Ruta de navegación

Publicaciones

BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 197, de 19/12/2012
cve: BOCG-10-D-197 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


X LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


19 de diciembre de 2012


Núm. 197



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


PLENO


051/000002 Composición del Pleno. Altas y bajas ... (Página4)


DIPUTACIÓN PERMANENTE


061/000008 Composición de la Diputación Permanente. Altas y bajas ... (Página4)


GRUPOS PARLAMENTARIOS


010/000008 Composición de los Grupos Parlamentarios. Altas y bajas ... (Página5)


DIPUTADOS


Declaración de bienes y rentas de los señores Diputados ... (Página5)


PERSONAL


299/000002 Personal eventual al servicio de los miembros de la Mesa del Congreso de los Diputados. Cese ... (Página11)


299/000003 Personal eventual como Asistente para la atención de los señores Diputados de los Grupos Parlamentarios del Congreso. Nombramiento ... (Página11)


Control sobre las disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley


DECRETOS-LEYES


130/000029 Real Decreto-ley 28/2012, de 30 de noviembre, de medidas de consolidación y garantía del Sistema de Seguridad Social. Convalidación ... (Página11)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000348 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al ejercicio de la capacidad jurídica por las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que las demás en todos los aspectos de
la vida.


Enmiendas... (Página15)


Aprobación con modificaciones ... (Página16)



Página 2





162/000367 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, para evitar el desmantelamiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. Rechazo por el Pleno de la Cámara así como enmiendas formuladas
... (Página17)


162/000461 Proposición no de Ley presentada por los Grupos Parlamentarios Popular en el Congreso, Socialista, Catalán (Convergència i Unió), de Unión Progreso y Democracia, Vasco (EAJ-PNV) y de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural,
relativa a la promoción dentro de la Estrategia de Salud Mental de acciones para una redefinición de los objetivos y acciones de prevención del suicidio. Aprobación ... (Página19)


Comisión de Asuntos Exteriores


161/000711 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre el respeto de los Derechos Humanos, Civiles y Políticos en Turquía. Desestimación ... (Página19)


161/001014 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre las recientes elecciones y las reformas institucionales en curso en Ucrania. Aprobación con modificaciones así como enmienda
formulada ... (Página19)


161/001031 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre reconocimiento del Estado Palestino como miembro observador de Naciones Unidas. Aprobación con modificaciones ... (Página21)


Comisión de Defensa


161/000454 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa al apoyo al sector naval de la bahía de Cádiz. Desestimación así como enmienda formulada ... (Página21)


161/001030 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre adecuación de las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas a las reglas esenciales de comportamiento del militar establecidas en el artículo 6 de la
Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas. Desestimación así como enmiendas formuladas ... (Página22)


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/000113 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre enfermedades profesionales. Desestimación así como enmiendas formuladas ... (Página23)


161/000279 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la prescripción de medicamentos en enfermería. Aprobación con modificaciones así como enmienda formulada ... (Página24)


161/000609 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre exención de copago a los pacientes afectados por enfermedades raras. Desestimación así como enmienda formulada ... href='#(Página25)'>(Página25)


161/000641 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre equiparación de los derechos de los trabajadores autónomos con los de los consumidores finales, cuando contraten servicios o
adquieran bienes de equipo de oficina. Desestimación ... (Página26)


161/000695 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia,sobre establecimiento de un plan de lucha contra la pobreza y la exclusión social. Desestimación así como enmiendas formuladas ... href='#(Página26)'>(Página26)



Página 3





161/000722 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la promoción del ahorro energético en los centros asistenciales del Sistema Nacional de Salud. Aprobación así como enmienda formulada
... (Página29)


161/000769 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, para evitar el desmantelamiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. Desestimación así como enmiendas formuladas ... href='#(Página30)'>(Página30)


161/000807 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre realización del recorte de 600 millones de euros en gasto militar y no en sanidad, educación y políticas sociales. Desestimación ... href='#(Página26)'>(Página26)


161/000833 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, para que el Gobierno impulse el proceso de consultas sociales necesarias de cara a la futura elaboración del Estatuto del Mayor. Aprobación con
modificaciones así como enmienda formulada ... (Página32)


161/000903 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la homogeneización del Consejo Genético en cáncer y a su coordinación interautonómica. Aprobación con modificaciones así como enmienda
formulada ... (Página32)


INTERPELACIONES


Urgentes


172/000077 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre las actuaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en relación al Anteproyecto de Ley de mejora de la calidad educativa (LOMCE),
vista la acción discriminatoria que el mismo realiza sobre el modelo lingüístico de Cataluña, que está siendo causa de alarma social en Cataluña ... (Página33)


172/000081 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la posición del Gobierno acerca de la creación del impuesto sobre los depósitos en las entidades de crédito ... (Página34)


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000053 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno ante la privatización de los servicios públicos de salud y las crecientes
desigualdades territoriales en el acceso a la prestación de los servicios sanitarios. Rechazo por el Pleno de la Cámara así como enmiendas formuladas ... (Página35)


173/000054 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre las previsiones de cambio del modelo de política penitenciaria. Rechazo por el Pleno de la Cámara ... href='#(Página38)'>(Página38)


PLANES Y PROGRAMAS


201/000003 Plan Director de la Cooperación Española 2013-2016. Dictamen de la Comisión y votos particulares ... (Página38)



Página 4





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


De conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de los cambios habidos en la composición de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


PLENO


051/000002


A) Relación por orden alfabético de señores Diputados que han adquirido la plena condición de Diputado.


Baja:


CERVERA SOTO, Santiago 10-12-2012


Alta:


MARCOS DOMÍNGUEZ, Pilar 11-12-2012


B) Relación de Diputados que han presentado su credencial, por circunscripciones.


Madrid:


MARCOS DOMÍNGUEZ, Pilar PP


C) Relación de Diputados por orden de presentación de credenciales.


Nombre: MARCOS DOMÍNGUEZ, Pilar.


Circunscripción: Madrid.


Número: 377.


Fecha: 11 de diciembre de 2012.


Formación electoral: PP.


DIPUTACIÓN PERMANENTE


061/000008


Grupo Parlamentario Mixto


(061/000001)


Suplentes


Baja:


JORQUERA CASELAS, Francisco 30-09-2012


Alta:


FERNÁNDEZ DAVILA, M.ª Olaia 10-12-2012



Página 5





GRUPOS PARLAMENTARIOS


010/000008


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


(010/000005)


Número de miembros al 12 de diciembre de 2012: 185.


Baja:


CERVERA SOTO, Santiago 10-12-2012


Alta:


MARCOS DOMÍNGUEZ, Pilar 12-12-2012


DIPUTADOS


De conformidad con lo dispuesto en la Norma 5 del Acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, de 21 de diciembre de 2009, por el que se aprueban las Normas en materia de registro de intereses, en los términos de la
redacción dada por la modificación acordada por las Mesas de ambas Cámaras, en su reunión del día 19 de julio de 2011, para dar cumplimiento a lo establecido en la reforma del artículo 160.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, se
ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de la declaración de modificación de bienes y rentas presentada, una vez calificada (núm. expte. 005/000090/0001).


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



Página 6





[**********página con cuadro**********]



Página 7





[**********página con cuadro**********]



Página 8





[**********página con cuadro**********]



Página 9





[**********página con cuadro**********]



Página 10





[**********página con cuadro**********]



Página 11





PERSONAL


299/000002


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 10 de diciembre de 2012 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien disponer el cese, con efectos
de 10 de diciembre de 2012, del personal eventual que a continuación se relaciona en el cargo de Secretaria de la Secretaría Cuarta del Congreso de los Diputados:


- D.ª Sonsoles Teresa Marín Lozano.


- D.ª Esperanza Macarena Rodríguez Fernández.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


299/000003


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 12 de diciembre de 2012 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a doña Sonsoles Teresa
Marín Lozano, a propuesta del Excmo. Sr. D. José Antonio Bermúdez de Castro Fernández, con efectos de 13 de diciembre de 2012 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso.


Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


CONTROL SOBRE LAS DISPOSICIONES DEL EJECUTIVO CON FUERZA DE LEY


DECRETOS-LEYES


130/000029


Se publica a continuación el Real Decreto-ley 28/2012, de 30 de noviembre, de medidas de consolidación y garantía del sistema de la Seguridad Social.


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, dicho Real Decreto-ley fue sometido a debate y votación de totalidad por el Congreso de los Diputados en su sesión del día de hoy, en la que se acordó su convalidación.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de noviembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



Página 12





REAL DECRETO-LEY 28/2012, DE 30 DE NOVIEMBRE, DE MEDIDAS DE CONSOLIDACIÓN Y GARANTÍA DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL


I


La Ley 28/2003, de 29 de septiembre, reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, constituye la culminación del proceso normativo por el que se ha dado cumplimiento a las dos primeras recomendaciones del apartado IX del Informe de
la Ponencia que el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó el 6 de abril de 1995, conocida como 'Pacto de Toledo', relativas, respectivamente, a la separación y clarificación de las fuentes de financiación del sistema de la Seguridad Social y a
la constitución de reservas en su nivel contributivo que atenúen el efecto de los ciclos económicos.


Ante la incidencia de la crisis sobre el conjunto de las cuentas públicas, yen particular sobre el sistema de la Seguridad Social, se han venido adoptando desde hace años un conjunto de medidas destinadas a asegurar la viabilidad económica
de dicho sistema. Como continuación a las reformas ya aprobadas, el Gobierno ha comprometido un conjunto de medidas adicionales que profundizan en las reformas y se orientan al cumplimiento de las recomendaciones adoptadas para España en el Consejo
Europeo celebrado los días 28 y 29 de junio de 2012.


La crisis está suponiendo un elevado déficit del sistema de la Seguridad Social durante el ejercicio 2012, con las consiguientes tensiones de liquidez que se verán acentuadas el próximo mes de diciembre de 2012, en el que han de abonarse dos
mensualidades, ordinaria y extraordinaria, de pensiones de la Seguridad Social.


La situación descrita determina la imperiosa necesidad de establecer, durante los ejercicios 2012, 2013 y 2014 unas condiciones excepcionales para la disposición del Fondo, dejando sin efecto durante los mencionados ejercicios la limitación
del tres por ciento de la suma de los conceptos previstos en el artículo 4 de la Ley 28/2003, de 29 de septiembre.


Por todo ello, queda plenamente justificada la extraordinaria y urgente necesidad de la situación que legitima la adopción de este real decreto-ley por el que se fija un nuevo limite en la disposición de activos del Fondo de Reserva de la
Seguridad Social y se autoriza durante los ejercicios 2012, 2013 y 2014 la disposición del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, a medida que surjan las necesidades, hasta un importe máximo equivalente al déficit presupuestario de las entidades
gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.


II


El actual Gobierno ha demostrado desde el comienzo su compromiso con la revalorización de las pensiones. De hecho, la primera medida que se adoptó en materia de pensiones fue la de actualizarlas en un uno por ciento, a través del Real
Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.


Ello ha supuesto un esfuerzo importante para nuestro sistema público de protección en un contexto en el cual la Seguridad Social ha tenido que acudir a sus reservas, tal y como se explica en el apartado anterior de esta parte expositiva.
Esta circunstancia, unida a otras como la necesidad de cumplir con el objetivo del déficit público, obliga con carácter de extraordinaria y urgente necesidad a dejar sin efecto la actualización de las pensiones en el ejercicio 2012 y a suspender la
revalorización de las pensiones para el ejercicio de 2013 en los términos previstos en el artículo 48 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, y en el artículo 27 del
texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto íegislativo 670/1987, de 30 de abril.


Sin perjuicio de lo anterior y en aras de mantener el compromiso adquirido en materia de pensiones, tanto las abonadas por el sistema de la Seguridad Social como las de Clases Pasivas, experimentarán en 2013 un incremento del uno por ciento.
No obstante, se incrementarán en un uno por ciento adicional todas aquellas pensiones que no superen los 1.000 euros mensuales o 14.000 euros en cómputo anual.



Página 13





III


El presente Real Decreto-ley tiene también como finalidad proceder a la concesión de suplementos de crédito para la cobertura de obligaciones del Servicio Público de Empleo Estatal correspondientes a gastos de prestaciones por desempleo,
compensación de la disminución de recaudación producida en las cotizaciones por desempleo y formación profesional y gastos derivados del programa de recualificación profesional de las personas desempleadas que agoten su prestación por desempleo.


Por todo ello, es necesario un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Empleo y Seguridad Social por cuantía de 4.294.811.051,73 euros con destino al Servicio Público de Empleo Estatal. Los gastos a cuya cobertura atienden
los suplementos de crédito que se conceden constituyen obligaciones exigibles de la Administración, si bien la cuantía de las mismas no permite su financiación con cargo al Fondo de Contingencia de Ejecución Presupuestaria. Por tanto, se excepciona
la aplicación de lo dispuesto en los artículos 50.1 y 55.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, financiándose el suplemento de crédito en el Presupuesto del Estado con Deuda Pública.


La exigencia de atender al pago de obligaciones que ineludiblemente debe satisfacer la Administración y la necesidad de no demorar su abono para no causar perjuicios a terceros afectados, constituyen las razones de extraordinaria y urgente
necesidad que justifican la concesión de los suplementos de crédito mediante Real Decreto-ley.


La disposición final primera modifica el apartado 1 del artículo 94 bis de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, con objeto de precisar la equivalencia existente entre la
dispensación mediante receta médica y la dispensación mediante orden de dispensación hospitalaria. Las desigualdades que está provocando la existencia de una diferente nomenclatura para el mismo acto de dispensación, unido al proceso acelerado de
cierre de la implantación de la receta electrónica en el Sistema Nacional de Salud, exigen una clarificación inmediata que garantice la aplicación homogénea de estas medidas de dispensación.


En su virtud, en uso de la autorización contenida en el artículo 86 de la Constitución Española, a propuesta de los Ministros de Empleo y Seguridad Social, de Economía y Competitividad, de Hacienda y Administraciones Públicas y de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de noviembre de 2012,


DISPONGO:


Artículo primero. Régimen excepcional de disposición de los activos del Fondo de Reserva de la Seguridad Social.


Durante los ejercicios 2012, 2013 y 2014, no resultará de aplicación el límite del tres por ciento fijado con carácter general en el artículo 4 de la Ley 28/2003, de 29 de septiembre, reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social.


Durante los citados ejercicios, el límite de disposición será el equivalente al importe del déficit por operaciones no financieras que pongan de manifiesto las previsiones de liquidación de los presupuestos de las entidades gestoras y
servicios comunes de la Seguridad Social, que al efecto elabore la Intervención General de la Seguridad Social, con arreglo a los criterios establecidos en la normativa del Fondo de Reserva de la Seguridad Social.


Artículo segundo. Actualización y revalorización de pensiones.


Uno. Se deja sin efecto para el ejercicio 2012 la actualización de las pensiones en los términos previstos en el apartado 1.2 del artículo 48 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/1994, de 20 de junio, y en el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 27 del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto legislativo 670/1987, de 30 de abril.


Dos. Se suspende para el ejercicio 2013 la aplicación de lo previsto en el apartado 1.1 del artículo 48 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, así como en
el párrafo primero de apartado 1 del artículo 27 del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto legislativo 670/1987, de 30 de abril.



Página 14





Disposición adicional primera. Autorización de la disposición del Fondo de Reserva de la Seguridad Social.


Primero. Se autoriza durante los ejercicios 2012, 2013 Y 2014 la disposición del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, conforme a lo establecido en el artículo primero de este Real Decreto-ley, a medida que surjan las necesidades, hasta
un importe máximo equivalente al importe del déficit por operaciones no financieras que pongan de manifiesto las previsiones de liquidación de los presupuestos de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.


Segundo. El importe de esta disposición del Fondo de Reserva de la Seguridad Social se destinará al pago de las obligaciones relativas a las pensiones de carácter contributivo y demás gastos necesarios para su gestión.


Tercero. Con carácter trimestral se dará cuenta al Consejo de Ministros de los importes dispuestos del Fondo de Reserva de la Seguridad Social.


Cuarto. La disposición del importe del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, en los términos establecidos en los apartados anteriores, se efectuará por la Tesorería General de la Seguridad Social en su función de caja pagadora del
sistema y competente para la distribución en el tiempo y en el territorio de las disponibilidades dinerarias para satisfacer puntualmente las obligaciones de la Seguridad Social y evitar los desajustes financieros.


Quinto. Se autoriza a los Ministros de Empleo y Seguridad Social, de Economía y Competitividad y de Hacienda y Administraciones Públicas a dictar las instrucciones que fuesen precisas para el desarrollo de lo dispuesto en esta disposición
adicional.


Disposición adicional segunda. Incremento de pensiones.


Las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social, así como de Clases Pasivas, se incrementarán en 2013 un uno por ciento tomando como referencia la cuantía legalmente establecida a 31 de diciembre de 2012.


No obstante, se incrementarán un uno por ciento adicional al previsto en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 todas aquellas pensiones que no superen los 1.000 euros mensuales o 14.000 euros en cómputo anual. Estas
pensiones, por tanto, se incrementarán en el dos por ciento.


Disposición adicional tercera. Concesión de suplementos de crédito por importe de 4.294.811.051,73 euros, para atender obligaciones del Servicio Público de Empleo Estatal correspondientes al ejercicio 2012 y regularización de ejercicios
anteriores.


1. Se autoriza un suplemento de crédito al presupuesto de la Sección 19 'Ministerio de Empleo y Seguridad Social', Servicio 03 'Secretaría de Estado de Programa 000X 'Transferencias Capítulo 4 'Transferencias Concepto 412 'Para financiar el
presupuesto del Servicio Público de Empleo por un importe de 4.294.811.051,73 euros.


Este suplemento de crédito tiene como finalidad atender al pago de prestaciones por desempleo y compensar la pérdida de recaudación de cotizaciones del año 2012; regularizar el pago de obligaciones de ejercicios anteriores y atender las
obligaciones correspondientes al Programa de recualificación profesional de personas desempleadas que agoten su prestación por desempleo.


2. El suplemento de crédito que se concede en el punto anterior, financiará suplementos de crédito en el Presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal en los términos que se recogen a continuación:


Presupuesto de Ingresos.


Aplicación presupuestaria;Denominación;Importe


(euros)


19.101.129.00;Cuota de Desempleo ;- 885.230.332,08


19.101.129.01;Cuota de Formación Profesional ;- 47.491.640,54


19.101.400.02;Para financiar el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal.;4.294.811.051,73


Total ;;3.362.089.079,11



Página 15





Presupuesto de Gastos.


Se autorizan suplementos de crédito por importe de 3.362.089.079,11 euros con el siguiente detalle:


a) En la aplicación 19.101.241A.482.26 'Ayudas para la recualificación profesional de las personas que hayan agotado la prestación por desempleo', por importe de 101.570.569,74 euros.


b) En la aplicación 19.101.251M.480.00 'Contributivas, incluso obligaciones de ejercicios anteriores', por importe de 1.980.271.363,09 euros.


c) En la aplicación 19.101.251M.480.01 'Subsidio por desempleo, incluso obligaciones de ejercicios anteriores' por importe de 409.138.852,69 euros.


d) En la aplicación 19.101.251M.480.02 'Subsidio por desempleo para eventuales del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, incluso obligaciones de ejercicios anteriores' por importe de 24.793.244,45 euros.


e) En la aplicación 19.101.251M.487.00 'Cuotas de beneficiarios de prestaciones contributivas por desempleo, incluso obligaciones de ejercicios anteriores' por importe de 635.842.235,25 euros.


f) En la aplicación 19.101.251M.487.01 'Cuotas de beneficiarios del subsidio de desempleo, incluso obligaciones de ejercicios anteriores' por importe de 89.365.630,16 euros.


g) En la aplicación 19.101.251M.488 'Renta activa de inserción, incluso obligaciones de ejercicios anteriores' por importe de 121.107.183,73 euros.


3. El suplemento de crédito que se concede en el Presupuesto del Estado se financiará con Deuda Pública, sin que resulte de aplicación a estos efectos, lo dispuesto en los artículos 50.1 y 55.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria.


Disposición final primera. Modificación de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.


Se modifica el apartado 1 del artículo 94 bis de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, que queda redactado del siguiente modo:


'1. Se entiende por prestación farmacéutica ambulatoria la que se dispensa al paciente mediante receta médica u orden de dispensación hospitalaria a través de oficinas o servicios de farmacia.'


Disposición final segunda. Título competencial.


Este Real Decreto-ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.17.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social.


Disposición final tercera. Entrada en vigor.


El presente Real Decreto-ley entrará en vigor el día de su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.


CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000348


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las enmiendas formuladas a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al ejercicio de la capacidad



Página 16





jurídica por las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que las demás en todos los aspectos de la vida, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 119, de 29 de junio de 2012.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de adición a la
Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al ejercicio de la capacidad jurídica por las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que las demás en todos los aspectos de la vida.


Enmienda


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a remitir a las Cortes Generales un proyecto de ley para dar cumplimiento al artículo 12 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en lo relativo al
ejercicio de la capacidad jurídica por las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones que las demás en todos los aspectos de la vida. Dicho proyecto de ley establecerá las modificaciones necesarias en el proceso judicial de determinación
de apoyos para la toma libre de decisiones de las personas con discapacidad que los precisen. En su elaboración se respetará el derecho civil propio de las Comunidades Autónomas que lo hayan desarrollado.'


Palacio del Congreso de los Diputados,10 de diciembre de 2012.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al ejercicio de la capacidad jurídica por las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que las demás en todos los aspectos de la vida.


Enmienda


De adición.


Se añade, detrás del inciso 'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a remitir a las Cortes Generales', la expresión 'en el plazo de tres meses desde la aprobación de esta iniciativa'.


El resto queda igual.


Palacio del Congreso de los Diputados,11 de diciembre de 2012.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


162/000348


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, con motivo del debate de la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa al ejercicio de la capacidad jurídica por las personas con
discapacidad en igualdad de condiciones que las demás en todos los



Página 17





aspectos de la vida, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 119, de 29 de junio de 2012, ha acordado lo siguiente:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a remitir a las Cortes Generales, en el plazo de tres meses desde la aprobación de esta iniciativa, un Proyecto de Ley para dar cumplimiento al artículo 12 de la Convención Internacional sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad, en lo relativo al ejercicio de la capacidad jurídica por las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones que las demás en todos los aspectos de la vida. Dicho Proyecto de Ley establecerá las
modificaciones necesarias en el proceso judicial de determinación de apoyos para la toma libre de decisiones de las personas con discapacidad que los precisen. En su elaboración se respetará el derecho civil propio de las Comunidades Autónomas que
lo desarrollen en la medida que dicho desarrollo resulte acorde con la citada Convención.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


162/000367


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, rechazó la Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, para evitar el desmantelamiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 127, de 13 de julio de 2012.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Asimismo se publican las enmiendas presentadas a dicha Proposición no de Ley.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Socialista, para evitar
el desmantelamiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedaría redactado de la siguiente forma:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Seguir profundizando en la reforma de la financiación del Sistema, a fin de garantizar la viabilidad del mismo, reforzando los derechos individuales de las personas en situación de dependencia, previo acuerdo del Consejo Territorial de
Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.


- Que todas las decisiones relacionadas con la viabilidad y mantenimiento de nuestro Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia se aborden en el Consejo Territorial, contando con el Comité Consultivo del Sistema, así como con los
demás órganos consultivos: Consejo Estatal de Personas



Página 18





Mayores, Consejo Nacional de la Discapacidad y Consejo Estatal de ONGs de Acción Social, todo ello de conformidad con las competencias señaladas a cada uno en la Ley de Dependencia.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de diciembre de 2012.-Alfonso Alonso Aranegui, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de modificación a la
Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista, para evitar el desmantelamiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.


Enmienda


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en colaboración con las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, a adoptar las medidas necesarias para garantizar el mantenimiento y desarrollo del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia, con respeto a los principios inspiradores de la Ley, y en concreto a:


1. Reponer y cumplir el calendario de implantación del Sistema que fijaba, en su redacción original, la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia (B.O.E. de
15 de diciembre de 2006).


2. Reponer el nivel acordado de financiación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.


3. Que todas las decisiones relacionadas con la viabilidad y mantenimiento de nuestro Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia se aborden en el Consejo Territorial y contando con el Comité Consultivo del Sistema, así como con
los demás órganos consultivos: Consejo Estatal de Personas Mayores, Consejo Nacional de la Discapacidad y Consejo Estatal de ONGs de Acción Social.


4. Promover un amplio acuerdo político y social, con participación de las Comunidades Autónomas y de los agentes sociales y económicos, para garantizar la sostenibilidad futura del sistema de atención a la dependencia.


Dicho acuerdo deberá orientarse a garantizar la financiación necesaria y la participación del Estado, a corto y medio plazo, en base a los costes reales de los servicios y prestaciones en las distintas Comunidades Autónomas, y más allá del
horizonte de 2015, con la perspectiva de alcanzar un gasto estable en políticas de atención a la dependencia. El acuerdo también deberá revisar la aplicación del sistema priorizando las atenciones que conllevan, la creación de empleo, el impulso a
la colaboración público-privada, el desarrollo de las prestaciones socio-sanitarias y el impulso a las políticas de prevención y a la I+D+I en esta materia.


Asimismo, el citado acuerdo deberá posibilitar el desarrollo de la política de atención a la dependencia con pleno respeto a las atribuciones competenciales que en materia de servicios sociales atribuyen la Constitución y los Estatutos de
Autonomía a las Comunidades Autónomas.'


Palacio del Congreso de los Diputados,11 de diciembre de 2012.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



Página 19





162/000461


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha aprobado la Proposición no de Ley de los Grupos Parlamentarios Popular en el Congreso, Socialista, Catalán (Convergència i Unió), de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda
Plural, de Unión Progreso y Democracia y Vasco (EAJ-PNV), relativa a la promoción dentro de la Estrategia de Salud Mental de acciones para una redefinición de los objetivos y acciones de prevención del suicidio, sin modificaciones con respecto al
texto publicado en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 175, de 12 de noviembre de 2012, por tanto, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover dentro de la Estrategia de Salud Mental una redefinición de los objetivos y acciones de prevención del suicidio, que se incorpore al documento 2009-2013, y en el mismo marco, desarrollar políticas transversales que incorporen la
perspectiva de género y presten especial atención a los grupos más vulnerables (niños, adolescentes, ancianos y personas en riesgo de exclusión) en relación a la prevención del suicidio.


2. Promover campañas de visibilización, sensibilización y concienciación contempladas en la Estrategia de Salud Mental del SNS.


3. Apoyo a la Red de Salud Mental, de acuerdo con los servicios de las CC.AA. enfocado principalmente a mejorar:


a) Las medidas preventivas.


b) El Protocolo de manejo del suicidio.


c) La atención y seguimiento inmediato a los intentos de suicidio.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


Comisión de Asuntos Exteriores


161/000711


La Comisión de Asuntos Exteriores, en su sesión del día 28 de noviembre de 2012, adoptó el acuerdo de desestimar la siguiente iniciativa:


- Proposición no de Ley sobre el respeto de los Derechos Humanos, Civiles y Políticos en Turquía, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 116, de 25 de junio de 2012.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


161/001014


La Comisión de Asuntos Exteriores, en su sesión del día 28 de noviembre de 2012, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre las recientes elecciones y las reformas



Página 20





institucionales en curso en Ucrania, presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 184, de 26 de noviembre, de 2012, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Solicitar a las autoridades ucranianas que demuestren su firme compromiso con los valores democráticos y el Estado de Derecho, su respeto a los derechos humanos, y una clara voluntad de invertir la tendencia del empeoramiento de la
democracia y las reformas democráticas en Ucrania, de conformidad con las resoluciones de las Asambleas Parlamentarias de la OSCE, Consejo de Europa, OTAN y el Parlamento Europeo.


2. Expresar a las autoridades ucranianas la necesidad de adoptar medidas para poner fin a la justicia selectiva y avanzar en las reformas en materia electoral, judicial y administrativa, para que se pueda avanzar en la firma del Acuerdo de
Asociación entre la Unión Europea y Ucrania.


3. Expresar el deseo de una pronta resolución jurídica en las instancias de la Corte Europea de los Derechos Humanos de las demandas presentadas por destacados dirigentes de la oposición ucraniana.


4. Redoblar los esfuerzos en las instancias europeas en el apartado de la liberalización de visados entre la Unión Europea y Ucrania.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa de la Comisión de Asuntos Exteriores


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió), sobre las recientes elecciones y las reformas institucionales en curso en Ucrania.


Enmienda


De modificación.


La Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso de los Diputados ratifica la declaración unánime aprobada en la Comisión Mixta para la Unión Europea el día 20 de septiembre de 2011 con respecto al futuro de las relaciones entre la Unión
Europea y Ucrania.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Solicitar a las autoridades ucranianas que demuestren su firme compromiso con los valores democráticos y el estado de derecho, su respeto a los derechos humanos, y una clara voluntad de invertir la tendencia del empeoramiento de la
democracia y las reformas democráticas en Ucrania, de conformidad con las resoluciones de las Asambleas Parlamentarias de la OSCE, Consejo de Europa, OTAN y el Parlamento Europeo.


2. Expresar a las autoridades ucranianas la necesidad de adoptar medidas para poner fin a la justicia selectiva y avanzar en las reformas en materia electoral, judicial y administrativa, para que se pueda avanzar en la firma del Acuerdo de
Asociación entre la Unión Europea y Ucrania.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de noviembre de 2012.-Alfonso Alonso Aranegui, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Página 21





161/001031


La Comisión de Asuntos Exteriores, en su sesión del día 28 de noviembre de 2012, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre reconocimiento del Estado Palestino como miembro observador de Naciones Unidas, presentada
por el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 184, de 26 de noviembre de 2012, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados:


1. Muestra su apoyo a la petición de la Autoridad Nacional Palestina para obtener el estatus de Estado observador de la Organización de Naciones Unidas.


2. Insta al Gobierno para que siga actuando en consonancia en sus relaciones bilaterales como multilaterales y, en particular, como posición común en el seno de la Unión Europea.


3. Solicita a las dos partes contención y espíritu constructivo a la hora de desarrollar la resolución y seguir avanzando en el proceso de paz.'


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


Comisión de Defensa


161/000454


La Comisión de Defensa, en su sesión del día 29 de noviembre de 2012, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley relativa al apoyo al sector naval de la bahía de Cádiz, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y
publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 63, de 27 de marzo de 2012.


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto se inserta a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa de la Comisión de Defensa


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Socialista
relativa al apoyo al sector naval de Cádiz.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado de la siguiente forma:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Continuar apoyando la actividad comercial de NAVANTIA en el exterior, para conseguir carga de trabajo para sus centros.



Página 22





- Proseguir con el análisis de las necesidades futuras de la Armada Española para poder concretar las capacidades necesarias y los recursos a disponer para llevar a cabo las misiones que en cada momento le sean encomendadas.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de noviembre de 2012.-Alfonso Alonso Aranegui, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/001030


La Comisión de Defensa, en su sesión del día 29 de noviembre de 2012, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley sobre adecuación de las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas a las reglas esenciales de comportamiento del
militar establecidas en el artículo 6 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados',
serie D, núm. 184, de 26 de noviembre de 2012.


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos se insertan a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa de la Comisión de Defensa


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, para su
debate en la Comisión de Defensa.


Enmienda


A la exposición de motivos


De sustitución.


Se propone la sustitución de los párrafos 2 y 3 por el siguiente:


'La entrada en vigor de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas ha supuesto el establecimiento del marco regulador de la manera de comportarse que resulta exigible a los militares
en el cumplimiento de sus funciones. Estas pautas de comportamiento se encuentran recogidas no sólo en el artículo 6 de la citada norma, en las reglas de comportamiento, sino a lo largo de toda la ley. Esta es la razón principal de que deba
acometerse un proceso de revisión de las Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas, pues, al haber sido dictadas con anterioridad a la Ley de derechos y deberes, presenta ciertas cuestiones en las que no está alineada con aquella. Se trataría pues
de proceder a una revisión profunda y detenida para acomodar una norma de rango reglamentario a las prescripciones y principios de una ley orgánica, de mayor rango normativo y dictada en fecha muy posterior.'


Justificación.


Constituiría un error pensar que el proceso de acomodación de las Reales Ordenanzas a la LODDFAS consiste en la adaptación de un determinado precepto como se propone en el texto inicial de la PNL. Las Reales Ordenanzas ahora en vigor deben
analizarse en tu totalidad desde el prisma de la LODDFAS



Página 23





Enmienda


De adición.


Añadir en la parte propositiva y después del punto y final lo siguiente:


'y a los demás preceptos de dicha norma'


Justificación.


La publicación de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas y sobre todo el análisis de su contenido hacen necesario que la modificación de las Reales Ordenanzas no se aborde con
carácter parcial sino en toda su extensión para acomodar esa norma a las reglas de comportamiento, en el ejercicio de sus funciones, de los militares al nuevo marco general de derechos fundamentales y libertades públicas de los militares y a sus
derechos y obligaciones profesionales.


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de noviembre de 2012.-José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


161/000113


La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, en su sesión del día 28 de noviembre de 2012, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley sobre enfermedades profesionales, presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA:
La Izquierda Plural y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 31, de 7 de febrero de 2012.


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos se insertan a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en el artículo 194 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de
modificación a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural sobre enfermedades profesionales.


Enmienda


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Desarrollar políticas sanitarias y de salud pública de acuerdo con las Comunidades Autónomas y los agentes sociales que integren el trabajo y el empleo como factores determinantes de la salud y su promoción.


2. Promover la creación o potenciación en su caso, de acuerdos con las Comunidades Autónomas y agentes sociales de Unidades de Salud Laboral como servicios de apoyo en la materia, así como poner en marcha o potenciar sistemas de vigilancia
e información en salud laboral.


3. Garantizar de acuerdo con la legislación laboral vigente la vigilancia control de la salud laboral por los Servicios de Prevención propios o ajenos, con la mayor calidad y efectividad.


4. Desarrollar programas de colaboración con los sistemas públicos de salud con el objetivo de la puesta en funcionamiento de 'Sistemas Centinela' de acuerdo con las Comunidades Autónomas.



Página 24





5. Mejorar los Sistemas de Información sobre la enfermedad profesional, para poder hacer estudios con rigor sobre la realidad del trabajo y la salud y promover la investigación científica sobre empleos y trabajos desfavorables, todo ello
unido a un desarrollo de las TIC y a la interoperabilidad entre la red de enfermedades comunes y de las contingencias profesionales mediante una historia clínica compartida.


6. Elaborar y poner en marcha el Plan de Salud Laboral, de común acuerdo con las Administraciones implicadas y los agentes sociales, al objeto de garantizar la coordinación y cooperación entre los servicios de prevención y el Sistema
Nacional de Salud, en el marco de la Estrategia 2007-2012, de seguridad y salud en el trabajo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de noviembre de 2012.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre enfermedades profesionales, del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


Enmienda


De modificación.


Se propone la modificación del punto 6 de la Proposición no de Ley, con la siguiente redacción:


'6. Elaborar y poner en marcha el Plan de Salud Laboral de común acuerdo con las Administraciones implicadas y los agentes sociales, al objeto de garantizar la coordinación y cooperación entre los servicios de prestación y el Sistema
Nacional de Salud, en el marco de la Estrategia 2007-2012 de seguridad y salud en el trabajo, que deberá ser actualizada, y teniendo en cuenta las previsiones contenidas en la Ley 33/2011, 4 de octubre, General de Salud Pública.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de noviembre de 2012.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000279


La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, en su sesión del día 28 de noviembre de 2012, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley sobre la prescripción de medicamentos en enfermería, presentada por el Grupo
Parlamentario Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 43, de 27 de febrero de 2012, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar y completar lo antes que sea posible la tramitación del Proyecto de Real Decreto por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos
sanitarios de uso humano por parte del personal de enfermería.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



Página 25





A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Socialista, sobre la
prescripción de medicamentos en enfermería.


Enmienda


De modificación.


Se propone la modificación del petitum de la propuesta que quedaría redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a continuar y completar lo antes que sea posible la tramitación del Proyecto de Real Decreto por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos
sanitarios de uso humano por parte del personal de enfermería.'


Justificación.


La tramitación de cualquier normativa exige cumplir con todo el procedimiento, por lo tanto la aprobación del Real Decreto, cuya tramitación continúa, por parte del Gobierno será cuando estén cumplidos los plazos preceptivos y nunca antes.


De persistir en la redacción de la Proposición no de Ley podría inferirse que se insta al Gobierno a incumplir los procedimientos normativos.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de noviembre de 2012.-Alfonso Alonso Aranegui, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000609


La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, en su sesión del día 28 de noviembre de 2012, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley sobre exención de copago a los pacientes afectados por enfermedades raras, presentada por el
Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 95, de 22 de mayo de 2012.


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto se inserta a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Socialista, sobre
exención de copago a los pacientes afectados por enfermedades raras.


Enmienda


De modificación.


Se propone sustituir el actual texto del petitum por el siguiente:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a estudiar pormenorizadamente las condiciones de aportación y, en su caso, la exención de aportación en la cartera común suplementaria para los pacientes afectados por cualquier patología
catalogada como enfermedad rara.'



Página 26





Justificación.


No todas las enfermedades catalogadas como raras tienen la misma connotación de incapacitantes para las personas que las padecen. De hecho, el propio Real Decreto Ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la
sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, reconoce a las personas con discapacidad la exención en la prestación farmacéutica y, por lo tanto, tal y como recoge la propia normativa, será
también de aplicación al resto de la cartera común suplementaria.


Así mismo, la norma también recoge el concepto de aportación reducida para los pacientes con patologías crónicas que será también debidamente explicitado para estos pacientes.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de noviembre de 2012.-Alfonso Alonso Aranegui, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/000641 y 161/000807


La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, en su sesión del día 28 de noviembre de 2012, adoptó el acuerdo de desestimar las siguientes iniciativas:


- Proposición no de Ley sobre equiparación de los derechos de los trabajadores autónomos con los de los consumidores finales, cuando contraten servicios o adquieran bienes de equipo de oficina (núm. expte. 161/000641), presentada por el
Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 103, de 5 de junio de 2012.


- Proposición no de Ley sobre realización del recorte de 600 millones de euros en gasto militar y no en sanidad, educación y políticas sociales (núm. expte. 161/000807) presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, y publicada en el 'BOCG.
Congreso de los Diputados', serie D, núm. 133, de 24 de julio de 2012.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


161/000695


La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, en su sesión del día 28 de noviembre de 2012, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley sobre establecimiento de un plan de lucha contra la pobreza y la exclusión social, presentada
por el Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 112, de 19 de junio de 2012.


A dicha Proposición no de Ley se formularon tres enmiendas, cuyos textos se insertan a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo y al amparo de lo establecido en el artículo 194 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de
modificación a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Unión Progreso y Democracia, para el establecimiento de un plan de lucha contra la pobreza y la exclusión social.



Página 27





Enmienda


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a poner en marcha urgentemente las siguientes medidas necesarias para combatir las situaciones de pobreza y exclusión social:


1. La elaboración, de acuerdo con las Comunidades Autónomas, en los próximos seis meses de un Plan Estatal contra la Pobreza Infantil 2012-2015.


2. Aumentar las dotaciones presupuestarias en materia de becas y ayudas al estudio para aquellas personas que no disponen de recursos suficientes.


3. En materia de vivienda, impulsar fórmulas que ofrezcan una alternativa a las personas que no pueden hacer frente a sus pagos hipotecarios, con sistemas alternativos que faciliten las renegociaciones de las deudas existentes para que
puedan permanecer en la vivienda y en último extremo que se apoye la dación en pago y la limitación de responsabilidad con sus bienes y derechos futuros.


4. Aumentar la dotación presupuestaria de las políticas activas de empleo orientadas en primer lugar a la empleabilidad, especialmente de las personas en riesgo de exclusión, e intensificando los espacios de inserción para el empleo de
estos colectivos. Políticas específicas de formación para el colectivo de 18 a 30 años y mayores de 50 años que permitan reintegrarse al mercado laboral a personas que lo abandonaron prematuramente.


5. Dar con la a la Sentencia de la Sección Cuarta de la Sala del Contencioso-Administrativo del Tribunal relativa a las bases de la concesión de estimando el de Casación la Generalitat de sea la Generalitat de los recursos recaudados en a
través de la casilla destinada a fines de interés social del sobre la Renta de las Personas a de las declaraciones del 2012.


6. Aprobar un Plan de Acción la Inclusión Social 2012 de acuerdo con las Comunidades Autónomas las del Tercer Sector de Acción dure el de la sean evaluados actualizados anualmente durante el semestre de 2013.


7. Crear un Fondo Extraordinario de 20 millones de € para el fortalecimiento de las de inclusión con la finalidad de con recursos económicos las en materia de erradicación de la exclusión social de atención a las sin llevan a cabo las
Comunidades Autónomas.


8. Crear un Fondo de lucha contra la pobreza infantil de 15 millones de €, con la finalidad de apoyar con recursos económicos las políticas que en materia de prevención y erradicación de la pobreza infantil, llevan a cabo las Comunidades
Autónomas.


9. Finalizar, a la mayor brevedad posible, el proceso de estudio y consultas en aras a la ratificación de la Carta Social Europea Revisada, adoptada en 1996.


10. Modificar la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, con el fin de potenciar la colaboración público-privada en actividades de interés general,
en particular en el ámbito social.


11. Incrementar la dotación presupuestaria del programa de servicios sociales, comúnmente conocido como Plan Concertado, para financiar las prestaciones básicas de los servicios sociales de atención primaria.


12. Modificar el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula la Renta Activa de inserción al objeto de ampliar su cobertura, así como suscribir convenios de colaboración con la Generalitat de Catalunya o con las
Comunidades Autónomas que lo soliciten, para que puedan gestionar, en coordinación con el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), el programa de Renta Activa de Inserción, atendiendo al nuevo marco normativo en materia de intermediación laboral,
a la tendencia hacia la simplificación administrativa mediante la utilización de sistemas telemáticos, y a la reformulación de los mecanismos de coordinación de la gestión del empleo que se están llevando a cabo.


13. Realizar los estudios pertinentes que permitan delimitar los umbrales de pobreza, con arreglo a los criterios fijados por la Unión Europea, al objeto de reorientar las políticas públicas dirigidas a su erradicación. Asimismo, aprobar
un Proyecto de Ley de reordenación integral de las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social, con el objetivo de mejorar su cobertura, establecer con más claridad el ámbito de sus prestaciones e introducir nuevos ámbitos de protección en
orden a colmar lagunas de cobertura que se detectan en el sistema, todo ello en cumplimiento a la Disposición adicional vigésima primera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad
Social.



Página 28





14. Defender ante las Instituciones Europeas la creación de un Fondo Europeo contra la Pobreza y la Exclusión Social con el fin de combatirla y cumplir con el objetivo establecido en la Estrategia Europea 2020.


15. En materia de salud:


a) Apoyar financieramente a las Comunidades Autónomas para la inmediata puesta en marcha de programas de coordinación sociosanitaria y mejora de la cobertura de las personas en situación de exclusión, atendiendo especialmente a las
necesidades de las personas con drogodependencia y aquellas con necesidades alimentarias urgentes, Potenciación de los equipos ambulantes que garanticen el tratamiento sanitario de las personas en situación de exclusión.


b) La búsqueda de alternativas que garanticen a aquellas personas mayores de 26 años recién licenciados y en busca de trabajo la cobertura sanitaria dentro del sistema nacional de salud aunque no haya cotizado nunca.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de noviembre de 2012.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario de
Unión Progreso y Democracia, sobre establecimiento de un plan contra la pobreza y exclusión social.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado de la siguiente forma:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno:


1. Impulsar durante la legislatura el Plan Integral de Apoyo a la Familia, así como el Plan Nacional de Acción para Inclusión Social (PNAin 2013-2015) en los que se recogerán medidas dirigidas a luchar contra la pobreza infantil.


2. Seguir priorizando la dimensión social en la política universitaria salvaguardando el principio de equidad y la igualdad de oportunidades especialmente entre quienes acrediten encontrarse en situación de pobreza o exclusión social.


3. Destacar durante los próximos años las oportunidades para colectivos con especiales dificultades en la elaboración y diseño de los futuros planes anuales de política de empleo.


4. Aprobar en breve periodo de tiempo una Estrategia para el Emprendimiento y el Fomento del Empleo Joven.


5. Continuar reforzando la coordinación y, en especial, la sociosanitaria para conseguir la equidad en salud a través de una acción intersectorial coordinada y efectiva que dé cobertura a las personas en situación de coordinada y efectiva
que dé cobertura a las personas en situación de exclusión, atendiendo especialmente a las necesidades de las personas con drogodependencia y aquellas con necesidades alimentarias urgentes.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de noviembre de 2012.-Alfonso Alonso Aranegui, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Página 29





A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194,2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley sobre establecimiento de un plan de lucha contra la pobreza y la exclusión social, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.


Enmienda


De adición.


Se añaden cuatro nuevos apartados, con el siguiente contenido:


'6. Crear un Fondo Estatal de Emergencia para las Familias en situación de pobreza y exclusión social con una dotación total para 2013 de 1.000 millones de euros, que permita:


a) Dotar a los ayuntamientos de nuevos fondos tanto para la financiación de los gastos corrientes que ocasione la prestación de servicios educativos, los servicios de atención a las personas con discapacidad y en situación de dependencia y
los derivados de las prestaciones de servicios sociales y de promoción y reinserción social, como para programas especificos de inclusión social, especialmente aumentando la eficacia del apoyo a la infancia y mejorando la empleabilidad de los grupos
vulnerables.


b) Incrementar los recursos destinados al Tercer Sector, a través de una convocatoria extraordinaria de subvenciones para el fortalecimiento de políticas de inclusión social, para que financien programas de integración laboral de las
personas en riesgo de exclusión social y programas de lucha contra la pobreza, es decir, programas de inclusión activa que combinan la activación para el empleo con una adecuada cobertura de rentas y acceso a servicios de calidad.


c) Complementar, concertándolo con las Comunidades Autónomas, los recursos que éstas destinan a las rentas mínimas garantizadas, incentivando la resolución de las dificultades en la tramitación y resolución de dichas rentas autonómicas.


7. Destinar a subvencionar actividades de interés social, en la forma que reglamentariamente se establezca, el 1 por ciento de la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2013 correspondiente a los
contribuyentes que manifiesten expresamente su voluntad en tal sentido.


8. Realizar los estudios pertinentes que permitan delimitar los umbrales de pobreza, con arreglo a los criterios fijados por la Unión Europea, al objeto de reorientar las políticas públicas dirigidas a su erradicación.


9. Promover ante las instituciones europeas la creación de un Fondo Europeo contra la Pobreza y la Exclusión Social con el fin de combatirla y cumplir con el objetivo establecido en la Estrategia Europea 2020.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de noviembre de 2012.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000722


La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, en su sesión del día 28 de noviembre de 2012, aprobó la Proposición no de Ley relativa a la promoción del ahorro energético en los centros asistenciales del Sistema Nacional de Salud, presentada
por el Grupo Parlamentario Popular y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 120, de 2 de julio de 2012, en sus propios términos.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a coordinar medidas en el seno del Consejo Interterritorial que posibiliten el ahorro de energía en los centros asistenciales del Sistema Nacional de Salud.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.



Página 30





Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa a la promoción del ahorro energético en los centros asistenciales del Sistema Nacional de Salud, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Enmienda


De adición.


Se propone la adición de un párrafo, con la siguiente redacción:


'Asimismo el Gobierno presentará un Plan específico con medidas concretas y financiación suficiente, para llevar a cabo el ahorro energético al que se refiere el párrafo anterior.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de noviembre de 2012.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/000769


La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, en su sesión del día 28 de noviembre de 2012, adoptó el acuerdo de desestimar la Proposición no de Ley para evitar el desmantelamiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia,
presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 126, de 10 de julio de 2012.


A dicha Proposición no de Ley se formularon dos enmiendas, cuyos textos se insertan a continuación.


Lo que se publica de conformidad con el artículo 97 del Reglamento del Congreso.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo y al amparo de lo establecido en el artículo 194 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de
modificación a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista, para evitar el desmantelamiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.


Enmienda


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en colaboración con las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, a adoptar las medidas necesarias para garantizar el mantenimiento y desarrollo del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia, con respeto a los principios inspiradores de la Ley, y en concreto a:


1. Reponer y cumplir el calendario de implantación del Sistema que fijaba, en su redacción original, la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia (BOE de 15
de diciembre de 2006).



Página 31





2. Reponer el nivel acordado de financiación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.


3. Que todas las decisiones relacionadas con la viabilidad y mantenimiento de nuestro Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia se aborden en el Consejo Territorial y contando con el Comité Consultivo del Sistema, así como con
los demás órganos consultivos: Consejo Estatal de Personas Mayores, Consejo Nacional de la Discapacidad y Consejo Estatal de ONGs de Acción Social.


4. Promover un acuerdo con participación de las Comunidades Autónomas de los sociales la sostenibilidad del sistema de atención a la dependencia.


Dicho acuerdo deberá orientarse a garantizar la financiación necesaria y la participación del Estado, a corto y medio plazo, en base a los costes reales de los servicios y prestaciones en las distintas Comunidades Autónomas, y más allá del
horizonte en 2015, con la perspectiva de alcanzar un gasto estable en políticas de atención a la dependencia. El acuerdo también deberá revisar la aplicación del sistema priorizando las atenciones que conllevan, la creación de empleo, el impulso a
la colaboración público-privada, el desarrollo de las prestaciones socio-sanitarias y el impulso a las políticas de prevención y a la I+D+i en esta materia.


Asimismo, el citado acuerdo deberá posibilitar el desarrollo de la política de atención a la dependencia con pleno respeto a las atribuciones competenciales que en materia de servicios sociales atribuyen la Constitución y los Estatutos de
Autonomía a las Comunidades Autónomas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de noviembre de 2012.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Socialista, para evitar
el desmantelamiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.


Enmienda


De modificación.


El texto quedará redactado de la siguiente manera:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno, en colaboración con las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias a:


1. Seguir profundizando en la reforma de la financiación del Sistema, a fin de garantizar la viabilidad del mismo y reforzando los derechos individuales de las personas en situación de dependencia, previo acuerdo del Consejo Territorial de
Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.


2. Que todas las decisiones relacionadas con la viabilidad y mantenimiento de nuestro Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia se aborden en el Consejo Territorial, contando con el Comité Consultivo del Sistema, así como con
los demás órganos consultivos: Consejo Estatal de Personas Mayores, Consejo Nacional de la Discapacidad y Consejo Estatal de ONGs de Acción Social, todo ello de conformidad con las competencias señaladas a cada uno en la Ley de Dependencia.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de noviembre de 2012.-Alfonso Alonso Aranegui, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Página 32





161/000833


La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, en su sesión del día 28 de noviembre de 2012, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley para que el Gobierno impulse el proceso de consultas sociales necesarias de cara a la
futura elaboración del Estatuto del Mayor, presentada por el Grupo Parlamentario Popular y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 142, de 11 de septiembre de 2012, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a impulsar las consultas sociales, en el marco del Consejo Estatal de Personas Mayores, para la futura elaboración del Estatuto del Mayor y a presentar en sede parlamentaria las líneas básicas
de lo que podría ser dicho Estatuto, con estricto respeto al marco competencial vigente.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo y al amparo de lo establecido en el artículo 194 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de
modificación a la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular, para que el Gobierno impulse el proceso de consultas sociales necesarias de cara a la futura elaboración del Estatuto del Mayor.


Enmienda


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar en sede parlamentaria las líneas básicas de lo que podría ser el Estatuto del Mayor desde la perspectiva estatal, con estricto respeto al marco competencial vigente, como medida
previa a impulsar las consultas sociales para la elaboración del citado Estatuto.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de noviembre de 2012.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


161/000903


La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, en su sesión del día 28 de noviembre de 2012, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley relativa a la homogeneización del Consejo Genético en cáncer y a su coordinación
interautonómica, presentada por el Grupo Parlamentario Popular y publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 149, de 24 de septiembre de 2012, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Establecer una estructura de coordinación entre las distintas comunidades autónomas de las líneas de trabajo sobre cáncer familiar, estableciendo una cartera de servicios común en esta materia.


2. Promover una investigación científica de calidad que permita desarrollar adecuadamente las recomendaciones sobre consejo genético en cáncer.


3. Impulsar la aplicación de la Estrategia contra el Cáncer, que fue aprobada por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en marzo de 2006 y actualizada en marzo de 2009.



Página 33





4. Proponer al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el establecimiento de una estructura de coordinación entre las comunidades autónomas de las líneas de trabajo sobre cáncer familiar.'


A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto, asimismo, se inserta.


Se ordena su publicación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa de la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley relativa a la homogeneización del Consejo Genético en cáncer y a su coordinación interautonómica, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


Enmienda


De sustitución.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Impulsar la aplicación de la Estrategia contra el Cáncer, que fue aprobada por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en marzo de 2006 y actualizada en octubre de 2009.


2. Proponer al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el establecimiento de una estructura de coordinación entre las Comunidades Autónomas de las lineas de trabajo sobre cáncer familiar.


3. Promover una investigación científica de calidad que permita desarrollar las recomendaciones sobre consejo genético en cáncer y que esté financiada adecuadamente.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de noviembre de 2012.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


INTERPELACIONES


Urgentes


172/000077


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre las actuaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en relación al
Anteproyecto de Ley de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), vista la acción discriminatoria que el mismo realiza sobre el modelo lingüístico de Cataluña, el cual está siendo causa de alarma social en Cataluña, cuyo texto se inserta a continuación
de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso


Don Josep Antoni Duran i Llelda, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y de acuerdo con lo establecido en el artículo 173 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta una interpelación urgente
sobre el Anteproyecto de Ley de mejora de la calidad



Página 34





educativa (LOMCE), vista la acción discriminatoria que el mismo realiza sobre el modelo lingüístico de Catalunya, que está siendo causa de alarma social en Catalunya.


Desde que el actual Gobierno tomó posesión ha planteado un posible cambio de la Ley Orgánica de Educación y a tal fin se ha estado reuniendo con las diferentes Comunidades autónomas para alcanzar dicho objetivo.


La situación de alarma aludida en esta interpelación se ha producido cuando, sin previo aviso y sin posibilidad de consensuar nada, se ha presentado un Anteproyecto totalmente nuevo en muchos de los apartados que lo configuran.


A la vista de los cambios introducidos desde el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte hacemos constar nuestro desacuerdo por el contenido y con el agravante de proponer unos cambios aleatorios y sin fundamento que modificarían
profundamente aspectos que no son negociables.


Estos cambios, centrados principalmente en el modelo lingüístico catalán irrumpen en la capacidad normativa y competenciaI del Govern de la Generalltat de Catalunya que conforman distintas leyes y sentencias.


Por dicho motivo y considerando que se produce una clara polftica discriminatoria hacia Catalunya, hacia el modelo cultural y convivencial existente, hacia el Estatuto de Catalunya y hacia la Ley de Educación de Catalunya aprobada en el
Parlament por amplia mayoría el Grupo Parlamentario Catalán (CIU) presenta la siguiente


Interpelación urgente sobre las actuaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en relación al Anteproyecto de Ley de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE).


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de diciembre de 2012.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


172/000081


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, sobre la posición del Gobierno acerca de la creación del impuesto sobre los depósitos en las entidades
de crédito, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista al amparo de lo dispuesto en el artículo 180 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, se presenta la siguiente interpelación urgente sobre la posición del Gobierno acerca
de la creación del impuesto sobre los depósitos en las entidades de crédito.


Exposición de motivos


El Gobierno pretende la creación de un Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito, pero de característicos muy peculiares, pues su cuota Integra será el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen del 0 por
ciento.


Como puede deducirse fácilmente nos encontramos ante la 'falsa' creación de un tributo cuyo único objetivo es 'ocupar el espacio' que en esta materia pudiera corresponder a las Comunidades Autónomas, máxime después de la reciente Sentencia
del Tribunal Constitucional 210/2012, de 14 de noviembre, que ha declarado la constitucionalidad de un impuesto análogo creado por la Comunidad Autónoma de Extremadura y que está en vigor en Andalucía y Canarias.


El artículo 157.1.b) de la Constitución Española reconoce la posibilidad de las Comunidades Autónomas de crear sus propios impuestos, tasas y contribuciones especiales, contemplando específicamente la LOFCA -artículo 6-, que las CCAA pueden
establecer y exigir sus propios tributos de acuerdo con la



Página 35





Constitución y las Leyes. Lógicamente un límite a tal potestad tributaria derivada es que los tributos no recaigan sobre hechos imponibles gravados por el Estado.


Pero lo que de ninguna manera prevén las normas que acaban de citarse es que se cree artificialmente un tributo -tipo cero- cuyo único objetivo es evitar el ejercicio de las competencias que la Constitución y la LOFCA reconocen a las CCAA.
Al actuarse así se están infringiendo principios básicos del sistema de financiación autonómica como son los de suficiencia financiera, corresponsabilidad fiscal y lealtad institucional. No se puede pretender que las CCAA cumplan los objetivos de
estabilidad presupuestaria y, al mismo tiempo, limitar sus posibilidades de generar ingresos adicionales.


La aludida falsa creación de un Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito a tipo cero, no sólo supone un trato de favor injustificado al sector bancario, en un momento en el que a éste está recibiendo elevadas ayudas a cargo
de los contribuyentes, sino que va impedir la capacidad de las CCAA para generar recursos que permitan financiar los servicios esenciales (sanidad, educación y servicios sociales) que prestan a los ciudadanos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta, para su debate en la próxima sesión del Pleno de la Cámara, esta interpelación urgente sobre la posición del Gobierno acerca de la creación del impuesto sobre los depósitos en las
entidades de crédito.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de diciembre de 2012.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000053


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, rechazó la Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno ante la privatización de los
servicios públicos de salud y las crecientes desigualdades territoriales en el acceso a la prestación de los servicios sanitarios, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 191, de 10 de diciembre de 2012.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Asimismo, se insertan las enmiendas formuladas a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta las siguientes enmiendas a la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista,
sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno ante la privatización de los servicios públicos de salud y las crecientes desigualdades territoriales en el acceso a la prestación de los servicios sanitarios.


Enmienda


Al punto 1.


Al final del punto 1. Se propone añadir lo siguiente:


'En primer lugar reponiendo con urgencia la atención sanitaria a los inmigrantes sin papeles.'



Página 36





Enmienda


Al punto 2.


Al final del punto 2. Se propone añadir lo siguiente:


'Garantizar de acuerdo con la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, la atención pública y gratuita a la IVE.'


Enmienda


Al punto 4.


Al segundo párrafo del punto 3 que comienza: '4. Presentar, en el plazo de un mes, un proyecto de ley que garantice la naturaleza pública de la financiación, ...'.


Se propone añadir después de financiación: 'el aseguramiento, la provisión y la gestión...'.


Enmienda


Al punto 5.


Al final del punto 5. Se propone añadir lo siguiente:


'Así como de la tasa para la expedición o renovación de la tarjeta sanitaria, recurriéndolas en última instancia al Tribunal Constitucional incluida la paralización de las medidas.'


Enmienda


Se propone añadir a continuación de los puntos 8, 9 y 10:


Punto 8. Añadir: 'Suprimir el copago/repago farmacéutico a pensionistas del Real Decreto 16/2012'.


Punto 9. Añadir: 'Revisar la exclusión de fármacos de precio menor, previo estudio de impacto en salud y diálogo con las sociedades científicas'.


Punto 10. Añadir: 'Derogar el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, al objeto de retomar el
consenso sobre el Sistema Nacional de Salud y sus posibles mejoras en el marco del Pacto de Estado'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2012.-Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción, consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Socialista,
sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno ante la privatización de los servicios públicos de salud y las crecientes desigualdades territoriales en el acceso a la prestación de los servicios sanitarios.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Seguir desarrollando la reforma sanitaria que garantice la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud.



Página 37





- Continuar trabajando para que todos los ciudadanos accedan en igualdad de condiciones a una sanidad eficiente y de calidad, que cuente con las mejores y últimas tecnologías disponibles y que preste la mejor atención posible a los
pacientes.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de diciembre de 2012.-Alfonso Alonso Aranegui, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa del Congreso


Don Josep Antoni Duran i Llelda, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y de acuerdo con lo establecido en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de modificación a la
Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno ante la privatización de los servicios públicos de salud y las crecientes desigualdades territoriales en el acceso a la
prestación de los servicios sanitario.


Enmienda


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Reconocer el derecho a la asistencia sanitaria financiada con fondos públicos a todas las personas, por razón de ciudadanía. Para ello, presentará un proyecto de ley que asegure la universalización plena de la asistencia sanitaria.


2. Asegurar que la revisión de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud se efectúe de acuerdo con criterios de evidencia científica y en caso que se determinen aportaciones de los usuarios, se tendrán en cuenta los niveles de
renta, de forma que en ningún caso supongan una barrera para el acceso a los servicios.


3. Garantizar que la externalización de la gestión de los servicios sanitarios públicos que se está produciendo en determinados servicios regionales de salud y en especial en Madrid, Valencia, Castilla-La Mancha, Castilla y León y
Extremadura en ningún caso ocasionará riesgos de afectación del derecho constitucional de protección de la salud y en la calidad asistencial.


4. Asegurar que cualquier forma de gestión del Sistema nacional de salud contemplada en la Ley 15/1997, impida que en la prestación de los servicios sanitarios no se dé la calidad asistencial necesaria y no se respeten los derechos de los
usuarios.


5. (Supresión.)


6. Asegurar la prestación farmacéutica en el conjunto del sistema sanitario evitando que situaciones de Impago a oficinas de farmacia pongan en riesgo la accesibilidad a los medicamentos. Para ello, los sistemas de apoyo a la liquidez de
las comunidades autónomas deberán tener entre sus prioridades garantizar el pago a las oficinas de farmacia.


7. Acordar, en el plazo de un mes, con las Comunidades Autónomas en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud un sistema común para asegurar la devolución del dinero que los pensionistas pagan por encima del tope
establecido en el copago farmacéutico en aquellas Comunidades en que esto ocurre.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de diciembre de 2012.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



Página 38





A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 184 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Moción
consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, sobre las medidas que piensa adoptar el Gobierno ante la privatización de los servicios públicos de salud y las crecientes desigualdades territoriales en el acceso a la
prestación de los servicios sanitarios.


Enmienda


De adición.


Adición de un nuevo apartado con la siguiente redacción:


'Suprimir el copago establecido en el Real Decreto-ley 28/2012, de 30 de noviembre, para los medicamentos dispensados a través de orden de dispensación hospitalaria en los servicios de farmacia de los hospitales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de diciembre de 2012.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


173/000054


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, rechazó la Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre las previsiones de cambio del modelo de política penitenciaria, publicada en el
'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 191, de 10 de diciembre de 2012.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


PLANES Y PROGRAMAS


201/000003


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales del Dictamen emitido por la Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo, así
como de los votos particulares presentados por los Grupos Parlamentarios de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural (1 a 8), de UPyD (9 a 17), Mixto (18 a 20), Catalán (CiU) (21 a 27), Socialista (28 a 36), Socialista, de IU, ICV -EUiA, CHA: La
Izquierda Plural y de UPyD (37 a 40), Socialista y de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural (41) y Socialista, de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, de UPyD y Vasco (EAJ-PNV) (42), en relación con la propuesta del Plan Director de la
Cooperación Española 2013-2016.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de diciembre de 2012.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



Página 39





La Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en su sesión del día 5 de diciembre de 2012, de conformidad con lo establecido en la Disposición Final Primera de la Ley 36/2010, de 22 de octubre, del Fondo para la Promoción del
Desarrollo, por la que se modifican los artículos 15, apartados 1 y 2, y 24.2 de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en relación con la propuesta del Plan Director de la Cooperación española 2013-2016
emite el siguiente Dictamen:


1. Colaboración de actores en la elaboración del Plan.


El IV Plan Director de la Cooperación española 2013-2016, elaborado por el Gobierno y con la aportación de los múltiples agentes y órganos que componen la Cooperación al desarrollo española, es el resultado de un amplio proceso participativo
y de consulta con dichos agentes y actores, que ha tenido como resultado un amplio respaldo tanto de la Comisión Interterritorial de Cooperación, cómo del Consejo de Cooperación, y que esta Comisión hace suyo.


2. Fines de la Cooperación española.


Esta Comisión comparte los fines de la Cooperación española, el enfoque de desarrollo humano, las ocho orientaciones estratégicas y el cambio propuesto en la gestión orientándose a una gestión para resultados de desarrollo. También se
comparten los procesos de concentración geográfica y multilateral y la apuesta por la eficacia y calidad de la ayuda. A través de este IV Plan Director se pretende que la ayuda se integre activamente en una agenda internacional de desarrollo
integral centrada en las personas, y que aborde las políticas necesarias para contribuir a una globalización más solidaria.


3. Prioridades sectoriales y ODM.


El IV Plan Director reafirma la plena vigencia de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y su compromiso de primer orden con dichos objetivos y, a su vez, propone al Gobierno el liderazgo en la transición de los ODM hacia la Agenda Post-20
15, donde se tendrán en cuenta los nuevos Objetivos de Desarrollo Sostenible que incluirán la lucha contra el cambio climático y la sostenibilidad medioambiental.


4. Lucha contra la pobreza y gobernabilidad.


Ni el aumento de los fondos de AOD ni el crecimiento económico, por sí mismos, son suficientes para acabar con la pobreza en el mundo; hacen falta otro tipo de medidas adicionales para que la pobreza y las desigualdades desaparezcan. Por
todo ello, el IV Plan Director manifiesta su firme compromiso con la reducción de las desigualdades y la vulnerabilidad a la pobreza extrema y a las crisis, la promoción de oportunidades para los más pobres y el fomento de sistemas de cohesión
social, enfatizando los servicios sociales básicos como objetivos fundamentales.


5. Enfoque basado en derechos.


El enfoque de desarrollo humano incorpora y se nutre de otros grandes principios del desarrollo, que están en la esencia de la Cooperación española desde hace años. Los enfoques de desarrollo incorporados en los anteriores Planes Directores
se reafirman en el presente Plan. Por todo ello, el IV Plan Director mantiene el compromiso de los anteriores Planes Directores en relación con el enfoque basado en derechos y prioriza la promoción de los derechos humanos y de la gobernabilidad
democrática en la Cooperación española. Asimismo se asumen en este Plan Director los tratados internacionales suscritos por España en materia de derechos humanos y los protocolos facultativos posteriores sobre esta materia.


6. Coherencia de políticas.


Tal y como aparece recogido en el nuevo Plan, las políticas, más allá de la política de cooperación, tienen un fuerte impacto sobre los países en desarrollo. El principio de coherencia de políticas para el desarrollo (CDP) debe generar
sinergias positivas entre estas políticas públicas y los objetivos de desarrollo. Por todo ello, el nuevo Plan, tomando como referencia el enfoque sectorial que propone la OCDE y la UE en coherencia de políticas para el desarrollo, mejorará los
mecanismos de coordinación y garantía, poniendo un mayor empeño en su ejecución, análisis, seguimiento y difusión de los avances en este sentido.



Página 40





7. Multilateral.


Las prioridades generales de la acción multilateral durante el Plan Director 20 1 3-2016 deben recoger las lecciones aprendidas de nuestra experiencia multilateral previa e incorporar los principios de eficacia de la ayuda acordados en
Busan, así como las recomendaciones que el Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE ha elaborado. Estos principios harán que la cooperación multilateral mejore su orientación estratégica, así como la complementariedad entre la AOD bilateral y la
multilateral, y que se fortalezca la rendición de cuentas a través de su seguimiento y evaluación.


8. Sector privado.


Tal y como indica el documento final del Foro de Alto Nivel de Busan, hay que procurar establecer 'Alianzas incluyentes para el desarrollo' y para ello es necesario implicar al conjunto del sector privado empresarial. Esta participación se
articulará con mecanismos que aseguren la coherencia y los controles éticos adecuados en las actuaciones de las empresas con los objetivos de desarrollo propuestos en este Plan Director, contemplados en los marcos normativos internacionales. Por
todo ello, el Plan Director fomentará la adopción de valores, prácticas y sistemas de control de Responsabilidad Social Empresarial en todas estas actuaciones, teniendo en cuenta el documento 'La empresa socialmente responsable en la cooperación al
desarrollo' aprobado en el Grupo de Trabajo de Responsabilidad Social Empresarial del Consejo de Cooperación.


9. ONGD y conjunto de actores.


Tal y como parece reflejado en el nuevo Plan, el conjunto de actores del sistema de Cooperación español constituye uno de los mejores activos de nuestra cooperación. Entre este conjunto de actores, las ONGD tienen un papel destacado. Por
todo ello, el Plan Director reconoce el papel de las organizaciones de la sociedad civil en la Cooperación y su participación en el proceso de desarrollo.


10. Lucha contra la corrupción.


El Plan Director está comprometido con la lucha contra la corrupción tal y como aparece en el apartado dedicado a la consolidación de procesos democráticos y el Estado de Derecho. Por todo ello, establecerá la puesta en marcha de medidas de
lucha contra la corrupción en los países socios de la Cooperación española.


11. Primavera árabe.


El Plan Director trata la consolidación de los procesos democráticos y el Estado de Derecho en su apartado II.1 y, dentro de este contexto, existe un marco para trabajar en la ayuda a la transición democrática en los países de la denominada
'Primavera Árabe'. Por todo ello, el Plan Director debe entenderse como marco necesario para trabajar en la consolidación de los procesos democráticos en estos países desde una perspectiva regional que deberá tener en todo caso carácter
prioritario.


12. Pueblos indígenas.


El Plan Director hace referencia a los pueblos indígenas dentro del apartado n. l sobre la consolidación de procesos democráticos y el Estado de Derecho garantizándoles, de esta manera, el ejercicio de sus derechos individuales y colectivos
y prestando especial atención al respeto de su identidad cultural. En este sentido, y dado que la gobernabilidad es transversal a todas las políticas públicas en los países socios, la validez de la Estrategia de Cooperación con los Pueblos
Indígenas (ECIPI), señalada expresamente en dicho Plan, se entiende aplicada a todas las prioridades y sectores.


13. Género.


Este Plan Director consolida el enfoque de género como seña de identidad de la Cooperación española incluyendo la promoción de los derechos de las mujeres y la igualdad de género como una orientación estratégica para los próximos cuatro
años, incluyendo entre otras medidas la salud sexual y reproductiva. Este enfoque de género es trasversal a todo el sistema de la Cooperación española, tanto en la consolidación de capacidades, el impuso de la coherencia y la armonización de
actores, como en todo el ciclo de las intervenciones y ámbitos incluyendo la planificación, ejecución, seguimiento y evaluación.



Página 41





14. Actores, seguimiento y marco de resultados.


Valoramos positivamente que el Plan Director asegure la participación de otros actores para la elaboración del sistema global de seguimiento y la elaboración del marco de resultados de gestión que nos permita saber cuáles son las
expectativas, los impactos y los resultados de la Cooperación española a lo largo de sus cuatro años de vigencia. Por ello, proponemos que dicho marco de resultados sea incorporado como anexo a la mayor brevedad posible. Este marco de resultados
incluirá, en el marco de los objetivos generales de la Cooperación, los productos atribuibles a la Cooperación española, los resultados de gestión, los indicadores, las fuentes de verificación y los responsables de la gestión.


15. Transparencia.


La transparencia en la utilización de los fondos de Ayuda Oficial al Desarrollo es imprescindible en el actual marco de crisis en el que estamos inmersos. Explicar a la sociedad española el destino del dinero utilizado en la lucha contra la
pobreza fuera de nuestras fronteras es una obligación por parte de los gestores de nuestra cooperación. En este sentido, valoramos positivamente los esfuerzos plasmados en el Plan Director, y más concretamente a través de la herramienta info@aod,
para conseguir una cooperación al desarrollo más transparente y, por tanto, de más calidad.


16. Resiliencia.


El presente Plan Director introduce por primera vez el término resiliencia en su texto, y dota al fortalecimiento de los mecanismos de resiliencia de la categoría de eje del trabajo humanitario y de todas las actuaciones de cooperación. Por
todo ello, proponemos la creación de grupos de trabajo o coordinación de expertos para obtener un diagnóstico común de este componente en las acciones e instrumentos de la Cooperación española que sirva para alimentar las futuras actuaciones y
oriente la prevención en todos los campos frente a todo tipo de shocks externos o estructurales.


17. Marco presupuestario y nuevas fórmulas de financiación.


Será compromiso de este Gobierno recuperar umbrales como los de ejercicios precedentes, y, cuando las condiciones económicas lo permitan, se harán previsiones de crecimiento con mayor seguridad.


18. Estatuto del Cooperante.


El IV Plan Director de la Cooperación española tomará en cuenta las conclusiones y propuestas acordadas en la ponencia de estudio sobre la normativa aplicable a los cooperantes aprobada por unanimidad en la sesión de la Comisión de
Cooperación Internacional para el Desarrollo del Senado, celebrada el 15 de septiembre de 2011.


19. Cooperación descentralizada.


Comunidades Autónomas y Entidades Locales han sido actores especialmente relevantes dentro de la Cooperación española al desarrollo, contribuyendo con elementos distintivos por su cercanía a los ciudadanos, especialmente indicados en el
acompañamiento de los procesos de desarrollo local y de descentralización, en el trabajo para el fortalecimiento institucional y de la sociedad civil, y para el logro de una mayor sensibilización y compromiso social de los ciudadanos con los
desafíos del desarrollo. Además, el IV Plan Director tiene como objetivo contribuir a un modelo de cooperación descentralizada eficaz y de calidad basado en el dialogo político y las alianzas estratégicas, tomando como marco de referencia la Agenda
de Portugalete adoptada en el V Encuentro de Comunidades Autónomas y Cooperación para el Desarrollo de marzo de 2012. Por todo ello, el Plan Director reconoce el componente estructural y el valor añadido de la cooperación descentralizada dentro de
la Cooperación española y, a su vez, el Gobierno informará en la Comisión de Cooperación del seguimiento de la Agenda de Portugalete.


20. Papel de las Cortes Generales.


La construcción participada de la política de cooperación es un elemento clave para una mayor apropiación de la política por parte de los actores implicados y, señaladamente, del Parlamento. Sobre la base del importante papel que los
órganos consultivos ostentan en la Cooperación Internacional para el



Página 42





Desarrollo, y, del que compete, al Congreso de los Diputados y al Senado, proponemos que se establezcan las vías necesarias para garantizar la rendición de cuentas de la Cooperación española, de manera que se asegure la transparencia y se
permita la más amplia participación de las Cortes Generales en los objetivos principales de la materia.


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de diciembre de 2012.-El Presidente de la Comisión, Carlos Aragonés Mendiguchía.-El Secretario Primero de la Comisión, Santiago Martínez Rodríguez.


VOTOS PARTICULARES A LA PROPUESTA DEL PLAN DIRECTOR DE LA COOPERACIÓN ESPAÑOLA 2013-2016


GRUPO PARLAMENTARIO DE IU, ICV-EUIA, CHA: LA IZQUIERDA PLURAL


Voto particular núm. 1


Prioridades sectoriales y ODM.


Reafirmar la plena vigencia de los Objetivos de Desarrollo del Milenio en el marco del Plan Director de la Cooperación Española 2013-2016 y el compromiso de dedicar el 25% de la AOD distribuible sectorialmente a la dotación de Servicios
Sociales Básicos, el 15% a salud, el 10% a la promoción del desarrollo rural y la lucha contra el hambre, el 9% a género y el 6% a salud sexual y reproductiva.


En paralelo, el Gobierno liderará la transición hacia los nuevos ODM en los que se priorizará la lucha contra el cambio climático y la sostenibilidad.


Voto particular núm. 2


Tasa de Transacciones Financieras.


El marco presupuestario del IV Plan Director de la Cooperación Española 2013-2016 contemplará la entrada en vigor de una Tasa de Transacciones Financieras -TTF- en línea de la iniciativa europea impulsada también por el Gobierno español y
que podría elevar los fondos necesarios para la agenda de desarrollo mundial: avanzar en la reducción de la pobreza, el logro de los ODM y hacer frente a los efectos del cambio climático.


Voto particular núm. 3


I+D en salud.


Incorporar en el Plan Director de la Cooperación Española 2013-2016 el papel clave de los Partenariados de Desarrollo de Productos (PdP) en la investigación en salud y el apoyo a modelos de investigación que desvinculen el precio de la
investigación del precio final del producto.


Voto particular núm. 4


Seguridad alimentaria y acceso a la tierra de la agricultura familiar.


El IV Plan Director reconoce la vital importancia del acceso a los recursos naturales y productivos (tierra, agua, recursos forestales, biodiversidad, etc.) en la lucha contra el hambre, la seguridad alimentaria y nutricional así como la
necesidad de fortalecer en los países en desarrollo las políticas públicas y los marcos legislativos que aseguren estos derechos de acceso. También es positivo el reconocimiento de la importancia del acceso de las mujeres a la tierra.


Frente a la creciente presión sobre las tierras, el agua y los recursos naturales y la evidencia del aumento de casos de acaparamientos, las Directrices Voluntarias sobre la gobernanza responsable de la tenencia de la tierra, la pesca y los
bosques en el contexto de la seguridad alimentaria nacional han sido adoptadas este año en el Comité de Seguridad Alimentaria de Naciones Unidas (reconocido por el Plan Director como espacio de gobernabilidad prioritario), con una amplia
participación de actores. El Gobierno



Página 43





español y la UE participaron activamente en la fase de negociaciones que precedieron a sus adopción y la FAO es el organismo responsable de coordinar su implementación en países y regiones.


El Plan Director debe priorizar específicamente la agricultura familiar (en situación de desprotección frente a otros inversores en muchos países) en su compromiso con el derecho y uso de la tierra. Debe hacer referencia expresa a las
mencionadas Directrices Voluntarias, el único instrumento del que disponemos a nivel global. Por último, las Directrices deben ser integradas en el diálogo con países socios en los que existen riesgos y alta concentración de la tierra (MAP), en los
distintos instrumentos de financiación y ser consideradas en el marco de la coherencia de políticas en relación con inversiones extranjeras directas.


Voto particular núm. 5


Sector privado.


Reflejar la distinción entre la actuación de las grandes corporaciones transnacionales de otros actores empresariales como la mediana y la micro empresa, las cooperativas y las empresas sociales y rechazar que el sector formado por las
grandes transnacionales españolas o las instituciones ligadas a ellas sea receptor de AOD, menos aún cuando concurren estrategias de expansión comercial exterior. De la misma manera las transnacionales no deben ejercer influencia alguna sobre el
destino de los recursos. La cooperación española no puede convertirse en un instrumento para apoyar la internacionalización de las transnacionales con sede en nuestro país.


Voto particular núm. 6


Cooperación empresarial.


El IV Plan Director promoverá a través de la SECI y de la Oficina de Derechos Humanos cambios normativos para la aplicación de los Principios de Naciones Unidas para multinacionales en materia de Derechos Humanos (Ruggie) y asegurará:


1. El desarrollo de mecanismos que aseguren que el sector empresarial pone en práctica las normas laborales y convenios internacionales, y las directrices sobre la conducta y gobierno corporativo.


2. La implementación de sistemas tributarios y de regulación eficaces.


3. Garantías que aseguren que la participación del sector empresarial como actor del desarrollo no menoscaba la obligación de los Estados de proveer servicios básicos a su ciudadanía, ni favorecen procesos de privatización en su gestión.


4. Que el sector empresarial asuma un conjunto de medidas destinadas a mejorar la transparencia y la rendición de cuentas de sus actuaciones.


5. El apoyo e implementación por parte del sector empresarial de los principios y requisitos internacionales vinculados a la transparencia de las actividades relacionadas con el sector extractivo.


6. La exigencia de aplicar y generalizar los máximos estándares medioambientales y la tecnología más efectiva disponible a fin de minimizar y mitigar los riesgos medioambientales y el cambio climático.


7. Establecer mecanismos de evaluación y seguimiento de los compromisos adquiridos, de cara a garantizar el cumplimiento efectivo de los mismos.


Voto particular núm. 7


Compromiso con la AOD.


El marco presupuestario del IV Plan Director de la Cooperación Española 2013-2016 introducirá una prospectiva presupuestaria con el compromiso de incrementar el volumen de AOD en dicho periodo para concertar un plan de acción que permita
recuperar la senda del crecimiento hacia el 0,7%.


Voto particular núm. 8


Lucha contra la pobreza y gobernabilidad.


El crecimiento y el desarrollo económico por sí mismos no tienen por qué favorecer la erradicación de la pobreza ni de las desigualdades. Incluso el crecimiento potencia a menudo la desigualdad social y



Página 44





económica. Por ello, el IV Plan Director incorporará como objetivo la reducción de las desigualdades promoviendo objetivos de gobernabilidad, política fiscal y tributaria justa y redistributiva y la lucha contra los paraísos fiscales.


GRUPO PARLAMENTARIO DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA


Voto particular núm. 9


Incrementar la seguridad de los cooperantes sobre el terreno mediante la recomendación expresa de las siguientes medidas a los actores de la cooperación:


a. Planes de Seguridad (país/población), actualizados periódicamente y con información completa en cuanto a factores de seguridad y vulnerabilidad según contexto.


b. Programas de formación y reciclaje, práctica y teórica, sobre planes de seguridad, planes de contingencia, situaciones especiales adaptadas al contexto de intervención.


c. Existencia de materiales y equipos mínimos para la gestión de la seguridad (botiquín, vehículos, equipos de comunicación, etc).


d. Persona de referencia para cuestiones de seguridad.


La adecuada gestión de la seguridad supone incurrir en costes extraordinarios que deberían ser considerados a efectos presupuestarios. La AECID debería facilitar al máximo la financiación de todos estos aspectos relacionados con la
seguridad y además incluirlos como indicador muy relevante en la calificación y evaluación del actor de la cooperación/proyecto.


Voto particular núm. 10


Profundizar en el compromiso de los anteriores Planes Directores en relación con el Enfoque Basado en Derechos y priorizar la promoción de los derechos humanos y de la gobernabilidad democrática como una de las prioridades de la cooperación
española. Asimismo considerar la cláusula democrática contenida en los tratados de la UE a fin de que la cooperación al desarrollo contribuya más eficazmente a dicha prioridad, en el sentido de la Proposición no de Ley aprobada por unanimidad en la
Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo el pasado 19 de septiembre de 2012.


Voto particular núm. 11


Implementar medidas concretas de lucha contra la corrupción y para incluir la transparencia entre los criterios de evaluación y rendición de cuentas:


a. Creación de una política anticorrupción, actualizada periódicamente y con información completa según contexto, medios para implementarla adecuadamente (comité ético o de RSC, auditoría interna, canales de comunicación) y sanciones o
medidas previstas para prevenirla o afrontarla.


b. Programas de formación y reciclaje, práctica y teórica, sobre política de anticorrupción (extensible también a contrapartes, proveedores y otros grupos de interés relevantes).


c. Existencia de una persona o un comité de referencia para cuestiones relativas a la lucha contra la corrupción.


Existen numerosas convenciones y herramientas internacionales para prevenir y combatir la corrupción (Convención OCDE, Pacto Mundial de NNUU o Transparencia Internacional entre otros), cuyas recomendaciones se tendrán en cuenta.


Voto particular núm. 12


Establecer una comisión de duplicidades liderada por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, con participación de CC.AA. y ayuntamientos, que permita especializarse a unas administraciones en determinadas zonas o sectores y a
otras en otros, fomentando la coherencia en las actuaciones y aprovechando sinergias.



Página 45





Voto particular núm. 13


En 2013, todas las operaciones del Fonprode deben ser reembolsables, lo que significa que ni uno de los citados 385 millones de euros podrá destinarse a actividades que no produzcan retornos. De esta forma, se impide dotar a cualquiera de
los diferentes instrumentos de la cooperación que no tengan carácter reembolsable.


Año tras año, la cooperación reembolsable (R) y la no reembolsable (NR) han estado presentes en proporciones razonables situadas en una proporción de alrededor del 70/30 y ello con fondos bien procedentes de los créditos F AD, o bien
procedentes de los presupuestos de la SECI o de la AECID. Así, si tomamos como referencia los dos años de existencia de Fonprode, observamos que en 2012, se ha dotado con 410 millones de euros, de los cuales 125 son de carácter no reembolsables
(70R/30NR); y en 2011 de un presupuesto de 945 millones de euros, 345 eran de carácter no reembolsable (64R/36NR).


Pero en 2013, esta pauta se rompe bruscamente, contraviniendo el artículo 2.e de la Ley 36/2010, de 22 de octubre, del Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE). Por ello, y para evitar que se consolide esa tendencia, se mantendrá
una relación entre la cooperación reembolsable/no reembolsable no inferior a 70/30 en línea con la experiencia de los últimos años. Considerando la inexcusable necesidad de gestionar de forma óptima los recursos con que se dotan los diferentes
proyectos de cooperación, y a la vista de los distintos instrumentos de financiación, básicamente de carácter reembolsable y no reembolsable, se emplearán en todo momento los más adecuados acordes con las disponibilidades presupuestarias.


Voto particular núm. 14


Ante los riesgos y falta de experiencia existente en el empleo de las 'participaciones temporales de capital o cuasicapital en instituciones financieras' por parte de la AECID, éstas se considerarán de carácter experimental y en consecuencia
durante la vigencia del Plan Director de la Cooperación Española 2013-2016 no se invertirá en ellas más del 30% del presupuesto asignado a cooperación reembolsable, dedicándose el resto del presupuesto a préstamos a instituciones microfinancieras.


Voto particular núm. 15


Teniendo en cuenta la experiencia del Fondo de Concesión de Microcréditos hasta su disolución en diciembre de 2010, su buena gestión de los fondos y su alto nivel de ejecución presupuestaria demostrado, se recuperará este FCM para gestionar
a través de él el resto de fondos destinados a cooperación reembolsable.


Voto particular núm. 16


Para obtener fondos con que dotar a través de los Presupuestos Generales del Estado las operaciones de carácter reembolsable del Fonprode, se seguirán las mejores prácticas en la gestión de la tesorería de las cuentas del fondo, que eviten
la existencia durante largos periodos de tiempo de saldos ociosos innecesariamente elevados. Con igual objetivo, se evitará, en la medida de lo posible, el empleo de la figura del fideicomiso para dotar de fondos de cooperación a entidades
beneficiarias, sustituyendo esta práctica con la asignación de fondos a medida que estas presenten iniciativas de inversión listas para su desembolso.


Voto particular núm. 17


Mejora de las políticas de evaluación y de rendición de cuentas por parte de las ONGs y del Ministerio. La evaluación, una vez terminado el proyecto, debe encargarse a una auditora externa para que resulte más imparcial y efectiva.
Asimismo ha de computarse como un coste directo del proyecto, para que las ONGs puedan contratar estos servicios.



Página 46





GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO


Voto particular núm. 18


Cumplimiento del pacto de estado contra la pobreza.


El 19 de diciembre de 2007, los partidos con representación parlamentaria firmaban el Pacto de Estado contra la Pobreza por la que se obligaban en el compromiso de cumplir con las medidas que en él se establecían para caminar hacia la
erradicación de la pobreza. El Plan Director de la Cooperación Española debe reconocer su vigencia y establecer sus medidas como hoja de ruta de la cooperación estatal.


Voto particular núm. 19


Desmilitarización de la cooperación.


Las Fuerzas Armadas no pueden ser un agente de la Cooperación. Más allá de no ser su finalidad ni su especialización, supone un cuestionamiento ético a la esencia de la cooperación y de la Cultura de la Paz. Además, la utilización de las
Fuerzas Armadas supone un coste en términos económicos y de eficiencia respecto a la realización de la cooperación y, en particular, de la ayuda de emergencia y humanitaria por parte de un cuerpo civil pacifista.


Voto particular núm. 20


Ayuda humanitaria.


La Ayuda Humanitaria no puede concebirse como un parche puntual y descontextualizado. Contrariamente debe colaborar, y mantenerse hasta conseguirlo, en establecer las bases para un desarrollo sostenido y sostenible de proyectos que permitan
la construcción de alternativas de futuro para las poblaciones víctimas.


GRUPO PARLAMENTARIO CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ)


Voto particular núm. 21


Reforzar el marco presupuestario detallado, con cifras concretas de evolución de los gastos, para evidenciar el compromiso de la Cooperación española y para dotarla de viabilidad y de previsibilidad en sus desembolsos, también para poder
determinar el peso relativo de las diferentes modalidades e instrumentos de ayuda.


Voto particular núm. 22


Incluir el límite porcentual sobre la Ayuda Oficial al Desarrollo bruta que deberá alcanzar el total de los créditos, préstamos y líneas de financiación reembolsable previsto en el artículo 2.1.e) de la Ley 36/2010, de 22 de octubre, del
Fondo para la Promoción del Desarrollo, así como prever el proceso de evaluación de dicho límite de conformidad con el procedimiento de control parlamentario establecido en el artículo 12 de la misma Ley.


Voto particular núm. 23


Reconocer el papel de las organizaciones de la sociedad civil en la cooperación y garantizar su participación en el proceso de desarrollo, evaluación y rendición de cuentas, a la vez que, avanzar de forma clara y concreta en relación a su
financiación.


Voto particular núm. 24


Reforzar las políticas de cooperación al desarrollo en materia de salud global:


- El compromiso en la lucha contra las grandes pandemias asociadas a la pobreza (sida, malaria y tuberculosis, entre otras).



Página 47





- La potenciación de las iniciativas internacionales de primer nivel y de los trabajos de los centros de investigación y desarrollo en materia de salud global.


- El apoyo de los modelos de investigación que mejoren la salud de las personas y aseguren el acceso de la población a los productos.


Voto particular núm. 25


Contemplar sistemas de transferencia de Investigación, desarrollo e innovación y cooperación tecnológica a través de las políticas de cooperación para el desarrollo con países socios.


Voto particular núm. 26


Incluir referencias al cumplimiento y apoyo para la implementación en países en desarrollo, de las Directrices del Comité de Seguridad Alimentaria de la ONU sobre gobernanza de la tierra, para garantizar las limitaciones al acaparamiento de
tierras que ponen en riesgo la seguridad alimentaria.


Voto particular núm. 27


Vincular las políticas de desarrollo con la política de inmigración. Las políticas de desarrollo pueden y deben generar oportunidades y expectativas de vida en los países de origen de los flujos migratorios, contribuyendo así a crear un
contexto en el que la migración sea producto de la libre decisión del migrante y no de la necesidad.


GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA


Voto particular núm. 28


Sobre fortalecimiento institucional del sistema de la cooperación española.


I. El IV Plan Director subraya en el punto 6 de introducción que la orientación hacia resultados de la Cooperación española implica cambios institucionales profundos, junto al refuerzo de las capacidades de diálogo y análisis del conjunto
del sistema de la cooperación española y determinados avances en las tareas de seguimiento y evaluación que sirvan para sustentar mejor la toma de decisiones.


Con el fin de contribuir a construir relaciones más estratégicas dentro del sistema de la cooperación española se requiere establecer, en el marco del IV Plan Director, un calendario y un compromiso más concreto acerca del procedimiento de
tramitación ante el Consejo de Cooperación y ante las Comisiones de Cooperación Internacional en Congreso y Senado, entre otras, de las siguientes acciones previstas:


1. Revisión de los Acuerdos de Asociación Estratégica con Organismos Internacionales y de los Marcos de Asociación-país y su seguimiento, lo que requerirá una información pormenorizada sobre cada uno de ellos en el ámbito parlamentario, con
motivo de su elaboración y ejecución anual.


2. Presentación del documento estratégico sobre la Política de Evaluación en la Cooperación Española, que deberá incluir las dotaciones presupuestarias o recursos indicativos destinados a la puesta en marcha de los correspondientes planes
plurianuales de evaluación, así como los criterios de selección de objetivos y contenidos de las evaluaciones a emprender y el establecimiento de los mecanismos de consulta y seguimiento pertinentes ante la Comisión lnterterritorial de Cooperación y
el Consejo de Cooperación.


3. Transparencia del proceso y mecanismos de consulta a establecer para la elaboración de la Estrategia de colaboración con las ONGD prevista en el IV Plan Director, incorporando las 'Contribuciones de la Coordinadora de ONGD al IV Plan
Director' de 2012, asegurando la orientación estratégica y sostenibilidad de los recursos que deban apoyar las acciones que desarrollan dichas entidades.


4. Previsiones acerca de la creación de la Unidad organizativa impulsora y de referencia en el sistema para el trabajo con el sector empresarial, así como de los mecanismos de participación, consulta y seguimiento por parte del sector
representativo de la sociedad civil y de los representantes de la cooperación descentralizada en dicha estructura.



Página 48





5. Procedimiento y plazos para la elaboración y aprobación de un Plan de Investigación para el Desarrollo y Estudios sobre el Desarrollo.


6. Remisión al Parlamento de un Anexo al IV Plan Director que recoja una definición y el rol de los principales actores de la Cooperación Española, así como la referencia a los mecanismos de participación y consulta que, en el desarrollo de
las diferentes orientaciones estratégicas previstas en el Plan Director, deben consolidarse a lo largo del ciclo de su ejecución.


II. En cuanto al reconocimiento de la Cooperación descentralizada y, en concreto la relevancia de la descentralización y de la autonomía local de los gobiernos locales para favorecer los procesos de desarrollo en los países socios, esta
orientación debe ser una prioridad en las estrategias de gobernabilidad que apoye la Cooperación española.


1. A lo largo de la vigencia del IV Plan Director debe dotarse de contenido a los órganos de gobernanza multinivel, la Conferencia Sectorial y la Comisión lnterterritorial de Cooperación para el Desarrollo, como espacios de concertación y
coordinación para avanzar en la complementariedad de los actores de la cooperación española, estableciendo mecanismos y sistemas de intercambio de información y colaboración efectivos para que estos órganos cumplan con la finalidad para la que
fueron creados superando su funcionamiento actual de órganos de mero trámite formal.


2. Por otra parte, la concreción de la Hoja de Ruta acordada en el V Encuentro de Comunidades Autónomas de Marzo de 2012, conocida como Agenda de Portugalete y cuyos contenidos recoge el IV Plan Director, deberá ser objeto de información y
seguimiento pormenorizado en el Parlamento a través de la correspondiente Comisión de Cooperación, mediante el procedimiento que al respecto se acuerde.


Voto particular núm. 29


Sobre fortalecimiento del sistema de cooperación en el ámbito de la concentración geográfica y sectorial.


El IV Plan Director subraya en el punto 6 de su introducción que la orientación hacia resultados de la Cooperación española implica cambios institucionales profundos, junto al refuerzo de las capacidades de dialogo y análisis del conjunto
del sistema de la cooperación española y de determinados avances en las tareas de seguimiento y evaluación que sirvan para sustentar mejor la toma de decisiones.


La Coherencia de Políticas para el Desarrollo, resulta clave también para concentrar de forma efectiva, geográfica y sectorialmente las prioridades de la política, otro de los aspectos críticos de este PD que requiere de una mayor concreción
en este Plan Director.


Por otra parte, en cuanto al objetivo de concentración geográfica previsto en el PD, los cambios y la transparencia del proceso dejan mucho que desear.


En los últimos borradores del IV Plan Director, finalmente se ha llegado a concretar un objetivo cuantitativo, el 75% de la AOD bilateral bruta, especificada geográficamente por los 23 países prioritarios de la CE claramente insuficiente.
Por ello este PD deberá completarse, antes de su aprobación por el Consejo de Ministros, en los siguientes aspectos:


1. Establecimiento de indicadores sobre la proporción de ayuda a programar en cada país y la de criterios para delimitar en cuantos países y en base a qué razones de prioridad y con qué ratios se concentrará la ayuda bilateral española.


2. Para medir el grado de avance y el cumplimiento de objetivos en la concentración geográfica de la CE, los citados indicadores y criterios deberán integrarse en el previsto y pendiente Marco de Resultados asociado a la ejecución del PD,
así como en los sucesivos Informes Anuales de ejecución que deberán remitirse al Parlamento, especificando la asignación de fondos por niveles de pobreza, países y ámbitos geográficos correspondientes y contemplando el compromiso internacional de
alcanzar como mínimo el 20% de la AOD a Países Menos Avanzados (PMA).


3. Informar periódicamente a las Cámaras sobre los procesos de cooperación delegada que se vayan acordando, así como acerca de las previsiones sobre el despliegue, mantenimiento y salida de la CE en cada uno de los países a través de las
OTC correspondientes, incluyendo los procesos de delegación de autoridad que vayan asumiendo las distintas OTC en el terreno para abordar el proceso de planificación en cada país y asegurar un mejor uso del enfoque programático.



Página 49





4. Asimismo incluir específicamente el análisis y seguimiento de la aplicación de coherencia de políticas, a través de los distintos instrumentos financieros y acciones desarrolladas por los distintos actores en cada país, remitiendo la
información sistematizada al respecto, y respecto del funcionamiento de los 'Grupos Estables de Coordinación en terreno' que existan o vayan a ponerse en marcha en cada país, con el fin de hacer el seguimiento y evaluar anualmente los mecanismos de
coherencia de políticas y de participación y coordinación de los distintos actores de la CE en terreno, incluida la de la sociedad civil local.


Voto particular núm. 30


Derechos humanos en el Plan Director.


Los tratados internacionales de derechos humanos suscritos por España y los protocolos facultativos ratificados con posterioridad, deben ser el marco jurídico nacional e internacional que sustente la política de cooperación española tal y
como se enuncia en el IV Plan Director. El compromiso que subyace de todos los tratados adheridos, se trasladará a las políticas públicas en materia de cooperación al desarrollo y de educación para el desarrollo.


El desarrollo humano se alcanza en la medida en que la titularidad y aplicabilidad de los derechos sociales, económicos, civiles, políticos y culturales se hace efectiva.


El IV Plan Director debe reconocer la universalidad, la indivisibilidad y la interdependencia de todos los derechos humanos, y sobre estos principios sustentar todas las acciones en la lucha contra la pobreza, la equidad, la paz y la
justicia social.


Considerando lo anterior el IV Plan Director deberá incluir indicadores de seguimiento de resultados al respecto en las distintas acciones de la CE, así como su contribución al marco de resultados de desarrollo previsto.


Voto particular núm. 31


Derechos humanos e incorporación del sector privado empresarial en la cooperación española.


El enfoque de Derechos humanos debe permear mucho más claramente en las orientaciones del IV PD referidas a la participación del sector privado empresarial, atendiendo a los Principios Rectores contenidos en el Informe Ruggie, en su calidad
de Representante Especial del Secretario General de Naciones Unidas ante el Consejo de Derechos Humanos de 21 marzo de 2011.


Al respecto, y en el marco del IV Plan Director referido a las líneas de colaboración de la empresa española, se deberán establecer medidas normativas aplicables a cualquier tipo de apoyo financiero que reciban por parte de los organismos
públicos en materia de AOD, que establezcan como requisitos de valoración previa, la exclusión de aquellas que vulneran derechos humanos o que no han suscrito marcos normativos internacionales como el Global compact, las Directrices de la OCDE, la
norma de orientación ISO 26000 sobre responsabilidad social, la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social de la OIT, y los Principios Rectores de las NNUU sobre Empresas y Derechos Humanos.


Voto particular núm. 32


Objetivo del 0,7% acordado internacionalmente y consenso sobre Pacto de Estado contra la pobreza en el Plan Director.


El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas examinó el quinto Informe periódico de España sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y aprobó el 18 de mayo una
serie de observaciones finales dirigidas a España.


Entre ellas, el Comité recomienda específicamente a nuestro país a 'redoblar sus esfuerzos con vistas a elevar la asistencia oficial al desarrollo a un nivel no menor del 0,7% del PIB de acuerdo con los objetivos adquiridos a nivel
internacional'.


No obstante, el IV Plan Director de la Cooperación Española abandona dicha meta, junto al compromiso del Pacto de Estado contra la Pobreza que suscribieron las distintas fuerzas políticas en el Parlamento en



Página 50





diciembre de 2007 que hizo de la voluntad de incremento de la AOD y del cumplimiento de los compromisos internacionales de España, un elemento de consenso para avanzar en el objetivo de erradicar la pobreza en el mundo, como imperativo
ético, social, político y económico a través de la cooperación internacional.


Por todo ello, a lo largo del ciclo de vigencia del Plan Director se deberá marcar un objetivo de incremento progresivo de los recursos de la AOD gestionados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, en especial a través de
las transferencias al Capítulo IV que gestiona la Agencia Española de Cooperación, que asegure un umbral de recursos a incrementar anualmente, para garantizar que se contribuye de manera efectiva a la lucha contra la pobreza y las desigualdades
internacionales en el marco de las orientaciones y programas que se ejecuten en el marco del Plan Director y de sus estrategias sectoriales.


Voto particular núm. 33


Implantación de la tasa de transacciones financieras y su finalidad solidaria.


El IV Plan Director de la CE ni siquiera cuando aborda el contexto global de oportunidades y desafíos que plantean las trasformaciones de la agenda del desarrollo y el papel que debe jugar la cooperación española en dicho contexto global, se
alude a la importancia de trabajar conjuntamente para conseguir, a lo largo del periodo de cuatro años de vigencia de este Plan Director, un instrumento regulatorio fundamental sobre la especulación financiera como es el de la Tasa de Transacciones
Financieras Internacionales.


El objetivo es que, además de la aprobación y aplicación de dicha tasa, su recaudación se destine a financiar políticas sociales y, entre ellas, las de cooperación internacional para el desarrollo. Por ello, el IV Plan Director debe
posicionarse en favor de la puesta en marcha del Impuesto sobre Transacciones Financieras para frenar la especulación financiera.


Se trata de comprometer la acción exterior de España en coherencia con las directrices del PD e impulsar ante la Comisión Europea y el Consejo Europeo de la UE las actuaciones oportunas que agilicen la puesta en marcha y aplicación del
Impuesto sobre transacciones financieras Internacionales en la UE, junto al objetivo de destinar el 50% de los ingresos generados por dicho Impuesto de Transacciones financieras internacionales, al presupuesto de las políticas de desarrollo en la
UE, como ingresos adicionales para financiar programas sociales en los países en desarrollo, incrementar los compromisos nacionales del 0,7% del PIB para la AOD y asignarlos a la financiación de bienes públicos como la reducción de la pobreza y la
lucha contra el cambio climático en el mundo.


Voto particular núm. 34


Sobre impulso y efectividad del enfoque igualdad de género en cooperación española.


El enfoque de género en desarrollo, la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, se configuran adecuadamente como una cuestión sustantiva de la política para el desarrollo humano en el IV Plan Director. Por otra parte, la
promoción de los derechos de las mujeres y de la igualdad de género, es una de las seis orientaciones estratégicas que marcarán el trabajo de la Cooperación Española para el cuatrienio 2013-2016.


Sin embargo, aunque las menciones en el PD a las mujeres son numerosas, casi siempre se hace o bien en relación con el crecimiento económico o bien como parte de colectivos especialmente vulnerables. Dado que en los contextos de crisis
económica y financiera como la actual, en más de una ocasión se suele sacrificar el objetivo del empoderamiento de las mujeres a los resultados de crecimiento económico, por lo que conviene resituar estas políticas al objeto de evitar la
instrumentalización de las mujeres ante el desmantelamiento de los servicios públicos sociales, y reforzar su participación efectiva a través de las organizaciones de mujeres, en el diseño y seguimiento de las diversas políticas públicas y
estrategias de gobernabilidad que desarrolle y apoye la Cooperación Española, tanto en los países socios como en el conjunto de las políticas de desarrollo de nuestro país.


Desde dicha perspectiva y, al objeto de reforzar la futura concreción y desarrollo de esta orientación estratégica en las actuaciones concretas de la CE a lo largo del periodo de vigencia del IV Plan Director, el sistema de la Cooperación
Española deberá:



Página 51





- Asegurar que tanto el impulso de la Estrategia Sectorial de Género y Desarrollo como del Plan Sectorial aprobado en esta materia, se integre en las áreas que intersectorialmente impactan en los BPG (Bienes públicos globales) y en la
obtención de resultados y seguimiento de las acciones correspondientes.


- Requerir del Marco de resultados pendiente de elaborar y aprobar con motivo de este IV Plan Director, el establecimiento de una determinada reserva -claramente identificada- de recursos e indicadores a asignar, entre otras, a la
financiación de políticas activas de igualdad y el apoyo a programas específicos sobre derechos sexuales y reproductivos, con el fin de hacer el seguimiento adecuado de estas políticas y poder medir y cumplir progresivamente los compromisos
cuantitativos y objetivos sectoriales específicos fijados internacionalmente en materia de género y desarrollo.


- En el marco de la Estrategia de Evaluación de la Cooperación Española, incluir el objetivo de realizar el seguimiento y la aplicación de la Estrategia de 'Género en Desarrollo' de la CE que ha servido de referente para los tres últimos
planes directores, y que debe reforzarse como seña de identidad o valor añadido de la CE en el próximo cuatrienio, con el fin de extraer conclusiones que permitan fijar nuevos indicadores en los futuros documentos de programación general. Al
respecto se deberá contar con la participación y procesos de evaluación entre pares de las organizaciones de mujeres en los países socios y del sistema de la Cooperación española.


- Impulsar y mantener, a dichos efectos, el funcionamiento del Grupo de Trabajo Género y Desarrollo en el seno del Consejo de Cooperación.


Voto particular núm. 35


Educación para el desarrollo.


Construir una ciudadanía global comprometida con la justicia social y la equidad en el desarrollo.


El IV Plan Director reconoce a la educación para el desarrollo como proceso clave de la cooperación española con el objetivo de conseguir que la ciudadanía se comprometa y participe a través del conocimiento y desarrollo de competencias,
valores y actitudes relacionadas con la solidaridad, la justicia social, la igualdad y los derechos humanos. Para ello apuesta claramente por los procesos de sensibilización, formación, investigación y movilización social.


Asimismo reconoce que han sido las propias administraciones las que no han sido capaces de trasmitir bien a la ciudadanía cómo la cooperación puede contribuir al desarrollo y cómo tiene implicaciones para nuestras vidas, la mejora de los
DDHH y la construcción de una sociedad global más justa y solidaria.


Además la Declaración de la Asamblea General de Naciones Unidas insta a los gobiernos, organismos gubernamentales nacionales, regionales e internacionales y a las organizaciones no gubernamentales a intensificar los esfuerzos por formular
programas de educación en la esfera de los Derechos Humanos. En aras de fomentar la ciudadanía activa; el fortalecimiento de las capacidades de los titulares de derechos y obligaciones; la inclusión social y la lucha contra la pobreza; la paz;
la equidad y la justicia social; la educación en los Derechos Humanos supone:


I. Reconocer la indivisibilidad e interdependencia de todos los derechos.


II. Tener en cuenta los nuevos derechos, contemplando los derechos de las generaciones futuras a disfrutar del planeta y sus recursos (enfoque medioambiental).


III. Poner el mismo énfasis en los derechos económicos, sociales y culturales y en los civiles y políticos.


IV. Transmitir no solo los contenidos de los derechos, sino también los hábitos, los valores y los recursos que permiten el ejercicio y la defensa de estos derechos.


V. Los Derechos Humanos y la democracia son elementos esenciales e interdependientes en la cooperación internacional al desarrollo.


Por ello el IV Plan Director de la cooperación española, así como la identificación de los presupuestos que lo acompañarán cada año, deben ser coherentes con dichos contenidos y explicitar el refuerzo a las comunidades autónomas, las
universidades, los centros educativos y las ONGD como agentes privilegiados de educación para el desarrollo a través del fortalecimiento de espacios de trabajo conjunto, cultura evaluativa, la generación de conocimiento sobre la práctica y la
rendición de cuentas.


Asimismo, hoy más que nunca, la coherencia de políticas es necesaria como forma de entender el desarrollo propio y mundial en íntima interconexión y, en este sentido, el Gobierno debe corregir las



Página 52





graves y manifiestas incoherencias entre las finalidades descritas en el IV Plan Director y las que se contemplan en el Anteproyecto de ley educativa LOMCE.


Voto particular núm. 36


Sobre España y la política de cooperación en la UE.


Se insta al Gobierno, además, en el marco de las previsiones y vigencia del IV Plan Director a:


Comprometerse en el marco de las actuales negociaciones para el próximo marco financiero de la UE 2014-2020 y en su ejecución, a asegurar que el presupuesto de la ayuda humanitaria se mantenga y se adecúe al nivel que requieren las
crecientes crisis humanitarias y la responsabilidad que el resto del mundo reconoce en los valores de la UE como actor global.


Remitir a esta Cámara una 'hoja de ruta' que permita hacer el seguimiento y la valoración de las acciones a emprender por la Cooperación Española en relación a las Conclusiones del Consejo Europeo de 15 de octubre de 2012 referidas a la
Financiación del Desarrollo; sobre democracia y compromiso de Europa con la sociedad civil en la acción exterior; y sobre la protección social en la política de desarrollo de la UE.


GRUPOS PARLAMENTARIOS SOCIALISTA, DE IU, ICV-EUiA, CHA: LA IZQUIERDA PLURAL Y DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA


Voto particular núm. 37


Ausencia de marco presupuestario e inviabilidad de las actuaciones.


Las actuaciones programadas en el IV Plan no se acompañan de un marco presupuestario suficiente que las respalde y garantice su viabilidad.


Un Plan Director es un ejercicio de previsión administrativa que debe venir avalado por cifras más concretas de evolución del gasto que las que aporta el IV Plan Director. La propia Ley de Cooperación de 1998 exige en su artículo 8.2 que
los planes directores vengan acompañados de recursos presupuestarios indicativos.


El contexto de restricción presupuestaria que actualmente enfrenta España no puede ser justificación para una interpretación tan laxa de lo que exige la ley, en un ejercicio de planificación que se proyecta a 4 años.


Refuerza esta consideración, la ausencia de un verdadero compromiso por parte del Gobierno con esta política pública, a la luz de la importante caída de los recursos observada en el ejercicio 2012 y en el borrador de Ley de Presupuestos
Generales del Estado 2013.


Voto particular núm. 38


Papel del Parlamento y órganos consultivos.


La construcción participada de la política de cooperación, además de un mandato legal, es un elemento clave para una mayor apropiación de la política por parte de los actores implicados. Así ha sido reconocido en distintos consensos
internacionales.


En este sentido, la participación de las Cortes Generales debe ir más allá del trámite que establece el artículo 15.1 y sostenerse a lo largo del período de vigencia del Plan, implicando de forma activa a la Comisión de Cooperación
Internacional en la concreción operativa de las apuestas estratégicas incluidas en el IV Plan Director.


En una lógica similar, el papel del Consejo de Cooperación debe ser reforzado, de manera que como espacio único de representación del conjunto de actores de la CE, tenga un rol destacado en la modernización del sistema de cooperación
español, más allá de sus actuales funciones deliberativas y consultivas, y posibilite un diálogo franco, sostenido y abierto a la crítica constructiva.



Página 53





Voto particular núm. 39


Participación del sector privado en la política de cooperación.


El IV Plan Director concede al sector empresarial un rol protagónico en la política de cooperación española de los próximos cuatro años. Con el fin de evitar que su participación quede mediatizada por el actual contexto de crisis económica
y la presión para la promoción del sector exterior de la economía española, el IV Plan Director debería:


No abordar al sector empresarial como sector homogéneo, diferenciando entre grandes multinacionales, pequeñas y medianas empresas, o entre cooperativas de crédito locales y bancos de desarrollo.


Priorizar de forma explícita el apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas o aquellas de la economía social de los países socios, con capacidad demostrable de promover trabajo decente.


Acompañar esta apuesta de actuaciones concretas destinadas al fortalecimiento del Estado democrático, incluyendo su tejido social, para que pueda ejercer con garantías su rol de fiscalización de la actuación de las empresas.


Asegurar que su participación no supone una privatización de los Servicios Sociales Básicos ni menoscaba la obligación legal de los Estados de proveerlos.


Centrar las acciones en crear un entorno que favorezca su impacto positivo en el desarrollo humano, lo que no debe confundirse con la creación de un entorno favorable para la actividad de las empresas.


Asumir el Código de Financiación Responsable del FONPRODE como referencia guía para la participación de este sector en la política de cooperación.


En todo caso, y cómo mínimo, el sector empresarial, su participación en la política de cooperación, debe responder a los mismos principios y a las mismas condiciones de transparencia y rendición de cuentas que otros actores.


Voto particular núm. 40


Coherencia de políticas para el desarrollo.


El IV Plan Director establece como objetivo el de procurar mayor coherencia de nuestras políticas con los objetivos de desarrollo.


No obstante su nivel de exigencia en este ámbito es limitado, perdiendo una excelente oportunidad, en un tiempo especialmente crítico en recursos económicos, de evolucionar de una política de ayuda a una política de desarrollo, cuyo
principal motor sería la capacidad de la política de cooperación para incidir en la coherencia del resto de las políticas con el desarrollo.


El IV Plan Director debe asegurar un enfoque acorde con el que promueve la OCDE y la propia Ley de Cooperación, que establezca claras salvaguardas que garanticen de forma inequívoca que las sinergias que pretende establecer con las acciones
de las empresas españolas, no conducen a una supeditación de intereses ajenos a los que estrictamente ha de tener la política de cooperación.


GRUPOS PARLAMENTARIOS SOCIALISTA Y DE IU, ICV-EUiA, CHA: LA IZQUIERDA PLURAL


Voto particular núm. 41


Cooperación descentralizada.


El IV Plan Director reconoce la contribución distintiva de los gobiernos locales y autonómicos al desarrollo desde los elementos característicos que la configuran. Es igualmente positiva la apuesta por elevar su participación en la
definición estratégica de la Cooperación Española, por una mayor articulación de la misma con la Administración General del Estado y por la definición de las complementariedades que conduzca a una división del trabajo más estructurada.


No obstante, el Plan Director no define de forma clara cuáles serán los mecanismos y órganos que servirán para tales objetivos, y si se apostará por la renovación de los actualmente existentes o por la creación de otros nuevos. En
cualquiera de los dos casos, se deberá asegurar que hay una definición clara del mandato que les corresponde, ajustando sus dimensiones para garantizar el equilibrio entre



Página 54





operatividad y representatividad, además de la formulación de mecanismos que garanticen su articulación y coordinación con el Consejo de Cooperación.


Por otro lado, es necesario que se concrete la agenda de trabajo de los mismos en el periodo de vigencia del plan y que ésta se oriente hacia el objetivo que se formula de 'contribuir a un modelo más sólido en el que los actores de la
cooperación descentralizada tengan un papel más activo en la definición estratégica de la CE...'.


GRUPOS PARLAMENTARIOS SOCIALISTA, DE IU, ICV-EUiA, CHA: LA IZQUIERDA PLURAL, DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA Y VASCO (EAJ-PNV)


Voto particular núm. 42


Límite máximo a la cooperación reembolsable.


El IV Plan Director establece como uno de sus objetivos y ámbitos de especial atención el de integrar plenamente la cooperación reembolsable en el marco de la cooperación española, interés que en 201 3 se acompañará de una importante
dotación presupuestaria para financiar actuaciones de esa naturaleza 1.


La Ley 36/2010 del Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE) establece en su artículo 2.e) que el Plan Director debe establecer el límite porcentual sobre la Ayuda Oficial al Desarrollo que deberán alcanzar las líneas de financiación
reembolsable, cuestión que no ha sido atendida en el IV Plan Director 2. Instamos al Gobierno a que dicha insuficiencia sea solventada con carácter previo a su aprobación en Consejo de Ministros y que la definición de dicho límite máximo sea
tramitada de conformidad con el procedimiento parlamentario establecido en el artículo 12 de la referida Ley, tomando en consideración asimismo las siguientes cuestiones:


- La Cooperación Española no cuenta con experiencia previa acumulada ni con capacidades en magnitud suficiente como para permitir una gestión del mecanismo que garantice un impacto positivo en desarrollo, por lo que no puede asumir volúmenes
importantes que vayan en detrimento de las modalidades concesionales.


- Algunas de sus modalidades -fondos para la adquisición de capital o quasi capital en instituciones financieras y vehículos de inversión- requieren, a menudo, del uso de intermediarios financieros, de forma que el Ministerio de Asuntos
Exteriores y de Cooperación (MAEC) pierde capacidad de seguimiento y control sobre las actuaciones financiadas y el modelo de desarrollo que se está promoviendo.


- Tales fondos de capital priorizan sectores rentables como infraestructuras, telecomunicaciones, nuevas tecnologías, biotecnología y agroindustria. En la medida en que se trata de sectores atractivos para los inversores privados, no parece
necesario que los mismos detraigan recursos de la política de cooperación.


- Además de lo anterior, el impacto en desarrollo de muchos de estos fondos está muy cuestionado, siendo frecuente que tengan sede en jurisdicciones clasificadas como paraísos fiscales.


- Genera deuda externa en los países receptores.


Por su parte, el Documento estratégico de la cooperación financiera reembolsable que el IV Plan Director prevé deberá establecer mecanismos claros y de obligado cumplimiento que prioricen el apoyo al tejido económico local en base a los
principios establecidos en el Código de Financiación Responsable del FONPRODE.


1 Según las cifras aportadas por el Informe agregado de AOD de la SECIPI, la dotación total para 2013 será de 385,23 millones de euros (245 millones de 2013 más otros 140 millones de remanente 2012), lo que supone el 18.8% del total de la
AOD.


2 'El Plan Director de la Cooperación Española establecerá el límite porcentual sobre la ayuda oficial al desarrollo que deberá alcanzar el total de estos créditos, préstamos y líneas de financiación reembolsable.'