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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 260, de 24/04/2013
cve: BOCG-10-D-260 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


X LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


24 de abril de 2013


Núm. 260



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000592 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el rescate de Chipre y su repercusión en España.


Enmiendas ... (Página3)


Aprobación con modificaciones ... (Página5)


162/000618 Proposición no de Ley presentada por los Grupos Parlamentarios Popular en el Congreso, Socialista, Catalán (Convergència i Unió) y Vasco (EAJ-PNV), relativa a la determinación del sistema de pensiones para trabajadores a tiempo
parcial y para la definición del factor de sostenibilidad.


Enmiendas ... (Página5)


Aprobación ... (Página6)


Comisión de Presupuestos


161/000144 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa al cumplimiento de la Ley 37/2010, de 15 de noviembre, por la que se crea la Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales. Aprobación ... href='#(Página7)'>(Página7)


INTERPELACIONES


Urgentes


172/000107 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la política del Gobierno en materia de gestión del agua, especialmente en cuanto a sus planes y compromisos referidos a la Comunidad Foral de Navarra ... href='#(Página7)'>(Página7)


172/000109 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), sobre intenciones y planes del Gobierno para la ejecución y finalización de la Y vasca ... (Página8)


172/000110 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la inconsistencia de la política fiscal del Gobierno ... (Página8)



Página 2





MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000072 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno para recuperar el liderazgo en materia sanitaria, para evaluar el Real Decreto-ley
16/2012 y para corregir sus efectos negativos sobre la salud, la equidad y la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud. Texto de la moción, enmienda formulada y rechazo por el Pleno de la Cámara ... (Página9)


173/000073 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre desigualdad y pobreza en España. Texto de la moción, enmiendas formuladas y rechazo por el Pleno
de la Cámara ... (Página11)


173/000074 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre posición del Gobierno en relación a los últimos acuerdos de la PAC y previsiones respecto a su aplicación en el Estado español. Texto
de la moción, enmiendas formuladas y rechazo por el Pleno de la Cámara ... (Página16)


173/000075 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre las medidas concretas que piensa adoptar el Gobierno para aumentar la libre competencia en el transporte de
mercancías por ferrocarril y para mejorar la eficiencia de la gestión de Renfe-Operadora en el transporte de mercancías.


Texto de la moción así como enmiendas formuladas... (Página19)


Aprobación con modificaciones ... (Página22)


Otros textos


DECLARACIONES INSTITUCIONALES


140/000010 Declaración institucional de condena de los atentados de Boston ... (Página22)


Secretaría General


292/000021 Procedimiento abierto para la contratación del servicio preventivo de vigilancia de la salud laboral en el Congreso de los Diputados ... (Página23)


Pliego de cláusulas administrativas particulares ... (Página24)


Pliego de prescripciones técnicas ... (Página38)



Página 3





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000592


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las enmiendas formuladas a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Socialista, sobre el rescate de Chipre y su repercusión en España, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 251, de 5 de abril de 2013.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista sobre el rescate de
Chipre y su repercusión en España.


Enmienda


De modificación.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Defender en el Eurogrupo y las instituciones europeas que la solución adoptada en el rescate de Chipre no se convierta en el modelo a seguir en otras crisis financieras, así como a comprometer que no se adoptarán para España, en los
supuestos de nuevos rescates, reestructuración y recapitalización de entidades financieras, decisiones como las acordadas por el Eurogrupo.


2. Garantizar que la modificación de los objetivos del déficit, o cualquier otra medida adoptada por la Comisión o el Consejo, no serán a cambio de la aprobación de nuevos programas de reformas con contenidos claramente perjudiciales para
los derechos de la ciudadanía y la calidad de los servicios públicos.'


Motivación.


En primer lugar, consideremos importante recordar que en España ya se han rescatado entidades financieras mediante la utilización de fondos comunitarios transferidos al FROB. Discrepamos en la afirmación del actual redactado del grupo
socialista según la cual ningún tipo de inversor tiene que sufrir quitas. En nuestra opinión los grandes inversores, y aquellos que fueron responsables de los actitudes irresponsables que llevaron al colapso financiero, deben hacerse responsables
también del rescate. Tampoco está de más recordar que algunos de los clientes e inversores ya han sido responsables de cubrir parte de las recapitalizaciones, como es el caso de las personas estafadas por las participaciones preferentes.


En segundo lugar, igual de preocupante que las condiciones financieras del rescate, son los planes de reforma asociados a ellos. La política de austeridad está sumiendo España en el desempleo fruto de una grave recesión económica, además de
suponer una inaceptable degradación de los servicios públicos. Estas políticas se han mostrado fracasadas allá donde la troika ha impuesto su aplicación. Pero además



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suponen una pérdida de derechos laborales y sociales sobre aquellas personas que más están sufriendo la crisis en lugar de buscar reformar las verdaderas causas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.- Laia Ortiz Castellví, Diputada. -Joan Coscubiela Conesa, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de la Diputada doña Rosa María Díez González y al amparo de lo dispuesto en los artículos 194 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda
a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista, sobre el rescate de Chipre y su repercusión en España.


Enmienda


De modificación.


Texto que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a defender en el Eurogrupo y las instituciones europeas que la solución adoptada en el rescate de Chipre no se convierta en el modelo a seguir en otras crisis financieras, así como a
comprometer que no se adoptarán para España, en los supuestos de rescate, reestructuración y recapitalización de entidades financieras, decisiones como las acordadas por el Eurogrupo en relación con el rescate de ese país que suponen la asunción de
cuantiosas pérdidas y quitas para todo tipo de ahorradores, inversores e incluso para los clientes de estas entidades.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.-Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario
Socialista, sobre el rescate de Chipre y su repercusión en España.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que siga promoviendo un rápido establecimiento de una verdadera unión bancaria en la zona euro, y las medidas que lleva aparejadas como el Mecanismo Único de Supervisión, la recapitalización
directa de los bancos, y un Mecanismo Único de Resolución predecible y homogéneo para todos los países de la Unión Europea.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.-Alfonso Alonso Aranegui, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Página 5





162/000592


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, con motivo del debate de la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista, sobre el rescate de Chipre y su repercusión en España, publicada en el 'BOCG.
Congreso de los Diputados', serie D, núm. 251, de 5 de abril de 2013, ha acordado lo siguiente:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que siga promoviendo un rápido establecimiento de una verdadera unión bancaria en la zona euro, y las medidas que lleva aparejadas como el Mecanismo Único de Supervisión, la recapitalización
directa de los bancos y un Mecanismo Único de Resolución predecible y uniforme, así como el futuro establecimiento de un sistema de garantía de depósitos común para todos los países de la Unión Europea y contribuir con ello a corregir la
fragmentación de los mercados y a garantizar la estabilidad financiera y la más amplia y homogénea protección para los ahorradores. Ello además evitará situaciones de inestabilidad sobre los depósitos como las provocadas por la crisis financiera de
Chipre, que no pueden servir como modelo.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


162/000618


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las enmiendas formuladas a la Proposición no de Ley de los Grupos
Parlamentarios Popular en el Congreso, Socialista, Catalán (Convergència i Unió) y Vasco (EAJ-PNV), relativa a la determinación del sistema de pensiones para trabajadores a tiempo parcial y para la definición del factor de sostenibilidad, publicada
en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 258, de 19 de abril de 2013.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de abril de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Mixto, a instancia del Diputado Joan Tardà i Coma de Esquerra Republicana-Catalunya Sí (ERC-RCat-CatSí) al amparo de lo establecido en el artículo 194 del Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición
no de Ley relativa a la determinación del sistema de pensiones para trabajadores a tiempo parcial y para la definición del factor de sostenibilidad.


Enmienda


De adición.


Se añade un nuevo párrafo en el punto 2 con el siguiente redactado:


'En cualquier caso, las reformas que se realicen para mantener este factor de sostenibilidad no podrán ir en perjuicio de las pensiones y prestaciones que se encuentren por debajo de la cuantía media del sistema por cada tipo de prestación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.-Joan Tardà i Coma, Diputado.-Xabier Mikel Errekondo Saltsamendi, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular relativa a la
determinación del sistema de pensiones para trabajadores a tiempo parcial y para la definición del factor de sostenibilidad.


Enmienda


De sustitución.


Se sustituye el texto actual del apartado 2 por el siguiente:


'2. Una nueva regulación legal del cómputo de cotizaciones en el conjunto del sistema de Seguridad Social que sea respetuoso con el principio de libre circulación de trabajadores y que en cumplimiento de la Sentencia del Tribunal de
Luxemburgo, conlleve que en la base reguladora de las prestaciones de seguridad social se tengan en cuenta las cotizaciones realizadas por inmigrantes de terceros países en otro Estado de la Unión Europea.'


Motivación.


El pasado 21 de febrero, el Tribunal de Luxemburgo dictó sentencia por la que declaraba contraria a la libre circulación de trabajadores dentro de la Unión, las previsiones de la Ley de Seguridad Social española por la que no se computan las
cotizaciones de los migrantes de terceros países en uno de los Estados de la Unión Europea.


En consecuencia, debe procederse a modificar la ley de seguridad Social para adaptarla a la normativa comunitaria y a la sentencia dictada por la Corte de Luxemburgo.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.-Laia Ortiz Castellví, Diputada.-Joan Coscubiela Conesa, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


162/000618


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 18 de abril de 2013, ha aprobado la Proposición no de Ley de los Grupos Parlamentarios Popular en el Congreso, Socialista, Catalán (Convergència i Unió) y Vasco (EAJ-PNV), relativa
a la determinación del sistema de pensiones para trabajadores a tiempo parcial y para la definición del factor de sostenibilidad, sin modificaciones con respecto al texto publicado en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 258, de 19
de abril de 2013, por tanto, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, en el marco de la Comisión parlamentaria sobre Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo y el Diálogo Social, se proceda a elaborar, con el máximo nivel de acuerdo, la
normativa que regule:


1. Un nuevo sistema de cotización del tiempo parcial en el sistema de Seguridad Social, para dar efectivo y adecuado cumplimiento a lo dispuesto en la Sentencia del Tribunal Constitucional 61/2013 relativa a la cuestión de
inconstitucionalidad 5862-2003 planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia en relación con la disposición adicional séptima del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.


2. El factor de sostenibilidad previsto en el artículo 8 de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.'



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Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de abril de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


Comisión de Presupuestos


161/000144


La Comisión de Presupuestos, en su sesión del día 10 de abril de 2013, aprobó la Proposición no de Ley relativa al cumplimiento de la Ley 37/2010, de 15 de noviembre, por la que se crea la Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales,
presentada por el Grupo Parlamentario Mixto y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 31, de 7 de febrero de 2012, en sus propios términos.


'El Congreso de los Diputados ratifica la necesidad de poner en funcionamiento a la mayor brevedad la Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales para dar cumplimiento a la Ley 37/2010, de 15 de noviembre, por la que se crea dicha
Oficina, que en su disposición adicional (única) establece que 'la regulación de la organización y funcionamiento de la Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales se llevará a cabo por Resolución de las Mesas del Congreso de los Diputados y del
Senado', así como de incluir dotación presupuestaria suficiente para el desempeño de sus funciones en el Presupuesto de las Cortes Generales, consiguiendo una mayor transparencia de las cuentas públicas que redundará en la recuperación del prestigio
por parte de las instituciones'.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


INTERPELACIONES


Urgentes


172/000107


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Mixto, sobre la política del Gobierno en materia de gestión del agua, especialmente en cuanto a sus planes y
compromisos referidos a la Comunidad Foral de Navarra, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de abril de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de don Carlos Salvador Armendáriz, diputado de Unión del Pueblo Navarro (UPN), y al amparo de lo dispuesto en los artículos 180 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, por el
presente formula interpelación urgente sobre la política del Gobierno



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de España en materia de gestión del agua, especialmente en cuanto a sus planes y compromisos referidos a la Comunidad Foral de Navarra, para su debate en el Pleno de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de abril de 2013.-Carlos Casimiro Salvador Armendáriz, Diputado.-Enrique Álvarez Sostres, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


172/000109


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), sobre intenciones y planes del Gobierno para la ejecución y finalización de la Y vasca, cuyo texto
se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de abril de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente interpelación urgente a fin de conocer cuáles son las intenciones y planes del
Gobierno para la ejecución y finalización de la Y vasca.


La Ministra de Fomento ha manifestado en numerosas ocasiones que la finalización de la Y vasca es un objetivo prioritario para el Ministerio de Fomento y para el Gobierno Español y que pese al difícil contexto económico actual se va a
mantener el ritmo de las obras que permita su conclusión en el menor plazo posible. En este mismo sentido, se ha pronunciado recientemente el Presidente del Gobierno al señalar que se trata de un proyecto prioritario con el que su ejecutivo está
comprometido y que la Alta Velocidad en el País Vasco se va a terminar, porque racionalizar los costes no es ni postergar ni dejar en el olvido los compromisos adquiridos.


Sin embargo, más allá de estas reiteradas y contundentes afirmaciones, asistimos con una enorme preocupación a la práctica paralización de las obras de construcción de los tramos de cuya ejecución se encarga el Ministerio de Fomento, a
través de ADIF.


Por todo ello, se presenta la siguiente interpelación urgente a fin de conocer cuáles son las intenciones y planes del Gobierno para la ejecución y finalización de la Y vasca.


Palacio del Congreso de los Diputado, 11 de abril de 2013.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


172/000110


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, sobre la inconsistencia de la política fiscal del Gobierno, cuyo texto se inserta a continuación de
conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de abril de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista y al amparo de lo dispuesto en el artículo 180 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, se presenta la siguiente interpelación urgente sobre la inconsistencia de la
política fiscal del Gobierno.



Página 9





La profunda crisis económica en nuestro país ha acrecentado la desigualdad social y ha provocado un rápido aumento de la pobreza, fundamentalmente causado por el elevado nivel de desempleo y la austeridad indiscriminada adoptada por el
Gobierno. España se ha convertido en uno de los países más desiguales de la Unión Europea. El sistema actual está dejando atrás a los parados de larga duración, a las familias con niños y con sus miembros adultos en el paro y a los jóvenes que
sufren la dualidad del mercado laboral y la amenaza de no tener un futuro mejor que el de sus padres.


España se encuentra en la actualidad con una recaudación muy baja en relación a los países que nos gustaría tener como modelo. De acuerdo con las últimas cifras homogéneas disponibles (Eurostat, 2011) estamos casi 8 puntos por debajo de la
media europea en presión fiscal (32,4 frente a 40,1 % del PIB) y sólo siete de los veintisiete países de la UE tienen una recaudación inferior a la nuestra (Polonia, Irlanda, Eslovaquia, Letonia, Rumania, Bulgaria y Lituania).


Además, nuestro sistema impositivo proporciona una recaudación inestable, que se ha desplomado al mismo tiempo que desaparecían los frágiles sustentos de nuestro crecimiento. Durante la crisis, España ha experimentado la mayor caída de la
presión fiscal de la zona euro, 5,4 puntos del PIB en los últimos años. Ante esta realidad, el sistema impositivo tiene que adecuarse y dar respuesta a la nueva estructura productiva que ha perdido entorno a 3-4 puntos de PIB del sector
inmobiliario, una actividad que recaudaba muchos impuestos.


Por eso, ahora, es más necesario que nunca abordar una nueva política fiscal que dé respuesta a los grandes retos que tenemos que afrontar para salir de la crisis. Sin embargo, el proceso de consolidación fiscal, elegido por el Gobierno en
el último Programa de Estabilidad, se realizará principalmente por el lado del gasto (6 puntos porcentuales del PIB), reduciendo la ratio gasto público en relación al PIB al 37,7 % en 2015, un nivel nunca visto desde 1984.


Entre las medidas por el lado de los ingresos, el Gobierno ha decidido aumentar el IRPF, que impide el crecimiento y reduce la renta disponible de los trabajadores, y, por tanto, el consumo privado. Este incremento de la imposición al
trabajo va en la dirección contraria si se quiere estimular el crecimiento y la creación de empleo.


Además, el Gobierno ha aprobado una amnistía fiscal para los grandes defraudadores, profundamente injusta e ineficaz y con fundadas dudas de constitucionalidad, por ser contraria a lo dispuesto en el artículo 31 de la Constitución que
expresamente prevé que 'todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad'.


A su vez, la mayor parte de las medidas tributarias son de carácter temporal y no permanente, como la subida el IRPF que se limita a 2012 y 2013 o los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades. La Comisión Europea ha señalado que
existen serios riesgos de incumplimiento de los objetivos presupuestarios debido a la mayor sensibilidad de los ingresos respecto del ajuste estructural en curso.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta, para su debate en la próxima sesión del Pleno de la Cámara, esta interpelación urgente sobre la inconsistencia de la política fiscal del Gobierno.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de abril de 2013.-María Soraya Rodríguez Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000072


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, rechazó la Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno para recuperar el liderazgo en
materia sanitaria, para evaluar el Real Decreto-ley 16/2012 y para corregir sus efectos negativos sobre la salud, la equidad y la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud,



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cuyo texto se inserta a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara. Asimismo se inserta la enmienda formulada a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista se dirige a esa Mesa para, al amparo del artículo 184.2 del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Moción consecuencia de interpelación urgente sobre las medidas que piensa
adoptar el Gobierno para recuperar el liderazgo en materia sanitaria, para evaluar el Real Decreto-ley 16/2012 y para corregir sus efectos negativos sobre la salud, la equidad y la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud.


Moción


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover las medidas normativas necesarias que aseguren la plena universalidad del derecho de los ciudadanos a la protección de la salud y la atención sanitaria incluyendo a los inmigrantes en situación irregular.


2. Evaluar el impacto en salud del Real Decreto-ley 16/2012 tal como se establece en la Ley General de Salud Pública para rectificar aquellas medidas que perjudiquen la salud de la ciudadanía.


3. Definir un nuevo modelo de financiación que, respetando el principio de estabilidad presupuestaria, asegure la suficiencia, la equidad y la cohesión territorial del sistema sanitario público. Para ello, se suplementará la financiación
para la sanidad pública en las cantidades que resulten precisas para equilibrar los presupuestos autonómicos de sanidad y hacer frente a situaciones excepcionales de deuda, las cuales tendrán carácter finalista.


4. Asegurar que la dotación presupuestaria de los programas de formación en materia de donación y trasplante de órganos mantenga las mismas cuantías que en 2012 para hacer posible el mantenimiento de esta actividad por parte de las
Comunidades Autónomas.


5. Asegurar que los presupuestos de cooperación del Ministerio de Sanidad con las Comunidades Autónomas para el desarrollo de programas de salud de interés conjunto que se vienen realizando desde hace muchos años, no estén supeditados al
cumplimiento de objetivos de déficit para no perjudicar así la salud de la ciudadanía.


6. Impulsar el desarrollo de la Ley General de Salud Pública, apostando por la prevención de las enfermedades y la promoción de la salud y, en especial, la vacunación basada en evidencias científicas, la educación sanitaria y los hábitos
alimentarios saludables, los problemas en materia de obesidad, drogas, salud sexual y reproductiva, entre otras prioridades.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de abril de 2013.-María Soraya Rodríguez Ramos, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta las siguientes enmiendas a la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario
Socialista, sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno para recuperar el liderazgo en materia sanitaria, para evaluar el Real Decreto-ley 16/2012 y para corregir sus efectos negativos sobre la salud, la equidad y la sostenibilidad del Sistema
Nacional de Salud.



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Enmienda


De adición.


Añadir en el punto 4:


'Mantenimiento de la partida al alza de los Presupuestos Generales del Estado, a la compensación a centros hospitalarios por trasplante realizado; a la formación de los profesionales sanitarios y mejora de la calidad del proceso para el
fomento de la donación y el trasplante de órganos y tejidos humanos.'


Enmienda


Nuevos puntos de adición:


'7. Derogación del Real Decreto-ley 16/2012, sobre 'repagos, recortes y privatizaciones'.


8. Instar al Gobierno a recurrir la privatización de la gestión y de aseguramiento sanitario puesta en marcha por la Comunidad de Madrid y otras Comunidades Autónomas en defensa del carácter universal de la gestión y aseguramiento del
Sistema Nacional de Salud.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto del Grupo Parlarnentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La lzquierda Plural.


173/000073


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, rechazó la Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre desigualdad y pobreza en España, cuyo texto
se inserta a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara. Asimismo se insertan las enmiendas formuladas a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente Moción consecuencia de interpelación urgente sobre desigualdad y pobreza en España, para su
debate en el Pleno de la Cámara.


Moción


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que adopte las medidas necesarias para la prevención y lucha contra la pobreza en nuestro país. Éstas, además, deberán perseguir una reducción de la brecha existente entre los ricos y los
pobres, así como entre las rentas altas y las bajas, al menos hasta la media de los países que forman la Unión Europea.


Para ello, al menos deberá:


1. Dotar a las entidades locales de los medios suficientes para:


a) reforzar las ayudas de urgente necesidad a personas y familias para atender necesidades básicas.


b) proporcionar becas de comedor escolar a todos los niños y niñas de familias sin recursos suficientes.


c) poner en marcha una red pública de atención social, que en colaboración con organizaciones de ayuda solidaria y asociaciones ciudadanas, potencien con ayudas públicas y de una forma coordinada la mayor efectividad de los bancos de
alimentos existentes, promoviendo, donde no existan, la creación de nuevos bancos de alimentos gestionados de forma participativa para que mediante acuerdos con empresas



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distribuidoras y comerciales evite que ningún alimento sea destruido y se pueda atender a toda la población que se encuentra en situación de pobreza, en tanto se desarrollan medidas sociales y económicas de fondo que acaben con estas
situaciones.


2. Aprobar, en colaboración con las Comunidades Autónomas:


A) Un Plan Estatal de Emergencia contra la pobreza y la exclusión social 2014-2020 en el marco de fa Estrategia Europea 2020 y cuyos objetivos sean medibles, evaluados y actualizados anualmente y que incluya, entre otras medidas:


a) Un Plan Nacional contra la Pobreza Infantil más ambicioso y con más recursos que el existente.


b) Un Plan Nacional contra la Pobreza de las mujeres que garantice la percepción de prestaciones económicas y actúe con medidas específicas para combatir el paro de larga duración y ante la exclusión social, principalmente de aquellos
colectivos más vulnerables como personas mayores, inmigrantes o familias monoparentales.


c) Articular las modificaciones necesarias del Real Decreto 1618/2007, de 7 de diciembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, para que realmente todas las mujeres puedan tener acceso a este
recurso con una dotación mensual adecuada.


d) El derecho a un ingreso mínimo garantizado como derecho subjetivo en el marco de las rentas mínimas.


e) Incrementar las dotaciones necesarias para que los albergues de acogida para personas sin hogar puedan afrontar las nuevas necesidades generadas por la crisis económica y el desempleo.


B) Un Plan para consolidar el sistema de servicios sociales como el cuarto pilar del sistema de protección social:


a) Rectificando mediante Real Decreto-ley las medidas más lesivas sobre la aplicación en sus términos originarios de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia, (LAPAD) dotando todos
los recursos recogidos en dicha Ley, cumpliendo en materia de plazos de resolución de expedientes, y dando cobertura a los derechos de los colectivos con dependencia y de sus personas cuidadoras, asegurando que se desarrollen los servicios públicos
en el sector de los cuidados y de atención a las personas, con priorización a los colectivos con dependencia, garantizando las condiciones laborales y salariales dignas de las personas cuidadoras.


b) Reponiendo la partida del Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales e incrementar su cuantía, para mantener y completar la red de servicios sociales básicos.


c) Restableciendo el Programa de Teleasistencia Domiciliaria.


3. Completar y garantizar la cobertura sanitaria universal y gratuita para el conjunto de la población:


a) Derogando el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, que cambia el modelo universal del Sistema Nacional de Salud por un modelo de seguro, recuperando el consenso sobre el sistema sanitario público.


b) Derogando la Ley 15/1997, de 25 de abril, sobre habilitación de nuevas formas de gestión del SNS que está siendo utilizada como palanca para la privatización del sistema sanitario a manos de oligopolios privados, a pesar de la oposición
de los profesionales y de le ciudadanía.


c) Sustituyendo el copago uniforme de ortoprótesis por una escala de participación en función de la renta y del producto.


d) Exigiendo a las Comunidades Autónomas de Madrid y de Cataluña la devolución del euro por receta cobrado ilegalmente a los pacientes.


4. Incluir dentro de la estrategia de lucha contra la pobreza:


a) La vivienda y el suelo como bienes básicos no sujetos a especulación, reflejando las consecuencias de dicho principio en términos de políticas y de derecho de vivienda. Paralizando los desahucios de todas las viviendas que sean el único
domicilio habitual y permanente de la persona o personas afectadas, ofreciendo soluciones que garanticen el derecho habitacional desde las Administraciones Públicas y reconociendo la dación en pago de la vivienda con efectos retroactivos.



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b) La educación como piedra angular para evitar las desigualdades sociales y económicas, con la escolarización efectiva de toda persona en edad obligatoria para mejorar sustancialmente los resultados educativos a todos los niveles y como
medio para evitar el fracaso y el abandono escolar.


c) El reconocimiento y regulación del papel esencial que juega el Tercer Sector de Acción Social (TSAS) en las políticas de inclusión.


d) La integración de las personas extranjeras con igualdad de derechos sociales.


e) La introducción de cláusulas sociales en la contratación pública.


5. Todas estas medidas deberán contar con los recursos adecuados y se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales del Estado del periodo 2014-2020 a través de un aumento de los ingresos en las arcas públicas proveniente de un aumento
de la fiscalidad a las grandes fortunas y de los beneficios bancarios, así como de la implantación de un impuesto a las transacciones financieras internacionales (ITF) como instrumentos redistributivos de recursos.


6. Así mismo se impulsará una regulación adecuada para poner fin a los paraísos fiscales y perseguir la evasión fiscal para reducir la inestabilidad socioeconómica y la pobreza que producen en todos los países.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de abril de 2013.-Ascensión de las Heras Ladera y María Caridad García Álvarez, Diputadas.-José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda
Plural.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de sustitución de la
Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre desigualdad y pobreza en España.


Enmienda


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Traspasar a las CCAA, con competencias en la materia, la gestión de los recursos que deben ser destinados a fines de interés social, de acuerdo con la decisión ciudadana de señalar la casilla correspondiente al 0,7 % al IRPF, dando así
cumplimiento a la Sentencia de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo 8750/2011, relativa a las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, estimando en el Recurso de Casación 6507/2009 interpuesto
por la Generalitat de Catalunya.


2. Flexibilizar los objetivos de déficit exigidos a las CCAA, por ser estas responsables de las principales políticas sociales: sanidad, educación y asuntos sociales, asumiendo la administración central una mayor parte de este ajuste
mediante la racionalización de sus estructuras y de los entes que dependen de estas.


3. Recuperar, en los Presupuestos Generales del Estado, la dotación de las partidas de carácter social que son gestionadas por las CCAA, y que en los dos últimos años han sufrido los principales recortes de gasto por parte del Estado, y en
particular:


- Las políticas activas de empleo ejecutadas por las CCAA.


- Los programas conveniados entre el Estado y las CCAA para la atención a la dependencia.


- El programa de servicios sociales, conocido como Plan Concertado, para financiar las prestaciones básicas de los servicios sociales de atención primaria.


- El fondo de apoyo a la acogida y la integración de inmigrantes, así como el programa de refuerzo educativo de los mismos.



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4. Priorizar la lucha contra la pobreza y la exclusión social, en especial contra la pobreza infantil, para ello deberá :


- Formalizar el mandato parlamentario, recogido en la Proposición no de Ley firmada por todos los Grupos Parlamentarios sobre la reducción de la pobreza infantil, aprobada en el Pleno del Congreso de los Diputados, el pasado 19 de junio,
hace más de 9 meses.


- Crear dos Fondos extraordinarios al objeto de apoyar con recursos económicos las políticas que llevan a cabo las CCAA en materia de prevención y erradicación de la exclusión social y atención a las personas sin hogar, por un lado, y de la
pobreza infantil por otro.


- Realizar los estudios pertinentes que permitan delimitar los umbrales de pobreza, con arreglo a los criterios fijados por la Unión Europea, al objeto de reorientar las políticas públicas dirigidas a su erradicación. Asimismo, aprobar un
Proyecto de Ley de reordenación integral de las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social, con el objetivo de mejorar su cobertura, establecer con más claridad el ámbito de sus prestaciones e introducir nuevos ámbitos de sus prestaciones
e introducir nuevos ámbitos de protección en orden a colmar lagunas de cobertura que se detectan en el sistema, todo ello en cumplimiento a la disposición adicional vigésima primera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación
y modernización del sistema de Seguridad Social.


- Racionalizar el conjunto de prestaciones, subsidios y programas (Renta Activa de Inserción, Prepara,...) dependientes de la Administración General del Estado, creados al objeto de favorecer la inserción o reinserción social y la
reinserción laboral de los trabajadores desempleados con especiales necesidades para encontrar empleo. En este caso, la administración general del Estado junto con las comunidades autónomas procederán a estudiar y traspasar la gestión de este
conjunto de prestaciones a las comunidades autónomas que así lo requieran.


- Modificar la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, con el fin de potenciar la colaboración público-privada en actividades de interés general, en
particular en el ámbito social.


- Reconocer y apoyar el papel esencial que juega el Tercer Sector de Acción Social (TSAS) en las políticas de inclusión.


- Impulsar la implantación generalizada de las cláusulas sociales en la contratación pública.


- Articular las modificaciones necesarias del Real Decreto 1618/2007, de 7 de diciembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, para que realmente todos beneficiarios puedan tener acceso a este
recurso con una dotación mensual adecuada.


- Finalizar, a la mayor brevedad posible, el proceso de estudio y consultas en aras a la ratificación de la Carta Social Europea Revisada, adoptada en 1996.


- Defender ante las Instituciones Europeas la aprobación del Fondo de Ayuda Europea para los más necesitados, con una dotación presupuestaria suficiente, para hacer frente a la situación de emergencia social existente en la UE.


- Impulsar la urgente aprobación de las medidas destinadas a paralizar los procedimientos de ejecución hipotecaria a los colectivos objetivamente vulnerables; facilitar la mediación para que las personas y familias en riesgo de ejecución
puedan tener una segunda oportunidad y permanecer en la vivienda; adecuar la legislación concursal para las personas físicas en situación de sobreendeudamiento; e impulsar la creación de un parque de viviendas públicas procedentes del SAREB que
deberán ser cedidas temporalmente a las CCAA y corporaciones locales con políticas sociales de vivienda.


5. Restablecer el modelo sanitario público basado en el derecho de ciudadanía para el acceso universal a la asistencia sanitaria primaria y de urgencias, en cumplimiento del artículo 43 de la Constitución, lo cual otorga el pleno respeto a
los derechos humanos en el ámbito de la atención sanitaria, a la vez que permite racionalizar el gasto, evitando el llamado turismo sanitario.


Mejorar la financiación destinada a garantizar la sostenibilidad del sistema sanitario, la cual incluye tanto el aumento del fondo de cohesión sanitaria, muy minorado en los últimos dos años, como respetar las decisiones de las Comunidades
Autónomas cuando articulen medidas destinadas a financiar sus servicios sanitarios.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su portavoz doña Rosa Díez González y al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes enmiendas a la Moción
consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural sobre desigualdad y pobreza en España.


Enmienda


Punto nuevo.


De adición.


Texto que se propone:


'7. Condicionar los rescates estatales de comunidades autónomas y ayuntamientos a la drástica reducción del número de sus entes públicos no administrativos (Observatorios, consorcios, fundaciones...) de forma que se liberen recursos para
luchar contra la pobreza.'


Justificación.


Mejora técnica.


Enmienda


Punto nuevo.


De adición.


Texto que se propone:


'8. Dar a la financiación autonómica un carácter finalista de forma que lo transferido para Sanidad, Educación o Servicios Sociales tenga que gastarse necesariamente en esos fines, garantizando una misma calidad en toda España.'


Justificación.


Mejora técnica.


Enmienda


Al punto 2.A, d).


De modificación.


Texto que se propone:


2.A. [...]


'd) El derecho a un ingreso mínimo garantizado similar en todas las comunidades autónomas como derecho subjetivo en el marco de las Rentas Mínimas.'


Texto que se sustituye:


2.A. [...]


'd) El derecho a un ingreso mínimo garantizado como derecho subjetivo en el marco de las Rentas Mínimas.'



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Justificación.


Mejora técnica.


Enmienda


Al punto 4, apartado nuevo.


De adición.


Texto que se propone:


'f) Eliminar en los colegios las políticas en materia de 'Tupper'.'


Justificación.


Mejora técnica.


Enmienda


Al punto 4, apartado a).


De supresión.


Texto que se propone:


'4.a) La vivienda y el suelo como bienes básicos no sujetos a especulación, [...] ofreciendo soluciones que garanticen el derecho habitacional desde las Administraciones Públicas y reconociendo la dación en pago de la vivienda con efectos
retroactivos.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.-Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.


173/000074


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, rechazó la Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la posición del Gobierno en relación a los últimos acuerdos de la PAC, y
previsiones respecto a su aplicación en el Estado español, cuyo texto se inserta a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara. Asimismo se insertan las enmiendas formuladas a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de la Diputada Olaia Fernández Davila del Bloque Nacionalista Galego (BNG), al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Moción consecuencia de la Interpelación
urgente sobre la posición del Gobierno en relación a los últimos acuerdos de la PAC, y previsiones respecto a su aplicación en el Estado español.



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Moción


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


'Defender en las próximas negociaciones tripartitas pendientes sobre la aprobación definitiva de la Reforma Agraria Común (PAC) las siguientes medidas destinadas a garantizar la sostenibilidad del sector agrario y una renta digna a los
agricultores y agricultoras:


1. Mantener el sistema de cuotas lácteas, y en caso de eliminación de dichas cuotas, aprobar medidas específicas para la adaptación de los productores al nuevo contexto.


2. Establecer instrumentos de regulación de mercado eficaces y financiados con cargo a los presupuestos comunitarios a fin de estabilizar los precios agrícolas en los mercados.


3. Ayudas directas vinculadas al mantenimiento de la actividad agraria, todavía desvinculadas de la producción.


4. Establecer instrumentos públicos de estabilización de las rentas como pueden ser pagos anticíclicos.


5. Cambios destinados a mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria para asegurar un reequilibrio de las relaciones entre productores, industrias y cadenas de alimentación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de abril de 2013.-M.ª Olaia Fernández Davila, Diputada.-Enrique Álvarez Sostres, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de sustitución de la
Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Mixto, sobre la posición del Gobierno en relación a los últimos acuerdos de la PAC, y previsiones respecto a su aplicación en el Estado español.


Enmienda


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


A) Defender en las próximas negociaciones tripartitas pendientes sobre la aprobación definitiva de la Reforma Agraria Común (PAC) las siguientes medidas destinadas a garantizar la sostenibilidad del sector agrario y una renta digna a los
agricultores y agricultoras:


1. Mantener el sistema de cuotas lácteas, y en caso de eliminación de dichas cuotas, aprobar medidas específicas para la adaptación de los productores al nuevo contexto.


2. Establecer instrumentos de regulación de mercado eficaces y financiados con cargo a los presupuestos comunitarios a fin de estabilizar los precios agrícolas en los mercados.


3. Insistir en la defensa del sector ganadero y, en particular, de la ganadería sin base territorial.


4. Ayudas directas vinculadas al mantenimiento de la actividad agraria, todavía desvinculadas a la producción.


5. Establecer instrumentos públicos de estabilización de las rentas como pueden ser pagos anticíclicos.


6. Cambios destinados a mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria para asegurar un reequilibrio de las relaciones entre productores, industrias y cadenas de alimentación.


B) Tener en cuenta las especificidades del tejido agropecuario de cada Comunidad Autónoma en la nueva distribución del denominado 'cheque nacional', para lo cual, el Gobierno deberá consensuarlo con las CCAA.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción, consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Mixto (Sra.
Fernández Davila), sobre la posición del Gobierno en relación a los últimos acuerdos de la PAC, y previsiones respecto a su aplicación en el Estado español.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar, tanto en la fase final de las negociaciones sobre la aprobación definitiva de la reforma de la Política Agraria Común, como respecto a su posterior aplicación en España, las
siguientes medidas destinadas a garantizar la sostenibilidad del sector agrario y una renta adecuada a los agricultores y ganaderos:


1. Propiciar la apertura de un debate comunitario, con el fin de conseguir la aprobación de medidas de monitorización y regulación del mercado lácteo que eviten posibles desequilibrios en el sector lácteo tras la desaparición del régimen de
cuotas.


2. Defender a nivel de la Unión Europea y mediante las decisiones a nivel nacional que correspondan, un modelo que garantice un nivel suficiente de apoyo para todos los sectores agrarios y, en particular para los sectores ganaderos, que por
la especificidad de sus modelos de producción, pudieran resultar más vulnerables en un modelo de pagos basado en la superficie, de forma que puedan disponer de un sistema suficiente de pagos asociados, que compense esa vulnerabilidad.


3. Continuar promoviendo, tanto a nivel comunitario como nacional, la existencia de medidas destinadas a mejorar el funcionamiento de la cadena de valor agroalimentaria y el reequilibrio de las relaciones entre los distintos agentes, con el
fin último de mejorar la posición negociadora de los agricultores y ganaderos en la cadena de valor.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.-Alfonso Alonso Aranegui, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 184 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Enmienda a la Moción
consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Mixto (Sra. Fernández Davila), sobre la posición del Gobierno en relación a los últimos acuerdos de la PAC, y previsiones respecto a su aplicación en el Estado español.


Enmienda


A los apartados 1, 2, 3 y 5:


De modificación.


'1. Mantener el sistema de cuotas lácteas y en caso de la eliminación de dichas cuotas, aprobar medidas específicas para la adaptación de los productores al nuevo contexto, garantizando que las y los ganaderos que compraron cuota en los
últimos años para alcanzar una dimensión competitiva, tengan acceso a una financiación preferencial que les ayude a resolver los problemas de sobreendeudamiento.


2. Que el Reglamento de la OMC ÚNICA establezca instrumentos de regulación de mercado eficaces y financiados con cargo a los presupuestos comunitarios a fin de estabilizar los precios agrícolas en los



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mercados evitando la descapitalización de los sectores productivos por la percepción de precios anormalmente bajos, y en todo caso inferiores a los costes de producción.


3. Que el sector lácteo sea declarado por el Gobierno Español, Sector Sensible y se le conceda una ayuda acoplada en una cuantía, al menos, igual a la que ha recibido hasta ahora.'


'5. Cambios destinados a mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria para asegurar un reequilibrio de las relaciones entre productores, industrias, cadenas de alimentación y consumidoras y consumidores.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Enmienda


De adición.


'6 Establecimiento de medidas de acción positiva destinadas a mejorar la situación de las mujeres productoras incentivando las explotaciones de titularidad o cotitularidad femenina.'


173/000075


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, de la Moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió), sobre las medidas concretas que piensa adoptar el Gobierno para aumentar la libre competencia en el transporte de mercancías por ferrocarril y para mejorar la eficiencia de la gestión de Renfe-Operadora en el transporte de
mercancías y de las enmiendas presentadas a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de abril de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta una Moción consecuencia de
interpelación urgente sobre las medidas concretas que piensa adoptar el Gobierno para aumentar la libre competencia en el transporte de mercancías por ferrocarril y para mejorar la eficiencia de la gestión de Renfe-Operadora en el transporte de
mercancías.


Moción


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a fijar como objetivo prioritario el aumento de la cuota del transporte de mercancías por ferrocarril y para ello:


1. Mejorar las características infraestructurales y logísticas de la red ferroviaria estatal con el fin de que los servidos de los operadores ferroviarios de mercancías tengan capacidad de competir con los operadores de otros medios de
transporte. En este sentido, cobra especial relevancia la implantación progresiva de ancho UIC en los ejes prioritarios, en los accesos a los principales puertos y a las grandes empresas industriales, así como la rápida adecuación de apartaderos y
terminales para permitir la operación de trenes de una longitud mínima de 750 metros.



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2 Acometer las reformas normativas necesarias para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 28 de febrero de 2013, relativa a la liberalización del transporte ferroviario de mercancías en el Reino de
España.


3 Revisar los cánones a aplicar por parte de Adif a la circulación de trenes y a las tarifas de las terminales, así como facilitar la autoprestación de servicios por parte de las operadoras, con el fin de contribuir a la competitividad del
sector.


4 Poner fin a las prácticas de ''dumping'' realizadas por RENFE-Operadora y, en especial, la contratación de servicios de transporte de mercancías por ferrocarril por debajo de su coste.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de abril de 2013.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente enmienda a la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió) sobre las medidas concretas que piensa adoptar el Gobierno para aumentar la libre competencia en el transporte de mercancías por ferrocarril y para mejorar la eficiencia de la gestión de Renfe-Operadora en el transporte de
mercancías.


Enmienda


A los apartados 2, 3 y 4 de la moción


De modificación.


Los apartados 2, 3 y 4 de la moción son sustituidos por un único apartado, que queda redactado del siguiente modo:


'1 bis (nuevo). Abandonar cualquier política de privatizaciones y contraponer un tejido empresarial público suficiente para poder competir con garantías con las empresas que operan en el sector y para gestionar de forma eficiente el
servicio público.'


Motivación.


Es necesario invertir para potenciar el transporte de mercancías por ferrocarril en España, verdadera asignatura hoy pendiente para alcanzar los niveles de la UE. El desarrollo del ferrocarril y sus infraestructuras actuales es garantía de
futuro para la economía y el empleo.


Pero también, desde nuestro punto de vista, es necesario contraponer frente al poder actual de los mercados un tejido empresarial público y frenar la política de privatizaciones. De no ser así, los beneficios a corto plazo primarán sobre
los aspectos sociales, medioambientales, vertebradores del territorio o de accesibilidad.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.-Ascensión de las Heras Ladera, Diputada.-José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


A La Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 184 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Moción
consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre las medidas concretas que piensa adoptar el Gobierno para aumentar la libre



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competencia en el transporte de mercancías por ferrocarril y para mejorar la eficiencia de la gestión de Renfe-Operadora en el transporte de mercancías.


Enmienda


De adición 'in fine'.


'Continuar con el esfuerzo desarrollado durante la pasada legislatura en materia de transporte ferroviario de mercancías, a través del Plan de impulso al Transporte de Mercancías por Ferrocarril, aprobado en septiembre de 2010, con el
objetivo de ofrecer un servicio competitivo y de calidad, plenamente integrado e interoperable con la Red Transeuropea de Transporte Ferroviario y conectado con la red de plataformas logísticas de ámbito nacional y, especialmente, con nuestros
puertos mediante un sistema moderno de terminales y apartaderos.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A La Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción, consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Catalán
(CiU), sobre las medidas concretas que piensa adoptar el Gobierno para aumentar la libre competencia en el transporte de mercancías por ferrocarril y para mejorar la eficiencia de la gestión de Renfe-Operadora en el transporte de mercancías.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Mejorar las características infraestructurales y logísticas de la red ferroviaria estatal con el fin de que los servicios de los operadores ferroviarios de mercancías tengan capacidad de competir con los operadores de otros medios de
transporte. En este sentido, cobra especial relevancia la implantación progresiva de ancho UIC en los ejes prioritarios, en los accesos a los principales puertos y a las grandes empresas industriales, así como la rápida adecuación de apartaderos y
terminales para permitir la operación de trenes de una longitud mínima de 750 metros.


2. Desarrollar el marco legislativo ferroviario, en especial en lo relativo al régimen tarifario y de cánones, adaptándolo para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado 28 de febrero de 2013 y
la Directiva 2012/34 de espacio ferroviario único, con el objetivo de aumentar el tráfico ferroviario de mercancías.


3. Aumentar la transparencia en el transporte de mercancías por ferrocarril, a través de la constitución de la sociedad de Renfe Mercancías, que deberá constituirse como una empresa sólida y viable, capaz de competir en el mercado y
transformarse en un elemento fundamental de la cadena logística de nuestro país, y de la sociedad ''Renfe gestión de activos y material rodante'', que permita proporcionar a los nuevos operadores del mercado el material rodante que necesite en
condiciones de transparencia y de fiabilidad.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de abril de 2013.-Alfonso Alonso Aranegui, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Página 22





173/000075


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, con motivo del debate de la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre las medidas concretas que piensa
adoptar el Gobierno para aumentar la libre competencia en el transporte de mercancías por ferrocarril y para mejorar la eficiencia de la gestión de Renfe-Operadora en el transporte de mercancías, ha acordado lo siguiente:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Mejorar las características infraestructurales y logísticas de la red ferroviaria estatal con el fin de que los servicios de los operadores ferroviarios de mercancías tengan capacidad de competir con los operadores de otros medios de
transporte. En este sentido, cobra especial relevancia la implantación progresiva de ancho UIC en los ejes prioritarios, en los accesos a los principales puertos y a las grandes empresas industriales, así como la rápida adecuación de apartaderos y
terminales para permitir la operación de trenes de una longitud mínima de 750 metros.


2. Desarrollar el marco legislativo ferroviario, en especial en lo relativo al régimen tarifario y de cánones, adaptándolo para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado 28 de febrero de 2013 y
la Directiva 2012/34 de espacio ferroviario único, con el objetivo de contribuir a la competitividad del sector y aumentar el tráfico ferroviario de mercancías.


3. Aumentar la transparencia y la eficiencia del sector del transporte de mercancías por ferrocarril con la constitución de la sociedad de ''Renfe Mercancías'', como una empresa sólida, viable y competitiva, y de la sociedad ''Renfe gestión
de activos y material rodante'', que permita proporcionar a los operadores del mercado el material rodante en condiciones de coste de mercado y de fiabilidad.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de abril de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


OTROS TEXTOS


DECLARACIONES INSTITUCIONALES


140/000010


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha aprobado, por asentimiento, la siguiente declaración institucional de condena de los atentados de Boston.


'El Congreso de los Diputados expresa, a través de esta Declaración Institucional, su radical condena a los atentados terroristas perpetrados en Boston durante la celebración del maratón de esta ciudad. En representación de los ciudadanos
españoles, la Cámara se solidariza con las víctimas, con sus familias y con todo el pueblo norteamericano unido en estos momentos de dolor, y expresa su más firme apoyo a las instituciones y las autoridades públicas de los Estados Unidos, país con
el que nos unen estrechos lazos de amistad.'


Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de abril de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



Página 23





SECRETARÍA GENERAL


292/000021


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, en uso de las atribuciones conferidas por delegación del Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en la Sección Congreso de los
Diputados del BOCG de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas del procedimiento abierto para la contratación del servicio preventivo de vigilancia de la salud laboral en el Congreso de los Diputados.


Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de abril de 2013.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



Página 24





PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES


ÍNDICE


Página


I. RÉGIMEN JURÍDICO... (Página25)


II. OBJETO... (Página25)


III. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN... (Página25)


IV. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO... (Página25)


V. INFORMACIÓN, CONTROL, SEGUIMIENTO Y RETIRADA DE DOCUMENTACIÓN... (Página26)


VI. CAPACIDAD PARA CONTRATAR... (Página26)


VII. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES... (Página26)


VIII. GARANTÍA PROVISIONAL... (Página28)


IX. EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES... (Página29)


X. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN... (Página30)


XI. ADJUDICACIÓN... (Página31)


XII. GARANTÍA DEFINITIVA... (Página32)


XIII. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO... (Página32)


XIV. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN... (Página33)


XV. EJECUCIÓN DEL CONTRATO... (Página33)


XVI. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA... (Página33)


XVII. PAGO DEL PRECIO... (Página34)


XVIII. REVISIÓN DE PRECIOS... (Página34)


XIX. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO... (Página34)


XX. PRERROGATIVAS Y RECURSOS... (Página34)


ANEXO I ... (Página36)


ANEXO II ... (Página37)



Página 25





I. RÉGIMEN JURÍDICO


Cláusula l.a Régimen jurídico.


El presente procedimiento tiene carácter administrativo. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en su correspondiente de prescripciones técnicas particulares. Por ello, dichos documentos deberán ser
firmados por el adjudicatario, en prueba de conformidad, en el acto mismo de la formalización del contrato.


El presente procedimiento se regirá por lo previsto en el artículo 72 de la Constitución, en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en
adelante TRLCSP), en las Normas y Acuerdos adoptados por el Congreso de los Diputados en materia de contratación y por los Acuerdos sobre contracción de obligaciones y otras disposiciones de desarrollo adoptados por la Cámara, en lo que se refiere a
los requisitos del gasto autorizado y régimen presupuestario general.


Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las de Derecho Privado,


Cláusula 2.a


En virtud del artículo 3 del TRLCSP, las menciones que el mismo efectúa a las Administraciones Públicas contratantes se entenderán referidas al Congreso de los Diputados.


Cláusula 3.a


Las referencias que dicho texto efectúa a la Caja General de Depósitos en relación con la prestación de garantías se entenderán hechas al Departamento de Gestión Presupuestaria de la Dirección de Presupuestos y Contratación del Congreso de
los Diputados.


II. OBJETO


Cláusula 4.a


El presente procedimiento tiene por objeto la contratación del servicio preventivo de Vigilancia de la Salud Laboral en el Congreso de los Diputados, de conformidad con lo dispuesto en el pliego de prescripciones técnicas.


III. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN


Cláusula 5.a


La adjudicación del contrato se realizará por el órgano de contratación mediante procedimiento abierto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 138 del TRLCSP, y se llevará a cabo atendiendo a la pluralidad de criterios que se indican
en la cláusula 16 y en aplicación del artículo 150 del TRLCSP, conforme a los términos y requisitos establecidos en dicho texto legal.


La tramitación del expediente se realizará por el procedimiento ordinario.


IV. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO


Cláusula 6.a


1. El presupuesto máximo de licitación asciende a la cantidad de 87.500 euros sin IVA. No se admitirán las ofertas que excedan de dicho presupuesto. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del
Impuesto sobre el Valor Añadido, el objeto del presente procedimiento está exento de IVA.


2. En el presupuesto se entienden incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficios, seguros, honorarios del personal técnico
a su cargo, tasas, licencias y toda clase de impuestos, tanto municipales como provinciales, autonómicos y estatales.



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3. El presupuesto máximo de licitación se distribuye en tres anualidades y seis meses, correspondientes a la duración del contrato desde su entrada en vigor el 1 de julio de 2013, de acuerdo con el siguiente detalle:


i. 12.500 euros correspondientes al ejercicio de 2013.


ii. 25.000 euros correspondientes al ejercicio de 2014.


iii. 25.000 euros correspondientes al ejercicio de 2015.


iv. 25.000 euros correspondientes al ejercicio de 2016.


4. El valor estimado del contrato asciende a 87.500 euros.


5. El cumplimiento del contrato queda sujeto a la condición suspensiva de la existencia de crédito aprobado, adecuado y suficiente en el Presupuesto del Congreso de los Diputados en cada ejercicio presupuestario.


V. INFORMACIÓN, CONTROL, SEGUIMIENTO Y RETIRADA DE DOCUMENTACIÓN


Cláusula 7.a


La información, el seguimiento y control general del presente procedimiento y de la ejecución del contrato se realizará por la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior (Departamento de Gestión de Personal y Gobierno Interior) del
Congreso de los Diputados.


Cláusula 8.a


Los pliegos que rigen el presente procedimiento podrán descargarse desde la página web del Congreso de los Diputados, accediendo directamente desde el siguiente enlace: http://www.congreso.es/


Asimismo, podrán recogerse en la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior (Área de Recursos Humanos, planta 6.ª, Edificio Ampliación I del Congreso de los Diputados, c/ Floridablanca s/n, Madrid), de 10 a 14 horas, en días hábiles,
de lunes a viernes.


Hasta el día en que termine el plazo de presentación de ofertas se podrán solicitar informaciones o aclaraciones adicionales por teléfono (913906530) o mediante correo electrónico (gobi.personal@congreso.es)


VI. CAPACIDAD PARA CONTRATAR


Cláusula 9.a


Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en
las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del TRLCSP y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de conformidad con lo establecido en la cláusula 11 del
presente pliego.


Además, las empresas adjudicatarias deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato y disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para
la debida ejecución del contrato.


Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación empresarial o profesional que sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.


Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del TRLCSP.


VII. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES


Cláusula 10.a


Las proposiciones se presentarán en la forma, plazo y lugar indicados en el anuncio de licitación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 80 del RGLCAP.


Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de



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una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas.


La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones previstas en los pliegos que rigen el contrato, sin salvedad o reserva alguna.


Cláusula 11.a Forma y contenido de las proposiciones.


Las proposiciones constarán de TRES (3) SOBRES, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el número y nombre del sobre y la denominación del contrato al que
licitan, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF. En su interior se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen. Los sobres se dividen de la siguiente forma:


1) SOBRE DE 'DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA' que incluirá, preceptivamente, los siguientes documentos:


a) Documentos acreditativos de la capacidad del licitador. Las personas físicas acreditarán su personalidad mediante el documento nacional de identidad. Las sociedades lo harán mediante escritura de constitución social o modificación
debidamente inscrita en el Registro Mercantil. El que acuda a la licitación en representación de otros deberá acompañar poder notarial bastante al efecto (inscrito en el Registro Mercantil cuando se trate de sociedades) y acreditar su personalidad
mediante el documento nacional de identidad. Los documentos citados serán originales o copias de los mismos que tengan el carácter de auténticas conforme a la legislación vigente.


b) Los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea acreditarán la capacidad de obrar por su inscripción en el registro correspondiente de acuerdo con la legislación del Estado donde están
establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.


c) Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de
la empresa.


d) Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar a que se refiere el artículo 60 del TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito debe presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se
vaya a efectuar ésta. A tal efecto debe utilizarse el modelo que figura en el anexo 1.


e) Resguardo justificativo del depósito en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados de la garantía provisional.


f) La solvencia económica y financiera se acreditará por uno o varios de los medios previstos en el artículo 75 del TRLCSP.


g) La solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios previstos en el artículo 78 del TRLCSP.


h) Los empresarios extranjeros, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en
su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.


Las empresas extranjeras presentarán sus documentos constitutivos traducidos de forma oficial al castellano.


i) Declaración del número de personas con discapacidad y porcentaje que supone sobre la plantilla total. En caso de no contar con personas con discapacidad, la declaración se realizará en este sentido.


j) Declaración expresa responsable de la empresa licitadora relativa al grupo empresarial al que pertenece y comprensiva de todas las Sociedades pertenecientes al mismo grupo, según los criterios a que se refiere el artículo 42 del Código de
Comercio, a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido



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en el artículo 86 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. En caso de no pertenecer a ningún grupo empresarial, la declaración se realizará en este sentido,


k) Asimismo, las empresas pertenecientes a un mismo grupo que concurran a una licitación deberán hacer constar dicha circunstancia, aplicándose en tal caso el artículo 86 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas en cuanto a la valoración de las proposiciones formuladas.


I) Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones
que se deriven del contrato, hasta la extinción del mismo.


A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de
constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.


En el interior del sobre se hará constar, en hoja independiente, la relación de documentos que contiene, que deberán estar identificados numéricamente.


2) SOBRE DE 'OFERTA TÉCNICA'


En este sobre se incluirá la documentación relativa a aquellos criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor que impida su valoración mediante fórmulas matemáticas. En él el licitador deberá aportar una propuesta técnica de
actuación, que podrá contemplar los siguientes aspectos:


a) Descripción de los trabajos a realizar, con planificación de la ejecución.


b) Cualquier otro elemento que resulte de interés para valorar la oferta, como una relación pormenorizada de los trabajos similares realizados en empresas privadas y en entes u organismos de la Administración Pública española, así como en
países extranjeros, y cualquier otra documentación técnica que demuestre su disposición para realizar el mismo en las condiciones exigidas en los presentes pliegos.


Esta documentación tendrá carácter contractual.


3) SOBRE DE 'OFERTA ECONÓMICA'


Dentro de este sobre se incluirá la proposición económica que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el anexo II al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer
claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.


Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del
licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello
no altera su sentido.


Cláusula 12.a


1. Los sobres '1', '2' y '3' se presentarán en mano en el Área de Recursos Humanos de la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior, planta sexta, Edificio Ampliación I del Congreso de los Diputados, de 10 a 14 horas en días hábiles,
de lunes a viernes, dentro del plazo indicado en el anuncio de licitación.


No serán admitidas las proposiciones que se presenten por vías distintas de la anteriormente señalada.


VIII. GARANTÍA PROVISIONAL


Cláusula 13.a


Para poder tomar parte en este procedimiento será preciso haber constituido previamente una garantía provisional por valor del DOS MIL (2.000) EUROS, que reunirá los requisitos exigidos en el artículo 103 del TRLCSP.



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En cuanto a la forma y requisitos de la garantía, se estará a lo previsto en los artículos 103 y 104 del TRLCSP.


Dicha garantía deberá constituirse a nombre del Congreso de los Diputados (CIF S-2804002-J) y se presentará en días hábiles, de lunes a viernes, de 10 a 14 horas, en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados.


La garantía provisional se extinguirá automáticamente y se devolverá a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa cuya proposición haya sido
seleccionada para la adjudicación, le será retenida la garantía provisional hasta que acredite, en el plazo señalado en el artículo 151.2 del TRLCSP, la constitución de la garantía definitiva. Se incautará la garantía provisional a las empresas que
retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 62 del RGLCAP.


En todo caso, la garantía presentada por los licitadores responderá del mantenimiento de las proposiciones hasta la adjudicación del contrato. Por su parte, la garantía provisional presentada por el licitador que resulte adjudicatario del
contrato, responderá también del cumplimiento de las obligaciones que le impone el artículo 151.2 del TRLCSP.


IX. EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES


Cláusula 14.a


El órgano de contratación estará asistido para la resolución del procedimiento por la Junta de Contratación de Obras, Servicios y Suministros del Congreso de los Diputados, constituida en Mesa de Contratación.


Cláusula 15.a


La Mesa de Contratación, después de finalizar el plazo de presentación de ofertas, procederá a abrir y examinar los sobres '1' para calificar los documentos presentados en tiempo y forma por los licitadores.


Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada lo comunicará a los interesados, concediendo un plazo máximo de tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la Mesa de Contratación.


Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, se procederá a abrir en acto público los sobres '2' de los licitadores admitidos.


Al comienzo de este acto, el Presidente de la Mesa manifestará el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y de las causas de inadmisión de estas últimas.


La Mesa de Contratación, con anterioridad al acto al que se refiere el siguiente párrafo de esta cláusula, procederá al examen y puntuación de las propuestas valorables mediante criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor
(sobres '2'), cuantificando los distintos apartados y deduciendo la puntuación final obtenida por cada una de las propuestas, de conformidad con los criterios de valoración recogidos en la cláusula 16.a, dejando constancia documental de todo ello.
Asimismo, podrá solicitar, antes de la valoración, los informes técnicos que considere necesarios y que tengan relación con el objeto del contrato.


Los sobres '3' serán abiertos en acto público. En dicho acto se dará a conocer la puntuación asignada a las propuestas valorables mediante criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (sobres '2').


La Mesa de Contratación procederá a la valoración de los criterios que hacen referencia a características del objeto del contrato que se valoran mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de fórmulas (sobres '3')
y sumará su resultado al obtenido del examen de las propuestas citadas en el párrafo anterior.


Sobre la base de la valoración resultante, la Mesa de Contratación clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente y las elevará a la Mesa del Congreso con la correspondiente propuesta.


Las fechas para la celebración de los actos públicos de apertura de los sobres '2' y '3' se anunciarán con antelación suficiente en la página web del Congreso de los Diputados.



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X. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN


Cláusula 16.a


Para la adjudicación del contrato, la Administración valorará las referencias técnicas y económicas, teniendo la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, o declarar desierto el procedimiento, siempre que, como se
establece en la cláusula 17.ª,4 y de conformidad con el artículo 151.3 del TRLCSP, no exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Pliego.


Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato y su ponderación, son los siguientes:


- Las ofertas de cada empresa serán valoradas mediante puntuación del 0 al 10.


- La ponderación de la oferta económica y la oferta técnica será la siguiente:


A) Oferta económica. Se valorará mediante puntuación del 0 al 4. La puntuación de la propuesta económica se obtendrá de multiplicar la oferta económica más baja por 4, y el resultado de tal operación se dividirá por el importe de la oferta
que se valora.


B) Oferta técnica. Deberá cumplirse en todo caso el contenido básico de la oferta técnica, contenido en las cláusulas 2.ª, 3.ª y 4.ª del Pliego de Prescripciones Técnicas, rechazándose las ofertas que no lo cumplan en su totalidad.


La oferta técnica se valorará mediante puntuación del 0 al 6, de la siguiente manera:


1. Mejoras en el contenido de los exámenes de salud:


a) ampliación de la batería analítica, con las siguientes determinaciones:


• Hemoglobina glicosilada ;0,20 puntos


• TSH y T4L rutinarias ;0,20 puntos


• Hierro, ferritina y saturación de transferrina ;0,20 puntos


• Hemorragia oculta en heces ;0,20 puntos


• Anticuerpo anti HBs cuantificado ;0,20 puntos


b) realización de ecografía abdominal completa ;0,60 puntos


c) posibilidad de realización de Rx de tórax según factores de riesgo ;0,50 puntos


d) revisión ginecológica por especialista en ginecología: citología y exploración ;0,50 puntos


e) revisión prostática por especialista en urología en varones mayores de 50 años ;0,50 puntos


f) despistaje de cardiopatía isquémica: ergometría y ecocardiografía 2D, doppler color en mayores de 50 años o con factores de riesgo cardiovascular ;0,50 puntos


g) estudio de fondo de ojo y tensión ocular ;0,40 puntos


2. Mejoras en la promoción de la salud.


Se considerarán mejoras en la promoción de la salud, las siguientes acciones formativas, siempre que se ofrezca, en cada una de ellas, su impartición a un colectivo total de 200 alumnos participantes distribuidos en las ediciones que se
consideren necesarias:


a) higiene postural ;0,50 puntos.


b) prevención y control del estrés ;0,50 puntos.


c) primeros auxilios ;0,50 puntos.


d) prevención del tabaquismo ;0,50 puntos.


Deberá cumplirse, en todo caso, lo estipulado en el Pliego de Prescripciones Técnicas.


A todos los efectos se entenderá que en las ofertas presentadas y en los precios ofertados, están incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del servicio contratado, entre



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ellos los gastos generales, financieros, seguros, transportes y desplazamientos, horarios del personal técnico a su cargo, de comprobación y ensayo, así como toda clase de tributos e impuestos.


En caso de igualdad en las proposiciones, una vez estudiadas de acuerdo con los criterios que sirven de base para la adjudicación, se dará preferencia en la adjudicación a aquellas empresas que tengan en su plantilla un número de
trabajadores con discapacidad superior al dos por ciento, y si esta circunstancia se acredita en varias empresas, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con
discapacidad en su plantilla, todo ello de acuerdo a la disposición adicional cuarta, apartado 2° del TRLCSP.


La adjudicación se hará a la mejor oferta, de acuerdo con los criterios expuestos.


XI. ADJUDICACIÓN


Cláusula 17.a


1. La Mesa de Contratación elevará las proposiciones presentadas, clasificadas por orden decreciente, con la correspondiente propuesta, a la Mesa de la Cámara, u órgano delegado a estos efectos, quien determinará la oferta económicamente
más ventajosa, requiriendo al licitador que la hubiere presentado para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de haber constituido la garantía definitiva, conforme a lo estipulado en la cláusula 18.ª


2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan
quedado clasificadas las ofertas.


3. La Mesa de la Cámara u órgano delegado a estos efectos deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.


4. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.


5. La adjudicación se notificará a los candidatos o licitadores y se publicará en el perfil del contratante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 151.4 del TRLCSP.


6. Notificada la adjudicación del contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados.


Si éstos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, la Administración no estará obligada a seguirla custodiando, a excepción de los documentos justificativos de la garantía
provisional, que se conservarán para su entrega a los interesados.


La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante el órgano de contratación, se realizará de acuerdo con lo siguiente:


Obligaciones tributarias:


a) Original o copia compulsada del alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la
fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.


Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f)
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria.


Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.


b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.



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Obligaciones con la Seguridad Social:


Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.


En caso de haberse resuelto un empate entre dos licitadores por tener uno de ellos en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al dos por ciento, los licitadores deberán acreditar esta circunstancia mediante los
correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social.


XII. GARANTÍA DEFINITIVA


Cláusula 18.a


1. Recibido el requerimiento al que se refiere la cláusula anterior, el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir a disposición del Congreso de los Diputados una garantía por importe del 5% del
importe de la proposición considerada como oferta económicamente más ventajosa.


2. Esta garantía definitiva se constituirá a favor del Congreso de los Diputados y se presentará para su depósito de lunes a viernes, de 10 a 14 horas, en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados.


3. La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el artículo 100 del TRLCSP.


4. La constitución, reposición, reajuste, devolución y cancelación de la garantía se regirán por lo previsto en los artículos 99 y 102 del TRLCSP.


XIII. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO


Cláusula 19.a


1. El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo de quince
días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato.


2. Si por causas imputables al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, el Congreso de los Diputados podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que,
en su caso, hubiese exigido, pudiéndose adjudicar el contrato al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.


3. Asimismo, antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá reembolsar en la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior del Congreso de los Diputados el importe de los anuncios oficiales exigidos por el procedimiento
de adjudicación.


Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la formalización del contrato, todos los impuestos, tasas o gravámenes y cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que
éstos señalen.


Cláusula 20.a


El contrato tiene carácter administrativo. Al contrato se unirán debidamente compulsados un ejemplar de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.


Asimismo tendrá carácter contractual la oferta presentada por el contratista en todo lo referente a las mejoras propuestas u otros aspectos que puedan influir en la ejecución del contrato y que, según los criterios de valoración establecidos
en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, hayan determinado la adjudicación del mismo.



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XIV. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN


Cláusula 21.a


El contrato entrará en vigor el día de su firma y se extinguirá el día 31 de diciembre de 2016, sin que quepa la prórroga del mismo salvo en los casos previstos en la cláusula 22.ª


La duración total del contrato no podrá superar los tres años y seis meses.


Cláusula 22.a


El adjudicatario vendrá obligado a seguir realizando el servicio y mantener las condiciones del contrato cuando éste se hubiese denunciado por cualquier causa, o hubiese expirado naturalmente por el transcurso del plazo de duración, hasta
que vaya a iniciarse la prestación de los servicios por la empresa que resultase nueva adjudicataria.


XV. EJECUCIÓN DEL CONTRATO


Cláusula 23.a


El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego, en el contrato y en la oferta realizada por el adjudicatario, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas y
de acuerdo con las instrucciones que, para su interpretación, hubiera dado el Congreso de los Diputados al contratista.


XVI. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA


Cláusula 24.a


1. El adjudicatario se obligará a realizar los servicios objeto del contrato al precio ofertado, aplicándose el artículo 307 del TRLCSP en cuanto a los vicios o defectos en los trabajos efectuados.


Cláusula 25.a


1. El contratista deberá contratar el personal preciso para atender a sus obligaciones.


2. El Congreso será del todo ajeno a las relaciones de cualquier índole que existan entre el adjudicatario y el personal con el que cuente aquél para la ejecución de este contrato. El contrato no supondrá en ningún caso la existencia de
relación laboral entre el Congreso de los Diputados y el adjudicatario, ni entre el Congreso de los Diputados y el personal de aquél.


3. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de salud laboral.


4. El adjudicatario asume plena responsabilidad sobre la idoneidad técnica, legal y económica de la oferta presentada para conseguir el objeto del contrato y cumplir estrictamente todas las normas aplicables.


5. En la prestación del servicio, es responsabilidad del adjudicatario atenerse a toda la normativa de obligado cumplimiento y a la buena práctica que en cada momento sea aplicable a la actividad que ejecuta, tanto en sus aspectos técnicos
como administrativos, tributarios, mercantiles, de prevención de riesgos laborales, etcétera.


Cláusula 26.a


El contratista quedará sujeto a las medidas de seguridad que se aplican en la Cámara.


Cláusula 27.a


1. El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con
fines distintos de los que figuran en este pliego, ni tampoco ceder a otros, ni siquiera a efectos de conservación.



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2. Esta obligación subsistirá incluso después de la finalización del contrato, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en el Real
Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la referida Ley Orgánica.


3. El adjudicatario deberá informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del servicio, respondiendo la empresa adjudicataria de
las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir.


Cláusula 28.a


Los técnicos responsables de la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior harán un seguimiento de los trabajos durante la ejecución de los mismos. Este control de calidad será determinante para el abono de los trabajos efectuados.
En caso de que dicho control no fuera satisfactorio, no podrán abonarse dichos servicios hasta la correcta realización de los mismos.


XVII. PAGO DEL PRECIO


Cláusula 29.a


1. El contratista tendrá derecho al abono del precio de los servicios efectivamente realizados con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato.


El abono del precio se realizará previa presentación de la correspondiente factura, de acuerdo con lo establecido en la Normativa de Régimen Económico del Congreso de los Diputados.


2. El órgano de contratación determinará si el servicio realizado por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la
subsanación de los defectos observados con ocasión de su ejecución.


XVIII. REVISIÓN DE PRECIOS


Cláusula 30.a


Desde la entrada en vigor del contrato hasta la finalización del año natural siguiente no procederá la revisión de precios. Finalizado éste, la revisión se llevará a cabo por un importe que no podrá superar el ochenta y cinco por ciento de
la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumo elaborado por el Instituto Nacional de Estadística, determinado con carácter general para el período de año natural por la Junta de Contratación de Obras, Servicios y Suministros.


XIX. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO


Cláusula 31.a


1. Serán causas de resolución del contrato las consignadas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP. El Congreso de los Diputados podrá resolver el contrato si con posterioridad a la adjudicación se comprobase la falsedad en los datos
aportados por el adjudicatario y que hayan sido tenidos en cuenta para la adjudicación.


2. Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, le será incautada la garantía definitiva y deberá, además, indemnizar al Congreso de los Diputados los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan el
importe de la garantía incautada.


XX. PRERROGATIVAS Y RECURSOS


Cláusula 32.a


1. La Mesa del Congreso ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento.



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2. Asimismo, ostenta la prerrogativa de modificarlos, por razones de interés público, de conformidad con lo dispuesto en el TRLCSP.


3. Los acuerdos de la Mesa son inmediatamente ejecutivos.


4. De conformidad con lo establecido en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, procederá la interposición de recurso
ante la propia Mesa con carácter previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de notificación de la resolución, todo ello sin perjuicio de la interposición de recurso
especial en materia de contratación, en aquellos casos en que proceda.


5. Serán susceptibles de la cuestión de nulidad o del recurso especial en materia de contratación, los actos del procedimiento de contratación, cuando los citados medios de impugnación sean procedentes de conformidad con lo establecido en
los artículos 37 y 41 del TRLCSP.



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ANEXO I


MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 60 DEL TRLCSP Y DE HALLARSE AL CORRIENTE DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD
SOCIAL


D./D.ª en nombre y


representación de la Sociedad con


C.I.F. DECLARA:


Que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes, así como el firmante, no están incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar a que se refiere el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en los términos y condiciones previstos en el mismo.


Asimismo, declara que la citada empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.


Fecha y firma del licitador.



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ANEXO II


MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA


D/D.ª


con D.N.I. núm. , vecino de


provincia de con domicilio en , núm. , código postal


(en nombre propio) o (de la empresa que representa) ,


con C.I.F. núm. y domicilio en ,


núm. ........, código postal ......................., enterado del anuncio publicado en el (perfil del contratante, BOE, BOCG) del día .................................... y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se exigen para
la adjudicación del CONTRATO DEL SERVICIO PREVENTIVO DE VIGILANCIA DE LA SALUD LABORAL EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS se compromete a su ejecución, con estricta sujeción a los expresados requisitos, condiciones y obligaciones, por un precio total
de ................ euros (por la duración total del contrato), exento de IVA, todo ello de acuerdo con lo establecido en los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo
contenido declara conocer y acepta plenamente y de acuerdo con el detalle que se adjunta.


En Madrid, a de de 2013.


Firma del proponente,



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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS


I. OBJETO


Cláusula 1.a


La empresa que resulte contratada proporcionará a los trabajadores del Congreso de los Diputados la vigilancia de la salud en función de los riesgos inherentes al trabajo de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de
Prevención de Riesgos Laborales, y el artículo 37.3 del R.D. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los Servicios de Prevención.


El examen de salud sólo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento. De este carácter voluntario sólo se exceptuarán, previo informe de los representantes de los trabajadores, los supuestos en los que la realización
de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás
trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa o cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad.


II. FUNCIONES


Cláusula 2.a


La empresa que resulte adjudicataria llevará a cabo especificamente la actividad sanitaria de vigilancia de la salud, que comprenderá:


- La evaluación inicial de la salud de los trabajadores, después de la incorporación al trabajo o después de la asignación de tareas específicas con nuevos riesgos para la salud.


- La evaluación de salud de los trabajadores que reanuden el trabajo tras una ausencia prolongada por motivos de salud.


- La vigilancia de la salud a intervalos periódicos que se realizarán una vez al año a todos los trabajadores que voluntariamente se quieran someter a los exámenes de salud, salvo lo dispuesto en el párrafo segundo de la cláusula 1.ª


Cláusula 3.a


Las funciones de vigilancia y control de la salud serán desempeñadas por personal de la empresa contratada que reunirá los requisitos de titulación, competencia técnica, formación y capacidad establecidos en el artículo 37.3 del Reglamento
de los servicios de prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997 de 17 de enero.


Cláusula 4.a


Los exámenes de salud incluirán:


4.1.1 Historial clínico-laboral:


- Datos personales, centro y puesto de trabajo, riesgos inherentes del puesto desempeñado.


- Trabajos anteriores, tiempo, riesgos y daños para la salud.


- Trabajo actual, riesgos del puesto, antigüedad y daños para la salud.


- Antecedentes familiares.


- Antecedentes personales.


- Historia actual (hábitos, patologías, tratamientos farmacológicos, alergias, vacunaciones preventivas).


4.1.2 Exploración general:


- Datos antropométricos: peso, talla, tensión arterial y pulso.


- Exploración física general.


- Exploraciones complementarias: control de la visión, espirometría, audiometría, electrocardiograma.



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4.1.3 Análisis de sangre:


- Hematología: series roja, blanca y plaquetas. VSG.


- Bioquímica: glucosa, ácido úrico, creatinina, urea, GOT, GPT, GGT, triglicéridos, colesterol total, colesterol HDL, LDL, y cociente.


• Varones mayores de 45 años: PSA en reconocimientos anuales.


• Mujeres: hierro en reconocimientos anuales con hemoglobina inferior a 11 grs.


• Hormonas tiroideas si hay indicios de clínica o antecedentes familiares en reconocimientos anuales.


4.1.4 Análisis de orina: sistemático y sedimento.


4.1.5 Protocolos específicos de vigilancia de la salud.


En el caso de los trabajadores que estén expuestos a riesgos para los que existan protocolos de vigilancia de la salud concretos establecidos por el Ministerio de Sanidad o la Comunidad Autónoma de Madrid (usuarios de PVD, manejo manual de
cargas, exposición a radiaciones ionizantes, etcétera), deberá completarse el reconocimiento médico general con la aplicación de dicho protocolo.


Cláusula 5.a


La contratación de la vigilancia de la salud incluye al personal tanto funcionario de las Cortes Generales como laboral y eventual, destinado en el Congreso de los Diputados, estimándose en 720 el número previsible de personas que con dicho
carácter prestará servicio en la Cámara en el momento de la formulación del contrato.


III. MEJORAS


Cláusula 6.a


6.1. Se considerarán mejoras en el contenido de los exámenes de salud:


a) la ampliación de la batería analítica, con las siguientes determinaciones:


• Hemoglobina glicosilada


• TSH y T4L rutinarias


• Hierro, ferritina y saturación de transferrina


• Hemorragia oculta en heces


• Anticuerpo anti HBs cuantificado


b) realización de ecografía abdominal completa


c) posibilidad de realización de Rx de tórax según factores de riesgo


d) revisión ginecológica por especialista en ginecología: citología y exploración


e) revisión prostática por especialista en urología en varones mayores de 50 años


f) despistaje de cardiopatía isquémica: ergometría y ecocardiografía 2D, doppler color en mayores de 50 años o con factores de riesgo cardiovascular.


g) estudio de fondo de ojo y tensión ocular.


6.2. Se considerarán mejoras en la promoción de la salud, las siguientes acciones formativas, siempre que se ofrezca, en cada una de ellas, su impartición a un colectivo total de 200 alumnos posibles participantes distribuidos en las
ediciones que se consideren necesarias:


a) higiene postural


b) prevención y control del estrés


c) primeros auxilios


d) prevención del tabaquismo


Para la valoración de las mejoras recogidas en la presente cláusula, se aplicará el baremo recogido en la cláusula 16 del pliego de cláusulas administrativas particulares.



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IV. CONDICIONES DE REALIZACIÓN


Cláusula 7.a


La realización de los exámenes de salud periódicos, salvo excepciones justificadas, tendrán lugar en las dependencias del Congreso de los Diputados que a tal efecto se asignen.


La vigilancia de la salud debe orientarse en función de los riesgos a los que esté expuesto el trabajador en el desempeño de su puesto de trabajo.


El resultado de la vigilancia de la salud será comunicado al trabajador. El informe se redactará en términos comprensibles asegurando la confidencialidad de los datos y recepción del mismo.


El acceso a la información médica de carácter personal se limitará al personal médico, sin que pueda facilitarse a la Administración Parlamentaria o a ninguna persona sin el consentimiento del empleado público.


No obstante lo anterior, las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales serán informados de las conclusiones que se deriven de los reconocimientos efectuados en relación con la aptitud del
trabajador para el desempeño del puesto de trabajo o mejorar las medidas de prevención y protección, con el fin de que puedan desarrollar correctamente sus funciones sin riesgo para su salud.


En todos los casos, el tratamiento de estos datos se llevará a cabo de acuerdo a los principios establecidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.


Cláusula 8.a


A la Dirección de Recursos Humanos y de Gobierno Interior se le enviará:


- Informe individualizado con resultado de apto, no apto, o apto con consideración, de cada trabajador/a.


- Informe del reconocimiento médico nominal de cada trabajador en sobre cerrado con etiqueta de 'confidencialidad' para que la entidad lo entregue al interesado.


Cláusula 9.a


La empresa contratada estudiará y vigilará especialmente los riesgos que pueden afectar a las trabajadoras en situación de embarazo o parto recientes y a los trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos, proponiendo las
medidas adecuadas.


Cláusula 10.a


La actividad de la vigilancia de la salud se realizará de forma coordinada con el Servicio de Prevención propio del Congreso de los Diputados.


La empresa adjudicataria designará a un especialista en Medicina del Trabajo que colabore y coordine las actuaciones del Servicio de Prevención ajeno con el citado Servicio de Prevención propio de la Cámara, con el fin de dar cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en el artículo 15 del Reglamento de los Servicios de Prevención.


Cláusula 11.a


Para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, que desarrolla el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, tras la adjudicación del contrato y con la antelación suficiente al
comienzo de los trabajos, la empresa adjudicataria deberá realizar las actuaciones de coordinación de actividades empresariales que le sean requeridas por el Congreso de los Diputados a través de su Servicio de prevención de riesgos laborales.



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V. REQUISITOS QUE HA DE REUNIR EL SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO PARA LA VIGILANCIA DE LA SALUD


Cláusula 12.a


En aplicación del artículo 17 del R.D. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, modificado por el R.D. 337/2010, de 19 de marzo, la empresa adjudicataria, como servicio de prevención
ajeno de vigilancia de la salud deberán reunir los siguientes requisitos:


a. Disponer de la organización, las instalaciones, el personal y los equipos necesarios para el desempeño adecuado de su actividad, teniendo en cuenta el tipo, extensión y frecuencia de los servicios preventivos que han de prestar y el tipo
de actividad desarrollada por los trabajadores de las Cámara.


b. Contar con la acreditación de la autoridad laboral competente en la disciplina preventiva de Medicina del Trabajo, previa aprobación de la administración sanitaria.


c. Contar al menos con un médico especialista en Medicina del Trabajo y un ATS/DUE de empresa.


d. Disponer en Madrid, como mínimo, de las instalaciones e instrumentación necesarias para realizar las pruebas, reconocimientos, mediciones, análisis y evaluaciones habituales en la práctica de la especialidad de Medicina del Trabajo, así
como para el desarrollo de las actividades formativas y divulgativas básicas.


e. Respecto a las unidades móviles, la empresa adjudicataria deberá disponer de equipos sanitarios móviles complementarios para desarrollar la actividad de la vigilancia de la salud, que deberán cumplir con los requisitos suficientes que
garanticen la vigilancia y atención adecuada a los trabajadores, su seguridad así como la confidencialidad de sus datos, además de contar con la correspondiente autorización administrativa otorgada por la autoridad sanitaria competente.


VI. DOCUMENTACIÓN


La empresa adjudicataria facilitará, a la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior del Congreso de los Diputados, la memoria de las actividades realizadas con criterios epidemiológicos así como un informe de las conclusiones de la
vigilancia de la salud.


Toda la información documental que se obtenga para la realización de las prestaciones objeto del contrato será entregada a su finalización al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Cámara. No obstante lo anterior, dicho servicio
podrá solicitar a la empresa adjudicataria a lo largo del periodo de ejecución del contrato la información que considere conveniente, debiendo ser facilitada por la empresa.


De conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el personal de la empresa adjudicataria mantendrá la más estricta confidencialidad sobre la
información suministrada por el Congreso de los Diputados con motivo de la ejecución del contrato. Se comprometerá igualmente a no aplicar los datos ni tratarlos con fines distintos a los que conforman el objeto del contrato, ni los comunicará, ni
cederá, ni siquiera para su conservación a otras personas.