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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 154, de 03/10/2012


BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 154, de 03/10/2012



2. Mayo 2012: 61,5 %



En este cálculo no se incluyen los beneficiarios del Programa PREPARA,
puesto que no se trata de una prestación por desempleo sino de una medida
de política activa de empleo que incorpora una ayuda económica.



Madrid, 5 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006882



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Núñez, Alejandro; Martín González, María Guadalupe;
Gutiérrez del Castillo, María Concepción y Lucio Carrasco, María Pilar
(GS).



Respuesta:



A fecha 31 de agosto de 2012, el número de beneficiarios del programa
PREPARA en la provincia de Toledo era de 6.150.



El Gobierno ha realizado, por primera vez desde la puesta en marcha del
programa, un informe de evaluación de sus efectos, condición obligatoria
que hasta ahora no se había cumplido.



Este informe ha puesto de relieve una serie de deficiencias en la
concepción y el funcionamiento del mismo, que han limitado su eficacia en
lo relativo al objetivo de inserción laboral que el programa perseguía.
Así:



• Dos terceras partes de los beneficiarios que, hasta julio de 2012,
habían concluido el programa, no consiguieron ninguna colocación en el
mercado laboral. Solo el 18 % obtuvo una colocación mayor a dos meses. Y
menos del 1 % de los beneficiarios obtuvo un contrato indefinido.



• Aunque se realizaron una media de 3,22 acciones por beneficiario,
únicamente el 7 % de los mismos fue objeto de actividades formativas, a
pesar de que, en general, el nivel educativo del colectivo era bajo. Y
solo en torno al 2 % de los beneficiarios disfrutó de acciones de impulso
al emprendimiento.



• Por otra parte, el diseño de las condiciones de acceso al programa
permitía que éste beneficiase a ciudadanos con grados de necesidad muy
diferentes: desempleados de corta duración, desempleados que conviven en
núcleos familiares solventes, desempleados que perciben otro tipo de
rentas asistenciales y tienen rentas familiares por encima del 75 % del
SMI, etc.



En función de la evaluación llevada a cabo, el Gobierno ha considerado
que, si bien es oportuno mantener el programa, dado que la situación de
recesión hace que persistan las causas económicas y sociales que
motivaron su puesta en marcha, resulta necesario modificar una serie de
aspectos del mismo a fin de incrementar su eficacia como mecanismo de
inserción en el mercado de trabajo y se dirija a aquellos ciudadanos que
se enfrentan a mayores necesidades.



Por ello, el Programa ha sido prorrogado por el Real Decreto-ley 23/2012,
de 24 de agosto (BOE 25-08-12), introduciendo en su regulación una serie
de cambios tendentes a los siguientes objetivos: reforzar y dirigir la
ayuda a quienes más lo necesitan, mejorar la eficacia de los mecanismos
utilizados




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446






para facilitar la empleabilidad de los beneficiarios, e intensificar la
coordinación con las Comunidades Autónomas a efectos de fortalecer la
vinculación entre políticas activas y pasivas de empleo.



Madrid, 7 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006884



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lucio Carrasco, María Pilar; Martín González, María Guadalupe;
Gutiérrez del Castillo, María Concepción y Alonso Núñez, Alejandro (GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección: uno, contributivo, y otro, asistencial. De esta manera se
cubre la posibilidad de que, alargándose en el tiempo la situación de
desempleo y siempre y cuando exista una situación de necesidad económica,
se pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las
ayudas económicas que se dan en forma de subsidios, o de programas
específicos como la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas
conforman el nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen
especialmente a determinados sectores de la población desempleada.



Asimismo, el Gobierno en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, acaba de aprobar, mediante el
Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto, una nueva prórroga de dicho
Programa. El limitado éxito del plan de inserción en el empleo de los
beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de los
beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.



Por otra parte, las Comunidades Autónomas disponen de programas de
protección económica, complementarios del estatal, para los desempleados
desprotegidos y a los que pueden optar los desempleados que hayan agotado
todas las posibilidades del sistema de protección por desempleo.



En una situación tan difícil como la que está viviendo España, con una
necesidad ineludible de contención del gasto público para poder iniciar
la senda de recuperación económica, se ha venido manteniendo, e incluso
incrementando, el gasto relativo a las prestaciones de apoyo a los
desempleados.



La tasa de cobertura de las prestaciones por desempleo en la provincia de
Toledo, en las fechas solicitadas, es la siguiente:



- Mayo 2011: 61,0 %



- Mayo 2012: 57,5 %



En este cálculo no se incluyen los beneficiarios del Programa PREPARA,
puesto que no se trata de una prestación por desempleo sino de una medida
de política activa de empleo que incorpora una ayuda económica.



Madrid, 5 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006885



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Núñez, Alejandro; Martín González, María Guadalupe;
Gutiérrez del Castillo, María Concepción y Lucio Carrasco, María Pilar
(GS).




Página
447






Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección, uno contributivo y otro asistencial. Con ello se cubre la
posibilidad de que, en el caso de que la situación de desempleo se
alargue en el tiempo y exista una situación de necesidad económica, se
pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las ayudas
económicas que se dan en forma de subsidios o de programas específicos,
como es la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas conforman el
nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen especialmente
a determinados sectores de la población desempleada.



En el acceso a los subsidios, además de la situación de carencia de rentas
por encima de un determinado nivel, se tienen en cuenta especialmente dos
factores: la edad y las cargas familiares.



En conclusión, el trabajador que ha sido beneficiario de la prestación
contributiva y la agota puede, siempre que cumpla los requisitos exigidos
legalmente, acceder a alguno de los subsidios por desempleo. Una vez que
se ha percibido el subsidio por los días de derecho que se le han
reconocido, el trabajador desempleado mayor de 45 años aún puede acceder
a la Renta Activa de Inserción, por un máximo de 3 veces no consecutivas
y por una duración máxima, cada programa, de 11 meses de abono del 80 %
del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) (la misma
cuantía que la del subsidio por desempleo).



Asimismo, el Gobierno, en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, ha considerado conveniente
prorrogar el citado programa, mediante el Real Decreto-ley 23/2012, de 24
de agosto. Ahora bien, el limitado éxito del plan de inserción en el
empleo de los beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de
los beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.



Entre las mejoras introducidas destacan el incremento de las cuantías
económicas para los desempleados con cargas familiares que pasan de 400 a
450 euros, una mayor vinculación de las políticas activas y pasivas de
empleo mediante un mayor seguimiento del compromiso de actividad y la
orientación a resultados en la gestión y a la evaluación continua del
programa como mecanismos para mejorar su efectividad e impacto en la
inserción laboral de los desempleados.



El número de parados registrados que han dejado de percibir la prestación
por desempleo por haber agotado el tiempo de derecho y el subsidio
posterior, en la provincia de Toledo, con desglose por sexo y tramos de
edad, es el siguiente:



;Provincia de Toledo



Sexo



Hombres



Mujeres;10.634



15.754



Edad



16-19



20-24



25-29



30-34



35-39



40-44



45-49



50-54



55-59



> 59;49



2.339



3.831



4.259



4.695



4.486



2.827



2.081



1.216



605



TOTAL;26.388




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448






Como se ha dicho anteriormente, las personas que hayan agotado el derecho
a prestaciones por desempleo pueden, si cumplen los requisitos, solicitar
su inclusión en el Programa PREPARA o acceder a las ayudas que facilitan
las Comunidades Autónomas.



Madrid, 5 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006886



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gutiérrez del Castillo, María Concepción; Lucio Carrasco, María
Pilar y Vallès Vives, Francesc (GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección: uno, contributivo, y otro, asistencial. De esta manera se
cubre la posibilidad de que, alargándose en el tiempo la situación de
desempleo y siempre y cuando exista una situación de necesidad económica,
se pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las
ayudas económicas que se dan en forma de subsidios, o de programas
específicos como la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas
conforman el nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen
especialmente a determinados sectores de la población desempleada.



Asimismo, el Gobierno en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, acaba de aprobar, mediante el
Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto, una nueva prórroga de dicho
Programa. El limitado éxito del plan de inserción en el empleo de los
beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de los
beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.



Por otra parte, las Comunidades Autónomas disponen de programas de
protección económica, complementarios del estatal, para los desempleados
desprotegidos y a los que pueden optar los desempleados que hayan agotado
todas las posibilidades del sistema de protección por desempleo.



En una situación tan difícil como la que está viviendo España, con una
necesidad ineludible de contención del gasto público para poder iniciar
la senda de recuperación económica, se ha venido manteniendo, e incluso
incrementando, el gasto relativo a las prestaciones de apoyo a los
desempleados.



La tasa de cobertura de las prestaciones por desempleo en la provincia de
Tarragona, en las fechas solicitadas, es la siguiente:



1. Mayo 2011: 73,9 %



2. Mayo 2012: 72,2 %



En este cálculo no se incluyen los beneficiarios del Programa PREPARA,
puesto que no se trata de una prestación por desempleo sino de una medida
de política activa de empleo que incorpora una ayuda económica.



Madrid, 5 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006888



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lucio Carrasco, María Pilar; Gutiérrez del Castillo, María
Concepción y Vallès Vives, Francesc (GS).




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449






Respuesta:



A fecha 31 de agosto de 2012, el número de beneficiarios del programa
PREPARA en la provincia de Tarragona era de 5.494.



El Gobierno ha realizado, por primera vez desde la puesta en marcha del
programa, un informe de evaluación de sus efectos, condición obligatoria
que hasta ahora no se había cumplido.



Este informe ha puesto de relieve una serie de deficiencias en la
concepción y el funcionamiento del mismo, que han limitado su eficacia en
lo relativo al objetivo de inserción laboral que el programa perseguía.
Así:



• Dos terceras partes de los beneficiarios que, hasta julio de 2012,
habían concluido el programa, no consiguieron ninguna colocación en el
mercado laboral. Solo el 18 % obtuvo una colocación mayor a dos meses. Y
menos del 1 % de los beneficiarios obtuvo un contrato indefinido.



• Aunque se realizaron una media de 3,22 acciones por beneficiario,
únicamente el 7 % de los mismos fue objeto de actividades formativas, a
pesar de que, en general, el nivel educativo del colectivo era bajo. Y
solo en torno al 2 % de los beneficiarios disfrutó de acciones de impulso
al emprendimiento.



• Por otra parte, el diseño de las condiciones de acceso al programa
permitía que éste beneficiase a ciudadanos con grados de necesidad muy
diferentes: desempleados de corta duración, desempleados que conviven en
núcleos familiares solventes, desempleados que perciben otro tipo de
rentas asistenciales y tienen rentas familiares por encima del 75 % del
SMI, etc.



En función de la evaluación llevada a cabo, el Gobierno ha considerado
que, si bien es oportuno mantener el programa, dado que la situación de
recesión hace que persistan las causas económicas y sociales que
motivaron su puesta en marcha, resulta necesario modificar una serie de
aspectos del mismo a fin de incrementar su eficacia como mecanismo de
inserción en el mercado de trabajo y se dirija a aquellos ciudadanos que
se enfrentan a mayores necesidades.



Por ello, el Programa ha sido prorrogado por el Real Decreto-ley 23/2012,
de 24 de agosto (BOE 25-08-12), introduciendo en su regulación una serie
de cambios tendentes a los siguientes objetivos: reforzar y dirigir la
ayuda a quienes más lo necesitan, mejorar la eficacia de los mecanismos
utilizados para facilitar la empleabilidad de los beneficiarios, e
intensificar la coordinación con las Comunidades Autónomas a efectos de
fortalecer la vinculación entre políticas activas y pasivas de empleo.



Madrid, 7 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006889



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Vallès Vives, Francesc; Lucio Carrasco, María Pilar y Gutiérrez del
Castillo, María Concepción (GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección, uno contributivo y otro asistencial. Con ello se cubre la
posibilidad de que, en el caso de que la situación de desempleo se
alargue en el tiempo y exista una situación de necesidad económica, se
pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las ayudas
económicas que se dan en forma de subsidios o de programas específicos,
como es la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas conforman el
nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen especialmente
a determinados sectores de la población desempleada.



En el acceso a los subsidios, además de la situación de carencia de rentas
por encima de un determinado nivel, se tienen en cuenta especialmente dos
factores: la edad y las cargas familiares.



En conclusión, el trabajador que ha sido beneficiario de la prestación
contributiva y la agota puede, siempre que cumpla los requisitos exigidos
legalmente, acceder a alguno de los subsidios por desempleo. Una vez que
se ha percibido el subsidio por los días de derecho que se le han
reconocido, el trabajador desempleado mayor de 45 años aún puede acceder
a la Renta Activa de Inserción, por un máximo de 3 veces




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no consecutivas y por una duración máxima, cada programa, de 11 meses de
abono del 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples
(IPREM) (la misma cuantía que la del subsidio por desempleo).



Asimismo, el Gobierno, en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, ha considerado conveniente
prorrogar el citado programa, mediante el Real Decreto-ley 23/2012, de 24
de agosto. Ahora bien, el limitado éxito del plan de inserción en el
empleo de los beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de
los beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.



Entre las mejoras introducidas destacan el incremento de las cuantías
económicas para los desempleados con cargas familiares que pasan de 400 a
450 euros, una mayor vinculación de las políticas activas y pasivas de
empleo mediante un mayor seguimiento del compromiso de actividad y la
orientación a resultados en la gestión y a la evaluación continua del
programa como mecanismos para mejorar su efectividad e impacto en la
inserción laboral de los desempleados.



El número de parados registrados que han dejado de percibir la prestación
por desempleo por haber agotado el tiempo de derecho y el subsidio
posterior, en la provincia de Tarragona, con desglose por sexo y tramos
de edad, es el siguiente:



;Provincia de Tarragona



Sexo



Hombres



Mujeres;9.493



8.720



Edad



16-19



20-24



25-29



30-34



35-39



40-44



45-49



50-54



55-59



> 59;70



1.529



2.386



2.879



3.116



3.021



1.996



1.613



1.012



591



TOTAL;18.213



Como se ha dicho anteriormente, las personas que hayan agotado el derecho
a prestaciones por desempleo pueden, si cumplen los requisitos, solicitar
su inclusión en el Programa PREPARA o acceder a las ayudas que facilitan
las Comunidades Autónomas.



Madrid, 5 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006890



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Benegas Haddad, José María (GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección: uno, contributivo, y otro, asistencial. De esta manera se
cubre la posibilidad de que, alargándose en el tiempo la situación




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451






de desempleo y siempre y cuando exista una situación de necesidad
económica, se pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva,
a las ayudas económicas que se dan en forma de subsidios, o de programas
específicos como la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas
conforman el nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen
especialmente a determinados sectores de la población desempleada.



Asimismo, el Gobierno en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, acaba de aprobar, mediante el
Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto, una nueva prórroga de dicho
Programa. El limitado éxito del plan de inserción en el empleo de los
beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de los
beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.



Por otra parte, las Comunidades Autónomas disponen de programas de
protección económica, complementarios del estatal, para los desempleados
desprotegidos y a los que pueden optar los desempleados que hayan agotado
todas las posibilidades del sistema de protección por desempleo.



En una situación tan difícil como la que está viviendo España, con una
necesidad ineludible de contención del gasto público para poder iniciar
la senda de recuperación económica, se ha venido manteniendo, e incluso
incrementando, el gasto relativo a las prestaciones de apoyo a los
desempleados.



La tasa de cobertura de las prestaciones por desempleo en Bizkaia, en las
fechas solicitadas, es la siguiente:



1. Mayo 2011: 55,7 %



2. Mayo 2012: 64,3 %



En este cálculo no se incluyen los beneficiarios del Programa PREPARA,
puesto que no se trata de una prestación por desempleo sino de una medida
de política activa de empleo que incorpora una ayuda económica.



Madrid, 5 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006892



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Benegas Haddad, José María (GS).



Respuesta:



A fecha 31 de agosto de 2012, el número de beneficiarios del programa
PREPARA en Bizkaia era de 4.115.



El Gobierno ha realizado, por primera vez desde la puesta en marcha del
programa, un informe de evaluación de sus efectos, condición obligatoria
que hasta ahora no se había cumplido.



Este informe ha puesto de relieve una serie de deficiencias en la
concepción y el funcionamiento del mismo, que han limitado su eficacia en
lo relativo al objetivo de inserción laboral que el programa perseguía.
Así:



• Dos terceras partes de los beneficiarios que, hasta julio de 2012,
habían concluido el programa, no consiguieron ninguna colocación en el
mercado laboral. Solo el 18 % obtuvo una colocación mayor a dos meses. Y
menos del 1 % de los beneficiarios obtuvo un contrato indefinido.



• Aunque se realizaron una media de 3,22 acciones por beneficiario,
únicamente el 7 % de los mismos fue objeto de actividades formativas, a
pesar de que, en general, el nivel educativo del colectivo era bajo. Y
solo en torno al 2 % de los beneficiarios disfrutó de acciones de impulso
al emprendimiento.



• Por otra parte, el diseño de las condiciones de acceso al programa
permitía que éste beneficiase a ciudadanos con grados de necesidad muy
diferentes: desempleados de corta duración, desempleados




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452






que conviven en núcleos familiares solventes, desempleados que perciben
otro tipo de rentas asistenciales y tienen rentas familiares por encima
del 75 % del SMI, etc.



En función de la evaluación llevada a cabo, el Gobierno ha considerado
que, si bien es oportuno mantener el programa, dado que la situación de
recesión hace que persistan las causas económicas y sociales que
motivaron su puesta en marcha, resulta necesario modificar una serie de
aspectos del mismo a fin de incrementar su eficacia como mecanismo de
inserción en el mercado de trabajo y se dirija a aquellos ciudadanos que
se enfrentan a mayores necesidades.



Por ello, el Programa ha sido prorrogado por el Real Decreto-ley 23/2012,
de 24 de agosto (BOE 25-08-12), introduciendo en su regulación una serie
de cambios tendentes a los siguientes objetivos: reforzar y dirigir la
ayuda a quienes más lo necesitan, mejorar la eficacia de los mecanismos
utilizados para facilitar la empleabilidad de los beneficiarios, e
intensificar la coordinación con las Comunidades Autónomas a efectos de
fortalecer la vinculación entre políticas activas y pasivas de empleo.



Madrid, 7 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006893



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Benegas Haddad, José María (GS)



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección, uno contributivo y otro asistencial. Con ello se cubre la
posibilidad de que, en el caso de que la situación de desempleo se
alargue en el tiempo y exista una situación de necesidad económica, se
pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las ayudas
económicas que se dan en forma de subsidios o de programas específicos,
como es la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas conforman el
nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen especialmente
a determinados sectores de la población desempleada.



En el acceso a los subsidios, además de la situación de carencia de rentas
por encima de un determinado nivel, se tienen en cuenta especialmente dos
factores: la edad y las cargas familiares.



En conclusión, el trabajador que ha sido beneficiario de la prestación
contributiva y la agota puede, siempre que cumpla los requisitos exigidos
legalmente, acceder a alguno de los subsidios por desempleo. Una vez que
se ha percibido el subsidio por los días de derecho que se le han
reconocido, el trabajador desempleado mayor de 45 años aún puede acceder
a la Renta Activa de Inserción, por un máximo de 3 veces no consecutivas
y por una duración máxima, cada programa, de 11 meses de abono del 80 %
del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) (la misma
cuantía que la del subsidio por desempleo).



Asimismo, el Gobierno, en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, ha considerado conveniente
prorrogar el citado programa, mediante el Real Decreto-ley 23/2012, de 24
de agosto. Ahora bien, el limitado éxito del plan de inserción en el
empleo de los beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de
los beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.



Entre las mejoras introducidas destacan el incremento de las cuantías
económicas para los desempleados con cargas familiares que pasan de 400 a
450 euros, una mayor vinculación de las políticas activas y pasivas de
empleo mediante un mayor seguimiento del compromiso de actividad y la
orientación a resultados en la gestión y a la evaluación continua del
programa como mecanismos para mejorar su efectividad e impacto en la
inserción laboral de los desempleados.




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El número de parados registrados que han dejado de percibir la prestación
por desempleo por haber agotado el tiempo de derecho y el subsidio
posterior, en Bizkaia, con desglose por sexo y tramos de edad, es el
siguiente:



;Provincia de Vizcaya



Sexo



Hombres



Mujeres;13.355



13.347



Edad



16-19



20-24



25-29



30-34



35-39



40-44



45-49



50-54



55-59



> 59;15



1.082



3.245



4.193



4.753



4.653



3.684



2.699



1.560



818



TOTAL;26.702



Como se ha dicho anteriormente, las personas que hayan agotado el derecho
a prestaciones por desempleo pueden, si cumplen los requisitos, solicitar
su inclusión en el Programa PREPARA o acceder a las ayudas que facilitan
las Comunidades Autónomas.



Madrid, 5 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006895



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gutiérrez del Castillo, María Concepción; Alonso Suárez, José
Antonio; Castellano Ramón, Helena y Lucio Carrasco, María Pilar (GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección: uno, contributivo, y otro, asistencial. De esta manera se
cubre la posibilidad de que, alargándose en el tiempo la situación de
desempleo y siempre y cuando exista una situación de necesidad económica,
se pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las
ayudas económicas que se dan en forma de subsidios, o de programas
específicos como la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas
conforman el nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen
especialmente a determinados sectores de la población desempleada.



Asimismo, el Gobierno en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, acaba de aprobar, mediante el
Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto, una nueva prórroga de dicho
Programa. El limitado éxito del plan de inserción en el empleo de los
beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de los
beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.




Página
454






Por otra parte, las Comunidades Autónomas disponen de programas de
protección económica, complementarios del estatal, para los desempleados
desprotegidos y a los que pueden optar los desempleados que hayan agotado
todas las posibilidades del sistema de protección por desempleo.



En una situación tan difícil como la que está viviendo España, con una
necesidad ineludible de contención del gasto público para poder iniciar
la senda de recuperación económica, se ha venido manteniendo, e incluso
incrementando, el gasto relativo a las prestaciones de apoyo a los
desempleados.



La tasa de cobertura de las prestaciones por desempleo en la provincia de
León, en las fechas solicitadas, es la siguiente:



- Mayo 2011: 70,9 %



- Mayo 2012: 64,9 %



En este cálculo no se incluyen los beneficiarios del Programa PREPARA,
puesto que no se trata de una prestación por desempleo sino de una medida
de política activa de empleo que incorpora una ayuda económica.



Madrid, 5 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006896



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Suárez, José Antonio; Castellano Ramón, Helena; Gutiérrez
del Castillo, María Concepción y Lucio Carrasco, María Pilar (GS).



Respuesta:



A fecha 31 de agosto de 2012, el número de beneficiarios del programa
PREPARA en la provincia de León era de 3.071.



El Gobierno ha realizado, por primera vez desde la puesta en marcha del
programa, un informe de evaluación de sus efectos, condición obligatoria
que hasta ahora no se había cumplido.



Este informe ha puesto de relieve una serie de deficiencias en la
concepción y el funcionamiento del mismo, que han limitado su eficacia en
lo relativo al objetivo de inserción laboral que el programa perseguía.
Así:



• Dos terceras partes de los beneficiarios que, hasta julio de 2012,
habían concluido el programa, no consiguieron ninguna colocación en el
mercado laboral. Solo el 18 % obtuvo una colocación mayor a dos meses. Y
menos del 1 % de los beneficiarios obtuvo un contrato indefinido.



• Aunque se realizaron una media de 3,22 acciones por beneficiario,
únicamente el 7 % de los mismos fue objeto de actividades formativas, a
pesar de que, en general, el nivel educativo del colectivo era bajo. Y
solo en torno al 2 % de los beneficiarios disfrutó de acciones de impulso
al emprendimiento.



• Por otra parte, el diseño de las condiciones de acceso al programa
permitía que éste beneficiase a ciudadanos con grados de necesidad muy
diferentes: desempleados de corta duración, desempleados que conviven en
núcleos familiares solventes, desempleados que perciben otro tipo de
rentas asistenciales y tienen rentas familiares por encima del 75 % del
SMI, etc.



En función de la evaluación llevada a cabo, el Gobierno ha considerado
que, si bien es oportuno mantener el programa, dado que la situación de
recesión hace que persistan las causas económicas y sociales que
motivaron su puesta en marcha, resulta necesario modificar una serie de
aspectos del mismo a fin de incrementar su eficacia como mecanismo de
inserción en el mercado de trabajo y se dirija a aquellos ciudadanos que
se enfrentan a mayores necesidades.



Por ello, el Programa ha sido prorrogado por el Real Decreto-ley 23/2012,
de 24 de agosto (BOE 25-08-12), introduciendo en su regulación una serie
de cambios tendentes a los siguientes objetivos: reforzar y dirigir la
ayuda a quienes más lo necesitan, mejorar la eficacia de los mecanismos
utilizados




Página
455






para facilitar la empleabilidad de los beneficiarios, e intensificar la
coordinación con las Comunidades Autónomas a efectos de fortalecer la
vinculación entre políticas activas y pasivas de empleo.



Madrid, 7 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006897



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Castellano Ramón, Helena; Gutiérrez del Castillo, María Concepción;
Alonso Suárez, José Antonio y Lucio Carrasco, María Pilar (GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección, uno contributivo y otro asistencial. Con ello se cubre la
posibilidad de que, en el caso de que la situación de desempleo se
alargue en el tiempo y exista una situación de necesidad económica, se
pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las ayudas
económicas que se dan en forma de subsidios o de programas específicos,
como es la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas conforman el
nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen especialmente
a determinados sectores de la población desempleada.



En el acceso a los subsidios, además de la situación de carencia de rentas
por encima de un determinado nivel, se tienen en cuenta especialmente dos
factores: la edad y las cargas familiares.



En conclusión, el trabajador que ha sido beneficiario de la prestación
contributiva y la agota puede, siempre que cumpla los requisitos exigidos
legalmente, acceder a alguno de los subsidios por desempleo. Una vez que
se ha percibido el subsidio por los días de derecho que se le han
reconocido, el trabajador desempleado mayor de 45 años aún puede acceder
a la Renta Activa de Inserción, por un máximo de 3 veces no consecutivas
y por una duración máxima, cada programa, de 11 meses de abono del 80 %
del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) (la misma
cuantía que la del subsidio por desempleo).



Asimismo, el Gobierno, en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, ha considerado conveniente
prorrogar el citado programa, mediante el Real Decreto-ley 23/2012, de 24
de agosto. Ahora bien, el limitado éxito del plan de inserción en el
empleo de los beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de
los beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.



Entre las mejoras introducidas destacan el incremento de las cuantías
económicas para los desempleados con cargas familiares que pasan de 400 a
450 euros, una mayor vinculación de las políticas activas y pasivas de
empleo mediante un mayor seguimiento del compromiso de actividad y la
orientación a resultados en la gestión y a la evaluación continua del
programa como mecanismos para mejorar su efectividad e impacto en la
inserción laboral de los desempleados.



El número de parados registrados que han dejado de percibir la prestación
por desempleo por haber agotado el tiempo de derecho y el subsidio
posterior, en la provincia de León, con desglose por sexo y tramos de
edad, es el siguiente:



;Provincia de León



Sexo



Hombres



Mujeres;5.590



6.619




Página
456






;Provincia de León



Edad



16-19



20-24



25-29



30-34



35-39



40-44



45-49



50-54



55-59



> 59;15



807



1.820



1.794



1.974



1.959



1.522



1.165



741



412



TOTAL;12.209



Como se ha dicho anteriormente, las personas que hayan agotado el derecho
a prestaciones por desempleo pueden, si cumplen los requisitos, solicitar
su inclusión en el Programa PREPARA o acceder a las ayudas que facilitan
las Comunidades Autónomas.



Madrid, 5 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006900



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lucio Carrasco, María Pilar; Gutiérrez del Castillo, María
Concepción; Ramón Utrabo, Elvira; Pezzi Cereto, Manuel y Martínez Olmos,
José (GS).



Respuesta:



A fecha 31 de agosto de 2012, el número de beneficiarios del programa
PREPARA en la provincia de Granada era de 10.366.



El Gobierno ha realizado, por primera vez desde la puesta en marcha del
programa, un informe de evaluación de sus efectos, condición obligatoria
que hasta ahora no se había cumplido.



Este informe ha puesto de relieve una serie de deficiencias en la
concepción y el funcionamiento del mismo, que han limitado su eficacia en
lo relativo al objetivo de inserción laboral que el programa perseguía.
Así:



• Dos terceras partes de los beneficiarios que, hasta julio de 2012,
habían concluido el programa, no consiguieron ninguna colocación en el
mercado laboral. Solo el 18 % obtuvo una colocación mayor a dos meses. Y
menos del 1 % de los beneficiarios obtuvo un contrato indefinido.



• Aunque se realizaron una media de 3,22 acciones por beneficiario,
únicamente el 7 % de los mismos fue objeto de actividades formativas, a
pesar de que, en general, el nivel educativo del colectivo era bajo. Y
solo en torno al 2 % de los beneficiarios disfrutó de acciones de impulso
al emprendimiento.



• Por otra parte, el diseño de las condiciones de acceso al programa
permitía que éste beneficiase a ciudadanos con grados de necesidad muy
diferentes: desempleados de corta duración, desempleados que conviven en
núcleos familiares solventes, desempleados que perciben otro tipo de
rentas asistenciales y tienen rentas familiares por encima del 75 % del
SMI, etc.



En función de la evaluación llevada a cabo, el Gobierno ha considerado
que, si bien es oportuno mantener el programa, dado que la situación de
recesión hace que persistan las causas económicas y sociales que
motivaron su puesta en marcha, resulta necesario modificar una serie de
aspectos del mismo a fin de incrementar su eficacia como mecanismo de
inserción en el mercado de trabajo y se dirija a aquellos ciudadanos que
se enfrentan a mayores necesidades.




Página
457






Por ello, el Programa ha sido prorrogado por el Real Decreto-ley 23/2012,
de 24 de agosto (BOE 25-08-12), introduciendo en su regulación una serie
de cambios tendentes a los siguientes objetivos: reforzar y dirigir la
ayuda a quienes más lo necesitan, mejorar la eficacia de los mecanismos
utilizados para facilitar la empleabilidad de los beneficiarios, e
intensificar la coordinación con las Comunidades Autónomas a efectos de
fortalecer la vinculación entre políticas activas y pasivas de empleo.



Madrid, 7 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006901



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lucio Carrasco, María Pilar; Gutiérrez del Castillo, María
Concepción; Ramón Utrabo, Elvira; Pezzi Cereto, Manuel y Martínez Olmos,
José (GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección, uno contributivo y otro asistencial. Con ello se cubre la
posibilidad de que, en el caso de que la situación de desempleo se
alargue en el tiempo y exista una situación de necesidad económica, se
pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las ayudas
económicas que se dan en forma de subsidios o de programas específicos,
como es la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas conforman el
nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen especialmente
a determinados sectores de la población desempleada.



En el acceso a los subsidios, además de la situación de carencia de rentas
por encima de un determinado nivel, se tienen en cuenta especialmente dos
factores: la edad y las cargas familiares.



En conclusión, el trabajador que ha sido beneficiario de la prestación
contributiva y la agota puede, siempre que cumpla los requisitos exigidos
legalmente, acceder a alguno de los subsidios por desempleo. Una vez que
se ha percibido el subsidio por los días de derecho que se le han
reconocido, el trabajador desempleado mayor de 45 años aún puede acceder
a la Renta Activa de Inserción, por un máximo de 3 veces no consecutivas
y por una duración máxima, cada programa, de 11 meses de abono del 80 %
del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) (la misma
cuantía que la del subsidio por desempleo).



Asimismo, el Gobierno, en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, ha considerado conveniente
prorrogar el citado programa, mediante el Real Decreto-ley 23/2012, de 24
de agosto. Ahora bien, el limitado éxito del plan de inserción en el
empleo de los beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de
los beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.



Entre las mejoras introducidas destacan el incremento de las cuantías
económicas para los desempleados con cargas familiares que pasan de 400 a
450 euros, una mayor vinculación de las políticas activas y pasivas de
empleo mediante un mayor seguimiento del compromiso de actividad y la
orientación a resultados en la gestión y a la evaluación continua del
programa como mecanismos para mejorar su efectividad e impacto en la
inserción laboral de los desempleados.



El número de parados registrados que han dejado de percibir la prestación
por desempleo por haber agotado el tiempo de derecho y el subsidio
posterior, en la provincia de Granada, con desglose por sexo y tramos de
edad, es el siguiente:



;Provincia de Granada



Sexo



Hombres



Mujeres;15.479



15.942




Página
458






;Provincia de Granada



Edad



16-19



20-24



25-29



30-34



35-39



40-44



45-49



50-54



55-59



> 59;45



2.303



5.372



5.939



5.347



4.982



3.226



2.268



1.259



680



TOTAL;31.421



Como se ha dicho anteriormente, las personas que hayan agotado el derecho
a prestaciones por desempleo pueden, si cumplen los requisitos, solicitar
su inclusión en el Programa PREPARA o acceder a las ayudas que facilitan
las Comunidades Autónomas.



Madrid, 5 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006902



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hernando Vera, Antonio; Gutiérrez del Castillo, María Concepción;
Martínez Olmos, José y Lucio Carrasco, María Pilar (GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección, uno contributivo y otro asistencial. Con ello se cubre la
posibilidad de que, en el caso de que la situación de desempleo se
alargue en el tiempo y exista una situación de necesidad económica, se
pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las ayudas
económicas que se dan en forma de subsidios o de programas específicos,
como es la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas conforman el
nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen especialmente
a determinados sectores de la población desempleada.



En el acceso a los subsidios, además de la situación de carencia de rentas
por encima de un determinado nivel, se tienen en cuenta especialmente dos
factores: la edad y las cargas familiares.



En conclusión, el trabajador que ha sido beneficiario de la prestación
contributiva y la agota puede, siempre que cumpla los requisitos exigidos
legalmente, acceder a alguno de los subsidios por desempleo. Una vez que
se ha percibido el subsidio por los días de derecho que se le han
reconocido, el trabajador desempleado mayor de 45 años aún puede acceder
a la Renta Activa de Inserción, por un máximo de 3 veces no consecutivas
y por una duración máxima, cada programa, de 11 meses de abono del 80 %
del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) (la misma
cuantía que la del subsidio por desempleo).



Asimismo, el Gobierno, en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, ha considerado conveniente
prorrogar el citado programa, mediante el Real Decreto-ley 23/2012, de 24
de agosto. Ahora bien, el limitado éxito del plan de inserción en el
empleo de los beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de
los beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.




Página
459






Entre las mejoras introducidas destacan el incremento de las cuantías
económicas para los desempleados con cargas familiares que pasan de 400 a
450 euros, una mayor vinculación de las políticas activas y pasivas de
empleo mediante un mayor seguimiento del compromiso de actividad y la
orientación a resultados en la gestión y a la evaluación continua del
programa como mecanismos para mejorar su efectividad e impacto en la
inserción laboral de los desempleados.



El número de parados registrados que han dejado de percibir la prestación
por desempleo por haber agotado el tiempo de derecho y el subsidio
posterior, en la Ciudad Autónoma de Melilla, con desglose por sexo y
tramos de edad, es el siguiente:



;Ciudad Autónoma de Melilla



Sexo



Hombres



Mujeres;1.313



2.150



Edad



16-19



20-24



25-29



30-34



35-39



40-44



45-49



50-54



55-59



> 59;7



289



533



525



493



510



358



368



269



111



TOTAL;3.463



Como se ha dicho anteriormente, las personas que hayan agotado el derecho
a prestaciones por desempleo pueden, si cumplen los requisitos, solicitar
su inclusión en el Programa PREPARA o acceder a las ayudas que facilitan
otras Administraciones Públicas.



Madrid, 5 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006904



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Olmos, José; Hernando Vera, Antonio; Gutiérrez del
Castillo, María Concepción y Lucio Carrasco, María Pilar (GS).



Respuesta:



A fecha 31 de agosto de 2012, el número de beneficiarios del programa
PREPARA en la Ciudad Autónoma de Melilla era de 675.



El Gobierno ha realizado, por primera vez desde la puesta en marcha del
programa, un informe de evaluación de sus efectos, condición obligatoria
que hasta ahora no se había cumplido.



Este informe ha puesto de relieve una serie de deficiencias en la
concepción y el funcionamiento del mismo, que han limitado su eficacia en
lo relativo al objetivo de inserción laboral que el programa perseguía.
Así:



• Dos terceras partes de los beneficiarios que, hasta julio de 2012,
habían concluido el programa, no consiguieron ninguna colocación en el
mercado laboral. Solo el 18 % obtuvo una colocación mayor a dos meses. Y
menos del 1 % de los beneficiarios obtuvo un contrato indefinido.




Página
460






• Aunque se realizaron una media de 3,22 acciones por beneficiario,
únicamente el 7 % de los mismos fue objeto de actividades formativas, a
pesar de que, en general, el nivel educativo del colectivo era bajo. Y
solo en torno al 2 % de los beneficiarios disfrutó de acciones de impulso
al emprendimiento.



• Por otra parte, el diseño de las condiciones de acceso al programa
permitía que éste beneficiase a ciudadanos con grados de necesidad muy
diferentes: desempleados de corta duración, desempleados que conviven en
núcleos familiares solventes, desempleados que perciben otro tipo de
rentas asistenciales y tienen rentas familiares por encima del 75 % del
SMI, etc.



En función de la evaluación llevada a cabo, el Gobierno ha considerado
que, si bien es oportuno mantener el programa, dado que la situación de
recesión hace que persistan las causas económicas y sociales que
motivaron su puesta en marcha, resulta necesario modificar una serie de
aspectos del mismo a fin de incrementar su eficacia como mecanismo de
inserción en el mercado de trabajo y se dirija a aquellos ciudadanos que
se enfrentan a mayores necesidades.



Por ello, el Programa ha sido prorrogado por el Real Decreto-ley 23/2012,
de 24 de agosto (BOE 25-08-12), introduciendo en su regulación una serie
de cambios tendentes a los siguientes objetivos: reforzar y dirigir la
ayuda a quienes más lo necesitan, mejorar la eficacia de los mecanismos
utilizados para facilitar la empleabilidad de los beneficiarios, e
intensificar la coordinación con las Comunidades Autónomas a efectos de
fortalecer la vinculación entre políticas activas y pasivas de empleo.



Madrid, 7 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006905



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lucio Carrasco, María Pilar; Hernando Vera, Antonio; Gutiérrez del
Castillo, María Concepción y Martínez Olmos, José (GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección: uno, contributivo, y otro, asistencial. De esta manera se
cubre la posibilidad de que, alargándose en el tiempo la situación de
desempleo y siempre y cuando exista una situación de necesidad económica,
se pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las
ayudas económicas que se dan en forma de subsidios, o de programas
específicos como la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas
conforman el nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen
especialmente a determinados sectores de la población desempleada.



Asimismo, el Gobierno en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, acaba de aprobar, mediante el
Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto, una nueva prórroga de dicho
Programa. El limitado éxito del plan de inserción en el empleo de los
beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de los
beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.



Por otra parte, las Administraciones Autonómicas disponen de programas de
protección económica, complementarios del estatal, para los desempleados
desprotegidos y a los que pueden optar los desempleados que hayan agotado
todas las posibilidades del sistema de protección por desempleo.



En una situación tan difícil como la que está viviendo España, con una
necesidad ineludible de contención del gasto público para poder iniciar
la senda de recuperación económica, se ha venido manteniendo, e incluso
incrementando, el gasto relativo a las prestaciones de apoyo a los
desempleados.



La tasa de cobertura de las prestaciones por desempleo en la Ciudad
Autónoma de Melilla, en las fechas solicitadas, es la siguiente:



1. Mayo 2011: 48,0 %



2. Mayo 2012: 49,4 %




Página
461






En este cálculo no se incluyen los beneficiarios del Programa PREPARA,
puesto que no se trata de una prestación por desempleo sino de una medida
de política activa de empleo que incorpora una ayuda económica.



Madrid, 5 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006906



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gutiérrez del Castillo, María Concepción; Lucio Carrasco, María
Pilar y Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección: uno, contributivo, y otro, asistencial. De esta manera se
cubre la posibilidad de que, alargándose en el tiempo la situación de
desempleo y siempre y cuando exista una situación de necesidad económica,
se pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las
ayudas económicas que se dan en forma de subsidios, o de programas
específicos como la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas
conforman el nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen
especialmente a determinados sectores de la población desempleada.



Asimismo, el Gobierno en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, acaba de aprobar, mediante el
Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto, una nueva prórroga de dicho
Programa. El limitado éxito del plan de inserción en el empleo de los
beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de los
beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.



Por otra parte, las Comunidades Autónomas disponen de programas de
protección económica, complementarios del estatal, para los desempleados
desprotegidos y a los que pueden optar los desempleados que hayan agotado
todas las posibilidades del sistema de protección por desempleo.



En una situación tan difícil como la que está viviendo España, con una
necesidad ineludible de contención del gasto público para poder iniciar
la senda de recuperación económica, se ha venido manteniendo, e incluso
incrementando, el gasto relativo a las prestaciones de apoyo a los
desempleados.



La tasa de cobertura de las prestaciones por desempleo en la provincia de
Girona, en las fechas solicitadas, es la siguiente:



1. Mayo 2011: 78,2 %



2. Mayo 2012: 74,8 %



En este cálculo no se incluyen los beneficiarios del Programa PREPARA,
puesto que no se trata de una prestación por desempleo sino de una medida
de política activa de empleo que incorpora una ayuda económica.



Madrid, 5 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006908



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lucio Carrasco, María Pilar; Sáez Jubero, Àlex y Gutiérrez del
Castillo, María Concepción (GS).




Página
462






Respuesta:



A fecha 31 de agosto de 2012, el número de beneficiarios del programa
PREPARA en la provincia de Girona era de 4.375.



El Gobierno ha realizado, por primera vez desde la puesta en marcha del
programa, un informe de evaluación de sus efectos, condición obligatoria
que hasta ahora no se había cumplido.



Este informe ha puesto de relieve una serie de deficiencias en la
concepción y el funcionamiento del mismo, que han limitado su eficacia en
lo relativo al objetivo de inserción laboral que el programa perseguía.
Así:



• Dos terceras partes de los beneficiarios que, hasta julio de 2012,
habían concluido el programa, no consiguieron ninguna colocación en el
mercado laboral. Solo el 18 % obtuvo una colocación mayor a dos meses. Y
menos del 1 % de los beneficiarios obtuvo un contrato indefinido.



• Aunque se realizaron una media de 3,22 acciones por beneficiario,
únicamente el 7 % de los mismos fue objeto de actividades formativas, a
pesar de que, en general, el nivel educativo del colectivo era bajo. Y
solo en torno al 2 % de los beneficiarios disfrutó de acciones de impulso
al emprendimiento.



• Por otra parte, el diseño de las condiciones de acceso al programa
permitía que éste beneficiase a ciudadanos con grados de necesidad muy
diferentes: desempleados de corta duración, desempleados que conviven en
núcleos familiares solventes, desempleados que perciben otro tipo de
rentas asistenciales y tienen rentas familiares por encima del 75 % del
SMI, etc.



En función de la evaluación llevada a cabo, el Gobierno ha considerado
que, si bien es oportuno mantener el programa, dado que la situación de
recesión hace que persistan las causas económicas y sociales que
motivaron su puesta en marcha, resulta necesario modificar una serie de
aspectos del mismo a fin de incrementar su eficacia como mecanismo de
inserción en el mercado de trabajo y se dirija a aquellos ciudadanos que
se enfrentan a mayores necesidades.



Por ello, el Programa ha sido prorrogado por el Real Decreto-ley 23/2012,
de 24 de agosto (BOE 25-08-12), introduciendo en su regulación una serie
de cambios tendentes a los siguientes objetivos: reforzar y dirigir la
ayuda a quienes más lo necesitan, mejorar la eficacia de los mecanismos
utilizados para facilitar la empleabilidad de los beneficiarios, e
intensificar la coordinación con las Comunidades Autónomas a efectos de
fortalecer la vinculación entre políticas activas y pasivas de empleo.



Madrid, 7 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006909



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex; Gutiérrez del Castillo, María Concepción y Lucio
Carrasco, María Pilar (GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección, uno contributivo y otro asistencial. Con ello se cubre la
posibilidad de que, en el caso de que la situación de desempleo se
alargue en el tiempo y exista una situación de necesidad económica, se
pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las ayudas
económicas que se dan en forma de subsidios o de programas específicos,
como es la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas conforman el
nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen especialmente
a determinados sectores de la población desempleada.



En el acceso a los subsidios, además de la situación de carencia de rentas
por encima de un determinado nivel, se tienen en cuenta especialmente dos
factores: la edad y las cargas familiares.



En conclusión, el trabajador que ha sido beneficiario de la prestación
contributiva y la agota puede, siempre que cumpla los requisitos exigidos
legalmente, acceder a alguno de los subsidios por desempleo. Una vez que
se ha percibido el subsidio por los días de derecho que se le han
reconocido, el trabajador desempleado mayor de 45 años aún puede acceder
a la Renta Activa de Inserción, por un máximo de 3 veces




Página
463






no consecutivas y por una duración máxima, cada programa, de 11 meses de
abono del 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples
(IPREM) (la misma cuantía que la del subsidio por desempleo).



Asimismo, el Gobierno, en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, ha considerado conveniente
prorrogar el citado programa, mediante el Real Decreto-ley 23/2012, de 24
de agosto. Ahora bien, el limitado éxito del plan de inserción en el
empleo de los beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de
los beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.



Entre las mejoras introducidas destacan el incremento de las cuantías
económicas para los desempleados con cargas familiares que pasan de 400 a
450 euros, una mayor vinculación de las políticas activas y pasivas de
empleo mediante un mayor seguimiento del compromiso de actividad y la
orientación a resultados en la gestión y a la evaluación continua del
programa como mecanismos para mejorar su efectividad e impacto en la
inserción laboral de los desempleados.



El número de parados registrados que han dejado de percibir la prestación
por desempleo por haber agotado el tiempo de derecho y el subsidio
posterior, en la provincia de Girona, con desglose por sexo y tramos de
edad, es el siguiente:



;Provincia de Girona



Sexo



Hombres



Mujeres;7.978



6.702



Edad



16-19



20-24



25-29



30-34



35-39



40-44



45-49



50-54



55-59



> 59;97



1.232



1.796



2.331



2.490



2.472



1.737



1.251



746



528



TOTAL;14.680



Como se ha dicho anteriormente, las personas que hayan agotado el derecho
a prestaciones por desempleo pueden, si cumplen los requisitos, solicitar
su inclusión en el Programa PREPARA o acceder a las ayudas que facilitan
las Comunidades Autónomas.



Madrid, 4 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006910



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gutiérrez del Castillo, María Concepción; Villarrubia Mediavilla,
Julio y Lucio Carrasco, María Pilar (GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección: uno, contributivo, y otro, asistencial. De esta manera se
cubre la posibilidad de que, alargándose en el tiempo la situación




Página
464






de desempleo y siempre y cuando exista una situación de necesidad
económica, se pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva,
a las ayudas económicas que se dan en forma de subsidios, o de programas
específicos como la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas
conforman el nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen
especialmente a determinados sectores de la población desempleada.



Asimismo, el Gobierno en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, acaba de aprobar, mediante el
Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto, una nueva prórroga de dicho
Programa. El limitado éxito del plan de inserción en el empleo de los
beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de los
beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.



Por otra parte, las Comunidades Autónomas disponen de programas de
protección económica, complementarios del estatal, para los desempleados
desprotegidos y a los que pueden optar los desempleados que hayan agotado
todas las posibilidades del sistema de protección por desempleo.



En una situación tan difícil como la que está viviendo España, con una
necesidad ineludible de contención del gasto público para poder iniciar
la senda de recuperación económica, se ha venido manteniendo, e incluso
incrementando, el gasto relativo a las prestaciones de apoyo a los
desempleados.



La tasa de cobertura de las prestaciones por desempleo en la provincia de
Palencia, en las fechas solicitadas, es la siguiente:



1. Mayo 2011: 64,9 %



2. Mayo 2012: 61,9 %



En este cálculo no se incluyen los beneficiarios del Programa PREPARA,
puesto que no se trata de una prestación por desempleo sino de una medida
de política activa de empleo que incorpora una ayuda económica.



Madrid, 4 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006912



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lucio Carrasco, María Pilar; Villarrubia Mediavilla, Julio y
Gutiérrez del Castillo, María Concepción (GS).



Respuesta:



A fecha 31 de agosto de 2012, el número de beneficiarios del programa
PREPARA en la provincia de Palencia era de 1.019.



El Gobierno ha realizado, por primera vez desde la puesta en marcha del
programa, un informe de evaluación de sus efectos, condición obligatoria
que hasta ahora no se había cumplido.



Este informe ha puesto de relieve una serie de deficiencias en la
concepción y el funcionamiento del mismo, que han limitado su eficacia en
lo relativo al objetivo de inserción laboral que el programa perseguía.
Así:



• Dos terceras partes de los beneficiarios que, hasta julio de 2012,
habían concluido el programa, no consiguieron ninguna colocación en el
mercado laboral. Solo el 18 % obtuvo una colocación mayor a dos meses. Y
menos del 1 % de los beneficiarios obtuvo un contrato indefinido.



• Aunque se realizaron una media de 3,22 acciones por beneficiario,
únicamente el 7 % de los mismos fue objeto de actividades formativas, a
pesar de que, en general, el nivel educativo del colectivo era bajo. Y
solo en torno al 2 % de los beneficiarios disfrutó de acciones de impulso
al emprendimiento.




Página
465






• Por otra parte, el diseño de las condiciones de acceso al programa
permitía que éste beneficiase a ciudadanos con grados de necesidad muy
diferentes: desempleados de corta duración, desempleados que conviven en
núcleos familiares solventes, desempleados que perciben otro tipo de
rentas asistenciales y tienen rentas familiares por encima del 75 % del
SMI, etc.



En función de la evaluación llevada a cabo, el Gobierno ha considerado
que, si bien es oportuno mantener el programa, dado que la situación de
recesión hace que persistan las causas económicas y sociales que
motivaron su puesta en marcha, resulta necesario modificar una serie de
aspectos del mismo a fin de incrementar su eficacia como mecanismo de
inserción en el mercado de trabajo y se dirija a aquellos ciudadanos que
se enfrentan a mayores necesidades.



Por ello, el Programa ha sido prorrogado por el Real Decreto-ley 23/2012,
de 24 de agosto (BOE 25-08-12), introduciendo en su regulación una serie
de cambios tendentes a los siguientes objetivos: reforzar y dirigir la
ayuda a quienes más lo necesitan, mejorar la eficacia de los mecanismos
utilizados para facilitar la empleabilidad de los beneficiarios, e
intensificar la coordinación con las Comunidades Autónomas a efectos de
fortalecer la vinculación entre políticas activas y pasivas de empleo.



Madrid, 7 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006913



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Villarrubia Mediavilla, Julio; Lucio Carrasco, María Pilar y
Gutiérrez del Castillo, María Concepción (GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección, uno contributivo y otro asistencial. Con ello se cubre la
posibilidad de que, en el caso de que la situación de desempleo se
alargue en el tiempo y exista una situación de necesidad económica, se
pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las ayudas
económicas que se dan en forma de subsidios o de programas específicos,
como es la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas conforman el
nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen especialmente
a determinados sectores de la población desempleada.



En el acceso a los subsidios, además de la situación de carencia de rentas
por encima de un determinado nivel, se tienen en cuenta especialmente dos
factores: la edad y las cargas familiares.



En conclusión, el trabajador que ha sido beneficiario de la prestación
contributiva y la agota puede, siempre que cumpla los requisitos exigidos
legalmente, acceder a alguno de los subsidios por desempleo. Una vez que
ha percibido el subsidio por los días de derecho que se le han
reconocido, el trabajador desempleado mayor de 45 años aún puede acceder
a la Renta Activa de Inserción, por un máximo de 3 veces no consecutivas
y por una duración máxima, cada programa, de 11 meses de abono del 80 %
del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) (la misma
cuantía que la del subsidio por desempleo).



Asimismo, el Gobierno, en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, ha considerado conveniente
prorrogar el citado programa, mediante el Real Decreto-ley 23/2012, de 24
de agosto. Ahora bien, el limitado éxito del plan de inserción en el
empleo de los beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de
los beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.



Entre las mejoras introducidas destacan el incremento de las cuantías
económicas para los desempleados con cargas familiares que pasan de 400 a
450 euros, una mayor vinculación de las políticas activas y pasivas de
empleo mediante un mayor seguimiento del compromiso de actividad y la
orientación a resultados en la gestión y a la evaluación continua del
programa como mecanismos para mejorar su efectividad e impacto en la
inserción laboral de los desempleados.




Página
466






El número de parados registrados que han dejado de percibir la prestación
por desempleo por haber agotado el tiempo de derecho y el subsidio
posterior, en la provincia de Palencia, con desglose por sexo y tramos de
edad, es el siguiente:



;Provincia de Palencia



Sexo



Hombres



Mujeres;1.758



2.138



Edad



16-19



20-24



25-29



30-34



35-39



40-44



45-49



50-54



55-59



> 59;16



291



553



585



601



636



460



406



196



152



TOTAL;3.896



Como se ha dicho anteriormente, las personas que hayan agotado el derecho
a prestaciones por desempleo pueden, si cumplen los requisitos, solicitar
su inclusión en el Programa PREPARA o acceder a las ayudas que facilitan
las Comunidades Autónomas.



Madrid, 4 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006917



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gutiérrez del Castillo, María Concepción; Lucio Carrasco, María
Pilar y Moscoso del Prado Hernández, Juan (GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección: uno, contributivo, y otro, asistencial. De esta manera se
cubre la posibilidad de que, alargándose en el tiempo la situación de
desempleo y siempre y cuando exista una situación de necesidad económica,
se pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las
ayudas económicas que se dan en forma de subsidios, o de programas
específicos como la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas
conforman el nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen
especialmente a determinados sectores de la población desempleada.



Asimismo, el Gobierno en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, acaba de aprobar, mediante el
Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto, una nueva prórroga de dicho
Programa. El limitado éxito del plan de inserción en el empleo de los
beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de los
beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.




Página
467






Por otra parte, las Comunidades disponen de programas de protección
económica, complementarios del estatal, para los desempleados
desprotegidos y a los que pueden optar los desempleados que hayan agotado
todas las posibilidades del sistema de protección por desempleo.



En una situación tan difícil como la que está viviendo España, con una
necesidad ineludible de contención del gasto público para poder iniciar
la senda de recuperación económica, se ha venido manteniendo, e incluso
incrementando, el gasto relativo a las prestaciones de apoyo a los
desempleados.



La tasa de cobertura de las prestaciones por desempleo en la Comunidad
Foral de Navarra, en las fechas solicitadas, es la siguiente:



1. Mayo 2011: 67,0 %



2. Mayo 2012: 66,8 %



En este cálculo no se incluyen los beneficiarios del Programa PREPARA,
puesto que no se trata de una prestación por desempleo sino de una medida
de política activa de empleo que incorpora una ayuda económica.



Madrid, 4 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006918



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lucio Carrasco, María Pilar; Gutiérrez del Castillo, María
Concepción y Moscoso del Prado Hernández, Juan (GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección, uno contributivo y otro asistencial. Con ello se cubre la
posibilidad de que, en el caso de que la situación de desempleo se
alargue en el tiempo y exista una situación de necesidad económica, se
pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las ayudas
económicas que se dan en forma de subsidios o de programas específicos,
como es la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas conforman el
nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen especialmente
a determinados sectores de la población desempleada.



En el acceso a los subsidios, además de la situación de carencia de rentas
por encima de un determinado nivel, se tienen en cuenta especialmente dos
factores: la edad y las cargas familiares.



En conclusión, el trabajador que ha sido beneficiario de la prestación
contributiva y la agota puede, siempre que cumpla los requisitos exigidos
legalmente, acceder a alguno de los subsidios por desempleo. Una vez que
se ha percibido el subsidio por los días de derecho que se le han
reconocido, el trabajador desempleado mayor de 45 años aún puede acceder
a la Renta Activa de Inserción, por un máximo de 3 veces no consecutivas
y por una duración máxima, cada programa, de 11 meses de abono del 80 %
del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) (la misma
cuantía que la del subsidio por desempleo).



Asimismo, el Gobierno, en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, ha considerado conveniente
prorrogar el citado programa, mediante el Real Decreto-ley 23/2012, de 24
de agosto. Ahora bien, el limitado éxito del plan de inserción en el
empleo de los beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de
los beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.



Entre las mejoras introducidas destacan el incremento de las cuantías
económicas para los desempleados con cargas familiares que pasan de 400 a
450 euros, una mayor vinculación de las políticas activas y pasivas de
empleo mediante un mayor seguimiento del compromiso de actividad y la
orientación




Página
468






a resultados en la gestión y a la evaluación continua del programa como
mecanismos para mejorar su efectividad e impacto en la inserción laboral
de los desempleados.



El número de parados registrados que han dejado de percibir la prestación
por desempleo por haber agotado el tiempo de derecho y el subsidio
posterior, en la Comunidad Foral de Navarra, con desglose por sexo y
tramos de edad, es el siguiente:



;Comunidad Foral de Navarra



Sexo



Hombres



Mujeres;6.276



6.972



Edad



16-19



20-24



25-29



30-34



35-39



40-44



45-49



50-54



55-59



> 59;26



985



1.790



2.108



2.303



2.368



1.566



1.103



627



372



TOTAL;13.248



Como se ha dicho anteriormente, las personas que hayan agotado el derecho
a prestaciones por desempleo pueden, si cumplen los requisitos, solicitar
su inclusión en el Programa PREPARA o acceder a las ayudas que facilitan
las Comunidades Autónomas y Foral.



Madrid, 4 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006921



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Vallès Vives, Francesc y Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



La Autovía A-7 entre La Jana y El Perelló, se encuentra en fase de Estudio
Informativo, pendiente de obtención de Declaración de Impacto Ambiental
(DIA).



Una vez obtenida la DIA, se procederá a la aprobación del Estudio
Informativo, y se podrán licitar los correspondientes proyectos
constructivos del tramo, en función de las disponibilidades
presupuestarias.



Los plazos de ejecución de esta actuación quedarán determinados una vez
finalizados y aprobados los citados proyectos, y licitadas y adjudicadas
las obras.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006924



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan y Vallès Vives, Francesc (GS).




Página
469






Respuesta:



La obra interesada se paralizó como consecuencia de la reprogramación
presupuestaria llevada a cabo en el año 2010. En el contexto del nuevo
Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda (2012-2024), cuyo Informe
ha presentado la Ministra de Fomento al Consejo de Ministros el pasado 3
de agosto, se concretarán, de acuerdo con los principios inspiradores del
mismo y con las disponibilidades presupuestarias, ésta y el resto de
actuaciones.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006925



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan y Vallès Vives, Francesc (GS).



Respuesta:



Actualmente se ha redactado el proyecto para la remodelación de la
estación de Tarragona en su Fase II. Dicho proyecto contempla la
modificación de la playa de vías para ampliar el ancho de los andenes,
nuevas marquesinas, reforma del paso inferior y la instalación de
ascensores.



No obstante, y en las actuales circunstancias, el desarrollo de las obras
estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006926



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Vallès Vives, Francesc y Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



Actualmente no se prevé realizar renovación alguna en la línea referida ya
que el estado de la infraestructura es correcto.



No obstante, está previsto llevar a cabo las siguientes actuaciones:



1. Sustitución de traviesas en la vía 7. Estación de Reus: con un plazo de
ejecución estimado de 1 mes.



2. Sustitución de traviesas entre las estaciones de Pradell y
Marçà-Falset: con un plazo estimado de 2 meses.



En ambos casos la fecha de inicio dependerá de la asignación
presupuestaria que se dote para estas actuaciones.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006927



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Vallès Vives, Francesc y Ruiz i Carbonell, Joan (GS).




Página
470






Respuesta:



La Autovía A-27, tramo: 'Variante de Valls' se encuentra en fase de obras
con un grado de ejecución del 39,7 %.



El Gobierno tiene previsto continuar con el desarrollo de esta actuación,
conforme a la programación de inversiones recogida en Presupuestos
Generales del Estado para el año 2012.



En lo que se refiere a la fecha de finalización de esta infraestructura,
se informa que está condicionada por la evolución de las disponibilidades
presupuestarias, y por las dificultades técnicas que eventualmente puedan
surgir durante su ejecución.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006928



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan y Vallès Vives, Francesc (GS).



Respuesta:



La Autovía A-27, tramo: 'El Morell-Variante de Valls' se encuentra en fase
de obras, con un grado de ejecución del 51,5 %.



El Gobierno tiene previsto continuar con el desarrollo de esta actuación,
conforme a la programación de inversiones recogida en Presupuestos
Generales del Estado para el año 2012.



En lo que se refiere a la fecha de finalización de esta infraestructura,
se informa que está condicionada por la evolución de las disponibilidades
presupuestarias, y por las dificultades técnicas que eventualmente puedan
surgir durante su ejecución.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006929



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Vallès Vives, Francesc y Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



La Autovía A-27, tramo: 'Variante de Valls-Montblanc' se encuentra en fase
de obras, con un grado de ejecución del 14,9 %.



El Gobierno tiene previsto continuar con el desarrollo de esta actuación,
conforme a la programación de inversiones recogida en Presupuestos
Generales del Estado de 2012.



Por lo que se refiere a la fecha de finalización de esta infraestructura,
se informa que está condicionada por la evolución de las disponibilidades
presupuestarias, y por las dificultades técnicas que eventualmente puedan
surgir durante su ejecución.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006930



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan y Vallès Vives, Francesc (GS).




Página
471






Respuesta:



El Ministerio de Fomento tiene dadas las órdenes de Estudio de los cinco
proyectos de construcción que componen el tramo entre la Variante de
Altafulla y Villafranca del Penedés, perteneciente a la Autovía A-7:



• La Mora-La Pobla de Montornés.



• La Pobla de Montornés-El Vendrell



• El Vendrell-Castellet i La Gornal



• Castellet i La Gornal-Santa Margarida i els Monjos



• Santa Margarida i els Monjos-Vilafranca del Penedès.



La licitación de los Contratos de Servicios para la redacción de los
proyectos se determinará de acuerdo con las disponibilidades
presupuestarias, y las prioridades que se establezcan en el Plan de
Infraestructuras, Transporte y Vivienda 2012-2024.



Una vez finalizada la redacción de los proyectos constructivos, y
superados los trámites administrativos necesarios para su aprobación,
podrán licitarse y adjudicarse las obras correspondientes, momento en el
que quedaran fijados los plazos para la finalización de esta
infraestructura.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006937



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz Llamas, Román y Corcuera Plaza, Juan Carlos (GS).



Respuesta:



El tramo: 'Abrera-Olesa de Monserrat', perteneciente a la Autovía B-40, se
encuentra en servicio desde junio de 2010.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006938



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz Llamas, Román y Corcuera Plaza, Juan Carlos (GS).



Respuesta:



El tramo: 'Olesa de Montserrat-Viladecavalls', perteneciente a la autovía
B-40 se encuentra en fase de obras, con un grado de ejecución del 43,9 %.



El Gobierno tiene previsto continuar con el desarrollo de esta actuación,
conforme a la programación de inversiones recogida en los Presupuestos
Generales del Estado de 2012.



Por lo que se refiere a la fecha de finalización de esta infraestructura,
se informa que está condicionada por la evolución de las disponibilidades
presupuestarias, y por las dificultades técnicas que eventualmente puedan
surgir durante su ejecución.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006942



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Núñez, Alejandro (GS).




Página
472






Respuesta:



El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) no
cuenta con la información ni con los datos que interesan a Su Señoría en
la pregunta de referencia.



Dicha información podrá ser recabada de la Comunidad Autónoma en cuestión.



Madrid, 28 de junio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006951



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz Llamas, Román (GS).



Respuesta:



Se han iniciado los trabajos del enlace ferroviario de manera coordinada
con las operaciones de demolición de la nave industrial que interfiere en
el trazado, con el objetivo de reducir en lo posible el plazo final para
la puesta en servicio de la conexión ferroviaria.



La demolición de la nave afectada (que ejecuta la Autoritat Portuària de
Barcelona) se desarrolla a buen ritmo.



Si los plazos estimados para esta actuación se cumplen conforme a lo
previsto, ADIF realizaría el montaje de vía de la conexión en el presente
año. Dado que se estima que en fechas próximas concluyan todas las
unidades de obra que estén fuera del ámbito de la nave citada, se prevé
que la nueva conexión esté operativa antes del fin del año en curso.



En lo concerniente a las previsiones de actuación tanto en el ejercicio
2012 como para el próximo 2013, se informa que la totalidad de los
trabajos previstos se ejecutarán en el año 2012, no habiendo ninguna
actuación prevista para el año 2013 en lo que respecta a la conexión
provisional en ancho estándar europeo.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006956



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz Llamas, Román (GS).



Respuesta:



El Órgano Mixto de Coordinación y Control Generalitat de Cataluña-Renfe
Operadora, creado al amparo del Acuerdo, de 21 de julio de 2009, para la
transferencia de los servicios de transporte de viajeros por ferrocarril
de cercanías de Barcelona a la Generalitat de Cataluña, aprobó, en su
sesión de 19 de octubre de 2011, la propuesta de contrato de servicio
público para el periodo 2011-2015, a suscribir entre Renfe Operadora y la
Generalitat.



En el mismo, para 2012 se contemplan unas aportaciones de 143.806 miles de
euros que, con la mejor previsión de cierre disponible en este momento, y
tras la aplicación del plan de ahorro puesto en marcha por Renfe
Operadora en este ejercicio, quedarían en 126.865 miles de euros.



Para 2013, la aportación asociada al contrato sería de 115.606 miles de
euros, recogiendo también el efecto del plan de ahorro en ese ejercicio.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
473






184/006961



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz Llamas, Román (GS).



Respuesta:



Tal y como indicó la Ministra de Fomento en su comparecencia en la
Comisión de Fomento del Congreso de los Diputados el 9 de febrero de
2012, el Ministerio de Fomento redactaría un nuevo Plan de
Infraestructuras, Transporte y Vivienda (PITVI) 2012/2024, que basado en
el examen de la situación actual y la valoración rigurosa de las
necesidades de la sociedad, establecerá las prioridades y programas de
actuación en el horizonte del 2024. En este plan se van a aplicar los
siguientes principios: Mantener estable el esfuerzo inversor, máximo
rigor económico en la priorización de las inversiones, reforzar la visión
conjunta del sistema de transportes fomentando la intermodalidad y
aplicar una visión de movilidad sostenible que garantice la accesibilidad
y el respeto al medio ambiente.



El Informe del citado Plan ha sido presentado por la Ministra el pasado 3
de agosto al Consejo de Ministros.



Asimismo en el Senado con fecha 14 de marzo de 2012 la Ministra de Fomento
destacó la importancia de los servicios de cercanías. Las inversiones en
la red convencional también estarán orientadas a mejorar las prestaciones
de los servicios de cercanías.



Asimismo anunció que el Ministerio de Fomento va a llevar a cabo un plan
de cercanías global junto con las comunidades autónomas. Es en este marco
donde se va a estudiar la creación y puesta en servicio de los servicios
de cercanías en Girona, Lleida y Tarragona.



Madrid, 6 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006962



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz Llamas, Román (GS).



Respuesta:



El 7 de junio de 2011 se firmó un protocolo entre el Ministerio de Fomento
y la Generalitat de Cataluña para llevar a cabo los estudios necesarios
para evaluar la viabilidad logística y económica de las posibles
terminales logísticas de El Penedés, El Prat, El Valles y El Far
d´Amporda, así como para definir el modelo de promoción y gestión más
adecuado.



La Generalitat de Cataluña será responsable de la realización de los
estudios relativos al encaje territorial y urbanístico de las terminales,
así como aquellos referidos al mercado logístico.



A partir de estos trabajos, el Ministerio de Fomento elaborará un estudio
de viabilidad económica de la terminal, proponiendo, en su caso, las
fórmulas más adecuadas para la promoción y gestión de la misma así como
para el diseño funcional más eficiente en su aspecto ferroviario y
logístico.



Los estudios que corresponden al Ministerio de Fomento sobre las
plataformas intermodales de El Penedés, El Prat, El Valles y El Far
d´Amporda, están en su fase inicial de desarrollo.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006963



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz Llamas, Román (GS).




Página
474






Respuesta:



En los Presupuestos Generales del Estado para 2012, está consignado un
crédito por importe de 9.550.000 € para compensar a la Generalidad de
Cataluña por las reducciones de peaje realizadas según Convenio de
Colaboración con la Administración General del Estado de conformidad con
la Disposición Adicional Tercera del Estatuto de Cataluña.



Respecto a la aportación para el año 2013 por este concepto, no es posible
su determinación en estos momentos, dado que los Presupuestos Generales
del Estado para ese ejercicio están pendientes de elaboración.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006985



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Chacón Piqueras, Carme (GS).



Respuesta:



Entre las actuaciones planificadas por el Ministerio de Fomento, no está
contemplado el cubrimiento de la autovía B-23 a su paso por Esplugues de
Llobregat.



En relación con la colocación de pantallas acústicas a su paso por esa
localidad, se informa que su instalación fue finalizada en diciembre de
2010, de acuerdo con el proyecto 'Instalación de pantallas acústicas en
la autovía B-23 p.k. 0,300 al 2,600, y en la autovía A-2 (p.k. 583).
Términos Municipales de Esplugues de Llobregat y Abrera'.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006986



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Chacón Piqueras, Carme (GS).



Respuesta:



El 15 de junio de 2006 se firmó un Protocolo entre el Ministerio de
Fomento, la Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Sant Feliu de
Llobregat, para el soterramiento de la línea ferroviaria a su paso por el
núcleo urbano de Sant Feliu de Llobregat.



Posteriormente se redactó el Estudio Informativo 'Integración del
Ferrocarril en Sant Feliu de Llobregat'. Con fecha de 22 de febrero de
2010 se publicó en el BOE la Resolución por la que se aprueba el
Expediente de Información Pública y Audiencia del Estudio Informativo
'Integración del Ferrocarril en Sant Feliu de Llobregat'.



El proyecto constructivo de dicha actuación ya ha sido redactado y
supervisado, estando pendiente de aprobación.



No obstante, actualmente se está desarrollando un nuevo Plan de
Infraestructuras, Transportes y Vivienda (PITVI) que tendrá como
horizonte temporal el año 2024. En él se especificarán las distintas
actuaciones planificadas y los plazos de ejecución previstos.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
475






184/006992



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Torres Mora, José Andrés (GS).



Respuesta:



En la Proposición de Ley a la que se refiere su Señoría en la pregunta
escrita, se recoge la propuesta de establecer un porcentaje de deducción
en la cuota del Impuesto de Sociedades del 60 % de las aportaciones
realizadas por personas jurídicas a entidades beneficiarias del mecenazgo
entre otras muchas modificaciones.



En este mismo sentido de la Proposición está trabajando el Gobierno en la
actualidad, analizando distintos ámbitos y escenarios que permitan
incentivar la actividad desarrollada por las entidades sin fines
lucrativos, finalidad que no es otra que la misma perseguida por la
Proposición de Ley antes mencionada.



No obstante, también cabe destacar que la Ley 49/2002, de 23 de diciembre,
de régimen fiscal de entidades sin fines lucrativos e incentivos fiscales
al mecenazgo, en la actualidad ya recoge un régimen especial para las
entidades sin fines lucrativos en términos más ventajosos que en los
países de nuestro entorno e incentivos fiscales al mecenazgo para
aquellos que realicen aportaciones a entidades beneficiarias de
mecenazgo, éstos en línea con la mayoría de países europeos.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/006995



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Torres Mora, José Andrés (GS).



Respuesta:



En lo que se refiere a las Fundaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro,
en el impuesto sobre sociedades se distinguen dos regímenes de
tributación, uno recogido en la propia Ley del impuesto sobre sociedades
(LIS) y otro establecido por la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de
régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo.



La información disponible por la Agencia Tributaria se circunscribe a los
declarantes del impuesto sobre sociedades a los que les resulta de
aplicación la mencionada Ley, y por otro lado a las deducciones que
figuran en las estadísticas correspondientes a los donativos o cuotas de
sus asociados y que son deducibles para estos en el impuesto de
sociedades y en el IRPF.



Madrid, 13 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007031



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Nuet Pujals, Joan Josep (GIP).



Respuesta:



España, junto a los demás socios de la Unión Europea (UE), ha mostrado
repetidas veces a las autoridades israelíes y en diversos foros su
preocupación por el uso extensivo que hace Israel de la detención
administrativa.



Así mismo, España y la UE han mostrado una preocupación constante por la
situación de los prisioneros palestinos en Israel. Prueba de ello son las
siguientes medidas:



• El Consejo de la UE ha realizado desde 2006 cinco llamamientos a la
'inmediata liberación de los ministros y parlamentarios palestinos
detenidos por Israel'.




Página
476






• En las conclusiones del Consejo de diciembre de 2008, la UE hizo un
llamamiento más general solicitando de Israel un mayor número de
liberaciones de presos palestinos, en particular de menores de edad.



• España apoya los esfuerzos del enviado del Cuarteto para obtener de
Israel un paquete de medidas de confianza para la reanudación de las
conversaciones que incluya liberaciones de presos palestinos.



• El Consulado de España en Jerusalén, siguiendo las recomendaciones de
los informes de Jefes de Misión, trata de asistir a los juicios contra
militantes palestinos siempre que no estén implicados en acciones
terroristas.



• La delegación de la UE y otros Estados Miembros como España siempre han
tratado de transmitir por los canales bilaterales apropiados a las
autoridades israelíes su preocupación por el uso excesivo de la detención
administrativa y por las posibles consecuencias de la huelga de hambre.



• Finalmente, en plena huelga de hambre, las delegaciones diplomáticas de
la Unión Europea en Jerusalén y Ramala, incluyendo la de España, hicieron
público un comunicado el pasado 8 de mayo en el que expresaban su
'preocupación' por el deterioro en el estado de salud de los presos
palestinos bajo detención administrativa israelí. Asimismo, el comunicado
recordó la posición comunitaria sobre el uso de la detención
administrativa, dejando claro que 'los detenidos tienen derecho a ser
informados de los motivos de su detención y a ser sometidos sin demora a
un juicio justo'.



España recibió como un paso adelante el acuerdo del pasado 14 de mayo,
mediante el cual se puso fin a la huelga de hambre de los presos
palestinos y del que se espera que se obtengan resultados positivos.
Seguirá insistiendo, en concreto en el debate sobre situación de derechos
humanos en Palestina y otros territorios árabes ocupados que tendrá lugar
en breve en el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas en Ginebra,
en que se cumplan los compromisos relativos a las condiciones de
detención de los presos adquiridos en ese acuerdo.



En línea con la declaración de jefes las delegaciones diplomáticas en
Jerusalén y Ramala, en la XX sesión del Consejo de Derechos Humanos de
Naciones Unidas que tiene lugar en estos momentos en Ginebra, la UE, con
el apoyo de España, pretende hacer una declaración que mencione la
preocupación de la UE por el uso extensivo de la detención administrativa
por Israel y que realice un llamamiento a la urgente resolución de los
casos de huelga de hambre que aún perduran.



Madrid, 10 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007043



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cunillera i Mestres, Teresa (GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección, uno contributivo y otro asistencial. Con ello se cubre la
posibilidad de que, en el caso de que la situación de desempleo se
alargue en el tiempo y exista una situación de necesidad económica, se
pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las ayudas
económicas que se dan en forma de subsidios o de programas específicos,
como es la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas conforman el
nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen especialmente
a determinados sectores de la población desempleada.



En el acceso a los subsidios, además de la situación de carencia de rentas
por encima de un determinado nivel, se tienen en cuenta especialmente dos
factores: la edad y las cargas familiares.



En conclusión, el trabajador que ha sido beneficiario de la prestación
contributiva y la agota puede, siempre que cumpla los requisitos exigidos
legalmente, acceder a alguno de los subsidios por desempleo. Una vez que
se ha percibido el subsidio por los días de derecho que se le han
reconocido, el trabajador desempleado mayor de 45 años aún puede acceder
a la Renta Activa de Inserción, por un máximo de 3 veces no consecutivas
y por una duración máxima, cada programa, de 11 meses de abono del 80 %
del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) (la misma
cuantía que la del subsidio por desempleo).




Página
477






Asimismo, el Gobierno, en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, ha considerado conveniente
prorrogar el citado programa, mediante el Real Decreto-ley 23/2012, de 24
de agosto. Ahora bien, el limitado éxito del plan de inserción en el
empleo de los beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de
los beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.



Entre las mejoras introducidas destacan el incremento de las cuantías
económicas para los desempleados con cargas familiares que pasan de 400 a
450 euros, una mayor vinculación de las políticas activas y pasivas de
empleo mediante un mayor seguimiento del compromiso de actividad y



la orientación a resultados en la gestión y a la evaluación continua del
programa como mecanismos para mejorar su efectividad e impacto en la
inserción laboral de los desempleados.



El número de parados registrados que han dejado de percibir la prestación
por desempleo por haber agotado el tiempo de derecho y el subsidio
posterior, en la provincia de Lleida, con desglose por sexo y tramos de
edad, es el siguiente:



;Provincia de Lleida



Sexo



Hombres



Mujeres;4.437



3.383



Edad



16-19



20-24



25-29



30-34



35-39



40-44



45-49



50-54



55-59



> 59;22



660



1.017



1.263



1.417



1.314



896



714



301



216



TOTAL;7.820



Como se ha dicho anteriormente, las personas que hayan agotado el derecho
a prestaciones por desempleo pueden, si cumplen los requisitos, solicitar
su inclusión en el Programa PREPARA o acceder a las ayudas que facilitan
las Comunidades Autónomas.



Madrid, 4 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007044



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cunillera i Mestres, Teresa (GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección: uno, contributivo, y otro, asistencial. De esta manera se
cubre la posibilidad de que, alargándose en el tiempo la situación de
desempleo y siempre y cuando exista una situación de necesidad económica,
se pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las
ayudas económicas que se dan en forma de subsidios, o de




Página
478






programas específicos como la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas
ayudas conforman el nivel asistencial de la protección por desempleo y
protegen especialmente a determinados sectores de la población
desempleada.



Asimismo, el Gobierno en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, acaba de aprobar, mediante el
Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto, una nueva prórroga de dicho
Programa. El limitado éxito del plan de inserción en el empleo de los
beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de los
beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.



Por otra parte, las Comunidades Autónomas disponen de programas de
protección económica, complementarios del estatal, para los desempleados
desprotegidos y a los que pueden optar los desempleados que hayan agotado
todas las posibilidades del sistema de protección por desempleo.



En una situación tan difícil como la que está viviendo España, con una
necesidad ineludible de contención del gasto público para poder iniciar
la senda de recuperación económica, se ha venido manteniendo, e incluso
incrementando, el gasto relativo a las prestaciones de apoyo a los
desempleados.



La tasa de cobertura de las prestaciones por desempleo en la provincia de
Lleida, en las fechas solicitadas, es la siguiente:



1. Mayo 2011: 76,3 %



2. Mayo 2012: 75,0 %



En este cálculo no se incluyen los beneficiarios del Programa PREPARA,
puesto que no se trata de una prestación por desempleo sino de una medida
de política activa de empleo que incorpora una ayuda económica.



Madrid, 4 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007045



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cunillera i Mestres, Teresa (GS).



Respuesta:



A fecha 31 de agosto de 2012, el número de beneficiarios del programa
PREPARA en la provincia de Lleida era de 2.151.



El Gobierno ha realizado, por primera vez desde la puesta en marcha del
programa, un informe de evaluación de sus efectos, condición obligatoria
que hasta ahora no se había cumplido.



Este informe ha puesto de relieve una serie de deficiencias en la
concepción y el funcionamiento del mismo, que han limitado su eficacia en
lo relativo al objetivo de inserción laboral que el programa perseguía.
Así:



• Dos terceras partes de los beneficiarios que, hasta julio de 2012,
habían concluido el programa, no consiguieron ninguna colocación en el
mercado laboral. Solo el 18 % obtuvo una colocación mayor a dos meses. Y
menos del 1 % de los beneficiarios obtuvo un contrato indefinido.



• Aunque se realizaron una media de 3,22 acciones por beneficiario,
únicamente el 7 % de los mismos fue objeto de actividades formativas, a
pesar de que, en general, el nivel educativo del colectivo era bajo. Y
solo en torno al 2 % de los beneficiarios disfrutó de acciones de impulso
al emprendimiento.



• Por otra parte, el diseño de las condiciones de acceso al programa
permitía que éste beneficiase a ciudadanos con grados de necesidad muy
diferentes: desempleados de corta duración, desempleados que conviven en
núcleos familiares solventes, desempleados que perciben otro tipo de
rentas asistenciales y tienen rentas familiares por encima del 75 % del
SMI, etc.




Página
479






En función de la evaluación llevada a cabo, el Gobierno ha considerado
que, si bien es oportuno mantener el programa, dado que la situación de
recesión hace que persistan las causas económicas y sociales que
motivaron su puesta en marcha, resulta necesario modificar una serie de
aspectos del mismo a fin de incrementar su eficacia como mecanismo de
inserción en el mercado de trabajo y se dirija a aquellos ciudadanos que
se enfrentan a mayores necesidades.



Por ello, el Programa ha sido prorrogado por el Real Decreto-ley 23/2012,
de 24 de agosto (BOE 25-08-12), introduciendo en su regulación una serie
de cambios tendentes a los siguientes objetivos: reforzar y dirigir la
ayuda a quienes más lo necesitan, mejorar la eficacia de los mecanismos
utilizados para facilitar la empleabilidad de los beneficiarios, e
intensificar la coordinación con las Comunidades Autónomas a efectos de
fortalecer la vinculación entre políticas activas y pasivas de empleo.



Madrid, 7 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007047



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lucio Carrasco, María Pilar y Gutiérrez del Castillo, María
Concepción y Gordo Pérez, Juan Luis (GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección: uno, contributivo, y otro, asistencial. De esta manera se
cubre la posibilidad de que, alargándose en el tiempo la situación de
desempleo y siempre y cuando exista una situación de necesidad económica,
se pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las
ayudas económicas que se dan en forma de subsidios, o de programas
específicos como la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas
conforman el nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen
especialmente a determinados sectores de la población desempleada.



Asimismo, el Gobierno en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, acaba de aprobar, mediante el
Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto, una nueva prórroga de dicho
Programa. El limitado éxito del plan de inserción en el empleo de los
beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de los
beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.



Por otra parte, las Comunidades Autónomas disponen de programas de
protección económica, complementarios del estatal, para los desempleados
desprotegidos y a los que pueden optar los desempleados que hayan agotado
todas las posibilidades del sistema de protección por desempleo.



En una situación tan difícil como la que está viviendo España, con una
necesidad ineludible de contención del gasto público para poder iniciar
la senda de recuperación económica, se ha venido manteniendo, e incluso
incrementando, el gasto relativo a las prestaciones de apoyo a los
desempleados.



La tasa de cobertura de las prestaciones por desempleo en la provincia de
Segovia, en las fechas solicitadas, es la siguiente:



1. Mayo 2011: 65,9 %



2. Mayo 2012: 63,0 %



En este cálculo no se incluyen los beneficiarios del Programa PREPARA,
puesto que no se trata de una prestación por desempleo sino de una medida
de política activa de empleo que incorpora una ayuda económica.



Madrid, 4 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
480






184/007049



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lucio Carrasco, María Pilar; Gordo Pérez, Juan Luis y Gutiérrez del
Castillo, María Concepción (GS).



Respuesta:



A fecha 31 de agosto de 2012, el número de beneficiarios del programa
PREPARA en la provincia de Segovia era de 589.



El Gobierno ha realizado, por primera vez desde la puesta en marcha del
programa, un informe de evaluación de sus efectos, condición obligatoria
que hasta ahora no se había cumplido.



Este informe ha puesto de relieve una serie de deficiencias en la
concepción y el funcionamiento del mismo, que han limitado su eficacia en
lo relativo al objetivo de inserción laboral que el programa perseguía.
Así:



• Dos terceras partes de los beneficiarios que, hasta julio de 2012,
habían concluido el programa, no consiguieron ninguna colocación en el
mercado laboral. Solo el 18 % obtuvo una colocación mayor a dos meses. Y
menos del 1 % de los beneficiarios obtuvo un contrato indefinido.



• Aunque se realizaron una media de 3,22 acciones por beneficiario,
únicamente el 7 % de los mismos fue objeto de actividades formativas, a
pesar de que, en general, el nivel educativo del colectivo era bajo. Y
solo en torno al 2 % de los beneficiarios disfrutó de acciones de impulso
al emprendimiento.



• Por otra parte, el diseño de las condiciones de acceso al programa
permitía que éste beneficiase a ciudadanos con grados de necesidad muy
diferentes: desempleados de corta duración, desempleados que conviven en
núcleos familiares solventes, desempleados que perciben otro tipo de
rentas asistenciales y tienen rentas familiares por encima del 75 % del
SMI, etc.



En función de la evaluación llevada a cabo, el Gobierno ha considerado
que, si bien es oportuno mantener el programa, dado que la situación de
recesión hace que persistan las causas económicas y sociales que
motivaron su puesta en marcha, resulta necesario modificar una serie de
aspectos del mismo a fin de incrementar su eficacia como mecanismo de
inserción en el mercado de trabajo y se dirija a aquellos ciudadanos que
se enfrentan a mayores necesidades.



Por ello, el Programa ha sido prorrogado por el Real Decreto-ley 23/2012,
de 24 de agosto (BOE 25-08-12), introduciendo en su regulación una serie
de cambios tendentes a los siguientes objetivos: reforzar y dirigir la
ayuda a quienes más lo necesitan, mejorar la eficacia de los mecanismos
utilizados para facilitar la empleabilidad de los beneficiarios, e
intensificar la coordinación con las Comunidades Autónomas a efectos de
fortalecer la vinculación entre políticas activas y pasivas de empleo.



Madrid, 7 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007050



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gordo Pérez, Juan Luis; Lucio Carrasco, María Pilar y Gutiérrez del
Castillo, María Concepción (GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección, uno contributivo y otro asistencial. Con ello se cubre la
posibilidad de que, en el caso de que la situación de desempleo se
alargue en el tiempo y exista una situación de necesidad económica, se
pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las ayudas
económicas que se dan en forma de subsidios o de programas específicos,
como es la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas conforman el
nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen especialmente
a determinados sectores de la población desempleada.



En el acceso a los subsidios, además de la situación de carencia de rentas
por encima de un determinado nivel, se tienen en cuenta especialmente dos
factores: la edad y las cargas familiares.




Página
481






En conclusión, el trabajador que ha sido beneficiario de la prestación
contributiva y la agota puede, siempre que cumpla los requisitos exigidos
legalmente, acceder a alguno de los subsidios por desempleo. Una vez que
se ha percibido el subsidio por los días de derecho que se le han
reconocido, el trabajador desempleado mayor de 45 años aún puede acceder
a la Renta Activa de Inserción, por un máximo de 3 veces no consecutivas
y por una duración máxima, cada programa, de 11 meses de abono del 80 %
del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) (la misma
cuantía que la del subsidio por desempleo).



Asimismo, el Gobierno, en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, ha considerado conveniente
prorrogar el citado programa, mediante el Real Decreto-ley 23/2012, de 24
de agosto. Ahora bien, el limitado éxito del plan de inserción en el
empleo de los beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de
los beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.



Entre las mejoras introducidas destacan el incremento de las cuantías
económicas para los desempleados con cargas familiares que pasan de 400 a
450 euros, una mayor vinculación de las políticas activas y pasivas de
empleo mediante un mayor seguimiento del compromiso de actividad y la
orientación a resultados en la gestión y a la evaluación continua del
programa como mecanismos para mejorar su efectividad e impacto en la
inserción laboral de los desempleados.



El número de parados registrados que han dejado de percibir la prestación
por desempleo por haber agotado el tiempo de derecho y el subsidio
posterior, en la provincia de Segovia, con desglose por sexo y tramos de
edad, es el siguiente:



;Provincia de Segovia



Sexo



Hombres



Mujeres;1.500



1.555



Edad



16-19



20-24



25-29



30-34



35-39



40-44



45-49



50-54



55-59



> 59;7



229



446



447



540



503



381



276



144



82



TOTAL;3.055



Como se ha dicho anteriormente, las personas que hayan agotado el derecho
a prestaciones por desempleo pueden, si cumplen los requisitos, solicitar
su inclusión en el Programa PREPARA o acceder a las ayudas que facilitan
las Comunidades Autónomas.



Madrid, 4 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007051



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rangel Tarrés, Joan (GS).




Página
482






Respuesta:



De conformidad con lo establecido en el Acuerdo, sobre el cambio de
titularidad de la carretera N-II, en el tramo comprendido entre los
puntos kilométricos 631,820 (Mongat) y 682,000 (Tordera), suscrito el 29
de diciembre de 2009 entre la Generalitat de Cataluña y el Ministerio de
Fomento:



• La Generalitat de Cataluña llevará a cabo las obras de creación de nueva
infraestructura en El Maresme y su entorno metropolitano, que permita
adecuar la carretera N-II, en el tramo objeto de cesión.



• Previo informe favorable de la Comisión de Seguimiento creada para
coordinar el cumplimiento de los compromisos asumidos por las partes en
el mencionado Acuerdo, las aportaciones de la Administración General del
Estado quedarán establecidas en las reuniones de la Comisión Bilateral
Estado-Generalitat de Cataluña en la que se acuerda el reparto de los
fondos consignados en los Presupuesto Generales del Estado, para dar
cumplimiento a la Disposición Adicional Tercera del Estatuto de
Autonomía.



Por lo tanto, se informa que las previsiones para transferir a la
Generalitat de Cataluña los recursos correspondientes en virtud del
Acuerdo anteriormente citado, vendrán fijadas en función de los acuerdos
alcanzados por la Comisión Bilateral Estado-Generalitat, previo informe
favorable de la Comisión de Seguimiento, y en base al estado de las
certificaciones de obra emitidas por la Generalitat de Cataluña.



No obstante, el 7 de noviembre de 2011 en reunión de la Comisión de
Seguimiento, la Generalitat solicitó el cambio de destino de la
aportación económica realizada, para otros fines distintos a los
contemplados.



Ello altera sustancialmente el fin del Acuerdo suscrito entre ambas
Administraciones, y en estos momentos desde el Ministerio de Fomento se
está analizando, tanto en el ámbito técnico como jurídico, la viabilidad
de dicha solicitud.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007059 a 184/007066



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Ramos, Manuel Gabriel (GS).



Respuesta:



En contestación a las preguntas que formula Su Señoría en las que muestra
su preocupación por la supresión de varios partidos judiciales según un
informe elaborado por el Consejo General del Poder Judicial, se ponen de
manifiesto las siguientes aclaraciones:



El informe al que se hace referencia da cumplimiento a la propuesta de
resolución defendida por la diputada por la provincia de Salamanca Dª
Carmen Juanes Barciela, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista
en el Congreso de los Diputados, y aprobada en la sesión plenaria del 15
de diciembre de 2010. En dicha propuesta se encargó al Consejo General
del Poder Judicial un informe sobre las distintas alternativas posibles
para adecuar la Planta Judicial a la realidad del país.



En ejecución de ese acuerdo parlamentario, el Consejo General del Poder
Judicial está en proceso de elaboración de un informe sobre la Planta
Judicial, que, aun cuando se ha hecho público, no es definitivo, pues el
pasado 3 de mayo fue remitido a los distintos Tribunales Superiores de
Justicia para que formulen sus observaciones. El informe del Consejo -en
el momento en que esté terminado-, y por más que sea remitido al
Ministerio de Justicia para su conocimiento, es, pues, una consecuencia
de una iniciativa del Grupo Parlamentario Socialista y no tiene carácter
vinculante para el Gobierno de la Nación.



El Gobierno, en la reunión del Consejo de Ministros del pasado 2 de marzo,
aprobó un Acuerdo por el que se crea una Comisión Institucional para la
elaboración de una propuesta de texto articulado de Ley Orgánica del
Poder judicial y de Ley de Demarcación y Planta Judicial (Boletín Oficial
del Estado de 13 de marzo de 2012), que deberá quedar concluido en los
próximos meses.




Página
483






Basándose en esta propuesta, el Gobierno remitirá -previo cumplimiento de
los trámites preceptivos- el proyecto al Congreso de los Diputados. El
proyecto establecerá -entre otras materias- la regulación de la
Demarcación y Planta.



Madrid, 17 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007067



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Ramos, Manuel Gabriel (GS).



Respuesta:



El acondicionamiento de la carretera N-332, tramo: 'Albacete-Mahora.
Variante de Albacete-Intersección AB-283' se encuentra en fase de obras,
con un grado de ejecución del 72,4 %.



El Gobierno tiene previsto continuar con el desarrollo de esta actuación,
gestionada y tramitada a través de la Sociedad Estatal de
Infraestructuras del Transporte Terrestre (SEITT), conforme a la
programación de inversiones recogida en los Presupuestos Generales del
Estado de 2012, con cargo a dicha Sociedad Estatal.



No obstante, el ritmo de las obras, y por lo tanto el plazo para su
finalización, está condicionado y dependerá de la evolución de la
coyuntura económica, del marco de las disponibilidades presupuestarias, y
de las dificultades técnicas que eventualmente puedan surgir durante su
ejecución.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007068



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Ramos, Manuel Gabriel (GS).



Respuesta:



El tramo: 'Balazote-Albacete', perteneciente a la Autovía A-32, se
encuentra con el Proyecto Constructivo aprobado.



Las previsiones para la licitación y posterior adjudicación del contrato
de obras correspondiente, quedarán determinadas en función de las
disponibilidades presupuestarias, y de acuerdo con las prioridades que se
establezcan en el Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
2012-2024.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007069



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Ramos, Manuel Gabriel (GS).



Respuesta:



El tramo: 'Circunvalación Sur de Albacete', perteneciente a la Autovía
A-32, se encuentra en fase de proyecto.




Página
484






El proyecto fue sometido a Información Pública en febrero de 2009, y en la
actualidad tiene un avanzado grado de redacción, estando pendiente de
resolverse, de forma previa a su aprobación, la afección del trazado
previsto sobre el perímetro de seguridad de la base militar aérea de Los
Llanos.



Una vez finalizada la redacción del proyecto, y superados los trámites
administrativos necesarios para su aprobación, podrá procederse a la
licitación y adjudicación de las obras correspondientes en función de las
disponibilidades presupuestarias existentes, y las prioridades que se
establezcan en el Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
2012-2024.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007070



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Ramos, Manuel Gabriel (GS).



Respuesta:



La rehabilitación del edificio del Banco de España de Albacete, sede del
futuro Museo del Circo, corresponde a la Sociedad Estatal de Gestión
Inmobiliaria de Patrimonio (SEGIPSA), en virtud del convenio de
colaboración suscrito con el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y
de la Música.



Redactado ya el proyecto y aprobado por SEGIPSA, podrán iniciarse las
obras previsiblemente en el próximo trimestre, una vez que el
Ayuntamiento otorgue la correspondiente licencia. El plazo de ejecución
estimado es de 18 meses.



Madrid, 8 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007072



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Ramos, Manuel Gabriel (GS).



Respuesta:



En contestación a la pregunta de referencia, se adjunta la siguiente
información:



1. Administración General del Estado



ANEXO I en el que figuran los importes de obligaciones reconocidas con
áreas origen del gasto correspondientes a la Provincia de Albacete con
cargo al Presupuesto de Gastos de la Administración General del Estado
del ejercicio 2011 con detalle de Sección.



2. Organismos Autónomos, Agencias Estatales y Otros Organismos Públicos



ANEXO II en los que figuran los importes de obligaciones reconocidas con
áreas origen del gasto correspondientes a la Provincia de Albacete con
cargo a los Presupuestos de Gastos de Organismos Autónomos, Agencias
Estatales y Otros Organismos Públicos dependientes de la Administración
General del Estado del ejercicio 2011 con detalle de Organismo. No
obstante, para los Organismos Agencia Estatal de Administración
Tributaria e Instituto Español de Comercio Exterior sólo se facilita
información del capítulo 6 'Inversiones Reales', siendo ésta la única
información que dichos Organismos suministran a la Intervención General
de la Administración del Estado. La información de estos informes es
provisional hasta la rendición de las Cuentas Anuales por parte de los
Organismos.



Además, tanto en la Administración General del Estado como en Organismos
Autónomos, Agencias Estatales y Otros Organismos Públicos, puede haber
otras aplicaciones realizadas efectivamente en la




Página
485






Provincia de Albacete pero no recogidas en los ANEXOS que se adjuntan
puesto que las correspondientes operaciones de reconocimiento de
obligación se han efectuado con cargo a las áreas 'Varias provincias de
la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha' (para las obligaciones
reconocidas que afectan a más de una provincia de dicha Comunidad
Autónoma), o al área 'No regionalizable' (para los gastos que, por su
propia naturaleza, a priori, no pueden asignarse a un área más concreta).
En estos casos, no puede determinarse contablemente la parte que ha
podido corresponder a un territorio concreto.



3. Sectores Públicos Empresarial y Fundacional



No se acompaña información ya que para las entidades integrantes de los
sectores públicos empresarial y fundacional, la Intervención General de
la Administración General del Estado únicamente dispone de un informe que
acompaña a las cuentas anuales desde el ejercicio 2004 y que contiene la
información regionalizada del importe de los pagos por adquisiciones de
inmovilizado material, intangible e inversiones inmobiliarias, cuyo
contenido aparece regulado por la Orden EHA/614/2009, de 3 de marzo. Por
tanto, todavía no se encuentra disponible la información correspondiente
al ejercicio 2011 al no haberse aprobado las cuentas anuales de dicho
ejercicio.



ANEXO I



OBLIGACIONES RECONOCIDAS EN LA PROVINCIA DE ALBACETE DEL PRESUPUESTO DE
GASTOS DE LA AGE DEL AÑO 2011.



DETALLE POR SECCIONES



Importe en Euros;



;OBLIGACIONES



RECONOCIDAS



02 ALBACETE;141.663.731,11



07 CLASES PASIVAS;65.397,69



08 CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL;1.502,05



13 JUSTICIA;6.018.199,37



14 DEFENSA;9.561.621,92



15 ECONOMÍA Y HACIENDA;1.326.984,17



16 INTERIOR;9.520.580,31



17 FOMENTO;89.642.832,58



18 EDUCACIÓN;526.969,05



19 TRABAJO E INMIGRACIÓN;395.699,79



20 INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO;15.128.402,95



21 CIENCIA E INNOVACIÓN;597.782,83



22 POLÍTICA TERRITORIAL Y ADMÓN. PÚBLICA;2.447.710,58



23 MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO;5.886.716,14



24 CULTURA;313.359,92



26 SANIDAD, POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD;138.350,00



31 GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS;91.621,76



Total general;141.663.731,11




Página
486






ANEXO II



OBLIGACIONES RECONOCIDAS EN LA PROVINCIA DE ALBACETE DE LOS PRESUPUESTOS
DE GASTOS DE ORGANISMOS AUTÓNOMOS, AGENCIAS ESTATALES Y OTROS ORGANISMOS
PÚBLICOS DEPENDIENTES DE LA AGE DEL AÑO 2011



DETALLE POR ORGANISMOS



Importe en Euros;



ORGANISMO / APLICACIÓN PRESUPUESTARIA;OBLIGACIONES



RECONOCIDAS



(*)



AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA;350.535,22



AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA;7.049,47



CENTRO DE ESTUDIOS JURÍDICOS;3.295,73



CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA;113.140,32



CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR;5.661.305,95



CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA;3.459.956,10



CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO;301.228,51



CONSEJO DE LA JUVENTUD DE ESPAÑA;4.720,00



ENTIDAD ESTATAL DE SEGUROS AGRARIOS;12.365,90



FONDO REG. Y ORG. DEL MERCADO DE PROD. DE PESCA Y CULT. MAR.;31.233,92



GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS DE CULTURA;378.467,33



INST. DE VIVIENDA, INFRAESTRUCTURA Y EQUIP. DE LA DEFENSA;195.725,81



INSTITUTO DE LA JUVENTUD;75.970,01



INSTITUTO DE LA MUJER;29.706,00



INSTITUTO DE SALUD CARLOS III;310.238,69



INSTITUTO ESPAÑOL DE COMERCIO EXTERIOR;551.260,23



INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA;164.028,83



INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA;176.955,59



INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIG. Y TECNOLOGÍA AGRARIA Y ALIME;50.868,00



INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA;157.300,00



INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO;256.679,18



INSTITUTO SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS;10.833,50



JEFATURA DE TRÁFICO;1.637.911,33



MANCOMUNIDAD DE LOS CANALES DEL TAIBILLA;699.419,56



MUSEO DEL PRADO;18.698,59



MUTUALIDAD GENERAL DE FUNCIONARIOS CIVILES DEL ESTADO;23.940,21



OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS;10.044,95



SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL;8.811.591,52



TRABAJO PENITENCIARIO Y FORMACIÓN PARA EL EMPLEO;133.982,96



Total general;23.638.453,41



(*) Datos provisionales hasta la aprobación de las Cuentas Anuales.;



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
487






184/007076



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: López Garrido, Diego (GS).



Respuesta:



España ha mostrado interés en participar en doce iniciativas, entre las
que se destacan el mantenimiento de vehículos protegidos contra
emboscadas por minas (Multinational Logistics Partnership - Mine
Resistant Ambush Protected (MRAP) Vehicle Maintenance), el mantenimiento
de helicópteros (Multinational Logistics Partnership - Helicopter
Maintenance), los entornos de adiestramiento inmersivo (Immersive
Training Environments), el programa de educación y entrenamiento
individual (Individual Training and Education Programme (ITEP)), los
consorcios de aviones de patrulla marítima, el agrupar y compartir
instalaciones de tratamiento médico de nivel 2 (Pooling & Sharing
Multinational Medical Treatment Facilities (Role2)), la agrupación
desplegable de módulos para activaciones aéreas (Pooling Deployable Air
Activation Module (DAMM)), o el consorcio logístico multinacional para la
manipulación de combustibles (Multinational Logistics Partnership -Fuel
handling).



El interés en participar se produce siempre que las capacidades militares
a obtener de forma multinacional sean una necesidad derivada del
planeamiento nacional, que supongan un ahorro de costes respecto a una
solución exclusivamente nacional, y que puedan suponer beneficios para la
industria nacional.



Por el momento las iniciativas de 'Defensa Inteligente' se encuentran en
fase de definición de proyectos por lo que aún no pueden cuantificarse
los impactos presupuestarios e industriales.



En función del tipo de iniciativa, se podrían producir, entre otras,
mejoras en la operatividad de los sistemas de armas, una disminución de
los costes de mantenimiento de estos sistemas, ahorros en el
adiestramiento y formación del personal, mejoras en su formación, mejoras
en la interoperatividad con otros ejércitos, la posibilidad de que la
industrial nacional se incorpore a programas de armamento, y que permita
completar las carencias en capacidades e incrementar las oportunidades
para el intercambio de conocimientos.



Madrid, 31 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007078



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: López Garrido, Diego (GS).



Respuesta:



En el anexo se incluye la información solicitada por Su Señoría.




Página
488






ANEXO



EVOLUCIÓN DEL PRESUPUESTO CONSOLIDADO DEL MINISTERIO DE DEFENSA



AÑOS 1995-2011




[**********página con cuadro**********]




Madrid, 31 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
489






184/007081



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Montón Giménez, Carmen (GS).



Respuesta:



La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres, estableció, como medida para favorecer la conciliación
de la vida personal, familiar y laboral, un permiso de paternidad de
trece días de duración, ampliable en caso de parto, adopción o
acogimiento múltiple en dos días más por cada hijo a partir del segundo.



La ampliación a cuatro semanas del permiso y la prestación por paternidad
se estableció por la Ley 9/2009, de 6 de octubre, cuya previsión de
entrada en vigor era para el 1 de enero de 2011. No obstante, la
ampliación fue demorada dos veces, primero, por la Ley 39/2010, de 22 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, en su
disposición final decimotercera cuyo plazo de entrada en vigor
establecido sería a partir del 1 de enero de 2012 y, posteriormente, por
el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en
materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del
déficit público, que a través de su disposición final octava señala que
la mencionada Ley 9/2009 entrará en vigor a partir del 1 de enero de
2013.



No obstante, las circunstancias económicas que está atravesando el país no
permiten la elevación de la protección social pues, teniendo en cuenta
que la ampliación del mencionado permiso lleva aparejado el abono durante
toda su duración de la correspondiente prestación, ello tendría una
importante incidencia económica, con el correspondiente incremento del
gasto.



Madrid, 27 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007089 a 184/007091



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



Las obras de la nueva sede de la Biblioteca Pública del Estado en Girona
se encuentran en ejecución y sin variaciones en su programación, de
manera que en el actual ejercicio está prevista su finalización y
recepción.



En función de las disponibilidades presupuestarias, la licitación del
equipamiento y los suministros podría iniciarse con la finalización de
las obras y ejecutarse en el último tramo de 2013 y el inicio de 2014. En
este último año tendría lugar la definitiva puesta en funcionamiento.



Madrid, 9 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007092 a 184/007095



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



Las actuaciones de restauración de la provincia de Girona interesadas,
aprobadas por la Comisión Mixta Fomento-Cultura para la gestión del 1 %
cultural el 21 de octubre de 2011, no cuentan con convenios de
colaboración por carecer del informe preceptivo de la entonces Secretaría
de Estado de Hacienda y Presupuestos.




Página
490






Los acuerdos de la Comisión Mixta son actos administrativos conducentes a
la suscripción de los respectivos convenios, de manera que la eficacia
jurídica para generar obligaciones a cargo de la Administración General
del Estado deriva de la firma de los convenios de colaboración.



No obstante, se está analizando la situación de los expedientes afectados,
si bien han de tomarse en consideración las disponibilidades
presupuestarias.



Madrid, 9 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007097



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



El inicio de las obras del soterramiento de la línea de ferrocarril
convencional Barcelona-Portbou a su paso por Girona está supeditado a la
finalización del soterramiento de la línea de alta velocidad por dicha
capital y, en su momento, a la disponibilidad presupuestaria para
acometer dicha actuación.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007099



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



El proyecto constructivo del tramo: 'Tordera- Maçanet de la Selva',
perteneciente a la duplicación de la carretera N-II, se encuentra
aprobado.



No obstante, se está replanteando la continuidad del desarrollo de las
actuaciones contempladas en el proyecto, dado que este tramo de carretera
del sur de Girona hasta el límite de provincia de Barcelona, ha dejado de
cumplir la función de tramo de la Red de Carreteras de Estado, desde que
en marzo de 2010 se cedió la titularidad de la carretera N-II entre
Montgat y Tordera, en la provincia de Barcelona, a la Generalitat de
Cataluña, en virtud del Convenio suscrito por ambas Administraciones el
29 de diciembre de 2009, y el Real Decreto de cambio de titularidad,
aprobado el 5 de febrero de 2010 en Consejo de Ministros.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007102



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



La duplicación del tramo: 'Figueres-Llança' para su conversión en Autovía,
así como el acondicionamiento del tramo: 'Olot-Bipoll', ambos
pertenecientes a la carretera N-260, se encuentran en fase de Estudio
Informativo. Los Estudios Informativos de los citados tramos deberán
someterse de forma preceptiva al procedimiento de Información Publica y
Evaluación de Impacto Ambiental de forma previa a su aprobación, de
acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.




Página
491






Una vez aprobados, se procederá a la licitación de los correspondientes
Proyectos Constructivos, en función de las disponibilidades
presupuestarias.



En lo que se refiere al tramo: 'Ripoll-Puigcerdá', perteneciente a la
N-152, este se encuentra dividido para su desarrollo en tres proyectos
constructivos:



• Variante de Ribes de Freser.



• Ribes de Freser-La Molina. Túnel de Tossas.



• La Molina-Conexión con la actual N-152.



Dichos proyectos, del mismo modo que las actuaciones anteriormente
indicadas, deben someterse, de forma previa a su aprobación definitiva,
al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.



Una vez finalizada la redacción de los proyectos y superados los tramites
administrativos necesarios para su aprobación, podrá procederse a la
licitación de las obras correspondientes, de acuerdo con la existencia de
las correspondientes disponibilidades presupuestarias y las prioridades
que se establezcan.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007127



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Zaragoza Alonso, José y Ruiz Llamas, Román (GS).



Respuesta:



El enlace entre la autovía del Baix Llobregat y la autopista AP-2 en
Castellbisball se encuentra en fase de obras, con un grado de ejecución
del 73,2 %.



El Gobierno tiene previsto continuar con el desarrollo de esta actuación,
conforme a la programación de inversiones recogida en los Presupuestos
Generales del Estado para el año 2012.



En lo que se refiere a la fecha de finalización de esta infraestructura,
se informa que está condicionada por la evolución de las correspondientes
disponibilidades presupuestarias, y por las dificultades técnicas que
eventualmente puedan surgir durante su ejecución.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007128



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Zaragoza Alonso, José y Chacón Piqueras, Carme (GS).



Respuesta:



Actualmente se encuentra en fase de Estudio Informativo la nueva línea
ferroviaria Castelldefels-Cornellá de Llobregat-Zona Universitaria de
Barcelona. Dicho Estudio Informativo se ha aprobado provisionalmente con
fecha 28 de septiembre de 2010 iniciándose la información pública y
oficial mediante la publicación en el BOE de fecha 5 de octubre de 2010
de la correspondiente nota-anuncio.



Una vez que ha finalizado el periodo de información pública
correspondiente, el 'Estudio Informativo Cercanías de Barcelona. Nueva
Línea Castelldefels-Cornellà-Barcelona (zona universitaria)' se encuentra
en la fase de estudio de las alegaciones presentadas.



Una vez esté finalizado el expediente relativo al 'Estudio Informativo
Cercanías de Barcelona. Nueva Línea Castelldefels-Cornellà-Barcelona
(zona universitaria)', se podrá determinar el plazo de ejecución para
llevar a cabo la construcción de esta línea.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
492






184/007130



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Jiménez García-Herrera, Trinidad (GS).



Respuesta:



Se recogen a continuación las diversas actuaciones que se vienen
realizando en la lucha contra la pobreza:



• La Estrategia 2020, que constituye el programa económico común de la UE
y un marco reforzado de supervisión, en el cual se establecen claras
prioridades y objetivos a nivel nacional y de la UE para impulsar el
crecimiento de la economía europea. Dentro de esta Estrategia, uno de los
objetivos principales para la UE en 2020 es reducir al menos en 20
millones el número de personas en situación o riesgo de pobreza y
exclusión social, para lo cual los Estados miembros establecen en sus
Programas Nacionales de Reformas los objetivos de reducción de la pobreza
y la exclusión social.



• Las actuaciones con incidencia en esta materia enmarcados en el Programa
Nacional de Reformas, cuya remisión a la UE y a la Comisión Europea fue
aprobada por el Consejo de Ministros de 27 de abril de 2012, y cuya
estrategia se identifica con la estrategia económica de la UE, que
persigue tanto una consolidación presupuestaria continua como una
actuación resuelta orientada a estimular el crecimiento y el empleo. Se
trata de diversas actuaciones que posibiliten reducir los niveles
existentes de pobreza en el mayor grado posible. De este modo en el Plan
Nacional de Reformas, este Gobierno ha planteado una agenda de reformas
estructurales sumamente ambiciosa: consolidación fiscal, modernización y
racionalización de las Administraciones Públicas, mejora y eficiencia en
la prestación de servicios públicos esenciales, reforma del sector
financiero, fomento de la competencia, fomento de la investigación y, en
el terreno laboral, reforma de las instituciones del mercado de trabajo y
de las políticas activas de empleo. A ello se unen las reformas en el
ámbito educativo, con especial incidencia en la lucha contra el abandono
escolar, la mejora de la formación profesional y el aumento de la
competitividad e internacionalización del sistema universitario español.



• En este contexto, recientemente se ha llevado a cabo la reforma del
mercado laboral que se ha abordado a través del Real Decreto-ley 3/2012,
que recoge un conjunto integral y coherente de medidas, cuyos objetivos
son fomentar la creación de empleo y reducir la dualidad del mercado de
trabajo, favorecer la flexibilidad interna en las empresas como
alternativa a la destrucción de empleo y mejorar la empleabilidad del
conjunto de recursos humanos del país. Esta norma se ha tramitado
posteriormente como proyecto de ley, habiendo sido ya aprobada por las
Cortes Generales y publicada en el BOE Núm. 162, de fecha 7 de julio,
como Ley 3/2012, de 6 de julio.



La actualización de las políticas activas de empleo es otra de las grandes
líneas de actuación que está realizando el Ministerio de Empleo, con una
revisión profunda de las mismas, sustentada en una evaluación que permita
conocer cuáles son más idóneas para el objetivo que deben perseguir: la
inserción laboral de los desempleados en el ámbito privado, con especial
énfasis en el empleo juvenil y en el de otros colectivos especialmente
vulnerables.



En este sentido cabe señalar, que el BOE de 4 de agosto de 2012 publica la
Resolución de 24 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Empleo,
por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de julio
de 2012, por el que se aprueba el Plan Anual de Política de Empleo para
2012, según lo establecido en el artículo 4 ter de la Ley 56/2003, de 16
de diciembre, de Empleo. El Plan es el resultado de la puesta en común,
descripción y análisis de todas las acciones y medidas que las
Comunidades Autónomas y el Estado ponen marcha, así como la vinculación
de todas ellas con el cumplimiento de los objetivos prioritarios y
ámbitos de actuación de la Estrategia Española de Empleo. En concreto,
recoge un total de 522 acciones y medidas para dar cumplimiento a los 6
grandes objetivos que el propio Plan establece.



• Además de estas actuaciones, se presta especial atención a la mejora de
la competitividad y eficiencia de todas las Administraciones, con lo que
se favorece que los recursos públicos liberados se dirijan a la
dinamización de la actividad económica, junto con medidas para garantizar
la sostenibilidad del sistema sanitario español que permita la máxima
cohesión social, garantizando que el acceso a los servicios sanitarios
sea similar en cualquier punto del país.




Página
493






• Asimismo, se va a abordar una reforma integral del Sistema de Atención a
la Dependencia para garantizar su sostenibilidad, así como reformas
estructurales en el ámbito educativo que permitan la mejora de la
eficiencia del sistema educativo español, esencial para dotar a la
economía de una base de capital humano que contribuya a aumentar la
competitividad, el crecimiento y el empleo.



• En la lucha contra la exclusión social, es preciso señalar la
publicación del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas
urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, atendiendo
al segmento de la población que quede privado de su vivienda y se
enfrente a muy serios problemas para su sustento en condiciones dignas.



• Se está trabajando en la elaboración de un Catálogo de referencia de
Servicios Sociales y criterios comunes de calidad y buen uso de los
mismos, a través de la adopción del acuerdo entre Estado y Comunidades
Autónomas, con objeto de garantizar en todo el territorio el acceso a
estos servicios básicos para todas las personas.



• También se ha anunciado recientemente la elaboración de un Plan Integral
de Apoyo a la Familia (PIAF), que contendrá entre otras, medidas
dirigidas específicamente hacia las familias en situación de especial
necesidad y hacia la mejora de la fiscalidad



• Por su parte, está prevista la elaboración de un nuevo Plan Nacional de
Acción para la Inclusión Social 2013-2015 (PNAin), que contendrá medidas
específicas de apoyo a los grupos de población con mayor vulnerabilidad
social y otras destinadas a la lucha contra la pobreza y exclusión
social. Este nuevo Plan pretende avanzar en una estrategia real de
inclusión activa que articule verdaderamente de forma eficaz y eficiente
las medidas orientadas a la inclusión laboral junto con las de garantía
de ingresos, a la vez que se proporciona el acceso de todos a servicios
públicos de calidad.



• En relación con la Infancia, dada la importancia que debe otorgarse a
este grupo de población de gran vulnerabilidad, también se presentará un
Plan estratégico nacional de infancia y adolescencia 2012-2015. Además,
está previsto adecuar el objetivo estratégico de pobreza infantil a
incluir en el próximo PNAin al contenido de la futura Recomendación de la
Comisión Europea sobre esta temática, que será aprobada el próximo mes de
diciembre, lo que proporcionará, junto a los Planes específicos
anteriores, la hoja de ruta para la articulación de una estrategia de
protección a la familia e infancia, incidiendo en este caso, en la
infancia más desfavorecida socialmente.



• Respecto a los grupos de población más vulnerables a las situaciones de
exclusión social, destacar la aprobación, por Acuerdo de Consejo de
Ministros el pasado mes de marzo, de la Estrategia para la Inclusión
Social de la Población Gitana en España 2012-2020, derivada de la
Comunicación de la Comisión (COM (2011) 173 final). La Estrategia incide
en las cuatro áreas clave para la inclusión social: Educación, Empleo,
Vivienda y Salud. En cada una de ellas marca unos objetivos cuantitativos
a alcanzar en el año 2020, así como unas metas intermedias para 2015. La
Estrategia establece además líneas de actuación complementarias en
materia de acción social, participación, mejora del conocimiento de este
colectivo, igualdad de la mujer, no discriminación, promoción de la
cultura y una especial atención a la población romaní procedente de otros
países.



• Así mismo, a través de la convocatoria para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia competitiva y con cargo a la asignación
tributaria del IRPF, se van a subvencionar actuaciones de las Entidades
sociales destinadas a paliar situaciones de pobreza y exclusión social.



En consecuencia, para disminuir los efectos sociales de la crisis es
necesario utilizar de manera eficiente políticas de inclusión social
activa y procurar sistemas de protección social eficaces que constituyan
una red de seguridad para todas las personas y en particular para las más
afectadas por la situación económica desfavorable.



Madrid, 13 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007132, 184/007134 y 184/007143



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Jiménez García-Herrera, Trinidad (GS).




Página
494






Respuesta:



El Gobierno está intentando optimizar al máximo los recursos y aunar las
voluntades implicadas, con un absoluto respeto a las competencias de las
Comunidades Autónomas, con el fin de conseguir un sistema de calidad y
garantizar su sostenibilidad para las personas que lo necesiten.



En ese sentido se orientan las actuaciones que se llevan a cabo, tales
como la reciente reforma del Sistema de Dependencia, manteniendo un
sistema público que asegure, fortalezca y mejore la cobertura de las
necesidades sociales, poniendo siempre a la persona en el centro del
sistema y a los más necesitados como objetivo prioritario.



En relación con las personas mayores, se está elaborando un Estatuto del
Mayor que contribuirá a garantizar la toma de conciencia de su potencial
social y al respeto a su condición y a sus derechos y obligaciones como
miembros de nuestra sociedad.



Además, en el ámbito de los servicios sociales de atención primaria, se
viene cofinanciando el Programa para el desarrollo de prestaciones
básicas de servicios sociales de corporaciones locales o Plan concertado
que atiende las necesidades sociales básicas de los ciudadanos.



Así mismo, el Sistema de Información de Usuarios de los Servicios Sociales
(SIUSS), se configura como la herramienta informática de los datos
básicos de usuarios, intervenciones profesionales, etc. También se
financia y gestiona el Plan de formación de los profesionales de los
servicios sociales de atención primaria.



Por otra parte, la Estrategia Europa se concreta a nivel nacional con la
elaboración por los Estados Miembros de los Programas Nacionales de
Reforma (PNR) y los Programas de Estabilidad (PEC). Por ello, el Consejo
de Ministros del pasado día 27 abril acordó la remisión a la Unión
Europea del Programa Nacional de Reformas de España 2012 (PNR) y de la
actualización del Programa de Estabilidad de España 2012-2015.



En relación con el PNR 2012, en el ámbito de las competencias atribuidas
al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, destaca la
racionalización y modernización del sistema de atención a la dependencia,
que conlleva un nuevo diseño del mecanismo de cofinanciación entre
Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas a través de
la red de servicios sociales y una mejora de la coordinación con la
propia utilización del Sistema Nacional de Salud.



Así, la contribución española a los ambiciosos objetivos marcados por la
Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e
integrador se ha plasmado bajo un enfoque de consolidación fiscal y
consiguiente eficacia en la gestión de las políticas, especialmente las
de alto componente social, que conlleva a su vez un esfuerzo de
colaboración y lealtad por parte de todos los niveles de gobierno y sus
correspondientes administraciones, actores sociales y la sociedad en
general.



El Gobierno está corrigiendo los desequilibrios económicos y
presupuestarios que, como consecuencia de la gestión anterior, nos han
llevado a un elevado desempleo, que es la mayor brecha social que tiene
nuestro país.



Disponemos de un sistema de servicios sociales públicos de una gran
calidad, fruto de un alto grado de consenso entre todos los sectores
implicados, que no sólo debemos mantener, sino que debemos aplicarnos en
mejorarlo.



Se está trabajando en la elaboración de un Catálogo de referencia de
Servicios Sociales y criterios comunes de calidad y buen uso de los
mismos, a través de la adopción del acuerdo entre Estado y Comunidades
Autónomas, con objeto de garantizar en todo el territorio el acceso a
este servicio básico para todas las personas teniendo en cuenta los
principios de igualdad y calidad en la atención.



Respecto a los grupos de población más vulnerables a las situaciones de
exclusión social, como es el caso de la población gitana española, se ha
aprobado el pasado mes de marzo la Estrategia para la Inclusión Social de
la Población Gitana en España 2012-2020, derivada de la Comunicación de
la Comisión (COM(2011) 173 final). La Estrategia incide en las cuatro
áreas clave para la inclusión social: Educación, Empleo, Vivienda y
Salud.



Así mismo, se prevé la elaboración de un nuevo Plan de Acción para la
Inclusión Social (2013-2015). Este nuevo Plan pretende avanzar en una
estrategia real de inclusión activa que, bajo principios básicos
asociados entre sus ejes, articule verdaderamente de forma eficaz y
eficiente las medidas orientadas a la inclusión laboral, a la vez que se
proporciona el acceso de todos a servicios públicos de calidad.



Por otra parte, se ha anunciado recientemente la elaboración de un Plan
Integral de Apoyo a la Familia (PIAF) que articule las medidas que desde
los distintos Ministerios competentes se han de impulsar para dar una
respuesta horizontal y transversal a las necesidades de apoyo de las
familias. Se va a constituir una Comisión Técnica Interministerial de
Familia, que se encargará de la elaboración del PIAF, así como de su
seguimiento y evaluación.




Página
495






Además se llevará a cabo una modificación del marco normativo para
potenciar el papel que desempeñan las Entidades del Tercer Sector de
acción social, basándose en los criterios de innovación y rigor en la
gestión de las políticas sobre inclusión social.



También se continuará subvencionando a través de la convocatoria para la
concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y con
cargo a la asignación tributaria del IRPF, la realización de programas de
acción social.



Por otra parte, se señala que los servicios sociales son competencia de
las Comunidades Autónomas, por lo que cualquier medida que se tome en
relación con ellos tiene que pasar, necesariamente, por el consenso y la
toma de decisiones conjunta.



Desde el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad se está
contribuyendo a que el sistema público de servicios sociales dé cobertura
a las necesidades básicas de la población española, garantizando que
ningún español, en ningún caso, va a quedar desasistido o desatendido.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007135, 184/007136, 184/007141 y 184/007142



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Jiménez García-Herrera, Trinidad (GS).



Respuesta:



La convocatoria de subvenciones con cargo a la asignación tributaria del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas no está sujeta a ningún
acuerdo de no disponibilidad, toda vez que el crédito a distribuir viene
determinado por los ingresos afectados a 'otros fines de interés social',
que se determinan cada año una vez conocido el importe resultante de la
opción elegida por los contribuyentes en la declaración del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas.



Madrid, 27 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007149



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto (GS).



Respuesta:



En la actualidad la Autovía del Cantábrico A-8 se encuentra en servicio en
el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a excepción del
trayecto entre Solares-Torrelavega.



En este tramo se encuentran en ejecución las obras 'Solares-La Encina' y
'La Encina-Torrelavega'.



Ambas obras, fueron incluidas entre las afectadas por resolución de
Contrato, con motivo de la Instrucción de fecha 22 de julio de 2010, para
el cumplimiento de los Acuerdos de no disponibilidad de crédito adoptados
por el Consejo de Ministros en enero y mayo de 2010.



A raíz de ello, en julio de 2010 se inició el proceso de rescisión de los
contratos y se programó la licitación de las obras de terminación de
ambos tramos en un contrato de colaboración público-privada.



Sin embargo, ante la inviabilidad de la formula de colaboración
público-privada, motivada por el informe desfavorable de fecha
14/01/2011, del entonces Ministerio de Economía y Hacienda, se decidió
que ambas actuaciones debían retomarse y ser ejecutadas por vía
presupuestaria. Para ello es necesario, previamente, la aprobación de dos
proyectos modificados.



Ambos expedientes de modificación se encuentran en tramitación para su
aprobación.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
496






184/007150



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto (GS).



Respuesta:



La Autovía del Cantábrico A-8 se encuentra en servicio en el territorio de
la Comunidad de Cantabria, a excepción del trayecto entre
Solares-Torrelavega.



En este tramo se encuentran en ejecución las obras correspondientes a
'Solares-La Encina' y 'La Encina-Torrelavega'.



Ambas obras fueron incluidas entre las afectadas por resolución de
Contrato, con motivo de la Instrucción de fecha 22 de julio de 2010, para
el cumplimiento de los Acuerdos de no disponibilidad de crédito adoptados
por el Consejo de Ministros en enero y mayo de 2010.



A raíz de ello, en julio de 2010 se inició el proceso de rescisión de los
contratos y se programó la licitación de las obras de terminación de
ambos tramos en un contrato de colaboración público-privada.



Sin embargo, ante la inviabilidad de la fórmula de colaboración
público-privada, motivada por el informe desfavorable de fecha
14/01/2011, del entonces Ministerio de Economía y Hacienda, se decidió
que ambas actuaciones debían retomarse y ser ejecutadas por vía
presupuestaria. Para ello es necesario, previamente, la aprobación de dos
proyectos modificados en los dos tramos.



Ambos expedientes de modificación se encuentran en tramitación para su
aprobación.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007157 y 184/007404



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto (GS).



Respuesta:



Al no existir, actualmente, ninguna propuesta concreta relativa a la
solicitud de registro de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) 'Anchoa
del Cantábrico', la citada IGP no goza de reconocimiento y protección
alguna.



Las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e IGP no se crean sino que
se reconocen, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento (CE) nº
510/2006 del Consejo de 20 de marzo de 2006 sobre la protección de las
indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los
productos agrícolas y alimenticios. La Comisión Europea es quien adopta
una decisión de protección una vez se ha justificado, entre otros
aspectos, una cualidad determinada, una reputación u otra característica
del producto que pueda atribuirse a su origen geográfico.



El Gobierno apoya las iniciativas que nacen del sector para la protección
como IGP de los nombres geográficos de los productos que se elaboran en
distintas zonas de España, cuando estas propuestas se encuentren en línea
con los requisitos establecidos en la normativa aplicable.



Corresponde al sector agruparse y decidir solicitar esta protección y los
términos de la misma. La agrupación de productores presenta la solicitud
de registro, que incluye el Pliego de Condiciones de la IGP, a la
Administración competente, que la examina y comprueba que se cumplen las
condiciones establecidas en la legislación comunitaria relativa a las
denominaciones de origen e indicaciones geográficas.



Si es así, la solicitud es enviada a la Comisión Europea para su estudio y
posterior procedimiento de oposición comunitario. Es decir, la
Administración no hace más que reconocer un derecho, cuyo marco ha sido
previamente diseñado por una agrupación de productores a través del
Pliego de Condiciones de ese producto.




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497






Por último, hay que señalar que no existe ninguna línea presupuestaria en
los Presupuestos Generales del Estado.



Madrid, 27 de junio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007159



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Buyolo García, Federico (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se aportan los datos del curso
2010/2011, ya que los datos correspondientes al curso 2011/2012, no son
definitivos al existir, pendientes de resolución, recursos e incidencias
de solicitudes de becas.



BENEFICIARIOS DE BECAS



CURSO 2010/2011;



Niveles no universitarios *;397.111



Niveles universitarios **;378.221



TOTALES;775.332



* Convocatorias tenidas en cuenta para la elaboración de estos datos:
General, Movilidad, Educación Especial e Idiomas.



** Convocatorias tenidas en cuenta para la elaboración de estos datos:
General, Movilidad, Colaboración, Ayudas tasas para familias con 3 hijos,
Idiomas y Ayudas Másteres Desempleados;



Madrid, 7 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007170



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Corcuera Plaza, Juan Carlos (GS).



Respuesta:



En relación con la obra de la Línea de Alta Velocidad Noreste,
correspondiente al subtramo Nudo de la Trinidad-Montcada, se informa que
se ha modificado el proyecto constructivo de plataforma, de tal forma que
se podrá ejecutar el soterramiento de la línea convencional sin afectar
al servicio de la línea de alta velocidad.



Las obras de alta velocidad continúan desarrollándose, por lo que avanzar
un calendario para el inicio de las obras de soterramiento de la línea
convencional Barcelona-Portbou a su paso por el municipio de Montcada i
Reixac, es actualmente prematuro.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007172



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Corcuera Plaza, Juan Carlos (GS).




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498






Respuesta:



Según el Real Decreto 2034/2009, de 30 de diciembre (BOE 31/12/09), las
funciones de la Administración General del Estado correspondientes al
servicio de transporte de viajeros por ferrocarril de cercanías, se
traspasan a la Generalitat de Cataluña. No obstante, la infraestructura
continúa siendo competencia del Estado.



El Ministerio de Fomento ha redactado el 'Plan de infraestructuras
ferroviarias de cercanías de Barcelona 2008-2015'. En él se incluyen dos
programas de actuación: el Programa de Infraestructuras y el Programa de
Estaciones. Este último contiene a su vez, entre otros, el Programa de
Nuevas Estaciones. En éste están recogidas las actuaciones previstas para
la construcción de la estación de Santa Perpètua de Mogoda.



El proyecto constructivo de la estación de Santa Perpètua de Mogoda está
finalizado y pendiente de aprobación.



Actualmente se está elaborando un nuevo Plan de Infraestructuras,
Transportes y Vivienda (PITVI) que tendrá como horizonte temporal el año
2024. En él se especificarán las distintas actuaciones planificadas y los
plazos de ejecución previstos.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007175



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Corcuera Plaza, Juan Carlos (GS).



Respuesta:



Actualmente se ha redactado el proyecto para la reforma y mejora de la
accesibilidad de la estación de Sabadell Centre. Dicho proyecto contempla
actuaciones tales como la instalación de ascensores, escaleras mecánicas,
reforma del vestíbulo, mejora de las instalaciones de protección contra
incendios y mejora de los accesos exteriores a la estación.



No obstante, el desarrollo de las obras estará sujeto a las
disponibilidades presupuestarias.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007192



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: De las Heras Ladera, Ascensión (GIP).



Respuesta:



En el Boletín Oficial del Estado, núm. 186 de 4 de agosto de 2012, se
publica el Real Decreto 1190/2012, de 3 de agosto, por el que se
modifican los currículos de la asignatura Educación para la Ciudadanía
contenidos en el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se
establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, y el Real
Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las
enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria
Obligatoria.



En el proyecto se hace referencia al respeto y promoción de los derechos,
deberes y libertades que garantizan los regímenes democráticos, o la
protección de los derechos humanos frente a sus violaciones. En concreto,
el bloque 2 de primaria trata sobre la vida en comunidad, la convivencia
y los valores cívicos en que se fundamenta la sociedad democrática
(respeto, tolerancia, solidaridad, justicia, igualdad, ayuda mutua y
cooperación). Y en Educación secundaria obligatoria se atiende a los
aspectos relativos a la tolerancia y la aceptación de las minorías, y se
habla expresamente del rechazo de las actitudes de intolerancia,
injusticia y exclusión.



Madrid, 4 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
499






184/007194



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luena López, César (GS).



Respuesta:



Se adjunta en Anexo I, en el que figuran los importes de obligaciones
reconocidas con área origen del gasto La Rioja con cargo a los
Presupuestos de Gastos de la Administración General del Estado de los
ejercicios 1996-2010, con detalle de Ejercicio y Sección presupuestaria.



Además, puede haber otras aplicaciones realizadas efectivamente en la
Comunidad Autónoma de La Rioja pero no recogidas en dicho anexo, puesto
que las correspondientes operaciones de reconocimiento de obligación se
han efectuado con cargo al área 'No regionalizable' (para los gastos que,
por su propia naturaleza, a priori, no pueden asignarse a un área más
concreta). En este caso, no puede determinarse contablemente la parte que
ha podido corresponder a un territorio concreto.



Respecto al Sector Público Empresarial y Fundacional, se adjunta el Anexo
II que incluye la ejecución presupuestaria de las inversiones realizadas
en la Comunidad Autónoma de La Rioja por las entidades integrantes de los
sectores públicos empresarial y fundacional para los años 2004 a 2010.



Además, pueden existir otras inversiones realizadas en la Comunidad
Autónoma de La Rioja pero no recogidas en dicho anexo y que se han
recogido en el área 'No regionalizable' (para las inversiones que, por su
propia naturaleza, no pueden asignarse a un área más concreta). En este
caso, no puede determinarse contablemente la parte que ha podido
corresponder a un territorio concreto.



No se acompaña la información de los ejercicios 1996 a 2003 ya que,
respecto de estas Entidades, la Intervención General de la Administración
General del Estado únicamente dispone de un informe que acompaña a las
cuentas anuales desde el ejercicio 2004 y que contiene la información
regionalizada del importe de las adquisiciones de inmovilizado material e
inmaterial, cuyo contenido se regulaba por la Orden EHA/1006/2005, de 6
de abril (sustituida por la Orden EHA/614/2009, de 3 de marzo a partir de
las cuentas anuales del ejercicio 2008) .



Madrid, 3 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



Nota.-La documentación que se acompaña se encuentra en la Secretaría
General de la Cámara.



184/007195



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luena López, César (GS).



Respuesta:



Las obras del tramo: 'Hervías-Grañón', perteneciente a la Autovía A-12,
han contemplado las siguientes actuaciones:



1. La duplicación de 6,4 km de calzada de la carretera N-120 entre Hervías
y el final de la variante de Santo Domingo de la Calzada (enlace con la
carretera LR-201).



2. El acondicionamiento de los 4,2 km restantes hasta Grañón, dejando la
plataforma preparada para la futura duplicación contemplada en el
proyecto del tramo Santo Domingo de la Calzada-Villamayor del Río de la
A-12.



Las obras de estas actuaciones han entrado en servicio en junio de 2012.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
500






184/007196



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luena López, César (GS).



Respuesta:



Las cantidades que la Comunidad Autónoma de La Rioja ha recibido del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para el desarrollo del Plan de
impulso de la Educación Infantil 0-3 años, Plan Educa3, fueron de 716.674
euros en el año 2010 y de 711.682 euros en el año 2011.



Madrid, 27 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007198



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luena López, César (GS).



Respuesta:



La distribución resultante del crédito destinado al programa PROA
(Programas de Refuerzo, Orientación y Apoyo) para el año 2012 en la
Comunidad Autónoma de La Rioja asciende a un total de 432.653,00 euros.



Madrid, 31 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007199



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luena López, César (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se facilitan los datos
correspondientes al curso 2010-2011, ya que los datos correspondientes al
curso 2011-2012 no son definitivos, al existir recursos e incidencias
pendientes de resolución.



El número de becas concedidas a alumnos no universitarios matriculados en
centros de La Rioja ascendió a 1.474* en el curso 2010-2011.



* Convocatorias: General, Movilidad, Educación Especial e Idiomas



Madrid, 7 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007200



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luena López, César (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se aportan los datos de los
cursos 2004-2005, 2005-2006, 2006-2007, 2007-2008, 2008-2009, 2009-2010 y
2010-2011, ya que los datos correspondientes al curso




Página
501






2011/2012, no son definitivos al existir, pendientes de resolución,
recursos e incidencias de solicitudes de becas. Los datos se estructuran
por cursos académicos, sin que se dispongan datos por anualidades.



BECAS CONCEDIDAS A ESTUDIANTES MATRICULADOS EN CENTROS DE LA RIOJA;;;;;;;



NIVELES;Curso



2004/2005;Curso



2005/2006;Curso



2006/2007;Curso



2007/2008;Curso



2008/2009;Curso



2009/2010;Curso



2010/2011



No Universitarios*;679;721;750;831;999;1.327;1.474



Universitarios**;1.143;1.083;1.272;1.157;1.183;1.158;1.494



TOTAL;1.822;1.804;2.022;1.988;2.182;2.485;2.968



* Convocatorias: General, Movilidad, Educación Especial e Idiomas



** Convocatorias: General, Movilidad, Colaboración, Ayudas tasas para
familias con 3 hijos, Idiomas y Ayudas Másteres Desempleados;;;;;;;



Madrid, 7 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007202



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luena López, César (GS).



Respuesta:



Las obras del soterramiento del ferrocarril en Logroño, Fase I, se
adjudicaron el 27 de noviembre de 2010 a la empresa SACYR, S.A.U.



A pesar de la enorme complejidad de dichas obras, el buen desarrollo de
las mismas ha permitido poner en servicio la nueva estación de
ferrocarril el 18 de diciembre de 2011, abrir la prolongación de la calle
Juan Boscán el pasado 12 de abril de 2012, y está previsto finalizar la
glorieta de la calle Lobete con la calle Eliseo Pinedo en este mismo
verano.



La ampliación del plazo de ejecución de las obras viene motivada por la
solicitud realizada el pasado mes de marzo por el Ayuntamiento de Logroño
y el Gobierno de La Rioja, para la reducción del aparcamiento de la
estación definido en el proyecto.



Esta petición se ha estado analizando y se va a acceder a la misma,
ejecutando un aparcamiento de 300 plazas en lugar de las 600 iniciales.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007217



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luena López, César (GS).



Respuesta:



La industria de productos transformados elaborados agroalimentarios supone
una de las principales partidas de nuestras exportaciones a la Unión
Europea (UE) y al resto del mundo.



Por ello, tanto en las discusiones comerciales internacionales
multilaterales como en las negociaciones comerciales bilaterales, la
Unión Europea insiste en incluir la temática de Indicaciones Geográficas.
España tiene como línea permanente y prioritaria este ámbito y apoya y
sigue muy de cerca las negociaciones comunitarias -la Política Comercial
Común es competencia exclusiva de la Unión europea- para lograr un
resultado lo más satisfactorio posible en términos de respeto a las
Indicaciones Geográficas.



En este sentido, la temática referida a Indicaciones Geográficas se
incluye entre los dosieres a negociar en el capítulo comercial del
Acuerdo de Asociación UE-MERCOSUR (Mercado Común del Sur) actualmente en
fase de negociación.




Página
502






El Gobierno no solo mantendrá, sino que intensificará, los contactos con
la Comisión Europea para defender los intereses nacionales en este
ámbito, siempre dentro de las posibilidades que ofrece el marco legal.



En particular, el Gobierno de España continuará defendiendo la protección
de la DOC 'Rioja' y apoyando al Consejo Regulador en este asunto, con el
objetivo de poder contribuir a la defensa de su prestigio, recalcando que
la suscripción de un eventual acuerdo sobre los regímenes de
reconocimiento y protección recíproco sobre las Indicaciones Geográficas
está supeditado al acuerdo general de Comercio UE-MERCOSUR.



España ha jugado un papel clave en el relanzamiento de las negociaciones
comerciales UE-Mercosur. Hasta el momento se han celebrado 8 rondas
negociadoras y en cada una de ellas la protección de Indicaciones
Geográficas ha constituido un pilar clave, constituyéndose para ello un
grupo de trabajo sobre Derechos de Propiedad Intelectual.



Desde que surgiera el conflicto 'La Rioja Argentina', el Gobierno de
España ha brindado todo su apoyo al Consejo Regulador de La Rioja e
informado a la Comisión de la relevancia que tiene para el sector
solucionar esta clase de disputas.



Las negociaciones comerciales con MERCOSUR deben servir para la creación
de un marco legal que no menoscabe los intereses nacionales, lo que
implica adoptar una actitud ambiciosa sobre protección de indicaciones
geográficas a través de normas que complementen el Acuerdo sobre los
Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual (ADPIC) de la
Organización Mundial de Comercio.



Madrid, 13 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007227



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 22 de junio de
2012 se concedió a Zinez Zinemagintza Elkartea la cantidad de 9.000€ en
concepto de subvención económica extraordinaria para la realización de un
largometraje documental sobre el universo que rodea a los presos de ETA.



El 3 de julio de 2012, el presidente de Zinez Zinemagintza Elkartea,
presentó un escrito en el Registro General del Ayuntamiento, por el cual
renunciaba a recibir la subvención de 9.000 €.



Ante el citado escrito el Alcalde propuso en fecha 4 de julio a la Junta
de Gobierno Local la adopción del Acuerdo por el que se dejaba sin efecto
la subvención concedida (se acompaña como anexo copia del mencionado
acuerdo).



Al haber quedado sin efecto la subvención se considera que no procede el
ejercicio de acciones legales por parte de la Abogacía del Estado.




Página
503






ANEXO




[**********página con cuadro**********]




Madrid, 8 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
504






184/007232



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lozano Domingo, Irene (GUPyD).



Respuesta:



El Gobierno se felicita de la puesta en libertad tanto del ciudadano
español como de los otros tres ciudadanos retenidos en Libia, miembros de
la delegación de la Corte Penal Internacional. A su vez se señala que la
Embajada de España en Trípoli fue informada el viernes 8 de junio de la
retención el día anterior de la delegación del Tribunal Penal
Internacional de la que formaba parte el Profesor Peralta.



Desde ese momento, el Embajador de España en Trípoli estuvo en permanente
contacto con las autoridades libias para recabar información sobre la
situación del Profesor Peralta y solicitar la liberación de la delegación
del Tribunal Penal Internacional, en coordinación con las Embajadas de
los países cuyos nacionales se han visto afectados. El Embajador pudo
visitar al Sr. Peralta el 12 de junio y comprobó que se encontraba en
buen estado.



Por su parte, el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación habló con
los familiares del Profesor Peralta, quienes han sido informados
diariamente por el Embajador de España.



La Embajada de España en La Haya estuvo asimismo coordinada con el
Tribunal Penal Internacional en todo momento, institución que centralizó
las gestiones para lograr la liberación de su delegación detenida.



Por indicación del Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, José
Manuel García-Margallo, el Secretario de Estado de Asuntos Exteriores,
Gonzalo de Benito, mantuvo una conversación telefónica con el
Viceministro de Asuntos Exteriores libio Abdel Aziz para interesarse por
la situación de la delegación de la Corte Penal y, en particular, por el
Profesor Peralta. Asimismo, el Embajador de España en Trípoli reiteró sus
gestiones ante el Viceministro de Asuntos Exteriores libio con objeto de
alcanzar la ya lograda libertad del Sr. Peralta y del resto de la
delegación.



España mantiene relaciones diplomáticas con el Consejo Nacional de
Transición libio, y apoya el proceso de transición política libio. En
este sentido, el Gobierno ha contribuido con un millón de euros, vía
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), al actual
proceso electoral, que dará lugar a una Asamblea Nacional y un nuevo
gobierno tras las elecciones del 7 de julio.



Madrid, 11 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007245, 184/007247 y 184/007250



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GC-CiU).



Respuesta:



El Instituto Nacional de Estadística está realizando actualmente la
Encuesta sobre las condiciones de vida de las personas sin hogar
(EPSH-Personas 2012), habiéndose llevado a cabo la recogida de datos
durante el primer trimestre de 2012 y estando previsto disponer de los
primeros resultados en diciembre de este año. Hasta su publicación no se
dispondrá de información rigurosa acerca de la evolución del número
estimado de personas sin hogar.



Actualmente, se dispone de información hasta 2010 de la Encuesta a los
centros que prestan servicio a las personas sin hogar (EPSH-Centros). Se
observa la siguiente evolución en el número medio anual de personas
alojadas en la red de centros:



Año;Número de personas alojadas



2006;10.829



2008;11.844



2010;13.701




Página
505






Si se comparan los datos que ofrece la Encuesta sobre las personas sin
hogar 2010, realizada por el Instituto Nacional de Estadística, con los
que ofrecía la anterior encuesta de 2008, se constata que ha habido un
incremento del 15,7 % en número de personas acogidas en los centros
destinados a personas sin hogar. Actualmente, está en proceso de
desarrollo la Encuesta de Personas Sin Hogar-2012.



Sin perjuicio de la competencia exclusiva de las Comunidades Autónomas en
materia de servicios sociales, el Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad realiza actuaciones dirigidas a la prevención y
erradicación del sinhogarismo.



En este sentido, se lleva a cabo el programa para el desarrollo de
prestaciones básicas de servicios sociales de corporaciones locales o
Plan concertado, en el que participan las Comunidades Autónomas (a
excepción de Navarra y País Vasco, por su especial sistema de
financiación) y las ciudades de Ceuta y de Melilla. Los proyectos a
financiar tienen como finalidad la dotación y mantenimiento de los
siguientes tipos de equipamientos: Centros de servicios sociales (centros
complementarios, comedores, mini residencias, pisos tutelados, etc.),
albergues y centros de acogida (de mujer, de menores y polivalentes).
Para el año 2012, la aportación estatal consignada en los Presupuestos
Generales del Estado es de 47.288.840,00 euros.



Del mismo modo, con cargo a la convocatoria anual a subvenciones para la
realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo
a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas (0,7 % del IRPF), se financian, dentro de los Programas para la
Inclusión Social, Programas integrales destinados a la incorporación
social de personas sin hogar y sin alojamiento digno.



El pasado año, se subvencionaron 20 entidades con 9.029.672,08 euros.
Actualmente, se ha publicado la Orden SSI/1199/2012, de 4 de junio, por
la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de
subvenciones para la realización de programas de cooperación y
voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas (BOE 6 de junio de 2012).



Madrid, 17 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007246 y 184/007249



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GCiU).



Respuesta:



En la norma a que se refiere la pregunta no se contemplan líneas de
financiación por parte de las Administraciones para las empresas
participantes en este programa. El único coste para la Administración que
se recoge en el artículo 5 del citado Real Decreto 1543/2011, de 31 de
octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas,
corresponde con la elaboración de acciones de formación con compromiso de
contratación que impliquen la realización de prácticas no laborales
reguladas en el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo y en el artículo 21
de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, pudiendo ser objeto de
compensación los gastos de tutoría y evaluación de conformidad con lo
establecido en la citada Orden.



Por ello, la financiación de las prácticas no laborales que formen parte
de acciones formativas con compromiso de contratación, que serán los
únicos que implicarán la obtención de fondos públicos por parte de las
empresas, se financiarán con cargo a los fondos existentes para la
realización de acciones de formación. Estas acciones se ejecutan desde el
año 2008, por lo que el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, no
implica costes adicionales.



Madrid, 3 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007248



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GCiU).




Página
506






Respuesta:



El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad participa en
diferentes iniciativas relacionadas con el uso y la mejora de la
protección de la infancia en Internet.



Así, a través de las subvenciones concedidas para la realización de
programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la
asignación tributaria del IRPF, entre los programas que se impulsan
encaminados a atender situaciones de necesidad y/o marginación de la
infancia, se priorizan aquellos que incluyen actuaciones dirigidas a la
prevención, detección y/o intervención del maltrato en las redes
sociales, así como los que promueven el desarrollo personal y social de
los menores.



Por otra parte, el Borrador de Proyecto del II Plan Estratégico Nacional
de Infancia y Adolescencia (PENIA 2013-2015) tiene previsto, entre sus
líneas de acción, 'Impulsar los derechos y la protección de la infancia
con relación a los medios de comunicación y a las tecnologías de la
información en general', recogiendo un amplio conjunto de medidas que las
distintas Administraciones van a poner en marcha para promocionar tanto
el acceso a Internet como su utilización de forma segura por los menores.



A través del Instituto de la Juventud (INJUVE), se incentiva y apoya el
trabajo que realizan asociaciones y organizaciones y en la difusión de
propuestas y presencia en Internet a través de su Web, así como un papel
activo en las redes sociales.



Asimismo, a través del Observatorio de la Juventud, se realiza una labor
constante de estudio y difusión acerca de estos fenómenos.



Madrid, 20 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007253



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



En las necesarias medidas de racionalización de la Oferta de Empleo
Público, el sector justicia no se declaró prioritario por el Real
Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia
presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit
público. Esto no implica que no se tenga margen de actuación en materia
de recursos humanos, sino que este año servirá para la cobertura de
plazas ocupadas por funcionarios interinos y el desarrollo de los
procesos selectivos ya convocados.



En los Presupuestos Generales del Estado para 2012, programa
presupuestario 112A (Tribunales de Justicia y Ministerio Fiscal), se
indica que se prevé la creación de 35 plazas de la Carrera Judicial y 20
plazas de la Carrera Fiscal.



Ello no supone que se vayan a convocar nuevas oposiciones en este año
2012.



Con la creación de estas plazas en 2012 se pretende dar cabida a los
nuevos integrantes de las Carreras Judicial y Fiscal que finalizan su
periodo de formación en la Escuela Judicial y en el Centro de Estudios
Jurídicos, consecuencia de oposiciones convocadas en ejercicios
precedentes.



Esta medida tampoco supone la creación de nuevas unidades judiciales, sino
que se potenciarán los órganos colegiados y la figura del Juez de
Adscripción Territorial.



En cada uno de los años 2010 y 2011, se han convocado 250 plazas para el
ingreso en la Carrera Judicial y 150 plazas para el ingreso en la Carrera
Fiscal. La convocatoria correspondiente a 2010 ya ha concluido,
encontrándose en periodo de formación 231 alumnos en la Escuela Judicial,
que se incorporarán a sus destinos en 2013 y 139 alumnos en el Centro de
Estudios Jurídicos, que se incorporarán a su destino en 2012.



Una vez termine el proceso selectivo convocado en el 2011, los opositores
aprobados en la Carrera Judicial se incorporarán a sus destinos en 2014 y
los de la Carrera Fiscal en 2013, una vez terminen su periodo de
formación.



Es decir, que con las convocatorias de 2010 y 2011, es posible cubrir la
totalidad de las vacantes existentes en las Carreras Judicial y Fiscal.




Página
507






Con respecto al Cuerpo de Secretarios Judiciales, se informa que, en los
años 2009, 2010 y 2011, se han convocado procesos selectivos para el
ingreso en dicho Cuerpo, con 290, 300 y 148 plazas, respectivamente.



La convocatoria del año 2009 ha terminado este año, habiéndose incorporado
a sus destinos 95 opositores aprobados por el sistema de promoción
interna y, en este mes de junio, se incorporan 98 opositores aprobados
por el sistema de turno libre.



En cuanto a la convocatoria correspondiente al año 2010, la misma ya ha
concluido, habiendo aprobado 79 aspirantes por el sistema de promoción
interna, que en estos momentos están realizando el curso teórico-práctico
en el Centro de Estudios Jurídicos y se incorporarán a sus destinos a
finales de año, y 99 aspirantes por el sistema de turno libre, que
comenzarán el curso teórico-práctico en el tercer trimestre del año,
incorporándose a sus destinos en el año 2013.



Actualmente, está comenzando el proceso selectivo convocado en el año
2011, y los opositores que aprueben por el sistema de promoción interna,
tomarán posesión en sus destinos a finales de 2013 y los que resulten
aprobados por turno libre, en el primer semestre del año 2014.



No obstante, la experiencia de los últimos años ha demostrado que la mera
adición de jueces, incrementando anualmente su número, no constituye una
solución al problema de sobresaturación de los órganos judiciales, pues
como muestran las estadísticas, la litigiosidad crece exponencialmente
sobre el número de jueces. El aumento de la plantilla de jueces y
fiscales no se puede abordar como una solución que por si sola contribuye
a aliviar la pendencia que agobia a los tribunales.



Madrid, 18 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007254



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



El tramo de la N-240 desde el punto kilométrico 206,600 al punto
kilométrico 208,940 (Tramo: límite término municipal de Huesca con
Quincena continuando por el paseo Ramón y Cajal y Coso Bajo), es de
titularidad municipal. Fue cedido al ayuntamiento de Huesca, en virtud
del Convenio de cesión de travesías suscrito entre el Ministerio de
Fomento y el Consistorio en diciembre de 2006.



Por lo tanto, el tramo viario y las obras objeto de la pregunta son
competencia del mencionado Ayuntamiento.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007255



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



No está previsto actuar en la travesía de la carretera N-260 en Broto.



En lo que se refiere al acondicionamiento del puente de la carretera N-260
sobre el río Ara, se ha procedido a redactar un proyecto que contempla
diversas actuaciones. Las obras procederán a ejecutarse, en función de la
existencia de las correspondientes disponibilidades presupuestarias.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
508






184/007256



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



No está contemplada la construcción de una glorieta en la carretera N-240
en el cruce de Tierz (Huesca).



No obstante, sí se encuentra en programación el proyecto del tramo:
Sietamo-Huesca, perteneciente a la Autovía A-22, que una vez en servicio,
liberará y reducirá el tráfico de la citada intersección de la N-240.



En cualquier caso, el Ministerio de Fomento hace un seguimiento
permanente, y exhaustivo para garantizar el mantenimiento de unas
adecuadas condiciones de circulación en la Red de Carreteras del Estado,
adoptando las medidas oportunas, y actuando de forma continua sobre los
distintos tramos de la Red en los que potencialmente puede conseguirse
una mejora de la Seguridad Vial.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007257



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



El Ministerio de Fomento no tiene previsto instalar iluminación en el
tramo de carretera referido.



Salvo en los tramos de carretera que discurren en túnel, la iluminación no
es un elemento necesario de acuerdo con la normativa vigente, sino que es
una mejora de la red que, dada la coyuntura económica actual, no resulta
una actuación prioritaria.



En este ámbito, se da cumplimiento a lo establecido por el Acuerdo de
Consejo de Ministros de fecha de 11 de marzo de 2011 sobre eficiencia
energética, y a las directrices dadas en materia de instalaciones de
alumbrado en la Red de Carreteras del Estado (RCE) conforme a las
siguientes instrucciones:



1. Nota de Servicio 3/2010 sobre actuaciones a realizar por las
Demarcaciones de Carreteras para reducir el consumo de energía en las
instalaciones de alumbrado, aprobada el 16 de junio de 2010.



2. Instrucciones complementarias a la nota de servicio 3/2010 sobre
actuaciones a realizar por las Demarcaciones de Carreteras para reducir
el consumo de energía eléctrica en las instalaciones de alumbrado
público, de 19 de mayo de 2011.



3. Instrucciones sobre medidas a adoptar por las Demarcaciones de
Carreteras para reducir el consumo de energía en las instalaciones de
alumbrado, de 12 de junio de 2012.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007258



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



La Ronda Norte de Huesca se encuentra en servicio desde el año 2001.



En la actualidad está previsto el desdoblamiento de esta infraestructura,
dentro del tramo: 'Sietamo-Huesca', perteneciente a la Autovía A-22,
actualmente en fase de proyecto.




Página
509






Esta actuación tiene aprobado el expediente de información publica y
definitivamente el proyecto de trazado, y cuenta con un presupuesto
estimado de obras de 78,86 miles de euros.



No obstante, de acuerdo con lo establecido en la Orden Ministerial de
Eficiencia (Orden 3317/2010, de 17 de diciembre, por la que se aprueba la
instrucción sobre las medidas específicas para la mejora de la eficiencia
en al ejecución de las obras públicas de infraestructuras ferroviarias,
carreteras y aeropuertos del Ministerio de Fomento), el proyecto debe ser
revisado para adaptarse a los criterios establecidos en dicha
disposición.



El objetivo de este análisis es conseguir una reducción significativa del
coste que suponen las obras objeto de esta actuación.



Una vez realizado el citado análisis, se procederá a la finalización de la
redacción del proyecto constructivo.



Superados los tramites necesarios para la aprobación del proyecto
constructivo, podrán licitarse las obras correspondientes en función de
las disponibilidades presupuestarias, y las prioridades que se
establezcan en el Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda (PITVI)
2012-2014.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007259



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



La Variante Sur de Huesca se encuentra en fase de redacción de proyecto.



Una vez finalizado el proyecto constructivo y superados los trámites
administrativos necesarios para su aprobación, podrán licitarse y
adjudicarse las obras correspondientes, en función de las
disponibilidades presupuestarias, y de acuerdo con las prioridades que se
establezcan en el Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
2012-2024.



Esta actuación cuenta con un presupuesto estimado de obras de 96,74 miles
de euros.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007260



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



El tramo: 'Sabiñánigo (Yebra de Basa)-Fiscal', perteneciente a la
carretera N-260, fue puesto en servicio el pasado 6 de julio de 2012.



El importe certificado con cargo al contrato de obras de esta actuación ha
ascendido a 22.308.599,69 € durante 2011, y a 12.371.249,00 € en el
periodo que va entre enero y mayo de 2012.



Asimismo, esta actuación tiene una obra complementaria en ejecución:
'Integración ambiental de taludes, instalaciones de túneles,
Sabiñánigo-Fiscal', con cargo a la que se han certificado los siguientes
importes, en los periodos solicitados:



Año 2011: 1.000.000,00 €.



Enero-mayo de 2012: 13.120.899,15 €.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
510






184/007277



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



A efectos de catalogación, en el futuro, en tanto en cuanto el tramo entre
Fiscal y Biescas siga dependiendo del Estado, se denominará carretera
N-260A.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007282



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



El túnel de Petralba, incluido en el tramo de la carretera N-260
'Sabiñánigo (Yebra de Basa)-Fiscal', está previsto que se gestione desde
el Centro de Control de túneles de Arguis.



No obstante, por razones de seguridad, se ha construido junto a una de las
bocas del citado túnel, un centro de control secundario que permite la
operatividad total en caso de fallo de las comunicaciones con el Centro
principal de Arguis.



Por tanto, es posible poner en servicio el tramo de la carretera N-260
entre Sabiñánigo y Fiscal sin que el Centro de Arguis esté operativo.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007285



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



El artículo 161 bis.1 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social prevé que la edad mínima de jubilación exigida para
tener derecho a pensión de jubilación en el Régimen General de la
Seguridad Social podrá ser rebajada por real decreto, a propuesta de la
Ministra de Empleo y Seguridad Social, en aquellos grupos o actividades
profesionales en las escalas, categorías o especialidades, cuyos trabajos
sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre
y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad.



Por medio de la disposición adicional segunda de la Ley 40/2007, de 4 de
diciembre, se incorpora una nueva disposición adicional, la cuadragésima
quinta, en el Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en
el que se determina que el procedimiento general para la determinación de
aquellos colectivos a los que resulten de aplicación, los coeficientes
reductores se establecerá reglamentariamente.



Como consecuencia de las previsiones legislativas anteriores, el Real
Decreto 1698/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula el régimen
jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes
reductores y anticipar la edad de jubilación en el sistema de la
Seguridad Social regula el procedimiento general que se habrá de seguir a
la hora de establecer coeficientes reductores a determinados colectivos.



Dicho procedimiento podrá iniciarse a instancia de los empresarios y
trabajadores por cuenta ajena, a través de las organizaciones
empresariales y sindicales más representativas a nivel estatal, mediante




Página
511






petición razonada que deberá dirigirse a la Dirección General de
Ordenación de la Seguridad Social y se presentarán conforme a lo
establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y en el artículo 6.1 de la Ley 11/2007, de 22 de
junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.



Cuando de los estudios e informes se deduzca la necesidad de aplicar
coeficientes reductores o de anticipar la edad de jubilación, debido a la
imposibilidad de modificación de las condiciones de trabajo, la
Secretaría de Estado de Empleo efectuará comunicación en tal sentido a la
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social pudiendo iniciarse
los trámites para que mediante real decreto, dictado a propuesta de la
Ministra de Empleo y Seguridad Social, la edad mínima exigida en cada
caso pueda ser rebajada, en un determinado sector o actividad, con
indicación de las escalas, categorías o especialidades que resulten
afectadas. En todo caso, la modificación de los coeficientes reductores o
del límite de edad llevará consigo el establecimiento de recargos en la
cotización en proporción a la mencionada modificación.



De otra parte, cabe señalar que el Ministerio de Fomento gestiona una
línea de ayudas para fomentar el abandono de la profesión de los
transportistas de edad avanzada del sector del transporte público por
carretera.



La convocatoria para estas ayudas para el presente ejercicio ha tenido
lugar el pasado mes de abril.



Por último, se señala que no consta en el Ministerio del Interior que la
Fiscalía de Seguridad Vial haya emitido informe o dictamen sobre el
asunto de referencia.



Madrid, 13 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007290



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



El Centro de Control de Túneles ubicado en la localidad de Arguis está
incluido en el tramo 'Arguis-Alto de Monrepós', perteneciente a la
autovía A-23, que se encuentra en fase de obras.



Está previsto que el citado Centro de Control pueda ponerse parcialmente
en funcionamiento, cuando el tráfico se desvíe por el nuevo túnel
desdoblado del tramo con el fin de acondicionar el actualmente existente.



Posteriormente, la puesta en funcionamiento integra del Centro de Control,
tendrá lugar una vez se ponga en servicio de forma completa el citado
tramo 'Arguis-Alto de Monrepós', en sus dos calzadas.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007295



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



El Ministerio de Fomento no tiene previsto modificar el Proyecto de
duplicación de la carretera N-232 en el tramo: 'El Burgo de Ebro-Fuentes
de Ebro', para incluir las conexiones referidas, por estar los accesos al
Polígono Industrial 'La Noria' y la Urbanización 'Virgen de la Columna'
adecuadamente resueltos mediante el enlace Este de El Burgo de Ebro.




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512






En este caso es de aplicación la ORDEN FOM/2873/2007, de 24 de septiembre,
sobre procedimientos complementarios para autorizar nuevos enlaces o
modificar los existentes en las carreteras del Estado, que en su
disposición primera establece lo siguiente: 'La implantación de nuevos
enlaces no previstos en los estudios informativos, o en su caso en los
proyectos y la modificación del emplazamiento o del esquema funcional de
los aprobados en ellos, sólo se llevará a cabo para mejorar la conexión
entre las diferentes redes de carreteras del Estado y potenciar la
función propia de las vías que se conecten'.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007317



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cuadra Lasarte, Sabino (GMx).



Respuesta:



La aprobación y reforma de los Estatutos Sociales de la Caja de Ahorros y
Monte de Piedad de Navarra debe instrumentarse de forma pactada, mediante
la elaboración de un texto concordado aprobado por el Gobierno de Navarra
y el Ministerio de Economía y Competitividad. Conforme a este especial
procedimiento, ya fueron modificados en el año 1976, 2000, 2004, 2010 y
2012 los Estatutos de la mencionada entidad.



Este régimen paccionado se asienta, de un lado, en la disposición
adicional primera de la Constitución 1, que permite a Navarra mantener
competencias que le viniesen atribuidas por los derechos históricos,
conforme a su actualización en el marco de la propia norma fundamental y
de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y
Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra (LORAFNA), y, de otro lado, en
lo dispuesto en el artículo 56.1.f) 2 de la misma LORAFNA, que atribuye a
la Comunidad Foral de Navarra la competencia en materia de cajas de
ahorro. Asimismo, la aplicación de este procedimiento fue confirmada
mediante dictamen de la Dirección General de lo Contencioso del Estado de
1979.



El procedimiento oficial, en lo que afecta al Ministerio de Economía y
Competitividad, requiere la solicitud de autorización, a través del Banco
de España; informe del Banco de España y autorización del Secretario de
Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por delegación del Ministro de
Economía y Competitividad.



Por lo tanto, es el Ministerio de Economía y Competitividad, y no el
Ministerio de Hacienda, como se plantea en la pregunta parlamentaria,
quien tiene las competencias sobre esta materia.



Por otra parte, la modificación de los Estatutos pactada el año 2010 llevó
a la creación de la Junta de Entidades Fundadoras, constituida como cauce
de información permanente entre la estructura de los órganos de gobierno
de la Entidad y las entidades fundadoras. Esta Junta no reunía la
condición de órgano de gobierno y, sin interferir en las competencias de
gestión, administración y dirección de dichos órganos, desarrollaba
funciones consultivas.



La Junta estaba constituida por el Presidente, el Vicepresidente o
Vicepresidentes y el Consejero de Economía del Gobierno de Navarra, el
Alcalde y el Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Pamplona, los
ex-Presidentes del Consejo General de la Caja y de la Junta de Entidades
Fundadoras, 4 miembros designados por el Presidente del Gobierno de
Navarra a propuesta del Parlamento de Navarra y hasta un máximo de tres
miembros designados libremente por el Presidente del Gobierno de Navarra
entre personalidades del ámbito social, cultural y económico en donde la
entidad desarrolla su actividad.



El Gobierno tomó posesión a finales de diciembre de 2011, y ya durante
este año 2012 se han modificado los Estatutos de la Caja de Ahorros y
Monte de Piedad de Navarra, adaptándose a la reciente normativa estatal
aprobada en materia de cajas de ahorros, como son el Real Decreto Ley
11/2010 de 9 de julio y las posteriores modificaciones introducidas por
el Real Decreto Ley 2/2012, de 3 de febrero, de saneamiento del sector
financiero.



Aparte de otras modificaciones, en esta última modificación de los
Estatutos se ha acordado la supresión de la Junta de Entidades
Fundadoras.




Página
513






Por último se considera que, en el caso de que se hubieran cometido
irregularidades en el funcionamiento de la Junta de Entidades Fundadoras,
existen instrumentos en nuestro ordenamiento jurídico suficientes para
instruir los procedimientos judiciales y/o administrativos que se estimen
oportunos.



1 La Disposición adicional primera de la Constitución señala:



'La Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los
territorios forales. La actualización general de dicho régimen foral se
llevará a cabo, en su caso, en el marco de la Constitución y de los
Estatutos de Autonomía.'



2 El citado artículo 56. 1. f) señala que: 'de acuerdo con las bases y la
ordenación de la actividad económica general y de la política monetaria,
crediticia, bancaria y de seguros del Estado, corresponde a la Comunidad
Foral de Navarra en los términos de los pertinentes preceptos
constitucionales la competencia exclusiva en las siguientes materias:
Cajas de Ahorro, sin perjuicio del régimen especial de convenios en esta
materia'.



Madrid, 23 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007319



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Sostres, Enrique (GMx).



Respuesta:



Actualmente los proyectos de montaje de vía están en fase de redacción, la
obra de impermeabilización del Túnel de Pajares en fase de ejecución y la
electrificación e instalaciones está pendiente de licitar, por lo que es
prematuro informar sobre el calendario de finalización solicitado.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007320



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lucio Carrasco, María Pilar; Meijón Causelo, Guillermo Antonio;
Gutiérrez del Castillo, María Concepción y Silva Rego, María del Carmen
(GS).



Respuesta:



A fecha 31 de agosto de 2012, el número de beneficiarios del programa
PREPARA en la provincia de Pontevedra era de 7.411.



El Gobierno ha realizado, por primera vez desde la puesta en marcha del
programa, un informe de evaluación de sus efectos, condición obligatoria
que hasta ahora no se había cumplido.



Este informe ha puesto de relieve una serie de deficiencias en la
concepción y el funcionamiento del mismo, que han limitado su eficacia en
lo relativo al objetivo de inserción laboral que el programa perseguía.
Así:



Dos terceras partes de los beneficiarios que, hasta julio de 2012, habían
concluido el programa, no consiguieron ninguna colocación en el mercado
laboral. Solo el 18 % obtuvo una colocación mayor a dos meses. Y menos
del 1 % de los beneficiarios obtuvo un contrato indefinido.



Aunque se realizaron una media de 3,22 acciones por beneficiario,
únicamente el 7 % de los mismos fue objeto de actividades formativas, a
pesar de que, en general, el nivel educativo del colectivo era bajo. Y
solo en torno al 2 % de los beneficiarios disfrutó de acciones de impulso
al emprendimiento.



Por otra parte, el diseño de las condiciones de acceso al programa
permitía que éste beneficiase a ciudadanos con grados de necesidad muy
diferentes: desempleados de corta duración, desempleados que conviven en
núcleos familiares solventes, desempleados que perciben otro tipo de
rentas asistenciales y tienen rentas familiares por encima del 75 % del
SMI, etc.




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514






En función de la evaluación llevada a cabo, el Gobierno ha considerado
que, si bien es oportuno mantener el programa, dado que la situación de
recesión hace que persistan las causas económicas y sociales que
motivaron su puesta en marcha, resulta necesario modificar una serie de
aspectos del mismo a fin de incrementar su eficacia como mecanismo de
inserción en el mercado de trabajo y se dirija a aquellos ciudadanos que
se enfrentan a mayores necesidades.



Por ello, el Programa ha sido prorrogado por el Real Decreto-ley 23/2012,
de 24 de agosto (BOE 25-08-12), introduciendo en su regulación una serie
de cambios tendentes a los siguientes objetivos: reforzar y dirigir la
ayuda a quienes más lo necesitan, mejorar la eficacia de los mecanismos
utilizados para facilitar la empleabilidad de los beneficiarios, e
intensificar la coordinación con las Comunidades Autónomas a efectos de
fortalecer la vinculación entre políticas activas y pasivas de empleo.



Madrid, 7 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007322



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Silva Rego, María del Carmen; Lucio Carrasco, María Pilar; Meijón
Causelo, Guillermo Antonio y Gutiérrez del Castillo, María Concepción
(GS).



Respuesta:



El sistema de prestaciones por desempleo en España tiene dos niveles de
protección: uno, contributivo, y otro, asistencial. De esta manera se
cubre la posibilidad de que, alargándose en el tiempo la situación de
desempleo y siempre y cuando exista una situación de necesidad económica,
se pueda acceder, una vez agotada la prestación contributiva, a las
ayudas económicas que se dan en forma de subsidios, o de programas
específicos como la Renta Activa de Inserción (RAI). Estas ayudas
conforman el nivel asistencial de la protección por desempleo y protegen
especialmente a determinados sectores de la población desempleada.



Asimismo, el Gobierno en un escenario de recesión económica, teniendo en
cuenta la evolución del desempleo de larga duración y el número de
hogares con todos sus miembros desempleados y una vez analizado y
evaluado el plan PREPARA desde su creación, acaba de aprobar, mediante el
Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto, una nueva prórroga de dicho
Programa. El limitado éxito del plan de inserción en el empleo de los
beneficiarios y la no vinculación en algunos supuestos de los
beneficiarios con las situaciones de mayor necesidad han motivado la
introducción de mejoras en su diseño, de forma que se incremente su
eficacia como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, y que se
proteja a los ciudadanos que más lo precisan.



Por otra parte, las Comunidades Autónomas disponen de programas de
protección económica, complementarios del estatal, para los desempleados
desprotegidos y a los que pueden optar los desempleados que hayan agotado
todas las posibilidades del sistema de protección por desempleo.



En una situación tan difícil como la que está viviendo España, con una
necesidad ineludible de contención del gasto público para poder iniciar
la senda de recuperación económica, se ha venido manteniendo, e incluso
incrementando, el gasto relativo a las prestaciones de apoyo a los
desempleados.



La tasa de cobertura de las prestaciones por desempleo en la provincia de
Pontevedra, en las fechas solicitadas, es la siguiente:



1. Mayo 2011: 67,4 %



2. Mayo 2012: 64,4 %



En este cálculo no se incluyen los beneficiarios del Programa PREPARA,
puesto que no se trata de una prestación por desempleo sino de una medida
de política activa de empleo que incorpora una ayuda económica.



Madrid, 4 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




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515






184/007324



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).



Respuesta:



La conservación, mantenimiento o reforma de la pasarela peatonal de Empar
Iturbi, en el barrio de Malilla en Valencia, que sirve de enlace a dos
viales del municipio, no presta servicio a la explotación ferroviaria,
por lo que deberá ser el Ayuntamiento el que facilite una solución al
asunto planteado.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007325



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD).



Respuesta:



En su actual planteamiento, configuración y contenidos, la asignatura
'Educación para la ciudadanía' ha suscitado muy serios reparos en una
buena parte de la sociedad española y del mundo educativo, quienes han
expresado reiteradamente su seria discrepancia con su configuración y
contenidos, por entender que con ellos los poderes públicos se arrogan
unas atribuciones que no les competen.



Es por ello por lo que la asignatura 'Educación para la ciudadanía' se
sustituirá por una nueva asignatura de educación cívica y constitucional,
para lo cual es necesario modificar la Ley Orgánica de Educación.
Mientras tanto, se está tramitando la modificación de los currículos de
Educación Primaria y Secundaria Obligatoria.



Este Gobierno defiende el respeto a la libertad de enseñanza y,
consiguientemente, el derecho de los padres a educar a sus hijos conforme
a sus convicciones filosóficas, religiosas o morales (artículo 27 de la
Constitución).



Asimismo, tiene muy presente que la tarea de educar en democracia debe
hacerse de un modo compartido entre la familia, las instituciones
públicas, los centros educativos y la sociedad. Por ello, vamos a
emprender una reforma, con la participación de toda la comunidad
educativa, en la que se propondrá un modelo en cuyo diseño se incluirán
las modificaciones necesarias que deben dar respuesta a los objetivos del
Gobierno en materia de educación y a las demandas de los diferentes
sectores sociales.



Madrid, 6 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007326



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Jordà i Roura, Teresa (GMx).



Respuesta:



El proyecto 'Reparación del puente sobre río Ebro N-340 PK 1081,4. Tramo:
Amposta', una vez redactado, ha sido necesario adaptarlo para que el
sistema de contención de vehículos contemplado en el mismo cumpla con la
normativa actualmente vigente. Así mismo ha sido necesario realizar un
cambio en el diseño de la solución planteada a los servicios de telefonía
que discurren por la mediana de acuerdo con las prescripciones del
titular del servicio.



En la actualidad ya han sido realizadas estas adaptaciones, y el Proyecto
se encuentra finalizado, en fase de supervisión previa a su aprobación
definitiva.




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516






Una vez aprobado el Proyecto Constructivo, se procederá a licitar el
Contrato de Obras correspondiente, en función de las disponibilidades
presupuestarias.



Por otro lado, se informa que en la actualidad no está prevista la
realización de ningún proyecto que afecte a la conexión entre la
carretera N-340 y la TV-3405 en Amposta.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007330



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



En respuesta a la pregunta de referencia, el Gobierno manifiesta que, en
efecto, durante la pasada legislatura, la Comisión de Asuntos Exteriores
del Congreso de los Diputados aprobó la iniciativa parlamentaria (nº
expediente 161/000145) por la que se había presentado la Proposición No
de Ley sobre inclusión de los delitos de terrorismo en el ámbito de la
competencia de la Corte Penal Internacional (en adelante, CPI).



En primer lugar, las Naciones Unidas siguen siendo el ámbito internacional
más apropiado para consensuar una regulación jurídica adecuada del
terrorismo y para poder adoptar en el futuro un Convenio global contra el
mismo. Sin embargo, queda aún lejos la aprobación de tal Convenio global
debido a que perviven importantes divergencias entre los Estados a
propósito del propio concepto de terrorismo. Sin un concepto de
terrorismo comúnmente aceptado en el ámbito internacional resulta
condenado al fracaso cualquier intento de inclusión dentro del ámbito de
actuación de la CPI.



Dado que todavía no existe una definición del crimen de terrorismo
suficientemente consensuada en el ámbito internacional no resulta
factible, por el momento, su inclusión dentro del ámbito material del
Estatuto de Roma sobre la CPI. No lo hizo el Estatuto de Roma de 1998, no
lo ha hecho tampoco la Conferencia de Revisión que concluyó sus trabajos
en junio de 2010 y no parece realmente viable en un futuro cercano.



En todo caso, cabe recordar que España ha ratificado el Convenio del
Consejo de Europa para la Prevención del Terrorismo y tiene una
participación activa en el seno de la Unión Europea a propósito de la
lucha contra el terrorismo. Tanto el Consejo de Europa como la propia
Unión Europea han desplegado una relevante actividad en materia de
terrorismo. Así, por citar los ejemplos más sobresalientes, en el caso
del Consejo de Europa destaca la Convención para la Prevención del
Terrorismo de 16 de mayo de 2005 (STCE 196, en vigor desde el 1 de junio
de 2007 y ya ratificado por España, BOE de 16 de octubre de 2009, núm.
250) y en el de la Unión Europea fue la Decisión-marco del Consejo de 13
de junio de 2002 sobre la lucha contra el terrorismo (DO L 164, de 22 de
junio de 2002, p. 3).



Madrid, 6 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007337



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cantó García del Moral, Antonio (GUPyD).



Respuesta:



Uno de los principios que recoge la Convención Internacional sobre los
derechos de las personas con discapacidad, en vigor en España, es el de
vida independiente de estas personas. Este principio debe informar la
acción pública en todos los ámbitos de la vida social, incluyendo la
seguridad vial.




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517






Por tanto, el Gobierno y los poderes públicos deben promover en este
ámbito y en todos los demás, que las personas con discapacidad gocen del
mayor grado de autonomía personal e independencia posible.



La movilidad segura de los usuarios más vulnerables es una de las
prioridades en la nueva Estrategia de Seguridad Vial 2011-2020 aprobada
por el Consejo de Ministros el 25 de febrero de 2011. La Estrategia
reconoce la importancia de que los mayores, los niños y las personas que
presentan algún tipo de discapacidad, dispongan de una especial
protección. Las zonas urbanas son los núcleos prioritarios para ello.



Alguna de las acciones previstas en la Estrategia para mejorar la
seguridad vial de la zona urbana, son las siguientes:



- Impulsar la elaboración de Planes urbanos de seguridad vial.



- Incorporar la seguridad vial a los planes urbanos de movilidad
sostenible.



- Promover y mejorar la seguridad vial de los desplazamientos a pie.



- Elaborar recomendaciones técnicas sobre el diseño seguro urbano para los
colectivos vulnerables, principalmente en travesías y acceso a las
ciudades.



- Pacificar el tráfico mediante la extensión de las zonas peatonales,
zonas 30 y zonas de encuentro.



- Revisar el Reglamento General de Circulación para su mejor adecuación a
las nuevas necesidades del ámbito urbano.



- Colaborar con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP)
en la elaboración de una nueva Ordenanza Municipal Tipo y promover
conjuntamente su adopción.



Estas actividades, de promoción y fomento de la protección a los
colectivos vulnerables, son competencia municipal al desarrollarse en el
ámbito urbano, y no estatal, por lo que el Estado las impulsa pero deben
ser las Entidades Locales las que adopten una serie de acciones y medidas
dentro del espacio competencial que se les atribuye.



En el año 2007 la Dirección General de Tráfico elaboró el Plan Tipo de
Seguridad Vial Urbano, como guía de apoyo para aquellos Ayuntamientos que
quisieran incoar el suyo propio. Dentro del Plan Tipo, se recogen
diferentes medidas tendentes a aumentar la seguridad vial en los
desplazamientos a pie. Se destacan las siguientes:



- Definir una red básica segura para peatones (incluyendo los pasos para
peatones en las vías básicas) que permita enlazar los puntos de
generación y atracción de viajes a pie.



- Realizar un plan de localización de pasos para peatones.



- Construir aceras con un ancho mínimo de entre 2 y 2,5 metros libres de
obstáculos para ofrecer a los peatones una movilidad segura.



- Impedir el aparcamiento de los vehículos a motor en los espacios
destinados a los peatones.



- Situar los semáforos delante del paso de peatones para evitar que los
vehículos invadan este espacio y reducir el riesgo de atropello.



- Instalar semáforos de ciclos variables para adaptar el tiempo de los
semáforos al flujo de vehículos a la presencia de peatones.



- Eliminar de las aceras aquellos obstáculos que puedan impedir la
movilidad de las personas que se desplacen en sillas de ruedas, que sean
ancianos y tengan una visión limitada o nula.



- Adaptar los pasos de peatones semaforizados para que dichas personas
puedan cruzar las calles con menos dificultades.



- Estas medidas, deben ser adoptadas por los respectivos Ayuntamientos que
incorporen estos planes tipo facilitados, a través de la Dirección
General de Tráfico, y no otros, a su estrategia Municipal.



Madrid, 18 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007338



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).




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518






Respuesta:



El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las
competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, tiene por
objeto establecer el procedimiento y los requisitos para la evaluación y
acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las
personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de
formación, así como los efectos de esa evaluación y acreditación de
competencias.



En este sentido, el apartado c) del artículo 12 de la referida norma se
refiere a la justificación de la experiencia laboral por parte de los
trabajadores o trabajadoras voluntarios o becarios que participen en las
convocatorias que se realicen a estos efectos.



Así, en estos casos, la documentación que justifica el historial
profesional de la persona interesada es la certificación de la
organización donde se haya prestado la asistencia, en la que consten,
específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que
se hayan realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.



El Gobierno coincide con el Parlamento Europeo en la conveniencia de
estudiar la puesta en marcha de un mecanismo normalizado europeo para
reconocer oficialmente las capacidades, habilidades y experiencias
adquiridas a través del voluntariado, tanto con fines profesionales, como
para crear un enlace entre el aprendizaje no formal y la formación
formal, entendido no como algo específico dirigido al reconocimiento de
las capacidades obtenidas a través del voluntariado, sino como un ámbito
dentro del conjunto de competencias adquiridas mediante la formación
informal.



En todo caso, hay que señalar que el fomento y el reconocimiento de estas
capacidades, no debe llevar a que se convierta en un requisito
obligatorio, ya que ello socavaría su propia naturaleza, entendida como
una acción libre, altruista y sin contraprestación económica alguna,
según establece la Ley 6/1996, de 15 de enero, de Voluntariado.



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007339



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ortiz Castellví, Laia (GIP).



Respuesta:



A través de la información suministrada por el Sistema de Información
Urbana (SIU)) elaborado y actualizado por el Ministerio de Fomento y
puesto a disposición del público en general por medio de su página web se
deduce que, hasta tanto no se produzcan modificaciones importantes en la
demanda, existe actualmente suelo capaz de acoger nuevos crecimientos
urbanísticos para los próximos 45 años. Evidentemente se trata de una
cifra global y promediada, que no refleja una situación uniforme en cada
uno de los territorios autonómicos, singularmente considerados. En
algunos de ellos tal exceso no existe o es mucho menor, mientras que en
municipios concretos, dicha cifra no sólo sería correcta, sino que
incluso podría plantear horizontes temporales superiores.



La ubicación concreta de dichos suelos requiere, por tanto, un análisis
específico de la situación de cada uno de los Municipios, de conformidad
con la información suministrada por el SIU, tal y como se ha expresado.



El Gobierno cree, en efecto, que existe un stock de vivienda ya construida
y vacía claramente sobredimensionado, de ahí que el documento al que se
refiere la pregunta formulada plantee la necesidad de dar por finalizado
un ciclo urbanístico basado exclusivamente en nuevos crecimientos y
preste especial atención a la necesidad de fomentar procesos de
rehabilitación, de regeneración y de renovación urbanas en los tejidos
urbanos ya existentes, es decir, en la ciudad ya hecha.



Por lo que respecta a una posible amnistía para las viviendas ilegales, se
indica que es necesario afrontar el problema que ha planteado en España
el hecho de que la Administración urbanística no estuviera obligada a
practicar, en el Registro de la Propiedad, la anotación preventiva de la
incoación de expedientes de disciplina urbanística que afectasen a
determinados inmuebles.




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La inexistencia de esta medida hasta la entrada en vigor del Real Decreto
Ley 8/2011, el 7 de junio del año pasado, propició que se produjeran
situaciones injustas cuando terceros de buena fe, protegidos por el
artículo 34 de la Ley Hipotecaria, adquirieron inmuebles incursos en
procedimientos sancionadores y disciplinarios en los que nunca fueron
parte y respecto de los cuales nunca fueron informados. Cuando el
correspondiente procedimiento llegaba a su última fase jurisdiccional se
encontraban con la obligación de demoler la vivienda, por ser
incompatible (pese a estar construida con su correspondiente licencia)
con el ordenamiento urbanístico vigente. Estos propietarios quedaban
desprotegidos, efecto éste que resulta, además, incompatible con nuestro
régimen civil de seguridad jurídica preventiva. Se trata, en cualquier
caso, de un problema puntual que, como tal, se está tratando en los
estudios que intentan determinar cuál podría ser la solución idónea para
solventarlo.



Es preciso poner de manifiesto que es la protección que ofrece el artículo
34 de la citada Ley Hipotecaria la que convierte a dichos adquirentes en
terceros de buena fe y no una supuesta voluntariedad del Gobierno en la
consideración de dichos adquirentes como tales, pese a que en relación
con esta cuestión, lo único que existe por el momento son estudios que
plantean diversas alternativas, dentro de las cuales no están, ni han
estado en ningún caso, medidas que supongan una desprotección de los
terrenos que forman parte del dominio marítimo-terrestre.



Por último, hay que señalar que la regulación del dominio público
marítimo-terrestre es materia propia de la Ley de Costas y el Gobierno
actuará en todo momento ateniéndose a lo contemplado en la legislación
vigente.



En cuanto a la cuestión relativa a si se prevé que la reforma de la Ley de
Costas permita desafectar terrenos en situación degradada del Dominio
Publico Marítimo-Terrestre, cabe destacar que la vigente Ley de Costas ya
prevé la desafectación de los terrenos de DPMT que por cualquier causa
han perdido sus características naturales de playa, acantilado o zona
marítimo-terrestre (art. 18 en relación con el art. 4.5).



Madrid, 18 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007341



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



Las orientaciones a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado se dirigen siempre a llevar a cabo las funciones que la
Constitución y las Leyes les reconocen: proteger el libre ejercicio de
los derechos, mantener la seguridad ciudadana y evitar la comisión de
delitos y, en su caso, detener a los autores de los mismos y ponerlos a
disposición de la Autoridad Judicial.



El dispositivo operativo y los medios desplegados para el mantenimiento de
la seguridad pública en relación con el conflicto minero se adecuan al
principio de proporcionalidad en el empleo de efectivos y medios.



Hasta la fecha, y como consecuencia directa de determinadas acciones
violentas e indiscriminadas de los mineros, han resultado heridos varios
Guardias Civiles y, al menos, cuatro ciudadanos, por colisión de
vehículos, y un tren de mercancías contra barricadas y por la explosión
de un cohete. Pese a los desproporcionados medios de expresión utilizados
por los mismos, lanzamiento masivo e indiscriminado de objetos
contundentes mediante artilugios, lanzamiento de cohetes de feria de gran
potencia contra los efectivos de la Guardia Civil e, incluso, contra los
helicópteros de este Cuerpo que sobrevolaban las zonas de disturbios, las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad han actuado en todo momento con la
necesaria prudencia y mesura, limitándose a adoptar las medidas
necesarias para desalojar a los manifestantes violentos de los lugares en
los que provocaban cortes de circulación, a mantener la seguridad y a
evitar ser agredidos por el lanzamiento de piedras, bolas de acero y
artificios pirotécnicos.



Por último, se señala que la Guardia Civil se ha limitado a cumplir con la
obligación, recogida en el artículo 104 de la Constitución Española y en
el artículo 11 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado, garantizando el libre ejercicio de los
derechos fundamentales y las libertades públicas y el mantenimiento de la
seguridad ciudadana, ante unas manifestaciones y




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520






acciones violentas no amparadas en el derecho de manifestación y reunión
reconocido en el artículo 21 de la Constitución.



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007342



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Garzón Espinosa, Alberto (GIP).



Respuesta:



A continuación se detalla la accesibilidad de los 3 apeaderos interesados,
tanto por el lado del mar como por el lado de la montaña del ferrocarril.



En el caso del apeadero de Torreblanca, el acceso al andén único existente
desde el lado mar está garantizado mediante sendos tramos de escaleras de
5 peldaños, y una rampa que salva el desnivel entre el nivel de la calle
y del andén. En cuánto al acceso desde el lado interior, existe una calle
que cruza sobre el ferrocarril a unos 45 metros desde el borde de andén,
que continuando por las calles existentes unos 200 metros lleva al acceso
a andén antes comentado.



Por ello, en este apeadero ya se están garantizadas de forma razonable las
condiciones de accesibilidad para las personas de movilidad reducida.



En el caso de la estación de Carvajal no existe como tal un problema de
accesibilidad imputable al ferrocarril. Esto es así porque en este punto,
que está situado muy cerca del mar, existe un desnivel muy importante
entre el lado mar del ferrocarril, donde está situada la zona de playas y
la N-340 (cota +5 m) y su lado interior (cota +25 m). Es decir, existe un
desnivel de unos 20 metros.



Por el lado interior no hay problemas de accesibilidad y por el lado del
mar se puede acceder a la estación mediante 2 itinerarios:



1. Directamente (sin cruzar el ferrocarril) mediante unos tramos de
escaleras que llevan a un paso inferior, que se comunican con el andén
central mediante ascensor. Este acceso es muy difícil de acondicionar
para minusválidos, dado el desnivel tan grande que existe ya comentado
anteriormente. Además, no es estrictamente necesario ya que existe un
itinerario alternativo que se describe a continuación.



2. Continuando por la calle Ladera, que cruza bajo las vías del
ferrocarril a una distancia aproximada de 100 metros mediante un paso
inferior urbano, existiendo a continuación una calle que lleva a la
estación (todo ello de reciente urbanización), sin que existan por este
lado problemas de accesibilidad, ya que existe un ascensor a nivel de
calle que comunica con el paso inferior mencionado en el párrafo
anterior, que a su vez se comunica con el anden central con otro
ascensor.



Además, el apeadero de Carvajal es accesible desde la explanada de la
estación y dispone de ascensores para comunicar los dos andenes mediante
un paso inferior. Además, hay previstas actuaciones de mejora en el
citado paso inferior para incrementar el confort, la fiabilidad y la
seguridad.



El apeadero de los Boliches es un apeadero elevado, situado sobre un
viaducto. Se ha redactado el proyecto constructivo 'Línea
Málaga-Fuengirola. Tramo: Campamento Benítez-Fuengirola. Renovación de
vía y actuaciones complementarias', en el que se mejora la accesibilidad
actual de este apeadero, al sustituir las escaleras y rampas actuales,
por nuevas escaleras fijas, mecánicas y ascensor. Este proyecto
constructivo, aunque se ha finalizado su redacción se encuentra todavía
en fase de supervisión.



En lo relativo al material móvil, en la actualidad todos los trenes que
circulan por la línea C-1 del Núcleo de Cercanías de Málaga son trenes
CIVIA auto accesibles, que disponen de un coche que permite el acceso de
manera autónoma a personas con discapacidad que utilizan silla de ruedas,
y facilita el acceso a personas con movilidad reducida, al tener una zona
de piso bajo. En esta zona se dispone de 2 espacios equipados para
usuarios de silla de ruedas, así como de aseo adaptado.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




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521






184/007343



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Garzón Espinosa, Alberto (GIP).



Respuesta:



Por Acuerdo del Consejo de Ministros, de 30 de diciembre de 2010, los
servicios de Cercanías se encuentran declarados sujetos a obligaciones de
servicio.



Se aplican los incrementos tarifarios que establece la Comisión Delegada
del Gobierno para Asuntos Económicos.



Sin embargo, atendiendo a las necesidades de los clientes habituales y
recurrentes, se han puesto en servicio nuevos productos, como son el
nuevo bonotren y el abono ilimitado, que permiten al cliente satisfacer
sus necesidades de transporte a un menor coste.



La oferta actual en el servicio de Cercanías de Málaga es la máxima que
permiten las condiciones técnicas de la infraestructura de vía, y se
ajusta a la demanda existente en la línea.



Las cercanías de Málaga cuentan con dos líneas (C-1 Málaga-Fuengirola, y
C-2 Málaga-Alora). La demanda total de las estaciones es de 21.831
viajeros subidos/día, según los últimos aforos de Renfe disponibles (año
2011).



Mientras en la línea C-1 el número de viajeros subidos es de 20.175
viajeros/día, en la línea C-2 son solamente 1.656 viajeros/día. Es decir,
que la línea C-1 capta el 92,4 % de la demanda del núcleo de cercanías de
Málaga, y la C-2 el 7,6 %.



Se han llevado a cabo las siguientes mejoras:



• 11/09/2011 Aumento de la frecuencia de la línea C-1 Málaga<>Fuengirola a
20'.



• 07/11/2011 Ampliación de la oferta comercial de 22 a 28 servicios/día,
con horarios adaptados a la demanda comercial y mejora de la conectividad
con trenes AVE y Avant en Málaga.



Finalmente, se relacionan las actuaciones de mejora que se están llevando
a cabo en la Línea C-2:



1. Obras:



a) Asfaltado de acceso en Aljaima y Cártama, para la mejora de la
facilidad de acceso, tránsito y conexión de los viajeros con las
estaciones.



2. Instalaciones:



a) Mejora de protección antivandálica de máquinas autoventas de todo el
núcleo, elevando su fiabilidad y disponibilidad del sistema de venta.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007346



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Anchuelo Crego, Álvaro (GUPyD).



Respuesta:



Los jóvenes son uno de los colectivos más afectados por la situación de
crisis actual, dado que su inexperiencia profesional hace que tengan más
probabilidades que otros grupos de trabajar en empleos precarios,
independientemente de su educación y habilidades.



Conscientes de esta problemática, en el Programa Nacional de Reformas 2012
se establece el empleo juvenil como objetivo trasversal y prioritario de
la reforma del mercado laboral y de las políticas activas de empleo,
fomentándose además vías alternativas para la inserción laboral de los
jóvenes, como el autoempleo o las prácticas profesionales.




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522






Así, se contempla la elaboración de un Plan de Empleo Juvenil 2012-2015,
que se está preparando actualmente. Este Plan se ha articulado de forma
participativa y de consenso entre todos los entes públicos de la
Administración General del Estado que ostentan competencias cuya
ejecución genera un impacto directo o indirecto en el empleo y desempleo
juvenil. Especialmente se tendrán en cuenta las actuaciones previstas con
el Fondo Social Europeo, donde se contempla una reorientación de casi 150
millones de euros a la lucha contra el desempleo juvenil, así como las
contempladas en el Plan de Empleo Anual realizado en coordinación con las
Comunidades Autónomas.



Entre los objetivos generales del Plan, se encuentran los de fomentar el
espíritu emprendedor, reducir la tasa de abandono educativo temprano,
integrar en el mercado de trabajo a grupos de riesgo de exclusión social,
etc.



Por otra parte, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social está trabajando
en un paquete de medidas de apoyo e impulso al trabajo autónomo y los
emprendedores que incluye en su ámbito de aplicación las fórmulas de
autoempleo individual y colectivo, para el estímulo e impulso al
emprendimiento, destacando el de índole juvenil, de forma que se pueda
ofrecer un sustento suficiente para contribuir al desarrollo del tejido
productivo y empresarial en nuestro país.



Entre las nuevas medidas se incluye aquella a la que hace referencia la
pregunta, la cual pretende incentivar a los estudiantes de enseñanza
universitaria y formación profesional para que compatibilicen su
formación con el trabajo por cuenta propia a través de una rebaja en su
cotización al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.



Esta medida, que se encuentra en fase de estudio y diseño, tendría por
objeto impulsar la cultura del emprendimiento y fomentar el autoempleo
como alternativa laboral entre los estudiantes españoles, una de las
asignaturas pendientes de nuestro país.



Dada la fase de diseño de la misma, no se pueden concretar los caracteres
específicos y definidores de la medida en el momento actual, más allá de
que facilitará a los jóvenes estudiantes la adecuada compatibilización de
su formación con un trabajo por cuenta propia.



Para ello, se tendrán en cuenta las necesidades de asistencia a clases de
los estudiantes, de manera que puedan continuar su formación, pero que
ésta se acompañe de un componente profesional, que implicaría su
inserción en el mercado laboral evidentemente con un carácter parcial
durante los periodos lectivos, de forma que, como sucede en otros países,
se pueda compaginar el desarrollo formativo con el de una actividad
profesional.



Siempre ha sido frecuente la existencia de trabajadores jóvenes que, con
gran sacrificio personal, han ido cursando estudios superiores para
mejorar su cualificación. Por ese motivo muchas universidades ofrecen
estudios en turno de tarde, o incluso de tarde-noche. Quienes ni siquiera
en esas circunstancias pueden sacar adelante sus estudios, tienen como
recurso la UNED y toda una serie de universidades con estudios on-line
que han ido naciendo recientemente. Esas modalidades de enseñanza son
completamente flexibles y compatibles con el desempeño de un puesto de
trabajo. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte apoya esta oferta
educativa, al tiempo que se preocupa por la garantía de la debida calidad
académica de estos estudios.



Cabe señalar que el pasado 16 de mayo se constituyó la Comisión de
Expertos para la reforma del Sistema Universitario Español.



Uno de los aspectos concretos que abordarán los expertos será el de la
redefinición del mapa universitario español y su oferta académica para
adaptarlo a las necesidades reales del mercado laboral y también se puede
abordar como punto concreto la posibilidad de diseñar mecanismos para
compatibilizar estudios presenciales y trabajo. De este modo se logrará
que los jóvenes estén más y mejor preparados para afrontar su vida
laboral.



En este conjunto de medidas también se pretende introducir otra, de
carácter distinto, que beneficiaría a quienes se encuentren en situación
de pluriactividad, introduciendo reducciones en la cotización de los
autónomos que se encuentran en esta situación, es decir, para aquellos
que están dados de alta de forma simultánea en el Régimen General de la
Seguridad Social y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
(RETA), lo cual estimulará nuevas altas en el Régimen Especial.



Madrid, 4 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




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523






184/007353



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Picó i Azanza, Antoni (GC-CiU).



Respuesta:



La ayuda humanitaria prestada por España a la población saharaui en los
campamentos de refugiados en Argelia se realiza, en coordinación con el
otro gran donante, el Departamento de Ayuda Humanitaria y Protección
Civil de la Comisión Europea (ECHO), mediante contribuciones al sistema
de Naciones Unidas (el Programa Mundial de Alimentos y el Alto
Comisariado de las Naciones Unidas para los Refugiados, ACNUR), a través
de ONGs o hasta el 2011, directamente por la Oficina Técnica de
Cooperación en Argel. Consiste principalmente en asistencia alimentaria y
la logística correspondiente, la provisión de refugio mediante la
donación de jaimas y enseres a las familias, así como las denominadas
'medidas de generación de confianza' en colaboración con ACNUR.



La ayuda española ha permitido completar la alimentación en campamentos
mediante la distribución de productos frescos, gofio y carne, así como
contribuir a la constitución de una despensa de seguridad que evite
rupturas en el suministro mensual de alimentos. La financiación de una
base de transporte también ha permitido garantizar la distribución
puntual de la ayuda.



Se calcula que en torno a 133.000 personas se benefician anualmente de la
ayuda española.



La ayuda destinada durante el periodo 2008-2012, asciende a un presupuesto
aproximado de 38.956.399 €.



Madrid, 10 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007354 a 184/007356



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tarruella Tomàs, María Concepció (GC-CiU).



Respuesta:



El Código de prácticas mundial de la Organización Mundial de la Salud
(OMS) sobre contratación internacional de personal de salud, aprobado en
la 63ª Asamblea Mundial de la Salud el 21 de mayo 2010 es voluntario, de
alcance mundial, y enuncia los principios éticos aplicables a la
contratación internacional de personal de salud.



El órgano competente de la Administración General del Estado con
competencias en las materias a que se refiere este código es la Dirección
General de Ordenación Profesional de la Secretaría General de Sanidad del
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.



Desde esa Dirección se ha presentado a la Comisión Técnica Delegada de
Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud los contenidos de este
Código, así como las Conclusiones del Consejo sobre la inversión en el
personal sanitario de mañana, posibilidades de innovación y colaboración
(2011/C 74/02), publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, 8 de
marzo de 2011, que incluyen su ratificación. También se ha colaborado con
la Organización Mundial de la Salud (OMS) en la contestación de los
informes que se han requerido.



Como herramienta básica para la planificación de los recursos humanos
sanitarios y como garantía de información a los ciudadanos y a las
instituciones, el Real Decreto-ley 16/2012 de medidas urgentes para
garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la
calidad y seguridad de las prestaciones, creó el Registro Estatal de
Profesionales Sanitarios. En el momento actual se trabaja en la
elaboración del proyecto de Real Decreto que regulará con más detalle
este Registro.



Madrid, 18 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




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524






184/007359



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GCiU).



Respuesta:



Como consecuencia del aumento del desempleo en nuestro país, se han
incrementando los índices de pobreza en los últimos años, lo que conlleva
a su vez una mayor tasa de pobreza infantil.



Los niños en situación de pobreza o exclusión social viven en hogares con
bajos ingresos, por lo que favorecer el acceso al empleo de los adultos
redunda en la mejora de la situación de pobreza de los menores.



Por eso, en combinación simultánea con el acceso a servicios de apoyo a la
infancia y a la familia, es necesario, como primer paso, emprender
acciones que resuelvan favorablemente las posibilidades de empleabilidad
de los grupos más vulnerables.



En este sentido, en la última reforma del mercado laboral se han buscado
medidas orientadas a mejorar la empleabilidad de las personas con mayores
dificultades de inserción laboral y en flexibilizar el mercado de trabajo
para conseguir que más personas entren a formar parte de él y que, las
que lo tienen, lo conserven. Además, para fomentar el empleo de calidad,
se refuerza la formación profesional, tanto para favorecer la inserción
laboral como para promover la permanencia en el empleo, que es donde se
están acometiendo los principales esfuerzos.



Por lo tanto, la mejora de la empleabilidad de los grupos vulnerables y la
formación favorecerán, en última instancia, el bienestar de la infancia.



Para finalizar, se informa que las medidas a desarrollar en relación con
la pobreza infantil se incluirán en próximos planes nacionales, tales
como el próximo Plan Nacional de Acción para la Inclusión Social
2013-2016, donde la pobreza infantil constituirá un objetivo estratégico,
el II Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia 2012-2015 o la
elaboración del Plan Integral de Apoyo a la Familia, teniendo en cuenta
la futura Recomendación sobre la materia que la Comisión adoptará el
próximo mes de diciembre.



Madrid, 13 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007361 y 184/007362



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GCiU).



Respuesta:



De acuerdo con el artículo 1 de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de
Cooperativas, éstas son sociedades constituidas por personas que se
asocian para la realización de actividades empresariales encaminadas a
satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales.



El artículo 1 de la Orden SSI/1199/2012, de 4 de junio, por la que se
establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de
subvenciones para la realización de programas de cooperación y
voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas, señala que el objetivo de estas
subvenciones es la realización de programas de cooperación y voluntariado
sociales, de interés general, encaminados a atender situaciones de
necesidad y/o marginación de personas mayores de sesenta y cinco años,
personas con discapacidad, mujeres, familia, infancia y juventud,
personas afectadas por problemas de drogodependencia, pueblo gitano,
población reclusa y ex reclusa, refugiados y asilados, migrantes,
víctimas del terrorismo, personas afectadas por el VIH/SIDA, así como
actuaciones integrales contra la exclusión social y para la erradicación
de la pobreza y demás actuaciones de solidaridad social para cubrir
necesidades de interés general.




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525






Basándose en lo expuesto, el ámbito subjetivo de actuación de las
cooperativas no está abierto a cualquier beneficiario, sino restringido a
las personas asociadas, ni tiene como objetivo la promoción del interés
general que exige la convocatoria de subvenciones del IRPF.



Por otra parte, en las convocatorias de subvenciones que se gestionan en
el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, las entidades
participantes no manifiestan de forma expresa si han acudido a los
recursos de las Obras Sociales de las Cajas, por lo tanto, no se dispone
de dicha información.



Madrid, 20 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007363



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GCiU).



Respuesta:



El importe del gasto contabilizado, en relación con las iniciativas de
formación profesional para el empleo realizadas con cargo a los fondos
existentes en el ejercicio 2011, asciende a 2.190.848,35 miles de euros,
correspondiendo 1.076.642,97 miles de euros a iniciativas de formación
gestionadas por las Comunidades Autónomas (744.327,35 miles de euros para
trabajadores prioritariamente desempleados y 332.315,62 miles de euros
para trabajadores prioritariamente ocupados), y 1.114.205,38 miles de
euros gestionados en territorio no transferido o en acciones financiadas
con cargo a la reserva de crédito del Servicio Público de Empleo Estatal,
o mediante bonificaciones en cuotas a la Seguridad Social (39.694,31
miles de euros para trabajadores prioritariamente desempleados y
1.074.511,07 miles de euros para trabajadores prioritariamente ocupados).



La diferencia existente entre los créditos definitivos y las obligaciones
reconocidas netas ascienden a 80.899,55 miles de euros, si bien existen
insuficiencias de crédito por importe de 7.707,01 miles de euros en las
bonificaciones de formación profesional para el empleo.



Los remanentes no ejecutados se integran en el remanente de Tesorería del
Organismo en cada ejercicio.



Madrid, 9 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007364



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GCiU).



Respuesta:



El informe de la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y
la Calidad de los Servicios (AEVAL) sobre bonificaciones a la
contratación se realizó en el año 2008, estando vigente en ese momento,
como norma básica de política de incentivos mediante bonificaciones, la
Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del
empleo, norma que continúa vigente para los colectivos de discapacitados,
víctimas de violencia de género, personas con riesgo de exclusión social,
así como las bonificaciones que favorecen el mantenimiento del puesto de
trabajo a los trabajadores de 60 o más años, con contrato indefinido y
cinco años de antigüedad en la empresa.



Con posterioridad a la Ley 43/2006, se han aprobado normas reguladoras en
materia de bonificaciones de cuotas que han ido simplificando y
reduciendo los colectivos susceptibles de ser contratados bajo estos
incentivos, quedando concentrados en aquellos colectivos que presentan
mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo, así como vinculando
los incentivos más estrechamente a otras políticas activas de empleo.




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526






Por otro lado, se ha venido incluyendo en la normativa el requisito de que
los contratos objeto de bonificación no supongan disminución de la
plantilla fija.



Asimismo, se han intensificado las actuaciones de control y seguimiento
para verificar la correcta aplicación de los mencionados incentivos,
cumpliendo con ello las recomendaciones del informe de la AEVAL.



Madrid, 16 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007368



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GCiU).



Respuesta:



En la formación para el empleo dirigida a trabajadores ocupados, el número
de participantes formados en la iniciativa de demanda (formación en las
empresas) fue de 2.986.493, de los cuales el 25,4 % eran mayores de 45
años.



En cuanto a la convocatoria de formación de oferta estatal y el programa
específico para la cualificación y mejora de la empleabilidad de jóvenes
desempleados menores de 30, se encuentran en proceso de ejecución,
estimándose en 614.719 el número de participantes formados a partir del
compromiso de ejecución de las entidades beneficiarias, sin que se pueda
determinar el porcentaje de participación resultante del colectivo de
mayores de 45 años.



En cuanto al número de participantes en la formación para el empleo
dirigida a trabajadores desempleados, es de 283.739 participantes, de los
cuales 41.966 son mayores de 45 años, lo que representa el 14,8 %
respecto del conjunto de participantes (datos a junio 2012).



Madrid, 5 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007377



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ábalos Meco, José Luis (GS).



Respuesta:



En la actualidad se encuentra en tramitación un expediente para determinar
los posibles derechos concesionales que pudieran corresponder a la finca
interesada, al amparo de las disposiciones transitorias de la Ley de
Costas.



Madrid, 29 de junio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007380



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Camacho Vizcaíno, Antonio (GS).



Respuesta:



En el marco del Plan Estatal de Vivienda 2005-2008, para favorecer al
acceso de los ciudadanos a la vivienda, el acuerdo relativo al ÁREA DE
REHABILITACIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE TORO




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527






(ZAMORA), fue suscrito en la Comisión Bilateral celebrada el 26 de
diciembre de 2007, acuerdo que fue objeto de reajuste en la Comisión
Bilateral celebrada el 18 de noviembre de 2011.



Según lo acordado, la ejecución de las actuaciones se extiende a cuatro
anualidades: 2007, 2011, 2012, 2013. La anualidad 2007, fue abonada el
31/12/2007. La anualidad 2011, ha sido abonada el 21/12/2011.



El abono de las cantidades correspondientes a la anualidad de 2012, se
realizará una vez se justifiquen los importes pendientes de las dos
anualidades anteriores (2007-2011).



Igualmente, la subvención correspondiente a la anualidad 2013, se abonará
una vez que la Comunidad Autónoma haya justificado el empleo de todos los
fondos y la finalización de la actuación.



Por tanto, no existe paralización de la ejecución del Acuerdo.



En cuanto a la razón por la cual no se ha resuelto la convocatoria de
ayudas realizada en el mes de marzo de 2010, no corresponde a la
Administración General del Estado manifestarse, ya que la tramitación y
resolución de dichas ayudas corresponden al órgano competente de la
Comunidad Autónoma.



Madrid, 9 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007385



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Ramírez, María José (GS).



Respuesta:



Actualmente están en fase de ejecución las obras de la infraestructura
ferroviaria de la estación de Huelva.



Los terrenos afectos a la nueva estación de Huelva se encuentran en su
mayor parte liberados. No obstante, está pendiente de ejecución la
demolición del viaducto de la Avda. de Cádiz y el levante y la reposición
de los servicios afectados, obras que deben ser acometidas por el agente
Urbanizador del PAU 'Ensanche Sur'.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007386



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Ramírez, María José (GS).



Respuesta:



Actualmente los terrenos afectos a la nueva estación de Huelva se
encuentran en su mayor parte liberados. No obstante, está pendiente de
ejecución la demolición del viaducto de la Avda. de Cádiz y el levante y
la reposición de los servicios afectados, obras que deben ser acometidas
por el agente Urbanizador del PAU 'Ensanche Sur'.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007387



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez García, Isabel y Barreda Fontes, José María (GS).




Página
528






Respuesta:



La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales-SEPI y su sociedad
MAYASA (Minas de Almadén y Arrayanes, S.A.) se plantean las siguientes
actuaciones de la empresa en el futuro:



• El mantenimiento de las opciones de ubicación al Almacenamiento Temporal
Europeo del Mercurio-Metal.



• La continuidad en la encomienda de gestión del Centro Tecnológico
Nacional de Descontaminación del Mercurio.



• La continuidad en la actividad de restauración ambiental y recuperación
del patrimonio minero industrial, a través del Parque Minero de Almadén.



• El mantenimiento de las actividades de explotación agropecuaria de la
Dehesa de Castilseras: agrícola, ganadera y forestal.



Madrid, 6 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007388



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Barreda Fontes, José María y Rodríguez García, Isabel (GS).



Respuesta:



El Parque Empresarial Eras de Barbudillos era un proyecto a ejecutar por
la sociedad MINAS DE ALMADÉN Y ARRAYANES, S.A. (MAYASA), perteneciente al
Grupo Sociedad Estatal de Participaciones Industriales-SEPI. El parque
tenía una superficie total de 175.000 m2 (112.000 m2 disponibles para la
venta) y su promoción se había encargado a TRAGSA (empresa de
transformación agraria), sociedad perteneciente también al Grupo SEPI.



Tras analizar SEPI las circunstancias que concurrían en este proyecto
(estado del proyecto, coste, margen negativo previsto, posibilidades de
comercialización,...), en marzo de este año acordó reevaluar esta
operación inmobiliaria, notificándose a la empresa la baja del Parque en
su presupuesto.



Madrid, 6 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007389



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tudanca Fernández, Luis (GS).



Respuesta:



La Iglesia Católica goza de exención en relación con el Impuesto sobre
Bienes Inmuebles (IBI). El IBI. se encuentra regulado en los artículos 60
a 77 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
(TRLRHL), aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo
(BOE de 9 de marzo). El artículo 62.1.c) establece que están exentos los
siguientes inmuebles:



'c) Los de la Iglesia Católica, en los términos previstos en el Acuerdo
entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de
enero de 1979, y los de las asociaciones confesionales no católicas
legalmente reconocidas, en los términos establecidos en los respectivos
acuerdos de cooperación suscritos en virtud de lo dispuesto en el
artículo 16 de la Constitución.'




Página
529






El Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos
Económicos, de 3 de enero de 1979, ratificado por Instrumento de 4 de
diciembre de 1979 (BOE de 15 de diciembre), establece en sus artículos IV
y V lo siguiente:



'Artículo IV.



1. La Santa Sede, la Conferencia Episcopal, las diócesis, las parroquias y
otras circunscripciones territoriales, las Ordenes y Congregaciones
religiosas y los Institutos de vida consagrada y sus provincias y sus
casas tendrán derecho a las siguientes exenciones:



A) Exención total y permanente de la Contribución Territorial Urbana de
los siguientes inmuebles:



1) Los templos y capillas destinados al culto, y asimismo, sus
dependencias o edificios y locales anejos destinados a la actividad
pastoral.



2) La residencia de los Obispos, de los Canónigos y de los Sacerdotes con
cura de almas.



3) Los locales destinados a oficinas, la Curia diocesana y a oficinas
parroquiales.



4) Los Seminarios destinados a la formación del clero diocesano y
religioso y las Universidades eclesiásticas en tanto en cuanto impartan
enseñanzas propias de disciplinas eclesiásticas.



5) Los edificios destinados primordialmente a casas o conventos de las
Órdenes, Congregaciones religiosas e Institutos de vida consagrada.
(....)



Artículo V.



Las asociaciones y entidades religiosas no comprendidas entre las
enumeradas en el artículo IV de este Acuerdo y que se dediquen a
actividades religiosas, benéfico-docentes, médicas u hospitalarias o de
asistencia social tendrán derecho a los beneficios fiscales que el
ordenamiento jurídico-tributario del Estado español prevé para las
entidades sin fin de lucro y, en todo caso, los que se conceden a las
entidades benéficas privadas.'



El fundamento de la exención radica en la naturaleza no lucrativa de la
entidad beneficiaria y la actividad que se realiza, en el caso de la
confesiones religiosas, ya se trate del culto como ejercicio de un
derecho fundamental, ya se trate de entidades que prestan servicios de
interés social: educativos, hospitalarios o asistenciales.



Cabe apuntar que corresponde a los ayuntamientos girar el citado impuesto
y a la Iglesia justificar, en su caso, la exención correspondiente.



Estos beneficios fiscales a favor de la Iglesia Católica son similares a
los recogidos en los Acuerdos de colaboración que tiene suscritos el
Estado español con otras iglesias o confesiones religiosas: la religión
evangélica (Ley 24/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el
Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Entidades
Religiosas Evangélicas de España, BOE de 12 de noviembre), la comunidad
israelita (Ley 25/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el
Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Comunidades
Israelitas de España, BOE de 12 de noviembre) y la religión islámica (Ley
26/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de
Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España, BOE de 12 de
noviembre).'



En este sentido, artículo 16.3 de la Constitución, establece el principio
de cooperación por el que el Estado está obligado a mantener relaciones
de cooperación con la Iglesia Católica y el resto de confesiones
presentes en la sociedad española.



En el caso de la Iglesia Católica, dicha cooperación se materializa en los
acuerdos firmados en 1979 con la Santa Sede a los que ya se ha hecho
referencia y que dispone un sistema de financiación de la Iglesia
Católica aplicable en distintas fases (Art. II). Actualmente, dicha
financiación responde al modelo de asignación tributaria cuyo porcentaje
y condiciones se especificaron en el Canje de Notas de 22 de diciembre de
2006 entre el Estado Español y la Santa Sede.



En consecuencia, la financiación de la Iglesia Católica se establece en
una norma que tiene naturaleza de convenio internacional cuya
modificación exige, por tanto, un nuevo acuerdo entre las partes.



En este contexto, el Gobierno, en la actualidad, no tiene prevista la
renegociación de ningún acuerdo internacional con confesión religiosa
alguna.



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
530






184/007390



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tudanca Fernández, Luis (GS).



Respuesta:



En las tres últimas convocatorias de acceso a la condición de Reservista
Voluntario que se han publicado, se han ofertado plazas en respuesta
exacta a necesidades expresadas por las unidades, centros y organismos
(UCO) del Ministerio de Defensa. La consecuencia de esta oferta de plazas
será la de mejorar el rendimiento y satisfacción de las activaciones
futuras, tanto para las referidas UCO de activación como para los propios
Reservistas.



Se está redactando actualmente una Orden Ministerial que desarrolla el
Reglamento, con la que se pretende mejorar el rendimiento de las
activaciones.



En cuanto al reconocimiento de trayectorias, el Reglamento introdujo
disposiciones para posibilitar los ascensos de los Reservistas, aspecto
para el que el proyecto de Orden Ministerial establece un nuevo
procedimiento de evaluación, muy similar al que se sigue para las
evaluaciones del personal militar profesional.



Madrid, 10 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007391



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tudanca Fernández, Luis (GS).



Respuesta:



El CESEDEN realiza sus cometidos docentes y de investigación a través de
la Escuela de Altos Estudios de la Defensa Nacional (EALEDE), la Escuela
Superior de las Fuerzas Armadas (ESFAS) y el Instituto Español de
Estudios Estratégicos (IEEE).



La EALEDE imparte cursos de Altos Estudios de la Defensa Nacional para
personal civil y militar, además de desarrollar tareas de investigación y
de fomento y difusión de la cultura de defensa de acuerdo con el artículo
52 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar.



Tradicionalmente se relaciona con Universidades, centros de pensamiento e
investigación, que le proporcionan una amplia lista de conferenciantes,
ponentes e investigadores en las múltiples actividades que se realizan en
el ámbito de la Seguridad y Defensa. Durante el curso 2011-2012 se han
iniciado once temas de investigación (cuatro monografías y siete
documentos de Seguridad y Defensa), dos talleres y dos mesas redondas
organizadas por las comisiones permanentes en las cuales han participado
57 militares, y 80 civiles. En el aspecto docente, durante el mismo
periodo, se han realizado seis cursos nacionales, y tres internacionales,
con una participación de un total de 111 conferenciantes militares y 194
civiles.



Además de la relación permanente que existe con el personal militar
destinado en la Escuela, existe otra de carácter temporal con los
expertos civiles que colaboran en la tarea docente de la Escuela.



En el futuro próximo, está previsto incrementar y profundizar las
relaciones de esta Escuela con las Universidades, tanto nacionales como
extranjeras, y continuar desarrollando todas aquellas actividades
relacionadas con la Defensa Nacional, la política militar, las Fuerzas
Armadas y la difusión de la cultura de Seguridad y Defensa, que son su
misión principal.



Por otra parte, se espera poder realizar en el futuro una oferta educativa
a través del campus virtual de Defensa, los campus virtuales de las
Universidades con las que existan convenios de colaboración y la
plataforma del Portal Iberoamericano.



La Escuela Superior de las Fuerzas Armadas imparte cursos de Altos
Estudios de la Defensa Nacional específicamente militares como son: el
Curso de Actualización para el desempeño de los Cometidos de




Página
531






ascenso a Oficial General y el Curso de Estado Mayor de las Fuerzas
Armadas, de acuerdo con el Art. 52 de la ley 39/2007 de 19 de noviembre,
de la Carrera Militar, y el Curso Superior de Inteligencia de las Fuerzas
Armadas.



En los cursos que desarrolla la Escuela participan, en tareas docentes,
los profesores de plantilla de la Escuela así como numeroso personal
civil y militar experto en ciertas materias en actividades como
conferencias, paneles, masas redondas, etc., con carácter de
colaboradores temporales.



La participación de colaboradores ajenos a la Escuela en el curso
2011-2012 ha sido de 571 militares y 160 civiles, de los que 35
pertenecen a Universidades y 125 a otros organismos.



El IEEE se ha integrado recientemente en el CESEDEN, y está previsto que
desarrolle las tareas relativas al impulso de la investigación y difusión
de la Cultura de Defensa.



Madrid, 10 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007392



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tudanca Fernández, Luis (GS).



Respuesta:



La función de 'coordinar la política social para el personal militar' la
realiza La Dirección General de Personal a través de la División del
Servicio de Apoyo al Personal, donde se encuadra un Área específica de
Acción Social, que cuenta con los medios humanos, materiales y
presupuestarios suficientes.



Se ejerce mediante la propuesta de todas las normas en materia de acción
social y asistencia al personal, efectuando las convocatorias de ayudas
comunes de todo el Ministerio de Defensa (Órgano Central y Ejércitos) y
con la coordinación y la información de todas las convocatorias de ayudas
específicas de los Ejércitos y Organismos Autónomos, así como las órdenes
ministeriales de precios y funcionamiento de residencias, entre otras.



También se coordinan y proponen actuaciones en otros aspectos que puedan
facilitar la vida al personal de las Fuerzas Armadas como pueden ser
apoyo a la movilidad, escolarización, conciliación de la vida personal y
familiar a través de la coordinación de los centros de educación
infantil, facilitando el conocimiento de los cauces de apoyo al personal
a través de la publicación de contenidos en internet.



La Dirección General de Personal realiza la función de 'prestación de
apoyo continuado a los heridos y familiares de los fallecidos y heridos
en acto de servicio' a través de una estructura específica, creada por
Orden Ministerial 71/2010, de 15 de diciembre: la Unidad de apoyo a
heridos y familiares de heridos y fallecidos en acto de servicio, que
cuenta con los medios humanos, materiales y presupuestarios suficientes.



La Unidad, integrada en la División del Servicio de Apoyo al Personal,
cuenta además con toda la estructura de los Ejércitos y del Órgano
Central que sea necesaria para el ejercicio de su función de apoyo. Esta
función se presta fundamentalmente mediante la coordinación de la
prestación de apoyo por parte de los órganos competentes en cada caso,
tanto del Órgano Central como de los Ejércitos, la asistencia,
coordinación y seguimiento de las gestiones administrativas derivadas del
hecho (pensiones, indemnizaciones, seguros...) y de la atención personal
y social al herido o a los familiares del fallecido, con los que mantiene
canales permanentes de comunicación.



Madrid, 10 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007406 y 184/007407



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sicilia Alférez, Felipe Jesús y Ramón Utrabo, Elvira (GS).




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532






Respuesta:



En el periodo de vigencia del anterior acuerdo comercial entre la Unión
Europea con Marruecos (desde el año 2000 hasta el año 2012 incluido), se
indican a continuación cuántas acciones de muestreo y seguimiento se han
llevado a cabo a través de la Agencia Tributaria en nuestros puertos y
aeropuertos, sobre los productos agrícolas frescos procedentes de
Marruecos:



1. Importaciones



Se recogen los resultados en función del tipo de control realizado en las
aduanas marítimas y aéreas españolas, de productos agrícolas frescos
declarados para su importación procedentes y/o cuyo origen es Marruecos
desde el 1 de enero de 2004.



Debe tenerse en cuenta que son productos que para su introducción en el
Territorio Aduanero Comunitario precisan de certificados sanitarios.
Hasta el año 2005, dicha circunstancia exigía que todos los envíos de
este tipo de control fueran sometidos a un control documental para
verificar que la mercancía disponía del preceptivo certificado sanitario
emitido por las autoridades sanitarias españolas. Desde el año 2005, se
fue implantando en las aduanas de forma progresiva un sistema de
intercambio de información online entre Sanidad y Aduanas que permitía
verificar la realidad del certificado sanitario declarado en el DUA
(documento único aduanero) de importación. Desde ese momento el número de
controles documentales se ha visto reducido por tal motivo.



Tipo de Control;Resultado Despacho;Nº de envíos;Porcentaje



Documental;Levante;84.770;70,54 %



;No Levante;125;



;;84.895;



Físico;Levante;7.712;6,43 %



;No Levante;29;



;;7.741;



No control;Levante;27.711;23,03 %



;;27.711;



Total;;120.347;



2. Tránsitos expedidos



A continuación se recogen los datos relativos a los controles realizados
sobre tránsitos expedidos desde España con destino fuera de España.



Al igual que sucede con los controles realizados sobre mercancía
despachada para importación, estos pueden ser de tipo documental o
físico.



El resultado de los controles puede conllevar que se autorice o no la
expedición del tránsito, con la consiguiente anulación del mismo.



No obstante, se puede dar el caso de que la aduana autorice la expedición
del tránsito, previa realización de los controles que procedan, y
posteriormente el envío se anule a solicitud del operador por decidir dar
a la mercancía un destino distinto.



Tipo de Control;Resultado Despacho;Nº de envíos;Porcentaje



Documental;Autorizado;119.126;35,55 %



;Anulado;2.074;



;;121.200;



Físico;Autorizado;4.726;1,54 %



;Anulado;513;



;;5.242;




Página
533






Tipo de Control;Resultado Despacho;Nº de envíos;Porcentaje



No control;Autorizado;212.265;62,92 %



;Anulado;2.268;



;;214.533;



Total;;340.975;



Asimismo, se relacionan, en el periodo de vigencia del anterior acuerdo
comercial entre la Unión Europea con Marruecos (desde el año 2000 hasta
el año 2012 incluido), las acciones de muestreo y seguimiento que se han
llevado a cabo a través de la Agencia Tributaria en el puerto de
Algeciras, el puerto de Almería y el puerto de Málaga, sobre los
productos agrícolas frescos procedentes de Marruecos:



1. Importaciones



Puerto de Algeciras:



Tipo de control;Resultado Despacho;Nº envíos;Porcentaje



Documental;Levante;77.782;70,06 %



;No Levante;118;



;;77.900;



Físico;Levante;7.204;6,50 %



;No Levante;20;



;;7.224;



No Control;Levante;26.060;23,44 %



;;26.060;



Total;;111.184;



Puerto de Almería:



Tipo de control;Resultado Despacho;Nº envíos;Porcentaje



Documental;Levante;1.783;74,90 %



;No Levante;4;



;;1.787;



Físico;Levante;180;7,88 %



;No levante;8;



;;188;



Circuito Verde;Levante;411;17,23 %



;;411;



Total;;2.386;



Puerto de Málaga:



Tipo de control;Resultado Despacho;Nº envíos;Porcentaje



Documental;Levante;6;100,00 %



;No Levante;;



;;6;



Físico;Levante;;0,00 %



;No levante;;



;;0;



Circuito Verde;Levante;;0,00 %



;;0;



Total;;6;




Página
534






2. Tránsitos expedidos



Puerto de Algeciras:



Tipo de Control;Resultado Despacho;Nº de envíos;Porcentaje



Documental;Autorizado;118.588;35,61 %



;Anulado;2.069;



;;120.657;



Físico;Autorizado;4.685;1,53 %



;Anulado;508;



;;5.193;



No control;Autorizado;210.675;62,85 %



;Anulado;2.265;



;;212.940;



Total;;338.790;



Puerto de Almería:



Tipo de Control;Resultado Despacho;Nº de envíos;Porcentaje



Documental;Autorizado;477;91,10 %



;Anulado;4;



;;481;



Físico;Autorizado;16;4,36 %



;Anulado;7;



;;23;



No control;Autorizado;24;4,55 %



;Anulado;;



;;24;



Total;;528;



Puerto de Málaga:



No existen tránsitos expedidos desde el puerto de Málaga que respondan al
tipo de información solicitada.



Madrid, 8 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007408



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, mediante Orden de 13
de febrero de 2012, en uso de las competencias que le son propias,
convoca procedimientos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de
Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación
Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de
Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y
acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores
de Artes Plásticas y Diseño. Dicha Orden se dicta en conformidad con lo
dispuesto en el Decreto 373/2011, de 27 de diciembre, por el que se
aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2012 para los
cuerpos docentes de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores
Técnicos de Formación




Página
535






Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de
Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño.



El Gobierno, en uso de sus competencias y con la urgencia requerida por
'la importante desviación del saldo presupuestario estimada en el momento
presente para el conjunto de las Administraciones Públicas para el
ejercicio 2011 respecto al objetivo de estabilidad comprometido', toma
medidas de carácter urgente para su corrección. Dichas medidas se
establecen a través del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de
medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para
la corrección del déficit público. En su artículo 3 se regula la oferta
de empleo público u otro instrumento similar de gestión de la provisión
de necesidades de personal, cuyo apartado cinco especifica que
respetando, en todo caso, las disponibilidades presupuestarias del
capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, la limitación
contenida en los apartados anteriores no será de aplicación a los
siguientes sectores y Administraciones en los que la tasa de reposición
se fija en el 10 por ciento, siendo al caso aplicable lo establecido en
el subapartado A, que indica que 'las Administraciones públicas con
competencias educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de
3 de mayo, de Educación, en relación con la determinación del número de
plazas para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes'.



El número de plazas convocadas mediante Orden de 13 de febrero de 2012, no
es acorde a lo establecido en real Decreto-ley 20/2011, de 30 de
diciembre. Por ello, el Gobierno, en uso de sus legítimas competencias y
al amparo del artículo 161.2 de la Constitución, promueve un Conflicto
positivo de competencia n.º 2386-2012, en relación con la Orden de 13 de
febrero de 2012, de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía,
por la que se efectúa convocatoria de procedimientos selectivos para el
ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores
Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de
Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes
Plásticas y Diseño, y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza
Secundaria y Profesores de Artes Plásticas y Diseño.



La impugnación cuenta con un dictamen favorable del Consejo de Estado del
12 de abril, en el que se establece que la Orden autonómica 'no respeta
los límites impuestos en el Real Decreto-ley 20/2011 para la Oferta de
Empleo Público para 2012, al establecerse una tasa de reposición del 30
por 100 de efectivos'. Por ello, el Consejo de Estado concluye que la
Orden andaluza 'adolece de inconstitucionalidad al ignorar la legislación
básica aplicable a todas las Administraciones públicas para el citado
ejercicio'.



El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 22 de mayo
actual, ha acordado admitir a trámite el conflicto positivo de
competencia número 2386-2012, promovido por el Gobierno de la Nación, en
relación con la Orden de 13 de febrero de 2012, de la Consejería de
Educación de la Junta de Andalucía, por la que se efectúa convocatoria de
procedimientos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de
Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional,
Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes
Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y acceso a los
Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Artes
Plásticas y Diseño. Visto que el Gobierno invoca el artículo 161.2 de la
Constitución, se produce la suspensión de la vigencia y aplicación de la
Orden impugnada, desde la fecha de interposición del conflicto 23 de
abril de 2012.



Madrid, 24 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007413



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El número de parados registrados en la provincia de Málaga, desde
diciembre de 2011, ha sido el siguiente:



;Paro registrado Málaga



Diciembre 2011;194.999



Enero 2012;202.354




Página
536






;Paro registrado Málaga



Febrero 2012;207.355



Marzo 2012;208.398



Abril 2012;205.869



Mayo 2012;203.848



Junio 2012;197.096



Madrid, 5 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007414



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Los datos estadísticos de paro registrado en la provincia de Málaga, en
los meses posteriores a la entrada en vigor de la reforma laboral, y que
muestran un moderado descenso, son los siguientes:



Marzo 208.398



Abril 205.869



Mayo 203.848



La reforma aprobada por el Gobierno en febrero de 2012, siguiendo la línea
de actuación sugerida por los organismos internacionales, es una reforma
en profundidad del mercado de trabajo, cuyo principal objetivo es crear
un nuevo marco legislativo estable que permita la creación de empleo,
generando asimismo una dinámica positiva en el funcionamiento del mercado
laboral español. En líneas generales el Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de
febrero, desarrolla un conjunto integral y coherente de medidas que se
estructuran en torno a cuatro grandes ejes:



• favorecer la empleabilidad de los trabajadores,



• fomentar la creación de empleo y reducir la dualidad laboral,



• favorecer la flexibilidad interna de las empresas como alternativa a la
destrucción de empleo, y,



• favorecer la eficiencia del mercado de trabajo como elemento vinculado a
la reducción también de la dualidad laboral.



Se trata de una reforma que ha sido valorada de forma positiva por los
diferentes organismos y entidades, tanto públicos como privados,
nacionales e internacionales, y que permitirá aprovechar el crecimiento a
medio plazo y crear empleo, reduciendo así, paulatinamente, las elevadas
tasas de desempleo actuales.



Madrid, 5 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007415



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



La territorialización de las inversiones no responde a un reparto lineal
por cada una de las provincias sino que se realiza en función de cual sea
el ámbito geográfico de los proyectos que se vayan a ejecutar. En este
contexto, son los Departamentos ministeriales los que seleccionan sus
proyectos de inversión, siendo la distribución geográfica una resultante
de dichos proyectos.




Página
537






En cualquier caso, cabe recordar que, según los Presupuestos Generales del
Estado para 2012, la cifra de la reducción de las inversiones es del
24,91 % (24,23 % si se excluye la inversión en el extranjero y la no
regionalizable).



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007421



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



La prioridad principal de las actuaciones del Gobierno, tanto a nivel
estatal como en todos los ámbitos territoriales, es la de potenciar e
impulsar la investigación y la capacidad innovadora en el sistema
Ciencia-Tecnología empresa.



El Gobierno no destina fondos directos para el fomento de la investigación
para una universidad en concreto. Las convocatorias públicas, tanto del
Ministerio de Economía y Competitividad (responsable principal de los
fondos destinados a investigación) como las del Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte, están dirigidas a los grupos de investigación,
investigadores o universidades que, de forma particular, piden estos
fondos en concurrencia competitiva y con la autorización y apoyo del
responsable de investigación de su universidad. De esta manera, la
Universidad de Málaga recibirá los fondos correspondientes a las ayudas
solicitadas y concedidas a sus investigadores en dichas convocatorias.



Los programas de innovación de I+D de ámbito nacional que serán objeto de
financiación y a los que podrá concurrir la Universidad de Málaga son los
siguientes:



1. Programa de estímulo a Proyectos de I+D+i en colaboración
público-privada dirigido al establecimiento de alianzas estratégicas
estables a medio y largo plazo entre los agentes de I+D (universidades y
organismos de investigación) y las empresas. La convocatoria INNPACTO en
el año 2012 contará con un presupuesto plurianual (cuatro años) de 100
millones de capítulo VII (subvenciones) y de 600 millones para capítulo
VIII.



Los proyectos deben estar liderados por empresas, cuya participación en el
proyecto debe ser superior al 60 % de presupuesto presentado, pero es
indispensable la participación de organismos de investigación públicos o
privados (universidades y centros Tecnológicos)



2. Programa público de ayuda relativo a la transferencia de la tecnología
al sector productivo. Se trata de la convocatoria para el apoyo de los
Parques científicos y tecnológicos. Esta convocatoria se dirige a todas
las entidades que estén radicadas en un Parque pertenecientes al sistema
ciencia tecnología empresa y su objetivo es dotar del equipamiento
necesario a dichas entidades para favorecer la generación y transmisión
del conocimiento tecnológico entre ellas. En el año 2012 se dotará con 60
millones de euros en Préstamos.



En cuanto a los programas de investigación científica y técnica de ámbito
nacional se conceden también ayudas en el marco de convocatorias en
concurrencia competitiva. Ninguna se ha resuelto todavía en 2012 (sólo
han sido convocadas: Proyectos de investigación fundamental no orientada
y Formación del Personal Investigador).



Con lo cual, las ayudas que se concedan para ejecutar en la provincia de
Málaga, dependerán en todo caso de la calidad de las propuestas
presentadas. Se podrán ofrecer datos, tanto de las ayudas concedidas en
las convocatorias resueltas en 2012 como sobre los importes asignados al
presente ejercicio solamente una vez concluido el año 2012.



Por otro lado, son las Comunidades Autónomas las que gestionan y
distribuyen las subvenciones directas a las universidades de su
comunidad.



Madrid, 9 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
538






184/007422



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En lo referente a la financiación de Andalucía Tech, el Programa Campus de
Excelencia Internacional (CEI) tenía como línea de financiación principal
la concesión de préstamos a las Comunidades Autónomas que, a su vez,
trasladan a las universidades participantes en los proyectos que obtenían
la calificación CEI, que no continuará en el futuro.



Una de las razones por la que no se producirá el mantenimiento de esa vía
de concesión de ayudas es que se manifestó como poco adecuada, pues ya en
2011 no fue posible suscribir los convenios de concesión de préstamo con
13 de las 15 Comunidades Autónomas con las que estaba previsto hacerlo
(de hecho de los 75 millones de euros presupuestados en 2011 para la
concesión de préstamos a las Comunidades Autónomas dentro del Programa
CEI, sólo fue posible ejecutar 980.000 euros), debido a que esas
autonomías habían incumplido sus objetivos de estabilidad presupuestaria.



Además, el Programa CEI ya ha inyectado durante los 3 últimos años más de
212 millones de euros en préstamos, que las universidades tienen que
devolver con los intereses correspondientes, suponiendo una difícil una
carga económica que estrangula su modelo de financiación.



No obstante lo anterior, es intención del Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte continuar convocando ayudas en concurrencia competitiva para
estimular la excelencia de nuestras universidades, a las que podrá tener
acceso el campus de excelencia internacional Andalucía Tech y obtener de
esa manera financiación para continuar desarrollando su proyecto.



Madrid, 24 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007424



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



De conformidad con lo dispuesto en la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de
reforma para el impulso de la productividad, 'las becas y ayudas al
estudio que se convoquen con cargo a los presupuestos del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte, y para las que no se fije un número
determinado de beneficiarios, se concederán de forma directa a los
alumnos tanto universitarios como no universitarios. Las becas se
concederán atendiendo al rendimiento académico, cuando proceda, así como
a los niveles de renta y patrimonio con los que cuente la unidad
familiar'.



Es propósito decidido del Gobierno como ya se ha anunciado, avanzar en la
línea de la búsqueda del esfuerzo académico y la responsabilidad en el
estudio, garantizando la mayor eficiencia de los importantes recursos
públicos destinados a becas



Se prevé que los créditos presupuestarios que se destinarán a la
financiación de las becas de carácter general y especial universitarias
no tendrán reducción alguna en el presupuesto de 2013.



Puede concluirse que, como en cursos anteriores, obtendrán beca todos los
solicitantes que cumplan los requisitos que se fijan en las
correspondientes convocatorias.



Madrid, 24 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
539






184/007425



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Hasta el momento, no se ha producido ninguna subida en los precios
públicos por servicios académicos en la Universidad. El Real Decreto-ley
14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto
público en el ámbito educativo dispone en su artículo único, que 'para
las enseñanzas de Grado los precios públicos cubrirán entre el 15 % y el
25 % de los costes en primera matrícula...'



El 15 % del coste es lo que se estima que cubren los precios públicos
actuales, de manera que hasta que las Comunidades Autónomas no acuerden
el porcentaje del coste que deciden cubrir mediante la fijación de los
precios públicos, no puede hablarse de subida de las tasas ya que cabe la
posibilidad de que alguna decida mantener el precio en ese 15 % de
cobertura actual.



Madrid, 24 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007426



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Los créditos presupuestarios que se destinarán a la financiación de las
becas de carácter general y especial universitarias no han sufrido
reducción alguna en el presupuesto de 2012.



Es propósito decidido del Gobierno como ya se ha anunciado, avanzar en la
línea de la búsqueda del esfuerzo académico y la responsabilidad en el
estudio, garantizando la mayor eficiencia de los importantes recursos
públicos destinados a becas, pues no puede olvidarse que el mantenimiento
para el próximo curso de los umbrales máximos de renta y patrimonio
familiar dará lugar a un mayor número de familias y estudiantes con
derecho a beca.



Puede concluirse que, como en cursos anteriores, obtendrán beca todos los
solicitantes que cumplan los requisitos que se fijan en las
correspondientes convocatorias.



Madrid, 24 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007462



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



Se detalla a continuación el resultado de la estimación del número de
declaraciones del IRPF y el importe de las mismas, afectados por el
gravamen complementario establecido por el Real Decreto-ley 20/2011, de
30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria,
tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en el
ámbito territorial de la provincia de Soria, desglosado por tramos
significativos de base liquidable. La estimación de este impacto se ha
llevado a cabo a partir de la información contenida en la estadística del
IRPF 2009, sin deflactar.




Página
540






Soria;Tramos de base liquidable;Nº declaraciones afectadas;Impacto
afectados;



;;;Importe total;media (euros)



;Menos de 10.000 euros;5.112;8 3.002;16,24



;Entre 10.000 y 20.000 euros;17.148;1.333.093;77,74



;Entre 20.000 y 30.000 euros;7.515;1.733.099;230,62



;Entre 30.000 y 40.000 euros;3.664;1.596.118;435,62



;Entre 40.000 y 50.000 euros;1.363;1.022.155;749,93



;Entre 50.000 y 80.000 euros;1.293;1.662.467;1.285,74



;Entre 80.000 y 100.000 euros;249;612.065;2.458,09



;Entre 100.000 y 200.000 euros;201;873.481;4.345,68



;Entre 200.000 y 300.000 euros;26;272.826;10.493,32



;Entre 300.000 y 600.000 euros;12;276.327;23.027,22



;Más de 600.000 euros;4;507.391;126.847,73



;Total;36.587;9.972.026;272,56



Madrid, 30 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007467



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha presentado en el
Consejo de Ministros del pasado 13 de julio un Informe sobre el
Anteproyecto de Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la
Administración Local, inspirado en el principio de 'Una administración,
una competencia', con la finalidad de buscar una gestión más eficiente,
con un ahorro de al menos 3.500 millones de euros por la eliminación de
duplicidades y competencias impropias.



Este Anteproyecto cambia la legislación básica municipal con el objetivo
de que las Entidades Locales se adapten a la Ley Orgánica de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y evitar que gasten más de lo
que ingresan. Para ello, se actualizan las competencias municipales,
atribuyendo con precisión las que deben ser desarrolladas por los
municipios, diferenciándolas con claridad de las estatales o autonómicas.



Se trata de que las Entidades Locales no vuelvan a asumir competencias
impropias, es decir, competencias que no les están atribuidas
normativamente y para las que no disponen de financiación. Con la
reforma, las competencias en materia de educación y sanidad de las
Entidades locales pasarían a las Comunidades Autónomas.



La cifra de 3.500 millones es un dato general calculado para toda España
sin que exista el desglose por provincias ni comunidades autónomas.



Madrid, 4 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
541






184/007469



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



El Gobierno tiene competencias de legislación básica en materia de
educación, mientras que la gestión se encuentra transferida.



El Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 14/2012 de medidas de
racionalización del gasto público en el ámbito educativo. Todas las
medidas contenidas en dicho Real Decreto son legislación básica, que ha
de ser desarrollada y ejecutada por las Comunidades Autónomas.



En ese sentido en la próxima Conferencia Sectorial se ha incluido un punto
del Orden del Día para que informen sobre la ejecución en su respectivo
ámbito territorial.



Madrid, 24 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007470



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



Las medidas contenidas en la 'estrategia fiscal 2012-2015'son: demorar la
incorporación al sistema de los dependientes de grado I, avanzar en la
aplicación efectiva de la contribución económica del usuario del sistema
mediante un desarrollo coordinado de la normativa de las Comunidades
Autónomas; y revisar el conjunto de subsidios y prestaciones monetarias
de la Seguridad Social para hacerlas consistentes con el conjunto de
prestaciones previstas en el Sistema de Dependencia.



Ninguna persona que tenga derecho, por lo que respecta al primero de los
puntos mencionados, va a quedar desatendida por las medidas acordadas por
el Gobierno respecto de la Ley de Dependencia.



Las medidas son acordes con los mandatos de la Ley, que se refieren a
gradualidad en su aplicación y la atención, en primer lugar, a las
personas dependientes según su grado y estado de necesidad. Tan sólo, y
cumpliendo escrupulosamente las prescripciones de la Ley, se ha procedido
a un aplazamiento para determinadas personas con un grado moderado de
dependencia, que se encuentran atendidas en la mayoría de los casos por
los distintos dispositivos de servicios sociales.



En relación con la aplicación efectiva de la contribución económica del
usuario del sistema, se informa que se encuentra en tramitación una
normativa cuyo contenido se aplicará en todo el territorio nacional, de
forma que regule esta cuestión de manera coherente y respetando en todo
momento el principio de igualdad entre todas las personas beneficiarias
del Sistema, contenido que se corresponde, en todo caso, con lo aprobado
por acuerdo del Consejo Territorial del Sistema de la Dependencia en su
reunión del pasado día 10 de julio.



Por otra parte, al revisar el conjunto de subsidios y prestaciones
monetarias de la Seguridad Social para hacerlas coherentes con el
conjunto de prestaciones previstas en el Sistema de Dependencia, se
conseguirá evitar duplicidades y racionalizar el gasto público.



En cualquier caso, a través de la página Web www.dependencia.imserso.es se
hacen públicos los datos estadísticos del Sistema de Información del SAAD
(Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia). La información
que se facilita es a nivel de Comunidades Autónomas, ya que son éstas las
competentes en cuanto a la gestión del Sistema de Dependencia y las que
facilitan los datos.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
542






184/007471



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) es
competente para gestionar el Régimen especial de Seguridad Social de los
Funcionarios Civiles del Estado (RESSFCE), pero no dispone de
competencias para determinar lo que ocurre en el ámbito de las
administraciones públicas autonómicas y locales.



Esto mismo ocurre con los datos disponibles sobre ausencias al trabajo
derivadas de situaciones de incapacidad temporal. Si embargo, gracias a
los datos publicados en la página web del Instituto Nacional de la
Seguridad Social, es posible realizar una comparación entre el colectivo
formado por el conjunto de los trabajadores por cuenta ajena y el
compuesto por los funcionarios que son mutualistas de MUFACE.



En este sentido, cabe afirmar que, en función de los datos disponibles del
año 2011, la incidencia mensual media de bajas por cada mil trabajadores
protegidos en el conjunto de los trabajadores, fue el doble que para los
funcionarios acogidos al RESSFCE, situándose los valores en 23,6 y en 12,
respectivamente.



En lo que respecta a las patologías prevalentes, la situación es muy
similar en ambos colectivos, siendo las de mayor incidencia la gripe y el
lumbago.



En cuanto a la duración media de los procesos, en el colectivo de
trabajadores por cuenta ajena se sitúa en 35,7 días, mientras que en el
de los funcionarios del RESSFCE, dicho valor es de 27,5 días.



No obstante, debe señalarse que los datos de los que dispone MUFACE sólo
han comenzado a computarse a partir del 1 de julio de 2010, fecha en la
que entraron en vigor las modificaciones en los artículos del Reglamento
General del Mutualismo Administrativo destinados a instrumentar el
control de las situaciones de incapacidad temporal, a través de los
exámenes realizados por las unidades médicas de seguimiento. Este hecho
puede originar que la información que se posee sobre el RESSFCE contenga
algún sesgo estadístico, derivado del hecho de que la serie histórica
disponible sea aún muy corta.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007473



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha presentado en el
Consejo de Ministros del pasado 13 de julio un Informe sobre el
Anteproyecto de Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la
Administración Local, inspirado en el principio de 'Una administración,
una competencia', con la finalidad de buscar una gestión más eficiente,
con un ahorro de al menos 3.500 millones de euros por la eliminación de
duplicidades y competencias impropias.



La modificación no prevé la supresión de municipio alguno, si bien, sin
embargo, se fomenta la agrupación de servicios para lograr importantes
ahorros de costes mediante economías de escala.



Se potencia el papel de las Diputaciones Provinciales, Consejos Insulares
o Cabildos y Comarcas, para la gestión de servicios obligatorios mínimos
en municipios inferiores a veinte mil habitantes.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
543






184/007476 a 184/007481



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Jiménez García-Herrera, Trinidad (GS).



Respuesta:



El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad está trabajando en
la actualización de la información disponible, en especial el impacto de
su uso en general y en concreto en las adolescentes, tal y como
recomendaba la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios en
el informe previo a la eliminación de la prescripción médica en la
dispensación de los anticonceptivos de emergencia.



Se han solicitado informes a sociedades científicas y a la Agencia
Española del Medicamento y Productos Sanitarios que se someterán al
Consejo Asesor de Sanidad del Ministerio, órgano consultivo y de
asistencia al titular del departamento, para adoptar la decisión que
mejor proteja la salud de las mujeres.



Madrid, 27 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007482 a 184/007484



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Jiménez García-Herrera, Trinidad (GS).



Respuesta:



El Tribunal de Cuentas ha puesto de manifiesto que el Sistema Nacional de
Salud está asumiendo, con cargo a sus presupuestos, la asistencia
sanitaria de personas que la tienen ya cubierta, bien por sus
instituciones de seguridad social en origen, bien por esquemas de seguros
privados. Este hecho se ha ocasionado por la incomprensible no
incorporación al derecho español del artículo 7 de la Directiva 2004/38
de la Comunidad Europea, relativa al derecho de los ciudadanos de la
Unión a circular y residir libremente en el territorio de los Estados
miembros.



Es lo que ha provocado que solo en un año, en el 2009, España haya dejado
de facturar a otros países la asistencia médica y de farmacia a más de
700.000 ciudadanos, con lo que se han perdido casi 1.000 millones de
euros. Es lo que se denomina 'turismo sanitario'.



El Gobierno ha estimado necesario proceder a una clarificación armonizada
de la condición de asegurado, a efectos de la prestación de servicios
sanitarios, de tal forma que ésta quede vinculada de forma efectiva a la
financiación por impuestos y al carácter de solidaridad social que el
esquema progresivo de los mismos tiene en nuestro país.



El Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para
garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la
calidad y seguridad de sus prestaciones, aborda la regulación de la
condición de asegurado del Sistema Nacional de Salud, con el fin de
evitar algunas situaciones de prestación de asistencia sanitaria que se
están produciendo en la actualidad y que están debilitando la
sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, como condición necesaria
para garantizar a los ciudadanos una asistencia sanitaria pública,
gratuita y universal.



La reforma del Sistema Nacional de Salud consagra, finalmente y sin duda
alguna, la universalización de la asistencia sanitaria de todos los
españoles, incluidos los desempleados que han perdido el derecho a
cualquier prestación o subsidio de desempleo y a los trabajadores sujetos
al régimen especial de trabajadores autónomos que, como bien establecía
en la Disposición Adicional sexta de la Ley 33/2011, de 4 de octubre,
General de Salud Pública, no la tenían cubierta.



La reforma hace extensiva esta universalización a todos los extranjeros
con residencia autorizada en nuestro país.



Madrid, 25 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
544






184/007528



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



Por lo que respecta a la Administración General del Estado en materia de
reducción de cargas administrativas y simplificación, los pasos
orientados a lograr una administración más austera, eficaz y transparente
se pueden resumir en las siguientes líneas.



1. Identificar las cargas administrativas innecesarias, repetitivas u
obsoletas.



El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas desarrolla una labor
de coordinación con el resto de los ministerios, así como con
organizaciones empresariales, para identificar aquellas cargas
administrativas dirigidas a empresas que pueden suprimirse o reducirse.



Así mismo, hay establecida una estrecha colaboración con las comunidades
autónomas y entidades locales para coordinar los tres niveles de
administración territorial en la identificación de posibles actuaciones
de reducción de cargas administrativas.



2. Impulsar la reducción de cargas administrativas y la simplificación.



Firmas de convenios de colaboración con Comunidades Autónomas y con la
Federación Española de Municipios y Provincias para impulsar las acciones
dirigidas a la simplificación en sus ámbitos territoriales.



3. Medir las reducciones de las cargas administrativas.



El conjunto de actuaciones de reducción de cargas administrativas llevadas
a cabo hasta la fecha en todas las administraciones demuestra que el
compromiso asumido por España de reducir un 30 % las cargas
administrativas dirigidas a empresas está sobradamente cumplido en la
actualidad. La mayoría de las actuaciones medidas y recopiladas han
tenido lugar en la Administración General del Estado, dado que las
comunidades autónomas y las entidades locales todavía no han facilitado
todos los datos de las actuaciones realizadas en el ámbito de su
competencia.



4. Difundir y comunicar las mejores prácticas de reducción de cargas.



Acciones de difusión de la política de reducción de cargas de nuestro país
y de las mejores prácticas adoptadas por las distintas administraciones
públicas españolas y de otros Estados, a través de la participación en
foros, debates, mesas redondas o cursos de formación sobre la materia.



5. Analizar el impacto de reducción de cargas administrativas en las
memorias de análisis de impacto normativo.



En aplicación del Real Decreto 1083/2009, de 3 de julio, los organismos
responsables de la elaboración de proyectos normativos deben elaborar una
memoria de análisis de impacto normativo en la que se debe incluir una
valoración del impacto económico de las cargas administrativas que se
imponen a los ciudadanos y a las empresas.



6. Participar en grupos internacionales de simplificación administrativa



España participa de forma activa en los diferentes grupos de trabajo sobre
reducción de cargas y simplificación, tanto de la Unión Europea como de
la OCDE.



Lo expuesto se aplica con carácter general, sin poder especificar medidas
concretas en la provincia de Guadalajara para lograr el objetivo que se
refiere.



Madrid, 7 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
545






184/007531



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



La liberalización del transporte ferroviario es una política de la Unión
Europea, y este Gobierno cree en la libertad de mercado, en la iniciativa
privada y en la competencia como elementos que mejoran la eficacia y la
eficiencia, la calidad de los servicios de transporte que se ofrecen a
los ciudadanos, al tiempo que dinamizan las economías de los países.



El Gobierno está trabajando en esa línea, con el objetivo último de lograr
consecuencias positivas en el marco económico y social de la realidad de
España.



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007532



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



En el primer trimestre del año 2012 se han realizado las inversiones
siguientes:



ADIF ha realizado inversiones en la provincia de Guadalajara por un total
de 251 miles de euros, con el siguiente detalle:



CONCEPTO;REALIZADO (datos en Miles de €)



Construcción de líneas de alta velocidad;37



Activos Propios;9



Contrato Programa (red convencional);205



En la red viaria, se han ejecutado inversiones en la provincia de
Guadalajara por importe de 1.362.965,14 €, con cargo a las siguientes
actuaciones:



Denominación;Obligaciones reconocidas



(€)



Actuaciones de Conservación y Explotación en la Red de Carreteras del
Estado en Castilla La Mancha;51.782,26



Adecuación, reforma y conservación de la autovía A-2. Tramo: R-2 (p.k.
62)-L.P. Soria.;1.311.182,88



Total;1.362.965,14



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
546






184/007533



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



Los Presupuestos Generales del Estado de 2012 contemplan actuaciones por
importe de 30.544.123,47 €, con cargo al Programa 453C: Conservación y
Explotación de Carreteras, en la provincia de Guadalajara, según el
desglose de actuaciones que se adjunta en anexo.




Página
547






ANEXO




[**********página con cuadro**********]




Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
548






184/007534



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



Las inversiones que el Ministerio de Fomento contempla para la presente
legislatura en la provincia de Guadalajara, sus prioridades y plazos se
reflejarán en el nuevo Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
(PITVI) 2012/2024. Este plan, basado en el examen de la situación actual
y la valoración rigurosa de las necesidades de la sociedad, establecerá
las prioridades y programas de actuación en el horizonte del 2024.



En este plan se van a aplicar los siguientes principios:



1. Mantenimiento del esfuerzo inversor.



2. Máximo rigor económico en la priorización de las inversiones.



3. Reforzamiento de la visión conjunta del sistema de transportes
fomentando la intermodalidad.



4. Aplicación de una visión de movilidad sostenible que garantice la
accesibilidad y el respeto al medio ambiente.



En la elaboración de este plan, y de acuerdo con las limitaciones
presupuestarias aprobadas, se van a realizar los oportunos análisis para
que los proyectos de inversión que se impulsen en la provincia de
Guadalajara sean los que permitan favorecer las vertebración del
territorio, compensando desigualdades y potenciando el desarrollo de las
zonas menos favorecidas.



Madrid, 2 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007536



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



Se van a realizar en la provincia de Guadalajara todas las inversiones en
infraestructuras que puedan servir al objetivo de crear riqueza, actuar
como motor de la economía, generar empleo y mejorar el bienestar de todos
los ciudadanos, favoreciendo la mejora de nuestra competitividad, así
como de la cohesión social y territorial.



Atendiendo a esta idea, el Ministerio de Fomento tiene como objetivo
irrenunciable promover en la provincia de Guadalajara todas las obras que
se ajusten a esos fines y mantener y agilizar aquellas ya iniciadas que
se identifiquen con ese objetivo.



Madrid, 4 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007537



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



La Dirección General de Comercio Interior de la Secretaría de Estado de
Comercio, del Ministerio de Economía y Competitividad, tiene a su cargo,
entre otras, la función de gestión de medidas de fomento de la
productividad y competitividad de las empresas del sector de la
distribución comercial, mediante la elaboración de planes generales y de
los apoyos financieros para su desarrollo. Actualmente el Plan




Página
549






vigente es el Plan de Mejora de la Productividad y Competitividad del
Comercio 2009-20012 por el que, a fecha de hoy, no se ha transferido
ninguna cantidad con cargo a la anualidad 2012.



Por otra parte, desde la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo
e Innovación no se llevan a cabo proyectos de inversión, entendiendo por
tal las 'inversiones reales' que la Administración General del Estado
financia a través del capítulo 6 de su presupuesto y que consisten en
obras y adquisiciones realizadas por el Estado.



A través de la Dirección General de Innovación y Competitividad se
conceden ayudas destinadas a sufragar gastos corrientes, obras y
adquisiciones llevadas a cabo por entidades públicas y privadas en el
ámbito de la I+D, mediante las dotaciones existentes en los capítulos 4
(transferencias corrientes), 7 (transferencias de capital) y 8 (activos
financieros).



En este último sentido se señala que esas dotaciones tienen carácter
general, están destinadas a financiar las convocatorias de la Dirección
General de Innovación y Competitividad que están basadas en el principio
de concurrencia competitiva y no establecen un tratamiento diferenciado
por razón de criterios territoriales o de otro tipo.



En cualquier caso, se detallan los compromisos adquiridos relativos a
proyectos de I+D a realizar en Guadalajara, que se extienden al año 2012,
subsistentes en el 1er trimestre.



;;;€ Concedido;;;€ Concedido



;;;2012;;;



Año;Convocatoria;Razón Social;Préstamo;Anticipo Feder;Subvención;



2010;INNCORPORA;ADVANCED MEDICAL PROJECTS SL;103.740,00;;;103.740,00



2011;Actuaciones científico-tecnológicas para entidades públicas
instaladas en los Parques Científicos y Tecnológicos
(INNPLANTA);FUNDACIÓN PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE
GUADALAJARA;54.390,00;126.910,00;;181.300,00



;INNCORPORA;ADVANCED MEDICAL PROJECTS SL;111.720,00;;13.406,40;125.126,40



Total general;;;269.850,00;126.910,00;13.406,40;410.166,40



De la misma manera, la Dirección General de Investigación Científica y
Técnica gestiona ayudas para financiar posibles actuaciones que se
articulan bien a través de convocatorias de ayudas en régimen de
concurrencia competitiva o bien mediante convenios con las Comunidades
Autónomas.



Ya se han publicado (pero aún no se han resuelto) la convocatoria 2012 de
ayudas a Proyectos de Investigación Fundamental no orientada, con una
financiación de hasta un máximo de 430 millones de euros, así como la
convocatoria de ayudas la Formación del Personal Investigador (FPI) con
un total de 1.020 ayudas y con una financiación de 80,1 M euros. La
concesión de las ayudas se realiza de acuerdo con los principios de
publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación,
basándose en la excelencia científica, por lo que las concesiones de
ayudas del año 2012 en la provincia de Guadalajara dependerán de su nivel
de excelencia y del cumplimiento de los requisitos establecidos en las
correspondientes convocatorias, que al no haberse resuelto aún todavía no
han podido ser ejecutadas.



Por último, los fondos del Centro de Desarrollo Tecnológico e Industrial
(CDTI) para la financiación de proyectos de I+D+i tampoco presentan
ninguna regionalización dado que éstos son destinados en función de la
calidad técnica de los mismos, independientemente de su localización
geográfica 1. La financiación de inversiones en I+D+i en la provincia de
Guadalajara, por lo tanto, dependerá del nivel de calidad de los
proyectos presentados al Organismo para su financiación.




Página
550






A modo de información, se comunica que en el periodo enero-marzo 2012, el
CDTI no ha aprobado compromisos de aportación pública en iniciativas
empresariales para proyectos de Investigación y Desarrollo con desarrollo
en la provincia de Guadalajara.



En cuanto a los desembolsos realizados en el primer trimestre de 2012
(enero-marzo) se pueden consultar en la tabla adjunta, donde se indica la
tipología de las operaciones/proyectos, fecha de aprobación, razón social
de la empresa, título, presupuesto aprobado, fecha de pago y aportación
ejecutada.



TIPOLOGÍA;FECHA DE APROBACIÓN;RAZÓN SOCIAL;TÍTULO;PRESUPUESTO APROBADO
(€);APORTACIÓN APROBADA (€);FECHA



REAL DE



PAGO;APORTACIÓN



EJECUTADA



(€)



INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO;24/09/2009;SELENA IBERIA SL;SELLADORES
HIDROEXPANSIVOS RESISTENTES AL FUEGO Y REDUCCIÓN DEL MONÓMERO RESIDUAL
DIISOCIANATO (MDI) EN
POLIURETANOS;361.119;270.839,25;02/02/2012;184567,69



INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO;25/03/2010;VALORIZA SERVICIOS MEDIO-
AMBIENTALES SA;NUEVAS APLICACIONES INDUSTRIALES PARA MATERIALES
PROCEDENTES DE NEUMÁTICOS FUERA DE USO
(NFUS);863.246;647.434,50;26/01/2012;188.896,30



1 La localización geográfica es asignada en función del lugar de
desarrollo del proyecto, pudiendo coincidir o no con el domicilio social
de la empresa.



Madrid, 27 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007538



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, se señala que
las cantidades cofinanciadas por la Dirección General de Comercio
Interior en la provincia de Guadalajara desde el año 2000 al año 2011,
con cargo a los planes de comercio y transferidas a la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, son las que se detallan a
continuación:



;Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha;;;



Provincia de Guadalajara;Nº de Proyectos;Inversión



Inducida



Euros;Subvención



Comunidad



Autónoma Euros;Cofinanciación



D.G.C.I.



Euros



2000;0;0,00;0,00;0,00



2001;4;222.467,25;25.240,25;5.048,05



2002;2;1.090.601,29;239.459,63;47.891,93



2003;0;0,00;0,00;0,00




Página
551






;Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha;;;



Provincia de Guadalajara;Nº de Proyectos;Inversión



Inducida



Euros;Subvención



Comunidad



Autónoma Euros;Cofinanciación



D.G.C.I.



Euros



2004;0;0,00;0,00;0,00



2005;1;348.333,00;250.000,00;100.000,00



2006;0;0,00;0,00;0,00



2007;1;250.000,00;250.000,00;100.000,00



2008;1;150.000,00;100.000,00;40.000,00



2009;2;236.324,86;131.454,14;52.581,66



2010;1;150.000,00;100.000,00;40.000,00



2011;1;150.000,00;100.000,00;40.000,00



Por otro lado, y en relación con el Centro para el Desarrollo Tecnológico
Industrial (CDTI), en el periodo 2000 a 2011, el CDTI ha aprobado
compromisos de aportación pública 1 en iniciativas empresariales de
Investigación y Desarrollo en la provincia de Guadalajara por valor de
32,14 millones de euros, con un presupuesto total de inversión de 58,90
millones de euros.



De los 32,14 millones de euros comprometidos en proyectos de Investigación
y Desarrollo en la provincia de Guadalajara, se han desembolsado, por
justificación del proyecto, una cuantía de 27,11 millones de euros.



Se adjunta tabla detallada como anexo 1 relativa a los proyectos aprobados
en la provincia de Guadalajara: (Año, tipología, fecha de aprobación,
razón social, título, presupuesto aprobado, aportación pública aprobada,
fecha de pago y cuantía de aportación ejecutada).



Por otro lado, las ayudas para empresas radicadas en la provincia de
Guadalajara, concedidas en el ámbito de la innovación (investigación
aplicada y desarrollo experimental gestionadas por la Dirección General
de Innovación y Competitividad desde el año 2004 son las que se detallan
en el anexo 2 adjunto.



Se han publicado recientemente convocatorias de ayudas en régimen de
concurrencia competitiva para el año 2012 que supondrán la concesión de
incentivos para la realización de proyectos y actuaciones relacionados
con la Innovación, en las distintas provincias españolas y que, por
consiguiente, podrán ser de interés también para empresas radicadas en
Guadalajara.



Por último, la Dirección General de Investigación Científica y Técnica de
la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación del
Ministerio de Economía y Competitividad gestiona ayudas para financiar
posibles actuaciones que se articulan bien a través de convocatorias de
ayudas en régimen de concurrencia competitiva o bien mediante convenios
con las Comunidades Autónomas.



En la siguiente tabla se indican los importes por anualidades de las
ayudas concedidas por esta Dirección General en la provincia de
Guadalajara, para el periodo 2003-2011 del que se dispone de información
en las actuales bases de datos. La información se detalla por
Subprogramas de ayudas del Plan Nacional de I+D+i.



PROGRAMA;2003;2004;2005;2007;2008;2009;2010;2011;TOTAL



Proyectos Investigación Fundamental no orientada y Acciones
Complementarias;1.410.300 €;;;;3.000 €;;3.000 €;;1.416.300 €



Formación Personal Investigador-FPI;39.400 €;52.800 €;;;;;;;92.200 €



Torres Quevedo;28.488 €;;;;;;189.885 €;75.000 €;293.373 €




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552






PROGRAMA;2003;2004;2005;2007;2008;2009;2010;2011;TOTAL



Infraestructuras Científicas (FEDER);;;169.696 €;;;;;;169.696 €



TOTAL;1.478.188 €;52.800 €;169.696 €;0 €;3.000 €;0 €;192.885 €;75.000
€;1.971.569 €



1 Compromisos de aportación pública en forma de ayudas parcialmente
reembolsables, bajo la modalidad de créditos a interés cero y un tramo no
reembolsable y Subvenciones a Programas Cenit.



Madrid, 27 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



Nota.-La documentación que se acompaña se encuentra en la Secretaría
General de la Cámara.



184/007540



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



Los objetivos y prioridades que el Gobierno establece en materia económica
y que se aplican desde el Ministerio de Economía y Competitividad son
comunes a todo el territorio nacional, ya que, según el artículo 98 de la
Constitución, el Gobierno ejerce, entre otras, la función ejecutiva para
el conjunto del Estado. De ahí que no exista especificidad para la
provincia de Guadalajara dentro de las políticas nacionales, ya que éstas
se aplican, con carácter general sobre todo el territorio, sin perjuicio
de las políticas y medidas que cada Comunidad Autónoma o entidad local
desarrolle en su respectivo territorio. Esta aplicación igualitaria de
políticas y medidas garantiza, precisamente, la igualdad entre todos los
ciudadanos, con independencia de la región en la que residan, y
contribuye a reforzar el principio de unidad de mercado.



Por eso, en la provincia de Guadalajara se aplicarán, como en el resto de
provincias, las normas y medidas adoptadas por el Gobierno para todo el
Estado. Dentro de éstas hay medidas de carácter normativo y financiero.
Entre las normativas se encuentra la sustitución de las licencias de
actividad, funcionamiento y similares y las licencias para determinadas
obras por declaraciones responsables tal y como prevé el Real Decreto-ley
19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del
comercio y determinados servicios, convalidado por el Congreso por
Resolución de 14 de junio de 2012. El Ministerio de Economía y
Competitividad, junto con la Federación Española de Municipios y
Provincias, ha consensuado un modelo de declaración responsable que
sustituye las licencias previas. Otras medidas normativas de cuyos
efectos se beneficiará la provincia de Guadalajara, junto con el resto
del territorio nacional, es la modificación de la Ley 1/2004, de 21 de
diciembre, de Horarios Comerciales, en la que se replantearán los
aspectos relacionados con el horario global, los domingos y festivos de
apertura, la libertad horaria en función de los metros cuadrados de
superficie y las zonas de gran afluencia turística.



Por otro lado, deben señalarse las medidas dirigidas a la financiación,
como la modificación del Real Decreto 1786/2009, de 20 de noviembre, por
el que se regula la iniciativa de apoyo financiero a la modernización y
mejora del comercio interior, y con la que se trata de facilitar el
acceso al pequeño comercio tradicional a la financiación reduciendo las
exigencias actuales de inversión. Junto a éste, la Línea ICO Liquidez
2012, con una convocatoria de 9.000.000 de euros en 2012, ofrecerá al
sector comercio la posibilidad de créditos para gastos corrientes. Del
mismo modo, y ante la próxima finalización del Plan de Mejora de la
Productividad y Competitividad del Comercio 2009-2012, se está trabajando
en la redacción de un nuevo plan que estará dirigido a pequeñas y
medianas empresas comerciales, autónomos y emprendedores. Sus líneas
básicas de actuación serán el apoyo a las políticas de innovación
comercial, la promoción comercial de las ventas, el impulso a la
cooperación empresarial, el apoyo a la calidad del servicio y el
fortalecimiento de la relación Comercio-Turismo.



Se informa asimismo que la prioridad principal de las actuaciones del
Ministerio de Economía y Competitividad, tanto a nivel estatal como en
todos los ámbitos territoriales, es la de potenciar el crecimiento




Página
553






del tejido empresarial y la generación de empleo. En el campo de la
Innovación esos objetivos implican impulsar la investigación y la
capacidad innovadora de las empresas españolas.



En este sentido, es de destacar que con carácter general está previsto en
el ámbito de la Innovación desarrollar una serie de acciones de
importante calado, algunas de las cuales se verán plasmadas en la próxima
Ley sobre el emprendimiento y que afectaran por igual a todas las
provincias de España. En el ámbito citado, entre estas acciones cabe
distinguir principalmente el apoyo a las pequeñas empresas de reciente
creación intensivas en I+D, mediante la creación del estatuto de la Joven
empresa Innovadora.



La puesta en marcha de dicho estatuto aparece recogida en la disposición
adicional tercera de la Ley 14 / 2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación.



Otras acciones a impulsar a nivel nacional es el apoyo de la participación
privada en la financiación de la I+D (mediante la optimización del marco
fiscal, la creación de fondos éticos y solidarios y el micromecenazgo) y
el fomento de la internacionalización.



El objetivo es lograr que, dentro de las condiciones que impone la
estabilidad presupuestaria, se promueva la innovación y la transferencia
de tecnología como palanca para mejorar la competitividad de la economía
nacional.



Es importante señalar que en el capítulo de ayudas a las empresas al
margen de la Ley del emprendedor, en el año 2012 se va a potenciar la
concurrencia competitiva para acciones de I+D+i, de manera que la
concesión de ayudas públicas se realice a proyectos y empresas de
excelencia. La asignación de recursos a las convocatorias se ha realizado
sobre la exigencia de evitar duplicidades e inconsistencias en la
financiación, de manera que quede reservada para cubrir posibles
deficiencias de mercado.



Los programas de I+D de ámbito nacional que serán objeto de financiación y
a los que podrán concurrir empresas y entidades radicadas en Guadalajara
son los siguientes:



• Programas de cooperación público-privada dirigidos al establecimiento de
alianzas estratégicas estables a medio y largo plazo entre los agentes de
I+D y las empresas. Dentro de esta tipología de programas se publicarán
dos Convocatorias: una de proyectos de I+D+i en colaboración (INNPACTO),
ya publicada, y otra para el impulso de las plataformas tecnológicas,
todavía sin publicar. La convocatoria INNPACTO en el año 2012 contará con
un presupuesto plurianual (cuatro años) de 100 millones en subvenciones y
de 600 millones en préstamos.



Los proyectos deben estar liderados por empresas, cuya participación en el
proyecto debe ser superior al 60 % de presupuesto presentado, pero es
indispensable la participación de organismos de investigación públicos o
privados.



La Convocatoria de ayuda a las plataformas tecnológicas tiene como
objetivo impulsar la colaboración entre los agentes públicos y privados
que interactúan dentro de un sector de todo el territorio nacional
(empresas, centros tecnológicos, organismos de investigación públicos y
privados, universidades, etc.), para favorecer el intercambio y difusión
de conocimientos dentro de dicho sector. Para el año 2012 está dotada con
una cuantía de 1.200.000 euros



• Programas públicos de ayudas relativos a la transferencia de la
tecnología al sector productivo. Dentro de esta tipología de programas se
ha publicado una convocatoria dirigida al apoyo de los Parques
científicos y tecnológicos.



La Convocatoria relativa a los Parques Científicos se dirige a todas las
entidades que estén radicadas en un Parque pertenecientes al sistema
ciencia tecnología empresa y su objetivo es dotar del equipamiento
necesario a dichas entidades para favorecer la generación y transmisión
del conocimiento tecnológico entre ellas. En el año 2012 se ha dotado con
60 millones de euros en Préstamos.



• Programa para la contratación de recursos humanos altamente cualificados
(Empleo innovador)Está prevista la convocatoria del programa INNCORPORA
con un presupuesto para tres años desglosado en préstamos para la
contratación, por un importe de 60 millones de euros y subvenciones para
contratación y formación por importe de 2,5 millones de euros.



En otro orden de cosas se destaca que también corresponde al Gobierno
efectuar el seguimiento y control de los compromisos adquiridos en el
pasado relativos a proyectos de I+D a realizar en Guadalajara, que se
extienden al año 2012 y que a continuación se relacionan:




Página
554






;;;€ Concedido;;;€ Concedido



;;;2012;;;



Año;Convocatoria;Razón Social;Préstamo;Anticipo Feder;Subvención;



2010;INNCORPORA;ADVANCED MEDICAL PROJECTS SL;103.740,00;;;103.740,00



2011;Actuaciones científico-tecnológicas para entidades públicas
instaladas en los Parques Científicos y Tecnológicos
(INNPLANTA);FUNDACIÓN PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE
GUADALAJARA;54.390,00;126.910,00;;181.300,00



;INNCORPORA;ADVANCED MEDICAL PROJECTS SL;111.720,00;;13.406,40;125.126,40



Total general;;;269.850,00;126.910,00;13.406,40;410.166,40



Finalmente se señala que el 8 de abril de 2010 se firmó un Convenio de
colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Consejería
de Educación y Ciencia para desarrollar actuaciones de innovación en
Castilla-La Mancha por importe de 22.000.000 euros.



El objeto del Convenio era la financiación, entre otras actuaciones, de la
creación de nuevas infraestructuras y servicios científico-tecnológicos y
de innovación en el nuevo Parque Científico y Tecnológico de Guadalajara
y el programa de especialización de las capacidades y servicios de
innovación, disponibles que se ha concretado en la creación de un Centro
mixto de Innovación de Infraestructuras Inteligentes ubicado en el nuevo
Parque Científico y Tecnológico en Guadalajara.



Derivadas del citado Convenio existen previsiones de gasto y ejecución de
actuaciones para el año 2012. Las actuaciones en infraestructuras
comprometidas en el año 2010, que se extenderán en el año 2012 serán
objeto de un estrecho seguimiento por la Secretaría de Estado de
Investigación, Desarrollo e Innovación.



Es preciso tener en cuenta que el libramiento para el año 2012 está
condicionado por la cláusula cuarta del citado Convenio. De manera que
para que pueda procederse a abonar esta anualidad es necesaria la emisión
de un informe anual favorable sobre la evolución de las actividades
realizadas en la anualidad anterior.



Por otro lado, desde la Dirección General de Investigación Científica y
Técnica de esta Secretaría de Estado, se gestionan ayudas para financiar
posibles actuaciones que se articulan bien a través de convocatorias de
ayudas en régimen de concurrencia competitiva o bien mediante convenios
con las Comunidades Autónomas.



En lo que se refiere al año 2012, ya se han publicado (pero aún no se han
resuelto) la convocatoria de ayudas a Proyectos de Investigación
Fundamental no orientada, con una financiación de hasta un máximo de 430
millones de euros, así como la convocatoria de ayudas la Formación del
Personal Investigador (FPI) con un total de 1.020 ayudas y con una
financiación de 80,1 millones de euros.



A pesar del contexto económico existente, esta Dirección General tiene
previsto convocar el resto de líneas de ayudas que gestiona. En el caso
del Programa Nacional de Contratación e Incorporación de Recursos Humanos
de Investigación, y tras la aprobación de los Presupuestos Generales del
Estado para 2012, se tiene previsto proceder a la publicación de la
convocatoria para 2012 correspondiente a los subprogramas Ramón y Cajal,
Juan de la Cierva, Torres Quevedo y Personal Técnico de Apoyo, si bien se
reduce ligeramente el número de ayudas.



En cuanto al resto de años de la Legislatura, se irán publicando
anualmente las convocatorias de las que se disponga de dotación económica
presupuestada. Al resolverse las convocatorias gestionadas por




Página
555






esta Dirección General por concurrencia competitiva, no es posible en este
momento conocer las ayudas que en su caso se concederán para la provincia
de Guadalajara.



Por último, en relación con el Centro para el Desarrollo Tecnológico
Industrial (CDTI), se informa que su actuación no se prioriza
regionalmente, ya que depende de la demanda empresarial de proyectos
innovadores de suficiente calidad científico-técnica para ser aprobados
por el Consejo de Administración, con independencia del sector o la
tecnología de desarrollo así como de su localización geográfica 1. Por
tanto, la financiación de inversiones en I+D+i dependerá de la iniciativa
empresarial para desarrollar proyectos innovadores de calidad suficiente.



No obstante lo anterior, el Centro, a través de la Secretaría de Estado de
I+D+i, tiene como objetivo prioritario ejecutar la totalidad de la
partida de Fondo Tecnológico asignada a la Comunidad Autónoma de
Castilla-La Mancha 2 cuyo importe asciende a 50,64 millones de euros. A
fecha de junio de 2012, el CDTI había comprometido el 72 % del Fondo
Tecnológico asignado a la región 3.



Hay que indicar también que el CDTI, a través de su actuación promocional
y de orientación a empresas y emprendedores, trata de estimular la
generación de proyectos en todo el territorio nacional, estructurando
ideas, incluso en una fase muy temprana, para que ninguna iniciativa
innovadora quede sin apoyo público.



A modo de información y salvo error u omisión, se comunica que en el
periodo enero-junio 2012, el CDTI no ha aprobado compromisos de
aportación pública en iniciativas empresariales para proyectos de
Investigación y Desarrollo con desarrollo en la provincia de Guadalajara.



No obstante, ha procedido a realizar desembolsos correspondientes a 3
proyectos en curso aprobados con anterioridad por valor de 778.801,90
euros.



1 La localización geográfica es asignada en función del lugar de
desarrollo del proyecto, pudiendo coincidir o no con el domicilio social
de la empresa.



2 El Fondo Tecnológico es una partida especial de fondos FEDER de la Unión
Europea dedicada a la promoción de la I+D+i empresarial en España. El
CDTI ha sido designado para gestionar parte del mismo, para lo que ha
diseñado distintos instrumentos con cofinanciación FEDER/CDTI, de acuerdo
con las exigencias comunitarias. El Fondo Tecnológico va dirigido a todas
las regiones españolas, pero en su distribución se ha dado prioridad a
las antiguas regiones del Objetivo 1, que en conjunto son destinatarias
del 90 % de su presupuesto. Castilla La Mancha, junto con Andalucía,
Extremadura y Galicia son regiones de 'Convergencia', destinatarias del
70 % del Fondo Tecnológico.



3 El CDTI debe comprometer la totalidad del Fondo Tecnológico a
31/12/2013.



Madrid, 27 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007545



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



El Gobierno tiene competencias de legislación básica en materia de
educación, mientras que la gestión se encuentra transferida.



El Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 14/2012 de medidas de
racionalización del gasto público en el ámbito educativo. Todas las
medidas contenidas en dicho Real Decreto son legislación básica, que ha
de ser desarrollada y ejecutada por las Comunidades Autónomas.



En ese sentido en la próxima Conferencia Sectorial se ha incluido un punto
del Orden del Día para que informen sobre la ejecución en su respectivo
ámbito territorial.



Madrid, 24 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007546



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).




Página
556






Respuesta:



El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte está comprometido con la
calidad del sistema educativo español, lo que conlleva una preocupación
constante por rebajar las altas tasas de fracaso escolar y de abandono
temprano de los estudios.



Precisamente, el éxito de la reforma que se plantea el Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte se medirá en función de la mejora objetiva
de los resultados de los alumnos.



Los estudios internacionales ponen de manifiesto que los países que han
mejorado de forma relativamente rápida la calidad de sus sistemas
educativos han implantado una serie de medidas en cuyos resultados, y una
vez analizado el sistema educativo de nuestro país, se ha basado el
citado Ministerio para elaborar el primer informe presentado al Consejo
de Ministros, el cual incluye las siguientes líneas de trabajo:



1. Reducir el número de materias y vías y aumentar la carga lectiva de las
materias instrumentales, tanto en ESO como en Bachillerato.



2. Cursar, a partir de 2º de la ESO, programas de mejora del aprendizaje y
el rendimiento así como de cualificación profesional.



3. Adelantar a 3º de la ESO la elección de itinerarios a través de la
elección de materias y convertir 4º de ESO en un curso de iniciación con
dos trayectorias bien diferenciadas: hacia Bachillerato y hacia Formación
Profesional.



4. Realizar evaluaciones externas al final de cada etapa, que serán
diseñadas por el Gobierno en la parte de enseñanzas mínimas y por las
Comunidades Autónomas en la parte restante.



5. Facilitar el acceso de FP de grado medio a FP de grado superior.



Por lo que respecta a los centros docentes, el informe incluye medidas
tendentes a:



1. Promover la especialización de los centros docentes.



2. Una mayor autonomía para la gestión de los centros docentes, para
impulsar y desarrollar acciones orientadas a la mejora de la calidad.



3. Promover el uso de las TIC como recursos de apoyo, la utilización
compartida de plataformas digitales por autoridades educativas, centros
docentes, profesores y alumnos, y la selección de recursos digitales de
calidad.



4. Potenciar el plurilingüismo.



Todas las actuaciones están encaminadas a la consecución de objetivos
claros: reducir el abandono escolar temprano, mejorar la calidad de la
enseñanza y fomentar el bilingüismo.



Por lo que respecta al caso de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
y en concreto en la provincia de Guadalajara, las medidas para paliar el
fracaso escolar serán, además de las derivadas de la implantación de las
reformas de carácter general en el sistema educativo, aquellas que la
propia Administración educativa de dicha Comunidad Autónoma tome en
concordancia con las propias competencias que tiene en Educación.



No obstante, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte tiene la
intención de reforzar los mecanismos de cooperación y coordinación para
garantizar una mínima homogeneidad en el sistema educativo, de modo que
todos los alumnos españoles, al margen de la Comunidad Autónoma en la que
estudien, tengan acceso a una educación de calidad, con un mínimo común
denominador, y con las mismas oportunidades en unas regiones y en otras.



Madrid, 24 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007547



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).




Página
557






Respuesta:



En la reunión de la Conferencia de Educación celebrada el 16 de abril de
2012, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte presentó a las
Comunidades Autónomas, con carácter previo a su aprobación, las medidas
incluidas en el Plan Nacional de Reformas en el ámbito de la Educación
que posteriormente se tramitarían como Real Decreto-ley. Las medidas
pretenden conseguir una mayor eficacia y racionalidad del gasto.



En cuanto al objetivo final de las mismas, se trata de que, sin afectar a
la calidad de la educación y a los indicadores educativos europeos, cada
una de las Comunidades Autónomas alcance el nivel de déficit que le
corresponde, de ahí el carácter instrumental de las medidas y la
incorporación de una cierta flexibilidad de la normativa básica.



El 1 de enero de 2000, mediante el Real Decreto 1844/1999, de 3 de
diciembre, el Ministerio de Educación y Cultura culminó el proceso de
transferencias, en materia de enseñanza no universitaria, a la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha. A partir de ese momento, corresponde a la
Comunidad Autónoma la provisión de los créditos presupuestarios
necesarios para el adecuado funcionamiento del servicio educativo en
todas sus provincias (Guadalajara, entre ellas), niveles y modalidades.



Por ello, es la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha la competente en
materia de educación no universitaria y la que estaría en condiciones de
valorar el impacto de las medidas y la incidencia directa o indirecta
sobre centros educativos o profesorado de la provincia de Guadalajara.



Madrid, 24 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007550



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



Se aportan los datos de las becas concedidas a alumnos no universitarios
de los cursos 2004/2005 a 2010/2011, ya que la información se estructura
por cursos académicos, sin que se disponga de datos por anualidades.



Becas concedidas para estudios no universitarios en Guadalajara;;;;;;



Curso



2004/2005;Curso



2005/2006;Curso



2006/2007;Curso



2007/2008;Curso



2008/2009;Curso



2009/2010;Curso



2010/2011



411;375;348;440;688;1077;1187



* Convocatorias tenidas en cuenta: General, Movilidad y Educación
Especial.;;;;;;



No se facilitan datos de becarios universitarios puesto que estas
estadísticas se elaboran en atención a la universidad en la que los
estudiantes se encuentran matriculados y en la provincia de Guadalajara
no hay centros universitarios.



Madrid, 24 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007551



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



Se aportan los datos de las becas concedidas a alumnos no universitarios
del curso 2010/11, ya que los datos del curso 2011/2012 no son
definitivos al existir, pendientes de resolución, recursos e incidencias
de solicitudes de becas.




Página
558






El número de becas concedidas a alumnos no universitarios matriculados en
centros de Guadalajara ascendió a 1.187 * en el curso 2010/2011.



* Convocatorias tenidas en cuenta: General, Movilidad y Educación
Especial.



Madrid, 24 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007552



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



En este momento no existen previsiones en relación con el asunto
interesado ya que este programa no se contempla en los Presupuestos
Generales del Estado de 2012.



Madrid, 24 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007553



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



El desarrollo del Plan Educa3 se ha llevado a cabo en 2010 mediante la
firma de una adenda al Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma
de Castilla-La Mancha, para la financiación de plazas públicas del primer
ciclo de educación infantil con una aportación del 5.097.809 euros por
parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, comprometiéndose la
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha a aportar, al menos, una
cantidad igual.



En el año 2011 la cantidad destinada a la construcción de nuevas plazas de
Primer ciclo de Educación infantil ha ascendido a 5.111.622 euros, previa
firma de un convenio de colaboración, aportando en esta anualidad el
Ministerio el 100 % del coste total de las plazas creadas.



Madrid, 24 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007554



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



Se informa a Su Señoría que por parte del Ministerio de Defensa no hay
obligaciones reconocidas en la provincia de Guadalajara en el primer
trimestre del año 2012.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
559






184/007555



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



La cantidad invertida y ejecutada en la provincia de Guadalajara, desde el
año 2000 hasta el año 2011, en términos de obligaciones reconocidas es la
que se indica a continuación:



AÑO;CANTIDAD (euros)



2000;356.759,39



2001;138.337,20



2002;3.987.324,08



2003;2.688.960,69



2004;2.666.509,53



2005;3.862.230,89



2006;1.969.454,23



2007;4.136.756,56



2008;1.927.267,86



2009;142.347,23



2010;10.169,15



2011;1.123,36



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007556



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



Se indica a Su Señoría que el Ministerio de Defensa no tiene
territorializadas futuras inversiones a realizar en la referida
provincia.



Madrid, 27 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007578



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



Con carácter previo debe señalarse que la visita de la delegación del
Parlamento Europeo tenía como finalidad, como se ha reiterado en varias
ocasiones por D. Derek Vaughan, conocer de primera mano los sistemas
implantados en España para la gestión y control de los fondos europeos y
para ayudar a las autoridades españolas en la ejecución de los mismos en
lo que fuera posible.




Página
560






En la actualidad, dado el volumen de fondos gestionados por España y los
garantistas sistemas de Gestión y control implantados, tanto a nivel
estatal como autonómico y local, la tasa de error que se está encontrando
no se considera elevada.



Los datos que se mencionan en la exposición de motivos de la pregunta se
refieren a un periodo 2006-2009, que no indican que la gestión de fondos
en España sea peor que la existente en otros países.



Por otro lado, los errores que detecta el Tribunal de Cuentas Europeo en
una serie de países, entre ellos España, son consecuencia, en nuestro
caso, del mayor número de controles que realiza sobre nuestros programas.



Este hecho tiene su origen en que España es uno de los principales
receptores de fondos europeos, lo que implica que el Tribunal incluya
entre su muestra alguno de los Programas Operativos-PPOO de gestión de
fondos europeos de España, no así de otros países con menos dotaciones
financieras, lo cual presupone que cuantos más fondos se gestionan más
errores se encontrarían. Dicha circunstancia tiene como resultado que el
número de errores detectados en España sea mayor que en otros países, no
porque gestione peor, sino simplemente porque al disponer de una mayor
dotación de fondos, está mucho más controlada que el resto.



Además, hay que destacar que la mayoría de los errores puestos de
manifiesto se derivan de la propia complejidad de las normas y
procedimientos y no del destino irregular de los fondos.



Como ejemplo, cabe citar que en relación con el control del Tribunal de
Cuentas para la DAS (control externo del Tribunal de Cuentas Europeo) del
2010, la relación entre gasto con errores y gasto controlado por el
Tribunal es inferior al 0,3 %, con la particularidad de que la mayoría de
dicho gasto había sido retirado por las autoridades nacionales con
anterioridad a las constataciones del control.



Las actuaciones de gestión y control de los programas financiados con
fondos comunitarios están regulados en los reglamentos comunitarios,
concretamente en el Reglamento (CE) 1083/2006 y en el Reglamento (CE)
1828/2006.



Dichos reglamentos prevén la designación de diferentes autoridades
(gestión, certificación y auditoría), cada una de ellas con funciones
claramente definidas, entre las que figuran la realización de
verificaciones y controles de manera continua.



Dichas verificaciones alcanzan tanto la regularidad de las operaciones
como el análisis del correcto funcionamiento de los sistemas implantados
por los distintos organismos que participan en la gestión de los fondos.



En función de los resultados, se adoptan, en su caso, planes de acción
concretos, al objeto de subsanar las deficiencias detectadas y su
reproducción en el futuro.



Se entiende por tanto que los controles a realizar y sus momentos de
realización deben ser los previstos reglamentariamente.



Como se ha señalado anteriormente, los sistemas implantados satisfacen las
exigencias europeas, no obstante, están en continua evolución y
adaptación a las necesidades de control y gestión de las actividades
cofinanciadas por fondos europeos, por lo que las medidas a implantar son
de carácter continuo y sucesivo y no suponen ningún cambio rupturista o
innovador con los sistemas implantados.



Asimismo, se está trabajando para que el camino a seguir en relación con
los sistemas de gestión y control que deben implantar los Estados
Miembros para la ejecución de los fondos comunitarios no suponga cambios
radicales en los sistemas, sino simplificación de las normas actuales.



A título de ejemplo se indica que considerando los estudios realizados
sobre los programas españoles en los años previos, se ha decidido lanzar
un plan de acción piloto para las autoridades que participan en la
gestión del Fondo Social Europeo-FSE, con el objeto de proporcionar guía
y consejo, y con el objetivo de:



- Estimular la implementación de medidas de simplificación.



- Identificar las causas de las reservas recurrentes y las áreas clave
para la mejora de los PPOO.



- Llevar a cabo misiones para identificar las áreas específicas de
simplificación.



- Ofrecer un seminario 'ad hoc' para los representantes de todas las
autoridades involucradas.



Además de identificar las causas de error y las áreas clave de mejora, se
trabaja en colaboración con la Comisión Europea sobre todo en la
implantación de métodos de justificación simplificados, que son el camino
más seguro para evitar y reducir los errores.



Madrid, 27 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
561






184/007580



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Jorquera Caselas, Francisco Xesús (GMx).



Respuesta:



El Ministerio de Defensa tiene en Ferrol 47 propiedades que ocupan una
superficie total de 2.973.799 metros cuadrados. Todas estas propiedades
se encuentran plenamente operativas.



Los inmuebles desafectados, incluidos en el Convenio con el Ayuntamiento
de Ferrol, son los siguientes:



1. Acuartelamiento 'Sánchez Aguilera'



2. Cuartel Elorza



3. Parque de Ingenieros



4. Pista de aplicación



5. Parte de la Residencia de Oficiales



6. Cuartelillo de Marinería



7. Polvorín de Mouga



8. Ex Polígono de Tiro de Catabois



9. Parcelas A y B en Canido, del Cuartelillo de San Luis



10. Campamento de Cobas



11. Cuartelillo de monte Cobas



12. Polígono de tiro de Doniños



13. Estación Torpedista de La Armada.



Respecto a la situación del Convenio con el Ayuntamiento en relación con
el Acto. 'Sánchez Aguilera', se indica que en la actualidad, el
cumplimiento de las condiciones del Convenio está pendiente de la
aprobación por el Ayuntamiento del Proyecto de Reparcelación derivado del
Plan Especial de Reforma Interior del Acuartelamiento Sánchez Aguilera.



En relación con la propiedad de Monteventoso se significa que esta
propiedad fue excluida del primer Convenio, como consecuencia del
desequilibrio producido entre las prestaciones y contraprestaciones.



En el anexo se incluyen los inmuebles desafectados en el municipio de
Ferrol con indicación de su superficie.



ANEXO



Propiedades a disposición del INVIED en Ferrol



CÓDIGO;SECUENCIA;NOMBRE;SUPERFICIE



G15350001;000;RAMAL A LA MESETA DE PRIOR;28.881,02



G15350003;000;CARRETERA A LA CENTRAL DE TRANSMISIONES DESDE LA DE
LOBATEIRAS;6.112,12



G15350006;000;CARRETERA DE ACCESO A LA BATERIA DE 15/24;1.181,46



G15350007;000;CARRETERA A MANDIA DESDE LA DE PRIOR A CAMPELO;2.829,40



G15350010;000;CARRETERA DE SANTA CECILIA AL MONTE;12.656,28



G15350011;000;CARRETERA PEÑA ROIBA(RAMAL DE LA BATERIA ALTA);4.402,84



G15350012;000;CARRETERA DE ESMELLE A PRIOR;13.425,02



G15350013;000;CARRETERA A MONTE COBAS;25.447,00




Página
562






CÓDIGO;SECUENCIA;NOMBRE;SUPERFICIE



G15350014;000;CARRETERA ENLACE MONTE COBAS HASTA ESMELLE;18.522,48



G15350017;000;CARRETERA AL PUESTO DE MANDO PICO D'UORO;10.303,00



G15350018;000;CARRETERA ENLACE DE LA DE PRIOR A LA DE CAMPELO;39.155,13



G15350019;000;RAMAL ACCESO A BATERIA AA DE PRIOR DESDE CTRA.COBAS A BTA
15/24;3.083,50



G15350020;000;CARRETERA DE MONTE COBAS A ESMELLE;16.207,17



G15350021;000;CARRETERA DE ACCESO A LA BATERIA DE SANTA CECILIA;959,40



G15350022;000;PARCELAS A Y B EN CANIDO DEL CUARTELILLO DE SAN
LUIS.;4.027,00



G15350024;000;CUARTELILLO DE MONTECOBAS(ALOJAMIENTO);6.694,00



G15350028;000;CARRETERA DE ACCESO ALOJAMIENTO BATERIA 15/24;777,00



G15350051;000;POLVORIN DE MOUGA;210.877,00



G15350051;019;EXPROPIACIÓN DE APROXIMADAMENTE 5.591 M2 EN EL POLVORIN DE
MOUGA;5.591,00



G15350053;000;BATERIA DE COSTA B-2 (PRIOR NORTE);22.685,00



G15350054;000;PARCELAS 18-1 Y 8-C DEL POLIGONO ESTEIRO, EN FERROL;1.607,29



G15350073;000;BATERIA DE COSTA B-4 LOBATEIRAS EN CABO PRIORIÑO EN
FERROL;91.222,00



G15350080;000;PARCELA DE LA ARMADA DENOMINADA 'LA CASILLA' EN
FERROL.;370,00



G15350083;000;EX-POLIGONO DE TIRO DE CATABOIS,EN FERROL;15.980,00



G15350084;000;ESTACION TORPEDISTA DE LA ARMADA,EN FERROL;20.261,00



G15350085;000;BATERIA ACTA(B-3) PRIOR SUR;185.171,00



G15350086;000;TERRENOS BATERIA AAA(B-6);26.372,00



G15350087;000;PROYECTOR PRIOR NORTE;5.333,00



G15350088;000;PROYECTOR PRIOR SUR;16.137,00



G15350089;000;BATERÍA (B-5)PEÑA roiba;61.630,00



G15350090;000;CAMPAMENTO DE COBAS;258.027,00



G15350091;000;OBSERVATORIO METEOROLOGICO DE MONTEVENTOSO EN FERROL CON UNA
SUPERF. D;117.070,00



G15350098;000;CUARTELILLO SAN GUILLÉN;485,00



G15350105;000;CUARTELILLO DE MARINERIA DEL C.G. DE LA Z.M. DEL
CANTABRICO;1.644,00



G15350106;000;CESION AL AYTº.DE FERROL DE 300 M2.SITUADO EN LIMITE ESCUELA
DE ENERGIA Y PROPUL.DE LA ARMADA;300,00




Página
563






CÓDIGO;SECUENCIA;NOMBRE;SUPERFICIE



G15350109;000;POLIGONO DE TIRO DE DONIÑOS,EN FERROL. A CORUÑA;86.583,00



G15350111;000;PROPIEDADES INCLUIDAS EN EL PERI-2R, ACUARTELAMIENTO SANCHEZ
AGUILERA, EN FERROL;79.114,43



G15350111;001;TERRENOS A ENTREGAR AL CONCELLO DE FERROL, SUPERFICIE 34.500
M2;34.500,00



G15350111;002;TERRENOS DEL ACUARTELAMIENTO SANCHEZ AGUILERA PARA
ENAJENAR,SUPERFICIE 55.346 M2;55.346,00



115350002;000;LOCAL EN C/ EJERCITO ESPAÑOL, 3 BAJO-4, EN EL FERROL (A
CORUÑA);61,03



115350003;000;LOCAL EN C/ EJERCITO ESPAÑOL, 3, BAJO-2, EN EL FERROL (A
CORUÑA);119,72



115350004;000;LOCAL EN C/LUIS DE REQUESENS, 5 BAJO-1 EN FERROL (A
CORUÑA);296,88



115350005;000;LOCAL EN C/ REQUESENS, 1 BAJO-5, EN FERROL (A CORUÑA);25,94



115350006;000;LOCAL EN C/ LUIS DE REQUESENS, 1 BAJO-1, EN FERROL (A
CORUÑA);42,15



115350007;000;LOCAL EN C/LEPANTO, 2 BAJO-2, EN FERROL (A CORUÑA);77,63



Madrid, 31 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007585



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Centella Gómez, José Luis (GIP).



Respuesta:



Respecto a una venta por parte de España de carros de combate a Arabia
Saudita, cabe precisar que dicha operación no se ha producido ni ha sido
presentada solicitud alguna de exportación relacionada con la misma.



Una vez se haya presentado la solicitud de exportación, el Gobierno
español, a través de la Junta Interministerial Reguladora del Comercio
Exterior de Material de Defensa y de Doble Uso (JIMDDU) y la Secretaría
de Estado de Comercio del Ministerio de Economía y Competitividad,
aplicará de manera escrupulosa la Posición Común 2008/944/PESC (política
exterior y de seguridad común), de 8 de diciembre de 2008, por la que se
definen las normas comunes que rigen el control de las exportaciones de
tecnología y equipos militares. Así, se analizará esta operación teniendo
en cuenta los ocho criterios de la Posición Común 2008/944/PESC y los
criterios del Documento OSCE -Organización para la Seguridad y
Cooperación Europea- sobre armas pequeñas y armas ligeras. En el estudio
de las solicitudes se evaluará muy especialmente el cumplimiento en el
país de destino de los criterios 1 (existencia de embargos de la ONU, UE
y OSCE), 2 (respeto de derechos humanos), 3 (situación interna), 4
(situación regional) y 7 (riesgo de desvío) de la citada Posición Común.



El criterio 2 de la citada Posición Común es uno de los parámetros
fundamentales a la hora de evaluar una operación, denegándose en la
práctica cualquier exportación de un producto, equipo o tecnología




Página
564






que, por sus características específicas, pudiese emplearse de manera
contraria al debido respeto de los derechos humanos, independientemente
del interés económico y comercial que se derive de la operación.



Las autoridades españolas valorarán además, en la solicitud, las garantías
que deben acompañar a la exportación de estas armas y las condiciones de
uso y usuario finales. Así, se exigirán documentos de control muy
estrictos, en concreto, certificados de último destino firmados por las
autoridades de este país, de forma que se garantice que el destino,
usuario y uso finales del material exportado sean los autorizados por el
Gobierno español y se impida una reexportación o un uso no deseados.



Madrid, 20 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007592



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pezzi Cereto, Manuel (GS).



Respuesta:



La adjudicación definitiva del Contrato de Obras, 'Autovía del
Mediterráneo A-7 y GR-16, acceso Este al Puerto de Motril. Tramo 1: La
Gorgoracha-Enlace de Motril. Tramo 2: Enlace de Motril-Puerto de Motril.
Provincia de Granada', se ha efectuado conforme a la propuesta de la mesa
de contratación, por un importe de 39.174.369,27 € (sin IVA), que
aplicándole el tipo de gravamen aplicable del Impuesto del Valor Añadido
supone un importe de 46.225.755,74 €.



Por lo tanto no ha existido en ningún caso un aumento del importe de la
adjudicación, en relación con la propuesta realizada por la mesa de
contratación



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007595



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luena López, César (GS).



Respuesta:



En 2011, los viajeros que han utilizado los servicios Alvia de la relación
Madrid-Pamplona son los siguientes:



Mes;Nº. viajeros



Enero;30.398



Febrero;30.992



Marzo;37.327



Abril;34.600



Mayo;37.118



Junio;36.798



Julio;41.319



Agosto;23.660



Septiembre;34.240



Octubre;34.805



Noviembre;35.596



Diciembre;35.166



Total año 2011;412.019




Página
565






Día semana;Nº. viajeros



Lunes;61.122



Martes;56.371



Miércoles;57.541



Jueves;62.737



Viernes;72.508



Sábado;38.818



Domingo;62.922



Total año 2011;412.019



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007596



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luena López, César (GS).



Respuesta:



En 2011, los viajeros que han utilizado los servicios Alvia de las
relaciones Barcelona-Bilbao y Barcelona-Irún son los siguientes:



1. Barcelona-Bilbao: 224.978



2. Barcelona-Irún: 267.422



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007597



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luena López, César (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada se indica lo siguiente:



Servicios de Larga Distancia



;Viajeros punto a punto año 2011;;



Origen / Destino;Julio;Agosto;Septiembre



LOGROÑO - ZARAGOZA;341;264;341



ZARAGOZA - LOGROÑO;369;300;325



CALAHORRA - ZARAGOZA;28;66;33



ZARAGOZA - CALAHORRA;19;25;25



ALFARO - ZARAGOZA;0;4;1



ZARAGOZA - ALFARO;1;0;4




Página
566






Servicios de Media Distancia



;Viajeros punto a punto año 2011;;



Origen / Destino;Julio;Agosto;Septiembre



LOGROÑO - ZARAGOZA;1.423;1.145;1.340



ZARAGOZA - LOGROÑO;1.138;1.002;1.246



CALAHORRA - ZARAGOZA;671;676;663



ZARAGOZA - CALAHORRA;687;722;804



ALFARO - ZARAGOZA;204;215;232



ZARAGOZA - ALFARO;215;241;307



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007599



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iglesias Santiago, Leire y Lucio Carrasco, María Pilar (GS).



Respuesta:



En la pregunta de Sus Señorías parece confundirse el trayecto, pues se
indica 'Barcelona-Lisboa', cuando en realidad es 'Madrid-Lisboa'.



El Trenhotel Lusitania es un servicio de 'gestión compartida' entre el
operador ferroviario portugués (CP) y el español (Renfe).



El operador portugués informó, en octubre de 2011, que el Administrador de
Infraestructuras Ferroviarias luso tenía previsto el cierre del tramo de
vía Marvao-Torre Das Vargens, que es el itinerario utilizado por el
Trenhotel Lusitania para continuar desde la frontera de Cáceres hacia
Lisboa.



Las gestiones realizadas por la Administración española han permitido que
se haya mantenido, hasta la fecha, el itinerario por Cáceres. No
obstante, el Administrador Ferroviario portugués sigue planteando el
cierre del tramo indicado, aunque, a día de hoy, no ha comunicado la
fecha en que este cierre se producirá.



Hay que señalar que el Trenhotel Lusitania, por su horario nocturno, no
tiene una demanda elevada a su paso por Cáceres.



Los viajeros que han accedido en Cáceres al servicio Trenhotel Lusitania
son los siguientes:



Año 2010;Año 2011;% 2011 - 2010



4.231;4.165;- 1,6 %



Tras las reuniones mantenidas por la Ministra de Fomento con su homólogo
portugués, ambos Gobiernos tomaron nota de los trabajos realizados por el
grupo que analiza el Servicio Internacional 'Lusitania Tren Hotel' para
encontrar una solución que posibilite la conexión ferroviaria entre las
dos capitales ibéricas en condiciones de servicio atractivas y
económicamente sostenibles.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007604



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Davila, M.ª Olaia (GMx).




Página
567






Respuesta:



El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad está procediendo a
la renovación de su página web.



En este proceso, se ha creado un apartado específico destinado a recoger
la información de todas las campañas que se han desarrollado en el ámbito
competencial del Departamento, de tal manera que sea más sencillo y
rápido acceder a las mismas. Por ello, en los próximos días, se colgarán
en dicha página todas las campañas realizadas hasta la fecha, ya que se
valora positivamente su utilidad para la sensibilización social.



Durante el segundo semestre del año se va a difundir en medios de
comunicación la campaña 'No te saltes las señales. Elige vivir'. Además,
se están realizando actuaciones de sensibilización en diferentes ámbitos
y en colaboración con los distintos agentes sociales.



El 19 de junio se presentó la iniciativa 'Empresas por una sociedad libre
de violencia de género', a la que se han adherido 33 empresas, con las
que se han suscrito convenios de colaboración en materia de
sensibilización y/o inserción sociolaboral de las mujeres víctimas.



En el ámbito del deporte, se participó en la IX edición de la Carrera de
la Mujer mediante el reparto entre las corredoras de unas pulseras con
las que se manifestó su rechazo a esta lacra social.



Por lo tanto, es clara la implicación del referido Ministerio en la
sensibilización a través de todas las vías y medios que están a su
alcance y que se consideran útiles para lograr una sociedad libre de
violencia de género.



Madrid, 6 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007606



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Davila, M.ª Olaia (GMx).



Respuesta:



La brecha laboral entre hombres y mujeres puede obedecer a diferentes
causas, por lo que su disminución también obliga a adoptar medidas en
diferentes órdenes. Cuando la diferencia laboral obedece a una
discriminación, directa o indirecta, existen en la legislación española
medidas suficientes y adecuadas tanto de prevención, como para controlar
y sancionar cualquier discriminación que puedan sufrir las mujeres,
incluyendo la salarial.



El Gobierno conoce el informe de la OCDE 'Igualdad de género en la
educación, el empleo y el emprendimiento 2012'. El mencionado documento
otorga gran relevancia al desarrollo de las políticas de igualdad de
género a la hora de conseguir un crecimiento sostenible que beneficie a
toda la población. Propone una serie de consideraciones dirigidas a los
gobiernos de los Estados miembros, que están en consonancia con los
principios básicos recogidos en la legislación española.



En lo que respecta a las previsiones en el ámbito de igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres, los objetivos esenciales son
reforzar la formación, el empleo y el emprendimiento de las mujeres,
mejorar las tasas de empleo, la competitividad y la cohesión social.



Cabe destacar las medidas adoptadas por el Gobierno español con incidencia
en el mercado de trabajo, entre ellas, las incluidas en el Real
Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma
del mercado laboral, y en la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas
urgentes para la reforma del mercado laboral, que favorecen y promueven
el acceso y el mantenimiento de las mujeres en el mercado de trabajo
incrementando las ayudas en los supuestos de contratación de mujeres; se
han suprimido del sistema de clasificación profesional las categorías
profesionales, causantes en muchas ocasiones de numerosos perjuicios y
discriminaciones para las mujeres trabajadoras por vía indirecta; se
favorece la conciliación de la vida laboral y familiar, modificando
algunos permisos parentales (lactancia), con la regulación del contrato a
tiempo parcial, así como incluyendo la regulación del trabajo a
distancia.




Página
568






Todas estas medidas tendrán un impacto muy positivo en materia de género
al mejorar tanto la empleabilidad como la ocupación de las mujeres en el
mercado laboral.



Por otra parte, se está trabajando en la elaboración de un Plan de Empleo
para las mujeres para eliminar las dificultades que tienen para
incorporarse y mantenerse en el mercado laboral y para participar en
todos los sectores y a todos los niveles en condiciones de igualdad. Uno
de los pilares esenciales lo va a constituir la formación y la
capacitación para el empleo, especialmente para aquellas trabajadoras
pertenecientes a grupos más vulnerables.



Asimismo, se va a elaborar un Plan especial para la no discriminación
salarial entre mujeres y hombres que incluirá medidas con el fin de
identificar y erradicar la brecha salarial.



Otra actuación es el impulso del distintivo 'Igualdad en la Empresa',
promocionando su uso en el tráfico empresarial y comercial con el fin de
reconocer y estimular la labor de las empresas especialmente
comprometidas con la igualdad, analizando la posibilidad de que ese
esfuerzo y compromiso pueda ser también apreciado en el marco de la
contratación pública.



En paralelo a la implantación de estas actuaciones, se desarrollan las
convocatorias de subvenciones a PYMES y otras entidades para la adopción
e implantación de medidas y planes de igualdad y la prestación del
servicio gratuito de asesoramiento, formación e información para la
elaboración de planes de igualdad a través de la página Web
(www.igualdadenlaempresa.es).



Teniendo en cuenta el contexto de dificultades económicas en que nos
encontramos, se ha considerado prioritario apostar por la plena
incorporación de las mujeres al mercado de trabajo en condiciones de
igualdad, haciendo especial hincapié en el impulso de la
corresponsabilidad y la conciliación de la vida profesional, personal y
familiar a través de la adopción de un Plan integral de apoyo a la
conciliación de la vida familiar, personal y laboral de mujeres y
hombres, que contendrá, entre otras, medidas para la racionalización de
horarios.



Madrid, 16 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007608



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



La actual situación económica ha afectado profundamente a los resultados
económicos del sector de las autopistas de peaje, especialmente a nueve
de las veintiuna sociedades concesionarias de la Administración General
del Estado.



El origen de la problemática de las concesiones con dificultades se debe,
en primer lugar, al desequilibrio económico financiero causado en las
mismas por la existencia de un tráfico real muy inferior al estimado,
tanto en los estudios previos de la Administración como en las ofertas
que resultaron adjudicatarias.



Por otra lado, los justiprecios de las expropiaciones para la construcción
de autopistas (con especial incidencia en las autopistas de peaje que
discurren por el territorio de la Comunidad de Madrid), han sido mucho
más altos que los previstos inicialmente, dado que los Jurados de
Expropiación y los Tribunales, han considerado que los terrenos, en
general rústicos, debían ser valorados teniendo en cuenta las
expectativas urbanísticas.



La planificación de una autopista de peaje se hace siempre con un criterio
de viabilidad económica. Los ingresos de peaje de esa infraestructura
normalmente permiten afrontar todos los costes de construcción,
conservación y explotación de la misma, sin olvidar su amortización y los
gastos asociados al tipo de explotación (gestión directa, por concesión,
etc.)



Para paliar la problemática del sector, se han puesto en marcha diversas
medidas que pretenden restablecer el equilibrio económico financiero de
las concesiones.



Se articularon medidas en la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de
'Presupuestos Generales del Estado para el año 2010', en su disposición
adicional cuadragésima primera. En la citada Ley se articuló la concesión
de préstamos participativos, estableciéndose que dentro de los límites de
las dotaciones asignadas cada año en el presupuesto del Ministerio de
Fomento, el Estado otorgaría un préstamo




Página
569






participativo a las sociedades concesionarias en las que, básicamente, el
importe total de las expropiaciones hubiese excedido del 175 por 100 de
las cantidades previstas para ello por la concesionaria en su oferta.
Actualmente, se han concedido ya préstamos por importe de 469 millones de
euros. Para la obtención de ingresos adicionales que permitan a las
sociedades concesionarias devolver los citados préstamos, se aprueban
decretos u órdenes ministeriales que modifican la concesión permitiendo
un aumento de tarifa o plazo concesional.



Por lo que respecta a la falta de ingresos por los bajos tráficos
existentes, como medidas paliativas del problema, se han creado cuentas
de compensación, articuladas en la disposición adicional octava de la Ley
43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los
derechos de los usuarios y del mercado postal, durante un periodo de tres
años, con el fin de anticipar los ingresos operativos hasta el 80 por 100
de los ingresos previstos en las ofertas que resultaron adjudicatarias de
las concesiones. Se adelantan así transitoriamente a las concesionarias,
mitigando los efectos de la coyuntura económica actual, los ingresos
necesarios para mantener su estabilidad económica a corto plazo,
previéndose su devolución cuando los tráficos se recuperen, con lo que se
evita un posible rescate de alguna de las concesiones, con las
consecuencias indeseadas que ello conlleva para el interés público.
Actualmente, se han abonado 80,5 millones de euros por este concepto.



Habiéndose articulado medidas para tratar de resolver los problemas, a
corto plazo no se tiene previsto el rescate de las sociedades
concesionarias con malos resultados coyunturales.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007609



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD).



Respuesta:



Los estudios que ha realizado el Gobierno hasta el momento se han hecho
con el objetivo de definir la transposición de la Directiva 2011/76/UE
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de septiembre de 2011, por la
que se modifica la Directiva 1999/62/CE, relativa a la aplicación de
gravámenes a los vehículos pesados de transporte de mercancías por la
utilización de determinadas infraestructuras. La transposición de dicha
Directiva, que entró en vigor el 15 de octubre de 2011, de acuerdo con su
artículo segundo, debe realizarse obligatoriamente antes del 16 de
octubre de 2013.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007612



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



Al Programa de Teleasistencia se le quiere aplicar, en la distribución del
presupuesto por programas, un criterio de racionalización y de eficacia
administrativa, como es el de evitar duplicidades entre las distintas
administraciones públicas.



Con este fin, se están manteniendo reuniones con la Federación Española de
Municipios y Provincias (FEMP) para que el servicio de teleasistencia se
preste por los servicios sociales de las Comunidades Autónomas o a través
del servicio de teleasistencia de la Ley de Dependencia.




Página
570






Asimismo, debe tenerse en cuenta que, de acuerdo con el artículo 15 de la
Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la
Dependencia, la teleasistencia ya está contemplada en su catálogo de
servicios como prestación de derecho y con la financiación prevista en el
articulo 7, por lo que las necesidades de las personas en situación de
dependencia quedan suficientemente atendidas por esta vía.



Por otra parte, los no dependientes deben ser atendidos tanto por los
servicios sociales municipales como por los autonómicos y todo ello de
acuerdo con lo establecido por las Leyes de Servicios Sociales de las
Comunidades Autónomas, en cumplimiento de las competencias que les
atribuyen sus respectivos Estatutos de Autonomía en esta materia.



Madrid, 6 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007615



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



La cesión de titularidad de la travesía de la carretera N-330 a su paso
por Almudévar (pp. kk. 552,425 al 553,934) y su adecuación como vía
urbana e integración en el entorno municipal, será instrumentada, de
acuerdo con la Orden de 23 de julio de 2001 (B.O.E. 31 de julio de 2001)
modificada parcialmente por la Orden FOM/ 3426/2005, de 27 de octubre
(B.O.E. 4 de noviembre de 2005), mediante el correspondiente Convenio de
colaboración que se suscribirá entre el Ayuntamiento y el Ministerio de
Fomento, en el momento en el que existan disponibilidades presupuestarias
para su materialización.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007616



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



Los tramos con convenios de cesión de travesías de la Red de Carreteras
del Estado, a los Ayuntamientos referidos, que se encuentran actualmente
en vigor son los siguientes:



• Ainsa-Sobrarbe



N-260a. Del p.k. 433,620 al 434,610



• Huesca



N-330a. Del p.k. 569,187 al 574,287



N-240a. Del p.k. 206,600 al 208,940



• Sabiñánigo



N-330a. Del p.k. 616,725 al 615,000



• Zaragoza



N-IIa margen derecha. Del p.k. 312,500 al 317,100



N-IIa margen izquierda. Del p.k. 313,000 al 317,100



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
571






184/007617



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



El tramo de carretera del lado español del Túnel Internacional de Bielsa,
así como su carretera de acceso es de titularidad de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Aragón.



En la actualidad el Gobierno de Aragón y el departamento francés de Altos
Pirineos gestionan de manera conjunta, mediante un consorcio, tanto el
túnel internacional como varios kilómetros de las carreteras que sirven
de acceso al mismo desde ambos países. Por tanto, no corresponde a la
Administración General del Estado facilitar la información solicitada por
Su Señoría.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007620



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



El Gobierno, a través del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de
medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional
de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, ha
planteado unas medidas de reforma que garantizan que, a pesar de la
crisis económica, la sanidad en España siga siendo pública, universal,
gratuita y de calidad.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007622 y 184/007641



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



De acuerdo con el inventario de pasos a nivel, el paso a nivel del P.K
45/193 al que se hace referencia en la pregunta planteada, es en realidad
el ubicado en el P.K. 45/164.



La redacción del proyecto de supresión del paso a nivel del P.K. 45/164 de
la línea Zaragoza-Alsasua, en el término municipal de Gallur (Zaragoza),
está redactado, en fase de supervisión y aprobación técnica, estando
prevista la finalización de este trámite en el transcurso del año 2012.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007628



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).




Página
572






Respuesta:



Está previsto que próximamente se convoque una nueva reunión en relación
con el asunto interesado. A tal fin, el Ministerio de Fomento está
manteniendo contactos con la Diputación General de Aragón.



La última reunión de la que se tiene conocimiento se celebró en noviembre
de 2011.



Madrid, 11 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007639



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



El Ministerio de Fomento tiene dada la orden de Estudio para la redacción
del Estudio Informativo: 'Acondicionamiento de la carretera N-260, tramo:
N-230 y Castejón de Sos, p.k. 353,9 al 385,4'.



Se procederá a la licitación y la adjudicación del contrato para la
redacción del Estudio en función de las disponibilidades presupuestarias.



El plazo para la finalización del Estudio se fijará una vez adjudicado el
mismo.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007645



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



La carretera A-136, que se constituye como la vía de comunicación para el
paso por el puerto de Portalet en su vertiente española, es de
titularidad de la Administración de la Comunidad de Aragón, y por lo
tanto su gestión y explotación corresponde a dicha Administración
autonómica.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007646



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



La concesión de la autopista AP-2, Zaragoza-Mediterráneo tiene como fecha
de finalización de la misma el 31 de agosto de 2021, no previéndose
actualmente ninguna circunstancia que pueda hacer variar dicha fecha de
fin de concesión.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
573






184/007647



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



La concesión de la autopista AP-68, Bilbao-Zaragoza tiene como fecha de
finalización de la misma el 10 de noviembre de 2026, no previéndose
actualmente ninguna circunstancia que pueda hacer variar dicha fecha de
fin de concesión.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007651



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



Los tramos pertenecientes a la Autovía A-21 en Aragón que actualmente se
encuentran con el proyecto aprobado son los siguientes:



1. 'Jaca Norte-Jaca Oeste'



2. 'Puente de la Reina-L.P. Zaragoza (Fago)'



3. 'Sigüés-Tiermas'



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007652



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



Los tramos pertenecientes a la Autovía A-21 en Aragón que actualmente se
encuentran en fase de ejecución de obras son los siguientes:



1. 'Jaca Oeste-Santa Cilia'



2. 'Santa Cilia-Puente de la Reina'



3. 'Enlace A-1601-Sigüés'



4. 'Tiermas-L.P. Navarra'



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007654



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).




Página
574






Respuesta:



Actualmente los cálculos interesados no se han realizado habida cuenta de
que no se prevé la supresión de la concesión.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007691



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Morlán Gracia, Víctor (GS).



Respuesta:



Se informa al Sr. Diputado que la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre,
de la Defensa Nacional, establece en su Artículo 31 que 'El Ministerio de
Defensa promoverá el desarrollo de la cultura de defensa con la finalidad
de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con su
historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las
Fuerzas Armadas salvaguardan los intereses nacionales. Asimismo, el resto
de los poderes públicos contribuirán al logro de este fin'.



Por cultura de defensa se entiende el conocimiento de los temas
relacionados con la seguridad y la defensa. En cuanto a la conciencia de
defensa puede definirse como la comprensión de la importancia de la
defensa en la protección de la sociedad, sus intereses y sus valores, y
se desarrolla a través de la reflexión libre y responsable sobre los
conocimientos que proporciona la cultura de defensa.



Los objetivos generales de la política cultural de seguridad y defensa y
la promoción de la conciencia de defensa nacional que lleva a cabo el
Ministerio son los siguientes:



1. Promover el conocimiento de los asuntos relacionados con la seguridad y
la defensa, en beneficio de la estabilidad y la paz.



2. Impulsar la investigación, estudio, análisis y debate de los temas
relacionados con la seguridad y defensa en la sociedad, coordinando la
actividad de los centros e institutos de estudios dependientes del
Ministerio de Defensa encaminada a la difusión de la cultura de seguridad
y defensa, así como el análisis geopolítico en este ámbito.



3. Poner en valor el patrimonio cultural de las Fuerzas Armadas,
fomentando el control, la conservación, la difusión y el acceso de los
ciudadanos al mismo.



4. Promover el conocimiento, concienciación y apoyo de las Instituciones
públicas y organismos de las Administraciones para el fomento de la
cultura de seguridad y defensa.



5. Potenciar el acercamiento entre la Sociedad y sus Fuerzas Armadas.



6. Mejorar el conocimiento que tiene la sociedad española sobre las
cuestiones de seguridad y defensa y la imagen institucional de la Fuerzas
Armadas, a través de los medios de comunicación y los canales de
comunicación interna.



En el año 2002 se aprobó el primer Plan Director de Cultura de Defensa con
el objetivo de impulsar las actuaciones del Ministerio de Defensa en esta
materia, ordenando y coordinando las actividades que desde diversas
unidades del Departamento se venían llevando a cabo en desarrollo de la
política cultural: Dirección General de Relaciones Institucionales de la
Defensa, Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional, los
Ejércitos y la Armada.



De forma paralela se creó la Junta de Cultura de Defensa para la
coordinación del Plan Director, presidida por el Secretario General de
Política de Defensa (SEGENPOL).



En estos momentos, y dado que desde el año 2002 no se había realizado una
revisión del citado Plan Director, la Secretaría General de Política de
Defensa está preparando un nuevo Plan Director de Cultura de Defensa que,
teniendo en cuenta la evolución experimentada por nuestra sociedad en
relación con los asuntos relacionados con la defensa y las Fuerzas
Armadas, adecúe los objetivos y los instrumentos para mejorar el
conocimiento y la conciencia de defensa de los españoles.




Página
575






Otros instrumentos que gestiona directamente la Secretaría General de
Política de Defensa para la promoción de la cultura de defensa son, entre
otros, la convocatoria de los Premios Defensa o el impulso del Portal de
Cultura de Defensa en la página web del Departamento.



En cuanto a los órganos responsables, cabe recordar que el artículo14.2.j)
del Real Decreto 454/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la
estructura básica del Ministerio de Defensa, asigna a la Secretaría
General de Política de Defensa la responsabilidad de 'proponer y
coordinar la política cultural de seguridad y defensa y la promoción de
la conciencia de defensa nacional'.



Dependiente directamente de la SEGENPOL se encuentra la División de
Coordinación y Estudios de Seguridad y Defensa, a la que le corresponde
la coordinación de la actividad de los centros e Institutos de estudios
dependientes del Departamento encaminada a la difusión de la cultura de
seguridad y defensa, así como el impulso de los estudios en este ámbito.



Además, otros órganos que participan en la ejecución de la política de
cultura de defensa son el Centro Superior de Estudios de la Defensa
Nacional, dependiente del Estado Mayor de la Defensa, la Subdirección
General de Publicaciones y Patrimonio Cultural las Delegaciones y las
Subdelegaciones de Defensa, dependientes de la Subsecretaría de Defensa,
y las Unidades, Centros y Organismos de los Ejércitos y la Armada con
competencia en materia de difusión de la cultura de defensa.



Igualmente, el apartado 1º del artículo 14 señala que el Instituto Español
de Estudios Estratégicos (IEEE) depende funcionalmente del Secretario
General de Política de Defensa en el ejercicio de sus competencias de
difusión de la cultura de seguridad y defensa. A semejanza del IEEE,
también desarrolla una relevante tarea en materia de cultura de defensa
el Instituto Universitario General Gutiérrez Mellado (IUGM), que
constituye un centro de investigación y enseñanza especializado en
cuestiones relacionadas con la búsqueda de la paz, la seguridad y la
defensa nacional, y que es dirigido conjuntamente por la Universidad
Nacional de Educación a Distancia y la Secretaría General de Política de
Defensa.



Para el desarrollo la política cultural de seguridad y defensa y la
promoción de la conciencia de defensa nacional, la Secretaría General de
Política de Defensa tiene asignado un presupuesto en 2012 de 938.266 €,
incluyendo la subvención anual al Instituto Universitario Gutiérrez
Mellado y los Programas que gestiona el Instituto Español de Estudios
Estratégicos por delegación de la SEGENPOL.



Madrid, 31 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007696



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha presentado en el
Consejo de Ministros del pasado 13 de julio un Informe sobre el
Anteproyecto de Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la
Administración Local, inspirado en el principio de 'Una administración,
una competencia', con la finalidad de buscar una gestión más eficiente,
con un ahorro de al menos 3.500 millones de euros por la eliminación de
duplicidades y competencias impropias.



La modificación no prevé la supresión de municipio alguno, si bien se
fomenta la agrupación de servicios para lograr importantes ahorros de
costes mediante economías de escala.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007697



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).




Página
576






Respuesta:



Con independencia de que los datos concretos que se solicitan son
competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se señala que la
reforma del Sistema Nacional de Salud (SNS) se encuentra recogida en el
Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para
garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la
calidad y seguridad de sus prestaciones. En ella, se homogeneiza en todo
el Estado español la aportación de los usuarios en la cartera
suplementaria y se reequilibran las que ya existían para atender a las
nuevas necesidades socioeconómicas de los colectivos más castigados por
la crisis como los parados que han perdido los subsidios y prestaciones
que pasan, de aportar el 40 % a estar exentos, pues efectivamente, este
Gobierno considera que no es razonable que los parados de larga duración
tengan que pagar el 40 % de los medicamentos.



En esta reforma se modifica el sistema de prestaciones de pago con una
fórmula más justa, que tiene en cuenta la renta, la condición de activo o
pasivo y la condición de enfermo crónico, al mismo tiempo que asegura la
equidad y calidad de las mismas, para de esta manera garantizar una
asistencia universal, pública y gratuita sustentada en los impuestos. Por
lo que en ningún caso puede hablarse de copago en asistencia sanitaria
aunque en algún momento de las dos legislaturas anteriores, distintos
responsables del anterior gobierno se hayan referido abiertamente a ello.



Por otro lado, se indica que el nuevo reparto en el esquema del sistema de
aportación tiene como objetivo prioritario el de la eficiencia, al gastar
mejor en lo que se debe gastar pues se deriva de la introducción de una
mayor equidad en el sistema de aportación, tal y como recoge el Defensor
del Pueblo en su informe 2011, como una de las principales demandas de
los ciudadanos, así como conseguir una mayor solidaridad con los
ciudadanos, especialmente los que están en paro. En este sentido señalar
las categorías que estarán exentas de aportación en la prestación
farmacéutica: las personas afectadas de síndrome tóxico y personas con
discapacidad en los supuestos contemplados en su normativa específica,
las perceptoras de rentas de integración social, las perceptoras de
pensiones no contributivas, los parados que han perdido el derecho a
percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación y los
tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional.



Este nuevo sistema tendrá, además, un efecto disuasorio que evite que se
acumulen y se tiren medicamentos pagados de forma masiva. España, que es
uno de los países de mayor consumo de fármacos en el mundo, destruye cada
año 3.700 toneladas de medicamentos pagados, porque han caducado o no se
han utilizado. Los expertos cifran este despilfarro en un 10 por ciento
del gasto farmacéutico.



Madrid, 18 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007713



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Davila, M.ª Olaia y Jorquera Caselas, Francisco Xesús
(GMx).



Respuesta:



Los retrasos producidos indicados por Sus Señorías derivan principalmente
de las siguientes causas:



1. Averías del tren: 34,8 %



2. Averías del sistema de seguridad y señalización (ERTMS): 18,7 %



3. Operaciones del tren (subida y bajada de viajeros, transiciones de modo
de tracción, acoples y desacoples, etc.): 29,1 %



4. Averías de la infraestructura, desarrollo de la circulación, etc.: 17,1
%



Al solucionarse los problemas mencionados, están incrementándose
progresivamente los índices de puntualidad.



Renfe mantiene su compromiso de puntualidad Alvia en estos trenes, como
una apuesta comercial, para compensar a los clientes e incrementar la
tasa de satisfacción de los mismos, confiando en que se trata de una
situación transitoria.




Página
577






Se resumen a continuación las medidas adoptadas, para la optimización del
servicio:



1. Se ha iniciado un Plan de Acción de mejora de fiabilidad presentado por
Talgo - Bombardier.



2. Adicionalmente, se ha implantado un chequeo de todo el tren, previo al
inicio de cada servicio. En él se simulan todas las operaciones que el
tren hará en la marcha (cambios de modo de tracción, conexiones y
desconexiones de equipos de señalización, cambios de cabina, etc.) Se
realiza antes del servicio en Madrid Fuencarral, A Coruña, Pontevedra y
Alicante y una vez hecho, los resultados se ponen en conocimiento del
Centro de Gestión de Operaciones de Viajeros y del mantenedor.



3. Se han reforzado los acompañamientos y el apoyo a los maquinistas en
las operaciones más complejas. Además, se mantiene el acompañamiento por
personal de Renfe y del fabricante.



4. Se ha aumentado la presencia de personal comercial y de atención a los
viajeros en todas las estaciones por las que el tren circula así como en
los trenes. Asimismo, se emiten mensajes para evitar que en las paradas
de estos trenes (más prolongadas de lo normal por sus especiales
características) los viajaros salgan y puedan bloquear las puertas.



5. Además, se dotará de una señalética específica en las estaciones para
favorecer la orientación de los viajeros.



6. Se ha intensificado la vigilancia desde los Centros de Gestión, así
como la colaboración con Circulación de ADIF, para mejorar la regulación
y circulación de estos servicios.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007716



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



El Ministerio de Fomento tiene como principal objetivo realizar aquellas
inversiones que sean más eficientes. En el marco del Plan de
Infraestructuras, Transporte y Vivienda 2012-2024 (PITVI), se está
trabajando para que en el Corredor Mediterráneo a corto plazo se implante
el ancho UIC, y a medio plazo se realicen las actuaciones de aumento de
la capacidad que vayan siendo necesarias conforme vayan aumentando los
tráficos.



En este contexto, se está priorizando la ejecución de las obras de
implantación de tercer carril, cuyo proyecto, como ya indicó la Ministra
de Fomento en su comparecencia de 6 de junio de 2012 en el Congreso,
estará terminado en 2013.



Simultáneamente, se están estudiando las posibilidades de financiación
mediante proyectos de colaboración público-privada del trayecto
Valencia-Castellón, por lo que no se puede precisar la fecha de puesta en
servicio del AVE a Castellón.



Madrid, 10 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007717



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Macias i Arau, Pere (GCiU).



Respuesta:



En la situación actual, en la que los únicos sectores de transporte
ferroviario abiertos a la competencia son el tráfico de mercancías y el
internacional de viajeros, el Estado solo subvenciona aquellos servicios
de viajeros que previamente hayan sido declarados Obligación de Servicio
Público.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
578






184/007718



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Macias i Arau, Pere (GCiU).



Respuesta:



La liberalización del transporte de mercancías por ferrocarril en España
es una realidad formal desde noviembre de 2003. La Comisión Europea,
mediante el 'segundo paquete ferroviario', entre otras cuestiones,
determinaba la apertura del mercado de transporte ferroviario de
mercancías (2004/51/CE).



La liberalización del mercado ferroviario en España se ajusta a lo que
determinan las diferentes Directivas europeas sobre el sector
ferroviario.



En este sentido, la Directiva 2004/51/CE 'Desarrollo de los ferrocarriles
comunitarios', que forma parte del segundo paquete ferroviario, establece
el libre acceso a los servicios internacionales de transporte ferroviario
de mercancías en la totalidad de la red a partir del 1 de enero de 2006.



En cuanto a los servicios nacionales de transporte ferroviario de
mercancías, se liberalizaron con fecha 1 de enero de 2007, de acuerdo con
lo establecido en la misma Directiva antes mencionada.



En el caso de España, la liberalización del transporte ferroviario de
mercancías ha permitido que, en la actualidad, además de Renfe, estén
operando estos tráficos otras seis empresas ferroviarias.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007724



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Macias i Arau, Pere (GCiU).



Respuesta:



Aena es un proveedor de servicios de navegación aérea que tiene desde el
año 2006 un Sistema de Gestión de Seguridad implantado y certificado
conforme a la normativa europea de Cielo Único, siendo dicho sistema
auditado regularmente por AESA.



El objetivo del citado Sistema de Gestión de Seguridad es garantizar,
monitorizar y mejorar la seguridad de los servicios de Aena como
proveedora de servicios de tránsito aéreo. Para ello se dispone de
diversos procesos, siendo uno de ellos el de la realización de Análisis y
Mitigación de Riesgos (ATM) ante cambios planificados en el sistema
funcional ATM.



Como proveedor de servicios de navegación aérea, Aena no realiza ni debe
realizar Estudios de Seguridad de las Leyes antes de que se aprueben.
Aena realiza estudios de seguridad, tal y como marca la normativa, cuando
se producen cambios en el sistema funcional de la compañía, ya sean estos
derivados de la aplicación de las leyes o de planes de actuación
internos.



No es objeto de este Sistema de Gestión de Seguridad el realizar Análisis
de Riesgos de las Leyes o Normativas nacionales o internacionales. En
concreto, la Ley 9/2010 introdujo modificaciones en las condiciones
laborales del colectivo de control que no pueden considerarse un cambio
planificado en el sistema funcional ATM.



No obstante, el resto de procesos del Sistema de Gestión de Seguridad
monitorizan la seguridad de los servicios de Aena en todo momento.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007725



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ciuró i Buldó, Lourdes (GCiU).




Página
579






Respuesta:



Los ftalatos actualmente autorizados para su uso como plastificantes en
envases han sido evaluados muy recientemente por la Autoridad Europea de
Seguridad Alimentaria y fueron objeto de una revisión normativa en el año
2007, así mismo están incluidos en la lista comunitaria positiva de
sustancias autorizadas en la producción de materiales y objetos plásticos
destinados a entrar en contacto con alimentos del Reglamento (UE) Nº
10/2011 de la Comisión, de 14 de enero de 2011, sobre materiales y
objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos.



En consecuencia, se considera adecuada, desde el punto de vista de la
seguridad alimentaria, la normativa europea aplicable a este tipo de
sustancias.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007728



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



Actualmente no existe ninguna previsión sobre el taller al que se hace
referencia en la pregunta formulada por su Señoría. Para cubrir las
necesidades de mantenimiento de locomotoras, vagones y trenes de
Cercanías del ámbito de Aragón, se cuenta con el moderno taller de
Zaragoza Plaza.



No se han mantenido negociaciones con las Administraciones citadas en la
pregunta, en relación con el posible aprovechamiento para fin público del
mencionado taller.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007729



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



Los incidentes ferroviarios ocurridos en el intercambiador han sido los
siguientes:



Fecha de la incidencia;Viajeros afectados;Indemnización a clientes



13/04/2009;5.227;66.600 €



21/06/2012;1.887;22.000 €



Las causas de en estas incidencias han sido las siguientes:



1. Los cerrojos de guiado de los vehículos de las series 120, 120.050 y
121.



2. Un mal apoyo de los tornillos de amarre del soporte palanca a la caja
de soporte del patín de cambio de ancho.



3. Agarrotamiento del cerrojo del dispositivo de seguridad.



Las medidas que se adoptaron inmediatamente para paliar estas averías son:



1. Reducción, a 5 km/h., de la velocidad por los cambiadores (se sigue
manteniendo a fecha de hoy).



2. Modificación de cambiadores, implantación del carril centrador.



3. Modificación del cerrojo de guiado de los trenes de las series 120,
120.05 y 121.




Página
580






4. Revisión del Plan de Mantenimiento. Se ha bajado, a 30.000 kms. o una
vez al mes, la frecuencia de revisión de los cerrojos de guiado, del par
de apriete de tornillos de amarre del soporte palanca a la caja de
soporte patín de cambio de ancho y engrase de cerrojos de guiado.



Asimismo, se sigue avanzando en el estudio para la mejora de las
soluciones dadas a estas incidencias, consistente en el análisis
exhaustivo de la planitud del soporte palanca, funcionamiento del cerrojo
y análisis de los tornillos. A su vez, se encuentra en proceso la
validación de un prototipo que confirme la viabilidad de poder realizar
una unión soldada que aumente la fiabilidad de la unión del dispositivo
de seguridad, eliminando el riesgo de fallo.



Las incidencias imputables al material rodante de las series 120, 120.050
y 121 han sido declaradas averías sistemáticas, al amparo de las
condiciones establecidas en los respectivos contratos de suministro de
dicho material, suscrito entre Renfe y el Consorcio CAF-Alstom. En este
sentido, los costes de las operaciones de modificación del material para
la subsanación de las causas detectadas como causantes de las
incidencias, imputables al Consorcio suministrador, han sido y son con
cargo al mismo.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007731 a 184/007769



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



La previsión y estado de conservación de los inmuebles de las provincias
de Huesca, Teruel y Zaragoza, queda reflejada en el siguiente cuadro:



UBICACIÓN;N° DE INMUEBLES;PREVISIÓN;ESTADO



Alcañiz;1;-;Muy Malo



Biscarrués;1;Demolición;Ruinoso



Cervera de la Cañada;1;Demolición;Ruinoso



Fuentes de Jiloca;1;Alquiler;Malo



Malanquilla;1;Demolición;Ruinoso



Morata de Jiloca;1;Alquiler;Regular



Pinseque;2;Venta;Bueno



Sarrión;4;Alquiler;Malo



Torrelapaja;1;Alquiler;Malo



Valdetormo;1;Alquiler;Malo



Zaragoza;17;Venta, Alquiler y alquiler o venta;Variado (Bueno y regular)



Almohaja;1;Demolición;Ruinoso



Calamocha;14;Alquiler y alquiler o venta;Variado (Malo y ruinoso)



Clarés de Ribota;1;Demolición;Ruinoso



Gallur;1;Venta;Bueno




Página
581






UBICACIÓN;N° DE INMUEBLES;PREVISIÓN;ESTADO



Malón;1;Alquiler;Malo



Paracuellos de Jiloca;1;Alquiler;Malo



Sabiñánigo;4;Alquiler;Regular



Utebo;1;Venta;Alquiler



Valjunquera;1;Alquiler;Malo



Almudévar;1;Alquiler o venta;Regular



Calatayud;11;Alquiler o venta y venta;Variado (Bueno y regular)



Daroca;3;Alquiler;Variado (Regular y Malo)



Jaca;2;Alquiler y Alquiler o venta;Bueno



Maluenda;1;Alquiler;Malo



Peralejos;1;Demolición;Ruinoso



Samper de Calanda;1;Demolición;Ruinoso



Teruel;1;Demolición;Ruinoso



Valdealgorfa;1;Alquiler;Malo



Villafeliche;1;Alquiler;Regular



Barbastro;28;Alquiler o venta;Bueno



Castejón del Puente;1;Demolición;Ruinoso



Canfranc;1;Alquiler o venta;Muy malo



María de Huerva;1;Venta;Bueno



Perales de Alfambra;1;Demolición;Ruinoso



Sariñena;9;Alquiler o venta;Malo



Santa Eulalia;11;Alquiler;Malo



Valderrobres;1;Alquiler;Malo



Villarroya de la Sierra;1;Demolición;Ruinoso



Finalmente se informa que Adif ha mantenido contactos con los
Ayuntamientos de Canfranc, Castejón del Puente, Alcañiz, Perales de
Alfambra, Valdealgorfa, Daroca, Malón y Paracuellos de Jiloca para el
aprovechamiento de los inmuebles disponibles sin uso ferroviario.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007790



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).




Página
582






Respuesta:



El pasado 14 de julio se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 20/2012, de
13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y
de fomento de la competitividad, aprobado en Consejo de Ministros del día
anterior. En el artículo 23 de dicha norma queda recogida la modificación
de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor
Añadido, con la información por la que se interesa Su Señoría.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007817



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hernando Vera, Antonio y Hernández Gutiérrez, Patricia (GS).



Respuesta:



La reforma establecida en el Real Decreto-ley 16/2012 de 20 de abril
garantiza la universalidad de la sanidad y, al mismo tiempo, pone fin a
los abusos en las prestaciones sanitarias. Se establecen medidas para
evitar el denominado 'turismo sanitario' y el uso fraudulento por parte
de ciudadanos extranjeros de los servicios de salud.



Para ello, se adapta de forma correcta la normativa europea, que prohíbe
explícitamente desplazarse a otro Estado miembro con el único objetivo de
recibir asistencia sanitaria.



Respecto de los inmigrantes ilegales, cuya situación por definición es
temporal y excepcional, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad velará para que reciban la asistencia sanitaria básica que les
reconoce la ley, esto es asistencia sanitaria de urgencia por enfermedad
grave o accidente, cualquiera que sea su causa, hasta la situación de
alta médica, de asistencia al embarazo, parto y postparto, y en todo
caso, los extranjeros menores de dieciocho años recibirán asistencia
sanitaria en las mismas condiciones que los españoles.



Madrid, 25 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007818, 184/007827 y 184/007829 a 184/007831



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hernández Gutiérrez, Patricia y Hernando Vera, Antonio (GS).



Respuesta:



El Gobierno, a través del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de
medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional
de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, ha
planteado unas medidas de reforma que garantizan que, a pesar de la
crisis económica, la sanidad en España siga siendo pública, universal,
gratuita, de calidad, y al mismo tiempo, pone fin a los abusos en las
prestaciones sanitarias. Se establecen medidas para evitar el denominado
'turismo sanitario' y el uso fraudulento por parte de ciudadanos
extranjeros de los servicios de salud.



Para ello, se adapta de forma correcta la normativa europea, que prohíbe
explícitamente desplazarse a otro Estado miembro con el único objetivo de
recibir asistencia sanitaria. Así mismo se evita que haya ciudadanos de
otras nacionalidades que mediante lagunas administrativas puedan
beneficiarse de forma gratuita de los servicios sanitarios españoles.



Todos los españoles y extranjeros con residencia legal tienen derecho a la
tarjeta, que garantiza la asistencia sanitaria gratuita. Todas las
personas tienen garantizada la asistencia sanitaria básica, aunque no
cumplan los requisitos legales para obtener la tarjeta, esto es
asistencia sanitaria de urgencia por enfermedad grave o accidente, de
asistencia al embarazo, parto y postparto, y en todo caso, los




Página
583






extranjeros menores de dieciocho años recibirán asistencia sanitaria en
las mismas condiciones que los españoles.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007819, 184/007820, 184/007824, 184/007825 y 184/007828



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hernando Vera, Antonio y Hernández Gutiérrez, Patricia (GS).



Respuesta:



Todos los españoles y extranjeros con residencia legal tienen derecho a la
tarjeta, que garantiza la asistencia sanitaria gratuita. Además, todas
las personas tienen garantizada la asistencia sanitaria básica aunque no
cumplan los requisitos legales para obtener la tarjeta, esto es
asistencia sanitaria de urgencia por enfermedad grave o accidente,
cualquiera que sea su causa, hasta la situación de alta médica, de
asistencia al embarazo, parto y postparto, y en todo caso, los
extranjeros menores de dieciocho años recibirán asistencia sanitaria en
las mismas condiciones que los españoles.



Anteriormente a la reforma del Sistema Nacional de Salud (SNS), llevada a
cabo a través del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas
urgentes para garantizar la sostenibilidad del SNS y mejorar la calidad y
seguridad de sus prestaciones, existía una carencia en la definición de
asegurado. Con la reforma se unifica el concepto de asegurado y se
definen todas las posibles situaciones en las que un español puede
encontrarse en el momento de realizar el trámite administrativo de
solicitud. Este mismo procedimiento administrativo, se aplica a los
extranjeros que lo soliciten, a los que además se aplican
obligatoriamente las normas europeas, convenios bilaterales o exigencias
de extranjería según sea el caso. De esta manera se protege al SNS del
uso fraudulento, provocado por la disparidad de criterios entre
Comunidades Autónomas y la indefinición legal de quienes tenían derecho
en España a la asistencia sanitaria y en qué condiciones. Estas carencias
y usos fraudulentos aparecen reflejados en el último Informe del Tribunal
de Cuentas.



Así se evita que haya ciudadanos de otras nacionalidades que mediante
lagunas administrativas puedan beneficiarse de forma gratuita de los
servicios sanitarios españoles a los que contribuye con sus impuestos la
ciudadanía española. España equipara así su sistema a los demás países de
la UE. Las instituciones europeas han insistido reiteradamente a España
la necesidad de adaptar sus prestaciones a la normativa en vigor, ya que
iba en contra de las directivas comunitarias en la materia.



Con respecto a las enfermedades infecciosas transmisibles, se recuerda que
la Ley 33/2011, General de Salud Pública sigue vigente. En la cartera de
servicios de Salud Pública, están comprendidas todas las actuaciones en
esta materia y los Servicios de Salud desarrollan desde hace años
mediante programas de prevención y control de enfermedades, políticas
poblacionales de salud pública.



Respecto a las posibles incidencias sobre los servicios de atención
sanitaria de urgencia, se indica que España equipara así sus prestaciones
a los demás países de la UE, con un plus importante de generosidad en la
atención.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007821 a 184/007823 y 184/007826



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hernando Vera, Antonio y Hernández Gutiérrez, Patricia (GS).



Respuesta:



Todos los españoles y extranjeros con residencia legal tienen derecho a la
tarjeta que garantiza la asistencia sanitaria gratuita. Además, todas las
personas tienen garantizada la asistencia sanitaria básica




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584






aunque no cumplan los requisitos legales para obtener la tarjeta, esto es
asistencia sanitaria de urgencia por enfermedad grave o accidente,
cualquiera que sea su causa, hasta la situación de alta médica, de
asistencia al embarazo, parto y postparto, y en todo caso, los
extranjeros menores de dieciocho años recibirán asistencia sanitaria en
las mismas condiciones que los españoles.



El Gobierno ha estimado necesario proceder a una clarificación armonizada
de la condición de asegurado, a efectos de la prestación de servicios
sanitarios, de tal forma que ésta quede vinculada de forma efectiva a la
financiación por impuestos y al carácter de solidaridad social que el
esquema progresivo de los mismos tiene en nuestro país. De esta forma
evitar algunas situaciones de prestación de asistencia sanitaria que se
están produciendo en la actualidad y que están debilitando la
sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud (SNS), como ciudadanos de
otras nacionalidades que mediante lagunas administrativas se beneficiaban
de forma gratuita de los servicios sanitarios españoles a los que
contribuyen con sus impuestos la ciudadanía española.



Las instituciones europeas han insistido reiteradamente a España la
necesidad de adaptar sus prestaciones a la normativa en vigor ya que iba
en contra de las directivas comunitarias en la materia. España equipara
así su sistema a los demás países de la UE que siempre han protegido a
sus servicios sanitarios de su mal uso que pone en riesgo la
sostenibilidad de los sistemas sanitarios.



El ahorro que esta medida puede suponer fue estudiado por el Tribunal de
Cuentas, quien puso de manifiesto que el SNS asumía, con cargo a sus
presupuestos, la asistencia sanitaria de personas que la tienen ya
cubierta, bien por sus instituciones de seguridad social en origen, bien
por esquemas de seguros privados. Esto provocó que sólo en el 2009,
España haya dejado de facturar a otros países la asistencia médica y de
farmacia a más de 700.000 ciudadanos, lo que suponen casi 1.000 millones
de euros de los impuestos de todos los españoles.



Con respecto a las enfermedades infecciosas transmisibles, cabe recordar
que la Ley 33/2011, General de Salud Pública sigue vigente. En la cartera
de servicios de Salud Pública, están comprendidas todas las actuaciones
en esta materia y los Servicios de Salud desarrollan desde hace años
mediante programas de prevención y control de enfermedades, políticas
poblacionales de salud pública.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007833



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El Gobierno, a través del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de
medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional
de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, ha
planteado unas medidas de reforma que garantizan que, a pesar de la
crisis económica, la sanidad en España siga siendo pública, gratuita y de
calidad, apostando de modo decidido por el principio de universalidad en
la atención sanitaria. Esto significa que todos los españoles tienen
derecho a la asistencia sanitaria, así como los extranjeros con
residencia legal.



Con la reforma, el Gobierno cumple su compromiso de no introducir el
copago en la asistencia sanitaria y se sitúa entre uno de los pocos
países de la UE que mantiene este aspecto.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007835



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).




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585






Respuesta:



Por lo que respecta al sistema portuario de titularidad estatal, no existe
plan privatizador que pudiera afectar al puerto de Málaga, único puerto
de interés general ubicado en esta provincia.



En cuanto a las sociedades participadas directamente por la Autoridad
Portuaria de Málaga, (Cruceros Málaga S.A. y Marinas Puerto de Málaga
Sociedad Promotora del Plan Especial del Puerto de Málaga, S.A.), se
informa que la 'Orden HAP/583/2012, de 20 de marzo, por la que se publica
el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de marzo de 2012, por el que se
aprueba el plan de reestructuración y racionalización del sector público
empresarial y fundacional estatal', no las incluye entre las entidades
objeto de reestructuración, ya sea mediante fusiones, extinciones,
desinversiones o liquidación de las mismas.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007836



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Para el ejercicio 2013, en los Talleres de Los Prados se tiene prevista
una actividad fundamentada en las siguientes cargas de trabajo:



• Gran Reparación de unidades eléctricas autopropulsadas.



• Gran Reparación de coches de viajeros.



• Reparación de Equipos de Aire Acondicionado.



• Fabricación de vagones.



• Mantenimiento de Primer Nivel.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007841



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En cumplimiento de los necesarios ajustes presupuestarios impuestos por la
situación de grave crisis económica por la que atraviesa nuestro país, se
mantendrán en la provincia de Málaga todos los proyectos que puedan
servir al objetivo de crear riqueza, actuar como motor de la economía,
generar empleo y mejorar el bienestar de todos los ciudadanos,
favoreciendo la mejora de nuestra competitividad, así como de la cohesión
social y territorial.



Atendiendo a esta idea el Ministerio de Fomento tiene como objetivo
irrenunciable promover en la provincia de Málaga todas las obras que se
ajusten a esos fines y mantener aquellas ya iniciadas que se identifiquen
con ese objetivo.



Madrid, 11 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
586






184/007845



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Con fecha 15 de febrero de 2012, la Ministra de Fomento presentó una nueva
propuesta de desarrollo de la Red Transeuropea de Transporte en España.



El Ministerio de Fomento considera que la nueva definición de la Red
Transeuropea se debe ajustar a las condiciones adecuadas de
funcionalidad, nivel de servicio y relevancia. Por ello, ha presentado a
las instituciones europeas una nueva propuesta de desarrollo de la Red
Transeuropea de Transporte en España, que añade una serie de nuevos
elementos a la propuesta anterior (presentada en los primeros meses de
2011).



En materia ferroviaria, se propone incorporar a la red global toda la red
existente en la actualidad junto con las nuevas líneas planificadas, de
manera que pueda constituir el instrumento para conseguir unas
características homogéneas en la red para la fecha prevista de
implantación.



Respecto al Corredor Mediterráneo, se ha incluido el corredor costero
andaluz Almería-Algeciras, con la conexión con Granada-Motril y
Antequera-Puerto de Málaga.



Actualmente, no existe decisión definitiva sobre la propuesta realizada
por el Ministerio de Fomento para incluir el corredor costero andaluz
Almería-Algeciras, con la conexión con Granada-Motril y Antequera-Puerto
de Málaga, en la Red Transeuropea de Transporte en España.



En relación con cualquier actuación referente al Corredor Ferroviario del
Mediterráneo, se estará a lo dispuesto, no solo por el nuevo Plan de
Infraestructuras, Transportes y Vivienda que el Ministerio de Fomento
presentará para su aprobación, el cual establecerá las prioridades y
programas de actuación, sino también por el contenido definitivo de la
Red Transeuropea de Transporte en España.



En este contexto, no se puede precisar la fecha solicitada.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007846



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Las inversiones presupuestadas para 2012 por CORREOS en la provincia de
Málaga dedicadas a la mejora de las infraestructuras ascienden a la
cantidad de 262.000 euros.



Las actuaciones más destacadas en este ámbito son las obras a realizar en
los locales ubicados en Marbella (Sucursal 4) y Churriana (Unidad de
Reparto).



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007847



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El 7 de noviembre de 2011 se firmó un Protocolo entre el Ministerio de
Fomento, la Junta de Andalucía, RENFE-Operadora y el Administrador de
Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), para la




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587






creación de una sociedad para la construcción y explotación de los
servicios en el corredor ferroviario de la Costa del Sol.



El objetivo del Protocolo es fijar las bases de cooperación entre la
Administración General del Estado y la Junta de Andalucía para realizar
las actuaciones necesarias para el desarrollo del futuro Corredor
Ferroviario de la Costa del Sol, entre Málaga y Estepona.



Hasta el momento, no se ha determinado qué fórmulas de gestión se van a
utilizar en el protocolo firmado entre el Ministerio de Fomento y la
Junta de Andalucía para el impulso del Corredor Ferroviario de la Costa
del Sol, que se estudiará en el marco del nuevo Plan de Infraestructuras,
Transportes y Vivienda 2012-2024 (PITVI).



No obstante, en relación con cualquier actuación referente al Corredor
Ferroviario de la Costa del Sol, se estará a lo dispuesto en el PITVI que
el Ministerio de Fomento presentará próximamente, el cual establecerá las
prioridades y programas de actuación.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007849 a 184/007851



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Está redactado el proyecto de 'Supresión de los pasos a nivel de las
calles Héroe de Sostoa, Ayala, López Pinto y Pº Antonio Machado. Proyecto
constructivo de soterramiento del acceso ferroviario al Puerto de
Málaga', aprobado el 12 de abril de 2010.



La licitación de la actuación referida en la iniciativa planteada está
sujeta a la disponibilidad presupuestaria.



Desde el punto de vista técnico, se estima en torno a 50-100 trabajadores
por mes, dependiendo de los métodos constructivos y de producción de la
empresa adjudicataria.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007852



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El gasto en inversión estimado durante el año 2012 para el mantenimiento y
limpieza de vías ferroviarias en la provincia de Málaga asciende a la
cantidad de 3 millones de euros.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007853



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).




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588






Respuesta:



Dentro del marco del Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
(PITVI), se va a evaluar la necesidad de la ejecución de ampliaciones de
núcleos de Cercanías, incluido el de Málaga, evaluando previamente la
viabilidad técnica y las previsiones de demanda que justifiquen esa
necesidad.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007854



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El Gobierno ha hecho en Europa una apuesta decidida para que la definición
de la nueva Red Transeuropea de Transportes en España se ajuste a las
condiciones de funcionalidad, nivel de servicio y relevancia necesarios
para el desarrollo de todos los ámbitos territoriales de nuestro país.



Por ello, el Ministerio de Fomento mantiene ante las instituciones
europeas la justificación y defensa, en su integridad, de su nueva
propuesta para dicha Red, presentada el pasado mes de febrero, mucho más
completa y ambiciosa que la propuesta inicialmente, en el mes de marzo de
2011.



Madrid, 13 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007855



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El 7 de noviembre de 2011 se firmó un Protocolo entre el Ministerio de
Fomento, la Junta de Andalucía, RENFE-Operadora y el Administrador de
Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la creación de una sociedad
para la construcción y explotación de los servicios en el corredor
ferroviario de la Costa del Sol.



El objetivo del Protocolo es fijar las bases de cooperación entre la
Administración General del Estado y la Junta de Andalucía para realizar
las actuaciones necesarias para el desarrollo del futuro Corredor
Ferroviario de la Costa del Sol, entre Málaga y Estepona.



Hasta el momento, no se ha determinado qué fórmulas de gestión se van a
utilizar en el protocolo firmado entre el Ministerio de Fomento y la
Junta de Andalucía para el impulso del Corredor Ferroviario de la Costa
del Sol.



Para cualquier actuación referente al Corredor Ferroviario de la Costa del
Sol, se estará a lo dispuesto en el nuevo Plan de Infraestructuras,
Transportes y Vivienda 2012-2024 que el Ministerio de Fomento presentará
próximamente, el cual establecerá las prioridades y programas de
actuación.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007857



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).




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589






Respuesta:



Dentro del marco del Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
2012-2024 (PITVI), se va a evaluar la necesidad de la ejecución de
ampliaciones de núcleos de Cercanías, evaluando previamente la viabilidad
técnica y las previsiones de demanda que justifiquen esa necesidad.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007858



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El Estudio Informativo de la alta velocidad Antequera-Ronda, aunque tiene
su trazado aprobado, aún se encuentra en fase de aprobación de su
Declaración de Impacto Ambiental, por lo que aún no se puede precisar la
fecha de su construcción



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007862



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se señala que la apertura
dependerá de la finalización de las obras y la implementación definitiva
del proyecto expositivo.



Madrid, 27 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007869



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pezzi Cereto, Manuel (GS).



Respuesta:



Las inversiones en infraestructuras que actualmente se están realizando en
Andalucía permiten absorber las ayudas que tiene asignadas para las
mismas procedentes de los fondos FEDER y de las Ayudas a las Redes
Transeuropeas del Transporte en los plazos establecidos por la Unión
Europea.



Por lo que respecta a los fondos europeos destinados a obras de
infraestructura en los aeropuertos de Aena Aeropuertos en la Comunidad
Autónoma de Andalucía, en el periodo 2007-abril 2012, se han certificado
inversiones cofinanciadas por Feder por importe de 62,5 millones de
euros. Teniendo en cuenta que Feder financia hasta el 80 % de dicha
inversión, esto significa que el grado de ejecución de la inversión
exigida para todo el periodo 2007-2013, alcanza el 102,4 %. Es decir, se
ha cumplido a día de hoy, con lo exigido por el Programa Operativo de
Andalucía para todo el periodo 2007-2013.



Por lo que respecta al sistema portuario de titularidad estatal, las
Autoridades Portuarias ubicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía,
tienen asignadas las cantidades procedentes de Fondos FEDER,




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590






para ayuda a la financiación de inversiones a ejecutar en las
instalaciones de su competencia, con cargo al Programa Marco Operativo
2007-2013 de esta Comunidad Autónoma, con un grado de ejecución adecuado
a la fecha actual del ejercicio económico.



En cuanto a las ayudas FEP (Fondo Europeo de Pesca), en el marco del
Programa Operativo 2007-2013, las Autoridades Portuarias tienen asignadas
ayudas a través de la Junta de Andalucía, con un grado de ejecución
adecuado a la fecha actual del ejercicio económico.



Por su parte, en el ámbito de la red viaria, en el vigente Marco 2007-2013
están cofinanciadas con fondos FEDER, en el Programa Operativo de
Andalucía, once operaciones de la Dirección General de Carreteras, de las
que seis ya han sido objeto de recepción. De las restantes, está previsto
que tres de ellas se terminen en 2012 y dos en 2013, por lo que se
ejecutarían la totalidad de los fondos europeos asignados al Programa en
el plazo previsto por la UE, que en principio concluye el 31 de diciembre
de 2015.



En cuanto a la situación financiera actual, siguiendo con el ámbito de la
red viaria, puede señalarse que ya se han alcanzado los objetivos
previstos, al haberse realizado inversiones por un importe superior al
necesario para absorber toda la ayuda en el Programa Operativo de
Andalucía.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007870



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pezzi Cereto, Manuel (GS).



Respuesta:



La redacción de la pregunta no permite una respuesta adecuada, por las
siguientes razones:



1. La expresión 'Corredor ferroviario por Andalucía' impide centrar
debidamente la respuesta, ya que los distintos tramos de la Red de
Ferrocarriles discurren por varias provincias no solo de Andalucía, sino
de otras Comunidades Autónomas.



2. No es posible tampoco identificar si la pregunta incluye a la red de
mercancías o no. Se sugiere por ello la reformulación de la pregunta, a
fin de dar una respuesta correcta.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007871 y 184/007872



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pezzi Cereto, Manuel (GS).



Respuesta:



El Ministerio de Fomento no contempla ninguna alternativa al proyecto de
la línea Antequera-Granada que suponga suprimir el tramo denominado
Variante de Loja.



No está previsto que el trazado de alta velocidad entre Antequera y
Granada se haga con una sola vía utilizando por Loja el actual trazado.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007876



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pezzi Cereto, Manuel (GS).




Página
591






Respuesta:



El tramo: 'Carchuna-Castell de Ferro', perteneciente a la Autovía del
Mediterráneo A-7, se encuentra en fase de obras. En la actualidad, se
encuentra en tramitación la aprobación del proyecto modificado nº 1 y el
proyecto complementario nº 1 de las obras del citado tramo.



El tramo: 'Castillo de Baños (Polopos)-Albuñol', perteneciente a la
Autovía del Mediterráneo A-7, se encuentra así mismo en fase de obras. En
la actualidad, para las obras del citado tramo, está prevista la
redacción del proyecto modificado nº 4 y del proyecto complementario nº
1.



El ritmo de los trabajos en la ejecución de la Autovía en ambos tramos
está condicionado a la tramitación y aprobación de los citados
expedientes.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007891



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



El proyecto denominado 'Accesos y senderos litorales en l´Ametlla, el
Perelló y l´Ampolla' fue supervisado y aprobado técnicamente en junio de
2004. El presupuesto de la actuación asciende a 4.055.374,66 €. Para su
planificación y posterior ejecución, que se llevará a cabo cuando las
disponibilidades presupuestarias así lo permitan, es preciso que el
Ayuntamiento ponga a disposición los terrenos en los que se desarrolla la
obra.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007892



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



El proyecto 'Protección y plan de gestión de un tramo litoral entre los
mojones M-12 del deslinde aprobado por O.M. 11-03-72 en el término
municipal de l´Ametlla de Mar y M-78 del deslinde ratificado por O.M.
20-09-99 en el término municipal del Perelló', se redactó en el año 2011
con un Presupuesto de Ejecución de 882.445,19 €. Su planificación y
posterior ejecución se llevará a cabo cuando las disponibilidades
presupuestarias así lo permitan.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007893



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



La obra denominada 'Mejora del camino de ronda Punta de Cap Roig en el
término municipal del Perelló' se inició en agosto de 2011 y fue recibida
en enero de 2012.




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592






El coste de la actuación ha sido de 314.223,62 €, de los que 307.359,49 €
se han pagado en 2011 y 6.864,13 € en 2012.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007894



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



La actuación 'Reacondicionamiento y Urbanización de la zona ocupada por
las instalaciones de Devimar en el término municipal de L´Ampolla', se
encuentra finalizada. Las obras fueron recibidas el 31 de enero de 2012.
El coste de las obras ha sido de 1.636.165,28 €, de los que 1.562.150,95
€ se han pagado en el 2011 y 74.014,33 en el 2012.



Madrid, 23 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007895



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



La actuación 'Intervención paisajística castillo de Sant Jordi d´Alfama en
L´Ametlla de Mar' se encuentra finalizada. Las obras fueron recibidas el
7 de abril de 2010. El presupuesto de las obras fue de 1.604.662,63 €.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007935



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



Por lo que respecta a la Administración General del Estado en materia de
reducción de cargas administrativas y simplificación, los pasos
orientados a lograr una administración más austera, eficaz y transparente
se pueden resumir en las siguientes líneas.



1. Identificar las cargas administrativas innecesarias, repetitivas u
obsoletas.



El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas desarrolla una labor
de coordinación con el resto de los ministerios, así como con
organizaciones empresariales, para identificar aquellas cargas
administrativas dirigidas a empresas que pueden suprimirse o reducirse.



Asimismo, hay establecida una estrecha colaboración con las comunidades
autónomas y entidades locales para coordinar los tres niveles de
administración territorial en la identificación de posibles actuaciones
de reducción de cargas administrativas.




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593






2. Impulsar la reducción de cargas administrativas y la simplificación.



Firmas de convenios de colaboración con comunidades autónomas y con la
Federación Española de Municipios y Provincias para impulsar las acciones
dirigidas a la simplificación en sus ámbitos territoriales.



3. Medir las reducciones de las cargas administrativas.



El conjunto de actuaciones de reducción de cargas administrativas llevadas
a cabo hasta la fecha en todas las administraciones demuestra que el
compromiso asumido por España de reducir un 30 % las cargas
administrativas dirigidas a empresas está sobradamente cumplido en la
actualidad. La mayoría de las actuaciones medidas y recopiladas han
tenido lugar en la Administración General del Estado, dado que las
comunidades autónomas y las entidades locales todavía no han facilitado
todos los datos de las actuaciones realizadas en el ámbito de su
competencia.



4. Difundir y comunicar las mejores prácticas de reducción de cargas.



Acciones de difusión de la política de reducción de cargas de nuestro país
y de las mejores prácticas adoptadas por las distintas administraciones
públicas españolas y de otros Estados, a través de la participación en
foros, debates, mesas redondas o cursos de formación sobre la materia.



5. Analizar el impacto de reducción de cargas administrativas en las
memorias de análisis de impacto normativo.



En aplicación del Real Decreto 1083/2009, de 3 de julio, los organismos
responsables de la elaboración de proyectos normativos deben elaborar una
memoria de análisis de impacto normativo en la que se debe incluir una
valoración del impacto económico de las cargas administrativas que se
imponen a los ciudadanos y a las empresas.



6. Participar en grupos internacionales de simplificación administrativa



España participa de forma activa en los diferentes grupos de trabajo sobre
reducción de cargas y simplificación, tanto de la Unión Europea como de
la OCDE.



Lo expuesto se aplica con carácter general, sin poder especificar medidas
concretas en la provincia de Cuenca para lograr el objetivo que se
refiere.



Madrid, 7 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007942



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



Las Comunidades Autónomas facilitan al Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad, el número total de Interrupciones voluntarias del
embarazo, previstos en los artículos 14, 15 y 16 de la Ley Orgánica
2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la
interrupción voluntaria del embarazo.



Los datos del número de interrupciones voluntarias que las Comunidades
Autónomas remiten al citado Departamento Ministerial están consensuados
por todas las CCAA y aprobados por el Consejo Interterritorial del
Sistema Nacional de Salud. Estos datos se encuentran desglosados por
Comunidades Autónomas y por grupo de edad en la siguiente página Web:
http://www.mspsi.es/profesionales/saludPublica/prevPromocion/embarazo/home.htm



Por último se informa que son las Consejerías de las distintas Comunidades
Autónomas las que pueden aportar la información solicitada, ya que ellas
recogen datos completos de cada uno de los abortos




Página
594






que se realizan en los centros acreditados por cada Comunidad Autónoma
dentro de sus respectivos territorios.



Madrid, 18 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007946 a 184/007949



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



La publicación del Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, y de la
Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el
2012, no afectan al reconocimiento del grado y nivel que se podrá seguir
dictando en todo tiempo por los órganos de valoración correspondientes.
Tan sólo, y cumpliendo escrupulosamente las prescripciones de la Ley, se
ha procedido a un aplazamiento para determinadas personas con un grado
moderado de dependencia y que, la mayoría de ellas, se encuentran
atendidas por los distintos dispositivos de servicios sociales.



Por lo tanto, se entiende que no va dejar de crearse ningún empleo por el
hecho del aplazamiento previsto exclusivamente para los dependientes
moderados, que son los que, evidentemente, tienen menores necesidades.



A través de la página web www.dependencia.imserso.es/ se hacen públicos
los datos estadísticos del Sistema de Información del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia (SISAAD). No obstante, la
información que se refleja es a nivel de comunidad autónoma, siendo las
propias Comunidades Autónomas y las Direcciones Territoriales del IMSERSO
de Ceuta y de Melilla, Administraciones competentes para la gestión del
Sistema en sus respectivos territorios, las que facilitan los datos.



Madrid, 20 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007954



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, se señala que no
se llevan a cabo proyectos de inversión, entendiendo por tal las
'inversiones reales' que la Administración General del Estado financia a
través del capítulo 6 de su presupuesto y que consisten en obras y
adquisiciones realizadas por el Estado.



A través de la Dirección General de Innovación y Competitividad y de la
Dirección de Investigación Científica y Técnica, dependientes de la
Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, se
conceden ayudas destinadas a sufragar gastos corrientes, obras y
adquisiciones llevadas a cabo por entidades públicas y privadas en el
ámbito de la I+D, mediante las dotaciones existentes en los capítulos 4
(transferencias corrientes), 7 (transferencias de capital) y 8 (activos
financieros).



En este último sentido cabe señalar que estas dotaciones tienen carácter
general. Están destinadas a financiar las convocatorias basadas en el
principio de concurrencia competitiva y no establecen un tratamiento
diferenciado por razón de criterios territoriales o de otro tipo.



En cualquier caso, a continuación se detallan los compromisos adquiridos
en el pasado, de los relativos a proyectos de I+D a realizar en Cuenca
dentro de los programas de Innovación. Estos compromisos se extienden al
año 2012 y subsisten durante primer trimestre del año:




Página
595






;;;€ Concedido;;;€ Concedido



Año;Convocatoria;Razón Social;Préstamo;Anticipo Feder;Subvención;



2010;INNCORPORA;AMARANTO EUROGROUP SL;10.867,31;;;10.867,31



;INNPACTO;UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA;;12.600,00;5.400,00;18.000,00



;;AMARANTO EUROGROUP SL;794.117,35;;;794.117,35



2011;INNCORPORA CF;AMARANTO EUROGROUP SL;37.799,95;;4.199,94;41.999,89



;;PLAYTHENET DIGITAL SIGN SL;39.758,16;;4.417,57;44.175,73



;INNPACTO;AMARANTO EUROGROUP SL;308.188,74;;;308.188,74



;;PLAYTHENET DIGITAL SIGN SL;21.363,70;;;21.363,70



Total general;;;1.212.095,21;12.600,00;14.017,51;1.238.712,72



En cuanto a los programas de Investigación Científica y Técnica de ámbito
nacional, que conceden también ayudas en el marco de las convocatorias en
concurrencia competitiva, no se han resuelto todavía ninguna de las
convocatorias de este año (Proyectos de Investigación fundamental no
orientada y Formación del Personal Investigador). Con lo cual, las ayudas
que se concedan para ejecutar en Cuenca, dependerán en todo caso de la
calidad de las propuestas presentadas.



De la misma forma, la actuación del Centro para el Desarrollo Tecnológico
Industrial (CDTI) no se prioriza regionalmente, ya que depende de la
demanda empresarial de proyectos innovadores de suficiente calidad
científico-técnica para ser aprobados por el Consejo de Administración,
con independencia del sector o la tecnología de desarrollo así como de su
localización geográfica 1. Por tanto, la financiación de inversiones en
I+D+i dependerá de la iniciativa empresarial para desarrollar proyectos
innovadores de calidad suficiente.



Cabe señalar que el CDTI, a través de su actuación promocional y de
orientación a empresas y emprendedores, trata de estimular la generación
de proyectos en todo el territorio nacional, estructurando ideas, incluso
en una fase muy temprana, para que ninguna iniciativa innovadora quede
sin apoyo público. A modo de información y salvo error u omisión, se
comunica que en el periodo enero-marzo 2012, el CDTI ha aprobado una
iniciativa de I+D desarrollada en Cuenca, correspondiente a una
participación individual de un proyecto consorciado, con una aportación
pública de 211.784 euros y un presupuesto de 391.757 euros.



TIPOLOGÍA;FECHA DE



APROBACIÓN;RAZON



SOCIAL;TÍTULO;APORTACIÓN



APROBADA (€);PRESUPUESTO



APROBADO (€)



Proyecto de



I+D



consorciado;24/05/2012;INDUSTRIAS CARNICAS LORIENTE PIQUERAS,
S.A.;ESTRATEGIAS



TECNOLÓGICAS PARA LA INDUCCIÓN DE FUNCIONALIDADES EN LA OKARA
(2/2);211.783,83;391.757,00




Página
596






En cuanto a los desembolsos realizados en el primer trimestre de 2012
(enero-marzo), se adjunta tabla indicando tipología de las
operaciones/proyectos, fecha de aprobación, razón social de la empresa,
título, presupuesto aprobado, fecha de pago y pago realizado.



TIPOLOGÍA;FECHA DE APROBACIÓN;RAZÓN SOCIAL;TÍTULO;APORTACIÓN



APROBADA



(€);PRESUPUESTO APROBADO (€);FECHA



REAL DE



PAGO;Pago



realizado



(€)



Proyecto de



I+D



consorciado;15/12/2009;IMMODO SOLAR S.A;AUMENTO DE LA EFICIENCIA
ENERGÉTICA DE SISTEMAS FOTOVOLTAICOS
(1/4);923.629,50;1.231.506,00;26/01/2012;186.874,93



Por otro lado, la Dirección General de Comercio Interior, dependiente de
la Secretaría de Estado de Comercio, tiene a su cargo, entre otras, la
función de gestión de medidas de fomento de la productividad y
competitividad de las empresas del sector de la distribución comercial,
mediante la elaboración de planes generales y de los apoyos financieros
para su desarrollo. Actualmente el Plan vigente es el Plan de Mejora de
la Productividad y Competitividad del Comercio 2009-20012 por el que a
fecha de hoy no se ha transferido ninguna cantidad con cargo a la
anualidad 2012.



1 La localización geográfica es asignada en función del lugar de
desarrollo del proyecto, pudiendo coincidir o no con el domicilio social
de la empresa.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007956



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



Los objetivos y prioridades que el Gobierno establece en materia económica
y que se aplican desde el Ministerio de Economía y Competitividad son
comunes a todo el territorio nacional, ya que según el artículo 98 de la
Constitución Española el Gobierno, ejerce, entre otras, la función
ejecutiva para el conjunto del Estado. De ahí que no exista especificidad
para la provincia de Cuenca dentro de las políticas nacionales, ya que
éstas se aplican, con carácter general sobre todo el territorio, sin
perjuicio de las políticas y medidas que cada Comunidad Autónoma o
entidad local desarrolle en su respectivo territorio. Esta aplicación
igualitaria de políticas y medidas garantiza, precisamente, la igualdad
entre todos los ciudadanos, con independencia de la región en la que
residan, y contribuye a reforzar el principio de unidad de mercado.



Por eso, en la provincia de Cuenca se aplicarán, como en el resto de
provincias, las normas y medidas adoptadas por el Gobierno para todo el
Estado. Dentro de éstas hay medidas de carácter normativo y financiero.
Entre las normativas se indican la sustitución de las licencias de
actividad, funcionamiento y similares y para determinadas obras por
declaraciones responsables tal y como prevé el Real Decreto-ley 19/2012,
de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y
determinados servicios, convalidado por el Congreso por Resolución de 14
de junio de 2012. El Ministerio de Economía y Competitividad, junto con
la Federación Española de Municipios y Provincias, ha consensuado un
modelo de declaración responsable que sustituye las licencias previas.
Otras medidas normativas de cuyos efectos se beneficiará la provincia de
Cuenca, junto con el resto del territorio nacional, es la modificación de
la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales, en la que se
amplía el horario global de




Página
597






los comercios, los domingos y festivos de apertura, la libertad horaria en
función de los metros cuadrados de superficie y las zonas de gran
afluencia turística.



Por otro lado, deben señalarse las medidas dirigidas a la financiación,
como la modificación del Real Decreto 1786/2009, de 20 de noviembre, por
el que se regula la iniciativa de apoyo financiero a la modernización y
mejora del comercio interior, y con la que se trata de facilitar el
acceso al pequeño comercio tradicional a la financiación reduciendo las
exigencias actuales de inversión. Junto a éste, la Línea ICO Liquidez
2012, con una convocatoria de 9.000.000 de euros en 2012, ofrecerá al
sector comercio la posibilidad de créditos para gastos corrientes. Del
mismo modo, y ante la próxima finalización del Plan de Mejora de la
Productividad y Competitividad del Comercio 2009-2012, se está trabajando
en la redacción de un nuevo plan que estará dirigido a pequeñas y
medianas empresas comerciales, autónomos y emprendedores. Sus líneas
básicas de actuación serán el apoyo a las políticas de innovación
comercial, la promoción comercial de las ventas, el impulso a la
cooperación empresarial, el apoyo a la calidad del servicio y el
fortalecimiento de la relación Comercio-Turismo.



En el campo de la Innovación esos objetivos implican impulsar la
investigación y la capacidad innovadora de las empresas españolas. En
este sentido, es de destacar que con carácter general está previsto en el
ámbito de la Innovación desarrollar una serie de acciones de importante
calado, algunas de las cuales se verán plasmadas en la Ley sobre el
emprendimiento y que afectaran por igual a todas las provincias de
España. En el ámbito citado, entre estas acciones cabe distinguir
principalmente el apoyo a las pequeñas empresas de reciente creación
intensivas en I+D, mediante la creación del Estatuto de la Joven Empresa
Innovadora. La puesta en marcha de dicho Estatuto aparece recogida en la
disposición adicional tercera de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la
Ciencia, la Tecnología y la Innovación.



Otras acciones a impulsar a nivel nacional son el apoyo de la
participación privada en la financiación de la I+D (mediante la
optimización del marco fiscal, la creación de fondos éticos y solidarios
y el micromecenazgo) y el fomento de la internacionalización.



El objetivo es lograr que, dentro de las condiciones que impone la
estabilidad presupuestaria, se promueva la innovación y la transferencia
de tecnología como palanca para mejorar la competitividad de la economía
nacional.



Es importante destacar que en el capítulo de ayudas a las empresas, al
margen de la Ley del emprendedor, en el año 2012 se va a potenciar la
concurrencia competitiva para acciones de I+D+i, de manera que la
concesión de ayudas públicas se realice a proyectos y empresas de
excelencia. La asignación de recursos a las convocatorias se ha realizado
sobre la exigencia de evitar duplicidades e inconsistencias en la
financiación, de manera que quede reservada para cubrir posibles
deficiencias de mercado.



Los programas de I+D de ámbito nacional, que serán objeto de financiación
y a los que podrán concurrir empresas y entidades radicadas en Cuenca,
son los siguientes:



• Programas de cooperación público-privada dirigidos al establecimiento de
alianzas estratégicas estables a medio y largo plazo entre los agentes de
I+D y las empresas. Dentro de esta tipología de programas se han
publicado dos Convocatorias: una de proyectos de I+D+i en colaboración
(INNPACTO) y otra para el impulso de las plataformas tecnológicas. La
convocatoria INNPACTO en el año 2012 contará con un presupuesto
plurianual (cuatro años) de 100 millones en subvenciones y de 600
millones en préstamos.



Los proyectos deben estar liderados por empresas, cuya participación en el
proyecto ha de ser superior al 60 % de presupuesto presentado, pero es
indispensable la participación de organismos de investigación públicos o
privados.



La Convocatoria de ayuda a las plataformas tecnológicas tiene como
objetivo impulsar la colaboración entre los agentes públicos y privados
que interactúan dentro de un sector de todo el territorio nacional
(empresas, centros tecnológicos, organismos de investigación públicos y
privados, universidades, etc.), para favorecer el intercambio y difusión
de conocimientos dentro de dicho sector. Para el año 2012 está dotada con
una cuantía de 1.200.000 euros.



• Programas públicos de ayudas relativos a la transferencia de la
tecnología al sector productivo. Dentro de esta tipología de programas se
ha publicado una convocatoria dirigida al apoyo de los Parques
científicos y tecnológicos.




Página
598






La Convocatoria relativa a los Parques científicos se dirige a todas las
entidades que estén radicadas en un Parque pertenecientes al sistema
ciencia-tecnología-empresa, su objetivo es dotar del equipamiento
necesario a dichas entidades para favorecer la generación y transmisión
del conocimiento tecnológico entre ellas. En el año 2012 se ha dotado con
60 millones de euros en préstamos.



• Programa para la contratación de recursos humanos altamente cualificados
(Empleo innovador). Está prevista la Convocatoria del programa INNCORPORA
con un presupuesto para tres años desglosado en préstamos para la
contratación, por un importe de 60 millones de euros y subvenciones para
contratación y formación por importe de 2,5 millones de euros.



En otro orden de cosas se destaca que corresponde al Gobierno efectuar el
seguimiento y control de los compromisos adquiridos en el pasado,
relativos a proyectos de I+D a realizar en Cuenca, que se extienden al
año 2012 y que a continuación se relacionan:



;;;€ Concedido;;;€ Concedido



Año;Convocatoria;Razón Social;Préstamo;Anticipo Feder;Subvención;



2010;INNCORPORA;AMARANTO EUROGROUP SL;10.867,31;;;10.867,31



;INNPACTO;UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA;;12.600,00;5.400,00;18.000,00



;;AMARANTO EUROGROUP SL;794.117,35;;;794.117,35



2011;INNCORPORA CF;AMARANTO EUROGROUP SL;37.799,95;;4.199,94;41.999,89



;;PLAYTHENET DIGITAL SIGN SL;39.758,16;;4.417,57;44.175,73



;INNPACTO;AMARANTO EUROGROUP SL;308.188,74;;;308.188,74



;;PLAYTHENET DIGITAL SIGN SL;21.363,70;;;21.363,70



Total general;;;1.212.095,21;12.600,00;14.017,51;1.238.712,72



En relación con el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial
(CDTI), su actuación no se prioriza regionalmente, ya que depende de la
demanda empresarial de proyectos innovadores con calidad
científico-técnica para ser aprobados por el Consejo de Administración,
independientemente del sector o la tecnología de desarrollo, así como de
su localización geográfica. Por tanto, la financiación de inversiones en
I+D+i en la provincia de Cuenca dependerá de la iniciativa empresarial
para desarrollar proyectos innovadores de calidad suficiente.



No obstante lo anterior, el Centro, a través de la Secretaría de Estado de
I+D+i, tiene como objetivo prioritario ejecutar la totalidad de la
partida de Fondo Tecnológico asignada a la Comunidad Autónoma de
Castilla-La Mancha, cuyo importe asciende a 50,64 millones de euros.



El CDTI, a través de su actuación promocional y de orientación a empresas
y emprendedores, trata de estimular la generación de proyectos en todo el
territorio nacional, estructurando ideas, incluso en una fase muy
temprana, para que ninguna iniciativa innovadora quede sin apoyo público.
A título informativo se indican los proyectos de I+D aprobados en el
periodo 2011-junio 2012 con desarrollo en la provincia de Cuenca.




Página
599






Cuadro 1. PROYECTOS APROBADOS POR EL CDTI EN EL PERIODO 2011-junio 2012;;;



CUENCA;;;



;N° Proyectos/ Operaciones;Compromisos CDTI (€);Presupuesto Total (€)



I+D Individuales;5;2.734.517,94;4.316.387,00



CID (I+D en Cooperación);3;1.023.427,08;1.473.948,00



NEOTEC;;;



CENIT/ INNPRONTA**;;;



CIIP;;;



LBC;;;



TOTAL;8;3.757.945,02;5.790.335



** Se contabilizan todos los proyectos en los que participan empresas de
la comunidad autónoma, sean éstas líderes o no. Compromisos del CDTI con
esas empresas.;;;



Madrid, 30 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007970



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez Díaz, María Carmen (GS).



Respuesta:



Las Comunidades Autónomas facilitan al Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad, el número total de Interrupciones voluntarias del
embarazo, previstos en los artículos 14, 15 y 16 de la Ley Orgánica
2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la
interrupción voluntaria del embarazo.



Los datos del número de interrupciones voluntarias que las Comunidades
Autónomas remiten al citado Departamento Ministerial están consensuados
por todas las CCAA y aprobados por el Consejo Interterritorial del
Sistema Nacional de Salud. Estos datos se encuentran desglosados por
Comunidades Autónomas y por grupo de edad en la siguiente página Web:
http://www.mspsi.es/profesionales/saludPublica/prevPromocion/embarazo/home.htm



Por último se informa que son las Consejerías de las distintas Comunidades
Autónomas las que pueden aportar la información solicitada, ya que ellas
recogen datos completos de cada uno de los abortos que se realizan en los
centros acreditados por cada Comunidad Autónoma dentro de sus respectivos
territorios.



Madrid, 18 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007971 a 184/007973



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez Díaz, María Carmen (GS).



Respuesta:



A través de la página Web www.dependencia.imserso.es/, del Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, se hacen públicos los datos
estadísticos del Sistema de Información del Sistema para




Página
600






la Autonomía y Atención a la Dependencia. La información que se facilita
es a nivel de Comunidad Autónoma, ya que son las propias Comunidades
Autónomas las competentes en cuanto a la gestión del Sistema de
Dependencia y las que emiten la información.



En cuanto a los datos facilitados por la Seguridad Social, sobre puestos
de trabajo directos creados desde la entrada en vigor de la Ley de la
Dependencia, se señala que no están desagregados por Comunidades
Autónomas y sus correspondientes provincias.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007974



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez Díaz, María Carmen (GS).



Respuesta:



El número de mujeres que estaban utilizando, a 31 de diciembre de los años
2008 a 2011, el servicio telefónico de atención y protección para
víctimas de la violencia de género (ATENPRO) en la provincia de Cádiz, se
recogen en el cuadro que figura a continuación. No se dispone de datos
específicos de Jerez de la Frontera.



Cádiz;2008;2009;2010;2011



;351;395;211;244



Madrid, 10 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007989 a 184/007991



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



Para el presente año se ha suspendido la convocatoria que tenía por
finalidad la promoción y el fomento de la edición de publicaciones
relacionadas con las mujeres, ya que, teniendo en cuenta el contexto de
dificultades económicas en que nos encontramos, se ha considerado más
relevante dar prioridad a aquellas convocatorias de subvenciones que
tienen incidencia en el empleo de las mujeres.



En cuanto a las subvenciones para la realización de Postgrados de
igualdad, acciones complementarias a la investigación y actividades de
las unidades de igualdad de las universidades, el Instituto de la Mujer
las ha convocado mediante Resolución de 17 de julio de 2012 (BOE de 26 de
julio). La convocatoria cuenta con una dotación presupuestaria de 600.000
euros.



Por otra parte, en relación con las subvenciones para la realización de
investigaciones relacionadas con los Estudios de las Mujeres y del
Género, como el Gobierno las considera de sumo interés, serán convocadas
próximamente, con un presupuesto asignado de 597.208 euros.



Madrid, 18 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007995



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).




Página
601






Respuesta:



La entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias (ADIF) ha enviado, el pasado 4 de julio de 2012, una
propuesta al Ayuntamiento de Oviedo con el objetivo de consensuar una
alternativa técnica que permita solucionar definitivamente la
reparación/sustitución de la pasarela sobre el río Nalón y dar
cumplimiento a la sentencia recaída.



En función de la alternativa técnica finalmente elegida se redactará el
correspondiente proyecto y se procederá a adjudicarla, previa realización
de los trámites legalmente establecidos.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007996



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



Santa Bárbara Sistemas es una empresa privada del Sector de la Defensa y
es autónoma en sus decisiones, entre las que se incluye la fusión de la
fábrica de Armas de la Vega de Oviedo con la de Trubia. El Ministerio de
Defensa espera que esta decisión sea en beneficio de la competitividad,
como así manifiesta la empresa.



Madrid, 18 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007998, 184/008012 a 184/008016



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



A través de la página Web www.dependencia.imserso.es/, del Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, se hacen públicos los datos
estadísticos del Sistema de Información del Sistema para la Autonomía y
Atención a la Dependencia (SISAAD). La información que se facilita es a
nivel de Comunidad Autónoma, ya que son las propias Comunidades Autónomas
las competentes en cuanto a la gestión del Sistema de Dependencia y las
que facilitan los datos.



El número de cuidadores del entorno familiar, afiliados en alta en
Convenio Especial de la Seguridad Social, desde la entrada en vigor de la
Ley de la Dependencia hasta el 30 de noviembre de 2011, en la provincia
de Guadalajara, ha sido de 383, según los datos proporcionados por la
Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).



No obstante, es necesario precisar que estas altas no implican, en ningún
caso, creación de empleo, ya que la relación que une a estos cuidadores
en el entorno familiar con las personas en situación de dependencia no es
de carácter laboral.



Por otra parte, ninguna persona que tenga derecho va a quedar desatendida
por las medidas acordadas por el Gobierno respecto a la Ley de
dependencia.



Las medidas adoptadas a través del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de
diciembre, son acordes con los mandatos de la Ley. No afectan al
reconocimiento del grado y nivel, que se podrá seguir dictando en todo
tiempo por los órganos de valoración correspondientes. Tan sólo, y
cumpliendo escrupulosamente las prescripciones de la Ley, se ha procedido
a un aplazamiento para determinadas personas con un grado moderado de
dependencia, teniendo en cuenta que la mayoría de ellas se encuentran
atendidas por los distintos dispositivos de servicios sociales.




Página
602






Por lo tanto, se entiende que no va dejar de crearse ningún empleo por el
hecho del aplazamiento previsto exclusivamente para los dependientes
moderado, que son los que, evidentemente, tiene menores necesidades.



Para finalizar, es necesario aclarar respecto a la pregunta 184/8014 que,
dado que todavía no se ha llegado a noviembre de 2012 no es posible
facilitar datos referidos a esa fecha. No obstante, los datos referidos a
fechas anteriores se recogen en la Web anteriormente referenciada.



Madrid, 25 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/007999 a 184/008002



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



El Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en
materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del
déficit público, en su disposición derogatoria primera, deroga el Real
Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, por el que se regula la renta
básica de emancipación de los jóvenes (RBE) y al mismo tiempo determina
que los jóvenes que tengan ya reconocido el derecho a la RBE, continuarán
disfrutando de dicho derecho, de acuerdo con los términos de la
resolución de su reconocimiento.



Con carácter excepcional se establece que podrán ser beneficiarios de la
RBE, los jóvenes que hubieran solicitado esta prestación hasta el 31 de
diciembre de 2011, siempre que cumplan a dicha fecha, los requisitos
contemplados en el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, y en los
términos establecidos en la resolución de su reconocimiento.



En consecuencia, ningún joven residente en la Comunidad Autónoma de
Castilla La Mancha se verá afectado por la decisión del Gobierno de no
renovar, a partir del día 31 de diciembre de 2011 las ayudas
correspondientes a la RBE.



Finalmente, para todas las solicitudes de ayudas correspondientes a la RBE
que hayan presentado los jóvenes en la Comunidad Autónoma de Castilla La
Mancha hasta el 31 de diciembre de 2011, la administración autonómica
dictará resoluciones, en los términos ya establecidos para el
reconocimiento o denegación de esta prestación.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008009



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



La inversión realizada por la Dirección General de Tráfico del Ministerio
del Interior en medidas de seguridad vial de las carreteras de la
provincia de Guadalajara en el año 2004 ascendió a 191.060,33€, mientras
que en el 2005 fue de 71.746,96€.



En el periodo 2006-2011 no se realizaron inversiones directamente
relacionadas con la seguridad vial en las carreteras de la provincia de
Guadalajara por parte de la Dirección General de Tráfico del Ministerio
del Interior.




Página
603






En cuanto al Ministerio de Fomento, las inversiones realizadas durante los
ejercicios presupuestarios solicitados, en la provincia de Guadalajara,
con cargo al proyecto de inversión 2001 17 38 0960: 'Actuaciones de
Seguridad Vial en Castilla La Mancha', fueron las siguientes:



Año;Importe



2011.-



2010.-



2009.-



2008.-



2007.-



2006.-



2005.-



2004.-;173.873,51 €



348.561,64 €



1.370.479,82 €



1.768.424,29 €



355.421,00 €



405.615,15 €



275.424,21 €



0,00 €



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008010



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



Con independencia de que los datos concretos que se solicitan son
competencia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, se señala que
la reforma del Sistema Nacional de Salud se encuentra recogida en el Real
Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar
la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y
seguridad de sus prestaciones. En ella, se homogeneiza en todo el Estado
español la aportación de los usuarios en la cartera suplementaria y se
reequilibran las que ya existían para atender a las nuevas necesidades
socioeconómicas de los colectivos más castigados por la crisis como los
parados que han perdido los subsidios y prestaciones que pasan, de
aportar el 40 % a estar exentos, pues efectivamente, este Gobierno
considera que no es razonable que los parados de larga duración tengan
que pagar el 40 % de los medicamentos.



Con esta norma se hace efectiva la extensión de la asistencia sanitaria a
todos los españoles, pendiente desde la Ley 14/1986, de 25 de abril,
General de Sanidad y que fue prevista en la disposición adicional sexta
de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008011



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



Las Comunidades Autónomas facilitan al Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad, el número total de Interrupciones voluntarias del
embarazo, previsto en los artículos 14, 15 y 16 de la Ley Orgánica
2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la
interrupción voluntaria del embarazo.



Los datos del número de interrupciones voluntarias que las Comunidades
Autónomas remiten al citado Departamento Ministerial están consensuados
por todas y aprobados por el Consejo Interterritorial del




Página
604






Sistema Nacional de Salud. Estos datos se encuentran desglosados por
Comunidades Autónomas y por grupo de edad en la siguiente página Web



http://www.mspsi.es/profesionales/saludPublica/prevPromocion/embarazo/home.htm



Por último, se informa que son las Consejerías de las distintas
Comunidades Autónomas las que pueden aportar la información solicitada,
ya que ellas recogen datos completos de cada uno de los abortos que se
realizan en los centros acreditados por cada Comunidad Autónoma dentro de
sus respectivos territorios.



Madrid, 18 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008017



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



En la provincia de Guadalajara, a 31 de diciembre de 2011, había 72
mujeres utilizando el servicio telefónico de atención y protección para
víctimas de la violencia de género (ATENPRO).



Madrid, 10 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008025



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



El proyecto de resolución por la que se procede a la actualización de la
lista de medicamentos que quedan excluidos de la prestación farmacéutica
en el Sistema Nacional de Salud se encuentra actualmente en fase de
alegaciones. Se trata de la lista de fármacos con financiación pública
que no había sido revisada en la última década.



Es preciso recordar que anteriormente se ha procedido a este tipo de
exclusiones. Sirva como ejemplo la realizada en 1993 que desfinanció 800
presentaciones.



La lista de fármacos excluidos se ha elaborado a partir de una lista
elaborada por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y
de las propuestas presentadas por doce Comunidades Autónomas. Cinco
Comunidades Autónomas no han efectuado propuestas en términos de
identificación de subgrupos ATC, de tal manera que aquellos grupos en los
que al menos tres autonomías han coincidido son los que se han
incorporado al listado final.



En concreto, el proyecto de resolución excluye 426 fármacos que, o bien
han quedado superados por otros compuestos, por lo que ya no se financian
en otros países europeos, o tienen una baja utilidad terapéutica. En
cualquier caso, son productos de precios menores cuya facturación al SNS
en el 2011 alcanzó la cifra de 458 millones de euros.



Se han analizado asimismo las consecuencias de esta exclusión. Desde el
punto de vista terapéutico, existen algunas patologías concretas graves
como la enfermedad de Chron, la encefalopatía y paraplejía, el cáncer, la
claudicación intermitente, el carcinoma basocelular, los neoplásicos y el
síndrome de Sjögen, en las que algunos de los medicamentos a excluir, son
muy útiles, por lo que se ha optado por que la resolución y exclusión
recoja tales excepciones. Se ha estudiado el riesgo de desplazamiento de
prescripciones hacia otros fármacos en varios casos, pero este efecto no
puede ser controlado desde los mecanismos normativos, sino desde la buena
práctica de prescripción por lo que debe existir un




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605






seguimiento activo de la misma. Por otro lado, la financiación de estos
fármacos permitirá incorporar al sistema todos los tratamientos de última
generación necesarios para hacer frente a las enfermedades más graves e
invalidantes, que ponen en riesgo la vida de los ciudadanos. Además,
gracias a esta medida, se descargará a los centros de salud de actividad
no clínica.



Por último, se indica que los medicamentos incluidos en la lista se pueden
seguir recetando cuando el médico lo considere oportuno, aunque el
paciente tendrá que abonar su coste.



Madrid, 27 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008029



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Jorquera Caselas, Francisco Xesús (GMx).



Respuesta:



La seguridad de las tropas es el primer factor que se tiene en cuenta por
el Gobierno en el proceso de planeamiento de cualquier operación.



En este sentido, se informa que el equipo de Asesoramiento Policial (PAT),
que presta habitualmente servicio en el Aeropuerto Internacional de
Herat, instruye a la Unidad de la Policía de Fronteras Afgana destacada
en dicho aeropuerto. Participan en su formación y en el desarrollo de los
procedimientos operativos que les sean de utilidad para el cumplimiento
de los servicios diarios propios de una unidad de seguridad
aeroportuaria, garante del resguardo fiscal del Estado, de la represión
del narcotráfico, del tráfico de armas y de la inmigración irregular en
el ámbito de sus competencias.



El Equipo de Asesoramiento Policial (PAT), de acuerdo con las capacidades
que posee, participa además en otros cometidos de carácter genérico, que
le pueden ser asignados en virtud de la eficiencia de los medios
empleados, dentro del ámbito de la misión ISAF (siglas en inglés de la
Fuerza Internacional de Asistencia para la Seguridad a la que España
pertenece).



En cuanto al repliegue de tropas de Afganistán, se mantiene el calendario
previsto, aunque podría ajustarse de acuerdo con la evolución de la
situación y la consecución de los objetivos en la zona bajo
responsabilidad española.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008031



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, no tiene
ninguna noticia sobre la posible existencia de vertidos contaminantes en
la ría de Villaviciosa, ni ha recibido ningún tipo de denuncia. Por otro
lado, se informa que la gestión de la Reserva Natural de la Ría de
Villaviciosa corresponde a la Consejería de Agroganadería y Recursos
Autóctonos del Principado de Asturias.



Madrid, 19 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008034



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cantó García del Moral, Antonio (GUPyD).




Página
606






Respuesta:



Tanto el Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes
para la reforma del mercado laboral como la Ley 3/2012, de 6 de julio,
resultado de la tramitación parlamentaria del citado Real Decreto-ley,
han avanzado en el terreno de la conciliación de la vida laboral y
familiar, introduciendo una serie de modificaciones legislativas a fin de
facilitar dicha conciliación:



• Se modifica el permiso de lactancia para contemplar expresamente que su
titularidad corresponde no sólo a las trabajadoras, sino a todos los
trabajadores, hombres y mujeres. Se señala expresamente que este permiso
constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres,
pero sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que
ambos trabajen.



• Modificación del contrato a tiempo parcial. La reforma fomenta la
utilización de este contrato por los empleadores porque favorece que los
trabajadores puedan compatibilizar mejor el empleo y su vida familiar y
personal o la educación.



• Se regula el trabajo a distancia que sustituye la regulación del
contrato de trabajo a domicilio. Se pretende, así, abrir la tradicional
regulación del trabajo a domicilio a las nuevas formas de trabajo basadas
en la utilización de nuevas tecnologías, básicamente el denominado
teletrabajo, en línea con otros países europeos y dadas las importantes
ventajas que supone tanto para el empresario, al atribuirle mayor
flexibilidad en la organización del trabajo, como para el trabajador, al
favorecer la conciliación familiar y laboral.



En esta regulación se garantizan a estos trabajadores los derechos a una
retribución equivalente a los que trabajan de forma presencial en el
centro de trabajo, a la formación y a ser informados de las vacantes en
puestos presenciales existentes.



• Se acuerda la promoción de medidas dirigidas a promover la
racionalización de horarios, que permitan la mayor compatibilidad entre
el derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de
los trabajadores con la mejora de la productividad en las empresas.



Por otra parte, se señala que los objetivos europeos sobre la oferta de
servicios de atención hasta la edad de la escolarización obligatoria para
el año 2010 eran los siguientes:



• Al menos el 90 % de cobertura entre los 3 años y la edad de la
escolarización obligatoria.



• Al menos el 33 % de cobertura para niños de menos de 3 años.



España cumple estos objetivos superando ampliamente la oferta de servicios
entre los tres años y la edad de la escolarización obligatoria.



Es objetivo del Gobierno articular una red nacional de guarderías
laborales, que permita a los padres dejar a sus hijos más cerca de sus
centros de trabajo.



Por otra parte, teniendo en cuenta el contexto de dificultades económicas
en que nos encontramos, se ha considerado prioritario apostar por la
plena incorporación de las mujeres al mercado de trabajo en condiciones
de igualdad, haciendo especial hincapié en el impulso de la
corresponsabilidad y la conciliación de la vida profesional, personal y
familiar. En este sentido, se está fomentando que dentro de las empresas
se creen planes de conciliación, premiando y reconociendo a la empresa
flexible y familiarmente responsable.



Por eso se está impulsando la elaboración y puesta en marcha de los planes
integrales de apoyo a la familia y de apoyo a la conciliación de la vida
familiar, personal y laboral de mujeres y hombres, que incluirán medidas
como la racionalización y flexibilización de horarios, reformas en el
mercado laboral, trabajo a tiempo parcial, promoción del teletrabajo,
permisos parentales o reincorporación al mundo laboral tras un periodo de
inactividad por causas familiares.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008035



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cantó García del Moral, Antonio (GUPyD).




Página
607






Respuesta:



En primer lugar cabe señalar que en los casos de violencia de género, las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado actúan no solamente como
consecuencia de las denuncias formuladas por la víctima o terceros, sino
también de oficio y a requerimiento de la Autoridad Judicial.



Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, dentro de las funciones que
tienen legalmente asignadas, promueven la detección y la acción
preventiva de este tipo de hechos delictivos, al tiempo que
institucionalmente se continúa participando en las campañas que otros
Departamentos Ministeriales, con competencia en la materia, llevan a cabo
para combatir la violencia de género.



En el ámbito del Cuerpo Nacional de Policía se ha creado un Área de
Seguimiento y Control de la Violencia Doméstica, cuya principal misión es
realizar una evaluación permanente de la situación y proponer iniciativas
y medidas dirigidas a combatir la violencia de género, entre ellas las de
carácter preventivo.



Por otra parte, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECD), en
educación sobre violencia de género, realiza las siguientes actuaciones:



- Convocatoria de Premios 'Irene: la paz empieza en casa'. Se publicó por
primera vez en 2006 (Orden ECI/1152/2006, de 6 de abril), dirigida a
premiar experiencias y proyectos educativos que contribuyen a prevenir la
violencia de género desde el ámbito educativo. Se ha continuado
convocando de manera anual hasta el año 2011 y se continuará publicando
con carácter bianual.



La convocatoria del premio valora fundamentalmente aquellas experiencias,
acciones, materiales curriculares, propuestas pedagógicas y trabajos
innovadores que contribuyan a 'prevenir y erradicar las conductas
violentas y a promover la igualdad y la cultura de la paz, procurando el
desarrollo de estrategias de convivencia igualitaria entre hombres y
mujeres'. Asimismo se tiene en cuenta el grado de aplicabilidad y puesta
en práctica, el carácter innovador, la capacidad de integrar la lucha
contra el sexismo y la violencia y de producir cambios cognitivos,
afectivos y conductuales. Puede participar profesoras, profesores,
alumnado y profesionales de la educación que realizan su práctica docente
en centros educativos, sostenidos con fondos públicos.



Los premios 'Irene: la paz empieza en casa', por tanto, tienen por
finalidad fomentar, desde el sistema educativo, medidas preventivas
dirigidas a promover una educación basada en la igualdad, la no
discriminación por razones de sexo, la resolución pacífica de conflictos
y el rechazo hacia cualquier tipo de violencia. Desde el MECD, se quiere
premiar aquellas experiencias y propuestas que asumen la obligación del
Sistema Educativo de transmitir valores de respeto a la dignidad de las
mujeres y a la igualdad entre ambos sexos, especificado en el título 1 de
la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección
Integral contra la Violencia de Género.



En la actualidad se trabaja en la publicación y entrega de los premios
otorgados en la convocatoria del 2011.



- Red Interautonómica intercambia. Esta red tiene como objetivo el
intercambio de experiencias, proyectos y materiales didácticos
innovadores al respecto de la prevención de la violencia de género, la
coeducación y la igualdad de oportunidades en la educación, entre las
Consejerías de Educación de las diferentes Comunidades Autónomas,
participando también en la red los Organismos de Igualdad autonómicos.
Además, desde el año 2005 y con carácter anual, el MECD en colaboración
con el Instituto de la Mujer, convoca una reunión (Encuentros
Intercambia) en la que tienen representación todas las Comunidades
Autónomas (CCAA). En esta reunión se comparten experiencias y proyectos
relacionados con la prevención de la violencia de género y se publica un
catálogo con todos los materiales y experiencias presentadas.



- Portal web Intercambia: El portal web Intercambia es, fundamentalmente,
un espacio virtual de intercambio de conocimiento, experiencias,
información y proyectos al respecto de la igualdad de oportunidades en la
educación y la práctica coeducativa. Es una iniciativa del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte a través del CNiiE (Centro Nacional de
Innovación e Investigación Educativa) y del Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad a través del Instituto de la Mujer, en
colaboración con los Organismos de Igualdad y las Administraciones
Educativas de las CCAA. Entre las diferentes secciones




Página
608






que se pueden encontrar en el portal está un Banco de Recursos con
distintos tipos de materiales dirigidos a promover la igualdad de
oportunidades, entre ellos, hay materiales específicos para abordar la
prevención de la violencia de género desde los centros educativos. Del
mismo modo, en el portal se pueden encontrar investigaciones y normativa
que hacen referencia a la prevención de la violencia de género en el
ámbito educativo.



Por tanto en materia de violencia de género, cabe indicar que los
objetivos prioritarios son cuatro: la eficacia, la personalización, la
atención a los hijos de mujeres víctimas de malos tratos y a las mujeres
en situación de especial vulnerabilidad. Con la finalidad de alcanzar los
objetivos anteriores, se van a implementar una batería de medidas
dirigidas a la sensibilización, prevención, gestión y reducción del
riesgo, protección y asistencia, en colaboración con las distintas
Administraciones y departamentos ministeriales competentes. Dichas
medidas se incluirán en una Estrategia Nacional para la erradicación de
la violencia contra las mujeres.



En tanto se adopta la citada Estrategia Nacional, se están realizando
distintas actuaciones:



• Difusión del servicio telefónico de información y asesoramiento legal a
través del número 016.



• 'Empresas por una Sociedad Libre de Violencia de Género', es una
iniciativa mediante la que más de treinta empresas y entidades del ámbito
empresarial han sumado sus esfuerzos para luchar contra esta lacra
social. El hecho de tener un trabajo les ayuda a romper la dependencia
económica con su agresor, las impulsa a relacionarse y a darse cuenta de
que otra vida es posible para ellas y para sus hijos.



• Mejora de los protocolos. Así, se está trabajando en la adecuación del
Protocolo de Maltrato Infantil a los supuestos de Violencia de Género y
en la actualización del Protocolo de Actuación en el ámbito sanitario.



• En el ámbito educativo, se están realizando las siguientes actuaciones:



• En el marco del 'Plan Director para la Convivencia y Mejora de la
Seguridad Escolar', impulsado desde la Secretaría de Estado de Seguridad,
se realizan actividades de sensibilización y prevención en materia de
violencia de género en diferentes centros docentes de todo el territorio
nacional. El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a
través de las Unidades de Coordinación y de Violencia sobre la Mujer en
las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares,
colabora en el desarrollo de actividades formativas en materia de
juventud y seguridad, especialmente en los temas relativos a prevención
de conductas sexistas y proclives a la violencia de género entre niños,
niñas y jóvenes.



• Se está tramitando un convenio con la Federación Española de Municipios
y Provincias (FEMP) que, entre otras cuestiones, posibilite el
mantenimiento y actualización del Portal dirigido a Consejos Escolares:



www.aulaviolenciadegeneroenlocal.es/consejosescolares.



Por otra parte, según los datos a 5 de julio de 2012, de las 27 mujeres
víctimas mortales de violencia de género sólo cinco de ellas habían
denunciado previamente a su agresor.



Una de las formas de lograr que el maltrato oculto salga a la luz y que
las mujeres den el paso de la denuncia es la sensibilización social, que,
entre otras formas, se realiza a través de campañas. En este ámbito, las
actuaciones que se están llevando a cabo son diversas.



Para transmitir un mensaje unitario en todo el territorio nacional, se han
puesto a disposición de las CCAA y Ciudades de Ceuta y Melilla las
campañas de sensibilización social que tiene el Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad.



Durante el último trimestre del año, se va a difundir la campaña 'No te
saltes las señales. Elige vivir' que está orientada a identificar las
primeras señales del maltrato y actuar.



Además, se han firmado convenios de sensibilización y/o de inserción
laboral con 33 empresas entre las que se encuentran El Corte Inglés,
Alcampo, Carrefour, NH Hoteles, Iberdrola, Endesa..., en el marco de la
iniciativa 'Empresas por una Sociedad Libre de Violencia de Género'. Con
cada una de las empresas y entidades firmantes se van a iniciar
actuaciones concretas adaptadas al tipo de actividad que desarrollen, con
el objetivo de llegar a los distintos sectores de la población: mujeres
mayores, jóvenes, familias, hombres y de concienciarles en la lucha
contra la violencia de género.




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609






También se da apoyo institucional a diversas iniciativas privadas y se
están valorando novedosas vías de sensibilización con el objetivo de
llegar a las mujeres de la manera más adecuada y directa y de lograr una
mayor implicación de los distintos sectores sociales contra la violencia
de género.



En todas las actuaciones que se llevan a cabo en relación con la violencia
de género, y por lo tanto en la elaboración de la Estrategia Nacional
para la erradicación de la violencia contra las mujeres, se tiene en
cuenta la situación de los menores que están expuestos a situaciones de
violencia de género y que la sufren, o bien directamente, o bien como
consecuencia de su conversión en instrumento de la relación entre los
progenitores.



Ante la necesidad de disponer de información y datos actualizados sobre la
situación del maltrato infantil en nuestro país, el Grupo de Trabajo
sobre maltrato infantil del Observatorio de la Infancia, elaboró una hoja
de notificación y registro que ha servido de referencia para que,
paulatinamente, los servicios de menores de las CCAA vayan confluyendo en
sus protocolos de detección y registro frente a situaciones de
desprotección de la infancia. En este sentido, también la Comisión
Interautonómica de Directores Generales de Infancia acordó crear una base
de datos de notificaciones de sospecha de casos de maltrato infantil, así
como desarrollar la aplicación informática que la hiciera viable.
Actualmente, en base al mencionado acuerdo, se están cargando los datos
por parte de las CCAA.



Asimismo, mediante la aprobación del nuevo Estatuto de las Personas
Mayores quedarán plasmados los derechos de estas personas frente a
cualquier forma de discriminación, de violencia o de abuso. Dadas las
características de la prevención del maltrato a personas mayores, se
considera que el cauce más idóneo para la prevención y detección de este
problema es a través de la atención Primaria de Salud y debe abordarse, y
así se reconoce por organismos supranacionales y expertos, a nivel
social, comunitario y familiar.



Uno de los objetivos principales de este Gobierno es trabajar para
conseguir que el principio de equidad sea una realidad en todos los
órdenes de la vida, porque ello nos llevará a la consecución de una
sociedad más justa, más inclusiva y más avanzada.



Madrid, 6 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008036



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



El proyecto de resolución por el que se procede a la actualización de la
lista de medicamentos que quedan excluidos de la prestación farmacéutica
en el Sistema Nacional de Salud se encuentra actualmente en fase de
alegaciones. Se trata de la lista de fármacos con financiación pública
que no había sido revisada en la última década.



La lista de fármacos excluidos se ha realizado a partir de una lista
elaborada por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y
de las propuestas presentadas por doce Comunidades Autónomas. Cinco
Comunidades Autónomas no han efectuado propuestas en términos de
identificación de subgrupos ATC, de tal manera que aquellos grupos en los
que al menos tres autonomías han coincidido son los que se han
incorporado al listado final.



En concreto, el proyecto de resolución excluye 426 fármacos que, o bien
han quedado superados por otros compuestos, por lo que ya no se financian
en otros países europeos, o tienen una baja utilidad terapéutica. En
cualquier caso, son productos de precios menores cuya facturación al SNS
en el 2011 alcanzó la cifra de 458 millones de euros.



Se han analizado asimismo, las consecuencias de esta exclusión. Desde el
punto de vista terapéutico, existen algunas patologías concretas graves
como la enfermedad de Chron, la encefalopatía y paraplejía, el cáncer, la
claudicación intermitente, el carcinoma basocelular, los neoplásicos y el
síndrome de Sjögen, en las que algunos de los medicamentos a excluir, son
muy útiles, por lo que se ha optado por que la resolución y exclusión
recoja tales excepciones. Se ha estudiado el riesgo de desplazamiento de




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prescripciones hacia otros fármacos en varios casos, pero este efecto no
puede ser controlado desde los mecanismos normativos, sino desde la buena
práctica de prescripción por lo que debe existir un seguimiento activo de
la misma. Por otro lado, la financiación de estos fármacos permitirá
incorporar al sistema todos los tratamientos de última generación
necesarios para hacer frente a las enfermedades más graves e
invalidantes, que ponen en riesgo la vida de los ciudadanos. Además,
gracias a esta medida, se descargará a los centros de salud de actividad
no clínica.



Por último, se indica que los medicamentos incluidos en la lista se pueden
seguir recetando cuando el médico lo considere oportuno, aunque el
paciente tendrá que abonar su coste.



Madrid, 27 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008039



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hernández Gutiérrez, Patricia (GS).



Respuesta:



El Ministerio de Fomento está a disposición del Gobierno de Canarias, para
adoptar todas las medidas que sean necesarias para que todos los vecinos
de Las Chumberas puedan tener una vivienda digna.



De hecho, el Ministerio de Fomento ya ha aportado 4.861.250€ para la
remodelación del barrio de Las Chumberas, cumpliendo al cien por cien con
la obligación de financiación establecida en el Convenio suscrito entre
el Ministerio de Fomento, la Comunidad Autónoma de Canarias, el Cabildo
de Tenerife y el Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna el 18 de
noviembre de 2011.



Por su parte, la Comunidad Autónoma de Canarias y el Cabildo Insular de
Tenerife sólo han aportado la mitad de las cuantías a las que estaban
obligadas en virtud de dicho Convenio, y el Ayuntamiento de San Cristóbal
de La Laguna argumenta que asumió gastos por cuantía superior a lo que
debía aportar, pero aún no ha justificado la aportación.



Previamente, para la firma del nuevo Convenio para la remodelación del
barrio de Las Chumberas, se requiere que el Ayuntamiento de San Cristóbal
de La Laguna presente un programa/planificación de las actuaciones a
realizar, identificadas de forma precisa, cierta y rigurosa, con mención
expresa a la modificación del planeamiento, incluido calendario, que
justifique la suscripción del Convenio.



Actualmente no consta en el Ministerio de Fomento un
programa/planificación.



Madrid, 31 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008071



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanco López, José (GS).



Respuesta:



El volumen de inversión ejecutada a fecha 30 de junio de 2012 en el
aeropuerto de Santiago de Compostela según criterio de pago es de 40,2
millones de euros.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008072



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanco López, José (GS).




Página
611






Respuesta:



El volumen de inversión ejecutada a fecha 30 de junio de 2012 en el
aeropuerto de Vigo según criterio de pago, es de 16,7 millones de euros.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008083



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Ramírez, María José (GS).



Respuesta:



Sepes desarrolló la actuación urbanística Parque Huelva Empresarial en
virtud del convenio de colaboración suscrito con el Ayuntamiento de
Huelva el 29 de julio de 1998, con adendas al mismo con fecha 17 de mayo
de 1999 y 1 de abril de 2004.



Con el fin de permitir un mutuo compromiso en la gestión de venta de las
parcelas resultantes, Sepes suscribió con el Ayuntamiento de Huelva el 9
de octubre de 2002 un Convenio de Colaboración en la Gestión Comercial.



Dicho convenio establece la colaboración del Ayuntamiento en la venta del
parque empresarial, sin que en punto alguno se mencione la
comercialización por fases.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008098



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Soler Sicilia, Albert (GS).



Respuesta:



La prioridad fundamental de la política presupuestaria a nivel estatal y
en el momento económico actual es la reducción del déficit público y, al
mismo tiempo, el cumplimiento de los compromisos de consolidación fiscal
con Europa.



El objetivo principal de la política económica del Gobierno es devolver la
estabilidad a las finanzas públicas, condición indispensable para lograr
un crecimiento sostenible, fomentar la creación de empleo, seguir
garantizando el bienestar a los ciudadanos y ofrecer una perspectiva de
futuro más próspera, justa y solidaria.



Así, en unos presupuestos caracterizados por la austeridad en el gasto, y
bajo la premisa de garantizar el funcionamiento de las grandes
instituciones y servicios culturales, se ha producido una minoración
sensible en los capítulos de transferencias, con reducción del 31,58 % en
las transferencias corrientes y el 67,11 % en las de capital.



Se mantienen los compromisos adquiridos mediante convenios, consorcios,
pertenencia a patronatos y órganos gestores en relación con las grandes
instituciones culturales, los consorcios de ciudades monumentales y la
red de arte contemporáneo, así como otras instituciones y fundaciones de
especial interés cultural o estratégico.



En el caso de las instituciones de cabecera catalanas los porcentajes de
minoración han sido inferiores a los aplicados a las instituciones de
cabecera del resto del Estado, con las siguientes cifras: Fundació Teatre
Lliure, teatre public de Barcelona, 9,5 %; Consorcio del Museu d´Art de
Barcelona-MACBA. 10 %; Museu Nacional d´Art de Catalunya, 10 %; Fundació
Antoni Tàpies, 15 %; Fundació Joan Miró, 15 %. No




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612






obstante, se ha producido una reducción básica en el convenio de
transferencia a la ciudad de Barcelona asociado a los presupuestos del
anterior ejercicio.



Madrid, 13 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008100



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Soler Sicilia, Albert (GS).



Respuesta:



Está previsto que la nueva conexión del acceso ferroviario interesado esté
operativa en el próximo otoño.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008105



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Soler Sicilia, Albert (GS).



Respuesta:



La Generalitat de Cataluña, a través de Infraestructures de la Generalitat
de Catalunya S.A.U, ejecuta las obras de los nuevos vestíbulos en el
intercambiador de la estación de Arc de Triomf, de acuerdo con el
Protocolo de Colaboración suscrito entre el Departament de Política
Territorial i Obres Publicas de la Generalitat de Cataluña y el
Ministerio de Fomento.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008106



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Soler Sicilia, Albert (GS).



Respuesta:



El coste del proyecto de ampliación de la estación de Barcelona Sants en
la Fase I es de 141 millones de euros, siendo el plazo de ejecución de 20
meses.



En las actuales circunstancias, el desarrollo de las obras estará sujeto a
la disponibilidad presupuestaria.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008107



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Soler Sicilia, Albert (GS).




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613






Respuesta:



Las obras del tramo de alta velocidad Barcelona-Frontera Francesa se
encuentran muy avanzadas, habiéndose adjudicado el montaje de la vía del
tramo Sagrera-Mollet el 29 de junio de 2012. La estación de Girona Fase I
ha sido licitada, estando prevista su adjudicación en breves fechas.



En relación con la puesta en funcionamiento de la estación de alta
velocidad de La Sagrera, se informa de que en abril del 2010 se
adjudicaron las obras correspondientes a la ejecución de la estructura y
accesos de la estación, con unos plazos de 52 y 54 meses respectivamente.
Posteriormente se deberán licitar los proyectos de arquitectura e
instalaciones de la estación.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008108



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Soler Sicilia, Albert (GS).



Respuesta:



Se firmaron 3 Convenios de Colaboración entre el Ministerio de Fomento, la
Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona en los años 2008,
2009 y 2010 abonándose oportunamente los importes correspondientes (1
millón de euros, 4 millones de euros y 4 millones de euros,
respectivamente, lo que supone una aportación total del Ministerio de
Fomento de 9 millones de euros para actuaciones de Remodelación del
Barrio Sants-Badal).



Estos Convenios específicos se han suscrito en aplicación de la partida
presupuestaria que en los distintos años se ha consignado específicamente
para la Remodelación del Barrio de Sants-Badal de Barcelona en la Ley de
Presupuestos Generales del Estado.



En la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012
recientemente aprobada, se incluye la aplicación 17.09.261N.75013
Remodelación Barrios Sants con un importe de 1.000.000€. A lo largo del
ejercicio 2012 deberán gestionarse por el Ministerio de Fomento las
actuaciones necesarias para la firma y tramitación del correspondiente
Convenio.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008109



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Soler Sicilia, Albert (GS).



Respuesta:



Se ha iniciado la construcción de la losa de cobertura de la nueva
estación soterrada de Sant Andreu Comtal, en Barcelona, que se inscribe
en el tramo La Sagrera-Nus de la Trinitat de la Línea de Alta Velocidad
Madrid-Barcelona-frontera francesa.



La nueva estación de Sant Andreu Comtal es una de las infraestructuras
destacadas de dicho tramo, que tiene una longitud total de 4,2 km y está
dividido en dos sectores, el de La Sagrera y el de Sant Andreu, ambos
cofinanciados por la Sociedad Barcelona Sagrera Alta Velocidad, en un
12,8 % y un 46,9 %, respectivamente.



En relación con el plazo para la puesta en servicio de la estación citada
se indica que actualmente es prematuro avanzar previsión alguna al
respecto.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




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184/008135 a 184/008140 y 184/008212 a 184/008214



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hernando Fraile, Rafael Antonio; Matarí Sáez, Juan José y Caicedo
Bernabé, Jesús (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Almería, en 78 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 62 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 57 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
mientras que los 5 restantes han sido valorados desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Almería se recibieron planes por parte de 6
entidades locales, de los que 2 se han valorado favorablemente. Estos
datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008215 a 184/008223



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Puente Redondo, Javier; Alonso Ruiz, José María; Madrazo Díaz, Ana
María y Susinos Tarrero, María Jesús (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria,
en 44 de ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado
mecanismo de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste
previsto en el artículo 7 de la citada norma 29 de aquellas. De los
planes de ajuste aprobados por sus correspondientes Plenos, 27 han sido
valorados favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, mientras que los 2 restantes han sido valorados
desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la Comunidad Autónoma de Cantabria se recibió un solo plan
por parte de una entidad local, que se ha valorado favorablemente. Estos
datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008224 a 184/008232



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fabra Fernández, Andrea; Figueres Górriz, María Ascensión y Cervera
Taulet, Manuel (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Castellón en 95 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 66 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 60 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
mientras que los 6 restantes han sido valorados desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Castellón se recibieron planes por parte de
5 entidades locales, de los que 4 se han valorado favorablemente. Estos
datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008233 a 184/008241



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Romero Sánchez, Rosa María; Quintanilla Barba, María del Carmen y
Martín-Toledano Suárez, José Alberto (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Ciudad Real, en 91 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 40 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 39 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
mientras que únicamente uno ha sido valorado desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Ciudad Real se recibieron planes por parte
de 4 entidades locales, todos ellos valorados favorablemente. Estos datos
están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008242 a 184/008250



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cabello de Alba Hernández, Federico; Merino López, Rafael y
López-Amor García, Fernando (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Córdoba, en 45 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 31 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, los 31 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Córdoba se recibieron planes por parte de
una entidad local, que se valoró favorablemente. Estos datos están
incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008251 a 184/008259



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Bonilla Domínguez, María Jesús y Beneyto Pérez, José María (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Cuenca, en 164 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 73 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 67 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
mientras que los 6 restantes han sido valorados desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Cuenca se recibieron planes por parte de 10
entidades locales, de los que 9 se han valorado favorablemente. Estos
datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008260 a 184/008267 y 184/008269



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Veray Cama, Concepció (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Girona, en 111 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 82 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 75 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
mientras que los 7 restantes han sido valorados desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Girona se recibieron planes por parte de
cinco entidades locales, que se han valorado favorablemente. Estos datos
están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008270 a 184/008277 y 184/008507



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Nasarre Goicoechea, Eugenio; Castillo Calvín, José Miguel y García
Pérez, Pablo (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Granada, en 132 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 93 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 87 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
mientras que los 6 restantes han sido valorados desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Granada se recibieron planes por parte de
diez entidades locales, de los que ocho se han valorado favorablemente.
Estos datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008278 a 184/008286



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Román Jasanada, Antonio y Jiménez Mínguez, Encarnación (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Guadalajara, en 108
de ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado
mecanismo de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste
previsto en el artículo 7 de la citada norma 37 de aquellas. De los
planes de ajuste aprobados por sus correspondientes Plenos, 32 han sido
valorados favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, mientras que los cinco restantes han sido valorados
desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Guadalajara se recibieron planes por parte
de dos entidades locales, de los que uno se ha valorado favorablemente.
Estos datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008287 a 184/008295



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lagares Flores, Juan Carlos y Romero Hernández, Carmelo (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Huelva, en 66 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 54 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 53 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
mientras que únicamente uno ha sido valorado desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Huelva se recibieron planes por parte de
once entidades locales, de los que diez se han valorado favorablemente.
Estos datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008296 a 184/008304



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Mora Bernat, Manuel y Puyuelo del Val, María Blanca (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Huesca, en 80 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 49 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 47 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
mientras que los dos restantes han sido valorados desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Huesca se recibieron planes por parte de
tres entidades locales, de los que uno se ha valorado favorablemente.
Estos datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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635







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636






184/008305 a 184/008313



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Puche Rodríguez-Acosta, Gabino; Rodríguez Herrer, María Elvira y
Sánchez de Alcázar Ocaña, Miguel (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Jaén, en 82 de ellas
se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo de
pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en el
artículo 7 de la citada norma 62 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 61 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Jaén se recibieron planes por parte de tres
entidades locales, de los que dos se han valorado favorablemente. Estos
datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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637







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638






184/008314 a 184/008321 y 184/008399



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Miguélez Pariente, María Aránzazu; Fernández García, Eduardo y
Prada Presa, Alfredo (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de León, en 76 de ellas
se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo de
pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en el
artículo 7 de la citada norma 54 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 51 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
mientras que los tres restantes han sido valorados desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de León se recibieron planes por parte de
cuatro entidades locales, de los que tres se han valorado favorablemente.
Estos datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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640






184/008322 a 184/008330



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llorens Torres, José Ignacio (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Lleida, en 119 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 81 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 75 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
mientras que los seis restantes han sido valorados desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Lleida se recibieron planes por parte de
tres entidades locales, de los que uno se ha valorado favorablemente.
Estos datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se remite anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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641







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642






184/008331 a 184/008339



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Mingo Zapatero, Mario; Luis Rodríguez, Teófilo de; Álvarez-Arenas
Cisneros, María del Carmen; Bajo Prieto, María Luz; Vera Pro, Juan
Carlos; Álvarez de Toledo Peralta Ramos, Cayetana; Rodríguez-Salmones
Cabeza, Beatriz; Astarloa Huarte-Mendicoa, Ignacio; Aragonés Mendiguchía,
Carlos; Cervera Soto, Santiago; Durán Ramos, Eva; Lara Carbó, María
Teresa de y Soravilla Fernández, Roberto (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la Comunidad de Madrid, en 132 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 101 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 93 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
mientras que los ocho restantes han sido valorados desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la Comunidad de Madrid se recibieron planes por parte de
once entidades locales, de los que siete se han valorado favorablemente.
Estos datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008340 a 184/008344



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Muñoz, Ángel Luis; Villanova Rueda, Joaquín; García
Gálvez, Paloma; Villalobos Talero, Celia; España Reina, Carolina y Cid
Muñoz, Margarita del Carmen del (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Málaga, en 85 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 71 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 68 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Málaga se recibieron planes por parte de
tres entidades locales, de los que dos se han valorado favorablemente.
Estos datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008345 a 184/008353



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gutiérrez Molina, Antonio (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a la Ciudad Autónoma de Melilla, cabe señalar que no ha expedido
ningún certificado con obligaciones pendientes de pago para su abono a
través del citado mecanismo de pago a proveedores, por lo que no tuvo
necesidad de aprobar el plan de ajuste derivado del Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero.



Considerando lo anterior, y partiendo de los datos disponibles en esta
fase del procedimiento, la Ciudad Autónoma de Melilla no habría tenido
necesidad de formalizar una operación de préstamo ni procedería que, por
parte del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas u organismo
público competente, se le practicara retención de los ingresos por la
participación en los tributos del Estado.



Madrid, 6 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008354 a 184/008362



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: García Egea, Teodoro; Barreiro Álvarez, Pilar; Ayala Sánchez,
Andrés José; Carreño Fernández, María Ascensión; Bolarín Sánchez, María
Dolores; Méndez Monasterio, Lourdes; Martínez-Pujalte López, Vicente y
Pacheco Atienza, Arsenio (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la Región de Murcia, en 42 de ellas
se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo de
pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en el
artículo 7 de la citada norma 40 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 36 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
mientras que los cuatro restantes han sido valorados desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la Región de Murcia se recibieron planes por parte de 4
entidades locales, de los que uno se ha valorado favorablemente. Estos
datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma.




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b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011.



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación.



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008363 a 184/008371



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Mariscal Anaya, Guillermo; Alberto Pérez, Celia; Asian González,
Matilde Pastora y Cabrera García, Francisco Domingo (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Las Palmas, en 30 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 23 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 22 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
mientras que el restante ha sido valorado desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Las Palmas se recibió un plan de una
entidad local, que se ha valorado favorablemente. Estos datos están
incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008372 a 184/008380



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martín Rodríguez, Enrique Luis y Sánchez García, Celinda (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Palencia, en 23 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 9 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, los nueve han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Palencia no se recibieron planes por parte
de ninguna entidad local.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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653






184/008381 a 184/008389



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Bravo Ibáñez, María Concepción; Abad Pérez, Juan Antonio y Escobar
las Heras, Conrado (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en
41 de ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado
mecanismo de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste
previsto en el artículo 7 de la citada norma 20 de aquellas. De los
planes de ajuste aprobados por sus correspondientes Plenos, 18 han sido
valorados favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, mientras que los dos restantes han sido valorados
desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la Comunidad Autónoma de La Rioja se recibieron planes por
parte de dos entidades locales, de los que uno se ha valorado
favorablemente. Estos datos están incluidos en los facilitados en el
párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008390 a 184/008398



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Moro Almaraz, María Jesús; Bermúdez de Castro Fernández, José
Antonio y Cobaleda Hernández, María Teresa (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Salamanca, en 95 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 51 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 46 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
mientras que los cinco restantes han sido valorados desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Salamanca se recibieron planes por parte de
cinco entidades locales, que se han valorado favorablemente. Estos datos
están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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656







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657






184/008400 a 184/008408



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Matos Mascareño, Pablo; Aguiar Rodríguez, Ernesto; Torres Herrera,
Manuel Luis y Fumero Roque, Águeda (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Santa Cruz de
Tenerife, en 42 de ellas se ha procedido al abono de facturas a través
del citado mecanismo de pago a proveedores, habiendo presentado el plan
de ajuste previsto en el artículo 7 de la citada norma 32 de aquellas. De
los planes de ajuste aprobados por sus correspondientes Plenos, 31 han
sido valorados favorablemente por el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, mientras que el restante ha sido valorado
desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Santa Cruz de Tenerife se recibieron planes
por parte de dos entidades locales, que se han valorado favorablemente.
Estos datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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658







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184/008409 a 184/008417



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gómez de la Serna y Villacieros, Pedro Ramón y Escudero Berzal,
Beatriz Marta (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Segovia, en 49 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 28 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 25 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
mientras que los 3 restantes han sido valorados desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Segovia se recibieron planes por parte de 4
entidades locales, de los que 3 se han valorado favorablemente. Estos
datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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660







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184/008418 a 184/008424, 184/008469 y 184/008470



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Martín, Silvia; Tarno Blanco, Ricardo; Albendea Pabón, Juan
Manuel y Romero Rodríguez, María Eugenia (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Sevilla, en 99 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 91 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 83 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
mientras que los 8 restantes han sido valorados desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Sevilla se recibieron planes por parte de
10 entidades locales, de los que 2 se han valorado favorablemente. Estos
datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma.



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011.



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación.



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008425 a 184/008433



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Bermúdez de Castro Fernández, José Antonio (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Soria, en 18 de ellas
se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo de
pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en el
artículo 7 de la citada norma 12 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 11 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
mientras que uno de ellos ha sido valorado desfavorablemente.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Soria se recibieron planes por parte de dos
entidades locales, que se han valorado favorablemente. Estos datos están
incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma.



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011.



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación.



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008434 a 184/008442



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Álvarez, Alejandro y Bertomeu Bertomeu, Juan (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Tarragona, en 106 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 75 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 71 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Tarragona se recibieron planes por parte de
seis entidades locales, de los que se han valorado favorablemente cinco.
Estos datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008443 a 184/008451



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lanzuela Marina, Santiago y Muñoz Obón, Carlos Enrique (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Teruel, en 74 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 18 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 14 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Teruel se recibieron planes por parte de
cuatro entidades locales, que se han valorado favorablemente. Estos datos
están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008452 a 184/008460



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Conde Bajén, Agustín; Vañó Ferre, Francisco; López González, Rocío
y García-Tizón López, Arturo (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Toledo, en 176 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 148 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 137 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Toledo se recibieron planes por parte de 18
entidades locales, de los que 15 se han valorado favorablemente. Estos
datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008461 a 184/008468 y 184/008471



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Moreno Palanques, Rubén; Torrado de Castro, Marta; Ferrer Roselló,
Vicente; Hoyo Juliá, Belén; Uriarte Ayala, Ignacio; Juste Picón, María
Belén; González Pons, Esteban; Gil Lázaro, Ignacio y Camarero Benítez,
Susana (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Valencia, en 217 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 191 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 182 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Valencia se recibieron planes por parte de
ocho entidades locales, de los que cinco se han valorado favorablemente.
Estos datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte del Ministerio de Hacienda
y Administraciones Públicas, de acuerdo con el artículo 7 de la
mencionada norma, han sido las siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008472 a 184/008480



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cortés Martín, Miguel Ángel y Serrano Argüello, María Arenales
(GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Valladolid, en 57 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 33 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 32 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Valladolid se recibieron planes por parte
de tres entidades locales, que se han valorado favorablemente. Estos
datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008481 a 184/008489



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Vázquez Jiménez, Antonio y Martín Pozo, María Teresa (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Zamora, en 44 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 32 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 26 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Zamora se recibieron planes por parte de
ocho entidades locales, de los que cinco se han valorado favorablemente.
Estos datos están incluidos en los facilitados en el párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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676







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677






184/008490 a 184/008498



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Moreno Bustos, Ramón; Suárez Lamata, Eloy; Cobos Trallero, Sara y
Cortés Bureta, Pilar (GP).



Respuesta:



El procedimiento de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley
4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de
financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no
ha finalizado, por lo que la información suministrada a continuación no
deberá entenderse como definitiva.



En cuanto a las entidades locales de la provincia de Zaragoza, en 130 de
ellas se ha procedido al abono de facturas a través del citado mecanismo
de pago a proveedores, habiendo presentado el plan de ajuste previsto en
el artículo 7 de la citada norma 84 de aquellas. De los planes de ajuste
aprobados por sus correspondientes Plenos, 77 han sido valorados
favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.



Por otro lado, con el fin de posibilitar la formalización de operaciones
de préstamo por las entidades locales que, aun estando interesadas en la
aplicación de dicha medida, no lo pudieron hacer, por distintos motivos,
en el mes de mayo, se habilitó una ampliación del periodo para la
remisión y futura valoración por parte de este Ministerio de los planes
de ajuste. De la provincia de Zaragoza se recibieron planes por parte de
catorce entidades locales, de los que doce se han valorado
favorablemente. Estos datos están incluidos en los facilitados en el
párrafo anterior.



En relación con las razones más frecuentes que explican que algunas
entidades locales no se hayan acogido al Plan de Pago a Proveedores, y
entendiendo por éstas las causas que justifican una valoración
desfavorable de los planes de ajuste por parte de este Ministerio, de
acuerdo con el artículo 7 de la mencionada norma, han sido las
siguientes:



a) Ingresos corrientes insuficientes para financiar sus gastos corrientes
y la amortización de las operaciones de endeudamiento, incluida la que se
formalice en el marco de la presente norma



b) Previsiones de ingresos corrientes inconsistentes con la evolución de
los ingresos efectivamente obtenidos por la respectiva entidad local en
los ejercicios 2009 a 2011



c) Una inadecuada financiación de los servicios públicos prestados
mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información
suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación



d) No recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas
estructurales que se vayan a implementar, así como las medidas de
reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan
a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.



La causa más frecuente de valoración desfavorable es la primera de ellas.



En relación con los datos por provincias solicitados del mecanismo de pago
a proveedores de comunidades autónomas, se adjunta anexo. Ha de señalarse
que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la provincia
censal del proveedor, único dato disponible por provincias, que por
tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el deudor
principal, esto es, la comunidad autónoma.




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679






184/008499 a 184/008502



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: España Reina, Carolina; Baena Azuaga, María del Mar; González
Muñoz, Ángel Luis; Villalobos Talero, Celia; Villanova Rueda, Joaquín y
Cid Muñoz, Margarita del Carmen del (GP).



Respuesta:



Se adjunta anexo con la información solicitada por Sus Señorías,
señalándose que los datos contenidos en el mismo hacen referencia a la
provincia censal del proveedor, único dato disponible por provincias,
que, por tanto, no guarda ninguna relación con el importe abonado por el
deudor principal, esto es, la comunidad autónoma.




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184/008508



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Moreno Bustos, Ramón (GP).



Respuesta:



Los profesionales que prestan servicios en la Agencia EFE no cobran
derechos de autor por su trabajo en la misma.



El artículo 24 del Estatuto de Redacción de la Agencia EFE indica lo
siguiente: 'Los profesionales de EFE tienen derecho a la propiedad
intelectual del producto de su trabajo, cuyos derechos de explotación
ceden a la empresa a cambio de sus emolumentos'.



En el caso de los colaboradores externos, en el pliego de condiciones que
firman al incorporarse a colaborar con la Agencia EFE, se les incluye una
cláusula de cesión de derechos del siguiente tenor: 'En aquellos
supuestos en que las piezas informativas contengan derechos de propiedad
intelectual que correspondan a persona distinta al colaborador, éste se
compromete a disponer a su favor la correspondiente cesión de derechos de
explotación que permita su ejercicio por la Agencia EFE, S.A.'



Madrid, 6 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008519



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



La Variante oeste de Córdoba, CO-32, se ha dividido en dos tramos para su
desarrollo:



1. 'Nuevo acceso al aeropuerto de Córdoba. Tramo A-4/N-437': En servicio



2. 'Tramo Norte. N-437/A-431': En fase de proyecto. Una vez finalice la
redacción del proyecto constructivo de este tramo, y se superen los
trámites necesarios para su aprobación definitiva, podrán licitarse las
obras correspondientes en función de las disponibilidades presupuestarias
existentes.



Madrid, 6 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008531



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tudanca Fernández, Luis (GS).



Respuesta:



Las actuaciones a desarrollar en el corredor de la N-I en la provincia de
Burgos, y por lo tanto la posición del Ministerio de Fomento en relación
con la cuestión planteada, se determinarán y quedarán fijadas en el
ámbito del Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda 2012-2024.



Madrid, 6 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




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682






184/008540



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Sostres, Enrique (GMx).



Respuesta:



Las principales infraestructuras viarias de la Red de Carreteras del
Estado, pendientes de finalización en Asturias son las siguientes:



1. la Autovía del Cantábrico A-8



2. la Autovía A-63



3. la mejora de la capacidad de los accesos a los Puertos de Interés
General del Estado en el Principado.



Autovía del Cantábrico A-8



La ejecución de la Autovía del Cantábrico tiene la máxima prioridad para
el Gobierno.



En Asturias, la orografía y el valor ambiental del corredor de la cornisa
Cantábrica condicionan de forma importante el desarrollo de las obras de
los tramos que restan para finalizar la A-8, imponiendo importantes
dificultades técnicas en su ejecución que repercuten en la programación
prevista para la finalización de los trabajos.



En este marco de dificultades técnicas, el Ministerio de Fomento está
trabajando con el objetivo de culminar la ejecución de los tramos
pendientes de la Autovía A-8 en el Principado, de acuerdo con los
compromisos adquiridos.



Y en este sentido, en los Presupuestos Generales del Estado de 2012 se han
consignado, conforme a la programación plurianual que se adjunta en la
tabla, las partidas y las inversiones necesarias para ello.



Tramo;Anualidad 2012



Proyecto PGE-2012 (miles de euros);Anualidad 2013



Proyección prevista PGE-2012 (miles de euros)



Unquera - Pendueles;27,93;128,55



Pendueles - Llanes;16,88;29,63



Muros de Nalón-Las Dueñas (SEITT);7,00;9,87



Otur - Villapedre (SEITT);4,00;37,36



Autovía A-63



La situación actual de los tramos pendientes de finalización de la Autovía
A-63 es la siguiente:



1. Doriga-Cornellana: en fase de obras



2. Cornellana-Salas: en fase de obras



3. Salas-La Espina (2ª Calzada): en fase de obras



4. La Espina-Canero: en fase de Estudio Informativo.



En lo que se refiere a los tramos que se encuentran en fase de obras, el
avance en la ejecución de las mismas, y por tanto su plazo de
finalización está condicionado y dependerá de la evolución de la
coyuntura económica, del marco de las disponibilidades presupuestarias
durante este y futuros ejercicios, y de las dificultades técnicas que
eventualmente puedan surgir durante su desarrollo.




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683






En relación con el tramo que se encuentra en fase de estudio informativo,
la planificación y programación plurianual de inversiones prevista para
su desarrollo, quedará establecida una vez que se superen todos los
trámites administrativos preceptivos para su aprobación, se redacten y
aprueben los proyectos constructivos correspondientes, y se proceda a la
licitación y adjudicación de los respectivos contratos de obras.



Accesos a los Puertos



Por último, en relación con los accesos a los Puertos de Interés General
del Estado en el Principado, se informa que la nueva planificación viaria
que está elaborando el Ministerio de Fomento en el ámbito del Plan de
Infraestructuras, Transporte y Vivienda 2012-2024, tiene entre sus
objetivos dotar de una mayor capacidad a las carreteras de acceso a los
Puertos y sus áreas de expansión.



Entre otras, el Plan contemplará actuaciones sobre los Puertos de Avilés y
Gijón, tal y como anunció la Ministra de Fomento en su comparecencia en
el Congreso de los Diputados del pasado 9 de febrero de 2012.



Las previsiones del Gobierno, en relación con el Acceso viario al Puerto
del Musel (Gijón) se basan en el Protocolo firmado por el Ministerio de
Fomento, el Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Gijón y la
Autoridad Portuaria, en diciembre de 2005.



Las actuaciones contempladas en el mencionado protocolo son las
siguientes:



1. Enlace Lloreda-El Empalme, que tiene un presupuesto de ejecución de
obras previsto de 78,47 miles de euros. El Ministerio de Fomento está
redactando el Proyecto Constructivo, de acuerdo con lo establecido en el
Protocolo.



2. Enlace La Peñona-Vial del Jove, con un presupuesto de ejecución de
obras previsto de 86,18 miles de euros. La redacción de este proyecto
corresponde a la Autoridad Portuaria, conforme a las previsiones
establecidas en el Protocolo, y al Ministerio de Fomento su aprobación y
la financiación de las obras en un 50 % (el otro 50 % es financiado por
la Autoridad Portuaria). En la actualidad, el Proyecto Constructivo se
encuentra pendiente de aprobación.



En relación con ambas actuaciones, la planificación y programación
plurianual de inversiones prevista para su desarrollo, quedará
establecida una vez que finalicen los trámites preceptivos para la
aprobación de los proyectos constructivos, y posteriormente se proceda a
licitación y adjudicación de los contratos de obras correspondientes, que
se producirá en el marco de las disponibilidades presupuestarias
existentes.



Por último, el Acceso al Puerto de Avilés se encuentra en fase de Estudio
por parte del Principado de Asturias, de acuerdo con lo establecido en el
Protocolo firmado en febrero de 2007, entre el Ministerio de Fomento y el
Principado, cuyo objeto es la realización de dicho acceso Portuario.



Madrid, 6 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008580



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cortizo Nieto, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En respuesta a la pregunta de referencia, el Gobierno manifiesta que es
preciso tener en cuenta que otros incidentes pueden ocurrir, en el
futuro, en los pocos países del subcontinente en donde no existe
seguridad jurídica para las inversiones extranjeras, lo que puede
permitir arbitrariedades en contra de empresas españolas.



Madrid, 5 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




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684






184/008596



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gutiérrez del Castillo, María Concepción (GS).



Respuesta:



Como marco general de actuaciones en el que se sitúan las medidas
dirigidas a la reforma del mercado laboral y los instrumentos de
políticas activas de empleo necesarios para la mejora de la empleabilidad
de los trabajadores desempleados, el Gobierno de España ha elaborado y
aprobado en el Consejo de Ministros de 27 de abril la remisión a la
Comisión Europea del Programa Nacional de Reformas de España 2012. En
dicho Programa se incluyen propuestas vinculadas con las recomendaciones
efectuadas por la Comisión Europea sobre políticas activas:



• Vinculación con las recomendaciones del Consejo de la Unión Europea de
12 de julio de 2011.



- Mejorar las oportunidades de empleo para los jóvenes. Medidas
relacionadas:



• Modificación del contrato para la formación y el aprendizaje para
potenciar el empleo juvenil y la mejora de su cualificación en un régimen
de alternancia de la actividad formativa y laboral.



• Dentro de la racionalización del sistema de bonificaciones por la
contratación indefinida, establecimiento de bonificaciones dirigidas
exclusivamente a las empresas que tengan menos de cincuenta trabajadores
por la transformación de contratos en prácticas y por la contratación
indefinida, a través de la nueva modalidad contractual para
emprendedores, de jóvenes de entre 16 y 30 años.



• Incentivos en los contratos para emprendedores. La empresa tendrá
derecho a una deducción fiscal por el primer trabajador contratado menor
de 30 años.



• Vinculación con los objetivos específicos en materia de empleo fijados
por el Consejo Europeo de 1 y 2 de marzo de 2012.



- Aplicar políticas activas del mercado de trabajo, en particular con el
objetivo de reforzar la participación de los jóvenes, las mujeres y los
trabajadores de mayor edad. Medidas relacionadas:



• Modificación del contrato para la formación y el aprendizaje para
potenciar el empleo juvenil y la mejora de su cualificación en un régimen
de alternancia de la actividad formativa y laboral.



• Dentro de la racionalización del sistema de bonificaciones por la
contratación indefinida, establecimiento de bonificaciones dirigidas
exclusivamente a las empresas que tengan menos de cincuenta trabajadores
por la transformación de contratos en prácticas y por la contratación
indefinida, a través de la nueva modalidad contractual para
emprendedores, de jóvenes de entre 16 y 30 años, ambos inclusive, y
mayores de 45 años inscritos como demandantes de empleo al menos doce
meses en los dieciocho anteriores a la contratación.



Hay que señalar que tanto en el caso del contrato de emprendedores como en
la transformación en indefinidos de los contratos en prácticas, de relevo
y de sustitución, las bonificaciones se incrementan cuando se trata de
mujeres.



• Incentivos en los contratos para emprendedores. La empresa tendrá
derecho a una deducción fiscal por el primer trabajador contratado menor
de 30 años.



Plan Anual de Política de Empleo 2012:



El Real Decreto-ley 3/2011, de 18 de febrero, de medidas urgentes para la
mejora de la empleabilidad y la reforma de las políticas activas de
empleo, incorpora a la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, la
Estrategia Española de Empleo, que se configura como el marco normativo
para la ejecución de las Políticas Activas de Empleo en el periodo
2012-14 y su concreción anual a través del Plan Anual de Política de
Empleo para cada uno de estos años.



De conformidad con lo establecido en la Ley 56/2003, de 16 de diciembre,
de Empleo el Plan Anual de Política de Empleo de 2012, aprobado en
Consejo de Ministros el 6 de julio de 2012, se ha elaborado




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685






teniendo en cuenta las previsiones formuladas por las Comunidades
Autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal, en el seno de la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, ha sido informado
por el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo, y ha sido aprobado
el 6 de julio de 2012 por el Consejo de Ministros junto con la
formalización de los criterios objetivos de distribución de los fondos de
empleo.



La Estrategia Española de Empleo 2012-14 conforma el marco en el que se
incluyen las acciones y medidas de Políticas Activas de Empleo, a través
de su desarrollo en diez ámbitos. En cada ámbito se contemplan las
medidas que se configuran como referentes para que puedan ser libremente
establecidas por cada Comunidad Autónoma con el fin de atender a sus
ciudadanos de acuerdo a la realidad de su mercado de trabajo. Por otro
lado, se establecen a su vez las medidas cuya aplicación debe
garantizarse en todo el Estado para un tratamiento homogéneo a los
demandantes de empleo. En este sentido, el marco común que establece la
Estrategia permite fijar los objetivos económicos y de ejecución de las
políticas activas de empleo que desde el Sistema Nacional de Empleo se
propongan llevar a cabo, constituyendo un marco de referencia compartido
que contribuye al objetivo de lograr una mayor cooperación entre los
distintos Servicios Públicos de Empleo.



Para la elaboración del Plan Anual de Política de Empleo para 2012, cuya
programación y desarrollo contiene tanto las acciones y medidas que cada
Comunidad Autónoma establezca libremente, se ha tenido en cuenta la
realidad de las personas desempleadas y del tejido productivo de su
ámbito territorial, así como las actuaciones de ámbito estatal que
preserven la unidad en la atención a las personas en situación de
desempleo, con independencia del ámbito territorial en el que vivan.



Finalmente, contiene las medidas basadas en la normativa estatal que
afecten a las personas con discapacidad que serán de obligado
cumplimiento.



Objetivos perseguidos: Todas las acciones y medidas del Plan Anual, que se
desarrollen por los Servicios Públicos de Empleo, deberán necesariamente
dar respuesta a los seis objetivos prioritarios siguientes:



1. Reducir la tasa de desempleo juvenil.



2. Mejorar la empleabilidad de los demás colectivos afectados por el paro.



3. Apoyar a los emprendedores a través de medidas que contribuyan a crear
empleo y posibilitar el mantenimiento de los mismos en el mercado de
trabajo.



4. Acentuar la colaboración público-privada con el fin de realzar los
mecanismos de búsqueda de empleo por los desempleados.



5. Desarrollar medidas para colectivos específicos, con especial atención
a las personas con discapacidad.



6. Lucha contra el fraude.



En todo caso, estas acciones y medidas deberán a su vez incardinarse en
los diez ámbitos establecidos en la Ley 56/2003, de Empleo.



El Plan Anual contiene los indicadores que se utilizarán para conocer el
grado de cumplimiento de los objetivos establecidos y la evaluación de
las acciones y medidas desarrolladas. Las Comunidades Autónomas, en el
marco del Sistema Nacional de Empleo, deberán facilitar al Servicio
Público de Empleo Estatal toda la información necesaria sobre la
ejecución de las políticas activas de empleo que se determine en el Plan
Anual de Política de Empleo y que posibilite el seguimiento y evaluación
de las mismas.



Por otro lado, aquellas medidas de ámbito autonómico que hayan mostrado su
efectividad como política activa de empleo se considerarían como buenas
prácticas a efectos de su extensión en otros ámbitos territoriales o su
inclusión para el conjunto del Estado. De esta forma se podrá evaluar la
eficacia de las acciones y medidas desarrolladas y adoptar las decisiones
sobre la oportunidad de su mantenimiento y revisión.



En este contexto de colaboración entre los Servicios Públicos de Empleo,
las Comunidades Autónomas, a fin de determinar las acciones y medidas que
van a desarrollar con cargo a los fondos distribuidos por el Servicio
Público de Empleo Estatal en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos
Laborales, para su inclusión en el Plan Anual de Política de Empleo para
2012, podrán optar por realizar medidas de ámbito estatal de las
recogidas en la relación de normas no derogadas por el Real Decreto-ley
3/2012, o bien realizar medidas propias que establezcan las Comunidades
Autónomas, o una combinación de ambas, siempre que necesariamente se
dirijan a atender los seis objetivos prioritarios anteriormente
indicados.




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De esta forma, se ofrecen vías alternativas a las Comunidades Autónomas
para desarrollar las acciones y medidas de políticas activas de empleo
que se adecuen a los seis objetivos prioritarios anteriormente
mencionados y se integren en los distintos ámbitos de la Estrategia
Española de Empleo 2012-2014.



Por último, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Empleo, el Plan Anual
de Política de Empleo recoge la información correspondiente a las
acciones y medidas de políticas activas de empleo que las Comunidades
Autónomas realicen con recursos económicos propios.



Se recoge como objetivo prioritario del Plan Anual de Política de Empleo
2012 reducir la tasa de desempleo juvenil (vinculación con las
recomendaciones del Consejo de la Unión Europea de 12 de julio de 2011),
y mejorar la empleabilidad de los demás colectivos afectados por el paro
(vinculación con los objetivos específicos que en materia de empleo ha
fijado el Consejo Europeo de 1 y 2 de marzo de 2012).



Madrid, 10 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008603



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



Para el año 2012 la inversión prevista en los Presupuestos Generales del
Estado asignada a la partida presupuestaria 'Convenio con el ADIF para la
administración de las infraestructuras del titularidad del Estado' en la
provincia de Cuenca asciende a 12.284 miles de euros, habiéndose
ejecutado 6.142 miles de euros durante el primer semestre de 2012.



La cantidad invertida se destina a la gestión por parte de ADIF de la Red
de Titularidad del Estado así como a la seguridad de la circulación.



Madrid, 6 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008604



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



La carretera N-II cuenta en la provincia de Girona con una longitud de 93
km, siendo una vía de comunicación que discurre sensiblemente paralela a
la Autopista AP-7.



En la actualidad se están desarrollando los trabajos conducentes al
incremento de la capacidad del corredor que forman ambas vías de
comunicación.



1. Incremento de la capacidad de la Autopista AP-7:



Por un lado se ha procedido a la construcción de la ampliación de ambas
calzadas de la autopista AP-7, de dos a tres carriles, entre Maçanet de
la Selva (cerca del límite de provincia entre Barcelona y Girona) y La
Jonquera (cerca de la frontera francesa), en cumplimiento del convenio
entre el Ministerio de Fomento y la concesionaria ACESA. Dichas
ampliaciones de calzada han entrado en servicio entre junio de 2010, y el
pasado mes de junio de 2012. Así la autopista AP-7 dispone en la
actualidad de calzadas de tres carriles cada una en toda la provincia de
Girona, salvo en la zona de la frontera francesa.




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Además, entre el sur y el norte de la ciudad de Girona, concretamente
entre los nuevos enlaces de Fornells de la Selva y Vilademuls (un tramo
de 20 km), la AP-7 ya dispone de calzadas de cuatro carriles. Este tramo
ha sido finalizado en junio de 2012, y pasará a ser la nueva Variante de
Girona, como un tramo libre de peaje común para la autopista AP-7 y para
la autovía A-2.



2. Duplicación de la N-II en Girona (Conversión de la N-II en la autovía
A-2)



Por otro lado, se están realizando los proyectos para el desdoblamiento de
la carretera N-II desde Girona hasta la frontera francesa.



En la actualidad ya se encuentran en servicio el tramo: 'Caldes de
Malavella-Aeropuerto de Girona' de 3,9 km de longitud, y el tramo:
'Aeropuerto de Girona-Fornells de la Selva', de 4,4 km de longitud.



En relación con los tramos pendientes de ejecución, la prioridad en
relación con las actuaciones a desarrollar, es completar el
desdoblamiento de la N-II en sus tramos más avanzados:



1. 'Maçanet de la Selva-Sils': que tiene el proyecto constructivo para la
terminación de las obras en fase de redacción.



2. 'Sils-Caldes de Malavella': con el Contrato de construcción en fase de
adjudicación.



3. Y 'Fornells de la Selva-Medinyà/Vilademuls': se trata del tramo
anteriormente indicado de 20 km, que ya dispone de calzadas de cuatro
carriles, y que pasará a constituir la nueva Variante de Girona, libre de
peaje y común para la autopista AP-7 y para la autovía A-2.



De este modo, el Ministerio de Fomento está priorizando la duplicación de
la carretera la N-II, para su conversión en la autovía A-2, a lo largo de
un tramo continuo de 39,7 de kilómetros de longitud, entre Maçanet de la
Selva y Vilademuls.



Madrid, 6 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008614



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ortiz Castellví, Laia (GIP).



Respuesta:



La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012 incluye una
partida presupuestaria de 250 M€ destinada a préstamos participativos a
las sociedades concesionarias de autopistas de peaje por sobrecostes de
las expropiaciones. Las cantidades asignadas en la Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2012 son consecuencia de la disposición
adicional cuadragésima primera de la Ley de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2010.



En el caso de los préstamos participativos asignados por sobrecostes de
las expropiaciones, en ningún caso son créditos a fondo perdido.



No obstante, dados los elevados importes alcanzados en expropiaciones, el
Ministerio de Fomento realizará un estudio al respecto.



En el marco de la nueva planificación del Ministerio de Fomento, que
fijará el Plan de Infraestructuras, Transportes y Medio Ambiente
2012-2024, se estudiarán nuevas vías de alta capacidad, por lo que
actualmente no es posible concretar cuáles serán.



El Gobierno está trabajando con el objetivo de definir la transposición de
la Directiva 2011/76/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
septiembre de 2011, por la que se modifica la Directiva 1999/62/CE,
relativa a la aplicación de gravámenes a los vehículos pesados de
transporte de mercancías por la utilización de determinadas
infraestructuras.



La transposición de dicha Directiva, que entró en vigor el 15 de octubre
de 2011, de acuerdo con su artículo segundo debe realizarse
obligatoriamente antes del 16 de octubre de 2013.



Las previsiones del Gobierno respecto a las actuaciones a desarrollar se
definirán en la nueva planificación que está elaborando el Ministerio de
Fomento en el ámbito del Plan de Infraestructuras,




Página
688






Transportes y Medio Ambiente 2012-2024, anunciado por la Ministra el
pasado 9 de febrero en el Congreso de los Diputados y el día 14 de marzo
en el Senado.



Se trata de un plan que, basándose en el examen de la situación actual y
la valoración rigurosa de las necesidades de la sociedad, establecerá las
prioridades y programas de actuación en el horizonte 2012-2024.



Madrid, 1 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008615



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



Las cuestiones que plantea Su Señoría han sido respondidas por el Gobierno
en las Comparecencias con nº expediente 214/000039; 214/000303;
214/000304; 214/000319 del Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del
Congreso celebrada el 11 de julio de 2012 (BOCG nº 146).



Por lo que se refiere a la Unidad Militar de Emergencias (UME), la
solicitud para su intervención en el incendio de Cortes de Pallás se
recibió en el Ministerio de Defensa a las 19:17 del 28 de junio y la
primera intervención comenzó a las 19:45 de ese mismo día. En cuanto a la
solicitud para el incendio declarado en Andilla se recibió a las 19:23
del 29 de junio y la primera intervención comenzó a las 20:16 de ese
mismo día.



Madrid, 30 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008622



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



Dentro del ámbito de competencias del Ministerio del Interior, las Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad del Estado están realizando una profusa labor de
concienciación, especialmente dirigida a los adolescentes, sobre los
riesgos del sexting.



En este sentido se están realizando actividades en centros escolares,
asistiendo a foros sobre temas de interés respecto a la experiencia en
Internet de los adolescentes, dirigidos a padres, educadores y alumnos,
donde se abordan los riesgos asociados a la utilización de Internet,
incluida la práctica del sexting.



Se está llevando a cabo una intensa colaboración con ONGs en aspectos como
la sensibilización social y la concienciación a los menores sobre la
peligrosidad de este tipo de conductas, así como apoyo y asesoramiento,
en su caso, para la denuncia, intensificándose la cooperación e
intercambio de información con los administradores de las redes sociales
para que se incluyan canales de comunicación ágiles y rápidos
manteniéndose, en tal sentido, una colaboración estable y fluida con
tuenti, facebook, habbo, etc.



Asimismo, se está elaborando el material didáctico que se va a emplear en
las charlas y conferencias que dentro de los distintos programas de
prevención ciudadana, realiza la Unidad Central de Participación
Ciudadana y Programas.



Por otra parte se ha facilitado el acercamiento de las Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad del Estado a las víctimas y otros actores, aprovechando las
tecnologías de la comunicación creando la dirección de




Página
689






correo protección-menor@guardiacivil.org que gestiona el Equipo Mujer
Menor Central (EMUME) de la Unidad Técnica de Policía Judicial.



También se dispone de la plataforma telemática 'Colabora' que se gestiona
conjuntamente con el Grupo de Delitos Telemáticos de la Unidad Central
Operativa de la Policía Judicial, a través de la dirección electrónica
url: https://www.gdt.guardiacivil.es/webgdt/pinformar.php.



Recientemente, se ha puesto también en funcionamiento una aplicación para
realizar este tipo de comunicaciones a través de teléfonos móviles de
última generación. Igualmente se tiene conocimiento de estos hechos
mediante las comunicaciones que los ciudadanos realizan a través de las
páginas Webs de los Cuerpos de Seguridad en Internet.



Cabe señalar que en el momento en que se conoce un posible caso de
sexting, se actúa inmediatamente incoando la correspondiente
investigación, tal y como se haría con un posible delito relacionado con
las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), dando
inmediata cuenta al Fiscal y a la Autoridad Judicial correspondientes y
aportando todas las pruebas e indicios posibles.



La implantación generalizada de las TIC, Internet y las redes sociales, no
solo es una realidad a la que las políticas para jóvenes no pueden estar
ajenas, sino que se han convertido ya en ejes de las políticas públicas
de juventud y, consecuentemente, del trabajo del Instituto de la Juventud
(INJUVE), dependiente del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.



Desde el INJUVE se apuesta, por un lado, por fomentar en los jóvenes un
consumo responsable de las TIC, Internet y redes sociales y, por otro,
por que se promuevan y establezcan medidas de información, seguridad,
control y uso de Internet seguro, en este caso pensando especialmente en
los menores de edad.



Esto se realiza fundamentalmente mediante difusión de información, edición
de publicaciones monográficas y los contenidos de la propia Web del
INJUVE.



En este mismo sentido, en el Borrador de Proyecto del II Plan Estratégico
Nacional de Infancia y Adolescencia (PENIA 2013-2015) se prevé entre sus
líneas de acción 'Impulsar los derechos y la protección de la infancia
con relación a los medios de comunicación y a las tecnologías de la
información en general', recogiendo un amplio conjunto de medidas que las
distintas Administraciones van a poner en marcha para promocionar tanto
el acceso a Internet como su utilización de forma segura por los niños.



También, en el III Plan de Acción contra la Explotación Sexual a la
Infancia y Adolescencia (2010-2013) se incluye la divulgación de folletos
informativos dirigidos a adolescentes para que conozcan los delitos
contra la libertad e indemnidad sexual a través de la red, sexting y
ciberacoso.



Teniendo en cuenta que la lucha contra la pornografía infantil es un
ámbito donde se hace necesaria la cooperación a nivel internacional y que
se consideran muy útiles las iniciativas que ha desarrollado la Comisión
Europea (Plan de Acción 'Safer Internet', promoción de hot-line de
denuncia, etc), se continuará colaborando en el grupo de expertos que,
bajo el marco y apoyo financiero de la Comisión Europea y promovido por
la Asociación Protégeles en España, está integrado por los Ministerios
correspondientes en materias de Educación, Sanidad, Interior, Industria,
etc, además de ONGs especializadas, operadores de telefonía móvil y de
redes sociales en Internet. Entre las actuaciones en las que se viene
colaborando está la celebración anual del Día Internacional de la
Internet Segura - SID.



Madrid, 27 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008626



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



El resultado del ejercicio 2011 de la Autoridad Portuaria de Alicante ha
sido de 1.608 miles de euros.



El resultado del ejercicio del primer trimestre de 2012 ha sido de 690
miles de euros.



Respecto a la previsión del resultado del ejercicio de 2012, que forma
parte del presupuesto consolidado del sistema portuario estatal aprobado
en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2012, está previsto
sea de 1.459 miles de euros.




Página
690






La Autoridad Portuaria de Alicante, durante la elaboración con Puertos del
Estado del Plan de Empresa 2013, ha presentado las siguientes líneas
estratégicas cuyo objetivo es minimizar las pérdidas actuales y la
obtención de resultados positivos a partir del ejercicio 2015:



• Mientras persista la situación actual, focalizar la gestión económica en
el desarrollo comercial, forzando una línea decreciente del
apalancamiento.



• Continuar con las gestiones para la valorización de los activos
patrimoniales en las zonas de La Cantera y Ada. de Elche, en espera de la
activación de la demanda prevista en 2015.



• Centrar las inversiones en la zona comercial de poniente, poniendo en
valor las instalaciones existentes.



• Reconsiderar la promoción de actividades turísticas y deportivas, cuando
no sirvan para mejorar la capacidad logística y comercial del puerto. En
las zonas de esparcimiento, cerrar los convenios de conservación,
responsabilidad patrimonial, protección y otros.



• Centrar la promoción del puerto en ayudas a la modernización del tejido
empresarial del sector logístico.



• La reconversión de los tráficos portuarios, evitando la excesiva
dependencia del sector de la construcción.



• Nuevos criterios para la priorización de las inversiones, ajustándolas a
las actividades portuarias de inmediata utilización.



• Plan de contención del gasto.



• Nueva política comercial, que incluye medidas para mejorar la
competitividad del puerto, que van desde el fomento y la captación de
tráficos portuarios, la puesta en valor de zonas susceptibles de mejorar
su explotación, etc.



El régimen económico de los puertos de titularidad estatal responde al
principio de autosuficiencia económica, en un marco de autonomía de
gestión del sistema portuario. En este sentido, las inversiones que
realiza la Autoridad Portuaria de Alicante así como sus gastos de
explotación, responden al principio de autofinanciación, a través de los
ingresos que obtiene de sus recursos económicos, de las subvenciones que
recibe, y del endeudamiento al que puede hacer frente, sin condicionar la
viabilidad económica de la Autoridad Portuaria.



En este sentido, el Plan de Empresa 2013 de la Autoridad Portuaria de
Alicante, celebrado recientemente con Puertos del Estado, contempla
resultados positivos a partir del año 2015, por lo que parece que la
viabilidad económica de esta Autoridad Portuaria puede ser una realidad a
medio plazo.



Por último, Puertos del Estado no ha realizado acción alguna relativa a
fusiones o absorciones en relación con los puertos de interés general,
entre los que se encuentra el puerto de Alicante.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008632



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Davila, M.ª Olaia (GMx).



Respuesta:



El Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) es un ente instrumental de la
Administración General del Estado. Como consecuencia de ello, diferentes
Departamentos e Instituciones suscriben Encomiendas de Gestión con el
ISCIII para el desarrollo de actividades de elevada especialización, que
forman parte del capital intelectual del Instituto. Tras realizarse un
oportuno presupuesto, en el que fundamentalmente se recogen gastos de
personal y de material fungible, la institución encomendadora transfiere
al ISCIII el presupuesto total y el ISCIII se ocupa de contratar a las
personas y adquirir los materiales que permitan, en el tiempo convenido,
desarrollar las actividades pactadas y proporcionar los resultados
esperados.



Las encomiendas de gestión del ISCIII en 2011 y 2012 se especifican a
continuación:




Página
691






- Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



En el año 2011, finalizó una encomienda de gestión (1/12/11) para
'análisis de muestras de aire y apoyo a la gestión de calidad de la red'
que ha sido renovada hasta 2016 (7/2/16). Además existen dos encomiendas
en desarrollo, 'vigilancia de la calidad del aire' y 'vigilancia de
contaminantes orgánicos persistentes' que finalizan el 31/12/12 y
30/11/14, respectivamente.



- Agencia Española de Cooperación Internacional para el desarrollo



En noviembre de 2011, finalizó una encomienda de gestión 'Centro de
Referencia para el control de Endemias de Guinea Ecuatorial', que ha sido
renovada hasta mayo de 2013. En mayo de 2012 finalizó otra encomienda
'Refuerzo del sistema de salud y prevención para luchar contra las
enfermedades infecciosas y tropicales prevalentes en la región de
Amhara-Etiopía'.



- Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (MSSSI)



En 2011 existían 5 encomiendas que finalizaron todas entre el 30 de
septiembre y el 20 de diciembre de ese año.



En 2012 existían 3 encomiendas, 'vigilancia de salud pública', 'vigilancia
epidemiológica VIH/SIDA en España' y 'mejora de la cohesión, equidad y
calidad del Sistema Nacional de Salud'. Entre ellas 2, finalizaban en el
año 2012 y 1 (VIH/SIDA) en el 2014.



En mayo de 2012, se rescinden estas 3 encomiendas como consecuencia de la
reducción de la disponibilidad económica del Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad. En este sentido, se han reorganizado las
actividades objeto de las encomiendas, pudiendo dar cumplimiento a las
mismas entre el Ministerio y el ISCIII. En el cuadro siguiente se
proporcionan todos los detalles de estas 3 encomiendas



Encomiendas ISCIII-Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad;;;;;;



Siglas Centro ISCIII;Título/objeto;Presupuesto;Duración;Fecha



finalización



del



Convenio;Puestos



convocados, sin



incorporación;Contratos rescindidos



CNM/CNE;Desarrollo de actividades de vigilancia de Salud Pública.;472.087
€;1 año;28-nov-12;11 Titulados superiores,



1 Titulado medio;



CNE/CNM;Desarrollo de la Vigilancia Epidemiológica del VIH/Sida en
España;2.356.393 €;4 años;15-dic-14;5 Titulados superiores y 1 Titulado
superior (en prácticas);8 Titulados superiores,



1 Titulado medio,



3 Técnicos especialistas



SGSAFI;Desarrollo de actividades de Investigación y Asesoramiento para la
mejora de la cohesión, la equidad y la calidad en el SNS;1.100.000 €;1
año;Dic. 2012;;17 Titulados superiores, 3 Titulados medios, 4 Técnicos
especialistas



Como consecuencia de todo ello, el ISCIII procedió a remitir carta de
preaviso de rescisión de contrato a todas las personas que participaban
en estas encomiendas, cumpliendo con todos los requisitos exigidos por la
legislación laboral.



Madrid, 7 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
692






184/008634



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Centella Gómez, José Luis (GIP).



Respuesta:



Los miembros de las Fuerzas Armadas gozan de los derechos fundamentales y
libertades públicas que les concede la Constitución y que se regulan en
las leyes orgánicas que la desarrollan y en particular en la Ley Orgánica
09/2011, de 27 de julio, de Derechos y Deberes de los miembros de las
Fuerzas Armadas.



Madrid, 27 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008639



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lozano Domingo, Irene (GUPyD).



Respuesta:



Las autoridades españolas valoran en cada solicitud de exportación de
material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de
doble uso las garantías y las condiciones de uso y usuario finales. Así,
se exigen documentos de control, en concreto certificados de último
destino, de forma que se garantice que el destino, usuario y uso finales
del material exportado sean los autorizados por el Gobierno español y se
impida una reexportación o un uso no deseados.



Si se demostrara una utilización indebida y no autorizada de los productos
ya exportados, las autoridades españolas procederían a la suspensión o
revocación de las licencias en vigor, tal y como prevé el artículo 8,
puntos 1 y 2, de la Ley 53/2007, de 28 de diciembre, sobre el control del
comercio exterior de material de defensa y de doble uso.



Por lo que respecta a los informes consultados, las autoridades españolas
de control tienen en cuenta los emitidos por los organismos
internacionales (Naciones Unidas, Unión Europea y OSCE-Organización para
la Seguridad y Cooperación Europea) y los foros de no proliferación en
los que participa España.



Madrid, 20 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008646



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: De las Heras Ladera, Ascensión (GIP).



Respuesta:



El Gobierno ha consultado a los representantes del sector del transporte
por carretera en relación con el texto del anteproyecto de ley por la que
se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los
Transportes Terrestres.



Concretamente, se ha consultado al Consejo Nacional de Transportes
Terrestres y al Comité Nacional del Transporte por Carretera, tanto al
Departamento de Transporte de Viajeros como al de Mercancías.



Entre las asociaciones consultadas, las que representan a los
transportistas están mayoritariamente integradas por autónomos y pymes.




Página
693






Paralelamente, desde del Ministerio de Fomento se están convocando
reuniones bilaterales con las principales asociaciones representativas
del sector, manteniendo un diálogo fluido con todas ellas con el objetivo
de alcanzar el máximo consenso posible en la modificación legal que se
pretende llevar a cabo.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008659



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Jorquera Caselas, Francisco Xesús (GMx).



Respuesta:



El proyecto denominado 'Regeneración Ambiental de las marismas do Areal'
fue aprobado en octubre de 2001 con un presupuesto que ascendía a
287.912.060 ptas (1.730.386,33 €) y un plazo de ejecución de 12 meses.



Las obras se dirigen a la recuperación de la marisma mediante las
siguientes actuaciones:



1. Incremento del ancho de los canales, actualmente colmatados y
generación de nuevos tramos que fueron cerrados por los rellenos de la
marisma.



2. Transformación de parte de la superficie de rellenos en una laguna de
agua salada de 2026 m2 de superficie a cota de BMVE (Bajamar máxima viva
equinoccial).



3. Formación de una isla de cota aproximada +5 m de 1026 m2 de superficie.



4. Formación de una laguna de agua dulce en el fondo de la marisma a cota
+1 m de 789 m2 de superficie.



5. Regeneración de la zona de la marisma, retirando los rellenos
existentes hasta la cota +3,5 m.



6. Revegetación de la marisma e isla mediante plantación de arbolado.



7. Realización de un paseo peatonal pavimentado y anexo a un vial rodado
con aparcamiento en línea y un paseo de madera bordeando la marisma.



Para su planificación y posterior ejecución, es preciso concluir los
expedientes de reclamación de derechos existentes, en los que se
encuentra trabajando el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.



Por otro lado, y dado el tiempo transcurrido desde su aprobación, tendrá
que llevarse a cabo una actualización de este proyecto.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008662



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



La Orden HAP/583/2012, de 20 de marzo, por la que se publica el Acuerdo
del Consejo de Ministros de 16 de marzo de 2012, por la que se aprueba el
plan de reestructuración y racionalización del sector público empresarial
y fundacional estatal, dispone la desinversión de Renfe en las siguientes
Sociedades adscritas al ámbito operativo del Área de Negocio de
Fabricación y Mantenimiento: Albitren Mantenimiento y Servicios
Industriales, S.A. (50 % Renfe - 50 % Grupo Albatros), Tarvia
Mantenimiento Ferroviario, S.A. (51 % Talgo - 49 % Renfe) e Irvia
Mantenimiento Ferroviario, S.A. (51 % Alstom - 49 % Renfe).




Página
694






Por lo que respecta a la Sociedad Albitren Mantenimiento y Servicios
Industriales, S.A., hay que significar que, en la actualidad, se
encuentra en proceso de tramitación un Expediente de Regulación de Empleo
(ERE), con el objetivo de adaptar sus recursos a los volúmenes de
facturación, cartera y actividad y, con ello, reducir los costes
relacionados.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008671



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Macias i Arau, Pere (GCiU).



Respuesta:



La aplicación de cánones por utilización de las infraestructuras
ferroviarias está definida en la Directiva 2001/14/CE del 26 de febrero
de 2001, que garantiza a las empresas ferroviarias al acceso a la
infraestructura en condiciones objetivas, transparentes y no
discriminatorias.



La citada Directiva fue traspuesta al ordenamiento jurídico español
mediante la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, que
en su título V establece dos tasas: ingresos de naturaleza tributaria,
que gravan la utilización de las líneas ferroviarias integrantes de la
Red Ferroviaria de Interés General, y la utilización de estaciones y
otras instalaciones ferroviarias.



Los principios que rigen la reforma del sector instrumentada a través de
la citada Ley en materia de cánones son los de igualdad de trato,
transparencia y objetividad en el acceso de las empresas ferroviarias a
estas infraestructuras, de acuerdo con los criterios de la referida
Directiva Comunitaria.



En este sentido, si hubiesen existido incumplimientos de la normativa
comunitaria habrían sido reflejados en los diferentes comunicados
dirigidos por la Comisión Europea a los países afectados.



Adicionalmente, la Directiva 2001/14 es una de las que se incluyen en la
revisión del Primer Paquete Ferroviario que están llevando a cabo las
instituciones europeas.



Respecto a la segunda cuestión, entendiendo que por discriminación se
refiere a la eventual vulneración del principio de igualdad en el acceso
a las infraestructuras ferroviarias, se indica que no existen supuestos
de trato discriminatorio ya que el actual sistema de cánones ferroviarios
no permite aplicar un trato diferente a situaciones iguales.



Finalmente, y considerando la inexistencia de discriminación, no cabe
plantearse modificación alguna en el actual sistema de cánones con ese
objetivo.



Madrid, 2 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008675



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ortiz Castellví, Laia (GIP).



Respuesta:



En términos generales cabe indicar que las Comunidades Autónomas, entre
ellas la de Castilla-La Mancha, han asumido, en desarrollo del artículo
148.1.11 de la Constitución Española, las competencias en materia de
caza, y por ende la regulación de las distintas modalidades cinegéticas.



Cada modalidad de caza tiene distintos efectos sobre los aspectos de
bienestar de los animales. Sin embargo, la Ley 32/2007, de 7 de
noviembre, para el cuidado de los animales en su explotación, transporte,
experimentación y sacrificio, que es la norma nacional que regula los
aspectos básicos de bienestar animal en España, excluye expresamente la
caza de su ámbito de aplicación (artículo 2.2.a), por lo que las
disposiciones de la misma no son aplicables a la actividad cinegética.




Página
695






Por último se informa que al Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente no le consta que el Club Internacional de Lanceo o la
actividad de lanceo del jabalí en general reciban tales ayudas públicas o
subvenciones.



Madrid, 26 de julio de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008701



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen; Meijón Causelo, Guillermo Antonio
(GS).



Respuesta:



A continuación se relacionan, por sectores, las subvenciones y ayudas
recibidas por empresas y explotaciones agrarias en la provincia de
Pontevedra (expedientes tramitados en la provincia de Pontevedra) en los
últimos cinco años financiadas por los fondos FEAGA y FEADER:



FEAGA (en Eur);;;;;



Sector;IMPORTE 2007;IMPORTE 2008;IMPORTE 2009;IMPORTE 2010;IMPORTE 2011



Aceite de Oliva;75.420,40;;;;



Almidón y Fécula de Patata;5.364,47;;;;



Apicultura;13.750,65;10.933,50;8.536,80;19.872,00;13.240,45



Ayuda específica (reglamento (ce) 73/2009, art. 68);;;;;2.849.172,97



Cultivos herbáceos;353.923,25;307.664,57;276.919,41;298.828,80;353,99



Desarrollo rural;247.982,47;-18.783,39;;-11.872,09;-225,00



Frutas y Hortalizas;;;;14.331,66;7.468,03



Huevos y Aves;53.291,42;;;;



Importes adicionales de ayuda derivados
modulación;374.171,13;449.703,89;439.991,83;;15.282,14



Leche y productos
Lácteos;999.327,65;916.056,48;1.079.407,73;1.474.536,79;844.218,77



Ovino y Caprino;127.606,66;104.118,00;117.734,69;122.488,66;2.481,24



Porcino;;11.788,00;249.517,19;;167.091,22



Régimen de pago único
(rpu);9.665.824,25;9.366.164,79;9.594.116,44;10.173.476,78;10.447.857,12



Vacuno;2.137.922,81;2.037.560,89;1.935.241,60;2.062.741,96;2.031.181,17



Vinos y
Alcoholes;985.239,19;1.407.943,40;241.264,00;1.537.103,07;1.400.721,19



TOTAL;15.039.824,35;14.593.150,13;13.942.729,69;15.691.507,63;17.778.843,29




Página
696






FEADER (en Eur);;;;



Medida;IMPORTE 2008;IMPORTE 2009;IMPORTE 2010;IMPORTE 2011



Acciones relativas a la información y la formación
profesional;;57.668,13;124.935,14;80.576,74



Actividades de información y promoción;;199.360,39;205.142,73;266.921,39



Aplicación de estrategias de desarrollo local. Calidad de
vida/diversificación;;;48.900,36;679.710,55



Aplicación de estrategias de desarrollo local.
Competitividad;;;;388.772,07



Aplicación de estrategias de desarrollo local. Medio



ambiente/gestión de la tierra;;;;63.805,44



Aumento del valor añadido de los productos agrícolas y
forestales;;3.615.973,38;4.791.573,28;1.945.924,81



Aumento del valor económico de los
bosques;;531.270,44;654.664,22;152.730,87



Ayudas agroambientales;171.111,98;5.594,18;520.210,81;871.650,93



Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades en
zonas distintas de las de
montaña;466.913,94;369.723,87;468.765,56;363.889,26



Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades
naturales en zonas de montaña;245.480,77;277.074,81;278.613,74;150.648,93



Conservación y mejora del patrimonio
rural;42.412,76;200.886,49;553.043,69;488.628,51



Cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías
en el sector agrícola y alimentario y en el sector
forestal;110.720,42;128.457,03;182.947,58;118.295,64



Creación y desarrollo de
empresas;255.701,12;920.388,30;373.372,28;456.820,45



Cumplimiento de normas basadas en la normativa comunitaria;;;;1.768,03




Página
697






FEADER (en Eur);;;;



Medida;IMPORTE 2008;IMPORTE 2009;IMPORTE 2010;IMPORTE 2011



Diversificación hacia actividades no agrícolas;;;;66.436,86



Fomento de actividades turísticas;;56.415,61;307.420,48;399.575,78



Funcionamiento del grupo de acción local, adquisición de capacidades y
promoción del territorio con arreglo al artículo
59;;27.839,12;355.447,28;379.940,46



Implantación de servicios de gestión, sustitución y
asesoramiento;;20.593,22;55.569,57;93.858,96



Infraestructuras relacionadas con el desarrollo y la adaptación de la
agricultura y de la silvicultura;;;;188.116,34



Instalación de jóvenes
agricultores;78.843,44;688.807,49;600.175,39;699.127,05



Inversiones no productivas;;127.621,38;372.288,83;54.679,17



Jubilación anticipada;1.311.928,36;130.996,74;1.318.415,50;164.019,76



Modernización de explotaciones
agrícolas;180.907,15;2.450.638,57;2.401.250,79;4.534.363,25



Participación de los agricultores en programas relativos a la calidad de
los alimentos;;33.199,56;67.769,61;72.349,85



Primera forestación de tierras
agrícolas;113.391,42;103.994,98;27.409,27;41.071,23



Primera forestación de tierras no
agrícolas;60.654,36;1.032.744,94;588.371,75;501.043,88



Recuperación del potencial forestal e implantación de medidas
preventivas;959.504,28;1.277.990,29;3.867.832,70;2.368.786,92



Servicios básicos para la economía y la población
rural;245.610,03;106.473,71;173.688,65;1.951.877,32



Utilización de servicios de asesoramiento;;;77.959,10;48.988,60



TOTAL;4.243.180,03;12.363.712,63;18.415.768,31;17.594.379,05




Página
698






No obstante se informa que pueden consultarse las personas jurídicas
concretas que han percibido los pagos a través del acceso directo '¿Quién
percibe los pagos de la PAC?' en el apartado del Fondo Español de
Garantía Agraria (www.fega.es) de la página web del Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Estos datos están
desagregados por provincia únicamente para los ejercicios financieros
2010 y 2011.



Madrid, 4 de septiembre de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008706



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Echávarri Fernández, Gabriel; Pajín Iraola, Leire; Campos
Arteseros, Herick Manuel y Buyolo García, Federico (GS).



Respuesta:



De acuerdo con el artículo 51 del texto refundido de la Ley del Catastro
Inmobiliario aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo,
'tienen la consideración de datos protegidos el nombre, apellidos, razón
social, código de identificación y domicilio de quienes figuren inscritos
en el Catastro Inmobiliario como titulares, así como el valor catastral y
los valores catastrales del suelo y, en su caso, de la construcción, de
los bienes inmuebles individualizados', regulando el artículo 53 de esta
misma norma el régimen de acceso a los datos protegidos sin necesidad de
consentimiento expreso del titular catastral del inmueble.



En virtud de este régimen de protección de los datos catastrales de
carácter personal, no resulta posible la cesión de la información
solicitada en la pregunta parlamentaria relativa a la relación de bienes
inmuebles titularidad de la Iglesia Católica, ya que supondría una
vulneración del derecho de protección de datos.



Madrid, 10 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008716



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



Se muestra a continuación un cuadro con la recaudación de impuestos en la
provincia de Guadalajara de las principales figuras impositivas
gestionada por la Agencia Tributaria en esa provincia desde el año 2000
hasta el 2011.



Esta recaudación viene expresada en miles de euros, en términos líquidos,
con criterio de caja y antes de descontar la participación de las
Administraciones territoriales.




Página
699






Provincia de Guadalajara;;;;;;;



Año;IRPF;Impuesto Sociedades;IRNR;IVA;Impuesto Especiales;Tasas y otros
ingresos;Total



2000



2001



2002



2003



2004



2005



2006



2007



2008



2009



2010



2011;54.111



67.277



76.690



74.887



79.640



98.675



132.422



177.043



133.005



90.877



81.915



96.064;33.731



38.380



49.850



71.928



79.265



97.283



146.010



191.994



87.266



49.455



29.840



16.974;492



547



912



1.098



856



1.307



1.664



2.125



1.960



2.047



1.081



919;78.040



79.143



96.389



115.195



97.225



158.471



154.166



189.113



123.601



92.360



161.384



143.267;35.204



43.536



46.803



68.666



156.448



151.692



121.095



100.362



106.850



112.521



135.238



145.466;1.476



1.345



1.821



2.257



3.306



3.606



5.999



10.255



4.535



9.299



20.491



16.576;203.054



230.228



272.465



334.031



416.740



511.034



561.356



670.892



457.217



356.559



429.949



419.266



Importes en miles de euros.;;;;;;;



Madrid, 10 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008718 a 184/008721



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, se informa que
las estimaciones se han llevado a cabo a partir de la documentación
contenida en la estadística del IRPF 2009, sin deflactar.



Hecha esta aclaración, se detalla a continuación el resultado de la
estimación del número de declaraciones del IRPF y el importe de las
mismas afectados por el gravamen complementario establecido por el Real
Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia
presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit
público, en el ámbito territorial de la provincia de Guadalajara,
desglosado por tramos significativos de base liquidable.



No se dispone de dicho desglose para los tramos concretos de base
liquidable señalados por S.S. Como alternativa, se ofrece el desglose por
tramos disponible en la actualidad.




Página
700






Guadalajara;Tramos de base liquidable;Nº



declaraciones afectadas;Impacto afectados;



;;;Importe total;media (euros)



;Menos de 10.00 euros;7.248;117.908;16,27



;Entre 10.000 y 20.000 euros;36.222;2.663.160;73,52



;Entre 20.000 y 30.000 euros;20.562;4.478.581;217,81



;Entre 30.000 y 40.000 euros;9.734;4.151.893;426,54



;Entre 40.000 y 50.000 euros;4.387;3.232.271;736,78



;Entre 50.000 y 80.000 euros;3.640;4.703.998;1.292,31



;Entre 80.000 y 100.000 euros;789;1.908.663;2.419,09



;Entre 100.000 y 200.000 euros;682;3.108.568;4.558,02



;Entre 200.000 y 300.000 euros;88;937.924;10.658,23



;Entre 300.000 y 600.000 euros;62;1.262.454;20.362,16



;Más de 600.000 euros;18;968.503;53.805,71



;;83.431;27.533.923;330,02



Madrid, 10 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.



184/008723



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



Se muestra a continuación un cuadro con la recaudación gestionada por la
Agencia Tributaria en el periodo 2008-2011 (ambos inclusive), a nivel
nacional y en la provincia de Guadalajara.



Esta recaudación está expresada en millones de euros, en términos
líquidos, con criterio de caja y antes de descontar la participación de
las Administraciones territoriales.



Año;Total



nacional;Provincia



Guadalajara;% Guadalajara



s/ total nacional



2008;173.453;457;0,264 %



2009;144.023;357;0,248 %



2010;159.536;430;0,269 %



2011;161.760;419;0,259 %



Importes en millones de euros.;;;



Madrid, 10 de agosto de 2012.-El Secretario de Estado de Asuntos
Constitucionales y Parlamentarios.




Página
701






184/008724 y 184/008725



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



El Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en
materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del
déficit público establece en su artículo 8 un incremento del tipo de
gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles para los periodos
impositivos 2012 y 2013 atendiendo a la antigüedad de la revisión
catastral.



En el ámbito de las competencias atribuidas a la Dirección General del
Catastro resulta posible conocer, a partir de la información disponible
en la base de datos catastral, el número de inmuebles que se verán
afectados por el incremento del tipo de gravamen del IBI previsto en la
citada norma y que para la provincia de Guadalajara se recogen en la
tabla adjunta a continuación.



Respecto al número de ciudadanos de la provincia de Guadalajara que se
verán afectados por la medida, no resulta posible extraer esta
información de la base de datos catastral atendiendo a la diversidad de
titularidades catastrales existentes.



GUADALAJARA



Número de inmuebles, por municipio, sobre los que incide el incremento del
tipo de gravamen del IBI previsto en el RDL 20/2011



PROVINCIA;MUNICIPIO;AÑO APROBACIÓN PONENCIA;Nº INMUEBLES URBANOS
TOTALES;Nº INMUEBLES USO RESIDENCIAL;Nº INMUEBLES USO RESIDENCIAL EXENTOS
DEL INCREMENTO;Nº INMUEBLES USO RESIDENCIAL AFECTADOS POR EL INCREMENTO



Guadalajara;Valdenuño Fernández;1983;630;379;0;379



Guadalajara;Alcocer;1984;695;453;0;453



Guadalajara;Mantiel;1984;370;114;0;114



Guadalajara;Arbeteta;1986;237;109;0;109



Guadalajara;Centenera;1986;348;229;0;229



Guadalajara;Ciruelas;1986;383;217;0;217



Guadalajara;Fuentelviejo;1986;263;135;0;135



Guadalajara;Romanones;1986;386;282;0;282



Guadalajara;Valdarachas;1986;74;46;0;46



Guadalajara;Valtablado del Rio;1986;93;43;0;43



Guadalajara;Villanueva de Alcoron;1986;542;271;0;271



Guadalajara;Campillo de Dueñas;1987;321;160;0;160



Guadalajara;Maranchon;1987;1.397;687;0;687



Guadalajara;Olmeda de Cobeta;1987;175;100;0;100



Guadalajara;El Pedregal;1987;245;98;0;98



Guadalajara;El Pobo de Dueñas;1987;437;186;0;186



Guadalajara;Tordellego;1987;279;141;0;141




Página
702






PROVINCIA;MUNICIPIO;AÑO APROBACIÓN PONENCIA;Nº INMUEBLES URBANOS
TOTALES;Nº INMUEBLES USO RESIDENCIAL;Nº INMUEBLES USO RESIDENCIAL EXENTOS
DEL INCREMENTO;Nº INMUEBLES USO RESIDENCIAL AFECTADOS POR EL INCREMENTO



Guadalajara;Tordesilos;1987;632;212;0;212



Guadalajara;Tortuera;1987;381;219;0;219



Guadalajara;La Yunta;1987;364;159;0;159



Guadalajara;Alcolea del Pinar;1988;955;451;0;451



Guadalajara;Algora;1988;292;108;0;108



Guadalajara;Argecilla;1988;382;156;0;156



Guadalajara;Bañuelos;1988;181;63;0;63



Guadalajara;La Bodera;1988;288;91;0;91



Guadalajara;Ciruelos del Pinar;1988;178;90;0;90



Guadalajara;Cobeta;1988;391;105;0;105



Guadalajara;Cogollor;1988;228;74;0;74



Guadalajara;Iniestola;1988;63;27;0;27



Guadalajara;Irueste;1988;289;143;0;143



Guadalajara;Ledanca;1988;626;247;0;247



Guadalajara;Luzon;1988;278;157;0;157



Guadalajara;Miedes de Atienza;1988;330;145;0;145



Guadalajara;Muduex;1988;305;136;0;136



Guadalajara;Peñalver;1988;640;414;0;414



Guadalajara;Riofrio del Llano;1988;440;144;0;144



Guadalajara;Romanillos de Atienza;1988;239;79;0;79



Guadalajara;Selas;1988;216;89;0;89



Guadalajara;Torremocha del Pinar;1988;380;117;0;117



Guadalajara;Valderrebollo;1988;228;124;0;124



Guadalajara;Yelamos de Arriba;1988;305;172;0;172



Guadalajara;Abanades;1989;288;142;0;142



Guadalajara;Anquela del Pedregal;1989;244;65;0;65



Guadalajara;Castellar de la Muela;1989;141;67;0;67



Guadalajara;Castilnuevo;1989;105;32;0;32



Guadalajara;Cincovillas;1989;199;62;0;62



Guadalajara;Embid;1989;150;78;0;78



Guadalajara;Estriegana;1989;150;68;0;68



Guadalajara;Herrería;1989;238;65;0;65



Guadalajara;Hombrados;1989;303;132;0;132




Página
703






PROVINCIA;MUNICIPIO;AÑO APROBACIÓN PONENCIA;Nº INMUEBLES URBANOS
TOTALES;Nº INMUEBLES USO RESIDENCIAL;Nº INMUEBLES USO RESIDENCIAL EXENTOS
DEL INCREMENTO;Nº INMUEBLES USO RESIDENCIAL AFECTADOS POR EL INCREMENTO



Guadalajara;La Hortezuela de Ocen;1989;315;93;0;93



Guadalajara;Mazarete;1989;285;148;0;148



Guadalajara;Megina;1989;215;97;0;97



Guadalajara;Mirabueno;1989;318;121;0;121



Guadalajara;Mochales;1989;399;202;0;202



Guadalajara;Morenilla;1989;245;91;0;91



Guadalajara;Ocentejo;1989;181;84;0;84



Guadalajara;Pardos;1989;125;56;0;56



Guadalajara;Paredes de Sigüenza;1989;316;97;0;97



Guadalajara;Peñalen;1989;301;135;0;135



Guadalajara;Pinilla de Molina;1989;170;72;0;72



Guadalajara;Riba de Saelices;1989;748;257;0;257



Guadalajara;Rillo de Gallo;1989;354;124;0;124



Guadalajara;Rueda de la Sierra;1989;339;186;0;186



Guadalajara;Saelices de la Sal;1989;291;92;0;92



Guadalajara;Sauca;1989;293;96;0;96



Guadalajara;Sotodosos;1989;280;99;0;99



Guadalajara;Tordelrabano;1989;160;49;0;49



Guadalajara;Torrecuadrada de Molina;1989;211;109;0;109



Guadalajara;Torremochuela;1989;143;59;0;59



Guadalajara;Torrubia;1989;163;77;0;77



Guadalajara;Valdelcubo;1989;244;81;0;81



Guadalajara;Villel de Mesa;1989;488;252;0;252



Guadalajara;Zaorejas;1989;806;424;0;424



Guadalajara;Angón;1993;227;79;0;79



Guadalajara;Campisabalos;1993;474;129;0;129



Guadalajara;El Cardoso de la Sierra;1993;873;347;0;347



Guadalajara;Casas de San Galindo;1993;197;63;0;63



Guadalajara;Cendejas de la Torre;1993;416;120;0;120



Guadalajara;Condemios de Abajo;1993;141;49;0;49



Guadalajara;Condemios de Arriba;1993;761;173;0;173



Guadalajara;Gascueña de Bornova;1993;336;90;0;90




Página
704






PROVINCIA;MUNICIPIO;AÑO APROBACIÓN PONENCIA;Nº INMUEBLES URBANOS
TOTALES;Nº INMUEBLES USO RESIDENCIAL;Nº INMUEBLES USO RESIDENCIAL EXENTOS
DEL INCREMENTO;Nº INMUEBLES USO RESIDENCIAL AFECTADOS POR EL INCREMENTO



Guadalajara;Hiendelaencina;1993;570;205;0;205



Guadalajara;Majaelrayo;1993;273;102;0;102



Guadalajara;Matarrubia;1993;640;126;0;126



Guadalajara;Maullas;1993;300;163;0;163



Guadalajara;La Mierla;1993;131;62;0;62



Guadalajara;Miralrio;1993;332;112;0;112



Guadalajara;Montarron;1993;117;58;0;58



Guadalajara;Palmaces de Jadraque;1993;853;181;0;181



Guadalajara;Rebollosa de Jadraque;1993;123;50;0;50



Guadalajara;Torremocha de Jadraque;1993;161;28;0;28



Guadalajara;Tortuero;1993;217;101;0;101



Guadalajara;Valdesotos;1993;210;90;0;90



Guadalajara;Villares de Jadraque;1993;259;87;0;87



Guadalajara;Villaseca de Henares;1993;300;87;0;87



Guadalajara;Aranzueque;1994;659;396;0;396



Guadalajara;Illana;1994;2.340;1.357;0;1.357



Guadalajara;Sayaton;1994;324;161;0;161



Guadalajara;Albalate de Zorita;1995;6.848;2.198;0;2.198



Guadalajara;Cabanillas del Campo;1995;7.427;3.715;0;3.715



Guadalajara;Marchámalo;1996;5.592;3.351;0;3.351



Guadalajara;Guadalajara;1996;69.564;39.327;0;39.327



Guadalajara;Brihuega;1997;6.042;3.219;0;3.219



Guadalajara;Fontanar;1997;1.691;1.164;0;1.164



Guadalajara;Pioz;1997;3.775;2.293;0;2.293



Guadalajara;Almonacid de Zorita;1998;1.042;713;0;713



Guadalajara;Armallones;1998;311;189;0;189



Guadalajara;Humanes de Mohernando;1998;2.318;1.274;0;1.274



Guadalajara;Pastrana;1999;1.783;1.059;0;1.059



Guadalajara;Trijueque;1999;2.537;1.432;0;1.432



Guadalajara;Alustante;2000;816;424;0;424



Guadalajara;Cogolludo;2000;2.159;773;0;773



Guadalajara;Hita;2000;1.125;476;0;476




Página
705






PROVINCIA;MUNICIPIO;AÑO APROBACIÓN PONENCIA;Nº INMUEBLES URBANOS
TOTALES;Nº INMUEBLES USO RESIDENCIAL;Nº INMUEBLES USO RESIDENCIAL EXENTOS
DEL INCREMENTO;Nº INMUEBLES USO RESIDENCIAL AFECTADOS POR EL INCREMENTO



Guadalajara;Jadraque;2000;2.465;1.304;0;1.304



Guadalajara;Peralejos de las Truchas;2000;496;283;0;283



Guadalajara;Molina de Aragón;2001;5.226;2.723;0;2.723



Guadalajara;Albares;2002;624;446;223;223



Guadalajara;Alcoroches;2002;787;238;119;119



Guadalajara;Almoguera;2002;1.428;866;433;433



Guadalajara;Alovera;2002;8.087;4.777;2.399;2.378



Guadalajara;Auñón;2002;888;389;195;194



Guadalajara;Fuentelahiguera de Albatages;2002;431;156;78;78



Guadalajara;Heras de Ayuso;2002;362;116;58;58



Guadalajara;Villaseca de Uceda;2002;139;69;35;34



Guadalajara;Vifluelas;2002;286;102;51;51



Guadalajara;Armuña de Tajuña;2003;465;272;136;136



Guadalajara;Chiloeches;2003;3.610;1.874;937;937



Guadalajara;Escantilla;2003;354;189;95;94



Guadalajara;Miliaria;2003;311;190;95;95



Guadalajara;Pozo de Guadalajara;2003;1.234;819;413;406



Guadalajara;Salmerón;2003;453;275;138;137



Guadalajara;Tendilla;2003;811;464;232;232



Guadalajara;Tortola de Henares;2003;1.597;757;379;378



Guadalajara;Fuentenovilla;2004;1.095;628;314;314



Guadalajara;Hontoba;2004;2.009;840;420;420



Guadalajara;Mazuecos;2004;980;448;224;224



Guadalajara;Yunquera de Henares;2004;3.881;2.069;1.035;1.034



Guadalajara;Campillo de Ranas;2005;1.298;330;330;0



Guadalajara;Casa de Uceda;2005;467;172;172;0



Guadalajara;Caspueñas;2005;503;198;198;0



Guadalajara;Fuentelencina;2005;599;333;333;0



Guadalajara;Loranca de Tajuña;2005;1.760;1.337;1.337;0



Guadalajara;Moratilla de los Meleros;2005;772;261;261;0



Guadalajara;Orea;2005;680;363;363;0



Guadalajara;Quer;2005;1.651;312;312;0




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706






PROVINCIA;MUNICIPIO;AÑO APROBACIÓN PONENCIA;Nº INMUEBLES URBANOS
TOTALES;Nº INMUEBLES USO RESIDENCIAL;Nº INMUEBLES USO RESIDENCIAL EXENTOS
DEL INCREMENTO;Nº INMUEBLES USO RESIDENCIAL AFECTADOS POR EL INCREMENTO



Guadalajara;Yebes;2005;5.130;2.296;2.296;0



Guadalajara;Aldeanueva de Guadalajara;2006;614;235;235;0



Guadalajara;Alhondiga;2006;676;303;303;0



Guadalajara;Alique;2006;80;48;48;0



Guadalajara;Atienza;2006;1.092;540;540;0



Guadalajara;Berninches;2006;430;194;194;0



Guadalajara;El Cubillo de Uceda;2006;399;192;192;0



Guadalajara;Duron;2006;273;164;164;0



Guadalajara;Escopete;2006;524;216;216;0



Guadalajara;Espinosa de Henares;2006;1.271;785;785;0



Guadalajara;Lupiana;2006;549;300;300;0



Guadalajara;Malaga del Fresno;2006;461;191;191;0



Guadalajara;Mandayona;2006;876;464;464;0



Guadalajara;Masegoso de Tajuña;2006;325;151;151;0



Guadalajara;Medranda;2006;559;210;210;0



Guadalajara;La Miñosa;2006;385;143;143;0



Guadalajara;Mohernando;2006;256;151;151;0



Guadalajara;Peralveche;2006;182;117;117;0