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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 644, de 10/04/2015
cve: BOCG-10-D-644 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


X LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


10 de abril de 2015


Núm. 644



ÍNDICE


Página


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/001215 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la nueva regulación sobre pesos y dimensiones de los vehículos de transporte de mercancías por carretera que el Gobierno está elaborando y a las
consecuencias que se derivarían de la misma ... (Página3)


162/001216 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre liberalización del transporte nacional de viajeros por ferrocarril ... (Página4)


162/001217 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la utilización de plataformas y servicios compartidos en las administraciones públicas ... (Página5)


162/001218 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la implantación urgente del Programa Garantía+45 ... (Página6)


162/001219 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la política española de Cooperación al Desarrollo ... (Página8)


162/001220 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), relativa al cumplimiento del Convenio de colaboración entre el Administrador de Infraestructuras y el Consorcio de Transportes de Bizkaia para la
realización de las obras de ejecución del proyecto del intercambiador de Urbinaga en el término municipal de Sestao, firmado el 19 de mayo de 2011 ... (Página11)


Competencias en relación con otros órganos e instituciones


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


232/000167 Encabezamiento y fallo de la sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 1873/2013, promovido por el Gobierno de Cataluña, contra el artículo 19 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan
diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica ... (Página12)



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232/000352 Encabezamiento y fallo de la sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 7826/2004, promovido por más de cincuenta Senadores del Grupo Parlamentario Popular en el Senado, contra la Ley de Cantabria número
2/2004, de 27 de septiembre, del Plan de Ordenación del Litoral ... (Página13)


233/000106 Encabezamiento y fallo de la sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 3337/2013, planteada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en relación con el artículo 12 bis de la Ley
13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, por la que se regula el tramo autonómico del IRPF y restantes tributos cedidos, modificada por la Ley 10/2006, de 26 de diciembre, por vulneración de los artículos 14, 31.1 y 139.1 de la
Constitución española ... (Página15)



Página 3





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por este, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/001215


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de la Diputada doña Rosana Pérez Fernández (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, relativa
a la nueva regulación sobre pesos y dimensiones de los vehículos de transporte de mercancías por carretera que el Gobierno está elaborando y a las consecuencias que se derivarían de la misma, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En mayo de 2014 el Ministerio de Fomento remitió a las asociaciones de transportistas su propuesta de modificación de la regulación sobre los pesos y dimensiones de los vehículos de transporte de mercancías por carretera, la cual levantó
gran polémica y provocó el rechazo de todo el sector.


Además de otros cambios, la nueva norma pretendería la circulación de megacamiones de 60 toneladas de MMA y 25,25 metros de longitud, previa autorización de la Dirección General de Tráfico, preferentemente por autopistas y autovías y con la
exclusión del transporte de mercancías peligrosas. También abriría la posibilidad a un aumento de la altura máxima permitida hasta los 4,50 metros a cualquier camión rígido de más de 18 toneladas de MMA, así como a vehículos articulados.


Los cambios previstos requerirían previamente una modificación del Reglamento General de Vehículos aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, que la Dirección General de Tráfico propuso a finales de 2014, informando al
Comité Nacional de Transportes de las modificaciones previstas y solicitándole que, en un plazo de diez días, emitiese su valoración sobre las mismas.


El Comité Nacional de Transportes fue rotundo al respecto y criticó tanto el plazo dado para evaluar los cambios como las propias modificaciones contempladas y los estudios que avalaban su viabilidad.


En el comunicado que hizo público, el Comité afirmaba que la propuesta carecía de rigor técnico y de seguridad jurídica y la tachaba de imprecisa e interpretable. Además, alertaba del riesgo de reducción de la flota de transporte actual en
más de un 15 % —ya que la demanda sería asumida por menos vehículos— y, por tanto, de la negativa repercusión económica que estos cambios tendrían sobre las empresas de transporte, sobre todo en las medianas y pequeñas. Otra de las razones de su
rechazo se argumentaba en la pérdida de rentabilidad, absolutamente ya inasumible a día de hoy, para los transportistas ya que un incremento de la capacidad de carga de los camiones provocaría un aumento de la oferta en un sector cuya competencia es
enorme y, por tanto, una mayor caída de los precios.


A pesar de todo esto, la Dirección General de Tráfico considera que la modificación se justifica por los avances técnicos en el diseño de los vehículos, por la mejora de las infraestructuras viarias en España y por el fomento de la
competitividad que supondría.


Así las cosas, las posiciones están más enfrentadas que nunca y el sector del transporte de mercancías teme por su futuro y por los miles de puestos de trabajo que, de aprobarse, la nueva norma pondría en



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juego. De nuevo, el Gobierno, muy lejos de dialogar y de intentar acercar posturas, trata de imponer su criterio sin contar con el sector. Un sector que supone el 5,5% del PIB estatal, que emplea a 850.000 personas y que desde 2007 ha
perdido más de 30.000 empresas.


En territorios como el gallego, por ejemplo, donde el sector del transporte de mercancías por carretera representa el 4 % del PIB de Galiza y dio ocupación directa a más de 29.000 personas en 2014, se ha pasado desde 2007 de 9.000 empresas
registradas a apenas 7.000 y se han perdido más de 8.000 puestos de trabajo. Muchas de las que se mantienen sobreviven totalmente descapitalizadas o endeudadas, teniendo en muchos casos que trabajar por debajo de los costes de explotación,
soportando el precio del combustible más caro del Estado español, además de unos peajes de autopista también entre los más altos. Esta situación hace que gran parte de los vehículos pesados huyan de las autopistas hacia las carreteras
convencionales y el impacto en la seguridad viaria sea negativo.


Por otro lado, las asociaciones más representativas del sector también consideran que el aumento previsto en las capacidades de carga, la modificación de los pesos y dimensiones, traería inconvenientes precisamente en materia de seguridad
vial, gálibo y deterioro de las infraestructuras.


Y, por último, tal y como reclama el sector desde hace años, tampoco existe una normativa europea que regule, de manera homogénea y coherente, los pesos y dimensiones de los vehículos.


Proposición no de Ley


«Por todo lo expuesto, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


— Paralizar la nueva regulación sobre pesos y dimensiones de los vehículos de transporte de mercancías por carretera.


— Llegar a un acuerdo con el sector para tratar de consensuar la nueva normativa y evitar los graves problemas que generaría su aplicación.


— Promover ante las instituciones europeas una normativa europea que regule, de manera homogénea y coherente, los pesos y dimensiones de los vehículos de mercancías por carretera.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de marzo de 2015.—Rosana Pérez Fernández, Portavoz Adjunta del Grupo Parlamentario Mixto.


162/001216


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley
sobre liberalización del transporte nacional de viajeros por ferrocarril, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, introdujo una modificación en la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, con el objeto de
liberalizar el transporte ferroviario de viajeros. Para ello, se regula la obtención de títulos habilitantes y se habilita al Consejo de Ministros para determinar el número de títulos habilitantes a otorgar para cada línea o conjunto de líneas en
las que se prestará el servicio en régimen de concurrencia y se establece que el otorgamiento de los títulos habilitantes se llevará a cabo por el Ministerio de Fomento a través del correspondiente procedimiento de licitación. Tras estas
modificaciones legales, el Consejo de Ministros celebrado el pasado 13 de junio de 2014 aprobó un Acuerdo por el que se determina el número y vigencia de títulos habilitantes para la prestación de servicios de transporte ferroviario de viajeros en
régimen de concurrencia en determinadas líneas y tramos de la Red Ferroviaria de Interés General, en concreto acuerda la licitación de un título habilitante para la prestación de servicios en el corredor Levante, por un plazo de siete años,
transcurrido el cual el corredor se abrirá a la plena competencia.



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Con estas medidas, el Gobierno inicia la liberalización del transporte nacional de viajeros por ferrocarril, anticipándose a la posible fecha en que la Unión Europea pudiera abrir a la competencia, con carácter obligatorio, este sector del
transporte ferroviario. Con la actual negociación del Cuarto Paquete Ferroviario, se pretende establecer el año 2019 como fecha de apertura del mercado nacional de transporte de viajeros y el año 2023 para la apertura de las obligaciones de
servicio público.


Aunque los mercados de servicios de transporte ferroviario de mercancías están plenamente abiertos desde enero de 2007 y los de servicios internacionales de transporte de viajeros lo están desde el 1 de enero de 2010, la mayoría de los
mercados nacionales de transporte de pasajeros, salvo Reino Unido, Alemania, Suecia e Italia, permanecen cerrados. Francia, de importancia crucial en este tipo de transporte por su situación fronteriza con España, mantiene sus mercados nacionales
cerrados a la competencia.


Con respecto a la apertura del mercado español, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en su «Documento de Reflexión sobre el Proceso de Liberalización del Transporte de Viajeros por Ferrocarril», señala que el proceso
liberalizador no debería llevarse a cabo sin la oportuna adaptación de RENFE-Operadora, de forma (…) que le sitúe en posición aventajada para competir en el mercado español y en otros mercados europeos.» De no hacerse así, tal y como han denunciado
reiteradamente los sindicatos más representativos, la liberalización puede suponer un perjuicio claro tanto para los trabajadores como para los usuarios del ferrocarril, además de poner en grave riesgo a RENFE-Operadora.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a revisar el proceso de liberalización en el transporte ferroviario de pasajeros, acompasándolo a los plazos previstos en la Unión Europea y a las circunstancias que permitan garantizar el
éxito de dicho proceso, de forma que se permita a nuestro principal operador ferroviario adaptarse al futuro mercado liberalizado.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de marzo de 2015.—Juan Luis Gordo Pérez, Diputado.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/001217


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la utilización de
plataformas y servicios compartidos en las Administraciones Públicas, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La Reforma de las Administraciones Públicas es uno de los principales proyectos reformistas impulsados por el Gobierno desde el comienzo de esta legislatura. Un proyecto de gran calado, que persigue la transformación de una administración
que permanecía anquilosada en diferentes ámbitos, para incidir directamente en el bienestar de las personas, en la modernización de España y su recuperación económica.


Con el fin de abordar la reforma administrativa de una forma integral, el Consejo de Ministros celebrado el día 26 en octubre de 2012 acordó crear la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA), que inició sus trabajos
tomando como atención preferente la racionalización de las estructuras y procedimientos de la Administración, y mejorar sus relaciones con ciudadanos y empresas.


En junio de 2013 el Consejo de Ministros conoció el primer informe de la CORA, con un elenco de propuestas que ha sido reconocido por la OCDE al afirmar en su informe de evaluación de 1 de abril de 2014 que «nos sitúa ante uno de los
procesos más ambiciosos de reforma de la gobernanza en países miembros», y aprobó constituir la Oficina para la Ejecución de la Reforma de la Administración (OPERA).



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Como subraya OPERA en el Informe anual de progreso de CORA correspondiente a 2014, la intensa actividad legislativa del Gobierno ha impulsado la transformación de un sector público que adolecía de importantes defectos estructurales,
mejorando su eficiencia y transparencia, con el fin de corregir los graves desequilibrios de la economía española y mantener unos servicios públicos de calidad.


En tan solo un año y medio desde que se conociera el Informe CORA, se ha implementado el 58 por ciento de las 222 medidas propuestas y el resto están en fase media o avanzada de implantación, con un ahorro acumulado para el conjunto de las
Administraciones Públicas que supera los dieciocho mil millones de euros sobre los más de treinta y siete mil previstos para el periodo 2012 y 2015. A estos hay que añadir los mil setecientos millones de ahorro para los ciudadanos y empresas
derivados de la reducción de cargas administrativas.


Nuevas normas y acuerdos que han incidido en el mercado laboral y en el apoyo a emprendedores y empresas, que han reducido la morosidad y mejorado los procedimientos de contratación pública, que han suprimido cargas administrativas y
duplicidades, que han impulsado la supresión de más de dos mil entidades del sector público, o que han incidido en el empleo público. Iniciativas que están apostando por las nuevas tecnologías y los servicios compartidos dentro de la Administración
del Estado, y con Comunidades Autónomas y Entidades Locales.


Hoy ya son varias las plataformas en materia sanitaria, de empleo, contratación, licitación o para la creación de empresas, por citar alguna de ellas, que han suprimido duplicidades, simplificado la gestión pública y mejorado la prestación
de servicios a los ciudadanos y empresas.


Sin embargo no todas estas plataformas o servicios que pueden estar compartidos, como uno de los aspectos sustanciales para seguir avanzando en la modernización del sector público, son utilizados con la misma intensidad por los diferentes
niveles administrativos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar con en el proceso de transformación del sector público que se inició desde el comienzo de la legislatura, y en diálogo con las Comunidades Autónomas y Entidades Locales, impulsar
los acuerdos necesarios para fomentar la utilización de plataformas y servicios compartidos, estimulando la supresión de solapamientos o duplicidades que dificultan prestar mejores y más eficientes servicios a los ciudadanos.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de marzo de 2015.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/001218


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley para la
implantación urgente del Programa Garantía+45, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El balance del mercado de trabajo desde que el Partido Popular asumió el Gobierno es desolador: se han perdido cerca de 600.000 puestos de trabajo, hay 170.000 parados más y la cifra de desempleo supera los 5,4 millones de personas, de las
cuales el 61 por ciento son personas paradas de larga duración. Además, un 3,8 millones de personas desempleadas no perciben prestación, un 70 por ciento del total.


A mayor abundamiento, asistimos a un incremento continuo del paro de larga duración y de reducción y agotamiento de la protección por desempleo. A finales de 2014, el número de personas paradas que llevaban más de dos años buscando empleo
ascendió a 2,4 millones, el 44 por ciento del total; más de un millón de esas personas son mayores de 45 años, la mayoría con cargas familiares. Este dato representa



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el gran drama social de nuestro país. Cada vez más personas se están quedando atrapadas en la rueda del paro, sin prestaciones y sin una política activa decidida que los rescate de esta situación.


El número de beneficiarios de prestaciones por desempleo continúa reduciéndose y acumula una caída superior a los 388.000 en el último año (–12 %), situándose en torno a los 2,4 millones en enero de 2015. En esa fecha, la cobertura
descendió hasta el 56,5 por ciento, cinco puntos por debajo respecto al año anterior. El balance de la Legislatura es muy negativo, con 510.000 beneficiarios menos de prestaciones por desempleo, con una caída de 13 puntos en la tasa de cobertura, y
con una reducción en la cuantía media de la prestación contributiva de casi 100 euros, lo que convierte al desempleo en un puente hacia la pobreza.


Según el Informe «Prestaciones por Desempleo Evolución del gasto en 2014», realizado por el Gabinete Económico de la Confederación Sindical de CC.OO. (septiembre 2014), en 2013, por primera vez, se invirtió el balance entre personas
perceptoras de prestaciones contributivas y de subsidios. De hecho, en agosto de 2014, solo el 43 por ciento de las personas beneficiarias lo eran de prestaciones contributivas, frente a un 57 por ciento de prestaciones asistenciales (subsidios y
renta activa de inserción). Un dato que pone de manifiesto el agotamiento de prestaciones para muchas personas.


Y para paliar una situación que el propio Gobierno ha provocado imponiendo reformas laborales y recortes de derechos unilateralmente, a finales de diciembre de 2014 aprobó el Programa Extraordinario de Actividad para el Empleo, una
iniciativa que llega con tres años de retraso y además es insuficiente.


Justo unos meses antes de las elecciones, el Gobierno se acuerda de que existe el diálogo social y aprueba un programa al que va a destinar alrededor de 800 millones de euros, cuando solo en el año 2014 se ha ahorrado en protección por
desempleo cerca de 5.200 millones de euros, el 17,4 por ciento de lo presupuestado.


Es más, en cuanto al número de personas beneficiarias de esta «ayuda de activación», asistimos a un baile de números entre el Sr. Rajoy y la Ministra de Empleo y Seguridad Social. Mientras aquel, en la conferencia de prensa seguida a la
firma del acuerdo de este Programa cifraba ese número en 450.000, poco más de un mes después el gabinete de la Ministra de Empleo y Seguridad Social reduce esa cifra a solamente 70.000 personas. Una cifra en cualquier caso muy reducida si la
comparamos con las 925.342 personas paradas que viven en hogares sin ingresos o en los que solamente hay una persona que trabaja y con una jornada inferior a veinte horas semanales. Si los relacionamos con las personas en desempleo sin protección,
es decir, aquellas que no perciben ninguna prestación y que alcanzan los 3.856.932, ese plan alcanza a solamente el 1,8 por ciento.


Con estos datos no podemos considerar que el Gobierno haya realizado una política laboral eficaz. Ni tampoco ha fortalecido el sistema de protección por desempleo. Sus reformas laborales y su política de recortes nos han dejado una estela
de más paro y menos protección.


Es urgente que el Gobierno adopte un plan de choque dirigido a las personas desempleadas de larga duración amenazadas de pobreza y exclusión social. Es urgente que el Gobierno defina un programa específicamente dirigido a las personas
mayores de cuarenta y cinco años, en desempleo con más de dos años de duración y, en su mayoría, con cargas familiares, sin olvidar a aquellas personas que, en estas circunstancias, tienen cincuenta y cinco o más años y han sido arrojadas del
mercado de trabajo, con graves dificultades de inserción y sin reunir los requisitos para el acceso a la pensión de jubilación; requisitos que también se ha encargado de endurecer a lo largo de estos tres años de gobierno.


A través de esta iniciativa se insta al Gobierno a la elaboración de un programa de garantía para estas personas desempleadas que debido a su edad encuentran una mayor dificultad en su reinserción laboral. Dotado con una financiación
suficiente para permitir rescatar de esta situación de angustia y desprotección al menos, 200.000 personas, mediante la creación de empleos directos, ofertados por las Administraciones públicas y entidades sin ánimo de lucro, dirigidos a la
realización de actividades de interés general. Desarrollo de una actividad que, a la par que permite la reincorporación en el mercado de trabajo de estas personas, también permite su recualificación, al compaginarse con acciones de mejora de su
empleabilidad. Y que debe contar con ofertas de empleo adecuadas a su perfil profesional y las necesidades del mercado de trabajo y de los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas implantadas en el territorio de actuación,
previo elaboración de un itinerario individual y personalizado y específico para conseguir su pronta vuelta al ámbito laboral.


Se trata de ofrecer a estas personas una oportunidad de escapar de la pobreza. Y se hace mediante su contratación, que a su vez les permitirá volver a obtener la protección del sistema de protección en su nivel asistencial. La
recualificación que acompaña a esta contratación separa este Programa de una mera



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intervención asistencialista, ya que apuesta por la reinserción de las personas desempleadas en el mercado de trabajo, devolviéndoles la dignidad como personas trabajadoras.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que urgentemente adopte medidas dirigidas a la inserción y la protección de las personas que no tienen empleo ni prestación, así como a poner en marcha el Programa Garantía+45, un programa
estatal para la creación de empleos directos para personas mayores de cuarenta y cinco años que lleven más de dos años desempleadas y hayan agotado la protección por desempleo, con actuaciones específicas para las personas mayores de cincuenta años
que, habiendo agotado la protección por desempleo, no cuenten con ninguna pensión o recurso público.


El Programa Garantía+45 tiene como finalidad la contratación de las personas desempleadas de larga duración a que se refiere el párrafo anterior, su recualificación profesional, mejorando su empleabilidad mediante acciones directas y
personalizadas y de apoyo en la búsqueda de empleo, y su reincorporación al circuito de protección por desempleo a través del subsidio.


A tal finalidad, dicho Programa contará con una financiación que permita la contratación de, al menos, 200.000 personas desempleadas que se encuentren en la situación referida. Podrán optar a dicha financiación las Administraciones públicas
y entidades sin ánimo de lucro que contraten temporalmente para la realización de actividades de interés general a dichas personas.


Los Servicios Públicos de Empleo evaluarán las competencias y necesidades de las personas desempleadas a que va dirigido el Programa+45, ajustando su perfil a los puestos de trabajo ofertados por las Administraciones públicas y entidades sin
ánimo de lucro.


Los contratos del Programa Garantía+45 tendrán una duración de seis meses, con una retribución equivalente al 100 por ciento del salario mínimo interprofesional. La jornada de trabajo no podrá tener una duración superior al 80 por ciento.
El tiempo de jornada restante se completará con las acciones derivadas del itinerario individual y personalizado de recualificación y de reinserción de la persona beneficiara. Este itinerario será elaborado por los Servicios Públicos de Empleo que
adjudicarán un orientador u orientadora profesional para su realización, seguimiento y evaluación. En la elaboración y seguimiento de dicho itinerario, que incluirá un mínimo de dos entrevistas personalizadas y presenciales durante sus seis meses
de duración, se realizarán, al menos, las siguientes actuaciones:


— Evaluación y diagnóstico individualizado del perfil de competencias profesionales, experiencia y expectativas laborales, así como habilidades, con especial atención al género y la edad.


— Detección de necesidades de formación y su adecuación a las necesidades del mercado de trabajo y de los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas en el territorio de actuación.


— Acompañamiento en la búsqueda activa de empleo, incluido el emprendimiento.


— Puesta a disposición de ofertas de empleo adecuadas al perfil de la persona trabajadora.


— Evaluación permanente de las actuaciones realizadas, con inclusión si fuese necesario de una redefinición de las mismas para ir ajustándolas a la mejora de la empleabilidad y alcanzar una mayor eficiencia en la reinserción de la persona
desempleada.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de marzo de 2015.—Rafael Simancas Simancas, Diputado.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo parlamentario IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la política española de Cooperación al Desarrollo, para su debate en
Pleno.


En España continúa produciéndose una falta de compromiso real del Gobierno con la cooperación internacional. Según los últimos datos disponibles, en 2013 España se sitúa a la cola de los 15 donantes europeos del CAD (Comité de Ayuda al
Desarrollo), muy por debajo de la media, y por detrás de países



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que han sido objeto de rescate por parte de la Unión Europea como Portugal o Irlanda. Al nivel de España o por detrás solo se encuentran Italia y Grecia. Y si analizamos los presupuestos de Ayuda Oficial al Desarrollo para 2015, las
perspectivas siguen siendo sombrías, 0,17% de la RNB, lo que sitúa la cooperación en niveles de los años noventa cuando España era aún un donante incipiente. A pesar del compromiso solidario de la sociedad española, la cooperación parece ser una
política prescindible que puede ser desproporcionadamente recortada por motivo de la crisis o incluso ser eliminada cuando haya necesidad de ajustes.


La situación actual de la política de cooperación es crítica arrastrando una caída de casi el 70 % desde el 2011 y del 39 % desde el inicio de la legislatura.


La Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD) española permanece lejos de la meta del 0,7 % del PIB comprometida para 2015 en distintos marcos internacionales de desarrollo y ratificado por el Gobierno español a través de las Conclusiones del Consejo
de la Unión Europea del pasado 27 y 28 de junio de 2014. En este sentido, es importante que la cooperación internacional no se vea sometida a la inestabilidad en función de excedentes y que disponga de un compromiso público sostenido. Los
continuos recortes que la AOD, el FONPRODE y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) han sufrido en los últimos años está cuestionando gravemente la capacidad de la Administración de desarrollar en los países
priorizados las orientaciones estratégicas del Plan Director de Cooperación.


España debería tomar ejemplo de otros países de su entorno en los que las ayudas al desarrollo se han convertido en una política de Estado, impermeable a los vaivenes de la economía. Este es el caso del Reino Unido, quien a pesar de estar
gobernado por un gobierno conservador ha consagrado en una ley el compromiso de destinar el 0,7 % de su renta nacional a la Ayuda Oficial al Desarrollo, convirtiéndose así en el primer país del G-7 que confecciona una norma de estas características.
Como se observa, son dos formas distintas de entender la política de cooperación. Reino Unido también ha sufrido la crisis, pero, a diferencia de lo realizado aquí por el Gobierno, allí las partidas destinadas a cooperación, lejos de verse
recortadas, no han dejado de aumentar hasta garantizar su blindaje por ley.


Con respecto a la ayuda humanitaria, el recorte sufrido ha alcanzado el 81% desde 2011 y del 44 % desde el inicio de la legislatura. Esto es especialmente preocupante puesto que los enormes retos a los que nos enfrentamos en este sentido
exigen que la ayuda sea flexible y, sobre todo, que esté bien dotada ante la imposibilidad de prever emergencias. Asimismo, la partida canalizada vía ONGD ha sufrido también un recorte del 97% desde 2011 a pesar de la capacidad diferencial de las
ONGD de responder de forma ágil e inmediata a estas crisis humanitarias.


Por otra parte, solo el 46% de la Ayuda Oficial al Desarrollo está gestionada por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Casi el 54 % de la AOD es aportada por ministerios distintos al Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación, que es el ministerio responsable de la dirección de la política de cooperación según lo establecido en la Ley 23/1998, y el único que cuenta con una Agencia especializada en la materia. Un desequilibrio que debe ser abordado cuanto
antes para que el MAEC recupere el control de la política de cooperación.


En las actuales circunstancias, la política de cooperación al desarrollo no solo debe cumplir con los objetivos establecidos en la Ley 23/1998, de 7 julio, de cooperación internacional para el desarrollo, sino que debe ser un instrumento
eficaz en la consecución de una sociedad más justa y sostenible a nivel global. Pero todo ello no puede abordarse desde una perspectiva unilateral o estatal. Son los trabajos que en el ámbito de las Naciones Unidas se están realizando y que
deberán concluir el próximo mes de septiembre de 2015 con la aprobación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2015-2030, el marco de referencia ideal desde donde intentar conseguirlo. Unos objetivos que se basarán en la evaluación que se ha
realizado sobre los logros y los déficit de los Objetivos del Milenio.


Entre los objetivos principales evaluados, merece especial mención lo poco que se ha avanzado en la lucha contra la desigualdad. En este sentido, es importante tener en cuenta que el problema de la desigualdad ya no se circunscribe
únicamente a los países en vías de desarrollo sino que también está aumentando en los países desarrollados. La brecha entre los ricos y pobres de los países de la OCDE se ha visto ampliada sobremanera en un periodo de tiempo realmente corto. Este
aumento de la desigualdad debe entenderse en el marco de las políticas macroeconómicas, financieras y laborales que están siendo adoptadas. Los programas de ajuste estructural, cuyos efectos sobre la pobreza y la desigualdad son ya bien conocidos
en los países en desarrollo, han estado aplicándose en gran parte de los países desarrollados, con dramáticas consecuencias para los segmentos menos privilegiados de la población. Por desgracia, en España hemos podido comprobar como el desempleo,
la desigualdad salarial y los



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recortes sociales aumentaban sin que el Gobierno tomara medidas realmente efectivas para luchar contra ello.


La lucha contra la creciente desigualdad debe configurarse, por lo tanto, como un paso clave para avanzar en la erradicación en todo el mundo de la pobreza. El camino hacia un mundo sin pobreza ni desigualdad pasa por la transformación de
un modelo económico injusto y generador de desigualdad. Para ello, son necesarias otras políticas, unas políticas coherentes con el desarrollo, que aborden problemas globales como la falta de regulación de los sistemas financieros, las asimetrías
del sistema comercial o la mercantilización de la naturaleza. Para ayudar a implementar estas necesarias políticas, España debería aprovechar su condición de miembro del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para que, en el marco de los
Objetivos de Desarrollo Sostenible, desempeñe un papel de liderazgo a favor de una fiscalidad justa así como en la lucha contra el fraude fiscal. España debe impulsar la adopción de decisiones eficaces para regular las transacciones financieras
internacionales, para imponer tasas suficientes a esas transacciones y para impedir que los paraísos fiscales sean instrumentos para evitar el control, la regulación y la fiscalidad sobre las transacciones.


En resumen, es imprescindible abandonar la falta de rigor que ha mostrado el Gobierno en la delimitación de los objetivos y las prioridades de la política de cooperación en los últimos años, así como dejar de recortar los fondos públicos
destinados a la cooperación al desarrollo. Para ello, es necesario recuperar y aplicar los principios de cooperación al desarrollo establecidos en la ley de cooperación de 1998, entre ellos poner en valor a la Agencia Española de Cooperación
Internacional al Desarrollo como marco único que gestione el conjunto de la cooperación española con la participación de la sociedad civil; y participar en organizaciones internacionales como Naciones Unidas asumiendo un rol activo y comprometido
en la definición de unos objetivos de desarrollo sostenible que pasen por buscar la defensa de los derechos humanos, los derechos laborales, la igualdad de género, la protección del medio ambiente, garantizar la seguridad alimentaria de la población
mundial y luchar por la erradicación de la pobreza y la desigualdad.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Garantizar el cumplimiento de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de cooperación internacional para el desarrollo; aumentando las dotaciones presupuestarias destinadas a Ayuda Oficial al Desarrollo para recuperar progresivamente el
presupuesto destinado a cooperación para que en cinco años España pueda formar parte del grupo de países que destinan un 0,7 % de su PIB al desarrollo.


2. Tomar las medidas oportunas para que el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación recupere el control efectivo del presupuesto destinado a cooperación internacional al desarrollo. A este respecto, se insta igualmente a dotar a
la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo de los recursos necesarios para desarrollar sus funciones con plena eficacia.


3. Impulsar un modelo de cooperación desvinculado de la economía especulativa y basado en valores como la justicia social, la redistribución y la solidaridad.


4. Revertir la reforma de la ley del FONPRODE con la finalidad de que cumpla los objetivos por los que fue creado y trasladar su gestión a la AECID.


5. Restituir a la política española sobre deuda externa su vinculación a la política de cooperación internacional a fin y efecto de que se adapte a las necesidades de desarrollo de los países deudores.


6. Instar al Consejo Europeo, la Comisión Europea y la Presidencia de turno del Consejo a convocar una Conferencia Europea de Deuda para proceder a una auditoría y evaluación del endeudamiento público y privado en el conjunto de la Unión
Europea, y proceder a la aprobación de un programa europeo de reestructuración de la deuda.


7. Asumir, en el marco de las Naciones Unidas, un rol de liderazgo en la definición de los Objetivos de Desarrollo Sostenible que incida en:


a) La lucha contra la pobreza y la desigualdad teniendo en cuenta que es necesario hacer frente a la pobreza y la desigualdad entre los distintos países del mundo, pero en la medida que la desigualdad entre las personas se ha incrementado
también en los países desarrollados; en estos se deberán promover



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políticas legislativas para establecer derechos y para implementar sistemas fiscales que contribuyan a reducir esas desigualdades.


b) Acabar con todas las formas de discriminación y de violencia contra las mujeres.


c) Garantizar la sostenibilidad del medio ambiente.


d) Garantizar la seguridad alimentaria de la población mundial.


e) Promover el trabajo decente.


f) La lucha contra el fraude fiscal y el impulso a la implementación de regulaciones legales que permitan disponer de una fiscalidad justa a nivel global.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de marzo de 2015.—Laia Ortiz Castellví, Diputada.—Joan Coscubiela Conesa, Portavoz del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/001220


A la Mesa de la Comisión de Fomento


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al cumplimiento del Convenio de Colaboración entre
el Administrador de Infraestructuras y el Consorcio de Transportes de Bizkaia para la realización de las obras de ejecución del proyecto del intercambiador de Urbinaga, en el término municipal de Sestao, firmado el 19 de mayo de 2011, para su debate
en Pleno.


Exposición de motivos


Con fecha de 19 de mayo de 2011, se formalizó la firma de un Convenio de Colaboración entre el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y el Consorcio de Transportes de Bizkaia (CTB) para la «realización de las obras de
ejecución del Intercambiador de Urbinaga, en el término municipal de Sestao».


El objeto del Convenio era «establecer los mecanismos de cooperación entre ambos entes públicos para la ejecución del intercambiador de Urbinaga-Sestao junto a la actual estación de Metro-Bilbao, regulando la contratación, ejecución y
financiación de las obras correspondientes al mismo y de las asistencias técnicas precisas para la correcta dirección y control de las obras, incluyendo la coordinación en materia de seguridad y salud laboral y control medioambiental y de calidad».


Por su parte, los objetivos perseguidos con la actuación eran los siguientes:


— «Fomentar el uso del transporte público consiguiendo la intermodalidad de los servicios de metro y tranvía con el servicio de Cercanías (línea C1 y C2).


— Integrar el sistema ferroviario (metropolitano y cercanías) en el entorno urbano y mejora de la accesibilidad al intercambiador».


De hecho, los proyectos se encuentran elaborados desde el año 2010, previéndose una inversión total de 9.728.493,62 euros, más IVA.


Igualmente, el Convenio determina que la dirección de obra le corresponderá a Adif y será financiada al 50% por cada uno de los entes firmantes del convenio, siendo el CTB quien se encargue de la licitación y la ejecución de las obras.


En este sentido, el Convenio establece que en una primera fase se licitarán y ejecutarán el «Proyecto de vías y electrificación» y el «Proyecto de seguridad y comunicaciones», estando prevista la licitación de las obras de esta primera fase
en el mes de marzo de 2011.


La segunda fase, por su parte, corresponderá al «Proyecto de Construcción del Intercambiador de Urbinaga».


Sin embargo, y transcurridos más de cuatro años desde su formalización, ADIF ha incumplido reiteradamente los compromisos adquiridos, al no proceder a dotar presupuestariamente en ninguno de los ejercicios las cantidades precisas para dar
cumplimiento al Convenio, impidiendo de esta manera la licitación y el inicio de las obras.



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No ha ocurrido lo mismo con el CTB, que ha procedido, todos y cada uno de los ejercicios (también en el 2015), a consignar en sus presupuestos anuales las cantidades necesarias y suficientes para hacer realidad este proyecto, recogiéndolo
además en su plan de inversiones.


A este grave incumplimiento hay que sumar la denunciable actitud de Adif, que ha hecho caso omiso de las reiteradas solicitudes remitidas desde el CTB, al objeto de concertar un encuentro que permitiera conocer la disposición del ente
estatal para dar cumplimiento a los compromisos adquiridos. La última el 9 de marzo del presente año.


A esto cabe añadir, que el propio convenio prevé la creación de una Comisión de Seguimiento, que debiera de haberse reunido con una «periodicidad al menos semestral», estipulación que también ha sido incumplida por Adif.


A fecha de hoy, no se han contestado a ninguna de las peticiones cursadas por el CTB para la celebración de una reunión que consideramos urgente, ni les ha sido facilitada información alguna sobre si existe intención por parte de Adif de
aportar el 50 % del presupuesto que se comprometieron a dotar y sin el cual no es posible comenzar el proyecto.


Por todo lo anterior


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Dotar sin más demora la partida presupuestaria necesaria y suficiente en el presupuesto de Adif, prevista en el Convenio de Convenio de Colaboración entre el Administrador de Infraestructuras y el Consorcio de Transportes de Bizkaia para
la realización de las obras de ejecución del proyecto del intercambiador de Urbinaga, en el término municipal de Sestao, firmado el 19 de mayo de 2011.


2. Dar cumplimiento íntegro y sin más demora a los términos y condiciones reguladoras del referido Convenio.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de marzo de 2015.—Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


232/000167


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(232) Recurso de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en el recurso de inconstitucionalidad número 1873/2013, promovido por el Gobierno de Cataluña, contra el artículo 19 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas
tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica, así como voto particular formulado a la misma.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.



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En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Presidente, doña Adela Asua Batarrita, don Luis Ignacio Ortega Álvarez, doña Encarnación Roca Trías, don Andrés Ollero Tassara, don Fernando Valdés
Dal-Ré, don Juan José González Rivas, don Santiago Martínez-Vares García, don Juan Antonio Xiol Ríos, don Pedro José González-Trevijano Sánchez, don Ricardo Enríquez Sancho y don Antonio Narváez Rodríguez, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En el recurso de inconstitucionalidad núm. 1873-2013, interpuesto por el Gobierno de Cataluña contra el artículo 19 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de
las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica. Han intervenido y formulado alegaciones el Abogado del Estado y el Senado. Ha sido Ponente el Magistrado don Fernando Valdés Dal-Ré, que expresa el parecer del Tribunal.


[…]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Desestimar el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno de Cataluña contra el artículo 19 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las
finanzas públicas y al impulso de la actividad económica.


Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».


Dada en Madrid, a 18 de marzo de 2015.


232/000352


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(232) Recurso de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en el recurso de inconstitucionalidad número 7826/2004, promovido por más de cincuenta Senadores del Grupo Parlamentario Popular en el Senado, contra la Ley de Cantabria número 2/2004, de 27 de
septiembre, del Plan de Ordenación del Litoral.



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Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Presidente, doña Adela Asua Batarrita, don Luis Ignacio Ortega Álvarez, doña Encarnación Roca Trías, don Andrés Ollero Tassara, don Fernando Valdés
Dal-Ré, don Juan José González Rivas, don Santiago Martínez-Vares García, don Juan Antonio Xiol Ríos, don Pedro González-Trevijano Sánchez, don Ricardo Enríquez Sancho y don Antonio Narváez Rodríguez, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En el recurso de inconstitucionalidad núm. 7826-2004, interpuesto por más de cincuenta Senadores del Grupo Parlamentario Popular del Senado en relación con la Ley del Parlamento de Cantabria 2/2004, de 27 de septiembre, del plan de
ordenación del litoral. Han comparecido y formulado alegaciones el Gobierno y el Parlamento de Cantabria. Ha sido Ponente el Magistrado don Ricardo Enríquez Sancho, quien expresa el parecer del Tribunal.


[…]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


1.º La extinción del presente recurso de inconstitucionalidad, por desaparición sobrevenida de su objeto, respecto de la disposición transitoria cuarta de la Ley del Parlamento de Cantabria 2/2004, de 27 de septiembre, del plan de ordenación
del litoral.


2.º Declarar que el artículo 27.1 b) no es inconstitucional interpretado en los términos del fundamento jurídico 15 b).


3.º Declarar la inconstitucionalidad y nulidad del artículo 45.3 del artículo 51.3, en sus incisos «en cuyo caso sus determinaciones prevalecerán sobre las de este Plan» y «y con independencia de la clasificación urbanística», y del apartado
segundo de la disposición transitoria octava.


4.º Desestimar el recurso en todo lo demás.


Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».


Dada en Madrid, a 18 de marzo de 2015.



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233/000106


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(233) Cuestión de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 3337/2013, planteada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en relación con el artículo 12 bis de la Ley 13/1997, de 23 de
diciembre, de la Generalitat Valenciana, por la que se regula el tramo autonómico del IRPF y restantes tributos cedidos, modificada por la Ley 10/2006, de 26 de diciembre, por vulneración de los artículos 14, 31.1 y 139.1 de la Constitución
española.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de abril de 2015.—P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Presidente, doña Adela Asua Batarrita, don Luis Ignacio Ortega Álvarez, doña Encarnación Roca Trías, don Andrés Ollero Tassara, don Fernando Valdés
Dal-Ré, don Juan José González Rivas, don Santiago Martínez-Vares García, don Juan Antonio Xiol Ríos, don Pedro González-Trevijano Sánchez, don Ricardo Enríquez Sancho y don Antonio Narváez Rodríguez, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 3337-2013, promovida por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo respecto del artículo 12.bis de la Ley de la Comunidad Valenciana 13/1997, de 23 de
diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, en la redacción dada por el artículo 16 de la Ley de la Comunidad Valenciana 10/2006, de 26 de diciembre, de
Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, por presunta vulneración de los artículos 14, 31.1 y 139.1, todos ellos de la Constitución. Han comparecido el Abogado del Estado, en la representación
que ostenta, y el Fiscal General del Estado. Ha sido Ponente el Magistrado don Antonio Narváez Rodríguez, quien expresa el parecer del Tribunal.


[…]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,



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Ha decidido


Estimar la cuestión de inconstitucionalidad núm. 3337-2013 promovida por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo y, en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad y nulidad de los términos «que
tengan su residencia habitual en la Comunitat Valenciana» contenidos en el artículo 12.bis a) de la Ley de la Comunidad Valenciana 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del IRPF y restantes tributos cedidos, en la
redacción dada por el artículo 16 de la Ley de la Comunidad Valenciana 10/2006, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat, con los efectos que se declaran en el fundamento
jurídico 6 de esta Sentencia.


Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».


Dada en Madrid, a 18 de marzo de 2015.


http://www.congreso.es Calle Floridablanca, s/n. 28071 Madrid


D. L.: M-12.580/1961 CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Teléf.: 91 390 60 00


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