que se establecen
cuando se habla de consolidación fiscal son arbitrarios y tienen poco
sentido en plena recesión desde el punto de vista macroeconómico porque
sus potenciales efectos sobre la economía y el empleo sólo pueden ser
negativos. La crisis ha disparado el déficit y la deuda, alimentada
también por los rescates al sector privado, y muchas administraciones
tienen serios problemas de solvencia. Fijar la prioridad en los ajustes
presupuestarios, sin reformas de calado en los ingresos públicos, conduce
a recortes en la inversión pública y en el gasto social, al deterioro de
los servicios públicos y a la amortización de empleo público.


Aún más, el problema es que la cuestión de la deuda no se
circunscribe sólo a la esfera pública. Es igualmente aplicable para los
agentes privados. De hecho, el riesgo real está precisamente en
ellos.


En 2007 la deuda como proporción del PIB significaba el 50%
en el caso de las administraciones públicas, el 100% en lo que respecta a
las familias y el 200% en el caso de las empresas no financieras. Era
precisamente ese sobreendeudamiento privado el que explicaba el elevado
déficit exterior de nuestra economía. Y nada de lo que desarrolla el
sacrosanto principio de estabilidad presupuestaria habla de esos
verdaderos agentes problemáticos.


La explicación es sencilla. Se encorseta a las finanzas
públicas y se las deja sin margen de maniobra. Y por la propia dinámica
económica y del rol del Estado como prestamista de último recurso resulta
que el Estado es precisamente quien absorbe la mayoría de los costes de
la crisis. Por esta razón la deuda pública se dispara después de la
crisis y no antes, al ser el instrumento que se utiliza para socializar
las pérdidas y enjugar entre todos el impacto de la crisis. El Estado ve
como su deuda pública se incrementa como consecuencia de intentar salir
de la crisis a través de los planes de estímulo y de los rescates a las
entidades financieras y otras ayudas a empresas privadas. Se transfieren
rentas desde lo público hacia lo privado y riesgos en la dirección
contraria.


Todo ello hace que nos encontremos con una palanca de
destrucción del Estado social. Con un Estado absorbiendo los costes de la
crisis y un encorsetamiento de las finanzas públicas la única alternativa
que les queda a los gobiernos es el ajuste y los recortes. Pero como los
recortes no resuelven los problemas reales de nuestra economía
(inexistencia de un modelo productivo estable y sostenible y alta
desigualdad









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económica) y promueven un deterioro mayor de la misma (más
recesión y menos ingresos públicos), el ajuste se vuelve permanente y los
recortes avanzan por todas las esferas del Estado social.


Lo último que necesitamos para empezar a superar la crisis
preservando al Estado social es el dogmatismo fiscal y una autoridad
independiente a su servicio.


Por todos estos motivos se propone el rechazo del texto del
Proyecto de Ley y su devolución al Gobierno.



La Senadora Ester Capella i Farré, ERC/ESQUERRA (GPMX), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula una propuesta de veto al Proyecto de Ley Orgánica de creación de
la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.


Palacio del Senado, 22 de octubre de 2013.—Ester
Capella i Farré.


PROPUESTA DE VETO NÚM. 2


De doña Ester Capella i Farré (GPMX)


La Senadora Ester Capella i Farré, ERC/ESQUERRA (GPMX), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente propuesta de veto.


JUSTIFICACIÓN


El Proyecto de Ley Orgánica de creación de la Autoridad
Independiente de Responsabilidad Fiscal responde supuestamente a la
necesidad de alcanzar la consolidación fiscal para mejorar la
competitividad de la economía española. Se pretende desarrollar una mejor
gobernanza económica mediante el control y la disciplina presupuestaria
sobre la base de la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad
financiera.


Pues bien, el estricto cumplimiento de los objetivos de
estabilidad presupuestaria supone afectar gravemente a las políticas
sociales. La disciplina presupuestaria que tiene por objetivo garantizar
la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal está repercutiendo
en la atención a las personas y, especialmente, en las más necesitadas.
Pero además, la falta de recursos públicos que supone, sirve como
coartada para la privatización de los servicios sociales, afectando a su
calidad y universalidad. Poner límites al déficit público, más cuando
dichos límites están vinculados a decisiones europeas, supone el
certificado de defunción de la política económica keynesiana y la
aniquilación ideológica de la salida social a la crisis. Asimismo, la
creación de una Autoridad que tenga como objetivo el control de dichos
límites supone la culminación de dicha aniquilación.


Pero además, la Autoridad Independiente de Responsabilidad
Fiscal que se prevé no es en realidad tal, pese a su supuesta
independencia orgánica y funcional no es más que un nuevo organismo a la
merced del Gobierno de turno. En este sentido, tanto su Presidente como
los directores de división serán nombrados por el Consejo de Ministros.
Pese a supuestamente pretender la creación de una Autoridad
Independiente, con el presente Proyecto de Ley Orgánica el Gobierno se ha
reservado la facultad de nombrar a sus miembros sin mediar siquiera el
control de las Cortes Generales, máximas representantes de la Soberanía
Popular.


Por otro lado, la creación de la Autoridad supuestamente
Independiente de Responsabilidad Fiscal supone la defunción definitiva de
la mínima autonomía financiera de las Comunidades Autónomas, sustrayendo
el ámbito de decisión política de las mismas y depositándolo en un órgano
cuyos miembros son nombrados a dedo por el Gobierno del Estado. De hecho,
es la culminación del proceso centralizador iniciado mediante la última
reforma constitucional. Se trata, pues, de imponer un marco homogéneo a
una realidad autonómica heterogénea.



El Senador Jordi Guillot Miravet (GPEPC) y el Senador Joan
Saura Laporta (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formulan una propuesta de veto al Proyecto de Ley
Orgánica de creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad
Fiscal.


Palacio del Senado, 22 de octubre de 2013.—Jordi
Guillot Miravet y Joan Saura Laporta.









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PROPUESTA DE VETO NÚM. 3


De don Jordi Guillot Miravet (GPEPC) y de don Joan Saura
Laporta (GPEPC)


El Senador Jordi Guillot Miravet (GPEPC) y el Senador Joan
Saura Laporta (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formulan la siguiente propuesta de veto.


Este Proyecto de Ley pretende crear la llamada Autoridad
Independiente de Responsabilidad Fiscal para garantizar el cumplimiento
efectivo por las administraciones públicas del principio de estabilidad
presupuestaria previsto en el artículo 135 de la Constitución y
desarrollado por la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y
Financiera.


No compartimos la necesidad de este tipo de entes para
evaluar las políticas fiscales pues el Estado ya cuenta con instrumentos
suficientes. Pero más allá de esta consideración, lo que cuestionamos,
por sus efectos económicos y sociales negativos, es la propia naturaleza
del principio de estabilidad presupuestaria plasmado, a efectos
prácticos, en los objetivos de reducción del déficit y deuda y en la
regla de gasto.


Las estrictas limitaciones al déficit, gasto y deuda
pública, y la priorización absoluta del pago de la deuda, restringen
sobremanera la capacidad del Estado para impulsar la economía asumiendo
una función anticíclica y desarrollar el Estado social. Porque el Estado
no solo invierte en infraestructuras físicas, sino también en justicia,
investigación, sanidad o educación que son gastos esenciales para el
desarrollo económico del país y, por tanto, para fortalecer también los
ingresos del Estado.


Las bases ideológicas de la reforma constitucional del
artículo 135 y de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y
Financiera pretenden ahora reforzarse con la creación de una autoridad
fiscal, que se dice independiente, adscrita al Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas. Pero lo que no se va a conseguir, en ningún
caso, es que la política de la consolidación fiscal a cualquier coste
contribuya positivamente al crecimiento económico y a la creación de
empleo.


El objetivo real de todo este entramado legal es procurar
dar confianza a los mercados ajustando el gasto público e intentando
hacer lo propio con la deuda. Pero el problema es que los mercados son
insaciables y los intereses que en ellos se dirimen no se basan en
criterios sociales sino de maximización de ganancias, de tal forma que
aprovecharán el marco legal para desarrollar sus movimientos financieros
especulativos que llevan a las economías más débiles a una presión
permanente.


En la práctica, todo ello se traduce en recortes en el
gasto público que debilitan la actividad económica, alimentan la
recesión, provocan menores ingresos públicos y dificultan el control del
déficit y del endeudamiento público.


El desarrollo legal del principio de estabilidad
presupuestaria obedece a las instrucciones de la Unión Europea (UE), cuya
configuración económica e institucional no sólo es frágil y
antidemocrática sino que también es contradictoria por los intereses
económicos dispares de los países europeos del centro y la periferia, sin
oportunidad para lograr una solución que podría entenderse como de
interés general.


Así, seguir los mandatos de la UE supone aceptar un destino
nada halagüeño para la cohesión social y el mantenimiento de las
instituciones sociales europeas. El verdadero gobierno de la UE reside en
los centros financieros, de donde provienen precisamente los líderes de
muchas de sus instituciones, como es el caso del Banco Central Europeo,
cuyos intereses tampoco coinciden con los de la mayoría de la población
europea.


Según reza el Preámbulo de este Proyecto de Ley, no sin
cierta pomposidad, las autoridades fiscales han demostrado ser un
elemento clave para los gobiernos a la hora de diseñar, implementar y
evaluar las políticas fiscales, y más aún, se añade, cuando resulta
imprescindible realizar un control exhaustivo y riguroso del cumplimiento
de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública así como
de la regla de gasto.


Pero el caso es que todos los límites que se establecen
cuando se habla de consolidación fiscal son arbitrarios y tienen poco
sentido en plena recesión desde el punto de vista macroeconómico porque
sus potenciales efectos sobre la economía y el empleo sólo pueden ser
negativos. La crisis ha disparado el déficit y la deuda, alimentada
también por los rescates al sector privado, y muchas administraciones
tienen serios problemas de solvencia. Fijar la prioridad en los ajustes
presupuestarios, sin reformas de calado en los ingresos públicos, conduce
a recortes en la inversión pública y en el gasto social, al deterioro de
los servicios públicos y a la amortización de empleo público.


Aún más, el problema es que la cuestión de la deuda no se
circunscribe sólo a la esfera pública. Es igualmente aplicable para los
agentes privados. De hecho, el riesgo real está precisamente en
ellos.









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En 2007 la deuda como proporción del PIB significaba el 50%
en el caso de las administraciones públicas, el 100% en lo que respecta a
las familias y el 200% en el caso de las empresas no financieras. Era
precisamente ese sobreendeudamiento privado el que explicaba el elevado
déficit exterior de nuestra economía. Y nada de lo que desarrolla el
sacrosanto principio de estabilidad presupuestaria habla de esos
verdaderos agentes problemáticos.


La explicación es sencilla. Se encorseta a las finanzas
públicas y se las deja sin margen de maniobra. Y por la propia dinámica
económica y del rol del Estado como prestamista de último recurso resulta
que el Estado es precisamente quien absorbe la mayoría de los costes de
la crisis. Por esta razón la deuda pública se dispara después de la
crisis y no antes, al ser el instrumento que se utiliza para socializar
las pérdidas y enjugar entre todos el impacto de la crisis. El Estado ve
como su deuda pública se incrementa como consecuencia de intentar salir
de la crisis a través de los planes de estímulo y de los rescates a las
entidades financieras y otras ayudas a empresas privadas. Se transfieren
rentas desde lo público hacia lo privado y riesgos en la dirección
contraria.


Todo ello hace que nos encontremos con una palanca de
destrucción del Estado social. Con un Estado absorbiendo los costes de la
crisis y un encorsetamiento de las finanzas públicas la única alternativa
que les queda a los gobiernos es el ajuste y los recortes. Pero como los
recortes no resuelven los problemas reales de nuestra economía
(inexistencia de un modelo productivo estable y sostenible y alta
desigualdad económica) y promueven un deterioro mayor de la misma (más
recesión y menos ingresos públicos), el ajuste se vuelve permanente y los
recortes avanzan por todas las esferas del Estado social.


Lo último que necesitamos para empezar a superar la crisis
preservando al Estado social es el dogmatismo fiscal y una autoridad
independiente a su servicio.



El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula una
propuesta de veto al Proyecto de Ley Orgánica de creación de la Autoridad
Independiente de Responsabilidad Fiscal.


Palacio del Senado, 22 de octubre de 2013.—El
Portavoz Adjunto, José Miguel Camacho Sánchez.


PROPUESTA DE VETO NÚM. 4


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente propuesta de veto.


La Directiva 2011/85/EU, del Consejo, de 8 de noviembre de
2011, sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los
Estados Miembros, así como las recomendaciones del Consejo Europeo,
contemplan la necesidad de contar con instituciones fiscales
independientes que realicen el ejercicio de un seguimiento efectivo del
cumplimiento de las reglas fiscales, basado en análisis fiables e
independientes realizados por órganos con autonomía orgánica y funcional
respecto de las autoridades presupuestarias de los Estados miembros.


Resulta claro que en el ámbito de la Directiva, la
independencia, autonomía y la capacidad profesional de la institución
fiscal constituye un aspecto irrenunciable para el cumplimiento de sus
objetivos y funciones. La credibilidad y prestigio de las instituciones
es una condición necesaria e indispensable para el crecimiento económico
y, en general, para el correcto funcionamiento de los sistemas
democráticos.


El Proyecto de ley orgánica presentado por el Gobierno no
cumple tales estándares mínimos, configurando una «Autoridad» de
responsabilidad fiscal excesivamente dependiente del Gobierno a través
del titular del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. La
política de nombramientos del Gobierno en organismos y entidades públicas
en lo que llevamos de legislatura sin duda dificultará la recuperación
económica y dañará la credibilidad y reputación del país.


En este sentido, no sólo el nombramiento de dicha Autoridad
corresponde al Gobierno, sino que también la elaboración y aprobación de
su Estatuto orgánico, así como el acceso a la información económica y
presupuestaria de las Administraciones Públicas, dependen de lo que
disponga el citado ministerio.









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Tal diseño institucional refleja una decidida intención del
Gobierno de no someterse a una supervisión de las finanzas públicas
realmente independiente. Nos encontramos, una vez más, ante un
cumplimiento meramente formal de las exigencias de la Unión Europea,
creándose una estructura cuasi ministerial, que va a imposibilitar
mejorar la transparencia y la política fiscal de los distintos niveles de
las Administraciones Públicas. Igualmente, el carácter presidencialista
de la institución va a impedir una valoración plural y contrastada de las
previsiones económicas, favoreciendo un mayor control gubernamental. La
mayoría de las instituciones fiscales existentes en la actualidad en los
países de nuestro entorno, como en Suecia, prevén órganos colegiados de
decisión, como elemento básico para asegurar una evaluación independiente
del grado de cumplimiento de los objetivos del Gobierno en materia de
política fiscal.


Por otro lado, el necesario consenso político exigible para
la creación de la institución fiscal independiente, hace imprescindible
una configuración de la misma totalmente diferente de la contenida en el
proyecto de ley. En este sentido, debe adscribirse la institución fiscal
al Parlamento, crearse un órgano colegiado y plural de dirección, prever
nombramientos avalados por las Cortes Generales para asegurar el mayor
consenso y su independencia del Gobierno, mandatos de seis años, sin
posibilidad de reelección, para evitar coincidencias con el ciclo
político y, por último, introducir la capacidad de la institución para
organizarse y elaborar su propio presupuesto.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista rechaza el
Proyecto de Ley Orgánica de creación de la Autoridad Independiente de
Responsabilidad Fiscal y formula el presente veto a este Proyecto de Ley
Orgánica, solicitando su devolución al Gobierno.



El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula una propuesta de veto al Proyecto de Ley Orgánica de creación de
la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.


Palacio del Senado, 22 de octubre de 2013.—El
Portavoz, Jokin Bildarratz Sorron.


PROPUESTA DE VETO NÚM. 5


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente propuesta de veto.


JUSTIFICACIÓN


En opinión del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), el
presente Proyecto de Ley vulnera e ignora el actual marco jurídico que en
materia de política fiscal y financiera es aplicable en el ámbito de los
regímenes forales.


Basado el Proyecto en el Ordenamiento Jurídico Comunitario
y en el artículo 135 de la Constitución y en la Ley Orgánica 2/2012, de
27 de abril, no considera las especificidades que se derivan de la
disposición adicional de la Constitución, del Estatuto de Autonomía del
País Vasco, del Concierto Económico y de los Órganos bilaterales de
relación como es el caso de la Comisión Mixta del Concierto
Económico.


Este «olvido» o no consideración del marco jurídico
mencionado justifica sobradamente la solicitud de devolución del Proyecto
al Gobierno.



La Senadora Mónica Almiñana Riqué (GPEPC), el Senador
Francisco Boya Alós (GPEPC), el Senador Rafel Bruguera Batalla (GPEPC),
el Senador Carlos Martí Jufresa (GPEPC), el Senador José Montilla
Aguilera (GPEPC), el Senador Joan Sabaté Borràs (GPEPC) y la Senadora
María Jesús Sequera García (GPEPC), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan una propuesta de veto al
Proyecto de Ley Orgánica de creación de la Autoridad Independiente de
Responsabilidad Fiscal.


Palacio del Senado, 22 de octubre de 2013.—Mónica
Almiñana Riqué, Francisco Boya Alós, Rafel Bruguera Batalla, Carlos Martí
Jufresa, José Montilla Aguilera, Joan Sabaté Borràs y María Jesús Sequera
García.









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PROPUESTA DE VETO NÚM. 6


De doña Mónica Almiñana Riqué (GPEPC), de don Francisco
Boya Alós (GPEPC), de don Rafel Bruguera Batalla (GPEPC), de don Carlos
Martí Jufresa (GPEPC), de don José Montilla Aguilera (GPEPC), de don Joan
Sabaté Borràs (GPEPC) y de doña María Jesús Sequera García (GPEPC)


La Senadora Mónica Almiñana Riqué (GPEPC), el Senador
Francisco Boya Alós (GPEPC), el Senador Rafel Bruguera Batalla (GPEPC),
el Senador Carlos Martí Jufresa (GPEPC), el Senador José Montilla
Aguilera (GPEPC), el Senador Joan Sabaté Borràs (GPEPC) y la Senadora
María Jesús Sequera García (GPEPC), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente propuesta
de veto.


El texto remitido por el Congreso de los Diputados del
«Proyecto de Ley orgánica de creación de la autoridad independiente de
responsabilidad fiscal» no cumple con los requisitos mínimos, en la forma
y en el contenido, que son exigibles ante la creación de un organismo
supervisor de la acción de Gobierno en materia presupuestaria y
fiscal.


En primer lugar, los senadores y senadoras firmantes de
esta Propuesta de Veto no entienden y no comparten el procedimiento de
urgencia para la tramitación parlamentaria de esta iniciativa, reduciendo
considerablemente la capacidad de enmienda del legislador. Por un lado,
el Gobierno ha tenido tiempo suficiente para presentar y, lo que es más
importante, intentar consensuar con las restantes fuerzas políticas el
contenido de la norma. Pero, como viene siendo habitual en las propuestas
legislativas del Gobierno del Partido Popular no ha sido así, y la
consecuencia es que en su trámite en el Congreso registró seis enmiendas
a la totalidad.


La Directiva 2011/85/EU, del Consejo, de 8 de noviembre de
2011, sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los
Estados Miembros, impone la obligación a los Estados de contar con
instituciones fiscales que realicen un examen efectivo del cumplimiento
de las reglas fiscales, basado en análisis fiables e independientes
realizados por órganos con autonomía funcional y orgánica respecto de las
autoridades presupuestarias nacionales. Además, el Consejo Europeo
recomendó específicamente a España «establecer una institución
independiente que provea de análisis, asesoramiento y monitoreo de la
política fiscal». Así fue también incluido como requerimiento dentro del
Memorando de Entendimiento sobre la Condicionalidad de la Política del
Sector Financiero (MoU) de julio de 2012 de la Comisión Europea y fue
recomendado por la OCDE a principios de 2013. Todas estas recomendaciones
incluyen unos requisitos mínimos exigibles de independencia, autonomía
funcional, capacidad y competencia técnica, consenso político, recursos
suficientes para el desempeño de sus funciones y acceso total a la
información, a este tipo de organismo encargado del seguimiento del
cumplimiento de las reglas fiscales de un Estado.


Si analizamos con detalle el contenido del proyecto de Ley
podemos comprobar la farsa del Gobierno en la creación de la autoridad
fiscal mal denominada «independiente», la elección y nombramiento de sus
miembros, sus funciones, y su autonomía en el ejercicio de su labor.


No entendemos la «independencia» y «autonomía» de una
Autoridad de responsabilidad fiscal adscrita al Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, cuyo Presidente y miembros del equipo
directivo los nombra el Consejo de Ministros, su Estatuto orgánico de
funcionamiento también es aprobado por el Gobierno, y es el propio
Ministerio el que determina el acceso a la información económica y
presupuestaria de las diferentes Administraciones Públicas.


Consideramos que en una coyuntura como la actual de grave
crisis económica y financiera, deberíamos ser extremadamente responsables
y rigurosos en el control del cumplimiento de los objetivos de
estabilidad presupuestaria y deuda pública, con absoluta transparencia e
independencia que despeje cualquier atisbo de duda sobre nuestras
administraciones, para que ganemos en credibilidad y en reputación y
aumentemos la confianza en nuestra economía. Y este proyecto de ley es un
pésimo indicador que no cumple con la mayoría de requisitos mínimos
exigidos.


En este sentido, y en consonancia con las recomendaciones
del Consejo y de la Comisión Europea, habría que crear un órgano
colegiado, adscrito a las Cortes Generales, con un Presidente y unos
consejeros independientes elegidos por el Parlamento, con mandatos de
seis años, con capacidad y autonomía para organizarse y elaborar su
propio presupuesto y con acceso a toda la información económica y
presupuestaria de todas las administraciones públicas.










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El Grupo Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i
Unió (GPCIU), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento
del Senado, formula una propuesta de veto al Proyecto de Ley Orgánica de
creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.


Palacio del Senado, 22 de octubre de 2013.—El
Portavoz, Josep Lluís Cleries i Gonzàlez.


PROPUESTA DE VETO NÚM. 7


Del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i
Unió (GPCIU)


El Grupo Parlamentario Catalán en el Senado Convergència i
Unió (GPCIU), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento
del Senado, formula la siguiente propuesta de veto.


El presente proyecto de Ley orgánica tiene por objeto la
creación de un ente independiente de responsabilidad fiscal, que asista
al gobierno en los objetivos de estabilidad presupuestaria, sin embargo,
en su regulación la «independencia» no pasa de ser una mera apariencia.


Convergència i Unió apoyará la creación de la autoridad, si
esta fuere realmente independiente, pero en la redacción del Proyecto de
Ley presentada por el Gobierno no es esta la realidad, por lo que plantea
diversas consideraciones:


En primer lugar, el nuevo órgano Autoridad «Independiente»
de Responsabilidad Fiscal se considera que es dependiente del Gobierno
por múltiples razones: tal y como establecen los artículos 24 y 26 del
proyecto de ley, el nombramiento de su Presidente y de los directores de
las divisiones (la totalidad de miembros del Comité Directivo)
corresponde al Consejo de Ministros; será una Orden del Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas la que determinará los datos,
documentos y procedimientos a remitir a la Autoridad «Independiente» de
Responsabilidad Fiscal; será el Consejo de Ministros quien aprobará su
Estatuto Orgánico, el cual desarrollará la organización y funcionamiento
interno de la nueva institución; y el régimen de variaciones y de
vinculación de los créditos del presupuesto de la nueva institución será
el que se establezca en el Estatuto orgánico de la Autoridad
«Independiente» de Responsabilidad Fiscal, que habrá elaborado el
Gobierno. ¿Dónde está pues la independencia de esta nueva
institución?


En segundo lugar, el Gobierno en el presente proyecto de
Ley incorpora nuevos recortes en la autonomía de las comunidades
autónomas, al modificar la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera. El artículo 18 establece que la Autoridad
Independiente de Responsabilidad Fiscal, que a su vez mantiene relevantes
vínculos de dependencia del Gobierno, debe informar sobre la distribución
de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública para cada
una de las Comunidades Autónomas, lo cual condiciona enormemente la
capacidad de las CCAA y del propio Consejo de Política Fiscal y
Financiera de participar en el proceso de distribución del objetivo.


En tercer lugar, en relación a los actos y decisiones de
los órganos de la nueva autoridad, el proyecto de ley no contempla la
posibilidad de interponer recursos por parte de estas, antes de su
publicación, lo cual, vistas las competencias que se otorgan a la
Autoridad Fiscal, como la fijación de los objetivos individuales para las
Comunidades Autónomas, comporta también una efectiva vulneración de la
autonomía de estas administraciones.


En cuarto lugar, el texto prevé la creación de la Tasa de
supervisión, análisis, asesoramiento y seguimiento de la política fiscal
de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, la cual se crea
para financiar este nuevo ente creado con un claro espíritu de control de
las CCAA y revirtiendo los costes de su financiación a las propias CCAA.
De acuerdo con el artículo 2 de la Ley General Tributaria, nada impide la
creación de una tasa en la cual los contribuyentes son las entidades
públicas, sin embargo, es preciso incorporar dos cuestiones, la primera
respecto el hecho de considerar, al presupuesto de cada administración
como base imponible para el cálculo de la tasa, cuestión esta que puede
tener su lógica, pero que lamentablemente no se ha tenido en cuenta este
mismo criterio para la distribución de los objetivos de déficit; la
segunda consideración se refiere a que la propuesta del Gobierno castiga
a aquellas comunidades que tienen asumidas competencias específicas, como
Catalunya, y castiga también la incorporación de transferencias
finalistas, como son las correspondientes a los ingresos recibidos en
concepto de participación de los municipios en los ingresos del estado.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència
i Unió), presenta una propuesta de veto sobre el Proyecto de Ley.