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III. AUTORIZACIONES TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES Acuerdo Marco de Colaboración y Cooperación entre la Unión (610/000069) (Cong. Diputados, Serie C, núm. 75
Cortes Generales, Serie A, núm. 115
Núm. exp. 110/000070) TEXTO REMITIDO POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Con fecha 20 de marzo de 2013, ha tenido entrada en esta Se ordena la remisión de este Acuerdo Marco a la Comisión Se comunica, por analogía con lo dispuesto en el artículo Por acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el Palacio del Senado, 20 de marzo de 2013.—P.D., Manuel
Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de
Filipinas, por otra, hecho en Phnom Penh el 11 de julio de 2012.
Cámara, a efectos de la autorización prevista en el artículo 94.1 de la
Constitución, el Acuerdo Marco de Colaboración y Cooperación entre la
Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de
Filipinas, por otra, hecho en Phnom Penh el 11 de julio de 2012.
de Asuntos Exteriores.
107.1 del Reglamento del Senado, que el plazo para la presentación de las
propuestas a las que se refiere el artículo 144 del Reglamento del Senado
terminará el próximo día 3 de abril, miércoles.
del Senado, reunidas en sesión conjunta el 19 de diciembre de 1996, el
texto del citado Acuerdo Marco aparece publicado en el BOCG, Cortes
Generales, Serie A, número 115, de fecha 16 de enero de 2013,
encontrándose la restante documentación a disposición de los señores
Senadores en la Secretaría General de la Cámara.
artículo 191 del Reglamento del Senado.
Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.