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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 651, de 22/04/2015
cve: BOCG-10-D-651 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


X LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


22 de abril de 2015


Núm. 651



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


PLENO


051/000002 Composición del Pleno. Altas y bajas ... (Página3)


GRUPOS PARLAMENTARIOS


010/000008 Composición de los Grupos Parlamentarios. Altas y bajas ... (Página4)


Control sobre las disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley


DECRETOS-LEYES


130/000067 Real Decreto-ley 3/2015, de 22 de marzo, por el que se prevé una oferta de empleo público extraordinaria y adicional para luchar contra el fraude en los servicios públicos, para el impulso del funcionamiento de la Administración
de Justicia y en aplicación de las medidas previstas en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Convalidación ... (Página4)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/001173 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la liberación de Leopoldo López.


Enmiendas ... (Página8)


Aprobación con modificaciones ... (Página10)


162/001189 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la financiación de la Comunitat Valenciana. Rechazo por el Pleno de la Cámara así como enmiendas formuladas ... (Página11)



Página 2





INTERPELACIONES


Urgentes


172/000300 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Socialista, al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre el desarrollo por la Agencia Tributaria de sus funciones de auxilio judicial en las causas que afectan al
Partido Popular ... (Página13)


172/000301 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la postura del Gobierno en relación a las consecuencias del Acuerdo Transatlántico para el Comercio y la Inversión entre Europa y EE.UU. (TTIP) ... href='#(Página14)'>(Página14)


172/000302 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, sobre los propósitos del Gobierno en relación a la condena de la limpieza nacional y crímenes contra la humanidad cometidos por la banda terrorista
ETA y su entramado político, a fin de dar la necesaria satisfacción y reconocimiento a las víctimas de estas violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y satisfacer el derecho inalienable a conocer la verdad ... href='#(Página14)'>(Página14)


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000198 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre las medidas que va a tomar el Gobierno para erradicar el aumento de la discriminación contra las
mujeres en España.


Texto de la moción así como enmienda formulada ... (Página16)


Aprobación con modificaciones ... (Página18)


173/000201 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno para evitar los graves retrocesos que está provocando en los derechos y libertades de
las mujeres y para convertir la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en su principal eje de actuación. Texto de la moción, enmienda formulada y rechazo por el Pleno de la Cámara ... (Página19)


173/000202 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la situación actual y las perspectivas de futuro de las bases militares de uso conjunto
existentes en nuestro país. Texto de la moción, enmienda formulada y rechazo por el Pleno de la Cámara ... (Página22)


173/000203 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre las prioridades del Gobierno para potenciar la economía digital.


Texto de la moción así como enmiendas formuladas ... (Página25)


Aprobación con modificaciones ... (Página27)


Otros textos


DECLARACIONES INSTITUCIONALES


140/000027 Declaración institucional sobre la futura Red de Telescopios Cherenkov (CTA)... (Página28)



Página 3





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


De conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de los cambios habidos en la composición de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


PLENO


051/000002


A) Relación por orden alfabético de señores Diputados que han adquirido la plena condición de Diputado.


Bajas:


CANTÓ GARCÍA DEL MORAL, Antonio 14-04-2015


ORTIZ CASTELLVÍ, Laia 14-04-2015


Altas:


LLEONART CRESPO, Julio 16-04-2015


PÉREZ MOYA, Josep 14-04-2015


B) Relación de Diputados que han presentado su credencial, por circunscripciones.


Barcelona:


PÉREZ MOYA, Josep IC-V


Valencia:


LLEONART CRESPO, Julio UPyD


C) Relación de Diputados por orden de presentación de credenciales.


Nombre: PÉREZ MOYA, Josep


Circunscripción: Barcelona


Número: 411


Fecha: 14 de abril de 2015


Formación electoral: IZQ-PLU


Nombre: LLEONART CRESPO, Julio


Circunscripción: Valencia


Número: 412


Fecha: 16 de abril de 2015


Formación electoral: UPyD



Página 4





GRUPOS PARLAMENTARIOS


010/000008


Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural (010/000007)


Número de miembros al 15 de abril de 2015: 11


Baja:


ORTIZ CASTELLVÍ, Laia 14-04-2015


Alta:


PÉREZ MOYA, Josep 15-04-2015


Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia (010/000003)


Número de miembros al 17 de abril de 2015: 5


Baja:


CANTÓ GARCÍA DEL MORAL, Antonio 14-04-2015


Alta:


LLEONART CRESPO, Julio 17-04-2015


CONTROL SOBRE LAS DISPOSICIONES DEL EJECUTIVO CON FUERZA DE LEY


DECRETOS-LEYES


130/000067


Se publica a continuación el Real Decreto-ley 3/2015, de 22 de marzo, por el que se prevé una oferta de empleo público extraordinaria y adicional para luchar contra el fraude en los servicios públicos, para el impulso del funcionamiento de
la Administración de Justicia y en aplicación de las medidas previstas en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, dicho Real Decreto-ley fue sometido a debate y votación de totalidad por el Congreso de los Diputados en su sesión del día de hoy, en la que se acordó su convalidación.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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REAL DECRETO-LEY 3/2015, DE 22 DE MARZO, POR EL QUE SE PREVÉ UNA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO EXTRAORDINARIA Y ADICIONAL PARA LUCHAR CONTRA EL FRAUDE EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS, PARA EL IMPULSO DEL FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y EN APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS PREVISTAS EN LA LEY 27/2013, DE 27 DE DICIEMBRE, DE RACIONALIZACIÓN Y SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL


I


Los resultados que en los últimos tiempos contienen los distintos indicadores económicos, permiten afirmar que la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera no son solo dos pilares en los que se basa la actuación económica y
presupuestaria de las Administraciones Públicas, sino que se revelan como dos elementos fundamentales para garantizar la reducción del déficit público, el crecimiento económico y la creación de empleo.


Para poder garantizar de manera adecuada el cumplimiento de estos principios, que se presentan como insoslayables en la actuación económico financiera de las Administraciones Públicas, es preciso contar solo con una adecuada planificación y
regulación que permitan una correcta y eficiente asignación de los recursos públicos, lo que conduce, desde el punto de vista de los ingresos públicos, a la necesidad de dotarse, tanto del marco jurídico necesario, como de los medios materiales, y
sobre todo, personales, que permitan la correcta y completa aplicación de dicho régimen jurídico.


El sistema tributario vigente, en concreto, la reciente reforma de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, avanza de forma decidida en esta línea de garantizar la eficiencia en la asignación de recursos, lo que permite no
solo garantizar la sostenibilidad financiera de las Administraciones Públicas, sino también estimular el crecimiento económico y la creación de empleo, sin descuidar la atención a los colectivos más desfavorecidos.


Sin embargo, este sistema quedaría incompleto sino no contase con los medios necesarios que garanticen su correcto cumplimiento, es decir, de nada serviría el modelo más completo y ecuánime.


La lucha contra la elusión y el fraude, tanto en el ámbito tributario como en el ámbito de las cotizaciones sociales, solo se puede librar de manera adecuada si se cuenta con los medios personales adecuados.


En este sentido, y debido a las restricciones presupuestarias habidas en los últimos, los recursos humanos que se han incorporado al servicio de la Administración destinados a la lucha contra el fraude en sus distintas vertientes resultan
insuficientes para llevar a cabo las distintas actuaciones de control e inspección que serían necesarias, por lo que se presenta como imperativo la necesidad de incorporar nuevos medios personales que vengan a redoblar los esfuerzos que son
necesarios en este sentido.


La reducción del fraude fiscal supone aumentar los ingresos públicos a los que las Administraciones Públicas han de poder acceder para poder satisfacer los intereses generales; pero esta también un elemento esencial para permitir que la
reducción de la presión fiscal y, por ende, el crecimiento económico y la creación de empleo, como ya se ha indicado.


Todo ello, justificaría la incorporación de nuevas plazas a las ya previstas en la Oferta de Empleo Público para los Cuerpos de Inspección y lucha contra el fraude fiscal y social, mediante la modificación de la tasa de reposición
establecida por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015.


II


Si bien la lucha contra el fraude fiscal, en la medida en que resulta esencial para garantizar la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera, por sí solo supone ya un elemento que permitiría la adopción de medidas de carácter
urgente y extraordinario, es necesario tener en cuenta que el cumplimiento de estos principios no solo se garantiza con una correcta asignación de recursos públicos, sino también es preciso luchar contra aquellas actuaciones que en los diversos
ámbitos de lo público puedan interferir en el cumplimiento de dichos principios o en la consecución de la reducción del déficit público, lo que exige reforzar los medios personales destinados al control en aquellos ámbitos más carentes de ellos.


En este caso, y para la consecución de estos objetivos, es preciso reforzar de manera inmediata los medios personales destinados a las funciones de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, la
contabilidad, tesorería y recaudación, y el asesoramiento legal, funciones públicas necesarias en todas las Corporaciones Locales, cuya responsabilidad administrativa está reservada a funcionarios de administración local con habilitación de carácter
nacional, para dar respuesta



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así a las exigencias de ordenación y racionalización de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de Administración Local y al incremento del contenido de las funciones de control económico en el marco de la
normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.


III


Uno de los parámetros que se contempla a la hora de valorar la economía de un país y, por tanto, la realización de inversiones en el mismo, es la seguridad jurídica que el mismo ofrece, tanto en términos de calidad y publicidad de las
normas, como en cuanto a la estabilidad y garantía de cumplimiento de las mismas.


En este caso, la garantía última del cumplimiento del Derecho corresponde a los órganos judiciales, cuya máxima expresión son los Jueces y Tribunales. No obstante, y sin perjuicio del relevante papel que constitucional y legalmente
corresponde a los aquellos, es necesario destacar que las últimas reformas procesales operadas han venido a incorporar nuevas competencias a favor de los Secretarios de Justicia, esenciales para el correcto impulso de los procesos judiciales que
instan los ciudadanos y las empresas.


Es preciso reducir los plazos de tramitación de los procesos lo que redundará, sin duda, en una justicia de mayor calidad que tiene su reflejo en el ámbito económico, mediante la atracción de nuevas inversiones en nuestro país, lo que supone
un claro aliciente para el crecimiento económico y la creación de empleo.


Por ello, no cabe demorar la puesta en marcha de medidas destinadas a la consecución de este fin, entre las que destacaría la incorporación de nuevos Secretarios Judiciales, que son los responsables de la Oficina Judicial y, por tanto, de
garantizar la eficacia y eficiencia en la resolución de los asuntos judiciales.


IV


Como ha señalado en diversas ocasiones el Tribunal Constitucional, corresponde al Gobierno apreciar cuál es el momento o la coyuntura económica más apropiada para adoptar medidas de política económica general, pudiendo adoptarse las mismas,
cuando así sea preciso, mediante la aprobación de disposiciones legislativas provisionales y de eficacia inmediata como las contenidas en un Real Decreto-ley.


Todos los argumentos expuestos justifican de manera adecuada y suficiente la urgente y extraordinaria necesidad de la adopción del presente Real Decreto-ley.


En su virtud, en uso de la autorización contenida en el artículo 86 de la Constitución Española, a propuesta del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de marzo
de 2015,


DISPONGO:


Artículo 1. Oferta complementaria en la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.


En el año 2015 se autoriza, adicionalmente al número de plazas asignadas en la distribución de la tasa de reposición prevista en el artículo 21 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, la
convocatoria de hasta 200 plazas en la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, con el fin de dar cumplimiento a las previsiones establecidas en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y
sostenibilidad de la Administración Local.


En las convocatorias que se realicen para las plazas que ahora se autorizan, se especificarán las subescalas que correspondan de las previstas en el artículo. 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen
local.


Artículo 2. Oferta complementaria en el ámbito de la lucha contra el fraude fiscal y el control del gasto.


En el año 2015 se autoriza, adicionalmente al número de plazas asignadas en la distribución de la tasa de reposición prevista en el artículo 21 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, la
convocatoria de 294 plazas en el ámbito de la lucha contra el



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fraude fiscal y el control del gasto, de las cuales 30 plazas en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, 10 plazas en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado, 194 plazas en el Cuerpo Técnico de Hacienda,
30 plazas en el Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad, y 30 plazas en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública, mediante el sistema de incorporación de nuevo personal para
desempeñar sus funciones en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y en la Agencia Estatal de Administración Tributaria.


Artículo 3. Oferta complementaria en el ámbito de la lucha contra el fraude laboral y de Seguridad Social.


En el año 2015 se autoriza, adicionalmente al número de plazas asignadas en la distribución de la tasa de reposición prevista en el artículo 21 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, la
convocatoria de 150 plazas en el ámbito de la lucha contra el fraude laboral y de Seguridad Social, de las cuales 19 plazas en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y de la Seguridad Social, 13 plazas en el Cuerpo Superior de Interventores y
Auditores de la Administración de la Seguridad Social, 5 plazas en el Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social, 25 plazas en el Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social, 43 plazas en el
Cuerpo de Subinspectores de Empleo y de Seguridad Social, 27 plazas en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, y 18 plazas en el Cuerpo de Gestión de la Administración de Seguridad Social, especialidad de Auditoría y
Contabilidad, mediante el sistema de incorporación de nuevo personal para desempeñar sus funciones en el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y en las Entidades Gestoras de la Seguridad Social.


Artículo 4. Oferta complementaria en el ámbito de la Administración de Justicia.


En el año 2015 se autoriza, adicionalmente a las previsiones de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, la convocatoria de 160 plazas en el Cuerpo de Secretarios Judiciales, para desempeñar
sus funciones en el ámbito de los órganos jurisdiccionales que integran la Administración de Justicia.


De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de junio, del Poder Judicial, el cincuenta por ciento de las plazas que se autorizan se reservan para su provisión por el sistema de promoción interna en los términos
previstos en el apartado 2 del artículo 442 de la indicada norma, incrementando, las que no se cubran por este procedimiento, la convocatoria de turno libre, con el límite máximo de las plazas que se autorizan en el apartado anterior.


Artículo 5. Cupo de personas con discapacidad.


Las convocatorias de pruebas selectivas que traigan causa de lo establecido en los artículos 1, 2 y 3 de este real decreto ley reservarán un cupo no inferior al siete por ciento del total de las plazas convocadas para su cobertura entre
personas con discapacidad.


Las convocatorias de pruebas selectivas que se realicen de acuerdo con lo indicado en el artículo 4 de este real decreto ley, reservarán un cupo no inferior al cinco por ciento del total de plazas incluidas en el citado artículo para su
cobertura entre personas con discapacidad, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de junio, del Poder Judicial.


Disposición final única. Entrada en vigor.


Este real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».



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CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/001173


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las enmiendas formuladas a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la liberación de Leopoldo López, publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 619, de 27 de febrero de 2015.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Los Grupos Parlamentarios abajo firmantes, al amparo de lo dispuesto en el artículo 194.2 del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la
liberación de Leopoldo López.


Enmienda


A la exposición de motivos


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado de la siguiente forma:


«Exposición de motivos


El 18 de febrero de 2015 se cumplió un año de la detención y encarcelamiento del dirigente de la oposición venezolana y líder del partido Voluntad Popular, Leopoldo López. Al día siguiente, también fue detenido de forma arbitraria Antonio
Ledezma, elegido democráticamente en dos ocasiones alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas.


Leopoldo López fue encarcelado tras sumarse, el 12 de febrero de 2014, junto con otros líderes de la oposición democrática venezolana, a una protesta pacífica de estudiantes en Caracas que por la intervención de los llamados “colectivos” o
grupos parapoliciales acabó ese día con el trágico resultado de tres muertos. Leopoldo López fue acusado de esas tres muertes y de otros gravísimos delitos, incluido el de asociación para delinquir. Unos días después, se entregó voluntariamente a
la Guardia Nacional y desde entonces lleva preso en una cárcel militar. Las principales instancias internacionales han calificado sus condiciones de detención como denigrantes y advierten de que ponen en riesgo su integridad psíquica y física.
Esta situación se agrava desde su trasladado con carácter al parecer permanente a una celda de aislamiento y castigo prevista únicamente para periodos breves de tiempo y presos muy peligrosos.


Hasta la fecha, ningún tribunal ha podido avalar las acusaciones presentadas contra Leopoldo López. Además, su juicio ha sufrido múltiples aplazamientos y desde diferentes instancias internacionales se ha transmitido la necesidad de que
Leopoldo López sea puesto en libertad y que el proceso evite irregularidades y arbitrariedades. Esas mismas instancias internacionales también se han manifestado rotundamente en defensa de la liberación inmediata del Alcalde de Caracas, Antonio
Ledezma, al que el Gobierno de Venezuela ha acusado de conspiración y asociación para delinquir, delitos que en Venezuela conllevan duras penas de prisión, y encarcelado en la prisión militar del Ramo Verde, junto a Leopoldo López.


Las principales organizaciones no gubernamentales encargadas de velar por los derechos humanos y el ejercicio elemental de la libertad política y de manifestación, desde Amnistía Internacional hasta Human Rights Watch, han calificado las
detenciones de dirigentes opositores venezolanos como ilegales y arbitrarias. También se han pronunciado el Parlamento Europeo, el Secretario General de Naciones Unidas, el Secretario General de la OEA, la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos, el Club de Madrid y varios gobiernos americanos.



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En el ámbito del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, el pasado 10 de octubre se hizo pública la resolución dictada por el Grupo de Trabajo sobre la detención arbitraria de la ONU N.º 022/2014; de 26 de agosto de 2014. Dicha
resolución señala que Leopoldo López es víctima de “una detención arbitraria” y exige a las autoridades venezolanas no solamente su “inmediata libertad” sino también su “reparación integral, incluida la compensación de carácter indemnizatorio y
moral, así como medidas de satisfacción como pudiere ser una declaración pública de desagravio a su favor”. En su informe, el organismo de Naciones Unidas tacha las actuaciones de las autoridades venezolanas en el proceso contra Leopoldo López de
“Ilegales”; subraya que “los derechos constitucionales, civiles y políticos” del dirigente venezolano han sido violados; y señala que su detención se fundó “en motivos de discriminación basado en opciones y opiniones políticas”.


El 20 de octubre de 2014, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Zeid Ra’ad Al Hussein, expresó su preocupación por la detención de Leopoldo López y las 69 personas arrestadas durante las protestas públicas que
han tenido lugar en Venezuela a lo largo de los últimos meses y pidió su liberación. En diciembre, el Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas, órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención contra la Tortura
y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, se pronunció en el mismo sentido y además exigió al Gobierno venezolano que respete las garantías jurídicas fundamentales.


El 12 de marzo de 2015 el pleno del Parlamento Europeo aprobó por una amplia mayoría una resolución que reitera la del 17 de diciembre de 2014, manifiesta su profunda preocupación por la situación en Venezuela y pide la liberación inmediata
del dirigente de la oposición y líder de Voluntad Popular Leopoldo López, del Alcalde de San Cristóbal Daniel Ceballos, del Alcalde de Caracas Antonio Ledezma, y de los demás presos políticos y estudiantes que permanecen encarcelados en Venezuela.
La mencionada resolución también urge a la Unión Europea, sus Estados Miembros y la comunidad internacional a que hagan declaraciones y tomen medidas para mostrar solidaridad con el pueblo venezolano en estos momentos difíciles.


Hasta ahora, el Gobierno de Venezuela ha ignorado todas las reclamaciones de libertad para Leopoldo López, Daniel Ceballos y Antonio Ledezma. Lo ha hecho a pesar de que las resoluciones y dictámenes de la ONU tienen su fundamento en la
Carta de la ONU y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, instrumentos que deben aplicarse de manera preferente.


En Venezuela hay aproximadamente 200.000 españoles. Es el país con la segunda mayor colectividad española en América Latina. Venezuela ha sido una generosa tierra de acogida con la que los españoles tenemos una deuda de gratitud.


Por todo ello, se formula la siguiente


Proposición no de Ley»


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.—Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Enmienda


Al petitum de la Proposición no de Ley


De modificación.


El texto que se propone quedará como sigue:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que tome todas las iniciativas pertinentes —ante la comunidad internacional, en el marco de la Unión Europea, en los organismos internacionales en los que España tiene representación y ante
el propio Gobierno de Nicolás Maduro— para lograr la liberación



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inmediata del líder de Voluntad Popular Leopoldo López, del alcalde de Caracas, Antonio Ledezma, del alcalde de San Cristóbal, Daniel Ceballos, y de los demás opositores, estudiantes y manifestantes arbitrariamente encarcelados en Venezuela
en el contexto de las protestas pacíficas iniciadas en enero de 2014.»


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.—Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Los Grupos abajo firmantes, al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley relativa a la liberación de Leopoldo López.


Enmienda


De sustitución.


Se sustituye el texto por el siguiente redactado:


«1. El Congreso de los Diputados expresa su rechazo a las acciones violentas generadas por sectores de la oposición venezolana durante los años de 2013 y 2014, con el objetivo de subvertir el orden constitucional de la República Bolivariana
de Venezuela y el funcionamiento de sus instituciones democráticas, así como manifiesta su solidaridad con las víctimas y sus familiares.


2. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a no contribuir a la desestabilización del país ni alentar las acciones golpistas en la República Bolivariana de Venezuela, respetando su soberanía, favoreciendo la solución dialogada de las
diferencias, la paz y el respeto al orden constitucional vigente y a sus instituciones democráticas, así como promoviendo el respeto a los Derechos Humanos.


3. El Congreso de los Diputados saluda las iniciativas de diálogo y paz promovidas por UNASUR con el objetivo de mantener la región como una zona de paz en la que se preserven los DDHH y se defienda la democracia.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Joan Tardà i Coma y Rosana Pérez Fernández, Diputados.—José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.—?abier Mikel Errekondo
Saltsamendi, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/001173


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, con motivo del debate de la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la liberación de Leopoldo López, publicada en el «BOCG.
Congreso de los Diputados», serie D, núm. 619, de 27 de febrero de 2015, ha acordado lo siguiente:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que tome todas las iniciativas pertinentes —ante la comunidad internacional, en el marco de la Unión Europea, en los organismos internacionales en los que España tiene representación y ante
el propio Gobierno de Nicolás Maduro— para lograr la liberación inmediata del líder de Voluntad Popular Leopoldo López, del alcalde de Caracas, Antonio Ledezma, del alcalde de San Cristóbal, Daniel Ceballos, y de los demás opositores, estudiantes y
manifestantes arbitrariamente encarcelados en Venezuela en el contexto de las protestas pacíficas iniciadas en enero de 2014.»



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Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/001189


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, rechazó la Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la financiación de la Comunitat Valenciana, publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 629, de 13 de marzo de 2015.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Asimismo se publican las enmiendas presentadas a dicha Proposición no de Ley.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre la financiación de la Comunitat Valenciana, del Grupo Parlamentario Mixto (Sr. Baldoví).


Enmienda


A los dos primeros guiones


De modificación.


Sustituir por el siguiente texto:


«1. En un plazo no superior a quince días desde la aprobación de la presente Proposición no de Ley, dar a conocer en el seno del Consejo de Política Fiscal y Financiera, los estudios aportados por las diversas Comunidades Autónomas en orden
a configurar un nuevo esquema de funcionamiento de financiación para el futuro.


2. Realizar o concluir, en un plazo no superior a un mes desde la aprobación de la presente Proposición no de Ley, la evaluación de los resultados del modelo de financiación autonómica, dándolos a conocer.


3. Iniciar, en un plazo no superior a dos meses desde la entrada en vigor de la presente disposición, los trámites oportunos para modificar la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, y toda
aquella legislación que regule al modelo de financiación de las Comunidades Autónomas, incluida la presente Ley.


4. Aprobar en Consejo de Ministros, antes del 30 de junio, las modificaciones de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, que deberá corregir los déficits de financiación, garantizando la
prestación de los servicios públicos esenciales en todas las Comunidades Autónomas, de tal manera que todos los ciudadanos, con independencia de donde vivan, accedan en igualdad de condiciones a dichos servicios. El nuevo sistema de financiación
garantizará los principios de coordinación y solidaridad recogidos en la Constitución Española. Los cambios en el sistema de financiación autonómica tendrán efectos desde el 1 de enero de 2014.


5. Mientras no se plantee una revisión del actual modelo de financiación autonómica, poner en marcha los mecanismos de corrección necesarios para ajustar el modelo de financiación autonómico de



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tal forma que, de acuerdo con su realidad demográfica, la Comunidad Valenciana alcance la media nacional en financiación per cápíta de las comunidades autónomas de régimen común.


6. Este mismo año, de acuerdo con la evaluación de los resultados del modelo de financiación autonómica, se establecerá una transferencia extraordinaria a la Generalitat Valenciana para garantizar la adecuada financiación de servicios
básicos en 2015, sin menoscabo de que pudiera tomar de referencia para ese cálculo, a falta de la evaluación, las conclusiones y valoraciones de la Comisión de Expertos nombrados por Les Corts Valencianas. Con respecto a 2014, en 2015 se compensará
la deuda adquirida por la Generalitat con la Administración General del Estado en una cantidad igual a la infrafinanciación de servicios básicos en 2014.


7. Inicie las acciones inmediatas para hacer efectiva la compensación, de acuerdo con el principio de igualdad constitucional y desarrollo armónico previsto en el artículo 2 de la Ley Orgánica de Financiación de las comunidades autónomas
(LOFCA).»


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su portavoz, Rosa Díez González, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 194 y siguientes, del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la
Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado de Compromís-Equo, don Joan Baldoví Roda, sobre la financiación de la Comunitat Valenciana.


Enmienda


A los puntos 2 y 3


De supresión.


Texto que se propone:


«— Iniciar con carácter de urgencia los trámites necesarios para acometer una revisión del modelo de financiación autonómico con efectos retroactivos a 1 de enero de 2014 que garantice el cumplimiento del principio de igualdad entre la
ciudadanía, abandonando el actual modelo que ha causado el déficit fiscal actual en la contabilidad autonómica valenciana.


— Mientras se alcanza el acuerdo relativo a la mejora de la financiación autonómica valenciana, con el fin de garantizar la suficiencia financiera de los servicios públicos transferidos a la Generalitat valenciana el Congreso insta al
Gobierno a abordar la transferencia de una dotación de 1.800 millones de euros correspondientes al ejercicio 2014 y 1.982 correspondientes al ejercicio 2015.


— Reconocer la deuda histórica que mantiene el Estado con la Comunidad Autónoma valenciana cifrada por la Comisión de Expertos nombrada por Les Corts Valencianas en 13.500 millones de euros entre 2002 y 2011.»


Justificación.


Es necesario revisar el sistema de financiación autonómica ya y que proporcione unos servicios en condiciones de igualdad a los ciudadanos de cualquier Comunidad Autónoma.


Sin embargo, los conflictos por supuestas «deudas históricas» no facilitarán una solución compartida.


Respecto a los ajustes para 2014 y 2015, se trata de años aún no liquidados, por lo que no es posible saber si existe una infradotación, ni su cuantía.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de abril de 2015.—Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.



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INTERPELACIONES


Urgentes


172/000300


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre el desarrollo por la Agencia Tributaria de
sus funciones de auxilio judicial en las causas que afectan al Partido Popular, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados y de la Resolución de la Presidencia de 6 de septiembre de 1983, presentar
la siguiente interpelación urgente al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas sobre el desarrollo por la Agencia Tributaria de sus funciones de auxilio judicial en las causas que afectan al Partido Popular, para su debate en la próxima
sesión plenaria.


El artículo 118 de la Constitución no deja lugar a dudas respecto de la obligación de todos de prestar a los jueces el auxilio que precisen en las causas que instruyen y en el resto de procedimientos de los que conocen. Y esta obligación es
aún más ineludible en el caso de los poderes públicos, que son los primeros concernidos por la exigencia de cumplimiento de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, exigencia que es pilar fundamental de un Estado de Derecho.


Por ello, la negativa de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) del pasado 3 de marzo a atender la providencia de 25 de febrero del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, dictada en la pieza
separada de la trama Gürtel conocida como «papeles de Bárcenas/Caja B», por la que se requería de la unidad de auxilio judicial de la Agencia a fin de que se procediera a «la determinación de la tributación que eventualmente habría de corresponder
al Partido Popular por el Impuesto sobre Sociedades en el ejercicio de 2008, en relación a las aportaciones económicas que en concepto de donaciones aparecen anotadas en los registros contables opacos objeto de análisis (recogidos en los denominados
“papeles de Bárcenas”)», debería haber provocado la inmediata actuación en orden a la rectificación de una conducta impropia del correcto funcionamiento de un Estado de Derecho.


En su lugar, el Gobierno puso en duda que la actuación judicial fuera correcta e invocó la autonomía y la independencia de los funcionarios de la Agencia encargados de prestar el auxilio a los Tribunales.


Tras esa negativa inicial, el magistrado-juez instructor de la causa dictó una nueva resolución judicial requiriendo a este organismo para que diera cumplimiento al requerimiento original. La nueva contestación de la Agencia Tributaria
reconoció una cuota defraudada de cuantía superior a los 220.000 euros, lo que supondría la comisión de un delito fiscal, como por otra parte ha sido reflejado de nuevo en el Auto de 23 de marzo por el que se concluye la investigación de esta causa.
No obstante, de nuevo se incluyeron en la contestación de la Agencia valoraciones jurídicas más propias de una parte procesal que del informe solicitado por el instructor.


Por otra parte, antes de que ese escrito de la Agencia Tributaria tuviera entrada en el Juzgado, se elaboró un argumentario en el gabinete del propio Ministro de Hacienda —aunque sin ningún membrete, firma o signo que desvelara su origen—
que fue distribuido a los medios de comunicación, con afirmaciones y comparaciones absolutamente improcedentes, lo que desbarata absolutamente los argumentos de autonomía e independencia utilizados por el Gobierno.


Son conocidas las actuaciones del Partido Popular dirigidas a impedir y obstaculizar la instrucción de las causas judiciales que le afectan relacionadas con la corrupción y la financiación de esta formación



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política (su negativa a aportar documentación, la destrucción de discos duros, los intentos de personación fraudulenta, …). Pero esta actitud del Gobierno ha supuesto un inaceptable paso adelante en la utilización de las instituciones para
intentar conseguir la impunidad del partido que le apoya y de sus dirigentes.


Por último, no pueden olvidarse las importantes consecuencias que este tipo de conductas tienen sobre la conciencia fiscal de los españoles y sobre la eficacia de la Agencia Tributaria en la recaudación y la lucha contra el fraude fiscal,
que son sus principales fines.


Por todo ello se presenta esta interpelación urgente al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas sobre el desarrollo por la Agencia Tributaria de sus funciones de auxilio judicial en las causas que afectan al Partido Popular.


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de abril de 2015.—Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


172/000301


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Mixto, sobre la postura del Gobierno en relación a las consecuencias del Acuerdo Transatlántico para el Comercio y
la Inversión entre Europa y EE.UU. (TTIP), cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Maite Aristegi Larrañaga, Diputada de Amaiur, integrado en el Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo dispuesto en el artículo 180 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente interpelación urgente sobre la postura
del Gobierno (Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente) en relación a las consecuencias del Acuerdo Transatlántico para el Comercio y la Inversión entre Europa y EE.UU. (TTIP), para debatir en el Pleno de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de abril de 2015.—Maite Ariztegui Larrañaga, Diputada.—Xabier Mikel Errekondo Saltsamendi, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


172/000302


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, sobre los propósitos del Gobierno en relación a la condena de la limpieza nacional
y crímenes contra la humanidad cometidos por la banda terrorista ETA y su entramado político, a fin de dar la necesaria satisfacción y reconocimiento a las víctimas de estas violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y
satisfacer el derecho inalienable a conocer la verdad, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de la Diputada doña Rosa Díez González, al amparo de lo dispuesto en el artículo 180 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso,



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presenta la siguiente interpelación urgente sobre los propósitos del Gobierno en relación a la condena de la limpieza nacional y crímenes contra la humanidad cometidos por la banda terrorista ETA y su entramado político, a fin de dar la
necesaria satisfacción y reconocimiento a las víctimas de estas violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y satisfacer el derecho inalienable a conocer la verdad, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La Junta de Portavoces del Parlamento de Navarra aprobó el pasado día 17 de marzo una declaración institucional de condena de la limpieza nacional y crímenes contra la humanidad cometidos por la izquierda abertzale y su brazo armado ETA
promovida por la Asociación Dignidad y Justicia, que presentó una propuesta en el Parlamento de Navarra a este respecto. La declaración institucional contó finalmente con el voto favorable de UPN, PSN y PP; y el voto en contra de Bildu-Nafarroa,
Aralar-NaBai e I-E.


El texto de la declaración institucional reza lo siguiente:


«I. El Parlamento de Navarra reconoce y condena la “limpieza nacional”, los crímenes contra la humanidad y actos de genocidio cometidos por la izquierda abertzale y su brazo armado, ETA, en territorio de País Vasco y Navarra y de solidaridad
con todas sus víctimas.


II. El Parlamento de Navarra proclama el 11 de febrero Día en memoria de los desplazados forzosos por ETA y de todas sus víctimas de crímenes contra la humanidad, como forma de evitar que tales crímenes puedan ser olvidados y prevenir así
que nunca más puedan volver a repetirse.


III. Que, en el ejercicio de las competencias autonómicas en materia educativa, el Parlamento de Navarra requiere al Departamento de Educación del Gobierno de Navarra la elaboración de aquellas directrices y medidas necesarias para la
inclusión del relato de los actos de genocidio y los crímenes contra la humanidad de la izquierda abertzale violenta en el material didáctico a todos los niveles en territorio de Navarra en cumplimiento de la Resolución 60/147 de la Asamblea General
de Nacional Unidas, de 16 de diciembre de 2005.»


Por su alcance e importancia consideramos que la anterior iniciativa, aprobada en un parlamento autonómico, ha de trasladarse y aprobarse por el Congreso de los Diputados, sede de la soberanía nacional, a fin de adoptar un posicionamiento
institucional de reconocimiento y condena de dicha limpieza nacional por motivos políticos y otros actos de persecución, expulsión forzada, desapariciones forzosas y asesinatos de lesa humanidad perpetrados en España durante las últimas décadas, así
como las medidas legislativas adecuadas para que este reconocimiento y reparación de las víctimas pueda llevarse a cabo de forma completa.


Así, a la vista de la Resolución 60/147 de la Asamblea General de Naciones Unidas, de 16 de diciembre de 2005, sobre principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales
de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones, se antojan necesarias, al menos, las siguientes acciones:


1. Una declaración oficial que restablezca la dignidad, reputación y derechos de las víctimas.


2. Una serie de conmemoraciones y homenajes a las víctimas.


3. La exposición de dichas violaciones en la enseñanza de las normas internacionales de derechos humanos y del derecho internacional humanitario.


Por todo ello, se presenta la siguiente interpelación urgente sobre los propósitos del Gobierno en relación a la condena de la limpieza nacional y crímenes contra la humanidad cometidos por la banda terrorista ETA y su entramado político, a
fin de dar la necesaria satisfacción y reconocimiento a las víctimas de estas violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y satisfacer el derecho inalienable a conocer la verdad.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de abril de 2015.—Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.



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MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000198


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, de la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario de IU,
ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre las medidas que va a tomar el Gobierno para erradicar el aumento de la discriminación contra las mujeres en España y de la enmienda presentada a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Moción consecuencia de interpelación urgente sobre las medidas que va a tomar el Gobierno para
erradicar el aumento de la discriminación contra las mujeres en España, para su debate en el Pleno de la Cámara.


Moción


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que adopte las medidas necesarias para:


1. Elaborar y poner en marcha un Plan Integral de lucha con la feminización de la pobreza en el que se implique a las diferentes Comunidades Autónomas y Ayuntamientos en el sistema laboral, educativo, de bienestar social y familiar
combinando prestaciones económicas con actuaciones que fomenten la autonomía personal, social y económica de las mujeres, garantizando una intervención simultánea sobre el mercado de trabajo a la par que sobre el sistema de protección social.


2. Garantizar la entrada en vigor, en el plazo de dos meses, de la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos del nacimiento, adopción o acogida, así como cumplir con los compromisos
adquiridos través de las conclusiones derivadas de la Subcomisión de estudio de la racionalización de horarios, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y la corresponsabilidad en cuanto a la presentación de un estudio sobre el
impacto social y económico que permita la viabilidad de la equiparación a dieciséis semanas de los permisos de paternidad y maternidad de forma personal e intransferible.


3. Realizar en el plazo de tres meses, a través de la Delegación del Gobierno para la violencia de género y el Instituto de la Mujer una evaluación del grado desarrollo y cumplimiento de Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas
de Protección Integral contra la Violencia de Género, contando con los órganos judiciales, legislativos, las Administraciones Central, Autonómicas y Locales y las asociaciones de mujeres.


4. Cumplir con carácter inmediato los objetivos que contempla el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Estambul, 11.V.2011) ratificado por España, priorizando los
contemplados en:


A) Su artículo 3: Definiciones.


a) Por “violencia contra la mujer” se deberá entender una violación de los derechos humanos y una forma de discriminación contra las mujeres, y se designarán todos los actos de violencia basados en el género que implican o pueden implicar
para las mujeres daños o sufrimientos de naturaleza física, sexual, psicológica o económica, incluidas las amenazas de realizar dichos actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, en la vida pública o privada;


b) Por “violencia doméstica” se entenderán todos los actos de violencia física, sexual, psicológica o económica que se producen en la familia o en el hogar o entre cónyuges o parejas de hecho antiguos o



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actuales, independientemente de que el autor del delito comparta o haya compartido el mismo domicilio que la víctima;


c) Por “género” se entenderán los papeles, comportamientos, actividades y atribuciones socialmente construidos que una sociedad concreta considera propios de mujeres o de hombres;


d) Por “violencia contra la mujer por razones de género” se entenderá toda violencia contra una mujer porque es una mujer o que afecte a las mujeres de manera desproporcionada;


e) Por “víctima” se entenderá toda persona física que esté sometida a los comportamientos especificados en los apartados a y b;


f) El término “mujer” incluye a las niñas menores de 18 años.


B) Su artículo 5: Obligaciones del Estado y diligencia debida.


1. Las Partes se abstendrán de cometer cualquier acto de violencia contra la mujer y se asegurarán de que las autoridades, los funcionarios, los agentes y las instituciones estatales, así como los demás actores que actúan en nombre del
Estado se comporten de acuerdo con esta obligación.


2. Las Partes tomarán las medidas legislativas y demás necesarias para actuar con la diligencia debida para prevenir, investigar, castigar y conceder una indemnización por los actos de violencia incluidos en el ámbito de aplicación del
presente Convenio cometidos por actores no estatales.


5. Garantizar en colaboración con el resto de Administraciones Públicas, los puntos de violencia contra la mujeres, municipales y mancomunados, frente a la reforma de la Ley 27/2013 del Régimen Local, así como dotar de los recursos
necesarios y suficientes para recuperar todos los centros cerrados en las Comunidades Autónomas.


6. Llevar a cabo la adaptación curricular de educación en valores, igualdad, no discriminación y corresponsabilidad entre hombres y mujeres en todas las etapas educativas incluida la universitaria.


7. Modificar la Ley de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa para que el Instituto de la Mujer recupere su denominación, naturaleza, régimen jurídico y funciones, así como su dirección, coordinación y
régimen de financiación que permita recuperar el enfoque en materia de género.


8. Impedir que se lleven a cabo modificaciones restrictivas en la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de febrero de 2015.—Ascensión de las Heras Ladera, Diputada.—José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción, consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario de
IU-ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre las medidas que va a tomar el Gobierno para erradicar el aumento de la discriminación contra las mujeres en España.


Esta enmienda sustituye a la registrada el pasado 24 de marzo de 2015 y número de registro 187101.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Cumplir con los compromisos adquiridos a través de las conclusiones derivadas de la Subcomisión de estudio de la racionalización de horarios, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y la corresponsabilidad en cuanto a la
presentación de un estudio sobre el impacto social y económico, que permita la viabilidad de la equiparación a dieciséis semanas de los permisos de paternidad y maternidad de forma personal e intransferible.



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2. Realizar a través de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género y el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades una evaluación del grado de desarrollo y cumplimiento de Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre,
de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, contando con los órganos judiciales, legislativos, las Administraciones Central, Autonómicas y Locales y las asociaciones de mujeres.


3. Cumplir con carácter inmediato los objetivos que contempla el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Estambul, 11.V.2011) ratificado por España, priorizando los
contemplados en:


A) Su artículo 3: Definiciones.


a) Por “violencia contra la mujer” se deberá entender una violación de los derechos humanos y una forma de discriminación contra las mujeres, y se designarán todos los actos de violencia basados en el género que implican o pueden implicar
para las mujeres daños o sufrimientos de naturaleza física, sexual, psicológica o económica, incluidas las amenazas de realizar dichos actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, en la vida pública o privada;


b) Por “violencia doméstica” se entenderán todos los actos de violencia física, sexual, psicológica o económica que se producen en la familia o en el hogar o entre cónyuges o parejas de hecho antiguos o actuales, independientemente de que el
autor del delito comparta o haya compartido el mismo domicilio que la víctima;


c) Por “género” se entenderán los papeles, comportamientos, actividades y atribuciones socialmente construidos que una sociedad concreta considera propios de mujeres o de hombres;


d) Por “violencia contra la mujer por razones de género” se entenderá toda violencia contra una mujer porque es una mujer o que afecte a las mujeres de manera desproporcionada;


e) Por “víctima” se entenderá toda persona física que esté sometida a los comportamientos especificados en los apartados a y b;


f) El término “mujer” incluye a las niñas menores de 18 años.


B) Su artículo 5: Obligaciones del Estado y diligencia debida.


1. Las Partes se abstendrán de cometer cualquier acto de violencia contra la mujer y se asegurarán de que las autoridades, los funcionarios, los agentes y las instituciones estatales, así como los demás actores que actúan en nombre del
Estado se comporten de acuerdo con esta obligación,


2. Las Partes tomarán las medidas legislativas y demás necesarias para actuar con la diligencia debida para prevenir, investigar, castigar y conceder una indemnización por los actos de violencia incluidos en el ámbito de aplicación del
presente Convenio cometidos por actores no estatales.


4. Colaborar con las Administraciones Públicas competentes en la materia en la asistencia a las víctimas de la violencia de género y sus hijos e hijas.


5. Incluir en el currículo de todas las etapas educativas la educación en valores, igualdad, no discriminación y corresponsabilidad entre hombres y mujeres.»


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular.


173/000198


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, con motivo del debate de la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La



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Izquierda Plural, sobre las medidas que va a tomar el Gobierno para erradicar el aumento de la discriminación contra las mujeres en España, ha acordado lo siguiente:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que adopte las medidas necesarias para:


1. Realizar en el plazo de tres meses, a través de la Delegación del Gobierno para la violencia de género y el Instituto de la Mujer una evaluación del grado desarrollo y cumplimiento de Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas
de Protección Integral contra la Violencia de Género, contando con los órganos judiciales, legislativos, las Administraciones Central, Autonómicas y Locales y las asociaciones de mujeres.


2. Cumplir con carácter inmediato los objetivos que contempla el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Estambul, 11.V.2011) ratificado por España, priorizando los
contemplados en:


A) Su artículo 3: Definiciones.


a) Por “violencia contra la mujer” se deberá entender una violación de los derechos humanos y una forma de discriminación contra las mujeres, y se designarán todos los actos de violencia basados en el género que implican o pueden implicar
para las mujeres daños o sufrimientos de naturaleza física, sexual, psicológica o económica, incluidas las amenazas de realizar dichos actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, en la vida pública o privada;


b) Por “violencia doméstica” se entenderán todos los actos de violencia física, sexual, psicológica o económica que se producen en la familia o en el hogar o entre cónyuges o parejas de hecho antiguos o actuales, independientemente de que el
autor del delito comparta o haya compartido el mismo domicilio que la víctima;


c) Por “género” se entenderán los papeles, comportamientos, actividades y atribuciones socialmente construidos que una sociedad concreta considera propios de mujeres o de hombres;


d) Por “violencia contra la mujer por razones de género” se entenderá toda violencia contra una mujer porque es una mujer o que afecte a las mujeres de manera desproporcionada;


e) Por “víctima” se entenderá toda persona física que esté sometida a los comportamientos especificados en los apartados a y b;


f) El término “mujer” incluye a las niñas menores de 18 años.


B) Su artículo 5: Obligaciones del Estado y diligencia debida.


1. Las Partes se abstendrán de cometer cualquier acto de violencia contra la mujer y se asegurarán de que las autoridades, los funcionarios, los agentes y las instituciones estatales, así como los demás actores que actúan en nombre del
Estado se comporten de acuerdo con esta obligación.


2. Las Partes tomarán las medidas legislativas y demás necesarias para actuar con la diligencia debida para prevenir, investigar, castigar y conceder una indemnización por los actos de violencia incluidos en el ámbito de aplicación del
presente Convenio cometidos por actores no estatales.»


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


173/000201


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, rechazó la Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno para evitar los graves retrocesos
que está provocando en los derechos y libertades de las mujeres y para convertir la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en su principal eje de



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actuación, cuyo texto se inserta a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara. Asimismo se inserta la enmienda formulada a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista se dirige a esa Mesa para, al amparo del artículo 184.2 del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Moción consecuencia de interpelación urgente al Gobierno sobre las medidas
que piensa adoptar para evitar los graves retrocesos que está provocando en los derechos y libertades de las mujeres y para convertir la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en su principal eje de actuación.


Moción


«1. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a incluir la igualdad como eje prioritario de actuación, que además informará de forma transversal el resto de actuaciones llevadas a cabo en su acción de gobierno, removiendo y corrigiendo
los graves retrocesos que se han producido en los derechos y la libertad de las mujeres. Y a adoptar las medidas que vuelvan a situar a España en la cabeza de los países en la lucha contra la violencia de género.


Para ello aprobará de forma inmediata una estrategia de choque que contemple medidas que permitan avanzar en la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres. Entre ellas:


a) Medidas que promuevan una aplicación efectiva de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, previa evaluación de su aplicación tras diez años de vigencia, y que permitan
otorgar mayor protección y asistencia a los menores víctimas directas e indirectas de esta violencia, en coordinación y colaboración con las Administraciones autonómicas y locales, la Fiscalía General del Estado, el Consejo General del Poder
Judicial, los partidos políticos, los interlocutores sociales, las organizaciones de mujeres y otras organizaciones sociales especializadas, incluidas las de protección a la infancia.


A tal fin, entre otras actuaciones, el Gobierno deberá reponer y dotar suficientemente las partidas económicas destinadas a combatir esta violencia y a la igualdad entre hombres y mujeres; deberá recuperar y extender a todo el currículo la
educación en igualdad y la lucha contra la violencia de género, eliminando la subvención con fondos públicos de la educación segregada; mejorar los mecanismos de valoración del riesgo; avanzar en el conocimiento de este fenómeno violento y en la
concienciación ciudadana, a través de campañas de sensibilización sostenidas en el tiempo; y devolver a las entidades locales las competencias en esta materia, desarticuladas en la reforma de la Administración Local.


b) Medidas para dar cumplimiento inmediato a las previsiones de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y específicamente a las relativas a garantizar el principio de presencia equilibrada de
mujeres y hombres en todos los nombramientos y designaciones de cargos de responsabilidad por los poderes públicos, así como en la presencia equilibrada de mujeres en los Consejos de Administración de las empresas públicas y de aquellas con
cotización en bolsa.


Con la finalidad de garantizar el principio de igualdad entre hombres y mujeres, el Gobierno recuperará la autonomía del Instituto de la Mujer y su especificidad en la consecución de dicha finalidad.


c) Medidas para incrementar la participación de las mujeres en el mercado laboral y reducir la diferencia con la tasa de ocupación de los hombres, para alcanzar el objetivo del 74 % de tasa de ocupación que establece la Estrategia 2020, con
especial atención al ámbito rural.


A tal efecto, el Gobierno presentará un Proyecto de Ley de los usos del tiempo que entre otras actuaciones, deberá adoptar las medidas que permitan avanzar en corresponsabilidad, incluidas las normativas, para lo que deberá ampliar el
permiso de paternidad de manera que llegue a ser igual al de maternidad, intransferible y obligatorio. Además de favorecer la conciliación familiar y laboral, con racionalización de horarios, así como articular una red pública de servicios
educativos y sociales para el cuidado y atención de menores y dependientes.



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d) Medidas para corregir la brecha salarial entre hombres y mujeres.


A tal efecto, el Gobierno presentará un Proyecto de Ley de Igualdad salarial entre hombres y mujeres que garantice de forma real y efectiva la igualdad de retribución por el desempeño de un trabajo de igual valor y, por tanto, la igualdad en
el empleo, en el acceso, en su permanencia, en su formación y en su promoción interna. Este Proyecto de Ley establecerá objetivos concretos de reducción de la diferencia retributiva entre hombres y mujeres y establecerá mecanismos que permitan la
transparencia en el conocimiento de estas retribuciones, entre ellos un registro accesible a los representantes legales de las personas trabajadoras y a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Asimismo, el Gobierno implantará el desarrollo
obligatorio de planes de igualdad de género en las empresas, y su constante evaluación.


e) Medidas para otorgar categoría económica y contabilizar en el PIB los cuidados familiares y domésticos, y no la prostitución.


f) Medidas que recuperen y garanticen el mantenimiento de los derechos y prestaciones recogidas en la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las Personas en la situación de Dependencia, así como su dotación económica.
Asimismo, deberá universalizar la educación de 0 a 3 años.


g) Medidas para garantizar el derecho de las mujeres a su salud sexual y reproductiva, para lo que el Gobierno deberá mantener en sus propios términos la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción
voluntaria del embarazo, y asegurará que en el caso de mujeres de 16 y 17 años su consentimiento para la interrupción voluntaria del embarazo les corresponde exclusivamente a ellas, de acuerdo con el régimen general aplicable a las mujeres mayores
de edad, con información si procede a uno de sus representantes legales, y nunca cuando la menor alegue que esta información le producirá conflicto grave, en los términos del artículo 13.4 de la mencionada Ley Orgánica, pues lo contrario supone un
atentado contra su libertad y podría suponer una grave peligro a su seguridad física y psíquica, aparte de desproteger a las mujeres más vulnerables.


También, con el objetivo de prevenir embarazos no deseados y enfermedades de transmisión sexual, deberá elaborar y desarrollar la «Estrategia de Salud Sexual y Reproductiva», prevista en la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual
y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, en colaboración con Comunidades Autónomas, las sociedades científicas y profesionales y las organizaciones sociales.


2. Asimismo, con el fin de avanzar en la igualdad entre hombres y mujeres en el seno de la Unión Europea por constituir un valor común reconocido en los Tratados de la Unión, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover y
apoyar en las instituciones europeas la adopción de medidas eficaces para acabar con la infrarrepresentación de las mujeres, especialmente,


a) En los procesos y puestos relacionados con la toma de decisiones políticas, en especial en los niveles más altos, adoptando medidas específicas para conseguir una presencia equilibrada de sexos en los gobiernos y parlamentos nacionales de
los países de la Unión y evitar la existencia de gobiernos sin mujeres;


b) En todos los niveles de gestión y toma de decisiones económicas, y específicamente en los Consejos de Administración de las empresas públicas y de aquellas con cotización en bolsa con el objetivo de alcanzar, al menos, un 40 % de
presencia de las mujeres. En este sentido, se establecerán objetivos a cumplir en plazos determinados, incluyendo evaluaciones parciales y actuaciones correctoras para garantizar su cumplimiento.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de marzo de 2015.—Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción, consecuencia de nterpelación urgente, del Grupo Parlamentario Socialista,
sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno para evitar los graves retrocesos que está provocando en los derechos y libertades de las mujeres y para convertir la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en su principal eje de
actuación.



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Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


«1. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar incluyendo la igualdad como eje prioritario de actuación, que además informará de forma transversal el resto de actuaciones llevadas a cabo en su acción de gobierno, y a seguir
adoptando las medidas que mantengan a España en la cabeza de los países en la lucha contra la violencia de género.


Para ello seguirá aprobando medidas que permitan avanzar en la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres. Entre ellas:


a) Medidas que promuevan una aplicación efectiva de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, previa evaluación de su aplicación tras diez años de vigencia, y que permitan
otorgar mayor protección y asistencia a los menores víctimas directas e indirectas de esta violencia, en coordinación y colaboración con las Administraciones autonómicas y locales, la Fiscalía General del Estado, el Consejo General del Poder
Judicial, los partidos políticos, los interlocutores sociales, las organizaciones de mujeres y otras organizaciones sociales especializadas, incluidas las de protección a la infancia.


A tal fin, entre otras actuaciones, el Gobierno dentro de las disponibilidades presupuestarias acordes con la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, dotará las partidas económicas destinadas a combatir esta violencia y a la
igualdad entre hombres y mujeres; extenderá a todo el currículo la educación en igualdad y la lucha contra la violencia de género, mejorará los mecanismos de valoración del riesgo; seguirá avanzando en el conocimiento de este fenómeno violento y
en la concienciación ciudadana, a través de campañas y otras actuaciones de sensibilización sostenidas en el tiempo; y colaborará con las administraciones autonómicas y locales en el desarrollo de estas actuaciones


b) Continuar impulsando las acciones emprendidas para dar cumplimiento a las previsiones de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y específicamente las relativas al principio de presencia
equilibrada de mujeres y hombres.


c) Medidas para incrementar la participación de las mujeres en el mercado laboral y reducir la diferencia con la tasa de ocupación de los hombres, para alcanzar el objetivo del 74 % de tasa de ocupación que establece la Estrategia 2020, con
especial atención al ámbito rural.


A tal efecto, el Gobierno aprobará un Plan Especial para la Igualdad de Mujeres y Hombres en el ámbito laboral y contra la discriminación salarial 2015-2016, con el objetivo de incrementar la participación de las mujeres en el mercado
laboral y reducir la brecha salarial. Así mismo aprobará un Plan para la promoción de las mujeres del medio rural.


d) Medidas para corregir la brecha salarial entre hombres y mujeres.


A tal efecto, el Gobierno potenciará, en el marco de la Responsabilidad Social de las Empresas, medidas de transparencia que contribuyan a la igualdad salarial por el desempeño de un trabajo de igual valor, así como a la igualdad en el
acceso, la permanencia, formación y promoción interna entre mujeres y hombres.»


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular.


173/000202


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, rechazó la Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la situación actual y las perspectivas de
futuro de las bases militares de uso conjunto existentes en nuestro



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país, cuyo texto se inserta a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara. Asimismo se inserta la enmienda formulada a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Moción consecuencia de interpelación urgente sobre la situación actual y las perspectivas de
futuro de las bases militares de uso conjunto existentes en nuestro país, para su debate en el Pleno.


Desde 1988 España mantiene un convenio bilateral con Estados Unidos basado en la cooperación para la Defensa. Un tratado que ha permitido a los norteamericanos el mantenimiento de varias bases militares en diferentes ciudades de nuestro
país. Paradójicamente, en dicho tratado se hace referencia a diferentes aspectos que hoy están lejos de ser cumplidos, como son los referentes al «pleno respeto a la igualdad soberana de cada país», ya que en las bases militares estadounidenses
presentes en España, la soberanía parece competer única y exclusivamente a Washington.


La OTAN, vestigio obsoleto de la «guerra fría», es la plataforma bajo la que se configura el marco de Seguridad y Defensa en el que operan las tropas estadounidenses en nuestro país. La utilización que una potencia extranjera hace de las
bases situadas en nuestro país, debe estar sometida a un control continuo por parte de las autoridades españolas. De lo contrario, pueden darse casos de usos claramente fraudulentos e ilegales, que persigan objetivos totalmente opuestos y ajenos a
lo dispuesto en el citado convenio bilateral, que permite la presencia con carácter permanente de 4.250 militares en la base de Rota (Cádiz) y de 500 en Morón de la Frontera (Sevilla), además de un máximo de 2.285 con carácter temporal en ambas
bases.


No es novedoso el empleo que EE.UU. ha dado en numerosas ocasiones a las distintas bases en la que su ejército está desplegado por el mundo, relacionadas con operaciones de secuestro o entrega de ciudadanos presuntamente vinculados al
terrorismo internacional, sin las mínimas garantías jurídicas y vulnerando los derechos humanos.


A nadie se le escapa el desmesurado interés geoestratégico de EE.UU. en mantener y elevar su presencia militar en terceros países, con el fin de seguir controlando e influyendo en la política y la economía de determinadas áreas y zonas del
mundo. En este sentido, el sostenimiento de organizaciones como la OTAN, que ha aumentado su ámbito de actuación a territorios totalmente fuera del alcance para el que fue creada, como en Afganistán, tiene su razón de ser en la preservación de su
hegemonía como hiperpotencia militar.


Además, la pervivencia de la organización atlántica tiene como consecuencia la inexistencia y la anulación de una verdadera política de Defensa netamente europea. Al servir la OTAN de paraguas militar, la Unión Europea relega su Defensa a
una raquítica e inoperante Política Común de Seguridad y Defensa supeditada la mayoría de las veces a los intereses norteamericanos. Este modelo de Seguridad y Defensa nos conduce sin remedio a un mundo más inseguro, más peligroso y más injusto.
Las injerencias y las intervenciones en terceros países no han servido más que para empeorar la precaria situación en la que se encontraban anteriormente. No queremos que España, en general, y en concreto Andalucía, que no tiene por qué soportar la
carga de dos bases militares extranjeras, continúen siendo la punta de lanza de las operaciones militares de la OTAN.


En este contexto, las bases de Rota y Morón se limitan a ser herramientas subordinadas a la política exterior de EE.UU., por lo que es preciso denunciar los acuerdos bilaterales suscritos con Washington, para modificar el uso compartido de
las instalaciones militares en el marco del derecho internacional y de la ONU, una organización que debería adquirir un papel central y protagonista en la resolución de conflictos. Y es precisamente en ese marco, en el que debe cuestionarse la
existencia de una efectiva soberanía española sobre la base y el personal que en ella actúa.


Respecto a la base aeronaval de Morón de la Frontera, el Gobierno ha manifestado ser conocedor y estar al tanto de las circunstancias que rodean al conflicto laboral existente en la base militar, entre los empleados y la concesionaria que
tiene el contrato de gestión de la base, atendiendo a las directrices



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emanadas desde Estados Unidos. Es el Departamento de Defensa de los EE.UU. (DOD) quien determina el pliego de condiciones de los contratos que se licitan para sus bases, de manera que al actual contratista —la empresa gestora del
mantenimiento de la base, Vinnell-Brown & Root Spain (VBR)— le fue concedido el contrato de la Base de Morón después de haber sido catalogada su propuesta por el DOD como «technical default», a causa de la precaria estructura laboral que proponía y
con la que pretendía destruir 286 empleos.


Las relaciones laborales de la plantilla española de VBR se rigen por el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, tras esa apariencia de convencionalidad se esconde una situación de enorme complejidad jurídico-laboral, debido al contexto
en que estas relaciones tienen lugar, es decir, una instalación militar de utilización conjunta cuyas relaciones laborales no están debidamente recogidas en el Convenio de Cooperación, lo que deja las manos libres a los Estados Unidos en su
estrategia de sustituir cada vez más trabajadores españoles por militares y empleados estadounidenses.


Es una realidad que ha sido en el Gobierno de los Estados Unidos desde donde se ha indicado a VBR que debía proceder al despido de un determinado número de empleados. Así, tras un primer Expediente de Regulación de Empleo ejecutado en 2010
se despidieron a 119 trabajadores, mientras que en 2013 un segundo ERE afectó a 66 trabajadores. A ellos habría que sumar los 55 del actual ERE, quedando todavía 46 más hasta alcanzar los 286 previstos en la propuesta presentada por VBR para
gestionar el mantenimiento de la base.


A la luz de estos hechos, es incuestionable que no es la empresa concesionaria del contrato, en este caso VBR, quien determina sus necesidades en relación a la plantilla, sino que es el Departamento de Defensa de los Estados Unidos el que da
las instrucciones para despedir, haciéndose cargo, asimismo, de las indemnizaciones derivadas de los despidos. Por lo tanto, si es tan evidente que en la situación que se da en la Base de Morón es el Gobierno de Estados Unidos quien actúa dando
instrucciones a VBR, es imprescindible que sea el Gobierno español quien intervenga ante el de los Estados Unidos en defensa de los derechos de nuestros trabajadores, que es lo mismo que la defensa de nuestra soberanía.


En consecuencia se presenta para su aprobación la siguiente


Moción


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Denunciar el Convenio bilateral suscrito con los EE.UU. para facilitar la reconversión de las bases de Rota y Morón en instalaciones de uso civil.


2. Garantizar que el uso de las bases militares se realiza, en todo caso, en el marco del derecho internacional y de la ONU y de acuerdo con la Ley de Defensa Nacional.


3. Abrir el debate sobre un nuevo modelo de arquitectura de la seguridad mundial basado en una seguridad compartida y en la prevención diplomática del control de los problemas, a través de la negociación y el diálogo.


4. Evitar el uso de instalaciones públicas (aeropuertos, puertos, bases militares) por parte de los EE.UU. para llevar a cabo operaciones ilegales, como las operaciones de secuestro o entrega de ciudadanos presuntamente vinculados al
terrorismo internacional, sin las mínimas garantías jurídicas y vulnerando los derechos humanos.


5. Intervenir activamente en defensa de los trabajadores españoles ante la empresa concesionaria de la Base de Morón y ante el Gobierno estadounidense, para acabar con una situación de injusticia y de negociación desleal que se deteriora
cada día, haciendo uso del Convenio de Cooperación para la Defensa de ambos países.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de marzo de 2015.—Álvaro Sanz Remón, Diputado.—José Luis Centella Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 184 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Moción
consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario de IU,



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ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la situación actual y las perspectivas de futuro de las bases militares de uso conjunto existentes en nuestro país.


Enmienda


De modificación.


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que informe puntualmente a esta Cámara sobre los términos en los que se ha iniciado y se está produciendo la negociación de la modificación del Convenio de Cooperación para la Defensa entre el Reino de España y los Estados Unidos de
América, de 1 de diciembre de 1988.


2. Que con carácter previo a la firma del protocolo de enmienda del mismo, o de la formula por la que se proceda a la reforma del Convenio, los ministros de Defensa y de Asuntos Exteriores y Cooperación comparezcan conjuntamente ante el
Congreso de los Diputados para explicar los pormenores de los términos del acuerdo y las consecuencias de los mismos.


3. Que el resultado de la negociación exprese de manera clara los usos autorizados para la base de Morón, sin que en ningún momento supongan una merma de la soberanía española sobre la misma. Dichos usos deberán responder a las necesidades
e intereses de España en materia de seguridad y defensa. Igualmente deberá garantizarse la plena información, consulta y autorización del Gobierno de España sobre aquellos usos que puedan tener repercusiones sobre la seguridad nacional.


4. Intervenir activamente en defensa de los trabajadores españoles ante la empresa Vectrus y ante el Gobierno de EE.UU. para reclamar que mantengan los puestos de trabajo en la plantilla de servicios civiles de la Base de Morón y para que
se incrementen en proporción a las nuevas necesidades como consecuencia de la incorporación de los infantes de marina y del aumento de las Fuerzas Aéreas de EE.UU.


5. Realizar los acuerdos necesarios con el Gobierno de EE.UU. para que el incremento del número de efectivos derivado del despliegue de una fuerza permanente de infantes de marina en la base de Morón, se traduzca en beneficios económicos y
laborales para los trabajadores españoles de Vectrus en dicha base y para la comarca.


6. Que se incorpore a la negociación una revisión del Anejo 8 del Convenio a fin de incorporar mecanismos de garantía efectiva de los puestos de empleo de los civiles españoles en la base de Morón, tales como el establecimiento de un ratio
de empleados contratados españoles y personal militar y civil de EE.UU., además de un cupo mínimo de trabajadores españoles que ha de ser empleados por el contratista concesionario de los servicios aeroportuarios, de mantenimiento y auxiliares de
dicha instalación militar.»


Palacio Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


173/000203


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, de la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió), sobre las prioridades del Gobierno para potenciar la economía digital y de las enmiendas presentadas a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y de acuerdo con lo establecido en el artículo 173 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta una Moción consecuencia
de la interpelación urgente sobre las prioridades del Gobierno para potenciar la economía digital.



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Moción


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Aportar los recursos y el apoyo necesarios a la Fundación Barcelona Mobile World Capital con el fin de que sea un Hub de innovación, de conocimiento y de emprendimiento en tecnología móvil y digital, contribuyendo a dinamizar el
eco-sistema de emprendedores y el sistema de start-ups de base móvil. Asimismo, apoyar la continuidad del Mobile World Congress en Barcelona, más allá del año 2018.


2. Comparecer anualmente, de acuerdo con el procedimiento reglamentario pertinente, a través del Ministro de Industria, en la Comisión de Industria, Energía y Turismo para informar acerca de: las medidas adoptadas relativas al impulso de
la economía digital; del desarrollo y evolución de la misma, como motor de crecimiento, de creación de empleo y de mejora de la competitividad; así como de las prioridades del Gobierno para seguir impulsando la economía digital como eje de
transformación económica.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de marzo de 2015.—Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 184 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Moción
consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre las prioridades del Gobierno para potenciar la economía digital.


Enmienda


De adición.


Añadir un nuevo punto 1.bis, con el siguiente redactado:


«1.bis Aportar recursos y apoyo a estos programas que promueven la economía digital y el emprendimiento digital en Barcelona:


— Proyecto Cibernarium y antenas Cibernarium de Barcelona Activa, para la formación en tecnologías de la información y la comunicación.


— Programa de e-commerce de Barcelona Activa destinado para emprendedores que quieren crear una empresa de comercio electrónico.


— Barcelona Open Data del Ayuntamiento, apertura y reutilización de datos de la administración pública.


— Incubación de empresas digitales en los viveros de empresas de Barcelona Activa


— Programas de aceleración de empresas digitales de Barcelona Activa


— Espacios de coworking para empresas digitales (Barcelona Activa y espacios de coworking por toda la ciudad).»


Palacio Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción, consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Catalán
(CiU), sobre las prioridades del Gobierno para potenciar la economía digital.



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Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Aportar los recursos y el apoyo necesarios a la Fundación Barcelona Mobile Wodd Capital, con el fin de que sea un Hub de innovación, de conocimiento y de emprendimiento en tecnología móvil y digital, contribuyendo a dinamizar el
eco-sistema de emprendedores y el sistema de start-ups de base móvil. Asimismo, apoyar la continuidad del Mobile World Congress en Barcelona, más allá del año 2018.


2. Comparecer, de acuerdo con el procedimiento reglamentario pertinente, a través del Ministro de Industria, Energía y Turismo, en la Comisión de Industria, Energía y Turismo para informar acerca de las políticas relativas a
Telecomunicaciones y a Sociedad de la Información, y en particular, sobre las prioridades del Gobierno relativas al impuso de la economía digital como eje de transformación económica y de las medidas adoptadas hasta ese momento.


3. Aprobar un Plan Nacional de Ciudades Inteligentes con el consenso de empresas, organizaciones y la RECI.


4. Impulsar el desarrollo en España de la Industria 4.0, mediante la elaboración de un estudio que analice la aplicación de las Tecnologías Digitales en la industria tradicional.»


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular.


173/000203


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, con motivo del debate de la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre las prioridades del Gobierno para
potenciar la economía digital, ha acordado lo siguiente:


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Aportar los recursos y el apoyo necesarios a la Fundación Barcelona Mobile World Capital con el fin de que sea un Hub de innovación, de conocimiento y de emprendimiento en tecnología móvil y digital, contribuyendo a dinamizar el
ecosistema de emprendedores y el sistema de star-ups de base móvil. Asimismo, apoyar la continuidad del Mobile World Congress en Barcelona, más allá del año 2018.


2. Comparecer, de acuerdo con el procedimiento reglamentario pertinente, a través del Ministro de Industria, Energía y Turismo, en la Comisión de Industria, Energía y Turismo para informar acerca de las políticas relativas a
Telecomunicaciones y a Sociedad de la Información y en particular sobre las prioridades del Gobierno relativas al impulso de la economía digital como eje de transformación económica y de las medidas adoptadas hasta el momento.


3. Impulsar el desarrollo de la Industria 4.0 en colaboración con las Comunidades Autónomas, mediante la elaboración de un estudio que analice la aplicación de las Tecnologías Digitales en la industria tradicional.»


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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OTROS TEXTOS


DECLARACIONES INSTITUCIONALES


140/000027


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha aprobado, por asentimiento, la siguiente declaración institucional sobre la futura Red de Telescopios Cherenkov (CTA).


«La futura Red de Telescopios Cherenkov (CTA) será el observatorio de rayos gamma más grande del mundo y permitirá cartografiar gran parte de territorios hasta ahora desconocidos. Se trata de una gran instalación internacional que
comprenderá dos localizaciones, una en el hemisferio norte y otra en el sur, para poder cubrir todo el cielo.


Hace unos días, los 13 países que financian el proyecto anunciaron que van a comenzar negociaciones con España y México para decidir cuál de los dos albergará el observatorio norte. El CTA costará unos 200 millones de euros y se pretende
completarlo en torno a 2020. Será 10 veces más potente que los telescopios Cherenkov actuales y entre sus principales objetivos está desvelar el origen de los rayos cósmicos y explorar la materia oscura. En conjunto, unos 1.500 científicos e
ingenieros de 29 países participan en el proyecto.


Conseguir albergar una instalación como ésta no tendría precedentes en España. El lugar propuesto es el Observatorio del Roque de los Muchachos, en la isla de La Palma, donde ya hay telescopios de primera línea internacional como el Gran
Telescopio de Canarias. El Gobierno del Estado, el Gobierno de Canarias y el Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC) llevan meses trabajando para impulsar una candidatura que supondría, en el caso de concretarse, consolidar a Canarias como uno
de los espacios más importantes del planeta en el estudio y la investigación de la astronomía. La decisión final sobre el emplazamiento se tomará antes de diciembre.


Por todo ello, el Congreso de los Diputados expresa su apoyo al Gobierno del Estado para que, en colaboración con el Gobierno de Canarias y el Instituto de Astrofísica de Canarias, continúe avanzando en las negociaciones abiertas para lograr
que el Roque de los Muchachos, en la isla de La Palma, sea la sede de la futura Red de Telescopios Cherenkov (CTA).»


Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.