Ruta de navegación

Publicaciones

BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 147, de 20/09/2012
cve: BOCG-10-D-147 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


X LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


20 de septiembre de 2012


Núm. 147



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


158/000016 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Igualdad, para el estudio de la Racionalización de Horarios, la Conciliación de la Vida Personal, Familiar y Laboral y la Corresponsabilidad. Aprobación por
el Pleno... (Página3)


Control sobre las disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley


DECRETOS-LEYES


130/000024 Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto, por el que se prorroga el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo. Convalidación... (Página4)


130/000025 Real Decreto-ley 24/2012, de 31 de agosto, de reestructuración y resolución de entidades de crédito. Convalidación y tramitación como Proyecto de Ley por el procedimiento de urgencia... (Página9)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000273 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre elaboración de una nueva Ley de Protección Civil. Enmiendas ... (Página9)


Aprobación con modificaciones... (Página11)


162/000375 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre estrategia para combatir el desempleo juvenil en Europa y en España. Rechazo por el Pleno de la Cámara así como enmienda formulada... href='#(Página12)'>(Página12)



Página 2





INTERPELACIONES


Urgentes


172/000054 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la valoración del Ministro de Educación, Cultura y Deporte de los efectos en el sector cultural y en la educación de este país de las últimas medidas adoptadas
por el Gobierno... (Página13)


172/000056 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre las prioridades del Gobierno en el ámbito cultural, vista la discriminación fiscal aplicada al sector de la cultura en la subida del IVA...
(Página14)


172/000057 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la política económica de este gobierno respecto al rescate del sistema financiero y su contraste con un necesario rescate a los
trabajadores... (Página15)


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000035 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la política estratégica de defensa y la presencia de tropas españolas en el exterior. Rechazo
por el Pleno de la Cámara así como enmiendas formuladas... (Página16)


173/000036 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre las medidas que tiene previsto adoptar el Gobierno para paliar los daños ocasionados por la tormenta de
granizo acaecida el pasado 5 de julio en las comarcas de Lleida. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas... (Página17)


173/000037 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre las nuevas medidas de ajuste que tiene intención de adoptar el Gobierno. Rechazo por el Pleno de la Cámara así como enmienda
formulada... (Página21)



Página 3





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


158/000016


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha acordado, de conformidad con lo dispuesto en el Punto Segundo.1 de la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, la creación, en
el seno de la Comisión de Igualdad, de una Subcomisión para el estudio de la Racionalización de Horarios, la Conciliación de la Vida Personal, Familiar y Laboral y la Corresponsabilidad, en los siguientes términos:


'A) Composición.


La Subcomisión estará integrada por tres representantes de cada uno de los Grupos Parlamentarios con más de cien diputados en la Cámara, dos representantes de cada uno de los Grupos Parlamentarios con más de diez diputados y un representante
de cada uno de los Grupos Parlamentarios restantes.


Cada miembro podrá contar con su correspondiente suplente.


B) Adopción de acuerdos.


Los acuerdos de la presente Subcomisión se adoptarán mediante voto ponderado.


C) Objeto de la Subcomisión.


1. Analizar las medidas de conciliación y flexibilización horaria existentes y su utilización práctica, con el fin de lograr la implantación efectiva del derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas
trabajadoras.


2. Hacer propuestas para la incorporación de horarios más racionales en todos los ámbitos, que favorezcan la conciliación y la convergencia con Europa y simultáneamente mejoren la productividad laboral.


3. Proponer los cambios y las mejoras pertinentes, en todos los ámbitos, para obtener una reacomodación de las funciones tradicionales y avanzar hacia una corresponsabilidad que permita la realización de los ciudadanos en todos sus aspectos
vitales: personal, familiar y profesional.


4. Estudiar la aplicación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres (LOIEMH), en relación con las medidas de conciliación que afectan al ámbito de la negociación colectiva, derechos laborales,
regulación de la jornada de trabajo y extensión de los planes de igualdad en las empresas.


5. Emitir un informe y dar traslado del mismo al Gobierno, después de ser aprobado por la Comisión de Igualdad y remitido al Pleno de la Cámara para su debate y aprobación, con el fin de mejorar las políticas dirigidas a favorecer la
conciliación, la corresponsabilidad y racionalización de los horarios.


De acuerdo con lo establecido en la Resolución de 26 de junio de 1996, sobre procedimiento de creación y reglas de funcionamiento de las Comisiones de la Cámara, para la realización del mencionado estudio, la Subcomisión podrá recabar:


- La información y documentación que precise de las Administraciones Públicas competentes.


- La comparecencia de autoridades y funcionarios públicos, así como la de otras personas, interlocutores sociales y organizaciones competentes en la materia.


D) Plazo para la realización de los trabajos de la Subcomisión.


La Subcomisión deberá concluir su trabajo dentro de los dos próximos períodos de sesiones.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de septiembre de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



Página 4





CONTROL SOBRE LAS DISPOSICIONES DEL EJECUTIVO CON FUERZA DE LEY


DECRETOS-LEYES


130/000024


Se publica a continuación el Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto, por el que se prorroga el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.


En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, dicho Real Decreto-ley fue sometido a debate y votación de totalidad por el Congreso de los Diputados en su sesión del día de hoy, en la que se acordó su convalidación.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de septiembre de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


REAL DECRETO-LEY 23/2012, DE 24 DE AGOSTO, POR EL QUE SE PRORROGA EL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL DE LAS PERSONAS QUE AGOTEN SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO


El Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas, introdujo de forma coyuntural un programa de cualificación
profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, basado en acciones de políticas activas de empleo y en la percepción de una ayuda económica de acompañamiento.


El programa, de seis meses de duración, ha sido prorrogado en dos ocasiones, mediante el Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y
el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo; y mediante el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera
para la corrección del déficit público.


El Gobierno en un escenario de recesión económica, teniendo en cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de hogares con todos sus miembros desempleados y, una vez analizado y evaluado el plan PREPARA desde su creación
hasta la actualidad, ha considerado conveniente prorrogar el citado programa. Ahora bien, el limitado éxito del plan de inserción en el empleo de los beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de los beneficiarios con las situaciones de
mayor necesidad exigen la introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se proteja a los ciudadanos que más lo precisan.


En coherencia con el principio de equidad y en aras a la consecución de la justicia social, el programa se redefine y centra su función protectora en el colectivo de desempleados, que no teniendo derecho a otras prestaciones o subsidios,
presenten cargas familiares u ostenten la condición de parados de larga duración.


El programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo es un mecanismo de protección complementario, justificado por la situación del mercado de trabajo español y, apoyado en un tratamiento
individualizado y personalizado para la inserción en el mercado de trabajo. El programa debe cumplir un doble objetivo, por un lado, paliar una situación real de necesidad y, por otro, reincorporar al mercado laboral a sus beneficiarios. El
programa se acompaña de una serie de modificaciones que pretenden mejorar su eficacia y eficiencia.


En primer lugar, se incrementa la cuantía de la ayuda hasta el 85% del IPREM para aquellos beneficiarios con tres o más personas a su cargo, manteniéndose en el 75% la cuantía para el resto de los casos. Además, se sigue vinculando el
cumplimiento del requisito de rentas a las de la unidad familiar y se redefine su composición en coherencia con otros programas de análoga finalidad. Con estas medidas,



Página 5





el programa atenderá a las situaciones de mayor necesidad y amplía la ayuda para los casos en los que las cargas familiares sean mayores.


En segundo lugar, dada la insatisfactoria tasa de inserción de los beneficiarios de los programas anteriores se articulan mecanismos para fortalecer la vinculación entre las políticas activas y pasivas, que contribuyan a potenciar el
carácter de 'programa para el empleo'. Para ello, se refuerza el seguimiento del grado de cumplimiento del compromiso de actividad, exigiendo que los solicitantes acrediten haber realizado actuaciones de búsqueda de empleo a título personal, o en
colaboración con los servicios de empleo, como requisito previo a la obtención de la condición de beneficiarios. El compromiso de búsqueda activa de empleo deberá mantenerse durante todo el programa, y los servicios de empleo podrán requerir al
beneficiario que acredite la materialización de dicho compromiso en cualquier momento.


En el seno de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales se propondrá que el grado de eficacia y eficiencia en la ejecución del programa se introduzca como una de las variables de reparto de los fondos destinados a políticas
activas para las Comunidades Autónomas.


El análisis de evaluación del programa ha puesto de manifiesto la necesidad de reforzar la vinculación entre políticas activas y pasivas de empleo a través de una mayor coordinación entre el Servicio Público de Empleo Estatal y los Servicios
de Empleo de las Comunidades Autónomas. Para ello, la Conferencia Sectorial juega un papel esencial como instrumento para compartir las mejores prácticas, identificar fortalezas y debilidades de las estrategias de los distintos servicios de empleo,
coordinar las actuaciones a realizar, y fijar criterios de actuación homogéneos cuando sea adecuado y necesario en aras de una mayor eficacia en el marco de competencias existente, teniendo en cuenta el Plan Anual de Política de Empleo.


En tercer lugar, se garantiza el cumplimiento del principio de equidad revisando el régimen de incompatibilidad de la ayuda económica con otras de naturaleza similar, garantizando que el Servicio Público de Empleo Estatal tenga acceso a la
información necesaria para comprobar dicha incompatibilidad, en coherencia con las observaciones del Tribunal de Cuentas en la Resolución de 2 de marzo de 2010, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en
relación con el Informe de fiscalización del Procedimiento de Gestión del Programa de Renta Activa de Inserción.


Por último, se refuerza la supervisión y el análisis de los resultados obtenidos por la aplicación del plan PREPARA, como medio para incrementar su eficiencia, garantizar una asignación óptima de los recursos, y extender una cultura de
evaluación continua de las políticas de empleo.


Las modificaciones introducidas respecto al diseño inicial del programa pretenden incrementar las oportunidades de empleo de los beneficiarios, así como centrar los esfuerzos de los servicios de empleo en aquellos desempleados que se
enfrentan a condiciones más desfavorables. Las reformas tratan de incrementar la eficiencia del programa en sus objetivos de empleo, incrementando su vinculación a las políticas activas de empleo. El programa debe servir de instrumento eficaz en
la búsqueda de empleo y para ello deben utilizarse todos los medios, tanto públicos como privados, de los que disponen los Servicios Públicos de Empleo.


La necesidad de la inmediata aplicación de las medidas que se adoptan, atendiendo a la situación del mercado de trabajo y a la finalización del programa vigente -producida el día 15 de agosto de 2012-, constituyen circunstancias que
acreditan la extraordinaria y urgente necesidad que la Constitución Española exige para el recurso a este instrumento normativo.


En su virtud, en uso de la autorización concedida en el artículo 86 de la Constitución, a propuesta de la Ministra de Empleo y Seguridad Social y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de agosto de 2012,


DISPONGO:


Artículo único. Prórroga del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.


1. Se prorroga, con su naturaleza de programa específico de carácter nacional que incluye medidas de políticas activas de empleo y ayudas económicas, el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por
desempleo, previsto en el artículo 2 del Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas, en los términos establecidos en el
presente real decreto-ley.



Página 6





2. Podrán beneficiarse de este programa las personas desempleadas por extinción de su relación laboral e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo que, dentro del período comprendido entre el día 16 de agosto de 2012 y
el día 15 de febrero de 2013, ambos inclusive, agoten la prestación por desempleo de nivel contributivo y no tengan derecho a cualquiera de los subsidios por desempleo establecidos en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social,
aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, o bien hayan agotado alguno de estos subsidios, incluidas sus prórrogas, debiendo dichas personas cumplir en el momento de la solicitud, además, alguna de las siguientes condiciones:


a) Llevar inscritas como demandantes de empleo al menos doce de los últimos dieciocho meses.


b) Tener responsabilidades familiares, tal como este concepto viene definido en el artículo 215.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.


3. La persona solicitante debe carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.


A estos efectos, aunque el solicitante carezca de rentas, en los términos anteriormente establecidos, si convive con padres y/o cónyuge, y/o hijos menores de 26 años, o mayores con una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento,
o menores acogidos, únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número de miembros que la
componen, no supere el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.


Se considerarán como rentas o ingresos computables los establecidos en el artículo 215.3.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Asimismo, se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas
de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Comunidades Autónomas y las entidades locales.


4. No podrán acogerse a este programa las personas que hubieran percibido la prestación extraordinaria del programa temporal de protección por desempleo e inserción, ni las personas que hubieran sido o pudieran ser beneficiarias del
programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo en los términos establecidos en el Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero, incluidas sus prórrogas, ni las que hubieran agotado o pudieran tener
derecho a la renta activa de inserción, ni las que hubieran agotado la renta agraria o el subsidio por desempleo, ambos en favor de los trabajadores eventuales del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen
General de la Seguridad Social.


5. Las personas beneficiarias de este programa tendrán derecho a:


a) Realizar un itinerario individualizado y personalizado de inserción, que contemple el diagnóstico sobre su empleabilidad, así como las medidas de políticas activas de empleo dirigidas a mejorarla.


b) Participar en medidas de políticas activas de empleo encaminadas a la recualificación y/o reinserción profesional necesarias para que puedan incorporarse a nuevos puestos de trabajo, especialmente las dirigidas a la obtención de las
competencias profesionales más necesarias para su colocación estable.


c) Recibir una ayuda económica de acompañamiento del 75 % del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) mensual, hasta un máximo de seis meses.


En el supuesto de que dicha persona tenga a cargo en el momento de la solicitud, al menos, a tres miembros de la unidad familiar, la ayuda será equivalente al 85% del IPREM. A estos efectos, se entenderá como familiar a cargo al cónyuge y/o
hijos menores de 26 años, o mayores con una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento o menores acogidos, y que carezcan individualmente de rentas propias superiores al 75% del salario mínimo interprofesional en cómputo mensual
excluída la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.


6. Cuando el solicitante, o cualquier miembro de su familia, tenga derecho a percibir los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Comunidades Autónomas y las entidades
locales, la ayuda económica contemplada en el número anterior sumada al importe de aquéllas no podrá superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional. En el caso de que se superara este límite, se descontará de la ayuda regulada en el número
anterior el importe que



Página 7





exceda de dicha cantidad. A estos efectos, y mientras la Comunidad Autónoma o entidad local de residencia del solicitante no inscriba dichas ayudas en el Registro de Prestaciones Sociales Públicas, contemplado en el Real Decreto 397/1996,
de 1 de marzo, por el que se regula el Registro de Prestaciones Sociales Públicas, deberá aportarse, junto con la solicitud, certificado emitido por dicha Comunidad Autónoma o entidad local donde se haga constar la percepción o no de dichas ayudas,
y de su cuantía, por el solicitante y/o su unidad familiar.


7. El plazo para solicitar la inclusión en el programa será de dos meses desde la finalización de la prestación o subsidio por desempleo. En este plazo, la persona solicitante deberá realizar, durante un período mínimo de treinta días,
acciones de búsqueda activa de empleo, las cuales se deberán acreditar en el momento de dicha solicitud, en la forma que se determine reglamentariamente.


El trabajo por cuenta propia o ajena de la persona solicitante en este plazo, tendrá, a estos efectos, la consideración de realización de acciones de búsqueda activa de empleo.


La ayuda prevista en la letra c) del apartado 5 solo podrá reconocerse una vez iniciado el itinerario individualizado y personalizado de inserción establecido en la letra a) del citado apartado, y su percepción estará condicionada a la
participación en el mismo.


8. Las personas beneficiarias vendrán obligadas, a lo largo de toda la duración del programa, a participar en las acciones de políticas activas de empleo y de búsqueda de empleo que les propongan los Servicios Públicos de Empleo de las
Comunidades Autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal en el ámbito de sus respectivas competencias, pudiendo dichos Servicios Públicos exigir su acreditación en cualquier momento, siendo su realización requisito imprescindible para el
mantenimiento del disfrute de la ayuda económica. Asimismo, estarán obligadas a aceptar la oferta de empleo adecuada, según lo establecido en el artículo 231.3 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, ya sea ofrecida por los
Servicios Públicos de Empleo o por las agencias de colocación cuando desarrollen actividades en el ámbito de la colaboración de aquéllos, salvo causa justificada. Igualmente, deberán comunicar, en su caso, que se han dejado de reunir los requisitos
necesarios para acceder al programa, así como cualquier modificación que pudiera afectar a la cuantía de la misma.


El Servicio Público de Empleo Estatal determinará tanto el plazo máximo para el inicio de las acciones o servicios asociados al itinerario personalizado de inserción, como el plazo máximo de comunicación del inicio de las acciones que
integran el itinerario.


9. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones y requisitos establecidos en este programa dará lugar a la pérdida de la condición de persona beneficiaria de estas ayudas, con exclusión definitiva del mismo, desde la fecha del
incumplimiento. Con carácter previo a dictar la oportuna resolución, se dará un plazo de diez días al interesado para que formule las alegaciones que considere oportunas.


Asimismo, se podrá iniciar el procedimiento de reintegro regulado en los artículos 36 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siempre que se diera alguna de las circunstancias previstas en el artículo 37
de dicha norma.


10. Corresponde a los Servicios Públicos de Empleo la competencia de programación y gestión de las medidas de políticas activas de empleo de este programa.


11. El Servicio Público de Empleo Estatal será el encargado de la concesión y pago de las ayudas económicas de acompañamiento, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 13.h) 4.º de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, las
cuales se tramitarán en régimen de concesión directa, según lo establecido en el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.


12. El Servicio Público de Empleo Estatal abonará las ayudas económicas de acompañamiento para la recualificación profesional de manera directa a las personas beneficiarias, por el procedimiento de nóminas mensuales, prorrateándose los
periodos inferiores al mes, atendiendo a la fecha de inclusión efectiva en este programa y a los períodos trabajados durante el mes. Se descontarán proporcionalmente las cantidades que correspondan por la falta de participación efectiva en las
acciones y medidas incluidas en el itinerario individualizado de inserción, siempre que no concurran supuestos de incumplimiento, de acuerdo con lo previsto en el apartado 9.


Estas ayudas podrán ser objeto de justificación para su cofinanciación por el Fondo Social Europeo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa nacional y comunitaria.


13. A fin de garantizar el correcto funcionamiento de este programa y garantizar las mismas posibilidades de acceso a todos sus potenciales beneficiarios, se habilita al Servicio Público de Empleo Estatal a desarrollar el procedimiento de
concesión y pago de las ayudas, así como a establecer los



Página 8





mecanismos necesarios de coordinación e intercambio de información con los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas.


14. Con el fin de analizar los resultados obtenidos por la aplicación de esta medida, se procederá a una evaluación de la misma, con anterioridad a la fecha de finalización de su vigencia. Se propondrá en el seno de la Conferencia
Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales que los resultados de dicha evaluación sean tenidos en cuenta en la distribución de fondos destinados a políticas activas a distribuir a las Comunidades Autónomas.


Disposición adicional primera. Financiación de la ayuda para la recualificación profesional de las personas que agoten la protección por desempleo.


La financiación de la prórroga de la ayuda para la recualificación profesional de las personas que agoten la protección por desempleo se realizará con cargo al presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, para lo cual se
habilitarán al efecto los créditos que sean necesarios.


En ningún caso esta medida podrá afectar al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.


Disposición adicional segunda. Modificación del Real Decreto 397/1996, de 1 de marzo, por el que se regula el registro de prestaciones sociales públicas.


Se añaden dos nuevas letras, n) y ñ) al artículo 3, con la siguiente redacción:


'n) Los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas reconocidas por las Comunidades Autónomas y entidades locales.


ñ) La Renta Activa de Inserción concedida por el Servicio Público de Empleo Estatal.'


Disposición final primera. Modificación del Real Decreto-ley 20/2012, de13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y el fomento de la competitividad.


El Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y el fomento de la competitividad, queda modificado como sigue:


Uno. El primer inciso del párrafo decimonoveno del apartado II del preámbulo queda redactado del siguiente modo:


'Se modifica el régimen retributivo del personal incluido en el Régimen General de la Seguridad Social o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar durante la situación de incapacidad temporal, sin perjuicio de
que se establece un mandato dirigido a las Administraciones Públicas a adoptar medidas para reducir el absentismo de su personal.'


Dos. El primer párrafo de la disposición adicional decimoctava queda redactado de la siguiente forma:


'Al personal funcionario y laboral de la Administración General del Estado y organismos y entidades de ella dependientes acogidos al Régimen General de la Seguridad Social o al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del
Mar, se le reconocerán los siguientes complementos en los supuestos de incapacidad temporal:'


Tres. La disposición transitoria decimoquinta queda redactada de la siguiente forma:


'Las previsiones contenidas en el artículo 9 relativas a las prestaciones económicas en la situación de incapacidad temporal del personal al servicio de las Administraciones Públicas acogido al Régimen General de la Seguridad Social o al
Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar serán desarrolladas por cada Administración Pública en el plazo de tres meses desde la publicación de este real decreto-ley, plazo a partir del cual surtirá efectos en todo caso.'


Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.


Se faculta a la persona titular del Ministerio de Empleo y Seguridad Social para dictar las disposiciones que sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo establecido en este real decreto-ley.



Página 9





Asimismo, se faculta a la persona titular de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, en el ámbito de sus competencias, para dictar cuantas resoluciones sean precisas para el desarrollo de este real decreto-ley.


Disposición final tercera. Título competencial.


Este real decreto-ley se dicta al amparo del título competencial previsto en el artículo 149.1.7.ª de la Constitución.


Disposición final cuarta. Entrada en vigor.


El presente real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado', produciendo efectos desde el 16 de agosto de 2012.


130/000025


Convalidado en la sesión plenaria del día de hoy el Real Decreto-Ley 24/2012, de 31 de agosto, de reestructuración y resolución de entidades de crédito (núm. expte. 130/000025), se acordó su tramitación como Proyecto de Ley por el
procedimiento de urgencia (núm. expte. 121/000023), por lo que el texto se publica en la serie A del Boletín Oficial de las Cortes Generales, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de septiembre de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000273


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las enmiendas formuladas a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, sobre elaboración de una nueva Ley de Protección Civil, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 79, de 20 de abril de 2012.


Palacio del Congreso de los Diputados,11 de septiembre de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en el artículo 194 y ss. del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de modificación a la
Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular sobre la elaboración de una nueva Ley de Protección Civil.



Página 10





Enmienda


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar un proyecto de ley de Protección Civil, consensuado con las Comunidades Autónomas y con los Ayuntamientos, que dé respuesta a las necesidades actuales de la población. Este proyecto
de ley deberá:


- Respetar las competencias exclusivas de aquellas Comunidades Autónomas que las tienen asumidas en este ámbito.


- Potenciar los mecanismos de colaboración con las Comunidades Autónomas y con el Estado.


- Permitir la posibilidad de ejecutar por parte de las Comunidades Autónomas, las medidas necesarias relativas a la aplicación de los tratados internacionales en materia de protección civil, como también el mando operativo de los cuerpos
vinculados a la resolución de emergencias.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de septiembre de 2012.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no
de Ley, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre elaboración de una nueva Ley de Protección Civil.


Enmienda


De sustitución.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a remitir a la Cámara un Proyecto de Ley de Protección Civil:


- acorde con los requerimientos actuales en materia de emergencias;


- que incorpore los nuevos riesgos como posibles factores desencadenantes de grandes catástrofes;


- que revise la actual estructura de gestión de grandes catástrofes haciéndola más moderna, interdepartamental y que atienda a criterios de eficiencia económica y fomente el diálogo y cooperación permanente entre las Administraciones
Públicas y los operadores de infraestructuras y servicios, así como que establezca los mecanismos de coordinación y colaboración de los distintos órganos y administraciones competentes;


- que tenga en cuenta la realidad competencial de nuestro país;


- que tenga en consideración las recomendaciones y análisis que emanan de la Estrategia Española de Seguridad;


- que incluya el marco internacional de protección civil y especialmente en el nivel europeo;


- que recoja los elementos esenciales que deben reunir los Protocolos de coordinación de todas las instituciones a nivel nacional implicadas en una gran emergencia, incluyendo las fórmulas de incorporación de los responsables de las
distintas Administraciones Públicas que se vean afectadas, con el fin de hacer más eficaces y eficientes los mecanismos de alerta y respuesta, y siempre con total respeto a las competencias propias de las mismas, así como los elementos esenciales de
los protocolos de coordinación institucional cuando se trate de colaborar en acciones de intervención frente a catástrofes fuera de nuestras fronteras, buscando la profesionalidad y el ejercicio para fortalecer el conjunto del sistema de protección
civil;


- que reconozca a la Escuela Nacional de Protección Civil como un instrumento vertebrador de la formación especializada y de mandos de alto nivel.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2012.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



Página 11





A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de la Diputada doña Rosa María Díez González y al amparo de lo dispuesto en los artículos 194 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes
enmiendas a la Proposición no de ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre elaboración de una nueva Ley de Protección Civil.


Enmienda


De sustitución.


Texto que se sustituye:


'EI Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar una nueva Ley de Protección Civil, consensuada con las Comunidades Autónomas y con los Ayuntamientos, que dé respuesta a las necesidades actuales de la población.'


Texto que se propone:


'EI Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar una nueva Ley de Protección Civil que dé respuesta a las necesidades actuales de la población, en base a criterios de coordinación, prevención y una clara delimitación de las
competencias.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2012.-Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.


162/000273


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, con motivo del debate de la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre elaboración de una nueva Ley de Protección Civil, publicada en el
'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 79, de 20 de abril de 2012, ha acordado lo siguiente:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar una nueva Ley de Protección Civil consensuada con las Comunidades Autónomas y con los Ayuntamientos, que dé respuesta a las necesidades actuales de la población y:


- que incorpore los nuevos riesgos como posibles factores desencadenantes de grandes catástrofes, acorde con los requerimientos actuales en materia de emergencias;


- que revise la actual estructura de gestión de grandes catástrofes haciéndola más moderna, interdepartamental y que atienda a criterios de eficiencia económica y fomente el diálogo y cooperación permanente entre las Administraciones
Públicas y los operadores de infraestructuras y servicios, así como que establezca los mecanismos de coordinación y colaboración de los distintos órganos y administraciones competentes;


- que tenga en cuenta la realidad competencial de nuestro país;


- que tenga en consideración las recomendaciones y análisis que emanan de la Estrategia Española de Seguridad;


- que incluya el marco internacional de protección civil y especialmente en el nivel europeo;


- que recoja los elementos esenciales que deben reunir los Protocolos de coordinación de todas las instituciones a nivel nacional implicadas en una gran emergencia, incluyendo las fórmulas de incorporación de los responsables de las
distintas Administraciones Públicas que se vean afectadas, con el fin de hacer más eficaces y eficientes los mecanismos de alerta y respuesta, y siempre con total respeto a las competencias propias de las mismas, así como los elementos esenciales de
los protocolos de coordinación



Página 12





institucional cuando se trate de colaborar en acciones de intervención frente a catástrofes fuera de nuestras fronteras, buscando la profesionalidad y el ejercicio para fortalecer el conjunto del sistema de protección civil;


- que reconozca a la Escuela Nacional de Protección Civil como un instrumento vertebrador de la formación especializada y de mandos de alto nivel;


- que respete en todo caso las competencias exclusivas de las Comunidades Autónomas, siempre bajo la interpretación del Tribunal Constitucional de estas competencias;


- que potencie los mecanismos de colaboración entre Comunidades Autónomas y Estado.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


162/000375


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, rechazó la Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre estrategia para combatir el desempleo juvenil en Europa y en España, publicada en
el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 127, de 13 de julio de 2012.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Asimismo se publica la enmienda presentada a dicha Proposición no de Ley.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Socialista, sobre
estrategia para combatir el desempleo juvenil en Europa y en España.


Enmienda


De modificación.


El texto que se propone quedaría redactado de la siguiente forma:


'El Congreso de los Diputados reitera al Gobierno la necesidad de abordar a la mayor brevedad posible las medidas aprobadas por amplia mayoría por el Pleno de la Cámara el pasado día 26 de junio de 2012 en la proposición no de ley relativa a
la necesidad de impulsar en el seno de la Unión Europea, una estrategia coordinada de crecimiento y de creación de empleo en el marco de la sostenibilidad de las finanzas públicas.


Asimismo, y en línea con lo avanzado por el Gobierno de España en el propio Programa Nacional de Reformas 2012 y por la Comisión Europea en la Iniciativa de Oportunidades para la Juventud se insta al Gobierno a presentar en el presente
período de sesiones una estrategia que contenga, entre otras, las siguientes líneas de acción:


- Mejora de la empleabilidad de los jóvenes para que puedan competir en las mejores condiciones en el mercado laboral.


- Aumentar la calidad y la estabilidad del empleo.


- Fomento de la formación profesional como una opción real y atractiva para nuestros jóvenes.



Página 13





- Apuesta por incentivar la cultura del emprendimiento.


- Fortalecimiento de la colaboración público-privada para facilitar a los jóvenes el acceso al mercado laboral.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de septiembre de 2012.-Alfonso Alonso Aranegui, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


INTERPELACIONES


Urgentes


172/000054


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, sobre la valoración del Ministro de Educación, Cultura y Deporte de los efectos en el sector cultural y
en la educación de este país de las últimas medidas adoptadas por el Gobierno, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista al amparo de lo dispuesto en el artículo 180 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, se presenta la siguiente interpelación urgente al Ministro de Educación, Cultura y
Deporte sobre la valoración de ese Ministro de los efectos en el sector cultural y en la educación de este país de las últimas medidas adoptadas por el Gobierno.


Motivación


Cuando en el mes de febrero pasado el Ministro de Educación, Cultura y Deporte compareció en la Comisión de Cultura de la Cámara para exponer su programa de gobierno, la única referencia que realizó a la fiscalidad en materia de cultura fue
el anuncio de su intención de trabajar para equiparar, a efectos fiscales, el libro digital y el convencional.


Sin embargo la medida que este gobierno ha adoptado mediante el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad recoge el incremento del tipo general del
IVA del 18 % al 21 % y el del tipo reducido del 8 % al 10 % que va a afectar muy gravemente al sector cultural.


El Real Decreto-ley, establece dos importantes cambios que no fueron explicitados por el Presidente del Gobierno en su comparecencia del 11 de julio. El primero de ellos el incremento del tipo del IVA del 8 % al 21 % para actividades
culturales como el cine y el teatro, que va a tener efectos devastadores sobre un sector que ya atravesaba serias dificultades.


Esta medida representa un serio obstáculo al crecimiento de la industria cultural en España, con la consiguiente pérdida de la creatividad y el talento, y en definitiva, un menoscabo en la calidad de vida de los ciudadanos, que afectará de
manera más intensa a quienes menos poder adquisitivo tienen para acceder a la cultura, especialmente los jóvenes.


También desde una estricta lógica económica, la subida del IVA de los bienes y servicios culturales es una pésima decisión. En el presente, porque ahoga las posibilidades de crecimiento de un sector que representa el 3,2 % del PIB y emplea
a cerca de 500.000 trabajadores. Y, con la mirada puesta en el



Página 14





futuro, porque supone renunciar a un modelo de crecimiento económico basado en la creatividad y en el valor añadido que va asociado al talento y a la innovación.


Por otra parte, la previsible pérdida en la recaudación del propio impuesto evidencia la torpeza del Gobierno y el negativo impacto de la medida, porque de cines cerrados, de teatros vacíos, de conciertos sin público no se recauda nada. Y
eso es lo que va a conseguir el Gobierno si no rectifica: vaciar espacios culturales.


Además, con este Real Decreto-ley, el material escolar dejará de tributar al tipo superreducido del 4 %, para hacerlo al nuevo tipo general del 21 %.


La subida del IVA del material escolar, de un 4 % a un 21 % es un doble error: por la cuantía de la subida, nada menos que de 17 puntos porcentuales y por el ámbito al que afecta. La subida del precio del material imprescindible para la
formación de nuestros hijos e hijas va a repercutir en las ya muy castigadas economías familiares, y va a redundar en un deterioro de la calidad de la educación.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente interpelación urgente al Ministro de Educación, Cultura y Deporte sobre la valoración de ese Ministro de los efectos en el sector cultural y en la educación de este país
de las últimas medidas adoptadas por el Gobierno.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de septiembre de 2012.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


172/000056


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre las prioridades del Gobierno en el ámbito cultural, vista la discriminación
fiscal aplicada al sector de la cultura en la subida del IVA, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y de acuerdo con lo establecido en el artículo 180 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta una interpelación urgente
sobre las prioridades del Gobierno en el ámbito cultural, vista la discriminación fiscal aplicada al sector de la cultura en la subida del IVA.


Las prioridades del Gobierno en materia de cultura desde el inicio de la legislatura han sido confusas y poco explicitadas. Ello contrasta con las crecientes necesidades del sector cultural a causa de la situación económica de crisis y de
las políticas de austeridad impulsadas por las administraciones públicas.


La crisis está teniendo un impacto sobre el sector de las actividades culturales superior al que se da en otros sectores, ya que una parte importante de la financiación de las mismas se materializaba en forma de subvenciones y convenios con
las diferentes administraciones públicas, con lo que la austeridad pública en demasiados casos ha derivado en una reducción de los recursos públicos para actividades culturales.


Las principales competencias del Estado en materia de cultura están en las políticas fiscales, por ello el sector cultural y también este grupo parlamentario, vimos positivamente los planteamientos efectuados, desde el Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte, respecto a la posibilidad de presentar un proyecto de ley de modificación de la Ley de mecenazgo, con el fin de invertir la tendencia de subordinación de muchas actividades culturales a la financiación pública. Ello
podría contrarrestar en parte la difícil situación financiera por la que pasan numerosas actividades culturales, a causa de la disminución de los recursos públicos destinados a la cultura. Pero han pasado los meses y no disponemos de proyectos de
ley o de anteproyectos que lo concreten.



Página 15





Por otra parte, el Real Decreto 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, ha establecido, desde el pasado día 1 de septiembre, un aumento del tipo impositivo general
del Impuesto sobre el Valor Añadido en 3 puntos, de 2 puntos para el tipo reducido y no ha habido aumento para el tipo superreducido. No obstante, de manera sorprendente, para las prestaciones de servicios culturales el alza del IVA no ha sido de 2
puntos, como al resto de productos sometidos a tipo reducido, sino que el alza ha sido de 13 puntos, ha aumentado desde el 8 % hasta el 21 %, con el objetivo de reducir el déficit público del Estado. ¿Por qué la cultura? ¿Por qué esta
discriminación fiscal con las prestaciones de servicios culturales en el alza del IVA?


Por todo ello, con el fin de clarificar cuál es la política que impulsa el Gobierno en el ámbito cultural, por qué se discrimina fiscalmente al sector cultural cuando ello es contrario a lo que plantea la Constitución y a las políticas que
se están llevando a cabo en la mayoría de los países de la Unión Europea, el Grupo Parlamentario Catalán (CIU) presenta la siguiente interpelación urgente sobre las prioridades del Gobierno en el ámbito cultural, vista la discriminación fiscal
aplicada al sector de la cultura en la subida del IVA.


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de septiembre de 2012.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).


172/000057


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la política económica de este Gobierno respecto al rescate del
sistema financiero y su contraste con un necesario rescate a los trabajadores, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, a instancia del Diputado Alberto Garzón, al amparo de lo dispuesto en el artículo 181 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente interpelación urgente al Gobierno sobre
la política económica de este gobierno respecto al rescate del sistema financiero y su contraste con un necesario rescate a los trabajadores para debatir en el Pleno de la Cámara.


Nuestra economía está viviendo la resaca de la borrachera que supuso la burbuja inmobiliaria para el sistema financiero. Por esa razón todas las entidades -aunque en distinto grado- tienen un importante conjunto de los llamados activos
tóxicos. Por lo tanto, los bancos tienen que asumir y tapar enormes pérdidas o declararse en quiebra. La quiebra supondría dejar de pagar las deudas a los acreedores, que en gran parte son bancos extranjeros. Por esa razón los acreedores
presionan para que estas entidades no quiebren y sigan pagando. Así es como podemos explicar el rescate-memorándum anunciado por la troika.


Efectivamente, la economía española está altamente endeudada como consecuencia de su modelo de crecimiento. Pero ese endeudamiento no ha sido responsabilidad de los agentes públicos sino que han sido los agentes privados los que han vivido
'por encima de sus ingresos regulares'. Según los datos aportados por el gobierno, son especialmente las sociedades financieras y las no financieras las que han visto acelerarse su exposición a las deudas, seguidas por los hogares, en las últimas
décadas.


Paradójicamente, desde que comenzó la crisis España ha gastado ya al menos un 8,4 % de su Producto Interior Bruto en las ayudas al sistema financiero, de acuerdo con los datos de la Comisión Europea. Las cantidades comprometidas son mucho
mayores, y eso quiere decir que está previsto que las ayudas efectivas sean también superiores.


Es obvio el contraste entre las ayudas al sistema financiero y las ayudas a la llamada economía real (empresas y hogares). La línea oficial europea y que ha seguido este gobierno al pie de la letra es ayudar al sistema financiero, asumiendo
que una vez corregidos los problemas de éste se resolverán por arte de magia los problemas en la economía real. Sin embargo, cada mes que pasa la economía real se hunde



Página 16





un poco más y arrastra de esa forma la rentabilidad y salud del sistema financiero, todo lo cual conlleva la necesidad de nuevas ayudas a la banca. Es un círculo vicioso que nace como resultado de no aceptar que son los problemas en la
economía real los que verdaderamente importan.


Los pactos internacionales como el memorándum sólo buscan, en definitiva, tapar agujeros financieros. No tratan de solucionar los problemas más acuciantes de la economía española -como es el paro-. Además, el gobierno asume importantes
condiciones cuya materialización deteriorará la economía real y nos llevará a mayor crisis y regresión social.


El problema fundamental es que España carece de un modelo de crecimiento estable. Se ha hundido su modelo basado en el crédito -y que ha generado desequilibrios comerciales enormes- y ahora no tiene cómo volver a crecer y crear empleo.
Este gobierno no ha realizado ninguna medida para cambiar este modelo de crecimiento ni el modelo productivo, pero lo que es peor: tampoco ha trabajado en un plan de rescate ciudadano que sirva de eficaz escudo social. Es decir, el gobierno ha
preferido dedicar los recursos a salvar a los acreedores extranjeros que a proteger a los trabajadores de las consecuencias de la crisis.


Por todo ello y ante la situación de crisis en el sector financiero español y los efectos que está teniendo sobre la economía real y en concreto sobre la ciudadanía, el Grupo Parlamentario IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la
siguiente interpelación urgente al Gobierno sobre la política económica de este gobierno respecto al rescate del sistema financiero y su contraste con un necesario rescate a los trabajadores.


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de septiembre de 2012.-Alberto Garzón Espinosa, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000035


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, rechazó la Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la política estratégica de defensa y la
presencia de tropas españolas en el exterior, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 136, de 27 de julio de 2012.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Asimismo se insertan las enmiendas formuladas a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputado, 11 de septiembre de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta la siguiente enmienda a la Moción consecuencia de interpelación urgente, sobre la política estratégica de
defensa y la presencia de tropas en el exterior.


Enmienda


De adición.


Se añade un nuevo apartado 11 con la siguiente redacción:


'11. El Congreso de los Diputados expresa su rechazo al crédito extraordinario concedido al Ministerio de Defensa, por un importe de 1.782,77 millones de euros, para el pago a las empresas que ha entregado armamento a Defensa los llamados
PEA, 'Programas Especiales de Armamento' durante los



Página 17





años 2010 y 2011, así como por los compromisos de 2012 que no han sido contemplados en el presupuesto de Defensa.


Motivación.


En coherencia con los ajustes y recortes realizados en materia social: sanidad, educación, pensiones.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2012.-José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 184 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Moción
consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, sobre la política estratégica de defensa y la presencia de tropas españolas en el exterior.


Enmienda


De sustitución.


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a presentar ante la Cámara, sobre la base de la Estrategia Española de Seguridad y de los diferentes documentos del planeamiento de la defensa de que disponga el Ejecutivo, como la 'Visión
2025' elaborada por el JEMAD y los Acuerdos Industria y·Defensa sobre financiación, una o varias iniciativas para su debate, sobre los siguientes aspectos:


- Análisis de misiones en el exterior y especialmente criterios sobre el repliegue de nuestros contingentes en Afganistán.


- Modelo de Fuerzas Armadas en sus aspectos de organización y estructuras, efectivos, infraestructuras y sistemas de armas y medios materiales.


- Escenario económico y presupuestario e incidencia en el modelo de Fuerzas Armadas y en los planes de armamento, singularmente en los denominados especiales.


- Industria de defensa (I+D+i).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2012.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


173/000036


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las enmiendas presentadas a la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre las medidas que tiene previsto adoptar el Gobierno para paliar los daños ocasionados por la tormenta de granizo acaecida el pasado 5 de julio en las comarcas de Lleida, publicada en el 'BOCG.
Congreso de los Diputados', serie D, núm. 136, de 27 de julio de 2012.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta las siguientes enmiendas a la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Catalán
sobre las medidas que tiene previsto adoptar el Gobierno para



Página 18





paliar los daños ocasionados por la tormenta de granizo acaecida el pasado 5 de julio en las comarcas de Lleida.


Enmienda


De modificación.


Sustituir el primer parágrafo de la Moción por el siguiente:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a aprobar un Real Decreto-ley en el que se contemplen medidas urgentes para paliar los daños ocasionados por la tormenta de granizo acaecida los pasados 5 y 28 de julio y 5 de agosto en las
comarcas de Lleida, el cual incluirá entre otras las siguientes medidas:'


Motivación.


Se trata de ampliar las medidas a los daños producidos por las tormentas de granizo que sucedieron los días 28 de julio y 5 de agosto.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de septiembre de 2012.-Laia Ortiz Castellví, Diputada.-Joan Coscubiela Conesa, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Josep Antoni Duran i Lleida, en su calidad de Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta una enmienda de sustitución a la
Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Catalán (CiU), sobre las medidas que tiene previsto adoptar el Gobierno para paliar los daños ocasionados por la tormenta de granizo acaecida el pasado 5 de julio en las Comarcas
de Lleida.


Enmienda


Redacción que se propone:


'El Congreso de los Diputados celebra la celeridad del Gobierno en aprobar el Real Decreto-ley 25/2012, de 7 de septiembre, por el que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras
catástrofes naturales ocurridos en varias comunidades autónomas, dando así respuesta a gran parte de las demandas planteadas en la Moción consecuencia de interpelación, con número de expediente 173/000036, relativa a las medidas que debían paliar
los daños ocasionados por las tormentas de granizo acaecidas los meses de julio y agosto en las Comarcas de Lleida.


Asimismo, el Congreso de los Diputados, en el contexto del Real Decreto-ley 25/2012, insta al Gobierno, a la mayor brevedad posible, a aprobar las siguientes medidas:


a) Adecuación de los módulos del IRPF, para el ejercicio 2012, a la pérdida de producción sufrida.


b) Incremento de la cuantía de los gastos de difícil justificación en la estimación directa en el IRPF para el ejercicio 2012.


c) Permitir la neutralidad fiscal en el cómputo de los ingresos procedentes de las percepciones de las indemnizaciones del seguro, cuando éstas coincidan en un mismo ejercicio con los ingresos derivados de la cosecha anterior.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2012.-Josep Antoni Duran i Lleida, Portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



Página 19





A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 184.2 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Moción, consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario Catalán
(CiU), sobre las medidas que tiene previsto adoptar el Gobierno para paliar los daños ocasionados por la tormenta de granizo acaecida el pasado 5 de julio en las comarcas de Lleida.


Enmienda


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'EI Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que se apliquen con la máxima celeridad posible las medidas contenidas en el 'Real Decreto-ley 25/2012, de 8 de septiembre, por el que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños
producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridas en varias comunidades autónomas', con el objetivo de apoyar a los damnificados por las catástrofes naturales acaecidas este verano, entre las que se encuentran las
tormentas de granizo que han afectado a varios puntos de la geografía nacional, entre otros la comarca de Lleida.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2012.-Alfonso Alonso Aranegui, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 184 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Moción
consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre las medidas que tiene previsto adoptar el Gobierno para paliar los daños ocasionados por la tormenta de granizo acaecida el pasado 5 de julio en las
comarcas de Lleida.


Enmienda


De modificación.


Nuevo redactado del primer párrafo:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que las medidas urgentes para paliar los daños ocasionados por las tormentas de granizo acaecidas los días 5 y 27 de julio y el 5 de agosto en las comarcas de Lleida, incluyan, al menos las
siguientes:'


Motivación.


Recoger los daños causados por la tormenta del 27 de julio y 5 de agosto en municipios de Lleida que no están incluidas en la moción que se está debatiendo por haber sido presentada con anterioridad a estas dos tormentas.


Añadir al final de la moción un nuevo punto:


'Considerar incluidos los daños producidos por la tormenta de granizo del 27 de julio y 5 de agosto en municipios de Lleida, en lo dispuesto en el punto 5 de la Proposición no de Ley aprobada por unanimidad de la Cámara el 17 de julio de
2012, en la que se instaba al Gobierno a la elaboración de un Real Decreto-ley que adoptara medidas, como mínimo, iguales a las que se adoptaron en la Ley 3/2010, de 10 de marzo.'



Página 20





Motivación.


Los efectos de la tormenta de granizo de 27 de julio tiene las mismas consecuencias económicas y de todo tipo que la del día 5 del mismo mes, y, por ello, dada la unanimidad alcanzada para esta última, parece lógico que sirva también para la
segunda tormenta.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2012.-Eduardo Madina Muñoz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


EI Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia a iniciativa de su portavoz doña Rosa María Díez González, al amparo de lo dispuesto en el artículo 194 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes enmiendas a la
Moción consecuencia de interpelación urgente al Gobierno del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre las medidas que tiene previsto adoptar el Gobierno para paliar los daños ocasionados por la tormenta de granizo acaecida el pasado
5 de julio en las comarcas de Lleida.


Enmienda


Al punto nuevo


De adición.


Texto que se propone:


'De la misma manera, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que apruebe medidas urgentes para paliar los daños producidos por las distintas catástrofes naturales acaecidas en España durante el presente año 2012, inclusive las
derivadas de los incendios forestales, que durante este verano han arrasado diversas Comunidades Autónomas, cuyos términos municipales y núcleos de población afectados se determinarán por Orden del Ministro del Interior, incluyendo: i) ayudas por
daños personales, especialmente en lo referente a los fallecidos ii) daños materiales, tanto de viviendas como de producciones agrícolas y ganaderas iii) medidas de carácter fiscal, laboral y de Seguridad Social y iv) instrucción al Instituto de
Crédito Oficial (ICO) para instrumentar una línea de préstamos para la reparación o reposición de los bienes dañados.'


Justificación.


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2012.-Rosa María Díez González, Portavoz del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia.


173/000036


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, con motivo del debate de la Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sobre las medidas que tiene previsto adoptar
el Gobierno para paliar los daños ocasionados por la tormenta de granizo acaecida el pasado 5 de julio en las comarcas de Lleida, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 136, de 27 de julio de 2012, ha acordado lo
siguiente:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que se apliquen con la máxima celeridad posible las medidas contenidas en el 'Real Decreto-ley 25/2012, de 7 de septiembre, por el que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños
producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias Comunidades Autónomas', con el objetivo de apoyar a los damnificados por las catástrofes naturales acaecidas este verano, entre las que se encuentran las
tormentas de granizo que han afectado a varios puntos de la geografía nacional, entre otros, algunas comarcas de Lleida.'



Página 21





Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro,


173/000037


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, rechazó la Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre las nuevas medidas de ajuste que tiene intención de adoptar el Gobierno,
publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 136, de 27 de julio de 2012.


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Asimismo se inserta la enmienda formulada a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2012.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.


A la Mesa Congreso los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, presenta las siguientes enmiendas a la Moción consecuencia de interpelación urgente al Gobierno, del Grupo
Parlamentario Socialista, sobre las nuevas medidas de ajuste que tiene intención de adoptar.


Enmienda


De adición.


Se añade un nuevo apartado 4 con la siguiente redacción:


'4 (nuevo). Rechazar cualquier tipo de rescate europeo que signifique una ayuda financiera bajo estrictas condiciones fiscales, sociales, económicas y políticas, defendiendo una política de solidaridad financiera europea que canalice la
ayuda necesaria para superar la situación de crisis sin condiciones irracionales que reduzcan el nivel de vida de la ciudadanía.'


Motivación.


Los rescates financieros, tal y como se plantean, recortan derechos, constituyen un retroceso en las condiciones de vida de la ciudadanía y deprimen aún más a las economías agudizando la recesión y el aumento del desempleo. Es inaceptable
pretender hacer pagar las consecuencias de la crisis a los sectores populares con el único objetivo de garantizar los beneficios del capital financiero.


Enmienda


De adición.


Se añade un nuevo apartado 5 con la siguiente redacción:


'5 (nuevo). Someter a referéndum la política del Gobierno para que la ciudadanía pueda opinar sobre los recortes económicos y sociales que están provocando un retroceso en sus condiciones de vida.'


Motivación.


El Gobierno se presentó ante los ciudadanos con un programa y está aplicando otro bien distinto. Entendemos que no tiene legitimidad para aplicar estas políticas sin consultar a la ciudadanía.


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de septiembre de 2012.-Alberto Garzón Espinosa, Diputado.-José Luis Centella Gómez, Portavoz Adjunto Primero del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA, La Izquierda Plural.