Ruta de navegación

Publicaciones

BOCG. Senado, apartado I, núm. 136-1036, de 14/12/2012
cve: BOCG_D_10_136_1036 PDF











Página
6




I. INICIATIVAS LEGISLATIVAS


PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY


Proyecto de Ley Orgánica de medidas de eficiencia
presupuestaria en la Administración de Justicia, por la que se modifica
la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.


(621/000025)


(Cong. Diputados, Serie A, núm. 30



Núm. exp. 121/000030)


ENMIENDAS NO ADMITIDAS A TRÁMITE


La Presidencia del Senado, en ejercicio de la delegación
conferida por la Mesa de la Cámara en su reunión del día 17 de abril de
2012, al amparo del artículo 36.1.c) del Reglamento del Senado y de
conformidad con la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional, ha
acordado, en relación con el Proyecto de Ley Orgánica de medidas de
eficiencia presupuestaria en la Administración de Justicia, por la que se
modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, no
admitir a trámite las enmiendas que a continuación se relacionan, por
considerar que lo que en ellas se plantea carece de manera evidente y
manifiesta de conexión con el objeto del Proyecto de Ley que se tramita,
tal y como se desprende de la descripción individualizada de cada una de
las mismas:


a) Enmienda número 185, del Grupo Parlamentario Catalán en
el Senado Convergència i Unió, puesto que lo que pretende es una
modificación de la disposición final décima de la Ley 20/2011, de 21 de
julio, del Registro Civil, adelantando al 1 de enero de 2013 la entrada
en vigor de su disposición adicional tercera, relativa a los expedientes
de nacionalidad por residencia.


b) Enmienda número 186, del Grupo Parlamentario Catalán en
el Senado Convergència i Unió, ya que lo que postula es una modificación
de la disposición transitoria primera de la Ley 20/2011, de 21 de julio,
del Registro Civil, en materia de legislación aplicable a los expedientes
de adquisición de la nacionalidad española por residencia iniciados con
anterioridad al 1 de enero de 2013, de manera acorde con lo planteado en
la enmienda anterior.


c) Enmienda número 187, del Grupo Parlamentario Catalán en
el Senado Convergència i Unió, puesto que lo que propone es modificar el
subapartado 7 del apartado 1 del artículo 241 de la Ley 1/2000, de 7 de
enero, de Enjuiciamiento Civil, que determina el concepto de tasa a
efectos de su consideración como costas del proceso.


d) Enmienda número 188, del Grupo Parlamentario Catalán en
el Senado Convergència i Unió, ya que lo que postula es la derogación de
la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas
tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto
Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.


Palacio del Senado, 12 de diciembre de 2012.—P.D.,
Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.