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BOCG. Congreso de los Diputados, serie A, núm. 6-7, de 11/05/2017


BOCG. Congreso de los Diputados, serie A, núm. 6-7, de 11/05/2017



Sección: 15. Ministerio de Hacienda y Función Pública.



Organismo: 102. Instituto Nacional de Administración Pública.
Programa : 9210. Formación del personal de las Administraciones
Públicas.Concepto : 48. A la Fundació Aula d'Alts Estudis d'Electes.
Importe : 100 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Desde hace más de trece años la Fundación lleva a cabo una
labor especializada de formación de electos de la administración local,
con la singularidad de tratarse de la única entidad que se dedica a este
tipo de formación, destinada a dotar a los electos locales de los
conocimientos necesarios para realizar su tarea, puesto que es habitual
que muchos responsables políticos no tengan experiencia previa en el
ámbito de la administración. Considerando el servicio de la Fundación a
favor de la capacitación de los electos locales, y los beneficios que se
derivan de ello en términos de mejora de la dirección y de la gestión de
las entidades locales, se considera necesario dotar una partida que
garantice la financiación de sus actividades, tal como ya se estableció
en anteriores presupuestos generales del estado.
ENMIENDA NÚM. 5.487
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 15.
Ministerio de Hacienda y Función Pública



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 15. Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Servicio : 26. Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 418. Instituto Nacional de Administración Pública.
Importe : 3.345 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 3.345 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Hacienda y Función
Pública.
Importe : 3.345 (miles de euros).




Página
3751






ALTA EN GASTOS



Sección: 15. Ministerio de Hacienda y Función Pública.



Organismo: 102. Instituto Nacional de Administración Pública.
Programa : 9210. Formación del personal de las Administraciones
Públicas.Concepto : 45008. A la Generalitat par la Formación del Personal
de las Administraciones Públicas.
Importe : 3.345 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Se considera necesario incrementar la dotación
presupuestaria para la formación de los funcionarios dependientes de la
Generalitat.
ENMIENDA NÚM. 5.488
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 717. Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Importe : 3.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 3.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL LA GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS Y
EQUIPAMIENTOS
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 3.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 105. Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 333A. Museos.Concepto : 63. Museo Nacional arqueológico
tarragona climatización.
Importe : 3.000 (miles de euros).




Página
3752






JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.
ENMIENDA NÚM. 5.489
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 716. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 500 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 500 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES
ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 500 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335A. Música y danza.Concepto : 78205. Fundado Gran Teatro del
Liceo para inversiones.
Importe : 500 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.




Página
3753






ENMIENDA NÚM. 5.490
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 716. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 750 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 750 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES
ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 750 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335A. Música y danza.Concepto : 78. Al Consorci del Auditori
para la financiación de inversiones.
Importe : 750 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.




Página
3754






ENMIENDA NÚM. 5.491
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 593 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 593 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES
ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 593 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335A. Música y danza.Concepto : 46445. Consorci Mercat de les
Flors.
Importe : 593 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para establecer la misma dotación presupuestaria que en los
PGE de 2011.




Página
3755






ENMIENDA NÚM. 5.492
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 278 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 278 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES
ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 278 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335A. Música y danza.Concepto : 48015. Fundació privada Orfeó
Catalá-Palau de la Música Catalana.
Importe : 278 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para establecer la misma dotación presupuestaria que en los
PGE de 2011.




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3756






ENMIENDA NÚM. 5.493
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias Internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 1.859 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 1.859 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES
ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 1.859 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335A. Música y danza.Concepto : 48400. Gran Teatre del Liceu
pel manteniment de les activitats musicals.
Importe : 1.859 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para cumplir con los estatutos del Liceu que establecen que
la Administración Central debe aportar el 45% del total de las
aportaciones de todas las administraciones públicas. El resto de
administraciones públicas cumplen con los estatutos.




Página
3757






ENMIENDA NÚM. 5.494
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 1.920 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 1.920 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES
ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 1.920 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335A. Música y danza.Concepto : 46. Ajuntament de Matadapera.
Teatre-Auditori Municipal.
Importe : 1.920 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Esta obra consta de 2 fases. La fase A (Escuela de Música)
se terminó en 2012 y se financió con la aportación de 1.540.000 €
provenientes del Instituto de las Artes Escénicas y de la Música. La fase
B (Teatro-Auditorio) quedó sin realizar pero con el compromiso de
financiación por parte del Instituto de las Artes Escénicas y de la
Música.




Página
3758






ENMIENDA NÚM. 5.495
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 100 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 100 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 100 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335A. Música y danza.Concepto : 46. Ajuntament de Les Preses
para la organización del Festival Esdansa.
Importe : 100 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.
ENMIENDA NÚM. 5.496
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte




Página
3759






Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 100 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 100 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 100 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335A. Música y danza.Concepto : 46. Ajuntament de Cadaqués para
el Festival Internacional de Música de Cadaqués.
Importe : 100 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.
ENMIENDA NÚM. 5.497
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 100 (miles de euros).




Página
3760






BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 100 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 100 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335A. Música y danza.Concepto : 46. Ajuntament de Vilabertran
para la organización de la Schubertíada.
Importe : 100 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.
ENMIENDA NÚM. 5.498
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 100 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 100 (miles de euros).




Página
3761






Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 100 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335A. Música y danza.Concepto : 48. Joventuts Musicals de
Torroella de Montgrí para el Festival de Música de Montgrí.
Importe : 100 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.
ENMIENDA NÚM. 5.499
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 100 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 100 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 100 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.




Página
3762






Programa : 335A. Música y danza.Concepto : 46. Ajuntament de Sant Feliu de
Guixols para el Festival de verano de la Porta Ferrada.
Importe : 100 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.
ENMIENDA NÚM. 5.500
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 150 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 150 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 150 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335A. Música y danza.Concepto : 78. Ajuntament de Tremp.
Finalizar escuela municipal de música.
Importe : 150 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Acondicionamiento del espacio edificado para la finalidad de
instalar la escuela municipal de música.




Página
3763






ENMIENDA NÚM. 5.501
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 100 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 100 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 100 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335A. Música y danza.Concepto : 46. Ajuntament de Rialp.
Festival de Música de la vil-la de Rialp.
Importe : 100 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Gastos de Organización de la XVII edición del Festival de
Música Vila de Rialp. Celebración de 11 conciertos de música clásica,
Concurso de Piano Romántico 'Mario Calado' y celebración de un ciclo de
conferencias sobre la cultura en el momento actual.




Página
3764






ENMIENDA NÚM. 5.502
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 150 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 150 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 150 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335A. Música y danza.Concepto : 76. Ajuntament de Rialp.
Finalizar la escuela de música.
Importe : 150 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Acondicionamiento del espacio edificado para la finalidad de
instalar la escuela municipal de música.
ENMIENDA NÚM. 5.503
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte




Página
3765






Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 300 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 300 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 300 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335A. Música y danza.Concepto : 76. Ajuntament de Rialp.
Auditori.
Importe : 300 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Construcción del Auditorio de Rialp. Equipamiento destinado
a eventos culturales y como sede de conciertos del Festival de Música
Vila de Rialp. Sede de la Escuela de Música del Pallars.
ENMIENDA NÚM. 5.504
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 100 (miles de euros).




Página
3766






BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 100 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 100 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335A. Música y danza.Concepto : 78. Festival de Música Antiga
dels Pirineus.
Importe : 100 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Se trata de un festival de música antigua donde participan
un total de 36 municipios en todo el ámbito del pirineo. Una oportunidad
cultural sin precedente para estas zonas rurales.
ENMIENDA NÚM. 5.505
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 30 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 30 (miles de euros).




Página
3767






Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música:
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 30 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335A. Música y danza.Concepto : 78. Ajuntament d'Esterri
d'Aneu. Esbaiola't. Festival de teatro para todos los públicos.
Importe : 30 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Esbaiola't, es un festival de referencia en la provincia de
Lérida y un gran instrumento de promoción turística y económica para la
zona.
ENMIENDA NÚM. 5.506
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 500 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 500 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música:
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 500 (miles de euros).




Página
3768






ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335A. Música y danza.Concepto : 48. Confederación de Juventudes
Musicales de España.
Importe : 500 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.
ENMIENDA NÚM. 5.507
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 183 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 183 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música:
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 183 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335B. Teatro.Concepto : 48322. Fundació Teatre Lliure.
Importe : 183 (miles de euros).




Página
3769






JUSTIFICACIÓN Para establecer la misma dotación presupuestaría que en los
PGE de 2011.
ENMIENDA NÚM. 5.508
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 716. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 11 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 11 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música:
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 11 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335B. Teatro.Concepto : 783. Fundación Teatro Lliure-Teatre
Public para la reforma del Teatre Lliure de Gracia.
Importe : 11 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para establecer la misma dotación presupuestaría que en los
PGE de 2011.




Página
3770






ENMIENDA NÚM. 5.509
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 112 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 112 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música:
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 112 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335B. Teatro.Concepto : 46. Institut de Cultura de Barcelona
para el Festival de Barcelona GREC.
Importe : 112 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar ai proyecto de referencia.
ENMIENDA NÚM. 5.510
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte




Página
3771






Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 716. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 175 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 175 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música:
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 175 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335B. Teatro.Concepto : 742. Consorcio de Rehabilitación de
Teatros de Barcelona para ayudas a la rehabilitación de teatros privados
de Barcelona.
Importe : 175 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para establecer la misma dotación presupuestaría que en los
PGE de 2011.
ENMIENDA NÚM. 5.511
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 300 (miles de euros).




Página
3772






BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 300 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música:
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 300 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335B. Teatro.Concepto : 48. Serveis Scenics Romea para
actividades teatrales.
Importe : 300 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.
ENMIENDA NÚM. 5.512
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 79 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 79 (miles de euros).




Página
3773






Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música:
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 79 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335B. Teatro.Concepto : 48. Fundació Sala Beckett, Obrador
Internacional de Dramaturgia, para actividades teatrales.
Importe : 79 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.
ENMIENDA NÚM. 5.513
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 100 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 100 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música:
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 100 (miles de euros).




Página
3774






ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335B. Teatro.Concepto : 46. Ajuntament de Cornellà de Llobregat
para el Festival Internacional de Payasos Memorial Charlie Rivel.
Importe : 100 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.
ENMIENDA NÚM. 5.514
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de MODIFICAR el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 100 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 100 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música:
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 100 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335B. Teatro.Concepto : 46. Consorci del Teatro Fortuny de Reus
para la feria de circo 'TRAPEZI'.
Importe : 100 (miles de euros).




Página
3775






JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.
ENMIENDA NÚM. 5.515
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 21 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 21 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES
ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 21 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335B. Teatro.Concepto : 46406. Entidad Pública Empresarial
Local Fira del Teatre al Carrer de Tárrega para la 'Fira de Teatre al
Carrer'.
Importe : 21 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para establecer la misma dotación presupuestaria que en los
PGE de 2011.




Página
3776






ENMIENDA NÚM. 5.516
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Importe : 100 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 100 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES
ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 100 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 107. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335B. Teatro.Concepto : 46. Ajuntament de Girona para el
Festival Temporada Alta.
Importe : 100 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.
ENMIENDA NÚM. 5.517
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte




Página
3777






Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaria de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 414. Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales.
Importe : 4.708 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 4.708 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE
LAS ARTES AUDIOVISUALES
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 4.708 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 103. Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales.
Programa : 335C. Cinematografía.Concepto : 48. Instituciones sin ánimo de
lucro para el Fomento de la producción, distribución y promoción de la
industria cinematográfica y audiovisual en lenguas cooficiales.
Importe : 4.708 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN El artículo 36 de la Ley 55/2007, del cine, especifica que
con la voluntad de atender al fomento y la protección del uso de las
lenguas cooficiales diferentes al castellano en la cinematografía y el
audiovisual se establecerá un fondo de ayudas o créditos específicos que
serán transferidos en su integridad a los organismos competentes de las
comunidades autónomas.
ENMIENDA NÚM. 5.518
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:




Página
3778






ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 414. Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales.
Importe : 990 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 990 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE
LAS ARTES AUDIOVISUALES
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 990 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 103. Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales.
Programa : 335C. Cinematografía.Concepto : 48. Ayudas a salas de
exhibición a través de instituciones sin ánimo de lucro.
Importe : 990 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.
ENMIENDA NÚM. 5.519
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 414. Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales.
Importe : 90 (miles de euros).




Página
3779






BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 90 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE
LAS ARTES AUDIOVISUALES
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 90 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 103. Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales.
Programa : 335C. Cinematografía.Concepto : 48. Fundación SITGES Festival
Internacional de Cinema Fantástic de Catalunya.
Importe : 90 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para ayudar al Festival de Sitges en un importe equiparable
a los que reciben los festivales de Huelva, Málaga o Donostia.
ENMIENDA NÚM. 5.520
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 414. Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales.
Importe : 600 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 600 (miles de euros).




Página
3780






REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE
LAS ARTES AUDIOVISUALES
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 600 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 103. Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales.
Programa : 335C. Cinematografía.Concepto : 48. Ayudas al desarrollo de
guiones.
Importe : 600 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN El guión es el I+D+I en el sector audiovisual, invertir aquí
es invertir en creación. Esta partida desapareció por las restricciones
en época de crisis, así que es el momento de recuperarlas.
ENMIENDA NÚM. 5.521
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 9. Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 414. Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales.
Importe : 600 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 600 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE
LAS ARTES AUDIOVISUALES
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 600 (miles de euros).




Página
3781






ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 103. Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales.
Programa : 335C. Cinematografía.Concepto : 48. Ajuntament del Vendrell.
Restauración del cinema Brisamar.
Importe : 600 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN El edificio del cinema Brisamar es uno de los emblemas del
turismo de vacaciones en el barrio marítimo de coma-ruga. Se propone la
reapertura después de 10 años cerrado para dinamizar social y
turísticamente la zona.
ENMIENDA NÚM. 5.522
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de !a Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 1. Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales,
Programa : 000 X. Transferencias internas.



Artículo; 410. Consejo Superior de Deportes.
Importe : 2.500 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 2.500 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 2.500 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 106. Consejo Superior de Deportes.
Programa : 336A. Fomento y apoyo de las actividades deportivas.Concepto :
45603. Centro de Alto Rendimiento de Sant Cugat (Barcelona) para gastos
de funcionamiento.
Importe : 2.500 (miles de euros).




Página
3782






JUSTIFICACIÓN Contribución a los gastos de funcionamiento del Centro de
Alto Rendimiento para el entrenamiento de los atletas.
ENMIENDA NÚM. 5.523
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 1. Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 710. Consejo Superior de Deportes.
Importe : 2.550 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 2.550 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 2.550 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 106. Consejo Superior de Deportes.
Programa : 336A. Fomento y apoyo de las actividades deportivas.Concepto :
75103. Al Centro de Alto Rendimiento de Sant Cugat (Barcelona) para
construcción de nuevas instalaciones deportivas y modernización..
Importe : 2.550 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Contribución a la inversión del nuevo modulo de
entrenamiento del Centro de Alto Rendimiento.




Página
3783






ENMIENDA NÚM. 5.524
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 1. Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 410. Consejo Superior de Deportes.
Importe : 1.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 1.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 1.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 106. Consejo Superior de Deportes.
Programa : 336A. Fomento y apoyo de las actividades deportivas.Concepto :
76. Ajuntament de Taradell para la construcción de la piscina municipal.
Importe : 1.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Contribución a los gastos de funcionamiento del Centro de
Alto Rendimiento para el entrenamiento de los atletas.




Página
3784






ENMIENDA NÚM. 5.525
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 1. Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 410. Consejo Superior de Deportes.
Importe : 2.550 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 2.550 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Consejo Superior de Deportes:
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 2.550 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 106. Consejo Superior de Deportes.
Programa : 336A. Fomento y apoyo de las actividades deportivas.Concepto :
46. Ajuntament de Calella para la realización de la prueba deportiva
Ironman Barcelona - Calella.
Importe : 2.550 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.




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3785






ENMIENDA NÚM. 5.526
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 1. Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 410. Consejo Superior de Deportes.
Importe : 1.450 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 1.450 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Consejo Superior de Deportes:
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 1.450 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 106. Consejo Superior de Deportes.
Programa : 336A. Fomento y apoyo de las actividades deportivas.Concepto :
76. Ajuntament de Santa Coloma de Gramanet. Mejoras y adecuación del
polideportivo 'Pavelló Municipal d'Esports' o 'Pavelló Nou' de Santa
Coloma de Gramenet.
Importe : 1.450 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Según ha solicitado la LNFS (Liga Nacional de fútbol sala)
para la temporada 2018-2019 se han de realizar reformas urgentes en el
pavellón nuevo (cr. Mosen Jacint Verdaguer 22-24) para que el equipo de
1.a división nacional (Catgas energía Santa coloma) pueda continuar
jugando. Reformar según normativa (vestuario, zona para premsa,
iluminación, acceso...).




Página
3786






ENMIENDA NÚM. 5.527
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 1. Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales.
Programa : 000 X. Transferencias Internas.
Artículo: 410. Consejo Superior de Deportes.
Importe : 4.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 4.000 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Consejo Superior de Deportes:
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 4.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 106. Consejo Superior de Deportes.
Programa : 336A. Fomento y apoyo de las actividades deportivas.Concepto :
46. Ajuntament de Tarragona para la organización de los Juegos Olímpicos
del Mediterráneo.
Importe : 4.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN De la misma manera que las instituciones, Ayuntamiento de
Tarragona, Generalitat de Catalunya y Diputación de Tarragona están
llevando a cabo aportaciones económicas para que éstos juegos puedan
llevarse a cabo, el Gobierno Central debe llevar a cabo aportaciones
económicas superiores a las anunciadas para que no se vuelva a retrasar
un año más por no aportar los recursos necesarios.




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3787






ENMIENDA NÚM. 5.528
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 1. Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 410. Consejo Superior de Deportes.
Importe : 100 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 100 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Consejo Superior de Deportes:
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 100 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 106. Consejo Superior de Deportes.
Programa : 336A. Fomento y apoyo de las actividades deportivas.Concepto :
46. Ajuntament de les Borges Blanques para en Centro de formación
deportiva y tecnificación del tenis de mesa.
Importe : 100 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.




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3788






ENMIENDA NÚM. 5.529
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 1. Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 410. Consejo Superior de Deportes.
Importe : 3.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 3.000 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Consejo Superior de Deportes
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 3.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 106. Consejo Superior de Deportes.
Programa : 336A. Fomento y apoyo de las actividades deportivas.Concepto :
76. Ajuntament d'Esterri d'Àneu. Pabellón polldeportivo tipo PAV-2.
Importe : 3.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Esterri d'Àneu, cumple con las condiciones de capital de
cuatro municipios, acogiendo escolares y vecinos en sus Instalaciones. La
necesidad de tener un complejo deportivo es prioritaria para mejorar la
calidad de vida de nuestros ciudadanos.




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3789






ENMIENDA NÚM. 5.530
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 1. Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 410. Consejo Superior de Deportes.
Importe : 450 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 450 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Consejo Superior de Deportes:
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Importe : 450 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Organismo: 106. Consejo Superior de Deportes.
Programa : 336A. Fomento y apoyo de las actividades deportivas.Concepto :
76. Ayuntamiento de Organyà. Proyecto impulso turismo Deportivo. Organyà
2020.
Importe : 450 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Proyecto de mejora de las instalaciones deportivas, para
posicionar a nivel internacional la práctica del parapente. La zona de
vuelo de Organyà (Lleida) dispone de unas condiciones térmicas
excepcionales únicas en toda Europa, teniendo la consideración de mejor
destino europeo, para la práctica de la especialidad de Acrobacia.
Organyà, es un referente mundial en esta especialidad, que atrae
deportistas de todo el mundo, espcialmente europeos, argentinos,
australianos, estadounidenses, etc.




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3790






ENMIENDA NÚM. 5.531
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 19.
Ministerio de Empleo y Seguridad Social



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 19. Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Servicio : 3. Secretaría de Estado de Empleo.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 412. Servicio Público de Empleo Estatal.
Importe : 19.029 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 19.029 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Servicio Público de Empleo Estatal:
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente dei Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.
Importe : 19.029 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 19. Ministerio de Empleo y Seguridad Social.



Organismo: 101. Servicio Público de Empleo Estatal.
Programa : 241A. Fomento de la inserción y estabilidad laboral.Concepto :
46. Planes de reinserción, mejora de la capacidad de ocupación de
demandantes de empleo y fomento del desarrollo local.
Importe : 19.029 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN El ámbito local sigue siendo el principal escenario donde se
desarrollan las diversas políticas activas de empleo y de fomento de los
emprendedores. Por ello, consideramos que los presupuestos generales del
estado deben contener medidas dirigidas a reconocer la dimensión local de
la política de empleos, instando a que, se establezcan los mecanismos de
colaboración oportunos y de participación para la ejecución de los
programas y medidas para la creación de empleo. Las Entidades locales son
un elemento clave para lograr una mayor efectividad en las políticas
activas de empleo, ya que su cercanía al territorio y al ciudadano, las
convierten en elementos de garantía en el uso racional de los recursos
públicos, priorizando su aplicación a los colectivos más desfavorecidos y
con un menor grado de empleabilidad. Por todo ello se propone la partida
presupuestaria que ya existía en 2011 y por el mismo importe, 19.028,32
(miles de euros).




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3791






ENMIENDA NÚM. 5.532
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 19.
Ministerio de Empleo y Seguridad Social



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 19. Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Servicio : 3. Secretaria de Estado de Empleo.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 412. Servicio Público de Empleo Estatal.
Importe : 237.200 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 237.200 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Servicio Público de Empleo Estatal:
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.
Importe : 237.200 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 19. Ministerio de Empleo y Seguridad Social.



Organismo: 101. Servicio Público de Empleo Estatal.
Programa : 241A. Fomento de la inserción y estabilidad laboral.Concepto :
454. Gestión por Comunidades Autónomas de acciones y medidas de políticas
activas de empleo: empleo y formación.
Importe : 237.200 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Compensar el descenso del presupuesto asignado a las CC.AA
para políticas activas que se ha materializado en los últimos ejercicios.
Se propone apostar decididamente por las políticas activas para mejorar
la situación del mercado de trabajo.




Página
3792






ENMIENDA NÚM. 5.533
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 19.
Ministerio de Empleo y Seguridad Social



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 19. Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Servicio : 3. Secretaría de Estado de Empleo.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 412. Servicio Público de Empleo Estatal.
Importe : 950.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 950.000 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos del Servicio Público de Empleo Estatal:
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.
Importe : 950.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 19. Ministerio de Empleo y Seguridad Social.



Organismo: 101. Servicio Público de Empleo Estatal.
Programa : 241A. Fomento de la inserción y estabilidad laboral.Concepto :
459. Prefinanciación de los importes que las CCAA deben destinar a la
implantación y desarrollo del Sistema de Garantía Juvenil.
Importe : 950.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Posibilitar la financiación por parte de las CC.AA de las
actuaciones destinadas a implementar y desarrollar el Sistema de Garantía
Juvenil.




Página
3793






ENMIENDA NÚM. 5.534
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 4. Secretaría de Estado de Medio Ambiente.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 710. Parques Nacionales.
Importe : 5.775 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 5.775 (miles de euros).



Repercusión en los Presupuestos de Parques Nacionales:
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 5.775 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Organismo: 101. Parques Nacionales.
Programa : 456 C. Protección y mejora del medio natural.Concepto : 75.
Compensaciones socioeconómicas a las áreas de influencia del Pare
Nacional Aigüestortes i Estany de Sant Maurici.
Importe : 5.775 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Se propone con esta enmienda garantizar unos recursos
suficientes en el Parc Nacional Aigüestortes i Estany de Sant Mauricique
le permitan alcanzar un grado óptimo de conservación del medio natural y
de la biodiversidad.




Página
3794






ENMIENDA NÚM. 5.535
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 4. Secretaría de Estado de Medio Ambiente.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 710. Parques Nacionales.
Importe : 1.500 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 1.500 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE PARQUES NACIONALES
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 1.500 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Organismo: 101. Parques Nacionales.
Programa : 456 C. Protección y mejora del medio natural.Concepto : 75.
Pare Nacional d'Aigüestortes i Llac de Sant Maurici. Compensación por los
desfases en la recepción de los recursos que recibe en relación a los
otros parques nacionales.
Importe : 1.500 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.




Página
3795






ENMIENDA NÚM. 5.536
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 4. Secretaría de Estado de Medio Ambiente.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 710. Parques Nacionales.
Importe : 2.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 2.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE PARQUES NACIONALES ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 2.000 miles de euros.
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Organismo: 101. Parques Nacionales.
Programa : 456 C. Protección y mejora del medio natural.Concepto : 75.
Centre de interpretado d'Espot i Centre de ¡nterpretació de Boí.
Importe : 2.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.




Página
3796






ENMIENDA NÚM. 5.537
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 11. Secretaría General de Agricultura y Alimentación.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 712. Agencia de Información y Control Alimentarios.
Importe : 500 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 500 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA AGENCIA DE INFORMACIÓN Y CONTROL
ALIMENTARIOS
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corrientes procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 500 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Organismo: 112. Agencia de Información y Control Alimentarios.
Programa : 412M. Regulación de los mercados agrarios.Concepto : 48.
Convenios de colaboración con las OPAs para la implantación y difusión de
las medidas contempladas en la Ley de Mejora de la Cadena Alimentaria.
Importe : 500 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Hasta el momento el grado de conocimiento por parte del
sector primario respecto a los derechos y obligaciones establecidos en la
Ley 12/2013 de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena
alimentaria es minoritario. El esfuerzo de difusión realizado por el
Ministerio y organizaciones como COAG, con recursos propios, ha sido
notable pero aún no ha alcanzado a un número notable de agricultores y
ganaderos, por su elevado número y grado de dispersión.




Página
3797






ENMIENDA NÚM. 5.538
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 11. Secretaría General de Agricultura y Alimentación.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 713. Fondo Español de Garantía Agraria.
Importe : 88.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 88.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 88.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Organismo: 114. Fondo Español de Garantía Agraria.
Programa : 414 B. Desarrollo del medio rural.Concepto : 75. Financiación
adicional para Catalunya al programa PDR 2014-2020.
Importe : 88.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN En nuestra opinión, la aportación económica inicial en los
PGE 2016, no responde por insuficiente a lo que correspondería en justa
medida, dado que existe una disminución de las aportaciones del Estado al
PDR de Cataluña del 75%.



Se propone modificar al alza la partida inicial propuesta, con el
suplemento expuesto en la enmienda de 88.084.348'22 €.



Es por tanto basándose en estos acuerdos , y para no poner en peligro los
objetivos acordados en el programa de Desarrollo Rural y en aras de
conseguir los objetivos fijados en el marco de los rendimientos de los
programas, que solicitamos tal ajuste para su ejecución inmediata en
2016.




Página
3798






ENMIENDA NÚM. 5.539
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 11. Secretaría General de Agricultura y Alimentación.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 713. Fondo Español de Garantía Agraria.
Importe : 2.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 2.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 2.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Organismo: 114. Fondo Español de Garantía Agraria.
Programa : 414 B. Desarrollo del medio rural.Concepto : 75. Programa de
Desarrollo Rural en Comarcas de Terres d'Ebre.
Importe : 2.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.




Página
3799






ENMIENDA NÚM. 5.540
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 11. Secretaría General de Agricultura y Alimentación.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 713. Fondo Español de Garantía Agraria.
Importe : 2.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 2.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 2.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Organismo: 114. Fondo Español de Garantía Agraria.
Programa : 414 B. Desarrollo del medio rural.Concepto : 75. Programa de
Desarrollo Rural en la Comarca del Pallars Jussá.
Importe : 2.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.




Página
3800






ENMIENDA NÚM. 5.541
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 11. Secretaría General de Agricultura y Alimentación.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 713. Fondo Español de Garantía Agraria.
Importe : 2.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 2.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 2.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Organismo: 114. Fondo Español de Garantía Agraria.
Programa : 414 B. Desarrollo del medio rural.Concepto : 75. Programa de
Desarrollo Rural en la Comarca del Pallars Sobirá.
Importe : 2.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.




Página
3801






ENMIENDA NÚM. 5.542
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 11. Secretaría General de Agricultura y Alimentación.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 713. Fondo Español de Garantía Agraria.
Importe : 2.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 2.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 2.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Organismo: 114. Fondo Español de Garantía Agraria.
Programa : 414 B. Desarrollo del medio rural.Concepto : 75. Programa de
Desarrollo Rural para la Ribagorza catalana y aragonesa.
Importe : 2.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.




Página
3802






ENMIENDA NÚM. 5.543
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 11. Secretaría General de Agricultura y Alimentación.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 413. Fondo Español de Garantía Agraria.
Importe : 107.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 107.000 ((miles de euros)).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corrientes procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 107.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Organismo: 114. Fondo Español de Garantía Agraria.
Programa : 414 B. Desarrollo del medio rural.Concepto : 45. A comunidades
autónomas. Fondos europeos para ayuda alimentaria a los desfavorecidos.
Importe : 107.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.




Página
3803






ENMIENDA NÚM. 5.544
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 2.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 2.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 2.000 miles de euros.
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Mantenimiento y conservación de cauces hidráulicos en el ámbito de la
Cuenca del Ebro en Catalunya.
Importe : 2.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN La Generalitat desarrolla la conservación y el mantenimiento
de los cauces hidráulicos de las cuencas internas de Catalunya de acuerdo
con el régimen competencial establecido. Sin embargo, el mantenimiento y
conservación de los cauces de las cuencas hidrográficas del Ebro y del
Júcar es competencia de las confederaciones hidrográficas respectivas.



El proyecto de presupuestos para 2016 prevé una partida a favor de la
confederación hidrográfica del Ebro de 274.850C para dicho fin, mientras
que el de la Confederación del Júcar no prevé ninguna partida. Dadas las
necesidades estimadas por la Generalitat en ambas cuencas, se solicita la
contribución del Estado para el mantenimiento y conservación de los
cauces hidráulicos en el ámbito de las cuencas del Ebro y del Júcar en
Catalunya por valor de 2 M€.




Página
3804






ENMIENDA NÚM. 5.545
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Importe : 3.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 3.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 3.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Reparación de caminos de la CHE que discurren por los municipios de
Alcarrás, Lleida, Soses, Raimat, Gimenells y Pía de la Font y Almacelles.
Importe : 3.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN La Confederación Hidrográfica del Ebro es titular de una
extensa red de caminos del término municipal de Lleida que se encuentran
en estado pésimo. Estos caminos son imprescindibles para la actividad
agraria del municipio.




Página
3805






ENMIENDA NÚM. 5.546
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Importe : 7.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 7.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 7.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 75.
Generalitat de Catalunya. Finalización obras del canal Segarra-Garrigues.
Importe : 7.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Finalización del proyecto de las obras del canal
Segarra-Garrigues y puesta en marcha de la fase de riego del canal.




Página
3806






ENMIENDA NÚM. 5.547
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Importe : 2.800 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 2.800 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 2.800 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 75. Mejora
de caminos en la Zona regable del Segarra-Garrigues 2.ª fase.
Importe : 2.800 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Mejora de los caminos de la zona regable del
Segarra-Garrigues en su primera y segunda fase.




Página
3807






ENMIENDA NÚM. 5.548
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Importe : 500 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de ¡os Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 500 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 500 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Construcción de las defensas hidráulicas del rio en su paso por el núcleo
de Rialp..
Importe : 500 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN El pueblo de Rialp, se encuentra situado en la ribera del
rio Noguera Pallaresa. A causa del régimen hídrico del citado rio y sus
características geográficas, con frecuencia se producen crecidas
relacionadas con el deshielo primaveral y las lluvias estacionales del
otoño. Muestra de la situación descrita ha sido la riada del pasado mes
de junio de 2013 que afectó gravemente el Valle de Aran y, en menor
medida la Comarca del Pallars Sobirá. En concreto en el núcleo de
población de Rialp se produjo una situación de emergencia que se resolvió
afortunadamente sin daños personales pero con cuantiosos daños
materiales. Para evitar dicha situación se considera muy necesario y
importante finalizar los trabajos de construcción de las defensas
hidráulicas del rio en su paso por el núcleo de Rialp. A fecha de hoy se
ha ejecutado una primera fase, por parte de la Confederación Hidrográfica
del Ebro que ha resuelto parte del problema existente en la parte norte
del casco urbano. (Partida incluida en los presupuestos del Estado del
año 2008, ejecutada el ejercicio de 2010).




Página
3808






ENMIENDA NÚM. 5.549
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Importe : 250 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 250 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 250 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61. Mejora
y Limpieza del cauce del río Sant Antoni (en el municipio de Rialp).
Importe : 250 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Actuación de limpieza y dragado del cauce del río Sant
Antoni en su confluencia con el río Noguera Pallaresa (Cuenca del Ebro),
en el tramo que discurre por el Casco Urbano de Rialp. Actuación de
prevención de riesgo de inundaciones.




Página
3809






ENMIENDA NÚM. 5.550
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente. Servicio: 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Importe : 200 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 200 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 200 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Ajuntament d'Esterri d'Áneu.Limpieza Cauce del río Noguera Pallaresa
desde el embalse de Boren hasta el embalse de la Torrassa.
Importe : 200 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN La proliferación del bosque de ribera y la gran cantidad de
árboles caídos, están creando un problema de flujo en los casos de
avenidas repentinas. Pudiendo producir daños considerables.




Página
3810






ENMIENDA NÚM. 5.551
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Importe : 300 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 300 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 300 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Ajuntament d'Esterri d'Áneu. Mejoras barreras hidráulicas frente
inundaciones.
Importe : 300 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Debido a las últimas Inundaciones que afectaron el Pirineo,
las cimentaciones de los muros de protección del río Noguera Pallaresa, a
su paso por el pueblo de Esterri d'Áneu, quedaron descubiertas, en éstas
condiciones no se puede asegurar que puedan aguantar otra acometida
fuerte de agua con las considerables consecuencias que esto acarrearía en
el pueblo de Esterri d'Áneu, a causa de las inundaciones provocadas por
este motivo.




Página
3811






ENMIENDA NÚM. 5.552
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Importe : 25.915 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 25.915 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 25.915 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb: Proyecto de dique de cola, protección y adecuación
ambiental de la cola del embalse de Rialb a Oliana y Peramola - Clave:
09.129.279/2101 - Contrapresa de la cola del embalse de Rlalb - Clave:
09.129.233/2111..
Importe : 25.915 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Con este proyecto se desarrollaría el sector turístico que
debe tener una relación en simbiosis con el paisaje y el medio ambiente,
este sector es el que está menos desarrollado en esta zona, aun teniendo
el mayor potencial de crecimiento. Es importante que la población de
estos municipios esté preparada para recibir los nuevos retos que el
futuro plantea. Esta actuación será muy beneficiosa para los municipios
de Oliana, Peramola, Bassella y del resto de la comarca, en tanto que se
generaría riqueza y puestos de trabajo.




Página
3812






ENMIENDA NÚM. 5.553
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Importe : 11.339 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 11.339 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 11.339 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb: restablecimiento de calles laterales a la variante
C-1313 en el tramo urbano de Ponts. Ajuntament de Ponts.
Importe : 11.339 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN En este proyecto se recogen una serie de actuaciones, con el
fin de corregir, compensar o adecuar algunas alteraciones provocadas por
el embalse y para reforzar los aspectos positivos del mismo.




Página
3813






ENMIENDA NÚM. 5.554
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Importe : 2.455 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 2.455 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 2.455 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb: riegos compensación Peramola, Bassella margen
derecho. Fase 2 del proyecto de concesión.
Importe : 2.455 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Obra pendiente de realizar de las comprometidas,
compensatorias de la construcción del embalse de Rialb.




Página
3814






ENMIENDA NÚM. 5.555
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 21.768 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 21.768 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 21.768 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb. Riegos de compensación Baronía de Rialb, Bassella
(Mirambell) y Tiurana. Fase 1.
Importe : 21.768 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Obra prioritaria de las pendientes compensatorias de la
construcción del embalse de Rialb.
ENMIENDA NÚM. 5.556
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente




Página
3815






Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 2.067 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 2.067 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 2.067 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb: proyecto de protección de la piscifactoría del río
Rialb terminación caminos perimetrales margen derecha. Clave:
09.129.303/2111.
Importe : 2.067 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Obra prioritaria dentro de las pendientes compensatorias de
la construcción del embalse de Rialb.
ENMIENDA NÚM. 5.557
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 234 (miles de euros).




Página
3816






BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 234 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente dei Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 234 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb. Embarcador Tiurana Barranc-Era de les Bruixes.
Clave: 09.129.250/2111 'Proyecto de adecuación ambiental del entorno de
la presa de Rialb'.
Importe : 234 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Se pretende contribuir a lograr un uso y un desarrollo
turístico moderado y de calidad del entorno del embalse de Rialb, que
respete los recursos naturales, culturales existentes y que resulte
compatible con las actividades tradicionales. El fomento del turismo y de
los posibles usos se orienta a diversificar las actividades económicas ya
crear nuevas posibilidades de trabajo que estabilizado la población de la
zona.
ENMIENDA NÚM. 5.558
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 220 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.




Página
3817






Importe : 220 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 220 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb: actuac¡ones en Tiurana. Clave: 09.129.250/2111
'Proyecto de adecuación ambiental del entorno de la presa de Rialb'.
Importe : 220 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN En este proyecto se recogen una serie de actuaciones, con el
fin de corregir, compensar o adecuar algunas alteraciones provocadas por
el embalse y para reforzar los aspectos positivos del mismo. Estas
actuaciones se llevan a cabo en Tiurana.
ENMIENDA NÚM. 5.559
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 19 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 19 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 19 (miles de euros).




Página
3818






ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb. Señalización restos arqueológicos. Clave:
09.129.250/2111 'Proyecto de adecuación ambiental del entorno de la presa
de Rialb'.
Importe : 19 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN En este proyecto se recogen una serie de actuaciones, con el
fin de corregir, compensar o adecuar algunas alteraciones provocadas por
el embalse y para reforzar los aspectos positivos del mismo. Estas
actuaciones se llevan a cabo en Tiurana.
ENMIENDA NÚM. 5.560
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 2.328 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 2.328 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 2.328 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb. Proyecto Regadíos de Transformación en Riego de
Gualter y Vilaplana. Tm Baronía de Rialb.
Importe : 2.328 (miles de euros).




Página
3819






JUSTIFICACIÓN Obra prioritaria dentro de las pendientes compensatorias de
la construcción del Embalse de Riaib.
ENMIENDA NÚM. 5.561
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 216 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 216 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 216 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb. Mirador Presa de Rialb. Clave : 09.129.250/2111.
Importe : 216 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN En este proyecto se recogen una serie de actuaciones, con el
fin de corregir, compensar o adecuar algunas alteraciones provocadas por
el embalse y para reforzar los aspectos positivos del mismo. Estas
actuaciones se llevan a cabo en Baronía de Rialb.




Página
3820






ENMIENDA NÚM. 5.562
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 89 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 89 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 89 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb. Adecuación entorno San Girvés. Clave :
09.129.250/2111.
Importe : 89 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN En este proyecto se recogen una serie de actuaciones, con el
fin de corregir, compensar o adecuar algunas alteraciones provocadas por
el embalse y para reforzar los aspectos positivos del mismo. Estas
actuaciones se llevan a cabo en Baronía de Rialb.




Página
3821






ENMIENDA NÚM. 5.563
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 120 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 120 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 120 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb. Acceso y Embarcadero Pomanyons. Clave :
09.129.250/2111.
Importe : 120 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN En este proyecto se recogen una serie de actuaciones, con el
fin de corregir, compensar o adecuar algunas alteraciones provocadas por
el embalse y para reforzar los aspectos positivos del mismo. Estas
actuaciones se llevan a cabo en Baronía de Rialb.




Página
3822






ENMIENDA NÚM. 5.564
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 52 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 52 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 52 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb. Acceso y Embarcadero Vilaplana. Clave:
09.129.250/2111.
Importe : 52 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN En este proyecto se recogen una serie de actuaciones, con el
fin de corregir, compensar o adecuar algunas alteraciones provocadas por
el embalse y para reforzar los aspectos positivos del mismo. Estas
actuaciones se llevan a cabo en Baronía de Rialb.




Página
3823






ENMIENDA NÚM. 5.565
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente. Servicio: 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 1.362 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 1.362 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 1.362 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb. Presa de Cola Rio Rialb. Clave : C-Vr-04913.
Importe : 1.362 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Obra prioritaria dentro de las pendientes compensatorias de
la construcción del embalse de Rialb.
ENMIENDA NÚM. 5.566
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente




Página
3824






Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente. Servicio: 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 100 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 100 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 100 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb. Rutas vía perimetral usos pie, bicicleta. Clave:
09.129.250/2111.
Importe : 100 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Se pretende contribuir a lograr un uso y un desarrollo
turístico moderado y de calidad del entorno del embalse de Rialb, que
respete los recursos naturales, culturales existentes y que resulte
compatible con las actividades tradicionales. El fomento del turismo y de
los posibles usos se orienta a diversificar las actividades económicas ya
crear nuevas posibilidades de trabajo que estabilizado la población de la
zona.
ENMIENDA NÚM. 5.567
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente. Servicio: 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.




Página
3825






Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 200 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 200 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 200 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb. Accesos pavimento bituminoso a masías y núcleo
Torra. Tm Baronía Rialb. Clave: 09.129.250/2111.
Importe : 200 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Obra prioritaria dentro de las pendientes compensatorias de
la construcción del embalse de Rialb.
ENMIENDA NÚM. 5.568
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente. Servicio: 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 815 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 815 (miles de euros).




Página
3826






REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 815 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb. Adecaución Parque De Ogern. Clave: 09.129.250/2111.
Importe : 815 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Obra prioritaria dentro de las pendientes compensatorias de
la construcción del embalse de Rialb.
ENMIENDA NÚM. 5.569
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente. Servicio: 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 78 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 78 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 78 (miles de euros).




Página
3827






ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segrerialb. Demolición puente colgante tm Bassella. Clave:
09.129.250/2111.
Importe : 78 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Obra prioritaria dentro de las pendientes compensatorias de
la construcción del embalse de Rialb.
ENMIENDA NÚM. 5.570
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente. Servicio: 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 966 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 966 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 966 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb. Riegos de compensación TM Bassella margen
izquierdo.
Importe : 966 (miles de euros).




Página
3828






JUSTIFICACIÓN Obra prioritaria dentro de las pendientes compensatorias de
la construcción del embalse de Rialb.
ENMIENDA NÚM. 5.571
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente. Servicio: 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 392 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 392 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 392 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb. Actuaciones itinerarios pista perimetral. Clave:
09.129.250 'Proyecto de adecuación ambiental del entorno de la presa de
Rialb'.
Importe : 392 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN En el entorno del embalse se pueden desarrollar tanto
actividades de paseo, recreativas, contemplación, interpretación de la
naturaleza, como deportivas. Así pues, es preciso en primer lugar
conseguir la integración paisajística del camino perimetral del embalse,
acondicionar espacios como miradores estratégicos por su accesibilidad y
panorámicas, construir embarcaderos en lugares adecuados e introducir
espacios que supongan un ayuda a la colonización por parte de las




Página
3829






ENMIENDA NÚM. 5.572
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente. Servicio: 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 298 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 298 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 298 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci segre Rialb: deforestación del vaso del embalse Clave:
09.129.250 'Proyecto de adecuación ambiental del entorno de la presa de
Rialb'.
Importe : 298 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN También está pendiente completar la deforestación del vaso.
Este proceso de deforestación ya estaba Incluido en el proyecto de la
Presa de Rialb, pero no se pudo hacer en su totalidad, básicamente, por
estar inconcluso el proceso de expropiación del vaso.




Página
3830






ENMIENDA NÚM. 5.573
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente. Servicio: 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 115 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 115 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 115 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre-Rialb. Demolición edificaciones en el vaso del embalse.
Importe : 115 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN (Demolición del puente de bassella , balsas expropiadas
piscifactoría río rialb , depósito campabadal , almacenes bassella)
.obras compensatorias a nivel genérico pendientes de realización.




Página
3831






ENMIENDA NÚM. 5.574
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente. Servicio: 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Importe : 1.031 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 1.031 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRE
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 1.031 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebre.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb. Vertederos margen derecho e izquierdo. Adecuación y
plantación de árboles.
Importe : 1.031 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Obras compensatorias proyecto de impacto ambiental que
quedan pendientes de licitación.




Página
3832






ENMIENDA NÚM. 5.575
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Importe : 21 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios..
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 21 (miles de euros).



Repercusión en los presupuestos de la Confederación Hidrográfica del Ebro.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 21 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Sebro Rialb. Ayudas a la 'AVIFAUNA'.
Importe : 21 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Obras compensatorias proyecto de impacto ambiental que
quedan pendientes de licitación.
ENMIENDA NÚM. 5.576
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:




Página
3833






ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Importe : 298 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 298 (miles de euros).



Repercusión en los presupuestos de la Confederación Hidrográfica del Ebro.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 298 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Riaib. Deforestación del vaso del embalse.
Importe : 298 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Obras compensatorias proyecto de impacto ambiental que
quedan pendientes de licitación.
ENMIENDA NÚM. 5.577
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Importe : 123 (miles de euros).




Página
3834






BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 123 (miles de euros).



Repercusión en los presupuestos de la Confederación Hidrográfica del Ebro.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 123 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre -Rialb. Mantenimiento de zonas verdes. Importe: 123 (miles
de euros).
JUSTIFICACIÓN Obras compensatorias proyecto de impacto ambiental que
quedan pendientes de licitación.
ENMIENDA NÚM. 5.578
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Importe : 64 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 64 (miles de euros).




Página
3835






Repercusión en los presupuestos de la Confederación Hidrográfica del Ebro.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 64 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Consorci Segre Rialb. Elementos divulgativos, señalización elementos
singulares.
Importe : 64 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Obras compensatorias proyecto de impacto ambiental que
quedan pendientes de licitación.
ENMIENDA NÚM. 5.579
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Importe : 5.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 5.000 (miles de euros).



Repercusión en los presupuestos de la Confederación Hidrográfica del Ebro.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 5.000 (miles de euros).




Página
3836






ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Construcción de la segunda fase de las obras de defensa que faltan para
la protección de los núcleos de la Val d'Aran y las obras de retorno a su
lecho la su lecho del Arriu Garona i deis seus afluents.
Importe : 5.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.
ENMIENDA NÚM. 5.580
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Importe : 2.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 2.000 (miles de euros).



Repercusión en los presupuestos de la Confederación Hidrográfica del Ebro.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 2.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Actuaciones de prevención y mejoras ambientales en el Delta del Ebro.
Importe : 2.000 (miles de euros).




Página
3837






JUSTIFICACIÓN Dado la naturaleza del Delta del Ebro y su especial
fragilidad, existen numerosas actuaciones que resultan necesarias, siendo
fas siguientes las más perentorias:



La adecuación de los sifones de la rieras laterales del Ebro.



La mejora ambiental de la desembocadura del Sénia.



Encauzamiento Terres del Ebro (Aldea).



Considerando que las actuaciones de prevención y mejoras ambientales en el
Delta del Ebro son de competencia de la Confederación hidrográfica del
Ebro, se solicita la contribución del Estado para la ejecución de dichas
infraestructuras por valor de 2 M€.
ENMIENDA NÚM. 5.581
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Importe : 1.800 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 1.800 (miles de euros).



Repercusión en los presupuestos de la Confederación Hidrográfica del Ebro.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 1.800 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Acciones preventivas y correctoras en el Assut de Xerta.
Importe : 1.800 (miles de euros).




Página
3838






JUSTIFICACIÓN La Confederación Hidrográfica del Ebro ha realizado, el
pasado mes de agosto, una prueba piloto al Assut de Xerta que ha puesto
de manifiesto la necesidad de realizar una acción preventiva y correctora
para evitar el colapso del mismo.
ENMIENDA NÚM. 5.582
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 71001. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Importe : 34 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 34 (miles de euros).



Repercusión en los presupuestos de la Confederación Hidrográfica del Ebro.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia de capital procedente del Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente.
Importe : 34 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Organismo: 104. Confederación Hidrográfica del Ebro.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.Concepto : 61.
Explotación RIADE.
Importe : 34 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Se trata de una Red ubicada en la cuenca hidrográfica del
Ebro y, por lo tanto, considerando que la competencia de la cuenca del
Ebro corresponde en gran medida a la Administración General del Estado,
se solicita la inclusión del mantenimiento de dichas infraestructuras en
los Presupuestos Generales del Estado por valor de 34.000 €.




Página
3839






ENMIENDA NÚM. 5.583
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 26.
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Servicio : 15. Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto de la Mujer y par ala Igualdad de Oportunidades.
Importe : 1.211 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 1.211 (miles de euros).



Repercusión en los presupuestos del Instituto de la Mujer y para la
Igualdad de Oportunidades.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.
Importe : 1.211 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.



Organismo: 107. Instituto de la Mujer y par ala Igualdad de Oportunidades.
Programa : 232B. Igualdad de oportunidades entre mujeres y
hombres.Concepto : 45. Para programas dirigidos a mujeres.
Importe : 1.211 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN La atención que se deriva de los programas sociales no ha
disminuido en los últimos años, al contrario, la situación económica
provoca un aumento en la demanda de este tipo de atención, por lo que
resulta imprescindible disponer de la financiación que permita el
mantenimiento del nivel de atención en los diferentes ámbitos.




Página
3840






ENMIENDA NÚM. 5.584
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 26.
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Servicio : 15. Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades.
Importe : 150 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 150 (miles de euros).



Repercusión en los presupuestos del Instituto de la Mujer y para la
Igualdad de Oportunidades.
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.
Importe : 150 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.



Organismo: 107. Instituto de la Mujer y par ala Igualdad de Oportunidades.
Programa : 232B. Igualdad de oportunidades entre mujeres y
hombres.Concepto : 45. Políticas de erradicación de cualquier tipo de
discriminación y fomento de valores de igualdad, respeto y tolerancia del
colectivo LGTB.
Importe : 150 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.
ENMIENDA NÚM. 5.585
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 26.
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad




Página
3841






Redacción que se propone:
ALTA Sección: 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Servicio : 15. Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto de la Mujer y par ala Igualdad de Oportunidades.
Importe : 300 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 300 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO DE LA MUJER Y PARA LA
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.
Importe : 300 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.



Organismo: 107. Instituto de la Mujer y par ala Igualdad de Oportunidades.
Programa : 232B. Igualdad de oportunidades entre mujeres y
hombres.Concepto : 45. Ampliación de dos a cuatro semanas de los permisos
de paternidad.
Importe : 300 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.
ENMIENDA NÚM. 5.586
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 26.
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Servicio : 15. Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades.
Importe : 100 (miles de euros).




Página
3842






BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 100 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO DE LA MUJER Y PARA LA
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.
Importe : 100 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.



Organismo: 107. Instituto de la Mujer y par ala Igualdad de Oportunidades.
Programa : 232B. Igualdad de oportunidades entre mujeres y
hombres.Concepto : 45. Generalitat de Catalunya para programas de
igualdad entre mujeres y hombres.
Importe : 100 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. Desde el año 2010 no
se realiza ninguna transferencia.
ENMIENDA NÚM. 5.587
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 26.
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Servicio : 15. Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 416. Instituto de la Mujer y par ala Igualdad de Oportunidades.
Importe : 150 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 150 (miles de euros).




Página
3843






REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO DE LA MUJER Y PARA LA
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.
Importe : 150 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.



Organismo: 107. Instituto de la Mujer y par ala Igualdad de Oportunidades.
Programa : 232B. Igualdad de oportunidades entre mujeres y
hombres.Concepto : 45. Elaboración de los estudios para dar cumplimiento
a las conclusiones aprobadas por la Subcomisión de racionalización
horaria, conciliación y corresponsabilidad, del Congreso de los Diputado.
Importe : 150 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia. Desde el año 2010 no
se realiza ninguna transferencia.
ENMIENDA NÚM. 5.588
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 26.
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Servicio : 15. Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 410. Instituto de la Juventud.
Importe : 2.016 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 2.016 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO DE LA JUVENTUD
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.
Importe : 2.016 (miles de euros).




Página
3844






ALTA EN GASTOS



Sección: 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.



Organismo: 101. Instituto de la Juventud.
Programa : 232A. Promoción y servicios a la juventud.Concepto : 45.



Programas de emancipación de los jóvenes.
Importe : 2.016 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN La atención que se deriva de los programas sociales no ha
disminuido en los últimos años, al contrario, la situación económica
provoca un aumento en la demanda de este tipo de atención, así como la
aplicación de la ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la
autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
ENMIENDA NÚM. 5.589
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 26.
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Servicio : 15. Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 410. Instituto de la Juventud.
Importe : 8.778 (miles de euros).
BAJA Sección: 31, Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 8.778 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO DE LA JUVENTUD
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.
Importe : 8.778 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.



Organismo: 101. Instituto de la Juventud.
Programa : 232A. Promoción y servicios a la juventud.Concepto : 45.




Página
3845






Programas de emancipación de los jóvenes.
Importe : 8.778 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Las Comunidades Autónomas tienen la competencia exclusiva en
estos programas, por tanto deben transferirse los recursos a las CCAA
para su gestión.
ENMIENDA NÚM. 5.590
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 27.
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 27. Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
Servicio : 11. Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e
Innovación.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 43. Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
Importe : 500 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 500 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES
CIENTÍFICAS
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Economía, Industria y
Competitividad.
Importe : 500 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 27. Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.



Organismo: 401. Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
Programa : 463A. Investigación científica.Concepto : 453. Al Consorcio
CSIC-IRTA, Centro de Investigación en Agrigenómica (CRAC).
Importe : 500 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN El centro de investigación indicado es de primer nivel y
debe priorizarse como una apuesta del Estado por la competitividad de
nuestro sistema de ciencia e innovación, y como un activo de excelencia
ante la comunidad internacional. Prueba de ello es su gran capacidad de
captación de fondos competitivos




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3846






europeos, su elevada cuota de publicaciones científicas y su activa
participación y liderazgo en proyectos europeos e internacionales. Este
centro ha sido finalista (brillantemente posicionado) para el sello de
excelencia Severo Ochoa, garantía de la competitividad de su proyecto
actual y de futuro. Es imprescindible para seguir siendo competitivo no
dejar de apoyar a este centro de excelencia.
ENMIENDA NÚM. 5.591
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 27.
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 27. Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
Servicio : 11. Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e
Innovación.
Programa : 000 X, Transferencias internas.
Artículo: 43. Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
Importe : 100 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 100 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES
CIENTÍFICAS
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Economía, Industria y
Competitividad.
Importe : 100 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 27. Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.



Organismo: 401. Consejo Superior de Investigaciones Científicas
Programa : 463A. Investigación científica.Concepto : 75. Consorci Centre
Tecnològic Forestal de Catalunya para el desarrollo del proyecto para el
control de la plaga Coroebus florentinus y Coroebus undatus.
Importe : 100 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Asignación al CSIC per el desarrollo del proyecto para el
control de la plaga Coroebus florentinus y Coroebus undatus que afecta a
encinas y alcornoques, mediante el uso de feromonas atrayentes de
insectos adultos hembras, impulsado por el Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente en colaboración con las administraciones
autonómicas competentes.




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3847






ENMIENDA NÚM. 5.592
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 27.
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 27. Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
Servicio : 11. Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e
Innovación.
Programa : 000 X. Transferencias internas.
Artículo: 413. Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y
Alimentaria.
Importe : 10.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 10.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y
TECNOLOGÍA AGRARIA Y ALIMENTARIA
ALTA EN INGRESOS



Transferencia corriente procedente del Ministerio de Economía, Industria y
Competitividad.
Importe : 10.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Sección: 27. Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.



Organismo: 104. Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y
Alimentaria.
Programa : 467D. Investigación y experimentación agraria.Concepto : 48. A
la universidad de Lleida. Plan de intensificación de la investigación
agraria, la biotecnología agroalimentaria, la industria alimentaria, las
actividades forestales y el desarrollo rural de Lleida.
Importe : 10.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Se hace necesario realizar una dotación para el programa de
investigación de la Universidad de Lleida.




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3848






ENMIENDA NÚM. 5.593
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública SEITT



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 38. Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B. Creación de infraestructura de carreteras.
Artículo: 749. SEITT.
Importe : 20.450 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 20.450 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE SEITT
ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes de! Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 20.450 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: SEITT.
Proyecto: 0046.



Denominación: Conexión del Litoral con la C-32.
Importe : 20.450 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Obres muy avanzadas, si bien es difícil que se cumpla pues
la obra esta parada por suspensión de pagos. Es necesario acelerar la
ejecución de los trabajos pendientes.
ENMIENDA NÚM. 5.594
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública ADIF
Alta Velocidad



Redacción que se propone:




Página
3849






ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Artículo: 747. ADIF Alta Velocidad.
Importe : 50.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 50.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ADIF Alta Velocidad
ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 50.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: ADIF Alta Velocidad.
Proyecto: 0018.



Denominación: Adaptación ancho UIC Corredor Mediterráneo
Vila-seca-Castellbisbal.
Importe : 50.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN En caso que esta partida haga referencia a la implantación
del ancho estándard europeo en el Corredor mediterráneo, debe de
adecuarse con objeto de incluir las dotaciones presupuestarias para el
impulso de las obras del tramo Reus-Vila-seca y la ejecución de las obras
adjudicadas en 2014 del tramo Vila-seca-CastelIbisbal. En caso contrario
debe definirse una nueva partida específica.
ENMIENDA NÚM. 5.595
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública Adif
Alta Velocidad



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Artículo: 747. Adif Alta Velocidad.
Importe : 50.000 (miles de euros).




Página
3850






BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121
Importe : 50.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ADIF ALTA VELOCIDAD
ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 50.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: Adif Alta Velocidad.
Proyecto: 0018.



Denominación: Adaptación ancho UIC Corredor Mediterráneo
Castelló-Vandellós.
Importe : 50.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN En caso que esta partida haga referencia a la implantación
del ancho estándar europeo en el Corredor mediterráneo, debe de adecuarse
con objeto de incluir las dotaciones presupuestarias para el impulso de
las obras del tramo Reus-Vila-seca y la ejecución de las obras
adjudicadas en 2014 del tramo Vila-seca-CastelIbisbal. En caso contrario
debe definirse una nueva partida específica.
ENMIENDA NÚM. 5.596
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública Adif
Alta Velocidad



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Artículo: 747. Adif Alta Velocidad.
Importe : 75.270 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121
Importe : 75.270 (miles de euros).




Página
3851






REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ADIF ALTA VELOCIDAD
ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 75.270 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: Adif Alta Velocidad.
Proyecto: 1005.



Denominación: Vandeilós-Tarragona.
Importe : 75.270 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Finalizar la ejecución de las obras en curso con objeto de
que el corredor entre en servicio en abril de 2018, tal como anunció el
Ministro de Fomento.
ENMIENDA NÚM. 5.597
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública Adif
Alta Velocidad



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Artículo: 747. Adif Alta Velocidad.
Importe : 2.287 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121
Importe : 2.287 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ADIF ALTA VELOCIDAD
ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 2.287 (miles de euros).




Página
3852






ALTA EN GASTOS



Empresa: Adif Alta Velocidad.
Proyecto: 0018.



Denominación: Vandellós-Valencia.
Importe : 2.287 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN En caso que esta partida haga referencia a la implantación
del ancho estándar europeo en el tramo Camp de Tarragona-Castelló, debe
de adecuarse con objeto de impulsar las obras. En caso contrario debe
definirse una nueva partida específica.
ENMIENDA NÚM. 5.598
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública Adif



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Artículo: 746. Adif.
Importe : 24.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121
Importe : 24.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ADIF
ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 24.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: Adif.
Proyecto: 0017.



Denominación: Acceso UIC al puerto de Barcelona.
Importe : 24.000 (miles de euros).




Página
3853






JUSTIFICACIÓN Licitar las obras y acelerar la ejecución de los trabajos.
ENMIENDA NÚM. 5.599
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública Adif



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Artículo: 746. Adif.
Importe : 197.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121
Importe : 197.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ADIF
ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 197.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: Adif.
Proyecto: 4002.



Denominación: Actuaciones en cercanías de Barcelona.
Importe : 197.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Incrementar y explicitar la dotación presupuestaria.




Página
3854






ENMIENDA NÚM. 5.600
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública SEITT



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Artículo: 749. SEITT.
Importe : 10.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 10.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE SEITT
ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 10.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: SEITT.
Proyecto: 0096.



Denominación: Acceso a la nueva terminal del Aeropuerto de Barcelona.
Importe : 10.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Es necesario incrementar el presupuesto para cumplir con los
plazos prometidos.
ENMIENDA NÚM. 5.601
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública Adif



Redacción que se propone:




Página
3855






ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Artículo: 746. Adif.
Importe : 42.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121
Importe : 42.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ADIF
ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 42.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: Adif.
Proyecto: 5140.



Denominación: Actuaciones en estaciones.
Importe : 42.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Incrementar y explicitar la dotación presupuestaria.
ENMIENDA NÚM. 5.602
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública
Renfe-Operadora (Grupo)



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Artículo: 748. Renfe-Operadora (Grupo).
Importe : 42.000 (miles de euros).




Página
3856






BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121
Importe : 42.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE RENFE-OPERADORA (GRUPO)
ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 42.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: Renfe-Operadora (Grupo).
Proyecto: 2104.



Denominación: Plan de Estaciones-Rodalia de Catalunya.
Importe : 42.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Incrementar la dotación presupuestaria para dar cumplimiento
al compromiso de inversión del Ministerio de Fomento, de 306 M€, durante
los años 2014-2016.
ENMIENDA NÚM. 5.603
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública Adif



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Artículo: 746. Adif.
Importe : 30 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121
Importe : 30 (miles de euros).




Página
3857






REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ADIF
ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 30 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: Adif.
Proyecto: (nuevo).



Denominación: Desdoblamiento parcial Parets del Vallès-La Garriga.
Importe : 30 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Necesidad de conectar los corredores ferroviarios al norte
de Barcelona con objeto de equilibrar el tráfico de Rodalies de Catalunya
por los túneles de Barcelona, mejorar la funcionalidad y dar cabida al
futuro incremento de frecuencia en la línea R3 y de acceso al aeropuerto
de Barcelona.
ENMIENDA NÚM. 5.604
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública Adif



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Artículo: 746. Adif.
Importe : 10 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121
Importe : 10 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ADIF
ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 10 (miles de euros).




Página
3858






ALTA EN GASTOS



Empresa: Adif.
Proyecto: (nuevo).



Denominación: Redacción de la nueva línea ferroviaria entre Castelldefels
i Cornellà.
Importe : 10 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Impulsar la redacción de los proyectos constructivos.
ENMIENDA NÚM. 5.605
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública ADIF



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Artículo: 746. ADIF.
Importe : 5.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 5.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ADIF ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 5.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: ADIF.
Proyecto: 5170.



Denominación: Pasos a nivel.
Importe : 5.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Incrementar la dotación presupuestaria para considerar la
supresión de pasos a nivel de la línea R3 y de Flaçà, objeto este último
de un convenio pendiente de firma.




Página
3859






ENMIENDA NÚM. 5.606
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública ADIF



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Artículo: 746. ADIF.
Importe : 30.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 30.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ADIF ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 30.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: ADIF.
Proyecto: 0612.



Denominación: Actuaciones en terraplenes y trincheras en la red de
cercanías de Barcelona.
Importe : 30.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Es necesario incrementar el presupuesto para poder suprimir
las limitaciones temporales de velocidad que penalizan la velocidad
comercial de Rodalia.
ENMIENDA NÚM. 5.607
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública
Puertos del Estado



Redacción que se propone:




Página
3860






ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 451N. Dirección y Servicios Generales de Fomento.
Artículo: 7410. Puertos del Estado.
Importe : 3.640 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 3.640 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE PUERTOS DEL ESTADO ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 3.640 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: Puertos del Estado.
Proyecto: 0706.



Denominación: Pavimentos, accesos viarios y ferroviarios (Port de
Barcelona).
Importe : 3.640 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Licitar las obras del nuevo acceso ferroviario en el ámbito
portuario, con objeto de iniciarlas en el año 2015 y recuperar la
inversión no efectuada en el año 2015.
ENMIENDA NÚM. 5.608
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública ADIF



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Artículo: 746. ADIF.
Importe : 24.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.




Página
3861






Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 24.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ADIF ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 24.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: ADIF.
Proyecto: (nuevo).



Denominación: Ampliación ancho UIC Corredor Mediterráneo: Reus-Vilaseca.
Importe : 24.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN La ejecución de las obras de este tramo durante el 2016
permitirá que entre en servicio en la misma fecha que la prevista por el
Ministerio de Fomento para la implantación del ancho estándar en el
Corredor Castelló-Tarragona-Barcelona.
ENMIENDA NÚM. 5.609
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública ADIF



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Artículo: 746. ADIF.
Importe : 1.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 1.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ADIF ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 1.000 (miles de euros).




Página
3862






ALTA EN GASTOS



Empresa: ADIF.
Proyecto: (nuevo).



Denominación: Implantación del ancho estándar europeo entre Vilamalla y
Portbou.
Importe : 1.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al corredor convencional Internacional de los
estándares europeos de ancho de vía.
ENMIENDA NÚM. 5.610
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública ADIF



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Artículo: 746. ADIF.
Importe : 3.500 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 3.500 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ADIF
ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 3.500 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: ADIF.
Proyecto: (nuevo).



Denominación: Adecuación a ancho UIC de la RFIG en Vilamalla.
Importe : 3.500 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Necesidad de adecuar la RFIG en Vilamalla para permitir el
acceso en ancho estándar europeo a la terminal de Vilamalla.




Página
3863






ENMIENDA NÚM. 5.611
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública ADIF



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Artículo: 746. ADIF.
Importe : 1.800 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 1.800 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ADIF
ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 1.800 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: ADIF.
Proyecto: (nuevo).



Denominación: Obras complementarias terminal BASF (CPP).
Importe : 1.800 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Ejecución durante el 2015 de las obras complementarias de la
terminal BASF de Substitución del paso a nivel de acceso a la terminal
por un paso superior y una rotonda de conexión con la N340a.
ENMIENDA NÚM. 5.612
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública ADIF
Alta Velocidad



Redacción que se propone:




Página
3864






ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Artículo: 747. ADIF Alta Velocidad.
Importe : 1.500 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 1.500 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ADIF Alta Velocidad
ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Fomento.Concepto :
7 Para atender inversiones.
Importe : 1.500 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: ADIF Alta Velocidad.
Proyecto: (nuevo).



Denominación: Conexión línea convencional-LAV Penedès.
Importe : 1.500 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Redacción del proyecto constructivo de la conexión
ferroviaria de la línea de alta velocidad y convencional en el ámbito de
Vilafranca del Penedès en el 2017 y ejecución de las obras durante el
2018.
ENMIENDA NÚM. 5.613
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública
ACUAMED



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.
Artículo: 741. ACUAMED.
Importe : 1.000 (miles de euros).




Página
3865






BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 1.000 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ACUAMED
ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.Concepto : 7 Para atender inversiones.
Importe : 1.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: ACUAMED.
Proyecto: (nuevo).



Denominación: Actuaciones de abastecimiento declaradas de interés general
(Llosa del Cavall).
Importe : 1.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Se propone la inclusión de una nueva partida relativas a
obras de abastecimiento declaradas de interés general, que el Estado debe
ejecutar en Catalunya.



• Abastecimiento de la Llosa del Cavall.



Esta actuación está en fase final de ejecución por parte de la sociedad
estatal ACUAMED. Sin embargo, para poder poner en marcha esta red de
abastecimiento, todavía son necesarias algunas actuaciones menores, que
ACUAMED ha valorado estimativamente en 670.000 €. Ello sin perjuicio de
que en el transcurso de las pruebas de puesta en marcha puedan detectarse
nuevas necesidades. Dado que el proyecto de presupuestos para 2016 no
destina ninguna partida para este fin, se propone a la Administración
General del Estado la inclusión de una partida de 1.000.000 €, que
permita poner en marcha este abastecimiento, dando utilidad a una obra
que ha costado hasta ahora más de 40 millones de euros.
ENMIENDA NÚM. 5.614
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública
ACUAMED



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.
Artículo: 741. ACUAMED.
Importe : 17.400 (miles de euros).




Página
3866






BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 17.400 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ACUAMED
ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.Concepto : 7 Para atender inversiones.
Importe : 17.400 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: ACUAMED.
Proyecto: 0110.



Denominación: Eliminación de la contaminación química del embalse de Flix.
1.ª Fase + PRT.
Importe : 17.400 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Los responsables de Acuamed prometieron en enero de 2017 que
en diciembre de 2018 estarían finalizadas todas las obras de
descontaminación de Flix. Sin embargo los presupuestos de ACUAMED indican
que no estarán finalizadas hasta 2020. Para cumplir la palabra con los
responsables de Acuamed se suma el importe previsto ejecutar el año que
viene a este año. De este modo, para este año estará presupuestado la
mitad de todo lo pendiente para ejecutar.
ENMIENDA NÚM. 5.615
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública
ACUAMED



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.
Artículo: 741. ACUAMED.
Importe : 2.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 2.000 (miles de euros).




Página
3867






REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ACUAMED
ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.Concepto : 7 Para atender inversiones.
Importe : 2.000 (miles de euros).
ALTA EN GASTOS



Empresa: ACUAMED.
Proyecto: (nuevo).



Denominación: Obras de abastecimiento a los municipios de la zona del Ebro
aguas abajo de Flix.
Importe : 2.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN En los PGE se contempla el proyecto 0102, Eliminación de la
contaminación química del embalse de Flix 1.ª fase, por importe de 36.206
miles de euros. No se especifica si dentro de este proyecto se contempla
presupuesto para las obras de abastecimiento fijadas en el convenio
firmado entre el Estado y la Generalitat de Catalunya del 2010, según el
cual el Estado hace cargo de los trabajos de extracción de lodos y de
habilitación de un abastecimiento alternativo en los municipios de la
zona del Ebro, aguas abajo de Flix. En todo caso, se propone dotar una
partida de 2.000 miles de euros para acelerar la ejecución de los
trabajos.
ENMIENDA NÚM. 5.616
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Empresa Pública
ACUAMED



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 5. Dirección General del Agua.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.
Artículo: 741. ACUAMED.
Importe : 1.752 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 121.
Importe : 1.752 (miles de euros).



REPERCUSIÓN EN LOS PRESUPUESTOS DE ACUAMED
ALTA EN INGRESOS



Transferencias corrientes procedentes del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.Concepto : 7 Para atender inversiones.
Importe : 1.752 (miles de euros).




Página
3868






ALTA EN GASTOS



Empresa: ACUAMED.
Proyecto: (nuevo).



Denominación: Construcción de la depuradora de Tivissa (Ribera d'Ebre).
Importe : 1.752 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Los PGE no contemplan inversiones para finalizar la
depuradora de Tivissa (Ribera d'Ebre) que se encuentra parada hace
tiempo. Por tanto se propone incorporar una dotación suficiente para
finalizar las obras y activar esta depuradora.
ENMIENDA NÚM. 5.617
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 17,
Ministerio de Fomento



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 9. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.
Programa : 9. Promoción, administración y ayudas para rehabilitación y
acceso a vivienda.
Artículo: 76. Mejora de la red de alcantarillado municipio de Tremp.
Importe : 100 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 51. Otros Imprevistos.
Importe : 100 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.
ENMIENDA NÚM. 5.618
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte




Página
3869






Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 11. D. G. de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y
Bibliotecas.
Programa : 11. Conservación y restauración de bienes culturales.
Artículo: 76. Ajuntament d'Arbeca. Inversión en els vilars y promoción
turística.
Importe : 100 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 51. Otros Imprevistos.
Importe : 100 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Poblado ibérico la fortaleza 'els vilars' obras de
restauración, iluminación, conservación y proyección turística de la
fortaleza de 'els vilars'. Arbeca.
ENMIENDA NÚM. 5.619
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 4. Secretaría de Estado de Medio Ambiente.
Programa : 4. Actuaciones para la prevención de la contaminación y el
cambio climático.
Artículo: 45. Convenio para la creación del Consorcio 'Centro de
Actividades Regionales para el Consumo y la Producción Sostenible'
Generalitat de Catalunya.
Importe : 125 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 51. Otros Imprevistos.
Importe : 125 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Dotar la partida con el mismo importe equivalente a la
aportación realizada en 2015 por La Generalitat.




Página
3870






Cabe recordar que actualmente el Ministerio y la Generalitat están
configurando un convenio para la creación de un Consorcio que se
denominará 'Centro de Actividades Regionales para el Consumo y la
Producción Sostenibles', como Centro de Actividades Regionales en el
ámbito del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente, del
Programa de Acción para el Mediterráneo, del Convenio de Barcelona para
la protección del mar Mediterráneo y su Zona Costera y del Convenio de
Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes.



Este Consorcio sustituirá al Protocolo general entre el Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y el Departamento de
Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat de Cataluña al cual está
adscrito la Agencia de Residuos de Cataluña, para el apoyo al centro de
actividad regional para la producción limpia durante el cuatrienio
2012-2015 firmado el 4 de abril de 2012 (BOE de 10 de mayo de 2012). En
el marco de esta propuesta de Consorcio, la Agencia de Residuos de
Cataluña aporta 245.000 € en el ejercicio 2015, con lo cual la aportación
del presupuesto del Estado para el 2016 debe situarse en una proyección
económica equivalente y no en 120.000 €, que es la aportación contemplada
en los presupuestos para el 2016.
ENMIENDA NÚM. 5.620
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 23.
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 18. Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal.
Programa : 18. Desarrollo del Medio Rural.
Artículo: 76. Consell Comarcal del Pallas Jussá. Camino Natural de
Montfalcó/Montrebei hasta la Vall d'Àsua.
Importe : 150 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 51. Otros Imprevistos.
Importe : 150 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN El nombre de la subdirección competente 'S.G. de fomento del
desarrollo del medio rural'. Con el C.N propuesto se crea red al unir dos
C.N existentes y financiados por el Estado, el CN 40 con el C.N 30. El
primero une Aragón y Cataluña a través del Congosto de Montrebei y es un
espacio de colaboración y hermanamiento entre los entes locales de ambos
lados del río Noguera Ribagorzana (2 comunidades) y conectándose con el
CN 30 mediante un ramal quedaría unido con el parque Nacional de
Aigüestortes i Estany de Sant Maurici, el único parque Nacional que
existe en Catalunya.



Es una actuación promovida por el Consell Comarcal del Pallars Jussa y que
podría contar con el beneplácito de las diputaciones de Lleida y Huesca,
que junto a los entes locales del territorio, están trabajando
conjuntamente para dinamizar y regular los usos en esa zona.




Página
3871






ENMIENDA NÚM. 5.621
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 18.
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 11. D. G. de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y
Bibliotecas.
Programa : 11. Conservación y restauración de bienes culturales.
Artículo: 76. Ajuntament de Roses. Consolidación y ordenación del
Castillo de la Trinitat de Roses.
Importe : 200 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 51. Otros Imprevistos.
Importe : 200 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para dotar al proyecto de referencia.
ENMIENDA NÚM. 5.622
FIRMANTE : Carles Campuzano i Canadés (Grupo Parlamentario Mixto)



A los efectos de modificar el estado de gastos de la Sección 17.
Ministerio de Fomento



Redacción que se propone:
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 38. Dirección General de Carreteras.
Programa : 38. Creación de infraestructura de carreteras.
Artículo: 61. N-152. Obras de conservación de un tramo de la N-152 por el
municipio de Puigcerdá. Enlace con la frontera francesa.
Importe : 250 miles de euros.
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.




Página
3872






Programa : 929 M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Artículo: 51. Otros Imprevistos.
Importe : 250 miles de euros.
JUSTIFICACIÓN Como consecuencia de las nevadas acaecidas durante la
temporada de invierno 2016-2017, es necesario renovar con urgencia un
tramo de la carretera nacional N-152, que es de propiedad y gestión del
Estado, a su paso por el municipio de Puigcerdá. Concretamente el tramo
comprendido entre la plaza Europa y la rotonda de acceso a Puigcerdá
(plaza Comtat de Cerdanya), Los trabajos de las máquinas quitanieves y la
potasa han deteriorado considrablemente el asfalto. Además se trata de la
carretera internacional que enlaza con Francia, y más concretamente con
la carretera nacional francesa N- 20. Ambas carreteras se juntan en la
frontera franco-española.



A la Mesa de la Comisión de Presupuestos



El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de la Diputada Ana María Oramas
González-Moro, Diputada de Coalición Canaria, de acuerdo con lo
establecido en el vigente Reglamento de la Cámara, presenta las
siguientes enmiendas a los Presupuestos Generales del Estado para 2017.



Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de octubre de 2016.-Ana María
Oramas González-Moro, Diputada.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo
Parlamentario Mixto.
ENMIENDA NÚM. 5.623
FIRMANTE : Ana María Oramas González-Moro (Grupo Parlamentario Mixto)
De modificación Se propone modificar los apartados Dos y Tres de la
disposición final segunda que quedaría redactada como sigue:



'Dos. Se da nueva redacción al número 8 del artículo 48, que queda
redactado como sigue:



'8. En el caso de empresarios o profesionales establecidos en un Estado
miembro de la Comunidad Europea, la solicitud deberá presentarse por vía
electrónica a través del portal electrónico dispuesto al efecto por el
Estado miembro en el que estén establecidos.''



Tres. Se da nueva redacción al número 2 del artículo 73, que queda
redactado como sigue:



'2 Las importaciones definitivas a que se refieren los números 4, 6, 8, 9
y 10 del artículo 14 de la presente Ley, siempre que los bienes
importados estén comprendidos en el Anexo I de la Ley de la Comunidad
Autónoma de Canarias 4/2014 y se cumplan los requisitos contenidos en los
citados números.''
JUSTIFICACIÓN Respecto al apartado Dos, la redacción del número 8 del
artículo 48 de la Ley 20/1991 que consta en el proyecto de Ley es
exactamente Igual al vigente, cuando la pretensión es eliminar 'distinto
de España'. Con esta supresión se consigue el objetivo de la
modificación, que no es otro que aquellos empresarios o profesionales
establecidos en el territorio de aplicación del Impuesto sobre el Valor
Añadido tengan también el mismo tratamiento que los empresarios o
profesionales establecidos en el resto de los Estados de la Comunidad
Europea.




Página
3873






Igualmente, y en relación al apartado Tres, la redacción del número 2 del
artículo 73 de la Ley 20/1991 que consta en el proyecto de Ley es
exactamente igual al vigente, cuando el objetivo de la reforma es
eliminar, por la especial configuración del AIEM, la referencia al número
11 del artículo 14 de la Ley de la Comunidad Autónoma de Canarias 4/2014.
ENMIENDA NÚM. 5.624
FIRMANTE : Ana María Oramas González-Moro (Grupo Parlamentario Mixto)



Texto de disposición adicional para el Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado relativa al incremento de la partida presupuestaria
destinada al convenio de colaboración para desarrollo de actuaciones en
materia de agua, suscrito entre el Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente, y la Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Aguas.
Disposición adicional xxx.-



La Comunidad Autónoma de Canarias podrá utilizar la parte de la
financiación prevista en la Sección 23, Programa 452 A 'Gestión e
infraestructura de Aguas', Concepto Económico 750 'Convenio de
Colaboración con el Gobierno de Canarias para el desarrollo de
actuaciones en materia de agua', que difiera de la contemplada para la
anualidad de 2017 en el Convenio suscrito a tal fin, en la realización de
aquellas inversiones que, en su caso, deban acometerse para evitar
posibles Incumplimientos de las Directivas Europeas en materia de agua.
ENMIENDA NÚM. 5.625
FIRMANTE : Ana María Oramas González-Moro (Grupo Parlamentario Mixto)
De adición. 'Disposición final... Modificación del Real Decreto-Ley
15/2014, de 19 de diciembre, de modificación del Régimen Económico y
Fiscal de Canarias.



Con efectos desde el día 1 de enero de 2015, se da una nueva redacción al
apartado 2 de la Disposición adicional segunda del Real Decreto-Ley
15/2014, de 19 de diciembre, de modificación del Régimen Económico y
Fiscal de Canarias, que queda redactado del modo siguiente:



'2. La aplicación de los beneficios fiscales que tengan la consideración
de ayudas regionales al funcionamiento establecidos en el Libro II y en
el articulo 94 de la Ley 20/1991, en la Ley, de la Comunidad Autónoma de
Canarias, 4/2014, de 26 de junio, por la que se modifica la regulación
del arbitrio sobre importaciones y entregas de mercancías en las islas
Canarias, en los artículos 26 y 27 y en el Título V de la Ley 19/1994, y
en la disposición adicional duodécima de la Ley 43/1995, de 27 de
diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, así como las ayudas al
transporte de mercancías comprendidas en el ámbito del Real Decreto
362/2009, de 20 de marzo, sobre compensación al transporte marítimo y
aéreo de mercancías no incluidas en el anexo I del Tratado Constitutivo
de la Comunidad Europea, con origen o destino en las Islas Canarias, y de
la Orden de 31 de julio de 2009 del Consejero de Obras Públicas y
Transportes del Gobierno de Canarias, por la que se aprueban las bases de
vigencia indefinida para la concesión de subvenciones al transporte




Página
3874






interinsular de mercancías no incluidas en el anexo I del Tratado
Constitutivo de la Comunidad Europea, estarán sujetas al límite que
establezca en cada momento el Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la
Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas
categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de
los artículos 107 y 108 del Tratado.



Dicho límite operará sobre el volumen de negocios anual del beneficiario
obtenido en las Islas Canarias.'
JUSTIFICACIÓN Se trata con esta redacción de dar entrada en derecho
interno a las modificaciones de elevación de los umbrales permitidos para
la acumulación de las ayudas regionales al funcionamiento con la misma
vigencia que la evolución de la normativa comunitaria evitando
discrepancias entre ambas regulaciones y dando mayor seguridad jurídica a
los beneficiarios.
ENMIENDA NÚM. 5.626
FIRMANTE : Ana María Oramas González-Moro (Grupo Parlamentario Mixto)
Disposición final segunda. Modificación de la Ley 20/1991, de 7 de junio,
de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de
Canarias.



Con efectos de la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida se
modifica Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos
fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias de la siguiente forma:



Uno. Se da nueva redacción al apartado 11 del artículo 14, que queda
redactado como sigue:



'11. Las importaciones de bienes cuyo valor global no exceda de 150 euros.
Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior: a) Los productos
alcohólicos comprendidos en los códigos NC 22.03 a 22.08 del Arancel
Aduanero, b) Los perfumes y aguas de colonia, c) El tabaco en rama o
manufacturado.'



Dos. Se da nueva redacción al apartado 8 del artículo 48, que queda
redactado como sigue:



'8. En el caso de empresarios o profesionales establecidos en un Estado
miembro de la Comunidad Europea, la solicitud deberá presentarse por vía
electrónica a través del portal electrónico dispuesto al efecto por el
Estado miembro en el que estén establecidos.'



Tres. Se da nueva redacción al apartado 2 del artículo 73, que queda
redactado como sigue:



'2. Las importaciones definitivas a que se refieren los números 4, 6, 8, 9
y 10 del artículo 14 de la presente Ley, siempre que los bienes
importados estén comprendidos en el Anexo I de la Ley de la Comunidad
Autónoma de Canarias 4/2014 y se cumplan los requisitos contenidos en los
citados números.'




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A la Mesa de la Comisión de Presupuestos



El Grupo Parlamentario Mixto, a iniciativa de D. Joan Baldoví Roda,
Diputado de Compromís-Equo, al amparo de lo dispuesto en el Reglamento de
la Cámara, presenta las siguientes enmiendas al Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.



Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de mayo de 2016.-Joan Baldoví
Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.
ENMIENDA NÚM. 5.627
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 02. Cortes Generales.
Servicio : 01. Cortes Generales.
Programa : 911N. Actividad legislativa.
Capítulo: 1. Gastos de personal.
Artículo: 12. Funcionarios.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02 D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1. Gastos de personal.
Artículo: 12. Funcionarios.Concepto : 121.08. Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Para garantizar el correcto desarrollo y funcionamiento de la
Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales.
ENMIENDA NÚM. 5.628
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 3. Ministerio de Justicia.
Servicio : 02. Secretaría General de la Administración de Justicia.
Programa : 112A. Tribunales de Justicia y Ministerio Fiscal.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 62. Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los
servicios.Concepto : 620. Inversión nueva asociada al funcionamiento
operativo de los servicios.




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Proyecto: Integrar el actual juzgado núm. 5 del edificio.
Importe : 500,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 500,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Ampliación edificio de los juzgados de Vinarós.
ENMIENDA NÚM. 5.629
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 15. Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Servicio : 26. Secretaría de Estado de Función Pública.
Programa : 921N. Dirección y organización de la Administración Pública.
Capítulo: 8. Activos financieros.
Artículo: 87 Aportaciones patrimoniales.Concepto : 871. Aportación
patrimonial al Consorcio Valencia 2007.
Importe : 40.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1. Gastos de personal.
Artículo: 12. Funcionarios.Concepto : 121.08. Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 40.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El Consorcio Valencia 2007 arrastra una deuda de 340 millones
de euros con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) desde la celebración
de la Copa América de Vela en Valencia en el año 2007 que posteriormente
ha ido aumentando (según proyecto de presupuestos 2017) hasta 450
millones de euros a causa de intereses y nuevos gastos posteriores. Este
endeudamiento tiene paralizado el desarrollo de la Dársena del Puerto de
Valencia desde esa fecha, por lo que reclamamos la condonación de la
deuda para que sea posible recuperar la Dársena para el uso de los
vecinos de la ciudad y de su área metropolitana. Esta deuda es un
perjuicio a los valencianos, debido a que el Estado no se ha hecho cargo
de esta inversión, tal como hizo en acontecimientos similares en otras
ciudades españolas como Sevilla, Barcelona o Zaragoza.




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3877






ENMIENDA NÚM. 5.630
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 15. Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Servicio : 302. Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Programa : 932A. Aplicación del sistema tributario estatal.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 63. Inversión de reposición asociada al funcionamiento
operativo de los servicios.
Proyecto: Creación de nueva sede de la AEAT en Torrevieja.
Importe : 12.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 12.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El consistorio de Torrevieja dispone de un edificio para la
ubicación de una sede de la AEAT y existe un proyecto al respecto, pero
se sigue sin ponerse en marcha. Torrevieja cuenta con más de 100.000
vecinos censados y, sin embargo, no dispone de los servicios de este tipo
para sus vecinos. Torrevieja es la única población con este número de
habitantes que no cuenta con una sede de la AEAT.
ENMIENDA NÚM. 5.631
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 16. Ministerio del Interior.
Servicio : 03. Dirección General de la Policía.
Programa : 132A. Seguridad ciudadana.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 63. Inversión de reposición asociada al funcionamiento
operativo de los servicios.Concepto : 630. Inversión de reposición
asociada al funcionamiento operativo de los servicios.
Proyecto: Redacción proyecto y Creación nueva comisaría policía Benidorm.
Importe : 5.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.




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Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 5.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El pleno del consistorio de Benidorm ha aprobado en dos
ocasiones (2003 y 2015) incoar el expediente de cesión a GIESE de la
parcela de 4.971 m2, sita en la Partida del Salto del Agua, para la
construcción de este edificio. Además, en el pleno de agosto de 2016, el
gobierno local de Benidorm elevó otra propuesta para la cesión gratuita a
este mismo organismo de la parcela, materializada posteriormente con la
inscripción a nombre de GIESE, faltando la redacción del proyecto de
obras y su posterior licitación e inició de la construcción. Teniendo en
cuenta que las actuales dependencias de la Policía Nacional, que datan de
1974, han quedado obsoletas para albergar el triple de agentes para lo
que fueron creadas (actualmente 375 policías por el máximo de 125 que
pretendían cobijar); que la nueva comisaría serviría para unificar
distintas dependencias de la comisaría ubicadas en diferentes edificios,
con lo que disminuiría el gasto, y que la población censada de Benidorm
es de casi 70.000, pero que puede aumentar en distintas épocas del año
por su condición turística hasta los 400.000 habitantes, por ello es
necesario que cuente con un nuevo edificio de comisaría de Policía
Nacional.
ENMIENDA NÚM. 5.632
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 16. Ministerio del Interior.
Servicio : 03. Dirección General de la Policía.
Programa : 132A. Seguridad ciudadana.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 62. Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los
servicios.Concepto : Nuevo Creación de nueva comisaria de policía en
Vila-real (Castellón).
Importe : 2.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 2.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Las instalaciones donde está ubicada la Comisaría de Policía
Nacional de Vila-real se encuentran en un estado de conservación
deplorable, además de no reunir las condiciones de espacio e
infraestructuras para la correcta realización de sus funciones.




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3879






ENMIENDA NÚM. 5.633
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 16. Ministerio del Interior.
Servicio : 03. Dirección General de la Policía.
Programa : 132A. Seguridad ciudadana.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 62. Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los
servicios.Concepto : 620. Inversión nueva asociada al funcionamiento
operativo de los servicios.
Proyecto: Construcción comisaria policía en Vinarós.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Actualmente las dependencias de la Policía Administrativa están
en instalaciones municipales.
ENMIENDA NÚM. 5.634
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 16. Ministerio del Interior.
Servicio : 03. Dirección General de la Policía.
Programa : 132A. Seguridad ciudadana.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 62. Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los
servicios.Concepto : 620. Inversión nueva asociada al funcionamiento
operativo de los servicios.
Proyecto: Construcción nuevo cuartel Guardia Civil en Alacant.
Importe : 600,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.




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Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 600,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Traslado de las dependencias de la GC, sitas en la calles Sant
Vicent de Alacant, que se encuentran en un estado de degradación
arquitectónica, a otro edificio que reúna mejores condiciones.
ENMIENDA NÚM. 5.635
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 16. Ministerio del Interior.
Servicio : 04. Dirección General de la Guardia Civil.
Programa : 132A. Seguridad ciudadana.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 63. Inversión de reposición asociada al funcionamiento
operativo de los servicios.Concepto : 630. Inversión de reposición
asociada al funcionamiento operativo de los servicios.
Proyecto: Proyecto y ejecución del Cuartel de la Guardia Civil en
Almassora.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El actual estado del cuartel de la Guardia Civil está en muy
malas condiciones y, pese a la disponibilidad de terrenos y a la voluntad
del Consistorio, el proyecto del nuevo cuartel lleva lustros pendiente.
ENMIENDA NÚM. 5.636
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 16. Ministerio del Interior.
Servicio : 04. Dirección General de la Guardia Civil.
Programa : 132A. Seguridad ciudadana.
Capítulo: 6. Inversiones reales.




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Artículo: 63. Inversión de reposición asociada al funcionamiento
operativo de los servicios.Concepto : 630 Inversión de reposición
asociada al funcionamiento operativo de los servicios.
Proyecto: Proyec. y ejec. de mejora integral del Cuartel Guardia Civil en
Cabanes.
Importe : 200,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 200,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El actual estado del cuartel de la Guardia Civil está en muy
malas condiciones.
ENMIENDA NÚM. 5.637
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 16. Ministerio del Interior.
Servicio : 04. Dirección General de la Guardia Civil.
Programa : 132A. Seguridad ciudadana.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 63. Inversión de reposición asociada al funcionamiento
operativo de los servicios.Concepto : 630. Inversión de reposición
asociada al funcionamiento operativo de los servicios.
Proyecto: Proyecto y ejecución de Cuartel de la Guardia Civil en Onda.
Importe : 500,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 500,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El actual estado del cuartel de la Guardia Civil está en muy
malas condiciones.




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ENMIENDA NÚM. 5.638
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 16. Ministerio del Interior.
Servicio : 04. Dirección General de la Guardia Civil.
Programa : 132A. Seguridad ciudadana.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 63. Inversión de reposición asociada al funcionamiento
operativo de los servicios.Concepto : 630. Inversión de reposición
asociada al funcionamiento operativo de los servicios.
Proyecto: Cuartel Guardia Civil de Vilafranca.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Cuartel de la Guardia Civil. Ministerio de Interior. Ejecución
del proyecto de nuevo cuartel de la Guardia Civil que ya estaba terminado
y que no se llevó a cabo. Actualmente hay terrenos cedidos por el
ayuntamiento para este proyecto, además la actual dotación ocupa
edificios municipales que no cumplen con los requisitos.
ENMIENDA NÚM. 5.639
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 16. Ministerio del Interior.
Servicio : 03. Dirección General de la Guardia Civil.
Programa : 132A. Seguridad ciudadana.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 63. Inversión de reposición asociada al funcionamiento
operativo de los servicios.Concepto : 630. Inversión de reposición
asociada al funcionamiento operativo de los servicios.
Proyecto: Creación de nueva comisaría de policía en Torrevieja.
Importe : 12.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.




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Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 12.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El consistorio de Torrevieja ya cedió en 2005 los terrenos para
la construcción de este edificio y que existe un proyecto al respecto,
pero las obras siguen sin ponerse en marcha. Torrevieja cuenta con más de
100.000 vecinos censados y, sin embargo, no dispone de los servicios de
este cuerpo de seguridad. Torrevieja es la única población con este
número de habitantes que no cuenta con una comisaría de Policía Nacional.
ENMIENDA NÚM. 5.640
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601. Otras.
Proyecto: Estudio proyecto ferroviario cercanías Castelló de la
Plana-Vinaròs.
Importe : 200,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 200,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Creación de una partida presupuestaria para la construcción de
la línea de cercanías de Renfe entre Castelló de la Plana y Vinarós
(Castelló), tal como está previsto y firmado por ei Ministerio de
Fomento.




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ENMIENDA NÚM. 5.641
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601. Otras.
Proyecto: Estudio soterramiento vías ferrocarril a su paso por Algemesí.
Importe : 600,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 600,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Completar la circumva.ació d'Algemesí peí sud-est incloent la
construcció d'un nou pont que creue el riu. El casco urbano de Algemesí
está separado por las vías ferroviarias. Existen dos barrios que han
quedado segregados del resto del casco urbano con los consecuentes
problemas sociales y económicos que eso ha comportado, por lo que se
impone realizar un estudio técnico y económico previo a soterrar las vías
a su paso por el casco urbano.
ENMIENDA NÚM. 5.642
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601. Otras.
Proyecto: Mejora, modernización y adecuación de la línea ferroviaria
Alcoi-Xátíva.
Importe : 15.000,00 (miles de euros).




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BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 15.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Aumento de la partida 2005 17 40 0668 Línea Xátiva-Alcoi por
las necesidades y el retraso en las inversiones durante diferentes
anualidades. Mejora de tramos, etc.
ENMIENDA NÚM. 5.643
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601. Otras.
Proyecto: 2012 17 40 0683 Tren de la costa. Tramo Gandia-Oliva-Dénia.
Importe : 60.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1. Gastos de personal.
Artículo: 12. Funcionarios.Concepto : 121.08. Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 60.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Aumento de la partida 2012 17 40 0683 Tren de la costa. Tramo
Gandia-Oliva-Dénia para garantizar el cumplimiento del Plan de Cercanías
de Valencia del Ministerio de Fomento. Dicho plan contempla la
construcción de la línea Gandia-Dénia, por un importe total de 370.000
(miles de euros).




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ENMIENDA NÚM. 5.644
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601. Otras.
Proyecto: Estación intermodal de Viía-real.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La ciudad de Vila-real se encuentra en un enclave estratégico
tanto a nivel geográfico como a nivel industrial, siendo el vértice del
triángulo azulejero de la Provincia de Castellón más próximo tanto a las
líneas de ferrocarril como al puerto de Castellón. Además cuenta con una
superficie industrial adecuada y adaptada para la creación de dicha
infraestructura. La creación de una plataforma intermodal de mercancías
es una inversión muy necesaria para aumentar la competitividad del sector
industrial del triángulo del azulejo, donde se ubica el mayor clúster de
la industria cerámica de la Unión Europea. La creación de este centro
logístico aumentaría la competitividad y capacidad de exportación de la
potente industria agrícola de las comarcas de Castellón.
ENMIENDA NÚM. 5.645
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601. Otras.
Proyecto: Estación Intermodal al Puerto de Castelló.
Importe : 20.000,00 (miles de euros).




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BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1. Gastos de personal.
Artículo: 12. Funcionarios.Concepto : 121.08. Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 20.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Los principales puertos del Estado sitúan esta infraestructura
al lado de sus recintos porque los puertos son la principal fuente de
mercancías para estas estaciones. Por otro lado, esta solución evitaría
la ocupación de nuevos terrenos del municipio de Castellón, al estar
ubicado dentro del mismo puerto.
ENMIENDA NÚM. 5.646
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601. Otras.
Proyecto: Soterramiento de vías férreas Sueca.
Importe : 300,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 300,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Ampliar el crédito de la partida 2001 17 40 0680 Cercanías de
Valencia (Estudios) en 300 miles de euros, para realizar el estudio del
soterramiento de las vías férreas a su paso por la ciudad de Sueca, de
acuerdo con el protocolo de colaboración entre el Ministerio de Fomento,
el Ayuntamiento de Sueca y el Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias, para la integración del ferrocarril a su paso por el núcleo
urbano de Sueca, firmado el 18 de noviembre de 2011 entre las tres
administraciones.




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ENMIENDA NÚM. 5.647
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Reparación de los daños causados por las obras de la línea de
Alta Velocidad en la Font de la Figuera.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Las obras de la línea de Alta Velocidad de Levante han causado
el desvío de cajeros de barrancos y ramblas en la Font de la Figuera con
unas infraestructuras para su recogida que han resultado del todo
insuficientes. A estas alturas en situaciones de lluvia fuerte o
torrencial se producen avenidas e inundaciones que causan daños al
término y al casco urbano. Entre otros se han malogrado numerosas
infraestructuras de regadío subterráneas a la localidad y varios espacios
públicos. Hay que ejecutar las obras necesarias para evitar este riesgo y
reparar los daños causados.
ENMIENDA NÚM. 5.648
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Soterramiento vías Vila-real.
Importe : 500,00 (miles de euros).




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3889






BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 500,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Debido a que la permeabilidad actual en las inmediaciones de la
estación de pasajeros es del todo insuficiente y en demasiadas ocasiones
se ve saturada por la gente que necesita acceder al otro lado de la
estación para acudir a su lugar de trabajo, junto a los usuarios que
necesitan cruzar al otro andén para utilizar el servicio de tren
dirección Castellón, consideramos insuficiente e insegura la pasarela
actual, debido a que su saturación conlleva a los peatones a cruzar por
medio de las vías, considerando más seguro el paso subterráneo debido a
que permite el cruce de las mismas a un mayor número de gente sin
provocar aglomeraciones.
ENMIENDA NÚM. 5.649
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Dotación de un paso inferior al actual paso a nivel de
l'Alcúdia de Crespins.
Importe : 1.800,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.800,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El Actual paso a nivel de l'Alcúdia de Crespins va a ser
suprimido y a estas alturas no se ha presentado una solución
satisfactoria que garantice el paso de vehículos y personas por este
punto al se dirige la trama viada de Canals y l'Alcúdia de Crespins.




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3890






ENMIENDA NÚM. 5.650
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Estudio de la ampliación de la actual vía de cercanías
Valencia-Moixent hasta la Font de la Figuera.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Hay que hacer el estudio necesario para ampliar la actual vía
de cercanías que llega a Moixent, recuperando el servicio de cercanías
que la Font de la Figuera perdió a los años 90 del siglo XX. Esta
actuación permitiría vertebrar mejor la comarca de la Costera y favorecer
medios de transporte más sostenibles.
ENMIENDA NÚM. 5.651
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Proyecto y construcción de la estación de cercanías de
l'Alcúdia de Crespins y supresión del paso a nivel.
Importe : 4.000,00 (miles de euros).




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3891






BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 4.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La estación de l'Alcúdia de Crespins, que atiende a varias
poblaciones que suman entre 20 y 25.000 personas, presta servicio a los
viajeros en contenedores y otros elementos prefabricados que causan
notables molestias a viajeros que pagan lo mismo que otros que reciben un
trato mejor en otras localidades. Esta situación se prolonga desde hace
tres años, cuando se demolió la antigua estación por daños estructurales
a causa de años de falta de mantenimiento, y sin que de momento se haya
tomado ninguna medida parar corregirla, aparte de las vagas promesas
futuras. Solicitamos que se consigne la cantidad necesarias para
desarrollar en la mayor brevedad posible los proyectos y obras necesarios
para que los viajeros que acuden a dicha estación reciban el trato digno
que merecen .Asimismo, en el tramo actualmente en obras anexo a la
estación existe un paso a nivel que desde ADIF se pretende sustituir
únicamente por una pasarela para viandantes. Solicitamos que se consigne
la cantidad necesaria para que se diseñe y construya en la mayor brevedad
posible un paso subterráneo para vehículos en la estación.
ENMIENDA NÚM. 5.652
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso genera!.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Actuaciones urgentes a la línea Xàtiva-Alcoi.
Importe : 4.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 4.000,00 (miles de euros).




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3892






MOTIVACIÓN Ejecución de las obras que el propio ministerio ha reconocido
como necesarias para poder garantizar el servicio con el mínimo de
calidad a la línea Xátiva-Alcoi, que enlaza esta última ciudad y su
comarca con Valencia capital y que podría ser uno de los ejes
vertebradores de las comarcas centrales valencianas desde una perspectiva
sostenible.
ENMIENDA NÚM. 5.653
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 4S3A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Mejora, duplicación y electrificación de la C3
Valencia-Camporobles.
Importe : 49.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 49.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Mejorar sustancialmente la movilidad de los ciudadanos a través
de la mejora de la seguridad y la integración al ferrocarril en el medio
urbano, potenciar el transporte de pasajeros por ferrocarril,
aprovechando las enormes ventajas que ofrece, como la descongestión por
carretera, menor coste económico y menor contaminación medioambiental.
ENMIENDA NÚM. 5.654
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.




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3893






Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Mejora red de cercanías de Valencia.
Importe : 5.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 5.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Crear una partida para las obras de mejora del núcleo de
cercanías de Valencia.
ENMIENDA NÚM. 5.655
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Conexión del Puerto de Valencia con el Tercer Carril.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El puerto de Valencia es uno de los primeros puertos del Estado
en recepción de contenedores de mercancías. Su conexión mediante
ferrocarril con las redes ferroviarias europeas es imprescindible para
mantener su liderazgo como uno de los puertos más importantes del mar
Mediterráneo. En estos momentos en que se encuentra en fase de
construcción el tercer carril para facilitar la conexión en ancho europeo
en




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las redes del corredor mediterráneo es imprescindible que el puerto de
Valencia esté conectado en ancho europeo para posibilitar el transporte
de las mercancías de dicho puerto a toda Europa.
ENMIENDA NÚM. 5.656
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Ampliación Túnel de Serrería de Valencia.
Importe : 15.000,00 {miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 15.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El túnel de Serrería de Valencia, por el que pasan todos los
ferrocarriles que salen y entran de la ciudad hacia el norte, sale a la
superficie por la ciudad de Valencia, se hace imprescindible su
prolongación al otro lado del río Turia.
ENMIENDA NÚM. 5.657
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Red arteria! del ferrocarril de la ciudad València.
Importe : 40.000,00 (miles de euros).




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BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 40.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN En el ano 2003 el Ministerio de Fomento, la Generalitat
Valenciana y el Ayuntamiento de València firmaron un convenio para el
paso del ferrocarril por la ciudad de València, a través de un canal de
acceso, una estación central y un túnel pasante. La ejecución de este
convenio se encuentra paralizado, es necesario reactivar este proyecto,
al Igual que se ha hecho y se está haciendo en otras ciudades.
ENMIENDA NÚM. 5.658
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Recuperación antigua estación RENFE Ribera de Cabanes
(Cabanes).
Importe : 100,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 100,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Estación de gran valor arquitectónico y en riesgo de escombro,
la cual podría ser aprovechada para hasta culturales.




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3896






ENMIENDA NÚM. 5.659
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Construcción del apeadero ferroviario.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El Polígono Joan Carles I de Almussafes acoge todos los días
además de 20.000 personas para trabajar en sus fábricas. Después de 20
años desde su construcción, el Polígono Joan Carles I no cuenta con
ningún medio de transporte público que facilito a las trabajadoras y
trabajadores el acceso a sus instalaciones. Por eso mismo pedimos que
ADIF construisca un apeadero ferroviario para este motivo.
ENMIENDA NÚM. 5.660
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Cercanías Castelló-Vinaròs.
Importe : 45.000,00 (miles de euros).




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BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 45.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Para realizar la conexión ferroviaria entre Castelló y Vinaròs,
una reivindicación histórica de las comarcas de Castellón.
ENMIENDA NÚM. 5.661
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Tren de la costa. Tramo Dénia-Alacant.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Se crea esta partida por la necesidad de iniciar los trabajos
de licitación e inicio de la construcción de la línea ferroviaria del
Tren de la Costa, que pueda conectar por enlace ferroviario de alta
velocidad todo el litoral de la Comunitat Valenciana.




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ENMIENDA NÚM. 5.662
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Estudio tramo cercanías Villena con línea Alicante-Murcia.
Importe : 300,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 300,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Se presenta partida para los estudios y proyectos y la
licitación de las obras para comenzar el tramo indicado, mediante el cual
se podrá conectar con cercanías la ciudad de Villena con la línea de
cercanías Alicante-Murcia.
ENMIENDA NÚM. 5.663
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Estación Intermodal de Alacant.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).




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BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Creación de la partida por la necesidad de iniciar los trabajos
de licitación e inicio de la construcción de la Estación Intermodal en la
ciudad de Alacant que estaba prevista inaugurarse con la llegada de la
Alta Velocidad a esta ciudad. Un proyecto de la sociedad AVANT que
necesita de inversión presupuestaria para poder realizarse.
ENMIENDA NÚM. 5.664
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Estudios y Proyecto de Conexión del Puerto de Alicante con el
Corredor Mediterráneo.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Iniciar los estudios y el proyecto de la conexión del futuro
corredor mediterráneo con el Puerto de Alicante, que es una cuestión
clave en el futuro de los sectores productivos de las comarcas
alicantinas y el papel del puerto alicantino como nodo de distribución y
comercio internacional.




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ENMIENDA NÚM. 5.665
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Aumento partida 2000 17 20 0380 Cercanías de Alicante.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Supresión progresiva de los pasos a nivel que todavía existen
en las ciudades y pueblos de la provincia de Alacant, como por ejemplo el
existente en la calle Ausó y Monzó de la ciudad de Alacant, que suponen
un elemento de alta peligrosidad para las personas así como una barrera
arquitectónica en las estructuras urbanas.
ENMIENDA NÚM. 5.666
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Aumento Partida 2000 17 20 0380 Cercanías de Alicante.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).




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BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La línea de cercanías Alicante-Murcia transporta a más de 2,8
millones de viajeros al año, lo que la convierte en una infraestructura
especialmente demanda y rentable. Sin embargo, esta línea se encuentra en
un estado obsoleto, ya que es una de las pocas de! Estado que no se
encuentra electrificada. En este sentido, solicitamos que se aumente la
partida 2000 17 20 0380 Cercanías de Alicante hasta los 10M de euros la
inversión en la modernización de la línea para avanzar las obras de
manera significativa.
ENMIENDA NÚM. 5.667
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A. Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601. Otras.
Proyecto: Conexión Ferroviaria Litoral Bajo Segura e Interior.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Se crea esta partida por la necesidad de iniciar los trabajos
de licitación e inicio de la construcción de la línea ferroviaria que
vertebren la costa de la comarca de la Vega Baja con eL interior de está,
contemplando la opción de recuperar el ramal Albatera-Torrevieja,
desaparecido en el año 1986.




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ENMIENDA NÚM. 5.668
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Conexión ferroviaria del aeropuerto de Elche - Alicante.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La línea de cercanías Alicante-Murcia transporta a más de 2,8
millones de viajeros al año, lo que la convierte en una infraestructura
especialmente demanda y rentable. Sin embargo, esta línea se encuentra en
un estado obsoleto, ya que es una de las pocas del Estado que no se
encuentra electrificada. En este sentido, solicitamos que se aumente la
partida 2000 17 20 0380 Cercanías de Alicante hasta el millón de euros la
inversión en la modernización de la línea para avanzar las obras de
manera significativa.
ENMIENDA NÚM. 5.669
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 62. Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los
servicios.Concepto : 620. Inversión nueva asociada al funcionamiento
operativo de los servicios.
Proyecto: Corredor Mediterráneo: Tramo Valencia-La Encina.
Importe : 134.000,00 (miles de euros).




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3903






BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1. Gastos de personal.
Artículo: 12. Funcionarios.Concepto : 121.08. Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 134.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La red ferroviaria en la Comunitat Valenciana presenta
actualmente numerosas disfunciones. Una de ellas es la situación de los
distintos tramos y vías que conectan la ciudad de Valencia con el nudo
ferroviario de La Encina, cruce de distintas conexiones ferroviarias.
Hace ya más de 12 años fue colocada la primera piedra de la renovación de
la red ferroviaria valenciana. A pesar de ello, el tramo entre Valencia y
la Encina presenta las mismas características funcionales que en los años
ochenta del siglo pasado. La inversión en dicho tramo ha sido
considerable, pero la falta de criterio y de una hoja de ruta única para
el Corredor Mediterráneo hace que a día de hoy este tramo siga siendo un
cuello de botella. Hay que diferenciar los dos principales subtramos, por
una parte el Valencia-Xátiva y por el otro el Xátiva-La Encina.



El primero cuenta con dos vías en ancho ibérico por el que transitan cada
día, según datos de ADIF de 2014, entre 240 y 150 trenes, con un nivel de
saturación elevado. Paralelamente a las dos vías en servicio existen
otras dos vías en ancho estándar construidas a lo largo de los últimos 10
años, pero que a pesar de ello aún no han sido finalizadas. El subtramo
Xátiva-La Encina presenta otras características, dado que se ha ido
modificando los proyectos. Finalmente se ha decidido restaurar el trazado
ferroviario antiguo para el paso de trenes un ancho ibérico en una sola
vía, mientras que el trazado actual de dos vías en acho ibérico pasara a
ser dos vías en ancho estándar. La finalización de este tramo supondría
un hito fundamental en la comunicación y vertebración valenciana, dado
que permitiría el paso de alta velocidad entre Valencia y Alicante, a así
como las futuras conexión con Elche y Castellón, reduciendo el tiempo de
viaje entre Valencia y Alicante en menos de una hora. Además permitiría
importantes reducciones de tiempo en los trayectos con Barcelona y
Murcia. A todo esto habría que añadir la repercusión para las mercancías
que tendría una conexión en ancho internacional con el puerto de
Valencia, la Ford, así como las futuras conexiones con Europa y con el
sureste peninsular.
ENMIENDA NÚM. 5.670
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601. Otras.
Proyecto: Proyecto de doble plataforma ferroviaria en ancho estándar del
tramo Valéncia-.



Castelló.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).




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3904






BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El tramo ferroviario entre Valencia y Castelló actualmente es
uno de los más transitados de la geografía española. Está compuesto por
dos vías en paralelo en ancho ibérico, a una de las cuales (según el
tramo varia la vía), se le ha añadido un tercer carril para permitir el
paso de trenes en ancho internacional, tanto de mercancías como de
pasajeros. Este sistema nunca ha sido utilizado en España en un tramo de
tanta densidad de circulación y a día de hoy sigue estando en pruebas,
sin que sea posible conocer cuando se van a poner en uso. La colocación
de este tercer 'hilo' ha causado durante más de dos años grandes
molestias a los más de 15.000 usuarios que diariamente utilizan las
líneas de cercanías que conecta a más de un millón de personas entre
Valencia, Sagunt, Vila-real y Castelló entre otros.



Los datos de la propia ADIF de 2014 ya mostraban que la vía presentaba
'problemas sistemáticos de saturación' durante 9 horas en un sentido y
otras 3 en ei otro en el tramo entre Valencia y Sagunt. El resto del día
se presentaban 'problemas puntuales de saturación' excepto de madrugada.
Así, dicho tramo presenta más de 150 circulaciones globales cada día, uno
de las cifras más altas de la red, a lo que hay que añadir la
variabilidad de los tráficos, ya que por las mismas líneas deberán
transitar las cercanías, los trenes de mercancías, de media distancia y
de larga distancia, así como ios servicios en ancho estándar previstos
para pasajeros, como las conexiones Madrid-Castelló y
Alacant-Valéncia-Castelló-Barcelona y todos los trenes que utilicen el
corredor Mediterráneo de mercancías.



La necesidad de desdoblar este tramo y separar los tráficos ya ha sido
plasmada en diversos planes de infraestructuras del Estado, llegando a
marcarlo como una prioridad en el año 2010. En ese momento, fue
proyectada la construcción de dicha nueva plataforma e incluso se llegó a
licitar su construcción, aunque fue paralizada completamente por el
Ministerio de Fomento sin razón técnica alguna.
ENMIENDA NÚM. 5.671
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601. Otras.
Proyecto: Nuevo Acceso Tren de Pasajeros al Port de Sagunt.
Importe : 2.400,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.




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3905






Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 2.400,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Como dice INECO en su informe El municipio de Sagunt, con una
población de unos 70.000 habitantes, cuenta con dos núcleos diferenciados
de población, Sagunt y Port de Sagunt. Port de Sagunt, con una población
que duplica casi a la del núcleo de Sagunt, dispone de una mala
comunicación ferroviaria, debiendo sus habitantes desplazarse a la
estación de Sagunto, situada a unos 3. Km.
ENMIENDA NÚM. 5.672
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601. Otras.
Proyecto: Estación Intermodal Pare Sagunt.
Importe : 100,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros. Imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 100,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Creación de la partida para la redacción del proyecto previo a
la construcción de una estación intermodal en el parque industrial de
Pare Sagunt en el término municipal de Sagunt.




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3906






ENMIENDA NÚM. 5.673
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Concepto Nuevo. Integración urbana Sagunt. Cubrimiento de vías.
Importe : 4.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 4.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El paso de la LAV Valencia Castelló, provocará un impacto
ambiental de dimensiones irreversibles en el casco urbano de la Ciudad de
Sagunt, produciendo una barrera de inaccesibilidad en un entramado urbano
consolidado. La integración urbana de esta infraestructura a su paso por
la ciudad es imprescindible para evitar impactos irreversibles.
ENMIENDA NÚM. 5.674
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaria de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601. Otras.
Proyecto: Estudio Mercancías Zaragoza-Sagunt.
Importe : 1.100,00 (miles de euros).




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3907






BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 1.100,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Aumentar la partida 2013 17 40 0761 Estudio de mercancías
Zaragoza-Sagunt, para poder llevar a cabo este año dicho proyecto, un
corredor alternativo a la alta velocidad para el uso de unas
infraestructuras sostenibles y eficientes.
ENMIENDA NÚM. 5.675
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601. Otras.
Proyecto: Estudio Inversión mejora línea convencional Teruel Sagunt.
Importe : 1.400,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 1.400,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Mejora de la partida para la inclusión del desarrollo de
proyectos de inversiones en la mejora de la línea ferroviaria
Teruel-Sagunt.




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3908






ENMIENDA NÚM. 5.676
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.



Servido: 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601. Otras.
Proyecto: Soterramiento vías ferrocarril a su paso por Pugol.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Creación de una partida para soterrar las vías ferroviarias al
paso por Pugol, ya que está previsto que el AVE pase por esta población
con la construcción del corredor mediterráneo, aprovechando las líneas ya
existentes que separan el municipio creando serios problemas económicos y
de movilidad así como problemas de segregación social.
ENMIENDA NÚM. 5.677
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 20. Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Extensión red de Cercanías Castelló-Benicarló.
Importe : 43.000,00 (miles de euros).




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3909






BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1. Gastos de personal.
Artículo: 12. Funcionarios.Concepto : 121.08. Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 43.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Remodelación de estaciones y adquisición del parque móvil
necesario para hacer posible la mejora en las frecuencias y la
circulación de trenes de cercanías desde el Maestrat hacia Castelló y su
posible extensión hasta Tortosa. Los municipios de la Plana y el Maestrat
no cuentan con una conexión con la red de cercanías de Castelló a
Valencia, lo que les impide su conexión con las principales capitales,
zonas sanitarias de referencia, educativa y administrativa. Además
debería estudiarse su conectividad con l'AIdea y Tortosa, en Tarragona.
ENMIENDA NÚM. 5.678
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 38. Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611. Otras.
Proyecto: Construcción passarela de la Via a Verda a Cocentaina.
Importe : 400,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 400,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN A raíz de la construcción de la primera circunvalación en
Cocentaina, se destrozó el trazado de la Vía Verde Alcoi-Gandia. La
circunvalación ha partido en dos la Vía Verde al paso entre el polígono
de la Llaona y el túnel del avenida Ferrocarril en Cocentaina causando un
enorme peligro para travesar la zona para peatones o cicloturistas. La
construcción de la pasarela es fundamental para adecuar esta zona de la
Vía Verde entre Alcoi y Gandia, mejorar la seguridad vial y potenciar el
turismo y la práctica del deporte.




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3910






ENMIENDA NÚM. 5.679
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 38. Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.
Concepto Nuevo. N-340. Tramo: Duplicación Alcalá deXivert (entre KM 1.017
y 1.022).
Proyecto: N-340. Tramo: Duplicación Alcalá de Xivert (entre KM 1.017 y
1.022).
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Se propone crear una partida para duplicar la N-340 entre los
kilómetros 1.017 y 1.022 correspondientes a Alcalá de Xivert, puesto que
aunque se han realizado las expropiaciones pertinentes para acometer la
mejora y duplicación del vial, no se ha previsto una partida para
ejecutar el proyecto.
ENMIENDA NÚM. 5.680
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 38. Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B. Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611. Otras.
Proyecto: Desdoblamiento CV-800 entre Mutxamel yXixona.
Importe : 2.000,00 (miles de euros).




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BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 2.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Mejorar el tráfico y atracción para la localización de la
instalación de nuevas empresas.
ENMIENDA NÚM. 5.681
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 38. Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 7. Transferencias de capital.
Artículo: 76. A corporaciones locales.Concepto : Cesión definitiva y
transferir la titularidad de la N-340 a su paso por Albaida.
Importe : 700,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 700,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El desvío de la carretera N-340 a su paso por Albaida se
culminó ya hace más de 3 años. Sin embargo, el Ministerio de Fomento no
ha dado el tramo urbano al ayuntamiento, al no disponer de recursos. Ello
origina que todavía pase por el casco urbano tráfico pesado.



La inversión pedida es para realizar la cesión definitiva y transferir la
titularidad de los kilómetros de la carretera N-340 a su paso por
Albaida. Dicha cantidad es aproximadamente la estipulada por la cesión de
dichos kilómetros de carretera por un importe de 206.644 euros por
kilómetro, según establece la orden FOM/3426/2005, de 27 de octubre, por
la que se fijan las condiciones especiales para la entrega a los
ayuntamientos de los tramos urbanos de la Red de Carreteras del Estado.




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3912






ENMIENDA NÚM. 5.682
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 38. Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601. Otras.
Proyecto: circunvalación de Algemesí por el sudeste.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Se trataría de iniciar los estudios y realizar en esta primera
fase las obras de la circunvalación hasta llegar al río para diversificar
las entradas a Algemesí lo que descongestionaría gran parte del casco
urbano. Esta circunvalación y puente se encuentran contemplados en el
PGOU de 20111. En la segunda fase se realizaría el puente.
ENMIENDA NÚM. 5.683
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 38. Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600. Inversiones en terrenos.
Proyecto: Mejora y adecuación actual trazado Carretera CV-700.
Importe : 5.000,00 (miles de euros).




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BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 5.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Dinamizar los pueblos rurales Agres y Alfafara y la
interconexión - Comptat - Alt Vinalopó.
ENMIENDA NÚM. 5.684
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 38. Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601. Otras.
Proyecto: Estudio y construcción nuevo enlace N-332 con la partida Sait
de i'Aigua de Benidorm.
Importe : 900,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 900,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La partida de Salí de l'Aigua de Benidorm reúne varios centros
docentes de primaria, secundaria, universitaria y formación para adultos,
y es cercana a la N-332. Dicha carretera enlaza con esta zona por una de
las vías principales de salida de Benidorm, la Avenida de la Comunidad
Europea, que además concentra la estación de autobuses, el Palau de
Justicia y el Instituto Valenciano de Tecnologías Turísticas (INVATTUR),
presentando cierta saturación en horas punta. La única salida de
incorporación a la N-332 es desde dicha Avenida en dirección Alicante.
Cabría realizar el estudio y construcción de una nueva salida, en ambos
sentidos, que conectase directamente con la partida de Salt de l'Aigua,
en la que se concentran distintos centros docentes, para dar fluidez al
tráfico y evitar los atascos.




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3914






ENMIENDA NÚM. 5.685
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 38. Dirección General de Carreteras.
Programa : 441M Subvenciones y apoyo al transporte terrestre.
Capítulo: 4. Transferencias corrientes.
Artículo: 47. A empresas privadas.Concepto : Para compensar a Autopistas
Aumar, S. A. C. E. por la exención del peaje en la AP-7 de los recorridos
entre los peajes de Xeresa, Oliva y Ondara.
Importe : 6.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 6.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN En la actualidad los municipios del sur de la comarca de la
Safor sufren a diario las consecuencias del paso de la carretera Nacional
332 por sus cascos urbanos. El Ministerio de Fomento ha aplazado sine día
la construcción del proyecto 'Autovía A-38, Variante de la Safor. Tramo:
Oliva Sur-Inicio de la variante de Gandía'. Por ello, se propone la
utilización temporal de la autopista AP7 a su paso por la Safor como
circunvalación, en el mismo orden que en otros territorios del Estado, en
tanto en cuanto no se proceda a solucionar dicho problema de manera
definitiva.
ENMIENDA NÚM. 5.686
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 38. Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados ai uso general.Concepto : Nuevo. Construcción de nuevo enlace
en la Autopista AP7, al sur del casco urbano del municipio de Oliva
(Valónela).
Importe : 28.908,00 (miles de euros).




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3915






BAJA Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1. Gastos de personal.
Artículo: 12. Funcionarios.Concepto : 121.08. Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 28.908,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN En la actualidad ios municipios del sur de la comarca de la
Safor sufren a diario las consecuencias del paso de la carretera Nacional
332 por sus cascos urbanos. El Ministerio de Fomento ha aplazado sine die
la construcción del proyecto 'Autovía A-38, Variante de la Safor. Tramo:
Oliva Sur-inicio de la variante de Gandía', argumentado su alto coste
económico, que vendría a rondar los 150 millones de euros. La
construcción de un enlace en la AP7 al sur del casco urbano de Oliva
tendría un coste económico mucho menor, al tiempo que un menor impacto
ambiental. En la actualidad la Dirección General de Carreteras estudia
esta propuesta a sugerencia de la Corporación Municipal de Oliva.
ENMIENDA NÚM. 5.687
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 7 Transferencias de capital.
Artículo: 76 A corporaciones locales.Concepto : nuevo Para realizar la
cesión definitiva y transferir la titularidad de la N-332 a su paso por
Sueca.
Importe : 1.090,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.090,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El desvío de la carretera N-332 a su paso por Sueca se culminó
ya hace más cuatro años. Sin embargo, el Ministerio de Fomento no ha dado
el tramo urbano al ayuntamiento, al no disponer de recursos. Ello origina
que todavía pase por el casco urbano tráfico pesado.



La inversión pedida es para realizar la cesión definitiva y transferir la
titularidad de los kilómetros de la carretera N-332 a su paso por Sueca.
Dicha cantidad es aproximadamente la estipulada por la cesión de




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dichos kilómetros de carretera por un importe de 204.644 euros por
kilómetro, según establece la orden FOM/3426/2005, de 27 de octubre, por
la que se fijan las condiciones especiales para la entrega a los
ayuntamientos de los tramos urbanos de la Red de Carreteras del Estado.
ENMIENDA NÚM. 5.688
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611 Otras.
Proyecto: 2004 17 38 3644 N-332 Variante de Sueca (Tramo II, variantes de
Cullera y Favara).
Importe : 133.138,61 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 133.138,61 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El tramo II de la variante de Sueca, que discurre entre Cullera
y Favara sigue siendo un punto negro del tráfico rodado, además de ser
una carretera turística que se colapsa en los meses de verano. Se pide
aumentar la partida para terminar la ejecución del proyecto lo antes
posible y convertir en autovía la N-332 de Valencia a Favara.
ENMIENDA NÚM. 5.689
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.




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Concepto : nuevo N-340. Tramo: ampliación y mejora carriles incorporación
Vila-real Este.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Los accesos a la N-340 desde Vila-real Este soportan un nivel
de tráfico elevado. Son los que permiten incorporar-se a la N-340 desde
el Hospital de la Plana, además de ser el nexo de unión para incorporarse
a la N-340 desde la CV-185 y desde la misma ciudad de Vila-real. Estos
accesos son altamente peligrosos al tratarse de una carretera nacional
con un elevado nivel de tráfico y un solo carril, más aun si tenemos en
cuenta la corta distancia de los carriles de aceleración para
incorporar-se en ambos sentidos.
ENMIENDA NÚM. 5.690
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : nuevo N-340, Tramo: Duplicación
Vila-real.
Importe : 2.500,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 2.500,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La N-340 a su paso por el término municipal de Vila-real ya
soportaba en el año 2004 una tráfico de 26.500 vehículos diarios, una
cifra demasiado elevado para una carretera con un solo carril en cada
sentido. Además de ser el eje vertebrador de la comarca, la N-340 a su
paso por Vila-real concentra gran número de empresas y polígonos
industriales razón que aumenta el tráfico de vehículos pesados en este
tramo.




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3918






ENMIENDA NÚM. 5.691
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453C Conservación y explotación de carreteras.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Mayor inversión en la N-332 Trm. II entre Cullera y Favara.
Importe : 8.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 8.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El paso de la carretera por Favara continúa siendo un punto
negro del tráfico y un colapso durante los meses de verano por lo que son
necesarias inversiones que eliminen este problema.
ENMIENDA NÚM. 5.692
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453C Conservación y explotación de carreteras.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611 Otras.
Proyecto: Accesos zonas industriales Quart de Poblet.
Importe : 300,00 (miles de euros).




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BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 300,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Mejora accesos zonas industriales de Quart de Poblet situados a
los lados de la A3 al término de Quart de Poblet.
ENMIENDA NÚM. 5.693
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.



Servido: 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Enlace Sur AP-7.
Importe : 2.233,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 2.233,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Altea es uno de los pocos pueblos que no ha solucionado el paso
de la N-332 por su casco urbano. Con esta propuesta se sustituye la
construcción de una variante por el aprovechamiento de una
infraestructura ya existente cómo es la AP-7 y conseguimos convertir la
N-332 en una vía urbana.




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3920






ENMIENDA NÚM. 5.694
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.



Servido: 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453C Conservación y explotación de carreteras.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Finalización de las obras de la A-35 a su paso por la Font de
la Figuera.
Importe : 25.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 25.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Actualmente la N-344 continúa pasando por la Font de la Figuera
causando notables molestias y riesgos al municipio. Se trata de una
demanda histórica con unas obras que se están eternizando en el pueblo.
ENMIENDA NÚM. 5.695
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453C Conservación y explotación de carreteras.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Reconversión de la actual N-344 en travesía urbana en la Pont
de la Figuera.
Importe : 1.600,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.




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Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.600,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Con las obras de la A-35 la actual N-344 al paso por la Font de
la Figuera se convertirá en una calle más de la localidad. Hay que
transformar este vial para su nuevo uso al tiempo que se genera un
espacio que mejoro la calidad de vida de la población.
ENMIENDA NÚM. 5.696
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611 Otras.
Proyecto: Rotonda, en el cruce de la Carretera CN-340 Alicante-Murcia con
la Carretera CV-904 Crevillent-Catral.
Importe : 250,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 250,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Se trata de un cruce peligroso donde se lleva reivindicando
desde hace muchos años una rotonda.



Estamos ante dos carreteras de largas rectas que se cortan y donde los
coches circulan a altas velocidades. La incorporación de la carretera de
Catral a la N-340 es muy peligrosa, ya que es necesaria una incorporación
rápida y sin carril de aceleración.




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3922






ENMIENDA NÚM. 5.697
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Desdoblamiento de la CN-340 desde la salida del núcleo urbano
de Crevillent hasta el cruce con la CV-904 a Catral.
Importe : 2.500,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 2.500,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El tramo que se pretende desdoblar tiene además la
consideración y hay señalización de que estamos ante un tramo de
concentración de accidentes, además conecta Crevillent con importantes
polígonos industriales (Pol. Cachapet) y en desarrollo (Polígono 1-13).
ENMIENDA NÚM. 5.698
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Salida de la autopista A-7, al sur del río Júcar.
Importe : 15.000,00 (miles de euros).




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3923






BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 15.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Mejorar la circulación a la salida de la autopista A-7, al sur
del río Júcar, inmediatamente después de su paso sobre el río.
ENMIENDA NÚM. 5.699
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453C Conservación y explotación de carreteras.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Mejora accesos por carretera ciudad de Valéncia.
Importe : 8.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 8.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Los accesos por carretera a la Ciudad de Valéncia de
competencia estatal, V-30, V-21 y V-31 requieren de mejoras y ampliación.




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3924






ENMIENDA NÚM. 5.700
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453C Conservación y explotación de carreteras.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Reasfaltado, acondicionamiento, pintura vial y señalización.
Importe : 300,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 300,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Arreglar la N-340, antes de la cesión al municipio.
ENMIENDA NÚM. 5.701
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.



Servido: 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453C Conservación y explotación de carreteras.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Adecuación e iluminación solar rotondas 340 accesos N-232,
N-238, 340-A.
Importe : 300,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.




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3925






Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 300,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Adecuar e iluminar correctamente los enlaces entre la Nueva 340
y las nacionales adyacentes.
ENMIENDA NÚM. 5.702
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Plan integral de mejora de la seguridad en el tramo de la N-340
que discurre por el núcleo urbano de la Ribera de Cabanes.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La N-340 atraviesa este núcleo poblacional con riesgo para las
personas, por lo que se precisa una actuación que disminuya los riesgos.
ENMIENDA NÚM. 5.703
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.




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3926






Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Nuevo Puente y carretera de conexión en Alzira.
Importe : 6.400,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 6.400,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Construir un puente que cruzo el río Júcar y conecto con la
carretera CV-505 a su paso por Alzira.
ENMIENDA NÚM. 5.704
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Enlace con la AP-7 desde la CV-505 de Alzira.
Importe : 2.500,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 2.500,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Enlace con la AP-7 desde la CV-505 de Alzira.




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3927






ENMIENDA NÚM. 5.705
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Finalización tramo Font de Figuera A33.
Importe : 34.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 34.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La futura autovía A-33 a su paso por la Comunitat Valenciana
atraviesa los términos municipales de la Font de la Figuera y Villena,
conectando la A-31 con la A-35. Actualmente dicha comunicación se realiza
a través de la carretera nacional N-344, con una intensidad diaria
cercana a los 14.000 vehículos diarios, de los cuales más del 40% son
vehículos pesados, un porcentaje muy superior a la media. Las
especificaciones técnicas indican que a partir de una previsión de
tráfico futura de 10.000 vehículos diarios una carretera debe ser
convertida en autovía, por lo que la justificación de la conversión de la
N-344 en la autovía A-33 está más que justificada técnicamente.
ENMIENDA NÚM. 5.706
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Acondicionamiento N-232 entre Morella y el Barranco de la Bota.
Importe : 11.700,00 (miles de euros).




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BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 11.700,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La carreta nacional N-232 conecta el valle del Ebro con la
costa mediterránea. En su trazado por la Comunitat Valenciana atraviesa
las comarcas castellonenses del Maestrat y Els Ports, conectándolas con
la provincia de Teruel y la comarca del Bajo Aragón. La situación actual
de la misma es muy diferente según los tramos analizados. El primer tramo
comienza en la ciudad de Vinarós y transcurre en dirección oeste hacia el
interior de la provincia hasta alcanzar las inmediaciones de la localidad
de Xert. Dicho tramo ya fue acondicionado años atrás y es posible la
circulación de vehículos de forma aceptablemente cómoda y segura. La
situación en el tramo entre la frontera administrativa con Aragón y la
ciudad de Morella es también aceptable, ya que fue acondicionada
recientemente. La problemática radica en el tramo intermedio, sito entre
las localidades de Xert y de Morella, dado que no ha sido acondicionado
en muchos años, y su situación es estratégica para conectar los valles
litorales con las comarcas más montañosa. En dicho tramo se encuentra el
puerto de Guerol. En esta zona, debido al trazado y ai mal estado del
mismo, un turismo difícilmente puede superar los 50 kilómetros por hora
con una seguridad y comodidad adecuadas. Este tramo más de 20 kilómetros
provoca un aislamiento de la comarca de Els Ports y sus habitantes del
resto de la provincia, además de alejar los servicios básicos de los
habitantes de dicha comarca, como hospitales, universidades o estaciones
ferroviarias.
ENMIENDA NÚM. 5.707
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Enlace A7-V21 acceso sur Pare Sangunt Pugol-Sagunt.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).




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3929






MOTIVACIÓN La conexión viaria de Pare Sagunt en su extremo Sur con la
AP-7, la A-7 y la V-21 en el enlace de Puçol, constituye en la actualidad
un cuello de botella que exprime la conectividad de una zona de gran
potencial logístico como es el Parque Empresarial Parc Sagunt y el Puerto
Comercial de Sagunto. Es por ello que su desarrollo aumentaría en gran
manera las posibilidades de entrada y salida de mercancías a través de
carretera.
ENMIENDA NÚM. 5.708
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : nuevo Enlace directo A-7 Norte de Sagunto.
Proyecto: Enlace A7 AP7 Sagunt.
Importe : 2.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 2.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Sagunto, ciudad de 67.000 habitantes no cuenta con enlace
directo con la AP-7 debiendo retroceder hasta Puçol para incorporarse al
peaje más próximo (Zona del pontazgo, en Término municipal de Sagunto,
pero sin acceso) o utilizar las entradas-salidas de Valí d'Uixó.



Existe una posibilidad sencilla de incorporación directa a la AP-7 en la
bifurcación entre A-7 y CV-10, habilitando los sistemas de acceso
correspondientes, que no supone una inversión excesiva y que soluciona un
déficit histórico de acceso a importantes zonas logísticas como el Puerto
de Sagunto y los diferentes polígonos de la Ciudad.




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3930






ENMIENDA NÚM. 5.709
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611 Otras.
Proyecto: Construcción de acceso desde la A-31 Madrid-Alicante a la
Estación de AVE de Villena.
Importe : 15.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 15.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La Estación de Villena Alta Velocidad presta servicio en la
línea de alta velocidad Madrid-Alicante con paradas de trenes AVE y ALVIA
desde junio de 2013. Sin embargo, actualmente los habitantes de las
comarcas del área de influencia de la estación se ven obligados a acceder
a través de caminos rurales que no reúnen las condiciones adecuadas.
ENMIENDA NÚM. 5.710
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: 2005 17 38 494 Ronda Sur de Elche (8.2 KM.)
Importe : 13.134,00 (miles de euros).




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3931






BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 13.134,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La necesidad de la infraestructura ha sido reivindicada desde
comienzos de la década de los noventa. En la actualidad, se hace aún más
urgente dotar de esta vía a una ciudad que supera los 230.000 habitantes
a través de una vía que mejora también los accesos a la costa sur de la
provincia de Alicante.
ENMIENDA NÚM. 5.711
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611 Otras.
Proyecto: 2014 17 38 3598 Duplicación variante de Torrevieja.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Se incrementa hasta los 10 millones de euros el presupuesto
destinado a la partida 2014 17 38 3598 Duplicación variante de Torrevieja
para que las obras de esta infraestructura, valoradas en 34 millones de
euros, avancen significativamente. En la actualidad la limitación de dos
carriles unidireccionales en el tramo entre Guardamar del Segura y Pilar
de la Horadada producen numerosos atascos de tráfico y son considerados
dos de los puntos negros más peligrosos de la provincia de Alicante.




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3932






ENMIENDA NÚM. 5.712
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453C Conservación y explotación de carreteras.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611 Otras.
Proyecto: Rehabilitación tramo N340 a su paso por Albaida.
Importe : 700,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros Imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 700,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El desvío de la carretera N-340 a su paso por Albaida se
culminó ya hace más de 4 años. Sin embargo, el Ministerio de Fomento no
ha cedido el tramo urbano al ayuntamiento, al no disponer de recursos.
Ello origina que todavía pase por el casco urbano tráfico pesado.



La inversión pedida es para realizar la adecuación y mejora del citado
tramo de poco más de 3 kilómetros y transferir al ayuntamiento la
titularidad de dichos kilómetros de la carretera N-340 a su paso por
Albaida. Dicha cantidad es aproximadamente ia estipulada por la cesión de
dichos kilómetros de carretera por un importe de 204.644 euros por
kilómetro, según establece la orden FOM/3426/2005, de 27 de octubre, por
la que se fijan las condiciones especiales para la entrega a los
ayuntamientos de los tramos urbanos de la Red de Carreteras del Estado.
ENMIENDA NÚM. 5.713
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453C Conservación y explotación de carreteras.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.




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3933






Proyecto: Arreglo y cesión de la N340 a su paso por Benicarló.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Se pide esta partida para ceder en perfecto estado la N340 a su
paso por Benicarló.
ENMIENDA NÚM. 5.714
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453C Conservación y explotación de carreteras.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Rehabilitación superficial del firme N340 a su paso por
Benicarló.
Importe : 200,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 200,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La variante de la N-340 a su paso por Benicarló ha dejado un
antiguo trazado deteriorado y peligroso en el kilómetro que va de la
CV-135/Carretera Càlig y el Paseo Febrer i Soriano que precisa de una
urgente actuación.




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3934






ENMIENDA NÚM. 5.715
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Construcción pasarela que conecte el casco urbano de Calp con
la urbanización Oltà.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La enmienda trata de dotar la redacción del proyecto y
ejecución del mismo de una pasarela que conecte el casco urbano de Calp
con la urbanización Oltà; donde además se halla ubicada la parada del
tren de cercanías. En la ubicación donde tendría que construirse la
pasarela (km 168 de la n-332) no sólo no hay ningún acceso para peatones
(ni semáforos, ni de peatones ni pasarela), sino que además se ubican las
intersecciones de entrada y salida al municipio (acceso sur), lo que
implica que hayan dos carriles de aceleración e incorporación de
vehículos a la vía y con escasa visibilidad para los peatones. Con objeto
de garantizar la seguridad de los peatones así como para evitar
retenciones en una carretera donde hay un tráfico de vehículos más que
considerable corresponde la construcción de un paso elevado de peatones
que compagine ambas reivindicaciones.
ENMIENDA NÚM. 5.716
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.



Servido: 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.




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3935






Proyecto: Creación de un acceso A7 al polígono del Pla - camino de
Torrente.
Importe : 3.200,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 3.200,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Mejora de la accesibilidad y el tráfico hacia el polígono del
Pía - camino de Torrente (Valencia) y para descongestionar el centro
urbano del municipio. Existe denuncia generalizada de los vecinos de
Alcàsser por el continuo paso de vehículos pesados por el centro urbano
del municipio.
ENMIENDA NÚM. 5.717
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 09 Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.
Programa : 2610 Ordenación y fomento de la edificación.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Proyecto y construcción de una cubierta al Auditorio del parque
de La Canaleta en Faura.
Importe : 324,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 324,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El auditorio del parque de La Canaleta en Faura no está
cubierto, lo que impide su uso en condiciones meteorológicas adversas.




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3936






ENMIENDA NÚM. 5.718
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 09 Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.
Programa : 261N Promoción, administración y ayudas para rehabilitación y
acceso a vivienda.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.
Proyecto: Rehabilitación dei núcleo antiguo de Xixona (primera fase).
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El núcleo antiguo de Xixona tiene un gran interés histórico por
encontrarse buena parte de él en el interior de las que fueron murallas
medievales de la ciudad.



Sin embargo, hoy en día hay muchas viviendas en ruina o semirruina, y
existen problemas de plagas de recogida de aguas pluviales y, en general,
de limpieza y adecuación.



En esta primera fase, habría que solucionar los problemas de
alcantarillado y recuperar el atractivo histórico y turístico de estas
calles con medidas encaminadas a embellecer y reverdecer el núcleo
antiguo y convertirlo así, en un motor económico de Xixona.
ENMIENDA NÚM. 5.719
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 09 Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.
Programa : 451N Dirección y Servicios Generales de Fomento.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Rehabilitación del Palau deis Milà i Aragò: 2.ª fase y final.
Importe : 500,00 (miles de euros).




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3937






BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 500,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El Palau deis Milà i Aragò d'Albaida, inmueble de titularidad
municipal y declarado bien de interés cultural, es un edificio del siglo
XVII, referente patrimonial e histérico-artístico valenciano. La
inversión solicitada de 500.000 euros se refiere a la segunda y última
fase de la rehabilitación del citado Palacio de la ciudad de Albaida. Un
proyecto de rehabilitación que se presentó a principios de este año 2015
al Ministerio de Fomento dentro de la convocatoria del 1,5% Cultural para
la recuperación del patrimonio histórico-artístico, pero que no fue
aprobado y, por tanto, financiado por el mismo. En la fase anterior,
financiada con cargo al 1% Cultural, se alcanzó la consolidación del
cuerpo central del inmueble y de partes importantes de la parte de
poniente. Por tanto, sólo resta esta última fase para recuperar un
espacio vital para la ciudad. En concreto, la parte de levante sobre la
que se pretende actuar tendrá un destino o uso cultural de carácter
polivalente, cumpliendo los parámetros exigidos por la administración
estatal.
ENMIENDA NÚM. 5.720
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 09 Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.
Programa : 2610 Ordenación y fomento de la edificación.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.
Proyecto: Adecuación BIC Puente Mijares-antigua N-340 entre Vila-real y
Almassora.
Importe : 60,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros Imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 60,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El puente que une las localidades de Vila-real y Almassora
cruzando el río Millars y por donde antiguamente transcurría la antigua
N-340, denominado 'El Pont Nou', tiene la calificación de BiC. Aunque se
han realizado obras de restauración y mantenimiento recientemente, aun
queda pendiente una




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3938






adecuación final que incluya la iluminación y señalización de dicho
monumento para potenciar su atractivo histórico y turístico.
ENMIENDA NÚM. 5.721
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.



Servido: 32 Dirección General de Marina Mercante.
Programa : 441N Subvenciones y apoyo al transporte marítimo.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Inversiones Puerto de Valencia.
Importe : 50.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.
Importe : 50.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El Puerto de Valencia, el primer puerto del Estado en tráfico
de contenedores, solo tiene previstas inversiones por 50 millones de
euros, es necesario ampliar esta cantidad a los 100 millones de euros.
ENMIENDA NÚM. 5.722
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 34 Dirección General de Aviación Civil.
Programa : 4410 Subvenciones y apoyo al transporte aéreo.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Inversiones Aeropuerto de Valencia.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).




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3939






BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El aeropuerto de Valencia solo tiene previstas inversiones por
9 millones de euros, solicitamos un incremento hasta 19 millones de
euros.
ENMIENDA NÚM. 5.723
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 09 Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.
Programa : 2610 Ordenación y fomento de la edificación.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.
Proyecto: Recuperación y dinamización Instalaciones 'Elcano'.
Importe : 2.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.



Articulo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 2.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Recuperación de las zonas deportivas que hay dentro de las
instalaciones para dar servicio a los vecinos de la zona.



Estudiar la posible recuperación del patrimonio industrial para su
aprovechamiento en el ámbito turístico y de servicios. Contando como
punto de partida con el proyecto que en su día fue presentado como Elcano
2.0.




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3940






ENMIENDA NÚM. 5.724
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 09 Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.
Programa : 2610 Ordenación y fomento de la edificación.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados ai uso general.
Proyecto: Rehabilitación del casco antiguo de Benicarló.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El patrimonio histórico-arquitectónico del casco antiguo de
Benicarló sufre una gran degradación. Los fondos deberían ser destinados
a la subvención de la restauración tanto de fachadas como del resto de
elementos arquitectónicos, así como para estimular la apertura de
negocios y dinamización económica y social de la zona.
ENMIENDA NÚM. 5.725
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 09 Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.
Programa : 2610 Ordenación y fomento de la edificación.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.
Proyecto: Rehabilitación integral y urbanización entorno de la estación
de Benicarló-Peníscola.
Importe : 80.382,00 (miles de euros).




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3941






BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121,08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 80.382,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Urbanización y conexión de la estación Renfe
Benicarló-Peníscola con la trama urbana. Ajardinamiento, red de riego y
plantación de especies en el ámbito delimitado por el Paseo Febrer i
Soriano, la industria química IFF y la estación en la Avenida Felipe
Klein.
ENMIENDA NÚM. 5.726
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 09 Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.
Programa : 261N Promoción, administración y ayudas para rehabilitación y
acceso a vivienda.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.
Proyecto: Plan de rehabilitación integral de edificios en barrios de
Alacant.
Importe : 6.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 6.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Los barrios de José Antonio, y 3.er Sector, Nou Alcolecha en la
Zona Norte de la ciudad, necesitan de inversiones urgentes en
rehabilitación de edificios, que puedan concertarse con otras
administraciones {local y autonómica) en la ciudad de Alacant y que
ayuden a hacer efectivos otras actuaciones e intervenciones de carácter
social e inclusivas.




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3942






ENMIENDA NÚM. 5.727
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Parque logístico de Benicarló-Vinarós.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La ciudad de Benicarló se encuentra en un enclave estratégico
tanto a nivel geográfico como industrial. Ha sido el centro comarcal de
un histórico clúster del mueble, de producción agraria y de la industria
química, que se ve abocada a transportar por carretera su producción, con
el consiguiente peligro de accidente y contaminación. Por su proximidad
tanto a las líneas de ferrocarril como al puerto de Castelló y al
corredor mediterráneo, un parque logístico dinamizaría la exportación a
Europa de la industria de la agroalimentación, aumentando la
competitividad de esta zona a medio camino entre Castelló y Tarragona.
Además cuenta con una superficie industrial adecuada y adaptada para la
creación de dicha infraestructura. Este centro logístico aumentaría la
competitividad y capacidad de exportación de la potente industria
agrícola de las comarcas de Castelló.
ENMIENDA NÚM. 5.728
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Estudio viabilidad de ramal metro Valencia en la línea 8
(conexión Alcásser-Valéncia)




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3943






Importe : 200,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 200,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Estudio de viabilidad de ramal de metro de Valencia del
proyecto de línea 8 de metro ligero para conectar Alcásser con el área
metropolitana, la ciudad de València y el hospital de la Nueva Fe.
ENMIENDA NÚM. 5.729
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 38 Dirección General de Carreteras.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo 7 Transferencias de capital.
Artículo: 76 A corporaciones locales.Concepto : Cesión de la carretera
N-ll entre los puntos kilométricos 324,700 y 329,000.
Importe : 8.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos De Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.g. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 8.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN En fecha 19 de mayo de 2011 se suscribió un Protocolo de
colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Zaragoza
para la futura cesión de la carretera N-ll entre los puntos kilométricos
324,700 y 329,000, y su adecuación como vía urbana e integración en el
entorno municipal. En dicho Protocolo, el Ayuntamiento de Zaragoza
manifestaba su intención de aceptar la transferencia de titularidad del
citado tramo de carretera y el Ministerio de Fomento declaraba su
intención de transferirla.



Se crea esta partida para poder ceder definitivamente este tramo de
carretera.




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3944






ENMIENDA NÚM. 5.730
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 11 Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural.
Programa : 337B Conservación y restauración de bienes culturales.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo
de los servicios.
Proyecto: 2000 18 11 0164 Restauración Castillo Sagunt.
Importe : 5.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 5.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Aumento de la partida 2000 18 13 0164, destinada a la
restauración del castillo de Sagunto, ya que se encuentra en la
actualidad en una situación de precariedad y abandono que amenazan su
conservación y pervivencia. La inversión en mantenimiento que se viene
realizando desde el año 2000, no es suficiente para frenar el proceso de
deterioro que avanza en un grado muy superior: invasión de especies
vegetales y arbolado en los restos arqueológicos, acción de la erosión
sobre los materiales, etc. Las pequeñas mejoras introducidas (restitución
de murallas, accesos, etc.) no son comparables, ni pueden frenar el
proceso de deterioro.



Existe además un verdadero problema de accesibilidad y seguridad, que
compromete no solo la responsabilidad del titular (Ministerio de Cultura)
en caso de accidente, sino también la conservación de los propios restos.
Los visitantes se exponen a riesgos de caídas importantes que no están,
ni señalizados ni debidamente tratados, para su minimización. Es por ello
que se pide el importe señalado.
ENMIENDA NÚM. 5.731
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 337B Conservación y restauración de bienes culturales.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo
de los servicios.




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3945






Concepto : 630 Inversión de reposición asociada al funcionamiento
operativo de los servicios.
Proyecto: Consolidación de urgencia del castillo de Xixona.
Importe : 300,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 300,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Consolidación de los restos de Xixona por seguridad y por
conservación de un bien declarado BIC.
ENMIENDA NÚM. 5.732
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 337B Conservación y restauración de bienes culturales.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo
de los servicios.Concepto : 630 Inversión de reposición asociada al
funcionamiento operativo de los servicios.
Proyecto: Restauración y puesta en valor de la Torre Talaia de Agres.
Importe : 200,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 200,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Un bien patrimonial árabe en estado muy deteriorado y con
peligro de desprendimiento.




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3946






ENMIENDA NÚM. 5.733
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 322L Inversiones en centros educativos y otras actividades
educativas.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Creación de Centro de Interpretación de la nieve.
Importe : 300,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 300,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Agres, referente en el País Valenciano del comercio de la
nieve, necesita un centro así para dar difusión de su patrimonio
histórico, cultural e industrial.
ENMIENDA NÚM. 5.734
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Servido: 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 337B Conservación y restauración de bienes culturales.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo
de los servicios.Concepto : 630 Inversión de reposición asociada al
funcionamiento operativo de los servicios.
Proyecto: Rehabilitación del Convento-santuario.
Importe : 600,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.




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3947






Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 600,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El Convento es un patrimonio en grave peligro y muy
deteriorado. Referente turístico de primer nivel y también religioso para
todo el País Valenciano. Se le puede dar un uso social y medioambiental
dentro del paraje natural de la Sierra de Mariola (Agres).
ENMIENDA NÚM. 5.735
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 322L Inversiones en centros educativos y otras actividades
educativas.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 610 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Excavación arqueológica del Poblado de Bronce de la Mola
(Agres).
Importe : 300,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 300,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La excavación está parada desde hace años por falta de
presupuesto. Es un yacimiento de la era del bronce muy valioso a nivel
patrimonial, arqueológico y turístico. Agres.
ENMIENDA NÚM. 5.736
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 333A Museos.




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3948






Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Museo Municipal en Castelló.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El museo tiene que permitir explicar la historia de la ciudad y
poder concentrar todo el material y colecciones que se tienen actualmente
repartidas por diversas dependencias municipales.
ENMIENDA NÚM. 5.737
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 322L Inversiones en centros educativos y otras actividades
educativas.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611 Otras.
Proyecto: Conservatorio de Música y Danza en Castelló.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El espacio que existe actualmente como conservatorio de música
en la ciudad de Castelló es demasiado pequeño. Se propone la habilitación
del antiguo asilo, actualmente propiedad del ayuntamiento con la
finalidad de que sea Conservatorio de Música y Danza.




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3949






ENMIENDA NÚM. 5.738
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 333A Museos.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los
servicios.Concepto : Nuevo Museo del arroz en Sueca (Valencia).
Importe : 5.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 5.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Sueca es una ciudad eminentemente arrocera, no en balde la
mayor parte de su término municipal son arrozales, que forman parte del
Parc Natural de l'Albufera, unos campos que producen alrededor de 40.000
toneladas de arroz anualmente.



El objetivo de la enmienda es adquirir unos antiguos molinos arroceros,
conocidos como 'Molins de la Vila', que mantienen toda la estructura y
maquinaria de un complejo donde se trataba el arroz cosechado y salía ya
listo para la comercialización, adecuarlos y añadir las instalaciones
necesarias para crear un museo que recoja todo el proceso productivo del
comercio del arroz, museo que por sus características sería único en el
Estado.
ENMIENDA NÚM. 5.739
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 337B Conservación y restauración de bienes culturales.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611 Otras.



Proyecto. Adecuación BIC Puente Mijares-antigua N-340 entre Vila-real y
Almassora.
Importe : 60,00 (miles de euros).




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3950






BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 60,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El puente que une las localidades de Vila-real y Almassora
cruzando el río Millars y por donde antiguamente transcurría la antigua
N-340, denominado 'El Pont Nou', tiene la calificación de BIC. Aunque se
han realizado obras de restauración y mantenimiento recientemente, aún
queda pendiente una adecuación final que incluya la iluminación y
señalización de dicho monumento para potenciar su atractivo histórico y
turístico.
ENMIENDA NÚM. 5.740
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 107 Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 144A Cooperación, promoción y difusión cultural en el exterior.
Capítulo 6 inversiones reales.
Artículo: 64 Gastos de inversiones de carácter inmaterial.Concepto : 640
Gastos en inversiones de carácter inmaterial.
Importe : 135,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 135,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La ciudad de Vila-real es la ciudad con mas porcentaje de
actores de teatro de calle de todo el Estado. Además de contar con
diversas compañías de teatro de calles con renombre en todo el mundo,
Vila-real cuenta con un Festival Internacional de Teatro de Calle con más
de 25 años de historia, Festival que consideramos se debe impulsar desde
el Gobierno Central.




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3951






ENMIENDA NÚM. 5.741
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 13 Dirección General de Políticas e Industrias Culturales y del
Libro.
Programa : 335C Cinematografía.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 64 Gastos de inversiones de carácter inmaterial.Concepto : 640
Gastos en inversiones de carácter inmaterial.
Proyecto: Ayudas al Festival Cineculpable de Vila Real.
Importe : 20,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 20,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El Festival Internacional de Cineculpable es uno de los
acontecimientos culturales de estas características que se celebran en el
Estado.



Dada su relevancia y transcendencia, es importante contar con una
financiación adecuada para poder garantizar su realización.
ENMIENDA NÚM. 5.742
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 333A Museos.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611 Otras.
Proyecto: Rehabilitación y acondicionamento del Museu de la Ciutat de
Vila-real.
Importe : 200,00 (miles de euros).




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3952






BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 200,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Considerando que la ciudad de Vila-real cuenta con más de
50.000 habitantes, y mas de 800 años de historia consideramos de vital
importancia la rehabilitación y acondicionamiento del Museo de la Ciudad.
ENMIENDA NÚM. 5.743
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 333A Museos.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Creación Museo Francesc Tárrega (Vila Real).
Importe : 400,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 400,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El ilustre guitarrista Francesc Tárrega, no tiene un Museo
dedicado en exclusividad en su ciudad natal Vila-real, por eso pedimos la
creación del Museu Francesc Tárrega en Vila-real, pasando las piezas del
Museu de la Ciutat al nuevo Museu Francesc Tárrega y así rendir homenaje
a tan ilustre vila-realense.




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3953






ENMIENDA NÚM. 5.744
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Servido: 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 337B Conservación y restauración de bienes culturales.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 610 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Peatonalización de Mascarell.
Importe : 600,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 600,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Mascarell es el único núcleo de población totalmente amurallado
del País Valenciano. Es BIC y hay que poner en valor este espacio y
ayudar a su conservación.
ENMIENDA NÚM. 5.745
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 335A Música y danza.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 64 Gastos de inversiones de carácter inmaterial.Concepto : 640
Gastos en inversiones de carácter inmaterial.
Proyecto: A la Fundació Palau de les Arts de la C. V. para su temporada.
Importe : 3.500,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.




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3954






Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 3.500,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Aumentar la partida dedicada la Fundació Palau de les Arts de
la Comunidad Valenciana para su temporada operística, ya que la actual es
muy exigua, teniendo en cuenta la cantidad y la calidad de la oferta que
dicho centro ofrece a la sociedad valenciana, siendo además desmesurada
la desproporción en ayudas públicas existente entre los restantes centros
operísticos.
ENMIENDA NÚM. 5.746
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 333A Museos.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611 Otras.
Proyecto: Inversión Museo San Pío V (Valencia).
Importe : 2.200,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de diversos ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los departamentos
ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 2.200,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El Museo de Bellas Artes San Pío V es una infraestructura
cultural esencial en la Comunidad Valenciana, y la segunda pinacoteca del
Estado, otros museos reciben transferencias para su funcionamiento, pero
no este museo.
ENMIENDA NÚM. 5.747
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 M.º de Educación, Cultura y Deporte.




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3955






Servido: 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 333A Museos.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611 Otras.
Proyecto: Aumento dotación económica IVAM.
Importe : 2.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos
Artículo: 51 Otros imprevistosConcepto : 510 Imprevistos
Importe : 2.000,00 (miles de euros)
MOTIVACIÓN El Instituto Valenciano de Arte Moderno, ha sido una referencia
internacional en las artes plásticas. Es necesario aumentar su dotación
económica para volver a situar a este Museo en el lugar que le pertenece.



Su exigua dotación, supone una discriminación absolutamente injustificada,
si se compara con el MNAC o el Reina Sofía.
ENMIENDA NÚM. 5.748
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 M.º de Educación, Cultura y Deporte.



Servido: 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 333A Museos.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Auditorio-Museo Etnológico Vinaròs (Castelló).
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).




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3956






MOTIVACIÓN Debido a la falta de construcciones culturales y de ocio en el
pueblo de Vinaròs (Castellón) se pide la construcción de un
Auditorio-Museo Etnológico.
ENMIENDA NÚM. 5.749
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 M.º de Educación, Cultura y Deporte.



Servido: 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 337B Conservación y restauración de bienes culturales.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Inversión restauración Castell de Miravet (Cabanes).
Importe : 5.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 5.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El Castell de Miravet es un monumento de gran importancia en
las comarcas de Castellón dado recientemente al ayuntamiento de Cabanes.
ENMIENDA NÚM. 5.750
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 M.º de Educación, Cultura y Deporte.



Servido: 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 337B Conservación y restauración de bienes culturales.
Capítulo: 6 inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Restauración calvario de Cabanes (Castellón).




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3957






Importe : 260,00 (miles de euros),
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 260,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El Calvario de Cabanes (Castelló) es una construcción de gran
valor, para la cual, en su día se destinó el 1 % de la partida
presupuestaria del 1 % de fomento a fines culturales ( por un error en el
nombre del pueblo) y no se acabó de hacer por recortes presupuestarios.
ENMIENDA NÚM. 5.751
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 M.º de Educación, Cultura y Deporte.



Servido: 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 333A Museos.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Reconversión de la casa de la Ayora en museo etnológico.
Importe : 1.500,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.500,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Solicitamos la inversión para la restauración de la casa de la
Ayora, propiedad del Ayuntamiento; con tal de preservar su valor
histórico, artístico y cultural y al mismo tiempo dotar este edificio
público de un uso y función para las vecinas y vecinos de Almussafes.




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ENMIENDA NÚM. 5.752
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 M.º de Educación, Cultura y Deporte.



Servido: 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 337B Conservación y restauración de bienes culturales.
Capítulo: 6 Inversiones reales
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 610 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Rehabilitación Ermita Sant Josep (La Jana, Castelló).
Importe : 100,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 100,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Rehabilitación de la ermita de Sant Josep de Carrascal por su
gran interés arquitectónico. Población La Jana (Castelló).
ENMIENDA NÚM. 5.753
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 M.º de Educación, Cultura y Deporte.



Servido: 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 333A Museos.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los
servicios.Concepto : 620 Inversión nueva asociada al funcionamiento
operativo de los servicios.
Proyecto: Proyecto nueva biblioteca y museo de la Cerámica, Costumbres y
la Gastronomía (Benicarló).
Importe : 3.000,00 (miles de euros) '
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.




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3959






Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La casa del Marqués de Benicarló es un edificio histórico
catalogado como BIC del s. XVIII, fue sede de la encomienda de la Orden
de Montesa de Benicarló-Vinaròs. La propiedad tiene 765 metros cuadrados
y un jardín posterior. Su cocina cerámica con materiales del s. XVIII ha
sido calificada como la capilla Sixtina de la cerámica valenciana y es la
única completa que se conserva en la autonomía. Todas sus paredes son
cerámicas y de enorme belleza, retratando escenas relacionadas con la
gastronomía, las costumbres y los placeres de la alimentación. El Marqués
fue un gran terrateniente, sostuvo una destacada biblioteca y mantuvo
notables edificios históricos en al autonomía valenciana.
ENMIENDA NÚM. 5.754
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 M.º de Educación, Cultura y Deporte.



Servido: 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.



Programa; 337B Conservación y restauración de bienes culturales.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Restauración y mejora del yacimiento íbero del Puig de la Nau
(Benicarló).
Importe : 300,00 (miles de euros)
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos
Artículo: 51 Otros imprevistosConcepto : 510 Imprevistos
Importe : 300,00 (miles de euros)
MOTIVACIÓN El Puig de la Nau de Benicarló alberga, en un entorno
excepcional, los restos amurallados de un núcleo poblacional íbero de
alto valor patrimonial, excelente ejemplo de arquitectura avanzada y con
una alta potencialidad turística. Recientemente se ha descubierto con las
obras de la variante N-340 un nuevo y excepcional yacimientos en el Mas
de Fabra, que deberían ser excavados y puestos en valor para su uso
turístico y cultural.




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3960






ENMIENDA NÚM. 5.755
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 M.º de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 13 Dirección General de Políticas e Industrias Culturales y del
Libro.
Programa : 334B Promoción del libro y publicaciones culturales.
Capítulo: 7 Transferencias de capital.
Artículo: 75 A comunidades autónomas.Concepto : nuevo Ayudas a la
promoción de la lectura en valenciano.
Importe : 400,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 imprevistos.
Importe : 400,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La industria de la edición en valenciano sufre año tras año
recortes en sus presupuestos, agravados por la difícil situación
económica. Es por ello necesario dotar una nueva partida que promocione
la lectura en valenciano apoyando a sector editorial y a las librerías.
ENMIENDA NÚM. 5.756
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 M.º de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 11 Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural.
Programa : 332B Bibliotecas.
Capítulo: 7 Transferencias de capital.
Artículo: 76 A corporaciones locales.Concepto : nuevo Creación de una
biblioteca en Castelló de la Plana.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.




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3961






Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Creación de una nueva biblioteca en la zona sur de la ciudad de
Castelló de la Plana.
ENMIENDA NÚM. 5.757
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 M.º de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 11 Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural.
Programa : 337B Conservación y restauración de bienes culturales.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Restauración y mejora del yacimiento íbero de Racó de Rata en
Vilafamés.
Importe : 300,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo: 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 300,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El racó de Rata acoge, en un entorno excepcional, los restos
amurallados de un núcleo poblacional del siglo III a.C. de alto valor
patrimonial con alta potencialidad turística.
ENMIENDA NÚM. 5.758
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 M.º de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 11 Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural.
Programa : 333A Museos.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo
de los servicios.




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3962






Proyecto. Museu de la Taronja, Borriana (Castellón). Mantenimiento y
conservación del inmueble.
Importe : 35,00 (miles de euros)
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 35,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El Museu de la Taronja (Museo de la Naranja) de Borriana es un
espacio dedicado a la difusión de la historia y la cultura citrícola
valenciana, único en España y en Europa, que abrió sus puertas en 1995.



En la actualidad se encuentra cerrado en busca de una reestructuración del
mismo y esperando el compromiso de las diferentes administraciones para
su mantenimiento y apertura.



El Museu de la Taronja se ubica en la 'Casa Conill', un imponente edificio
modernista de 1902, que fue la vivienda de un comerciante de naranjas, y
que ejemplifica la importancia de la producción y exportación citrícola
de principios del siglo XX en la expansión también de la arquitectura
modernista.



A través de ocho salas el visitante puede conocerla evolución histórica de
la agricultura citrícola, su comercio, el transporte y fa publicidad de
la industria de los derivados de los cítricos en un recorrido que lleva
desde finales del siglo XVIII hasta la actualidad.



El Archivo-Biblioteca cuenta con más de 6.000 documentos con una colección
de más de 5.000 marcas naranjeras, más de 1.000 fotografías y numerosos
ejemplares únicos de papel de seda usados para envolver las naranjas.
ENMIENDA NÚM. 5.759
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 M.º de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 11 Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural.
Programa : 337B Conservación y restauración de bienes culturales.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo
de los servicios.
Proyecto: 2000 18 11 0164 Restauración Castillo Sagunt.
Importe : 5.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 5.000,00 (miles de euros).




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3963






MOTIVACIÓN Aumento de la partida 2000 18 13 0164, destinada a la
restauración del castillo de Sagunto, ya que se encuentra en la
actualidad en una situación de precariedad y abandono que amenazan su
conservación y pervivencia. La inversión en mantenimiento que se viene
realizando desde el año 2000, no es suficiente para frenar el proceso de
deterioro que avanza en un grado muy superior: invasión de especies
vegetales y arbolado en los restos arqueológicos, acción de la erosión
sobre los materiales, etc. Las pequeñas mejoras introducidas (restitución
de murallas, accesos, etc.) no son comparables, ni pueden frenar el
proceso de deterioro.



Existe además un verdadero problema de accesibilidad y seguridad, que
compromete no solo la responsabilidad del titular (Ministerio de Cultura)
en caso de accidente, sino también la conservación de los propios restos.
Los visitantes se exponen a riesgos de caídas importantes que no están,
ni señalizados, ni debidamente tratados, para su minimización. Es por
ello que se pide el importe señalado.
ENMIENDA NÚM. 5.760
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 M.º de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 11 Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural.
Programa : 337B Conservación y restauración de bienes culturales.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo
de los servicios.
Proyecto: Castillo de San Fernando (Alacant).
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas Capítulo: 5 Fondo
de Contingencia y otros imprevistos
Artículo: 51 Otros imprevistos .Concepto : 510 Imprevistos
Importe : 3.000,00 (miles de euros)
MOTIVACIÓN El Castillo de San Fernando es una fortaleza existente en la
ciudad de Alacant, que junto con el Castillo de Santa Bárbara constituye
uno de los elementos paisajísticos definitorios de la ciudad, que
desgraciadamente se encuentra en un estado de mala conservación.




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3964






ENMIENDA NÚM. 5.761
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 M.º de Educación, Cultura y Deporte.



Servido: 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 333A Museos.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los
servicios.Concepto : nuevo Museo de Arte Ibérico en Elx. Cesión de la
Dama de Elche.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La Dama de Elche es uno de los mayores referentes del arte
íbero y supone, por extensión, uno de los emblemas del municipio
ilicitano. La cesión temporal del busto durante cerca de cinco meses en
el año 2006 atrajo 380.000 visitantes y supuso una revitalización de la
cultura y economía de la ciudad. La vuelta del busto ibérico a Elx se
enmarcaría, además, en una necesaria descentralización de los bienes
culturales del Estado y, en este sentido, se sitúa la creación de un
museo de arte ibérico que tuviera su sede en Elx. La ciudad es uno de los
lugares que cuentan con más patrimonio íbero y cuenta con instalaciones
preparadas para albergar este museo.
ENMIENDA NÚM. 5.762
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 M.º de Educación, Cultura y Deporte.



Servido: 107 Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
Programa : 335A Música y danza.
Capítulo: 4 Transferencias corrientes.
Artículo: 48 A familias e instituciones sin fines de lucro.
Importe : 25,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.




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3965






Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 25,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Se crea una partida de subvención directa al Misteri d'Elx con
el fin de recuperar las ayudas que recibía esta obra medieval hasta el
año 2012. Se trata de una pieza distinguida con el reconocimiento de
Patrimonio de la Humanidad Oral e Inmaterial que, como tal, necesita de
una línea de subvención directa para asegurar su continuidad y
conservación, además de promoción.
ENMIENDA NÚM. 5.763
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 M.º de Educación, Cultura y Deporte.



Servido: 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 333A Museos.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los
servicios.
Proyecto: Museo del azúcar en Oliva.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros Imprevistos.



Articulo: 51 Otros Imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Oliva es una ciudad que fue pionera en la producción y
exportación de azúcar de caña a toda Europa durante los siglos XIV al
XVII. Existe en esta ciudad un edificio único a nivel estatal por sus
características arquitectónicas (Gótico Civil) y su función (Fabricación
y procesado del azúcar) que lo dotan de un relevante interés patrimonial.
El consistorio ha adquirido la mayoría de las casas que conformarían este
complejo industrial, solo faltando una de las casas para poder
desarrollar el proyecto de restauración y adecuación. Con la inversión
que se pretende obtener a cuenta de los presupuestos estatales se podrá
recuperar y abrir al público esta joya arquitectónica referente de una
época, que fue motor económico de la zona y que con su rehabilitación
pretende recuperar parte de estas funciones ya que sería un importante
referente turístico.




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3966






ENMIENDA NÚM. 5.764
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 M.º de Educación, Cultura y Deporte.



Servido: 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos.
Programa : 321M Dirección y Servicios Generales de Educación, Cultura y
Deporte.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Pabellón deportivo de Xixona.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Construcción de un pabellón deportivo ya que Xixona carece de
esta infraestructura.
ENMIENDA NÚM. 5.765
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 M.º de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 09 Secretaría de Estado de Cultura.
Programa : 144A Cooperación, promoción y difusión cultural en el exterior.
Capítulo: 4 Transferencias corrientes.
Artículo: 48 A familias e instituciones sin fines de lucro.Concepto :
Ayuda económica Fundación Miguel Hernández.
Importe : 100,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 100,00 (miles de euros).




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3967






MOTIVACIÓN La Fundación Miguel Hernández ha estado trabajando desde sus
orígenes por mantener viva la figura del poeta, este año es especialmente
importante ya que ha sido declarado por unanimidad de este congreso año
Miguel Hernández.
ENMIENDA NÚM. 5.766
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 20 Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.
Servicio : 18 Secretaría de Estado de Energía.
Programa : 421M Dirección y Servicios Generales de Energía, Turismo y
Agenda Digital.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Línea eléctrica Polinyà-Sueca.
Importe : 3.000,00 (miles de euros)
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El Pía General de Sueca contemplaba el desarrollo urbano del
municipio. Hoy es imposible desarrollar ningún programa de actuación
porque no habría suministro eléctrico. El ayuntamiento tiene un convenio
con Iberdrola para desarrollar la línea y ya se han aportado 1 millón de
euros. La primera fase ya está realizada y se pide poderla hacer desde
Polinyà de Xúquer hasta Sueca. Esto no solo beneficiaría a Sueca, sino
también Riola y Polinyà, ya que la nueva línea pasa por estos municipios.
ENMIENDA NÚM. 5.767
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 14 Dirección General de la Industria Alimentaria.
Programa : 413A Competitividad industria agroalimentaria y calidad
alimentaria.
Capítulo 6 Inversiones reales.




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Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.



Proyecto. Actuaciones para la tutela y la puesta en valor de los productos
agroalimentarios de la dieta mediterránea.
Importe : 120,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 120,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Es necesario aumentar la dotación para actuaciones para la
tutela y la puesta en valor de los productos agroalimentarios de la dieta
mediterránea.
ENMIENDA NÚM. 5.768
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107 Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados ai
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Adecuación Ambiental y Drenaje de la Cuenca del Poyo vertiente
a la Albufera.
Importe : 200,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 200,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Las graves inundaciones que se han producido histórica y
recurrentemente coincidiendo con la gota fría en varios municipios de la
comarca de L'Horta Sur, con cuantiosos daños especialmente en el
municipio de Aldaya, es previsible que se incrementen por la confluencia
de dos nuevos factores: el escenario de cambio climático en el que los
episodios extremos tienden a ser más extremos (caso de la gota fría), y
la




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3969






creación tanto de nuevas barreras al paso de las aguas como el AVE o los
desdoblamientos y accesos a la A-3, como de amplias zonas recientemente
urbanizadas aguas arriba de los cascos urbanos citados que además de
barreras al paso de las aguas impermeabilizan el terreno. La aprobación
en 1995 de un proyecto de obra dura para solucionar este problema generó
un fuerte rechazo social por los efectos negativos en el Parque Natural
de La Albufera, y fue descartado. La solución global pasa por desarrollar
el Proyecto: 'Adecuación Ambiental y Drenaje de la Cuenca del Poyo
vertiente a la Albufera' elaborado en 2006 por la Confederación
Hidrográfica del Júcar y del que se no se ha ejecutado ninguna actuación
para paliar los graves riesgos de inundación.
ENMIENDA NÚM. 5.769
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 05 Dirección General del Agua.
Programa : 456A Calidad del agua.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Desaladora de Mutxamel.
Importe : 5.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 5.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Incrementar la partida (que en 2017 es de 0 euros) para el
Depósito de regulación en la planta desaladora de Mutxamel para el
ejercicio de 2017 hasta los 5 millones de euros.
ENMIENDA NÚM. 5.770
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.




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3970






Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Actuación en la Costa, con el objetivo de proteger y regenerar
el litoral sur de Castelló de la Plana.
Importe : 60.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 60.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Creación de una partida presupuestaria destinada realizar la
regeneración integral del litoral sur de Castelló de la Plana.
Concretamente, el tramo de costa comprendido entre los puertos de
Borriana y Sagunt.
ENMIENDA NÚM. 5.771
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 05 Dirección General del Agua.
Programa : 456A Calidad del agua.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Reutilización del agua depurada.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Reutilización del agua para la agricultura.




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3971






ENMIENDA NÚM. 5.772
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 04 Secretaría de Estado de Medio Ambiente.
Programa : 456C Protección y mejora del medio natural.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Migración del bosque de pino hacia especies autóctonas
caducifolias en la Sierra de Mariola (comarcas del Alcolà, el Comtat y la
Vall d'Albaida).
Importe : 500,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 500,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El peligro de incendios forestales, el paisaje medioambiental y
la presencia de especies invasoras hacen que la vegetación al bosque de
la parte umbría de la sierra de Mariola tenga que cambiarse hacia un tipo
de monte con hoja caduca y especies autóctonas.
ENMIENDA NÚM. 5.773
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107 Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 610 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Construcción de la presa de la Rambla del Gallinera.
Importe : 15.000,00 (miles de euros).




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3972






BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 15.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Gran parte de los encauzamientos y trasvases previstos en el
proyecto de laminación de la Rambla del Gallinera dependen de la
capacidad de almacenamiento y laminación del embalse proyectado. Para
avenidas con periodos de retorno superiores (50 años), sin presa que
lamine las avenidas y con un aumento considerable de la capacidad del
encauzamiento entre la AP-7 y la N-332 respecto al encauzamiento natural
que había, el nuevo encauzamiento trasportará directamente y con mayor
celeridad hacia abajo de la N-332 caudales muy superiores a los que
hubiesen llegado a esa zona en las condiciones que existían previas a las
obras, obteniéndose como consecuencia el considerable empeoramiento de
las condiciones de los afectados que se encuentran en esta zona. Por lo
que instamos al Gobierno y a AcuaMed, a finalizar de forma inmediata las
obras de la presa de laminación que completan el conjunto de las obras
que realmente aseguran a la población y sus bienes, y para la cual fueron
asignados fondos europeos.
ENMIENDA NÚM. 5.774
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 610 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Prolongación Paseo Marítimo de Poniente de Benídorm.
Importe : 600,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 600,00 (miles de euros).




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3973






MOTIVACIÓN La primera (Avenida Armada Española) y tercera fase (Calle San
Pedro y Calle del Alcalde Such Ortega) del Paseo de Poniente de Benidorm
ya han sido acometidas, pero queda por realizar la segunda fase, que se
corresponde con la Avenida Vicente Llorca Alós y el Paseo Tamarindos.
Obra fundamental para aumentar la competitividad turística de la ciudad y
la calidad de vida de los vecinos de la Cala de Benidorm, constó en los
presupuestos generales de 2016, sin que se realizase obra alguna, y ha
desaparecido del proyecto de presupuestos generales para 2017, por lo que
es necesario que se vuelva a incluir.
ENMIENDA NÚM. 5.775
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107 Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 610 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Conservación del patrimonio e infraestructuras (Parque Fluvial
del Túria) en los tramos medio y bajo del río Túria.
Importe : 500,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 500,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La conservación y puesta en valor del río Túria es una cuestión
de vital importancia, atendiendo a su valor natural, paisajístico e
histórico. Asimismo, la conservación de los humedales es un pilar
importante para la lucha contra el cambio climático.
ENMIENDA NÚM. 5.776
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.




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3974






Servicio : 107 Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Proyecto: Obras de drenaje y Acondicionamiento de! Barranco de Mandor
(L'Eliana - Pobla Vallbona - Riba-Roja Túria).
Importe : 25.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 25.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Creación de una partida para realizar las obras de drenaje y
acondicionamiento del Barranco de Mandor aumentando su capacidad de
desagüe de 75 m3/s, este proyecto estaba previsto en el presupuesto del
año 2011, a finales del mes de marzo de 2011 se sacaron a licitación las
obras, no llegaron a adjudicarse, porque a final del año el nuevo
gobierno del PP hizo una modificación de presupuestos por motivos de la
crisis, desde entonces no se ha realizado ninguna actuación en este
lugar, siendo una obra imprescindible para la seguridad de las personas y
bienes, además de tener un gran impacto medioambiental. Así se ha
demostrado, con avenidas de agua, rotura de tuberías, inundaciones y
plagas de mosquitos.



Puesto que la razón para paralizar el proyecto eran las razones de la
crisis 'heredada', ahora, que según este mismo gobierno las cosas están
mucho mejor, es plenamente justificable retomar esta obra tan necesaria y
de rápida ejecución pues el proyecto está ya realizado.
ENMIENDA NÚM. 5.777
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Rehabilitación Medioambiental de la Fachada Costera del Casco
urbano de Altea Fase II.
Importe : 4.469,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.




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3975






Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 4.469,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El proyecto Inicial de regeneración del frente litoral de Altea
contemplaba la zona comprendida entre el río Algar y el puerto de Altea
por la preocupante regresión que sufre la costa alteana en su fachada
urbana. El proyecto, ha acabado convirtiéndose en una ejecución parcial
de esta regeneración que sólo ha abordado la zona norte del área
inicialmente proyectada. Hace falta, por lo tanto, concluir el proyecto
inicial con una segunda fase que permita completar el proyecto redactado
por el Ministerio de Medio ambiente.
ENMIENDA NÚM. 5.778
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Regeneración de la costa y construcción de un espigón.
Importe : 1.500,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.500,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La falta de un espigón que proteja la playa está provocando su
regresión y problemas recurrentes anualmente cada vez que hay un
temporal.




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3976






ENMIENDA NÚM. 5.779
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 05 Dirección General del Agua.
Programa : 456A Calidad del agua.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Asumir coste desaladora vinculada a Xilxes y Moncofa.
Importe : 60.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 60.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN En la población de Moncofa (Castelló) se ha construido una
desaladora, respondiendo a presuntas necesidades hídricas para la
construcción de un modelo urbanístico insostenible, irreal y fruto de una
especulación extrema. Esta infraestructura, la cual no tiene ninguna
demanda, ni puede ni debe ser sufragada por los dos municipios vinculados
(Xilxes y Moncofa) cuya suma total de vecinos es inferior a 10,000. Deben
los Ministerios con competencias en autorizaciones los que asuman y
sufraguen estos costes.
ENMIENDA NÚM. 5.780
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Protección, recuperación y paralización de la regresión de la
mar en Almenara.
Importe : 80.000,00 (miles de euros).




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3977






BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 80.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Durante más de una década la costa de la Plana Baixa padece de
una regresión acelerada que afecta al desarrollo económico, paisajístico
y medioambiental de la comarca.



Se solicita la ejecución de soluciones sostenibles, definitivas y
adecuadas contempladas en los diferentes estudios realizados con el fin
de parar la regresión , proteger y recuperar el litoral, el cual ha
empeorado su situación con respecto al año pasado por la falta de la
partida que ya se solicitó.
ENMIENDA NÚM. 5.781
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Regeneración y protección de la Costa Sur y Grao de Borriana.
Importe : 8.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.



Servido: 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 8.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Desde el año 1992 la costa sur de Borriana sufre una regresión
importante, en 2003 se proyectó para su regeneración una actuación en
toda ia zona, desde Borriana hasta Nules, en 2005 se inicio dicho
proyecto por fases, la primera la rehabilitación del borde marítimo entre
la Escullera de Ponent y el Camí de les Tancades en la costa sur de
Borriana, posteriormente en 2006 se construyó un espigón exento para ver
el resultado de freno sobre la costa, no fue del todo satisfactorio y se
estudió y proyectó la construcción de nuevos espigones en forma de T o L.
Desde entonces los diferentes gobiernos han tenido el proyecto paralizado
y sin dar una solución al problema que existe hoy en la zona sur de la
costa de Borriana,




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3978






aunque es cierto que la Dirección General de Costa posee el proyecto, los
estudios e informes que ai respecto se han llevado a cabo. Pero pasados
más de 12 años desde el primer proyecto, todavía no se ha llevado una
actuación completa y que garantice la seguridad en toda la zona, así como
su regeneración y adecuación de la zona. En !a actualidad depende de una
nueva estrategia realizada en 2015, pero falta la necesidad de la
protección y regeneración de la costa sud. Por otra parte, la zona
costera del Grao sigue inacabada respecto a protección y conservación en
los dos espigones existentes, tal y como se muestra en la estrategia
marcada en 2015.
ENMIENDA NÚM. 5.782
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Servido: 107 Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo 6 Inversiones reales.



Articulo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 610 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Rehabilitación ambiental del Río de los Sants.
Importe : 5.500,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 5.500,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El río dels Sants desempeña un importante papel ecológico y
social en la localidad de l'Alcúdia de Crespins Su papel ambiental ha
sido reconocido mediante su inclusión en el Catálogo de Zonas Húmedas de
la Comunitat Valenciana. Pese a ello su caudal es cada vez más irregular
por la proliferación de pozos de riego que lo secan varias veces al año
causando así un notable deterioro ambiental, al que se añaden otros
problemas como la presencia de especies invasoras o la afección a su
cauce por distintas obras públicas. Solicitarnos que se dote de los
fondos necesarios para la adquisición de parcelas en las riberas y la
ejecución de un plan de regeneración y restauración de dichas riberas y
que así mismo se dote de las infraestructuras necesarias que garanticen
el caudal ecológico necesario para el mantenimiento del río.




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3979






ENMIENDA NÚM. 5.783
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107 Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 610 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Protección y regeneración del Parque Natural de la Albufera.
Importe : 2.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros Imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 2.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La Albufera de València es el ecosistema acuático más
importante de los valencianos y uno de los más importantes del Estado. Su
restauración es un objetivo prioritario. Por ello, se pretende dotar de
esta cantidad para poner en marcha un plan de restauración ecológica
urgente del Pare Natural de l'Albufera de Valencia, y en especial de su
laguna central, eutrofizada desde hace décadas. Además, muchas de sus
acequias y canales necesitan de un plan urgente de restauración para
asegurar su funcionalidad hídrica.
ENMIENDA NÚM. 5.784
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso genera!.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Dotaciones para el acceso y uso público de la costa de
Valencia.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).




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3980






BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La costa de València, en gran medida, forma parte del Pare
Natural de l'Albufera. Es un objetivo prioritario facilitar el acceso y
uso público de dicha costa a todos los ciudadanos, por lo que se propone
aumentar la partida 2005 23 06 4603 para cumplir más eficazmente los
objetivos de dicho proyecto. Además, se propone la instalación de
pasarelas peatonales a lo largo del cordón dunar de l'Albufera de
Valéncia y la señalización adecuada de la importancia del sistema dunar
para la protección de las playas y su conservación.
ENMIENDA NÚM. 5.785
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 610 inversiones en terrenos.
Proyecto: Elaborar plan de regeneración sostenible de las Playas de Torre
la Sal, Cudolar y Quartel Viejo de Cabanes.
Importe : 100,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 100,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Necesidad de elaborar un plan de regeneración de esta playa.




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3981






ENMIENDA NÚM. 5.786
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107 Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : Obras de drenaje de la rambla de Alcalá de Xivert
(Castelló).
Proyecto: Obras de drenaje de la rambla de Alcalá de Xivert.
Importe : 6.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 6.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El proyecto de PGE no contempla ninguna partida para actuar
durante 2017 en la Rambla de Alcalá para reducir las afecciones de
inundabilidad. Se trata de una actuación que está recogida en el Proyecto
del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación
Hidrográfica del Júcar para el período 2016-2021 (Código PH 2009-2015:
08_150_002).



El objeto del proyecto es la ampliación de la capacidad hidráulica de la
rambla de Alcalá, mediante la ejecución de una zona de laminación de
avenidas, adecuación de los drenajes transversales de las
infraestructuras existentes y actuaciones puntuales para la mejora de las
defensas frente a las avenidas en la zona urbana de Benicarló.



Por tanto, esta actuación debería incluirse en el proyecto de PGE para
2017.
ENMIENDA NÚM. 5.787
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 18 Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal.
Programa : 414B Desarrollo del medio rural.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.




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3982






Proyecto: Creación de vía verde en el río Magro, desde Montroy hasta
Algemesí.
Importe : 300,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 300,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El río Magro es un río valenciano que va seco la mayor parte
del año, cosa que permite su uso para pasear, practicar el running o
bici, actividades que hoy ya se realizan en parte de él. '



Se trata de un espacio casi virgen con una gran variedad de especies de
arbolado y de fauna animal. Vertebrar la comarca de la Ribera, mediante
esta vía verde sería la mejor manera.



De ver el río como un espacio de encuentro, con actividades sostenibles y
no como una cloaca a cielo abierto.
ENMIENDA NÚM. 5.788
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en Infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 610 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Protección, recuperación y parada de la regresión del mar en
Almenara.
Importe : 2.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros Imprevistos.
Artículo: 51 Otros Imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 2.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Los últimos años el mar ha tenido una regresión de más de 100m
y ha causado unos destrozos irreparables.




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3983






ENMIENDA NÚM. 5.789
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Servido: 107 Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Encauzamiento del barranco Juan de Mora (Nules).
Importe : 20.500,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 20.500,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El proyecto de PGE no contempla ninguna partida para actuar
durante 2017 en esta actuación. Se trata de una actuación que está
recogida en el Proyecto del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de
la Demarcación hidrográfica del Júcar para el período 2016-2021 (Código
PH 2009-2015: 08_150_06).



El objeto del proyecto es el encauzamiento del barranco Juan de Mora, con
el fin de mejorar su capacidad hidráulica y minorar las actuales
afecciones a los pasos bajo el FFCC y la AP-7, así como el desbordamiento
que se produce en la Marjal de Nules-Burriana.



Por tanto, esta actuación debería incluirse en el proyecto de PGE para
2017.
ENMIENDA NÚM. 5.790
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601 Otras.
Proyecto: Estudio viabilidad pasarela Afmassora Borriana.
Importe : 400,00 (miles de euros).




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3984






BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 imprevistos.
Importe : 400,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Se pide esta partida para realizar el estudio de la viabilidad
de construir una pasarela o puente peatonal en la primera linea de costa
que una Almassora con Borriana.
ENMIENDA NÚM. 5.791
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107 Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Adecuación del cauce del río Júcar a su paso por Alzira.
Importe : 100.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 100.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Ensanchamiento del cauce del río desde el puente del
ferrocarril entre Alzira y Carcaixent hasta el puente de la autopista A7
a su paso sobre el río, siguiendo la planificación de la confederación
hidrográfica del Júcar. Así como los planes de drenaje de las avenidas
del río Júcar hacia la albufera y el estanque de Cullera, siguiendo la
planificación de la confederación hidrográfica del Júcar.




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3985






ENMIENDA NÚM. 5.792
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar
Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 610 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Construcción espigones paseo Vinarós playa dei Fortí.
Importe : 2.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 2.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Paliar los efectos de los temporales en el frontal marítimo de
Vinarós.
ENMIENDA NÚM. 5.793
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 610 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Reparación costa Norte y Sur de Vinarós (Castellón).
Importe : 2.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.




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Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 2.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Reforzar y consolidar los acantilados de las costas Norte y Sur
de Vinarós (Castellón)
ENMIENDA NÚM. 5.794
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Aumentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107 Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Prologanción del colector al Barranco del Tramusser
(Alegemesí).
Importe : 4.200,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 4.200,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Almussafes tiene un grave problema de Inundaciones en épocas de
lluvias torrenciales. Para garantizar la seguridad de los vecinos
solicitamos la compra de los terrenos pertinentes y la construcción de la
prolongación del colector de la Avenida Algemesí hasta el barranco del
Tramusser.
ENMIENDA NÚM. 5.795
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo: 6 Inversiones reales.




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Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Remodelación Paseo Marítimo Puerto de Sagunto.
Importe : 596,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 596,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Creación de una partida para la primera anualidad del proyecto
de remodelación del paseo marítimo del Puerto de Sagunto (Valencia).
ENMIENDA NÚM. 5.796
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107 Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 610 Inversiones en terrenos.
Proyecto: adecuación cauces naturales río Palancia (Sagunto).
Importe : 8.000,00 (miles de euros)
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 8.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El río Palancia a su paso por la ciudad de Sagunto está siendo
objeto de adecuación en 3 fases, de las cuales ya se han acometido dos.
Se da la particularidad que la ciudad de Sagunto se conforma por dos
núcleos de población, Sagunto y Puerto de Sagunto, y la adecuación se ha
acometido desde la desembocadura hacia el interior, con lo cual, queda el
cauce que recae en el núcleo histórico sin adecuación. Cabe señalar
además que precisamente este tramo es el que presenta mayor riesgo de




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3988






inundación en el extremo oeste de la población de Sagunto. Es por ello que
se pide su adecuación para finalizar la acción proyectada.
ENMIENDA NÚM. 5.797
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Playa Almardá (Sagunto).
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.



Artícuio: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Creación de una partida para la mejora de la playa de la
Almardá de Sagunto.
ENMIENDA NÚM. 5.798
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 08 Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio
Natural.
Programa : 456C Protección y mejora del medio natural.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 64 Gastos de inversiones de carácter inmaterial.Concepto : 640
Gastos en inversiones de carácter inmaterial.
Proyecto: Plan Estatal contra el Picudo Rojo.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).




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BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Se incluye esta partida hasta ahora inexistente en ios PGE ante
la magnitud que ha alcanzado la plaga del picudo rojo y las nefastas
consecuencias que ésta tiene para diferentes especies de palmera que
pueblan el Estado español. Las repercusiones de esta plaga, que produce
la muerte del ejemplar, son tanto medioambientales como económicas. Por
una parte, la pérdida de la palmera se traduce en la desaparición de
especies vegetales; por otra, supone un grave problema para las personas
dedicadas a su exportación y a la comercialización de sus frutos.



En el caso de la ciudad de Elche las consecuencias son además de carácter
histórico y cultural, pues el palmeral de este municipio cuenta desde el
año 2000 con la distinción de Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO
por ser el único ejemplo de las técnicas agrícolas árabes en el
continente europeo y por su integración en el desarrollo urbanístico de
la ciudad.



Las características de la plaga, que no entiende de límites
administrativos, obligan a que el Estado lleve a cabo un plan para
erradicarla y evitar así la pérdida de miles de ejemplares de palmeras a
lo largo del territorio y especialmente en las ciudades de Elche y
Orihuela, que cuentan con el primer y segundo palmeral más grande de
Europa, respectivamente.



En este sentido, proponernos que el Gobierno central consigne una partida
a crear un plan contra el picudo rojo, en la que se financien las
técnicas necesarias para conseguir la erradicación de la plaga, en la
prevención y el tratamiento de los ejemplares afectados y que provea a
los ciudadanos de una información adecuada sobre el problema.
ENMIENDA NÚM. 5.799
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio De Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 111 Mancomunidad de los Canales del Tai Billa.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Ampliación y mejora instalaciones Alicante.
Importe : 350,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.




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Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 350,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El canal del Taibilla sufre en los últimos tiempos una serie de
inversiones imprevistas debido a filtraciones, movimientos de tierra y
roturas por falta de un mantenimiento idóneo del mismo. Por otra parte,
el propio canal a su paso por la pedanía oriolana de la Murada se
enfrenta a un serio peligro ante las filtraciones cercanas de lixiviados
de cientos de hectáreas de residuos enterrados de forma ilegal y tóxicos.
ENMIENDA NÚM. 5.800
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107 Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Actuaciones cuenca Vinalopó.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros)
MOTIVACIÓN Durante los últimos años la inversión estatal en la
Confederación Hidrográfica del Júcar ha descendido considerablemente
ignorando la importancia del organismo y su impacto económico en el sur
de la provincia de Alicante.



Se propone un aumento de la inversión y adelanto de las inversiones
previstas para garantizar la conservación y el buen funcionamiento de
esta cuenca hidrográfica que ya ha sufrido anteriormente desperfectos por
la falta de mantenimiento, así como la redacción de un plan rector que
mejore la afluencia a su paso por distintos municipios de las comarca del
Vinalopó.



Se propone además este adelanto para que se realicen tareas de limpieza
con mayor regularidad del cauce del Vinalopó a su paso por las comarcas
del Vinalopó a fin de evitar desbordamientos en caso de lluvias
torrenciales.




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ENMIENDA NÚM. 5.801
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 109 Confederación Hidrográfica del Segura.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Actuaciones en la cuenca del Segura.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Durante los últimos años la inversión estatal en la
Confederación Hidrográfica del Segura ha descendido considerablemente
Ignorando la importancia del organismo y su impacto económico en la Vega
Baja, el sur de la provincia de Alicante y ia Región de Murcia. Se
propone un aumento de la inversión y adelanto de las inversiones
previstas para garantizar la conservación y el buen funcionamiento de
esta cuenca hidrográfica que ya ha sufrido anteriormente desperfectos por
la falta de mantenimiento. Se propone además este adelanto para que se
realicen tareas de limpieza con mayor regularidad del cauce del Segura a
su paso por la Vega Baja a fin de evitar desbordamientos en caso de
lluvias torrenciales.
ENMIENDA NÚM. 5.802
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Servido: 05 Dirección General del Agua.
Programa : 456A Calidad del agua.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Puesta en marcha de la Planta Desnitrificadora terminada desde
marzo de 2011.
Importe : 7.000,00 (miles de euros).




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3992






BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 7.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Creación de una partida para la puesta en marcha de la planta
Desnitrificadora de l'Eliana, que está acabada desde marzo de 2011 y que
todavía no ha dado ningún servicio por una disputa entre la
administración estatal y municipal, que para la construcción de la planta
se recibieron unos 3 millones de euros, y que si no se ponen en marcha la
planta, (y existe ya un expediente abier por este motivo) tocaría
devolver dicha subvención, en abril de este año se hizo una pregunta
parlamentaria ai ministerio, y les podemos adjuntar la respuesta que nos
dio el gobierno, por tanto es necesaria la inclusión en los PGE 2017,
pues está en juego la salud de los ciudadanos y ciudadanas.
ENMIENDA NÚM. 5.803
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107 Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: EDAR de Peñíscola.
Importe : 30.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 30.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Ampliación de la depuradora de Peñíscola.




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3993






ENMIENDA NÚM. 5.804
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107 Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6 Inversiones reales
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso generalConcepto : 600 Inversiones en terrenos
Proyecto: Aumentar la capacidad de desagüe del Barranco para proteger las
inundaciones de l'Eliana y Ribarroja del Túria.
Importe : 25.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 25.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Creación de una partida para realizar las obras de drenaje y
acondicionamiento del Barranco de Mandor aumentando su capacidad de
desagüe de 75 m3/s, este proyecto estaba previsto en el presupuesto del
año 2011, a finales deI mes de marzo de 2011 se sacaron a licitación las
obras, no llegaron a adjudicarse, porque a final del ano el nuevo
gobierno del PP hizo una modificación de presupuestos por motivos de la
crisis, desde entonces no se ha realizado ninguna actuación en este
lugar, siendo una obra imprescindible para la seguridad de las personas y
bienes, además de tener un gran impacto medioambiental. Así se ha
demostrado con avenidas de agua, rotura de tuberías, inundaciones y
plagas de mosquitos.



Puesto que la razón para paralizar el proyecto eran las razones de la
crisis 'heredada', ahora, que según este mismo gobierno las cosas están
mucho mejor, es plenamente justificable retomar esta obra tan necesaria y
de rápida ejecución pues el proyecto está ya realizado.
ENMIENDA NÚM. 5.805
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107 Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.




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Concepto : 600 Inversiones en terrenos.



Proyecto. Adecuación ambiental y Drenaje de la Cuenca del Poyo vertiente a
la Albufera.
Importe : 200,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 200,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Las graves inundaciones que se han producido histórica y
recurrentemente coincidiendo con la gota fría en varios municipios de la
comarca de L'Horta Sur, con cuantiosos daños especialmente en el
municipio de Aldaya, es previsible que se Incrementen por la confluencia
de dos nuevos factores: el escenario de cambio climático en el que los
episodios extremos tienden a ser más extremos (caso de la gota fría), y
la creación tanto de nuevas barreras al paso de las aguas como el AVE o
los desdoblamientos y accesos a la A-3, como de amplias zonas
recientemente urbanizadas aguas arriba de los cascos urbanos citados que
además de barreras al paso de las aguas impermeabilizan el terreno. La
aprobación en 1995 de un proyecto de obra dura para solucionar este
problema generó un fuerte rechazo social por los efectos negativos en el
Parque Natural de La Albufera, y fue descartado. La solución global pasa
por desarrollar el Proyecto: 'Adecuación Ambiental y Drenaje de la Cuenca
del Poyo vertiente a la Albufera' elaborado en 2006 por la Confederación
Hidrográfica del Júcar y del que se no se ha ejecutado ninguna actuación
para paliar los graves riesgos de inundación descritos.
ENMIENDA NÚM. 5.806
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)



PRESUPUESTO DEL ESTADO
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 19 Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria.
Programa : 412D Competitividad y calidad de la sanidad agraria.
Capítulo: 7 Transferencias de capital.
Artículo: 75 A comunidades autónomas.Concepto : 75203.
Importe : 1.500,00 (miles de euros)
BAJA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 18 Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal.
Programa : 414A Gestión de recursos hídricos para el regadío.
Capítulo 8 Activos financieros.
Artículo: 85 Adquisición de acciones y participaciones del Sector
Público.




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Concepto : 851.
Importe : 1.500,00 (miles de euros).



PRESUPUESTO DEL ORGANISMO



PRESUPUESTO DE GASTOS



Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Programa : 412D Competitividad y calidad de la sanidad agraria.
Capítulo: 7 Transferencias de capital.
Artículo: 75 A comunidades autónomas.Concepto : 75203.
Importe : 1.500,00 (miles de euros).



PRESUPUESTO DE INGRESOS



Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Capítulo: 7 Transferencias de Capital.
Artículo: 70 De la Administración del Estado.Concepto : 851.
Importe : 1.500,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El pasado ejercicio las necesidades sobrepasaron el crédito
inicial. Además, la irrupción de determinadas plagas y enfermedades
vegetales como la Xylella fastidiosa, el trip del té, o la polilla
gatemalteca de la patata están siendo causa de alarma en el sector, así
como la cada vez mayor apertura comercial a productos de países terceros
en donde las garantías sanitarias no adoptan los mismos niveles que en
España (como la entrada de cítricos desde Sudáfrica) hacen conveniente
incrementar la dotación para actuaciones de vigilancia y control de las
plagas y enfermedades vegetales.
ENMIENDA NÚM. 5.807
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 19. Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria.
Programa : 412D. Competitividad y calidad de la sanidad agraria.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 601. Otras.
Proyecto: Intensificar la vigilancia de tuberculosis bovina en fauna
silvestre y cinegética.
Importe : 5.700,00 (miles de euros)
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.




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Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 5.700,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Existe en la actualidad un creciente malestar por el deterioro
de la situación de los ganaderos en relación con la sanidad animal,
motivado en esencia por que el alto nivel de exigencia en esta materia
requerido sobre las explotaciones repercute en un incremento de costes
muy importante en todos los casos y en perjuicios económicos muy graves,
en aquellos casos en los que se adoptan decisiones de inmovilización,
vaciado o sacrificio. A la vista de la evolución de algunas enfermedades
en los últimos ejercicios, y particularmente en cuanto a la tuberculosis
bovina se refiere, estas medidas, que tienen un gran impacto negativo
para las explotaciones ganaderas, son infructuosas si no se intensifica
el control de la enfermedad sobre las poblaciones de fauna silvestre y
cinegética que actúan como reservorio de la misma.
ENMIENDA NÚM. 5.808
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107. Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en Infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600. Inversiones en terrenos.
Proyecto: Reparación de la balsa de San Diego.
Importe : 23.857,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1. Gastos de personal.
Artículo: 12. Funcionarios.Concepto : 121.08. Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 23.857,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Destinar una partida para sufragar la inversión de la
reparación de la Balsa de San Diego, obra básica del trasvase
Xúquer-Vinalopó.




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3997






ENMIENDA NÚM. 5.809
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06. Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D. Actuación en la costa.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600. Inversiones en terrenos.
Proyecto: Intervención para paralizar la regresión de la costa de
Benicarló.
Importe : 30.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1. Gastos de personal.
Artículo: 12. Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 30.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La costa norte de Benicarló sufre un grave fenómeno de
regresión que reparar, además de poner en valor el patrimonio
medioambiental de la zona
ENMIENDA NÚM. 5.810
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Servido: 107. Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600. Inversiones en terrenos.
Proyecto: Construcción de un puente sobre la rambla de Alcalá a su paso
por Benicarló.
Importe : 7.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.




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Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 7.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN En periodos de fuertes lluvias, la rambla de Alcalá tiene
caudal, lo que provoca el corte de circulación en la CV-1405,
incomunicando una parte importante de la población.
ENMIENDA NÚM. 5.811
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107. Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.
Proyecto: Estudio, proyecto y ejecución de la canalización de las aguas
pluviales de la zona oeste de Alcalà de Xivert.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Se insta a la creación y asignación de una partida
presupuestaria para llevar a término el estudio, proyecto y ejecución de
la canalización de las aguas pluviales de la zona oeste de Alcalà de
Xivert.
ENMIENDA NÚM. 5.812
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06. Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D. Actuación en la costa.




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Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : Nuevo. Paseo marítimo en Alcalà de Xivert
{Castelló).
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La zona sur de la playa de Alcalà de Xivert, las playas de
Alcossebre, del Carregador y la Romana son atractivos turísticos que
suponen una importante llegada de turistas en el municipio pero el
anuncio de un paseo acumula años sin hacerse realidad, por ello se crea
esta partida.
ENMIENDA NÚM. 5.813
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107. Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Proyecto de construcción de un Centro de Interpretación
Ambiental.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El Río Millars y su desembocadura son un entorno natural de
primera magnitud, una zona de nidificación de aves, compartido por varios
municipios de La Plana Alta y Baixa de Castelló. Impulsar un centro de
interpretación permitiría poner en valor su riqueza y fomentar los
valores del respeto al medio natural entre la ciudadanía, por lo que se
pide la creación de esta partida.




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4000






ENMIENDA NÚM. 5.814
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 19. Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria.
Programa : 412D. Competitividad y calidad de la sanidad agraria.
Capítulo: 7. Transferencias de capital.
Artículo: 75. A comunidades autónomas.Concepto : Nuevo. Plan contra la
plaga de la mosca del Mediterráneo.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La plaga de la mosca del Mediterráneo se ha convertido en un
grave problemas para los productores de cítricos, ya he sus consecuencias
en la fruta dificultan o, incluso impiden, su exportación a los mercados
exteriores, produciendo un grave perjuicio económico a toda la
agricultura de la costa mediterránea.
ENMIENDA NÚM. 5.815
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 18. Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal.
Programa : 414B. Desarrollo del medio rural.
Capítulo: 7. Transferencias de capital.
Artículo: 75. A comunidades autónomas.Concepto : Ayudas a la agricultura
de Moncofa (Castelló).
Importe : 90,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.




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Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros Imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 90,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Moncofa siempre ha sido un pueblo que ha tenido escasa
industria, subsistiendo básicamente de su agricultura. Por ese motivo,
durante años estuvo recibiendo una ayuda importante del estado para el
paro agrícola (alrededor de los 180.000 euros). Con la crisis, que es
cuando esta ayuda estatal es más necesaria, se ha reducido a la mitad
esta cantidad debido a que ha tenido que repartirse con más poblaciones.
Por tanto, este paro agrícola llega a menos personal justamente cuando
Moncofa está en el punto más alto de paro registrado (18/o) desde que se
tienen datos y la cantidad destinada nunca llega a personas que llevan
mucho tiempo sin trabajar y desprotegidas socialmente. Se pide pues,
volver al nivel anterior de ayuda.
ENMIENDA NÚM. 5.816
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107. Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Adecuación y/o canalización de barranco de Cantallops en
Benicàssim.
Importe : 100,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 100,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Benicàssim es un municipio turístico que, por su ubicación
situado justo debajo de la falda del Desert, sufre las consecuencias de
avenidas de agua importantes que se podrían mitigar con actuaciones de
mejora en los barrancos.




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4002






ENMIENDA NÚM. 5.817
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107. Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Adecuación y/o canalización de barrancos deis Corvatxos en
Benicàssim.
Importe : 100,00 (miles de euros).
BAJA Sección: Casa de su Majestad el Rey.
Servicio : Casa de su Majestad el Rey.
Programa : Transferencias Internas.
MOTIVACIÓN Benicàssim es un municipio turístico que, por su ubicación
situado justo debajo de la falda del Desert, sufre las consecuencias de
avenidas de agua importantes que se podrían mitigar con actuaciones de
mejora en los barrancos.
ENMIENDA NÚM. 5.818
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107. Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Adecuación y o canalización de barranco de la Parreta en
Benicàssim.
Importe : 100,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 100,00 (miles de euros).




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MOTIVACIÓN Benicàssim es un municipio turístico que, por su ubicación
situado justo debajo de la falda del Desert, sufre las consecuencias de
avenidas de agua importantes que se podrían mitigar con actuaciones de
mejora en los barrancos.
ENMIENDA NÚM. 5.819
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107. Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6. Inversiones reales
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Adecuación y/o canalización de barranco de Santa Águeda en
Benicàssim.
Importe : 100,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 100,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Benicàssim es un municipio turístico que, por su ubicación
situado justo debajo de la falda del Desert, sufre las consecuencias de
avenidas de agua importantes que se podrían mitigar con actuaciones de
mejora en los barrancos.
ENMIENDA NÚM. 5.820
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107. Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.




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Proyecto: Construcción de un puente en la ptda. del Puntarró (río Seco de
Betxí).
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El objetivo es la construcción de un puente en la partida del
Puntarró, sobre el río seco de Betxí con el objetivo de eliminar el
tráfico pesado por dentro de la población.
ENMIENDA NÚM. 5.821
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06. Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D. Actuación en la costa.
Capítulo: 6. Inversiones reales.



Articulo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso
general.
Proyecto: Regeneración de la costa sur de Borriana {Regeneración de la
Costa y Paseo de La Serratella en Borriana).
Importe : 6.500,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 6.500,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Desde el año 1992 la costa sur de Borriana sufre una regresión
importante, en 2003 se proyectó para su regeneración una actuación en
toda la zona, desde Borriana hasta Nules. En 2005 se inició dicho
proyecto por fases, la primera la rehabilitación del borde marítimo entre
la Escullera de Ponent y el Camí de les Tancades en la costa sur de
Borriana. Posteriormente en 2006 se construyó un espigón para ver el
resultado de freno sobre la costa, no fue del todo satisfactorio y se
estudió y proyectó la construcción de nuevos espigones en forma de T o L.



Desde entonces, los diferentes gobiernos han tenido el proyecto paralizado
y sin dar una solución al problema que existe hoy en la costa de
Borriana, aunque es cierto que la Dirección General de Costa




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posee el proyecto, los estudios e informes que al respecto se han llevado
a cabo. Pero pasados más de 12 años desde el primer proyecto, todavía no
se ha llevado una actuación completa y que garantice la seguridad en toda
la zona, así como su regeneración y adecuación de la zona.
ENMIENDA NÚM. 5.822
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107. Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6 .Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Adecuación ambiental del entorno del Riu Sec en Borriol.
Importe : 400,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 400,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El riu sec de Borriol es un espacio degradado con gran
potencial histórico y ambiental.
ENMIENDA NÚM. 5.823
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 18. Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal.
Programa : 414B. Desarrollo del medio rural.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.
Proyecto: Adecuación de caminos naturales en CV. Provincia 12.
Importe : 150,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.




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Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 150,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN 2008 23 04 0901 Adecuación de caminos naturales en CV.
Provincia 12. Aumentar el presupuesto asignado a esta partida.
ENMIENDA NÚM. 5.824
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06. Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D. Actuación en la costa.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: 2005 23 06 1201. Control de la regresión de la costa de la
Plana Baixa.
Importe : 20.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1. Gastos de personal.
Artículo: 12. Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 20.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Durante más de una década la costa de la Plana Baixa padece de
una regresión acelerada que afecta al desarrollo económico, paisajístico
y medioambiental de la comarca.



Se solicita la ejecución de soluciones sostenibles, definitivas y
adecuadas contempladas en los diferentes estudios realizados con el fin
de parar la regresión, proteger y recuperar el litoral.
ENMIENDA NÚM. 5.825
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.




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Servicio : 18. Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal.
Programa : 414B. Desarrollo del medio rural.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.
Proyecto: Adecuación de caminos naturales en CV. Provincia 12 La Jana.
Importe : 300,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D. G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 300,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Camino rural del municipio de la Jana, conocido como Camí
Carretes, de 6.600 metros de longitud Situado entre las carreteras CV113
, CV10 y 'Camí Cervera'.
ENMIENDA NÚM. 5.826
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107. Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo: 6. Inversiones reales.
Artículo: 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Adecuación ambiental de barrancos del municipio, en especial
del Río Ana en la localidad de Aín.
Importe : 200,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 200,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El cauce del río Ana acogió hace años un vertedero, lo que ha
generado una importante degradación de la zona, pese a ser Aín una
localidad ubicada en un entorno natural incomparable.




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ENMIENDA NÚM. 5.827
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107 Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Elevación de los puentes sobre el río Sonella.
Importe : 200,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 200,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El objetivo es la elevación de los puentes del río Sonella,
dentro del casco urbano del municipio de Onda (Castelló), ubicados sobre
el lecho fluvial que es competencia de la Confederación Hidrográfica del
Júcar.
ENMIENDA NÚM. 5.828
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Proyecto de regeneración playa de Amplàries de Orpesa
(Castelló).
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.




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Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La mejora de la playa de Amplàries de Orpesa en el tramo
litoral comprendido entre Torre la Sal y Morro de Gos es una necesidad
demandada por los vecinos de la zona.
ENMIENDA NÚM. 5.829
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.



Servido: 107 Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Adquisición de la Bassa del Belcaire en la Vall d'Uixó.
Importe : 6.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 6.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN En el municipio de la Vall d'Uixó hay una grave problema de
salinización del agua de riego. Aquamed construyó con fines urbanísticos
la denominada Bassa del Belcaire, Dicha infraestructura no está
actualmente en uso, cuando sería la solución ideal para mitigar el
problema planteado.



Por ello se crea esta partida para adquirir a sus propietarios la Bassa
del Belcaire.
ENMIENDA NÚM. 5.830
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.




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Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : Control de la regresión de la costa de Valencia
(Horta Sud).
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Los problemas de regresión de las playas de València, en
especial aquellas situadas bajo el efecto sombra del Puerto de València,
es decir, aquellas situadas al sur del mismo, son conocidos desde hace
años. Por todo ello, es necesaria una actuación urgente de recuperación
de las playas de València para evitar que continúe su regresión.
ENMIENDA NÚM. 5.831
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : Control de la regresión de la costa de Valencia
(Ribera Baixa).
Importe : 200,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 200,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Partida para evitar la regresión de la costa de Sueca a
Cullera, comarca de la Ribera Baixa de la Comunitat Valenciana.




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ENMIENDA NÚM. 5.832
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 107 Confederación Hidrográfica del Júcar.
Programa : 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo 6 Inversiones reates.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : Protección y regeneración enclaves
naturales.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La Albufera de València es el ecosistema acuático más
importante de los valencianos y uno de los más importantes del Estado. Su
restauración es un objetivo prioritario. Por ello, se pretende dotar de
esta cantidad para poner en marcha un plan de restauración ecológica
urgente del Parc Natural de l'Albufera de Valencia, y en especial de su
laguna central, eutrofizada desde hace décadas.
ENMIENDA NÚM. 5.833
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Protección de la costa marítima del litoral del Baix Vinalopó y
el Bato Segura.
Importe : 800,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.




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4012






Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 800,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Creación de una partida para realizar políticas activas de
regeneración de las costas del litoral del Bajo Vinalopó y el Bajo
Segura.
ENMIENDA NÚM. 5.834
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 27 Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
Servicio : 16 Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana
Empresa.
Programa : 422B Desarrollo industrial.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : Nuevo programa de apoyo al desarrollo, la
adquisición de nuevas tecnologías y la internacionalización de las
industrias tradicionales de la Comunitat Valenciana (calzado, textil,
marroquinería, juguete, etc.).
Importe : 15.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 15.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La mayor parte de las industrias tradicionales valencianas se
encuentran en una situación de crisis endémica y necesitan un apoyo mayor
por parte de la Administración General del Estado como uno de los
principales motores de creación de empleo en algunas comarcas de esta
comunidad autónoma.
ENMIENDA NÚM. 5.835
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 27 Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.




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4013






Servicio : 16 Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana
Empresa.
Programa : 422B Desarrollo industrial.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en Infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : 600 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Ejecución de polígono industrial en Agres.
Importe : 600,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 600,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Agres necesita desarrollar su zona industrial.
ENMIENDA NÚM. 5.836
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 27 Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
Servicio : 16 Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana
Empresa.
Programa : 422B Desarrollo industrial.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.Concepto : Activación Polígono Industrial carretera
Onda-Vila-real (Castelló).
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El polígono industrial de la carretera de Onda de la ciudad de
Vila-real se encuentra actualmente prácticamente paralizado. Debido a
esta carencia de suelo industrial muchas empresas han tenido que emigrar
de la ciudad para poder ampliar sus instalaciones.




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4014






ENMIENDA NÚM. 5.837
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 27 Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
Servicio : 09 Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones.
Programa : 431A Promoción comercial e internacionalización de la empresa.
Capítulo 8 Activos financieros.
Artículo: 87 Aportaciones patrimoniales.Concepto : 871 Al fondo de
internacionalización de la empresa.
Importe : 15.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 15.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Se incrementa la partida para aproximarla a los niveles de
2011, con el fin de garantizar unas ayudas adecuadas a la
internacionalización de los sectores productivos, dada la importancia de
impulsar el comercio exterior en este contexto de crisis. La cantidad que
se consigna es especialmente importante para aquellos sectores
manufactureros e industrias tradicionales valencianas, como el calzado,
el textil, la marroquinería o el juguete, que registraron un aumento de
las exportaciones. Sectores como éste necesitan un apoyo decidido para su
participación en ferias internacionales, motivo por el que se precisa
este aumento de la partida presupuestaria.
ENMIENDA NÚM. 5.838
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 27 Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
Servicio : 16 Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana
Empresa.
Programa : 422M Reconversión y reindustrialización.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Plan de reindustrialización de Benicarló.
Importe : 5.000,00 (miles de euros).




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BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 5.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Plan de reindustrialización de Benicarló para dotar de una
nueva partida presupuestaria destinada a la urgente reindustrialización
de la comarca del Maestrat, debido a que esta comarca está sufriendo un
acelerado deterioro de su tejido industrial (especialmente el del
mueble).
ENMIENDA NÚM. 5.839
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 16 Ministerio del Interior.
Servicio : 01 Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales.
Programa : 131P Derecho de asilo y apátridas.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los
servicios.Concepto : 620 Inversión nueva asociada al funcionamiento
operativo de los servicios.
Proyecto: Derecho de asilo y apátridas.
Importe : 600,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 16 Ministerio del Interior.
Servicio : 02 Secretaría de Estado de Seguridad.
Programa : 132A Seguridad ciudadana.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los
servicios.Concepto : 620 Inversión nueva asociada al funcionamiento
operativo de los servicios.
Proyecto: Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los
servicios.
Importe : 600,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Es necesario cumplir con el programa de acogida y
reasentamiento de refugiados que España está pendiente de cumplir y al
que se ha comprometido.




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ENMIENDA NÚM. 5.840
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 32 Otras Relacs. Financ. con Entes Territoriales
Servicio : 01 Secr. General de Coord. Autonómica y Local Autonómica y
Local. Comunidades Autónomas.
Programa : 441M Subvenciones y apoyo al transporte terrestre.
Capítulo 4 Transferencias corrientes.
Artículo: 45 A comunidades autónomas.Concepto : Subvención al transporte
urbano y metropolitano de Valencia.
Importe : 37.000,15 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 37.000,15 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El Área Metropolitana de Valencia concentra a más de un millón
y medio de habitantes, que generan cada día casi dos millones de
desplazamientos en distintos medios de transporte. Los servicios de
transporte público son diversos, contando con transporte urbano,
principalmente el del ayuntamiento de Valencia, autobuses interurbanos,
metro, tranvía, dependientes de la administración autonómica y cercanías,
de competencia estatal. Todos estos servicios son claves para el
desarrollo cotidiano de los ciudadanos, y representa una necesidad social
y económica de primer orden.



La Generalitat Valenciana solicitó formalmente al Ministerio competente la
inclusión en los PGE de 2017 de una partida de ayudas para la Autoridad
de Transporte Metropolitano de Valencia, al cumplir los requisitos que se
le habían marcado desde el mismo. A pesar de ello no ha sido incluido en
el borrador de PGE, sin que se haya dado razón alguna para ello. En
cambio sí que han aparecido en el mismo ayudas para el Consorcio Regional
de Transportes de Madrid por importe de 126 millones de euros, la
Autoridad del Transporte Metropolitano de Barcelona por importe de 108
millones y para la Comunidad Autónoma de Canarias por importe de 25
millones de euros. A ello habría que añadir que también han recibido
subvencionas de capital por importe de 13 millones de euros -para
financiar inversiones en infraestructuras del transporte metropolitano-,
las ciudades de Sevilla y Málaga.
ENMIENDA NÚM. 5.841
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
De modificación




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Se modifica el artículo 19:



Artículo 19. Oferta de Empleo Público y otro instrumento similar de
gestión de la provisión de necesidades de personal.



Uno. Se modifica el último párrafo del punto 4 apartado uno del artículo
19, que queda redactado como sigue:



'No computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de
reposición de efectivos las plazas que se convoquen para su provisión
mediante procesos de promoción interna, las que afecten a los Cuerpos y
Fuerzas de Seguridad, personal del Servicio de Prevención y Extinción de
Incendio y las correspondientes al personal declarado indefinido no fijo
mediante sentencia judicial.'



Dos. Se modifica el primer párrafo del punto 6 apartado uno del artículo
19, que queda redactado como sigue:



'Las Administraciones y sectores señaladas en las letras A), B) G y O) y
Policía Local, regulados en el apartado Uno.2 anterior, así como el
personal que preste servicios en materia de gestión tributaria y
recaudación y de inspección y sanción de servicios y actividades, además
de la tasa resultante del apartado Uno, 2 y 3, podrán disponer de una
tasa adicional para estabilización de empleo temporal que incluirá hasta
el 90 100 por ciento de las plazas que, estando dotadas
presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e
ininterrumpida al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de
2016.'



El resto del artículo permanece con la misma redacción.
MOTIVACIÓN Las limitaciones a la reposición de empleados públicos no
pueden afectar a servicios básicos como la seguridad o la lucha contra
los incendios. Además, hay que tener en cuenta que las plazas ocupadas no
suponen un incremento del gasto.
ENMIENDA NÚM. 5.842
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
De modificación Se modifica el apartado artículo 35, que queda redactado
como sigue:



Artículo 35. Índice de revalorización de pensiones.



'Uno. Las pensiones ab abonadas por el sistema de la Seguridad Social, en
su modalidad contributiva, así como las pensiones de Clases Pasivas del
Estado, experimentarán en el año 2017 un incremento del 0,25 por ciento
igual al del IPC, en los términos que se indican en los artículos
correspondientes de esta Ley.'
MOTIVACIÓN Los pensionistas de este país no merecen perder poder
adquisitivo.




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ENMIENDA NÚM. 5.843
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
De modificación Se modifica el apartado artículo 39, que queda redactado
como sigue:



Artículo 39. Índice de revalorización de pensiones.



'Uno. Las pensiones ab abonadas por el sistema de la Seguridad Social, en
su modalidad contributiva, así como las pensiones de Clases Pasivas del
Estado, experimentarán en el año 2017 un incremento del 0,25 por ciento
igual al del IPC, de conformidad con lo previsto en el artículo 35 de
esta Ley, sin perjuicio de las excepciones contenidas en los artículos
siguientes de este capítulo y de los importes de garantía que figuran en
el precedente artículo 37, respecto de las pensiones reconocidas al
amparo de la legislación especial de la guerra civil.'



El resto del artículo permanece con la misma redacción.
MOTIVACIÓN Los pensionistas de este país no merecen perder poder
adquisitivo.
ENMIENDA NÚM. 5.844
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
De modificación Se modifica el apartado sexto del artículo 60, que queda
redactado como sigue:



Artículo 60. Tipos impositivos reducidos.



'6.º La entrada a bibliotecas, archivos y centros de documentación,
museos, galerías de arte, pinacotecas, teatros, circos, festejos
taurinos, conciertos y a los demás espectáculos culturales en vivo, con
excepción de los festejos taurinos.'



El resto del artículo permanece con la misma redacción.
MOTIVACIÓN Los festejos taurinos son un espectáculo anacrónico que no
merece ser subvencionado mediante la imposición reducida.




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ENMIENDA NÚM. 5.845
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
De modificación Se modifica la disposición adicional nonagésima segunda,
que queda redactada como sigue:
Disposición adicional nonagésima segunda. Destino del superávit de las
entidades locales correspondientes a 2016.



Con efectos de 1 de enero de 2017 y vigencia indefinida se modifican las
siguientes leyes:



Uno. Se modifica la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012,
de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera:



'1. Será de aplicación lo dispuesto en los apartados siguientes de esta
disposición adicional a las Corporaciones Locales en las que concurran
estas dos circunstancias:



a) Cumplan o no superen los límites que fije la legislación reguladora de
las Haciendas Locales en materia de autorización de operaciones de
endeudamiento.



b) Que presenten en el ejercicio anterior simultáneamente superávit en
términos de contabilidad nacional y remanente de tesorería positivo para
gastos generales, una vez descontado el efecto de las medidas especiales
de financiación que se instrumenten en el marco de la disposición
adicional primera de esta Ley.



2. En el año 2017, a los efectos de la aplicación del artículo 32,
relativo al destino del superávit presupuestario, se tendrá en cuenta lo
siguiente:



a) Las Corporaciones Locales deberán destinar, en primer lugar, el
superávit en contabilidad nacional o, si fuera menor, el remanente de
tesorería para gastos generales a atender las obligaciones pendientes de
aplicar a presupuesto contabilizadas a 31 de diciembre del ejercicio
anterior en la cuenta de 'Acreedores por operaciones pendientes de
aplicar a presupuesto', o equivalentes en los términos establecidos en la
normativa contable y presupuestaria que resulta de aplicación, y a
cancelar, con posterioridad, el resto de obligaciones pendientes de pago
con proveedores, contabilizadas y aplicadas a cierre del ejercicio
anterior.



b) En el caso de que, atendidas las obligaciones citadas en la letra a)
anterior, el importe señalado en la letra a) anterior se mantuviese con
signo positivo y la Corporación Local optase a la aplicación de lo
dispuesto en la letra c) siguiente, se deberá destinar, como mínimo, el
porcentaje de este saldo para amortizar operaciones de endeudamiento que
estén vigentes que sea necesario para que la Corporación Local no incurra
en déficit en términos de contabilidad nacional en dicho ejercicio 2014.



b) Si cumplido lo previsto en las letras a) y b) anteriores la Corporación
Local tuviera un saldo positivo del importe señalado en la letra a), éste
será de libre disposición en los términos establecidos por la normativa
vigente, éste se podrá destinar a financiar inversiones siempre que a lo
largo de la vida útil de la inversión ésta sea financieramente
sostenible. A estos efectos la ley determinará tanto los requisitos
formales como los parámetros que permitan calificar una inversión como
financieramente sostenible, para lo que se valorará especialmente su
contribución al crecimiento económico a largo plazo. Si la disposición de
este saldo generara en dicho ejercicio 2017 un déficit en términos de
contabilidad nacional de igual o menor importe al mismo, no computará a
efectos del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria.



Para aplicar lo previsto en el párrafo anterior, además será necesario que
el período medio de pago a los proveedores de la Corporación Local, de
acuerdo con los datos publicados, no supere el plazo máximo de pago
previsto en la normativa sobre morosidad.




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3. Excepcionalmente, las Corporaciones Locales que en el ejercicio 2016
cumplan con lo previsto en el apartado 1 respecto de la liquidación de su
presupuesto del ejercicio 2015, y que además en el ejercicio 2017 cumplan
con lo previsto en el apartado 1, podrán aplicar en el año 2017 el
superávit en contabilidad nacional o, si fuera menor, el remanente de
tesorería para gastos generales resultante de la liquidación de 2015,
conforme a las reglas contenidas en el apartado 2 anterior, si así lo
deciden por acuerdo de su órgano de gobierno.



4. El importe del gasto realizado de acuerdo con lo previsto en los
apartados dos y tres de esta disposición no se considerará como gasto
computable a efectos de la aplicación de la regia de gasto definida en el
artículo 12.



5. En relación con ejercicios posteriores a 2017, mediante Ley de
Presupuestos Generales del Estado se podrá habilitar, atendiendo a la
coyuntura económica, la prórroga del plazo de aplicación previsto en este
artículo.



Dos. Se suprime la disposición adicional decimosexta del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.'
MOTIVACIÓN Es necesario que los ayuntamientos que cumplen las condiciones
exigidas por el artículo 3 del RD-L 8/2014 tienen puedan declarar no
vigente el plan de ajuste.
ENMIENDA NÚM. 5.846
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
De modificación Se modifica la disposición adicional vigésima séptima que
queda redactada de la siguiente manera:



Modificación de la disposición adicional vigésima séptima. Limitaciones a
la incorporación de personal laboral al sector público.



'Uno. Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia
indefinida, las Administraciones Públicas del artículo 2 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado
por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, no podrán
considerar como empleados públicos de su artículo 8, ni podrán incorporar
en dicha condición en una Administración Pública o en una entidad de
derecho público:



a) A los trabajadores de los contratistas de concesiones de obras o de
servicios públicos o de cualquier otro contrato adjudicado por las
Administraciones Públicas previstas en el artículo 2.3 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, cuando los
contratos se extingan por su cumplimiento, por resolución, incluido el
rescate, o si se adopta el secuestro o intervención del servicio conforme
a la legislación de contratos del sector público que resultase aplicable
a los mismos.



b) Al personal laboral que preste servicios en sociedades mercantiles
públicas, fundaciones del sector público, consorcios, en personas
jurídicas societarias o fundacionales que vayan a integrarse en una
Administración Pública.



El personal referido en el apartado anterior que no haya accedido al
empleo en un procedimiento que garantice los principios constitucionales
de igualdad, mérito v capacidad permanecerá vinculado a la prestación del
servicio en el que estaba encuadrado, v podrá tener la consideración de
'a




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extinguir'. Las vacantes que se produjeran en dicho servicio serán
cubiertas cumpliendo con los principios legales de acceso al empleo
público.



Dos. El personal integrado en alguna administración o ente del sector
pública de los referidos en el artículo 18 de la presente Ley en virtud
de la aplicación de las normas laborales sobre sucesión de empresa cuando
proceda la aplicación de las mismas, no computará a efectos de las tasas
de reposición establecidas en esta Ley.



Tres. Lo establecido en esta disposición adicional tiene carácter básico y
se dicta al amparo de lo dispuesto en los artículos 149.1. 13a y 18a, así
como del artículo 156.1 de la Constitución'.
ENMIENDA NÚM. 5.847
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
De modificación Se añade un nuevo apartado -siete- a la disposición final
décima primera de modificación de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,
General Presupuestaria:
Disposición adicional décima primera. Modificación de la Ley 47/2003, de
26 de noviembre, General Presupuestaria.



Con efectos de 1 de enero de 2017 y vigencia indefinida se modifica la Ley
47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, de la siguiente
forma:



'Siete. Se añade un nuevo apartado 3o al artículo 37 de la Ley 47/2003,
con la siguiente redacción:



'Los estados de ingresos y gastos del proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado incluirán, necesariamente, los datos de ejecución
presupuestaria del ejercicio anterior disponibles en la fecha en que se
elaboren, así como el porcentaje que supone la ejecución respecto de lo
presupuestado en el ejercicio de referencia.



Siempre que los datos de ejecución presupuestaria publicados lo permitan,
los datos de ejecución presupuestaria del ejercicio anterior que han de
publicarse en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado
deberán reflejarse al mismo detalle que las cuantías reflejadas en los
estados de ingresos y gastos.



Con objeto de facilitar el control parlamentario, los datos de ejecución
presupuestaria en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales a que hace
referencia el presente artículo deberán situarse en una columna contigua
a las cuantías presupuestadas.''



El resto del artículo permanece con la misma redacción.
MOTIVACIÓN El mandato constitucional contenido en el artículo 134 de la
Constitución Española es claro: 'corresponde al Gobierno la elaboración
de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes Generales su
examen, enmienda y aprobación'. Su correcto examen por parte del
legislador y, por tanto, el efectivo cumplimiento del principio de
competencia, requiere de una información accesible y práctica. Esta
enmienda pretende, también, adaptar la LGP a los principios de
accesibilidad y comprensibilidad que prevé la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno para la información de relevancia económica, presupuestaria y
estadística.




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ENMIENDA NÚM. 5.848
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
De modificación Se añaden 3 nuevos apartados -ocho, nueve y diez- a la
disposición final décima primera de modificación de la Ley:
Disposición adicional décima primera. Modificación de la Ley 47/2003, de
26 de noviembre, General Presupuestaria.



Con efectos de 1 de enero de 2017 y vigencia indefinida se modifica la Ley
47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, de la siguiente
forma:



Ocho. Se añade un nuevo párrafo al ordinal primera del apartado segundo
del artículo 36 de la Ley 47/2003, con la siguiente redacción:



'Artículo 36. Procedimiento de elaboración.



2. El procedimiento por el cual se regirá la elaboración de los
Presupuestos Generales del Estado se establecerá por orden del Ministro
de Hacienda y se sujetará a las normas siguientes:



Primera. Las directrices para la distribución del gasto, estableciendo los
criterios de elaboración de las propuestas de presupuestos y sus límites
cuantitativos con las prioridades y limitaciones que deban respetarse, se
determinarán por el Ministro de Hacienda.



Las propuestas de distribución del gasto en inversiones reales deberán
ajustarse en su distribución regionalizada por comunidades autónomas, en
todo caso, a los niveles de inversiones reales que a cada comunidad
autónoma le correspondan calculados a partir del Mecanismo de
Distribución de Inversiones Reales, con variaciones nunca superiores al
10% del gasto total en inversiones reales.



Con este fin, se constituirá la Comisión de Políticas de Gasto, cuya
composición se determinará por orden del Ministro de Hacienda.



La Comisión respetará la adecuación de los criterios de establecimiento de
prioridades y de elaboración de las propuestas a los límites y objetivos
de política presupuestaria que los presupuestos deban cumplir.'



El resto del artículo permanece con la misma redacción.



Nueve. Se añade un nuevo artículo 37 a la Ley 47/2003, con la siguiente
redacción:



'Artículo 37. Mecanismo de Distribución de Inversiones Reales.



1. El Mecanismo de Distribución de Inversiones Reales (MDIR) es el
instrumento de cálculo de la distribución regionalizada del gasto por
comunidades autónomas a partir del cual se fijarán las cuantías de
inversiones reales en términos relativos sobre el gasto total de las
inversiones reales que corresponden a cada comunidad autónoma.



2. La elaboración y propuesta de modificación del reglamento del MDIR
corresponde al Gobierno, que trasladará el documento al Consejo de
Política Fiscal v Financiera (CPFF) para su debate. La aprobación del
reglamento del MDIR requerirá de unanimidad en el CPFF.



3. El MDIR deberá atenerse en su formulación a los criterios de necesidad
económica y peso poblacional.'



Diez. Se añade una nueva disposición transitoria sexta a la Ley 47/2003,
con la siguiente redacción:




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'Disposición transitoria sexta.



Hasta la entrada en vigor del Mecanismo de Distribución de Inversiones
Reales, en referencia a lo contenido en el artículo 36, apartado segundo,
ordinal primera, se utilizará el criterio del peso poblacional para
calcular las inversiones reales que le corresponden a cada comunidad
autónoma, de acuerdo con la siguiente fórmula:



Peso Poblacional = Población de la Comunidad Autónoma / Población total de
España



Para el cálculo de la población de las comunidades autónomas v del estado,
se utilizarán los datos del censo demográfico del Instituto Nacional de
Estadística, a 1 de enero del año natural anterior a la entrada en vigor
del provecto de presupuestos.'
MOTIVACIÓN El proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2017
prevén un gasto en inversiones reales de 12.867,46 millones de euros.
Pese a la cuantía, su reparto no se ha adecuado a los principios de
lealtad institucional que rigen nuestras normas. Las inversiones reales
han de repartirse con base en criterios objetivos de necesidad y
población.
ENMIENDA NÚM. 5.849
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
De modificación Se añade un nuevo apartado -once- a la disposición final
décima primera de modificación de la Ley:
Disposición adicional décima primera. Modificación de la Ley 47/2003, de
26 de noviembre, General Presupuestaria.



Con efectos de 1 de enero de 2017 y vigencia indefinida se modifica la Ley
47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, de la siguiente
forma:



'Once. Se añade un nuevo artículo 37 a la Ley 47/2003, con la siguiente
redacción:



'Artículo 37. Informes de impacto de género en los Presupuestos



1. Cada partida irá acompañada de una evaluación de impacto de género real
tanto previa como posterior a la ejecución de las mismas. Con carácter
previo se evaluará el nivel de impacto de género estimado de cada
capítulo y partida presupuestada de manera independiente haciendo constar
si este será directo, indirecto o desconocido. En el caso que sea
desconocido será necesario un estudio en profundidad del impacto de
género de lo presupuestado. Con carácter posterior se hará un estudio de
los resultados reales de impacto de género, también de manera separa en
cada una de las partidas, que recoja por un lado el beneficio de la
inversión en la igualdad de género así como propuestas de mejora y
valoraciones de eficiencia en relación con la igualdad.



2. Se elaborará un informe previo a la propuesta de presupuestos generales
del estado donde se analizará el impacto de género en todas y cada una de
las partidas presupuestarias previstas. Dicho informe deberá recopilar
los distintos indicadores de impacto de género calificando si la partida
tiene un impacto directo, indirecto o si se desconoce dicho impacto.
Además el informe previo deberá contener indicaciones de inversión que
mejoren la igualdad entre hombres y mujeres siendo dichas indicaciones
vinculantes a la hora de la elaboración de la propuesta de PGE.




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3. En los casos en que se manifieste el impacto desconocido será necesario
un informe externo realizado por organizaciones expertas en igualdad e
independientes del impacto de género de la partida concreta. Dicho
informe deberá estar realizado en los mismos términos que los informes
anteriores: análisis de indicadores de desigualdad de la partida concreta
y indicaciones de inversión para la mejora de la igualdad.



4. Una vez ejecutado el presupuesto, cada partida deberá acompañarse de un
informe del impacto de género tras la ejecución. Este informe deberá
estar realizado por organizaciones independientes y expertas en
igualdad.'
MOTIVACIÓN Debe profundizarse en la evaluación del impacto de género del
presupuesto.
ENMIENDA NÚM. 5.850
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)



De supresión.



Se suprime la disposición adicional sexagésima. Beneficios fiscales
aplicables a la conmemoración del '25 Aniversario de la Casa América'.
ENMIENDA NÚM. 5.851
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)



De supresión.



Se suprime la disposición adicional sexagésima primera. Beneficios
fiscales aplicables a '4.ª Edición de la Barcelona World Race'.
ENMIENDA NÚM. 5.852
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)



De supresión.



Se suprime la disposición adicional sexagésima segunda. Beneficios
fiscales aplicables a los 'World Roller Games Barcelona 2019',




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ENMIENDA NÚM. 5.853
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)



De supresión.



Se suprime la disposición adicional sexagésima tercera. Beneficios
fiscales aplicables a 'Madrid Horse Week 17/19'.
ENMIENDA NÚM. 5.854
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)



De supresión.



Se suprime la disposición adicional sexagésima cuarta. Beneficios fiscales
aplicables a 'La Liga World Challenge'.
ENMIENDA NÚM. 5.855
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
De modificación La disposición nonagésima sexta queda redactada de la
siguiente manera:
Disposición adicional nonagésima sexta. Regulación de la concesión de
subvenciones nominativas destinadas a la financiación del transporte
público regular de viajeros de Madrid, Barcelona, Valencia y las Islas
Canarias.



Uno. Para el ejercicio 2017, al amparo de lo dispuesto en el artículo
22.2.a) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, las subvenciones nominativas destinadas al Consorcio
Regional de Transportes de Madrid, a la Autoridad del Transporte
Metropolitano de Barcelona-Autoritat del Transport Metropolità, a la
Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y a la
Autoritat de Transport de València, otorgar por parte de la
Administración General del Estado, se concederán mediante resolución del
Secretario de Estado de Administraciones Públicas.



Dos. Las subvenciones se destinan a la financiación por parte de la
Administración General del Estado de las necesidades del sistema del
transporte terrestre público regular de viajeros en los siguientes
ámbitos de actuación:
- Madrid: Ámbito definido en la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación del
Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid.
- Barcelona: Ámbito definido en el artículo 1 de los estatutos de la
Autoridad del Transporte Metropolitano de Barcelona-Autoritat del
Transport Metropolità, aprobados por el Decreto 151/2002, de 28 de mayo,
de la Generalidad de Cataluña-Generalitat de Catalunya.




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- Islas Canarias: Ámbito de la Comunidad Autónoma de las islas Canarias.
- València: Ámbito definido por la Lev 13/2016 de 29 de diciembre de
creación de la Autoridad de Transporte Metropolitana de
Valencia-Autoritat de Transport Metropolità de València.



Tres. Los libramientos se efectuarán con cargo a las siguientes
aplicaciones presupuestarias e importes:
- Madrid: 32.01.441M.454 'Al Consorcio Regional de Transportes de Madrid,
para la financiación del transporte regular de viajeros' por importe de
126.305,31 miles de euros.
- Barcelona: 32.01.441 M.451 'A la Autoridad del Transporte Metropolitano
de Barcelona, para la financiación del transporte regular de viajeros '
por importe de 108.389,17 miles de euros.
- Islas Canarias: 32.01.441 M.453 'A la Comunidad Autónoma de Canarias
para la financiación de las necesidades correspondientes al transporte
regular de viajeros de las distintas Islas Canarias 'por importe de
25.000 miles de euros'.
- Valencia: 32,01.441M.455 'A la Autoridad de Transporte Metropolitano de
València, para la financiación del transporte regular de viajeros' por
importe de 37.000,15 miles de euros.



Cinco. Antes del 15 de julio de 2017, los destinatarios señalados en el
apartado tres remitirán a la Secretaría General de Financiación
Autonómica y Local las siguientes certificaciones:
- Madrid:
- A) Certificación de la Comunidad Autónoma de Madrid de las obligaciones
reconocidas y los pagos materiales efectuados, hasta el 30 de junio de
2017, al Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid
con cargo a los Presupuestos correspondientes al ejercicio 2016.
- B) Certificación del Ayuntamiento de Madrid de las obligaciones
reconocidas y los pagos materiales efectuados, hasta el 30 de junio de
2017, al Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid
con cargo a los Presupuestos correspondientes al ejercicio 2016.



Si la suma de los pagos efectuados por ambas Administraciones fuera igual
a las obligaciones reconocidas, la aportación consignada en los
Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2017 se elevará a
definitiva y se procederá a su libramiento conforme a lo indicado en el
segundo párrafo del apartado cuatro.



Si la suma de los pagos efectuados por ambas Administraciones fuera
inferior a las obligaciones reconocidas, la aportación definitiva de la
Administración General del Estado se calculará como el producto de la
consignada en los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2017
por el factor resultante de dividir los pagos efectuados entre las
obligaciones reconocidas, ambos con cargo a los presupuestos de 2016, y
se procederá a su libramiento conforme a lo indicado en el segundo
párrafo del apartado cuatro, siempre que la cifra resultante sea superior
a los pagos anticipados efectuados. En caso contrario, se determinará la
cantidad y se instará el reintegro.
- Barcelona:
- A) Certificación de la Generalidad de Cataluña-Generalitat de Catalunya
de las obligaciones reconocidas y los pagos materiales efectuados, hasta
el 30 de junio de 2017, a la Autoridad del Transporte Metropolitano de
Barcelona-Autoritat del Transport Metropolità con cargo a los
Presupuestos correspondientes al ejercicio 2016.
- B) Certificación del Ayuntamiento de Barcelona de las obligaciones
reconocidas y los pagos materiales efectuados, hasta el 30 de junio de
2017, a la Autoridad del Transporte Metropolitano de Barcelona-Autoritat
del Transport Metropolità con cargo a los Presupuestos correspondientes
al ejercicio 2016.



Si la suma de los pagos efectuados por ambas Administraciones fuera igual
a las obligaciones reconocidas, la aportación consignada en los
Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2017 se elevará a
definitiva y se procederá a su libramiento conforme a lo indicado en el
segundo párrafo del apartado cuatro.



Si la suma de los pagos efectuados por ambas Administraciones fuera
inferior a las obligaciones reconocidas, la aportación definitiva de la
Administración General del Estado se calculará como el producto




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de la consignada en los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio
2017 por el factor resultante de dividir los pagos efectuados entre las
obligaciones reconocidas, ambos con cargo a los presupuestos de 2016, y
se procederá a su libramiento conforme a lo indicado en el segundo
párrafo del apartado cuatro, siempre que ¡a cifra resultante sea superior
a los pagos anticipados efectuados. En caso contrario, se determinará la
cantidad y se instará el reintegro.
- Islas Canarias:
- A) Certificación de la intervención General de la Comunidad Autónoma de
Canarias de las obligaciones reconocidas y los pagos materiales
efectuados, hasta el 30 de junio de 2017, a los Cabildos Insulares, para
atender la finalidad prevista en la base primera, con cargo a los
Presupuestos correspondientes al ejercicio 2016.



Si los pagos efectuados fueran iguales a las obligaciones reconocidas, la
aportación consignada en los Presupuestos Generales del Estado del
ejercicio 2017 se elevará a definitiva y se procederá a su libramiento
conforme a lo indicado en el segundo párrafo del apartado cuatro.



Si los pagos efectuados fueran inferiores a las obligaciones reconocidas,
la aportación definitiva de la



Administración General del Estado se calculará como el producto de la
consignada en los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2017
por el factor resultante de dividir los pagos efectuados entre las
obligaciones reconocidas, ambos con cargo a los presupuestos de 2016, y
se procederá a su libramiento conforme a lo indicado en el segundo
párrafo del apartado cuatro, siempre que la cifra resultante sea superior
a los pagos anticipados efectuados. En caso contrario, se determinará la
cantidad y se instará el reintegro.
- València:
- A) Certificación de la Generalitat Valenciana de las obligaciones
reconocidas y los pagos materiales efectuados, hasta el 30 de junio de
2017, a la l'Autoritat de Transport Metropolità de Valencia con cargo a
los Presupuestos correspondientes al ejercicio 2016.
- B1 Certificación del Ayuntamiento de València de las obligaciones
reconocidas v los pagos materiales efectuados, hasta el 30 de junio de
2017, a la Autoritat de Transpor Metropolità de València con cargo a los
Presupuestos correspondientes al ejercicio 2016.



Si la suma de los pagos efectuados por ambas Administraciones fuera igual
a las obligaciones reconocidas, la aportación consignada en los
Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2017 se elevará a
definitiva v se procederá a su libramiento conforme a lo indicado en el
segundo párrafo del apartado cuatro.



Si la suma de los pagos efectuados por ambas Administraciones fuera
inferior a las obligaciones reconocidas, la aportación definitiva de la
Administración General del Estado se calculará como el producto de la
consignada en los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2017
por el factor resultante de dividir los pagos efectuados entre las
obligaciones reconocidas, ambos con cargo a los presupuestos de 2016, y
se procederá a su libramiento conforme a lo indicado en el segundo
párrafo del apartado cuatro, siempre que la cifra resultante sea superior
a los pagos anticipados efectuados. En caso contrario, se determinará la
cantidad y se instará el reintegro.
ENMIENDA NÚM. 5.856
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)



De supresión.



Se suprime la disposición adicional centésima. Suspensión normativa.




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ENMIENDA NÚM. 5.857
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)



De adición.
Disposición adicional centésima décima. Ley 37/2010, de 15 de noviembre,
por la que se crea la Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales.



Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida,
se añade un 5 punto al artículo 4 de la Ley 37/2010 que queda redactada
de la siguiente manera:



'5. Las Cortes Generales del Estado publicarán los citados informes en el
BOE y en los medios telemáticos a disposición de los diputados y
diputadas.'
ENMIENDA NÚM. 5.858
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional:
Disposición adicional centésima décima quinta. Consulta para la
determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales
agrarias.



'El Gobierno, dentro de las disponibilidades presupuestarias para el 2017,
debe habilitar las partidas presupuestarias para la celebración de la
consulta para la determinación de la representatividad de las
organizaciones profesionales agrarias de carácter general y ámbito
nacional prevista en la Ley 12/2014, de 9 de julio, por la que se regula
el procedimiento para la determinación de la representatividad de las
organizaciones profesionales agrarias y se crea el Consejo Agrario, así
como, para las subvenciones relacionadas con los gastos de las
organizaciones profesionales agrarias que concurran a dicha consulta.'
MOTIVACIÓN Debe incluirse en el preámbulo de la Ley la referencia a las
modificaciones propuestas en las siguiente enmienda, en la que se
introduce modificaciones al articulado de la Ley 12/2014, de 9 de julio,
por la que se regula el procedimiento para la determinación de la
representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se crea
el Consejo Agrario, así como a su disposición adicional quinta y
disposición transitoria única, que se suprime y sustituye por una
disposición transitoria única, añadiendo una disposición transitoria
segunda.



Dichas modificaciones responden a la necesidad de adecuar la
representatividad reconocida y el marco institucional a las
organizaciones agrarias durante el período de transitoriedad hasta la
celebración de la primera consulta electoral estatal mediante la toma en
consideración de los procesos electorales regionales celebrados desde la
entrada en vigor de la Ley.



Así mismo se ajusta el condicionado del censo electoral con objeto de
posibilitar la homologación y mejor coordinación de las sucesivas
consultas electorales estatales con las que convoquen los Gobiernos
Autonómicos al amparo de las competencias contempladas en sus respectivos
Estatutos.




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Igualmente, con objeto de no prolongar más de lo razonable la actual
situación de representatividad provisional se procede a determinar una
fecha de entrada en vigor del reglamento de desarrollo de la Ley y de
convocatoria de la primera consulta.
ENMIENDA NÚM. 5.859
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional:
Disposición adicional centésima décima cuarta. Bienes y servicios
utilizados en la producción agrícola, ganadera y forestal.



'Se añade una nueva disposición adicional a la Ley 37/1992, de 28 de
diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido:
Disposición adicional novena. IVA reducido en los bienes y servicios
utilizados en la producción agrícola, ganadera y forestal.



Además de lo previsto específicamente en los apartados uno y dos del
artículo 91, sin tener en cuenta las excepciones allí previstas, para el
resto de los bienes y servicios utilizados en la producción agrícola,
ganadera y forestal se aplicará el tipo impositivo reducido previsto en
el punto 1 del apartado uno del artículo 91.'
MOTIVACIÓN El sector agrario español es un sector estratégico para
asegurar un suministro de alimentos a los consumidores a precios
razonables. El encarecimiento de los costes de producción en general y,
en particular, de la energía, los piensos, los fertilizantes y los
fitosanitarios en los últimos años ha puesto en una situación límite a
las pequeñas y medianas empresas de producción de productos agrícolas,
ganaderos y forestales, base de la producción española.



La aplicación de un IVA reducido, prevista el Anexo H de la Directiva
europea sobre dicho impuesto, contribuirá a dar un tratamiento fiscal más
acorde con los objetivos a alcanzar en este sector.
ENMIENDA NÚM. 5.860
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional:
Disposición adicional centésima décima cuarta. Fondos adicionales de
innovación y contingencia de causas extraordinarias para los agricultores
y ganaderos profesionales.



'El Gobierno, dentro de las disponibilidades presupuestarias del ejercicio
2017 y siguientes, dispondrá un fondo adicional por importe equivalente a
las cantidades no devueltas a los agricultores




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y ganaderos en virtud de la aplicación de la modificación del artículo 52
ter de la Ley 38/1992 contenida en la presente Ley de Presupuestos
Generales del Estado. Dicho fondo se destinará a medidas dirigidas a
promover la innovación en las explotaciones agrarias y/o a asistir
contingencias provocadas por causas extraordinarias y destinadas
exclusivamente a agricultores profesionales y explotaciones prioritarias
en el sentido dado por la Ley 19/1995, de 4 de julio, de modernización de
las explotaciones agrarias.'
MOTIVACIÓN El artículo 63 del proyecto de Ley de Presupuestos Generales
del Estado para 2017 contempla la modificación del apartado uno del
artículo 52 ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos
Especiales, con efectos desde el 1 de julio de 2016, en el sentido de
reducir la devolución de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos de
las adquisiciones de gasóleo agrícola de 78,71 euros por mil litros, a
63,71 euros por mil litros.



Esta modificación normativa supone de hecho la pérdida para los
agricultores y ganaderos de unos recursos, que de forma estimada y en
base a los datos de 2015, podrían suponer del orden de 19 millones de
euros. La propuesta de enmienda busca recuperar esos recursos y
destinarlos a medidas destinadas a los profesionales del sector, para la
innovación del sistema productivo de sus explotaciones y atender
situaciones extraordinarias provocadas por causas tales como sequías,
inundaciones, temporales o crisis sanitarias u otras similares.
ENMIENDA NÚM. 5.861
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional:
Disposición adicional centésima décima cuarta. Modificación de la
disposición adicional segunda de la Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por
la que se procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la
Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social



'Uno. Se substituye la letra b) del apartado c) del punto 1 de la
disposición adicional segunda por las siguientes reglas:



b) Respecto a los trabajadores incluidos en los grupos de cotización 2 a
11, la reducción se ajustará a las siguientes reglas:



1.ª Para bases de cotización iguales o inferiores a 986,70 euros mensuales
o a 42,90 euros por jornada realizada, las reducciones a aplicar, en
puntos porcentuales de la base de cotización, serán las establecidas en
la siguiente tabla:



Año;Trabajadores y trabajadoras por cuenta propia incluidos en el Sistema
Especial para Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el Régimen
Especial



de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos;El resto de empresarios



2012;6,15%;6,15%



2013;6,91%;6,33%




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Año;Trabajadores y trabajadoras por cuenta propia incluidos en el Sistema
Especial para Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el Régimen
Especial



de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos;El resto de empresarios



2014;7,36%;6,50%



2015;7,83%;6,68%



2016;8,27%;6,83%



2017;8,70%;6,97%



2018;9,12%;7,11%



2019;9,50%;7,20%



2020;9,88%;7,29%



2021;10,24%;7,36%



2022;10,35%;7,40%



2023;10,43%;7,40%



2024;10,52%;7,40%



2025;10,59%;7,40%



2026;10,66%;7,40%



2027;11,18%;7,60%



2028;11,65%;7,75%



2029;12,12%;7,90%



2030;12,53%;8,00%



2031;12,95%;8,10%



2.ª Para bases de cotización superiores a las cuantías indicadas en la
regla anterior y hasta 1.800 euros mensuales o 78,26 euros por jornada
realizada, les serán de aplicación según el tipo de empresario, durante
el periodo 2012-2021, el porcentaje resultante de aplicar las siguientes
fórmulas:



a) Trabajadores y trabajadoras por cuenta propia incluidos en el Sistema
Especial para Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el Régimen
Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos:



(las mismas del texto del proyecto de ley, a las que se substituye el
6,15% por el 6,44%)



b) El resto de empresarios:



(las fórmulas del texto de la Ley)



Para el período 2022-2030, las reducciones a aplicar en puntos
porcentuales de la base de cotización serán las resultantes de las
siguientes fórmulas:



a) Trabajadores y trabajadoras por cuenta propia incluidos en el Sistema
Especial para Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el Régimen
Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos:



(la misma fórmula del texto del proyecto de ley, a la que se substituye el
8,1% por el 12,95%)



b) El resto de empresarios:



(la fórmula del texto del proyecto de ley)




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Las reducciones para el año 2031, en todos los casos, serán del 12,95 por
ciento para los empresarios trabajadores por cuenta propia incluidos en
el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el
Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y del
8,10 por ciento para el resto de empresarios.



En los supuestos de cotización por bases mensuales, cuando los
trabajadores inicien o finalicen su actividad sin coincidir con el
principio o fin de un mes natural, las reducciones a que se refiere esta
letra C) serán proporcionales a los días trabajados en el mes.'



Dos. Se añade un nuevo apartado 5 bis al apartado Tres. Cotización en el
Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios establecido
en el Régimen General de la Seguridad Social del artículo 106, con la
siguiente redacción:



'5bis. Durante el año 2017 se aplicarán las siguientes reducciones en las
aportaciones empresariales de los trabajadores y trabajadoras por cuenta
propia incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta
Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por
Cuenta Propia o Autónomos a la cotización a este Sistema Especial durante
ios períodos de actividad con prestación de servicios.



En la cotización respecto a los trabajadores encuadrados en los grupos de
cotización 2 al 11, la reducción se ajustará a las reglas establecidas en
la letra b) del apartado C) del punto 1 de la Disposición adicional
segunda de la Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se procede a
la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el
Régimen General de la Seguridad Social para las aportaciones
empresariales de los Trabajadores y trabajadoras por cuenta propia
incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia
incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o
Autónomos.'
MOTIVACIÓN La propia Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se
procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad
Social en el Régimen General de la Seguridad Social reconoce que la
integración de los trabajadores del REASS por cuenta ajena al Régimen
General se debe hacer creando un sistema especial, dentro de éste, que
evite un incremento de costes perjudicial para la competitividad y el
empleo de las explotaciones agrarias, pero el proyecto de ley trata a
todos los empresarios agrarios de la misma forma, cuando en la Seguridad
Social y para el mismo sector agrario existe esa misma consideración para
los trabajadores por cuenta propia, de forma que la Ley 18/2007, de 4 de
julio, por la que se procede a la integración de los trabajadores por
cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el
Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta
Propia o Autónomos, crea el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta
Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por
Cuenta Propia o Autónomos para los trabajadores por cuenta propia
agrarios, mayores de 18 años, que reúnan los siguientes requisitos:



a) Ser titulares de una explotación agraria y obtener, al menos, el 50 por
100 de su renta total de la realización de actividades agrarias u otras
complementarias, siempre que la parte de renta procedente directamente de
la actividad agraria realizada en su explotación no sea inferior al 25
por 100 de su renta total y el tiempo de trabajo dedicado a actividades
agrarias o complementarias de las mismas, sea superior a la mitad de su
tiempo de trabajo total.



b) Que los rendimientos anuales netos obtenidos de la explotación agraria
por cada titular de la misma no superen la cuantía equivalente al 75 por
100 del importe, en cómputo anual, de la base máxima de cotización
establecida en cada momento en el Régimen General de la Seguridad Social.



c) La realización de labores agrarias de forma personal y directa en tales
explotaciones agrarias, aun cuando ocupen trabajadores por cuenta ajena,
siempre que no se trate de más de dos trabajadores fijos o, de tratarse
de trabajadores con contrato de trabajo de duración determinada, que el
número total de jornales satisfechos a los eventuales agrarios no supere
los 546 en un año, computado de fecha a fecha.



Las limitaciones en la contratación de trabajadores por cuenta ajena a que
se refiere el párrafo anterior se entienden aplicables por cada
explotación agraria. En el caso de que en la explotación agraria existan
dos o más titulares, en alta todos ellos en el Régimen Especial de los
Trabajadores por Cuenta Propia o




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Autónomos, se añadirá al número de trabajadores o jornales previstos en el
párrafo anterior un trabajador fijo más, o 273 jornales al año, en caso
de trabajadores eventuales, por cada titular de la explotación agraria,
excluido el primero.



Para dichos trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el Sistema
Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el
Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos la Ley
17/2008 establece que para las contingencias comunes el tipo de
cotización aplicable será del 18,75 por 100, mientras que para los que no
están incluidos en dicho Sistema Especial el tipo de cotización aplicable
es del 26,50 por 100.



Además, hay que tener en cuenta que las negociaciones llevadas a cabo por
el Ministerio de Trabajo e Inmigración y las organizaciones sindicales y
empresariales más representativas, empeoraron el incremento de costes
perjudicial para la competitividad y el empleo de las explotaciones
agrarias de las que son titulares los trabajadores por cuenta propia
agrarios incluidos el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta
Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por
Cuenta Propia o Autónomos, las cuales usan básicamente trabajadores
eventuales, ya que mientras en las propuestas del Ministerio de noviembre
de 2010 el tipo de cotización por contingencias comunes a cargo del
empresario era del 21,60 por ciento y con las bonificaciones el
encarecimiento progresivo de los costes sociales de los trabajadores
eventuales y fijos alcanzaba su máximo el año 2027; ahora el proyecto de
ley, tras la negociación que ha mantenido fuera de la misma a las
organizaciones profesionales agrarias representativas de los trabajadores
por cuenta propia agrarios, el tipo de cotización por contingencias
comunes a cargo del empresario pasa al 23,60 por ciento y con las
bonificaciones el encarecimiento progresivo de los costes sociales de los
trabajadores eventuales alcanzará un incremento del 102% el año 2018 y su
máximo el año 2031 con un incremento del 148%, mientras que para los
trabajadores fijos alcanzará su máximo el año 2031 con un incremento solo
del 68% {5 años más tarde).



Teniendo en cuenta que un incremento desmesurado de los costes, como el
previsto en la ley, influiría de forma muy perjudicial en la
competitividad y el empleo de las explotaciones agrarias de las que son
titulares los trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el
Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos
en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos,
la propuesta es el equivalente, para los empresarios trabajadores por
cuenta propia agrarios incluidos el Sistema Especial para Trabajadores
por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los
Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, mediante bonificaciones de no
sobrepasar el 18,75% respecto al 23,60% propuesto por el Gobierno en el
proyecto de ley.
ENMIENDA NÚM. 5.862
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
De modificación Se modifica el apartado dos de la disposición final décima
tercera, que queda redactado como sigue:
Disposición final décima tercera. Modificación de la Ley 42/2006, de 28
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007.



'Dos. De acuerdo con lo señalado por la Nota 1097, sobre el fondo para el
aseguramiento colectivo de los cooperantes, del Tribunal de Cuentas, se
suprime la disposición adicional quincuagésima de la Ley 42/2006,
relativa a la Constitución, objeto, y dotación del Fondo para el
Aseguramiento Colectivo de los Cooperantes:



'Con efectos inmediatos desde la entrada en vigor de la Ley y con carácter
indefinido se suprime el Fondo para el Aseguramiento Colectivo de los
Cooperantes creado a través de la disposición




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adicional quincuagésima de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2007.'



El resto del artículo permanece con la misma redacción.
MOTIVACIÓN La supresión del Fondo se realiza con base en la recomendación
primera de la Nota 1097 del Tribunal de Cuentas, que contiene la crítica
del organismo al Estado por no haber constituido el FACC.
ENMIENDA NÚM. 5.863
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
De adición. Se añade una disposición final trigésima tercera:
'Disposición final trigésimo tercera. Modificación de la Ley 37/2010, de
15 de noviembre, porta que se crea la Oficina Presupuestaria de las
Cortes Generales.



Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida,
se modifica la Ley 37/2010:



'Uno. Se añade un apartado d) al artículo tercero de la Ley 37/2010, que
queda redactado como sigue: Corresponden a la Oficina Presupuestaria de
las Cortes Generales las siguientes funciones:



a) El seguimiento y control de la ejecución de los Presupuestos Generales
del Estado y de su liquidación y el asesoramiento técnico a los órganos
de las Cámaras, así como a los Diputados, Senadores y Grupos
Parlamentarios, en todas aquellas consultas que éstos realicen en
relación con los Presupuestos y su estado de ejecución o liquidación y
respecto de los ingresos y gastos públicos.



b) La recopilación y sistematización de la información económica y
presupuestaria elaborada por otras instituciones públicas y privadas.



c) El seguimiento de la actividad legislativa que tenga repercusión en los
ingresos y gastos públicos.



d) La determinación de las proposiciones o enmiendas que estén sujetas a
lo previsto en el artículo 134.6 de la Constitución Española.



e) Cualesquiera otras que les sean encomendadas por las Mesas de las
Cámaras, a iniciativa propia o a solicitud de las Comisiones de
Presupuestos.''



El resto del artículo permanece con la misma redacción.
MOTIVACIÓN Garantizar el correcto funcionamiento y desarrollo de la
Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales.'




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4035






ENMIENDA NÚM. 5.864
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
De adición. Se añade una nueva disposición final:
'Disposición final trigésimo tercera. Modificación de la Ley 12/2014, de
9 de julio, por la que se regula el procedimiento para la determinación
de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se
crea el Consejo Agrario.



Con vigencia indefinida se modifica la Ley 12/2014, de 9 de julio, por la
que se regula el procedimiento para la determinación de la
representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se crea
el Consejo Agrario, en los siguientes términos:



Uno. Se modifica el párrafo 7.° del Preámbulo que queda redactado como
sigue:



'Se accede al censo por afiliación por afiliación al Régimen Especial de
Trabajadores Autónomos en función de la actividad agraria, ya que tal
afiliación es consecuente con la realización de la actividad empresarial
agraria en proporción económicamente relevante.'



Dos. Se modifica el punto 2 del artículo 6, que queda redactado como
sigue:'.



'2. Para su elaboración, la Dirección del Censo recabará de oficio la
colaboración de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).' y
del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA). Asimismo, se podrán un
porcentaje igual o superior al 25 por ciento de su renta total y las
personas jurídicas que cumplan los requisitos del apartado 5, solicitando
su inscripción en el censo.



Tres. El apartado 4 del artículo 6, queda redactado como sigue:



'4. El censo incluirá de oficio a las personas físicas, mayores de edad,
que, según los datos más actualizados de la Tesorería de la Seguridad
Social se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:



a) Que ejerzan actividades agrícolas, ganaderas o forestales, a título de
propiedad, arrendamiento o aparcería o en cualquier otro concepto análogo
reconocido por la Ley, y que, como consecuencia de estas actividades,
conste la afiliación y alta en el Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos.



b) Los familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad de
las personas aludidas en el apartado anterior, o quienes tengan la
consideración legal de colaboración de la explotación, que trabajen de
modo directo y preferente en la explotación familiar, debiendo estar
dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en
función de tal actividad.'



Cuatro. El apartado 7 del artículo 6, queda redactado como sigue:



'7. Las personas jurídicas a que se refiere el apartado 5 que deseen ser
inscritas en el censo deberán solicitarlo a la Dirección del Censo en el
plazo máximo de un mes desde la publicación del censo provisional.'



Cinco. La Disposición Adicional Quinta queda redactada como sigue:
'Disposición adicional quinta. Fecha límite de celebración de la primera
consulta. El reglamento de desarrollo de la presente Ley se aprobará y
publicará, para su entrada en vigor antes del 31 de julio de 2017.




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4036






La primera consulta se convocará en el plazo de dieciocho 6 meses desde la
entrada en vigor del reglamento de desarrollo de la presente Ley y, en
todo caso, antes del 31 de diciembre de 2017.'



Seis. Se suprime la disposición transitoria única.



Siete. Se añade una disposición transitoria primera, con la siguiente
redacción:
'Disposición transitoria primera. Comité Asesor Agrario Interino.



1. El Comité Asesor Agrario creado por la Ley 10/2009, de 20 de octubre,
de creación de órganos consultivos del Estado en el ámbito
agroalimentario y de determinación de las bases de representación de las
organizaciones profesionales agrarias, continuará existiendo en régimen
interino con las mismas funciones hasta que se constituya el Consejo
Agrario, lo que se verificará en el plazo máximo de 1 mes desde que tenga
lugar el escrutinio.



2. Además de las que ya lo estuvieran con anterioridad a la entrada en
vigor de la presente Ley, al Comité Asesor Agrario se incorporarán en
condición de organizaciones profesionales agrarias más representativas
aquellas otras de ámbito estatal y carácter general agrario que a través
de sus entidades asociadas o federadas hubieran obtenido al menos el
quince por ciento de los votos válidos emitidos en el conjunto de los
procesos electorales agrarios autonómicos celebrados con posterioridad a
la entrada en vigor de la presente Ley.



3. Hasta la proclamación de los resultados de la primera consulta que se
celebre al amparo de esta ley mantendrán su condición de organizaciones
profesionales agrarias más representativas las organizaciones presentes
en el Comité Asesor Agrario interino en aplicación de los apartados 1 ó 2
de la presente disposición transitoria.'



Ocho. Se añade una disposición transitoria segunda, con la siguiente
redacción:
'Disposición transitoria segunda.



1. Los resultados obtenidos en procesos electorales agrarios de carácter
autonómico celebrados entre la entrada en vigor de la Ley y la
convocatoria de la primera consulta prevista en la Disposición Adicional
Quinta por entidades integradas en organizaciones que cumpliendo las
condiciones del artículo 1 de la Ley concurran como candidatas a dicha
consulta, se considerarán equiparables a los de ésta, no siendo necesaria
por tanto su celebración en éstos ámbitos autonómicos.'



Nueve. Se modifica el antepenúltimo párrafo del apartado X del Preámbulo
la Ley para añadir:



'La Ley se cierra con un conjunto de disposiciones finales, en las que se
recogen las modificaciones realizadas a varias normas legales. En
particular la Ley acomete la modificación de !a Ley 12/2014, de 9 de
julio, por la que se regula el procedimiento para la determinación de la
representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se crea
el Consejo Agrario;...''
MOTIVACIÓN Por diferentes motivos se ha retrasado la redacción y
aprobación por parte del Gobierno de Reglamento de la Ley 12/2014, de 9
de julio, por la que se regula el procedimiento para la determinación de
la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias y se
crea el Consejo Agrario. La Disposición Adicional Quinta de la Ley
condiciona la convocatoria de la consulta electoral contemplada en la
norma a la entrada en vigor de dicho Reglamento, disponiendo el Gobierno
para ello de un plazo de 18 meses a partir de la misma.



Lo anterior es la causa de que transcurridos casi tres años desde la
entrada en vigor de la ley nos encontremos todavía en el escenario
provisional previsto en la Disposición Transitoria Única, y sin horizonte
inmediato de convocatoria de la consulta en ausencia del Reglamento
preceptivo.



Dicho escenario, que se está alargando mucho más de lo que sería deseable
y razonable, mantiene un esquema de representatividad de las
organizaciones profesionales agrarias, y consecuentemente un




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4037






marco Institucional de interlocución, que se asienta sobre los mecanismos
de la Ley 10/2009, derogada por el Gobierno mediante la Ley 12/2014, por
considerar estos inservibles para medir la representatividad de las
organizaciones profesionales agrarias.



Resulta, por consiguiente adecuado de inicio acelerar el proceso de
celebración de la primera consulta para resolver cuanto antes dicha
situación y definir el marco de interlocución conforme a lo dispuesto en
la Ley, mediante la modificación de su disposición adicional quinta,
fijando fecha para la entrada en vigor del Reglamento y acortando a un
plazo más breve el periodo desde ésta hasta la convocatoria de la
consulta, al resultar a todas luces excesivo en las actuales condiciones
el de 18 meses contemplado en la Ley.



Por otra parte, en tanto la misma no se celebre y para respetar el
espíritu de la Ley, procede aquilatar del mejor modo posible la situación
provisional de representatividad a lo que, por criterios objetivos, pueda
conocerse de la realidad del sector. Por ello no se puede obviar, que
desde la entrada en vigor de la Ley se han celebrado en la Comunidad
Autónoma de Madrid en 2014, en Catalunya en 2016 y en Extremadura en
2017, procesos electorales para medir la representatividad en sus
respectivos ámbitos territoriales. Así mismo, están anunciadas su
convocatoria en Castilla y León, en principio para 2017.



Conviene tener en consideración que los censos de las últimas elecciones
agrarias autonómicas celebradas representan más del 30 % del censo
estatal de agricultores y ganaderos inscritos en el Régimen Especial de
Trabajadores Autónomos en función de su actividad agraria y que se trata,
en consecuencia de un test objetivo muy apreciable.



Los resultados obtenidos en los procesos citados ofrecen evidentes pruebas
de que la realidad del sector difiere del esquema transitorio de
representatividad basado en criterios derogados que se mantiene hoy, sin
fecha conocida de caducidad y contra toda razón. Y difiere hasta tal
punto que la segunda organización más votada se encuentra en la
actualidad, merced a tal esquema transitorio, apartada del marco
institucional en el que se desenvuelven el resto de organizaciones
profesionales agrarias.



Resulta necesario solventar dicha situación, en tanto en cuanto no se
celebre la primera consulta estatal, mediante la supresión de la
disposición transitoria única y su sustitución por una disposición
transitoria primera. La modificación refuerza el concepto de interinidad
del Comité Asesor Agrario y permite la incorporación al mismo de
organizaciones profesionales agrarios que hayan obtenido u obtengan
resultados suficientemente representativos en los procesos electorales
autonómicos celebrados con posterioridad a la entrada en vigor de la ley
y hasta la celebración de la primera consulta estatal.



Por otro lado, por razones de economía de recursos y eficiencia
democrática, es recomendable no someter en un corto espacio de tiempo a
los agricultores y ganaderos, a las organizaciones concurrentes y a las
administraciones implicadas a repetidas consultas en términos similares y
con idénticos fines. Por tal motivo se recoge en la disposición adicional
tercera de la Ley la eventualidad de simultanear la consulta estatal con
otros procesos electorales. No obstante, las circunstancias han impedido
que las Comunidades Autónomas convocantes hayan podido coordinar con el
Ministerio las consultas cuando el Ministerio ni siquiera ha publicado el
Reglamento de Desarrollo de la Ley.



Ello aconseja que para la primera consulta estatal que ha de celebrarse,
se tengan en cuenta, por las razones apuntadas, los resultados obtenidos
en las regionales realizadas o que aún puedan realizarse, a partir de la
entrada en vigor de la Ley 12/2014 y que tal contingencia será
contemplada mediante la adición al texto de la Ley de la Disposición
Transitoria Segunda propuesta.



Para futuras convocatorias de la consulta electoral estatal deberá
materializarse de la mejor manera la simultaneidad con otros procesos
electorales realizados por las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de
sus propias competencias, según lo previsto en la ya mencionada
disposición adicional tercera. En este sentido, la mera voluntad
expresada en dicha disposición no es suficiente y la existencia de censos
no equiparables entre la convocatoria estatal y las autonómicas,
dificulta la simultaneidad de las consultas, al introducir mayor
complejidad al procedimiento y un elevado riesgo de confusión entre los
electores.



Conviene señalar, llegados a este punto, que en las normativas de las
cuatro Comunidades Autónomas de las que han derivado o derivarán en
procesos electores, se coincide en el grueso del censo, constituido por
las personas físicas, en otorgar en exclusiva el derecho de participación
a los afiliados en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomas
de la Seguridad Social en función de su actividad agraria o de su trabajo
habitual en la explotación como ayuda familiar o colaborador legal. Sólo
la consulta estatal constituye la excepción a esta regla, ampliando el
censo de oficio o a instancia de parte a otros colectivos extraños al
Régimen de la Seguridad Social concurrente con la actividad agraria.




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Abundando en lo anterior, el censo electoral dispuesto por la Ley 12/2014
fue contestado con mayor o menor aspereza durante su redacción por las
cuatro organizaciones profesionales agrarias de ámbito general y estatal
-Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos, ASAJA, COAG y UPA- que
hasta ahora han concurrido, a través de sus entidades integradas, a los
procesos electorales convocados. En sus comparecencias respectivas el 24
de febrero de 2014 ante la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente del Congreso de Diputados para informar de la Ley en fase de
proyecto, manifestaron o bien de forma ciara su total disconformidad con
la definición del censo en algunos casos, o bien en otros, la necesidad
de matizarla de manera que se ajustara en mayor medida a la figura de
elector al agricultor profesional.



Consecuentemente con ello, siendo responsabilidad de las Administraciones
implicadas hacer cuanto sea posible para garantizar que el derecho al
sufragio se ejerza por electores y elegibles en las idóneas condiciones,
y al objeto de no inducir a complejidades y confusiones que puedan
estorbar tal derecho, resulta imprescindible modificar el condicionado de
los electores definido en el articulo 4 de la Ley 12/2014, para equiparlo
con el censo de los procesos electorales en aquellas Comunidades
Autónomas que de manera periódica vienen convocándolos o que han regulado
su convocatoria.



Al respecto de la modificación nueve: debe incluirse en el preámbulo de la
Ley la referencia a las modificaciones propuestas en la siguiente
enmienda, en la que se introduce modificaciones al articulado de la Ley
12/2014, de 9 de julio, por la que se regula el procedimiento para la
determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales
agrarias y se crea el Consejo Agrario, así como a su disposición
adicional quinta y disposición transitoria única, que se suprime y
sustituye por una disposición transitoria única, añadiendo una
disposición transitoria segunda.



Dichas modificaciones responden a la necesidad de adecuar la
representatividad reconocida y el marco institucional a las
organizaciones agrarias durante el período de transitoriedad hasta la
celebración de la primera consulta electoral estatal mediante la toma en
consideración de los procesos electorales regionales celebrados desde la
entrada en vigor de la Ley.



Así mismo se ajusta el condicionado del censo electoral con objeto de
posibilitar la homologación y mejor coordinación de las sucesivas
consultas electorales estatales con las que convoquen los Gobiernos
Autonómicos al amparo de las competencias contempladas en sus respectivos
Estatutos. Igualmente, con objeto de no prolongar más de lo razonable la
actual situación de representatividad provisional se procede a determinar
una fecha de entrada en vigor del reglamento de desarrollo de la Ley y de
convocatoria de la primera consulta.
ENMIENDA NÚM. 5.865
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
De adición. Se añade una nueva disposición final trigésima tercera:
'Disposición adicional trigésima tercera. Modificación de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.



Con efectos de 1 de enero de 2017 y vigencia indefinida se modifica la Ley
24/2013, 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, de la siguiente forma:



Uno. Se modifica el apartado 4 del artículo 14, que queda redactado como
sigue:



'Artículo 14. Retribución de las actividades.



'4. Los parámetros de retribución de las actividades de transporte,
distribución, producción a partir de fuentes de energía renovables,
cogeneración de alta eficiencia y residuos con régimen




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4039






retributivo específico y producción en los sistemas eléctricos no
peninsulares con régimen retributivo adicional se fijarán teniendo en
cuenta la situación cíclica de la economía, de la demanda eléctrica y la
rentabilidad adecuada para estas actividades por periodos regulatorios
que tendrán una vigencia de seis años.



Estos parámetros retributivos podrán revisarse antes del comienzo del
periodo regulatorio en los términos que indicarán a continuación. Si no
se llevara a cabo esta revisión se entenderán prorrogados para todo el
periodo regulatorio siguiente.



En la citada revisión para las actividades de transporte, distribución, y
producción en los sistemas eléctricos no peninsulares con régimen
retributivo adicional podrá modificarse la tasa de retribución aplicable
a dichas actividades que se fijará legalmente.



En el caso de las instalaciones de producción a partir de fuentes de
energía renovables, cogeneración de alta eficiencia y residuos con
régimen retributivo específico la modificación de los parámetros de
retribución se realizará de acuerdo con los siguientes criterios:



1.º Para las instalaciones tipo que sean asignadas a las instalaciones con
derecho a la percepción del régimen económico primado a la entrada en
vigor del Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, el valor sobre el que
girará la rentabilidad razonable durante toda su vida útil regulatoria
será, antes de impuestos, el que resulte de la aplicación de la fórmula
de cálculo establecida en el apartado tercero de la disposición final
tercera de la presente ley.



2.° Para las instalaciones tipo de referencia que se definan en los
procedimientos de concurrencia competitiva previstos en el artículo 14.7
que se celebren en el primer período regulatorio, el valor sobre el que
girará la rentabilidad razonable durante toda su vida útil regulatoria
será, antes de impuestos, el que resulte de la aplicación de la fórmula
de cálculo establecida en el apartado segundo de la disposición adicional
décima de la presente ley.



3.º Para las instalaciones tipo de referencia que se definan en los
procedimientos de concurrencia competitiva previstos en el artículo 14.7
que se celebren en sucesivos períodos regulatorios, serán de aplicación
las siguientes reglas:



i. El valor sobre de la rentabilidad razonable durante toda su vida útil
regulatoria girará, antes de impuestos, sobre el rendimiento medio en el
mercado secundario de las Obligaciones del Estado a diez años en el
mercado secundario de los 24 meses previos al mes de mayo del año
anterior al del inicio del periodo regulatorio incrementada en un
diferencial.



ii. A estos efectos, antes del 1 de enero del último año del periodo
regulatorio correspondiente, el Ministro de Energía, Turismo y Agenda
Digital elevará al Consejo de Ministros un anteproyecto de ley en el que
se recogerá una propuesta del valor que tomará el diferencial señalado en
el apartado anterior en el periodo regulatorio siguiente, de acuerdo con
los criterios fijados en este artículo.



iii. Para fijar este valor, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo
podrá recabar informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia que deberá emitirse antes del 1 de julio del penúltimo año
del periodo regulatorio correspondiente, así como contratar los servicios
de una entidad especializada independiente.



4.º En la revisión que corresponda a cada periodo regulatorio se podrán
modificar todos los parámetros retributivos con las excepciones que se
indican a continuación:



i. En ningún caso se modificará el valor sobre el que girará la
rentabilidad razonable durante toda la vida útil regulatoria de las
instalaciones, una vez fijado en los términos indicados anteriormente.



ii. Del mismo modo, una vez reconocida la vida útil regulatoria o el valor
estándar de la inversión inicial de una instalación, en ningún caso se
podrán revisar dichos valores.



5.° Cada tres años se revisarán para el resto del periodo regulatorio las
estimaciones de ingresos por la venta de la energía generada, valorada al
precio del mercado de producción, en función de la evolución de los
precios del mercado y las previsiones de horas de funcionamiento.



Asimismo, se ajustarán los parámetros retributivos en función de las
desviaciones del precio del mercado respecto de las estimaciones
realizadas para el periodo de tres años anterior. El método de ajuste se
establecerá reglamentariamente y será de aplicación en lo que reste de
vida útil de la instalación.




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4040






6.° Al menos anualmente se actualizarán los valores de retribución a la
operación para aquellas tecnologías cuyos costes de explotación dependan
esencialmente del precio del combustible.'



Dos. Se modifica el apartado 2 de la disposición adicional décima, que
queda redactado como sigue:



'2. Para las actividades de producción a partir de fuentes de energía
renovables, cogeneración y residuos con régimen retributivo específico,
el primer periodo regulatorio se iniciará en la fecha de entrada en vigor
del Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio.



Para las instalaciones tipo de referencia que se definan en los
procedimientos de concurrencia competitiva previstos en el artículo 14.7
que se celebren en el primer período regulatorio, el valor sobre el que
girará la rentabilidad razonable durante toda su vida útil regulatoria
será, antes de impuestos, el rendimiento medio en el mercado secundario
de los tres meses anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto-ley
9/2013, de 12 de julio, de las Obligaciones del Estado a diez años
incrementado en 300 puntos básicos. Este valor no será objeto de revisión
durante la vida útil regulatoria de estas instalaciones.'



Tres. Se modifica el apartado 3 de la disposición final tercera, que queda
redactado como sigue:



'3. En los términos previstos en el Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de
julio,, para las instalaciones tipo que sean asignadas a las
instalaciones con derecho a la percepción del régimen económico primado a
la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2013 el valor sobre el que
girará la rentabilidad razonable durante toda su vida útil regulatoria
girará, antes de impuestos, sobre el rendimiento medio en el mercado
secundario de los diez años anteriores a la entrada en vigor del Real
Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, de las Obligaciones del Estado a diez
años incrementada en 300 puntos básicos, todo ello. Este valor no será
objeto de revisión durante la vida útil regulatoria de estas
instalaciones.'



Cuatro. Se añade una disposición derogatoria única:
'Disposición derogatoria única. Derogación normativa.



1. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango que
contradigan o se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.



2. Quedan derogados expresamente:



a) Los artículos 19 y 20.1 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por
el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir
de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.'



Cinco. Se añade una disposición final:
'Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo
reglamentario.



El Gobierno dictará, en el ámbito de sus competencias, cuantas
disposiciones reglamentarias sean precisas para el desarrollo y ejecución
de lo dispuesto en la presente Ley en un plazo máximo de tres meses desde
su entrada en vigor.'
MOTIVACIÓN La estabilidad de un país se consigue mediante la seguridad
jurídica de las inversiones productivas. En este sentido, en el sector de
la energía fotovoltaica la seguridad jurídica ha sido a todas luces
insuficiente. Actualmente, España es uno de los países con más denuncias
por modificaciones legislativas retroactivas en este sector. Teniendo en
cuenta esta situación es necesario dotar al sistema de seguridad
jurídica. Además, la revisión de las rentabilidades a percibir por los
inversores no se ajusta a los costes de inversión de los mismos, En la
práctica supone una merma de ingresos y la inviabilidad de las
inversiones.




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4041






ENMIENDA NÚM. 5.866
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 08 Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio
Natural.
Programa : 456B Protección y mejora del medio ambiente.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611 Otras.
Proyecto: Financiación transporte de residuos Baleares, Canarias, Ceuta y
Melilla.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 10.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Dar cumplimiento a la D.A. 3 de la actual Ley 22/2011, de
residuos, que establece que la Administración General del Estado
establecerá medidas para financiar el coste adicional que implica la
valorización de los residuos generados en las llles Balears, Canarias,
Ceuta y Melilla que no hayan podido valorizarse in situ y que sean
transportados por mar a la Península o a otra isla.
ENMIENDA NÚM. 5.867
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 610 Inversiones en terrenos.
Proyecto: Inversiones de reposición a la costa de las Islas Baleares.
Importe : 50.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.




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4042






Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121,08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 50.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN En la costa de Islas Baleares existen multitud de elementos
patrimoniales en estado de abandono y degradación (nidos de
ametralladoras, torres de enfilación, varaderos...). Los proyectos de
inversión previstos en presupuestos de años anteriores han quedado
reducidos a cantidades cono las que se imposible acometer las actuaciones
necesarias. Miedo ello se propone ampliar esta partida, para poder
realizar actuaciones sobre estos elementos, que además de su importancia
histórica y patrimonial, tienen una incidencia importante sobre el
turismo.
ENMIENDA NÚM. 5.868
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06 Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D Actuación en la costa.
Capítulo 7 Transferencias de capital.
Artículo: 75 A comunidades autónomas.
Importe : 20.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 20.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Creación de una partida presupuestaria para poder cumplir con
el convenio firmado con la Comunidad Autónoma de les llles Balears, en el
marco de la disposición transitoria novena del Estatuto de Autonomía,
para la remodelación integral de la Playa de Palma. Debido a que el
montante total es de 83,5 millones dé euros y que desde 2009, sólo se han
formalizado convenios por 20 millones, se propone que la cantidad
pendiente se transfiera en tres años (2017-2019).




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4043






ENMIENDA NÚM. 5.869
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453B Creación de infraestructura de carreteras.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Cumplimiento protocolo convenio carreteras.
Importe : 105.000.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 105.000.000,00 (Miles de €)
MOTIVACIÓN De acuerdo con el protocolo de intenciones de 3 de diciembre de
2015, firmado por el Ministro Montoro con el Gobierno Balear, durante los
años 2016-2017-2018 debían presupuestarse 240 millones de euros a razón
de 80 millones anuales para actuaciones ejecutadas en materia de
carreteras. En caso de no presupuestarse en 2016, como así fue, las
cantidades se acumulaban para los ejercicios 2017 y 2018. Por este motivo
deberían presupuestarse 120 millones en cada uno de los ejercicios,
mientras que la partida contemplada solo asciende a 15 millones.
ENMIENDA NÚM. 5.870
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Cumplimiento del Convenio Ferroviario de Balears.
Importe : 26.000,00 (miles de euros).




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4044






BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 1 Gastos de personal.
Artículo: 12 Funcionarios.Concepto : 121.08 Para todo tipo de
retribuciones que pudieran reconocerse.
Importe : 26.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Aumento de la partida para garantizar el cumplimiento del
convenio de 2010 con la Comunidad Autónoma de les llles Balears para
financiar el proyecto de tren en Mallorca, de acuerdo con lo establecido
en la disposición transitoria novena de su Estatuto de Autonomía. El
proyecto de ferrocarril hasta Artà está paralizado por el incumplimiento
de este convenio.
ENMIENDA NÚM. 5.871
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 34 Dirección General de Aviación Civil.
Programa : 4410 Subvenciones y apoyo al transporte aéreo.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Implementación tarifa máxima 30€ para los vuelos entre islas.
Importe : 15.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 15.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN De acuerdo con el compromiso de implementar la tarifa máxima de
30€ para los vuelos entre islas en Balears una vez obtenida la
autorización de la Comisión Europea, se hace necesario incrementar la
partida destinada a subvención al tráfico aéreo ya que la propuesta
actual disminuye respecto la presupuestada en 2016 a pesar de ser
considerada insuficiente por el propio Ministerio en su informe sobre la
Proposición de Ley de modificación de la Ley 30/1998, de 29 de julio, del
régimen especial de las liles Balears.




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4045






ENMIENDA NÚM. 5.872
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 09 Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.
Programa : 261N Promoción, administración y ayudas para rehabilitación y
acceso a vivienda.
Capítulo 6 Inversiones reales.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.
Proyecto: Incremento de las ayudas a la vivienda en las llles Balears.
Importe : 2.121.259,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 2.121.259,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Dada la dificultad de acceso a la vivienda en Balears,
especialmente dramática en la isla de Eivissa, se propone incrementar las
ayudas del plan de vivienda para Balears en la misma proporción en la que
se ha aumentado para Canarias respecto el presupuesto de 2016.
ENMIENDA NÚM. 5.873
FIRMANTE : Joan Baldoví Roda (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda.
Programa : 453A Infraestructura del transporte ferroviario.
Capítulo 7 Transferencias de capital.
Artículo: 74 A Sociedades, entidades públicas empresariales, fundaciones
y resto de entes del sector publico.Concepto : 746 ADIF para inversiones
red convencional.
Importe : 15.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.




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4046






Programa : 929M imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5 Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51 Otros imprevistos.Concepto : 510 Imprevistos.
Importe : 15.000,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Para fomentar el comercio y facilitar las exportaciones del
Oeste de España, resulta necesaria la recuperación del ferrocarril Vía de
la Plata, actualmente cerrado entre Astorga y Palazuelo.



A la Mesa de la Comisión de Presupuestos



El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del diputado Pedro Quevedo
Iturbe de Nueva Canarias, al amparo de lo establecido en los artículos
110 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados
presenta las siguientes enmiendas al articulado del Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 (núm. expte. 121/6).



Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de mayo de 2017.-Pedro Quevedo
Iturbe, Diputado.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario
Mixto.
ENMIENDA NÚM. 5.874
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06. D.G. de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D. Actuación en la Costa.
Capítulo 7.
Artículo: 7.5. A Comunidades AutónomasConcepto : 750. C. A. de Canarias
para actuaciones en la costa Acondicionamiento Playa Vaileseco (Santa
Cruz de Tenerife).



Dotación: 3.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 35. Fondo de contingencia.
Servicio : 01. D. G. de Presupuestos.
Programa : 929N. Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50. Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 3.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Acondicionamiento de la playa de Valleseco en el municipio
de Santa Cruz de Tenerife.



Desde hace 30 años el movimiento ciudadano lleva reclamando el
acondicionamiento del litoral que se encuentra frente al populoso barrio
de Valleseco en Santa Cruz de Tenerife y la recuperación de la playa de
arena que allí existía, dañada por las obras del puerto de Santa Cruz de
Tenerife.




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Esa presión ciudadana ha hecho que el ayuntamiento de este municipio asuma
esta reivindicación y haya propuesto un conjunto de actuaciones para la
zona. En concreto, se convocó un concurso de ideas que ha ganado el
'Proyecto Sol y Sombra', presentado por un equipo de arquitectos.



Las actuaciones previstas son, por un lado, el acondicionamiento del
litoral, con instalaciones de solárium y piscina y, por otro, la
regeneración de la playa de arena. El objetivo se puede resumir en el
lema 'una playa en la ciudad' que usa el movimiento ciudadano.



La enmienda pretende involucrar a la administración general del estado a
través de Costas en la cofinanciación da parte de estas actuaciones,
donde también se ha comprometido a cofinanciar el cabildo de Tenerife, el
Gobierno de Canarias y la Autoridad Portuaria.



La enmienda propone en incrementar el Convenio con la CAC para acciones en
la costa (que sólo tiene 2 millones de euros en el proyecto
presupuestario) con 3 millones destinado a esta finalidad.
ENMIENDA NÚM. 5.875
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06. D.G. de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D. Actuación en la Costa.
Capítulo 7.
Artículo: 75. A Comunidades AutónomasConcepto : 750. C. A. de Canarias
para actuaciones en la costa. Recuperación de la playa de San Marcos en
Icod de los Vinos (Santa Cruz de Tenerife)



Dotación: 2.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 35. Fondo de contingencia.
Servicio : 01. D. G. de Presupuestos.
Programa : 929N. Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50. Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 2.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Proyecto de Retranqueo Puerto Pesquero Playa de San Marcos
(Icod de los Vinos).



Se propone una partida adicional al importe de la transferencia a la
Comunidad Autónoma de Canarias para actuaciones en Costas para la
redacción de este Proyecto con los estudios técnicos con modelos a escala
que se usan para la realización de obras marítimas importantes.



Los cambios en la dinámica litoral, introducidos por las obras del refugio
pesquero construido en los años 80, junto con las obras realizadas en la
propia playa con el retranqueo de la vía que la bordeaba y el aumento de
la zona seca de la playa ha modificado de forma evidente y visible las
corrientes en el interior de la bahía en la playa de San Marcos, lo que
ha originado un fenómeno que literalmente arranca la arena de la playa
cada día.



Es necesario realizar un concienzudo estudio que permita dar una solución
definitiva a este problema que hace que la Playa de San marcos esté
desapareciendo.




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La solución a este problema, según los expertos, pasa por el retranqueo
del muelle pesquero hacia el este, ocupando la vía existente en esa zona,
que pasaría a ser área portuaria, a lo que se podría añadir la
habilitación de una determinada superficie a excavar bajo el acantilado
del solar del Club Náutico, previa negociación con esta entidad, que
serviría para la ubicación de locales para el uso de los pescadores
profesionales.



Esta solución permitiría eliminar una gran parte de la escollera y de la
obra de mampostería construidas en los años 80, de manera que los límites
del muelle si situarían donde estaban los de los restos del antigua
muelle destruido en 1896, y procediendo en todo caso al dragado necesario
a lo largo del cantil del nuevo muelle resultante, para permitir el
atraque de las embarcaciones en toda marea, y conservando la protección
necesaria para su acceso seguro al muelle en los días de temporal.



En todo caso estas obras tendrían que ser llevadas a cabo previo estudios
de la mayor amplitud y garantía técnica y medioambiental posibles, con el
empleo de los más avanzados instrumentos tecnológicos actualmente
existentes, y que consideremos debe pasar inexorablemente por estudios y
ensayos con modelos a escala, utilizados sistemáticamente en las obras
marítimas importantes, que suelen garantizar el buen resultado de las
obras, y se evite un nuevo desastre, totalmente inadmisible, como los que
han producidos las obras anteriores en la bahía de San Marcos.
ENMIENDA NÚM. 5.876
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06. D. G. de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D. Actuación en la Costa.
Capítulo 7.
Artículo: 75. A Comunidades Autónomas.Concepto : 750 C. A. de Canarias
para actuaciones en la costa. Dique sumergido Playa de Puerto de Naos en
Los Llanos de Aridane (La Palma).



Dotación: 2.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 35. Fondo de contingencia.
Servicio : 01. D. G. de Presupuestos.
Programa : 929N. Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50. Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 2.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Dique sumergido Playa de Puerto de Naos en Los Llanos de
Aridane.



Se trata de financiar un nuevo proyecto de 'Estabilización, regeneración y
acondicionamiento de la Playa de Puerto Naos', con la construcción de un
dique semisumergido en citada playa del municipio de Los Llanos de
Aridane (La Palma), una aspiración del municipio y de la isla, por la que
se lleva luchando más de una década, para mejorar los problemas de
seguridad que durante el invierno presenta la zona y tener, en una isla
agraria que necesita diversificar su economía, una playa en la zona oeste
de la isla




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4049






que permita ser utilizada en época de invierno que constituye la temporada
alta del turismo extranjero que nos visita.
ENMIENDA NÚM. 5.877
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Servicio : 15. Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.
Programa : 231F. Otros servicios sociales del Estado.
Capítulo 7.
Artículo: 76. A Entidades Locales.Concepto : 760 Al Cabildo de La Palma.
Plan de Infraestructuras Sociosanitarias.



Dotación: 2.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 35. Fondo de contingencia.
Servicio : 01. D. G. de Presupuestos.
Programa : 929N. Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50. Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 2.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Se pretende la rehabilitación y acondicionamiento del
antiguo Hospital de Las Nieves, situado junto a la Residencia de
Pensionistas en Santa Cruz de La Palma, para convertir ese conjunto en un
área socio-sanitaria de carácter insular, mejorando la atención a las
personas dependientes, en una isla que tiene la tasa más alta de
envejecimiento de la población de toda Canarias, así como la construcción
y el equipamiento de una infraestructura sociosanitaria de respiro
familiar en Los Llanos de Aridane, para aproximar así a la ciudadanía los
principales recursos de esta política social en el Valle de Aridane.
ENMIENDA NÚM. 5.878
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 20. Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.
Servicio : 04. Secretaría de Estado de Turismo.
Programa : 432A. Coordinación y promoción del turismo.
Capítulo 7.
Artículo: 76. A Entidades Locales




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Concepto : 760. Al Ayuntamiento de Yaiza (Las Palmas) para la
rehabilitación de espacios e infraestructuras turísticas en Playa Blanca.



Dotación: 2.920,99 (miles de euros).
BAJA Sección: 20. Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.
Servicio : 04. Secretaría de Estado de Turismo.
Programa : 432A. Coordinación y promoción del turismo.
Capítulo 7.
Artículo: 76. Planes de recualificación integral de destinos
turísticos.Concepto : 760.



Dotación: 2.920,99 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Se pretende la mejora del espacio público del núcleo
turístico de Playa Blanca, en el municipio de Yaiza, en la isla de
Lanzarote.



Este núcleo es el segundo más importante de la isla y alberga unas 25.000
camas turísticas. En esta área se ha desarrollado en los últimos lustros
una moderna oferta turística privada, con un altísimo grado de ocupación.
La consolidación del destino y la fidelización de los visitantes
requieren la mejora de los espacios públicos de este núcleo que potencie
la belleza de la costa e incremente la satisfacción de la experiencia de
los turistas.



Los proyectos aprobados que se quieren financiar desarrollan obras para
dar continuidad y colmatar las zonas de paseo y ejecutar espacios de
zonas verdes destinadas a mejorar los espacios públicos costeros.



Las actuaciones a ejecutar suponen el siguiente presupuesto:



Proyecto Parque del Atlántico: 2.199.199,47 euros.



Proyecto Ampliación Paseo Marítimo 'Parque de Sotavento': 720.999,27
euros.



Total: 2.920.999,14
ENMIENDA NÚM. 5.879
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 20. Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.
Servicio : 04. Secretaría de Estado de Turismo.
Programa : 432A. Coordinación y promoción del turismo.
Capítulo 7.
Artículo: 75. A Entidades Locales.Concepto : 750. Convenio Administración
General del Estado y Comunidad Autónoma de Canarias para la
rehabilitación de infraestructura y equipamiento en zonas turísticas.



Dotación: 20.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 35. Fondo de contingencia.
Servicio : 01. D. G. de Presupuestos.
Programa : 929N. Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.




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Capítulo 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50. Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 20.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Dada la importancia que tiene el turismo para la economía de
Canarias (supone el 31,9% del PIB y el 37,6% del empleo, según IMPACTUR
2015), así como la necesidad que existe de rehabilitación de
infraestructuras y equipamientos en zonas turísticas, algunas ya como más
de 50 años de funcionamiento, se pretende incrementar la dotación del
Convenio entre la Administración General del Estado y la Comunidad
Autónoma de Canarias para logra esta finalidad.



La cantidad presupuestada para este Convenio de 5 millones de euros en el
Proyecto de Ley es totalmente insuficiente por lo que propone ampliar la
partida con otros 20 millones de euros.



Se trata de poder financiar actuaciones que permitan la modernización y
mejora de la competitividad de las zonas turísticas, especialmente las
más antiguas, así como la ejecución de equipamientos estructurantes que
ayuden a mejorar la cualificación de la oferta turística y su
diversificación.



Estos es aún más importante cuando el continuo incremento de la llegada de
turistas a Canarias de los 4 últimos años, originado en gran parte por
desestabiiización política de los destinos competidores del Mediterráneo
hacen necesaria fidelizar a nuestros visitantes.
ENMIENDA NÚM. 5.880
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 20. Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.
Servicio : 04. Secretaría de Estado de Turismo.
Programa : 432A. Coordinación y promoción del turismo.
Capítulo 7.
Artículo: 75. A Entidades Locales.Concepto : 750. Convenio Administración
General del Estado y Comunidad Autónoma de Canarias para la
rehabilitación de infraestructura y equipamiento en zonas turísticas. La
Palma, La Gomera y El Hierro.



Dotación: 3.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 35. Fondo de contingencia.
Servicio : 01. D. G. de Presupuestos.
Programa : 929N. Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50. Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 3.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Se pretende incrementar la dotación del Convenio entre la
Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias
para la mejora de infraestructuras y equipamientos turísticos en las
islas de La Palma, la Gomera y el Hierro.




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Estas islas cuentan con una legislación turística específica, la Ley
6/2002 sobre medidas de ordenación territorial de la actividad turística
en las islas de el Hierro, La Gomera y La Palma, que pretende desarrollar
en estas islas segmentos diferenciados de la demanda turística
internacional y española, diferentes al turismo masivo que visita las
otras cuatro islas de Canarias, donde el peso del sector turístico sí es
determinante.
ENMIENDA NÚM. 5.881
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 05. Dirección General del Agua.
Programa : 452A. Gestión e infraestructura del Agua.
Capítulo 7. Transferencias de capital.
Artículo: 76. A Entidades Locales.Concepto : 761. Convenio con
Ayuntamientos de la isla de Lanzarote para actuaciones en el Ciclo
Integral del Agua.



Dotación: 10.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 05. Dirección General del Agua.
Programa : 452A. Gestión e Infraestructura del Agua.
Capítulo 6. Inversiones reales.
Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611. Otras.



Dotación: 10.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Se trata de aportar una partida presupuestaria a los 7
ayuntamientos de la isla de Lanzarote para hacer frente a las necesidades
de saneamiento de los núcleos poblacionales del interior de las Isla,
donde mayoritariamente se funciona aún con pozos filtrantes o pozos
negros, con el consiguiente peligro ambiental que esto puede generar.
ENMIENDA NÚM. 5.882
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 05. Dirección General del Agua.
Programa : 452A. Gestión e Infraestructura del Agua.




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Capítulo 7. Transferencias de capital.
Artículo: 76. A Entidades Locales.Concepto : 761. Convenio con
Ayuntamientos de Santa Lucía para actuaciones en el Ciclo Integral del
Agua. Finalización red general de saneamiento del municipio de Santa
Lucía (Las Palmas).



Dotación: 2.500 (miles de euros).
BAJA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 05. Dirección General del Agua.
Programa : 452A. Gestión e Infraestructura del Agua.
Capítulo 6. Inversiones reales.
Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611. Otras.



Dotación: 2.500 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Finalización de la red general de saneamiento de Santa Lucía
en Gran Canaria (Las Palmas).



El saneamiento del municipio de Santa Lucía depende de una conexión
general que atraviesa el municipio en línea recta paralela a la autopista
Gran Canaria.



Dicho saneamiento se encuentra obsoleto, con tuberías de fibrocemento de
poca capacidad y que producen continuamente hundimientos y vertidos en
superficie. El nuevo saneamiento se está realizando con 'Tuberías
Corrugadas' con capacidad de 800.



El total de metros de la conexión se ha dividido en varias fases:



1.ª Fase 680 metros: Desde el Barranco de Tirajana hasta el Centro de
salud de Doctoral, solicitado proyecto al Cabildo de GC.



2.ª Fase 550 metros: Desde el Centro de salud hasta el Hotel Vecindario,
en ejecución con Plan de Cooperación Institucional.



3.ª Fase 1500 metros: Del Hotel Vecindario hasta la calle Canalejas, por
realizar. Presupuesto: 800.000 euros.



4.ª Fase: Canalización de la Calle Canalejas al EDAR. Presupuesto:
1.200.000 euros.



5.ª Fase: Barrio de Balos, actuación con la pendiente de la calle y cambio
de tuberías. Presupuesto: 500.000 euros.



La partida que se solicita es necesaria para finalizar la totalidad del
Saneamiento (fases 3, 4 y 5), con un importe de 2.5.
ENMIENDA NÚM. 5.883
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 20. Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.
Servicio : 01. Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales.
Programa : 421M. Dirección y Servicios Generales de Energía, Turismo y
Agenda Digital.
Capítulo 4. Transferencias corrientes.
Artículo: 47. A empresas privadas.




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Concepto : 471. 'Para subvencionar a plantas potabilizadoras de agua en
Canarias y a comunidades de pozos para el riego agrícola'.



Dotación: 5.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 35. Fondo de contingencia.
Servicio : 01. D. G. de Presupuestos.
Programa : 929N. Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50. Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 5.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN El artículo 11 de la Ley 19/1994 de modificación del Régimen
Económico y Fiscal de Canarias (REF) establece un sistema de compensación
que garantice en las islas Canarias la moderación de los precios del agua
desalinizada o reutilizada.



La partida de 5 millones de euros (tanto para entidades públicas como para
empresas privadas) para subvencionar a plantas potabilizadoras de agua en



Canarias en el proyecto de Ley de PGE para 2017 es completamente
insuficiente para lograr este fin.



La enmienda pretende incrementar esta partida para subvencionar a plantas
potabilizadoras cuyos beneficiarios son las empresas privadas que se
dedican a esta actividad.



Además, se propone que esta partida adicional también se dedique a
compensar la extracción y elevación de agua de pozo para riego agrícola,
de forma que pueda abaratarse este coste tan importante de nuestra
agricultura.



Debemos recordar que la resolución unánime del Parlamento de Canarias, de
abril de 2015, sobre las modificaciones de los incentivos económicos de
ia citada Ley 19/1994 incluyó la siguiente redacción del artículo 11:
'Que, en materia de precios del agua, se establezca reglamentariamente un
sistema de compensación, consignado anualmente en los presupuestos
generales del Estado, que garantice en las Islas Canarias la moderación
de los precios del agua desalinizada, regenerada o reutilizada hasta
alcanzar un nivel equivalente al del resto del territorio nacional, así
como los precios del agua de consumo agrario fruto de la extracción de
pozos y galerías'.



A pesar de ello, el Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 19/1994,
de 6 de julio, de modificación del REF, que aprobó el gobierno de España
y que se tramita en el Congreso de los Diputados no incluyó en su
Artículo 14 Bis esta nueva referencia a subvencionar el precio del agua
también para la extracción de pozo para el riego agrícola. El diputado de
Nueva Canarias presentará enmienda al proyecto de Ley del REF para
incluir lo aprobado por el Parlamento canario sobre la compensación al
precio del agua en el trámite parlamentario del proyecto de Ley.
ENMIENDA NÚM. 5.884
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 20. Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.
Servicio : 01. Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales.
Programa : 421M. Dirección y Servicios Generales de Energía, Turismo y
Agenda Digital.
Capítulo 4. Transferencias corrientes.




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Artículo: 46. A Entidades Locales.Concepto : 461. 'Para subvencionar a
plantas potabilizadoras de agua en Canarias y extracción de agua de pozos
para el riego agrícola'.



Dotación: 1.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 35. Fondo de contingencia.
Servicio : 01. D. G. de Presupuestos.
Programa : 929N. Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria
Capítulo: 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50. Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 1.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN El artículo 11 de la Ley 19/1994 de modificación del Régimen
Económico y Fiscal de Canarias (REF) establece un sistema de compensación
que garantice en las islas Canarias la moderación de los precios del agua
desalinizada o reutilizada. La partida de 5 millones de euros (tanto para
entidades públicas como para empresas privadas) para subvencionar a
plantas potabilizadoras de agua en Canarias en el proyecto de Ley de PGE
para 2017 es completamente insuficiente para lograr este fin.



La enmienda pretende incrementar en 1 millón de euros la partida
establecida para esta finalidad en el proyecto de Ley para subvencionar a
entidades públicas que gestionan plantas potabilizadoras cuyos
beneficiarios son el conjunto de los ciudadanos de Canarias y también
determinadas actividades económicas.
ENMIENDA NÚM. 5.885
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 09. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.
Programa : 261O. Ordenación y fomento de la edificación.
Capítulo 7. Transferencias de capital.
Artículo: 75 .A Comunidades Autónomas.Concepto : 750. Convenios
Específicos. 75014 Convenio renovación urbana Atalaya-Becerril (Santa
María de Guía).



Dotación: 1.500 (miles de euros).
BAJA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 09. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.
Programa : 261O. Ordenación y fomento de la edificación.
Capítulo 6. Inversiones Reales.
Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611. Otras.



Dotación: 1.500 (miles de euros).




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JUSTIFICACIÓN Se trata de formalizar un convenio con carácter plurianual
para la renovación urbana de los barrios de Atalaya-Becerril, una zona
degradada del municipio de Santa María de Guía (Gran Canaria) que se ha
desarrollado a través de la autoconstrucción de viviendas en los años
1950-1960 y, por lo tanto, carece de una ordenación urbanística adecuada
con una importante falta de infraestructuras y de espacios públicos.
Además, desde el aspecto social, es una zona que cuenta con una población
con una alta tasa de envejecimiento, con más de 400 viviendas protegidas.
En esta zona hay una población aproximada de 6.000 habitantes y del
destino de los recursos sociales municipales, el 75-80% se dedican a este
núcleo de población.
ENMIENDA NÚM. 5.886
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 09. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.
Programa : 261O. Ordenación y fomento de la edificación.
Capítulo 7. Transferencias de capital.
Artículo: 75. A Comunidades Autónomas.Concepto : 750. Convenios
Específicos. 75015. Convenio renovación urbana Benahoare (Santa Cruz de
La Palma)



Dotación: 1.500 (miles de euros).
BAJA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 09. Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.
Programa : 261O. Ordenación y fomento de la edificación.
Capítulo 6. Inversiones Reales.
Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611. Otras.



Dotación: 1.500 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Se trata de formalizar un convenio con carácter plurianual
para la renovación urbana de la urbanización Benahoare que cuenta con más
de 460 viviendas protegidas. Una zona degradada del municipio de Santa
Cruz de La Palma (La Palma) que se ha desarrollado a través de una
promoción pública de viviendas a finales de 1980 y, por lo tanto, carece
de una ordenación urbanística adecuada, debido a los problemas
ocasionados por las barreras arquitectónicas y de la comunicación y con
una importante falta de infraestructuras y de espacios públicos. Además,
desde el aspecto social, es una zona que cuenta con una población con una
alta tasa de envejecimiento y una de las mayores tasas de desempleo de la
ciudad.




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4057






ENMIENDA NÚM. 5.887
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06. D. G. de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D. Actuación en la Costa.
Capítulo 7.
Artículo: 75. A Comunidades Autónomas.Concepto : 750. C. A. de Canarias
para actuaciones en la costa. Finalización paseo marítimo Litoral Pozo
Izquierdo, en municipio de Santa Lucía (Las Palmas).



Dotación: 1.700 (miles de euros).
BAJA Sección: 35. Fondo de contingencia.
Servicio : 01. D. G. de Presupuestos.
Programa : 929N. Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50. Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 1.700 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Finalización paseo marítimo litoral de Pozo Izquierdo.



Esta zona costera, denominada Pozo Izquierdo, único núcleo urbano del
litoral de Santa Lucía, tiene una línea de viviendas frente al mar
construido en los años 50/60. Hace pocos años con fondos estatales se
construyó un paseo marítimo y un dique que atiende a la mitad del total
de las viviendas (Las Bajas) permitiéndoles el acceso a las mismas y la
canalización del saneamiento.



Al norte de dicho Dique (La Playa del Yodo) se sitúan otras 146 viviendas
con el frente al mar, y se hace necesaria la misma intervención,
adecuación de un paseo marítimo que mejore las condiciones de
accesibilidad de la zona, instalación de una red de Saneamiento en
condiciones que resuelva de forma eficiente las necesidades de evacuación
de las viviendas que conforman este núcleo, y haga de enlace con la playa
de la Caletilla. La red de saneamiento existente tiene una pendiente de
evacuación insuficiente y se producen obstrucciones que originan vertidos
de aguas fecales directamente al mar.



La ejecución del paseo marítimo está conformada por un muro de hormigón
con un Bota-olas con materiales resistentes a los ataques producidos por
la salinidad del mar, el cual servirá de protección a la red de
Saneamiento contra el embate de las subidas de las mareas. También es
necesaria la instalación de alumbrado público.
ENMIENDA NÚM. 5.888
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.




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4058






Servicio : 06. D. G. de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D. Actuación en la Costa.
Capítulo 7.
Artículo: 75. A Comunidades Autónomas.Concepto : 750. C. A. de Canarias
para actuaciones en la costa. Acondicionamiento litoral San Felipe y
Playa del Vagabundo en municipio de Santa María de Guía (Las Palmas).



Dotación: 952,89 (miles de euros).
BAJA Sección: 35. Fondo de contingencia.
Servicio : 01. D. G. de Presupuestos
Programa : 929N. Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50. Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 952,89 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Acondicionamiento litoral San Felipe y Playa del Vagabundo
en municipio de Santa María de Guía (Las Palmas).



Se pretende una partida para dotar de la accesibilidad y de los servicios
en cumplimiento a la normativa vigente en la playa de San Felipe,
localizada en la costa del municipio de Santa María de Guía en el Norte
de Gran Canaria. Las obras consisten en la ejecución de los accesos a la
playa, dotación de espacios para los servicios de emergencias, dotación
de espacios para las zonas de baño y de servicios, inexistentes en la
actualidad.



El Presupuesto de ambas proyectos de obras son los siguientes:



1) Prolongación del paseo marítimo de San Felipe: 567.995,07 €.



2) Sendero peatonal en la playa del Vagabundo: 384.900,27 €.



Total 952. 895,34 €.
ENMIENDA NÚM. 5.889
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06. D. G. de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D. Actuación en la Costa.
Capítulo 7.
Artículo: 75. A Comunidades Autónomas.Concepto : 750. C. A. de Canarias
para actuaciones en la costa. Acondicionamiento Litoral en Punta del
Hidalgo, municipio de La laguna (Santa Cruz de Tenerife).



Dotación: 1.500 (miles de euros).
BAJA Sección: 35. Fondo de contingencia.
Servicio : 01. D. G. de Presupuestos.




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4059






Programa : 929N. Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50. Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 1.500 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Acondicionamiento Litoral en Punta del Hidalgo, municipio de
La Laguna.



El litoral de Punta del Hidalgo (La Laguna) tiene importantes atractivos
naturales y potencialidades reiteradamente desaprovechados para su
disfrute por los ciudadanos y como atractivo turístico para la
reactivación económica de una comarca, la de la Costa Nordeste de
Tenerife, cuyos enclaves de Bajamar-



Punta del Hidalgo fueron destinos turísticos pujantes en los años 1960-70
y padecen desde hace años una situación de declive no justificada.



Se trata de llevar a cabo un proyecto de actuación en el litoral desde Las
Furnias hasta Los Troches, límite que linda con el escenario monumental
de los montes de Anaga, exquisitamente respetuoso con sus características
naturales y paisajísticas, con el objetivo de acondicionar un conjunto de
espacios de encuentro con la naturaleza y el mar, así como resolver los
problemas de movilidad que colapsan la zona con grave riesgo de
degradarla en los días de mayor afluencia de usuarios.
ENMIENDA NÚM. 5.890
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de infraestructuras, transporte y
vivienda.
Programa : 441P Subvenciones al transporte extrapeninsular de mercancías.
Capítulo 4 Transferencia Corrientes.
Artículo: 47 A empresas privadas.Concepto : 47801 Canarias, mercancías
agrícolas, sin financiación comunitaria.



Dotación: 10.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 35 Fondo de contingencia.
Servicio : 01 D.G. de Presupuestos.
Programa : 929N Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50 Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 10.000,00 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Incremento de partida para subvención para mercancías
agrícolas.



El artículo 7 de la Ley 19/1994 de modificación del Régimen económico y
Fiscal de Canarias (REF) regula que se establecerá una consignación anual
en los Presupuestos Generales del Estado, referida al año natural, para
financiar un sistema de compensaciones que permita abaratar el coste
efectivo del transporte marítimo y aéreo de mercancías interinsular y
entre las islas Canarias y la península. Asimismo,




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señala que también se establecerán compensaciones al transporte para las
exportaciones dirigidas a la Unión Europea.



Estas compensaciones están reguladas por los Reales Decretos 170/2009, de
13 de febrero y 362/2009, de 20 de marzo, que se aplican,
respectivamente, al transporte de mercancías incluidas en el Anexo 1 del
Tratado de la UE (agrícolas) y las no comprendidas en dicho Anexo 1
(industriales). En este último caso, las compensaciones pueden ser
cofinanciadas por la Unión Europea a través de una línea específica
dentro del Fondo RUP del programa FEDER que permite compensar los gastos
adicionales del transporte de mercancías en las Regiones
Ultraperiféricas.



Además los Reales Decretos establecen que a partir del año 2012 esta
compensación alcanzaría hasta el 70% del coste del transporte para la
serie de productos incluidos como beneficiarios de estas ayudas, pero el
alcance de esta bonificación está limitado por las consignaciones
presupuestarias, de forma que si éstas no permiten alcanzar los
porcentajes máximos de bonificación citados, 'la cuantía de las
bonificaciones a conceder se reducirá proporcionalmente para ajustarlas a
la disponibilidad presupuestaria'. Dicho de otra manera: si el importe de
los solicitantes de la ayuda al transporte supera la cantidad
presupuestada se reparte proporcionalmente la ayuda entre los
solicitantes.



En la última campaña de la que se tiene información, correspondiente al
año 2105, para las mercancías agrícolas, estas ayudas supusieron el 52,3%
del coste del transporte, lejos por tanto del 70%.



En el proyecto presupuestario, se recoge un crédito de 17,1 millones de
euros para las ayudas al coste de transporte de las mercancías agrícolas,
igual que en el año 2016.



Es una partida insuficiente para alcanzar el límite permitido de hasta el
70% del coste de transporte, por lo que la enmienda incrementa este
crédito en 10 millones de euros.



Además, hay que recordar que el Ministerio de Fomento define el 'coste
tipo', que se fija anualmente por órdenes ministeriales, que
sistemáticamente sitúan la ayuda por debajo del coste real del transporte
que pagan las empresas canarias beneficiarías de esta ayuda.
ENMIENDA NÚM. 5.891
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 20 Secretaría de Estado de Infraestructuras, transporte y
vivienda.
Programa : 441P Subvenciones al transporte extrapeninsular de mercancías.
Capítulo 4 Transferencia Corrientes.
Artículo: 47 A empresas privadas.Concepto : 47801 Canarias, mercancías no
agrícolas, con financiación comunitaria.



Dotación: 4.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 35 Fondo de contingencia.
Servicio : 01 D.G. de Presupuestos.
Programa : 929N Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50 Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 4.000,00 (miles de euros).




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JUSTIFICACIÓN Incremento de la partida para subvención para mercancías no
agrícolas.



El artículo 7 de ia Ley 19/1994 de modificación del Régimen económico y
Fiscal de Canarias (REF) regula que se establecerá una consignación anual
en los Presupuestos Generales del Estado, referida al año natural, para
financiar un sistema de compensaciones que permita abaratar el coste
efectivo del transporte marítimo y aéreo de mercancías interinsular y
entre las islas Canarias y la península. Asimismo, señala que también se
establecerán compensaciones al transporte para las exportaciones
dirigidas a la Unión Europea.



Estas compensaciones están reguladas por los Reales Decretos 170/2009, de
13 de febrero y 362/2009, de 20 de marzo, que se aplican,
respectivamente, al transporte de mercancías incluidas en el Anexo 1 del
Tratado de la UE (agrícolas) y las no comprendidas en dicho Anexo 1
(industriales). En este último caso, las compensaciones pueden ser
cofinanciadas por la Unión Europea a través de una línea específica
dentro del Fondo RUP del programa FEDER que permite compensar los gastos
adicionales del transporte de mercancías en las Regiones
Ultraperiféricas.



Además, los Reales Decretos establecen que a partir del año 2012 esta
compensación alcanzaría hasta el 70% del coste del transporte para la
serie de productos incluidos como beneficiarios de estas ayudas, pero el
alcance de esta bonificación está limitado por las consignaciones
presupuestarias, de forma que si éstas no permiten alcanzar los
porcentajes máximos de bonificación citados, 'la cuantía de las
bonificaciones a conceder se reducirá proporcionalmente para ajustarlas a
la disponibilidad presupuestaria'. Dicho de otra manera: si el importe de
los solicitantes de la ayuda al transporte supera la cantidad
presupuestada se reparte proporcionalmente la ayuda entre los
solicitantes.



En la última campaña de la que se tiene información, correspondiente al
año 2105, estas ayudas para las mercancías no agrícolas, supusieron en
torno al 50% del coste del transporte, lejos por tanto del 70%.



En el proyecto presupuestario, se recoge un crédito de 36,5 millones de
euros para las ayudas al coste de transporte de ¡as mercancías
industriales, igual que en el año 2016.



Es una partida insuficiente para alcanzar el límite permitido de hasta el
70% del coste de transporte, por lo que la enmienda incrementa este
crédito en 4 millones de euros.



Además, hay que recordar que el Ministerio de Fomento define el 'coste
tipo', que se fija anualmente por órdenes ministeriales, que
sistemáticamente sitúan la ayuda por debajo del coste real del transporte
que pagan las empresas canarias beneficiarías de esta ayuda.
ENMIENDA NÚM. 5.892
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio.



Ambiente.
Servicio : 12 Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios.
Programa : 412C Competitividad y calidad de la producción y los mercados
agrarios.
Capítulo 7 Transferencias de capital.
Artículo: 75 A Comunidades Autónomas.Concepto : 756 'Apoyo a la
producción agrícola en el marco del Programa de Opciones Específicas por
la lejanía y la Insularidad (POSEI)'.



Dotación: 5.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 35 Fondo de contingencia.
Servicio : 01 D.G. de Presupuestos.




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4062






Programa : 929N Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50 Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 5.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN La Comisión Europea, en su Decisión de 20 de mayo de 2009,
modificó, el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de
Canarias (POSEI), introduciendo nuevas ayudas o reforzando algunas de las
ya existentes mediante la autorización a incrementar su ficha financiera
con financiación adicional, mediante el mecanismo de ayudas de estado. Es
lo que conocemos como POSEI adicional.



La aceptación por parte de las instancias comunitarias de la necesidad de
este POSEI adicional significaba un reconocimiento de que el anterior
presupuesto comunitario era insuficiente para el desarrollo de las
producciones locales. Y fue una excelente noticia para nuestra producción
agrícola.



La diferencia fundamental entre este POSEI Adicional y el POSEICAN
comunitario es que éste último tiene financiación europea y todos los
años se abona a los sectores beneficiarios porque el dinero lo pone la
UE, mientras que el POSEI-Ayudas de Estado depende del compromiso
presupuestario anual que tenga el Gobierno central y el canario.



Por diversas razones, entre las que destaca las reducciones
presupuestarias que han sufrido los presupuestos públicos por la crisis y
las prioridades de gasto que se establecieron, el compromiso de ambos
Gobiernos con el POSEI Adicional no se ha cumplido adecuadamente. Y en el
caso de ia campaña del año 2011 ninguno de los dos Gobiernos presupuestó
cantidad alguna, con lo que el sector agrícola y ganadero no recibió el
auxilio comprometido.



Desde el inicio del POSEI-Ayudas de Estado (año 2009) hasta la fecha de
hoy, la aportación canaria es, según nuestra información, de 43,9
millones de euros, a los que hay que añadir los 3,4 millones
presupuestados para 2017. Es decir el Gobierno central ha puesto 42,2
millones y el canario 47,3 millones.



Además, también es cierto que el Gobierno canario ha reasignado fondos
comunitarios desde el subprograma REA al subprograma de apoyo a las
producciones agrarias desde el año 2012 hasta el año 2015 por importe de
13,1 millones de euros.



Hay que recordar que desde que gobierna el PP no hay contribución del
Estado para cofinanciar este POSEI adicional, siendo la última aportación
la del año 2010.



El proyecto presupuestario incluye una partida de 10 millones para esta
finalidad que consideramos insuficiente, dados los antecedentes, por lo
que se propone en esta enmienda ampliar el crédito en 5 millones.



Hay que recordar que el gobierno francés aporta a sus Regiones
Ultraperiféricas la totalidad del importe de similares ayudas de estado
autorizadas por la Comisión Europea, sin que realicen aportación alguna
sus Departamentos de Ultramar (DOM).
ENMIENDA NÚM. 5.893
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 20 Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.
Servicio : 01 Ministerio, subsecretaría y servicios generales.
Programa : 421M Dirección y Servicios Generales de Energía, Turismo y
Agenda Digital.
Capítulo 4 Transferencia de Corrientes.
Artículo: 46 A entidades locales.




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Concepto : Nuevo Soterramiento de la línea eléctrica 132 KV. Corralejo -
Morro Jable (Fuerteventura).



Dotación: 12.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 35 Fondo de contingencia.
Servicio : 01 D.G. de Presupuestos.
Programa : 929N Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50 Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 12.000,00 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Red Eléctrica de España pretende instalar una línea
eléctrica de 132 KV. Desde Corralejo hasta Morro Jable, en la isla de
Fuerteventura). Esta línea tendrá más de 100 kilómetros de conexión aérea
con la instalación de unas 500 torretas, con altura de entre 29 y 50
metros entre esos dos puntos. Este proyecto ha generado una gran
oposición entre la ciudadanía de la Isla y numerosas declaraciones
contrarias al mismo tanto por el Parlamento de Canarias (la última
aprobando por unanimidad una Proposición No de Ley contraria al proyecto
en la sesión plenaria celebrada los días 7 y 8 de febrero de 2017), como
por eí cabildo y la totalidad de los ayuntamientos de la isla.



De hecho el cabildo insular ha logrado de los tribunales de Justicia la
suspensión cautelar de esta instalación por su impacto visual al tratarse
de un territorio de continuas planicies y de su afección a un destino
turístico que es referencia internacional por sus playas y bellezas
naturales.



Hay una exigencia unánime que, de ser necesaria esta línea eléctrica, se
soterré para evitar este nefasto impacto paisajístico.



La enmienda propone una partida específica de 12 millones para el cabildo
de Fuerteventura para financiar el soterramiento, que debe ir acompañado
de un compromiso plurianual, que presupuestaría en 2018 otros 12 millones
para este fin.
ENMIENDA NÚM. 5.894
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 20 Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.
Servicio : 01 Ministerio, subsecretaría y servicios generales.
Programa : 421M Dirección y Servicios Generales de Energía, Turismo y
Agenda Digital.
Capítulo 4 Transferencia de Corrientes.
Artículo: 46 A entidades locales.Concepto : Nuevo Soterramiento de la
línea eléctrica 132 KV Mácher-Nueva Subestación Playa Blanca en municipio
de Yaiza (Las Palmas).



Dotación: 8.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 35 Fondo de contingencia.
Servicio : 01 D.G. de Presupuestos.
Programa : 929N Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos.




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4064






Artículo: 50 Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 8.000,00 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Red Eléctrica Española (REE) prevé iniciar en este año 2017
las obras de instalación de una nueva línea eléctrica, que se denomina
'Línea Aéreo Subterránea a 132 kV Doble ente Mácher y Playa Blanca, en el
municipio de Yaiza en la isla de Lanzarote.



La línea tendrá más de 14 kilómetros de conexión aérea con la instalación
de 53 torretas, con altura de entre 29 y 50 metros entre esos dos puntos
y se completa con la construcción de dos subestaciones, cada una en un
punto de la línea.



Esta instalación de cable eléctrico por vía aérea discurriría por uno de
los de los espacios más emblemáticos del paisaje de la isla de Lanzarote:
el Monumento Natural de Los Ajaches, ubicado en el sur de la isla.



También según denuncian asociaciones en defensa de la naturaleza, el cable
aéreo y las torretas afectarían a al menos tres Zonas de Especiales
Interés para las Aves (ZEPA). Asimismo, este tendido afectaría a los
núcleos urbanos de Femés, Las Casitas y Maciot, a los que rodea.



Este proyecto ha generado una gran oposición entre la ciudadanía de la
Isla y numerosas declaraciones contrarias al mismo tanto por el
Parlamento de Canarias (la última aprobando por unanimidad una
Proposición No de Ley contraria al proyecto en la sesión plenaria
celebrada los días 7 y 8 de febrero de 2017), como por el cabildo y la
totalidad de los 7 ayuntamientos de la isla. También se exige que esta
línea aérea de transporte deberá ajustarse al Plan Insular de Ordenación
de Lanzarote.
ENMIENDA NÚM. 5.895
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional con el siguiente
texto:
'Disposición adicional XX. Convenios de inversión con la Comunidad
Autónoma relativos al desarrollo del Plan Integral de Empleo de Canarias.



Uno. Durante el año 2017, el Plan Integral de Empleo de Canarias,
contemplado en la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto
Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto
refundido de la Ley de Empleo (BOE n.º 255, de 24 de octubre de 2015),
recibirá una aportación de 42 millones de euros procedentes del Servicio
Público de Empleo Estatal.



Dos. Se autoriza al Gobierno a suscribir un nuevo Convenio 2017 para el
desarrollo del Plan Integral de Empleo, entre el Ministerio de Educación,
Cultura y Deportes y la Consejería de Educación y Universidades del
Gobierno de Canarias, con una dotación de 40 millones de euros.



Tres. Las precisiones operativas y de funcionamiento general de ambas
aportaciones, son las contempladas en la Disposición Adicional Décimo
Tercera de la Ley 39/2010 de 22 de diciembre de Presupuestos Generales
del Estado, para el año 2011, y ello sin perjuicio de los Convenios de
Colaboración que las partes pudieran suscribir en ambos casos.'




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4065






JUSTIFICACIÓN Canarias tiene una tasa de paro del 25,7 %, siete puntos
porcentuales por encima de la tasa de la media del estado (18,7%) y un
número de personas desempleadas de 279.800 (según la EPA del primer
trimestre de 2017), de los que el 58,6% son parados de larga duración
(más de cuatro puntos por encima de la media estatal).



Además existen 102.000 hogares con todos sus miembros activos en paro, lo
que supone una tasa del 15,9% frente a la media estatal que está en
10,4%. A eso se añade que el 53,6 % de los parados registrados en los
Servicio de Empleo no reciben ninguna prestación (en el estado este
indicador es del 47,4%).



La situación del mercado laboral se agrava porque una parte importante de
los desempleados de larga duración tienen difícil empleabilidad por la
baja cualificación para desempeñar otros trabajos, como es el caso de
muchos trabajadores de la construcción donde se han perdido 67.000
ocupados desde 2008 a 2016.



Por otra parte Canarias tiene los salarios privados más bajos del estado.



Todo ello origina una enorme tasa de riesgo de pobreza, que ya alcanza el
35%, trece puntos por encima de la media de España, según la última
Encuesta de Condiciones de Vida del INE sobre datos de 2015.



Desde los presupuestos del año 2012 han desaparecido las partidas para el
Plan Integral de Empleo que contempla la anterior y la actual Ley de
Empleo.



En el estado de gastos del proyecto de Ley de los PGE para 2017 solo se
contempla un crédito de 10 millones de euros para el PIEC, en su
vertiente de infraestructuras educativas.



La enmienda pretende activar todas las políticas y recursos posibles, con
recorrido plurianual y certeza jurídico-presupuestaria suficientes,
dotando al PIEC con 42 millones para políticas de empleo y de 40 millones
para el PIEC dedicado a infraestructuras educativas.



Esta enmienda es coherente con otras dos que presentamos al estado de
gastos en el sección 19 (Ministerio de Empleo y Seguridad Social) con una
partida de 42 millones de euros, pues no hay ninguna cantidad
presupuestada. Y a la sección 18 (Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte) por importe de 30 millones, para llegar a los 40 millones
citados en esta disposición adicional.



Con esta disposición se conecta adecuadamente las políticas de empleo y
las relativas a formación, mediante las correspondientes Administraciones
responsables.
ENMIENDA NÚM. 5.896
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 19 Ministerio de Empleo y Seguridad Social.



Organismo 101 Servicio Público de Empleo Estatal.
Programa : 241A Fomento de la inserción y de la Estabilidad Laboral.
Capítulo 4 Transferencias corrientes.
Artículo: 45 A Comunidades Autónomas.Concepto : 455 Nuevo Plan Integral
de Empleo de Canarias.



Dotación: 42.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 35 Fondo de contingencia.
Servicio : 01 D.G. de Presupuestos.
Programa : 929N Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.




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Capítulo 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50 Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 42.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Canarias tiene una tasa de paro del 25,7 %, siete puntos
porcentuales por encima de la tasa de la media del estado (18,7%) y un
número de personas desempleadas de 279.800 (según la EPA del primer
trimestre de 2017), de los que el 58,6% son parados de larga duración
(más de cuatro puntos por encima de la media estatal).



Además existen 102.000 hogares con todos sus miembros activos en paro, lo
que supone una tasa del 15,9% frente a la media estatal que está en
10,4%. A eso se añade que el 53,6 % de los parados registrados en los
Servicio de Empleo no reciben ninguna prestación (en el estado este
indicador es del 47,4%).



La situación del mercado laboral se agrava porque una parte importante de
los desempleados de larga duración tienen difícil empleabilidad por la
baja cualificación para desempeñar otros trabajos, como es el caso de
muchos trabajadores de la construcción donde se han perdido 67.000
ocupados desde 2008 a 2016.



Por otra parte Canarias tiene los salarios privados más bajos del estado.



Todo ello origina una enorme tasa de riesgo de pobreza, que ya alcanza el
35%, trece puntos por encima de la media de España, según la última
Encuesta de Condiciones de Vida del INE sobre datos de 2015.



Desde los presupuestos del año 2012 han desaparecido las partidas para el
Plan Integral de Empleo que contemplaba la anterior y contempla la actual
Ley de Empleo.



En el estado de gastos del proyecto de Ley de los PGE para 2017 no aparece
ninguna partida para las políticas de empleo del PIEC (solo se contempla
un crédito de 10 millones de euros para el PIEC, en su vertiente de
infraestructuras educativas).



Esta enmienda dota al PIEC con 42 millones para políticas de empleo.



Esta enmienda es coherente con otra enmienda que presentamos al texto
articulado del proyecto legislativo con una nueva disposición adicional
'Convenios de inversión con la Comunidad Autónoma relativos al desarrollo
del Plan Integral de Empleo de Canarias'. Y con otra enmienda a la
sección 18 (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte) por importe de 30
millones, para llegar a los 40 millones citados en esa disposición
adicional.
ENMIENDA NÚM. 5.897
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio 04 Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial.
Programa : 322L Inversiones en centro educativos y otras actividades
educativas.
Capítulo 7 Transferencias de capital.
Artículo: 75 A Comunidades Autónomas.Concepto : 750 Plan Especial de
Empleo de Canarias (infraestructura educativa).



Dotación: 30.000 (miles de euros).




Página
4067






BAJA Sección: 35 Fondo de contingencia.
Servicio : 01 D.G. de Presupuestos.
Programa : 929N Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50 Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 30.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Canarias tiene una tasa de paro del 25,7%, siete puntos
porcentuales por encima de la tasa de la media del estado (18,7%) y un
número de personas desempleadas de 279.800 (según la EPA del primer
trimestre de 2017), de los que el 58,6% son parados de larga duración
(más de cuatro puntos por encima de la media estatal).



Además existen 102.000 hogares con todos sus miembros activos en paro, lo
que supone una tasa del 15,9% frente a la media estatal que está en
10,4%. A eso se añade que el 53,6 % de los parados registrados en los
Servicio de Empleo no reciben ninguna prestación (en el estado este
indicador es del 47,4%).



La situación del mercado laboral se agrava porque una parte importante de
los desempleados de larga duración tienen difícil empleabilidad por la
baja cualificación para desempeñar otros trabajos, como es el caso de
muchos trabajadores de la construcción donde se han perdido 67.000
ocupados desde 2008 a 2016.



Por otra parte Canarias tiene los salarios privados más bajos del estado.



Todo ello origina una enorme tasa de riesgo de pobreza, que ya alcanza el
35%, trece puntos por encima de la media de España, según la última
Encuesta de Condiciones de Vida del INE sobre datos de 2015.



Desde los presupuestos del año 2012 han desaparecido las partidas para el
Plan Integral de Empleo que contempla la anterior y la actual Ley de
Empleo.



En el estado de gastos del proyecto de Ley de los PGE para 2017 sólo se
contempla un crédito de 10 millones de euros para el PIEC, en su
vertiente de infraestructuras educativas; y no aparece ninguna partida
para las políticas de empleo del PIEC.



Esta enmienda incrementa en 30 millones el concepto PIEC para
infraestructuras educativas, para alcanzar los 40 millones que tuvo en el
año 2011.



Esta enmienda es coherente con otra enmienda que presentamos al texto
articulado del proyecto legislativo con una nueva disposición adicional
'Convenios de inversión con la Comunidad Autónoma relativos al desarrollo
del Plan Integral de Empleo de Canarias'. Y con otra enmienda a la
sección 19 (Ministerio de Empleo y Seguridad Social) por importe de 42
millones para el PIEC para políticas de empleo, pues como hemos señalado
no hay ninguna cantidad presupuestada.
ENMIENDA NÚM. 5.898
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 19 Ministerio de Empleo y Seguridad Social.



Organismo 101 Servicio Público de Empleo Estatal.
Programa : 241A Fomento de la inserción y de la Estabilidad Laboral.
Capítulo 4 Transferencias corrientes.




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4068






Artículo: 46 A Entidades Locales.Concepto : 462 Nuevo Plan Integral de
Jinámar (Telde).



Dotación: 600 (miles de euros).
BAJA Sección: 35 Fondo de contingencia.
Servicio : 01 Dirección General de Presupuestos.
Programa : 929N Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50 Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 600 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Jinámar es un barrio situado en un valle entre los términos
municipales de Las Palmas de Gran Canaria y Telde perteneciendo en su
mayoría al citado municipio. La superficie del valle asciende a
1.496.220,00 m2 teniendo una población empadronada en el año 2016 que
asciende a 17.947 habitantes.



Desde su ocupación, los habitantes de la zona han sufrido el proceso de
desarraigo de los sectores más desfavorecidos social, económica y
educativamente. El aumento de la inseguridad, la fragmentación social, la
diversidad socioeconómica de los residentes y la polarización social han
provocado, entre otros factores, situaciones de vulnerabilidad en el
momento actual.



Esta situación de debilidad de la zona de actuación queda reflejada, entre
otras, por las siguientes características:
- Un fuerte índice de desempleo.
- Un alto nivel de pobreza y exclusión.
- Un bajo nivel educativo con un importante déficit de cualificaciones.
- Un elevado índice de absentismo escolar.
- Datos preocupantes de enfermedades crónicas, especialmente
cardiovasculares y diabetes debido a los hábitos de vida así como al bajo
nivel adquisitivo.
- Un alto nivel de poliadicciones y, por último.
- Una degradación medioambiental en la zona.



Por todo ello, se ha elaborado desde la Administración Local (Ayuntamiento
de Telde) un Plan Integral cuyos principales objetivos son:



Una mejora de las condiciones generales de vida en el barrio de Jinámar,
basada en tres ejes básicos de actuación:.
- Urbanismo y convivencia vecinal.
- Inserción socio laboral y promoción de la actividad económica.
- Intervención socioeducativa y familiar y Salud comunitaria.



Implementar un sistema de gestión específico para la zona basado en altos
niveles de coordinación de la acción pública y de participación activa
ciudadana.



Dicho Plan Integral abarca un periodo de tiempo de 10 años y el importe
total del mismo asciende, una vez descontado el capítulo de la
rehabilitación de viviendas (35.201.042 €), a la cantidad de
48.070.978,09 €.



La financiación que corresponde a ambos ministerios del importe mencionado
anteriormente, para los 10 años, asciende a la cantidad de 10.257.692 €,
siendo la anualidad de este año 2017 la cantidad de 1.200.000 €. (600.000
€ al Ministerio de Empleo y Seguridad Social y 600.000 € al Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad).




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4069






ENMIENDA NÚM. 5.899
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 26 Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Servicio : 16 Dirección General de Servicios para la familia y la
infancia.
Programa : 231F Otros servicios sociales del Estado.
Capítulo 4 Transferencias corrientes.
Artículo: 46 A Entidades Locales.Concepto : 462 Nuevo Plan Integral de
Jinámar (Telde).



Dotación: 600 (miles de euros).
BAJA Sección: 26 Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Servicio : 16 Dirección General de Servicios para la familia y la
infancia.
Programa : 231F Otros servicios sociales del Estado.
Capítulo 4 Transferencias corrientes.
Artículo: 48 A familias sin fines de lucro.Concepto : 480 Para
actividades de interés general consideradas de interés social reguladas
por el artículo 2 del Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio.



Dotación: 600 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Jinámar es un barrio situado en un valle entre los términos
municipales de Las Palmas de Gran Canaria y Telde perteneciendo en su
mayoría al citado municipio. La superficie del valle asciende a
1.496.220,00 m2 teniendo una población empadronada en el año 2016 que
asciende a 17.947 habitantes.



Desde su ocupación, los habitantes de la zona han sufrido el proceso de
desarraigo de los sectores más desfavorecidos social, económica y
educativamente. El aumento de la inseguridad, la fragmentación social, la
diversidad socioeconómica de los residentes y la polarización social han
provocado, entre otros factores, situaciones de vulnerabilidad en el
momento actual.



Esta situación de debilidad de la zona de actuación queda reflejada, entre
otras, por las siguientes características:
- Un fuerte índice de desempleo.
- Un alto nivel de pobreza y exclusión.
- Un bajo nivel educativo con un importante déficit de cualificaciones.
- Un elevado índice de absentismo escolar.
- Datos preocupantes de enfermedades crónicas, especialmente
cardiovasculares y diabetes debido a los hábitos de vida así como al bajo
nivel adquisitivo.
- Un alto nivel de poliadicciones y, por último.
- Una degradación medioambiental en la zona.



Por todo ello, se ha elaborado desde la Administración Local (Ayuntamiento
de Telde) un Plan Integral cuyos principales objetivos son:



Una mejora de las condiciones generales de vida en el barrio de Jinámar,
basada en tres ejes básicos de actuación:
- Urbanismo y convivencia vecinal.
- Inserción socio laboral y promoción de la actividad económica.




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4070






- Intervención socioeducativa y familiar y Salud comunitaria.



Implementar un sistema de gestión específico para la zona basado en altos
niveles de coordinación de la acción pública y de participación activa
ciudadana.



Dicho Plan Integral abarca un periodo de tiempo de 10 años y el importe
total del mismo asciende, una vez descontado el capítulo de la
rehabilitación de viviendas (35.201.042 €), a la cantidad de
48.070.978,09 €.



La financiación que corresponde a ambos ministerios del importe mencionado
anteriormente, para los 10 años, asciende a la cantidad de 10.257.692 €,
siendo la anualidad de este año 2017 la cantidad de 1.200.000 €. (600.000
€ al Ministerio de Empleo y Seguridad Social y 600.000 € al Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad).
ENMIENDA NÚM. 5.900
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA



Sección 17. Ministerio de Fomento.
Servicio 09. Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda y
suelo.



Programa 261N. Promoción, administración y ayudas para la rehabilitación y
acceso a la vivienda



Capítulo 7. Transferencias de capital.



Artículo 75. A Comunidades Autónomas.
Concepto 750. Convenio Específicos.



Subconcepto 75014. Regeneración y Renovación Urbana (ARRU) de 392
viviendas en Jinámar Telde, Gran Canaria.



Dotación: 1.566.346,71 (miles de euros).
BAJA



Sección 17. Ministerio de Fomento.
Servicio 09. Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda y
suelo.



Programa 261N. Promoción, administración y ayudas para la rehabilitación y
acceso a la vivienda.



Capítulo 7. Transferencias de capital.



Artículo 78. A Familias e Instituciones sin fines de lucro.
Concepto 782. Ayudas para renta básica de emancipación de jóvenes,
subsid¡ación de préstamos y otros apoyos a la vivienda.



Dotación: 1.566.346,71 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN La Regeneración y Renovación urbana del Valle de Jinámar en
Telde-Gran Canaria es, desde hace tiempo, una de las deudas contraídas
por la sociedad con los residentes de este emblemático barrio de dicho
municipio, el cual, con el paso del tiempo, se ha visto altamente
deteriorado.



A lo largo de los últimos años, diferentes administraciones públicas han
mostrado su honda preocupación a través de declaraciones institucionales
por el estado del barrio en todos sus ámbitos (social, económico, empleo,
etc.) y su repercusión en la calidad de vida de los vecinos/as del mismo.



Es por ello que, tras la tramitación oportuna, se obtuvo la declaración
del ámbito del Área de Regeneración y Renovación Urbana 'Valle de
Jinámar' por la Comunidad Autónoma de Canarias con fecha 10 de abril de
2015 a los efectos de obtener las ayudas previstas en el Plan Estatal de
fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la
regeneración y renovación urbana, 2013-2016.




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4071






Dicha área abarca 4.709 viviendas constituyendo, con toda probabilidad, la
mayor concentración de viviendas protegidas, en su gran mayoría públicas,
de la Comunidad Autónoma de Canarias.



Tras una primera fase de 180 viviendas que se ejecutó únicamente con
financiación municipal, en la actualidad, se está finalizando la
rehabilitación de 480 viviendas y la urbanización circundante, gracias a
la firma del Acuerdo de la Comisión Bilateral de fecha 29 de octubre de
2015 suscrito por el Ministerio de Fomento, Gobierno de Canarias, Cabildo
de Gran Canaria y Ayuntamiento de Telde.



Es por ello, que resulta necesaria la continuidad en la rehabilitación
integral del área mediante la aprobación de una segunda etapa que
comprenda 392 viviendas, mediante su inclusión en los objetivos del Plan
Estatal de Vivienda 2013-2016 que ha sido prorrogado para este año 2017
en el que se iniciaría la citada etapa tras la firma del oportuno
convenio bilateral por un importe total de 4.752.644,11 €,
correspondiéndole al Ministerio de Fomento la financiación de
1.566.346,71 €.
ENMIENDA NÚM. 5.901
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 09. Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda y
suelo.
Programa : 261N. Promoción, administración y ayudas para la rehabilitación
y acceso a la vivienda.
Capítulo 7. Transferencias de capital.
Artículo: 75. A Comunidades Autónomas.Concepto : 750 Convenio
Específicos.



Subconcepto: 75015. Reposición de las 132 viviendas de Los Marinos en
Telde, Gran Canaria.



Dotación: 800.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 17. Ministerio de Fomento.
Servicio : 09. Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda y
suelo.
Programa : 261N. Promoción, administración y ayudas para la rehabilitación
y acceso a la vivienda



Capítulo 7. Transferencias de capital.
Artículo: 78. A Familias e Instituciones sin fines de lucro.
Concepto 782 Ayudas para renta básica de emancipación de jóvenes,
subsidiación de préstamos y otros apoyos a la vivienda.



Dotación: 800.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN El grupo de 132 viviendas conocidas como 'Los Marinos' sitas
en Telde - Gran Canaria han ido experimentando un proceso de deterioro
físico, causado tanto por sus propias características constructivas, como
también por el transcurso de los años, unido todo ello a la falta de un
adecuado nivel de mantenimiento y de conservación, íntimamente ligado con
los factores socio-económicos de la población residente haciendo que, en
la actualidad, sus viviendas no cumplan con adecuadas condiciones de
habitabilidad, además, las carencias en materia de accesibilidad afectan
a los/las residentes y, en mayor medida, a aquellos/as que tienen una
avanzada edad y/o movilidad reducida, los cuales suponen un porcentaje
importante de dicha población, dado que las edificaciones de hasta seis
plantas no disponen de ascensor, el avanzado estado de deterioro de las
132 viviendas, hace que sea inviable económicamente ejecutar obras de
rehabilitación integral, considerándose la alternativa más adecuada la
reposición de las mismas.




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4072






Por este motivo, resulta necesaria y urgente la aprobación de una
actuación singular que permita la reposición de estas edificaciones y la
consiguiente urbanización colindante a las mismas en un emplazamiento
cercano, el realojo de los vecinos/as y, finalmente, la demolición de las
anteriores.



Para ello, se tendrá que suscribir un convenio entre el Ministerio de
Fomento, la Comunidad Autónoma de Canarias, el Cabildo de Gran Canaria y
el Ayuntamiento de Telde por un importe total de 19.057.831,36 €. En
dicho convenio plurianual la financiación del Ministerio de Fomento
ascendería al 50% de la actuación, es decir, 9.528.915,68 €. El 50%
restante, lo financiarían las demás administraciones firmantes del
acuerdo.



El importe correspondiente a la anualidad del año 2017 a financiar por el
Ministerio de Fomento ascendería a 800.000 €.



Con esta actuación, se lograría una solución a esta grave situación
satisfaciendo una demanda histórica del núcleo de población afectado y
mejorando, de esta forma, la calidad de vida de los mismos.



Asimismo, esta inversión permitiría una mejora o reactivación del sector
de ia construcción a nivel insular y regional con la consiguiente
influencia positiva en la generación de empleo.
ENMIENDA NÚM. 5.902
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 09 Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.
Programa : 2610 Ordenación y fomento de la edificación.
Capítulo 7 Transferencias de capital.
Artículo: 75 A Comunidades Autónomas.Concepto : 750 Convenios
Específicos.



75015 Convenio renovación urbana de Las Rehoyas (Las Palmas de Gran
Canaria).



Dotación: 4.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 17 Ministerio de Fomento.
Servicio : 09 Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.
Programa : 2610 Ordenación y fomento de la edificación Capítulo: 6
Inversiones Reales.
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611 Otras.



Dotación: 4.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN A caballo entre las décadas de los 50 y los 60, El Polvorín
y Las Rehoyas tienen un origen común. Se trata de urbanizaciones
promovidas por el Patronato Benéfico de Construcción como soluciones
urgentes a las necesidades de alojamiento derivadas de procesos
migratorios. Comparten, también, la baja calidad constructiva, la
uniformidad de las tipologías, la escasa entidad de las superficies
alojativas y la ausencia de urbanización, infraestructuras y
equipamientos públicos.



En junio de 1992, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes y el
Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria suscribieron un Convenio de
Cooperación en virtud del cual el segundo asumió el patronazgo único de
la llamada Comisión Liquidadora del Patronato Benéfico de Construcción,
al tiempo que el Ministerio se comprometía a invertir en rehabilitación
concretas cantidades que se han manifestado totalmente insuficientes.




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4073






Por tanto, la necesidad de la remodelación integral, demoliendo y
construyendo nuevas viviendas, no es objeto de discusión, tampoco la
'vulnerabilidad urbana' de un ámbito en el que quedan por reponer más de
2.000 viviendas gravemente afectadas, se trata de reconocer la
responsabilidad de la administración general del Estado que promovió
primero un producto precario y después se desprendió de él cuando ya era
a todas luces irrecuperable. Y de compensar a sus moradores con la
reposición de las viviendas.



Para ello, se propone incorporar la financiación de una primera anualidad
de 4 millones de euros para la firma de un Convenio de Colaboración entre
el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
que permita con carácter urgente abordar una primera fase de la
reposición al objeto de liberar el espacio suficiente para la ejecución
de futuras intervenciones, al tiempo que sustituir las viviendas con
mayor grado de afectación; estimándose un importe de 12.000.000 € a
financiar entre los ejercicios 2017-2019 para la construcción de 150
viviendas y otras actuaciones preparatorias.
ENMIENDA NÚM. 5.903
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 60 Seguridad Social.
Servicio :
Programa : 2311 Autonomía personal y atención a la dependencia.
Capítulo 4 Transferencias corrientes.
Artículo: 45 A Comunidades Autónomas.Concepto : 452 A la Comunidad
Autónoma de Canarias. Para la atención a personas en situación de
dependencia.



Dotación: 12.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 35 Fondo de contingencia.
Servicio : 01 Dirección General de Presupuestos.
Programa : 929N Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50 Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 12.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Desde su creación, la correcta financiación del Sistema de
Atención a la Dependencia ha sido una de las asignaturas pendientes en el
conjunto del Estado, y de manera agravada en Canarias. Con la llegada de
la crisis y de manera especial tras los importantes recortes a través del
R.D. Ley 20/2012, la situación es realmente deficiente. Hasta el punto de
que en estos momentos Canarias ocupa el último lugar de todas las
Comunidades en España, con casi 14.000 dependientes en lista de espera
(45%).



Esta circunstancia no puede aislarse del conjunto de datos negativos que
la Comunidad Autónoma de Canarias lidera. Motivados por su propia
condición de ultraperificidad, por el claro incumplimiento por parte de
los sucesivos Gobiernos de España en esta y otras materias (REF,
incumplimientos de Convenios vigentes...) y por el maltrato en los
recientes presupuestos estatales, así como por la especial dureza de la
crisis en el Archipiélago. Datos que nos sitúan a la cabeza en materia de
desempleo, bajo nivel de salarios, y otros muchos, que contribuyen de
manera colateral a agravar a las personas dependientes que teniendo
derechos, siguen sin acceder al Sistema.




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4074






Por ello entendemos que es necesario un impulso de todas las
administraciones responsables, de manera especial por parte de la AGE, a
la que solicitamos una ampliación de 12 millones de euros destinados al
Sistema de Dependencia en Canarias, que redundaría en un descenso
importante en las listas de espera. Y que vendría a ser el equivalente,
aproximadamente, a ias cuantías a percibir antes del R.D. 20/2012.
ENMIENDA NÚM. 5.904
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18.
Servicio : 18.13 Dirección General de Industrias Culturales y del Libro.
Programa : 334 A Promoción y cooperación cultural.
Capítulo 7.
Artículo: 76 A Entidades Locales.Concepto : 76X Al Ayuntamiento de Pájara
para la construcción de Auditorio.



Dotación: 1.000,00 (miles de euros)
BAJA Sección: 35
Servicio : 35.01 Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia.
Programa : 929N.
Capítulo 5.
Artículo: 50.Concepto : 500.



Dotación: 1.000,00 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para proporcionar esta necesaria infraestructura cultural a
este Municipio eminentemente turístico.
ENMIENDA NÚM. 5.905
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 26 Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Servicio : 16 Dirección General de Servicios para la familia y la
infancia.
Programa : 231F Otros servicios sociales del Estado.
Capítulo 4 Transferencias corrientes.
Artículo: 45 A Comunidades Autónomas.Concepto : 455 A la Comunidad
Autónoma de Canarias. Programa de lucha contra la pobreza.



Dotación: 9.000 (miles de euros).




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4075






BAJA Sección: 35 Fondo de contingencia.
Servicio : 01 Dirección General de Presupuestos.
Programa : 929N Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50 Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 9.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Canarias es una de las Comunidades que de manera más
virulenta ha padecido los efectos de la crisis. Durante los peores años
de la misma, e incluso ahora, que ios datos macroeconómicos empiezan a
mejorar, constatamos como una parte importante de la población, se ha
quedado excluido de esa mejoría, situándose en muchos casos en los
umbrales de pobreza, o directamente inmersos en situación de pobreza, en
algunos casos, extrema.



En la actualidad, Canarias tiene una tasa de paro del 25,7%, muy por
encima de la media estatal que se sitúa en el 18,7%. El número total de
personas desempleadas alcanza, según la EPA del primer trimestre de 2017,
las 279.800. De los que el 58,6% son parados de larga duración.



Especialmente grave es que en este momento, un total de 102.000 hogares
tienen a todos sus miembros activos en paro, el 15,9%, frente al 10,4%
estatal. Y que el 53,6% de los demandantes registrados en el Servicio
Canario de Empleo, no reciben ninguna prestación, 6 puntos porcentuales
más que en el resto del Estado.



Una situación en la que además, el 48,25% de nuestros jóvenes menores de
25 años, no tienen empleo, frente al 41,7% de tasa media estatal. Aspecto
relevante pues está propiciando un fenómeno migratorio en busca de
oportunidades, ante la situación de un mercado laboral con altísimos
niveles de precariedad, y que ostenta el dudoso honor de tener los
salarios privados más bajos de todo el Estado,



Todas estas circunstancias generan una preocupante tasa de riesgo de
pobreza, en concreto el 35%, según la reciente Encuesta de Condiciones de
Vida publicada por el INE, trece puntos por encima de la media estatal.



Una encuesta que además revelaba que Canarias lideraba, frente al resto de
Comunidades, el porcentaje de hogares que llegaban a fin de mes con mucha
dificultad, con un 34,5%. O que el 60,4% de los hogares de Canarias no
tenían capacidad para afrontar gastos imprevistos en 2016. Y hasta un
12,3$ de los hogares se retrasan en los pagos relacionados con la
vivienda principal.



Por tanto, estamos ante una situación que podríamos declarar de auténtica
emergencia para miles y miles de canarios y canarias. Y que requiere de
un potente Plan de lucha contra la pobreza. Que ayude a paliar de manera
inmediata la situación de los más desfavorecidos y que contribuya a
revertir a partir de numerosas medidas, las drásticas cifras que
padecemos.



Por ello, solicitamos la ampliación en nueve millones de euros
adicionales, la partida 455 (A la Comunidad Autónoma de Canarias.
Programa de lucha contra la pobreza), del Programa 231F, ubicada en el
Servicio 16 de la Sección 26.
ENMIENDA NÚM. 5.906
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 26 Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Servicio : 22 Delegación del Gobierno para la Violencia de Género.




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4076






Programa : 232C Actuaciones para la prevención integral de la violencia de
género.
Capítulo 4 Transferencias corrientes.
Artículo: 45 A Comunidades Autónomas.Concepto : 451 Para un pacto de
Estado contra la violencia de género.



Dotación: 20.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 35 Fondo de contingencia.
Servicio : 01 D.G. de Presupuestos.
Programa : 929N Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50 Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 20.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN El machismo tiene su expresión más brutal en la violencia de
género. Decenas de mujeres son asesinadas al año en España por sus
parejas o ex parejas; y solo son la punta de un iceberg de maltrato, de
dolor, de ataque frontal a las mujeres, su libertad, su dignidad, sus
vidas.



La totalidad de las fuerzas políticas de esta Cámara han expuesto su
voluntad de establecer un Pacto de Estado contra la Violencia de Género
que, de manera transversal, suponga una actuación decidida y continuada
en todos los frentes. Desde la prevención a la protección de las víctimas
y los procesos de recuperación de los maltratadores.



Es preciso incorporar a los presupuestos recursos económicos suficientes
para poder implementar, en colaboración con las Comunidades Autónomas,
las medidas que resulten necesarias para atajar toda esta situación de
violencia.



Planteamos por ello, y para este último semestre del año en que tendrán
vigor los presentes Presupuestos, incrementar en 20 millones de euros las
partidas destinadas a la lucha contra la violencia de género.



Esta partida debe servir para dotar suficientemente los recursos
destinados a la prevención y a la asistencia social de las víctimas de
violencia de género y de sus hijos e hijas; reforzar el funcionamiento de
las Unidades de Coordinación y de Violencia sobre la Mujer; la puesta en
marcha, en los Juzgados Especializados en Violencia de Género, del
Acompañamiento Judicial Personalizado para hacer accesible la información
a las mujeres víctimas de violencia de género sobre el itinerario y
procedimiento más seguro; o estudiar, en colaboración con las Comunidades
Autónomas, la viabilidad de establecer pautas y protocolos de
intervención para la atención integral a las mujeres que han retirado la
denuncia por violencia de género.



Otras actuaciones están vinculadas con la sensibilización social, a través
de campañas, y en torno al papel de la educación y de los propios medios
de comunicación.
ENMIENDA NÚM. 5.907
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 04 D.G. de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 322L Inversiones en centros educativos y otras actividades
educativas.




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4077






Capítulo 7 Transferencias de capital.
Artículo: 75 A Comunidad Autónomas.Concepto : 751 Plan Integral de Empleo
(infraestructuras educativas). Instituto de Educación Saulo Torón
(Gáldar).



Dotación: 2.000 (miles de euros)
BAJA Sección: 35 Fondo de contingencia.
Servicio : 01 D.G. de Presupuestos.
Programa : 929N Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria
Capítulo: 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50 Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 2.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Para la formalización de un Convenio con la Comunidad
Autónoma de Canarias, destinando en este ejercicio una partida de 2,0
millones de euros para el Instituto de Enseñanza Secundaria Saulo Torón
en el municipio de Gáldar.
ENMIENDA NÚM. 5.908
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 27 Ministerio de economía, industria y competitividad.
Servicio : 27.11 Secretaría de estado de investigación, desarrollo e
innovación.
Programa : 463.B Fomento y coordinación de la Investigación Científica y
Técnica.
Capítulo 4 Transferencia corriente.
Artículo: A Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y
resto de entidades del Sector Público Estatal.Concepto : 44 A la
Universidad de Las Palmas de Gran Canaria para mejorar las capacidades de
investigación y los servicios de apoyo a la i+d+i en las áreas de
investigación prioritaria en la Estrategia de Especialización Inteligente
de Cananas.



Dotación: 1.500.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia.
Servicio : 01. D. G. Presupuestos. Fondo de Contingencia.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.Concepto : 500.
Imprevistos. Fondo de Contingencia de Ejecución Presupuestaria, Artículo
50 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.



Dotación: 1.500.000 (miles de euros).




Página
4078






JUSTIFICACIÓN Canarias presenta uno de los más bajos índices de inversión
l+d+i en el contexto español. En parte, ese déficit está motivado por la
escasa presencia de los grupos y unidades de investigación universitarios
en programas nacionales y europeos de apoyo a la investigación básica y
aplicada. Para mejorar esos niveles de inversión es preciso realizar un
esfuerzo en capacitación y promoción de los investigadores
universitarios, además de propiciar la atracción e incorporación de
científicos que sirvan de tractores a las unidades de investigación para
competir con proyectos de excelencia con otros centros de investigación.



El refuerzo de las capacidades de investigación en la l+d+i se alinea con
la Estrategia de Crecimiento Inteligente de Canarias aprobada por la
Unión Europea.



Con tal finalidad se proponen dos acciones: una dirigida al
fortalecimiento y consolidación de los servicios de apoyo a la i+D+i
especializada y por otro un programa de atracción de talento y de
incorporación de personal investigador especializado en las áreas de
especialización prioritaria de la economía de Gran Canaria.



Instrumentación



Esta estrategia debe sustentarse entre un acuerdo interadministrativo
trianual entre la Administración General del Estado y la Universidad de
las Palmas por importe de 4,5 millones de Euros.
ENMIENDA NÚM. 5.909
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 27 Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
Servicio : 27.11 Secretaría de estado de Investigación, Desarrollo e
Innovación.
Programa : 463.B Fomento y coordinación de la Investigación Científica y
Técnica.
Artículo: 46 A Entidades Locales.Concepto : 46X Al Cabildo de Gran
Canaria para el desarrollo de un programa experimental e integral de
actividades de investigación y económicas ligadas a la explotación de los
recursos marinos insulares.



Dotación: 2.500.000 (miles de euros).



76 A Entidades Locales.



76X Al Cabildo de Gran Canaria para el desarrollo de un programa
experimental e integral de actividades de investigación y económicas
ligadas a la explotación de los recursos marinos insulares.



Dotación: 7.500.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia.
Servicio : 01. D. G. Presupuestos. Fondo de Contingencia.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria.Concepto : 500. Imprevistos. Fondo de Contingencia de
Ejecución Presupuestaria.



Dotación: 10.000.000 (miles de euros).




Página
4079






JUSTIFICACIÓN Las posibilidades de la economía azul, suponen, sin lugar a
dudas, un eje clave para el desarrollo futuro de las islas, ya que le
proporcionan el acceso a unos recursos económicos y productivos con un
amplio potencial de explotación sostenible.



La Biotecnología Marina y su amplio abanico de aplicaciones para la mejora
de la sostenibilidad, la salud y la alimentación humana, sirven una clara
oportunidad para que Gran Canaria, que ya dispone de unas buenas
condiciones de partida, pueda convertirse en isla pionera en el
desarrollo de este sector de la biotecnología en los ámbitos científico,
productivo e industrial.



Las condiciones climáticas, ambientales y costeras de Gran Canaria la
posicionan como un lugar ideal para aprovechar el potencial de las
actividades off-shore y on-shore ligados a estas áreas de conocimiento y
tecnologías.



Además, las infraestructuras y los institutos y centros de Investigación
localizados en la isla, con un alto nivel de excelencia, en particular el
Banco Español del Algas y Ecoagua, vinculados a la Universidad de Las
Palmas de Gran Canaria, y el Instituto Tecnológico de Canarias aportan
una base sólida de conocimientos científicos y de experimentación para
acometer los distintos ejes del desarrollo de las actividades basadas en
la Biotecnología Marina.



Por otro lado, el entorno costero y marino de la isla, proporcionan un
marco ideal para el desarrollo de actividades off-shore, en particular
las relacionadas con energías renovables. El Instituto Universitario de
Oceanografía y Cambio Global y la Plataforma Oceánica de Canarias pueden
aportan los recursos básicos de investigación y experimentación para el
desarrollo de proyectos aplicados en estos ámbitos.



Por otra parte, el sistema fiscal canario propone un marco adecuado de
incentivos para el desarrollo empresarial del sector tanto en lo
referente a la l+D empresarial como para todo tipo de actividades
empresariales basadas en el conocimiento.



Todas las fortalezas y oportunidades mencionadas anteriormente requieren
de una estrategia integrada de todos los ámbitos públicos orientadas al
aprovechamiento de las mismas y que debe estar liderada por el Cabildo de
Gran Canaria como entidad responsable de la promoción económica insular y
apoyada en las otras entidades públicas de competencias específicas como
la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.



Esta estrategia descansa sobre los siguientes pilares: Reforzamiento de
las capacidades e inversión en investigación y experimentación,
Ordenación territorial y marina adecuada para aumentar las posibilidades
productivas insulares, Programa: cualificación de recursos humanos en los
distintos ámbitos de especialización de la materia, Programa: de
atracción de talento, y Medidas de promoción económica e innovación
empresarial adaptadas a la naturaleza del sector.



Instrumentación



Esta estrategia debe sustentarse entre un acuerdo interadministrativo
trianual entre la Administración General del Estado y el Cabildo de Gran
Canaria con una aportación estatal de 30 millones de euros.
ENMIENDA NÚM. 5.910
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 20 Ministerio de Energía, turismo y agenda digital.
Servicio : 20.12 Secretaria de Estado para la sociedad de la información y
la agenda digital
Programa :



Sección: 4



46 A Entidades Locales




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4080






46X Al Cabildo de Gran Canaria para el desarrollo de un Programa: integral
para convertir a Gran Canaria en una referencia piloto para el desarrollo
de la Agenda Digital Española y de las directrices de la Unión Europea
sobre islas inteligentes.



Dotación 2.000.000 (miles de euros).



76 A Entidades Locales



76X Al Cabildo de Gran Canaria para el desarrollo de un Programa: integral
para convertir a Gran Canaria en una referencia piloto para el desarrollo
de la Agenda Digital española y de las directrices de la Unión Europea
sobre islas inteligentes.



Dotación 10.000.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 35. Fondo de Contingencia.
Servicio : 01. D. G. Presupuestos. Fondo de Contingencia.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.



Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.Concepto : 500.
Imprevistos. Fondo de Contingencia de Ejecución Presupuestaria.



Artículo 50 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.



Dotación 12.000.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Marco económico e institucional
- Necesidad de que la agenda digital española y europea contemple las
realidades de los territorios insulares y ultraperiféricos para
garantizar la accesibilidad de los ciudadanos isleños a los beneficios de
la economía y la sociedad digital y evitar que se produzca otro
distanciamiento, aparte del geográfico derivado de la su condición
ultraperiférica.
- Apoyar iniciativas en este campo y considerando que su condición
insular, su geografía, balance energético y las características de su
modelo productivo, pueden servir de un laboratorio de excelencia para
experimentar y extraer soluciones tecnológicas extensibles a otros
territorios insulares nacionales y europeos.
- Contribuir al desarrollo de un tejido empresarial y de empleo
cualificado vinculado a las tecnologías de la Información y a los
contenidos digitales vinculado al potencial de los recursos humanos de la
isla. Además, servirá de polo para la atracción de talento y empresas en
estos ámbitos tecnológicos..



Contenido de las acciones a financiar y finalidades de las mismas
- Impulsar nuevas iniciativas para que las islas desarrollen estrategias
inteligentes y sostenibles basadas en las tecnologías digitales y de
datos. Estas estrategias deben basarse en amplio potencial que
tecnologías de datos (big data y open data) y internet de las cosas.
Estas nuevas tecnologías permitirán resolver problemas específicos de las
islas como la gestión hidrológica, prevención de incendios, transporte
público, gestión de infraestructuras públicas, gestión energética,
servicios públicos y una mejora en la accesibilidad a los servicios todos
los ciudadanos de áreas rurales.
- Además, las islas pueden ser el laboratorio ideal para convertirá España
en la referencia tecnológica en Destinos Turísticos Inteligentes y de
áreas de experimentación de todas las aplicaciones y tecnologías
digitales de aplicación al turismo, recursos culturales, patrimoniales,
paisajísticos, costeros y marítimos. Estos desarrollos se apoyarían en
los recursos del Centro Demostrador TIC para las Tecnologías Turísticas
localizado en Gran Canaria.
- Acciones orientadas a la cualificación de los recursos humanos como
programas avanzados relacionadas en materias relacionadas vinculados a
las tecnologías relacionadas al desarrollo de estrategias inteligentes y
de iniciativas para la de atracción de talento investigador para
vincularlos a estas estrategias.



Instrumentación



Mediante la suscripción de un Convenio con el Cabildo de Gran Canaria para
convertir la isla de Gran Canaria como isla piloto y experimental para el
cumplimiento de los objetivos de la Agenda Digital Española




Página
4081






en entornos insulares y referencia europea para el cumplimiento de las
directrices del Consejo Económico y Social de la Unión Europea sobre
islas inteligentes. Este Convenio tendría una duración trianual por
importe de 36.000.000 euros iniciándose en el 2017 con una dotación de
12.000.000 euros.
ENMIENDA NÚM. 5.911
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 32. Otras relaciones financieras con entes territoriales.
Servicio : 01. Secretaría General de Coordinación Económica y Local de las
CC.AA.
Programa : 441M. Subvenciones y apoyo al Transporte Terrestre.
Capítulo 4.
Artículo: 45.Concepto : 453. A la CAC, para financiar las necesidades
correspondientes al Transporte Regular de viajeros de las distintas
Islas, según Convenio suscrito con el Estado.



Dotación: 5.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 35.
Servicio : 01.
Programa : 929N.
Capítulo 5.
Artículo: 50.Concepto : 500.



Dotación: 5.000,00 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN En coherencia con la enmienda presentada a la disposición
adicional nonagésimo sexta del Proyecto de Presupuestos Generales del
Estado para 2017, que regula la concesión de subvenciones nominativas
destinadas a la financiación del transporte público regular de viajeros
de Madrid, Barcelona y las Islas Canarias.
ENMIENDA NÚM. 5.912
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio Fomento.
Servicio : 38.
Programa : 453B Creación de Infraestructuras de Carreteras.
Capítulo 7.
Artículo: 75.




Página
4082






Concepto : 755 Convenio Comunidad Autónoma de Canarias.



Dotación: 51.000.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 1717 Ministerio Fomento.
Servicio : 38.
Programa : 453B Creación de Infraestructuras de Carreteras.
Capítulo 6.
Artículo: 60.Concepto : 601 Inversión nueva en infraestructura y bienes
destinados al uso general. Otros.



Dotación: 51.000.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN En cumplimiento de las previsiones contenidas en la Adenda
al Convenio de Colaboración entre la AGE y el Gobierno de Canarias, de
31/01/2009, la anualidad del presupuesto para el ejercicio 2017 era de
226.000.000 €.



Por lo que, para llegar a tal importe, es necesario incrementar en
51.000.000 €, la cantidad prevista en el proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado para 2017, que debe incluir:



15.000.000 € para el Eje-Norte sur de Fuerteventura.



Además de la primera anualidad de las siguientes obras:
- 21.000.000 € para la carretera Agaete-La Aldea. Fase Agaete-EI Risco.
- 15.000.000 € Autovía TF-5.



Cuyas siguientes anualidades serán financiadas con cargo al Convenio
2018-2022, en el que, con el fin de superar la situación crítica de
seguridad y congestión de las mencionadas vías, estas tendrán carácter
prioritario.
ENMIENDA NÚM. 5.913
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)



A la disposición adicional nonagésima sexta, apartado tercero.
De modificación Al apartado tercero de la disposición adicional nonagésima
sexta del texto articulado del proyecto de Ley de Presupuestos Generales
del Estado para 2017, quedando redactada en los siguientes términos:
'Disposición adicional quincuagésima quinta. Regulación de la concesión
de subvenciones nominativas destinadas a la financiación del transporte
público regular de viajeros de Madrid, Barcelona y las Islas Canarias.



Tres. Los libramientos se efectuarán con cargo a las siguientes
aplicaciones presupuestarias e Importes.



...lslas Canarias: 32.01.441M.453 'A la Comunidad Autónoma de Canarias
para la financiación de las necesidades correspondientes al transporte
regular de viajeros de las distintas Islas Canarias' por importe de
30.000.000 de euros.'




Página
4083






JUSTIFICACIÓN En coherencia con la enmienda presentada que incrementa la
dotación presupuestarla en cinco millones de euros.
ENMIENDA NÚM. 5.914
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio Fomento.
Servicio : 20.
Programa : 453A Infraestructuras del Transporte Ferroviario.
Capítulo 7.
Artículo: 76.Concepto : 763 Convenio con el Cabildo de Gran Canaria en
materia de Ferrocarril.



Dotación: 3.140.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 17 Ministerio Fomento.
Servicio : 38.
Programa : 453B Carreteras e Infraestructuras de Carreteras.
Capítulo 6.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.



Dotación: 3.140.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Habida cuenta del tiempo transcurrido desde el inicio de los
trabajos de redacción de los proyectos de ejecución de las obras de
infraestructuras y superestructuras del tranvía de Gran Canaria, y dada
la urgente necesidad de finalizar los mismos, así como de iniciar las
correspondientes e ineludibles expropiaciones, es por lo que se propone
la presente enmienda, a fin de incrementar la dotación presupuestaria
incluida en los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2017,
en 3.140.000 euros, para alcanzar la cantidad de 4.000.000 euros.



El importe total de las expropiaciones, imprescindibles para iniciar la
ejecución de las obras, asciende al entorno de 20 millones de euros, a
realizar a lo largo de los ejercicios 2017 y 2018.
ENMIENDA NÚM. 5.915
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio Fomento.
Servicio : 39.
Programa : 441M Subvención y apoyo al transporte terrestre.




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4084






Capítulo 7.
Artículo: 76.Concepto : 764 Convenio con el Ayuntamiento de Las Palmas de
Gran Canaria para financiar el Proyecto Metroguagua.



Dotación: 5.000.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 17 Ministerio Fomento.
Servicio : 38.
Programa : 453B Creación de Infraestructuras de Carreteras.
Capítulo 6.
Artículo: 60.Concepto : 601 Inversión nueva en infraestructura y bienes
destinados al uso general. Otros.



Dotación: 5.000.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Las sociedades modernas, demandan cada vez más de una alta y
variada movilidad, lo que requiere un sistema de transporte complejo y
adaptado a las necesidades sociales, que garantice los desplazamientos de
personas y mercancías, de una forma económicamente eficiente y segura,
pero todo ello sometido a una nueva racionalidad ambiental y a la nueva
lógica de sostenibilidad.



Canarias ha de contar con unas redes de transporte integrado de viajeros
por carretera, que favorezcan la cohesión de cada una de las islas y que
den respuesta a los retos de una movilidad sostenible, desde parámetros
de eficiencia, uso racional de los servicios públicos y un adecuado
aprovechamiento de las infraestructuras, y para ello es imprescindible
apostar, entre otros, por el transporte público colectivo de viajeros, en
detrimento del vehículo privado.



En este contexto, la idea de desarrollar e implantar en la ciudad de Las
Palmas de Gran Canaria, un eje troncal potente de transporte público
colectivo de viajeros, que conecte los núcleos atractores estructurantes
del municipio, no es algo nuevo, surge a principios del año 2011, en el
marco del debate del Pacto por la Movilidad de Las Palmas de Gran
Canaria.



Y tras un exhaustivo análisis de los distintos sistemas de transporte
colectivo, se decidió que el sistema más adecuado para la ciudad era el
Metroguagua, un sistema de alta capacidad, poco contaminante y que cuesta
2 veces menos que un sistema tranviario o tren ligero.



Se trata de un modo de transporte rápido que puede combinar la calidad del
transporte ferroviario con la flexibilidad y ligereza de las guaguas.



El presupuesto inicial de esta infraestructura es de 100,4 M€, aunque
según las estimaciones del BEI, la inversión final será de entre 120 y
125M€, es decir, un sistema que sin catenaria, ni tendido eléctrico
propio, será un tercio más barato que el tranvía de Santa Cruz de
Tenerife, que tuvo un costo de 305M €, y en cuya financiación, como no
podía ser de otra manera, intervinieron todas las Administraciones, las
municipales, la insular, el Gobierno de la CAC y el Gobierno de España.



Y en el caso del Metroguagua, al igual que en el tranvía de S/C de
Tenerife, también hablamos de un proyecto que excede lo local, ya que la
movilidad en la capital de la isla, afecta a las comunicaciones del
conjunto de la Isla, por lo que entendemos que en la financiación de éste
proyecto también deben implicarse todas las administraciones.



La propuesta es que el Metroguagua de Las Palmas de GC, sea cofinanciado
por la Administración General del Estado, por la Administración de la
Comunidad Autónoma de Canarias, por el Cabildo de Gran Canaria y por el
Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, mediante la suscripción de un
Convenio para los ejercicios 2017-2020, en los que las cantidades a
aportar por la AGE serían:



2017: 5.000.000 €.



2018: 15.000.000 €.



2019: 15.000.000 €.



2020: 15.000.000 €.




Página
4085






ENMIENDA NÚM. 5.916
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17 Ministerio Fomento.
Servicio : 20.
Programa : 453A Infraestructuras del Transporte Ferroviario.
Capítulo 7.
Artículo: 76.Concepto : 762 Convenio con ei Cabildo de Tenerife en
materia de Ferrocarril.



Dotación: 3.140.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 17 Ministerio Fomento.
Servicio : 38.
Programa : 453B Carreteras e Infraestructuras de Carreteras.
Capítulo 6.
Artículo: 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al
uso general.



Dotación: 3.140.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Habida cuenta del tiempo transcurrido desde el inicio de los
trabajos de redacción de los proyectos de ejecución de las obras de
infraestructuras y superestructuras del tranvía de Tenerife y dada la
urgente necesidad de finalizar los mismos, así como de iniciar las
correspondientes e ineludibles expropiaciones, es por lo que se propone
la presente enmienda, a fin de incrementar la dotación presupuestaria
incluida en los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2017,
en 3.140.000 euros, para alcanzar la cantidad de 4.000.000 euros.



El importe total de las expropiaciones, imprescindibles para iniciar la
ejecución de las obras, asciende al entorno de 20 millones de euros, a
realizar a lo largo de los ejercicios 2017 y 2018.
ENMIENDA NÚM. 5.917
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional con el siguiente
contenido:
'Disposición adicional XXX



Se autoriza al Gobierno para que durante e! año 2017, ejerciendo la
capacidad legal para modificar los porcentajes de bonificación sobre las
tarifas aéreas para pasajeros, que le confiere el artículo 6 de la ley
19/1994 de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF),
aumente el porcentaje de bonificación del actual 50% hasta el 75% en las
tarifas de los vuelos interinsulares de Canarias.'




Página
4086






JUSTIFICACIÓN El artículo 6 de la Ley 19/1994 de modificación del Régimen
Económico y Fiscal de Canarias (REF) establece que a los ciudadanos
españoles y de los demás Estados miembros de la Unión Europea, residentes
en las islas Canarias, se les aplicará una reducción en las tarifas de
los servicios regulares del transporte aéreos de viajeros tanto para los
trayectos directos entre el archipiélago canario y el resto del
territorio nacional, como para los trayectos interinsulares en el
interior del archipiélago. En estos momentos esta bonificación es del
50%.



Asimismo el apartado 2 de este mismo artículo autoriza al Gobierno del
Estado, oído el Gobierno de Canarias, para que modifique la cuantía de
las subvenciones establecidas en el apartado anterior, o reemplace dicho
régimen por otro sistema de compensación en función de la evolución del
mercado de servicios de transporte aéreo de forma que en ningún caso
suponga una disminución de la ayuda prestada o deterioro en la calidad
del servicio.



El REF canario pretende que, respetando la normativa comunitaria y el
principio de libertad tarifaria, velar por la necesidad de garantizar el
principio de continuidad territorial y reducir los costes derivados de la
doble insularidad, tanto en lo que se refiere a la necesaria conexión de
líneas aéreas ente las islas como con el resto de territorios del estado,
pudiendo fijar al respecto, cuando razones imperiosas, excepcionales y de
interés general así lo aconsejen, precios máximos de referencia.



La existencia de un adecuado transporte aéreo no solo mejora la
conectividad interinsular sino que favorece la cohesión social de las
islas y la igualdad de oportunidades de todos los residentes canarios,
respecto de los del resto del Estado.



El transporte aéreo es un medio de transporte habitual, por la realidad
insular de Canarias, para todo tipo de desplazamientos personales,
familiares, laborales, sanitarios, institucionales, etc. Como se
demuestra por el volumen anual de usuarios entre los aeropuertos de las
islas que ascendieron en 2016 a 2.970.025. No habiendo, además,
alternativa a la situación puesto que el transporte marítimo debe
considerarse como un modo de transporte complementario más que
alternativo del aéreo dadas sus características de lentitud y de que
existen menos rutas y con unas frecuencia de salidas mucho menores. Los
ciudadanos de las islas son un mercado cautivo para el transporte aéreo
interinsular.



Al margen de la introducción de la deseable competencia de las líneas
aéreas que operan en el archipiélago, lo cierto es que en Canarias se
pagan unos precios muy altos en los vuelos interinsulares que se agrava
en el caso de determinadas rutas.



Por ello, dado que la ley 19/1994 del REF autoriza al gobierno a la
modificación de las bonificaciones establecidas, sin que en ningún caso
suponga una disminución de la ayuda prestada o deterioro en la calidad
del servicio, se propone la subida aumente el porcentaje de bonificación
del actual 50% hasta el 75% en las tarifas de los vuelos interinsulares
de Canarias.



Esta enmienda se complementa con otra enmienda que presentamos a los
estados de gastos en el proyecto presupuestario incrementando en 40
millones de euros la cantidad prevista en el Programa 4410, en la partida
denominada 'Subvención al tráfico aéreo regular entre la Península y el
Archipiélago Canario, así como entre las islas Canarias', dotada con un
crédito de 238,2 millones de euros). Estos 40 millones creemos que cubren
el aumento de la bonificación de los viajes interinsulares del 50% actual
al 75%.
ENMIENDA NÚM. 5.918
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 17.
Servicio : 17.34. Dirección General de Dirección Civil.
Programa : 4410. Subvenciones y apoyo al transporte aéreo.
Capítulo 4.
Artículo: 48 A familias e Instituciones sin fines de lucro.




Página
4087






Concepto : 484. Subvención al tráfico aéreo regular entre la Península y
el Archipiélago Canario, así como entre las islas Canarias.



Dotación: 40.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 35.
Servicio : 35.01 Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia.
Programa : 929N.
Capítulo 5.
Artículo: 50.Concepto : 500.



Dotación: 40.000,00 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN El artículo 6 de la Ley 19/1994 de modificación del Régimen
Económico y Fiscal de Canarias (REF) establece que a los ciudadanos
españoles y de los demás Estados miembros de la Unión Europea, residentes
en las islas Canarias, se les aplicará una reducción en las tarifas de
los servicios regulares del transporte aéreos de viajeros tanto para los
trayectos directos entre el archipiélago canario y el resto del
territorio nacional, como para los trayectos interinsulares en el
interior del archipiélago. En estos momentos esta bonificación es del
50%.



Además, el apartado 2 de este mismo artículo autoriza al Gobierno del
Estado, oído el Gobierno de Canarias, para que modifique la cuantía de
las subvenciones establecidas en el apartado anterior, o reemplace dicho
régimen por otro sistema de compensación en función de la evolución del
mercado de servicios de transporte aéreo de forma que en ningún caso
suponga una disminución de la ayuda prestada o deterioro en la calidad
del servicio.



El REF canario pretende que, respetando la normativa comunitaria y el
principio de libertad tarifaria, velar por la necesidad de garantizar el
principio de continuidad territorial y reducir los costes derivados de la
doble insularidad, tanto en lo que se refiere a la necesaria conexión de
líneas aéreas ente las islas como con el resto de territorios del estado,
pudiendo fijar al respecto, cuando razones imperiosas, excepcionales y de
interés general así lo aconsejen, precios máximos de referencia.



La existencia de un adecuado transporte aéreo no solo mejora la
conectividad interinsular sino que favorece la cohesión social de las
islas y la igualdad de oportunidades de todos los residentes canarios,
respecto de los del resto del Estado.



El transporte aéreo es un medio de transporte habitual, por la realidad
insular de Canarias, para todo tipo de desplazamientos personales,
familiares, laborales, sanitarios, institucionales, etc. Como se
demuestra por el volumen anual de usuarios entre los aeropuertos de las
islas que ascendieron en 2016 a 2.970.025. No habiendo, además,
alternativa a la situación puesto que el transporte marítimo debe
considerarse como un modo de transporte complementario más que
alternativo del aéreo dadas sus características de lentitud y de que
existen menos rutas y con unas frecuencia de salidas mucho menores. Los
ciudadanos de las islas son un mercado cautivo para el transporte aéreo
interinsular.



Al margen de la introducción de la deseable competencia de las líneas
aéreas que operan en el archipiélago, lo cierto es que en Canarias se
pagan unos precios muy altos en los vuelos interinsulares que se agrava
en el caso de determinadas rutas.



Por ello, dado que la ley 19/1994 del REF autoriza al gobierno a la
modificación de las bonificaciones establecidas, sin que en ningún caso
suponga una disminución de la ayuda prestada o deterioro en la calidad
del servicio, se propone el aumento del porcentaje de bonificación del
actual 50% hasta el 75% en las tarifas de los vuelos interinsulares de
Canarias.



La enmienda pretende incrementar en 40 millones de euros la cantidad
prevista en el Programa: 4410, en la partida denominada 'Subvención al
tráfico aéreo regular entre la Península y el Archipiélago Canario, así
como entre las islas Canarias', dotada con un crédito de 238,2 millones
de euros). Estos 40 millones creemos que cubren el aumento de la
bonificación de los viajes interinsulares del 50% actual al 75%.



Esta enmienda se complementa con otra enmienda que presentamos al
articulado a través de una nueva Disposición adicional donde se autoriza
al gobierno a realizar esta modificación.




Página
4088






ENMIENDA NÚM. 5.919
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06. Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 456D. Actuación en la costa.
Capítulo 7. Transferencias de capital.
Artículo: 76. A corporaciones locales.
Proyecto: Obra nueva Paseo Marítimo de Valle Gran Rey, Isla de La Gomera.
Dotaciones para conseguir la accesibilidad, la restauración de la
desembocadura del barranco y la adecuación para el uso público de la
costa.



Dotación: 5.623,40 (miles de euros).
BAJA Sección: 35. Fondo de contingencia.
Servicio : 01. D.G. Presupuestos.
Programa : 929N. Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50. Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 5.623,40 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN La Ley 19/1994, de 6 de julio, de Modificación del Régimen
Económico y Fiscal de Canarias, establece en su artículo 12, como medida
de compensación de la lejanía y del hecho insular, que 'Los Presupuestos
Generales del Estado recogerán cada año las partidas presupuestarias que
resulten precisas para dotar las transferencias correspondientes a las
inversiones del Estado en infraestructuras en Canarias'. Así mismo,
acudiendo a la Disposición Transitoria Tercera de la referida Ley, se
establece que 'Atendiendo a la mejora de la calidad precisa para mantener
la rentabilidad social del sector turístico en Canarias, la
Administración General del Estado, en colaboración con la Comunidad
Autónoma de Canarias y, en su caso, las Corporaciones Locales, elaborará
un Plan especial de infraestructuras en las áreas turísticas que servirá
de base para un Programa: de inversiones públicas que permita alcanzar el
nivel de calidad necesario del sector'. Por tanto, esta actuación puede
encuadrarse especialmente en el Convenio de Costas que desarrolla el
Estado junto con la Comunidad Autónoma de Canarias.



Por otra parte, el Programa: presupuestario 456D que desarrolla la
Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar, dependiente del
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, establece en
las directrices estratégicas del Programa: lo siguiente:



'Protección y conservación del litoral, sometido a diversas presiones de
las que se derivan problemas de regresión, erosión costera...'



'Recuperación de la accesibilidad y el tránsito peatonal para asegurar el
uso y disfrute por los ciudadanos, que comprende tanto la habilitación de
accesos y dotaciones como la apertura de senderos naturales, la
remodelación de fachadas marítimas deterioradas, el restablecimiento de
la accesibilidad y el tránsito litoral o la puesta en valor del litoral.'



El proyecto del paseo marítimo que ya está redactado y al que solo falta
el impulso y el expediente de la Dirección General de Costas, cumple
sobradamente con los requisitos fijados por las directrices de este
programa, ya que se prevé entre varias actuaciones a acometer:
- Adecuar la ocupación del borde litoral a la Ley de Costas y su
Reglamento, recuperando el Tránsito y la Servidumbre de protección en los
tramos costeros ocupados por edificación o muros.




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4089






- La recuperación del cauce de la desembocadura del barranco de Valle Gran
Rey para prevenir problemas de regresión o erosión de la costa.
- Corregir o eliminar los impactos existentes, sosteniendo los recursos
naturales del borde litoral y el medio marino adyacente.
- Se adecúan todos los accesos a la playa aledaña y el paseo del litoral
para asegurar el derecho de accesibilidad de los ciudadanos.
- Se ponen en valor las características de 'poblado marinero, agrícola y
turístico' de Valle Gran Rey y la calidad del espacio público potenciando
el acondicionamiento del patrimonio cultural.
- Potencia y desarrollan los equipamientos y espacios libres del borde
litoral al objeto de aumentar la diversidad y la calidad de ocio
relacionada con el mar.



Además, el proyecto se adecúa y cumple con los requisitos ambientales
respetando no solo las normas legales, sino especialmente teniendo en
cuenta a la RED Natura 2000.



Las actuaciones a licitar según el proyecto redactado tienen una duración
estimada de entre 16 a 20 meses, es pues necesario que la partida a
consignar sea plurianual, al menos en dos anualidades la primera en el
presente ejercicio de 2017 y la segunda en el año 2018.
ENMIENDA NÚM. 5.920
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 06. Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar.
Programa : 415A. Protección de los Recursos Pesqueros y Desarrollo
Sostenible.
Capítulo 6. Inversiones reales.
Artículo: 64. Gastos de inversiones de carácter inmaterial.



Proyecto Nuevo. Realización del estudio para la declaración de la Reserva
Marina de Interés Pesquero de La Gomera.



Dotación: 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 35. Fondo de contingencia.
Servicio : 01. D. G. Presupuestos.
Programa : 929N. Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria.



Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 50. Dotación al fondo de contingencia.Concepto : 500.



Dotación: 1.000,00 (miles de euros)
JUSTIFICACIÓN Las reservas marinas de interés pesquero constituyen la
mejor garantía para lograr una explotación sostenida de los recursos de
interés pesquero. Con el establecimiento de medidas de protección en
áreas delimitadas de los caladeros tradicionales, nos aseguramos no solo
de la supervivencia de las especies al permitir que las formas juveniles
de estas completen su ciclo biológico y se puedan reproducir. También nos
aseguramos de que los pescadores se responsabilicen y contribuyan a tener
un recurso sostenible, permitiendo que la actividad económica de la pesca
siga adelante y toda la actividad de restauración y gastronómica que está
asociada a este arte y con ello todos los empleos que esta actividad
genera.




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4090






En la Gomera siempre se han usado artes de pesca tradicionales, que son
menos lesivas con el medio marino y son los propios pescadores a través
de la cofradía que quieren que se respete las normas que rigen las
capturas y piden que se cree esta zona de protección, para evitar los
malos usos detectados por pesca ilegal y recreativa.



Hay que destacar que La Gomera es una isla donde todas las aguas son
consideradas 'exteriores' por lo que recae en la competencia del Estado
las labores de vigilancia e inspección de la pesca tal cual está
establecido en el artículo 149.1.19 de la Constitución Española, que
atribuye al Estado la ' competencia exclusiva en materia de pesca
marítima en aguas exteriores, siendo de aplicación para esta enmienda
también, lo dispuesto en los artículos 13 y ss. de la Ley 3/2001, de 26
de marzo, de pesca marítima del Estado, y el artículo 46 del Reglamento
CE núm. 850/98, del Consejo, de 30 de marzo de 1998, para la conservación
de los recursos pesqueros a través de medidas técnicas de protección de
los juveniles de organismos marinos.



Esta especial relación que tiene la Isla con la Administración del Estado
requiere de una colaboración constante, por lo que la Reserva Marina de
Interés Pesquero se perfila como la mejor de las opciones para conseguir
todos los fines que se persiguen: Sostenibilidad de la actividad de la
pesca, recuperación de las especies y el medio marino y un mayor control
e inspección en la zona.



La zona ya está delimitada por el Cabildo y mucho del trabajo ya se ha
adelantado, ya que desde el año 2004 se comunicó al Cabildo Insular por
parte de la Viceconsejería de Pesca del Gobierno de Canarias el estudio
para el establecimiento, limitación y caracterización ecológica de los
espacios adecuados para la creación de la Reserva Marina de Interés
Pesquero en La Gomera. Así mismo y atendiendo al interés que despertó
esta declaración en la Isla, la propia Institución Insular solicitó
reiteradamente su creación al Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente del Gobierno de España, administración competente para
ello, así como a la Delegación del Gobierno en Canarias y a la propia
Viceconsejería de Pesca del Gobierno de Canarias.



Aun así, desde el año 2010 se encuentra paralizado el expediente para
lograr la aprobación de la declaración de la correspondiente Reserva
Marina de interés Pesquero de la Isla, El desbloqueo de esta situación
sin duda alguna, daría cabida a las legítimas aspiraciones de desarrollo
del sector pesquero y de una isla cuya población siempre ha sido
respetuosa con el medio ambiente lo que la ha llevado a ser declarada
Reserva de la Biosfera.



El área cumple con los requisitos para su selección como Reserva Marina de
Interés Pesquero, ya que cuenta con las características ideales y
necesarias para mantener su conservación y mejorar las condiciones de
reproducción de las especies de interés pesquero y la supervivencia de
sus formas juveniles.



Lo que se requiere es financiar los estudios, planificación y asistencia
técnica, para iniciar y concluir el expediente en este ejercicio de 2017
para que la zona delimitada pueda ser declarada cuanto antes Reserva
Marina de Interés Pesquero, es pues necesario este estudio dirigido al
conocimiento de los caladeros y a su explotación más racional y
sostenible.



Cabe recordar, que en Canarias ya contamos con tres reservas marinas y que
es una justa aspiración de la isla de La Gomera el sumarse a estos
modelos que se han demostrado útiles y especialmente apropiados para la
sostenibilidad de la pesca.



Las reservas marinas existentes en Canarias son:



La del entorno de la isla de La Graciosa y de los islotes del norte de la
isla de Lanzarote: declarada mediante Decreto 62/1995, de 24 de marzo,
por el que se establece una reserva marina de interés pesquero en el
entorno de la isla de La Graciosa y de los islotes del norte de Lanzarote
(BOC n.º 051, miércoles de 26 de abril de 1995), que ocupa una extensión
de 70.439 ha (la más grande de España) de las que el 60% son aguas
exteriores y el 40% son aguas interiores.



La del entorno de la Punta de La Restinga, Mar de Las Calmas, en la isla
de El Hierro: declarada mediante Decreto 30/1996, de 16 de febrero, por
el que se establece una reserva marina de interés pesquero en la isla de
El Hierro, en el entorno de la Punta de La Restinga, Mar de Las Calmas
(B.O.C. n.º 31, de 11 de marzo de 1996), que ocupa una extensión de 1.180
ha, correspondiendo un 50% a aguas exteriores y otro 50% a aguas
interiores.



La de la isla de La Palma: declarada mediante Orden de 18 de julio de
2001, por la que se establece una reserva marina en la isla de La Palma
(B.O.E. núm. 185, de 3 de agosto de 2001), que ocupa una




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extensión de 3.455 ha, que se sitúa entre la Caleta de los Pájaros y la
Punta Gruesa, siendo el 100% aguas exteriores y, por tanto, de exclusiva
competencia del Estado.



Es pues necesario concluir los trámites correspondientes del expediente
administrativo, para lo que es necesario realizar el estudio pertinente y
que se proceda a la aprobación de la Reserva Marina de Interés Pesquero
de La Gomera.
ENMIENDA NÚM. 5.921
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
De adición. Se añade una nueva disposición final con el siguiente texto:
'Disposición final XXX. Modificación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13
de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de
fomento de la competitividad.



Con efectos desde la entrada en vigor de esta ley y hasta tanto se regule
reglamentariamente, se modifican las cuantías de la asignación a las
comunidades autónomas por el nivel mínimo de protección previsto en el
artículo 9 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la
Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia,
contenidas en el apartado 2o de la Disposición transitoria undécima del
Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la
estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, quedando
como siguen:



Grado;Mínimo de protección



Grado III Gran Dependencia;229,32 €



Grado II Dependencia Severa;106,81 €



Grado I Dependencia Moderada;57,16 €
JUSTIFICACIÓN El Nivel Mínimo garantizado por la Administración General
del Estado para el ejercicio del derecho subjetivo a atención por parte
de las personas dependientes, contenido en el artículo 9,1 de la Ley
39/2006, se hace efectivo mediante transferencias finalistas a las
Comunidades Autónomas de cuantías mensuales fijas por persona atendida en
función de su Grado reconocido.



Dichas cuantías se redujeron sensiblemente mediante el Real Decreto-ley
20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad
presupuestaria y de fomento de la competitividad, que -además- suspendió
el otro nivel de financiación contenido en la Ley 39/2006: el nivel
acordado.



Por lo tanto, la mera incorporación de más crédito en 2017 al Programa:
Presupuestario 2311 de la Seguridad Social (que es el que soporta este
gasto estatal) no implica per se una mejora de la financiación del
sistema puesto que dichos fondos se seguirían librando conforme a las
cuantías aprobadas (recortadas) en 2012, lo que seguiría ahondando en la
tensión presupuestaria producida en las arcas autonómicas en estos años,
manteniendo la clara incapacidad de incorporar nuevos atendidos al
sistema y ahondando en las evidentes diferencias entre territorios en el
ejercicio de derechos de los ciudadanos.



El incremento de las cuantías por Grado de dependencia tiene tres impactos
reales inmediatos: permite que los fondos incrementados en el Proyecto de
Presupuestos 2017 sobre el año anterior puedan ser realmente ejecutados;
avanza en un mejor equilibrio de la financiación del sistema por las
administraciones públicas y ofrece mayor margen a las Comunidades
Autónomas para poder incrementar e! número de personas atendidas
disminuyendo así la lista de espera.




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4092






Se persigue por tanto avanzar en la garantía de atención a las personas en
situación de dependencia, en cumplimiento de lo dispuesto en los
artículos 9.1 y 32 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de
la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de
dependencia, a través de la mejora de la financiación finalista existente
tras la aprobación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de
medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la
competitividad, que redujo las aportaciones de dicho nivel mínimo y que
suspendió, como vuelve a hacer este Proyecto de Ley, el nivel acordado.
ENMIENDA NÚM. 5.922
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 60.
Servicio : 60.02.
Programa : 2311 Autonomía personal y atención a la dependencia.
Capítulo 4.
Artículo: 45 A Comunidades Autónomas.Concepto : 451 Para atención a
personas en situación de dependencia.



Dotación: 100.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 35.
Servicio : 35.01 Dirección General de Presupuestos. Fondo de Contingencia.
Programa : 929N.
Capítulo 5.
Artículo: 50.Concepto : 500.



Dotación: 100.000,00 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN El Nivel Mínimo garantizado por la Administración General
del Estado para el ejercicio del derecho subjetivo a atención por parte
de las personas dependientes, contenido en el artículo 9,1 de la Ley
39/2006, se hace efectivo mediante transferencias finalistas a las
Comunidades Autónomas de cuantías mensuales fijas por persona atendida en
función de su Grado reconocido.



Dichas cuantías se redujeron sensiblemente mediante el Real Decreto-ley
20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad
presupuestaria y de fomento de la competitividad, que -además- suspendió
el otro nivel de financiación contenido en la Ley 39/2006; el nivel
acordado.



Por lo tanto, la mera incorporación de más crédito en 2017 al Programa:
Presupuestario 2311 de la Seguridad Social (que es el que soporta este
gasto estatal) no implica per se una mejora de la financiación del
sistema puesto que dichos fondos se seguirían librando conforme a las
cuantías aprobadas (recortadas) en 2012, lo que seguiría ahondando en la
tensión presupuestaria producida en las arcas autonómicas en estos años,
manteniendo la clara incapacidad de incorporar nuevos atendidos al
sistema y ahondando en las evidentes diferencias entre territorios en el
ejercicio de derechos de los ciudadanos.



El incremento de las cuantías por Grado de dependencia tiene tres impactos
reales inmediatos: permite que los fondos incrementados en el Proyecto de
Presupuestos 2017 sobre el año anterior puedan ser realmente ejecutados;
avanza en un mejor equilibrio de la financiación del sistema por las




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administraciones públicas y ofrece mayor margen a las Comunidades
Autónomas para poder incrementar el número de personas atendidas
disminuyendo así la lista de espera.



Esta enmienda persigue en definitiva dar respaldo presupuestario a la
mejora de la financiación finalista (Nivel Mínimo de protección) del
sistema de promoción de la autonomía personal y atención a las personas
en situación de dependencia (auténtica garantía del ejercicio de los
derechos subjetivos).



A la Mesa de la Comisión de Presupuestos



Los Grupos Parlamentarios abajo firmantes, al amparo de lo dispuestos en
el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan las
siguientes enmiendas al articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2017.



Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de mayo de 2017.-Rafael Antonio
Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.-Isidro Manuel Martínez Oblanca, Diputado.-Joan Baldoví Roda,
Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.
ENMIENDA NÚM. 5.923
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



Isidro Manuel Martínez Oblanca (Grupo Parlamentario Mixto)
De adición. Se propone la introducción de una nueva disposición adicional
con el siguiente texto:
'Disposición adicional XXX. Medidas en el ámbito sectorial del carbón.



Uno. El Gobierno, con la finalidad de garantizar el desarrollo económico
de las comarcas mineras, promoverá la firma de convenios marco de
colaboración entre el Ministerio de Energía, Industria y Agenda Digital y
las Comunidades Autónomas afectadas por el cierre de la minería del
carbón, conforme a lo previsto en el Real Decreto 675/2014, de 1 de
agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para el
impulso económico de las comarcas mineras del carbón, mediante el
desarrollo de proyectos de infraestructuras y proyectos de restauración
de zonas degradadas a causa de la actividad minera.



Dos. Excepcionalmente dichos convenios marco podrán prever la
incorporación de actuaciones adicionales de proyectos de ios sucesivos
planes sectoriales del carbón que se encuentren pendientes de
liquidación, previa autorización del Ministerio de Hacienda y Función
Pública y siempre con pleno cumplimiento de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y de su normativa de desarrollo.



Tres. Asimismo, el Gobierno promoverá mecanismos de apoyo para la
reducción de las emisiones medioambientales en las centrales térmicas de
carbón, con sometimiento a los requisitos y límites previstos en la
normativa de ayudas de estado de la Unión Europea.'
JUSTIFICACIÓN Con el objetivo de garantizar la ejecución de las
previsiones presupuestarias destinadas a la financiación de las medidas
que permitan la creación de empleo alternativo en las regiones afectadas
por el proceso de restructuración de la minería del carbón (inversiones
en infraestructuras y actuaciones dirigidas a evitar el deterioro
medioambiental), es necesario impulsar una actuación conjunta y
coordinada




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de la Administración General del Estado y de las Administraciones de las
CCAA afectadas mediante la adopción de los correspondientes marcos de
colaboración. Con ello, se pretende asegurar tanto una correcta
priorización de los proyectos a realizar como la eficiencia en la
aplicación de los recursos disponibles.



Estos nuevos instrumentos de colaboración deben permitir, asimismo,
culminar actuaciones amparadas en los anteriores Planes para la minería
del carbón (19982005 y 2006-2012) y acometer nuevos proyectos de
infraestructuras y desarrollo alternativo en el marco normativo aplicable
(Real Decreto 675/2014, de 1 de agosto, por el que se establecen las
bases reguladoras de ayudas para el impulso económico de las comarcas
mineras del carbón, mediante el desarrollo de proyectos de
infraestructuras y proyectos de restauración de zonas degradadas a causa
de la actividad minera), al amparo de los previsto en la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones y de su normativa de
desarrollo).



Por otra parte, en el marco de una política energética orientada al largo
plazo, con el objetivo de aprovechar al máximo los recursos disponibles,
impulsar la competitividad, crear empleo y colaborar activamente en la
lucha contra el cambio climático se hace necesario adoptar medidas
destinadas a asegurar el funcionamiento de las centrales térmicas, a
medio y largo plazo, más allá del 2020. En este contexto, las centrales
térmicas de carbón contribuyen activamente, como fuente gestionable, al
correcto funcionamiento del sistema eléctrico.



A la Mesa de la Comisión de Presupuestos



Don Isidro Martínez Oblanca, Diputado de FORO integrado en el Grupo
Parlamentario Mixto, doña Susana López Ares y don José Ramón García
Cañal, integrados en el Grupo Parlamentario Popular, de acuerdo con lo
establecido en el vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan la siguiente enmienda al Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado para 2017.



Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de mayo de 2017.-Susana López
Ares y José Ramón García Cañal, Diputados.-Rafael Antonio Hernando
Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.-Isidro
Manuel Martínez Oblanca, Diputado.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo
Parlamentario Mixto.
ENMIENDA NÚM. 5.924
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



Isidro Manuel Martínez Oblanca (Grupo Parlamentario Mixto)



PRESUPUESTO DEL ORGANISMO INST. NAL. DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA
(INAEM)



18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



107 Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.



335A Música y Danza.



4: Transferencias corrientes.



48 A familias e instituciones sin fines de lucro.



485.02 A la Fundación Festival de la Ópera de Oviedo para el desarrollo de
su temporada lírica.



50 miles de euros.



50 miles de euros.



18: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



107 Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.



335A Música y Danza.




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2 Gastos corrientes en bienes y servicios.



28 Gastos relacionados con la actividad comercial.



280 Gastos relacionados con la actividad comercial.



50 miles de euros.



A la Mesa de la Comisión de Presupuestos



Los Grupos Parlamentarios abajo firmantes, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta las
siguientes enmiendas a la Sección: 27, Ministerio de Economía, industria
y Competitividad, del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2017.



Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de mayo de 2017.-Rafael Antonio
Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.-Isidro Manuel Martínez Oblanca, Diputado.-Joan Baldoví Roda,
Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.
ENMIENDA NÚM. 5.925
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



Isidro Manuel Martínez Oblanca (Grupo Parlamentario Mixto)



De modificación.
BAJA Sección: 27: Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
Servicio : 16: Dirección General de Industria y Pyme.
Programa : 422M: Reconversión y Reindustrialización.
Capítulo 8: Activos Financieros.
Artículo: 83.Concepto : 833.00: Programa: de reindustrialización y
fortalecimiento de la competitividad.
Importe : 10.000 (miles de euros).
ALTA Sección: 27: Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
Servicio : 16: Dirección General de Industria y Pyme.
Programa : 422M: Reconversión y Reindustrialización.
Capítulo 8: Activos Financieros.
Artículo: 83.Concepto : 833.12: Asturias.
Importe : 10.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN La reciente publicación del índice de Competitividad de las
regiones europeas, elaborado trianualmente por la Comisión Europea, ha
puesto de manifiesto el descenso de Asturias hacia el bloque menos
competitivo de las 263 regiones europeas. Ese dato unido a los
indicadores oficiales del INE explica la necesidad de singularizar para
Asturias el Programa: de reindustrialización y fortalecimiento de la
competitividad que se acompaña de acciones informativas específicas en
Asturias por parte del Ministerio




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de Economía, Industria y Competitividad para estimular el desarrollo
industrial mediante la financiación de proyectos de inversión para la
mejora de la competitividad industrial o que contribuyan a la
reindustrialización.



A la Mesa de la Comisión de Presupuestos



Los Grupos Parlamentarios abajo firmantes, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la
siguiente enmienda a la Sección: 20, Ministerio de Energía, Turismo y
Agenda Digital, del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2017.



Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de mayo de 2017.-Rafael Antonio
Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.-Isidro Manuel Martínez Oblanca, Diputado.-Joan Baldoví Roda,
Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.
ENMIENDA NÚM. 5.926
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



Isidro Manuel Martínez Oblanca (Grupo Parlamentario Mixto)



De modificación.
ALTA Sección: 20 Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.



Organismo 101 Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón
y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.
Programa : 457M Infraestructuras en Comarcas Mineras del Carbón.
Capítulo 7 Transferencias de Capital.
Artículo: 75.Concepto : 751.1: Reactivación Económica de las Comarcas
Mineras del Carbón en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.



Importe 10 (millones de euros).
BAJA Sección: 20 Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.



Organismo 101 Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón
y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.
Programa : 457M Infraestructuras en Comarcas Mineras del Carbón.
Capítulo 7 Transferencias de Capital.
Artículo: 75.Concepto : 751: Reactivación Económica de las Comarcas
Mineras del Carbón.
Importe : 10 (millones de euros).
JUSTIFICACIÓN La reciente publicación del índice de Competitividad de las
regiones europeas, elaborado trianualmente por la Comisión Europea, ha
puesto de manifiesto el descenso de Asturias hacia el bloque menos
competitivo de las 263 regiones europeas. Ese dato unido a los
indicadores oficiales del INE explica la necesidad de singularizar para
Asturias el Programa: de Reactivación económica de las comarcas mineras




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del carbón de acciones específicas en materia de infraestructuras en
Asturias por parte del Instituto para la Reestructuración de la Minería
del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.



A la Mesa de la Comisión de Presupuestos



El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuestos
en el artículo 110 y ss. del Reglamento de la Cámara, presenta las
siguientes enmiendas al articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2017.



Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de mayo de 2017.-Rafael Antonio
Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
ENMIENDA NÚM. 5.927
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



A la disposición final vigésima quinta
De adición. Se añade un apartado Uno.bis, nuevo a la disposición final
vigésima quinta, con la siguiente redacción:



'Uno bis. Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia
indefinida se da nueva redacción al apartado Dos de la Disposición
adicional quincuagésima tercera de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, que queda redactado
como sigue:



Dos. La duración del Programa: de apoyo a este acontecimiento abarcará
hasta desde el 1 de julio de 2015 al 31 de diciembre de 2019.'
JUSTIFICACIÓN La enmienda prevé la ampliación del programa.
ENMIENDA NÚM. 5.928
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



La enmienda núm. 5.928 del Grupo Parlamentario Popular fue retirada por
escrito del Grupo con fecha de 9 de mayo de 2017.




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ENMIENDA NÚM. 5.929
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



A la disposición final décima segunda ter (nueva)
De adición. Se introduce una nueva disposición final, décima segunda ter,
con la siguiente redacción:
'Disposición final décimo segunda ter. Modificación de la disposición
adicional segunda de la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado
de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y
sacrificio.



Con efectos desde la entrada en vigor de esta ley y vigencia indefinida,
se modifica el apartado 6 de la disposición adicional segunda de la Ley
32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales en su
explotación, transporte, experimentación y sacrificio, relativa a la tasa
por la prestación de servicios y gestión de permisos y certificados en el
ámbito del Convenio sobre el Comercio Internacional de especies
amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES), que queda redactado como
sigue:



'6. Determinación de la cuota.



La cuantía da la tasa a ingresar será:



a) Por permisos CITES de importación con un anexo: 20 euros que se
incrementará en 15 euros más por anexo.



b) Por permisos CITES de exportación con un anexo: 20 euros que se
incrementará en 15 euros más por anexo.



c) Por certificados CITES de reexportación con un anexo: 20 euros que se
incrementará en 15 euros más por anexo.



d) Por certificados de propiedad privada: 30 euros.



e) Por certificados de uso comunitario: 20 euros.



f) Por certificados de exhibición itinerante: 20 euros.



g) Por certificados de colección de muestras: 20 euros.



h) Por certificados de instrumentos musicales: 20 euros.''
JUSTIFICACIÓN La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies
Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre firmada en Washington el 3 de marzo
de 1973 (CITES), del que España es país signatario desde el 16 de mayo de
1986, se aplica en la Unión Europea a través del Reglamento (CE) n.°
338/97 del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección
de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su
comercio, y del Reglamento (CE) n.° 865/2006 de la Comisión, de 4 de mayo
de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del
Reglamento (CE) n° 338/97 del Consejo relativo a la protección de
especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su
comercio.



Junto a ello, el Reglamento de Ejecución (UE) n.° 792/2012 de la Comisión,
de 23 de agosto de 2012, por el que se establecen disposiciones sobre el
diseño de los permisos, certificados y otros documentos previstos en el
Reglamento (CE) n.º 338/97 del Consejo, relativo a la protección de
especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su
comercio, y se modifica el Reglamento (CE) n.° 865/2006 de la Comisión,
en su artículo 1, describe el diseño y las especificaciones técnicas de
distintos permisos, certificados y otros documentos previstos en el
Reglamento (CE) n.° 338/97 y el Reglamento (CE) n.° 865/2006, entre
ellos, los certificados de colección de muestras.




Página
4099






Por su parte, el Reglamento de Ejecución (UE) n.° 2015/57, de la Comisión,
de 15 de enero de 2015 por el que se modifica el citado Reglamento de
Ejecución (UE) n.° 792/2012 de la Comisión, de 23 de agosto de 2012,
procede al establecimiento de nuevos certificados de uso comunitario.



En concreto, su artículo 1.a), dispone la creación de los certificados de
instrumento musical, así como los modelos a utilizar.



El Real Decreto 1739/1997, de 20 de noviembre, sobre medidas de aplicación
del Convenio sobre Comercio Internacional de especies amenazadas de Fauna
y Flora Silvestres (CITES), hecho en Washington el 3 de marzo de 1973 y
del Reglamento (CE) 338/97, del Consejo, de 9 de diciembre de 1996,
relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres
mediante el control de su comercio, establece que la Dirección General de
Comercio Exterior del Ministerio de Economía y Hacienda (en la
actualidad, Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones),
actuará como Autoridad Administrativa, a los efectos establecidos en el
artículo 13, apartado 1, párrafo a) del Reglamento (CE) número 338/97.



De acuerdo con lo anterior, la Autoridad Administrativa principal es la
responsable para adoptar cuantas medidas se consideren adecuadas para
garantizar la correcta aplicación de los requisitos establecidos en la
reglamentación de la UE.



Hasta la fecha, como quiera que la solicitud de certificados de colección
de muestras y de instrumentos musicales era muy reducida y,
habitualmente, para operaciones de reexportación, se han venido
utilizando este tipo de certificados para facilitar las operaciones
comerciales de exportación en el ámbito CITES.



La madera de Dalbergia es ampliamente utilizada para la producción de
instrumentos musicales, en particular de guitarras españolas, que cuentan
con una gran demanda a nivel internacional.



En la última Conferencia de las Partes del Convenio CITES, celebrada el
pasado año en Johannesburgo, se adoptó la inclusión de unas trescientas
especies de maderas de Dalbergia, en el Apéndice II del Convenio. Esto
supone que todos los productos elaborados con una de estas maderas, se
han sometido a partir del 2 de enero de 2017, a una estricta regulación
comercial que obliga a la emisión de certificados que permitan su
comercio internacional y en el ámbito de la UE.



En consecuencia, se hace necesario dotar de los correspondientes
certificados a los citados instrumentos musicales, así como respecto de
colecciones privadas que cuentan con objetos fabricados a base de madera,
que permitan las operaciones comerciales de exportación e importación. En
caso de no emitir este tipo de certificados en fecha próxima, podría
producir un claro perjuicio económico a las empresas españolas, en
general de muy pequeña dimensión, ya que podrían ver frustradas muchas de
sus operaciones comerciales previstas.



Para el establecimiento del valor de la tasa se han aplicado los valores
vigentes, ya que la confección de los certificados es prácticamente igual
que los que ya se vienen utilizando.



Además, se ha modificado la definición de la tasa a aplicar en todos los
casos, con el fin de adaptarla a la realidad de la utilización de los
certificados, atendiendo a que los mismos constan de una serie de bloques
a cumplimentar, que pueden corresponder a objetos distintos, procedentes
de una misma especie, o de diferentes especies.
ENMIENDA NÚM. 5.930
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



A la disposición final décima primera
De adición. Se añade un apartado cinco, bis, nuevo a la disposición final
décima primera, con la siguiente redacción:




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4100






'Cinco bis. Se da nueva redacción al artículo 108 de la Ley 47/2003, de 26
de noviembre, General Presupuestaria, que queda redactado como sigue:



Artículo 108. Cuentas del Tesoro Público y operaciones de gestión
tesorera.



1. Con carácter general, los ingresos y pagos de la Administración General
del Estado, sus organismos autónomos y las agencias estatales, se
canalizarán a través de la cuenta o cuentas que se mantengan en el Banco
de España, en los términos que se convenga con éste, conforme al artículo
13 de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España. La
apertura de estas cuentas, salvo aquéllas destinadas a la centralización
de la tesorería de cada organismo autónomo o agencia estatal, requerirá
de autorización previa de la Secretaría General del Tesoro y Política
Financiera.



Podrán abrirse cuentas en el Instituto de Crédito Oficial cuando éste
actúe como agente financiero de las entidades mencionadas en el párrafo
anterior. Los convenios reguladores de las condiciones de utilización de
dichas cuentas deberán ser informados favorablemente por la Secretaría
General del Tesoro y Política Financiera con carácter previo a su
suscripción.



El Ministro de Economía, Industria y Competitividad podrá establecer
supuestos excepcionales en los que la Secretaría General del Tesoro y
Política Financiera podrá autorizar la apertura de cuentas en otras
entidades de crédito, en los términos establecidos en el artículo
siguiente.



2. Con objeto de facilitar la gestión tesorera, el Ministro de Economía,
Industria y Competitividad podrá autorizar a la Secretaría General del
Tesoro y Política Financiera a realizar operaciones a corto plazo de
adquisición temporal de activos, préstamo, depósito a plazo y colocación
de fondos en cuentas tesoreras.



Con la misma finalidad, el Ministro de Economía, Industria y
Competitividad podrá autorizar a la Secretaría General del Tesoro y
Política Financiera a realizar operaciones pasivas de tesorería a un
plazo no superior a tres meses. Dichas operaciones podrán ser de crédito,
préstamo, depósito, de anticipo de ingresos o revestir alguna de las
modalidades contempladas en la letra c del artículo 99.2.



En la autorización de las operaciones se concretarán las condiciones en
que podrán efectuarse las mismas, que respetarán los principios de
solvencia, publicidad, concurrencia y transparencia, adecuados a la
operación de que se trate en cada caso.



Las operaciones a que se refieren los párrafos anteriores tendrán carácter
no presupuestario, salvo los rendimientos o gastos que deriven de las
mismas que se aplicarán al presupuesto del Estado.



Las operaciones de adquisición temporal de activos podrán tener por objeto
los mismos valores que el Banco de España admita en sus operaciones de
política monetaria.



Se autoriza a la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera a
tramitar la adhesión a mercados regulados u otros centros de negociación,
siempre que ello resulte necesario a los efectos de poder utilizar
valores negociados en los mismos en las operaciones de adquisición
temporal de activos. Asimismo se autoriza a la Secretaría General del
Tesoro y Política Financiera a adherirse a sistemas de liquidación tales
como TARGET2-Banco de España siempre y cuando sea necesario para la
ejecución de las operaciones descritas en el segundo párrafo del apartado
2.



3. Los activos a que se refiere el apartado anterior, que hubieran sido
objeto de garantía a favor del Banco de España, según lo previsto en la
disposición adicional sexta de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de
Autonomía del Banco de España, podrán ser aplicados temporalmente por sus
titulares en cobertura de las operaciones de gestión tesorera de la
Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, instrumentadas a
través del Banco de España, en los términos que el Ministro de Economía,
Industria y Competitividad establezca y siempre que se cumplan las
siguientes condiciones:



a) Que el titular de los activos otorgue su consentimiento, el cual podrá
prestarse en el contrato o documento de garantía celebrado con el Banco
de España.



b) Que existan activos de garantía disponibles, una vez garantizadas
adecuadamente las obligaciones frente al Banco de España y a satisfacción
de éste.



Los activos citados quedarán sujetos al cumplimiento de las obligaciones
frente al Tesoro Público, teniendo esta garantía plenos efectos frente a
terceros, sin más formalidad que la de que




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4101






el Banco de España verifique que existen activos de garantía disponibles
para el cumplimiento de cada una de dichas obligaciones. Una vez
satisfechas tales obligaciones, los activos quedarán de nuevo afectos en
garantía frente al Banco de España.



En caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas frente al Tesoro
Público, la ejecución de las garantías aplicadas temporalmente se
realizará por el Banco de España actuando por cuenta del primero, a
través de los procedimientos previstos en la disposición adicional sexta
de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España. A
estos efectos, la certificación prevista en la misma deberá ser expedida
por la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, debiendo
acompañarse igualmente una certificación del Banco de España acreditativa
de la afección temporal de los activos de garantía que sean objeto de
ejecución.'
JUSTIFICACIÓN El objetivo de las modificaciones normativas propuestas en
el apartado 2 del artículo 108 es gestionar la tesorería del Estado de
forma más eficiente, permitiendo un ahorro para las arcas públicas y por
ende, para el contribuyente.



En primer lugar, se traslada más abajo la parte del primer párrafo del
apartado 2 relativo a las condiciones que han de tener las autorizaciones
de las operaciones activas de tesorería para que estos requisitos también
sean de aplicación a las operaciones pasivas de tesorería.



En segundo lugar, en el párrafo que regula las operaciones pasivas de
préstamo se elimina el término 'excepcionalmente' presente en la
redacción actual con el fin de dar un carácter de normalidad a este tipo
de operación que mejora la eficiencia de la gestión tesorera, que se
traducirá en un abaratamiento de los costes financieros del Estado.



Es preciso que el Tesoro cuente con instrumentos que permitan hacer frente
a posibles desfases temporales de tesorería de una forma normalizada y no
con carácter excepcional como señalaba la norma hasta ahora. Otros
Tesoros Públicos europeos tales como Francia, Bélgica, Holanda, Reino
Unido e Irlanda ya cuentan con instrumentos de financiación flexible y a
muy corto plazo con el fin de tener una gestión de tesorería más
eficiente.



Hay circunstancias que hacen necesaria esta mayor flexibilidad que
garantice una respuesta rápida ante un eventual desfase, bien porque sea
pertinente disminuir los saldos medios del Tesoro, bien porque existan
modificaciones en los calendarios de ingreso de la recaudación tributaria
que genere desfases de tesorería.



Por un lado, una gestión eficiente de la tesorería puede requerir la
reducción de los saldos medios remanentes del Tesoro, por ejemplo, en el
momento actual el exceso de liquidez en el sistema financiero y tipos de
interés negativos en el mercado monetario dificultan la colocación y
rentabilización de la liquidez del Tesoro Público a través de las
habituales operaciones activas, todo ello da lugar a que los saldos del
Tesoro deban permanecer depositados en el Banco de España. Estos saldos
depositados en el Banco de España tienen un coste explícito: la facilidad
marginal de depósito que el Banco Central Europeo ha fijado en tipos
negativos desde 2015. En la actualidad la facilidad marginal de depósito
se sitúa en el -0,40%.



Por otro lado, el calendario de ingresos en el Tesoro de los recursos
procedentes de los tributos, establecido en el Reglamento General de
Recaudación aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, genera
algunos desfases de tesorería relevantes. A pesar de la coordinación
existente entre los grandes pagos y los grandes ingresos existen
excepciones en el calendario del contribuyente que retrasan el ingreso en
Tesoro de la recaudación tributaria en momentos en los que existe grandes
pagos a realizar. Sin unos instrumentos de gestión de tesorería que
permitan superar estos valles, es precisa una mayor emisión de deuda en
los meses precedentes para poder superar tales desfases, con las
implicaciones negativas en términos de coste y de consecución de
objetivos de política económica que ello conlleva.



Además, el calendario del contribuyente incorpora nuevas excepciones a la
regla general que provocan nuevos desfases y agravan determinados valles,
como ocurre por ejemplo con la entrada en vigor a partir del 1 de julio
de 2017 de las modificaciones introducidas en el nuevo Reglamento del IVA
a través del Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre.



En tercer lugar, en el mismo apartado, se ha optado por eliminar el
término 'préstamo' para poder incluir otros tipos de operaciones pasivas
de tesorería que se enumeran a continuación:



Operaciones de crédito: con el fin de asegurar el buen fin de una
operación y poder asegurar el contar con los recursos necesarios, puede
interesar contratar la misma con varias semanas o meses de




Página
4102






antelación, sobre unos importes estimados. Llegado el momento de ejecución
de la operación, las necesidades reales de financiación pueden ser
inferiores, por lo que la cantidad a disponer será menor y permitirá
abaratar el coste de la operación.
- Operaciones de préstamo: a realizar cuando los importes sean ciertos.
- Operaciones de depósito: operación similar al préstamo en la que las
entidades adjudicatarias de la operación depositarían una cantidad cierta
en una cuenta Target2 del Banco de España. Conviene introducir esta
modalidad puesto que las operaciones de depósito podrían tener precios
inferiores a las operaciones de préstamo.
- Anticipo de ingresos: operación consistente en que las entidades
financieras puedan anticipar la fecha de ingreso en el Tesoro de todo o
una parte de los ingresos tributarios o de otra naturaleza que ya estén
en su poder a cambio de un precio.
- Alguna de las modalidades contempladas en la letra c del artículo
99.2LGP, como son la venta simple o con pacto de recompra de valores de
nuevas emisiones, ampliaciones de emisiones existentes o de valores que
el Tesoro Público tenga en su cuenta de valores. Incluso podrían
incluirse valores tomados a préstamo que estén disponibles en las cuentas
de valores de algún Ente Público. Ello permitiría acceder a la liquidez
en condiciones de mercado que pueden ser más favorables respecto al coste
que otro tipo de instrumentos (el tipo medio de financiación vía
operaciones 'repo' actualmente se sitúa en el -0,37%).



En cuarto lugar, en el último párrafo se sustituye 'mercados secundarios
de valores, tales como AIAF Mercado de Renta Fija', por 'mercados
regulados u otros centros de negociación'. Se trata de actualizar la
terminología utilizada para alinearla con las recientes reformas de la
normativa europea sobre mercados e instrumentos financieros (Directiva
2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014
relativa a los mercados de instrumentos financieros) que se transpondrá
en el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores. Además, para
mayor flexibilidad en la gestión de la tesorería, se amplía la
autorización para que la Secretaría General del Tesoro y Política
Financiera pueda ser miembro, no sólo de mercados regulados sino también
de cualquier otro centro de negociación como sistemas multilaterales de
negociación, entre otros, si así se estima conveniente.



Por último, en este mismo párrafo se añade la posibilidad de que la
Secretaría General del Tesoro y Política Financiera pueda adherirse a
sistemas de liquidación tales como TARGET2-Banco de España. Dicha
adhesión puede ser necesaria para la ejecución de operaciones pasivas de
depósitos.
ENMIENDA NÚM. 5.931
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



Al artículo 18
De modificación Se da nueva redacción a la letra f) del apartado uno del
artículo 18, que queda redactada como sigue:



'f) Las sociedades mercantiles públicas, entendiendo por tales aquéllas en
las que la participación, directa o indirecta, en su capital social de
las Administraciones y entidades enumeradas en este artículo sea superior
al 50 por ciento. En el sector público estatal se considerarán como tales
las reguladas en el artículo 111.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.'




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4103






JUSTIFICACIÓN El texto del Proyecto define a las sociedades mercantiles
públicas con una remisión a lo dispuesto en el artículo 111.1 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Sin
embargo, este precepto está incompleto por regular únicamente las
sociedades mercantiles del sector público estatal. Por ello, se considera
necesario la modificación manteniendo la definición de sociedades
mercantiles que viene figurando en anteriores Leyes de Presupuestos y
añadir, respecto del sector público estatal, las reguladas en el artículo
111.1 de la Ley 40/2015.



La preenmienda supone una mejora técnica del texto del Proyecto.
ENMIENDA NÚM. 5.932
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



A la disposición final primera



De supresión.



Se suprime el apartado uno de la disposición final primera del proyecto,
renumerándose, en consecuencia, los apartados sucesivos.
JUSTIFICACIÓN En el apartado uno de la disposición final primera del
Proyecto supone la modificación del artículo 14 del texto refundido de la
Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo
670/1987, de 30 de abril, relativo a la 'Revisión de actos
administrativos' por vía de recurso, recurribles ante el Tribunal
Económico Administrativo Central previamente a la interposición del
correspondiente recurso contencioso-administrativo, e implica desgajar la
impugnación de los acuerdos de la Dirección General de Costes de Personal
y Pensiones Públicas, en materias que sean de su competencia, de dicha
vía impugnatoria, más propia de la Administración tributaria y
financiera, con el fin de integrarla en el procedimiento de revisión de
los actos en vía administrativa, común a las Administraciones Públicas,
conforme a la tipología de recursos administrativos ordinarios regulados
por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo
Común de las Administraciones Públicas.



La citada modificación del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del
Estado, estaba acompañada de otras tres propuestas normativas coordinadas
entre sí; esto es: la propuesta de supresión de la letra c) de la
disposición adicional undécima. 1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria, la propuesta sobre previsión del régimen transitorio
que ello conlleva y, por último, la propuesta de modificación del
articulado de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todas ellas, por su complejidad,
se retiraron salvo, por error, la que supone la modificación del artículo
14 del Texto refundido.



En consecuencia, por lo expuesto, se propone la supresión de la
modificación del artículo 14 del Texto refundido de la Ley de Clases
Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30
de abril, contenida en el apartado Uno de la Disposición final primera
del Proyecto de Ley.




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4104






ENMIENDA NÚM. 5.933
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



A la disposición final trigésima segunda
De modificación Se da nueva redacción al primer párrafo de la disposición
final trigésima segunda, que queda redactado como sigue:



'Con vigencia indefinida, se faculta al Secretario de Estado de Función
Pública para que, con el fin de agilizar y simplificar los trámites
necesarios para proceder al reconocimiento y pago de las pensiones
públicas, pueda modificar los procedimientos de jubilación del personal
civil incluido en el ámbito de cobertura del Régimen de Clases Pasivas
del Estado.'
JUSTIFICACIÓN La propuesta normativa tiene por objeto otorgar vigencia
indefinida a una disposición final habitual en la Ley anual de
Presupuestos Generales del Estado, que venía repitiendo desde 1994, y
cuyo tenor era el siguiente: 'Se prorroga durante el año XXX la facultad
conferida en la disposición final tercera de la Ley 39/1992, de 29 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1993'.



La disposición final trigésima segunda del presente proyecto de Ley
reproduce el contenido de la referida disposición final tercera de la Ley
39/1992. La modificación que se propone supone una mejora técnica del
precepto porque le confiere vigencia al precepto, de modo que no será
preciso incorporarla en las próximas leyes de presupuestos, al tiempo que
se actualiza y mejora su redacción.
ENMIENDA NÚM. 5.934
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



A la disposición adicional nonagésima segunda
De modificación Se da nueva redacción a la disposición adicional
nonagésima segunda, que queda redactada como sigue:
'Disposición adicional nonagésima segunda. Destino del superávit de las
entidades locales correspondiente a 2016.



En relación con el destino del superávit presupuestario de las entidades
locales correspondiente al año 2016 se prorroga para 2017 la aplicación
de las reglas contenidas en la disposición adicional sexta de la Ley
Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, para lo que se deberá tener en cuenta la
disposición adicional decimosexta del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.



A los efectos del apartado 5 de la disposición adicional decimosexta del
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el
supuesto de que un proyecto de inversión no pueda ejecutarse íntegramente
en 2017, la parte restante del gasto autorizado en 2017 se podrá




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4105






comprometer y reconocer en el ejercicio 2018 financiándose con cargo al
remanente de tesorería de 2017 que quedará afectado a ese fin por ese
importe restante y la entidad local no podrá incurrir en déficit al final
del ejercicio 2018.'
JUSTIFICACIÓN La enmienda presentada modifica la disposición adicional
nonagésima segunda del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2017. Se posibilita que se pueda destinar el superávit
obtenido en 2016 a financiar proyectos de inversión que puedan
calificarse como financieramente sostenibles que no estén concluidos en
el ejercicio 2017 y respecto de los cuales al menos esté autorizado el
gasto, pudiendo comprometerse éste y reconocerse la obligación en 2018.



Hasta ahora, y en la redacción inicial de la disposición adicional a la
que se refiere la presente enmienda, cabía aquella posibilidad, pero el
gasto debía estar autorizado y comprometido en el ejercicio de aplicación
del superávit. Esta opción tenía justificación con una entrada en vigor
de la norma el día 1 de enero del ejercicio.



Considerando la fecha de presentación del Proyecto de Ley en las Cortes
Generales y la posible fecha de aprobación del mismo, la prórroga de la
regla especial del destino del superávit podría carecer de operatividad
si se exigiese en todo caso que en 2017 se realizasen las fases del
procedimiento de ejecución del gasto de autorización y disposición o
compromiso, siendo necesario no requerir el desarrollo de esta última en
el mismo ejercicio.
ENMIENDA NÚM. 5.935
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



A la disposición final segunda
De modificación Se modifica el apartado tres de la disposición final
segunda, de modificación de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de
modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de
Canarias, que quedan redactados como sigue:



Tres. Se da nueva redacción al número 2 del artículo 73, que queda
redactado como sigue:



'2. Las importaciones definitivas a que se refieren los números 4, 6, 8, 9
y 10 del artículo 14 de la presente Ley, siempre que los bienes
importados estén comprendidos en el Anexo I de la Ley de la Comunidad
Autónoma de Canarias 4/2014 y se cumplan los requisitos contenidos en los
citados números.'
JUSTIFICACIÓN La redacción del número 2 del artículo 73 de la Ley 20/1991
que consta en el proyecto de Ley es exactamente igual al vigente, cuando
el objetivo de la reforma es eliminar, por la especial configuración del
AIEM, la referencia al número 11 del artículo 14 de la Ley de la
Comunidad Autónoma de Canarias 4/2014.




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4106






ENMIENDA NÚM. 5.936
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



A la disposición adicional nonagésima quinta
De modificación Se da nueva redacción a la disposición adicional
nonagésimo quinta que queda redactada como sigue:
'Disposición adicional nonagésima quinta. Modificación del ámbito
objetivo del Fondo de Ordenación, compartimento del Fondo de Financiación
a Entidades Locales.



Uno. Para el ejercicio de 2017, en el ámbito objetivo regulado en el
artículo 40.1 del Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de
medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y
entidades locales y otras de carácter económico, se podrá incluir por los
municipios a los que se refiere el artículo 39.1 de la misma norma, las
cuantías que estén pendientes de amortizar y que correspondan a
operaciones que se formalizaron en el marco de la Línea de crédito para
la cancelación de deudas de las Entidades locales con empresas y
autónomos, regulada en la Sección: segunda, del Capítulo II, del Real
Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores
hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con
empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de
la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de
simplificación administrativa, y por las que se estén aplicando
retenciones en la participación de aquellas entidades locales en los
tributos del Estado.



Dos. Los ayuntamientos que se hayan adherido o se adhieran en 2017 al
compartimento Fondo de Ordenación, del Fondo de Financiación a Entidades
Locales, podrán solicitar, con carácter excepcional, antes de 15 de
septiembre de 2017 la formalización de préstamos con cargo a aquel
compartimento, para la cancelación de la deuda pendiente con la Agencia
Estatal de Administración Tributaria y con la Tesorería General de la
Seguridad Social, y que esté siendo objeto de compensación mediante la
aplicación de retenciones de la participación en tributos del Estado,
todo ello de conformidad con la condicionalidad establecida en el Real
Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, atendiendo a la situación
específica de los ayuntamientos solicitantes de las contempladas en el
artículo 39.1 de dicha norma.'
JUSTIFICACIÓN La enmienda presentada modifica la disposición adicional
nonagésima quinta del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2017. Se posibilita que excepcionalmente en 2017 se
puedan financiar con cargo al Fondo de Ordenación las deudas que tengan
los ayuntamientos con la AEAT y la TGSS y por las que se estén aplicando
retenciones de la participación en tributos del Estado.



Podrían beneficiarse 55 ayuntamientos, que tienen una deuda total con AEAT
y TGSS del 58,4 M€.



Se trata de ayuntamientos que están adheridos al Fondo de Ordenación (se
admite que se adhieran al Fondo para atender dichas deudas) y que se
encuentren en situación de riesgo financiero en los términos definidos
por el artículo 39.1.a) del Real Decreto-ley 17/2014 o que no se pueden
refinanciar en condiciones de prudencia financiera, supuesto contemplado
en el artículo 39.1.b) de la misma norma.



En ambos casos, se requerirá la condicionalidad fiscal establecida en
dicho Real Decreto-ley, si bien con las particularidades que se refieren
a cada una de esas situaciones (riesgo financiero o no refinanciación en
condiciones de prudencia financiera).



Con ello se pretende posibilitar el saneamiento financiero de los
ayuntamientos concernidos y que se estén al corriente del pago de sus
obligaciones con la AEAT y TGSS y pueda ser beneficiarios de subvenciones
que conceden otras Administraciones Públicas.




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ENMIENDA NÚM. 5.937
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



A la disposición adicional quincuagésima novena
De adición. Se añade un nuevo apartado 16.ª nuevo al apartado Uno de la
disposición adicional quincuagésima novena, con la siguiente redacción:



'16.ª Las llevadas a cabo por la Fundación ONCE en el marco del Programa:
de Becas 'Oportunidad al Talento', así como las Actividades culturales
desarrolladas por esta entidad en el marco de la Bienal de Arte
Contemporáneo, el Espacio Cultural 'Cambio de Sentido' y la Exposición
itinerante 'El Mundo Fluye'.'
JUSTIFICACIÓN La Fundación ONCE es una institución sin ánimo de lucro,
cuya misión tal y como consta en sus Estatutos es contribuir a la plena
inclusión social de las personas con discapacidad, contribuyendo a hacer
efectivo el principio de igualdad de oportunidades y no discriminación.



Para alcanzar esta misión, la Fundación ONCE ha determinado como sus
objetivos o fines principales los siguientes: la promoción de la plena
integración laboral de las personas con discapacidad; la promoción de la
cualificación profesional, las competencias laborales y las habilidades
personales y profesionales, como factores determinantes del nivel de
empleabilidad de las personas con discapacidad.



Para ejecutar los fines de la Fundación, desde su constitución se han
venido poniendo en marcha diversos proyectos cuyo único y último fin es
contribuir a la inclusión social de las personas con discapacidad en toda
su amplitud y en todos los ámbitos que afectan a su vida.



Dentro de estos programas, y entre otros, destacan en el ámbito educativo
el Programa: de Becas Oportunidad al Talento, realizado en colaboración
con entidades tan relevantes como el Comité Español de Representantes de
Personas con Discapacidad (CERMI) y la Conferencia de Rectores de las
Universidades Españolas (CRUE).



Estas becas irán dirigidas a promover el acceso a la educación del
colectivo de personas con discapacidad, cuya tasa es inferior al del
resto de ciudadanos, cumpliendo así con uno de los mandatos de la
Convención de Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad, que
insta a establecer sistemas de educación inclusivos a todos los niveles
con miras a desarrollar plenamente el potencial humano.



Desde sus inicios en 2014 se han concedido 165 becas a alumnos con
discapacidad en el marco del Programa: de Becas Oportunidad al Talento de
la Fundación ONCE y en el mismo han colaborado 6 empresas, casi todas
ellas de manera recurrente.



El soporte financiero a esta proyecto por parte del sector privado es sin
duda clave para dar un impulso al citado programa, siendo así que su
consideración como Actividad Prioritaria de Mecenazgo sería del todo
adecuada para lograr el fin principal, que no es otro que promover la
igualdad de oportunidades del colectivo de personas con discapacidad,
cuya tasa de estudios está por debajo de la media.



En el ámbito cultural, la Fundación ONCE tiene como objetivo conseguir una
cultura accesible para todos que permita la accesibilidad universal al
arte y la igualdad de condiciones para su disfrute por parte de todos los
colectivos de la sociedad, desarrollándose para ello determinadas
actividades, como son la Bienal de Arte contemporáneo, el Espacio
Cultural 'Cambio de Sentido' y la Exposición itinerante 'El Mundo Fluye'.



En 2016 la VI Bienal de Arte de Fundación se presentó el trabajo de 31
artistas nacionales e internacionales, de los que más de la mitad tienen
algún tipo de discapacidad. El éxito de las anteriores ediciones de la
Bienal, junto a una fiscalidad mejorada, permitió contar con casi una
veintena de donantes, patrocinadores y colaboradores. Por otra parte el
Espacio Cultural 'Cambio de Sentido' de Fundación ONCE alojó 4
exposiciones de las cuales dos fueron de artistas con discapacidad y las
otras dos trataban




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4108






la discapacidad a través de distintas temáticas. Asimismo, la exposición
itinerante 'El Mundo Fluye' llevó 4 exposiciones colectivas de una
treintena artistas con discapacidad a distintas ciudades del territorio
español.



En relación con estas actividades, hay que señalar que la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, Ley 48/2015, de 29 de
octubre (Ley 48/2015, en adelante), ya reconoció estas dos actividades
con el carácter de Actividad Prioritaria de Mecenazgo, lo que para
Fundación ONCE ha supuesto un impulso para continuar con su desarrollo,
siendo necesario por tanto dotar de continuidad a este incentivo que sin
duda coadyuva de manera clara y determinante a la inclusión de las
personas con discapacidad en la sociedad.
ENMIENDA NÚM. 5.938
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



De adición.
Disposición final. Modificación del Real Decreto-Ley 15/2014, de 19 de
diciembre, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.



Con efectos desde el día 1 de enero de 2015, se da una nueva redacción al
apartado 2 de la disposición adicional segunda del Real Decreto-Ley
15/2014, de 19 de diciembre, de modificación del Régimen Económico y
Fiscal de Canarias, que queda redactado del modo siguiente:



'2. La aplicación de los beneficios fiscales que tengan la consideración
de ayudas regionales al funcionamiento establecidos en el Libro II y en
el artículo 94 de la Ley 20/1991, en la Ley, de la Comunidad Autónoma de
Canarias, 4/2014, de 26 de junio, por la que se modifica la regulación
del arbitrio sobre importaciones y entregas de mercancías en las Islas
Canarias, en los artículos 26 y 27 y en el Título V de la Ley 19/1994, y
en la disposición adicional duodécima de la Ley 43/1995, de 27 de
diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, así como las ayudas al
transporte de mercancías comprendidas en el ámbito del Real Decreto
362/2009, de 20 de marzo, sobre compensación al transporte marítimo y
aéreo de mercancías no incluidas en el anexo I del Tratado Constitutivo
de la Comunidad Europea, con origen o destino en las Islas Canarias, y de
la Orden de 31 de julio de 2009 del Consejero de Obras Públicas y
Transportes del Gobierno de Canarias, por la que se aprueban las bases de
vigencia indefinida para la concesión de subvenciones al transporte
interinsular de mercancías no incluidas en el anexo I del Tratado
Constitutivo de la Comunidad Europea, estarán sujetas al límite que
establezca en cada momento el Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la
Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas
categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de
los artículos 107 y 108 del Tratado.



Dicho límite operará sobre el volumen de negocios anual del beneficiario
obtenido en las Islas Canarias.'
JUSTIFICACIÓN Se trata con esta redacción de dar entrada en derecho
interno a las modificaciones de elevación de los umbrales permitidos para
la acumulación de las ayudas regionales al funcionamiento con la misma
vigencia que la evolución de la normativa comunitaria evitando
discrepancias entre ambas regulaciones y dando mayor seguridad jurídica a
los beneficiarios.




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4109






ENMIENDA NÚM. 5.939
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



A la disposición adicional vigésima tercera. Oferta de empleo público de
la Policía Autónoma Vasca



De supresión.



Se propone la supresión de la disposición adicional vigésima tercera.
Oferta de empleo público de la policía autónoma vasca.
JUSTIFICACIÓN Mejora técnica, por estar vigente con idéntico contenido la
disposición adicional segunda ('Oferta de empleo público de la Policía
Autónoma Vasca') del Real Decreto-ley 6/2017, de 31 de marzo, por el que
se aprueba la oferta de empleo público en los ámbitos de personal docente
no universitario y universitario, Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado y Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades
Autónomas para 2017.
ENMIENDA NÚM. 5.940
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



A la disposición adicional octogésima tercera quáter (nueva)
De adición. Se añade una la disposición adicional octogésima tercera
quater, con la siguiente redacción:
'Disposición adicional octogésima tercera quater. Beneficios fiscales
aplicables al 50 aniversario de la Universidad Autónoma de Madrid'.



Uno. La celebración del '50 Aniversario de la Universidad Autónoma de
Madrid' tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés
público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley
49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines
lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.



Dos. La duración del Programa: de apoyo a este acontecimiento abarcará
desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2018.



Tres. La certificación de la adecuación de los gastos realizados a los
objetivos y planes del Programa: se efectuará de conformidad con lo
dispuesto en la citada Ley 49/2002.



Cuatro. Las actuaciones a realizar serán las que aseguren el adecuado
desarrollo del acontecimiento. El desarrollo y concreción en planes y
programas de actividades específicas se realizará por el órgano
competente de conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002.



Cinco. Los beneficios fiscales de este Programa: serán los máximos
establecidos en el artículo 27.3 de la Ley 49/2002.'
JUSTIFICACIÓN En junio del año 2018 la Universidad Autónoma de Madrid
cumplirá sus primeros 50 años. Durante este medio siglo, la UAM se ha
ganado un reconocido prestigio como universidad pública de vanguardia.




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4110






La calidad en la enseñanza, la investigación puntera, la innovación y la
sostenibilidad se han convertido en nuestras señas de identidad.



Todo ello unido a un fuerte compromiso social que, guiado por una vocación
humanista de Servicio: público, se ha plasmado en proyectos solidarios,
medioambientales, sanitarios y de cooperación. Esto ha contribuido a
situar nuestra institución en puestos señeros de los rankings
internacionales de enseñanza superior.



La Universidad Autónoma de Madrid se asienta en los campus de la Paz y
Cantoblanco. Un espacio verde y saludable que se inserta en ia zona norte
del área metropolitana de Madrid Norte, interrelacionada con los
municipios vecinos de Tres Cantos, Colmenar, Alcobendas y San Sebastián
de los Reyes. Un ecosistema ideal que acoge al Parque Científico, a los
centros mixtos UAM+CSIC, a toda una serie de institutos de investigación,
así como a una red de hospitales universitarios en el caso de la Facultad
de Medicina. El potencial de estos campus, manifestado en la calidad de
su investigación y estudios y en la cooperación social, ha convertido a
nuestra Universidad en un referente nacional e internacional.



De manera que, a fin de proyectar este legado de cara al futuro,
proseguimos con la cooperación y el establecimiento de alianzas con las
entidades públicas y privadas que nos rodean. El Campus UAM+CSIC, la
Alianza 4 Universidades (A4U) y la red YERUN de universidades jóvenes
investigadoras son nuestros instrumentos de trabajo para cubrir objetivos
a escala local, regional, nacional e internacional.



El proyecto UAM50 fue aprobado por el Consejo de Gobierno de la
Universidad el 16 de julio de 2015. Poco después, se formón la Comisión
UAM50 que, a través de reuniones periódicas, valora las propuestas de
actividades y define las líneas estratégicas del proyecto. En el mes de
marzo de 2016 se puso en marcha la Oficina UAM50, encargada de coordinar
la organización del Programa: conmemorativo abierto al conjunto de la
sociedad que culminará en el año 2018.



Durante los primeros meses de actividad se ha consolidado la colaboración
entre los diferentes centros y servicios de la Universidad y la Oficina
UAM50. Esto ha permitido conformar una agenda de actividades culturales
en formatos muy variados para la participación de todos los públicos. Del
mismo modo, se trabaja en desarrollar programas y retos de voluntariado
que promoverán la implicación activa de la sociedad. Además, existen
otros proyectos todavía pendientes del Programa: de patrocinios que la
Fundación de la Universidad Autónoma pone a disposición de todas aquellas
organizaciones interesadas.



En definitiva, UAM50 se presenta como una oportunidad irrepetible de
encuentro, pero también de reforzar los vínculos con una comunidad UAM
que no se restringe a un espacio físico ni a la actualidad, sino que
reconoce su identidad global y su proyección pasada y futura. Esta
percepción de la Universidad comprende asimismo a las entidades públicas
y privadas que han contribuido al desarrollo de la UAM, con algunos
socios distinguidos como son las Escuelas asociadas, el CSIC, el Parque
Científico de Madrid, el entramado productivo de Innormadrid, los
Ayuntamientos vecinos y la propia Comunidad Autónoma.
ENMIENDA NÚM. 5.941
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



Al artículo 47
De modificación Se da nueva redacción al párrafo primero del apartado Dos
del artículo 47, que queda redactado como sigue:



'Dos. Los Organismos Públicos de Investigación dependientes del Ministerio
de Economía, Industria y Competitividad (Instituto Nacional de
Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria; Agencia Estatal Consejo
Superior de Investigaciones Científicas; Instituto Geológico y Minero de
España; Instituto de Salud Carlos III; Instituto de Astrofísica de
Canarias; Instituto Español de Oceanografía; y Centro de Investigaciones
Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas), el Instituto Nacional de
Técnica Aeroespacial Esteban Terradas, dependiente del Ministerio de




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4111






Defensa, el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas
(CEDEX), dependiente del Ministerio de Fomento y la Universidad Nacional
de Educación a Distancia, podrán concertar operaciones de crédito como
consecuencia de los anticipos reembolsares que se les conceden con cargo
a capítulo 8 del presupuesto del Ministerio de Economía, Industria y
Competitividad.'
JUSTIFICACIÓN El Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de
Innovación establece, en el marco del SubPrograma: estatal de
infraestructuras científicas y técnicas, y equipamiento del Programa:
Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de
Excelencia, la concesión de ayudas para infraestructuras y equipamientos
científico-técnicos.



La concesión de estas ayudas a infraestructuras y equipamientos
científico-técnicos viene regulada por las correspondientes bases
reguladoras y las sucesivas convocatorias anuales aprobadas por el
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad a través de la
Secretaría de Estado de Investigación.



Sería de interés para el CEDEX concurrir a dichas convocatorias con objeto
de financiar sus necesidades tanto de implantación de nuevas
infraestructuras y equipamientos científico-técnicos como de mejora de
las existentes. Sin embargo la limitación de no poder concertar
operaciones de crédito ha impedido participar en las mismas.



Otros organismos públicos de investigación con análoga naturaleza
jurídica, y la UNED, si pueden concertar este tipo de operaciones merced
a la autorización incluida en anteriores Leyes de Presupuestos Generales
del Estado, y también en el actual Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado para 2017 (apartado Dos del artículo 47). Dicha
autorización es únicamente aplicable a los anticipos concedidos con el
fin de facilitar la disponibilidad de fondos para el pago de la parte de
los gastos que, una vez justificados, se financien con cargo al Fondo
Europeo de Desarrollo Regional, como es el caso de las ayudas que se han
señalado.



El objeto de la propuesta es, por las razones expuestas, incluir al CEDEX
entre los organismos a los que se autoriza para concertar operaciones de
crédito como consecuencia de los anticipos reembolsables que se les
conceden con cargo al capítulo 8 del presupuesto del Ministerio de
Economía y Competitividad, según se establece, en el apartado Dos del
artículo 47 (Capítulo l del Título V).
ENMIENDA NÚM. 5.942
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



La enmienda núm. 5.942 del Grupo Parlamentario Popular fue retirada por
escrito del Grupo con fecha 9 de mayo de 2017.
ENMIENDA NÚM. 5.943
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



A la disposición final vigésima quinta
De adición. Se añade un apartado Uno.tris, nuevo a la disposición final
vigésima quinta, con la siguiente redacción:




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4112






'Se modifica la redacción del apartado Dos, de la disposición adicional
quincuagésima octava de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para 2014. Beneficios fiscales
aplicables a 'Programa: Universo Mujer', que queda redactado en los
siguientes términos:



Dos. La duración del Programa: de apoyo a este acontecimiento abarca desde
el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2018.'
JUSTIFICACIÓN La enmienda modifica la duración del programa, ampliándolo
en un año más.
ENMIENDA NÚM. 5.944
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



A la disposición adicional octogésima tercera ter (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional octogésima tercera
ter, con la siguiente redacción:
'Disposición adicional octogésima tercera ter. Beneficios fiscales
aplicables al '50.º Aniversario de Sitges-Festival Internacional de Cine
Fantástico de Catalunya'.



Uno. La celebración del '50° Aniversario de Sitges-Festival Internacional
de Cine Fantástico de Catalunya' tendrá la consideración de
acontecimiento de especial interés público a los efectos de lo dispuesto
en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen
fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales
al mecenazgo.



Dos. La duración del Programa: de apoyo a este acontecimiento abarcará
desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2019.



Tres. La certificación de la adecuación de los gastos realizados a los
objetivos y planes del Programa: se efectuará de conformidad con lo
dispuesto en el citada Ley 49/2002.



Cuatro. Las actuaciones a realizar serán las que aseguren el adecuado
desarrollo del acontecimiento. El desarrollo y concreción en planes y
programas de actividades específicas se realizará por el órgano
competente de conformidad con lo dispuesto en la citada ley 49/2002.



Cinco. Los beneficios fiscales de este Programa: serán los máximos
establecidos en el artículo 27.3 de la Ley 49/2002.'
JUSTIFICACIÓN El Sitges Festival Internacional de Cine Fantástico de
Cataluña celebra 50.º Aniversario. Dicha efeméride incluye una serie de
eventos dedicados a resaltar la memoria cinematográfica del país, a
través del cine fantástico y el especial papel del certamen.



El Festival se inauguró el 20 de octubre de 1967. Nació como un pequeño
certamen, que aunaba fotografía y cine y cuyo enfoque principal ya era la
fantasía. Desde sus inicios, el certamen asumió firmemente su papel de
aparador del mejor cine de género nacional e internacional. La presencia
de personalidades del sector cinematográfico supuso un reclamo para
productores, jóvenes realizadores de la época y, sobre todo, un público
fiel.



Los nombres más destacados del cine forman parte de la memoria histórica
del Festival de Sitges. Directores como Quentin Tarantino, Guillermo del
Toro, Jaume Balagueró, Álex de la Iglesia, Peter Jackson, Terry Gilliam,
Takashi Miike, Alejandro Jodorowski, Eli Roth, etc. Actores y actrices
como Anthony Hopkins, Jodie Foster, Minnie Driver, Gerard Butler, Sarah
Michelle Gellar, Ellen Burstyn, etc.




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4113






Sitges-Festival Internacional de Cine Fantástico de Catalunya es
actualmente una gran comunidad de cinéfilos, que cada año asiste a la
edición en curso. Cerca de 200.000 visitantes y más de 131.000
espectadores en sala dan una idea de la dimensión de esta manifestación
cultural. El festival asimismo incluye cada año actividades para la
industria y para el sector académico, garantizando un retorno social y
económico de gran valor.



La conmemoración del 50.º aniversario contempla una serie de actividades
nacionales e internacionales, así como la producción de materiales de
promoción específicos de la efeméride. Incluye: documentales,
publicaciones, exposiciones, conciertos y muestras de cine fantástico.



Entre los objetivos del aniversario, destacan:
- Promoción del patrimonio cultural, poniendo en valor la trayectoria del
certamen más antiguo en su especialidad y considerado el número 1 del
mundo.
- Reconocimiento de la identidad cultural del cine fantástico y del
festival de Sitges en concreto.
- Conmemoración del cine fantástico español y sus personalidades a través
de la memoria del certamen.
ENMIENDA NÚM. 5.945
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



A la disposición adicional décima quinta
De modificación Se da nueva redacción al número 3 del apartado Uno de la
disposición adicional décima quinta, de la siguiente manera:
'Disposición adicional décima quinta. Contratación de personal de las
sociedades mercantiles públicas, y las entidades públicas empresariales.



3. No se podrá proceder a la contratación de personal temporal, excepto en
casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que
se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que
se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los
servicios públicos esenciales.



La duración del contrato, en su modalidad de obra o servicio, no podrá ser
superior a tres años, sin que puedan encadenarse sucesivos contratos con
la misma persona por un período superior a tres años, circunstancia esta
que habrá de quedar debidamente reflejada en el contrato.



Las actuaciones irregulares en esta materia por parte de los órganos de
personal competentes de la entidad darán lugar a la exigencia de
responsabilidades de acuerdo con la normativa vigente.'
JUSTIFICACIÓN Con la propuesta de enmienda se trata de que la regulación
de los contratos temporales contenida en el Proyecto sea coherente con
las previsiones del Estatuto de los Trabajadores.




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4114






ENMIENDA NÚM. 5.946
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



A la disposición adicional décima séptima
De modificación Se da nueva redacción al apartado Uno de la disposición
adicional décima séptima, que queda redactado como sigue:



'Uno. Los consorcios participados mayoritariamente por las
Administraciones y organismos que integran el sector público, definido en
el artículo 18, apartado Uno de esta Ley que, con arreglo a la
legislación aplicable puedan contratar personal propio, podrán realizar
contratos indefinidos con un límite del 50 por ciento de su tasa de
reposición, calculada conforme a las reglas del artículo 19.Uno.4 de esta
Ley.



Los consorcios que gestionen servicios públicos o realicen actividades de
los enumerados en el artículo 19.Uno.2 de esta Ley tendrán, como máximo,
la tasa de reposición establecida para el respectivo sector en el citado
precepto, siempre que quede justificada la necesidad de la tasa para la
adecuada prestación del Servicio: o para la realización de la actividad.



No se podrá proceder a la contratación de personal temporal, así como el
nombramiento de personal estatutario temporal y de funcionarios interinos
excepto en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e
inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías
profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al
funcionamiento de los servicios públicos esenciales.



La duración del contrato, en su modalidad de obra o servicio, no podrá ser
superior a tres años, sin que puedan encadenarse sucesivos contratos con
la misma persona por un período superior a tres años, circunstancia ésta
que deberá quedar debidamente reflejada en el contrato.



Las actuaciones irregulares en esta materia por parte de los órganos de
personal competentes de la entidad darán lugar a la exigencia de
responsabilidades de acuerdo con la normativa vigente.'
JUSTIFICACIÓN Con la propuesta de enmienda se trata de que la regulación
de los contratos temporales contenida en el Proyecto sea coherente con
las previsiones del Estatuto de los Trabajadores.
ENMIENDA NÚM. 5.947
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



A la disposición adicional décima sexta
De modificación Se da nueva redacción al apartado Uno de la disposición
adicional décima sexta, que queda redactado como sigue:




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4115






'Disposición adicional décima sexta. Contratación de personal de las
fundaciones del sector público.



Uno. Las fundaciones del sector público podrán proceder a contratar nuevo
personal con las limitaciones y requisitos establecidos en la presente
disposición.



Las citadas limitaciones no serán de aplicación cuando se trate de
contrataciones de personal, funcionario o laboral, con una relación
preexistente de carácter fija e indefinida en el sector público estatal,
autonómico o local en el que, respectivamente, esté incluida la
correspondiente fundación del sector público. Los contratos celebrados al
amparo de lo establecido en este apartado generarán derecho, desde la
fecha de su celebración, a seguir percibiendo el complemento de
antigüedad en la misma cuantía que se viniera percibiendo en el
Departamento Ministerial, Organismo Público, sociedad, fundación o
consorcio de procedencia.



No se podrá proceder a la contratación de personal temporal, excepto en
casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que
se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que
se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los
servicios públicos esenciales.



La duración del contrato, en su modalidad de obra o servicio, no podrá ser
superior a tres años, sin que puedan encadenarse sucesivos contratos con
la misma persona por un período superior a tres años, circunstancia ésta
que deberá quedar debidamente reflejada en el contrato.



Las actuaciones irregulares en esta materia por parte de los órganos de
personal competentes de la entidad darán lugar a la exigencia de
responsabilidades de acuerdo con la normativa vigente.



Las fundaciones que gestionen servicios públicos o realicen actividades de
los enumerados en el artículo 19.Uno.2 de esta Ley tendrán, como máximo,
la tasa de reposición establecida para el respectivo sector en el citado
precepto, siempre que quede justificada la necesidad de la tasa para la
adecuada prestación del Servicio: o para la realización de la actividad.



Por su parte, el resto de fundaciones públicas podrá realizar contratos
indefinidos con un límite del 50 por ciento de su tasa de reposición,
calculada conforme a las reglas del artículo 19.Uno.4 de esta Ley.'
JUSTIFICACIÓN Con la propuesta de enmienda se trata de que la regulación
de los contratos temporales contenida en el Proyecto sea coherente con
las previsiones del Estatuto de los Trabajadores.
ENMIENDA NÚM. 5.948
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



Al artículo 19.Dos
De modificación Se da nueva redacción al apartado Dos del artículo 19, que
queda redactada como sigue:



'Dos. No se podrá proceder a la contratación de personal temporal, así
como al nombramiento de personal estatutario temporal y de funcionarios
interinos excepto en casos excepcionales y para cubrir necesidades
urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y
categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al
funcionamiento de los servicios públicos esenciales.




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La duración del contrato, en su modalidad de obra o servicio, o del
nombramiento no podrá ser superior a tres años, sin que puedan
encadenarse sucesivos contratos o nombramientos con la misma persona por
un período superior a tres años, circunstancia esta que habrá de quedar
debidamente reflejada en el contrato o nombramiento.



Las actuaciones irregulares en esta materia por parte de los órganos de
personal competentes de cada una de las Administraciones Públicas y de
las entidades que conforman su sector público institucional darán lugar a
la exigencia de responsabilidades de acuerdo con la normativa vigente en
cada una de las Administraciones Públicas.'
JUSTIFICACIÓN Con la propuesta de enmienda se trata de que la regulación
de los contratos temporales contenida en el Proyecto sea coherente con
las previsiones del Estatuto de los Trabajadores.
ENMIENDA NÚM. 5.949
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



A la disposición adicional octogésima sexta
De modificación Se da nueva redacción al apartado Dos de la disposición
adicional octogésima sexta, que queda redactado como sigue:



'Dos. Durante los ejercicios 2017 y 2018, el Consejo Superior de Deportes
destinará la suma de las cantidades detraídas a ambas instituciones
beneficiarías conforme a lo dispuesto en los apartados anteriores a las
siguientes actividades:
- Para apoyo a la celebración de los Juegos Mediterráneos Tarragona 2018,
hasta un importe máximo de 3.750.000€.
- Esta cantidad no tendrá la consideración de entrega a cuenta a los
efectos de aplicar el apartado tercero de la antedicha disposición
adicional tercera y será percibida por el Consejo Superior de Deportes,
que la destinará al cumplimiento del objetivo antes citado.
- El resto se destinará a ayudas las corporaciones locales para obras de
adaptación a los reglamentos de competición estatales, para obras de
accesibilidad y a obras en infraestructuras deportivas relacionadas con
la celebración de competiciones de carácter internacional, durante los
ejercicios antedichos así como en 2019.'
JUSTIFICACIÓN Mejora técnica de la redacción.




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ENMIENDA NÚM. 5.950
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



A la disposición adicional octogésima tercera bis
De adición. Se añade una disposición adicional octogésima tercera bis
nueva, con la siguiente redacción:



'Uno. La celebración del 'Año Hernandiano 2017' tendrá la consideración de
acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo
dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de
régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo.



Dos. La duración del Programa: de apoyo a este acontecimiento abarcará
desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2018.



Tres. La certificación de la adecuación de los gastos realizados a los
objetivos y planes del Programa: se efectuará de conformidad con lo
dispuesto en la citada Ley 49/2002.



Cuatro. Las actuaciones a realizar serán las que aseguren el adecuado
desarrollo del acontecimiento. El desarrollo y concreción en planes y
programas de actividades específicas se realizará por el órgano
competente de conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002.



Cinco. Los beneficios fiscales de este Programa: serán los máximos
establecidos en el artículo 27.3 de la Ley 49/2002.'
JUSTIFICACIÓN La presente propuesta normativa guarda una conexión directa
con la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 en un
doble aspecto: de una parte, por incidir en la normativa general de los
impuestos sobre los que se establecen bonificaciones específicas; de
otra, como consecuencia de lo anterior, por suponer una minoración de los
ingresos tributarios que hubiesen correspondido conforme al régimen
general de dichos impuestos. Reúne por tanto las condiciones exigidas por
la jurisprudencia del Tribunal Constitucional para poder formar parte del
contenido eventual de la Ley de Presupuestos, en la medida en que guarda
una conexión directa con los estados de ingresos o gastos y con la
política económica del Gobierno, por lo que su inclusión no resulta
vedada por el apartado 7 del artículo 134 de la Constitución Española.



En el año 2017 se conmemora el 75 aniversario de la muerte de Miguel
Hernández. La celebración de este acontecimiento tendrá una gran
repercusión a nivel nacional ya que se trata de una de las figuras más
relevantes de la historia reciente de las letras españolas.



Miguel Hernández personifica, como ningún otro escritor de la primera
mitad del siglo XX, la rápida evolución de la lírica española, con una
obra que mantiene una gran actualidad. Nace en Orihuela el 30 de octubre
de 1910 y muere el 28 de marzo de 1942 en la prisión de Alicante.



Conocido como el poeta del pueblo, destacó por la hondura y autenticidad
de sus versos, reflejo de su compromiso social. Nació en el seno de una
familia humilde en el ambiente campesino de Orihuela, de niño fue pastor
de cabras y no tuvo acceso más que a estudios muy elementales, por lo que
su formación fue autodidacta.



El amor, la muerte, la cotidianidad o los estigmas del paso del tiempo son
clave en su obra; un altavoz de las reivindicaciones de justicia,
igualdad y fraternidad que le hace mantener su actualidad y ser objeto de
constantes e innumerables reconocimientos.



La celebración del 75 aniversario de la muerte del poeta es una
oportunidad para desarrollar una importante programación cultural que
recuerde su obra. En este contexto, cobra pleno sentido la propuesta
normativa que se propone, a efectos de poner en valor y difundir
adecuadamente la figura y la obra de Miguel Hernández.




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4118






ENMIENDA NÚM. 5.951
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



Al apartado uno de la disposición final décima octava
De modificación El apartado Uno de la Disposición final décima octava
quedará redactado del modo siguiente:



Uno. El apartado 8 del artículo 132, tendrá la siguiente redacción:



'8. Con la finalidad de reducir los vertidos al mar de los desechos
generados por los buques, las Autoridades Portuarias cobrarán una tarifa
fija a los buques que atraquen, en cada escala en el puerto, hagan o no
uso del Servicio: de recepción de desechos previsto en este artículo.
Dicha tarifa, que se determinará en función de las unidades de arqueo
bruto (GT) del buque y, adicionalmente, en el caso de buques de pasaje,
del número de personas a bordo, dará derecho a descargar por medios de
recogida terrestre en la Zona I del puerto, sin coste adicional, durante
los siete primeros días de la escala, todos los desechos de los anexos I
y V del Convenio Marpol 73/78. Las Autoridades Portuarias no podrán
incentivar directa o indirectamente la limitación de los volúmenes de
desechos descargados.



Si la recogida se realiza por medios marinos o tiene lugar en la Zona II
del puerto, la tarifa fija será un 25 por ciento superior que la
establecida para la recogida en Zona I.



Por las descargas correspondientes a los desechos de los anexos IV y VI,
así como por las realizadas después del séptimo día de escala, los buques
abonarán directamente al prestador del Servicio: la tarifa que
corresponda por los volúmenes recogidos.



Los prestadores del Servicio: podrán convenir con sus usuarios, a su
cargo, descuentos comerciales sobre la tarifa, en función, entre otros de
los tipos y volúmenes anuales de los desechos entregados.



La tarifa fija a aplicar a un buque en cada escala de un puerto será la
resultante del producto de la cuantía básica (R1) por los siguientes
coeficientes, en función de las unidades de arqueo bruto del buque (GT):



a) Buques entre 0 y 2.500 GT: 1,50.



b) Buques entre 2.501 y 25.000 GT: 6 x 0,0001 x GT.



c) Buques entre 25.001 y 100.000 GT: (1,2 x 0,0001 x GT) + 12



d) Buques de más de 100.000 GT: 24,00.



En el caso de los buques de pasaje, tales como ferris, ropax y cruceros, a
la anterior tarifa se adicionará la resultante del producto de la cuantía
básica (R2) por el número de personas a bordo del buque que figura en la
Declaración Única de Escala, a cuyo efecto computarán tanto los pasajeros
como la tripulación.



El valor de la cuantía básica (R1) se establece en 80 €, salvo para los
buques de pasaje que será de 75 €, y el de la cuantía básica (R2) en 0,25
€, para todas las Autoridades Portuarias. Dichos valores podrán ser
revisados en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o en otra que,
en su caso, se apruebe a estos efectos, en función de la evolución de los
costes del Servicio: en el sistema portuario.



Los volúmenes de los desechos correspondientes a los anexos I y V de
MARPOL 73/78 efectivamente descargados serán abonados por la Autoridad
Portuaria a las empresas prestadoras de acuerdo con las tarifas que se
establezcan en las Prescripciones Particulares del Servicio. En el caso
de que la cantidad recaudada por la tarifa fija fuera superior a lo
abonado, la Autoridad Portuaria podrá distribuir un porcentaje de la
cantidad remante entre los titulares de licencias del Servicio: para
contribuir a la viabilidad del Servicio: en caso de demanda insuficiente.
Los criterios de distribución se incluirán en las prescripciones
particulares del Servicio: que deberán ser objetivos, transparentes,
proporcionales, equitativos y no discriminatorios.




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4119






Las Autoridades Portuarias podrán proponer en el marco del Plan de Empresa
un coeficiente corrector común a las cuantías básicas R1 y R2, que no
podrá ser inferior a 1,00 ni superior a 1,30, cuando la cantidad
recaudada por la Autoridad Portuaria por estos conceptos en el ejercicio
anterior hubiese sido inferior a la cantidad abonada a las empresas
prestadoras del Servicio: en dicho ejercicio. El coeficiente corrector
propuesto tendrá como objeto alcanzar el equilibrio entre los ingresos y
gastos de la Autoridad Portuaria asociados a la prestación del servicio,
tomando en consideración la evolución de los tráficos prevista para el
año en el que se aplique.



En el supuesto de que la Autoridad Portuaria no proponga un coeficiente
corrector se entenderá que opta por el mantenimiento del aprobado para el
ejercicio anterior o, si no se hubiera aprobado ninguno, que el valor del
mismo será igual a la unidad. El coeficiente corrector definitivo para
cada Autoridad Portuaria se establecerá con carácter anual en la Ley de
Presupuestos Generales del Estado o, en la que, en su caso, se apruebe a
estos efectos.'
JUSTIFICACIÓN Cuando se redactó la propuesta normativa original se
realizaron los cálculos correspondientes utilizando las cifras de
pasajeros totales del sistema portuario español, como si la totalidad de
ellos dieran lugar al pago de la nueva cuantía básica R2. No obstante,
con posterioridad se ha advertido que los pasajeros que embarcan no dan
lugar al pago de la citada tarifa, por lo que para conseguir una
recaudación global similar que permita enjugar el déficit existente se
hace necesario recalcular el importe de la cuantía básica R2 teniendo en
cuenta únicamente los pasajeros en desembarque o tránsito (tanto en
régimen de transporte como de crucero), que son los que efectivamente dan
lugar al devengo de la misma.



Los datos estadísticos de 2015 y 2016 han sido los siguientes:



;2015;2016



Pasajeros totales ;31.071.594;32.462.974



Embarcados ;12.443.463;13.236.095



Desembarcados ;12.569.565;13.927.527



En tránsito ; 6.058.566; 5.299.352



A estos datos de pasajeros deben añadirse los datos del número de
tripulantes de los buques, que también dan lugar al pago de la nueva
cuantía básica R2 al generar, lógicamente, igualmente desechos del Anexo
V Marpol (basura). Se estima que de media en el tráfico de pasaje hay un
tripulante por cada tres pasajeros.



Como puede observarse, un 40% de los pasajeros embarcan, por lo que no
generaran ingreso por la nueva cuantía básica R2. Como se ha señalado,
con el objetivo de mantener la recaudación prevista excluyendo estos
pasajeros (y los tripulantes que proporcionalmente se les habían
'imputado' a estos pasajeros) se hace necesario incrementar (dividiendo
por 0,6) la cuantía básica inicialmente propuesta desde los 0,15 € hasta
los 0,25 € que figuran en la presente enmienda.
ENMIENDA NÚM. 5.952
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



A la disposición final primera
De adición.




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4120






Se añade un apartado Cinco nuevo a la disposición final primera, con la
siguiente redacción:



'Cinco. Se añade una nueva disposición transitoria décima tercera nueva al
texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real
Decreto- legislativo 670/1987, de 30 de abril, con el siguiente texto:
Disposición transitoria décima tercera. Aplicación retroactiva a las
pensiones extraordinarias por actos de terrorismo de la reclasificación
de Personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Fuerzas Armadas.



1. No obstante lo dispuesto en el párrafo primero del artículo 49.3 de
este texto, las pensiones extraordinarias derivadas de actos de
terrorismo causadas, en su propio favor o en el de sus familiares, por
personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de las Fuerzas Armadas
antes de la reclasificación regulada por el artículo 5 del Real
Decreto-ley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en
materia presupuestaria, tributaria y financiera, se determinarán
considerando el haber regulador del grupo de clasificación que habría
correspondido al causante de la pensión de haber permanecido en activo
con posterioridad a dicha reclasificación.



2. La aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior tendrá efectos a
partir de 1 de enero de 2021. Hasta alcanzar esa fecha, los importes de
estas pensiones se incrementarán en la cuantía que resulte de aplicar, a
la diferencia entre la pensión que corresponderá en la fecha anterior y
la que vinieran percibiendo a 1 de enero de 2017, el porcentaje señalado
en la siguiente escala:



A partir de 1 de enero de 2018: 25 por ciento.



A partir de 1 de enero de 2019: en el 50 por ciento.



A partir de 1 de enero de 2020: en el 75 por ciento.'
JUSTIFICACIÓN Como tiene declarado el Tribunal Constitucional, el
'contenido esencial o indisponible', mínimo y necesario, de la Ley de
Presupuestos Generales del Estado, que se concreta en la previsión de
ingresos y la habilitación de gastos para cada ejercicio económico, 'no
puede considerarse exclusivo y excluyente'.



La Ley de Presupuestos Generales del Estado, como vehículo director de la
política económica del Gobierno, puede acoger también un 'contenido
eventual o disponible', que se concreta en aquellas otras disposiciones
que, no siendo estrictamente presupuestarias, inciden en la política de
ingresos y gastos del sector público.



En ese 'contenido eventual o disponible' tiene cabida la presente
propuesta normativa, que guarda una relación directa con la política de
gastos del sector público, dado que comporta la modificación del cálculo,
y en consecuencia del importe, de las pensiones extraordinarias por
terrorismo causadas por el personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
y de las Fuerzas Armadas que sufrieron atentados terroristas antes de la
reclasificación de sus Cuerpos y Escalas de pertenencia; pensiones que
son abonadas con cargo a la 'Sección: 07' del presupuesto de gastos del
Estado.



Las pensiones derivadas de actos de terrorismo de Clases Pasivas se
determinan de forma distinta del resto de las pensiones extraordinarias
del Régimen de Clases Pasivas del Estado. Así, el artículo 49.3 del texto
refundido de la Ley de Clases Pasivas -en la redacción dada al mismo por
el artículo 62 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y del Orden Social- establece que 'cuando las
pensiones extraordinarias se hayan originado como consecuencia de actos
de terrorismo, la cuantía de las mismas en favor del propio causante será
del 200 por 100 del haber regulador correspondiente, de acuerdo con las
reglas del artículo 30 de este texto, al Cuerpo, Escala, plaza, empleo o
categoría de última adscripción de aquél, y en favor de sus familiares
será del 200 por 100 de la pensión de jubilación o retiro que se hubiera
señalado en circunstancias ordinarias al causante con arreglo a las
normas de este texto'; es decir, para el cálculo de la pensión se
considera el haber regulador del Cuerpo en que el funcionario prestaba
servicios en el momento de producirse la jubilación o retiro, o su
fallecimiento, como consecuencia del acto de terrorismo.



La modificación normativa propuesta tiene la finalidad de equiparar el
importe de las pensiones extraordinarias causadas en actos de terrorismo
por determinado personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de las
Fuerzas Armadas, con independencia de si el hecho causante de la pensión
se produjo




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4121






antes o después de la reclasificación regulada en el artículo 5 del Real
Decreto-ley 12/1995, de 28 de diciembre, de medidas urgentes en materia
presupuestaria, tributaria y financiera.



El citado precepto dispuso la reclasificación, a efectos retributivos y de
derechos pasivos, de las Escalas de Subinspección del Cuerpo Nacional de
Policía y los Grupos de Empleo de Brigada, Sargento Primero y Sargento de
la Guardia Civil y Fuerzas Armadas en el grupo B (hoy A2) de
clasificación de los funcionarios públicos, hasta ese momento integrados
en el grupo C (C1); así como la reclasificación de la Escala Básica del
Cuerpo Nacional de Policía y los Grupos de Empleo de Cabo Primero, Cabo y
Guardia Civil y Cabo y Soldado Profesional permanentes de las Fuerzas
Armadas en el grupo C (C1), cuando estaban integrados en el grupo D (C2).



No obstante, dado que las pensiones extraordinarias por actos de
terrorismo se determinan considerando el haber regulador del último
Cuerpo en que el funcionario prestaba servicios en el momento de
producirse el hecho causante de la pensión (jubilación o retiro, o su
fallecimiento), cuando dicho hecho causante fue anterior a la mencionada
reclasificación no se tiene el nuevo grupo de clasificación asignado a
las Escalas o Grupos de Empleo por el artículo 5 del Real Decreto-ley
5/1993, de 8 de enero, sobre revalorización y complementos de pensiones
de Clases Pasivas para 1993 y otras normas en materia de Clases Pasivas.



De lo anterior resulta que las pensiones derivadas de actos de terrorismo
del personal de Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía y los Grupos
de Empleo de Cabo Primero, Cabo y Guardia Civil y Cabo y Soldado
Profesional permanentes de las Fuerzas Armadas se han calculado
considerando el haber regulador del grupo C2, si fueron causadas antes de
1 de enero de 1996 o considerando el haber regulador del grupo C1, cuando
fueron causadas a partir de esa fecha. Esta diferencia de importes
también afecta al personal de las Escalas de Subinspección del Cuerpo
Nacional de Policía y los Grupos de Empleo de Brigada, Sargento Primero y
Sargento de la Guardia Civil y de las Fuerzas Armadas. En estos casos,
cuando la jubilación o retiro o el fallecimiento, se produjo antes de 1
de enero de 1996, el importe de la pensión se ha determinado teniendo en
cuenta el haber regulador del grupo C1, mientras que si la pensión se
causó con posterioridad a dicha fecha, la pensión se corresponde con el
200 por 100 del haber regulador del grupo A2.



En consecuencia, existe un tratamiento distinto de las pensiones por actos
de terrorismo del colectivo de referencia, en función de si en el momento
en que se causaron estaba vigente la repetida reclasificación o no. Debe
destacarse que, de no haber sufrido un atentado terrorista, los
funcionarios afectados se hubieran beneficiado de dicha reclasificación.



Considerando que la redacción vigente del artículo 49.3 del texto
refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, dada por el artículo 62
de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, tuvo por objeto eliminar las
disfunciones que se venían produciendo en la cuantía de las pensiones
extraordinarias ocasionadas por actos de terrorismo a favor de
funcionarios sujetos al Régimen de Ciases Pasivas, en función de las
circunstancias del acto y la legislación vigente en el momento del hecho
causante de la pensión, se propone la regulación expresa de la toma en
consideración de la repetida reclasificación del Real Decreto-ley
12/1995, de 28 de diciembre, a fin de eliminar las actuales diferencias
existentes y, por tanto, hacer extensivo a estos supuestos el espíritu
del legislador -manifestado en la modificación de la Ley 53/2002, de 30
de diciembre-, de que todas las pensiones extraordinarias por actos de
terrorismo del Régimen de Clases Pasivas del Estado tuvieran el mismo
tratamiento.



A tales efectos, se regula la revisión de oficio de estas pensiones, que
deberá realizarse en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la
nueva disposición transitoria propuesta -hasta el 31 de diciembre de
2017-, por los órganos competentes en el reconocimiento de los derechos
pasivos, que son el Ministerio de Defensa o la Dirección General de
Costes de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Hacienda y
Función Pública, en función de la última Escala o Grupo de Empleo en el
que hubiera prestado servicios el causante de la pensión. Finalmente, en
la modificación propuesta se limitan los plenos efectos económicos de los
nuevos reconocimientos de pensión a 1 de enero de 2021.




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ENMIENDA NÚM. 5.953
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



A la disposición final novena
De adición. Se añade un apartado Dos nuevo a la disposición final novena,
con la siguiente redacción:



'Dos. Se modifica la disposición adicional octava de la Ley 33/2003, de 3
de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, que queda
redactada como sigue:
Disposición adicional octava. Bienes afectados al Ministerio del
Interior.



La gestión patrimonial del organismo autónomo 'Gerencia de
Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado' se ajustará a
su normativa especial, con aplicación supletoria de esta ley. No
obstante, la vigencia del régimen especial de gestión de bienes inmuebles
afectados al Ministerio del interior establecido en las normas
reguladoras del organismo se extinguirá transcurridos se extinguirá
transcurridos 15 años desde el 1 de enero de 2018.'
JUSTIFICACIÓN El objetivo pretendido con la presente propuesta es dar
continuidad, limitada en el tiempo, al régimen patrimonial específico
para la gestión y enajenación de los inmuebles afectados en el ámbito de
funciones del Ministerio del Interior, que hasta la fecha ha demostrado
su completa validez, extendiéndolo por un plazo límite de 2 años
adicionales.



La Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas viene a reconocer
la existencia de determinados regímenes especiales legalmente previstos,
que permiten una gestión y disposición singular de bienes en determinados
ámbitos específicos.



Así ocurre, entre otros, con los bienes destinados a los fines de la
Seguridad de! Estado y, en general, a las funciones cuya responsabilidad
está atribuida al Ministerio del Interior. En efecto, de acuerdo con la
disposición adicional octava de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, la
gestión de los bienes inmuebles afectados al Ministerio de Interior goza
de un régimen especial, que está recogido en el art. 53.Cuatro de la Ley
14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de
Orden Social. Dicha especialidad radica en que el Ministro del Interior
ostenta, en exclusiva, la facultad para la desafectación y la declaración
de alienabilidad de todos los bienes afectados al Ministerio del
Interior, una vez declarada su innecesariedad y disponibilidad, así como
su enajenación directa, que puede delegarla en el Consejo Rector, siendo
el procedimiento habitual para su enajenación el de pública subasta, y
correspondiendo al organismo autónomo la tramitación consiguiente, que
incluye la depuración física y jurídica, así las facultades de
investigación, deslinde y regularización registral, extendiéndose su
competencia a cuantas actuaciones se promuevan de oficio o a instancia de
los interesados en razón de los derechos que pudieran derivarse de la
desafectación del fin para el que los bienes hubieran sido en su día
expropiados o donados, quedando subrogado a todos los efectos en los
derechos y obligaciones que corresponden al Estado.



En la actualidad, la GIESE se configura como un organismo con personalidad
jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, autonomía
de gestión y plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de
sus funciones.



En definitiva, la GIESE es un organismo cuyo principal cometido es
gestionar el patrimonio afectado al Ministerio del Interior que resulte
innecesario al mismo para su enajenación, destinando los ingresos
obtenidos a mejorar las infraestructuras de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado con los ingresos obtenidos mediante la enajenación
por venta o permuta de los bienes inmuebles declarados previamente
declarados innecesarios.




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4123






ENMIENDA NÚM. 5.954
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



La enmienda núm. 5.954 del Grupo Parlamentario Popular fue retirada por
escrito del Grupo con fecha de 9 de mayo de 2017.
ENMIENDA NÚM. 5.955
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



A la disposición adicional centésima primera bis
De modificación Se modifica la Disposición final décima quinta.
Modificación de la Ley 8/2009, de 28 de agosto, de Financiación de la
Corporación de Radio y Televisión Española, que queda redactada como
sigue:



'Uno. Se modifican los apartados 3 y 4 del artículo 5, Aportación a
realizar por los operadores de telecomunicaciones de ámbito geográfico
estatal o superior al de una Comunidad Autónoma, que queda con la
siguiente redacción:



'3. Resultarán obligados al pago de la aportación los operadores de
servicios de comunicaciones electrónicas que figuren inscritos en el
Registro de Operadores de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia en alguno de los servicios o ámbitos siguientes, siempre que
tengan un ámbito geográfico estatal o superior al de una Comunidad
Autónoma y exceptuando aquellos no presten ningún Servicio: audiovisual
ni cualquier otro Servicio: que incluya ningún tipo de publicidad,
directamente o a través de una empresa del mismo grupo en los términos
establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio:



a) Servicio: telefónico fijo.



b) Servicio: telefónico móvil.



c) Proveedor de acceso a Internet.



4. La aportación se fija en el 0,9% de los ingresos brutos de explotación
facturados en el año correspondiente, excluidos los obtenidos en el
mercado de referencia al por mayor. Se consideran ingresos brutos de
explotación los percibidos por los operadores por la prestación de todos
sus servicios minoristas no audiovisuales debiendo excluirse los ingresos
que se consideren para la determinación de la aportación a realizar por
las sociedades concesionarias y prestadoras del Servicio: de televisión
de ámbito geográfico estatal o superior al de una Comunidad Autónoma
establecida en el artículo 6, los ingresos financieros, los resultados
atípicos o extraordinarios, los provenientes de la enajenación del
inmovilizado y aquellos asociados a actividades que se contraten y se
facturen de forma independiente de las derivadas de la prestación de
servicios de comunicaciones electrónicas prestados a usuarios finales.
Esta aportación no podrá superar el 25% del total de ingresos previstos
para cada año en la Corporación RTVE.



El resto del artículo permanece con la misma redacción.'




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Dos. Se modifica el apartado 3 del artículo 6 y se añade un apartado 10 en
el artículo 6, Aportación a realizar por las sociedades concesionarias y
prestadoras del Servicio: de televisión de ámbito geográfico estatal o
superior al de una Comunidad Autónoma, con la siguiente redacción:



'3. Resultarán obligados al pago de la aportación los operadores de
televisión que sean concesionarios o prestadores del Servicio: de
televisión tanto en forma de acceso abierto como de acceso condicional de
alguna de las modalidades siguientes, siempre que el Servicio: tenga un
ámbito geográfico estatal o superior al de una Comunidad Autónoma,
directamente o a través de una empresa del mismo grupo en los términos
establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio:



a) Sociedades concesionarias del Servicio: de televisión privada por ondas
terrestres, en sistema analógico o digital.



b) Sociedades prestadoras del Servicio: de televisión por satélite.



c) Sociedades prestadoras del Servicio: de televisión por cable.'



'10. Se consideran ingresos brutos de explotación los percibidos por los
concesionarios o prestadores de servicios de comunicación audiovisual en
razón de su actividad como prestadores del Servicio: de comunicación
audiovisual televisiva de acuerdo a lo establecido en la Ley 7/2010, de
31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, debiendo excluirse
aquéllos que se hubieran computado para la determinación de la aportación
a realizar por determinados operadores de telecomunicaciones, conforme a
lo indicado en el artículo 5, los ingresos financieros, los resultados
atípicos o extraordinarios, los provenientes de la enajenación del
inmovilizado y los asociados a actividades que se contraten y se facturen
de forma independiente de las de los servicios de televisión indicados en
el apartado 3 de este artículo. Cuando un operador de Servicio: de
comunicación audiovisual preste servicios en abierto y en acceso
condicional de pago, se aplicará el 3 por ciento sobre la parte de sus
ingresos brutos procedentes de los servicios de comunicación audiovisual
en abierto, y el 1,5 por ciento sobre sus ingresos brutos procedentes de
los servicios de comunicación audiovisual en acceso condicional de pago.



El resto del artículo permanece con la misma redacción.''
JUSTIFICACIÓN Se modifica la disposición final décimo quinta con el
objetivo de dotar de mayor seguridad jurídica a los sujetos obligados al
pago de las aportaciones para la financiación de la Corporación de Radio
y Televisión Española.
ENMIENDA NÚM. 5.956
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



A la disposición adicional décima sexta
De modificación Se da nueva redacción al quinto párrafo del apartado Uno
la Disposición adicional décima sexta, que queda redactado como sigue:



'No obstante, lo previsto en el párrafo anterior no será de aplicación a
las modalidades particulares de contrato de trabajo contempladas en la
Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,




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de Universidades, en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación o en cualesquiera otras normas con rango de
Ley, cuando estén vinculadas a un proyecto específico de investigación o
de inversión de duración superior a tres años, circunstancia ésta que
habrá de quedar debidamente reflejada en el contrato.'
JUSTIFICACIÓN Mejora técnica.
ENMIENDA NÚM. 5.957
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



A la disposición adicional vigésima octava.
De modificación Se da nueva redacción a la disposición adicional vigésima
octava, que queda redactada como sigue:
'Disposición adicional vigésima octava. Retribuciones de los empleados
públicos y demás representantes del sector público estatal en los
consejos de administración de sociedades mercantiles privadas.



Con efectos desde la fecha de entrada en vigor de esta Ley y vigencia
indefinida, las retribuciones o compensaciones económicas que perciban
los empleados y los cargos del sector público por su participación en los
consejos de administración u otros órganos colegiados de sociedades
mercantiles privadas en representación del sector público estatal, no
podrán superar las cuantías aprobadas por el Ministro de Hacienda y
Función Pública por asistencia a los consejos de administración de las
sociedades mercantiles estatales del grupo I, sin perjuicio de los demás
límites establecidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre
indemnizaciones por razón del servicio. Las cuantías que, de acuerdo con
lo señalado anteriormente, no puedan percibirse por el interesado, se
ingresarán en el Tesoro Público o en el ente de Derecho Público que,
directa o indirectamente, haya adquirido o al que se hayan transferido
todas las participaciones accionariales de titularidad pública.'
JUSTIFICACIÓN El texto del Proyecto, en relación con las cuantías que
conforme al mismo no puedan percibirse por los interesados (empleados y
cargos del sector público por su participación en consejos de
administración u otros órganos colegiados de sociedades mercantiles
privadas en representación del sector público estatal), únicamente
contempla como destino su ingreso en el Tesoro Público, debiendo
contemplarse la posibilidad de que se ingresen en el ente al que se hayan
transferido todas las participaciones accionariales de titularidad
pública.




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ENMIENDA NÚM. 5.958
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



A la disposición final décima segunda bis
De adición. Se añade una disposición final, la décima segunda bis nueva,
con la siguiente redacción:



'Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida,
se añade un nuevo apartado 6 al artículo 20 de la Ley 8/2006, de 24 de
abril, de Tropa y Marinería, con la siguiente redacción:



6. Para el ingreso en el Cuerpo de Agentes del Servicio: de Vigilancia
Aduanera se reservará un mínimo del 20 por cien de las plazas convocadas
para la Especialidad Marítima, para los militares profesionales de tropa
y marinería que lleven 5 años de servicios como tales, sin que en ningún
caso dicha reserva pueda superar el 60 por ciento. Las plazas reservadas
que se convoquen y no sean cubiertas se acumularan a las convocadas por
el sistema de acceso libre.'
JUSTIFICACIÓN Con esta propuesta se pretende incluir una reserva de
puestos para los militares de tropa y marinería en los procesos de
selección para el ingreso en el Cuerpo de Agentes del Servicio: de
Vigilancia Aduanera, con el doble objetivo de, por una parte, facilitar
la salida profesional de este colectivo, y así lograr la desvinculación
de las fuerzas armadas, y por otra, favorecer la incorporación al citado
Cuerpo, adscrito a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de
personal cualificado y con experiencia en la especialidad Marítima.
ENMIENDA NÚM. 5.959
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



A la disposición final décima segunda bis
De adición. Se añade una disposición final, la décima segunda bis nueva,
con la siguiente redacción:



'Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida,
se añade un nuevo apartado 6 al artículo 20 de la Ley 8/2006, de 24 de
abril, de Tropa y Marinería, con la siguiente redacción:



6. Para el ingreso en el Cuerpo de Agentes del Servicio: de Vigilancia
Aduanera se reservará un mínimo del 20 por cien de las plazas convocadas
para la Especialidad Marítima, para los militares profesionales de tropa
y marinería que lleven 5 años de servicios como tales, sin que en ningún
caso dicha reserva pueda superar el 60 por ciento. Las plazas reservadas
que se convoquen y no sean cubiertas se acumularan a las convocadas por
el sistema de acceso libre.'




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JUSTIFICACIÓN Con esta propuesta se pretende incluir una reserva de
puestos para los militares de tropa y marinería en los procesos de
selección para el ingreso en el Cuerpo de Agentes del Servicio: de
Vigilancia Aduanera, con el doble objetivo de, por una parte, facilitar
la salida profesional de este colectivo, y así lograr la desvinculación
de las fuerzas armadas, y por otra, favorecer la incorporación al citado
Cuerpo, adscrito a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de
personal cualificado y con experiencia en la especialidad Marítima.
ENMIENDA NÚM. 5.960
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



A la disposición adicional décima quinta
De adición. Se añade un apartado Tres nuevo a la disposición adicional
décima quinta, con la siguiente redacción:



'Tres. Excepcionalmente, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, a
través de las Secretarías de Estado de Presupuestos y Gastos y de Función
Pública, podrán autorizar, por encima de los límites anteriormente
señalados, las contrataciones que resulten necesarias para dar
cumplimiento a aquellos instrumentos de planificación estratégicos que
sean aprobados por el accionista mayoritario y que hayan sido informados
favorablemente por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos
Económicos.



El apartado tres actual de dicha disposición adicional pasará a ser
apartado cuatro.'
JUSTIFICACIÓN La enmienda resulta necesaria para el debido cumplimiento de
los Acuerdos en la materia que puedan adoptarse por la Comisión Delegada
del Gobierno para Asuntos Económicos.
ENMIENDA NÚM. 5.961
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



Al artículo 19
De modificación Se da nueva redacción a la letra J) del número 2 del
apartado Uno, del artículo 19, que queda redactado como sigue:



'J) Plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores
Titulares de Universidad, de profesores contratados doctores de
Universidad regulados en el artículo 52 de la




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Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y a las plazas
de personal de administración y servicios de las Universidades, siempre
que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se
autoricen las correspondientes convocatorias, previa acreditación de que
la oferta de empleo público de las citadas plazas no afecta al
cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos
para la correspondiente Universidad, ni de los demás límites fijados en
la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera.



Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos
de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y
a los profesores contratados doctores previsto en el párrafo anterior,
cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por
ciento del total de plazas que oferte, a la contratación como personal
laboral de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa:
Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado 13.



Las plazas de profesor contratado doctor que queden vacantes como
consecuencia del acceso a un Cuerpo docente universitario, se podrán
incluir en la tasa de reposición del ejercicio siguiente.'
JUSTIFICACIÓN Estableciendo normas sobre la tasa de reposición de este
colectivo.
ENMIENDA NÚM. 5.962
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



A la disposición adicional décima quinta
De modificación Se da nueva redacción al tercer párrafo del apartado Uno.3
de la Disposición adicional décima quinta, que queda redactado como
sigue:



'No obstante, lo previsto en el párrafo anterior no será de aplicación a
las modalidades particulares de contrato de trabajo contempladas en la
Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la Ley
14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación o en
cualesquiera otras normas con rango de Ley, cuando estén vinculadas a un
proyecto específico de investigación o de inversión de duración superior
a tres años, circunstancia ésta que deberá constar en el contrato.'
JUSTIFICACIÓN Mejora técnica.




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4129






ENMIENDA S NÚMS. 5.963 a 5.975
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular en el Congreso



Las enmiendas núms. 5.963 a 5.975 del Grupo Parlamentario Popular fueron
retiradas por escrito del Grupo con fecha de 9 de mayo de 2017.
ENMIENDA NÚM. 5.976
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



A la disposición final novena
De adición. Se añade un apartado Dos nuevo a la disposición final novena,
con la siguiente redacción:



'Dos. Se modifica la Disposición adicional octava de la Ley 33/2003, de 3
de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, que queda
redactada como sigue:
Disposición adicional octava. Bienes afectados al Ministerio del
Interior.



La gestión patrimonial del organismo autónomo 'Gerencia de
Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado' se ajustará a
su normativa especial, con aplicación supletoria de esta ley. No
obstante, la vigencia del régimen especial de gestión de bienes inmuebles
afectados al Ministerio del interior establecido en las normas
reguladoras del organismo se extinguirá transcurridos se extinguirá
transcurridos 15 años desde el 1 de enero de 2018.'
JUSTIFICACIÓN El objetivo pretendido con la presente propuesta es dar
continuidad, limitada en el tiempo, al régimen patrimonial específico
para la gestión y enajenación de los inmuebles afectados en el ámbito de
funciones del Ministerio del Interior, que hasta la fecha ha demostrado
su completa validez, extendiéndolo por un plazo límite de dos años
adicionales.



La Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas viene a reconocer
la existencia de determinados regímenes especiales legalmente previstos,
que permiten una gestión y disposición singular de bienes en determinados
ámbitos específicos.



Así ocurre, entre otros, con los bienes destinados a los fines de la
Seguridad de! Estado y, en general, a las funciones cuya responsabilidad
está atribuida al Ministerio del Interior. En efecto, de acuerdo con la
disposición adicional octava de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, la
gestión de los bienes inmuebles afectados al Ministerio de Interior goza
de un régimen especial, que está recogido en el artículo 53. Cuatro de la
Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y
de Orden Social. Dicha especialidad radica en que el Ministro del
Interior ostenta, en exclusiva, la facultad para la desafectación y la
declaración de alienabilidad de todos los bienes afectados al Ministerio
del Interior, una vez declarada su innecesaridad y disponibilidad, así
como su enajenación directa, que puede delegarla en el Consejo Rector,
siendo el procedimiento habitual para su enajenación el de pública
subasta, y correspondiendo al organismo autónomo la tramitación
consiguiente, que incluye la depuración




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4130






física y jurídica, así las facultades de investigación, deslinde y
regularización registral, extendiéndose su competencia a cuantas
actuaciones se promuevan de oficio o a instancia de los interesados en
razón de los derechos que pudieran derivarse de la desafectación del fin
para el que los bienes hubieran sido en su día expropiados o donados,
quedando subrogado a todos los efectos en los derechos y obligaciones que
corresponden al Estado.



En la actualidad, la GIESE se configura como un organismo con personalidad
jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, autonomía
de gestión y plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de
sus funciones.



En definitiva, la GIESE es un organismo cuyo principal cometido es
gestionar el patrimonio afectado al Ministerio del Interior que resulte
innecesario al mismo para su enajenación, destinando los ingresos
obtenidos a mejorar las infraestructuras de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado con los ingresos obtenidos mediante la enajenación
por venta o permuta de los bienes inmuebles declarados previamente
declarados innecesarios.
ENMIENDA S NÚMS. 5.977 a 5.980
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



Las enmiendas núms. 5.977 a 5.980 del Grupo Parlamentario Popular fueron
retiradas por escrito del Grupo con fecha de 9 de mayo de 2017.
ENMIENDA NÚM. 5.981
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



Al Anexo III. Operaciones de crédito autorizadas a Organismos Públicos
De modificación En la quinta línea,



Donde dice: RENFE Operadora(3) 250.000



Debe decir: RENFE Operadora(3) 500.000
JUSTIFICACIÓN La propuesta de importes unitarios de cánones recogida en el
artículo 71 del actual Proyecto de Ley, contempla un incremento de
cánones para los servicios VCM (obligaciones de Servicio: público) en
líneas distintas de las de tipo A, que implica un incremento de los
mismos que, en términos anuales, supondrá alrededor de 585 millones de
euros anuales.



RENFE calculó su necesidad de incremento de endeudamiento de acuerdo con
los importes unitarios recogidos en la propuesta inicial de ADIF remitida
en julio de 2016 e informada sin variación, en lo relativo a estos
importes, por la CNMC en noviembre de 2016. Lo anterior es congruente con
el hecho de que la previsión de ingresos por cánones recogida en los
presupuestos de explotación de ADIF no incorpora la subida de canon que
derivaría de lo dispuesto en el artículo 71.




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4131






Dado que se ha rechazado la posibilidad de que el citado incremento de
cánones se demore al cierre del ejercicio 2017, y que por tanto la
previsión de entrada en vigor sería el 1 de julio, RENFE tendrá que
afrontar en 2017 unos mayores costes por canon de alrededor de 300
millones de euros.



RENFE no dispone de los recursos financieros necesarios para financiar ese
mayor gasto. Por lo tanto, es imprescindible aumentar el techo de
endeudamiento de RENFE a fin de que pueda atender el pago de este tributo
en los plazos legalmente establecidos.
ENMIENDA NÚM. 5.982
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



A la disposición adicional centésima décima cuarta
De modificación Se modifica la disposición adicional centésima décima
cuarta, que queda redactada como sigue:
'Disposición adicional centésima décima cuarta. Destino del superávit del
sistema eléctrico en 2017.



De forma excepcional para el año 2017, los superávits de ingresos del
sistema eléctrico podrán destinarse al pago de indemnizaciones en
ejecución de sentencias o pronunciamientos arbitrales derivados de
normativa del sector eléctrico que deban llevarse a cabo con cargo a los
Presupuestos Generales del Estado o con cargo al sistema eléctrico,
siempre que así se determine mediante Orden del Ministro de Energía,
Turismo y Agenda Digital, previo acuerdo de la Comisión Delegada del
Gobierno para Asuntos Económicos.'
JUSTIFICACIÓN Se amplía el ámbito de aplicación de la disposición ya
existente con el objetivo de dar cobertura a eventuales pronunciamientos
arbitrales. Aliviándose de esta forma la carga que supondría hacer frente
a los mismos con cargo a presupuestos.
ENMIENDA NÚM. 5.983
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



Las enmienda núm. 5.983 del Grupo Parlamentario Popular fueron retiradas
por escrito del Grupo con fecha de 9 de mayo de 2017.




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4132






A la Mesa de la Comisión de Presupuestos



El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto
en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta las
siguientes enmiendas a la Sección: 23, Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente, del Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2017.



Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de mayo de 2017.-Rafael Antonio
Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
ENMIENDA NÚM. 5.984
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



De modificación.
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 004. Secretaría de Estado de Medio Ambiente.
Programa : 000X. Transferencias internas.
Capítulo 7. A Organismos autónomos.
Artículo: 71. Transferencias de capital.Concepto : 710, Parques
Nacionales.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 008. Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y
Medio Natural.
Programa : 456C. Protección y mejora del medio natural.
Capítulo 6. Inversiones reales.
Artículo: 61. Inversiones de reposición en infraestructuras y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611. Otras.
Proyecto: 2012230080013. Proyectos protección de la Naturaleza Red Natura
2000.
Importe : 1.500,00 (miles de euros).



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 013. Dirección General de Servicios.
Programa : 4510.
Capítulo 6. Inversiones reales.
Artículo: 64. Gastos de inversiones de carácter inmaterial.Concepto :
640. Gastos de inversiones de carácter inmaterial.
Proyecto: 2005210010077. Plan integral de informatización del Ministerio.
Importe : 500,00 (miles de euros).



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 005. Dirección General del Agua.
Programa : 452A. Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo 6. Inversiones reales.
Artículo: 61. Inversiones de reposición en infraestructuras y bienes
destinados al uso general.Concepto : 611. Otras.
Proyecto: 2016230050020. Otras actuaciones Infraestruc. Hidráulicas.
Varias provincias.
Importe : 1.000,00 (miles de euros).




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4133






Repercusión en el presupuesto de Parques Nacionales
ALTA: INGRESOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 101. Parques nacionales.
Capítulo 7. Transferencias corrientes.
Artículo: 70. De la Administración del Estado.Concepto : 70000. De la
Secretaria de Estado de Medio Ambiente para el Desarrollo de sus
Actividades.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
ALTA: GASTOS



Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 101. Parques nacionales.
Programa : 456C. Protección y mejora del medio natural.
Capítulo 7. Transferencias de capital.
Artículo: 75. A Comunidades AutónomasConcepto : 750. Compensaciones
socioeconómicas a las áreas de influencia de los parques nacionales.
Importe : 3.000,00 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Esta enmienda se realiza con el fin de aumentar las
indemnizaciones por pérdida de renta en el área de influencia
socioeconómica de los Parques Nacionales.
ENMIENDA NÚM. 5.985
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 05. Dirección General del Agua.
Programa : 452A.
Capítulo 4.
Artículo: 44.Concepto : 440.
Proyecto: A la sociedad estatal Acuamed para el apoyo a la producción de
agua desalada.



lmporte: +4.000,00 (miles de euros).



Distribución Territorial:



(93) No regionalizable
BAJA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 05. Dirección General del Agua.
Programa : 456A.
Capítulo 6.



Articulo: 60.Concepto :
Proyecto: 2009 23 05 0002. Inversiones sin regionalizar del Programa:
456A.
Importe : -4.000,00 (miles de euros).




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4134






JUSTIFICACIÓN Las condiciones extraordinarias de sequía que están
sufriendo el Levante y otros territorios, donde los tres últimos años
hidrológicos han sido extremadamente secos desde el punto de vista de la
meteorología tanto en las cuencas del Júcar y Segura como en la cabecera
del Tajo, aconseja que, con carácter urgente, se habiliten medidas
excepcionales que permitan paliar esta situación.



A la Mesa de la Comisión de Presupuestos



Los Grupos Parlamentarios abajo firmantes, al amparo de lo dispuestos en
el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan las
siguientes enmiendas al articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2017.



Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de mayo de 2017.-Ana María Oramas
González-Moro, Diputada.- Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
ENMIENDA NÚM. 5.986
FIRMANTE : Ana María Oramas González-Moro (Grupo Parlamentario Mixto)



A la disposición adicional centésima primera bis (nueva)
De adición. Se añade una disposición adicional centésima primera bis
nueva, con la siguiente redacción:
'Disposición adicional centésima primera bis. Aportación financiera del
Estado en aplicación de lo dispuesto en la disposición adicional tercera
del Texto Refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto
Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.



De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional tercera del
Texto Refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto
Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, el Estado durante el año 2017,
aportará la cantidad de 21 millones de euros, para la realización de
medidas que incrementen el empleo.



Las medidas concretas a desarrollar, así como la aportación citada para el
Plan Especial de Empleo de Cananas, se instrumentarán mediante un
Convenio de Colaboración a celebrar entre la Administración General del
Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias.'
JUSTIFICACIÓN Esta propuesta se incluye para dar cumplimiento a la
previsión contenida en la disposición adicional tercera del texto
refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo
3/2015, de 23 de octubre.




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4135






A la Mesa de la Comisión de Presupuestos



Los Grupos Parlamentarios abajo firmantes, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la
siguiente enmienda a la Sección: 19, Ministerio de Empleo y Seguridad
Social, del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2017.



Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de mayo de 2017.-Ana María Oramas
González-Moro, Diputada.- Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
ENMIENDA NÚM. 5.987
FIRMANTE : Ana María Oramas González-Moro (Grupo Parlamentario Mixto)



De modificación.
ALTA Sección: 19. Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Servicio : 101. Servicio: Público de Empleo Estatal.
Programa : 241A. Fomento de la inserción y estabilidad laboral.
Capítulo 4. Transferencias corrientes.
Artículo: 45. A Comunidades Autónomas.Concepto : 455. Planes integrales
de empleo y otras actuaciones en materia de empleo, mediante convenios de
colaboración con Comunidades Autónomas.



Subconcepto: 455.10. Plan Integral de Empleo de Canarias.
Proyecto: Plan Especial de Empleo de Canarias.
Importe : 21.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 19. Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Servicio : 101. Servicio: Público de Empleo Estatal.
Programa : 241A. Fomento de la inserción y estabilidad laboral.
Capítulo 4. Transferencias corrientes.
Artículo: 48. A Familias e Instituciones sin fines de lucro.Concepto :
487. Para pago de cuotas, subvenciones y bonificaciones a la Seguridad
Social.



Subconcepto: 487.03. Financiación de las bonificaciones en las
cotizaciones a la Seguridad Social acogidas a medidas de fomento de
empleo por contratación laboral, incluso obligaciones de ejercicios
anteriores (EJE 3).
Proyecto:
Importe : 21.000 (miles de euros).
JUSTIFICACIÓN Esta propuesta se incluye para dar cumplimiento a la
previsión contenida en la disposición adicional tercera del texto
refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo
3/2015, de 23 de octubre, que tiene en cuenta la especial situación de
Canarias como región ultraperiférica derivada de su insularidad y lejanía
reconocida por el artículo 138.1 de la Constitución Española y por el
artículo 349 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (única
región española con esta característica).



El aumento de gastos se financiará con la correspondiente disminución en
el gasto previsto en el subConcepto: 487.03 que comprende los fondos para
financiación de las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad
Social por contratación laboral, ya que con la información existente en
este momento el gasto que se prevé ejecutar en 2017 es inferior a la
cuantía que consta en el proyecto de presupuestos en




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4136






cantidad suficiente para financiar la presente enmienda, así como !a
correspondiente a la regularización de la incidencia del aumento del
salario mínimo interprofesional en las subvenciones de mantenimiento de
Centros Especiales de Empleo (20,6 millones de euros).



A la Mesa de la Comisión de Presupuestos



El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto
en el artículo 110 y ss. del Reglamento de la Cámara, presenta las
siguientes enmiendas a la Sección: 18, Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte, del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2017.



Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de mayo de 2017.-Rafael Antonio
Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
ENMIENDA NÚM. 5.988
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Popular



en el Congreso



A la Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte



De modificación.
ALTAS



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 06. Secretaría General de Universidades.
Programa : 332C. Enseñanzas universitarias.
Capítulo 4. Transferencias corrientes.
Artículo: 45. A Comunidades Autónomas.Concepto : 450. A la Oficina VIII
Centenario de la Universidad de Salamanca 2018 (Incremento de la
dotación).
Importe : 225,25 (miles de euros).



SUMA ALTAS: 225,25 (miles de euros).
BAJA S



Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 06. Secretaría General de Universidades.
Programa : 332C. Enseñanzas universitarias.
Capítulo 2. Gastos corrientes en bienes y servicios.
Artículo: 22. Material, suministros y otros.Concepto : 227.06. Estudios y
trabajos técnicos.
Importe : -50,00 (miles de euros).
Programa : 463A. Investigación científica.
Capítulo 7. Transferencias de capital.
Artículo: 78: A familiasConcepto : 788.03. Acciones de formación y
movilidad en cooperación bilateral y Programa: Paiulo Freire.
Importe : -175,25 (miles de euros).



SUMA BAJAS: -225,25 (miles de euros).




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4137






JUSTIFICACIÓN La Universidad de Salamanca, fundada en el año 1218 por el
rey Alfonso IX de León, es la más antigua de las universidades hispanas
existente. Desde su fundación hasta nuestros días, ha sido considerada
ejemplo de la excelencia de un sistema universitario español cuyo
prestigio y reconocimiento transciende de nuestras fronteras.



Sus cartas fundacionales no solo sirvieron de modelo para otras
universidades españolas, sino que más del 70% de las universidades
creadas en los siglos XV, XVI y XVII en todo el mundo consideran hoy en
día a la Universidad de Salamanca su 'alma mater'.



Ahora que se aproxima el VIII centenario de la fundación de esta
Universidad, que realmente es el VIII centenario del nacimiento del
sistema universitario español, es necesario contribuir a este
reconocimiento para mantener el prestigio de la marca España, esta vez en
el ámbito universitario, en el resto del mundo.



A la Mesa de la Comisión de Presupuestos



El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado Pedro Quevedo
Iturbe de Nueva Canarias, al amparo de lo establecido en los artículos
110 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados
presenta las siguientes enmiendas al articulado del Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.



Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de mayo de 2017.-Pedro Quevedo
Iturbe, Diputado.-Joan Baldoví Roda, Portavoz del Grupo Parlamentario
Mixto.
ENMIENDA NÚM. 5.989
FIRMANTE : Pedro Quevedo Iturbe (Grupo Parlamentario Mixto)
ALTA Sección: 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.
Servicio : 12.03. Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para
Iberoamérica.
Programa : 143A. Cooperación al Desarrollo.
Capítulo 4.
Artículo: 48. A familias e Instituciones sin fines de lucro.Concepto :
48X. CEASS Coordinadora Estatal de Asociaciones Solidarias con el Sahara.



Dotación: 1.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 35.
Servicio : 35.01. Dirección General de Presupuestos. Fondo de
Contingencia.
Programa : 929N.
Capítulo 5.
Artículo: 50.Concepto : 500.



Dotación: 1.000,00 (miles de euros).




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JUSTIFICACIÓN Incrementar la ayuda al pueblo saharaui en los campamentos
de Tinduf, donde permanecen por la inacción de las instituciones
internacionales que mantienen pendiente la realización del referéndum
aprobado por la ONU, en unas condiciones humanitarias muy deficientes.



A la Mesa de la Comisión de Presupuestos



En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esa Mesa para
presentar las siguientes enmiendas, omitidas por error en las presentadas
al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.



Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de mayo de 2017.-Miguel Ángel
Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.
ENMIENDA NÚM. 5.990
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Socialista



De adición.
Disposición adicional nueva con la siguiente redacción:



'El Gobierno habilitará de la partida correspondiente la cantidad de
15.000 miles de euros para aumentar el Fondo Complementario asignado a la
Comunitat Valenciana para la partida prevista para la Infr. L T2 Metro de
Valencia Tr. C/ Alicante-Nazaret (08-02-2015-0044).



En una inversión plurianual de 130.000,00 euros hasta 2019.'
MOTIVACIÓN Necesidad de la actuación.
ENMIENDA NÚM. 5.991
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Socialista



Sección 16. Ministerio del Interior.
ALTA Sección: 16.
Servicio : 03.
Programa : 132 - A.
Capítulo 6.
Artículo: 63.Concepto : Obras de seguridad en edificios de la Policía
Nacional en Córdoba.
Importe : 250,00 (miles de euros).




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4139






BAJA Sección: 31.
Servicio : 02.
Programa : 929 - M.
Capítulo 5.
Artículo: 51.Concepto : 510.
Importe : 250,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Para las obras de mejora en la Comisaría de Distrito Córdoba
Este-Campo Madre de Dios, en la provincia de Córdoba y demás comisarías
con necesidades de mejora en sus instalaciones.
ENMIENDA NÚM. 5.992
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Socialista



Sección 16. Ministerio del Interior.
ALTA Sección: 16.
Servicio : 04.
Programa : 132 - A.
Capítulo 6.
Artículo: 63.Concepto : Obras de seguridad en edificios de la Guardia
Civil en Córdoba.
Importe : 250,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31.
Servicio : 02.
Programa : 929 - M.
Capítulo 5.
Artículo: 51.Concepto : 510.
Importe : 250,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Para las obras de mejora en los cuarteles de la Guardia Civil
en la provincia de Córdoba con necesidades de mejora en sus
instalaciones.




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4140






A la Mesa de la Comisión de Presupuestos



El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En
Marea, al amparo de lo dispuesto en el Reglamento de la presente Cámara,
presenta las siguientes enmiendas parciales al Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.



Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de mayo de 2017.-Joan Mena Arca y
Segundo González García, Diputados.-Txema Guijarro García, Portavoz del
Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.
ENMIENDA NÚM. 5.993
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Beneficios fiscales aplicables a 'UAM 50
años'.



Uno. El proyecto 'UAM 50 años' tendrá la consideración de acontecimiento
de excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el
artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de
las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al
mecenazgo.



Dos. La duración del programa de apoyo a este acontecimiento abarcará
desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2019.



Tres. La certificación de la adecuación de los gastos realizados a los
objetivos y planes del programa se efectuará en conformidad con lo
dispuesto en la citada Ley 49/2002.



Cuatro. Las actuaciones a realizar serán las que aseguren el adecuado
desarrollo del acontecimiento. El desarrollo y concreción en planes y
programas de actividades específicas se realizará por el órgano
competente en conformidad con lo dispuesto en la Ley 49/2002.



Cinco. Los beneficios fiscales de este programa serán los máximos
establecidos en el artículo 27.3 de la Ley 49/2002.'
ENMIENDA NÚM. 5.994
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Déficit tarifario.



Uno. El Gobierno realizará de forma urgente inspecciones en el ámbito de
su competencia con el fin de analizar las cuantías que se hubieren
abonado en la transición al mercado de la competencia en el sector
eléctrico.




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4141






Dos. El Gobierno promoverá de inmediato auditorías energéticas
independientes sobre la composición del déficit tarifario y revisar
aquellos conceptos prescindibles en un mercado competitivo y basado en la
eficiencia, la independencia energética y las energías limpias, así como
la metodología de la retribución de la producción, transporte y
distribución.'
JUSTIFICACIÓN Según los cálculos efectuados por la Comisión Nacional de
Energía, se produjo una importante sobrecompensación a las empresas
beneficiarias de los Costes de Transición a la Competencia. Según un
informe de esta fechado el 23 de febrero de 2007, 'no solo se habrían
recuperado los CTC a 1/07/2006 sino que incluso las cantidades cobradas
por encima de lo establecido serían de 3.396 millones de euros'. La
ausencia de previsión expresa en el Real Decreto-ley 7/2006, sobre la
exigencia de la devolución de los CTC cobrados en exceso generó dudas al
propio Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, lo que motivó una
consulta legal a la Abogacía del Estado (referencia 11/07). Esta, en
resumen, concluyó que la sobrecompensación concedida en concepto de CTC a
las beneficiarias del sistema podía recuperarse, ya que constituía un
enriquecimiento injusto, y que existía de plazo hasta el 23 de junio de
2010, para recuperar esas sumas. Asimismo, en sucesivos informes de años
posteriores, la Comisión Nacional de Energía advirtió de la necesidad de
recuperar las sobrecompensaciones abonadas en concepto de CTC. En este
contexto, resulta escandaloso que en su día el Gobierno no decidiera
llevar a cabo el pertinente procedimiento para la recuperación de las
cuantías abonadas como sobrecompensación. Por todo ello, la Ley del
Sector Eléctrico debe recoger con vocación de presente y futuro dichas
atribuciones a la Administración General del Estado.
ENMIENDA NÚM. 5.995
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Central nuclear de Garoña.



Uno. El Gobierno iniciará de inmediato el estudio de las necesidades
operativas para acometer el desmantelamiento y gestión de los residuos de
la Central Nuclear de Garoña. Se crearán las partidas presupuestarias que
sean necesarias a tales efectos con el fin de que la Empresa Nacional de
Residuos Radioactivos pueda ejecutar dichas tareas.'
JUSTIFICACIÓN Es necesario en el objetivo hacia una transición del mercado
energético, el desmantelamiento y gestión de los residuos de la Central
Nuclear de Garoña, preservando en todo caso la seguridad.




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4142






ENMIENDA NÚM. 5.996
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Déficit tarifario.



Uno. El Gobierno iniciará el estudio de las necesidades y futuro de las
redes de distribución de cara a permitir la descentralización y
transporte bidireccional entre grandes instalaciones de autoconsumo
eléctrico, consumidores, baterías y vehículos eléctricos.'
JUSTIFICACIÓN La promoción de una red de transporte adaptada a la
incorporación de nuevas fuentes de generación y nuevas vías de gestión de
la red de distribución.
ENMIENDA NÚM. 5.997
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Cesión de las viviendas militares
asociadas al cuartel Sancho Ramírez de Huesca por cierre del mismo.



En el ejercicio 2017, el Ministerio de Defensa iniciará los trámites
necesarios para proceder a la cesión de las viviendas al Ayuntamiento de
Huesca para su gestión como vivienda social.'
JUSTIFICACIÓN Necesidad del proyecto.




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4143






ENMIENDA NÚM. 5.998
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Observatorio de la Corrupción.



Bajo el principio de transparencia desarrollado en la Ley Orgánica 2/2012,
de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera, y con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno se crearán nuevos
mecanismos que mejoren el control y la supervisión de las cuentas del
estado, así como de los partidos políticos. Su objetivo será la de
establecer qué efecto tienen los intereses económicos y empresariales
sobre el funcionamiento de la política de las instituciones públicas, así
como de los partidos políticos. También analizará y realizará un dictamen
sobre si el empleo de los recursos y el endeudamiento públicos han sido
destinados al interés general, o por el contrario han servido para el
lucro privado o la consecución de objetivos particulares no relacionados
con el servicio público y el interés general.



Para ello se propone establecer un Observatorio de la Corrupción que
supervise y audite la financiación de los partidos, así como las rentas y
el patrimonio de los políticos, con el objetivo de detectar posibles
casos de corrupción y denunciarlos.



En segundo lugar, y directamente ligado a este primer observatorio se
creará el Observatorio de los Grupos de Interés y Presión que analice y
ponga luz sobre las prácticas usadas por los grupos de interés
económicos, tanto legales como ilegales, para influir sobre las
estructuras políticas y las instituciones públicas. De esta manera será
más fácil entender algunos de los intereses que conducen las agendas
políticas de los partidos, así como los comportamientos de las
instituciones, que en ocasiones son contrarios a sus principios rectores
y/o a los propios compromisos electorales de sus cargos electos.



Por último, se iniciará un proceso de Auditoría Ciudadana de la Deuda,
proceso que se llevará a cabo de forma bianual en adelante. Tal proceso
se basaría en los siguientes principios y valores:
- Transparencia: toda la información vinculada al proceso es pública,
accesible, online y, poder ser, offline (¿oficina física del proyecto?).
Se trata de compartir cómo evoluciona el proceso de diagnóstico
compartido, de coproducción de propuestas, pero también de licitaciones y
contrataciones una vez iniciada la ejecución del proyecto, presupuestos,
evolución de costes reales (en tiempo real y al máximo detalle), etc.
Esta información debe poder estar en bruto (documentos y datos
originales), pero también tratada, de forma que se facilite su
comprensión (por ejemplo, visualizaciones del presupuesto y evolución de
costes).
- Rendición Cuentas: en momentos clave del proyecto facilitar, a partir de
espacios presenciales, infografías o documentos explicativos, un relato
sobre en qué punto está el proceso.
- Comunicación bidireccional: se facilitará también la recepción de
opiniones, sugerencias, quejas y propuestas por parte de los diferentes
agentes, dando respuesta a las mismas. Tanto las demandas como las
respuestas deben ser públicas en todo momento.
- Control Ciudadano: establecer espacios de gobernanza que permitan el
seguimiento ciudadano de cómo evoluciona el proceso, así como la
capacidad de decisión en determinadas cuestiones y en determinados
momentos (a detallar en el proceso de construcción de este espacio de
gobernanza participado).'




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4144






JUSTIFICACIÓN Se considera imprescindible la adopción de esta disposición
adicional.
ENMIENDA NÚM. 5.999
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Transparencia y auditoría en relación al
sector armamentístico.



Elaborar y publicar semestralmente un informe de las exportaciones de
armas, que indique la tipología de las armas exportadas, el nombre del
exportador, del comprador, el país de destino y el valor de las mismas; y
un informe de las adquisiciones de Armentia que indique qué armas se
compran, en qué país y su valor económico. A su vez deberán auditarse los
contratos y, en la medida de lo posible (son contratos blindados y
algunos en consorcio con otros países europeos), reducirlos o
eliminarlos; e implantar transparencia en toda la cadena de contratación
del Ministerio de Defensa para evitar perversiones y corrupción
detectada.'
JUSTIFICACIÓN Necesidad de mejorar la transparencia y establecer procesos
de auditoría en relación al sector armamentístico.
ENMIENDA NÚM. 6.000
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Sensibilización y difusión del protocolo
en todo lo referido a conductas de acoso sexual.



Se realizarán campañas de sensibilización y difusión del protocolo en todo
lo referido a conductas de acoso sexual o por razón de sexo en las
unidades mediante sesiones informativas.'
JUSTIFICACIÓN Necesidad de sensibilización y difusión del protocolo en
todo lo referido a conductas de acoso sexual.




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4145






ENMIENDA NÚM. 6.001
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Formación y mejora de las actuaciones
policiales y de los protocolos de testimonio protegido.



Formación para la actuación policial y judicial contra las redes de
tráfico de personas; y mejora de los protocolos y los programas de
testimonio protegido, de adopción de medidas cautelares y de asistencia
letrada.'
JUSTIFICACIÓN Necesidad de sensibilización y difusión del protocolo en
todo lo referido a conductas de acoso sexual.
ENMIENDA NÚM. 6.002
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Abordaje transversal e integral del
tráfico y la explotación sexual.



Constituir un organismo transversal y multidisciplinar para combatir de
forma integral el tráfico y la explotación sexual.'
JUSTIFICACIÓN Necesidad de abordaje transversal e integral del tráfico y
la explotación sexual.




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4146






ENMIENDA NÚM. 6.003
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Planes de apoyo para las ONG en la
defensa de los derechos humanos de las mujeres.



Se propone la realización de planes de apoyo para las organizaciones no
gubernamentales que trabajan en la defensa de los derechos humanos de las
mujeres y para las que prestan asistencia y asesoramiento.'
JUSTIFICACIÓN Necesidad de establecer planes de apoyo para las ONG en la
defensa de los derechos humanos de las mujeres.
ENMIENDA NÚM. 6.004
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Aplicación de la Directiva 2001/55/CE
relativa a las normas mínimas para la concesión de protección temporal en
caso de afluencia masiva de personas desplazadas.



Reforzar Salvamento Marítimo aplicando Directiva 2001/55/CE relativa a las
normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de
afluencia masiva de personas desplazadas.'
JUSTIFICACIÓN Obligación de aplicación de la directiva 2001/55/CE relativa
a las normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de
afluencia masiva de personas desplazadas.




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4147






ENMIENDA NÚM. 6.005
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Observatorio permanente de Derechos
Humanos, en puntos calientes de las fronteras.



Observatorio permanente de Derechos Humanos, en puntos calientes de las
fronteras de Ceuta y Melilla, que pueda ejercer como autoridad
independiente para combatir la impunidad y denunciar la vulneración los
derechos humanos y actuar en consecuencia.'
JUSTIFICACIÓN Necesidad de puesta en marcha de un Observatorio permanente
de Derechos Humanos, en puntos calientes de las fronteras, para evitar la
violación de la ley en materia fronteriza.
ENMIENDA NÚM. 6.006
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Ampliación de las condiciones y mejorar
las instalaciones de los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes.



Ampliación de las condiciones y mejorar las instalaciones de los CETI
'Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes'. Incremento de recursos
materiales y humanos, para que la gente que reside, lo haga en
condiciones adecuadas para recibir protección internacional mientras se
lleva a cabo el trámite de asilo y el traslado a la península.'
JUSTIFICACIÓN Necesidad de ampliación de las condiciones y mejorar las
instalaciones de los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes.




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4148






ENMIENDA NÚM. 6.007
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Referéndum sobre los tratados de libre
comercio que son negociados en la actualidad entre el Estado español y
otros estados.



Llevar a cabo un proceso de formación, debate y finalmente de votación en
referéndum vinculante para votar la aceptación o rechazo de los tratados
de libre comercio que están siendo negociados en la actualidad entre el
Estado español y otros estados, y que de no llevarse a cabo este proceso
podrían acabar aprobándose sin el consentimiento de la población.'
JUSTIFICACIÓN Llevar a cabo un proceso de formación, debate y finalmente
de votación en referéndum vinculante para votar la aceptación o rechazo
de los tratados de libre comercio que están siendo negociados en la
actualidad entre el Estado español y otros estados, y que de no llevarse
a cabo este proceso podrían acabar aprobándose sin el consentimiento de
la población.
ENMIENDA NÚM. 6.008
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Observatorio de los cuerpos de seguridad
del estado.



Se pondrá en marcha un Observatorio para garantizar las buenas prácticas
de los cuerpos de seguridad del Estado.'
JUSTIFICACIÓN Fomentar las buenas prácticas de los Cuerpos de Seguridad
del Estado.




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4149






ENMIENDA NÚM. 6.009
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Aceleración del Programa de
reasentamiento y establecimiento de su permanencia.



Programa permanente de reasentamiento de refugiados, dando acogida a los
refugiados establecidos según los compromisos de reubicación adquiridos
por el Estado en el Consejo Europeo celebrado el 15 de diciembre, que
refrendó el Plan de Acción Común sobre la aplicación de la Declaración
UE-Turquía, que incluye el objetivo de reubicación para Grecia de 2.000
traslados mensuales y reiteró su llamamiento en favor de intensificar aún
más sus esfuerzos para agilizar la reubicación, especialmente de los
menores no acompañados, y los sistemas de reasentamiento existentes.'
JUSTIFICACIÓN Aceleración del Programa de reasentamiento y establecimiento
de su permanencia.
ENMIENDA NÚM. 6.010
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Contratación de personal y mejora de los
equipamientos en Educación Pública.



Contratación del personal necesario e inversión destinada a la mejora de
los equipamientos en la Educación Pública, desde la educación primaria a
la universitaria, para equipararse a los ratios de la media de la UE.'
JUSTIFICACIÓN Equipararse a la media de la UE en materia de educación.




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4150






ENMIENDA NÚM. 6.011
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Fondo de cohesión educativa.



Fondo de cohesión educativa que corrija las desigualdades educativas entre
territorios, que será destinado al ámbito local.'
JUSTIFICACIÓN Revertir las desigualdades territoriales educativas.
ENMIENDA NÚM. 6.012
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Educación de cero a tres años.



Otorgar carácter universal no obligatorio a la educación de cero a tres
años, creando las plazas suficientes para aquellas familias que lo
requieran.'
JUSTIFICACIÓN Otorgar carácter universal no obligatorio a la educación de
0 a 3 años, creando las plazas suficientes para aquellas familias que lo
requieran.




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4151






ENMIENDA NÚM. 6.013
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Reconversión voluntaria de centros de
titularidad privada en centros de titularidad pública.



Se permitirá la reconversión voluntaria de centros de titularidad privada
en centros de titularidad pública.'
JUSTIFICACIÓN Establecimiento de una educación pública universal.
ENMIENDA NÚM. 6.014
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Centros de atención educativa y
psicológica para alumnado con dificultades severas para el aprendizaje.



Creación de red de centros de atención educativa y psicológica para
alumnado con dificultades severas para el aprendizaje (motoras,
cognitivas o sensoriales).'
JUSTIFICACIÓN Mejora de las condiciones de educativas y bienestar de las
personas con dificultades de aprendizaje.
ENMIENDA NÚM. 6.015
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición.




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4152






Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Promoción de la conversión de las
industrias militares para la producción civil.



Promover la conversión de las industrias militares hacia la producción
civil en el marco de un proyecto de reconversión industrial que impulse
el empleo y facilite la salida de la crisis.'
JUSTIFICACIÓN Necesidad de promoción de la conversión de las industrias
militares para la producción civil.
ENMIENDA NÚM. 6.016
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Plan para la actualización, renovación,
socialización y reutilización de materiales escolares.



Establecimiento de un Plan de actualización, renovación, socialización y
reutilización de materiales escolares, mediante un fondo de
compensación/financiación para CCAA.'
JUSTIFICACIÓN Fomentar la actualización, renovación, socialización y
reutilización de materiales escolares.
ENMIENDA NÚM. 6.017
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Plan para el fomento de la agricultura
ecológica.



Establecimiento de un Plan de fomento de la agricultura ecológica, que
vaya dirigido a mejorar el desarrollo de las zonas rurales, mejorar los
procesos de la agricultura, en especial de pequeñas y medianas
plantaciones, así como para promover un modelo agrario respetuoso con el
medio ambiente y con la salud.'




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JUSTIFICACIÓN Mejorar el desarrollo de las zonas rurales, mejorar los
procesos de la agricultura, en especial de pequeñas y medianas
plantaciones, así como para promover un modelo agrario respetuoso con el
medio ambiente y con la salud.
ENMIENDA NÚM. 6.018
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Plan dirigido a la mitigación cambio
climático.



Establecimiento de un Plan de la mitigación cambio climático. Este plan
debe combinar la faceta económica, que se llevará a cabo mediante un plan
de subvenciones, inversiones y deducciones fiscales para promover la
reducción de emisiones de carbono, así como la transición hacia un modelo
energético limpio; y la faceta educativa, que consistirá en añadir la
obligatoriedad de sensibilización respecto a la necesidad de combatir el
cambio climático en todos los niveles del sistema educativo.'
JUSTIFICACIÓN Mitigación cambio climático.
ENMIENDA NÚM. 6.019
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Incremento del presupuesto asignado a la
partida de la prórroga del Plan Estatal de Vivienda.



A pesar de que la vivienda es una competencia transferida a las CCAA, su
financiación directa y líneas de actuación se establecen, básicamente, en
las partidas y programas comprendidos en el Plan Estatal de Vivienda. Por
lo tanto, asegurar la dotación económica de dicho Plan es clave para que
CCAA y Ayuntamientos puedan llevar a cabo una política de vivienda con
garantías.



Durante el período 2013-2016 se ha llevado a cabo un recorte en inversión
directa para políticas de vivienda del 23 %, que alcanzaría el 35 % si se
aprobasen las cantidades presupuestadas en




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los PGE 2017. Anualmente el Ministerio de Fomento destina un 0,05 % del
PIB a políticas de vivienda, una cifra que está a años luz de lo que
destinan a políticas de vivienda países como Austria, Dinamarca, Alemania
y Francia, que destinan alrededor de un 1-2 % de sus PIB.'
JUSTIFICACIÓN Se considera imprescindible el incremento del presupuesto
asignado a la partida de la prórroga del Plan Estatal de Vivienda del
Ministerio de Fomento.
ENMIENDA NÚM. 6.020
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Traspaso de la gestión de las becas y las
ayudas al estudio a los gobiernos autonómicos.



El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes establecerá un calendario
urgente para transferir de forma definitiva la competencia en materia de
gestión de las becas y ayudas al estudio a las Comunidades Autónomas que
así lo soliciten.'
JUSTIFICACIÓN El Tribunal Constitucional, en su sentencia 188/2001, de 20
de diciembre, determina que la regulación básica estatal en materia de
becas y ayudas al estudio no puede resultar exhaustiva ni uniforme, sino
que debe permitir que las Comunidades Autónomas dispongan de un margen
normativo que haga posible el ejercicio de sus propias opciones políticas
en el desarrollo de la normativa básica. Esa misma sentencia, reconoce la
necesaria territorialización de la dotación económica que el Estado
destina a becas. Es necesario, pues, transferir de forma definitiva y
urgente la competencia en materia de gestión de las becas y ayudas al
estudio a las Comunidades Autónomas, no solo en cumplimiento de esta
sentencia del Tribunal Constitucional, sino porque la proximidad, la
territorialización y la adaptación de las necesidades a cada territorio
en un tipo de ayudas como este adquiere un valor añadido.
ENMIENDA NÚM. 6.021
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición.




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4155






Se añade una nueva disposición adicional, que queda redactada como sigue:
'Disposición adicional (nueva). Valoración y base liquidable aplicable a
las construcciones indispensables para el desarrollo de las actividades
agrícolas, ganaderas y forestales.



El Gobierno, en el plazo de tres meses, presentará las modificaciones
necesarias al texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario y al
texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales con la
finalidad de:



a) Asegurar que ninguna construcción indispensable para el desarrollo de
las actividades agrícolas, ganaderas y forestales tenga un valor
catastral de referencia para una construcción nueva superior a su valor
de reposición.



b) Que, en el Impuesto de Bienes Inmuebles, se aplique un índice corrector
a nivel municipal a la base imponible procedente de la valoración de las
construcciones indispensables para el desarrollo de las actividades
agrícolas, ganaderas y forestales, de forma que la base liquidable
resultante en dicho impuesto se adecue a lo establecido en el artículo
31.1 de la Constitución Española y al artículo 3 de la Ley 58/2003, de 17
de diciembre, General Tributaria para los contribuyentes con dichas
construcciones.



c) Que se devuelvan de oficio los ingresos indebidos en el Impuesto de
Bienes Inmuebles por la falta de aplicación, en los cuatro últimos
ejercicios fiscales precedentes, del índice indicado en la letra b)
anterior.



d) Que se compense por parte de la Administración General del Estado a las
administraciones locales afectadas por la devolución de ingresos
indebidos indicada en la letra c) anterior.'
JUSTIFICACIÓN Respuesta al grave problema causado en el mundo agrario por
fa sobrevaloración del IBI rústico de las edificaciones.
ENMIENDA NÚM. 6.022
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional con la siguiente
redacción:
'Disposición adicional (nueva). Revalorización de las retribuciones del
personal al servicio del sector público.



La revalorización anual de las retribuciones del personal al servicio del
sector público será la establecida en la respectiva Ley de Presupuestos
Generales del Estado. En el caso de que el índice de Precios al Consumo
(IPC) acumulado del ejercicio a que se refiere la revalorización fuese
superior al incremento porcentual de la revalorización, el Gobierno
aplicará una cláusula de revisión salarial al personal al servicio del
sector público. La aplicación de dicha revisión salarial se establecerá
de acuerdo con los sindicatos representativos del sector público y será
consolidable a todos los efectos.'




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JUSTIFICACIÓN Se propone establecer una cláusula de revisión salarial para
asegurar, en todo caso, el mantenimiento del poder adquisitivo de los
empleados públicos.
ENMIENDA NÚM. 6.023
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional con la siguiente
redacción:
'Disposición adicional (nueva).



De manera adicional a lo que les resultara de aplicación por lo dispuesto
en esta Ley, los entes públicos y Sociedades mercantiles AENA
Aeropuertos, ENAIRE, ADIF, Grupo RENFE, Correos y Telégrafos, Puertos del
Estado y demás entes gestores de infraestructuras básicas de transporte
y/o los servicios esenciales de comunicación podrán realizar, en 2016 y
exclusivamente para procesos de consolidación, convocatorias para la
cobertura definitiva del empleo estructural desempeñado por personal
temporal en los últimos dos años.'
JUSTIFICACIÓN Las inversiones en infraestructuras y desarrollo realizadas
en las sociedades antes mencionadas, han supuesto la prestación de nuevos
servicios, o en su caso la ampliación de los existentes. Dichas
inversiones y nuevos servicios se prestan sin tener en cuenta, el volumen
de plantilla necesario para garantizar una prestación eficiente del
servicio, a lo que hay que sumar las bajas vegetativas jubilaciones), que
se han producido en este periodo.
ENMIENDA NÚM. 6.024
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición adicional (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición adicional con la siguiente
redacción:
'Disposición adicional (nueva). Jubilación de los Cuerpos Docentes.



1. Los funcionarios de carrera de los Cuerpos Docentes acogidos a
regímenes de Seguridad Social o de previsión distintos del de Clases
Pasivas, con anterioridad a la entrada en vigor del artículo 20 del Real
Decreto-ley 13/2010, podrán optar al momento de la solicitud de la
jubilación voluntaria, por incorporarse al Régimen de Clases Pasivas del
Estado, en idénticas condiciones a




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los funcionarios de carrera de los Cuerpos Docentes acogidos a este
régimen, siempre que acrediten los mismos requisitos que resulten
vigentes para estos últimos.



2. Dado el carácter voluntario de la jubilación regulada en esta
disposición adicional, no será de aplicación a la misma lo establecido en
la disposición transitoria primera del vigente texto refundido de la Ley
de Clases Pasivas del Estado.



3. La Comisión prevista en la disposición adicional sexta del Real Decreto
691/1991, de 12 de abril, sobre cómputo recíproco de cuotas entre
regímenes de Seguridad Social, determinará la compensación económica que
deba realizar la Seguridad Social respecto del personal de Cuerpos
Docentes que opte por su incorporación al Régimen de Clases Pasivas del
Estado, en función de los años cotizados a los demás regímenes de la
Seguridad Social.'
JUSTIFICACIÓN Para resolver la situación de discriminación en la que se
encuentran los funcionarios docentes procedentes de organismos autónomos,
antiguas Universidades Laborales, que fueron integrados en Educación
durante los años 80, tras el desmantelamiento del sistema de
Universidades Laborales y a los que no se les permitió acceder a MUFACE
provocando así una situación de desigualdad en cuanto a la posibilidad de
jubilación anticipada a los 60 años, con 35 años de servicio, a la que
pueden acceder los docentes de clases pasivas y a la que no pueden
acceder los docentes en Régimen General de la Seguridad Social.
ENMIENDA NÚM. 6.025
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición final, que queda redactada como
sigue:
'Disposición final (nueva).



Uno. Con efectos de 1 de julio de 2017, se suprime el Sistema Especial
para empleados del hogar, quedando subsumido, a todos los efectos, en el
Régimen General de la Seguridad Social.



Dos. Se deroga la disposición adicional vigésima cuarta de la Ley General
de la Seguridad Social, sobre aplicación de los beneficios en la
cotización en el Sistema Especial para Empleados de Hogar.



Tres. Se deroga la disposición transitoria decimosexta de la Ley General
de la Seguridad Social, sobre Bases y tipos de cotización y acción
protectora en el Sistema Especial para Empleados de Hogar.'
JUSTIFICACIÓN En el camino de equiparar a las trabajadoras empleadas del
hogar a los trabajadores y trabajadoras del Régimen General, ha llegado
el momento de culminar dicha equiparación con la supresión del Sistema
Especial; de esta forma, además, se genera un incremento de ingresos a la
Seguridad Social, derivados del incremento de las cotizaciones.




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ENMIENDA NÚM. 6.026
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición final, que queda redactada como
sigue:
'Disposición final (nueva).



Uno. Con efectos de 1 de julio de 2017, los socios trabajadores de
cooperativas de trabajo asociado que presten servicios para empresas a
través de contratos de prestación de servicios deberán encuadrase
obligatoriamente en el Régimen General de la Seguridad Social.



Dos. Se modifica el artículo 14 de la Ley General de la Seguridad Social,
que queda redactado como sigue:



'Artículo 14. Socios trabajadores y socios de trabajo de cooperativas.



1. Los socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado
disfrutarán de los beneficios de la Seguridad Social, pudiendo optar la
cooperativa entre las modalidades siguientes:



a) Como asimilados a trabajadores por cuenta ajena. Dichas cooperativas
quedarán integradas en el Régimen General o en alguno de los regímenes
especiales de la Seguridad Social, según proceda, de acuerdo con su
actividad.



b) Como trabajadores autónomos en el régimen especial correspondiente.



Las cooperativas ejercitarán la opción en sus estatutos, y solo podrán
modificarla en los supuestos y condiciones que el Gobierno establezca.



2. En cualquier caso, los socios trabajadores de las cooperativas de
trabajo asociado que presten sus servicios para empresas a través de un
contrato de prestación de servicios, deberán encuadrase obligatoriamente
en el Régimen General de la Seguridad Social.



3. Los socios trabajadores de las cooperativas de explotación comunitaria
de la tierra y los socios de trabajo a los que se refiere el artículo
13.4 de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, serán asimilados
a trabajadores por cuenta ajena a efectos de Seguridad Social.



4. En todo caso, no serán de aplicación a las cooperativas de trabajo
asociado, ni a las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra
ni a los socios trabajadores que las integran, las normas sobre
cotización y prestaciones del Fondo de Garantía Salarial.



5. Se autoriza al Gobierno para regular el alcance, términos y condiciones
de la opción prevista en este artículo, así como para, en su caso,
adaptar las normas de los regímenes de la Seguridad Social a las
peculiaridades de la actividad cooperativa.'
JUSTIFICACIÓN En los últimos años se está incrementando el dumping social
y empresarial consistente en reducir los costes empresariales vinculados
a los contratos de trabajo a través de la contratación de trabajos a
cooperativas de trabajo asociado; este tipo de externalización de
servicios supone, en muchas ocasiones, que trabajadores que habían
prestado servicios para las mismas empresas principales, ahora -después
de ser despedidos- realizan las mismos trabajos pero a través de
cooperativas a las que han tenido que recurrir para poder trabajar; este
fenómeno de dumping empresarial tiene como consecuencia la precarización
de los trabajadores, no sólo por lo que se refiere a las condiciones de
trabajo, sino también en relación con su encuadramiento en el sistema de
Seguridad Social y la protección que de él se deriva.



Mediante la enmienda se establece la obligación de encuadramiento en el
Régimen General de la Seguridad Social de los socios trabajadores de
cooperativas de trabajo asociado que presten servicios




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para empresas a través de contratos de prestación de servicios,
suprimiendo, para este supuesto, la posibilidad de escoger el
encuadramiento en el Régimen de trabajadores autónomos, como una primera
medida para desincentivar las decisiones empresariales que supongan
dumping social y precarización de las condiciones de trabajo y protección
social de los trabajadores.
ENMIENDA NÚM. 6.027
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición final con la siguiente
redacción:
'Disposición final (nueva). Modificación del Real Decreto-ley 3/2004, de
25 de junio, para la racionalización de la regulación del salario mínimo
interprofesional y para el incremento de su cuantía.



Con efectos de entrada en vigor de esta Ley, se añade un nuevo apartado 2
bis en el artículo 2 del Real Decreto-ley 3/2004, de 25 de junio, para la
racionalización de la regulación del salario mínimo interprofesional y
para el incremento de su cuantía, con la siguiente redacción:



'Artículo 2. Establecimiento de un indicador público de renta de efectos
múltiples.



(...)



2 bis. En todo caso, si el índice de Precios al Consumo (IPC) acumulado
correspondiente al periodo para el que se ha determinado la cuantía del
IPREM fuese superior a la revalorización aprobada de dicho indicador en
ese periodo, se procederá a la correspondiente actualización del IPREM y
así se establecerá en la respectiva Ley de Presupuestos Generales del
Estado.''
JUSTIFICACIÓN Se propone determinar la actualización en términos reales
del IPREM, estableciendo un mecanismo de revisión automática con relación
al nivel de precios.
ENMIENDA NÚM. 6.028
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición.




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Se añade una nueva disposición final, que queda redactada como sigue:
'Disposición final xxxx. Modificación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13
de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de
fomento de la competitividad.



Con efectos del día siguiente al de la publicación de la presente Ley, se
modifica el texto del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de
medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la
competitividad, en los siguientes términos:



Uno. Se modifica el artículo 9, que queda redactado como sigue:



'Artículo 9. Prestación económica en la situación de incapacidad temporal
del personal al servicio de las Administraciones Públicas, organismo y
entidades dependientes y órganos constitucionales.



1. La prestación económica de la situación de incapacidad temporal del
personal al servicio de las Administraciones Públicas y órganos
constitucionales se regirá por lo dispuesto en este artículo.



2. Cada Administración Pública, en el ámbito de sus respectivas
competencias, podrá complementar las prestaciones que perciba el personal
funcionario incluido en el Régimen General de Seguridad Social y el
personal laboral a su servicio en las situaciones de incapacidad
temporal, de acuerdo con los siguientes límites:



1.º Cuando la situación de incapacidad temporal derive de contingencias
comunes, durante los tres primeros días, se podrá reconocer un
complemento retributivo hasta alcanzar como máximo el cincuenta por
ciento de las retribuciones que se vengan percibiendo en el mes anterior
al de causarse la incapacidad. Desde el día cuarto hasta el vigésimo,
ambos inclusive, el complemento que se pueda sumar a la prestación
económica reconocida por la Seguridad Social deberá ser tal que, en
ningún caso, sumadas ambas cantidades, se supere el setenta y cinco por
ciento de las retribuciones que vinieran correspondiendo a dicho personal
en el mes anterior al de causarse la incapacidad. A partir del día
vigésimo primero y hasta el nonagésimo, ambos inclusive, podrá
reconocerse la totalidad de las retribuciones básicas, de la prestación
por hijo a cargo, en su caso, y de las retribuciones complementarias.



2.º Cuando la situación de incapacidad temporal derive de contingencias
profesionales, la prestación reconocida por la Seguridad Social podrá ser
complementada, desde el primer día, hasta alcanzar como máximo el cien
por cien de las retribuciones que vinieran correspondiendo a dicho
personal en el mes anterior al de causarse la incapacidad.



3. Quienes estén adscritos a los regímenes especiales de seguridad social
del mutualismo administrativo en situación de incapacidad temporal por
contingencias comunes, percibirán el cincuenta por ciento de las
retribuciones tanto básicas como complementarias, como de la prestación
de hijo a cargo, en su caso, desde el primer al tercer día de la
situación de incapacidad temporal, tomando como referencia aquellas que
percibían en el mes inmediato anterior al de causarse la situación de
incapacidad temporal. Desde el día cuarto al vigésimo día, ambos
inclusive, percibirán el setenta y cinco por ciento de las retribuciones
tanto básicas como complementarias, como de la prestación de hijo a
cargo, en su caso. A partir del día vigésimo primero y hasta el
nonagésimo, ambos inclusive, percibirán la totalidad de las retribuciones
básicas, de la prestación por hijo a cargo, en su caso, y de las
retribuciones complementarias. Cuando la situación de incapacidad
temporal derive de contingencias profesionales, la retribución a percibir
podrá ser complementada, desde el primer día, hasta alcanzar como máximo
el cien por cien de las retribuciones que vinieran correspondiendo a
dicho personal en el mes anterior al de causarse la incapacidad.



A partir del día nonagésimo primero, será de aplicación el subsidio
establecido en cada régimen especial de acuerdo con su normativa.



4. Los integrantes de la Carrera Judicial y Fiscal, del Cuerpo de
Secretarios judiciales, así como los Funcionarios de los Cuerpos al
Servicio de la Administración de Justicia comprendidos en la Ley Orgánica
del Poder Judicial, en situación de incapacidad temporal por
contingencias comunes, percibirán el cincuenta por ciento de las
retribuciones tanto básicas como complementarias, como, en su caso, la
prestación por hijo a cargo, en su caso, desde el primer al tercer día de
la




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situación de incapacidad temporal, tomando como referencia aquellas que
percibían en el mes inmediato anterior al de causarse la situación de
incapacidad temporal. Desde el día cuarto al vigésimo día, ambos
inclusive, percibirán el setenta y cinco por ciento de las retribuciones
tanto básicas como complementarias, como de la prestación de hijo a
cargo, en su caso. A partir del día vigésimo primero y hasta el día
nonagésimo, ambos inclusive, percibirán la totalidad de las retribuciones
básicas, de la prestación por hijo a cargo, en su caso, y de las
retribuciones complementarias.



Cuando la situación de incapacidad temporal derive de contingencias
profesionales, la retribución a percibir podrá ser complementada desde el
primer día, hasta alcanzar como máximo de las retribuciones que vinieran
correspondiendo a dicho personal en el mes anterior al de causarse la
incapacidad.



A partir del día nonagésimo primero será de aplicación el subsidio
establecido en el apartado 1.B) del artículo 20 del Real Decreto
Legislativo 3/2000, de 23 de junio.



5. Cada Administración Pública podrá establecer un complemento hasta
alcanzar, como máximo, el cien por cien de las retribuciones que vinieran
disfrutando en cada momento.



En ningún caso los funcionarios adscritos a los regímenes especiales de
seguridad social gestionados por el mutualismo administrativo podrán
percibir una cantidad inferior en situación de incapacidad temporal por
contingencias comunes a la que corresponda a los funcionarios adscritos
al régimen general de la seguridad social, incluidos, en su caso, los
complementos que les resulten de aplicación a estos últimos.



6. Las referencias a días incluidas en el presente artículo se entenderán
realizadas a días naturales.'



Dos. Se modifica la Disposición adicional decimoctava, que queda redactada
como sigue:
'Disposición adicional decimoctava. Incapacidad temporal en la
Administración del Estado.



Al personal funcionario y laboral de la Administración General del Estado
y organismos y entidades de ellas dependientes acogidos al Régimen
General de la Seguridad Social se le reconocerán los siguientes
complementos en los supuestos de incapacidad temporal:



1.º Cuando la situación de incapacidad temporal derive de contingencias
comunes, hasta el tercer día, se le reconocerá un complemento retributivo
del cincuenta por ciento de las retribuciones que se vinieran percibiendo
en el mes anterior al de causarse la incapacidad. Desde el día cuarto
hasta el vigésimo, ambos inclusive, se reconocerá un complemento que
sumado a la prestación económica reconocida por la Seguridad Social sea
equivalente al setenta y cinco por ciento de las retribuciones que
vinieran correspondiendo a dicho personal en el mes anterior al de
causarse la incapacidad. A partir del día vigésimo primero, inclusive, se
le reconocerá una prestación equivalente al cien por cien de las
retribuciones que se vinieran percibiendo en el mes anterior al de
causarse la incapacidad.



La Administración del Estado determinará respecto a su personal, los
supuestos en que con carácter excepcional y debidamente justificado el
complemento alcance el cien por cien de las retribuciones que vinieran
disfrutando en cada momento. A estos efectos, se considerarán en todo
caso debidamente justificados los supuestos de hospitalización e
intervención quirúrgica.



2.º Cuando la situación de incapacidad temporal derive de contingencias
profesionales, la prestación reconocida por la Seguridad Social será
complementada durante todo el periodo de duración de la misma, hasta el
cien por cien de las retribuciones que viniera percibiendo dicho personal
en el mes anterior al de causarse la incapacidad.



3.º Durante el año 2017 se procederá en el seno de la Mesa General de
Negociación de la Administración General del Estado a negociar un
complemento hasta alcanzar, como máximo, el cien por cien de las
retribuciones que vinieran disfrutando en cada momento.'



Tres. Se levanta la suspensión que operaba sobre los pactos, acuerdos y
convenios que establecía el apartado 7 del artículo 9 en la redacción
anterior a la presente Ley.'




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JUSTIFICACIÓN El Real Decreto-ley 20/2012 impuso severos recortes en las
condiciones laborales y salariales del conjunto de empleadas y empleados
públicos dentro de las medidas excepcionales de reducción del déficit
público. Uno de los recortes más gravosos, y menos justificados, operó
sobre las retribuciones en los casos de Incapacidad Temporal por
enfermedad.



La propia exposición de motivos del citado Real Decreto-ley establecía el
carácter temporal y excepcional de dicho recorte cuando afirmaba que 'se
modifica temporalmente el régimen retributivo del personal incluido en el
Régimen General de la Seguridad Social durante la situación de
incapacidad temporal (...). En estos mismos términos se modula la
plenitud retributiva de la prestación económica del personal integrado en
el Régimen de Funcionarios Civiles del Estado y el personal integrado en
el régimen especial de seguridad social de las fuerzas armadas, en caso
de incapacidad temporal'.



Resulta paradójico tanto desde el punto de vista económico, como técnico y
social, que en lugar de abordar las medidas necesarias para disminuir la
elevada tasa de siniestralidad laboral en las administraciones públicas,
que se encuentra por encima de la media del conjunto de los sectores
productivos, a lo que debemos añadir que en el 44,30 % de los accidentes
que se producen en la administración no se ha realizado la preceptiva
evolución de riesgos, se opte por tratar de coartar derechos a los que el
conjunto de la población trabajadora tiene.



El empleo al servicio público sobresale en accidentalidad en factores como
la agresión, violencia, miedo y amenazas, o en accidentes in itinere por
mencionar algunos de los más llamativos, pero en lugar de abordar esta
problemática que tiene efectos perniciosos en la salud da las personas
que trabajan para lo público sin olvidar la vertiente económica que
supone, se prefiere castigar a las empleadas y empleados públicos
recortando sus retribuciones por estar enfermos u obligarles a acudir al
trabajo con la salud mermada, bajo la premisa de una mal llamada lucha
contra el absentismo y una mejor gestión económica, cuando es del todo
sabido, más allá de su obligación legal, que cualquier inversión
económica en medidas que eliminen o minimicen los riesgos inherentes al
trabajo llevan aparejadas tasas de retorno muy superiores a las
inversiones efectuadas.



Dado que la situación económica ha cambiado, no se justifica ya que dicha
modificación, que la propia Ley establecía como temporal, siga
existiendo. Por ello, y en el marco de la recuperación progresiva de los
derechos y condiciones recortadas durante la crisis, se plantea un primer
paso consistente en habilitar que, en cada uno de los ámbitos, se pueda
complementar las retribuciones hasta el 100 %.



Por otro lado, se levanta la suspensión que operaba sobre pactos, acuerdos
y convenios anteriores al citado Real Decreto-ley 20/2012, por haber
desaparecido la causa que justificaba la suspensión.
ENMIENDA NÚM. 6.029
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición final, que queda redactada como
sigue:
'Disposición final (nueva). Modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen local.



Con efectos del día siguiente al de la publicación de la presente Ley, se
da una nueva redacción al artículo 94 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, que queda redactado como sigue:




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'Artículo 94.



La jornada de trabajo de los funcionarios de la Administración local será
en cómputo anual la misma que se fije para los funcionarios de la
Administración Civil del Estado, salvo que en el ámbito de la Mesa
General correspondiente se pacte otra distinta.



Se les aplicarán las mismas normas sobre equivalencia y reducción de
jornada, adaptadas a la jornada pactada en cómputo anual.''
JUSTIFICACIÓN El artículo 47 del Estatuto Básico del Empleado Público
establece que las administraciones fijarán la jornada general de sus
funcionarios públicos. Y fijaron esta disposición en el año de su
aprobación, 2007. Sin embargo, se mantiene en la norma esta disposición,
de veinte años antes, que ha sido objeto de polémica interpretativa.



Además, el EBEP establece, en su artículo 37, que la jornada es una de las
materias que puede ser objeto de negociación con la representación
sindical. Sin embargo, de mantenerse este precepto legal en su redacción
de 1987, dicha negociación puede entenderse vacía de contenido práctico.



Con la nueva redacción propuesta se permite que los preceptos que
establece el EBEP puedan desarrollarse, perviviendo la referencia a la
jornada establecida para los funcionarios de la Administración Civil del
Estado en defecto de acuerdo o disposición de cada administración en otro
sentido para evitar el vacío normativo.
ENMIENDA NÚM. 6.030
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición final, que queda redactada como
sigue:
'Disposición final xxx. Modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.



Se modifica el artículo 139 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que queda redactado como
sigue:



'1. En primera o única instancia, el órgano jurisdiccional, al dictar
sentencia o al resolver por auto los recursos o incidentes que ante el
mismo se promovieren, impondrá las costas a la parte que haya visto
rechazadas todas sus pretensiones, salvo que aprecie y así lo razone, que
el caso presentaba serias dudas de hecho o de derecho.



En los supuestos de estimación o desestimación parcial de las
pretensiones, cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las
comunes por mitad, salvo que el órgano jurisdiccional, razonándolo
debidamente, las imponga a una de ellas por haber sostenido su acción o
interpuesto el recurso con mala fe o temeridad.



2. En los recursos se impondrán las costas al recurrente si se desestima
totalmente el recurso, salvo que el órgano jurisdiccional, razonándolo
debidamente, aprecie la concurrencia de circunstancias que justifiquen su
no imposición.



3. En el recurso de casación se impondrán las costas de conformidad con lo
previsto en el artículo 93.4.



4. La imposición de las costas podrá ser a la totalidad, a una parte de
éstas o hasta una cifra máxima.




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5. Para la exacción de las costas impuestas a particulares, la
Administración acreedora utilizará el procedimiento de apremio, en
defecto de pago voluntario.



6. En ningún caso se impondrán las costas al Ministerio Fiscal.



7. Las costas causadas en los autos serán reguladas y tasadas según lo
dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil.



8. Se exceptúa de la imposición de costas a quienes gocen del beneficio de
justicia gratuita, a los sindicatos, a los funcionarios públicos y
personal estatutario cuando ejerciten sus derechos en materia de
personal, así como a los trabajadores cuando deban ejercer sus derechos
laborales ante la jurisdicción contencioso administrativa.''
JUSTIFICACIÓN La modificación del artículo 139 LRJCA operada por la Ley
37/2011, supuso la aplicación extensiva del principio del vencimiento
para todos los procedimientos, incluidos aquellos que versen sobre
reclamación de derechos de que son titulares los funcionarios públicos,
introduciendo un factor de discriminación entre personal del sector
público en el ejercicio reivindicativo de sus derechos ante la
jurisdicción, según se trate de personal laboral o funcionario.



El reconocimiento del beneficio de justicia gratuita de los trabajadores,
tanto en instancia como en recursos, responde al mandato constitucional
contenido en el artículo 119 y 24 de la CE. Si el legislador consideró
que los sindicatos, trabajadores por cuenta ajena, los funcionarios y los
estatutarios en la jurisdicción social y asimismo, los trabajadores y
beneficiarios de la Seguridad Social para los litigios que sobre esta
materia, en orden contencioso-administrativo [artículo 235 de la ley de
la Jurisdicción Social y 2, d) de la ley de Asistencia Jurídica Gratuita]
no han de ser condenados en costas por entender que su imposición podría
operar como un elemento de retracción en la defensa y reclamación de sus
derechos laborales, en interés del principio de igualdad que ha de regir
en toda actuación administrativa, un empleado público no puede sino ser
considerado en idénticos términos.



El principio de igualdad del artículo 14 CE prohíbe cualquier tipo de
discriminación, tanto en términos fácticos como jurídico-materiales. Ha
de establecerse un criterio igualitario en materia de costas procesales
en la jurisdicción social como en la contencioso administrativa para
todos los empleados públicos, ya sean laborales, funcionarios o
estatutarios y así mismo par los sindicatos, eliminando el principio del
vencimiento de todos los procedimientos que tengan por objeto materias de
función pública.
ENMIENDA NÚM. 6.031
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición final, que queda redactada como
sigue:
'Disposición final (nueva). Modificación de la Ley 1/1996, de 10 de
enero, de asistencia jurídica gratuita.



Uno. Se modifica el artículo 2 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de
asistencia jurídica gratuita, que queda redactado como sigue:



'Articulo 2. Ámbito personal de aplicación.



En los términos y con el alcance previsto en esta ley y en los tratados y
convenios internacionales sobre la materia en los que España sea parte,
tendrán derecho a la asistencia jurídica gratuita:




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a) Los ciudadanos españoles, los nacionales de los demás Estados miembros
de la Unión Europea y los extranjeros que se encuentren en España, cuando
acrediten insuficiencia de recursos para litigar.



b) Las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, en
todo caso.



c) Las siguientes personas jurídicas cuando acrediten insuficiencia de
recursos para litigar:



1.º Asociaciones de utilidad pública, previstas en el artículo 32 de la
Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de
Asociación.



2.º Fundaciones inscritas en el Registro Público correspondiente.



d) En el orden jurisdiccional social, además, los trabajadores y
beneficiarios del sistema de Seguridad Social, tanto para la defensa en
juicio como para el ejercicio de acciones para la efectividad de los
derechos laborales en los procedimientos concursales.



Asimismo, el derecho a la asistencia jurídica gratuita se reconoce a los
trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social para los litigios que
sobre esta materia se sustancien ante el orden
contencioso-administrativo.



e) En el orden contencioso-administrativo, el personal funcionario y
estatutario, cuando actúe en defensa de sus derechos en materia de
persona, así como a los trabajadores cuando deban ejercer sus derechos
laborales ante la jurisdicción contenciosa administrativa.



f) En el orden contencioso-administrativo, así como en la vía
administrativa previa, los ciudadanos extranjeros que acrediten
insuficiencia de recursos para litigar tendrán derecho a la asistencia
letrada y a la defensa y representación gratuita en los procedimientos
que puedan llevar a la denegación de su entrada en España, a su
devolución o expulsión del territorio español, y en todos los
procedimientos en materia de asilo.



g) En los litigios transfronterizos en materia civil y mercantil, las
personas físicas contempladas en el Capítulo VIII de esta ley, en los
términos que en él se establecen.



h) Con independencia de la existencia de recursos para litigar, se
reconoce el derecho de asistencia jurídica gratuita, que se les prestará
de inmediato, a las víctimas de violencia de género, de terrorismo y de
trata de seres humanos en aquellos procesos que tengan vinculación,
deriven o sean consecuencia de su condición de víctimas, así como a los
menores de edad y las personas con discapacidad intelectual o enfermedad
mental cuando sean víctimas de situaciones de abuso o maltrato.



Este derecho asistirá también a los causahabientes en caso de
fallecimiento de la víctima, siempre que no fueran partícipes en los
hechos.



A los efectos de la concesión del beneficio de justicia gratuita, la
condición de víctima se adquirirá cuando se formule denuncia o querella,
o se inicie un procedimiento penal, por alguno de los delitos a que se
refiere esta letra, y se mantendrá mientras permanezca en vigor el
procedimiento penal o cuando, tras su finalización, se hubiere dictado
sentencia condenatoria. El beneficio de justifica gratuita se perderá
tras la firmeza de la sentencia absolutoria, o del sobreseimiento
definitivo o provisional por no resultar acreditados los hechos
delictivos, sin la obligación de abonar el coste de las prestaciones
disfrutadas gratuitamente hasta ese momento.



En los distintos procesos que puedan iniciarse como consecuencia de la
condición de víctima de los delitos a que se refiere esta letra y, en
especial, en los de violencia de género, deberá ser el mismo abogado el
que asista a aquélla, siempre que con ello se garantice debidamente su
derecho de defensa.



i) Con independencia de la existencia de recursos para litigar, se
reconoce el derecho de asistencia jurídica gratuita a quienes a causa de
un accidente acrediten secuelas permanentes que les impidan totalmente la
realización de las tareas de su ocupación laboral o profesional habitual
y requieran la ayuda de otras personas para realizar las actividades más
esenciales de la vida diaria, cuando el objeto del litigio sea la
reclamación de indemnización por los daños personales y morales sufridos.



j) Con independencia de la existencia de recursos para litigar, se
reconoce el derecho de asistencia jurídica gratuita a las asociaciones
que tengan como fin la promoción y defensa de los derechos de las
víctimas del terrorismo, señaladas en la Ley 29/2011, de 22 de
septiembre, de reconocimiento y protección integral a las víctimas del
terrorismo.




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k) Con independencia de la existencia de recursos para litigar, se
reconoce el derecho de asistencia jurídica gratuita a los sindicatos.''
JUSTIFICACIÓN Establecer una mayor concordancia del precepto con la
eliminación del principio del vencimiento en el artículo 139 LRJCA en
procedimientos que tengan por objeto materias de función pública, cuando
sean instados por funcionarios o sindicatos.
ENMIENDA NÚM. 6.032
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición final, que queda redactada como
sigue:
'Disposición final (nueva). Modificación de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre.



Se modifican los siguientes artículos y disposiciones adicionales del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, que quedan
redactadas de la siguiente manera:



'Uno. Artículo 50.



1. Los funcionarios públicos tendrán derecho a disfrutar como mínimo,
durante cada año natural, de unas vacaciones retribuidas de veintidós
días hábiles, o de los días que correspondan proporcionalmente si el
tiempo de servicio durante el año fue menor.



A los efectos de lo previsto en el presente artículo, no se considerarán
como días hábiles los sábados, sin perjuicio de las adaptaciones que se
establezcan para los horarios especiales.



Dos. Disposición adicional decimotercera.
Disposición adicional decimotercera. Permiso por asuntos particulares por
antigüedad.



Además de los días de libre disposición establecidos por cada
Administración Pública, los funcionarios tendrán derecho al disfrute de
dos días adicionales al cumplir el sexto trienio, incrementándose en un
día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.



Tres. Disposición adicional decimocuarta.
Disposición adicional decimocuarta. Días adicionales de vacaciones por
antigüedad.



El conjunto de empleados públicos, en el supuesto de haber completado los
años de antigüedad en la Administración que se indican, tendrán derecho
al menos al disfrute de los siguientes días de vacaciones anuales:



15 años de servicio: 23 días hábiles.



20 años de servicio: 24 días hábiles.



25 años de servicio: 25 días hábiles.



30 años de servicio: 26 días hábiles.''




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JUSTIFICACIÓN Restaurar el texto originario del Estatuto Básico del
Empleado Público a su redacción original, que estuvo vigente desde el año
2007 hasta su modificación unilateral en el Real Decreto-ley 20/2012. Si
se ha superado ya la situación que justificó la modificación, debe
también restaurarse la situación anterior, que establecía unos mínimos
para el conjunto de empleadas y empleados públicos y permitía su
negociación y mejora en cada una de las administraciones y ámbitos.



De no restaurarse, la recuperación de estos derechos es solo parcial
(tanto en el fondo como en las personas a las que afecta).
ENMIENDA NÚM. 6.033
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición final, que queda redactada como
sigue:
'Disposición final (nueva). Modificación de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre.



Con efectos del día siguiente al de la publicación de la presente Ley, se
modifica el texto del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado
Público, en los siguientes términos:



Se modifica la letra c) del artículo 49, que queda redactado como sigue:



'c) Permiso de paternidad por el nacimiento, guarda con fines de adopción,
acogimiento o adopción de un hijo: tendrá una duración de cuatro semanas,
a disfrutar por el padre o el otro progenitor a partir de la fecha del
nacimiento, de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción
o acogimiento, o de la resolución judicial por la que se constituya la
adopción.



Este permiso es independiente del disfrute compartido de los permisos
contemplados en los apartados a) y b).



Los funcionarios que ejerzan este derecho podrán hacerlo durante el
periodo comprendido desde la finalización del permiso por nacimiento de
hijo, previsto legal o convencionalmente, o desde la resolución judicial
por la que se constituye la adopción o a partir de la decisión
administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento, hasta
que finalice la suspensión del contrato por dichas causas o
inmediatamente después de la finalización de dicha suspensión.



En los casos previstos en los apartados a), b), y c) el tiempo
transcurrido durante el disfrute de estos permisos se computará como de
servicio efectivo a todos los efectos, garantizándose la plenitud de
derechos económicos de la funcionaria y, en su caso, del otro progenitor
funcionario, durante todo el periodo de duración del permiso, y, en su
caso, durante los periodos posteriores al disfrute de este, si de acuerdo
con la normativa aplicable, el derecho a percibir algún concepto
retributivo se determina en función del periodo de disfrute del permiso.



Los funcionarios que hayan hecho uso del permiso por parto o maternidad,
paternidad, adopción guarda con fines de adopción o acogimiento tanto
temporal como permanente, tendrán derecho, una vez finalizado el periodo
de permiso, a reintegrarse a su puesto de trabajo en términos y
condiciones que no les resulten menos favorables al disfrute del permiso,
así como a beneficiarse de cualquier mejora en las condiciones de trabajo
a las que hubieran podido tener derecho durante su ausencia.''




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JUSTIFICACIÓN La actual regulación, que impone al personal funcionario el
disfrute el permiso inmediatamente después del parto, la adopción o
acogimiento es discriminatoria para los padres u otros progenitores que
sean funcionarios respecto al personal laboral. Y en poco ayuda a una
efectiva conciliación familiar.



Por ello se traslada al Estatuto Básico del Empleado Público idéntica
regulación a la que aparece en el artículo 48.7 del Estatuto de los
Trabajadores en lo referido a las fechas posibles de su disfrute.
ENMIENDA NÚM. 6.034
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición final, que queda redactada como
sigue:
'Disposición final (nueva). Modificación del Real Decreto Legislativo
670/1987 por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Clases
Pasivas del Estado.



Con efectos del día siguiente al de la publicación de la presente Ley, se
modifica el texto del Real Decreto Legislativo 670/1987 por el que se
aprueba el Texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, en los
siguientes términos:



Uno. Se añade una nueva letra i) al apartado 1 del artículo 32, que queda
redactado como sigue:



'i) Corresponden a los períodos de permiso por maternidad para las
funcionarias, excepto en aquellos casos en que por ser, en el momento del
parto, trabajadora hubiera cotizado en el correspondiente régimen de
Seguridad Social o, en caso de ser funcionaria, se le hubiese concedido
el correspondiente permiso reglamentario. Se reconocerán a estos efectos
112 días de servicios efectivos al Estado por cada parto, a los que se
añadirán 14 días más en caso de parto múltiple por cada hijo a partir del
segundo, éste incluido.'



Dos. Se añade una nueva letra j) al apartado 1 del artículo 32, que queda
redactado como sigue:



'j) Corresponden a los períodos derivados de la extinción de la relación
laboral o de la finalización del cobro de prestaciones de desempleo
producidas entre los nueve meses anteriores al nacimiento, o los tres
meses anteriores a la adopción o acogimiento permanente y la finalización
del sexto año posterior a dicha situación para las funcionarias/os de
acuerdo con lo establecido en el artículo 236 del Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. Se reconocerán a estos efectos los
correspondientes días de servicios efectivos al Estado por cada uno de
los hijos/as menores.'



Tres. Se da una nueva redacción al apartado 4 del artículo 30, que queda
redactado como sigue:



'4. El haber regulador a efectos pasivos correspondiente a los servicios
prestados por el funcionario en régimen de jornada reducida por tiempo
igual o superior a una año, se minorará proporcionalmente a la
importancia económica de dicha reducción en las retribuciones percibidas
por el mismo en activo.




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4169






En el caso de reducción de jornada por cuidado de cada hijo o familiar a
cargo hasta el segundo grado, por un período máximo de tres años por cada
uno, no será de aplicación la minorización del haber regulador
establecida en el párrafo anterior, computando este período a efectos de
derechos pasivos como si se realizara la jornada completa.''
JUSTIFICACIÓN El los dos primeros apartados busca aplicar a las
funcionarias o funcionarios del Régimen de Clases Pasivas del Estado lo
establecido en los artículo 235 y 236 del Real Decreto Legislativo
8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley General de Seguridad Social, en la redacción dada por el apartado uno
del artículo 9 de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización,
adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.



En el tercero de los apartados, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 89.4 que el
tiempo de excedencia por cuidado de cada hijo o familiar a cargo hasta el
segundo grado se computará a efectos de trienios y derechos en el régimen
de Seguridad Social que sea de aplicación. Se produce así una
discriminación de las funcionarias/os del Régimen de Clases Pasivas del
Estado que disfrutan de una reducción de jornada para el cuidado de hijos
o familiares a cargo hasta el segundo grado con respecto a las
funcionarias/os que disfrutan de una excedencia para los mismos fines ya
que en el primer caso cuando la reducción de jornada es igual o superior
al año tiene repercusión en el cálculo de su pensión de jubilación de
acuerdo con lo regulado en el artículo 30.4 del Real Decreto Legislativo
670/1987 de Texto Refundido de Clases Pasivas del Estado.



No parece justo que aquellas funcionarias/os que no pueden prescindir de
la totalidad de sus retribuciones para dedicarse al cuidado de hijos o
familiares, optando así a la reducción de jornada en lugar de la
excedencia, tengan un tratamiento menos favorable.



Teniendo en cuenta que mayoritariamente este tipo de reducciones de
jornada recaen en el colectivo de las mujeres sería necesario el cambio
propuesto para dar cumplimiento al artículo 14 de la CE que proclama el
derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo. De la
misma forma se infiere la necesidad del cambio propuesto de acuerdo con
las medidas establecidas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para
la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
ENMIENDA NÚM. 6.035
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición final con la siguiente
redacción:
'Disposición final (nueva). Modificación del texto refundido de la Ley
General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo
1/1994, de 20 de junio.



El artículo 48 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio,
queda redactado en los siguientes términos:



'Artículo 48. Revalorización.



1.1 Las pensiones de la Seguridad Social en su modalidad contributiva,
incluido el importe de la pensión mínima, serán revalorizadas al comienzo
de cada año, en función del correspondiente índice de precios al consumo
previsto para dicho año.




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4170






1.2 Si el índice de precios al consumo acumulado, correspondiente al
período comprendido entre noviembre del ejercicio anterior y noviembre
del ejercicio económico al que se refiere la revalorización, fuese
superior al índice previsto en función del cual se calculó la
revalorización correspondiente al último ejercicio, se procederá a la
correspondiente actualización. A tales efectos, a los pensionistas cuyas
pensiones hubiesen sido objeto de revalorización en el ejercicio
anterior, se les abonará la diferencia en un pago único, antes del 1 de
abril del ejercicio posterior.



2. El resto de las pensiones reconocidas por el sistema de la Seguridad
Social serán revalorizadas periódicamente por el Gobierno, a propuesta
del Ministro de Trabajo y Seguridad Social, teniendo en cuenta, entre
otros factores indicativos, la elevación del nivel medio de los salarios
y beneficios empresariales, el índice de Precios al Consumo, la evolución
de la fiscalidad general y la evolución general de la economía. Asimismo,
se atenderá a que estas pensiones cumplan con el mandato del artículo 50
de la Constitución Española a los poderes públicos para garantizar
pensiones adecuadas y la suficiencia económica de los ciudadanos durante
la tercera edad.''
JUSTIFICACIÓN Se propone recuperar el derecho a la revalorización de las
pensiones para que sean periódicamente actualizadas de manera
transparente y no puedan perder poder adquisitivo.
ENMIENDA NÚM. 6.036
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición final, que queda redactada como
sigue:
'Disposición final (nueva). Modificación de la Disposición adicional
segunda de la Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se procede a
la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el
Régimen General de la Seguridad Social.



Se substituye la letra b) del apartado c) del punto 1 de la Disposición
adicional segunda por las siguientes reglas:



'b) Respecto a los trabajadores incluidos en los grupos de cotización 2 a
11, la reducción se ajustará a las siguientes reglas:



1.ª Para bases de cotización iguales o inferiores a 986,70 euros mensuales
o a 42,90 euros por jornada realizada, las reducciones a aplicar, en
puntos porcentuales de la base de cotización, serán las establecidas en
la siguiente tabla:



Año;Trabajadores y trabajadoras por cuenta propia incluidos en el Sistema
Especial para Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el Régimen
Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos;El resto de
empresarios



2012; 6,15 %;6,15 %



2013; 6,91 %;6,33 %



2014; 7,36 %;6,50 %




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4171






Año;Trabajadores y trabajadoras por cuenta propia incluidos en el Sistema
Especial para Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el Régimen
Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos;El resto de
empresarios



2015; 7,83 %;6,68 %



2016; 8,27 %;6,83 %



2017; 8,70 %;6,97 %



2018; 9,12 %;7,11 %



2019; 9,50 %;7,20 %



2020; 9,88 %;7,29 %



2021;10,24 %;7,36 %



2022;10,35 %;7,40 %



2023;10,43 %;7,40 %



2024;10,51 %;7,40 %



2025;10,59 %;7,40 %



2026;10,66 %;7,40 %



2027;11,18 %;7,60 %



2028;11,65 %;7,75 %



2029;12,12 %;7,90 %



2030;12,53 %;8,00 %



2031;12,95 %;8,10 %



2.ª Para bases de cotización superiores a las cuantías indicadas en la
regla anterior y hasta 1.800 euros mensuales o 78,26 euros por jornada
realizada, les serán de aplicación según el tipo de empresario, durante
el período 2012-2021, el porcentaje resultante de aplicar las siguientes
fórmulas:



a) Trabajadores y trabajadoras por cuenta propia incluidos en el Sistema
Especial para Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el Régimen
Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos: (las mismas
fórmulas del texto del Proyecto de Ley, a las que se substituye el 6,15 %
por el 6,44 %).



b) El resto de empresarios: (las fórmulas del texto de la Ley).



Para el período 2022-2030, las reducciones a aplicar en puntos
porcentuales de la base de cotización serán las resultantes de las
siguientes fórmulas:



a) Trabajadores y trabajadoras por cuenta propia incluidos en el Sistema
Especial para Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el Régimen
Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos: (la misma
fórmula del texto del proyecto de ley, a la que se substituye el 8,1 %
por el 12,95 %).



b) El resto de empresarios: (la fórmula del texto del Proyecto de Ley).



Las reducciones para el año 2031, en todos los casos, serán del 12,95 por
ciento para los empresarios trabajadores por cuenta propia incluidos en
el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia incluidos en el
Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y del
8,10 por ciento para el resto de empresarios.



En los supuestos de cotización por bases mensuales, cuando los
trabajadores inicien o finalicen su actividad sin coincidir con el
principio o fin de un mes natural, las reducciones a que se refiere esta
letra C) serán proporcionales a los días trabajados en el mes.''
JUSTIFICACIÓN La Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se procede a
la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el
Régimen General de la Seguridad Social reconoce que la integración de los
trabajadores del REASS por cuenta ajena al Régimen General se debe hacer
creando un sistema




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4172






especial, dentro de éste, que evite un incremento de costes perjudicial
para la competitividad y el empleo de las explotaciones agrarias.



De acuerdo a ello, la Ley 18/2007, de 4 de julio, por la que se procede a
la integración de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial
Agrario de la Seguridad Social en el Régimen Especial de la Seguridad
Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, crea el Sistema
Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el
Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos
estableciendo ciertas reducciones en las cotizaciones a la seguridad
social de los trabajadores contratados por cuenta ajena a cargo de los
trabajadores por cuenta propia agrarios, mayores de dieciocho años, que
reúnan los siguientes requisitos:



a) Ser titulares de una explotación agraria y obtener, al menos, el 50 por
100 de su renta total de la realización de actividades agrarias u otras
complementarias, siempre que la parte de renta procedente directamente de
la actividad agraria realizada en su explotación no sea inferior al 25
por 100 de su renta total y el tiempo de trabajo dedicado a actividades
agrarias o complementarias de las mismas, sea superior a la mitad de su
tiempo de trabajo total.



b) Que los rendimientos anuales netos obtenidos de la explotación agraria
por cada titular de la misma no superen la cuantía equivalente al 75 por
100 del importe, en cómputo anual, de la base máxima de cotización
establecida en cada momento en el Régimen General de la Seguridad Social.



c) La realización de labores agrarias de forma personal y directa en tales
explotaciones agrarias, aun cuando ocupen trabajadores por cuenta ajena,
siempre que no se trate de más de dos trabajadores fijos o, de tratarse
de trabajadores con contrato de trabajo de duración determinada, que el
número total de jornales satisfechos a los eventuales agrarios no supere
los 546 en un año, computado de fecha a fecha.



Las limitaciones en la contratación de trabajadores por cuenta ajena a que
se refiere el párrafo anterior se entienden aplicables por cada
explotación agraria. En el caso de que en la explotación agraria existan
dos o más titulares, en alta todos ellos en el Régimen Especial de los
Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, se añadirá al número de
trabajadores o jornales previstos en el párrafo anterior un trabajador
fijo más, o 273 jornales al año, en caso de trabajadores eventuales, por
cada titular de la explotación agraria, excluido el primero.



Para dichos trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el Sistema
Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el
Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos la Ley
17/2008 establece que para las contingencias comunes el tipo de
cotización aplicable será del 18,75 por 100, mientras que para los que no
están incluidos en dicho Sistema Especial el tipo de cotización aplicable
es del 26,50 por 100.



Sin embargo, el proyecto de ley de presupuestos generales del estado de
2017 trata a todos los empresarios agrícolas por igual. Las negociaciones
llevadas a cabo por el Ministerio de Trabajo e Inmigración y las
organizaciones sindicales y empresariales más representativas, empeoraron
el incremento de costes perjudicial para la competitividad y el empleo de
las explotaciones agrarias de las que son titulares los trabajadores por
cuenta propia agrarios incluidos el Sistema Especial para Trabajadores
por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los
Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, las cuales usan básicamente
trabajadores eventuales, ya que mientras en las propuestas del Ministerio
de noviembre de 2010 el tipo de cotización por contingencias comunes a
cargo del empresario era del 21,60 por ciento y con las bonificaciones el
encarecimiento progresivo de los costes sociales de los trabajadores
eventuales y fijos alcanzaba su máximo en el año 2027; ahora el proyecto
de ley, tras la negociación que ha mantenido fuera de la misma a las
organizaciones profesionales agrarias representativas de los trabajadores
por cuenta propia agrarios, el tipo de cotización por contingencias
comunes a cargo del empresario pasa al 23,60 por ciento y con las
bonificaciones el encarecimiento progresivo de los costes sociales de los
trabajadores eventuales alcanzará un incremento del 102 % el año 2018 y
su máximo el año 2031 con un incremento del 148 %, mientras que para los
trabajadores fijos alcanzará su máximo el año 2031 con un incremento solo
del 68 % (cinco años más tarde).



Teniendo en cuenta que un incremento desmesurado de los costes, como el
previsto en la ley, influiría de forma muy perjudicial en la
competitividad y el empleo de las explotaciones agrarias de las que son
titulares los trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el
Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos
en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos,
la propuesta es el equivalente, para los empresarios trabajadores por
cuenta propia agrarios incluidos el Sistema Especial para Trabajadores
por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el Régimen




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4173






Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, mediante
bonificaciones de no sobrepasar el 18,75 % respecto al 23,60 % propuesto
por el Gobierno en el Proyecto de Ley.
ENMIENDA NÚM. 6.037
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición final, que queda redactada como
sigue:
'Disposición final (nueva). Modificación de la Ley 28/2011, de 22 de
septiembre, por la que se procede a la integración del Régimen Especial
Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad
Social.



Se añade un nuevo apartado 5 bis al apartado Tres. Cotización en el
Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios del artículo
106, con la siguiente redacción:



'5 bis. Durante el año 2017 se aplicarán las siguientes reducciones en las
aportaciones empresariales de los trabajadores y trabajadoras por cuenta
propia incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta
Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por
Cuenta Propia o Autónomos a la cotización a este Sistema Especial durante
los períodos de actividad con prestación de servicios.



En la cotización respecto a los trabajadores encuadrados en los grupos de
cotización 2 al 11, la reducción se ajustará a las reglas establecidas en
la letra b) del apartado C) del punto 1 de la disposición adicional
segunda de la Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se procede a
la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el
Régimen General de la Seguridad Social para las aportaciones
empresariales de los Trabajadores y trabajadoras por cuenta propia
incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia
incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o
Autónomos.''
JUSTIFICACIÓN La propia Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se
procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad
Social en el Régimen General de la Seguridad Social reconoce que la
integración al Régimen General se debe hacer creando un sistema especial,
dentro de éste, que evite un incremento de costes perjudicial para la
competitividad y el empleo de las explotaciones agrarias. El proyecto de
ley trata a todos los empresarios agrarios de la misma forma sin
establecer un régimen diferenciador para las explotaciones de pequeño y
mediano tamaño encuadradas dentro de lo que conocemos por agricultura
familiar.



Esta distinción del modelo de empresario agrícola en lo que a la seguridad
social se refiere, viene recogida en la Ley 18/2007, de 4 de julio, por
la que se procede a la integración de los trabajadores por cuenta propia
del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen
Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o
Autónomos, al crear el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta
Propia Agrarios incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por
Cuenta Propia o Autónomos para los trabajadores por cuenta propia
agrarios, mayores de dieciocho años, que reúnan los siguientes
requisitos:



a) Ser titulares de una explotación agraria y obtener, al menos, el 50 por
100 de su renta total de la realización de actividades agrarias u otras
complementarias, siempre que la parte de renta procedente




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directamente de la actividad agraria realizada en su explotación no sea
inferior al 25 por 100 de su renta total y el tiempo de trabajo dedicado
a actividades agrarias o complementarias de las mismas, sea superior a la
mitad de su tiempo de trabajo total.



b) Que los rendimientos anuales netos obtenidos de la explotación agraria
por cada titular de la misma no superen la cuantía equivalente al 75 por
100 del importe, en cómputo anual, de la base máxima de cotización
establecida en cada momento en el Régimen General de la Seguridad Social.



c) La realización de labores agrarias de forma personal y directa en tales
explotaciones agrarias, aun cuando ocupen trabajadores por cuenta ajena,
siempre que no se trate de más de dos trabajadores fijos o, de tratarse
de trabajadores con contrato de trabajo de duración determinada, que el
número total de jornales satisfechos a los eventuales agrarios no supere
los 546 en un año, computado de fecha a fecha.



Las limitaciones en la contratación de trabajadores por cuenta ajena a que
se refiere el párrafo anterior se entienden aplicables por cada
explotación agraria. En el caso de que en la explotación agraria existan
dos o más titulares, en alta todos ellos en el Régimen Especial de los
Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, se añadirá al número de
trabajadores o jornales previstos en el párrafo anterior un trabajador
fijo más, o 273 jornales al año, en caso de trabajadores eventuales, por
cada titular de la explotación agraria, excluido el primero.



Para dichos trabajadores por cuenta propia agrarios incluidos el Sistema
Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluidos en el
Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, la
Ley 17/2008 establece que para las contingencias comunes el tipo de
cotización aplicable será del 18,75 por 100, mientras que para los que no
están incluidos en dicho Sistema Especial el tipo de cotización aplicable
es del 26,50 por 100.



Entendemos que la clasificación como trabajador por cuenta propia o
autónomo agrícola acogido a los requisitos establecidos en la Ley
18/2007, de 4 de julio, conlleva una reducción en las cotizaciones por
contingencias comunes que deben verse recogidas en el proyecto de
Presupuestos Generales del Estado de 2017 y que se ajustarían de igual
manera a las reglas establecidas en la letra b) del apartado C) del punto
1 de la disposición adicional segunda de la Ley 28/2011, de 22 de
septiembre.
ENMIENDA NÚM. 6.038
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición final, que queda redactada como
sigue:
'Disposición final (nueva). Modificación del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.



A partir de la entrada en vigor de la presente Ley, el primer parágrafo y
el apartado 1 de la disposición adicional decimosexta, sobre Inversión
financieramente sostenible, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, quedaran redactados de la siguiente manera:



'A los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley
Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, se entenderá por inversión financieramente
sostenible la que cumpla todos los requisitos siguientes:



1. Que la inversión se realice, en todo caso, por entidades locales que se
encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social. Además,




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4175






deberá tener reflejo presupuestario en los programas recogidos en el anexo
I de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la
estructura de los presupuestos de la Entidades Locales.''
JUSTIFICACIÓN Teniendo en cuenta que la entrada en vigor de los
Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 no ha tenido lugar el
1 de enero del presente año, limitar la ejecución de las inversiones al
ejercicio de 2017 supondrá que en muchos casos las Corporaciones locales
no puedan destinar el superávit presupuestario a inversiones dado el
escaso plazo de que dispondrán para destinar el referido superávit a
inversiones a partir de la fecha de la entrada en vigor de la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para 2017.



A partir de ese momento las Corporaciones Locales tendrán que iniciar las
modificaciones presupuestarias oportunas para poder aplicar dicho
superávit lo que supone no menos de dos meses hasta que dichas
modificaciones se convierten en ejecutivas (tramitación: Comisión
informativa, plazo de enmiendas, aprobación por el Pleno, publicación con
el BOP, exposición pública, 15 días hábiles, contestación a las
alegaciones, aprobación definitiva y publicación en el BOP).



Aprobadas y en vigor las modificaciones presupuestarias y si, en el mejor
de los casos, ya tuvieran los proyectos redactados y aprobados, podrían
iniciar la tramitación del procedimiento de contratación. Procedimiento
que supone un plazo temporal de cinco a seis meses hasta la formalización
del contrato (aprobación de proyectos, aprobación de los Pliegos,
publicación, análisis de ofertas, separando el procedimiento de
evaluación de los criterios sujetos a juicio de valor y los cuantificados
mediante fórmula, procedimiento de la mesa de contratación, informes
técnicos, jurídicos, fiscalización, notificaciones y formalización).



Visto lo anterior una gran mayoría de los contratos no podrán adjudicarse
dentro del año 2017 y por consiguiente muchas Corporaciones locales no
podrán beneficiarse de la prórroga para el destino del superávit del año
2017, por la imposibilidad material de llevar a cabo toda la tramitación
administrativa que conlleva antes de concluir 2017.



Por este motivo se modifica se amplía el carácter de inversión
financieramente sostenible a todos los programas recogidos en el anexo I
de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la
estructura de los presupuestos de la Entidades Locales.
ENMIENDA NÚM. 6.039
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición final, que queda redactada como
sigue:
'Disposición final (nueva). Modificación del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.



Con efectos desde la entrada en vigor de esta ley, se añade una nueva
disposición adicional decimoctava (nueva) al 'Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales', con el siguiente literal:



'Para hacer efectivo el principio de transparencia y facilitar así la
elaboración de los presupuestos de las Entidades Locales, el Ministerio
de Hacienda y Función Pública publicará a finales del mes de julio de
cada año en la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las
Entidades Locales,




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previo informe de la Comisión Nacional de la Administración local, un
avance de la estimación de las entregas a cuenta, liquidación definitiva
de años anteriores, retenciones y anticipo, así como cualesquiera otros
conceptos inherentes, correspondientes a la participación en los tributos
del Estado correspondiente al ejercicio siguiente, desglosado según el
régimen general y de cesión de tributos, de los municipios, provincias e
islas y entes asimilados.



Asimismo, se publicarán en dicha Oficina Virtual, de cada una de las
Entidades Locales y entes asimilados, los importes de los conceptos a los
que se alude en el párrafo anterior del Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado una vez sea admitido a trámite en el Congreso de los
Diputados. En la documentación que acompaña la presentación del Proyecto
de Ley de Presupuestos Generales del Estado se recogerá un cuadro
comparativo respecto de los mismos datos del año anterior.''
JUSTIFICACIÓN La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera introduce importantes
exigencias de suministro de información a las Administraciones
Territoriales, entre ellas a las Entidades Locales.



El artículo 27 del referido texto normativo establece en su apartado 2 que
antes del 1 de octubre de cada año, las Comunidades Autónomas y
Corporaciones Locales remitirán al Ministerio de Hacienda y Función
Pública información sobre las líneas fundamentales que contendrán sus
presupuestos.



Difícilmente podrán elaborarse por parte de las Entidades Locales las
líneas fundamentales que contendrán sus presupuestos y en definitiva con
un gran margen de imprevisión podrán elaborar sus marcos presupuestarios
cuando desconocen la información relativa a uno de sus principales
recursos, la participación en los Tributos del Estado.



Por este motivo y al objeto de que las Entidades locales puedan cumplir
con las exigencias de la presente Ley así como de otras normas que les
imponen exigencias de obligado cumplimiento en relación con sus
presupuestos es por lo que se propone la presente enmienda.
ENMIENDA NÚM. 6.040
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición final, que queda redactada como
sigue:
'Disposición final (nueva). Modificación de los números 3.º y 4.º de los
apartados Dos y Tres, respectivamente, del artículo 78, de la Ley
3711992, de 7 de julio, del impuesto del valor añadido, quedando
redactados de la siguiente manera:



'3.º Las subvenciones vinculadas directamente al precio de las operaciones
sujetas al Impuesto.



Se considerarán vinculadas directamente al precio de las operaciones
sujetas al Impuesto las subvenciones establecidas en función del número
de unidades entregadas o del volumen de los servicios prestados cuando se
determinen con anterioridad a la realización de la operación. No
obstante, no se considerarán subvenciones vinculadas al precio ni
integran en ningún caso el importe de la contraprestación a que se
refiere el apartado Uno del presente artículo, las aportaciones
dinerarias, sea cual sea su denominación, que las Administraciones
Públicas realicen para financiar la gestión de servicios públicos, sea
cual sea su forma de gestión, cuando financien operaciones en




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las que no exista concurrencia en el mercado con el sector privado o,
cuando existiendo tal concurrencia, la contraprestación de las mismas se
realice a valor de mercado en comparación con la contraprestación
existente en el mercado comparable no subvencionado.



4.º Las subvenciones no vinculadas al precio de las operaciones, no
considerándose como tales los importes pagados por un tercero en
contraprestación de dichas operaciones salvo los supuestos previstos en
el número 3.º del apartado Dos anterior que en ningún caso tendrán el
concepto de contraprestación.''
JUSTIFICACIÓN El artículo 78 de la Ley del IVA determina la regla general
de cálculo de la base imponible estableciendo en su apartado primero que
'la base imponible del impuesto estará constituida por el importe total
de la contraprestación de las operaciones sujetas al mismo procedente del
destinatario o de terceras personas'.



Por su parte, el referido artículo establece en el apartado 3.º de su
punto Dos que 'se considerarán vinculadas directamente al precio de las
operaciones sujetas al Impuesto las subvenciones establecidas en función
del número de unidades entregadas o del volumen de los servicios
prestados cuando se determinen con anterioridad a la realización de la
operación'.



Así mismo, el apartado 4.º del número Tres de dicho precepto señala que no
se incluirán en la base imponible 'las subvenciones no vinculadas al
precio de las operaciones, no considerándose como tales, los importes
pagados por un tercero en contraprestación de dichas operaciones'.



Este último precepto, cuya redacción se produjo a través de la Ley
28/2014, de 27 de noviembre, ha suscitado un importante conflicto
interpretativo con relación a las subvenciones que las Administraciones
Públicas realizan para la gestión de determinados servicios públicos como
por ejemplo el transporte público municipal o la cultura.



Por tal motivo, se hace necesario precisar cuál es el verdadero alcance
interpretativo de dicha modificación excluyendo como subvención vinculada
al precio aquella que, incidiendo en el precio, no produce ninguna
distorsión fiscal en el mercado como consecuencia de que la
contraprestación que el consumidor final satisface es a precio de
mercado, en comparación con el mercado 'sin subvención', o porque en el
mercado no existe concurrencia alguna entre el sector privado y el sector
público de tal suerte que es la propia Administración Pública quien
presta en exclusiva el servicio a través de cualquiera de los
instrumentos de gestión que la Ley le permite. Este el caso, por ejemplo,
del transporte público municipal o de las viviendas de protección
oficial.



En definitiva, solo hay subvención vinculada al precio cuando esta incide
en el precio final de las operaciones, esto es, de los bienes y/o de las
prestaciones de servicios, produciéndose una distorsión fiscal en un
mercado comparable de tal suerte que el precio final de las operaciones
(esto es, de los bienes y servicios) subvencionadas no solo es inferior
al del mercado comparable (esto es, sin subvención) sino que, de no
incorporarse aquellas a la base imponible, la repercusión del IVA se
produciría sobre bases distintas convirtiéndose la fiscalidad en un
elemento distorsionante en el mercado. Cuando esto no ocurra, la
subvención correspondiente no se puede obviamente considerar como
vinculada al precio ni como contraprestación ya que, de hacerlo, se
podría incluso producir una distorsión fiscal en el mercado según cual
fuera la forma de prestar el servicio. Así, por ejemplo, si el servicio
se presta directamente por la propia Administración, sin mediación de
sociedad u operador de ningún tipo, el precio sería más bajo que de
prestarse a través de una sociedad u operador. Tal circunstancia es sin
duda contraria a la neutralidad 'fiscal'.



Así mismo, conviene también precisar que tales subvenciones no tienen
tampoco la naturaleza de contraprestación y que, por tanto, no integran
en ningún caso la base imponible del impuesto.



En este sentido, se considera necesario modificar el apartado 3.º del
número Dos y el apartado 4.º del número Tres de la Ley 37/1992, de 7 de
junio del IVA con la finalidad de precisar el verdadero alcance
interpretativo.




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ENMIENDA NÚM. 6.041
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición final, que queda redactada como
sigue:
'Disposición final (nueva). Modificación de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico.



Con efectos desde la entrada en vigor de esta ley y vigencia indefinida,
La Ley 24/2013, de 16 de diciembre, del Sector Eléctrico, queda
modificada como sigue:



Uno. Se modifica el apartado 4 del artículo 14, que queda redactado como
sigue:



'4. Los parámetros de retribución de las actividades de transporte,
distribución, producción a partir de fuentes de energía renovables,
cogeneración de alta eficiencia y residuos con régimen retributivo
específico y producción en los sistemas eléctricos no peninsulares con
régimen retributivo adicional se fijarán teniendo en cuenta la situación
cíclica de la economía, de la demanda eléctrica y la rentabilidad
adecuada para estas actividades por periodos regulatorios que tendrán una
vigencia de seis años.



Estos parámetros retributivos podrán revisarse antes del comienzo del
periodo regulatorio en los términos que indicarán a continuación. Si no
se llevara a cabo esta revisión se entenderán prorrogados para todo el
periodo regulatorio siguiente.



En la citada revisión para las actividades de transporte, distribución, y
producción en los sistemas eléctricos no peninsulares con régimen
retributivo adicional podrá modificarse la tasa de retribución aplicable
a dichas actividades que se fijará legalmente.



En el caso de las instalaciones de producción a partir de fuentes de
energía renovables, cogeneración de alta eficiencia y residuos con
régimen retributivo específico la modificación de los parámetros de
retribución se realizará de acuerdo con los siguientes criterios:



1.º Para las instalaciones tipo que sean asignadas a las instalaciones con
derecho a la percepción del régimen económico primado a la entrada en
vigor del Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, el valor sobre el que
girará la rentabilidad razonable durante toda su vida útil regulatoria
será, antes de impuestos, el que resulte de la aplicación de la fórmula
de cálculo establecida en el apartado tercero de la disposición final
tercera de la presente ley.



2.º Para las instalaciones tipo de referencia que se definan en los
procedimientos de concurrencia competitiva previstos en el artículo 14.7
que se celebren en el primer período regulatorio, el valor sobre el que
girará la rentabilidad razonable durante toda su vida útil regulatoria
será, antes de impuestos, el que resulte de la aplicación de la fórmula
de cálculo establecida en el apartado segundo de la disposición adicional
décima de la presente ley.



3.º Para las instalaciones tipo de referencia que se definan en los
procedimientos de concurrencia competitiva previstos en el artículo 14.7
que se celebren en sucesivos períodos regulatorios, serán de aplicación
las siguientes reglas:



i. El valor sobre de la rentabilidad razonable durante toda su vida útil
regulatoria girará, antes de impuestos, sobre el rendimiento medio en el
mercado secundario de las Obligaciones del Estado a diez años en el
mercado secundario de los veinticuatro meses previos al mes de mayo del
año anterior al del inicio del periodo regulatorio incrementada en un
diferencial.



ii. A estos efectos, antes del 1 de enero del último año del periodo
regulatorio correspondiente, el Ministro de Energía, Turismo y Agenda
Digital elevará al Consejo de Ministros un anteproyecto de ley en el que
se recogerá una propuesta del valor que tomará el diferencial señalado en
el




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apartado anterior en el periodo regulatorio siguiente, de acuerdo con los
criterios fijados en este artículo.



iii. Para fijar este valor, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo
podrá recabar informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia que deberá emitirse antes del 1 de julio del penúltimo año
del periodo regulatorio correspondiente, así como contratar los servicios
de una entidad especializada independiente.



4.º En la revisión que corresponda a cada periodo regulatorio se podrán
modificar todos los parámetros retributivos con las excepciones que se
indican a continuación:



i. En ningún caso se modificará el valor sobre el que girará la
rentabilidad razonable durante toda la vida útil regulatoria de las
instalaciones, una vez fijado en los términos indicados anteriormente.



ii. Del mismo modo, una vez reconocida la vida útil regulatoria o el valor
estándar de la inversión inicial de una instalación, en ningún caso se
podrán revisar dichos valores.



5.º Cada tres años se revisarán para el resto del periodo regulatorio las
estimaciones de ingresos por la venta de la energía generada, valorada al
precio del mercado de producción, en función de la evolución de los
precios del mercado y las previsiones de horas de funcionamiento.



Asimismo, se ajustarán los parámetros retributivos en función de las
desviaciones del precio del mercado respecto de las estimaciones
realizadas para el periodo de tres años anterior. El método de ajuste se
establecerá reglamentariamente y será de aplicación en lo que reste de
vida útil de la instalación.



6.° Al menos anualmente se actualizarán los valores de retribución a la
operación para aquellas tecnologías cuyos costes de explotación dependan
esencialmente del precio del combustible.'



Dos. Se modifica el apartado 2 de la disposición adicional décima, que
queda redactado como sigue:



'2. Para las actividades de producción a partir de fuentes de energía
renovables, cogeneración y residuos con régimen retributivo específico,
el primer periodo regulatorio se iniciará en la fecha de entrada en vigor
del Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio.



Para las instalaciones tipo de referencia que se definan en los
procedimientos de concurrencia competitiva previstos en el artículo 14.7
que se celebren en el primer período regulatorio, el valor sobre el que
girará la rentabilidad razonable durante toda su vida útil regulatoria
será, antes de impuestos, el rendimiento medio en el mercado secundario
de los tres meses anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto-ley
9/2013, de 12 de julio, de las Obligaciones del Estado a diez años
incrementado en 300 puntos básicos. Este valor no será objeto de revisión
durante la vida útil regulatoria de estas instalaciones.'



Tres. Se modifica el apartado 3 de la disposición final tercera, que queda
redactado como sigue:



'3. En los términos previstos en el Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de
julio, para las instalaciones tipo que sean asignadas a las instalaciones
con derecho a la percepción del régimen económico primado a la entrada en
vigor del Real Decreto-ley 9/2013, el valor sobre el que girará la
rentabilidad razonable durante toda su vida útil regulatoria será, antes
de impuestos, el rendimiento medio en el mercado secundario de los diez
años anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2013, de 12
de julio, de las Obligaciones del Estado a diez años incrementada en 300
puntos básicos, todo ello. Este valor no será objeto de revisión durante
la vida útil regulatoria de estas instalaciones.''
JUSTIFICACIÓN Es necesaria la promoción de forma urgente cambios
normativos en el marco retributivo para la actividad de producción de
energía eléctrica a partir de fuentes renovables, cogeneración y
residuos. Se garantizará una rentabilidad razonable estable a largo
plazo, tanto para los activos ya existentes como para los nuevos
interesados. Es igualmente necesaria una certidumbre regulatoria que
incentive la




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inversión en el desarrollo de proyectos de energía renovable, para ello
debemos dotarnos de una política de fomento de las energías renovables
que debe llevarse a cabo desde el Gobierno. El marco retributivo
establecido por el Real Decreto-ley 9/2013, la Ley 24/2013 y el Real
Decreto 413/2014, no garantiza el cumplimiento de los objetivos, se hace
una proyección sobre el no cumplimiento por parte de España de sus
objetivos de renovables en el año 2020 y se le llama la atención sobre la
necesidad de evaluar sus políticas al respecto. El desarrollo e
implantación de este tipo de proyectos, requieren de inversiones y
señales de estabilidad regulatoria a largo plazo.
ENMIENDA NÚM. 6.042
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición final, que queda redactada como
sigue:
'Disposición final (nueva). Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de
noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de
modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades.



El artículo 19 apartado 2, de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial
de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no
Residentes y sobre el Patrimonio, Rendimiento neto del trabajo queda
redactado como sigue:



'2. Tendrán la consideración de gastos deducibles exclusivamente los
siguientes:



a) Las cotizaciones a la Seguridad Social o a mutualidades generales
obligatorias de funcionarios.



b) Las detracciones por derechos pasivos.



c) Las cotizaciones a los colegios de huérfanos o entidades similares.



d) Las cuotas satisfechas a sindicatos o asociaciones profesionales y
colegios profesionales, cuando la colegiación tenga carácter obligatorio,
en la parte que corresponda a los fines esenciales de estas
instituciones, y con el límite que reglamentariamente se establezca.



e) Los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios
suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que
percibe los rendimientos, con el límite de 300 euros anuales.''
JUSTIFICACIÓN Todos los miembros de la Guardia Civil tienen la obligación
de pagar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Entre los
gastos que realizan se encuentran las cuotas satisfechas por los Guardias
Civiles en favor de las Asociaciones Profesionales de la Guardia Civil.
Por ello, lo que se intenta es brindar a estos los mismos beneficios que
tienen otros ciudadanos que pueden imputar como gasto deducible la cuota
de las aportaciones, en las mismas condiciones como seis se tratarse de
una cuota sindical. La finalidad de esta enmienda es garantizar un trato
igualitario ante la ley para los funcionarios que laboran en la Guardia
Civil y en protección de sus derechos laborales.




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ENMIENDA NÚM. 6.043
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición final, que queda redactada como
sigue:
'Disposición final (nueva). Modificación de la Ley 29/2014, de 28 de
noviembre, de Régimen de personal de la Guardia Civil.



Se modifican el artículo 27 y los apartados 2 y 3 del artículo 34 de la
Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen de personal de la Guardia
Civil que quedan redactados de la siguiente manera:



'Uno.



Artículo 27. Catálogo de Puestos de Trabajo.



1. Los puestos de trabajo cuyo desempeño corresponda a los Guardias
Civiles estarán relacionados en un catálogo, instrumento técnico de la
ordenación del personal de acuerdo con las necesidades de los servicios.



2. El catálogo de puestos de trabajo será público, con excepción de
aquellos puestos cuyas funciones sean de especial confidencialidad.



3. El catálogo reflejará la distribución de los puestos de trabajo por
plantillas y deberá incluir necesariamente la denominación de los
puestos, la localidad en la que se encuentran radicados, número, nivel de
complemento de destino, complemento específico, escala, empleo o subgrupo
de clasificación para el que estén reservados y, en su caso, si su
adscripción es indistinta, así como la forma de provisión.'



'Dos.



Artículo 34.



(...)



2. Para ingresar en el centro docente de formación con el objeto de
acceder a la escala de suboficiales se exigirá, además de los requisitos
generales del artículo 33, los requisitos de acceso requeridos en el
Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a
Título de Grado Universitario.



3. Para ingresar en los centros docentes de formación para el acceso a la
escala de cabos y guardias se exigirá, además de los requisitos generales
del artículo 33, el título de bachiller o equivalente.''
JUSTIFICACIÓN Lo que se pretende con esta enmienda es crear un Catálogo de
Puestos de Trabajo para los miembros de la Guardia Civil similar al que
tienen los componentes del Cuerpo Nacional de Policía, para mismas
funciones, mismo CES y mismos Niveles de Complemento de Destino, y se
evita así la existencia de discriminación en la aplicación de la ley y su
aplicación desigual sin causa razonable.



Además se unifican los requisitos de acceso a las escalas de Suboficiales
y de Cabos y Guardias del cuerpo de la Guardia Civil con los de las
categorías de Subinspector y de Policía del Cuerpo de la Policía
Nacional. Se consigue así la plena equiparación en la exigencia de las
titulaciones requeridas por la Ley 7/2007, de 12 de abril, para el
ingreso en los respectivos grupos de clasificación en los que se




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encuadran dichas escalas y empleos. Igualmente, se lleva a cabo el
reconocimiento de la integración, a todos los efectos, de las Escalas de
Suboficiales y de Cabos y Guardias en los Subgrupos de Clasificación A2 y
C1, respectivamente.



No existen razones para mantener la discriminación en las regulaciones que
se refieren a los mismos ámbitos de trabajo, trayectoria profesional,
marco retribuido y formativo, de titulaciones, entre quienes desarrollan
las mismas funciones policiales, por el mero hecho de pertenecer a un
cuerpo u otro, de los que componen las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado. Una concepción de la seguridad pública que no respete la plena
homologación entre unos y otros funcionarios es sencillamente un freno,
un obstáculo y un lastre, para el funcionamiento eficaz, eficiente,
moderno y plenamente operativo del sistema público de seguridad, que por
definición es único en España.
ENMIENDA NÚM. 6.044
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
Disposición final (nueva)
De adición. Se añade una nueva disposición final, que queda redactada como
sigue:
'Disposición final (nueva). Modificación del Real Decreto 782/2001.



Se modifican los artículos 1, 3, 4, 5, 10, 11, 15 y 19 del Real Decreto
782/2001, de 6 de julio, por el que se regula la relación laboral de
carácter especial de los penados que realicen actividades laborales en
talleres penitenciarios y la protección de Seguridad Social de los
sometidos a penas de trabajo en beneficio de la comunidad, que quedan
redactados de la siguiente manera:



Uno. Se modifica el apartado cuarto del artículo 1 que queda redactado
como sigue:



'La relación laboral especial penitenciaria se regula por lo dispuesto en
este real decreto. No obstante, en defecto de regulación específica en la
presente norma será de aplicación supletoria lo dispuesto en la
legislación laboral común.'



Dos. Se añade un apartado tercero al artículo 3 que queda redactado como
sigue:



'Los puestos vacantes se cubrirán de manera pública y transparente. A tal
fin, se publicará periódicamente un listado de los puestos vacantes y se
concederá un plazo en el que los internos interesados podrán presentar su
solicitud. La resolución y la baremación en la que se apoyé serán
igualmente públicas. La resolución será susceptible de recurso.'



Tres. Se modifica el párrafo segundo del artículo 4 que queda redactado
como sigue:



'El trabajo que realice el penado objeto de relación laboral deberá ser
productivo y remunerado. Los penados que realicen el mismo trabajo
deberán ser igualmente retribuidos con independencia de cualquier
circunstancia.'



Cuatro. Se añade una nueva letra g) al apartado primero del artículo 5 que
queda redactado como sigue:



'A la libertad sindical, sin más limitaciones que las restricciones que
puedan ser necesarias, previa justificación de las mismas, para la
seguridad del establecimiento.'




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Cinco. Se añade un nuevo apartado cuarto al artículo 10 que queda
redactado como sigue:



'La extinción de la relación laboral penitenciaria se regirá por lo
establecido para el despido en la legislación laboral común.'



Seis. Se añade el siguiente párrafo al párrafo tercero del artículo 11:



'La jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y
se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador, junto con el
recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada
mes. El empleador deberá conservar los resúmenes mensuales de los
registros de jornada durante un periodo mínimo de cuatro años.'



Siete. Se añade al apartado segundo del artículo 15 la siguiente
redacción:



'Por ello, el trabajador recibirá como mínimo el salario mínimo
interprofesional. De trabajarse junto a otros trabajadores libres de la
misma empresa externa, el salario del trabajador preso no deberá ser
nunca inferior a la mitad del salario base percibido por el trabajador
libre de la misma categoría.'



Ocho. Se añaden dos nuevo apartados al artículo 19 que quedan redactados
como sigue:



'En caso de que las cotizaciones efectuadas por el empleador permitieran
la percepción de una prestación de desempleo, el excarcelado percibirá
ésta y, a su extinción, el subsidio que le hubiera correspondido por
excarcelación.



En caso de que la prestación por desempleo resulte, en su cómputo total,
inferior al subsidio de excarcelación, el excarcelado podrá optar entre
ambas por la que considere más beneficiosa.''
JUSTIFICACIÓN En los últimos años, tanto la Subcomisión de Derecho
Penitenciario del Consejo General de la Abogacía Española, como la
Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, han señalado la necesidad
de proteger los derechos laborales de las personas privadas de libertad.



Partiendo de las deficiencias y de la desigualdad injustificada que existe
entre las relaciones laborales de las personas presas y en libertad,
interesa una equiparación de los derechos laborales de los trabajadores
privados de libertad. La inexistencia de sindicatos que acompañen a los
privados de libertad dificulta la defensa de sus derechos.



En concreto, se ha afirmado deficiencias, en el acceso al puesto de
trabajo, ante la falta de transparencia al no publicarse ofertas ni
resoluciones de concesión de plaza. En el desarrollo, ante la
inexistencia de un control horario, lo que hace que los trabajadores
afirmen que habitualmente realizan más horas de las reconocidas en
nómina. En el sistema de retribución, que no se acerca al SMI y que en
ocasiones es discriminatorio respecto a los otros trabajadores libres que
lo hacen en espacio común y de forma conjunta para la empresa externa. En
la extinción, existiendo resoluciones judiciales que han declarado el
cese nulo por mal funcionamiento de la Administración, que no es
compensado al trabajador, al no abonársele salarios de tramitación o
indemnización. Y en la excarcelación, el haber trabajado, hace que de
haberse cotizado el tiempo suficiente no puedan acceder al subsidio de
excarcelación, que es superior en tiempo e importe que la prestación
generada por el trabajo en prisión.



El salario medio está alrededor de 222 euros, por lo que difícilmente se
puede cumplir el mandato constitucional del artículo 35, y del artículo
33 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, de garantizar que la
remuneración sea suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su
familia. Cuando el mismo artículo señala que el salario será inembargable
en las condiciones establecidas para el salario del trabajador libre -que
solo es posible a partir del SMI- está equiparando y dando por hecho que
el mismo llegará al citado importe. En ocasiones, sucede que varios
internos están realizando un mismo trabajo, retribuyéndose a unos sí y a
otros no, por cuestiones presupuestarias. También ocurre, cuando el
interno realiza el trabajo para empresas externas, que puede hacerlo mano
a mano, en el mismo lugar, con idénticas funciones, con trabajadores de
empresa externa, que perciben por el mismo trabajo un importe que al
menos triplica el salario del interno.




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ENMIENDA NÚM. 6.045
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
De adición. Se añade en el apartado 'Castilla-La Mancha' del Grupo III
'Otros Bienes Culturales' del Anexo XIII sobre Bienes del Patrimonio
Histórico Español, después de 'Yacimiento arqueológico de La Vega Baja de
Toledo' el siguiente texto:



'Palacio de los Gosálvez de Casas de Benítez (Cuenca).'
JUSTIFICACIÓN El Palacio de estilo versallesco y art deco situado en el
municipio de Casas de Benítez en la provincia de Cuenca, tiene el grado
de protección de Bien de Interés Cultural, en la categoría de monumento,
con fecha de 16 de junio de 1,993. El palacio se encuentra abandonado y
muy deteriorado. Sufriendo un desastroso descuido e importantes
mutilaciones que incluyen techumbres hundidas, ventanas y puertas
expoliadas.



Consideramos que es importante llevar a cabo tareas de conservación,
restauración y rehabilitación de éste bien, dado su avanzado deterioro y
el riesgo que corre de seguir sometido al vandalismo y el expolio.
ENMIENDA NÚM. 6.046
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea



A la disposición transitoria primera
De modificación Se modifica el primer párrafo de la disposición
transitoria primera, que queda redactada como sigue:



'Durante el año 2017, la indemnización por residencia del personal en
activo del sector público estatal continuará devengándose en las áreas
del territorio nacional que la tienen reconocida, en las mismas cuantías
vigentes a 31 de diciembre de 2016, con un incremento del 2,7 por
ciento.'
JUSTIFICACIÓN Durante los últimos cinco años, el personal al servicio del
sector público ha experimentado una pérdida de poder adquisitivo que es
necesario recuperar. Incrementar las retribuciones, como tope máximo, al
1 % no solo no supone una recuperación del poder adquisitivo perdido sino
que incrementa esta pérdida, teniendo en cuenta que, los datos que el
propio gobierno ha publicado respecto de la subida del IPC interanual
para el mes de abril del presente año superan el 3 %. Por tanto, es
necesaria una modificación que, en un plazo de cuatro años, suponga una
recuperación de al menos gran parte de dicha pérdida y que comience con
un 2,7 % para la presente anualidad.




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ENMIENDA NÚM. 6.047
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea



Presupuestos del Estado
ALTA Sección: 19 (Ministerio de Empleo y Seguridad Social).
Servicio : 02.
Programa : 000 X (Transferencias internas).
Capítulo 4.
Artículo: 42.



Subconcepto: 42003.



(Aportación del Estado al presupuesto de la Seguridad Social para
financiarlas prestaciones no contributivas establecidas por las Leyes
26/1990, de 20 de diciembre y 35/2007, de 15 de noviembre. Protección
familiar, incluso para atender obligaciones de ejercicio anteriores)
Importe : 350.955 (miles de euros) [335.955 + 15.000].
BAJA Sección: 31 (Gastos de diversos Ministerios).
Servicio : 02.
Programa : 929 M.
Capítulo 1 (Gastos de personal).
Artículo: 12 (Funcionarios).Concepto : 121 (Retribuciones
complementarias).
Importe : 335.955 (miles de euros).
BAJA Sección: 31 (Gastos de diversos Ministerios).
Servicio : 02.
Programa : 929 M.
Capítulo 5 (Fondo de contingencia y otros imprevistos).
Artículo: 51 (Otros imprevistos).Concepto : 510 (Imprevistos).
Importe : 15.000 (miles de euros).



Repercusión en el Presupuesto de la Seguridad Social
ALTA DE INGRESO



Sección: 19 (Ministerio de Empleo y Seguridad Social).
Capítulo 4 (Transferencias corrientes).
Artículo: 40 (A la Administración del Estado).Concepto : 400.
Importe : 350.955 (miles de euros).
ALTA DE GASTO



Sección: 60 (Seguridad Social).
Servicio : 01.
Programa : 221M (Subsidios de incapacidad y otras prestaciones económicas
de la Seguridad Social).
Capítulo 4 (Transferencias corrientes).




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Artículo: 48 (A familias e instituciones sin fines de lucro).Concepto :
485 (Protección a la familia).
Importe : 350.955 (miles de euros).
MOTIVACIÓN A través de esta propuesta se propone el aumento de la
prestación por hijo/a a cargo que actualmente se otorga a las familias en
situaciones de extrema vulnerabilidad y pobreza. A través de este aumento
en dicha partida se pretende aumentar la cuantía de dicha prestación, de
forma progresiva a lo largo de los próximos cuatro años.
ENMIENDA NÚM. 6.048
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea



Presupuestos del Estado
ALTA Sección: 26 (Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad).
Servicio : 16 (Dirección General de Servicios a la familia y la Infancia).
Capítulo: 4 (Transferencias corrientes).
Artículo: 48 (A familias e instituciones sin fines de lucro).
Programa : Nuevo Consejos de participación infantil y adolescente.
Importe : 1.330 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 1.330 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Se propone la creación de una estructura para asegurar la
participación infantil y juvenil en la toma de decisiones clave de la
gestión. Planteando por lo tanto dar mayor visibilidad a las niñas, niños
y adolescentes en las instituciones. Para ello se propone la creación de
'Consejos de participación infantil y adolescente' coordinados a nivel
estatal y con implantación a nivel autonómico y municipal.




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ENMIENDA NÚM. 6.049
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
ALTA Sección: 19. Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Servicio : 03. Secretaría de Estado de Empleo.
Programa : 231H. Acciones en favor de los Inmigrantes.
Capítulo: 4. Transferencias corrientes.
Artículo: Nuevo. Plan Estatal de Convivencia.
Importe : 15.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 15.000 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Implementación de un Plan que ponga en marcha medidas
comunitarias, educativas y sociales que prevengan el racismo, la
xenofobia y cualquier forma de discriminación. Incluirá medidas en el
ámbito del empleo y en el de la formación de funcionarios/as y empleados
públicos (especialmente FCSE), así como de difusión y apoyo en medios de
comunicación. Este plan incluirá medidas específicas encaminadas a la
recuperación de la memoria, la reparación de las víctimas de las
fronteras y el avance en el proceso de descolonización simbólica.
ENMIENDA NÚM. 6.050
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
ALTA Sección: 02. Cortes Generales.
Servicio : 01. Cortes Generales.
Programa : 911N. Actividad legislativa.
Capítulo: 1. Gastos de personal.
Artículo: 12. Funcionarios.Concepto : 120. Retribuciones básicas.
Importe : 200,00 (miles de euros).




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BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 200,00 (miles de euros).
MOTIVACIÓN La Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales (OPCG) ha
sido creada por la Ley 37/2010, de 15 de noviembre y regulada por la
Resolución de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, de 19
de julio de 2011. Según el artículo 3 de esta resolución, su
funcionamiento consta de dos unidades:



a) Seguimiento presupuestario.



b) Evaluación y asesoramiento económico.



En la actualidad, la OPCG cuenta únicamente con dos personas operativas,
la directora y una administrativa. Con el fin de propiciar el
funcionamiento efectivo de la OPCG, consideramos fundamental el
desarrollo integro de sus unidades.



Esta dotación presupuestaria está concebida como un primer paso hacia la
puesta en funcionamiento de la OPCG con el objetivo de garantizar -según
indica la ley- 'un mecanismo eficaz de asesoramiento técnico en materia
de seguimiento y control de la ejecución de los Presupuestos Generales
del Estado y sobre aquellos aspectos que tengan repercusión en los
ingresos y gastos públicos, inspirado en los principios de independencia,
objetividad y transparencia'.
ENMIENDA NÚM. 6.051
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
ALTA Sección: 19. Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Servicio : 03. Secretaría de Estado de Empleo.
Programa : 231H. Acciones en favor de los Inmigrantes.
Capítulo: 4. Transferencias corrientes.
Artículo: Nuevo. Plan Estatal de Convivencia.
Importe : 15.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 15.000 (miles de euros).




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4189






MOTIVACIÓN Implementación de un Plan que ponga en marcha medidas
comunitarias, educativas y sociales que prevengan el racismo, la
xenofobia y cualquier forma de discriminación. Incluirá medidas en el
ámbito del empleo y en el de la formación de funcionarios/as y empleados
públicos (especialmente FCSE), así como de difusión y apoyo en medios de
comunicación. Este plan incluirá medidas específicas encaminadas a la
recuperación de la memoria, la reparación de las víctimas de las
fronteras y el avance en el proceso de descolonización simbólica.
ENMIENDA NÚM. 6.052
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 04.
Programa : (Nuevo). Atención a la diversidad e inclusión educativa.
Importe : 15.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos Diversos del Ministerio.
Servicio : 02.
Programa : 929M.
Capítulo 5.
Artículo: 51.Concepto : 510.
Importe : 15.000 (miles de euros).
MOTIVACIÓN El bajo presupuesto en el programa de Educación Compensatoria,
apenas 4 millones 600 mil euros y la desaparición absoluta del Programa
de Educación Especial hace más necesario que nunca crear un programa que
asegure la inversión en atención a la diversidad e inclusión educativa.



Si no se atiende a las necesidades del alumnado, se está desatendiendo de
facto la premisa de la educación universal porque escolarizar, en el
sentido de tener a alguien dentro de cuatro paredes, no es lo mismo que
atenderle y educarle. Y para eso hace falta presupuesto.
ENMIENDA NÚM. 6.053
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
ALTA Sección: 19. Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Servicio : 03. Secretaría de Estado de Empleo.




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Programa : 241N. Desarrollo del trabajo autónomo, de la economía social y
de la responsabilidad social de las empresas.
Capítulo: 7. Transferencias de capital.
Artículo: Nuevo.
Importe : 15.000 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos De Diversos Ministerios.
Servicio : 02. D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 15.000 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Creación de un servicio público de asesoramiento estratégico y
técnico para empresas cooperativas, sociedades laborales y entidades de
la economía social y solidaria.
ENMIENDA NÚM. 6.054
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
ALTA Sección: 23. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente.
Servicio : 05. Dirección General del Agua.
Programa : 452A. Competitividad y calidad de la sanidad agraria.
Capítulo 6. Inversiones Reales.
Artículo: 60. Nuevas.
Proyecto: Presa de Calixto (Écija).
Importe : 6.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 6.000,00 (miles de euros)
MOTIVACIÓN Al objeto de evitar los riesgos de inundación de Écija por los
desbordamientos del río Genil.




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ENMIENDA NÚM. 6.055
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En MareaALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.
Servicio : 106. Consejo Superior de Deportes.
Programa : (nuevo). Fomento y promoción de hábitos de vida activos y
saludables.
Importe : 5.360,26 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 106. Consejo Superior de Deportes.
Programa : 336A. Fomento y apoyo de las actividades deportivas.
Capítulo 2. Gastos Corrientes en bienes y servicios.
Artículo: 227. Material, suministros y otros.Concepto : 22706. Estudios y
trabajos técnicos.
Importe : 5.360,26 (miles de euros).
MOTIVACIÓN Debe ser una prioridad para la Administración Pública la puesta
en marcha de un Plan Integral para la erradicación del sedentarismo y la
obesidad infantil como herramienta que garantice la salud pública. Es
indispensable y urgente reducir las tasas de sedentarismo y obesidad
infantil y prevenir todas aquellas enfermedades no transmisibles
relacionadas con la inactividad física.
ENMIENDA NÚM. 6.056
FIRMANTE : Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea
ALTA Sección: 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Servicio : 106. Consejo Superior de Deportes.
Programa : (nuevo). Apoyo, fomento y promoción del deporte femenino.
Importe : 15.000,00 (miles de euros).
BAJA Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.
Servicio : 02 D.G. Presupuestos. Gastos de los Departamentos
Ministeriales.
Programa : 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas.
Capítulo 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.
Artículo: 51. Otros imprevistos.Concepto : 510. Imprevistos.
Importe : 15.000,00 (miles de euros).




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MOTIVACIÓN Es necesario e imprescindible despatriarcalizar el deporte para
garantizar la igualdad real en el ámbito deportivo. Y esto es una tarea
en la que las Administraciones Públicas deben tomar la iniciativa
implementando políticas que empoderen a las mujeres deportistas y
protejan sus derechos. Todo lo que se ha hecho hasta ahora para
promocionar y apoyar el deporte femenino ha sido claramente insuficiente.