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BOCG. Congreso de los Diputados, serie B, núm. 197-1, de 21/11/2014
cve: BOCG-10-B-197-1 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


X LEGISLATURA


Serie B: PROPOSICIONES DE LEY


21 de noviembre de 2014


Núm. 197-1



PROPOSICIÓN DE LEY


122/000174 Proposición de Ley sobre modificación del Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección de deudores hipotecarios.


Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(122) Proposición de Ley de Grupos Parlamentarios del Congreso.


Autor: Grupo Parlamentario Socialista.


Proposición de Ley sobre modificación del Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección de deudores hipotecarios.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la corrección contenida en el escrito número de registro 163152, admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos del artículo 126 del Reglamento, publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales y notificar al
autor de la iniciativa.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de noviembre de 2014.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 124 y disposición final segunda del Reglamento de la Cámara, presentar la siguiente Proposición de Ley
sobre modificación del Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección de deudores hipotecarios.


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2014.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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PROPOSICIÓN DE LEY SOBRE MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO-LEY 27/2012, DE 15 DE NOVIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA REFORZAR LA PROTECCIÓN DE DEUDORES HIPOTECARIOS


Exposición de motivos


Entre los efectos más notables y fatales de la crisis económica por la que atraviesa España, está la situación en la que se encuentran miles de personas que contrataron un préstamo hipotecario con el fin de acceder a su vivienda habitual,
empujados por unas aparentes condiciones financieras muy ventajosas e incentivos desde los poderes públicos, pero asumiendo, casi en solitario, todo el riesgo de la concesión del préstamo si se vieran en una situación de insolvencia derivada del
desempleo como está sucediendo.


El Gobierno, con el fin de dar respuesta a la presión ejercida desde las plataformas sociales, organizaciones judiciales, colectivos de afectados, medios de comunicación, Grupos Parlamentarios, prácticamente el conjunto de la sociedad
española y, por supuesto, la dramática situación vivida por las y los propios afectados, decidió, en el mes de noviembre de 2012, aprobar una serie de medidas de urgencias contempladas en el Real Decreto-ley 27/2012 de 15 de noviembre, de medidas
urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios.


Un Decreto-ley claramente insuficiente, que fue ya modificado mediante la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección de los deudores hipotecarios, de reestructuración de la deuda y alquiler social, y que, tal como
evidencian todos los indicadores sobre el número de familias que sigue siendo víctimas de situaciones de insolvencia y se ven incursas en procesos de ejecución de sus bienes, ha demostrado pese a su ampliación ser ineficaz.


Según anunció el Gobierno, cerca de 1.500 familias se acogieron a la medida contemplada en su artículo 1, suspendiendo el lanzamiento de su vivienda habitual por un período de dos años. Próxima la finalización de este período sin que se
hayan modificado sustancialmente las causas que lo motivaron, procede ampliar este plazo para evitar que dichas familias se encuentren de nuevo en esa grave situación, así como eliminar algunas de las exigencias o limitaciones que se incluyeron como
condición para tener derecho a la suspensión.


Artículo único.


El Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección de deudores hipotecarios, queda modificado en los siguientes términos.


Uno. El apartado 1 del artículo 1 queda redactado de la siguiente forma:


'1. No procederá el lanzamiento cuando en un proceso judicial o extrajudicial de ejecución hipotecaria se hubiera adjudicado al acreedor, o persona que actúe por su cuenta, la vivienda habitual de personas que se encuentren en las
circunstancias económicas siguientes y mientras estas concurran. La concurrencia de estas circunstancias impedirá asimismo la continuación del procedimiento de ejecución hipotecaria.'


Dos. Se suprime el apartado 2 del artículo 1.


Tres. El párrafo inicial del apartado 3 del artículo 1 queda redactado de la siguiente forma:


'3. Para que sea de aplicación lo previsto en el apartado 1 deberán concurrir las circunstancias económicas siguientes:'


Cuatro. Se suprime el epígrafe b) del apartado 4 del artículo 1.


Disposición final.


La presente ley entrará en vigor el día de su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.