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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 649, de 20/04/2015


BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 649, de 20/04/2015



184/070668 Autor: Gobierno



Contestación a don Joan Ruiz i Carbonell (GS) sobre momento en el que se
encuentra la tramitación para prolongar la autovía A-7 en el tramo
«Inicio de la Variante de Altafulla y Torredembarra-Final de la Variante
de Santa Margarida y Els Monjos, así como calendario para dicha obra
(núm. reg. 187566) ... (Página432)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070673 Autor: Gobierno



Contestación a don Joan Ruiz i Carbonell (GS) sobre momento en el que se
encuentra el proyecto para prolongar la autovía A-7 desde Hospitalet de
l’Infant (Tarragona) hasta la Jana (Castellón), así como calendario de
dichas obras (núm. reg. 187679) ... href='#(Página433)'>(Página433)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070681 Autor: Gobierno



Contestación a doña Maite Ariztegui Larrañaga (GMx) y a don Iker Urbina
Fernández (GMx) sobre incidencia de la privatización de Aena en los
aeropuertos de Noain, Loiu, Foronda y Hondarribia (núm. reg. 188540) ...
(Página433)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070689 Autor: Gobierno



Contestación a doña Rosa María Díez González (GUPyD) sobre puesta en
marcha del permiso de paternidad de cuatro semanas (núm. reg. 188338) ...
(Página435)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070695 Autor: Gobierno



Contestación a don Carles Campuzano i Canadés (GC-CiU) sobre número de
personas excluidas del campo de aplicación del Régimen de la Seguridad
Social por considerarse su trabajo por cuenta ajena marginal y no
constructivo de medio fundamental de vida (núm. reg. 188339) ... href='#(Página435)'>(Página435)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070697 Autor: Gobierno



Contestación a don Josep Sánchez i Llibre (GC-CiU) sobre opinión del
Gobierno sobre las decisiones de la Comisión Europea de no sancionar a




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Francia e Italia por incumplir los plazos pactados para reducir el déficit
y realizar reformas económicas (núm. reg. 188498) ... href='#(Página435)'>(Página435)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070700 Autor: Gobierno



Contestación a doña Lourdes Ciuró i Buldó (GC-CiU) sobre medidas para
evitar el desalojo de las viviendas habituales de los deudores
hipotecarios sin haber tenido la posibilidad de ser alegadas, durante el
proceso de ejecución, la existencia y aplicación de cláusulas abusivas
por parte del deudor hipotecario (núm. reg. 188759) ... href='#(Página437)'>(Página437)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070701 Autor: Gobierno



Contestación a doña Lourdes Ciuró i Buldó (GC-CiU) sobre consciencia que
tiene el Gobierno de que prorrogar la suspensión del desalojo de las
viviendas habituales de los deudores hipotecarios no es una medida
definitiva sino que simplemente ayuda a ganar tiempo para las familias,
así como forma en la que les afectará el Proyecto de Ley de segunda
oportunidad para que puedan reestructurar su deuda (núm. reg. 188760) ...
(Página437)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070702 Autor: Gobierno



Contestación a doña Lourdes Ciuró i Buldó (GC-CiU) sobre previsiones para
dar una solución habitacional a las familias afectadas por el desalojo de
las viviendas habituales de los deudores hipotecarios (núm. reg. 188761)
... (Página437)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070715 Autor: Gobierno



Contestación a doña María Paloma Rodríguez Vázquez (GS) y a don Miguel
Ángel Cortizo Nieto (GS) sobre iluminación del puente de la AP-9 que une
Narón y Neda en la provincia de A Coruña (núm. reg. 187671) ... href='#(Página438)'>(Página438)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070729 Autor: Gobierno



Contestación a doña María Paloma Rodríguez Vázquez (GS) y a don Miguel
Ángel Cortizo Nieto (GS) sobre valoración de la situación de saturación
de los trenes que circulan de A Coruña a Vigo que obliga a parte de los
usuarios a realizar todo o parte del trayecto de pie por no disponer de
asientos (núm. reg. 187672) ... (Página439)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070731 Autor: Gobierno



Contestación a doña María González Veracruz (GS) y a don Pedro Saura
García (GS) sobre importe de las ayudas concedidas en la Región de Murcia
como consecuencia de las inundaciones de septiembre del año 2012, en los
años 2012 a 2014 (núm. reg. 188678) ... href='#(Página440)'>(Página440)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070732 Autor: Gobierno



Contestación a doña María González Veracruz (GS) y a don Pedro Saura
García (GS) sobre cantidad de dinero enviado por el Gobierno a la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y al Ayuntamiento de Lorca a
31/01/2014,




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en los diferentes conceptos derivados de los terremotos del día 11/05/2011
hasta el día 31/01/2014 (núm. reg. 188516) ... href='#(Página441)'>(Página441)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070733 Autor: Gobierno



Contestación a doña María González Veracruz (GS) y a don Pedro Saura
García (GS) sobre situación del pago de las ayudas a los afectados por
los terremotos de Lorca puestas en marcha en distintos Reales Decretos,
así como para la reconstrucción de los inmuebles demolidos y el impulso
de la actividad económica de la ciudad, a 31/01/2014 (núm. reg. 188631)
... (Página443)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070743 Autor: Gobierno



Contestación a doña María González Veracruz (GS) y a don Pedro Saura
García (GS) sobre ayudas INNPLANTA concedidas a entidades instaladas en
los parques científicos y tecnológicos de la Región de Murcia en el
ejercicio 2014, así como para todas las provincias desde el año 2006
hasta el año 2014 (núm. reg. 188623) ... href='#(Página445)'>(Página445)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070751 Autor: Gobierno



Contestación a doña María González Veracruz (GS) y a don Pedro Saura
García (GS) sobre fecha prevista para que se haga cargo AENA de la
gestión del aeropuerto de Corvera (núm. reg. 188517) ... href='#(Página446)'>(Página446)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070774 Autor: Gobierno



Contestación a don José Manuel Girela de la Fuente (GS) sobre previsiones
por parte de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir acerca de
continuar con las labores de mantenimiento del denominado Proyecto de
restauración ambiental del arroyo Ríopudio, una vez finalizada la obra
que se está ejecutando (núm. reg. 188728) ... href='#(Página446)'>(Página446)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070777 Autor: Gobierno



Contestación a doña Ángeles Álvarez Álvarez (GS) sobre casos de denuncia
por violencia de género en los que la denunciante haya manifestado su
voluntad de no continuar con la tramitación del procedimiento, y en los
que el Ministerio Público ha continuado con el procedimiento al tratarse
de delitos perseguibles de oficio y no a instancia de parte, en los años
2010 a 2014 (núm. reg. 188700) ... (Página446)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070779 Autor: Gobierno



Contestación a don Antonio Hurtado Zurera (GS) sobre exclusión del
aeropuerto de Córdoba del certificado europeo de alto nivel de seguridad
aérea (núm. reg. 186866) ... (Página446)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070785 Autor: Gobierno



Contestación a don Juan Luis Gordo Pérez (GS) sobre constitución de un
sistema de incentivos y penalizaciones por puntualidad para completar las




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bonificaciones que el Gobierno se plantea aplicar a los operadores por el
tráfico de viajeros por ferrocarril en el marco del proceso de
liberalización (núm. reg. 188518) ... href='#(Página447)'>(Página447)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070787 Autor: Gobierno



Contestación a don Juan Luis Gordo Pérez (GS) sobre montante de los fondos
propios de AENA en los ejercicios 2008 a 2014 (núm. reg. 187567) ... href='#(Página448)'>(Página448)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070788 Autor: Gobierno



Contestación a don Juan Luis Gordo Pérez (GS) sobre montante de la deuda
de AENA en los ejercicios 2008 a 2014 (núm. reg. 187568) ... href='#(Página448)'>(Página448)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070789 Autor: Gobierno



Contestación a don Juan Luis Gordo Pérez (GS) sobre fundamento de la
Ministra de Fomento en la respuesta dada a una pregunta formulada por un
Sr. Diputado afirmando que los fondos propios de Aena en sus años de
Gobierno se han multiplicado por tres (núm. reg. 187569) ... href='#(Página449)'>(Página449)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070790 Autor: Gobierno



Contestación a doña María José Rodríguez Ramírez (GS) sobre ejecución
presupuestaria de las partidas consignadas para la provincia de Huelva en
el año 2014 del Ministerio de Fomento (núm. reg. 187156) ... href='#(Página450)'>(Página450)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070791 Autor: Gobierno



Contestación a doña María José Rodríguez Ramírez (GS) sobre ejecución
presupuestaria de las partidas consignadas para la provincia de Huelva en
los años 2012 y 2013 del Ministerio de Fomento (núm. reg. 187157) ... href='#(Página450)'>(Página450)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070802 Autor: Gobierno



Contestación a don Manuel Pezzi Cereto (GS) sobre razones para considerar
que el puerto de la Bahía de Algeciras no necesita prioritariamente una
conexión ferroviaria a pesar del inmenso tráfico de mercancías que se
mueve con camiones desde y hasta dicho puerto de interés general del
Estado (núm. reg. 187570) ... (Página450)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070821 Autor: Gobierno



Contestación a don Gabriel Echávarri Fernández (GS) sobre número de
funcionarios de prisiones que forman las plantillas de las cárceles de
Fontcalent y Villena en la provincia de Alicante (núm. reg. 188701) ...
(Página451)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)




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184/070822 Autor: Gobierno



Contestación a don Gabriel Echávarri Fernández (GS) sobre ratio
funcionario/preso en las cárceles de Fontcalent y Villena en la provincia
de Alicante (núm. reg. 188702) ... (Página451)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070823 Autor: Gobierno



Contestación a doña María Pilar Alegría Continente (GS) sobre fecha
prevista para aprobar e implementar el Plan sobre la Función Social de
los Museos incorporando medidas dirigidas a los grupos más vulnerables
(núm. reg. 188677) ... (Página451)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070826 Autor: Gobierno



Contestación a doña María Pilar Alegría Continente (GS) sobre medidas
educativas previstas para las personas privadas de libertad en la
provincia de Zaragoza (núm. reg. 188749) ... href='#(Página452)'>(Página452)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070840 Autor: Gobierno



Contestación a doña María Pilar Alegría Continente (GS) sobre ejecución de
inversiones de Aena en la provincia de Zaragoza, a 31/12/2014 (núm. reg.
187571) ... (Página454)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070841 Autor: Gobierno



Contestación a doña María Pilar Alegría Continente (GS) sobre ejecución de
inversiones de AENA en la provincia de Huesca, a 31/12/2014 (núm. reg.
187572) ... (Página455)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070842 Autor: Gobierno



Contestación a doña María Pilar Alegría Continente (GS) sobre ayudas
concedidas al sector de la automoción en Aragón en los cuatro últimos
años (núm. reg. 187680) ... (Página455)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070843 Autor: Gobierno



Contestación a doña María Pilar Alegría Continente (GS) sobre tipo de
material motor que utiliza Renfe en los servicios regionales y cercanías,
así como distribución del mismo por los depósitos ferroviarios (núm. reg.
187573) ... (Página457)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070847 Autor: Gobierno



Contestación a don Teófilo de Luis Rodríguez (GP) sobre existencia de
ejemplares de la cotorra argentina en España y problemas que ocasionan
(núm. reg. 188519) ... (Página459)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)




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184/070849 Autor: Gobierno



Contestación a don Francisco Domingo Cabrera García (GP) sobre número de
delitos contra la libertad sexual conocidos por la Guardia Civil en el
año 2014 en Las Palmas (núm. reg. 188703) ... href='#(Página460)'>(Página460)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070850 Autor: Gobierno



Contestación a doña Teófila Martínez Saiz (GP), a don José Ignacio
Landaluce Calleja (GP) y a don Aurelio Romero Girón (GP) sobre superficie
afectada por incendios en las provincias de Andalucía en los años 2013 y
2014 (núm. reg. 187574) ... (Página460)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070851 Autor: Gobierno



Contestación a don Santiago Martínez Rodríguez (GP) sobre evolución de las
exportaciones del sector del calzado y sus componentes en España en los
años 2011 a 2014 (núm. reg. 187158) ... href='#(Página460)'>(Página460)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070852 Autor: Gobierno



Contestación a don Teodoro García Egea (GP) sobre número de jóvenes que
salieron de las listas del paro en Murcia en el año 2013 (núm. reg.
187689) ... (Página461)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070855 Autor: Gobierno



Contestación a don Teodoro García Egea (GP) y a don Antonio Gallego Burgos
(GP) sobre medidas previstas para favorecer el retorno de jóvenes
investigadores a España (núm. reg. 188624) ... href='#(Página462)'>(Página462)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070856 Autor: Gobierno



Contestación a don Teodoro García Egea (GP) y a don Antonio Gallego Burgos
(GP) sobre principales resultados sobre la participación de España en la
Organización Europea para la Investigación Nuclear (núm. reg. 188625) ...
(Página463)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/070863 Autor: Gobierno



Contestación a doña Rosa Aguilar Rivero (GS), a doña María Angelina Costa
Palacios (GS), a don Antonio Hurtado Zurera (GS) y a doña María González
Veracruz (GS) sobre número de empresas que se han acogido a las
deducciones en materia de I+D+i, número de contrataciones realizadas
acogiéndose a las mismas, evolución y cuantía de dichas deducciones desde
el año 2011, así como medidas destinadas al desarrollo de una carrera
sostenible en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, y a
facilitar la captación y retención del talento y actuaciones para
facilitar la incorporación de las nuevas tecnologías al sector turístico
en la provincia de Córdoba (núm. reg. 188777) ... href='#(Página464)'>(Página464)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)




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184/070967 Autor: Gobierno



Contestación a don Jon Iñarritu García (GMx) sobre incremento de agentes
antidisturbios en Asturias (núm. reg. 188578) ... href='#(Página468)'>(Página468)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/071015 Autor: Gobierno



Contestación a don Miguel Ángel Heredia Díaz (GS) sobre cantidad
transferida en materia de I+D+i a las universidades españolas desde el
año 2011 (núm. reg. 188721) ... (Página469)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/071021 Autor: Gobierno



Contestación a don Miguel Ángel Heredia Díaz (GS) sobre contenido del
acuerdo entre Medio Ambiente y los nuevos empresarios de los Baños del
Carmen (núm. reg. 188729) ... (Página475)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/071022 Autor: Gobierno



Contestación a don Miguel Ángel Heredia Díaz (GS) sobre previsiones acerca
de ampliar los años en la concesión de los Baños del Carmen (núm. reg.
188730) ... (Página475)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/071023 Autor: Gobierno



Contestación a don Miguel Ángel Heredia Díaz (GS) sobre proyecto que
finalmente se ejecutará en los Baños del Carmen (núm. reg. 188731) ... href='#(Página475)'>(Página475)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/071024 Autor: Gobierno



Contestación a don Miguel Ángel Heredia Díaz (GS) sobre opinión del
Gobierno acerca de que se puedan iniciar las obras en el año 2015 en los
Baños del Carmen, aunque no haya una cantidad presupuestada para los
mismos (núm. reg. 188732) ... (Página475)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/071025 Autor: Gobierno



Contestación a don Miguel Ángel Heredia Díaz (GS) sobre opinión del
Gobierno acerca de si dos empresas concesionarias de los Baños del Carmen
van a contribuir económicamente en la inversión a realizar en los mismos
(núm. reg. 188733) ... (Página475)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/071026 Autor: Gobierno



Contestación a don Miguel Ángel Heredia Díaz (GS) sobre previsiones acerca
de que el Ayuntamiento contribuya en la regeneración de los Baños del
Carmen (núm. reg. 188734) ... (Página475)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)




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184/071027 Autor: Gobierno



Contestación a don Miguel Ángel Heredia Díaz (GS) sobre proyecto de
actuación a realizar en la regeneración de los Baños del Carmen (núm.
reg. 188735) ... (Página475)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/071028 Autor: Gobierno



Contestación a don Miguel Ángel Heredia Díaz (GS) sobre variación de la
plantilla de los centros del Consejo Superior de Investigaciones
Científicas (CSIC) desde noviembre del año 2011 (núm. reg. 187665) ... href='#(Página475)'>(Página475)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/071030 Autor: Gobierno



Contestación a don Miguel Ángel Heredia Díaz (GS) sobre variación de la
plantilla del IHSM «La Mayora» de Málaga desde noviembre del año 2011
(núm. reg. 187681) ... (Página485)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/071032 Autor: Gobierno



Contestación a don Miguel Ángel Heredia Díaz (GS) sobre inversiones
previstas en relación con la Comisaría de Benalmádena (núm. reg. 188704)
... (Página485)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/071033 Autor: Gobierno



Contestación a don Miguel Ángel Heredia Díaz (GS) sobre previsiones acerca
de la entrada en funcionamiento de un nuevo CIE en Málaga (núm. reg.
188679) ... (Página485)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/071042 Autor: Gobierno



Contestación a don Miguel Ángel Heredia Díaz (GS) sobre variación del
número de becas para alumnos de familias numerosas durante los cursos
2012/2013 a 2014/2015 (núm. reg. 187662) ... href='#(Página486)'>(Página486)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 628, de 12 de marzo de 2015.)



184/071043 Autor: Gobierno



Contestación a doña Rocío López González (GP) sobre evolución de la
actividad exportadora en la provincia de Toledo en el año 2014 (núm. reg.
188710) ... (Página488)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 633, de 20 de marzo de 2015.)



184/071044 Autor: Gobierno



Contestación a doña Rocío López González (GP) sobre número de créditos ICO
y cuantía de los concedidos a emprendedores de la provincia de Toledo
desde el año 2008 (núm. reg. 188711) ... href='#(Página489)'>(Página489)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 633, de 20 de marzo de 2015.)



184/071045 Autor: Gobierno



Contestación a don Teodoro García Egea (GP) y a don Antonio Gallego Burgos
(GP) sobre tráfico de mercancías peligrosas del puerto de Cartagena
durante el año 2014 (núm. reg. 187655) ... href='#(Página489)'>(Página489)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 633, de 20 de marzo de 2015.)




Página
94






184/071046 Autor: Gobierno



Contestación a don Teodoro García Egea (GP) y a don Antonio Gallego Burgos
(GP) sobre tráfico de mercancías del puerto de Cartagena durante el año
2014 (núm. reg. 187128) ... (Página489)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 633, de 20 de marzo de 2015.)



184/071047 Autor: Gobierno



Contestación a doña María González Veracruz (GS) y a don Pedro Saura
García (GS) sobre opinión de la Ministra de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente acerca de si el Sindicato Central de Regantes del
Acueducto Tajo-Segura representa a un colectivo que requiera de atención
prioritaria por su parte (núm. reg. 188520) ... href='#(Página490)'>(Página490)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 633, de 20 de marzo de 2015.)



184/071048 Autor: Gobierno



Contestación a doña María González Veracruz (GS) y a don Pedro Saura
García (GS) sobre razones por las que la Ministra de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente no ha recibido a los representantes del
Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura (núm. reg.
188521) ... (Página490)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 633, de 20 de marzo de 2015.)



184/071049 Autor: Gobierno



Contestación a doña María González Veracruz (GS) y a don Pedro Saura
García (GS) sobre razones por las que la Directora General de Agua
dependiente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
no ha visitado los regadíos del Trasvase Tajo-Segura a pesar de las
reiteradas invitaciones recibidas (núm. reg. 188522) ... href='#(Página490)'>(Página490)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 633, de 20 de marzo de 2015.)



184/071050 Autor: Gobierno



Contestación a doña María González Veracruz (GS) y a don Pedro Saura
García (GS) sobre previsiones acerca de aprobar el Real Decreto de
medidas para paliar la sequía que afecta a la cuenca del Segura y reducir
el precio de la desalinización (núm. reg. 187673) ... href='#(Página491)'>(Página491)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 633, de 20 de marzo de 2015.)



184/071059 Autor: Gobierno



Contestación a doña Ascensión De las Heras Ladera (GIP) sobre logo de AENA
realizado por el estudio de Javier Mariscal (núm. reg. 188354) ... href='#(Página491)'>(Página491)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 633, de 20 de marzo de 2015.)



184/071065 Autor: Gobierno



Contestación a don Gaspar Llamazares Trigo (GIP) sobre cumplimiento de las
recomendaciones del Defensor del Pueblo sobre la Unidad Terapéutica
Educativa del centro penitenciario de Villabona (Asturias) (núm. reg.
188579) ... (Página492)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 633, de 20 de marzo de 2015.)



184/071093 Autor: Gobierno



Contestación a don Joan Baldoví Roda (GMx) sobre actuación en la chopera
existente en el municipio de Cirat (Castellón), que afecta a parte de la
ribera




Página
95






del río Mijares, Lugar de Interés Comunitario y área de la Red Natura 2000
(núm. reg. 188736) ... (Página492)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 633, de 20 de marzo de 2015.)



184/071099 Autor: Gobierno



Contestación a don Ricardo Sixto Iglesias (GIP) sobre reforma del baremo
para las víctimas de accidentes de tráfico (núm. reg. 188762) ... href='#(Página493)'>(Página493)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 633, de 20 de marzo de 2015.)



184/071108 Autor: Gobierno



Contestación a don Teodoro García Egea (GP) y a don Antonio Gallego Burgos
(GP) sobre forma en la que pueden beneficiarse los ciudadanos de las
medidas puestas en marcha en materia de ciberseguridad por el Gobierno
(núm. reg. 188580) ... (Página493)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 633, de 20 de marzo de 2015.)



184/071130 Autor: Gobierno



Contestación a don Antonio Cantó García del Moral (GUPyD) sobre amenaza de
la Comisión Europea de amonestar a España por la tasa al gran comercio en
varias Comunidades Autónomas (núm. reg. 188722) ... href='#(Página494)'>(Página494)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 633, de 20 de marzo de 2015.)




Página
96






Control Parlamentario de la Corporación RTVE y sus Sociedades



PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA RTVE



Preguntas



179/000314 Autor: Gobierno



Contestación facilitada por la Presidencia de la Corporación RTVE a la
pregunta de don Sebastián Franquis Vera (GS) sobre volumen de créditos
destinados a inversiones en el Centro Territorial de RTVE en Canarias en
los ejercicios 2012 a 2014, así como cifra prevista de inversiones para
el año 2015 (núm. reg. 186867) ... (Página496)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 601, de 4 de febrero de 2015.)



179/000315 Autor: Gobierno



Contestación facilitada por la Presidencia de la Corporación RTVE a la
pregunta de don Sebastián Franquis Vera (GS) sobre campañas de publicidad
y comunicación, institucional, comercial, industrial o mercantil,
realizadas por el Centro Territorial de RTVE en Canarias desde el año
2012, así como forma de adjudicación e importe total del coste de cada
una de estas campañas (núm. reg. 186868) ... href='#(Página497)'>(Página497)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 601, de 4 de febrero de 2015.)



179/000317 Autor: Gobierno



Contestación facilitada por la Presidencia de la Corporación RTVE a la
pregunta de don Sebastián Franquis Vera (GS) sobre número de directivos
del Centro Territorial de RTVE en Canarias, así como retribuciones de los
mismos (núm. reg. 186869) ... (Página501)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 601, de 4 de febrero de 2015.)



179/000318 Autor: Gobierno



Contestación facilitada por la Presidencia de la Corporación RTVE a la
pregunta de don Sebastián Franquis Vera (GS) sobre número de directivos
del Centro Territorial de RTVE en Canarias que son trabajadores de la
empresa, así como que son contratados externos a la empresa (núm. reg.
186870) ... (Página502)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 601, de 4 de febrero de 2015.)



179/000320 Autor: Gobierno



Contestación facilitada por la Presidencia de la Corporación RTVE a la
pregunta de don Sebastián Franquis Vera (GS) sobre número de ocasiones en
las que se ha recurrido durante los años 2012 a 2014 a empresas ajenas
para el suministro de información gráfica en el Centro Territorial de TVE
en Canarias (núm. reg. 186871) ... (Página502)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 601, de 4 de febrero de 2015.)



179/000321 Autor: Gobierno



Contestación facilitada por la Presidencia de la Corporación RTVE a la
pregunta de don Sebastián Franquis Vera (GS) sobre supuestos o razones en
los que se han jusitificado los recursos requeridos durante los años 2012
a 2014 a empresas ajenas para el suministro de información gráfica en el
Centro Territorial de TVE en Canarias (núm. reg. 186872) ... href='#(Página502)'>(Página502)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 601, de 4 de febrero de 2015.)




Página
97






179/000322 Autor: Gobierno



Contestación facilitada por la Presidencia de la Corporación RTVE a la
pregunta de don Sebastián Franquis Vera (GS) sobre importe contratado por
TVE para el suministro de información gráfica durante los años 2012 a
2014 en el Centro Territorial de TVE en Canarias (núm. reg. 186873) ...
(Página503)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 601, de 4 de febrero de 2015.)



179/000323 Autor: Gobierno



Contestación facilitada por la Presidencia de la Corporación RTVE a la
pregunta de don Sebastián Franquis Vera (GS) sobre importe de los gastos
con motivo de la celebración del 50 aniversario de las emisiones desde
TVE Canarias (núm. reg. 186874) ... href='#(Página503)'>(Página503)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 601, de 4 de febrero de 2015.)



179/000324 Autor: Gobierno



Contestación facilitada por la Presidencia de la Corporación RTVE a la
pregunta de don Sebastián Franquis Vera (GS) sobre evolución del gasto en
programas en el Centro Territorial de RTVE en Canarias desde el año 2012
(núm. reg. 186875) ... (Página504)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 601, de 4 de febrero de 2015.)



179/000330 Autor: Gobierno



Contestación facilitada por la Presidencia de la Corporación RTVE a la
pregunta de don Sebastián Franquis Vera (GS) sobre programas informativos
del Centro Territorial de RTVE en Canarias que obtienen habitualmente una
cuota de audiencia superior a la media de la cadena (núm. reg. 186876)
... (Página504)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 601, de 4 de febrero de 2015.)



179/000334 Autor: Gobierno



Contestación facilitada por la Presidencia de la Corporación RTVE a la
pregunta de don Sebastián Franquis Vera (GS) sobre opinión de la
Corporación RTVE acerca de si RTVE ofrece una imagen real de la situación
política de Canarias (núm. reg. 186877) ... href='#(Página505)'>(Página505)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 601, de 4 de febrero de 2015.)



179/000335 Autor: Gobierno



Contestación facilitada por la Presidencia de la Corporación RTVE a la
pregunta de don Sebastián Franquis Vera (GS) sobre opinión de la
Corporación RTVE acerca de si el Centro Territorial de RTVE de Canarias
respeta el pluralismo objetivo informativo (núm. reg. 186878) ... href='#(Página506)'>(Página506)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 601, de 4 de febrero de 2015.)



179/000336 Autor: Gobierno



Contestación facilitada por la Presidencia de la Corporación RTVE a la
pregunta de don Sebastián Franquis Vera (GS) sobre criterios que se
siguen en el Centro Territorial de RTVE en Canarias para ofrecer la
información política (núm. reg. 186879) ... href='#(Página506)'>(Página506)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 601, de 4 de febrero de 2015.)



179/000337 Autor: Gobierno



Contestación facilitada por la Presidencia de la Corporación RTVE a la
pregunta de don Sebastián Franquis Vera (GS) sobre número de minutos que
se




Página
98






dedicaron a la información política en los informativos del Centro
Territorial de RTVE en Canarias en los años 2012 a 2014 (núm. reg.
188606) ... (Página507)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 601, de 4 de febrero de 2015.)



179/000343 Autor: Gobierno



Contestación facilitada por la Presidencia de la Corporación RTVE a la
pregunta de don Sebastián Franquis Vera (GS) sobre opinión de la
Corporación RTVE sobre si la información sobre las prospecciones
petrolíferas que se ofrece en el Centro Territorial de RTVE en Canarias
es acorde con el mandato legal (núm. reg. 187690) ... href='#(Página509)'>(Página509)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 601, de 4 de febrero de 2015.)



179/000344 Autor: Gobierno



Contestación facilitada por la Presidencia de la Corporación RTVE a la
pregunta de don Sebastián Franquis Vera (GS) sobre instrumentos y
criterios establecidos por el Centro Territorial de RTVE en Canarias para
asegurar el pluralismo y la imparcialidad de los servicios informativos,
evitando por acción u omisión que se oculte información a los
telespectadores sobre las posiciones políticas de los distintos partidos
con representación en el Congreso de los Diputados (núm. reg. 187691) ...
(Página510)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 601, de 4 de febrero de 2015.)



179/000345 Autor: Gobierno



Contestación facilitada por la Presidencia de la Corporación RTVE a la
pregunta de don Sebastián Franquis Vera (GS) sobre tiempo dedicado por el
Centro Territorial de RTVE en Canarias, en sus diferentes espacios
informativos, a abordar las diferentes manifestaciones que se han
celebrado en Canarias contra las prospecciones petrolíferas (núm. reg.
187692) ... (Página510)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 601, de 4 de febrero de 2015.)



179/000346 Autor: Gobierno



Contestación facilitada por la Presidencia de la Corporación RTVE a la
pregunta de don Sebastián Franquis Vera (GS) sobre opinión de la
Corporación RTVE sobre si la información ofrecida por los diferentes
espacios informativos del Centro Territorial en Canarias del día
18/10/2014, en torno a las manifestaciones en contra de las prospecciones
petrolíferas en aguas cercanas al Archipiélago, es un buen ejemplo de la
pluralidad, objetividad y rigor con los que dice que se realizan los
programas informativos de TVE (núm. reg. 187693) ... href='#(Página511)'>(Página511)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 601, de 4 de febrero de 2015.)



179/000363 Autor: Gobierno



Contestación facilitada por la Presidencia de la Corporación RTVE a la
pregunta de don Ricardo Sixto Iglesias (GIP) sobre razones por las que
TVE ha contratado a once periodistas por la vía de urgencia para los
servicios informativos ante «el denso año electoral» (núm. reg. 188607)
... (Página512)



(La pregunta de referencia fue publicada en el «BOCG. Congreso de los
Diputados», serie D, núm. 622, de 4 de marzo de 2015.)




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99






CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO



PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA



Contestaciones



La Mesa de la Cámara ha acordado publicar en el Boletín Oficial de las
Cortes Generales las contestaciones recibidas del Gobierno a las
preguntas de los Sres. Diputados que figuran a continuación.



En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publicación, de conformidad
con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de abril de 2015.—P.D. El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



184/040801



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luis Rodríguez, Teófilo de (GP).



Respuesta:



Tal y como se indica por Su Señoría, las especies fitófagas pueden causar
daños en los cultivos. Asimismo, la sobrepoblación de cualquier especie
fitófaga, puede ser negativa para el entorno en el que vive.



Las poblaciones de fitófagos están controladas de manera natural. Allí
donde hay presencia de depredadores naturales o factores climatológicos o
biofísicos limitantes. Si no existen éstos factores climatológicos o
biofísicos o depredadores naturales (o se encuentran en bajas densidades)
y siempre que los pertinentes estudios científicos lo aconsejen, la
gestión de las poblaciones de ungulados es un método efectivo para evitar
daños en el medio y esté suficientemente demostrado quiénes son los
causantes de tales daños.



En cuanto a la explotación cinegética, cabe señalar que es un método
válido siempre que exista control y una planificación adecuada de las
actividades, para garantizar que se procede a extraer del medio los
ejemplares adecuados, tanto cuantitativa como cualitativamente allí donde
sea legalmente posible.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/047157



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Centella Gómez, José Luis (GIP).



Respuesta:



El servicio de interrumpibilidad es una herramienta de gestión de la
demanda para dar una respuesta rápida y eficiente a las necesidades del
sistema eléctrico de acuerdo con criterios técnicos (de seguridad del
sistema) y económicos (de menor coste para el sistema).



Consiste en reducir la potencia activa demandada por los grandes
consumidores de electricidad en respuesta a una orden dada por Red
Eléctrica como Operador del Sistema.



De esta forma, al reducir los grandes consumidores de electricidad su
consumo ante una situación de emergencia, permiten mantener el equilibrio
entre generación y demanda, para que así al resto de los consumidores no
les falte electricidad. Por este servicio, los grandes consumidores
perciben a cambio una retribución económica.



El servicio de interrumpibilidad entró en vigor en 2008, conforme a la
Orden ITC/2370/2007 1. De acuerdo con la normativa actualmente de
aplicación (Orden IET/2013/2013), la demanda de interrumpibilidad se
asignará a partir de 2015, mediante un procedimiento competitivo de
subastas.




Página
100






El mecanismo de subastas estará gestionado por el Operador del Mercado
bajo la supervisión de la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia
(CNMC). De conformidad con el artículo 4.4 de la Orden IET/2013/2013, la
CNMC actuará como supervisora de la subasta, debiendo confirmar que el
proceso se ha realizado de forma «objetiva, competitiva y no
discriminatoria».



El sistema de subastas se valoró positivamente por el Informe 22/2013 de
la Comisión Nacional de la Energía-CNE (hoy CNMC). Dicho informe al que
luego sería la Orden IET/2013/2013 señaló: «Esta Comisión valora
positivamente el establecimiento de una subasta como mecanismo de mercado
de asignación del servicio de gestión de demanda de la interrumpibilidad,
en coherencia con otros servicios de ajuste, con el fin de garantizar la
efectiva prestación de dicho servicio y su realización al menor coste,
tal como la CNE ha señalado en sucesivos informes» 2.



El nuevo mecanismo de subastas permite así la efectiva prestación del
servicio y su realización al menor coste posible para el sistema
eléctrico. La realización de subastas supone un mecanismo de asignación
más competitivo y eficiente que el anterior, por el que se fijaba una
cantidad administrativamente, que percibían todas las empresas acogidas
al sistema de interrumpibilidad.



Con arreglo a la citada Orden IET/2013/2013, los consumidores de energía
eléctrica que quieran ser habilitados para la prestación del servicio de
interrumpibilidad, deberán cumplir ciertos requisitos en condiciones no
discriminatorias e independientemente de su sector de actividad. Los
requisitos están previstos en el artículo 6 (ser consumidores en alta
tensión, no desarrollar una actividad en las que la prestación del
servicio pueda provocar riesgos, tener instalados los equipos necesarios,
prestar al Operador del Sistema una garantía suficiente, acreditar unas
determinadas características de consumo, etc.).



La habilitación confiere el derecho a participar en la subasta. El proceso
de habilitación se inicia con la solicitud del consumidor al Operador del
Sistema, el cual, tras acreditar el cumplimiento de los requisitos
previstos en la Orden, habilita a los consumidores, comunicándolo al
Ministerio de Industria, Energía y Turismo y al propio consumidor, en
este último caso motivando su decisión de manera objetiva y transparente.



Una vez obtenida dicha habilitación, el consumidor podrá adherirse al
marco legal establecido para la participación en la correspondiente
subasta. Dicha adhesión comportará la obligación de prestar el servicio
caso de resultar adjudicatario (art. 7).



Para garantizar la objetividad y transparencia del proceso, toda la
información relativa al funcionamiento del nuevo mecanismo de asignación
de la subasta de interrumpibilidad está accesible de manera pública en la
web de Red Eléctrica (Esios).



Para ser prestador del servicio debe acreditarse el cumplimiento de los
requisitos que se establecen y resultar adjudicatario en el mecanismo de
asignación del servicio que se regula en esta orden (art. 9.1).



Los incumplimientos de las condiciones y de los requisitos para la
prestación del servicio, así como de la ejecución de reducciones de
potencia, tienen consecuencias en forma de obligaciones de pago a cargo
del proveedor del servicio (art. 11).



La retribución del servicio comprende un término fijo asociado a la
disponibilidad de potencia y otro variable, asociado a la ejecución
efectiva de una orden de reducción de potencia (art. 12). La liquidación
del servicio corresponde al Operador del Sistema (art. 13).



El operador del sistema continúa siendo también el encargado de la gestión
del servicio, así como de su ejecución, seguimiento y verificación de
todos los aspectos relativos a la prestación de dicho servicio de gestión
de la demanda de interrumpibilidad.



1 Orden ITC/2370/2007, de 26 de julio, por la que se regula el servicio de
gestión de la demanda de interrumpibilidad para los consumidores que
adquieren su energía en el mercado de producción, modificada
sucesivamente por la Orden ITC/1857/2008, la Orden ITC/3801/2008, la
Orden ITC/1732/2010, la Orden IET/3586/2011 y la Orden IET/2804/2012. La
Orden ITC/2370/2007 se ha desarrollado en lo relativo a las
especificaciones técnicas del servicio, los contratos a firmar con los
consumidores y mediante los procedimientos de operación P.O. 14.9 y 15.1,
necesarios para su aplicación.



2 El artículo 2 del Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre, por el que
se organiza y regula el mercado de producción de energía eléctrica, se
refiere a los servicios de ajuste en estos términos: «El mercado de
producción de energía eléctrica se estructura en mercados a plazo,
mercado diario, mercado intradiario, mercados no organizados y mercados
de servicios de ajuste del sistema, entendiendo por tales la resolución
de restricciones por garantía de suministro y por restricciones técnicas
del sistema, los servicios complementarios y la gestión de desvíos».



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
101






184/047547



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma y Cortizo Nieto, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El servicio de interrumpibilidad es una herramienta de gestión de la
demanda para dar una respuesta rápida y eficiente a las necesidades del
sistema eléctrico de acuerdo con criterios técnicos (de seguridad del
sistema) y económicos (de menor coste para el sistema).



Consiste en reducir la potencia activa demandada por los grandes
consumidores de electricidad en respuesta a una orden dada por Red
Eléctrica como Operador del Sistema. La reducción de potencia puede
realizarse tanto por motivos técnicos, es decir, por una emergencia, como
por motivos económicos como en el caso de que el coste de interrumpir el
suministro sea menor que el que resulta de aplicar los servicios de
ajuste del sistema.



De esta forma, al reducir los grandes consumidores de electricidad su
consumo ante una situación de emergencia, permiten mantener el equilibrio
entre generación y demanda, para que así al resto de los consumidores no
les falte electricidad. Por este servicio, los grandes consumidores
perciben a cambio una retribución económica.



El servicio de interrumpibilidad entró en vigor en 2008, conforme a la
Orden ITC/2370/2007 1. De acuerdo con la normativa actualmente de
aplicación (Orden IET/2013/2013), la demanda de interrumpibilidad se ha
asignado, a partir de 2015, mediante un procedimiento competitivo de
subastas.



El mecanismo de subastas está gestionado por el Operador del Mercado bajo
la supervisión de la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia
(CNMC). De conformidad con el artículo 4.4 de la Orden IET/2013/2013, la
CNMC actúa como supervisora de la subasta, confirmando que el proceso se
ha realizado de forma objetiva, competitiva y no discriminatoria.



El sistema de subastas fue valorado positivamente por el Informe 22/2013
de la Comisión Nacional de la Energía-CNE (hoy CNMC). Dicho informe al
que luego sería la Orden IET/2013/2013 señaló: «Esta Comisión valora
positivamente el establecimiento de una subasta como mecanismo de mercado
de asignación del servicio de gestión de demanda de la interrumpibilidad,
en coherencia con otros servicios de ajuste, con el fin de garantizar la
efectiva prestación de dicho servicio y su realización al menor coste,
tal como la CNE ha señalado en sucesivos informes» 2.



La retribución del servicio comprende un término fijo asociado a la
disponibilidad de potencia (que se obtiene como resultado de las subastas
en condiciones transparentes y de mercado, y otro variable, asociado a la
ejecución efectiva de una orden de reducción de potencia.



El operador del sistema es el encargado de la gestión del servicio, de su
ejecución, seguimiento y verificación de todos los aspectos relativos a
la prestación de dicho servicio de gestión de la demanda de
interrumpibilidad.



El nuevo mecanismo de subastas permite así la efectiva prestación del
servicio y su realización al menor coste posible para el sistema
eléctrico. La realización de subastas supone un mecanismo de asignación
más competitivo y eficiente que el anterior, por el que se fijaba una
cantidad administrativamente, que percibían todas las empresas acogidas
al sistema de interrumpibilidad.



El nuevo mecanismo de subastas se realiza en condiciones competitivas y
transparentes de mercado y las mismas para todos los participantes. Los
bloques de potencia interrumpible son asignados a aquellas empresas que
hayan ofrecido un precio más bajo.



De esta forma, a finales de 2014 ha tenido lugar la celebración de las
subastas de interrumpibilidad, mediante aplicación del nuevo mecanismo
competitivo de subastas, para la asignación del potencial interrumpible
para el año 2015. El resultado de las mismas ha supuesto un ahorro para
el sistema eléctrico en comparación con el coste para el año 2014 como
consecuencia de la utilización del mecanismo de mercado (mediante
subastas) mediante el que se ha asignado el recurso interrumpible.



Respecto de las condiciones que rigen la subasta, cabe señalar que son
transparentes, conocidas de antemano por todos los participantes,
competitivas y de mercado, de manera que, con arreglo a la citada Orden
IET/2013/2013, los consumidores de energía eléctrica que quieran ser
habilitados para la prestación del servicio de interrumpibilidad, deberán
cumplir ciertos requisitos en condiciones no discriminatorias e
independientemente de su sector de actividad.




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102






Los requisitos están previstos en el artículo 6 (ser consumidores en alta
tensión, no desarrollar una actividad en las que la prestación del
servicio pueda provocar riesgos, tener instalados los equipos necesarios,
prestar al Operador del Sistema una garantía suficiente, acreditar unas
determinadas características de consumo, etc.).



La habilitación confiere el derecho a participar en la subasta. El proceso
de habilitación se inicia con la solicitud del consumidor al Operador del
Sistema, el cual, tras acreditar el cumplimiento de los requisitos
previstos en la Orden, habilita a los consumidores, comunicándolo al
Ministerio de Industria, Energía y Turismo y al propio consumidor, en
este último caso motivando su decisión de manera objetiva y transparente.



Una vez obtenida dicha habilitación, el consumidor podrá adherirse al
marco legal establecido para la participación en la correspondiente
subasta. Dicha adhesión comportará la obligación de prestar el servicio
caso de resultar adjudicatario (art. 7).



Para garantizar la objetividad y transparencia del proceso, toda la
información relativa al funcionamiento del nuevo mecanismo de asignación
de la subasta de interrumpibilidad está accesible de manera pública en la
web de Red Eléctrica (Esios).



Para ser prestador del servicio debe acreditarse el cumplimiento de los
requisitos que se establecen y resultar adjudicatario en el mecanismo de
asignación del servicio que se regula en esta orden (art. 9.1).



Los incumplimientos de las condiciones y de los requisitos para la
prestación del servicio, así como de la ejecución de reducciones de
potencia, tienen consecuencias en forma de obligaciones de pago a cargo
del proveedor del servicio (art. 11).



1 Orden ITC/2370/2007, de 26 de julio, por la que se regula el servicio de
gestión de la demanda de interrumpibilidad para los consumidores que
adquieren su energía en el mercado de producción, modificada
sucesivamente por la Orden ITC/1857/2008, la Orden ITC/3801/2008, la
Orden ITC/1732/2010, la Orden IET/3586/2011 y la Orden IET/2804/2012. La
Orden ITC/2370/2007 se ha desarrollado en lo relativo a las
especificaciones técnicas del servicio, los contratos a firmar con los
consumidores y mediante los procedimientos de operación P.O. 14.9 y 15.1,
necesarios para su aplicación.



2 El artículo 2 del Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre, por el que
se organiza y regula el mercado de producción de energía eléctrica, se
refiere a los servicios de ajuste en estos términos: «El mercado de
producción de energía eléctrica se estructura en mercados a plazo,
mercado diario, mercado intradiario, mercados no organizados y mercados
de servicios de ajuste del sistema, entendiendo por tales la resolución
de restricciones por garantía de suministro y por restricciones técnicas
del sistema, los servicios complementarios y la gestión de desvíos».



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/047675



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, se señala que de
no haberse tomado medidas en la presente legislatura, el déficit de
tarifa hubiera superado los 10.000 millones de euros en 2013, 1 punto de
PIB, y continuaría creciendo exponencialmente. La deuda acumulada hubiera
alcanzado los 30.000 millones de euros.



Esta situación de desequilibrio era insostenible y su impacto hubiera sido
demoledor para nuestra economía. Habría sido necesario subir la factura
eléctrica un 42 % para ajustar el déficit. Esto era inasumible y más aún
en el contexto económico actual y donde el precio de la electricidad en
España es de los más altos de la UE.



La reforma eléctrica llevada a cabo por el actual Gobierno ha conseguido
parar la escalada desorbitada de precios de los años anteriores e incluso
los precios han comenzado a bajar, lo que es clave para la competitividad
y el crecimiento.



Asimismo se ha eliminado el problema del déficit de tarifa y se ha
establecido un marco normativo que garantiza la estabilidad financiera
del sistema eléctrico con carácter definitivo. La reforma da así
certidumbre al sector y confianza a los inversores.




Página
103






En la reforma se han adaptado también las retribuciones de las actividades
reguladas del sistema eléctrico, garantizando una rentabilidad razonable
para las instalaciones renovables, de cogeneración y de residuos y una
retribución adecuada para el resto de actividades reguladas.



La nueva retribución de las actividades de transporte y distribución
garantiza una retribución adecuada para estas actividades, el menor coste
posible para el sistema eléctrico así como la eficiencia.



El Real Decreto 1047/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la
metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de
transporte de energía eléctrica y el Real Decreto 1048/2013, de la misma
fecha, por el que se establece la metodología para el cálculo de la
retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica,
determinan los aspectos retributivos de ambas actividades y consolidan
los principios retributivos establecidos en el Real Decreto-ley 9/2013,
de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la
estabilidad financiera del sector eléctrico y en la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico.



A continuación se describen los principales aspectos de la nueva
retribución de las actividades de transporte y distribución frente al
esquema retributivo anterior:



En primer lugar, se han llevado a cabo las siguientes medidas a nivel
retributivo:



— La retribución garantiza una rentabilidad adecuada a una actividad de
bajo riesgo, con una tasa de retribución igual a las Obligaciones del
Estado a 10 años más un diferencial de 200 puntos básicos.



— Únicamente se retribuirá la inversión de activos no amortizados, la
operación y el mantenimiento así como los costes necesarios para ejercer
la actividad de distribución (lectura de contadores, atención
telefónica…). Se establecen criterios homogéneos para todo el territorio
español y parámetros técnicos y económicos claros y estableces que se
revisarán tras un periodo regulatorio de 6 años, lo que contribuye a
aportar estabilidad regulatoria.



— Se elimina la actualización automática que existía en el esquema
retributivo anterior en función del Índice de Precios al Consumo (IPC) y
del Índice de Precios Industriales (IPRI).



— En caso de producirse un sobrecoste ocasionado por normas autonómicas y
locales, éste no formará parte de los costes reconocidos y no serán
sufragadas por el sistema eléctrico.



— Para extender la vida de los activos de transporte y distribución y
evitar así que el sistema incurra en nuevos costes de inversión
innecesarios, se establece un aumento de la retribución por operación y
mantenimiento para aquellas instalaciones que hayan superado su vida
útil.



— En el caso de las instalaciones singulares de transporte, se establece
el procedimiento para que una inversión sea catalogada de singular. La
inversión con derecho a retribución a cargo del sistema será la suma del
valor real de la inversión realizada, debidamente auditada, más el 50 %
de la diferencia entre el valor unitario y dicho valor real.



Asimismo, se ha establecido un sistema de control de las inversiones
realizadas en transporte y distribución así como un procedimiento para la
aprobación de los planes de inversión:



— Se establece un sistema de control y supervisión de los planes de
inversión para evitar desviaciones que puedan suponer un mayor coste para
el consumidor.



— Se establece un volumen máximo de inversión autorizado anualmente. Este
volumen únicamente podrá ser superado en caso de un incremento de la
demanda o generación netamente superior al previsto.



— Se realizará un control de la inversión realmente realizada, debiendo
presentar las compañías un informe auditado que acredite el grado de
cumplimiento del plan de inversión ejecutado. Se minorará el volumen
máximo de inversión en caso de incumplimiento de los planes previstos y
la retribución si el incumplimiento es reiterado.



Por último se han establecido incentivos que fomenten la eficacia de la
gestión, la eficiencia económica y técnica del sistema y de la
disponibilidad de las redes.



— En distribución se introduce un incentivo/penalización a la
disponibilidad de la red en función de las disponibilidades obtenidas los
tres últimos años, una disponibilidad mínima exigida y una disponibilidad
objetivo.



— Se introducen incentivos/penalizaciones a la mejora de la calidad de
suministro, a la reducción de las pérdidas en las redes de distribución y
el nuevo incentivo a la reducción del fraude.




Página
104






— En transporte se introduce un factor de eficiencia que incentive la
mejora en la operación y el mantenimiento, así como en la construcción de
las infraestructuras, especialmente las de carácter singular.



— Asimismo, se establece un incentivo a que el transportista solicite
aquellas subvenciones que pudieran ser de aplicación, de forma que no se
computen en el límite máximo de inversión establecido y considerando
únicamente el 90 % de la misma para el cálculo de la retribución.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/047683



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ortiz Castellví, Laia (GIP).



Respuesta:



La potencia máxima requerida por un consumidor doméstico está en función
del número y tipo de aparatos eléctricos que tenga instalados en su
hogar. A más aparatos mayor necesidad de potencia.



Cada consumidor establece libremente en su contrato de electricidad con la
comercializadora, su potencia máxima. Ésta deberá estar alineada con la
potencia máxima que en cada caso vaya a requerir.



En caso de contratar una potencia inferior a la requerida puede ocasionar
que en determinados momentos se dispare el Interruptor de Control de
Potencia (ICP), lo que se conoce como «saltar los plomos». En todo caso
el consumidor doméstico no paga penalización alguna.



Por otra parte, contratar una potencia superior a la requerida hace que el
consumidor deba abonar un mayor coste del término de potencia de la
factura.



No obstante, la regulación actual permite que el consumidor pueda
modificar libremente su potencia contratada al alza o la baja una vez al
año.



En caso de desear incrementar la potencia, el consumidor debe disponer del
boletín de la instalación eléctrica que certifique que dicha instalación
es apta para la nueva potencia y debe abonar a la distribuidora los
derechos de extensión y acceso por cada kW que se desee aumentar, así
como los derechos de enganche, que supone que un técnico de la
distribuidora se desplace hasta el punto de suministro para sustituir el
ICP por otro de mayor amperaje.



En caso de desear reducir la potencia, el consumidor deberá abonar a la
distribuidora únicamente el coste de la adaptación que debe realizar el
técnico.



En relación con el impacto sobre la factura eléctrica de los consumidores
y en especial de las familias, cabe señalar que la reforma eléctrica
llevada a cabo por el actual Gobierno ha favorecido a los consumidores,
en especial a las familias, que ven reducida su factura en el entorno de
un 8 % en los dos últimos años, su factura está controlada y cada vez
más, representará una parte más pequeña de su presupuesto familiar.



Asimismo, se han llevado a cabo diversas medidas y herramientas para
aumentar la claridad, transparencia y simplicidad de la factura de la
luz, lo que permite a los consumidores disponer de más información en
relación a su potencia y consumos. Algunas de estas herramientas son:



— Página web informativa: www.controlastuenergia.gob.es



— Simulador de la factura: http://facturaluz.cnmc.es



— Comparador de ofertas de energía:
http://comparadorofertasenergia.cnmc.es



— Visor del precio del mercado eléctrico:
http://www.esios.ree.es/web-publica/pvpc/



— Campaña de Comunicación: «Ahorro de Energía y Nueva Factura Eléctrica».



En relación con la recaudación de peajes, se observa a partir de la
información de las liquidaciones que realiza la Comisión Nacional del
Mercado y de la Competencia (CNMC), que determinados colectivos de
consumidores están reduciendo su potencia contratada, especialmente
consumidores en media tensión y baja tensión con potencias superiores a
15 kW. Este efecto, que si bien ocasiona una disminución de los ingresos
por peajes del sistema eléctrico, supone que determinados colectivos
(fundamentalmente pymes y pequeñas industrias) están reduciendo su
factura eléctrica.




Página
105






Pese a la eventual reducción de ingresos de peajes para el sistema que se
produzca, o dicho de otra forma, la bajada adicional de la factura de los
consumidores, se prevé que el ejercicio 2014 termine con un desajuste
cercano a cero, por primera vez en los últimos diez años.



De confirmarse y no existir finalmente desajuste, no se prevé por tanto la
subida de peajes automática que establece la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico, necesaria para compensar la existencia
de desajustes en el sistema eléctrico.



La reforma eléctrica llevada a cabo por el actual Gobierno habrá logrado
así la estabilidad financiera del sistema eléctrico, con el mínimo
impacto para el consumidor.



De hecho la reforma ha evitado, no sólo que la factura de la luz de los
consumidores continúe disparándose como ocurría en los años anteriores,
sino que incluso la factura ha descendido en los dos últimos años, lo que
beneficia a los consumidores domésticos, especialmente a las familias, y
supone un factor clave para la competitividad y el crecimiento de las
empresas.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/048349



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Vázquez Morillo, María José (GS).



Respuesta:



El recibo de la luz consta de los siguientes componentes: el peaje de
acceso (parte regulada), la energía (parte de mercado) y los impuestos
(el IVA y el impuesto especial de electricidad).



El peaje de acceso es la parte regulada que sirve para pagar los costes
fijos del sistema eléctrico (costes de las redes de transporte y
distribución, primas a las energías renovables, extracoste de los
sistemas no peninsulares, pago de las anualidades de déficits de años
anteriores, etc.)



El precio de la energía fluctúa cada hora. Las fluctuaciones de la demanda
así como las variaciones de la composición de la generación que cada hora
cubre dan lugar a las variaciones del precio en cada hora.



Hasta finales de 2013 el consumidor tenía dos opciones para contratar el
suministro:



— En el mercado libre, mediante un contrato bilateral con una empresa
comercializadora.



— A precio regulado, lo que se denominaba la Tarifa de Último Recurso,
mediante un contrato con una comercializadora de último recurso, cuyo
precio se fijaba cada trimestre.



En ambos casos la parte regulada de la factura, es decir los peajes de
acceso, era común y sólo variaba la forma de fijar el precio de la
energía.



La diferencia fundamental entre ambas opciones era que un contrato libre,
el precio de la energía era el pactado entre las partes mientras que en
el contrato a precio regulado en cambio, el precio de la energía era el
resultado de una subasta financiera, denominada subasta CESUR, que se
celebraba trimestralmente y que transformaba el precio del mercado, que
fluctúa cada hora, en un precio fijo durante tres meses.



El precio de la electricidad resultante de la subasta 25.ª CESUR celebrada
el 19 de diciembre de 2013 fue de 61,83 €/MWh, lo que suponía un
incremento de casi el 30 % respecto del trimestre anterior.



La Comisión Nacional del Mercado y de la Competencia (CNMC), como
supervisora de la subasta, invalidó el resultado de la subasta debido a
«circunstancias atípicas» que ocasionaron insuficiente presión
competitiva.



En cumplimiento de la normativa, por resolución del Secretario de Estado
de Energía, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, la 25.ª
subasta CESUR se declaró anulada a todos los efectos.



Era por tanto necesario fijar el precio del coste de la energía a partir
del 1 de enero y para el primer trimestre del año. Ante la imposibilidad
de tramitar la normativa correspondiente por la escasez de tiempo (la
subasta se invalidó a finales de diciembre), se fijó por el Real
Decreto-ley 17/2013, de 27 de diciembre, un precio transitorio para el
primer trimestre de 2014 de 48,48 €/MWh.



Este precio se fijó con la metodología propuesta por la CNMC, según la
cotización del mercado de futuros de los últimos 6 meses, lo que permitía
mitigar posibles efectos coyunturales, como ocurrió en el momento de
celebración 25.ª subasta CESUR dónde concurrieron, según la propia CNMC,
determinadas circunstancias atípicas en el mercado.




Página
106






Este precio de 48.48 €/MWh, se fijó con la previsión de ajustarlo
posteriormente al efectivamente resultante en el mercado. Debido al menor
precio del mercado en el primer trimestre, se estima que unos 300
millones de euros han sido devueltos al consumidor.



El nuevo sistema de fijación de precios para los consumidores domésticos,
denominado Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor, pasa a
considerar directamente el precio de la energía que haya en cada hora en
el mercado.



Es decir elimina el coste adicional del seguro que venían pagando los
consumidores en el sistema de subastas CESUR, que según la CNMC
representaba un 4.3 % de coste adicional en la factura.



Asimismo se han fijado las condiciones mínimas de los contratos para que
las ofertas sean fácilmente comparables y, para mayor claridad, se
tratará de una oferta básica sin incluir otros productos o servicios.



Por tanto desde el 1 de abril los consumidores domésticos tienen 3
opciones para fijar el precio de su energía:



— Establecer un contrato bilateral con una comercializadora eléctrica en
el mercado libre. El consumidor podrá contratar su energía, junto con
otros productos y servicios adicionales, con cualquier comercializador de
electricidad en el mercado libre por un precio libremente pactado entre
ambas partes.



— Precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC). Este precio será
función del precio medio del mercado en cada momento.



— Oferta a un precio fijo durante 12 meses. Cada comercializador de
referencia ofrecerá un precio fijo por la energía durante un año. El
contrato será estándar para que puedan compararse fácilmente las ofertas
entre comercializadores.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050340



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



En contestación a la pregunta parlamentaria formulada por Su Señoría, se
informa que, en la tramitación del Proyecto de Ley de reforma del Código
Penal, que ha concluido de forma definitiva en las Cortes Generales, se
ha incorporado por vía de enmiendas el delito de financiación ilegal.



Por otro lado, se señala que la labor desempeñada por los Fiscales, en
materia de corrupción, es valorada positivamente y la voluntad de mejorar
la eficacia de nuestro sistema legal, frente a este tipo de conductas, se
ve reflejada en las propuestas de medidas anticorrupción que se han
incluido tanto en la Ley referida como en otros textos normativos
relativos a la regulación de los altos cargos o al control de la
actividad económico-financiera de los partidos políticos.



Del mismo modo, se indica que en la Ley Orgánica 19/1994, de 23 de
diciembre, de protección a testigos y peritos en causas criminales, se
recogen medidas de protección en aquellos casos en los que se aprecie
racionalmente un peligro grave para la persona, libertad o bienes de
quien pretenda ampararse en ella, su cónyuge o persona a quien se halle
ligado por análoga relación de afectividad o sus ascendientes,
descendientes o hermanos.



Por último, se recuerda que ya se encuentra en la Cámara, para su
tramitación parlamentaria, la reforma de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal, contenida en el Proyecto de Ley de modificación de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el
fortalecimiento de las garantías procesales, así como en el Proyecto de
Ley Orgánica de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el
fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las
medidas de investigación tecnológica.



Madrid, 27 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
107






184/052623



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



De no haberse tomado medidas en la presente Legislatura, el déficit de
tarifa hubiera superado los 10.000 millones de euros en 2013, 1 punto de
PIB, y continuaría creciendo exponencialmente. La deuda acumulada hubiera
alcanzado los 30.000 millones de euros.



Esta situación de desequilibrio era insostenible y su impacto hubiera sido
demoledor para nuestra economía. Habría sido necesario subir la factura
eléctrica un 42 % para ajustar el déficit. Esto era inasumible y más aún
en el contexto económico actual y donde el precio de la electricidad en
España es de los más altos de la UE.



Para corregir esta situación y acabar con el déficit de tarifa, el actual
Gobierno ha llevado a cabo una reforma en profundidad del sector
eléctrico en su conjunto, planteada desde el interés general de todos los
consumidores (independientemente de su ubicación) y encaminada a
garantizar el suministro al menor coste posible y asegurar la
sostenibilidad del sistema.



En la reforma eléctrica de 2013 y 2014, se han tomado diferentes medidas
encaminadas a lograr tres objetivos principales:



1. Garantizar el suministro al mínimo coste posible para el consumidor y
fomentar la competencia.



La reforma eléctrica llevada a cabo por el actual Gobierno ha conseguido
parar la escalada desorbitada de precios de los años anteriores e incluso
los precios han comenzado a bajar, lo que es clave para la competitividad
y el crecimiento.



2. Se ha eliminado el problema del déficit de tarifa y se ha establecido
un marco normativo que garantiza la estabilidad financiera del sistema
eléctrico con carácter definitivo. La reforma da así certidumbre al
sector y confianza a los inversores.



3. Se han adaptado las retribuciones de las actividades reguladas del
sistema eléctrico, garantizando una rentabilidad razonable para las
instalaciones renovables, de cogeneración y de residuos y una retribución
adecuada para el resto de actividades reguladas.



La reforma ha favorecido por tanto a todos los consumidores
(independientemente de su localización), en especial a las familias, que
ven que lo que pagan por la electricidad está controlado y cada vez más,
pasará a representar una parte más pequeña de su presupuesto familiar.



En relación con los consumidores domésticos, cabe señalar que se ha
establecido un nuevo sistema de fijación de precios de la electricidad
para el consumidor, el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor
(PVPC), que ha reducido su factura eléctrica.



El nuevo sistema es más eficiente y transparente al basarse directamente
en los precios del mercado, sin intermediarios. Desde que se estableció
el anterior el sistema de subastas para fijar el precio de los
consumidores domésticos a mediados de 2009 (CESUR), hasta diciembre de
2013, los consumidores hemos estado pagando un 4,3 % de más en nuestras
facturas. Es decir, desde 2009 los consumidores hemos estado pagando
1.671 millones de euros de sobreprecio como consecuencia del anterior
sistema de fijación de precios.



El PVPC ha sido mejor que cualquier oferta del mercado en 2014. Cualquier
consumidor doméstico que hubiera contratado el Precio Voluntario al
Pequeño Consumidor (PVPC) en el 2014 ahorró en su factura eléctrica
comparado con cualquier otra oferta del mercado de cualquier compañía.



El nuevo sistema ha hecho además que las compañías eléctricas hayan
devuelto más de 400 millones de euros a los consumidores por haberles
cobrado de más en la primera mitad del año. Este hecho es la primera vez
que se produce.



Por otra parte, se ha corregido el desequilibrio que existía anteriormente
en la factura eléctrica desde las primeras residencias y familias con
hijos hacia las segundas residencias y viviendas vacías. En este sentido
se ha cambiado la ponderación entre la parte variable del peaje (que se
paga en función del consumo) y la parte fija (que se paga en función de
la potencia contratada), para dar cada vez más peso relativo a ésta
última.




Página
108






Esta nueva ponderación supone que los consumidores que tengan un mayor
consumo con una misma potencia contratada (el caso de una familia con
hijos), se vean más beneficiados. Sin embargo, aquellos que tengan un
menor consumo dada una misma potencia contratada (el caso de una segunda
vivienda) se vean más penalizados.



La reponderación no ha supuesto una subida de los peajes en su conjunto.



Por otra parte, se ha limitado el impacto sobre los consumidores que están
en situación de mayor vulnerabilidad. Las familias con todos sus miembros
en situación de desempleo, pensionistas o familias numerosas, tendrán un
descuento del 25 % sobre su factura (bono social).



Se ha consolidado así la aplicación del bono social como mecanismo de
protección de consumidores vulnerables. El bono social se configura como
una protección adicional del derecho al suministro de electricidad y se
considera una obligación de servicio público según lo dispuesto en la
Directiva 2009/72/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio
de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad
y por la que se deroga la Directiva 2003/54/CE.



Pueden acogerse al Bono Social cuatro colectivos:



— Consumidores domésticos con una potencia contratada inferior a 3 KW en
su vivienda habitual.



— Pensionistas con 60 o más años de edad con prestaciones mínimas.



— Familias numerosas.



— Hogares en los que todos sus integrantes se encuentren en situación de
desempleo.



Cabe señalar además que se ha simplificado y clarificado la factura
eléctrica, se ha agilizado el proceso de cambio de suministrador y se han
reforzado los mecanismos de atención al cliente garantizando su
gratuidad.



Se han habilitado también nuevas comercializadoras para el suministro de
los consumidores domésticos, permitiendo la competencia entre ellas al
poder realizar ofertas y descuentos.



Por último, se han creado y reforzado distintas herramientas para que el
consumidor comprenda su factura y pueda comparar las distintas ofertas,
lo que ha aumentado su capacidad de elección:



— Página web informativa: www.controlastuenergia.gob.es



— Simulador de la factura: http://facturaluz.cnmc.es



— Comparador de ofertas de energía:
http://comparadorofertasenergia.cnmc.es



— Visor del precio del mercado eléctrico:
http://www.esios.ree.es/web-publica/pvpc/



— Campaña de Comunicación: «Ahorro de Energía y Nueva Factura Eléctrica».



Madrid, 25 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/053377



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



Como continuación a la respuesta del Gobierno registrada de entrada en esa
Cámara con el n.º 147178, de fecha 11/9/2014, se traslada lo siguiente:



En primer lugar, se reitera que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado actúan de conformidad con las previsiones del ordenamiento
jurídico español y que la interceptación y el seguimiento de las
comunicaciones están sujetas al correspondiente control judicial, tal y
como se establece en distintas leyes vigentes.



En segundo término, y en alusión al escrito de amparo formulado, se
informa a Su Señoría que en España no existe ningún sistema secreto de
cableado telefónico de acceso directo.



Madrid, 6 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
109






184/053723



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ortiz Castellví, Laia (GIP).



Respuesta:



El recibo de la luz consta de los siguientes componentes: el peaje de
acceso (parte regulada), la energía (parte de mercado) y los impuestos
(el IVA y el impuesto especial de electricidad).



El peaje de acceso es la parte regulada que sirve para pagar los costes
fijos del sistema eléctrico (costes de las redes de transporte y
distribución, primas a las energías renovables, extracoste de los
sistemas no peninsulares, pago de las anualidades de déficits de años
anteriores, etc.).



El precio de la energía fluctúa cada hora. Las fluctuaciones de la
demanda, así como las variaciones de la composición del mix de
generación, dan lugar a las variaciones del precio en cada hora.



Hasta finales de 2013 el consumidor tenía dos opciones para contratar el
suministro:



— En el mercado libre, mediante un contrato bilateral con una empresa
comercializadora.



— A precio regulado, lo que se denominaba la Tarifa de Último Recurso,
mediante un contrato con una comercializadora de último recurso, cuyo
precio se fijaba cada trimestre.



En ambos casos la parte regulada de la factura, es decir los peajes de
acceso, era común y sólo variaba la forma de fijar el precio de la
energía.



La diferencia fundamental entre ambas opciones era que un contrato libre,
el precio de la energía era el pactado entre las partes mientras que en
el contrato a precio regulado en cambio, el precio de la energía era el
resultado de una subasta financiera, denominada subasta CESUR, que se
celebraba trimestralmente y que transformaba el precio del mercado, que
fluctúa cada hora, en un precio fijo durante tres meses.



El precio de la electricidad resultante de la subasta 25.ª CESUR celebrada
el 19 de diciembre de 2013 fue de 61,83 euros/MWh, lo que suponía un
incremento de casi el 30 % respecto del trimestre anterior.



La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC), como
supervisora de la subasta, invalidó el resultado de la subasta debido a
«circunstancias atípicas» que ocas ionaron insuficiente presión
competitiva.



En cumplimiento de la normativa, por resolución del Secretario de Estado
de Energía, la 25.ª subasta CESUR se declaró anulada a todos los efectos.



Era por tanto necesario fijar el precio del coste de la energía a partir
del 1 de enero y para el primer trimestre del año. Ante la imposibilidad
de tramitar la normativa correspondiente por la escasez de tiempo (la
subasta se invalidó a finales de diciemb re), se fijó por el Real
Decreto-ley 17/2013, de 27 de diciembre, un precio transitorio para el
primer trimestre de 2014 de 48,48 euros/MWh.



Este precio se fijó con la metodología propuesta por la CNMC, según la
cotización del mercado de futuros de los últimos 6 meses, lo que permitía
mitigar posibles efectos coyunturales, como ocurrió en el momento de
celebración 25.ª subasta CESUR dónde concurrieron, según la propia CNMC,
determinadas circunstancias atípicas en el mercado.



Este precio de 48.48 euros/MWh, se fijó con la previsión de ajustarlo
posteriormente al efectivamente resultante en el mercado. Debido al menor
precio del mercado en el primer trimestre, se estima que unos 300
millones de euros han sido devueltos al consumidor.



El nuevo sistema de fijación de precios para los consumidores domésticos,
denominado Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor, pasa a
considerar directamente el precio de la energía que haya en cada hora en
el mercado.



Es decir elimina el coste adicional del seguro que venían pagando los
consumidores en el sistema de subastas CESUR, que según la CNMC
representaba un 4.3 % de coste adicional en la factura.



Asimismo se han fijado las condiciones mínimas de los contratos para que
las ofertas sean fácilmente comparables y, para mayor claridad, se
tratará de una oferta básica sin incluir otros productos o servicios.




Página
110






Por tanto desde el 1 de abril de 2014 los consumidores domésticos tienen 3
opciones para fijar el precio de su energía. Entre ellas sólo existen
diferencias en el precio de la energía, ya que la parte regulada
(peajes), es siempre la misma:



1. Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC). El precio de la
energía se obtiene directamente del precio del mercado eléctrico. Es un
contrato sin letra pequeña ni servicios adicionales.



2. Precio fijo durante 12 meses. Las comercializadoras de referencia
ofrecen un precio fijo de la energía durante 12 meses (el precio que
libremente establezcan, pero fijo), con unas condiciones de contratación
estándar, fácilmente comparables y sin servicios adicionales.



3. Precio libre. Se trata de un precio pactado libremente con una
comercializadora de electricidad conforme a determinadas condiciones de
revisión. En la mayoría de los casos se incluyen cláusulas especiales y
servicios adicionales.



Según los datos del comparador de ofertas de energía de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), en 2014 todos los
consumidores domésticos que hubieran contratado el PVPC ahorraron en su
factura eléctrica comparando con cualquier otra oferta del mercado de
cualquier compañía eléctrica.



Además el PVPC es un contrato sin letra pequeña ni servicios adicionales y
las condiciones están reguladas y acotadas. El precio de la energía se
obtiene directamente del precio que haya en el mercado eléctrico en cada
momento.



Por el contrario, en el caso de las ofertas del mercado libre, las
compañías suelen incluir cláusulas especiales o servicios adicionales,
que deben tenerse en cuenta a la hora de valorar las ofertas.



Las clausulas adicionales más habituales que suelen incluir las ofertas en
el mercado (y que no incluye el PVPC) son:



— Obligación de contratar otros productos o servicios adicionales.



— Revisión automática del precio.



— Promociones que son válidas sólo en determinadas condiciones.



— Compromiso de permanencia que lleva asociada una penalización en caso de
cancelar anticipadamente el contrato.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/054948



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



La reforma eléctrica llevada a cabo por el actual Gobierno ha conseguido
parar la escalada desorbitada de precios que venía ocurriendo con el
Gobierno anterior e incluso los precios han comenzado a bajar, lo que es
clave para la competitividad, el crecimiento y la generación de actividad
económica.



En la reforma se ha eliminado el problema del déficit de tarifa y se ha
establecido un marco normativo que garantiza la estabilidad financiera
del sistema eléctrico con carácter definitivo. La reforma da así
certidumbre al sector y confianza a los inversores.



De no haberse tomado medidas en la presente legislatura, el déficit de
tarifa hubiera superado los 10.000 millones de euros en 2013, 1 punto de
PIB, y continuaría creciendo exponencialmente. La deuda acumulada hubiera
alcanzado los 30.000 millones de euros.



Para corregir este desequilibrio habría sido necesario subir la factura
eléctrica un 42 % para ajustar el déficit.



La reforma se ha llevado a cabo precisamente desde el interés general de
todos los consumidores para garantizar un equilibrio entre los tres
objetivos de la política energética: suministrar energía a precios
competitivos, de forma segura y sostenible.




Página
111






De manera específica para las comunidades de regantes cabe señalar que
tarifas eléctricas más frecuentes que contratan son las tarifas 3.1 y
6.1.



Según ha publicado la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
(CNMC) en el boletín de indicadores eléctricos de octubre de 2014 la
variación de la facturación estimada para un consumidor medio acogido a
dichas tarifas se muestra en la tabla siguiente:



Tasa de variación sobre el año
anterior;2011-2010;2012-2011;2013-2012;Últimos 12 meses. Jul 2013-jun
2014



3.1;16 %;2 %;–1 %;–1 %



6.1;18 %;1 %;0 %;–2 %



Como se observa en la tabla anterior, se aprecia un cambio de tendencia
del precio de la factura eléctrica e incluso una disminución en los
últimos dos años para los consumidores.



Hay que señalar que estas variaciones en la facturación son para un
consumidor medio acogido a dichas tarifas. Los regantes sin embargo
tienen un patrón de consumo de electricidad específico, al consumir casi
exclusivamente durante la época de regadío.



Por este motivo y frente al consumidor medio, al colectivo de regantes les
son de aplicación los siguientes factores que influyen en su factura
eléctrica:



a) En la reciente reforma fiscal se ha introducido una exención del 85 %
del impuesto especial de la electricidad para los regantes a partir de
2015 (además de un ajuste en el régimen de módulos con efectos desde
2014). Se estima que ambas medidas tendrán un impacto positivo para el
colectivo de los regantes de unos 55 millones de euros al año.



b) Los regantes utilizan proporcionalmente más la potencia y menos el
consumo que la media de los consumidores. Por este motivo la
reponderación de peajes realizada en agosto de 2013 (la única que ha
tenido impacto sobre el colectivo de regantes), en la que se daba más
peso relativo al término de potencia y menos al de consumo, si bien ha
tenido un efecto neutro para la media de los consumidores, no ha sido así
para el caso de los regantes que se han visto penalizados en su
facturación. Se estima que el impacto de la reponderación puede ascender
a unos 50 millones de euros anuales para el conjunto del colectivo de
regantes.



c) La normativa contempla actualmente opciones de contratación que se
adaptan al perfil de consumo de los regantes (en particular aquellos
conectados a alta tensión). Así, la disposición adicional sexta del Real
Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, posibilita los contratos de
temporada a los regantes.



Mediante estos contratos de temporada, los regantes tienen una reducción
respecto a las penalizaciones que establece el contrato de temporada
general para el término de potencia: los precios del término de potencia
se aumentan en un 35 % para los meses de temporada alta (en lugar del 100
%) y en un 15 % para el resto del año (en lugar del 50 %).



La combinación de las medidas anteriores, junto con la tendencia a la baja
de los precios de la electricidad que ha comenzado a producirse desde los
últimos dos años, permitirá contribuir favorablemente a la mejora de la
competitividad de las explotaciones de regadío.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/055706



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gordo Pérez, Juan Luis (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
el Real Decreto 937/2010, de 23 de julio, por el que se regula la
convocatoria 2010 del Fondo Financiero del Estado para la Modernización
de las Infraestructuras Turísticas (FOMIT), atribuye la competencia de la
tramitación administrativa de los préstamos a las Comunidades Autónomas
(STC 200/2009, de 28 de septiembre). Con base en la misma, la apertura y
convocatoria para el año 2010 de la línea de financiación con cargo al
FOMIT, se efectuó por Resolución de cada una de las Comunidades
Autónomas.




Página
112






Así, la Junta de Castilla y León dictó la Orden CYT/1232/2010, de 31 de
agosto, por la que se regula en la Comunidad de Castilla y León el
otorgamiento de los préstamos previstos en el Real Decreto 937/2010, de
23 de julio, y se efectúa su convocatoria para el año 2010.



Al amparo de dicha convocatoria, el Ayuntamiento de Maderuelo (Segovia)
solicitó un préstamo para financiar el proyecto «Centro de Interpretación
de la Naturaleza, bar, tienda y restaurante».



Por Orden de 23 de noviembre de 2010 de la Consejería de Cultura y Turismo
de la Junta de Castilla y León se resolvió el procedimiento de concesión
de los préstamos bonificados con cargo al FOMIT, convocatoria 2010,
proponiendo la concesión de un préstamo bonificado al Ayuntamiento de
Maderuelo (Segovia) para el proyecto «Centro de Interpretación de la
Naturaleza, bar, tienda y Restaurante», por importe de 300.000 euros.



De acuerdo con lo previsto en el artículo 12 del Real Decreto 937/2010, de
23 de julio, el entonces Secretario General de Turismo y Comercio
Interior, autorizó con fecha 2 de diciembre de 2010 la operación de
Maderuelo, indicando a la Junta de Castilla y León que «puede elevar a
definitiva su propuesta de concesión de préstamos con cargo al FOMIT»,
dado que dicha solicitud contaba con una entidad de crédito
intermediadora dispuesta a suscribir la póliza correspondiente y a asumir
el riesgo financiero de la operación.



El préstamo concedido fue suscrito por el Ayuntamiento con fecha 23 de
diciembre de 2010 por el importe concedido con la entidad mediadora Caja
Segovia.



Según lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto 937/2010, de 23 de
julio, «el plazo máximo de ejecución de las actuaciones financiadas será
de cuatro años, contado a partir de la fecha de formalización de la
operación de financiación», que para el Ayuntamiento de Maderuelo
finalizaba el 23 de diciembre de 2014. Y el plazo de justificación, «un
mes a contar desde el día siguiente al que finalice el plazo de
ejecución» (artículos 9 y 10 de la Orden CYT/1232/2010, de 31 de agosto).



No obstante, por Orden de 8 de octubre de 2014, la Consejería de Cultura y
Turismo de la Junta de Castilla y León, concedió al Ayuntamiento de
Maderuelo una ampliación del plazo de ejecución del préstamo por dos
años, hasta el 23 de diciembre de 2016.



Cabe destacar que de acuerdo con el artículo 15 del Real Decreto 937/2010,
de 23 de julio, «corresponde a las Comunidades Autónomas llevar a cabo el
control y seguimiento de las actuaciones financiadas con cargo al FOMIT,
verificando su adecuación a los proyectos presentados y su ejecución en
los plazos previstos».



Asimismo, el artículo 16 establece que «el incumplimiento de la obligación
de destinar la financiación obtenida a las actuaciones para las que se
solicitó, dará lugar al reintegro anticipado del importe del préstamo
concedido que no haya sido amortizado, y a la exigencia del interés de
demora correspondiente por el importe íntegro del préstamo, desde el
momento de su suscripción y hasta la fecha en que se acuerde la
procedencia del reintegro». Corresponde pues a las Comunidades Autónomas
la tramitación y resolución de este procedimiento, debiendo informar a la
Secretaría de Estado de Turismo del Ministerio de Industria, Energía y
Turismo de la resolución de los procedimientos de reintegro que hayan
tramitado.



Por tanto, una vez concluido el plazo prorrogado, y en fase de
justificación, corresponderá a la Comunidad Autónoma verificar el grado
de cumplimiento del mismo y, en caso de detectarse incumplimiento, exigir
el reintegro anticipado del importe del préstamo concedido que no haya
sido amortizado.



Por último, cabe señalar que con fecha 9 de octubre de 2013, D. Francisco
Javier Gadea Castro remitió escrito a la Subdirección General de
Desarrollo y Sostenibilidad Turística de la Secretaría de Estado de
Turismo, denunciando determinadas cuestiones susceptibles de
incompatibilidad con el objeto y finalidad del préstamo FOMIT concedido
al referido Ayuntamiento.



Dicho escrito fue remitido a su vez a la Junta de Castilla y León con
fecha 18 de octubre de 2013, habida cuenta de su competencia en la
materia.



A su vez, la Junta de Castilla y León contestó por escrito de fecha 4 de
noviembre de 2013, informando del traslado de dicha denuncia a la
Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Segovia, al
objeto de que por la inspección de Turismo se comprobara la situación
actual del proyecto, el ejercicio de la actividad turística y se
verificaran los hechos causantes de la denuncia. Asimismo, informa de la
comunicación al solicitante del préstamo en representación del
Ayuntamiento de Maderuelo, D. Santiago Bayo Martín, la existencia de la
denuncia para que realizara alegaciones.




Página
113






Posteriormente, mediante escrito de 16 de diciembre de 2013 la Dirección
General de Turismo de la Junta de Castilla y León dio traslado a la
Secretaría de Estado de Turismo de copia de las alegaciones presentadas
por el solicitante del préstamo el 15 de noviembre de 2013 en
representación del Ayuntamiento, así como del informe emitido por la
Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Segovia, de
fecha 25 de noviembre de 2013, que concluyó que no se deduce
incumplimiento del objeto del préstamo a la fecha del mismo.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/062877



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Moya, Gracia (GS).



Respuesta:



La Comisión Interministerial sobre radiofrecuencias y salud, organismo
cuya creación está prevista en la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de
Telecomunicaciones, tiene asignada la función de informar sobre las
medidas aprobadas en materia de protección sanitaria frente a emisiones
radioeléctricas y sobre los múltiples controles a que son sometidas las
instalaciones generadoras de dichas emisiones.



La existencia y rápida expansión de un elevado número de instalaciones
radioeléctricas por un incremento en la oferta o uso de los servicios que
proporcionan, ha traído como consecuencia la preocupación sobre los
efectos que la exposición a los campos electromagnéticos (CEM) puede
tener sobre la salud.



La comprensión y la adaptación a cualquier tecnología novedosa dependen,
en parte, de la manera en la que la tecnología se presente y de la forma
en la que la población interprete sus riesgos y beneficios. En este
sentido, diversas voces europeas han recomendado una mayor y mejor
difusión de la información de este tipo de información. Ahí es donde
juegan un papel importante las Administraciones Públicas.



En relación con los posibles efectos que los campos electromagnéticos
pueden tener sobre la salud cabe considerar, por un lado, a las
Administraciones con competencias en salud para garantizar la protección
sanitaria de las personas, y por otro a las instituciones con
competencias en telecomunicaciones, para velar por la calidad de los
servicios y los controles que se realizan sobre los mismos.



Por ello, la Comisión Interministerial creada por la Ley 9/2014, de 9 de
mayo, General de Telecomunicaciones, contará con la presencia de los tres
ministerios implicados (el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, el
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y el Instituto de
Salud Carlos III por parte del Ministerio de Economía y Competitividad ),
con un grupo asesor y colaborador en materia de radiofrecuencias y salud,
y con la participación de Comunidades Autónomas, de las Entidades
Locales, sociedades científicas y representantes de los ciudadanos.



Se pretende, por tanto, que la Comisión proporcione a las Administraciones
Públicas, a la industria y a la población en general el marco adecuado de
información sobre estas cuestiones.



En cuanto al estado de su normativa reguladora, cabe informar que el
Gobierno, a través del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, viene
acometiendo, desde su entrada en vigor, la extensa y compleja tarea de
abordar el desarrollo reglamentario de la Ley 9/2014, de 9 de mayo,
General de Telecomunicaciones, Ley que, con carácter omnicomprensivo y
amplio, regula uno de los sectores económicos más importantes y principal
palanca del incremento de la productividad y de la competitividad de un
país, como es el sector de las telecomunicaciones.



En este sentido, ya han sido objeto de informe en el Consejo Asesor de
Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información varios proyectos
normativos de desarrollo de la citada Ley, tales como, por ejemplo, la
nueva regulación reglamentaria sobre tasas de telecomunicaciones, la
regulación de los parámetros técnicos esenciales para el despliegue de
redes de telecomunicaciones, la determinación de los mecanismos de
coordinación entre Administraciones Públicas para la concesión de ayudas
públicas al despliegue de redes de banda ancha, o la fijación de
mecanismos para evitar situaciones de fraude y tráfico irregular en las
redes y servicios de comunicaciones electrónicas, entre otros.




Página
114






En concreto, en lo que se refiere a la norma reguladora de la Comisión
objeto de la pregunta formulada por Su Señoría, en la actualidad se está
estudiando cuál debe ser la composición del grupo asesor que debe
configurarse en órgano de participación, consulta y asesoramiento de la
Comisión, para que pueda cumplir fiel y adecuadamente su función de
evaluación y seguimiento periódico de la prevención y protección de la
salud de la población en relación con las emisiones radioeléctricas,
proponiendo estudios de investigación, medidas consensuadas de
identificación, elaboración de registros y protocolos de atención al
ciudadano, y, en definitiva, pueda satisfacer de una manera óptima los
fines perseguidos con su creación.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063299



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Davila, M.ª Olaia (GMx).



Respuesta:



Como continuación a la respuesta del Gobierno registrada de entrada en esa
Cámara con el n.º 175.376 de fecha 21 de enero de 2015, se traslada lo
siguiente:



De acuerdo con la Orden EHA/3598/2011, de 20 de diciembre (BOE
02-01-2012), por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del
Gobierno para Asuntos Económicos, por el que se conceden incentivos
regionales previstos en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, para la
realización de proyectos de inversión, se concedió a la empresa GESTAMP
Vigo, S.A. una subvención de 2.295.800 euros para unas inversiones de
17.660.000 euros y para la creación de 5 puestos de trabajo.



Por parte del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través de la
línea de ayudas para la mejora de la competitividad (convocatoria
automoción) y durante los años 2009 a 2012, se han concedido créditos a
Gestamp Vigo por cuantía de 7,22 millones de euros y una subvención por
valor de 0,52 millones de euros. Estas ayudas no están ligadas al
mantenimiento de los puestos de trabajo, sino a la realización de las
actividades e inversiones previstas en los respectivos planes de
competitividad de la empresa y están sujetas a las labores de seguimiento
y comprobación previstas en sus bases reguladoras.



Las actuaciones de orden organizativo en relación con el reparto de
producción por plantas forman parte del ámbito de decisión estrictamente
empresarial.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063351



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sanz Remón, Álvaro (GIP).



Respuesta:



Actualmente, los operadores del sistema eléctrico de transporte de España
(Red Eléctrica de España, REE), Francia (Réseau de Transport
d’Électricité, RTE) y Portugal (Redes Energéticas Nacionais, REN) están
estudiando distintos proyectos que permitirían aumentar el nivel de
interconexión eléctrica entre la Península Ibérica y Francia. Entre los
proyectos propuestos para su estudio se encuentran, en efecto, diversos
posibles trazados a través la Comunidad Autónoma de Aragón, pero que por
su complejidad no sólo desde el punto de vista técnico sino también por
requerir acuerdo entre los operadores a ambos lados de la frontera están
aún sin definir. A día de hoy se manejan únicamente posibles nodos de
conexión que permitan la operación del sistema de forma segura, estando
el Ministerio de Industria, Energía y Turismo a la espera de las
propuestas concretas de trazado por parte de los operadores.




Página
115






En la actualidad la Secretaría de Estado de Energía, del citado Ministerio
está elaborando la Planificación de las redes de transporte de energía
eléctrica para el periodo 2015-2020 en la que se incluye un anexo, de
carácter no vinculante, y regulado por la disposición adicional cuarta de
la Ley de Metrología, con aquellas instalaciones de la red de transporte
que se estime necesario poner en servicio durante los años posteriores al
horizonte de la planificación. La inclusión de una instalación en este
anexo servirá solamente a los efectos de iniciar los trámites
administrativos pertinentes de la referida instalación.



Por otra parte, no consta en el borrador del Plan de Desarrollo de la Red
de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020 ninguna línea denominada
Peñalba-Monzón-Isona. Sí se ha considerado como posible actuación para
después de 2020 el tramo Isona-Peñalba, y como tal aparece en el Anexo II
del borrador del Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía
Eléctrica 2015-2020 publicado en la web del Ministerio de Industria,
Energía y Turismo:



http://www.minetur.gob.es/energia/planificacion/Planificacionelectricidadygas/desarrollo2014-2020/Documents/Documento%20COMPLETO.pdf



España cuenta, a fecha de hoy, con uno de los niveles de interconexión
eléctrica más bajos de toda la UE. La UE había establecido que en 2014 el
Mercado Interior de la energía debería estar completado, de modo que en
2015 ningún Estado miembro estuviera energéticamente aislado. Ninguno de
estos objetivos europeos se ha cumplido. La escasa capacidad de
interconexión entre España y Francia (1.400 MW) está siempre saturada, lo
que hace que la Península Ibérica sea en la práctica una isla eléctrica
respecto al resto de Europa. Esta situación implica que la capacidad de
comercialización es muy limitada, y se restringe la competencia entre
empresas a ambos lados de la frontera de modo que los consumidores
españoles no pueden beneficiarse de la convergencia de precios de un
Mercado Interior de la Energía, suponiendo una clara desventaja
competitiva para la industria española y para el consumidor español en
general.



A este problema se añade el elevado porcentaje de energías renovables de
nuestro país, que deben ser integradas en el sistema en tiempo real.
Estos recursos son intermitentes y no se producen a la vez, por lo que
para cubrir la demanda nacional se necesita generación alternativa que no
dependa de las condiciones climatológicas. Al carecer de suficiente
capacidad de interconexión con Francia, España no puede contar con
generación de respaldo proveniente de Europa, como se hace entre países
bien interconectados, y debe asumir en solitario el extra coste de tener
dos sistemas disponibles, uno basado en generación convencional y otro
basado en renovables.



Complementariamente, en otros casos, el exceso de energía eólica e
hidráulica, al no haber suficiente nivel de interconexión con otros
países, ni posibilidad de almacenar esta energía, este exceso de oferta
se pierde en forma de vertidos. Se está limitando así el potencial de
penetración de energías renovables para reducir la emisión de gases de
efecto invernadero en la UE. Un mayor nivel de interconexión eléctrica
permitiría poner este exceso de producción renovable en otros mercados de
Europa.



El Consejo Europeo de Barcelona de 2002 estableció que el ratio de
interconexión de los Estados miembros de cara a la consecución de un
Mercado Interior de la Electricidad debería alcanzar el 10 % en 2020.
Este ratio es actualmente del 2,8 %-3,5 % para España y se prevé que en
2020 sea del 4,3 %-5,3 %, teniendo en cuenta todos los proyectos de
interconexión previstos. Por lo que España quedará por debajo del
objetivo del 10 %. Adicionalmente, el Consejo Europeo de octubre de 2014
ha aumentado el objetivo de interconexión eléctrica entre Estados
miembros al 15 % para 2030.



Incrementar el nivel de interconexión con Francia es por tanto un objetivo
vital para España de cara a conseguir la efectiva integración del mercado
ibérico en el mercado interior de la de la electricidad.



Madrid, 25 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064685



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).




Página
116






Respuesta:



El objetivo del Gobierno es dar futuro, estabilidad y seguridad jurídica
al sector de la Comunicación Audiovisual. La liberación del Dividendo
Digital se ha visto afectada por la Sentencia del Tribunal Supremo de 27
de noviembre de 2012, por la que se declara la nulidad del Acuerdo del
Consejo de Ministros de 16 de julio de 2010, por el que se asigna un
múltiple digital de cobertura estatal a cada una de las sociedades
licenciatarias del servicio de televisión digital terrestre de ámbito
estatal. La Sentencia, en la que queda claro que no era posible asignar
nuevos canales sin previo concurso, dio lugar al apagado de 9 canales
nacionales de televisión privada el 6 de mayo de 2014 y por tanto se ha
tenido que producir una reordenación del espectro radioeléctrico para la
nueva oferta de canales televisivos.



Tras estas sentencias el Gobierno aprobó el Real Decreto 805/2014, de 19
de septiembre, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la
Televisión Digital Terrestre y se regulan determinados aspectos para la
liberación del Dividendo Digital.



Posteriormente, el Consejo de Ministros aprobó una ampliación del plazo de
liberación del Dividendo Digital hasta el 31 de marzo de 2015 mediante el
Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de
sostenibilidad financiera de las Comunidades Autónomas y entidades
locales y otras de carácter económico.



La prioridad del Gobierno ha sido garantizar que la liberación del
Dividendo Digital se lleve a cabo con éxito en España, protegiendo los
intereses de los ciudadanos, minimizando los costes y las molestias, y
manteniendo la calidad y la continuidad en la prestación del servicio.
Para ello, el Gobierno ha puesto en marcha una campaña de comunicación,
con objeto de que estén informados de los cambios que se van a producir.



En suma, el objetivo es dotar al sector de la televisión de un marco
regulador y tecnológico estable, que, al hilo de la seguridad jurídica,
fomente el desarrollo del mercado.



Madrid, 25 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064692



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD).



Respuesta:



El 5 de marzo de 2014 la Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes
y la de Administraciones Públicas firmaron un Acuerdo de Colaboración
entre los Ministerios de Presidencia y Hacienda y Administraciones
Públicas para el desarrollo e impulso del Portal de la Transparencia,
que, como Su Señoría sabe, funciona a pleno rendimiento desde el 10 de
diciembre pasado.



El acuerdo entre los dos Ministerios transversales del Gobierno se centró
precisamente en el Portal de la Transparencia. Según el Convenio, el
Portal y sus contenidos dependían del Ministerio de la Presidencia, y su
diseño tecnológico, desarrollo informático y mantenimiento técnico
corrían a cargo de la Dirección General de Modernización Administrativa,
Procedimientos e Impulso de la Administración Electrónica, integrada en
la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas del Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.



La plataforma tecnológica que da soporte al Portal de la Transparencia ha
sido desarrollada por personal técnico de la anterior Dirección General
de Modernización Administrativa, procedimientos e Impulso de la
Administración Electrónica (hoy Dirección General de Tecnologías de la
Información y de las Comunicaciones), de acuerdo a los criterios
funcionales del Ministerio de la Presidencia. Para ello, se han utilizado
aplicaciones ya desarrolladas y en uso, como ha sido el caso de ACCEDA,
que se ha reutilizado para crear la aplicación de la gestión de las
solicitudes de acceso a la información que incorpora el Portal. También
se ha reaprovechado la parte de infraestructura, sistemas, comunicaciones
así como la de atención a usuarios, que se comparte con otros proyectos
ya en curso. La mayor parte del portal está construido con software
libre. En relación a la parte de desarrollo, también se reaprovechan
todos los contratos y sistemas.



Madrid, 30 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
117






184/064698



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Fernández, Rosana (GMx).



Respuesta:



La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS),
concretamente el Departamento de Inspección y Control de Medicamentos
—responsable de la emisión de los permisos necesarios para la exportación
de medicamentos en concepto de donaciones humanitarias sin ánimo de
lucro—, es consciente en todo momento de los requisitos exigidos, ya que
se mantienen en cumplimiento de las instrucciones sobre donaciones de
medicamentos establecidas por la propia AEMPS, que a su vez son fiel
reflejo de las directrices establecidas por la Organización Mundial de la
Salud (OMS) para garantizar que los medicamentos incluidos en las
donaciones humanitarias reúnen los debidos requisitos de calidad. Así, se
evita el uso de productos que puedan comprometer la salud o no ejercer el
efecto previsto y en todo caso con garantías similares a las que se
requieren para su consumo en nuestro país.



Estos requisitos tienen como objetivo que los medicamentos incluidos en
las donaciones lleguen a sus destinatarios con todas las garantías de
calidad, seguridad y eficacia. Por ello, en estas donaciones (más de 300
el pasado año), intervienen habitualmente entidades como hospitales,
oficinas de farmacia, almacenes de distribución o laboratorios
farmacéuticos, que conocen y cumplen los requisitos para garantizar la
calidad y la seguridad de los medicamentos, evitando manipulaciones
inapropiadas o el posible desvío al mercado ilícito.



Madrid, 27 de febrero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/064859



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



Como continuación a la respuesta del Gobierno registrada de entrada en esa
Cámara con el n.º 184923, de fecha 12/03/2015, se traslada lo siguiente:



De acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto 343/2012, de 10 de febrero,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Empleo y Seguridad Social, el Foro para la Integración Social de los
Inmigrantes es un órgano que se adscribe al citado Ministerio. Es el
órgano de consulta, información y asesoramiento en materia de integración
de los inmigrantes y está compuesto por representantes de las
Administraciones Públicas, de las asociaciones de inmigrantes y de las
organizaciones sociales de apoyo (entre ellas, las organizaciones
sindicales y empresariales más representativas, con interés e
implantación en el ámbito inmigratorio).



El Real Decreto 3/2006, de 16 de enero, modificado por el Real Decreto
1164/2009, de 10 de julio, regula la composición, competencias y régimen
de funcionamiento del Foro, y determina que entre los representantes de
la Administración General del Estado en el órgano consultivo, una de las
vocalías está atribuida al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.



En el periodo 2010-2014, el Foro para la Integración social de los
inmigrantes ha celebrado un total de 26 reuniones plenarias. El desglose
por años y el número de reuniones plenarias en las que ha participado el
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad es el siguiente:



— En el año 2010, el Foro celebró 2 sesiones plenarias, contando con
representación del entonces Ministerio de Sanidad, Políticas Sociales e
Igualdad en ambas.




Página
118






— En el año 2011, el Foro celebró 7 sesiones plenarias, con representación
del entonces Ministerio de Sanidad, Políticas Sociales e Igualdad en 5 de
ellas.



— En el año 2012, el Foro celebró 8 sesiones plenarias, contando con
representación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
en 5 de ellas.



— En el año 2013, el Foro celebró 4 sesiones plenarias, contando con
representación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
en todas ellas.



— En el año 2014, el Foro ha celebrado 5 sesiones plenarias, contando con
representación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
en todas ellas.



En cuanto a los temas tratados en dichas reuniones, se recogen en las
Memorias anuales de actividad del Foro, que son públicas en el siguiente
enlace de Internet:



http://www.foroinmigracion.es/es/MANDATO-FORO-2010-2013/DocumentosAprobados/Memorias/index.htm



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064898



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia (GS).



Respuesta:



Las Conferencias Sectoriales se articulan como los instrumentos de
cooperación básicos de la Administración General del Estado con las
Comunidades Autónomas en sectores concretos de la actividad pública. Para
agilizar la ejecución de las tareas que tienen encomendadas y favorecer
la adopción de acuerdos, las conferencias sectoriales crean en su seno
grupos de trabajo especializados en materias muy concretas.



En el ámbito del Ministerio de Industria, Energía y Turismo en el año
2014, se refundieron las Conferencias Sectoriales de Industria y de la
Pequeña y Mediana Empresa, creando una única conferencia sectorial y
adaptándose de este modo al organigrama vigente del referido Ministerio.



Durante esta Legislatura y con este nuevo formato la Conferencia Sectorial
de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, se ha reunido el 12 de
marzo de 2014, con los siguientes puntos en el Orden del Día:



1. Acuerdo de Institucionalización de la Conferencia Sectorial.



2. Programa de Unidad de Mercado en el ámbito de Industria.



3. PYME. Ley de emprendedores, programa de apoyo a la Pequeña y Mediana
Empresa y Real Decreto 962/2013, de 5 de diciembre, por el que se crea el
Consejo Estatal de la Pequeña y Mediana Empresa.



En la Conferencia Sectorial del 12 de marzo, se aprobó la creación de un
grupo de trabajo que ha mantenido cuatro reuniones desde esa fecha.



El pasado día 16 de diciembre de 2014, se realizó una nueva reunión de la
Conferencia Sectorial con el siguiente orden del día:



1. Aprobación del Orden del Día.



2. Aprobación del Acta de la reunión anterior.



3. Aprobación del Reglamento de la Conferencia Sectorial de Industria y
Pequeña y Mediana Empresa.



4. Unidad de mercado.



4.1. Actividades del grupo de trabajo.



4.2. Estado de tramitación de los proyectos normativos.



4.3. Tramitación Reglamentaria de las normativas afectadas en las
Comunidades Autónomas.



5. Agenda para el fortalecimiento del sector industrial.



6. Ley de Industria.



7. Ruegos y preguntas.



Madrid, 25 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
119






184/064906



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia (GS).



Respuesta:



El esquema de interlocución, análisis e información estructurado en torno
a los observatorios industriales dio como resultado un amplio número de
estudios que pusieron al día el análisis de los principales sectores
industriales de nuestro país y proporcionaron orientaciones sobre por
dónde debían ir las líneas de actuación política.



Se inició en ese momento un periodo de reflexión para analizar las
posibilidades de evolución futura de los Observatorios sobre la base de
sus años de andadura, y a modificar el planteamiento de este esquema de
interlocución con los agentes sociales y los centros tecnológicos
especializados hacia la búsqueda de otros cauces de actividad que
culminaran la explotación del material disponible como consecuencia del
trabajo realizado hasta ese momento y siguiera dando frutos positivos en
forma de propuestas de medidas efectivas para la mejora de la
competitividad industrial.



De esta manera y de acuerdo con los sectores que han manifestado su
interés, se han creado dos foros de diálogo, sin coste presupuestario,
uno para el sector de Automoción, incluyendo fabricantes y componentes, y
otro para el sector de bienes de equipo. En el Foro participan las
asociaciones sectoriales, los sindicatos y los representantes
ministeriales adecuados según los distintos temas a tratar.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065060



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



Las distintas actuaciones en materia de política industrial consideradas
en los Presupuestos Generales del Estado tienen como objetivo fundamental
facilitar a la industria las condiciones necesarias para desarrollar y
materializar su potencial competitivo, posibilitando al mismo tiempo la
atracción de inversiones extranjeras que puedan contribuir a mejorar y
modernizar la industria nacional.



Para ello, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo pone a
disposición de empresas privadas españolas, con independencia de su
localización geográfica, financiación para la ejecución de inversiones
industriales productivas. No obstante, Canarias cuenta con dos líneas
específicas de financiación: una general para la Comunidad Autónoma de
Canarias y otra que se habilitó con ocasión de la erupción volcánica de
la isla de El Hierro.



En 2014, mediante la Orden IET/619/2014, de 11 de abril, por la que se
establecen las bases para la concesión de apoyo financiero a la inversión
industrial en el marco de la política pública de reindustrialización y
fomento de la competitividad industrial, confluyeron los dos programas de
política industrial: reindustrialización y fomento de la competitividad
de sectores estratégicos industriales, iniciados en 1997 y 2009
respectivamente con el objetivo común de potenciar la actividad
industrial, y que ya fueron modificados sustancialmente en 2013 para
adaptarlos a las prioridades de la nueva política industrial del Gobierno
y las exigencias de una gestión eficiente de los presupuestos públicos.
Como indica la propia orden de bases, ambos programas alinean sus
objetivos, prestando una atención singular a aquellas empresas que
incorporen tecnologías avanzadas en sus productos y procesos, generen
empleo cualificado con la mayor aportación posible de valor añadido y, en
definitiva, contribuyan a aumentar nuestra base exportadora y la
presencia de nuestros productos industriales en otros mercados. Otro
cambio destacable ha sido la configuración de estos programas como
instrumento de financiación alternativa, poniendo a disposición de las
empresas industriales préstamos sin componente de ayuda de Estado.




Página
120






En junio de 2014 se publicaron en el Boletín Oficial del Estado las
convocatorias de ayudas correspondientes a los programas de fomento de la
compe titividad industrial y reindustrialización. A través de estos
programas se ofrecen líneas de financiación a largo plazo tanto para la
creación y ampliación de establecimientos de producción como para la
mejora de las condiciones de fabricación de centros ya existentes.



En el ejercicio 2014 se van a destinar a estos fines 696,5 millones de
euros, de los que 398,5 se dedicarán a incentivar mejoras en la industria
ya implantada, con el objetivo de adaptar producciones a nuevos mercados,
a incorporar innovaciones a productos y procesos o a reducir costes y el
resto a la creación, traslado o ampliación de establecimientos
industriales. Los préstamos tienen un tipo de interés que oscila entre el
2,8 % y el 4,53 %, en función del sector y del riesgo del solicitante. Su
plazo total de amortización es de 10 años, siendo los tres primeros de
carencia.



Desde 2012 hasta 2014 el programa de fomento de la competitividad
industrial ha concedido en Canarias 4.382.500 euros en créditos
reembolsables para la realización de 2 planes de mejora en empresas, con
una generación de 21.912.400 euros en inversión asociada.



En el mismo periodo temporal, el apoyo de las dos convocatorias de
reindustrialización en la Comunidad Autónoma de Canarias se resume en el
siguiente cuadro:



Año;N.º proyectos apoyados;Inversión financiable;Apoyo subvención;Apoyo
préstamo



2012;37;16.662.340;1.364.750;11.122.233



Convocatoria Canarias;24;10.746.970;1.064.750;7.149.233



Convocatoria El Hierro;13;5.897.370;300.000;3.973.000



2013*;2;1.653.008;0;1.164.343



2014*;3;13.458.996;0;9.387.976



Total Canarias años 2012-2014;42;31.774.344;1.364.750;21.674.552



* Ninguno de los proyectos presentados a la convocatoria de El Hierro ha
alcanzado la puntuación suficiente



;;;;



En el ámbito PYME la Empresa Nacional de Innovación, S.A. (ENISA), empresa
pública dependiente del Ministerio de Industria, Energía y Turismo
participa activamente en la financiación de proyectos viables e
innovadores promovidos por pequeñas y medianas empresas y jóvenes
emprendedores.



ENISA ha apostado por un instrumento de financiación a medio camino entre
el préstamo comercial y la inversión de capital riesgo: el préstamo
participativo, que aporta recursos a largo plazo sin interferir en la
gestión de la empresa. Es un tipo de crédito subordinado, cuya
rentabilidad está ligada a la evolución de la empresa y que no exige más
garantías ni avales que un plan de negocio de calidad y un equipo gestor
cualificado y profesional. Es importante destacar que las líneas de
préstamos ENISA abarcan todas las fases de la actividad empresarial:
creación, crecimiento y consolidación.



A fecha 10 de diciembre de 2014, la cartera de ENISA en las Islas Canarias
acumula un total de 41 préstamos desembolsados por importe de 3.369.017
euros.



Por otro lado, y con el mismo fin de facilitar el acceso a la financiación
de las PYME, la Compañía Española de Reafianzamiento, S.A. (CERSA),
empresa adscrita al mismo Ministerio a través de la Dirección General de
Industria y de la PYME, reavala las garantías que ofrecen las sociedades
de garantía recíproca (SGR).



El fondo de provisiones técnicas de CERSA se ha reforzado
significativamente en los tres últimos años, lo que está permitiendo
ampliar de forma notable su capacidad de actuación, llegando a más PYMES
y ofreciendo una mayor cobertura en las garantías reavaladas.



En el año 2014, CERSA ha reavalado 83 operaciones en Canarias por importe
de 3,1 millones de euros. A 30 de septiembre de 2014 el número de avales
en vigor en esa Comunidad Autónoma es de 610 con 512 empresas por 27,1
millones de euros.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
121






184/065138



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Zaragoza Alonso, José (GS).



Respuesta:



El importe de las adquisiciones de mobiliario y enseres, realizadas con
cargo al Servicio 02, Aplicación Presupuestaria correspondiente a la
Secretaría de Estado de Seguridad asciende a un total de 373.868,27
euros.



En cuanto al procedimiento de adjudicación, al tratarse de Bienes
declarados de Adquisición Centralizada, homologados por la Dirección
General de Racionalización y Centralización de la Contratación, del
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, su adquisición se
realiza en el marco del vigente Catálogo de Bienes.



Empresa suministradora;Importe (€)



El Corte Inglés;16.519,21



Burodecor, S.A.;5.958,96



Mecalux Servis, S.A.;1.327,29



Mecalux Servis, S.A.;2.773,15



El Corte Inglés;9.038,36



Freixanet Sport, S.L.;21.617,86



Ofita Interiores, S.A.;20.971,72



Portinox, S.A.;21.238,76



AF Steelcase, S.A.;26.187,61



Burodecor, S.A.;37.261,15



Electro Hogar Espinosa, S.L.;399,00



Aldapisa;1.206,44



Ofita Interiores, S.A.;3.613,82



Ofita Interiores, S.A.;15.395,77



Ofita Interiores, S.A.;20.092,78



Canon España, S.A.;25.025,22



AF Steelcase, S.A.;30.799,97



Vives;35.008,85



Higasar Seguridad, S.L.;47.262,60



Mecalux Servis, S.A.;817,37



Fco. Sauceda García;2.728,50



Ofita Interiores, S.A.;4.893,85



Ofita Interiores, S.A.;5.039,60



Burodecor, S.A.;4.673,73



AF Steelcase, S.A.;6.825,01



Ofita Interiore,s S.A.;3.862,09



Burodecor, S.A.;3.330,60



En relación con la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, la
compra de mobiliario de oficina se realiza de idéntico modo a través del
Sistema de Contratación Centralizada Estatal de la Dirección General de
Racionalización y Centralización de la Contratación dependiente del
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.




Página
122






Las empresas adjudicatarias de los respectivos expedientes para dotar de
mobiliario a los centros dependientes de la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias y sus respectivos importes son los indicados
a continuación:



— Antonio Herraiz, S.A.: 38.211,73 euros.



— Intimus Internacional Spain, S.L.: 13.341,46 euros.



— Martín Yale Ibérica, S.L.: 16.769,39 euros.



— Ofita Interiores, S.A.: 25.323,88 euros.



— Ricoh España, S.L.U.: 83.015,68 euros.



— UTE Ednon, S.L-TRC Informática, S.L.: 4.593,60 euros.



— UTE Vives Soc. Coop. yOtros.: 254.231,51 euros.



Se ha de constatar que el Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y
Formación para el Empleo no ha comprado mobiliario de oficina en la
presente Legislatura (2012-2014).



En lo que respecta a la Dirección General de la Guardia Civil, hasta el
día 2 de diciembre de 2014, el mobiliario de oficina se ha adquirido
mediante el Sistema de Contratación Centralizada Estatal a través de un
expediente de suministro de material homologado, ya que el mismo estaba
así catalogado por la Subdirección General de Compras del Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.



Por otro lado, las empresas adjudicatarias de dichas compras en el
ejercicio 2014, fueron las siguientes:



Empresa;Importe (€)



Af;21.025,57



Alpadisa;54.919,25



Antonio Herraiz;4.179,29



Arka;36.160,70



Cto Amat 3;14.652,13



Dynamobel;58.216,07



Esmelux;2.838,66



Mobiliar;26.922,49



Novoclima;25.742,75



Ofita;37.329,52



Ute Vives;9.306,27



Por último, en lo referente a la Dirección General de la Policía, el
mobiliario de oficina se adquiere a través de la Dirección General de
Racionalización y Centralización de la Contratación por el procedimiento
de Expediente de Compra Centralizada. Las empresas adjudicatarias y los
respectivos importes de las tramitaciones realizadas en el año 2014 han
sido los siguientes:



Empresas a djudicata rias;Importes (€)



Ofita Interiores, S .A.;58.102,18



Dynamobel S .A.;120.318,88



P. de la Oliva, S .A.;39.116,66



A.F. Steelcase, S. A.;78.856,36



Mobiliar, S.L.;54.536,71



Mecalux;120.051,77



U.T.E. Vives Soc. Coop. Ltda. y otros;60.168,58



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065351, 184/068738



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).




Página
123






Respuesta:



Los informes de posicionamiento terapéuticos (IPT) de sofosbuvir (Sovaldi)
y simeprevir (Olysio) fueron aprobados por el Grupo de Coordinación del
Posicionamiento Terapéutico el 9 de septiembre de 2014 y publicados
posteriormente. En el caso de estos dos medicamentos, su aprobación se
trasladó también a la Comisión Permanente de Farmacia. Los informes se
actualizan ante nuevos datos.



Estos IPT garantizan la igualdad en el acceso, y trasladan sus
conclusiones a la «Estrategia terapéutica de priorización para el uso de
antivirales de acción directa para el tratamiento de la hepatitis crónica
por virus C (VHC) en el ámbito del Sistema Nacional de Salud» en el seno
de la Comisión Permanente de Farmacia.



El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS), como
máxima autoridad sanitaria de nuestro país, en el que participan el
Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y los Consejeros de
Sanidad de las Comunidades Autónomas, en el Pleno celebrado el pasado 14
de enero se ha acordado la elaboración del Plan Estratégico de Abordaje
de la Hepatitis C en el Sistema Nacional de Salud.



El pasado 26 de febrero, el comité de expertos nacionales e
internacionales, coordinados por el Dr. Joan Rodés, presentó el Plan
Estratégico Nacional para el Abordaje de la Hepatitis C. El objetivo
general es disminuir la morbimortalidad causada por el virus, mejorando
la prevención, el diagnóstico, el tratamiento y el seguimiento de los
pacientes en todo el Sistema Nacional de Salud.



En la elaboración del Plan han participado las Comunidades Autónomas, que
han aportado registros, genotipado y grado de fibrosis de sus pacientes,
además de la información sobre centros y unidades especializadas. También
los consejos profesionales de Medicina, Enfermería y Farmacia, las
sociedades científicas implicadas y las asociaciones de pacientes.



El Plan tendrá cuatro líneas de trabajo:



1. Conocer la magnitud del problema y prevención. En esta línea, el comité
de expertos ha recomendado realizar un registro de pacientes con
hepatitis C tratados con antivirales en el Sistema Nacional de Salud.
Además, proponen varias medidas orientadas a la prevención, como la
puesta en marcha de una página web para informar a la población, los
programas de cribado neonatal en mujeres con mayor riesgo de exposición a
la infección y de reducción de daños en el ámbito de Instituciones
Penitenciarias.



2. Establecer la estrategia terapéutica. En este punto, los expertos
recomiendan tratar con los nuevos antivirales a pacientes tanto
monoinfectados como coinfectados con el VIH. Dentro de ellos, los
pacientes prioritarios son los siguientes:



— Pacientes con fibrosis hepática significativa (F2 a F4) con
independencia de la existencia o no de complicaciones previas a la
hepatopatía.



— Pacientes en lista de espera de trasplante hepático o trasplantados
(hepáticos que hayan vuelto a infectarse y no hepáticos con hepatitis C).



— Pacientes que no hayan respondido a la triple terapia con inhibidores de
la proteasa de primera generación.



— Pacientes con hepatitis C con manifestaciones extrahepáticas
clínicamente relevantes del virus de la hepatitis C, sea cual sea el
grado de fibrosis.



— En cualquier caso, y también con independencia del grado de fibrosis, se
debe indicar el tratamiento en pacientes con elevado riesgo de trasmisión
y mujeres en edad fértil que deseen un embarazo.



Los tratamientos, que durarán, en general, 12 semanas (aunque
ocasionalmente la duración puede ser superior o inferior), serán
prescritos por el médico especialista.



3. Mecanismos de coordinación. Entre ellos, los expertos destacan la
necesidad de garantizar el acceso a los nuevos antivirales en condiciones
de equidad para los pacientes que lo precisen y, a la vez, monitorizar la
efectividad terapéutica y los resultados de salud en los pacientes.



4. I+D. El Plan elaborado por el comité de expertos prevé estudiar los
eventos específicos relacionados con la prevalencia e incidencia de la
infección y desarrollar líneas de trabajo con financiación a través del
Instituto de Salud Carlos III.




Página
124






Con el objetivo de poner en marcha las medidas incluidas en el Plan
Estratégico y de incorporar a la financiación pública todo el arsenal
terapéutico de antivirales de última generación, el Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha mantenido una negociación con
los laboratorios farmacéuticos que están desarrollando estos
medicamentos. En la Comisión Interministerial de Precios de los
Medicamentos, celebrada el 23 de febrero, se ha acordado incorporar tres
nuevos medicamentos, Harvoni (una combinación de sofosbuvir más
ledipasvir) y Vikerax y Exviera (una combinación de cuatro principios
activos: paritaprevir, ritonavir, dasabuvir y ombitasvir). Se han
empleado las fórmulas de riesgo compartido, una «tarifa plana» (significa
que el SNS paga lo mismo si el tratamiento dura las 12 semanas
establecidas que si hay que ampliarlo a 24 semanas), el precio por
volumen (a más pacientes baja el precio) y el techo de gasto.



En concreto, se ha establecido un techo de gasto de 727 millones de euros,
a pagar en tres años, lo que garantiza que los servicios de salud puedan
asegurar el acceso a estos medicamentos a los pacientes de manera
inmediata (el Plan establece un plazo de tres semanas) a los que se los
prescriban los hepatólogos en base a los criterios incluidos en el Plan.



El día 2 de marzo, los Ministerios de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad y de Hacienda y Administraciones Públicas han acordado con los
responsables de salud de las Comunidades Autónomas, un Plan de
Financiación para garantizar que todos los pacientes de hepatitis C que
cumplan los criterios establecidos por los médicos reciban tratamiento
con antivirales de última generación.



En concreto, el plan trasladado a las Comunidades Autónomas (CC.AA.)
implica poder aprovechar los fondos de financiación a Comunidades
Autónomas para financiar los tratamientos, devolviendo el dinero a 10
años, a tipos de interés del 0 %, en 2015 para las CCAA adheridas al
Fondo de Liquidez Autonómica (FLA), y también en 2016 y 2017 para las
adheridas a Facilidad Financiera.



Con Madrid y País Vasco, fuera de los mecanismos de financiación, se
negociará bilateralmente para garantizar también la equidad en el acceso
a los tratamientos de todos los pacientes



El Plan Estratégico para el Abordaje de la Hepatitis C recibirá la
aprobación formal en el próximo Consejo Interterritorial del Sistema
Nacional de Salud, previsto para finales de marzo. Sin embargo, los
pacientes ya pueden recibir los medicamentos y, de hecho, sólo en el mes
de enero son 4.500 los que se estima que han comenzado el tratamiento.



De acuerdo con el Plan Estratégico para el Abordaje de esta enfermedad,
España se convierte en el primer país del mundo en establecer una
garantía de tratamiento para los pacientes de hepatitis C con los nuevos
medicamentos.



Madrid, 10 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065646



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Barberà i Montserrat, Martí (GCiU).



Respuesta:



Las actividades que existían en el momento de la declaración de los
Parques y que son incompatibles con los objetivos de los mismos, tales
como la caza, deberán desaparecer en virtud de lo dispuesto en la Ley
30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales, en el plazo máximo de
6 años a partir de la entrada en vigor de la misma.



El coste de las indemnizaciones consecuencia de la eliminación de esas
actividades incompatibles, no se podrá conocer hasta no haber finalizado
un estudio detallado y se hayan realizado las pertinentes negociaciones
con los propietarios y titulares públicos o privados de los
correspondientes derechos.



En cuanto al calendario o previsión temporal en relación con las
indemnizaciones, no es posible concretar una planificación por estar
supeditada a los plazos y cuantías que se deriven de las negociaciones
con los propietarios, y a la correspondiente disponibilidad
presupuestaria.



En 2013, se solicitó la inclusión de esta línea de actuación en los
Presupuestos Generales del Estado y en 2014 se formalizó el Convenio de
indemnización con el Ayuntamiento de la Taha por los terrenos de un coto
de caza de su propiedad situado en el interior del Parque Nacional de
Sierra Nevada.




Página
125






En 2015, se han previsto 700.000 euros para la firma de convenios.



Está previsto el Convenio de indemnización con el Ayuntamiento de Los
Navalucillos en el Parque Nacional de Cabañeros (por la limitación de
aprovechamientos cinegéticos), por un total de 313.975,99 euros, cuya
firma se prevé en breve plazo. Se está igualmente negociando con otros
titulares.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065834



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que, de acuerdo con
la normativa de Patrimonio Nacional, los depósitos entre esta institución
y el Museo Nacional del Prado han sido objeto de sucesivas renovaciones
del acta de regularización de depósitos, entre los que se encuentran los
regulados en el Decreto de 2 de marzo de 1943 por el que se dispone el
depósito temporal en el Museo del Prado de los cuadros que se indican,
cuyo objeto lo constituyen cuatro obras maestras de Van der Weyden, El
Bosco y Tintoretto.



Patrimonio Nacional mantiene conversaciones con el Museo Nacional del
Prado acerca de las obras depositadas en esta institución con el objeto
de planificar debidamente la ordenación del futuro Museo de las
Colecciones Reales y conciliar sus necesidades con los depositarios.



Asimismo, se informa que antes de que finalizase la vigencia del depósito
constituido en el Museo Nacional del Prado, el Presidente del Consejo de
Administración de Patrimonio Nacional remitió el borrador de un nuevo
documento de depósito al Presidente del Patronato del Museo Nacional del
Prado, como se ha venido haciendo en anteriores vencimientos, de acuerdo
con el artículo 41 del Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora
del Patrimonio Nacional.



Con motivo de la propuesta de regularización por Patrimonio Nacional del
año 2014, que se apartaba de las condiciones de los depósitos de las
obras citadas, se produjo un desacuerdo entre ambas instituciones. Ha de
señalarse que Patrimonio Nacional tiene depositadas 6 obras en el Museo
Nacional del Prado, y éste 28 obras en los distintos Palacios y
Monasterios Reales de Patrimonio Nacional.



Las obras depositadas en el Museo del Prado se encuentran perfectamente
integradas dentro de las grandes colecciones reales de pintura y
escultura que integran dicho Museo y en un contexto ideal para ser
apreciadas por los especialistas y por el público junto al resto de las
obras de los mismos artistas y de sus escuelas. El nuevo Museo de
Colecciones Reales contará con la plena colaboración del Museo Nacional
del Prado y museos dependientes del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte para poner en valor las extraordinarias colecciones que conserva
Patrimonio Nacional.



Se informa, asimismo, que el control de los bienes por los que se interesa
Su Señoría se realiza de conformidad con lo establecido en el capítulo II
del título II del Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del
Patrimonio Nacional, en concreto en los artículos 12 a 16.



En cumplimiento de estos artículos, se destaca que el Inventario General
de los bienes y derechos de Patrimonio Nacional se actualiza anualmente
distinguiendo entre:



— El inventario de bienes muebles histórico-artísticos, entre los que se
incluyen los vehículos históricos.



— El inventario de bienes inmuebles, que comprende todos los inmuebles de
Patrimonio Nacional y dentro del cual se incluyen también los derechos
reales.




Página
126






— El inventario de semovientes, en el que se incluyen las especies
salvajes con funciones ornamentales, con valor económico y ecológico que
se encuentran en los espacios naturales de Patrimonio Nacional, así como
los caballos utilizados en las ceremonias oficiales.



El 31 de octubre de 2014 se aprobó el Acuerdo del Consejo de Ministros con
la última modificación de los inventarios de Patrimonio Nacional,
realizada a fecha de 31 de diciembre de 2012. En esta fecha, el
inventario de bienes muebles histórico-artísticos asciende a 154.420
objetos, el de bienes inmuebles a 1.227 y el de semovientes asciende a
10.640 animales censados. El contenido de estos Acuerdos y su
documentación anexa se encuentra a disposición informativa de todos los
grupos parlamentarios.



Asimismo, cabe destacar que este Inventario General de los bienes y
derechos del Patrimonio Nacional debe diferenciarse del Inventario del
Consejo de Administración de Patrimonio Nacional, al que se refiere el
artículo 67.l) del mencionado Real Decreto 496/1987, en el que se
incluyen los bienes adscritos al funcionamiento propio de esta entidad
pública, como son los recursos informáticos o el mobiliario de oficina.



Finalmente, se indica que todos los bienes que conforman el Inventario de
bienes y derechos de Patrimonio Nacional se encuentran en la ubicación
que en él se recoge.



Madrid, 2 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065959



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tardà i Coma, Joan (GMx).



Respuesta:



En relación con las cuestiones planteadas cabe señalar que, debido a que
los calendarios de ejecución no coinciden con el ejercicio presupuestario
(los cursos académicos se extienden en dos ejercicios presupuestarios
diferentes), se aportan a continuación los importes ejecutados y
concedidos en cada curso académico:



2011-2012: 61.295.122,50 euros.



2012-2013: 36.475.973,75 euros.



2013-2014: 37.039.248,75 euros.



2014-2015 (datos parciales y provisionales): 16.272.450,00 euros.



Hay que tener en cuenta que el curso 2014-2015 se encuentra actualmente en
tramitación, por lo que se aporta el dato provisional de lo concedido
hasta ahora, correspondiente al primer semestre del curso académico
2014/15. Por lo tanto, este dato debe completarse con el de los importes
concedidos a los beneficiarios que se trasladan para cursar el segundo
semestre del curso académico, a partir de febrero de 2015.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065996, 184/066000, 184/066003, 184/066007, 184/066011, 184/066014,
184/066015, 184/066018



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sanz Remón, Álvaro (GIP).




Página
127






Respuesta:



A continuación se detalla la información por la que se interesa Su
Señoría:



Proyecto;Ejecución;;Observaciones



;Inversión prevista



(Euros);Inversión realizada



(Euros);



«C.R. BARBUÉS-SANGARRÉN-TORRÉS B



EN MOLINAR DE FLUMEN», FASE I;5.600.000;7.000;La obra se inició en
noviembre de 2014.



C.R. LA CONCEPCIÓN DE TAMARITE DE LITERA;5.131.000;3.061.000;



C.R. EL PUNTAL TAMARITE DE LITERA;4.096.000;1.992.000;



ACEQUIA A-19-20 HUERTO EN HUESCA;3.584.000;1.128.000;



«C.R. LASESA», FASE II;1.400.000;—;Esta obra no se ha iniciado todavía y
se encuentra entre las actuaciones previstas para su ejecución en la 1.ª
modificación del convenio Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente-Sociedad Estatal de Infraestructuras agrarias, S.A.



«C.R. MOLINAR DE FLUMEN», FASE II;8.863.000;30.000;Esta obra se inició en
octubre de 2014.



«ABASTECIMIENTO DE LA ZONA



CENTRAL DE LAS CUENCAS MINERAS



DESDE EL EMBALSE DE LA PRESA DE LAS PARRAS».1;Grado de ejecución del 1,7 %
a fecha de 31 de diciembre de 2014.;;Las obras han estado condicionadas a
la suscripción del convenio con los usuarios. El proyecto ha sido
adjudicado el 29 de enero de 2015.



ABASTECIMIENTO A ZARAGOZA 4.ª FASE2;Grado de ejecución del 5 % a fecha de
31 de dicie mbre de 2014.;;Ha sido necesario redactar de nuevo los
proyectos de los ramales para adaptarlos a la realidad actual. El
proyecto de la prolongación del Ramal de Huerva-1 está en tramitación y
el proyecto del Ramal del Gállego está en fase de licitación y será
adjudicado en breve.



1 Puede consultarse la información correspondiente a la actuación el
siguiente enlace:
http://www.acuaes.com/perfil-del-contratante/adjudicaciones/ejecucion-de-las-obras-del-proyecto-constructivo



2 Los detalles de la actuación están descritas en el siguiente enlace:
http://www.acuaes.com/actuacion/abastecimiento-de-aguas-zaragoza-y-corredor-del-ebro-cuarta-fase.;;;



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066063



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto y Martínez Olmos, José (GS).



Respuesta:



La calificación Viabilidad Económica Comprometida (VEC) data de los
ejercicios 2010-2011.



La escala de deducción se modificó por el Real Decreto-ley 16/2012, de 20
de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del
Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus
prestaciones.



El sistema VEC es independiente de la situación de la oficina de farmacia
(rural o urbana). La ubicación no se considera a efectos de calificación
VEC, tal y como consta en los documentos que periódicamente publica el
Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos de España.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
128






184/066079



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Vázquez Morillo, María José (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Real Decreto
779/2013, de 11 de octubre, por el que se establece el título de Técnico
Superior en Promoción de Igualdad de Género y se fijan sus enseñanzas
mínimas, establece en su artículo 12, dedicado al profesorado, que la
docencia de los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas de
este ciclo formativo corresponde al profesorado del Cuerpo de
Catedráticos de Enseñanza Secundaria, del Cuerpo de Profesores de
Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación
Profesional, según proceda, de las especialidades establecidas en el
anexo III A) de este real decreto, así como al profesorado especialista
que se incorpore de conformidad con el artículo 95 de la Ley 2/2006, de 3
de mayo, de Educación.



Las titulaciones requeridas para acceder a los cuerpos docentes citados
son, con carácter general, las establecidas en el artículo 13 del Real
Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento
de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos
docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere
la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, que exige para
participar en los procedimientos selectivos, además de estar en posesión
de la formación pedagógica y didáctica:



— Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria,
estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto
o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a
efectos de docencia.



— Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación
Profesional, estar en posesión de la titulación de Diplomado
Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o el título de Grado
correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.



Para el profesorado de los centros de titularidad privada o de titularidad
pública de otras Administraciones distintas de las educativas, las
titulaciones requeridas y los requisitos necesarios para la impartición
de los módulos profesionales que conforman el título son las incluidas en
el anexo III C) del mencionado Real Decreto 779/2013, es decir,
licenciado, ingeniero, arquitecto o el título de grado correspondiente o
aquellos que hayan sido declarados equivalentes. En todo caso, se exigirá
que las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los
objetivos de los módulos profesionales y, si dichos objetivos no
estuvieran incluidos, además de la titulación deberá acreditarse,
mediante certificación, una experiencia laboral de, al menos, tres años
en el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades
productivas en empresas u organizaciones relacionadas implícitamente con
los resultados de aprendizaje.



Por tanto, los Graduados en Igualdad de Género podrán impartir docencia
con las condiciones establecidas por las normas mencionadas, sin
necesidad de que su titulación se incluya como habilitante.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066080



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Vázquez Morillo, María José (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que por Real Decreto
1834/2008, de 8 de noviembre, se definen las condiciones de formación
para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria,
el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen
especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de
enseñanza secundaria.




Página
129






Por tanto, en esta norma se establecen las especialidades docentes de los
cuerpos de catedráticos de enseñanza secundaria, profesores de enseñanza
secundaria y profesores técnicos de formación profesional y se define la
asignación de materias y módulos que deberá impartir el profesorado
respectivo. Asimismo, se determina la validez de los títulos
universitarios oficiales de máster para acreditar la formación pedagógica
y didáctica exigida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, para ejercer la docencia en determinadas enseñanzas del
sistema educativo.



No se establece una correlación entre titulaciones universitarias y
especialidades docentes. La especialidad de los funcionarios de los
cuerpos docentes depende del correspondiente procedimiento selectivo, de
conformidad con lo establecido en el Real Decreto 276/2007, de 23 de
febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y
adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se
refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula
el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición
transitoria decimoséptima de la citada ley. Esta norma exige para
participar en los procedimientos selectivos, además de estar en posesión
de la formación pedagógica y didáctica:



— Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria,
estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto
o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a
efectos de docencia.



— Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación
Profesional, estar en posesión de la titulación de Diplomado
Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o el título de Grado
correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.



Por tanto los Graduados en Igualdad de Género podrán presentarse a los
correspondientes procesos selectivos por la especialidad que deseen.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066094



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gordo Pérez, Juan Luis (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada se indica, respecto al curso
2012-2013, que los reintegros de becas se regulan en el capítulo VI
«Verificación y control» de la Resolución de 2 de agosto de 2012, de la
Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades,
por la que se convocan becas de carácter general y de movilidad para el
curso académico 2012-2013, para estudiantes de enseñanzas universitarias.



De acuerdo con la normativa reguladora, las Universidades disponen de un
período de cuatro años para iniciar este procedimiento. En consecuencia,
el plazo para la tramitación de estos expedientes está actualmente
vigente, por lo que todavía no se pueden elaborar estadísticas acerca de
los estudiantes que han tenido que devolver su beca al no aprobar la
mitad de las asignaturas en el curso 2012-2013.



Por ese motivo, sólo se dispone de datos a nivel nacional. Los expedientes
iniciados a fecha actual por no aprobar el 50 % de los créditos en los
que se han matriculado los estudiantes son 14.245 y, en concreto, en
6.766 casos, los becarios han devuelto voluntariamente el importe de la
beca.



Madrid, 13 marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066185



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Errekondo Saltsamendi, Xabier Mikel (GMx).




Página
130






Respuesta:



Las investigaciones por los hechos referidos en la pregunta de referencia
fueron inmediatas y culminaron como bien es conocido con la detención y
puesta a disposición policial de los individuos que concertaron e
intervinieron en la riña multitudinaria, así como de los presuntos
responsables y partícipes de la brutal agresión y posterior fallecimiento
del hincha del Deportivo de La Coruña.



Además de ello, las autoridades del Ministerio del Interior y del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte acordaron poner en marcha
diversas medidas consistentes en esencia, en lo que se refiere a las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en:



La implantación de criterios objetivos para que los coordinadores de
seguridad de los clubes transmitan a la Policía una información completa
y precisa que minimice el riesgo de que se produzcan incidentes entre
aficionados. En esa información, deberá constar el número de localidades
vendidas, se identificará a los compradores y se señalará el medio de
desplazamiento de los seguidores.



— Se incorporarán a las actas de los coordinadores de seguridad las
manifestaciones de violencia verbal.



— Se llevarán a cabo acciones de sensibilización con menores en Centros
Educativos sobre este tipo de conductas.



— Se evaluará la posibilidad de introducir cambios normativos para
incrementar el control del acceso a los estadios.



— La puesta en marcha por la Secretaría de Estado de Seguridad de un
Protocolo de actuación para erradicar la discriminación y la violencia
por delitos de odio en España, en cuyo capítulo dedicado a la violencia
en el deporte se recogen las pautas de actuación en materia de
prevención, para dotar de mayor seguridad la celebración de encuentros
deportivos.



— La inclusión de los grupos de ultras de los equipos de fútbol en el Plan
de Actuación contra Grupos Organizados y Violentos de carácter Juvenil,
puesto en marcha en 2005 y revisado recientemente. Ello supondrá la
consideración de los mismos como grupos susceptibles de la aplicación de
las medidas policiales de carácter preventivo contempladas en el referido
Plan.



A los grupos de ideología de extrema derecha les son de aplicación, como
no podía ser de otro modo, las actuaciones pautadas en el Plan antes
mencionado. En este sentido destacar que permanecen actualmente abiertas
varias operaciones contra este tipo de grupos.



Por último, se señala que la Comisión Estatal contra la Violencia, el
Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte formula sus
propuestas de sanción contra personas físicas y jurídicas perfectamente
identificadas.



Por otro lado, se señala que el llamado «Frente Atlético» carece de
personalidad jurídica, lo que no impide que las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad lo tomen en consideración a efectos de prevención. Por ello,
existen propuestas de sanción formuladas a una persona individual que
resulta identificada como infractora, si bien se hace constar su
pertenencia o integración en el citado grupo.



El Frente Atlético se constituye como una peña deportiva formada por
aproximadamente 2.500 miembros de carácter muy heterogéneo, con
expresiones ideológicas externas de carácter extremista, incluyendo
exhibición, en el pasado, de banderas y prendas propias de grupos de
ultraderecha y/o neonazis. En la actualidad, no se permite el acceso a
los estadios españoles a ninguna persona con prendas o banderas con
dichos símbolos, siendo retiradas por los servicios de seguridad tan
pronto son detectadas.



Las acciones violentas perpetradas por algunos de los miembros de esta
peña han consistido, mayoritariamente, en delitos contra el orden
público, daños y algunas agresiones con lesiones —en dos ocasiones, con
resultado de muerte—, que han motivado la detención y puesta a
disposición judicial de sus presuntos autores.



Madrid, 9 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066278



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Esteban Bravo, Aitor (GV).




Página
131






Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe señalar que no existe en
los Presupuestos Generales del Estado ninguna aplicación presupuestaria
específica para atender los gastos de representación de los Altos Cargos,
los cuales se incluyen en aplicaciones presupuestarias genéricas.



No obstante, se proporciona a Su Señoría el documento Anexo I donde
figuran las obligaciones reconocidas con cargo a los subconceptos 226.01
«Atenciones protocolarias y representativas», 226.10 «Gastos de
representación de Embajadores y Jefes de Misión» y 226.11 «Gastos
protocolarios y representativos derivados de actos institucionales» del
Presupuesto de Gastos de la Administración General del Estado de los
ejercicios 2011-2013, con detalle de sección y subconcepto.



Se adjunta asimismo el Anexo II donde figuran las obligaciones reconocidas
con cargo a los subconceptos 226.01 «Atenciones protocolarias y
representativas» y 226.11 «Gastos protocolarios y representativos
derivados de actos institucionales» de los Presupuestos de Gastos de los
Organismos Autónomos, Agencias Estatales y Otros Organismos Públicos
dependientes de la Administración General del Estado de los ejercicios
2011-2013, con detalle de Organismo y subconcepto. No se dispone de
información de los siguientes Organismos (no adheridos al Sistema de
Información Contable SIC´3): Instituto Cervantes, Centro de Estudios y
Experimentación de Obras Públicas, Consejo Superior de Investigaciones
Científicas y Universidad Nacional de Educación a Distancia.



Por último y en relación con los gastos realizados con tarjetas de
crédito, cabe informar a Su Señoría que en los Ministerios todos los
pagos, incluidos los de atenciones protocolarias, se rigen por la Orden
PRE/1576/2002, de 19 de junio, por la que se regula el procedimiento para
el pago de las obligaciones en la Administración General del Estado. En
dicha norma no está previsto el uso de tarjetas de crédito como medio de
pago.



Del mismo modo, se señala que la Ley Reguladora del Ejercicio del Alto
Cargo de la AGE, recientemente tramitada por las Cortes Generales,
prohíbe taxativamente, por primera vez en España, el uso de este
instrumento en la Administración Española.



ANEXO I



Obligaciones reconocidas con cargo a los subconceptos 226.01 «Atenciones
protocolarias y representativas», 226.10 «Gastos de representación de
embajadores y jefes de misión» y 226.11 «Gastos protocolarios y
representativos derivados de actos institucionales» del presupuesto de
gastos de la Administración General del Estado de los años 2011-2013.



Detalle por sección y subconcepto (importes en euros)



Sección/Subconcepto;2011;2012;2013



;Obligaciones reconocidas;Obligaciones reconocidas;Obligaciones
reconocidas



03 TRIBUNAL DE CUENTAS;69.113,43;41.495,92;33.158,38



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;69.113,43;41.495,92;33.158,38



04 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL;59.216,51;52.660,38;55.475,84



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;59.216,51;52.660,38;55.475,84



05 CONSEJO DE ESTADO;42.238,82;27.352,99;26.349,76



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;42.238,82;27.352,99;26.349,76



08 CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL;278.847,55;170.624,50;144.206,81



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;278.847,55;170.624,50;144.206,81



12 MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE
COOPERACIÓN;6.019.400,68;4.782.956,16;4.386.661,46



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;61.766,90;54.812,10;59.455,67




Página
132






Sección/Subconcepto;2011;2012;2013



;Obligaciones reconocidas;Obligaciones reconocidas;Obligaciones
reconocidas



22610 Gastos de representación de Embajadores y Jefes de
Misión;3.501.228,00;3.468.424,57;3.043.976,00



22611 Gastos protocolarios y representativos derivados de actos
institucionales;2.456.405,78;1.259.719,49;1.283.229,79



13 MINISTERIO DE JUSTICIA;136.015,32;147.273,85;153.831,02



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;136.015,32;147.273,85;153.831,02



14 MINISTERIO DE DEFENSA;1.498.077,53;1.250.298,22;1.030.054,20



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;60.509,94;49.729,57;56.033,83



22611 Gastos protocolarios y representativos derivados de actos
institucionales;1.437.567,59;1.200.568,65;974.020,37



15 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA;109.980,20;;



22601 Atenciones protocolarias y representativas;109.980,20;;



15 MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS;;317.293,22;332.419,21



22601 Atenciones protocolarias y representativas;;261.359,06;270.234,98



22611 Gastos protocolarios y representativos derivados de actos
institucionales;;55.934,16;62.184,23



16 MINISTERIO DEL INTERIOR;791.163,82;642.001,20;639.450,10



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;248.834,07;171.643,52;183.415,69



22611 Gastos protocolarios y representativos derivados de actos
institucionales;542.329,75;470.357,68;456.034,41



17 MINISTERIO DE FOMENTO;121.176,67;55.137,99;57.143,54



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;121.176,67;55.137,99;57.143,54



18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN;35.773,90;;



22601 Atenciones protocolarias y representativas;35.773,90;;



18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE;;15.675,07;19.235,74



22601 Atenciones protocolarias y representativas;;15.675,07;19.235,74



19 MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL;;67.048,29;74.296,15



22601 Atenciones protocolarias y representativas;;67.048,29;74.296,15



19 MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN;96.285,40;;



22601 Atenciones protocolarias y representativas;96.285,40;;



20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO;;24.159,35;24.878,41



22601 Atenciones protocolarias y representativas;;24.159,35;24.878,41



20 MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO;93.355,05;;



22601 Atenciones protocolarias y representativas;93.355,05;;



21 MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN;10.757,27;;



22601 Atenciones protocolarias y representativas;10.757,27;;



22 MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA;366.831,08;;



22601 Atenciones protocolarias y representativas;305.205,62;;




Página
133






Sección/Subconcepto;2011;2012;2013



;Obligaciones reconocidas;Obligaciones reconocidas;Obligaciones
reconocidas



22611 Gastos protocolarios y representativos derivados de actos
institucionales;61.625,46;;



23 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO
AMBIENTE;;68.429,37;92.307,30



22601 Atenciones protocolarias y representativas;;68.429,37;92.307,30



23 MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO;60.053,08;;



22601 Atenciones protocolarias y representativas;60.053,08;;



24 MINISTERIO DE CULTURA;38.989,85;;



22601 Atenciones protocolarias y representativas;38.989,85;;



25 MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA (*);643.246,71;395.350,03;350.760,71



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;643.246,71;395.350,03;350.760,71



26 MINISTERIO DE SANIDAD, POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD;54.295,65;;



22601 Atenciones protocolarias y representativas;53.689,77;;



22611 Gastos protocolarios y representativos derivados de actos
institucionales;605,88;;



26 MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E
IGUALDAD;;28.290,57;33.633,10



22601 Atenciones protocolarias y representativas;;20.962,41;22.633,96



22611 Gastos protocolarios y representativos derivados de actos
institucionales;;7.328,16;10.999,14



27 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD;;40.662,37;38.877,38



22601 Atenciones protocolarias y representativas;;40.662,37;38.877,38



TOTAL GENERAL;10.524.818,52;8.126.709,48;7.492.739,11



(*) Además de estas aplicaciones, en el ejercicio 2012 el Ministerio de la
Presidencia reconoció obligaciones por importe de 2.929.603,16 € con
cargo a la aplicación 2501 912M 22611 Gastos diversos Cumbre
Iberoamericana 2012.;;;



ANEXO II



Obligaciones reconocidas con cargo a los subconceptos 226.01 «Atenciones
protocolarias y representativas» y 226.11 «Gastos protocolarios y
representativos derivados de actos institucionales» de los presupuestos
de gastos de los Organismos Autónomos, Agencias Estatales y Otros
Organismos Públicos Dependientes de la AGE de los años 2011-2013.



Detalle por organismo y subconcepto (importe en euros)



Sección/Subconcepto;2011;2012;2013



;Obligaciones reconocidas;Obligaciones reconocidas;Obligaciones
reconocidas



A.E. DE EVALUACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS Y CALIDAD DE LOS
SERVICIOS;1.153,86;851,92;768,72



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.153,86;851,92;768,72




Página
134






Sección/Subconcepto;2011;2012;2013



;Obligaciones reconocidas;Obligaciones reconocidas;Obligaciones
reconocidas



AG. ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL
DESARROLLO;7.239,14;5.408,64;4.444,64



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;7.239,14;5.408,64;4.444,64



AGENCIA ESPAÑOLA DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS;;1.027,40;736,35



22601 Atenciones protocolarias y representativas;;1.027,40;736,35



AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS;;4.403,86;3.095,26



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;4.403,86;3.095,26;2.147,76



AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE LA SALUD EN EL
DEPORTE;1.929,84;;1.751,80



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.929,84;;1.751,80



AGENCIA ESPAÑOLA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y
NUTRICIÓN;5.568,91;338,13;268,86



22601 Atenciones protocolarias y representativas;5.568,91;338,13;268,86



AGENCIA ESTATAL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO;;224,71;



22601 Atenciones protocolarias y representativas;;224,71;



AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA;78.088,66;57.410,94;70.782,08



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;78.088,66;57.410,94;70.782,08



AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGÍA;769,75;1.614,16;1.948,89



22601 Atenciones protocolarias y representativas;769,75;1.614,16;1.948,89



AGENCIA ESTATAL DE SEGURIDAD AÉREA;1.038,83;750,54;1.912,23



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.038,83;750,54;1.912,23



AUTORIDAD INDEPENDIENTE DE RESPONSABILIDAD FISCAL;;;



22601 Atenciones protocolarias y representativas;;;



BIBLIOTECA NACIONAL;1.026,48;203,20;197,70



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.026,48;203,20;197,70



CANAL DE EXPERIENCIAS HIDRODINÁMICAS DE EL PARDO;1.318,10;2.202,88;698,28



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.318,10;2.202,88;698,28



CENTRO DE ESTUDIOS POLÍTICOS Y CONSTITUCIONALES;2.256,55;2.340,00;2.339,81



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;2.256,55;2.340,00;2.339,81



CENTRO DE ESTUDIOS Y EXPERIMENTACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS;542,58;;



22601 Atenciones protocolarias y representativas;542,58;;



CENTRO DE INVEST. ENERGÉTICAS, MEDIOAMBIENTALES Y
TECNOLÓGICAS;883,63;344,60;289,91



22601 Atenciones protocolarias y representativas;883,63;344,60;289,91



CENTRO DE INVESTIGACIONES SOCIOLÓGICAS;1.544,36;2.176,34;2.980,58



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;1.544,36;2.176,34;2.980,58




Página
135






Sección/Subconcepto;2011;2012;2013



;Obligaciones reconocidas;Obligaciones reconocidas;Obligaciones
reconocidas



CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGÍA;1.306,01;256,55;484,00



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.306,01;256,55;484,00



CENTRO NACIONAL DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA;1.251,95;469,01;416,96



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.251,95;469,01;416,96



COMISIÓN NACIONAL DE LA COMPETENCIA;10.396,75;4.838,43;9.182,92



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;10.396,75;4.838,43;9.182,92



COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA;;;



22601 Atenciones protocolarias y representativas;;;



COMISIONADO PARA EL MERCADO DE TABACOS;463,10;330,84;597,05



22601 Atenciones protocolarias y representativas;463,10;330,84;597,05



CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL CANTÁBRICO;2.338,31;1.226,52;665,49



22601 Atenciones protocolarias y representativas;2.338,31;1.226,52;665,49



CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO;1.488,11;;1.830,00



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.488,11;;1.830,00



CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO;1.941,94;1.811,32;1.829,95



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;1.941,94;1.811,32;1.829,95



CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR;1.076,63;1.830,00;1.829,35



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;1.076,63;1.830,00;1.829,35



CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA;1.411,67;1.142,20;323,45



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.411,67;1.142,20;323,45



CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR;1.740,06;1.794,12;957,90



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.740,06;1.794,12;957,90



CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL MIÑO-SIL;270,50;1.706,37;373,31



22601 Atenciones protocolarias y representativas;270,50;1.706,37;373,31



CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO;1.230,72;974,17;1.551,59



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.230,72;974,17;1.551,59



CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO
NACIONAL;246.458,73;263.877,07;235.918,53



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;4.396,60;1.934,20;3.383,64



22611 Gastos protocolarios y representativos derivados de actos
institucionales;242.062,13;261.942,87;232.534,89



CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR;43.889,11;42.767,51;47.748,69



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;43.889,11;42.767,51;47.748,69



CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL;39.686,25;28.770,92;9.888,39



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;39.686,25;28.770,92;9.888,39



CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES;8.232,94;3.369,04;2.110,32



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;8.232,94;3.369,04;2.110,32



CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS;1.598,57;2.103,51;854,84



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.598,57;2.103,51;854,84




Página
136






Sección/Subconcepto;2011;2012;2013



;Obligaciones reconocidas;Obligaciones reconocidas;Obligaciones
reconocidas



CRÍA CABALLAR DE LAS FUERZAS ARMADAS;1.811,67;549,91;1.201,68



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.811,67;549,91;1.201,68



FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA;1.373,63;650,57;1.552,49



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.373,63;650,57;1.552,49



GERENCIA DE INFRAESTR. Y EQUIPAM. DE LA SEGURIDAD DEL
ESTADO;1.760,77;281,09;1.446,12



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.760,77;281,09;1.446,12



GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS;340,04;;



22601 Atenciones protocolarias y representativas;340,04;;



INST. PARA LA REESTRUCT. DE LA MINERÍA DEL CARBÓN Y
D.A.C.M.;;184,20;173,40



22601 Atenciones protocolarias y representativas;;184,20;173,40



INSTITUTO CERVANTES;12.518,48;3.800,61;4.911,90



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;12.518,48;3.800,61;4.911,90



INSTITUTO DE ASTROFÍSICA DE CANARIAS;739,90;1.064,45;2.120,76



22601 Atenciones protocolarias y representativas;739,90;1.064,45;2.120,76



INSTITUTO DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA DE CUENTAS;93,92;;



22601 Atenciones protocolarias y representativas;93,92;;



INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES;1.531,77;1.851,47;2.297,77



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;1.531,77;1.851,47;2.297,77



INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES
AUDIOVISUALES;1.431,92;1.007,35;144,42



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.431,92;1.007,35;144,42



INSTITUTO DE LA JUVENTUD;1.967,14;1.057,17;1.239,14



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;1.967,14;1.057,17;1.239,14



INSTITUTO DE LA MUJER;1.112,42;;



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.112,42;;



INSTITUTO DE SALUD CARLOS III;1.143,98;2.253,16;350,67



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.143,98;2.253,16;350,67



INSTITUTO DE TURISMO DE ESPAÑA;761,28;1.678,07;1.843,86



22601 Atenciones protocolarias y representativas;761,28;1.678,07;1.843,86



INSTITUTO DE VIVIENDA, INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DE LA
DEFENSA;2.057,90;1.231,75;2.111,75



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;2.057,90;1.231,75;2.111,75



INSTITUTO ESPAÑOL DE COMERCIO EXTERIOR;7.334,54;;



22601 Atenciones protocolarias y representativas;7.334,54;;




Página
137






Sección/Subconcepto;2011;2012;2013



;Obligaciones reconocidas;Obligaciones reconocidas;Obligaciones
reconocidas



INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFÍA;2.189,48;1.625,17;951,15



22601 Atenciones protocolarias y representativas;2.189,48;1.625,17;951,15



INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA;2.297,90;1.564,53;1.834,38



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;2.297,90;1.564,53;1.834,38



INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA;3.892,75;3.744,74;3.698,37



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;3.892,75;3.744,74;3.698,37



INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y DE LA
MÚSICA;1.476,78;1.017,35;733,86



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.476,78;1.017,35;733,86



INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL
TRABAJO;1.144,77;612,16;252,00



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.144,77;612,16;252,00



INSTITUTO NACIONAL DE TÉCNICA AEROESPACIAL ESTEBAN
TERRADAS;1.647,80;1.445,14;1.391,29



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;1.647,80;1.445,14;1.391,29



INSTITUTO SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS;1.128,48;2.052,02;1.364,02



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;1.128,48;2.052,02;1.364,02



JEFATURA DE TRÁFICO;2.994,81;2.999,49;2.949,34



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;2.994,81;2.999,49;2.949,34



MANCOMUNIDAD DE LOS CANALES DEL TAIBILLA;2.132,46;988,71;1.231,54



22601 Atenciones protocolarias y representativas;2.132,46;988,71;1.231,54



MUSEO NACIONAL CENTRO DE ARTE REINA SOFÍA;2.292,84;2.332,15;2.289,29



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;2.292,84;2.332,15;2.289,29



MUSEO NACIONAL DEL PRADO;11.090,23;4.532,34;4.788,47



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;11.090,23;4.532,34;4.788,47



MUTUALIDAD GENERAL DE FUNCIONARIOS CIVILES DEL
ESTADO;272,92;188,00;1.317,05



22601 Atenciones protocolarias y representativas;272,92;188,00;1.317,05



MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL;73,00;116,11;161,92



22601 Atenciones protocolarias y representativas;73,00;116,11;161,92



OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS;150,68;199,16;176,74



22601 Atenciones protocolarias y representativas;150,68;199,16;176,74



PARQUE DE MAQUINARIA;872,50;;



22601 Atenciones protocolarias y representativas;872,50;;



PARQUE MÓVIL DEL ESTADO;543,62;264,10;



22601 Atenciones protocolarias y representativas;543,62;264,10;




Página
138






Sección/Subconcepto;2011;2012;2013



;Obligaciones reconocidas;Obligaciones reconocidas;Obligaciones
reconocidas



REAL PATRONATO SOBRE DISCAPACIDAD;359,80;952,61;259,89



22601 Atenciones protocolarias y representativas;359,80;952,61;259,89



SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL;2.083,16;1.236,40;1.406,31



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;2.083,16;1.236,40;1.406,31



TRABAJO PENITENCIARIO Y FORMACIÓN PARA EL
EMPLEO;1.549,00;1.461,45;2.389,93



22601 Atenciones protocolarias y
representativas;1.549,00;1.461,45;2.389,93



UNIVERSIDAD INTERNACIONAL MENÉNDEZ PELAYO;1.867,46;1.538,68;430,10



22601 Atenciones protocolarias y representativas;1.867,46;1.538,68;430,10



UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA;;55.729,40;59.645,31



22601 Atenciones protocolarias y representativas;;55.729,40;59.645,31



TOTAL GENERAL;548.585,70;535.465,81;514.495,27



(*) Datos provisionales en 2014 hasta la aprobación de las Cuentas Anuales
y no se dispone de información de los siguientes Organismos (no adheridos
a SIC´3): Instituto Cervantes, Centro de Estudios y Experimentación de
Obras Públicas, Consejo Superior de Investigaciones Científicas y
Universidad Nacional de Educación a Distancia.;;;



Madrid, 27 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066389



En el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 646, de 14 de abril
de 2015, se ha omitido por error la ampliación de la contestación del
Gobierno a la pregunta para respuesta escrita de referencia, cuyo texto
se publica a continuación.



Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de abril de 2015.



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



Como continuación a la respuesta del Gobierno registrada de entrada en esa
Cámara con el n.º 178.927, de fecha 12/2/2015, se traslada lo siguiente:



El problema del despoblamiento en el medio rural es uno de los fenómenos a
los que el Gobierno está dedicando su atención, y para el que se están
aplicando, de una u otra forma, todas las medidas e instrumentos de
carácter económico, social, cultural o medioambiental que forman parte de
las políticas del Estado, puesto que todas contribuyen y repercuten en la
mejora del medio rural.



Entre todas las medidas, instrumentos, inversiones e infraestructuras que
el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente desarrolla en
el medio rural, cabe destacar de una forma específica las actuaciones que
en materia de desarrollo rural están llevándose a cabo.



En este sentido, cabe señalar que, en este momento, se están desarrollando
en España los Programas de Desarrollo Rural, cofinanciados por el fondo
comunitario FEADER, la Administración General del Estado y las
Comunidades Autónomas y regulados por el Reglamento (CE) 1698/2005. En el
actual periodo de programación 2007-2013, España decidió llevar a cabo
una programación regionalizada. Por lo tanto, además del correspondiente
Plan Estratégico Nacional y el Marco Nacional, existen 17 Programas




Página
139






de Desarrollo Rural regionales, uno por cada Comunidad Autónoma y son
precisamente las Comunidades Autónomas las autoridades de gestión. Estos
programas contemplan una serie de medidas que se agrupan en torno a
cuatro ejes:



— Eje 1: Aumento de la competitividad de la agricultura y la silvicultura.



— Eje 2: Mejora del medio ambiente y del medio rural.



— Eje 3: Mejora de la calidad de vida y las zonas rurales.



— Eje 4: LEADER.



Las medidas de los Programas de Desarrollo Rural autonómicos contribuyen
por tanto, a mejorar la competitividad del sector agrario, el medio
ambiente y la calidad de vida de las zonas rurales donde se desarrollan.



Para el próximo periodo de programación 2014-2020, los objetivos de la
política comunitaria de desarrollo rural se mantienen, y España aumenta
su participación actual en el fondo FEADER (8.291 Millones de euros para
todo el periodo 2014-2020 a precios corrientes).



El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente también está
trabajando en el desarrollo de dos planes que tendrán incidencia en el
medio rural. Por un lado, el Plan estratégico de diversificación de la
actividad económica del medio rural, está redactándose, en estos
momentos, que tiene como objetivo fundamental el fomento y
diversificación de la actividad económica en las zonas rurales, con
actividades complementarias al sector agrario, condición determinante
para la creación de empleo y que, sin duda, contribuirá a la estabilidad
de la población de dichas zonas. Por otro lado, de forma complementaria
se está trabajando en el desarrollo específico de un Plan de activación
socioeconómica del sector forestal para incrementar, preservar, mejorar y
asegurar nuestro patrimonio forestal y contribuir así, a la
diversificación económica del medio rural y la mejora productiva y de
empleo del sector forestal.



En materia tributaria, las medidas de estímulo económico que se vienen
adoptando son de aplicación generalizada y no se limitan a un ámbito
territorial específico. El Gobierno ha promovido desde principios del año
2013 medidas selectivas de bajada de impuestos que tienen por objeto
estimular la actividad económica y la creación de empleo, y que van
dirigidas principalmente a las pequeñas y medianas empresas y autónomos,
por la importancia de ambos dentro del tejido empresarial español y por
su capacidad generadora de empleo.



Entre tales medidas, sin ánimo de exhaustividad, cabe destacar el
establecimiento en el Impuesto sobre Sociedades, para todas las entidades
de nueva creación de un tipo reducido del 15 por ciento hasta 300.000
euros de base imponible, y del 20 por ciento por el exceso, durante los
dos primeros ejercicios de beneficios, salvo que la entidad deba tributar
a un tipo inferior, medida que tiene su correlato en el Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas respecto de los contribuyentes que han
iniciado una actividad económica a partir de 1 de enero de 2013, cuyo
rendimiento se determine conforme al método de estimación directa, o la
incorporación en el Impuesto sobre el Valor Añadido, para paliar los
problemas de liquidez y acceso al crédito de las empresas, del régimen
especial del criterio de caja, que permite aplazar el pago del IVA hasta
que se cobre la factura al cliente.



A tales medidas hay que añadir la reciente reforma del Impuesto sobre
Sociedades, aprobada por la Ley 27/2014, de 27 de noviembre (BOE de 28 de
noviembre), reforma que entre sus objetivos incluye el de incrementar la
competitividad económica, favoreciendo la competitividad empresarial y
garantizando el crecimiento sostenido de la actividad económica, a cuyo
cumplimiento coadyuvarán diversas medidas recogidas en el texto legal,
pudiendo destacarse la reducción del tipo de gravamen general, que pasa
del 30 por ciento en 2014 al 28 por ciento en 2015 y al 25 por ciento en
2016, y la novedosa reserva de nivelación de bases imponibles negativas
aplicable por las entidades de reducida dimensión, que podrán minorar su
base imponible positiva hasta el 10 por ciento de su importe.



Madrid, 13 de febrero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/066662



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).




Página
140






Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que con fecha 23 de
octubre de 2014 la Audiencia Nacional declaró firme la sentencia dictada
en el procedimiento 557/2012.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066669



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



Las inversiones (capítulo 6) en infraestructuras (obras) previstas en el
Anexo de Inversiones Reales y Programación Plurianual de los Presupuestos
Generales del Estado para cada ejercicio (crédito inicial) y las
inversiones efectivamente ejecutadas (obligaciones reconocidas), con
cargo a los créditos de las Direcciones Generales de la Policía y de la
Guardia Civil, en la provincia de Las Palmas, fueron las siguientes:



;2012;;2013;;2014;



LAS PALMAS;Crédito inicial;Obligac. reconoc.;Crédito inicial;Obligac.
reconoc.;Crédito inicial;Obligac. reconoc.



DGP;—;6.477,97;—;—;—;36.802,11



DGGC;—;67.933,83;—;25.000;—;113.997,75



Importe en euros.;;;;;;



Además de las anteriores, durante 2012, 2013 y 2014 y con cargo a créditos
de la Secretaría de Estado de Seguridad, se ejecutaron las siguientes
inversiones en infraestructuras policiales en la citada provincia:



;2012;2013;2014



LAS PALMAS;56.188,90;45.873,81;89.193,72



Importe en euros.;;;



Por otra parte cabe señalar que la Dirección General de la Guardia Civil,
anualmente, en función de las disponibilidades presupuestarias de cada
ejercicio, ejecuta obras de mejora y mantenimiento en los
acuartelamientos que se hayan priorizado, con cargo a los créditos del
Capítulo 2 descentralizados en su mayor parte a las unidades
territoriales, ascendiendo el importe de las obras ejecutadas en
cuarteles de la provincia de Las Palmas durante los años 2012, 2013 y
2014, y estando previstas para el presente año 2015 las siguientes:



;2012;2013;2014;2015



LAS PALMAS;379.804,40;327.367,99;376.100,00;260.000



Importe en euros.;;;;



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
141






184/066766



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En el siguiente cuadro se resumen las ayudas aprobadas en el marco del
programa de ayudas a actuaciones de reindustrialización, integrado desde
2013 en la iniciativa de apoyo financiero a la inversión industrial, a
proyectos localizados en la provincia de A Coruña:



AÑO;PROYECTOS APOYADOS;INVERSIÓN FINANCIABLE;APOYO SUBVENCIÓN;APOYO
PRÉSTAMO



2011;79;146.984.624;2.157.640;68.051.306



2012;41;69.362.239;1.574.873;42.105.819



2013;8;20.938.043;0;12.629.698



2014;1;1.071.000;0;803.250



TOTALES;129;238.355.906;3.732.513;123.590.073



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066813, 184/066814, 184/066815, 184/066816, 184/066823, 184/066824,
184/066825, 184/066827, 184/066829, 184/066835, 184/066836, 184/066837,
184/066838, 184/066844, 184/066845



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el gasto en
servicios al exterior de las actuaciones correspondientes al
mantenimiento de vía, control de vegetación, riego de herbicida y bateos
de 2011 a 2014 en la red de ancho métrico de Galicia ha sido de 2.034.174
euros (IVA incluido), no siendo posible desglosar esta cuantía con el
nivel de detalle solicitado.



Estas actuaciones de mantenimiento son operaciones habituales y que se
realizan periódicamente todos los años, en función de las necesidades que
se identifican en los protocolos y procedimientos de inspección y
auscultación.



Finalmente, se informa que en el plan de actuaciones de Renfe Operadora
está prevista, en el período 2015-2018, la instalación de cámaras de
seguridad en varias estaciones y apeaderos de la red de Vía Estrecha que
discurre por Galicia.



Madrid, 6 de febrero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/066907



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).




Página
142






Respuesta:



De acuerdo con la información disponible, no consta que ninguna de las
personas que tienen la consideración de Alto Cargo o Subdirector General
del Ministerio de Fomento ha ya mantenido reuniones o contactos con la
persona referida en la pregunta, ni han mantenido reuniones ni contactos
con terceras personas por intermediación o con la participación de la
misma.



Madrid, 26 de febrero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/066909



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



Ningún Alto Cargo del Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha
mantenido ningún contacto con Francisco Nicolás Gómez.



Ningún Subdirector General, ni cargo asimilado del citado Ministerio, ha
tenido ningún contacto con Francisco Nicolás Gómez, ni tampoco con
terceras personas relacionadas con él.



Madrid, 2 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066964



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Oramas González-Moro, Ana María (GMx).



Respuesta:



El criterio común de aplicación a todos los proyectos es garantizar la
máxima protección ambiental. Los estudios ambientales que realizan los
distintos promotores y organismos científicos sobre los que se practica
la evaluación ambiental, deben adecuarse a las características del
proyecto concreto que pretende llevarse a cabo. Las características y
consecuencias de proyectos distintos, son necesariamente diferentes.



Madrid, 10 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/067025



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, se señala que el
control de vertidos tierra-mar es de competencia autonómica. Asimismo, el
establecimiento de medidas para mejorar el estado de las masas de agua de
transición y costeras de la demarcación hidrográfica de Galicia-Costa,
donde se ubica la Ría de Arousa, es competencia de la administración
hidráulica, en este caso también autonómica, en su correspondiente plan
de cuenca.



Madrid, 16 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
143






184/067199



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, el Gobierno se remite a la
información contenida en el «Informe de Progreso de la Comisión para la
Reforma de las Administraciones Públicas», elaborado el pasado mes de
enero de 2015 por la Oficina para la Ejecución de la Reforma de la
Administración (OPERA). En concreto, en el Punto 2.4.2. Reestructuración
de organismos y en el Anexo II. Organismos de la AGE afectados por
medidas de reestructuración.



El citado informe se encuentra disponible a través del siguiente enlace:



http://www.seap.minhap.gob.es/dms/es/areas/reforma_aapp/proceso/CORA-Informe-anual-de-progreso--Diciembre-2014/CORA-Informe%20anual%20de%20progreso.%20Diciembre%202014.pdf



Madrid, 10 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/067207



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Davila, M.ª Olaia (GMx).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
la independencia en la actuación de la Agencia Tributaria está
garantizada por la pertenencia a la Función Pública y la profesionalidad
de su personal, así como por la sujeción de toda su actuación a
procedimientos reglados y a planes de objetivos preestablecidos, cuyos
resultados son públicamente presentados, no existiendo ningún tipo de
injerencia en la gestión profesional y técnica de la Agencia Tributaria.
Por tanto, su independencia está suficientemente garantizada en la
normativa vigente.



Las peticiones de relevo en un puesto de trabajo se tramitan conforme a
los procedimientos reglados que, de acuerdo con la normativa vigente,
rigen la provisión de puestos de trabajo en la Agencia Tributaria.



La libre designación es un mecanismo de provisión de puestos de trabajo
contemplado en los artículos 51 a 58 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al servicio de la Administración general del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.



Cabe señalar que la Agencia Tributaria cubre sus puestos de forma
ordinaria mediante el sistema de concurso, reservando la modalidad de
libre designación para aquellos casos que determina el artículo 51.2 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, puestos con funciones de carácter
directivo y de especial responsabilidad.



Las causas por las que se producen los ceses en puestos de libre
designación son diversas: razones personales de distinta índole, o
razones de promoción profesional de puestos de mayor responsabilidad.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/067443



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Picó i Azanza, Antoni (GCiU).




Página
144






Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia cabe informar a Su Señoría que
el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda
oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden
social (BOE de 28 de febrero), ha introducido en su artículo 7 una
modificación del apartado 3 del artículo 124 de la Ley 27/2014, de 27 de
noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, que, con efectos para los
períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2015, queda
redactado de la siguiente forma:



«3. Los contribuyentes a que se refieren los apartados 2, 3 y 4 del
artículo 9 de esta Ley estarán obligados a declarar la totalidad de sus
rentas, exentas y no exentas.



No obstante, los contribuyentes a que se refiere el apartado 3 del
artículo 9 de esta Ley no tendrán obligación de presentar declaración
cuando cumplan los siguientes requisitos:



a) Que sus ingresos totales no superen 50.000 euros anuales.



b) Que los ingresos correspondientes a rentas no exentas no superen 2.000
euros anuales.



c) Que todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a
retención.»



El objetivo de estas modificaciones normativas introducidas por la Ley
27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, ha sido
básicamente de control, de manera que con ello se permite obtener
información sobre determinados contribuyentes del Impuesto de la que
hasta ahora no se disponía. Precisamente con el objeto de aliviar del
cumplimiento de obligaciones formales a las entidades sometidas al
régimen especial de entidades parcialmente exentas, se ha decidido
modificar el apartado 3 del artículo 124 de la Ley 27/2014, de 27 de
noviembre, del Impuesto sobre Sociedades antes citado.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/067500



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto (GS).



Respuesta:



Las cuestiones relativas a los clubes cannábicos han sido debatidas en la
Comisión Interautonómica y en la Conferencia Sectorial del Plan Nacional
sobre Drogas, que es el Órgano Colegiado adecuado para tratar la
cuestión. Asimismo, cabe destacar que en la última reunión de la Comisión
Interautonómica, el Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre
Drogas informó a los Comisionados de la intención de la Administración
General del Estado de oponerse por los medios oportunos a la promulgación
de leyes y Ordenanzas municipales que pretendan regular dichos clubes.



Por otra parte, cabe recordar que en el seno de la Comisión Mixta Congreso
Senado para el estudio del problema de las drogas, se aprobó en su sesión
del día 1 de abril de 2014, el informe de la Ponencia de estudio de las
perspectivas de futuro en el abordaje de las actuales y nuevas adicciones
legales e ilegales.



Entre las conclusiones de dicho informe se señala: «Con respecto al
cannabis y a los clubes de consumo, el discurso de los grupos interesados
en imponer mercados regulados lleva a la banalización de los consumos de
esta sustancia, por lo que es necesario contraponer a este discurso la
evidencia científica».



Y entre las recomendaciones:



1. «Consolidar y desarrollar el enfoque equilibrado para hacer frente a
las adicciones planteado en la Estrategia y en el Plan Nacional sobre
Drogas, es decir, un enfoque que se fundamenta en el abordaje
equilibrado, transversal y multidisciplinar del problema sanitario,
social y económico que suponen las adicciones, así como en los derechos
humanos, en la evidencia científica y en el ordenamiento legal vigente».




Página
145






7. «Adoptar las medidas pertinentes que impidan la banalización de las
adicciones y los consumos de todo tipo de sustancias. Medidas que deberán
ir orientadas, no sólo a los potenciales consumidores, sino también a
todos aquellos que puedan obtener algún beneficio».



Toda acción en esta materia está dirigida al cumplimiento de las
recomendaciones mencionadas y del Plan de Acción sobre Drogas 2009-2016.



De acuerdo con la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del
Derecho de Asociación, que desarrolla dicho derecho reconocido en el
artículo 22 de la Constitución, se inscriben en un registro aquellas
asociaciones que lo deseen, realizándose dicha inscripción exclusivamente
a efectos de publicidad (art. 10) y ésta se efectuará en el Registro
Nacional de Asociaciones, si la asociación llevara a cabo sus actuaciones
en el ámbito nacional o, en el caso de que estas se circunscribieran al
ámbito autonómico, en el Registro Autonómico de Asociaciones
correspondiente (art. 26).



Por tanto, la Delegación del Gobierno no cuenta con un listado de dichas
asociaciones ya que, si voluntariamente están inscritas, estos datos se
encuentran en cada Comunidad Autónoma.



En todo caso se hace constar que no se puede aducir que la inscripción
supone de facto el derecho a cultivar, recolectar y distribuir cannabis
dado que el ordenamiento jurídico español contempla como ilícito penal,
siempre y en cualquier cantidad, el compendio de dichas actividades.



Por último, cabe destacar que el Gobierno, por medio de la Delegación del
Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, considera que la Ley Foral
24/2014 reguladora de los colectivos de usuarios de cannabis en Navarra
vulnera competencias estatales y entra en contradicción con la
legislación básica estatal.



Así, el Consejo de Ministros del día 13 de marzo, aprobó la presentación
de recurso de inconstitucionalidad contra la Ley del Parlamento Foral
Navarro, reguladora de los clubes cannábicos, al pretender regular el
cultivo y distribución de cannabis entre los asociados, entrando en
colisión con la normativa estatal y con el reparto constitucional de
competencias.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/067509 a 184/067511



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Zaragoza Alonso, José (GS).



Respuesta:



En el periodo 2012-2014, la Ministra de Fomento ha asistido a los actos de
comienzo de las obras de las siguientes actuaciones:



— En carreteras: acceso viario al Puerto de Barcelona, tramo Jumilla-Yecla
de la Autovía A-33, enlace de Conxo en Santiago de Compostela y tramo
Maçanet de la Selva-Sils de la Autovía A-2.



— En puertos: segunda fase del contradique del Puerto Exterior de A
Coruña.



En la organización de dichos actos ha primado la política de austeridad y
de contención del gasto. Con carácter general el Ministerio de Fomento no
ha hecho uso de medios específicos, tales como instalaciones
provisionales o carpas, y siempre se han aprovechado los recursos
disponibles.



Hay que destacar que, por parte de dicho Departamento, se han reducido en
la presente Legislatura los gastos en protocolo y en publicidad en 14
millones de euros respecto a la Legislatura anterior, lo que representa
una reducción del gasto del 85,69 %.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
146






184/067523, 184/067526 y 184/067527



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Álvarez, Ángeles (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se señala que las primeras
estadísticas de actuaciones de las Unidades de Valoración Forense
Integral (VFIS) se remontan al año 2010, por lo que no se dispone de
datos estadísticos para ese año.



Asimismo, hasta 2014, los datos estadísticos disponibles son por comunidad
autónoma y no por provincia. En estos momentos, se está cerrando la
estadística del segundo semestre de 2014, por lo que únicamente se
facilitan datos del primer semestre.



En el cuadro que figura a continuación, se desglosa, por tanto, el número
de actuaciones de los equipos psicosociales de las Unidades de Valoración
Forense Integral por Instituto de Medicina Legal del ámbito territorial
del Ministerio de Justicia, a excepción de Ceuta y Melilla, que no
disponen de Instituto de Medicina Legal, pero sí de UVFI:



Inst. Medicina Legal;Informes;2011;2012;2013;2014 1



CASTILLA Y LEÓN;;;;;



BURGOS, ÁVILA , SEGOVIA Y SORIA;MÉDICO FORENSE;424;551;418;193



;PSICÓLOGO;27;45;45;30



;TRABAJADOR SOCIAL;26;42;41;29



;INFORMES INTEGRALES;71;43;38;24



LEÓN Y ZAMORA;MÉDICO FORENSE;367;158;216;143



;PSICÓLOGO;29;1;4;35



;TRABAJADOR SOCIAL;12;1;3;33



;INFORMES INTEGRALES;27;4;58;41



VALLADOLID, PALENCIA Y SALAMANCA;MÉDICO FORENSE;367;344;305;158



;PSICÓLOGO;50;49;46;27



;TRABAJADOR SOCIAL;46;48;51;21



;INFORMES INTEGRALES;14;5;2;5



TOTAL;;1.460;1.291;1.227;739



CASTILLA-LA MANCHA;;;;;



ALBACETE, CUENCA Y GUADALAJARA;MÉDICO FORENSE;423;345;414;191



;PSICÓLOGO;62;11;25;9



;TRABAJADOR SOCIAL;47;7;27;11



;INFORMES INTEGRALES;20;6;;3



TOLEDO Y CIUDAD REAL;MÉDICO FORENSE;717;604;299;170



;PSICÓLOGO;52;37;7;4



;TRABAJADOR SOCIAL;32;28;24;8



;INFORMES INTEGRALES;12;20;15;4



TOTAL;;1.365;1.058;811;400



EXTREMADURA;;;;;



BADAJOZ;MÉDICO FORENSE;500;416;443;156



;PSICÓLOGO;32;;3;1



;TRABAJADOR SOCIAL;12;4;;2



;INFORMES INTEGRALES;48;43;10;18




Página
147






Inst. Medicina Legal;Informes;2011;2012;2013;2014 1



CÁCERES;MÉDICO FORENSE;149;144;124;80



;PSICÓLOGO;5;8;15;5



;TRABAJADOR SOCIAL;;;;



;INFORMES INTEGRALES;127;130;127;58



TOTAL;;873;745;722;320



R. DE MURCIA;MÉDICO FORENSE;1.440;1.441;1.219;648



;PSICÓLOGO;;9;;



;TRABAJADOR SOCIAL;;;;22



;INFORMES INTEGRALES;42;22;84;27



TOTAL;;1.482;1.472;1.303;697



ILLES BALEARS 2;MÉDICO FORENSE;;;925;432



;PSICÓLOGO;;;31;8



;TRABAJADOR SOCIAL;;;4;3



;INFORMES INTEGRALES;;;;



TOTAL;;0;0;960;443



C. A. DE CEUTA 3;MÉDICO FORENSE;;;;154



;PSICÓLOGO;;;;5



;TRABAJADOR SOCIAL;;;;5



;INFORMES INTEGRALES;;;;3



TOTAL;;0;0;0;167



C. A. DE MELILLA 3;MÉDICO FORENSE;;;;149



;PSICÓLOGO;;;;4



;TRABAJADOR SOCIAL;;;;3



;INFORMES INTEGRALES;;;;5



TOTAL;;0;0;0;161



1 Primer semestre 2014.



2 Faltan datos 2011 y 2012.



3 Datos año completo 2014.;;;;;



Por otra parte se indica que al margen de la dotación concreta de personal
con la que cuentan las Unidades de Valoración Forense Integral, hay que
advertir que la violencia de género es una cuestión prioritaria a tratar
por las mismas, y lo es en términos generales y, por tanto, más aún en lo
referido a la valoración del riesgo.



Es más, teniendo en cuenta que el propio Protocolo de Valoración Urgente
del Riesgo contempla incluso que en los casos urgentes, éste pueda ser
emitido en un plazo de tiempo inferior a las 72 horas, y ello para
ajustarse a la regulación prevista para los juicios rápidos, no se puede
decir que no exista una optimización de los recursos en este tema.
Incluso hay que destacar que la valoración del riesgo emitida por los
médicos forenses es un informe que únicamente podrá ser solicitado por el
fiscal y el juez, y acordado por éste último, y que a lo largo del año
2013, en el ámbito del territorio Ministerio de Justicia, se elaboraron
352 informes, lo que demuestra que el personal con el que se cuenta
actualmente es suficiente para atender estas cuestiones.



Por lo que se refiere a la valoración policial del riesgo se señala que
desde que se puso en explotación la versión consolidada de los
formularios de Valoración Policial de Riesgo (VPR) y de Valoración
Policial de Evolución del Riesgo (VPER), si se produce un desacuerdo
entre el criterio del Sistema VioGén y el del evaluador, sólo se permite
subir el nivel de riesgo, en ningún caso bajarlo.



En este momento el Sistema VioGén no dispone de capacidad técnica para
poder desagregar la información al nivel de detalle solicitado por Su
Señoría.



No obstante lo anterior, en los siguientes cuadros se recogen, por años
(desde la fecha en que se puso en explotación la versión consolidada de
los formularios VPR y VPER, el 25/03/2010), las valoraciones coincidentes
y no coincidentes (entre el Sistema VioGén y el evaluador) así como el
nivel de conformidad y disconformidad:




Página
148






VPR (versión 3.1) (316.423 Formularios cumplimentados desde el 25/03/2010
al 31/12/2014)



Año;Valoraciones coincidentes;Valoraciones no



coincidentes;Nivel conformidad evaluador;Nivel disconformidad evaluador



2010;48.183;1.884;96,24 %;3,76 %



2011;67.175;2.949;95,79 %;4,21 %



2012;63.009;2.645;95,97 %;4,03 %



2013;61.799;2.359;96,32 %;3,68 %



2014;63.974;2.446;96,32 %;3,68 %



TOTAL;304.140;12.283;96,12 %;3,88 %



VPER (versión 3.0) (984.687 Formularios cumplimentados desde el 25/03/2010
al 31/12/2014)



Año;Valoraciones coincidentes;Valoraciones no



coincidentes;Nivel conformidad evaluador;Nivel disconformidad evaluador



2010;104.976;6.810;93,91 %;6,09 %



2011;170.243;8.663;95,16 %;4,84 %



2012;174.545;9.854;94,66 %;5,34 %



2013;223.038;10.537;95,49 %;4,51 %



2014;265.969;10.052;96,36 %;3,64 %



TOTAL;938.771;45.916;95,34 %;4,66 %



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/067602



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se muestra a continuación el
importe de las cantidades recaudadas por tasas judiciales durante 2014 en
las provincias de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona, en miles de
euros, términos líquidos y con criterio de caja:



2014



Barcelona;52.767



Girona;2.329



Lleida;1.841



Tarragona;2.346



CATALUÑA;59.283



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/067620



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).




Página
149






Respuesta:



En relación con la iniciativa de referencia se señala que, a 30 de
diciembre de 2014, constan, según la Base de Datos de Detenidos Españoles
en el Extranjero del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación,
1.735 ciudadanos españoles presos en el exterior. Se adjunta a
continuación informe por países y demarcaciones consulares.



Por lo que respecta a los recursos destinados, el monto total de ayudas a
presos en 2011 fue de 1.019.264 euros, en 2012 de 899.372,84 euros y en
2013 de 711.395,10 euros. Las cifras de 2014 aún no se encuentran
disponibles.



Informe de detenidos por representación y país. Representación
detenidos/país



BERLÍN;10



DUSSELDORF;42



FRANCFORT;29



HAMBURGO;6



MUNICH;15



STUTTGART;15



ALEMANIA;117



ANDORRA;12



ANDORRA;12



BAHIA BLANCA;9



BUENOS AIRES;28



CÓRDOBA;1



ROSARIO;9



ARGENTINA;47



MELBOURNE;3



SYDNEY;9



AUSTRALIA;12



VIENA;3



AUSTRIA;3



BRUSELAS;17



BÉLGICA;17



LA PAZ;7



STA.CRUZ SIERRA;21



BOLIVIA;28



BRASILIA;6



PORTO ALEGRE;1



RÍO DE JANEIRO;4



SALVADOR-BAHÍA;11



SAO PAULO;60



BRASIL;82



CAMBOYA/KAMPUCHEA*;1



MONTREAL;1



TORONTO;1




Página
150






CANADÁ;2



SANTIAGO CHILE;7



CHILE;7



CANTÓN;1



HONG-KONG;2



CHINA;3



BOGOTÁ;133



CARTAGENA;6



COLOMBIA;139



S.J. COSTA RICA;3



COSTA RICA;3



LA HABANA;3



CUBA;3



GUAYAQUIL;41



QUITO;38



ECUADOR;79



ALEJANDRÍA;1



EGIPTO;1



BRATISLAVA;1



ESLOVAQUIA;1



LIUBLIANA;4



ESLOVENIA;4



CHICAGO;1



HOUSTON;5



LOS ANGELES;1



MIAMI;22



NUEVA YORK;10



SAN FRANCISCO;3



ESTADOS UNIDOS;42



ADDIS-ABEBA;1



ETIOPÍA;1



MANILA;1



FILIPINAS;1



HELSINKI;4



FINLANDIA;4



BAYONA;11



BURDEOS;9



ESTRASBURGO;3



LYON;10



MARSELLA;31



MONTPELLIER;13



PARÍS;56



PAU;3



PERPIÑÁN;13



TOULOUSE;6




Página
151






FRANCIA;155



ATENAS;3



GRECIA;3



C. GUATEMALA;1



GUATEMALA;1



BUDAPEST;1



HUNGRÍA;1



NUEVA DELHI;1



INDIA;1



DUBLÍN;1



IRLANDA;1



GÉNOVA;22



MILÁN;23



NÁPOLES;6



ROMA;50



ITALIA;101



TOKIO;16



JAPÓN;16



RIGA;1



LETONIA;1



VILNIUS;1



LITUANIA;1



LUXEMBURGO;1



LUXEMBURGO;1



VALLETTA;6



MALTA;6



CASABLANCA;8



NADOR;3



RABAT;25



TÁNGER;35



TETUÁN;48



MARRUECOS;119



NOADHIBU;1



MAURITANIA;1



GUADALAJARA;4



MÉXICO;8



MONTERREY;7



MÉXICO;19



MANAGUA;1



NICARAGUA;1



OSLO;10



NORUEGA;10



WELLINGTON;3




Página
152






NUEVA ZELANDA;3



AMSTERDAM;11



PAISES BAJOS;11



PANAMÁ;20



PANAMÁ;20



ASUNCIÓN;8



PARAGUAY;8



LIMA;327



PERÚ;327



VARSOVIA;2



POLONIA;2



LISBOA;83



OPORTO;25



VILAREAL S. ANT.;7



PORTUGAL;115



DOHA;1



QATAR;1



EDIMBURGO;9



LONDRES;40



REINO UNIDO;49



SANTO DOMINGO;43



REP. DOMINICANA;43



BUCAREST;2



RUMANÍA;2



MOSCÚ;1



SAN PETERSBURGO;1



RUSIA;2



DAKAR;7



SENEGAL;7



DAMASCO;1



SIRIA;1



PRETORIA;2



SUDÁFRICA;2



ESTOCOLMO;5



SUECIA;5



BERNA;6



GINEBRA;9



ZURICH;18



SUIZA;33



BANGKOK;3



TAILANDIA;3



PUERTO ESPAÑA;3




Página
153






TRINIDAD Y TOBAGO;3



TÚNEZ;1



TÚNEZ;1



ANKARA;1



ESTAMBUL;15



TURQUÍA;16



MONTEVIDEO;4



URUGUAY;4



CARACAS;30



VENEZUELA;30



N.º TOTAL DETENIDOS;1.735



* Este país está incluido dentro de la circunscripción consular
dependiente de la capital de Tailandia.;



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/067654 a 184/067667



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



Mediante el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril se determinaron, los
nuevos porcentajes de aportación del usuario. Para una mayor equidad en
la prestación farmacéutica, la aportación del usuario se fijó en función
de la renta y se eximió —entre otros— a colectivos como los parados de
larga duración y pensionistas con pensiones no contributivas o aquellas
personas con mayor grado de discapacidad.



Por tanto las recetas oficiales no presentan la diferenciación tradicional
de usuario activo y pensionista, adaptándose a nuevos códigos de
diferenciación establecidos según los tipos de usuarios y su aportación
(TSI 001, TSI 002….).



Los pensionistas como colectivo, se integran en distintos códigos de
aportación en función de su renta (TSI 001, TSI 002 o TSI 005), códigos
en los que se encuentran incluidos asimismo otros tipos de usuarios.



Por tratarse de prestaciones farmacéuticas, y en atención a las
competencias atribuidas, el conocimiento del número exacto corresponde a
las Consejerías de Sanidad de las diversas Comunidades Autónomas.



Las personas que perciben pensiones no contributivas están exentas de
aportación en la prestación farmacéutica. La información disponible se
encuentra en:



http://www.imserso.es/imserso_01/documentacion/estadisticas/pensiones_no_contributivas_jubilacion_invalidez/index.htm



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/067837



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Centella Gómez, José Luis (GIP).




Página
154






Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia cabe informar a Su Señoría que,
tras su visita a España en el año 2010, el Vicepresidente de Estados
Unidos, el Sr. D. Joe Biden, acordó constituir un grupo de trabajo a
nivel federal estadounidense para considerar las demandas españolas sobre
la descontaminación de Palomares.



A lo largo de esta legislatura el Gobierno español ha venido insistiendo y
trabajando con el de Estados Unidos, a distintos niveles, para resolver
la cuestión de Palomares de forma satisfactoria para los intereses de
nuestro país.



La labor de actualización de los datos técnicos inicialmente recogidos en
el año 2011 para que el gobierno de Estados Unidos finalice su toma de
decisiones interna, que es compleja debido a los distintos departamentos
y agencias federales involucradas, lleva tiempo. El Centro de
Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas no dispone
en estos momentos de nuevas previsiones sobre una eventual
descontaminación de Palomares. Las conversaciones con la Administración
de Estados Unidos para lograr implementar el Plan de Rehabilitación de
Palomares desarrollado por el Centro de Investigaciones Energéticas,
Medioambientales y Tecnológicas prosiguen con la participación de otras
instancias del Gobierno.



Madrid, 3 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/067848



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada se indica que el Gobierno, a
través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, está realizando
actualmente los procedimientos para la resolución de la convocatoria
general de becas del curso 2014/2015 por lo que no podrá ofrecer los
datos comparativos solicitados hasta que las estadísticas definitivas del
curso 2014/2015 estén elaboradas.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/067857



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Álvarez, Ángeles (GS).



Respuesta:



Como continuación a la respuesta del Gobierno registrada de entrada en esa
Cámara con el n.º 186105, de fecha 17/03/2015, se traslada lo siguiente:



En relación con el cumplimiento del artículo 54 de la Ley Orgánica 3/2007,
de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres, se
muestran a continuación los datos relativos al Ministerio de la
Presidencia:




Página
155






ÓRGANO/COMITÉ/ CONSEJO ADMINISTRACIÓN;M;H;TOTAL;% M;% H



Mesa de Contratación;4;4;8;50;50



Comisión Ministerial Administración Electrónica (Pleno);6;6;12;50;50



Comisión Ministerial Administración Electrónica (Permanente);6;5;11;55;45



Comisión Calificadora de Documentos Administrativos;7;4;11;64;36



Junta de Coordinación de Documentos Administrativos;2;17;19;11;89



Comisión de Publicidad y Comunicación Institucional (Pleno);7;11;18;39;61



Comisión de Publicidad y Comunicación Institucional (Comisión
Ejecutiva);3;6;9;33;67



Comisión de Publicidad y Comunicación Institucional (Comité de
Recursos);2;5;7;29;71



Consejo Administración del Patrimonio Nacional;4;9;13;31;69



Consejo Rector de la Agencia Estatal BOE;6;7;13;46;54



Asimismo, en cuanto a los datos del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, que figuran en el Informe de Seguimiento del
Primer Plan de Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración
General del Estado y en sus Organismos Públicos, respecto a la
composición de los Consejos de Administración de las Entidades Públicas
(empresas públicas, sociedades anónimas, entes empresariales, etc.,
agrupadas en Entidades del grupo Patrimonio, Empresas públicas de la
Sociedad Estatal de Participaciones Industriales, SEPI y otras entidades
públicas) cabe señalar, en general, un aumento progresivo de la presencia
de mujeres en los Consejos de Administración de dichas entidades, que
pasan de representar el 29,81 % en 2011 al 31,07 % en 2013.



En particular, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
mantuvo o designó en el año 2013 representantes en 414 órganos
colegiados, comités de expertos o comités consultivos, tanto propios como
de organismos nacionales o internacionales.



En esos 414 comités, se elevan a 2.134 representantes del Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas, de los que 904 (42,36 %) son
mujeres y 1.230 (57,64 %) son hombres. En ese sentido, cabe destacar un
aumento respecto al año 2012 en el porcentaje de mujeres representantes
de ese Ministerio en los citados comités (39,53 % en 2012).



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/067858



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Álvarez, Ángeles (GS).



Respuesta:



Como continuación a la respuesta del Gobierno registrada de entrada en esa
Cámara con el n.º 186106, de fecha 17/03/2015, se traslada lo siguiente:



En relación con la pregunta de referencia, cabe señalar que el Ministerio
del Interior (excluyéndose los Órganos de Selección y Comisiones de
Valoración convocados para la cobertura de plazas de las Fuerzas




Página
156






y Cuerpos de Seguridad del Estado y la cobertura de plazas en la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) ha convocado los
Órganos de Selección y Comisiones de Valoración con la composición que se
recoge a continuación:



Personal funcionario



Procedimiento;Total miembros;Mujeres;Hombres



Orden INT/343/2014, de 5 de marzo, por la que se convoca Concurso
Específico para la provisión de puestos de trabajo (BOE
10/03/2014);25;18;7



Orden INT/643/2014, de 15 de abril, por la que se convoca Concurso General
para la provisión de puestos de trabajo (BOE 25/ 04/ 2014);18;12;6



Resolución de 17 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de
Seguridad, por la que se convoca Concurso General de méritos para la
provisión de puestos de trabajo de la Dirección General de la Policía
(BOE 24/6/ 2014);21;14;7



Total;64;44;20



Personal laboral



Procedimiento;Total miembros;Mujeres;Hombres



Orden de 10 de diciembre de 2013 del Ministerio del Interior, para la
cobertura de 1 plaza de personal laboral temporal de la categoría de
titulado superior de gestión y servicios comunes, grupo profesional 1,
área funcional 1, sujeto al III convenio único para el personal laboral
de la Administración General del Estado, en situación de baja por
maternidad, con derecho a reserva de puesto de trabajo, en la Oficina de
Comunicación y Relaciones Institucionales del Ministerio del
Interior.;13;10;3



Orden de 22 de julio de 2014 del Ministerio del Interior, para la
cobertura de 1 plaza de personal laboral temporal de la categoría de
titulado superior de gestión y servicios comunes, grupo profesional 1,
área funcional 1, sujeto al III Convenio Único para el personal laboral
de la Administración General del Estado, en situación de excedencia para
el cuidado de hijos, con derecho a reserva de puesto de trabajo, en la
Oficina de Comunicación y Relaciones Institucionales del Ministerio del
Interior.;12;7;5



Total;25;17;8



Por su parte, en el ámbito de la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias, la composición de los Tribunales de los procesos
selectivos de acceso o ingreso a los Cuerpos Penitenciarios en 2014, ha
sido la siguiente:



Denominación;N.º Hombres;N.º Mujeres



Cuerpo Superior de Técnicos (Juristas y Psicólogos) de IIPP;10;10



Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria de IIPP;6;4



Cuerpo Especial de IIPP;6;4



Cuerpo de Ayudantes de IIPP;4;10



Total;26;28



Por lo que se refiere al Cuerpo Nacional de Policía, cabe indicar que en
los nombramientos en Órganos de Selección de personal y Comisiones de
Valoración, que se constituyen en los concursos específicos de méritos y
las integran un representante de la División de Personal, otro de la
División de Formación y




Página
157






Perfeccionamiento y dos de la especialidad o plantilla de los puestos
convocados, salvo casos de fuerza mayor, se sigue el criterio de paridad
establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del
Empleado Público y en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres.



Respecto al Ministerio de Economía y Competitividad, cabe informar que el
nivel de cumplimiento del artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, sobre
nombramientos paritarios en los Órganos de Selección y Comisiones de
Valoración, es total. Así quedó recogido en el Informe de Seguimiento del
I Plan de Igualdad de la Administración General del Estado (AGE),
elaborado en mayo de 2013:



«Acción 2. La composición de los tribunales está equilibrada en cuanto al
sexo en todos los cargos (presidente, secretario y vocales) y en todos
los organismos. De hecho en el total del Ministerio, en cuanto a
convocatorias de funcionarios, el total de mujeres en los tribunales fue
el 50,12 % y en las convocatorias de personal laboral el porcentaje de
mujeres fue el 47,77 %.»



Esta paridad se ha seguido cumpliendo en la composición de todos los
tribunales desde entonces. De forma similar ha venido ocurriendo en todas
las Comisiones de Valoración.



Por lo que se refiere a los Organismos Autónomos y Entidades adscritas a
la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, del
Ministerio de Economía y Competitividad :



— Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI).



Ajustándose al artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, se
respeta el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en los
Órganos de Selección en todas las convocatorias de empleo que publica, ya
sean de carácter indefinido o temporal. En todas las convocatorias de
empleo, el Órgano de Selección está compuesto por tres personas
pertenecientes a la organización, con titulación igual o superior a la
exigida en el perfil del puesto a cubrir y, en todos los casos, al menos
uno de sus miembros es siempre una mujer. Asimismo, este Órgano de
Selección es el encargado de realizar la valoración de los méritos
aportados por los candidatos.



— Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC).



En relación con el Personal funcionario:



En las propuestas del CSIC para la composición de los Órganos de
Selección, se ha garantizado la paridad entre hombres y mujeres (50-50 %
ó 60-40 %). Esta medida se ha tenido en cuenta también a la hora de
proponer a los presidentes y secretarios. Sólo en algunos casos no se ha
podido cumplir la citada paridad, al ser muy reducida la presencia de la
mujer en la especialidad de la plaza que se convoca y por consiguiente,
también el número de mujeres que pueden formar parte del Órgano de
Selección. La composición de los Órganos de Selección ha sido la
siguiente:



Oep;N.º tribs.;Total miembros (titulares y
suplentes);Hombres;Mujeres;Presidentes (titulares y
suplentes);Presidentas (titulares y suplentes)



2008;197;2.114;1.098;1.016;206;188



2009;98;1.072;532;540;96;100



2010;61;648;329;319;59;63



2011;95;996;502;494;95;95



2012;13;130;60;70;14;12



2013;21;210;106;104;25;17



2014;36;360;196;164;36;36




Página
158






Por su parte, las Comisiones de Valoración en los concursos para la
provisión de puestos de trabajo de funcionarios, ajustándose principio de
composición equilibrada de mujeres y hombres, suele componerse por:



— 1 funcionario/a de la Secretaría General Adjunta Recursos Humanos:
Presidente/a.



— 1 funcionario/a de la Secretaría General Adjunta Recursos Humanos:
Secretario/a.



— 2 funcionarios/as de los Servicios Centrales, que actuarán como vocales.



— 1 representante del Centro Directivo donde radique el puesto: para la
valoración de éstos.



Podrá formar parte de dicha Comisión un/a representante por cada una de
las organizaciones sindicales más representativas y las que cuenten con
más del 10 % de representantes en el conjunto de las Administraciones
Públicas o en el ámbito correspondiente. Cabe señalar que al no
intervenir el CSIC en la designación de estos representantes, la
composición paritaria puede verse afectada.



Entre los años 2009-2014, el CSIC ha celebrado 15 concursos para la
provisión de puestos de trabajo. En lo que a miembros designados en
representación de la Administración se refiere, 11 Comisiones cumplen con
el principio de paridad recogido en el mencionado artículo 53, lo que
supondría casi las tres cuartas partes (73,4 %) de cumplimiento. Debe
tenerse en cuenta que el cumplimiento de este principio no siempre es
posible dadas otras exigencias normativas en la designación de miembros
de las Comisiones, por ejemplo, que los miembros pertenezcan a cuerpos o
escalas de grupos superiores a aquel al que el puesto se adscribe, y cuyo
cumplimiento se considera prioritario.



En relación con el Personal Laboral:



— Contrato de obra o servicio determinado con cargo a proyectos de
investigación.



Para la contratación de personal de los Grupos 1 y 2 del Convenio único de
la AGE se utiliza un sistema de selección de Bolsa de Empleo. La
composición de la Comisión respeta el principio de presencia equilibrada.



Para el personal de los grupos 3 y 4, se respeta el principio de
composición paritaria, salvo en aquellos supuestos en que por la
especificidad de la valoración o por la disponibilidad de los miembros
resulta imposible. Lo mismo sucede cuando se trata de selección para
contratación fuera de convenio en cualquiera de las categorías
profesionales.



— Convocatorias propias: en todas aquellas convocatorias de personal
propias del CSIC, fundamentalmente a través de los programas JAE (Junta
para la Ampliación de Estudios), el CSIC ha procurado respetar el
principio de composición paritaria de los órganos de selección, salvo en
aquellos supuestos en que por la especificidad de la especialización
requerida para formar parte de estos Órganos haya resultado imposible
satisfacer dicho principio.



— Instituto de Salud Carlos III.



En los Tribunales de Oferta Empleo Público (OEP), es requerido el 50 % de
mujeres. Asimismo, en las Comisiones de Selección de contratos de
investigación se procura que sea del 50 %.



Respecto a las Comisiones Técnicas de Evaluación del Instituto de Salud
Carlos III el 33 % son mujeres.



— Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas
(CIEMAT).



En los Procesos Selectivos de funcionarios, de los 14 Tribunales de
Selección de la Oferta de Empleo Público 2014, todos han cumplido el
principio de igualdad efectiva de mujeres y hombres, con excepción de
uno, correspondiente a los tribunales para Profesores de Investigación,
por no disponer de mujeres investigadoras en la escala correspondiente o
superior con experiencia reconocida en el ámbito de la tecnología para la
Energía Nuclear de Fisión.



En otros Procesos Selectivos. De los 3 Tribunales establecidos en 2014
para los procesos selectivos de personal laboral fijo, todos han cumplido
con la paridad de género.



Igualmente, en todos los tribunales establecidos en el CIEMAT en 2014 para
procesos selectivos de personal laboral temporal, se ha cumplido la
paridad de género.



— Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria
(INIA).



Respecto al nivel de cumplimiento del artículo 53 de la Ley de Igualdad,
cabe informar que en el INIA existen instrucciones escritas a efectos de
la composición paritaria en tribunales (oposición, convocatorias de
contratación y comisiones de valoración), figurando como una cláusula de
los modelos




Página
159






de formularios, que de conformidad con la citada Ley Orgánica, fija que la
composición del Tribunal deberá responder al principio de presencia
equilibrada de mujeres y hombres.



No obstante, el cumplimiento no siempre está garantizado debido a la
singularidad del propio ámbito de la actividad investigadora, que limita
en ciertos casos y dependiendo de la temática afectada, el que se pueda
mantener la presencia equilibrada de mujeres y hombres en las comisiones
y tribunales.



— Instituto Geológico y Minero de España (IGME).



Este Organismo se tiene en cuenta la paridad, tanto en las Comisiones de
Valoración como en los Procesos de Selección.



— Instituto Español de Oceanografía (IEO).



Se aplica el criterio de paridad en todos los órganos de selección y
comisiones de valoración.



— Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC).



En las convocatorias de procesos selectivos, la composición de los
Tribunales cumple los criterios de paridad.



Por otra parte, en el ámbito del Ministerio de la Presidencia, se muestra
a continuación la composición de las Comisiones de Valoración para la
cobertura de puestos de trabajo de personal funcionario por el sistema de
concurso y para los procesos selectivos de personal laboral en el año
2014:



Comisiones de Valoración para la cobertura de puestos de trabajo de
personal funcionario por el sistema de concurso;M;H;Total;% M;% H



Comisión de Valoración, concurso específico de méritos convocado por Orden
PRE/2612/2012, de 30 de noviembre (BOE de 8 de
diciembre);4;4;8;50,00;50,00



Comisión de Valoración, concurso específico de méritos convocado por Orden
PRE/2137/2013, de 12 de noviembre (BOE de 18 de
noviembre);5;4;9;55,56;44,44



Comisión de Valoración, concurso específico de méritos convocado por Orden
PRE/1626/2014, de 5 de septiembre (BOE de 12 de
septiembre);4;4;8;50,00;50,00



Procesos selectivos personal laboral 2014;M;H;Total;% M;% H



Contrato de sustitución de un Administrativo en Nueva
York;0;3;3;0,00;100,00



Contrato de un Auxiliar en Moscú;0;3;3;0,00;100,00



Contrato de sustitución de un Auxiliar en Washington;2;1;3;66,67;33,33



— Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (CEPC).



Este Organismo en el año 2012, como consecuencia de una contratación
temporal, constituyó un comité de valoración, formado por 4 hombres y 4
mujeres, cumpliendo con el principio de presencia equilibrada.



— Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS).



Teniendo en cuenta que el Presidente/a y el Secretario/a de las Comisiones
y Órganos de Selección del CIS lo son imperativamente por razón de su
cargo en el organismo, la única flexibilidad posible es referida al
nombramiento de los vocales. Cabe indicar que el nombramiento de los
mismos durante el año 2014 ha sido el siguiente:



– Comisión de Valoración de Subvenciones para formación e investigación en
materias de interés para el Organismo. Participantes 4 vocales: 3 mujeres
y 1 hombre (ratio 75 % - 25 %).



– Comisión de Valoración de Becas de Formación para posgraduados en
materias de interés para el Organismo. Participantes 4 vocales: 2 mujeres
y 2 hombres (ratio 50 %-50 %).




Página
160






– Comisión de Valoración del Curso de Posgrado de Formación de
Especialistas en Investigación Social Aplicada y Análisis de Datos del
CIS. Participantes 4 vocales: 1 mujer y 3 hombres (ratio 25 % - 75 %).



– Comisión de Valoración del Summer Seminar on Sociological and Political
Research CIS/R.C.C.-Harvard University. Participantes 4 vocales: 2
mujeres y 2 hombres (ratio 50 % - 50 %).



Por ello, en este punto, y en aplicación del artículo 53 de la Ley
Orgánica, se puede afirmar que se cumplen convenientemente los principios
de presencia equilibrada entre hombres y mujeres.



— Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (AEBOE).



En la AEBOE existe el 100 % del cumplimiento en la titularidad de sus
cargos más representativos (Presidencia y Secretaría).



En el resto de miembros de los Órganos de Selección y Comisiones de
Valoración se cumple la paridad, en la medida de lo posible (teniendo en
cuenta que es la Imprenta Nacional el Departamento, que tiene mayor
número de personal laboral, donde el 79 % son hombres y que el 87 % del
personal laboral comprendido entre los niveles 1 y 4, que son los niveles
de mayor participación en los tribunales, son hombres).



— Consejo de Administración del Patrimonio Nacional.



En los Órganos de Selección y Comisiones de Valoración de los procesos
selectivos celebrados en este Organismo se ha mantenido la paridad entre
hombres y mujeres, especialmente en sus cargos más representativos,
Presidencia y Secretaría. Se han celebrado un total de 35 procesos en el
año 2012, 23 procesos en el año 2013 y 24 procesos en el año 2014.



Por último, respecto al Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, y según los datos de los que se dispone y que figuran en el
Informe de Seguimiento al Primer Plan de Igualdad entre mujeres y hombres
en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos,
cabe señalar que:



– En los Tribunales y Órganos de selección del Personal Funcionario se
observa que la paridad se cumple con carácter general, dado que el total
de personas que han participado en ellos asciende a 2.173 de las cuales
1.093 son mujeres y 1.080 son hombres, lo que supone un 50,30 % de
mujeres frente a 49,70 % de hombres.



– En los Tribunales y Órganos de selección del Personal Laboral, con
carácter general, también se puede decir que existe paridad, dado que el
total de personas que han participado en ellos asciende a 5.442, de las
cuales 2.525 son mujeres y 2.917 son hombres, lo que supone un 46,40 % de
mujeres frente a 53,60 % de hombres.



Cabe indicar que la Dirección General de la Función Pública, por
delegación del Secretario de Estado de Administraciones Públicas, es el
órgano competente para la autorización de las bases de las convocatorias
de concursos de méritos de personal funcionario de carrera y de los
anexos de puestos de trabajo que se incluyen en dichas convocatorias
(todo ello en ejercicio de las potestades atribuidas por el artículo 39
del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
general del Estado, aprobado mediante Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo), correspondiendo la convocatoria y resolución de los traslados a
cada Departamento Ministerial.



Cabe indicar que cuando la Secretaria de Estado de Administraciones
Públicas autoriza las convocatorias de concursos de méritos de personal
funcionario de carrera, se pronuncia sobre los requisitos legales de
composición de los órganos colegiados responsables de la observación de
los requerimientos de participación de los solicitantes y de la
valoración de los méritos que les corresponden, sin que, en ese momento,
se tenga conocimiento de los miembros concretos que van a formar parte de
esa Comisión de Valoración, ya que su nombramiento no se contempla de
forma nominativa en dicha propuesta convocatoria.



No obstante, en todo caso, la Dirección General de la Función Pública vela
o, en su caso, incluso exige al órgano convocante, en la correspondiente
autorización, que los miembros de las Comisiones de Valoración cumplan
con los criterios de titulación, así como con los de naturaleza técnica y
profesional exigidos por la normativa vigente en materia de provisión y,
por supuesto, que tengan en cuenta la observancia de la paridad en su
composición.




Página
161






En cuanto al personal laboral y su movilidad vía concurso de traslados,
cabe reseñar que el III Convenio Único para el Personal Laboral de la
Administración General del Estado no contempla, en materia de provisión
de puestos de trabajo, la necesidad de que exista un órgano de valoración
de méritos de los participantes en dichas convocatorias, por lo que, con
carácter general, lo que se constituye en el seno de esos procesos son
órganos de vigilancia o seguimiento de los trámites propios del concurso.
No obstante, la anteriormente mencionada Secretaria de Estado de
Administraciones Públicas ha informado, en todos los supuestos en los que
se han desarrollado convocatorias de movilidad de carácter departamental,
de la necesidad de que el funcionamiento de dichos órganos no reglados se
acoja a criterios de profesionalidad y de paridad. Esta regla se ha
observado aún más en los casos de convocatorias de concursos de traslados
de carácter interdepartamental.



En relación con el cumplimiento del artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007,
de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, relativo
a nombramientos paritarios en los órganos de selección y comisiones de
valoración, se aportan a continuación los datos correspondientes al
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas:



Órganos de selección. En el ámbito de competencias de la Subsecretaría del
Departamento, se ha procedido al nombramiento de los miembros de aquellos
Tribunales calificadores de los procesos selectivos derivados de la OEP
(Oferta de Empleo público) 2014 correspondiente a cuerpos adscritos al
Departamento, con la siguiente desagregación por sexo:



;Mujeres;Hombres;Total



Cuerpo de Interventores y Auditores del Estado;8;6;14



Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad;7;7;14



Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública;5;5;10



Cuerpo de Arquitectos Técnicos al servicio de la HP;5;5;10



Cuerpo de Ingenieros de Montes;5;5;10



Cuerpo Superior de Gestión Catastral;5;5;10



Cuerpo Técnico de Gestión Catastral;5;5;10



TOTAL;40;38;78



Comisiones de Valoración. Se ha procedido al nombramiento de los
Presidentes y Secretarios de las Comisiones de Valoración de los
concursos de provisión de puestos de trabajo celebradas en 2014 y cuya
competencia corresponde a la Subsecretaria del Departamento, así como de
los vocales cuya designación corresponde a la Administración. En este
sentido, del total de 88 representantes designados, 52 son mujeres y 36
hombres.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/067859



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Álvarez, Ángeles (GS).



Respuesta:



Como continuación a la respuesta del Gobierno registrada de entrada en esa
Cámara con el n.º 186406, de fecha 17/03/2015, se traslada lo siguiente:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar que en diciembre
de 2013 se cerró la elaboración del «Informe de Seguimiento del I Plan de
Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado
y en sus Organismos Públicos» desarrollado por el Ministerio de




Página
162






Hacienda y Administraciones Públicas en estrecha colaboración con el
entonces Instituto de la Mujer, en el marco de la Comisión Técnica de
Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres. En su elaboración
también contribuyeron las Unidades de Igualdad de los distintos
Ministerios, aportando la información correspondiente a su Departamento.



Dicho informe tiene por objeto conocer, de forma global y sintética el
grado de cumplimiento del Plan en su conjunto, así como analizar la
situación y evolución de los años 2011 y 2012, explorando y conociendo
las acciones realizadas por los Departamentos ministeriales,
instituciones y organismos públicos implicados en el desarrollo del
mismo. Se trata de un informe complementario al que desarrollan las
Unidades de Igualdad en cada Departamento, pero con una visión más amplia
al englobar toda la Administración General del Estado.



En el año 2014 la Comisión Técnica de Igualdad de oportunidades acordó en
su reunión del 4 de febrero, llevar a cabo un diagnóstico cuantitativo
para poder completar el análisis realizado en el informe de seguimiento.
Para ello, la Dirección General de la Función Pública remitió una
encuesta a las Unidades de Gestión de Recursos Humanos de los distintos
Ministerios. Cabe señalar que en dicho estudio también participaron las
distintas Unidades de Igualdad.



Cabe desatacar que estos estudios llevados a cabo por el Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas son el diagnóstico de situación y
serán la base para el diseño del II Plan para la Igualdad entre mujeres y
hombres en la Administración General del Estado y sus Organismos
Públicos, cuyo objetivo general es seguir impulsando la igualdad de
género, avanzando en la promoción, el fortalecimiento y desarrollo de la
plena igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el
ámbito de la Administración General del Estado.



En el caso particular del Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, cabe indicar que la Unidad de igualdad no elabora estudios en
materias de competencia de ese Departamento, ya que el Instituto de
Estudios Fiscales dispone de una unidad específica y de una línea de
investigación sobre «Hacienda Pública e Igualdad de Género».



En desarrollo de esa línea cabe reseñar que se han realizado 7 actuaciones
de investigación que incluyen publicaciones, además de la contribución
como experta de la citada Unidad al proyecto de la Unión Europea «Los
Beneficios Económicos de la Igualdad de Género» siendo destacable la
elaboración del Proyecto «Building the case for Parental Leave to be
Equal, Non-Transferable and fully-paid (BestPLENT)», en el que se diseñó
una experiencia piloto para evaluar (ex ante) la conveniencia de una
posible reforma de los sistemas de permisos parentales en Francia y en
España, consistente en equiparar el actual permiso de paternidad (de 2
semanas) al de maternidad (de 16 semanas), también se evaluaría (ex post)
la última reforma de los permisos parentales de Islandia y se estudiaría
el impacto de los usos de los permisos en Suecia, poniendo en relación
todos estos resultados. Asimismo, se participó en los cursos y
conferencias requeridos por diferentes instituciones.



Entre los trabajos de investigación cabe destacar los siguientes:



— Crisis de cuidados e igualdad de género. El caso de los sistemas de
atención a la dependencia.



— Desiguales por ley. Las políticas públicas contra la desigualdad de
género.



— Permisos por nacimiento e igualdad de género: ¿cómo diseñar los permisos
de maternidad, paternidad y parentales para conseguir un comportamiento
corresponsable?



— El papel de los regímenes de bienestar en la determinación del impacto
de género de la política social en América latina.



— Lucha de género: ¿Cómo difiere por países en la Unión Europea? ¿Tuvimos
éxito? ¿Qué hay que hacer? Perspectiva de las organizaciones de mujeres
dentro y fuera de la Unión Europea.



El objetivo de esta línea es colaborar en la asunción de los objetivos de
igualdad por parte de investigadores, autoridades y sociedad civil,
estimulando la preocupación y el debate que conduzca a las reformas
necesarias para eliminar los sesgos de género de las políticas públicas.



En este sentido, se pretende:



— Inclusión de la perspectiva de género en todos los proyectos de
investigación y formación del Instituto de Estudios Fiscales.



— Inclusión de la perspectiva de género en el proceso presupuestario.




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163






— Eliminación de los sesgos de género contenidos en las políticas públicas
para garantizar su neutralidad.



— Paridad en las actividades del Instituto de Estudios Fiscales.



Por último cabe indicar que el Instituto Nacional de Administración
Pública (INAP), adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, viene promoviendo la política de igualdad al incluir en todos
los temarios aprobados para la celebración de sus pruebas selectivas para
el acceso al empleo público, concretamente en los temas relativos a las
políticas públicas, una especial referencia a las políticas sociales,
entre ellas las políticas de igualdad y contra la violencia de género.



También cabe destacar que en 2013 se produjo una colaboración entre el
Instituto de la Mujer y el INAP para la redacción de un caso sobre
igualdad de oportunidades, con el objeto de incluirlo en la «Biblioteca
de casos del INAP».



Igualmente, cabe mencionar el hecho de que en 2014 y en la fase
preparatoria de su Plan Operativo de Responsabilidad Social, elaboró, con
la participación de sus investigadores-becarios, un estudio de carácter
interno para su Gerencia sobre esta materia.



En relación con el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, cabe señalar
que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres,
ejerce sus funciones en ese Departamento la Unidad de Igualdad. Asimismo,
desde el año 2010 la valoración de los estudios contiene un apartado
específico sobre la integración de la perspectiva de género. Además, de
acuerdo con lo indicado en el artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2007, en
todas las encuestas nacionales e informes periódicos en los que se
analizan datos recogidos directamente o de fuentes secundarias, se
incluye sistemáticamente la perspectiva de género, ofreciendo datos
desagregados por sexo.



Se exponen a continuación los estudios aprobados en el periodo solicitado
en los que se aborda la perspectiva de género:



En el año 2012 y en el ámbito de la Secretaría de Estado de Empleo :



— Guía de la negociación colectiva 2013.



— Diseño y aplicación de un modelo de seguimiento y previsión de la
evolución de número de trabajadores desempleados según su situación
respecto a la protección por desempleo.



— La situación de las mujeres en el mercado de trabajo 2012.



— Informes del mercado de trabajo estatal y provincial de las mujeres.



En el año 2013: En el ámbito de la Secretaría de Estado de Empleo:



— Guía de la negociación colectiva 2014.



— La situación de las mujeres en el mercado de trabajo 2012.



— Informes del mercado de trabajo estatal y provincial de las mujeres.



En el ámbito de la Secretaría General de Inmigración y Emigración:



— Identificación de las víctimas de trata en los procedimientos de
protección internacional y retorno forzoso.



En el año 2014 y en el ámbito de la Secretaría de Estado de Empleo:



— Guía de la negociación colectiva.



— La situación de las mujeres en el mercado de trabajo 2013.



— Evaluación del Plan Anual de Políticas de Empleo (PAPE) 2012.



— Informes del mercado de trabajo estatal y provincial de las mujeres.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
164






184/067860



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Álvarez, Ángeles (GS).



Respuesta:



Como continuación a la respuesta del Gobierno registrada de entrada en esa
Cámara con el n.º 186200, de fecha 17/03/2015, se traslada lo siguiente:



En el ámbito del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en lo
relativo a la preferencia en la adjudicación de plazas para participar en
cursos de formación, cabe señalar que la selección de los alumnos
responde, con carácter general, a las necesidades organizativas y la
vinculación del puesto de trabajo desempeñado con el contenido del curso,
que se aprecian por cada Centro directivo.



Asimismo, cabe reseñar que los cursos organizados por la Subdirección
General de Recursos Humanos de ese Departamento se ofertan a todos los
empleados públicos, atendiéndose con carácter general la totalidad de
solicitudes de participación recibidas.



Por último, en relación con los datos de los que dispone el Instituto
Nacional de Administración Pública (INAP), durante el periodo consultado
y siempre en relación con la oferta formativa desarrollada por dicho
Organismo, se indican a continuación los casos en los que se ha hecho uso
de la preferencia en la formación por reincorporación al servicio activo
tras el permiso de maternidad o paternidad o por reingreso desde la
situación de excedencia por razones de guarda legal y atención a personas
mayores dependientes o personas con discapacidad:



AÑO;SOLICITANTES;ADMITIDOS;% DE ADMITIDOS EN RELACIÓN CON LOS SOLICITANTES



2012;511;82;16,05



2013;820;288;35,12



2014;1.099;790;71,88



Respecto al Ministerio de Justicia, cabe informar que no existe la
posibilidad de facilitar los datos solicitados relativos al período
2012-2013, toda vez que solo a partir del año 2014 existen datos
automatizados y la aplicación informática de formación permite conservar
las instancias telemáticas con los indicadores interesados.



En ese sentido, cabe destacar que en el año 2014 no se presentó ninguna
solicitud de formación relativa a empleados/as públicos/as que se hayan
incorporado al servicio activo procedentes del permiso de maternidad o
paternidad, o hayan reingresado desde la situación de excedencia por
razones de guarda legal y atención a personas mayores dependientes. No
obstante, en ese año 31 solicitantes justificaron un grado de
discapacidad igual o superior al 33 %, y a los mismos se les dio
preferencia en la adjudicación de plazas de los cursos de formación
correspondientes.



Por lo que se refiere al Organismo Autónomo «Centro de Estudios Jurídicos»
tiene encomendada por su Estatuto (Real Decreto 1276/2003, de 10 de
octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Estudios
Jurídicos) la formación inicial (cursos selectivos de nuevo ingreso para
funcionarios en prácticas) y la formación continua (funcionarios de
carrera) de la Carrera Fiscal y de los diversos Cuerpos que integran la
Administración de Justicia (secretarios judiciales, médicos forenses,
facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses,
INTCF, gestores procesales administrativos, técnicos especialistas de
laboratorio del INTCF, tramitadores procesales administrativos,
auxiliares judiciales y ayudantes de laboratorio del INTCF), así como la
formación continua de los Abogados del Estado.



Asimismo, su Estatuto encomienda al Centro de Estudios Jurídicos la
formación especializada en funciones de Policía Judicial de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado (Guardia Civil y Cuerpo Nacional de
Policía).




Página
165






En cuanto a la formación inicial cabe precisar que constituye la segunda
fase de los procesos selectivos para acceder a la Carrera Fiscal y a los
Cuerpos de la Administración de Justicia. Los participantes en esta
formación no son seleccionados por el Centro de Estudios Jurídicos sino
que son aquellos que superan la primera fase del proceso selectivo
conforme a los criterios establecidos en la correspondiente convocatoria
de acceso. No existen, por tanto, criterios de selección para la
adjudicación de plazas en esta fase.



Tampoco existen criterios de selección por parte del Centro de Estudios
Jurídicos para la adjudicación de plazas en la formación especializada en
funciones de Policía Judicial, destinada a miembros de los Cuerpos y
Fuerzas de Seguridad del Estado (Guardia Civil y Cuerpo Nacional de
Policía). En este caso, de conformidad con lo dispuesto en el Real
Decreto 769/1987, de 19 de junio, sobre regulación de la Policía
Judicial, son los funcionarios que superan los cursos de especialización
en Policía Judicial, impartidos por los Centros de Formación de las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, los que pueden acceder a los
cursos específicos programados al efecto por el Centro de Estudios
Jurídicos (art. 44).



En consecuencia, solo existen criterios de selección establecidos por el
Centro de Estudios Jurídicos en las actividades formativas de formación
continua dirigidas a los miembros de la Administración de Justicia
(fundamentalmente a Fiscales, Secretarios Judiciales, Médicos Forenses y
Abogados del Estado) y, a este respecto, cabe destacar que no se tiene
constancia de haber recibido, en el periodo 2012-2014, ninguna petición
de participación en alguna de estas actividades en la que se haya hecho
uso de la preferencia en la adjudicación de plazas por la incorporación
al servicio activo procedente del permiso de maternidad o paternidad, o
por el reingreso desde la situación de excedencia por razones de guarda
legal y atención a personas mayores dependientes o personas con
discapacidad, contemplada en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para
la igualdad efectiva de mujeres y hombres.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/067861



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Álvarez, Ángeles (GS).



Respuesta:



Como continuación a la respuesta del Gobierno registrada de entrada en esa
Cámara con el n.º 186201, de fecha 17/03/2015, se traslada lo siguiente:



En relación con la pregunta de referencia, cabe señalar que en el ámbito
del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, la Dirección
General de la Función Pública dispone de un Plan de Formación anual que
es financiado con fondos provenientes de la Formación para el Empleo en
las Administraciones Públicas.



Se indican a continuación las acciones formativas de dicho Plan de
Formación anual relacionadas con las políticas de igualdad:



— Durante el año 2012 no se llevó a cabo ninguna actividad formativa en
esta materia, si bien a finales de 2011 se realizó un curso dirigido a
todos los empleados públicos de la Administración General del Estado
(AGE) sobre legislación en materia de Igualdad y una Jornada
interadministrativa sobre la igualdad en las Administraciones Públicas
que tuvo lugar en el mes de diciembre.



— En el año 2013, se organizó:



– Una Jornada interdepartamental sobre «Protocolos para prevenir
situaciones de acoso y agresiones físicas en el ámbito de la AGE»,
desarrollándose mediante tres mesas para abordar tres protocolos: Acoso
Laboral, Acoso sexual y Acoso por razón de sexo y Agresiones físicas. En
estas mesas participaron ponentes por parte de la Administración y
también por parte de las organizaciones sindicales e iba dirigido a todos
los empleados públicos de la Administración General del Estado.




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166






– Un Curso sobre «Conciliación de la vida laboral, familiar y personal en
las Administraciones Públicas», dirigido a todos los empleados públicos
de la AGE.



— En el año 2014, se llevaron a cabo dos ediciones del curso «Conciliación
de la vida laboral, familiar y personal en las Administraciones
Públicas», en los que se examinaron la situación actual de la Igualdad en
la AGE: Plan de Igualdad.



Respecto al conjunto de la Administración General del Estado, según los
datos que se dispone y que figuran en el Informe de Seguimiento al Primer
Plan de Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del
Estado y en sus Organismos Públicos, cabe indicar que durante los años
2011 al 2013 se han realizado en materia de igualdad de oportunidades y
violencia de género los siguientes cursos formativos en el ámbito de la
Administración General del Estado:



— Se han llevado a cabo un total de 22 cursos para personal funcionario,
en los que han participado 1.619 mujeres y 731 hombres.



— Se han realizado un total de 72 cursos para personal laboral, en los que
han participado 268 mujeres y 122 hombres.



— Por último, en relación con la oferta formativa del Instituto Nacional
de Administración Pública (INAP) cabe señalar que:



En el año 2012 se impartieron dos cursos en materia de igualdad: el curso
on line de formación general «Igualdad de género» y el curso presencial
de formación descentralizada celebrado en la Subdelegación de Gobierno de
Alicante «Igualdad y prevención de la violencia de género». El total de
horas de formación fue de 40 y el de alumnos beneficiados con la
formación de 81.



En ese mismo ejercicio, el INAP impartió dos cursos en materia de
violencia de género: el curso presencial de formación general
«Información y atención multicanal al ciudadano: violencia de género,
discapacidad e inmigración» y el curso presencial de formación
descentralizada celebrado en la Subdelegación de Gobierno de Valencia
«Políticas de apoyo a la mujer y contra la violencia de género». El total
de horas de formación ascendió a 40 y el de los alumnos presentes a 40.



Además, en ese año 2012 se celebró una edición del curso presencial
«Atención multicanal a la discapacidad» que, con una duración de 25 horas
y 23 alumnos, incidía en la materia de igualdad en alguno de los puntos
de su programa.



En el ejercicio 2013 el INAP impartió cuatro cursos que, en todo o en
parte, trataron la materia de igualdad. Dos de ellos fueron presenciales:
«Atención multicanal a la igualdad» e «Información y atención multicanal
al ciudadano. Violencia de género, discapacidad e inmigración»; y los
otros dos se impartieron en la modalidad on line: «Igualdad de género» e
«Igualdad de género. Especial referencia a la violencia de género». Estas
actividades formaron a 156 alumnos.



También cabe destacar la firma, el 22 de octubre de 2013, del convenio de
colaboración entre el Instituto de la Mujer y el INAP para la realización
de actividades conjuntas dirigidas a potenciar la aplicación del
principio de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el
ámbito de la función pública. Fruto de ese convenio, el 21 de noviembre
de 2013 se celebró en el INAP una jornada sobre «Igualdad de
oportunidades entre hombres y mujeres en las Administraciones Públicas»,
organizada en colaboración con el Instituto de la Mujer y la Dirección
General de Función Pública, de 5 horas de duración y 90 asistentes.



Igualmente, en el año 2013 el INAP colaboró con la Dirección General para
la Igualdad de Oportunidades en el proyecto «Formación para la aplicación
transversal del principio de igualdad de trato y no discriminación en las
políticas públicas», cofinanciado por el Programa PROGRESS de la Unión
Europea 2007-2013 (JUST/2012/PROG/AG/AD). Este proyecto tuvo como
finalidad proporcionar formación específica para aplicar transversalmente
el principio de igualdad y no discriminación por origen racial o étnico,
nacionalidad, discapacidad, sexo, orientación e identidad sexual, edad,
religión o creencias en las fases de diseño, implementación y evaluación
de políticas públicas, programas y proyectos.



En el año 2014 el INAP ofreció dos cursos en la materia de igualdad de
género y lucha contra la violencia de género: el presencial «Información
y atención multicanal al ciudadano. Violencia de género, discapacidad e
inmigración» (de 25 horas lectivas y con 27 alumnos) y el on line
«Igualdad de género» (con 25 horas y 59 alumnos).



Por último, cabe informar que durante el periodo 2012-2014 la Subdirección
General de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas ha impartido al personal de los servicios




Página
167






centrales y territoriales de ese Departamento los siguientes cursos sobre
igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y sobre
prevención de la violencia de género:



— Elaboración de la Memoria de Impacto Normativo. Impacto de Género,
Económico y Presupuestario.



— Factores psicosociales, definición, evaluación y control. Acoso laboral.



— Gestión del tiempo y género: responsabilidades, tiempos y espacio s en
equilibrio.



— Integración de la perspectiva de género en la gestión pública.



— Jornadas sobre riesgos psicosociales y protocolo de actuación en la
Administración General del Estado.



— Presupuesto con perspectiva de género.



— Riesgos Psicosociales y Ergonomía.



— ¿Qué significa empoderarse?



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/067958



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
el Gobierno, a través del Ministerio de Economía y Competitividad,
concedió subvenciones correspondientes al Programa Estatal de Fomento de
la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprograma Estatal
de Generación de Conocimiento, en el marco del Plan Estatal de
Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, Modalidad
1: Proyectos de I+D, convocatoria del año 2013.



Dentro de estas ayudas concedidas se encuentra el proyecto de
investigación al que alude Su Señoría, con referencia HAR2013-43683-P,
cuya financiación concedida al proyecto fue de 36.300 euros y el periodo
de ejecución de 3 años (desde el 1 de enero del 2014 al 31 de diciembre
del 2016). La financiación del proyecto consiste en una subvención con
cargo a los Presupuestos Generales del Estado.



La posibilidad de prórroga se contempla en la Resolución de 5 de noviembre
de 2013, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e
Innovación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2013 del
procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa Estatal
de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia,
Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, en el marco del Plan
Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016,
en su artículo 13 se indica que «Los proyectos deberán ejecutarse en el
tiempo y forma que se determinen en las resoluciones de concesión. No
obstante, cuando surjan circunstancias concretas que alteren las
condiciones técnicas o económicas tenidas en cuenta para la concesión de
la ayuda, se podrá solicitar su modificación de acuerdo con las
condiciones expuestas en la presente convocatoria». Asimismo, dentro del
mismo artículo, se contempla la modificación del periodo de ejecución de
la actuación como uno de los supuestos en los que podrá modificarse la
resolución de concesión, pero en ningún caso implicará incremento de
financiación. Por otra parte, si la institución y el investigador
principal lo consideran oportuno, y así se justifica científicamente,
podrán concurrir a una nueva convocatoria de ayudas una vez finalizado el
proyecto actual.



Por otra parte, el Gobierno, a través del Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte, no ha recibido petición alguna para desarrollar actuaciones en
los yacimientos que se mencionan por parte de los órganos competentes en
su gestión.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068002



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Coscubiela Conesa, Joan (GIP).




Página
168






Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, se señala lo
siguiente:



Dado que los periodos consultados entran dentro del Plan Intensivo de
Tramitación, que se puso en marcha en 2012 para atajar la situación de
acumulación y retraso en la tramitación de los expedientes de
nacionalidad por residencia, se dispone de los siguientes datos
correspondientes al periodo comprendido entre el 01/10/2012 y el
08/01/2015:



— Solicitudes de nacionalidad por residencia concedidas: 437.050.



— Solicitudes de nacionalidad por residencia denegadas por falta de
integración: 21.075.



En relación con cuántas nacionalidades se han denegado por «errores»
administrativos como es el caso de tener el certificado de antecedentes
penales del país de origen caducado, procede aclarar que para la
adquisición de la nacionalidad española por residencia el Código Civil en
sus artículos 21 y 22 establece dos tipos de requisitos:



— Unos de carácter definido, como son la formulación de la correspondiente
solicitud y la residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a
la petición durante los plazos de diez, cinco, dos o un año, que según
los casos se establece.



— Otros configurados como conceptos jurídicos indeterminados, bien de
carácter positivo, como es el caso de la justificación de buena conducta
cívica y el suficiente grado de integración en la sociedad española, o
bien de carácter negativo, como es el caso de los motivos de orden
público o interés nacional que pueden justificar su denegación.



Los primeros no plantean problema para su apreciación, y en cuanto a los
segundos, por su propia naturaleza de conceptos jurídicos indeterminados,
precisan de la concreción adecuada a las circunstancias concurrentes en
cada caso.



Efectuando una breve síntesis de la interpretación jurisprudencial (SSTS
de 13 y 20 de abril, 9 y 23 de septiembre, 6 de noviembre y 25 de
diciembre de 2004, y 11 de octubre y 25 de septiembre de 2005), se puede
concluir que la buena conducta cívica a que se refiere el artículo 22.4
del Código Civil, a los efectos de conceder la nacionalidad española por
residencia, resulta fundamentalmente del informe de la policía y de los
certificados de antecedentes penales.



Antes de la residencia en territorio español, la buena conducta cívica
resulta del certificado de antecedentes penales del país de origen.
Durante la residencia en España, del certificado de antecedentes penales
español y durante la tramitación del procedimiento, de que no exista un
procedimiento penal en curso. Por ello, es requisito imprescindible que
el interesado aporte el correspondiente certificado de antecedentes
penales de su país de origen, traducido y legalizado, de acuerdo con los
Convenios internacionales existentes o certificación consular de
conducta.



En los casos de denegación de la solicitud de nacionalidad, la única causa
posible es apelar a la falta de requisito legal, en este caso buena
conducta cívica, sin perjuicio de que la misma deba ser motivada haciendo
referencia a la carencia de uno de los documentos que acrediten
positivamente su concurrencia. Por esta razón, no puede determinarse qué
expedientes han sido denegados por la carencia de certificados de
antecedentes penales de origen debidamente legalizados y en vigor, a la
fecha de presentación de la solicitud en el Registro Civil.



Sobre cuántas solicitudes de nacionalidad se han denegado por «falta de
conducta cívica» y cuántas se denegaron habiendo tenido antecedentes
penales cancelados o habiendo comprobado que la persona fue absuelta, se
informa lo siguiente:



En el periodo comprendido entre el 1/10/2012 y el 8/01/2015 se han
denegado por falta de conducta cívica 26.874 solicitudes de nacionalidad
por residencia.



Respecto a la segunda cuestión, como se indicó anteriormente no es posible
precisar el número de denegaciones, ya que se desestiman por carencia del
requisito legal de buena conducta cívica.



Conviene aclarar que si el promotor solicitante de la nacionalidad aporta
prueba de haber sido absuelto de un delito o aporta certificado de
cancelación de antecedentes penales, esta circunstancia se tendrá en
cuenta conjuntamente con el resto de los hechos que aparezcan en el
expediente a la hora de dictar resolución.




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169






En relación con esta cuestión es esclarecedora la Sentencia 158/2012, de
la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional que sistematiza la doctrina del Tribunal Supremo
relativa a la valoración de la buena conducta cívica, manifestando entre
otras cosas que: «Cuando el Código Civil remite al intérprete a la buena
conducta cívica como parámetro para resolver si procede o no acceder a la
pretensión de que se conceda la nacionalidad española a un extranjero por
causa de residencia, está desplazando hacia el solicitante la carga de
probar que viene observando una conducta de tales características, con lo
que está imponiendo al Juez el deber de averiguar si, a la vista de las
pruebas que tiene que aportar el interesado, hay razón suficiente para
entender que viene observando esa buena conducta cívica cuya ausencia
opera como obstáculo impeditivo de la concesión de la nacionalidad (STS
de 15 de diciembre de 2004), pesando sobre el solicitante de nacionalidad
la carga de probar su buena conducta cívica (SSTS de 8 de noviembre de
2004 y 29 de octubre de 2010)».



La denegación de cada una de las solicitudes de nacionalidad española por
residencia se produce tras la sustanciación del oportuno procedimiento
que, una vez cumplidos todos los trámites legales, culmina con la
resolución estimatoria o desestimatoria que en cada caso corresponda.



Por otro lado, es intención del Gobierno adoptar las medidas necesarias
para agilizar la tramitación de los expedientes de nacionalidad en orden
a ofrecer al ciudadano un servicio público rápido y de calidad.



Asimismo, se informa que la actual regulación de la comprobación del
requisito de suficiente grado de integración en la sociedad española
(art. 21.4 Código Civil, desarrollado en el art. 220.5 y 221 último
párrafo del reglame nto del Registro Civil), establece la apreciación de
la integración a partir de unos conceptos demasiado amplios y de unos
contornos poco definidos, que deben ser apreciados por los Jueces
Encargados del Registro Civil.



Para la apreciación de dicha integración el Reglamento del Registro Civil
establece que el peticionario probará los hechos a los que se refieren
los 5 primeros números del artículo 220 (que incluyen la integración),
para lo que el artículo 221 dispone que «El Encargado, en el expediente
de concesión de nacionalidad por residencia, oirá personalmente al
peticionario, especialmente para comprobar el grado de adaptación a la
cultura y estilo de vida españoles, y procurará oír también al cónyuge
por separado y reservadamente sobre el cambio de nacionalidad y
circunstancias que en ello concurren.»



Cabe señalar además que la apreciación de la integración en la sociedad
española en el procedimiento se realiza considerando todo el expediente
en su conjunto, no una pregunta aislada dentro de la audiencia realizada
por el Encargado del Registro Civil.



Ello no obstante, tal y como ha señalado reiterada jurisprudencia del
Tribunal Supremo y la abundante doctrina de la Audiencia Nacional al
analizar el requisito de integración es relevante el informe del
Encargado del Registro Civil en atención a la inmediación de la
diligencia de audiencia, en la que oye personalmente al interesado, y la
condición judicial de quien la practica (STC del Tribunal Supremo de 27
de junio de 2011, y las allí citadas).



Además, e invocando de nuevo la doctrina jurisprudencial, el adecuado
grado de integración en la sociedad española no se reduce a un
conocimiento aceptable del idioma, sino que es preciso un conocimiento de
las instituciones, costumbres y adaptación al modo y estilo de vida
españoles.



En conexión con lo anterior y respecto al cuestionario de nacionalidad a
que se alude, el Gobierno está tramitando actualmente un borrador de Real
Decreto en que se contemplará la prueba de conocimientos que diseñará y
administrará el Instituto Cervantes, y cuyo contenido irá orientado a
comprobar dos extremos: por un lado el conocimiento del idioma español, y
por otro, los conocimientos constitucionales y socioculturales de España,
ofreciendo al Encargado del Registro elementos objetivos, sin menoscabar
su independencia a la hora de valorar si concurre o no el requisito de la
integración.



En este sentido se señala que en derecho comparado son varios los países
europeos cuya legislación ha identificado los factores que se entiende
configuran la integración social como requisito para la adquisición de la
nacionalidad, exigiendo, entre otras cuestiones, la superación de una
prueba de idioma. La base de esta normativa se fundamenta en la
consideración del idioma y el conocimiento de la cultura y de los valores
constitucionales como elementos reveladores del nivel de integración
social del ciudadano extranjero al país cuya nacionalidad pretende
adquirir.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
170






184/068005, 184/068006, 184/068007, 184/068008, 184/068011, 184/068012,
184/068013, 184/068014



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En contestación a las preguntas formuladas se reitera, una vez más, que,
al tratarse de un hecho acaecido en territorio francés, la competencia de
la investigación y posteriores gestiones corresponde a las Autoridades
Francesas. Investigaciones que, por otra parte, la Policía Francesa dio
por concluidas, dos años después de la desaparición.



También se recuerda que las implicaciones en la comisión de hechos
delictivos son interpretadas por la Autoridad Judicial, que concreta la
responsabilidad penal de manera individualizada.



Madrid, 3 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068015



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Fernández, Rosana (GMx).



Respuesta:



En relación con el expediente en el que se centran las cuestiones
interesadas se señala que toda la información al respecto se encuentra
contenida en un expediente de protección internacional y, por lo tanto,
debe recordarse su carácter confidencial de acuerdo con lo previsto en el
artículo 16.4 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho
de asilo y de la protección subsidiaria.



Ese expediente se formalizó el 12 de enero de 2012, siendo admitido a
trámite el 20 de enero de 2012 por el procedimiento ordinario.



A propuesta de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio, con fecha
de 15 de diciembre de 2014, se dictó resolución desestimatoria de la
solicitud, notificada el 19 de enero de 2015. Esta resolución pone fin a
la vía administrativa, pudiéndose interponer recurso contencioso
administrativo ante la Audiencia Nacional, o bien recurso potestativo de
reposición.



La denegación del asilo no supone la salida obligatoria y automática del
territorio nacional si el solicitante cumple los requisitos para
permanecer en España, en caso de que tuviera otro título jurídico que se
lo permitiera.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068026, 184/069306



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Xuclà i Costa, Jordi (GCiU).



Respuesta:



El ministro del Interior, en su reciente visita del pasado 9 de marzo a
Palamós (Girona), anunció que el Puerto de Palamós será declarado
frontera exterior de Schengen, convirtiéndose en la primera instalación
portuaria de titularidad no estatal que logra esta consideración.




Página
171






El Ministro resaltó que la declaración del Puerto de Palamós como espacio
Schengen supone «un esfuerzo por parte del Gobierno en la provisión de
instalaciones adecuadas para el control efectivo de personas y
mercancías, así como en la provisión de efectivos de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado cuando sean necesarios para su
funcionamiento». Asimismo, señaló que dicho esfuerzo «demuestra el
interés del Gobierno por desarrollar iniciativas que traten de mejorar la
calidad de vida y el bienestar de los ciudadanos, en este caso de
Girona». El ministro del Interior ha destacado también el esfuerzo de
todas las administraciones e instituciones implicadas que han hecho
posible esta iniciativa demostrando que «cuando trabajamos juntos, los
beneficiados son siempre los ciudadanos».



En este sentido, el Ministro también subrayó que la consideración del
Puerto gerundense como frontera exterior de Schengen supone que, además
de la libre circulación de personas con origen y destino en países
firmantes del Acuerdo Schengen, este puerto se convierte en paso
fronterizo exterior para las personas con origen y destino en países no
firmantes, lo cual «aumentará las posibilidades de atracción de tráfico
de turistas, mejorando la actividad económica de la provincia de Girona».



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068042



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Macias i Arau, Pere (GCiU).



Respuesta:



La inversión realizada en las estaciones de la comarca del Garraf,
Barcelona, ha sido la necesaria para el correcto funcionamiento del
servicio ferroviario:



— Estación de Cubelles, se invirtieron 3,424 millones de euros (IVA
incluido) en las obras para la remodelación de la estación y el recrecido
de los andenes que finalizaron en el año 2011.



— Estación de Sitges, se invirtieron 3,864 millones de euros (incluido
IVA) para las obras de remodelación de la estación y recrecido de
andenes, obras que finalizaron en el año 2012.



— Estación de Vilanova i la Geltrú, se invirtieron 2,105 millones de euros
(incluido IVA) para la remodelación de la estación. Esta actuación
finalizó en el año 2012. Además de 29.813,47 euros, que se corresponde
con la rehabilitación de la marquesina en Vilanova i la Geltrú,
finalizada en 2014.



En cuanto al volumen de pasajeros diarios en las estaciones solicitadas
fue el siguiente:



Estación;Viajeros medios en día laborable Cercanías + Regiónales;;



;Suben;Bajan;Suben + Bajan



Vilanova i la Geltrú;8.403;8.254;16.657



Sitges;5.747;5.717;11.464



Garraf;193;209;402



En lo referente a las previsiones respecto al denominado «Plan Juncker»,
se indica que por el momento es prematuro informar al respecto, toda vez
que está pendiente de definición el alcance del mismo.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
172






184/068201



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Macias i Arau, Pere (GCiU).



Respuesta:



En el Anexo de Inversiones Reales de los Presupuestos Generales del Estado
para el año 2014 figura una dotación de 30,00 miles de euros en el
proyecto de inversión 2013 17 040 0379 «Estación ferrocarril convencional
de Girona», con cargo al programa de inversión 453-A «Infraestructura del
Transporte Ferroviario», desarrollado por la Dirección General de
Ferrocarriles del Ministerio de Fomento.



Durante el año 2014 no ha variado la ejecución de dicho proyecto de
inversión.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068281



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Jané i Guasch, Jordi (GCiU).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada se señala que si bien en el texto de
la iniciativa se hace referencia a los «diversos afectados», el suceso
que se menciona —la apertura de puertas de los coches en vías urbanas—
afecta al colectivo de los ciclistas en mayor número que a otros
colectivos como los peatones y los motoristas. Aunque no se dispone de
datos estadísticos de los accidentes acaecidos por dicha causa, sí se
sabe que en el año 2013 (último ejercicio del que se disponen de cifras
definitivas), el 73 % de los accidentes en que se vieron implicados los
usuarios de las bicicletas (y el 72 % de los heridos leves de este
colectivo) se produjo en vías urbanas.



En este sentido, se están adoptando medidas que contribuirán a reducir la
accidentalidad de este colectivo, como la creación de un considerable
número de kilómetros de carriles bici, presentes ya en muchos de los
municipios de la geografía española.



Tanto en el caso de los ciclistas como en el de los peatones y motoristas
debe incidirse, no obstante, en medidas como la adecuada configuración
del espacio público y el diseño y mejora de los elementos de seguridad de
los turismos.



La Dirección General de Tráfico tiene competencia sobre acciones
encaminadas a mejorar la seguridad vial. Así, para el colectivo ciclista,
como objetivos generales dentro de la Estrategia de Seguridad Vial
2011-2020, no sólo promueve el uso de la bicicleta como medio de
desplazamiento eficiente, dentro de un modelo de movilidad sostenible,
sino específicamente el de proporcionar espacios seguros de movilidad
para bicicletas y mejorar la capacitación y actitudes de los ciclistas y
resto de usuarios de las vías.



En definitiva, el objetivo de reducir la accidentalidad en vías urbanas
por cualesquiera causas, incluida la derivada de la apertura de puertas
de los vehículos de turismo, y la minoración de sus consecuencias, debe
pivotar sobre unos ejes fundamentales: una adecuada configuración del
espacio público, una conveniente planificación y gestión del tráfico de
los vehículos a motor, y unos hábitos de comportamiento y actitudes
responsables de todos los usuarios de la vía, lo que requiere no sólo de
la actuación coordinada de las Administraciones Públicas con competencia
en la materia, sino también de la decidida implicación y concienciación
de todos los agentes que intervienen en la seguridad vial.



Madrid, 16 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
173






184/068284 a 184/068286



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



Los procedimientos sancionadores instruidos en los dos últimos años a
funcionarios afectos a la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita
a la Xunta de Galicia, se han llevado a cabo en estricto cumplimiento de
la normativa vigente. En todo caso como respuesta a comportamientos y
situaciones que merecían la adopción de este tipo de medidas
disciplinarias.



De los expedientes tramitados por falta grave o muy grave, únicamente
constan tres casos en los que se ha abierto expediente disciplinario por
hechos relacionados con la actividad sindical.



De la incoación de los expedientes disciplinarios no es posible deducir
ataque alguno contra las libertades de los trabajadores, habiéndose
observado en todos ellos las garantías previstas en la Ley Orgánica
4/2010, de 20 de mayo, del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de
Policía.



Las medidas adoptadas nada tienen que ver con el legítimo desempeño de la
representación sindical que ostentaban los funcionarios encartados. En
tal sentido, no consta que en la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía
Adscrita a la Xunta de Galicia se haya obstaculizado o limitado, de
ninguna forma, la libertad sindical ni el derecho de los delegados
sindicales a formular propuestas o dirigir peticiones a los responsables
policiales en relación con los intereses profesionales de sus
representados. Todo ello dentro de los límites legales que amparan el
ejercicio de tal prerrogativa.



Es importante subrayar que la reivindicación de los representantes de las
tres organizaciones sindicales mayoritarias de cesar a los responsables
policiales ha sido remitida, al parecer, al Director General de
Emergencias e Interior dependiente de la Vicepresidencia y Consejería de
Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de la Xunta de Galicia,
en su condición de órgano que ejerce la jefatura de los servicios de
seguridad y policiales adscritos a la citada Consejería.



Madrid, 4 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068325



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En contestación a las preguntas formuladas se señala que las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado llevan a cabo sus funciones, bajo el más
estricto cumplimiento de la legalidad vigente.



Estas tienen entre sus cometidos la prevención e investigación de los
delitos para la detención y puesta a disposición de la Autoridad judicial
de sus responsables, incluidos aquellos cometidos presuntamente por sus
miembros, para lo cual disponen de Unidades especializadas en su
investigación, tanto en el ámbito de la responsabilidad penal como
disciplinaria.



En este sentido, cabe destacar que la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo,
de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, establece como uno de los principios
básicos de actuación de sus miembros, en sus relaciones con la comunidad,
«(…) impedir, en el ejercicio de su actuación profesional, cualquier
práctica abusiva, arbitraria o discriminatoria que entrañe violencia
física o moral». Por la vulneración de tal principio, responderán
personal y directamente los funcionarios infractores, tal y como dispone
artículo 5.6 de la citada norma.




Página
174






Por otra parte, la Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del
Consejo, sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de
delitos, requirió a los Estados miembros crear una Ley en cumplimiento de
la misma, fruto de esto el Congreso de los Diputados acordó iniciar los
trámites encaminados a la aprobación del Proyecto de Ley del Estatuto de
la Víctima del Delito.



Dicha Ley supondrá la transposición a nuestro Ordenamiento de la Directiva
2012/29/UE, que recoge expresamente la posibilidad de que las víctimas de
diversos tipos de hechos delictivos —entre los que se encuentran los
relacionados con la tortura y la integridad moral— puedan recurrir, en
determinados casos, la resolución dictada por el Juez de Vigilancia
Penitenciaria autorizando la clasificación del penado en tercer grado
antes de la extinción de la mitad de la condena.



El plazo límite de transposición de esta directiva es el 16 de noviembre
de 2015, y se transpone al ordenamiento jurídico español mediante las
siguientes normas:



1. Proyecto de Ley Orgánica del Estatuto de la Víctima. Se encuentra en
tramitación en el Senado. Transpone también parcialmente la Directiva
2011/93/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de
2011, relativa a la lucha contra los abusos sexuales y la explotación
sexual de los menores y la pornografía infantil y por la que se sustituye
la Decisión marco 2004/68/JAI del Consejo (plazo de transposición a más
tardar el 18 de diciembre de 2013).



2. Proyecto de Ley asistencia jurídica gratuita. Se encuentra en el
Congreso de los Diputados, actualmente pendiente de informe de Ponencia.



Por último cabe señalar que nuestro ordenamiento jurídico ya recoge la
prohibición expresa de todo tipo de discriminación, así como la
obligación de informar a las víctimas de los derechos que les ampara.



En el siguiente cuadro se recoge el número de delitos de tortura que
aparecen agrupados en el Sistema Estadístico de Criminalidad:



Delitos de tortura



2000;2001;2002;2003;2004;2005;2006;2007;2008;2009;2010;2011;2012;2013;2014



7;7;16;7;9;17;15;11;8;5;8;6;1;5;7



Hechos conocidos por Cuerpo Nacional de Policía, Guardia Civil, Policía
Autónoma del País Vasco y Policía Foral de Navarra, que figuran en el
Sistema Estadístico de Criminalidad (SEC).;;;;;;;;;;;;;;



Madrid, 16 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068334



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Flores, María Carmen (GP).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que en la Comunidad
de Madrid se encuentran verificados actualmente 536 títulos de grado.



Madrid, 26 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
175






184/068411



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Nuet Pujals, Joan Josep (GIP).



Respuesta:



En relación con el expediente en el que se centran las cuestiones
formuladas, se señala que toda la información al respecto se encuentra
contenida en un expediente de protección internacional y, por lo tanto,
debe recordarse su carácter confidencial de acuerdo con lo previsto en el
artículo 16.4 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho
de asilo y de la protección subsidiaria.



Ese expediente se formalizó el 12 de enero de 2012, siendo admitido a
trámite el 20 de enero de 2012 por el procedimiento ordinario.



A propuesta de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio, con fecha
de 15 de diciembre de 2014, se dictó resolución desestimatoria de la
solicitud, notificada el 19 de enero de 2015. Esta resolución pone fin a
la vía administrativa, pudiéndose interponer recurso contencioso
administrativo ante la Audiencia Nacional, o bien recurso potestativo de
reposición.



La denegación del asilo no supone la salida obligatoria y automática del
territorio nacional si el solicitante cumple los requisitos para
permanecer en España, en caso de que tuviera otro título jurídico que se
lo permitiera.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068413



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En España existe plena libertad de expresión. El Sr. Fabián Picardo se ha
podido expresar con total libertad en la conferencia-coloquio que
pronunció en un hotel madrileño el pasado día 3 de febrero de 2015.



Madrid, 4 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068460



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).



Respuesta:



En contestación a las preguntas formuladas se señala que se está
trabajando en el informe que recoge las gestiones que se están llevando a
cabo, como consecuencia de la visita del Defensor del Pueblo, en su
condición de Mecanismo Nacional de Prevención.



No obstante, cabe indicar que con carácter ordinario, cada dos meses, se
llevan a cabo tratamientos de desinfección, desinsectación y
desratización (DDD), así como con carácter extraordinario, cuando se
detecta una situación de necesidad que lo requiere. Así sucedió el pasado
mes de noviembre, cuando se detectó la presencia de chinches en las
instalaciones.




Página
176






Tras la desinfección, se llevó a cabo una inspección por la Consellería de
Sanidad de la Generalitat Valenciana, que comprobó que las condiciones de
salubridad de las instalaciones del citado Centro de Internamiento de
Extranjeros de Zapadores eran las adecuadas.



Igualmente, a finales del año pasado, entre el 24 de octubre y el 14 de
noviembre, se acometieron obras para reparar desperfectos derivados del
uso y otros daños probados intencionadamente por los propios internos. De
este modo se han llevado a cabo obras de albañilería, fontanería,
iluminación, reparación de mobiliario y cerrajería.



Así mismo se realizaron mejoras en los accesos al Centro desde el exterior
y se instalaron estanterías nuevas en el cuarto destinado a depósito de
maletas de los internos.



Es importante subrayar que pese a la formulación de algunas denuncias,
ninguna de ellas, por el momento, ha finalizado con sentencia
condenatoria, habiendo sido la inmensa mayoría sobreseídas.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068483 y 184/068484



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto y Fernández Moya, Gracia (GS).



Respuesta:



Todos los indicadores básicos de evaluación del Plan de Prevención y
Control de la Tuberculosis en España se actualizan anualmente. Toda la
información está disponible en la página web del Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad, en el siguiente enlace:



http://www.msssi.gob.es/profesionales/saludPublica/prevPromocion/PlanTuberculosis/planTuberculosis.htm



Además, en la misma página web está disponible la «Propuesta para
fortalecer la vigilancia mediante la mejora del diagnóstico de la
tuberculosis. Red de Laboratorios de Tuberculosis»:



http://www.msssi.gob.es/profesionales/saludPublica/prevPromocion/PlanTuberculosis/docs/Diagnostico_RedLaboratoriosTB.pdf



El grupo coordinador de la Red de Laboratorios de Tuberculosis está
constituido, entre otros, por microbiólogos representantes de varias
Comunidades Autónomas y por representantes de centros de referencia en
relación con microbacterias en el ámbito nacional.



En este contexto, está en marcha la realización de una encuesta para
actualizar y profundizar sobre los aspectos esenciales del diagnóstico de
la tuberculosis en nuestro país.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068486



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martín González, María Guadalupe (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se facilitan los datos del
número de becas, y su cuantía media, de la convocatoria de movilidad,
concedidas a alumnos matriculados en la Universidad de Castilla-La Mancha
los cursos 2011-2012 y 2012-2013.




Página
177






En el curso 2013-2014 se produjeron importantes cambios en el sistema de
becas, entre otros, la inclusión de la convocatoria de movilidad en la
convocatoria general, en el componente «residencia». Por lo tanto, del
curso 2013-2014 sólo se facilitan los datos del número de becas de
residencia, y su cuantía media, concedidas a alumnos matriculados en la
Universidad de Castilla-La Mancha.



El número de becas, y su cuantía media, facilitado se refiere al total de
la Universidad de Castilla-La Mancha, ya que no se dispone de los datos
desagregados por campus universitarios.



En cuanto a los niveles no universitarios, se informa que no se
concedieron ayudas de movilidad a alumnos matriculados en centros de la
provincia de Toledo en los cursos 2011-2012 y 2012-2013. Se aportan, sin
embargo, los datos del componente de residencia de las becas generales,
que sí incluye la movilidad en el curso 2013-2014.



Es importante destacar que el concepto de beca residencia del modelo
establecido a partir del curso 2013-2014 no es comparable al concepto del
modelo de los cursos anteriores. Debe tenerse en cuenta que la cantidad
prevista como beca de residencia se ha reducido para poder destinar una
parte del presupuesto para becas a la nueva parte variable. Por tanto,
aunque la cantidad fija se haya reducido, con la parte variable se
complementan las cuantías fijas, de modo que, sumando cuantía fija y
cuantía variable, se alcanzan cantidades similares, o incluso superiores
en algunos casos, a las que se recibían con el modelo anterior. Por ello,
se facilitan los datos en dos tablas: la primera referida a los cursos
2011-2012 y 2012-2013 y la segunda al curso 2013-2014.



Por último, se señala que la convocatoria del curso 2014-2015 se está
tramitando por lo que no se dispone de datos.



Niveles;Convocatorias;Curso 2011-2012;;Curso 2012-2013;



;;N.º de becas;Cuantía media (euros);N.º de becas;Cuantía media (euros)



Niveles universitarios Universidad de Castilla-La
Mancha;Movilidad;652;4.914,75;590;4.975,56



Niveles;Convocatorias;Curso 2013-2014;



;;N.º de becas;Cuantía media (euros)



Niveles universitarios Universidad de Castilla-La Mancha;Componente
residencia de la convocatoria general;3.822;1.499,61



;Total;3.822;1.499,61



Niveles no universitarios provincia de Toledo;Componente residencia de la
convocatoria general;323;1.500,00



;Componente residencia de las ayudas a alumnado con necesidad específico
de apoyo educativo;4;1.795,00



;Total;327;1.503,61



TOTAL;;4.149;1.499,92



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
178






184/068494



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



En contestación a las preguntas formuladas, se señala que las diligencias
abiertas por el Juzgado de Instrucción número 2 de Granada, por las que
se está investigando el asunto interesado, tienen carácter secreto, por
lo que no es posible aportar mayor información al respecto.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068519, 184/068520



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



El Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) inició sus
funciones con la Reforma de la PAC 2007-2013. En el contexto de dicha
reforma se aprobó el Programa de Desarrollo Rural de Aragón, iniciando
los pagos en el ejercicio financiero 2008, que va del 16 de octubre del
2007 al 15 de octubre de 2008.



En anexo figuran las cantidades recibidas en los 6 ejercicios financieros
(2008-2013) con cifras consolidadas 1.



Hay que tener en cuenta que hasta el 31 de diciembre de 2015 se podrán
realizar pagos del FEADER, de acuerdo con la regla N+2 que permite pagar
hasta 2 años después del 31 de diciembre de 2013, por lo que hasta
entonces no se podrá conocer con exactitud el balance del programa de
desarrollo rural.



A continuación se incluyen los enlaces en los que se pueden consultar las
cifras correspondientes a cada ejercicio financiero por medidas, ejes y
provincia con el desglose de los pagos del FEADER, parte nacional
(autonómica + estatal) y gasto público total, en los que hay una
información detallada que da contestación a las cuestiones por las que se
interesa Su Señoría:



Ejercicio;Enlace



2008;http://www.fega.es/PwfGcp/imagenes/es/FDREJEMEDOPPRO_2008_02_tcm5-18538.xls



2009;http://www.fega.es/PwfGcp/imagenes/es/FDREJEMEDOPPRO_2009_02_tcm5-24048.htm



2010;http://www.fega.es/PwfGcp/imagenes/es/FDREJEMEDOPPRO_2010_02_tcm5-29063.htm



2011;http://www.fega.es/PwfGcp/imagenes/es/FDREJEMEDOPPRO_2011_02_tcm5-34579.htm



2012;http://www.fega.es/PwfGcp/imagenes/es/FDREJEMEDOPPRO_2012_02_tcm5-38796.htm



2013;http://www.fega.es/PwfGcp/imagenes/es/FDREJEMEDOPPRO_2013_02_tcm5-45097.htm




Página
179







[**********página con cuadro**********]





Página
180






184/068524



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



Como continuación a la respuesta del Gobierno registrada de entrada en esa
Cámara con el n.º 186027, de fecha 16/03/2015, se traslada lo siguiente:



Cabe informar a Su Señoría que la información relativa a las previsiones
de recaudación fiscal puede ser consultada en el libro amarillo que
acompaña la presentación de los Presupuestos Generales del Estado para el
año 2015, que se encuentra disponible en el siguiente enlace electrónico:



http://www.sepg.pap.minhap.gob.es/sitios/sepg/es-ES/Presupuestos/ProyectoPGE/Documents/LIBROAMARILLO2015.pdf



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068529



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, se destacan a continuación las
siguientes modificaciones relativas a la deducción por actividades de
Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) introducidas a partir de
31 de diciembre de 2011:



— En relación con el artículo 35 del texto refundido de la Ley del
Impuesto sobre Sociedades TRLIS), aprobado por el Real Decreto
Legislativo 4/2004, de 5 de marzo (BOE de 11 de marzo), que regulaba la
deducción por actividades de I+D+i, el Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de
marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y
administrativas dirigidas a la reducción del déficit público (BOE de 31
de marzo), modificó el artículo 44 del TRLIS, que regulaba las normas
comunes a las deducciones para incentivar la realización de determinadas
actividades, entre las que se encuentra la citada deducción, para ampliar
el plazo para poder aplicar las cantidades correspondientes al período
impositivo no deducidas, que en el caso de la deducción por actividades
de I+D+i pasó de 15 a 18 años.



— Igualmente, en relación con el artículo 35 del TRLIS, la Ley 14/2013, de
27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización
(BOE de 28 de septiembre), modificó el artículo 44 del TRLIS,
estableciendo la opción de proceder a la aplicación de la deducción por
actividades de investigación y desarrollo sin quedar sometida esta
deducción a ningún límite en la cuota íntegra del Impuesto sobre
Sociedades, y, en su caso, proceder a su abono, con un límite máximo
conjunto de 3 millones de euros anuales, si bien con una tasa de
descuento respecto al importe inicialmente previsto de la deducción. Cabe
señalar que esta posibilidad requería un mantenimiento continuado en la
realización de estas actividades de investigación y desarrollo y del
nivel de plantilla empresarial.



— Por último, la nueva Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre
Sociedades (BOE de 28 de noviembre), mantiene, mejorada, la deducción por
actividades de I+D+i, destacando el incremento del importe de la
aplicación sin límite y abono de la deducción en el caso de investigación
y desarrollo, respecto de aquellas entidades que realizan un considerable
esfuerzo en este tipo de actividades.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
181






184/068570



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



La incidencia de varicela presenta ondas cíclicas cada 2-3 años. Entre
1998 y 2012, es posible identificar 6 ondas epidémicas, la última entre
2011 y 2013.



La vacuna frente a la varicela está disponible en todos los centros
autorizados para vacunación del país (centros de salud, centros de
vacunación y hospitales) para su utilización por los profesionales
sanitarios en aquellos casos indicados de acuerdo a la s recomendaciones
de la autoridad sanitaria. Las vacunas comercializadas en España frente a
la varicela, están autorizadas como de uso hospitalario.



La Comisión de Salud Pública del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales
e Igualdad celebrada el 28 de mayo de 2014, decidió mantener lo acordado
en 2005 en relación a la pauta y edad para esta vacuna; es decir, a los
12 años y grupos de riesgo con el objetivo de disminuir la incidencia de
la enfermedad en edades más elevadas en las que las complicaciones son
más graves



La propia Comisión de Salud Pública ratificó esta decisión en el 5 de
junio de 2014, y veinte días después, el 25 de junio, acordó confirmar el
calendario común de vacunación infantil aprobado para varicela y apoyar
la propuesta de la Agencia Española de Medicamentos y Productos
Sanitarios de uso hospitalario de la vacuna de la varicela, así como
seguir llevando a cabo una evaluación continua tanto de la evidencia y el
conocimiento disponible, como de la situación para su aplicación al
calendario de vacunación.



En consecuencia, las autoridades de salud pública del Sistema Nacional de
Salud, únicas competentes para hacerlo, se han reafirmado varias
ocasiones en cuáles son las recomendaciones oficiales de vacunación en
general y en la vacuna de varicela en particular.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068580



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar que desde enero
del año 2006 toda la información de las entregas a cuenta, anticipos y
liquidaciones definitivas de la participación en tributos del Estado se
encuentra disponible, en la página web del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, en la Oficina Virtual para la Coordinación
Financiera con las Entidades Locales, en la siguiente dirección
electrónica:



http://www.minhap.gob.es/es-ES/Areas%20Tematicas/Administracion%20Electronica/OVEELL/Paginas/DatosFinanciacionEL.aspx



Cabe señalar que la participación en tributos del Estado tiene carácter
incondicionado.



Se detalla en los cuadros siguientes la distribución a nivel provincial y
por Comunidades Autónomas de las entregas a cuenta de la participación en
tributos del Estado del ejercicio 2015:



Entregas a cuenta de participación en tributos del Estado del año 2015 por
provincias



Código;Nombre;Entregas a cuenta 2015



01;Araba/Álava;367.813,92



02;Albacete;81.638.300,40



03;Alicante/Alacant;403.705.212,48



04;Almería;142.427.460,48




Página
182






Código;Nombre;Entregas a cuenta 2015



05;Ávila;31.499.992,92



06;Badajoz;137.654.735,40



07;Illes Balears;236.895.798,48



08;Barcelona;1.991.297.304,48



09;Burgos;75.633.005,76



10;Cáceres;76.903.488,60



11;Cádiz;298.461.981,48



12;Castellón/Castelló;119.086.483,44



13;Ciudad Real;102.674.988,48



14;Córdoba;175.700.615,52



15;Coruña (A);244.148.782,20



16;Cuenca;38.024.978,52



17;Girona;153.085.803,36



18;Granada;194.307.243,84



19;Guada lajara;45.632.316,96



20;Gu ipúzcoa;827.086,92



21;Huelva;108.579.350,40



22;Huesca;45.671.827,68



23;Jaén;134.170.341,84



24;León;102.924.482,40



25;Lleida;89.354.127,84



26;Rioja;67.158.471,12



27;Lugo;67.438.840,20



28;Madrid;2.288.085.914,76



29;Málaga;450.806.303,04



30;Murcia;309.165.414,84



31;Navarra;761.086,32



32;Ourense;68.005.497,48



33;Asturias;245.297.981,04



34;Palencia;34.983.842,76



35;Las Palmas;245.722.318,20



36;Pontevedra;203.290.364,28



37;Salamanca;75.893.261,76



38;Tenerife;217.123.446,60



39;Cantabria;126.802.439,28



40;Segovia;32.167.890,84



41;Sevilla;550.442.144,52



42;Soria;17.531.771,28



43;Tarragona;172.096.777,80



44;Teruel;26.864.883,24



45;Toledo;128.299.695,60



46;Valencia/ València;692.089.245,48



47;Valladolid;122.785.981,92



48;Bizkaia;1.623.512,88



49;Zamora;36.633.045,48



50;Zaragoza;318.194.956,68



51;Ceuta;18.508.787,76



52;Melilla;18.660.997,92




Página
183






Entregas a cuenta de la participación en tributos del Estado del año 2015
por comunidades autónomas



CC.AA.;Entregas a cuenta 2015



Andalucía;2.054.895.441,12



Aragón;390.731.667,60



Asturias (Principado de);245.297.981,04



Balears (Illes);236.895.798,48



Canarias;462.845.764,80



Cantabria;126.802.439,28



Castilla y León;530.053.275,12



Castilla-La Mancha;396.270.279,96



Cataluña;2.405.834.013,48



Extremadura;214.558.224,00



Galicia;582.883.484,16



Madrid (Comunidad de);2.288.085.914,76



Murcia (Región de);309.165.414,84



Navarra (Comunidad Foral de);761.086,32



País Vasco;2.818.413,72



Rioja (La);67.158.471,12



Comunidad Valenciana;1.214.880.941,40



Ciudad Autónoma de Ceuta;18.508.787,76



Ciudad Autónoma de Melilla;18.660.997,92



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068602



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lozano Domingo, Irene (GUPyD).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que los criterios a
aplicar para la concesión de la contrata son los que vienen recogidos en
el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado
por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 noviembre (TRLCSP). Por
tanto el órgano de contratación responsable siguió el proceso establecido
en el citado TRLCSP. En este sentido, en los pliegos se fijaron las
condiciones de la contratación, así como los criterios de solvencia que
debían reunir las empresas, entre ellas, la que finalmente resultó
adjudicataria.



La finalidad principal de la garantía es resarcir los daños y perjuicios
que se causen a la Administración por ejecución defectuosa o demora en el
contrato. Esta finalidad indemnizator ia o reparadora del perjuicio
causado a la Administración se establece aquí con relación al material
puesto a disposición del adjudicatario; en este sentido el importe a
aplicar a dicha garantía ha sido minuciosamente calculado en base al
material puesto a su disposición.



Como se ha mencionado, el TRLCSP establece las condiciones bajo las cuales
se ha de llevar a cabo la contratación y, en este sentido, los pliegos
elaborados por el órgano de contratación incluyen las cláusulas relativas
a la materia:



— Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo
(art. 120).



— Presentación de documentación acreditativa del cumplimiento de
requisitos, como la declaración responsable de hallarse al corriente del
cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.




Página
184






Asimismo, se incluyen cláusulas de prevención de cesión ilegal de
trabajadores, de acuerdo con lo establecido en la Instrucción sobre
buenas prácticas para la gestión de las contrataciones de servicios y
encomiendas de gestión con el fin de evitar incurrir en supuestos de
cesión ilegal de trabajadores, elaborada por el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.



Según lo expresado, puede concluirse que el órgano de contratación ha
cumplido con todas las disposiciones que le obligan referentes al
mencionado contrato.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068608



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Herraiz, Margarita (GS).



Respuesta:



El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través de
la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, y en colaboración con el
resto de administraciones involucradas, tiene la intención de finalizar
la ejecución material del proyecto por el que se interesa Su Señoría en
el período de tiempo más breve posible que la viabilidad técnica,
económica y medioambiental permita.



La disponibilidad presupuestaria ha obligado a dividir el proyecto en
fases, priorizando aquellas actuaciones que inciden en los siguientes
aspectos:



— Mejora del flujo natural del agua.



— Beneficio de un mayor número de habitantes.



— No incremento del riesgo de inundaciones.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068642



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lozano Domingo, Irene (GUPyD).



Respuesta:



En relación con el expediente en el que se centran las cuestiones
formuladas, se señala que toda la información al respecto se encuentra
contenida en un expediente de protección internacional y, por lo tanto,
debe recordarse su carácter confidencial de acuerdo con lo previsto en el
artículo 16.4 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho
de asilo y de la protección subsidiaria.



Ese expediente se formalizó el 12 de enero de 2012, siendo admitido a
trámite el 20 de enero de 2012 por el procedimiento ordinario.



A propuesta de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio, con fecha
de 15 de diciembre de 2014, se dictó resolución desestimatoria de la
solicitud, notificada el 19 de enero de 2015. Esta resolución pone fin a
la vía administrativa, pudiéndose interponer recurso contencioso
administrativo ante la Audiencia Nacional, o bien recurso potestativo de
reposición.



La denegación del asilo no supone la salida obligatoria y automática del
territorio nacional si el solicitante cumple los requisitos para
permanecer en España, en caso de que tuviera otro título jurídico que se
lo permitiera.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
185






184/068732



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Macias i Arau, Pere (GCiU).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que en la LXV Reunión
de la Comisión Mixta Ministerio de Fomento-Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte se aprobó la firma de dos convenios: uno del Centro de
Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) con ADIF
(Administrador de Infraestructuras Ferroviarias) y otro entre dicho
Centro y la Dirección General de Carreteras.



Asimismo, en dicha Reunión se aprobaron los criterios de selección y
valoración de los proyectos que soliciten financiación con cargo al 1,5 %
cultural y se encomendó al Ministerio de Fomento la realización de las
actuaciones necesarias para la publicación de una próxima convocatoria de
presentación de proyectos. Estos criterios se plasmaron en la Orden
FOM/1932/2014, de 30 de septiembre (BOE de 22 de octubre), por la que se
aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones
de conservación o enriquecimiento del patrimonio histórico español, con
cargo a los recursos procedentes de las obras públicas financiadas por el
Gobierno, a través del Ministerio de Fomento, y por la entidades del
sector público dependientes o vinculadas.



El 27 de noviembre de 2014 se publicó en el BOE la Resolución de 24 de
noviembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda, por la que se convoca la presentación de
solicitudes mediante concurrencia competitiva al Programa 1,5 % Cultural
del Ministerio de Fomento. Esta convocatoria se encuentra en fase de
valoración de las solitudes recibidas.



Madrid, 24 de febrero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/068733



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Macias i Arau, Pere (GCiU).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe señalar que el crédito
presupuestario mencionado por Su Señoría recoge las compensaciones
previstas en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de
septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA).
Actualmente, este crédito engloba las compensaciones relativas al
Impuesto sobre los depósitos de las Entidades de Crédito de las
Comunidades Autónomas de Andalucía, Extremadura y Canarias y al Impuesto
sobre depósito de residuos radiactivos de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.



Respecto al Impuesto sobre los depósitos de las Entidades de Crédito, cabe
indicar que cada una de las Comunidades Autónomas indicadas anteriormente
recibe una compensación anual que se calcula a partir del importe
devengado como cuota líquida del año base (2012), certificado por la
Comunidad Autónoma, al que se aplica un índice de evolución.



El índice de evolución es certificado por el Banco de España y reproduce
la evolución de la base imponible del Impuesto, es decir, los depósitos
de la clientela en las entidades financieras ubicadas en la Comunidad
Autónoma.



La compensación así calculada sustituye a la recaudación que la Comunidad
Autónoma habría obtenido en caso de haber continuado aplicando el
impuesto autonómico, de manera que se cumple con el mandato del artículo
6.2 LOFCA, es decir, que se compense a las Comunidades Autónomas la merma
recaudatoria experimentada.



En cuanto al Impuesto sobre depósito de residuos radiactivos, cabe reseñar
que la Comunidad Autónoma de Andalucía recibe trimestralmente una
compensación por la disminución de ingresos que le supone a esa Comunidad
Autónoma la entrada en vigor del Impuesto estatal sobre el almacenamiento
de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones
centralizadas.




Página
186






En este caso, la Agencia Tributaria emite un certificado trimestral que
recoge el importe recaudado por el Impuesto estatal sobre el
almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos, que
corresponde al almacenamiento de residuos radiactivos en instalaciones
centralizadas ubicadas en Andalucía.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068735



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Esteban Bravo, Aitor (GV).



Respuesta:



En España existe plena libertad de expresión, el Sr. Fabián Picardo se ha
podido expresar con total libertad en la conferencia-coloquio que
pronunció en un hotel madrileño el pasado día 3 de febrero de 2015.



Madrid, 4 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068739



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



En contestación a las preguntas formuladas, se señala que como
consecuencia del atentado de París del pasado día 7 de enero y tras la
activación por la Secretaría de Estado de Seguridad del nivel 3 «Baja
intensidad», se decidió incrementar la presencia de la Guardia Civil en
aquellos objetivos que marca la Orden de Servicio 11/2010, «Plan de
Prevención y Protección Antiterrorista».



El día 8 de enero de 2015, se recibió en la Zona de Aragón una
comunicación del Centro de Cooperación Policial y Aduanero (CCPA) de Le
Perthus acerca de la posibilidad de que los sospechosos del atentado de
París hubiesen sido vistos en zona francesa, próxima a la frontera de La
Junquera (Girona).



De este modo, la Zona de Aragón remitió el 9 de enero de 2015
instrucciones ante la activación del nivel 3 «Baja intensidad». Para
ello, además de las patrullas de Seguridad Ciudadana, se aumentarían o
modificarían los servicios de las Unidades de reserva de las Comandancias
y se planteó la posibilidad de solicitar apoyo de la Agrupación de
Reserva y Seguridad (ARS).



A partir de ese momento, la Zona de Aragón coordinó la posible activación
de un Módulo de Intervención Rápida (MIR) de la ARS para apoyar a las
tres provincias.



Por otra parte, la Unidad de Extranjería y Documentación del Cuerpo
Nacional de Policía, con sede en la localidad de Canfranc (Huesca),
realiza diariamente controles en las proximidades de la frontera. Estos
controles de extranjería son comunicados semanalmente y directamente a la
Comandancia de Huesca.



Ante el establecimiento de los nuevos controles de apoyo a la Comandancia
de Huesca por parte de la Jefatura de la Zona de Aragón, y al objeto de
planificarlos correctamente, se dieron instrucciones verbales para tratar
de conocer con exactitud los controles que se estaban realizando por
parte del Cuerpo Nacional de Policía; todo ello con el fin de coordinar
con el Cuerpo Nacional de Policía la realización de los mismos y de
conocer el tipo de control a prestar (de extranjería o antiterrorista).



El único interés era mantener la filosofía que marcaba la Orden de
Servicio 8/2000 sobre «Plan de Coordinación de Controles en la Frontera
franco-española» y al mismo tiempo, intentar evitar molestias a los
ciudadanos que podrían ser controlados en más de una ocasión por algún
Cuerpo policial.




Página
187






El Jefe Interino de la Compañía de Jaca transmitió por escrito dichas
instrucciones a sus Unidades subordinadas pero sin especificar los
motivos finales y reales de la misma, por lo que pudieron ser
interpretadas incorrectamente. Por ello, el 20 de enero de 2015, el Jefe
de la Comandancia dio la orden de anularlas.



Es importante subrayar que en ningún momento se realizaron grabaciones de
los controles del Cuerpo Nacional de Policía.



Madrid, 26 de febrero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/068743



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Bosch i Pascual, Alfred (GMx).



Respuesta:



En España existe plena libertad de expresión. El Sr. Fabián Picardo se ha
podido expresar con total libertad en la conferencia-coloquio que
pronunció en un hotel madrileño el pasado día 3 de febrero de 2015.



Madrid, 4 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068773



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



En contestación a las preguntas formuladas, se señala que en la
preparación de los Grupos Especiales de Operaciones (en adelante, GEO),
los entrenamientos simulando situaciones de riesgo con rehenes o ataques
terroristas son una constante desde su creación, siendo parte de las
actividades programadas semanalmente por esa Unidad policial para
garantizar la mejora continua en sus capacidades operativas.



Los citados entrenamientos no se realizan únicamente dentro de las
instalaciones que sirven de base al GEO, sino también en localizaciones
diversas, lo cual permite ampliar las posibilidades de creación de
escenarios de riesgos alternativos. Actualmente, son muchas las
localizaciones cercanas a la base del GEO donde se ensayan innumerables
situaciones con rehenes. Además, regularmente se hace uso de
localizaciones más alejadas, en las que se practican dicho tipo de
entrenamientos con una mayor dedicación al ensayo de tácticas operativas
complejas, como son las que demandan sucesos como los acaecidos en Paris;
lo que es posible merced a los acuerdos alcanzados con el Ministerio de
Defensa y con Entidades municipales y autonómicas.



Respecto a los protocolos de actuación, cabe mencionar que desde la
creación del GEO, existen protocolos específicos para todas aquellas
situaciones relacionadas con ataques terroristas, con o sin toma de
rehenes. Tales protocolos son objeto de una revisión y actualización
continua en función de las conclusiones alcanzadas respecto a los
acontecimientos extraordinarios en este ámbito como los incidentes de
Paris, tanto en nuestro territorio como fuera de él.



Por lo que se refiere a la Especialidad Técnico Especialista en
Desactivación de Artefactos Explosivos TEDAX/Nuclear, Radiológica,
Biológica y Química (NRBQ), cabe señalar que, actualmente, cuenta con el
número de funcionarios apropiado, tanto a nivel central como periférico,
para dar respuesta, en el marco de sus competencias, a los requerimientos
propios de sus funciones.



En este sentido, se indica que existe un seguimiento continuo de la
situación administrativa de sus integrantes con la finalidad de analizar
las futuras carencias y convocar, en tiempo y forma, las plazas




Página
188






necesarias para el siguiente curso de especialistas garantizando así la
cobertura idónea de los puestos en los distintos grupos. En cuanto a los
recursos materiales, cabe subrayar que desde los órganos competentes, se
viene respondiendo a las necesidades planteadas.



A nivel formativo, la instrucción básica en materia de explosivos/NRBQ
obligatoria para habilitar a los nuevos especialistas-diplomados en el
ejercicio de sus funciones, se compone de un curso de 16 meses, con una
carga de 1.560 horas lectivas. Igualmente, es un objetivo irrenunciable
para la Especialidad, el desarrollo de nuevos procedimientos operativos,
además de la actualización permanente. Esta se lleva a cabo por medio de
Jornadas anuales (obligatorias para todos sus miembros), y por medio de
la «formación en base» de los distintos grupos (que se desarrolla bajo la
supervisión del responsable de cada uno de ellos), así como de un
programa de manejo, revisión y control de material.



Asimismo, se promueve la realización de protocolos y ejercicios con otras
Unidades policiales nacionales e internacionales (Guías Caninos,
Subsuelo, UIPs,…) así como con otras instituciones del ámbito de
Emergencias (Bomberos, SAMUR, Protección Civil, Ejército,…) que tiene
como finalidad poner a prueba las capacidades propias y la mejora de la
coordinación en la respuesta.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068779



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



El Gobierno desde el comienzo mismo de la Legislatura ha manifestado,
además de su confianza en el Ministerio Público, su más escrupuloso
respeto hacia los principios de autonomía, legalidad e imparcialidad que
presiden la institución de la Fiscalía, y que están contenidos en el
artículo 124 de la Constitución y el artículo 7 del Estatuto Orgánico de
aquella.



Por otro lado, se señala que el Gobierno carece de opinión sobre los
programas y contenidos emitidos por la televisión pública.



Madrid, 16 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068794



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blasco Soto, Miriam Guadalupe (GP).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno contiene un triple objetivo: avanzar en la transparencia de
las instituciones incorporando obligaciones de publicidad activa,
reconocer y garantizar el acceso a la información pública desarrollando
lo contenido en el artículo 105 b) de la Constitución Española y recoger
principios de buen gobierno cuyo incumplimiento por parte de las personas
que, según lo establecido en el artículo 25 de la Ley, desarrollan
actividades de relevancia pública, constituirá infracción y llevará
aparejada la correspondiente sanción.



De esta forma, esta norma incidirá en el control de los fondos públicos en
el ámbito del deporte, dejando claro el destino de los mismos y
contribuirá a mejorar las buenas prácticas en la estructura y
funcionamiento del deporte español.



Madrid, 26 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
189






184/068795



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blasco Soto, Miriam Guadalupe (GP).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las guías con
recomendaciones para la recuperación específica de lesiones musculares,
de esguinces y de tendinopatías permitirán que todos los deportistas
aficionados, y no sólo los de alta competición, tengan a su disposición
unos consejos de fácil aplicación desde el punto de vista sanitario, con
conceptos claros y pautas revisadas, que mejoren la prevención y el
tratamiento de estas lesiones tan frecuentes en deportistas de cualquier
nivel. Con estas guías se pueden conseguir resultados de recuperación más
satisfactorios y volver antes a la actividad deportiva.



Por otra parte, la coordinación y colaboración del Consejo Superior de
Deportes con el ámbito sanitario es estrecha, tanto con las Comunidades
Autónomas como con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad. En el ámbito de la salud deportiva, el Gobierno considera que
el factor más positivo de estas guías es su planteamiento para la
distribución general a toda la población. La idea es que se distribuyan
no solo en el ámbito de la práctica deportiva de alta competición sino,
sobre todo, en el ámbito de la medicina general y atención primaria con
los consejos orientados tanto al profesional sanitario que atiende a
estos deportistas en una primera asistencia como al propio deportista,
implicándolo en su propia recuperación.



Las guías abarcan tres tipos de lesiones de aparición muy frecuente, en
muchos casos consideradas de baja gravedad y, por ello, sujetas a gran
variabilidad de tratamientos por su realización de manera casi
autodidacta, lo que provoca que se apliquen pautas en muchos casos
contrapuestas. Estas guías, por tanto, tratan de orientar de forma clara
en la forma de actuar en estos casos.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068816



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cantó García Del Moral, Antonio (GUPyD).



Respuesta:



En junio de 2014, en cumplimiento de la Proposición no de Ley mencionada
en la pregunta de Su Señoría, se remitió a las partes interesadas (tales
como asociaciones de criadores de perros u organizaciones de defensa de
los animales), a las Comunidades Autónomas y al resto de departamentos un
«borrador de anteproyecto de ley por el que se establece la normativa
básica del comercio y la tenencia responsable de perros y gatos».



Se recibieron multitud de observaciones, no sólo las partes consultadas
sino otras que tuvieron conocimiento del texto y que se dirigieron al
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Entre ellas se
recibieron observaciones de varias Comunidades Autónomas sobre
distribución competencial.



Del análisis de todos los comentarios se hace patente que, para que un
anteproyecto de ley de esta naturaleza pueda alcanzar el grado de
consenso necesario, es necesario un enfoque diferente de las distintas
acciones planteadas en el borrador.



Para ello se está elaborando un «Plan de actuaciones para promover la
tenencia responsable de los perros y gatos y las buenas práctica en el
comercio de estos animales», en el cual se integran varias iniciativas,
que está previsto presentar próximamente a debate y que tiene por objeto:



— Establecer y gestionar un lugar de encuentro entre todas las partes
interesadas y reforzar la colaboración y cooperación entre ellas.



— Mejorar el conocimiento del sector para poder proponer medidas que se
ajusten a las necesidades reales.



— Elaboración de estándares basados en las buenas prácticas de manejo y
alojamiento de los animales en los establecimientos de venta y lugares de
cría, así como de formación del personal.



— Elaboración de modelos de compra-venta que aseguren la tenencia
responsable de los animales.




Página
190






Al mismo tiempo se sigue trabajando en el texto del anteproyecto de ley
con el fin de alcanzar el necesario grado de consenso que permita
culminar dicho anteproyecto.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068823



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Fernández, Rosana (GMx).



Respuesta:



Como continuación a la respuesta del Gobierno registrada de entrada en esa
Cámara con el n.º 185941, de fecha 16 de marzo de 2015, se traslada lo
siguiente:



En relación con la pregunta formulada y por lo que se refiere al ámbito de
competencias del Ministerio del Interior, se informa que el número de
accidentes registrados en los ámbitos territoriales por los que se
interesa Su Señoría, durante los años 2013 y 2014, en los que estuvo
implicado un animal silvestre, fueron los siguientes:



Accidentes con animales silvestres – vías titularidad estatal – Comunidad
Autónoma de Galicia;2013;2014



Accidentes con víctimas;25;29



Accidentes solo daños materiales;1.086;958



Similar información referida a la carretera A-6, durante su recorrido por
la provincia de Lugo en general y en los municipios interesados en
particular, fue la siguiente:



Accidentes con animales silvestres – Provincia de Lugo – Carretera
A-6;2013;2014



Accidentes con víctimas;0;0



Accidentes solo daños materiales;41;36



Accidentes con animales silvestres – Provincia de Lugo – Carretera A-6 –
MUNICIPIO: OUTEIRO DE REI;2013;2014



Accidentes con víctimas;0;0



Accidentes solo daños materiales;2;5



Accidentes con animales silvestres – Provincia de Lugo – Carretera A-6 –
MUNICIPIO: BEGONTE;2013;2014



Accidentes con víctimas;0;0



Accidentes solo daños materiales;3;1



Accidentes con animales silvestres – Provincia de Lugo – Carretera A-6 –
MUNICIPIO: GUITIRIZ;2013;2014



Accidentes con víctimas;0;0



Accidentes solo daños materiales;1;3



Los datos del año 2014 son provisionales.;;




Página
191






En los accidentes con animales salvajes registrados en las vías de
titularidad estatal de la Comunidad Autónoma de Galicia durante 2014 no
se produjeron accidentes mortales. En 2013 se produjo uno en la vía A-52
en el municipio de Cenlle (Ourense).



Por último, la localización de los accidentes con animales silvestres en
las vías de titularidad estatal de la Comunidad Autónoma de Galicia en el
periodo comprendido entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de
2014, con desglose de aquellos en los que estuvieron implicados jabalíes,
fueron los siguientes:



;;;ACC VÍCTIMAS;;ACC DAÑOS;



PROVINCIA;CARRETERA;MUNICIPIO;CON ANIMALES SILVESTRES;CON JABALÍES;CON
ANIMALES SILVESTRES;CON JABALÍES



Coruña (A);A-54;Santiago de Compostela;0;0;11;6



Coruña (A);A-6;Abegondo;0;0;2;0



Coruña (A);A-6;Aranga;0;0;7;1



Coruña (A);A-6;Arteixo;0;0;3;1



Coruña (A);A-6;Betanzos;0;0;4;2



Coruña (A);A-6;Cambre;0;0;6;6



Coruña (A);A-6;Carral;0;0;2;0



Coruña (A);A-6;Coirós;0;0;9;4



Coruña (A);A-6;Culleredo;0;0;5;3



Coruña (A);A-6;Oza dos Ríos;0;0;1;0



Coruña (A);AC-12;Coruña (A);0;0;1;0



Coruña (A);AC-12;Oleiros;0;0;2;0



Coruña (A);AC-14;Culleredo;0;0;2;1



Coruña (A);AC-461;Cerdido;0;0;1;0



Coruña (A);AP-53;Santiago de Compostela;0;0;1;1



Coruña (A);AP-53;Vedra;0;0;1;0



Coruña (A);AP-9;Abegondo;0;0;4;2



Coruña (A);AP-9;Bergondo;0;0;1;1



Coruña (A);AP-9;Betanzos;0;0;1;0



Coruña (A);AP-9;Cambre;0;0;8;3



Coruña (A);AP-9;Coruña (A);0;0;1;1



Coruña (A);AP-9;Mesía;0;0;2;2



Coruña (A);AP-9;Ordes;0;0;1;0



Coruña (A);AP-9;Padrón;0;0;3;2



Coruña (A);AP-9;Santiago de Compostela;0;0;14;6



Coruña (A);AP-9;Teo;0;0;3;1



Coruña (A);AP-9F;Bergondo;0;0;5;3



Coruña (A);AP-9F;Fene;0;0;2;2



Coruña (A);AP-9F;Miño;0;0;5;5



Coruña (A);AP-9F;Narón;0;0;1;0



Coruña (A);AP-9F;Neda;0;0;1;0



Coruña (A);AP-9F;Pontedeume;0;0;2;1



Coruña (A);FE-11;Narón;0;0;1;0



Coruña (A);LU-P-S/N;Culleredo;0;0;1;0



Coruña (A);N-525;Boqueixón;0;0;5;2



Coruña (A);N-525;Santiago de Compostela;0;0;2;0



Coruña (A);N-525;Vedra;0;0;10;4



Coruña (A);N-547;Arzúa;0;0;6;2




Página
192






;;;ACC VÍCTIMAS;;ACC DAÑOS;



PROVINCIA;CARRETERA;MUNICIPIO;CON ANIMALES SILVESTRES;CON JABALÍES;CON
ANIMALES SILVESTRES;CON JABALÍES



Coruña (A);N-547;Melide;0;0;8;2



Coruña (A);N-547;Pino (O);1;0;11;4



Coruña (A);N-550;Cambre;0;0;1;0



Coruña (A);N-550;Carral;1;1;2;1



Coruña (A);N-550;Ordes;0;0;4;0



Coruña (A);N-550;Oroso;0;0;4;0



Coruña (A);N-550;Padrón;1;0;4;1



Coruña (A);N-550;Rois;0;0;1;1



Coruña (A);N-550;Santiago de Compostela;0;0;4;2



Coruña (A);N-550;Teo;0;0;4;2



Coruña (A);N-634;Aranga;0;0;1;0



Coruña (A);N-634;Curtis;0;0;33;14



Coruña (A);N-634;Frades;0;0;3;0



Coruña (A);N-634;Mesía;0;0;3;1



Coruña (A);N-634;Pino (O);2;2;13;4



Coruña (A);N-651;Betanzos;0;0;2;2



Coruña (A);N-651;Cabanas;1;0;3;2



Coruña (A);N-651;Fene;0;0;5;3



Coruña (A);N-651;Miño;0;0;11;8



Coruña (A);N-651;Paderne;0;0;7;5



Coruña (A);N-651;Pontedeume;1;1;10;1



Coruña (A);N-655;Ferrol;1;1;6;3



Coruña (A);N-655;Narón;0;0;4;4



Coruña (A);N-VI;Aranga;0;0;17;2



Coruña (A);N-VI;Bergondo;0;0;5;3



Coruña (A);N-VI;Betanzos;0;0;3;2



Coruña (A);N-VI;Coirós;0;0;3;1



Coruña (A);N-VI;Oleiros;0;0;5;3



Lugo;A-6;Baralla;0;0;12;6



Lugo;A-6;Becerreá;0;0;5;1



Lugo;A-6;Begonte;0;0;4;3



Lugo;A-6;Corgo (O);0;0;12;6



Lugo;A-6;Guitiriz;0;0;4;2



Lugo;A-6;Lugo;0;0;20;8



Lugo;A-6;Nogais (As);0;0;9;6



Lugo;A-6;Outeiro de Rei;0;0;7;5



Lugo;A-6;Pedrafita do Cebreiro;0;0;1;0



Lugo;A-6;Rábade;0;0;3;3



Lugo;A-8;Abadín;0;0;2;0



Lugo;A-8;Barreiros;0;0;3;1



Lugo;A-8;Begonte;0;0;3;2



Lugo;A-8;Guitiriz;0;0;1;1



Lugo;A-8;Mondoñedo;1;0;2;0



Lugo;A-8;Ribadeo;0;0;7;6



Lugo;A-8;Vilalba;1;1;18;12



Lugo;LOCAL-S/ N;Pobra do Brollón (A);0;0;1;1



Lugo;LU-11;Lugo;0;0;1;0



Lugo;LUP-S/N;Pobra do Brollón (A);0;0;1;0




Página
193






;;;ACC VÍCTIMAS;;ACC DAÑOS;



PROVINCIA;CARRETERA;MUNICIPIO;CON ANIMALES SILVESTRES;CON JABALÍES;CON
ANIMALES SILVESTRES;CON JABALÍES



Lugo;N-120;Monforte de Lemos;0;0;19;17



Lugo;N-120;Pantón;0;0;17;14



Lugo;N-120;Pobra do Brollón (A);1;1;12;9



Lugo;N-120;Quiroga;1;1;54;34



Lugo;N-120;Ribas de Sil;0;0;10;6



Lugo;N-120;Sober;0;0;11;6



Lugo;N-120-A;Pantón;0;0;1;1



Lugo;N-120a;Monforte de Lemos;0;0;2;2



Lugo;N-120a;Pantón;0;0;2;1



Lugo;N-540;Carballedo;2;1;17;9



Lugo;N-540;Chantada;1;0;22;14



Lugo;N-540;Guntín;0;0;13;5



Lugo;N-540;Lugo;1;1;19;10



Lugo;N-540;Portomarín;0;0;11;9



Lugo;N-540;Taboada;1;1;30;17



Lugo;N-547;Guntín;1;1;3;1



Lugo;N-547;Lugo;0;0;1;1



Lugo;N-547;Monterroso;0;0;5;5



Lugo;N-547;Palas de Rei;1;0;19;7



Lugo;N-634;Abadín;0;0;6;2



Lugo;N-634;Barreiros;0;0;12;7



Lugo;N-634;Begonte;0;0;5;0



Lugo;N-634;Foz;0;0;1;0



Lugo;N-634;Guitiriz;0;0;3;2



Lugo;N-634;Lourenzá;0;0;1;0



Lugo;N-634;Mondoñedo;1;0;13;8



Lugo;N-634;Ribadeo;0;0;7;5



Lugo;N-634;Vilalba;1;0;36;16



Lugo;N-634a;Mondoñedo;0;0;3;1



Lugo;N-634a;Vilalba;0;0;1;0



Lugo;N-640;Antas de Ulla;0;0;5;1



Lugo;N-640;Castro de Rei;2;1;33;15



Lugo;N-640;Lugo;0;0;45;20



Lugo;N-640;Meira;0;0;8;2



Lugo;N-640;Monterroso;1;1;12;8



Lugo;N-640;Pastoriza (A);1;1;2;2



Lugo;N-640;Pol;2;1;7;3



Lugo;N-640;Pontenova (A);0;0;11;6



Lugo;N-640;Portomarín;0;0;3;3



Lugo;N-640;Ribadeo;0;0;4;2



Lugo;N-640;Riotorto;0;0;3;3



Lugo;N-640;Trabada;0;0;6;6



Lugo;N-642;Barreiros;0;0;3;2



Lugo;N-642;Burela;0;0;5;4



Lugo;N-642;Cervo;0;0;10;4



Lugo;N-642;Foz;0;0;13;11



Lugo;N-642;Ribadeo;0;0;7;6



Lugo;N-VI;Baralla;0;0;13;9



Lugo;N-VI;Becerreá;0;0;2;2




Página
194






;;;ACC VÍCTIMAS;;ACC DAÑOS;



PROVINCIA;CARRETERA;MUNICIPIO;CON ANIMALES SILVESTRES;CON JABALÍES;CON
ANIMALES SILVESTRES;CON JABALÍES



Lugo;N-VI;Begonte;1;0;25;13



Lugo;N-VI;Corgo (O);1;1;16;10



Lugo;N-VI;Guitiriz;2;0;15;5



Lugo;N-VI;Lugo;0;0;18;11



Lugo;N-VI;Láncara;0;0;1;1



Lugo;N-VI;Nogais (As);0;0;2;2



Lugo;N-VI;Outeiro de Rei;1;1;16;7



Lugo;N-VI;Rábade;0;0;1;0



Lugo;N-VI;Sarria;0;0;1;0



Ourense;A-52;Allariz;0;0;14;11



Ourense;A-52;Barbadás;0;0;5;3



Ourense;A-52;Cenlle;2;1;14;12



Ourense;A-52;Cualedro;0;0;6;4



Ourense;A-52;Gudiña (A);0;0;8;3



Ourense;A-52;Melón;0;0;5;1



Ourense;A-52;Merca (A);0;0;3;1



Ourense;A-52;Mezquita (A);0;0;6;1



Ourense;A-52;Monterrei;0;0;5;3



Ourense;A-52;Ourense;0;0;12;10



Ourense;A-52;Punxín;0;0;1;1



Ourense;A-52;Ribadavia;0;0;13;13



Ourense;A-52;Riós;0;0;5;0



Ourense;A-52;San Cibrao das Viñas;0;0;16;12



Ourense;A-52;Sandiás;0;0;4;1



Ourense;A-52;Taboadela;0;0;5;4



Ourense;A-52;Toén;0;0;10;4



Ourense;A-52;Trasmiras;0;0;9;3



Ourense;A-52;Verín;0;0;11;6



Ourense;A-52;Vilardevós;0;0;1;0



Ourense;A-52;Xinzo de Limia;0;0;5;1



Ourense;A-52;Xunqueira de Ambía;0;0;1;1



Ourense;A-75;Verín;0;0;2;1



Ourense;C-546;Ourense;0;0;1;1



Ourense;CO-3314;Taboadela;0;0;1;1



Ourense;N-120;Barco de Valdeorras (O);0;0;13;8



Ourense;N-120;Cenlle;0;0;4;3



Ourense;N-120;Larouco;0;0;1;0



Ourense;N-120;Melón;0;0;4;3



Ourense;N-120;Nogueira de Ramuín;0;0;6;5



Ourense;N-120;Ourense;0;0;18;12



Ourense;N-120;Pereiro de Aguiar (O);0;0;2;0



Ourense;N-120;Ribadavia;0;0;3;2



Ourense;N-120;Rubiá;0;0;31;19



Ourense;N-120;Rúa (A);0;0;9;4



Ourense;N-120;Vilamartín de Valdeorras;0;0;22;16



Ourense;N-525;Allariz;0;0;18;12



Ourense;N-525;Barbadás;0;0;1;0




Página
195






;;;ACC VÍCTIMAS;;ACC DAÑOS;



PROVINCIA;CARRETERA;MUNICIPIO;CON ANIMALES SILVESTRES;CON JABALÍES;CON
ANIMALES SILVESTRES;CON JABALÍES



Ourense;N-525;Coles;0;0;23;16



Ourense;N-525;Cualedro;0;0;4;2



Ourense;N-525;Gudiña (A);0;0;8;1



Ourense;N-525;Mezquita (A);0;0;9;0



Ourense;N-525;Monterrei;0;0;18;12



Ourense;N-525;Ourense;1;0;6;5



Ourense;N-525;Piñor;0;0;8;2



Ourense;N-525;Riós;0;0;9;4



Ourense;N-525;San Cibrao das Viñas;0;0;21;15



Ourense;N-525;San Cristovo de Cea;1;0;14;11



Ourense;N-525;Sandiás;0;0;17;9



Ourense;N-525;Taboadela;1;1;17;10



Ourense;N-525;Trasmiras;1;0;8;3



Ourense;N-525;Verín;0;0;8;6



Ourense;N-525;Vilamarín;0;0;18;8



Ourense;N-525;Vilardevós;0;0;1;1



Ourense;N-525;Xinzo de Limia;0;0;7;4



Ourense;N-532;Oímbra;0;0;1;0



Ourense;N-532;Verín;0;0;11;7



Ourense;N-536;Barco de Valdeorras (O);0;0;1;0



Ourense;N-536;Carballeda de Avia;0;0;1;0



Ourense;N-536;Carballeda de Valdeorras;0;0;7;3



Ourense;N-536;Vilamartín de Valdeorras;0;0;5;5



Ourense;N-540;Coles;0;0;3;2



Ourense;N-540;Lobios;0;0;1;0



Ourense;N-540;Peroxa (A);0;0;8;7



Ourense;N-540;Vilamarín;0;0;19;12



Ourense;N-541;Beariz;0;0;2;0



Ourense;N-541;Boborás;0;0;12;10



Ourense;N-541;Carballiño (O);0;0;8;7



Ourense;N-541;Irixo (O);0;0;1;1



Ourense;N-541;Maside;0;0;14;10



Ourense;N-541;Punxín;0;0;1;1



Ourense;OU-11;Ourense;0;0;1;1



Ourense;PMV-401-6;Rubiá;0;0;1;1



Pontevedra;A-52;Cañiza (A);0;0;13;1



Pontevedra;A-52;Covelo;0;0;2;2



Pontevedra;A-52;Mos;0;0;2;1



Pontevedra;A-52;Neves (As);0;0;7;4



Pontevedra;A-52;Ponteareas;1;0;14;7



Pontevedra;A-52;Porriño (O);0;0;10;6



Pontevedra;A-52;Salvaterra de Miño;0;0;2;1



Pontevedra;A-52;Vigo;1;0;0;0



Pontevedra;A-55;Mos;0;0;9;5



Pontevedra;A-55;Porriño (O);0;0;8;3



Pontevedra;A-55;Tui;0;0;5;2




Página
196






;;;ACC VÍCTIMAS;;ACC DAÑOS;



PROVINCIA;CARRETERA;MUNICIPIO;CON ANIMALES SILVESTRES;CON JABALÍES;CON
ANIMALES SILVESTRES;CON JABALÍES



Pontevedra;A-55;Vigo;2;0;6;0



Pontevedra;AP-53;Dozón;1;1;1;1



Pontevedra;AP-53;Lalín;0;0;5;1



Pontevedra;AP-53;Silleda;0;0;4;2



Pontevedra;AP-9;Barro;0;0;6;2



Pontevedra;AP-9;Caldas de Reis;1;0;8;2



Pontevedra;AP-9;Mos;0;0;1;0



Pontevedra;AP-9;Pontecesures;0;0;2;0



Pontevedra;AP-9;Pontevedra;0;0;4;0



Pontevedra;AP-9;Redondela;0;0;2;1



Pontevedra;AP-9;Tui;1;1;0;0



Pontevedra;AP-9;Valga;0;0;1;1



Pontevedra;AP-9;Vigo;0;0;9;4



Pontevedra;AP-9;Vilaboa;0;0;9;4



Pontevedra;AP-9V;Redondela;0;0;1;0



Pontevedra;AP-9V;Vigo;0;0;1;0



Pontevedra;;Vilagarcía de Arousa;0;0;1;0



Pontevedra;N-120;Cañiza (A);1;0;10;1



Pontevedra;N-120;Covelo;0;0;9;1



Pontevedra;N-120;Mondariz;0;0;6;2



Pontevedra;N-120;Ponteareas;0;0;16;6



Pontevedra;N-525;Dozón;0;0;7;3



Pontevedra;N-525;Estrada (A);1;0;9;4



Pontevedra;N-525;Lalín;1;1;13;4



Pontevedra;N-525;Silleda;0;0;21;14



Pontevedra;N-541;Cerdedo;1;1;5;3



Pontevedra;N-541;Cotobade;0;0;7;3



Pontevedra;N-541;Forcarei;0;0;5;1



Pontevedra;N-541;Pontevedra;0;0;2;1



Pontevedra;N-550;Barro;1;1;6;5



Pontevedra;N-550;Caldas de Reis;1;0;13;11



Pontevedra;N-550;Mos;0;0;7;4



Pontevedra;N-550;Pontevedra;0;0;10;5



Pontevedra;N-550;Portas;0;0;1;1



Pontevedra;N-550;Redondela;0;0;7;3



Pontevedra;N-550;Soutomaior;0;0;1;0



Pontevedra;N-550;Tui;0;0;1;0



Pontevedra;N-550;Valga;0;0;1;0



Pontevedra;N-550;Vilaboa;1;0;5;2



Pontevedra;N-552;Redondela;0;0;5;1



Pontevedra;N-554;Vilaboa;0;0;4;0



Pontevedra;N-555;Vigo;0;0;1;0



Pontevedra;N-559;Cañiza (A);1;1;0;0



Pontevedra;N-559;Covelo;0;0;2;1



Pontevedra;N-640;Agolada;0;0;6;2



Pontevedra;N-640;Caldas de Reis;0;0;8;2



Pontevedra;N-640;Cuntis;0;0;7;2



Pontevedra;N-640;Estrada (A);0;0;10;6



Pontevedra;N-640;Lalín;0;0;15;6




Página
197






;;;ACC VÍCTIMAS;;ACC DAÑOS;



PROVINCIA;CARRETERA;MUNICIPIO;CON ANIMALES SILVESTRES;CON JABALÍES;CON
ANIMALES SILVESTRES;CON JABALÍES



Pontevedra;N-640;Silleda;0;0;11;6



Pontevedra;N-640;Vilagarcía de Arousa;0;0;6;1



Pontevedra;PO-10;Gondomar;0;0;1;0



Pontevedra;PO-10;Pontevedra;0;0;3;0



Pontevedra;PO-11;Pontevedra;0;0;2;0



Pontevedra;PO-12;Pontevedra;0;0;1;0



Pontevedra;VG-20;Gondomar;0;0;1;0



Pontevedra;VG-20;Vigo;1;0;5;2



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068824



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Davila, M.ª Olaia (GMx).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el tramo
interesado de la carretera N-640 cuenta con un trazado adecuado,
elementos de señalización y balizamiento en buen estado, y limitación
total de accesos.



El Ministerio de Fomento realiza un mantenimiento y conservación continuos
de todos sus tramos de carretera, incluido este tramo de la N-640 que
constituye el nuevo acceso al Puerto de Vilagarcía. Dicho vial cuenta con
un firme en buen estado de conservación, y con una adecuada señalización
horizontal y vertical, sistemas de contención y elementos de balizamiento
adecuados.



De igual forma se señala que las carreteras convencionales de la Red de
Carreteras del Estado, con un carril por sentido de circulación, no
disponen de separación física entre ellos.



Por último, se indica que los tres accidentes mortales ocurridos en los
últimos cinco años en el entorno del tramo de referencia han tenido
causas concurrentes ajenas a la infraestructura.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068832



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia cabe informar a Su Señoría que
la información relativa a la plantilla de la Agencia Tributaria se
encuentra disponible en las Memorias de la Agencia en el siguiente enlace
electrónico (el último ejercicio publicado corresponde a 2013):



http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Memorias_y_estadisticas_tributarias/Memorias/Memorias.shtml.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
198






184/068838, 184/068839



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En 2008, la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía resolvió la
inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como
Bien de Catalogación General, de la actividad de interés etnológico,
Carpintería de Ribera en las Playas de Pedregalejo de Málaga.



Por Sentencia de la Audiencia Nacional, de 31 de mayo de 2013, se falló
que nada impide que la actividad de carpintería de ribera que se
desarrolla en Astilleros Nereo pueda seguir siendo desarrollada en otro
emplazamiento de las playas de Pedregalejo.



Durante el pasado año se mantuvieron diversas reuniones con los herederos
de D. Alfonso Sánchez Guitard sobre la propuesta de reubicación de los
Astilleros a otros terrenos de dominio público marítimo-terrestre no
afectados por el «Proyecto Refundido de Regeneración de Playa y Parque
Marítimo de los Baños del Carmen» sin que se alcanzara acuerdo.



Por ello, el 3 de octubre de 2014, se dictó Orden Ministerial ordenando la
incoación del expediente de rescate de la concesión que haga posible la
ejecución del citado proyecto aprobado en 2010.



La providencia de incoación del expediente de rescate se realizó, por la
Demarcación de Costas Andalucía-Mediterráneo, el 17 de noviembre de 2014,
encontrándose en la actualidad dicho expediente en tramitación.



La Delegación Territorial de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte
de la Junta de Andalucía, informó, el 15 de enero de 2015, dentro del
procedimiento de rescate en curso, que no plantea objeción al
procedimiento de rescate, siempre que resulta acreditado en el expediente
el ofrecimiento de reubicación realizado al concesionario.



El 6 de febrero de 2015, se trasladó por escrito al concesionario la
alternativa de reubicación (propuesta que ya se había ofrecido en
reiteras ocasiones desde el año 2007) a otros terrenos de dominio público
marítimo-terrestre no afectados por el «Proyecto Refundido».



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068851



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En contestación a las diversas cuestiones formuladas se informa que los
hechos a los que hace referencia su pregunta se encuentran actualmente
judicializados por la autoridad competente.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068862



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pezzi Cereto, Manuel (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que uno de los
principios fundamentales que inspiran la Ley 10/1990, de 15 de octubre,
del Deporte, es el de unicidad, en el sentido de que en cada federación
sólo puede haber una modalidad (art. 34).




Página
199






Consecuentemente, entre los criterios y requisitos que la Comisión
Directiva del Consejo Superior de Deportes viene exigiendo para el
reconocimiento de nuevas modalidades deportivas, además de reunir un
perfil de actividad deportiva y contar con una adecuada implantación
nacional e internacional, figura el de no tener coincidencias
significativas con otras modalidades deportivas ya reconocidas.



En este sentido, hay que hacer notar que en los estatutos actuales de la
Asociación Española de Unihockey y Floorball (AEUF), entidad que hizo la
solicitud de reconocimiento como modalidad deportiva del floorball, se
indica, en su artículo 2, que el «unihockey, también llamado
internacionalmente floorball, es un juego en equipo, de características
similares al hockey, cuyo origen se sitúa en Estados Unidos en los años
sesenta. En unihockey se utilizan bastones de plástico para dirigir una
bola también de plástico, con la finalidad de introducirla en la portería
contraria».



A la vista de la vinculación directa, reconocida por la propia AEUF en sus
estatutos, con la modalidad deportiva del hockey (que recoge las
especialidades de hockey hierba y hockey sala) y regulado por la Real
Federación Española de Hockey (RFEH), se hace difícil, en derecho, poder
reconocer en España al floorball como nueva modalidad deportiva. Sí
cabría la opción de su reconocimiento como especialidad deportiva del
hockey, dentro de la RFEH.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068864



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pezzi Cereto, Manuel (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que al abandonar una
vía de alta capacidad (autopista o autovía) a través de un ramal de
salida, el usuario deberá disminuir su velocidad para adecuarla a la
requerida en dicho ramal, que será en función de las condiciones de
trazado de este y del elemento que exista a continuación —incorporación a
otra vía, entrada en una glorieta, etc.—. Esta disminución de velocidad
debe hacerse de modo escalonado, para ello se instalan las necesarias
señales verticales de limitación de velocidad R-301. La norma 8.1-IC,
señalización vertical de la Instrucción de Carreteras, aprobada por la
Orden FOM/534/2014, de 20 de marzo, establece que dicho escalonamiento se
producirá con magnitudes de entre 20 y 40 km/h, en función del espacio
disponible y de la velocidad final a alcanzar. Asimismo, dado que las
limitaciones de velocidad solo afectan a los conductores que vayan a
tomar el ramal, cuando las señales puedan ser percibidas desde el tronco
de la calzada, se incluirá bajo la señal un cajetín con una flecha
inclinada (S-870). En cuanto a la posibilidad de reiterar estas
limitaciones de velocidad utilizando señalización horizontal en los
propios ramales de salida, se informa que las marcas viales están
reguladas por la norma 8.2-IC sobre marcas viales de la Instrucción de
Carreteras, aprobada por la Orden Ministerial de Fomento de 16 de julio
de 1987. Dicha norma establece en su apartado 3.6.3, «Señales
horizontales», que cuando estas estén pintadas sobre la calzada tendrán
el mismo significado que sus homólogas verticales. Asimismo, dicho
apartado indica que su uso será facultativo. Por lo tanto, en casos que
se considere necesario y conveniente, desde el punto de vista de la
seguridad vial, dicha señalización puede ser utilizada.



Con respecto a la información incluida en la señalización vertical de las
estaciones de servicio, se informa que el 5 de abril de 2014 se publicó
en el BOE la citada Orden FOM/534/2014, de 20 de marzo, de aprobación de
la norma 8.1-IC, señalización vertical de la Instrucción de Carreteras.
Según esta norma, en los carteles de señalización de las estaciones de
servicio instalados en autopistas, autovías, carreteras convencionales
con IMD ? 10.000 y porcentaje de vehículos pesados ? 20 % y carreteras
desdobladas




Página
200






figurará el horario de apertura y la distancia desde la salida, tanto para
la estación de servicio cuya salida se señaliza, como para la siguiente
estación existente en el sentido de la marcha. En los carteles instalados
en el resto de carreteras convencionales figurará el horario de apertura
de la estación de servicio señalizada. En este último caso solo son
señalizables las estaciones de servicio que se encuentren adyacentes a la
carretera y con acceso directo desde esta.



Según se establece en la Orden de aprobación de la norma, la instalación
de los nuevos carteles se llevará a cabo en función de las necesidades de
sustitución, por motivos de conservación de los carteles actualmente
existentes, así como en los tramos de nueva construcción.



Madrid, 25 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068865



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pezzi Cereto, Manuel (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se facilitan los datos
correspondientes al número de becas universitarias y cuantías concedidas
a alumnos matriculados en la Universidad de Granada durante los cursos
2011-2012, 2012-2013 y 2013-2014. La estadística se elabora en función de
la localidad en la que se ubica la universidad, sin que se disponga de
datos desagregados según la localidad de residencia de los becarios, por
lo que no se puede facilitar el dato del número de becas concedidas a
alumnos o alumnas de Loja.



CONVOCATORIAS;CURSO 2011-2012;;CURSO 2012-2013;;CURSO 2013-2014;



;N.º DE BECAS;CUANTÍAS (EUROS);N.º DE BECAS;CUANTÍAS (EUROS);N.º DE
BECAS;CUANTÍAS (EUROS)



GENERAL
MOVILIDAD*;16.572;66.060.487,61;15.337;58.545.009,15;17.313;52.214.869,16



BONIFICACIÓN EN EXENCIÓN DE TASAS A FAMILIAS DE 3
HIJOS;2.517;1.040.434,33;2.030;737.443,23;1.950;736.335,71



BECA COLABORACIÓN;208;561.600,00;179;483.300,00;132;264.000,00



TOTAL;19.297;67.662.521,94;17.546;59.028.309,15;19.395;53.215.204,87



*A partir del curso 2013-2014, la convocatoria general incluye también la
de movilidad.;;;;;;



Madrid, 26 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068924



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta parlamentaria de referencia se señala que no
existe la figura del visado turístico. Las personas que se desplazan a
España con fines turísticos solicitan un visado de estancia de corta
duración. El número de visados de estancia de corta duración que se han
expedido desde el año 2011 es el siguiente:



— 2011: 1.548.911.



— 2012: 1.644.167.




Página
201






— 2013: 1.933.904.



— 2014: 1.777.514.



— 2015: 65.998.



— Total general: 6.970.494.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068926 a 184/068930



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En anexo se remite la información solicitada en relación con las
propiedades afectadas al Ministerio de Defensa existentes en Ferrol.



Por otra parte, se significa que las propiedades desafectadas y puestas a
disposición del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de
la Defensa (INVIED), que están incluidas en el próximo Convenio a
suscribir con el Concello de Ferrol son las siguientes:



Cuartelillo de Montecobás;6.694 m²



Polvorín de Mouga;210.877 m²



Ex Polígono de Tiro de Catabois;15.980 m²



Estación Torpedista de la Armada;20.261 m²



Campamento de Cobás;258.027 m²



Obsio. Meteorológico de Monteventoso;117.070 m²



Cuartelillo de Marinería de la Z.M. del Cantábrico;1.644 m²



Polígono de Tiro de Doniños;86.583 m²



Acuartelamiento Sánchez Aguilera;168.960 m²



Estación Radio El Molino;126.118 m²



Parcelas A y B en Canido;4.027 m²



Otras propiedades desafectadas en Ferrol —no incluidas en el Convenio a
suscribir— son las siguientes:



Batería de Costa B-2;22.685 m²



Parcelas 18-I y 8-C en el Polígono de Esteiro;1.607 m²



Batería de Costa b-4 en Lobateiras;62.633 m²



Parcela de La Casilla;27.241 m²



Batería B-3 de Prior Sur;185.171 m²



Terrenos Batería AAA (B-6);26.372 m²



Proyector Prior Norte;5.333 m²



Proyector Prior Sur;16.137 m²



Batería B-5 Peña Roiba;61.630 m²



Cuartelillo de San Guillén;485 m²




Página
202







[**********página con cuadro**********]





Página
203







[**********página con cuadro**********]





Página
204







[**********página con cuadro**********]





Página
205







[**********página con cuadro**********]





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206






184/068931



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



La actuación de la Policía Nacional a la que se hace referencia estuvo
motivada por una concentración no comunicada ante la sede del Tribunal
Supremo y del Consejo General del Poder Judicial.



Los funcionarios actuantes se limitaron a hacer cumplir las prescripciones
contenidas en la Ley Orgánica 1/1992, sobre Protección de la Seguridad
Ciudadana, en relación con lo establecido en la Ley Orgánica 9/1983, de
15 de julio, reguladora del derecho de Reunión y Manifestación.



Por tanto, la actuación policial fue la habitual para el mantenimiento del
orden público y de la seguridad ciudadana, teniendo en cuenta que se
trataba de una concentración no comunicada.



En ningún momento la denuncia de los agentes de la autoridad ha sido
calificada de errónea o falsa. Simplemente, por parte del Ministerio del
Interior se ha considerado que, en aplicación del artículo 37 de la Ley
Orgánica 1/1992, no existen elementos probatorios suficientes para
desvirtuar la presunción de inocencia que rige en todo procedimiento
administrativo sancionador, lo que ha llevado a estimar el recurso de
alzada presentado por el interesado.



Madrid, 4 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068932



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que, en 1984, el bien
Mezquita-Catedral de Córdoba fue inscrito en la Lista de Patrimonio
Mundial de la Unesco, ampliándose a su entorno en 1994 y pasando a
denominarse Centro histórico de Córdoba, al tener en cuenta que la
mezquita-catedral está relacionada con su entorno urbano circundante, que
constituye un conjunto de extraordinario valor histórico, expresión de
las diferentes culturas que lo han poblado.



El Gobierno, a través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte,
gestiona la implementación de la Convención de Patrimonio Mundial,
Cultural y Natural (París, 1972) en los 44 bienes declarados Patrimonio
Mundial en España. El Gobierno, en cumplimiento de los compromisos
adquiridos en la aplicación de esta Convención internacional, debe velar
por el mantenimiento del valor universal excepcional por el que los
bienes fueron inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial, así como su
integridad física y autenticidad.



Dicho compromiso es, en todo caso, independiente tanto de la titularidad
como de la gestión de los bienes declarados Patrimonio Mundial. Existe
una gran variedad de situaciones en cuanto a la titularidad en los Bienes
Patrimonio Mundial, que puede ser pública o privada, compartida, etc.,
así como en cuanto a su gestión (pública estatal, autonómica o local,
privada, figuras como consorcios, patronatos, etc.), cuestiones sobre las
que no cabe pronunciarse siempre que cumplan con la legalidad vigente y
no se ponga en peligro el bien o se pueda producir una situación de
expolio, en el sentido del término contemplado en la Ley 16/1985, de 25
de junio, del Patrimonio Histórico Español.



Por todo ello, se considera que el mejor modelo de gestión será aquel que
contribuya a mantener el valor universal excepcional del bien Patrimonio
Mundial y corresponde a las partes implicadas acordar los mejores métodos
para la gestión del mismo.



Por otra parte, para el inmueble referido, al igual que para el resto del
conjunto del patrimonio histórico-artístico español de titularidad de la
Iglesia Católica, existe un acuerdo internacional, suscrito entre el
Reino de España y la Santa Sede, de fecha de 3 de enero de 1979, sobre
Enseñanza y Asuntos Culturales que, entre otros muchos aspectos, prevé la
creación de una Comisión Mixta de seguimiento del Convenio.



Dicho Acuerdo fue seguido del Documento relativo al marco jurídico de
actuación mixta Iglesia-Estado sobre Patrimonio Histórico-Artístico, de
30 de octubre de 1980.




Página
207






Se trata de un documento clave, que prevé la materialización concreta de
la cooperación mediante la catalogación de los bienes que conforman el
Patrimonio-Histórico Artístico Eclesiástico. En el mismo se señalan y se
dejan fijados los principios que deben regir la relación entre la Iglesia
y el Estado en esta materia.



En su artículo 2.º, «Se reconoce por el Estado la función primordial de
culto y la utilización para finalidades religiosas de muchos de esos
bienes, que ha de ser respetada. Sin perjuicio de ello, la Iglesia
reitera su voluntad de continuar poniéndolos al alcance y servicio del
pueblo español y se compromete a cuidarlos y a usarlos de acuerdo con su
valor artístico e histórico. El Estado, en virtud del mismo interés y
para compensar las limitaciones que se establezcan en las normas
jurídicas que desarrollen el artículo 46 de la Constitución, se
compromete a una cooperación eficaz, técnica y económica, para la
conservación y enriquecimiento del Patrimonio-Artístico y Documental de
carácter eclesiástico».



Asimismo, se fijan las bases de la cooperación técnica y económica de
acuerdo con los siguientes principios:



1. Respeto del uso preferente de los bienes en actos litúrgicos y
religiosos y la utilización de los mismos, de acuerdo con su naturaleza y
fines, por sus legítimos titulares.



2. Coordinación de ese uso con el estudio científico y artístico de los
bienes y su conservación.



3. Compatibilización de la visita, conocimiento y contemplación de la
forma más amplia posible, compaginándolo con el uso religioso que
adquiere carácter prioritario.



4. Es de aplicación la legislación civil estatal a los bienes que
conforman el Patrimonio Histórico-Artístico y Documental, con
independencia de quién sea el titular.



5. Exhibición de los bienes en su emplazamiento habitual, y, cuando no sea
posible, su agrupación en edificios eclesiásticos, en colecciones o
museos, facilitando su conservación, seguridad, y procurando su
contemplación y estudio.



A esto, hay que sumar las competencias autonómicas, que, en este caso, son
de especial aplicación, y correspondan a la Comunidad Autónoma de
Andalucía.



La ley rectora del patrimonio cultural de Andalucía actualmente vigente es
la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de
Andalucía1. Y la constitución de la Comisión Mixta Iglesia-Estado en
Andalucía para el desarrollo del Patrimonio Cultural data del 19 de
diciembre de 1985, con una adenda que modificó parte de su contenido, de
fecha de 13 de abril de 1999.



Además, en Andalucía se ha creado un instituto específico para la
investigación, asistencia científica y técnica y la innovación en materia
de patrimonio cultural a través de actuaciones y servicios especializados
de documentación, intervención, formación y comunicación del Patrimonio
Histórico. Se trata del Instituto Andaluz de Patrimonio Histórico, que
depende de la Consejería de Cultura. Su creación se materializó mediante
el Decreto 107/1989, de 16 de mayo, por el que se crea el Instituto
Andaluz de Patrimonio Histórico.



Así, el Gobierno es partidario, de cumplir la ley, y lo dispuesto en las
normas vigentes, así como de respetar las competencias de las Comunidades
Autónomas. En todo caso, el Gobierno aboga por el uso cultual y el
cultural, predominando el primero sin excluir el segundo, tal y como
señala la legislación vigente.



En relación con una gestión compartida en la que puedan participar
instituciones públicas, el ordenamiento jurídico de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, prevé esa circunstancia. Cuestión distinta es que no haya
desarrollado o no se hayan puesto en marcha las instituciones creadas a
tal efecto.



En concreto, hay que señalar que el citado órgano de cogestión, fue creado
mediante la Orden de 2 de abril de 1986, por la que se dispone la
publicación del texto del Acuerdo sobre la constitución, composición y
funciones de la Comisión mixta Junta de Andalucía-Obispos de la Iglesia
Católica para el patrimonio cultural, modificado por adenda de 13 de
abril de 1999.



Dicho órgano, cita de forma explícita al artículo 15 del Acuerdo suscrito
entre la Santa Sede y el Estado sobre enseñanza y asuntos culturales de 3
de enero de 1979, ratificado por Instrumento de 4 de diciembre.



1. Según se contiene en su Disposición derogatoria única: «1. Queda
derogada la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de
Andalucía, y cuantas otras disposiciones, de igual o inferior rango, se
opongan a la presente Ley. 2. Los reglamentos dictados para la ejecución
de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía,
continuarán vigentes en la medida que no se opongan a lo establecido en
esta Ley».



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




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208






184/068935



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



España, como Estado soberano e integrante de la Unión Europea, tiene la
obligación de vigilar y proteger sus fronteras. Esta obligación viene
impuesta por el Derecho comunitario (Código de Fronteras Schengen) y por
el Derecho nacional (Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad), con el objetivo, entre otros, de impedir el cruce,
por puntos no habilitados al efecto en las fronteras.



En el desempeño de estas funciones, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado actúan siempre de acuerdo con los principios de oportunidad,
congruencia y proporcionalidad. Dicha actuación se desarrolla velando por
la seguridad de las personas y el respeto de los derechos humanos, así
como el acceso a la protección internacional.



El derecho de asilo en Ceuta y Melilla se encuentra garantizado de igual
manera que en el resto del territorio nacional. Así, el procedimiento a
seguir con las personas que en las Ciudades Autónomas manifiestan su
deseo de presentar una solicitud de asilo es el mismo que en el resto de
España, contando además, los ciudadanos extranjeros, con mecanismos
informativos necesarios para poder solicitar protección internacional. A
este respecto se señala el avance que las nuevas Oficinas de Asilo y
Refugio en Ceuta y Melilla, supondrán en la gestión de estas solicitudes
en los puestos fronterizos.



El principal propósito de la iniciativa es reforzar las garantías del
sistema de protección internacional y permitir un mejor cumplimiento de
las exigencias del «Sistema Europeo Común de Asilo», teniendo en cuenta
la singularidad de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.



Por otro lado, cuando se produce la entrada irregular de un inmigrante en
territorio nacional, le es de aplicación lo establecido en la Ley 4/2000,
de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España
y su integración social, en el que se recogen los distintos
procedimientos de repatriación y las garantías de las personas a los que
se van a aplicar.



El Cuerpo Nacional de Policía garantiza a cada ciudadano extranjero al que
se le incoa un expediente de devolución, la posibilidad de formular una
solicitud de protección internacional, de forma que, aun cuando ya haya
sido adoptada una resolución de devolución, ésta no podrá llevarse a cabo
y quedará en suspenso su ejecución tal y como establece el apartado 6 b)
del artículo 23 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y
libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su
reforma por Ley Orgánica 2/2009.



Los expedientes se realizan de conformidad con el procedimiento
establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de Derechos y Libertades de los
Extranjeros en España y su integración social en su artículo 58.3 b y el
artículo 23 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, de desarrollo de
la misma, garantizando la asistencia letrada y de intérprete.



Por otra parte, el rechazo en frontera es una medida para hacer frente a
quienes, ilegalmente, pretenden vulnerar la frontera de un Estado. No se
trata de promover la salida de quienes han entrado ilegalmente sino de
evitar la entrada de centenares de inmigrantes que pretenden vulnerar en
grupo, de forma ilegal y en la mayor parte de los casos violenta (siempre
con fuerza en las cosas y muchas veces con violencia sobre las personas),
el perímetro fronterizo.



El objetivo de la enmienda a la Ley Orgánica de Extranjería es dotar de
mayor seguridad jurídica a la labor de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
del Estado, respetando, en todo momento, la normativa internacional de
derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte.



A este respecto, cabe destacar lo que el Alto Comisionado de Naciones
Unidas para los Refugiados publicó en su página web el pasado 11 de
febrero:



http://acnur.es/noticias/noticias-de-espana/2020-acnur-reconoce-avances-en-la-enmienda-a-la-ley-de-extranjeria-y-se-mantiene-atento-a-su-desarrollo



Se trata de un comunicado en el que reconoce avances en la enmienda que,
señala, son «fruto de la disposición del Gobierno a mantener un diálogo
fluido y constructivo sobre una realidad compleja como son las fronteras
de Ceuta y Melilla».




Página
209






Es importante subrayar que el Gobierno de España, como no podía ser de
otra manera, respeta la opinión de los Organismos internacionales e
Instituciones de la UE, que han mostrado interés por la situación en las
Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068936



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Echávarri Fernández, Gabriel (GS).



Respuesta:



Entendiendo que Su Señoría se refiere al tramo de costa situado a poniente
de la Albufereta (Alicante), entre ésta y el final del edificio Rocafel,
se informa que no se tiene previsto actuar en dicha zona.



Respecto a la existencia de peticiones por parte del Ayuntamiento de
Alicante para que se mantengan los espigones, cabe indicar que el 12 de
febrero de 2015 llegó la primera petición al respecto, señalando la
necesidad de intervenir en los diques de la c/ Sol Naciente, debido a su
estado de degradación.



Los espigones a que hace referencia el escrito se construyeron en régimen
de concesión cuando se ejecutó todo el complejo denominado Rocafel. El
concesionario es el encargado de mantener la concesión en buen estado
según las condiciones de la misma.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068942



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto y Martínez Olmos, José (GS).



Respuesta:



En las prestaciones que ofrece la cartera común suplementaria, incluyendo
la farmacéutica, se han introducido, por primera vez, criterios de
equidad que permiten proteger a los ciudadanos más vulnerables, como los
parados que han perdido el derecho a percibir el subsidio por desempleo y
sus familiares, que por primera vez no tienen que hacer aportación
adicional alguna por sus medicamentos.



El desarrollo normativo de la cartera de servicios suplementario del
Sistema Nacional de Salud se da por concluido, tal y como fue acordado
con las Comunidades Autónomas en diciembre de 2013 y, por tanto, no se
establecieron aportaciones suplementarias y se ha procedido a revisar la
aportación en farmacia ambulatoria hospitalaria.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068950



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con las cuestiones planteadas se informa que el pasado 15 de
enero se acordonó la zona de la calle Amador de los Ríos, donde se
encuentra la sede del Obispado de Córdoba, como consecuencia del
estacionamiento incorrecto de un vehículo de alquiler, del que, según un
testigo, salieron dos personas, que abandonaron inmediatamente el lugar
en taxi. El vehículo se encontraba cerrado y, desde el exterior, se
apreciaban maletas y un plano de Córdoba.




Página
210






La Catedral de Córdoba no llegó a desalojarse; únicamente se le indicó al
Servicio de Seguridad Privada de dicho monumento que cerrara las puertas
de acceso desde la calle Torrijos, para que el público que saliera del
Patio de los Naranjos lo hiciera por puertas diferentes. De este modo
continuaron las visitas en el interior del edificio con su programación
habitual.



Asimismo, se estableció el correspondiente dispositivo policial encaminado
a anular la posible situación de riesgo, requiriéndose la interrupción
del tráfico rodado y de peatones por el tiempo mínimo e imprescindible
que no superó los cuarenta y cinco minutos, al localizarse a la pareja
que lo había estacionado y aclararse la situación.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068953



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, se indica a continuación el
número total de manifestaciones celebradas en Córdoba desde el año 2011:



Manifestaciones celebradas



;Provincia;Capital



2011;458;386



2012;591;456



2013;618;454



2014;696;542



TOTAL;2.363;1.838



Asimismo, cabe señalar que las manifestaciones que se han celebrado en la
provincia de Córdoba han sido en su mayoría motivadas por
reivindicaciones de tipo laboral y social.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068957



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Silva Rego, María del Carmen (GS).



Respuesta:



La razón principal del retraso en la puesta en funcionamiento de la
Autopista de Mar de Vigo (Pontevedra) deriva del bloqueo de la Autopista
del Mar (ADM) en el seno de la Comisión Intergubernamental, dado que en
el año 2010 se adjudicó la ADM a la Compañía Marítima Hispano-Francesa
(CMHF).



En el momento de formalizarse el Convenio de la ADM, Acciona
Trasmediterránea, que era socia con el 99 % de participación en la
Sociedad Explotadora de la ADM, tenía suscrito el citado contrato con
GEFCO, Grupo de Transporte y Logística por el que operaba la línea
marítima entre Vigo y Nantes.



En el año 2010, Acciona Trasmediterránea perdió el contrato con GEFCO y,
en su lugar, este contrato fue suscrito por la Compañía Marítima
Hispano-Francesa (CMHF), a pesar de la reticencia del Gobierno francés,
lo que llevó a un bloqueo en el seno de la Comisión Intergubernamental.




Página
211






A fin de desbloquear esta situación, en el año 2012 los Estados español y
francés iniciaron los contactos con GEFCO, así como con el Grupo PSA
(Peugeot), para alcanzar una posición común acerca del futuro
adjudicatario del citado contrato, explotador de la ADM.



Tras estas negociaciones, GEFCO adjudicó al Grupo Suardíaz el nuevo
contrato por un tiempo más prolongado al de los contratos precedentes
(tres años prorrogables), a la vez que los Estados iniciaban una
negociación con este mismo Grupo, a fin de que se hiciera cargo de la
explotación de la ADM en sustitución de Acciona Trasmediterránea.



Otra de las causas del retraso es la alta dependencia de esta Autopista
del Mar (ADM) del contrato privado que GEFCO —operador logístico del
Grupo PSA— suscribe con la compañía naviera que explota la línea marítima
Vigo-Nantes/Saint Nazaire, destinada a los aprovisionamientos y
distribución de vehículos de la factoría de PSA en Vigo.



Por su parte, a instancias de la Comisión Europea, y de cara a obtener la
pertinente autorización de ayuda estatal, el Grupo Suardiaz se vió
obligado a presentar en agosto de 2013 el proyecto de ADM con el nombre
«Atlántica» a la convocatoria en ese momento en curso del Programa Marco
Polo II.



El proyecto Marco Polo «Atlántica» sufrió un serio retraso en su proceso
de evaluación, imputable a la Agencia INEA («Innovation and Networks
Executive Agency»), y a la propia Comisión Europea, que comunicó
finalmente a la empresa Suardíaz, a mediados de mayo de 2014, la
aprobación del citado proyecto.



Una vez cumplido el anterior trámite, faltaría la autorización de ayuda
estatal por parte de la Comisión Europea. Desde junio de 2014 el
Ministerio francés informó a las autoridades españoles acerca de una
serie de dificultades presupuestarias para abordar este proyecto, las
cuales coartaban el inicio del proceso de petición de autorización de
ayuda estatal. Estas dificultades fueron resueltas a finales del año
2014, estando desde entonces pendiente del acuerdo del Ministerio francés
en relación con la documentación necesaria para remitir a la Comisión
Europea. El Gobierno español considera de la máxima urgencia finalizar
los trámites para la petición de autorización de ayuda estatal por parte
de la Comisión Europea, con el fin de hacer realidad la posibilidad de
otorgar las ayudas estatales previstas para esta ADM.



Una vez resueltas las demoras imputables a la Administración francesa, se
prevé un periodo de dos meses para la obtención de autorización de ayuda
estatal, momento a partir del cual se procedería a la tramitación del
desembolso de los pagos previstos en el Convenio que regula la ADM.



Los criterios con los que se asignan las ayudas estatales son coincidentes
con los que establece la Comisión Europea y, concretamente, gravitan
sobre la condición de ayudas al lanzamiento («start. up»). El objetivo es
superar los obstáculos iniciales para lograr un servicio marítimo de
altas prestaciones capaz de ser viable en régimen de mercado una vez
agotadas las ayudas. Con ese planteamiento es como se ha realizado el
concurso y se han establecido las condiciones para la puesta en marcha y
funcionamiento de la ADM.



El Gobierno no tiene control sobre el establecimiento por las navieras de
sus tarifas, ya que estos servicios de transporte marítimo se encuentran
liberalizados, siendo las tarifas consecuencia del equilibrio de mercado.



No obstante, en el momento en que se obtenga la autorización de ayuda
estatal, y en consecuencia se haga efectivo el convenio que regula la
Autopista del Mar (ADM) entre Vigo y Nantes, la naviera deberá acogerse a
las condiciones establecidas en dicho convenio, en particular en lo
relativo a las tarifas.



Precisamente estas subvenciones se conceden para el lanzamiento de las
ADM, una vez agotadas estas, el servicio debe ser viable económicamente
en régimen de mercado.



De igual modo, se indica que el Gobierno está preparando, conjuntamente
con los Estados francés, italiano y portugués, una propuesta dirigida a
la actual convocatoria de Red Transeuropea de Transporte para proyectos
cofinanciables con cargo al mecanismo «Conectar Europa», con el fin de
estudiar la implantación de un mecanismo de incentivos a la demanda
similar al Ecobono italiano.



Por último, en lo referente a las invitaciones a los actos inaugurales, se
señala que el Gobierno siempre invita a las autoridades del ámbito
geográfico donde se celebran dichos eventos. De hecho, en el acto
institucional celebrado en el puerto de Vigo el pasado 24 de noviembre de
2014 con motivo de la conclusión de las obras de «Mejora de la
operatividad de los Muelles Comerciales», la Autoridad Portuaria de Vigo
invitó a las autoridades locales, incluyendo al actual Alcalde de Vigo.
No obstante, entendiendo que Su Señoría se refiere al evento del pasado
día 19 de enero, se informa que no existió acto institucional alguno.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




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212






184/068961



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez Díaz, María Carmen (GS).



Respuesta:



La dotación del catálogo y el número de efectivos de la Guardia Civil en
la provincia de Cádiz a fecha 31 de diciembre de 2013 y 2014, era la
recogida en el siguiente cuadro:



Cádiz;Catálogo activos;Catálogo reserva ocupado;Activos;Reserva
ocupado;Alumnos prácticas;Efectivos disponibles



2013;2.530;205;2.388;123;0;2.511



2014;2.533;202;2.336;97;0;2.433



Los efectivos disponibles son la agrupación de las situaciones
administrativas de activo, reserva ocupado y alumno en prácticas.;;;;;;



Por otro lado, cabe señalar que la competencia en materia de seguridad
ciudadana en todo el término municipal de El Puerto de Santa María
(Cádiz) corresponde al Cuerpo Nacional de Policía, quedando encomendadas
al Cuerpo de la Guardia Civil las funciones recogidas en el artículo 11.b
de la Ley 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado, que se condensan en las siguientes:



— Vigilancia de la costa.



— Servicios de contravigilancia de vehículos de transporte de funcionarios
de prisiones.



— Traslado de presos.



— Servicio de Protección de la Naturaleza.



— Vigilancia fiscal de los recintos portuarios (resguardo fiscal).



— Vigilancia del tráfico en carreteras nacionales a su paso por el término
municipal.



— Vigilancia de las sedes judiciales de la localidad.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068966



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, se señala que no
entra dentro de las previsiones legislativas del Gobierno hacer ningún
tipo de reformas al Estatuto del Ministerio Fiscal.



Madrid, 4 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068968 a 184/068970



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Gobierno, a
través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, no forma parte de
los órganos de gobierno del Palau de les Arts Reina Sofía de Valencia. Su
colaboración se articula, como en otros casos, a través de una línea de
ayudas nominativas, sujeta a la normativa sobre subvenciones públicas,
que regula su concesión y justificación.




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213






En cuanto a la justificación, dado el importe consignado en los
presupuestos, se exigen, entre otros documentos, las cuentas anuales
auditadas por auditor de cuentas inscrito en el Registro Oficial de
Auditores de Cuentas. En su presentación no se han advertido indicios de
presuntas irregularidades.



Por lo que se refiere al futuro inmediato de la colaboración del Gobierno
con el Palau de les Arts, cabe decir que los Presupuestos Generales del
Estado para el año 2015 incluyen una línea nominativa a la Fundación
Palau de les Arts por un importe de 523.230 euros, que se hará efectiva
en tanto no haya una sentencia firme que impida o suspenda dicha
tramitación.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068973



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Herraiz, Margarita (GS).



Respuesta:



De conformidad con la Constitución Española son competencias exclusivas
del Estado la legislación, ordenación y concesión de recursos y
aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una
Comunidad Autónoma; para las cuencas que discurren íntegramente por el
territorio de una Comunidad Autónoma es a ésta a quien le corresponden
las citadas competencias de forma exclusiva.



La regulación o establecimiento de las figuras tributarias que tengan como
hecho imponible la protección de las aguas, no tiene el carácter de
básico y corresponde por tanto a esas Comunidades Autónomas con
competencias exclusivas. Todo ello en virtud de la autonomía financiera
que las Comunidades Autónomas tienen reconocida en las materias de su
competencia; de modo que éstas pueden disponer de tributos propios como
puedan ser impuestos, tasas y contribuciones especiales.



El canon de control de vertidos 1 es una figura impositiva independiente
de los cánones o tasas que puedan establecer las Comunidades Autónomas o
Corporaciones locales para financiar las obras de saneamiento y
depuración.



No obstante lo anterior, la propia Ley de Aguas entiende que cuando el
sujeto pasivo del Canon de control de vertidos deba satisfacer algún otro
tributo vinculado a la protección o mejora del medio receptor establecido
por las Comunidades Autónomas en ejercicio de sus competencias, se podrá
deducir el importe de ese tributo (Autonómico) del importe a satisfacer
en el canon de control de vertidos.



Es necesario, por tanto, tener en cuenta si en los cánones o tasas, que
tienen establecidos las Comunidades Autónomas que gestionan cuencas
intracomunitarias para financiar las obras de saneamiento y depuración,
no se encuentra incluido algún porcentaje destinado a financiar el
estudio, control, protección y mejora del dominio público hidráulico.
Sólo en ese caso podría articularse la creación del canon
correspondiente, potestad exclusiva de cada una de esas Comunidades
Autónomas.



1 Canon que tiene por finalidad o destino el estudio, control, protección
y mejora del medio receptor de cada cuenca hidrográfica.



Madrid, 6 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/068985 a 184/068987, 184/068989 y 184/068990, 184/069449, 184/069452



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Álvarez, Ángeles (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, cabe señalar que
el objetivo 6.4 del Plan Estratégico para la Igualdad de Oportunidades
2014-2016, aprobado el 7 de marzo de 2014, se vincula directamente con
«Garantizar la incorporación, en condiciones de igualdad de
oportunidades, de mujeres y hombres, a la Sociedad de la Información
(SI)» y, de manera particular, la medida número 154 propone el «Diseño de
acciones para fomentar el protagonismo de las mujeres como creadoras de
contenidos en la red y para promover contenidos y recursos que respondan
a las necesidades de las mujeres y promuevan




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214






la igualdad de oportunidades»; mientras que la número 155 se vincula con
el «Desarrollo de acciones de sensibilización de la población en general
y de agentes TIC; en particular, las dirigidas a difundir el conocimiento
sobre la situación de las mujeres en la sociedad de la información».



En dicho Plan Estratégico cabe informar que los objetivos y actuaciones en
este ámbito serán abordados a través del «Plan de acción para la Igualdad
entre mujeres y hombres en la sociedad de la información».



En este sentido, con fecha 12 de septiembre de 2014 se ha aprobado en
Consejo de Ministros el Plan de Acción para la Igualdad de Mujeres y
Hombres en la Sociedad de la Información 2014-2017, entre cuyos objetivos
se encuentran los de aumentar la participación de las mujeres en las
Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), incrementar el
número de mujeres profesionales y empresarias con capacidades TIC y su
protagonismo en el sector, objetivos relacionados con la promoción de
contenidos creados por las mujeres en el ámbito de la Sociedad de la
Información.



En concreto, contempla 95 actuaciones que inciden en el objetivo 1:
aumentar la participación de las mujeres en las TIC de formación en
habilidades TIC y 71 actuaciones que inciden en el objetivo 2 aumentar
las mujeres profesionales y empresarias con capacidades TIC y su
protagonismo.



Entre las actuaciones contempladas en el Plan que se desarrolla desde el
Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades del Ministerio
de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad destacan las siguientes:



— Jornadas de información en materia de Educación y TIC para
profesionales.



— Seminario anual en materia de igualdad en la Sociedad de la Información.



— Jornada informativa INTERCAMBIA.



— Portal y boletín e-igualdad.



— Programa de formación en materia de alfabetización digital y
empoderamiento de las mujeres rurales.



— Programa de capacitación en materia de Sociedad de la Información para
mujeres profesionales.



— Programa RELACIONA.



— Convocatorias de subvenciones para la realización de estudios de
igualdad.



— Formación «on line» en relación con la educación y la cultura.



— Portal INTERCAMBIA.



La Red Intercambia, desarrollada desde 2005 en colaboración con las
administraciones autonómicas, a iniciativa del Centro Nacional de
Innovación e Investigación Educativa del Ministerio de Educación Cultura
y Deporte y del Instituto de la Mujer. Tiene como objetivo el de crear
una red de colaboración interterritorial que coordine esfuerzos, comparta
información, difunda buenas prácticas y produzca recursos educativos y de
formación del profesorado sobre la educación para la igualdad entre
mujeres y hombres y la prevención de la violencia contra las mujeres.



El portal Intercambia, plataforma virtual de esta red, permite compartir
experiencias educativas, proporciona materiales y recursos educativos y
ofrece información.



— Curso «on line»: «Educación en Igualdad: dos sexos en un solo mundo».



— Programa Innovatia.



— Seguimiento de las actuaciones de la Agenda Digital, desde la
incorporación del criterio de igualdad de mujeres y hombres.



— Análisis de la evolución y tendencias de la e-igualdad en la sociedad
española (indicadores).



Asimismo, cabe destacar que el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de
Oportunidades, con motivo de la conmemoración del Día Internacional de
las Mujeres (8 de marzo), celebró el 6 de marzo de 2014 las siguientes
Mesas de Debate:



— Mujeres en la Era Digital, experiencias y reflexiones: CONECTADAS.



— Generaciones de mujeres en red.



Por otra parte, desde el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de
Oportunidades durante los años 2012 y 2013, se han realizado actividades
formativas, dirigidas a la población en general, con las que sensibilizar
sobre las desigualdades existentes y se han realizado los siguientes
cursos «on line»:



— Curso de cine «on line»: «Compartir miradas en femenino y en masculino».



— Curso «on line»: «La imagen de las mujeres en la literatura del SXX».
«Desde la ventana».




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215






Durante el año 2014, se ha celebrado en la sede del Instituto de la Mujer
y para la Igualdad de Oportunidades unas Jornadas sobre las «Aplicaciones
del arte a la igualdad en el ámbitos educativos sociales y culturales».



Asimismo, la celebración del Festival Internacional Cultural «ELLAS CREAN»
se enmarca en las actividades para la celebración del 8 de marzo, Día
internacional de las Mujeres, con el firme propósito de propiciar y
generar un espacio de encuentro y de reconocimiento del desarrollo y
protagonismo artístico de las mujeres como creadoras y generadoras de
ideas, donde la labor creativa y artística de éstas es el reflejo del
valor en alza, un valor cultural y también económico.



Además, cabe informar que el Plan Estratégico para la Igualdad de
Oportunidades, aprobado el 7 de marzo de 2014, incluye el objetivo 6.5
que se vincula directamente con «Reforzar la integración del principio de
Igualdad en el ámbito de la cultura y de la creación y producción
artística e intelectual». Dentro de este objetivo, se formulan dos
subobjetivos: El primero, dedicado a «promover una presencia más
equilibrada de las mujeres en el ámbito de la cultura, la creación y la
producción artística e intelectual», y el segundo, dedicado a «Impulsar
el reconocimiento de la contribución de las mujeres en el ámbito cultural
y artístico, tanto en el pasado como en el presente», incluyéndose, en
ambos casos, diversas medidas que habrán de ser desarrolladas por los
diferentes agentes durante el período de vigencia del Plan.



Por su parte, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha
continuado con su labor de fomento de la investigación, a través de los
proyectos que se siguen recepcionando en el marco de la convocatoria de
subvenciones públicas destinadas a la realización de investigaciones
relacionadas con estudios feministas, de las mujeres y del género o de la
convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de postgrados
oficiales de igualdad entre mujeres y hombres y acciones complementarias
a la investigación; así como a través de su Plan de Estudios anual.



Por otro lado, en este periodo el Instituto de la Mujer y para la Igualdad
de Oportunidades ha realizado las siguientes acciones formativas:



— Encuentros Intercambia.



— Proyecto Relaciona.



— Escuela virtual de igualdad.



Cabe señalar además que el Plan Estratégico para la Igualdad de
Oportunidades 2014-2016, aprobado el 7 de marzo de 2014, incluye el
objetivo 7.1, el cual se vincula directamente con «Favorecer la
generación de conocimiento», en el ámbito de la Igualdad de oportunidades
entre mujeres y hombres. Objetivo que se desarrollará a través de
diversas medidas, articuladas en tres líneas de actuación:



1. Reforzar los estudios e investigaciones con perspectiva de género,
especialmente, en el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y
de Innovación.



2. Reforzar la integración del principio de igualdad de oportunidades en
el ámbito universitario.



3. Incrementar la participación de las mujeres en el ámbito científico,
tecnológico e investigador.



Cabe destacar también la realización por parte del Instituto de la Mujer y
para la Igualdad de Oportunidades del Proyecto Plurales: Educación en
Igualdad.



El proyecto Plurales está configurado en el marco de cooperación
establecido entre los países donantes del Espacio Económico Europeo (EEA)
y el Gobierno de España.



Se ha planteado, por parte del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de
Oportunidades, en un marco de colaboración con el Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte a través del Centro Nacional de
Investigación e Innovación Educativa (CNIIE) y las Comunidades Autónomas.



Ese proyecto tiene como objetivo avanzar en el desarrollo de una
metodología específica que permita formular modelos de educación en
igualdad, singularmente referidos al medio rural. Se plantea en el marco
de la colaboración del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de
Oportunidades con distintas instituciones públicas, como son las
Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas, el Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte y los propios centros escolares
seleccionados para su aplicación piloto.



Por otra parte, el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de
Oportunidades colabora con el Consejo Superior de Deportes y el Comité
Olímpico Español, para paliar los impedimentos que encuentran las mujeres
en la práctica del ejercicio físico, las actividades deportivas y los
deportes profesionales y olímpicos, en particular, en cuanto a la
promoción de las mujeres a todos los niveles y en todas las estructuras,
especialmente en los órganos directivos de las federaciones deportivas.




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Las actuaciones desarrolladas en el ejercicio 2012 en colaboración con el
Consejo Superior de Deportes (CSD) han sido:



— Premios anuales «Instituto de la Mujer-CSD, al Deporte en edad escolar»
a las tres Comunidades Autónomas que más se haya distinguido para
promover la participación femenina en los Campeonatos de España de
Deporte en edad escolar.



—Premios «Instituto de la Mujer-CSD, al Deporte en edad escolar» a las
tres alumnas que hayan obtenido en conjunto los mejores resultados
académicos y deportivos en los Campeonatos de España de Deporte en edad
escolar.



— Premios «Instituto de la Mujer-CSD, al Deporte Universitario» a las tres
Universidades que más se hayan distinguido para promover la participación
femenina en los Campeonatos de España Universitarios.



— Premios «Instituto de la Mujer-CSD, al Deporte Universitario» a las tres
alumnas que hayan obtenido en conjunto los mejores resultados académicos
y deportivos en los Campeonatos de España Universitarios.



— Colaboración en la «Guía de planificación para la consecución de la
Igualdad en las federaciones deportivas».



Actualmente se está preparando un nuevo Convenio Marco de Colaboración
entre el Consejo Superior de Deportes y la Secretaría de Estado de
Servicios Sociales e Igualdad a través del Instituto de la Mujer y para
la Igualdad de Oportunidades y de la Delegación del Gobierno para la
Violencia de Género. El objetivo del mismo es la realización de
actividades en el ámbito del deporte femenino y actuaciones de
información, prevención y sensibilización en materia de violencia contra
la mujer.



Entre las actuaciones en colaboración con el Comité Olímpico Español en
2012, cabe señalar la Participación en el Foro Mujer y Deporte. Se
celebra anualmente en la sede del Comité Olímpico Español, y cada año se
elige para trabajar un tema monográfico diferente. En el año 2012:
«Heroínas» celebrado en 5 de Junio de 2012.



Además, el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, a la
vista de los resultados de las deportistas españolas en los juegos
Olímpicos y Paralímpicos de Londres 2012, entre otros éxitos, efectuó en
2013 la ampliación informativa de la Exposición itinerante «Siempre
adelante, mujeres deportistas» realizada en colaboración con el Consejo
Superior de Deportes y el Comité Olímpico Español a través de la Comisión
Mujer y Deporte, así como del catálogo y folleto que la acompañan, como
material de apoyo y de publicidad. Con ello se persigue difundir la
evolución positiva del deporte femenino en nuestro país y que sirva como
ejemplo a las jóvenes que se inician en la práctica deportiva.



Coincidiendo con la presentación de la Exposición ampliada, y de su
Catálogo, «Siempre adelante, mujeres deportistas», ese organismo rindió
un homenaje a las deportistas españolas.



La apertura de las disciplinas deportivas a mujeres en las Federaciones
Nacionales se hace tomando en consideración las categorías en las que
exista actividad internacional regulada por la Federación Internacional
de cada deporte. En aquellas categorías en las que no existe actividad
internacional, serán las propias Federaciones Deportivas Españolas las
que, en colaboración con las Federaciones Autonómicas, regulen las
pruebas y reglamentos de las especialidades de referencia.



El Gobierno, a través del Consejo Superior de Deportes, promueve el
deporte femenino y favorece la efectiva incorporación de las mujeres a
las distintas disciplinas deportivas, mediante el fomento y apoyo al
desarrollo de programas específicos en todas las etapas de la vida y en
todos los niveles del deporte femenino, incluidos los de responsabilidad
y toma de decisiones.



Para avanzar en este objetivo, el Consejo Superior de Deportes viene
implementando, a través de los programas «Mujer y Deporte», un plan de
actuaciones propio dirigido al logro de la plena igualdad de la mujer en
el ámbito deportivo, constituyendo su principal instrumento una línea de
ayudas destinada a subvencionar las actuaciones de las Federaciones
Deportivas Españolas, con el fin de promocionar, facilitar e incrementar
la participación femenina en todos los ámbitos del deporte (licencias,
formación, alto nivel, cuadros técnicos, dirección, gestión, ayudas
sociales… entre otras), de manera complementaria a las acciones relativas
al deporte femenino que hasta ahora se hayan venido desarrollando en los
programas deportivos generales de las Federaciones.




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217






En este mismo orden de cosas, cabe señalar que la Ley Orgánica 8/2013, de
9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, ha introducido
diversas modificaciones en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, dirigidas a garantizar la formación sobre el significado y
alcance de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. Cabe destacar
las siguientes:



— El artículo 1 incluye expresamente, entre los principios en que se
inspira el sistema educativo español, el desarrollo, en la escuela, de
los valores que fomenten la igualdad efectiva entre hombres y mujeres,
así como la prevención de la violencia de género.



— El artículo 124 sobre normas de organización, funcionamiento y
convivencia, recoge la obligación de los centros educativos de elaborar
un plan de convivencia y establece que incluirá la realización de
actuaciones para la resolución pacífica de conflictos con especial
atención a las actuaciones de prevención de la violencia de género,
igualdad y no discriminación. Por otro lado, califica como falta muy
grave que llevará asociada como medida correctora la expulsión, temporal
o definitiva, del centro, las conductas que atenten contra la dignidad
personal de otros miembros de la comunidad educativa o que tengan como
origen o consecuencia una discriminación o acoso basado en el género.



— En el artículo 127 se incluye entre las competencias del Consejo Escolar
la de proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el
centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no
discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la
presente Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos, y la
prevención de la violencia de género.



— Se añade una nueva disposición adicional cuadragésima primera que
determina que en el currículo de las diferentes etapas de la Educación
Básica se tendrá en consideración el aprendizaje de la prevención y
resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida
personal, familiar y social, y de los valores que sustentan la democracia
y los derechos humanos, que debe incluir en todo caso la prevención de la
violencia de género.



Por otra parte, el Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se
establece el currículo básico de la Educación Primaria incluye entre los
objetivos de esta etapa el de conocer, comprender y respetar… la igualdad
de derechos y oportunidades de hombres y mujeres y el de desarrollar… una
actitud contraria a la violencia, a los prejuicios de cualquier tipo y a
los estereotipos sexistas.



Asimismo, el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se
establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y
del Bachillerato, entre los objetivos de la Educación Secundaria
Obligatoria contempla el de valorar y respetar la diferencia de sexos y
la igualdad de derechos y oportunidades entre ellos. Rechazar la
discriminación de las personas por razón de sexo o por cualquier otra
condición o circunstancia personal o social. Rechazar los estereotipos
que supongan discriminación entre hombres y mujeres, así como cualquier
manifestación de violencia contra la mujer. Y como objetivo de la etapa
de Bachillerato, fomentar la igualdad efectiva de derechos y
oportunidades entre hombres y mujeres, analizar y valorar críticamente
las desigualdades y discriminaciones existentes, y en particular la
violencia contra la mujer e impulsar la igualdad real y la no
discriminación de las personas por cualquier condición o circunstancia.



Ambos Reales Decretos, al referirse a los elementos transversales del
currículo establecen que las Administraciones educativas fomentarán el
desarrollo de los valores que fomenten la igualdad efectiva entre hombres
y mujeres y la prevención de la violencia de género, y de los valores
inherentes al principio de igualdad de trato y no discriminación por
cualquier condición o circunstancia personal o social y que la
programación docente debe comprender, en todo caso, la prevención de la
violencia de género. En los dos Reales Decretos, en el desarrollo de los
diferentes elementos del currículo para las diferentes áreas y
asignaturas se incluyen contenidos, criterios de evaluación y estándares
de aprendizaje evaluables relacionados con la educación en igualdad entre
hombres y mujeres y la no discriminación. También establecen que los
Ministerios de Educación, Cultura y Deporte y de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad, en colaboración con las Administraciones educativas
y con organizaciones y entidades interesadas, promoverán entre el
alumnado actividades de información, campañas de sensibilización,
acciones formativas y cuantas otras sean necesarias para la promoción de
la igualdad de oportunidades y la no discriminación, en especial entre
mujeres y hombres y personas con algún tipo de discapacidad, así como
para la prevención de la violencia de género.



Por otro lado, en el periodo al que hace referencia Su Señoría se han
desarrollado diferentes proyectos de innovación educativa para mejorar la
igualdad y en el sistema educativo. Cabe destacar el Proyecto «Teaching
Controversial Issues-Developing Effective Training for Teachers and
School Leaders», dentro




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de la segunda fase del Programa de Proyectos Piloto Derechos humanos y
Democracia en Acción del Consejo de Europa. Su objetivo fundamental es
desarrollar y difundir un programa eficaz de formación del profesorado
para la enseñanza de temas controvertidos así como fortalecer la
capacidad y confianza del profesorado y los equipos directivos de los
centros educativos, pertenecientes a los estados miembros del Consejo de
Europa, para abordar estos temas.



Por otro lado, en octubre de 2014, el Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte ha colaborado en la organización del XVII Coloquio Internacional
de la Asociación Española de Investigación de Historia de las Mujeres:
Cómo enseñamos la Historia de las Mujeres que convocó a investigadoras y
docentes de todos los niveles de la enseñanza para revisar de forma
crítica la situación de la historia de las mujeres en las aulas y en la
sociedad en su conjunto.



En cuanto a la formación del profesorado, cabe destacar el curso
Coeducación: dos sexos en un solo mundo del que el Instituto Nacional de
Tecnologías Educativas y de Formación del Profesorado convoca dos
ediciones anuales. Este curso trata de mejorar la práctica docente con el
fin de facilitar un ambiente coeducativo en el que la convivencia entre
personas de ambos sexos suponga intercambio y enriquecimiento y se eviten
los prejuicios o los estereotipos.



Por último, se han promovido las siguientes publicaciones desde el año
2012:



— Mujeres en cargos de representación del sistema educativo II. Año de
edición 2012. Pertenece a la colección «mujeres en la educación».



— Coeducación: dos sexos en un solo mundo. Año de edición 2012. (Se
corresponde con el curso del mismo nombre mencionado anteriormente).



— Orientación educativa sin sesgo de género antes de la universidad. Año
de edición 2014. El objetivo general de este estudio es analizar el sesgo
de género en la orientación educativa y proponer medidas y líneas
políticas con capacidad de corregirlo.



Por lo que se refiere a los órganos de gobierno de los centros docentes,
cabe señalar que son órganos de gobierno y control de los centros
docentes el Director, el Equipo Directivo, el Consejo Escolar y el
Claustro.



La selección y nombramiento de directores de los centros públicos se
efectúa por las Administraciones Educativas, que son las Comunidades
Autónomas, mediante concurso de méritos entre profesores y profesoras
funcionarios de carrera que impartan alguna de las enseñanzas
encomendadas al centro. La selección se realiza de conformidad con los
principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad.



En cuanto al equipo directivo, el Director, previa comunicación al
Claustro de profesores y al Consejo Escolar, fórmula propuesta de
nombramiento y cese a la Administración Educativa de los cargos de Jefe
de Estudios y Secretario de entre los profesores con destino en el
centro. En este sentido, debe tenerse en cuenta que, entre las
competencias del Director, está la de garantizar el cumplimiento de las
leyes y demás disposiciones vigentes, incluida la Ley Orgánica 3/2007, de
22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.



Los miembros del Consejo Escolar, bien lo son por razón del cargo que
desempeñan, o son elegidos por los correspondientes sectores de la
comunidad educativa (profesores, padres, alumnos y personal de
administración y servicios). De acuerdo con el artículo 126.2 de la Ley
Orgánica antes citada, una vez constituido el Consejo Escolar del centro,
éste designará una persona que impulse medidas educativas que fomenten la
igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.



Finalmente el Claustro de profesores está integrado por la totalidad de
los profesores que prestan servicios en el centro. La provisión de plazas
de los centros públicos se efectúa por las Administraciones educativas de
conformidad con las normas reguladoras de los concursos de traslados y de
los procedimientos de selección de funcionarios interinos docentes.



Por otra parte, se acompaña en anexos el detalle de las actuaciones en
relación con las situaciones de desigualdad en la producción y creación
intelectual, artística y cultural de las mujeres. Las actuaciones se
distribuyen como sigue:



Anexo 1: Promoción de las Bellas Artes.



Anexo 2: Museo Nacional del Prado.



Anexo 3: Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.



Anexo 4: Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.




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219






Anexo 5: Biblioteca Nacional de España.



Anexo 6: Industrias Culturales.



Anexo 7. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



Nota.—La documentación que se acompaña se encuentra en la Secretaría
General de la Cámara.



184/068991



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Álvarez, Ángeles (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada, en el siguiente cuadro se recoge la
información solicitada por Su Señoría:



Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género.



Sistema VioGen.



Datos a:;Número de casos activos por niveles de riesgo;;;;;TOTAL



;No apreciado;Bajo;Medio;Alto;Extremo;



30/06/2014;39.479;12.914;2.752;120;8;55.273



31/12/2014;36.452;13.092;2.820;116;8;52.488



Para la correcta comprensión del cuadro anterior, hay que tener en cuenta
las siguientes definiciones:



Caso: El concepto de «caso de violencia de género» es muy similar al de
«víctima de violencia de género», aunque no es idéntico. Un caso contiene
toda la información que relaciona a una víctima con un único agresor. De
esta manera, si una mujer, a lo largo del tiempo, es víctima de violencia
de género con más de un agresor, se hablará de un caso distinto por cada
uno de los diferentes agresores.



Caso activo: Es aquel que es objeto de atención policial. El nivel de
riesgo de cada caso activo, según el momento y las circunstancias que lo
rodeen, va evolucionando con el trascurso del tiempo.



Para las mujeres con nivel de riesgo «no apreciado» se establece medidas
de seguimiento (revisión del nivel de riesgo cada tres meses) y, si es
preciso, medidas policiales de protección. Para las mujeres con nivel de
riesgo «apreciado» (bajo, medio, alto o extremo) las medidas policiales
de protección van aumentando en intensidad según se incrementa el nivel
de riesgo.



Caso inactivo: Es el que, por determinadas circunstancias, se considera
que, temporalmente, no es preciso que sea objeto de atención policial. El
caso inactivo puede reactivarse en cualquier momento.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069005 a 184/069008, 184/069011 y 184/069012, 184/069015 a 184/069018



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Císcar Casabán, Cipriá; Puig Ferrer, Joaquín Francisco; Such
Botella, Antoni; Montón Giménez, Carmen; Ábalos Meco, José Luis y Campos
Arteseros, Herick Manuel (GS).



Respuesta:



Se remite en anexo la información solicitada por Sus Señorías.




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220







[**********página con cuadro**********]





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221






184/069031



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



En contestación a la pregunta formulada se señala que, en la actualidad,
no existen previsiones para construir a corto/medio plazo un Cuartel de
la Guardia Civil en la localidad de Castro Calderas (Ourense).



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069032



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



Las inversiones realizadas en los últimos cinco años en el centro
penitenciario de Pereiro de Aguiar (Ourense), con cargo a créditos del
presupuesto que gestiona la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias, correspondientes a obras, servicios y suministros, fueron
las siguientes:



Centro penitenciario;Concepto inversión;Años;Importe €



Pereiro de Aguiar (Ourense);Instalación seguridad
perimetral;2010;25.071,69



;Mejora en seguridad de aparcamientos de funcionario;2010;11.525,47



;Actuaciones de mejora eficacia energética;2010;356.906,27



;Certificación final instalación calefacción;2010;80.970,65



;Construcción escalera de emergencia en oficinas;2012;5.576,06



;Construcción cámara frigorífica;2012;21.627,30



Total;;;501.677,44



Asimismo, con cargo a los citados créditos, se efectuaron las siguientes
inversiones correspondientes a equipamientos no informáticos en términos
de importes de licitación en euros:



Área de gasto;2010;2011;2012;2013;2014



Equipamiento interior;1.800,00;;;1.320,50;16.553,38



Formación de internos;;;1.462,20;640,89;



Lavandería/cocina;47.892,78;;;63.975,92;50.417,07



Material sanitario;;;;3.399,25;



Oficinas;16.510,29;394,79;;20.661,00;8.398,80



Servicios diversos;;8.649,31;;1.785,48;17.808,05



Seguridad;;27.445,79;7.517,20;23.462,41;2.566,35



Total;66.203,07;36.489,89;8.979,40;115.245,45;95.743,65



Dentro de cada área de gasto se han tramitado propuestas para las
siguientes actuaciones:



En equipamiento interior: adquisición de mobiliario interior para uso de
los internos.



En Formación de internos: adquisición de equipamiento deportivo y equipos
de sonido e imagen.




Página
222






En Lavandería/Cocina: adquisición de lava-cacerolas, carros baño maría,
abrelatas industriales, marmitas, lavavajillas, lavadora, secadora
industrial.



En el Área de Material Sanitario: adquisición de equipos clínicos, en
concreto dosificadores automáticos de metadona.



En el Área de Oficinas: adquisición de sillería de oficinas, mesas de
oficina, fax, fotocopiadoras y telefonía.



En el Área de Seguridad: adquisición de material antidisturbios y diverso
material de seguridad, entre los que destacan las propuestas para la
adquisición de radioteléfonos portátiles digitales, escáner de paquetería
y detectores de metales manuales.



Por último, las inversiones realizadas por la Entidad Estatal Trabajo
Penitenciario y Formación para el Empleo en el Centro Penitenciario de
Pereiro de Aguiar fueron las recogidas en el siguiente cuadro:



Proyecto;Ejercicios;;;;



;2010;2011;2012;2013;2014



1998.16.201.0020



Equipos e instalaciones;0,00;2.503,20;1.290,00;3.335,00;0,00



1998.16.201.0010



Maquinaria e instalaciones talleres;0,00;0,00;334,00;0,00;580,00



1998.16.201.0005



Equipos de informática y mecanización;11.6979,43;0,00;0,00;0,00;2.867,05



Total inversiones por año;11.6979,43;2.503,20;1.624,00;3.335,00;3.447,05



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069033



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



La Dirección General de la Guardia Civil, anualmente, en función de las
disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio, ejecuta obras de
mejora y mantenimiento en los acuartelamientos que se hayan priorizado,
con cargo a los créditos del Capítulo 2 descentralizados en su mayor
parte a las unidades territoriales, ascendiendo a 313.688,70 euros el
importe de las obras cuya ejecución está prevista en cuarteles de la
provincia de Ourense durante el año 2015.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069048



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que los importes
concedidos para los desplazamientos a la Península de los equipos y
deportistas de Canarias, entre los años 2008 y 2014, han sido los
siguientes:



— 2008: 1.974.421 euros.



— 2009: 1.665.622 euros.




Página
223






— 2010: 1.418.452 euros.



— 2011: 1.301.555,33 euros.



— 2012: 411.574,48 euros.



— 2013: 257.778,84 euros.



— 2014: 257.356,50 euros.



Hay que tener en cuenta que en los ejercicios 2013 y 2014 los importes
concedidos son correlativos a las peticiones recibidas por los
interesados.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069052



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indican los datos
correspondientes al número de solicitudes y becas concedidas, y cuantías,
a estudiantes que cursaron sus estudios postobligatorios no
universitarios matriculados en centros de la Comunidad Autónoma de
Canarias y en la provincia de Las Palmas en los cursos 2010-2011 a
2013-2014. Estos datos se refieren a la convocatoria general y de
movilidad y de ayudas al alumnado con necesidad específica de apoyo
educativo.



No es posible aportar los datos referidos al curso 2014-2015, ya que
actualmente se están llevando a cabo los procedimientos para la
resolución de la convocatoria por lo que no se dispone de datos
estadísticos.



Niveles no universitarios;Las Palmas;;;Total Canarias;;



;Solicitudes;N.º becas;Importe (euros);Solicitudes;N.º becas;Importe
(euros)



Curso 2010-2011;19.744;12.622;15.854.831,82;37.484;24.958;33.378.031,40



Curso 2011-2012;18.766;13.124;17.572.852,89;36.559;25.898;36.231.195,30



Curso 2012-2013;18.938;12.261;15.042.505,88;36.743;24.575;31.814.364,89



Curso 2013-2014;21.918;11.682;16.704.702,15;41.549;23.242;34.227.746,25



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069054



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se aportan los datos de las
cuantías de las becas concedidas a estudiantes que cursaron sus estudios
matriculados en centros de la Comunidad Autónoma de Canarias y en la
provincia de Las Palmas en los cursos 2008/2009 a 2013/2014.



Se indican, en anexo, los datos de los niveles no universitarios
correspondientes a la convocatoria general y de movilidad y de ayudas al
alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y, en otra tabla,
los datos de los niveles universitarios correspondientes a la
convocatoria general y de movilidad, becas de colaboración y bonificación
de los precios públicos a familias numerosas.



No es posible aportar los datos referidos al curso 2014/2015, ya que
actualmente se están llevando a cabo los procedimientos para la
resolución de la convocatoria por lo que no se dispone de datos
estadísticos.




Página
224






ANEXO



Niveles no Universitarios;Las Palmas;Total Canarias



;Importe;Importe



Curso 2008/2009;12.001.201,40;26.459.412,42



Curso 2009/2010;13.980.089,50;27.960.179,00



Curso 2010/2011;15.854.831,82;33.378.031,40



Curso 2011/2012;17.572.852,89;36.231.195,30



Curso 2012/2013;15.042.505,88;31.814.364,89



Curso 2013/2014;16.704.702,15;34.227.746,25



Niveles Universitarios;Las Palmas;Total Canarias



;Importe;Importe



Curso 2008/2009;12.922.963,98;27.082.582,89



Curso 2009/2010;13.677.937,99;28.152.003,63



Curso 2010/2011;15.768.756,43;33.545.499,67



Curso 2011/2012;17.577.055,39;39.563.390,54



Curso 2012/2013;15.144.626,82;37.487.569,91



Curso 2013/2014;14.669.170,50;33.450.944,41



Madrid, 25 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069056



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



En el presente ejercicio 2015 Canarias participa en el nuevo programa para
Apoyo a la familia e infancia (Aplicación presupuestaria
26.16.231F.453.06). La distribución territorial de este crédito, aprobado
en el Consejo Territorial asigna a Canarias 1.593.821 euros.



En el ámbito sanitario, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad trabaja en coordinación con los responsables autonómicos para la
implementación universal de las Estrategias y políticas sanitarias con el
fin de garantizar la cohesión y equidad en el Sistema Nacional de Salud.



Canarias es Comunidad autónoma piloto en interoperabilidad de receta
electrónica, por lo que durante el mes de marzo empezará a ofrecer este
servicio a sus ciudadanos. De momento, la otra Comunidad Autónoma con
interoperabilidad es Extremadura, aunque se espera que a lo largo de
2015, se incorporen la mayoría de las Comunidades Autónomas a este
esfuerzo.



Desde el año 2013, el referido Ministerio desarrolla un proyecto de
vigilancia de vectores importados en los Puntos de Entrada (Puertos y
Aeropuertos) en colaboración con la Consejería de Sanidad de la Comunidad
Autónoma de Canarias que incluye los puertos y aeropuertos
internacionales y las zonas adyacentes de Las Palmas, Tenerife y La
Palma.



En relación con la igualdad, el Programa CLARA tiene como objetivo mejorar
la empleabilidad de mujeres en situación de vulnerabilidad y con
especiales dificultades para la inserción laboral a través de un
itinerario integrado y personalizado de inserción social y laboral.



En la Comunidad Autónoma de Canarias, el 16 de julio de 2014 se firmó el
Convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Gáldar (Las Palmas) para
desarrollar el dicho programa durante las anualidades 2014-2015.




Página
225






En el marco del Programa IRENE: se llevan a cabo actividades conjuntas
para el desarrollo del Programa de información, formación y prevención de
la violencia sexual en jóvenes y adolescentes dirigido a diferentes
colectivos en el entorno educativo.



Se ha suscrito un Convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Icod de
los Vinos para el periodo 2014-2015.



La Estrategia Nacional para la Erradicación de la Violencia contra la
Mujer 2013-2016 es un claro exponente de la coordinación como principio
rector de los poderes públicos en esta materia, no sólo por su propio
método de elaboración, sino porque uno de los ejes transversales sobre
los que descansa es precisamente la coordinación y el trabajo en red.



Los principales interlocutores de la Delegación del Gobierno para la
Violencia de Género en este sentido son, naturalmente, las Comunidades
Autónomas, junto a las cuales se han puesto en marcha diversas
actuaciones encaminadas a mejorar la coordinación:



1. Propuesta común para la mejora de la coordinación institucional y la
puesta en marcha de un plan personalizado de atención a las víctimas de
la violencia de género.



En el presupuesto de la Delegación del Gobierno para la Violencia de
Género para el año 2015 hay un crédito de 1 millón de euros en
transferencias a las Comunidades Autónomas para la implementación de la
Propuesta Común, que se distribuirán de conformidad con los criterios que
se aprueben en la Conferencia Sectorial de Igualdad.



2. Protocolo de derivación entre Comunidades Autónomas para la
coordinación de sus redes de centros de acogida para las mujeres víctimas
de la violencia de género y sus hijos e hijas.



Madrid, 10 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069068



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Fernández, Rosana (GMx).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Gobierno, en
virtud de la Resolución de 13 de enero de 2011 (BOE de 4 de febrero de
2011), de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial,
por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración con la
Comunidad Autónoma de Galicia, para la financiación de plazas públicas
del primer ciclo de educación infantil en el marco del Plan Educa3, libró
un importe de 5.276.296 euros que, junto con la parte cofinanciada de la
Comunidad Autónoma, generó un crédito disponible de 10.552.592 euros.



En virtud de los datos de los que dispone el Gobierno, aportados por la
Comunidad Autónoma de Galicia, ha sido ejecutado un importe no superior
al 25 % de las actuaciones del mencionado Plan, no constando
documentación justificativa de las escuelas de A Coruña y Ourense.



Actualmente se encuentra en plazo de justificación el convenio del Plan
Educa3 correspondiente al ejercicio 2011, publicado por Resolución de 27
de diciembre de 2012 (BOE de 6 de febrero de 2012), de la Dirección
General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el
Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Galicia, para la
financiación de plazas públicas del Primer Ciclo de Educación Infantil en
el marco del Plan Educa3, en el año 2011 . Mediante Adenda de prórroga
publicada por Resolución de 25 de marzo de 2014 (BOE 10 de abril de
2014), de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial,
por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración con la
Comunidad Autónoma de Galicia, para la financiación de plazas públicas
del primer ciclo de educación infantil en el marco del Plan Educa3, en el
año 2011 su plazo de ejecución se extendió hasta 31 de diciembre de 2014
y su plazo de justificación vence el 31 de marzo de 2015 con actuaciones
valoradas en 5.286.521 euros.




Página
226






Por último, en relación con la continuidad del Plan Educa3, en la reunión
de la Conferencia Sectorial de Educación celebrada el día 26 de enero de
2012 se consideró oportuno realizar un estudio de la viabilidad y
eficacia de los diversos programas de cooperación territorial. Por lo que
se refiere al programa Plan Educa3, se decidió la finalización del mismo
con la firma de los últimos convenios del ejercicio 2011.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069096



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Buyolo García, Federico; Puig Ferrer, Joaquín Francisco; Campos
Arteseros, Herick Manuel; Blanquer Alcaraz, Patricia y Echávarri
Fernández, Gabriel (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe señalar que del importe
total de la dotación en los Presupuestos Generales del Estado para el año
2014 (presupuesto inicial más modificaciones presupuestarias) de los
Fondos de Compensación Interterritorial de la Comunitat Valenciana (53,87
millones de euros), 19,39 millones corresponden a proyectos de inversión
a ejecutar en la provincia de Alicante (16,74 del Fondo de Compensación y
2,65 del Fondo Complementario).



En cuanto al grado de ejecución presupuestaria, cabe informar que a 30 de
diciembre de 2014, se habían reconocido obligaciones por el importe total
de los créditos dotados, tanto en el Fondo de Compensación como en el
Fondo Complementario, por lo que el grado de ejecución era del 100 %.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069151



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



En relación con la sustitución del Director del Centro Penitenciario de
Villabona es importante subrayar que su cese ha sido a petición propia,
por exclusivas razones personales, que nada tienen que ver con su labor
de gestión al frente de la dirección del Centro.



En lo referente a la nueva Dirección del Centro Penitenciario de
Villabona, en consecuencia con la anterior, actúa en todo momento
conforme a las exigencias legales y reglamentarias establecidas, y de
conformidad con las instrucciones y directrices recibidas por el
Ministerio del Interior.



No se debe olvidar que la Unidad Terapéutica Educativa (UTE) de Villabona
funciona conforme a las normas establecidas en la Instrucción 9/2014, de
la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Esta normativa
impera en la UTE de Villabona así como en el resto de los 24 Centros que
contemplan el Programa UTE.



Madrid, 26 de febrero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/069155



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).




Página
227






Respuesta:



En relación con la pregunta formulada, cabe informar que las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado en lo relativo al libre ejercicio del
derecho de reunión, llevan a cabo sus actuaciones de conformidad con la
normativa legal vigente. Así lo dispone la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de
marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la Ley Orgánica 9/1983, de 15
de julio, reguladora del derecho de reunión, y la Ley Orgánica 1/1992, de
21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.



En este sentido cabe destacar que el Proyecto de Ley Orgánica de
protección de la seguridad ciudadana (n.º de expediente del Congreso
121/000105), una vez aprobadas enmiendas por el Senado, se encuentra
actualmente pendiente de aprobación definitiva por el Pleno del Congreso
de los Diputados. Protege expresamente el ejercicio del derecho a
manifestarse. Así establece que «Las autoridades a las que se refiere
esta Ley adoptarán las medidas necesarias para proteger la celebración de
reuniones y manifestaciones, impidiendo que se perturbe la seguridad
ciudadana», del mismo modo persigue expresamente y como infracción grave:
«La perturbación del desarrollo de una reunión o manifestación lícita,
cuando no constituya infracción penal.» Esto viene a corroborar de forma
expresa, el compromiso del Gobierno de proteger de forma clara el derecho
de los ciudadanos a manifestarse.



Asimismo, se establece en el citado Proyecto de Ley Orgánica la exigencia
de que las medidas de intervención policial sean graduales y
proporcionadas a las circunstancias, estableciendo así que la disolución
de reuniones y manifestaciones constituya el último recurso.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069162



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Oramas González-Moro, Ana María y Quevedo Iturbe, Pedro (GMx).



Respuesta:



La Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la Ley
Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG),
fue resultado de la iniciativa legislativa parlamentaria, y vino
precedida de los trabajos desarrollados por la Subcomisión creada para
este fin en el seno de la Comisión Constitucional del Congreso de los
Diputados durante la pasada legislatura. Dicha reforma tomó en
consideración, además de las distintas comparecencias de expertos en la
materia, los informes emitidos por la Junta Electoral Central y por el
Consejo de Estado.



En la medida en que la pregunta formulada parece concretarse en la
elaboración por parte del Gobierno de un posible proyecto de reforma del
artículo 75 de la LOREG, procede recordar que existe una práctica
respetada desde su promulgación, consistente en que su modificación se
viene llevando a cabo en virtud de Proposiciones de Ley de las Cámaras y
no mediante el ejercicio de la iniciativa legislativa que el artículo 87
de la Constitución Española atribuye al Gobierno.



En cuanto a los electores inscritos en el CERA, estos disponen información
sobre el modo de ejercer su derecho al voto a través de distintos cauces:



— La información que respecto a todos los procedimientos de votación, y
cualesquiera aspectos de los procesos electorales, se recoge en la web
electoral del Ministerio del Interior (www.infoelectoral.interior.es).



— La información que al respecto se recoge también en la web del
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación,
http//www.exteriores.gob.es



— La información que de manera específica pueden solicitar estos
ciudadanos ya sea personalmente ante las Oficinas y Secciones Consulares,
como a través de correo electrónico en el buzón de consultas
infoelectoral@interior.es del Ministerio del Interior.



— Las campañas institucionales que el Ministerio del Interior pone en
marcha en las elecciones al Parlamento Europeo y elecciones a Cortes
Generales (procesos de competencia estatal en los que estos ciudadanos
tienen derecho de sufragio) y que se emiten en los canales
internacionales de los medios de comunicación de titularidad pública.




Página
228






— La comunicación expresa y personalizada que realiza la Oficina del Censo
Electoral, de conformidad con el artículo 75 de la LOREG, remitiendo a
estos electores el modelo de impreso de solicitud para su participación
en el proceso de que se trate.



El artículo 75 de la Ley Orgánica 5/1985 impone unos márgenes ajustados
para que el elector pueda expresar su deseo de votar, reciba la
documentación electoral, ejerza su derecho al voto y, finalmente, para
que los votos puedan llegar a tiempo de ser contabilizados.



En el marco de esta normativa, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación está llevando a cabo toda una serie de acciones para
favorecer al máximo que los electores que desean votar en los distintos
procesos electorales que se van convocando, puedan hacerlo. Las acciones
que se están realizando son las siguientes:



— Se cuelga en las páginas web del Ministerio y de las Embajadas y
Consulados toda la información útil (incluyendo unas preguntas frecuentes
y una infografía) para los electores relativa al proceso electoral, como
trámites burocráticos, plazos, direcciones u horarios.



— Se utilizan las redes sociales para dar a conocer dicha información.



— Se posibilita la descarga de los formularios de solicitud del voto de
las páginas web de las oficinas consulares.



— Las Embajadas de España suscriben convenios de franqueo prepagado con
los servicios postales de aquellos países donde más ciudadanos españoles
residieran con el fin de facilitar la gratuidad del voto. También se
abren apartados de correo a tal efecto.



— En los días de votación presencial, las oficinas consulares de España
permanecen abiertas durante tres días, en horario prolongado, permitiendo
que los ciudadanos españoles puedan votar.



— También abre la oficina consular varios sábados y domingos para, según
los plazos que marca la ley, permitir a según qué categoría de electores
(residentes o no residentes) efectuar reclamaciones o inscribirse en el
registro de matrícula consular con el fin de poder votar.



— Se pone a disposición de las oficinas consulares la posibilidad de
utilizar valijas diplomáticas extraordinarias o mensajería urgente con el
fin de que los sobres de votación lleguen a tiempo a España.



En todo caso, cabe recordar que el Gobierno no puede «favorecer» el voto,
como así lo ha establecido la Junta Electoral Central en su Instrucción
2/2011, de 24 de marzo, sobre interpretación del artículo 50 de la Ley
Orgánica del Régimen Electoral General, en relación al objeto y los
límites de las campañas institucionales y de los actos de inauguración
realizados por los poderes públicos en periodo electoral. En la misma se
señala que, durante el periodo electoral, los poderes públicos no podrán
realizar ninguna campaña institucional que tenga por objeto, entre otros,
el fomento de la participación de los electores en la votación.



Por último se señala que en lo relativo a las elecciones autonómicas,
corresponde a los poderes públicos convocantes la realización de las
campañas informativas correspondientes (art. 50.1 de la Ley Orgánica del
Régimen Electoral General). De este modo, no teniendo los electores que
residen permanentemente en el extranjero (CERA) derecho de voto en las
elecciones locales, pero sí en las elecciones autonómicas, corresponde a
las comunidades autónomas la realización de las campañas informativas
necesarias.



Madrid, 3 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069164



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Picó i Azanza, Antoni (GCiU).



Respuesta:



El número de solicitudes de protección internacional presentadas en Ceuta
y Melilla en los últimos tres años, con expresión del país de procedencia
de los solicitantes, fue el recogido en los cuadros siguientes:




Página
229






Solicitudes de protección internacional en Ceuta



País de procedencia;2012;2013;2014



AFGANISTÁN;1;0;0



ARGELIA;121;268;175



BURKINA FASO;3;0;0



CAMERÚN;3;1;0



CONGO;1;1;2



COSTA DE MARFIL;1;0;0



ERITREA;3;0;1



GAMBIA;1;1;0



GHANA;3;5;2



GUINEA;6;6;0



GUINEA BISSAU;1;0;0



JORDANIA;1;0;0



IRAK;0;0;1



KENIA;0;1;0



LIBERIA;0;1;1



MALI;6;1;54



MARRUECOS;3;2;4



MAURITANIA;1;0;0



NÍGER;1;0;0



NIGERIA;8;2;0



T. PALESTINOS;2;0;4



R.D. CONGO;1;0;0



REP. CENTROAFRICANA;0;2;0



SIERRA LEONA;3;1;0



SIRIA;0;14;145



SOMALIA;11;11;0



SUDÁN;0;3;0



TÚNEZ;1;0;1



UCRANIA;0;0;1



ZIMBABWE;2;1;0



Totales;184;321;392



Solicitudes de protección internacional en Melilla



Nacionalidad;2012;2013;2014



(APÁTRIDA);0;0;4



ARGELIA;19;10;3



BANGLADESH;1;0;0



BURKINA FASO;1;0;1



CAMERÚN;1;0;1



CONGO;0;1;1



COSTA DE MARFIL;1;0;2



IRAQ;0;0;3



MARRUECOS;5;1;9




Página
230






Nacionalidad;2012;2013;2014



T. PALESTINOS;0;0;1



SIRIA;2;15;513



SOMALIA;0;11;1



UGANDA;2;0;0



Totales;41;33;539



Cabe señalar que prácticamente la totalidad de los solicitantes de ambas
ciudades se encuentran residiendo en los Centro de Estancia Temporal de
Inmigrantes (CETI).



Las resoluciones de los expedientes que fueron tramitados como solicitudes
en Ceuta y Melilla, en los años interesados, fueron los siguientes:



;2012;;2013;;2014;



;Ceuta;Melilla;Ceuta;Melilla;Ceuta;Melilla



Favorables;9;7;26;14;124;27



Desfavorables;198;88;187;19;227;12



Por último y por lo que se refiere a los motivos, tanto de concesión como
de denegación, se informa que éstos son de carácter individualizado y no
se encuentran tratados estadísticamente.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069176



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Coscubiela Conesa, Joan (GIP).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada, se informa que la Ley Orgánica
2/2011, de 28 de enero, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19
de junio, del Régimen Electoral General (LOREG) modificó el apartado
segundo del artículo 87, que dispone lo siguiente: «El Gobierno, previo
informe de la Junta Electoral Central, regulará un procedimiento de
votación para las personas ciegas o con discapacidad visual que les
permita ejercer su derecho de sufragio, garantizando el secreto del voto,
que se aplicará, en todo caso, a las elecciones al Congreso de los
Diputados y al Senado, a las elecciones al Parlamento Europeo y a los
supuestos de referéndum.»



Cabe aquí destacar que en el nuevo tenor literal del artículo 87.2 LOREG
el legislador no hace mención alguna a las Elecciones Locales.



El Acuerdo de la Junta Electoral Central de 3 de marzo de 2011, dispone
que «el procedimiento que con carácter general se establece en el
artículo 87.1 de la LOREG para los electores que no sepan leer o que por
discapacidad están impedidos para elegir la papeleta es plenamente
conforme con nuestro ordenamiento jurídico. A tal efecto, conviene
recordar que el artículo 29 de la Convención de las Naciones Unidas sobre
las personas con discapacidad prevé expresamente la posibilidad de
ejercicio del derecho del voto mediante la asistencia de una persona de
su elección».



Dispone asimismo el citado Acuerdo que, en el caso de las elecciones
locales concurren factores que deben ser tenidos en cuenta «como son el
número de procesos electorales concurrentes (8.116 municipios y 3.389
entidades locales menores, además de elecciones supra municipales y
autonómicas), la complejidad de la elaboración material de las papeletas
(ya que, de una parte, en el caso de las elecciones municipales
corresponde su confección a cada Ayuntamiento y son otras las autoridades
estatales o autonómicas quienes deben realizar las papeletas de los demás
procesos electorales, y, de otra parte, hay más de siete modelos
distintos de papeletas en los procesos electorales concurrentes, tanto de
lista




Página
231






cerrada como de lista abierta) y el momento en que debe elaborarse la
documentación complementaria en Braille (pues hay que esperar a la
resolución de los recursos contra la proclamación o denegación de
candidaturas)».



Por otra parte, la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de
oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las
personas con discapacidad hace referencia en su artículo 7 a la necesidad
de tener en cuenta para determinar los procedimientos de accesibilidad de
las personas con discapacidad que las medidas no supongan una carga
desproporcionada, de manera que se tengan en cuenta los costes de la
medida.



Asimismo, no conviene tampoco olvidar que el procedimiento establecido en
el Real Decreto 1612/2007 sólo puede ser utilizado por personas que
conozcan el sistema de lecto-escritura Braille.



Tras haber evaluado los resultados de la aplicación del procedimiento de
votación accesible, a la luz de los datos obtenidos en relación con los
procesos electorales, se elaboró por el Ministerio del Interior el
Informe de evaluación sobre accesibilidad y procesos electorales (24 de
abril de 2012), que fue remitido en su día a la Junta Electoral Central y
al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y fue presentado
en marzo de 2013 ante el Consejo Nacional de la Discapacidad. En él se
examina la circunstancia, entre otras variables, de que en los últimos
procesos electorales celebrados, en los que era de aplicación el
procedimiento de votación accesible, se han recibido solicitudes de 381
municipios (Elecciones al Parlamento Europeo 2009) y de 378 municipios
(Elecciones a Cortes Generales 2011).



Una vez realizado el estudio sobre si es técnicamente posible adaptar este
procedimiento para su utilización en las Elecciones Locales, teniendo en
cuenta tanto los factores citados por la Junta Electoral Central en su
Acuerdo de 3 de marzo de 2011 como el informe de evaluación de los
resultados de la aplicación del procedimiento regulado en el Real Decreto
1612/2007, cabe concluir que presenta dificultades técnicas insalvables
para las metodologías electorales actuales utilizar un procedimiento de
votación accesible en las Elecciones Locales.



A pesar de las dificultades mencionadas, el Gobierno, dado su compromiso
con las personas ciegas o con discapacidad visual, seguirá estudiando el
asunto.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069177



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos,
juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los
Juzgados y Tribunales determinados por las leyes, según las normas de
competencia y procedimiento que las mismas establezcan.



En cuanto al hecho referenciado, cabe recordar que esta cuestión se
remonta al año 2006, y que la condena fue impuesta por un Tribunal de
Justicia en aplicación de los preceptos contenidos en el Código Penal
Militar. Se trata de una sentencia frente a la que se interpusieron todos
los recursos pertinentes y ha sido confirmada por el propio Tribunal
Supremo.



Madrid, 2 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069181



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).




Página
232






Respuesta:



La atención paliativa a los pacientes que lo requieren está regulada en la
Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad en el Sistema Nacional
de Salud (SNS), y el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el
que se establece la cartera de servicios comunes del SNS, que incluye,
tanto para los servicios de atención primaria como para los servicios de
atención especializada, el contenido común a proporcionar en Cuidados
Paliativos.



La Estrategia en Cuidados Paliativos del Sistema Nacional de Salud
(ECP-SNS) fue aprobada el 17 de marzo de 2007, por unanimidad, en el
Consejo Interterritorial del SNS. Posteriormente fue actualizada para el
periodo 2010-2014.



Actualmente, el Comité de Seguimiento y Evaluación de la mencionada
Estrategia está trabajando en la elaboración de un segundo informe de
evaluación, que permitirá avanzar en un modelo óptimo de cuidados
paliativos y proponer nuevas medidas de mejora a implantar. Todo ello,
contando con la coordinación con los diferentes agentes que integran el
Comité: Administraciones Públicas, sociedades científicas y asociaciones
de pacientes.



Para la elaboración de este informe, se están teniendo en cuenta los
diferentes estudios realizados (entre la que se encuentra la Asociación
Española Contra el Cáncer), con el fin de actualizar el análisis de
situación correspondiente.



Además, el Gobierno, a través del Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad, viene trabajando en la mejora de la accesibilidad a
los cuidados paliativos, la adecuación del uso de las medidas
terapéuticas para aliviar el dolor, así como la mejora de la calidad de
la atención recibida por los pacientes con enfermedades avanzadas. En
este sentido, el Consejo Interterritorial del SNS aprobó en junio de 2014
el «Documento de Cuidados Paliativos Pediátricos en el SNS: criterios de
atención», y el «Documento Marco para la Mejora del Abordaje del Dolor en
el SNS».



Madrid, 25 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069200



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sanz Remón, Álvaro (GIP).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
el artículo 75 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen
Electoral General (LOREG) regula la manera de hacer efectivo el derecho
de los españoles inscritos en el censo de los electores residentes
ausentes que viven en el extranjero.



En relación con ese procedimiento, la oficina del Defensor del Pueblo
señala que la Oficina del Censo Electoral (OCE), a requerimiento de la
Junta Electoral Central, ha elaborado un informe en el que se establece
que el artículo 75.1 de la LOREG no restringe el medio de envío de la
solicitud de los electores a las delegaciones provinciales de la OCE.



No obstante, no se ha admitido el correo electrónico al no reunir las
condiciones de seguridad oportunas. Como alternativa la OCE afirma en
dicho informe que se ha previsto desarrollar un procedimiento de remisión
de los impresos de solicitud como formularios web, siendo el objetivo de
la Oficina del Censo Electoral el que «pudiera ser de aplicación en las
elecciones autonómicas a celebrar coincidiendo con las elecciones locales
de mayo de 2015.»



El nuevo procedimiento para hacer efectivo el derecho a voto de los
españoles residentes en el extranjero, desde el punto de vista normativo,
está pendiente de la publicación de la Orden de Interior por la que se
modificará el Anexo 6 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de
regulación complementaria de los procesos electorales, en fase de
tramitación muy avanzada. Desde el punto de vista de su operatividad está
en fase de desarrollo informático.




Página
233






No ha requerido la colaboración de las comunidades autónomas al ser un
procedimiento de competencia exclusiva del Estado, por lo dispuesto en la
Disposición Adicional Segunda de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio,
del Régimen Electoral General.



La pretensión de la OCE es que el procedimiento pueda ser de aplicación en
las elecciones autonómicas de 24 de mayo de 2015.



La OCE tiene previsto publicar el procedimiento de solicitud mediante una
Resolución del Director de la OCE, antes de la convocatoria de las
elecciones autonómicas de 24 de mayo de 2015, además de en la página web
de la OCE:



http://www.ine.es/ss/Satellite?L=es_ES&c=Page&cid=1254735788988&p=1254735788988&pagename=CensoElectoral%2FIN ELayout



En todo caso, la efectividad del conocimiento del nuevo procedimiento está
garantizada con la remisión de oficio a todos los inscritos en ese censo
del impreso oficial para realizar la solicitud, que contendrá las
instrucciones para su cumplimentación.



Madrid, 3 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069214, 184/069215, 184/069226



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con las cuestiones formuladas, se informa que todos los viajes
efectuados por el Presidente de la Sociedad de Infraestructuras y
Equipamientos Penitenciarios, S.A. (SIEP) a las infraestructuras
penitenciarias están relacionados con el ámbito de sus competencias como
responsable máximo. No se emiten comunicados con posterioridad a las
visitas realizadas.



Los desplazamientos que realiza por razón de su cargo se llevan a cabo
conforme a los procedimientos que, para este tipo de supuestos, se
contemplan en la Ley.



El Presidente de SIEP no tiene asignado vehículo oficial alguno para el
ejercicio de sus funciones.



En cuanto a la próxima apertura del Centro Penitenciario de Soria, no es
posible dar una fecha aproximada ya que la apertura del mismo está en
función de diversas variables, entre ellas las posibilidades de empleo
público.



Madrid, 3 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069218



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se señala que los datos públicos
de criminalidad pueden consultarse en la página web del Ministerio del
Interior, en el apartado Anuarios y Estadísticas:



http://www.interior.gob.es/es/web/archivos-y-documentacion/documentacion-y-publicaciones/anuarios-y-estadisticas




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234






Por otra parte se indica que el número de internos, a 31 de diciembre de
2014, en los centros penitenciarios dependientes de la Administración
General del Estado era el recogido en el siguiente cuadro:



Centro;N.º internos



ALMERÍA « EL ACEBUCHE»;855



ALMERÍA;



CÁDIZ.ALGECIRAS;1.522



CIS ALGECIRAS «MANUEL MONTESINOS Y MOLINA»;190



CÁDIZ. PUERTO I;233



CÁDIZ. PUERTO II;768



CÁDIZ. PUERTO III;1.441



CÁDIZ;



CÓRDOBA;1.537



CÓRDOBA;



GRANADA. ALBOLOTE;1.505



CIS GRANADA «MATILDE CANTOS FERNÁNDEZ»;216



GRANADA;



CIS HUELVA «DAVID BELTRÁN»;107



HUELVA;1.290



HUELVA;



JAÉN;576



JAÉN;



CIS MÁLAGA «EVARISTO MARTÍN NIET O»;451



MÁLAGA;1.278



MÁLAGA;



SEVILLA. A LCALÁ DE GUADAIRA;176



CIS SEVILLA «LUIS GIMÉNEZ DE ASUA»;253



SEVILLA;1.163



SEVILLA HOSPITAL PSIQUIÁTRICO PENITENCIARIO;166



SEVILLA II. MORÓN DE LA FRONTERA;1.352



SEVILLA;



ANDALUCÍA;15.079



TERUEL;195



TERUEL;



ZARAGOZA (ZUERA);1.551



ZARAGOZA. DAROCA;406



ZARAGOZA;



ARAGÓN;2.152



VILLABONA;1.349



P. ASTURIAS;1.349



CIS MALLORCA «JOAQUÍN RUIZ JIMÉNEZ»;188



IBIZA;120



MALLORCA;1.354



MENORCA;66



I. BALEARS;1.728




Página
235






Centro;N.º internos



LANZAROTE (ARRECIFE);458



LAS PALMAS;938



LAS PALMAS II;792



LAS PALMAS;



SANTA CRUZ DE LA PALMA;88



TENERIFE. EL ROSARIO;977



CIS TENERIFE «MERCEDES PINTO»;112



TENERIFE;



CANARIAS;3.365



SANTOÑA «EL DUESO»;641



CANTABRIA;641



ALBACETE;277



ALBACETE;



C. REAL. ALCÁZAR DE SAN JUAN;99



C. REAL. HERRERA DE LA MANCHA;443



CIUDAD REAL;



CUENCA;103



CUENCA;



TOLEDO. OCAÑA I;507



TOLEDO. OCAÑA II;417



TOLEDO;



CASTILLA-LA MANCHA;1.846



ÁVILA;133



ÁVILA;



BURGOS;447



BURGOS;



LEÓN. MANSILLA DE LAS MULAS;1.102



LEÓN;



PALENCIA (LA MORALEJA);1.049



PALENCIA;



SEGOVIA;358



SEGOVIA;



SORIA;166



SORIA;



VALLADOLID;511



VALLADOLID;



SALAMANCA. TOPAS;982



SALAMANCA;



CASTILLA-LEÓN;4.748



CEUTA;201



C.A. CEUTA;201




Página
236






Centro;N.º internos



MELILLA;303



C.A. MELILLA;303



BADAJOZ;658



BADAJOZ;



CÁCERES;468



CÁCERES;



EXTREMADURA;1.126



A CORUÑA (TEIXEIRO);1.264



CIS A CORUÑA «CARMELA A RIAS Y DÍAZ DE RÁBAGO;210



A CORUÑA;



LUGO. BONXE;229



LUGO. MONTERROSO;242



LUGO;



OURENSE;363



OURENSE;



PONTEVEDRA. A LAMA;1442



PONTEVEDRA;



GALICIA;3.750



LOGROÑO;340



LA RIOJA;340



CIS A LCALÁ DE HENARES «MELCHOR RODRÍGUEZ GARCÍA»;235



CIS NAVALCARNERO «JOSEFINA ALDECOA»;232



CIS VICTORIA KENT;488



MADRID I MUJERES. ALCALÁ DE HENARES;509



MADRID II. ALCALÁ DE HENARES;741



MADRID III. VALDEMORO;1.082



MADRID IV. NAVALCARNERO;1.133



MADRID V. SOTO DEL REAL;1.585



MADRID VI. ARANJUEZ;1.305



MADRID VII. ESTREMERA;1.478



MADRID;8.788



CIS MURCIA «GUILLERMO MIRANDA»;199



MURCIA;490



MURCIA II;1.048



MURCIA;1.737



PAMPLONA I;339



NAVARRA;339



ARABA/ÁLAVA;695



ÁLAVA/ARABA;



GIPUZKOA. SAN SEBASTIÁN (MARTUTENE);325



GIPUZKOA;




Página
237






Centro;N.º internos



BIZKAIA BASAURI;326



BIZKAIA;



PAÍS VASCO;1.346



ALICANTE;839



ALICANTE HOSPITAL PSIQUIÁTRICO PENITENCIARIO;311



ALICANTE II. VILLENA;1.128



ALICANTE;



CASTELLÓN;673



CASTELLÓN II. ALBOCASER;1.245



CASTELLÓN;



CIS VALENCIA «TORRE ESPIOCA»;469



VALENCIA. PICASSENT;2.223



VALENCIA;



COMUNIDAD VALENCIANA;6.888



TOTAL GENERAL;55.726



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069225



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



Las visitas realizadas por el presidente de la Sociedad de
Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios durante la presente
legislatura han sido las siguientes:



Fecha viaje;Destino;Motivo



3 y 4/05/ 2012;PAMPLONA;VISITA CP PAMPLONA I



10 y 11/05/2012;ARCHIDONA (MÁLAGA);VISITA OBRA CP MÁLAGA II



22/05/2012;ARANJUEZ (MADRID);VISITA CP MADRID VI



31/07/2012;SORIA;VISITA CUMPLIMIENTO CONVENIO



25/09/2012;MÁLAGA Y ARCHIDONA;VISITA OBRA CP MÁLAGA II (ARCHIDONA)



21 y 22/10/2012;CEUTA;VISITA OBRAS CP Y CIS CEUTA



29/10/2012;A CORUÑA;VISITA INMUEBLE ANTIGUA CÁRCEL



14/01/2013;TERUEL;VISITA OBRA CP TERUEL



4 y 5/02/2013;ALMERÍA;VISITA OBRAS CP Y CIS ALMERÍA



11/02/2013;MALLORCA;VISITA INMUEBLE ANTIGUA CÁRCEL PALMA



26/02/2013;CÁCERES;VISITA INMUEBLE CÁCERES



04/03/2013;SORIA;VISITA AVANCE OBRAS



15/04/2013;VALENCIA;VISITA INMUEBLE DENIA



22/04/2013;SIETE AGUAS;VISITA OBRA CP LEVANTE II



06/05/2013;TENERIFE;VISITA UNIDAD DE MADRÉS Y CIS



07/05/2013;LANZAROTE;VISITA AMPLIACIÓN CP LANZAROTE




Página
238






Fecha viaje;Destino;Motivo



08/05/2013;LAS PALMAS;VISITA CP LAS PALMAS II



21/06/2013;HUELVA;VISITA INMUEBLE ANTIGUA CÁRCEL



28/06/2013;CAMPOS DEL RÍO (MURCIA);VISITA CP MURCIA II



19/07/2013;PALMA DE MALLORCA;VISITA INMUEBLE ANTIGUA CÁRCEL PALMA



04/11/2013;VALENCIA;VISITA CIS VALENCIA



24/02/2014;HUELVA;VISITA ANTIGUA CÁRCEL HUELVA



2 al 5/04/2014;BUCAREST (RUMANÍA);REUNIONES CON AUTORIDADES PENITENCIARIAS
DEL PAÍS



08/04/2014;VALENCIA;VISITA CIS VALENCIA



19/05/2014;TERUEL;VISITA OBRAS CP TERUEL



06/06/2014;LAS PALMAS DE GRAN CANARIA;VISITA CP LAS PALMAS II



08/09/2014;GRANADA;VISITA OBRAS CP ALBOLOTE



19/09/2014;TOPAS (SALAMANCA);VISITA OBRAS CP TOPAS



9 y 10/10/2014;CÓRDOBA-SEVILLA-EL PUERTO DE SANTA MARÍA;VISITA INMUEBLES
DE SIEP EN CÓRDOBA, SEVILLA Y PTO. DE STA. MARÍA



17/11/2014;VALENCIA;VISITA CIS VALENCIA



11/12/2014;HUESCA;FIRMA CONVENIO CON EL AYUNTAMIENTO SOLAR ANTIGUA CÁRCEL



15/12/2014;DENIA;VISITA DENIA INMUEBLE DE SIEP



02/02/2015;TERUEL;VISITA OBRAS CP TERUEL



03/02/2015;SORIA;VISITA OBRAS CP SORIA



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069231



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luena López, César (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada conviene precisar, con carácter
previo, que la declaración de «zona catastrófica» es una figura
inexistente en el ordenamiento jurídico español.



Dicha figura aparecía contemplada en el Real Decreto 692/1981, de 27 de
marzo, sobre coordinación de medidas con motivo de situaciones de
emergencia o de naturaleza catastrófica, pero dicha norma fue derogada
mediante el Real Decreto 477/2007, de 13 de abril, que modificó el Real
Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones
en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de
emergencia o de naturaleza catastrófica.



Por otra parte y por lo que se refiere al ámbito de competencias del
Ministerio del Interior, ante un episodio de las características
mencionadas en el texto de la pregunta, cualquier «declaración» que se
inste a tal fin carece de efectos en cuanto a la adopción de medidas
destinadas a paliar los daños producidos en la zona afectada por
fenómenos naturales adversos.



En dicho ámbito resulta de inmediata aplicación el régimen general de
ayudas previsto en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, antes
citado, conforme a los requisitos y con sujeción al procedimiento en él
establecido.



No obstante lo anterior, los sucesivos temporales de lluvia, nieve y
viento que desde finales del mes de enero han afectado con mayor o menor
intensidad a la práctica totalidad de la geografía española han causado
daños considerables, de especial gravedad tras las inundaciones
provocadas por los desbordamientos de los ríos en diferentes cuencas
hidrográficas, en particular en la del Ebro.




Página
239






Ante la situación de extraordinaria y urgente necesidad que concurre en el
presente caso, el Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 2/2015, de 6
de marzo, publicado en el BOE de 7 de marzo, que incluye un catálogo de
medidas de muy diversa índole, entre otras las siguientes:



— Ayudas económicas directas a los afectados (atribuidas al ámbito de
competencias del Ministerio del Interior): ayudas por daños personales,
por daños materiales en vivienda y enseres, y en explotaciones agrarias,
establecimientos industriales, mercantiles, marítimo-pesqueros,
turísticos y de otros servicios, así como a personas físicas y jurídicas
que hayan realizado prestaciones personales y a Corporaciones Locales por
los gastos causados para hacer frente a situaciones de emergencia.



— Subvenciones para proyectos que ejecuten las Entidades Locales relativos
a obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos e
instalaciones y servicios de titularidad municipal.



— Se faculta a los titulares de los Departamentos ministeriales
competentes por razón de la materia para declarar las áreas afectadas
como «zona de actuación especial», para que dichos Departamentos, sus
organismos autónomos y entidades públicas dependientes, puedan llevar a
cabo las actuaciones de restauración que procedan.



— Se faculta a los titulares de los Departamentos ministeriales
competentes por razón de la materia para la declaración «de emergencia»
de las obras que ejecuten para reparar los daños causados en
infraestructuras de titularidad estatal comprendidas en su ámbito de
competencias —red de carreteras, red ferroviaria, elementos que integran
el dominio público marítimo-terrestre e hidráulico, infraestructuras
rurales de uso general—.



— Beneficios fiscales (exenciones y reducciones en IRPF, IBI, IAE).



— Medidas laborales y de Seguridad Social.



El objetivo del recientemente aprobado Real Decreto-ley es que las medidas
adoptadas contribuyan a restablecer el normal funcionamiento de los
servicios públicos, recuperar las zonas afectadas y paliar los daños
producidos por el temporal, sin perjuicio de que la propia norma
contemple la posibilidad de que el Gobierno, mediante real decreto, pueda
extender la aplicación de las medidas a otros daños que pudieran
eventualmente acaecer hasta el 31 de mayo de 2015, en caso de que se
repitan los fenómenos meteorológicos adversos.



Madrid, 16 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069232



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luena López, César (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada, se señala que ante un episodio de
las características aludidas resulta de inmediata aplicación el régimen
general de ayudas previsto en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo,
por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas
necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza
catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión.



Estas ayudas, pueden ser solicitadas por los afectados ante la Delegación
del Gobierno, con sujeción a los requisitos y según el procedimiento
establecido en el citado Real Decreto.



No obstante, ante una situación de extraordinaria y urgente necesidad,
como la que deriva de las inundaciones provocadas por el desbordamiento
de los ríos en diferentes cuencas hidrográficas, y en particular en la
del Ebro, el Gobierno ha considerado conveniente aprobar, mediante Real
Decreto-ley, un conjunto de medidas de muy diversa índole. Estas van
desde ayudas económicas directas a beneficios fiscales, laborales y de
Seguridad Social.



Las medidas incluidas en el Real Decreto-ley 2/2015, de 6 de marzo (BOE de
7 de marzo), reconocen ayudas económicas directas por daños personales,
materiales en vivienda y enseres, y en explotaciones agrarias,
establecimientos industriales, mercantiles, marítimo-pesqueros,
turísticos y de otros servicios.




Página
240






Además contienen ayudas a personas físicas y jurídicas que hayan realizado
prestaciones personales y a las Corporaciones Locales por los gastos
causados para hacer frente a situaciones de emergencia.



Estas ayudas económicas directas son las que seguidamente se relacionan:



— Por fallecimiento o por incapacidad permanente absoluta: 18.000 euros
(exentas de IRPF).



— Por destrucción total de la vivienda habitual: se podrá conceder una
ayuda hasta una cuantía máxima de 15.120 euros.



— Por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual: se podrá
conceder una ayuda del 50 por 100 de los daños, con el límite de 10.320
euros.



— Por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual: se
podrá conceder una ayuda del 50 por 100 de los daños, con el límite de
5.160 euros.



— Por daños a elementos comunes de una Comunidad de Propietarios: se podrá
conceder una ayuda correspondiente al 50 por 100 de los daños, con un
máximo de 8.000 euros.



— Por destrucción o daños de enseres domésticos de primera necesidad de la
vivienda habitual: se podrá conceder una ayuda correspondiente al coste
de reposición o reparación de los bienes afectados, con el límite de
2.580 euros.



— Por daños en las edificaciones, instalaciones o bienes de equipamiento
en los establecimientos industriales, mercantiles, marítimo-pesqueros,
turísticos o de servicios: podrá concederse una subvención de hasta 8.000
euros.



— Como novedad (ante los efectos devastadores de las inundaciones
producidas como consecuencia del desbordamiento del río Ebro), por daños
en elementos esenciales de la explotación agrícola y ganadera, podrá
concederse una subvención de hasta 8.000 euros.



— A las personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones
personales o materiales, podrá concederse una ayuda igual al importe
total de los gastos.



— A las Corporaciones Locales, podrán concederse ayudas para hacer frente
a los gastos derivados de actuaciones inaplazables en estas situaciones
de emergencia, sin sujeción a los límites establecidos en el régimen
ordinario de ayudas previsto en el Real Decreto 307/2005.



Además de estas ayudas económicas, el Real Decreto-ley 2/2015 contempla un
amplio catálogo de beneficios fiscales (exenciones y reducciones) y de
medidas en el ámbito laboral y de Seguridad Social, que contribuirán a
paliar los daños ocasionados por el desbordamiento del río Ebro a su paso
por la Comunidad Autónoma.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069236



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luena López, César (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se señala que para reparar los
daños ocasionados por una situación de emergencia o de naturaleza
catastrófica producida en cualquier punto de la geografía española,
resulta de inmediata aplicación el régimen ordinario de ayudas
contempladas con carácter general en el Real Decreto 307/2005, de 18 de
marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas
necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza
catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión.



Las ayudas reguladas en el citado Real Decreto 307/2005, cuyo
reconocimiento se atribuye al Ministro del Interior, a la vista de la
propuesta formulada por la Dirección General de Protección Civil y
Emergencias, se financian con cargo a los créditos de los conceptos
presupuestarios 461, 471, 472, 482, 761, 771 y 782 de la aplicación
16.01.134M. «Protección Civil», que tienen la condición de ampliables.




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241






El artículo 12.Uno («De las ampliaciones e incorporaciones de crédito») de
la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2015, establece que «A efectos de lo dispuesto en el artículo
54 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, tendrán
la condición de ampliables los créditos que se relacionan en el Anexo II
de esta Ley».



El referido Anexo II lleva por rúbrica «Créditos Ampliables», y en su
apartado Segundo.Seis refiere, en la Sección 16, «Ministerio del
Interior», los siguientes:



«c) Los créditos 16.134M.01.461, 16.134M.01.471, 16.134M.01.472,
16.134M.01.482, 16.134M.01.761, 16.134M.01.771 y 16.134M.01.782,
destinados a la cobertura de necesidades de todo orden motivadas por
siniestros, catástrofes u otras de reconocida urgencia».



De conformidad con lo dispuesto en los artículos 50 y 54 de la Ley
47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, las ampliaciones se
financiarán con cargo al Fondo de Contingencia de ejecución
presupuestaria.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069237



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Coscubiela Conesa, Joan (GIP).



Respuesta:



España, como Estado soberano e integrante de la Unión Europea, tiene la
obligación de vigilar y proteger sus fronteras. Esta obligación viene
impuesta por el Derecho comunitario (Código de Fronteras Schengen) y por
el Derecho nacional (Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad), con el objetivo, entre otros, de impedir el cruce,
por puntos no habilitados al efecto, de las fronteras.



En el desempeño de estas funciones, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado actúan siempre de acuerdo con los principios de oportunidad,
congruencia y proporcionalidad. Dicha actuación se desarrolla velando por
la seguridad de las personas y el respeto de los derechos humanos, así
como el acceso a la protección internacional.



El derecho de asilo en Ceuta y Melilla se encuentra garantizado de igual
manera que en el resto del territorio nacional. Así, el procedimiento que
se sigue con las personas que en las Ciudades Autónomas manifiestan su
deseo de presentar una solicitud de asilo es el mismo que en el resto de
España, contando además, los ciudadanos extranjeros, con mecanismos
informativos necesarios para poder solicitar protección internacional. A
este respecto cabe destacar la reciente creación de las Oficinas de Asilo
y Refugio en Ceuta y Melilla, lo que contribuirá muy positivamente a la
gestión de estas solicitudes en los puestos fronterizos.



El principal propósito de la iniciativa es reforzar las garantías del
sistema de protección internacional y permitir un mejor cumplimiento de
las exigencias del «Sistema Europeo Común de Asilo», teniendo en cuenta
la singularidad de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.



Por otro lado, cuando se produce la entrada irregular de un inmigrante en
territorio nacional, se le aplica lo establecido en la Ley 4/2000, de 11
de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su
Integración Social, en el que se recogen los distintos procedimientos de
repatriación y las garantías de las personas a los que se van a aplicar.



El Cuerpo Nacional de Policía, garantiza a cada ciudadano extranjero al
que se le incoa un expediente de devolución, la posibilidad de formular
una solicitud de protección internacional. De este modo, aun cuando ya
haya sido adoptada una resolución de devolución, esta no podrá llevarse a
cabo y quedará en suspenso su ejecución si se ha formalizado una
solicitud de protección internacional, tal y como establece el apartado 6
b) del artículo 23 del Real Decreto 557/11, que desarrolla la Ley
Orgánica 4/2000.




Página
242






El rechazo en frontera es una medida para hacer frente a quienes,
ilegalmente, pretenden vulnerar la frontera de un Estado. No se trata de
promover la salida de quienes han entrado ilegalmente sino de evitar la
entrada de centenares de inmigrantes que pretenden vulnerar en grupo, de
forma ilegal y en la mayor parte de los casos violenta (siempre con
fuerza en las cosas y muchas veces con violencia sobre las personas), el
perímetro fronterizo.



La enmienda a la Ley Orgánica de Extranjería tiene como principal objetivo
dotar de mayor seguridad jurídica a las actuaciones de rechazo en
frontera que nuestro país desarrolla en el ejercicio del derecho que la
asiste como Estado soberano, y la obligación que tiene como miembro de la
UE, de la que es frontera exterior, de proteger, vigilar y salvaguardar
sus fronteras.



El texto actual es el resultado de un proceso en el que se ha consultado
con distintos Organismos e Instituciones y pone de manifiesto la voluntad
de lograr un equilibrio proporcionado entre el derecho y deber de España
de garantizar la seguridad de sus fronteras, y el cumplimiento de las
obligaciones en materia de derechos humanos y de protección
internacional.



Debe destacarse a este respecto, que la enmienda señala expresamente que:
«el rechazo se realizará respetando la normativa internacional de
derechos humanos y de protección internacional de la que España es
parte». En este sentido, la Representación en España del Alto Comisionado
de Naciones Unidas para los Refugiados ha reconocido avances en la
enmienda que, entiende, «son fruto de la disposición del Gobierno a
mantener un diálogo fluido y constructivo sobre una realidad compleja
como son las fronteras de Ceuta y Melilla».



Por otro lado, se señala que la normativa española es respetuosa con las
Directivas comunitarias aludidas en la pregunta. No obstante, debe
ponerse de manifiesto que en las actuaciones de rechazo en frontera no se
ha producido la entrada efectiva en nuestro país, por lo que no le son de
aplicación los procedimientos de devolución o expulsión previstos en la
Ley Orgánica de Extranjería.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069239



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



La Administración Penitenciaria no autoriza a los familiares de los
internos, sean o no terroristas, a acceder al Centro penitenciario con
cámaras fotográficas para realizar fotografías con el familiar preso, al
tener las cámaras la consideración de objetos prohibidos según las normas
de régimen interior.



En cuanto a la referida decisión de la Sala de lo Penal de la Audiencia
Nacional, es importante afirmar que la Administración Penitenciaria no
tiene competencia para impugnar las resoluciones de los Juzgados de
Vigilancia Penitenciaria ni las de los Tribunales que resuelven las
resoluciones de estos Juzgados en apelación.



Esto se traduce en que cada vez que se ejecuta un auto firme, se hace,
como no puede ser de otra manera, en los términos y circunstancias que
recoge la resolución judicial.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069240



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).




Página
243






Respuesta:



En contestación a las preguntas formuladas se señala que con la
publicación, en diciembre del año 2013, de la Estrategia de
Ciberseguridad Nacional (ECSN), el Gobierno ha plasmado en un documento
estratégico el modo en que va a abordar la lucha contra la
ciberdelincuencia y la ciberseguridad en España, coordinando a los
distintos actores que juegan un papel relevante en la materia.



El Consejo Nacional de Ciberseguridad, creado por el Consejo de Seguridad
Nacional en febrero de 2014, tiene la misión de garantizar el uso seguro
de las redes y sistemas de información mediante el fortalecimiento de las
capacidades de prevención, detección y respuesta a los ciberataques. En
su primera reunión, celebrada el 25 de febrero de 2014, se acordó
proceder a marcar las directrices de la ECSN para los dos próximos años,
mediante un Plan Nacional de Ciberseguridad (PNCS) que concrete las
líneas de acción previstas en la mencionada estrategia.



El PNCS asigna los cometidos a los órganos y organismos representados en
el Consejo Nacional de Ciberseguridad, así como el nivel de implicación
de cada uno de ellos. Igualmente, identifica e integra los planes
derivados, donde se establecerán los objetivos específicos a alcanzar
durante la vigencia del Plan.



El PNCS está articulado en 8 líneas de acción (LA), descritas de la
siguiente manera:



— LA 1. Capacidad de prevención, detección, respuesta y recuperación ante
ciberamenazas.



— LA 2. Seguridad de los Sistemas de Información y Telecomunicaciones que
soportan las Administraciones Públicas.



— LA 3. Seguridad de los Sistemas de Información y Telecomunicaciones que
soportan las Infraestructuras Críticas.



— LA 4. Capacidad de investigación y persecución del ciberterrorismo y la
ciberdelincuencia.



— LA 5. Seguridad y resilencia de las Tecnologías de las Información y la
Comunicación (TIC) en el sector privado, especialmente con su impulso en
infraestructuras, redes, productos y servicios.



— LA 6. Conocimientos, competencias en Investigación, desarrollo e
innovación (I+D+i), promoviendo la capacitación de profesionales.



— LA 7. Cultura de ciberseguridad.



— LA 8. Compromiso internacional.



Por otro lado, la competencia de los ciberataques, cuyo objetivo son los
diferentes departamentos de la Administración Pública, está asignada en
exclusiva al Centro Criptológico Nacional, dependiente del Centro
Nacional de Inteligencia.



El Gobierno tiene previsto continuar trabajando en las siguientes líneas
de actuación:



— Reforzar en lo posible las capacidades de las Unidades especializadas en
investigación tecnológica.



— Incrementar la presencia institucional activa en los Organismos
policiales internacionales y la colaboración policial, fomentando las
relaciones con otros Cuerpos policiales, que se basan en el trabajo
conjunto y la confianza mutua.



— Potenciar la cooperación interinstitucional.



— Impulsar la colaboración con el sector privado mediante el
establecimiento de canales de comunicación permanente y fluida con los
principales administradores de redes sociales, proveedores de servicios e
internet, etc.



— Trabajar en la concienciación y formación de la sociedad en general,
para que tenga una percepción de los riesgos que las nuevas tecnologías
pueden tener y la importancia de velar por su seguridad on-line.



— Reforzar la cooperación con la Fiscalía Especial contra la Criminalidad
Informática.



— Participar regularmente en foros nacionales e internacionales.



— Reforzar la formación especializada sobre investigación tecnológica.



— Colaborar con la comunidad académica en la investigación y desarrollo de
nuevas herramientas que faciliten la lucha contra la ciberdelincuencia.



— Impulsar la investigación en materia de delincuencia tecnológica.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




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244






184/069243



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luis Rodríguez, Teófilo de (GP).



Respuesta:



En relación con la información interesada se señala que son varias las
medidas que se han desarrollado desde el Instituto Cervantes relacionadas
con la promoción de la oferta de enseñanza de español como lengua
extranjera de las universidades públicas y privadas, a los efectos de
atraer a España estudiantes extranjeros y de promover la colaboración
mutua entre ellas. Se describen, a continuación, algunas de las más
importantes.



La más destacada es la existencia en 20 países de Centros Acreditados por
el Instituto Cervantes, es decir, centros dedicados a la enseñanza de
español como lengua extranjera (ELE) que el Instituto Cervantes ha
acreditado tras una exhaustiva evaluación, centrada en la actividad de
ELE. Los centros acreditados no están integrados orgánica ni
funcionalmente en el Instituto Cervantes y renuevan su acreditación a
través de una evaluación cada tres años.



Entre los 187 centros acreditados existentes en este momento, con
presencia en países de Europa, Asia y América, se encuentra un número
creciente de centros universitarios que apuestan por esta acreditación
con el objeto de mejorar la promoción y la difusión internacional de su
oferta de cursos. En la actualidad, 22 universidades públicas y privadas
cuentan con el reconocimiento que les otorga el Instituto Cervantes como
centros acreditados.



En 2014 en España, han obtenido el reconocimiento como centro acreditado
el Centro Internacional de Español de la Universidad de Málaga, los
cursos de español para extranjeros de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo y el Centro de Idiomas de la Universidad de Valladolid.
En el contexto internacional, han hecho lo propio, el Colegio de Español
y Cultura Mexicana de la Universidad de Guadalajara (México) y los cursos
de español para extranjeros del Programa de Línguas Estrangeiras de la
Universidade de Caxias do Sul de Brasil.



Además de esta presencia directa de centros de carácter universitario
entre los centros acreditados por el Instituto Cervantes, es importante
resaltar que esta acreditación facilita el que centros de carácter no
universitario establezcan acuerdos con universidades foráneas para atraer
estudiantes extranjeros a realizar estancias lingüísticas para mejorar su
español en España.



Junto con la oferta propia de actividades de enseñanza de español como
lengua extranjera que el Instituto Cervantes desarrolla a través de sus
casi 80 centros ubicados en América del Norte, América del Sur, África,
Asia y Oceanía, Europa y Oriente Próximo, las actividades de enseñanza de
los centros acreditados constituyen la oferta de referencia en enseñanza
de español que el Instituto Cervantes difunde internacionalmente a través
de distintas acciones:



1. El portal del Sistema de Acreditación de Centros Instituto Cervantes
(SACIC): http://acreditacion.cervantes.es/ desde donde se puede acceder a
la Guía de centros acreditados.



2. El portal del Instituto Cervantes El Español en España, uno de los más
potentes buscadores de cursos de español en España, a través del que se
facilita información de la oferta de cursos de los 475 centros de
enseñanza de ELE, entre los que se encuentran 69 centros universitarios
públicos y privados ubicados en España, de los cuales 12 son centros
acreditados por el Instituto Cervantes. Desde este buscador se han
localizado alrededor de un millón de consultas sobre cursos de español
como lengua extranjera.



3. El Instituto Cervantes es uno de los principales promotores del portal
oficial Estudiar en España (http://www.studyinspain.info/), cuyo objetivo
es la difusión internacional de la oferta educativa de calidad de nuestro
país (universidades, escuelas de negocios, y centros de calidad
contrastada) y atraer a estudiantes hacia España. Este portal cuenta con
una sección específica dedicada a la oferta de ELE, cuya información, la
referida a los centros de calidad contrastada, la de los centros
acreditados, es proporcionada por el Instituto Cervantes.




Página
245






4. El Instituto Cervantes proporciona a otros portales oficiales los datos
sobre la oferta de los cursos de ELE impartidos por centros de calidad
contrastada, los centros acreditados, y contenida en el portal El Español
en España:



— Portal oficial de Turismo de España: www.spain.info (apartado «Aprender
español») http://www.spain.info/es/que-quieres/aprender-espanol/



— Portal oficial de España es Cultura (apartado «Patrimonio Lingüístico»):
http://www.españaescultura.es/es/temas/patrimonio_linguistico/



5. El reconocimiento de los centros de lenguas de las universidades de
España como centros de examen de los Diplomas de Español DELE, la más
importante certificación lingüística en español de reconocimiento
internacional. Más de 60 centros universitarios públicos y privados son
hoy centros de examen DELE en España. Más información:



http://diplomas.cervantes.es/informacion/centros_examen_espanol.html



6. El Instituto Cervantes colabora con las dos universidades públicas de
ámbito estatal —la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) y la
Universidad Nacional a Distancia (UNED)— para ofrecer dos másteres
oficiales en enseñanza de español. Asimismo, ofrece un programa de cerca
de 50 cursos de formación de profesores que el Instituto Cervantes
organiza en colaboración con otras instituciones. Estas dos iniciativas
anualmente reúnen a nuevos profesores de español o profesores en activo,
de España y de fuera de España que quieren acceder a diferentes
propuestas de formación de profesores complementarias a los cursos que
organiza el Instituto Cervantes en Madrid o en Alcalá de Henares. Se
puede encontrar más información en la siguiente dirección:



http://cfp.cervantes.es/default.htm



7. El Instituto Cervantes promociona periódicamente el portal
http://www.universidad.es/, a través de un enlace a su página, tanto en
el portal general del Instituto Cervantes, como a través de las páginas
de los centros del Instituto Cervantes.



8. Las iniciativas específicas de promoción internacional de la oferta de
centros vinculados a universidades en España, especialmente de los
centros acreditados por el Instituto Cervantes, se complementan con la
labor de difusión que llevan a cabo los centros del Instituto Cervantes
en el mundo, dado que la actividad de los centros del Instituto Cervantes
fuera de España es fundamental en la generación de la demanda de
estudiantes que optan por viajar a España para hacer estancias
lingüísticas que redunden en la mejora de su dominio del español.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069244



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



En relación con el asunto interesado, cabe informar que las medidas
adoptadas por la Administración belga afectan a ciudadanos europeos de
distintas nacionalidades. Según datos suministrados por la Oficina de
Extranjería de Bélgica, durante los años 2012, 2013 y 2014, se retiraron
904 permisos de residencia a nacionales españoles. Sin embargo no es
correcta, stricto sensu, la utilización del término expulsiones, sino que
sería más apropiado hablar de revocación de permiso de residencia y
denegación de prestaciones sociales de tipo no contributivo. Asimismo el
permiso de residencia podrá recuperarse en cuanto se acredite el
cumplimiento de alguno de los requisitos previstos en la legislación de
la Unión Europea, como por ejemplo, tener contrato de trabajo, ejercer
actividad como trabajador autónomo, tener derecho a prestación
contributiva por desempleo o ser estudiante legalmente registrado y
matriculado.




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246






La retirada de los permisos de residencia, según las autoridades belgas,
se basa en la Directiva 2004/38/CE relativa al Derecho de los ciudadanos
de la Unión y de los miembros de su familia a circular y residir
libremente en el territorio de los Estados Miembros. En este sentido, el
Considerando 16 del referido instrumento jurídico establece el marco y
las limitaciones de las actuaciones nacionales: «Los beneficiarios del
derecho de residencia no podrán ser expulsados mientras no se conviertan
en una carga excesiva para la asistencia social del Estado Miembro de
acogida».



Asimismo, en la Comunicación de la Comisión Europea de 25 de noviembre de
2013, sobre «Libre circulación de ciudadanos UE y sus familias: cinco
acciones para marcar la diferencia» se señala que «Las autoridades deben
determinar la situación individual de cada ciudadano UE teniendo en
cuenta una serie de factores tales como la cuantía de la prestación ya
recibida, su duración, la naturaleza temporal de su situación de
inactividad o el grado total de carga que supone para su sistema social
nacional». «Si sobre esta base, las autoridades concluyen que las
personas son carga social por encima de lo razonable, pueden dar por
finalizado su derecho de residencia».



Por otra parte, el Tribunal de Justicia de la UE ha dictado con fecha 11
de noviembre de 2014 una sentencia en el asunto C-333/13 Elisabeta Dano,
Florin Dano y Jobcenter Leipzig en la que se dictamina: «… que la
Directiva 2004/38 … debe interpretarse en el sentido que no se opone a la
normativa de un Estado Miembro, en virtud de la cual se excluye a
nacionales de otros Estados Miembros de la percepción de determinadas
prestaciones especiales en metálico, no contributivas… en la medida en
que dichos nacionales no disfruten del derecho de residencia en virtud de
la Directiva 2004/38 en el Estado Miembro de acogida».



En consecuencia, tanto del propio derecho derivado como de la
jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE se desprende que la
libertad de circulación y residencia de los ciudadanos comunitarios no es
un derecho absoluto e incondicionado sino que depende, excepto que se
trate de trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia, de la
posesión de recursos suficientes para no convertirse en una carga para la
asistencia social del Estado Miembro de acogida (art. 7, apartado 1, de
la Directiva 2004/38). Asimismo, y conforme al artículo 14, apartado 2 de
este instrumento jurídico, este derecho se conserva únicamente mientras
los ciudadanos de la Unión cumplan dichas condiciones. No obstante, y
conforme a la propia la Directiva 2004/38, este condicionante se elimina
automáticamente cuando el derecho de residencia se ejerce legalmente
durante un período superior a cinco años.



Por tanto, los ciudadanos de la Unión que no ejercen una actividad
económica por cuenta ajena o propia y cuya residencia legal sea inferior
a cinco años, pueden ver rechazadas sus peticiones de ayuda social y ser
objeto de requerimiento para la concesión del permiso de residencia, de
la demostración de que poseen recursos suficientes para no suponer una
carga a la asistencia social del país de acogida.



De todos modos, las autoridades diplomáticas y consulares españolas en el
Reino de Bélgica han procedido y proceden a hacer un seguimiento
exhaustivo de la problemática existente y han solicitado y solicitan
información oficial a las autoridades belgas para comprobar que las
interpretaciones de la Directiva 2004/38/CE realizadas por parte de las
autoridades belgas, en cada caso, se ajustan al Derecho de la Unión y a
la jurisprudencia del mencionado Tribunal de Justicia.



Con fecha 6 de marzo de 2014, y a instancias de algunos Estados Miembros
afectados, se celebró una reunión con la Oficina de Extranjería belga a
la que asistieron representantes españoles. En dicha reunión, la
delegación española demandó a las autoridades belgas información
detallada de las circunstancias personales y del cumplimiento de los
procedimientos formales en relación con la retirada de permisos de
residencia. En este sentido, las autoridades belgas han alegado que se
aplica la Directiva europea 2004/38/CE y que las interpretaciones sobre
este instrumento jurídico responden a la jurisprudencia del citado
Tribunal de Justicia.



Para el Gobierno de España la prioridad, en el ámbito exterior, es
proteger a los ciudadanos españoles, apoyándoles en la defensa y garantía
de sus derechos. Por ello, la primera iniciativa adoptada por los
servicios diplomáticos españoles, al respecto, ha sido investigar si las
autoridades belgas han procedido a aplicar correctamente el Derecho de la
Unión y en especial la Directiva 2004/38/CE, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de
la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir
libremente en el territorio de los Estados Miembros. A tal efecto, se
celebró una entrevista con la Secretaría de Estado para Asilo y
Migraciones, Integración Social y Lucha contra la Pobreza, en la que se
inquirió sobre la retirada de permiso de estancia de los ciudadanos
españoles. En dicha entrevista, la Secretaría de Estado indicó que la
retirada del permiso de residencia se había realizado de manera
individual y que se ha había basado en la falta de contrato de trabajo,
en el




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247






no ejercicio de actividad como autónomo, en la no percepción de
prestaciones por desempleo o en la no consideración de los interesados
como estudiantes. Subrayó que en ningún caso esto suponía la expulsión de
país, recuperándose el permiso de estancia una vez que se acrediten los
requisitos previstos.



Por otra parte, los servicios competentes de la Administración española
examinan detalladamente si, tal como se permite en la Directiva, las
autoridades belgas han procedido a la retirada del permiso de residencia,
de acuerdo con la constatación de que se estaba produciendo por parte de
los ciudadanos afectados «una carga excesiva para la asistencia social
del Estado Miembro de acogida». Además, los servicios diplomáticos y
consulares de España en Bélgica están facilitando a los interesados
información detallada y precisa sobre la normativa europea y sobre sus
derechos y sus obligaciones en Bélgica, orientándoles sobre las posibles
vías para regularizar su situación en el país.



El Gobierno español, firmemente comprometido con la protección de sus
ciudadanos en el exterior, no renuncia en modo alguno a presentar una
queja ante el Gobierno belga en el supuesto de que un análisis detallado
de cada caso individual concluya que la retirada del permiso de
residencia no ha sido conforme a las disposiciones de la Directiva
aplicable y a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE en la
materia.



Finalmente, el Gobierno de España, en el supuesto de que se constate una
vulneración por parte de las autoridades belgas de la Directiva
2004738/CE, actuará inmediatamente de manera bilateral y ante la Comisión
Europea para que ésta, como garante de los Tratados y del cumplimiento
del derecho derivado, inicie los procedimientos oportunos para
restablecer los derechos de los afectados.



Madrid, 27 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069245



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



El derecho a la salud está garantizado en el Sistema Nacional de Salud
mediante la organización y prestación de la atención sanitaria incluyendo
aspectos de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, con la
máxima calidad y eficiencia.



En este sentido, el Gobierno del Principado de Asturias tiene la
competencia de hacer efectiva la prestación de los servicios que hacen
posible garantizar este derecho tanto en lo que respecta a las
consecuencias de la intoxicación por mercurio como en cualquier otra
situación.



Al amparo del Real Decreto 1015/2009, de 19 de junio, por el que se regula
la disponibilidad de medicamentos en situaciones especiales, la Agencia
Española de Medicamentos y Productos Sanitarios facilita las solicitudes
de los tratamientos por intoxicación de metales pesados.



El Centro Nacional de Sanidad Ambiental (CNSA), órgano científico-técnico
adscrito al Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) y especializado en
caracterizar el riesgo potencial a que está expuesta la población ante
potenciales episodios de contaminación ambiental, informa que el Área de
Contaminación Atmosférica asimismo colabora con la Dirección General de
Calidad Ambiental del Principado de Asturias.



Madrid, 26 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069248



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: De las Heras Ladera, Ascensión (GIP).




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248






Respuesta:



El Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades (IMIO) ha
promovido, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,
estudios en materia de discriminación por distintos motivos, entre ellos
la discriminación por origen racial o étnico que afecta a la población
gitana. El más reciente es la Encuesta 3000/2013 sobre la Percepción de
la Discriminación en España, mediante una encomienda de gestión con el
Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS).



El informe se presentó en el marco de un seminario europeo celebrado los
días 30 y 31 de octubre de 2014 en Madrid, en el marco del proyecto CORE
(Conociendo la discriminación, reconociendo la diversidad) cofinanciado
por la Unión Europea. La encuesta se inscribe dentro de la iniciativa de
elaboración del Mapa de la Discriminación en España. El objetivo general
de esta iniciativa, que comprende distintas medidas, es conocer las
percepciones sociales y de las potenciales víctimas sobre la
discriminación, las prácticas discriminatorias y los principales datos
empíricos de la discriminación en España, para permitir un mejor diseño
de las políticas antidiscriminatorias.



Asimismo, se persigue poder ofrecer a la ciudadanía, en general, y a las
entidades especializadas información relativa a las iniciativas puestas
en marcha por parte de todas las administraciones públicas, para luchar
contra todo tipo de discriminación.



Por otra parte, el Consejo para la Eliminación de la Discriminación Racial
o Étnica, órgano colegiado de carácter consultivo adscrito al Ministerio
de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través del IMIO, ha
realizado también una serie estudios e informes tendentes a arrojar luz
sobre la situación de la discriminación en España. Así, en 2011 y 2012,
el Consejo publicó sendos estudios sobre percepción en España de la
discriminación por origen racial o étnico y un estudio monográfico sobre
la percepción de la discriminación en el ámbito del empleo y la
ocupación. En segundo lugar, en 2013 se realizó un nuevo estudio sobre
Percepción de la discriminación por el origen racial o étnico por parte
de las potenciales víctimas». Por otra parte, en 2011 y 2012 se
publicaron los Informes sobre la situación de la discriminación en
España, correspondientes, respectivamente, a los años 2010 y 2011 y en
2014 se ha elaborado el Informe 2012-2013 sobre la situación de la
discriminación y la aplicación del principio de igualdad de trato por
origen racial o étnico en España.



En materia de educación, hay que señalar que el Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad participó, cofinanciando y prestando
colaboración técnica, en la elaboración del Estudio Alumnado Gitano en
Secundaria. Un estudio comparado, publicado por la Fundación Secretariado
Gitano, el citado ministerio; el Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte y UNICEF-España, donde se recogen datos sobre la situación
educativa y discriminación de los estudiantes gitanos.



En general, y por lo que se refiere a los datos y estudios en relación con
la población gitana, cabe indicar que la Estrategia Nacional para la
inclusión Social de la Población Gitana en España recoge un análisis
longitudinal de la situación de la población gitana en las áreas clave de
la Estrategia, incluyendo la educación. Recoge asimismo un compromiso de
mejora del conocimiento, en todas las áreas, como una línea de acción
complementaria. Hay que tener en cuenta además que la administración
financia de manera regular estudios y encuestas que tienen como objetivo
la población gitana, véase el caso del mencionado estudio en materia de
educación, el propio Informe Anual sobre Discriminación de la Fundación
Secretariado Gitano, que cuenta con financiación proveniente del
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, la Segunda Encuesta
nacional de Salud a Población Gitana, que ha realizado y presentará este
ministerio próximamente.



Como fuente adicional de datos, hay que citar finalmente los que
proporciona la Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea,
(FRA, en sus siglas en inglés), que realizó una encuesta piloto en once
países, entre ellos, España, publicada en el año 2012. La FRA además
coordina un grupo de trabajo sobre la población gitana, como subgrupo del
grupo de Puntos Nacionales de Contacto Roma/Gitanos, en el que participa
España, y que está a punto de concluir un marco de indicadores de
Estructura-Proceso y Resultado para medir la aplicación de las
estrategias en los Estados miembros, incluyendo las áreas de educación y
no discriminación.



La política del Gobierno en materia de población gitana se recoge en la
Estrategia nacional para la Inclusión Social de la Población Gitana en
España 2012-2020, aprobada por Acuerdo de Consejo de Ministros el 2 de
marzo de 2012. En dicha estrategia se contemplan cuatro áreas de acción
fundamentales, en línea con lo que establecía la Comunicación de la
Comisión de 5 de abril de 2011: educación, empleo, salud y vivienda.
Junto a ellas se recogen líneas de acción complementarias, incluyendo,
entre otras, la




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igualdad y no discriminación. En abril de 2014 se aprobó el Primer Plan
Operativo de la Estrategia, que cubre el periodo 2014-2016, y que
concreta la estrategia en acciones específicas. Hay que indicar que uno
de sus objetivos es una mayor colaboración con las administraciones
autonómicas y locales, para lo cual se ha reforzado la cooperación
técnica con éstas.



Sin perjuicio de las competencias autonómicas y locales en materias que
afectan directamente a la mejora de la inclusión social de la población
gitana, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
desarrolla líneas de actuación en esta materia.



Por un lado, hay que citar la colaboración económica con las Comunidades
Autónomas a través del crédito Plan de Desarrollo Gitano, que supone la
cofinanciación de proyectos sociales entre el Ministerio y las
Comunidades Autónomas (todas, excepto País Vasco y Navarra por su
especial sistema de financiación) y las Ciudades de Ceuta y Melilla y, a
través de ellas, con las corporaciones locales (en su mayoría
ayuntamientos) a través del crédito presupuestario 26.16.231F.453.01 Plan
de desarrollo gitano, dirigidos especialmente a los grupos gitanos más
desfavorecidos.



Por otro, a través de la convocatoria con cargo a la asignación tributaria
del IRPF se han financiado en el año 2014 programas dirigidos a la
población gitana.



Igualmente, hay que señalar que la población gitana se beneficia de los
Fondos Estructurales y de Inversión que recibe España en el periodo
2014-2020. De forma sucinta, cabe indicar que en el Acuerdo de Asociación
se ha incluido a la población gitana como uno de los principales grupos
vulnerables que necesitan beneficiarse de los fondos y, la prioridad de
inversión «integración socio-económica de las comunidades marginadas como
los gitanos» en virtud del Objetivo Temático (OT) 9 «promover la
inclusión social y luchar contra la pobreza y la discriminación», ha sido
seleccionada para llevar a cabo acciones concretas y específicas. Se
incluyen igualmente referencias a la población gitana en el OT 3, (mejora
de la competitividad de las PYME, del sector agrícola (en el caso del
FEADER) y del sector de la pesca (en el caso del FEMP), citando
expresamente la venta no sedentaria, especialmente la venta ambulante en
mercadillos, como una actividad económica que da soporte económico y
social a amplias capas de la población gitana, y que podrá beneficiarse
de las ayudas a PYMES. En el ámbito estatal, El PO de Inclusión Social y
Economía Social del FSE incluye la prioridad de inversión sobre inclusión
social de la población gitana, por lo que es a través de este PO que se
promoverán medidas específicas de integración de la población gitana.



Por su relación con la materia objeto de esta pregunta parlamentaria, y
mencionarse en la misma, hay que indicar que a la Campaña Dosta! se
adhirió España en el año 2013.



Por otra parte, se lleva a cabo el Programa SARA, dirigido a colectivos
singularizados de mujeres: inmigrantes, gitanas y mujeres mayores de 45
años. Tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de estas mujeres
mediante una mejor capacitación para la participación social, en
particular, para el empleo. Se desarrolla a través del diseño de
itinerarios de inserción con perspectiva de género e intercultural,
adaptados a las necesidades y características de cada mujer, con
elaboración de contenidos específicos que tengan en cuenta la diversidad.



Madrid, 6 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069248



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: De las Heras Ladera, Ascensión (GIP).



Respuesta:



Como continuación a la respuesta del Gobierno registrada de entrada en esa
Cámara con el n.º 186992, de fecha 23 de marzo de 2015, se traslada lo
siguiente:



Si bien no se poseen datos estadísticos propios en relación con la
situación de la población gitana, en los últimos años, el Gobierno, desde
el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y a través del Centro




Página
250






Nacional de Innovación e Investigación Educativa (CNIIE), ha llevado a
cabo diferentes estudios que han permitido obtener indicadores
actualizados sobre la situación de la población gitana en el ámbito
educativo:



— En colaboración con la Fundación Secretariado Gitano y con UNICEF, se
realizó el estudio «El alumnado gitano en Educación Secundaria» (2013).
Este estudio ofrece un conjunto de indicadores y datos cuantitativos que
muestran un panorama actualizado de la situación de la comunidad gitana
en la educación secundaria obligatoria y postobligatoria. La
investigación se centra en alumnas y alumnos gitanos de 12 a 24 años y
permite comparar resultados con el conjunto de la población, lo que
permitirá ahondar en las variables y factores que influyen en el
desarrollo educativo de niñas y niños gitanos, y seguir avanzando en el
proceso normalizador de la educación y en la inclusión social.



— También en 2013 se editó la «Guía para trabajar con familias gitanas el
éxito escolar de sus hijos e hijas. Una propuesta metodológica
trasnacional para profesionales». La guía, editada en español, búlgaro,
rumano, inglés y húngaro, trata de crear una herramienta metodológica
para trabajar con familias gitanas con el objetivo de reducir las tasas
de abandono escolar temprano de los niños y niñas gitanos. Se llevó a
cabo con el apoyo financiero del programa de Aprendizaje a lo largo de la
Vida de la Unión Europea, a través de la Agencia Ejecutiva en el Ámbito
Educativo, Audiovisual y Cultural (EACEA) durante los años 2012-2013, con
la colaboración de la Fundación Secretariado Gitano, coordinadora del
proyecto, y el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



— Este año se presentará un estudio, en colaboración con la Fundación
Secretariado Gitano, sobre la situación educativa de las mujeres gitanas,
y otro sobre «la cultura del pueblo gitano en el currículo de la
Educación Obligatoria, a través de su presencia, ausencia y percepción en
los libros de texto», con la colaboración del Grupo de Trabajo de
Educación del Consejo Estatal del Pueblo Gitano.



En cuanto a las medidas que se están llevando a cabo para paliar el
aumento de exclusión social de la población gitana, debe señalarse que,
dentro del marco de distribución de competencias en materia educativa
entre el Estado y las Comunidades Autónomas, las políticas
interculturales constituyen una prioridad para el Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.



El referido Ministerio está llevando a cabo acciones, en colaboración con
las Comunidades Autónomas, para que los centros con población gitana no
se conviertan en centros de absentismo y fracaso escolar; acciones
basadas en las contribuciones de la comunidad científica internacional y
en las evidencias de éxito para superar el fracaso escolar, el abandono
temprano y el abandono escolar de las niñas y niños gitanos. Actualmente,
el citado Ministerio, mediante la colaboración que mantiene con las
Comunidades Autónomas, está recopilando información para identificar
estos centros educativos y las medidas que están contribuyendo a la
inclusión educativa y social del alumnado gitano.



Estas acciones se realizan en colaboración con el Grupo de Trabajo de
Educación del Consejo Estatal del Pueblo Gitano y responden a la línea de
trabajo que se lleva a cabo en la Comisión Permanente del Consejo Estatal
de Pueblo Gitano y en el Grupo de Cooperación Técnica de Comunidades
Autónomas sobre Población Gitana, y tienen en cuenta los objetivos del
recientemente aprobado Plan Operativo 2014-2016 de la Estrategia Nacional
para la Inclusión Social de la Población Gitana (2012-2020).



Asimismo, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través del
Grupo de Trabajo de Calidad e Inclusión Educativa, transmite al conjunto
de Comunidades Autónomas las medidas, planes, informes y actuaciones que
se están llevando a cabo en la Administración General del Estado sobre la
población gitana. Este grupo de trabajo se reúne, al menos, dos veces al
año. En estas reuniones se plantea la coordinación de actuaciones
conjuntas. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte organiza o
colabora en diferentes Jornadas, Seminarios, Congresos para avanzar en el
cumplimento de los objetivos de la Estrategia Nacional.



Además, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte refuerza y difunde
las actuaciones de los centros educativos mediante premios nacionales
entre cuyos objetivos están los de asegurar la igualdad de acceso a la
educación, eliminar todas las formas de discriminación, aumentar la
formación, mejorar la convivencia y promover la educación y la
capacitación permanente.



También lleva a cabo la convocatoria de subvenciones a entidades privadas
sin fines de lucro para la realización de actividades dirigidas a la
atención del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y a la
compensación de desigualdades. Como ejemplos, podemos citar el programa
Promociona de la Fundación Secretariado Gitano, el proyecto Conéctate a
la Escuela de Unión Romaní, el programa Seguimiento y Apoyo al alumnado
gitano desde la Educación Primaria a la Secundaria Obligatoria de




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251






Unión Romaní, el programa Paso a paso: Intervención socio-laboral con
personas adultas con necesidades educativas especiales, de Unión Romaní y
el Programa de intervención global para la participación de la comunidad
gitana en los centros escolares, de Gitanos de Hoy, todos ellos
realizados por asociaciones gitanas.



Por otro lado, a través del CNIIE, se participa en el Proyecto: «Formación
para la prevención y detección del racismo, la xenofobia y formas conexas
de intolerancia en las aulas», en el marco del Programa PROGRESS sobre
Empleo y Solidaridad de la Comisión Europea. El proyecto se ha iniciado
en noviembre de 2014, y se desarrollará durante un año para dar
cumplimiento a los siguientes objetivos específicos:



— Informar y formar a los docentes, responsables de los centros educativos
y comunidad educativa en materias fundamentales como Derechos Humanos,
racismo, xenofobia y otras formas conexas de intolerancia.



— Prevención, detección y formas de actuación ante incidentes racistas o
xenófobos en el entorno de la escuela.



— Desarrollar medidas de prevención y protección de las víctimas de
manifestaciones racistas, xenófobas y delitos de odio.



Se participa también en el proyecto «Teaching Controversial
Issues-Developing Effective Training for Teachers and School Leaders»,
dentro de la segunda fase del Programa de Proyectos Piloto «Derechos
humanos y Democracia en Acción» del Consejo de Europa. Su objetivo
fundamental es desarrollar y difundir un programa eficaz de formación del
profesorado para la enseñanza de temas controvertidos así como fortalecer
la capacidad y confianza del profesorado y los equipos directivos de los
centros educativos, pertenecientes a los estados miembros del Consejo de
Europa, para abordar estos temas.



Ambos proyectos abordan la prevención, sensibilización y erradicación de
la discriminación en general de los centros educativos.



Finalmente, cabe destacar la labor del Centro de Recursos para la Atención
a la Diversidad Cultural en la Educación (CREADE), que se constituye como
un espacio abierto, que nace con vocación de establecer redes desde las
que el intercambio de información, experiencias y prácticas repercuta en
todos y cada uno de los profesionales de la educación en su más amplia
acepción. Forma parte de las acciones que realiza el Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte a través del CNIIE, dirigidas a la
sensibilización en torno a los principios fundamentales de no
discriminación e igualdad de oportunidades educativas. Supone una apuesta
clara por la interacción entre las diferentes culturas en un plano de
igualdad, dando lugar a un proceso enriquecedor.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069249



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



En relación con el asunto por el que se interesa Su Señoría, se señala que
para que la vía verde pueda abrirse deben acabarse los dos tramos que
constituyen la tubería de 1 km. que se está instalando.



Uno de los tramos está finalizado, pero no se puede abrir cada una de las
partes por separado porque no existen accesos intermedios.



Respecto al tramo de 350 metros pendiente, cabe señalar que se ha iniciado
su construcción por parte de la UTE Desaladora de Oropesa, adjudicataria
del contrato de las obras de la Desaladora de Oropesa del Mar y Obras
Complementarias, tras obtenerse la autorización del titular del terreno,
en enero de 2015.



Está prevista la apertura de la vía verde a lo largo del primer
cuatrimestre de este año.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




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252






184/069255



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



España, como Estado soberano e integrante de la Unión Europea tiene la
obligación de vigilar y proteger sus fronteras. Esta obligación viene
impuesta por el Derecho comunitario (Código de Fronteras Schengen) y por
el Derecho nacional (Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad), con el objetivo, entre otros, de impedir el cruce,
por puntos no habilitados al efecto, de las fronteras.



En el desempeño de estas funciones, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado actúan siempre de acuerdo con los principios de oportunidad,
congruencia y proporcionalidad. Dicha actuación se desarrolla velando por
la seguridad de las personas y el respeto de los derechos humanos, así
como el acceso a la protección internacional.



El derecho de asilo en Ceuta y Melilla se encuentra garantizado de igual
manera que en el resto del territorio nacional. Así, el procedimiento a
seguir con las personas que en las Ciudades Autónomas manifiestan su
deseo de presentar una solicitud de asilo es el mismo que en el resto de
España, contando además, los ciudadanos extranjeros, con mecanismos
informativos necesarios para poder solicitar protección internacional. A
este respecto se debe señalar el avance que las nuevas Oficinas de Asilo
y Refugio en Ceuta y Melilla supondrá en la gestión de estas solicitudes
en los puestos fronterizos.



El principal propósito de la iniciativa es reforzar las garantías del
sistema de protección internacional y permitir un mejor cumplimiento de
las exigencias del «Sistema Europeo Común de Asilo», teniendo en cuenta
la singularidad de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.



Por otro lado, cuando se produce la entrada irregular de un inmigrante en
territorio nacional, le es de aplicación lo establecido en la Ley 4/2000,
de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España
y su integración social. En ella se recogen los distintos procedimientos
de repatriación y las garantías de las personas a las que se van a
aplicar.



El Cuerpo Nacional de Policía, garantiza a cada ciudadano extranjero al
que se le incoa un expediente de devolución, la posibilidad de formular
una solicitud de protección internacional, de forma que, aun cuando ya
haya sido adoptada una resolución de devolución, esta no podrá llevarse a
cabo y quedará en suspenso su ejecución, tal y como establece el apartado
6 b) del artículo 23 del Real Decreto 557/2011.



Los expedientes se realizan de conformidad con el procedimiento
establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de Derechos y Libertades de los
Extranjeros en España y su integración social, en su artículo 58.3 b y el
artículo 23 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, de desarrollo de
la misma, garantizando la asistencia letrada y de intérprete.



Por otra parte, el rechazo en frontera es una medida para hacer frente a
quienes, ilegalmente, pretenden vulnerar la frontera de un Estado. No
estamos hablando de promover la salida de quienes han entrado ilegalmente
sino de evitar la entrada de centenares de inmigrantes que pretenden
vulnerar en grupo, de forma ilegal y en la mayor parte de los casos
violenta (siempre con fuerza en las cosas y muchas veces con violencia
sobre las personas), el perímetro fronterizo.



El objetivo de la enmienda a la Ley Orgánica de Extranjería es dotar de
mayor seguridad jurídica a la labor de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
del Estado, respetando, en todo momento, la normativa internacional de
derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte.



A este respecto, cabe destacar, lo que el Alto Comisionado de Naciones
Unidas para los Refugiados publicó en su página web el pasado 11 de
febrero:



http://acnur.es/noticias/noticias-de-espana/2020-acnur-reconoce-avances-en-la-enmienda-a-la-ley-de-extranjeria-y-se-mantiene-atento-a-su-desarrollo



Se trata de un comunicado en el que reconoce avances en la enmienda que,
señala, son «fruto de la disposición del Gobierno a mantener un diálogo
fluido y constructivo sobre una realidad compleja como son las fronteras
de Ceuta y Melilla».



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




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253






184/069257



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cantó García del Moral, Antonio (GUPyD).



Respuesta:



El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas
con Discapacidad y de su Inclusión Social, contempla, en su artículo 31,
el subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte para
personas con discapacidad con dificultades para utilizar transportes
colectivos.



En consecuencia, el Gobierno garantiza, a través del subsidio de movilidad
y compensación por gastos de transporte la movilidad de las personas con
discapacidad.



Por otra parte, la figura del asistente personal incluida en la Ley
39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y
Atención a las Personas en Situación de Dependencia, tiene como objetivo
que el beneficiario tenga acceso a la educación y al trabajo a través de
esta contratación.



Asimismo, el Gobierno contempla en las leyes de Presupuestos Generales del
Estado el coste del nivel mínimo por prestaciones por dependencia;
encontrándose entre los servicios del catálogo el coste del servicio de
teleasistencia y de ayuda a domicilio, así como por prestaciones
económicas, entre las que figura como promoción de la autonomía personal,
contribuir a la contratación de un asistente personal durante un número
de horas para que facilite al beneficiario el acceso a la educación y al
trabajo, así como a una vida más autónoma en el ejercicio de las
actividades básicas de la vida diaria.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069261



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, se señala que a
comienzos del año 2014 se inició un proceso de integración y migración de
los datos y la información recogidos en el Sistema de Información del
Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SISAAD), a la
nueva herramienta informática que constituye la base del nuevo Sistema de
Información. Es un proceso de carácter progresivo, a lo largo del cuál
todas las Comunidades Autónomas se integran en la nueva aplicación, y del
que resulta posible que se puedan producir ajustes en la información
recogida, debido a necesidades en esta fase de migración.



Se ha trabajado todo el año muy estrechamente con todas las Comunidades
Autónomas. Después de ese proceso migratorio, como garantía de calidad de
los nuevos datos, ha sido necesario implementar un periodo de
comprobación y contraste con las Comunidades Autónomas.



El retraso está provocado, por tanto, por un motivo exclusivamente técnico
y es excepcional porque es la primera vez que se produce este cambio en
el Sistema de Información.



Los datos se encuentran publicados en la página:



http://www.dependencia.imserso.es/dependencia_01/actualidad/2015/febrero/index.htm#IM_093576



Son las Comunidades Autónomas las administraciones competentes para la
gestión del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD),
y son las que tienen todos los datos sobre el solicitante, también el
dato sobre su fallecimiento, ya que estos son aportados por el Instituto
Nacional de Estadística (INE) a cada Comunidad Autónoma y por la
obligación que tiene el solicitante o beneficiario o bien su
representante en comunicar cualquier incidencia a la Comunidad Autónoma,
también el caso de fallecimiento. En aras del principio de colaboración
entre Administraciones, el IMSERSO pone, desde 2012, cada mes a




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disposición de las Comunidades Autónomas la información suministrada tanto
por el Instituto Nacional de Estadística como por el Ministerio de
Justicia, sobre personas fallecidas para que les den de baja en el
Sistema, ya que son ellas las administraciones competentes para llevar a
cabo esta acción. Es decir, tanto en 2013 como en 2014 se ha realizado el
proceso y se ha trasladado su resultado a las estadísticas del SISAAD.



Los análisis, las valoraciones, se realizan anualmente a través de las
Evaluaciones de resultados que aprueba el Consejo Territorial de
Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia conforme a lo previsto en el artículo 8.2.g) de la Ley
39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y
atención a las personas en situación de dependencia, y al artículo 5,
apartado 4, de la Orden SSI2371/2013, de 17 de diciembre, por la que se
regula el Sistema de Información del Sistema para la Autonomía y Atención
a la Dependencia. Tales evaluaciones como compromiso con la transparencia
se publican en el Boletín Oficial del Estado. Debe tenerse en cuenta, por
otra parte, que como dispone dicho artículo 5, el proceso de
actualización continua y constante de los datos incorporados en el SISAAD
hace que las estadísticas mensuales tengan carácter provisional.



El avance de evaluación se pueden encontrar en:



http://www.dependencia.imserso.es/InterPresent1/groups/imserso/documents/binario/estsisaad20141231av.pdf



Dispone la Ley que el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del
Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, órgano de
cooperación en el que están representadas la Administración General del
Estado, las Comunidades Autónomas y la Administración Local, habrá de
fijar los criterios mínimos de participación de las personas
beneficiarias en las prestaciones, según el tipo y coste del servicio y
su capacidad económica personal (art. 33). También determina que la
capacidad económica del beneficiario se fijará, a propuesta del Consejo
Territorial en atención a la renta y el patrimonio de la persona
solicitante (art. 14). Conforme al apartado 2. d) del artículo 8 de la
Ley, es al Consejo Territorial a quien corresponde «adoptar los criterios
de participación del beneficiario en el coste de los servicios».



El Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y
Atención a la Dependencia de 27 de noviembre de 2008, fijó estos
criterios que quedaron anulados por la Sala de lo Contencioso
Administrativo, Sección Tercera, de la Audiencia Nacional, en sentencia
de 25 de febrero de 2011.



Ante este vacío, de común acuerdo con todas las Comunidades Autónomas, el
10 de julio de 2012 fue aprobado el Acuerdo para la Mejora del Sistema
para la Autonomía y Atención a la Dependencia por el Consejo Territorial
del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (Boletín
Oficial del Estado núm. 185, de 3 de agosto de 2012). Este Acuerdo recoge
en su apartado tercero, de un lado, los criterios y contenidos para
determinar la capacidad económica personal de los beneficiarios
(criterios para la determinación de la renta y criterios para la
determinación del patrimonio) y, de otro, los criterios de participación
económica del beneficiario en el coste de las prestaciones del Sistema
para la Autonomía y Atención a la Dependencia. Siendo idénticos los
criterios de lo que se considera, o no, renta y de lo que se considera
patrimonio (vivienda habitual —con mejora en el acuerdo de 2012—,
personas a cargo, periodo de cómputo, disposiciones patrimoniales etc.) y
buena parte de los criterios de participación en el coste de los
servicios (tope máximo de participación en el 90 %, mejora en cuanto a la
garantía de cantidad mínima para gastos personales).



La Memoria del Proyecto de Ley preveía un sistema de financiación, luego
recogido en el texto, en el que participarían tanto las administraciones
públicas (Comunidades Autónomas y Administración General del Estado) como
las propias personas beneficiarias.



Para el año 2015 (año en el que finaliza el periodo transitorio para la
total implantación del Sistema) la referida Memoria recogía un gasto
total de 7.578,50 millones de euros. Sobre tales cifras, se calculaba que
la financiación pública alcanzaría la cifra de 4.425,8 millones de euros
mientras que las aportaciones de las personas beneficiarias se situarían
en 3.152,7 millones de euros.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




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255






184/069262, 184/069265, 184/069266



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que a la empresa
Cleanet Empresarial, S.L. le fueron adjudicados los lotes 1, 4 y 5 del
Expediente 6.00.01.12.0001.00. La fecha de formalización de los tres
lotes adjudicados a Cleanet fue el 19 de marzo de 2013. El objeto del
expediente era la celebración de un Acuerdo Marco para los servicios de
limpieza en las instalaciones del Ministerio de Defensa (categoría 14 del
Anexo II del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 noviembre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público)
y en los citados lotes, según indica el Pliego de Prescripciones
Técnicas, se incluyen las siguientes instalaciones:



— Lote 1. 98 instalaciones ubicadas en las provincias de A Coruña,
Álava/Araba, Asturias, Ávila, Bizkaia, Burgos, Cantabria, Gipuzkoa, La
Rioja, León, Lugo, Ourense, Palencia, Pontevedra, Salamanca, Segovia,
Soria, Valladolid y Zamora.



— Lote 4. 223 instalaciones ubicadas en las provincias de Almería,
Badajoz, Cáceres, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Murcia y
Sevilla.



— Lote 5. 8 instalaciones ubicadas en la Comunidad de Madrid.



El importe anual por lote, con carácter orientativo y no vinculante,
consignado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares como
límite máximo de gasto era de: 8.167.983,48 euros (Lote 1), 13.070.623,91
euros (Lote 4) y 1.251.282,24 euros (Lote5). Según el Anexo III del
Pliego de Prescripciones Técnicas, el número de personas susceptibles de
subrogación inicialmente era: Lote 1: 433 personas, Lote 4: 637 personas
y Lote 5: 65 personas.



A principio de noviembre de 2014, según información facilitada por la
propia empresa con motivo de la tramitación de un nuevo Acuerdo Marco, la
relación de personal susceptible de subrogar había disminuido a unas 950
personas. En la citada relación no se hace distinción entre hombres y
mujeres.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069263, 184/069269, 184/069270, 184/069273, 184/069276



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las garantías a
las que se refiere en la pregunta responderán, en su caso, de las
responsabilidades indicadas en el artículo 100 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 noviembre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La Junta de
Contratación del Ministerio de Defensa acordó el inicio del expediente de
resolución del Acuerdo Marco en los lotes adjudicados a Cleanet
Empresarial, S.L. en su reunión de fecha 27/11/14, resolución a la que se
ha opuesto el contratista y que sigue por tanto el trámite previsto en el
artículo 213 del Real Decreto Legislativo 3/2011.



El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares exigía la máxima
clasificación posible para licitar en un procedimiento de estas
características: Grupo U, Subgrupo 1, Categoría D.



Al igual que el resto de empresas, este contratista acreditó los
requisitos de solvencia económica, financiera y técnica exigidos en los
pliegos, y ha constituido las garantías definitivas establecidas.



Los pagos correspondientes al año 2013, efectuados a través de la
Dirección General del Tesoro del Ministerio de Economía y Competitividad,
suman un total de 8.972.335,39 euros.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




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256






184/069267, 184/069268, 184/069272, 184/069274, 184/069275



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Ministerio de
Defensa ha sido consciente de la situación de los trabajadores desde el
comienzo de los impagos, y de la repercusión que los problemas podrían
tener en la prestación del servicio.



De ahí que se dirigiese a Cleanet en repetidas ocasiones instando a la
empresa a cumplir todos sus compromisos. Al no solucionar ésta sus
problemas, este Departamento procedió a la resolución del contrato.
Actualmente se tramita un nuevo expediente para la continuidad del
servicio en las instalaciones afectadas tras la extinción del acuerdo
marco.



El Ministerio de Defensa es consciente de la grave situación que
atraviesan los trabajadores aunque excede de las posibilidades de
actuación directa del Departamento.



Dentro de sus atribuciones, las actuaciones realizadas para normalizar la
relación contractual han sido prioritarias. Por eso, los pliegos del
nuevo acuerdo refuerzan las obligaciones laborales que le corresponden al
empleador.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069271



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Ministerio de
Defensa tramitó el Acuerdo Marco ajustándose escrupulosamente a lo
contemplado en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público, y, en particular, a los requisitos de solvencia exigidos
para este tipo de contratos de servicios.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069285



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GCiU).



Respuesta:



El Gobierno y, en particular, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente tienen previsto acometer durante 2015 las siguientes
actuaciones, en relación con el asunto interesado:



— Aportación de arena a las playas de Sitges (Sant Sebastiá, Bassa, Rodona
y Garraf).



— Redacción del proyecto de estabilización de la playa de Sant Sebastiá en
Sitges.



— Mantenimiento de la flora con eliminación de especies alóctonas en el
cordón dunar de las playas del término municipal de Cubelles.




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257






Además, se realizarán aquellas actuaciones de mantenimiento y conservación
que resulten necesarias, siempre dependiendo de las disponibilidades
presupuestarias.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069286 y 184/069287



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GCiU).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, se señala que,
según los datos que ofrece el Sistema de Información del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia el 77 % de las personas que
causaron baja en el Sistema de Dependencia estaban ya recibiendo una
prestación.



En estos tres últimos años se han incorporado 304.307 nuevos beneficiarios
a recibir prestación efectiva del sistema.



Lo que significa en niveles de cobertura del sistema a personas que les
corresponde al día de hoy ser atendidos, se ha pasado de un porcentaje de
cobertura del 71 % en diciembre de 2011, al porcentaje actual superior al
83,4 %, con un incremento del nivel de cobertura de más de 12 puntos
porcentuales en los últimos tres años. Este porcentaje de cobertura
aumenta hasta casi el 89 % en los grandes dependientes y dependientes
severos.



La ley establece un plazo de garantía de 6 meses, desde la solicitud, para
recibir la prestación, resolviéndose antes en muchos casos, y cabe
señalar que la lista de espera ha disminuido en un 51,62 %.



Las Comunidades Autónomas son las administraciones competentes para la
gestión del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD),
desde la recepción de la solicitud hasta la resolución sobre el
reconocimiento de la prestación concreta al beneficiario, pasando por la
valoración del mismo en aplicación del Baremo aprobado por Real Decreto
174/2011, de 11 de febrero, realizada por los equipos profesionales de
cada una de las Comunidades Autónomas.



Son las Comunidades Autónomas las que tienen todos los datos sobre el
solicitante, también el dato sobre su fallecimiento, ya que estos son
aportados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) a cada Comunidad
Autónoma y por la obligación que tiene el familiar del solicitante en
comunicar cualquier incidencia a la Comunidad Autónoma mientras se
tramita su solicitud.



En aras de la colaboración entre Administraciones, principio que inspira
la ley, en este caso con las Comunidades Autónomas, el Instituto de
Mayores y Servicios Sociales, desde el mes de abril de 2012, pone cada
mes a disposición de las mismas la información suministrada tanto por el
Instituto Nacional de Estadística (INE) como por el Ministerio de
Justicia, sobre personas fallecidas, pero se desconoce el trámite
administrativo en que se puede encontrar los expedientes relativos a los
fallecidos, ya que esta competencia la ejerce y conoce la Comunidad
Autónoma en cuestión. Con la información suministrada por el IMSERSO
sobre los fallecidos se amplía la información de que dispone la Comunidad
Autónoma para que pueda ser utilizada en su gestión de la dependencia.



Se facilita el enlace al avance de evaluación a 31 de diciembre de 2014:



http://www.dependencia.imserso.es/InterPresent1/groups/imserso/documents/binario/estsisaad20141231av.pdf



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069289, 184/069290, 184/069291



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ciuró i Buldó, Lourdes (GCiU).




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258






Respuesta:



En contestación a las preguntas formuladas, se señala que la Delegación
del Gobierno para la Violencia de Género del Ministerio de Sanidad,
Asuntos Sociales e Igualdad, solicitó a los actores implicados en el
ámbito de la Secretaría de Estado de Seguridad, una memoria económica,
que fue cumplimentada y remitida al solicitante.



El Plan Integral de Lucha contra la Trata de Seres Humanos con Fines de
Explotación Sexual 2009-2012, prevé la creación de un Grupo
Interministerial de Coordinación del citado Plan, en el que están
representados los Ministerios de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,
Interior, Justicia, Empleo y Seguridad Social, así como Asuntos
Exteriores y Cooperación. A este Grupo se le atribuye el seguimiento y
evaluación del Plan, así como la elaboración de una memoria anual.



En cumplimiento de esta previsión, se ha otorgado a la Delegación del
Gobierno para la Violencia de Género del Ministerio de Sanidad, Asuntos
Sociales e Igualdad, la labor de realizar los Informes de Seguimiento y
Evaluación del citado Plan Integral de Lucha contra la Trata de Seres
Humanos con fines de explotación sexual 2009-2012.



En relación con la nueva redacción del Plan Integral contra la Trata de
Mujeres y Niñas con fines de explotación sexual para el período 2015
-2018, se continuará con la aportación de cuanta información sea
requerida, con la finalidad de que el Órgano competente pueda proceder a
su correspondiente evaluación.



Es importante subrayar que en el Protocolo Marco de Protección de las
Víctimas de Trata de Seres Humanos sí se contempla que las medidas de
protección y seguridad se hagan extensivas a las hijas e hijos menores o
con discapacidad de las víctimas y a aquellas otras personas con las que
las víctimas tuvieran vínculos familiares o de cualquier otra naturaleza
que se encuentren en territorio nacional, siempre y cuando se acreditara
la citada situación de desprotección.



Los informes anuales de seguimiento del citado Plan se encuentran en la
web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad:



http://www.msssi.gob.es/ssi/violenciaGenero/tratadeMujeres/planIntegral/home.htm



Además, el Plan Integral contra la Trata de Mujeres y Niñas con fines de
explotación sexual para el período 2015-2018 cuenta con un apartado
específico en el que se contemplan los resultados de la aplicación del
Plan anterior, en virtud de las valoraciones realizadas por las
administraciones e instituciones que han participado en su ejecución,
incluidas las aportaciones de la sociedad civil a través de las entidades
representadas en el Foro Social contra la Trata con fines de explotación
sexual, así como las Comunidades Autónomas, la Federación Española de
Municipios y Provincias (FEMP) y la Fiscalía General del Estado.



Igualmente, incluye las conclusiones realizadas por los distintos
organismos nacionales e internacionales que hacen un seguimiento o
evaluación de las políticas existentes en la materia en España. En
concreto, el informe «La Trata de Seres Humanos en España: Víctimas
Invisibles» de la Oficina del Defensor del Pueblo, los Informes que
anualmente realiza el Departamento de Estado de los Estados Unidos sobre
trata de personas (Trafficking in Persons-TIP-Report) y el Informe sobre
la Aplicación por España del Convenio del Consejo de Europa de Acción
contra la Trata de Seres Humanos emitido por el Grupo de Expertos en
Trata de Seres Humanos ( GRETA) del Consejo de Europa en septiembre de
2013.



Se informa que el Plan Integral contra la Trata de Mujeres y Niñas con
fines de explotación sexual para el período 2015-2018 aún se encuentra en
fase de elaboración.



Y se indica que en nuestro ordenamiento jurídico se recogen las siguientes
previsiones:



— En el caso de víctimas extranjeras en situación irregular, el artículo
59 bis de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y
libertades de los extranjeros en España y su integración social contempla
que a la víctima de trata identificada «durante el período de
restablecimiento y reflexión, se le autorizará la estancia temporal y las
administraciones competentes velarán por la subsistencia y, de resultar
necesario, la seguridad y protecció n de la víctima y de sus hijos
menores de edad o con discapacidad, que se encuentren en España en el
momento de la identificación, a quienes se harán extensivas las
previsiones del apartado 4 del presente artículo en relación con el
retorno asistido o la autorización de residencia, y en su caso trabajo,
si fueren mayores de 16 años, por circunstancias excepcionales».




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259






— Por su parte, el apartado VIII del Protocolo Marco de Protección de
Víctimas de trata de Seres Humanos establece que «las medidas de
protección y seguridad se harán extensivas a las hijas e hijos menores o
con discapacidad de las víctimas, cuando se encuentren en España».



— El Proyecto de Ley del Estatuto de la Víctima del Delito reconoce
derechos a los familiares de las víctimas de delitos, como el derecho de
acceso a los servicios de asistencia y apoyo facilitados por las
Administraciones públicas, así como a los que presten las Oficinas de
Asistencia a las Víctimas; el derecho a que se evite el contacto con el
infractor; y el derecho a la protección de la intimidad.



Madrid, 16 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069293



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Xuclà i Costa, Jordi (GCiU).



Respuesta:



Desde el 19 de abril de 2013, la Generalitat prohibió el paso de vehículos
pesados por la N-II desde Vidreres hasta La Jonquera en el ejercicio de
sus competencias en materia de tráfico y con el objetivo de mejorar la
seguridad vial.



Para compensar esta prohibición, la Ministra de Fomento, el Consejero de
Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat y la Concesionaria de la
autopista firmaron un convenio para bonificar a los vehículos pesados que
circulen por la AP-7 entre Maçanet de la Selva y la Frontera Francesa y
dispongan de dispositivo de telepeaje. La bonificación es del 35 % para
aquellos que recorran todo o parte de este tramo y una reducción
adicional a la anterior hasta alcanzar el 50 % del importe del peaje a
los que realicen movimientos internos en el tramo Maçanet-La Jonquera. La
vigencia del acuerdo es prorrogable mientras no se produzca el
desdoblamiento de la N-II.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069302



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Xuclà i Costa, Jordi (GCiU).



Respuesta:



El tramo de la carretera N-II entre Tordera y Maçanet de la Selva ha
dejado de tener funcionalidad para la red estatal, tras la cesión a la
Comunidad Autónoma de la carretera N-II entre Mongat y Tordera.



En su lugar, se va a acometer el acondicionamiento de la N-II de este
tramo entre Tordera y Maçanet, cuyo proyecto se encuentra ya en
redacción.



Madrid, 6 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069319



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Xuclà i Costa, Jordi (GCiU).




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260






Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el fuerte viento
produjo el colapso completo del radomo que protege el radar, quedando
completamente inservible. La valoración económica del radomo inutilizado
es de 620.846,38 euros.



Además, se produjeron daños en las antenas del radar primario y del
secundario. Estos daños se están evaluando y no se dispone por el momento
de valoración económica de los mismos.



No obstante, el colapso del radomo no ha tenido incidencia en la capacidad
operativa de la unidad.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069340



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



El Gobierno garantiza la conservación y el servicio de los faros como
señal marítima, a través del Ministerio de Fomento, dotándoles de las
tecnologías necesarias en cada momento para que desde ellos se preste un
servicio de ayuda a la navegación de la mayor calidad, así como la
conservación de los espacios afectos al servicio, aunque no estén en uso
en la actualidad.



En cuanto a los edificios de las viviendas de los fareros u otras
dependencias sin uso actual, se potencia el desarrollo en los mismos de
actividades que garanticen su mantenimiento sostenible ayudando a su
conservación, a través de actividades en régimen concesional, para
cualquier tipo de uso permitido en el marco legal, desarrollados por la
iniciativa privada, pública o público-privada. Así, ya existen
concesiones para museos-cafetería, centros de interpretación-bar,
restaurantes y centros de atención al turista. Recientemente se están
promocionando los faros como alojamiento turístico que, en algunos casos,
proponen su compatibilidad con usos culturales, de forma similar a la
existencia de bares y cafeterías en los museos y centros de
interpretación.



La coordinación, tanto con Comunidades Autónomas, como con Ayuntamientos,
es una forma habitual de trabajo, respetando las competencias que cada
Administración, y atendiendo a los objetivos principales, en este caso la
navegación marítima y la sostenibilidad de las actuaciones.



Los faros son instalaciones técnicas sometidas a las modificaciones
tecnológicas que sean necesarias en cada momento, por lo que puede no ser
fácil, en general, su catalogación como edificios históricos u otro tipo
de protección que pueda limitar su desarrollo futuro, o bien el
desarrollo de otras actividades técnicas relacionadas con la seguridad de
la navegación promovidas por otras Administraciones. Ello no obsta, para
que cada caso se considere y estudie de forma particular.



Los faros y los edificios afectos al servicio de señalización marítima son
bienes de dominio público, en los que resulta posible el desarrollo de
actividades por terceros en régimen concesional, de conformidad con marco
legal vigente, lo cual no supone privatización alguna.



Corresponde a las Autoridades Portuarias a las que están adscritos los
faros, así como de los demás edificios existentes en su entorno, la
conservación de los mismos, siendo su puesta en valor a través de usos
complementarios, una medida que garantiza y mejora de forma significativa
su conservación.



Por otro lado, la iniciativa Faros de España es una vía por la que se
persiguen los objetivos mencionados. En este sentido, con dicha
iniciativa se pretende la promoción de actividades sostenibles en los
faros, respetando el medio ambiente y manteniendo el uso original de los
edificios, incluidas las viviendas (ahora con un uso similar), así como
otro tipo de actividades que, de forma individual o complementaria,
potencien el conocimiento de los faros y su disponibilidad para la
sociedad, como ya es una realidad en algunos faros. Todo ello, sin
olvidar que la competencia del Ministerio de Fomento en materia de faros
está en el ámbito de la mejora de la seguridad de la navegación.



Además los faros son, con frecuencia, elementos de gran valor patrimonial,
por su valor histórico, arquitectónico, técnico y paisajístico. Desde el
Plan Nacional de Patrimonio Industrial del Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte se ha propuesto la creación de un catálogo de faros
existentes en España,




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261






con el fin de determinar su valor patrimonial y proponer, si se considera
oportuno, la declaración como Bien de Interés Cultural de aquellos que
reúnan valores adecuados. Para ello el Instituto del Patrimonio Cultural
de España se ha puesto en contacto con la Dirección General de
Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente, con el fin de coordinar las acciones para
este fin.



En cuanto a la posibilidad una ley específica de protección de los faros,
se informa que la propia Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio
Histórico Español, agrupa a todos los tipos de patrimonio y cuenta con
las medidas de protección que pueden proteger estas instalaciones.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069343



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



La Dirección del Centro de Internamiento de Extranjeros y los Servicios de
Asistencia Letrada de la Jefatura Superior de Policía de la Comunidad
Valenciana, están a entera disposición de la Autoridad Judicial
competente para facilitarle toda aquella información y medios de prueba
que precise (documentos, partes médicos, grabaciones de las cámaras de
seguridad, etc.) y que permitan aclarar la realidad de los hechos.



Caber recordar que el ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo
de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde
exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes,
según las normas de competencia y procedimiento que las mismas
establezcan.



En este sentido, cabe destacar que pese a la formulación de algunas
denuncias, ninguna de ellas, por el momento, ha finalizado con sentencia
condenatoria, habiendo concluido la mayoría de ellas con el
sobreseimiento de la causa.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069350



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



En contestación a las preguntas formuladas, se señala que los hechos a los
que hace referencia están siendo objeto de una investigación por la
Autoridad competente, por lo que no es posible hacer ninguna
manifestación al respecto.



Por otro lado, debe señalarse que el Ministerio del Interior mantiene una
fluida comunicación con la Unión Europea, en cuyos debates sobre política
migratoria participa de manera activa. Entendiendo en todo momento que la
situación migratoria en el Mediterráneo, y en la frontera sur de Europa,
es una cuestión que afecta a toda la UE, no sólo a España y, por tanto,
debe ser abordada a nivel comunitario.



El derecho de asilo en Ceuta y Melilla se encuentra garantizado de igual
manera que en el resto del territorio nacional. Así, el procedimiento que
se sigue respecto de las personas que en las ciudades autónomas
manifiestan su deseo de presentar una solicitud de asilo es el mismo que
en el resto de España. Estos cuentan además con mecanismos informativos
para poder solicitar protección internacional. A este respecto se debe
destacar las nuevas Oficinas de Asilo y Refugio en Ceuta y Melilla, que
facilitarán la gestión de estas solicitudes en los puestos fronterizos.




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262






El principal propósito de la iniciativa es reforzar las garantías del
sistema de protección internacional y permitir un mejor cumplimiento de
las exigencias del «Sistema Europeo Común de Asilo», teniendo en cuenta
la singularidad de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.



Asimismo, el Ministerio del Interior es conocedor de las propuestas de las
organizaciones especializadas, cuyas peticiones de información son
atendidas y con las que se han mantenido reuniones cuando así se ha
solicitado.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069357



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen y Pérez Herraiz, Margarita (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe señalar que la información
disponible sobre la recaudación de las distintas figuras impositivas, que
puede ser consultada por Sus Señorías en la página web de la Agencia
Tributaria en la siguiente dirección electrónica:



http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Memorias_y_estadisticas_tributarias/Estadisticas/Recaudacion_tributaria/Recaudacion_tributaria.shtml



Se refiere al conjunto de la actividad económica, sin que sea posible su
distinción por sectores de actividad.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069359



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gordo Pérez, Juan Luis; Carcedo Roces, María Luisa; Trevín Lombán,
Antonio Ramón María y Monteserín Rodríguez, María Virtudes (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la inestabilidad
de la ladera se produjo por un desprendimiento de la parte superior del
talud, debido a una meteorización de material areniscoso y su
consiguiente deslizamiento sobre un paquete de margas, existente a unos
17 a 20 metros sobre la plataforma de la carretera.



Evidentemente, la meteorización ha sido acelerada por la cantidad de agua
existente y acumulada por los temporales.



La solución pasa por disponer de una galería antidesprendimientos,
asociada a una red de cables bulonada, que limite la energía cinética de
los bloques existentes en la ladera.



El tráfico estará cerrado hasta la terminación de las obras, para
garantizar la seguridad de la circulación.



Hasta ahora existía en ese punto una barrera estática, a base de perfiles
y malla metálicos, anclada sobre un muro de contención de hormigón.



En el mismo lugar en el que se produjo este importante desprendimiento no
se había producido ningún desprendimiento en los días anteriores al
derrumbe. Debido a las fuertes lluvias de estos días sí se produjeron
diversos desprendimientos de menor importancia en varios taludes de las
carreteras del Estado en Asturias, siendo el más cercano a la zona del
derrumbe uno que se produjo a unos 2 km en dirección Arriondas (Parres).



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




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263






184/069360



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Monteserín Rodríguez, María Virtudes; Trevín Lombán, Antonio Ramón
María; Gordo Pérez, Juan Luis y Carcedo Roces, María Luisa (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que en gran parte del
territorio español, pero con especial intensidad en algunos puntos de la
Cornisa Cantábrica, las condiciones climatológicas fueron extremada y
extraordinariamente adversas.



En lo referente a la infraestructura, para solventar las incidencias del
temporal, desde ADIF se llevaron a cabo las actuaciones contempladas en
el Plan Director de Medidas Invernales para el periodo 2014-2015.



Para ello, se dispuso del Centro de Gestión de Red (CGRH24) que ha
coordinado tanto a las empresas operadoras de transporte ferroviario,
como a sus propias áreas de mantenimiento de infraestructura, de gestión
de tráfico, de estaciones y de protección civil para prevenir los riesgos
derivados de los factores meteorológicos adversos, propios de esta época,
y asegurar la calidad en la prestación del servicio.



En lo referente a los servicios, se informa que, debido a las extremas
condiciones meteorológicas, el servicio ferroviario de Media Distancia se
suspendió entre Gijón y León y entre Valladolid y Gijón. El número de
trenes suprimidos de servicios de Obligación de Servicio Público (OSP) en
este periodo fue de 11 (10 del tramo Gijón-León y 1 del tramo
Valladolid-Gijón).



Asimismo, el servicio ferroviario de AVE/Larga Distancia entre Asturias y
la Meseta fue suspendido entre el 04/02/2015 y el 09/02/2015, viéndose
suprimidos 50 trenes de Servicios Comerciales



Respecto a los servicios de Mercancías, se señala que el total de
circulaciones suprimidas por el temporal fue de 282.



El número de trenes de Mercancías planificados era de 800, habiéndose
visto afectados los mercados de Ancho Métrico, Automóvil, Intermodal,
Multiproducto y Siderúrgicos.



Las toneladas que se han visto afectadas por el temporal son las
siguientes:



— Mercado de Ancho Métrico, 13.290 Tm/netas.



— Mercado de Automóvil, 15.000 Tm/netas.



— Mercando de Intermodal, 27.967 Tm/netas.



— Mercado de Multiproducto, 20.839 Tm/netas.



— Mercado de Siderúrgicos, 21.500 Tm/netas.



En cuanto a los servicios OSP, fueron 10 los viajeros afectados, ocho de
los cuales renunciaron a viajar, otro fue llevado a su destino en el
medio alternativo facilitado por Renfe y, por último, un viajero no pudo
realizar su viaje por un corte de carretera y fue imposible ofrecerle
medios alternativos, puesto que desde las 19:00 del día 4 de febrero
hasta las 13:00 del 5 de febrero de 2015 la carretera permaneció cortada
al tráfico.



En lo que respecta a los servicios Comerciales, se vieron afectados 3.620
viajeros. Todos los viajeros de estos servicios tuvieron acceso a
transporte alternativo en autobuses.



Las anulaciones y cambios de billetes en Renfe no están vinculados a
ningún motivo específico, puesto que un cliente puede anular o cambiar un
billete en cualquier momento y por cualquier causa.



Por esto, así como por la ausencia de titularidad del billete, resulta
difícil distinguir entre billetes cambiados o anulados a causa del
temporal de nieve, máxime en circunstancias excepcionales en las que la
prioridad fue ofrecer servicio alternativo a todos aquellos viajeros que
se presentaron.



No obstante, desde el día 30 de enero hasta el 11 de febrero, en Asturias
se devolvieron 2.435 billetes y se cambiaron 924.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




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264






184/069361



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Carcedo Roces, María Luisa; Gordo Pérez, Juan Luis; Trevín Lombán,
Antonio Ramón María y Monteserín Rodríguez, María Virtudes (GS).



Respuesta:



Las incidencias al tráfico en la autopista AP-66 durante el temporal de
los primeros diez días de febrero fueron las siguientes:



Corte preventivo a vehículos pesados durante los siguientes días y
periodos:



— 1/2/2015 de 6:15 a 8:20.



— 3/2/2015 de 6:50 a 8:24, de 18:00 a 18:30 y de 19:20 a 0:30 del
4/2/2015.



— 4/2/2015 de 5:49 a 9:06, de 9:50 a 12:00, de 15:00 a 16:55, de 17:40 a
18:20 y de 18:50 a 9:00 del 5/2/2015.



— 5/2/2015 de 10:10 a 11:00, de 16:51 a 17:24, de 18:00 a 18:28 y de 19:05
a 19:45.



— 6/2/2015 de 0:52 a 6:40.



Únicamente estuvo cortada preventivamente la circulación a todo tipo de
vehículos, incluyendo turismos, el día 4 de febrero entre las 19:15 y las
21:00.



Las decisiones de cortes preventivos al tráfico fueron tomadas de forma
conjunta por la empresa concesionaria de la autopista y la Guardia Civil
de Tráfico, con el fin de evitar que quedasen vehículos bloqueados en el
interior de la autopista.



Durante todos estos días, no hubo colas/atascos, la circulación se vio
afectada por la intensidad del temporal de nieve, debiendo los vehículos
adecuar su velocidad a las condiciones de la vía.



Las incidencias al tráfico en la carretera N-630 entre Campomanes y
Villamanín durante el temporal de los primeros diez días de febrero
fueron las siguientes:



Corte preventivo a vehículos pesados y circulación con cadenas de
vehículos ligeros durante los siguientes días y periodos:



— 1/2/2015 de 0:00 a 14:30.



— Del 2/2/2015 a las 21:00 al 3/2/2015 a las 11:45.



— Del 3/2/2015 a las 16:30 al 5/2/2015 a las 14:30.



— Del 5/2/2015 a las 15:30 al 7/2/2015 a las 17:00.



Dentro de estos periodos, estuvo la carretera N-630 cortada para todo tipo
de vehículos entre las 0:00 y las 2:10 del 6/2/2015 y entre las 19:15 del
6/2/2015 y las 8:30 del 7/2/2015 por caída de aludes de nieve sobre la
carretera.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069363



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Vázquez Morillo, María José y Viera Chacón, José Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Instituto
Nacional de las Cualificaciones (INCUAL) creado mediante el Real Decreto
375/1999, de 5 de marzo, tiene como misión principal la elaboración y
actualización del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
(CNCP), a través de la observación de dichas cualificaciones y su
evolución.




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265






Su funcionamiento se rige por un Plan de actuación anual, aprobado por la
Comisión Permanente del Consejo General de la Formación Profesional. El
Plan de Actividades 2014 fue presentado y aprobado en la reunión de la
citada Comisión celebrada el 27 de febrero de 2014.



Para la realización de un trabajo más eficaz, y fruto de la colaboración
entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Ministerio de
Empleo y Seguridad Social, se aprobó el Real Decreto 817/2014, de 26 de
septiembre, por el que se establecen los aspectos puntuales de las
cualificaciones profesionales para cuya modificación, procedimiento de
aprobación y efectos es de aplicación el artículo 7.3 de la Ley Orgánica
5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación
Profesional.



Al amparo del citado Real Decreto, de las bases establecidas para la
elaboración del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y de
las bases para su actualización, se revisaron 376 cualificaciones y se
actualizaron 205, todas con una antigüedad superior a los cinco años,
conforme a lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 1128/2003, de 5
de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales.



Asimismo, se llevó a cabo la tramitación normativa necesaria para la
revisión y actualización del Catálogo. Se prepararon dos proyectos de
real decreto y veintiún proyectos de orden ministerial y sus
correspondientes memorias de análisis del impacto normativo.



También se elaboraron nuevas cualificaciones para dar respuesta a las
necesidades detectadas en diferentes áreas profesionales. Se partió de la
elaboración de estudios sectoriales, potenciando de esta forma la labor
del Observatorio Profesional, con el análisis de las cualificaciones en
las profesiones más demandadas o con mayor índice de ocupación. Pueden
destacarse la cualificación de Asistente Personal y, por su impacto en el
sector ferroviario, las cualificaciones de Seguridad Ferroviaria.



Por otro lado, el INCUAL, a petición de la Comisión interministerial para
el seguimiento y evaluación del procedimiento de reconocimiento de las
competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, creada por
la Orden PRE/910/2011, de 12 de abril, elaboró un informe en el que se
recogen las convocatorias realizadas y el resultado de las mismas, desde
el año 2009 en que se estableció el procedimiento hasta el año 2013, así
como propuestas de mejora. Dicho informe se presentó al Consejo General
de la Formación Profesional en la reunión de la Comisión Permanente
celebrada el 17 de junio 2014.



Como resultado de la colaboración con la Administración General del Estado
y con las Comunidades Autónomas, se realizaron colaboraciones
específicas, en sus áreas de referencia, con los Centros de Referencia
Nacional, que han comenzado así a participar en la actualización del
Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.



El Observatorio Profesional ha analizado durante este año las variaciones
experimentadas en el número de profesionales en activo y centros de
actividad, con el fin de identificar dónde se encuentran dichos
profesionales para, con posterioridad, hacer estudios sectoriales que
ayuden a definir sus competencias. Los datos han sido proporcionados por
la Secretaría de Estado de la Seguridad Social.



Se han elaborado y publicado diversos informes sectoriales sobre la
variación de datos de las familias profesionales y sobre profesionales en
activo y se ha publicado el estado de actualización del Catálogo Nacional
de Cualificaciones Profesionales (julio 2014). Todos ellos se incluyen en
el programa editorial del INCUAL.



Además, en colaboración con el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE),
se ha trabajado junto al Observatorio de las Ocupaciones, en la
elaboración de un informe sobre los sectores más innovadores, con mayores
expectativas de empleabilidad o con necesidades de recualificación u
otras circunstancias que permitan establecer acciones y áreas
prioritarias en las convocatorias de planes de formación y acciones
formativas a desarrollar por el SEPE.



Por último, en el área de diseño de cualificaciones, y una vez aprobada la
actualización de las cualificaciones tras el contraste externo realizado
a través del Consejo General de la Formación Profesional, se ha procedido
a actualizar los instrumentos de apoyo al procedimiento de acreditación
de competencias asociados a cualificaciones actualizadas, con el objetivo
de facilitar y adecuar la evaluación del procedimiento al cambio de las
cualificaciones.



Madrid, 16 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
266






184/069364



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Vázquez Morillo, María José y Viera Chacón, José Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que, de acuerdo con
los datos declarados por las Comunidades Autónomas, los centros que
imparten Formación Profesional Dual en el curso 2014-2015, desglosados
por Comunidades Autónomas, a excepción de las señaladas en la pregunta,
son los siguientes:



Comunidades Autónomas;Centros



Aragón;13



Canarias;15



Cantabria;27



Castilla-La Mancha;102



Castilla y León;19



Cataluña;122



País Vasco;59



Extremadura;10



Illes Balears;12



La Rioja;4



Comunidad de Madrid;77



Región de Murcia;26



Comunidad Foral de Navarra;21



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069369



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Viera Chacón, José Antonio y Vázquez Morillo, María José (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que, a lo largo de la
presente legislatura, el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, en el
ámbito de la educación, ha efectuado más de 34 visitas oficiales, la
mayoría de ellas relacionadas, de forma directa o indirecta, con la
Formación Profesional.



Todos los años ha asistido a la inauguración oficial del curso de
Formación Profesional:



— El 9 de octubre de 2012, en el Centro Integrado Juan de Herrera de
Valladolid (Castilla y León).



— El 8 de octubre de 2013, en el Centro Integrado Número 1 de Santander
(Cantabria).



— El 7 de octubre de 2014, en el Instituto de Educación Secundaria Valle
del Cidacos de Calahorra (La Rioja).



Asimismo, cabe destacar otras visitas relacionadas directamente con la
Formación Profesional:



— 7 de marzo de 2012: inauguración de las Jornadas de Formación
Profesional y Bachillerato en la Confederación de Centros Educativos
(Madrid).



— 26 de julio de 2012: visita al Centro Público Integrado Formación
Profesional de Catarroja (Comunidad Valenciana).




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267






— 23 de mayo de 2013: visita al Parque Científico Tecnológico de
Cantabria, a la empresa de automoción Edscha Santander y al Centro
Integrado de Formación Profesional Número Uno de Cantabria.



— 27 de mayo de 2013: inauguración del aula de Formación Profesional
Schneider Electric en el Centro de Formación de Salesianos de Atocha
(Madrid).



— 21 de octubre de 2013: encuentro sobre la Formación Profesional Dual, en
el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (Madrid), con intervenciones
de representantes de empresarios, centros y alumnos.



Debe también mencionarse la participación del Ministro de Educación,
Cultura y Deporte en la Conferencia Hispano-Alemana sobre Formación
Profesional celebrada en Stuttgart del 11 al 12 de julio de 2012.



Finalmente, puede destacarse su presencia en las Olimpiadas Nacionales de
Formación Profesional (WorldSkills Spain) celebradas del 14 al 17 de
febrero de 2013 o en la apertura del Salón Internacional del Estudiante y
de la Oferta Educativa, Aula, el 19 de febrero de 2014.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069372



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio; Silva Rego, María del Carmen y
Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe señalar que la información
disponible sobre la recaudación de las distintas figuras impositivas, que
puede ser consultada por Sus Señorías en la página web de la Agencia
Tributaria en la siguiente dirección electrónica:



http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Memorias_y_estadisticas_tributarias/Estadisticas/Recaudacion_tributaria/Recaudacion_tributaria.shtml



Se refiere al conjunto de la actividad económica, sin que sea posible su
distinción por sectores de actividad.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069373



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cortizo Nieto, Miguel Ángel y Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que con motivo de la
constitución de la Unidad de Apoyo a Heridos y Familiares de Fallecidos y
Heridos en acto de servicio de las Fuerzas Armadas, a principios del año
2011, le fue enviada a las familias de ambos fallecidos una carta de
presentación de la unidad, poniéndola a su disposición y ofreciendo
información de contacto.



En cuanto a las prestaciones es necesario señalar que desde el momento del
fallecimiento se reconoció a los familiares beneficiarios la pensión
extraordinaria de clases pasivas.



Por otra parte, a lo largo del año 2006 también se abonó a dichos
familiares beneficiarios la indemnización prevista en el Seguro Colectivo
de las Fuerzas Armadas vigente en el momento del fallecimiento.




Página
268






Por último, se significa que se han instruido dos expedientes de
responsabilidad patrimonial del Estado como consecuencia de las
reclamaciones formuladas por los familiares de los dos fallecidos.



El expediente de D. Francisco Javier Pérez Castrillón se inició a
instancia de sus familiares y terminó con resolución del Ministro de
Defensa, de 29 de julio de 2014, adoptada de conformidad con el Consejo
de Estado, en sentido desfavorable a la pretensión indemnizatoria
formulada. Dicha resolución ha sido recurrida ante la Sala de lo
Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional.



El otro expediente, iniciado por los familiares de D. Erik Noval Gómez, se
encuentra en tramitación.



Madrid, 27 de febrero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/069374



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma y Cortizo Nieto, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Gobierno, a
través del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la
Defensa, es conocedor del estado y situación de todas las propiedades que
el Ministerio de Defensa tiene puestas a su disposición. En concreto, la
propiedad denominada antiguo Acuartelamiento Sánchez Aguilera no reviste
un riesgo especial para la integridad física de las personas. No
obstante, tras solicitud del Concejo de Ferrol, se han realizado en el
pasado mes de febrero la limpieza y acondicionamiento de las mencionadas
instalaciones.



El convenio de cesión del antiguo acuartelamiento «Sánchez Aguilera» al
Ayuntamiento de Ferrol se encuentra en el proceso final de los trámites
legales.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069377



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma y Cortizo Nieto, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Los datos públicos de criminalidad pueden consultarse en la página web del
Ministerio del Interior, en el apartado Anuarios y Estadísticas:



http://www.interior.gob.es/es/web/archivos-y-documentacion/documentacion-y-publicaciones/anuarios-y-estadisticas



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069388



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma y Cortizo Nieto, Miguel Ángel (GS).




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269






Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la carretera
estatal N-550, en la zona citada, se encuentra en la actualidad en un
estado adecuado de conservación a nivel global. Cabe reseñar, en este
sentido, una actuación de mejora y refuerzo de firmes realizada en la
zona durante el ejercicio 2014. No obstante lo anterior, recientemente se
han detectado, durante estos últimos meses de lluvia, algunas necesidades
de mejora del drenaje subterráneo de la plataforma de dicha vía en una
pequeña zona de 10 m de longitud en el PK 27+850, que están siendo
estudiadas en la actualidad, estando previstas actuaciones para su
subsanación en corto plazo.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069389



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Moscoso del Prado Hernández, Juan (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada, se señala que, en primer lugar,
ante un episodio de las características aludidas, resulta de inmediata
aplicación el régimen general de ayudas previsto en el Real Decreto
307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en
atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de
emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento
para su concesión.



Estas ayudas pueden ser solicitadas por los afectados ante la Delegación
del Gobierno, con sujeción a los requisitos y según el procedimiento
establecido en el citado Real Decreto.



No obstante, ante una situación de extraordinaria y urgente necesidad,
como la que deriva de las inundaciones provocadas por el desbordamiento
de los ríos en diferentes cuencas hidrográficas, y en particular en la
del Ebro, el Gobierno ha considerado conveniente aprobar, mediante Real
Decreto-ley, un conjunto de medidas de muy diversa índole. Estas van
desde ayudas económicas directas a beneficios fiscales, laborales y de
Seguridad Social.



Las medidas incluidas en el Real Decreto-ley 2/2015, de 6 de marzo (BOE de
7 de marzo), reconocen ayudas económicas directas por daños personales,
materiales en vivienda y enseres, y en explotaciones agrarias,
establecimientos industriales, mercantiles, marítimo-pesqueros,
turísticos y de otros servicios. Además convienen ayudas a personas
físicas y jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y a las
Corporaciones Locales por los gastos causados para hacer frente a
situaciones de emergencia.



Estas ayudas económicas directas son las que seguidamente se relacionan:



— Por fallecimiento o por incapacidad permanente absoluta: 18.000 euros
(exentas de IRPF).



— Por destrucción total de la vivienda habitual: se podrá conceder una
ayuda hasta una cuantía máxima de 15.120 euros.



— Por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual: se podrá
conceder una ayuda del 50 por 100 de los daños, con el límite de 10.320
euros.



— Por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual: se
podrá conceder una ayuda del 50 por 100 de los daños, con el límite de
5.160 euros.



— Por daños a elementos comunes de una Comunidad de Propietarios: se podrá
conceder una ayuda correspondiente al 50 por 100 de los daños, con un
máximo de 8.000 euros.



— Por destrucción o daños de enseres domésticos de primera necesidad de la
vivienda habitual: se podrá conceder una ayuda correspondiente al coste
de reposición o reparación de los bienes afectados, con el límite de
2.580 euros.



— Por daños en las edificaciones, instalaciones o bienes de equipamiento
en los establecimientos industriales, mercantiles, marítimo-pesqueros,
turísticos o de servicios: podrá concederse una subvención de hasta 8.000
euros.




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270






— Como novedad (ante los efectos devastadores de las inundaciones
producidas como consecuencia del desbordamiento del río Ebro), por daños
en elementos esenciales de la explotación agrícola y ganadera, podrá
concederse una subvención de hasta 8.000 euros.



— A las personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones
personales o materiales, podrá concederse una ayuda igual al importe
total de los gastos.



— A las Corporaciones Locales podrán concederse ayudas para hacer frente a
los gastos derivados de actuaciones inaplazables en estas situaciones de
emergencia, sin sujeción a los límites establecidos en el régimen
ordinario de ayudas previsto en el Real Decreto 307/2005.



Además de estas ayudas económicas, el Real Decreto-ley 2/2015 contempla un
amplio catálogo de beneficios fiscales (exenciones y reducciones) y de
medidas en el ámbito laboral y de Seguridad Social, que contribuirán a
paliar los daños ocasionados por el desbordamiento del río Ebro a su paso
por la Comunidad Autónoma.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069390



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Moscoso del Prado Hernández, Juan (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se señala que para reparar los
daños ocasionados por una situación de emergencia o de naturaleza
catastrófica producida en cualquier punto de la geografía española,
resulta de inmediata aplicación el régimen ordinario de ayudas
contempladas con carácter general en el Real Decreto 307/2005, de 18 de
marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas
necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza
catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión.



Las ayudas reguladas en el citado Real Decreto 307/2005, cuyo
reconocimiento se atribuye al Ministro del Interior, a la vista de la
propuesta formulada por la Dirección General de Protección Civil y
Emergencias, se financian con cargo a los créditos de los conceptos
presupuestarios 461, 471, 472, 482, 761, 771 y 782 de la aplicación
16.01.134M. «Protección Civil», que tienen la condición de ampliables.



El artículo 12.uno («De las ampliaciones e incorporaciones de crédito») de
la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2015, establece que «A efectos de lo dispuesto en el artículo
54 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, tendrán
la condición de ampliables los créditos que se relacionan en el Anexo II
de esta Ley».



El referido anexo II lleva por rúbrica «Créditos Ampliables», y en su
apartado Segundo.Seis refiere, en la Sección 16, «Ministerio del
Interior», los siguientes:



«c) Los créditos 16.134M.01.461, 16.134M.01.471, 16.134M.01.472,
16.134M.01.482, 16.134M.01.761, 16.134M.01.771 y 16.134M.01.782,
destinados a la cobertura de necesidades de todo orden motivadas por
siniestros, catástrofes u otras de reconocida urgencia».



De conformidad con lo dispuesto en los artículos 50 y 54 de la Ley
47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, las ampliaciones se
financiarán con cargo al Fondo de Contingencia de ejecución
presupuestaria.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069396



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).




Página
271






Respuesta:



En contestación a la pregunta formulada, se informa que el Título VI de la
Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del Régimen Disciplinario de la
Guardia Civil, que regula los recursos contra las sanciones
disciplinarias, no contempla ninguna limitación en el planteamiento de
los mismos.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069397



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).



Respuesta:



La Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia
Civil, en su disposición final tercera, sobre Prevención de Riesgos
Laborales, establece que «la participación y representación de los
guardias civiles se ejercerá a través de los grupos de trabajo y
comisiones específicas del Consejo de la Guardia Civil y de acuerdo con
lo previsto en su Reglamento de organización y funcionamiento».



Por otro lado, de acuerdo con las funciones que tiene conferidas la
Inspección de Personal y Servicios de Seguridad en materia de prevención
de riesgos laborales en el ámbito de la Guardia Civil, el criterio
seguido es el de comprobar el cumplimiento de la normativa vigente en
materia de prevención. En todo caso teniendo como objetivo evaluar el
nivel de integración de la Prevención de Riesgos Laborales, en el sistema
de gestión de la Guardia Civil.



Por ello, no es posible emitir pronunciamientos sobre la figura de los
Delegados de Prevención al no contemplarse este tipo de representación
específica en su normativa de regulación. En este sentido, se reconoce la
participación de los miembros de la Guardia Civil en materia de
Prevención de Riesgos Laborales a través de dos vías: por un conducto
reglamentario canalizado a través de sus mandos o directamente ante el
Consejo de la Guardia Civil.



Madrid, 26 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069398



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que para solventar
las incidencias que este temporal ha producido, desde Adif se han llevado
a cabo las actuaciones contempladas en su Plan Director de Medidas
Invernales para el periodo 2014-2015.



Para ello, se ha dispuesto del Centro de Gestión de Red (CGRH24) que ha
coordinado tanto a las empresas operadoras de transporte ferroviario,
como a sus propias áreas de mantenimiento de infraestructura, de gestión
de tráfico, de estaciones y de protección civil para prevenir los riesgos
derivados de los factores meteorológicos adversos, propios de esta época
y asegurar la calidad en la prestación del servicio.



En relación con la carretera N-634, se informa que se van a adoptar las
medidas que resulten necesarias para intentar resolver de una forma
definitiva el problema de inestabilidad de la ladera.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
272






184/069406



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Núñez, Alejandro (GS).



Respuesta:



Con fecha 11 de febrero de 2015, el Parlamento Europeo aprobó una
Resolución sobre el etiquetado del país de origen de la carne en los
alimentos procesados en la que se exhorta a la Comisión a que plasme su
informe en propuestas legislativas, dirigidas a conferir un carácter
obligatorio a la indicación del origen de la carne en los alimentos
procesados. El objetivo es garantizar una mayor transparencia en la
cadena alimentaria e informar mejor a los consumidores europeos, teniendo
en cuenta sus evaluaciones de impacto y evitando que los costes y las
cargas administrativas alcancen niveles excesivos.



La Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición no tiene
constancia de que se haya presentado ninguna propuesta legislativa por la
Comisión en este sentido.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069417



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Such Botella, Antoni (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se muestra a continuación el
importe de la recaudación por tasas judiciales en las tres provincias de
referencia, durante el período 2013-2014, sin que sea posible su
distinción por partidos judiciales. Estas magnitudes vienen expresadas en
miles de euros, en términos líquidos, y con criterio de caja.



;2013;2014



Alicante;6.124;5.588



Castellón;2.940;2.865



Valencia;11.721;11.405



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069418



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el estudio en
cuestión estaba afectado por tres estudios informativos diferentes, con
sus correspondientes Declaraciones de Impacto Ambiental.



De acuerdo con la Ley y el Reglamento General de Carreteras, la aprobación
de los proyectos de carreteras estatales implicará la declaración de
utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y
adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de
ocupación temporal




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273






o de imposición o modificación de servidumbres (art. 8 de la Ley) y que
los procedimientos de expropiación y la valoración de los bienes y
derechos se realizará de acuerdo con la Ley de Expropiación Forzosa. La
aprobación del proyecto que dio pie a la expropiación se produjo el 9 de
abril de 2013, tal como se puede constatar en el anuncio de convocatoria
para el levantamiento de actas previas a la ocupación de bienes y
derechos afectados y actas previas a la ocupación temporal de fincas por
las obras del proyecto de construcción, publicado en el BOE de 21 de
septiembre de 2013.



El Documento de Integración de la Evaluación Ambiental sometido a
información pública señala que: a raíz de la entrada en vigor de la Ley
21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, y partiendo de los
antecedentes descritos (los estudios informativos que afectan al tramo),
el Ministerio de Fomento recoge en un único estudio la «Integración de la
Evaluación Ambiental del Proyecto Vilaboa-A Ermida. Autovía A-57.
Provincia de Pontevedra», con objeto de someterlo al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental ordinaria, al encontrarse recogido en el
grupo 6. Proyectos de infraestructuras. a) Carreteras: 1. ª Construcción
de autopistas y autovías, del Anexo I, al que hace referencia en su
artículo 7. 1. a) Ámbito de aplicación de la evaluación de impacto
ambiental ordinaria.



Tal como se desprende de los antecedentes, el proyecto A-57 Vilaboa-A
Ermida es el resultado de una larga y compleja tramitación administrativa
y medioambiental, de tal modo que el trazado de la autovía fue tramitado
bajo legislaciones que han sido objeto de derogación por la Ley de
Evaluación Ambiental. Y, como se ha expresado anteriormente, afectan a la
autovía en cuestión dos estudios informativos diferentes, con sus
correspondientes declaraciones de Impacto.



En consecuencia, dado el tiempo transcurrido desde el inicio de la
tramitación y su dependencia de estos dos estudios informativos
distintos, se ha considerado conveniente la integración de la evaluación
ambiental en un único estudio. Esta integración se ha realizado,
igualmente, conforme al procedimiento reglado que establece la normativa
de Carreteras, así como la Ley de Procedimiento Administrativo y la
legislación medioambiental.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069419



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la resolución de
la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente, por la que se formula Declaración de
Impacto Ambiental (favorable) del Proyecto «Vilaboa-A Ermida. Autovía
A-57 (Pontevedra)» es de fecha 23 de julio de 2014.



La resolución del Ministerio de Fomento por la que se aprueba el
Expediente de Información pública y de consultas, y definitivamente el
documento técnico «Integración de la evaluación ambiental del proyecto
Vilaboa-A Ermida. Autovía A-57», que incluye Estudio de Impacto
Ambiental, se dictó por delegación por el Secretario de Estado de
Infraestructuras Trasporte y Vivienda con fecha 15 de diciembre de 2014.



La licitación de las obras se autorizó por el Consejo de Ministros, en su
reunión de fecha 26 de diciembre de 2014.



Cada una de estas actuaciones ha tenido su correspondiente reflejo en el
Boletín Oficial del Estado.



Por tanto, la tramitación ambiental del Proyecto Vilaboa-A Ermida Autovía
A-57 ha sido correcta, siendo la tramitación ambiental anterior a la
licitación de las obras.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




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274






184/069422



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Herraiz, Margarita (GS).



Respuesta:



En relación con la estación intermodal de Lugo, el Ministerio de Fomento
está trabajando para definir las actuaciones a desarrollar de manera que
sean económicamente viables y se asegure un adecuado servicio a los
usuarios.



Dichas actuaciones se ejecutarán de acuerdo con lo establecido en el Plan
de Infraestructuras, Transporte y Vivienda (PITVI) para el periodo
2012-2024.



Respecto a las previsiones y fechas de finalización de las restantes
actuaciones, se indica que las mismas se desarrollan de acuerdo con la
programación establecida en los contratos vigentes. Las previsiones del
Gobierno son las reflejadas en los Presupuestos Generales del Estado.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069425



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ros Martínez, Susana (GS).



Respuesta:



En el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente no consta
ninguna solicitud como la que señala Su Señoría en su pregunta.



Madrid, 6 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069429



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ros Martínez, Susana (GS).



Respuesta:



El Consejo Europeo de 7 y 8 de febrero de 2013 aprobó el nuevo Marco
Financiero Plurianual para el periodo 2014-2020. De acuerdo con el mismo
se ha aprobado el Acuerdo de Asociación de España —documento de carácter
estratégico que expone la estrategia y prioridades de inversión de los
fondos de la Política de Cohesión—, debiéndose completar con el resto de
documentos de programación, los programas operativos. Dichos programas
operativos contendrán los ejes y medidas en los que se basará la
estrategia a realizar en este período de programación. Actualmente, se
está procediendo a su elaboración.



Una vez que queden definidos los programas operativos, se podrán
determinar los ejes, medidas y grado de financiación de las actuaciones a
acometer.



Madrid, 6 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
275






184/069432



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



Los datos contenidos en el Sistema Informático del Sistema de Autonomía y
Atención a la Dependencia son los que facilitan las Comunidades Autónomas
y las Direcciones Territoriales del IMSERSO de Ceuta y de Melilla,
administraciones competentes para la gestión del Sistema en sus
respectivos territorios; y se pueden consultar en la página web:



http://www.dependencia.imserso.es/dependencia_01/documentacion/index.htm



Esta información, como así se establece en la normativa que regula el
Sistema de Información del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia, Orden SSI/2371/2013, de 17 de diciembre (BOE número 302, de
18 de diciembre), es de nivel autonómico, por lo que las cifras relativas
a la provincia de Zaragoza, podrán ser aportadas por la Comunidad
Autónoma.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069433



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



Actualmente el 90 % de las estaciones de Zaragoza se encuentran adaptadas.
Para el resto, cabe informar que se encuentra en la planificación
prevista su adaptación.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069435



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada, se señala que para reparar los
daños ocasionados por una situación de emergencia o de naturaleza
catastrófica producida en cualquier punto de la geografía española,
resulta de inmediata aplicación el régimen ordinario de ayudas
contempladas con carácter general en el Real Decreto 307/2005, de 18 de
marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas
necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza
catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión.



La tramitación, reconocimiento y abono de las ayudas reguladas en el
referido Real Decreto no requiere la activación por parte del Gobierno de
ningún fondo, dado que se financian con cargo a créditos




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276






de conceptos presupuestarios que tienen la condición de ampliables, y las
ampliaciones de crédito se financian con cargo al Fondo de Contingencia
de ejecución presupuestaria.



Ahora bien, las ayudas reguladas en el citado Real Decreto 307/2005 no son
de aplicación a los daños en infraestructuras públicas, salvo en el
supuesto de que se trate daños sufragados por Corporaciones Locales
derivados de actuaciones inaplazables en una situación de emergencia,
siempre y cuando su objeto sea el funcionamiento de servicios públicos
esenciales e imprescindibles para la vida y seguridad de las personas.



No obstante lo anterior, los sucesivos temporales de lluvia, nieve y
viento que desde finales del mes de enero han afectado con mayor o menor
intensidad a la práctica totalidad de la geografía española han causado
daños considerables, de especial gravedad tras las inundaciones
provocadas por los desbordamientos de los ríos en diferentes cuencas
hidrográficas.



Ante una situación de extraordinaria y urgente necesidad, como la que
concurre en el presente caso, el Gobierno ha reaccionado de forma
igualmente urgente, mediante la adopción de un catálogo de medidas que
contribuyan a restablecer el normal funcionamiento de las
infraestructuras públicas, tales como la red de carreteras y red
ferroviaria, el dominio público marítimo-terrestre e hidráulico,
infraestructuras rurales de uso general y otras infraestructuras, de
titularidad municipal.



Estas medidas se han incluido en el recientemente aprobado Real
Decreto-ley 2/2015, de 6 de marzo, publicado en el BOE de 7 de marzo.



Madrid, 16 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069437



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto (GS).



Respuesta:



La información disponible en relación con el asunto interesado, se
encuentra en el siguiente enlace:



http://www.msssi.gob.es/estadEstudios/estadisticas/sisInfSanSNS/pdf/deudaSanitaria.pdf



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069440



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



En anexo se facilita la evolución de la variación porcentual interanual de
la cuantía media mensual de las pensiones contributivas del sistema de la
Seguridad Social en España, la Comunidad Autónoma de Canarias y la
provincia de Las Palmas, vigentes a 1 de enero de los ejercicios 2010 a
2015, con desglose por tipo de pensión.




Página
277






ANEXO



Evolución de la variación porcentual interanual de la cuantía media
mensual de pensiones contributivas del sistema de la SS, vigentes a 1 de
enero, en la provincia de Las Palmas, comunidad autónoma de Canarias y
España, por clase de pensión. (Período 2010-2015)



Año;Clase de pensión;España;Canarias;Palmas (Las)



;;Variación porcentual interanual;Variación porcentual
interanual;Variación porcentual interanual



2010;Todas las pensiones;3,39;3,39;3,34



;Incapacidad permanente;2,33;2,43;2,67



;Jubilación;3,50;3,35;3,24



;Viudedad;3,27;3,26;3,21



;Orfandad;3,23;3,61;3,77



;Favor familiar;2,70;2,30;1,77



2011;Todas las pensiones;3,28;3,18;3,13



;Incapacidad permanente;2,28;2,39;2,38



;Jubilación;3,54;3,30;3,23



;Viudedad;2,60;2,41;2,35



;Orfandad;2,56;2,89;3,02



;Favor familiar;3,21;3,38;3,03



2012;Todas las pensiones;3,12;3,01;2,90



;Incapacidad permanente;2,09;2,51;2,66



;Jubilación;3,37;3,08;2,96



;Viudedad;2,56;2,44;2,38



;Orfandad;2,80;3,00;2,44



;Favor familiar;2,58;1,69;–0,16



2013;Todas las pensiones;3,25;3,12;3,29



;Incapacidad permanente;2,42;2,98;3,33



;Jubilación;3,57;3,39;3,58



;Viudedad;2,73;2,42;2,44



;Orfandad;1,29;1,26;1,01



;Favor familiar;3,09;3,75;4,24



2014;Todas las pensiones;1,80;1,48;1,48



;Incapacidad permanente;0,94;1,18;1,33



;Jubilación;2,17;1,82;1,77



;Viudedad;1,07;0,70;0,77



;Orfandad;–0,48;–0,54;–0,66



;Favor familiar;1,60;0,78;0,12



2015;Todas las pensiones;1,69;1,21;1,16



;Incapacidad permanente;0,87;1,02;1,26



;Jubilación;2,05;1,54;1,41



;Viudedad;1,02;0,65;0,74



;Orfandad;–0,46;–0,96;–1,19



;Favor familiar;1,50;1,54;1,53



Nota: Las variaciones interanuales reflejan el incremento final derivado
de todos los posibles factores que hayan influido en el importe de la
pensión.;;;;



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
278






184/069458



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Álvarez, Ángeles (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada se indica que el Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad realizó los siguientes expedientes
de contratación:



— Año 2012: 360.



— Año 2013: 399.



— Año 2014: 371.



En el citado Ministerio la contratación y ejecución de los contratos, se
desarrolla en condiciones efectivas de igualdad entre mujeres y hombres
en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo. En particular,
en todos los pliegos de cláusulas administrativas particulares de los
contratos tramitados mediante procedimiento abierto y negociado, se
indica que en caso de empate será preferida la proposición presentada por
aquella empresa que acredite haber obtenido el distintivo empresarial en
materia de igualdad regulado en el capítulo IV del título IV de la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres, respetando en todo caso la prelación de los criterios de
desempate establecida en la Disposición Adicional Cuarta del Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real
Decreto-ley 3/2011, de 14 de noviembre.



Madrid, 25 marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069465



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



El deber de sigilo impuesto por la Ley Ordenadora de la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social tiene un amplio alcance, así en su artículo 12
dispone lo siguiente:



«Artículo 12. Deber de sigilo e incompatibilidades.



1. Los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y los Subinspectores de
Empleo y Seguridad Social considerarán confidencial el origen de
cualquier queja sobre incumplimiento de las disposiciones legales.



2. También vendrán obligados a observar secreto y a no revelar, aun
después de haber dejado el servicio, los datos, informes o antecedentes
de que puedan haber tenido conocimiento en el desempeño de sus funciones,
salvo para la investigación o persecución de delitos públicos, en el
marco legalmente establecido para la colaboración con la Administración
laboral, la de la Seguridad Social, la tributaria, la de lucha contra el
fraude en sus distintas clases, y a la de colaboración con comisiones
parlamentarias de investigación en la forma que proceda.»



Como se deduce de la lectura del texto legal, el legislador ha impuesto
este deber de sigilo, e incluso de secreto, con un alcance muy amplio,
extendiéndolo a cualquier tipo de denuncia o información de la que haya
tenido conocimiento la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, con las
únicas excepciones que se señalan en la Ley, entre las que se incluye la
posibilidad de colaborar con las comisiones parlamentarias de
investigación, por lo que únicamente en ese cauce parlamentario podría
facilitarse información relativa a las investigaciones que realiza la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social.




Página
279






Si este deber de reserva y sigilo garantiza el derecho a la intimidad de
todos los trabajadores y de todas las empresas de España y se impone por
Ley a los Cuerpos de funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social, con mayor motivo debe ser respetado por el Gobierno. De nada
serviría esta garantía que otorga el ordenamiento jurídico a la actuación
de la Inspección de Trabajo. Resultaría absurdo y sencillamente
desaparecería esta garantía si lo que es una obligación para los
funcionarios del sistema de Inspección de trabajo no lo fuera para el
resto de autoridades y cargos del Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.



La finalidad de la ley es clara: la reserva de las actuaciones inspectoras
es un bien jurídico que merece una protección amplia y prima frente a
otros intereses. Esa obligación de sigilo, predicable en primera
instancia respecto de aquellos que en el ejercicio de su función de
investigación y comprobación tienen conocimiento directo e inmediato de
datos que afectan a empresas y personas, también lo debe ser respecto de
sus superiores jerárquicos o cualquiera que haya tenido conocimiento de
los mismos, más allá de los propios interesados. De lo contrario esta
garantía legal se ver ía vaciada y desvirtuada.



Sin perjuicio de lo anterior, sí es posible facilitar datos
correspondientes a actuaciones en el sector agrario en la provincia de
Córdoba. En concreto, nos referiremos a las actuaciones centradas en la
posible existencia de empresas interpuestas, que prestan un supuesto
servicio de recolección a los titulares de fincas agrícolas, cuando su
única finalidad es el reclutamiento y contratación de mano de obra,
autorizadas o no para ello como Empresa de Trabajo Temporal, pretendiendo
dar cobertura a situaciones de fraude. Estas situaciones fraudulentas se
reflejan sobre todo en el abono de salarios por debajo de lo establecido
en el Convenio Colectivo aplicable y la declaración por parte de la
empresa a la Seguridad Social de un número inferior de jornadas a las
realmente trabajadas.



En este aspecto concreto y desde octubre de 2013, se han desarrollado por
la Inspección Provincial de Córdoba 18 inspecciones a empresas que,
presuntamente, podrían estar incurriendo en esta conducta. Como
consecuencia de las mismas, se han producido los siguientes resultados:



23 Actas de Infracción por diversos aspectos que afectaron, en total, a
810 trabajadores. En cuanto al contenido de las infracciones, indicar que
20 correspondieron a trabajadores que estaban prestando servicios sin que
la empresas hubiese solicitado previamente su alta en Seguridad Social; 1
correspondiente a dar ocupación a un perceptor de prestaciones por
desempleo; 1 correspondiente a la infracción consistente en el
establecimiento de condiciones de trabajo inferiores a las estipuladas
convencionalmente en materia salarial y de jornada y horario de trabajo;
en último término también se ha propuesto una sanción por la apreciación
de una cesión ilegal de trabajadores desde tres empresas interpuestas a
otra, que es realmente la titular de las relaciones laborales.



En cuanto al total de actuaciones desarrolladas en Córdoba en el sector
agrícola, cabe indicar que en el año 2014, se han efectuado 1.445
inspecciones a empresas agrarias. Como consecuencia de las mismas se han
aflorado 912 empleos no declarados y se han detectado 1.032 infracciones
en materia de Seguridad Social. El importe total de expedientes
liquidatorios asciende a 1,29 millones de euros.



Córdoba



Actuaciones en agricultura 2014



Inspecciones;Infracciones;Empleo aflorado;Expedientes liquidatorios



1.445;1.032;912;1.295.724,07



Por otra parte, se señala que la Tesorería General de la Seguridad Social,
como Servicio Común de la Seguridad Social competente en materias de
afiliación, cotización y recaudación de la Seguridad Social, en el marco
del Plan de Acción para el control de empresas ficticias y altas
fraudulentas en la Seguridad Social, en la provincia de Córdoba, durante
el pasado año 2014, anuló veinticuatro Códigos de Cuenta de Cotización
por tratarse de empresas ficticias, de los que únicamente cuatro
pertenecían al Sector de la Agricultura.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
280






184/069473



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada al Gobierno, se indica que el
Ministerio de Defensa decidió poner fin a la relación contractual que le
une con la empresa de limpieza Cleanet a través de un expediente de
resolución de los lotes adjudicados a esta compañía. El Ministerio tomó
esta determinación a partir del incumplimiento por parte de la empresa de
las obligaciones contractuales, al no respetar las cláusulas relativas a
la legislación laboral y de seguridad e higiene en el trabajo.



Desde el primer momento, este Departamento mantuvo contactos frecuentes
con la empresa en busca de una solución satisfactoria para todos, sin que
ésta se haya alcanzado. La empresa que se haga cargo de la limpieza de
cuarteles se subrogará a los trabajadores.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069475



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que como consecuencia
de los ajustes presupuestarios y en aras de la máxima eficiencia de los
recursos financieros disponibles, ha sido necesario racionalizar la
cobertura de los contratos de mantenimiento para las bases del Ejército
de Tierra. Por ello, las bases «General Menacho» (Badajoz), «Álvarez de
Sotomayor» (Almería) y «Cerro Muriano» (Córdoba) han quedado fuera del
Acuerdo Marco de Mantenimiento integral de instalaciones para el año
2015.



Está previsto que el mantenimiento de estas bases sea satisfecho por la
combinación de los contratos sectoriales suscritos por la Subinspección
General del Sur (SUIGESUR) y los contratos menores que las jefaturas de
cada base realicen puntualmente.



Como parte integrante del proceso de licitación, las empresas ofertantes
son informadas, entre otros asuntos, de la empresa e incluso el personal
que previamente prestaba el servicio.



En cualquier caso, es la empresa licitante la que asume las cargas que
pudieran generarse. Por ejemplo, posibles derechos de subrogación, de ser
el caso. No es responsabilidad de la Administración discernir la
concurrencia de posibles derechos laborales ni tan siquiera interferir en
la comunicación que cada empresa tenga con sus trabajadores.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069480



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el número de
personal laboral que presta servicios en la Base Militar de Cerro
Muriano, donde se ubica la Brigada «Guzmán el Bueno», es de once.




Página
281






No se ha producido ningún tipo de despido de personal civil en los últimos
años.



El número de personal civil ha disminuido en los últimos años, puesto que
no se han cubierto las vacantes producidas por jubilaciones, traslados o
fallecimientos.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069481



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gordo Pérez, Juan Luis (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el expediente se
desglosó del siguiente modo:



Fase 1:



— Medio televisión: Desde el 10/10/2014 hasta el 30/10/2014: 1.455.775,79
euros.



— Medio radio: Desde el 10/10/2014 hasta el 30/10/2014: 733.671,33 euros.



— Medios gráficos: 1.179.533,09 euros.



? Prensa: Desde el 10/10/2014 hasta el 29/10/2014: 1.171.712,09 euros.



? Revistas: Desde el 23/10/2014 hasta el 20/11/2014: 7.821,00 euros.



— Medios digitales: Desde el 10/10/2014 hasta el 31/10/2014: 570.526,39
euros.



Fase 2:



— Medio televisión: Desde el 24/01/2015 hasta el 06/02/2015: 1.085.372,52
euros.



— Medio radio: Desde el 24/01/2015 hasta el 06/02/2015: 561.376,80 euros.



— Medios gráficos: 775.959,14 euros.



? Prensa: Desde el 24/01/2015 hasta el 09/02/2015: 775.959,14 euros.



— Medios digitales: Desde el 24/01/2015 hasta el 06/02/2015: 624.450,50
euros.



— Medio exterior (aeropuertos): Desde el 26/01/2015 hasta el 06/02/2015:
12.920,00 euros.



Madrid, 3 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069485



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gordo Pérez, Juan Luis (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se detallan en la tabla que se
acompaña en anexo las actuaciones aprobadas por la Comisión Mixta
Ministerio de Fomento-Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para la
gestión del 1 % cultural en la provincia de Segovia.




Página
282







[**********página con cuadro**********]





Página
283






184/069493 a 184/069500



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En relación con las preguntas de referencia, cabe informar a Su Señoría
que solo se puede facilitar información relativa a la participación en
tributos del Estado.



En cuanto a las transferencias que se han realizado por la Administración
General del Estado durante el periodo 2012 a 2014 en concepto de
participación en tributos del Estado, cabe señalar que desde enero de
2006 toda la información de las entregas a cuenta, anticipos y
liquidaciones definitivas de la participación en tributos del Estado se
encuentra disponible en la página web del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, en la Oficina Virtual para la Coordinación
Financiera con las Entidades Locales, en la siguiente dirección
electrónica:



http://www.minhap.gob.es/es-ES/Areas%20Tematicas/Administracion%20Electronica/OVEELL/Paginas/DatosFinanciacionEL.aspx



La participación en tributos del Estado tiene carácter incondicionado, y
en cada ejercicio se transfieren las entregas a cuenta de ese año y la
liquidación del año-2. Así, en el año 2012 se transfirió un anticipo a
cuenta de la liquidación definitiva de 2010. Cabe indicar que las
cantidades transferidas por este concepto durante los ejercicios 2012 a
2014 a los municipios de la provincia de A Coruña se encuentran
disponibles en la web anteriormente citada.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069503 a 184/069505



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En relación con las preguntas de referencia, cabe señalar que no se
evidencia una disminución significativa en las cuantías del presupuesto
del Capítulo 1 en la provincia de A Coruña en los últimos tres ejercicios
presupuestarios y los servicios prestados y actividades realizadas en las
Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno no se han visto afectados. No
obstante, el Gobierno ha adoptado medidas que permiten la contención del
gasto tales como:



— Racionalización de las estructuras para el mejor aprovechamiento de los
Recursos Humanos.



— Simplificación y unificación de los puestos de trabajo con asignación de
las funciones reales de los mismos.



— Asignación de «Atribución temporal de funciones» o redistribución de
puestos.



— Aumento de la flexibilidad de los puestos de apoyo con funciones de
carácter horizontal para su asignación a Áreas o Departamentos, según
cargas de trabajo.



— Fomento de la polivalencia y plurifuncionalidad de los empleados
públicos posibilitando la adaptación de los Recursos Humanos a las
necesidades variables de los distintos ámbitos y servicios (por ejemplo,
Áreas de Sanidad y Agricultura).



Madrid, 30 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
284






184/069509 y 184/069510



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



Como continuación a la respuestadel Gobierno registrada de entrada en esa
Cámara con el n.º 186576 y otros, de fecha 18 de marzo de 2015, se
traslada lo siguiente:



En el marco del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la
rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas,
2013-2016, el pasado día 5 de septiembre de 2014, el Gobierno, a través
del Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de Galicia suscribieron
el Convenio de Colaboración para la ejecución de este Plan Estatal
2013-2016, que supone una aportación estatal de 128.313.039 euros.



El Convenio contiene un programa de ayuda al alquiler de vivienda. Este
programa concede ayudas para el acceso a la vivienda en alquiler, en
función del nivel de renta y de la composición y el número de miembros de
la unidad de convivencia.



De estas ayudas se podrán beneficiar tanto los hombres como las mujeres
que carezcan de hogar o duerman en la calle.



La Comunidad Autónoma de Galicia ha convocado ya ayudas al alquiler en el
marco del Plan Estatal de Vivienda 2013-2016, publicadas en el DOG con
fecha 19 de enero de 2015.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069513, 184/069515



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se señala que las condiciones
laborales del colectivo de bomberos de Aena se encuentran recogidas en el
I Convenio Colectivo del Grupo Aena, publicado en el Boletín Oficial del
Estado de 20 de diciembre de 2011.



En cuanto a los coeficientes reductores de la edad de jubilación se señala
que los únicos bomberos que tienen asignados coeficientes reductores de
la edad de jubilación son los incluidos en el ámbito de aplicación del
Real Decreto 383/2008, de 14 de marzo, por el que se establece el
coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los bomberos al
servicio de las administraciones y organismos públicos.



El Real Decreto 383/2008 comprende, exclusivamente, a los empleados
públicos o trabajadores por cuenta ajena que presten servicios como
bomberos «en sus diferentes escalas, categorías o especialidades» en las
administraciones y organismos públicos que el artículo 1 especifica:
corporaciones locales, comunidades autónomas, el Ministerio de Defensa,
el Organismo Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, así como los
consorcios o agrupaciones que pudieran tener constituidos las expresadas
administraciones, sin otra excepción que la establecida por el Real
Decreto 1698/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula el régimen
jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes
reductores y anticipar la edad de jubilación en el Sistema de la
Seguridad Social (en adelante, Real Decreto 1698/2011), que añadió al
citado Real Decreto 383/2008 una disposición adicional segunda, según la
cual, «los derechos que se deriven de lo establecido en este Real Decreto
se seguirán reconociendo en sus propios términos a los trabajadores que,
conforme a lo dispuesto en este artículo 1, estén comprendidos en su
ámbito de aplicación, aunque se produzca un cambio en la titularidad del
servicio que vengan prestando».




Página
285






En consecuencia, el Real Decreto 383/2008 no se aplica, ni por
consiguiente se reconocen, coeficientes reductores de la edad de
jubilación a ninguna entidad pública empresarial que no sea AENA.



A ese respecto, debe observarse que, al contrario de lo que sucede en el
Real Decreto 1698/2011, en el Real Decreto 383/2008 no se establece
procedimiento alguno para la incorporación de nuevos colectivos de
bomberos a su ámbito de aplicación y ello es debido a que tiene su origen
en las Proposiciones no de Ley de la Comisión de Trabajo y Asuntos
Sociales del Congreso de los Diputados de 26 de abril de 2005, relativas
a dar solución a la jubilación de los profesionales integrantes de los
cuerpos de bomberos, una vez constatada la penosidad, peligrosidad e
insalubridad del ejercicio de funciones que desempeñan, y tiene como
marco legal, distintos preceptos derivados de la Ley 40/2007, de 4 de
diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social, a saber, el nuevo
artículo 161 bis.1 y la disposición adicional cuadragésima quinta,
incluidos por dicha ley en el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de
junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social (en adelante LGSS), así como el Preacuerdo alcanzado el
17 de julio de 2007 entre la Secretaría de Estado de la Seguridad Social
y los representantes del sector integrados en CC.OO. y UGT, en el que se
precisaron los términos y condiciones en que habría de llevarse a cabo la
regulación mediante un Real Decreto de la reducción de la edad de
jubilación de los bomberos al servicio de las administraciones y
organismos públicos.



Posteriormente, también en el contexto ya de la disposición adicional
cuadragésima quinta de la citada LGSS, que determina el procedimiento
general debe observarse, para rebajar la edad de jubilación, que deberá
incluir la realización previa de estudios sobre siniestralidad y
penosidad en el sector, y determina que el establecimiento de
coeficientes reductores de la edad de jubilación, sólo procederá cuando
no sea posible la modificación de las condiciones de trabajo y
conllevará, en todo caso, los ajustes necesarios en la cotización para
garantizar el equilibrio financiero del sistema, la posterior disposición
adicional vigésima tercera de la Ley 27/2011, de 2 de agosto, sobre
actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad
Social, da al Gobierno el mandato de aprobar las normas necesarias sobre
el procedimiento general de aprobación de coeficientes reductores de la
edad de jubilación en los distintos sectores y ámbitos de trabajo, en
cuyo cumplimiento se aprobó el anteriormente citado Real Decreto
1698/2011, que ya no va dirigido a un colectivo específico como el Real
Decreto 383/2008.



De los antecedentes expuestos puede deducirse que la anticipación de la
edad de jubilación de los bomberos al servicio de las administraciones y
organismos públicos, particularmente el entonces Organismo Aeropuertos
Españoles y Navegación Aérea (AENA), operada por el Real Decreto
383/2008, se aprobó, en cuanto se dispuso del marco legal necesario, para
dar cumplimiento a sendas Proposiciones no de Ley del Congreso de los
Diputados, en los términos pactados en el Preacuerdo de 17 de julio de
2007 con los representantes sindicales del sector y se ciñó
exclusivamente al colectivo al que se restringían tanto el mandato
parlamentario como el Preacuerdo con los representantes sindicales, que
nunca incluyeron sino al colectivo de bomberos al que ahora se refiere el
artículo 1 del citado Real Decreto 383/2008.



Por ello, cualesquiera otros colectivos que estimen que sus condiciones de
trabajo responden a lo previsto en el citado artículo 161 bis.1 de la
LGSS, como pueda ser el resto de cuerpos de bomberos de sociedades y
empresas públicas, incluido en ellas el cuerpo de bomberos de la empresa
pública Navantia, necesariamente deben acogerse al procedimiento
establecido en el Real Decreto 1698/2011, finalizado el cual, si de los
estudios e informes realizados se deduce la necesidad de aplicar
coeficientes reductores o de anticipar la edad de jubilación debido a la
imposibilidad de modificar las condiciones de trabajo, se tramitaría el
correspondiente Real Decreto, a propuesta de la persona titular del
Ministerio de Empleo y Seguridad Social, para que la edad mínima de
jubilación exigida en cada caso pueda ser rebajada, para el respectivo
sector o actividad, con indicación de las escalas, categorías o
especialidades que resulten afectadas, así como del incremento que
proceda en la cotización, entre otras condiciones a determinar por dicha
norma.



Al amparo del citado Real Decreto 1698/2011, se han recibido numerosas
peticiones para la asignación de coeficientes reductores de la edad de
jubilación a personal que desempeña labores de bombero, tanto en empresas
públicas como privadas, habiéndose iniciado el correspondiente
procedimiento en relación con todas aquellas solicitudes formuladas que
cumplen los requisitos exigidos a ese efecto en su artículo 10.



Sin embargo, no se tiene conocimiento de ningún comunicado del Comité de
Empresa de Navantía-Ferrol sobre coeficientes reductores para la
jubilación anticipada de los bomberos de la citada empresa. El Presidente
de dicho Comité de Empresa presentó una solicitud de asignación de
coeficientes reductores de la edad de jubilación a favor de los
trabajadores que forman parte de la plantilla de bomberos de la empresa
Navantia-Ferrol, que tuvo entrada en el Registro de la Dirección General
de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS) el día 17 de octubre de
2014.




Página
286






Una vez analizada dicha solicitud se comprobó que quien la formulaba no
estaba legitimado, según lo establecido en el artículo 10.b) del Real
Decreto 1698/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula el régimen
jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes
reductores y anticipar la edad de jubilación en el sistema de la
Seguridad Social para instar el inicio del procedimiento previsto para la
asignación de coeficientes reductores de la edad de jubilación, por lo
que mediante oficio de la citada DGOSS, de 29 de diciembre de 2014
(enviado por correo ordinario ese mismo día, si bien su notificación al
domicilio indicado por el interesado ha tenido que ser reiterada en
varias ocasiones, por problemas en la recepción), se le informó acerca de
su falta de legitimación para instar el inicio del procedimiento, de
cuáles son los sujetos legitimados, así como de la documentación que
debía acompañar cualquier solicitud de asignación de coeficientes
reductores.



En consecuencia, en tanto no se reciba una solicitud formulada según lo
previsto en el artículo 10.b) del Real Decreto 1698/2011 en relación con
el artículo 32 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, conforme se indicaba en el citado oficio de la DGOSS de
29/12/2014, no podrá iniciarse el procedimiento para el reconocimiento o
no de la asignación de coeficientes reductores de la edad de jubilación a
favor de los trabajadores que forman parte de la plantilla de bomberos de
la empresa Navantia-Ferrol.



Madrid, 27 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069516 y 184/069517



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En relación con las preguntas escritas de referencia, se informa que, en
la actualidad, los únicos bomberos que tienen asignados coeficientes
reductores de la edad de jubilación, son los incluidos en el ámbito de
aplicación del Real Decreto 383/2008, de 14 de marzo, por el que se
establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de
los bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos
(en adelante, RD 383/2008).



El RD 383/2008 comprende, exclusivamente, a los empleados públicos o
trabajadores por cuenta ajena que presten servicios como bomberos «en sus
diferentes escalas, categorías o especialidades» en las administraciones
y organismos públicos que el artículo 1 especifica: corporaciones
locales, comunidades autónomas, el Ministerio de Defensa, el Organismo
Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), así como los consorcios
o agrupaciones que pudieran tener constituidos las expresadas
administraciones, sin otra excepción que la establecida por el Real
Decreto 1698/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula el régimen
jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes
reductores y anticipar la edad de jubilación en el Sistema de la
Seguridad Social (en adelante, RD 1698/2011), que añadió al citado RD
383/2008 una disposición adicional segunda, según la cual, «los derechos
que se deriven de lo establecido en este real decreto se seguirán
reconociendo en sus propios términos a los trabajadores que, conforme a
lo dispuesto en este artículo 1, estén comprendidos en su ámbito de
aplicación, aunque se produzca un cambio en la titularidad del servicio
que vengan prestando».



En consecuencia, el RD 383/2008 no se aplica, ni, por consiguiente, se
reconocen coeficientes reductores de la edad de jubilación a ninguna
entidad pública empresarial que no sea Aena.



A ese respecto, debe observarse que, al contrario de lo que sucede en el
RD 1698/2011, en el RD 383/2008 no se establece procedimiento alguno para
la incorporación de nuevos colectivos de bomberos a su ámbito de
aplicación y ello es debido a que tiene su origen en las Proposiciones no
de Ley de la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales del Congreso de los
Diputados de 26 de abril de 2005, relativas a dar solución a la
jubilación de los profesionales integrantes de los cuerpos de bomberos,
una vez constatada la penosidad, peligrosidad e insalubridad del
ejercicio de funciones que desempeñan, y tiene como marco legal,
distintos preceptos derivados de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de
medidas en materia de Seguridad Social, a saber, el nuevo artículo 161
bis.1 y la disposición adicional cuadragésima quinta, incluidos por dicha
Ley en el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se
aprueba




Página
287






el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (en adelante
LGSS), así como el Preacuerdo alcanzado el 17 de julio de 2007 entre la
Secretaría de Estado de la Seguridad Social y los representantes del
sector integrados en CC.OO. y UGT, en el que se precisaron los términos y
condiciones en que habría de llevarse a cabo la regulación mediante un
Real Decreto de la reducción de la edad de jubilación de los bomberos al
servicio de las administraciones y organismos públicos.



Posteriormente, también en el contexto ya de la disposición adicional
cuadragésima quinta de la citada LGSS, que determina el procedimiento
general que debe observarse para rebajar la edad de jubilación, que
deberá incluir la realización previa de estudios sobre siniestralidad y
penosidad en el sector, y determina que el establecimiento de
coeficientes reductores de la edad de jubilación, sólo procederá cuando
no sea posible la modificación de las condiciones de trabajo y
conllevará, en todo caso, los ajustes necesarios en la cotización para
garantizar el equilibrio financiero del sistema, la posterior disposición
adicional vigésima tercera de la Ley 27/2011, de 2 de agosto, sobre
actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad
Social, da al Gobierno el mandato de aprobar las normas necesarias sobre
el procedimiento general de aprobación de coeficientes reductores de la
edad de jubilación en los distintos sectores y ámbitos de trabajo, en
cuyo cumplimiento se aprobó el anteriormente citado RD 1698/2011, que ya
no va dirigido a un colectivo específico como el RD 383/2008.



De los antecedentes expuestos puede deducirse que la anticipación de la
edad de jubilación de los bomberos al servicio de las administraciones y
organismos públicos, particularmente el entonces Organismo Aeropuertos
Españoles y Navegación Aérea operada por el RD 383/2008, se aprobó, en
cuanto se dispuso del marco legal necesario, para dar cumplimiento a
sendas Proposiciones no de Ley del Congreso de los Diputados, en los
términos pactados en el Preacuerdo de 17 de julio de 2007 con los
representantes sindicales del sector y se ciñó exclusivamente al
colectivo al que se restringían tanto el mandato parlamentario como el
Preacuerdo con los representantes sindicales, que nunca incluyeron sino
al colectivo de bomberos al que ahora se refiere el artículo 1 del RD
citado 383/2008.



Por ello, cualesquiera otros colectivos que estimen que sus condiciones de
trabajo responden a lo previsto en el citado artículo 161 bis.1 de la
LGSS, como pueda ser el resto de cuerpos de bomberos de sociedades y
empresas públicas, incluido en ellas el cuerpo de bomberos de la empresa
pública NAVANTIA, necesariamente deben acogerse al procedimiento
establecido en el citado RD 1698/2011, finalizado el cual, si de los
estudios e informes realizados se deduce la necesidad de aplicar
coeficientes reductores o de anticipar la edad de jubilación debido a la
imposibilidad de modificar las condiciones de trabajo, se tramitaría el
correspondiente Real Decreto, a propuesta de la persona titular del
Ministerio de Empleo y Seguridad Social, para que la edad mínima de
jubilación exigida en cada caso pueda ser rebajada, para el respectivo
sector o actividad, con indicación de las escalas, categorías o
especialidades que resulten afectadas, así como del incremento que
proceda en la cotización, entre otras condiciones a determinar por dicha
norma.



Por lo que se refiere a la solicitud realizada por el Comité de Empresa de
Navantia-Ferrol en relación a la aplicación de coeficientes reductores
para la jubilación anticipada de los bomberos de la citada empresa, se
informa que una vez analizada dicha solicitud se comprobó que quien la
formulaba no estaba legitimado, según lo establecido en el artículo 10.b)
del citado RD 1698/2011, para instar el inicio del procedimiento previsto
para la asignación de coeficientes reductores de la edad de jubilación,
por lo que mediante oficio de la Dirección General de Ordenación de la
Seguridad Social, de 29 de diciembre de 2014 (enviado por correo
ordinario ese mismo día, si bien su notificación al domicilio indicado
por el interesado ha tenido que ser reiterada en varias ocasiones, por
problemas en la recepción), se le informó acerca de su falta de
legitimación para instar el inicio del procedimiento, de quienes son los
sujetos legitimados, así como de la documentación que debía acompañar
cualquier solicitud de asignación de coeficientes reductores.



En consecuencia, en tanto no se reciba una solicitud formulada según lo
previsto en el artículo 10.b) del citado RD 1698/2011 en relación con el
artículo 32 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
conforme se indicaba en el citado oficio, no puede determinarse a priori
si el colectivo cumple o no las condiciones exigidas para que le sean de
aplicación coeficientes reductores de la edad de jubilación ni, por
tanto, aprobar el real decreto que establezca su reconocimiento y
condiciones.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
288






184/069523 y 184/069524



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



El Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, del
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través del
Observatorio de la Imagen de las Mujeres, se dirige al anunciante,
solicitando la modificación o retirada de los anuncios y/o ofertas de
empleo sexistas y discriminatorias, no al medio de comunicación.



En concreto respondiendo a las preguntas formuladas se indica que, en el
periodo 2011 a 2014, no se ha instado a ningún medio de comunicación de
Galicia a cesar en la publicación de anuncios y ofertas de empleo
sexistas y discriminatorias.



Por si es de interés se comunica que, entre el 2011 al 2014, el
Observatorio se ha dirigido a dos empresas de Galicia por las quejas
recibidas por publicidad sexista y discriminatoria.



En relación con este asunto, toda la información se puede consultar en el
siguiente enlace:



http://www.inmujer.gob.es/observatorios/observImg/home.htm



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069539



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



Como se informó a Su Señoría en la respuesta a la pregunta escrita con
número de expediente 184/054377, enviada a la Cámara el 19 de septiembre
de 2014 con número de registro de entrada 148452, el Gobierno, a través
de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, inició una investigación
de las circunstancias en las que se produjo el accidente de trabajo en el
astillero de Navantia-Fene. Las actuaciones de investigación previas del
accidente y de propuestas han finalizado y se han propuesto medidas
previstas en el artículo 7 de la citada Ley 42/1997, de 14 de noviembre,
Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, fundadas en
pruebas que acreditan hechos de los que se deriva incumplimiento de la
legislación vigente en materia preventiva.



Respecto a los resultados de la actividad comprobatoria, por afectar a
empresas concretas o centros de trabajo y al resultado de las actuaciones
sobre éstas, la información solicitada se encuentra dentro del ámbito de
reserva acotado por el artículo 12 de la de la Ley 42/1997, de 14 de
noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que
establece un deber de observar secreto con las siguientes excepciones:



— La investigación o persecución de delitos públicos.



— Lo previsto en el marco legalmente establecido para la colaboración con
la Administración laboral, la de la Seguridad Social, la tributaria, la
de lucha contra el fraude en sus distintas clases.



— Y aquellos supuestos de colaboración con comisiones parlamentarias de
investigación.



Por otra parte, la normativa vigente de prevención de riesgos laborales
establece una serie de obligaciones para que el empresario, una vez
materializado el riesgo, adopte medidas tendentes a la revisión de los
sistemas preventivos con la finalidad de evitar que se vuelva a producir
un suceso análogo. En este sentido, cabe indicar el deber general de
prevención, que corresponde al empresario (art. 14 de la Ley 31/1995, de
8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales). Este deber general
de prevención de los riesgos se completa con las obligaciones
instrumentales previstas en el artículo 15, con carácter general, y en
los artículos 16 y siguientes, de forma más específica.




Página
289






En este marco, cabe señalar que los poderes públicos en materia de
prevención de riesgos laborales asumen, en general, las funciones de
promoción de la prevención, asesoramiento técnico, vigilancia y control
del cumplimiento por los sujetos comprendidos en su ámbito de aplicación
de las normas de seguridad y salud en el trabajo.



La actividad programada y los objetivos de actuación de la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social sobre un sector específico en materia de
relaciones laborales y de prevención de riesgos laborales, no se
establece de manera unilateral por la Administración General del Estado,
sino que ha de consensuarse con las Comunidades Autónomas en el seno de
los órganos de cooperación pertinentes, tales como la Conferencia
Sectorial de Asuntos Laborales para la definición de las líneas de acción
y los programas generales de objetivos y las respectivas Comisiones
Territoriales de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para los
correspondientes programas territoriales de objetivos.



Del mismo modo, las organizaciones sindicales y empresariales más
representativas, mediante su participación en la Comisión Consultiva
Tripartita de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, formulan
propuestas en relación con las campañas de inspección a realizar.



El Gobierno, a través de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social,
ejerce la vigilancia del cumplimiento de las normas (u obligaciones
legales) en materia de prevención de Riesgos Laborales de modo
permanente.



Por ello, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social persigue remover
aquellos obstáculos que impida o dificulten garantizar la Seguridad y
Salud de los trabajadores en sus puestos de trabajo, creando un riesgo
grave para la integridad física de los trabajadores, dando cumplimiento
de las actuaciones rogadas (por ej. denuncias, investigación de
accidentes mortales, muy graves) y con la actividad programada y los
objetivos de actuación de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.



Madrid, 6 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069541



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



El Plan de Igualdad de Adif se elaboró y negoció con la participación de
la representación sindical, que compone el Comité de Empresa de Adif, y
fue aprobado por unanimidad de todas las partes en la Comisión Mixta de
Igualdad de Oportunidades en su sesión de 2 de marzo de 2010. La vigencia
del mismo era hasta el 31 de diciembre de 2012. Posteriormente se
incorporó al II Convenio Colectivo de Adif, que prorrogó su vigencia
hasta la finalización de este II Convenio.



Desde la puesta en marcha del mismo hasta la fecha el nivel de
cumplimiento es muy alto, tal y como lo acreditan las reuniones de
seguimiento del mismo, dos al año, que realiza la Comisión Mixta de
Igualdad de Oportunidades y no discriminación, que es la encargada de
analizar el citado cumplimiento, y de la que forman parte Dirección de la
Empresa y Representación de Personal.



El número de mujeres que aparece en el organigrama directivo de la empresa
es de 154, sobre un total de 800 directivos, lo que supone un porcentaje
del 19,25 %. Con anterioridad a la aprobación del Plan de Igualdad el
número de mujeres que aparecía en el organigrama directivo de la empresa
era de 139, sobre un total de 906 directivos, lo que suponía un
porcentaje del 15,34 %.



La distribución por sexo en la empresa, en función de categoría laboral y
puesto de trabajo, es la siguiente:



Organigrama de la empresa



COLECTIVO;Hombres;%Hombres;Mujeres;%Mujeres;Total



PERSONAL OPERATIVO;7.972;87,67 %;1.121;12,33 %;9.093



MANDOS INTERMEDIOS;2.248;86,33 %;356;13,67 %;2.604



ESTRUCTURA APOYO;644;75,32 %;211;24,68 %;855



ESTRUCTURA DIRECCIÓN;646;80,75 %;154;19,25 %;800



TOTAL;11.510;86,20 %;1.842;13,80 %;13.352




Página
290






Desglose del personal operativo por áreas



;Hombres;% Hombres;Mujeres;% Mujeres;Total



PERSONAL OPERATIVO;7.972;87,67 %;1.121;12,33 %;9.093



CIRCULACIÓN;2.129;91,81 %;190;8,19 %;2.319



INFRAESTRUCTURA;3.135;97,97 %;65;2,03 %;3.200



SERV. LOG. Y ESTACIONES;1.051;73,29 %;383;26,71 %;1.434



RESTO;1.657;77,43 %;483;22,57 %;2.140



Nota: se ha desglosado el personal operativo que trabaja en las diferentes
áreas. En los casos de mandos intermedios, estructura de apoyo y
estructura de Dirección son puestos que pueden figurar en cualquier área
de la empresa.;;;;;



En Adif se aplica el principio de igualdad retributiva, ya que las
percepciones del personal se encuentran pactadas en convenios colectivos
y sus correspondientes tablas salariales, sin que exista ninguna
diferencia por razón de género. No existe ninguna reclamación por este
motivo.



El número de hombres y mujeres que han solicitado reducción de jornada
entre 2012 y 2014 es el siguiente:



— Año 2012: hombres: 18 (52,94 %); mujeres: 16 (47,06 %).



— Año 2013: hombres: 22 (44,90 %); mujeres: 27 (55,10 %).



— Año 2014: hombres: 4 (15,38 %); mujeres: 22 (84,62 %).



En el Convenio Colectivo de Adif figuran unas campañas de medicina
preventiva, que pueden ser utilizadas voluntariamente por todo el
personal de la Empresa, que son: campaña contra el cáncer colorrectal,
que realizan hombres y mujeres (298 hombres y 20 mujeres durante el año
2013), cáncer de próstata (1.614 hombres en 2013), salud ginecológica
(492 mujeres en 2013), riesgo cardiovascular (2.677 hombres y 209 mujeres
en 2013), prevención osteoporosis (84 hombres y 72 mujeres en 2013) y
prevención salud ocular (645 hombres y 127 mujeres en 2013). Estos datos
son facilitados y analizados por la Comisión de Seguimiento del Plan de
Igualdad. Además de estas campañas existen medidas concretas de
protección a la maternidad, respecto al posible riesgo de las condiciones
del puesto de trabajo en el estado de salud de la mujer embarazada o del
feto, con la finalidad de adoptar las medidas necesarias. Por parte de
los servicios médicos se realiza también una labor de asesoramiento,
especialmente en lo relativo a riesgos específicos de cada sexo.



Adif tiene protocolos de actuación ante posibles situaciones de acoso
sexual, acoso por razón de sexo y acoso moral, con procedimientos
establecidos para actuar en cada caso. En el supuesto de producirse una
situación de este tipo, y una vez finalizado el proceso, se informa del
mismo a la Comisión Mixta de Igualdad de Oportunidades y no
Discriminación, guardando la necesaria confidencialidad. Estos protocolos
fueron acordados y aprobados por unanimidad con la Representación de
Personal en el seno de la Comisión Mixta de Igualdad de Oportunidades e
incorporados al II Convenio Colectivo. Se han efectuado campañas de
difusión de los mismos, elaborándose además un módulo de formación en
igualdad de oportunidades, donde se informa sobre estas materias, entre
ellas el acoso. Este módulo está a disposición del personal para
realizarlo en la intranet de la empresa y se ha impartido de forma
obligatoria a muchas categorías de personal dentro de los cursos
formativos realizados. Igualmente, dentro del Plan de Acogida de nuevo
personal, se incluye información sobre los protocolos y la realización
del Módulo de Formación antes citado.



Desde la firma del Plan de Igualdad, aunque ya anteriormente se acordó en
convenios de Renfe la utilización de un lenguaje no sexista, se ha
aumentado la sensibilización del personal en cuestiones relativas a la
igualdad, fomentando la utilización de un lenguaje no sexista y prestando
especial atención en este aspecto a la imagen de la empresa, incluyendo
hombres y mujeres en todas las categorías en la publicidad y
documentación de Adif. Se utilizan además los medios de comunicación de
la empresa para difundir todas las actuaciones realizadas en nuestra
empresa o en otras para incidir en la comunicación no sexista. Conforme
contemplaba el Plan de Igualdad se ha creado un apartado específico de
igualdad de oportunidades y no discriminación en el Informativo Socio
Laboral diario que se incluye en el portal Laboralia y que está a
disposición de todo el personal. Además, toda la documentación e
información sobre el personal que se genera en la empresa está
desagregada por sexo.



Adif, al ser un ente público empresarial, está obligado a utilizar
procedimientos de igualdad, mérito y capacidad a la hora de ingresar
nuevo personal, tal y como ha venido haciendo hasta la fecha. Igualmente,




Página
291






está previsto en el Plan de Igualdad fomentar, siempre que la legislación
no lo impida, medidas de acción positiva que favorezcan al colectivo
sub-representado. De hecho, en el convenio colectivo figura que en
acciones de movilidad, para cubrir puestos en los que no exista
equilibrio de género, la adjudicación de plazas se efectuará otorgando
preferencia a los aspirantes que, con igualdad de puntuación tras la
aplicación de los valores y factores establecidos, pertenezcan al género
sub-representado con respecto a la categoría profesional objeto de
cobertura.



Respecto al teletrabajo, se destaca que tras la firma del I Convenio
Colectivo se elaboró un programa piloto de teletrabajo, que se ha
comenzado a tratar con la Representación de Personal, sin que hasta la
fecha haya concluido.



El número de hombres y mujeres que han solicitado modificación de jornada
para mejorar la conciliación laboral y familiar entre 2012 y 2014 es el
siguiente:



— Año 2012: hombres: 7 (87,50 %); mujeres: 1 (12,50 %).



— Año 2013: hombres: 1 (100 %); mujeres: 0 (0 %).



— Año 2014: hombres: 1 (33,33 %); mujeres: 2 (66,67 %).



Como ya se ha expuesto, Adif tiene protocolos de actuación ante
situaciones de acoso por razón de sexo, sexual y laboral. Los protocolos
están a disposición del personal en la intranet de la empresa, y se han
realizado campañas divulgativas de su existencia, además de incorporarlos
al Convenio Colectivo, como se ha mencionado. Igualmente los responsables
de personal tienen conocimiento de los mismos y deben informar de ellos
al personal que los requiera.



El seguimiento de sus actuaciones se realiza a través de la Comisión de
Seguimiento del Plan de Igualdad, en la que participan Representantes del
Personal y Dirección de la empresa. En ella se informa y debate sobre los
casos que se han iniciado y su resolución.



En los años 2012, 2013 y 2014 no ha habido ningún incidente de acoso
sexual y/o laboral en Adif.



Las personas encargadas de la aplicación, difusión y seguimiento del
protocolo son los responsables de Recursos Humanos, los componentes de la
Comisión Mixta de Igualdad de Oportunidades, tanto la representación de
personal, como la Dirección y los instructores de expedientes
disciplinarios. Estas personas han recibido formación específica a tal
fin.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069543, 184/069546, 184/069552, 184/069554, 184/069557, 184/069558



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En relación con las preguntas de referencia cabe señalar que los Planes de
Igualdad resultan obligatorios en las empresas con plantillas superiores
a 250 trabajadores (art. 45.2 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres). Esta obligación no se
refiere a Grupos de empresas sino a Sociedades individuales que cumplen
este requisito.



Por lo tanto, las empresas por las que se interesa Su Señoría no tienen
Plan de Igualdad por no estar obligadas legalmente, al ser sus plantillas
inferiores a 250 trabajadores.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069562



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Conde Martínez, Gema; López Vilaboa, José Máximo y Moneo Díez,
María Sandra (GP).




Página
292






Respuesta:



El número de detenciones e imputaciones por robo realizadas durante el año
2014 por unidades de la Guardia Civil, en localidades menores de 5.000
habitantes de la provincia de Burgos, fue de 30.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069571 y 184/069572



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Romero Rodríguez, María Eugenia y Tarno Blanco, Ricardo (GP).



Respuesta:



En relación con las preguntas de referencia, el Gobierno se remite a los
siguientes enlaces de la administración presupuestaria que recogen la
información que se encuentra actualmente publicada (la fuente es la
Intervención General de la Administración del Estado, IGAE):



1. Liquidación del Presupuesto Volumen I (Estado) de 2010, 2011, 2012,
2013, Avance de la Liquidación del Presupuesto de 2014 y Estadística de
Ejecución del Presupuesto a noviembre de 2014:



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACION%20%20ESTADO_2010%20(INTERNET).pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACION%20ESTADO_2011%20(INTERNET).pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACION%20ESTADO_2012%20%28INTERNET%29.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACION%20ESTADO_2013%20%28INTERNET%29.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/AVANCE%20ESTADO_2014%20%28INTERNET%29.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/ 11-14%20MENSUAL.pdf



2. Avance de la Liquidación del Presupuesto 2014, Volumen II (Organismos)
y Distribución territorial de la Inversión del Estado y sus Organismos,
datos de 2010, 2011, 2012, 2013 y a 30 de junio de 2014:



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/AVANCE%20OOAA_%202014%20(INTERNET).pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/Datos%20a%2031%20de%20Diciembre%20de%202010.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/DISTRIBUCIÓN%20TERRITORIAL%20DEFINITIVA%202011.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/DISTRIBUCIÓN%20TERRITORIAL%20DEFINITIVA%202012.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/DISTRIBUCIÓN%20TERRITORIAL%20%202013.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/DISTRIBUCIÓN%20TERRITORIAL%20PRIMER%20SEMESTRE%202014.pdf



3. Presupuestos Generales del Estado, Liquidación del Presupuesto de los
ejercicios 2010, 2011, 2012 y 2013, Volumen III (Presupuestos de
Explotación y Capital):



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACIÓN%20EXPLOTACIÓN%20Y%20CAPITAL_2010%20(INTERNET).pdf




Página
293






—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACIÓN%20EXPLOTACIÓN%20Y%20CAPITAL_2011%20(INTERNET).pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACI%c3%93N%20EXPLOTACION%20Y%20CAPITAL_2012%20%28INTERNET%29.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACI%c3%93N%20EXPLOTACI%c3%93N%20Y%20CAPITAL_2013%20%28INTERNET%29.pdf



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069574



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Anchuelo Crego, Álvaro (GUPyD).



Respuesta:



La Ley 26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley
35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas, el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no
Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de
marzo, y otras normas tributarias (BOE de 28 de noviembre), incluye una
Disposición adicional única referente a la regularización de deudas
tributarias correspondientes a pensiones procedentes del extranjero y
condonación de las sanciones, recargos e intereses liquidados por este
concepto. Esta Disposición adicional única gira en torno a dos ejes:



— La apertura de un período de regularización extraordinaria de pensiones
procedentes del exterior, sin exigencia de recargos, intereses ni
sanciones.



— La condonación de los recargos, intereses y sanciones derivados de la
regularización de la situación tributaria de los contribuyentes que hayan
obtenido pensiones procedentes del exterior.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069577



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



En contestación a las preguntas formuladas, se señala que desde el 3 de
diciembre de 2014, la Oficina de Comunicación y Relaciones
Institucionales del Ministerio del Interior publica, en la web del
Ministerio, la lista de víctimas proporcionada por la Dirección General
de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo, en la que se incluye a todas las
víctimas mortales.



Por otra parte, en el año 2011 la Presidencia de la Audiencia Nacional
inició una investigación sobre los 349 casos que diversos colectivos de
víctimas reclamaban aún sin resolver. En septiembre de 2013, culminó la
primera fase de la investigación con un balance aproximado de la
situación procesal de las citadas causas:



— Archivo definitivo: 6.



— Archivo/ sobreseimiento provisional: 208.



— Sentenciados: 111.



— Sobreseimiento libre: 6.



— Pendiente de diligencias/contestaciones: 15.



— Sin datos: 2.




Página
294






El Ministerio del Interior está trabajando de forma permanente en la
investigación de los casos aún sin resolver, impulsando un esfuerzo
específico mediante la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
del Estado, cuya eficacia en su lucha contra ETA es irrefutable. Así, con
la necesaria cooperación internacional, especialmente de Francia, y
apoyando el trabajo de jueces y fiscales de la Audiencia Nacional en los
últimos años se ha seguido trabajando para resolver todos los crímenes y
atentados, identificando a sus autores y poniéndoles a disposición de los
tribunales cuando son localizados.



Dichas investigaciones, sin perjuicio del tiempo transcurrido desde que se
produjeron las circunstancias que las motivaron, permanecen abiertas,
incorporándose a las mismas cualquier novedad que pudiera surgir.



Tanto la Secretaría de Estado de Seguridad como la Subsecretaría de
Interior, al igual que el resto de Unidades del Ministerio del Interior,
vienen colaborando estrechamente con todas las Administraciones Públicas
y muy especialmente con los órganos del Gobierno Vasco en la lucha contra
el terrorismo y en las actividades de protección, reparación y memoria de
las víctimas.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069593



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En relación con la información interesada se señala que en España las
normativas legales o reglamentarias, resoluciones judiciales, decisiones
y prácticas administrativas, y las situaciones de hecho son muy distintas
de las que ha examinado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el
asunto al que podría eventualmente referirse el Diputado promotor de esta
iniciativa, que no identifica y en el que España no ha sido parte.



En este sentido el Comité de Ministros del Consejo de Europa en la 1.216
Reunión de su formación de Delegados de los Ministros, que tuvo lugar el
18 de diciembre de 2014, en respuesta a la pregunta parlamentaria escrita
sobre este tema formulada por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de
Europa n.º 633/2014 (Documento Cm/AS(2014)Quest663 final), ha acordado
por unanimidad la siguiente Respuesta:



«2. En respuesta a la pregunta del Honorable Miembro de la Asamblea
Parlamentaria, el Comité de Ministros pone de relieve que el Tribunal
Europeo de Derechos Humanos no ha encontrado que España haya vulnerado en
Convenio sobre la base de que los prisioneros españoles no estén
recluidos en instituciones penitenciarias cercanas a sus familiares.
(…)».



«Por virtud del artículo 46.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos los
Estados parte se comprometen a “acatar las sentencias definitivas en los
litigios en que sean partes”.



El Gobierno entiende, en consecuencia, que las sentencias que el Tribunal
Europeo de Derechos Humanos dicte en los asuntos en que son parte Estados
distintos de España no son en principio directamente extrapolables a
España pues las decisiones del Alto Tribunal se fundan en supuestos
concretos, legislaciones y decisiones administrativas o judiciales
internas extranjeras que pueden ser muy distintas a las españolas».



El Gobierno considera que las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos
Humanos interpretan autorizadamente los artículos del Convenio y sus
Protocolos adicionales. Cuando un criterio interpretativo sobre un mismo
precepto se reitera de manera coincidente en un número significativo de
sentencias, sirve como doctrina judicial orientativa de cómo debe
interpretarse legalmente el Convenio Europeo de Derechos Humanos.




Página
295






Por razón del principio de subsidiariedad y al amparo del margen de
apreciación reconocido a los Estados, protegido por el propio Tribunal
Europeo de Derechos Humanos, corresponde en primer lugar a las
autoridades legislativas, judiciales y administrativas de los Estados
Miembros aplicar dichos criterios a los casos concretos que se encuentran
bajo su jurisdicción.



Las sentencias dictadas para un caso concreto en un asunto dirigido contra
un Estado miembro del Consejo de Europa no pueden extrapolarse, en
principio, a otro Estado miembro cuya realidad normativa, judicial,
administrativa y fáctica sea diversa.



Madrid, 4 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069594



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En contestación a las preguntas formuladas, se señala que los datos
estadísticos interesados se recogen en el siguiente cuadro:



;Readmisiones realizadas por Francia;Readmisiones realizadas por España



2010;4.319;1.713



2011;5.214;971



2012;6.103;1.028



2013;5.066;887



2014;4.868;880



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069595



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Morlán Gracia, Víctor (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada se indica, respecto a la
desafección del uso militar del Acuartelamiento Sancho Ramírez de Huesca,
que no está incluida en el Plan de Racionalización y utilización
Eficiente del Patrimonio Inmobiliario del Ministerio de.
Defensa-PREPIDEF-1 (ejecución entre el 2014-2017), estando en la
actualidad afectada a la defensa nacional y en uso por el Ejército de
Tierra.



De acuerdo con el planeamiento actual las instalaciones del
Acuartelamiento seguirán operativas como mínimo a lo largo del año 2015.
En caso de desafectación, estas instalaciones seguirán el mismo
procedimiento que el resto de inmuebles del Ministerio de Defensa, no
estando prevista en la actualidad ninguna finalidad para los mismos.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
296






184/069598



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



En contestación a las preguntas formuladas, se señala que la forma en la
que presta su servicio la Guardia Civil se concreta en función de los
diferentes niveles de decisión de las Unidades del Cuerpo, siendo esto
consecuencia, en cada caso, de una valoración ponderada de diversos
aspectos. Entre ellos, se encuentran los cometidos específicos
encomendados, el lugar de prestación y la duración del servicio así como
las circunstancias relativas a la seguridad y a la autoprotección.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069601



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Davila, M.ª Olaia (GMx).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el 2 de
septiembre de 2013 se adjudicó el «Contrato de Terminación de las obras
de construcción y rehabilitación del Archivo Histórico Provincial y
Biblioteca Pública del Estado en Ourense, en el antiguo Convento de San
Francisco», por un importe de 13.310.000 euros y con un plazo de
ejecución previsto de treinta y dos meses.



Las actuaciones relacionadas con dichas obras se amparan en un mismo
expediente que viene figurando, en tanto en cuanto continúa su ejecución,
en los correspondientes Anexos de inversiones de las leyes de
presupuestos anuales correspondientes a la Gerencia de Infraestructuras y
Equipamientos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, desagregado
en sendos proyectos dentro de las rúbricas Archivos y Bibliotecas. Para
el ejercicio de 2014 la suma de los créditos estimados ascendió a
4.400.000 euros, si bien, según consta en el Anexo de inversiones de
dicho año, cada edificio es susceptible de ser recibido de forma
independiente, una vez concluyan las actuaciones que les afecten.



Por lo que se refiere a la Biblioteca Pública del Estado en Ourense, las
obras están prácticamente finalizadas, a falta de realizar pequeñas
actuaciones en su fachada. A finales de 2014 se comenzó a trabajar con
los responsables de la Xunta de Galicia en la definición del equipamiento
y mobiliario necesario. Está previsto que en este semestre el Gobierno, a
través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, reciba el inmueble
y se inicie la adquisición del equipamiento. La fecha de inauguración
debe acordarse con la Xunta de Galicia, que habrá de proceder al traslado
de fondos y contratación de los correspondientes servicios para su puesta
en funcionamiento.



De forma paralela se está trabajando en el Archivo, aunque se encuentra en
una fase anterior. De acuerdo con el plazo previsto en la adjudicación,
la adquisición de los equipamientos y el mobiliario podrá iniciarse en el
segundo semestre de 2016. No existe demora en la ejecución de la obra ni
por la dirección facultativa se ha planteado prórroga alguna.



Se acompaña en anexo un cuadro comprensivo de las actuaciones que se
llevaron a cabo durante el pasado año 2014, así como la correspondiente
inversión en términos de obligaciones reconocidas. Como puede observarse,
el grado de ejecución es del 103,8 %, considerando los créditos
establecidos para el citado ejercicio en el mencionado Anexo de
Inversiones de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.




Página
297






Anexo



(2014) Inversión en las Obras de Construcción y Rehabilitación del Archivo
Histórico Provincial y Biblioteca Pública del Estado en Ourense en el
antiguo convento de San Francisco (en euros)



Actuación;Importe;Crédito PGE 2014;Grado de ejecución presupuestaria



Archivo Histórico Provincial (Antiguo convento de San Francisco).
Terminación de las obras de construcción y rehabilitación;2.249.999,99;;



Archivo. Proyecto de terminación de las obras de rehabilitación y
construcción;32.852,80;;



Biblioteca Pública del Estado (Antiguo Convento de San Francisco).
Terminación de las obras de construcción y rehabilitación;2.249.999,98;;



Biblioteca. Proyecto de terminación de las obras de rehabilitación y
construcción;32.852,81;;



Total;4.565.705,58;4.400.000 1;103,8 %



1 Esta cuantía es la suma de los créditos recogidos en el Anexo de
Inversiones de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos
correspondientes al Archivo Histórico Provincial de Ourense (2.000.000
euros) y a la Biblioteca Pública del Estado (2.400.000 euros) para el
ejercicio de 2014, sin perjuicio de que las obras relativas a ambas
actuaciones se amparan en el mismo expediente.;;;



Madrid, 6 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069614



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



Los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2014 recogían,
para la Sección 16 —Ministerio del Interior, Servicio Presupuestario 04—
Dirección General de la Guardia Civil, un crédito inicial asignado al
proyecto de inversión 200416043017 «Obras en Gerona», por un importe de
82.000 euros, crédito que se incrementó en 188.728,61 euros como
consecuencia de una modificación presupuestaria.



A fecha 30 de junio de 2014 no figuraban contabilizadas obligaciones
reconocidas con cargo al citado proyecto, siendo el importe de aquellas,
a fecha 30 de noviembre y a 31 de diciembre de 2014, de 122.356,04 euros,
lo que representa un grado de ejecución del 45,19 %.



El motivo de la no ejecución en su totalidad del crédito asignado al
citado proyecto de inversión fue la demora acaecida en la redacción de
proyecto del derribo del acuartelamiento de Port Bou.



Para el presente ejercicio, el Anexo de inversiones reales y programación
plurianual de los Presupuestos Generales del Estado recoge una dotación
de crédito de 91.000 euros para este proyecto, al objeto de acometer los
trabajos de demolición del citado cuartel.



Por otra parte, cabe señalar que el día 1 de octubre de 2014 se publicó,
en la Plataforma de Contratación del Estado la notificación de la
adjudicación a la empresa Excavaciones, Arids i Enderrocs, S.L.U., del
expediente de la obra de derribo del antiguo edificio «Caserna», de la
Guardia Civil, en la localidad de Portbou (Girona), firmándose el
contrato el día 14 de octubre del mismo año.



Asimismo, el pasado 15 de enero se procedió a la firma del acta de
replanteo, autorización del inicio de las obras, resultando negativa ya
que las obras definidas en el proyecto no pudieron iniciarse al estar
pendientes los trabajos para descolgar y enterrar la línea eléctrica
existente, fijada a la fachada del edificio, por la compañía
suministradora responsable de la línea, estando el edificio
previsiblemente acondicionado para su demolición en el segundo trimestre
del presente año.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
298






184/069631



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



La información sobre los Presupuestos Generales del Estado aprobados para
Adif en el ejercicio 2014 puede ser consultada en el enlace adjunto,
donde se recogen las diversas partidas pudiéndolas buscar tanto por años,
como por distribución orgánica o distribución regionalizada.



http://www.minhap.gob.es/es-ES/Areas%20Tematicas/Presupuestos%20Generales%20del%20Estado/Paginas/Presupuestos.aspx



En dichos presupuestos, se contempla una partida presupuestaria para
actuaciones en estaciones de viajeros de 5.000 euros en la provincia de
Girona, habiendo sido la ejecución real de la misma de 212.000 euros.



Esta partida recoge la inversión ejecutada en las estaciones de red
convencional en la provincia de Girona durante el año 2014, por tanto, no
se trata de un proyecto concreto que tenga una continuidad en anualidades
siguientes, sino de pequeñas obras de inversión en las estaciones de esta
provincia, que en muchos caso no son superiores a un año.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069632



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



En los Presupuestos Generales del Estado de 2014 figuraba una dotación de
13,51 miles de euros para la provincia de Girona en el proyecto económico
2011 17 40 0700 Transporte de Mercancías y Cambio de Ancho (Estudios y
Proyectos), dotación que no ha sido objeto de modificación durante el
ejercicio 2014.



El volumen de inversión ejecutada a 31 de diciembre de 2014 por la
Dirección General de Ferrocarriles del Ministerio de Fomento, en términos
de obligaciones reconocidas en dicho proyecto de inversión, ascendía a la
cantidad de 17,10 miles de euros, lo que supone un grado de ejecución del
126,56 % respecto a las inversiones inicialmente previstas.



Este proyecto de inversión, tal como se refleja en la programación
plurianual de los Presupuestos Generales del Estado para 2015 para la
Dirección General de Ferrocarriles, tiene prevista su continuación
durante el ejercicio 2015.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069633



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).




Página
299






Respuesta:



En relación con la información solicitada sobre el proyecto Archivo
Histórico Provincial de Girona, nueva sede, se indica que el Anexo de
inversiones de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, correspondiente a los
Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, contemplaba una
dotación presupuestaria de 5.000 euros, si bien al cierre del ejercicio
no se había contraído ninguna obligación contra dicho crédito, ante la
imposibilidad por falta de crédito de adquirir compromisos plurianuales.
Por ello, se ha cambiado la proyección realizada en el presupuesto de
2014, recogiéndose en el actual Anexo de inversiones una dotación de
50.000 euros en previsión de contratar la actualización del proyecto y
dejar preparada su presumible licitación en 2016.



En el Anexo de inversiones para 2015, figura la proyección plurianual que
comprende los créditos estimados y el espacio temporal de ejecución de la
nueva sede. A tal objeto, se establece la dotación de 50.000 euros,
300.000 euros, 2.400.000 euros y 2.400.000 euros para 2015, 2016, 2017 y
2018, respectivamente.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069634



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada sobre la ejecución del proyecto
de restauración de la Catedral de Girona, el Gobierno, a través del
Instituto del Patrimonio Cultural de España, del Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte, está llevando a cabo la siguiente actuación:



Conservación-restauración de orfebrería: baldaquino, retablo, cuatro
columnas antiguas y dos cruces procesionales pertenecientes a la catedral
de Girona.



— Periodo de ejecución: 2014-2015.



— Presupuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año
2014: 50.000 euros.



— Proyección en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año
2014 para el año 2015: 200.000 euros.



— Modificación del presupuesto inicial: no.



— Crédito inicial: 110.297,55 euros.



— Inversión realizada en 2014: 20.054,10 euros.



— Inversión prevista en 2015: 90.243,45 euros.



— Procedimiento de adjudicación: procedimiento abierto.



— Fecha de adjudicación: 9 de octubre de 2014.



— Fecha de inicio: 17 de noviembre de 2014.



— Fecha de finalización prevista: 17 de octubre de 2015.



— Grado de ejecución presupuestaria a 30 de junio de 2014: 0 % del crédito
inicial.



— Grado de ejecución presupuestaria a 30 de noviembre de 2014: 0 % del
crédito inicial.



— Grado de ejecución presupuestaria a 31 de diciembre de 2014: 18,2 % del
crédito inicial.



El proyecto se encuentra en ejecución y con una previsión de finalización
para el 17 de octubre de 2015, motivo por el que sólo se ha ejecutado el
18,2 % del crédito inicial.




Página
300






Aunque inicialmente estaba previsto que las actuaciones de restauración de
varias piezas de orfebrería de la catedral de Girona supusiesen una
inversión en 2015 de 200.000 euros, el análisis técnico previo de las
piezas objeto de la intervención motivó un ajuste presupuestario a la
baja. Todo ello se refleja en un cambio en la partida presupuestaria
prevista para 2015 respecto a la previsión que se contemplaba en 2014,
habiendo quedado de la siguiente manera:



— Presupuesto 2014, Anexo de inversiones reales: proyección anualidad
2015: 200.000 euros.



— Presupuesto 2015, Anexo de inversiones reales: anualidad 2015: 82.000
euros.



Madrid, 8 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069635



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Anexo de
Inversiones de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte correspondiente a los
Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 recogía una dotación
presupuestaria de 2.200.000 euros para la nueva sede de la Biblioteca
Pública del Estado en Girona. Esta cuantía era estimativa y no
vinculante, no procediéndose a ninguna modificación presupuestaria.



Las obligaciones reconocidas a 31 de diciembre de 2014 ascendían a
658.184,67 euros, lo que en términos estrictos representaría un
porcentaje de ejecución del 30 %. Esta aparente baja es consecuencia de
que la ejecución de la obra y adquisición de los equipamientos se realizó
antes de lo inicialmente previsto, gracias a la disponibilidad de crédito
en 2013.



En este sentido, y tomando en consideración la ejecución de los ejercicios
2013 y 2014 respecto a los créditos totales incluidos en los Presupuestos
Generales del Estado de los dos ejercicios, las obligaciones reconocidas
ascendían a 3.830.307,98 euros el 30 de junio de 2014, 4.412.460,24 euros
el 30 de noviembre de 2014 y la misma cuantía de 4.412.460,24 euros el 31
de diciembre de 2014, frente al crédito total consignado en los
presupuestos de 2013 (2.100.000 euros) y 2014 (2.200.000 euros) y, por
tanto, a un presupuesto de 4.300.000 euros de ambos ejercicios. Esto
implica un grado de ejecución del 89,07 % el 30 de junio y del 102,61 % a
30 de noviembre y 31 de diciembre de 2014.



Finalmente, ha de señalarse que la Biblioteca se abrió al público el
pasado mes de diciembre y se inauguró el día 14 de enero de 2015, por lo
que en el presente ejercicio tan sólo se ha previsto un crédito de 25.000
euros para abonar la liquidación final de la obra de acondicionamiento de
la parcela en la que se asienta la nueva biblioteca.



Madrid, 13 marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069637 a 184/069647, 184/069651



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



Se remite en anexo la información solicitada por Su Señoría.




Página
301






ANEXO



Descripción;Modificación;Crédito incial 2014 (miles de euros);Obligaciones
reconocidas 2014 (miles de euros);;;PGE 2015 (miles de
euros);Finalización prevista



;;;30/6/2014;30/11/2014;31/12/2014;;



Control de la regresión de la costa en
Girona;N;600,00;0,00;0,00;0,0;100,00;Todos los proyectos engloban
diversas actuaciones que se desarrollarán a lo largo del 2015



Protección y recuperación de sistemas litorales en
Girona;N;50,00;0,00;0,00;0,0;100,00;



Dotaciones para el acceso y uso público de la costa en
Girona;N;50,00;0,00;0,00;0,0;100,00;



Trabajos previos inversión en costas;N;51,18;0,00;0,00;23,30;5,05;



Obras de reposición y conservación del
litoral;N;211,48;0,00;0,00;324,86;277,60;



Estudios técnicos del litoral;N;242,90;0,00;0,00;0,0;208,20;



Deslindes Dominio Público
Marítimo-Terrestre;N;104,10;0,00;0,00;0,0;104,10;



Trabajos gestión dominio público;N;52,05;0,00;0,00;0,0;86,75;



Adecuación de caminos naturales en Cataluña
1;N;27,66;0,00;0,00;0,0;150,00;30/11/2015



Mejora de proyectos de tecnología de la información y comunicaciones
2;N;17,54;0,00;0,00;0,0;;



Vigilancia atmosférica e investigación climática y climatología
2;N;73,05;0,00;0,00;0,0;;



Presa de de Colomers 3;N;447,00;0,00;0,00;0,00;360,00;



1 Por comunidades autónomas por lo que no se puede proporcionar datos
desglosados por provincias. Además, el reparto indicativo que aparece en
las fichas de los PGE por comunidades autónomas es orientativo; la
programación real depende de la existencia de promotores sobre el terreno
así como de proyectos viables para la ejecución de las obras. En lo que
se refiere a la provincia de Girona, durante 2014 se ha ejecutado una
obra de emergencia en el Camino Natural del Hierro y del Carbón en la
comarca del Ripollés por un importe de 79.908,38 euros.



2 No se dispone de información desglosada a nivel provincial.



3 A fecha de hoy la comunidad de regantes no ha manifestado su interés en
iniciar la actuación de Presa de Colomers (Girona).;;;;;;;



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069657



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez García, Isabel y Barreda Fontes, José María (GS).




Página
302






Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la citada
actuación se encuentra en fase de redacción del estudio informativo. Por
tanto, hasta que no se aprueben los estudios correspondientes y se
liciten y adjudiquen las obras, no será factible concretar los plazos e
importes.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069658



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez García, Isabel y Barreda Fontes, José María (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la citada
actuación se encuentra en fase de proyecto, por lo que no es factible
responder a las cuestiones planteadas en la iniciativa.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069660



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Barreda Fontes, José María y Rodríguez García, Isabel (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la actuación
interesada se encuentra en fase de proyecto, por lo que no es factible
responder a las cuestiones formuladas en la iniciativa.



Cuando se apruebe el correspondiente proyecto y se liciten y adjudiquen
las obras se conocerán los plazos e importes.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069671



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ciuró i Buldó, Lourdes (GCiU).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría de
las siguientes cuestiones:



1. Sobre la finalidad social de la gestión de la Sociedad de Gestión de
Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (SAREB), se recuerda
que entre los objetivos de la SAREB, establecidos legalmente en el
Artículo 3 del Real Decreto 1559/2012, de 15 de noviembre, por el que se
establece el régimen jurídico de las sociedades de gestión de activos, no
se encuentra la política de vivienda.



2. No obstante, los objetivos legalmente definidos en el Artículo 3 no
impiden que la SAREB realice actuaciones en materia de política de
vivienda. La SAREB se configura como una sociedad anónima de carácter
privado y las actividades que realice dependen de la decisión de sus
accionistas, aunque deben ser compatibles con los objetivos definidos en
el mencionado Artículo 3.




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3. En este sentido, si bien no tiene la obligación de llevar a cabo
políticas de vivienda, la SAREB, dentro de su labor de Responsabilidad
Social Corporativa, tiene previsto colaborar con las comunidades
autónomas, a través de la firma de una serie de convenios, dirigidos a
facilitar el acceso a alquileres a precios asequibles y contribuir a
impulsar sus políticas de vivienda social.



4. Para este fin, la SAREB tiene previsto destinar 2.000 viviendas de su
cartera de inmuebles, que se entregarían a las comunidades autónomas con
las que se firmen convenios para su gestión por un periodo determinado,
por la que SAREB recibirá una compensación. Las viviendas cedidas se
destinarán a alquiler a precios asequibles, si bien el rango de precios
dependerá de la zona y de los términos en que se firme el acuerdo. El
gobierno autonómico, si lo considera conveniente, podrá financiar una
parte de la renta a través de sus propios programas de ayudas públicas.
La administración autonómica deberá devolver la vivienda vacía al término
del convenio, para que SAREB pueda proseguir con su tarea de
desinversión. El programa tendrá un coste razonable, por lo que no pondrá
en riesgo la viabilidad del proyecto empresarial de la SAREB. Se
favorecerán especialmente las regiones con mayor presencia de vivienda
SAREB y donde haya más necesidades habitacionales. En este sentido,
durante el primer semestre de 2014, SAREB firmó un convenio con la
Generalitat de Cataluña para la cesión temporal de 600 viviendas.
Posteriormente, ya en febrero de 2015, se ha alcanzado otro acuerdo
similar con el Gobierno de Aragón para cederle temporalmente, durante 4
años, la gestión de al menos 80 viviendas.



5. Este tipo de convenios permiten a SAREB colaborar con las comunidades
autónomas sin menoscabar el mandato que tiene asignado por ley, que es el
de liquidar la cartera de activos recibidos en un periodo de 15 años.



La disposición adicional séptima de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de
reestructuración y resolución de entidades de crédito establece que la
participación pública en la SAREB no podrá ser igual o superior al
cincuenta por ciento del capital de la sociedad y que estará sometida a
lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y en
las demás normas del ordenamiento jurídico-privado, por lo que la SAREB,
siguiendo este mandato del legislador, se ha constituido como una entidad
jurídico-privada.



6. Cabe recordar que el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de
Capital, impone a los administradores el deber de secreto respecto a las
informaciones de carácter confidencial y la obligación de guardar reserva
de las informaciones, datos, informes o antecedentes que pudieran tener
consecuencias perjudiciales para el interés social. Con independencia de
su sometimiento al ordenamiento jurídico-privado, y a causa de la
importante, aunque no mayoritaria, participación del sector público en el
capital social (a través del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria,
FROB) y las repercusiones que su actividad puede tener en la estabilidad
del sistema financiero nacional, se ha articulado un régimen específico
de control y de rendimiento de cuentas de esta sociedad ante los poderes
públicos, que se especifican a continuación.



7. En primer lugar, cabe destacar que la SAREB es una entidad sometida a
supervisión. Dicha supervisión la realiza el Banco de España, en
concreto, la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y
resolución de entidades de crédito, establece que corresponderá al Banco
de España supervisar:



— El cumplimiento del objeto exclusivo de la sociedad de gestión de
activos con el fin de identificar desviaciones del mismo que pongan en
peligro la consecución de los objetivos generales legalmente establecidos
para ella.



— El cumplimiento de los requisitos específicos que se establezcan para
los activos y, en su caso, pasivos que se hayan de transferir a la
sociedad de gestión de activos.



— El cumplimiento de las normas referidas a la transparencia y a la
constitución y composición de los órganos de gobierno y control de la
sociedad de gestión de activos previstas en su normativa reguladora, así
como las relativas a los requisitos de honorabilidad comercial y
profesional de los miembros de su consejo de administración.



8. En segundo lugar, la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de
reestructuración y resolución de entidades de crédito, previó la creación
de una Comisión de Seguimiento del cumplimiento de los objetivos
generales de la sociedad de gestión de activos. Esta comisión fue creada
el 21 de enero de 2013, por orden ministerial del Ministerio de Economía
y Competitividad. Dicha Comisión de seguimiento está integrada por
representantes del Banco de España, del Ministerio de Economía y
Competitividad, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y
de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, y




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se reúne con periodicidad al menos trimestral, según el mandato legal.
Entre las funciones de esta Comisión está el análisis del plan de negocio
de la sociedad de gestión de activos y sus posibles desviaciones, así
como el seguimiento de los planes de desinversión y de amortización de la
deuda avalada. Asimismo, la Ley establece que la Comisión habrá de
remitir a las Cortes Generales, con periodicidad semestral y sobre la
base de la información recibida por la misma, un informe sobre la
evolución de las actividades de la SAREB y sobre los elementos
fundamentales de su situación económica-financiera. En este sentido, el
informe de la Comisión de Seguimiento relativo al primer semestre de 2014
ya ha sido remitido a las Cortes Generales.



9. En tercer lugar, el artículo 26 del Real Decreto 1559/2012, de 15 de
noviembre, por el que se establece el régimen jurídico de las sociedades
de gestión de activos, establece la elaboración de dos informes
preceptivos, adicionales al informe a las Cortes Generales referido
arriba:



— Un informe de Actividad, que elaborará la propia SAREB con carácter
semestral, en el que detallará de manera sistemática y fácilmente
comprensible los datos esenciales de su actuación durante el periodo
correspondiente, el grado de cumplimiento de los objetivos planteados en
su plan de negocio y las razones que explican las posibles desviaciones
de dichos objetivos. Este informe será remitido al Banco de España y a la
Comisión de Seguimiento, quienes podrán requerir que sea completado con
cuanta información adicional estime necesaria. El informe será puesto a
disposición del público a través de la página web de la SAREB. En este
sentido, el informe relativo al primer semestre de 2014 ya ha sido
publicado en la página web de la SAREB.



— Un Informe independiente de Cumplimiento elaborado por un experto
independiente nombrado por el Banco de España, con carácter anual, que la
SAREB deberá remitir a la Comisión de Seguimiento y al propio Banco de
España. Este informe tendrá como finalidad evaluar la adecuación de las
actividades y estrategias de la SAREB a los objetivos generales para los
que ha sido constituida, sin perjuicio de las competencias atribuidas al
Banco de España en materia de supervisión de la SAREB.



10. En cuarto lugar, el Artículo 56 de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre,
de reestructuración y resolución de entidades de crédito, establece unas
determinadas obligaciones de información por parte del FROB, principal
accionista de la Sociedad, a los poderes públicos:



— Con periodicidad trimestral, el Presidente de la Comisión Rectora del
FROB comparecerá ante la Comisión de Economía y Competitividad del
Congreso de los Diputados, con el fin de informar sobre la evolución de
las actividades del FROB y sobre los elementos fundamentales de su
actuación económico- financiera. Adicionalmente, el Presidente de la
Comisión Rectora del FROB comparecerá, en las condiciones que determine
la Comisión de Economía y Competitividad del Congreso de los Diputados,
para informar específicamente sobre las medidas de reestructuración o de
resolución implementadas por parte de dicho Fondo.



— La Comisión Rectora elevará a los Ministros de Hacienda y
Administraciones Públicas y de Economía y Competitividad un informe
trimestral sobre la gestión y actuación del FROB, donde se dará debida
cuenta, entre otros aspectos, de las actuaciones de carácter económico y
presupuestario de mayor impacto acometidas por el FROB durante el citado
periodo. El Ministro de Economía y Competitividad dará traslado de dicho
informe a la Comisión de Economía y Competitividad del Congreso de los
Diputados.



11. Se considera que estas amplias obligaciones de información son
suficientes para asegurar un efectivo control de la SAREB por parte de
los poderes públicos y para cumplir con la transparencia ante la
ciudadanía que la actuación de esta entidad requiere. Cualquier solicitud
de información que se salga de estos cauces no puede ser provista por el
Gobierno a no ser que se trate de información pública y conocida, ya que
estaría invadiendo la autonomía de actuación de una sociedad empresarial
jurídico-privada.



12. En este contexto, se aporta a continuación información en relación con
la segunda pregunta planteada, información pública y extraída tanto de
los informes de SAREB como de los sucesivos Informes semestrales a Cortes
de la Comisión de Seguimiento de la SAREB.



13. El stock de activos inmobiliarios adjudicados traspasados a SAREB,
entre las dos operaciones sucesivas de diciembre de 2012 y febrero de
2013, alcanzó la cifra de 106.856 activos entre producto terminado, suelo
y obra en curso, cuyo valor, a coste de adquisición, ascendió a 11.343
millones de euros. Durante el año 2013, SAREB vendió 9.177 activos
inmobiliarios. A junio de 2014, por canal minorista, la




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compañía había vendido 8.100 inmuebles. Por tanto, hasta el segundo
trimestre de 2014, se habría reducido el número de inmuebles en manos de
SAREB en al menos 17.277 inmuebles, quedando, por tanto, en su balance
89.579 unidades de activos inmobiliarios. Si tenemos en cuenta que a
junio de 2014, solo el 50,4 % de los activos traspasados inicialmente se
correspondía con vivienda residencial, de las 89.579 unidades en balance,
solo 45.148 serían viviendas residenciales.



14. No se dispone aún de información económico-financiera auditada de la
SAREB correspondiente al cierre del ejercicio de 2014.



Madrid, 6 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069674 y 184/069675



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GCiU).



Respuesta:



El Gobierno asume como prioridad el asunto interesado y por ello incluyó
dentro del Programa Nacional de Reformas 2013, el compromiso de aprobar
un nuevo Plan Nacional de Acción para la Inclusión Social 2013-2016
(PNAIN) de forma que se configurara como la estrategia nacional de
inclusión social y lucha contra la pobreza, y que fue definitivamente
aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros el 13 de diciembre del año
2013.



El planteamiento del PNAIN parte de una concepción de la pobreza y la
exclusión social como una problemática multidimensional, por lo que su
enfoque en la inclusión activa, siguiendo la «Recomendación de la
Comisión sobre la inclusión activa de las personas excluidas del mercado
laboral» de 2008, cuya principal característica es la integración de las
políticas sociales y las de empleo. El objetivo es tejer estrategias que
combinen la inserción por la vía laboral con el apoyo a los colectivos
más desfavorecidos a través del mantenimiento de adecuados niveles de
protección social que permitan desarrollar una vida digna y una mayor
cohesión social y económica que también repercuta en el bienestar de las
familias y de los menores.



El objetivo es proporcionar una provisión de servicios públicos más
eficientes mediante el desarrollo de nuevos instrumentos de coordinación
y cooperación entre los diferentes niveles territoriales de la
administración, con el apoyo de las entidades del tercer sector de acción
social.



El Plan define 3 objetivos estratégicos que incorporan 24 objetivos
operativos. Enmarcados en éstos últimos se recogen las diferentes
actuaciones. Además, se incluye un segundo bloque de actuaciones
complementarias específicamente dirigidas a la atención de los grupos de
población más vulnerables.



También este Plan de Inclusión incorpora por primera vez un objetivo
transversal de lucha contra la pobreza infantil, siguiendo la
«Recomendación Europea de la Comisión «Invertir en la infancia: romper el
ciclo de las desventajas» del año 2013. Cada uno de los objetivos
prioritarios y objetivos operativos incorpora este compromiso, intentando
aportar una visión de apoyo a la infancia, con el objetivo de mejorar el
bienestar de la infancia en situación de riesgo o exclusión social y
evitar de esta manera la transmisión intergeneracional de la pobreza.



El Plan incluye 240 actuaciones repartidas en tres objetivos estratégicos
y un apartado dedicado a los grupos más vulnerables. Dentro de los
diferentes objetivos estratégicos se destacan las siguientes actuaciones,
algunas de las cuales ya se han hecho realidad y otras se están
implementando en estos momentos.



Se refuerza la atención a las familias con hijos en situación de privación
material severa a través de los Servicios Sociales, mediante una partida
extraordinaria que en 2014 fue de 17 millones de euros y que en 2015 se
eleva a 32 millones de euros, para luchar contra la pobreza infantil y
apoyar a las familias y la infancia, que se repartirá a las Comunidades
Autónomas a través de transferencias del Estado. Estos fondos se destinan
por tanto a reforzar el apoyo que desde los servicios sociales se presta
a las familias con menores a su cargo. La gestión de este fondo se
gestiona por parte de las Comunidades Autónomas y, a través de éstas, en
su caso, por las corporaciones locales.




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306






Se impulsan los programas de Urgencia Social dentro de la Convocatoria de
Subvenciones de IRPF, con el objetivo de, en colaboración con ONGs,
financiar programas destinados al establecimiento y/o mantenimiento de
comedores sociales, entrega de alimentos y otros bienes de primera
necesidad tales como vestido o productos de higiene, a las personas y
familias más necesitadas. En la convocatoria de 2014 se incrementó el
20,6 % la partida con respecto al año 2013.



El Plan también recoge la gestión del nuevo Fondo Europeo de Ayuda a los
más Desfavorecidos (FEAD). Este Fondo viene en parte a sustituir al fondo
de ayuda alimentaria, que se gestionaba en el marco de la política
agraria común, si bien se caracteriza ahora por una reorientación hacia
el apoyo social y no solo material al establecerse la necesidad de que la
ayuda alimentaria vaya unida a un acompañamiento social que permita a las
personas superar la situación de vulnerabilidad en que se encuentran. El
Gobierno hizo una provisión de 40 millones de euros en el presupuesto de
2014 como adelanto de los fondos europeos, con el fin de agilizar el
desarrollo y gestión de este nuevo Fondo, y en 2015 desplegará todo su
potencial incrementándose las cuantías destinadas.



En materia de Servicios Sociales, se garantiza una red básica del sistema
de servicios sociales en todo el territorio nacional a través de la
aportación financiera del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad a la financiación del Plan concertado para el desarrollo de
prestaciones básicas de servicios sociales de corporaciones locales.



Se refuerza el Fondo de garantía de pago de alimentos destinado a
garantizar a los hijos e hijas menores de edad o hijos e hijas mayores de
edad con una discapacidad igual o superior al 65 % pertenecientes a
unidades familiares vulnerables y con insuficiencia de ingresos y se
apoya a las familias numerosas y aquellas con todos sus miembros en
desempleo en el pago de la electricidad mediante el Bono social.



En materia de protección frente al desempleo se da continuidad y se adaptó
el «Programa de Recualificación Profesional» (PREPARA) a fin de que tome
en consideración todos los miembros de la familia.



Se sigue implementando la Estrategia Nacional para la Inclusión Social de
la Población Gitana en España 2020, concretándose en el año 2014 en la
aprobación de un Plan Operativo con una mayor implicación y participación
de las comunidades autónomas y las entidades sociales.



Se ha consolidado y se ha hecho más operativo, el fondo social de
viviendas propiedad de las entidades de crédito, destinadas a ofrecer
cobertura a aquellas personas que hayan sido desalojadas de su vivienda
habitual. Y se ha proporcionado apoyo a las familias que tienen
dificultades en el pago de la deuda hipotecaria y se encuentran en
situación de especial vulnerabilidad mediante la aplicación efectiva del
Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas
con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual.



Se garantiza que la pobreza no sea la única justificación de la
declaración de desamparo de los menores, dando prioridad a la permanencia
en la familia de origen.



A las actuaciones que se insertan en este Plan hay que añadir también el
esfuerzo que ha realizado el Gobierno y los interlocutores sociales por
hacer frente a las consecuencias de la crisis de forma coordinada. El 29
de julio de 2014, los interlocutores sociales firmaron un acuerdo con el
objetivo de favorecer el crecimiento y el empleo y mejorar las
prestaciones sociales de aquellas personas que más lo necesitan.



Como primer paso, el Gobierno se ha comprometido a potenciar la
colaboración de los Ministerios de Empleo y Seguridad Social, de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad y de las Comunidades Autónomas para
elaborar un mapa completo de prestaciones sociales y subsidios de
desempleo en todo el territorio, de forma que se pueda impulsar la
coordinación, mejorar el sistema de prestaciones y hacer un uso más
eficaz y eficiente de los recursos disponibles.



También han acordado avanzar en los niveles de protección de determinadas
prestaciones, utilizando los recursos públicos disponibles, entre ellos
los procedentes del Fondo Social Europeo y del Fondo de Ayuda a los
Desfavorecidos anteriormente nombrado.



Dentro del análisis del modelo de prestaciones sociales, el Gobierno se ha
comprometido a evaluar, junto con las Comunidades Autónomas y los
interlocutores sociales, el actual modelo de Rentas Mínimas de Inserción
o Rentas Básicas, para garantizar su cobertura a todas las personas que
se encuentran en situación merecedora de protección y mejorar su
empleabilidad. El objetivo es dirigirse principalmente a las personas que
viven hogares sin ingresos laborales.




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307






De la misma forma, también existe un compromiso para ampliar los
mecanismos de protección ligados a las políticas de empleo a los parados
de larga duración en situación de especial necesidad para facilitar su
retorno al empleo sin perder la necesaria protección social.



El primer resultado de este acuerdo es el Real Decreto-ley 16/2014, de 19
de diciembre, por el que se regula el Programa de Activación para el
Empleo dirigido a parados de larga duración que hayan agotado todas sus
prestaciones y con cargas familiares y que combina la formación con una
prestación económica, con una cantidad de 426 euros.



Además, ya se están poniendo en marcha las medidas sociales anunciadas por
el presidente del Gobierno en el Debate de la Nación del año 2015,
dirigidas a fomentar la creación de empleo y trasladar la recuperación de
la economía a las familias mediante una agenda social y reformas
estructurales.



El Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda
oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden
social, publicado en el BOE del 28 de febrero de 2015, busca compensar a
los españoles por los esfuerzos realizados durante la crisis y ampliar
los efectos de la mejora de la economía a los sectores más vulnerables.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069677



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ciuró i Buldó, Lourdes (GCiU).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
todos los informes de seguimiento del Código de Buenas Prácticas están
publicados en la web del Ministerio de Economía y Competitividad, y
próximamente se publicarán los informes correspondientes al año 2014.



Se indican a continuación los enlaces de la página web del Ministerio de
Economía y Competitividad donde se encuentran publicados dichos informes:



— 1.º Informe:



http://www.mineco.gob.es/portal/site/mineco/menuitem.ac30f9268750bd56a0b0240e026041a0/?vgnextoid=b747cd88f5d2b310VgnVCM1000001d04140aRCRD&vgnextchannel=864e154527515310VgnV CM1000001d04140
aRCRD



— 2.º Informe:



http://www.mineco.gob.es/portal/site/mineco/menuitem.ac30f9268750bd56a0b0240e026041a0/?vgnextoid=e5edec68bfe9e310VgnVCM1000001d04140aRCRD&vgnextc
hannel=864e154527515310VgnVCM1000001d04140aRCRD



— 3.º Informe:



http://www.mineco.gob.es/portal/site/mineco/menuitem.ac30f9268750bd56a0b0240e026041a0/?vgnextoid=5ce0a7f2ee465410VgnVCM1000001d04140aRCRD&vgnextchannel=47386e0005e08310VgnV CM1000001d04140
aRCRD



Asimismo, cabe informar que el Informe sobre el cumplimiento del Código de
Buenas Prácticas correspondiente al semestre de julio a diciembre de
2014, elaborado por la Comisión de Control del Código de Buenas Prácticas
para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria
sobre la vivienda habitual, en cumplimiento de lo establecido en el
apartado seis del artículo 8 de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas
para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, ha sido enviado
por el Gobierno a la Comisión de Economía y Competitividad del Congreso
de los Diputados el 25 de marzo de 2015, con número de registro de
entrada en Cámara 187517.




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308






Cabe señalar que esos informes se publican junto a una nota de prensa que
explica su contenido por lo que van quedando almacenados cronológicamente
en el apartado Noticias de la web del Ministerio de Economía y
Competitividad. También es posible encontrar esos informes con la ayuda
del buscador de la propia web.



Por último, cabe destacar que este tipo de informes no se encuentra entre
la información que obligatoriamente se debe publicar en el Portal de
transparencia, según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno. No obstante, a pesar de
que no es obligatoria su publicación, los informes se publican en la web
del Ministerio de Economía y Competitividad, como se ha señalado con
anterioridad, dándoles publicidad y accesibilidad a todos los ciudadanos.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069683



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con las preguntas formuladas, se señala lo siguiente:



Cuando la Jefatura Provincial de Tráfico de Zaragoza comenzó a tener
problemas para cubrir los exámenes, se convocaron 3 puestos de carácter
temporal mientras se formaban nuevos examinadores. Estos puestos se
cubrieron temporalmente y se están prorrogando mientras siga siendo
necesaria su cobertura.



En lo relativo al concurso de traslados, este se preparó conjuntamente con
la Dirección General de la Función Pública durante los meses de
septiembre y octubre de 2014 y se publicó en el BOE de 2 de diciembre de
2014. A esa fecha no había ningún candidato con el curso superado que
pudiera concurrir a alguna plaza de examinador de la Jefatura Provincial
de Tráfico (JPT) de Zaragoza ni tampoco existía ninguna plaza ocupada en
comisión de servicios por algún funcionario examinador en dicha Jefatura.
Por lo tanto, siguiendo los criterios de la Dirección General de la
Función Pública no se incluyó ninguna vacante de examinador en esta
convocatoria al no existir ninguna posibilidad de ser cubierta.



Hay que tener en cuenta que para poder desempeñar el puesto de trabajo de
examinador de la Dirección General de Tráfico (DGT) ha de superarse un
curso de formación habilitante, con una duración aproximada de tres
meses. Durante el año natural se pueden llevar a cabo 3 cursos completos,
ya que los periodos festivos y veraniegos no son hábiles siendo la
capacidad máxima de formación por curso de 21 alumnos, debido al número
de instructores, vehículos y material a utilizar.



En el primer curso que se ha llevado a cabo durante el 2015 se han
incluido 2 plazas para la JPT de Zaragoza (de las 21 posibles).



En el segundo curso que comenzará en abril de 2015 se ha incluido 1 nueva
plaza para la JPT de Zaragoza.



La DGT mantendrá la formación de nuevos examinadores en su capacidad
máxima posible anual, e intentará que en cada curso se vayan incluyendo
plazas para la JPT de Zaragoza, dentro de la programación general que ha
de contar con las necesidades del resto del territorio nacional.



Madrid, 16 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069692



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rominguera Salazar, María del Mar; Lavilla Martínez, Félix; Gordo
Pérez, Juan Luis; Arnaiz García, María del Mar; Castellano Ramón, Helena;
Bedera Bravo, Mario; Rodríguez Ramos, María Soraya; Caldera
Sánchez-Capitán, Jesús y González Santín, María Luisa (GS).




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309






Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las funciones y
servicios en materia de enseñanza no universitaria han sido transferidas
a la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Como consecuencia de dicho
traspaso, la programación y ejecución de la oferta y de los servicios
educativos son competencia del Gobierno de dicha Comunidad que, mediante
Decreto 20/2008, de 13 de marzo, por el que se regula el servicio público
de comedor escolar en la Comunidad de Castilla y León, regula dicho
servicio.



El grupo de trabajo de calidad educativa e inclusión del Centro Nacional
de Innovación e Investigación Educativa, constituye un espacio para el
intercambio de experiencias y proyectos, en el que intervienen el
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades Autónomas.
En él no se adoptan decisiones vinculantes.



Sus áreas de actuación son las siguientes:



1. Actuaciones dirigidas a establecer marcos de colaboración institucional
entre las administraciones central y autonómica y los agentes implicados
para promover la educación para la salud en el sistema educativo y
favorecer la creación y el mantenimiento de Redes de Escuelas Promotoras
de Salud.



2. Actuaciones dirigidas a ofrecer a la comunidad educativa un mapa de
recursos consensuados por las instituciones implicadas y favorecer su
implementación en los centros educativos para la promoción de la salud,
por un lado, y la atención a las enfermedades o situaciones de riesgo,
por otro lado.



3. Actuaciones dirigidas a sensibilizar e implicar a la comunidad
educativa en el fomento de hábitos de vida saludable, con especial
incidencia en el ámbito familiar y el profesorado.



4. Actuaciones dirigidas a establecer indicadores que permitan evaluar los
logros en la adquisición de hábitos de vida saludables y los logros en la
atención a las demandas relacionadas con enfermedades en el ámbito
educativo.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069694



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campos Arteseros, Herick Manuel; Echávarri Fernández, Gabriel;
Blanquer Alcaraz, Patricia y Buyolo García, Federico (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la Convención
para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad
recoge la posibilidad de que las manifestaciones culturales de gran
relevancia puedan inscribirse en la Lista Representativa de Patrimonio
Cultural Inmaterial de la Humanidad.



Las iniciativas de presentación de una manifestación cultural como
candidata a la Lista Representativa de Patrimonio Inmaterial de la
Humanidad parten de la Comunidad Autónoma interesada que debe presentarla
ante el Consejo de Patrimonio Histórico, órgano de coordinación en
materia de patrimonio cultural entre el Estado y las Comunidades
Autónomas, previo examen de un grupo de trabajo designado por el Consejo
de Patrimonio Histórico a tal efecto. Esa manifestación debe, además,
cumplir una serie de requisitos, como estar incluida en un inventario de
patrimonio cultural inmaterial de la Comunidad Autónoma correspondiente,
así como demostrar que la candidatura es impulsada por la Comunidad o
Comunidades implicadas.



Una vez aprobada la propuesta por el Consejo de Patrimonio Histórico y
elaborada la candidatura según los modelos exigidos por la Unesco, se
presenta a la Sección de Patrimonio Inmaterial de este organismo. El
Gobierno, a través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, apoya
y hace seguimiento de todas las candidaturas que se presentan siguiendo
este procedimiento, tras la decisión del Consejo de Patrimonio Histórico.




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310






La candidatura de las «Fiestas de moros y cristianos» no ha sido
presentada al grupo de trabajo técnico ni al Consejo de Patrimonio
Histórico por ninguna Comunidad Autónoma, por lo que no ha sido sometida
a votación como candidatura nacional a la Lista Representativa del
Patrimonio Cultural Inmaterial. Por otra parte, es preciso tener en
cuenta las limitaciones establecidas de forma sobrevenida por la Unesco
en esta materia. Así, el número de candidaturas que analiza anualmente el
Comité de Patrimonio Cultural Inmaterial es de 50 como máximo y, además,
se prioriza a los países que no tienen manifestaciones inscritas, a las
candidaturas multinacionales y a los países que tienen pocas
manifestaciones inscritas. Todo ello ha determinado que en España haya
cuatro candidaturas pendientes de evaluación por parte de dicho Comité y
que España pueda presentar, en el mejor de los casos y dependiendo de las
circunstancias anteriormente mencionadas, una por año.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069707



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cortizo Nieto, Miguel Ángel; Seara Sobrado, Laura Carmen y
Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe señalar que la información
disponible sobre la recaudación de las distintas figuras impositivas, que
puede ser consultada por Sus Señorías en la página web de la Agencia
Tributaria en la siguiente dirección electrónica:



http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Memorias_y_estadisticas_tributarias/Estadisticas/Recaudacion_tributaria/Recaudacion_tributaria.shtml



Se refiere al conjunto de la actividad económica, sin que sea posible su
distinción por sectores de actividad.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069710



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana; Arnaiz García, María del Mar y Villarrubia
Mediavilla, Julio (GS).



Respuesta:



La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), como
organismo encargado de la gestión del régimen especial de la Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado, tiene la obligación de
proporcionar como mínimo, y así lo garantiza, la cartera de servicios
comunes del Sistema Nacional de Salud a sus mutualistas y beneficiarios,
con todas sus especialidades, y sin necesidad de copagos o fórmulas de
aseguramiento complementario.



En ese sentido, una de las principales características del sistema del
mutualismo administrativo gestionado por Muface es que la prestación de
asistencia sanitaria se proporciona, bien por los servicios públicos de
salud gestionados por las Comunidades Autónomas y el Instituto Nacional
de Gestión Sanitaria (INGESA) para las ciudades de Ceuta y Melilla, o
bien por cualquiera de las entidades de seguro médico privado concertadas
con MUFACE (que para este año son las mismas que para el año anterior, es
decir, ASISA, ADESLAS, DKV e Igualatorio de Cantabria), a libre elección
de los mutualistas el mes de enero de cada año.




Página
311






Por lo tanto, son los mutualistas los que libremente deciden a través de
qué medios desean ser atendidos, bien por los medios públicos o bien por
los medios privados proporcionados por las entidades de seguro médico. Y
ello sin perjuicio de que, tal y como regula el Concierto de Asistencia
Sanitaria en territorio nacional para 2015 (Resolución de 18 de diciembre
de 2014, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por
la que se publica el concierto suscrito con entidades de seguro para el
aseguramiento del acceso a la prestación de asistencia sanitaria en
territorio nacional, a los mutualistas y demás beneficiarios de la misma
que hayan optado por recibirla a través de entidades de seguro, durante
el año 2015 y se regula el cambio de entidad prestadora de la asistencia
sanitaria, BOE de 20 de diciembre de 2014) los mutualistas que hayan
escogido medios privados para ser atendidos, puedan acceder también a la
red sanitaria pública de las Comunidades Autónomas con cargo a las
entidades privadas a las que están adscritos en determinados casos, como
por ejemplo en el ámbito rural o en caso de urgencia médica de carácter
vital, a fin de garantizar una asistencia sanitaria de la máxima calidad
y con plena satisfacción de sus mutualistas, como ha acreditado la
Mutualidad a lo largo de los años.



A la vista de lo anterior, cabe informar que, una vez concluido el plazo
abierto durante el mes de enero para el cambio ordinario de entidad, en
la provincia de Palencia, 985 mutualistas y sus beneficiarios de Muface
han elegido recibir la prestación sanitaria a través del SACyL (Sanidad
de Castilla y León) gestionado por la Comunidad Autónoma de Castilla y
León y 5.658 mutualistas y sus beneficiarios de Muface han elegido
recibir esta prestación a través de las entidades de seguro médico
privado que han suscrito el Concierto de 2015, sin perjuicio en este
último caso y como se ha establecido anteriormente, de su derecho a
recibir asistencia sanitaria también en el SACyL, con cargo a las
entidades, en aquellos supuestos contemplados en el Concierto de 2015.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069711



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Arnaiz García, María del Mar; Caldera Sánchez-Capitán, Jesús y
Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), como
organismo encargado de la gestión del régimen especial de la Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado, tiene la obligación de
proporcionar como mínimo, y así lo garantiza, la cartera de servicios
comunes del Sistema Nacional de Salud a sus mutualistas y beneficiarios,
con todas sus especialidades, y sin necesidad de copagos o fórmulas de
aseguramiento complementario.



En ese sentido, una de las principales características del sistema del
mutualismo administrativo gestionado por Muface es que la prestación de
asistencia sanitara se proporciona, bien por los servicios públicos de
salud gestionados por las Comunidades Autónomas y el Instituto Nacional
de Gestión Sanitaria (INGESA) para las ciudades de Ceuta y Melilla, o
bien por cualquiera de las entidades de seguro médico privado concertadas
con Muface (que para este año son las mismas que para el año anterior, es
decir, Asisa, Adeslas, DKV e Igualatorio de Cantabria), a libre elección
de los mutualistas el mes de enero de cada año.



Por lo tanto, son los mutualistas los que libremente deciden a través de
qué medios desean ser atendidos, bien por los medios públicos o bien por
los medios privados proporcionados por las entidades de seguro médico. Y
ello sin perjuicio de que, tal y como regula el Concierto de Asistencia
Sanitaria en territorio nacional para 2015 (Resolución de 18 de diciembre
de 2014, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por
la que se publica el concierto suscrito con entidades de seguro para el
aseguramiento del acceso a la prestación de asistencia sanitaria en
territorio nacional, a los mutualistas y demás beneficiarios de la misma
que hayan optado por recibirla a través de entidades de seguro, durante
el año 2015 y se regula el cambio de entidad prestadora de la asistencia
sanitaria, BOE de 20 de diciembre de 2014) los mutualistas que hayan
escogido medios privados para ser atendidos, puedan acceder también a la
red sanitaria pública de las Comunidades Autónomas con cargo a las
entidades privadas a las que están adscritos en determinados casos, como
por ejemplo en el ámbito rural o en caso de urgencia médica de carácter
vital, a fin de garantizar una asistencia sanitaria de la máxima calidad
y con plena satisfacción de sus mutualistas, como ha acreditado la
Mutualidad a lo largo de los años.




Página
312






A la vista de lo anterior, cabe informar que, una vez concluido el plazo
abierto durante el mes de enero para el cambio ordinario de entidad, en
la provincia de Salamanca, 3.914 mutualistas y sus beneficiarios de
Muface han elegido recibir la prestación sanitaria a través del SACyL
(Sanidad de Castilla y León) gestionado por la Comunidad Autónoma de
Castilla y León y 14.358 mutualistas y sus beneficiarios de Muface han
elegido recibir esta prestación a través de las entidades de seguro
médico privado que han suscrito el Concierto de 2015, sin perjuicio en
este último caso y como se ha establecido anteriormente, de su derecho a
recibir asistencia sanitaria también en el SACyL, con cargo a las
entidades, en aquellos supuestos contemplados en el Concierto de 2015.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069712



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana; Gordo Pérez, Juan Luis y Arnaiz García,
María del Mar (GS).



Respuesta:



La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), como
organismo encargado de la gestión del régimen especial de la Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado, tiene la obligación de
proporcionar como mínimo, y así lo garantiza, la cartera de servicios
comunes del Sistema Nacional de Salud a sus mutualistas y beneficiarios,
con todas sus especialidades, y sin necesidad de copagos o fórmulas de
aseguramiento complementario.



En ese sentido, una de las principales características del sistema del
mutualismo administrativo gestionado por MUFACE es que la prestación de
asistencia sanitaria se proporciona, bien por los servicios públicos de
salud gestionados por las Comunidades Autónomas y el Instituto Nacional
de Gestión Sanitaria (INGESA) para las ciudades de Ceuta y Melilla, o
bien por cualquiera de las entidades de seguro médico privado concertadas
con Muface (que para este año son las mismas que para el año anterior, es
decir, Asisa, Adeslas, DKV e Igualatorio de Cantabria), a libre elección
de los mutualistas el mes de enero de cada año.



Por lo tanto, son los mutualistas los que libremente deciden a través de
qué medios desean ser atendidos, bien por los medios públicos o bien por
los medios privados proporcionados por las entidades de seguro médico. Y
ello sin perjuicio de que, tal y como regula el Concierto de Asistencia
Sanitaria en territorio nacional para 2015 (Resolución de 18 de diciembre
de 2014, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por
la que se publica el concierto suscrito con entidades de seguro para el
aseguramiento del acceso a la prestación de asistencia sanitaria en
territorio nacional, a los mutualistas y demás beneficiarios de la misma
que hayan optado por recibirla a través de entidades de seguro, durante
el año 2015 y se regula el cambio de entidad prestadora de la asistencia
sanitaria, BOE de 20 de diciembre de 2014) los mutualistas que hayan
escogido medios privados para ser atendidos, puedan acceder también a la
red sanitaria pública de las Comunidades Autónomas con cargo a las
entidades privadas a las que están adscritos en determinados casos, como
por ejemplo en el ámbito rural o en caso de urgencia médica de carácter
vital, a fin de garantizar una asistencia sanitaria de la máxima calidad
y con plena satisfacción de sus mutualistas, como ha acreditado la
Mutualidad a lo largo de los años.



A la vista de lo anterior, cabe informar que, una vez concluido el plazo
abierto durante el mes de enero para el cambio ordinario de entidad, en
la provincia de Segovia, 1.572 mutualistas y sus beneficiarios de Muface
han elegido recibir la prestación sanitaria a través del SACyL (Sanidad
de Castilla y León) gestionado por la Comunidad Autónoma de Castilla y
León y 5.507 mutualistas y sus beneficiarios de Muface han elegido
recibir esta prestación a través de las entidades de seguro médico
privado que han suscrito el Concierto de 2015, sin perjuicio en este
último caso y como se ha establecido anteriormente, de su derecho a
recibir asistencia sanitaria también en el SACyL, con cargo a las
entidades, en aquellos supuestos contemplados en el Concierto de 2015.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
313






184/069713



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Arnaiz García, María del Mar y Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), como
organismo encargado de la gestión del régimen especial de la Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado, tiene la obligación de
proporcionar como mínimo, y así lo garantiza, la cartera de servicios
comunes del Sistema Nacional de Salud a sus mutualistas y beneficiarios,
con todas sus especialidades, y sin necesidad de copagos o fórmulas de
aseguramiento complementario.



En ese sentido, una de las principales características del sistema del
mutualismo administrativo gestionado por Muface es que la prestación de
asistencia sanitaria se proporciona, bien por los servicios públicos de
salud gestionados por las Comunidades Autónomas y el Instituto Nacional
de Gestión Sanitaria (INGESA) para las Ciudades de Ceuta y Melilla, o
bien por cualquiera de las entidades de seguro médico privado concertadas
con Muface (que para este año son las mismas que para el año anterior, es
decir, Asisa, Adeslas, DKV e Igualatorio de Cantabria), a libre elección
de los mutualistas el mes de enero de cada año.



Por lo tanto, son los mutualistas los que libremente deciden a través de
qué medios desean ser atendidos, bien por los medios públicos o bien por
los medios privados proporcionados por las entidades de seguro médico. Y
ello sin perjuicio de que, tal y como regula el Concierto de Asistencia
Sanitaria en territorio nacional para 2015 (Resolución de 18 de diciembre
de 2014, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por
la que se publica el concierto suscrito con entidades de seguro para el
aseguramiento del acceso a la prestación de asistencia sanitaria en
territorio nacional, a los mutualistas y demás beneficiarios de la misma
que hayan optado por recibirla a través de entidades de seguro, durante
el año 2015 y se regula el cambio de entidad prestadora de la asistencia
sanitaria, BOE de 20 de diciembre de 2014) los mutualistas que hayan
escogido medios privados para ser atendidos, puedan acceder también a la
red sanitaria pública de las Comunidades Autónomas con cargo a las
entidades privadas a las que están adscritos en determinados casos, como
por ejemplo en el ámbito rural o en caso de urgencia médica de carácter
vital, a fin de garantizar una asistencia sanitaria de la máxima calidad
y con plena satisfacción de sus mutualistas, como ha acreditado la
Mutualidad a lo largo de los años.



A la vista de lo anterior, cabe informar que, una vez concluido el plazo
abierto durante el mes de enero para el cambio ordinario de entidad, en
la provincia de Burgos, 3.230 mutualistas y sus beneficiarios de Muface
han elegido recibir la prestación sanitaria a través del SACyL (Sanidad
de Castilla y León) gestionado por la Comunidad Autónoma de Castilla y
León y 8.402 mutualistas y sus beneficiarios de Muface han elegido
recibir esta prestación a través de las entidades de seguro médico
privado que han suscrito el Concierto de 2015, sin perjuicio en este
último caso y como se ha establecido anteriormente, de su derecho a
recibir asistencia sanitaria también en el SACyL, con cargo a las
entidades, en aquellos supuestos contemplados en el Concierto de 2015.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069714



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rominguera Salazar, María del Mar; Arnaiz García, María del Mar y
Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), como
organismo encargado de la gestión del régimen especial de la Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado, tiene la obligación de
proporcionar, como mínimo, y así lo garantiza, la cartera de servicios
comunes del Sistema Nacional de Salud a sus mutualistas y beneficiarios,
con todas sus especialidades, y sin necesidad de copagos o fórmulas de
aseguramiento complementario.




Página
314






En ese sentido, una de las principales características del sistema del
mutualismo administrativo gestionado por Muface es que la prestación de
asistencia sanitaria se proporciona, bien por los servicios públicos de
salud gestionados por las Comunidades Autónomas y el Instituto Nacional
de Gestión Sanitaria (INGESA) para las ciudades de Ceuta y Melilla, o
bien por cualquiera de las entidades de seguro médico privado concertadas
con Muface (que para este año son las mismas que para el año anterior, es
decir, Asisa, Adeslas, DKV e Igualatorio de Cantabria), a libre elección
de los mutualistas el mes de enero de cada año.



Por lo tanto, son los mutualistas los que libremente deciden a través de
qué medios desean ser atendidos, bien por los medios públicos o bien por
los medios privados proporcionados por las entidades de seguro médico. Y
ello sin perjuicio de que, tal y como regula el Concierto de Asistencia
Sanitaria en territorio nacional para 2015 (Resolución de 18 de diciembre
de 2014, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por
la que se publica el concierto suscrito con entidades de seguro para el
aseguramiento del acceso a la prestación de asistencia sanitaria en
territorio nacional, a los mutualistas y demás beneficiarios de la misma
que hayan optado por recibirla a través de entidades de seguro, durante
el año 2015 y se regula el cambio de entidad prestadora de la asistencia
sanitaria, BOE de 20 de diciembre de 2014) los mutualistas que hayan
escogido medios privados para ser atendidos, puedan acceder también a la
red sanitaria pública de las Comunidades Autónomas con cargo a las
entidades privadas a las que están adscritos en determinados casos, como
por ejemplo en el ámbito rural o en caso de urgencia médica de carácter
vital, a fin de garantizar una asistencia sanitaria de la máxima calidad
y con plena satisfacción de sus mutualistas, como ha acreditado la
Mutualidad a lo largo de los años.



A la vista de lo anterior, cabe informar que, una vez concluido el plazo
abierto durante el mes de enero para el cambio ordinario de entidad, en
la provincia de Zamora, 1.661 mutualistas y sus beneficiarios de Muface
han elegido recibir la prestación sanitaria a través del SACyL (Sanidad
de Castilla y León) gestionado por la Comunidad Autónoma de Castilla y
León y 5.843 mutualistas y sus beneficiarios de Muface han elegido
recibir esta prestación a través de las entidades de seguro médico
privado que han suscrito el Concierto de 2015, sin perjuicio en este
último caso y como se ha establecido anteriormente, de su derecho a
recibir asistencia sanitaria también en el SACyL, con cargo a las
entidades, en aquellos supuestos contemplados en el Concierto de 2015.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069715



Autor: González Santín, María Luisa; Sumelzo Jordán, Susana; Castellano
Ramón, Helena y Arnaiz García, María del Mar (GS).



Respuesta:



La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), como
organismo encargado de la gestión del régimen especial de la Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado, tiene la obligación de
proporcionar como mínimo, y así lo garantiza, la cartera de servicios
comunes del Sistema Nacional de Salud a sus mutualistas y beneficiarios,
con todas sus especialidades, y sin necesidad de copagos o fórmulas de
aseguramiento complementario.



En ese sentido, una de las principales características del sistema del
mutualismo administrativo gestionado por Muface es que la prestación de
asistencia sanitaria se proporciona, bien por los servicios públicos de
salud gestionados por las Comunidades Autónomas y el Instituto Nacional
de Gestión Sanitaria (INGESA) para las ciudades de Ceuta y Melilla, o
bien por cualquiera de las entidades de seguro médico privado concertadas
con Muface (que para este año son las mismas que para el año anterior, es
decir, Asisa, Adeslas, DKV e Igualatorio de Cantabria), a libre elección
de los mutualistas el mes de enero de cada año.



Por lo tanto, son los mutualistas los que libremente deciden a través de
qué medios desean ser atendidos, bien por los medios públicos o bien por
los medios privados proporcionados por las entidades de seguro médico. Y
ello sin perjuicio de que, tal y como regula el Concierto de Asistencia
Sanitaria en territorio nacional para 2015 (Resolución de 18 de diciembre
de 2014, de la Mutualidad General de




Página
315






Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el concierto
suscrito con entidades de seguro para el aseguramiento del acceso a la
prestación de asistencia sanitaria en territorio nacional, a los
mutualistas y demás beneficiarios de la misma que hayan optado por
recibirla a través de entidades de seguro, durante el año 2015 y se
regula el cambio de entidad prestadora de la asistencia sanitaria, BOE de
20 de diciembre de 2014) los mutualistas que hayan escogido medios
privados para ser atendidos, puedan acceder también a la red sanitaria
pública de las Comunidades Autónomas con cargo a las entidades privadas a
las que están adscritos en determinados casos, como por ejemplo en el
ámbito rural o en caso de urgencia médica de carácter vital, a fin de
garantizar una asistencia sanitaria de la máxima calidad y con plena
satisfacción de sus mutualistas, como ha acreditado la Mutualidad a lo
largo de los años.



A la vista de lo anterior, cabe informar que, una vez concluido el plazo
abierto durante el mes de enero para el cambio ordinario de entidad, en
la provincia de León, 3.349 mutualistas y sus beneficiarios de Muface han
elegido recibir la prestación sanitaria a través del SACyL (Sanidad de
Castilla y León) gestionado por la Comunidad Autónoma de Castilla y León
y 15.990 mutualistas y sus beneficiarios de Muface han elegido recibir
esta prestación a través de las entidades de seguro médico privado que
han suscrito el Concierto de 2015, sin perjuicio en este último caso y
como se ha establecido anteriormente, de su derecho a recibir asistencia
sanitaria también en el SACyL, con cargo a las entidades, en aquellos
supuestos contemplados en el Concierto de 2015.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069716



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix; Sumelzo Jordán, Susana y Arnaiz García,
María del Mar (GS).



Respuesta:



La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), como
organismo encargado de la gestión del régimen especial de la Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado, tiene la obligación de
proporcionar como mínimo, y así lo garantiza, la cartera de servicios
comunes del Sistema Nacional de Salud a sus mutualistas y beneficiarios,
con todas sus especialidades, y sin necesidad de copagos o fórmulas de
aseguramiento complementario.



En ese sentido, una de las principales características del sistema del
mutualismo administrativo gestionado por Muface es que la prestación de
asistencia sanitaria se proporciona, bien por los servicios públicos de
salud gestionados por las Comunidades Autónomas y el Instituto Nacional
de Gestión Sanitaria (INGESA) para las ciudades de Ceuta y Melilla, o
bien por cualquiera de las entidades de seguro médico privado concertadas
con Muface (que para este año son las mismas que para el año anterior, es
decir, Asisa, Adeslas, DKV e Igualatorio de Cantabria), a libre elección
de los mutualistas el mes de enero de cada año.



Por lo tanto, son los mutualistas los que libremente deciden a través de
qué medios desean ser atendidos, bien por los medios públicos o bien por
los medios privados proporcionados por las entidades de seguro médico. Y
ello sin perjuicio de que, tal y como regula el Concierto de Asistencia
Sanitaria en territorio nacional para 2015 (Resolución de 18 de diciembre
de 2014, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por
la que se publica el concierto suscrito con entidades de seguro para el
aseguramiento del acceso a la prestación de asistencia sanitaria en
territorio nacional, a los mutualistas y demás beneficiarios de la misma
que hayan optado por recibirla a través de entidades de seguro, durante
el año 2015 y se regula el cambio de entidad prestadora de la asistencia
sanitaria, BOE de 20 de diciembre de 2014) los mutualistas que hayan
escogido medios privados para ser atendidos, puedan acceder también a la
red sanitaria pública de las Comunidades Autónomas con cargo a las
entidades privadas a las que están adscritos en determinados casos, como
por ejemplo en el ámbito rural o en caso de urgencia médica de carácter
vital, a fin de garantizar una asistencia sanitaria de la máxima calidad
y con plena satisfacción de sus mutualistas, como ha acreditado la
Mutualidad a lo largo de los años.




Página
316






A la vista de lo anterior, cabe informar que, una vez concluido el plazo
abierto durante el mes de enero para el cambio ordinario de entidad, en
la provincia de Soria, 1.086 mutualistas y sus beneficiarios de MUFACE
han elegido recibir la prestación sanitaria a través del SACYL (Sanidad
de Castilla y León) gestionado por la Comunidad Autónoma de Castilla y
León y 3.564 mutualistas y sus beneficiarios de MUFACE han elegido
recibir esta prestación a través de las entidades de seguro médico
privado que han suscrito el Concierto de 2015, sin perjuicio en este
último caso y como se ha establecido anteriormente, de su derecho a
recibir asistencia sanitaria también en el SACYL, con cargo a las
entidades, en aquellos supuestos contemplados en el Concierto de 2015.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069717



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Ramos, María Soraya; Arnaiz García, María del Mar; Bedera
Bravo, Mario y Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), como
organismo encargado de la gestión del régimen especial de la Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado, tiene la obligación de
proporcionar como mínimo, y así lo garantiza, la cartera de servicios
comunes del Sistema Nacional de Salud a sus mutualistas y beneficiarios,
con todas sus especialidades, y sin necesidad de copagos o fórmulas de
aseguramiento complementario.



En ese sentido, una de las principales características del sistema del
mutualismo administrativo gestionado por Muface es que la prestación de
asistencia sanitaria se proporciona, bien por los servicios públicos de
salud gestionados por las Comunidades Autónomas y el Instituto Nacional
de Gestión Sanitaria (INGESA) para las ciudades de Ceuta y Melilla, o
bien por cualquiera de las entidades de seguro médico privado concertadas
con Muface (que para este año son las mismas que para el año anterior, es
decir, Asisa, Adeslas, DKV e Igualatorio de Cantabria), a libre elección
de los mutualistas el mes de enero de cada año.



Por lo tanto, son los mutualistas los que libremente deciden a través de
qué medios desean ser atendidos, bien por los medios públicos o bien por
los medios privados proporcionados por las entidades de seguro médico. Y
ello sin perjuicio de que, tal y como regula el Concierto de Asistencia
Sanitaria en territorio nacional para 2015 (Resolución de 18 de diciembre
de 2014, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por
la que se publica el concierto suscrito con entidades de seguro para el
aseguramiento del acceso a la prestación de asistencia sanitaria en
territorio nacional, a los mutualistas y demás beneficiarios de la misma
que hayan optado por recibirla a través de entidades de seguro, durante
el año 2015 y se regula el cambio de entidad prestadora de la asistencia
sanitaria, BOE de 20 de diciembre de 2014) los mutualistas que hayan
escogido medios privados para ser atendidos, puedan acceder también a la
red sanitaria pública de las Comunidades Autónomas con cargo a las
entidades privadas a las que están adscritos en determinados casos, como
por ejemplo en el ámbito rural o en caso de urgencia médica de carácter
vital, a fin de garantizar una asistencia sanitaria de la máxima calidad
y con plena satisfacción de sus mutualistas, como ha acreditado la
Mutualidad a lo largo de los años.



A la vista de lo anterior, cabe informar que, una vez concluido el plazo
abierto durante el mes de enero para el cambio ordinario de entidad, en
la provincia de Valladolid, 4.663 mutualistas y sus beneficiarios de
Muface han elegido recibir la prestación sanitaria a través del SACyL
(Sanidad de Castilla y León) gestionado por la Comunidad Autónoma de
Castilla y León y 18.918 mutualistas y sus beneficiarios de Muface han
elegido recibir esta prestación a través de las entidades de seguro
médico privado que han suscrito el Concierto de 2015, sin perjuicio en
este último caso y como se ha establecido anteriormente, de su derecho a
recibir asistencia sanitaria también en el SACyL, con cargo a las
entidades, en aquellos supuestos contemplados en el Concierto de 2015.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
317






184/069718



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Muñoz González, Pedro José; Sumelzo Jordán, Susana y Arnaiz García,
María del Mar (GS).



Respuesta:



La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), como
organismo encargado de la gestión del régimen especial de la Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado, tiene la obligación de
proporcionar como mínimo, y así lo garantiza, la cartera de servicios
comunes del Sistema Nacional de Salud a sus mutualistas y beneficiarios,
con todas sus especialidades, y sin necesidad de copagos o fórmulas de
aseguramiento complementario.



En ese sentido, una de las principales características del sistema del
mutualismo administrativo gestionado por Muface es que la prestación de
asistencia sanitaria se proporciona, bien por los servicios públicos de
salud gestionados por las Comunidades Autónomas y el Instituto Nacional
de Gestión Sanitaria (INGESA) para las ciudades de Ceuta y Melilla, o
bien por cualquiera de las entidades de seguro médico privado concertadas
con Muface (que para este año son las mismas que para el año anterior, es
decir, Asisa, Adeslas, DKV e Igualatorio de Cantabria), a libre elección
de los mutualistas el mes de enero de cada año.



Por lo tanto, son los mutualistas los que libremente deciden a través de
qué medios desean ser atendidos, bien por los medios públicos o bien por
los medios privados proporcionados por las entidades de seguro médico. Y
ello sin perjuicio de que, tal y como regula el Concierto de Asistencia
Sanitaria en territorio nacional para 2015 (Resolución de 18 de diciembre
de 2014, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por
la que se publica el concierto suscrito con entidades de seguro para el
aseguramiento del acceso a la prestación de asistencia sanitaria en
territorio nacional, a los mutualistas y demás beneficiarios de la misma
que hayan optado por recibirla a través de entidades de seguro, durante
el año 2015 y se regula el cambio de entidad prestadora de la asistencia
sanitaria, BOE de 20 de diciembre de 2014) los mutualistas que hayan
escogido medios privados para ser atendidos, puedan acceder también a la
red sanitaria pública de las Comunidades Autónomas con cargo a las
entidades privadas a las que están adscritos en determinados casos, como
por ejemplo en el ámbito rural o en caso de urgencia médica de carácter
vital, a fin de garantizar una asistencia sanitaria de la máxima calidad
y con plena satisfacción de sus mutualistas, como ha acreditado la
Mutualidad a lo largo de los años.



A la vista de lo anterior, cabe informar que, una vez concluido el plazo
abierto durante el mes de enero para el cambio ordinario de entidad, en
la provincia de Ávila, 1.375 mutualistas y sus beneficiarios de Muface
han elegido recibir la prestación sanitaria a través del SACyL (Sanidad
de Castilla y León) gestionado por la Comunidad Autónoma de Castilla y
León y 7.433 mutualistas y sus beneficiarios de Muface han elegido
recibir esta prestación a través de las entidades de seguro médico
privado que han suscrito el Concierto de 2015, sin perjuicio en este
último caso y como se ha establecido anteriormente, de su derecho a
recibir asistencia sanitaria también en el SACyL, con cargo a las
entidades, en aquellos supuestos contemplados en el Concierto de 2015.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069720



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma y Cortizo Nieto, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Plan de
Infraestructuras, Transporte y Vivienda-PITVI en su subprograma 4.1.6.2
Promoción de los modos no motorizados, dentro del programa de actuación
de regulación, control y supervisión, contempla dinamizar desde el ámbito
estatal la promoción de la movilidad no motorizada.




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318






Las grandes líneas de trabajo que se recogen son las siguientes:



— Apoyo, mediante medidas de divulgación y sensibilización, de todas
aquellas actuaciones emprendidas por administraciones locales, operadores
de transporte y empresas u otros centros de atracción de viajes,
dirigidas a la promoción de los modos no motorizados.



— Impulso a su incorporación en la elaboración y realización del Plan de
Movilidad Sostenible-PMS, así como facilitación de su intermodalidad en
los servicios de transporte gestionados por las empresas y entidades del
Grupo y sus correspondientes terminales, establecimiento de criterios de
diseño y uso.



— Protección de la movilidad no motorizada en las redes de
infraestructuras del Estado.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069723 y 184/069724, 184/069736



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma y Cortizo Nieto, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Los informes de posicionamiento terapéuticos (IPT) de sofosbuvir (Sovaldi)
y simeprevir (Olysio) fueron aprobados por el Grupo de Coordinación del
Posicionamiento Terapéutico el 9 de septiembre de 2014 y publicados
posteriormente. En el caso de estos dos medicamentos, su aprobación se
trasladó también a la Comisión Permanente de Farmacia. Los informes se
actualizan ante nuevos datos.



Estos IPT garantizan la igualdad en el acceso, y trasladan sus
conclusiones a la «Estrategia terapéutica de priorización para el uso de
antivirales de acción directa para el tratamiento de la hepatitis crónica
por virus C (VHC) en el ámbito del Sistema Nacional de Salud» en el seno
de la Comisión Permanente de Farmacia.



El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS), como
máxima autoridad sanitaria de nuestro país, en el que participan el
Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y los Consejeros de
Sanidad de las Comunidades Autónomas, en el Pleno celebrado el pasado 14
de enero, ha acordado la elaboración del Plan Estratégico de Abordaje de
la Hepatitis C en el SNS.



El pasado 26 de febrero, el comité de expertos nacionales e
internacionales, coordinados por el Dr. Joan Rodés, presentó el Plan
Estratégico Nacional para el Abordaje de la Hepatitis C. El objetivo
general es disminuir la morbimortalidad causada por el virus, mejorando
la prevención, el diagnóstico, el tratamiento y el seguimiento de los
pacientes en todo el Sistema Nacional de Salud.



En la elaboración del Plan han participado las Comunidades Autónomas, que
han aportado registros, genotipado y grado de fibrosis de sus pacientes,
además de la información sobre centros y unidades especializadas. También
los consejos profesionales de Medicina, Enfermería y Farmacia, las
sociedades científicas implicadas y las asociaciones de pacientes.



El Plan tendrá cuatro líneas de trabajo:



1. Conocer la magnitud del problema y prevención. En esta línea, el comité
de expertos ha recomendado realizar un registro de pacientes con
hepatitis C tratados con antivirales en el Sistema Nacional de Salud.
Además, proponen varias medidas orientadas a la prevención, como la
puesta en marcha de una página web para informar a la población, los
programas de cribado neonatal en mujeres con mayor riesgo de exposición a
la infección y de reducción de daños en el ámbito de Instituciones
Penitenciarias.



2. Establecer la estrategia terapéutica. En este punto, los expertos
recomiendan tratar con los nuevos antivirales a pacientes tanto
monoinfectados como coinfectados con el VIH. Dentro de ellos, los
pacientes prioritarios son los siguientes:



— Pacientes con fibrosis hepática significativa (F2 a F4) con
independencia de la existencia o no de complicaciones previas a la
hepatopatía.



— Pacientes en lista de espera de trasplante hepático o trasplantados
(hepáticos que hayan vuelto a infectarse y no hepáticos con hepatitis C).




Página
319






— Pacientes que no hayan respondido a la triple terapia con inhibidores de
la proteasa de primera generación.



— Pacientes con hepatitis C con manifestaciones extrahepáticas
clínicamente relevantes del virus de la hepatitis C, sea cual sea el
grado de fibrosis.



— En cualquier caso, y también con independencia del grado de fibrosis, se
debe indicar el tratamiento en pacientes con elevado riesgo de trasmisión
y mujeres en edad fértil que deseen un embarazo.



Los tratamientos, que durarán, en general, 12 semanas (aunque
ocasionalmente la duración puede ser superior o inferior), serán
prescritos por el médico especialista.



— Mecanismos de coordinación. Entre ellos, los expertos destacan la
necesidad de garantizar el acceso a los nuevos antivirales en condiciones
de equidad para los pacientes que lo precisen y, a la vez, monitorizar la
efectividad terapéutica y los resultados de salud en los pacientes.



— I+D. El Plan elaborado por el comité de expertos prevé estudiar los
eventos específicos relacionados con la prevalencia e incidencia de la
infección y desarrollar líneas de trabajo con financiación a través del
Instituto de Salud Carlos III.



Con el objetivo de poner en marcha las medidas incluidas en el Plan
Estratégico y de incorporar a la financiación pública todo el arsenal
terapéutico de antivirales de última generación, el Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha mantenido una negociación con
los laboratorios farmacéuticos que están desarrollando estos
medicamentos. En la Comisión Interministerial de Precios de los
Medicamentos, celebrada el 23 de febrero, se ha acordado incorporar tres
nuevos medicamentos, Harvoni (una combinación de sofosbuvir más
ledipasvir) y Vikerax y Exviera (una combinación de cuatro principios
activos: paritaprevir, ritonavir, dasabuvir y ombitasvir). Se han
empleado las fórmulas de riesgo compartido, una «tarifa plana» (significa
que el SNS paga lo mismo si el tratamiento dura las 12 semanas
establecidas que si hay que ampliarlo a 24 semanas), el precio por
volumen (a más pacientes baja el precio) y el techo de gasto.



En concreto, se ha establecido un techo de gasto de 727 millones de euros,
a pagar en tres años, lo que garantiza que los servicios de salud puedan
asegurar el acceso a estos medicamentos a los pacientes de manera
inmediata (el Plan establece un plazo de tres semanas) a los que se los
prescriban los hepatólogos en base a los criterios incluidos en el Plan.



El pasado 2 de marzo los Ministerios de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad y de Hacienda y Administraciones Públicas han acordado con los
responsables de salud de las Comunidades Autónomas un Plan de
Financiación para garantizar que todos los pacientes de hepatitis C que
cumplan los criterios establecidos por los médicos reciban tratamiento
con antivirales de última generación.



En concreto, el plan trasladado a las Comunidades Autónomas implica poder
aprovechar los fondos de financiación a Comunidades Autónomas para
financiar los tratamientos, devolviendo el dinero a 10 años, a tipos de
interés del 0 %, en 2015 para las Comunidades Autónomas adheridas al
Fondo de Liquidez Autonómica (FLA), y también en 2016 y 2017 para las
adheridas a Facilidad Financiera.



Con Madrid y País Vasco, fuera de los mecanismos de financiación, se
negociará bilateralmente para garantizar también la equidad en el acceso
a los tratamientos de todos los pacientes



El Plan Estratégico para el Abordaje de la Hepatitis C recibirá la
aprobación formal en el próximo Consejo Interterritorial del Sistema
Nacional de Salud, previsto para finales de marzo. Sin embargo, los
pacientes ya pueden recibir los medicamentos y, de hecho, sólo en el mes
de enero son 4.500 los que se estima que han comenzado el tratamiento.



De acuerdo con el Plan Estratégico para el Abordaje de esta enfermedad,
España se convierte en el primer país del mundo en establecer una
garantía de tratamiento para los pacientes de hepatitis C con los nuevos
medicamentos.



Los datos de carácter autonómico podrán ser aportados por la propia
Comunidad Autónoma.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069727



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cortizo Nieto, Miguel Ángel y Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).




Página
320






Respuesta:



En el Servicio Público de Empleo Estatal no hay ningún expediente
informativo abierto a la Comunidad Autónoma de Galicia.



Madrid, 27 de febrero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/069728



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma y Cortizo Nieto, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El Reglamento (UE) n.º 1379/2013, por el que se establece la organización
común de mercados en el sector de los productos de la pesca y la
acuicultura recoge, en su artículo 35, los requisitos obligatorios sobre
información al consumidor; uno de ellos es la zona de captura.



Para los productos de la pesca capturados en el mar se debe indicar el
nombre de la zona de captura establecido por la Organización de Naciones
Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO).



El Gobierno considera que la denominación FAO de la Subzona IX 1 de la
zona 27 (Atlántico nororiental), no transmite al consumidor la
información adecuada puesto que las capturas que se realizan en Galicia y
Andalucía occidental en esta subzona se llevan a cabo en aguas españolas.



Por ello, el Gobierno ha solicitado a la FAO que esta sub-zona se denomine
«Aguas Hispano Lusas».



1 «Subzona IX (Aguas Portuguesas) con sus divisiones a y b (Aguas
portuguesas este y Aguas portuguesas oeste)».



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069731



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cortizo Nieto, Miguel Ángel y Rodríguez Vázquez, María Paloma.



Respuesta:



El Ministerio de Fomento posee su propia metodología de diagnóstico y
emplea conceptos acordes con el resto de la Unión Europea en materia de
seguridad vial. En concreto emplea conceptos como el de Tramos de
Concentración de Accidentes, tramos que una vez identificados son
tratados en el menor plazo posible para corregir las deficiencias de
seguridad vial.



En cuanto a previsiones, los tramos que necesitan actuaciones de
conservación y de seguridad vial se van identificando con las
herramientas de diagnóstico de la Dirección General de Carreteras y se va
actuando sobre ellos lo antes posible conforme a los criterios de
prioridad y las disponibilidades presupuestarias. Se trata pues de un
proceso dinámico y continuo de diagnosis y actuación con cargo a las
partidas presupuestarias genéricas de conservación y seguridad vial de
cada provincia en los Presupuestos Generales del Estado.



Por último, en lo que respecta a las actuaciones más ambiciosas, éstas son
las reflejadas en los Presupuestos Generales del Estado y en la
planificación vigente recogida en el Plan de Infraestructuras,
Transportes y Vivienda (PITVI).



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
321






184/069732



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cortizo Nieto, Miguel Ángel y Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



Según los últimos datos disponibles, correspondientes al informe del mes
de febrero, que se refiere a datos de contratos registrados y en vigor a
31 de diciembre, en Galicia hay 8.460 contratos firmados, registrados y
en vigor (8.345 son contratos en los que el suministrador de la leche es
un ganadero, lo que supone el 82 % de los ganaderos).



En relación con la duración de los contratos, en Galicia la duración media
de los contratos registrados y en vigor, es de 5 meses. Esta media es
superior en las relaciones contractuales con cooperativas, (8-9 meses) y
es menor en el resto (3-4 meses).



Los precios reflejados en los contratos deben permanecer en el ámbito de
la relación privada entre las partes que llegan a un acuerdo, en
aplicación de las normas de competencia. Sin embargo, se dispone de
información sobre el tipo de precio que se refleja en las relaciones
contractuales, que puede ser un precio fijo, variable, en función de
determinados índices de mercado previamente acordados por las partes, o
mixto, contar con un componente fijo y uno variable. En Galicia las
relaciones contractuales con cooperativas se encuentran equilibradas en
la utilización de precios fijos y variables, sin embargo, en el resto de
relaciones contractuales la mayor parte se basan en un precio fijo.



El Gobierno, en particular el Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente, no dispone de información concreta sobre la utilización
de índices de referenciación de precios por los operadores del sector, si
bien tras la publicación del Real Decreto 125/2015, la generalización de
la obligatoriedad del contrato por un año entre el productor y el primer
comprador se traducirá en una mayor utilización de este tipo de índices.



En relación con los precios, cabe señalar que, tras los precios record
alcanzados durante 2013, se ha registrado un descenso paulatino a lo
largo de todo 2014, tanto a nivel comunitario como nacional. Este
descenso de los precios ha ido ligado al aumento de producción registrado
tanto en España como en la mayor parte de países de la Unión Europea y
también a nivel mundial. Este exceso de producción no está siendo bien
absorbido por la industria, lo que ha agravado la situación de los
precios y está impidiendo su recuperación.



En este escenario de gran volatilidad que vienen experimentando los
precios de la leche cruda en los últimos años, en España y en la Unión
Europea, los contratos de larga duración referenciados a índices que
reflejen las condiciones del mercado, los costes de producción, etc…
mitigan los extremos de volatilidad, consiguiendo un precio más estable a
lo largo del periodo contractual.



El precio en Galicia es habitualmente un 5 % inferior al precio medio
nacional. Excepcionalmente, en los primeros meses de 2014, los precios en
Galicia mostraron una evolución más positiva que la media nacional, con
descensos menos acusados y valores muy cercanos a la media nacional. Sin
embargo han vuelto a su tendencia habitual, por debajo de la media
nacional.



En cuanto a las propuestas de la Xunta, Galicia propuso atribuir a la
Administración la capacidad de decidir los casos en los que un ganadero
puede rechazar la duración de un año en la relación contractual,
delimitándolos únicamente a los casos de jubilación o cese de actividad.
Esta observación no se ha podido contemplar dado que supondría atribuir a
la Administración una capacidad que la normativa comunitaria otorga al
ganadero, con el objetivo de permitirle decidir en última instancia si
desea o no un contrato de larga duración en las condiciones ofertadas por
el comprador. Es el ganadero quién debe conservar el derecho a decidir en
qué casos quiere rechazar la duración de un año en la relación
contractual.



Por otro lado, se han atendido varios cambios de redacción propuestos por
la Xunta de Galicia, los más significativos referentes a las condiciones
de contratación, en particular sobre las adendas de modificación de los
contratos y a la prohibición de simultaneidad de contratos entre un mismo
suministrador y un mismo receptor.



El Gobierno sigue muy de cerca la evaluación del sector lácteo, realizando
una monitorización exhaustiva del mercado y trabajando en diferentes
ámbitos para el mantenimiento y viabilidad de un sector que es
estratégico desde el punto de vista social y económico y con una
presencia clave en gran parte de las zonas rurales, especialmente en la
Comunidad Autónoma gallega.



Madrid, 10 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
322






184/069734



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma y Cortizo Nieto, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe señalar que no compete al
Gobierno valorar la ejecución de los Presupuestos de las Comunidades
Autónomas.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069738



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
la definición, desarrollo y ejecución de la política relativa al comercio
exterior e intracomunitario de material de defensa, de otro material y de
doble uso se regula de acuerdo con lo establecido en la Ley 53/2007, de
28 de diciembre, sobre el control del comercio exterior de material de
defensa y de doble uso. La Junta Interministerial Reguladora del Comercio
Exterior de Material de Defensa y de Doble Uso (JIMDDU) alcanzó, en su
reunión de julio de 1996, un acuerdo en el que se establece:



«La JIMDDU, a la vista de la sensibilidad que los asuntos relacionados con
las transferencia de material de defensa y de doble uso tienen ante la
opinión pública, acuerda extremar las medidas de coordinación sobre estos
temas, reafirmándose en la decisión tomada en su momento de personificar
en el Presidente y Vicepresidente el cauce de transmisión de la
información relacionada con estos asuntos. Para permitir el correcto
funcionamiento de ese mecanismo, cualquier solicitud de información
recibida por un vocal de la JIMDDU o funcionario competente en esos
asuntos debe ser canalizada a la Secretaría del Presidente y/o del
Vicepresidente, que adoptarán la decisión que estimen oportuna.»



No obstante, desde la imposición del embargo de la Unión Europea a Siria
el 9 de mayo de 2011, no se ha autorizado la exportación de ninguna clase
de material militar o de doble uso a este destino.



Por lo que respecta a las licencias y a los acuerdos previos de
exportación de material de defensa autorizados a Irak, el usuario final
fue, en todos los casos, el Ministerio de Defensa iraquí.



Cada solicitud de exportación, autorizada desde la fecha mencionada con
destino a los países limítrofes a Siria o a los países del Golfo Pérsico,
fue previamente analizada caso por caso. Los usuarios finales fueron
organismos o empresas de naturaleza pública y las licencias estuvieron
acompañadas de garantías de uso final y de estrictas cláusulas de no
reexportación.



Madrid, 10 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069739



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Ramírez, María José (GS).




Página
323






Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, el Gobierno se remite a los
siguientes enlaces de la administración presupuestaria que recogen la
información que se encuentra actualmente publicada (la fuente es la
Intervención General de la Administración del Estado, IGAE):



1. Avance de la Liquidación del Presupuesto 2014, Volumen I (Estado) y
Estadística de Ejecución del Presupuesto a noviembre de 2014:



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/AVANCE%20ESTADO_2014%20%28INTERNET%29.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/ 11-14%20MENSUAL.pdf



2. Avance de la Liquidación del Presupuesto 2014, Volumen II (Organismos)
y Distribución territorial de la Inversión del Estado y sus Organismos,
datos a 30 de junio de 2014:



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/AVANCE%20OOAA_%202014%20(INTERNET).pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/DISTRIBUCIÓN%20TERRITORIAL%20PRIMER%20SEMESTRE%202014.pdf



3. Presupuestos Generales del Estado, Liquidación del Presupuesto del
ejercicio 2013, Volumen III (Presupuestos de Explotación y Capital):



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACI%c3%93N%20EXPLOTACI%c3%93N%20Y%20CAPITAL_2013%20%28INTERNET%29.pdf



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069743



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pezzi Cereto, Manuel (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el artículo 7 de
la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, establece que la
«actuación de la Administración del Estado en el ámbito del deporte
corresponde y será ejercida directamente por el Consejo Superior de
Deportes». En la relación de competencias que le otorga dicha Ley al
Consejo Superior de Deportes, se observa que todas están relacionadas con
el deporte federado que desarrollan las federaciones deportivas españolas
que, a su vez, tiene su incidencia en las federaciones autonómicas.



En este sentido, en las competiciones que organiza la Real Federación
Española de Atletismo (RFEA) se incluyen las 23 categorías de edad de
veteranos, que van desde los 35 a los 99 años en hombres y desde los 35 a
los 84 años en mujeres.



Hombres;Mujeres



M-35 De 35 a 39 años;F-35 De 35 a 39 años



M-40 De 40 a 44 años;F-40 De 40 a 44 años



M-45 De 45 a 49 años;F-45 De 45 a 49 años



M-50 De 50 a 54 años;F-50 De 50 a 54 años



M-55 De 55 a 59 años;F-55 De 55 a 59 años



M-60 De 60 a 64 años;F-60 De 60 a 64 años




Página
324






Hombres;Mujeres



M-65 De 65 a 69 años;F-65 De 65 a 69 años



M-70 De 70 a 74 años;F-70 De 70 a 74 años



M-75 De 75 a 79 años;F-75 De 75 a 79 años



M-80 De 80 a 84 años;F-80 De 80 a 84 años



M-85 De 85 a 89 años;



M-90 De 90 a 94 años;



M-95 De 95 a 99 años;



No obstante, existen otra serie de competiciones federadas de ámbito
privado, que se incluyen en el calendario nacional de la RFEA, para las
que el Reglamento General de Competiciones recomienda establecer
clasificaciones por categorías, incluyendo en este apartado a los atletas
veteranos. De esta manera, se facilita que los organizadores privados
organicen competiciones dentro del marco del deporte federado.



Por su parte, fuera del ámbito del deporte federado, el Gobierno no puede
obligar a un organizador —del tipo que sea— a regular la actividad que
desarrolla.



Madrid, 13 marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069744



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: García Gasulla, Guillem (GS).



Respuesta:



De acuerdo con el principio de proximidad establecido en la Directiva
Marco de Residuos, los residuos deben gestionarse en las instalaciones de
tratamiento más próximas al lugar de su generación.



El Programa Estatal de prevención de residuos de prevención 2014-2020
aprobado en diciembre de 2013, desarrolla la política de prevención de
residuos con el objetivo último de reducir los residuos generados en 2020
en un 10 % respecto del peso de los residuos generados en 2010.



El Programa se articula en torno a cuatro líneas estratégicas destinadas a
incidir en los elementos clave de la prevención de residuos: disminución
de la cantidad de residuos, reutilización y alargamiento de su vida útil,
reducción del contenido de sustancias nocivas en materiales y productos,
así como de sus impactos sobre la salud humana y el medio ambiente.



El Programa propone un conjunto de actuaciones en cada línea estratégica
para los flujos de residuos que identifican como prioritarios para
avanzar de forma efectiva en la prevenció n.



Madrid, 10 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069745



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gordo Pérez, Juan Luis (GS).



Respuesta:



La medida a la que se refiere la pregunta parlamentaria, y que actualmente
el Ministerio de Fomento está estudiando, se refiere a la posibilidad de
desviar los vehículos pesados de cuatro o más ejes (Grupo tarifario de
autopistas «Pesados 2») en los tramos de carretera convencional en los
que exista, en el mismo corredor, una autopista de peaje, para tratar de
mejorar las condiciones de circulación en las citadas carreteras
convencionales. Para favorecer la aceptación de la medida, su
implantación iría acompañada de una bonificación sobre el peaje a abonar.




Página
325






En los Presupuestos Generales del Estado para 2015, se previó una partida
presupuestaria al efecto (aplicación 17.20.441M.47302) dotada con 5
millones de euros, con el alcance que se deduce de su denominación: «Para
compensar a las sociedades concesionarias de autopistas de peaje
dependientes de la Administración, por reducciones de peaje para
potenciar el uso de las mismas por vehículos pesados, según Convenios».
La previsión presupuestaria en 2015 es suficiente para atender el coste
estimado para la Administración General del Estado.



Los tramos que están siendo objeto de estudio son los siguientes:



Autopista;Tramo;Carretera Convencional



AP-6;Villalba-Adanero;N-VI



AP-61;Segovia-San Rafael;N-603



AP-51;Ávila-Villacastín;N-110



AP-4;Dos Hermanas-Jerez Norte;N-IV



AP-7;Silla-San Juan;N-332



AP-7;Hospitalet de l'Infant-Oropesa;N-340



AP-7;Altafulla/Torredembarra;N-340



AP-8;Torredembarra-Villafranca Sur;N-340



AP-7;Villafranca (Sur)-Martorell;N-340



AP-2;Lleida-Montblanc;N-240



AP-2;Alfajarín-Fraga;N-II



AP-68;Miranda de Ebro-Alagón;N-124



AP-1;Rubena-Armiñón;N-I



AP-9;Ferrol-Frontera portuguesa;N-550



AP-66;León-Campomames;N-630



AP-53;Santiago-Alto de Santo Domingo;N-525



AP-7;Cartagena-Vera;RM-332



En cuanto al impacto económico que la medida podría tener en los precios
del transporte, debe indicarse que se ha efectuado un estudio comparativo
del coste de circular por la autopista de peaje y por la carretera
convencional (teniendo en cuenta costes de carburante y de tiempo de
personal). En dicho estudio se ha obtenido que un vehículo de cuatro o
más ejes con bonificación de peaje, que circule por los tramos de
autopista considerados, podría tener un coste medio de circulación algo
inferior a si utiliza únicamente carreteras convencionales para su
desplazamiento.



Actualmente, el Ministerio de Fomento está manteniendo contactos con los
colectivos de transportistas afectados para consensuar la implantación de
las posibles medidas.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069747



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Elorza González, Odón (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, en la tabla
siguiente se recogen, ordenados por Comunidades Autónomas, los municipios
que han superado el valor límite anual (40µg/m3) desde el año 2010,
teniendo en cuenta que 2013 es el último año del que se dispone de datos
validados en la base de datos del Ministerio de Agricultura, Alimentación
y Medio Ambiente.




Página
326






COMUNIDAD AUTÓNOMA;MUNICIPIO;AÑO;MEDIA ANUAL



(MÁXIMA ESTACIÓN)



C.A. DE MADRID;MADRID;2010;68



;;2011;63



;;2012;57



;;2013;54



;LEGANÉS;2010;44



;;2011;44



;;2012;42



;COSLADA;2010;47



;;2011;47



;;2012;44



;GETAFE;2011;44



CATALUÑA;BADA LONA;2010;41



;BARCELONA;2010;64



;;2011;66



;;2012;61



;;2013;57



;GRANOLLERS;2010;41



;;2012;42



;HOSPITALET DE LLOBREGAT;2010;41



;MOLLET DEL VA LLÈS;2010;55



;;2011;49



;;2012;46



;;2013;45



;EL PRAT DE LLOBREGAT;2010;41



;SABADELL;2010;53



;;2011;49



;;2012;52



;;2013;48



;SANTA COLOMA DE GRAMENET;2010;43



;;2011;41



;;2012;42



;TERRASSA;2010;49



;;2011;51



;;2012;45



;;2013;44



ANDALUCÍA;GRANADA;2010;47



;;2011;48



;;2012;46



;;2013;42



;SEVILLA;2011;46



C. VALENCIANA;VALENCIA;2010;45



;;2013;45



ILLES BALEARS;PALMA DE MALLORCA;2010;42



;;2011;42



PAÍS VASCO;BILBAO;2010;41



REGIÓN DE MURCIA;MURCIA;2012;41



;;2013;43




Página
327






La legislación española establece dos valores límite para el NO2: el valor
límite anual (40µg/m3), y valor límite horario (200 µg/m3), que no debe
superarse en más de 18 ocasiones.



Como se aprecia en la tabla anterior, el municipio de Madrid supera los
valores anuales de NO2 en el periodo 2010-2013. Y con los datos
registrados en el 2014, aún sin validar, se seguirá superando el valor
anual de NO2. En cuanto al año 2015, con los datos registrados, ya se ha
superado el valor límite horario (200 µg/m3) en más de 18 ocasiones en
algunas de las estaciones.



La contaminación por NO2 en áreas urbanas se debe en un 80 % a las
emisiones del tráfico rodado, y en especial a los vehículos diesel que
son, a efectos de este contaminante, entre 12 y 15 veces más
contaminantes que los de gasolina. En situaciones anticiclónicas
prolongadas se producen los episodios de contaminación más agudos.



El 12 de abril de 2013, se aprobó, por Acuerdo de Consejo de Ministros el
Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera 2013-2016:
Plan AIRE, que puede consultarse en la página web del Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Este Plan contempla 78
medidas, muchas de ellas dirigidas a reducir la contaminación por
partículas y dióxido de nitrógeno en las grandes aglomeraciones urbanas,
estas medidas están en diversas fases de implementación.



Una de las medidas que se propone en el Plan AIRE es modificar el Real
Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del
aire, para regular el concepto de «episodio de contaminación» y
establecer criterios que permitan definir actuaciones concretas adaptadas
a las características y necesidades de cada zona. Esta será una
herramienta con la que poder tomar medidas preventivas o correctivas ante
situaciones de gran concentración de contaminantes en zonas
metropolitanas y su periferia.



Desde el Gobierno también se está trabajando en medidas que incentiven el
uso de vehículos menos contaminantes, mediante la clasificación y
etiquetado de los vehículos en función de su potencial contaminador,
entre otras.



Por lo que conoce el Gobierno, el Ayuntamiento de Madrid está ultimando la
aprobación de un Protocolo de medidas a adoptar en caso de episodios de
contaminación por dióxido de nitrógeno, cuyo objetivo es que no se
alcancen los niveles de alerta y reducir la duración de episodios de alta
contaminación. A la luz de los últimos episodios de contaminación
acaecidos en Madrid, el texto original del protocolo se ha modificado
para adelantar las medidas de información y de restricción de la
circulación, con el objetivo de que el protocolo sea eficaz.



En relación con los motores diesel, el Plan AIRE incluye la medida
denominada Control de parámetros adicionales relacionados con la
contaminación atmosférica en la Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
Con esta medida lo que se pretende es impulsar en la reglamentación
comunitaria la inclusión, cuando sea técnicamente posible, de
metodologías de ensayo y uso de instrumentos que permitan, tan pronto
como sea posible y con una relación coste/beneficio realista, la medida
de parámetros adicionales de contaminación.



Por otra parte, se está apoyando a la Comisión Europea para que el nuevo
ciclo de homologación de vehículos entre en vigor lo antes posible, con
el fin de que las emisiones reales de los vehículos comercializados se
aproximen mucho más a los valores límite establecidos en las normas EURO.



En cuanto a las recomendaciones de las autoridades europeas, cabe señalar
que la Comisión Europea ha notificado a España, por carta de fecha 11 de
junio de 2014, el inicio de un Proyecto Piloto por incumplimiento de los
valores límite de NO2 en el marco de la Directiva 2008/50/CE, relativa a
la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia.



Además, la Comisión ha emitido en 2014 un Dictamen Motivado Complementario
por incumplimiento de los valores límite de partículas PM10.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069748



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Elorza González, Odón (GS).




Página
328






Respuesta:



El proyecto constructivo de plataforma del tramo Hernani-Astigarraga,
redactado y en ejecución por el Gobierno Vasco, está siendo objeto de una
modificación contractual, lo que requiere la suspensión temporal de las
obras afectadas de conformidad con la legislación vigente. Además se ha
planteado recientemente la necesidad de tramitar un proyecto de obras
complementarias, cuya solicitud se está analizando actualmente.



El seguimiento y supervisión de estas modificaciones se realiza a través
de la Comisión Técnica establecida en el Convenio de Colaboración entre
la Administración General del Estado, la Administración de la Comunidad
Autónoma del País Vasco y el Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias para la encomienda de determinadas actuaciones para la
construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco. Esta Comisión
Técnica está integrada por representantes del Ministerio de Fomento, del
Departamento de Transportes y Obras Públicas del Gobierno de la Comunidad
Autónoma del País Vasco y del Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069749



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Villarrubia Mediavilla, Julio (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, el Gobierno se remite a los
siguientes enlaces de la administración presupuestaria que recogen la
información que se encuentra actualmente publicada (la fuente es la
Intervención General de la Administración del Estado, IGAE):



1. Liquidación del Presupuesto Volumen I (Estado) de 2012, 2013, Avance de
la Liquidación del Presupuesto de 2014 y Estadística de Ejecución del
Presupuesto a noviembre de 2014:



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACION%20ESTADO_2012%20%28INTERNET%29.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACION%20ESTADO_2013%20%28INTERNET%29.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/AVANCE%20ESTADO_2014%20%28INTERNET%29.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/ 11-14%20MENSUAL.pdf



2. Avance de la Liquidación del Presupuesto 2014, Volumen II (Organismos)
y Distribución territorial de la Inversión del Estado y sus Organismos,
datos de 2012, 2013 y a 30 de junio de 2014:



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/AVANCE%20OOAA_%202014%20(INTERNET).pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/DISTRIBUCIÓN%20TERRITORIAL%20DEFINITIVA%202012.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/DISTRIBUCIÓN%20TERRITORIAL%20%202013.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/DISTRIBUCIÓN%20TERRITORIAL%20PRIMER%20SEMESTRE%202014.pdf




Página
329






3. Presupuestos Generales del Estado, Liquidación del Presupuesto de los
ejercicios 2012 y 2013, Volumen III (Presupuestos de Explotación y
Capital):



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACI%c3%93N%20EXPLOTACION%20Y%20CAPITAL_2012%20%28INTERNET%29.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACI%c3%93N%20EXPLOTACI%c3%93N%20Y%20CAPITAL_2013%20%28INTERNET%29.pdf



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069754 a 184/069756



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Núñez, Alejandro (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las fincas por
las que se han solicitado ayudas en los años 2012 a 2014 son las
siguientes:



— Cortijo de Garrapilos: La Barca de la Florida. Jerez de la Frontera
(Cádiz).



— Finca Las Islas: Ctra. Écija-Herrera, km 7,500. Écija (Sevilla).



— Cortijo de Vicos: Crta. Jerez-Arcos km 11,800. Jerez de la Frontera
(Cádiz).



— Finca Las Turquillas: Ctra. Écija-Osuna, km 17,500. Osuna (Sevilla).



La superficie dedicada a cada cultivo es diferente cada año. En el cuadro
siguiente se indican el número de cabezas de ganado existentes
actualmente en cada finca y la superficie de cada tipo cultivo en la
campaña agrícola 2013-2014:



Finca;Superficie (Ha.) Cereal;Girasol (Ha.);Alfalfa (Ha.);Cabezas de
ganado del Servicio de Cría Caballar



Garrapillos;291,65;44,50;38;1.527 Semovientes



Las Islas;208,90;102,30;—;



Turquillas;396,30;337,45;—;



Vicos;407,50;357;—;



Las fincas están dedicadas a la producción agrícola necesaria para la
alimentación del ganado del Servicio de Cría Caballar de las Fuerzas
Armadas. En caso de excedente de cosecha se enajena, ingresando el
beneficio en el Tesoro Público.



El Servicio de Cría Caballar presenta una solicitud de ayuda anual, cuyo
importe en los años solicitados es el siguiente (en euros):



Año 2012;646.833



Año 2013;631.930



Año 2014;675.224




Página
330






El Ministerio de Defensa tiene previsto solicitar ayudas de la nueva
Política Agrícola Común en 2015 para las siguientes fincas:



Finca;Secano (Ha.);Regadío (Ha.);Cabezas de ganado del Servicio de Cría
Caballar



Garrapillos (Jerez de la Frontera);377,95;214,87;1.527 Semovientes



Las Islas (Écija–Sevilla);96,58;327,84;



Turquillas (Osuna–Sevilla);765,22;—;



Vicos (Jerez de la Frontera);1.018,83;—;



El Ministerio de Defensa puede cumplir los requisitos de «agricultor
activo» que establece el Capítulo I del Título II del Real Decreto
1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de
los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de
ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los
pagos al desarrollo rural.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069760



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Herraiz, Margarita (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el motivo del
cerramiento del campamento militar de Santa Cruz de Parga (Lugo) es
garantizar la seguridad tanto del personal militar como del personal
ajeno a la instalación militar.



Se han adoptado medidas para la sustitución de los cerramientos exteriores
de alambrada, comenzando por las de tipo «concertina», en la medida en
que las posibilidades presupuestarias lo permitan.



La utilización de alambrada tipo «concertina» en el cerramiento de algunas
instalaciones militares es necesaria para impedir el acceso a zonas
expresamente peligrosas como campos de explosivos, campos de tiro, etc.



La alambrada del campamento de Parga se instaló de forma provisional para
sustituir a la existente que estaba en muy mal estado. La nueva alambrada
se ha colocado en el interior de la propiedad militar y sobre un merlón
de tierra que, en algunas ocasiones, alcanza los 1,60 metros de altura.
Se ha limpiado de vegetación sus zonas próximas con el objeto de que ésta
no pueda infligir daños a las personas que transiten por allí.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069767



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto (GS).



Respuesta:



Los requisitos básicos del convenio especial de prestación de asistencia
sanitaria han sido desarrollados mediante el Real Decreto 576/2013, de 26
de julio.




Página
331






Las Comunidades Autónomas son las autoridades públicas competentes para
establecer sus procedimientos concretos y resolver sobre las solicitudes
de suscripción del convenio especial presentadas por los interesados
residentes en su territorio. La información detallada puede ser aportada
por las Comunidades Autónomas que han firmado 790 convenios de
asistencia.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069776



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las instalaciones
incluidas en contratos basados en el Acuerdo Marco en la Comunidad
Autónoma de Cantabria son las siguientes:



— Comandancia Naval de Santander.



— Delegación de Defensa de Cantabria.



— Residencia Militar de Acción Social de Estudiantes Virgen del Puerto.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069777



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el valor estimado
y los importes recogidos en el Acuerdo Marco tienen carácter orientativo
y no vinculante, quedando el gasto real limitado al que resulte de los
precios unitarios ofertados por el contratista y los servicios
efectivamente requeridos por la Administración y prestados por aquél.
Durante los años 2013 y 2014 se ha pagado a la empresa Cleanet
Empresarial, S.L. un total de 185.412,30 euros por los servicios
prestados en las tres instalaciones dependientes del Ministerio de
Defensa ubicadas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069778



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el número de
trabajadores de la empresa Cleanet que prestan servicio en dependencias
del Ministerio de Defensa en Cantabria es de nueve, según información
facilitada por la empresa en noviembre de 2014.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
332






184/069780



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la situación
laboral del personal al que se refiere Su Señoría en la pregunta será la
que proceda con arreglo a la normativa vigente, que además contempla su
subrogación. En todo caso, el Ministerio de Defensa ha tramitado un nuevo
expediente para la continuidad del servicio en las instalaciones
afectadas tras la extinción del acuerdo marco, tanto si ésta se produce
por cumplimiento como por resolución, el cual está pendiente de
adjudicación.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069782



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Moya, Gracia (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
el concierto del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) con
entidades de seguro garantiza el acceso de los beneficiarios del ISFAS a
las prestaciones incluidas en la cartera de servicios, en todo el
territorio nacional, con la referencia, en cuanto al contenido, del Real
Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la
cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización.



Cabe señalar que en el ámbito de la asistencia concertada del Instituto
Social de las Fuerzas Armadas, como en el resto de las Mutualidades de
Funcionarios, la determinación de los especialistas y centros
hospitalarios concretos que se incluyen en los Catálogos de servicios
queda en el ámbito de gestión y decisión de la correspondiente entidad
aseguradora.



Por tanto, la oferta de servicios de cada entidad puede experimentar
variaciones en relación con el año anterior, si bien, en los catálogos de
servicios deberán incluirse todos los medios asistenciales propios o
concertados que la entidad oferte para la asistencia del colectivo de
otras Mutualidades de Funcionarios con las que mantenga conciertos de
Asistencia Sanitaria.



No obstante, cabe destacar que el concierto contempla previsiones
orientadas a garantizar la continuidad asistencial en determinadas
situaciones, cuando se registren bajas en los Catálogos de Servicios,
continuidad que se extiende a doce meses si se trata de bajas en los
servicios de oncología y psiquiatría.



En el año 2015 la oferta de servicios hospitalarios de las entidades
concertadas con el ISFAS no ha experimentado variaciones significativas
en términos absolutos, habiendo causado baja nueve centros, mientras que
se han incorporado once nuevos centros.



Las bajas de los servicios más relevantes son las que se han registrado en
Madrid donde han causado baja los servicios de oncología de dos centros
hospitalarios relevantes, en concreto, del Hospital Madrid Sanchinarro
(Instituto Oncológico Clara Campal) y del Hospital Quirón Madrid, sin que
ello tenga incidencia alguna, dado que en esos servicios queda
garantizada la continuidad de la asistencia de los pacientes con
tratamiento en curso o que vengan siendo objeto de seguimiento por
procesos oncológicos, al menos, durante doce meses, tiempo de vigencia
del concierto.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
333






184/069783



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Moya, Gracia (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
el concierto del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) con
entidades de seguro garantiza el acceso de los beneficiarios del ISFAS a
las prestaciones incluidas en la cartera de servicios, en todo el
territorio nacional, con la referencia, en cuanto al contenido del Real
Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la
cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, determinando los servicios que deben
estar disponibles en cada nivel asistencial y en los diferentes
municipios.



Cabe señalar que los servicios de atención especializada se agrupan en
diferentes niveles, en función de su complejidad, de las infraestructuras
sanitarias precisas y atendiendo a criterios de calidad y seguridad, de
manera que la atención de los pacientes que precisen asistencia por los
servicios de mayor complejidad se concentre en centros y unidades con la
debida experiencia, para garantizar la mayor calidad, seguridad y
eficiencia asistenciales.



La determinación de los especialistas y centros hospitalarios concretos
que se incluyan en los catálogos de servicios quedan en el ámbito de
gestión y decisión de la correspondiente entidad aseguradora concertada,
lo que constituye uno de los principales elementos a tener en cuenta para
la elección de modalidad asistencial o entidad por los titulares del
Instituto Social de las Fuerzas Armadas.



En cualquier caso, en el citado concierto se recogen previsiones
orientadas a garantizar la accesibilidad a todos los servicios exigibles
en cada nivel asistencial, de manera que, si los medios exigidos en cada
nivel asistencial no estuvieran disponibles, la entidad se obliga a
facilitar el acceso de los beneficiarios a otros servicios privados que
existan en el mismo municipio o, de no existir éstos, a los
correspondientes servicios públicos, asumiendo directamente los gastos
que se facturen.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069791



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Moya, Gracia (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe señalar que no existen
datos estadísticos sobre el número de personas afectadas.



No obstante, se muestra a continuación el importe de las cantidades
recaudadas por tasas judiciales en la Delegación de Almería desde la
entrada en vigor de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se
regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia
y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, en miles de
euros, términos líquidos y con criterio de caja:



;Diciembre;Año;Año;Enero



;2012;2013;2014;2015



Almería;141;3.798;4.529;340



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
334






184/069792



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



Los hechos a los que alude Su Señoría se desarrollaron en la Comunidad
Autónoma de Andalucía y por lo tanto corresponde a la Junta de Andalucía
el inicio del procedimiento de infracciones y sanciones en materia de
igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de
las personas con discapacidad, todo ello de acuerdo con el artículo 94
del texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con
Discapacidad y de su Inclusión social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.



Para evitar este tipo de discriminaciones, se aprobó el citado Real
Decreto Legislativo 1/2013, en el que se regula el procedimiento de
infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no
discriminación y accesibilidad universal de las personas con
discapacidad.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069794



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
la Disposición Adicional Séptima de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de
reestructuración y resolución de entidades de crédito, establece que la
participación pública en la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de
la Reestructuración Bancaria (SAREB) no podrá ser igual o superior al
cincuenta por ciento del capital de la sociedad y que estará sometida a
lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y en
las demás normas del ordenamiento jurídico-privado, por lo que la SAREB,
siguiendo este mandato del legislador, se ha constituido como una entidad
jurídico-privada.



Cabe recordar que el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital,
impone a los administradores el deber de secreto respecto a las
informaciones de carácter confidencial y la obligación de guardar reserva
de las informaciones, datos, informes o antecedentes que pudieran tener
consecuencias perjudiciales para el interés social. Con independencia de
su sometimiento al ordenamiento jurídico-privado, y a causa de la
importante, aunque no mayoritaria, participación del sector público en el
capital social (a través del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria,
FROB) y las repercusiones que su actividad puede tener en la estabilidad
del sistema financiero nacional, se ha articulado un régimen específico
de control y de rendimiento de cuentas de esta sociedad ante los poderes
públicos, que se especifican a continuación.



En primer lugar, cabe destacar que la SAREB es una entidad sometida a
supervisión. Dicha supervisión la realiza el Banco de España; en
concreto, la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y
resolución de entidades de crédito, establece que corresponderá al Banco
de España supervisar:



— El cumplimiento del objeto exclusivo de la sociedad de gestión de
activos con el fin de identificar desviaciones del mismo que pongan en
peligro la consecución de los objetivos generales legalmente establecidos
para ella.



— El cumplimiento de los requisitos específicos que se establezcan para
los activos y, en su caso, pasivos que se hayan de transferir a la
sociedad de gestión de activos.



— El cumplimiento de las normas referidas a la transparencia y a la
constitución y composición de los órganos de gobierno y control de la
sociedad de gestión de activos previstas en su normativa reguladora, así
como las relativas a los requisitos de honorabilidad comercial y
profesional de los miembros de su consejo de administración.




Página
335






En segundo lugar, la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y
resolución de entidades de crédito, previó la creación de una Comisión de
Seguimiento del cumplimiento de los objetivos generales de la sociedad de
gestión de activos. Esta comisión fue creada el 21 de Enero de 2013, por
orden ministerial del Ministerio de Economía y Competitividad. Dicha
Comisión de Seguimiento está integrada por representantes del Banco de
España, del Ministerio de Economía y Competitividad, el Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas y de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores, y se reúne con periodicidad al menos trimestral,
según el mandato legal. Entre las funciones de esta Comisión está el
análisis del plan de negocio de la sociedad de gestión de activos y sus
posibles desviaciones, así como el seguimiento de los planes de
desinversión y de amortización de la deuda avalada. Asimismo, la Ley
establece que la Comisión habrá de remitir a las Cortes Generales, con
periodicidad semestral y sobre la base de la información recibida por la
misma, un informe sobre la evolución de las actividades de la SAREB y
sobre los elementos fundamentales de su situación económica-financiera.
En este sentido, se han remitido hasta la fecha tres informes de la
Comisión de Seguimiento a las Cortes Generales, relativos al primer y
segundo semestre del año 2013 y el primer semestre del año 2014.



En tercer lugar, el Artículo 26 del Real Decreto 1559/2012, de 15 de
noviembre, por el que se establece el régimen jurídico de las sociedades
de gestión de activos, establece la elaboración de dos informes
preceptivos, adicionales al informe a las Cortes Generales referido
arriba:



— Un informe de Actividad, que elaborará la propia SAREB con carácter
semestral, en el que detallará de manera sistemática y fácilmente
comprensible los datos esenciales de su actuación durante el periodo
correspondiente, el grado de cumplimiento de los objetivos planteados en
su plan de negocio y las razones que explican las posibles desviaciones
de dichos objetivos. Este informe será remitido al Banco de España y a la
Comisión de Seguimiento, quienes podrán requerir que sea completado con
cuanta información adicional estime necesaria. El informe será puesto a
disposición del público a través de la página web de la SAREB. En este
sentido, el informe relativo al primer semestre del año 2014 ya ha sido
publicado en la página web de la SAREB.



— Un Informe independiente de Cumplimiento elaborado por un experto
independiente nombrado por el Banco de España, con carácter anual, que la
SAREB deberá remitir a la Comisión de Seguimiento y al propio Banco de
España. Este informe tendrá como finalidad evaluar la adecuación de las
actividades y estrategias de la SAREB a los objetivos generales para los
que ha sido constituida, sin perjuicio de las competencias atribuidas al
Banco de España en materia de supervisión de la SAREB.



En cuarto lugar, el Artículo 56 de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de
reestructuración y resolución de entidades de crédito, establece unas
determinadas obligaciones de información por parte del FROB, principal
accionista de la Sociedad, a los poderes públicos:



— Con periodicidad trimestral, el Presidente de la Comisión Rectora del
FROB comparecerá ante la Comisión de Economía y Competitividad del
Congreso de los Diputados, con el fin de informar sobre la evolución de
las actividades del FROB y sobre los elementos fundamentales de su
actuación económico- financiera. Adicionalmente, el Presidente de la
Comisión Rectora del FROB comparecerá, en las condiciones que determine
la Comisión de Economía y Competitividad del Congreso de los Diputados,
para informar específicamente sobre las medidas de reestructuración o de
resolución implementadas por parte de dicho Fondo.



— La Comisión Rectora elevará a los Ministros de Hacienda y
Administraciones Públicas y de Economía y Competitividad un informe
trimestral sobre la gestión y actuación del FROB, donde se dará debida
cuenta, entre otros aspectos, de las actuaciones de carácter económico y
presupuestario de mayor impacto acometidas por el FROB durante el citado
periodo. El Ministro de Economía y Competitividad dará traslado de dicho
informe a la Comisión de Economía y Competitividad del Congreso de los
Diputados.



Se considera que estas amplias obligaciones de información son suficientes
para asegurar un efectivo control de la SAREB por parte de los poderes
públicos y para cumplir con la transparencia ante la ciudadanía que la
actuación de esta entidad requiere. Cualquier solicitud de información
que se salga de estos cauces no puede ser provista por el Gobierno a no
ser que se trate de información pública y conocida, ya que estaría
invadiendo la autonomía de actuación de una sociedad empresarial
jurídico-privada.




Página
336






Por otro lado, no se dispone de información adicional a la que ha hecho
pública la propia SAREB en relación con la Presidencia de SAREB. Belén
Romana presentó al Consejo de Administración su renuncia voluntaria como
presidente de la entidad el 26 de enero de 2015. El Consejo, reunido en
sesión extraordinaria, aprobó por unanimidad el nombramiento de Jaime
Echegoyen, hasta entonces consejero delegado, como nuevo presidente y
principal ejecutivo de la compañía. El Consejo considera que Jaime
Echegoyen, «por su capacidad de liderazgo, experiencia y por sus
cualidades profesionales y humanas, es la persona apropiada para liderar
SAREB en esta nueva etapa».



Madrid, 6 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069797



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con el Metrotren de Córdoba, cabe informar que las actuaciones
a desarrollar en esta primera intervención, su importe y plazos, se
encuentran incluidas en el contrato recientemente adjudicado para
realizar las obras de mejora en las estaciones de Villarrubia de Córdoba,
El Higuerón y Alcolea de Córdoba.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069798 a 184/069803



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir no ha realizado ninguna
contratación por el procedimiento de urgencia en los años 2012, 2013 ni
2014.



En cuanto al procedimiento de emergencia, durante el año 2012 la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir realizó un total de 6
contrataciones.



A través de este procedimiento fueron adjudicadas las siguientes obras de
emergencia:



— Mejora de caminos de servicio de la Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir en las provincias de Sevilla y Granada (actuación n.º 1 y
actuación n.º 2, respectivamente). Las empresas adjudicatarias son para
la primera actuación, Manuel Gavira Puntas, S.L. y para la actuación n.º
2, Prelaksa, S.A. Esta obra se adjudicó por un total de 500.000 euros: la
actuación n.º 1 se adjudicó por 400.000 euros, y la actuación n.º 2 en
100.000 euros.



— Adecuación de presas en las provincias de Jaén, Córdoba y Sevilla. Estas
obras se adjudicaron a las empresas Riegosur e Inagen, Ingeniería del
Agua y la Energía, S.L. El importe total ascendió a 900.000 euros.



— Sustitución del tramo vertical de la tubería de impulsión del agua
producto de la Instalación Desaladora de Agua de Mar (IDAM) de Melilla.
La actuación fue adjudicada a Sogeosa, S.A. Se adjudicó por 700.000
euros.



— Suministro de emergencia de vestuario al personal laboral de la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir del año 2012 a través de la
empresa Iturri Group. El importe de esta actuación fue de 170.000 euros.



— Adecuación de las presas de las provincias de Granada y Córdoba (engloba
las actuaciones n.º 1 en Granada; n.º 2 Granada-Córdoba y n.º 3 Córdoba).
Adjudicada la actuación n.º 1 a Codepi; la actuación n.º 2 a Ventuceli,
S.A. y la actuación n.º 3 a Ingesur Construcciones Hidráulicas, S.A.
Estas




Página
337






obras se adjudicaron por 900.000 euros, la actuación n.º 1 se adjudicó por
300.000 euros, la n.º 2 por 300.000 euros y la n.º 3 por otros 300.000
euros.



— Reparación urgente de la pantalla asfáltica de la presa de Martín
Gonzalo, en contacto con el plinto, en el término municipal de Montoro
(Córdoba). Actuación adjudicada a la empresa Nacimiento por 750.000
euros.



Durante el año 2013, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir
realizó un total de 8 contrataciones mediante el procedimiento de
emergencia. A través de este procedimiento fueron adjudicadas las
siguientes obras de emergencia:



— Obras para la mejora del dominio público hidráulico, una actuación que
se dividió en cuatro zonas: zona de Granada, de Córdoba, de Sevilla y de
Jaén. Obras adjudicadas a Codepi (zona de Granada); Viguecons Estévez
(zona de Córdoba); Sogeosa (zona de Sevilla) y Porman (zona de Jaén).



El importe de esta actuación ascendió a 5.000.000 euros (1.250.000 euros
en la zona de Granada, 1.250.000 euros en la zona de Córdoba, 1.250.000
euros en la zona de Sevilla y 1.250.000 euros en la zona de Jaén).



— Obras de emergencia para la mejora del dominio público hidráulico en
cauces situados aguas abajo de infraestructuras de regulación de la
cuenca del Guadalquivir. Esta actuación se adjudicó a Idaxsa, 900.000
euros.



— Obras de emergencia para la consolidación de los macizos rocosos en la
margen derecha de la presa y contraembalse de canales y de los túneles
del camino de servicio, en el término municipal de Pinos Genil (Granada).
Se adjudicó a Site. El importe fue de 600.000 euros.



— Obras para paliar los efectos del temporal de lluvias de marzo de 2013
en la cuenca del Guadalquivir. Se realizaron 9 actuaciones en río
Castril, Genil, Guadalquivir-Aguascebas, Verduga, río Corbones, Z.R.
Vegas Jaén, Badolatosa-Jauja, Defensas Andújar y zona de Sotillo y arroyo
Molinos. La actuación en río Castril se adjudicó a Urbacon por 500.000
euros, la actuación en el río Genil a Rosan por 500.000 euros, la
actuación en el Guadalquivir-Aguascebas a la empresa Peninsular de
Contratas por 400.000 euros, la actuación en el río Verduga a Dragados
por 400.000 euros, la actuación en el río Corbones a Aldesa por 500.000
euros, en la Zona de Regadío. Vegas de Jaén a Trafisa, Maygar, Vimac y
Const. Otero por 2.500.000 euros, la actuación en Badolatosa-Jauja a
Construcciones San José por 1.600.000 euros; y la actuación «Defensas
Andújar» a Althenia por 500.000 euros y la actuación en la zona de
Sotillo y Arroyo Molinos a Ventuceli por 500.000 euros.



— Obras para la reparación de rotura en el desagüe de la presa del Agrio,
en el término municipal de Aznalcóllar (Sevilla). Estas obras se
adjudicaron a Martín Casillas. El importe de esta actuación fue de
450.000 euros.



— Obras para la estabilización de la ladera en la margen izquierda de la
presa de Guadalmena, en el término municipal Segura de la Sierra (Jaén).
Esta actuación se adjudicó a Meridional de Aguas por 300.000 euros.



— Reforma de la instalación de la climatización de la sede de la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en Granada. Obras adjudicadas
a Solar Jiennense por 300.000 euros.



— Adecuación y recuperación del cauce del río Guadalquivir a su paso por
Córdoba. Hubo dos actuaciones: actuación n.º 1, tramo desde el Puente
Romano hasta sección de aguas arriba del islote existente y actuación n.º
2, tramo desde la sección aguas arriba del islote hasta el cruce del río
con la autovía. La actuación n.º 1 se adjudicó a Caminos y Cauces y la
actuación n.º 2 a Viguecons Estévez. La actuación n.º 1 se adjudicó por
800.000 euros y la actuación n.º 2 por 1.000.000 euros.



En 2014, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir realizó un total
de 4 contrataciones mediante el procedimiento de emergencia. A través de
este procedimiento fueron adjudicadas las siguientes obras de emergencia:



— Obras de emergencia para la adecuación de las presas de contraembalse de
los Bermejales y Canales (provincia de Granada) y la reparación de la
carretera de la margen izquierda del embalse de Iznájar (provincia de
Córdoba). La actuación n.º 1: embalse de Iznájar (Córdoba) se adjudicó a
la empresa Prunus. La actuación n.º 2, presas Bermejales y Canales
(Granada), se adjudicó a Site. El importe de esta actuación ascendió a
750.000 euros (la actuación n.º 1, 423.000 euros y la actuación n.º 2,
327.000 euros).




Página
338






— Actuaciones de emergencia de servicios mínimos para el mantenimiento y
conservación de la red automática de información hidrológica
(SAIH-SAICA-ROEA) de la cuenca del Guadalquivir. La actuación n.º 1:
centro de proceso de cuenca (Sevilla) se adjudicó a Isotrol y la
actuación n.º 2: estaciones de control (varias provincias) a Typsa. Se
adjudicaron por 800.000 euros (400.000 euros la actuación n.º 1 y 400.000
euros la actuación n.º 2).



— Restauración ambiental de la zona afectada por el incendio forestal del
día 22 de agosto de 2014 en el Monte de Cenes de la Vega GR-60024-EP, en
el término municipal de Cenes de la Vega y Pinos Genil (Granada). La
actuación n.º 1: obras hidráulicas en cauces del área incendiada se
adjudicó a Construcciones Porman. La actuación n.º 2: obras de
restauración ambiental en el monte quemado se adjudicó a Althenia. El
importe fue de 1.400.000 euros (la actuación n.º 1, 600.000 euros y la
n.º 2 de 800.000 euros).



— Mejora de la seguridad vial de la red de caminos de la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir en Córdoba. Las obras fueron adjudicadas a
Constructora San José por 1.100.000 euros.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069806



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pradas Torres, Antonio Francisco (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el procedimiento
de obtención de información en el Archivo General de la Guerra Civil o en
el resto de los archivos que forman parte del sistema archivístico del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte no ha sufrido cambios, de
manera que los investigadores pueden acceder a los fondos documentales de
todos y cada uno de ellos de manera gratuita, previa acreditación de su
identidad.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069807



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pradas Torres, Antonio Francisco (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el objetivo
principal del Archivo General Histórico de la Defensa siempre es el de
prestar el mejor servicio a los investigadores, interesados o ciudadanos
en general que pretenden acceder a los documentos en él depositados. Lo
habitual es facilitar el acceso a los documentos, aunque en ocasiones,
para aquellos expedientes que presentan un deterioro considerable y cuya
manipulación puede entrañar riesgos irreversibles para su conservación,
no es aconsejable permitir dicho acceso, ni realizar reproducciones.



Las causas judiciales están generalmente cosidas y/o grapadas, lo que
dificulta su manejo a la hora de reproducirlas cuando tienen un cierto
grado de deterioro. No obstante, en la mayoría de los casos, sí se
permite el acceso directo al original, pero solo se entrega un número
limitado de fotocopias de los documentos más significativos, como
sentencias, declaraciones etc. para evitar su deterioro.



De acuerdo con el volumen medio de los expedientes y como pauta general se
realizan 20 fotocopias por cada pieza o rollo independiente en que se
divide cada expediente, siendo habitual las 4,5 o más unidades
independientes por cada uno, lo que supone entregar al investigador 80,
100 o más fotocopias.




Página
339






No obstante, si aun así (consulta del original, fotocopias de
documentación más relevante) tampoco es suficiente, a petición del
interesado se valoran otras posibles alternativas por parte del equipo
técnico del centro, que decide en última instancia sobre la mejor opción
disponible. En este sentido, se valora:



— Si a corto plazo existe la posibilidad de disponer de un equipo de
captura cenital con el que obtener una copia definitiva para dar
respuesta a esa petición y a sucesivas consultas.



— Si a la vista de la encuadernación y estado de conservación de los
documentos objeto de solicitud, es posible la realización de un mayor
número de fotocopias que el habitualmente establecido para estos casos
(20 por pieza o rollo independiente).



En el Archivo General Histórico de la Defensa, como en general en todos
los archivos, se digitalizan los documentos como mejor solución para
preservar los originales.



Siempre se utiliza el equipamiento disponible en el Archivo para
digitalizar los expedientes y documentos.



Los escáneres adecuados para digitalizar las causas judiciales, sobre todo
aquellas que presentan algún grado de deterioro, son los cenitales.
Medios de los que se ha dispuesto cuando se han desarrollado acuerdos o
convenios con otras instituciones o cuando las disponibilidades
presupuestarias han permitido la contratación del servicio.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069809



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pradas Torres, Antonio Francisco (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las partidas de
conservación no se encuentran desglosadas ni por municipios, ni por
carreteras, ni por tipología de actuación.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069811



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pradas Torres, Antonio Francisco (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la carretera
N-339, en la provincia de Sevilla, se encuentra en servicio.



Las partidas de conservación no se encuentran desglosadas ni por
municipios, ni por carreteras, ni por tipología de actuación.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069812



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pradas Torres, Antonio Francisco (GS).




Página
340






Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la carretera
N-433, en la provincia de Sevilla, se encuentra en servicio.



Las partidas de conservación no se encuentran desglosadas ni por
municipios, ni por carreteras, ni por tipología de actuación.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069817



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pradas Torres, Antonio Francisco (GS).



Respuesta:



Las obligaciones reconocidas hasta el 31 de diciembre de 2014, con cargo a
la Autovía A-49 en obra de nueva construcción, en la provincia de
Sevilla, han ascendido a 30.030.270,55 euros.



Las partidas de conservación no se encuentran desglosadas ni por
municipios, ni por carreteras, ni por tipología de actuación.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069818



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pradas Torres, Antonio Francisco (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la Autovía A-66,
en la provincia de Sevilla se encuentra en servicio.



Las partidas de conservación no se encuentran desglosadas ni por
municipios, ni por carreteras, ni por tipología de actuación.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069820



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pradas Torres, Antonio Francisco (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las obligaciones
reconocidas durante los años 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014, en la
actuación «Autovía SE-40» en la provincia de Sevilla en obras de nueva
construcción, ascienden a 265.342.229.98 euros.



Las partidas de conservación no se encuentran desglosadas ni por
municipios, ni por carreteras, ni por tipología de actuación.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
341






184/069821



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



La Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior puso en
marcha, en el mes de mayo de 2013, un plan elaborado con la participación
de las Direcciones Generales de la Policía y de la Guardia Civil y la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, que contemplaba la
incorporación de vigilantes de seguridad privada en determinados puestos
de trabajo relacionados con la seguridad exterior de ciertos
Establecimientos Penitenciarios en colaboración con las Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad del Estado.



Este plan respondía tanto al principio de optimización de los recursos
humanos y materiales asignados a la seguridad de las instalaciones
públicas, como a la conveniencia estratégica de concentrar el servicio
prestado directamente por funcionarios policiales en aquellas funciones
en las que resulta más apropiada su mayor cualificación y
especialización.



Como no puede ser de otra manera, la responsabilidad de la seguridad de
los Centros Penitenciarios seguirá correspondiendo a las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado, si bien los vigilantes de seguridad
desempeñan aquellos cometidos de apoyo que se han considerado adecuados
para ello; siempre bajo la supervisión del Cuerpo Policial competente en
cada Centro, en los términos establecidos en la Ley 5/2014, de 4 de
abril, de Seguridad Privada.



Este modelo mixto conforma un dispositivo de seguridad óptimo en función
de los recursos disponibles, configurando un sistema de vigilancia
compacto, que permite garantizar la seguridad de estos Centros de una
forma eficiente. Es por tanto claro el reparto de competencias para
evitar duplicidades y conseguir la máxima eficiencia en la vigilancia.



En cuanto a las empresas adjudicatarias, estas lo han sido en función de
un procedimiento de contratación previsto en el Real Decreto Legislativo,
3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley de Contratos del Sector Público. Este procedimiento garantiza que
la oferta económicamente más ventajosa resulte elegida, siendo los
criterios de selección objetivos y cuantificables.



En lo relativo al coste, el contrato actual, vigente desde el 1 de octubre
de 2014 hasta el 30 de septiembre de 2015, cuenta con un presupuesto
inicial de 33.387.743,03 euros, si bien esta cantidad tiene la
consideración de gasto máximo. El coste exacto no se podrá determinar
hasta la finalización del contrato, ya que los precios unitarios de
licitación han sido mejorados en las ofertas finales, derivándose un
ahorro considerable.



La titulación específica requerida para prestar servicios en los Centros
Penitenciarios, se recoge en la Resolución de 12 de noviembre de 2012, de
la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se determinan los
programas de formación del personal de seguridad privada.



En lo relativo al número de vigilantes de seguridad que en la actualidad
realizan funciones de vigilancia en los recintos penitenciarios es de 800
efectivos aproximadamente.



Es importante subrayar que la contratación de vigilantes de seguridad
privada, para la prestación de servicios de seguridad en determinados
Centros Penitenciarios, se ha realizado atendiendo a criterios de
optimización de recursos humanos y materiales en orden a realizar estas
tareas con la profesionalidad y el rigor que se requiere.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069825



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Echávarri Fernández, Gabriel (GS).




Página
342






Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la cuantía total
de las becas concedidas a alumnos que cursaron sus estudios
postobligatorios matriculados en centros de la provincia de Alicante, en
los cursos 2011-2012 a 2013-2014, es de 190.173.453,73 euros.



Se aporta el dato correspondiente a los cursos académicos ya que no se
dispone de dicho dato por anualidades.



Madrid, 26 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069826



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Echávarri Fernández, Gabriel (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el número total
de becas concedidas a alumnos que cursaron sus estudios postobligatorios
en centros de la provincia de Alicante fue de 102.252. Se aporta el dato
de los cursos 2011/2012 a 2013/2014, ya que los datos de las becas se
cuantifican por cursos académicos y no por años.



Madrid, 26 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069830



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Echávarri Fernández, Gabriel (GS).



Respuesta:



Los datos contenidos en el Sistema Informático del Sistema de Autonomía y
Atención a la dependencia son los que facilitan las Comunidades Autónomas
y las Direcciones Territoriales del IMSERSO de Ceuta y de Melilla,
administraciones competentes para la gestión del Sistema en sus
respectivos territorios; y se pueden consultar en la página web:



http://www.dependencia.imserso.es/dependencia_01/documentacion/index.htm



Esta información, como así se establece en la normativa que regula el
Sistema de Información del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia, Orden SSI/2371/2013, de 17 de diciembre, (BOE n.º 302, de 18
de diciembre) es de nivel autonómico, por lo que las cifras relativas a
la provincia de Alicante, pueden ser aportadas por la Comunidad Autónoma.



Madrid, 13 marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069834



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Echávarri Fernández, Gabriel (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta escrita de referencia, entendiendo como poder
adquisitivo de un pensionista el importe total de sus ingresos/gastos, se
indica que no se dispone de datos al respecto.




Página
343






No obstante, y por si fuese de interés, en el documento anexo se facilita
el importe de las pensiones mínimas (que es igual para todo el territorio
nacional) y el Índice de Precios al Consumo (IPC), durante los ejercicios
2012, 2013 y 2014.



ANEXO



Cuantías de pensiones mínimas 2012-2014. Total nacional



Clase de prestación;Importe 2012 euros/mes;Importe 2013 euros/mes;Importe
2014 euros/mes;Incremento 2012 (%);Incremento 2013 (%);Incremento 2014
(%)



Jubilación;;;;;;



Titular con 65 o más años;;;;;;



Con cónyuge a cargo;763,60;778,90;780,90;2,91;2,00;0,26



Con cónyuge no a cargo;587,00;598,80;600,30;2,91;2,01;0,25



Sin cónyuge: Unidad económica
unipersonal;618,90;631,30;632,90;2,91;2,00;0,25



Titular menor de 65;;;;;;



Con cónyuge a cargo;715,60;730,00;731,90;2,90;2,01;0,26



Con cónyuge no a cargo;547,00;558,00;559,40;2,92;2,01;0,25



Sin cónyuge: Unidad económica
unipersonal;578,90;590,50;592,00;2,92;2,00;0,25



Titular con 65 años procedente de Gran invalidez;;;;;;



Con cónyuge a cargo;1.145,40;1.168,40;1.171,40;2,91;2,01;0,26



Con cónyuge no a cargo;880,50;898,20;900,50;2,91;2,01;0,26



Sin cónyuge: Unidad económica
unipersonal;928,40;947,00;949,40;2,92;2,00;0,25



Incapacidad permanente;;;;;;



Gran invalidez;;;;;;



Con cónyuge a cargo;1.145,40;1.168,40;1.171,40;2,91;2,01;0,26



Con cónyuge no a cargo;880,50;898,20;900,50;2,91;2,01;0,26



Sin cónyuge: Unidad económica
unipersonal;928,40;947,00;949,40;2,92;2,00;0,25



Absoluta;;;;;;



Con cónyuge a cargo;763,60;778,90;780,90;2,91;2,00;0,26



Con cónyuge no a cargo;587,00;598,80;600,30;2,91;2,01;0,25



Sin cónyuge: Unidad económica
unipersonal;618,90;631,30;632,90;2,91;2,00;0,25



Total de 60 a 64años;;;;;;



Con cónyuge a cargo;715,60;730,00;731,90;2,90;2,01;0,26



Con cónyuge no a cargo;547,00;558,00;559,40;2,92;2,01;0,25



Sin cónyuge: Unidad económica
unipersonal;578,90;590,50;592,00;2,92;2,00;0,25



Total derivada de EC menor de 60 años;;;;;;



Con cónyuge a cargo;384,90;392,60;393,60;2,91;2,00;0,25



Con cónyuge no a cargo *;352,72;354,99;354.99;0,00;0,64;0.00



Sin cónyuge: Unidad económica
unipersonal;384,90;392,60;393,60;2,91;2,00;0,25



Viudedad;;;;;;



Titular con cargas familiares;715,60;730,00;731,90;2,90;2,01;0,26



Titular = >65 años o discapacidad >65
%;618,90;631,30;632,90;2,91;2,00;0,25



Titular entre 60 y 64;578,90;590,50;592,00;2,92;2,00;0,25



Titular menor de 60;468,50;477,90;479,10;2,90;2,01;0,25



Orfandad;189,00;192,80;193,30;2,89;2,01;0,26



Favor familiar;189,00;192,80;193,30;2,89;2,01;0,26



SOVI;;;;;;



Pensiones revalorizables;395,70;403,70;404,80;2,91;2,02;0,27



Pensiones concurrentes;384,50;392,20;393,20;1,02;2,00;0,25



* 55 % de la Base mínima de cotización del régimen General.;;;;;;




Página
344






Evolución anual del IPC



Año;2012;2013;2014



Incremento % (dic-dic);2.9;0.3;–1.0



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069835



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Echávarri Fernández, Gabriel (GS).



Respuesta:



En contestación a la pregunta escrita de referencia, se señala que los
porcentajes de revalorización anual aplicados a las pensiones
contributivas del sistema de Seguridad Social son únicos para todo el
territorio nacional y para todas las clases de pensiones, siendo los del
periodo 2012-2014 los siguientes:



Año;Porcentaje de revalorización de pensiones;



2012;1 %;Todas las pensiones



2013;2 %;Pensiones de cuantía <14.000 euros/año



;1 %;Pensiones de cuantía >14.000 euros/año



2014;0,25 %;Todas las pensiones



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069836



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Echávarri Fernández, Gabriel (GS).



Respuesta:



Como continuación a la respuesta del Gobierno registrada de entrada en esa
Cámara con el n.º 186250, de fecha 17 de marzo de 2015, se traslada lo
siguiente:



El Ayuntamiento de Alicante solicitó el 6 de noviembre de 2014 a la
Autoridad Portuaria de Alicante información relacionada con las medidas
adoptadas en materia de medio ambiente, para la realización de la
manipulación de áridos (graneles sólidos) en dicho puerto. A este
respecto, la Autoridad Portuaria de Alicante realizó un informe, con
fecha 26 de noviembre de 2014, en relación con las medidas implementadas
y el grado de eficacia de las mismas.



Fue informado que había venido aplicando las correspondientes medidas
correctoras en materia de medio ambiente, dando cumplimiento a la
legislación en materia de calidad del aire en la actividad de carga y
descarga de material a granel. Dichas medidas han sido consideradas como
adecuadas por parte del organismo competente de la Generalitat
Valenciana.



La suficiencia de la aplicación de las medidas adoptadas se ha comprobado
con el correspondiente control de medición de partículas por parte de una
Entidad Colaboradora en Materia de Calidad del Aire (ECMCA), en 3 puntos
del perímetro de la actividad con referencia del entorno urbano. Según el
último informe emitido por la Autoridad Portuaria con fecha 04/07/2014,
el resultado de dichas




Página
345






mediciones se encuentra por debajo de los valores límite para la
protección de la salud humana establecidos en el Decreto 127/2006 de 15
de septiembre, cumpliéndose la legislación en materia de calidad del
aire.



Según informa esta Autoridad Portuaria, en cumplimiento del Plan de
Vigilancia Ambiental, ha aplicado las correspondientes medidas
correctoras en materia de medio ambiente, posibilitando dichas medidas el
empleo de las mejores técnicas disponibles en el desarrollo de la
actividad y el cumplimiento normativo en materia de calidad del aire.



En este sentido, las medidas implementadas por la Autoridad Portuaria de
Alicante en materia de medio ambiente, relacionadas con la actividad de
manipulación de materiales a granel, son las que se mencionan a
continuación:



— Pantallas Cortaviento. Se han instalado pantallas cortaviento,
compuestas de material geo-textil, que realizan retención de partículas,
actuando de filtro de las mismas durante la manipulación de los
materiales a granel.



— Sistema de Nebulización. Instalación de atomización de agua mediante
cañón en la parte superior de las pantallas, actuando como un segundo
filtro de captación de partículas y complementando el sistema de
pantallas cortaviento.



— Lavaruedas. Evita la resuspensión de partículas en el entorno urbano y
crea un ambiente húmedo durante la realización de la actividad.



— Pantallas vegetales. Instaladas en el perímetro del puerto-ciudad que
posibilitan un último filtro de retención de partículas y mejoran el
impacto paisajístico.



— Sistema de alerta por vientos. Detección de la dirección del viento
hacia la ciudad para, en el caso de una determinada velocidad, poder
paralizar las operativas.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069839



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Echávarri Fernández, Gabriel (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, se muestra a continuación la
recaudación por tasas judiciales en la provincia de Alicante, expresada
en miles de euros, en términos líquidos, y con criterio de caja:



;Dic. 2012;2013;2014



Alicante;316;6.124;5.588



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069840 a 184/069844, 184/069850



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Echávarri Fernández, Gabriel (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, se señala que,
según la estadística judicial, proporcionada por el Punto Neutro Judicial
del Consejo General del Poder Judicial, órgano competente en materia de
estadística judicial, en los cuadros adjuntos se especifican el número de
los recursos de apelación y suplicación elevados y el porcentaje de
recursos devueltos con estimación total o parcial, en los juzgados de
primera instancia, de lo contencioso-administrativo y de lo social, en la
provincia de Alicante, en los años 2012, 2013 y 2014.




Página
346






Provincia de Alicante/Alacant



Juzgados de Primera Instancia;;;



;2012;2013;2014



Recursos de apelación elevados;3.175;2.117;2.312



Recursos devueltos con estimación total o parcial;31,0 %;44,4 %;43,4 %



Juzgados de lo Contencioso-Administrativo;;;



;2012;2013;2014



Recursos de apelación elevados;588;594;537



Recursos devueltos con estimación total o parcial;28,2 %;21,0 %;24,6 %



Juzgados de lo Social;;;



;2012;2013;2014



Recursos de suplicación elevados;1.056;929;1.087



Recursos devueltos con estimación total o parcial;23,9 %;29,9 %;25,6 %



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069845 a 184/069847



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Echávarri Fernández, Gabriel (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, se señala que,
según la estadística judicial, proporcionada por el Punto Neutro Judicial
del Consejo General del Poder Judicial, órgano competente en materia de
estadística judicial, en los cuadros adjuntos se especifica el número de
asuntos tramitados en los juzgados de lo contencioso-administrativo,
social y civil de la provincia de Alicante/Alacant, en los años 2012,
2013 y 2014 y desglosando el dato por juzgados.



Órgano judicial;2012;2013;2014



JDO. DE LO CONTENCIOSO-ADMVO. N.º 1 DE ALICANTE;719;632;733



JDO. DE LO CONTENCIOSO-ADMVO. N.º 2 DE ALICANTE;783;681;820



JDO. DE LO CONTENCIOSO-ADMVO. N.º 3 DE ALICANTE;773;660;769



JDO. DE LO CONTENCIOSO-ADMVO. N.º 4 DE ALICANTE;703;649;812



JDO. DE LO CONTENCIOSO-ADMVO. N.º 1 DE ELX;927;676;776



TOTAL PROVINCIA DE ALICANTE/ ALACANT;3.905;3.298;3.910



JDO. DE LO SOCIA L N.º 1 DE ALICANTE;1.090;1.105;999



JDO. DE LO SOCIA L N.º 2 DE ALICANTE;1.272;1.097;970



JDO. DE LO SOCIA L N.º 3 DE ALICANTE;1.095;1.029;949



JDO. DE LO SOCIA L N.º 4 DE ALICANTE;1.176;1.118;993



JDO. DE LO SOCIA L N.º 5 DE ALICANTE;1.281;1.096;1.025



JDO. DE LO SOCIA L N.º 6 DE ALICANTE;1.322;1.155;982



JDO. DE LO SOCIA L N.º 7 DE ALICANTE;1.216;1.112;1.003



JDO. DE LO SOCIA L N.º 1 DE ELCHE/ ELX;1.242;1.155;1.068




Página
347






Órgano judicial;2012;2013;2014



JDO. DE LO SOCIA L N.º 2 DE ELX;1.333;1.176;1.093



JDO. DE LO SOCIA L N.º 3 DE ELX;1.287;1.133;1.107



JDO. DE LO SOCIA L N.º 1 DE BENIDORM;1.489;1.284;1.552



TOTAL PROVINCIA DE ALICANTE/ ALACANT;24.810;23.016;23.905



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 1 DE DENIA;1.310;1.151;1.259



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 2 DE DENIA;1.285;1.119;1.158



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 3 DE DENIA;1.464;1.118;1.323



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 4 DE DENIA;1.272;1.071;1.200



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 5 DE DENIA;1.242;1.111;1.185



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 1 DE ALICANTE;1.899;1.542;1.686



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 2 DE ALICANTE;1.775;1.426;1.538



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 3 DE ALICANTE;1.811;1.485;1.489



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 4 DE ALICANTE;1.809;1.484;1.596



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 5 DE ALICANTE;1.748;1.433;1.521



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 6 DE ALICANTE;1.739;1.516;1.551



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 7 DE ALICANTE;1.814;1.485;1.537



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 8 DE ALICANTE;1.235;1.145;1.983



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 9 DE ALICANTE;1.795;1.460;1.583



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 10 DE ALICANTE;1.250;1.210;1.784



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 11 DE ALICANTE;1.648;1.502;1.526



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 12 DE ALICANTE;1.825;1.548;1.448



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 2 DE ORIHUELA;1.243;1.101;1.370



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 3 DE ORIHUELA;1.063;932;1.012



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 4 DE ORIHUELA;1.607;1.046;1.070



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 1 DE ORIHUELA;1.224;1.338;997



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 5 DE ORIHUELA;1.190;1.005;1.093



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 6 DE ORIHUELA;1.209;909;1.061



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 1 DE ELX;1.967;1.832;1.816



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 2 DE ELX;1.976;1.884;1.843



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 3 DE ELX;1.452;1.298;1.296



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 4 DE ELX;2.102;1.882;1.794



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 5 DE ELX;1.995;2.263;2.172



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 6 DE ELX;1.509;1.796;1.827



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 1 DE BENIDORM;2.145;1.826;1.397



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 2 DE BENIDORM;1.703;1.602;1.220



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 3 DE BENIDORM;1.990;1.646;1.306



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 4 DE BENIDORM;;;1.459



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 1 DE TORREVIEJA;1.688;1.625;1.598



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 2 DE TORREVIEJA;1.943;1.859;1.838



JDO. DE 1.ª INSTAN. N.º 3 DE TORREVIEJA;1.857;1.886;1.801



JDO. DE LO MERCANTIL N.º 1 DE ALICANTE;807;869;757



JDO. DE LO MERCANTIL N.º 2 DE ALICANTE;782;829;726



JDO. DE LO MERCANTIL N.º 3 DE ALICANTE;430;444;405



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 1 DE ALCOY;605;849;763



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 2 DE ALCOY;705;543;640



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 3 DE ALCOY;689;588;668



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 4 DE ALCOY;672;587;625



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 1 DE VILLAJOYOSA;811;827;529



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 2 DE VILLAJOYOSA;926;884;1.136



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 3 DE VILLAJOYOSA;981;851;925



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 1 DE ELDA;827;692;908



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 2 DE ELDA;781;769;847




Página
348






Órgano judicial;2012;2013;2014



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 3 DE ELDA;830;743;851



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 4 DE ELDA;678;678;793



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 1 DE VILLENA;511;520;507



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 2 DE VILLENA;549;500;500



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 3 DE VILLENA;551;454;461



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 1 DE S. VICENTE DEL RASPEIG;909;661;768



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 2 DE S. VICENTE DEL RASPEIG;817;769;830



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 3 DE S. VICENTE DEL RASPEIG;832;819;761



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 4 DE S. VICENTE DEL RASPEIG;701;662;806



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 1 DE NOVELDA;944;665;749



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 2 DE NOVELDA;713;686;785



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 3 DE NOVELDA;802;650;690



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 1 DE IBI;832;602;643



JDO. DE 1.ª INSTAN. E INSTRUC. N.º 2 DE IBI;637;505;595



Total provincia de Alicante/Alacant;76.106;68.182;72.005



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069848



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Echávarri Fernández, Gabriel (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada se informa que la instrucción
01/TV-29 de la Dirección General de Tráfico recoge la definición de
«punto negro» como «aquel emplazamiento perteneciente a una calzada de
una red de carreteras en el que durante un año natural se hayan detectado
3 o más accidentes con víctimas con una separación máxima entre uno y
otro de 100 metros».



En la actualidad la estadística correspondiente al año 2014 se encuentra
en proceso de elaboración.



La Dirección General de Tráfico participa en la mejora de la seguridad a
través del ejercicio de sus competencias, especialmente la regulación,
gestión y vigilancia del tráfico en vías interurbanas.



Por otra parte cabe señalar que habiéndose ya actuado en todos los Tramos
de Concentración de Accidentes que resultaron identificados en 2008, el
Ministerio de Fomento está trabajando en la actualización de la relación
de Tramos de Concentración de Accidentes.



Una vez identificados los tramos correspondientes, se podrán definir las
actuaciones que, en su caso, sean convenientes.



No obstante, el Ministerio de Fomento realiza labores de conservación y
mantenimiento, vigilancia e inspección en la Red de Carreteras del Estado
de forma continua.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069874



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).




Página
349






Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que, de acuerdo con
el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, el Estado tiene competencia
exclusiva sobre la regulación de las condiciones de obtención, expedición
y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas
para el desarrollo del artículo 27, que reconoce el derecho a la
educación, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los
poderes públicos en esta materia.



Las funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria han
sido transferidas a las Comunidades Autónomas. Como consecuencia de dicho
traspaso, la organización de programas específicos de apoyo escolar o
extraescolar corresponde a cada Administración educativa.



De acuerdo con el artículo 6 bis en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,
de Educación, introducido por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre,
para la Mejora de Calidad Educativa, el Gobierno ha diseñado el currículo
básico, en relación con los objetivos, competencias, contenidos,
criterios de evaluación, estándares y resultados de aprendizaje
evaluables, con el fin de asegurar una formación común y el carácter
oficial y la validez en todo el territorio nacional de las titulaciones.
Corresponde a las Administraciones educativas desarrollar el currículo
básico establecido por el Gobierno.



La reforma efectuada busca potenciar el aprendizaje por competencias, o
capacidades para aplicar de forma integrada los contenidos propios de
cada enseñanza y etapa educativa, con el fin de lograr la realización
adecuada de actividades y la resolución eficaz de problemas complejos. Se
integran en los elementos curriculares, para propiciar una renovación en
la práctica docente y en el proceso de enseñanza y aprendizaje y se
proponen nuevos enfoques en el aprendizaje y la evaluación. El
aprendizaje por competencias favorece los propios procesos de aprendizaje
y la motivación por aprender. Su adquisición debe realizarse de forma
progresiva y coherente a lo largo de las distintas etapas educativas.



Al finalizar la etapa de Educación Primaria, se establece una evaluación
individualizada a todos los alumnos y alumnas en la que se comprobará el
grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística, de la
competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y
tecnología, así como el logro de los objetivos de la etapa.



En cumplimiento de la nueva disposición adicional trigésima quinta de la
mencionada Ley Orgánica de Educación, se ha aprobado la Orden
ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre
las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la
Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el
Bachillerato.



Una vez aprobada la normativa de carácter básico, corresponde a cada
Administración educativa el desarrollo curricular así como el
establecimiento de las medidas organizativas y programas específicos de
apoyo para el adecuado desarrollo de las competencias por el alumnado.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069875



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la garantía
constitucional del derecho a la educación exige que nadie quede excluido
del acceso a la enseñanza de niveles que no sean obligatorios o gratuitos
por razones socioeconómicas, para lo que es preciso establecer mecanismos
de exención de tasas y precios públicos o de compensación de estos gastos
a los beneficiarios, a través de becas y ayudas al estudio.



El Gobierno se encuentra firmemente comprometido con la dimensión social
de la educación y con una política de becas y ayudas al estudio que
garantice que ningún estudiante abandone sus estudios postobligatorios
por motivos económicos, asegurando así la cohesión social y la igualdad
de oportunidades,




Página
350






para lo que ha mantenido el esfuerzo financiero pese al estricto marco de
contención del gasto público, de forma que quede garantizado el ejercicio
del derecho a la obtención de becas y ayudas al estudio de todos los
alumnos como parte del derecho constitucional a la educación.



Las funciones y servicios en materia de educación han sido transferidas a
las Comunidades Autónomas. De acuerdo con el artículo 80 de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, con el fin de hacer efectivo
el principio de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación, las
Administraciones públicas desarrollarán acciones de carácter
compensatorio en relación con las personas, grupos y ámbitos
territoriales que se encuentren en situaciones desfavorables y proveerán
los recursos económicos y los apoyos precisos para ello. Las políticas de
educación compensatoria reforzarán la acción del sistema educativo de
forma que se eviten desigualdades derivadas de factores sociales,
económicos, culturales, geográficos, étnicos o de otra índole.
Corresponde al Estado y a las Comunidades Autónomas, en sus respectivos
ámbitos de competencia, fijar sus objetivos prioritarios de educación
compensatoria. Por ello, el Gobierno, a través del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte, continúa realizando y financiando
actuaciones de educación compensatoria en su ámbito de gestión.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069876



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las funciones y
servicios en materia de enseñanza no universitaria han sido transferidas
a las Comunidades Autónomas. Como consecuencia de dicho traspaso, la
programación de la oferta educativa, su ejecución y la gestión de los
presupuestos asociados a la misma, es competencia del Gobierno de cada
Comunidad.



La etapa de educación infantil se ordena en dos ciclos. El primero
comprende hasta los tres años, y el segundo, desde los tres a los seis
años de edad.



La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, contiene un mandato a
las Administraciones Públicas, en su artículo 15, para que promuevan un
incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo
de Educación Infantil y coordinen las políticas de cooperación entre
ellas y con otras entidades para asegurar la oferta educativa en este
ciclo. A tal fin, deben determinar las condiciones en las que podrán
establecerse convenios con las corporaciones locales, otras
Administraciones y entidades privadas sin fines de lucro.



Este mismo precepto establece que el segundo ciclo de la Educación
Infantil será gratuito y que, a fin de atender las demandas de las
familias, las Administraciones educativas garantizarán una oferta
suficiente de plazas en los centros públicos y concertarán con centros
privados, en el contexto de su programación educativa. La disposición
adicional vigésima cuarta de la Ley dispone la incorporación de créditos
en los Presupuestos Generales del Estado para hacer efectiva la gratuidad
del segundo ciclo de Educación Infantil.



Por otro lado, según el artículo 81 de dicha Ley, corresponde a las
Administraciones educativas asegurar una actuación preventiva y
compensatoria garantizando las condiciones más favorables para la
escolarización, durante la etapa de Educación Infantil, de todos los
niños cuyas condiciones personales supongan una desigualdad inicial para
acceder a la educación básica y para progresar en los niveles
posteriores.



Por tanto, es competencia de cada Administración establecer la oferta de
plazas en la etapa de Educación Infantil y asegurar una actuación
preventiva y compensatoria, todo ello en el contexto de su programación
educativa.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
351






184/069878



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las funciones y
servicios en materia de enseñanza no universitaria han sido transferidas
a las Comunidades Autónomas. Como consecuencia de dicho traspaso, la
programación de la oferta educativa, su ejecución y la gestión de los
presupuestos asociados a la misma, es competencia del Gobierno de cada
Comunidad.



La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone, en su
artículo 15, que el segundo ciclo de la educación infantil será gratuito
y que, a fin de atender las demandas de las familias, las
Administraciones educativas garantizarán una oferta suficiente de plazas
en los centros públicos y concertarán con centros privados, en el
contexto de su programación educativa. En la disposición adicional
vigesimocuarta, se establece la incorporación de créditos en los
Presupuestos Generales del Estado para hacer efectiva la gratuidad del
segundo ciclo de educación infantil.



Según el artículo 81 de dicha Ley, corresponde a las Administraciones
educativas asegurar una actuación preventiva y compensatoria garantizando
las condiciones más favorables para la escolarización, durante la etapa
de educación infantil, de todos los niños cuyas condiciones personales
supongan una desigualdad inicial para acceder a la educación básica y
para progresar en los niveles posteriores.



Por tanto, es competencia de cada Administración educativa garantizar la
oferta suficiente de plazas en el segundo ciclo de educación infantil y
asegurar una actuación preventiva y compensatoria, todo ello en el
contexto de su programación educativa.



Madrid, 25 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069879



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las funciones y
servicios en materia de enseñanza no universitaria han sido transferidas
a las Comunidades Autónomas. Como consecuencia de dicho traspaso, la
programación de la oferta educativa, su ejecución y la gestión de los
presupuestos asociados a la misma, es competencia del Gobierno de cada
Comunidad.



La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone, en su
artículo 15, que el segundo ciclo de la Educación Infantil será gratuito
y que, a fin de atender las demandas de las familias, las
Administraciones educativas garantizarán una oferta suficiente de plazas
en los centros públicos y concertarán con centros privados, en el
contexto de su programación educativa. En la disposición adicional
vigésima cuarta, establece la incorporación de créditos en los
Presupuestos Generales del Estado para hacer efectiva la gratuidad del
segundo ciclo de Educación Infantil.



En el contexto de esta normativa básica, es competencia de cada
Administración educativa garantizar la oferta suficiente de plazas en el
segundo ciclo de Educación Infantil.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069880



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).




Página
352






Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el artículo 27 de
la Constitución Española reconoce el derecho a la Educación y establece
mandatos a los poderes públicos para garantizar ese derecho. De acuerdo
con el artículo 149.30.ª de la Constitución, el Estado tiene competencia
exclusiva sobre la regulación de las condiciones de obtención, expedición
y homologación de títulos académicos y profesionales, y normas básicas
para el desarrollo del citado artículo 27, a fin de garantizar el
cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.



Las funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria han
sido transferidas a todas las Comunidades Autónomas. La programación de
la oferta educativa, su ejecución y la gestión de los presupuestos
asociados a la misma, es competencia del Gobierno de cada Comunidad.



La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone, en su
artículo 15, que el segundo ciclo de la Educación Infantil será gratuito
y que, a fin de atender las demandas de las familias, las
Administraciones educativas garantizarán una oferta suficiente de plazas
en los centros públicos y concertarán con centros privados, en el
contexto de su programación educativa. En la disposición adicional
vigésima cuarta, establece la incorporación de créditos en los
Presupuestos Generales del Estado para hacer efectiva la gratuidad del
segundo ciclo de Educación Infantil.



Según el artículo 81 de dicha Ley, corresponde a las Administraciones
educativas asegurar una actuación preventiva y compensatoria garantizando
las condiciones más favorables para la escolarización, durante la etapa
de Educación Infantil, de todos los niños cuyas condiciones personales
supongan una desigualdad inicial para acceder a la educación básica y
para progresar en los niveles posteriores.



Por tanto, es competencia de cada Administración educativa garantizar la
oferta suficiente de plazas en el segundo ciclo de educación infantil y
asegurar una actuación preventiva y compensatoria, todo ello en el
contexto de su programación educativa.



No obstante, en el marco de esta distribución de competencias, las
políticas interculturales constituyen una prioridad del Gobierno que, a
través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, desarrolla
distintas actuaciones para la atención a la población gitana mediante
subvenciones o en colaboración con distintas entidades, cuyo objetivo
principal es proporcionar una educación de calidad en todos los niveles
del sistema educativo, así como garantizar una igualdad efectiva de
oportunidades, prestando los apoyos necesarios a este colectivo.



La Estrategia Nacional para la Inclusión Social de la Población Gitana en
España 2012-2020, aprobada el 2 de marzo de 2012 por Acuerdo de Consejo
de Ministros, ha sido diseñada como una oportunidad para reforzar y
profundizar las líneas de trabajo y las medidas que han dado resultados
positivos en las últimas décadas. Se enmarca en el Programa Nacional de
Reformas y en los planes y políticas nacionales de distintos ámbitos
(educación, empleo, vivienda, salud, etc.) que afectan directamente a las
condiciones de vida de las personas gitanas. Se planifica y desarrolla en
colaboración con las Comunidades Autónomas y entes de la Administración
Local y en consulta con el movimiento asociativo gitano.



Mediante la participación en el Consejo Estatal del Pueblo Gitano, órgano
colegiado interministerial de carácter consultivo y asesor en las
políticas públicas generales y específicas que redunden en el desarrollo
integral de la población gitana en España, se institucionaliza la
colaboración y la cooperación del movimiento asociativo gitano y la
Administración General del Estado para el desarrollo de políticas de
bienestar social basadas en el desarrollo y promoción integral de la
población gitana. En su seno se ha constituido un grupo de trabajo de
educación, integrado por representantes de los movimientos asociativos
gitanos, representantes de la Administración General del Estado de los
departamentos de Educación, Cultura y Deporte y Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad y expertos en la materia, que aborda todo lo
referente a la atención educativa de la población gitana. Este grupo de
trabajo, que se reúne dos veces al año, está coordinado por el Centro
Nacional de Innovación e Investigación Educativa. Asimismo, dentro del
Consejo, el Gobierno participa en la Comisión Delegada del Consejo
Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y
Atención a la Dependencia Gitano.



Asimismo, el Gobierno, a través del grupo de trabajo de calidad e
inclusión educativa, transmite al conjunto de Comunidades Autónomas las
medidas, planes, informes y actuaciones que se están llevando a cabo en
la Administración General del Estado sobre la población gitana. Este
grupo de trabajo se reúne, al menos, dos veces al año y en estas
reuniones se plantea la coordinación de actuaciones conjuntas. El
Gobierno, a través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte,
organiza o colabora en jornadas, seminarios y congresos para avanzar en
el cumplimento de los objetivos de la Estrategia Nacional.




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353






El Gobierno también colabora con otras instituciones, entidades y
asociaciones para desarrollar planes, programas, actividades de
formación, a través de una convocatoria de subvenciones a entidades
privadas sin fines de lucro para la realización de actividades dirigidas
a la atención del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y
a la compensación de desigualdades.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069881



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que son múltiples las
medidas que se han ido desarrollando a lo largo de esta legislatura y que
han permitido una modernización del sistema educativo de acuerdo con las
necesidades sociales y económicas del país y un incremento de los jóvenes
que cursan Formación Profesional, enseñanzas que cuentan con un amplio
catálogo de títulos de todas las familias profesionales, que puede cubrir
la mayoría de los intereses de las empresas y de los ciudadanos.



La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad
educativa, establece dos itinerarios formativos en el segundo ciclo de la
Educación Secundaria Obligatoria: la opción de enseñanzas académicas para
la iniciación al Bachillerato y la opción de enseñanzas aplicadas para la
iniciación a la Formación Profesional. En desarrollo de dicha Ley
Orgánica, el Gobierno ha aprobado el Real Decreto 1105/2014, de 26 de
diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación
Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. Entre los principios generales
de la etapa, señala que se prestará especial atención a la orientación
educativa y profesional del alumnado. Por otro lado, establece que los
currículos de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato
incorporarán elementos orientados al desarrollo y afianzamiento del
espíritu emprendedor, a la adquisición de competencias para la creación y
desarrollo de los diversos modelos de empresas y al fomento de la
igualdad de oportunidades y del respeto al emprendedor y al empresario,
así como a la ética empresarial. En la opción de enseñanzas aplicadas,
los alumnos y las alumnas deben escoger dos materias troncales entre las
siguientes: Ciencias aplicadas a la actividad profesional, Iniciación a
la actividad emprendedora y empresarial y Tecnología.



Otra de las medidas adoptadas, fundamental para la promoción de la
Formación Profesional, ha sido la implantación de los ciclos de Formación
Profesional Básica. Estos ciclos, de dos años de duración, vienen a
completar la oferta educativa obligatoria y gratuita en España.
Constituyen una pieza esencial de la política para reducir la tasa de
abandono escolar temprano, que se reconoce unánimemente como una de las
debilidades de nuestro sistema educativo. Superarlos permitirá la
obtención del título de Técnico Profesional Básico, con valor académico y
profesional, que acreditará una cualificación de nivel 1 del Catálogo
Nacional de las Cualificaciones Profesionales. El título permitirá el
acceso a los ciclos formativos de grado medio y la posibilidad de obtener
el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, tras realizar
la correspondiente evaluación final. En estas enseñanzas, la organización
modular, la metodología y un equipo docente reducido, garantizan al
alumnado una forma de aprender global, integradora y muy práctica, y
permiten una mejor adaptación a sus intereses y formas de aprender. La
formación en centros de trabajo facilita la toma de contacto del alumnado
con el mundo productivo y la realidad empresarial.



Por otro lado, el requisito de prueba de acceso desde la Formación
Profesional de grado medio a grado superior, se ha sustituido por un
procedimiento de admisión cuando la demanda supere la oferta de plazas.
Para los ciclos formativos de grado medio, las Administraciones
educativas podrán ofertar materias voluntarias para ampliar las
competencias del aprendizaje permanente (Comunicación en lengua
castellana y cooficial; Matemáticas aplicadas; Comunicación en lengua
extranjera) y materias voluntarias orientadas a facilitar el tránsito a
los ciclos de Grado Superior.



El Gobierno, a través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, está
fomentando la modalidad en línea en Formación Profesional que permite
obtener un título a las personas que no pueden asistir a los centros de
formación. En este sentido, se está apoyando a las Comunidades Autónomas
en la elaboración de materiales curriculares en línea que se ponen a
disposición de las mismas para implementar su oferta. En estos momentos,
existen materiales a distancia de 103 títulos diferentes.




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354






Siguiendo las recomendaciones europeas, el Gobierno promueve la Formación
Profesional de carácter dual. El Real Decreto 1529/2012, de 8 de
noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el
aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual,
regula un tipo de contrato que facilitará la implantación de esta
modalidad de formación y, para el sistema educativo, la posibilidad de
desarrollar en los centros educativos proyectos de formación profesional
dual incluso cuando no medie un contrato de formación y aprendizaje.



El Gobierno apoya igualmente a las Administraciones educativas para llevar
a cabo convocatorias para la evaluación y acreditación de competencias
profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral. Posibilitar
a los ciudadanos acreditar las competencias ya adquiridas facilita el
retorno al sistema educativo de las personas que lo abandonaron sin
ninguna titulación de carácter profesional y les permite aumentar sus
posibilidades de empleo.



La información relativa a la oferta de Formación Profesional está a
disposición de los ciudadanos a través de la página web del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte, en el portal Todofp.



El éxito de este conjunto de medidas se refleja en la evolución positiva
de la cifra de personas matriculadas en los distintos ciclos de Formación
Profesional:



— Curso 2012-2013: 662.892.



— Curso 2013-2014: 702.762.



— Curso 2014-2015: 793.034 (incluye nueva Formación Profesional Básica).



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069882



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada se indica que el Gobierno, a
través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, viene convocando
los Premios Nacionales de Educación en la enseñanza no universitaria.



La última convocatoria ha tenido lugar mediante Resolución de 29 de abril
de 2014 (BOE 19-05-2014), de la Secretaría de Estado de Educación,
Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan los Premios
Nacionales de Educación en la enseñanza no universitaria correspondientes
al año 2014, en las siguientes categorías: centros docentes, carrera
académica de investigación e innovación educativa, entidades para la
promoción educativa y equipos docentes. Dos de los premios de la
categoría para centros docentes se dirigen específicamente a fomentar la
convivencia escolar:



— Los Premios Nacionales al Fomento de la Convivencia Escolar, persiguen
desarrollar y fortalecer en los alumnos las capacidades básicas que
promuevan una cultura de paz, no violencia y de convivencia. Se premian
actuaciones que favorezcan la convivencia, en las actividades habituales
del centro, de minorías étnicas, sociales, culturales y de alumnos con
necesidades educativas especiales, más allá de la integración
estrictamente curricular, y en posible colaboración con otras
organizaciones e instituciones.



— El Premio Irene: la paz empieza en casa, busca promover la igualdad
entre hombres y mujeres, llevando a cabo medidas para la erradicación de
la violencia y encaminadas a la igualdad de género. Las actuaciones deben
contribuir al desarrollo de habilidades para la identificación y el
rechazo de los estereotipos sexistas que contribuyen a la violencia y a
la generación de esquemas alternativos que ayuden a comprender y respetar
la igualdad entre los sexos.



A estos premios han podido optar todos los centros escolares del Estado
español.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




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355






184/069884



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las funciones y
servicios en materia de enseñanza no universitaria han sido transferidas
a las Comunidades Autónomas. Como consecuencia, les corresponde la puesta
en marcha de sistemas de información y orientación educativo-laboral, sin
perjuicio de que el Gobierno, como responsable de la política educativa
para el conjunto de España, colabore con ellas.



El Gobierno, a través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, ha
puesto en marcha los siguientes sistemas de orientación
educativo-laboral:



En diciembre del año 2010 se puso en funcionamiento el portal Todofp como
herramienta destinada a la información y orientación profesional desde el
ámbito educativo. El portal se concibió como una herramienta abierta,
integrada y destinada a diferentes colectivos, incluyendo alumnos,
familias, profesores, profesionales de la orientación o empresarios. La
herramienta se dotó de una enorme flexibilidad de tal forma que pudiera
adaptarse de manera inmediata a las necesidades de los usuarios. Tiene
como premisa fundamental su permanente actualización.



El portal presenta una estructura con cuatro grandes áreas temáticas:



a) Orientación profesional: destinada fundamentalmente a alumnos,
profesionales de la orientación, profesores y centros educativos. Incluye
herramientas de carácter informativo e interactivas entre las que cabe
destacar: Busca empleo: entrénate; Movilidad: estudiar y trabajar en el
extranjero; Conoce tus habilidades; Mercado laboral; Entrénate para una
entrevista de trabajo.



b) Sobre Formación Profesional: destinada fundamentalmente al público que
desconoce la Formación Profesional, aunque también contiene elementos de
apoyo a profesores, alumnos y profesionales de la orientación. Incluye
información general, sobre formación en centros de trabajo y sobre
ferias, muestras y eventos.



c) Qué, cómo y dónde estudiar: dirigida específicamente a los alumnos, a
los profesores tutores y a los departamentos de orientación. Contiene
información exhaustiva sobre todos los títulos de Formación Profesional y
los centros en que se imparten, así como sobre otras ofertas formativas,
incluidas las de la formación para el empleo. Se incluyen fechas de
matriculación, de preinscripción y otra información de las Comunidades
Autónomas.



d) Pruebas y convalidaciones: área destinada a los centros educativos,
gestores parciales de los expedientes de convalidación, así como a los
ciudadanos que deseen obtener la convalidación o equivalencia de sus
estudios. También en esta área se recogen las convocatorias y fechas de
las pruebas de acceso a ciclos y de las pruebas libres para la obtención
de los títulos de Formación Profesional.



La página principal permite también el acceso a otra información y
herramientas de interés, ya sea por su actualidad o por su demanda
constante. Los accesos se actualizan diariamente y su ordenación se
modifica con periodicidad mensual, con el fin de mantener el atractivo de
la página sin perder coherencia y con un cierto grado de continuidad.
Entre esos accesos configurables destacan los siguientes:



— Biblioteca virtual.



— Normativa, tanto de ámbito nacional como autonómico.



— Suplementos Europass.



— Red Euroguidance (Red Europea de Centros de Recursos para la Orientación
Profesional).



— Información sobre Formación Profesional Básica y Formación Profesional
Dual.



— Herramienta de equivalencias que permite al usuario conocer la
equivalencia de titulaciones de planes extinguidos con las vigentes.



— Herramienta Acredita, para la acreditación de las competencias
profesionales adquiridas por la experiencia laboral y vías no formales de
formación.



— Competiciones de destrezas en Formación Profesional (Skills).




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356






Además, el portal dispone de un buzón en el que los usuarios pueden hacer
consultas relativas a su caso particular. En el curso escolar 2013-2014
el número total de peticiones atendidas fue de 2.548. Cuando una consulta
se repite con cierta frecuencia, se elabora información al respecto y se
incluye en el portal.



El número de visitas al portal ha ido creciendo cada año estabilizándose
en 2014 en cerca de cuatro millones. En el presente curso 2014-2015 está
previsto implementar un programa de calidad a través de un cuestionario
sobre contenidos y satisfacción.



Por otro lado, el Gobierno, a través del Ministerio de Empleo y Seguridad
Social, dirige un grupo de trabajo de orientación profesional constituido
en el seno del Consejo General de la Formación Profesional. Este grupo de
trabajo cuenta con la participación de las Comunidades Autónomas y
agentes sociales y tiene como objetivo el diseño de un Sistema Integrado
de Información y Orientación Profesional que optimice los recursos que en
esta materia se invierten.



El Gobierno, a través de la Dirección General de Formación Profesional, ha
puesto en marcha recientemente el portal Aprende a lo largo de la vida.
Dado que todas las personas deben tener la posibilidad de formarse a lo
largo de la vida, dentro y fuera del sistema educativo, con el fin de
adquirir, actualizar, completar y ampliar sus capacidades, conocimientos,
habilidades, aptitudes y competencias, para su desarrollo personal y
profesional, se ha desarrollado un portal web y un herramienta de
información, denominada inFórmate, cuyo objetivo es dar a conocer las
diferentes opciones formativas y los itinerarios existentes y sus
conexiones, para que las personas adultas puedan organizar y orientar la
experiencia de aprendizaje, rentabilizando tiempo y esfuerzos. Este
portal de información y orientación tiene la finalidad de ayudar a los
ciudadanos a conocer la opción y modalidad formativa que mejor se ajusta
a su realidad personal, familiar y profesional. Además, incorpora una
recopilación de materiales y recursos de apoyo al proceso de aprendizaje.



En el ámbito europeo, el Gobierno, a través del Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte, participa en la Red «Euroguidance» (Red de Centros de
Recursos para la Orientación Profesional) así como en la «European
Lifelong Guidance Policy Network» (Red Europea de Políticas de
Orientación a lo Largo de la Vida). Ambas redes inspiran y coordinan
acciones y políticas de orientación en Europa.



Finalmente, debe también destacarse que el Gobierno, a través de la
Comisión de Formación Profesional de la Conferencia Sectorial de
Educación, mantiene un intercambio permanente de información con las
Comunidades Autónomas en relación con las herramientas y medios
disponibles para la orientación profesional. A través de la citada
Comisión, el Gobierno informa a las Comunidades Autónomas sobre las
directrices en materia de orientación que se proponen y discuten en las
redes europeas citadas anteriormente.



Todo lo indicado permite concluir que, sin perjuicio de las competencias
de las Comunidades Autónomas en materia de orientación educativa y
profesional, el Gobierno mantiene los sistemas adecuados para garantizar
el derecho de los ciudadanos a una información y orientación profesional
de calidad, que les permita la toma de decisiones con todos los elementos
de juicio necesarios.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069885



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que los datos sobre
Formación Profesional Dual no forman parte de la estadística oficial de
las enseñanzas no universitarias. Los declarados por las Comunidades
Autónomas, que como autoridades educativas gestionan esta modalidad
formativa, no están desagregados por provincias.



Madrid, 26 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
357






184/069886



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las funciones y
servicios en materia de enseñanza no universitaria han sido transferidas
a las Comunidades Autónomas. Como consecuencia, les corresponde la
programación y ejecución de la oferta educativa.



La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la
Formación Profesional, establece en su artículo 11 que son las
Administraciones autonómicas, en el ámbito de sus competencias, las que
pueden crear y autorizar los centros integrados de formación profesional,
cumpliendo con los requisitos establecidos en el Real Decreto 1558/2005,
de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos de los
centros integrados de formación profesional.



En el marco de sus competencias, el Gobierno, a través del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte, ha participado en congresos, jornadas,
encuentros y otros eventos, organizados por diferentes Comunidades
Autónomas, que han servido de difusión y promoc ión de los centros
integrados de formación profesional. Además, se ha proporcionado apoyo
técnico a las administraciones de las Comunidades Autónomas que lo han
solicitado.



En estos momentos, la formación profesional cuenta con una red de 116
centros integrados que incluyen prácticamente todas las familias
profesionales. En la página web del Ministerio de Educación Cultura y
Deporte, en el portal «Todofp», a través del enlace
http://www.todofp.es/todofp/sobre-fp/informacion-general/centros-integrados.html, se ofrece amplia información sobre los mismos.



La provincia de Zaragoza cuenta con tres centros integrados:



— Centro Público Integrado de Formación Profesional Corona de Aragón.
Ofrece ciclos formativos de las siguientes familias profesionales:



– Administración y Gestión.



– Edificación y Obra Civil.



– Electricidad y Electrónica.



– Fabricación mecánica.



– Química.



— Centro Público Integrado de Formación Profesional Los Enlaces. Ofrece
ciclos formativos de las siguientes familias profesionales:



– Comercio y Marketing.



– Electricidad y Electrónica.



– Imagen y Sonido.



– Informática y Comunicaciones.



— Centro Privado Integrado de Formación Profesional La Salle-Santo Ángel.
Ofrece ciclos formativos de las siguientes familias profesionales:



– Fabricación mecánica.



– Electricidad y Electrónica.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069888



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).




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358






Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que, con
independencia de las medidas concretas adoptadas por el Gobierno de
Aragón, puesto que las funciones y servicios en materia de enseñanza no
universitaria han sido transferidas a las Comunidades Autónomas, son
múltiples las medidas que se han ido desarrollando por el Gobierno a lo
largo de esta Legislatura para lograr una formación profesional en el
sistema educativo moderna y que responda a las necesidades sociales y
económicas del país, sin perjuicio de que sea imprescindible seguir
adaptando y mejorando el sistema.



Una de las principales medidas ha consistido en la implantación de los
ciclos de Formación Profesional Básica, conforme a los dispuesto en la
Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad
educativa. Estos ciclos, de dos años de duración, vienen a completar la
oferta educativa obligatoria y gratuita en España. Constituyen una pieza
esencial de la política para reducir la tasa de abandono escolar
temprano, que se reconoce unánimemente como una de las debilidades del
sistema educativo. Superarlos permitirá la obtención del título de
Técnico Profesional Básico, con valor académico y profesional, que
acreditará una cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de las
Cualificaciones Profesionales. El título permitirá el acceso a los ciclos
formativos de grado medio y la posibilidad de obtener el título de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, tras realizar la
correspondiente evaluación final. En estas enseñanzas, la organización
modular, la metodología y un equipo docente reducido, garantizan al
alumnado una forma de aprender global, integradora y muy práctica, y
permiten una mejor adaptación a sus intereses y formas de aprender. Se
han establecido unos estándares de formación y evaluación comunes para
todo el Estado que facilitan la movilidad del alumnado entre Comunidades
Autónomas y unos requisitos para impartir la formación que garantizan su
calidad. La formación en centros de trabajo facilita la toma de contacto
del alumnado con el mundo productivo y la realidad empresarial.



Siguiendo las recomendaciones europeas, el Gobierno promueve la Formación
Profesional de carácter dual. El Real Decreto 1529/2012, de 8 de
noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el
aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual,
regula un tipo de contrato que facilitará la implantación de esta
modalidad de formación y, para el sistema educativo, la posibilidad de
desarrollar en los centros educativos proyectos de formación profesional
dual incluso cuando no medie un contrato de formación y aprendizaje. Esta
modalidad incrementa la vinculación y la corresponsabilidad del tejido
empresarial con la formación profesional del sistema educativo,
favoreciendo la transferencia del conocimiento entre centro-empresa y la
transición de los jóvenes al empleo. Además, facilita los procesos de
enseñanza y aprendizaje en situaciones reales de trabajo aumentando el
atractivo de la formación profesional.



El Gobierno, a través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, está
fomentando la modalidad en línea en Formación Profesional que permite
obtener un título a las personas que no pueden asistir a los centros de
formación. En este sentido, se está apoyando a las Comunidades Autónomas
en la elaboración de materiales curriculares en línea que se ponen a
disposición de las mismas para implementar su oferta. En estos momentos,
existen materiales a distancia de 103 títulos diferentes.



Por otro lado, a lo largo de la Legislatura, se ha continuado con la
revisión de los títulos de formación profesional y se ha actualizado todo
el catálogo. Esta revisión ha permitido adecuar los títulos a las nuevas
necesidades de los sectores productivos y de la sociedad en general. En
la actualización se han tenido en cuenta las recomendaciones y directivas
europeas en los aspectos relativos a la iniciativa emprendedora, la
competencia lingüística, la prevención de riesgos o el cuidado del medio
ambiente, entre otros.



A través de la observación de la evolución de los sectores productivos, se
han identificado nuevos y emergentes campos profesionales que han
permitido, en esta legislatura, la creación de nuevos títulos, entre los
que cabe destacar los siguientes:



— Técnico Superior en Ganadería y Asistencia en Sanidad Animal.



— Técnico Superior en Automatización y Robótica Industrial.



— Técnico en Video Disc-jockey y Sonido.



— Técnico Superior en Mediación Comunicativa.



— Técnico Superior en Promoción de Igualdad de Género.



— Técnico en Emergencias y Protección Civil.



— Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil.




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359






En estos momentos se está trabajando en la elaboración de títulos en las
áreas profesionales de redes y estaciones de tratamiento de agua,
mantenimiento aero-mecánico, actividades físico-deportivas y recreativas
y electro-medicina, entre otras.



Se dispone, pues, de un catálogo de títulos amplio, atractivo y que
responde a las necesidades de la sociedad y de los sectores productivos.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069889



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que, de acuerdo con
el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, el Estado tiene competencia
exclusiva sobre la regulación de las condiciones de obtención, expedición
y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas
para el desarrollo del artículo 27, que reconoce el derecho a la
educación, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los
poderes públicos en esta materia.



Las funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria han
sido transferidas a las Comunidades Autónomas. Como consecuencia de dicho
traspaso, la programación de la oferta educativa, su ejecución y la
gestión de los presupuestos asociados a la misma, es competencia del
Gobierno de cada Comunidad.



En consecuencia, es competencia del Gobierno la aprobación de reales
decretos por los que se establecen los diferentes títulos de Formación
Profesional, pero corresponde al Gobierno de Aragón su desarrollo e
implantación en dicha Comunidad Autónoma.



A lo largo de esta legislatura se han publicado veintiocho reales decretos
correspondientes a veintiún títulos de formación profesional básica,
nueve títulos de grado medio y diecisiete títulos de grado superior,
organizados en ciclos formativos incluidos en las enseñanzas de formación
profesional en el sistema educativo. Los mencionados títulos se han
distribuidos cronológicamente de la manera siguiente:



— En el año 2012 se han publicado los doce reales decretos relacionados a
continuación por los que se han establecido ocho títulos de grado medio y
cuatro títulos de grado superior así como las enseñanzas mínimas
correspondientes.



Título;Real Decreto



Técnico Superior en Caracterización y Maquillaje Profesional.;553/2012, de
23 de marzo, por el que se establece el título de Técnico Superior en
Caracterización y Maquillaje Profesional y se fijan sus enseñanzas
mínimas.



Técnico en Operaciones de Laboratorio.;554/2012, de 23 de marzo, por el
que se establece el título de Técnico en Operaciones de Laboratorio y se
fijan sus enseñanzas mínimas.



Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera.;555/2012,
de 23 de marzo, por el que se establece el título de Técnico en
Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera y se fijan sus
enseñanzas mínimas.



Técnico en Video Disc-jockey y Sonido.;556/2012, de 23 de marzo, por el
que se establece el título de Técnico en Vídeo Disc-jockey y Sonido y se
fijan sus enseñanzas mínimas.




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360






Título;Real Decreto



Técnico en Aprovechamiento y Conservación del Medio Natural.;1071/2012, de
13 de julio, por el que se establece el título de Técnico en
Aprovechamiento y Conservación del Medio Natural y se fijan sus
enseñanzas mínimas.



Técnico en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y
Embarcaciones.;1072/2012, de 13 de julio, por el que se establece el
título de Técnico en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y
Embarcaciones y se fijan sus enseñanzas mínimas.



Técnico en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas.;1073/2012, de 13 de
julio, por el que se establece el título de Técnico en Operaciones
Subacuáticas e Hiperbáricas y se fijan sus enseñanzas mínimas.



Técnico Superior en Integración Social.;1074/2012, de 13 de julio, por el
que se establece el título de Técnico Superior en Integración Social y se
fijan sus enseñanzas mínimas.



Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques
y Embarcaciones.;1075/2012, de 13 de julio, por el que se establece el
título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de
Maquinaria de Buques y Embarcaciones y se fijan sus enseñanzas mínimas.



Técnico en Navegación y Pesca de Litoral.;1144/2012, de 27 de julio, por
el que se establece el título de Técnico en Navegación y Pesca de Litoral
y se fijan sus enseñanzas mínimas.



Técnico en Mantenimiento de Material Rodante Ferroviario.;1145/2012, de 27
de julio, por el que se establece el título de Técnico en Mantenimiento
de Material Rodante Ferroviario y se fijan sus enseñanzas mínimas.



Técnico Superior en Ganadería y Asistencia en Sanidad Animal.;1585/2012,
de 23 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior
en Ganadería y Asistencia en Sanidad Animal y se fijan sus enseñanzas
mínimas.



— En el año 2013 se han publicado los seis reales decretos relacionados a
continuación por los que se han establecido un título de grado medio y
cinco títulos de grado superior así como las enseñanzas mínimas
correspondientes.



Título;Real Decreto



Técnico Superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y
Multimedia.;174/2013, de 8 de marzo, por el que se establece el título de
Técnico Superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y
Multimedia y se fijan sus enseñanzas mínimas.



Técnico Superior en Diseño y Gestión de la Producción Gráfica.;175/2013,
de 8 de marzo, por el que se establece el título de Técnico Superior en
Diseño y Gestión de la Producción Gráfica y se fijan sus enseñanzas
mínimas.



Técnico Superior en Promoción de Igualdad de Género.;779/2013, de 11 de
octubre, por el que se establece el título de Técnico Superior en
Promoción de Igualdad de Género y se fijan sus enseñanzas mínimas.



Técnico Superior en Ortoprótesis y Productos de Apoyo.;905/2013, de 22 de
noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en
Ortoprótesis y Productos de Apoyo y se fijan sus enseñanzas mínimas.



Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección
Civil.;906/2013, de 22 de noviembre, por el que se establece el título de
Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil y se
fijan sus enseñanzas mínimas.



Técnico en Emergencias y Protección Civil.;907/2013, de 22 de noviembre,
por el que se establece el título de Técnico en Emergencias y Protección
Civil y se fijan sus enseñanzas mínimas.




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361






— En el año 2014 se han publicado los nueve reales decretos relacionados a
continuación por los que se han establecido veintiún títulos de formación
profesional básica y ocho títulos de grado superior así como las
enseñanzas mínimas correspondientes.



Título;Real Decreto



Profesional Básico en Agrojardinería y Composiciones Florales.;127/2014,
de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la
Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional
del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos,
se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009,
de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales
correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación.



Profesional Básico en Arreglo y Reparación de Artículos Textiles y de
Piel.;127/2014



Profesional Básico en Carpintería y Mueble.;127/2014



Profesional Básico en Cocina y Restauración.;127/2014



Profesional Básico en Electricidad y Electrónica.;127/2014



Profesional Básico en Fabricación y Montaje.;127/2014



Profesional Básico en Informática y Comunicaciones.;127/2014



Profesional Básico en Mantenimiento de Vehículos.;127/2014



Profesional Básico en Peluquería y Estética.;127/2014



Profesional Básico en Reforma y Mantenimiento de Edificios.;127/2014



Profesional Básico en Servicios Administrativos.;127/2014



Profesional Básico en Servicios Comerciales.;127/2014



Profesional Básico en Tapicería y Cortinaje.;127/2014



Profesional Básico en Vidriería y Alfarería.;127/2014



Profesional Básico en Actividades Agropecuarias.;356/2014, de 16 de mayo,
por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica
del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional.



Profesional Básico en Actividades Marítimo Pesqueras.;356/2014



Profesional Básico en Alojamiento y Lavandería.;356/2014



Profesional Básico en Aprovechamientos Forestales.;356/2014



Profesional Básico en Artes Gráficas.;356/2014



Profesional Básico en Industrias Alimentarias.;356/2014




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362






Título;Real Decreto



Profesional Básico en Informática de Oficina.;356/2014



Técnico Superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico.;767/2014, de 12
de septiembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en
Anatomía Patológica y Citodiagnóstico y se fijan sus enseñanzas mínimas.



Técnico Superior en Documentación y Administración Sanitarias.;768/2014,
de 12 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico
Superior en Documentación y Administración Sanitarias y se fijan sus
enseñanzas mínimas.



Técnico Superior en Higiene Bucodental.;769/2014, de 12 de septiembre, por
el que se establece el título de Técnico Superior en Higiene Bucodental y
se fijan sus enseñanzas mínimas.



Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina
Nuclear.;770/2014, de 12 de septiembre, por el que se establece el título
de Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear y se
fijan sus enseñanzas mínimas.



Técnico Superior en Laboratorio Clínico y Biomédico.;771/2014, de 12 de
septiembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en
Laboratorio Clínico y Biomédico y se fijan sus enseñanzas mínimas.



Técnico Superior en Radioterapia y Dosimetría.;772/2014, de 12 de
septiembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en
Radioterapia y Dosimetría y se fijan sus enseñanzas mínimas.



Técnico Superior en Mediación Comunicativa.;831/2014, de 3 de octubre, por
el que se establece el título de Técnico Superior en Mediación
Comunicativa y se fijan sus enseñanzas mínimas.



Técnico Superior en Fabricación de Productos Farmacéuticos,
Biotecnológicos y Afines.;832/2014, de 3 de octubre, por el que se
establece el título de Técnico Superior en Fabricación de productos
farmacéuticos, biotecnológicos y afines y se fijan sus enseñanzas
mínimas.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069890



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Gobierno ha
fomentado y abierto nuevas vías para incrementar la participación de los
jóvenes y adultos en la formación profesional.



Una de las principales medidas ha consistido en la implantación de los
ciclos de Formación Profesional Básica, conforme a los dispuesto en la
Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad
educativa. Estos ciclos, de dos años de duración, vienen a completar la
oferta educativa obligatoria y gratuita en España. Constituyen una pieza
esencial de la política para reducir la tasa de abandono escolar
temprano, que se reconoce unánimemente como una de las debilidades de
nuestro sistema educativo. Superarlos permitirá la obtención del título
de Técnico Profesional Básico, con valor académico y profesional, que
acreditará una cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de las
Cualificaciones Profesionales. El título permitirá el acceso a los ciclos
formativos de grado medio y la posibilidad de obtener el título de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, tras realizar la
correspondiente evaluación final. En estas enseñanzas, la organización
modular, la metodología y un equipo docente reducido, garantizan al
alumnado una forma de aprender global, integradora y muy práctica, y
permiten




Página
363






una mejor adaptación a sus intereses y formas de aprender. Se han
establecido unos estándares de formación y evaluación comunes para todo
el Estado que facilitan la movilidad del alumnado entre Comunidades
Autónomas y unos requisitos para impartir la formación que garantizan su
calidad. La formación en centros de trabajo facilita la toma de contacto
del alumnado con el mundo productivo y la realidad empresarial



España ha incluido la implantación de la Formación Profesional Básica
entre las acciones a cofinanciar por parte de la Unión Europea a través
del Fondo Social Europeo, en el marco de la prioridad de inversión en la
educación, el desarrollo de las capacidades y el aprendizaje permanente,
que se recoge en los Reglamentos de la Unión Europea como una de las
prioridades de gasto para el periodo de programación 2014/2020, ligada al
objetivo de la Estrategia Europea 2020 de reducción del abandono escolar
temprano.



Por otro lado, el Gobierno, a través del Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte, está fomentando la modalidad en línea en Formación Profesional
que permite obtener un título a las personas que no pueden asistir a los
centros de formación. En este sentido, se está apoyando a las Comunidades
Autónomas en la elaboración de materiales curriculares en línea que se
ponen a disposición de las mismas para implementar su oferta. En estos
momentos, existen materiales a distancia de 103 títulos diferentes. Estos
materiales constan de componentes interactivos que desarrollan los
contenidos del currículo, actividades y tareas, glosarios de términos,
pruebas en línea y actividades de autoevaluación, enlaces de interés con
información añadida sobre los temas y, para el ámbito de gestión del
Ministerio, un foro de intercambio y discusión entre alumnos y
profesores.



Siguiendo las recomendaciones europeas, el Gobierno promueve la Formación
Profesional de carácter dual. El Real Decreto 1529/2012, de 8 de
noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el
aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual,
regula un tipo de contrato que facilitará la implantación de esta
modalidad de formación y, para el sistema educativo, la posibilidad de
desarrollar en los centros educativos proyectos de formación profesional
dual incluso cuando no medie un contrato de formación y aprendizaje.



El Gobierno apoya igualmente a las Administraciones educativas para llevar
a cabo convocatorias para la evaluación y acreditación de competencias
profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral. Posibilitar
a los ciudadanos acreditar las competencias ya adquiridas facilita el
retorno al sistema educativo de las personas que lo abandonaron sin
ninguna titulación de carácter profesional, y les permite aumentar sus
posibilidades de empleo. Mediante acuerdos de Consejo de ministros, se
han distribuido entre las Comunidades Autónomas fondos, cofinanciados con
el Fondo Social Europeo, para la evaluación y acreditación de
competencias profesionales, en base a los criterios establecidos en la
Conferencia de Educación.



Por último, una medida que favorece la oferta de formación profesional es
el amplio catálogo de títulos, 175, que abarcan todas las familias
profesionales, y que por lo tanto puede cubrir la mayoría de los
intereses de las empresas y de los ciudadanos.



La información relativa a la oferta de Formación Profesional está a
disposición de los ciudadanos a través de la página web del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte, en el portal Todofp.



El éxito de este conjunto de medidas se refleja en la evolución positiva
de la cifra de personas matriculadas en los distintos ciclos de Formación
Profesional:



— Curso 2012-2013: 662.892.



— Curso 2013-2014: 702.762.



— Curso 2014-2015: 793.034 (incluye nueva Formación Profesional Básica).



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069892



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).




Página
364






Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Real Decreto
1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional
de Cualificaciones Profesionales, modificado por Real Decreto 1416/2005,
de 25 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1128/2003, de
5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de las
Cualificaciones Profesionales, ordena las cualificaciones profesionales
susceptibles de reconocimiento y acreditación identificadas en el sistema
productivo en función de las competencias apropiadas para el ejercicio
profesional. Es el instrumento a través del cual se lleva a cabo la
integración de la oferta formativa de la formación profesional y la
evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas
por la experiencia laboral.



El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las
competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, desarrolla
el conjunto de actuaciones dirigidas a evaluar y acreditar las
competencias profesionales adquiridas a través de dicha experiencia o de
vías no formales de formación.



Son varias las medidas que el Gobierno ha adoptado a lo largo de la
legislatura con la finalidad de reforzar este procedimiento de
evaluación, para así dar respuesta a las demandas de los ciudadanos y
facilitarles la posibilidad de capitalizar las competencias profesionales
acreditadas para conseguir un certificado de profesionalidad o de un
título de formación profesional:



Se ha potenciado la evaluación y acreditación de las competencias
profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia
laboral transfiriendo créditos a las Comunidades Autónomas para este fin,
por acuerdos de Consejo de Ministros y siguiendo los criterios objetivos
establecidos en la Conferencia Sectorial de Educación, en la que están
representadas todas las Comunidades Autónomas. Se han efectuado las
siguientes aportaciones económicas:



— En el año 2012: 4.250.000 euros.



— En el año 2013: 5.605.000 euros.



— En el año 2014: 5.604.999 euros.



Se mantiene y se mejora constantemente la información de las páginas web
que desde diferentes Administraciones permiten poner al alcance de todos
los ciudadanos la información necesaria:



En la página web del Ministerio de Educación Cultura y Deporte, en el
portal TodoFP, existe una herramienta específica, «Acredita tu
experiencia profesional», diseñada para ofrecer información actualizada y
fiable acerca del procedimiento. Incluye instrumentos que permiten a los
posibles candidatos comprobar si, en sus circunstancias particulares,
este procedimiento es el más adecuado para mejorar sus competencias
profesionales y valorar las posibilidades que se les abren tras la
acreditación. La herramienta se acompaña de un asistente interactivo que
permite comprobar las acreditaciones que se pueden obtener y la
posibilidad de obtener una titulación oficial posteriormente, mediante la
convalidación de módulos profesionales para títulos de Formación
Profesional o mediante la exención de módulos formativos para
certificados de profesionalidad.



Incluye también enlaces a las páginas web sobre acreditaciones de las
Comunidades Autónomas, un listado actualizado de todas las convocatorias
y un espacio con contenidos para orientadores, asesores y evaluadores.



También dentro de la web Ministerio de Educación Cultura y Deporte, en la
página del Instituto Nacional de la Cualificaciones Profesionales, hay un
apartado específico sobre «Reconocimiento, evaluación y acreditación de
cualificaciones» en el que, entre otra información, se incluyen
instrumentos de apoyo para la evaluación y acreditación, con diferentes
guías para las personas que intervienen en el proceso así como guías de
evidencia de competencia de todas las unidades que conforman el Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales.



Por otro lado, la página web del Servicio Público de Empleo Estatal tiene
también un apartado dedicado al «Reconocimiento de las competencias
profesionales adquiridas».



Otra medida que facilita a las personas la capitalización de las unidades
de competencia acreditadas a través de este procedimiento, es la
inclusión en los reales decretos por los que se establecen los títulos de
formación profesional del sistema educativo, de un anexo en el que se
recoge la correspondencia de las unidades de competencia acreditadas, con
los módulos profesionales susceptibles de convalidación. Esta tabla es un
instrumento útil para informar y orientar a las personas que desean
capitalizar sus competencias profesionales para la obtención de un título
de formación profesional.




Página
365






Finalmente, debe destacarse que se ha consolidado el funcionamiento la
comisión interministerial creada por mandato del artículo 21 del Real
Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias
profesionales adquiridas por experiencia laboral, con el fin de
garantizar el cumplimiento de los principios, fines y funciones del
procedimiento regulado en el mismo, así como para su seguimiento y
evaluación. La comisión está regulada por la Orden PRE/910/2011, de 12 de
abril, por la que se crea la Comisión Interministerial para el
seguimiento y evaluación del procedimiento de reconocimiento de las
competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, y
establece entre sus fines los de promover y difundir el procedimiento y
reforzar sus actividades y medidas, colaborar con las Comunidades
Autónomas para coordinar el desarrollo del procedimiento y realizar su
seguimiento y evaluación.



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069909



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



La atención a las mujeres durante el embarazo, el parto y el posparto, es
una competencia de la especialidad de enfermería Gineco-obstétrica, que
ya está regulada en el Real decreto 450/2005, de 22 de abril, por el que
se crean y consolidan las especialidades de enfermería en el ámbito de
las profesiones sanitarias del ordenamiento jurídico nacional,
consolidándose la especialidad conforme al cuadro previo de
especialidades y, de conformidad con la regulación establecida por la
Directiva 2005/36/UE, hoy modificada por la Directiva 2013/55/UE, en su
artículo 40 y concordantes, que regula la de matrona, como una profesión
específica.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069910



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, cabe informar en
primer lugar que el Gobierno no puede valorar las contingencias
extraprocesales de un procedimiento hasta el completo esclarecimiento de
las mismas por los órganos a quienes se atribuye dicha responsabilidad.



Únicamente cabe señalar, dentro del ámbito competencial del Ministerio de
Justicia, que una vez que se tuvo conocimiento de la posible pérdida de
las diligencias previas a las que se alude en la pregunta, se solicitó
informe al Secretario de dicho Juzgado y al Secretario de Gobierno en
relación con lo sucedido, sin que a la vista de la información
provisional recibida pueda extraerse hasta el momento conclusión
definitiva alguna, ya que no han finalizado todas las actuaciones en
curso tendentes a la completa averiguación de los hechos, que se está
llevando a cabo por los distintos órganos judiciales y gubernativos con
competencia en la materia.



Madrid, 10 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
366






184/069913 y 184/069914



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



Los datos contenidos en el Sistema Informático del Sistema de Autonomía y
Atención a la dependencia son los que facilitan las Comunidades Autónomas
y las Direcciones Territoriales del IMSERSO de Ceuta y de Melilla,
administraciones competentes para la gestión del Sistema en sus
respectivos territorios; y se pueden consultar en la página web:



http://www.dependencia.imserso.es/dependencia_01/documentacion/index.htm



Esta información como así se establece en la normativa que regula el
Sistema de Información del Sistema para la Autonomía y Atención a la
Dependencia, Orden SSI/2371/2013, de 17 de diciembre (BOE n.º 302, de 18
de diciembre), es de nivel autonómico, por lo que puede ser aportada por
la Comunidad Autónoma.



En la actualidad no se cuenta con información suficiente al respecto. En
ese sentido, esta dificultad ya ha sido puesta de manifiesto por el
Tribunal de Cuentas en su Informe n.º 1.035 de fiscalización sobre las
medidas de gestión y control adoptadas por las Comunidades Autónomas para
la adecuada aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de
promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación
de dependencia. En dicho Informe se recoge expresamente (página 81) que
«no resulta posible cuantificar ni siquiera de forma aproximada la
participación en la financiación que efectúan a través del copago los
propios beneficiarios», debido a la falta de información al respecto.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069916



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



En la siguiente tabla se incluye la relación de contratos por los que se
interesa Su Señoría:



Provincia;Isla;Proyecto



SANTA CRUZ DE TENERIFE;LA PALMA;ACONDICIONAMIENTO Y RECUPERACIÓN
MEDIOAMBIENTAL DE LA RED NATURA 2000. ISLA DE LA PALMA. TODOQUE. LA
PALMA. (FONDOS FEDER)



SANTA CRUZ DE TENERIFE;LA PALMA;SEPARATA N.º 2 DEL PROYECTO DE
MODERNIZACIÓN Y MEJORA DE LA ZONA SUDESTE DE LA ISLA DE LA PALMA, FASE I:
DEPÓSITO Y RED DE RIEGO EN SAN MIGUEL (TT.MM. DE BREÑA ALTA Y BREÑA BAJA)
Y DEPÓSITO Y RED DE RIEGO DE LA HOYA LIMPIA (T.M. MAZO)



SANTA CRUZ DE TENERIFE;TENERIFE;OBRAS DE RESTAURACIÓN DE LOS DAÑOS
PRODUCIDOS POR EL INCENDIO DE JULIO DE 2012 EN «ISERSE Y GRANERITOS»
TTMM. DE ADEJE Y GUÍA DE ISORA EN LA ISLA DE TENERIFE



SANTA CRUZ DE TENERIFE;TENERIFE;PROYECTO DE PASEO MARÍTIMO Y DEMOLICIONES
EN LA PLAYA DE CHOVITO, T.M DE CANDELARIA (ISLA DE TENERIFE)



SANTA CRUZ DE TENERIFE;TENERIFE;PROYECTO DE OBRA DE UN HANGAR EN EL
AEROPUERTO DE TENERIFE SUR (REINA SOFÍA)



SANTA CRUZ DE TENERIFE;TENERIFE;MANTENIMIENTO Y ADECUACIÓN DE GRUPO
ELECTRÓGENO EN INGENIEROS LA CUESTA



SANTA CRUZ DE TENERIFE;TENERIFE;REALIZACIÓN DE LAS OBRAS DE DEMOLICIÓN Y
DESMONTAJE DE LA INSTALACIÓN DE PANELES SOLARES DEL OBSERVATORIO
ATMOSFÉRICO DE IZAÑA EN TENERIFE



SANTA CRUZ DE TENERIFE;TENERIFE;OBRAS DE REPARACIÓN DE LA CUBIERTA DE LA
TORRE DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN ATMOSFÉRICA DE IZAÑA.



SANTA CRUZ DE TENERIFE;TENERIFE;OBRAS DE REPARACIÓN Y PINTURA EN LOS
EDIFICIOS DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN ATMOSFÉRICA DE IZAÑA EN TENERIFE



SANTA CRUZ DE TENERIFE;TENERIFE;ADECUACIÓN INTERPRETATIVA DEL CENTRO DE
VISITANTES DEL PARQUE NACIONAL DEL TEIDE EN LA OROTA VA (TENERIFE)




Página
367






Provincia;Isla;Proyecto



SANTA CRUZ DE TENERIFE;TENERIFE;ACTUACIONES DE EMERGENCIA PARA LA URGENTE
E INMEDIATA REPARACIÓN DE LOS DAÑOS PRODUCIDOS POR LOS INCENDIOS
FORESTALES Y OTRAS CATÁSTROFES EN LA C.A. CANARIAS (ISLA DE LA PALMA) DE
2012, EN APLICACIÓN DE LA LEY 14/ 2012 DE 26 DE DICIEMBRE



SANTA CRUZ DE TENERIFE;TENERIFE;TRATAMIENTOS SELVICOLAS EN PREVENCIÓN DE
INCENDIOS FORESTALES 2009, EN EL PARQUE NACIONAL DE LA CALDERA DE
TABURIENTE



SANTA CRUZ DE TENERIFE;TENERIFE;REDACCIÓN DE PROYECTO, EJECUCIÓN DE
TRABAJOS, DIRECCIÓN DE OBRA, COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LAS
OBRAS DENOMINADAS ADAPTACIÓN DE LA OLA DEL LAGO MARTIÁNEZ, EN PUERTO DE
LA CRUZ PARA LA PRACTICA DE SURF



SANTA CRUZ DE TENERIFE;TENERIFE;ACONDICIONAMIENTO DE PLAYA JARDÍN FASE I



SANTA CRUZ DE TENERIFE;TENERIFE;MEJORA DEL SENDERO COSTERO DEL NORTE EN
TRAMO DE PUNTA BRAVA. PUERTO DE LA CRUZ



SANTA CRUZ DE TENERIFE;TENERIFE;TRABAJOS DE RESTURACIÓN AMBIENTAL DE LOS
DAÑOS PRODUCIDOS EN EL MONTE DEL ESTADO DE «ISERSE Y GRANERITOS» POR EL
INCENDIO DE JULIO DE 2012



SANTA CRUZ DE TENERIFE;TENERIFE;PROYECTO DE REFORMA PARCIAL DE LA
INSTALACIÓN ELÉCTRICA EN EL CENTRO PENITENCIARIO TENERIFE II, T.M DE EL
ROSARIO



SANTA CRUZ DE TENERIFE;TENERIFE;DESMONTAJE Y RETIRADA DE GRÚA PORTUARIA EN
LA DÁRSENA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE. (FEGA )



SANTA CRUZ DE TENERIFE;TENERIFE;INFORME TÉCNICO PERICIAL DE CUATRO
VIVIENDAS DE UN MISMO EDIFICION EN LA CALLE CASTELLÓN DE LA PLANA N.º 20
EN SANTA CRUZ DE TENERIFE



SANTA CRUZ DE TENERIFE;TENERIFE;CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO OCEANOGRÁFICO DE
CANARIAS EN SANTA CRUZ DE TENERIFE



LAS PALMAS;FUERTEVENTURA;LIMPIEZA INTERIOR Y EXTERIOR DE PARCELAS EN
ESTACIONES INATENDIDAS CEZMAN09 EN GRAN CANARIA Y FUERTEVENTURA



LAS PALMAS;LAS PALMAS;OBRAS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO BÁSICO Y DE
EJECUCIÓN DE ACONDICIONAMIENTO DE UNA CASETA PARA INFORMACIÓN 2011



LAS PALMAS;LANZAROTE;MANTENIMIENTO ZONA DE SEGURIDAD ACARPEÑAS DEL CHACHE



LAS PALMAS;LAS PALMAS;MANTENIMIENTO Y MEJORA DE LA MASA FORESTAL DE LA
BASE AÉREA DE GANDO. ANUALIDAD 2014.



LAS PALMAS;LAS PALMAS;PROYECTO DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE COSTAS
DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS 2007-2009



LAS PALMAS;LANZAROTE;ESTABILIZACIÓN DE EXPLANADA EN EL MUELLE DE LOS
MÁRMOLES (ARRECIFE) 1.ª FASE



LAS PALMAS;LANZAROTE;ESTABILIZACIÓN DE EXPLANADA EN EL MUELLE DE LOS
MÁRMOLES (ARRECIFE) 2.ª FASE



LAS PALMAS;LANZAROTE;REFORMA INTERIOR DEL MIRADOR MORROVELOSO PARA CENTRO
DE VISITANTES DEL PARQUE NATURAL DE JANDIA. BETANCURIA. (FUERTEVENTURA)
(FEDER)



LAS PALMAS;LANZAROTE;PROYECTO CONSTRUCTIVO DEL CAMINO NATURAL DE
LANZAROTE. SENDERO GR-131. FASE III



LAS PALMAS;LANZAROTE;LIMPIEZA PERÍMETRO VALLADO SEGURIDAD EVA-22



LAS PALMAS;LAS PALMAS;MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE COSTAS DE LA
PROVINCIA DE LAS PALMAS 3.ª FASE, 2009-2011



LAS PALMAS;LAS PALMAS;SUSTITUCIÓN DE FOSA SÉPTICA POR DEPURADORA BIOLÓGICA
EN EL CENTRO ESPACIAL DE CANARIAS DEPENDIENTE DEL INTA MASPALOMAS. T.M.
SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA



LAS PALMAS;LAS PALMAS;DELIMITACIÓN DE LA ZONA DE SERVICIO TERRESTRE EN EL
PUERTO DE ARINAGA



LAS PALMAS;LANZAROTE;SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO EN LA ISLA
DE LA GRACIOSA. AÑO 2011



LAS PALMAS;LANZAROTE;REHABILITACIÓN DEL FARO DE PUNTA DELGADA (ALEGANZA).
1.ª FASE



LAS PALMAS;LANZAROTE;TRABAJOS DE CORRECCIÓN HIDROLÓGICA EN LA PROPIEDAD
DEL ESTADO «FINCA ISLA DE LA GRACIOSA», ADSCRITA AL ORGANISMO AUTÓNOMO
PARQUES NACIONALES



LAS PALMAS;LAS PALMAS;SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS ZONAS EXTERNAS DE
INFRAESTRUCTURAS AJARDINADAS Y FORESTALES EN LA BASE AÉREA DE GANDO.



LAS PALMAS;LAS PALMAS;MANTENIMIENTO Y MEJORA DE LA MASA FORESTAL DE LA
BASE AÉREA GANDO 2012-2013



LAS PALMAS;LANZAROTE;ACONDICIONAMIENTO DE SENDERO ENTRE PUERTO DEL CARMEN
Y PUERTO CALERO (BARRANCO DEL QUIQUERE) T.M. TIAS. ISLA DE LANZAROTE (LAS
PALMAS)



LAS PALMAS;LANZAROTE;OBRAS DE MEJORA DE PISTAS, ADECUACIÓN DE MÁRGENES, Y
ACONDICIONAMIENTO VIARIO EN LA ISLA DE LA GRACIOSA (2011-2012) 1.ª FASE.



LAS PALMAS;LANZAROTE;REPARACIONES EN EL ACCESO A L CHARCO DE LOS CLICOS



SANTA CRUZ DE TENERIFE;LA GOMERA;SENDERO GR 131 DE LA GOMERA Y
CONSTRUCCIÓN DE VARIOS MIRADORES



SANTA CRUZ DE TENERIFE;LA GOMERA;PROYECTO DE EJECUCIÓN DEL CAMINO NATURAL
SENDERO GR-132 DE LA GOMERA. FASE I.



SANTA CRUZ DE TENERIFE;TENERIFE;AMPLIACIÓN Y MEJORA DE LA RED DE
VIGILANCIA VOLCÁNICA EN TENERIFE, LA PALMA Y EL HIERRO



SANTA CRUZ DE TENERIFE;LA GOMERA;SOTERRAMIENTO DE TRES TRAMOS DE LÍNEA DE
MEDIA TENSIÓN AÉREA, CONEXIONADO A LA RED Y RECEPTORES EXISTENTES Y
DESMONTAJE DE LA LÍNEA AÉREA. ISLA DE LA GOMERA




Página
368






Provincia;Isla;Proyecto



SANTA CRUZ DE TENERIFE;LA GOMERA;PROYECTO CONSTRUCTIVO DEL CAMINO NATURAL
SENDERO GR-132 DE LA GOMERA FASE II



SANTA CRUZ DE TENERIFE;LA GOMERA;REPARACIÓN DE DAÑOS CAUSADO POR EL
TEMPORAL DE VIENTO EN EL AEROPUERTO DE LA GOMERA



SANTA CRUZ DE TENERIFE;LA GOMERA;REPOSICIÓN DE PASARELA DE MADERA EN EL
PARQUE NACIONAL DE GARAJONA Y PARA USO DEL CAMINO NATURAL CUMBRES DE LA
GOMERA GR-131. ISLA DE LA GOMERA.



SANTA CRUZ DE TENERIFE;LA GOMERA;COMPLEMENTO DEL PROYECTO «SOTERRAMIENTO
DE TRES TRAMOS DE LÍNEA DE MEDIA TENSIÓN AÉREA, CONEXIONADO A LA RED Y
RECEPTORES EXISTENTES Y DESMONTAJE DE LA LÍNEA AÉREA (LA GOMERA) (EXPTE.
100910150) «OBRAS EN LA RED DE MEDIA TENSIÓN DE HERMIGUA



SANTA CRUZ DE TENERIFE;EL HIERRO;SENDERO DE GRAN RECORRIDO POR LOS CAMINOS
TRADICIONALES DE EL HIERRO. TT.MM. DE VALVERDE Y FRONTERA. ISLA DE EL
HIERRO. PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE



SANTA CRUZ DE TENERIFE;LA GOMERA;ACTUACIONES DE EMERGENCIA PARA URGENTE E
INMEDIATA REPARACIÓN DE DAÑOS PRODUCIDOS POR LOS INCENDIOS FORESTALES Y
OTRAS CATÁSTROFES NATURALES EN LA C.A. CANARIAS (ISLA DE LA GOMERA) DE
2012, EN APLICACIÓN DE LA LEY 14/2012, DE 26 DE DICIEMBRE



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069919



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indican los datos
correspondientes al número de solicitudes y becas concedidas, así como
sus cuantías, a estudiantes que cursaron sus estudios universitarios
matriculados en centros de la Comunidad Autónoma de Canarias y en la
provincia de Las Palmas en los cursos de 2010-2011 a 2014-2015. Estos
datos corresponden a la convocatoria general y de movilidad, becas de
colaboración y bonificación de los precios públicos a familias numerosas.



No es posible aportar los datos referidos al curso 2014-2015, ya que
actualmente se están llevando a cabo los procedimientos para la
resolución de la convocatoria, por lo que no se dispone de datos
estadísticos de dicho curso.



Niveles universitarios;Las Palmas;;;Total Canarias;;



;Solicitudes;N.º becas;Importe (euros);Solicitudes;N.º becas;Importe
(euros)



Curso 2010-2011;13.693;7.374;15.671.644,10;24.939;14.156;33.371.221,24



Curso 2011-2012;12.618;7.823;17.577.055,39;25.116;15.711;39.563.390,54



Curso 2012-2013;11.413;6.932;15.144.626,82;24.235;15.326;37.487.569,91



Curso 2013-2014;12.302;7.806;14.669.170,50;25.850;16.758;33.450.944,41



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069921



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indican a continuación los
datos correspondientes al número total de solicitudes, becas concedidas y
cuantías, de estudiantes que cursaron sus estudios de Formación
Profesional, matriculados en centros de la provincia de Las Palmas y el
total de la Comunidad Autónoma de Canarias en los cursos 2010/2011 a
2013/2014.




Página
369






No es posible aportar los datos referidos al curso 2014/2015, ya que
actualmente se están llevando a cabo los procedimientos para la
resolución de la convocatoria por lo que no se dispone de datos
estadísticos de dicho curso.



Convocatoria general y de movilidad;;Las Palmas;;;Total Canarias;;



;;Solicitudes;N.º becas;Importe;Solicitudes;N.º becas;Importe



Curso 2010/2011;Total;7.735;4.349;6.079.075,00;15.846;9.074;13.798.280,00



Curso 2011/2012;Total;6.931;4.242;6.084.194,00;13.973;8.912;13.995.250,00



Curso 2012/2013;Total;7.540;3.972;5.710.139,00;14.823;8.237;12.754.979,00



Curso 2013/2014;Total;9.206;3.875;5.598.676,37;17.694;8.087;11.963.730,12



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069926, 184/069928, 184/069948, 184/069984, 184/070010, 184/070023



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



En relación con las preguntas de referencia, el Gobierno se remite a los
siguientes enlaces de la administración presupuestaria que recogen la
información que se encuentra actualmente publicada (la fuente es la
Intervención General de la Administración del Estado, IGAE):



1. Avance de la Liquidación del Presupuesto de 2014, Volumen I (Estado) y
Estadística de Ejecución del Presupuesto a noviembre de 2014:



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/AVANCE%20ESTADO_2014%20%28IN TERNET%29.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/ 11-14%20MENSUAL.pdf



2. Avance de la Liquidación del Presupuesto de 2014, Volumen II
(Organismos) y Distribución territorial de la Inversión del Estado y sus
Organismos, datos a 30 de junio de 2014:



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/AVANCE%20OOAA_%202014%20(INTERNET).pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/DISTRIBUCIÓN%20TERRITORIAL%20PRIMER%20SEMESTRE%202014.pdf



3. Presupuestos Generales del Estado, Liquidación del Presupuesto del
ejercicio 2013, Volumen III (Presupuestos de Explotación y Capital):



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACI%c3%93N%20EXPLOTACI%c3%93N%20Y%20CAPITAL_2013%20%28INTERNET%29.pdf



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069927



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).




Página
370






Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
desde el año 2012, el Gobierno, a través del Ministerio de Economía y
Competitividad, viene impulsando el desarrollo del comercio minorista a
través del «Plan Integral de Apoyo a la Competitividad del Comercio
Minorista de España». Tras el desarrollo de las medidas contempladas en
los Planes aprobados en los años 2013 y 2014, y a la vista de su buena
acogida, fundamentalmente por el sector del comercio minorista, se ha
diseñado un nuevo «Plan Integral de Apoyo a la Competitividad del
Comercio Minorista de España 2015» como continuidad y nuevo impulso a las
medidas de apoyo al comercio en nuestro país.



El Plan Integral contempla crear las condiciones más favorables posibles
en todo el territorio nacional para el crecimiento y la competitividad
del comercio minorista, beneficiando al conjunto de las pequeñas y
medianas empresas comerciales y a los emprendedores de toda España.



Los programas del Plan Integral 2015, que se ejecutarán por la Dirección
General del Comercio Interior a través de la Cámara de España, las
Cámaras de Comercio y en colaboración con las comunidades autónomas,
comprenden la realización de acciones del programa de «Diagnóstico punto
de venta e innovación comercial», la celebración de talleres y actos
públicos, asesoramiento para el relevo generacional y desarrollo de
actuaciones, en colaboración con asociaciones de centros comerciales
abiertos, para la dinamización de centros comerciales urbanos.



Por otra parte, se publicará una nueva convocatoria a nivel nacional, para
la realización de proyectos singulares que conlleven la transformación de
equipamientos comerciales y adopción de acciones especiales de
modernización comercial en zonas de gran afluencia turística o municipios
con régimen de libertad de apertura, al no regular aperturas.



En el Apoyo Financiero, a través de las líneas financieras del Instituto
de Crédito Oficial, se contará con un importe objetivo de crédito que
asciende a 14.000 millones de euros. A ello se añade la línea de
financiación específica para el sector del comercio, dotada nuevamente
con 9 millones de euros.



Por otra parte, el Gobierno, a través del Ministerio de Economía y
Competitividad, gestiona ayudas para financiar actuaciones en
investigación e innovación a través de convocatorias que se resuelven por
concurrencia competitiva, realizándose la concesión de las ayudas de
acuerdo a los principios de publicidad, transparencia, objetividad,
igualdad y no discriminación, basándose en la excelencia científica.



En el año 2015 están pendientes de resolver varias convocatorias que
supondrán la financiación de nuevos proyectos de Investigación y
Desarrollo para los centros de investigación de Canarias y, además, se
publicarán las convocatorias correspondientes al año 2015. En materia de
proyectos empresariales de innovación, el Centro para el Desarrollo
Tecnológico Industrial, mantiene abiertas todas sus convocatorias.



Como consecuencia del Convenio de Red de Parques de Canarias, entre el
Gobierno de Canarias y el Ministerio de Economía y Competitividad, para
el año 2015 se prevé la realización de:



— Actuaciones en relación con el equipamiento de Gran Telescopio Canarias.



— Finalización del edificio polivalente III y licitación de las obras para
la construcción del edificio polivalente IV, en el área de Tarifa (Gran
Canaria).



— Actuaciones en el Parque Tecnológico de Gran Canaria:



– La centralización y puesta a punto de un servicio de alta
especialización en el Parque Científico y Tecnológico Marino de Taliarte
(remodelaciones y equipamiento para la construcción de laboratorios,
valorización de productos, genética, bioquímica, cromatografía, salas de
cata, histología) en instalaciones próximas al Banco de Algas.



– Adaptación y modernización de la sede en tierra del Consorcio de la
Plataforma Oceánica de Canarias.



– Creación y puesta en marcha de una ubicación del Parque Tecnológico de
Gran Canaria en el espacio del Recinto Ferial de Canarias.




Página
371






— Asimismo en la comisión de seguimiento del Convenio se concretaron,
dentro de las previsiones del Convenio nuevas actuaciones del Parque
Tecnológico de Gran Canaria para el año 2015:



– La Comisión de seguimiento del Convenio, ha tomado en consideración la
posibilidad de firmar una nueva adenda al mismo, en el caso de que la
ejecución de la Fase II de urbanización y proyectos en los parques
tecnológicos así como las de instrumentación del Gran Telescopio Canarias
se prolonguen.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069942



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



En las siguientes tablas se indica el número de ciudades españolas con
línea directa, que estaban conectadas con las Islas Canarias en los años
2011 a 2014, tanto en transporte aéreo como marítimo:



Conexiones aéreas;;;



2011;2012;2013;2014



26;22;23;25



Nota: tráfico comercial (regular y no regular). Se consideran destinos con
un volumen de pasajeros anual superior a 1.000.;;;



Conexiones marítimas;;;



2011;2012;2013;2014



11;13;13;12



Nota: se computan servicios marítimos insulares de línea Regular.;;;



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069969



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



De acuerdo con la información existente en el Ministerio de Fomento, en
las siguientes tablas se indica el número de ciudades españolas con línea
directa con las que estaba conectada la isla de La Palma en los años 2011
a 2014, tanto en transporte aéreo como marítimo:



Conexiones aéreas;;;



2011;2012;2013;2014



6;5;4;5



Nota: tráfico comercial (regular y no regular). Se consideran destinos con
un volumen de pasajeros anual superior a 1.000.;;;




Página
372






Conexiones marítimas;;;



2011;2012;2013;2014



23;11;11;11



Nota: se computan servicios marítimos insulares de línea Regular.;;;



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/069998, 184/069999



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tienen en servicio un
elevado número de inmuebles, siendo por lo general necesario realizar
mejoras en las condiciones de habitabilidad y funcionalidad de las
infraestructuras, mejoras que en la medida de lo posible son ejecutadas
en función de las disponibilidades presupuestarias y de las prioridades
preestablecidas.



Las inversiones (capítulo 6) en infraestructuras (obras) previstas en el
Anexo de Inversiones Reales y Programación Plurianual de los Presupuestos
Generales del Estado para cada ejercicio (crédito inicial) y las
inversiones efectivamente ejecutadas (obligaciones reconocidas), con
cargo a los créditos de las Direcciones Generales de la Policía y de la
Guardia Civil, en la provincia de Las Palmas, fueron las siguientes:



;2012;;2013;;2014;



Las Palmas;Crédito inicial;Obligac. reconoc.;Crédito inicial;Obligac.
reconoc.;Crédito inicial;Obligac. reconoc.



DGP;—;6.477,97;—;—;—;36.802,11



DGGC;—;67.933,83;—;25.000;—;113.997,75



Importe en euros.;;;;;;



Además de las anteriores, durante 2012, 2013 y 2014 y con cargo a créditos
de la Secretaría de Estado de Seguridad se ejecutaron las siguientes
inversiones en infraestructuras policiales en la citada provincia:



;2012;2013;2014



Las Palmas;56.188,90;45.873,81;89.193,72



Por otra parte cabe señalar que la Dirección General de la Guardia Civil,
anualmente, en función de las disponibilidades presupuestarias de cada
ejercicio, ejecuta obras de mejora y mantenimiento en los
acuartelamientos que se hayan priorizado, con cargo a los créditos del
Capítulo 2 descentralizados en su mayor parte a las unidades
territoriales, ascendiendo el importe de las obras ejecutadas en
cuarteles de la provincia de Las Palmas durante los años 2012, 2013 y
2014, y estando previstas para el presente año 2015 las siguientes:



;2012;2013;2014;2015



Las Palmas;379.804,40;327.367,99;376.100,00;260.000




Página
373






Por último, el Anexo de Inversiones Reales para el presente ejercicio no
recoge previsiones de inversión en infraestructuras de la provincia de
Las Palmas con cargo a las Direcciones Generales de la Policía y de la
Guardia Civil.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070011, 184/070012



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



El catálogo de efectivos y los recursos humanos disponibles de las Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad del Estado en la Comunidad Autónoma de Canarias y
en cada una de sus provincias, a 31 de diciembre de 2014, era el recogido
en los siguientes cuadros:



Guardia Civil



Canarias;Catálogo activos;Catálogo reserva ocupado;Activos;Reserva
ocupado;Alumnos prácticas;Efectivos disponibles



Palmas (Las);1.952;46;1.747;25;14;1.786



Santa Cruz de Tenerife;1.813;63;1.590;18;15;1.623



Total Canarias;3.765;109;3.337;43;29;3.409



Los efectivos disponibles agrupan las situaciones administrativas de
activo, reserva ocupado y alumno en prácticas.



Cuerpo Nacional de Policía



Canarias;Catálogo activos;Catálogo 2.ª actividad con destino;Activos;2.ª
actividad con Destino;Alumnos prácticas;Efectivos disponibles



Palmas (Las);2.430;231;2.196;28;12;2.236



Santa Cruz de Tenerife;1.834;;1.592;35;9;1.636



Total Canarias;4.264;231;3.788;63;21;3.872



Los efectivos disponibles agrupan las situaciones administrativas de
activo, 2.ª actividad con destino y alumnos en prácticas.



Los puestos de trabajo reservados, en el catálogo, a la 2.ª actividad con
destino, están asignados a las Jefaturas Superiores.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070017



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



Los accidentes de tráfico con víctimas registrados en la Comunidad
Autónoma de Canarias y en la provincia de Las Palmas, durante los años
2011, 2012, 2013 y 2014, según el tipo de accidente, fueron los recogidos
en los siguientes cuadros:




Página
374






Número de accidentes con víctimas



Provincia de Las Palmas;2011;2012;2013;2014



Colisión frontal;48;40;32;46



Colisión lateral;83;81;82;112



Colisión frontolateral;42;46;39;192



Colisión alcance;111;135;150;268



Colisión múltiple;60;67;67;79



Salida de la vía;196;223;180;221



Vuelco;43;41;31;11



Atropello a peatón;29;29;59;126



Colisiones con obstáculo;12;13;17;20



Otro tipo;32;27;41;103



Sin dato;;;;48



Total accidentes con víctimas;656;702;698;1.226



C. Autónoma de Canarias;2011;2012;2013;2014



Colisión frontal;107;113;118;111



Colisión lateral;319;293;452;233



Colisión frontolateral;91;103;143;446



Colisión alcance;324;377;442;541



Colisión múltiple;135;143;185;176



Salida de la vía;499;529;546;556



Vuelco;81;73;69;19



Atropello a peatón;146;112;214;263



Colisiones con obstáculo;53;40;48;40



Otro tipo;122;84;134;208



Sin dato;;;;48



Total accidentes con víctimas;1.877;1.867;2.351;2.641



Nota: Los datos de 2014 son provisionales.;;;;



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070027



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
los datos requeridos se muestran en la siguiente tabla:



Operaciones líneas ICO mediación formalizadas en Gran Canaria



Año;Importe (M€);N.º operaciones



2011;248,40;3.808



2012;178,71;2.428




Página
375






Año;Importe (M€);N.º operaciones



2013;199,77;2.407



2014;279,44;3.586



TOTAL;906,32;12.229



Madrid, 10 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070028



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
los datos requeridos se muestran en la siguiente tabla:



Operaciones líneas ICO mediación formalizadas en Fuerteventura



Año;Importe (M€);N.º operaciones



2011;8,77;224



2012;6,71;199



2013;6,90;224



2014;13,33;366



TOTAL;35,71;1.013



Madrid, 10 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070048



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, se señala que el
día 1 de septiembre de 2014, la Direcció General de Qualitat Ambiental de
la Conselleria d´Infraestructures, Territori i Medi Ambient de la
Generalitat Valenciana remitió copia de una denuncia de fecha 7 de abril
de 2014, realizada por un agente medioambiental que se refería a un
vertido de aguas fecales mezclada con pluviales a una sima.



El 14 de septiembre de 2014, se instruyeron diligencias previas de
carácter sancionador 1 para determinar la posible existencia de
infracción administrativa, según preceptúa la Ley de Aguas.



Como primera medida, con fecha 24 de noviembre de 2014, se requirió al
Ayuntamiento de Vall d’Alba para el cese inmediato del vertido, debiendo
comunicar las medidas adoptadas para ello. Al mismo tiempo, se programó
una toma de muestra para caracterizar el vertido.



Durante la toma de muestra, que se realizó el 11 de diciembre de 2014, se
constató la existencia de vertido a la sima, con un caudal de 0,2 l/s.




Página
376






El 29 de diciembre de 2014, el Ayuntamiento de Vall d’Alba, en respuesta
al requerimiento mencionado respondió que dicho punto de vertido (la
sima) se utiliza únicamente como aliviadero de la estación de bombeo en
caso de lluvias, que el día de la denuncia se estaba produciendo una
precipitación aproximada de 7 l/m2 y que el alivio cesó una vez finalizó
el episodio de lluvia.



Pudo constatarse que, efectivamente, el vertido se correspondió con un
episodio lluvioso.



Asimismo, dentro de esta fase procedimental de diligencias previas, en
referencia a la presunta proximidad aludida en relación con un pozo de
abastecimiento a la población, efectuadas las oportunas comprobaciones se
comprobó que el pozo en cuestión es el denominado «Teulería III», cuya
titularidad corresponde al Consorcio Concesionario «Pla de L’Arc»,
ubicado a unos 1.500 metros al este de la sima.



Habida cuenta de que la analítica demuestra que el agua vertida se
corresponde con agua de lluvia sin apenas carga orgánica y que, como se
ha dicho, el punto de vertido a la sima es un punto de alivio de la
estación de bombeo, se ha archivado el expediente de diligencias previas
por concluirse que no existió infracción a la Ley de Aguas.



No obstante, el Servicio de Policía de Aguas y Cauces Públicos de la
Comisaría de Aguas efectuará controles periódicos para asegurar que el
aliviadero funciona según las condiciones autorizadas.



1 Expediente 2014DV0124.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070053



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Las inversiones (material e intangible) ejecutadas por las 28 Autoridades
Portuarias y Puertos del Estado, en los puertos de interés general del
Estado e instalaciones de su competencia, desde el 1 de enero de 2014 a
31 de diciembre de 2014, han ascendido a un total de 367.086 miles de
euros (IVA no incluido).



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070054



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que se han iniciado
los contactos con la Dirección General de Movilidad de la Consejería de
Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía para estudiar los términos de
la incorporación de Renfe al Consorcio de Transportes de Málaga.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070057



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).




Página
377






Respuesta:



La limitación de velocidad establecida a 100 km/h en la Nueva Ronda de
Circunvalación Oeste de Málaga (Autovía del Mediterráneo, A-7) es la
contemplada en los proyectos de construcción de los diversos tramos de
acuerdo con sus respectivos estudios de visibilidad, realizados conforme
a la normativa vigente en el momento de redacción de los mismos.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070065



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



La integración del ferrocarril en Málaga está ejecutada y actualmente el
Ayuntamiento de Málaga y ADIF han encontrado una solución técnica que
permite al Ayuntamiento obtener la titularidad de la superficie del nuevo
bulevar bajo el que discurre el ferrocarril. El acuerdo correspondiente
que lo logra se encuentra en tramitación ante los respectivos órganos de
gobierno de ambas entidades.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070066 y 184/070067



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El Ayuntamiento de Málaga y Adif han encontrado una solución técnica que
permite al citado Ayuntamiento obtener la titularidad de la superficie
del nuevo bulevar bajo el que discurre el ferrocarril. El acuerdo
correspondiente que lo permita se encuentra en tramitación, ante los
respectivos órganos de gobierno de ambas entidades.



Madrid, 16 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070076, 184/070077



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con las preguntas formuladas conviene precisar que el artículo
13 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el
Reglamento Penitenciario establece el principio celular como elemento
inspirador, si bien regula asimismo una excepción a este principio al
recogerse expuesto en su apartado 2) que cuando la población
penitenciaria supere el número de plazas individuales disponibles, se
podrá albergar a más de un interno por celda.



Efectuada la anterior precisión cabe señalar que, en la actualidad, el
número total de celdas (residenciales más auxiliares) en los centros
penitenciarios es de 47.593, siendo la ocupación de 53.795 internos.




Página
378






Por otra parte, no es posible determinar con exactitud el número de
internos que habiendo estado ingresados en el Centro Penitenciario de
Soria desde el año 2000 hasta la fecha actual no han tenido celda
individual, si bien se informa que la media de población penitenciaria en
los últimos quince años en el citado Centro ha sido de 185 internos,
siendo 137 el número de celdas (114 residenciales más 23 celdas
auxiliares).



En la actualidad, la ocupación del Centro Penitenciario de Soria es de 168
internos y cuenta con las mencionadas 137 celdas.



Madrid, 16 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070078



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada se señala que la población reclusa
en el Centro Penitenciario de Soria, a 20 de febrero de 2015, era de 166
internos.



Por otra parte cabe señalar que, a febrero de 2015 y en dicho Centro, la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias tenía destinados 117
efectivos (109 funcionarios y 8 laborales) y la Entidad Pública Trabajo
Penitenciario y Formación para el Empleo 6 efectivos (4 funcionarios y 2
laborales).



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070083



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



El número de trabajadores en comisión de servicio y en segunda actividad,
entendiendo por estos últimos los incluidos en el ámbito de aplicación
del Real Decreto 89/2001, de 2 de febrero, por el que se regula la
asignación de puestos de trabajo a determinados funcionarios del Cuerpo
Especial y del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias por
razones de edad, en cada uno de los Centros Penitenciarios de la
Comunidad Autónoma de Castilla y León y a nivel nacional, es el
siguiente:



;Comisión de Servicio;;Segunda actividad RD 89/2001;



;SGIP;TPFE;SGIP;TPFE



ÁVILA;6;0;0;0



BURGOS;20;0;18;0



LEÓN;29;0;30;0



PALENCIA (LA MORALEJA DUEÑAS);15;0;1;0



SALAMANCA (TOPAS);21;1;40;0



SEGOVIA;4;0;6;0



SORIA;0;1;1;0



VALLADOLID;17;1;3;0



TOTAL CASTILLA Y LEÓN;112;3;99;0



TOTAL NACIONAL;840;43;273;1



SGIP: Secretaría General de InstitucionesPenitenciarias.



TPFE: Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.;;;;



Madrid, 24 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
379






184/070089 y 184/070090



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



Los datos por los que se interesa Su Señoría podrán ser aportados por la
Comunidad Autónoma, por ser la Administración competente.



Madrid, 25 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070110



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se señala que para cada una de
las provincias de Castilla y León, para la citada comunidad autónoma y
para el conjunto de España, excepto Cataluña y el País Vasco (dado que no
se dispone de información al respecto para esas dos comunidades
autónomas), se recogen los siguientes datos:



— El número de accidentes de daños materiales y el número de accidentes de
daños materiales con animales silvestres implicados.



— El número de accidentes con víctimas y el de accidentes con víctimas con
animales silvestres implicados.



;2006;2007;2008;2009;2010;2011;2012;2013;2014



Ávila;;;;;;;;;



N.º de accidentes de daños materiales con animales silvestres
implicados;95;135;129;136;176;166;177;178;169



N.º de accidentes de daños
materiales;728;711;677;657;745;631;630;652;1.136



N.º de accidentes con víctimas con animales silvestres
implicados;4;6;3;4;4;6;3;5;7



N.º de accidentes con víctimas;487;625;550;444;481;471;348;378;460



Burgos;;;;;;;;;



N.º de accidentes de daños materiales con animales silvestres
implicados;675;772;941;1.105;1.231;1.458;1.486;1.427;1.275



N.º de accidentes de daños
materiales;1.870;2.036;2.205;2.484;2.963;2.697;2.495;2.289;2.061



N.º de accidentes con víctimas con animales silvestres
implicados;6;6;14;11;5;10;14;17;16



N.º de accidentes con víctimas;848;738;786;812;888;876;799;836;748



León;;;;;;;;;



N.º de accidentes de daños materiales con animales silvestres
implicados;529;559;754;849;962;1.137;1.150;1.162;921



N.º de accidentes de daños
materiales;1.908;2.071;2.188;2.267;2.463;2.462;2.273;2.066;2.031



N.º de accidentes con víctimas con animales silvestres
implicados;2;6;15;11;16;23;36;61;14



N.º de accidentes con víctimas;1.095;1.298;1.081;989;904;823;814;827;615




Página
380






;2006;2007;2008;2009;2010;2011;2012;2013;2014



Palencia;;;;;;;;;



N.º de accidentes de daños materiales con animales silvestres
implicados;280;278;324;370;402;470;501;454;419



N.º de accidentes de daños
materiales;729;794;786;917;980;1.004;980;1.022;1.355



N.º de accidentes con víctimas con animales silvestres
implicados;6;5;7;3;4;6;6;3;5



N.º de accidentes con víctimas;520;446;414;350;377;314;251;270;253



Salamanca;;;;;;;;;



N.º de accidentes de daños materiales con animales silvestres
implicados;94;105;130;152;215;241;240;227;246



N.º de accidentes de daños
materiales;742;760;781;818;947;864;808;774;1.069



N.º de accidentes con víctimas con animales silvestres
implicados;2;5;0;3;3;7;3;6;6



N.º de accidentes con víctimas;1.017;1.016;832;450;565;629;655;811;664



Segovia;;;;;;;;;



N.º de accidentes de daños materiales con animales silvestres
implicados;86;141;158;162;189;223;237;280;254



N.º de accidentes de daños
materiales;613;699;703;682;866;761;1.190;1.215;1.173



N.º de accidentes con víctimas con animales silvestres
implicados;2;0;3;0;0;1;3;4;1



N.º de accidentes con víctimas;443;384;337;277;288;270;360;309;275



Soria;;;;;;;;;



N.º de accidentes de daños materiales con animales silvestres
implicados;452;465;490;534;611;783;820;749;765



N.º de accidentes de daños
materiales;907;928;920;1.014;1.072;1.187;1.202;1.132;1.055



N.º de accidentes con víctimas con animales silvestres
implicados;1;2;2;6;6;5;6;5;2



N.º de accidentes con víctimas;272;271;238;251;224;226;171;119;118



Valladolid;;;;;;;;;



N.º de accidentes de daños materiales con animales silvestres
implicados;84;95;92;120;151;180;224;188;226



N.º de accidentes de daños
materiales;932;938;908;1.002;1.057;1.032;1.068;1.238;1.217



N.º de accidentes con víctimas con animales silvestres
implicados;2;2;2;1;2;2;10;5;3



N.º de accidentes con víctimas;790;745;681;546;520;565;812;783;786



Zamora;;;;;;;;;



N.º de accidentes de daños materiales con animales silvestres
implicados;336;350;479;477;499;520;657;660;665



N.º de accidentes de daños
materiales;1.044;1.244;1.271;1.326;1.405;1.343;1.349;1.382;1.310



N.º de accidentes con víctimas con animales silvestres
implicados;3;7;1;9;5;1;6;3;4



N.º de accidentes con víctimas;303;314;250;260;227;189;173;140;124



Castilla y León;;;;;;;;;



N.º de accidentes de daños materiales con animales silvestres
implicados;2.631;2.900;3.497;3.905;4.436;5.178;5.492;5.325;4.940



N.º de accidentes de daños
materiales;9.473;10.181;10.439;11.167;12.498;11.981;11.995;11.770;12.407




Página
381






;2006;2007;2008;2009;2010;2011;2012;2013;2014



N.º de accidentes con víctimas con animales silvestres
implicados;28;39;47;48;45;61;87;109;58



N.º de accidentes con
víctimas;5.775;5.837;5.169;4.379;4.474;4.363;4.383;4.473;4.043



Total Nacional (excepto Cataluña y País Vasco);;;;;;;;;



N.º de accidentes de daños materiales con animales silvestres
implicados;5.777;6.420;7.606;8.468;9.849;11.214;12.112;11.945;11.397



N.º de accidentes de daños
materiales;55.909;64.134;64.947;67.432;73.274;66.992;65.229;65.635;88.519



N.º de accidentes con víctimas con animales silvestres
implicados;115;136;144;160;140;177;257;304;276



N.º de accidentes con
víctimas;61.667;60.883;53.767;49.186;47.831;46.204;45.960;51.815;52.744



Por último cabe señalar que los datos sobre el tipo de animal implicado en
el accidente se incorporan a la información de accidentalidad a partir
del año 2006, por lo que no se posible informar de anualidades
anteriores. Los datos correspondientes al año 2014 han de considerarse
provisionales.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070111



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada se señala que el número de
accidentes de tráfico con animales silvestres implicados, registrados en
la provincia de Soria, con desglose según titular de la vía y con sólo
daños materiales o víctimas, desde el año 2006 al 2014, fue el recogido
en el siguiente cuadro:



Accidentes con animales silvestres implicados



Año;Titularidad de la vía;Número de accidentes de daños materiales;Número
de accidentes con víctimas



2006;Autonómica;122;0



2006;Estatal;242;1



2006;Provincial;84;0



2006;Otras;4;0



2007;Autonómica;149;0



2007;Estatal;242;1



2007;Provincial;74;1



2007;Otras;0;0



2008;Autonómica;166;0



2008;Estatal;253;2



2008;Provincial;69;0



2008;Otras;2;0



2009;Autonómica;231;2



2009;Estatal;237;4



2009;Provincial;65;0



2009;Otras;1;0




Página
382






Año;Titularidad de la vía;Número de accidentes de daños materiales;Número
de accidentes con víctimas



2010;Autonómica;250;2



2010;Estatal;271;3



2010;Provincial;89;0



2010;Otras;1;1



2011;Autonómica;328;1



2011;Estatal;342;3



2011;Provincial;110;0



2011;Otras;3;1



2012;Autonómica;339;4



2012;Estatal;354;2



2012;Provincial;122;0



2012;Otras;5;0



2013;Autonómica;319;1



2013;Estatal;313;3



2013;Provincial;114;1



2013;Otras;3;0



2014;Autonómica;309;0



2014;Estatal;332;1



2014;Provincial;118;1



2014;Otras;6;0



Con respecto al cuadro anterior, cabe señalar que los datos sobre el tipo
de animal implicado en el accidente se incorporan a la información de
accidentalidad a partir del año 2006, por lo que no se posible informar
de anualidades anteriores, y que, por otra parte, los datos del año 2014
deben ser tomados como provisionales.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070112 y 184/070113



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



Se incluye a continuación la información solicitada sobre el número de
incidencias y minutos de retraso en lo que respecta a la infraestructura
interesada:



Periodo;Incidencias;Retrasos (minutos)



2012;14;3



2013;15;89



2014;24;70



Madrid, 16 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
383






184/070121 a 184/070124, 184/070159 y 184/070164



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con las preguntas de referencia, el Gobierno se remite a los
siguientes enlaces de la administración presupuestaria que recogen la
información que se encuentra actualmente publicada (la fuente es la
Intervención General de la Administración del Estado, IGAE):



1. Liquidación del Presupuesto Volumen I (Estado) de 2012, 2013, Avance de
la Liquidación del Presupuesto de 2014 y Estadística de Ejecución del
Presupuesto a noviembre de 2014:



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACION%20ESTADO_2012%20%28INTERNET%29.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACION%20ESTADO_2013%20%28INTERNET%29.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/AVANCE%20ESTADO_2014%20%28INTERNET%29.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/ 11-14%20MENSUAL.pdf



2. Avance de la Liquidación del Presupuesto 2014, Volumen II (Organismos)
y Distribución territorial de la Inversión del Estado y sus Organismos,
datos de 2012, 2013 y a 30 de junio de 2014:



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/AVANCE%20OOAA_%202014%20(INTERNET).pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/DISTRIBUCIÓN%20TERRITORIAL%20DEFINITIVA%202012.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/DISTRIBUCIÓN%20TERRITORIAL%20%202013.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/DISTRIBUCIÓN%20TERRITORIAL%20PRIM ER%20SEMESTRE%202014.pdf



3. Presupuestos Generales del Estado, Liquidación del Presupuesto de los
ejercicios 2012 y 2013, Volumen III (Presupuestos de Explotación y
Capital):



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQ
UIDACI%c3%93N%20EXPLOTACION%20Y%20CAPITAL_2012%20%28INTERNET%29.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQ UIDACI%c3%93N%20EXPLOTACI%c3%9
3N%20Y%20CAPITAL_2013%20%28INTERNET%29.pdf



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070133



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En el siguiente cuadro se recogen las actuaciones desarrolladas en caminos
naturales en las distintas provincias de Castilla y León y en las
anualidades solicitadas. El importe que se recoge en la tabla corresponde
al total de las obligaciones reconocidas. En la columna de «previsión
2015» se ha incorporado el importe de adjudicación y no el de las
obligaciones reconocidas al no poder ofrecer este dato hasta que no haya
pasado la anualidad. En lo que respecta a la fecha de recepción, «no
procede» significa que la obra aún no ha sido recibida o bien que no fue
necesaria recepción formal de la misma.




Página
384






Provincia;Nombre camino;Fecha Recepción;Obligaciones
reconocidas;;;Previsión anualidad 2015 (euros)



;;;Anualidad 2012 (euros);Anualidad 2013 (euros);Anualidad 2014 (euros);



SEGOVIA;Camino Natural del Eresma. Fase
I.;21/03/2014;;383.909,63;27.357,23;



;Camino Natural del Eresma. Fase II.;NO
PROCEDE;;100.000,00;449.997,56;96.004,15



;Camino Natural de la Vertiente Segoviana del Guadarrama.;NO
PROCEDE;;;681.476,99;874.225,61



;EG Camino Natural Vertiente de Guadarrama.;NO PROCEDE;1.714,41;;;



SORIA;Mantenimiento del Camino Natural Agua Soriano y
Villuercas.;28/11/2013;;23.970,19;12.134,76;



BURGOS;Emergencia Quintaniña-Escalada.;28/10/2013;326.882,36;99.673,28;;



;Embarcadero del Sobrón.;26/06/2014;;50.000,00;309.651,12;



;Mantenimiento y mejora del Ebro en Burgos.;13/03/2012;7.363,60;;;



;Mantenimiento del Camino Natural del Ebro.;NO PROCEDE;;;35.129,57;



;Proyecto de infraestructuras de mejora en los TT.MM. Del Valle de
Tobalina. Plan Garoña.;26/07/2012;36.617,45;;;



;Emergencia de daños en CN Sierra de la Demanda.;13/03/2012;16.008,08;;;



;Camino Natural del Santander Mediterráneo. Tramo
Oña.;23/07/2012;64.580,37;;;



;Camino Natural Senda del Pastoreo.;23/07/2012;10.409,09;;;



SALAMANCA;Camino Natural Vía de la Plata (Carbajosa de la Sagrada-Alba de
Tormes).;NO PROCEDE;;;401.768,89;776.012,84



LEÓN;Camino Natural de la Ruta de la Conquista en Bembibre.;NO
PROCEDE;;;;250.000,00



;Camino Natural de Villablino.;NO PROCEDE;;;;404.907,55



PALENCIA;Camino Natural del Románico Palentino.;NO PROCEDE;;;435.152,08;



;Mantenimiento del Camino Natural del Ebro.;NO PROCEDE;;;195,58;



VALLADOLID;Emergencia Etapa 13 Camino Natural del
Duero.;08/10/2013;295.806,31;111.863,11;;



El importe ejecutado en Castilla y León durante el año 2014 ascendió a la
cantidad de 2.352.863,78 euros, que sobre el presupuesto total ejecutado
en el programa de Caminos Naturales, que ascendió a la cantidad de
8.437.821,49 euros, supone un 27,88 %, y sobre el presupuesto previsto en
la Ley de Presupuestos en el año 2014 para el programa de Caminos
Naturales, que ascendió a la cantidad de 9.200.000,00 euros, supone un
25,57 %.



Por último, cabe señalar que el reparto indicativo que aparece en las
fichas de los Presupuestos Generales del Estado por Comunidades Autónomas
es orientativo. La programación real depende de la existencia de
promotores sobre el terreno, así como de proyectos viables para la
ejecución de las obras.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070160



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
en el año 2014 se han realizado inversiones por valor de 1.112.000 euros,
lo que supera el 100 % de lo presupuestado para el ejercicio.



De la inversión citada, el 18 % corresponde a inversiones realizadas en el
área de mantenimiento e infraestructuras del Centro. El 14 % están
asociadas a las actividades de investigación realizadas por la unidad de
microredes eléctricas y el 42 % a las de la unidad de biomasa. El 11 % a
la de procesos de conversión térmica y el 15 % a las actividades que la
unidad de energía eólica realiza en el Centro de Desarrollo de Energías
Renovables.



Los objetivos previstos en los proyectos en curso de cada una de las
unidades deben ser evaluados a la finalización de los mismos, pero tanto
lo previsto para la evolución de los objetivos como, en su caso, lo
comprometido en servicios técnicos, se ha cumplido en su totalidad.




Página
385






En el año 2012 el importe total de las inversiones realizadas en el Centro
de Desarrollo de Energías Renovables fue de 941.000 euros y, en el año
2013, de 1.270.000 euros.



Durante el año 2014 se tramitaron en el Centro de Desarrollo de Energías
Renovables, 463 expedientes de gasto correspondientes al capítulo 2 y 56
expedientes del capítulo 6. A la fecha actual no hay ninguna obligación
reconocida pendiente de pago, relativa a los mismos.



La inversión prevista en el superproyecto 2006 18 203 0022 en los
Presupuestos Generales del Estado ya ha sido completamente materializada.



En cuanto a la previsión para el año 2015, se estima una inversión próxima
a los 900.000 euros.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070166



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada sobre la restauración del
castillo de Yanguas (Soria), llevada a cabo por el Gobierno, a través del
Instituto del Patrimonio Cultural de España, del Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte, se indica lo siguiente:



N.º superproyecto N.º proyecto;Denominación;Presupuesto total;Presupuesto
2014;Ejecutado 2014;Ejecutado/ presupuestado 2014 (%)



197 18 13 9013;Arquitectura militar;265.945,67 €;24.000,00 €;32.435,33
€;135,15 %



2012 18 11 0007;Castillo de Yanguas;;;;



Ejecutado años anteriores (€);Obligaciones reconocidas (€);Pendiente de
pago;Previsiones



presupuestarias hasta final de obra;Anualidad 2015



2011: 15.024,28;2011: 15.024,28;0;0;0



2013: 233.510,34;2013: 233.510,34;;;



;2014: 32.435,33;;;



Madrid, 16 marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070167



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada sobre la restauración del
castillo de Ucero (Soria), llevada a cabo por el Gobierno, a través del
Instituto del Patrimonio Cultural de España, del Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte, se indica lo siguiente:



N.º Superproyecto N.º proyecto;Denominación;Presupuesto total;Presupuesto
2014;Ejecutado 2014;Ejecutado/ presupuestado 2014 (%)



197 18 13 9013;Arquitectura militar;630.000 €;280.000 €;267.318,48 €;95,47
%



2014 18 11 0012;Castillo de Ucero;;;;




Página
386






Ejecutado años anteriores;Obligaciones reconocidas/fecha de pago
(€);Pendiente de pago;Previsiones presupuestarias



hasta final de obra;Anualidad 2015



2013: 21.778,79 euros;2013: 21.778,79;177.335,80 €;221.000 €;178.000 €



;2014: 267.318,48;;;



;2015: 52.469,92;;;



Madrid, 16 marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070168



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las cantidades
totales de inversión en proyectos realizados por el Gobierno, a través
del Instituto del Patrimonio Cultural de España (IPCE), del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte, en 2014 y en los dos años anteriores,
comparadas porcentualmente con la inversión total realizada en Castilla y
León y en España, son las siguientes:



Año;Inversión total Soria (en euros);Inversión total en Castilla y León
(en euros);Inversión total en España (en euros);% inversión Soria
respecto total en Castilla y León;% inversión Soria respecto total en
España



2012;387.906,06;1.352.539,40;15.055.919,24;28,68 %;2,58 %



2013;329.323,86;1.052.589,61;12.829.162,26;31,29 %;2,57 %



2014;299.778,41;1.453.441,68;7.681.578,58;20,63 %;3,90 %



Las obligaciones reconocidas coinciden con las cantidades del apartado
«Inversión total en Soria». Dichas cantidades han sido abonadas en los
años indicados, no estando pendiente de pago partida alguna.



La previsión presupuestaria de los proyectos de la provincia de Soria
hasta la finalización completa de la inversión, es de 221.000 euros, de
los cuales 177.335,80 euros corresponden a la anualidad de 2015.



Madrid, 16 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070193



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En el Capítulo de Inversiones del Presupuesto de Gastos del Ministerio del
Interior se incluyen, regionalizadas, aquellas partidas presupuestarias
que, sometidas a programación, cuentan con dotación para ser acometidas
en el mismo. No obstante, la inversión no es una actividad fija sino que
se va desarrollando según lo imponen las necesidades. De esta forma, si
bien en el presupuesto de 2014 del Ministerio del Interior no se
contemplaba inicialmente ninguna partida para la provincia de Soria, la
ejecución final del mismo muestra unas obligaciones reconocidas en esta
provincia y en el referido ejercicio, de 1.737.211,51 euros, distribuidos
de la siguiente forma:



— Secretaría de Estado de Seguridad: 103.441,70 euros.



— Dirección General de la Policía: 32.809,72 euros.




Página
387






— Dirección General de la Guardia Civil: 13.726,24 euros.



— Secretaría General de I. Penitenciarias: 25.011,94 euros.



— Dirección General de Tráfico: 1.562.221,91 euros.



Con estos datos, el porcentaje de ejecución en Soria respecto del total de
la Comunidad Autónoma de Castilla y León fue del 14,45 %, y de un 0,70 %
respecto de la inversión total del Ministerio del Interior durante 2014.



En el presupuesto para 2015 no aparece regionalizada ninguna inversión en
la citada provincia.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070199



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, cabe informar en
primer lugar que el Gobierno no puede valorar las circunstancias
concurrentes en los procedimientos en trámite ante los Tribunales de
Justicia, ni mucho menos pronunciarse sobre las diligencias que hayan
practicado en la causa los órganos judiciales intervinientes. Tampoco
resulta factible valorar las contingencias extraprocesales de un
procedimiento hasta el completo esclarecimiento de las mismas.



Únicamente cabe señalar, dentro del ámbito competencial del Ministerio de
Justicia, que una vez que se tuvo conocimiento de la posible pérdida de
las diligencias previas a las que se alude en la pregunta, se solicitó
informe al Secretario de dicho Juzgado y al Secretario de Gobierno en
relación con lo sucedido, sin que a la vista de la información
provisional recibida pueda extraerse hasta el momento conclusión
definitiva alguna, ya que no han finalizado todas las actuaciones en
curso tendentes a la completa averiguación de los hechos, que se está
llevando a cabo por los distintos órganos judiciales y gubernativos con
competencia en la materia.



Madrid, 10 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070200



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Núñez, Alejandro (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Órgano de
Contratación y, por tanto, el Ministerio de Defensa no han tomado parte
en la subrogación que se menciona en la pregunta, dado que las relaciones
entre la empresa adjudicataria y sus empleados han sido objeto de
sentencia judicial.



El Órgano de Contratación ha realizado la tramitación del expediente del
asunto con estricto cumplimiento de la legislación contractual vigente y
los términos acordados en el Acuerdo Marco que rige sus condiciones
específicas.



De esta manera, según lo especificado en la Cláusula 47 del Pliego de
Cláusulas Administrativas Particulares del contrato adjudicado a la
empresa «Proman Servicios Generales, S.L.», y de acuerdo con el artículo
120 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en
este Pliego no se establece la obligación de subrogación de trabajadores,
sin perjuicio de que tal obligación pueda existir según resulte de lo
establecido en los convenios o en la normativa de preceptiva aplicación,
lo que en todo caso es competencia y responsabilidad de la empresa
adjudicataria.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
388






184/070201



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Núñez, Alejandro (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la empresa
«Proman Servicios Generales, S.L.» es, desde octubre de 2014, la
adjudicataria de la prestación de un servicio de «auxiliares de servicio
y control» en el Museo del Ejército en Toledo, servicio externalizado y
contratado mediante procedimiento abierto al amparo del Acuerdo Marco de
Servicios de Seguridad y Control para el Ministerio de Defensa y sus
Organismos Autónomos.



Hasta la fecha mencionada, el servicio venía siendo desempeñado por la
empresa «Ombuds Servicios, S.L.» que contaba para ello con un equipo de
trabajo conformado al efecto. Para configurar el equipo de trabajo
necesario para el desempeño de los cometidos asignados e iniciar su
actividad en el Museo del Ejército, «Promar Servicios Generales, S.L.»
llevó a cabo un proceso de selección de personal en el que decidió no
subrogar en sus contratos a algunos de los trabajadores de «Ombuds».



Hasta la fecha la empresa «Proman Servicios Generales, S.L.» ha respetado
el principio general establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas
de dar estabilidad al personal que presta el servicio en esta
instalación, manteniendo el mismo equipo humano de forma continuada con
variaciones puntuales y por causas justificadas.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070202



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Núñez, Alejandro (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las relaciones
entre la empresa adjudicataria de los servicios de seguridad y control
del Museo del Ejército en Toledo y sus trabajadores han sido objeto de
sentencia judicial. El Ministerio de Defensa se atiene a lo que dictan
los tribunales competentes.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070203



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Núñez, Alejandro (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el litigio
laboral entre los trabajadores que prestaban servicio de «auxiliares de
servicio y control» en la empresa adjudicataria «Proman Servicio General,
S.L.» y la propia empresa ha sido formalizado en denuncia ante el
tribunal competente y resuelto por sentencia.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
389






184/070214



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto (GS).



Respuesta:



En relación con las preguntas formuladas, se informa que la Secretaría
General de Instituciones Penitenciarias ha venido suscribiendo convenios
de colaboración con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad para la puesta en marcha y evaluación de actividades de
prevención, asistencia y reinserción en materia de drogodependencias en
los Centros Penitenciarios. El último de estos Convenios se firmó el 3 de
marzo de 2014.



Dicho convenio no tiene ningún presupuesto asignado ni supone compromiso
de gasto alguno ya que lo que se potencia es la colaboración bilateral
contando cada una de las partes con la dotación de sus propios recursos
técnicos y personales en todo el ámbito territorial gestionado por ambas
Administraciones.



Como todos los Convenios, contempla la existencia de una Comisión Mixta de
Seguimiento, la cual no se ha reunido de una manera formal, dado que los
contactos entre ambas partes son absolutamente fluidos y cotidianos, lo
que propicia un alto grado de entendimiento y coordinación permitiendo
solucionar las cuestiones que puedan ir surgiendo de una manera directa,
flexible y operativa.



Con el resto de Administraciones Públicas existe, asimismo, un contacto
fluido ya que es habitual que las distintas Comunidades Autónomas,
algunas Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos de toda la geografía
nacional colaboren con los Centros Penitenciarios, entre otros ámbitos,
en materia de drogodependencias. Sin embargo, dicha colaboración no se
lleva a cabo habitualmente con la previa firma de convenios de
colaboración sino que la mayor parte de esta se viene realizando sin
suscribir convenios. Lo habitual es que las distintas Administraciones
que desarrollan programas o campañas sobre multitud de aspectos
vinculados a las drogodependencias extiendan su intervención a los
Centros Penitenciarios radicados en su ámbito territorial.



Sin embargo, es preciso significar que la colaboración más intensa y
continuada se viene realizando en los Centros Penitenciarios a través de
multitud de organizaciones no gubernamentales, asociaciones, fundaciones
etc. Estas intervenciones, suponen la acometida de la problemática tóxica
desde muchísimos prismas, abordando cuestiones vinculadas al consumo y
abuso de estas sustancias, educación para la salud, atención
individualizada y grupal, así como el abordaje de patologías físicas y
psiquiátricas vinculadas al consumo.



Además, cabe señalar que la Administración Penitenciaria se encarga de
gestionar el cumplimiento de penas y medidas alternativas a la prisión en
cuyo ámbito contactan millares de ciudadanos. En multitud de ocasiones,
por referirlo el testimonio de sentencia o por manifestarlo el sujeto
condenado, cuando se detecta un problema de drogodependencia se trata de
que el cumplimiento de esas medidas o trabajos en beneficio de la
comunidad aborden su problemática tóxica.



Es importante subrayar que la Administración Penitenciaria pone a
disposición de los internos todos sus recursos personales y materiales
para que la intervención en materia de drogodependencia sea un éxito.



Por último cabe señalar que en el párrafo final de la estipulación primera
del Convenio se especifica que éste no conlleva obligaciones financieras
y que si se necesitara financiación para alguna actividad concreta se
tramitaría conforme a lo previsto en la normativa vigente.



Madrid, 16 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070216



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ros Martínez, Susana (GS).




Página
390






Respuesta:



La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre
mujeres y hombres, establece en su artículo 45 la obligación de elaborar
un plan de igualdad a las empresas de más de 250 trabajadores,
negociándolo con sus trabajadores conforme a la legislación laboral.



Asimismo, establece que las empresas deberán elaborar y aplicar un plan de
igualdad cuando así se establezca en el convenio colectivo que sea
aplicable y en los términos previstos en el mismo.



No obstante, la citada Ley Orgánica 3/2007 no establece en ningún momento
la obligación de registrar o depositar dichos planes.



Posteriormente, el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y
depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, estableció en su
artículo 2.1.f) la obligación de registrar los planes de igualdad de las
empresas cuando su elaboración esté prevista en el convenio colectivo
aplicable.



Así pues, actualmente existen distintas posibilidades para el registro y
depósito de los planes de igualdad:



— Los planes de igualdad realizados como consecuencia del convenio
colectivo aplicable a la empresa. En este caso existe obligación de
registrarlos en el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo
competente.



— Los planes de igualdad que se adjuntan como anexos al convenio colectivo
de la empresa que se registran dentro del texto del convenio.



— Los planes de igualdad que, a pesar de no estar comprendidos en los dos
apartados anteriores, se depositan voluntariamente en el depósito de
convenios y acuerdos colectivos de trabajo competente.



— Hay que tener en cuenta los planes de igualdad aprobados de forma
unilateral por la empresa que no tienen cabida en los registros de
convenios y acuerdos colectivos de trabajo.



Finalmente se informa que los planes de igualdad han de registrarse o
depositarse ante la autoridad laboral competente en el territorio donde
se encuentran los centros de trabajo de la empresa. En consecuencia, si
el ámbito territorial de las empresas es la provincia de Castellón, la
información sobre los planes de igualdad corresponde a la autoridad
laboral de dicha provincia, dependiente de la Generalitat Valenciana.



Por otra parte, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,
entre las medidas desarrolladas para fomentar e impulsar la adopción
voluntaria de planes de igualdad en el ámbito de las pequeñas y medianas
empresas, viene realizando desde 2008 convocatorias anuales de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con el objetivo de
financiar, total o parcialmente, los costes derivados de su elaboración e
implantación.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070217 a 184/070222



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Carcedo Roces, María Luisa (GS).



Respuesta:



El artículo 4 de la Ley de Adopción Internacional, sobre «Circunstancias
que impiden o condicionan la adopción», en su apartado 4, recoge
expresamente la necesidad de coordinación interautonómica y la figura de
un órgano de coordinación institucional de las Administraciones Públicas
de protección de menores, a la que podrá someterse a su consideración la
decisión a adoptar por la Entidad Pública competente en cada Comunidad en
los supuestos de tramitación o no de solicitudes de adopción con un país,
así como de tramitación de solicitudes de adopción con un país por vía
exclusiva de las Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional cuando
se constate que otra vía de tramitación presenta riesgos evidentes por
falta de garantías adecuadas.




Página
391






La Comisión Interautonómica es un foro integrado por los Directores
Generales de Comunidades Autónomas con competencias en materia de
protección a la infancia y, por tanto, en temas de adopción
internacional. En estas reuniones, convocadas desde el Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad a través de la Dirección General
de Servicios para la Familia y la Infancia y con la participación de un
representante de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de
Asuntos Consulares y Migratorios del Ministerio de Asuntos Exteriores y
de Cooperación, se abordan cuestiones referidas a la adopción
internacional llegando a consensos que obedecen a un compromiso en cuanto
a su cumplimiento, adoptando posteriormente y de acuerdo a su ámbito
competencial cada Entidad Pública autonómica las resoluciones
correspondientes. Se trata de un foro de coordinación y colaboración
entre las Entidades Públicas de protección de menores del territorio
español y las convocatorias, con fechas y orden del día se remiten a
dichas Entidades Públicas. Lo mismo ocurre con los consensos alcanzados,
que se remiten en un acta desde esta Dirección General, como convocante
de la reunión, para utilización de las Entidades Públicas.



Las reuniones suelen celebrarse con una periodicidad semestral si bien, de
acuerdo con la urgencia de los temas a tratar, puede tener una
periodicidad inferior. Los temas a tratar son fijados conjuntamente entre
las administraciones autonómicas y el Ministerio, a la vista de las
cuestiones que precisan un análisis y debate conjunto para llegar a
consensos.



Es conveniente señalar que las Entidades Colaboradoras de Adopción
Internacional actúan por delegación de la Entidad Pública de protección
de menores en la Comunidad Autónoma que la haya acreditado para tal fin.



El procedimiento consensuado de forma expresa en la reunión del 2 de
febrero de 2009, incluye la petición de información sobre la adopción en
los países de origen de los menores a diferentes fuentes, entre ellas, la
Embajada de España, el Servicio Social Internacional con su Centro de
Referencia especializado en el tema de adopción internacional entre otras
materias, y a las Autoridades competentes en adopción de otros países
europeos. En muchos casos, la consulta se realiza además a la Oficina
Permanente de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado
y se dispone de información de otros países europeos a través de las
Embajadas españolas en el país concreto.



En Haití se han realizado esfuerzos para adaptar su procedimiento de
adopción al del Convenio de La Haya relativo a la protección del niño y a
la cooperación en materia de adopción internacional, si bien persisten
aún algunos puntos débiles en aspectos importantes de la tramitación que
exigen una cautela. Por eso, se ha considerado necesario solicitar
información concreta sobre cuestiones específicas, con el objetivo de que
en la próxima reunión de la Comisión Interautonómica de Directores
Generales se analice nuevamente la situación y se concluya lo más
adecuado. El objetivo es que la tramitación de las adopciones se realicen
con las necesarias garantías.



La información, preparación y valoración de idoneidad para la adopción es
competencia de las Entidades Públicas de las Comunidades Autónomas que, a
la vista de los cambios experimentados en la realidad de la adopción
internacional, son conscientes de la necesidad de adaptar sus
procedimientos a la misma y así lo están iniciando.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070230



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Barahona, María Teresa (GS).



Respuesta:



La colaboración de los Servicio Públicos de Empleo Autonómicos resulta
indispensable para la ejecución del Programa Prepara, ya que se trata de
un programa en el que coexisten dos actuaciones diferenciadas: por un
lado la realización de políticas de activación, que realizan las
comunidades autónomas en virtud del reparto competencial y, por otro, el
abono de una ayuda de acompañamiento, que corre a cargo del Servicio
Público de Empleo Estatal. La colaboración entre los diferentes gestores
es absoluta, cumpliendo cada uno de ellos el papel que tiene asignado.




Página
392






En lo que se refiere al Sistema de Información de los Servicios Públicos
de Empleo (SISPE), como instrumento verificador del inicio de los
itinerarios de inserción y de los servicios asociados al mismo, se trata
del modo elegido, mediante acuerdos conjuntos de todos los Servicios
Públicos de Empleo, para canalizar la información y comprobar los
itinerarios y servicios realizados, cumpliendo eficazmente su función.



En el cuadro siguiente se recogen los datos sobre servicios iniciados y
personas con servicios iniciados del Programa Prepara, por comunidades
autónomas, desde el 1 de agosto de 2014 hasta el 31 de enero de 2015.



Comunidades AutónomaS;N.º servicios iniciados;N.º personas con servicios
iniciados



ANDALUCÍA;47.256;15.708



ARAGÓN;4.294;2.032



PRINCIPADO DE ASTURIAS;2.580;1.248



ILLES BALEARS;4.804;1.581



CANARIAS;15.021;7.145



CANTABRIA;1.521;740



CASTILLA-LA MANCHA;15.724;6.663



CASTILLA Y LEÓN;12.191;4.421



CATALUÑA;16.817;8.625



COM. VALENCIANA;51.978;14.545



EXTREMADURA;8.674;4.360



GALICIA;10.340;4.769



COM. DE MADRID;26.593;7.673



REGIÓN DE MURCIA;6.980;3.601



COM. FORAL DE NAVARRA;6.373;1.179



PAÍS VASCO;3.574;1.393



LA RIOJA;985;381



CEUTA;662;368



MELILLA;171;145



TOTAL;236.538;86.577



Madrid, 25 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070231



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Barahona, María Teresa (GS).



Respuesta:



El artículo 1 de la Resolución de la Dirección General del Servicio
Público de Empleo Estatal, de 30 de julio de 2014, establece la prórroga
del programa Prepara por un periodo de 6 meses, entre el 16 de agosto de
2014 y el 15 de febrero de 2015, que será de aplicación a las personas
inscritas como demandantes de empleo que dentro del período comprendido
entre el 16 de agosto de 2014 y el 15 de febrero de 2015 (ambos
inclusive) agoten la prestación por desempleo de nivel contributivo y no
tengan derecho a cualquiera de los subsidios por desempleo establecidos
en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, o bien
hayan agotado alguno de estos subsidios.



De esta forma, hasta el 15 de febrero de 2015 se podían seguir recibiendo
solicitudes de ayuda susceptibles de concesión con cargo al programa
vigente entre el 16 de agosto de 2014 y el 15 de febrero de 2015.
Incluso, se podrían recibir de forma excepcional solicitudes susceptibles
de ser aprobadas más allá de ese plazo si ha existido alguna causa que
permita la suspensión del plazo de solicitud (ej. solicitante hubiera
trabajado entre el agotamiento de la prestación o subsidio y el plazo de
presentación de la solicitud).




Página
393






Esto implica que, a la fecha actual, todavía puedan reconocerse nuevas
ayudas de beneficiarios que hubieran agotado la prestación o subsidio
entre el 16 de agosto de 2014 y el 15 de febrero de 2015.



Además, tal y como dispone el artículo 9 de la Resolución de la Dirección
General del Servicio Público de Empleo Estatal de 1 de agosto de 2013, el
abono de la subvención se realiza mediante el sistema de nóminas
mensuales por meses vencidos. Y señala que la nómina se comenzará a
elaborar el día 5 o primer día posterior del mes siguiente.



De este modo, a la fecha actual, sólo se han elaborado las nóminas
correspondientes a las ayudas reconocidas entre el 16 de agosto de 2014 y
el 31 de enero de 2015. El importe de las ayudas del programa Prepara
para el periodo antes mencionado asciende a 61.270.622,82 euros. Por
tanto, no es posible dar la información correspondiente a todo el periodo
sobre el que se solicita la información



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070238



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



El Gobierno es consciente de la importancia de los sistemas de contención
de vehículos a la hora de atenuar las consecuencias de los accidentes de
tráfico producidos por salida de la calzada, y en esta dirección ha
venido trabajado en los últimos años.



Por ello, el Ministerio de Fomento ha sido siempre muy sensible a los
accidentes de motociclistas, a pesar de que el tráfico de este colectivo
por la Red de Carreteras del Estado representa menos del 1 % y que la
mayoría de los accidentes de motociclistas (el 80 %) ocurren fuera de la
red del Estado.



El Ministerio de Fomento ya en 1995 estableció la obligatoriedad de
utilización, en todas las nuevas instalaciones o reposiciones de
barreras, de perfiles de sustentación de las barreras tipo «C»,
eliminando los elementos cortantes de los perfiles doble T. En 2001, el
Ministerio incluyó en la normativa la utilización de perfiles de tipo
tubular cerrado en carreteras convencionales para los tramos de nueva
construcción y las reposiciones que se tuvieran que hacer en los tramos
existentes.



Específicamente, como barrera de protección de motociclistas, el
Ministerio de Fomento fue la primera administración en promover su
normalización y su instalación.



En 2004, se estableció la colocación de una barrera por debajo de la
bionda que imposibilitase que los motociclistas pasen por debajo de ella,
evitando además que puedan golpearse con los postes sin resultar agresivo
para el resto de los vehículos. La instalación de dichos elementos se
realiza en los tramos que presentan una mayor peligrosidad para los
motociclistas por tratarse de curvas con radio pequeño o bien en tramos
donde se producen desaceleraciones bruscas. Posteriormente, en 2008, se
revisaron los criterios de 2004 aumentando las zonas donde instalar las
barreras de protección de motociclistas.



En estos momentos hay instalados en la Red de Carreteras del Estado (RCE)
más de 1.850 km de barreras para protección de motociclistas.



Desde 2012 se han instalado en la RCE más de 200 km de este tipo de
barreras, de los cuales más de 50 km corresponden a la provincia de
Zaragoza.



El Ministerio de Fomento va a seguir instalando estos sistemas en las
obras nuevas o en la reposición de las barreras en la provincia de
Zaragoza e incluirá en su programación de actuaciones la instalación de
barreras de protección de motociclistas en los tramos que lo necesiten.



Además de la instalación de las barreras de protección de motociclistas,
se realizarán actuaciones que consisten en la eliminación de obstáculos,
nivelación y relleno de bermas, despeje de márgenes, relleno de cunetas,
despejes en las salidas y entradas en los ramales de enlaces, eliminación
de terminales tipo cola de pez y adaptación de pasos de mediana, que
también repercuten en la mejora de las condiciones de seguridad de los
motociclistas.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
394






184/070246



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



En la Comisión Delegada de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional
de Garantía Juvenil celebrada el pasado 27 de enero 2015, se acordó el
modelo estadístico relativo al proceso de inscripción en el mencionado
Sistema, que se actualizará con una periodicidad mensual en el portal de
dedicado a garantía juvenil, en particular los datos se encuentran
disponibles en el enlace:



«TE INTERESA: Datos de inscripción en el Sistema de Garantía Juvenil»:



http://www.empleo.gob.es/es/garantiajuvenil/inscripcion.html



Igualmente, se acordó seguir trabajando al objeto de integrar la
información del proceso de atención de las comunidades autónomas y del
resto de agentes que participan en el Sistema para completar la
información estadística lo antes posible, de conformidad con el Modelo
Europeo de Seguimiento aprobado a finales del mes de diciembre.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070248



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



En anexo se remite la información sobre demandantes de empleo parados en
los meses de diciembre, la tasa de cobertura de prestaciones por
desempleo y el gasto de prestaciones por desempleo, por tipo de
prestación, y del Programa prepara, desde el año 2000 hasta el año 2014,
desagregados por anualidades y correspondientes a la provincia de
Zaragoza.



ANEXO



Servicio Público de Empleo Estatal (Provincia de Zaragoza)



Mes y año;Demandantes parados (paro registrado);;Año;Tasa de cobertura de
prestaciones (*)



Diciembre de 2001;26.800;;Año 2001;—



Diciembre de 2002;28.227;;Año 2002;—



Diciembre de 2003;25.682;;Año 2003;—



Diciembre de 2004;23.260;;Año 2004;—



Diciembre de 2005;31.172;;Año 2005;—



Diciembre de 2006;27.167;;Año 2006;66,0



Diciembre de 2007;28.481;;Año 2007;72,8



Diciembre de 2008;51.461;;Año 2008;76,0




Página
395






Mes y año;Demandantes parados (paro registrado);;Año;Tasa de cobertura de
prestaciones (*)



Diciembre de 2009;67.095;;Año 2009;78,7



Diciembre de 2010;70.867;;Año 2010;78,6



Diciembre de 2011;77.438;;Año 2011;70,0



Diciembre de 2012;84.160;;Año 2012;63,7



Diciembre de 2013;84.970;;Año 2013;60,5



Diciembre de 2014;78.196;;Año 2014;56,5



(*) La tasa de cobertura del 2000 al 2005 responde a la antigua fórmula de
cálculo, por lo que no se incluyen datos obre estas anualidades al no ser
comparables con el resto de años.;;;;



Gastos de prestaciones por desempleo por tipo de prestación (en miles de
euros)



Año;Prestación contributiva;Subsidio de desempleo;Renta activa de
inserción;Total



2000;111.154;18.782;93;130.029



2001;138.314;18.611;253;157.178



2002;158.102;19.364;2.572;180.038



2003;157.897;19.856;533;178.286



2004;165.664;20.589;1.253;187.506



2005;176.926;22.634;1.776;201.336



2006;190.469;23.427;2.282;216.178



2007;196.756;24.672;2.879;224.307



2008;287.690;30.987;3.042;321.719



2009;561.431;61.304;4.113;626.848



2010;500.627;114.368;6.850;621.845



2011;445.459;105.845;11.802;563.106



2012;506.980;101.530;15.651;624.162



2013;503.140;98.964;16.358;618.461



2014;387.183;89.524;18.843;495.550



Nota 1: Se incluyen los gastos correspondientes a nóminas y cotizaciones a
la Seguridad Social.



Nota 2: Los datos que corresponden al año 2014 son provisionales.;;;;



Coste del prepara (obligaciones reconocidas)



Año;Total (euros)



2011;6.216.262,44



2012;10.539.599,41



2013;4.591.601,33



2014;3.589.670,21



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070258, 184/070260 a 184/070262



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).




Página
396






Respuesta:



En relación con las preguntas de referencia, el Gobierno se remite a los
siguientes enlaces de la administración presupuestaria que recogen la
información que se encuentra actualmente publicada (la fuente es la
Intervención General de la Administración del Estado, IGAE):



1. Avance de la Liquidación del Presupuesto 2014, Volumen I (Estado) y
Estadística de Ejecución del Presupuesto a noviembre de 2014:



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/AVANCE%20ESTADO_2014%20%28INTERNET%29.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/ 11-14%20MENSUAL.pdf



2. Avance de la Liquidación del Presupuesto 2014, Volumen II (Organismos)
y Distribución territorial de la Inversión del Estado y sus Organismos,
datos a 30 de junio de 2014:



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/AVANCE%20OOAA_%202014%20(INTERNET).pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/DISTRIBUCIÓN%20TERRITORIAL%20PRIMER%20SEMESTRE%202014.pdf



3. Presupuestos Generales del Estado, Liquidación del Presupuesto del
ejercicio 2013, Volumen III (Presupuestos de Explotación y Capital):



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACI%c3%93N%20EXPLOTACI%c3%93N%20Y%20CAPITAL_2013%20%28INTERNET%29.pdf



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070266



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



Las obligaciones reconocidas sobre la actuación «Figueruelas-Mallén»
ascienden a un total de 3.600.350,34 euros.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070271, 184/070272



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir tiene previsto realizar
actuaciones para prevenir y minimizar los riesgos de inundaciones en el
municipio de Cañete de las Torres (Córdoba) Entre las actuaciones a
acometer figura un conjunto de obras hidráulicas y urbanísticas en los
cauces de los arroyos Guiomar, Dehesilla, Tobar y Cañetejo.




Página
397






El objetivo de la actuación del Organismo de cuenca es evitar que se
vuelvan a producir daños como los que se registraron en mayo de 2011 en
el municipio. El proyecto cuenta con un presupuesto de 1.422.066,85
millones de euros.



La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir también tiene previsto
acometer el proyecto para el acondicionamiento y mejora de la carretera
CH-2 en el término municipal de Córdoba, una actuación que tiene como
objetivo garantizar la seguridad vial en esta vía. El presupuesto
aproximado destinado a esta inversión ronda los 1,5 millones de euros.



En ambos casos el proyecto está redactado y el Organismo de cuenca
procederá a su ejecución tan pronto como la disponibilidad presupuestaria
lo permita.



La contratación de las actuaciones se realizará conforme a los
procedimientos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos
del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14
de noviembre.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070273



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



En contestación a las preguntas formuladas, se señala que no se poseen
datos objetivos concretos que evidencien la preparación de acciones
violentas o ataques terroristas de origen islamista en Córdoba, ni en el
entorno de la Catedral-Mezquita.



En lo que respecta a la seguridad del monumento, el único incidente del
que se tiene conocimiento, fue comunicado el pasado 15 de enero, cuando
se acordonó la zona de la calle Amador de los Ríos, donde se encuentra la
sede del Obispado de Córdoba, como consecuencia del estacionamiento
incorrecto de un vehículo de alquiler, del que, según un testigo directo,
salieron dos personas, que abandonaron inmediatamente el lugar en un
taxi. El vehículo se encontraba cerrado y, desde el exterior, se
apreciaban maletas y un plano de Córdoba.



La Catedral de Córdoba no llegó a desalojarse ya que únicamente se le
indicó al Servicio de Seguridad Privada que cerrara las puertas de acceso
desde la calle Torrijos para que el público que saliera del Patio de los
Naranjos lo hiciera por puertas diferentes, continuando las visitas en el
interior del edificio con su programación habitual.



Asimismo, se estableció el correspondiente dispositivo policial encaminado
a anular la posible situación de riesgo, siendo necesaria la interrupción
del tráfico rodado y de peatones, por el tiempo mínimo e imprescindible,
que no superó los cuarenta y cinco minutos, al localizarse a la pareja
que lo había estacionado y aclararse así la situación.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070278



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



El Plan Integral de Apoyo a la Familia (PIAF) contiene políticas para
todas las familias, si bien hará especial énfasis en aquellas que
presenten situaciones de mayor vulnerabilidad o riesgo social y
económico.




Página
398






En este sentido, el Plan ofrecerá una atención prioritaria a familias que
por su estructura y composición presenten necesidades especiales como son
las familias numerosas, monoparentales y con personas con discapacidad y
de personas con enfermedades graves, de personas mayores, así como las
que requieren una atención especial.



El pasado mes de noviembre de 2014 se remitió el borrador del Plan
Integral de Apoyo a la Familia a las entidades representativas de los
distintos colectivos familiares para que hicieran las aportaciones y
observaciones oportunas, entre las que se encuentra CERMI (Comité Español
de Representantes de Personas con Discapacidad), que a su vez lo remitió
a las entidades que lo integra, así como a la entidad COCEMFE
(Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica) y
a FEAPS (Confederación Española de Organizaciones a favor de las Personas
con Discapacidad Intelectual o del Desarrollo) estas últimas en su
condición de miembros del Consejo Estatal de ONG de Acción Social.



Finalmente cabe señalar que el PIAF está en su fase final de elaboración.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070282



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



La deuda financiera viva, a 31 de diciembre de 2014, de cada uno de los
Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares y
resto de Entidades Locales incluidas en el artículo 3.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, obtenida de acuerdo con la
definición de deuda según el protocolo de déficit excesivo, se publicará
durante el segundo trimestre de este año 2015, y una vez que haya sido
presentada a la Comisión Nacional de la Administración Local, a través de
la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades
Locales del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en el
siguiente enlace electrónico:



http://www.minhap.gob.es/es-ES/Areas%20Tematicas/Administracion%20Electronica/OVEELL/Paginas/DeudaViva.aspx



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070291



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En la Comisión Delegada de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional
de Garantía Juvenil celebrada el pasado 27 de enero 2015, se acordó el
modelo estadístico relativo al proceso de inscripción en el mencionado
Sistema, que se actualizará con una periodicidad mensual en el portal
dedicado a la garantía juvenil, en particular los datos disponibles hasta
el momento se encuentran en el enlace:



«Te interesa: Datos de inscripción en el Sistema de Garantía Juvenil»:



http://www.empleo.gob.es/es/garantiajuvenil/inscripcion.html




Página
399






Igualmente, se acordó seguir trabajando al objeto de integrar la
información del proceso de atención de las comunidades autónomas y del
resto de agentes que participan en el Sistema para completar la
información estadística lo antes posible, de conformidad con el Modelo
Europeo de Seguimiento aprobado a finales del mes de diciembre.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070294



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que, en la provincia
de Zaragoza, existe un museo de titularidad estatal y gestión transferida
al Gobierno de Aragón, el Museo de Zaragoza, que, además de la sede
principal, dispone de una sección de Cerámica (Casa de Albarracín) y otra
de Etnología (Casa Ansotana) y de un anexo, el Centro monográfico de la
Colonia Celsa. Durante el año 2014 no se han ejecutado actuaciones de
mejora de infraestructuras de acceso en este museo.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070304



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que los nuevos tramos
de Autovía puestos en servicio desde 2012 hasta la fecha actual en la
provincia de Zaragoza son los siguientes:



Carretera;Tramo;Longitud;Inicio obras;Puesta en Servicio



A-21;Tiermas-L.P. Navarra;4,3;2008;24/06/13



El resto de las actuaciones de nuevos tramos de autovía de la Dirección
General de Carreteras del Ministerio de Fomento en la provincia de
Zaragoza se encuentran en diversas fases de desarrollo, que no han
permitido su puesta en servicio.



La longitud de la Red de Carreteras del Estado en la provincia de Zaragoza
asciende a 976 km, de los cuales 567 km corresponden a autovías,
autopistas y carreteras de doble calzada.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070308



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).




Página
400






Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la inversión
ejecutada en el periodo 2012-2014 asciende a la cantidad de 1.211,61
miles de euros.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070310



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



Desde el año 2011 hasta el 31 de enero de 2015, la evolución de los
trabajadores de Aena, S.A. en el Aeropuerto de Zaragoza, desglosados por
categoría profesional, es la siguiente:



Aeropuerto de Zaragoza;2011;2012;2013;2014;31/01/2015



Administrativo;11;11;10;9;9



Mantenimiento y Servicios Generales;13;13;10;11;11



Operaciones y Servicios;53;48;44;46;44



Sistemas de Información;2;2;2;2;2



Titulados;5;5;6;5;5



Personal de estructura;7;6;7;7;6



Total;91;85;79;80;77



A continuación se muestra el número de trabajadores por ocupación del 2011
al 2014 del personal de ENAIRE en el Aeropuerto de Zaragoza.



Centro;Ocupación;N.º trabajadores 31 dic. 11



A. de Zaragoza;Administrativo;3



;Mantenimiento y Servicios Generales;7



;Personal de estructura;1



Centro;Ocupación;N.º trabajadores 31 dic. 12



A. de Zaragoza;Administrativo;3



;Mantenimiento y Servicios Generales;7



;Personal de estructura;1



Centro;Ocupación;N.º trabajadores 31 dic. 13



A. de Zaragoza;Administrativo;1



;Mantenimiento y Servicios Generales;7



;Personal de estructura;1



Centro;Ocupación;N.º trabajadores 31 dic. 14



A. de Zaragoza;Administrativo;1



;Mantenimiento y Servicios Generales;7



;Personal de estructura;1




Página
401






En este último caso, los datos facilitados relacionados con plantilla de I
Convenio Grupo incluyen jubilados parciales e interinidades propias.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070312



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



Las obligaciones reconocidas en el programa 453C de conservación y
explotación en 2014, en la provincia de Zaragoza, ascienden a
61.444.596,02 euros.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070313



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



Las obligaciones reconocidas en el programa 453C de conservación y
explotación en 2013, en la provincia de Zaragoza, ascienden a
53.620.317,51 euros.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070314



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



Las obligaciones reconocidas en el programa 453C de conservación y
explotación en 2012, en la provincia de Zaragoza, ascienden a
43.788.403,91 euros.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070364



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).




Página
402






Respuesta:



En el cuadro siguiente se facilita la información estadística en relación
con la prestación económica por cese de actividad de los trabajadores
autónomos, durante los ejercicios 2012, 2013 y 2014, en la provincia de
Zaragoza.



Al respecto, cabe indicar que la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que
se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de
los trabajadores autónomos, entró en vigor el día 6 de noviembre de 2010,
según se indica en su disposición final séptima, por lo que no se
comienza a recibir información detallada de la misma hasta el ejercicio
2012, de ahí que no existan datos anteriores a dicho ejercicio.



Asimismo, se informa que no es posible facilitar los importes económicos
de las prestaciones, toda vez que no se dispone de los mismos con
desglose por provincias, ni por comunidades autónomas.



Cese de Actividad de Trabajadores Autónomos (Zaragoza)



Período;Número solicitudes;;



;Presentadas;Aceptadas;%



2012;82;24;29,27



2013;125;27;21,60



2014;92;32;34,78



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070366



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
las encuestas de Costes Laborales y de Estructura Salarial no ofrecen
datos a nivel de provincia, descendiendo únicamente a comunidades
autónomas.



La información disponible sobre la evolución de los sueldos y salarios
anuales medios por comunidades autónomas se obtiene a partir de la
Encuesta Anual de Coste Laboral para los años 2001 al 2013 ambos
incluidos en la siguiente tabla:



Encuesta anual de coste laboral



Componentes del coste. Resultados por Comunidades Autónomas



;Sueldos y salarios;;;



;Valores absolutos;;Tasa de variación anual;



Año;Total Nacional;Aragón;Total Nacional;Aragón



2001;16.561,40;16.273,76;;



2002;17.201,65;16.856,02;3,87;3,58



2003;17.902,07;17.193,58;4,07;2,00



2004;18.435,64;17.793,73;2,98;3,49




Página
403






;Sueldos y salarios;;;



;Valores absolutos;;Tasa de variación anual;



Año;Total Nacional;Aragón;Total Nacional;Aragón



2005;18.892,61;18.280,51;2,48;2,74



2006;19.445,44;19.192,14;2,93;4,99



2007;20.246,05;20.165,82;4,12;5,07



2008;21.639,16;21.279,81;6,88;5,52



2009;22.329,33;21.689,90;3,19;1,93



2010;22.540,83;21.779,25;0,95;0,41



2011;22.775,76;21.585,63;1,04;– 0,89



2012;22.635,56;21.445,62;– 0,62;– 0,65



2013;22.653,55;21.416,08;0,08;– 0,14



Unidades: euros.;;;;



Para conocer la distribución salarial de los trabajadores se necesita
disponer de sus salarios individuales. Esta información la proporciona la
Encuesta Anual de Estructura Salarial que tiene datos disponibles desde
el año 2008 hasta el año 2012 sobre los salarios medios anuales de los
trabajadores y una serie de características de los mismos. No proporciona
datos sobre el número de asalariados aunque sí sobre la proporción de los
mismos que cumplen las características requeridas. En este caso para
poder comparar conceptos anuales, se ha obtenido la proporción de
trabajadores que ganan menos del Salario Mínimo Interprofesional de cada
año.



Encuesta anual de Estructura Salarial



% de asalariados respecto al total con unos salarios anuales menores al
SMI anual vigente de cada año



Año;Total nacional;Aragón



2008;8,9;8,6



2009;10,0;10,2



2010;10,5;10,3



2011;11,3;10,7



2012;12,3;11,9



Madrid, 10 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070369



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En anexo se remite la información sobre demandantes de empleo parados en
los meses de diciembre, la tasa de cobertura de prestaciones por
desempleo y el gasto de prestaciones por desempleo, por tipo de
prestación, y del Programa prepara, desde el año 2000 hasta el año 2014,
desagregados por anualidades y correspondientes a la provincia de
Zaragoza.




Página
404






ANEXO



Servicio Público de Empleo Estatal (Provincia de Zaragoza)



Mes y año;Demandantes parados (paro registrado);;Año;Tasa de cobertura de
prestaciones (*)



Diciembre de 2001;26.800;;Año 2001;—



Diciembre de 2002;28.227;;Año 2002;—



Diciembre de 2003;25.682;;Año 2003;—



Diciembre de 2004;23.260;;Año 2004;—



Diciembre de 2005;31.172;;Año 2005;—



Diciembre de 2006;27.167;;Año 2006;66,0



Diciembre de 2007;28.481;;Año 2007;72,8



Diciembre de 2008;51.461;;Año 2008;76,0



Diciembre de 2009;67.095;;Año 2009;78,7



Diciembre de 2010;70.867;;Año 2010;78,6



Diciembre de 2011;77.438;;Año 2011;70,0



Diciembre de 2012;84.160;;Año 2012;63,7



Diciembre de 2013;84.970;;Año 2013;60,5



Diciembre de 2014;78.196;;Año 2014;56,5



(*) La tasa de cobertura del 2000 al 2005 responde a la antigua fórmula de
cálculo, por lo que no se incluyen datos obre estas anualidades al no ser
comparables con el resto de años.;;;;



Gastos de prestaciones por desempleo por tipo de prestación (en miles de
euros)



Año;Prestación contributiva;Subsidio de desempleo;Renta activa de
inserción;Total



2000;111.154;18.782;93;130.029



2001;138.314;18.611;253;157.178



2002;158.102;19.364;2.572;180.038



2003;157.897;19.856;533;178.286



2004;165.664;20.589;1.253;187.506



2005;176.926;22.634;1.776;201.336



2006;190.469;23.427;2.282;216.178



2007;196.756;24.672;2.879;224.307



2008;287.690;30.987;3.042;321.719



2009;561.431;61.304;4.113;626.848



2010;500.627;114.368;6.850;621.845



2011;445.459;105.845;11.802;563.106



2012;506.980;101.530;15.651;624.162



2013;503.140;98.964;16.358;618.461



2014;387.183;89.524;18.843;495.550



Nota 1: Se incluyen los gastos correspondientes a nóminas y cotizaciones a
la Seguridad Social.



Nota 2: Los datos que corresponden al año 2014 son provisionales.;;;;




Página
405






Coste del prepara (obligaciones reconocidas)



Año;Total (euros)



2011;6.216.262,44



2012;10.539.599,41



2013;4.591.601,33



2014;3.589.670,21



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070374



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En anexo se facilitan los importes de los ingresos acumulados por
cotizaciones sociales desde el año 2008 al 2014, en términos de derechos
reconocidos netos, así como una comparación de su evolución interanual,
de acuerdo con los datos existentes en el Sistema de Información Contable
de la Seguridad Social (SICOSS), en la provincia de Zaragoza, la
Comunidad Autónoma de Aragón y el total nacional.



ANEXO



Ingresos por cotizaciones sociales



Territorio;Derechos reconocidos netos período 2008 a 2014;;;;;;



;2008;2009;2010;2011;2012;2013;2014 (*)



Zaragoza;2.259.357.634,13;2.192.210.444,52;2.193.300.846,05;2.180.873.178,37;2.098.417.214,93;2.040.029.912,98;2.048.188.063,96



C.A.
Aragón;2.980.930.352,65;2.907.641.336,78;2.908.496.745,70;2.892.476.311,38;2.779.176.148,62;2.701.369.742,01;2.714.044.163,47



Total
Nacional;96.630.666.373,69;95.872.197.717,88;95.073.413.051,72;95.163.392.033,02;91.698.013.842,23;89.119.720.933,13;89.736.097.262,95



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070380



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lozano Domingo, Irene (GUPyD).




Página
406






Respuesta:



El Gobierno, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación, remite habitualmente instrucciones a las 171 oficinas
consulares de España en el mundo que tramitan visados sobre la correcta
aplicación de la normativa vigente en dicha materia, habiéndose expedido
en el año 2014 un total de 1.824.096 visados.



Por otra parte, ya existe una coordinación permanente entre los Consulados
Generales de España, las Embajadas de España y las correspondientes
instituciones españolas y extranjeras en el exterior.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070391 y 184/070392, 184/070400



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con las preguntas de referencia, el Gobierno se remite a los
siguientes enlaces de la administración presupuestaria que recogen la
información que se encuentra actualmente publicada (la fuente es la
Intervención General de la Administración del Estado, IGAE):



1. Liquidación del Presupuesto Volumen I (Estado) de 2012, 2013, Avance de
la Liquidación del Presupuesto de 2014 y Estadística de Ejecución del
Presupuesto a noviembre de 2014:



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACION%20ESTADO_2012%20%28INTERNET%29.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACION%20ESTADO_2013%20%28INTERNET%29.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/AVANCE%20ESTADO_2014%20%28INTERNET%29.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/ 11-14%20MENSUAL.pdf



2. Avance de la Liquidación del Presupuesto 2014, Volumen II (Organismos)
y Distribución territorial de la Inversión del Estado y sus Organismos,
datos de 2012, 2013 y a 30 de junio de 2014:



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/AVANCE%20OOAA_%202014%20(INTERNET).pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/DISTRIBUCIÓN%20TERRITORIAL%20DEFINITIVA%202012.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/DISTRIBUCIÓN%20TERRITORIAL%20%202013.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/DISTRIBUCIÓN%20TERRITORIAL%20PRIMER%20SEMESTRE%202014.pdf



3. Presupuestos Generales del Estado, Liquidación del Presupuesto de los
ejercicios 2012 y 2013, Volumen III (Presupuestos de Explotación y
Capital):



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACI%c3%93N%20EXPLOTACION%20Y%20CAPITAL_2012%20%28INTERNET%29.pdf



—
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQUIDACI%c3%93N%20EXPLOTACI%c3%93N%20Y%20CAPITAL_2013%20%28INTERNET%29.pdf



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
407






184/070393



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con la obra interesada, se indica que actualmente está en
tramitación, al existir partida presupuestaria para ello en los
Presupuestos Generales del Estado-PGE para 2015, la siguiente actuación:



Restauración de los interiores de la Iglesia Parroquial de Santa María
Magdalena, Zaragoza.



La inversión en obra prevista, según los PGE de 2015, asciende a 880.330
euros.



Por otra parte, puede señalarse que dentro del Programa del «1,5 %
Cultural» del Ministerio de Fomento se han financiado las siguientes
actuaciones en la provincia de Zaragoza:



Localidad / Provincia;Actuación;Fecha Acta de Recepción;Presupuesto total
de obras (€);Aportación



M. Fomento (€)



Anento, Zaragoza;Consolidación y Restauración de los restos del Castillo
de Anento;08/ 03/ 2012;239.782,01;119.891,01



Cadrete, Zaragoza;Consolidación y Restauración del Castillo de Cadrete y
excavaciones arqueológicas complementarias;03/ 08/
2012;1.134.342,74;850.757,06



Calatayud, Zaragoza;Rehabilitación del edificio denominado «Antiguo
Seminario de Nobles», Fase II;Acta no comunicada;952.138,48;714.103,86



Daroca, Zaragoza;Restauración de estructuras Medievales en la Sede de la
Comarca de Daroca;25/ 06/ 2012;419.999,58;178.361,64



Gotor, Zaragoza;Restauración del Ala Este del Convento Dominico de
Gotor;23/ 01/ 2012;365.243,17;273.932,25



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070394



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



La inversión realizada en la provincia de Zaragoza por la Dirección
General de Ferrocarriles del Ministerio de Fomento entre los ejercicios
2012 y 2014 asciende a 66.448,42 miles de euros y se ha destinado a las
siguientes actuaciones:



— Plan de supresión de pasos a nivel.



— Línea Zaragoza-Huesca.



— L. A. V. Conexión Zaragoza-Teruel.



— Convenio con el Adif para la administración de las infraestructuras de
titularidad del Estado.



— Línea ferroviaria Caminreal-Calatayud.



— Transporte de mercancías y cambio de ancho (estudios y proyectos).



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
408






184/070395



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las obligaciones
reconocidas desde 2012 hasta la fecha, en la provincia de Zaragoza,
ascienden a 180.124.204,68 euros.



Las previsiones del Gobierno son las reflejadas en los Presupuestos
Generales del Estado.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070396



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



La inversión ejecutada por la Sociedad Estatal de Infraestructuras del
Transporte Terrestre-SEITTSA en los años 2012, 2013 y 2014, en la
provincia de Zaragoza, asciende a 43.753 miles de euros.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070397



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



La inversión realizada por Aena, S.A. en la provincia de Zaragoza, en los
años 2012 a 2014, de acuerdo con el criterio de pago y según el cierre
contable, es de 13.626.746 euros, de acuerdo con las partidas
contempladas en los Presupuestos Generales del Estado.



Las actuaciones acometidas han sido: adecuación de plataforma de
estacionamiento de aeronaves, área de movimiento de aeronaves (adecuación
y recrecido), torre de control, puesta en operación ILS Categoría II
/III, actuaciones en accesos a la base aérea e inversiones de apoyo y
mantenimiento.



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070398



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



De acuerdo con la información disponible, se indica que la inversión
ejecutada por Renfe-Operadora en la actual Legislatura asciende a un
total de 308 miles de euros. Dichas inversiones se corresponden con
actuaciones en estaciones, instalaciones y medios de gestión.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
409






184/070409 y 184/070411, 184/070415 a 184/070426, 184/070428 a 184/070432



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las partidas de
conservación no se encuentran desglosadas ni por municipios, ni por
carreteras, ni por tipología de actuación.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070410



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



Las obligaciones reconocidas hasta el 31 de diciembre de 2014, con cargo a
la Autovía A-21, tramo: «Tiermas-Barranco de las Colladas», en la
provincia de Zaragoza, han ascendido a 69.670.425,70 euros.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070412



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que se desconoce a
qué tramo en concreto se refiere la pregunta de Su Señoría.



Las obligaciones reconocidas hasta el 31 de diciembre de 2014, con cargo a
la Autovía A-68 en la provincia de Zaragoza ascienden a 4.084.982,57
euros.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070413



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



La Administración General del Estado no ha ejecutado inversión alguna en
la autopista AP-2 con cargo a los Presupuestos Generales del Estado,
entre los años 2010 a 2014. Debe tenerse en cuenta que la explotación de
dicha infraestructura la realiza una sociedad anónima por concesión
administrativa. En consecuencia, cualquier inversión necesaria para su
conservación o explotación es a cargo de la sociedad concesionaria.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
410






184/070414



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



La Administración General del Estado no ha ejecutado inversión alguna en
la autopista AP-68 con cargo a los Presupuestos Generales del Estado,
entre los años 2010 a 2014. Debe tenerse en cuenta que la explotación de
dicha infraestructura la realiza una sociedad anónima por concesión
administrativa. En consecuencia, cualquier inversión necesaria para su
conservación o explotación es a cargo de la sociedad concesionaria.



Madrid, 20 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070433



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lozano Domingo, Irene (GUPyD).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que, como resultado
del proceso de Reorganización del Ejército de Tierra, se ha propuesto el
traslado del Grupo de Transporte de la Agrupación de Apoyo Logístico 41
desde Huesca a Zaragoza a finales de 2016, para reunirlo con el resto de
la Agrupación Logística a la que pertenece.



Esta decisión conllevaría la salida de los efectivos del Cuartel «Sancho
Ramírez» y de la Residencia Logística Militar que dan servicio a la
Unidad a partir de 2017.



Estas instalaciones serán tratadas de acuerdo con los procedimientos en
vigor en el Ejército.



En el caso de que se proceda conforme a planeamiento, la totalidad de este
personal militar quedará exento, a partir del 1 de julio de 2016, del
cumplimiento de los plazos de mínima permanencia para poder solicitar
vacantes.



El personal militar destinado en la Unidad de Servicios de Acuartelamiento
y en la Residencia Logística Militar, así como el personal destinado en
el Grupo de Transporte que renuncie a trasladarse con su unidad, cesará
en su destino al finalizar el segundo semestre de 2016, quedando en
situación de servicio activo y pendiente de asignación de destino. A
partir de ese momento, este personal adquirirá preferencia para solicitar
vacantes de provisión por antigüedad en el término municipal de su
elección.



En cuanto al personal civil afectado, éste tendrá un preaviso de las
acciones orgánicas previstas con seis meses de antelación, dándosele la
opción de traslado a otra localidad o provincia. Aquel personal que, como
resultado de este proceso, no resulte destinado a otro puesto en el
ámbito del Ministerio de Defensa, pasará a depender del Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas, cerrándose entonces la Relación de
Puestos de Trabajo de origen.



El ahorro en gastos de mantenimiento y suministros de ambas instalaciones
es cercano a los 700.000 euros anuales.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070435



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).




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411






Respuesta:



Los servicios de Cercanías se encuadran en las denominadas Obligaciones de
Servicio Público, servicios que, por su naturaleza, no pueden ser
satisfechos por los mercados y no generan los ingresos necesarios para
garantizar su continuidad.



En este contexto, para poder ofrecerlos de modo sostenible, la política de
precios intenta establecer un equilibrio de costes entre lo que paga el
cliente y las aportaciones del Estado, indispensables para su
mantenimiento. Este equilibrio hace necesaria una periódica actualización
en el precio que paga el viajero.



De acuerdo con la autorización otorgada por la Comisión Delegada del
Gobierno para Asuntos Económicos el 17 de diciembre de 2014, desde el 1
de enero de 2015 los precios del transporte público ferroviario de
viajeros del Estado de Cercanías se incrementaron en un 1,85 %.



Los servicios de Cercanías se orientan a la atención de grandes flujos de
movilidad en entornos urbanos, y se integran con los distintos
transportes públicos del ámbito metropolitano de las grandes ciudades,
son principalmente utilizados para los desplazamientos por motivos
laborales, estudios, etc. con una elevada necesidad de movilidad y
frecuencia de uso dentro su ámbito geográfico.



Esta característica determina la política comercial de Renfe en los
Núcleos de Cercanías, donde los aspectos que determinan las acciones
comerciales son, por una parte, la homogeneidad de productos comerciales
(los núcleos con condiciones similares tienen el mismo tipo de productos)
y, por otra, facilitar el acceso al servicio de Cercanías al viajero
recurrente en sus viajes.



Una de estas acciones comerciales, que Renfe viene realizando, es la de
sustituir el billete de Ida y Vuelta por el producto comercial Bonotrén.
Este producto, más atractivo en precio, es un bono de 10 viajes
sencillos, válido durante un mes. Puede ser utilizado por más de un
viajero, de forma simultánea, siempre que todos tengan el mismo origen y
destino y, a diferencia del billete de ida y vuelta, puede ser utilizado
también los fines de semana.



Esta sustitución se realiza en aquellos núcleos de Cercanías donde se dan
las condiciones de equipación adecuadas en cuanto a elementos de venta y
control de acceso.



En la actualidad, los núcleos de Cercanías que disponen del producto
Bonotrén son: Asturias, Cádiz, Cantabria, Madrid, Málaga, Zaragoza y,
desde el 15 de febrero de 2015, Valencia. La implantación del Bonotrén en
los núcleos donde no se encuentra disponible está supeditada al
cumplimiento de estos requerimientos técnicos.



Además, hay que tener en cuenta que en el Núcleo de Valencia se ha
implementado la Tarjeta Renfe y Tú (Tarjeta Sin Contacto) como soporte de
los títulos de transporte, con lo que se facilita a todos los portadores
de esta Tarjeta el acceso al servicio de Cercanías en Valencia.



Por último, se indica que, con esta nueva comercialización, el descuento
por viaje para los clientes con una recurrencia media-baja en el trayecto
Gandía-Valencia ha aumentado en 8,8 puntos, pasando del 24,6 % del
billete de Ida y Vuelta, al 33,4 % del Bonotren.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070436



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Gobierno
considera prioritario el mantenimiento y mejora de las actuales
infraestructuras del Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias
González Martí. No está previsto el desarrollo del proyecto relativo a la
«Fábrica de la Ceramo», en Benicalap (Valencia), en el actual marco
presupuestario, a pesar del interés de la propuesta y de su valor
patrimonial.



Madrid, 13 marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
412






184/070437



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



En relación con el asunto interesado, cabe informar que el mismo día del
examen, una vez comenzado éste, las comisiones calificadoras revisaron el
texto de las preguntas de cada una de las pruebas y elaboraron una
primera planilla de las respuestas correctas.



El pasado 16 de febrero se remitió un correo electrónico a cada uno de los
examinandos informándoles del resultado de su examen según la
verificación de su plantilla de respuestas y la elaborada por las
comisiones calificadoras. Es en este procedimiento de garantía de la
corrección cuando varias personas han comunicado su disconformidad con
las respuestas que, según el sistema de corrección, marcaron, pidiendo la
revisión de la prueba.



El Gobierno considera que las discrepancias entre las respuestas marcadas
por los examinandos y las remitidas mediante correo electrónico se había
producido en el proceso de grabación y digitalización de las plantillas
impresas que cumplimentaron los examinandos.



La supervisión y comprobación de este procedimiento se realiza por los
mismos funcionarios del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad que han tramitado sin ningún incidente este examen durante más
de 30 años.



Ante esta situación, y con el objetivo de garantizar los principios de
igualdad, mérito y capacidad, así como la máxima transparencia del
examen, se está revisando el proceso de grabación y digitalización de las
respuestas de los 28.830 exámenes realizados en la prueba de Formación
Sanitaria Especializada.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070438



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



En relación con la información interesada se señala que la crisis
económica española y mundial dura casi 8 años y la consolidación
progresiva de la recuperación se hizo visible a finales de 2013, por lo
cual no es de extrañar que en la opinión pública haya calado la misma y
se haya convertido en una de las preocupaciones principales dentro y
fuera de nuestro país. Al mismo tiempo, dada la extrema gravedad de la
crisis y su doble condición de afectar a todos y cada uno de los países
del mundo y muy directamente a sus ciudadanos, se produce una saturación
de noticias externas e internas que aseguran las condiciones necesarias
para que se vea afectada la imagen de un Estado. Estas no son otras que
la intensidad y la frecuencia de noticias, junto con su duración en el
tiempo.



Esto es aplicable especialmente a la opinión pública en general, que
muestra comportamientos mucho más inelásticos en cuanto a la percepción
de la crisis, pero no a los medios económicos. Así, el diferencial entre
la realidad y la percepción de la misma es mucho mayor en la población en
general que en los medios económicos. Prueba de ello es que los analistas
financieros de los bancos, instituciones financieras internacionales,
fondos de inversión y agencias de calificación, responden mucho más
favorablemente y con mucha más rapidez a las medidas de ajuste y las
reformas adoptadas por el Gobierno para combatir la crisis.



El resultado se refleja claramente al pasar la prima de riesgo de España
de más de 640 puntos en 2012 al entorno de los 100 actuales. Esta
elasticidad refleja mucho mejor el acierto del Gobierno en su gestión de
la crisis así como la eficaz neutralización de los efectos negativos de
la misma y la incorporación efectiva de la realidad de las mejoras
económicas a la percepción específica de la Marca España de los




Página
413






actores financieros internacionales públicos y privados. Llevará más
tiempo erradicar definitivamente las connotaciones negativas de la crisis
en la conciencia colectiva, máxime porque los logros y aciertos
alcanzados nunca reciben la misma cobertura informativa que los problemas
y desafíos.



En lo que a la Quinta Oleada del Barómetro se refiere, conviene resaltar
la importancia de la consolidación de la mejora/recuperación de imagen de
nuestro país, especialmente como destino turístico y como país para
invertir. Destaca igualmente la notable mejora de valoración de España en
Alemania pues nuestro país es el segundo país mejor valorado en Alemania
después de la propia Alemania.



En cuanto a las medidas a adoptar, se pretende desarrollar y potenciar los
campos de actuación que motivaron la creación del Alto Comisionado del
Gobierno para la Marca España en junio de 2012: asegurar el seguimiento y
análisis de la imagen de España; lograr una mayor coordinación y
sinergias entre las iniciativas o proyectos públicos y privados que
inciden sobre nuestra imagen-país; diseñar iniciativas, proyectos y
líneas de actuación o estrategias para gestionar y mejorar la imagen-país
y aportar mecanismos de comunicación y divulgación, interna y externa, de
las mejores y más excelentes manifestaciones de las principales
dimensiones, atributos y fortalezas de España.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070493



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Fernández, Rosana (GMx).



Respuesta:



El abastecimiento y el saneamiento son servicios públicos, cuya
competencia recae en los ayuntamientos 1, estando el auxilio a las
corporaciones locales transferido a las Comunidades Autónomas. La
Administración General del Estado puede actuar en el abastecimiento y
saneamiento de aquellas obras declaradas de interés General del Estado.



El Gobierno ha desbloqueado una actuación que se encontraba paralizada y
que ponía en riesgo la viabilidad de las infraestructuras ya construidas
2.



La redacción del convenio con los usuarios se realiza al amparo de los
fundamentos de derecho vigentes. En este caso es necesario integrar el
principio de recuperación de costes que introdujo la Directiva Marco de
Agua. De esta forma, con carácter previo a la declaración del interés
general de una obra hidráulica, se elabora un informe que justifica su
viabilidad económica, técnica, social y ambiental, y que incluye un
estudio específico sobre la recuperación de los costes.



El esquema financiero de esta actuación se ha optimizado gracias a la
asignación máxima de fondos europeos, a la intervención de la
Administración Autonómica y de la Administración General del Estado. El
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente anticipa la
inversión correspondiente a los Concellos. Las condiciones estipuladas
buscan beneficiar a los consistorios ya que el compromiso de recuperación
se establece en un plazo de 45 años, sin necesidad de hacer esa
aportación a lo largo del periodo de ejecución de las obras.



En cuanto a la puesta en funcionamiento del sistema de saneamiento de la
Ría de Ferrol, cabe destacar que los errores de planificación de la
administración anterior han tenido como consecuencia que la Estación
Depuradora de Aguas Residuales de Cabo Prioriño (A Coruña), cuyas obras
finalizaron en el año 2010, no haya podido entrar en funcionamiento hasta
2014 por la falta de la ejecución simultánea de los interceptores,
imprescindibles para el transporte de las aguas residuales hasta la EDAR.



El actual Gobierno ha licitado en 2012 las obras de los interceptores,
necesarios solucionar los problemas de saneamiento de la zona. Además, en
junio de 2014 se ha ampliado el alcance de la actuación, incorporando las
obras correspondientes a las «Actuaciones complementarias en el río
Inxerto» y el «Tramo Cadaval-Neda», aumentando el presupuesto de
inversión a 44.944.119 euros. (IVA excluido). Una vez que se finalicen
las obras, se iniciará la fase de período de pruebas donde se podrá
comprobar el adecuado funcionamiento del conjunto de las
infraestructuras.




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414






Finalmente, cabe indicar que la viabilidad técnica, económica y ambiental
de la actuación ha estado condicionada en todo momento al planeamiento
urbanístico de la ciudad.



1 En virtud de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local.



2 Estación Depuradora de Aguas Residuales de Cabo Prioriño y la Estación
de Bombeo de Aguas Residuales de A Malata.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070494



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cantó García del Moral, Antonio (GUPyD).



Respuesta:



Como continuación a la respuesta del Gobierno registrada de entrada en esa
Cámara con el n.º 186613, de fecha 18 de marzo de 2015, se traslada lo
siguiente:



En relación con la información solicitada, se indica que actualmente, el
Ministerio de Fomento está trabajando en el borrador de un Reglamento de
desarrollo de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal
universal, que habrá de ser aprobado a través de un Real Decreto, y que
será sometido a informe de todos los departamentos y agentes implicados,
que podrán poner de manifiesto las consideraciones que estimen oportunas
para su redacción final.



No obstante lo anterior, la vigente redacción del artículo 37 del
Reglamento Postal, en vigor desde 2007, es clara y precisa al detallar
las condiciones objetivas que han de concurrir para que un entorno tenga
la consideración de especial a efectos de realizar la entrega de los
envíos postales ordinarios.



Además, como ya se señaló, hay que tener en cuenta que la Ley 43/2010, de
30 de diciembre, impone al operador designado unas obligaciones de
servicio público consistentes en la prestación del servicio postal
universal en todo el territorio nacional, disponiendo una especial
protección para la atención postal de las zonas rurales al ordenar
expresamente, en su artículo 23 a), que el operador designado para la
prestación del servicio postal universal deberá realizar, al menos, una
recogida en los puntos de acceso a la red postal todos los días
laborables, de lunes a viernes, con independencia de la densidad de
población e incluso en zonas rurales.



Por otra parte, se informa que, tal y como establece el artículo 2 de la
Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia (CNMC), este organismo está dotado de
personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada y actúa,
en el desarrollo de su actividad y para el cumplimiento de sus fines, con
autonomía orgánica y funcional y plena independencia del Gobierno, de las
Administraciones Públicas y de los agentes del mercado, estando sometida
al control parlamentario y judicial.



Por lo tanto, el Gobierno no está habilitado para instar el modo de
actuación de la CNMC. No obstante, las resoluciones de declaración de
entorno especial de la CNMC son susceptibles de recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional y además, como
garantía de transparencia, la CNMC está sujeta a control parlamentario.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070526



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Bosch i Pascual, Alfred (GMx).




Página
415






Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que, en cumplimiento
del mandato del artículo 5.2.a) de la Ley 18/2013, de 12 de noviembre,
para la regulación de la Tauromaquia como patrimonio cultural, la
Comisión Nacional de Asuntos Taurinos, reunida en sesión plenaria el 19
de diciembre de 2013, aprobó el Plan Estratégico Nacional de Fomento y
Protección de la Tauromaquia (Pentauro) cuya meta es «Fomentar y
garantizar el libre ejercicio de la Tauromaquia, actualizando y
transmitiendo a la sociedad la trascendencia de sus valores y la vigencia
de su cultura». Esta meta general se estructura en cinco ejes, entre
ellos los que hacen referencia al establecimiento de medidas de
cooperación entre administraciones públicas y los que hacen referencia a
la posible internacionalización de todas las actuaciones que propendan a
fomentar, en dicho ámbito, los valores de la tauromaquia.



En el ejercicio de dichas medidas de cooperación previstas en el Pentauro
y a los efectos de propiciar la internacionalización del fenómeno taurino
como patrimonio cultural, el Gobierno, a través del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte (en adelante MECD), y la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha (por medio de la Fundación de Cultura y
Deporte de Castilla-La Mancha) han organizado conjuntamente el I Congreso
Internacional «La tauromaquia como patrimonio cultural» que tuvo lugar en
la ciudad de Albacete los días 27 y 28 de febrero y 1 de marzo del año
2015, cuyo marco de desarrollo y la determinación de las actividades y
conceptos que ha asumido cada una de las partes ha quedado reflejada en
el Convenio de colaboración suscrito al efecto tras la cumplimentación de
los trámites preceptivos.



En ejecución de las actividades y conceptos atribuidos por el convenio al
MECD (principalmente gastos de viaje, manutención, alojamiento y
traslados en Albacete de los ponentes, moderadores y conferenciantes y
gastos de organización y desarrollo del Congreso), el gasto finalmente
ejecutado asciende a un total de 38.075 euros, de los cuales 16.222 euros
correspondieron a gastos de viaje, manutención y alojamiento de los
ponentes, moderadores y conferenciantes del Congreso y 21.853 euros a
gastos de organización y desarrollo del mismo. Estas cifras pudieran
sufrir ligeras variaciones pues, debido a la cercanía de la fecha de
realización del mismo, en estos momentos todavía se están recibiendo las
últimas justificaciones de gasto.



Asimismo, se señala que en el ámbito de la Administración General del
Estado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11.2.p) del Real
Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte,
corresponde a la Subsecretaría de Educación, Cultura y Deporte el
ejercicio de las competencias relativas al funcionamiento de los
registros taurinos, el fomento y protección de la tauromaquia y el
secretariado de la Comisión Nacional de Asuntos Taurinos.



El Gobierno no ha negado información sobre el gasto previsto para el
Congreso en la presentación del mismo que tuvo lugar el pasado 13 de
febrero. En dicha presentación no informó de la cifra exacta de gasto
porque, dada la naturaleza de determinados conceptos y actividades
previstos en el Convenio cuya realización iba a asumir el MECD
(directamente afectadas por el que sería el número de ponentes e
inscritos definitivo), la cifra en esa fecha podría variar respecto a la
cifra final de gasto definitivo del Congreso.



En todo caso, el Gobierno garantizó en su presentación la máxima
transparencia en la explicación de los gastos efectivamente incurridos
una vez que finalice de forma completa su proceso de justificación y que
se realizaría una gestión austera y eficiente aun en el contexto del
amplio conjunto de actividades programadas, incluyendo conferencias y la
celebración de cinco mesas redondas con 30 intervinientes procedentes de
9 países distintos, festejos y las actividades culturales de carácter
paralelo vinculadas a la tauromaquia (entre ellas la muestra sobre la
tauromaquia en la cartelería cinematográfica y la celebración de las
Jornadas de cine y Tauromaquia que el Gobierno asumió). El Gobierno
considera que esa previsión de austeridad se ha cumplido plenamente a lo
que ha contribuido la disponibilidad de todos los intervinientes, que no
han cobrado ningún dinero por su aportación desinteresada.



Con relación a la segunda consideración, el Gobierno, a través del MECD,
se ha limitado a cumplir el mandato legal previsto en la mencionada Ley
18/2013, de fomentar una actividad como la tauromaquia, declarada
patrimonio cultural en toda España a través de una ley aprobada por las
Cortes Generales y sobre cuyo contenido ninguna Comunidad Autónoma,
incluida Cataluña, encontró tacha alguna de constitucionalidad.



Por otra parte, se indica que, en el ámbito de la Administración General
del Estado no existe la Mesa de la Tauromaquia. Es en la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha donde existe dicha Mesa, creada y regulada
por el Decreto 18/2014, de 13 de marzo, de creación y regulación de la
Mesa de la Tauromaquia en Castilla-La Mancha, órgano consultivo
permanente adscrito a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de
la mencionada Comunidad Autónoma.




Página
416






En relación con los países presentes en el Congreso, se indica que estos
países han sido España, Portugal, Francia, Ecuador, México, Venezuela,
Colombia, Estados Unidos y Reino Unido y los ponentes de nacionalidad
distinta a la española que han participado en las mesas redondas
organizadas en el marco del Congreso han sido los siguientes:



Primera mesa redonda: La Tauromaquia, manifestación cultural:



— Muriel Feiner, escritora, fotógrafa y periodista, fundadora del Club
Internacional Taurino (Estados Unidos).



Segunda mesa redonda: La Tauromaquia y la creación artística:



— Victor Mendes, matador de toros (Portugal).



Tercera mesa redonda: La Tauromaquia y la sociedad del siglo XXI:



— Heriberto Murrieta, periodista taurino, Televisa (México).



— Hélder Milheiro, experto en marketing digital y comunicación y
consultoría de redes sociales (Portugal).



— André Viard, presidente del l´Observatoire National des Cultures
Taurines (Francia).



— David Jaramillo, periodista taurino, «6 Toros 6», miembro fundador del
Foro de la Juventud Taurina (Colombia).



Quinta mesa redonda: Tauromaquia y poderes públicos:



— Galo Chiriboga, Fiscal General del Estado de Ecuador, presidente de la
Asamblea de Ministerios Públicos Iberoamericanos (AIAMP) (Ecuador).



— Tristan Garel-Jones, político británico, Ex Ministro para Europa (Reino
Unido).



— William Cárdenas, abogado y diplomático, presidente de la Asociación
Internacional de Tauromaquia (Venezuela).



— François Zumbiehl, catedrático de letras clásicas y doctor en
antropología, vicepresidente del l’Observatoire National des Cultures
Taurines (Francia).



Al margen del gasto destinado a la realización de este Congreso, está
dotado con 30.000 euros el Premio Nacional de Tauromaquia, que tiene
periodicidad anual. El premiado correspondiente a 2013 fue Paco Ojeda y
en 2014 el fotógrafo taurino Canito. La Ley 36/2014, de 26 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, incluye dotación
de 30.000 euros por el mismo concepto.



Por último, cabe señalar que el Gobierno, a través del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte, no destina ninguna partida presupuestaria
para subvencionar ninguna actividad relacionada con la tauromaquia.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070534



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En contestación a la pregunta de referencia, se comunica que, ni en el
Registro de Contratos del Sector Público ni en la base datos de Seguridad
Privada, se ha localizado contrato alguno adjudicado a la sociedad que
responde a la denominación «Check and In».



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
417






184/070535



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).



Respuesta:



La Dirección del Centro de Internamiento de Extranjeros y los Servicios de
Asistencia Letrada de la Jefatura Superior de Policía de la Comunidad
Valenciana están a entera disposición de la Autoridad Judicial competente
para facilitar toda aquella información y medios de prueba que precise
(documentos, partes médicos, grabaciones de las cámaras de seguridad,
etc.) y que permitan aclarar la realidad de los hechos.



Caber recordar que el ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo
de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde
exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes,
según las normas de competencia y procedimiento que las mismas
establezcan.



En este sentido, cabe destacar que pese a la formulación de algunas
denuncias, ninguna de ellas, por el momento, ha finalizado con sentencia
condenatoria, concluyendo con su sobreseimiento la inmensa mayoría de las
mismas.



Por otra parte, es necesario señalar que con carácter ordinario se llevan
a cabo tratamientos de desinfección, desinsectación y desratización
(DDD), así como de forma extraordinaria, cuando se detecta una situación
de necesidad que lo requiera.



Asimismo, a finales del año 2014, entre el 24 de octubre y el 14 de
noviembre, se acometieron obras para reparar desperfectos derivados del
uso y otros daños probados intencionadamente por los propios internos. De
este modo, se llevaron a cabo obras de albañilería, fontanería,
iluminación, reparación de mobiliario y cerrajería, así como diversas
mejoras en los accesos al Centro.



Madrid, 16 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070543



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Morlán Gracia, Víctor y Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



En contestación a la pregunta formulada se señala que, según consta en la
base de datos de Seguridad Privada, el número de nuevas inscripciones de
empresas de seguridad privada, en los años por los que se interesan Sus
Señorías, fue el siguiente:



Año;N.º de empresas



2010;68



2011;93



2012;65



2013;97



2014;126



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070562



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Echávarri Fernández, Gabriel (GS).




Página
418






Respuesta:



El Gobierno, a través de Puertos del Estado, celebra reuniones periódicas
con las Autoridades Portuarias, incluyendo la de Alicante, en las que se
fija la política común para la atracción de cruceros a los puertos de
interés general.



Asimismo, Puertos del Estado participa activamente en la organización de
eventos internacionales relacionados con el turismo de cruceros.



En concreto, en relación con el puerto de Alicante, se han llevado a cabo
las siguientes actuaciones con objeto de atraer el tráfico de cruceros:



1. Desde el punto de vista económico, se han adoptado diversas medidas que
se detallan a continuación, y que influyen significativamente al
incentivo del tráfico de cruceros:



— En primer lugar, y en concreto para la Autoridad Portuaria de Alicante,
con la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015, se han
aprobado una serie de bonificaciones al tráfico de cruceros, que se
concretan en una reducción del 40 % de la tasa del buque, así como de la
tasa del pasaje, ya sea dicho puerto de tránsito, o como puerto base.



— Además, se han adoptado medidas en el ámbito portuario que van dirigidas
a la mejora de la competitividad de los concesionarios de los puertos,
favoreciendo la inversión privada en los mismos, lo cual incluye a los
concesionarios de las terminales de cruceros, medidas que se concretan en
el incremento de los plazos de vigencia máximos de las concesiones; la
dexindexación de las tasas de ocupación y actividad así como del valor de
los suelos portuarios, del IPC; y por último, el aumento de
bonificaciones en los casos de inversión privada en infraestructuras
portuarias.



2. Desde el punto de vista de las infraestructuras, en los últimos años y
con el fin de favorecer el tráfico de cruceros, la Autoridad Portuaria de
Alicante ha ejecutado las siguientes obras:



— Mejora de bolardos de las instalaciones de atraque del muelle 14, con
una inversión de 1,6 millones de euros, que consistió en todas las
actuaciones necesarias para dotar al muelle de bolardos con una capacidad
de tiro de 150 Tn. en aproximadamente 400 m de atraque del Muelle 14 en
la zona en que se ubica la zona de la Terminal de Cruceros.



— Mejora de defensas de las instalaciones de atraque del Muelle 14, con
una inversión de 575 miles de euros, y que consistió en dotar a ese mismo
tramo del Muelle 14 de defensas adecuadas para los grandes cruceros y las
obras necesarias para proteger el pie del muelle de las socavaciones que
pueden producir estos buques, mediante la instalación de una manta
anti-socavación en todo ese tramo.



— Recrecido del espaldón y recarga del manto del dique de levante.
Iniciada en julio de 2014. La inversión prevista es de 2,7 millones de
euros. Esta actuación consiste en recargar el manto de protección del
Dique de Levante para aumentar en unos años su vida útil y recrecer el
espaldón hasta la cota +6.40 m, con el fin de que disminuya la
rebasabilidad de modo que sea acorde con el nuevo uso del Muelle 14, en
el que está ubicada la Terminal de Cruceros.



Además, en el puerto de Alicante, con fecha 16 de diciembre de 2013, tras
la preceptiva tramitación de un concurso público, se otorgó una concesión
para la Explotación de la Terminal de Cruceros.



3. Desde el punto de vista comercial, entre las acciones comerciales
coordinadas entre la Autoridad Portuaria de Alicante y el concesionario,
se continúa con la actualización de la oferta de la provincia y de su
producto «Alicante, destino de cruceros», mediante el ofrecimiento de
nuevas rutas con actividades conjuntas en la provincia, combinando en las
excursiones, cultura, gastronomía y compras. En un futuro próximo, se
espera la instalación en la Terminal de maleteros, de tiendas para el
pasaje y un restaurante, ya autorizado, lo que ofrecerá un mejor servicio
a los pasajeros y a las navieras. A este respecto, la Autoridad Portuaria
de Alicante está tratando de manera directa con los principales armadores
con el objetivo de conseguir aumentar el número de escalas e incluso
lograr que, en el año 2016, el Puerto de Alicante se convierta en puerto
base de cruceros, lo que redundará en beneficio, tanto de la Autoridad
Portuaria de Alicante, como del municipio y la provincia de Alicante.



Para ello, el Puerto de Alicante asiste a las principales ferias de
cruceros, como el pasado mes de septiembre, donde asistió a la
MedSeatrade celebrada en Barcelona, con una delegación encabezada por el
Presidente de la Autoridad Portuaria y el Responsable Comercial; la Feria
Seatrade Miami, que se celebra en el mes de marzo, donde el Puerto de
Alicante dispone de un stand enmarcado en el pabellón




Página
419






de «Ports of Spain»; así como el SeatradeEurope en Alemania. En estas
ferias se mantienen reuniones con los armadores, con los que
posteriormente, y a lo largo del año, se está en continuo contacto,
mediante visitas a sus sedes por el Responsable Comercial y mediante una
comunicación telemática y telefónica prácticamente diaria.



Otra de las labores importantes de la Autoridad Portuaria, es fortalecer
el conocimiento operativo de los cruceros en la ciudad y en el entorno
portuario, ya que ello permite tener mejores profesionales y un mejor
trato al pasaje y al barco. Para ello, el puerto de Alicante ha realizado
jornadas de capacitación a futuras tripulaciones entre los estudiantes de
turismo («Jornada de formación para la captación de tripulantes de
cruceros») y encuentros entre empresas alicantinas y «tour operadores»,
con el objetivo de adecuar la oferta a la demanda real.



También se realizan «FamTrips», donde la Autoridad Portuaria invita a
navieros a conocer el puerto y la provincia. El pasado mes enero de 2015,
se realizó un encuentro con el representante de una de las principales
compañías mundiales de cruceros, con la que se está trabajando
intensamente para continuar incrementando el tráfico como puerto escala,
tratando de conseguir otras alternativas como que los cruceros hagan
noche en Alicante sin ser puerto base dentro del programa de esta
compañía.



Por último, hay un trabajo continuo con el concesionario de la terminal de
cruceros, para que se mantenga el nivel de calidad exigido por las
navieras.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070563



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con el asunto interesado se informa que el Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente no tiene constancia de la
existencia de un proyecto que se denomine «vías verdes bilbilitanas» en
el programa de caminos naturales.



Madrid, 6 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070576



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada sobre la torre de la iglesia de
Santa María la Mayor en Ólvega y los restos del cercano castillo, se
indica que, de acuerdo con la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio
Histórico Español, la administración pública competente para su
protección es la Junta de Castilla y León.



Por otra parte, se informa que el Gobierno, a través del Instituto del
Patrimonio Cultural de España del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte, no ha recibido peticiones para desarrollar actuaciones por parte
de los órganos competentes en la gestión.



Madrid, 16 marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
420






184/070577



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Gobierno no
tiene previsto llevar a cabo actuaciones de investigación, conservación
y/o restauración en Numancia, Tiermes y Augustóbriga (Soria) durante la
presente anualidad de 2015. Asimismo, se señala que el Gobierno no ha
recibido peticiones para desarrollar actuaciones en dichos bienes.



Madrid, 16 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070578



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, se adjunta anexo con el cuadro
de evolución del presupuesto ejecutado en publicidad y comunicación
institucional desde el año 2006, que es el año al que corresponde el
primer Informe anual de Publicidad y Comunicación Institucional elaborado
por la Comisión de Publicidad y Comunicación Institucional, creada por la
Ley 29/2005, de 29 de diciembre, de Publicidad y Comunicación
Institucional, y desarrollada por el Real Decreto 947/2006, de 28 de
agosto, por el que se regula la Comisión de publicidad y comunicación
institucional y la elaboración del Plan anual de publicidad y
comunicación de la Administración General del Estado.



Cabe señalar que no existen datos centralizados de años anteriores.



Además, cabe indicar que los datos relativos a las campañas llevadas a
cabo en el pasado año 2014, se están recopilando por el Gobierno para
elaborar el Informe de Publicidad y Comunicación Institucional 2014, que
se remitirá a las Cortes Generales en el primer periodo de sesiones de
este año, tal como establece el artículo 14 de la citada Ley.



Más abajo se adjuntan los enlaces a las páginas en las que se recogen los
documentos sobre publicidad y comunicación institucional de las web de La
Moncloa y de la correspondiente a la página de datos reutilizables. A
través de esos enlaces se adjunta también el Plan de Publicidad y
Comunicación 2015, en el que se recogen las previsiones y los objetivos
de las campañas planificadas para el presente año.



Cabe reseñar que no existen datos centralizados sobre la inversión en
medios de cada provincia, por lo que el Gobierno no puede ofrecer los
correspondientes a la provincia de Soria.



Los distintos enlaces electrónicos son los siguientes:



— URL de La Moncloa. Planes e Informes de Publicidad y Comunicación
Institucional. Evolución de la Inversión en Publicidad y Comunicación.



http://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/cpci/Documents/Evolucion%20_inversion_publicidad-y-comunicacion_AGE.pdf



— URL de La Moncloa. Planes e Informes de Publicidad y Comunicación
Institucional.



http://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/cpci/Paginas/PlanesEInformes.aspx



— URL de Datos.Gob.es



http://datos.gob.es/catalogo/evolucion-de-inversion-publicidad-comunicacion-campanas-institucionales-comerciales




Página
421






Anexo



Evolución informes de publicidad y comunicación institucional (presupuesto
ejecutado). Administración General del Estado. Período 2006-2013



Informe;Presupuesto;Variación informe anterior;% Variación informe
anterior;Variación respecto informe 2006;% Variación respecto Informe
2006



Campañas institucionales + Comerciales;;;;;



2006 (214);313.168.439;;;;



2007 (188);363.699.248;50.530.809;16,14 %;50.530.809;16,14 %



2008 (176);286.632.834;–77.066.414;–21,19 %;–26.535.605;–8,47 %



2009 (139);235.315.643;–51.317.191;–17,90 %;–77.852.796;–24,86 %



2010 (127);220.184.825;–15.130.818;–6,43 %;–92.983.614;–29,69 %



2011 (152);217.319.068;–2.865.757;–1,30 %;–95.849.371;–30,61 %



2012 (96);93.648.198;–123.670.870;–56,91 %;–219.520.241;–70,10 %



2013 (87);116.346.346;22.698.148;24,24 %;–196.822.093;–62,85 %



VARIACIÓN 2006/2013;;–196.822.093;–62,85 %;;



* Entre paréntesis se indica el número de campañas.;;;;;



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070579



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



El Centro Nacional de Fotografía en Soria se concibió entre 2009 y 2010
como un centro de apoyo al Centro Nacional de Artes Visuales (CNAV). Para
dotarlo de sede, la Dirección General de Patrimonio del Estado asumió
mediante encomienda realizada a SEGIPSA (Sociedad Estatal de Gestión
Inmobiliaria de Patrimonio, S.A.) la redacción y ejecución de un proyecto
arquitectónico que adaptaría para este fin las plantas baja y semisótano
del antiguo Banco de España de Soria, actuación que no ha finalizado.



El citado Centro fue pensado como una rama del CNAV, como un espacio
dedicado a la conservación, difusión y reflexión en torno a la producción
fotográfica contemporánea, donde tendrían cabida exposiciones temporales
de fotografía. Por este motivo, en ningún caso se definió un contenido
estable para este centro, ni tampoco se previó la disposición de una
exposición permanente con un discurso cerrado, sino que se realizasen las
actividades y exposiciones que fuesen determinando las líneas de acción
del CNAV. Los escenarios presupuestarios de los últimos años no han
permitido que se materializara este proyecto, y no se ha podido concretar
el contenido del mismo.



Se desconoce asimismo el proyecto del futuro centro de arte contemporáneo,
de competencia municipal.



Madrid, 16 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070580, 184/070581



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).




Página
422






Respuesta:



Puesto que en las iniciativas de referencia no se contienen asuntos
distintos ni cuestiones nuevas a las formuladas en las iniciativas
parlamentarias 184/061695, 184/061696 y 184/061697, a las que se remite
Su Señoría, cabe señalar que el Gobierno mantiene en todos sus términos
la respuesta remitida con ocasión de aquellas. Se reproduce a
continuación dicha Respuesta:



«El Gobierno se somete con lealtad y respeto al control parlamentario de
las Cámaras.



Cuando puntualmente se realizan remisiones a páginas web, lo que viene
sucediendo de forma creciente desde hace varias legislaturas, es porque
la respuesta que se solicita se encuentra en esas fuentes de información
de consulta pública general accesible para el conjunto de los ciudadanos.



Esa remisión, sobre la que el Gobierno no tiene datos desagregados al
nivel solicitado, no es una fórmula para economizar esfuerzo, y mucho
menos papel, sino que tiene como finalidad dar información precisa,
accesible y fiable, de una fuente directa y de acceso público, con el
objeto de hacer más eficiente el trabajo de todos los funcionarios y
departamentos públicos, poniendo a la vez en valor los múltiples cauces
de información a disposición del ciudadano, y también de los
parlamentarios, que tiene la Administración General del Estado.



El deseo del Gobierno, a través de la Secretaría de Estado de Relaciones
con las Cortes, y así se le ha indicado al conjunto de los departamentos
a los que se les solicita información para cumplimentar respuestas
escritas, es que los enlaces que se proporcionan sean literales, es decir
sin error, y permanezcan estables en el tiempo.



En caso contrario, rogamos se nos notifique por cualquier cauce, para
pedir las oportunas disculpas, y para subsanar el error, ya sea éste en
origen, la página web, o en la respuesta parlamentaria.»



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070585



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, se señala que en
el citado período se resolvieron 23 procedimientos en el ejercicio de la
potestad sancionadora por infracción de la Ley de Protección de Datos en
los que el imputado tenía su establecimiento en Zaragoza.



En 17 de esos procedimientos se apercibió al imputado y otros 5
finalizaron con resolución sancionadora, imponiendo sanciones que
totalizaron 61.500 euros.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070589



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la obligación se
recoge en el texto del Convenio Marco de Colaboración para la adquisición
de los terrenos necesarios para la ampliación del Aeropuerto de Córdoba y
su financiación, suscrito entre Aena y el Ayuntamiento de Córdoba el 8 de
marzo de 2008.




Página
423






Según se establece en la estipulación segunda del citado Convenio «Por
parte del Ayuntamiento de Córdoba se satisfará el justiprecio definitivo
de los terrenos necesarios para la ampliación de la pista de vuelo, el
establecimiento de las Zonas de Seguridad en los extremos de pista, el
camino perimetral y vallado asociado a todo ello... estimándose su
superficie en 136.466 m², lo que representa aproximadamente el 17,63 %
del total de terrenos a expropiar».



Las difíciles negociaciones con los propietarios de viviendas afectadas
por la expropiación y la falta de acuerdo con los propietarios de los
terrenos, con la consiguiente elevación a los correspondientes órganos
administrativos y judiciales para la determinación del justiprecio han
impedido que hasta el momento se haya podido concretar de manera
definitiva la aportación exacta que ha de realizar el Ayuntamiento de
Córdoba.



Como se ha expuesto anteriormente, la obligación del Ayuntamiento será la
de sufragar el coste final de las fincas expropiadas para la ampliación
de la pista en ambas cabeceras, cabecera norte y cabecera sur.



En la actualidad, y dado que los procesos con los órganos administrativos
y judiciales no han finalizado, se desconoce el plazo en que el
Ayuntamiento de Córdoba tendrá que realizar los pagos correspondientes.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070590



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



En el siguiente cuadro se recogen los datos correspondientes al número de
ciclistas fallecidos durante los 30 días siguientes al accidente, en vías
interurbanas y urbanas, en los años 2012 y 2013. Asimismo y dado que a la
fecha de emisión de la presente respuesta no se dispone de los datos
nacionales correspondientes a la accidentalidad mortal en vías urbanas,
las cifras que se aportan correspondientes al año 2014 se refieren a los
datos provisionales sobre ciclistas fallecidos durante las 24 horas
siguientes al accidente, en vías interurbanas:



Ciclistas fallecidos



Provincia;2012*;2013*;2014**



Araba/Álava;2;1;1



Albacete;2;1;3



Alicante;2;2;3



Almería;2;1;2



Ávila;0;0;0



Badajoz;1;1;0



Illes Balears;7;4;2



Barcelona;7;8;3



Burgos;1;3;1



Cáceres;0;0;0



Cádiz;2;0;1



Castellón;1;0;2



Ciudad Real;0;3;1



Córdoba;1;2;0



A Coruña;1;2;0



Cuenca;3;1;1




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424






Provincia;2012*;2013*;2014**



Girona;1;0;0



Granada;2;2;0



Guadalajara;1;1;0



Gipuzkoa;0;1;0



Huelva;0;0;1



Huesca;1;0;1



Jaén;1;0;2



León;2;0;0



Lleida;2;3;1



La Rioja;0;0;0



Lugo;0;0;0



Madrid;2;5;1



Málaga;0;2;1



Murcia;5;6;2



Navarra;1;1;5



Ourense;2;0;0



Asturias;0;1;1



Palencia;0;2;0



Las Palmas;4;0;2



Pontevedra;0;1;0



Salamanca;1;0;0



S. C. Tenerife;0;1;0



Cantabria;0;1;0



Segovia;0;1;0



Sevilla;1;1;2



Soria;0;1;1



Tarragona;5;2;2



Teruel;1;0;0



Toledo;0;1;1



Valencia;2;1;1



Valladolid;2;3;1



Bizkaia;2;2;0



Zamora;1;1;0



Zaragoza;1;0;1



Ceuta;0;0;0



Melilla;0;0;0



Total;72;69;46



* Ciclistas fallecidos en los 30 días siguientes al accidente y a
consecuencia del mismo. Vías interurbanas y urbanas.



** Ciclistas fallecidos en las 24 horas siguientes al accidente y a
consecuencia del mismo. Vías interurbanas.;;;



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070596



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).




Página
425






Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que, una vez resuelto
el procedimiento abierto para la adjudicación del contrato de obras de
ejecución de la nueva sede de la Biblioteca Pública del Estado en
Córdoba, el inicio de las actuaciones tuvo lugar en noviembre de 2014,
con fecha de finalización prevista en marzo de 2018.



Durante la ejecución de la obra se han descubierto restos que deben ser
tratados de acuerdo con la normativa de protección del patrimonio
vigente, resultando prematuro determinar el resultado y el tiempo de la
excavación arqueológica que se está realizando en la totalidad de la
parcela. Por tanto, se mantiene el plazo de ejecución que el proyecto
contempló de manera amplia considerando los estudios previos realizados.



Respecto a la inversión prevista para los ejercicios de 2015 y 2016, los
compromisos de gasto contraídos son los siguientes:



— Ejecución de obra:



2015: 1.325.166,54 euros.



2016: 3.104.894,88 euros.



— Seguimiento arqueológico:



2015: 72.541.92 euros.



— Dirección de obra: (gasto estimado en función de la ejecución real de la
obra).



2015: 80.509,80 euros.



2015: 188.636,27 euros.



Todos los importes anteriores están supeditados a la evolución de la
excavación arqueológica.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070598



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



El número de funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía en servicio
activo en la provincia de Córdoba, a 31 de enero de 2015, ascendía a 793,
siendo el número de chalecos antibalas disponibles en la citada provincia
de 255.



Madrid, 16 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070606



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



Las obligaciones reconocidas sobre la Autovía A-56. «Lugo-Ourense», hasta
el 31 de diciembre de 2014, ascienden a un total de 15.343.318,51 euros.




Página
426






El coste total previsto para la actuación es el recogido en el Anexo de
Inversiones de los Presupuestos Generales del Estado. La fecha de
finalización de las obras será la que resulte de la distribución prevista
de inversiones para este y futuros ejercicios.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070608



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



Las obligaciones reconocidas sobre la partida 2009 1738 1157, Autovía
A-59, hasta el 31 de diciembre de 2014, han ascendido a 6.354.199,69
euros.



La previsión de inversión del Gobierno es la reflejada en los Presupuestos
Generales del Estado.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070609



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



En la actuación «Autovía A-76» con cargo al proyecto 2005 1738 0583, que
se encuentra en fase de Estudio Informativo, las obligaciones reconocidas
hasta el 31 de diciembre de 2014 han ascendido a 1.129.443,80 euros.



La previsión de inversión del Gobierno es la reflejada en los Presupuestos
Generales del Estado.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070615



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



La actuación N-550, «Variante de Padrón», se encuentra en fase de obra.
Las obligaciones reconocidas sobre la partida 2002 1738 4081, hasta 31 de
diciembre de 2014, ascienden a un total de 22.629.339,16 euros.



Las previsiones de inversión son las recogidas en los Presupuestos
Generales del Estado.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070616



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio (GS).




Página
427






Respuesta:



La actuación N-640, «Variante de A Estrada», se encuentra en fase de
proyecto. Las obligaciones reconocidas sobre la partida 2004 1738 3622,
hasta el 31 de diciembre de 2014, ascienden a un total de 650.649,47
euros.



Las previsiones de inversión son las recogidas en los Presupuestos
Generales del Estado.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070617



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



La actuación carretera N-120/N-525, «Variante de Ourense», se encuentra en
fase de proyecto. Las obligaciones reconocidas sobre la partida 1998 1738
4505, hasta el 31 de diciembre de 2014, ascienden a un total de
1.661.696,36 euros.



Las previsiones de inversión son las recogidas en los Presupuestos
Generales del Estado.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070622



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



La inversión ejecutada durante el cuarto trimestre del año 2014 (meses de
octubre a diciembre) en la ampliación del Edificio Terminal del
Aeropuerto de Vigo, según criterio de pago y de acuerdo con el cierre
provisional, ha sido de 24.758 euros.



A 31 de diciembre de 2014 se han ejecutado durante todo el año en dicha
actuación 3.698.844 euros, según criterio de pago y con datos de cierre
provisionales.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070623



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



La actuación «Acceso al Puerto Exterior de A Coruña AC-15» se encuentra en
fase de obra. Las obligaciones reconocidas sobre la partida 2005 1738
0556, hasta el 31 de diciembre de 2014, ascienden a un total de
58.912.578,99 euros.



Las previsiones de inversión son las recogidas en los Presupuestos
Generales del Estado.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
428






184/070624



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



La inversión ejecutada durante el cuarto trimestre del año 2014 (meses de
octubre a diciembre) en la ampliación de la Pista de Vuelos del
Aeropuerto de A Coruña, según criterio de pago y de acuerdo con el cierre
provisional, ha sido de 2.812.078 euros.



A 31 de diciembre de 2014 se han ejecutado durante todo el año en dicha
actuación 17.050.152 euros, según criterio de pago y con datos de cierre
provisionales.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070625



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



El detalle por proyectos de la inversión ejecutada durante el año 2014, en
el aeropuerto de Santiago de Compostela, con cargo a los Presupuestos
Generales del Estado, según criterio de pago y de acuerdo con los cierres
provisionales, es el siguiente:



Proyecto de inversión;Ejecución 2014



Aeropuerto de Santiago de Compostela;2.964.776



Expropiación de terrenos;414



Mejora área de movimiento de aeronaves. Calles de rodaje y edificio del
servicio de extinción de incendios-SEI;1.390.493



Inversiones de apoyo y mantenimiento;1.379.869



Desarrollo y mejora del sistema de navegación aérea. Mantenimiento y
conservación de infraestructuras;194.000



Importes en euros.



Cierre provisional.;



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070626



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



El detalle por proyectos de la inversión ejecutada durante el año 2014, en
el aeropuerto de Vigo, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado,
según criterio de pago y de acuerdo con los cierres provisionales, es el
siguiente:




Página
429






Proyecto de inversión;Ejecución 2014



Aeropuerto de Vigo;6.560.505



Ampliación del edificio terminal;3.698.844



Mejoras y adecuación área de movimiento de aeronaves;187.553



Actuaciones en seguridad;3.798



Central eléctrica;423.253



Actuaciones en aparcamientos y pasarela con recinto ferial, urbanización y
bloque técnico;1.446.156



Sistemas edificio aparcamiento vehículos;100.524



Inversiones de apoyo y mantenimiento;192.605



actuacionesmedioambientales;507.773



Importes en euros.



Cierre provisional.;



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070627 a 184/070631, 184/070634 a 184/070643



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con las preguntas de referencia, el Gobierno se remite a los
siguientes enlaces de la administración presupuestaria que recogen la
información que se encuentra actualmente publicada (la fuente es la
Intervención General de la Administración del Estado, IGAE):



1. Avance de la Liquidación del Presupuesto 2014, Volumen I (Estado) y
Estadística de Ejecución del Presupuesto a noviembre de 2014:



http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/AVANCE%20ESTADO_2014 %20 %28IN TERNET%29.pdf



http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/11- 14 %20MENSUAL.pdf



2. Avance de la Liquidación del Presupuesto 2014, Volumen II (Organismos)
y Distribución territorial de la Inversión del Estado y sus Organismos,
datos a 30 de junio de 2014:



http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/AVANCE%20OOAA_%202014 %20(INTERNET).pdf



http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/DISTRIBUCIÓN%20TERRITORIAL%20PRIMER%20SEMESTRE%202014.pdf



3. Presupuestos Generales del Estado, Liquidación del Presupuesto del
ejercicio 2013, Volumen III (Presupuestos de Explotación y Capital):



http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/EjecucionPresupuestaria/Documents/LIQ UIDACI%c3 %93N%20EXPLOTACI%c3 %93N%20Y%20CAPITAL_2013 %20
%28INTERNET%29.pdf



Madrid, 11 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
430






184/070632



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



El detalle por proyectos de la inversión ejecutada durante el año 2014, en
el aeropuerto de A Coruña, con cargo a los Presupuestos Generales del
Estado, según criterio de pago y de acuerdo con los cierres
provisionales, es el siguiente:



Proyecto de inversión;Ejecución 2014



Aeropuerto de A Coruña;18.092.883



Distribución de energía;67.402



Expropiaciones de terrenos;280.746



Ampliación pista de vuelos;17.050.152



Inversiones de apoyo y mantenimiento;378.619



Remodelación edificio terminal;19.770



Adecuación campo de vuelos;61.284



Actuaciones medioambientales;234.910



Importes en euros.



Cierre provisional.;



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070644



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, se señala lo
siguiente:



Empleados de RENFE Operadora en la provincia de Tarragona, a 31/12/2014



Residencia laboral;Colectivo;Total



TARRAGONA;ESTRUCTURA DE DIRECCIÓN;2



;ESTRUCTURA DE APOYO;2



;CONDUCCIÓN;104



;COMERCIAL;34



;GESTIÓN;7



;TALLERES;22



S. VICENÇ DE CALDERS;COMERCIAL;4



MORA LA NOVA;CONDUCCIÓN;5



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
431






184/070651



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



El Ministerio de Fomento está estudiando la posibilidad de desviar la
circulación de los vehículos pesados de cuatro o más ejes (Grupo
tarifario de autopistas «Pesados 2») en los tramos de carretera
convencional en los que exista, en el mismo corredor, una autopista de
peaje, para tratar mejorar las condiciones de circulación en las citadas
carreteras convencionales. Para favorecer la aceptación de la medida, su
implantación iría acompañada de una bonificación sobre el peaje a abonar.
En la provincia de Tarragona los tramos en estudio son desde Hospitalet
de l’Infant hasta Oropesa y desde Altafulla (Torredembarra) hasta
Villafranca Sur, ambos de la autopista AP-7 y que tienen como carretera
convencional alternativa la N-340.



De acuerdo con ello, el Ministerio de Fomento está manteniendo los
contactos pertinentes que permitan la aplicación de estas medidas de
forma coordinada, así como con el sector de los profesionales del
transporte por carretera.



Madrid, 23 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070652



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la actuación se
encuentra actualmente en fase de estudio.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070656 y 184/070657, 184/070663



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que toda la
información sobre el tráfico en la Red de Carreteras del Estado se
encuentra disponible para su consulta en la siguiente dirección:



http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/
CARRETERAS/TRAFICO_VELOCIDADES/



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070658



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).




Página
432






Respuesta:



Las obras en ejecución de tramos de autovía por parte de la Dirección
General de Carreteras del Ministerio de Fomento, en la provincia de
Tarragona, fueron iniciadas antes de 2014.



En 2014 se puso en servicio la actuación «Reordenación de accesos en la
T-11. Aeropuerto de Reus-Tarragona», de 7,6 kilómetros de longitud.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070662



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que dada la situación
actual de la citada actuación, que se encuentra en fase de redacción del
Estudio Informativo, todavía no es posible precisar la alternativa
elegida para el tramo entre Montblanc y Lleida de la autovía A-27.



Las previsiones del Gobierno son las reflejadas en los Presupuestos
Generales del Estado.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070665



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la actuación se
encuentra actualmente en fase de obra. Las previsiones del Gobierno son
las reflejadas en los Presupuestos Generales del Estado.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070668



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la actuación se
encuentra actualmente en fase de proyecto. Las previsiones de actuación
del Gobierno son las reflejadas en los Presupuestos Generales del Estado.



Madrid, 13 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
433






184/070673



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la actuación se
encuentra actualmente en fase de estudio informativo. Las previsiones del
Gobierno son las reflejadas en los Presupuestos Generales del Estado.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070681



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ariztegui Larrañaga, Maite y Urbina Fernández, Iker (GMx).



Respuesta:



En primer lugar hay que indicar que el proceso de entrada de capital
privado en AENA, S.A. no puede considerarse como una privatización, ya
que el Estado se reserva la propiedad con un 51 % de las acciones,
manteniendo por tanto la mayoría del capital de la entidad, que seguirá
siendo de titularidad pública.



Este proceso se ha abordado con total transparencia. De hecho, es un
modelo de gestión que está expresamente regulado en una norma con rango
de Ley, aprobada en la legislatura anterior: el Real Decreto-ley 13/2010,
de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y
liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo.



Desde el inicio de la última legislatura, los planes del Ministerio de
Fomento para AENA, S.A. han consistido en la implantación de una serie de
medidas de carácter económico con el objeto de garantizar la viabilidad
de la compañía y de todos sus aeropuertos, debido a la precaria situación
en la que se encontraba, así como su puesta en valor, una vez llevados a
cabo el saneamiento económico y una profunda optimización de su gestión.



Esta viabilidad se ha conseguido gracias a una gestión encaminada a la
contención de gastos, racionalización de inversiones y mejora de la
eficiencia, contribuyendo así al desarrollo del transporte aéreo y del
turismo, principal industria de nuestro país.



Una vez conseguidos estos objetivos, los planes contemplaban el diseño de
la entrada del capital privado para el momento en que la situación
económica de los mercados lo hiciera factible, con la finalidad principal
de asegurar el mantenimiento de la red aeroportuaria actual, y
garantizando de esta manera el interés general, la conectividad y
movilidad de todos los ciudadanos, sin cerrar ningún aeropuerto, a pesar
de las peticiones, en ese sentido, de algunos sectores.



Además, el Consejo de Ministros del día 4 de julio aprobó el Real
Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de medidas urgentes para el
crecimiento, la competitividad y la eficiencia, que incluye el
establecimiento del marco jurídico aplicable a la red de aeropuertos de
interés general de Aena aeropuertos (actualmente Aena, S.A.) y los
configura como servicios de interés económico general, precisamente con
el objeto de garantizar la movilidad de los ciudadanos y la cohesión
económica, social y territorial.



Este Real Decreto-ley prohíbe expresamente el cierre o la enajenación de
cualquiera de las instalaciones o infraestructuras aeroportuarias, sin
autorización del Consejo de Ministros o del Ministerio de Fomento, que
solo podrá concederse si no afecta a los objetivos de interés general.



El profundo y positivo cambio que ha experimentado Aena, S.A. durante esta
legislatura ha permitido conseguir y asegurar su viabilidad económica.
Puede afirmarse que Aena, S.A. es en la actualidad una empresa que
presenta una sólida situación financiera y unas cuentas plenamente
saneadas. Es precisamente el logro de la viabilidad económica de la red
aeroportuaria la mejor garantía para dar




Página
434






continuidad a la disponibilidad de infraestructuras y servicios de sus
aeropuertos, ofreciendo a los operadores aéreos unas capacidades que
puedan atender sus demandas, con los más elevados niveles de seguridad y
calidad.



El fortalecimiento del marco regulatorio, establecido en las normas
anteriormente mencionadas, garantiza el cumplimiento de los adecuados
niveles de calidad de servicio e inversión. Este cumplimiento de la
calidad del servicio e inversión permiten además asegurar la
accesibilidad, suficiencia e idoneidad de las infraestructuras
aeroportuarias, la sostenibilidad económica de la red de aeropuertos, así
como su gestión eficiente, al menor coste posible.



Por tanto la existencia de una red de infraestructuras suficiente para el
transporte aéreo, proporciona la continuidad y la adecuada prestación de
los servicios aeroportuarios básicos, en términos de calidad, regularidad
y seguridad.



Además, el nuevo marco regulador, sólido y estable, aprobado en esta
legislatura, es necesario para dar confianza y certidumbre a los mercados
y servirá para asegurar la viabilidad de Aena, S.A., de lo que se
beneficiarán sus trabajadores directamente, y nuestra economía y nuestra
sociedad en general.



Estas medidas son una apuesta del Ministerio de Fomento para impulsar el
tráfico aéreo y consolidar el crecimiento en todos los aeropuertos de la
red de Aena, incluidos los aeropuertos vascos de Noain, Loiu, Foronda y
Hondarribia.



Esta gestión en red no significa que no se cuente con la participación de
las Comunidades Autónomas y de las Entidades locales, y del tejido
empresarial y social, al contrario, esta colaboración es considerada por
el Ministerio de Fomento y por Aena, S.A. muy importante para conseguir
incrementar el turismo y el tráfico aéreo. En este sentido, una de las
líneas estratégicas defendidas por el Ministerio de Fomento es la
importancia de la colaboración de todas las administraciones y
representantes económicos y sociales de los territorios en los que los
aeropuertos se encuentran ubicados.



Por ello, el modelo actual de gestión aeroportuaria en red permite la
participación de las Comunidades Autónomas, Entes Locales, Cámaras de
Comercio y demás representantes económicos y sociales, con lo que se
garantiza la cercanía con las instituciones más representativas del
territorio.



Para dar cauce de participación a las instituciones y agentes implicados
en la mejora de la gestión del sistema aeroportuario se han constituido
los Comités de Coordinación Aeroportuaria.



Así, con fecha 5 de octubre de 2013, se publicó el Real Decreto 697/2013,
de 20 de septiembre, por el que se regula la composición y funcionamiento
de los Comités de Coordinación Aeroportuaria. Estos Comités, que ya se
han constituido en cada una de las Comunidades Autónomas y Ciudades con
Estatuto de Autonomía, están formados, por representantes de la Comunidad
Autónoma, Entes Locales, Cámaras de Comercio y representantes económicos
y sociales, además de por Aena, S.A. La presidencia la ostenta la
Secretaría General de Transportes.



Estos Comités, además de proponer actuaciones para impulsar el desarrollo
de la actividad aeroportuaria, son el foro que permitirá la participación
de todas las administraciones implicadas en temas tan importantes como el
desarrollo de nuevas rutas y del transporte aéreo, dentro del marco
competencial actualmente existente, contribuyendo desde cada territorio a
garantizar la competitividad de los aeropuertos españoles y la
sostenibilidad del sistema aeroportuario.



A día de hoy la totalidad de los Comités están constituidos, se han
celebrado las reuniones estatutarias previstas reglamentariamente y
muchos de ellos ya están trabajando en propuestas concretas. En todos los
casos se han evaluado los mercados potenciales, tanto de naturaleza
turística como empresarial, que podrían justificar la apertura de nuevas
rutas. Y se han iniciado los contactos con diferentes compañías aéreas
con el fin de llegar a acuerdos con ellas.



Concretamente, en el Comité Aeroportuario del País Vasco se han elaborado
tres planes de marketing para cada uno de los aeropuertos de la
Comunidad, y en el Comité Aeroportuario de Navarra se ha elaborado el
plan de marketing del aeropuerto de Pamplona.



Por último, en relación con la evaluación de posibles consecuencias
económicas, laborales y sociales, se indica que este proceso de entrada
de capital privado en la entidad no afecta a la titularidad pública de la
empresa, al mantener el Estado el 51 % de las acciones, ni a las actuales
condiciones laborales de sus trabajadores, ya que se mantiene la vigencia
del actual Convenio Colectivo.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
435






184/070689



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



En relación con la pregunta escrita de referencia, se señala que el
retraso, en varias ocasiones, en la entrada en vigor de lo preceptuado
por la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del
permiso por paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida (en
adelante, Ley 9/2009), se ha debido a las circunstancias económicas por
las que estaba atravesando el país, que no ha permitido la elevación de
la protección social, todo lo que era deseable, pues, teniendo en cuenta
que la ampliación del mencionado permiso, lleva aparejado el abono
durante toda su duración de la correspondiente prestación económica, ello
tendría una importante incidencia económica en el presupuesto de la
Seguridad Social, con el correspondiente incremento del gasto que se
estima en torno a los 245 millones de euros anuales.



En este sentido, no debe olvidarse que durante el ejercicio 2014 se ha
afianzado el crecimiento y se está creando empleo neto, por primera vez
desde el inicio de la crisis económica. El Gobierno, para el ejercicio
2015, va a centrar su esfuerzo en consolidar esa creación de puestos de
trabajo, sin olvidar, por supuesto, el apoyo a las familias como ha
manifestado, recientemente, el Presidente del Gobierno en el Debate sobre
el estado de la Nación.



Sin embargo, es preciso mantener la línea de contención del gasto ya
iniciada en ejercicios anteriores, lo que conlleva, en este caso,
mantener también la suspensión de la ampliación del permiso por
paternidad, como se contempla en la Ley de Presupuestos Generales del
Estado para 2015, hasta el 1 de enero de 2016.



Madrid, 12 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070695



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GCiU).



Respuesta:



En relación con la información interesada se señala que no se dispone de
la información solicitada toda vez que únicamente se recoge en las Bases
de Datos a los trabajadores que se encuentran afiliados al Sistema de la
Seguridad Social porque cumplen los requisitos previstos en el Texto
Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.



Madrid, 9 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070697



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez i Llibre, Josep (GCiU).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que,
a la vista de las Previsiones de Invierno del año 2015 y del proceso de
seguimiento presupuestario que realiza la Comisión Europea, el 27 de
febrero, la Comisión tomó una serie de acciones en relación al
Procedimiento de Déficit Excesivo del Pacto de Estabilidad y Crecimiento.




Página
436






Entre ellas, la Comisión Europea presentó su propuesta para que el Consejo
adopte una recomendación para que Francia ponga fin a su situación de
déficit excesivo en el año 2017 como máximo.



La Comisión tomó esta decisión de acuerdo con el apartado 5 del artículo 3
del Reglamento (CE) 1467/97, relativo a la aceleración y clarificación
del procedimiento de déficit excesivo, que establece que «si se han
tomado medidas efectivas para ajustarse a la recomendación formulada con
arreglo al artículo 126, Apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea (TFUE) y, tras la adopción de la recomendación, aparecen
factores económicos adversos e inesperados que tienen importantes
consecuencias desfavorables sobre la hacienda pública, el Consejo,
partiendo de una recomendación de la Comisión, podrá adoptar una
recomendación revisada con arreglo al artículo 126, apartado 7, del
TFUE.»



La nueva recomendación para Francia sustituye a la aprobada por el Consejo
21 de junio de 2013, según la cual Francia debía corregir su déficit
público excesivo en el año 2015 como máximo.



La Comisión considera que establecer una nueva fecha límite está
justificado según las reglas del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, pues
estima que el deterioro en la situación presupuestaria de Francia es el
resultado de una situación económica más débil respecto a las previsiones
en las que se basó la recomendación del Consejo de junio del 2013. En
particular, la evolución inferior a lo esperado del Producto Interior
Bruto (PIB) y la inflación, junto con una elasticidad de los ingresos
impositivos respecto al PIB también menor a la esperada, han tenido un
impacto negativo en los ingresos fiscales.



La Comisión recomienda establecer objetivos concretos anuales de déficit
nominal (4 % del PIB en el año 2015, 3,4 % en el año 2016 y 2,8 % en el
año 2017), esfuerzo estructural (0,5 % en del PIB en el año 2015, 0,8 %
en el año 2016 y 0,9 % en el año 2017) y medidas adicionales (0,2 % del
PIB en el año 2015, 1,2 % en el año 2016 y 1,3 % en el año 2017). Es la
primera vez que se cuantifican las medidas adicionales anuales requeridas
en una recomendación para la corrección del déficit excesivo. La Comisión
también recomienda un seguimiento estricto del cumplimiento de los
requisitos por Francia. Por tanto, Francia deberá haber adoptado e
implementado las medidas adiciona les requeridas por valor del 0,2 % del
PIB a finales de abril de 2015. El plazo para que Francia tome medidas
efectivas es el 10 de junio, es decir, tres meses después de que el
Consejo haya adoptado la recomendación (el máximo establecido por el
Reglamento es de seis meses).



El 27 de febrero, la Comisión también presentó un informe sobre Italia,
que había elaborado de acuerdo con el artículo 126, Apartado 3, del TFUE,
según el cual la Comisión examina la situación si un Estado miembro no
cumple los requisitos de déficit público o de deuda pública del Pacto de
Estabilidad y Crecimiento, o de ambos.



Dado que, según las Previsiones de Invierno del año 2015, se espera que el
déficit público en Italia sea del 3 % en el año 2014 y del 2,6 % en el
año 2015, el informe de la Comisión, que puede suponer el primer paso en
el Procedimiento de Déficit Excesivo, solo analiza la cuestión de Italia
si cumple con el criterio de la deuda teniendo en cuenta debidamente la
situación económica y la existencia de otros factores relevantes.



De acuerdo con el artículo 2, apartado 1 bis, del Reglamento (CE) 1467/97,
«para un Estado miembro objeto de un procedimiento de déficit excesivo el
8 de noviembre de 2011 y durante un período de tres años a partir de la
corrección del déficit excesivo, se considerará que el requisito
correspondiente al criterio de la deuda se ha cumplido si el Estado
miembro en cuestión realiza suficientes progresos para su cumplimiento.»



Italia, cuyo Procedimiento de Déficit Excesivo fue revocado en junio de
2013, está sujeto a esta disposición. De acuerdo con el Código de
Conducta del Pacto de Estabilidad y Crecimiento de 3 de septiembre de
2012, esto supone cumplir con un «ajuste lineal mínimo estructural» en el
saldo estructural. El esfuerzo estructural planeado por Italia para los
años 2014 y 2015 no es suficiente para cumplir con este requisito. En
primer lugar, Italia estima que su saldo estructural empeorará 0,3 puntos
porcentuales del PIB en el año 2014, mientras que el requisito es que
mejore 0,9 puntos porcentuales. En segundo lugar, Italia estima que su
saldo estructural mejorará 0,3 puntos porcentuales del PIB en el año
2015, mientras que el requisito es que mejore 2,2 puntos porcentuales.
Dada esta situación, la Comisión considera que Italia está en riesgo de
incumplir con el criterio de la deuda del Pacto de Estabilidad y
Crecimiento.



No obstante, la Comisión considera que existen factores relevantes por los
que se debe considerar que Italia sí cumple con el criterio de la deuda.
En concreto; las circunstancias económicas actuales son desfavorables y
hacen que el cumplimiento del criterio de la deuda sea particularmente
exigente (en especial, por la baja inflación), se espera que Italia
cumpla con el ajuste requerido hacia el cumplimiento




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437






del objetivo a medio plazo del déficit (de acuerdo con las normas del
brazo preventivo del Pacto) y su compromiso a implementar un paquete
ambicioso de reformas estructurales que contribuya a reducir la deuda en
el medio y largo plazo. De esta manera, se considera que iniciar un
Procedimiento de Déficit Excesivo para Italia no está justificado.



Tras la publicación del informe por parte de la Comisión, el Comité
Económico y Financiero del Consejo de la Unión Europea adoptó una opinión
el 4 de marzo estableciendo que la información incluida en este informe
es tal que se puede concluir que Italia cumple con los requisitos del
Pacto de Estabilidad y Crecimiento.



En definitiva, tanto la decisión de la Comisión Europea del 27 de febrero
respecto a Francia como la decisión respecto a Italia siguen
estrictamente las reglas del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, en las
cuales se incorporan elementos suficientes de flexibilidad.



Madrid, 17 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070700, 184/070701, 184/070702



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ciuró i Buldó, Lourdes (GCiU).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
el nuevo Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de
segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de
orden social, protege a las familias y a los consumidores, concediendo la
segunda oportunidad en el ámbito concursal a los deudores de buena fe que
tengan cargas.



Su objetivo, según la Exposición de Motivos, «no es otro que permitir lo
que tan expresivamente describe su denominación: el que una persona
física, a pesar de un fracaso económico empresarial o personal, tenga la
posibilidad de encarrilar nuevamente su vida e incluso de arriesgarse a
nuevas iniciativas, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de
deuda que nunca podrá satisfacer».



Las iniciativas contenidas en el Título I del citado Real Decreto-ley,
para permitir que las familias y empresas reduzcan su carga financiera,
suponen mejoras adicionales a las que ya se han adoptado durante esta
legislatura destinadas a quienes se encuentran en una situación cercana a
la insolvencia por sus circunstancias económicas y sociales de
vulnerabilidad, sean Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) y autónomos, o
personas naturales en general, y se agrupan en tres bloques:



1. Flexibilizar los acuerdos extrajudiciales de pagos, y prever un
verdadero mecanismo de segunda oportunidad. Al igual que las empresas, se
permite a las personas físicas y empresarios utilizar los acuerdos
extrajudiciales de pago como un procedimiento coordinado, transparente y
reglado que permita reestructurar su deuda con los acreedores a través de
quitas y esperas, siempre bajo la tutela del juez, de forma que se
permite que los acuerdos alcanzados se extiendan también a los acreedores
con garantía real si concurren las mayorías.



2. Se mejora también el «Código de Buenas Prácticas para la
reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la
vivienda habitual», introducido por el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de
marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin
recursos, del que ya se han beneficiado cerca de 14.000 familias.



3. Se amplía por un plazo adicional de dos años, hasta el año 2017, la
suspensión de los lanzamientos sobre viviendas habituales de colectivos
especialmente vulnerables contenido en la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de
medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios,
reestructuración de deuda y alquiler social, así como el colectivo que
puede beneficiarse de esta medida.



Aparece el procedimiento especialmente simplificado para los particulares
en lo que se refiere a los plazos de designación y en la convocatoria de
acreedores, así como la reducción de los aranceles notariales y
registrales. El Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo
de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de
orden social, introduce una alternativa




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438






novedosa: si el deudor persona física no ha podido satisfacer los créditos
anteriores, para quedarse totalmente liberado de las deudas, éste debe
comprometerse a cumplir con un plan de pagos durante los cinco años
siguientes (espera) de las deudas no exoneradas —que son los créditos
contra la masa y los créditos concursales con privilegio general—,
quedando exonerado del resto de los créditos. No se generarán intereses
en este plazo.



Añade la norma que la liberación definitiva de deudas se produce también
cuando el deudor realiza «un esfuerzo sustancial para satisfacer las
deudas no exoneradas». Esto implica que el deudor que hubiera dedicado a
su cumplimiento, al menos, la mitad de los ingresos percibidos durante
este plazo de cinco años que no tuvieran la categoría de inembargables.



En el supuesto habitual de acreedores con garantía real (hipotecas), la
parte que podrá exonerarse, tras la liquidación y el plan de pagos de
cinco años, será aquélla que no hubiera quedado cubierta en la ejecución
de la garantía; es decir, el beneficio legal será por el resto de la
deuda con el banco una vez ejecutada la vivienda. Esta exoneración podrá
ser revocada durante los cinco años posteriores, perdiendo el deudor su
segunda oportunidad: si se pierde la «buena fe»; si se incumple con el
plan de pagos previsto; si mejorase sustancialmente su situación
económica y pudiera pagar todas las deudas pendientes; si se demostrase
la existencia de bienes, ingresos o derechos ocultos.



Por lo tanto, no solamente se amplía el plazo de prórroga para los
lanzamientos, sino que se ponen medios para evitar que estos se
produzcan, incluyendo las medidas tributarias y sociales contenidas en
esta norma.



Por otra parte, la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la
protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y
alquiler social, establece una medida, con carácter excepcional y
temporal, que afecta a cualquier proceso judicial de ejecución
hipotecaria o venta extrajudicial por el cual se adjudique al acreedor la
vivienda habitual de personas pertenecientes a determinados colectivos,
sin alterar el procedimiento de ejecución hipotecaria, consistente en la
paralización de los lanzamientos.



Por lo que se refiere a la posibilidad de alegar la existencia de
cláusulas abusivas en el contrato de préstamo hipotecario ejecutado, la
citada Ley 1/2013, modifica el procedimiento ejecutivo recogido en la Ley
1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC), a efectos de que,
de oficio o a instancia de parte, el órgano judicial competente pueda
apreciar la existencia de cláusulas abusivas en el título ejecutivo y,
como consecuencia, decretar la improcedencia de la ejecución o, en su
caso, su continuación sin aplicación de aquéllas consideradas abusivas.



La modificaciones de la LEC, introducidas por la Ley 1/2013, de 14 de
mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios,
reestructuración de deuda y alquiler social, son de aplicación a los
procesos de ejecución iniciados a su entrada en vigor, únicamente
respecto a aquellas actuaciones ejecutivas pendientes de realizar.



Asimismo, dicha Ley 1/2013 establece un régimen transitorio en los
procesos de ejecución, de forma que en los procedimientos ejecutivos en
curso a su entrada en vigor en los que haya transcurrido el periodo de
oposición de diez días previsto en el artículo 556.1 de la LEC, las
partes ejecutadas dispusieron de un plazo preclusivo de un mes para
formular un incidente extraordinario de oposición basado en la existencia
de las nuevas causas de oposición previstas en el apartado 7.ª del
artículo 557.1 y 4.ª del artículo 695.1 de la LEC.



Esta Disposición Transitoria se aplicó a todo procedimiento ejecutivo que
no hubiera culminado con la puesta en posesión del inmueble al adquirente
conforme a lo previsto en el artículo 675 de la LEC.



Finalmente, en los procedimientos ejecutivos en curso en los que, a la
entrada en vigor de la Ley 1/2013, ya se hubiera iniciado el periodo de
oposición de diez días previsto en el Artículo 556.1 de la LEC, las
partes ejecutadas dispusieron del mismo plazo preclusivo de un mes para
formular oposición basada en la existencia de cualesquiera causas de
oposición previstas en los artículos 557 y 695 de la LEC.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070715



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cortizo Nieto, Miguel Ángel y Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).




Página
439






Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que con la excepción
de los túneles, la iluminación de las carreteras estatales no es obligada
por la normativa en vigor. El Ministerio de Fomento viene actuando
conforme a lo establecido en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4
marzo de 2011, por el que se aprobó el Plan de Ahorro y Eficiencia
Energética.



Madrid, 18 de marzo de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/070729



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cortizo Nieto, Miguel Ánge y Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el inicio del
curso académico modifica de forma sustancial los flujos de movilidad de
clientes en el Eje Atlántico, fundamentalmente en Santiago de Compostela,
hecho que hace necesario el desarrollo de medidas de ajuste y control de
la demanda, principalmente los viernes y domingos, para poder dar
respuesta a las necesidades de transporte de los clientes.



Por ello, Renfe toma las siguientes medidas:



— Puesta en producción de todo el parque de material, con el fin de
reforzar los servicios de mayor demanda, con trenes en composición doble.
En el trayecto A Coruña-Vigo se ofertan 2.300 plazas adicionales los
viernes y 2.000 plazas adicionales los domingos.



— Información, en trenes y estaciones, de los horarios y condiciones de
comercialización de cada uno de los servicios, de manera que los clientes
puedan optar por realizar su viaje en trenes que disponen de más plazas
ofertadas que demandadas.



— Establecimiento de controles de acceso, los viernes en Santiago de
Compostela y los domingos en Vigo, Pontevedra y Villagarcía.



— Ajuste y control del número de plazas de pie en trenes sin reserva de
plaza.



La oferta comercial del Eje Atlántico dispone de dos tipos de servicios
diferenciados:



— Media distancia:



– Parada en estaciones de grandes poblaciones del recorrido.



– Venta con reserva de plaza.



– No admite viajeros de pie.



— Media distancia:



– Parada en todas o en la mayoría de estaciones del recorrido.



– Venta sin reserva de plaza.



– Admite viajeros de pie.



La tipología de los clientes de estos últimos servicios hace que la venta
anticipada no aporte información previa que permita adaptar la
programación prevista, y lo habitual es que, dos horas antes de la
salida, su ocupación no alcance el 10 %. Además, muchos de los clientes
suben o bajan en estaciones sin personal, con adquisición del billete a
bordo del tren y sin control específico por los sistemas, por lo que la
flexibilidad de admitir viajeros de pie permite no dejar clientes
desatendidos.



Los clientes disponen de los siguientes mecanismos para adquirir sus
títulos de transporte:



— Taquillas de las estaciones que disponen de servicio de venta
presencial.



— Máquinas autoventa.