Ruta de navegación

Publicaciones

BOCG. Congreso de los Diputados, serie A, núm. 50-2, de 25/06/2021


BOCG. Congreso de los Diputados, serie A, núm. 50-2, de 25/06/2021



Se propone la adición de un nuevo apartado xxx del Artículo único del
Proyecto de Ley, con la siguiente redacción:



'XXX. Se propone la modificación del Anexo I incorporando un apartado 8
bis 3) que queda redactado como sigue:



'8 bis 3) Cuatriciclo ligero: Definido conforme a lo dispuesto en el anexo
I del Reglamento (UE) n.º 168/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 15 de enero de 2013, para la categoría L6e.''



JUSTIFICACIÓN



Mejora técnica.




Página
97






ENMIENDA NÚM. 140



FIRMANTE:



Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



Al Artículo único. Apartado xxx (nuevo)



De adición.



Se propone la adición de un nuevo apartado xxx del Artículo único del
Proyecto de Ley, con la siguiente redacción:



'XXX. Se propone la modificación del Anexo I incorporando un apartado 9
bis) que queda redactado como sigue:



'9 bis. Vehículo de movilidad personal: Vehículo de una o más ruedas
dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores
eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por
diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Sólo pueden estar equipados con un
asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado. Se
excluyen de esta definición los Vehículos sin sistema de autoequilibrado
y con sillín, los vehículos concebidos para competición, los vehículos
para personas con movilidad reducida y los vehículos con una tensión de
trabajo mayor a 100 VCC o 240 VAC, así como aquellos incluidos dentro del
ámbito del Reglamento (UE) n.º 168/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 15 de enero de 2013.''



JUSTIFICACIÓN



Mejora técnica.



ENMIENDA NÚM. 141



FIRMANTE:



Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



Al Artículo único. Apartado xxx (nuevo)



De adición.



Se propone la adición de un nuevo apartado xxx del Artículo único del
Proyecto de Ley, con la siguiente redacción:



'XXX. Se propone la modificación del Anexo I incorporando un apartado 23
bis) que queda redactado como sigue:



'23 bis). Remolque y semirremolque de bicicleta: Vehículo no
autopropulsado diseñado y concebido para ser acoplado a una bicicleta,
delante o detrás y que cumple las especificaciones técnicas de la norma
UNE-EN 15918:2012+A2:2017 o la que la sustituya.''



JUSTIFICACIÓN



Mejora técnica.




Página
98






ENMIENDA NÚM. 142



FIRMANTE:



Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



Al Artículo único. Apartado xxx (nuevo)



De adición.



Se propone la adición de un nuevo apartado xxx del Artículo único del
Proyecto de Ley, con la siguiente redacción:



'XXX. Se propone la modificación del Anexo I incorporando un apartado 59
bis que queda redactado como sigue:



'59 bis). Zona de prioridad peatonal. Vías reservadas al tránsito y
estancia prioritarios de los peatones establecidas por los titulares de
la vía.''



JUSTIFICACIÓN



Mejora técnica.



ENMIENDA NÚM. 143



FIRMANTE:



Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



Al Artículo único. Apartado xxx (nuevo)



De adición.



Se propone la adición de un nuevo apartado xxx del Artículo único del
Proyecto de Ley, con la siguiente redacción:



'XXX. Se propone la modificación del Anexo I incorporando las dos
definiciones siguientes, que queda redactado como sigue:



'Cuatriciclo pesado: Definido conforme a lo dispuesto en el anexo I del
Reglamento (UE) n.º 168/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15
de enero de 2013, para la categoría L7e.



Ciclo de motor: Definido conforme a lo dispuesto en el anexo I del
Reglamento (UE) n.º 168/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15
de enero de 2013, para la categoría L1e-A.''



JUSTIFICACIÓN



Mejora técnica.




Página
99






ENMIENDA NÚM. 144



FIRMANTE:



Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



Al Artículo único. Apartado xxx (nuevo)



De adición.



Se propone la adición de un nuevo apartado xxx del Artículo único del
Proyecto de Ley, con la siguiente redacción:



'XXX. Se incorpora un párrafo g) a la disposición final tercera con la
siguiente redacción:



'g) los requisitos para el registro y expedición de los permisos de
circulación de los vehículos dotados de sistemas de conducción
automatizada, y su régimen de operación y uso.''



JUSTIFICACIÓN



Mejora técnica.



ENMIENDA NÚM. 145



FIRMANTE:



Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



A la Disposición adicional xxx (nueva)



De adición.



Se propone la adición de una nueva Disposición adicional xxx al Proyecto
de Ley, con la siguiente redacción:



'Disposición adicional xxx. Modificación del Reglamento General de
Vehículos para la señalización de los vehículos de auxilio en carretera.



El Gobierno modificará el Reglamento General de Vehículos para incluir en
el plazo de seis meses la facultad de que los vehículos de auxilio en
carretera hagan uso de la señal V-1 de color azul cuando deban avanzar en
el rescate de un vehículo que obstaculice la calzada.'



JUSTIFICACIÓN



Mejora técnica.




Página
100






ENMIENDA NÚM. 146



FIRMANTE:



Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



A la Disposición adicional xxx (nueva)



De adición.



Se propone la adición de una nueva Disposición adicional xxx al Proyecto
de Ley, con la siguiente redacción:



'Disposición adicional xxx. Uso de dispositivos alcoholímetros
antiarranque.



A partir del 6 de julio de 2022, los vehículos de nueva matriculación
dedicados al transporte profesional de mercancías y de viajeros de
categoría M2 y M3 deberán disponer de alcoholímetros antiarranque.



Los conductores de estos vehículos vendrán obligados a utilizar estos
dispositivos de control del vehículo en los términos que se establezca
reglamentariamente.'



JUSTIFICACIÓN



Mejora técnica.



ENMIENDA NÚM. 147



FIRMANTE:



Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



A la Disposición adicional xxx (nueva)



De adición.



Se propone la adición de una nueva Disposición adicional xxx al Proyecto
de Ley, con la siguiente redacción:



'Disposición adicional xxx. Control de consumo de sustancias que puedan
perturbar el desempeño de la conducción profesional.



En una plaza de un año se establecerá, por vía reglamentaria, un
procedimiento para la realización de controles para la detección del
consumo de alcohol y de indicios analíticos de consumo de drogas de abuso
y sustancias psicoactivas en conductores profesionales de empresas
dedicadas al transporte de mercancías y viajeros por carretera.'



JUSTIFICACIÓN



Mejora técnica.




Página
101






ENMIENDA NÚM. 148



FIRMANTE:



Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



A la Disposición adicional xxx (nueva)



De adición.



Se propone la adición de una nueva Disposición adicional xxx al Proyecto
de Ley con la siguiente redacción:



'Disposición adicional xxx. Reconocimientos Médicos iniciales y anuales
para conductores profesionales.



Las empresas dedicadas al transporte profesional de mercancías y viajeros
por carretera podrán someter al personal móvil, previo consentimiento
informado, a reconocimientos médicos iniciales y anuales periódicos, en
los términos y condiciones que se establezcan reglamentariamente o por
remisión.'



JUSTIFICACIÓN



Mejora técnica.




Página
102






ÍNDICE DE ENMIENDAS AL ARTICULADO



A la rúbrica



- Enmienda núm. 73, del G.P. Republicano.



- Enmienda núm. 110, del G.P. Popular en el Congreso.



Exposición de motivos



- Enmienda núm. 95, del G.P. VOX.



- Enmienda núm. 111, del G.P. Popular en el Congreso.



Artículo único. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre



Uno. Párrafo c) del artículo 4



- Enmienda núm. 1, de la Sra. Nogueras i Camero (GPlu).



- Enmienda núm. 74, del G.P. Republicano.



- Enmienda núm. 96, del G.P. VOX.



- Enmienda núm. 112, del G.P. Popular en el Congreso.



Dos. Párrafos r), s) y t) (nuevos) del artículo 5



- Enmienda núm. 53, del Sr. Rego Candamil (GPlu).



- Enmienda núm. 2, de la Sra. Nogueras i Camero (GPlu), letra r).



- Enmienda núm. 58, del G.P. Vasco (EAJ-PNV), letra r).



- Enmienda núm. 75, del G.P. Republicano, letra r).



- Enmienda núm. 97, del G.P. VOX, Artículo 5, letra r)



- Enmienda núm. 59, del G.P. Vasco (EAJ-PNV), letra t).



Tres. Apartado 1 del artículo 10



- Enmienda núm. 99, del G.P. VOX.



- Enmienda núm. 113, del G.P. Popular en el Congreso.



Cuatro. Apartados 3 y 6 del artículo 13



- Enmienda núm. 98, del G.P. VOX.



- Enmienda núm. 114, del G.P. Popular en el Congreso.



- Enmienda núm. 30, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, apartado 3.



- Enmienda núm. 54, del Sr. Rego Candamil (GPlu), apartado 3.



- Enmienda núm. 60, del G.P. Vasco (EAJ-PNV), apartado 3.



- Enmienda núm. 77, del G.P. Republicano, apartado 3.



Cinco. Supresión del apartado 4 del artículo 21



- Enmienda núm. 14, del G.P. Ciudadanos.



- Enmienda núm. 55, del Sr. Rego Candamil (GPlu).



- Enmienda núm. 61, del G.P. Vasco (EAJ-PNV).



- Enmienda núm. 79, del G.P. Republicano.



- Enmienda núm. 100, del G.P. VOX.



- Enmienda núm. 115, del G.P. Popular en el Congreso.




Página
103






Seis. Apartado 5 (nuevo) del artículo 63



- Enmienda núm. 57, del G.P. Vasco (EAJ-PNV) (supresión del apartado seis
del Proyecto de ley).



- Enmienda núm. 86, del G.P. Republicano.



- Enmienda núm. 116, del G.P. Popular en el Congreso.



- Enmienda núm. 3, de la Sra. Nogueras i Camero (GPlu), apartados 5 y 6
(nuevo).



Siete. Supresión del segundo párrafo del apartado 1 del artículo 65



- Enmienda núm. 117, del G.P. Popular en el Congreso.



- Enmienda núm. 4, de la Sra. Nogueras i Camero (GPlu), apartado 1.



Ocho. Párrafos g), h) y j) del artículo 76 y párrafos z1), z2) y z3)
(nuevos)



- Enmienda núm. 101, del G.P. VOX, incorpora letra d) y suprime letra z3).



- Enmienda núm. 20, del G.P. Ciudadanos, letra g).



- Enmienda núm. 35, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, letra g).



- Enmienda núm. 118, del G.P. Popular en el Congreso, letra g).



- Enmienda núm. 88, del G.P. Republicano, letras g) y x).



- Enmienda núm. 63, del G.P. Vasco (EAJ-PNV), letra h).



- Enmienda núm. 65, del G.P. Vasco (EAJ-PNV), letra z1).



Nueve. Párrafo q) del artículo 77 y párrafos s), t) y u) (nuevos)



- Enmienda núm. 102, del G.P. VOX (supresión letra u) del Proyecto de
ley).



- Enmienda núm. 66, del G.P. Vasco (EAJ-PNV), letra s).



- Enmienda núm. 22, del G.P. Ciudadanos, letra nueva.



Diez. Párrafo d) del apartado 2 del artículo 80 y apartado 4 (nuevo)



- Enmienda núm. 103, del G.P. VOX, apartados 2 y 4.



- Enmienda núm. 23, del G.P. Ciudadanos, apartado 2, letra d).



Once. Segundo párrafo del artículo 81



- Enmienda núm. 104, del G.P. VOX.



Doce. Disposición adicional segunda



- Enmienda núm. 5, de la Sra. Nogueras i Camero (GPlu).



Trece. Disposición adicional duodécima (nueva)



- Enmienda núm. 105, del G.P. VOX.



- Enmienda núm. 120, del G.P. Popular en el Congreso.



Catorce. Disposición transitoria cuarta (nueva)



- Enmienda núm. 6, de la Sra. Nogueras i Camero (GPlu).



- Enmienda núm. 71, del G.P. Vasco (EAJ-PNV) (supresión del apartado
catorce del Proyecto de ley).



Quince Disposición transitoria quinta (nueva)



- Enmienda núm. 29, del G.P. Ciudadanos.



- Enmienda núm. 72, del G.P. Vasco (EAJ-PNV).



- Enmienda núm. 121, del G.P. Popular en el Congreso.




Página
104






Dieciséis. Párrafos j) y k) (nuevos) a la disposición final segunda



- Sin enmiendas.



Diecisiete. Párrafo f) (nuevo) a la disposición final tercera



- Enmienda núm. 7, de la Sra. Nogueras i Camero (GPlu).



- Enmienda núm. 46, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.



- Enmienda núm. 144, del G.P. Popular en el Congreso, letra g) nueva.



Dieciocho. Anexo II



- Enmienda núm. 93, del G.P. Republicano, apartados 12, 22, 23 y 24.



- Enmienda núm. 106, del G.P. VOX, apartado 22.



Diecinueve. Anexo VIII



- Enmienda núm. 8, de la Sra. Nogueras i Camero (GPlu).



- Enmienda núm. 122, del G.P. Popular en el Congreso.



- Enmienda núm. 94, del G.P. Republicano, apartado 3.



Apartados nuevos



- Enmienda núm. 125, del G.P. Popular en el Congreso, Artículo 1, apartado
primero.



- Enmienda núm. 11, del G.P. Ciudadanos, Artículo 5, letra p).



- Enmienda núm. 126, del G.P. Popular en el Congreso, Artículo 5, letra
p).



- Enmienda núm. 97, del G.P. VOX, Artículo 5, letra p), y u).



- Enmienda núm. 127, del G.P. Popular en el Congreso, Artículo 8, apartado
5.



- Enmienda núm. 76, del G.P. Republicano, Artículo 10, apartado 2.



- Enmienda núm. 113, del G.P. Popular en el Congreso, Artículo 10,
apartado 2.



- Enmienda núm. 12, del G.P. Ciudadanos, Artículo 11, apartado 5 nuevo.



- Enmienda núm. 98, del G.P. VOX, Artículo 13, apartados 3, 6 y 7 nuevo.



- Enmienda núm. 13, del G.P. Ciudadanos, Artículo 13, apartados 7, 8, 9,
10 y 11 nuevos.



- Enmienda núm. 128, del G.P. Popular en el Congreso, Artículo 14,
apartado 1.



- Enmienda núm. 78, del G.P. Republicano, Artículo 17.



- Enmienda núm. 129, del G.P. Popular en el Congreso, Artículo 17,
apartado nuevo.



- Enmienda núm. 130, del G.P. Popular en el Congreso, Artículo 20,
apartado 1.



- Enmienda núm. 80, del G.P. Republicano, Artículo 22, apartado 2.



- Enmienda núm. 81, del G.P. Republicano, Artículo 25, apartado 1.



- Enmienda núm. 31, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Artículo 35, apartado 4.



- Enmienda núm. 82, del G.P. Republicano, Artículo 35, apartado 4.



- Enmienda núm. 107, del G.P. VOX, Artículo 35, apartado 4.



- Enmienda núm. 131, del G.P. Popular en el Congreso, Artículo 35,
apartado 4.



- Enmienda núm. 15, del G.P. Ciudadanos, Artículo 47.



- Enmienda núm. 32, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Artículo 47.



- Enmienda núm. 62, del G.P. Vasco (EAJ-PNV), Artículo 47.



- Enmienda núm. 132, del G.P. Popular en el Congreso, Artículo 47.



- Enmienda núm. 133, del G.P. Popular en el Congreso, Artículo 47.



- Enmienda núm. 83, del G.P. Republicano, Artículo 56.



- Enmienda núm. 33, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Artículo 59, apartado 1.



- Enmienda núm. 84, del G.P. Republicano, Artículo 61, apartado 2.



- Enmienda núm. 16, del G.P. Ciudadanos, Artículo 62, apartado 1.



- Enmienda núm. 17, del G.P. Ciudadanos, Artículo 62, apartado 1.




Página
105






- Enmienda núm. 85, del G.P. Republicano, Artículo 62, apartados 1 y 2.



- Enmienda núm. 18, del G.P. Ciudadanos, Artículo 62, apartado 2.



- Enmienda núm. 108, del G.P. VOX, Artículo 62, apartado 2.



- Enmienda núm. 134, del G.P. Popular en el Congreso, Artículo 65,
apartado 4.



- Enmienda núm. 109, del G.P. VOX, Artículo 66, apartado 1.



- Enmienda núm. 19, del G.P. Ciudadanos, Artículo 66, apartado nuevo.



- Enmienda núm. 87, del G.P. Republicano, Artículo 75, letra b), y letras
nuevas.



- Enmienda núm. 34, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Artículo 75, letra nueva.



- Enmienda núm. 135, del G.P. Popular en el Congreso, Artículo 76, letra
d).



- Enmienda núm. 35, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Artículo 76, letras d), s) y x).



- Enmienda núm. 21, del G.P. Ciudadanos, Artículo 76, letra t).



- Enmienda núm. 64, del G.P. Vasco (EAJ-PNV), Artículo 76, letra x).



- Enmienda núm. 88, del G.P. Republicano, Artículo 76, letra x)



- Enmienda núm. 136, del G.P. Popular en el Congreso, Artículo 76, letra
x).



- Enmienda núm. 89, del G.P. Republicano, Artículo 77, letra nueva.



- Enmienda núm. 24, del G.P. Ciudadanos, Artículo 80, apartado 3.



- Enmienda núm. 90, del G.P. Republicano, Artículo 80, apartado 3.



- Enmienda núm. 119, del G.P. Popular en el Congreso, Artículo 80,
apartado 3.



- Enmienda núm. 25, del G.P. Ciudadanos, Artículo 82, apartado h).



- Enmienda núm. 26, del G.P. Ciudadanos, Artículo 87, apartado 2.



- Enmienda núm. 137, del G.P. Popular en el Congreso, Artículo 87,
apartado 2.



- Enmienda núm. 36, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Artículo 87, apartado 2, letra
d).



- Enmienda núm. 37, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Artículo 93, apartado 2.



- Enmienda núm. 38, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Artículo 95, apartado 4.



- Enmienda núm. 39, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Artículo 98, letra i).



- Enmienda núm. 40, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Artículo 99, apartados 3, letras
e) y f) y 4.



- Enmienda núm. 42, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Artículo 101.



- Enmienda núm. 43, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Articulo 112, apartado 4.



- Enmienda núm. 10, de la Sra. Nogueras i Camero (GPlu), Artículo 79 bis
nuevo.



- Enmienda núm. 41, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Artículo 100 bis nuevo.



- Enmienda núm. 27, del G.P. Ciudadanos, Disposición adicional nueva.



- Enmienda núm. 28, del G.P. Ciudadanos, Disposición adicional nueva.



- Enmienda núm. 44, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Disposición adicional nueva.



- Enmienda núm. 45, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Disposición adicional nueva.



- Enmienda núm. 67, del G.P. Vasco (EAJ-PNV), Disposición adicional nueva.



- Enmienda núm. 68, del G.P. Vasco (EAJ-PNV), Disposición adicional nueva.



- Enmienda núm. 69, del G.P. Vasco (EAJ-PNV), Disposición adicional nueva.



- Enmienda núm. 70, del G.P. Vasco (EAJ-PNV), Disposición adicional nueva.



- Enmienda núm. 91, del G.P. Republicano, Disposición adicional nueva.



- Enmienda núm. 138, del G.P. Popular en el Congreso, Anexo I.



- Enmienda núm. 139, del G.P. Popular en el Congreso, Anexo I.



- Enmienda núm. 140, del G.P. Popular en el Congreso, Anexo I.



- Enmienda núm. 141, del G.P. Popular en el Congreso, Anexo I.




Página
106






- Enmienda núm. 142, del G.P. Popular en el Congreso, Anexo I.



- Enmienda núm. 143, del G.P. Popular en el Congreso, Anexo I.



- Enmienda núm. 47, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Anexo V, apartado 2.



- Enmienda núm. 48, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Anexo VI, apartado 1.



- Enmienda núm. 49, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Anexo VII.



Disposiciones adicionales nuevas



- Enmienda núm. 92, del G.P. Republicano.



- Enmienda núm. 145, del G.P. Popular en el Congreso.



- Enmienda núm. 146, del G.P. Popular en el Congreso.



- Enmienda núm. 147, del G.P. Popular en el Congreso.



- Enmienda núm. 148, del G.P. Popular en el Congreso.



Disposición transitoria única



- Enmienda núm. 9, de la Sra. Nogueras i Camero (GPlu).



Disposición derogatoria única



- Enmienda núm. 124, del G.P. Popular en el Congreso, apartado 2
(supresión).



Disposición final única



- Enmienda núm. 52, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.



- Enmienda núm. 123, del G.P. Popular en el Congreso.



Disposiciones finales nuevas



- Enmienda núm. 50, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común (Texto refundido de la Ley General
de la Seguridad Social).



- Enmienda núm. 51, del G.P. Socialista y del G.P. Confederal de Unidas
Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común (Transposición Directiva de la
Unión Europea 2019/520)



- Enmienda núm. 56, del Sr. Rego Candamil (GPlu).