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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 616, de 24/02/2015


BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 616, de 24/02/2015



Se acerca el plazo de un año para cumplir algunos preceptos y sería de
vital importancia aclarar dudas sobre la fecha previsible de publicación
del mencionado Real Decreto.



Por ello, se formulan las siguientes preguntas:



1. ¿Qué previsión de fechas hay para la publicación del Real Decreto que
se menciona en el artículo 9.2 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de
Telecomunicaciones?



2. ¿Cuáles son las razones del retraso en su publicación?



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Gaspar
Llamazares Trigo, Diputado.



184/068463



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno, para las que se solicita
respuesta escrita.



Hemos tenido conocimiento de la existencia y comercialización de un juego
«on line» en el que en sus indicaciones aparece literalmente «En este
juego debes matar a los gays que están ocultos y querrán salir a
violarte. Cuidado».




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88






Organizaciones sociales como el Front d’Alliberament Gai de Catalunya
(FAGC) y L’Observatori Contra L’Homofòbia (OCH), entre otras, han exigido
la retirada de un juego «online» que consiste en matar a personas
homosexuales.



Un juego de estas características es intolerable, contrario a nuestro
ordenamiento y fomenta claramente la discriminación por razón de la
orientación sexual, la persecución y la violencia contra las personas
homosexuales.



— ¿Qué medidas ha adoptado el Gobierno para retirar el juego «on line» que
consiste en asesinar a personas homosexuales?



— Al amparo de lo establecido en el artículo 8.1 del Estatuto Orgánico del
Ministerio Fiscal ¿Ha interesado el Gobierno del Ministerio Fiscal que
promueva ante los Tribunales alguna actuación con respecto a los hechos
descritos?



— ¿Ha previsto el Gobierno adoptar medidas concretas para luchar o
impulsar una ley estatal contra la LGTBIfobia?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Ricardo Sixto
Iglesias, Diputado.



184/068464



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno, para las que se solicita
respuesta escrita.



1. ¿Por qué la dirección que encabeza el presidente de la Agencia EFE no
sigue las recomendaciones de transparencia impulsadas por el Gobierno del
PP, incluso a través de una ley, y hace públicos los salarios anuales de
los altos cargos de esta agencia?



2. ¿Cuántos directivos de la Agencia EFE superan, incluyendo los DPPO, los
100.000 euros?



3. Si tras la remodelación del área de gestión de la Agencia EFE se
aseguró al Comité Intercentros que esta medida no iba a suponer coste
alguno, ¿cómo se explica el reciente aumento de salario de varios cargos
concernidos por estos cambios?



4. ¿A qué obedecen los movimientos de material y muebles y el agrupamiento
de trabajadores en determinadas plantas del edificio de la sede central
de la Agencia EFE?



5. ¿Se ha firmado algún acuerdo con alguna otra empresa para que se
instale en el edificio?



6. Si es así, ¿qué empresa o empresas son?



7. ¿Se dedica alguna, en su caso, a la misma actividad que las
desarrolladas por la Agencia EFE?



8. ¿Supone esta empresa o empresas competencia alguna contra la Agencia
EFE?



9. ¿Ha sido la Agencia EFE, en su caso, cliente de alguna o algunas de
estas empresas?



10. ¿Hay al frente de alguna de estas sociedades alguna persona conocida
de los medios comunicación y en concreto del diario en el que el
Presidente de la Agencia EFE trabajaba antes de llegar a esta agencia?



11. Hace apenas un año que EFE se instaló en el edificio de la Avenida de
Burgos, ¿no cree que se debería haber planificado mejor la utilización de
espacios?



12. ¿Cómo explica esta falta evidente de planificación?



13. ¿Son estas las únicas obras que se van a acometer en los próximos
meses?



14. ¿Qué coste tienen?



15. ¿Es cierto que incluso hay un plan para trasladar la cafetería a otra
planta?



16. ¿Dónde se va a ubicar el futuro museo de EFE? ¿Por qué no se previó su
creación hace un año?



17. ¿Quién ha compuesto el jurado —si es que lo ha habido— de los primeros
Premios EFE Cultura?



18. En su caso ¿qué personas componían este jurado?



19. ¿Cómo se eligieron estas personas?



20. ¿No es curioso que se creen estos premios después de desguazar el
Departamento de Cultura?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Ricardo Sixto
Iglesias, Diputado.




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89






184/068465



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno, para las que se solicita
respuesta escrita.



El juzgado contencioso administrativo n.º 2 de Castellón ha dictado
sentencia el 1/12/2014 a favor de la empresa Río Cenia, S.A., en relación
a la demanda interpuesta por esta empresa contra el acuerdo de la Junta
de Gobierno Local de fecha 28/12/2009 y contra el decreto de la Alcaldía
del Ayuntamiento de Vinarós de fecha 1/2/2010, declarando nulo y sin
efecto —al no ser conforme con la ley—, el permiso de obras concedido en
2009 por el Ayuntamiento de Vinarós a favor de la empresa Escal UGS para
la construcción de la planta terrestre de las operaciones de
almacenamiento de gas del conocido como Proyecto Castor, principalmente
por dos razones:



La licencia otorgada en el proyecto de construcción de la planta terrestre
de operaciones no es compatible urbanísticamente.



Esta licencia fue otorgada sin que, previamente, se hubiera emitido la
preceptiva declaración de interés comunitario que establece la ley
10/2004, de 9 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de suelo no
urbanizable.



Hay que recordar que esta licencia de obras fue otorgada el 28/12/2019,
día de los Santos Inocentes, por el alcalde existente de Vinarós en ese
momento, don Jordi Romeu Llorach y por don Javier Balada como concejal de
urbanismo respectivamente. Tanta era la prisa, que el alcalde convocó de
forma urgente una Junta de Gobierno local para aprobar este tema apenas
dos días hábiles después de que la empresa Escal UGS presentara su
petición al consistorio y los técnicos municipales emitieran de forma
insólitamente acelerada un informe favorable, independientemente del
volumen del proyecto.



En esta sentencia se confirma, en nuestra opinión, dos violaciones muy
graves, una el hecho de que el proyecto de construcción de la planta no
era compatible con la planificación urbanística de Vinarós por exceso de
edificabilidad del proyecto de ejecución, y la otra porque la licencia de
obras fue otorgada sin que se hubiera emitido la preceptiva declaración
de interés comunitario, teniendo en cuenta que:



— se pretendía realizar una actividad industrial en suelo rústico, y que



— la construcción de las operaciones de la planta en este tipo de suelo no
fue prevista en ningún plan especial, ni regulada en ningún plan de
acción territorial aprobada por la administración pública competente.



A nuestro entender esta declaración de nulidad resultaría en la demolición
de las instalaciones y el retorno de la legalidad.



Por último, quisiera reseñar la reciente apertura por el Juez de
Instrucción n.° 4 de Vinaroz de una causa, ante la denuncia de la
fiscalía por las prospecciones en la costa de Castellón y por la que
tomará declaración a 18 imputados por presuntos delitos de prevaricación
ambiental y por delitos contra el medio ambiente y los recursos
naturales.



— ¿Tenía conocimiento el Gobierno de que no se hubiera realizado la
preceptiva declaración de interés comunitario?



— ¿No estima el Gobierno que hechos de este tipo solo ponen de manifiesto
las prisas y la chapuza en la tramitación de este proyecto y que se
debería haber tomado muchas más precauciones al manejarse este asunto?



— ¿Cuántos trucos y malas prácticas más se esconderán en toda la
tramitación de esta ruina que provoca terremotos y que ya nos ha costado
una indemnización a la empresa de 1.400 millones de euros?



— Ante estos hechos ¿tiene previsto adoptar el Gobierno alguna medida al
respecto?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Ricardo Sixto
Iglesias, Diputado.




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90






184/068466



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Uxue Barkos Berruezo, Diputada de Geroa Bai, al amparo de lo
dispuesto en el artículo 185 del Reglamento de la Cámara, presenta la
siguiente pregunta para la que solicita respuesta por escrito.



¿Qué previsiones maneja el Gobierno central, a través de Canasa, S.A., de
licitación, inicio y finalización de las obras de construcción del ramal
principal para la ampliación de la primera fase del Canal de Navarra?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Uxue Barkos
Berruezo, Diputada.



184/068467



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Uxue Barkos Berruezo, Diputada de Geroa Bai, al amparo de lo
dispuesto en el artículo 185 del Reglamento de la Cámara, presenta la
siguiente pregunta para la que solicita respuesta por escrito.



¿Qué gestiones y protocolos se están llevando a cabo en torno a la
ampliación de la primera fase del Canal de Navarra por parte de la
Confederación Hidrográfica del Ebro?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Uxue Barkos
Berruezo, Diputada.



184/068468



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Germán Rodríguez Sánchez, Diputado por Barcelona, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, formula la siguiente pregunta escrita.



¿Por qué razón la dirección de la Agencia EFE no reconoce al actual
Consejo de Redacción en funciones?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Germán
Rodríguez Sánchez, Diputado.



184/068469



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Germán Rodríguez Sánchez, Diputado por Barcelona, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, formula la siguiente pregunta escrita.



¿Por qué razón la Agencia EFE no ha entregado al Consejo de Redacción un
censo completo, incluyendo a los profesionales de las filiales de EFE con
derecho a ser electores y elegibles, en el proceso para la elección del
Consejo de Redacción, conforme a lo establecido en el artículo 99 de su
Estatuto?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Germán
Rodríguez Sánchez, Diputado.




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184/068470



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Germán Rodríguez Sánchez, Diputado por Barcelona, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, formula la siguiente pregunta escrita.



¿Por qué razón la Agencia EFE ha impedido que los redactores de la filial
Efeagro participen en las elecciones para la renovación del Consejo de
Redacción, como ha venido sucediendo en todos los procesos electorales
anteriores?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Germán
Rodríguez Sánchez, Diputado.



184/068471



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Germán Rodríguez Sánchez, Diputado por Barcelona, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, formula la siguiente pregunta escrita.



¿En qué situación se encuentra el proceso electoral para la renovación del
Consejo de Redacción de la Agencia EFE?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Germán
Rodríguez Sánchez, Diputado.



184/068472



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Germán Rodríguez Sánchez, Diputado por Barcelona, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, formula la siguiente pregunta escrita.



¿Cuáles son las empresas con las que la Agencia EFE está suscribiendo
acuerdos comerciales y de colaboración, así como contratos para la
provisión de servicios, en estos mercados internacionales? Se pide
desglose por países.



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Germán
Rodríguez Sánchez, Diputado.



184/068473



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Germán Rodríguez Sánchez, Diputado por Barcelona, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, formula la siguiente pregunta escrita.



¿Cuáles son los planes de inversión que actualmente está llevando a cabo
la Agencia EFE a nivel internacional, concretamente en los mercados de
Estados Unidos, Latinoamérica, África y Asia?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Germán
Rodríguez Sánchez, Diputado.




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92






184/068474



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Germán Rodríguez Sánchez, Diputado por Barcelona, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, formula la siguiente pregunta escrita.



¿Qué miembros del equipo directivo de la Agencia EFE, S.A., forman parte
de los consejos de administración de otras empresas participadas por
ésta?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Germán
Rodríguez Sánchez, Diputado.



184/068475



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Germán Rodríguez Sánchez, Diputado por Barcelona, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, formula la siguiente pregunta escrita.



¿Qué contratos tiene firmados actualmente la Agencia EFE con empresas para
la provisión de servicios relacionados con su actividad principal de
información? Se solicita el listado de todos los contratos y la fecha de
subscripción.



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Germán
Rodríguez Sánchez, Diputado.



184/068476



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Germán Rodríguez Sánchez, Diputado por Barcelona, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, formula la siguiente pregunta escritas.



¿En qué empresas participa actualmente Agencia EFE, S.A., y con qué
porcentaje? Indicar, en su caso, el resto de integrantes de estas
sociedades y el porcentaje de su participación.



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Germán
Rodríguez Sánchez, Diputado.



184/068477



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Rosana Pérez Fernández y M.ª Olaia Fernández Davila Diputadas del Grupo
Parlamentario Mixto (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 185
del Reglamento de la Cámara, presentan las siguientes preguntas para las
que solicitan respuesta por escrito relativas a la situación de
saturación que padecen los trenes del Eixo Atlántico entre A Coruña y
Vigo en días de alta demanda.



Los recortes de Renfe en los trenes hotel A Coruña/Vigo-Madrid o
Barcelona, así como en servicios de media distancia suelen argumentarse
en razones de baja demanda. Como hemos reiterado hasta la




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saciedad, no puede haber un mayor tráfico de usuarios ferroviarios cuando
se trata de coger trenes antediluvianos, con tiempos de viaje propios del
siglo en el que se inventaron las comunicaciones ferroviarias, o con
servicios a horas que no confluyen con las necesidades de los viajeros.



Sin embargo, los servicios ferroviarios en Galicia siguen sin estar a la
altura de las circunstancias ni siquiera cuando hay una alta demanda en
determinadas líneas. Nos referimos en concreto a los servicios
ferroviarios en el Eixo Atlántico, entre A Coruña y Vigo.



Son numerosas las imágenes que han circulado por las redes sociales y por
los medios de comunicación, con vagones atestados de personas, muchas de
ellas viajando de pie, sentadas en el suelo o en los pasillos del tren.
Una saturación que lleva a dejar el equipaje suelto por todas partes,
bloqueando puerta o pasillos. En muchos de dichos servicios ferroviarios
no queda espacio para transitar por los trenes. Hasta tal punto que ni
siquiera pasan los revisores.



La saturación de estos servicios de media distancia se produce
especialmente los viernes y los domingos, días de gran trasiego de
estudiantes universitarios que realizan sus estudios en los campus de
Pontevedra, A Coruña, Vigo o Santiago.



Con rotundidad debemos afirmar que las explicaciones de Renfe no nos
convencen porque como es habitual se sitúan en el inmovilismo. Considera
Renfe que viajar de pie en el tren «está dentro de la norma y es seguro».
Y lo más sorprende para un territorio como Galicia que carece de
servicios ferroviarios de cercanía, es que Renfe equipare estos servicios
de media distancia con los de cercanías o con los autobuses urbanos para
justificar lo injustificable.



Además alega la compañía que los viajeros pueden garantizar su asiento
adquiriendo billetes con Tarifa 4, que solo vende plazas sentadas pero
obvia un «detalle», que son más caros. Los de Tarifa 2, más baratos son
los trenes que realizan más paradas y que probablemente atienden mejor a
las necesidades de los usuarios que viajan a diferentes puntos.



Como hemos dicho anteriormente, los argumentos de Renfe son poco
convincentes. En primer lugar, el Ministerio sabe perfectamente que no
caben las equivalencias entre los trenes de media distancia y los de
cercanías. De hecho, en los de media distancia, como es el caso que
estamos describiendo, suele haber equipaje pesado por todas partes. Y la
frecuencia horaria de trenes de proximidad es mucho mayor que la de los
trenes de media distancia.



En segundo lugar, emplazar a estudiantes universitarios a comprar billetes
de Tarifa 4 para asegurar su asiento es no entender el mundo económico de
los estudiantes de Universidad. Sabrá el Ministerio que siempre van a
optar por adquirir el billete más económico, son estudiantes no brókers
de la Bolsa.



En lugar de tratar de justificarse con razones nada convincentes para que
nada cambie, Renfe debería fijarse con atención en la alta demanda que
registra dicho servicio ferroviario en determinadas jornadas y ofrecer
más servicios u ofrecer trenes de doble composición en el corredor entre
Vigo y A Coruña, que al enganchar otro tren al convoy aumenta el número
de plazas.



En cuanto a la seguridad, alegar que no existen problemas de seguridad
cuando muchos viajeros van de pie con maletas y equipajes por todas
partes, creemos que no es muy ortodoxo.



Sería deseable que Renfe reconociese que se trata de un servicio con alta
demanda que requiere de un incremento de los servicios o de las plazas de
los trenes.



Por todo lo expuesto se formulan las siguientes preguntas:



¿Qué consideraciones realiza el Ministerio de Fomento en relación a la
situación de alta saturación que se produce en los servicios de media
distancia del Eixo Atlántico entre A Coruña-Vigo, especialmente los
viernes y domingos, días de gran afluencia de estudiantes universitarios?



¿Considera Renfe normal que muchos de los usuarios tengan que ir de pie,
sentados en el suelo, abarrotando pasillos y con el equipaje suelto por
todas partes, bloqueando incluso puertas?



¿No debería Renfe adoptar medidas para atender idóneamente a los usuarios
gallegos del Eixo Atlántico en los día de más demanda?



¿Por qué razón no aumenta los servicios ferroviarios con más frecuencias
horarias, o poniendo trenes de doble composición en el corredor entre
Vigo y A Coruña que permitan aumentar el número de plazas?



En este caso, ¿no estamos ante un servicio con alta demanda? Entonces,
¿por qué no atender adecuadamente dicha demanda?



¿Qué va a hacer Renfe para solucionar la saturación de estos trenes en las
jornadas aludidas?



¿De verdad cree la compañía que es seguro viajar en líneas de media
distancia, que nada tienen que ver con las líneas de cercanías, con
personas de pie, sentadas en el suelo y maletas por doquier?




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Dada la afición del Ministerio a catalogar y definir cada servicio de
manera separada, ¿en serio cree que se pueden equiparar los servicios de
media distancia a los de cercanías?



¿Cuándo va el Ministerio a tomarse en serio la situación del mapa
ferroviario en Galicia e implicarse en su mejora y en su potenciación?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.— Rosana Pérez
Fernández y M.ª Olaia Fernández Davila, Diputadas.



184/068478



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense y doña Consuelo Rumí
Ibáñez, Diputada por Almería, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan las siguientes preguntas para que les sean contestadas por
escrito.



El pulpo es un recurso de gran importancia para la flota de bajura en
Galicia ya que son muchas las embarcaciones que dependen de esta especie
para garantizar una cuenta de resultados positiva.



El plan de gestión que fue implantado para 2013-2014 ha tenido escasos
resultados, por no hablar de la protesta importante del sector, que
además está pidiendo acciones que contribuyan a frenar el descenso de las
capturas, que según sus propios datos, que figuran en la Plataforma
Tecnológica de Pesca, pasaron de las 4.200 toneladas en 2010 a tan solo
2.000 toneladas en 2013 y 2.600 en 2014. Por todo ello se formulan las
siguientes preguntas:



1. ¿Considera el Gobierno que los planes de gestión para el pulpo están
dando los resultados previstos?



2. ¿Cuáles son los planes previstos al respecto?



3. ¿Qué opinión tiene el Gobierno respecto a la propuesta del sector de
incluir una parada biológica de tres meses totalmente subvencionada?



4. ¿Se están aplicando todos los controles para combatir la actividad
ilegal y el furtivismo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado y María Consuelo Rumí Ibáñez, Diputadas.



184/068479



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Guillermo Meijón Couselo y doña Carmela Silva Rego, Diputados por
Pontevedra, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del
Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del
vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan las
siguientes preguntas para que les sean contestadas por escrito.



La línea férrea entre Pontevedra y Vigo atraviesa el municipio de
Redondela a través de un viaducto inaugurado en el año 1884 y que cuenta,
por tanto, con 130 años de historia. En dicho viaducto, en diciembre del
pasado año, se ha procedido por parte del Administrador de
Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) a acometer una serie de actuaciones
relacionadas con la electrificación de la línea férrea Vigo-Pontevedra.
Unas actuaciones que han suscitado quejas y críticas diversas acerca de
su idoneidad y de las formas de proceder para acometer las mismas.



— ¿Cómo valora el gobierno las obras promovidas por ADIF en el viaducto de
la línea férrea Pontevedra-Vigo que atraviesa el municipio de Redondela?




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— ¿No considera el Gobierno que se está actuando de manera agresiva y poco
respetuosa sobre una infraestructura singular e histórica, de más de 130
años, afectando a su estética y a su estructura original, por ejemplo,
realizando cortes en las cornisas de piedra de los pilares del viaducto?



— ¿Qué medidas se están tomando desde el gobierno para asegurar la
integridad de esta infraestructura histórica y uno de los principales
elementos patrimoniales del municipio de Redondela y, en su caso, reparar
los daños ocasionados?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Guillermo
Antonio Meijón Couselo y María del Carmen Silva Rego, Diputados.



184/068480



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Guillermo Meijón Couselo y doña Carmela Silva Rego, Diputados por
Pontevedra, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del
Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del
vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan las
siguientes preguntas para que les sean contestadas por escrito.



La línea férrea entre Pontevedra y Vigo atraviesa el municipio de
Redondela a través de un viaducto inaugurado en el año 1884 y que cuenta,
por tanto, con 130 años de historia. En dicho viaducto, en diciembre del
pasado año, se ha procedido por parte del Administrador de
Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) a acometer una serie de actuaciones
relacionadas con la electrificación de la línea férrea Vigo-Pontevedra.
Tales actuaciones, según se puede deducir de las manifestaciones de
responsables municipales del ayuntamiento de Redondela, parece que no
contaban con todos los permisos preceptivos para la iniciación de las
mismas.



— ¿Contaban las actuaciones promovidas por ADIF en el viaducto de la línea
férrea Pontevedra-Vigo que atraviesa el municipio de Redondela con todos
los permisos preceptivos para poder iniciar las mismas?



— ¿Es cierto que en el momento de inicio de dichas obras aún no se contaba
con la autorización de la Dirección General de Patrimonio Cultural?



— De ser así, ¿Cuáles fueron las razones para empezar las obras sin
esperar a que llegara el citado permiso?



— ¿Se han acometido actuaciones que alteran la estructura y la estética
original del citado viaducto?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Guillermo
Antonio Meijón Couselo y María del Carmen Silva Rego, Diputados.



184/068481



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Guillermo Meijón Couselo y doña Carmela Silva Rego, Diputados por
Pontevedra, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del
Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del
vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan las
siguientes preguntas para que les sean contestadas por escrito.



La línea férrea entre Pontevedra y Vigo atraviesa el municipio de
Redondela a través de un viaducto inaugurado en el año 1884 y que cuenta,
por tanto, con 130 años de historia. En dicho viaducto, en diciembre del
pasado año, se ha procedido por parte del Administrador de
Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) a acometer una serie de actuaciones
relacionadas con la electrificación de la línea férrea Vigo-Pontevedra.
Cortes en las cornisas de piedra de los pilares del viaducto, entre otras
cuestiones, indican una forma de proceder agresiva y poco cuidadosa con
una infraestructura histórica que representa uno de los principales
valores patrimoniales del municipio.




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— ¿Con qué nivel de protección cuenta actualmente el viaducto de la línea
férrea que atraviesa el municipio de Redondela?



— ¿Considera el Gobierno preciso promover la declaración de Bien de
Interés Cultural para garantizar la adecuada protección de esta obra
emblemática de la provincia de Pontevedra?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Guillermo
Antonio Meijón Couselo y María del Carmen Silva Rego, Diputados.



184/068482



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Guillem García Gasulla, don Pablo Martín Peré, y doña Sofía Hernanz
Costa, Diputados por Les Illes Balears, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para que les sean
contestadas por escrito.



Desde la entrada en vigor de la Ley 10/2012 por la que se regulan
determinadas tasas en al ámbito de la Administración de Justicia, «BOE»
280 de 21 de noviembre de 2012:



1. ¿Cuál ha sido el número de actos procesales por el ejercicio de la
potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contenciosos-administrativo
y social?



2. ¿Cuál ha sido la cuantía económica recaudada?



3. Las cantidades recaudadas ¿se han dedicado a mejorar la agilización
procesal?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Guillem García
Gasulla, Pablo Martín Peré y Sofía Hernanz Costa, Diputados.



184/068483



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Gracia Fernández Moya, Diputada por Almería y doña María del Puerto
Gallego Arriola, Diputada por Cantabria, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo previsto en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para que les sean
contestadas por escrito.



El «Plan para la prevención y control de la tuberculosis en España»,
aprobado en junio de 2008, entre sus objetivos tenía el análisis de la
detección precoz y el diagnóstico de la enfermedad.



Se realizó este análisis con una encuesta distribuida por las Comunidades
Autónomas a los laboratorios de microbiología. El informe se hizo en el
año 2010 con los datos del 2009 con lo cual los datos pueden estar
desfasados.



En las recomendaciones de dicho informe se incluía la formación de una red
de laboratorios para el diagnóstico de tuberculosis en España.



— ¿Está constituida esta red de laboratorios?



— ¿Tiene previsto el Ministerio de Sanidad, Políticas Sociales e Igualdad
repetir este análisis para actualizar los datos de la situación de los
laboratorios que realizan diagnósticos de las tuberculosis en España?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Gracia
Fernández Moya y María del Puerto Gallego Arriola, Diputadas.




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97






184/068484



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Gracia Fernández Moya, Diputada por Almería y doña María del Puerto
Gallego Arriola, Diputada por Cantabria, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo previsto en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para que les sean
contestadas por escrito.



El «Plan para la prevención y control de la tuberculosis en España» se
aprobó por la Comisión de Salud Publica y por el Consejo Interterritorial
del Servicio Nacional de Salud en los años 2007-2008 respectivamente.



En el año 2013 se revisa, mediante cuestionario, los aspectos de la
vigilancia y control de la tuberculosis en España, con el objetivo de
conocer la implantación de algunos aspectos de los programas/planes/
guías, relacionados con la enfermedad. Después de dicho análisis:



— ¿Qué recomendaciones han transmitido los expertos, a las Comunidades
Autónomas, para mejorar la prevención y el control de la enfermedad?



— ¿Se ha planteado alguna otra metodología para la evaluación del
mencionado Plan?



Teniendo en cuenta los resultados del análisis sobre aspectos de la
vigilancia y control de la tuberculosis en España:



— ¿Qué objetivos futuros se plantean para la prevención y control de la
tuberculosis en España?



— ¿Qué otras actuaciones se plantea el Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad para seguir las recomendaciones de la OMS?



— ¿Cree el Ministerio que, como alertan los profesionales expertos, la
situación actual de pobreza está repercutiendo en España?



— ¿Cuántas personas inmigrantes en situación administrativa irregular han
solicitado asistencia en los centros sanitarios por enfermedad
tuberculosis por motivo de riesgo de salud pública?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Gracia
Fernández Moya y María del Puerto Gallego Arriola, Diputadas.



184/068485



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Carmen Montón Giménez, Diputada por Valencia, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Va a consentir el Gobierno en la Comunidad Valenciana, que el
establecimiento de un copago confiscatorio aprobado a través de la Ley de
acompañamiento de los Presupuestos de la Generalitat Valenciana, impida
acceder a las prestaciones de la Ley de Dependencia a los valencianos y
las valencianas?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Carmen Montón
Giménez, Diputada.



184/068486



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Guadalupe Martín González, Diputada por Toledo, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento




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98






del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes preguntas para que
le sean contestadas por escrito.



En la contestación recibida del Gobierno con número de registro 170881, no
aparecen reflejados los datos que se solicitaban especificando el número
de becas universitarias y no universitarias, por lo que reformulamos las
siguientes preguntas:



— En la provincia de Toledo: ¿Cuál es el número de becas, en las
enseñanzas postobligatorias (universitarias y no universitarias), de
movilidad y su cuantía media otorgadas en el curso 2011-2012?



— En la provincia de Toledo: ¿Cuál es el número de becas, en las
enseñanzas postobligatorias (universitarias y no universitarias), de
movilidad y su cuantía media otorgadas en el curso 2012-2013?



— En la provincia de Toledo: ¿Cuál es el número de becas, en las
enseñanzas postobligatorias (universitarias y no universitarias), de
movilidad y su cuantía media otorgadas en el curso 2013-2014?



— En la provincia de Toledo: ¿Cuál es el número de becas, en las
enseñanzas postobligatorias (universitarias y no universitarias), de
movilidad y su cuantía media otorgadas en el curso 2014-2015?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—María
Guadalupe Martín González, Diputada.



184/068487



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don César Luena López, Diputado por La Rioja, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta las siguientes preguntas para que sean contestadas
por escrito.



El Real Decreto-ley 6/1978, de 6 de marzo, por el que se regula la
situación de los militares que tomaron parte en la Guerra Civil y la Ley
10/1980, de 14 de marzo, sobre modificación del Real Decreto-ley 6/1978,
de 6 de marzo, supusieron el reconocimiento de pensiones y la
reconstrucción de carreras a los militares profesionales pertenecientes a
las Fuerzas e Institutos Armados al servicio de la II República con
anterioridad al 18 de julio de 1936.



Posteriormente, la Ley 37/1984, de 22 de octubre, de reconocimiento de
derechos y servicios prestados a quienes durante la Guerra Civil formaron
parte de las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Orden Público y Cuerpo de
Carabineros de la República, posibilitó el reconocimiento jurídico, y sus
correspondientes pensiones, a quienes durante la Guerra Civil ingresaron
en los Ejércitos y obtuvieron un nombramiento por parte de las
autoridades de la República, así como a los miembros de las Fuerzas de
Orden Público y del Cuerpo de Carabineros durante dicho periodo.



¿Cuál ha sido el número de pensiones o haberes pasivos reconocidos
anualmente en aplicación de cada una de estas leyes y de otras medidas
adoptadas desde entonces con la finalidad de proceder a la rehabilitación
de militares y miembros de las Fuerzas de Orden Público de la República?



¿Cuál ha sido su distribución entre militares y miembros de las Fuerzas de
Orden Público y del Cuerpo de Carabineros, así como por el grado
reconocido?



¿Puede facilitar el Gobierno su distribución por las Comunidades Autónomas
de residencia de los beneficiarios?



¿Cuál ha sido el montante anual de estas pensiones o haberes pasivos hasta
la fecha?



¿Puede facilitar el Gobierno su distribución por Comunidades Autónomas?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—César Luena
López, Diputado.



184/068488



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Vicente Guillén Izquierdo, Diputado por Teruel, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del




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99






Congreso de los Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le
sean contestadas por escrito.



El BOE de 20 de noviembre de 2010 publicó la Resolución de 2 de noviembre
de 2010, de la Secretaría General de Industria, por la que se publican
las ayudas concedidas para actuaciones de reindustrialización durante el
ejercicio de 2010. En el anexo a esta Resolución aparece una relación de
las actuaciones aprobadas.



Entre ellas figura con número de expediente REI-080000-2010-0267, CIF
B99049074, la empresa Aznabian, S.L., con el proyecto gran inversión
tecnológica para el liderazgo en el sector y un anticipo de 895.000
euros, en la aplicación presupuestaria 20-16-422M83117.



Pasados ya más de cuatro años, sin que la empresa Aznabian, S.L., se haya
instalado en el municipio de Calamocha (Teruel) o haya realizado
cualquier tipo de infraestructura se requiere información respecto a si
¿cobró la empresa Aznabian, S.L., el anticipo 895.000 euros para realizar
la actividad que ha sido referenciada?.



Una vez verificado el fallido de este proyecto, ¿ha devuelto la empresa
Aznabian, S.L., el anticipo de 895.000 euros percibido indebidamente?



De no haberlo hecho ¿qué medidas legales ha emprendido el Gobierno para
recuperar el dinero público que no ha sido invertido en el proyecto
descrito por la empresa Aznabian, S.L.?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Vicente
Guillén Izquierdo, Diputado.



184/068489



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Guillermo Meijón Couselo, Diputado por Pontevedra, pertenecientes al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le sean
contestadas por escrito.



El proyecto «Acondicionamiento de intersecciones en los pp.kk. 51+170 M.D.
y 84+750 M.D. y construcción de glorieta en el pk 64+050. Carretera
N-541.TT.MM.: Forcarei, Cerdedo y Cotobade. Provincia de Pontevedra»
sigue provocando un manifiesto rechazo vecinal por parte de los vecinos
afectados del municipio de Forcarei, concretamente en el lugar de
Ventoxo.



Las respuestas dadas desde el ministerio de Fomento en ningún caso dan una
respuesta satisfactoria. Las argumentaciones, en todo caso, no se
sostienen en los términos utilizados. En primer lugar, no puede valer
como argumento el que las obras no suponen menoscabo respecto de la
situación actual que no permite los giros solicitados por los vecinos.
Precisamente, realizar un nuevo proyecto debiera conllevar siempre la
mejora de la situación actual. En segundo lugar, en la propia respuesta a
los vecinos, el Ministerio de Fomento indica que «no es posible, en la
solución que se ha planteado, compatibilizar la creación de carriles
centrales de espera para el vial de acceso al núcleo de Ventoxo». Esto
quiere decir que se podrían haber adoptado soluciones diferentes que
permitieran compatibilizar las, por todos deseadas, condiciones de
seguridad vial del tramo con las peticiones vecinales trasladadas en
múltiples ocasiones al gobierno y avaladas por más de un millar de
firmas.



— ¿Conoce el Ministerio de Fomento el rechazo vecinal que ha provocado la
aprobación provisional del Proyecto «Acondicionamiento de intersecciones
en los pp.kk. 51+170 M.D. y 84+750 M.D. y construcción de glorieta en el
pk 64+050. Carretera N-541.TT.MM.: Forcarei, Cerdedo y Cotobade.
Provincia de Pontevedra», concretamente por las actuaciones previstas en
el municipio de Forcarei, en el núcleo de Ventoxo?



— ¿Por qué no se recogen íntegramente las demandas formuladas por vecinos
y colectivos de la zona desde el año 2005 que ya reclamaban la reforma
del proyecto en los accesos a sus viviendas, negocios y parcelas?




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100






— ¿Tendrá en cuenta las alegaciones de vecinos y ayuntamiento para dar
solución a este problema? ¿Existe voluntad de buscar una solución
consensuada?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Guillermo
Antonio Meijón Couselo, Diputado.



184/068490



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María del Puerto Gallego Arriola, Diputada por Cantabria,
perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo
de lo previsto en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea
contestada por escrito.



Con fecha 15 de abril de 2013, se suscribieron los Acuerdos Marco de
colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad (MSSSI), el Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería
(CGE) y el Sindicato de Enfermería SATSE.



¿En qué situación se encuentran la indicación, uso y autorización de
dispensación de medicamentos y productos sanitarios por parte de los
enfermeros, la articulación, equivalencia y cohesión en materia de las
categorías profesionales de enfermero/a de cuidados generales y de
enfermero/a especialista en el Sistema Nacional de Salud, la promoción
del empleo enfermero, la bioseguridad, los registros de profesionales
sanitarios, las especialidades de enfermería y la motivación y la
política de recursos humanos del mismo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—María del
Puerto Gallego Arriola, Diputada.



184/068491



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María del Puerto Gallego Arriola, Diputada por Cantabria,
perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo
de lo previsto en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea
contestadas por escrito.



Con fecha 11 de febrero de 2013, se suscribió el Acuerdo Marco de
colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad (MSSSI) y el Foro de la Profesión Médica, constituido por el
Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, la Confederación
Estatal de Sindicatos Médicos, la Federación de Sociedades Científicas la
Conferencia Nacional de Decanos de Facultades de Medicina y el Consejo
Estatal de Estudiantes de Medicina de Madrid, con el objeto de establecer
y articular un espacio de colaboración.



¿En qué situación se encuentra la ordenación profesional, el desarrollo
profesional, los registros de profesionales sanitarios y la regulación e
implementación de las Unidades de Gestión Clínica (UGC) del mismo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—María del
Puerto Gallego Arriola, Diputada.




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101






184/068492



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Antonio Trevín Lombán, Diputado por Asturias, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le sean contestadas
por escrito.



¿Cuáles son los datos de inmigración desde el 1 de octubre hasta el 31 de
diciembre de 2014?, desagregados por:



— Entrada total de inmigrantes irregulares.



— Llegadas totales a la Península.



— Llegadas totales a las Islas.



— Llegadas totales a Ceuta y Melilla.



— Serie de la década.



— Número total de expedientes de expulsión abiertos.



— Número total de expedientes concluidos con sanción pecuniaria.



— Número total de expulsiones acordadas.



— Número total de expulsiones ejecutadas.



— Número total de expulsiones cualificadas.



— Número total de expulsiones de conformidad al artículo 89 del Código
penal.



— Número total de expulsiones por estancia irregular.



— Total devoluciones.



— Total denegaciones de entrada.



— Total readmisiones.



— Efectivos dedicados específicamente a la inmigración desagregados por
cuerpos, unidades y grupos dedicados a luchar contra la inmigración, así
como número total de EDATI’s en la Guardia Civil.



— Número de residencias por arraigo concedidas.



— Número de contrataciones en origen desagregadas por países, y en su
caso, por permisos de trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Antonio Ramón
María Trevín Lombán, Diputado.



184/068493



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Antonio Trevín Lombán, Diputado por Asturias, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le sean contestadas
por escrito.



El Ministro del Interior anunció a finales de 2014 la puesta en marcha de
unidades de atención a los solicitantes de protección internacional en
los puestos fronterizos habilitados en Ceuta y Melilla.



Las experiencias en esta materia parece que no han sido todo lo buenas que
debieran, ya que no se garantiza la posibilidad de utilizar esta vía para
la petición de asilo más que a personas de una determinada procedencia,
además, se ha hecho sin el menor respeto a los miembros del Cuerpo
Nacional de Policía que prestan servicio en estas áreas.



Por ello se formulan las siguientes preguntas:



— ¿Cuántos funcionarios de la oficina de asilo prestan servicios en esta
área?



— ¿Con qué espacios y medios cuentan?



— ¿Se permite a las ONG,s prestar asistencia a los solicitantes de asilo?



— ¿Cuántas personas han solicitado protección internacional hasta el día
30 de enero de 2013?, desglosado por nacionalidades.



— ¿Cuántos policías han sido asignados a estas oficinas?




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102






— ¿Con qué espacios y medios cuentan?



— ¿Cuánto dinero se ha invertido en la puesta en funcionamiento y en
medios para evitar que se utilice por las mafias como vía de acceso para
personas peligrosas que solo pretenden acceder ilegalmente a estas
Ciudades Autónomas?



— ¿Se están respetando hasta el momento los derechos básicos de los
demandantes de protección en cuanto a las condiciones de higiene y aseo?



— ¿Se están respetando las condiciones de trabajo que los funcionarios
policiales?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Antonio Ramón
María Trevín Lombán, Diputado.



184/068494



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Antonio Trevín Lomban, Diputado por Asturias, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le sean contestadas
por escrito.



Recientemente hemos conocido por un medio de prensa que el Juzgado de
Instrucción número 2 de Granada mantiene abierta una investigación a un
alto mando de la Guardia Civil y que existe la posibilidad de que en
breve pueda convertirse en general. Como ya tenemos otros antecedentes de
que el ascenso se hace independientemente de otras consideraciones,
preguntamos al Gobierno lo siguiente:



— ¿Ha abierto alguna investigación el Ministerio del Interior al respecto?



— ¿Con qué resultado?



— ¿Se ha adoptado alguna medida cautelar respecto del este miembro de la
Guardia Civil?



— ¿Qué actuaciones se han llevado para conocer en profundidad los hechos
que se denuncian?



— ¿Ha declarado en una investigación quien ha formulado la acusación?



— ¿Y otros detenidos en relación a la causa por narcotráfico que dio
origen a la denuncia?



— ¿Conoce el guardia civil alguna otra denuncia contra la misma persona?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Antonio Ramón
María Trevín Lombán, Diputado.



184/068495



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Antonio Hurtado Zurera, Diputado por Córdoba, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, formula las siguientes preguntas escritas.



— ¿Cuántas actuaciones inspectoras se han llevado a cabo en la provincia
de Córdoba por la AEAT durante el 2011, 2012, 2013 y 2014?



— ¿Cuáles son los resultados de estas actuaciones inspectoras?



— ¿Qué tipo de fraude fiscal es el que se ha descubierto con estas
actuaciones?



— ¿Qué actuaciones inspectoras tiene previstas la AEAT para la provincia
de Córdoba en el 2015?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Antonio
Hurtado Zurera, Diputado.




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103






184/068496



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Antonio Hurtado Zurera, Diputado por Córdoba, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, formula las siguientes preguntas escritas.



— ¿Qué información ha llegado al Gobierno, de la Comisión Europea,
respecto al establecimiento de Impuestos específicos a las Grandes
Superficies Comerciales en algunas CCAA?



— ¿Qué respuesta ha dado el Gobierno a la Comisión Europea a este
respecto?



— ¿Qué planes tiene el Gobierno sobre estos impuestos?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Antonio
Hurtado Zurera, Diputado.



184/068497



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Félix Lavilla Martínez, Diputado por Soria, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



En el espacio «Parlamento Abierto Soria», se recoge inquietud del sector
de la producción agraria ecológica que plantea la innovación para
desarrollar también la agricultura en general, denunciando el poco apoyo
político recibido. Demandan un mayor respaldo, proporcional a los
beneficios que aporta a la sociedad, que al menos sea igual al que recibe
la producción convencional, para apoyar políticas que orienten sus
programas y actuaciones hacia sistemas realmente sostenibles de
producción agroalimentaria como la producción agraria ecológica. Pretende
mejorar los actuales de los sistemas agroalimentarios ecológicos
aportando soluciones tecnológicas agroecológicas para toda la cadena de
valor, así como contribuir a la mejora permanente de la sostenibilidad y
la eficiencia productiva, con la integración de los esfuerzos de todas
las partes interesadas. Teniendo en cuenta que Soria es una provincia que
se califica como «verde», y puede ser una posibilidad para generar
actividad y empleo. ¿Qué medidas concretas ha aplicado el Gobierno y que
otras nuevas va a impulsar para favorecer la innovación en la producción
agroalimentaria y la producción agraria ecológica, en la provincia de
Soria? Comparar y describir con el ámbito de Castilla y León y del
conjunto de España.



Palacio del Congreso los Diputados, 22 de enero de 2015.—Félix Lavilla
Martínez, Diputado.



184/068498



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Félix Lavilla Martínez, Diputado por Soria, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



En el espacio «Parlamento Abierto Soria» se ha recogido queja de la falta
de apoyo al sector ovino, en concreto en la provincia de Soria, lo que
puede dificultar el mantenimiento del cordero lechal, muy cotizado en la
gastronomía y fuente de riqueza en la provincia. ¿Qué planes tiene el
Gobierno para mejorar el apoyo al cordero lechal en la provincia de
Soria? Comparar detalladamente con el ámbito autonómico y estatal.



Palacio del Congreso los Diputados, 22 de enero de 2015.—Félix Lavilla
Martínez, Diputado.




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104






184/068499



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Félix Lavilla Martínez, Diputado por Soria, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



Con relación al Centro Tecnológico de los Alimentos de Soria, ¿cuáles son
las actuaciones, de todo tipo, que se están llevando a cabo durante el
año 2014? Precisar plantillas detalladas, comparadas con anualidades
anteriores, importe detallado de nóminas y previsiones.



Palacio del Congreso los Diputados, 22 de enero de 2015.—Félix Lavilla
Martínez, Diputado.



184/068500



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Félix Lavilla Martínez, Diputado por Soria, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



Con relación al Centro Tecnológico de los Alimentos de Soria, ¿cuáles son
las actuaciones, de todo tipo, que están previstas se lleven a cabo
durante el año 2015?



Palacio del Congreso los Diputados, 22 de enero de 2015.—Félix Lavilla
Martínez, Diputado.



184/068501



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Félix Lavilla Martínez, Diputado por Soria, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué previsiones tiene el Gobierno con respecto a la puesta en
funcionamiento del Centro de Día de Referencia Estatal para personas
dependientes en Soria? Detallar.



Palacio del Congreso los Diputados, 22 de enero de 2015.—Félix Lavilla
Martínez, Diputado.



184/068502



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Félix Lavilla Martínez, Diputado por Soria, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le sean contestadas
por escrito.



Según los datos que facilita el portal http://www.transparencia.gob.es/,
existe una gran distancia entre el sueldo de un Ministro del Gobierno de
España y el de un Secretario de Estado, que curiosamente, cobra mucho
más. Independientemente de la valoración sobre la cantidad, y destacando
más la distancia entre uno y otro, es por lo que se pregunta:



— Desde el primer gobierno democrático hasta la actualidad, ¿Cuál ha sido
la evolución del sueldo de un Ministro y el de un Secretario de Estado,
tanto en cantidades totales, como en evolución porcentual?




Página
105






— ¿En qué momento se produce esta separación, a favor del sueldo del
Secretario de Estado, dejando atrás el sueldo del Ministro? Detallar.



— ¿Qué motivos constan y se conocen sobre para realizar esta
diferenciación? Detallar.



— ¿Considera normal el Gobierno que un Secretario de Estado cobre más que
un ministro? Detallar, en el ámbito de la Unión Europea, la distancia que
hay entre el salario de un Ministro y el equivalente a un Secretario de
Estado y la valoración política con España.



En las respuestas parlamentarias a las preguntas n° 61.695 y 61.696 el
Gobierno trata de «esquivar» el control parlamentario al que está
sometido constitucionalmente, derivando la responsabilidad de si no
funciona un enlace en una página web, que ha podido ser alterado, como se
reconoce, al propio parlamentario, dilatando en el tiempo el conocimiento
de esos datos a los que el diputado/a tiene derecho constitucional y
reglamentario, puesto que si no esta pregunta se hubiera transformado en
pregunta oral.



En diversas preguntas ya se ha señalado esta anomalía, democrática,
importante. La tecnología debe ser un complemento que ayude, no una
trinchera para escapar del control, dilatando el conocimiento exacto de
los datos. Por eso se ha exigido que los enlaces que se inserten sean un
complemento tras publicarse la información exacta que se requiere, no un
sustituto.



Por todo ello se reiteran las cuestiones, realizando solicitud expresa de
las cantidades y datos requeridos y que los enlaces a la información sean
complementarios, nunca sustitutorios de la información requerida, como le
consta, en diversas preguntas al área de Vicepresidencia del Gobierno,
puesto que actuar «a sabiendas» que esto está sucediendo, como se
denuncia en reiteradas ocasiones, es actuar en contra de la transparencia
y lo que es peor del propio artículo, entre otros, 66 de la Constitución
Española, algo que el Gobierno ni puede, ni debe hacer.



Si un enlace en una página web no funciona, ¿considera el Gobierno que es
responsabilidad del diputado/a comunicar la anomalía y comenzar el
proceso, perdiendo este tiempo y capacidad de control, o es
responsabilidad directa del Gobierno supervisar la exactitud de sus
respuestas y someterse al control parlamentario, como exige nuestra
Constitución, facilitando los citados enlaces de forma complementaria,
pero nunca sustitutoria de la información, parlamentariamente requerida?
¿Es esta la «transparencia» que «predica» el Gobierno, escamotear y
dilatar las respuestas parlamentarias a los representantes de los
ciudadanos? Detallar.



Precisar si los informes que elaboran los/las Asesores/as Parlamentarios a
los Ministros y Secretarios de Estado, cuando comparecen en el Congreso
de los Diputados, ¿les insertan solo los enlaces, sin indicar los datos,
igual que hacen con los parlamentarios? En caso contrario, como es de
suponer, ¿por qué al Congreso y sus diputados/as que ha de controlar al
Gobierno «lo ventilan» (incumpliendo la Constitución y sin que quede
fehaciente texto escrito de la respuesta del Gobierno) y al Ejecutivo se
lo facilitan bien elaborado y detallado?



Palacio del Congreso los Diputados, 22 de enero de 2015.—Félix Lavilla
Martínez, Diputado.



184/068503



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Julio Villarrubia Mediavilla, Diputado por Palencia, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada
por escrito.



¿Qué inversión ha realizado el Ministerio de Asuntos Exteriores y
Cooperación en la provincia de Palencia durante el ejercicio 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Julio
Villarrubia Mediavilla, Diputado.




Página
106






184/068504



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Julio Villarrubia Mediavilla, Diputado por Palencia, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada
por escrito.



¿Cuáles son las previsiones de inversión del Ministerio de Asuntos
Exteriores y Cooperación en la provincia de Palencia en el ejercicio
2015?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Julio
Villarrubia Mediavilla, Diputado.



184/068505



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Julio Villarrubia Mediavilla, Diputado por Palencia, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada
por escrito.



¿Qué inversión ha realizado el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad en la provincia de Palencia durante el ejercicio 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Julio
Villarrubia Mediavilla, Diputado.



184/068506



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Julio Villarrubia Mediavilla, Diputado por Palencia, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada
por escrito.



¿Cuáles son las previsiones de inversión del Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad en la provincia de Palencia durante el
ejercicio 2015?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Julio
Villarrubia Mediavilla, Diputado.



184/068507



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Julio Villarrubia Mediavilla, Diputado por Palencia, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada
por escrito.



¿Qué inversión ha realizado el Ministerio de Defensa en la provincia de
Palencia durante el ejercicio 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Julio
Villarrubia Mediavilla, Diputado.




Página
107






184/068508



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Julio Villarrubia Mediavilla, Diputado por Palencia, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada
por escrito.



¿Cuáles son las previsiones de inversión del Ministerio de Defensa en la
provincia de Palencia en el ejercicio 2015?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Julio
Villarrubia Mediavilla, Diputado.



184/068509



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Julio Villarrubia Mediavilla, Diputado por Palencia, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada
por escrito.



¿Qué inversión ha realizado el Ministerio de Industria, Energía y Turismo
en la provincia de Palencia durante el ejercicio 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Julio
Villarrubia Mediavilla, Diputado.



184/068510



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Julio Villarrubia Mediavilla, Diputado por Palencia, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada
por escrito.



¿Cuáles son las previsiones de inversión del Ministerio de Industria,
Energía y Turismo en la provincia de Palencia durante el ejercicio 2015?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Julio
Villarrubia Mediavilla, Diputado.



184/068511



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Julio Villarrubia Mediavilla, Diputado por Palencia, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada
por escrito.



¿Qué inversión ha realizado el Ministerio de Economía y Competitividad en
la provincia de Palencia durante el ejercicio?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Julio
Villarrubia Mediavilla, Diputado.




Página
108






184/068512



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Julio Villarrubia Mediavilla, Diputado por Palencia, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada
por escrito.



¿Cuáles son las previsiones de inversión del Ministerio de Economía y
Competitividad en la provincia de Palencia durante el ejercicio 2015?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Julio
Villarrubia Mediavilla, Diputado.



184/068513



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Julio Villarrubia Mediavilla, Diputado por Palencia, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada
por escrito.



¿Qué inversión ha realizado el Ministerio de Justicia en la provincia de
Palencia durante el ejercicio 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Julio
Villarrubia Mediavilla, Diputado.



184/068514



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Julio Villarrubia Mediavilla, Diputado por Palencia, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada
por escrito.



¿Cuáles son las previsiones de inversión del Ministerio de Justicia en la
provincia de Palencia en el ejercicio 2015?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Julio
Villarrubia Mediavilla, Diputado.



184/068515



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Julio Villarrubia Mediavilla, Diputado por Palencia, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada
por escrito.



¿Qué inversión ha realizado el Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente en la provincia de Palencia durante el ejercicio 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Julio
Villarrubia Mediavilla, Diputado.




Página
109






184/068516



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Julio Villarrubia Mediavilla, Diputado por Palencia, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada
por escrito.



¿Cuáles son las previsiones de inversión del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente en la provincia de Palencia durante el
ejercicio 2015?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Julio
Villarrubia Mediavilla, Diputado.



184/068517



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Julio Villarrubia Mediavilla, Diputado por Palencia, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada
por escrito.



¿Cuáles son las previsiones de inversión del Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte en la provincia de Palencia durante el ejercicio 2015?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Julio
Villarrubia Mediavilla, Diputado.



184/068518



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Julio Villarrubia Mediavilla, Diputado por Palencia, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada
por escrito.



¿Qué inversión ha realizado el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
en la provincia de Palencia durante el ejercicio 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Julio
Villarrubia Mediavilla, Diputado.



184/068519



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles han sido en la provincia de Zaragoza, en cada anualidad y en cada
uno de los programas, las ayudas al Desarrollo Rural, con cargo al
FEADER, en el marco de los Programas de Desarrollo Rural, del período de
programación 2007-2013? Precisar la evolución anual total y porcentual,
de las cantidades globales y de cada programa. Comparar estas cifras con
los datos autonómicos y nacionales. Detallar la valoración política.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.




Página
110






184/068520



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



Desde el año 2008 al año 2014, en cada anualidad, ¿Cuál ha sido la
evolución porcentual anual y su correspondiente valoración política (de
este dato) sobre las cantidades destinadas a «desarrollo rural» en la
provincia de Zaragoza, especificando las cantidades parciales en cada uno
de los 4 ejes que se contemplan? Comparar con la evolución autonómica y
nacional (en comparación porcentual). Indicar las previsiones políticas
para la anualidad de 2015.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068521



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuántos kilómetros de guardarraíles están ya adaptados para mejorar la
seguridad de los motociclistas y ciclistas en las carreteras de la
provincia de Zaragoza? Indicar el porcentaje que supone y precisar las
previsiones políticas para avanzar en esta adaptación de los
guardarraíles para mejorar la seguridad para la circulación con motos y
bicicletas.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068522



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué inversiones, indicando cuantías concretas, y puntos kilométricos,
precisando anualidad, se han realizado en la provincia de Zaragoza para
mejorar la seguridad de los motoristas y ciclistas en las carreteras del
Estado desde el año 2000 hasta la actualidad?



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068523



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.




Página
111






Con relación al total de tasas judiciales recaudadas en la provincia de
Zaragoza, desde el año 2012 a 2014, ¿Cuál ha sido, en cada anualidad, el
total de tasas judiciales recaudado? Comparar con el total, anual,
recaudado en Aragón y en el conjunto de España.



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068524



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las previsiones de recaudación en tasas judiciales en el año
2015 en la provincia de Zaragoza? Comparar con las previsiones anuales
totales en Aragón. Especificar si el Gobierno se plantea eliminar el
denominado «tasazo judicial» y, si se planteara modificar las tasas
vigentes, detallar en qué consistiría esta previsión política de
modificación.



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068525



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



Con relación al total de casos judiciales juzgados y trámites realizados
por los ciudadanos en la provincia de Zaragoza, desde el año 2000 a 2014,
¿Cuál ha sido en total en cada anualidad?



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068526



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



El Gobierno anunció a finales de 2014 que se invertirían 50 millones de
euros para mejorar las tecnologías en Justicia. ¿Qué cantidad está
previsto se invierta en la provincia de Zaragoza?



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068527



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.




Página
112






Tras la entrada en vigor de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para
reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de
deuda y alquiler social, y el incremento de desahucios que se ha
producido en España, ya que el número total de desahucios practicados
entre julio y septiembre de este año fue de 13.341, lo que supone un
7,3?% más que en el mismo periodo de 2013, según la estadística
presentada hoy por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). ¿Cuál es
el número de desahucios que se han producido, en cada anualidad, en la
provincia de Zaragoza, desde el año 2000 hasta la actualidad? ¿Qué
valoración realiza el Gobierno del funcionamiento de la Ley 1/2013, con
especial referencia a Zaragoza? ¿Qué medidas urgentes y complementarias
se piensan adoptar de apoyo a las familias, para resolver este drama para
muchas familias?



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068528



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué incidencia en las principales variables de la economía española,
estima el Gobierno que tendrá la subida de impuestos que piensa acometer?
Detallar en la provincia de Zaragoza.



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068529



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué actuaciones concretas ha llevado a cabo el Gobierno en relación con
la eliminación de las reducciones en la deducción por actividades I+D+i
en el Impuesto sobre Sociedades como exigía en el año 2011 en la
provincia de Zaragoza? Detallar e indicar previsiones hasta el final de
la legislatura.



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068530



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué medidas concretas piensa impulsar el Gobierno para frenar la caída en
la creación de empresas, la pérdida de afiliados a la Seguridad Social y
el incremento de la despoblación en Zaragoza? Detallar.



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.




Página
113






184/068531



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



Según publican diversos medios de comunicación, más de 200.000 personas
abandonaron España en el primer semestre de 2014, continuando el descenso
poblacional iniciado en 2012 con más de 42.685 españoles menos que salen
al extranjero. ¿Cuántos zaragozanos se han visto obligados a salir de la
provincia de Zaragoza, en cada anualidad, desde el año 2012? Detallar
lugares de destino.



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068532



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las iniciativas desarrolladas para impulsar la investigación,
el desarrollo y la innovación en coordinación con la iniciativa privada y
la Universidad en la provincia de Zaragoza, en cada anualidad, desde el
año 2012 hasta la anualidad de 2014? Precisar cantidades económicas,
objetivo de los proyectos y comparar cantidades (contemplando la variable
proporcional de la población) con los proyectos desarrollados en Aragón y
en España.



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068533



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las iniciativas previstas para impulsar la investigación, el
desarrollo y la innovación en coordinación con la iniciativa privada y la
Universidad en la provincia de Zaragoza en la anualidad de 2015?



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068534



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.




Página
114






¿Cuál es el número de sociedades mercantiles constituidas en la provincia
de Zaragoza, en cada anualidad, desde el año 2000 hasta la fecha?
Comparar en cantidades totales y porcentuales con los datos autonómicos y
nacionales. Indicar, en cada anualidad, el porcentaje neto que supone.



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068535



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



El Instituto de Estudios Económicos ha hecho público un informe en el que
indica que España fue el país europeo en el que más bajó el gasto público
entre 2012 y 2013. Un 3?% menos, quedándose en el 44,3?% frente a la
media europea que se establece en el 48,5?%. ¿Qué repercusiones concretas
ha tenido este recorte del gasto público en la provincia de Zaragoza?,
Precisar en el ámbito de la Educación, la Sanidad, Pensiones y
Dependencia.



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068536



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



Se han producido quejas ciudadanas por lo que parece ser un «abuso» en el
cobro de intereses y las condiciones nada claras en un producto de
«crédito rápido». ¿Qué cantidad de dinero se ha concedido por este tipo
de mecanismos de «crédito rápido» en la provincia de Zaragoza? Comparar
con los datos autonómicos en Aragón y en el conjunto de España. ¿Qué
medidas piensa reforzar el Gobierno para garantizar los derechos de los
ciudadanos y evitar estos supuestos abusos en la concesión de este tipo
de créditos? Detallar.



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068537



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las inversiones realizadas y ejecutadas por el Ministerio de
Asuntos Exteriores y Cooperación, así como las empresas públicas u
organismos autónomos dependientes del mismo en la provincia de Zaragoza,
y actuaciones realizadas o afectadas durante el año 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.




Página
115






184/068538



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las inversiones realizadas y ejecutadas por el Ministerio de
Justicia, así como las empresas públicas u organismos autónomos
dependientes del mismo en la provincia de Zaragoza, y actuaciones
realizadas o afectadas durante el año 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068539



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las inversiones realizadas y ejecutadas por el Ministerio de
Defensa, así como las empresas públicas u organismos autónomos
dependientes del mismo en la provincia de Zaragoza, y actuaciones
realizadas o afectadas durante el año 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068540



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las inversiones realizadas y ejecutadas por el Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas, así como las empresas públicas u
organismos autónomos dependientes del mismo en la provincia de Zaragoza,
y actuaciones realizadas o afectadas durante el año 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068541



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las inversiones realizadas y ejecutadas por el Ministerio del
Interior, así como las empresas públicas u organismos autónomos
dependientes del mismo en la provincia de Zaragoza, y actuaciones
realizadas o afectadas durante el año 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.




Página
116






184/068542



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las inversiones realizadas y ejecutadas por el Ministerio de
Fomento, así como las empresas públicas u organismos autónomos
dependientes del mismo en la provincia de Zaragoza, y actuaciones
realizadas o afectadas durante el año 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068543



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las inversiones realizadas y ejecutadas por el Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte, así como las empresas públicas u organismos
autónomos dependientes del mismo en la provincia de Zaragoza, y
actuaciones realizadas o afectadas durante el año 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068544



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las inversiones realizadas y ejecutadas por el Ministerio de
Empleo y Seguridad Social, así como las empresas públicas u organismos
autónomos dependientes del mismo en la provincia de Zaragoza, y
actuaciones realizadas o afectadas durante el año 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068545



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las inversiones realizadas y ejecutadas por el Ministerio de
Industria, Energía y Turismo, así como las empresas públicas u organismos
autónomos dependientes del mismo en la provincia de Zaragoza, y
actuaciones realizadas o afectadas durante el año 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.




Página
117






184/068546



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las inversiones realizadas y ejecutadas por el Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, así como las empresas
públicas u organismos autónomos dependientes del mismo en la provincia de
Zaragoza, y actuaciones realizadas o afectadas durante el año 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068547



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las inversiones realizadas y ejecutadas por el Ministerio de
Economía y Competitividad, así como las empresas públicas u organismos
autónomos dependientes del mismo en la provincia de Zaragoza, y
actuaciones realizadas o afectadas durante el año 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068548



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Sumelzo Jordán, Diputada por Zaragoza, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las inversiones realizadas y ejecutadas por el Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, así como las empresas públicas u
organismos autónomos dependientes del mismo en la provincia de Zaragoza,
y actuaciones realizadas o afectadas durante el año 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de enero de 2015.—Susana Sumelzo
Jordán, Diputada.



184/068549



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



En el Boletín Oficial de la Cortes Generales del 12 de noviembre de 2014
se publicó la pregunta escrita formulada por la Diputada que también
firma ésta, y en la que se interesaba por las inversiones realizadas por
el Gobierno durante esta legislatura en la Vía de la Plata.




Página
118






La pregunta se refería, como parece evidente, a las inversiones y planes
del Gobierno respecto al itinerario cultural de la antigua vía de
comunicación romana que une Mérida y Astorga y la puesta en valor de su
patrimonio histórico, artístico, cultural y natural. Pero el Gobierno, en
su repuesta publicada en el Boletín Oficial de las Cortes Generales del
18 de diciembre, hace referencia a las inversiones en la Autovía A-66,
«Vía de la Plata», por ello se formula la siguiente pregunta:



¿Cuáles son los planes del Gobierno respecto a las inversiones de puesta
en valor patrimonial, cultural, natural, turístico y etnográfico de la
Vía de la Plata?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/068550



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Conoce el Gobierno la petición unánime de todos los grupos municipales
del Ayuntamiento de Ourense para que la reforma de la plaza de abastos de
la ciudad se financie con cargo al 1,5% cultural?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/068551



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Tiene pensado el Gobierno colaborar con el Ayuntamiento de Ourense para
rehabilitar la plaza de abastos de la ciudad?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/068552



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son los planes del Gobierno respecto a la plaza de abastos de la
ciudad de Ourense?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.




Página
119






184/068553



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le sean contestadas
por escrito.



1. ¿Cuántos expedientes de gestión tributaria se han abierto a emigrantes
retornados por pensiones no declarados en 2013 y 2014 en la Comunidad
Autónoma de Galicia?



2. ¿Cuántos expedientes sancionadores se han iniciado en la Comunidad
Autónoma de Galicia por este concepto y períodos?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/068554



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cómo valora el Gobierno de España el uso de la lengua gallega en la
Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Galicia?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/068555



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Ha habido alguna colaboración del Gobierno de España en la Xunta de
Galicia para adaptar los programas informáticos de la Administración de
Justicia y que estos puedan operar en lengua gallega?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/068556



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuál es la totalidad de las ayudas concedidas al sector de la automoción
en Galicia en los cuatro últimos años? Desglosar haciendo constar la
fecha, el destinatario y la cuantía de la concesión de dichas ayudas.



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.




Página
120






184/068557



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuántas instalaciones de energías renovables existen en estos momentos en
la provincia de Ourense?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/068558



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué tipo de ayudas y con qué cuantía han recibido las instalaciones de
renovables en la provincia de Ourense en los últimos cuatro años?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/068559



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Con qué medidas específicas de señalización y accesibilidad cuenta la
estación de ferrocarril de A Rua-Petín y si el Gobierno considera que son
las adecuadas?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/068560



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Con qué medidas específicas de señalización y accesibilidad cuenta la
estación de ferrocarril de Ribadavia y si el Gobierno considera que son
las adecuadas?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.




Página
121






184/068561



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Con qué medidas específicas de señalización y accesibilidad cuenta la
estación de ferrocarril de Ourense y si el Gobierno considera que son las
adecuadas?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/068562



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Con qué medidas específicas de señalización y accesibilidad cuenta la
estación de ferrocarril de O Carballiño y si el Gobierno considera que
son las adecuadas?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/068563



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Con qué medidas específicas de señalización y accesibilidad cuenta la
estación de ferrocarril de O Barco de Valdeorras y si el Gobierno
considera que son las adecuadas?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/068564



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuál es el número de trabajadores y trabajadoras que están afectados a
fecha de hoy por expedientes pendientes de resolver por el Fondo de
Garantía Salarial en la provincia de Ourense?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.




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122






184/068565



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante el 2014 por emigración en la provincia de Ourense?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/068566



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante el 2014 por agotamiento de la prestación en la
provincia de Ourense?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/068567



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante el 2014 por jubilación e invalidez en la provincia de
Ourense?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/068568



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante el 2014 por contratación como fijo discontinuo en la
provincia de Ourense?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.




Página
123






184/068569



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante el 2014 por colocación por cuenta propia en la
provincia de Ourense?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/068570



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su
Portavoz, doña Rosa Díez González, y al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta
las siguientes preguntas para las que se solicita respuesta por escrito
sobre el aumento del número de casos de varicela en España tras la
retirada de la vacuna de las oficinas de farmacia por el Gobierno.



Exposición de motivos



Los últimos datos ofrecidos por el Boletín Epidemiológico sobre los casos
de varicela en nuestro país durante el año 2014 muestran un aumento
significativo en relación al ejercicio anterior. En concreto, durante el
año 2014, la cifra de contagios por varicela ascendió a 160.956 casos,
aumentando en más de 20.000 personas contagiadas en relación a los datos
de 2013, un 14 % más. Si las cifras se desglosan en periodos de tiempo
más corto comprobamos cómo los casos han aumentado en 1.693 más por mes o
390 casos más por cada semana.



Este aumento de la incidencia de la varicela ha tenido lugar después de
que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, a
instancias del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,
denegara a la empresa fabricante de Varivax —vacuna empleada contra la
varicela— la liberación de nuevas dosis para su venta en farmacias en el
territorio nacional en el verano de 2013, provocando así un
desabastecimiento de las mismas en los despachos de farmacia e impidiendo
que los progenitores que quisieran vacunar a sus hijos fuera del
calendario establecido pudieran hacerlo. Según los datos obtenidos a
través de IMS Health España, empresa que facilita información de la
industria sanitaria, durante el cuatrienio 2008-2012 se distribuyeron,
por prescripción médica en España y sin incluir Madrid, Navarra, Ceuta y
Melilla, un total de 1.114.023 dosis de vacuna de varicela que fueron
pagadas por los progenitores mediante su compra en farmacias. Según
estimaciones de la Asociación Española de Pediatría (AEP) con ese número
de dosis prescritas se vacunaron en ese periodo aproximadamente 716.421
niños, que se traduce, dada la efectividad de la vacuna, en 600.000 casos
de varicela evitados, 6.000 hospitalizaciones evitadas y tantos otros
fallecimientos teniendo en cuenta la tasa de mortalidad de esta
enfermedad. Unos datos que tras la retirada de la vacuna de los despachos
de farmacia, parecen que vuelven a sucederse.



En la respuesta que el Gobierno facilitó a Unión Progreso y Democracia el
pasado 30 de julio de 2014 con expediente 184/053446 el ejecutivo se
limitaba a justificar la retirada de la vacuna de la varicela para
«mantener lo acordado (con el Consejo Interterritorial del Sistema
Nacional de Salud) en 2005 en relación a la pauta y edad para esta
vacuna; es decir, a los 12 años y grupos de riesgo». Sin embargo, en el
Consejo Interterritorial no se acordó en ningún momento la limitación del
suministro de esta vacuna vía establecimientos farmacéuticos ni en ningún
caso se contemplaba la posibilidad de impedir a los progenitores el
facilitar esta vacuna a sus hijos en caso de considerarlo oportuno al
pagarla con sus propios recursos y no vía hospitalaria.




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124






En relación a lo anterior se presentan las siguientes preguntas:



1. ¿Ha analizado el Gobierno el coste económico y sanitario que han
supuesto esos más de 20.000 nuevos casos de contagio por varicela en
2014?



2. ¿Continúa considerando el Gobierno que la limitación al acceso del
Varivax contribuye a mejorar la lucha contra la varicela?



3. ¿Tiene intención el Gobierno de depurar responsabilidades en esta
materia?



4. ¿Piensa el Gobierno seguir bloqueando la comercialización del Varivax
en farmacias?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Rosa María
Díez González, Diputada.



184/068571



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué número de averías se han producido en trayectos del AVE en el año
2014 y su variación respecto al año 2013 y 2012, desglosado por líneas de
Alta Velocidad?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068572



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué inversión realizará el Gobierno en el proyecto de llevar el Cercanías
al Parque Tecnológico de Andalucía y qué actuaciones se van a llevar a
cabo este año?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068573



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuál es el número de españoles que estima del Gobierno que se han
marchado del país, por no encontrar empleo, en el año 2012, 2013 y 2014,
desglosado por Comunidades Autónomas y por provincias?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.




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125






184/068574



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuál es la previsión del Gobierno en cuanto a fechas para que la Sierra
de las Nieves sea un Parque Nacional?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068575



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿En qué fecha tiene previsto el Gobierno iniciar el rescate de las
concesiones en los Baños del Carmen de cara a iniciar obras de
rehabilitación?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068576



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Qué actuaciones nuevas a impulsado el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas en la provincia de Málaga en 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068577



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuánto se ha reducido la renta media de los hogares españoles desde el
año 2011 hasta la actualidad? Desglosado por provincias y Comunidades
Autónomas.



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.




Página
126






184/068578



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Se van a exigir responsabilidades a la empresa constructora encargada de
construir la terminal T3 del aeropuerto de Málaga por las goteras que se
han producido?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068579



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuándo se van a iniciar las obras para reparar la cubierta de la terminal
T3 del aeropuerto de Málaga, que sufre importantes goteras cada vez que
llueve?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068580



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Qué cantidad ha destinado el Gobierno en 2014, en concepto de
transferencias a las entidades locales (entregas a cuenta del Gobierno a
los Ayuntamientos), y qué cantidad va a destinar en 2015, desglosado por
Comunidades Autónomas y por provincias?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068581



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cómo ha variado la plantilla de trabajadores en Puertos del Estado desde
noviembre de 2011 hasta la fecha, desglosado por años, por Comunidades
Autónomas y por puertos?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.




Página
127






184/068582



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuál sería el desglose, por años y por estaciones, de los beneficios
obtenidos por ADIF por los parking de las estaciones AVE, durante 2013 y
2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068583



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué inversión ha realizado el Gobierno hasta la fecha, en la depuradora
de Nerja y qué cantidad resta por ejecutar para finalizar esta actuación?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068584



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué inversión ha realizado el Gobierno en el año 2014, en la mejora de
oficinas de Correos en la provincia de Málaga, desglosado por
actuaciones?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068585



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué actuaciones de mejora en oficinas de Correos y aumento de la
plantilla prevé llevar a cabo el Gobierno a corto y medio plazo, en
Málaga capital?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.




Página
128






184/068586



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué oficinas de Correos de la provincia de Málaga, necesitan actuaciones
de mejora?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068587



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué actuaciones de mejora en oficinas de Correos y aumento de la
plantilla prevé llevar a cabo el Gobierno a corto y medio plazo, en la
comarca de Ronda?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068588



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué actuaciones de mejora en oficinas de Correos y aumento de la
plantilla prevé llevar a cabo el Gobierno a corto y medio plazo, en la
comarca de Antequera?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068589



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué actuaciones de mejora en oficinas de Correos y aumento de la
plantilla prevé llevar a cabo el Gobierno a corto y medio plazo, en la
comarca de la Costa del Sol?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.




Página
129






184/068590



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué actuaciones de mejora en oficinas de Correos y aumento de la
plantilla prevé llevar a cabo el Gobierno a corto y medio plazo, en la
comarca de la Axarquía?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068591



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué actuaciones de mejora en oficinas de Correos y aumento de la
plantilla prevé llevar a cabo el Gobierno a corto y medio plazo, en la
comarca del Valle del Guadalhorce?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068592



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué inversión ha realizado el Gobierno en materia de oficinas de Correos,
desde noviembre de 2011 hasta la fecha, desglosado por Comunidades
Autónomas, por provincias y por años?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068593



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cómo ha variado la plantilla de trabajadores de Correos desde noviembre
de 2011 hasta la fecha, desglosado por Comunidades Autónomas y por
provincias?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.




Página
130






184/068594



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuál ha sido la recaudación por multas de tráfico en el año 2014,
desglosado por Comunidades Autónomas y por provincias?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068595



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cómo ha variado la plantilla de agentes de la Guardia Civil de Tráfico,
desde noviembre de 2011 hasta la fecha, desglosado por Comunidades
Autónomas y por provincias?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068596



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cómo ha variado la cobertura por desempleo desde noviembre de 2011 hasta
la fecha, desglosado por años y por Comunidades Autónomas y por
provincias?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068597



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué inversión real ha llevado a cabo el Gobierno, desde comienzos de 2014
hasta la fecha, en materia de playas, desglosado por comunidades
autónomas y por provincias?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.




Página
131






184/068598



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Jesús Susinos Tarrero, doña Ana María Madrazo Díaz, don José
María Alonso Ruiz y don Javier Puente Redondo, Diputados por Cantabria,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo
de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento de la
Cámara, formulan la siguiente pregunta al Gobierno, de la que desean
obtener respuesta por escrito.



¿Cuál es el número de beneficiarios de ayudas para parados de larga
duración en la Comunidad Autónoma de Cantabria?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—María Jesús
Susinos Tarrero, Ana María Madrazo Díaz, José María Alonso Ruiz y Javier
Puente Redondo, Diputados.



184/068599



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Jesús Susinos Tarrero, doña Ana María Madrazo Díaz, don José
María Alonso Ruiz y don Javier Puente Redondo, Diputados por Cantabria,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo
de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento de la
Cámara, formulan la siguiente pregunta al Gobierno, de la que desean
obtener respuesta por escrito.



¿Cuál es el número de jóvenes beneficiados de una acción de autoempleo y
emprendimiento en la Comunidad Autónoma de Cantabria?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—María Jesús
Susinos Tarrero, Ana María Madrazo Díaz, José María Alonso Ruiz y Javier
Puente Redondo, Diputados.



184/068600



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Jesús Susinos Tarrero, doña Ana María Madrazo Díaz, don José
María Alonso Ruiz y don Javier Puente Redondo, Diputados por Cantabria,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo
de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento de la
Cámara, formulan la siguiente pregunta al Gobierno, de la que desean
obtener respuesta por escrito.



¿Cuál es el número de jóvenes beneficiados de una acción de Formación
Profesional Continua en la Comunidad Autónoma de Cantabria en el año
2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—María Jesús
Susinos Tarrero, Ana María Madrazo Díaz, José María Alonso Ruiz y Javier
Puente Redondo, Diputados.



184/068601



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de la
Diputada doña Irene Lozano Domingo, y al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta
las siguientes preguntas para las que se solicita respuesta por escrito
sobre el mantenimiento de la base militar de Cerro Muriano.




Página
132






Exposición de motivos



1. ¿Qué motivo tiene el Gobierno para incumplir en la base militar de
Cerro Muriano el acuerdo marco ideado para el mantenimiento de las
instalaciones que debe de estar en vigor hasta el 2020?



2. Dado que el mantenimiento de las instalaciones de la base militar es
una actividad imprescindible y que a fecha del registro no existe
contratación legal alguna, ¿quién está llevando a cabo dichas labores
desde el 1 de enero de 2015?



3. Los trabajadores de mantenimiento de la base a los que se ha dejado sin
puesto de trabajo son subrogables y adscritos a la base Cerro Muriano
(según estipula el Convenio del Metal de la provincia de Córdoba en su
artículo 42) y el Ministerio de Defensa (constado bajo registro) conoce
esta vicisitud según las cláusulas administrativas del acuerdo marco
(apdo. 16.), ¿a qué se debe el incumplimiento del mismo?



4. ¿Considera el Gobierno que dentro de las funciones de los militares
españoles están las de llevar a cabo labores de mantenimiento, dado que
no hay personal civil en la base del Cerro Muriano encargado de hacer
esas actividades?



5. ¿El estado deficitario de los edificios de la base militar es para el
Gobierno indicativo de que el presupuesto destinado al mantenimiento de
dichos inmuebles es insuficiente o pudiera estar empleándose
exclusivamente para ello?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Irene Lozano
Domingo, Diputada.



184/068602



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de la
Diputada doña Irene Lozano Domingo, y al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta
las siguientes preguntas para las que se solicita respuesta por escrito
sobre el retraso en el cobro de las nóminas de los trabajadores del
servicio de cafetería de la base militar de Cerro Muriano.



Exposición de motivos



En relación al servicio que ofrecen los trabajadores de las cafeterías de
la base militar de Cerro Muriano (personal fijo de la base militar), la
actual empresa ganadora del concurso licitado, «Rafael Benavente Sánchez
Catering», lleva desde el primer día causando retrasos en el pago a los
trabajadores que ejercen dicha labor, llevando en la actualidad a una
demora de casi 3 meses. Ante las numerosas quejas de los trabajadores a
la empresa concesionaria y a los cuerpos militares responsables de la
base y tras negárseles respuesta o soluciones a tal efecto, el grupo
parlamentario de Unión Progreso y Democracia realiza las siguientes
preguntas:



1. ¿En base a qué criterios se optó por la concesión a la citada empresa
que carecía de experiencia en el sector?



2. ¿Considera el Gobierno adecuada una fianza de solo 1.000 euros para la
empresa ganadora sin tener que aportar maquinaria ni instrumental alguno
(ya que son propiedad del Ministerio de Defensa)?



3. ¿Qué grado de importancia otorga el Gobierno a que la empresa, aprobada
por el Ministerio de Defensa, cumpla con la legislación laboral y el
estatuto de los trabajadores? En caso afirmativo, y ante las evidencias
de que el caso que se cita es una muestra clara de incumplimiento, ¿tiene
pensado hacer algo al respecto?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Irene Lozano
Domingo, Diputada.




Página
133






184/068603



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña M.ª Olaia Fernández Davila, Diputada del Grupo Parlamentario Mixto
(BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 del Reglamento de la
Cámara, presenta las siguientes preguntas para las que solicita respuesta
por escrito relativa a la propuesta de reparto de cuotas de caballa
realizada por la Secretaría General de Pesca.



El borrador elaborado por la Secretaría General de Pesca para el reparto
de las cuotas de caballa (xarda) ha causado una gran preocupación en el
sector pesquero de cerco de Galicia porque deja a Galicia con un 25,5 %
menos de cuota para el presente ejercicio.



El cerco gallego contaría así con 2.626 toneladas. Una reducción de
900.682 kg en relación al pasado año 2014.



Al descenso de las cuotas en las zonas ibéricas, hay que sumar la
importante reducción de cuotas por parte de la UE, de un 15 % para el
estado español, fijándolas en 39.708 toneladas para este año 2015.



La Secretaría General de Pesca publica en su borrador el censo de buques
de cerco autorizados para faenar en las zonas CIEM VIIIc, desde el País
Vasco a Fisterra, y la zona IXa, de Fisterra a Portugal, así como las
cuotas para cada uno.



Del cupo total asignado al caladero del Cantábrico Noroeste, al territorio
gallego se le asigna el 25,99 % (2.626.730); Cantabria con el 24,63%,
Asturias con el 3,01 % y el País Vasco con el 46,37 % (4.687.343 kg para
un censo de 59 buques).



El cerco gallego ha mostrado su malestar porque a pesar de que Galicia
cuenta con la flota de cerco más importante del estado, sufre recortes de
cuotas por todas partes. No ocurre solo con la caballa, sino también con
el jurel o con la sardina, especies de gran valor para este sector.



Los 154 barcos gallegos, 140 que continúan con la gestión conjunta, y 14
de ellos con la individualizada, ven muy reducidas sus capacidades de
pesca para este año. Sufren recortes en las cuotas de todo tipo de
especies y que califican de injusto porque no lo consideran proporcional.
De hecho, resaltan que flotas como la del País Vasco se han mantenido
igual sin que se les haya recortado sus cuotas de caballa.



El sector de cerco gallego ha dejado claro que presentará alegaciones a
esta propuesta, pedirá que se aclaren los criterios seguidos por el
Ministerio, además de que reivindicarán que en la distribución se tenga
en cuenta el número de tripulantes y no solamente el número de barcos.
Sería deseable que el Ministerio retrocediese en su idea y plantease un
aumento de las cuotas en función también de la tripulación.



Los cerqueros gallegos llevan dos años presionados por obstáculos,
problemas, recortes de cuotas o cierres de pesquerías como el de la
sardina. Es el mismo sector excluido del Acuerdo de Pesca con Mauritania,
el mismo sector que lucha por permanecer en su actividad a pesar de la
constante merma en su actividad, producto de la reducción de cuotas en
las aguas ibéricas y en las cuotas de la UE.



Por todo lo expuesto, se formulan las siguientes preguntas:



¿Existe flexibilidad en el Ministerio en cuanto a los criterios utilizados
en el borrador de reparto de cuotas de caballa a fin de que el sector de
cerco gallego no resulte especialmente perjudicado?



¿No considera que el punto de partida fijado en el borrador supone una
importante merma de las capacidades de pesca del sector de cerco de
Galicia, uno de los más importantes por su tamaño? Si se realiza una
proporción, ¿no cree que los cerqueros gallegos son los más perjudicados
en la distribución de las cuotas de caballa?



¿Qué disposición tiene el Ministerio a tener en cuenta otros criterios
como el número de tripulantes?



¿Va el Ministerio a escuchar las alegaciones del cerco gallego a fin de
consolidar un reparto de la caballa más justo y equitativo, teniendo en
cuenta la importancia de la flota gallega?



¿Está dispuesto el Ministerio a aumentar las cuotas de caballa para el
cerco de Galicia?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—M.ª Olaia
Fernández Davila, Diputada.




Página
134






184/068604



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña M.ª Olaia Fernández Davila, Diputada del Grupo Parlamentario Mixto
(BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 del Reglamento de la
Cámara, presenta las siguientes preguntas para las que solicita respuesta
por escrito relativa a la partida de los Presupuestos Generales del
Estado 2014 destinada a obras de reposición y conservación del litoral en
Galicia.



En los Presupuestos Generales del Estado 2014, en la sección 23, artículo
61, aparece consignada una partida de 1.651.003 euros destinada a obras
de reposición y conservación del litoral en Galicia.



¿Se ha ejecutado en su totalidad esta partida presupuestaria? De no ser
así, ¿qué cuantía se ha ejecutado?



¿A qué obras se ha destinado esta partida presupuestaria y en qué lugares
de la costa de Galicia se han llevado a cabo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—M.ª Olaia
Fernández Davila, Diputada.



184/068605



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña M.ª Olaia Fernández Davila, Diputada del Grupo Parlamentario Mixto
(BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 del Reglamento de la
Cámara, presenta las siguientes preguntas para las que solicita respuesta
por escrito relativa a los Presupuestos Generales del Estado 2014, sobre
una partida para calidad de las aguas en Galicia.



En los Presupuestos Generales del Estado 2014, en la sección 23, programa
456A, artículo 60, Confederación Hidrográfica del Tajo aparece consignada
una partida de 1.944.87 euros destinada a «calidad de las aguas» en el
territorio de Galicia.



¿Se ha ejecutado en su totalidad esta partida presupuestaria? De no ser
así, ¿en qué cuantía ha sido ejecutada?



¿A qué obras se ha destinada esta partida presupuestaria y en qué lugares
o localidades de Galicia se han llevado a cabo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—M.ª Olaia
Fernández Davila, Diputada.



184/068606



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña M.ª Olaia Fernández Davila, Diputada del Grupo Parlamentario Mixto
(BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 del Reglamento de la
Cámara, presenta las siguientes preguntas para las que solicita respuesta
por escrito relativa a los Presupuestos Generales del Estado 2014, sobre
una partida destinada a obras de conservación y mantenimiento de cauces.



En los Presupuestos Generales del Estado 2014, en la sección 23, programa
452A, artículo 61, aparece consignada una partida de 200.000 euros
destinada a obras de conservación y mantenimiento de cauces.



¿Se ha ejecutado en su totalidad esta partida presupuestaria? De no ser
así, ¿en qué cuantía ha sido ejecutada?




Página
135






¿A qué obras se ha destinado esta partida presupuestaria y en qué lugares
o localidades de Galicia se han llevado a cabo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—M.ª Olaia
Fernández Davila, Diputada.



184/068607



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno para las que se solicita
respuesta escrita, sobre las razones por las que el Gobierno ha rechazado
la solicitud de ayudas formulada por la empresa pública Hunosa para la
restauración de los terrenos afectados por la actividad minera y absorber
al personal excedente de las explotaciones de carbón, en el marco de su
programa denominado la «Hunosa Verde».



El Ministerio de Industria acaba de negar a Hulleras del Norte, S.A.
(Hunosa), las ayudas con las que la empresa pública estatal esperaba
financiar los costes medioambientales vinculados al cierre de minas. Tal
y como se desglosa en la resolución de las subvenciones para cubrir
costes excepcionales del cierre de unidades de producción de carbón
—dotadas con 15 millones de euros, en su última convocatoria— la hullera
estatal solo podría acogerse a esta línea de financiación una vez que
ponga fin a su actividad extractiva (resolución de 13 de enero de 2015,
del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y
Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, por la que se resuelve la
convocatoria de ayudas destinadas específicamente a cubrir costes
excepcionales del cierre de unidades de producción de carbón para el
ejercicio 2014, convocadas por resolución de 23 de mayo de 2014).



La llamada «Hunosa Verde» era uno de los grandes objetivos de futuro para
la empresa pública. Pasaba por compensar la caída en la extracción de
carbón con el aprovechamiento de las nuevas energías para generar empleo.



La decisión gubernamental es tanto más sorprendente que la iniciativa de
Hunosa contaba con el apoyo del presidente de la SEPI, Ramón Aguirre,
aunque dependía en buena parte de la obtención de ayudas europeas y
estatales.



Hunosa pretendía llevar a cabo la restauración de los terrenos afectados
por la actividad minera y absorber al personal excedente de las
explotaciones de carbón con las ayudas ahora denegadas por el Gobierno.
Para ello, al acudir a la convocatoria de ayudas, argumentaba el cierre
de la Escombrera de Pumarabule y las áreas de Candín y Siero, asociadas a
la unidad de producción del Nalón, tal y como figura en el «Plan de
Cierre del Reino de España para la minería no competitiva».



Parece que es esta última cuestión la que motivó el rechazo por parte de
Industria, interpretando que la solicitud no es acorde con las
condiciones fijadas en el artículo 5 de la Orden de bases de la
convocatoria, ya que es la unidad de producción y no las áreas la que
figura como destinataria de las ayudas al cierre. Por ello, solo
recibiría la ayuda en el caso de cerrar toda la unidad de producción del
Nalón, que incluye explotaciones en activo como los pozos María Luisa y
Carrio. Con la clausura de este último pozo. Hunosa pondría fin a su
actividad extractiva, según su plan de cierre. Todo ello, pese a que
Hunosa ha demostrado documentalmente que tanto la «Escombrera de
Pumarabule», como las «Áreas Candín y Siero», se encontraban incluidas en
la Unidad de Producción Agrupación Nalón, formando, en consecuencia,
parte de ella. Así como que dicha unidad se encuentra, a su vez, incluida
en el Plan de Cierre del Reino de España, precisando que en ambos casos
ya ha cesado la actividad extractiva.



De este modo el Gobierno se ahorra 15 millones de euros al declarar
desierta la convocatoria de ayudas efectuada mediante resolución de 23 de
mayo de 2014 del Instituto para la Reestructuración de la Minería del
Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras. Con esta
decisión, España se queda al margen de la política europea de
restauración ambiental de las explotaciones mineras, y desdeña la
posibilidad de emplear a los trabajadores afectados por los cierres de
minas.



De otra parte, para desarrollar su proyecto de creación de una planta
generadora de energía alimentada con la biomasa obtenida de los bosques
de su propiedad, Hunosa permanece a la espera de un cambio en la actual
política energética del Gobierno, que hasta ahora ha hecho inviable esta
iniciativa, que contaba con una inversión de 41 millones de euros.




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136






Por todo ello, se formulan las siguientes preguntas:



1. ¿Por qué razones ha rechazado el Gobierno la solicitud de ayudas
formulada por la empresa pública Hunosa para la restauración de los
terrenos afectados por la actividad minera y absorber al personal
excedente de las explotaciones de carbón, en el marco de su programa
denominado la «Hunosa Verde»?



2. ¿Qué medidas piensa tomar el Gobierno para incentivar la restauración
ambiental de las minas de carbón de Hunosa a medida en que van cerrando
unidades de producción?



3. ¿Piensa el Gobierno incluir los proyectos denegados a Hunosa en alguno
de los Programas Operativos del FEDER?



4. ¿Tiene previsto el Gobierno incluir el programa «Hunosa Verde» en el
próximo Plan Nacional Integrado de Residuos (PNIR)?



5. ¿Qué medidas piensa tomar el Gobierno en la planificación de la
restauración de las cerca de 2.000 escombreras asturianas incluidas en el
Inventario Nacional del Instituto Geológico y Minero?



6. ¿Qué medidas ha tomado el Gobierno para aplicar las Directivas de la
Unión Europea en materia de restauración ambiental de las explotaciones
mineras abandonadas?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2015.—Gaspar
Llamazares Trigo, Diputado.



184/068608



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Margarita Pérez Herraiz, Diputada por Lugo, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le sean contestadas
por escrito.



En junio de 2008 la Confederación Hidrográfica del Norte aprobó el «Plan
de encauzamiento de los ríos Sarria y Celeiro» y el ayuntamiento de
Sarria lo aprueba de forma definitiva en julio de 2008.



El «Proyecto de ordenación de márgenes de los ríos Sarria y Celeiro en el
término municipal de Sarria» se presentó en un acto público el 3 de
febrero de 2011. El presupuesto de estas actuaciones era de 21.049.096,07
de los cuales la Confederación financiaría el 70 % a través de fondos
FEDER y el resto se financiaría por otras administraciones.



El 18 de diciembre de 2012 se somete a información pública la primera fase
de la adecuación de los márgenes de los ríos Sarria y Celeiro y no todo
el proyecto redactado en 2010 que recogía todas las actuaciones
necesarias en el tramo urbano de Sarria.



— ¿Abordará el gobierno la totalidad del proyecto aprobado y previsto para
adecuación de los márgenes de los ríos Sarria y Celeiro en el término
municipal de Sarria?



— ¿Con qué programación temporal y presupuestaria?



— De no ser así, ¿cómo justifica la diferente actuación en unas zonas
urbanas respecto a otras y la discriminación para las personas afectadas
que ello supone?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Margarita
Pérez Herraiz, Diputada.



184/068609



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Concepción Gutiérrez del Castillo, Diputada por Jaén, y don Rafael
Simancas Simancas, Diputado por Madrid, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para que les sean
contestadas por escrito.




Página
137






— ¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante diciembre de 2014 por agotamiento de la prestación?



— ¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante diciembre de 2014 por colocación por cuenta ajena?



— ¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante diciembre de 2014 por colocación por cuenta propia?



— ¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante diciembre de 2014 por contratación como fijo
discontinuo?



— ¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante diciembre de 2014 por readmisión?



— ¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante diciembre de 2014 por capitalización de la prestación?



— ¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante diciembre de 2014 por emigración?



— ¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante diciembre de 2014 por jubilación e invalidez?



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2015.—María
Concepción Gutiérrez del Castillo y Rafael Simancas Simancas, Diputados.



184/068610



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Concepción Gutiérrez del Castillo, Diputada por Jaén, y don Rafael
Simancas Simancas, Diputado por Madrid, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que les sea contestada
por escrito.



Durante el mes de diciembre de 2014, ¿cuántas bajas o suspensiones de
prestaciones por desempleo se han producido derivadas de los controles de
requisitos de las prestaciones efectuadas por el Servicio Público de
Empleo? ¿Cuántas bajas de prestaciones por desempleo se han producido
derivadas de las acciones del Servicio Público de Empleo del seguimiento
de disponibilidad para el empleo? Y ¿cuántas bajas de prestaciones por
desempleo se han producido derivadas de las actuaciones de la Inspección
de Trabajo en la comprobación de casos de posible fraude en el seguro de
desempleo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2015.—María
Concepción Gutiérrez del Castillo y Rafael Simancas Simancas, Diputados.



184/068611



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Concepción Gutiérrez del Castillo, Diputada por Jaén, y don Rafael
Simancas Simancas, Diputado por Madrid, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que les sea contestada
por escrito.



La disposición adicional primera del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de
febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, sobre
la «Financiación, aplicación y control de las bonificaciones y
reducciones de las cotizaciones sociales» establece que:



«3. La Tesorería General de la Seguridad Social facilitará mensualmente al
Servicio Público de Empleo Estatal, el número de trabajadores objeto de
bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social,




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138






desagregados por cada uno de los colectivos de bonificación, con sus
respectivas bases de cotización y las deducciones que se apliquen de
acuerdo con los programas de incentivos al empleo y que son financiadas
por el Servicio Público de Empleo Estatal.



4. Con la misma periodicidad, la Dirección General del Servicio Público de
Empleo Estatal, facilitará a la Dirección General de Inspección de
Trabajo y Seguridad Social la información necesaria sobre el número de
contratos comunicados objeto de bonificaciones de cuotas, detallados por
colectivos, así como cuanta información relativa a las cotizaciones y
deducciones aplicadas a los mismos sea precisa, al efecto de facilitar a
este centro directivo la planificación y programación de la actuación
inspectora que permita vigilar la adecuada aplicación de las
bonificaciones previstas en los correspondientes programas de incentivos
al empleo, por los sujetos beneficiarios de la misma.»



En base a esta información,



— De los contratos de emprendedores registrados en el mes de diciembre de
2014, según consta en las Estadísticas de Contratos de Emprendedores
publicadas en el SEPE:



¿Cuántos trabajadores han sido objeto de bonificación en la cuota
empresarial a la Seguridad Social, indicando el tipo de colectivo al que
pertenecen, sus respectivas bases de cotización y las cuantías de la
bonificación practicada?



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2015.—María
Concepción Gutiérrez del Castillo y Rafael Simancas Simancas, Diputados.



184/068612



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Concepción Gutiérrez del Castillo, Diputada por Jaén, y don Rafael
Simancas Simancas, Diputado por Madrid, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para que les sean
contestadas por escrito.



— ¿Cuántos jóvenes se han inscrito, hasta 31 de diciembre, en el Registro
de Garantía Juvenil, aprobado por el Real Decreto-ley 8/2014?



— ¿Cuántos jóvenes de los inscritos en el Registro de Garantía Juvenil
aprobado por el Real Decreto-ley 8/2014, se han beneficiado de una oferta
de empleo, hasta 31 de diciembre?



— Hasta el 31 de diciembre, ¿cuántos jóvenes de los inscritos en el
Registro de Garantía Juvenil aprobado por el Real Decreto-ley 8/2014, se
han beneficiado de una Acción Formativa?



— Hasta el 31 de diciembre, ¿cuántos jóvenes de los inscritos en el
Registro de Garantía Juvenil aprobado por el Real Decreto-ley 8/2014, se
han beneficiado de una Acción Educativa?



— Hasta el 31 de diciembre, ¿cuántos jóvenes de los inscritos en el
Registro de Garantía Juvenil aprobado por el Real Decreto-ley 8/2014, se
han beneficiado de una Acción de Formación Profesional Continua?



— Hasta el 31 de diciembre, ¿cuántos jóvenes de los inscritos en el
Registro de Garantía Juvenil aprobado por el Real Decreto-ley 8/2014, se
han beneficiado de un Puesto de Aprendizaje?



— Hasta el 31 de diciembre, ¿cuántos jóvenes de los inscritos en el
Registro de Garantía Juvenil aprobado por el Real Decreto-ley 8/2014, se
han beneficiado de un Puesto en Prácticas?



— Hasta el 31 de diciembre, ¿cuántos jóvenes de los inscritos en el
Registro de Garantía Juvenil aprobado por el Real Decreto-ley 8/2014, se
han beneficiado de una Acción para el Autoempleo y el Emprendimiento?



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2015.—María
Concepción Gutiérrez del Castillo y Rafael Simancas Simancas, Diputados.




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139






184/068613



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Concepción Gutiérrez del Castillo, Diputada por Jaén, y don Rafael
Simancas Simancas, Diputado por Madrid, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para que les sean
contestadas por escrito.



— ¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante noviembre de 2014 por agotamiento de la prestación?



— ¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante noviembre de 2014 por colocación por cuenta ajena?



— ¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante noviembre de 2014 por colocación por cuenta propia?



— ¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante noviembre de 2014 por contratación como fijo
discontinuo?



— ¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante noviembre de 2014 por readmisión?



— ¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante noviembre de 2014 por capitalización de la prestación?



— ¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante noviembre de 2014 por emigración?



— ¿Cuántas bajas de beneficiarios de prestaciones de desempleo se han
producido durante noviembre de 2014 por jubilación e invalidez?



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2015.—María
Concepción Gutiérrez del Castillo y Rafael Simancas Simancas, Diputados.



184/068614



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Concepción Gutiérrez del Castillo, Diputada por Jaén, y don Rafael
Simancas Simancas, Diputado por Madrid, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que les sea contestada
por escrito.



Durante el mes de noviembre de 2014, ¿Cuántas bajas o suspensiones de
prestaciones por desempleo se han producido derivadas de los controles de
requisitos de las prestaciones efectuadas por el Servicio Público de
Empleo? ¿Cuántas bajas de prestaciones por desempleo se han producido
derivadas de las acciones del Servicio Público de Empleo del seguimiento
de disponibilidad para el empleo? Y ¿Cuántas bajas de prestaciones por
desempleo se han producido derivadas de las actuaciones de la Inspección
de Trabajo en la comprobación de casos de posible fraude en el seguro de
desempleo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2015.—María
Concepción Gutiérrez del Castillo y Rafael Simancas Simancas, Diputados.



184/068615



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Concepción Gutiérrez del Castillo, Diputada por Jaén, y don Rafael
Simancas Simancas, Diputado por Madrid, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo




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140






establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presentan las siguientes preguntas para que
les sean contestadas por escrito.



La disposición adicional primera del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de
febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, sobre
la «Financiación, aplicación y control de las bonificaciones y
reducciones de las cotizaciones sociales», establece que:



«3. La Tesorería General de la Seguridad Social facilitará mensualmente al
Servicio Público de Empleo Estatal, el número de trabajadores objeto de
bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social, desagregados por cada uno
de los colectivos de bonificación, con sus respectivas bases de
cotización y las deducciones que se apliquen de acuerdo con los programas
de incentivos al empleo y que son financiadas por el Servicio Público de
Empleo Estatal.



4. Con la misma periodicidad, la Dirección General del Servicio Público de
Empleo Estatal, facilitará a la Dirección General de Inspección de
Trabajo y Seguridad Social la información necesaria sobre el número de
contratos comunicados objeto de bonificaciones de cuotas, detallados por
colectivos, así como cuanta información relativa a las cotizaciones y
deducciones aplicadas a los mismos sea precisa, al efecto de facilitar a
este centro directivo la planificación y programación de la actuación
inspectora que permita vigilar la adecuada aplicación de las
bonificaciones previstas en los correspondientes programas de incentivos
al empleo, por los sujetos beneficiarios de la misma.»



En base a esta información,



— De los contratos de emprendedores registrados en el mes de noviembre de
2014, según consta en las Estadísticas de Contratos de Emprendedores
publicadas en el SEPE:



¿Cuántos trabajadores han sido objeto de bonificación en la cuota
empresarial a la Seguridad Social, indicando el tipo de colectivo al que
pertenecen, sus respectivas bases de cotización y las cuantías de la
bonificación practicada?



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2015.—María
Concepción Gutiérrez del Castillo y Rafael Simancas Simancas, Diputados.



184/068616



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Concepción Gutiérrez del Castillo, Diputada por Jaén, y don Rafael
Simancas Simancas, Diputado por Madrid, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para que les sean
contestadas por escrito.



— ¿Cuántos jóvenes se han inscrito, hasta 30 de noviembre, en el Registro
de Garantía Juvenil, aprobado por el Real Decreto-ley 8/2014?



— ¿Cuántos jóvenes de los inscritos en el Registro de Garantía Juvenil
aprobado por el Real Decreto-ley 8/2014, se han beneficiado de una oferta
de empleo, hasta 30 de noviembre?



— Hasta el 30 de noviembre, ¿cuántos jóvenes de los inscritos en el
Registro de Garantía Juvenil aprobado por el Real Decreto-ley 8/2014, se
han beneficiado de una Acción Formativa?



— Hasta el 30 de noviembre, ¿cuántos jóvenes de los inscritos en el
Registro de Garantía Juvenil aprobado por el Real Decreto-ley 8/2014, se
han beneficiado de una Acción Educativa?



— Hasta el 30 de noviembre, ¿cuántos jóvenes de los inscritos en el
Registro de Garantía Juvenil aprobado por el Real Decreto-ley 8/2014, se
han beneficiado de una Acción de Formación Profesional Continua?



— Hasta el 30 de noviembre, ¿cuántos jóvenes de los inscritos en el
Registro de Garantía Juvenil aprobado por el Real Decreto-ley 8/2014, se
han beneficiado de un Puesto de Aprendizaje?




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141






— Hasta el 30 de noviembre, ¿cuántos jóvenes de los inscritos en el
Registro de Garantía Juvenil aprobado por el Real Decreto-ley 8/2014, se
han beneficiado de un Puesto en Prácticas?



— Hasta el 30 de noviembre, ¿cuántos jóvenes de los inscritos en el
Registro de Garantía Juvenil aprobado por el Real Decreto-ley 8/2014, se
han beneficiado de una Acción para el Autoempleo y el Emprendimiento?



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2015.—María
Concepción Gutiérrez del Castillo y Rafael Simancas Simancas, Diputados.



184/068617



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Concepción Gutiérrez del Castillo, Diputada por Jaén, y don Rafael
Simancas Simancas, Diputado por Madrid, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para que les sean
contestadas por escrito.



De acuerdo con lo regulado en el artículo único del Real Decreto-ley
3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo
y la contratación indefinida, y de acuerdo con los ficheros de la
Seguridad Social, se solicita información sobre las siguientes
cuestiones:



— ¿Cuántas empresas se han beneficiado de la reducción de la aportación
empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias
comunes por contratación indefinida en el mes de noviembre de 2014,
especificando:



a) Número de trabajadores con contrato indefinido que han dado derecho a
la reducción por grupo de cotización.



b) Número de trabajadores con contrato indefinido a tiempo completo que
han dado derecho a la reducción por grupo de cotización.



c) Número de trabajadores con contrato indefinido a tiempo parcial (con
jornada de trabajo, al menos, equivalente a un 75 % de la jornada de un
trabajador a tiempo completo comparable), que han dado derecho a la
reducción por grupo de cotización.



d) Número de trabajadores con contrato indefinido a tiempo parcial (con
jornada de trabajo, al menos, equivalente a un 50 % de la jornada de un
trabajador a tiempo completo comparable) han sido objeto de reducción de
la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por
contingencias comunes?



El suministro de la información a que se refiere las letras anteriores
será distribuida en función del tamaño de las empresas, diferenciando los
siguientes tramos:



— De 1 a 5 trabajadores.



— De 6 a 25 trabajadores.



— De 25 a 50 trabajadores.



— De 50 a 100 trabajadores.



— De 100 a 500 trabajadores.



— Más de 500 trabajadores.



— ¿Cuál ha sido el ahorro total para las empresas o coste para la
Seguridad Social de las reducciones de cuotas empresariales aplicadas por
las empresas en el mes de noviembre de 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2015.—María
Concepción Gutiérrez del Castillo y Rafael Simancas Simancas, Diputados.




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184/068618



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su
Portavoz, doña Rosa Díez González, y al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta
las siguientes preguntas para las que se solicita respuesta por escrito
sobre las críticas emitidas por la ONU a los CETI españoles.



Exposición de motivos



Desde su establecimiento en el año 2005 la Organización de Naciones Unidas
(ONU) realiza anualmente el denominado Examen Periódico Universal (EPU) a
través de su Consejo de Derechos Humanos a los 193 países miembros de
esta institución internacional. A través del EPU la ONU evalúa la
situación de los Derechos Humanos en estos países mediante tres informes:
uno inicial elaborado por el gobierno del país evaluado, un segundo
informe realizado por la ONU y un tercero elaborado por entidades de
Derechos Humanos.



España fue sometida al EPU durante la reunión del Comité de Derechos
Humanos celebrada la semana pasada en Ginebra y en ella se recriminó a
nuestro país una serie de hechos que se deben rectificar:



— Creación de un marco legal para las expulsiones de inmigrantes
(especialmente en Ceuta y Milla) sin seguir los protocolos de devolución
internacional; identificación en comisaría y dotación de abogado e
intérprete.



— No garantizar el derecho a la no devolución y el derecho al asilo y al
refugio.



— Aumento de las «devoluciones en caliente» sin «garantías legales»
especialmente en Melilla.



— Deficiencias en las condiciones de alojamiento y la situación de
descuido en los centros de emergencia de inmigrantes sobre todo en las
Islas Canarias.



— Uso excesivo de la fuerza contra los inmigrantes en las fronteras.



— Malos tratos recibidos por menores inmigrantes no acompañados durante su
repatriación.



El Secretario de Estado de Asuntos Exteriores y representante español en
el Consejo de Derechos Humanos en Ginebra, Ignacio Ybáñez, argumentó que
estas medidas llevadas a cabo por España respondían a la «alta presión
migratoria» que sufre la frontera sur, a la vez que justificó la
«proporcional» respuesta de la Policía en relación a las acusaciones de
uso de fuerza excesiva que sobre ella se vertieron.



El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD), así como
el relator especial de la ONU sobre racismo, instaron al Gobierno de
España a elaborar un reglamento específico para los dos centros de
internamiento de extranjeros (CETI) que existen en nuestro país, uno en
Ceuta y otro en Melilla, los cuales se encuentran funcionando actualmente
al triple de su capacidad, que garantice el derecho de los inmigrantes a:



— Impugnar su internamiento.



— Acceder a la información; derecho al asilo, asistencia jurídica, acceso
a servicios sociales y comunicación exterior.



— Garantizar condiciones de vida «adecuadas» en los CETI.



En relación a lo anterior se presentan las siguientes preguntas:



1. ¿Cuándo va el Gobierno a elaborar y aprobar el reglamento específico
para los CETI solicitado por el CERD y el relator especial de la ONU?



2. ¿Tiene previsto el Gobierno dotar de más recursos humanos y materiales
a los CETI de Ceuta y Melilla?



3. ¿Piensa instar el Gobierno a la Comisión Europea de manera definitiva
para que FRONTEX se implique en el control de fronteras españolas en
Ceuta y Melilla dada la «alta» presión migratoria que padece?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Rosa María
Díez González, Diputada.




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143






184/068619



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno, para las que se solicita
respuesta escrita.



Al parecer, a finales del pasado año, un Director Provincial de la
Seguridad Social en Melilla resolvió archivar un expediente abierto al
Administrador único de algunas sociedades como Prensa de Melilla, S.A.,
que edita Melilla Hoy, en la que es accionista mayoritario.



Esta resolución fue efectuada contra una propuesta de resolución en
sentido contrario que estaba apoyada en la correspondiente Acta de
Inspección, y que establecía la obligación de devolver las mensualidades
indebidamente percibidas por el ciudadano expedientado, más las
cotizaciones a autónomos por los mismos meses en que recibió la pensión,
y todo ello junto a recargos, intereses y sanciones correspondientes.



Para casos similares, la Administración siempre exige el pago al ciudadano
que es descubierto en tales circunstancias, y éste, si no está de
acuerdo, pleitea en los Tribunales hasta que estos resuelven, y así es en
toda España, incluso en Melilla, o al menos así debería ser.



Pero es que además el archivo del expediente se realizó cuando el Jefe de
la Inspección de Trabajo en esta ciudad autónoma abandonaba la ciudad
para acudir a su nuevo destino en Valencia. Tampoco es la primera vez que
ocurre algo extraño con este individuo: la Delegación del Gobierno
archivó hace dos años varias multas de tráfico impuestas al hijo de este
editor.



Si esta resolución es correcta, bienvenida sea; pero si no lo es, como es
más que probable, no debe salir gratis y si ha hecho algo inadecuado e
ilegal el responsable deberá pagar por ello, tarde lo que tarde la
Justicia en resolver. El interés público no debe ser nunca el interés
particular de alguien que representa a los ciudadanos.



1. ¿Tiene conocimiento el Gobierno del archivo del expediente referido en
la exposición de motivos de la pregunta?



2. ¿Qué motivos fueron los que determinaron el archivo de este expediente?



3. ¿Por qué no se tuvo en cuenta la propuesta existente de resolución en
sentido contrario que estaba apoyada en la correspondiente Acta de
Inspección, y que establecía la obligación de devolver las mensualidades
indebidamente percibidas por el ciudadano expedientado, más las
cotizaciones a autónomos por los mismos meses en que recibió la pensión,
y todo ello junto a recargos, intereses y sanciones correspondientes?



4. ¿Cuáles fueron los motivos por los que se esperó para archivar el
expediente a que el Jefe de la Inspección de Trabajo en esta ciudad
autónoma abandonara la ciudad para acudir a su nuevo destino en Valencia?



5. ¿Cuáles fueron los motivos para que la Delegación del Gobierno en esta
ciudad autónoma archivara hace dos años varias multas de tráfico
impuestas al hijo de este editor?



6. ¿Está dispuesto el Gobierno a facilitarme los documentos relacionados
con el expediente al que se hace referencia?



7. ¿Conoce el Gobierno la existencia de expedientes similares abiertos a
ciudadanos administradores de empresas que también hayan sido archivados
de la misma forma y por la misma persona?



En su caso:



8. ¿Ha adoptado el Gobierno alguna medida al respecto?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Ricardo Sixto
Iglesias, Diputado.



184/068620



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno, para las que se solicita
respuesta escrita.




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144






El campo de la Comunitat Valenciana sigue reflejando un preocupante
indicador de economía sumergida con algo más de 214.000 trabajadores
ocupados que no figuran en las listas de afiliados a la Seguridad Social.



Esta abultada cifra de desempleo irregular, mayor que la de 2013, no
consigue reducirse a pesar de que la Generalitat y la Inspección de
Trabajo de la Seguridad Social han puesto en marcha un programa de
actuación conjunta para conseguir aflorar empleo anómalos.



Según el estudio «La economía sumergida en España» realizado por el
Instituto Español de Analistas Financieros, el afloramiento de la
economía sumergida permitiría recaudar cerca de 2.000 millones de euros
al año en la Comunitat Valenciana y emerger a un total de 130.000
trabajadores irregulares.



¿Cuáles son los motivos de la nula efectividad, por no llamarlo fracaso,
de las acciones del gobierno en la lucha contra el trabajo irregular?



Ante la contundencia y continuidad de los datos:



Piensa hacer algo en serio el Gobierno o va a seguir hablando del tema sin
ser efectivo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Ricardo Sixto
Iglesias, Diputado.



184/068621



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña M.ª Olaia Fernández Davila y Rosana Pérez Fernández, Diputadas del
Grupo Parlamentario Mixto (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo
185 del Reglamento de la Cámara, presentan las siguientes preguntas para
las que solicitan respuesta por escrito relativa al deterioro del
servicio de Correos en el ámbito rural de Galicia, como en Chapela
(Redondela) y Soutomaior (Pontevedra).



La denuncia realizada por vecinos debido a los retrasos en la entrega de
correo postal en zonas rurales, como en Chapela en el ayuntamiento de
Redondela y en el ayuntamiento de Soutomaior, provincia de Pontevedra, ha
puesto de relieve la nefasta atención del servicio postal en el medio
rural de Galicia.



Las demoras superan más de quince días y afecta de manera generalizada al
rural de Galicia, pero es mucho más grave en las áreas metropolitanas de
las ciudades y poblaciones más grandes.



Las razones de este retraso hay que buscarlas en las difíciles condiciones
en las que desarrollan su actividad los trabajadores y trabajadoras de
este servicio. La plantilla se ha visto reducida considerablemente por no
cubrirse los puestos vacantes por jubilaciones, bajas por enfermedad etc.
Se aplican ratios de población sin tener en cuenta la dispersión
poblacional del medio rural galaico, además de tener que hacer el
servicio utilizando trasporte propio, gran carga de trabajo y peso.



La pasividad del Gobierno al no cubrir las plazas vacantes en el servicio
de correos, así como no dotar a la plantilla de los medios necesarios
para desarrollar adecuadamente su trabajo, esta provocando, por un lado,
una situación de estrés entre los trabajadores y trabajadoras y un
gravísimo deterioro del servicio, como se ha puesto de manifiesto en las
denunciadas efectuadas por vecinos y vecinas afectados.



Por todo lo expuesto se formulan las siguientes preguntas:



¿Conoce el Gobierno la situación de constante deterioro en el que se
encuentra el servicio de correos en el medio rural de Galicia,
especialmente en las áreas metropolitanas de ciudades o grandes
poblaciones? ¿Es conocedor el Gobierno de la denuncia realizada por
vecinos afectados por retrasos de más de 15 días?



¿Sabe que la plantilla del servicio de correos en las zonas rurales de
Galicia sufre una situación de estrés debido a la reducción de
trabajadores/ras, por no cubrirse las vacantes por jubilación o bajas por
enfermedad? ¿Es conocedor el Gobierno del incremento de la carga de
trabajo que esto significa? ¿No considera que los ratios aplicables al
servicio de correos en el rural de Galicia debería tener en cuenta la
dispersión poblacional existente?



¿Prevé el Gobierno adoptar medidas para resolver esta lamentable situación
de la plantilla del servicio postal en el medio rural de Galicia?




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145






¿Qué medidas ha previsto el Gobierno para que se restablezca el servicio
postal en el rural de Galicia a la periodicidad adecuada?



¿Va el Gobierno a cubrir las vacantes que se producen en la plantilla de
correos en el medio rural?



¿Qué medidas va a adoptar para reforzar y mejorar la situación del
personal de Correos en el ámbito rural, como en Chapela y Soutomaior?



¿Va a mejorar las condiciones de los trabajadores y trabajadoras de
Correos en el entorno rural de Galicia?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—M.ª Olaia
Fernández Davila y Rosana Pérez Fernández, Diputadas.



184/068622



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Isabel Sánchez Robles, Diputada perteneciente al Grupo Parlamentario
Vasco EAJ-PNV, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes
del Reglamento del Congreso de los Diputados, tiene el honor de formular
las siguientes preguntas al Gobierno de la que desea obtener respuesta
por escrito.



¿Cuál es la planificación presupuestaria y técnica que permite que el Tren
de Alta Velocidad entre en funcionamiento en el año 2019 tal y como
anunció la Ministra de Fomento con motivo de su visita a Euskadi el 28 de
enero?



Facilítese cronograma con la planificación y agenda elaborada por el
Ministerio de Fomento y especifíquese, por separado, el proyecto previsto
para el acceso a cada una de las tres capitales.



¿Dónde están los créditos presupuestarios aprobados que permiten licitar,
en los próximos tres meses, todos los tramos y subtramos pendientes del
denominado nudo de Bergara, tal y como anunció la Ministra de Fomento en
su visita a Euskadi el 28 de enero?



¿Cuál es el motivo por el que apenas un mes después de la aprobación
definitiva de los Presupuestos Generales del Estado, donde se contempla
una escasa e insuficiente financiación para la Y Vasca, el Gobierno
español dé un giro y anuncie la puesta en marcha de la Alta Velocidad en
Euskadi para el año 2019?



¿Por qué se negó el pasado 28 de octubre, en su calidad de Diputada además
de Ministra de Fomento, a votar en el Congreso un compromiso público para
que la Y Vasca estuviera en funcionamiento en el año 2020 tal y como le
pedía este Grupo Parlamentario? ¿Qué ha provocado que tres meses después
adquiera un compromiso público adelantando un año su puesta en marcha?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Isabel Sánchez
Robles, Diputada.



184/068623



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Jesús Susinos Tarrero, doña Ana María Madrazo Díaz, don José
María Alonso Ruíz y don Javier Puente Redondo, Diputados por Cantabria,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo
de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento de la
Cámara, formulan la siguiente pregunta al Gobierno, de la que desean
obtener respuesta por escrito.



¿Cuál es el número de vehículos de nueva matriculación en la Comunidad
Autónoma de Cantabria en los años 2013 y 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—María Jesús
Susinos Tarrero, Ana María Madrazo Díaz, José María Alonso Ruiz y Javier
Puente Redondo, Diputados.




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146






184/068624



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Teodoro García Egea y don Antonio Gallego Burgos, Diputados por Murcia
y por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del
Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente pregunta al Gobierno, de
la que desean obtener respuesta por escrito.



¿Cuál ha sido la evolución de la utilización de la capacidad productiva
desde 2008 hasta 2014 en España?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Teodoro García
Egea y Antonio Gallego Burgos, Diputados.



184/068625



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teófila Martínez Saiz y don José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados
por Cádiz, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso,
al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
de la Cámara, tienen el honor de formular la siguiente pregunta al
Gobierno de la que desean obtener respuesta por escrito.



— ¿Cuál fue el número de incautaciones de droga, en la provincia de Cádiz,
durante el año 2013?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Teófila
Martínez Saiz y José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados.



184/068626



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teófila Martínez Saiz y don José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados
por Cádiz, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso,
al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
de la Cámara, tienen el honor de formular la siguiente pregunta al
Gobierno de la que desean obtener respuesta por escrito.



— ¿Cuáles fueron los motivos y causas de los accidentes en las carreteras
de la provincia de Cádiz, durante el año 2013?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Teófila
Martínez Saiz y José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados.



184/068627



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teófila Martínez Saiz y don José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados
por Cádiz, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso,
al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
de la Cámara, tienen el honor de formular la siguiente pregunta al
Gobierno de la que desean obtener respuesta por escrito.




Página
147






¿Cuáles fueron los motivos y causas de los accidentes en las carreteras de
la provincia de Cádiz, durante el año 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Teófila
Martínez Saiz y José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados.



184/068628



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teófila Martínez Saiz y don José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados
por Cádiz, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso,
al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
de la Cámara, tienen el honor de formular la siguiente pregunta al
Gobierno de la que desean obtener respuesta por escrito.



¿Cuáles fueron los motivos y causas de los accidentes en las carreteras de
la provincia de Cádiz, durante el año 2012?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Teófila
Martínez Saiz y José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados.



184/068629



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teófila Martínez Saiz y don José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados
por Cádiz, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso,
al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
de la Cámara, tienen el honor de formular la siguiente pregunta al
Gobierno de la que desean obtener respuesta por escrito.



¿Cuál fue el número de incautaciones de droga, en la provincia de Cádiz,
durante el año 2011?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Teófila
Martínez Saiz y José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados.



184/068630



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
del Congreso de los Diputados, el Diputado adscrito al Grupo
Parlamentario de Izquierda Plural formula las siguientes preguntas
dirigidas al Gobierno, para su respuesta escrita.



La Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y
modernización del sistema de Seguridad Social, establece en su
disposición adicional vigésima cuarta lo siguiente:



«Disposición adicional vigésima cuarta. Estudios actuariales en los
coeficientes reductores de la pensión en la jubilación anticipada y
ampliadores por retraso en la edad de jubilación.



El Gobierno realizará un estudio actuarial, en el plazo de un año,
relacionado con los coeficientes reductores de la pensión utilizados en
la jubilación anticipada, previstos en el apartado 2 del artículo 161.bis
de la Ley General de la Seguridad Social, así como de los coeficientes
amplificadores de la pensión utilizados en el artículo 163, al objeto de
evaluar su adaptación a los principios de proporcionalidad y
contributividad al sistema.




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148






En dicho estudio, se contemplará específicamente la situación de los
trabajadores que tuvieran la condición de mutualista el 1 de enero de
1967 y se hubieran jubilado anticipadamente a través de convenios
colectivos de cualquier ámbito, acuerdos colectivos o contratos
individuales de prejubilación de empresas, con anterioridad a la entrada
en vigor de la presente Ley».



Esta ley entró en vigor el 1 de enero de 2013.



¿Se ha realizado, tal como mandata la Ley, el estudio actuarial en los
términos en los que se recogen en la disposición adicional vigésima
cuarta de la Ley 27/2011?



En caso afirmativo, ¿tiene intención el Gobierno de hacerlo público?



¿Tiene intención el Gobierno de remitirlo y presentarlo en la Comisión del
Pacto de Toledo del Congreso de los Diputados?



En caso de que o bien no se haya realizado el estudio o bien éste no sea
público, ¿cuáles son las razones para ello?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2014.—Joan
Coscubiela Conesa, Diputado.



184/068631



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
del Congreso de los Diputados, el Diputado adscrito al Grupo
Parlamentario de Izquierda Plural formula las siguientes preguntas
dirigidas al Gobierno, para su respuesta escrita.



Según consta a este Diputado al haber tenido acceso a la documentación
correspondiente, el Director General de los Registros y del Notariado,
«por delegación del Excmo. Sr. Ministro de Justicia», ha denegado varias
solicitudes de concesión de la nacionalidad española por razón de
residencia, dando como motivo de dichas denegaciones, siempre citando
literalmente la documentación oficial:



«En el presente caso no puede estimarse cumplido tal requisito dado que
(citar aquí las circunstancias que concurran en el caso: falta de
escolarización de los hijos menores, ausencia de todo esfuerzo formativo
mediante la realización de cursos de español, de formación profesional,
etc., la falta de participación en actividades sociales, las
manifestaciones de rechazo hacia los valores y modo de vida españoles, la
falta de relaciones con personas ajenas a su propia nacionalidad de
origen, la poligamia, etc.)».



¿Cuántas solicitudes de concesión de nacionalidad española se presentaron
en los años 2012, 2013 y 2014? Se pide la información segregada por años.



¿Cuántas solicitudes de concesión de la nacionalidad española se han
concedido en los años 2012, 2013 y 2014? Se pide la información segregada
por años.



¿Cuántas solicitudes de concesión de la nacionalidad española se han
denegado en los años 2012, 2013 y 2014 dando como motivo la inexistencia
de motivo alguno para su denegación? Se pide la información segregada por
años.



¿Ha dado el ministro de Justicia instrucciones al Director General de los
Registros y del Notariado de restringir el número de concesiones de
nacionalidad por residencia, endureciendo los requisitos?



¿Tiene intención el Gobierno de, cuando menos, reconsiderar los casos,
como los citados anteriormente, en los que no se da razón alguna para la
denegación de la nacionalidad española? En caso de respuesta afirmativa,
¿cuándo? En caso de respuesta negativa, ¿por qué?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2014.—Joan
Coscubiela Conesa, Diputado.



184/068632



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, y doña María Consuelo
Rumí Ibáñez, Diputada por Almería, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido




Página
149






en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para que les sean
contestadas por escrito:



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Almería y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez y María Consuelo Rumí Ibáñez, Diputados.



184/068633



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, don Antonio Francisco
Pradas Torres, Diputado por Sevilla, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para que les sean
contestadas por escrito.



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Sevilla y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez y María Consuelo Rumí Ibáñez, Diputados.




Página
150






184/068634



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, don Manuel Pezzi Cereto,
don José Martínez Olmos y doña Elvira Ramón Utrabo, Diputados por
Granada, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso,
al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan las siguientes
preguntas para que les sean contestadas por escrito:



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
Aeropuerto de Granada-Jaén Federico García Lorca y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez, Manuel Pezzi Cereto, José Martínez Olmos y Elvira Ramón
Utrabo, Diputados.



184/068635



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Rosa Aguilar Rivero, doña Angelina Costa Palacios y don Antonio
Hurtado Zurera, Diputados por Córdoba, y don Juan Luis Gordo Pérez,
Diputado por Segovia, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista
del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes
del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan las
siguientes preguntas para que les sean contestadas por escrito.



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Córdoba y para sus trabajadores?




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151






3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Rosa Aguilar
Rivero, María Angelina Costa Palacios, Antonio Hurtado Zurera y Juan Luis
Gordo Pérez, Diputados.



184/068636



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, y doña María Carmen
Sánchez Díaz, Diputada por Cádiz, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan las siguientes preguntas para que les sean contestadas por
escrito:



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Jerez de la Frontera y el helipuerto de Algeciras, y para
sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez, María Carmen Sánchez Díaz, Diputados.



184/068637



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, doña Trinidad Jiménez
García-Herrera, don Miguel Ángel Heredia Díaz y don José Andrés Torres
Mora, Diputados por Málaga, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan las siguientes preguntas para que les sean contestadas por
escrito.



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas




Página
152






urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, y
culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello, se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Málaga-Costa del Sol y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez, Trinidad Jiménez García-Herrera, Miguel Ángel Heredia Díaz y
José Andrés Torres Mora, Diputados.



184/068638



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, y don Víctor Morlán
Gracia, Diputado por Huesca, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan las siguientes preguntas para que les sean contestadas por
escrito:



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Huesca-Pirineos y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez y Víctor Morlán Gracia, Diputados.



184/068639



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, y doña Pilar Alegría
Continente y doña Susana Sumelzo Jordán, Diputadas por Zaragoza,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo
de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento
del Congreso de los Diputados, presentan las siguientes preguntas para
que les sean contestadas por escrito:



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el




Página
153






que se dará entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por
ciento de la compañía entre inversores institucionales y particulares,
después de que el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial,
Corporación Financiera Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado
mes de octubre) en la compañía pública que gestiona la red de aeropuertos
españoles. Este proceso privatizador comenzó el pasado año con la
aprobación por el Gobierno del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de
aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y
la eficiencia, y culminará el próximo 11 de febrero con su salida
definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Zaragoza y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez, María Pilar Alegría Continente y Susana Sumelzo Jordán,
Diputados.



184/068640



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, y doña María del Puerto
Gallego Arriola, Diputada por Cantabria, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para que les sean
contestadas por escrito:



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Santander y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez y María del Puerto Gallego Arriola, Diputados.



184/068641



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, y doña María Soraya
Rodríguez Ramos y don Mario Bedera Bravo, Diputados por Valladolid,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del




Página
154






Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del
vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan las
siguientes preguntas para que les sean contestadas por escrito:



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Valladolid y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez, María Soraya Rodríguez Ramos y Mario Bedera Bravo,
Diputados.



184/068642



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su
Diputada doña Irene Lozano Domingo, y al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta
las siguientes preguntas para las que se solicita respuesta por escrito
sobre la denegación de asilo político al activista saharaui Hassanna
Aalia.



Exposición de motivos



A sus 27 años de edad, Hassanna Aalia, activista saharaui, fue condenado a
cadena perpetua por un tribunal militar marroquí en Rabat por haber
participado en una protesta pacífica para demandar derechos sociales y
políticos para el Sáhara en el campamento Gdeim Izik, ubicado en el
Sáhara Occidental. Dicho activista, que se instaló en Bilbao en 2011
gracias a una beca de estudios para formación en Derechos Humanos,
solicitó asilo político en nuestro país, el cual fue denegado por el
Ministerio del Interior el pasado día 19 de enero, a la vez que se le
comunicaba que debía abandonar España en un plazo máximo de 15 días. Esta
solicitud estaba avalada por diferentes organismos internacionales como
Acnur, Amnistía Internacional, Human Rights Watch y Sáhara Libre, que
denunciaron que el juicio por el que Hassanna fue condenado a cadena
perpetua fue injusto y no contaba con las garantías necesarias. Esta
última organización ha considerado «vergonzoso» que el Ejecutivo español
haya denegado asilo al activista saharaui y afirmando que «su vida corre
peligro si le deportan a su país, donde será torturado y encarcelado de
por vida». No obstante, esto pareció no ser suficiente para que se
aprobase la solicitud de asilo desde el Ministerio del Interior.



Sáhara Libre, por su parte, ha convocado a partir de hoy una huelga de
hambre en el madrileño Aeropuerto Adolfo Suárez-Barajas a partir de las
17:30 horas en la T-3 con el fin de que Hassanna no sea deportado el
próximo día 4 de febrero, fecha en la que se cumple el plazo para
abandonar el país fijado por el Ministerio del Interior.



En relación a lo anterior se presentan las siguientes preguntas:



1. ¿Qué criterios se siguieron desde el Ministerio del Interior para
denegar la solicitud de asilo de Hassanna?




Página
155






2. ¿No cree el Gobierno que rechazando dicha solicitud de asilo establece
de forma tácita su conformidad con la condena impuesta por el tribunal
militar marroquí?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Irene Lozano
Domingo, Diputada.



184/068643



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Helena Castellano Ramón y doña María Luisa González Santín, Diputadas
por León, y don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo
de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento
del Congreso de los Diputados, presentan las siguientes preguntas para
que les sean contestadas por escrito:



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de León y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Helena
Castellano Ramón, María Luisa González Santín y Juan Luis Gordo Pérez,
Diputados.



184/068644



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, y doña María del Mar
Arnaiz García, Diputada por Burgos, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan las siguientes preguntas para que les sean contestadas por
escrito:



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.




Página
156






Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Burgos y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez y María del Mar Arnaiz García, Diputados.



184/068645



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, y don Jesús Caldera
Sánchez-Capitán, Diputado por Salamanca, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para que les sean
contestadas por escrito:



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Matacán de Salamanca, perteneciente a la red de AENA y para
sus trabajadores, tanto en su uso militar como en su uso civil?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez y Jesús Caldera Sánchez-Capitán, Diputados.



184/068646



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, y don Manuel Gabriel
González Ramos, Diputado por Albacete, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para que les sean
contestadas por escrito:



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el




Página
157






que se dará entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por
ciento de la compañía entre inversores institucionales y particulares,
después de que el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial,
Corporación Financiera Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado
mes de octubre) en la compañía pública que gestiona la red de aeropuertos
españoles. Este proceso privatizador comenzó el pasado año con la
aprobación por el Gobierno del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de
aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y
la eficiencia, y culminará el próximo 11 de febrero con su salida
definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Albacete y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez y Manuel Gabriel González Ramos, Diputados.



184/068647



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, y don Àlex Sáez Jubero,
Diputado por Girona, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del
Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del
vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan las
siguientes preguntas para que les sean contestadas por escrito:



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Girona y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez y Àlex Sáez Jubero, Diputados.



184/068648



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, y don Francesc Vallès
Vives, Diputado por Tarragona, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido




Página
158






en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para que les sean
contestadas por escrito:



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Reus y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez y Francesc Vallès Vives, Diputados.



184/068649



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, y don Joan Rangel Tarrés,
Diputado por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista
del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes
del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan las
siguientes preguntas para que les sean contestadas por escrito:



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Barcelona-El Prat (BCN) y de Sabadell (QSA) y para sus
trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez y Joan Rangel Tarrés, Diputados.




Página
159






184/068650



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, y doña Rosa Delia Blanco
Terán, Diputada por Madrid, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan las siguientes preguntas para que les sean contestadas por
escrito:



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Madrid (Adolfo Suárez Madrid-Barajas) y (Madrid-Cuatro
Vientos), y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez y Rosa Delia Blanco Terán, Diputados.



184/068651



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Moscoso del Prado Hernández, Diputado por Navarra, y don Juan
Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para que les sean
contestadas por escrito:



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Pamplona y para sus trabajadores?




Página
160






3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Moscoso
del Prado Hernández y Juan Luis Gordo Pérez, Diputados.



184/068652



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, don José Luis Ábalos
Meco, doña Carmen Montón Giménez, don Antoni Such Botella, don Ciprià
Císcar Casabán, Diputados por Valencia y don Joaquín Puig Ferrer,
Diputado por Castellón, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista
del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes
del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan las
siguientes preguntas para que sean contestadas por escrito.



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s lnvestment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Valencia y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez, José Luis Ábalos Meco, Carmen Montón Giménez, Antoni Such
Botella, Ciprià Císcar Casabán y Joaquín Francisco Puig Ferrer,
Diputados.



184/068653



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, don Joaquín Francisco
Puig Ferrer, Diputado por Castellón, doña Patricia Blanquer Alcaraz, don
Federico Buyolo García, don Herick Manuel Campos Arteseros y don Gabriel
Echávarri Fernández, Diputados por Alicante, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para que les sean
contestadas por escrito.



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s lnvestment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía




Página
161






pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este proceso
privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el Gobierno del
Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes
para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, y culminará el
próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Alicante-Elche y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez, Joaquín Francisco Puig Ferrer, Patricia Blanquer Alcaraz,
Federico Buyolo García, Herick Manuel Campos Arteseros y Gabriel
Echávarri Fernández, Diputados.



184/068654



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, doña María Soledad Pérez
Domínguez y don José Ignacio Sánchez Amor, Diputados por Badajoz,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo
de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento
del Congreso de los Diputados, presentan las siguientes preguntas para
que les sean contestadas por escrito.



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Badajoz (BJZ)?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez, María Soledad Pérez Domínguez y José Ignacio Sánchez Amor,
Diputados.



184/068655



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Carmela Silva Rego y don Guillermo Meijón Couselo, Diputados por
Pontevedra, y don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso,




Página
162






al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan las siguientes
preguntas para que les sean contestadas por escrito.



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Vigo y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—María del
Carmen Silva Rego, Guillermo Antonio Meijón Couselo y Juan Luis Gordo
Pérez, Diputados.



184/068656



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, don Miguel Cortizo Nieto
y doña María Paloma Rodríguez Vázquez, Diputados por A Coruña,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo
de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento
del Congreso de los Diputados, presentan las siguientes preguntas para
que les sean contestadas por escrito.



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para los
aeropuertos de A Coruña (LCG) y Santiago (SCQ) y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez, Miguel Ángel Cortizo Nieto y María Paloma Rodríguez Vázquez,
Diputados.




Página
163






184/068657



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, don Pablo Martín Peré,
don Guillem García Gasulla y doña Sofía Hernanz Costa, Diputados por
Illes Balears, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del
Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del
vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan las
siguientes preguntas para que les sean contestadas por escrito.



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenacíón de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s lnvestment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para los
aeropuertos de Menorca, Palma de Mallorca e Ibiza y para sus
trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez, Pablo Martín Peré, Guillem García Gasulla y Sofía Hernanz
Costa, Diputados.



184/068658



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, don Sebastián Franquis
Vera y doña Pilar Grande Pesquero, Diputados por Las Palmas,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo
de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento
del Congreso de los Diputados, presentan las siguientes preguntas para
que les sean contestadas por escrito.



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para los
aeropuertos de Gran Canaria, Fuerteventura y Lanzarote, y para sus
trabajadores?




Página
164






3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez, Sebastián Franquis Vera y Pilar Grande Pesquero, Diputados.



184/068659



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, don José Segura Clavell y
doña Patricia Hernández Gutiérrez, Diputados por Santa Cruz de Tenerife,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo
de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento
del Congreso de los Diputados, presentan las siguientes preguntas para
que les sean contestadas por escrito.



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para los
aeropuertos de Tenerife Norte Los Rodeos, Tenerife Sur Reina Sofía, La
Palma, El Hierro y La Gomera, y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez, José Segura Clavell y Patricia Hernández Gutiérrez,
Diputados.



184/068660



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, y don César Luena López,
Diputado por La Rioja, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista
del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes
del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan las
siguientes preguntas para que les sean contestadas por escrito.



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.




Página
165






Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Logroño-Agoncillo (RJL) y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez y César Luena López, Diputados.



184/068661



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo, Diputado por Segovia y don Odón Elorza González,
Diputado por Gipuzkoa, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista
del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes
del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan las
siguientes preguntas para que les sean contestadas por escrito.



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Mínistros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s lnvestment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de San Sebastián y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez y Odón Elorza González, Diputados.



184/068662



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, don Eduardo Madina Muñoz
y don José María Benegas Haddad, Diputados por Vizcaya, pertenecientes al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presentan las siguientes preguntas para que les sean
contestadas por escrito.



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre




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166






inversores institucionales y particulares, después de que el 21 por ciento
restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera Alba y The
Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la compañía
pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este proceso
privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el Gobierno del
Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes
para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, y culminará el
próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Bilbao (BIO) y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez, Eduardo Madina Muñoz y José María Benegas Haddad, Diputados.



184/068663



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, doña María Teresa
Rodríguez Barahona, Diputada por Álava, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para que les sean
contestadas por escrito.



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s lnvestment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Vitoria y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez y María Teresa Rodríguez Barahona, Diputados.



184/068664



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, doña María Luisa Carcedo
Roces, doña María Virtudes Monteserín Rodríguez, y don Antonio María
Trevín Lombán, Diputados por Asturias, pertenecientes




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167






al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presentan las siguientes preguntas para que
les sean contestadas por escrito.



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Asturias (OVD) y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez, María Luisa Carcedo Roces, María Virtudes Monteserín
Rodríguez y Antonio Ramón María Trevín Lombán, Diputados.



184/068665



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, don Pedro Saura García y
doña María González Veracruz, Diputados por Murcia, pertenecientes al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presentan las siguientes preguntas para que le sean
contestadas por escrito.



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Murcia-San Javier (MJV) y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez, Pedro Saura García y María González Veracruz, Diputados.




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168






184/068666



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, y doña María Carmen
Sánchez Díaz, Diputada por Cádiz, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan las siguientes preguntas para que le sean contestadas por
escrito.



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
helipuerto de Ceuta, y para sus trabajadores?



3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez y María Carmen Sánchez Díaz, Diputados.



184/068667



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, don José Martínez Olmos,
Diputado por Granada, y don Antonio Hernando Vera, Diputado por Madrid,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo
de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento
del Congreso de los Diputados, presentan las siguientes preguntas para
que le sean contestadas por escrito.



El pasado viernes, 23 de enero de 2015, se aprobó en Consejo de Ministros
el acuerdo por el que se autoriza la enajenación de acciones de Aena,
S.A., mediante una Oferta Pública de Venta, proceso por el que se dará
entrada de capital privado de hasta un 49 por ciento (28 por ciento de la
compañía entre inversores institucionales y particulares, después de que
el 21 por ciento restante se asignara a Ferrovial, Corporación Financiera
Alba y The Children’s Investment Fund, el pasado mes de octubre) en la
compañía pública que gestiona la red de aeropuertos españoles. Este
proceso privatizador comenzó el pasado año con la aprobación por el
Gobierno del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de
medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,
y culminará el próximo 11 de febrero con su salida definitiva a Bolsa.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas al Gobierno:



1. Como consecuencia de esta privatización, ¿se prevé el riesgo de
desaparición de alguno de los 46 aeropuertos y dos helipuertos que
conforman la red de aeropuertos españoles?



2. ¿Qué consecuencias se derivarán de esta privatización para el
aeropuerto de Melilla, y para sus trabajadores?




Página
169






3. ¿Cuáles son las garantías que ofrece el Gobierno para el mantenimiento
de la red de aeropuertos, la movilidad de los ciudadanos y la estabilidad
de miles de puestos de trabajo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez, José Martínez Olmos y Antonio Hernando Vera, Diputados.



184/068668



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Moscoso del Prado Hernández, Diputado por Navarra, perteneciente
al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le
sean contestadas por escrito.



1. ¿Cuál es el importe de las pérdidas acumuladas en la SAREB en los dos
ejercicios transcurridos desde su creación?



2. ¿Cuál es el importe de la rentabilidad anual de la SAREB? ¿Ha cumplido
con el objetivo del plan de negocio?



3. ¿Qué problemas existen en el nuevo plan estratégico para la gestión de
los activos inmobiliarios y financieros de la SAREB?



4. ¿Qué impacto en los resultados de la SAREB va a suponer la nueva
circular del Banco de España que obliga a dicha entidad a volver a tasar
su cartera de activos inmobiliarios y financieros? ¿Va a tener que
realizar la SAREB importantes provisiones sobre esos activos?



5. ¿Qué criterios está siguiendo la SAREB para la enajenación de activos
inmobiliarios de entidades financieras intervenidas por el FROB para su
venta a distintos fondos de inversión por valores sensiblemente
inferiores a los de cesión?



6. ¿Está velando la SAREB por mantener las condiciones contractuales de
los inquilinos en su política de enajenación de activos inmobiliarios?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Juan Moscoso
del Prado Hernández, Diputado.



184/068669



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Javier Barrero López y doña María José Rodríguez Ramírez, Diputados
por Huelva, y doña Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo
de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento
del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que
les sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Huelva que han emigrado
al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha actual?
Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2015.—Jaime Javier
Barrero López, María José Rodríguez Ramírez y Esperança Esteve Ortega,
Diputados.



184/068670



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Trinidad Jiménez García-Herrera, don Miguel Ángel Heredia Díaz, don
José Andrés Torres Mora, Diputados por Málaga, y doña Esperança Esteve
Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al




Página
170






Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que les sea
contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Málaga que han emigrado
al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha actual?
Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Trinidad
Jiménez García-Herrera, Miguel Ángel Heredia Díaz, José Andrés Torres
Mora y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068671



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Manuel Pezzi Cereto, don Jose Martínez Olmos y doña Elvira Ramón
Utrabo, Diputados por Granada, y doña Esperança Esteve Ortega, Diputada
por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del
Congreso de los Diputados, al amparo de lo establecido en el artículo 185
y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan la siguiente pregunta para que sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Granada que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Manuel Pezzi
Cereto, José Martínez Olmos, Elvira Ramón Utrabo y Esperança Esteve
Ortega, Diputados.



184/068672



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Rosa Aguilar Rivero, doña Angelina Costa Palacios, don Antonio
Hurtado Zurera, Diputados por Córdoba, y doña Esperança Esteve Ortega,
Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista
del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes
del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la
siguiente pregunta para que les sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Córdoba que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2015.—Rosa Aguilar
Rivero, María Angelina Costa Palacios, Antonio Hurtado Zurera y Esperança
Esteve Ortega, Diputados.



184/068673



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Gaspar Zarrías Arévalo y don Felipe J. Sicilia Alférez, Diputados por
Jaén, y doña Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso de los
Diputados, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes
del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la
siguiente pregunta para que sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Jaén que han emigrado
al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha actual?
Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2015.—Gaspar Carlos
Zarrías Arévalo, Felipe Jesús Sicilia Alférez y Esperança Esteve Ortega,
Diputados.




Página
171






184/068674



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Antonio Francisco Pradas Torres, Diputado por Sevilla y doña Esperança
Esteve Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que sea
contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Sevilla que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2015.—Antonio
Francisco Pradas Torres y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068675



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Carmen Sánchez Díaz, Diputada por Cádiz, y doña Esperança
Esteve Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que les
sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Cádiz que han emigrado
al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha actual?
Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—María Carmen
Sánchez Díaz y Esperança Esteve Ortega, Diputadas.



184/068676



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Consuelo Rumí Ibáñez, Diputada por Almería, y doña Esperança
Esteve Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que sea
contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Almería que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—María Consuelo
Rumí Ibáñez y Esperança Esteve Ortega, Diputadas.



184/068677



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Vicente Guillén Izquierdo, Diputado por Teruel, y doña Esperança
Esteve Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que sea
contestada por escrito.




Página
172






¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Teruel que han emigrado
al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha actual?
Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Vicente
Guillén Izquierdo y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068678



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Víctor Morlán Gracia, Diputado por Huesca, y doña Esperança Esteve
Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de lo establecido en
el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Huesca que han emigrado
al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha actual?
Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Víctor Morlán
Gracia y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068679



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Pilar Alegría Continente y doña Susana Sumelzo Jordán, Diputadas por
Zaragoza, y doña Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso de los
Diputados, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes
del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la
siguiente pregunta para que sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Zaragoza que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—María Pilar
Alegría Continente, Susana Sumelzo Jordán y Esperança Esteve Ortega,
Diputadas.



184/068680



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Soraya Rodríguez Ramos y don Mario Bedera Bravo, Diputados por
Valladolid, y doña Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso de los
Diputados, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes
del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la
siguiente pregunta para que sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Valladolid que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—María Soraya
Rodríguez Ramos, Mario Bedera Bravo y Esperança Esteve Ortega, Diputados.




Página
173






184/068681



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Helena Castellano Ramón y doña María Luisa González Santín, Diputadas
por León, y doña Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo
de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento
del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que
sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de León que han emigrado
al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha actual?
Desglosado por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Helena
Castellano Ramón, María Luisa González Santín y Esperança Esteve Ortega,
Diputadas.



184/068682



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María del Mar Arnaiz García, Diputada por Burgos, y doña Esperança
Esteve Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Burgos que han emigrado
al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha actual?
Desglosado por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—María del Mar
Arnaiz García y Esperança Esteve Ortega, Diputadas.



184/068683



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Félix Lavilla Martínez, Diputado por Soria, y doña Esperança Esteve
Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan la siguiente pregunta para que sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Soria que han emigrado
al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha actual?
Desglosado por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2015.—Félix Lavilla
Martínez y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068684



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia, y doña Esperança Esteve
Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan la siguiente pregunta para que les sea contestada por escrito.




Página
174






¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Segovia que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosado por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068685



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María del Mar Rominguera Salazar, Diputada por Zamora, y doña
Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Zamora que han emigrado
al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha actual?
Desglosado por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—María del Mar
Rominguera Salazar y Esperança Esteve Ortega, Diputadas.



184/068686



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Pedro José Muñoz González, Diputado por Ávila, y doña Esperança Esteve
Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan la siguiente pregunta para que sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Ávila que han emigrado
al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha actual?
Desglosado por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Pedro José
Muñoz González y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068687



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Julio Villarrubia Mediavilla, Diputado por Palencia, y doña Esperança
Esteve Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Palencia que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosado por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Julio
Villarrubia Mediavilla y Esperança Esteve Ortega, Diputados.




Página
175






184/068688



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Jesús Caldera Sánchez-Capitán, Diputado por Salamanca, y doña
Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que les sea contestada
por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Salamanca que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosado por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Jesús Caldera
Sánchez-Capitán y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068689



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Magdalena Valerio Cordero, Diputada por Guadalajara, y doña Esperança
Esteve Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que les sea contestada
por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Guadalajara que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosado por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2015.—Magdalena
Valerio Cordero y Esperança Esteve Ortega, Diputadas.



184/068690



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Isabel Rodríguez García, don José María Barreda Fontes y doña
Esperança Esteve Ortega, Diputados por Ciudad Real y Barcelona,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo
de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento
del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que
les sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Ciudad Real que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosado por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Isabel
Rodríguez García, José María Barreda Fontes y Esperança Esteve Ortega,
Diputados.



184/068691



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Manuel Gabriel González Ramos, Diputado por Albacete, y doña Esperanga
Esteve Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.




Página
176






¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Albacete que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosado por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Manuel Gabriel
González Ramos y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068692



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Alejandro Alonso Núñez, doña María Guadalupe Martín González,
Diputados por Toledo, y doña Esperança Esteve Ortega, Diputada por
Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso,
al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta
para que les sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Toledo que han emigrado
al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha actual?
Desglosado por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Alejandro
Alonso Núñez, María Guadalupe Martín González y Esperança Esteve Ortega,
Diputados.



184/068693



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Luis Carlos Sahuquillo García, Diputado por Cuenca, y doña Esperança
Esteve Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Cuenca que han emigrado
al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha actual?
Desglosado por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Luis Carlos
Sahuquillo García y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068694



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teresa Cunillera Mestres, Diputada por Lleida, y doña Esperança
Esteve Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso, presentan
la siguiente pregunta para que sea contestada por escrito:



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Lleida que han emigrado
al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha actual?
Desglosado por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2015.—Teresa
Cunillera Mestres y Esperança Esteve Ortega, Diputadas.




Página
177






184/068695



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Joan Rangel Tarrés, Diputado por Barcelona, doña Esperança Esteve
Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso, al amparo de lo previsto en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan la siguiente pregunta para que les sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Barcelona que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosado por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Joan Rangel
Tarrés y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068696



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Àlex Sáez Jubero, Diputado por Girona, y doña Esperança Esteve Ortega,
Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista
del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes
del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la
siguiente pregunta para que sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Girona que han emigrado
al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha actual?
Desglosado por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Àlez Sáez
Jubero y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068697



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don José Luis Ábalos Meco, doña Carmen Montón Giménez, don Antoni Such
Botella, don Ciprià Císcar Casabán, Diputados por Valencia, don Joaquín
Puig Ferrer, Diputado por Castellón y doña Esperança Esteve Ortega,
Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista
del Congreso de los Diputados, al amparo de lo establecido en el artículo
185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan la siguiente pregunta para que sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Valencia que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015—José Luis
Ábalos Meco, Carmen Montón Giménez, Antoni Such Botella, Ciprià Císcar
Casabán, Joaquín Francisco Puig Ferrer y Esperança Esteve Ortega,
Diputados.



184/068698



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Herick Manuel Campos Arteseros, don Federico Buyolo Garcia, don
Gabriel Echávarri Fernández, doña Patricia Blanquer Alcaraz, Diputados
por Alicante, don Joaquín Francisco Puig Ferrer, Diputado por Castellón,
y doñá Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona pertenecientes al
Grupo




Página
178






Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que les sea contestada
por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Alicante que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015—Herick Manuel
Campos Arteseros, Federico Buyolo Garcia, Gabriel Echávarri Fernández,
Patricia Blanquer Alcaraz, Joaquín Francisco Puig Ferrer y Esperança
Esteve Ortega, Diputados.



184/068699



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Susana Ros Martínez y don Joaquín Francisco Puig Ferrer, Diputados
por Castellón y don Herick Manuel Campos Arteseros, Diputado por
Alicante, doña Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso de los
Diputados, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes
del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la
siguiente pregunta para que sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Castellón que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015—Susana Ros
Martínez, Joaquín Francisco Puig Ferrer, Herick Manuel Campos Arteseros y
Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068700



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Pilar Lucio Carrasco, doña Leire Iglesias Santiago, Diputadas
por Cáceres, y doña Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo
de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento
del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que
les sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Cáceres que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—María Pilar
Lucio Carrasco, Leire Iglesias Santiago y Esperança Esteve Ortega,
Diputados.



184/068701



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Soledad Pérez Domínguez y don José Ignacio Sánchez Amor,
Diputados por Badajoz, y doña Esperança Esteve Ortega, Diputada por
Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso
de los Diputados, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan la siguiente pregunta para que sea contestada por escrito.




Página
179






¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Badajoz que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—María Soledad
Pérez Domínguez, José Ignacio Sánchez Amor y Esperança Esteve Ortega,
Diputados.



184/068702



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel A. Cortizo Nieto, doña Paloma Rodríguez Vázquez, Diputados por
A Coruña y doña Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona,
pertenecientes a Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo
de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento
del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que
les sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de A Coruña que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Cortizo Nieto, María Paloma Rodríguez Vázquez y Esperança Esteve Ortega,
Diputados.



184/068703



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense y doña Esperança Esteve
Ortega, Diputada por Barcelona pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan la siguiente pregunta para que les sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Ourense que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Laura Carmen
Seara Sobrado y Esperança Esteve Ortega, Diputadas.



184/068704



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Margarita Pérez Herraiz, Diputada por Lugo y doña Esperanga Esteve
Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan la siguiente pregunta para que les sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Lugo que han emigrado
al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha actual?
Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Margarita
Pérez Herraiz y Esperança Esteve Ortega, Diputadas.




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180






184/068705



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Carmela Silva Rego y don Guillermo Meijón Couselo, Diputados por
Pontevedra, y doña Esperana Esteve Ortega, Diputada por Barcelona,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo
de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento
del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que
les sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Pontevedra que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—María del
Carmen Silva Rego, Guillermo Antonio Meijón Couselo y Esperança Esteve
Ortega, Diputados.



184/068706



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don José Segura Clavell y doña Patricia Hernández Gutiérrez, Diputados por
Santa Cruz de Tenerife, y doña Esperanqa Esteve Ortega, Diputada por
Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso
de los Diputados, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan la siguiente pregunta para que sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Santa Cruz de Tenerife
que han emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la
fecha actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—José Segura
Clavell, Patricia Hernández Gutiérrez y Esperança Esteve Ortega,
Diputados.



184/068707



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Sebastián Franquis Vera, doña Pilar Grande Pesquero, Diputados por Las
Palmas y doña Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso de los
Diputados, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes
del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la
siguiente pregunta para que les sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Las Palmas que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Sebastián
Franquis Vera, Pilar Grande Pesquero y Esperança Esteve Ortega,
Diputados.



184/068708



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teresa Rodríguez Barahona, Diputada por Alava y doña Esperança Esteve
Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de




Página
181






lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que les
sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Álava que han emigrado
al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha actual?
Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—María Teresa
Rodríguez Barahona y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068709



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Odón Elorza González, Diputado por Gipuzkoa y doña Esperança Esteve
Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de lo establecido en
el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que les sea contestada
por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Gipuzkoa que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Odón Elorza
González y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068710



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don José María Benegas Haddad y don Eduardo Madina Muñoz, Diputados por
Vizcaya y doña Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso de los
Diputados, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes
del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la
siguiente pregunta para que les sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la provincia de Vizcaya que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—José María
Benegas Haddad, Eduardo Madina Muñoz y Esperança Esteve Ortega,
Diputados.



184/068711



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga y doña Esperança Esteve
Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de lo establecido en
el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que les sea contestada
por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la Comunidad Autónoma de Andalucía que
han emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz y Esperança Esteve Ortega, Diputados.




Página
182






184/068712



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Vicente Guillén Izquierdo, Diputado por Teruel, y doña Esperança
Esteve Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que sea
contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la Comunidad Autónoma de Aragón que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Vicente
Guillén Izquierdo y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068713



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María del Puerto Gallego Arriola, Diputada por Cantabria y doña
Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que sea
contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la Comunidad Autónoma de Cantabria que
han emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—María del
Puerto Gallego Arriola y Esperança Esteve Ortega, Diputadas.



184/068714



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Luis Gordo Pérez, Diputado por Segovia y doña Esperança Esteve
Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de lo establecido en
el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que les sea contestada
por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la Comunidad Autónoma de Castilla y
León que han emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la
fecha actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Juan Luis
Gordo Pérez y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068715



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Alejandro Alonso Núñez, Diputado por Toledo y doña Esperança Esteve
Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan la siguiente pregunta para que les sea contestada por escrito.




Página
183






¿Cuál es el número de españoles en la Comunidad Autónoma de Castilla-La
Mancha que han emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta
la fecha actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Alejandro
Alonso Núñez y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068716



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Joan Rangel Tarrés, Diputado por Barcelona y doña Esperança Esteve
Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso, al amparo de lo previsto en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan la siguiente pregunta para que les sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la Comunidad Autónoma de Cataluña que
han emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Joan Rangel
Tarrés y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068717



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Rosa Delia Blanco Terán, Diputada por Madrid, y doña Esperança Esteve
Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de lo establecido en
el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la Comunidad Autónoma de Madrid que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Rosa Delia
Blanco Terán y Esperança Esteve Ortega, Diputadas.



184/068718



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Juan Moscoso del Prado Hernández, Diputado por Navarra, y doña
Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que sea
contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la Comunidad Foral de Navarra que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Juan Moscoso
del Prado Hernández y Esperança Esteve Ortega, Diputados.




Página
184






184/068719



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Herick Manuel Campos Arteseros, doña Patricia Blanquer Alcaraz,
Diputados por Alicante, don Joaquín Francisco Puig Ferrer, Diputado por
Castellón, y doña Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo
de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento
del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que
les sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la Comunitat Valenciana que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de enero de 2015.—Herick Manuel
Campos Arteseros, Patricia Blanquer Alcaraz, Joaquín Francisco Puig
Ferrer y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068720



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Soledad Pérez Domínguez, Diputada por Badajoz, doña Leire
Iglesias Santiago, Diputada por Cáceres y doña Esperança Esteve Ortega,
Diputada por Barcelona pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista
del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes
del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la
siguiente pregunta para que les sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la Comunidad Autónoma de Extremadura
que han emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la
fecha actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—María Soledad
Pérez Domínguez, Leire Iglesias Santiago y Esperança Esteve Ortega,
Diputadas.



184/068721



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Guillermo Meijón Couselo, Diputado por Pontevedra, y doña Esperança
Esteve Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que sea
contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la Comunidad Autónoma de Galicia que
han emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Guillermo
Antonio Meijón Couselo y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068722



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Pablo Martín Peré, don Guillem García Gasulla, doña Sofía Hernanz
Costa, Diputados por Les Illes Balears, y doña Esperança Esteve Ortega,
Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista
del Congreso, al amparo de lo previsto en el artículo 185 y siguientes
del vigente




Página
185






Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta
para que les sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en Les Illes Balears que han emigrado al
extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha actual? Desglosado
por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—Pablo Martín
Peré, Guillem García Gasulla, Sofía Hernanz Costa y Esperança Esteve
Ortega, Diputados.



184/068723



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don José Segura Clavell, Diputado por Santa Cruz de Tenerife, y doña
Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que sea
contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la Comunidad Autónoma de Canarias que
han emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—José Segura
Clavell y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068724



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don César Luena López, Diputado por La Rioja y doña Esperança Esteve
Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de lo establecido en
el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que les sea contestada
por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la Comunidad Autónoma de La Rioja que
han emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—César Luena
López y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068725



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don José María Benegas Haddad, Diputado por Vizcaya y doña Esperança
Esteve Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que les
sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la Comunidad Autónoma del País Vasco
que han emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la
fecha actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—José María
Benegas Haddad y Esperança Esteve Ortega, Diputados.




Página
186






184/068726



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Luisa Carcedo Roces, Diputada por Asturias, y doña Esperança
Esteve Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presentan la siguiente pregunta para que sea
contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la Comunidad Autónoma del Principado de
Asturias que han emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012
hasta la fecha actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015.—María Luisa
Carcedo Roces y Esperança Esteve Ortega, Diputadas.



184/068727



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María González Veracruz y don Pedro Saura García, Diputados por
Murcia y doña Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona,
pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso de los
Diputados, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes
del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la
siguiente pregunta para que les sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la Región de Murcia que han emigrado al
extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha actual?
Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015—María González
Veracruz, Pedro Saura García y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068728



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Antonio Hernando Vera, Diputado por Madrid, don José Martínez Olmos,
Diputado por Granada, y doña Esperança Esteve Ortega, Diputada por
Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso
de los Diputados, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan la siguiente pregunta para que sea contestada por escrito.



¿Cuál es el número de españoles en la Ciudad Autónoma de Melilla que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015—Antonio
Hernando Vera, José Martínez Olmos y Esperança Esteve Ortega, Diputados.



184/068729



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Carmen Sánchez Díaz, Diputada por Cádiz y doña Esperança Esteve
Ortega, Diputada por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso de los Diputados, al amparo de lo establecido en
el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que les sea contestada
por escrito.




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187






¿Cuál es el número de españoles en la Ciudad Autónoma de Ceuta que han
emigrado al extranjero desde comienzos del año 2012 hasta la fecha
actual? Desglosados por años.



Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de enero de 2015—María Carmen
Sánchez Díaz y Esperança Esteve Ortega, Diputadas.



184/068730



A la Mesa del Congreso



Don Pere Macias i Arau, en su calidad de Diputado del Grupo Parlamentario
Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en los
artículos 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula al
Gobierno las siguientes preguntas, solicitando sus respuestas por
escrito.



1. ¿Cuál es el motivo por el cual el parque móvil de 200 trenes de
Cercanías y 57 trenes Regionales que estaba asignado a Rodalies de
Catalunya, gestionándose desde Rodalies su mantenimiento, ha sido
centralizado y asignado a Renfe Integria, en Madrid, para que gestionen
la asignación de trenes y mantenimiento?



2. ¿Cuáles son las razones que justifican la realización de estos cambios?



3. Qué mejora van a percibir los usuarios de Rodalies de Catalunya con
estos cambios?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015—Pere Macias i
Arau, Diputado.



184/068731



A la Mesa del Congreso



Don Pere Macias i Arau, en su calidad de Diputado del Grupo Parlamentario
Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en los
artículos 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula al
Gobierno las siguientes preguntas, solicitando sus respuestas por
escrito.



En relación al procedimiento abierto para la realización de actividades
auxiliares en las estaciones del Núcleo de Cercanías de Catalunya para
los años 2014 y 2015:



1. ¿Qué empresas presentaron ofertas?



2. ¿Qué puntuación recibió cada una de las ofertas?



3. ¿En qué fecha se empezaba el plazo para presentar ofertas?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015—Pere Macias i
Arau, Diputado.



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A la Mesa del Congreso



Don Pere Macias i Arau, en su calidad de Diputado del Grupo Parlamentario
Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en los
artículos 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula al
Gobierno las siguientes preguntas, solicitando sus respuestas por
escrito.



1. ¿Cuáles fueron los convenios aprobados en la Reunión LXV de la Comisión
Mixta entre el Ministerio de Fomento y el Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte para la actuación conjunta en el Patrimonio Histórico
Español a través del 1,5 % Cultural?




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2. ¿Se ha realizado la convocatoria, de la que se hace mención en el
acuerdo del consejo de ministros del 24 de octubre de 2014, por parte del
Ministerio de Fomento para la financiación de actuaciones de conservación
y reparación del Patrimonio Histórico Español?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015—Pere Macias i
Arau, Diputado.



184/068733



A la Mesa del Congreso



Don Pere Macias i Arau, en su calidad de Diputado del Grupo Parlamentario
Catalán (Convergència i Unió), y al amparo de lo establecido en los
artículos 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula al
Gobierno las siguientes preguntas, solicitando sus respuestas por
escrito.



En el Consejo de Ministros celebrado el 24 de octubre de 2014, se aprobó
una ampliación de crédito por valor de 127.216.760,99 en relación al
artículo 6.2 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de setiembre de
Financiación de las Comunidades Autónomas, el cual establece: 2. Los
tributos que establezcan las Comunidades Autónomas no podrán recaer sobre
hechos imponibles gravados por el Estado.



1. ¿Qué tributos y de qué comunidades autónomas se tratan?



2. ¿Cuál es el importe que recibe cada comunidad autónoma?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015—Pere Macias i
Arau, Diputado.



184/068734



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Aitor Esteban Bravo, Diputado perteneciente al Grupo Parlamentario
Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y
siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, formula al
Gobierno la siguiente pregunta de la cual desea obtener respuesta por
escrito.



¿Ha realizado el jefe del Estado, Felipe VI, en su reciente visita a
Arabia Saudí alguna gestión en favor de los derechos humanos y más
concretamente acerca de la brutal y cruel situación en que se encuentra
el ciudadano saudí Raif Badawi condenado a mil latigazos, diez años de
prisión y multa de 266.000 dólares por expresar ideas en defensa de la
democracia y el pluralismo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015—Aitor Esteban
Bravo, Diputado.



184/068735



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Aitor Esteban Bravo, Diputado perteneciente al Grupo Parlamentario
Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y
siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, formula al
Gobierno la siguiente pregunta de la cual desea obtener respuesta por
escrito.



¿Cómo justifica en términos democráticos el Ministro de Asuntos Exteriores
y Cooperación las presiones ejercidas desde su ministerio para forzar a
los organizadores de un reconocido programa de conferencias en Madrid a
cancelar la correspondiente al día 3 de febrero de 2015 del Ministro
Principal de Gibraltar, ya anunciada y publicitada con antelación?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015—Aitor Esteban
Bravo, Diputado.




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184/068736



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su
portavoz, Rosa Díez González, y al amparo de lo dispuesto en el artículo
185 y siguientes, del vigente Reglamento de la Cámara, presenta las
siguientes preguntas para las que se solicita respuesta por escrito sobre
la operación policial «Mos Maiorum».



Exposición de motivos



La operación policial «Mos Maiorum» impulsada por la Unión Europea para
detener e interrogar al mayor número de inmigrantes irregulares en
territorio comunitario, ya han salido a la luz los datos de esta macro
operación conjunta de los estados miembro. En total se han detenido e
interrogado a 19.234 personas en situación irregular, de los cuales 2.721
son menores de edad, atendiendo a las nacionalidades de éstos, nos
encontramos que la mayoría proceden de países en conflicto y, ante la
indefensión que padecen 11.000 han solicitado protección internacional.



La justificación de esta operación dirigida exclusivamente a un sector
poblacional en base a su etnia, la encontramos en la intención de la
Unión Europea de recabar información sobre las mafias que actúan para
introducir de manera ilegal a personas dentro del territorio Schengen.
Pese a que los impulsores del «Mos Maiorum» aseguraron que la
intervención policial no iba a estar estigmatizada por ningún criterio
que pudiese atentar contra los Derecho Humanos, no obstante, algunas
ONG’s como State Watch, han identificado alertas en distintos puntos de
la geografía europea, entre ellos España, sobre presuntas
identificaciones basadas en perfiles raciales. A pesar de que el
Ministerio del Interior emitió una circular en 2012 instando a que se
pusiese fin a este tipo de prácticas, los informes de las instituciones
mencionadas, así como los de ONGs, tanto españolas como internacionales,
demuestran la persistencia de las mismas.



En relación a lo anterior se presentan las siguientes preguntas:



1. ¿Puede garantizar el Gobierno que no se han producido identificaciones
de inmigrantes basadas en perfiles raciales en el marco de la operación
«Mos Maiorum»?



a. En caso contrario, ¿qué instrucciones se dio a los agentes para
identificar a posibles inmigrantes irregulares?



2. ¿Se ha producido alguna denuncia por parte de persona física u
organización jurídica que alertase sobre el posible uso de criterios
raciales a la hora de realizar las detenciones?



3. ¿Considera el Gobierno que se ha cumplido el objetivo principal de esta
operación, que era recopilar datos sobre las mafias que trafican con
personas?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2014.—Rosa María
Díez González, Diputada.



184/068737



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su
portavoz, Rosa Díez González, y al amparo de lo dispuesto en el artículo
185 y siguientes, del vigente Reglamento de la Cámara, presenta las
siguientes preguntas para las que se solicita respuesta por escrito sobre
la utilización de agentes de la Guardia Civil como personal de
mantenimiento y restauración en la Comandancia de Pamplona.



Exposición de motivos



Según han publicado diferentes medios de comunicación, en la Comandancia
de la Guardia Civil en Pamplona, donde trabajan cerca de 1.000
profesionales, se están empleando a agentes de la Guardia Civil para
actividades propias del mantenimiento y prestación de servicios en dichas
instalaciones. Según




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señalan las fuentes, las tareas de fontanería, pintura, limpieza, cocina,
servicio de restauración o mantenimiento del sistema eléctrico estarían
siendo desempeñadas por agentes detrayendo éstos de otras funciones
destinadas a mantener y garantizar la seguridad pública.



En relación a lo anterior se presentan las siguientes preguntas:



1. ¿Tiene constancia el Gobierno del desempeño de estas tareas por parte
de agentes de la Guardia Civil en la Comandancia de Pamplona?



a. En caso contrario, ¿piensa el Gobierno investigar si se están dando
estas detracciones de agentes del servicio normal?



2. ¿Considera el Gobierno que es pertinente utilizar agentes destinados a
mantener y garantizar la seguridad pública para tareas de mantenimiento y
restauración de una infraestructura cuando la tasa de reposición de este
cuerpo ha sido insuficiente en los años anteriores?



3. ¿Qué medidas piensa llevar a cabo el Gobierno para que cese esta
situación tanto en éste como otros cuarteles?



4. ¿Piensa el Gobierno depurar responsabilidades ante los mandos que
hubieran consentido o iniciado este tipo de actividades?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2014.—Rosa María
Díez González, Diputada.



184/068738



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su
portavoz, Rosa Díez González, y al amparo de lo dispuesto en el artículo
185 y siguientes, del vigente Reglamento de la Cámara, presenta las
siguientes preguntas para las que se solicita respuesta por escrito sobre
la aparición de un nuevo fármaco para combatir la Hepatitis C.



Exposición de motivos



Ayer el laboratorio Bristol-Myers Squibb presentó un nuevo fármaco,
Daklinza, para combatir el virus de la Hepatitis C. Este fármaco también
presenta una alta tasa de curación de los pacientes portadores del virus
y que podía suponer una rebaja significativa del coste de los
tratamientos de nueva generación de esta enfermedad. Sin embargo, el
laboratorio no ha querido hacer público el precio de este nuevo fármaco.
Se estima que este nuevo fármaco puede abaratar el tratamiento de la
Hepatitis C en unos 7.000 euros en relación al tratamiento anterior con
Sovaldi. Un ahorro que permitiría un mayor acceso a este tratamiento para
las miles de personas en una situación de urgencia vital.



En relación a lo anterior se presentan las siguientes preguntas:



1. ¿Ha iniciado el Gobierno negociaciones con el laboratorio Bristol-Myers
Squibb para adquirir este nuevo fármaco?



2. ¿Piensa el Gobierno renegociar los precios acordados por el Sovaldi al
existir un nuevo fármaco contra la Hepatitis C que también obtiene altas
tasas de curación?



3. ¿Piensa el Gobierno mostrar una mayor transparencia en estas
negociaciones que en las anteriores?



4. ¿Ha valorado el Gobierno la posibilidad de instar a otros Estados
miembros de la Unión Europea a realizar una compra conjunta de este tipo
de fármacos dada la elevada demanda de éste en esos países?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2014.—Rosa María
Díez González, Diputada.




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184/068739



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su
portavoz, Rosa Díez González, y al amparo de lo dispuesto en el artículo
185 y siguientes, del vigente Reglamento de la Cámara, presenta las
siguientes preguntas para las que se solicita respuesta por escrito sobre
el control de las actividades del Cuerpo Nacional de Policía por parte de
la Guardia Civil en Huesca.



Exposición de motivos



El Sindicato Unificado de Policía, la Confederación Española de Policía,
la Unión Federal de Policía y el Sindicato Profesional de Policía han
solicitado explicaciones al Gobierno mediante sendas cartas tanto a la
Vicepresidenta del Gobierno como al Ministro del Interior sobre las
órdenes dadas por un Jefe Interino de la Compañía de Huesca de la Guardia
Civil a sus efectivos para que verifiquen que los controles del Cuerpo
Nacional de Policía se ajustan a las instrucciones dadas a éstos de
manera oficial.



Según los sindicatos, este tipo de conductas supone una clara injerencia
competencial por parte de dicho jefe interino que no responde a ninguna
razón, siendo además condenable esta falta de coordinación entre los
Cuerpos y Fuerzas de Seguridad cuando se ha decretado una alerta
terrorista de Nivel 3 recientemente tras los atentados de París.



En relación a lo anterior se presentan las siguientes preguntas:



1. ¿Tiene constancia el Gobierno de las órdenes dadas por el Jefe Interino
de la Compañía de Huesca de la Guardia Civil para controlar las
actividades de los efectivos del Cuerpo Nacional de Policía?



2. ¿Dio el Gobierno instrucciones a éste para que llevase a cabo dichos
controles?¿Por qué?



a. En caso contrario, ¿qué medidas piensa tomar el Gobierno para que estos
hechos no vuelvan a suceder y se mejore la coordinación de los Cuerpos y
Fuerzas de Seguridad del Estado?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2014.—Rosa María
Díez González, Diputada.



184/068740



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña M.ª Olaia Fernández Davila, Diputada del Grupo Parlamentario Mixto
(BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 del Reglamento de la
Cámara, presenta las siguientes preguntas para las que solicita respuesta
por escrito relativas al envío de cartas a los pensionistas por parte del
Ministerio de Empleo y Seguridad Social.



Era de esperar que el año 2015 sería el año de la propaganda gubernamental
por las múltiples convocatorias electorales que nos aguardan.



Entraba en el curso natural de las cosas que el Ejecutivo se dedicase a
vender de forma abultada su ejercicio político durante la presente
legislatura, a pesar de que las bondades de tales políticas no parecen
haber hecho mella en las economías reales, en las economías domésticas.



Sin embargo, debemos decir que el Gobierno todavía tiene capacidad para
sorprendernos, no sólo en los videos propagandísticos en los que
reconocen que «les ha faltado piel» o en los videos en los que el
Presidente del Gobierno va puerta por puerta a dar las gracias a
ciudadanos, sino que también en las cartas que el Ministerio de Empleo y
Seguridad Social ha enviado a los hogares de los pensionistas.



Cartas con fecha de inicio de año, el 2 de enero de 2015, firmadas por la
Ministra de Empleo, la Señora Fátima Báñez, en las que únicamente se
realiza un ejercicio de propaganda, diríamos que electoral, y que
corroboran frases como:



«2015 será un año clave en la recuperación de la economía y el empleo en
España». Misiva en la que se reconoce la importancia de los pensionistas
a la hora de haber sustentado a familias en momentos de




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grandes dificultades, pero a renglón seguido se «recuerda enfáticamente»
el «esfuerzo hecho para revalorizar las pensiones, tanto como fue posible
en un contexto económico muy adverso».



Continúa la carta afirmando que «la pensión media de jubilación desde
diciembre de 2011 se incrementó en un 3,54%». Recalcando que en 2015
aumentará un 0,25%.



Como colofón una afirmación más que cuestionable desde nuestro punto de
vista, al señalar que «estamos manteniendo un sistema de bienestar del
que podemos sentirnos orgullosos» y agradece a los pensionistas su
contribución.



La carta del Ministerio no tiene desperdicio, sería digna del análisis de
muchos alumnos de facultades de Comunicación porque es un ejemplo claro
de propaganda gubernamental. Si el contenido merece una sincera crítica,
tampoco podemos olvidarnos de la iniciativa en sí. Nos preguntamos si la
«bonanza» económica llega a tal punto que el Gobierno se puede permitir
gastar dinero público en el envío de cartas a cada hogar de pensionista.



Aunque sea año electoral, no parece adecuado emplear recursos públicos
desde un Ministerio para llevar a cabo campañas de propaganda
interesadas.



Por todo lo expuesto se formulan las siguientes preguntas:



Dado que la Seguridad Social ya había informado adecuadamente a los
pensionistas de la subida correspondiente ¿A qué se debe que la Ministra
Señora Báñez volviera a enviar el escrito al que hacemos alusión?



¿Considera el Gobierno que este es un escrito informativo? ¿Acaso el
Gobierno considera información lo que es mera propaganda?



¿Cree que los pensionistas no son conscientes de que las cuantías de sus
pensiones apenas han aumentado? ¿En qué justifica el Ministerio la
necesidad de enviar dichas cartas?



¿Cuál es el presupuesto invertido de recursos públicos en la realización
de este envío masivo de cartas a los pensionistas?



¿Responde este envío masivo de cartas a criterios de austeridad? ¿No cree
que no están los tiempos para gastar en campañas de este tipo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—M.ª Olaia
Fernández Davila, Diputada.



184/068742



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Alfred Bosch i Pascual, en su calidad de Diputado de Esquerra
Republicana-Catalunya SÍ (ERC-RCat-CatSí), adscrito al Grupo Mixto y al
amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
de la Cámara, formula al Gobierno español las siguientes preguntas,
solicitando su respuesta por escrito



En el ámbito competencial del Gobierno español, ¿cuántas tarjetas de
crédito sufragadas con dinero público hay a disposición de cargos o
instituciones? ¿Cuál es el gasto de estas tarjetas? Detallar número y
gasto por organismo.



¿Quién es el encargado de autorizar el gasto de cada una de ellas? ¿Y de
fiscalizarlas? ¿Cuáles son los mecanismos de fiscalización de estas
tarjetas de crédito? Detallar por organismo.



¿Cuáles son las condiciones de uso y las limitaciones económicas de estas
tarjetas de crédito?



¿Se ha encontrado alguna vez algún uso inadecuado en estas tarjetas de
crédito?



Tras el caso de las tarjetas opacas de Caja Madrid-Bankia ¿cree
conveniente el Gobierno español hacer una revisión de los gastos de estas
tarjetas para asegurar que no hay gastos fraudulentos en los últimos
tiempos?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Alfred Bosch i
Pascual, Diputado.




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184/068743



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Alfred Bosch i Pascual, en su calidad de Diputado de Esquerra
Republicana-Catalunya SÍ (ERC-RCat-CatSí), adscrito al Grupo Mixto y al
amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
de la Cámara, formula al Gobierno español las siguientes preguntas,
solicitando su respuesta por escrito



El 3 de febrero de 2014 estaba prevista la intervención de Fabián Picardo,
Ministro Principal de Gibraltar, en un acto presentado por Simon Manley,
embajador británico en el Estado español, en el Fórum Nueva Economía. Sin
embargo, dicho acto ha sido suspendido y según publican distintos medios
de comunicación, ello se debe a las presiones del Ministerio de Asuntos
Exteriores español.



¿Son ciertas las informaciones que indican que el Ministerio de Asuntos
Exteriores presionó a los organizadores y/o a los patrocinadores del
ciclo de conferencias Fórum Nueva Economía para impedir la conferencia
prevista del Ministro Principal de Gibraltar, don Fabián Picardo?



En caso afirmativo, ¿quién ha sido el responsable de tomar esta decisión?
¿Cuáles han sido concretamente las acciones desarrolladas? ¿Por qué
motivo se ha tomado la decisión de presionar para lograr la suspensión
del acto? ¿Ha valorado el Gobierno español el impacto de dichas presiones
en las relaciones internacionales con Gibraltar y el Reino Unido? ¿Ha
valorado el Gobierno español la imagen de censura que se puede trasladar
a la comunidad internacional?



En caso negativo, ¿admite el Gobierno español que el Gobierno de Gibraltar
tiene toda la libertad y garantías del Ministerio de Asuntos Exteriores
para realizar actos públicos en el Estado español sin ningún tipo de
impedimento? ¿Ha impedido el Gobierno español en otras ocasiones,
mediante presiones o cualquier otro medio, que el Gobierno de Gibraltar
realice actos públicos en el Estado español? ¿Por qué motivos?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Alfred Bosch i
Pascual, Diputado.



184/068744



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Rosana Pérez Fernández y M.ª Olaia Fernández Davila, Diputadas del
Grupo Parlamentario Mixto (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo
185 del Reglamento de la Cámara, presentan las siguientes preguntas para
las que solicitan respuestas por escrito relativas a la propuesta del
Ministerio de Fomento para reducir los peajes de la AP-9 y de la AP-53 al
sector del transporte en un 50%.



El Ministerio de Fomento acaba de proponer al sector del transporte por
carretera y a las concesionarias de las autopistas de la AP-9 (autopista
del Atlántico) y la AP-53 para que se aplique este año 2015 una reducción
del 50% a las tarifas de los peajes a camiones y vehículos pesados.



Según Fomento, el propósito de dicha medida es el de eliminar tráfico
pesado de las carreteras convencionales y también rebajar la
siniestralidad vial. En concreto, Fomento alude a las siguientes
carreteras nacionales: la N-651 en sus 26 kilómetros entre Fene y
Guísamo; la N-550 en los 54 kilómetros entre Macenda y Santiago norte, y
también en los 54 kilómetros entre Santiago sur y Pontevedra norte, y en
otros 54 kilómetros entre Pontevedra sur y O Porriño.



Similar reducción postula el Ministerio para los 56 kilómetros de la AP-53
entre Santiago y el alto de Santo Domingo, Dozón.



La idea del Ministerio de Fomento ha sido anunciada sin haberla comunicado
previamente al sector del transporte. Queremos pensar que está pendiente
de ser abordada en una reunión con el sector del transporte y las
concesionarias.



De momento y a raíz de las informaciones publicadas en los medios, los
transportistas han mostrado sus cautelas y cierta preocupación por
aspectos nada claros o que consideran francamente mejorables.



Se temen que la propuesta de Fomento pueda conllevar restricciones severas
a la circulación de los camiones en varias carreteras convencionales.



Las federaciones de transporte de Galicia, integrantes en el Comité
Gallego del Transporte, que agrupa actualmente a más de 1.500 autónomos y
Pymes del sector del transporte de mercancías por




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carretera, se ha mostrado sorprendida por la falta de comunicación directa
del Ministerio en relación a este anuncio, del que han tenido
conocimiento a través de los medios de comunicación. Hubiesen deseado una
información previa del Ministerio, sobre todo para no dar lugar a cientos
de interrogantes y dudas.



A priori, y a falta de conocer la propuesta ministerial de primera mano,
consideran positiva la medida siempre y cuando no implique la obligación
de que los camiones circulen sólo por las autopistas de peaje e implique
que no van a poder circular por las vías convencionales.



Afirman que una medida tan restrictiva sólo podría justificarse si se
implanta una bonificación en las peajes del 100% en las horas punta del
día. Especialmente en tramos complicados y de alta siniestralidad de la
AP-9 como es el trayecto Vigo-Rendondela, Puxeiros-Q Porriño y
Macenda-Guísamo, en las áreas metropolitanas de las ciudades de Vigo y A
Coruña.



Hay aspectos demasiado rotundos en la propuesta del Ministerio de Fomento
que no gustan. Los transportistas no ven con buenos ojos una prohibición
absoluta de circular por las carreteras convencionales durante las 24
horas. Señalan que durante las noches apenas hay tráfico en dichos viales
y es absurdo implantar una prohibición total.



Además, las inflexibilidades llevan a efectos secundarios. Nos referimos
con ellos a los perjuicios que una prohibición total de circular por las
vías convencionales va a ocasionar en el sector de la hostelería. Es
habitual que los transportistas paren para comer o cenar o para descansar
en determinadas localidades gallegas.



De todas formas, el sector del transporte gallego insiste en la necesidad
del diálogo con el Ministerio de Fomento a fin de lograr un consenso que
sea beneficioso para todas las partes implicadas. Como profesionales con
larga experiencia acumulada, nadie mejor que los transportistas para
informar con objetividad sobre el tránsito en carretera.



A modo de conclusión, hay quien tilda la medida de Fomento de
electoralista, y hay quien va más allá y considera que es una propuesta
para beneficiar a las concesionarias porque han perdido mucho tráfico con
la crisis y de esta forma se aseguran unos usuarios fijos.



Sea como fuera se hacen necesarias las aclaraciones del Ministerio al
respecto.



Por todo ello, se formulan las siguientes preguntas:



¿Puede el Ministerio de Fomento explicar con detalle en que consiste la
propuesta de rebaja del 50% de los peajes en las autopistas AP-9 y AP-53
para los camiones y vehículos pesados?



¿Supone dicha propuesta que los transportistas no van a poder viajar por
las carreteras convencionales? ¿Implica la prohibición total de no
circular por las vías convencionales? De ser así, ¿Cómo justifica Fomento
una medida tan drástica cuando por ejemplo en las jornadas nocturnas
apenas circula tráfico por las carreteras convencionales?



¿No considera que la restricción total para los transportistas de circular
por las vías convencionales no se justifica si no existe una rebaja mayor
de los peajes, especialmente en horas punta y en las áreas metropolitanas
de A Coruña y Vigo?



En este sentido, ¿No debería bonificarse los peajes en el 100% en esas
situaciones?



¿Por qué razón el Ministerio no se reunió antes con el sector del
transporte para informarle de dicha propuesta antes de difundirla a los
medios de comunicación con gran solera?



¿No hubiera sido más lógico abordarlo previamente con las partes
implicadas?



¿Va el Ministerio a reunirse con el sector para tratar esta medida?



¿Existe flexibilidad en el Ministerio de Fomento para atender los
planteamientos y propuestas que pueda hacer el sector del transporte?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Rosana Pérez
Fernández y M.ª Olaia Fernández Davila Diputadas.



184/068746



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
del Congreso de los Diputados, el Diputado que suscribe formula las
siguientes preguntas dirigidas al Gobierno sobre río Cinca, Huesca, para
su respuesta escrita.




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Según la nota de prensa de la Confederación Hidrográfica del Ebro del
pasado día 23 de enero, el río Cinca en la provincia de Huesca, en la
zona del aforador denominado «Puente de las Pilas» no estaba recibiendo
por parte de una empresa que tiene concesiones en el río, durante
diciembre de 2014 y enero de 2015, la aportación de agua suficiente para
garantizar el correcto caudal ecológico, hecho que provocó que el citado
río, por nivel de caudal el más importante de la provincia de Huesca, no
se garantizara el caudal ecológico.



Por todo ello se formulan las siguientes preguntas:



¿Por qué tardó prácticamente dos meses en tomar medidas la CHE ante esta
situación?



¿Qué medidas se van a adoptar por parte de la CHE para que esta situación
de falta de caudales no vuelva a ocurrir en el futuro?



¿Qué medidas se van a adoptar por parte de la CHE para que esta situación
de falta de caudales no vuelva a ocurrir en el futuro?



¿Se han abierto expedientes sancionadores al respecto y cuál o cuáles son
las sanciones económicas que pudieran reportar estas infracciones?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Álvaro Sanz
Remón, Diputado.



184/068747



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno, para las que se solicita
respuesta escrita.



Según el Informe previo del Ministerio de Fomento, de 13 de febrero 2013,
y la contabilidad de COMFERSA de los ejercicios previos a 2014, esta es
una mercantil pública con alta rentabilidad tanto en ingresos de
explotación como en beneficios, para las sociedades matrices.



Dicho informe plantea en sus conclusiones y en relación con la explotación
de los aparcamientos ferroviarios:



«Por tanto, desde el punto de vista estrictamente financiero, la
oportunidad de concesionar la gestión de la actividad de Comfersa
dependerá de si actualmente en el mercado hay alguien dispuesto a pagar a
ADIF por la gestión de los aparcamientos, en términos financieramente
equivalentes, una cuantía similar o al menos no muy inferior a la que
actualmente abona Comfersa.»



En consecuencia, la obtención de un valor en la licitación por debajo del
valor obtenido a través de la explotación de Comfersa, pondría en
cuestión la bondad de la operación. Si a esto le añadimos los posibles
costes inherentes a la extinción, la decisión sería difícil de justificar
en el ámbito económico



Finalizado el proceso de licitación, se adjudica la explotación de
aparcamientos por un periodo de 10 años a la empresa SABA, por un canon
ad-front de 140 millones. Como consecuencia de ello, la valoración de lo
que pueden dejar de ingresar, en términos constantes, Comfersa/Adif es de
aprox. 205 millones de euros, es decir 65 millones más de lo pagado por
SABA.



Caso de realizar un enfoque de rentabilidad, por entender que el problema
no es de índole económica (rentabilidad) sino financiera, de liquidez,
descontando los flujos que obtendrían Adif y Renfe en unas condiciones
conservadoras a este tipo de descuento, podría estimarse en menos de 30
millones los ingresos esperados de la concesionaria, en relación con lo
obtenidos anteriormente de COMFERSA.



¿Cuáles han sido los motivos del Gobierno para adoptar la decisión de
iniciar el proceso de externalización de la explotación comercial de
aparcamientos de la red ferroviaria?



¿Cuáles son las consecuencias financieras que se producirán para el
interés general en relación con las prevenciones planteadas en el informe
citado?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Ascensión de
las Heras Ladera, Diputada.




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184/068748



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno, para las que se solicita
respuesta escrita.



Con carácter previo al inicio del proceso de liquidación de la mercantil
pública ferroviaria COMFERSA y la consiguiente externalización de las
actividades comerciales que esta prestaba a las sociedades matrices, ADIF
y RENFE, y bajo la dirección de don Miguel Ángel Campos, Director General
en ADIF, se contrata a INECO la realización de informe orientado a la
ordenación del proceso correspondiente.



Dicho informe, entre otras cuestiones, planteaba que la extinción debía
abordarse mediante la cesión global y plural de los activos y pasivos de
COMFERSA y la subrogación del personal en las empresas cesionarias
proponiéndose la utilización, a estos efectos, de dos empresas 100% RENFE
(Logirail) y ADIF (Fidalia).



Ninguna de las recomendaciones de este informe ha servido a la ordenación
y dirección de los procesos en curso.



¿Cuál era el contenido básico de las recomendaciones del informe en el
orden económico, financiero, laboral y de gestión?



¿Cuál fue el coste del citado informe?



¿Por qué motivos no se han tenido en cuenta las recomendaciones de este
informe en la ordenación y dirección de los procesos en curso?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Ascensión de
las Heras Ladera, Diputada.



184/068749



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno, para las que se solicita
respuesta escrita.



El proceso de extinción de la mercantil pública ferroviaria COMFERSA debe
sustanciarse en el proyecto de cesión de activos y pasivos, que concluye
con la extinción de la compañía. El borrador del Proyecto y la
segregación de las partidas de balance están realizados no se abordará
hasta tanto queden resueltos todos los procesos de licitación y se
adjudiquen los negocios.



Este procedimiento de externalización previa de las actividades de
COMFERSA, tiene como finalidad adicional trasladar, mediante subrogación
del personal de la empresa en las adjudicatarias y con carácter previo a
la liquidación final, a la totalidad de sus efectivos, llegando a la
liquidación sin obligaciones de carácter laboral.



1. Informe a la Cámara del contenido del preceptivo proyecto de cesión de
activos y pasivos de COMFERSA, con indicación de sus fechas de emisión,
autoría y aprobación correspondiente.



2. Caso de no estar aprobado por el Consejo de Administración y los
órganos encargados del proceso de liquidación, informe de las razones de
esta omisión de una obligación legal, establecida en la legislación
mercantil y en la Orden HAP 583, de 20 de marzo 2012.



3. En el supuesto de no completar los procesos de externalización de
alguna de las actividades gestionadas hasta la fecha por COMFERSA:



¿Qué previsiones tienen planteadas para la integración en el sector
público del personal correspondiente?



¿Podría, en este caso, recuperarse el planteamiento formulado por INECO en
su informe, de integración en empresas públicas del sector ferroviario,
como Logirail y Fidalia?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Ascensión de
las Heras Ladera, Diputada.




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184/068750



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno, para las que se solicita
respuesta escrita.



Dentro del proceso de licitación de la explotación de apartamientos
ferroviarios, que hasta la fecha gestionaba COMFERSA, se encargan
distintos informes de carácter económico centrados en la valoración de
los activos y determinación del periodo óptimo de concesión de la
explotación correspondiente, fijándose en 10 años, mediante el cobro de
un canon.



¿Cuáles han sido los informes solicitados, su finalidad y su coste?



¿Cuál es la valoración de sus conclusiones?



Y en su caso:



¿Cuál es su incidencia en el proceso final de adjudicación del concurso
correspondiente?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Ascensión de
las Heras Ladera, Diputada.



184/068751



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presenta la
siguiente pregunta dirigida al Gobierno, para la que se solicita
respuesta escrita.



Con fecha 23/09/2014 se publicó en el BOE el anuncio de Comercial del
Ferrocarril, S.A., por el que se comunica la licitación, mediante
procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de la
prestación del servicio de explotación integral de la actividad
publicitaria y promocional en espacios de la Red Ferroviaria de Adif/Adif
Alta Velocidad y el material rodante de Renfe Operadora/Renfe Viajeros.



El Pliego no incluye requerimiento alguno referido a clasificación de las
empresas licitantes, pudiéndose incumplir lo establecido en el artículo
54.1 Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público
(LCSP), salvo que se entienda que el objeto del contrato se encuentra
incluido en la categoría 27 del Anexo 11 de la mencionada Ley y no en la
13 «Servicios de Publicidad». En todo caso, este último extremo no se
encuentra debidamente motivado.



¿Puede explicar esta omisión?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Ascensión de
las Heras Ladera, Diputada.



184/068752



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno, para las que se solicita
respuesta escrita.



Con fecha 23/09/2014 se publicó en el BOE el anuncio de Comercial del
Ferrocarril, S.A., por el que se comunica la licitación, mediante
procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de la
prestación del servicio de explotación integral de la actividad
publicitaria y promocional en espacios de la Red Ferroviaria de Adif/Adif
Alta Velocidad y el material rodante de Renfe Operadora/Renfe Viajeros.




Página
198






El Pliego de Condiciones Particulares que rige la licitación, en su
Apartado lI.b. Requisitos y capacidad de los licitadores, incluye el
apartado «Solvencia económica y técnica» dentro de los subapartados del
epígrafe «Especialidades en la documentación de las empresas extranjeras»
y no entre los requisitos de carácter general para la totalidad de
licitantes. Esta sistemática podría incumplir lo preceptuado en los
artículos 43.1, 51 y concordantes LCSP, así como lo dispuesto en Real
Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la
Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.



¿Han sido objeto de requerimiento a los licitadores españoles y de
revisión y calificación positiva lo elementos documentales de
acreditación de la solvencia económica y técnica?



¿Con qué fecha?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Ascensión de
las Heras Ladera, Diputada.



184/068753



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno, para las que se solicita
respuesta escrita.



Con fecha 23/09/2014 se publicó en el BOE el anuncio de Comercial del
Ferrocarril, S.A., por el que se comunica la licitación, mediante
procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de la
prestación del servicio de explotación integral de la actividad
publicitaria y promocional en espacios de la Red Ferroviaria de Adif/Adif
Alta Velocidad y el material rodante de Renfe Operadora/Renfe Viajeros.



La totalidad de las licitantes superaron la fase previa de admisión
prevista en el procedimiento de adjudicación, debiendo entenderse que han
acreditado los requisitos de solvencia económica y técnica.



Entendiendo que estos requisitos son constitutivos del derecho de
licitación y que deben acreditarse con carácter previo a la admisión en
la fase de valoración de las propuestas económicas.



¿Con qué documentación se han entendido acreditadas estas condiciones?



¿Con qué fecha?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Ascensión de
las Heras Ladera, Diputada.



184/068754



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno, para las que se solicita
respuesta escrita.



Con fecha 23/09/2014 se publicó en el BOE el anuncio de Comercial del
Ferrocarril, S.A., por el que se comunica la licitación, mediante
procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de la
prestación del servicio de explotación integral de la actividad
publicitaria y promocional en espacios de la Red Ferroviaria de Adif/Adif
Alta Velocidad y el material rodante de Renfe Operadora/Renfe Viajeros.



Con fecha 30/11/14 diversas mercantiles participantes en el concurso de
adjudicación del contrato referido no habían cumplido, a la fecha
correspondiente, las obligaciones de aprobación y depósito de las cuentas
anuales del ejercicio anterior en el registro Mercantil, requisito
esencial para la acreditación de la solvencia financiera.



Entre ellas, ninguna de las mercantiles (TELSON e IMPURSA) que integran la
UTE con oferta económica más significativa.




Página
199






¿Con qué criterios ha actuado la Mesa de contratación para aceptar la
licitación de esta UTE y de otras mercantiles, no reuniendo con carácter
previo y en la fase de previa correspondiente los requisitos de solvencia
establecidos en el Pliego del Concurso?



Caso de acreditarse esta actuación irregular:



¿Qué medidas adoptará el Gobierno?



¿Exigirá el Gobierno las responsabilidades correspondientes a las personas
integrantes de la Mesa de contratación, instruyendo los correspondientes
expedientes disciplinarios y anulando, en consecuencia, las actuaciones
desarrolladas por esta?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Ascensión de
las Heras Ladera, Diputada.



184/068755



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno, para las que se solicita
respuesta escrita.



Con fecha 23/09/2014 se publicó en el BOE el anuncio de Comercial del
Ferrocarril, S.A., por el que se comunica la licitación, mediante
procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de la
prestación del servicio de explotación integral de la actividad
publicitaria y promocional en espacios de la Red Ferroviaria de Adif/Adif
Alta Velocidad y el material rodante de Renfe Operadora/Renfe Viajeros.



El Pliego de condiciones para la adjudicación del»Contrato para la
Explotación Integral de la Actividad Publicitaria y Promocional mediante
Procedimiento Negociado con Publicidad», no concreta las formas de
acreditación de la solvencia técnica de las licitantes, dejando este
requisito a su acreditación espontánea, de acuerdo al artículo 67 LCSP y
la valoración del proyecto de gestión presentado.



¿Estima el Gobierno suficiente y clarificadora la documentación
acreditativa presentada por las licitantes en relación con la solvencia
técnica?



¿Qué informes de valoración se han realizado con carácter previo a la
adjudicación?



¿Cuáles han sido sus resultados?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Ascensión de
las Heras Ladera, Diputada.



184/068756



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno, para las que se solicita
respuesta escrita.



Con fecha 23/09/2014 se publicó en el BOE el anuncio de Comercial del
Ferrocarril, S.A., por el que se comunica la licitación, mediante
procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de la
prestación del servicio de explotación integral de la actividad
publicitaria y promocional en espacios de la Red Ferroviaria de Adif/Adif
Alta Velocidad y el material rodante de Renfe Operadora/Renfe Viajeros.



En relación con las ofertas económicas presentadas por las licitantes, se
destacan diversas cuestiones:



— La UTE que formaliza la oferta de mayor importe, no ha depositado sus
cuentas anuales del ejercicio 2013 en el Registro Mercantil en la fecha
de licitación, careciendo de la solvencia económica




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200






exigida en LCSP. Esta oferta, adicionalmente, podría incurrir en
temeridad, de conformidad con lo previsto 136.1 LCSP.



— El resto de ofertas económicas implican una minoración efectiva en
relación con los ingresos obtenidos por las sociedades matrices.



¿Cuáles han sido los motivos para adoptar la decisión de iniciar un
proceso de externalización de la explotación comercial de publicidad de
la red ferroviaria?



¿Cuáles serán las consecuencias financieras para el interés general, en
relación con las ofertas planteadas por las empresas licitantes en el
Contrato para la explotación integral de la actividad publicitaria y
promocional mediante procedimiento negociado con publicidad»?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Ascensión de
las Heras Ladera, Diputada.



184/068757



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno, para las que se solicita
respuesta escrita.



Con fecha 23/09/2014 se publicó en el «BOE» el anuncio de Comercial del
Ferrocarril, S.A., por el que se comunica la licitación, mediante
procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de la
prestación del servicio de explotación integral de la actividad
publicitaria y promocional en espacios de la Red Ferroviaria de Adif/Adif
Alta Velocidad y el material rodante de Renfe Operadora/Renfe Viajeros.



¿Qué previsiones tiene planteadas ese Ministerio en relación con la
subrogación del personal de Comfersa que desarrollan la gestión de
publicidad ferroviaria y su retorno al sector público, en el supuesto de
que la concesionaria final, al carecer de la solvencia económica y
técnica requeridas, no pudiere cumplir el contrato adjudicado,
incurriendo en las correspondientes responsabilidades?



¿Suscribirán con la representación legal de los trabajadores acuerdo de
retroversión del empleo en estos supuestos?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Ascensión de
las Heras Ladera, Diputada.



184/068758



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno para las que se solicita
respuesta escrita, sobre el uso que el Gobierno piensa dar a las
instalaciones de su propiedad, concretamente la del viejo hospital «Vital
Álvarez Buylla», en Murias (Mieres) y la de la antigua Residencia Nuestra
Señora de Covadonga en el barrio de Buenavista (Oviedo), una vez que han
dejado de tener las finalidades para las que fueron creadas?



En mayo de 2014, echó el cierre el viejo hospital «Vital Álvarez-Buylla»,
anteriormente llamado «Enrique Cangas», ubicado en Murias (Mieres,
Asturias). Sus funciones fueron traspasadas al nuevo Hospital Vital
Álvarez Buylla de Mieres, cabecera del Área Sanitaria VII, en las nuevas
y modernas instalaciones de Santullano.



En 2010, el Ayuntamiento de Mieres aprobó una moción del Grupo municipal
de Izquierda Unida (IU-BA) para convertir la parte más moderna del
hospital de Murias en pisos tutelados para mayores, propuesta que obtuvo
el respaldo de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda del
Principado de Asturias, condicionada al correspondiente estudio de
viabilidad económica.




Página
201






El edificio es propiedad de la Tesorería General de la Seguridad Social,
por lo que, una vez que ha cesado la actividad sanitaria revierte en la
propietaria. Para solicitar un posible uso debería realizarse a través de
La Dirección General de Patrimonio de la Consejería de Economía del
Principado tiene la potestad de solicitar un cambio de uso de las
instalaciones e incluso su transferencia al Principado.



De otra parte, en 2011 la Residencia Sanitaria Nuestra Señora de
Covadonga, también propiedad de la Seguridad Social y fundada el 29 de
noviembre de 1961 en el barrio ovetense de Buenavista, cesó en su
actividad muy poco después de cumplir 50 años, al ser trasladadas sus
funciones al nuevo Hospital Central Universitario de Asturias (HUCA)
construido en La Cadellada y creado el 13 de diciembre de 1989, por
convenio entre la administración autonómica y el INSALUD, convenio que
fue sustituido por el de 30 de diciembre de 1994.



Por todo ello, se formulan las siguientes preguntas:



1) ¿Cuáles son las instalaciones que la Tesorería General de la Seguridad
Social tiene en propiedad en Asturias?



2) ¿Qué piensa hacer el Gobierno con las mencionadas instalaciones que ya
no tienen o dejen de tener las finalidades para las que fueron usadas?



3) ¿Qué destino piensa dar el Gobierno a las instalaciones del antiguo
hospital «Vital Álvarez-Buylla», ubicado en Murias (Mieres, Asturias) y
cuyas funciones fueron traspasadas al nuevo Hospital de Mieres?¿Contempla
el Gobierno la posibilidad de acordar con el Principado de Asturias la
conversión de una parte de dicha instalación en pisos tutelados para
mayores?



4) ¿Qué destino piensa dar el Gobierno a las instalaciones de la antigua
Residencia Sanitaria Nuestra Señora de Covadonga en Oviedo?



5) ¿Ha existido o existe alguna propuesta o negociación con el Principado
de Asturias, a través de su Dirección General de Patrimonio de la
Consejería de Economía, para dar algún nuevo uso a estas dos
instalaciones, que sea de utilidad para la sociedad?



6) ¿Ha existido o existe alguna propuesta de negociación con el
Ayuntamiento de Oviedo sobre el futuro de estas dos instalaciones?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2014.—Gaspar
Llamazares Trigo, Diputado.



184/068759



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Jon Iñarritu García, Diputado de Amaiur, integrado en el Grupo Mixto,
de conformidad con lo previsto en el artículo 185 del Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta las siguientes preguntas al Gobierno
con ruego de respuesta por escrito.



1. ¿Cuántos funcionarios perciben incentivos económicos de peligrosidad (o
territorialidad) por estar destinados en la Comunidad Autónoma Vasca
(CAV) y en la Comunidad Foral Navarra en la actualidad?



2. ¿Qué tipo de funcionarios reciben este tipo de incentivos? ¿Qué
cantidad se abona a cada miembro de los diferentes colectivos?



3. ¿Cuál es la cantidad de dinero total destinada en 2012 a este tipo de
incentivos?



4. ¿Cuál fue la cantidad de dinero total destinada en 2013 a este tipo de
incentivos?



5. ¿Cuál fue la cantidad de dinero total destinada en 2014 a este tipo de
incentivos?



6. ¿Desde 2011 se ha suprimido a algún colectivo este tipo de pluses?



7. ¿Se ha contemplado eliminar a algún colectivo este tipo de pluses en el
futuro? ¿Se ha contemplado eliminar la totalidad de este tipo de
incentivos en el futuro?



8. ¿Qué otras ventajas e incentivos no remunerados, como puedan ser días
libres, se otorgan a funcionarios destinados en la CAV o en Navarra?
(especificada por colectivos)



9. ¿Contempla el Gobierno suprimir atribuciones no económicas a los
funcionarios destinados en la CAV o en Navarra?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2014.—Jon Iñarritu
García, Diputado.




Página
202






184/068760



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cómo ha variado la cuantía media de las becas universitarias desde el
curso 1996-1997 hasta el curso 2014-2015, por cursos, por Comunidades
Autónomas y, si es posible, por provincias?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2014.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068761



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuál es el número de solicitudes de becas presentadas en 2014 y cuál el
número de solicitudes denegadas, desglosado por Comunidades Autónomas,
provincias y universidades?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2014.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068762



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué inversión ha realizado el Gobierno en mejora de las líneas de
cercanías Málaga-Alora, desde noviembre de 2011 hasta la fecha,
desglosado por años?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2014.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068763



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué inversión se ha realizado hasta la fecha, en la mejora del acceso 222
de la A-7 a la altura de Benalmádena?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2014.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.




Página
203






184/068764



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las previsiones del Gobierno con respecto a los informes de
AENA y Aviación Civil, sobre los permisos para la construcción del
Campamento Benítez?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2014.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068765



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Por qué motivos el Gobierno no ha licitado, después de casi tres años,
las obras de soterramiento de acceso al Puerto de Málaga?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2014.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068766



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Por qué se niega el Gobierno a responder sobre que inversión ha realizado
Renfe, desde 2011 hasta la fecha, desglosado por Comunidades Autónomas y
por provincias?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2014.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068767



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Qué trámites administrativos ha realizado el Gobierno, en casi tres años,
en el AVE a Ronda?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2014.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.




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204






184/068768



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cómo ha variado el número de peonadas en el PER, desde el año 2011 hasta
la fecha, desglosado por años y por Comunidades Autónomas y por
provincias?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2014.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068769



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuál era el número de cuidadores no profesionales, de personas
dependientes afiliadas a la Seguridad Social en noviembre de 2011 y
cuántos hay actualmente, desglosado por comunidades autónomas y por
provincias?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068770



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado por Málaga, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cómo ha variado la recaudación por parte de Hacienda, a los trabajadores
autónomos, en la provincia de Málaga, desde 2011 hasta la fecha?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Miguel Ángel
Heredia Díaz, Diputado.



184/068771



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno para las que se solicita
respuesta escrita sobre la urgente investigación y, en su caso, exigencia
de responsabilidades a la empresa Astilleros Armón, S.A. (Gijón,
Asturias), por los tres accidentes laborales mortales producidos en los
últimos 18 meses.



El 28 de enero de 2014 falleció en un nuevo accidente laboral producido en
los Astilleros Armón, en Gijón (Asturias), Jorge Díaz González, delegado
de CC.OO. y trabajador de la empresa de Roces Fuyro especializada en la
instalación y mantenimiento de grúas de obra. La plantilla mantuvo una
jornada de paro en duelo y en protesta por la inseguridad en el
astillero. La Policía y la Inspección de Trabajo han iniciado la
investigación para esclarecer las circunstancias del accidente.




Página
205






El siniestro fue el tercero con resultado de muerte en Armón Gijón en los
últimos 18 meses, más que en toda la historia de la construcción naval en
Asturias. El pasado mayo moría Agustín Garrido, de 30 años, mientras
trabajaba en el interior de un tanque. En julio de 2013 perdió la vida el
buzo leonés Fernando Robles Aller, de 42 años, que realizaba labores de
limpieza de fondos del dique. La dirección de Armón asumió entonces su
responsabilidad en el accidente mortal que costó la vida al trabajador
Agustín Garrido, y aceptó las exigencias de los trabajadores, para
adaptar las instalaciones a las normas en materia de prevención de
riesgos laborales.



La falta de delegados sindicales de prevención propios de Armón Gijón es
una de las claves de la alta siniestralidad laboral en el astillero. Es
un astillero con 15 subcontratas y en el que la mayor parte de los
trabajadores son de subcontratas, por lo que carece de representación
sindical y por lo tanto, de delegados de prevención. Mientras siga así,
seguirá siendo un centro de trabajo inseguro.



Desde hace meses, representantes de los trabajadores vienen denunciando
coacciones a la plantilla y amenazas de despido por parte de la empresa,
en la que se producen accidentes de importancia con demasiada frecuencia.
Andamios precarios, falta de mangueras de ventilación, cables por el
suelo, la inexistencia de protocolos de rescate y medidas preventivas o
el botiquín cerrado son algunas de las deficiencias denunciadas por los
trabajadores, que llevaron esa situación a la Inspección de Trabajo.



Por todo ello, se formulan las siguientes preguntas:



1. ¿Qué ha hecho el Gobierno desde hace dos años, tras la muerte de los
dos primeros trabajadores en accidentes laborales, para que la Inspección
de Trabajo exigiera a la empresa Astilleros Armón, S.A. (Gijón,
Asturias), medidas efectivas en materia de prevención de riesgos
laborales?



2. ¿Qué medidas piensa tomar el Gobierno para velar por que las
investigaciones de la Policía Científica, la Policía Judicial y la
Inspección del Trabajo sobre las causas de la muerte del trabajador Jorge
Díaz González y de las dos muertes anteriores sean rigurosas y, en su
caso, depurar y exigir posibles responsabilidades?



3. ¿Piensa el Gobierno verificar si la empresa y sus subcontratas están
respetando las normas en materia de prevención de riesgos laborales y el
protocolo de seguridad pactado con el comité de empresa?



4. ¿Tiene previsto el Gobierno exigir a la empresa que invierta en
seguridad?



5. ¿Piensa el Gobierno abrir una investigación para verificar y, en su
caso, sancionar a la empresa por sus coacciones a los trabajadores que
vienen denunciando las precarias condiciones de seguridad?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Gaspar
Llamazares Trigo, Diputado.



184/068772



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su
Portavoz doña Rosa Díez González, y al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta
las siguientes preguntas para las que se solicita respuesta por escrito
sobre el compromiso del Ministro de Sanidad para aprobar el Real Decreto
de prescripción enfermera.



Exposición de motivos



El Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Alfonso Alonso, se
comprometió ayer a agilizar los trámites para la implantación de la
prescripción enfermera pendiente desde hace más de cuatro años cuando se
aprobó la Ley 28/2009, de 30 de diciembre, de modificación de la Ley
29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos
y productos sanitarios. En la reunión, en la que estaban presentes
representantes del Consejo General de Enfermería y el sindicato Satse, el
Ministro señaló que el real decreto que regula la prescripción enfermera
estaba ya listo y solo debía pasar por el Consejo Interterritorial del
Sistema Nacional de Salud y el Consejo de Estado para ser aprobado en el
Consejo de Ministros.



En relación a lo anterior se presentan las siguientes preguntas:



1. ¿Piensa introducir el Gobierno este Real Decreto en el orden del día
del próximo Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud?




Página
206






2. ¿Cuándo estima el Gobierno que se celebrará esta reunión?



3. ¿En qué fase de desarrollo se encuentra el Real Decreto que permitirá
prescribir a los fisioterapeutas según estipula la Ley 10/2013, de 24 de
julio, por la que se incorporan al ordenamiento jurídico español las
Directivas 2010/84/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de
diciembre de 2010, sobre farmacovigilancia, y 2011/62/UE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, sobre prevención de la
entrada de medicamentos falsificados en la cadena de suministro legal, y
se modifica la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional
de los medicamentos y productos sanitarios?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Rosa María
Díez González, Diputada.



184/068773



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su
Portavoz doña Rosa Díez González, y al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta
las siguientes preguntas para las que se solicita respuesta por escrito
sobre la falta de recursos materiales y formación de las unidades de
élite GEO y TEDAX de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.



Exposición de motivos



A raíz de los sucesos yihadistas acaecidos en Francia, hace varias semanas
las unidades de élite de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
han alzado la voz contra el Gobierno por la falta de medios y formación a
la que están sometidos para afrontar sucesos similares en nuestro
territorio.



El Grupo Especial de Operaciones (GEO), manifiesta que su unidad posee una
«acuciante falta de entrenamiento» en la resolución de sucesos con
capturas de rehenes o entrada en inmuebles con explosivos en su interior.
Señalan que desde hace años no se ha elaborado ningún tipo de protocolo
de trabajo para estos casos. También denuncian la precaria situación del
cuartel de operaciones de los GEO en Guadalajara, calificando éste de
«precario y obsoleto». En este sentido, insisten que el complejo policial
carece de lo que se llama «kill house», un recinto cerrado y
acondicionado para entrenar la entrada en inmuebles.



Los Técnico Especialista en Desactivación de Artefactos Explosivos (TEDAX)
denuncian, al igual que los GEO, un escaso interés del Gobierno a la hora
de mejorar su formación para hacer frente a la imbricación de las nuevas
tecnologías en el campo de los explosivos. Según éstos, tanto los cursos
de reciclaje anuales que se les facilitan, como los medios materiales con
los que cuentan no son suficientes para hacer frente al continuo avance
en del desarrollo de artefactos explosivos. Una prueba patente de esta
falta de interés por la formación continua de los especialistas técnicos
en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado es la nueva regulación
de las escalas técnicas y facultativas que el Gobierno ha propuesto en el
Proyecto de Ley Orgánica del Régimen de Personal de la Policía Nacional.



En relación a lo anterior se presentan las siguientes preguntas:



1. ¿Cuántos entrenamientos en situaciones similares a las vividas en París
han realizado los GEO en el último año?



2. ¿Es cierta la información de que los GEO no disponen del espacio
necesario para realizar simulacros de entrada en inmuebles? ¿Posee este
tipo de actuaciones un protocolo específico? ¿De qué año data?



3. ¿Qué contenidos exactos contenían los cursos de formación y reciclaje
impartidos a los TEDAX, tanto del CNP como de la Guardia Civil, en el
último año? ¿De cuántas horas fueron cada uno de estos cursos?



4. ¿Piensa el Gobierno revisar los recursos materiales, humanos y
formativos de estas unidades de élite para afrontar correctamente la
lucha contra el terrorismo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Rosa María
Díez González, Diputada.




Página
207






184/068774



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su
Diputado don Álvaro Anchuelo Crego, y al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta
las siguientes preguntas para las que se solicita respuesta por escrito
sobre la falta de personal en los servicios públicos de empleo para
cumplir los objetivos de inserción laboral establecidos por la
legislación vigente.



Exposición de motivos



Desde que, el pasado 15 de enero, se abriese el plazo para que los parados
de larga duración con cargas familiares solicitasen la nueva ayuda de 426
euros, las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) han
registrado un aumento de la carga de trabajo para la que no se habían
dotado nuevos medios, que amenaza aún más la ya baja efectividad de las
políticas activas de empleo en nuestro país.



Según los sindicatos de todas las personas que se acercan a tramitar la
ayuda, solo un 15-20 % cumple los requisitos, al haberse transmitido la
impresión de que se trata de una ayuda de carácter general. La atención
personalizada que el SEPE puede dedicar a los desempleados, pese a
garantizarse en el real decreto-ley que estableció la nueva ayuda, está
muy limitada en la práctica por el alto ratio de desempleados a empleado
del SEPE, en torno a unos 440, muy por encima del existente en los países
de nuestro entorno. Mientras que, en los últimos ocho años, los
desempleados registrados han aumentado en 2,2 millones de personas, la
plantilla del SEPE ha permanecido congelada. La situación es susceptible
de empeorar, según varios sindicatos, debido a que en el futuro inmediato
unos 1.200 empleados del SEPE (entre interinos y temporales) finalizarán
sus contratos, sin que se hayan comunicado planes para su renovación.



Al no haberse dotado de nuevos medios a los servicios públicos de empleo,
parece difícil que puedan cumplir los objetivos de inserción laboral
establecidos en el Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre, por el
que se regula el Programa de Activación para el Empleo, entre los cuales
figuran asignar a cada beneficiario un tutor y prestarle servicios de
orientación y seguimiento individualizados.



Por todo ello, se plantean al Gobierno las siguientes preguntas para su
respuesta por escrito:



— ¿Qué medidas ha adoptado o piensa adoptar el Gobierno para asegurar el
cumplimiento efectivo de la atención individualizada para la inserción
laboral que incluye el Real Decreto-ley 16/2014?



— ¿Piensa el Gobierno reforzar el personal y los medios del SEPE?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Álvaro
Anchuelo Crego, Diputado.



184/068775



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su
diputado, D. Álvaro Anchuelo Crego, y al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta
las siguientes preguntas para las que se solicita respuesta por escrito
sobre el estudio actuarial de los coeficientes reductores de la pensión
en la jubilación anticipada y amplificadores por retraso en la edad de
jubilación que debe haber realizado el Gobierno según la Ley 27/2011.



Exposición de motivos



La disposición adicional vigésima cuarta de la Ley 27/2011, sobre
actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social
dice:



«El Gobierno realizará un estudio actuarial, en el plazo de un año,
relacionado con los coeficientes reductores de la pensión utilizados en
la jubilación anticipada, previstos en el apartado 2 del artículo 161 bis
de la Ley General de la Seguridad Social, así como de los coeficientes
amplificadores de la pensión




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208






utilizados en el artículo 163, al objeto de evaluar su adaptación a los
principios de proporcionalidad y contributividad al sistema.



En dicho estudio, se contemplará específicamente la situación de los
trabajadores que tuvieran la condición de mutualista el 1 de enero de
1967 y se hubieran jubilado anticipadamente a través de convenios
colectivos de cualquier ámbito, acuerdos colectivos o contratos
individuales de prejubilación de empresas, con anterioridad a la entrada
en vigor de la presente Ley.»



Por ello, se plantean al Gobierno las siguientes preguntas para su
respuesta por escrito:



— ¿Ha realizado el Gobierno el estudio ordenado por la disposición
adicional vigésima cuarta de la Ley 27/2011?



— En caso afirmativo, ¿cuáles son las conclusiones alcanzadas por dicho
estudio?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Álvaro
Anchuelo Crego, Diputado.



184/068776



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Pedro Quevedo Iturbe, Diputado del Grupo Parlamentario Mixto
(Coalición Canaria-Nueva Canarias), de conformidad con lo previsto en el
artículo 190 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la
siguiente pregunta al Ministerio Industria, Energía y Turismo, con ruego
de respuesta por escrito.



Tras el acuerdo firmado entre Red Eléctrica de España y Endesa por el que
éste último traspasa al operador del sistema la futura central hidráulica
reversible de Chira-Soria ¿ha tenido en cuenta ese ministerio las
posibles repercusiones negativas en el ámbito europeo por la concurrencia
en una misma empresa de la doble condición de generador de energía
eléctrica y operador del sistema?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Pedro Quevedo
Iturbe, Diputado.



184/068777



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Pedro Quevedo Iturbe, Diputado del Grupo Parlamentario Mixto
(Coalición Canaria-Nueva Canarias), de conformidad con lo previsto en el
articulo 190 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la
siguiente pregunta al Ministerio Industria, Energía y Turismo, con ruego
de respuesta por escrito.



Tras el acuerdo firmado entre Red Eléctrica de España y Endesa por el que
éste último traspasa al operador del sistema la futura central hidráulica
reversible de Chira-Soria ¿tiene ese ministerio diseñada una
planificación económica, cronológica y de capacidad de producción de esta
instalación tan estratégica para Gran Canaria?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Pedro Quevedo
Iturbe, Diputado.



184/068778



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Pedro Quevedo Iturbe, Diputado del Grupo Parlamentario Mixto
(Coalición Canaria-Nueva Canarias), de conformidad con lo previsto en el
artículo 190 del Reglamento del Congreso de los Diputados,




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209






presenta la siguiente pregunta al Ministerio Industria, Energía y Turismo,
con ruego de respuesta por escrito.



¿Cuáles son los tiempos con los que trabaja ese ministerio para la
conclusión del proyecto de central hidroeléctrica Chira-Soria en Gran
Canaria?



Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de enero de 2015.—Pedro Quevedo
Iturbe, Diputado.



184/068779



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Jon Iñarritu García, Diputado de Amaiur, integrado en el Grupo Mixto,
de conformidad con lo previsto en el artículo 185 del Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta las siguientes preguntas al Gobierno
con ruego de respuesta por escrito.



El pasado 8 de enero, TVE 1 emitió en el programa Ochéntame otra vez el
reportaje «Los años de plomo». En el mismo se entrevista a Rafael Vera,
el que fuera Secretario de Estado de Seguridad y condenado por delitos
relativos al terrorismo de Estado e indultado posteriormente por el
Gobierno.



Durante el reportaje, Rafael Vera insiste en defender la utilidad y la
contribución de la guerra sucia, lo que a todas luces es una apología y
justificación de la violencia, por una persona que fue condenada por los
delitos mencionados.



Por todo ello, Amaiur desea conocer:



1. ¿Tiene intención el Gobierno de solicitar a la fiscalía que actúe
contra este señor?



2. ¿Qué opinión le merecen al Gobierno estos hechos (la emisión de un
reportaje donde se hace apología del terrorismo de Estado)?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Jon Iñarritu
García, Diputado.



184/068781



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teófila Martínez Saiz, don José Ignacio Landaluce Calleja, y don
Aurelio Romero Girón, Diputados por Cádiz, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, tienen el honor de
formular la siguiente pregunta al Gobierno de la que desean obtener
respuesta por escrito.



¿Cuál fue el número de incapacidades permanentes concedidas, en la
provincia de Cádiz, durante el año 2012?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Teófila
Martínez Saiz, José Ignacio Landaluce Calleja y Aurelio Romero Girón,
Diputados.



184/068782



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teófila Martínez Saiz, don José Ignacio Landaluce Calleja, y don
Aurelio Romero Girón, Diputados por Cádiz, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, tienen el honor de
formular la siguiente pregunta al Gobierno de la que desean obtener
respuesta por escrito.




Página
210






¿Cuál fue el número de incapacidades permanentes concedidas, en la
provincia de Cádiz, durante el año 2013?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Teófila
Martínez Saiz, José Ignacio Landaluce Calleja y Aurelio Romero Girón,
Diputados.



184/068783



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teófila Martínez Saiz, don José Ignacio Landaluce Calleja, y don
Aurelio Romero Girón, Diputados por Cádiz, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, tienen el honor de
formular la siguiente pregunta al Gobierno de la que desean obtener
respuesta por escrito.



¿Cuál fue el número de incapacidades permanentes concedidas, en la
provincia de Cádiz, durante el año 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Teófila
Martínez Saiz, José Ignacio Landaluce Calleja y Aurelio Romero Girón,
Diputados.



184/068784



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teófila Martínez Saiz, don José Ignacio Landaluce Calleja, y don
Aurelio Romero Girón, Diputados por Cádiz, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, tienen el honor de
formular la siguiente pregunta al Gobierno de la que desean obtener
respuesta por escrito.



¿Cuál fue el número de autónomos que se dieron de alta, a 31 de diciembre
de 2012, en la provincia de Cádiz?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Teófila
Martínez Saiz, José Ignacio Landaluce Calleja y Aurelio Romero Girón,
Diputados.



184/068785



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teófila Martínez Saiz, don José Ignacio Landaluce Calleja, y don
Aurelio Romero Girón, Diputados por Cádiz, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, tienen el honor de
formular la siguiente pregunta al Gobierno de la que desean obtener
respuesta por escrito.



¿Cuál fue el número de autónomos que se dieron de alta, a 31 de diciembre
de 2013, en la provincia de Cádiz?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Teófila
Martínez Saiz, José Ignacio Landaluce Calleja y Aurelio Romero Girón,
Diputados.




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211






184/068786



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teófila Martínez Saiz, don José Ignacio Landaluce Calleja, y don
Aurelio Romero Girón, Diputados por Cádiz, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, tienen el honor de
formular la siguiente pregunta al Gobierno de la que desean obtener
respuesta por escrito.



¿Cuál fue el número de autónomos que se dieron de alta, a 31 de diciembre
de 2014, en la provincia de Cádiz?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Teófila
Martínez Saiz, José Ignacio Landaluce Calleja y Aurelio Romero Girón,
Diputados.



184/068787



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Ana María Madrazo Díaz, doña María Jesús Susinos Tarrero, don José
María Alonso Ruiz, don Javier Puente Redondo, Diputados por Cantabria
pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo
de lo dispuesto en el articulo 185 y siguiente del vigente Reglamento de
la Cámara, tienen el honor de formular la siguiente pregunta de la que
desean obtener respuesta por escrito.



¿Cuál es el grado de ejecución presupuestaria de los ejercicios 2013 y
2014 de las partidas que figuran en los Presupuestos Generales del
Estado, incluyendo Capítulo VI y entidades públicas empresariales,
destinadas a la Comunidad Autónoma de Cantabria y relativas a actuaciones
en materia de carreteras?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Ana María
Madrazo Díaz, María Jesús Susinos Tarrero, José María Alonso Ruiz y
Javier Puente Redondo, Diputados.



184/068788



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Ana María Madrazo Díaz, doña María Jesús Susinos Tarrero, don José
María Alonso Ruiz, don Javier Puente Redondo, Diputados por Cantabria
pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo
de lo dispuesto en el articulo 185 y siguiente del vigente Reglamento de
la Cámara, tienen el honor de formular la siguiente pregunta de la que
desean obtener respuesta por escrito.



¿Qué actuaciones se han llevado a cabo en materia de conservación y
explotación de carreteras en la provincia de Cantabria y cuál ha sido su
importe en los ejercicios 2013 y 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Ana María
Madrazo Díaz, María Jesús Susinos Tarrero, José María Alonso Ruiz y
Javier Puente Redondo, Diputados.



184/068789



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Francisco Cabrera García, Diputado por Las Palmas, perteneciente al
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en
el artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula la
siguiente pregunta al Gobierno, de la que desea obtener respuesta por
escrito.




Página
212






¿Cuál es el número de delitos de homicidio y asesinatos conocidos por la
Guardia Civil en 2013 en Las Palmas?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Francisco
Domingo Cabrera García, Diputado.



184/068790



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Francisco Cabrera García, Diputado por Las Palmas, perteneciente al
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en
el artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula la
siguiente pregunta al Gobierno, de la que desea obtener respuesta por
escrito.



¿Cuál es el número de delitos de homicidio y asesinatos conocidos por la
Policía Nacional en 2013 en Las Palmas?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Francisco
Domingo Cabrera García, Diputado.



184/068791



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Irene Moreno Felipe y don Francisco Molinero Hoyos, Diputados por
Albacete, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso,
al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
de la Cámara, presentan la siguiente pregunta al Gobierno, de la que
desean obtener respuesta por escrito.



¿Cuántos expedientes sancionadores ha iniciado en 2013 y 2014 el Instituto
Nacional de Estadística por incumplimiento de las obligaciones
establecidas en la Ley de la Función Estadística Pública contra personas
jurídicas obligadas ante la Delegación Provincial del INE en Albacete?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Irene Moreno
Felipe y Francisco Molinero Hoyos, Diputados.



184/068792



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teresa García Sena, Diputada por Valencia, perteneciente al Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la
siguiente pregunta al Gobierno de la que desea obtener respuesta por
escrito.



¿Cuál es el balance del Plan Turismo Seguro desde su puesta en
funcionamiento?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Teresa García
Sena, Diputada.




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213






184/068793



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teresa García Sena, Diputada por Valencia, perteneciente al Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la
siguiente pregunta al Gobierno de la que desea obtener respuesta por
escrito.



¿Cuántas actuaciones han sido enmarcadas dentro del Plan Turismo Seguro en
la Provincia de Valencia?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Teresa García
Sena, Diputada.



184/068794



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Miriam Guadalupe Blasco Soto, Diputada por Alicante, perteneciente al
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en
el artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la
siguiente pregunta al Gobierno de la que desea obtener respuesta por
escrito.



La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno establece que las entidades que por
su especial relevancia pública, por ejercer potestades administrativas o
por percibir subvenciones del Estado, deben publicar tanto su información
institucional, organizativa y de planificación, como su información
económica, presupuestaria y estadística con el fin de reforzar la
transparencia en el ejercicio de su actividad.



Sobre esta bases, el Consejo Superior de Deportes (CSD) convocó el pasado
19 de noviembre de 2014 una reunión con federaciones deportivas, ligas
profesionales, asociaciones de deportistas, el Comité Olímpico Español y
el Comité Paralímpico Español con el objetivo de trasladarles la
configuración de obligaciones de publicidad activa de información que a
partir del próximo 10 de diciembre (fecha establecida para la entrada en
vigor de los títulos I y II de la mencionada normativa) las entidades
deportivas afectadas tendrán que hacer efectiva en su sede
electrónica/página web de forma clara, fácilmente accesible, estructurada
y entendible.



Por todo lo expuesto, y poniendo en valor las medidas implementadas por el
CSD desde el comienzo de la X Legislatura para promover mejoras en el
sector del deporte, se formula la siguiente cuestión:



¿Qué avances en la estructura y el funcionamiento del deporte español
considera el Consejo Superior de Deportes que promoverá la entrada en
vigor de los títulos I y II de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Miriam
Guadalupe Blasco Soto, Diputada.



184/068795



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Miriam Guadalupe Blasco Soto, Diputada por Alicante, perteneciente al
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en
el artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta las
siguientes preguntas al Gobierno de las que desea obtener respuestas por
escrito.



Junto con la alimentación saludable, la práctica de ejercicio físico es un
factor determinante en la prevención de la enfermedad, así como en la
protección y la promoción de la salud.




Página
214






Consciente de esta realidad, el Gobierno desarrolla desde el comienzo de
la X Legislatura iniciativas con las que estrechar la relación existente
entre deporte y salud, especialmente desde el Consejo Superior de
Deportes (CSD) y en mayor medida en lo que a la protección de la salud
del deportista se refiere.



Un ejemplo representativo del trabajo desarrollado en esta línea por el
CSD desde noviembre de 2011 es la creación de la Agencia Española de
Protección de la Salud en el Deporte, así como las numerosas iniciativas
desarrolladas para erradicar el uso de sustancias dopantes, tanto en el
deporte profesional como en la práctica amateur. Otra muestra es la
iniciativa “Ejercicio físico”, presentada el pasado 19 de noviembre de
2014 en el Colegio de Médicos de Madrid, por la cual se han editado tres
guías con recomendaciones prácticas con las que los profesionales de la
salud podrán mejorar la recuperación de lesiones musculares, esguinces y
tendinopatías.



Por todo lo expuesto, y poniendo en valor las medidas implementadas por el
CSD desde el comienzo de la actual legislatura para mejorar la protección
de la salud de los deportistas, se formulan las siguientes cuestiones:



1. ¿En qué medida estima el Consejo Superior de Deportes que las guías
sobre lesiones musculares, esguinces y tendinopatías presentadas el
pasado 19 de noviembre de 2014 promoverán mejoras en la recuperación de
los deportistas?



2. ¿Cómo complementan las guías sobre lesiones musculares, esguinces y
tendinopatías presentadas el pasado 19 de noviembre de 2014 a las
iniciativas anteriormente implementadas en colaboración con los
profesionales sanitarios para prevenir lesiones y mejorar la protección y
la promoción de la salud de los deportistas?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Miriam
Guadalupe Blasco Soto, Diputada.



184/068796



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teófila Martínez Saiz y don José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados
por Cádiz, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso,
al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
de la Cámara, tienen el honor de formular la siguiente pregunta al
Gobierno de la que desean obtener respuesta por escrito.



¿Cuál fue el número de policías nacionales existentes en las comisarías de
la provincia de Cádiz, a 31 de diciembre de 2013?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Teófila
Martínez Saiz y José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados.



184/068797



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teófila Martínez Saiz y don José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados
por Cádiz, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso,
al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
de la Cámara, tienen el honor de formular la siguiente pregunta al
Gobierno de la que desean obtener respuesta por escrito.



¿Cuál fue el número de policías nacionales existentes en las comisarías de
la provincia de Cádiz, a 31 de diciembre de 2012?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Teófila
Martínez Saiz y José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados.




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215






184/068798



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teófila Martínez Saiz y don José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados
por Cádiz, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso,
al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
de la Cámara, tienen el honor de formular la siguiente pregunta al
Gobierno de la que desean obtener respuesta por escrito.



¿Cuál fue el número de incautaciones de droga, en la provincia de Cádiz,
durante el año 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Teófila
Martínez Saiz y José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados.



184/068799



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teófila Martínez Saiz y don José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados
por Cádiz, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso,
al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
de la Cámara, tienen el honor de formular la siguiente pregunta al
Gobierno de la que desean obtener respuesta por escrito.



¿Cuál fue el número de accidentes en las carreteras de la provincia de
Cádiz, durante el año 2012?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Teófila
Martínez Saiz y José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados.



184/068800



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teófila Martínez Saiz y don José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados
por Cádiz, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso,
al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
de la Cámara, tienen el honor de formular la siguiente pregunta al
Gobierno de la que desean obtener respuesta por escrito.



¿Cuál fue el número de accidentes en las carreteras de la provincia de
Cádiz, durante el año 2013?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Teófila
Martínez Saiz y José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados.



184/068801



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Teófila Martínez Saiz y don José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados
por Cádiz, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso,
al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
de la Cámara, tienen el honor de formular la siguiente pregunta al
Gobierno de la que desean obtener respuesta por escrito.



¿Cuál fue el número de accidentes en las carreteras de la provincia de
Cádiz, durante el año 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Teófila
Martínez Saiz y José Ignacio Landaluce Calleja, Diputados.




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216






184/068802



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Teodoro García Egea y don Antonio Gallego Burgos, Diputados por Murcia
y por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del
Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente pregunta al Gobierno de
la que desean obtener respuesta por escrito.



¿Qué medidas de apoyo está poniendo en marcha el gobierno para apoyar la
modernización de la industria y el fomento de la I+D+i en nuestro país?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Teodoro García
Egea y Antonio Gallego Burgos, Diputados.



184/068803



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Teodoro García Egea y don Antonio Gallego Burgos, Diputados por Murcia
y por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso, al amparo de lo dispuesto en artículo 185 y siguientes del
Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente pregunta al Gobierno de
la que desean obtener respuesta por escrito.



¿Qué medidas tiene pensado el gobierno impulsar para aumentar el peso de
la Industria en el PIB?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Teodoro García
Egea y Antonio Gallego Burgos, Diputados.



184/068804



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Teodoro García Egea y don Antonio Gallego Burgos, Diputados por Murcia
y por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del
Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente pregunta al Gobierno de
la que desean obtener respuesta por escrito.



¿Qué medidas tiene previsto el gobierno poner en marcha para aumentar las
exportaciones de bienes de equipo a otros países de la unión europea?



Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de enero de 2015.—Teodoro García
Egea y Antonio Gallego Burgos, Diputados.



184/068805



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Teodoro García Egea y don Antonio Gallego Burgos, Diputados por Murcia
y por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del
Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente pregunta al Gobierno de
la que desean obtener respuesta por escrito.



¿Cuál ha sido la evolución del índice de precios al consumo desde 2008
hasta 2014 en España?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Teodoro García
Egea y Antonio Gallego Burgos, Diputados.




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217






184/068806



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Teodoro García Egea y don Antonio Gallego Burgos, Diputados por Murcia
y por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del
Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente pregunta al Gobierno, de
la que desean obtener respuesta por escrito.



¿Cuál ha sido la evolución en las exportaciones de bienes y servicios
desde 2008 hasta 2013 en España?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Teodoro García
Egea y Antonio Gallego Burgos, Diputados.



184/068807



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Teodoro García Egea y don Antonio Gallego Burgos, Diputados por Murcia
y por Barcelona , pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del
Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente pregunta al Gobierno, de
la que desean obtener respuesta por escrito.



¿Cuál ha sido la evolución en las importaciones de bienes y servicios
desde 2008 hasta 2013 en España?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Teodoro García
Egea y Antonio Gallego Burgos, Diputados.



184/068808



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Teodoro García Egea y don Antonio Gallego Burgos, Diputados por Murcia
y por Barcelona, pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del
Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente pregunta al Gobierno, de
la que desean obtener respuesta por escrito.



¿Cuál ha sido la importación de bienes intermedios en la industria
española durante los años 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Teodoro García
Egea y Antonio Gallego Burgos, Diputados.



184/068809



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Teodoro García Egea y don Antonio Gallego Burgos, Diputados por Murcia
y por Barcelona pertenecientes al Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del
Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente pregunta al Gobierno, de
la que desean obtener respuesta por escrito.




Página
218






¿Cuál ha sido la tasa de exportaciones de la industria en España durante
2013?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Teodoro García
Egea y Antonio Gallego Burgos, Diputados.



184/068810



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Pedro Quevedo Iturbe, Diputado del Grupo Parlamentario Mixto
(Coalición Canaria-Nueva Canarias), de conformidad con lo previsto en el
artículo 190 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la
siguiente pregunta al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente, con ruego de respuesta por escrito.



¿Tiene previsto la AEMET aumentar la plantilla laboral de la agencia en
Canarias?



Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2015.—Pedro Quevedo
Iturbe, Diputado.



184/068811



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Pedro Quevedo Iturbe, Diputado del Grupo Parlamentario Mixto
(Coalición Canaria-Nueva Canarias), de conformidad con lo previsto en el
articulo 190 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la
siguiente pregunta al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente, con ruego de respuesta por escrito.



¿Qué incidencia ha tenido la reducción de la plantilla de la AEMET en
Canarias en los servicios aeroportuarios?



Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2015.—Pedro Quevedo
Iturbe, Diputado.



184/068812



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Pedro Quevedo Iturbe, Diputado del Grupo Parlamentario Mixto
(Coalición Canaria-Nueva Canarias), de conformidad con lo previsto en el
artículo 190 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la
siguiente pregunta al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente, con ruego de respuesta por escrito.



¿Considera que los puestos de trabajo efectivamente cubiertos en la
actualidad en la agencia de la AEMET en Canarias garantizan la seguridad
en la prestación del servicio y que la navegación aérea no se vea
comprometida?



Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2015.—Pedro Quevedo
Iturbe, Diputado.




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219






184/068813



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Pedro Quevedo Iturbe, Diputado del Grupo Parlamentario Mixto
(Coalición Canaria-Nueva Canarias), de conformidad con lo previsto en el
artículo 190 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la
siguiente pregunta al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente, con ruego de respuesta por escrito.



El sindicato CSIF ha denunciado que la reducción de la plantilla de la
AEMET en Canarias ha dado lugar a situaciones laborales límites para los
trabajadores de las Oficinas Meteorológicas de los aeropuertos canarios.
¿Tiene el ministerio conocimiento de estos hechos? ¿Qué medidas piensa
adoptar para corregir esta situación?



Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2015.—Pedro Quevedo
Iturbe, Diputado.



184/068814



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Pedro Quevedo Iturbe, Diputado del Grupo Parlamentario Mixto
(Coalición Canaria-Nueva Canarias), de conformidad con lo previsto en el
artículo 190 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la
siguiente pregunta al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente, con ruego de respuesta por escrito.



¿En cuántos puestos de trabajo se ha reducido la plantilla de la AEMET en
los últimos tres años? ¿Y en concreto en la plantilla de la agencia en
Canarias?



Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2015.—Pedro Quevedo
Iturbe, Diputado.



184/068815



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su
diputado, Antonio Cantó García del Moral, y al amparo de lo dispuesto en
el artículo 185 y siguientes, del vigente Reglamento de la Cámara,
presenta las siguientes preguntas para la que se solicita respuesta por
escrito sobre la aprobación por parte del Gobierno del Proyecto de Ley de
Corresponsabilidad Parental.



Exposición de motivos



El 13 de junio del 2012, el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón,
se comprometió, en respuesta a una interpelación en sede parlamentaria, a
presentar en el plazo de seis meses en el Congreso de los Diputados una
Ley nacional de Custodia Compartida que priorizase el derecho del menor
por encima de los progenitores y en la que sea el juez quién considere lo
más conveniente para el niño. El Gobierno, hasta el momento, ha
incumplido su promesa y todavía no ha aprobado un Proyecto de Ley que
recoja la custodia compartida pese a las repetidas ocasiones en las que
ha señalado que la aprobación del Proyecto de Ley está próximo. Claro
ejemplo de ello es la respuesta que el Ministro de Justicia, Rafael
Catalá, dio en sede parlamentaria a una pregunta sobre esta materia el
pasado 8 de octubre: «Confío en que en las próximas semanas presentaremos
ante esta Cámara el proyecto de ley de corresponsabilidad
parental».Situando su presentación para la semana siguiente a dicho
debate. Sin embargo, pasados tres meses, el




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220






Gobierno continúa sin aprobar el Proyecto de Ley sobre el ejercicio de la
corresponsabilidad parental faltando de nuevo a su palabra.



Por ello se presentan las siguientes preguntas por escrito:



1. ¿Cuándo el Gobierno aprobar en el Consejo de Ministros el Proyecto de
Ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental?



2. ¿Por qué motivos todavía no se ha publicado pese a que el Ministro de
Justicia señaló en octubre que sería aprobado de manera casi inmediata?



¿Considera el Gobierno que mentir así a los ciudadanos y a sus
representantes es la manera adecuada de «regenerar la democracia»?



Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2015.—Antonio Cantó
García del Moral, Diputado.



184/068816



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su
diputado, Antonio Cantó García del Moral, y al amparo de lo dispuesto en
el artículo 185 y siguientes, del vigente Reglamento de la Cámara,
presenta las siguientes preguntas para las que se solicita respuesta por
escrito sobre la El Gobierno todavía no ha dado cumplimiento íntegro a la
Proposición no de Ley presentada por UPyD y aprobada en mayo de 2014
sobre protección de animales domésticos.



Exposición de motivos



El pasado 28 de mayo se aprobó en la Comisión de Agricultura, Alimentación
y Medio Ambiente del Congreso de los Diputados una Proposición no de Ley
presentada por este grupo con el siguiente texto:



«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a: Impulsar la creación de
una Ley sobre el comercio y tenencia responsable de animales domésticos,
cuyo objetivo sea promover la protección de estos animales, para poder
reducir la tasa de abandono de los mismos, teniendo en cuenta las
competencias de las Comunidades Autónomas y los entes locales, en la que
se contemplen al menos los siguientes aspectos que a continuación se
citan:



a) Establecer un adecuado control sobre los criaderos y la procedencia de
los animales.



b) Actualizar las sanciones por abandono y maltrato animal».



Sin embargo, a fecha de hoy parte significativa de la iniciativa, la no
relativa a la revisión de las sanciones, sigue sin ser llevada a cabo por
el Gobierno.



Por ello se presentan las siguientes preguntas por escrito:



1. ¿Qué medidas está llevando a cabo el Gobierno para dar cumplimiento a
la Proposición no de Ley sobre la creación de una Ley Marco sobre la
protección de los animales de compañía aprobada en mayo de 2014?



2. ¿Cuándo piensa el Gobierno aprobar una Ley sobre el comercio y tenencia
responsable de animales domésticos, cuyo objetivo sea promover la
protección de estos animales, para poder reducir la tasa de abandono de
los mismos?



Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2015.—Antonio Cantó
García del Moral, Diputado.




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221






184/068817



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña M.ª Olaia Fernández Davila y Rosana Pérez Fernández, Diputadas del
Grupo Parlamentario Mixto (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo
185 del Reglamento de la Cámara, presentan las siguientes preguntas para
las que solicitan respuesta por escrito relativa a partidas
presupuestarias 2014 sobre Estudio de un Plan para la implantación de los
servicios de cercanías en Galicia.



En los Presupuestos Generales del Estado de 2014, en la Sección 17 del
Ministerio de Fomento, programa 453A, artículo 60, aparecen consignadas
cuatro partidas por un total de 210.760 euros bajo el epígrafe «Estudio
de un Plan para la implantación de los servicios de cercanías en
Galicia».



¿Se han ejecutado estas partidas presupuestarias?



De ser así, ¿qué actuaciones se han llevado a cabo?



En caso de no haberse ejecutado dichas partidas, ¿a qué se debe?



Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2015.—M.ª Olaia
Fernández Davila y Rosana Pérez Fernández, Diputadas.



184/068818



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña M.ª Olaia Fernández Davila y Rosana Pérez Fernández, Diputadas del
Grupo Parlamentario Mixto (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo
185 del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente pregunta para la
que solicitan respuesta por escrito relativa a ejecución presupuestaria
Plan de supresión de pasos a nivel en Galicia.



En los Presupuestos Generales del Estado de 2014, en la Sección 17,
Ministerio de Fomento, programa 453A, artículo 60, aparece consignada una
partida de 6.228640 euros, bajo el epígrafe: «Plan de supresión de pasos
de nivel» en Galicia.



¿Se ha ejecutado esta partida presupuestaria De ser así, ¿cuántos y cuáles
han sido los pasos a nivel suprimido? En caso contrario, ¿a qué se debe?



Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2015.—M.ª Olaia
Fernández Davila y Rosana Pérez Fernández, Diputadas.



184/068819



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña M.ª Olaia Fernández Davila y Rosana Pérez Fernández, Diputadas del
Grupo Parlamentario Mixto (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo
185 del Reglamento de la Cámara, presentan las siguientes preguntas para
las que solicitan respuesta por escrito relativas a grado de ejecución de
partidas presupuestarias destinadas al Eixo Atlántico ferroviario.



En los Presupuestos Generales del Estado de 2014, en la Sección 17,
Ministerio de Fomento, programa 453A, artículo 60, aparece consignada una
partida de 406,790 euros bajo el epígrafe: «Eixo Atlántico tramo
Vigo-frontera portuguesa».




Página
222






Dado que también se contempla una partida de 183.360 euros en el 2015, con
un coste total de las actuaciones a llevar a cabo de 1.234.750 euros,
hacemos las siguientes preguntas:



¿A qué actuaciones están destinadas estas partidas presupuestarias? ¿Se
están ejecutando dichas actuaciones en relación con el Eje Atlántico en
el tramo Vigo-Frontera Portuguesa? De ser así, ¿cuál es el grado de
ejecución?



¿Se han ejecutado totalmente las partidas presupuestada en 2014? De ser
así, ¿en que se ha invertido? En caso contrario, ¿a qué se debe?



¿Qué previsiones tiene el Gobierno de ejecución de las partidas consignada
en 2015?



Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2015.—M.ª Olaia
Fernández Davila y Rosana Pérez Fernández, Diputadas.



184/068820



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña M.ª Olaia Fernández Davila y Rosana Pérez Fernández, Diputadas del
Grupo Parlamentario Mixto (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo
185 del Reglamento de la Cámara, presentan las siguientes preguntas para
las que solicitan respuesta por escrito relativas a ejecución
presupuestaria LAV Ourense-Vicio.



En los Presupuestos Generales del Estado de 2014, en la Sección 17,
Ministerio de Fomento, programa 453A, artículo 60, aparecen consignadas
dos partidas por un total de 892.120 euros, bajo el epígrafe «LAV
Ourense-Vigo».



¿Se ha ejecutado esta partida presupuestaria? De ser así ¿cuáles han sido
las actuaciones llevadas a cabo? En caso contrario, ¿a qué se debe?



Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2015.—M.ª Olaia
Fernández Davila y Rosana Pérez Fernández, Diputadas.



184/068821



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Rosana Pérez Fernández, Diputada del Grupo Parlamentario Mixto (BNG),
al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 del Reglamento de la Cámara,
presenta las siguientes preguntas para las que solicita respuesta por
escrito relativas a los graves problemas de impago de los salarios de las
trabajadoras de la empresa de limpieza Cleanet, que tiene la concesión de
este servicio en las dependencias militares de Defensa en Ferrol.



La empresa Cleanet es la designada desde hace años para realizar el
servicio de limpieza en las instalaciones del Ministerio de Defensa en
diversos puntos del estado.



En mayo de 2013 se adjudicó la contrata para la limpieza de las
dependencias castrenses por 12 millones de euros y durante dos años, para
realizar esta labor en las dependencias de Ferrol, Pontevedra, Marín,
Granada y Cartagena. La firma tiene su matriz en Barcelona y fuentes
sindicales apuntan a que se llevó el contrato en subasta electrónica
tirando los precios, algo que hemos visto ya en otros casos. La contrata
termina el próximo 19 de marzo de 2015.




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223






En el caso de Galicia, es la empresa encargada del Arsenal militar de
Ferrol y también de las instalaciones militares de Pontevedra.



En Ferrol trabajan al servicio de dicha empresa 53 mujeres y un hombre. En
las instalaciones militares de Pontevedra trabajan en el servicio de
limpieza 20 trabajadoras que se ocupan de la Escuela Naval de Marín y de
las dependencias de la Brilat en Figueirido. En el caso de Ferrol, las
limpiadoras de Cleanet han presentado una denuncia en los juzgados contra
el Ministerio de Defensa por entender que han vulnerado su derecho
fundamental a la huelga. Alegan que cuentan con pruebas que demuestran
que militares han estado limpiando en lugares determinados de las
instalaciones.



La empresa lleva retrasando los pagos de las nóminas desde el inicio de la
concesión en mayo de 2013, y desde hace unos meses ha pasado al impago.



En la actualidad estas plantillas de trabajadores están llevando a cabo
protestas y huelgas debido a que no se les pagan sus salarios a pesar de
que el Ministerio realizó los correspondientes pagos a Cleanet. Y pese a
tratarse de una concesión pública el Ministerio de Defensa está eludiendo
sus responsabilidades y mirando para otro lado, cuando se trata de
trabajadores que desarrollan sus funciones en instalaciones militares de
Defensa y cuando se supone que debe exigir a la empresa que cumpla con el
contrato establecido.



El BNG ya se dirigió al Ministerio en una pregunta anterior que data de
octubre. En su respuesta, Defensa se limita a señalar que efectúa los
pagos correspondientes y relega su responsabilidad a «instar al
contratista a que adopte la medidas precisas para solucionar la situación
de conflictividad laboral lo antes posible y evitar mayores perjuicios a
los trabajadores». Además, sorprende como el Ministerio quita hierra a un
problema de primer orden para muchas trabajadores que dependen en
exclusiva de estos salarios, algo que pone de manifiesto en su afirmación
de que: «Este Departamento debe respetar las facultades atribuidas al
empleador, en particular las de dirección y organización del trabajo, y
salvo los retrasos en el abono de determinadas nóminas, no se han
recibido otras quejas sobre el incumplimiento de obligaciones laborales
por parte del contratista».



Desde el BNG consideramos que la actitud pasiva del Ministerio de Defensa
para con un problema laboral grave no se justifica bajo ningún argumento.
Se trata de una concesión pública, y desde el Gobierno se tiene la
obligación de velar por las condiciones laborales y de seguridad de
trabajadores que desarrollan sus actividades en dependencias públicas, no
es sólo una cuestión de la empresa, Defensa tiene una responsabilidad
clara en este tema.



Por todo lo expuesto se formulan las siguientes preguntas:



¿Qué actuaciones ha llevado a cabo el Ministerio de Defensa ante la
empresa de limpieza Cleanet, responsable de este servicio en las
instalaciones militares de Ferrol, Marín, Pontevedra, Granada y
Cartagena?



¿Ha exigido a la empresa el pago de las nóminas de las trabajadoras puesto
que el Ministerio está pagando puntualmente los pagos correspondientes a
la firma?



¿No cree el Ministerio que tiene una responsabilidad clara debido a que se
trata de una concesión pública? ¿Cómo es posible que se tengan a estas
trabajadoras desarrollando sus actividades en las instalaciones de
Defensa sin ser remuneradas?



¿En qué situación están las trabajadoras de las instalaciones de
Pontevedra y Marín? ¿Desde cuándo no perciben sus nóminas? ¿Y las que
realizan sus funciones en Granada y Cartagena?



Dada la insostenible situación económica de estas trabajadoras, ¿Va el
Ministerio de Defensa a adoptar medidas contundentes ante la empresa? ¿No
cree que es un problema grave que no se debe minimizar aunque considere
el Ministerio que es un tema menor?



¿No es obligación de la Administración pública velar por las condiciones
de los trabajadores que llevan a cabo sus actividades en dependencias
públicas? ¿No es cierto que no se puede enajenar de esta responsabilidad?



Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2015.—Rosana Pérez
Fernández, Diputada.




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224






184/068823



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Rosana Pérez Fernández, Diputada del Grupo Parlamentario Mixto (BNG),
al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 del Reglamento de la Cámara,
presenta las siguientes preguntas para las que solicita respuesta por
escrito relativas a los problemas en vías de titularidad estatal por la
presencia de animales salvajes.



Las medidas protectoras adoptadas en autopistas y autovías de Galicia para
evitar la irrupción de animales salvajes a la calzada, están resultando
insuficientes. De hecho, son frecuentes los accidentes, siniestros o
choques debido a la presencia de animales como el jabalí.



Algunas de estas especies de animales se han extendido por todo el
territorio gallego, y algunas veces los podemos ver transitar por áreas
urbanas.



Las medidas de protección en los viales no son eficaces y quizás se haría
necesaria la colocación de barreras más sólidas en determinadas áreas a
fin de evitar accidentes debido a esta causa. Un problema que debería ser
objeto de análisis por parte del Ministerio de Fomento.



Por todo lo expuesto se formulan las siguientes preguntas:



¿Cuántos accidentes se han contabilizados en los últimos dos años en las
carreteras de titularidad estatal en Galicia por la irrupción de animales
salvajes en la calzada?



¿Se han producido siniestros por la presencia de animales en la A-6 a su
paso por la provincia de Lugo? ¿Y en los ayuntamientos de Outeiro de Rei,
Begonte y Guitiriz?



¿Se han producido accidentes mortales?



¿Ha detectado el Ministerio áreas dónde son más frecuentes animales como
el jabalí? De ser así, ¿no serían necesarias medidas de mayor protección
a fin de evitar accidentes por esta causa?



¿No es responsabilidad de la Administración si se producen accidentes o
siniestros en vías de titularidad estatal con animales salvajes?



Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2015.—Rosana Pérez
Fernández, Diputada.



184/068824



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña M.ª Olaia Fernández Davila, Diputada del Grupo Parlamentario Mixto
(BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 del Reglamento de la
Cámara, presenta las siguientes preguntas para las que solicita respuesta
por escrito relativas al problema de seguridad vial en la variante
portuaria de la carretera N-640.



En la circunvalación sur de Vilagarcía, a menos de un kilómetro del acceso
al Hospital Comarcal do Salnés, se produjo la noche del viernes 30 de
enero una colisión mortal en el que perdió la vida un joven de 32 años en
un violentísimo accidente de tráfico. Otros dos jóvenes implicados en el
fatal accidente resultaron gravemente heridos.



Esta circunvalación también es conocida como la variante portuaria de la
carretera N-640.



La seguridad vial en este punto siempre ha estado en tela de juicio desde
hace años. Desde el año 2011 y hasta la actualidad se produjeron 3
accidentes en los que fallecieron 5 personas. Una de las deficiencias que
más se destacan es la falta de iluminación y la falta de una mediana que
separe los dos sentidos de los carriles.



Estas circunstancias, unido a las lamentables condiciones meteorológicas,
contribuyeron sin duda al fatal siniestro al que hemos hecho alusión.




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225






Sin embargo, mucho nos tememos que si no se mejora la seguridad vial en
este punto kilométrico vuelvan a producirse trágicos accidentes como el
descrito.



El BNG quiere concienciar al Ministerio de Fomento para que solucione el
problema de seguridad vial existente en la conocida como variante
portuaria del vial N-640. No supone una gran inversión económica porque
se trata de instalar puntos de luz y construir una mediana. A priori,
soluciones bastante fáciles y poco costosas.



Por todo lo expuesto se formulan las siguientes preguntas:



¿Es conocedor el Ministerio de Fomento del fatal accidente de tráfico
ocurrido en la noche del 30 de enero en la variante portuaria de la
carretera N-640 en Vilagarcía de Arousa (Pontevedra), a menos de un
kilómetro del acceso al Hospital comarcal do Salnés?



¿Sabe que se trata de un punto kilométrico muy problemático desde hace
años donde se han contabilizado muchas víctimas mortales?



¿Por qué esta zona viaria está falta de iluminación? ¿Por qué no se ha
construido una mediana para separar los dos sentidos de los carriles?



¿Qué disposición tiene el Ministerio de Fomento a solucionar el problema
de seguridad vial existente en esta zona? ¿No cree que se puede solventar
con poca inversión económica y se pueden salvar vidas?



¿Va Fomento a proceder a la iluminación de esta conflictiva zona viaria?
¿Va a construir una mediana? De ser así, ¿en qué plazo de tiempo? ¿Es
posible arreglar este problema vial en este año 2015?



Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2015.—M.ª Olaia
Fernández Davila, Diputada.



184/068825



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Pedro Quevedo Iturbe, Diputado del Grupo Parlamentario Mixto (Coalición
Canaria-Nueva Canarias), de conformidad con lo previsto en el artículo
190 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente
pregunta al Ministerio del Interior, con ruego de respuesta por escrito.



El día 6 de noviembre de 2014 este Diputado formuló una batería de
preguntas con ruego de respuesta escrita relacionadas con la llegada de
una patera con más de 20 inmigrantes a la playa de Maspalomas, en Gran
Canaria, y el trato denigrante recibido por los mismos. El día 28 de
enero de 2015 entró en el Congreso de los Diputados una respuesta
genérica a las preguntas anteriormente citadas en la que únicamente se
formula una relación de los hechos que ya conocíamos a través de la
prensa. Debido a que no se ha respondido a ninguna de las preguntas, se
las vuelvo a formular:



¿Tiene el ministerio conocimiento de estos hechos?



¿Cuál fue la actuación en concreto de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad
del Estado?



¿Cuántos miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado
acudieron a la playa y a qué hora?



¿Cree ese ministerio que el trato recibido por los inmigrantes es
compatible con el respeto a la dignidad humana y a los derechos
fundamentales?



¿Piensa el ministerio abrir una investigación sobre estos degradantes
hechos?



¿Piensa el ministerio adoptar medidas correctoras para que estos hechos no
se vuelvan a repetir?



Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2015.—Pedro Quevedo
Iturbe, Diputado.




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226






184/068826



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presenta la
siguiente pregunta dirigida al Gobierno, para la que se solicita
respuesta escrita.



En el artículo 2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a
las Familias Numerosas se recoge el concepto de familia numerosa,
equiparando en su letra b), a los efectos de esta ley, a aquellas
familias constituidas por dos ascendientes, cuando ambos fueran
discapacitados, o, al menos, uno de ellos tuviera un grado de
discapacidad igual o superior al 65 por ciento, o estuvieran
incapacitados para trabajar, con dos hijos, sean o no comunes.



Por su parte en su artículo 4 se recogen las distintas categorías de
familia numerosa existente.



En la letra a) del número 1 del mismo se define la categoría «Especial»,
como aquella formada por cinco o más hijos y las de cuatro hijos de los
cuales al menos tres procedan de parto, adopción o acogimiento permanente
o preadoptivo múltiples. Y en su número 3 se indica que cada hijo
discapacitado o incapacitado para trabajar, computará como dos para
determinar la categoría en que se clasifica la unidad familiar de la que
forma parte. Para estos casos se entiende por discapacitado aquel que
tenga reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento
y por incapaz para trabajar aquella persona que tenga reducida su
capacidad de trabajo en un grado equivalente al de la incapacidad
permanente absoluta o gran invalidez.



Con lo cual una familia con uno o dos ascendientes y cuatro hijos (ninguno
de los cuales proceda de parto, adopción o acogimiento permanente o
preadoptivo múltiples) pero uno de ellos discapacitado o incapacitado
para trabajar en los términos definidos anteriormente pasaría tener la
condición de familia numerosa especial.



¿Por qué motivos no se modifica el número 3 de esta ley en el sentido de
ampliar a los ascendientes discapacitados o incapacitados para trabajar
la posibilidad de computar como dos para así poder ampliar el número de
familias numerosas a la categoría de especial , de forma que, por
ejemplo, una familia con cuatro hijos, dos de ellos, al menos, derivados
de un parto múltiple y un ascendiente, al menos, con la condición de
discapacitado que tenga reconocido un grado de minusvalía igual o
superior al 33 por ciento, o incapacitado para trabajar, que tenga
reducida su capacidad de trabajo en un grado equivalente al de la
incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, pueda solicitar este
tipo de categoría?



¿No sería esta una situación muy similar a la recogida en la letra a) del
número 1 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las
Familias Numerosas?



¿Está dispuesto el Gobierno a realizar la modificación legal oportuna para
recoger esta nueva situación?



¿Tiene conocimiento el Gobierno de las familias a las que esta medida les
podría beneficiar?



¿Estima el Gobierno insoportable el coste que supondría adoptar esta
medida?



Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2015.—Ascensión de
las Heras Ladera, Diputada.



184/068827



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
del Congreso de los Diputados, el Diputado que suscribe formula la
siguiente pregunta, sobre funcionamiento puesto principal de la Guardia
Civil en Utebo (Zaragoza), dirigido al Gobierno para su respuesta
escrita.




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227






La Delegación del Gobierno en Aragón anuncio en abril de 2007 la puesta en
marcha de una oficina única de denuncias entre la Guardia Civil y la
Policía Local de Utebo, en dependencias de esta última. Dicha oficína en
la actualidad no se encuentra a día de hoy en funcionamiento.



Por otro lado, la Delegación del Gobierno en Aragón anuncio en marzo de
2008 la creación en la localidad de Utebo (Zaragoza) de un Puesto
Principal de la Guardia Civil, y en la actualidad tampoco existe.



Por todo ello, se formula las siguientes preguntas:



¿Por qué motivo no está funcionando en el municipio de Utebo la oficina
única de denuncias?



¿Existe alguna previsión para ponerla en funcionamiento? ¿En el caso de
que así fuera, cuales son los plazos previstos?



¿Por qué motivo no se ha puesto en funcionamiento el Puesto Principal de
la Guardia Civil en Utebo?



¿Existe alguna previsión de llevarlo a cabo?



¿En el caso de que así fuera, cuales son los plazos previstos?



Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2015.—Álvaro Sanz
Remón, Diputado.



184/068828



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno, para las que se solicita
respuesta escrita.



El pasado 22 de junio de 2014, la Plataforma Petróleo No Columbretes Netes
llevó en barco a las Islas Columbretes unas 100 personas que
desembarcaron en la lila Grossa, obedeciendo en todo momento la actual
normativa de espacios naturales, el PRUG y los procedimientos específicos
de visita de este archipiélago.



Tanto la Conselleria de Medio Ambiente como la de Gobernación no han
querido ofrecer ninguna explicación del porqué del cambio en las reglas
habituales de visitas, lanzándose la pelota unos a los otros, llegando
incluso a afirmar que la policía actuó de manera autónoma sin
conocimiento del gobierno, lo que nos parece sorprendente.



La propia plataforma denunció la presencia de una lancha de la Guardia
Civil y un helicóptero que trasladó efectivos de la policía autonómica al
lugar que llegaron a abarrotar estas Islas ante una protesta legítima y
pacífica, que cumplió estrictamente la normativa medioambiental.



El gobierno de la Generalitat no ha dado ninguna explicación convincente
de esta excesiva y desproporcionada presencia policial por lo que tememos
que detrás se encuentra el intento de criminalizar a la Plataforma que
organizó el viaje a las islas para protestar por el proyecto de
prospecciones petrolíferas que la empresa Cairn Energy tiene previsto
realizar y al cual nos oponemos con el fin de intentar garantizar el
futuro de las Islas Columbretes.



Queremos hechos y no solamente palabras y propaganda que es a lo que no
tiene acostumbrados en este caso el gobierno de la Generalitat.



¿De quién o de qué instancia partió la orden para que la Guardia Civil
participase en el despliegue?



¿Cuál ha sido el gasto de la operación de los cuerpos de seguridad que
participaron en este despliegue?



Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2015.—Ricardo Sixto
Iglesias, Diputado.




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228






184/068829



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno para las que se solicita
respuesta escrita, sobre la señalización de la iglesia prerrománica de
Santa Cristina de Lena y del Parque Natural de las Ubiñas desde la
autopista A-66 a su paso por Pola de Lena (Asturias).



En 2014, tras una década de reclamaciones, el Ayuntamiento de Pola de Lena
(Asturias) consiguió que Fomento accediera a señalizar la iglesia de
Santa Cristina de Lena, una joya del Prerrománico Asturiano y principal
atractivo turístico del concejo, por lo que no tenía sentido que no
hubiera ninguna indicación desde la autopista del Huerna (A-66). La
petición se tramitó a través de la Consejería de Cultura, Educación y
Deportes del Principado.



Ahora tanto la asociación de profesionales del sector de la hostelería en
la comarca, Asturcentral, como el Ayuntamiento de Lena solicitan al
Ministerio de Fomento que señalice el acceso al parque natural de las
Ubiñas-La Mesa en la autopista A-66, un recurso turístico importante, ya
que permite recibir turistas tanto en invierno como en verano, lo que
contribuiría incrementar notablemente el balance de visitas y a la
desestacionalización del turismo en el concejo, muy ligado al complejo
invernal de Valgrande-Pajares.



La propuesta pasa por avisar de la presencia del parque ya en Campomanes y
repetir la señalización en el desvío de Pola de Lena, indicando
adecuadamente que el parque ha sido catalogado como Reserva de la
Biosfera.



Por todo ello, se formulan las siguientes preguntas:



1. ¿Piensa el Gobierno proceder a una adecuada señalización de la iglesia
prerrománica de Santa Cristina de Lena desde la autopista A-66 a su paso
por Pola de Lena (Asturias)?



2. ¿Piensa el Gobierno proceder a una adecuada señalización del Parque
Natural de las Ubiñas desde la autopista A-66 a su paso por Pola de Lena
(Asturias)?



Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2015.—Gaspar
Llamazares Trigo, Diputado.



184/068830



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su
Diputado, don Antonio Cantó García del Moral, y al amparo de lo dispuesto
en el artículo 185 y siguientes, del vigente Reglamento de la Cámara,
presenta las siguientes preguntas para las que se solicita respuesta por
escrito sobre la intención del Gobierno de prohibir la circulación de
camiones por carreteras convencionales.



Exposición de motivos



El Ministerio de Fomento, en colaboración con la Dirección General de
Tráfico (DGT), ha acordado que a partir del segundo trimestre del
presente año los camiones no podrán volver a circular por las principales
carreteras convencionales, por ser más conflictivas, para pasar a
circular obligatoriamente por autopistas de peaje.



Entre los argumentos del Ministerio de Fomento para justificar esta medida
está la «previsible» disminución de la siniestralidad en carretera en la
que están involucrados los camiones y para ello el Gobierno financiará
hasta el 50 % del importe del peaje y el 35% del importe en los trayectos
adicionales en los que el camionero decida voluntariamente seguir por la
vía de peaje aunque en ese tramo ya no esté vetada la alternativa
gratuita. Ello conllevará un aumento de los precios del transporte y por
lo tanto, un aumento de los ingresos de las empresas que gestionan las
autopistas de peaje, varias de las cuales ya han sido rescatadas por el
Gobierno ante su falta de liquidez y su quiebra técnica.




Página
229






Por ello se presentan las siguientes preguntas por escrito:



1. ¿Ha consensuado el Gobierno esta medida con los colectivos de
transportistas?



2. ¿Cuáles son los tramos en los que el Gobierno tiene pensado implementar
esta medida?



3. ¿Qué impacto económico ha evaluado que tendrá en relación a los precios
del transporte?



4. ¿Considera el Gobierno insuficiente la inyección de liquidez que supuso
el rescate a las autopistas para ahora proceder a financiar sus peajes?



Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de febrero de 2015.—Antonio Cantó
García del Moral, Diputado.




Página
230






Contestaciones



La Mesa de la Cámara ha acordado publicar en el Boletín Oficial de las
Cortes Generales las contestaciones recibidas del Gobierno a las
preguntas de los Sres. Diputados que figuran a continuación.



En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publicación, de conformidad
con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 4 de febrero de 2015.—P.D. El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



184/049571, 184/050742 y 184/050743



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



En relación con las preguntas de referencia, cabe informar a Su Señoría
que el organigrama del Grupo TRAGSA está compuesto en la actualidad por
su Presidente, único que ostenta la condición de alto cargo de acuerdo
con la normativa vigente, el Secretario General y otros 6 directivos más,
tal y como figura en la web corporativa de la compañía (www.tragsa.es).



Asimismo, cabe informar que en la empresa no se ha incorporado ningún alto
cargo desde el cambio de Dirección en 2012, manteniéndose como único alto
cargo el Presidente de la compañía.



Respecto a la masa salarial de este personal, cabe indicar que el régimen
retributivo de los máximos responsables y directivos de las empresas del
Sector Público está establecido, con carácter general para todo el sector
público empresarial, en el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el
que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y
directivos del sector público empresarial y otras entidades, y en la
Orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas de 30 de marzo
de 2012 que lo desarrolla. Ambas normas, dictadas al inicio de esta
Legislatura en cumplimiento de la Disposición adicional octava del Real
Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma
del mercado laboral1.



Las cuentas anuales del Grupo TRAGSA, auditadas y aprobadas por su Junta
General recogen la información correspondiente a estas retribuciones, así
como la correspondiente a los gastos de personal del Grupo (Capítulo 24.
Ingresos y Gastos, punto c) Gastos de Personal).



Dichas cuentas son remitidas a las Cortes Generales en cumplimiento de la
obligación establecida en la Ley 5/1996, de 10 de enero, de creación de
determinadas entidades de derecho público (art. 16.2).



Cabe señalar que la última documentación remitida, correspondiente al
ejercicio 2013, ha sido enviada por el Gobierno a las Cortes Generales
con fecha 11 de septiembre pasado.



No obstante, se acompaña en documento anexo I el oficio de remisión de
dicha información al Congreso, en anexo II la documentación relativa a
TRAGSA, S.A. y en anexo III, la relativa al Grupo TRAGSA (consolidado).



1 Tramitado posteriormente como proyecto de Ley y aprobado como Ley
3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado
laboral.



Madrid, 30 de diciembre de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



Nota.—La documentación que se acompaña se encuentra en la Secretaría
General de la Cámara.



184/050179



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Zaragoza Alonso, José y Martínez Olmos, José (GS).




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231






Respuesta:



Se adjunta, en anexo, la documentación solicitada por Sus Señorías.



ANEXO



Agencia Nacional de Medicamentos y Productos Sanitarios



Mobiliario (enero 2012-mayo 2014)



Objeto;Adjudicataria;Importe total



Suministro de dos sofás y una mesa de centro para la sala de visitas;UTE
CTO S.A. y AMAT-3 S.A.;6.458,91



Suministro de mobiliario para despacho;AF STEELCASE, S.A.;14.485,30



Adquisición de una mesa de reunión y una librería;AF STEELCASE,
S.A.;1.448,06



Adquisición de mobiliario;U.T.E. CTO S.A. AMAT-3, S.A.;24.473,34



Suministro de mobiliario;AF STEELCASE, S.A.;22.430,69



Adquisición de dos archivadores;UTE CTO. SA. y AMAT-3 S.A.;2.397,42



Suministro de 2 armarios para archivar CD's;UTE CTO. SA. y AMAT-3
S.A.;3.186,80



Suministro de mobiliario;DYNAMOBEL, S.A.;13.650,18



Suministro de 3 armarios;DYNAMOBEL, S.A.;1.744,14



Organización Nacional de Trasplantes (ONT)



Descripción;Empresa;Importe (€);Año



Adquisición puertas estantería biblioteca ONT;MOBILIAR, S.L.;705,39;2012



Adquisición de mobiliario para la Organización Nacional de Trasplantes por
Catálogo de Bienes de Adquisición Centralizada del Servicio Central de
Suministros de la Dirección General de Patrimonio del Estado;MOBILIAR,
S.L.;12.644,60;2014



AECOSAN (AESAN)



AÑO 2012



— 1.5. ADQUISICIÓN MOBILIARIO:



– Descripción: Adquisición de dos sillas de confidente y una silla de
dirección con ruedas para el Laboratorio de Referencia de la UE de
Biotoxinas Marinas en Vigo.



– AF STEEL CASE, S.A.



– Importe: 611,31 euros (IVA incluido).



— 1.6. ADQUISICIÓN MOBILIARIO:



– Descripción: Adquisición de una taquilla para el Laboratorio de
Referencia de la UE de Biotoxinas Marinas en Vigo.



– El Corte Inglés, S.A.



– Importe: 427,18 euros (IVA incluido).



— 1.7. ADQUISICIÓN MOBILIARIO:



– Descripción: Adquisición de equipos de aire acondicionado para el Centro
Nacional de Alimentación (CNA).



– Novoclima, S.A.



– Importe: 9.483,38 euros (IVA incluido).




Página
232






AÑO 2013



— 1.10. ADQUISICIÓN MOBILIARIO:



– Descripción: Adquisición de cinco lámparas de sobremesa.



– Office Depot, S.L.



– Importe: 332,75 euros (IVA incluido).



— 1.11. ADQUISICIÓN MOBILIARIO:



– Descripción: Adquisición de equipos de aire acondicionado para el Centro
Nacional de Alimentación (CNA).



– Novoclima, S.A.



– Importe: 5.611,38 euros (IVA incluido).



INSTITUTO NACIONAL DE CONSUMO



AÑO 2013



— 2.2. ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO:



– Descripción: Adquisición de silla y armario con destino a despacho de la
Intervención Delegada en la sede de Príncipe de Vergara.



– DINAMOBEL, S.A.



– Importe: 1.309,10 euros (IVA incluido).



— 2.3. ADQUISICIÓN MOBILIARIO:



– Descripción: Adquisición de mueble estantería con destino a despacho del
Área de Asociacionismo en la sede de Príncipe de Vergara.



– MOBILIAR, S.L.



– Importe: 1.315,52 euros (IVA incluido).



Madrid, 15 de septiembre de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/050181



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Zaragoza Alonso, José y Martínez Olmos, José (GS).



Respuesta:



Se adjunta, en anexo, la documentación solicitada por Sus Señorías.



ANEXO



Los obsequios institucionales se imputan con cargo al concepto 226.01
«Atenciones protocolarias y representativas». En el ejercicio 2013 y por
lo que se refiere a la sede central del Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad, se han realizado dos compras, ambas objetos
decorativos, una por importe de 29,50 euros y otra por importe de 51
euros.



La cuantía de esa partida en el presupuesto de 2014 es de 96,40 (miles de
euros).



— Obsequios institucionales (enero 2012-mayo 2014). Agencia Nacional de
Medicamentos.



El importe presupuestado en 2014 en el concepto 162.04 Acción Social, es
de 48.850 euros.




Página
233






– Suministro y grabado de dieciséis placas de alpaca y dieciséis estuches
en reconocimiento a la labor prestadas en la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios por su personal que se jubila en
2012, realizado por la empresa TROFEOSPORT, S.K. por importe de 3.175,04
euros.



– Adquisición de 20 llaveros y bolígrafos de reconocimiento a la labor
prestada en la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios
para el personal que se jubila en 2013, realizado por la empresa
INDUSERVIC 2000, S.L. por importe de 3.010, 48 euros.



— Organización Nacional de Transplantes.



En 2014 se ha contratado el suministro de 50 logotipos de la Organización
Nacional de Trasplantes, con motivo del 25 aniversario de la creación de
la institución, por importe de 12.012,88 euros, IVA incluido. El concepto
presupuestario que ampara dicho gasto es el 221 del artículo 22
«Material, suministros y otros» con una dotación presupuestaria de
454.920 euros.



— Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, AECOSAN
(AESAN).



En la AECOSAN los obsequios institucionales se imputan al subconcepto
presupuestario 26.104.313C.226.01 «Atenciones protocolarias y
representativas».



La dotación presupuestaria en el citado subconcepto para el ejercicio 2014
es de 2.340 euros.



La AECOSAN no ha realizado en el ejercicio 2014 ningún gasto en obsequios
institucionales.



Madrid, 20 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/054328



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada por Su Señoría se informa que por
Resolución de la Dirección General de Tráfico de 4 de abril de 2014,
publicada en el BOE del día 8, se ha restringido el tráfico de vehículos
de más de 7.500 kg en un determinado tramo de la N-340, entre Torreblanca
y Nules-Castellón que cuenta con alternativas viarias de mayor capacidad.



Esta resolución fue adoptada en virtud de los análisis de siniestralidad y
tráfico, y debidamente informada por el Consejo Superior de Seguridad
Vial y por los Ministerios de Interior y Fomento, por lo que no puede ser
calificada de precipitada y no anunciada, al haber sido planificada y
coordinada, siendo la evaluación de la misma, en este sentido, positiva,
no habiéndose producido hasta la fecha ninguna víctima mortal desde su
implantación, por lo que se mantendrá de manera indefinida en el tiempo
mientras sea útil para conseguir el objetivo de reducir el volumen de
accidentalidad en el tramo de vía, y mientras persista la actual
configuración y características físicas del tramo de vía en cuestión.



Cabe señalar que, desde que fue adoptada la medida, no se ha producido en
el tramo de vía afectado ningún fallecimiento como consecuencia de un
accidente de tráfico.



Madrid, 16 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/054555



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).




Página
234






Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
la fecha en que se emitió el mencionado dictamen fue la del 19 de abril
de 1990. En cuanto a las personas que formaban parte de la Comisión de
Inventario cuando se emitió el dictamen, cabe señalar que las mismas
fueron D. Jaime Brihuega Sierra, Director General de Bellas Artes y
Archivos, D. Juan Aracil Martínez, Interventor General de la
Administración del Estado y D. Federico Sopeña Ibáñez, Director General
de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando. El dictamen fue
presentado para Acuerdo del Consejo de Ministros el 29 de junio de 1990.
En este mismo Acuerdo se indica, en su apartado segundo, que dicho
dictamen se remitirá a las Cortes Generales.



Asimismo, cabe aclarar que en la Disposición Adicional Única de la Ley
23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional, se dispone
que mediante Real Decreto se constituya una Comisión de tres expertos que
emitirá un dictamen sobre el inventario de bienes al que se refiere el
Artículo 4.8 de la citada Ley. En cumplimiento de lo previsto en la
citada Disposición Adicional, el Gobierno aprobó el Real Decreto
662/1984, de 25 de enero, por el que se crea la Comisión encargada de
dictaminar el inventario de bienes a que se refiere la disposición
adicional única de la Ley reguladora del Patrimonio Nacional de 16 de
junio de 1982. Dicha Comisión estaba formada por tres personas: el
Director General de Bellas Artes y Archivos, el Interventor General del
Estado y el Director General de la Real Academia de Bellas Artes de San
Fernando.



Debe tenerse en cuenta que, atendiendo a lo establecido en la Disposición
Adicional Única señalada anteriormente, en relación con la Disposición
transitoria cuarta del Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley reguladora del Patrimonio Nacional,
esta Comisión tuvo una naturaleza «ad hoc» cuyo cometido consistió en la
elaboración del inventario de los bienes enunciados en el Artículo 4.8 de
la Ley 23/1982, exclusivamente, y no del resto de bienes que componen el
Patrimonio Nacional a los que se refiere el resto del Artículo 4. El
inventario realizado por esta comisión se integraría ulteriormente en el
Inventario General de Patrimonio Nacional regulado por el Real Decreto
señalado, debiendo actualizarse posteriormente de conformidad con dicha
regulación, dejando de ser necesaria la actuación de esta Comisión.



En consecuencia, esta Comisión de la Disposición Adicional Única de la
Ley, no debe confundirse con la establecida en el Artículo 13 del Real
Decreto 496/1987, encargada de la elaboración del Inventario General,
cuyos acuerdos de modificación del mismo también se elevan anualmente al
Consejo de Administración de Patrimonio Nacional y, aprobados por este,
al Consejo de Ministros para su aprobación.



Por otro lado, los bienes que integran el Patrimonio Nacional aparecen
enunciados en el Artículo 4 de la Ley 23/1982. La Comisión de la
Disposición Adicional Única solo debía hacer el inventario de los bienes
a los que se refiere el apartado 8 de este Artículo, referido a las
donaciones hechas al Estado y de los demás bienes y derechos que se
afectan al uso y servicio de la Corona a la entrada en vigor de la Ley y
para su integración ulterior en el Inventario General del Patrimonio
Nacional.



Debe aclararse que este Inventario General se actualiza anualmente
distinguiendo entre:



— El inventario de bienes muebles histórico-artísticos, entre los que se
incluyen los vehículos históricos.



— El inventario de bienes inmuebles, que comprende todos los inmuebles de
Patrimonio Nacional y dentro del cual se incluyen también los derechos
reales.



— El inventario de semovientes, en el que se incluyen las especies
salvajes con funciones ornamentales, con valor económico y ecológico que
se encuentran en los espacios naturales de Patrimonio Nacional, así como
los caballos utilizados en las ceremonias oficiales.



Asimismo, cabe destacar que este Inventario General de los bienes y
derechos del Patrimonio Nacional debe diferenciarse del Inventario del
Consejo de Administración de Patrimonio Nacional, al que se refiere el
Artículo 67 a) del Real Decreto 496/1987, en el que se incluyen los
bienes adscritos al funcionamiento propio de esta Entidad Pública, como
son los recursos informáticos o el mobiliario de oficina.



Así las cosas, la Comisión a la que se refiere la Disposición Adicional
Única de la Ley 23/1982, emitió el dictamen que tenía encomendado, en el
que consta que por los servicios del Consejo de Administración del
Patrimonio Nacional se ha procedido a la formación del inventario de las
donaciones hechas al Estado y de los demás bienes y derechos afectos al
uso y servicios de la Corona, a que se refiere el Artículo 4.8 de su Ley
reguladora.




Página
235






Debe destacarse que en cumplimiento del artículo 8.2.i) de la Ley 23/1982,
de 16 de junio, y artículo 13.2 y 3 del Real Decreto 496/1987, de 18 de
marzo, que aprueba su Reglamento, el Gobierno, mediante los
correspondientes Acuerdos de Consejo de Ministros, viene aprobando
anualmente el estado y la situación del Inventario General respecto a los
bienes integrantes del Patrimonio Nacional, contemplados en la totalidad
del Artículo 4 de la Ley 23/1982 y Artículo 4.1 del Reglamento de la
misma (Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo). El contenido de estos
Acuerdos y su documentación anexa se encuentra a disposición informativa
de todos los Grupos Parlamentarios.



Por último, cabe informar a Su Señoría que el 31 de octubre de 2014 se
aprobó el Acuerdo del Consejo de Ministros con la última modificación de
los inventarios de Patrimonio Nacional, realizada a fecha de 31 de
diciembre de 2012. En esta fecha, el inventario de bienes muebles
histórico-artísticos asciende a 154.420 objetos, el de bienes inmuebles a
1.227, y el de semovientes asciende a 10.640 animales censados.



Madrid, 20 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/054987



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, se señala lo
siguiente:



En la tramitación del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de
aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y
la eficiencia no se obviaron ni eludieron ninguno de los informes
previos. Se tuvo en cuenta la opinión de la Secretaría General Técnica
del Ministerio de Justicia y los departamentos ministeriales implicados
tuvieron la ocasión de manifestar sus observaciones y sugerencias
relativas a la norma proyectada.



De otra parte, se quiere dejar constancia de que la llevanza del Registro
Civil por los registradores no supone, en ningún caso, la privatización
del servicio público que constituye, dado que aquellos son funcionarios
públicos a todos los efectos conforme al artículo 274 del Decreto de 8 de
febrero de 1946 por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la
Ley Hipotecaria.



En cuanto a la memoria económica, ésta se incluyó en la preceptiva Memoria
de análisis de impacto normativo que acompañaba a la norma, teniendo en
cuenta que la medida tiene un impacto positivo en los Presupuestos
Generales del Estado.



Corresponde al Gobierno de la Nación decidir en cada momento sobre los
medios y la forma más adecuados para prestar eficientemente los servicios
públicos esenciales para los ciudadanos. El principio esencial que desde
el inicio ha mantenido el Gobierno es el mantenimiento de la gratuidad
para el ciudadano del servicio público que constituye el Registro Civil y
así lo ha manifestado como voluntad irrenunciable en las negociaciones
con los distintos colectivos.



Las garantías con las que se cuenta son la sólida formación y la confianza
que se deposita en los registradores, los cuales tienen el carácter de
funcionarios públicos para todos los efectos legales y actúan bajo la
dependencia del Ministerio de Justicia. Están especializados con una
experiencia contrastada en la gestión de oficinas públicas registrales.
Los registradores son los funcionarios públicos que tienen un mayor grado
de especialización, conocimiento y experiencia en la gestión de registros
públicos por haber gestionado desde hace más de 150 años los registros de
la propiedad y mercantiles.



Cabe señalar que, tanto el Presidente del Gobierno como el entonces
Director General de los Registros y del Notariado así como el entonces
Subdirector del Notariado y de los Registros, que pertenecen al Cuerpo de
Registradores de la Propiedad y Mercantiles, se encuentra/encontraban en
dicho cuerpo en situación administrativa de servicios especiales con
reserva de plaza, situación perfectamente legal prevista en el artículo
87 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público y en la legislación hipotecaria por lo que no existe conflicto
alguno con aquel cuerpo de funcionarios, pero es que, además, ninguna de
las personas a las que se refiere la pregunta están o estaban incursas en
el




Página
236






supuesto a que se refiere el artículo 7 de la Ley 5/2006, de 10 de abril,
de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno
y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado puesto que
la llevanza del Registro Civil por los registradores no se trata de una
cuestión o asunto en cuyo despacho hubieran intervenido o que interesen a
empresas o sociedades en cuya dirección, asesoramiento o administración
hubieran tenido alguna parte ellos, su cónyuge o persona con quien
conviva en análoga relación de afectividad, o familiar dentro del segundo
grado.



De otra parte, se informa que la Directiva 2012/17/UE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2012 por la que se modifican la
Directiva 89/666/CEE del Consejo y las Directivas 2005/56/CE y
2009/101/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta a la
interconexión de los registros centrales, mercantiles y de sociedades,
tiene su ámbito en la materia de la interconexión de los datos de los
distintos Registros Mercantiles o de sociedades dentro de la Unión
Europea y sus únicas referencias a costes se hacen en materia de acceso a
información y financiación de la plataforma de interconexión de
registros, sin que afecte dicha Directiva —como expresamente dice— a la
financiación del servicio a escala nacional, no afectando a la
financiación del Registro Mercantil en sí, ni a la del Registro Civil,
por lo que se entiende que la Directiva mencionada no supone impedimento
alguno para llevar a cabo la asunción de la llevanza del Registro Civil
por los registradores.



Cabe indicar que el Registro Civil no se va a financiar de ninguna de las
formas señaladas por Su Señoría. El proyecto inicialmente concebido para
la llevanza del Registro Civil está siendo actualmente revisado. Los
registradores son el cuerpo designado para este cometido, y se quiere
contar con su máxima colaboración para efectuar la reforma. En este
sentido, se está tramitando la creación de una Comisión Mixta integrada
por el Ministerio de Justicia y el Colegio de Registradores que tendrá
como objetivo diseñar un sistema que haga posible la mejora del servicio,
empleando de modo más eficaz los recursos existentes y garantizando la
gratuidad de los servicios que requieran los ciudadanos.



De otra parte, se informa que no existe condena alguna de la Agencia
Española de Protección de Datos a los registradores, sino recomendaciones
derivadas de determinadas actuaciones que fueron inmediatamente
cumplidas. Es necesario recordar que ya se custodian en los Registros de
la Propiedad un gran número de datos sensibles.



El acceso al contenido del Registro será posible en el marco del Registro
de llevanza y formato electrónico que prevé el artículo 19 de la Ley
14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su
internacionalización. Mientras tanto el Ministerio de Justicia estudia
fórmulas transitorias que permitan dicho acceso.



Asimismo se indica que el Ministerio de Justicia no ha realizado nunca
ninguna adjudicación a la empresa indicada por Su Señoría.



Como se ha indicado anteriormente, el proyecto inicialmente concebido para
la llevanza del Registro Civil está siendo actualmente revisado. Los
registradores son el cuerpo designado para este cometido y se quiere
contar con su máxima colaboración para efectuar la reforma. En este
sentido, se está tramitando la creación de una comisión mixta integrada
por el Ministerio de Justicia y el Colegio de Registradores que tendrá
como objetivo diseñar un sistema que haga posible la mejora del servicio,
empleando de modo más eficaz los recursos existentes y garantizando la
gratuidad de los servicios que requieran los ciudadanos.



De otra parte, cabe indicar que no se crea un problema artificial ya que
el nuevo modelo de Registro Civil electrónico viene ya creado por la Ley
20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil; en lo que se está trabajando
es en dar solución a un aspecto ya regulado en la citada ley —la llevanza
del Registro Civil en formato electrónico—.



El acceso a los datos del Registro Civil no se altera con su atribución de
la llevanza del mismo a los registradores, por lo que no se prevé ninguna
dificultad añadida a dicho acceso por parte de los investigadores.



Por último, se indica que no se ha abandonado ningún consenso sino que se
está trabajando en soluciones razonables, tras estudiar distintas
posibilidades, mediante la llevanza del Registro Civil por unos
funcionarios públicos especializados en la llevanza de registros
públicos.



Madrid, 5 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




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237






184/055132



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



Como continuación a la respuesta del Gobierno con registro de entrada en
esa Cámara n.º 156212, de fecha de 08 de octubre de 2014, se traslada lo
siguiente:



El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte está llevando a cabo
acciones encaminadas a crear y difundir portales web, utilización de las
tecnologías de la información y la comunicación y las redes sociales para
intercambiar información, experiencias y recursos respecto a la igualdad
de oportunidades en la educación, la coeducación, la convivencia y los
derechos humanos, así como sensibilizar y promover actitudes críticas
frente a contenidos audiovisuales discriminatorios contra la mujer. En
este sentido destacamos:



Programa INTERCAMBIA: educar en femenino y en masculino. Este programa
permite poner en contacto a la comunidad educativa (y muy especialmente
al personal docente), a las administraciones educativas y organismos de
igualdad, así como a entidades y personas interesadas, para establecer un
intercambio de conocimientos y de experiencias vinculadas a la
coeducación. A partir de este intercambio, el personal docente y todas
aquellas personas interesadas en la educación pueden acceder, a través
del Portal Intercambia, a información sobre convocatorias y eventos, así
como a materiales didácticos publicados en diversos formatos y proyectos
coeducativos desarrollados tanto en diferentes Comunidades y Ciudades
Autónomas como a nivel internacional. El portal está concebido como un
«centro virtual de recursos temáticos» que permite difundir y acceder a
aportaciones valiosas en el ámbito coeducativo.



Este Programa establece, asimismo, encuentros y espacios de participación
que permiten compartir experiencias innovadoras y originales, así como
proyectos y materiales didácticos innovadores al respecto de la igualdad
de oportunidades en la educación desarrollados por los organismos de
igualdad y las Consejerías de Educación de las diferentes Comunidades
Autónomas. Para ello, el Centro Nacional de Innovación e Investigación
Educativa y el Instituto de la Mujer convocan con carácter anual una
reunión en torno a un tema de interés alrededor del cual se debate, se
trazan acciones específicas y se comparten las diversas actuaciones
emprendidas. En el año 2013 se celebraron las IX Jornada Intercambia:
Mujeres en Red (tuvo lugar el 21 de noviembre de 2013) y el próximo día
20 de noviembre se realizará la X Jornada Intercambia, sobre nuevas
masculinidades.



Proyecto Plurales. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte,
participa a través del Centro Nacional de Investigación e Innovación
Educativa en el Proyecto «Educando en Igualdad, Plurales» promovido por
el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, configurado
en el marco del Memorándum de cooperación establecido entre los países
donantes del Espacio Económico Europeo (EEE) y del Gobierno de España. El
proyecto está en desarrollo y se prolongará previsiblemente hasta finales
del año 2015, habiéndose cubierto la totalidad del curso académico
2013-2014.



El objetivo principal del proyecto es configurar una metodología de
intervención en las escuelas que favorezca la genérica incorporación del
concepto de la igualdad de oportunidades. Dicho proyecto, que tiene
carácter experimental, se ha planteado desde un ámbito de colaboración
entre entidades educativas nacionales y autonómicas. Tal y como está
diseñado, esta instrumentalización compartida de las instituciones se
configura como el elemento esencial de un proyecto, cuyo objetivo es
configurar, aplicar experimentalmente y proponer la generalización
posterior para un conjunto de herramientas y metodologías que permitan
incorporar en el modelo educativo la aplicación de planes de igualdad en
las escuelas.



Para ello, tras diseñar un primer marco genérico de aplicación, es
necesario testar el modelo en un número limitado de centros escolares
(nueve en total). A partir de los resultados del seguimiento y evaluación
obtenidos se consolidará una propuesta metodológica final con los
resultados obtenidos y se divulgará entre toda la comunidad educativa.



El proyecto persigue incorporar técnicas, materiales e instrumentos que
permitan la promoción de la igualdad de oportunidades en el alumnado de
una forma real y efectiva. Pretende obtener, como resultado




Página
238






final, una metodología de intervención eficaz susceptible de ser
generalizada en el conjunto de ámbitos escolares, que permita implantar
un programa operativo basado en la educación en igualdad.



Toda la información generada durante la vida del proyecto puede ser
utilizada para adaptar el modelo de intervención a las peculiaridades de
los distintos centros educativos. Estos recursos se encuentran a
disposición del público en la web del Instituto de la Mujer y para la
Igualdad de Oportunidades y son:



— Informe diagnóstico.



— Decálogo de buenas prácticas.



— Principios orientadores.



— Modelo preliminar de intervención.



— Modelos de cuestionarios para la elaboración de un diagnóstico de
centro.



Al mismo tiempo que se desarrolla el programa, en el que participa todo el
centro educativo, se han realizado hasta la fecha dos acciones formativas
con profesores en Madrid (febrero y octubre de 2014).



Red Española Contra la Explotación Sexual Comercial Infantil y de
Promoción de los Derechos de la Infancia. En el mes de noviembre de 2013
se presentó la Red Española Contra la Explotación Sexual Comercial
Infantil y de Promoción de los Derechos de la Infancia, de la que forma
parte el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en el marco del
Seminario «Explotación sexual comercial infantil, trata de niños, niñas y
adolescentes con fines de explotación sexual y trata de seres humanos»
organizado por la Federación de Asociaciones para la Prevención del
Maltrato Infantil - End Child Prostitution, Child Pornography and
Traffiking of Children for Sexual Purposes (FAPMI-ECPAT España). El
Centro Nacional de Innovación e Investigación Educativa participa en
dicha red difundiendo los diferentes materiales educativos y didácticos
elaborados, así como buenas prácticas y campañas de sensibilización de la
temática referida en la pregunta parlamentaria a través de las redes
sociales y canales de comunicación del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.



Blog del Centro Nacional de Innovación e Investigación Educativa. Portal
EducaLab. Mediante el mencionado blog, el portal EducaLab y las redes
sociales, sobre todo Twitter, se difunde información, campañas y
materiales educativos. Sirvan de ejemplo algunas entradas del blog del
Centro Nacional de Innovación e Investigación Educativa:
http://blog.educalab.es/cniie/



— Web de Recursos de apoyo y prevención ante casos de violencia de género.



— Presentación del estudio sobre percepción social de la violencia de
género.



— Prevenir la violencia de género desde la escuela.



— Campaña para ayudar a las personas que sufren violencia de género.



— Boletín estadístico mensual sobre la violencia de género.



— Publicado el Informe de violencia contra la infancia 2012 de la
Fundación Anar (Ayuda a niños y adolescentes en riesgo).



— Seminario «Cómo dar respuesta a la diversidad sexual y de género en el
sistema educativo».



— Consejo de Víctimas de Delitos de Odio y Discriminación.



— Consulta regional apoyada por la UNESCO en América Latina.



— La Regla de Kiko.



— La Federación de Asociaciones para la Prevención del Maltrato Infantil
(FAPMI).



— Plan integral de lucha contra la trata de seres humanos con fines de
explotación sexual.



Asimismo, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establece
convenios de colaboración en materia de formación del profesorado con las
diferentes Administraciones y Universidades, así como con instituciones
públicas y privadas sin ánimo de lucro para garantizar una oferta
diversificada de formación. Dichas instituciones se consideran entidades
colaboradoras. (Orden EDU/2886/2011, de 20 de octubre de 2011 (BOE
28/10/2011), por la que se regula la convocatoria, reconocimiento,
certificación y registro de las actividades de formación permanente del
profesorado.



Se adjunta un listado de actividades de formación para el profesorado
llevadas a cabo por entidades colaboradoras sobre la temática objeto de
la pregunta y certificadas por el Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.




Página
239






FETE-UGT — Federación Española de Trabajadores de la Enseñanza de la Unión
General de Trabajadores;Educación afectivo sexual desde una perspectiva
de género I y II;09/05/2013 04/07/2013



FETE-UGT — Federación Española de Trabajadores de la Enseñanza de la Unión
General de Trabajadores;Educando en la igualdad para la prevención de la
violencia de género en las aulas;16/05/2013 27/06/2013



Por otra parte, el Centro de Profesores y Recursos de Ceuta, unidad
dependiente del Instituto de Tecnologías Educativas y Formación del
Profesorado (INTEF) ha convocado en 2014 dos actividades que se centran
en esta temática.



Centro de profesores y recursos de Ceuta;Por una igualdad efectiva y real
entre hombres y mujeres en los centros educativos de Ceuta;12/03/2014
08/05/2014



Centro de profesores y recursos de Ceuta;Formas de violencia presente en
los centros educativos de Ceuta;04/02/2014 21/04/2014



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/057473 a 184/057475



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Elorza González, Odón (GS).



Respuesta:



En relación con las preguntas parlamentarias relativas al número de becas,
en las enseñanzas obligatorias, para libros de texto y material escolar y
su cuantía media, otorgadas en los cursos 2011/2012, 2012/2013 y
2013/2014 en la provincia de Gipuzkoa, se informa de que el Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte no gestiona ninguna convocatoria específica
para libros de texto y material escolar en las enseñanzas obligatorias.



Madrid, 15 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/057521 a 184/057523



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Benegas Haddad, José María y Madina Muñoz, Eduardo (GS).



Respuesta:



En relación con las preguntas parlamentarias relativas al número de becas,
en las enseñanzas obligatorias, para libros de texto y material escolar y
su cuantía media, otorgadas en los cursos 2011/2012, 2012/2013 y
2013/2014 en la provincia de Bizkaia, se informa de que el Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte no gestiona ninguna convocatoria específica
para libros de texto y material escolar en las enseñanzas obligatorias.



Madrid, 15 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
240






184/057569 a 184/057571



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Barahona, María Teresa (GS).



Respuesta:



En relación con las preguntas parlamentarias relativas al número de becas,
en las enseñanzas obligatorias, para libros de texto y material escolar y
su cuantía media, otorgadas en los cursos 2011/2012, 2012/2013 y
2013/2014 en la provincia de Araba/Álava, se informa de que el Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte no gestiona ninguna convocatoria
específica para libros de texto y material escolar en las enseñanzas
obligatorias.



Madrid, 15 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/059552 a 184/059554



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con las preguntas parlamentarias relativas al número de becas,
en las enseñanzas postobligatorias, de complemento y su cuantía media
otorgadas en los cursos 2011-2012, 2012-2013 y 2013-2014 en la Comunidad
Autónoma de Galicia, se informa de que los datos siguientes se refieren a
la suma de los derechos reconocidos al cierre de la convocatoria
pertinente, es decir, contienen información agregada de los derechos
reconocidos recogidos en las bases de datos del Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte para cada convocatoria y cuyos pagos se han realizado
con cargo a los ejercicios presupuestarios de inicio y de final del curso
al que se refiere la convocatoria. Por tanto, los datos de la resolución
de la convocatoria no se corresponden con los datos de ambos
presupuestos.



;CURSO 2011/2012;;;



;Complementarias por domicilio insular o en Ceuta o en Melilla;Cuantía
media complementarias por domicilio insular;Complemento residencia;



;;;Complemento residencia + de



100.000 habitantes;Complemento residencia + de



500.000 habitantes



GALICIA;;;;



A CORUÑA;5;745,80;394;—



LUGO;—;—;—;—



OURENSE;—;—;164;—



PONTEVEDRA;—;—;139;—



;CURSO 2012/2013;;CURSO 2013/2014;



;Complementarias por domicilio insular o en Ceuta o en Melilla;Cuantía
media complementarias por domicilio insular;Complementarias por domicilio
insular o en Ceuta o en Melilla;Cuantía media complementarias por
domicilio insular



GALICIA;;;;



A CORUÑA;—;—;2;665,00



LUGO;—;—;—;—



OURENSE;—;—;—;—



PONTEVEDRA;—;—;—;—




Página
241






Respecto a las enseñanzas universitarias, las bases de datos del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, conforme a la convocatoria,
recogen la unidad de actuación de la Universidad y no de la ubicación de
la sede de la Universidad por provincia. Por tanto, se aportan los datos
por universidades en anexo.



No se aplica una cuantía media al concepto de «suplemento ciudades» de las
becas de enseñanzas universitarias, ya que la propia convocatoria
establece una cuantía determinada.



Al concepto de «complemento residencia» de las becas de enseñanzas
postobligatorias no universitarias tampoco se aplica una cuantía media,
ya que la propia convocatoria establece una cuantía única y determinada.



Las cuantías medias se han calculado mediante una aproximación
estadística, sumando las cuantías de todos los derechos reconocidos y
dividiéndolos entre el número de perceptores de dichos derechos
reconocidos al cierre de la convocatoria. Por tanto, es una estimación de
la cuantía media de derechos reconocidos.



ANEXO



UNIVERSIDADES;CURSO 2011/2012;;;;



;N.º de incrementos a becas y ayudas de estudio;;;;



;Complementarias por domicilio insular o en Ceuta o en Melilla;Cuantía
media complementarias x domicilio insular;Suplemento ciudades;;



;;;+ de 100.000 habitantes;+ de 500.000 habitantes;Total



ABAT OLIBA CEU;;;;2;2



A CORUÑA;;;1.787;;1.787



ALCALÁ;;;8;;8



ALICANTE;;;2;;2



ALMERÍA;;;49;;49



ANTONIO DE NEBRIJA;1;442,00;;;—



BARCELONA;;;;613;613



BARCELONA - AUTÓNOMA;;;;604;604



BURGOS;;;405;;405



CÁDIZ;;;1.084;;1.084



CANTABRIA;;;225;;225



CARDENAL HERRERA CEU;;;11;2;13



CASTILLA-LA MANCHA;;;960;;960



CATÓLICA S. ANTONIO MURCIA;;;172;;172



CATÓLICA VALENCIA S. VICENTE M.;;;;65;65



CÓRDOBA;;;2.354;10;2.364



DEUSTO;1;442,00;3;;3



EUROPEA DE MADRID;8;621,38;;;—



EUROPEA DE MADRID (SEDE VALENCIA);;;;4;4



EUROPEA MIGUEL DE CERVANTES;;;23;;23



EXTREMADURA;;;2.391;;2.391



GIRONA;;;524;;524



GRANADA;;;7.488;2;7.490



HUELVA;;;1.307;;1.307



ILLES BALEARS;76;620,62;252;;252



INTERNACIONAL ANDALUCÍA;;;2;6;8



INTERNACIONAL CATALUNYA;;;;14;14



INTERNACIONAL VALENCIANA;2;442,00;;;—



JAÉN;;;2.097;;2.097



JAUME I;;;532;;532



LA LAGUNA;1.054;567,02;114;;114



LA RIOJA;;;159;;159




Página
242






UNIVERSIDADES;CURSO 2011/2012;;;;



;N.º de incrementos a becas y ayudas de estudio;;;;



;Complementarias por domicilio insular o en Ceuta o en Melilla;Cuantía
media complementarias x domicilio insular;Suplemento ciudades;;



;;;+ de 100.000 habitantes;+ de 500.000 habitantes;Total



LAS PALMAS G.C.;734;546,56;650;;650



LEÓN;;;1.004;;1.004



LLEIDA;;;539;;539



MADRID - AUTÓNOMA;1;623,00;;5;5



MADRID - COMPLUTENSE;1;623,00;;2;2



MADRID - POLITÉCNICA;;;;3;3



MÁLAGA;;;;3.073;3.073



MIGUEL HERNÁNDEZ;;;228;7;235



MURCIA;;;1.108;;1.108



NAVARRA (privada);;;54;;54



NAVARRA (pública);;;269;;269



OVIEDO;;;435;;435



PABLO DE OLAVIDE SEVILLA;;;;746;746



PAÍS VASCO;1;888,00;;;—



POLITÉCNICA CATALUNYA;;;;378;378



POMPEU FABRA;;;;205;205



PONTIFICIA DE SALAMANCA;;;162;;162



RAMON LLULL;;;;39;39



ROVIRA i VIRGILI;;;408;;408



SALAMANCA;;;2.082;2;2.084



SAN JORGE;;;;10;10



SEVILLA;;;;4.920;4.920



U.N.E.D.;1;433,00;;;—



VALENCIA - E. GRAL.;;;8;1.585;1.593



VALENCIA - POLITÉCNICA;;;;1.015;1.015



VALLADOLID;;;1.111;;1.111



VIGO;;;1.231;;1.231



ZARAGOZA;;;;845;845



UNIVERSIDADES;CURSO 2012/2013;



;N.º de incrementos a becas y ayudas de estudio;



;Complementarias por domicilio insular o en Ceuta o en Melilla;Cuantía
media



C.E.U. SAN PABLO;2;888,00



CÓRDOBA;2;623,00



EUROPEA MIGUEL DE CERVANTES;1;442,00



ILLES BALEARS;65;599,49



INTERNACIONAL VALENCIANA;10;549,30



LA LAGUNA;1.005;566,43



LAS PALMAS G.C.;609;543,04



MADRID - COMPLUTENSE;1;311,50



En la convocatoria del curso 2013/14 la norma cambia y «Estos complementos
de beca serán también aplicables al alumnado matriculado en centros
universitarios de educación a distancia». Asimismo, el




Página
243






incremento del complemento para estudiantes que tengan que desplazarse
entre las Islas Canarias y la Península, se extiende también a los
estudiantes que tengan que desplazarse desde las Islas Baleares y la
Península.



UNIVERSIDADES;CURSO 2013/2014;



;N.º de incrementos a becas y ayudas de estudio;



;Complementarias por domicilio insular o en Ceuta o en Melilla;Cuantía
media



ABAT OLIBA CEU;1;888,00



A CORUÑA;26;910,62



ALCALÁ;51;908,94



ALFONSO X EL SABIO;12;852,63



ALICANTE;15;787,20



ALMERÍA;2;689,50



ANTONIO DE NEBRIJA;3;502,33



BARCELONA;296;893,54



BARCELONA - AUTÓNOMA;209;894,55



BURGOS;20;895,10



CÁDIZ;9;843,89



CAMILO JOSÉ CELA;3;442,00



CANTABRIA;3;888,00



CARDENAL HERRERA CEU;12;524,42



CARLOS III;115;907,37



CASTILLA-LA MANCHA;7;767,57



CATÓLICA S. ANTONIO MURCIA;2;442,00



CATÓLICA S. TERESA ÁVILA;2;912,50



CATÓLICA VALENCIA S. VICENTE M.;11;638,36



C.E.U. SAN PABLO;21;897,10



CÓRDOBA;11;707,55



DEUSTO;3;888,00



EUROPEA DE MADRID;12;688,25



EUROPEA DE MADRID (SEDE VALENCIA);1;442,00



EUROPEA DE VALENCIA;1;937,00



EXTREMADURA;1;937,00



FRANCISCO DE VITORIA;11;523,09



GIRONA;71;897,66



GRANADA;102;723,52



HUELVA;8;788,75



IE UNIV.;1;442,00



ILLES BALEARS;59;609,08



INTERNACIONAL CATALUNYA;4;888,00



JAÉN;3;772,00



LA LAGUNA;878;565,02



LA RIOJA;1;442,00



LAS PALMAS G.C.;646;537,70



LEÓN;23;922,09



LLEIDA;55;889,28



MADRID - AUTÓNOMA;105;880,72



MADRID - COMPLUTENSE;85;869,65



MADRID - POLITÉCNICA;46;850,59



MÁLAGA;110;643,12



MIGUEL HERNÁNDEZ;20;900,25




Página
244






UNIVERSIDADES;CURSO 2013/2014;



;N.º de incrementos a becas y ayudas de estudio;



;Complementarias por domicilio insular o en Ceuta o en Melilla;Cuantía
media



MONDRAGÓN;1;442,00



MURCIA;16;915,56



NAVARRA (privada);7;833,29



NAVARRA (pública);7;937,00



OVIEDO;17;843,88



PABLO DE OLAVIDE SEVILLA;2;442,00



PAÍS VASCO;16;756,16



POLITÉCNICA CARTAGENA;3;667,33



POLITÉCNICA CATALUNYA;149;889,95



POMPEU FABRA;81;884,30



PONTIFICIA DE COMILLAS;3;904,33



PONTIFICIA DE SALAMANCA;6;755,67



RAMÓN LLULL;12;855,08



REY JUAN CARLOS;69;836,42



ROVIRA i VIRGILI;20;884,18



SALAMANCA;122;899,16



SANTIAGO DE COMPOSTELA;44;907,31



SEVILLA;91;754,79



UIMP;5;630,20



UNIV. EUROPEA DE CANARIAS;2;780,00



VALENCIA - E. GRAL.;38;840,95



VALENCIA - POLITÉCNICA;60;894,37



VALLADOLID;35;902,69



VIC;30;874,77



VIGO;22;928,09



ZARAGOZA;31;900,94



Madrid, 15 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/059714 a 184/059716



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Benegas Haddad, José María (GS).



Respuesta:



En relación con las pregunta parlamentarias relativas al número de becas
en las enseñanzas obligatorias, para libros de texto y material escolar y
su cuantía media, otorgadas en los cursos 2011/2012, 2012/2013 y
2013/2014 en la Comunidad Autónoma del País Vasco, se informa de que el
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte no gestiona ninguna
convocatoria específica para libros de texto y material escolar en las
enseñanzas obligatorias.



Madrid, 15 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
245






184/059822 a 184/059824



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Olmos, José y Hernando Vera, Antonio (GS).



Respuesta:



En respuesta a las preguntas parlamentarias de referencia, relativas al
número de ayudas otorgadas para comedor escolar del alumnado de Educación
Infantil y Primaria de la Ciudad Autónoma de Melilla y su cuantía media,
en los cursos 2011/2012, 2012/2013 y 2013/2014, se informa que las ayudas
concedidas y su cuantía media son las siguientes:



— Curso 2011/2012: 617 ayudas, 334,90 euros de cuantía media.



— Curso 2012/2013: 635 ayudas, 358,99 euros de cuantía media.



— Curso 2013/2014: 545 ayudas, 113,17 euros de cuantía media.



En el curso 2013/2014, la Ciudad Autónoma asignó recursos propios para
este fin no incluidos en los datos anteriores.



La cuantía media en los tres cursos académicos es una media aritmética
entre la cuantía total de los fondos destinados y el número de ayudas
concedidas.



Madrid, 21 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/059825 a 184/059827



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Olmos, José y Hernando Vera, Antonio (GS).



Respuesta:



En respuesta a las preguntas parlamentarias relativas al número de ayudas
de transporte en la Ciudad Autónoma de Melilla y su cuantía media en los
cursos 2011/2012, 2012/2013 y 2013/2014, se proporciona la información
siguiente que hace referencia a ayudas de transporte adaptado, a ayudas
de transporte ordinario y a ayudas de transporte de la convocatoria de
necesidades educativas especiales.



La cuantía media es una media aritmética entre la cuantía total de los
fondos destinados a las ayudas de transporte adaptado y a las ayudas de
transporte ordinario y el número de ayudas de estos tipos concedidas.



No se aplica una cuantía media a las ayudas de transporte de la
convocatoria de necesidades educativas especiales ya que la propia
convocatoria establece una cuantía determinada que es la misma en los
tres cursos académicos.



El número de ayudas y su cuantía media fue la siguiente:



— Curso 2011/2012: 745 ayudas con una cuantía media de 207,79 euros y 10
ayudas de la convocatoria de necesidades educativas especiales.



— Curso 2012/2013: 541 ayudas con una cuantía media de 218,37 euros y 8
ayudas de la convocatoria de necesidades educativas especiales.



— Curso 2013/2014: 541 ayudas con una cuantía media de 225,37 euros y 9
ayudas de la convocatoria de necesidades educativas especiales.



Madrid, 21 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
246






184/059831 a 184/059833



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez Díaz, María Carmen (GS).



Respuesta:



En respuesta a las preguntas parlamentarias relativas al número de ayudas
otorgadas para comedor escolar del alumnado de Educación Infantil y
Primaria de la Ciudad Autónoma de Ceuta y su cuantía media, en los cursos
2011/2012, 2012/2013 y 2013/2014, se informa que las ayudas concedidas y
su cuantía media son las siguientes:



— Curso 2011/2012: 800 ayudas, 489,84 euros de cuantía media.



— Curso 2012/2013: 800 ayudas, 553,52 euros de cuantía media.



— Curso 2013/2014: 800 ayudas, 149,99 euros de cuantía media.



En el curso 2013/2014, la Ciudad Autónoma asignó recursos propios para
este fin no incluidos en los datos anteriores.



La cuantía media en los tres cursos académicos es una media aritmética
entre la cuantía total de los fondos destinados y el número de ayudas
concedidas.



Madrid, 21 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/059834 a 184/059836



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez Díaz, María Carmen (GS).



Respuesta:



En respuesta a las preguntas parlamentarias relativas al número de ayudas
de transporte en la Ciudad Autónoma de Ceuta y su cuantía media en los
cursos 2011/2012, 2012/2013 y 2013/2014, se proporciona la información
siguiente que hace referencia a ayudas de transporte adaptado y ayudas de
transporte al centro de educación especial. La cuantía media es una media
aritmética entre la cuantía total de los fondos destinados y el número de
ayudas concedidas:



— Curso 2011/2012: 130 ayudas, 1.480,64 euros de cuantía media.



— Curso 2012/2013: 130 ayudas, 1.635,55 euros de cuantía media.



— Curso 2013/2014: 130 ayudas, 1.711,30 euros de cuantía media.



Madrid, 21 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/061258



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Sánchez, Germán (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta parlamentaria de referencia, se informa que en
las etapas de enseñanza obligatoria la convocatoria de necesidades
educativas especiales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
atañe también al resto de niveles educativos. Las bases de datos de dicho
Ministerio no disponen del número de solicitudes de becas de necesidades
educativas especiales diferencias por cada nivel educativo.




Página
247






La gestión de estas becas en la Comunidad Autónoma de Cataluña se realiza,
desde el curso 2005/2006, a través de un convenio.



En la tabla adjunta se recogen los datos aportados por la Comunidad
Autónoma de Cataluña disponibles en la base de datos del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.



Los datos siguientes se refieren a la suma de los derechos reconocidos al
cierre de las convocatorias pertinentes, es decir, contienen información
agregada de los derechos reconocidos recogidos en las bases de datos del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para cada convocatoria y cuyos
pagos se han realizado con cargo a los ejercicios presupuestarios
correspondientes.



Las cuantías medias se han calculado mediante una aproximación
estadística, sumando las cuantías de todos los derechos reconocidos y
dividiéndolos entre el número de perceptores de dichos derechos
reconocidos al cierre de la convocatoria. Por tanto, es una estimación de
la cuantía media de derechos reconocidos.



CURSO;2003/04;2004/05;2005/06;2006/07;2007/08;2008/09;2009/10;2010/11;2011/12;2012/13;2013/14



BECAS CONCEDIDAS;;;;;;;;;;;



Barcelona;N.D.;N.D.;N.D.;N.D.;5.555;7.270;7.551;8.104;8.448;8.253;9.355



Girona;N.D.;N.D.;N.D.;N.D.;1.949;2.048;2.352;2.441;1.450;1.457;1.584



Lleida;N.D.;N.D.;N.D.;N.D.;434;393;413;427;339;377;472



Tarragona;N.D.;N.D.;N.D.;N.D.;1.002;1.080;1.188;1.331;1.348;1.443;1.551



TOTAL C.A.;;;8.174;9.009;10.048;10.791;11.504;12.303;11.585;11.550;12.983



CUANTÍA MEDIA;;;;;;;;;;;



Barcelona;N.D.;N.D.;N.D.;N.D.;974,44;1.039,94;973,29;997,94;953,53;912,10;978,51



Girona;N.D.;N.D.;N.D.;N.D.;1.475,25;1.592,85;1.557,56;1.568,53;1.123,22;1.160,53;1.143,91



Lleida;N.D.;N.D.;N.D.;N.D.;880,05;954,32;934,99;901,12;857,35;947,95;1.044,25



Tarragona;N.D.;N.D.;N.D.;N.D.;1.221,50;1.257,18;1.247,35;1.217,45;1.242,94;1.186,85;1.181,90



TOTAL
C.A.;;;965,81;990,05;1.092,34;1.163,50;1.121,72;1.131,54;1.005,70;979,15;1.025,61



Madrid, 29 de diciembre de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/061957



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Garzón Espinosa, Alberto (GIP).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que la Administración
competente en la materia relacionada con la pregunta es la Comunidad
Autónoma de Madrid por lo que Su Señoría debe dirigirse a la
Administración autonómica para recabar la información solicitada. No
obstante, el protocolo de actuación ante casos sospechosos de Ébola se
encuentra disponible en el siguiente enlace web:



https://www.msssi.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/ebola/docs/13102014ProtocoloDeActuacionEVE_CISNS.pdf



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/062510



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Saura García, Pedro (GS).




Página
248






Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
D. José María Buenaventura no se ha incorporado al Servicio de Auditoría
Interna de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/062716



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Errekondo Saltsamendi, Xabier Mikel (GMx).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia cabe informar a Su Señoría que
la Evaluación de Impacto Ambiental de los proyectos «sondeo exploratorio
Fulmar-1» y «sondeo exploratorio Pelícano-1» ha concluido con la
publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Resolución de 14 de
octubre de 2014, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que
se formuló Declaración de Impacto Ambiental. Cabe señalar también que
esta Declaración de Impacto Ambiental ha sido favorable sujeta a
determinadas condiciones.



La tramitación ambiental se ha realizado de conformidad con lo exigido en
el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de
proyectos, que regula en su artículo 9 el trámite de información pública
y de consulta a las Administraciones públicas afectadas y a las personas
interesadas.



Por último, cabe apuntar que el procedimiento de Evaluación de Impacto
Ambiental ha tomado en consideración todas aquellas cuestiones de las
personas interesadas y el público en general que así lo han expresado en
el curso de la tramitación a través de informes o alegaciones.



Madrid, 23 de diciembre de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/062733



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la Biblioteca
Pública del Estado en Alicante se encuentra abierta y prestando todos sus
servicios a los ciudadanos, no habiendo permanecido cerrada en ningún
momento ni dejado de prestar los servicios bibliotecarios.



El Gobierno tiene previsto acometer una rehabilitación integral del
edificio que mejore y modernice los espacios de la biblioteca, a cuyo
efecto el proyecto de presupuestos para 2015 de la Gerencia de
Infraestructuras y Equipamientos del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte recoge unas dotaciones para los próximos ejercicios de 10.000
euros en 2015, 300.000 euros en 2016, 4.100.000 euros en 2017 y 4.000.000
euros en 2018.



Las estimaciones citadas permitirán en 2015 actualizar el proyecto en sus
aspectos económicos y su adecuación a nuevas normativas y avances
técnicos, para proceder a la licitación de la ejecución de la obra en el
siguiente ejercicio.



Madrid, 23 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
249






184/062827 a 184/062830



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Olmos, José (GS).



Respuesta:



La Comisión Europea y el Centro Europeo para la Prevención y el Control de
las Enfermedades (ECDC) han respaldado la gestión del Gobierno en
relación con su actuación, tanto en lo referente a la redacción y
aplicación de los protocolos de actuación como en los medios de
protección de los profesionales sanitarios.



Sin embargo, el Gobierno ha decidido reforzar sus protocolos e
instrumentos, para elevar la protección más allá de las recomendaciones
internacionales y europeas.



Por eso, el día 10 de octubre, el Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad y las Comunidades Autónomas decidieron, en el marco
del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, revisar el
protocolo.



Para reforzar la vigilancia y el seguimiento de estos casos, se ha
rebajado el umbral de fiebre respecto a la previsión de la OMS (de 38,6º
a 37,7º).



Para reforzar la seguridad de los profesionales sanitarios que tienen
contacto con estos casos, se ha establecido un sistema de seguimiento que
será siempre activo.



La preparación de los profesionales se ha reforzado, a través de la
Escuela Nacional de Sanidad, mediante actividades de formación adaptadas
para los distintos colectivos profesionales.



Madrid, 1 de diciembre de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/062846



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Se adjunta anexo con los datos solicitados por Su Señoría.



ANEXO



Efectivos de Paradores a octubre de 2014, desglosado por Comunidades
Autonomas, Provincias y Paradores



Id_cent;Parador;Comunidad;Provincia;Núm. Empleados



51;Mojácar;Comunidad de Andalucía;Armería;57



8;Arcos de la Frontera;Comunidad de Andalucía;Cádiz;24



20;Cádiz;Comunidad de Andalucía;Cádiz;97



28;Córdoba;Comunidad de Andalucía;Córdoba;62



39;Granada;Comunidad de Andalucía;Granada;59



12;Ayamonte;Comunidad de Andalucía;Huelva;24



47;Mazagón;Comunidad de Andalucía;Huelva;40



26;Cazorla;Comunidad de Andalucía;Jaén;29



42;Jaén;Comunidad de Andalucía;Jaén;58



85;Úbeda;Comunidad de Andalucía;Jaén;33



7;Antequera;Comunidad de Andalucía;Málaga;46




Página
250






Id_cent;Parador;Comunidad;Provincia;Núm. Empleados



36;Málaga Gibralfaro;Comunidad de Andalucía;Málaga;41



81;Málaga Golf;Comunidad de Andalucía;Málaga;54



82;Málaga Golf (Campo);Comunidad de Andalucía;Málaga;25



53;Nerja;Comunidad de Andalucía;Málaga;67



105;Ronda;Comunidad de Andalucía;Málaga;49



25;Carmona;Comunidad de Andalucía;Sevilla;52



18;Bielsa;Comunidad de Aragón;Huesca;32



5;Alcañíz;Comunidad de Aragón;Teruel;39



78;Teruel;Comunidad de Aragón;Teruel;35



77;Sos del Rey Católico;Comunidad de Aragón;Zaragoza;34



106;Cangas de Onís;Comunidad del Principado de Asturias;Asturias;52



37;Gijón;Comunidad del Principado de Asturias;Asturias;34



29;Cruz de Tejeda;Comunidad de Canarias;Las Palmas;35



23;Cañadas del Teide;Comunidad de Canarias;Santa Cruz de Tenerife;44



97;El Hierro;Comunidad de Canarias;Santa Cruz de Tenerife;27



38;La Gomera;Comunidad de Canarias;Santa Cruz de Tenerife;41



67;La Palma;Comunidad de Canarias;Santa Cruz de Tenerife;34



32;Fuente De;Comunidad de Cantabria;Cantabria;29



112;Limpias;Comunidad de Cantabria;Cantabria;34



70;Santillana del Mar;Comunidad de Cantabria;Cantabria;48



3;Albacete;Comunidad de Castilla-La Mancha;Albacete;43



6;Almagro;Comunidad de Castilla-La Mancha;Ciudad Real;47



46;Manzanares;Comunidad de Castilla-La Mancha;Ciudad Real;39



2;Alarcón;Comunidad de Castilla-La Mancha;Cuenca;18



104;Cuenca;Comunidad de Castilla-La Mancha;Cuenca;50



75;Sigüenza;Comunidad de Castilla-La Mancha;Guadalajara;60



56;Oropesa;Comunidad de Castilla-La Mancha;Toledo;45



79;Toledo;Comunidad de Castilla-La Mancha;Toledo;75



11;Ávila;Comunidad de Castilla y León;Ávila;46



40;Gredos;Comunidad de Castilla y León;Ávila;46



110;Lerma;Comunidad de Castilla y León;Burgos;46



102;León;Comunidad de Castilla y León;León;123



90;Villafranca;Comunidad de Castilla y León;León;31



34;Cervera de Pisuerga;Comunidad de Castilla y León;Palencia;37



27;Ciudad Rodrigo;Comunidad de Castilla y León;Salamanca;31



64;Salamanca;Comunidad de Castilla y León;Salamanca;61



115;La Granja;Comunidad de Castilla y León;Segovia;62



72;Segovia;Comunidad de Castilla y León;Segovia;62



76;Soria;Comunidad de Castilla y León;Soria;41



80;Tordesillas;Comunidad de Castilla y León;Valladolid;48



16;Benavente;Comunidad de Castilla y León;Zamora;38



60;Puebla de Sanabria;Comunidad de Castilla y León;Zamora;28



93;Zamora;Comunidad de Castilla y León;Zamora;39



24;Cardona;Comunidad de Cataluña;Barcelona;40



88;Vic;Comunidad de Cataluña;Barcelona;31



1;Aiguablava;Comunidad de Cataluña;Girona;73




Página
251






Id_cent;Parador;Comunidad;Provincia;Núm. Empleados



10;Arties;Comunidad de Cataluña;Lleida;29



73;Seu D’Urgell;Comunidad de Cataluña;Lleida;37



86;Vielha;Comunidad de Cataluña;Lleida;34



83;Tortosa;Comunidad de Cataluña;Tarragona;42



101;Ceuta;Ciudad Autónoma de Ceuta;Ceuta;49



50;Mérida;Comunidad de Extremadura;Badajoz;55



92;Zafra;Comunidad de Extremadura;Badajoz;35



19;Cáceres;Comunidad de Extremadura;Cáceres;36



41;Guadalupe;Comunidad de Extremadura;Cáceres;34



43;Jarandilla de Vera;Comunidad de Extremadura;Cáceres;43



107;Plasencia;Comunidad de Extremadura;Cáceres;47



100;Trujillo;Comunidad de Extremadura;Cáceres;30



118;Corias;Principado de Asturias;Asturias;34



31;Ferrol;Comunidad de Galicia;A Coruña;26



103;Santiago;Comunidad de Galicia;A Coruña;116



111;Monforte de Lemos;Comunidad de Galicia;Lugo;30



63;Ribadeo;Comunidad de Galicia;Lugo;34



91;Vilalba;Comunidad de Galicia;Lugo;25



109;Santo Estevo;Comunidad de Galicia;Ourense;47



87;Verín;Comunidad de Galicia;Ourense;13



15;Baiona;Comunidad de Galicia;Pontevedra;65



22;Cambados;Comunidad de Galicia;Pontevedra;34



59;Pontevedra;Comunidad de Galicia;Pontevedra;36



84;Tui;Comunidad de Galicia;Pontevedra;25



21;Calahorra;Comunidad de la Rioja;La Rioja;32



71;Santo Domingo;Comunidad de la Rioja;La Rioja;63



114;Alcalá de Henares;Comunidad de Madrid;Madrid;78



30;Chinchón;Comunidad de Madrid;Madrid;42



199;Madrid-SSCC;Comunidad de Madrid;Madrid;142



49;Melilla;Ciudad Autónoma de Melilla;Melilla;24



117;Lorca;Comunidad de la Región de Murcia;Murcia;41



55;Olite;Comunidad Foral de Navarra;Navarra;44



9;Argomaniz;Comunidad de País Vasco;Araba/Álava;37



33;Hondarribia;Comunidad de País Vasco;Gipuzkoa;20



44;Jávea;Comunidad Valenciana;Alicante;51



17;Benicarló;Comunidad Valenciana;Castellón;55



66;Saler;Comunidad Valenciana;Valencia;62



65;Saler (Campo);Comunidad Valenciana;Valencia;26



;;;;4.268,00



Madrid, 4 de diciembre de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/063346



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).




Página
252






Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, cabe destacar
que actualmente se encuentra en tramitación parlamentaria el Proyecto de
Ley Orgánica de control de la actividad económico-financiera de los
Partidos Políticos, por la que se modifican la Ley Orgánica 8/2007, de 4
de julio, sobre financiación de los Partidos Políticos, la Ley Orgánica
6/2002, de 27 de junio de Partidos Políticos y la Ley Orgánica 2/1982, de
12 de mayo, del Tribunal de Cuentas.



Asimismo cabe señalar que, a la espera de los resultados que puedan
derivarse de la aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el
tratamiento del delito de fraude fiscal por los donativos ilegales a los
partidos políticos se articula a través de la relación entre el artículo
305 del Código Penal y la exigencia de responsabilidad penal de las
personas jurídicas prevista en el artículo 31.bis del Código Penal, que
desde la Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre, permite extender a los
partidos políticos «la responsabilidad por las actuaciones ilícitas
desarrolladas por su cuenta y en su beneficio, por sus representantes
legales y administradores, o por los sometidos a la autoridad de los
anteriores cuando no haya existido un control adecuado sobre los mismos»,
según se describe en el apartado II de su Preámbulo.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063354



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



El Gobierno, a través del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, en
al ámbito de la Calidad y la Seguridad Industrial, persigue la prevención
y limitación de riesgos, así como la protección contra accidentes y
siniestros capaces de producir daños o perjuicios a las personas, flora,
fauna, bienes o al medio ambiente, derivado de la actividad industrial o
de la utilización, funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones o
equipos y de la producción uso o consumo de los productos industriales.



Todo ello se realiza sin olvidar los principios de libre competencia y de
reducción de cargas, allí donde sea posible, sin menoscabar las
condiciones de seguridad y de protección medioambiental, en línea con la
reglamentación y normativa europea e internacional.



Con carácter general, las novedades reglamentarias que se incorporan en el
proyecto de Real Decreto, persiguen alinear la legislación española en
materia de seguridad industrial de las instalaciones de suministro a
vehículos de carburantes y combustibles líquidos, hoy parcialmente
obsoleta por el tiempo transcurrido desde su promulgación (año 1999)
mediante la vigente MI IP ITC-04, con la de los países de nuestro entorno
económico en el ámbito de la Unión Europea y con la que viene aplicándose
durante años en Estados Unidos, a través de su Agencia de Protección
Medioambiental.



Algunas de estas mejoras técnicas vienen siendo utilizadas en nuestro
país, con carácter voluntario, desde hace algunos años en las
instalaciones de nueva construcción y en las que se someten a reformas y
mejoras, por los operadores.



El objetivo principal no es otro que mejorar la protección frente a fugas
accidentales de productos desde tanques y tuberías, permitiendo implantar
sistemas de alerta temprana frente a fugas de tanques y tuberías.



La mayoría de estas mejoras técnicas están comprendidas en la Norma UNE EN
13160-5, que está actualmente siendo modificada en el ámbito del Comité
Europeo de Normalización (CEN).



El proyecto de Real Decreto en preparación está alineado con las
modificaciones previstas en la Norma europea UNE EN 13160-5, y con la
normativa establecida en el mercado Americano.



Actualmente, algunas Comunidades Autónomas han incorporado, en el ámbito
de sus competencias ejecutivas, reglamentación de desarrollo aplicable a
las instalaciones de suministro a vehículos, estableciendo las
condiciones que han de cumplir las sondas instaladas en tanques en lo
referente a su instalación, el régimen de pruebas, revisiones y
comprobaciones periódicas a ejecutar en presencia de




Página
253






organismos de control habilitados, así como las medidas complementarias
que deben adoptarse en cuanto a calibración de los tanques en las que van
instaladas las sondas.



Las Comunidades Autónomas, han sido precisamente las más proactivas en el
curso de los debates de carácter técnico desarrollados en el seno de la
comisión técnica creada por el Gobierno, a través del Ministerio de
Industria, Energía y Turismo, hace ya más de cuatro años para revisar y
renovar la vigente MI IP ITC-04, y que estaba integrada además por
representantes cualificados de los grupos de interés afectados, a saber,
asociaciones sectoriales empresariales (Agrupación Española de Vendedores
al por menor de Carburantes y Combustibles, AEVECAR y la Confederación
Española de Empresarios de Estaciones de Servicio, CEEES), todos los
operadores petrolíferos que desarrollan su actividad en nuestro país
(integrados en la Asociación Española de Operadores de Productos
Petrolíferos, AOP y en la Unión de Petroleros Independientes, UPI),
fabricantes de equipos, mantenedores, organismos de control y el único
laboratorio de ensayos existente en España (ICIMLAB) entidad que ha
venido oponiéndose a la incorporación de estas técnicas .



Por ello, el proyecto de Real Decreto ha sido informado por todos los
sectores implicados y en ningún caso únicamente por un operador.



Conviene también aclarar, que el proyecto de norma PNE 62423 no establece
una fuga de 400 ml/h conforme indica Su Señoría en la pregunta de
referencia, sino que se establece un dispositivo de simulación de fugas
definido como un orificio de sección constante y geometría conocido, con
el que se genera un caudal de fuga constante para cada altura del
producto en el interior del tanque. Los defectos patrón que se establecen
en la norma de diámetros de 0,05 mm, 0,10 mm o 0,15 mm generan una fuga,
con gasóleo, comprendida entre los 100 ml/h y los 300 ml/h.



En relación con las preguntas concretas planteadas por Su Señoría, cabe
informar que de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 2200/1995,
de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la
Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, la Entidad
responsable de la elaboración de las normas es la Asociación Española de
Normalización y Certificación (AENOR). No obstante cabe informar a Su
Señoría que como consecuencia de la revisión del informe 53968 se ha
elaborado el proyecto de norma PNE 62423.



El PNE 62423-1 «Procedimientos normalizados para evaluar sistemas
itinerantes de verificación de la estanqueidad y detección de fugas, o
conjuntos de tanque y tuberías, de pared simple de almacenamiento de
productos petrolíferos líquidos. Parte 1: Sistemas volumétricos y no
volumétricos (sónicos y de presión-vacío)», se elaboró a raíz del
análisis y estudio del Informe UNE 53968, que puso de manifiesto la
necesidad de elaborar una nueva norma para la evaluación de los sistemas
itinerantes.



Respecto a los motivos para la elaboración de la nueva norma, el Gobierno
se remite a la respuesta emitida a la pregunta escrita 184/044517,
enviada a la Cámara el 25 de abril de 2014, con número de registro de
entrada 132376.



Por todo ello, el Gobierno considera que el PNE 62423 es una norma de
calidad, adecuada para la evaluación de los sistemas itinerantes de
verificación de la estanqueidad de los tanques.



Cabe señalar que las pruebas de estanqueidad anual con producto o cada
cinco años si se realiza a tanque vacío, limpio y desgasificado y con
medición de espesores, se debe realizar a todos los tanques que no
dispongan de un sistema de detección de fugas.



Estas pruebas se deben realizar con sistemas que nos aseguren la máxima
fiabilidad, es decir, que si el sistema indica que hay fuga, exista
realmente fuga, y que por el contrario, si el sistema indica que es
estanco, que realmente no exista fuga.



Después de realizado un análisis de coste beneficio (instrumento este de
uso frecuente en el proceso legislativo de los países de la Unión Europea
y en las propias Directivas Europeas), se permite que para los tanques de
simple pared sin cubeto en estaciones de servicio con ventas inferiores a
litros al año, en vez de transformarse a doble pared se realice una
prueba de estanqueidad a tanque vacío, limpio y desgasificado, tras
examen visual de la superficie interior, medición de espesores y
comprobación de que las propiedades de resistencia mecánica se han
conservado y que instalen equipos de control avanzados en los tanques
(sondas electrónicas de nivel y tecnologías de conciliación automática y
estadística de inventarios líquidos que permiten su control continuo en
la instalación, tecnología que permite detectar hipotéticas fugas de
estos productos de manera casi inmediata) ajustándose a las
especificaciones de la Norma Europea UNE EN 13160 parte 5 o al estándar
estadounidense de la US-EPA para la conciliación de inventarios
estadística denominada en nuestro texto normativo como CEI (conciliación
estadística de inventarios).




Página
254






Debemos aquí destacar que en la actualidad, estos tanques de pared simple
o se revisan cada cinco años si han sido sometidos a una prueba de
estanqueidad con tanque vacío limpio y desgasificado, o lo están a
pruebas anuales discretas con producto en el interior, con lo que el
plazo medio de detección de la perdida de estanqueidad de un deposito
puede establecerse entre los seis y treinta meses, si no existen
evidencias externas, frente a plazos semanales o quincenales que permiten
las nuevas tecnologías.



Es pues evidente que la situación de la protección de los suelos y de las
aguas subterráneas ubicadas en el subsuelo de nuestras instalaciones de
suministro a vehículos mejora de manera radical con la nueva redacción de
la MI IP ITC 04.



Cabe informar a Su Señoría que el proyecto de Real Decreto actualmente
está pendiente de remisión a la Secretaría General Técnica del Ministerio
de Industria, Energía y Turismo, para que emita el informe al que se
refiere el artículo 24.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del
Gobierno.



El proyecto de Real Decreto por el que se aprueba la instrucción técnica
complementaria MI-IP 04 «Instalaciones para suministro a vehículos» y se
regulan determinados aspectos de la reglamentación de instalaciones
petrolíferas, fue sometido con fecha 20 de noviembre de 2013 a informe
del Consejo de Coordinación de la Seguridad Industrial, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 18.4.c) de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de
industria, y el artículo 2.d) del Reglamento del Consejo de Coordinación
de la Seguridad Industrial, aprobado por Real Decreto 251/1997, de 21 de
febrero.



La Disposición final segunda, del proyecto de Real Decreto, por la que se
modifica el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas, modificando el
artículo 10. Normas, e introduciendo un nuevo artículo 11. Cumplimiento
de las prescripciones, lo que hace es adaptar el Reglamento de
instalaciones petrolíferas a las condiciones actuales, en línea con lo
que se establece en los nuevos Reglamentos, entre otros, el Reglamento
técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, aprobado
por el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, y el Reglamento sobre
condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas
de alta tensión, aprobado por el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.



En ningún apartado de esta disposición se exonera al titular de la
instalación de la responsabilidad medioambiental. Las instalaciones
reguladas por el proyecto de Real Decreto deben cumplir además de lo
establecido en el mismo, la normativa que les sea de aplicación como,
entre otras, la normativa medioambiental.



Cabe destacar que lo único que garantiza que no se produzca un vertido al
medio ambiente, en un tanque enterrado, es que dicho tanque sea de doble
pared y tenga instalado, entre ambas paredes, un sistema automático de
detección y alarma de fugas.



Por ello, en la disposición transitoria segunda del proyecto se establecen
los requisitos y un calendario para que, las instalaciones enterradas
existentes con tanques de simple pared y/o tuberías de impulsión de
simple pared, dispongan tanques de doble pared y tuberías de impulsión de
doble pared.



Los criterios de 2010 para la exención de pruebas de estanqueidad para
tanques que tengan instalado un sistema fijo de detección de fugas,
fueron elaborados por técnicos del Ministerio de Industria, Energía y
Turismo, técnicos de la Comunidades Autónomas y por expertos en este
campo del sector petrolero, teniendo en cuenta:



a) Las mejores prácticas observadas en la utilización de estos equipos en
el ámbito internacional más avanzado.



b) Las recomendaciones de los fabricantes y mantenedores con mayor peso en
el mercado internacional que comercializan sus equipos en España.



c) La experiencia operativa acumulada en estos dos años transcurridos
desde la difusión de la circular, de fecha 02 de julio de 2008, respecto
a los equipos fijos destinados a la detección de la perdida de
estanqueidad de tanques enterrados



Por otra parte, las técnicas de control continuo de inventario que se
introducen en el proyecto (entre las que se encuentra el sistema de
conciliación estadística de inventarios conocido por su acrónimo sajón
SIR o bien traducido por CEI en el proyecto español, y amparado hoy en la
correspondiente norma estadounidense de la US-EPA (EPA/530UST-90/007),
está actualmente en curso de integración en el caudal europeo de
normalización en una futura ampliación de normas UNE EN, constituye una
de las mejores herramientas disponibles para detectar tempranamente fugas
accidentales de carburantes en las instalaciones de suministro a
vehículos y así lo acredita el amplio uso que de ella viene haciéndose en
cientos de instalaciones en los EEUU, Reino Unido, Japón o Australia por
mencionar los ejemplos exteriores a nuestras fronteras más significativos
.




Página
255






En cuanto a la clasificación de zonas vigente en la actual ITC04, se
considera que existe bibliografía internacional que avala las ligeras
modificaciones propuestas (a título de ejemplo, la acreditada obra de la
APEA británica: Desing, construction, modification, maintenance and
decommissioning of filling stations, referencia técnica fundamental usada
en toda Europa).



Respecto al empleo de bombas sumergidas para la extracción de carburantes
en las instalaciones españolas, cabe señalar que desde hace más de una
decena de años, la industria de la distribución de carburantes en
estaciones de servicio de nuestro país y de una gran mayoría de países
avanzados, viene utilizando esta tecnología en aquellas instalaciones
(generalmente de gran superficie, como las ubicadas en áreas de servicio
de autovías y autovías) donde se produce riesgo de cavitación, sobre todo
en países cálidos, de las bombas de aspiración tradicionales.



Estas instalaciones disponen y así se regula en el proyecto de Real
Decreto, de sistemas de protección electrónicos avanzados. Ese «efecto
temperatura» que Su Señoría indica no está justificado técnicamente y por
ello, esta técnica es usada en EE.UU, Alemania, Reino Unido, entre otros
países.



En relación con las estaciones de servicio desatendidas, cabe informar que
el proyecto de la ITC MI-IP04 en su capítulo XIII, instalaciones
desatendidas, no autoriza a que las estaciones de servicio puedan ser
desatendidas, lo que se establece en ese capítulo son las medidas de
seguridad que deben cumplir las instalaciones desatendidas para que sean
seguras.



Además, al objeto de incrementar la seguridad de dichas instalaciones, en
la disposición transitoria quinta se establece un plazo de un año, desde
la entrada en vigor del Real Decreto, para que las instalaciones
existentes en régimen desatendido cumplan lo estable en la ITC.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063418



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, cabe señalar que las obras
están siendo ejecutadas por la Xunta de Galicia, por lo que el Gobierno
no es competente para contestar la pregunta formulada por Su Señoría.



Madrid, 10 de diciembre de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/063468



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Guillén Izquierdo, Vicente (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
el Gobierno apoya la creación del Mercado Interior de la Energía,
objetivo fundamental del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Para ello es prioritaria la construcción de las interconexiones
necesarias para que sea un mercado físico y real que permita aumentar la
competencia en los mercados y converger los precios energéticos en
Europa. En este marco, los operadores de las redes deben presentar los
proyectos necesarios para cumplir con los niveles mínimos de
interconexiones.



En la actualidad, se está elaborando la Planificación de las redes de
transporte de energía eléctrica para el periodo 2015-2020 en la que se
incluye un anexo, de carácter no vinculante, con aquellas instalaciones
de la red de transporte que se estime necesario poner en servicio durante
los años posteriores




Página
256






al horizonte de la planificación. La inclusión de una instalación en este
anexo servirá solamente a los efectos de iniciar los trámites
administrativos pertinentes de la referida instalación.



En el listado anexo de actuaciones cuya puesta en servicio se prevé que
pueda ser necesaria para el siguiente periodo de planificación
(2021-2026), de cara a poder iniciar los trámites administrativos
necesarios, se encuentran nuevas interconexiones con Francia, entre ellas
las siguientes:



— Sabiñánigo (Huesca)-Frontera francesa 400 kV, y



— Monzón (Huesca)-Frontera francesa 400 kV.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063475



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Guillén Izquierdo, Vicente (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría se indican a
continuación las ayudas pagadas en los ejercicios 2012 y 2013 en la
Comunidad Autónoma de Aragón.



Relacion de ayudas pagadas en los ejercicios 2012 y 2013 en la Comunidad
Autónoma de Aragón



Proyecto;Beneficiario;2012 (€);2013 (€);Total (€)



2007-0205;Juancibi, S.L.;7.626,20;0,00;7.626,20



2007-0208;Sociedad Cooperativa Ganadera de Caspe,
S.R.L.;22.545,02;0,00;22.545,02



2008-0049;Fertinagro Nutrientes, S.L.;19.666,68;0,00;19.666,68



2008-0178;Guzval, S.C.;19.032,50;0,00;19.032,50



2009-0009;Esteban Espuña, S.A.;418.000,00;0,00;418.000,00



2009-0012;Desarrollos Farmacéuticos Bajo Aragón,
S.L.;123.922,29;0,00;123.922,29



2009-0043;Acro Construcciones Metálicas, S.L.;406.231,46;0,00;406.231,46



2009-0117;Bioteruel, S.L.;100.000,00;0,00;100.000,00



2009-0120;Agropecuaria Hermanos Lucas, S.C.;21.932,64;0,00;21.932,64



2009-0121;Talleres Alejo Martín, S.L.;105.701,71;0,00;105.701,71



2009-0126;Monter Palau, S.L.;197.512,06;0,00;197.512,06



2010-0010;La Calandina, S.C.L.;169.954,00;0,00;169.954,00



2010-0109;Pa De Mel, S.L.;208.920,00;0,00;208.920,00



2010-0121;Metales Fragmentados, S.A.;444.195,91;0,00;444.195,91



2010-0123;Recuperaciones Magurán, S.L.;0,00;23.779,00;23.779,00



2010-0124;Hotel Ciudad de Alcañiz, S.A.;0,00;68.983,67;68.983,67



2010-0140;Visit Hotel, S.L.;158.969,36;142.241,02;301.210,38



2010-0157;Cartonajes San Macario, S.A.;0,00;193.393,39;193.393,39



2010-M014;Agropecuaria Santa Ana, SAU;40.265,28;0,00;40.265,28



2010-M015;Dominio Maestrazgo, S.A.;75.000,00;0,00;75.000,00



2010-M042;Jaime FornosCervelló;75.000,00;0,00;75.000,00



2010-M043;Vincametfruits, S.L.;31.544,06;0,00;31.544,06



2010-M048;Manuela Pedro Asensio;45.000,00;0,00;45.000,00



2010-M049;Germán Balaguer Rallo;45.000,00;0,00;45.000,00



2010-M051;Rigual, S.A.;19.000,00;0,00;19.000,00




Página
257






Proyecto;Beneficiario;2012 (€);2013 (€);Total (€)



2010-M071;Alexis David Fernández Valle;10.846,72;0,00;10.846,72



2010-M072;Aman, S.C.;14.625,00;0,00;14.625,00



2010-M094;José Óscar Masot Paga;18.164,25;0,00;18.164,25



2011-M001;Frutas Lozano, S.L.;6.053,10;3.026,54;9.079,64



2011-M002;Zumos Catalano Aragoneses, S.A.;64.050,00;64.050,00;128.100,00



2011-M006;Agrícola Sarrau, S.L.;7.500,00;7.500,00;15.000,00



2011-M007;Prefabricados Montalbán, S.L.;0,00;21.421,91;21.421,91



2011-M014;Hermanos Sánchez Aragón Cia, S.C:;11.915,63;5.957,81;17.873,44



2011-M016;Frutas Aurelio, S.L.;23.192,61;11.596,31;34.788,92



2011-M052;Villalloza, S.L.;0,00;101.250,00;101.250,00



2011-M063;ANCROS, S.C.;7.723,85;0,00;7.723,85



2011-M097;Frutas Selectas del Valle de Mequinenza-Fruitsvall,
S.L.;0,00;42.913,19;42.913,19



2011-M167;Albice, S.L.;60.738,90;0,00;60.738,90



Total;;2.979.829,23;686.112,84;3.665.942,07



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063499



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Caldera Sánchez-Capitán, Jesús (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, se indica que la información
actualmente disponible del alumnado matriculado en enseñanzas no
universitarias, elaborada por el Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte en el marco de cooperación con las Consejerías de Educación de
las Comunidades Autónomas, aparece publicada dentro de la página web del
mencionado Ministerio, en el apartado de Estadísticas. La última
información difundida de alumnado corresponde a los Datos avance del
curso 2013-2014 y se encuentra disponible en la siguiente dirección:



http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/estadisticas/educacion/no-universitaria/alumnado/matriculado/2013-2014--Datos-Avances.html



En lo que respecta a las becas y ayudas al estudio, en el curso 2013-2014
se concedieron 1.102 becas de la convocatoria general a estudiantes
matriculados en bachillerato en centros de la provincia de Salamanca, por
importe de 1.685.199,03 euros.



En las enseñanzas universitarias, los datos de los alumnos universitarios
matriculados corresponden a los Datos avance del curso 2013-2014 y están
disponibles en la siguiente dirección:



http://www.mecd.gob.es/educacion-mecd/areas-educacion/universidades/estadisticas-informes/estadisticas/alumnado/2013-2014.html.



En relación con las becas y ayudas al estudio, se concedieron 8.236 becas
de la convocatoria general a estudiantes matriculados en universidades de
la provincia de Salamanca por importe de 24.737.663,42 euros.



Madrid, 16 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
258






184/063502



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Caldera Sánchez-Capitán, Jesús (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, se informa de que el número de
estudiantes participantes en la convocatoria de estudios y prácticas de
Erasmus Plus y Erasmus.es de instituciones de la provincia de Salamanca
en el curso 2014-2015 asciende a 741 alumnos.



Se recuerda que estos datos son provisionales a la espera de recibir el
informe final.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063542 y 184/063543



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que en las Ciudades
Autónomas de Ceuta y Melilla, debido a su peculiar situación fronteriza,
existe un colectivo de personas en situación irregular, algunas de ellas
con hijos en edad de escolarización obligatoria cuyo número no se conoce.
Cuando estos menores están bajo la tutela oficial de la Ciudad Autónoma y
se solicita por la citada Administración su escolarización, ésta se
concede automáticamente.



El problema se plantea, por tanto, respecto a las solicitudes en las que
no se justifica el modo de estancia, desconociéndose si los solicitantes
residen en la Ciudad Autónoma, si simplemente pernoctan, si se encuentran
en situación de tránsito o si cruzan diariamente la frontera. Dado que
procede escolarizar a aquéllos menores que residen en la Ciudad Autónoma,
el mejor instrumento es el certificado de empadronamiento que, por otra
parte, es el documento exigido en todas las Comunidades Autónomas para la
escolarización. Todos los alumnos que presentan dicho certificado son
escolarizados automáticamente.



Madrid, 16 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063550 a 184/063552



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada se indica que, una vez
finalizada la rehabilitación arquitectónica del Palacio de la Aduana, y
contratada el pasado 31 de julio (por importe de 3.598.616,8 euros) la
ejecución de la exposición y el equipamiento, el Gobierno está en
disposición de abrir al público el Museo de Málaga antes de que termine
2015. No existe, por tanto, retraso alguno en la ejecución de la
museografía que está llevando a cabo la Gerencia de Infraestructuras y
Equipamientos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



No obstante, ha de tenerse en cuenta que se trata de un museo de
titularidad estatal y gestión transferida, resultando necesaria la
colaboración de la Junta de Andalucía tanto en la ejecución de la
museografía como en la apertura al público.



Madrid, 23 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
259






184/063602



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta parlamentaria de referencia, se informa que el
Gobierno, a través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, no
gestiona ninguna convocatoria específica para libros de texto y material
escolar en las enseñanzas obligatorias en la Comunidad Autónoma de
Andalucía.



Madrid, 23 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063609



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El número de trabajadores en los centros penitenciarios y de inserción
social, a noviembre de 2014, era el recogido en los siguientes cuadros:



Secretaría General de Instituciones Penitenciarias



COMUNIDAD;PROVINCIA;CENTROS PENITENCIARIOS / CIS;Nov.-2014



ANDALUCÍA;ALMERÍA;ALMERÍA CUMPLIMIENTO;370



;CÁDIZ;ALGECIRAS;472



;;CIS MANUEL MONTESINOS (ALGECIRAS);54



;;PUERTO ST.ª MARÍA-I;209



;;PUERTO ST.ª MARÍA-II;293



;;PUERTO ST.ª MARÍA-III;545



;CÓRDOBA;CÓRDOBA;489



;GRANADA;ALBOLOTE;474



;;CIS MATILDE CANTOS FERNÁNDEZ;72



;HUELVA;HUELVA;466



;;CIS DAVID BELTRÁN CATALÁ (HUELVA);62



;JAÉN;JAÉN;346



;MÁLAGA;MÁLAGA;466



;;CIS EVARISTO MARTÍN NIETO (MÁLAGA);71



;SEVILLA;SEVILLA;507



;;ALCALÁ DE GUADAIRA-MUJERES;130



;;SEVILLA II (MORÓN DE LA FRONTERA);521



;;CIS LUIS JIMÉNEZ DE ASÚA (SEVILLA);82



;;HOSPITAL PSIQ. PENITENC. SEVILLA;180



Total ANDALUCÍA;;;5.809



;TERUEL;TERUEL;122



ARAGÓN;ZARAGOZA;ZARAGOZA;494



;;DAROCA;246



Total ARAGÓN;;;862




Página
260






COMUNIDAD;PROVINCIA;CENTROS PENITENCIARIOS / CIS;Nov.-2014



Principado de ASTURIAS;OVIEDO;VILLABONA;468



Total P. ASTURIAS;;;468



ILLES BALEARS;I.BALEARES;MALLORCA;461



;;CIS JOAQUÍN RUÍZ-GIMÉNEZ (MALLORCA);66



;;IBIZA;96



;;MENORCA;107



Total ILLES BALEARS;;;730



CANARIAS;LAS PALMAS;LAS PALMAS;385



;;ARRECIFE;249



;;LAS PALMAS-II;355



;SANTA CRUZ DE TENERIFE;SANTA CRUZ DE LA PALMA;54



;;TENERIFE;368



;;CIS MERCEDES PINTO (TENERIFE);54



Total CANARIAS;;;1.465



CANTABRIA;CANTABRIA;EL DUESO (SANTOÑA);321



Total CANTABRIA;;;321



CASTILLA-LA MANCHA;ALBACETE;ALBACETE;172



;CIUDAD REAL;ALCÁZAR DE SAN JUAN;82



;;HERRERA DE LA MANCHA;222



;CUENCA;CUENCA;113



;TOLEDO;OCAÑA I;187



;;OCAÑA II;218



Total CASTILLA-LA MANCHA;;;994



CASTILLA y LEÓN;ÁVILA;ÁVILA;169



;BURGOS;BURGOS;227



;LEÓN;MANSILLA DE LAS MULAS (LEÓN);479



;PALENCIA;LA MORALEJA (DUEÑAS);469



;SALAMANCA;TOPAS;510



;SEGOVIA;SEGOVIA;290



;SORIA;SORIA;117



;VALLADOLID;VALLADOLID;286



Total CASTILLA Y LEÓN;;;2.547



CA. CEUTA;CEUTA;CEUTA;154



Total CA. CEUTA;;;154



EXTREMADURA;BADAJOZ;BADAJOZ;297



;CÁCERES;CÁCERES;243



Total EXTREMADURA;;;540



GALICIA;A CORUÑA;TEIXEIRO (CURTIS);459



;;CIS CARMELA ARIAS Y DÍAZ DE RÁBAGO;58



;LUGO;LUGO-BONXE;203



;;LUGO-MONTERROSO;238



;OURENSE;OURENSE;198



;PONTEVEDRA;A LAMA;494



Total GALICIA;;;1.650




Página
261






COMUNIDAD;PROVINCIA;CENTROS PENITENCIARIOS / CIS;Nov.-2014



LA RIOJA;LA RIOJA;LOGROÑO;187



Total LA RIOJA;;;187



C. DE MADRID;MADRID;MADRID II (ALCALÁ DE HENARES-MECO);403



;;CIS VICTORIA KENT (MADRID);135



;;MADRID III (VALDEMORO);487



;;MADRID IV (NAVALCARNERO);450



;;MADRID V (SOTO DEL REAL);555



;;MADRID VI (ARANJUEZ);473



;;MADRID VII (ESTREMERA);515



;;CIS JOSEFINA ALDECOA (NAVALCARNERO);60



;;MADRID I - MUJERES (ÁLCALA DE HENARES);256



;;CIS MELCHOR RODRÍGUEZ GARCÍA (A. HENARES);68



Total MADRID;;;3.402



CA. DE MELILLA;MELILLA;MELILLA;193



Total CA. MELILLA;;;193



REGIÓN DE MURCIA;MURCIA;MURCIA;259



;;MURCIA-II;409



;;CIS GUILLERMO MIRANDA (MURCIA);54



Total R. MURCIA;;;722



CF. DE NAVARRA;NAVARRA;PAMPLONA I;185



Total CF.NAVARRA;;;185



PAÍS VASCO;ÁLAVA/ARABA;ARABA/ÁLAVA;295



;GIPUZKOA;SAN SEBASTIÁN;151



;BIZKAIA;BILBAO;164



Total PAÍS VASCO;;;610



C. VALENCIANA;ALICANTE;ALICANTE CUMPLIMIENTO;310



;;PSIQ. PENITENCIARIO ALICANTE;244



;;ALICANTE-II (VILLENA);421



;CASTELLÓN;CASTELLÓN;255



;;CASTELLÓN II (ALBOCASSER);516



;VALENCIA;VALENCIA;971



;;CIS TORRE ESPIOCA (VALENCIA);84



Total C.VALENCIANA;;;2.801



TOTAL GENERAL;;;23.640



Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo



COMUNIDAD;PROVINCIA;CENTROS PENITENCIARIOS / CIS;Nov.-2014



ANDALUCÍA;ALMERÍA;ALMERÍA;6



;CÁDIZ;ALGECIRAS (Cádiz);5



;;C.I.S. ALGECIRAS (Cádiz);1



;;PUERTO DE STA. MARÍA I;3



;;PUERTO DE STA. MARÍA II;3



;;PUERTO DE STA. MARÍA III;4



;CÓRDOBA;CÓRDOBA;8




Página
262






COMUNIDAD;PROVINCIA;CENTROS PENITENCIARIOS / CIS;Nov.-2014



;GRANADA;ALBOLOTE (Granada);6



;;C.I.S. GRANADA;1



;HUELVA;C.I.S. HUELVA;1



;;HUELVA;5



;JAÉN;JAÉN;6



;MÁLAGA;ALHAURÍN DE LA TORRE;5



;;C.I.S. MÁLAGA;2



;SEVILLA;ALCALÁ DE GUADAIRA;1



;;C.I.S. SEVILLA;2



;;SEVILLA;6



;;SEVILLA HOSPITAL;1



;;SEVILLA II;3



Total ANDALUCÍA;;;69



ARAGÓN;TERUEL;TERUEL;3



;ZARAGOZA;DAROCA;7



;;ZARAGOZA - ZUERA;8



Total ARAGÓN;;;18



Principado de ASTURIAS;ASTURIAS;VILLABONA;5



Total P.ASTURIAS;;;5



ILLES BALEARS;I. BALEARS;C.I.S. PALMA DE MALLORCA;0



;;IBIZA;1



;;MENORCA;1



;;PALMA DE MALLORCA;4



Total I. BALEARS;;;6



CANARIAS;LAS PALMAS;ARRECIFE DE LANZAROTE;2



;;LAS PALMAS;4



;;LAS PALMAS II;1



;SANTA CRUZ DE TENERIFE;C.I.S. TENERIFE;1



;;SANTA CRUZ DE LA PALMA;2



;;TENERIFE II;3



Total CANARIAS;;;13



CANTABRIA;CANTABRIA;EL DUESO - SANTOÑA;7



Total CANTABRIA;;;7



CASTILLA-LA MANCHA;ALBACETE;ALBACETE;1



;CIUDAD REAL;ALCÁLZAR DE SAN JUAN;2



;;HERRERA DE LA MANCHA;7



;CUENCA;CUENCA;3



;TOLEDO;OCAÑA-I;9



;;OCAÑA-II;10



Total CASTILLA-LA MANCHA;;;32



CASTILLA Y LEÓN;ÁVILA;ÁVILA;5



;BURGOS;BURGOS;6



;PALENCIA;DUEÑAS (Palencia);6



;LEÓN;LEÓN;6



;SEGOVIA;SEGOVIA;6




Página
263






COMUNIDAD;PROVINCIA;CENTROS PENITENCIARIOS / CIS;Nov.-2014



;SORIA;SORIA;4



;SALAMANCA;TOPAS (Salamanca);8



;VALLADOLID;VALLADOLID;8



Total CASTILLA Y LEÓN;;;49



CA. DE CEUTA;CA.CEUTA;CEUTA;2



Total CEUTA;;;2



EXTREMADURA;BADAJOZ;BADAJOZ;6



;CÁCERES;CÁCERES;6



Total EXTREMADURA;;;12



GALICIA;A CORUÑA;C.I.S. A CORUÑA;1



;;TEIXEIRO-CURTIS;5



;LUGO;LUGO - BONXE;6



;;LUGO - MONTERROSO;6



;OURENSE;OURENSE;6



;PONTEVEDRA;A LAMA;9



Total GALICIA;;;33



LA RIOJA;LA RIOJA;LOGROÑO;3



Total LA RIOJA;;;3



COMUNIDAD AUTÓNOMA;MADRID;C.I.S. ALCALÁ DE HENARES;1



MADRID;;C.I.S. MADRID - Victoria Kent;4



;;C.I.S. NAVALCARNERO;1



;;MADRID-I;6



;;MADRID-II;6



;;MADRID-III;7



;;MADRID-IV;5



;;MADRID-V;6



;;MADRID-VI;6



;;MADRID-VII;2



Total CA. MADRID;;;44



C. DE MELILLA;MELILLA;MELILLA;3



Total MELILLA;;;3



R. MURCIA;MURCIA;C.I.S. MURCIA;0



;;MURCIA;8



;;MURCIA II;4



Total R. MURCIA;;;12



CF. DE NAVARRA;NAVARRA;PAMPLONA I;4



Total NAVARRA;;;4



PAÍS VASCO;ÁLAVA/ARABA;ÁLAVA-ARABA-ZABALLA;6



;GIPUZKOA;SAN SEBASTIÁN;4



;BIZKAIA;BILBAO;3



Total PAÍS VASCO;;;13



C. VALENCIANA;ALICANTE;ALICANTE CUMPLIMIENTO;7



;;ALICANTE HOSPITAL PSIQ.;2



;;VILLENA - ALICANTE II;4




Página
264






COMUNIDAD;PROVINCIA;CENTROS PENITENCIARIOS / CIS;Nov.-2014



;CASTELLÓN;ALBOCASSER (Castellón);3



;;CASTELLÓN;6



;VALENCIA;C.I.S. VALENCIA;2



;;VALENCIA;20



;;VALENCIA HOSPITAL;0



Total VALENCIANA;;;44



TOTAL GENERAL;;;369



Por último, cabe señalar que los datos correspondientes a noviembre de
2011 ya fueron remitidos a Su Señoría con motivo de la respuesta a las
preguntas con número de expediente 184/055395 y 55456, con número de
registro de entrada en la Cámara 158724, de fecha 23 de octubre de 2014.



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063627



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Olmos, José y Fernández Moya, Gracia (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que, para avanzar en
el estudio epidemiológico del virus de la hepatitis C, el Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad va a elaborar un Plan Estratégico
Nacional para el Abordaje de la Hepatitis C, que será coordinado por el
doctor Joan Rodés y contará con la participación de los principales
expertos nacionales e internacionales.



El Plan tendrá como objetivo general disminuir la morbimortalidad causada
por el virus, mejorando la prevención, el diagnóstico, el tratamiento y
el seguimiento de los pacientes en todo el Sistema Nacional de Salud y,
dentro de las líneas de trabajo que guiarán el Plan, se destaca conocer
la epidemiología más precisa posible de la enfermedad, además de
establecer con criterios científico-clínicos las prioridades
terapéuticas, crear un registro de pacientes con la enfermedad para
seguir su evolución e incluir en el tratamiento los nuevos fármacos cuya
eficacia haya sido científicamente demostrada.



A las Comunidades Autónomas se les ha solicitado ya el registro,
genotipado y grado de fibrosis de sus pacientes con hepatitis C, así como
los centros y unidades especializadas.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063648



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Ramírez, María José (GS).



Respuesta:



Las actuaciones en la provincia de Huelva previstas para 2015 que se
incluyen en los Presupuestos Generales del Estado en el programa 456-D
Actuaciones en la costa, gestionada por la Dirección General de
Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente, son las siguientes:




Página
265






— Control de la regresión de la costa en Huelva: 700.000 euros.



— Protección y recuperación de los sistemas litorales en Huelva: 50.000
euros.



— Dotaciones para el acceso y uso público de la costa en Huelva: 250.000
euros.



Madrid, 21 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063707



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lozano Domingo, Irene (GUPyD).



Respuesta:



Dados los estrechos vínculos históricos y culturales entre España y
Venezuela, el Gobierno está siguiendo de cerca los acontecimientos en ese
país, desde que se iniciaron las primeras manifestaciones de protesta en
febrero.



El Gobierno se ha sumado en este tiempo a las declaraciones de los
organismos regionales como UNASUR y CELAC abogando por el respeto de
todos los derechos humanos.



La Alta Representante de la UE, ya desde su comunicado de 28 de marzo,
manifestó su preocupación por la detención de estudiantes y líderes
políticos en Venezuela.



El Gobierno de España, tanto en su calidad de miembro de la UE, como a
través de gestiones por canales diplomáticos, se ha interesado por el
desarrollo de los procesos contra detenidos en el marco de las protestas
ocurridas en Venezuela.



Respecto a la votación para la elección al Consejo de Seguridad de
Naciones Unidas del pasado 16 de octubre, cabe subrayar que Venezuela era
el único candidato en liza para ocupar el puesto que corresponde al Grupo
de América Latina y Caribe (GRULAC) en el Consejo de Seguridad y que, por
tanto, iba endosado por ese grupo regional.



Madrid, 16 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063712



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En contestación a la pregunta formulada conviene señalar, con carácter
previo, que el artículo 48 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre,
reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, establece
el procedimiento aplicable a las solicitudes de protección internacional
de los menores no acompañados, que han de ser puestos a disposición de
los servicios competentes de protección de menores para que, de forma
inmediata, se adopten medidas para asegurar que el representante de la
persona menor de edad, nombrado de acuerdo con la legislación vigente en
materia de protección de menores, actúe en nombre del menor de edad no
acompañado y le asista con respecto al examen de la solicitud de
protección internacional.



Por lo que se refiere al acceso al procedimiento de protección
internacional, la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho
de asilo y de la protección subsidiaria, establece, en el artículo 21, el
procedimiento aplicable a las solicitudes presentadas en puestos
fronterizos.



Por otra parte cabe significar que la apertura de nuevas oficinas en los
puestos fronterizos de Ceuta y Melilla supone un refuerzo del sistema de
protección internacional, que funciona con normalidad en ambas ciudades.
El acceso al procedimiento estaba y sigue estando asegurado a través de
las Comisarías y Oficinas de extranjeros, donde se producen
formalizaciones de solicitudes de protección internacional, al




Página
266






igual que en el resto del territorio. Se trata por tanto de una medida
adicional, de apoyo a la estructura ya existente, y derivada del aumento
de la presión migratoria, que busca mejorar la prestación del servicio y
reforzar aún más si cabe el marco de derechos y garantías de los
solicitantes y potenciales solicitantes de protección internacional.



Madrid, 12 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063713, 184/063734



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En relación con las preguntas formuladas conviene precisar, con carácter
previo, que España, en materia de control fronterizo, desempeña su
actuación de acuerdo con los principios de proporcionalidad, congruencia
y oportunidad. Dicha actuación se desarrolla velando por la seguridad de
las personas y el respeto de sus derechos humanos, así como el acceso a
la protección internacional, a lo que contribuirá positivamente la
creación de las Oficinas de Asilo y Refugio en Ceuta y Melilla.



Por otra parte, cabe señalar que la apertura de nuevas oficinas en los
puestos fronterizos de Ceuta y Melilla supone un refuerzo del sistema de
protección internacional, que funciona con normalidad en ambas ciudades.
El acceso al procedimiento estaba y sigue estando asegurado a través de
las Comisarías y Oficinas de extranjeros, donde se producen
formalizaciones al igual que en el resto del territorio. Se trata por
tanto de una medida adicional, de apoyo a la estructura ya existente, y
derivada del aumento de la presión migratoria, que busca mejorar la
prestación del servicio y reforzar aún más si cabe el marco de derechos y
garantías de los solicitantes y potenciales solicitantes de protección
internacional.



Las nuevas instalaciones, que se habilitarán dentro de la zona de control
fronterizo, estarán claramente identificadas como lugares de
formalización de solicitudes de asilo o protección internacional, con lo
que se evitará el traslado del solicitante fuera del recinto fronterizo,
tanto para ofrecerle la información necesaria que pueda conducirle a
presentar tales solicitudes, como para la formalización de las mismas.



En dichas oficinas, y siempre con asistencia de abogado e intérprete —lo
que constituye una de las garantías del sistema de protección
internacional—, se realizará una identificación de aquellos inmigrantes
que pudieran ser potenciales solicitantes de protección internacional. De
este modo, estos inmigrantes podrían formalizar su solicitud ante las
autoridades al cargo del puesto fronterizo (Cuerpo Nacional de Policía),
solicitudes que se resolverían, como sucede hasta ahora, desde la Oficina
de Asilo y Refugio, también dependiente del Ministerio del Interior.



Cabe señalarse que se ha iniciado ya, en el puesto fronterizo de
Beni-Enzar de Melilla, la formalización de solicitudes de protección
internacional. En las próximas semanas se llevarán a cabo todas las
gestiones necesarias para adaptar espacios y permitir un funcionamiento a
pleno rendimiento de las nuevas instalaciones.



Mientras se resuelve la admisión —en el plazo establecido de ocho días—,
los solicitantes no tienen que permanecer en los espacios habilitados en
frontera, sino que, en lo que supone una mejora de sus derechos y
garantías, permanecerán en el territorio de Ceuta y Melilla, bien en el
Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI), bien en el alojamiento
privado al que, en su caso, pudieran optar.



Madrid, 12 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063716



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).




Página
267






Respuesta:



En relación con las diversas cuestiones formuladas se informa que
previamente a la celebración de la conferencia sobre el independentismo
catalán en el Ateneo de Madrid, se tuvo conocimiento de la posibilidad de
que un número reducido de personas se pudiese personar en el acto para
boicotearlo, sin que se esperase una afluencia masiva de activistas.



Por ese motivo se estableció un dispositivo de seguridad en las
inmediaciones del Ateneo, observándose, una hora antes de que tuviera
lugar la conferencia, a un grupo de unas quince personas de avanzada
edad, con evidentes signos de pertenecer a colectivos de extrema derecha,
que se dirigían a la puerta del mismo.



A ese grupo inicial y a las personas que se le fueron uniendo hasta
alcanzar un total de unas veinticinco aproximadamente, se les solicitó la
identificación y fueron invitados a abandonar el lugar sin incidentes.



Por otra parte, la organización del Ateneo no estableció ningún control en
el acceso del público a la conferencia, por lo que se comunicó al
conserje del Ateneo la posibilidad de que alguna persona, contraria a la
conferencia, pudiese acceder y alterar el orden de la misma, sin que por
parte de la organización se tomaran medidas al respecto.



Aproximadamente quince minutos después de dar comienzo la conferencia,
varias personas con evidente estado de nerviosismo, entre ellas el
director del Ateneo y el responsable del acto, solicitaron la
intervención urgente de los funcionarios policiales, manifestando que en
la Sala de Conferencias había un grupo que estaba boicoteando el acto.



El grupo de personas que estaba impidiendo la conferencia abandonó la sala
y fueron identificados en el hall del Ateneo, para posteriormente
abandonar el lugar sin más incidentes.



Cuarenta y cinco minutos después se volvió a requerir la presencia
policial por los mismos organizadores al producirse de nuevo
interrupciones en el acto, en este caso provocadas por cuatro personas,
que tras abandonar la Sala fueron igualmente identificados y abandonaron
el lugar sin causar más incidentes.



A partir de ese momento el acto continuó con normalidad sin mayores
incidentes.



Finalmente, cabe señalar que las personas que entraron en el Ateneo con el
fin de impedir que se llevara a cabo la conferencia no se correspondían
con las identificadas inicialmente en la calle antes de que diera
comienzo el acto. Igualmente, se significa que las personas identificadas
en ambos incidentes, no fueron las mismas.



Madrid, 15 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063728 a 184/063731



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Olmos, José (GS).



Respuesta:



El grado de cumplimiento porcentual de los Contratos de Gestión de los
años 2010 a 2013 de Melilla es el siguiente:



Año;% Atención Primaria;% Atención Especializada



2010;89;87



2011;85;94



2012;85;94



2013;75;87



Se acompaña cuadro en el que respecto a los ejercicios económicos
solicitados figura el porcentaje que representan las obligaciones
reconocidas de ese centro de gestión en relación con el crédito
habilitado.




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268






Centro de gasto 5201



Gerencia de atención primaria de Melilla



Años;Grado de ejecución presupuestaria %



2010 Gastos corrientes en bienes y servicios;100,00 %



2011 Gastos corrientes en bienes y servicios;100,00 %



2012 Gastos corrientes en bienes y servicios;98,58 %



2013 Gastos corrientes en bienes y servicios;100,00 %



Se acompaña cuadro en el que respecto a los ejercicios económicos
solicitados figura el porcentaje que representan las obligaciones
reconocidas de ese centro de gestión en relación con el crédito
habilitado.



Centro de gasto 5202



Hospital comarcal de Melilla



Años;Grado de ejecución presupuestaria %



2010 Gastos corrientes en bienes y servicios;99,54 %



2011 Gastos corrientes en bienes y servicios;98,16 %



2012 Gastos corrientes en bienes y servicios;100,00 %



2013 Gastos corrientes en bienes y servicios;100,00 %



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063741



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Quevedo Iturbe, Pedro (GMx).



Respuesta:



En contestación a las diversas cuestiones formuladas por Su Señoría se
informa que el pasado día 5 de noviembre, a las 09:45 horas, se recibió
un comunicado en la Comisaría Local de Maspalomas (Gran Canaria)
informando de la llegada de una embarcación tipo patera con inmigrantes
subsaharianos a un lugar denominado La Punta en la Playa de Maspalomas.
La zona de la llegada es un paraje natural de dunas, de imposible acceso
para vehículos que no dispongan de tracción a las cuatro ruedas y con los
ejes elevados, a unos cuatro kilómetros de la zona donde pueden acceder
otro tipo de vehículos.



Una vez recibida la información se activó el dispositivo habitual
establecido para atender la llegada de los inmigrantes irregulares,
procediéndose a la atención de los mismos, el acordonamiento de la zona
(playa muy transitada por turistas) y las comunicaciones
correspondientes.




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269






También se desplazaron hasta el lugar el Concejal de Policía de San
Bartolomé de Tirajana, el Jefe de la Policía Local y personal de Policía
Local, el Coordinador de Emergencias de la Cruz Roja para la Zona Sur y
el Presidente de la Oficina Local de la Cruz Roja, así como otro personal
de esa organización.



Tal y como es habitual en el protocolo existente, la primera asistencia
sanitaria se realizó a través de la Cruz Roja, cuyo personal se encargó
de la evaluación de los inmigrantes, comunicando que el grupo estaba
compuesto por 19 varones y 2 mujeres, uno de ellos con una herida en una
pierna y cinco de ellos con fiebre alta, a efectos de una posible
activación de las medidas de prevención y detección de Ébola. Se solicitó
la presencia de un médico y de personal sanitario más preparado para que
dieran las instrucciones precisas de actuación si fuera necesario.



Durante este proceso el Cuerpo Nacional de Policía procedió, en
colaboración con los servicios sanitarios de la Cruz Roja, a la custodia
de los inmigrantes hasta que se pudiera proceder a su traslado a las
dependencias policiales, suministrando, mientras tanto, agua y alimento a
los inmigrantes, al mismo tiempo que se recababa información sobre el
punto de salida y zona de África en la que habían permanecido.



Una vez recabada la información se llegó al convencimiento de que la
embarcación había salido de la zona del Sahara, concretamente del Cabo
Bojador, y que los inmigrantes, naturales de diversos países del África
subsahariana, llevaban más de un mes allí en espera para embarcar, por lo
que no habían estado en contacto directo con zona de riesgo.



A las 11:30 horas la Consejera de Sanidad del Gobierno de Canarias, había
sido informada del origen de la embarcación por la Delegada del Gobierno
de Canarias y a las 11:34 horas, recibió la misma información el Director
General de Salud del Gobierno de Canarias, a través del Comisario Jefe de
la Brigada de Extranjería y Fronteras de la Jefatura Superior de Policía
de Canarias.



Finalmente tras la llegada de los médicos pasadas las 13:00 horas y ante
las indicaciones del responsable policial, el personal médico los
reconoció y, una vez determinadas las personas que debían ser trasladadas
para asistencia al centro de salud, se procedió a las 15.00 horas al
traslado del resto de los inmigrantes a dependencias policiales.



Como quiera que no se disponía de vehículos policiales que pudieran
acceder hasta la zona, de difícil acceso como se ha dicho, para recoger a
los inmigrantes, se solicitó colaboración al Concejal de Seguridad y al
Jefe de la Policía Local de San Bartolomé de Tirajana para que se
trasladara a los inmigrantes hasta la zona del Faro de Maspalomas, donde
esperaban los vehículos policiales correspondientes.



Para esta colaboración, el ayuntamiento cedió un camión de mantenimiento,
que no de basura, utilizado, entre otros cometidos, para el transporte de
los trabajadores municipales que limpian las playas, para transportar
mobiliario urbano y para recoger arena, y como quiera que no se podía
prolongar por más tiempo la permanencia de los inmigrantes a la
intemperie, bajo el sol y en una playa con gran tránsito de personas, se
optó por la solución más efectiva en ese momento.



La quema de la embarcación fue realizada una vez comprobado que no había
en su interior ningún efecto de interés policial y que no existía
posibilidad de traslado a consecuencia de la inaccesibilidad del lugar.



Una vez que los inmigrantes fueron trasladados hasta el punto donde se
encontraban los vehículos policiales, fueron conducidos a la Comisaría
Local de Maspalomas donde se les pudo atender convenientemente
proporcionándoles ropa nueva y alimento.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063778



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Grande Pesquero, Pilar (GS).



Respuesta:



En contestación a las diversas cuestiones formuladas por Su Señoría se
informa que el Sistema Integrado de Vigilancia Exterior (SIVE) se
encontraba activado el día de los hechos referenciados y que,
probablemente, no detectó la embarcación a consecuencia de varios
factores: Su escaso tamaño, tanto




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270






de la patera como del motor de propulsión de la misma, su construcción de
madera y así como al oleaje reinante en la zona, que hace complicada la
detección por el software que gestiona SIVE.



La Guardia Civil tuvo conocimiento de los hechos a través del conducto
112, sin que llevara a efecto actuación alguna por ser competencia
territorial del Cuerpo Nacional de Policía.



A las 09:45 horas del pasado día 5 de noviembre se recibió un comunicado
en la Comisaría Local de Maspalomas informando de la llegada de una
embarcación tipo patera con inmigrantes subsaharianos a un lugar
denominado La Punta en la Playa de Maspalomas, cursando comunicación a la
Delegación del Gobierno. La zona de la llegada es un paraje natural de
dunas, de imposible acceso para vehículos que no dispongan de tracción a
las cuatro ruedas y con los ejes elevados, a unos cuatro kilómetros de la
zona donde pueden acceder otro tipo de vehículos.



Una vez recibida la información se activó el dispositivo habitual
establecido para atender la llegada de los inmigrantes irregulares,
procediéndose a la atención de los mismos, el acordonamiento de la zona
(playa muy transitada por turistas) y las comunicaciones
correspondientes.



También se desplazaron hasta el lugar el Concejal de Policía de San
Bartolomé de Tirajana, el Jefe de la Policía Local y personal de Policía
Local, el Coordinador de Emergencias de la Cruz Roja para la Zona Sur y
el Presidente de la Oficina Local de la Cruz Roja, así como otro personal
de esa organización.



Tal y como es habitual en el protocolo existente, la primera asistencia
sanitaria se realizó a través de la Cruz Roja, cuyo personal se encargó
de la evaluación de los inmigrantes, comunicando que el grupo estaba
compuesto por 19 varones y 2 mujeres, uno de ellos con una herida en una
pierna y cinco de ellos con fiebre alta, a efectos de una posible
activación de las medidas de prevención y detección de Ébola. Se solicitó
la presencia de un médico y de personal sanitario más preparado para que
dieran las instrucciones precisas de actuación si fuera necesario.



Durante este proceso el Cuerpo Nacional de Policía procedió, en
colaboración con los servicios sanitarios de la Cruz Roja, a la custodia
de los inmigrantes hasta que se pudiera proceder a su traslado a las
dependencias policiales, suministrando, mientras tanto, agua y alimento a
los inmigrantes, a la vez que se recababa información sobre el punto de
salida y zona de África en la que habían permanecido.



Una vez recabada la información se llegó al convencimiento de que la
embarcación había salido de la zona del Sahara, concretamente del Cabo
Bojador, y de que los inmigrantes, naturales de diversos países del
África subsahariana, llevaban más de un mes allí en espera para embarcar,
por lo que no habían estado en contacto directo con zona de riesgo.



A las 11:30 horas la Consejera de Sanidad del Gobierno de Canarias, había
sido informada del origen de la embarcación por la Delegada del Gobierno
de Canarias y a las 11:34 horas, recibió la misma información el Director
General de Salud del Gobierno de Canarias, a través del Comisario Jefe de
la Brigada de Extranjería y Fronteras de la Jefatura Superior de Policía
de Canarias.



Finalmente tras la llegada de los médicos pasadas las 13:00 horas y ante
las indicaciones del responsable policial, el personal médico los
reconoció y, una vez determinadas las personas que debían ser trasladadas
para asistencia al centro de salud, se procedió a las 15.00 horas al
traslado del resto de los inmigrantes a dependencias policiales.



Como quiera que no se disponía de vehículos policiales que pudieran
acceder hasta la zona, de difícil acceso como se ha dicho, para recoger a
los inmigrantes, se solicitó colaboración al Concejal de Seguridad y al
Jefe de la Policía Local de San Bartolomé de Tirajana para que se
trasladara a los inmigrantes hasta la zona del Faro de Maspalomas, donde
esperaban los vehículos policiales correspondientes.



Para esta colaboración, el ayuntamiento cedió un camión de mantenimiento,
que no de residuos, utilizado, entre otros cometidos, para el transporte
de los trabajadores municipales que limpian las playas, para transportar
mobiliario urbano y para recoger arena, y como quiera que no se podía
prolongar por más tiempo la permanencia de los inmigrantes a la
intemperie, bajo el sol y en una playa con gran tránsito de personas, se
optó por la solución más efectiva en ese momento.



La quema de la embarcación fue realizada una vez comprobado que no había
en su interior ningún efecto de interés policial y que no existía
posibilidad de traslado a consecuencia de la inaccesibilidad del lugar.



Una vez que los inmigrantes fueron trasladados hasta el punto donde se
encontraban los vehículos policiales, fueron conducidos a la Comisaría
Local de Maspalomas donde se les pudo atender convenientemente
proporcionándoles ropa nueva y alimento.




Página
271






A este respecto cabe señalar que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado tienen la información necesaria y los medios adecuados de
protección para actuar ante cualquier alerta de riesgo de ébola, teniendo
a su disposición los correspondientes protocolos de actuación.



Por último cabe recalcar que la coordinación entre las distintas
administraciones se ha establecido en base a tres reuniones, asistiendo
todos los servicios implicados en la materia: Guardia Civil, Policía
Nacional, Salvamento Marítimo, CECOES 112, Servicio Canario de Salud,
Cruz Roja y Sanidad Exterior, dos previas a los sucesos anteriormente
citados y una cinco días después.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063785



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Fernández, Rosana (GMx).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el borrador del
Real Decreto de especialidades se encuentra en este momento en proceso de
negociación con las Comunidades Autónomas, con la patronal de los centros
privados y con los sindicatos representantes de los profesores de la
enseñanza pública y de la enseñanza privada.



Por ello, hasta que no se disponga de un proyecto de Real Decreto, con las
aportaciones de los agentes negociadores, no se someterá a información
pública y consideración del resto de asociaciones educativas y
profesionales.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063789



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Urbina Fernández, Iker y Errekondo Saltsamendi, Xabier Mikel (GMx).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que, según la
planificación de ENRESA (Empresa Nacional de Residuos Radiactivos), la
instalación de almacenamiento principal del almacén temporal centralizado
(ATC en adelante) estará operativa en el primer trimestre de 2018 y el
almacén de espera de contenedores está previsto para el primer trimestre
de 2017. El cumplimiento de estas previsiones está sujeto, entre otras
cuestiones, a la obtención de las autorizaciones correspondientes.



El ATC está diseñado para almacenar temporalmente el combustible gastado
de todas las centrales nucleares españolas, así como todos los residuos
radiactivos de alta actividad y aquellos de media actividad que no pueden
ser almacenados en el Centro de Almacenamiento de El Cabril. En
particular, recibirá los residuos de alta y media actividad resultantes
del reproceso en Francia del combustible gastado de la central nuclear de
Vandellós I, almacenados actualmente en dicho país. También podrá
almacenar residuos procedentes de otras actividades, tales como fuentes
en desuso que hayan sido utilizadas en procesos industriales,
investigación y actividades médicas que por sus características no puedan
ser almacenadas en El Cabril.



Por lo que se refiere al combustible gastado de la central nuclear de
Santa María de Garoña, se almacenará, al igual que el resto del
combustible gastado de las centrales nucleares españolas, en el ATC. En
todo caso, para llevar a cabo la gestión de los residuos radiactivos
resultantes de la operación de las centrales nucleares españolas no se
alquilan «boxes» para su almacenamiento en Francia, como




Página
272






se señala en la pregunta. Los únicos residuos almacenados en Francia son
los resultantes del reproceso del combustible gastado de la central
nuclear de Vandellós I, a los que anteriormente se ha hecho referencia,
que está previsto transferir al ATC en el primer semestre de 2017.



Actualmente no se abona ninguna cantidad por el almacenamiento de estos
residuos en Francia, estando prevista una penalización de unos dos
millones de euros por mes en caso de que no se pudiesen trasladar antes
de junio 2017. Dicha penalización será devuelta, en gran parte, una vez
que concluya el retorno de estos residuos que suponen un volumen de 16
m3.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063794



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lara Moya, Cayo (GIP).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la petición de
información adicional a que se refiere la pregunta, que fue remitida por
el Consejo de Seguridad Nuclear a ENRESA (Empresa Nacional de Residuos
Radiactivos) el pasado 15 de septiembre, forma parte del proceso de
evaluación que dicho organismo está llevando a cabo en relación con la
solicitud de la autorización previa del almacén temporal centralizado,
prevista en el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas,
que fue presentada por ENRESA al Ministerio de Industria, Energía y
Turismo el 13 de enero de 2014.



Para llevar a cabo dicha evaluación, el Consejo de Seguridad Nuclear
requiere a ENRESA una serie de aclaraciones y, en su caso, la aportación
de información adicional para poder valorar y emitir su informe
preceptivo, dentro del proceso habitual de licenciamiento de una
instalación nuclear.



Esta petición de información adicional se refiere a una serie de
documentos, entre ellos, «Descripción de las actividades y obras
preliminares de infraestructura», «Declaración de necesidades», «Estudio
de caracterización del emplazamiento», «Informe de actualización de datos
del Plan de caracterización del emplazamiento del almacén temporal
centralizado», que se incluyen en la documentación que acompaña a la
referida solicitud presentada por ENRESA, que se puede encontrar en la
página web de esta empresa:



http://www.enresa.es/



ENRESA ya ha realizado la valoración de dicha petición de información
adicional y, el pasado 15 de octubre, remitió un Plan de Acción al
Consejo de Seguridad Nuclear en el que se aportan algunas aclaraciones e
información adicional y se compromete esta empresa a enviar la
información requerida para el próximo 15 de diciembre.



Una vez recibida esta información por el Consejo de Seguridad Nuclear,
será este organismo el que habrá de valorar si la considera suficiente o
le requiere a ENRESA más información adicional, al objeto de completar la
evaluación que le permita remitir al Ministerio de Industria, Energía y
Turismo el correspondiente informe preceptivo en relación con la referida
solicitud de autorización previa de esta instalación.



De acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico, este informe, además de ser
preceptivo, es vinculante, en el caso de ser negativo y, si es positivo,
es vinculante en cuanto a las condiciones que establezca. Es decir, el
Consejo de Seguridad Nuclear evaluará y, en su caso, impondrá los
requisitos necesarios para que la instalación y su funcionamiento no
suponga riesgos indebidos para las personas o para el medio ambiente.



En cuanto a la elección de este emplazamiento por parte del Gobierno, cabe
indicar que su elección, en el Consejo de Ministros celebrado el 30 de
diciembre de 2011, se basó en el «Informe de propuesta de emplazamientos
candidatos para albergar el emplazamiento del almacén temporal
centralizado y su centro tecnológico asociado», aprobado en septiembre de
2010 por la Comisión Interministerial creada por el Real Decreto
775/2006, de 23 de junio, por el que se crea la Comisión interministerial
para el




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establecimiento de los criterios que deberá cumplir el emplazamiento del
almacén temporal centralizado de combustible nuclear gastado y residuos
de alta actividad, y de su centro tecnológico asociado. Esta Comisión
interministerial contó con el apoyo de un comité asesor técnico creado al
efecto.



Por lo que se refiere a las previsiones de puesta en marcha del almacén
temporal centralizado, cabe indicar que, según la planificación de
ENRESA, la instalación de almacenamiento principal del almacén temporal
centralizado estará operativa en el primer trimestre de 2018 y el almacén
de espera de contenedores está previsto para el primer trimestre de 2017.
El cumplimiento de estas previsiones está sujeto, entre otras cuestiones,
a la obtención de las autorizaciones correspondientes.



En relación con un eventual retraso de la puesta en marcha de esta
instalación el Gobierno no está dando ninguna recomendación a las
centrales nucleares, ni existe solitud de autorización alguna relativa a
almacenes independientes en las centrales nucleares derivada de posibles
retrasos en la puesta en marcha de esta instalación.



En todo caso, la construcción de estos almacenes independientes tendría
que someterse a lo previsto en el Reglamento sobre instalaciones
nucleares y radiactivas y contar con las autorizaciones correspondientes
por parte del Ministerio de Industria, Energía y Turismo que tendrían que
disponer de los preceptivos informes favorables del Consejo de Seguridad
Nuclear.



Por último, en lo que se refiere al retorno a España de los residuos
radiactivos resultantes del reprocesamiento en Francia de combustible
gastado de la central nuclear Vandellós I, cabe indicar que el Protocolo
firmado prevé el retorno de estos residuos con anterioridad al mes de
junio de 2017.



La penalización (pago a cuenta a partir de dicha fecha) por el retraso en
este retorno, supondría unos dos millones de euros por mes, que serían
devueltos en su mayor parte, una vez retornados los residuos. Esta
penalización sería financiada mediante el Fondo para la financiación de
las actividades del Plan General de Residuos Radiactivos que gestiona
ENRESA.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063802



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la petición de
información adicional, a que se refiere la pregunta, que fue remitida por
el Consejo de Seguridad Nacional a ENRESA el pasado 15 de septiembre,
forma parte del proceso de evaluación que dicho organismo está llevando a
cabo en relación con la solicitud de la autorización previa del almacén
temporal centralizado, prevista en el Reglamento sobre instalaciones
nucleares y radiactivas, que fue presentada por ENRESA al Ministerio de
Industria, Energía y Turismo el 13 de enero de 2014.



Para llevar a cabo dicha evaluación, el Consejo de Seguridad Nuclear
requirió a ENRESA una serie de aclaraciones y, en su caso, la aportación
de información adicional para poder valorar y emitir su informe
preceptivo, dentro del proceso habitual de licenciamiento de una
instalación nuclear.



Esta petición de información adicional se refiere a una serie de
documentos, entre ellos «Descripción de las actividades y obras
preliminares de infraestructura», «Declaración de necesidades», «Estudio
de caracterización del emplazamiento», «Informe de actualización de datos
del Plan de caracterización del emplazamiento del almacén temporal
centralizado», que se incluyen en la documentación que acompaña a la
referida solicitud presentada por ENRESA que se puede encontrar en la
página web de esta empresa:



http://www.enresa.es/



ENRESA ya ha realizado la valoración de dicha petición de información
adicional y, el pasado 15 de octubre, remitió un Plan de acción al
Consejo de Seguridad Nuclear en el que se aportan algunas aclaraciones e
información adicional y se compromete esta empresa a enviar la
información requerida para el próximo 15 de diciembre.




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274






Una vez recibida esta información por el Consejo de Seguridad Nuclear,
será este organismo el que habrá de valorar si considera ésta suficiente
o le requiere a ENRESA más información adicional al objeto de completar
la evaluación que le permita remitir al Ministerio de Industria, Energía
y Turismo el correspondiente informe preceptivo en relación con la
referida solicitud de autorización previa de esta instalación.



De acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico, este informe además de ser
preceptivo es vinculante en el caso de ser negativo y, si es positivo, en
cuanto a las condiciones que establezca, es decir, el Consejo de
Seguridad Nuclear evaluará y, en su caso, impondrá los requisitos
necesarios para que la instalación y su funcionamiento no suponga riesgos
indebidos para las personas o para el medio ambiente.



Mientras tanto, el emplazamiento de Villar de Cañas está siendo evaluado
tanto por el Consejo de Seguridad Nuclear, en lo que respecta a las
condiciones relacionadas con la seguridad nuclear y la protección
radiológica, como por el Ministerio Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente, en relación con la preceptiva declaración de impacto ambiental,
y no se contempla el traslado a otro emplazamiento.



En cuanto a la elección de este emplazamiento por parte del Gobierno, cabe
indicar que su elección, en el Consejo de Ministros celebrado el 30 de
diciembre de 2011, se basó en el «Informe de propuesta de emplazamientos
candidatos para albergar el emplazamiento del Almacén Temporal
Centralizado (ATC) y su Centro tecnológico asociado», aprobado en
septiembre de 2010 por la Comisión interministerial creada por el Real
Decreto 775/2006, de 23 de junio, por el que se crea la Comisión
interministerial para el establecimiento de los criterios que deberá
cumplir el emplazamiento del almacén temporal centralizado de combustible
nuclear gastado y residuos de alta actividad, y de su centro tecnológico
asociado. Esta Comisión interministerial contó con el apoyo de un comité
asesor técnico creado al efecto.



Por tanto, a la vista de lo anterior, carece de base alguna la referencia
que se hace en la pregunta a la posible dimisión del Ministro de
Industria, Energía y Turismo.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063803



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con la cuestión planteada y de acuerdo con la información
disponible, se indica que las causas de los 3 accidentes mortales de este
año 2014 son diferentes y, en ningún caso, achacables directamente a la
infraestructura.



La carretera cuenta con un firme en buen estado de conservación,
señalización vertical y horizontal, balizamiento y defensa adecuados. Por
otra parte, se indica que está prevista la redacción de los proyectos del
tramo Soria-Tudela de la autovía A-15, en concreto el tramo
Fuensaúco-Villar del Campo, localidades entre las que está el tramo
objeto de la pregunta.



Madrid, 23 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063806 y 184/067092



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



En contestación a las preguntas formuladas por Su Señoría se informa que
el Pliego de Prescripciones Técnicas que rige estos contratos establece
—en su apartado «2.2.—Descripción de envases y materiales




Página
275






empleados»— que los mismos deben ser fabricados con materiales no aptos
para ser usados como arma cortante o contundente, a fin de eliminar
riesgos de agresión o autolesión.



En este sentido, cabe destacar que el porcentaje de incidentes reseñables
es insignificante si se tiene en cuenta que el número de envases que se
entregan anualmente a los detenidos ronda el millón.



No obstante lo anterior, y de cara a minimizar lo máximo posible el riesgo
asociado al suministro y manejo de este tipo de materiales, el servicio
de seguridad de calabozos se cerciorará, en todos los casos, de que los
detenidos, una vez consumidas las raciones alimentarias, devuelven la
totalidad de los envases entregados.



Madrid, 16 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063812



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En contestación a las diversas cuestiones formuladas se informa que
España, como Estado soberano e integrante de la Unión Europea, tiene la
obligación de vigilar y proteger sus fronteras. Esta obligación viene
impuesta por el Derecho comunitario (Código de Fronteras Schengen) y por
el Derecho nacional (Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad), con el objetivo, entre otros, de impedir el cruce
de las fronteras por puntos no habilitados al efecto.



En el desempeño de estas funciones, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado actúan siempre de acuerdo con los principios de oportunidad,
congruencia y proporcionalidad. Dicha actuación se desarrolla velando por
la seguridad de las personas y el respeto de los derechos humanos, así
como el acceso a la protección internacional.



En muchas ocasiones, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado se
enfrentan a situaciones en las que los inmigrantes, en el transcurso del
asalto ilegal a la frontera, presentan actitudes agresivas y violentas.
Ante estas situaciones los agentes se ven obligados a hacer uso, el
mínimo e imprescindible, de la fuerza para reducirlos.



En el transcurso de estas intervenciones se pone en grave riesgo la
integridad física de los guardias civiles, llevando a cabo los
inmigrantes intentos de agresión mediante el empleo de garfios y otro
tipo de herramientas artesanales, utilizadas previamente para asaltar de
forma ilegal la valla. Igualmente se lanzan piedras y se utilizan palos,
con los que agreden a las fuerzas policiales marroquíes y españolas.



Asimismo, además de lo anteriormente mencionado, algunos inmigrantes
prenden fuego a la ropa y la lanzan en llamas sobre los agentes de la
Guardia Civil, otros escupen a los guardias civiles que intentan
neutralizarles al mismo tiempo que gritan «ébola, ébola», y se tocan las
heridas e intentan tocar el rostro de los guardias civiles que se les
aproximan realizando el mismo grito intimidador.



En este sentido, hay que destacar igualmente la resistencia pasiva que
ofrecen muchos de los inmigrantes, lo que obliga a los guardias civiles a
transportarlos en brazos. No encontrándose, en ningún caso, inconscientes
o con heridas o lesiones que necesitaran atención médica.



En relación a los hechos del día 15 de octubre, cabe señalar que la Cruz
Roja atendió en el propio entrevallado a varios inmigrantes a
requerimiento de la Guardia Civil, de los que cinco fueron trasladados al
Hospital Comarcal de Melilla y dados de alta transcurridas escasas horas.



Por otra parte, cuando, como consecuencia de los intentos de asalto a la
valla fronteriza, los inmigrantes no consiguen superar el perímetro
fronterizo, las autoridades marroquíes se hacen cargo de los mismos.



Por último, cabe significar que la Guardia Civil, en la vigilancia y
protección de fronteras, cuenta con órdenes y directrices con las que
guiar su actuación, que se encuentran recogidas entre otros en los
siguientes documentos:



1. Instrucción Número 20/2005, de 23 de septiembre, de la Secretaría de
Estado de Seguridad, sobre «Control de la Inmigración que llega a España
en Embarcaciones».



2. Protocolo Operativo de Vigilancia de Fronteras de la Guardia Civil.




Página
276






3. Orden de Servicio número 14/2014, en Ceuta.



4. Orden de Servicio número 6/2014, en Melilla.



Madrid, 12 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063882



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Coscubiela Conesa, Joan (GIP).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que, dado que la
política energética del Gobierno se basa en la existencia de una
diversificación, equilibrada y sostenible, tanto desde el punto de vista
medioambiental, como económico, en la que se cuente con todas las fuentes
energéticas y las capacidades disponibles, el Gobierno considera que,
mientras una central nuclear cumpla con los criterios de seguridad que le
sean impuestos por el Consejo de Seguridad Nuclear, en las circunstancias
económicas actuales y siendo España uno de las Estados miembros de la
Unión Europea con una mayor dependencia energética del exterior, no se
puede prescindir ni infrautilizar ninguna fuente energética y la energía
nuclear debe seguir contribuyendo a la seguridad del suministro
energético, la optimización de los costes energéticos y la reducción de
la emisión de gases de efecto invernadero.



Sobre esta cuestión, cabe recordar que la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de
Economía Sostenible, en su artículo 79, en relación con la planificación
energética indicativa, dispone:



«Determinar los niveles de participación de la energía nuclear en la cesta
de generación energética, de acuerdo con el calendario de operación de
las centrales existentes y con las renovaciones que, solicitadas por los
titulares de las centrales, en el marco de la legislación vigente, en su
caso correspondan, teniendo en cuenta las decisiones del Consejo de
Seguridad Nuclear sobre los requisitos de seguridad nuclear y protección
radiológica, la evolución de la demanda, el desarrollo de nuevas
tecnologías, la seguridad del suministro eléctrico, los costes de
generación eléctrica y las emisiones de gases de efecto invernadero, y
ateniéndose en todo caso al marco de referencia establecido por la
normativa europea vigente».



Asimismo, en relación con este tema, el Consejo de Seguridad Nuclear ha
aprobado la «Instrucción IS-22, de 1 de julio de 2009, del Consejo de
Seguridad Nuclear, sobre requisitos de seguridad para la gestión del
envejecimiento y la operación a largo plazo de centrales nucleares» (BOE
10/7/09).



No obstante, y sin perjuicio de lo anterior, el Gobierno no ha pactado con
Endesa, ni con ninguna otra empresa propietaria de centrales nucleares,
el alargamiento de la vida útil de estas plantas, que, en su caso, deberá
ser concedido en el ámbito de las correspondientes renovaciones de las
autorizaciones de explotación de cada una de las centrales nucleares y
dependerá de que estas centrales cumplan los requisitos que en materia de
seguridad les sean impuestos por el Consejo de Seguridad Nuclear, único
organismo competente en materia de seguridad nuclear y protección
radiológica e independiente del Gobierno.



Madrid, 30 de diciembre de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/063998



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Bedera Bravo, Mario (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Centro de
Educación Infantil en Londres, para niños de entre 3 y 5 años, forma
parte del complejo educativo Vicente Cañada Blanch, sito en




Página
277






Portobello Road, y fue inaugurado en 1977 con el objetivo de «garantizar
la identidad lingüística y cultural de los hijos de ciudadanos españoles
residentes en el Reino Unido preparándoles, al mismo tiempo, para su
desarrollo en el entorno británico».



Desde su creación, el centro ha sido gestionado por la Consejería de
Empleo y Seguridad Social en Londres y financiado principalmente por el
Ministerio de Empleo y Seguridad Social (a través de una subvención anual
de cuantía variable).



En los dos últimos años el funcionamiento del Centro ha sido sufragado en
un 25 % por los padres de los niños, en otro 25 % por el Gobierno
británico a través de una subvención y en el 50 % restante (750.000 euros
en el conjunto de los dos años) por el Gobierno de España.



En relación con la finalización de las actividades del Centro, debe
señalarse el acusado descenso del alumnado en los tres últimos años (64
alumnos en el curso 2009-2010; 40 en el curso 2011-2012; y 21 en curso
2012-2013).



Madrid, 12 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/063999, 184/064387



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Álvarez, Ángeles (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, en anexo se
especifica el número de mujeres víctimas de violencia de género,
beneficiarias del servicio de justicia gratuita, así como la inversión
realizada desde el año 2000 al 2014, desglosando los datos por
provincias, desde el año 2009 y hasta la fecha, y únicamente por lo que
se refiere a los datos de los Colegios de Abogados sitos en el ámbito
territorial del Ministerio de Justicia, dado que de las Comunidades
Autónomas con competencias asumidas en materia de Administración de
Justicia no se dispone de información.



ANEXO



Número de mujeres víctimas de violencia de género beneficiarias del
servicio de justicia gratuita e inversión 2000-2014



Año;Mujeres asesoradas;Total pagado (€);Total pagado legislatura (€)



2000;—;438.738,84;3.709.654,66



2001;—;661.113,31;



2002;—;1.117.882,51;



2003;—;1.491.920,00;



2004;12.518;1.799.744,18;5.888.442,84



2005;8.268;1.538.723,08;



2006;7.433;1.742.630,36;



2007;6.890;1.719.736,61;



2008;6.898;1.595.958,59;6.362.802,16



2009;7.845;1.641.069,97;



2010;7.764;1.624.539,79;



2011;6.881;1.501.233,81;



2012;5.092;1.495.388,74;4.598.618,86



2013;4.616;1.516.514,10;



2014;4.906;1.586.716,02;



Noviembre de 2014.;;;




Página
278







[**********página con cuadro**********]





Página
279






184/064000



En el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, núm. 608, de 11 de
febrero de 2015, se ha omitido por error la contestación del Gobierno a
la pregunta para respuesta escrita de referencia cuyo texto se publica a
continuación.



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de febrero de 2015.



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tudanca Fernández, Luis (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, se indican a continuación los
datos disponibles respecto a las concentraciones, reuniones y
manifestaciones que ha sido prohibidas por la Subdelegación del Gobierno
en Burgos desde el año 2000:



1. En el año 2000: 1.



2. En el año 2001: 1.



3. En el año 2002: 2.



4. En el año 2003: 0.



5. En el año 2004: 0.



6. En el año 2005: 0.



7. En el año 2006: 0.



8. En el año 2007: 0.



9. En el año 2008: 1.



10. En el año 2009: 2.



11. En el año 2010: 0.



12. En el año 2011: 6.



13. En el año 2012: 1 (Burgos).



14. En el año 2013: 13 (3 de Belorado, 1 de Pradoluengo, 7 de Burgos, 1 de
Oña, 1 Merindades).



15. En el año 2014, hasta el 1 de noviembre: 4 (Burgos).



Asimismo cabe informar a su señoría que desde el año 2000 al año 2011 no
se tienen datos del lugar donde se habían solicitado las concentraciones.



Madrid, 9 de diciembre de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/064009



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Gobierno, a
través de la Secretaría de Estado de Turismo, del Ministerio de
Industria, Energía y Turismo, no concede ayudas económicas para este tipo
de fiestas. La Secretaría de Estado de Turismo se encarga de la promoción
de España (y de sus fiestas) en el exterior mediante la promoción y la
comercialización de los destinos y productos turísticos en los mercados
internacionales, a través de la Red de Oficinas de Turismo en el Exterior
y del portal corporativo www.spain.info. Realiza la mayor parte de sus
acciones de promoción en coordinación con las Comunidades Autónomas que,
a su vez, se encargan de la coordinación de las acciones con entidades
locales. En este sentido, anualmente se aprueban los Planes de actuación
por Comunidades Autónomas para la ejecución de actividades en los
mercados emisores a través de las Consejerías Españolas de Turismo en el
exterior.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
280






184/064011



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada por Su Señoría se informa que la
seguridad de los internos en los Centros de Internamiento de Extranjeros
constituye una prioridad del Cuerpo Nacional de Policía, lo que queda
patente en la continua publicación de instrucciones, circulares y otras
normas de carácter interno, que tienen como objetivo principal garantizar
los derechos y libertades de los ciudadanos ingresados en esta clase de
Centros.



De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, sobre
Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su integración
social, los Centros de Internamiento de Extranjeros no tienen carácter
penitenciario y los ciudadanos internados en los CIE gozan de todos los
derechos fundamentales y libertades públicas, a excepción del derecho a
la libertad ambulatoria que resulta temporalmente limitado como
consecuencia de la medida de internamiento.



Al objeto de garantizar estos derechos y libertades de los internos, el
CIE de Zapadores (Valencia) tiene sus propias normas de régimen interior
cuya observancia resulta básica para preservar la integridad física y
pertenencias de los internos así como la seguridad de los policías y del
personal laboral.



Entre estas normas preventivas de seguridad, en el CIE de Zapadores se
viene adoptando la medida de cerrar las habitaciones en horario nocturno
ya que la experiencia acumulada por la Dirección del Centro viene
constatando que, durante la noche, se producen intentos esporádicos de
agresión entre internos derivados de conflictos y discusiones suscitados
durante el día, así como la sustracción de efectos personales y conatos
de fuga.



Por consiguiente, la medida de cierre de habitaciones, si bien puede
resultar molesta para algunos internos, busca el interés general de
éstos, preservando su seguridad, sus bienes y su derecho al descanso. No
obstante, si algún interno precisa salir de su habitación, por motivos
médicos, fisiológicos o de otra índole, la Dirección del CIE tiene
previstos los mecanismos adecuados que garanticen su atención inmediata.



Dado el número de extranjeros ingresados y el mecanismo de apertura, la
medida de cierre nocturno de habitaciones no obstaculizaría una posible
evacuación ante un incendio o contingencia semejante.



El Defensor del Pueblo, la Autoridad Judicial y el Ministerio Fiscal
llevan un control exhaustivo del Centro de Internamiento de Extranjeros
de Zapadores, lo que incluye inspecciones periódicas. Así, el pasado 18
de noviembre tuvo lugar en la Subdelegación del Gobierno en Valencia una
reunión que contó con la asistencia del propio Subdelegado, Juez de
Instrucción número 3 de Valencia (encargado del control del CIE),
Ministerio Fiscal y distintos responsables de la Comisaría Provincial de
Valencia y en la que se trataron distintos aspectos relativos al Centro
de Internamiento de Extranjeros de Zapadores, incluidas algunas
propuestas de mejora en la seguridad del centro.



En este sentido, el Área de Patrimonio y Arquitectura, dependiente de la
División Económica y Técnica de la Dirección General de la Policía, ha
acordado la próxima instalación de intercomunicadores en las habitaciones
y un sistema de apertura remota de las puertas, lo que incrementará la
seguridad del edificio.



Madrid, 12 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064274



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Puig Ferrer, Joaquín Francisco y Campos Arteseros, Herick Manuel
(GS).



Respuesta:



En relación con las diversas cuestiones formuladas por Sus Señorías se
informa que el artículo 5.2 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad establece que los agentes




Página
281






de la autoridad deben «intervenir siempre, en cualquier tiempo y lugar, se
hallaren o no de servicio, en defensa de la ley y de la seguridad
ciudadana».



Por consiguiente, la Policía, ante la presunta comisión de un ilícito
penal, la lesión de derechos fundamentales o una situación de emergencia
que requiera su presencia, tiene el deber ineludible de intervenir.



Con respecto a los hechos a los que se refiere la pregunta se informa que,
del 21 al 23 de octubre de 2014, los sindicatos universitarios convocaron
en una treintena de ciudades españolas una huelga de estudiantes, en
protesta por la política universitaria del Gobierno, en el marco de la
autodenominada «semana de lucha».



En este contexto, el 23 de octubre se convocaron una serie de
movilizaciones de estudiantes en la ciudad de Alicante. Por tal motivo,
se estableció un dispositivo integral de seguridad que garantizara el
legítimo ejercicio del derecho de reunión y manifestación y, al mismo
tiempo, el derecho a asistir a clase a aquellos estudiantes y profesores
que no quisieran secundar la huelga.



Este dispositivo de seguridad estuvo coordinado por la Subdelegación del
Gobierno en la provincia, con la participación de la Universidad de
Alicante, a través de su Servicio de Seguridad y la Comisaría Provincial
del Cuerpo Nacional de Policía.



El dispositivo preveía la presencia de efectivos policiales en el exterior
de los accesos al Campus Universitario de Sant Vicent del Raspeig, por
tratarse de zonas particularmente estratégicas en este tipo de
movilizaciones, ya que es paso obligado para profesores, otros
trabajadores y alumnos.



A lo largo de la jornada de movilizaciones, sólo se registraron dos
incidencias que precisaron de la intervención del Cuerpo Nacional Policía
en el Campus Universitario. Ambas actuaciones policiales se llevaron a
cabo a requerimiento ciudadano, al tener conocimiento de la presunta
comisión de actuaciones que podrían estar lesionando derechos
fundamentales y libertades públicas y que requerían, por tanto, auxilio
urgente.



La primera de las incidencias se produjo a las 06:45 horas. Los vigilantes
de seguridad del Campus Universitario requirieron la actuación inmediata
de los Policías que prestaban servicio en el exterior, ante la
posibilidad de que se hubiese producido un accidente con víctimas como
consecuencia del derribo de una farola.



La segunda intervención policial tuvo lugar a las 08:10 horas, cuando un
taxista informó a los Policías de servicio en el exterior de que se
estaba produciendo una agresión a unos vigilantes de seguridad en uno de
los viales del Campus.



Madrid, 14 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064283



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Castellano Ramón, Helena y González Santín, María Luisa (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, se indica que la Fundación
Ciudad de la Energía tiene en curso diversos proyectos que cuentan con
financiación europea a través de diversos programas. Con carácter
agregado las ayudas recibidas cubren en torno a un 50 % de los costes
asociados, sin contar los costes de estructura.



En la actualidad los proyectos en ejecución por el Programa de captura y
almacenamiento de CO2 de la Fundación Ciudad de la Energía son los
siguientes:



MACPLUS (Séptimo Programa Marco)



— Firma: 30-diciembre-2010.



— Objeto: mejora tecnológica de los componentes de calderas y
oxicombustión.



— Programación temporal: 1/1/2011-30/6/2015.



— Colaboración económica: 723.000 euros.




Página
282






BRISK (Séptimo Programa Marco)



— Firma: 5-septiembre-2011.



— Objeto: desarrollo de tecnología de gasificación de biomasa.



— Programación temporal: 1/10/2011-30/9/2015.



— Colaboración económica: 384.029 euros.



RELCOM (Séptimo Programa Marco)



— Firma: 23-septiembre-2011.



— Objeto: mejora tecnológica de los componentes de las calderas de carbón
pulverizado en oxicombustión.



— Programación temporal: 01/12/2011-30/11/2015.



— Colaboración económica: 731.960 euros.



RESEARCH&DIALOGUE (Séptimo Programa Marco)



— Firma: 3-mayo-2012.



— Objeto: puesta en práctica de acciones a nivel nacional y europeo para
establecer los mecanismos de participación y diálogo entre organizaciones
de I+D y la sociedad civil, en relación a las opciones tecnológicas para
avanzar hacia una economía baja en carbono, que implique una reducción de
las emisiones de CO2.



— Programación temporal: 1/6/2012-30/11/2015.



— Colaboración económica: 254.071 euros.



O2GEN (Séptimo Programa Marco)



— Firma: 16-octubre-2012



— Objeto: desarrollo y demostración de procesos que mejoren la eficiencia
de la generación eléctrica en centrales térmicas que utilizan carbón,
mediante el uso de tecnologías de oxicombustión y captura de CO2.



— Programación temporal: 18/10/2012-17/10/2015.



— Colaboración económica: 2.514.453 euros.



ECCSEL PP2 (Séptimo Programa Marco)



— Firma: 26-julio-2012.



— Objeto: segunda fase de la definición de una red europea de laboratorios
de captura y almacenamiento de CO2.



— Programación temporal: 1/1/2013-31/12/2014.



— Colaboración económica: 80.661 euros.



IMPACTS (Séptimo Programa Marco)



— Firma: 20-febrero-2013.



— Objeto: investigación sobre el impacto que las impurezas del CO2
capturado en plantas de generación de energía y en otras industrias
intensivas en CO2 tienen en el transporte y almacenamiento de CO2.



— Programación temporal: 1/1/2013-31/12/2015.



— Colaboración económica: 698.599 euros.



BiOxySorb (Fondo de Investigación del Carbón y el Acero)



— Firma: 26-septiembre-2013.



— Objeto: proyecto de oxi-co-combustión de carbón con biomasa de segunda
generación en calderas de carbón pulverizado y tratamiento en línea de
contaminantes.



— Programación temporal: 1/7/2013-30/6/2016.



— Colaboración económica: 510.129 euros.



ASC2 (Fondo de Investigación del Carbón y el Acero)



— Firma: 29-julio-2013.




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283






— Objeto: proyecto de post-combustión con sorbente sólido de alúmina
impregnada en aminas para captura de CO2.



— Programación temporal: 1/7/2013-30/6/2016.



— Colaboración económica: 536.449 euros.



Madrid, 30 de diciembre de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/064284



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Santín, María Luisa y Castellano Ramón, Helena (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la concepción
inicial del Museo de la Energía implicaba un proyecto que iba más allá de
sus límites museísticos y arquitectónicos y que unía tres ambiciosos
proyectos:



En primer lugar, estaba prevista la incorporación al Museo del territorio
de la ciudad anexo con el objeto de desarrollar en el mismo funciones y
actividades de ocio además de las relacionadas con la divulgación de todo
lo referente a la energía, modelo de parque museo.



En segundo lugar, el Museo se extendería a su territorio más inmediato
como son las instalaciones mineras y patrimonio industrial de las
comarcas de El Bierzo y Laciana, proyecto territorio museo.



Por último, el Museo se extendería a todo el territorio nacional a través
de la red museística nacional, proyecto museo en red.



Esta concepción hizo que se contemplara la posibilidad de adquirir para el
Museo la catalogación de «Museo Nacional». De hecho, desde el momento
inicial se empieza a hablar de «Museo Nacional de la Energía», aunque en
ningún momento entre 2006 y 2012 se dio uno sólo de los pasos necesarios
para obtener tal denominación y, consecuentemente, el derecho a utilizar
esa nomenclatura.



Posteriormente, como consecuencia de la escasez de recursos económicos y
recortes en el gasto público, la Fundación Ciudad de la Energía ha
racionalizado el proyecto inicial del Museo de la Energía para su
adecuación a la nueva situación. En la actualidad, ya está abierta la
Fábrica de Luz, en la sede de la antigua central térmica de MSP (Minero
Siderúrgica de Ponferrada) y continúan las obras de rehabilitación en la
antigua central térmica de Compostilla I, primera central térmica de la
Empresa Nacional de Electricidad en España.



Madrid, 30 de diciembre de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/064285



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Santín, María Luisa y Castellano Ramón, Helena (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Programa EEPR
(European Energy Programme for Recovery) contemplaba una financiación
conjunta (Comisión Europea y Fundación Ciudad de la Energía, en consorcio
con Endesa Generación, S.A. y Foster Wheeler Energía Oy) para la
realización de los proyectos de investigación que constituían su objeto.



Los Presupuestos Generales del Estado anticiparon los fondos necesarios
para la ejecución de los proyectos enmarcados en el Programa EEPR,
habiendo percibido ya la Fundación Ciudad de la Energía la cantidad de
89,4 millones de euros de la Comisión Europea y estando pendiente el
cobro de 3,5 millones de euros.




Página
284






Por tanto, los fondos recibidos del Programa EEPR ya han sido destinados a
la realización de la primera fase del Proyecto Compostilla I.



Madrid, 30 de diciembre de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/064286



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Santín, María Luisa y Castellano Ramón, Helena (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la Fundación
Ciudad de la Energía ha recibido de la Comisión Europea la cantidad de
89,4 millones de euros. Está pendiente de cobro la cantidad de 3,5
millones de euros. No hay fecha estimada para la percepción de este
último pago.



Madrid, 30 de diciembre de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/064287



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Santín, María Luisa y Castellano Ramón, Helena (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Programa EEPR
(European Energy Programme for Recovery) comenzó el 19 de mayo de 2009
con la publicación de la convocatoria de propuestas habiendo concluido su
ejecución el 31 de octubre de 2013 por lo que no existe continuidad del
programa de financiación indicado.



Madrid, 30 de diciembre de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/064289



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Santín, María Luisa y Castellano Ramón, Helena (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Programa EEPR
(European Energy Programme for Recovery) contemplaba una financiación
conjunta (Comisión Europea y Fundación Ciudad de la Energía, en consorcio
con Endesa Generación, S.A. y Foster Wheeler Energía Oy) para la
realización de los proyectos de investigación que constituían su objeto.



Los Presupuestos Generales del Estado anticiparon los fondos necesarios
para la ejecución de los proyectos enmarcados en el Programa EEPR,
habiendo percibido ya la Fundación Ciudad de la Energía la cantidad de
89,4 millones de euros de la Comisión Europea y estando pendiente el
cobro de 3,5 millones de euros.



Como consecuencia del anticipo realizado existe un remanente que permite
la continuidad de la actividad de la Fundación Ciudad de la Energía.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
285






184/064294



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ábalos Meco, José Luis (GS).



Respuesta:



En contestación a la pregunta formulada por Su Señoría, en la que se
plantea si el Gobierno piensa conceder el indulto a una persona condenada
a una pena grave de prisión por un delito de conducción temeraria con
resultado de muerte de dos personas, el Gobierno informa que Blanca
Gieure Sastre (y no Blanca Giure Sastre, como consta en la referida
pregunta parlamentaria), (expediente 6848/2014), solicitó petición de
indulto ante el Ministerio de Justicia con fecha 8 de octubre de 2014,
enviándose al tribunal sentenciador (Juzgado de lo Penal número 7 de
Valencia, procedimiento abreviado 2/2012) el 22 de octubre de 2014.



Hasta la fecha no ha llegado el expediente debidamente formalizado, si
bien el 5 de noviembre se ha recibido un oficio por el que se comunica
que el Juzgado de lo Penal número 7 de Valencia traslada la petición de
indulto recibida al Juzgado de lo Penal número 16 (ejecutor) para la
formación de la pieza de indulto.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064315



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



La Orden HAP/536/2014, de 3 de abril, por la que se modifica la Orden
EHA/1049/2008, de 10 de abril, de declaración de bienes y servicios de
contratación centralizada, incluye dentro de la contratación centralizada
los «contratos de servicios de seguridad privada y de servicios de
auxiliares de control, con exclusión de aquellos cuyas características
puedan tener la consideración de contrato menor».



Su Disposición transitoria segunda establece que transitoriamente la
centralización afectará a los servicios que se presten en bienes
inmuebles situados en Madrid ocupados principalmente por unidades
administrativas. No obstante, en estos contratos, a propuesta de los
Ministerios u organismos afectados, podrán incluirse inmuebles de
distinto ámbito territorial o uso cuando su gestión esté atribuida a
dichas unidades y la contratación conjunta resulte más eficiente.



En aplicación de dicha Disposición el Gobierno, a través de la Dirección
General de Racionalización y Centralización de la Contratación del
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, ha puesto en marcha
dos fases de contratación centralizada, en las que se van incluyendo los
servicios de los distintos Ministerios y organismos conforme finalizan
sus contratos. Actualmente está en ejecución la fase primera.



En el documento anexo que se adjunta, se reflejan, respecto del contrato
centralizado de seguridad actualmente en vigor, correspondiente a la
primera fase, los datos requeridos por Su Señoría. Cabe informar que el
contrato ha sido adjudicado en el año 2014, con fecha de inicio 1 de
diciembre de 2014, si bien algunos servicios tienen entrada diferida, y
con fecha de finalización de 30 de septiembre de 2016.



En dicho documento se indica la empresa adjudicataria de cada lote, los
Ministerios u organismos cuyos servicios se integran en este contrato,
las fechas de incorporación al mismo, el importe de adjudicación de los
distintos lotes del contrato, desagregado por Ministerio y organismo y el
número de trabajadores afectados por la subrogación.




Página
286






ANEXO



Empresas adjudicatarias del contrato centralizado de servicios de
seguridad privada y auxiliares de control (primera fase)



MINISTERIO/ORGANISMO;INICIO SERVICIOS;IMPORTE, IVA EXCLUIDO;IMPORTE IVA
INCLUIDO



LOTE 1. EMPRESA ADJUDICATARIA: UTE PROSEGUR ESPAÑA, S.A. Y ESC SERVICIOS
GENERALES, S.L.;;;



M. DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MA;01/01/2015;3.867.559,03;4.679.746,43



M. DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MA;01/12/2014;610.053,24;738.164,42



PARQUES NACIONALES;01/12/2014;136.541,99;165.215,81



PARQUE MÓVIL DEL ESTADO;01/12/2014;1.013.295,25;1.226.087,25



GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS (MECD);15/02/2015;729.720,81;882.962,18



TOTAL;;6.357.170,32;7.692.176,09



NÚMERO DE TRABAJADORES AFECTADOS POR LA SUBROGACIÓN;;;116



LOTE 2. EMPRESA ADJUDICATARIA: SEGURIDAD INTEGRAL SECOEX;;;



M. DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE;01/12/2014;2.360.255,48;2.855.909,13



M. DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE;01/12/2014;2.275.507,31;2.753.363,84



PROGRAMAS EDUCATIVOS EUROPEOS;01/12/2014;121.030,04;146.446,35



M. DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES P-;01/12/2014;2.390.434,93;2.892.426,27



M. DE HACIENDA Y AAPP. SEAP EUROCIS;01/12/2014;3.010.664,67;3.642.904,25



A. E. PROTECCIÓN SALUD DEPORTE;01/01/2015;12.982,05;15.708,28



CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES;01/01/2015;1.158.236,44;1.401.466,09



TOTAL;;11.329.110,92;13.708.224,21



NÚMERO DE TRABAJADORES AFECTADOS POR LA SUBROGACIÓN:;;;204



LOTE 3. EMPRESA ADJUDICATARIA: UTE VIGILANCIA INTEGRADA, S.A. Y V2
COMPLEMENTOS AUXILIARES, S.A.;;;



M. DE JUSTICIA;01/12/2014;3.238.944,84;3.919.123,26



MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL;01/01/2015;241.946,19;292.754,89



CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO;01/07/2015;404.783,27;489.787,76



DELGACIÓN GOBIERNO EN MADRID;01/12/2014;788.706,02;954.334,28



MUFACE;01/12/2014;606.737,66;734.152,57



TOTAL;;5.281.117,98;6.390.152,76



NÚMERO DE TRABAJADORES AFECTADOS POR LA SUBROGACIÓN;;;98



LOTE 4. EMPRESA ADJUDICATARIA: UTE PROSEGUR ESPAÑA, S.A. Y ESC SERVICIOS
GENERALES, S.L.;;;



FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA;01/05/2015;277.728,89;336.051,96



AGENCIA DE INF. Y CONTROL ALIMENTARIOS;01/12/2014;92.997,52;112.527,00



COMISIONADO DEL MERCADO DE TABACOS;01/01/2015;324.776,48;392.979,54



CENTRO DE ESTUDIOS JURÍDICOS;01/02/2015;113.336,58;137.137,26



TOTAL;;808.839,47;978.695,76



NÚMERO DE TRABAJADORES AFECTADOS POR LA SUBROGACIÓN;;;20



Madrid, 15 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064344



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ros Martínez, Susana (GS).




Página
287






Respuesta:



El 21 de noviembre de 2014 se procedió a la comprobación del replanteo,
conforme a lo establecido en el artículo 212 del texto refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, y artículos 139 y siguientes del
Reglamento General de Contratación del Estado, del proyecto de ejecución
de «Mejora de las condiciones de accesibilidad en la Mar Xica y Paseo
Marítimo en la fachada del Parador Nacional de Benicarló (Castellón)». El
proyecto contempla un periodo de ejecución de doce meses con lo cual debe
estar finalizado antes del 21 de noviembre de 2015.



Madrid, 21 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064359



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las instalaciones
deportivas de las que es titular el Consejo Superior de Deportes (CSD en
adelante) son accesibles. Estas son las siguientes: Centro de Alto
Rendimiento del CSD, Madrid, Centro de Alto Rendimiento en Altura, Sierra
Nevada, Granada y Centro de Alto Rendimiento de León.



El resto de instalaciones públicas son titularidad de las Comunidades
Autónomas o de las Entidades Locales, no existiendo una obligación legal
por parte de estas Administraciones Públicas de comunicar al CSD las
características de sus instalaciones deportivas. La única referencia
legal la encontramos en el artículo 8.n) de la ley 10/1990, de 15 de
octubre, del Deporte, que establece como competencias del CSD «Actualizar
permanentemente el censo de instalaciones deportivas, en colaboración con
las Comunidades Autónomas.»



En la actualidad se está realizando la actualización del Censo en
distintas Comunidades Autónomas, recogiendo por primera vez, de acuerdo
con los criterios fijados entre el Estado y la totalidad de Comunidades
Autónomas y, de forma explícita, la accesibilidad como uno de los
criterios de registro. No obstante, a fecha de hoy sólo se encuentran
completados los censos correspondientes a las Comunidades Autónomas de
Castilla-La Mancha, Extremadura y País Vasco, lo que determina que sólo
pueda proporcionarse información respecto a estas tres Comunidades
Autónomas.



Proporcionar datos del último censo global realizado (del año 2005) que,
en cualquier caso, se encuentra disponible en la página web del CSD,
podría inducir a error dado que ni la accesibilidad de las instalaciones
se contempla de una forma completa ni el mapa de instalaciones es el
mismo en la actualidad.



Por razón de lo anterior, se proporciona la siguiente información:



1. Instalaciones públicas accesibles de las Comunidades Autónomas de
Castilla-La Mancha, Extremadura y País Vasco (ver documentos adjuntos).
Se hace notar que la aplicación del censo nacional actualmente en
elaboración no recoge una única afirmación sobre la accesibilidad o no de
una instalación deportiva. Al contrario, diferencia entre la
accesibilidad de dos tipos muy diferenciados de usuarios de acuerdo a las
necesidades de cada uno: deportistas y usuarios en general. Y, además,
distingue entre tres grados distintos de accesibilidad para cada uno de
esos colectivos: accesibles, parcialmente accesibles y no accesibles.
Ello da lugar a múltiples resultados atendiendo al grado de accesibilidad
que se considere y al tipo de usuario en cuestión.



Por ello, intentando facilitar la información de la manera más
comprensible, en los listados adjuntos se proporcionan datos únicamente
de las instalaciones deportivas que cumplen con el máximo grado de
accesibilidad para los dos tipos de usuarios.



2. Cuadro resumen de instalaciones públicas accesibles




Página
288






Instalaciones Deportivas Accesibles en España Censo 2010



;TOTAL DE INSTALACIONES PÚBLICAS;ACCESIBLES PÚBLICAS;% ACCESIBLES



CASTILLA-LA MANCHA (Anexo I);6.868;839;12,21



EXTREMADURA (Anexo II);3.861;494;12,79



PAÍS VASCO (Anexo III);3.709;396;10,43



TOTAL;14.438;1.729;11,97



En concordancia con lo dicho en el anterior párrafo, el número que aparece
en el cuadro anterior y los anexos adjuntos son compatibles con la
existencia de otras instalaciones deportivas con otros grados de
accesibilidad, que no se recogen por la utilización del criterio
anteriormente citado.



Madrid, 23 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



Nota.—La documentación que se acompaña se encuentra en la Secretaría
General de la Cámara.



184/064389



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Álvarez, Ángeles (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que, por lo que se
refiere al territorio gestionado por el Ministerio de Justicia, las
Unidades coordinadas por un médico forense, están compuestas además, por
uno o varios equipos de psicólogo y trabajador social.



En la tabla siguiente, se describe el personal que configura los equipos
psicosociales de las unidades de valoración forense integral del
territorio gestionado por el Ministerio de Justicia.



Unidades de Valoración Forense Integral



COMUNIDAD AUTÓNOMA;INSTITUTOS DE MEDICINA LEGAL-UVFI;LOCALIDAD;EQUIPOS
PSICOSOCIALES;



;;;PSICÓLOGO;TRABAJADOR S.



ILLES BALEARS;IML ILLES BALEARS;PALMA DE MALLORCA;2;2



;;MENORCA;1;1



;;IBIZA;1;1



;;;4;4



CASTILLA-LA MANCHA;IML CIUDAD REAL Y TOLEDO;TOLEDO;1;1



;;CIUDAD REAL;1;1



;IML ALBACETE, CUENCA Y GUADALAJARA;ALBACETE;1;1



;;CUENCA;1;1



;;GUADALAJARA;1;1



;;;5;5




Página
289






COMUNIDAD AUTÓNOMA;INSTITUTOS DE MEDICINA LEGAL-UVFI;LOCALIDAD;EQUIPOS
PSICOSOCIALES;



;;;PSICÓLOGO;TRABAJADOR S.



CASTILLA Y LEÓN;IML LEÓN Y ZAMORA;LEÓN;1;1



;;PONFERRADA;1;1



;;ZAMORA;1;1



;IML ÁVILA, BURGOS, SEGOVIA Y SORIA;ÁVILA;1;1



;;BURGOS;1;1



;;SEGOVIA;1;1



;;SORIA;1;1



;IML PALENCIA, SALAMANCA Y VALLADOLID;PALENCIA;1;1



;;SALAMANCA;1;1



;;VALLADOLID;1;1



;;;10;10



EXTREMADURA;IML CÁCERES;CÁCERES;1;1



;IML BADAJOZ;BADAJOZ;1;1



;;;2;2



REGIÓN DE MURCIA;IML MURCIA;MURCIA;1;1



;;CARTAGENA;1;1



;;;2;2



CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA;;CEUTA;1;1



CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA;;MELILLA;1;1



TOTALES;;24;25;25



Madrid, 20 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064390, 184/064391



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Álvarez, Ángeles (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, se señala que el
ámbito competencial de los Institutos de Medicina Legal donde se
encuentran integradas las Unidades de Valoración Forense Integral (UVFI),
es el del territorio al que extiende su competencia, es decir, a las
provincias que lo comprenden, por lo que no se tiene datos por juzgados.



A continuación, en la tabla adjunta se especifica el número de
actuaciones:



IML;INFORMES;2011;2012;2013;2014(1)



CASTILLA Y LEÓN;;;;;



;MÉDICO FORENSE;424;551;418;193



BURGOS, ÁVILA, SEGOVIA Y SORIA;PSICÓLOGO;27;45;45;30



;TRABAJADOR SOCIAL;26;42;41;29



;INFORMES INTEGRALES;71;43;38;24



;;;;;




Página
290






IML;INFORMES;2011;2012;2013;2014(1)



;MÉDICO FORENSE;367;158;216;143



LEÓN Y ZAMORA;PSICÓLOGO;29;1;4;35



;TRABAJADOR SOCIAL;12;1;3;33



;INFORMES INTEGRALES;27;4;58;41



;;;;;



;MÉDICO FORENSE;367;344;305;158



VALLADOLID, PALENCIA Y SALAMANCA;PSICÓLOGO;50;49;46;27



;TRABAJADOR SOCIAL;46;48;51;21



;INFORMES INTEGRALES;14;5;2;5



;;;;;



;TOTAL;1.460;1.291;1.227;739



CASTILLA-LA MANCHA;;;;;



;;;;;



;MÉDICO FORENSE;423;345;414;191



ALBACETE, CUENCA Y GUADALAJARA;PSICÓLOGO;62;11;25;9



;TRABAJADOR SOCIAL;47;7;27;11



;INFORMES INTEGRALES;20;6;;3



;;;;;



;MÉDICO FORENSE;717;604;299;170



TOLEDO Y CIUDAD REAL;PSICÓLOGO;52;37;7;4



;TRABAJADOR SOCIAL;32;28;24;8



;INFORMES INTEGRALES;12;20;15;4



;;;;;



;TOTAL;1.365;1.058;811;400



EXTREMADURA;;;;;



;MÉDICO FORENSE;500;416;443;156



BADAJOZ;PSICÓLOGO;32;;3;1



;TRABAJADOR SOCIAL;12;4;;2



;INFORMES INTEGRALES;48;43;10;18



;;;;;



;MÉDICO FORENSE;149;144;124;80



CÁCERES;PSICÓLOGO;5;8;15;5



;TRABAJADOR SOCIAL;;;;



;INFORMES INTEGRALES;127;130;127;58



;;;;;



;TOTAL;873;745;722;320



;;;;;



;MÉDICO FORENSE;1.440;1.441;1.219;648



REGIÓN DE MURCIA;PSICÓLOGO;;9;;



;TRABAJADOR SOCIAL;;;;22



;INFORMES INTEGRALES;42;22;84;27



;;;;;



;TOTAL;1.482;1.472;1.303;697



;;;;;



;MÉDICO FORENSE;;;925;432



ILLES BALEARS(2);PSICÓLOGO;;;31;8



;TRABAJADOR SOCIAL;;;4;3




Página
291






IML;INFORMES;2011;2012;2013;2014(1)



;INFORMES INTEGRALES;;;;



;;;;;



;TOTAL;0;0;960;443



(1) Los datos corresponden al primer semestre de 2014.



(2) No hay datos disponibles de 2011 y 2012.;;;;;



Madrid, 26 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064417



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



En 2013, el volumen de fondos procedentes del Gobierno, en concreto del
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, para Palestina fue de
7,5 millones de euros, de los cuales:



i) 3 millones de euros se destinaron a las orientaciones estratégicas de
concentración (Orientación estratégica 1: líneas de acción construcción
de paz y gobernabilidad; Orientación estratégica 3: línea de acción
desarrollo rural), PEGASE (1 millón de euros) y UNRWA (1 millón de
euros).



ii) 2,5 millones de euros de ONGD al sector de desarrollo rural.



iii) 2,2 millones de euros a actividades humanitarias.



iv) 60.000 euros a becas y actividades culturales.



En 2014, el Ministerio destinó 2,68 millones de euros a través del
presupuesto bilateral (2,53 millones de euros) y del Programa Masar (0,15
millones de euros). Dicha cantidad se ha distribuido de la siguiente
manera:



i) PEGASE (0,8 millones de euros).



ii) UNRWA (1 millón de euros).



iii) Misión Diplomática de Palestina en España (0,2 millones de euros).



iv) Apoyo a la reconstrucción de infraestructuras agrícolas de Gaza a raíz
de la operación Margen Protector (0,5 millones de euros, en fase de
tramitación).



v) PCP-Unidades de protección de la familia, para mejorar la gestión de
casos de violencia de género (0,15 millones de euros, en fase de
tramitación).



vi) REFORM, para fortalecer la identidad palestina en Jerusalén Este (0,08
millones de euros, en fase de tramitación).



vii) Teacher Creativity Center para la formación de jóvenes en la lucha
contra la corrupción (0,07 millones de euros, en fase de tramitación).



Desde que Hamás se hizo con el poder en la Franja de Gaza, la cooperación
se ha ejecutado principalmente a través de ONGD y Agencias de Naciones
Unidas.



Por ámbitos de actuación, están en ejecución diversos proyectos de
seguridad alimentaria, incluyendo la distribución de comida para familias
vulnerables, la modernización de la estructura productiva agrícola, la
rehabilitación de infraestructuras dañadas como consecuencia de las
acciones militares israelí (pozos e invernaderos), el tratamiento de
aguas residuales para uso agrícola y consumo humano, y la mejora del
saneamiento en la Franja. También se ejecutan intervenciones para mejorar
el respeto por los derechos humanos en la zona, proporcionando ayuda
legal y documentando las violaciones que se cometen en Gaza, tanto por
las autoridades israelíes como por las palestinas; se trabaja igualmente
en la promoción de los derechos sexuales y reproductivos y la lucha
contra la violencia de género. Finalmente, se actúa también en apoyo a la
asistencia sanitaria de emergencia y apoyo psicosocial de la población.




Página
292






Así, Palestina y, por supuesto, Gaza continúan ocupando una posición
prioritaria en la política española de Cooperación. Se sigue trabajando
en el sector de Construcción de Paz y apoyando subvenciones como la de la
Delegación General de Palestina en España. Actualmente hay 38 proyectos
en ejecución por valor de 30,6 millones de euros.



Está prevista la firma de un nuevo Marco de Asociación (MAP) con Palestina
que será coherente con las prioridades marcadas por el gobierno de la
Autoridad Palestina y avanzará en el proceso de concentración sectorial
iniciado por el Ministerio de Asuntos Exteriores en los últimos años.



Asimismo, con arreglo a los esfuerzos hechos hasta el momento, se
continuará avanzando en el proceso de programación conjunta con la Unión
Europea, que no se prevé que finalice antes de 2017. El ejercicio por
parte europea se inició en 2011 y ha tenido como resultado un documento
de programación, alineado con la estrategia de desarrollo palestina, pero
que todavía no se ha traducido en acciones conjuntas.



En el futuro, se tiene interés por explorar las posibilidades de realizar
operaciones de cooperación delegada en sectores de concentración con
otros donantes, especialmente con la Unión Europea. En el mes de
septiembre de 2013 se presentó una propuesta a la Delegación de la UE en
Jerusalén Este para la ejecución en cooperación delegada del programa
temático «Organizaciones de la sociedad civil y autoridades locales
2014-2017». En el mes de febrero de 2014 se ha enviado a la misma
institución una Expresión de Interés para el diseño y establecimiento de
un sistema de seguimiento de los proyectos financiados por la UE en Área
C.



Madrid, 2 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064418



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



El Instituto Cervantes, desde el momento en que se decidió aplazar —que no
suspender— el acto de referencia, ha estado en contacto con Albert
Sánchez Piñol para buscar una nueva fecha. El propio autor solicitó dejar
pasar un tiempo para que se pudiera celebrar un encuentro centrado en los
aspectos meramente literarios e indicó que él mismo se pondría en
contacto con el Instituto Cervantes cuando tenga una fecha disponible.



Madrid, 13 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064605



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada por Su Señoría se informa que la Ley
Orgánica 9/2007, de 8 de octubre, que modificó el artículo 87 Ley
Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG),
añadió un párrafo adicional en el que se señalaba que: «2.(…) el
Gobierno, previo informe de la Junta Electoral Central, regulará sobre un
procedimiento de votación para las personas ciegas o con discapacidad
visual que les permita ejercer su derecho de sufragio, garantizando el
secreto del voto.» En cumplimiento del mandato dirigido al Gobierno en
este artículo de la LOREG, se aprobó el Real Decreto 1612/2007, de 7 de
diciembre, por el que se regula un procedimiento de voto accesible que
facilita a las personas con discapacidad visual el ejercicio del derecho
de sufragio.




Página
293






En enero de 2011, el artículo 87.2 de la LOREG fue modificado (Ley
Orgánica 2/2011, de 28 de enero), siendo, a día de hoy, el tenor literal
del artículo 87 de la LOREG, el siguiente:



«1. Los electores que no sepan leer o que, por discapacidad, estén
impedidos para elegir la papeleta o colocarla dentro del sobre y para
entregarla al Presidente de la Mesa, pueden servirse para estas
operaciones de una persona de su confianza.



2. No obstante, el Gobierno, previo informe de la Junta Electoral Central,
regulará un procedimiento de votación para las personas ciegas o con
discapacidad visual que les permita ejercer su derecho de sufragio,
garantizando el secreto del voto, que se aplicará, en todo caso, a las
elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado, a las elecciones al
Parlamento Europeo y a los supuestos de referéndum.»



Cabe aquí destacar que en el nuevo tenor literal del artículo 87.2 LOREG
el legislador no hace mención alguna a las Elecciones Locales.



El anteriormente citado Real Decreto 1612/2007, de 7 de diciembre, en
relación con el procedimiento de votación accesible para personas ciegas
o con discapacidad visual grave conocedoras del sistema de
lecto-escritura Braille, dispone en la Disposición adicional única, sobre
«Evaluación del procedimiento», que el Gobierno evalúe los resultados de
la aplicación del procedimiento regulado «en esta norma» y que estudie
las necesarias adaptaciones para las Elecciones Locales.



En este sentido, cabe señalar que, en cumplimiento de este mandato, el 24
de abril de 2012, el Gobierno, a través del Ministerio del Interior,
finalizó la evaluación de los resultados de la aplicación del
procedimiento de votación accesible, a la luz de los datos obtenidos en
relación con los procesos electorales ya celebrados en los que se ha
utilizado el procedimiento de votación accesible (un ciclo electoral
completo: desde las Elecciones a Cortes Generales 2008 —las primeras en
las que se utilizó el procedimiento de votación accesible, hasta las
Elecciones a Cortes Generales 2011—), y elaboró el estudio concreto sobre
si sería posible utilizar un procedimiento con documentación
complementaria en Braille en las Elecciones Locales. Así, el Ministerio
del Interior (Dirección General de Política Interior) elaboró el Informe
de Evaluación sobre Accesibilidad y Procesos Electorales (24 de abril de
2012), que se remitió a la Junta Electoral Central y al Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y fue presentado en marzo de 2013
ante el Consejo Nacional de la Discapacidad.



En este Informe, cuyo contenido se encuentra disponible en la web del
Ministerio del Interior
(http://195.235.66.22/documents/10184/018279/Inf_Accesibilidad_Procesos_Electorales.pdf/1f909eca-263f-412c-9cc1-890b70756279), se incluye: a) la
evaluación sobre la aplicación del procedimiento de votación accesible
(documentación complementaria en braille), exigida por el citado Real
Decreto 1612/2007, una de cuyas conclusiones es que el número de
solicitudes del procedimiento de votación accesible ha disminuido
considerablemente si comparamos el número de solicitudes recibidas en las
Elecciones a Cortes Generales 2008 (1.618 solicitudes) y las recibidas en
las Elecciones a Cortes Generales 2011 (1.198): una disminución de 520
solicitudes; b) el estudio sobre el procedimiento de votación accesible y
las Elecciones Locales.



En este último se tratan los siguientes aspectos:



1. Consideración inicial: La complejidad de la gestión de las Elecciones
Locales o por qué es inviable fabricar a tiempo, y con un coste no
desproporcionado, 370 modelos diferentes de kits de votación accesible.



Entre otras variables, se estudia el hecho de que en los últimos procesos
electorales celebrados, en los que era de aplicación el procedimiento de
votación accesible, se han recibido solicitudes de 381 municipios
(Elecciones al Parlamento Europeo 2009) y de 378 municipios (Elecciones a
Cortes Generales 2011). Así, en el caso de que se regulase un
procedimiento de votación accesible aplicable a las Elecciones
Municipales, sería imposible fabricar a tiempo toda la documentación
complementaria en braille que identificase las candidaturas proclamadas
en los más de 370 municipios donde estuviesen censados los solicitantes
del procedimiento de votación accesible.



En este sentido, se ha tenido en cuenta lo establecido en el Acuerdo de la
Junta Electoral Central de 3 de marzo de 2011:



«Solicitud de que se adopten, las medidas oportunas para que las personas
con alguna discapacidad visual puedan votar con garantía del secreto de
voto en las próximas elecciones locales y autonómicas.




Página
294






Acuerdo:



1. La nueva redacción del artículo 87.2 de la LOREG dada por la Ley
Orgánica 2/2011, de 28 de enero, supone, a juicio de esta Junta, que el
legislador ha dispuesto que el procedimiento de votación para las
personas ciegas o con discapacidad visual que el Gobierno debe regular
para el ejercicio de voto de forma independiente debe ser aplicable
siempre a las elecciones al Congreso de los Diputados, al Senado, al
Parlamento Europeo y a los supuestos de referéndum. En consecuencia, la
aplicación de ese procedimiento a las elecciones locales dependerá de lo
que el propio Gobierno establezca en la normativa de desarrollo legal.



2. El Real Decreto 1612/2007, de 7 de diciembre, que ha desarrollado este
procedimiento, indica en su Disposición Adicional Única que el Gobierno
evaluará los resultados de la aplicación del procedimiento regulado en
esta norma y estudiará las necesarias adaptaciones para las elecciones
locales. En tanto no se aprueben esas adaptaciones, el voto de las
personas ciegas o con discapacidad visual en las elecciones locales
deberá realizarse mediante el procedimiento previsto en el artículo 87.1
con carácter general, consistente en que puedan servirse de una persona
de su confianza.



3. El procedimiento que con carácter general se establece en el artículo
87.1 de la LOREG para los electores que no sepan leer o que por
discapacidad están impedidos para elegir la papeleta es plenamente
conforme con nuestro ordenamiento jurídico. A tal efecto, conviene
recordar que el artículo 29 de la Convención de las Naciones Unidas sobre
las personas con discapacidad prevé expresamente la posibilidad de
ejercicio del derecho del voto mediante la asistencia de una persona de
su elección.



Por otra parte, la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de
oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las
personas con discapacidad hace referencia en su artículo 7 a la necesidad
de tener en cuenta para determinar los procedimientos de accesibilidad de
las personas con discapacidad que las medidas no supongan una carga
desproporcionada, de manera que se tengan en cuenta los costes de la
medida.



Así mismo, no conviene tampoco olvidar que el procedimiento establecido en
el Real Decreto 1612/2007 sólo puede ser utilizado por personas que
conozcan el sistema de lecto-escritura Braille.



Además, en el caso de las elecciones locales concurren factores que deben
ser tenidos en cuenta, como son el número de procesos electorales
concurrentes (8.116 municipios y 3.389 entidades locales menores, además
de elecciones supra municipales y autonómicas), la complejidad de la
elaboración material de las papeletas (ya que, de una parte, en el caso
de las elecciones municipales corresponde su confección a cada
Ayuntamiento y son otras las autoridades estatales o autonómicas quienes
deben realizar las papeletas de los demás procesos electorales, y, de
otra parte, hay más de siete modelos distintos de papeletas en los
procesos electorales concurrentes, tanto de lista cerrada como de lista
abierta) y el momento en que debe elaborarse la documentación
complementaria en Braille (pues hay que esperar a la resolución de los
recursos contra la proclamación o denegación de candidaturas).



Estos factores deben ser ponderados por el Gobierno a la hora de decidir
el momento en que pueda extenderse a las elecciones locales el
procedimiento previsto en el citado Real Decreto 1612/2007».



Una vez realizado el estudio sobre si es técnicamente posible adaptar este
procedimiento para su utilización en las Elecciones Locales, teniendo en
cuenta tanto los factores citados por la Junta Electoral Central en su
Acuerdo de 3 de marzo de 2011 como el informe de evaluación de los
resultados de la aplicación del procedimiento regulado en el Real Decreto
1612/2007, cabe concluir que es técnicamente imposible utilizar un
procedimiento de votación accesible en las Elecciones Locales.



Por otra parte, cabe destacar que según datos oficiales de la ONCE hay en
España unas 70.000 personas ciegas y discapacitadas visuales afiliadas a
la ONCE (entre los que figuran 7.500 estudiantes con discapacidad
visual). De estas 70.000 personas sólo podrían utilizar el procedimiento
de votación accesible regulado en el Real Decreto 1612/2007 aquellos
electores ciegos o con discapacidad visual:



— Que tengan derecho de sufragio activo (18 años el día de las elecciones
correspondientes (dato no facilitado por ONCE), inscritas en el Censo
Electoral vigente (CER) (dato no incluido en el padrón de habitantes ni
en el censo electoral), y que no incurran en ninguno de los supuestos del
artículo 3 LOREG).



— Que sepan leer Braille (Número de personas que cumplan este requisito:
dato no facilitado por ONCE).




Página
295






— Que tengan reconocido un grado de discapacidad visual igual o superior
al 33 %, o bien sean afiliadas a la ONCE.



— Que soliciten el procedimiento de votación accesible de acuerdo con lo
dispuesto en el Real Decreto 1612/2007 (no todos los solicitantes de este
procedimiento ejercen finalmente su derecho de sufragio el día de las
elecciones).



Madrid, 7 de enero de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064606



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, se indica que Endesa no ha
presentado solicitud alguna al Gobierno, a través del Ministerio de
Industria, Energía y Turismo, en relación con la prolongación de la vida
útil de las centrales nucleares en las que tiene participación.



Únicamente cabe señalar que, en el caso de la central nuclear de Santa
María de Garoña, cuya propiedad está compartida por las empresas
Iberdrola y Endesa, al 50 %, la Orden ITC/1785/2009, de 3 de julio, por
la que se acuerda como fecha de cese definitivo de explotación de la
central nuclear de Santa María de Garoña el 6 de julio de 2013 y se
autoriza su explotación hasta dicha fecha, supuso que esta central
superase los 40 años de su vida de diseño, al haber iniciado su
explotación en 1971.



En la actualidad, se encuentra en tramitación una solicitud presentada por
el titular de esta central nuclear el pasado 27 de mayo, en la que se
solicita al Ministerio de Industria, Energía y Turismo la renovación de
la autorización de explotación por un periodo hasta el 2 de marzo de
2031, con lo que esta central alcanzaría una vida operativa de 60 años.



Esta solicitud está siendo objeto de evaluación por parte del Consejo de
Seguridad Nuclear, que deberá remitir al Ministerio de Industria, Energía
y Turismo su informe que, tal como se establece en el artículo 2.b) de la
Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del Consejo de Seguridad
Nuclear, además de ser preceptivo es vinculante, tanto si tiene carácter
negativo, como en cuanto a las condiciones que establezca en materia de
seguridad nuclear y protección radiológica en caso de ser positivo.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064613



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia cabe señalar que la Mutualidad
General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), como Organismo
público que tiene a su cargo la gestión del Mutualismo Administrativo,
uno de los mecanismos de cobertura del Régimen Especial de la Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado, presta a sus mutualistas y
demás beneficiarios, entre otros servicios, la asistencia sanitaria,
conforme a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto
Legislativo 4/2000, de 23 de junio.



El artículo 17 de dicha Ley habilita a la Mutualidad para facilitar la
asistencia sanitaria a su colectivo protegido bien directamente o por
concierto con otras entidades o establecimientos públicos o privados.



En desarrollo de este precepto, el artículo 77 del Reglamento General del
Mutualismo Administrativo (RGMA), aprobado por Real Decreto 375/2003, de
28 de marzo, establece que cuando la asistencia se




Página
296






facilite mediante concierto, los mutualistas podrán elegir, bien en el
momento de la afiliación o alta, bien dentro del período que se señale al
efecto, la entidad o establecimiento público o privado a través del cual
hayan de recibir la prestación de dicha asistencia.



MUFACE no dispone de medios propios para facilitar directamente la
prestación de asistencia sanitaria. Por ello, desde su creación ha
proporcionado la prestación mediante convenio con las Entidades de la
Seguridad Social o conciertos suscritos al efecto con Entidades de Seguro
en el ramo de la Asistencia Sanitaria, garantizando de esta forma el
derecho de elección establecido en el citado artículo 77 del RGMA.



Los conciertos de asistencia sanitaria son los instrumentos jurídicos de
Derecho Administrativo que concretan los contenidos y acceso a las
prestaciones de los beneficiarios como desarrollo último de las
orientaciones generales de la asistencia sanitaria de MUFACE recogidas en
su normativa específica.



Así, el apartado 2 del artículo 77 del RGMA dispone que los conciertos
estipularán los derechos y obligaciones recíprocos de las partes, así
como las modalidades, forma, condiciones de la asistencia y las causas
por la que ésta se prestará a los beneficiarios con derecho a ella.



En cuanto al régimen jurídico de los conciertos que se suscriban, la
disposición adicional vigésima del texto refundido de la Ley de Contratos
del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14
de noviembre (TRLCSP), califica expresamente los conciertos de asistencia
sanitaria de MUFACE como contratos de gestión de servicio público, si
bien con la particularidad de que la Ley remite para su regulación a la
normativa propia de la Mutualidad y, en lo no previsto en la misma, a la
propia Ley de Contratos del Sector Público.



El desarrollo del régimen jurídico de los conciertos de la asistencia
sanitaria de MUFACE se plasma en el artículo 151.3 del RGMA que señala
que la prestación de servicios asistenciales por entidades públicas,
sociedades médicas, colegios farmacéuticos y otras entidades o empresas
que sean precisos para el cumplimiento de los fines de la acción
protectora de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado,
cualquiera que sea su importe y la modalidad que revistan (convenios,
conciertos, pólizas, u otras modalidades análogas), se convendrán de
forma directa entre la Mutualidad y la Entidad correspondiente, con
informe previo de la Abogacía del Estado y de la Intervención delegada en
el Organismo sobre el proyecto de convenio, concierto, póliza o documento
en el que consten las condiciones de prestación.



Es en este marco jurídico en el que se encuadra el Concierto de asistencia
sanitaria que periódicamente suscribe la Mutualidad con diversas
Entidades de Seguro en el ramo de la Asistencia Sanitaria. Así, la
concertación del servicio se realiza por un procedimiento abierto
mediante convocatoria pública en la que se publican el pliego de
condiciones administrativas y el pliego de prescripciones técnicas.



En el pliego de condiciones administrativas se especifican una serie de
condiciones para acreditar la solvencia técnica de las Entidades
licitadoras para la prestación del servicio y a cuyo cumplimiento se
condiciona la adjudicación del Contrato, como son disponer de un centro
de coordinación de urgencias con llamada gratuita, con cobertura para
todo el territorio nacional, que facilite soporte las 24 horas de todos
los días del año, de delegaciones en cada capital de provincia, así como
en Ceuta y Melilla, y por último se les exige que dispongan de un mínimo
de recursos hospitalarios para determinados ámbitos territoriales:
municipios a partir de más de 20.000 habitantes con 500 beneficiarios,
provincias y Comunidades Autónomas.



Comprobado qué entidades licitadoras cumplen además de estos criterios de
solvencia técnica los demás requisitos y condiciones del pliego, se
procede a la adjudicación y suscripción del Concierto, idéntico con todas
ellas puesto que en éste como se ha indicado se estipulan modalidades,
forma, condiciones de la asistencia y las causas por la que ésta se
prestará a los beneficiarios con derecho a ella, garantizando así que la
asistencia se presta en condiciones equivalentes a todo el colectivo, con
independencia de la Entidad de adscripción.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación, con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS), puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados, que comprenden un nivel de atención
primaria (incluye todos los municipios), y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.




Página
297






El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica, o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Una de la piedras angulares del Concierto es la provisión de la asistencia
a través de los recursos asistenciales concertados por la respectiva
entidad, de forma que el colectivo protegido debe acudir a dichos
recursos, pudiendo elegir libremente entre todos ellos, pero en el caso
de que la entidad no disponga de los recursos exigidos, el Concierto
estipula que debe hacerse cargo directamente del gasto ocasionado por la
utilización de medios no concertados, constituyendo por tanto una
garantía de accesibilidad a los medios asistenciales exigidos.



Se regula, asimismo, el procedimiento para las reclamaciones de los
mutualistas y beneficiarios frente al posible incumplimiento por la
entidad de esta garantía o de cualquier otra estipulación del concierto,
siendo la competencia para el estudio y análisis de los expedientes las
respectivas Comisiones mixtas constituidas con cada entidad, tanto a
nivel provincial como nacional.



De este modo, uno de los medios de control de la asistencia sanitaria
recibida por el colectivo de MUFACE a través de las Entidades concertadas
se realiza mediante estudio y resolución de las reclamaciones presentadas
por los mutualistas. El número de reclamaciones constituye un indicador
indirecto para medir la calidad asistencial que estas proporcionan y para
realizar comparaciones entre ellas.



En relación con la prestación farmacéutica, en el texto del Concierto se
hace mención al establecimiento de un sistema de seguimiento del consumo
de aquellos medicamentos de ámbito hospitalario que se encuentran
sometidos a fijación de «techo máximo de gasto» por parte del Ministerio
de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ya que es una fórmula de
financiación de aplicación a todo el SNS. Por lo tanto, esos datos de
consumo, que se recopilarán de acuerdo con las instrucciones que se vayan
dictando al efecto, servirán, en los términos establecidos en la
normativa vigente, para el seguimiento de estos techos máximos, junto con
los datos correspondientes al resto de Administraciones Sanitarias.



Finalmente, cabe señalar que en la actualidad ya existe un sistema de
control previo mediante autorización en la dispensación de determinados
medicamentos de uso hospitalario, todo ello de acuerdo con las
indicaciones, protocolos, y guías estratégicas que existen o se van
dictando por las autoridades competentes para cada fármaco, así como por
los respectivos Informes de Posicionamiento Terapéutico ya publicados o
en fase de aprobación.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064616



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Xuclà i Costa, Jordi (GCiU).



Respuesta:



Dentro del ejercicio de las múltiples funciones que tiene encomendadas,
todo Embajador de España organiza reuniones, almuerzos y cenas de trabajo
con los más diversos representantes de la comunidad política,
empresarial, cultural y educativa y de la sociedad civil del Estado
receptor. En dichos encuentros se discuten, además de las relaciones
bilaterales, los más amplios y variados temas de la actualidad
internacional y nacional, así como la posición del Gobierno al respecto.



Madrid, 16 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
298






184/064617



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Xuclà i Costa, Jordi (GCiU).



Respuesta:



Dentro del ejercicio de las múltiples funciones que tiene encomendadas,
todo Embajador de España organiza reuniones, almuerzos y cenas de trabajo
con los más diversos representantes de la comunidad política,
empresarial, cultural y educativa y de la sociedad civil del Estado
receptor. En dichos encuentros se discuten, además de las relaciones
bilaterales, los más amplios y variados temas de la actualidad
internacional y nacional, así como la posición del Gobierno al respecto.



Madrid, 16 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064656



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



La inversión prevista en materia de playas en 2015 es la recogida en los
Presupuestos Generales del Estado, programa 456-D, Actuación en la Costa.



Madrid, 21 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064684



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
la inversión realizada por el Gobierno, a través de la Agencia Estatal
CSIC, en el Instituto de Hortofruticultura Subtropical y Mediterránea
(IHSM «La Mayora»), a fecha 16 de diciembre de 2014, ha sido la
siguiente:



INVERSIÓN;IMPORTE



Equipos e instrumental científico;42.146,76



Maquinaria;3.502,11



Para procesos de la información;5.618,89



Fondos documentales y bibliográficos;212,99



TOTAL INVERSIÓN A 16/12/14;51.480,75



Madrid, 30 de diciembre de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/064693




Página
299






(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



En contestación a las diversas cuestiones formuladas por Su Señoría se
informa que la pertenencia de un país a la organización Interpol, según
sus estatutos, no vincula en modo alguno a la ejecución de la demanda de
detención preventiva a efectos de extradición en el resto de países
miembros. La decisión de éstos en cuanto a la ejecución de la detención
se basará en su propio derecho interno, y muy especialmente, en los
tratados internacionales de extradición firmados con el país reclamante.
No existe vinculación, por tanto, con los documentos de detención
emitidos a través o por la Secretaría General de Interpol.



En el caso que motiva la pregunta, existía, además, un precedente, ya que
en la misma causa, instruida por la justicia argentina, las autoridades
españolas habían denegado la extradición de otros cuatro ciudadanos
españoles.



Por otro lado, cabe destacar que desde la Oficina de Prensa de la
Dirección General de la Policía no se ha efectuado ningún tipo de
declaración oficial sobre la protesta que menciona Su Señoría.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064702, 184/064703, 184/064704, 184/064705, 184/064706, 184/064707,
184/064708, 184/064709, 184/064710, 184/064711, 184/064712, 184/064713,
184/064714, 184/064715, 184/064716, 184/064717, 184/064718, 184/064719,
184/064720



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Olabarría Muñoz, Emilio (GV).



Respuesta:



Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado realizan cuantos controles e
identificaciones son necesarios para proteger el libre ejercicio de los
derechos y libertades, garantizar la seguridad ciudadana, la prevención e
investigación de infracciones penales y el cumplimiento de las leyes, tal
y como prescribe la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad y la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre
Protección de la Seguridad Ciudadana.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064721



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En contestación a las diversas cuestiones formuladas por Su Señoría se
informa que la persona a la que hace mención en el texto de la pregunta
fue detenida por la Guardia Civil de Mugardos (A Coruña), e ingresado en
el Hospital Naval de Ferrol (Psiquiatría), en cumplimiento de una
Providencia Judicial en ejecución de una medida de seguridad acordada por
el Juzgado de lo Penal número 2 de Ferrol.



Con fecha 5 de noviembre de 2014, cuando era trasladado en virtud de lo
dispuesto por la Autoridad Judicial, desde el Hospital Naval de Ferrol al
Centro Terapéutico CONFURCO para la continuación de su tratamiento, por
personal asistencial de este Centro, para la continuación de su
tratamiento, se dio a la fuga en un punto del recorrido de forma
circunstancial.




Página
300






Posteriormente, el día 1 de diciembre de 2014 fue detenido por
funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía de la Jefatura Superior de
Policía de Asturias, en virtud de requisitoria judicial en vigor, siendo
trasladado por funcionarios policiales a la ciudad de Ferrol, para ser
nuevamente ingresado en el Hospital Naval, en virtud de resolución
judicial adoptada por el Juzgado de Instrucción número 3 de Oviedo.



Madrid, 16 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064733 y 184/064734



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que con fecha 6 de
agosto de 2013 se firmó Acta de Cesión de diversos tramos de la Red de
Carreteras del Estado al Ayuntamiento de Málaga, estando incluida en
estos tramos la vía MA-21 del p.k. 0,000 al p.k. 5,250.



Las obras, que se están ejecutando en el «puente de San Julián» en el
enlace de la Autovía MA-21 con el barrio de San Julián y el aeropuerto de
Málaga, están siendo ejecutadas por el Ayuntamiento de Málaga como
titular de la vía desde el 6 de agosto de 2013, y no forman parte de la
Red de Carreteras del Estado.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064737



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que dando
cumplimiento al artículo 14 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del
Ruido, la 2.ª fase de Mapas Estratégicos de ruido han sido sometidos a
información pública.



Los mapas contienen un avance de propuestas de actuación con prioridades
en función de su viabilidad, eficacia y rentabilidad en términos de
mejora y pueden ser consultados en la siguiente dirección de Internet:
http://webaux.cedex.es/egra/.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064750



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Davila, M.ª Olaia (GMx).



Respuesta:



En relación con los plazos para la construcción de la autovía con nuevo
trazado entre Vigo y Porriño, se indica que dada la situación
administrativa en que se encuentra la actuación, estudio informativo en
redacción, no es posible definir todavía el plazo de ejecución.




Página
301






Al igual que en otros casos similares, en el caso del Ayuntamiento de Mos,
se mantienen reuniones para la adecuada implantación territorial de esta
infraestructura.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064755



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sanz Remón, Álvaro (GIP).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el vehículo al
que se hace referencia en la pregunta se destinó como tren turístico
«Canfranero».



En la actualidad, se utiliza, de manera puntual, para prestar servicios
comerciales, en caso de falta de disponibilidad de otros vehículos.



Los trenes de la serie 596 fueron transformados en el año 1997.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064770



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Picó i Azanza, Antoni (GCiU).



Respuesta:



La apertura de nuevas oficinas en los puestos fronterizos de Ceuta y
Melilla supone un refuerzo del sistema de protección internacional, que
funciona con normalidad en ambas ciudades. El acceso al procedimiento
estaba y sigue estando asegurado a través de las Comisarías y Oficinas de
extranjeros, donde se producen formalizaciones al igual que en el resto
del territorio. Se trata por tanto de una medida adicional, de apoyo a la
estructura ya existente, y derivada del aumento de la presión migratoria,
que busca mejorar la prestación del servicio y reforzar aún más si cabe
el marco de derechos y garantías de los solicitantes y potenciales
solicitantes de protección internacional.



Las nuevas instalaciones, que se habilitarán dentro de la zona de control
fronterizo, estarán claramente identificadas como lugares de
formalización de solicitudes de asilo o protección internacional, con lo
que se evitará el traslado del solicitante fuera del recinto fronterizo,
tanto para ofrecerle la información necesaria que pueda conducirle a
presentar tales solicitudes, como para la formalización de las mismas.



En dichas oficinas, y siempre con asistencia de abogado e intérprete —lo
que constituye una de las garantías del sistema de protección
internacional—, se realizará una identificación de aquellos inmigrantes
que pudieran ser potenciales solicitantes de protección internacional. De
este modo, estos inmigrantes podrían formalizar su solicitud ante las
autoridades al cargo del puesto fronterizo (Cuerpo Nacional de Policía),
solicitudes que se resolverían, como sucede hasta ahora, desde la Oficina
de Asilo y Refugio, también dependiente del Ministerio del Interior.



Cabe señalarse que se ha iniciado ya, en el puesto fronterizo de
Beni-Enzar de Melilla, la formalización de solicitudes de protección
internacional. En las próximas semanas se llevarán a cabo todas las
gestiones necesarias para adaptar espacios y permitir un funcionamiento a
pleno rendimiento de las nuevas instalaciones.



Mientras se resuelve la admisión —en el plazo establecido de ocho días—,
los solicitantes no tienen que permanecer en los espacios habilitados en
frontera, sino que, en lo que supone una mejora de sus derechos y
garantías, permanecerán en el territorio de Ceuta y Melilla, bien en el
Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI), bien en el alojamiento
privado al que, en su caso, pudieran optar. Los




Página
302






Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Ceuta y Melilla son
establecimientos de la Administración Pública, concebidos como
dispositivos de primera acogida destinados a conceder servicios y
prestaciones sociales básicas, al colectivo de inmigrantes y solicitantes
de asilo que lleguen a alguna de estas ciudades.



Madrid, 12 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064774



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el 26 de
septiembre de 2012, la ministra de Fomento presentó en el Congreso de los
Diputados las líneas generales del nuevo Plan de Infraestructuras,
Transportes y Vivienda (PITVI), que tiene como horizonte temporal el año
2024.



En relación con el transporte de Cercanías, el Plan recoge la prioridad de
mantener el nivel de servicio actual resolviendo los problemas de calidad
que se presentan o pueden presentarse a corto plazo, ajustando las
condiciones de la oferta a las necesidades de movilidad en cada momento.
A largo plazo, se estudiará la situación y necesidades de cada núcleo y
se priorizarán las actuaciones en función de los recursos económicos
disponibles. Dentro de este nuevo marco se analizarán las nuevas
actuaciones como la posible implantación de una nueva estación en núcleos
existentes como el de Crevillente.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064775



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



En contestación a las diversas cuestiones formuladas por Su Señoría se
informa que la legislación española en materia de extranjería se asienta
sobre la base del reconocimiento de los derechos y libertades de los
extranjeros en España (art. 13.1 de la Constitución), así como en la
definición de los principios de la política migratoria centrados, entre
otros, en la integración social de las personas extranjeras, la lucha
contra la inmigración irregular o la ordenación de los flujos
migratorios. Todo ello, en un contexto de coordinación de un marco
normativo europeo común, en el que España participa plenamente.



Desde el punto de vista procedimental, la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de
enero, de derechos y libertades de los extranjeros en España y su
integración social, recoge expresamente un catálogo de garantías
jurídicas (artículos 20 y siguientes) que determinan que los
procedimientos administrativos de extranjería se sometan en todo caso al
principio de legalidad y que las personas en ellos interesados gocen del
derecho a la tutela judicial efectiva, el derecho al recurso contra los
actos administrativos y el derecho a la asistencia jurídica gratuita.



Cuando se incoa un expediente por alguna de las infracciones graves o muy
graves contempladas en la Ley Orgánica 4/2000 que pueden dar lugar a una
sanción de expulsión del territorio nacional, dicho expediente ha de ser
resuelto por la autoridad administrativa con competencia para ello y
sujeta a todas las garantías jurídicas señaladas anteriormente, lo que
implica necesariamente la motivación de las resoluciones y la
interposición de recurso contra la misma.



Ante una resolución administrativa que decrete la expulsión se puede
solicitar el ingreso de la persona en un centro de internamiento de
extranjeros. Esta solicitud debe ser estimada o no por el Juez de




Página
303






Instrucción, previa audiencia del interesado y del Ministerio Fiscal, y
adoptada mediante auto motivado tomando en consideración las
circunstancias concurrentes del caso.



Los centros de internamiento de extranjeros, que ya aparecían regulados en
parte en la Ley Orgánica 4/2000 (artículos 61 y siguientes, redactados
conforme a la reforma de la Ley Orgánica 2/2009, con objeto de adaptar la
ley a la Directiva Comunitaria 2008/115, relativa a las normas y
procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los
nacionales de terceros países en situación irregular), han sido
recientemente objeto de desarrollo reglamentario a través del Real
Decreto 162/2014, por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento y
régimen interior de los centros de internamiento de extranjeros. En este
sentido, la Directiva pretende establecer un conjunto mínimo común de
garantías respecto de las decisiones relativas al retorno para garantizar
una protección eficaz de los intereses de las personas. La transposición
de esta norma comunitaria al derecho interno ha configurado a nivel
interno un sistema aún más garantista, en el que el control
jurisdiccional es permanente.



Los centros de internamiento no tienen carácter penitenciario y los
extranjeros en ellos internados estarán privados únicamente del derecho
deambulatorio, limitación que será conforme al contenido y finalidad de
la medida judicial de ingreso acordada.



Teniendo en cuenta todas estas consideraciones, el ciudadano senegalés
referenciado en el texto de la pregunta fue objeto de incoación de
expediente administrativo por infracción grave del artículo 53.1 a) de la
Ley Orgánica 4/2000, que tras la oportuna tramitación, en los términos
descritos anteriormente, concluyó con un decreto de expulsión por parte
de la Subdelegación del Gobierno de Santa Cruz de Tenerife el 3 de abril
de 2008, notificada el interesado el 11 del mismo mes y año. Como
consecuencia de ello, el día 27 de septiembre de 2014, ingresó en el
Centro de Internamiento de Extranjeros de Madrid con motivo del auto
dictado por el Juzgado de Instrucción competente de Granada.
Posteriormente, el pasado 19 de noviembre de 2014, ese mismo Juzgado
decretó su puesta en libertad.



Para finalizar se recuerda que el ejercicio de la potestad jurisdiccional
en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado,
corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por
las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas
establezcan.



Madrid, 13 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064776



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, cabe informar a Su Señoría que
el Gobierno considera del máximo interés el trabajo que desarrolla la
Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), cuya sede se
encuentra en la ciudad de Alicante.



Asimismo, cabe señalar que el Delegado del Gobierno en la Comunidad
Valenciana, Serafín Castellano, asistió, en representación del Gobierno,
a los actos conmemorativos del vigésimo aniversario de la Oficina de
Armonización del Mercado Interior y a la inauguración de la ampliación de
la sede de la OAMI.



Madrid, 12 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064777



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).




Página
304






Respuesta:



En relación con la pregunta formulada se informa que los consejos a los
que se refiere Su Señoría fueron retirados el pasado mes de agosto de la
página web del Ministerio del Interior, manteniéndose la página genérica
«Consejos al ciudadano», desde la que se redirige a los usuarios a las
páginas web de la Policía Nacional y de la Guardia Civil:



http://www.interior.gob.es/es/web/servicios-al-ciudadano/seguridad/consejos-al-ciudadano



Desde entonces la página que albergaba los consejos no es navegable, es
decir, no se puede acceder a ella si se navega por las páginas de la web
del Ministerio del Interior.



No obstante lo anterior, lo que ha podido ocurrir es que la página que
albergaba los consejos se quedara en el «caché» de Internet durante un
tiempo; problema común informático —relativo a borrar el rastro de las
páginas en Internet— que a día de hoy ha sido solucionado:



http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/seguridad/consejos-para-su-seguridad/prevencion-de-la-violaci%C3 %B3n



Madrid, 5 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064780



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Puig Ferrer, Joaquín Francisco; Campos Arteseros, Herick Manuel;
Rumí Ibáñez, María Consuelo y Ábalos Meco, José Luis (GS).



Respuesta:



Del total del Fondo Europeo de Pesca-FEP asignado a España, a la Comunidad
Valenciana le correspondieron 33,59 millones de euros.



Para la cofinanciación del FEP, el Ministerio de Agricultura, Alimentación
y Medio Ambiente aporta 8,17 millones de euros y la Comunidad Autónoma
41,65 millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Valenciana a las
medidas de adaptación de la flota pesquera es de 69,22 millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Valenciana a la
medida de transformación y comercialización de productos de la pesca y la
acuicultura es de 4,73 millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Valenciana a la
acuicultura es de 1,66 millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Valenciana para el
desarrollo sostenible de zonas dependientes de la pesca es de 0,05
millones de euros.



Madrid, 29 de diciembre de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/064781



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Puig Ferrer, Joaquín Francisco; Campos Arteseros, Herick Manuel;
Rumí Ibáñez, María Consuelo y Ábalos Meco, José Luis (GS).



Respuesta:



En la Conferencia Sectorial del pasado 4 de diciembre se presentó y acordó
una propuesta de reparto de los fondos del Fondo Europeo y Marítimo de
Pesca (FEMP) entre las distintas Comunidades Autónomas.




Página
305






La propuesta de reparto, teniendo en cuenta la desaparición de la
clasificación de las regiones europeas en «convergencia» o «no
convergencia», se ha realizado siguiendo los criterios establecidos en el
artículo 16 del Reglamento 508/2014, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de
Pesca.



En la propuesta de reparto del FEMP, se ha asignado a la Comunidad
Valenciana 39,17 millones de euros.



En el Fondo Europeo de Pesca (FEP), la Comunidad Autónoma Valenciana
dispuso de 33,59 millones de euros.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064782



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: García Gasulla, Guillem; Martín Pere, Pablo; Rumí Ibáñez, María
Consuelo y Hernanz Costa, Sofia (GS).



Respuesta:



En la Conferencia Sectorial del pasado 4 de diciembre se presentó y acordó
una propuesta de reparto de los fondos del Fondo Europeo y Marítimo de
Pesca (FEMP) entre las distintas Comunidades Autónomas.



La propuesta de reparto, teniendo en cuenta la desaparición de la
clasificación de las regiones europeas en «convergencia» o «no
convergencia», se ha realizado siguiendo los criterios establecidos en el
artículo 16 del Reglamento 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.



En la propuesta de reparto del FEMP, se ha asignado a la Comunidad
Autónoma de las Illes Balears 7,40 millones de euros.



En el Fondo Europeo de Pesca (FEP), la Comunidad Autónoma de las Illes
Balears dispuso de 4,85 millones de euros.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064783



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martín Pere, Pablo; García Gasulla, Guillem; Rumí Ibáñez, María
Consuelo y Hernanz Costa, Sofia (GS).



Respuesta:



Del total del Fondo Europeo de Pesca (FEP) asignado a España, a la
Comunidad Autónoma de las Illes Balears le correspondieron 4,85 millones
de euros.



Para la cofinanciación del FEP, el Ministerio de Agricultura, Alimentación
y Medio Ambiente aporta 1,55 millones de euros y la Comunidad Autónoma
5,89 millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Autónoma de las Illes
Balears a las medidas de adaptación de la flota pesquera es de 6,83
millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Autónoma de las Illes
Balears a la medida de transformación y comercialización de productos de
la pesca y la acuicultura es de 0,05 millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Autónoma de las Illes
Balears a la acuicultura es de 0,04 millones de euros.



La Comunidad Autónoma de las Illes Balears no ha destinado ningún importe
para el desarrollo sostenible de zonas dependientes de la pesca.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
306






184/064784



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rumí Ibáñez, María Consuelo y Meijón Couselo, Guillermo Antonio
(GS).



Respuesta:



En la Conferencia Sectorial del pasado 4 de diciembre se presentó y acordó
una propuesta de reparto de los fondos del Fondo Europeo y Marítimo de
Pesca (FEMP) entre las distintas Comunidades Autónomas.



La propuesta de reparto, teniendo en cuenta la desaparición de la
clasificación de las regiones europeas en «convergencia» o «no
convergencia», se ha realizado siguiendo los criterios establecidos en el
artículo 16 del Reglamento 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.



En la propuesta de reparto del FEMP, se han asignado a la Comunidad
Autónoma de Galicia 371,02 millones de euros.



En el Fondo Europeo de Pesca (FEP), la Comunidad Autónoma de Galicia
dispuso de 428,60 millones de euros.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064785



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rumí Ibáñez, María Consuelo y Meijón Couselo, Guillermo Antonio
(GS).



Respuesta:



Del total del Fondo Europeo de Pesca (FEP) asignado a España, a la
Comunidad Autónoma de Galicia le correspondieron 428,60 millones de
euros.



Para la cofinanciación del FEP, el Ministerio de Agricultura, Alimentación
y Medio Ambiente aporta 71,43 millones de euros y la Comunidad Autónoma
71,43 millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Autónoma de Galicia a
las medidas de adaptación de la flota pesquera es de 167,17 millones de
euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Autónoma de Galicia a
la medida de transformación y comercialización de productos de la pesca y
la acuicultura es de 163,00 millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Autónoma de Galicia a
la acuicultura es de 29,26 millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Autónoma de Galicia
para el desarrollo sostenible de zonas dependientes de la pesca es de
32,53 millones de euros.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064786



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Zarrías Arévalo, Gaspar Carlos; Rumí Ibáñez, María Consuelo y
Sánchez Díaz, María Carmen (GS).



Respuesta:



Del total del Fondo Europeo de Pesca (FEP) asignado a España, a la Ciudad
Autónoma de Ceuta inicialmente le correspondieron 0,29 millones de euros.




Página
307






Debido al incumplimiento de la regla de liberación de fondos, regla n+2, a
31/12/2013, y a que esa Ciudad Autónoma no tiene previsto realizar
ninguna actuación cofinanciada por el FEP, actualmente no tiene asignado
ningún importe del FEP.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064787



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rumí Ibáñez, María Consuelo; Zarrías Arévalo, Gaspar Carlos y
Sánchez Díaz, María Carmen (GS).



Respuesta:



En la Conferencia Sectorial del pasado 4 de diciembre se presentó y acordó
una propuesta de reparto de los fondos del Fondo Europeo y Marítimo de
Pesca (FEMP) entre las distintas Comunidades Autónomas.



La propuesta de reparto, teniendo en cuenta la desaparición de la
clasificación de las regiones europeas en «convergencia» o «no
convergencia», se ha realizado siguiendo los criterios establecidos en el
artículo 16 del Reglamento 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.



En la propuesta de reparto del FEMP, se han asignado a la Ciudad Autónoma
de Ceuta 1,62 millones de euros.



En el Fondo Europeo de Pesca (FEP), la Ciudad Autónoma de Ceuta
inicialmente dispuso de 0,29 millones de euros.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064788



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rumí Ibáñez, María Consuelo; González Veracruz, María y Saura
García, Pedro (GS).



Respuesta:



En la Conferencia Sectorial del pasado 4 de diciembre se presentó y acordó
una propuesta de reparto de los fondos del Fondo Europeo y Marítimo de
Pesca (FEMP) entre las distintas Comunidades Autónomas.



La propuesta de reparto, teniendo en cuenta la desaparición de la
clasificación de las regiones europeas en «convergencia» o «no
convergencia», se ha realizado siguiendo los criterios establecidos en el
artículo 16 del Reglamento 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.



En la propuesta de reparto del FEMP, se han asignado a la Región de Murcia
17,84 millones de euros.



En el Fondo Europeo de Pesca (FEP), la Región de Murcia dispuso
inicialmente de 22,41 millones de euros.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064789



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Saura García, Pedro; González Veracruz, María y Rumí Ibáñez, María
Consuelo (GS).




Página
308






Respuesta:



Del total del Fondo Europeo de Pesca (FEP) asignado a España, a la Región
de Murcia le correspondieron inicialmente 22,41 millones de euros. Debido
a reprogramaciones, el FEP asignado a la Región de Murcia es actualmente
de 26,77 millones de euros.



Para la cofinanciación del FEP, el Ministerio de Agricultura, Alimentación
y Medio Ambiente aporta 4,92 millones de euros y la Comunidad Autónoma
4,92 millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por la Región de Murcia a las medidas
de adaptación de la flota pesquera es de 12,93 millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por la Región de Murcia a la medida de
transformación y comercialización de productos de la pesca y la
acuicultura es de 11,65 millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por la Región de Murcia a la
acuicultura es de 9,47 millones de euros.



La Región de Murcia no ha destinado ningún importe para el desarrollo
sostenible de zonas dependientes de la pesca.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064790



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Benegas Haddad, José María y Rumí Ibáñez, María Consuelo (GS).



Respuesta:



En la Conferencia Sectorial del pasado 4 de diciembre se presentó y acordó
una propuesta de reparto de los fondos del Fondo Europeo y Marítimo de
Pesca (FEMP) entre las distintas Comunidades Autónomas.



La propuesta de reparto, teniendo en cuenta la desaparición de la
clasificación de las regiones europeas en «convergencia» o «no
convergencia», se ha realizado siguiendo los criterios establecidos en el
artículo 16 del Reglamento 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.



En la propuesta de reparto del FEMP, se han asignado a la Comunidad
Autónoma del País Vasco 74,11 millones de euros.



En el FEP, la Comunidad Autónoma del País Vasco dispuso de 56,38 millones
de euros.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064791



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Benegas Haddad, José María y Rumí Ibáñez, María Consuelo (GS).



Respuesta:



Del total del Fondo Europeo de Pesca (FEP) asignado a España, a la
Comunidad Autónoma del País Vasco le correspondieron 56,38 millones de
euros.



Para la cofinanciación del FEP la Comunidad Autónoma aporta 80 millones de
euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Autónoma del País
Vasco a las medidas de adaptación de la flota pesquera es de 51,75
millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Autónoma del País
Vasco a la medida de transformación y comercialización de productos de la
pesca y la acuicultura es de 25,36 millones de euros.




Página
309






El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Autónoma del País
Vasco a la acuicultura es de 1,10 millones de euros.



La Comunidad Autónoma del País Vasco no ha destinado ningún importe para
el desarrollo sostenible de zonas dependientes de la pesca.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064792



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Carcedo Roces, María Luisa y Rumí Ibáñez, María Consuelo (GS).



Respuesta:



En la Conferencia Sectorial del pasado 4 de diciembre se presentó y acordó
una propuesta de reparto de los fondos del Fondo Europeo y Marítimo de
Pesca (FEMP) entre las distintas Comunidades Autónomas.



La propuesta de reparto, teniendo en cuenta la desaparición de la
clasificación de las regiones europeas en «convergencia» o «no
convergencia», se ha realizado siguiendo los criterios establecidos en el
artículo 16 del Reglamento 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.



En la propuesta de reparto del FEMP, se han asignado a la Comunidad
Autónoma del Principado de Asturias 24,64 millones de euros.



En el FEP, la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias inicialmente
dispuso de 39,97 millones de euros.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064793



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rumí Ibáñez, María Consuelo y Carcedo Roces, María Luisa (GS).



Respuesta:



Del total del FEP asignado a España, al Principado de Asturias le
correspondió inicialmente 39,97 millones de euros. Debido al
incumplimiento de la regla n+2 a 31/12/2013, el FEP asignado a la
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias es actualmente de 37,45
millones de euros.



Para la cofinanciación del FEP, el Ministerio aporta 6,24 millones de
euros y la Comunidad Autónoma 6,24 millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Autónoma del
Principado de Asturias a las medidas de adaptación de la flota pesquera
es de 14,89 millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Autónoma del
Principado a la medida de transformación y comercialización de productos
de la pesca y la acuicultura es de 11,83 millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Autónoma del
Principado a la acuicultura es de 0,58 millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por La Comunidad Autónoma del
Principado para el desarrollo sostenible de zonas dependientes de la
pesca es de 6,64 millones de euros.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064794



(184) Pregunta escrita Congreso




Página
310






Autor: Rangel Tarrés, Joan y Rumí Ibáñez, María Consuelo (GS).



Respuesta:



Del total del Fondo Europeo de Pesca (FEP) asignado a España, a la
Comunidad Autónoma de Cataluña le correspondieron inicialmente 33,82
millones de euros. Debido a reprogramaciones, el FEP asignado a la
Comunidad Autónoma de Cataluña es actualmente de 32,37 millones de euros.



Para la cofinanciación del FEP, el Ministerio de Agricultura, Alimentación
y Medio Ambiente aporta 6,37 millones de euros, la Comunidad Autónoma
23,95 millones de euros, y otras entidades públicas 2,05 millones de
euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Autónoma de Cataluña
a las medidas de adaptación de la flota pesquera es de 39,24 millones de
euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Autónoma de Cataluña
a la medida de transformación y comercialización de productos de la pesca
y la acuicultura es de 7,66 millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Autónoma de Cataluña
a la acuicultura es de 2,10 millones de euros.



El total de ayuda pública destinado por la Comunidad Autónoma de Cataluña
para el desarrollo sostenible de zonas dependientes de la pesca es de
2,69 millones de euros.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064795



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rangel Tarrés, Joan y Rumí Ibáñez, María Consuelo (GS).



Respuesta:



En la Conferencia Sectorial del pasado 4 de diciembre se presentó y acordó
una propuesta de reparto de los fondos del Fondo Europeo y Marítimo de
Pesca (FEMP) entre las distintas Comunidades Autónomas.



La propuesta de reparto, teniendo en cuenta la desaparición de la
clasificación de las regiones europeas en «convergencia» o «no
convergencia», se ha realizado siguiendo los criterios establecidos en el
artículo 16 del Reglamento 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.



En la propuesta de reparto del FEMP, se han asignado a la Comunidad
Autónoma de Cataluña 38,26 millones de euros.



En el Fondo Europeo de Pesca-FEP, la Comunidad Autónoma de Cataluña
inicialmente dispuso de 33,82 millones de euros



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064796



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hernando Vera, Antonio; Rumí Ibáñez, María Consuelo y Martínez
Olmos, José (GS).



Respuesta:



Del total del Fondo Europeo de Pesca (FEP) asignado a España, a la Ciudad
Autónoma de Melilla inicialmente le correspondieron 0,29 millones de
euros.



Debido al incumplimiento de la regla de liberación de fondos, regla n+2, a
31/12/2013, y a que esa Ciudad Autónoma no tiene previsto realizar
ninguna actuación cofinanciada por el FEP, actualmente no tiene asignado
ningún importe del FEP.




Página
311






Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064800



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lozano Domingo, Irene (GUPyD).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el arresto al que
se refiere Su Señoría ha sido acordado por el Jefe del Estado Mayor del
Ejército de Tierra, con arreglo a las potestades disciplinarias que le
son atribuidas.



En cuanto al cumplimiento de la sanción, debe destacarse que según el
artículo 67 de la Ley Orgánica 8/98, de 2 de diciembre, de Régimen
Disciplinario de las Fuerzas Armadas, «las sanciones disciplinarias serán
inmediatamente ejecutivas y comenzarán a cumplirse el mismo día en que se
notifique al infractor la resolución por la que se le impone».



No puede el Gobierno pronunciarse sobre los criterios que han fundamentado
la medida cautelar, al estar llamado a pronunciarse en vía de recurso
sobre la resolución que recaiga en el procedimiento, si tuviera carácter
sancionador, el Ministro de Defensa.



La adopción de una medida cautelar que suponga el internamiento, por
tiempo limitado, en un establecimiento disciplinario militar, tiene su
fundamento en el artículo 55.1 de la citada Ley Orgánica 8/98, que la
reserva para aquéllos supuestos en que la naturaleza y circunstancias de
la falta exigen, a juicio de la autoridad competente, «una acción
inmediata para mantener la disciplina».



Los familiares del Oficial arrestado pueden visitarlo y comunicarse con él
en los términos previstos para cualquier militar en la normativa vigente
para los establecimientos disciplinarios militares.



La firme actitud del Gobierno y del Ministerio de Defensa contra la
corrupción impregna toda la actividad legislativa impulsada por el
Ejecutivo y se ha manifestado en la nueva Ley Disciplinaria de las
Fuerzas Armadas y en la modificación del Código Penal Militar, en
tramitación parlamentaria, donde se incorporan nuevos tipos sancionadores
tendentes a su completa erradicación.



Madrid, 13 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064809



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campos Arteseros, Herick Manuel y Puig Ferrer, Joaquín Francisco
(GS).



Respuesta:



La Obra de Remodelación de la Fachada Litoral de Altea, Alicante, está
actualmente paralizada ya que la empresa constructora adjudicataria del
contrato entró en concurso de acreedores a mediados del año pasado. En
este sentido se ha procedido a la tramitación de la rescisión del
contrato.



La empresa TRAGSA, como medio propio de la Administración, podría, en caso
de considerarse conveniente, asumir la ejecución de esta obra. Hasta que
no se haya rescindido completamente el contrato con la empresa
adjudicataria no se puede proceder a la licitación de la obra o encargo
de la misma a TRAGSA.



Se adjunta cuadro de certificaciones por las actuaciones que la empresa ha
realizado en la obra:



Relación de certificaciones



Certificación n.º;Fecha;Importe (€)



1;Enero de 2014;0,00




Página
312






Certificación n.º;Fecha;Importe (€)



2;Febrero de 2014;6.080,88



3;Marzo de 2014;9.760,15



4;Abril de 2014;14.659,62



5;Mayo de 2014;5.412,23



6;Junio de 2014;1.212,41



7;Julio de 2014;0,00



8;Agosto de 2014;0,00



9;Septiembre de 2014;0,00



10;Octubre de 2014;0,00



;Suma …;37.125,29



Por otro parte, cabe señalar que el contacto con el Ayuntamiento de Altea
es constante, a través del Servicio de Costas de Alicante.



La empresa obtuvo la adjudicación porque ganó el concurso público de
licitación de la obra. Obtuvo la mejor puntuación considerando la nota
técnica y la económica, de conformidad con lo establecido en el Pliego
que regía el concurso.



Como en todo contrato público, siempre se pide la solvencia de las
empresas y, en este caso, se pedía una clasificación especial al tratarse
de una obra marítima.



Madrid, 23 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064811



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Esteve Ortega, Esperança (GS).



Respuesta:



El Gobierno, a través del Ministerio del Interior, ha realizado una
campaña institucional similar a la que ya se emitió en 2011 para informar
al colectivo de extranjeros con derecho a voto de su derecho al mismo y
de los plazos de que dispone para ejercerlo.



La campaña se emitió en los medios de comunicación de titularidad pública
en dos fases:



— Del 20 al 29 de diciembre (el 30 de diciembre finalizó el plazo para que
los ciudadanos de la UE puedan manifestar su voluntad de participar).



— Del 5 al 14 de enero (el plazo para los nacionales de terceros Estados
finalizó el día 15).



Respecto a las actuaciones encaminadas a aumentar el porcentaje de
participación del colectivo extranjero con derecho a voto, ha de
recordarse el contenido de la Instrucción de la Junta Electoral Central
2/2001, de 24 de marzo sobre interpretación del artículo 50 de la Ley
Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG),
en relación con el objeto y los límites de las campañas institucionales y
de los actos de inauguración realizados por los poderes públicos en
periodo electoral, que fija los límites que deben presidir las
actuaciones informativas durante las campañas electorales.



En este sentido, el Gobierno no puede ir más allá de las actividades
señaladas como las propias de una campaña electoral, que no incluyen las
de aumentar la participación ni las de orientar el voto de los electores.



El sistema electoral español asigna a los poderes públicos convocantes de
los procesos electorales la obligación de informar al electorado de la
convocatoria, así como de los diferentes procedimientos de votación, pero
siempre desde la más estricta neutralidad. Es precisamente a los partidos
políticos, que no debe olvidarse que son asociaciones de especial
relevancia constitucional, a quienes les corresponde fomentar la
participación del electorado durante el periodo electoral.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
313






184/064836



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Buyolo García, Federico (GS).



Respuesta:



La carretera de circunvalación sur de Elche tiene su origen en el cruce de
la Autovía EL-20 con la N-340 y finaliza en la conexión con la carretera
CV-851.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064838



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cantó García del Moral, Antonio (GUPyD).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, el Gobierno se remite a lo
manifestado por el Secretario General de Instituciones Penitenciarias, el
pasado 13 de noviembre, a las preguntas formuladas por Su Señoría con
motivo de su comparecencia ante la Comisión de Interior del Congreso de
los Diputados (Diario de Sesiones n.º 687 de 13/11/2014).



Madrid, 5 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064843



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Buyolo García, Federico (GS).



Respuesta:



Para garantizar la fluidez de accesos a la Nueva Estación de Alta
Velocidad de Elche, Alicante, se prevé la ejecución de una glorieta de 20
m de diámetro interior con doble carril, que permitirá acceder a la
estación a través de dos caminos existentes que conectan a su vez con la
carretera nacional N-340.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064886



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Aguilar Rivero, Rosa y Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



En contestación a la pregunta formulada por Sus Señorías se informa que
por parte del Gobierno se promovieron iniciativas encaminadas a la
recolocación de los escoltas que habían prestado servicio en el País
Vasco y Navarra, como por ejemplo el plan de apoyo al servicio de
vigilancia que prestan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en
los Centros Penitenciarios.



Por tanto, no se estableció un compromiso específico, sino una declaración
de intenciones de promover actuaciones encaminadas a facilitar su
recolocación. Prueba de ello fue que, en la fase inicial, de




Página
314






los 234 vigilantes contratados durante el plan piloto, más de un tercio
habían sido escoltas en el País Vasco o Navarra. En la actualidad, 81
vigilantes que prestan servicios en apoyo a la seguridad en centros
penitenciarios habían sido escoltas en el País Vasco o Navarra.



En este sentido conviene destacar la necesidad por parte de los escoltas
de querer incorporarse a las empresas de seguridad como vigilantes, al
ser éste un trabajo diferente al que venían desempeñando y, en muchos
casos, en ámbitos geográficos distintos a donde residían.



Madrid, 5 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064889



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, cabe señalar que
hasta la fecha se han concedido cinco Esquemas de Protección de Activos
(en adelante EPAs), a las siguientes entidades:



1. Banco de Castilla-La Mancha.



2. Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba (Cajasur).



3. Banco CAM.



4. Unnim Banc.



5. Banco de Valencia.



Los EPAs de Banco de Castilla la Mancha, Banco CAM y Unnim Banc han sido
concedidos por el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito
(FGDEC), y los EPAs de CajaSur y Banco de Valencia han sido concedidos
por el por el Gobierno, a través del Fondo de reestructuración ordenada
bancaria (FROB). Por lo tanto, las eventuales pérdidas que puedan aflorar
de la cartera de activos garantizados de las entidades bancarias sujetas
a EPA serán sufragados, bien por el FGDEC o por el FROB, según proceda.



Hasta la fecha, sólo se ha producido el pago por el FROB del total de la
pérdida cubierta en el EPA de CajaSur (392 millones de euros). No
obstante, las recuperaciones de la cartera de activos que puedan
producirse irán a resarcir al FROB.



El FROB y el FGDEC registran en sus cuentas anuales las correspondientes
provisiones o deterioros por las pérdidas esperadas cubiertas en los
EPAs. Se muestra a continuación una tabla resumen:



Entidad;Garantizado por;Fecha Inicio;Duración;Cartera
EPA;Provisión/Deterioro



CajaSur;FROB;31/05/2010;5 años;5.542;—



Banco de Valencia;FROB;30/09/2012;10 años;4.978;598



Banco Castilla-La Mancha;FGDEC;31/12/2009;7 años;7.975;2.111



Banco CAM;FGDEC;31/07/2011;10 años;24.644;3.648



Unnim Banc;FGDEC;31/10/2011;10 años;7.360;1.201



(Datos en millones de euros).;;;;;7.558



Por último, cabe destacar que parte del trabajo realizado por el FGDEC y
el FROB consiste en revisar la operativa relacionada con la gestión y
evolución de las carteras de activos objeto de los EPAs otorgados a las
distintas entidades en el marco de un proceso de resolución o
reestructuración.



Madrid, 30 de diciembre de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.




Página
315






184/064937



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las subvenciones
correspondientes al año 2013, destinadas a ayudar al desplazamiento a la
Península de los equipos y deportistas residentes en Canarias, se
abonaron en enero del año 2014.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/064945



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).



Respuesta:



Los vuelos de deportaciones que se han operado desde el año 2012, con
desglose por año, número de personas y destino, fueron los recogidos en
las siguientes tablas:



MOVIMIENTOS COLECTIVOS;;2012;;2013;;2014 (ene-oct);



;;VUELOS;REPATRIADOS.;VUELOS;REPATRIADOS;VUELOS;REPATRIADOS



;ÁFRICA;;;;;;



;CONGO;1;53;;;;



;MARRUECOS;;;;;1;1



;MALI;;;;;1;21



INTERNACIONALES;MAURITANIA;;;2;62;1;10



;NIGERIA;1;47;3;85;;



;SENEGA L;3;125;5;190;3;102



;MAURITANIA/GHANA;;;1;40;;



;NIGERIA/CAMERÚN;2;75;;;;



;MALI/CAMERUN;1;34;;;;



;SENEGAL/CAMERÚN;1;36;;;;



;NIGERIA/MALI;;;;;5;186



;C. MARFIL/G. CONAKRY;1;29;;;;



;GAMBIA/NIGERIA;1;53;;;;



;CONGO/SENEGAL;1;32;;;;



;MALI/SENEGAL;;;;;1;28



;SENEGAL/NIGERIA;1;52;;;1;27



;MAURITANIA/NIGERIA;;;2;86;;



;TOTAL;13;536;13;463;13;375



;EUROPA;;;;;;



;GEORGIA;1;15;;;;



;TOTAL;1;15;;;;



;AMÉRICA;;;;;;



;ECUADOR/COLOMBIA;2;208;1;90;3;246



;COLOMBIA/R. DOMINICANA;;;1;95;;



;TOTAL;2;208;2;185;3;246




Página
316






MOVIMIENTOS COLECTIVOS;;2012;;2013;;2014 (ene-oct);



;;VUELOS;REPATRIADOS.;VUELOS;REPATRIADOS;VUELOS;REPATRIADOS



TOTAL INTERNACIONALES;;16;759;15;648;16;621



VUELOS FRONTEX;FRONTEX ORGANIZADOS POR ESPAÑA;;;;;;



;ECUADOR / COLOMBIA;1;95;3;279;;



;NIGERIA;;;1;21;;



;GEORGIA;;;;;1;8



;PAKISTÁN;1;26;2;37;1;10



;UCRANIA/GEORGIA;3;67;2;50;;



;ALBANIA/GEORGIA;;;;;1;20



;SERBIA/MACEDONIA;;;;;1;3



;COLOMBIA/R. DOMINICANA;;;;;1;91



;T. FRONTEX ESPAÑA;5;188;8;387;5;132



;TOT. CGEF + FRONTEX;21;947;23;1035;21;753



;FRONTEX ORGANIZADOS POR OTROS PAÍSES;;;;;;



;PAKISTÁN;;;;;2;16



;ALBANIA;;;2;8;3;21



;NIGERIA;6;42;4;35;4;22



;SERBIA;;;2;5;;



;SERBIA / MACEDONIA;;;1;3;;



;GEORGIA/ARMENIA;1;17;1;7;;



;GEORGIA;1;5;;;;



;T. FRONTEX OTROS PAÍSES;8;64;10;58;9;59



TOTAL VUELOS;;29;1.011;33;1.093;30;812



CGEF= Comisaría General de Extranjería y Fronteras.;;;;;;;



Asimismo, cabe señalar que no se tiene conocimiento de la interposición de
ninguna denuncia relacionada con la actuación policial o las condiciones
que se producen los vuelos con personas deportadas.



Por otro lado, hay que decir que los policías-escoltas realizan un «Curso
de seguridad en vuelo, especialidad repatriaciones», ampliando sus
conocimientos y actualizándose con cursos tales como «Curso sobre
expulsiones y repatriaciones», «Primeros Auxilios», este último impartido
por el SAMUR, y demás cursos que puedan mejorar o complementar su
formación.



Igualmente, cabe recordar la existencia de protocolo de actuación: «Normas
de actuación en las repatriaciones y en el traslado de detenidos por vía
aérea y/o marítima», de septiembre de 2007, basado en la Decisión del
Consejo 2004/573/CE, de 29 de abril de 2004, relativa a la organización
de vuelos conjuntos para la expulsión, desde el territorio de dos o más
Estados miembros, de nacionales de terceros países sobre los que haya
recaído resoluciones de expulsión.



Por último, conviene significar que la transparencia en el trabajo llevado
a cabo por la Comisaría General de Extranjería y Fronteras es total,
siendo su modo de actuar supervisado siempre que así lo consideraran
oportuno los correspondientes órganos de control. Cabe citar en este
sentido a los Juzgados de Control de los Centros de Internamiento de
Extranjeros, así como a la Alta Institución del Defensor del Pueblo,
quien a través de sus informes, peticiones, recomendaciones o
recordatorios fiscaliza el proceder de cuantas actuaciones considere
necesarias.



Madrid, 5 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065121



(184) Pregunta escrita Congreso




Página
317






Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



El coste para la Seguridad Social de las reducciones de cuotas
empresariales en el Régimen General (RG), Régimen Especial de
Trabajadores Autónomos (RETA) y Régimen Especial de Trabajadores del Mar
(REMAR), aplicadas por las empresas en la provincia de A Coruña durante
el mes de agosto fue de 2.002.200 euros y en el mes de septiembre de
2.055.310 euros.



Madrid, 14 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065122, 184/065126



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En relación con las preguntas formuladas por Su Señoría se informa que
durante el período 2015-2016 está prevista una inversión de 2.210.246,5
euros en el cuartel de la Guardia Civil del Ferrol, con cargo a los
Presupuestos del Ministerio de Interior.



Por otra parte, cabe señalar que anualmente, en función de las
disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio, se ejecutan obras de
mejora y mantenimiento en los acuartelamientos que se hayan priorizado,
con cargo a los créditos del Capítulo 2 descentralizados en su mayor
parte a las unidades territoriales, estando previstas para el presente
año 2015 actuaciones en los acuartelamientos de la Comandancia de A
Coruña por importe de 810.000 euros, si las disponibilidades
presupuestarias lo permiten.



Por último, se significa que en la actualidad no existe previsión de
inversión en el acuartelamiento de la Compañía de Carballo.



Madrid, 16 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065123



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada por Su Señoría se informa que la
Sección Fiscal de Garas (A Coruña) viene ocupando un inmueble en el
Muelle Linares Rivas, propiedad de la Lonja del Puerto, en régimen de
arrendamiento. Su estado de habitabilidad es bueno y, puesto que su
conservación y mantenimiento son llevados a cabo por la propiedad, no
existen propuestas de actuación sobre dicho inmueble.



Madrid, 16 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065124, 184/065125



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).




Página
318






Respuesta:



En relación con las preguntas formuladas por Su Señoría se informa que el
presupuesto para las Unidades de la Agrupación de Tráfico de la Guardia
Civil se configura mediante un presupuesto global para todas las Unidades
de la Agrupación, que se va distribuyendo según las necesidades
prioritarias de cada Unidad, por lo que no existe un presupuesto
específico para cada una de ellas.



Madrid, 16 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065137



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Zaragoza Alonso, José (GS).



Respuesta:



Las empresas adjudicatarias por las que se interesa Su Señoría son las
siguientes:



1. Automóviles Citroën España, S.A.



2. Montesa Honda, S.A.



3. Ford España, S.L.



4. Peugeot España, S.A.



5. Renault España Comercial, S.A.



6. Iveco España, S.L.



7. General Motors España, S.L.U.



8. Comercial Mercedes Benz, S.A.



9. Nissan Iberia, S.A.



10. Fiat Group Automobiles Spain, S.A.



11. Toyota España, S.L.U.



12. Seat, S.A.



13. Volkswagen Audi-España, S.A.



14. Volvo Car, S.L.



15. Land Rover España, S.A.



16. B&M Automóviles España, S.A.



17. Yamaha Motor España Marketing, S.L.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065170



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Zaragoza Alonso, José (GS).



Respuesta:



La compra de mobiliario de oficina del Ministerio de Empleo y Seguridad
Social se realiza por el sistema de adquisición centralizada. Las
empresas adjudicatarias de la compra y el importe, correspondientes a
2014, figuran en anexo.




Página
319






ANEXO



Empresa suministradora;Importe



OFJTA;891,84



CORTE INGLÉS;456,00



LÍNEA;325,40



CORTE INGLÉS;16.948,97



DYNAMOBEL;2.200,26



OFITA;593,58



MECALUX;2.560,70



AF STEELCASE;1.101,05



OFITA;2.722,51



MOBILIAR;1.734,65



OFITA INTERIOR;3.352,47



ESMELUX;176,81



AF STEELCASE;18.748,78



PAPIROSCA;31,15



OFITA;12.481,08



BURODECOR;8.470,68



OFITA;3.285,80



OFITA INTERIOR;1.432,37



GIL ESTÉVEZ;1.802,66



MECALUX;2.067,89



DYNAMOBEL;1.164,02



OFITA;544,20



OFITA;437,79



TALLAR;1.074,12



OFITA;1.958,17



OFITA;2.065,09



OFITA;3.827,71



OFITA;9.256,32



OFITA;7.822,65



FRIHOSTEC;1.597,20



P. DE LA OLIVA;2.794,42



OFITA;1.164,58



AF;6.980,85



AF;6.772,07



BURODECOR;607,9



P. DE LA OLIVA;3.729,53



A. HERRÁIZ;1.328,35



AF;491,18



BURODECOR;607,9



OFITA;825,04



BURODECOR;908,43



P. DE LA OLIVA;5.686,94



P. DE LA OLIVA;4.250,13



AF;3.337,54



CANALETAS;4.983,26



OFITA;2.353,60



AF;1.354,41



CANALETAS;3.322,18




Página
320






Empresa suministradora;Importe



ALPADISA;4.446 ,75



A. HERRÁIZ;1.004,64



P. DE LA OLIVA;3.033,03



A. HERRÁIZ;1.953,45



BURODECOR;1.826,65



BURODECOR;5.604,31



MOBILIAR;2.719,52



A. HERRÁIZ;2.779,48



AF;1.896,18



PRINSA;9.962,80



BURODECOR;607,9



BURODECOR;643,94



A. HERRÁIZ;1.166,50



AF;3.115,68



OFITA;5.030 32



FRIHOSTEC;2.686,20



OFITA;318,31



TOTAL;211.425,89



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065175



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



En relación con el número de desahucios registrados en los años 2012, 2013
y 2014 en Canarias, especialmente en la provincia de Las Palmas, y según
la información de estadística judicial, proporcionada por el Punto Neutro
Judicial del Consejo General del Poder Judicial, órgano competente en
materia de estadística judicial, en el cuadro adjunto, remitido por la
Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia del
Ministerio de Justicia, se especifican las ejecuciones hipotecarias
resueltas en 2012, 2013 y los tres primeros trimestres de 2014, en la
provincia de Las Palmas y en Canarias.



Cabe mencionar que en los datos proporcionados se computan aquellos
procedimientos que, tramitados en los Juzgados de Primera Instancia,
permiten exigir el pago de las deudas garantizadas por prenda o hipoteca
al acreedor con escritura de hipoteca a su favor, debidamente inscrita en
el Registro de la Propiedad.



Ejecuciones Hipotecarias Resueltas



C. Autónoma/Provincia;2012;2013;Tres trimestres 2014



Canarias;4.133;3.236;2.966



Provincia de Las Palmas;2.554;1.865;1.663



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
321






184/065189



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta escrita de referencia, en anexo se facilita la
evolución de la plantilla total (personal funcionario y personal laboral)
del Instituto Nacional de la Seguridad Social desde noviembre de 2011 a
octubre de 2014, con desglose por provincias y comunidades autónomas.



ANEXO



Total de efectivos INSS (noviembre 2011 a octubre 2014) a nivel nacional,
desglosado por provincias



Centro Directivo;Personal funcionario;;Personal laboral;



;Efectivos (Nov. 2011);Efectivos (Oct. 2014);Efectivos (Nov.
2011);Efectivos (Oct. 2014)



Álava/Araba;87;78;5;5



Albacete;120;112;15;16



Alicante;349;312;14;13



Almería;158;143;9;7



Ávila;70;64;7;6



Badajoz;163;154;11;11



Illes Balears;237;222;15;12



Barcelona;1.108;985;28;25



Burgos;133;118;4;6



Cáceres;128;117;14;15



Cádiz;272;234;11;14



Castellón;141;129;9;8



Ciudad Real;129;107;8;9



Córdoba;218;203;14;11



A Coruña;326;303;20;19



Cuenca;69;61;3;1



Girona;154;134;14;13



Granada;260;241;12;12



Guadalajara;64;58;7;8



Gipúzkoa;186;169;14;12



Huelva;135;125;12;11



Huesca;92;84;6;6



Jaén;215;198;6;5



León;267;243;10;8



Lleida;98;91;5;5



La Rioja;102;94;8;7



Lugo;160;147;13;13



Madrid;1.061;906;61;57



Málaga;321;309;17;16



Murcia;326;301;10;9



Navarra;140;132;12;12



Ourense;175;169;6;4



Asturias;403;372;20;17




Página
322






Centro Directivo;Personal funcionario;;Personal laboral;



;Efectivos (Nov. 2011);Efectivos (Oct. 2014);Efectivos (Nov.
2011);Efectivos (Oct. 2014)



Palencia;83;75;8;8



Las Palmas;230;211;11;11



Pontevedra;291;276;13;12



Salamanca;100;90;9;9



Sta. Cruz de Tenerife;192;171;6;6



Cantabria;192;180;7;7



Segovia;74;64;4;5



Sevilla;420;382;23;23



Soria;61;54;5;3



Tarragona;152;139;5;5



Teruel;59;55;6;6



Toledo;124;115;12;11



Valencia;641;591;30;25



Valladolid;132;122;5;7



Bizkaia;357;330;17;17



Zamora;90;77;4;4



Zaragoza;292;270;7;7



Ceuta;25;24;3;2



Melilla;27;25;6;5



Servicios Centrales;799;695;121;115



Totales;12.208;11.061;722;681



Total de efectivos INSS (noviembre 2011 a octubre 2014) a nivel nacional,
desglosado por provincias y por comunidades autónomas



Comunidad Autónoma;Centro Directivo;Personal funcionario;;Personal
laboral;



;;Efectivos (Nov. 2011);Efectivos (Oct. 2014);Efectivos (Nov.
2011);Efectivos (Oct. 2014)



Andalucía;Almería;158;143;9;7



;Cádiz;272;234;11;14



;Córdoba;218;203;14;11



;Granada;260;241;12;12



;Huelva;135;125;12;11



;Jaén;215;198;6;5



;Málaga;321;309;17;16



;Sevilla;420;382;23;23



;Total Comunidad Autónoma;1.999;1.835;104;99



Aragón;Huesca;92;84;6;6



;Teruel;59;55;6;6



;Zaragoza;292;270;7;7



;Total Comunidad Autónoma;443;409;19;19



Canarias;Las Palmas;230;211;11;11



;Santa Cruz de Tenerife;192;171;6;6



;Total Comunidad Autónoma;422;382;17;17




Página
323






Comunidad Autónoma;Centro Directivo;Personal funcionario;;Personal
laboral;



;;Efectivos (Nov. 2011);Efectivos (Oct. 2014);Efectivos (Nov.
2011);Efectivos (Oct. 2014)



Cantabria;Cantabria;192;180;7;7



;Total Comunidad Autónoma;192;180;7;7



Castilla-La Mancha;Albacete;120;112;15;16



;Ciudad Real;129;107;8;9



;Cuenca;69;61;3;1



;Guadalajara;64;58;7;8



;Toledo;124;115;12;11



;Total Comunidad Autónoma;506;453;45;45



Castilla y León;Ávila;70;64;7;6



;Burgos;133;118;4;6



;León;267;243;10;8



;Palencia;83;75;8;8



;Salamanca;100;90;9;9



;Segovia;74;64;4;5



;Soria;61;54;5;3



;Valladolid;132;122;5;7



;Zamora;90;77;4;4



;Total Comunidad Autónoma;1.010;907;56;56



Cataluña;Barcelona;1.108;985;28;25



;Girona;154;134;14;13



;Lleida;98;91;5;5



;Tarragona;152;139;5;5



;Total Comunidad Autónoma;1.512;1.349;52;48



Ciudad de Ceuta;Ceuta;25;24;3;2



;Total Comunidad Autónoma;25;24;3;2



Ciudad de Melilla;Melilla;27;25;6;5



;Total Comunidad Autónoma;27;25;6;5



Comunidad de Madrid;Madrid;1.061;906;61;57



;Total Comunidad Autónoma;1.061;906;61;57



;Servicios Centrales;799;695;121;115



;Total Comunidad Autónoma;799;695;121;115



Comunidad Foral Navarra;Navarra;140;132;12;12



;Total Comunidad Autónoma;140;132;12;12



Comunidad Valenciana;Alicante;349;312;14;13



;Castellón;141;129;9;8



;Valencia;641;591;30;25



;Total Comunidad Autónoma;1.131;1.032;53;46



Extremadura;Badajoz;163;154;11;11



;Cáceres;128;117;14;15



;Total Comunidad Autónoma;291;271;25;26




Página
324






Comunidad Autónoma;Centro Directivo;Personal funcionario;;Personal
laboral;



;;Efectivos (Nov. 2011);Efectivos (Oct. 2014);Efectivos (Nov.
2011);Efectivos (Oct. 2014)



Galicia;A Coruña;326;303;20;19



;Lugo;160;147;13;13



;Ourense;175;169;6;4



;Pontevedra;291;276;13;12



;Total Comunidad Autónoma;952;895;52;48



Illes Balears;Illes Balears;237;222;15;12



;Total Comunidad Autónoma;237;222;15;12



La Rioja;La Rioja;102;94;8;7



;Total Comunidad Autónoma;102;94;8;7



País Vasco;Álava/Araba;87;78;5;5



;Gipúzkoa;186;169;14;12



;Bizkaia;357;330;17;17



;Total Comunidad Autónoma;630;577;36;34



Principado de Asturias;Asturias;403;372;20;17



;Total Comunidad Autónoma;403;372;20;17



Región de Murcia;Murcia;326;301;10;9



;Total Comunidad Autónoma;326;301;10;9



Totales;;12.208;11.061;722;681



Madrid, 10 de diciembre de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/065193



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que en lo que
respecta a vías de la Red de Carreteras del Estado en la provincia de
Málaga, desde noviembre de 2011 hasta la fecha, se han instalado
pantallas antisónicas en los siguientes puntos:



— Obras del Acceso Sur al Aeropuerto de Málaga. Término municipal de
Málaga. Longitud de pantallas instaladas: 770 metros.



— Obras del Soterramiento de San Pedro Alcántara. Término municipal de
Marbella. Longitud de pantallas instaladas: 1.140 metros.



En materia ferroviaria, actualmente se está realizando la instalación de
pantallas acústicas en el entorno de líneas convencionales de Adif,
básicamente, con cargo a las promotoras de nuevas urbanizaciones en el
entorno del ferrocarril, en el marco de la Ley 39/2003, de 17 de
noviembre, del Sector Ferroviario y del Real Decreto que la desarrolla.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
325






184/065196



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Como ya respondió el Gobierno a su pregunta con n.º de expediente
184-53238, y n.º de registro de entrada en la Cámara 160251, de fecha
31-10-2014, al no haber variado los datos que fueron en su momento
facilitados, se transcribe lo siguiente:



«En relación con la pregunta formulada por Su Señoría se informa que con
fecha 27 de febrero de 2008 se firmó un Convenio de Colaboración entre la
Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado
(GIESE) y el Ayuntamiento de Antequera (Málaga) para la construcción de
un nuevo acuartelamiento en dicha localidad con permuta de inmuebles, en
el que se estipulaba, entre otras cuestiones, que la construcción sería
financiada íntegramente por el Ayuntamiento con cargo a sus presupuestos.



Las obras de construcción del nuevo acuartelamiento fueron iniciadas,
llegando a construirse la estructura de la edificación de la parte de las
viviendas, la tabiquería de las mismas y se inició la fase de
construcción de las estructuras de las dependencias oficiales, no
obstante las obras quedaron paralizadas debido a problemas de
financiación de la UTE adjudicataria de las obras.



Ante esta paralización, y debido al paso del tiempo sin que el
Ayuntamiento manifieste alternativas para continuar con la citada
construcción, con fecha 11 de febrero de 2014 la GIESE remitió un escrito
al Ayuntamiento solicitando las propuestas que dicho Consistorio pudiera
formular con el fin de estudiarlas y, en su caso, prestar la colaboración
necesaria para la consecución de los objetivos contemplados en el
referido Convenio.



El Ayuntamiento de Antequera informó de los problemas económicos de la
empresa adjudicataria para continuar con la construcción de la nueva casa
cuartel, manifestando su intención de cumplir con su compromiso y
materializar la permuta contemplada en el convenio.



Actualmente se mantienen los contactos de la GIESE con el Ayuntamiento
para conseguir el objetivo principal de dotar a la Guardia Civil de nuevo
cuartel en la localidad de Antequera».



Por otra parte, cabe señalar que se ha creado un Grupo de Trabajo en el
que se integran personal de la Gerencia de Infraestructuras y
Equipamiento de la Seguridad del Estado, de la Dirección General de la
Guardia Civil del Ayuntamiento de Antequera (Málaga) y de una empresa de
construcción con la finalidad de analizar con detalle la problemática
existente.



Madrid, 15 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065206



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



En contestación a las diversas cuestiones formuladas por Su Señoría se
informa que las actuaciones llevadas a cabo por los funcionarios
policiales integrados en el operativo desplegado para garantizar la
seguridad en los actos de proclamación de S M el Rey Felipe VI, lo fueron
con plena legitimación jurídica y riguroso cumplimiento de la
Constitución Española y de las leyes y principios por los que se rige la
actividad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el desempeño de sus
funciones.



Dichas actuaciones fueron realizadas tras una evaluación exhaustiva de la
información de la que se disponía previamente y de los posibles riesgos
que pudieran amenazar la seguridad el día de la celebración, teniendo en
cuenta la experiencia adquirida a través de la realización de
dispositivos de seguridad de características similares.




Página
326






En un momento de la celebración se interceptaron a varias personas que
pretendían acceder al perímetro de seguridad de la comitiva oficial, lo
que provocó la reacción adversa y de protesta por parte de la gran
mayoría de los asistentes.



Ante esta situación y para evitar que se pudiera poner en peligro la
seguridad de todos los asistentes, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado, conforme a lo recogido por la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de
marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, procedieron a
«Mantener y restablecer, en su caso, el orden y la seguridad ciudadana».



Desde el Ministerio del Interior se planificó un dispositivo específico de
seguridad, al objeto de establecer las directrices generales para la
actuación operativa y coordinación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
del Estado y su colaboración con otros cuerpos en el ámbito autonómico o
local. Respondiendo a esas necesidades, la Secretaría de Estado de
Seguridad dictó las instrucciones correspondientes con el objeto de
establecer las directrices generales para la actuación operativa y
coordinación de las distintas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, con la
finalidad de asegurar el normal y pacífico desarrollo de los actos
institucionales.



Madrid, 12 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065214



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Fernández, Rosana (GMx).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que desde la puesta
en servicio de la Autovía A-6 del Noroeste, el tráfico de largo recorrido
Madrid-A Coruña cuenta con una vía de alta capacidad que sustituyó a la
carretera convencional N-VI.



La puesta en servicio del tramo Nadela (Lugo)-Guntín, de la Autovía A-54,
supondrá una alternativa viaria para el tráfico de largo recorrido que se
dirija o proceda del sur de la provincia de Lugo, permitiendo mantener la
continuidad de la Red de Carreteras del Estado y proporcionando un mejor
nivel de servicio.



Por tanto, esta carretera será una carretera susceptible de cesión de
titularidad a otra Administración.



Por último, se indica que el proyecto de trazado y construcción, para la
mejora de las conexiones del nuevo Puente sobre el río Miño con la ciudad
de Lugo, está en fase de redacción.



Madrid, 12 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065215



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Fernández, Rosana (GMx).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que están previstas
las obras de «Rehabilitación superficial del firme de la carretera N-640
entre los pp.kk. 76+600 y 79+700», lo que permitirá mejorar el firme de
este tramo en un breve plazo.



Además, actualmente se encuentra en redacción un proyecto para la mejora y
refuerzo del firme del resto del tramo entre Paraxes y el enlace de la
N-640 con la A-6 (p.k. 61,7 al 88).



Madrid, 12 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
327






184/065216



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Urbina Fernández, Iker (GMx).



Respuesta:



El Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas visitó España del 23
al 30 de septiembre de 2013 en el marco de la invitación abierta y
permanente que España extendió en el año 2001 a todos los «procedimientos
especiales», es decir, a los mecanismos establecidos por el Consejo de
Derechos Humanos para examinar determinadas situaciones en materia de
derechos humanos, como muestra del compromiso de España con el sistema
multilateral de defensa y promoción de los derechos humanos, y siguiendo
una práctica habitual en los países de nuestro entorno.



El informe sobre la visita a España del Grupo de Trabajo fue presentado al
Consejo de Derechos Humanos durante su 27.ª sesión, celebrada en Ginebra
el pasado mes de septiembre.



En su informe, el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas
invita al Gobierno de España a que, en un plazo de noventa días presente
un cronograma en el que se indiquen las medidas que se llevarán a cabo
para poner en práctica sus recomendaciones y las fechas previstas para
aplicar cada una de estas medidas. Dado que las recomendaciones
contenidas en el informe afectan a las competencias de varios
departamentos ministeriales, se ha puesto en marcha un proceso de
consultas y coordinación con objeto de proceder a un examen en
profundidad de las recomendaciones efectuadas por el Grupo de Trabajo. En
el momento actual se está ultimando la respuesta al informe del dicho
grupo.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065241



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Román Jasanada, Antonio (GP).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la estación de
aforo más cercana al km 38 de la autovía A-2 es la estación permanente
E-107-0. Dicha estación se ubica en el km 38,7, fue implantada en el año
2006 y los datos de Intensidad Media Diaria obtenidos desde entonces son
los siguientes:



Año;2006;2007;2008;2009;2010;2011;2012;2013



I.M.D.;80.156;82.494;80.382;77.872;78.141;81.458;74.361;71.143



La estación de aforo más cercana al km 56 de la autovía A-2 es la estación
permanente E-339-0. Dicha estación se ubica en el km 57,7, fue implantada
en el año 2008 y los datos de Intensidad Media Diaria obtenidos desde
entonces son los siguientes:



Año;2008;2009;2010;2011;2012;2013



I.M.D.;33.985;33.289;33.564;32.302;31.272;30.970



La información sobre el tráfico velocidades y accidentes puede consultarse
en la siguiente dirección:



http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/CARRETERAS/TRAFICO_ VELOCIDADES/



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
328






184/065266



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Villarrubia Mediavilla, Julio (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se significa que el Gobierno, a
través del Ministro de Justicia, expuso ante la Comisión de Justicia del
Congreso de los Diputados en su primera comparecencia parlamentaria que
tuvo lugar el 15 de octubre de 2014 las líneas generales de la política
de este Departamento, abordando el aspecto de la Ley 10/2012, de 20 de
noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la
Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y
Ciencias Forenses, sobre el ejercicio de las tasas por la potestad
jurisdiccional.



Se mencionó la premisa o límite, según se contemple, de que las tasas
nunca podrán generar una limitación al derecho de acceso a la justicia
por los ciudadanos, manteniendo el compromiso de revisar el sistema
actualmente en vigor. Este compromiso ha sido reiterado en distintas
intervenciones públicas.



Pero es premisa de todo ello conocer las eventuales consecuencias
económicas y también el impacto que cualquier medida pueda tener, tanto
en los Presupuestos Generales del Estado como sobre la actividad
judicial, siempre que resulte del examen la evidencia de que,
efectivamente, la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional
está suponiendo una auténtica traba para el acceso de los ciudadanos a la
tutela judicial efectiva del artículo 24 de la Constitución.



Actualmente, se están examinando los datos y las posibles alternativas
para abordar la posible introducción de ajustes en la Ley 10/2012,
teniendo en cuenta que el Tribunal Constitucional ha resuelto aspectos
interpretativos sobre la tasa de la Generalidad de Cataluña en la
Sentencia 71/2014, como lo había hecho en la 162/2012, respecto a la tasa
por el ejercicio de la potestad jurisdiccional, regulada en la Ley
53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del
Orden Social.



Entre otros aspectos, debe analizarse la necesidad de que la tasa se
adecúe al principio de capacidad económica, estableciendo criterios
objetivos de exención, en los que no se exija la tasa en tanto que ello
pudiera suponer un obstáculo a la demanda de tutela judicial.



Madrid, 16 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065274



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Álvarez, Ángeles (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada se informa que los consejos a los
que se refiere Su Señoría fueron retirados el pasado mes de agosto de la
página web del Ministerio del Interior, manteniéndose la página genérica
«Consejos al ciudadano», desde la que se redirige a los usuarios a las
páginas web de la Policía Nacional y de la Guardia Civil:



http://www.interior.gob.es/es/web/servicios-al-ciudadano/seguridad/consejos-al-ciudadano



Desde entonces la página que albergaba los consejos no es navegable, es
decir, no se puede acceder a ella si se navega por las páginas de la web
del Ministerio del Interior.



No obstante lo anterior, lo que ha podido ocurrir es que la página que
albergaba los consejos se quedara en el «caché» de Internet durante un
tiempo; problema común informático —relativo a borrar el rastro de las
páginas en Internet— que a día de hoy ha sido solucionado:



http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/seguridad/consejos-para-su-seguridad/prevencion-de-la-violaci%C3 %B3n



Madrid, 5 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
329






184/065278



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Herraiz, Margarita (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica a continuación la
ejecución de las actuaciones para las que existe gasto justificado a
fecha 31 de diciembre de 2013:



— Cursos de formación sobre seguridad e higiene en el trabajo impartidos
por el Instituto Gallego de Seguridad y Salud Laboral y dirigidos a los
trabajadores del sector primario de la zona rural, Consejería de Trabajo
y Bienestar: 255.000 euros. Se ha justificado la cantidad de 35.564,86
euros.



— Convenios de colaboración con municipios para adquisición de vehículos
motobomba de extinción de incendios, Consejería de Medio Rural y del Mar:
2.700.000 euros. Se ha justificado la cantidad de 274.670 euros.



— Reformas de baños y equipamiento del Centro de Atención a Personas
Discapacitadas. Sarria: 99.000 euros. Se ha justificado la cantidad de
9.219,10 euros.



— Obra y equipamiento en Apartamentos para mayores, Hogar Residencial.
Paradela: 1.711.130 euros. Se ha justificado la cantidad de 2.829,59
euros.



— Inversión real en programa de teleasistencia avanzada destinado a
personas mayores y/o con discapacidad que viven solas, Consejería de
Trabajo y Bienestar: 90.600 euros. Se ha justificado la cantidad de
46.651,70.euros.



— Subvenciones en concurrencia competitiva a las Sociedades de Fomento
Forestal-SOFOR, Comunidades de Montes Vecinales en Mancomunidad-CMVMC y
agrupaciones de propietarios forestales para elaborar planes de gestión
forestal y ejecutar inversiones estratégicas en ejecución de los planes o
para la certificación forestal, Consejería de Medio Rural y del Mar:
2.991.254 euros. Se ha justificado la cantidad de 1.424,87 euros.



— Restauración hidrológica-forestal en los términos municipales de Begonte
y Guitiriz, Consejería de Medio Rural y del Mar: 250.000 euros. Se ha
justificado la cantidad de 45.000 euros.



— Inversión real en paseo fluvial Río Sil (Quiroga), Presidencia de la
Xunta de Galicia-S.G. de Turismo: 26.000 euros. Se ha justificado la
cantidad de 24.700 euros.



— Cursos de formación sobre seguridad e higiene en el trabajo impartidos
por el Instituto Gallego de Seguridad y Salud Laboral y dirigidos a los
trabajadores del sector primario de la zona rural, Consejería de Trabajo
y Bienestar: 70.000 euros. Se ha justificado la cantidad de 46.622,89
euros.



— Convenios de colaboración con municipios para adquisición de vehículos
motobomba de extinción de incendios, Consejería de Medio Rural y del Mar:
1.125.000 euros. Se ha justificado la cantidad de 137.355 euros.



— Subvenciones en concurrencia competitiva a entidades locales, familias,
empresas o entidades sin ánimo de lucro titulares de edificios o
instalaciones para adquisición de equipos de radio de telecomunicación
satelital para disponer de TDT, Secretaría General de Medios -
Presidencia de la Xunta de Galicia: 153.514 euros. Se ha justificado la
cantidad de 40.121,70 euros.



— Obra y equipamiento de Residencia de mayores (Baleira): 1.400.000 euros.
Se ha justificado la cantidad de 1.360.831euros.



— Inversión real en programa de teleasistencia avanzada destinado a
personas mayores y/o con discapacidad que viven solas, Consejería de
Trabajo y Bienestar: 60.400 euros. Se ha justificado la cantidad de
30.967,80 euros.



— Restauración hidrológica-forestal en los términos municipales de Folgoso
do Courel, Quiroga y Ribas de Sil, Consejería de Medio Rural y del Mar:
250.000 euros. Se ha justificado la cantidad de 83.814,47 euros.



— Restauración hidrológica-forestal en los términos municipales de
Baleira, Cervantes, A Fonsagrada y Navia de Suarna, Consejería de Medio
Rural y del Mar: 580.000 euros. Se ha justificado la cantidad de
24.938,65 euros.



— Inversión real en remodelación, reparaciones y mejoras en Campamento
juvenil A Devesa (Ribadero), Consejería de Trabajo y Bienestar: 150.000
euros. Se ha justificado la cantidad de 5.934,48 euros.




Página
330






— Carpintería metálica, obra y equipamiento de residencia de mayores.
Burela: 261.000 euros. Se ha justificado la cantidad de 68.474,91 euros.



— Equipamiento de Centro de día Vicedo: 80.000 euros. Se ha justificado la
cantidad de 12.684,67 euros.



— Inversión real en adecuación Camiño «O Curro» y construcción de un
mirador en el Terrón Pombeiro (Pantón), Presidencia de la Xunta de
Galicia-S.G. de Turismo: 17.000 euros. Se ha justificado la cantidad de
20.000 euros.



— Restauración hidrológica-forestal en los términos municipales de Pobra
do Brollón y Sober, Consejería de Medio Rural y del Mar: 250.000 euros.
Se ha justificado la cantidad de 23.288,30 euros.



Madrid, 23 de diciembre de 2014.—El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/065286



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



En relación con las diversas cuestiones formuladas se informa que las
obras de construcción del edificio por el que se interesa Su Señoría se
han realizado con créditos del Ayuntamiento de Puente Genil,
desconociéndose la inversión final realizada. Asimismo, al día de la
fecha, por parte de la Guardia Civil no se ha realizado inversión en
mobiliario y equipamiento.



Por último, cabe señalar que el traslado al nuevo edificio se llevará a
cabo cuando la infraestructura reúna los requisitos
técnico-administrativos recogidos en la normativa vigente y, en
principio, no se producirá ningún cambio operativo.



Madrid, 16 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065315



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastian (GS).



Respuesta:



En contestación a la pregunta formulada por Su Señoría se informa que la
llegada de inmigrantes irregulares a las costas de Canarias en los
últimos años se ha reducido drásticamente.



Así, mientras que en el año 2006 llegaron a las costas de Canarias 31.678
inmigrantes, en el año 2013 se produjeron 196 entradas.



Este descenso tan significativo es fruto de la estrategia de lucha contra
la inmigración irregular que tiene en la cooperación con países de origen
y tránsito su eje fundamental.



A 30 de noviembre de 2014, el número de inmigrantes irregulares que ha
llegado a las costas de Canarias es de 251, lo que supone una cifra
similar a la de años anteriores y, en consecuencia, la consolidación de
la tendencia que viene observándose en los últimos años.



De conformidad con lo anterior y con toda la prudencia que se tiene que
tener al tratar un fenómeno tan cambiante y complejo como es la
inmigración, no hay ningún elemento en la actualidad que haga pensar que
el número de llegadas de inmigrantes irregulares a Canarias en los
próximos meses se vaya a incrementar sensiblemente.



Madrid, 5 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
331






184/065316



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



En contestación a la pregunta formulada por Su Señoría se informa que la
variación de efectivos en las plantillas de las Unidades que se dedican a
la vigilancia de las costas de Canarias se irá produciendo según
evolucionen las necesidades de servicio, de conformidad con los estudios
que se mantienen permanentemente actualizados, en aras a lograr una
mejora de los niveles de seguridad de los ciudadanos.



En cuanto al incremento de medios, cabe señalar que en la actualidad se
está tramitando la adquisición de varias embarcaciones con destino final
a los Servicios Marítimos Provinciales, entre los cuales se contemplan
aquellos con responsabilidad operativa en dichas costas.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065341



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada se informa que el ordenamiento
jurídico en vigor determina que, en razón a su naturaleza militar, la
Guardia Civil celebra ceremonias militares en general, y las tomas de
posesión de mando, en particular.



La Dirección General de la Guardia Civil, órgano encargado de la
ordenación, dirección, coordinación y ejecución de las misiones
encomendadas por la legislación vigente al Cuerpo, tiene incorporada esta
característica estructural de la Institución en los procesos de
planeamiento de los servicios, y de generación y ciclo de vida de los
recursos humanos, materiales y financieros, todo ello sin generar impacto
adicional alguno de relevancia.



La ceremonia militar planteada en el texto de su pregunta no representó
gasto adicional alguno.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065343



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sicilia Alférez, Felipe Jesús (GS).



Respuesta:



En contestación a las diversas cuestiones formuladas por Su Señoría se
informa que la Administración Penitenciaria regula, a través de las
medidas previstas en la legislación vigente y en su desarrollo
reglamentario y normativo, todas las medidas y controles orientados a
garantizar la seguridad y el buen orden de los centros penitenciarios,
así como la seguridad e integridad física de todas las personas que
trabajan o se encuentran destinadas en los establecimientos
penitenciarios dependientes de la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias.



Entre los controles establecidos se encuentran las medidas de seguridad
previstas en el artículo 65 del vigente Reglamento Penitenciario
(modificado por el Real Decreto 419/2011 de 25 de marzo), consistentes en
la práctica de requisas, registros y cacheos, dirigidos a evitar la
introducción de objetos




Página
332






prohibidos en el interior de los establecimientos penitenciarios, así como
detectar e incautar aquellos que pudieran haber sido introducidos de
manera ilícita.



Dentro del catálogo de objetos prohibidos, regulado a través de la
Instrucción 3/2010 de la Secretaría General, se encuentran contemplados
de manera expresa todos aquellos aparatos a través de los cuales se pueda
captar cualquier tipo de imagen o audio, tales como: máquinas
fotográficas, los teléfonos móviles, los aparatos de radio, los
cassettes, radiocassettes y/o reproductores de compact disc que
incorporen grabadora, los reproductores y/o grabadores de imagen (vídeo o
DVD) y todo tipo de cámaras grabadoras de imágenes (ya sea en formato
analógico, vídeo o formato digital —DVD—).



La ejecución de las medidas de seguridad citadas anteriormente deben ser
aplicadas con el máximo respeto a los derechos fundamentales de las
personas afectadas por las mismas, esencialmente con el derecho a la
intimidad, lo que en algunas ocasiones conlleva que no se pueda
garantizar la absoluta efectividad de las mismas, toda vez que existen
ciertos límites que la legislación actual no permite traspasar.



Por otra parte, los derechos de los internos están garantizados, si bien,
en ocasiones puntuales, y a pesar de los exhaustivos controles y medidas
adoptadas por la Administración Penitenciaria dirigidas a evitar la
entrada de objetos prohibidos en el interior de los centros
penitenciarios, se vulneran estos controles, utilizando determinados
procedimientos o vías que no pueden ser atajados sin que ello suponga una
intrusión en el derecho a la intimidad, tanto de los internos como de las
personas que acceden a los establecimientos penitenciarios.



En el caso que nos ocupa, la Administración Penitenciaria ha de
compatibilizar las medidas de seguridad con el espíritu aperturista de la
legislación penitenciaria, promoviendo y favoreciendo el contacto de los
internos con sus seres queridos, así como con diferentes profesionales o
entidades, al objeto de cumplir con uno de los mandatos constitucionales
«la reeducación y la reinserción social de los internos».



En este sentido, para llevar a efecto cualquier medida que pudiera
reforzar la garantía de estos derechos, sería necesario modificar la
legislación actual, y en cualquier caso, conllevaría la afectación del
propio derecho a la intimidad, tanto de los internos como de las personas
que acceden a los establecimientos penitenciarios para comunicar con
éstos, como podría ser la adopción de un mayor rigor en los registros
corporales o la utilización de equipos de detección más intrusivos.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065345



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



En contestación a las distintas cuestiones formuladas por Su Señoría se
informa que la Resolución de 8 de abril de 2013, del Director General de
la Guardia Civil, por la que se aprueba el protocolo de actuación en
relación con el acoso laboral y sexual en la Guardia Civil, así como la
progresiva implementación de las medidas preventivas recogidas en el
mismo, debe considerarse como positiva, en tanto que refuerza la política
de «tolerancia cero» que, respecto a cualquier tipo de acoso, se lleva
practicando en la Guardia Civil.



Con la citada Resolución se aumenta, si cabe, la concienciación de todos
los componentes del Cuerpo para erradicar situaciones y comportamientos
que pudieran originar o facilitar la aparición de casos de acoso.



El hecho de que desde la publicación de la mencionada Resolución no se
tenga conocimiento, a través de los informes estadísticos que realiza el
Servicio de Régimen Disciplinario, de casos sobre los que haya recaído
sanción disciplinaria o condena judicial por hechos o comportamientos de
acoso, es buena muestra de la efectividad del protocolo de actuación en
relación con el acoso laboral y sexual en la Guardia Civil.




Página
333






Por otra parte, cabe señalar que no se ha observado ningún caso en el que,
habiéndose instruido un expediente disciplinario o abierto una causa
judicial por un presunto caso de acoso —laboral o sexual—, haya recaído
sanción disciplinaria o sentencia judicial condenatoria.



Desde la entrada en vigor del Protocolo de actuación en cuestión hasta el
día de la fecha, por parte del Servicio de Régimen Disciplinario de la
Guardia Civil se han realizado con carácter semestral los informes
estadísticos mencionados en el apartado 9 de protocolo, que han sido
puestos a disposición del Subdirector General de Personal y también del
Consejo de la Guardia Civil, en cuyos plenos se ha dado debida cuenta de
los mismos.



A la vista de los informes estadísticos indicados, cabe concluir que no se
observa que exista en ninguna Unidad un elevado número de casos
coincidentes en el tiempo.



No es posible realizar una comparativa que arroje resultados fiables sobre
la evolución de los casos de acoso toda vez que con anterioridad a la
entrada en vigor del Protocolo que puso en marcha la Dirección General de
la Guardia Civil en abril de 2013, no se hacía un seguimiento tan
exhaustivo como el que actualmente se realiza en relación con los casos
de acoso laboral y sexual.



Con respecto a la formación, cabe significar que por parte del Servicio de
Psicología de la Guardia Civil se han llevado a cabo acciones formativas
en el ámbito de las Habilidades Directivas y en concreto sobre
«Motivación», desarrolladas entre octubre de 2013 y junio de 2014.



La formación va dirigida a todos los empleos de las Escalas de
Suboficiales, Oficiales y Superior de Oficiales.



Las características concretas de la acción formativa son: duración de 4.5
horas; formato taller; metodología basada en el modelo de aprendizaje
experiencial, a través de ejercicios prácticos, reflexiones,
conceptualizaciones y experimentaciones, contextualizando el protocolo de
actuación en relación con el acoso laboral y sexual en la Guardia Civil
dentro de la propia formación.



El número de talleres y asistentes han sido los siguientes:



;Número de talleres;Asistentes



De Coronel a Comandante;23;262



De Capitán a Alférez;114;1.515



Suboficiales;333;5.163



Por último, cabe indicar que, por parte del Servicio de Psicología de la
Guardia Civil se está procediendo en la actualidad a la realización del
Manual de Buenas Prácticas al que se refiere el apartado 7.a del
Protocolo de actuación en relación con el acoso laboral y sexual en la
Guardia Civil.



No obstante, sí se ha procedido a la elaboración de una guía divulgativa
sobre el acoso laboral y sexual (igualmente recogida entre las medidas
preventivas, al igual que la elaboración del Manual de Buenas Prácticas),
procediendo a su difusión con carácter general a través de la Intranet
corporativa, a la que tienen acceso todos los miembros del citado Cuerpo.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065346



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



La Delegación del Gobierno para la Violencia de Género del Ministerio de
Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad es el órgano encargado de realizar
el IV Informe de Seguimiento del Plan Integral de Lucha contra la Trata
de Seres Humanos con fines de explotación sexual, una vez finalizada su
vigencia el pasado 31 de diciembre de 2012. Asimismo, corresponde a la
citada Delegación la evaluación del Plan, y del estudio de los resultados
obtenidos determinará la forma más efectiva de actuar en la prevención,
asistencia y lucha contra la Trata de Seres Humanos.




Página
334






Por otro lado, las víctimas de trata tienen reconocido el acceso al
sistema público de salud, circunstancia que se contempla en el Real
Decreto 576/2013, de 26 de julio, por el que se establecen los requisitos
básicos del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria a
personas que no tenga la condición de aseguradas ni de beneficiarias del
Sistema Nacional de Salud, que modifica el Real Decreto 1192/2012, de 3
de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de
beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a
fondos públicos, a través del Sistema de Nacional de Salud.



En este sentido, su disposición adicional quinta regula la prestación de
asistencia sanitaria para víctimas de trata de seres humanos en periodo
de restablecimiento de reflexión en los siguientes términos: «la
asistencia sanitaria con la extensión prevista en la cartera común básica
de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud regulada en el
artículo 8 bis de la Ley 16/2003, de 28 de mayo».



El Protocolo Marco de Protección de Víctimas de Trata De Seres Humanos, de
fecha 28 de octubre de 2011, recoge que se tiene que facilitar
información a las víctimas, y entre otros aspectos, la posibilidad de ser
derivadas a alguno de los recursos asistenciales facilitados por las
Administraciones autonómicas o locales u organizaciones y entidades con
experiencia acreditada en la asistencia a las víctimas de trata, en
particular, aquellas que proporcionan una asistencia de carácter integral
y participan en los programas de las administraciones públicas para la
asistencia y protección de la misma.



La elaboración del nuevo Plan Integral de Lucha contra la Trata está
siendo confeccionado por parte de la Delegación del Gobierno para la
Violencia de Género, quien está ultimando la elaboración del mismo,
teniendo prevista su aprobación a principios de 2015.



Este nuevo Plan, en analogía con el anterior (Plan Integral contra la
Trata de Seres Humanos con fines de explotación sexual 2009-2012), recoge
acciones que permiten dar visibilidad de la realidad de la trata, y
promover un mensaje claro y contundente a la sociedad de tolerancia cero
a la trata de seres humanos con fines de explotación sexual; mediante,
por ejemplo, la puesta en marcha de campañas de concienciación y
sensibilización, como las que se vienen desarrollando en la actualidad:



— Itinerancia de la exposición «No seas cómplice», que denuncia las
situaciones de trata que existen en nuestros país y sus consecuencias,
concienciando a la población sobre esta lacra del siglo XXI.



— Actividades de conmemoración del Día Internacional contra la Trata de
Personas (30 de julio).



— Actividades de conmemoración del Día Europeo contra la Trata de Seres
Humanos (18 de octubre)



Por último y en relación con el teléfono de asistencia a las víctimas, hay
que señalar que en el año 2013 se implantó el Plan Policial contra la
Trata y en el marco del mismo se puso en marcha un teléfono (900105090)
de asistencia de víctimas y testigos de Trata, asistido las 24 horas del
día, que se complementa con una dirección de email (trata@policia.es).



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065347



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



En la actualidad no se puede determinar la información solicitada por Su
Señoría toda vez que el proceso de integración en la nueva Escala de
Oficiales (nEO), previsto en la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de
Régimen de Personal, es una decisión personal y voluntaria, y tiene como
fecha de efectividad el 1 de julio de 2017.



Madrid, 16 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065354



(184) Pregunta escrita Congreso




Página
335






Autor: Cuadra Lasarte, Sabino (GMx).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que hasta la fecha se
han producido 4 repatriaciones de restos en el año 2004, 9 en 2007, 2 en
2010 y 5 en 2013. Los gastos compartidos fueron de 1.300 euros por
repatriación. Por su parte la elaboración de la relación de cementerios
en los que existen restos españoles en el extranjero no ha supuesto coste
para el Gobierno. Este estudio ha identificado cementerios en los que
reposan militares españoles en Cuba, Estados Unidos, Francia, Guinea
Ecuatorial, Irlanda, Marruecos, Perú, Puerto Rico, Rusia, Turquía,
Vietnam e Isla de Yap, en el archipiélago de las Carolinas.



También se informa que los contactos mantenidos con la Asociación de
Españoles Desaparecidos en Rusia han sido de manera informal, del mismo
modo que con cualquier otra asociación que se dirija al Ministerio de
Defensa solicitando asistencia para un proyecto altruista.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065359 y 184/065360, 184/065373, 184/065376



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que en el presupuesto
del IMSERSO para el ejercicio 2015 está prevista una dotación
presupuestaria en el capítulo II por un importe de 17.134.380 euros que
ampara las actuaciones que resulten necesarias para la puesta en
funcionamiento de centros de referencia a lo largo del ejercicio y que
tendrá, a su vez, incidencia en los presupuestos de futuros ejercicios.
Comprende, por tanto, una dotación de 703.750 euros para financiar la
puesta en funcionamiento del Centro de Dependencia de Referencia Estatal
de la Ciudad de Soria.



En el capítulo 6 «Inversiones reales» existe una previsión de 146.000,00
euros para la finalización de las obras de construcción del citado
centro.



En enero de 2012 había en Soria una obra en construcción. El proyecto se
había aprobado en julio 2008 y las obras se iniciaron en enero 2009.
Pero, debido a la situación de concurso del contratista, hubo que
liquidar el contrato de obras antes de su finalización.



En la actualidad se encuentra en ejecución la finalización de las obras
con medios propios mediante encomienda de gestión con la Sociedad Pública
TRAGSA.



El Centro de Referencia Estatal (CRE) de Soria se encuentra pendiente de
finalización de las obras de construcción.



Respecto a las actuaciones que está previsto se lleven a cabo en dicho
Centro, hay que indicar que sus fines van a ser impulsar la mejora de la
calidad de vida de las personas en situación de dependencia así como la
de su entorno familiar, a través de una intervención dirigida, por una
parte, a proporcionar una atención integral a la persona y, por otra, a
ofrecer el necesario apoyo a la familia que les permita mantener sus
modos de vida habituales y la permanencia adecuada en su entorno habitual
en condiciones de dignidad.



Al igual que el resto de centros de referencia estatal, el Centro de Soria
realizará funciones relacionadas con la gestión del conocimiento, esto
es:



— Generar, recopilar, analizar y difundir datos, informaciones y
conocimiento sobre el colectivo o materia en la que están especializados.



— Fomentar y desarrollar estudios e investigaciones sobre materias de su
especialización.



— Impulsar, programar e impartir acciones de formación y de cualificación
para profesionales y personal cuidador.



— Desarrollar o validar, desde el enfoque de la innovación permanente,
nuevos modelos, programas, métodos y técnicas de intervención.




Página
336






— Promocionar o desarrollar experiencias innovadoras y buenas prácticas en
materia de prevención de la dependencia, promoción de la autonomía
personal, atención integral, inserción e inclusión sociales de personas
en situación de dependencia, a partir de la atención especializada
directa.



Por tratarse de un recurso público de titularidad del IMSERSO, para su
gestión se utilizarán las posibilidades que ofrece la legislación vigente
al alcance de las administraciones públicas para la puesta en marcha del
Centro de Dependencia de Referencia Estatal de Soria.



;;Importe de contrata (€);IVA (€);Total (€)



Agosto de 2014;Certificación n.º 1;1.556,40;326,84;1.883,24



Septiembre de 2014;Certificación n.º 2;13.968,45;2.933,37;16.901,82



Octubre de 2014;Certificación n.º 3;27.481,24;5.771,06;33.252,30



Noviembre de 2014;Certificación nº 4;132.314,64;27.786,07;160.100,71



La finalización de las obras está prevista en febrero de 2015.



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065366



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada por su Señoría se informa que los
datos públicos de criminalidad pueden consultarse en la página web del
Ministerio del Interior, en el apartado Anuarios y Estadísticas:



http://www.interior.gob.es/es/web/archivos-y-documentacion/documentacion-y-publicaciones/anuarios-y-estadisticas



No obstante lo anterior, en el siguiente cuadro figuran los datos
solicitados relativos a robos ocurridos en el medio rural, considerándose
como tal a estos efectos, los municipios menores de 5.000 habitantes:



Robos en municipios de menos de 5.000 habitantes;2010;2011;2012;2013;2014



ene-nov



Provincia de Soria;232;254;266;224;197



Castilla y León;5.149;5.489;6.246;5.691;4.752



España;39.870;42.034;43.527;41.224;33.984



Computados robo con fuerza en las cosas, robos con fuerza en interior de
vehículo y robo con violencia e intimidación.



Computados municipios de menos de 5.000 habitantes tanto en la provincia
de Soria, como en Castilla y León y España.;;;;;



Madrid, 14 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065367



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).




Página
337






Respuesta:



En relación con la pregunta formulada por Su Señoría se informa que, en la
actualidad, no se puede precisar la fecha prevista de apertura del nuevo
centro penitenciario de Soria ni el número de trabajadores necesarios
para su puesta en funcionamiento que, en todo caso, vendrá determinado
por la Relación de Puestos de Trabajo, tal y como establece la Ley
7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.



Los beneficios que reportará a la ciudad el citado centro serán similares
a los que ofrecen infraestructuras de las mismas características en otros
municipios.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065381



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Los datos sobre el gasto en políticas activas de empleo correspondientes
al presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal, en los años 2011 a
2013, son los que se reflejan a continuación:



COMUNIDADES AUTÓNOMAS;2011;2012;2013



PAÍS VASCO;7.450.299,49;15.239.853,18;6.179.140,22



CATALUÑA;509.080.679,11;281.464.738,22;232.847.594,83



GALICIA;275.327.944,92;149.684.393,23;123.480.749,90



ANDALUCÍA;969.459.183,64;630.640.559,03;531.381.739,56



P. ASTURIAS;108.579.482,82;57.288.338,46;46.762.820,28



CANTABRIA;47.586.734,88;26.788.556,42;22.441.272,33



LA RIOJA;20.149.030,71;11.303.142,88;9.666.846,43



R. MURCIA;107.550.723,39;69.545.723,59;54.296.656,05



VALENCIA;375.208.238,16;220.080.201,41;182.001.690,52



ARAGÓN;88.996.632,30;50.367.117,40;42.938.406,74



CASTILLA-LA MANCHA;187.039.390,46;117.301.999,54;96.049.381,80



CANARIAS;252.811.747,76;137.682.525,34;146.075.366,00



CF. NAVARRA;36.892.794,23;21.868.300,68;16.734.816,56



EXTREMADURA;165.993.964,27;117.446.954,84;101.067.505,52



ILLES BALEARS;61.803.685,42;34.401.125,73;28.550.029,67



C. MADRID;429.233.423,42;232.915.674,28;207.384.605,15



CASTILLA Y LEÓN;211.275.757,35;118.633.746,04;97.230.851,47



CA. CEUTA;20.896.296,03;18.034.170,59;17.379.293,15



CA. MELILLA;20.428.003,88;17.706.449,03;17.668.785,27



SERVICIOS CENTRALES DEL SEPE;1.164.944,58;639.233,78;1.061.626,33



NO PROVINCIALIZABLE(1);3.532.545.294,88;3.068.042.772,05;2.374.848.098,41



EXTRANJERO(2);5.652.793,37;3.000.000,00;1.196.980,77



TOTALES;7.435.127.045,07;5.400.075.575,72;4.357.244.034,34



(1) Cuantías destinadas a bonificaciones.



(2) Cuantías referentes a cuotas abonadas a Organismos Internacionales y a
la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo
(AECID).;;;



En lo que respecta al año 2014, no se dispone todavía de datos de
ejecución presupuestaria. Los datos que se pueden ofrecer son los del
presupuesto inicial, según los cuales en el presupuesto del




Página
338






Servicio Público de Empleo Estatal se destinaron 4.078.583,52 miles de
euros para políticas activas de empleo y formación.



El reparto territorial de los fondos para políticas activas de empleo en
el año 2014 se publicó, mediante la Orden ESS/2097/2014, de 29 de
octubre, en el BOE de 10 de noviembre de 2014.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065396



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



Las obligaciones reconocidas en el programa 453C de conservación y
explotación en 2014, en la provincia de A Coruña, ascienden a
11.077.153,92 euros.



Madrid, 23 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065397 y 184/065398



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



Todas las inversiones en conservación y explotación de infraestructuras
afectan de manera directa o indirecta a la seguridad vial.



Las obligaciones reconocidas en el programa 453C de conservación y
explotación, en la provincia de A Coruña, en el año 2014, hasta la fecha,
han ascendido a 3.762.997,45 euros.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065406



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



Las obligaciones reconocidas hasta la fecha, con cargo al proyecto 2007
1738 3764, Variante N-550, tramo: «Sigüeiro-Padrón», han ascendido a
710.656,57 euros.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065407



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).




Página
339






Respuesta:



Las obligaciones reconocidas hasta la fecha, con cargo al proyecto 2009
1738 1173, carretera N-550, tramo: «Ordes (Sur)-Sigüeiro (Sur)», han
ascendido a 25.062,75 euros.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065408



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



Las obligaciones reconocidas hasta la fecha, con cargo al proyecto 1998
1738 4460, Autovía A-54, tramo: «Arzúa-Melide», han ascendido a
9.022.652,07 euros.



Madrid, 13 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065409



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



Las obligaciones reconocidas hasta la fecha, con cargo al proyecto 2005
1738 4203, A-54 «Lavacolla-Arzúa», han ascendido a 40.310.386,11 euros.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065410



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



Las obligaciones reconocidas hasta la fecha, con cargo al proyecto 1998
1738 4460, Autovía A-54, tramo: «Melide-Palas de Rei», han ascendido a
1.602.171,53 euros.



Madrid, 13 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065417



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Fernández, Rosana (GMx).



Respuesta:



En contestación a las diversas cuestiones formuladas por Su Señoría cabe
recordar que las actuaciones llevadas a cabo por las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado contemplan como principio básico el más estricto
cumplimiento de la legalidad vigente.




Página
340






En cuanto al desalojo mencionado en el texto de su pregunta, cabe destacar
que se llevó a cabo como consecuencia de un expediente de reparcelación
instruido por el Ayuntamiento de A Coruña y autorizado por el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo número 3 de esa misma ciudad.



En ese contexto, la Policía Local de A Coruña, fue quien diseñó y ejecutó
el desalojo, en sentido estricto, mientras que los efectivos de la
Jefatura Superior de Policía, previo requerimiento al efecto, colaboraron
en el mantenimiento del orden público y la seguridad ciudadana en general
y, singularmente, en funciones de seguridad perimetral del dispositivo
establecido por la Policía Local.



En función del análisis de riesgos realizado al efecto, dado que el lugar
del desahucio se encuentra próximo a una de las principales vías de
circulación de A Coruña, y a la disponibilidad de recursos humanos, se
diseñó y ejecutó el pertinente dispositivo de seguridad.



Cabe señalar que en el momento del desalojo se encontraban en el interior
del solar 20 personas, de las que tres permanecían en el interior del
inmueble y tres en el tejado de la casa, fluctuando el número de personas
congregadas en el exterior, que en el momento de mayor afluencia llegaron
a ser 120, aproximadamente, quienes intentaron en todo momento dificultar
e impedir el desalojo.



Por estos hechos la Comisaría de Distrito Sur de A Coruña tramitó el
correspondiente atestado que fue remitido al Juzgado de Instrucción de
Guardia.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065425



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Núñez, Alejandro; Trevín Lombán, Antonio Ramón María y
Sicilia Alférez, Felipe Jesús (GS).



Respuesta:



Los datos públicos de criminalidad pueden consultarse en la página web del
Ministerio del Interior, en el apartado Anuarios y Estadísticas:



http://www.interior.gob.es/es/web/archivos-y-documentacion/documentacion-y-publicaciones/anuarios-y-estadisticas



Madrid, 5 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065426



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María; Sicilia Alférez, Felipe Jesús y
Alonso Núñez, Alejandro (GS).



Respuesta:



Los datos públicos de criminalidad pueden consultarse en la página web del
Ministerio del Interior, en el apartado Anuarios y Estadísticas:



http://www.interior.gob.es/es/web/archivos-y-documentacion/documentacion-y-publicaciones/anuarios-y-estadisticas



Madrid, 14 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065428



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).




Página
341






Respuesta:



En contestación a las diversas cuestiones formuladas por Su Señoría se
informa que la problemática derivada del contenido web recientemente
publicado en el dominio www.cnpic-es.es, no tiene que ver, en ningún
caso, con problemas de seguridad relacionados con la gestión de los
contenidos de organismos derivados del Ministerio del Interior.



A este respecto el Centro Nacional para la Protección de las
Infraestructuras Críticas (CNPIC), solicitó, con fecha 22 de octubre de
2009, la contratación del dominio anteriormente citado, para publicar su
página web, al no estar disponible el que usa actualmente. Hoy en día, el
dominio www.cnpic.es, es el que el CNPIC utiliza como dominio principal
de su página Web, una vez éste estuvo disponible, y pudo ser contratado
por el Ministerio del Interior el 16 de julio de 2010.



Por tanto, el dominio www.cnpic-es.es, se contrató de forma temporal en
2009 para publicar el contenido del Centro. Sin embargo, para mantener la
operativa de posibles enlaces de terceros que apuntasen a dicho dominio
temporal (cnpic-es.es), durante estos últimos años se ha venido renovando
de forma puntual, haciendo una redirección a la web de www.cnpic.es.



Con fecha 22 de octubre de 2014, momento en el que vencía la caducidad de
renovación del dominio www.cnpic-es.es, el Ministerio del Interior
consideró oportuno la no renovación del mismo, razón por la cual dicho
dominio quedaba a disposición de aquel que comercialmente quisiera
apropiárselo a través de la entidad registradora del mismo.



La razón de tal decisión es de carácter eminentemente práctico, y en aras
a la eficiencia económica: tras 4 años de vigencia del dominio principal
www.cnpic.es, y dada la situación de madurez y visibilidad de dicho
Centro, con más de 7 años de trayectoria, no es necesario contar ya con
dominios adicionales, como en los primeros años de existencia del CNPIC.
Es, así, muy cuestionable que la coincidencia de un nombre de dominio con
la denominación oficial o generalmente reconocible del Centro sea tal que
merezca la pena proteger un número indeterminado de dominios, ya que las
combinaciones similares al nombre del CNPIC son innumerables.



En cualquier caso, la contratación del dominio www.cnpic-es.es por el
particular ha sido totalmente lícita y no se deriva del aprovechamiento
de ningún tipo de vulnerabilidad en la web del CNPIC. No obstante, se
están llevando a cabo los trámites oportunos para evitar un uso indebido
del dominio.



En todo caso, desde el Ministerio del Interior se niega rotundamente
cualquier tipo de problema de ciberseguridad derivado de estos hechos.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065429



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada por Su Señoría se informa que la
Jefatura Superior de Policía de Melilla cuenta en la actualidad con un
total de 90 vehículos policiales en activo, siendo la antigüedad media de
la flota ligeramente inferior a 8 años por vehículo.



Con respecto a las previsiones de renovación de la flota de vehículos en
Melilla para el año 2015, no es posible determinar en estos momentos si
dispondrá de nuevos vehículos en ese año.



Por otra parte, cabe señalar que las estaciones de Inspección Técnica de
Vehículos (ITV) oficiales, en las que se realizan las inspecciones
periódicas de los vehículos del Cuerpo Nacional de Policía en Melilla,
cumplen con lo establecido en el Real Decreto 1987/1985, de 24 de
septiembre, sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las
estaciones ITV, y que las inspecciones a los vehículos se llevan a efecto
con arreglo al procedimiento y contenido del Manual de Procedimiento de
Inspección de las estaciones de ITV del Ministerio de Industria, Energía
y Turismo.



Las inspecciones de los vehículos del Cuerpo Nacional de Policía en
Melilla, desde mediados del año 2012, se llevan a cabo por el Ejército de
Tierra (Estación de la ALOG 24), en virtud de Acuerdo de




Página
342






Colaboración firmado por dicha Institución y el Cuerpo Nacional de
Policía, en el marco de las Medidas de Ahorro de la Administración
impulsadas por el Gobierno.



La facultad para inspeccionar los vehículos de las Fuerzas Armadas y
Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado, entre otros, viene amparada
por lo establecido en el Real Decreto 2042/1994, en su artículo 2, punto
2, con arreglo a las normas dictadas mediante Orden Ministerial, que en
el caso de la Policía se contemplan en la Orden Ministerial del
Ministerio de la Presidencia de 25 de noviembre de 1997, por la que se
regula la Inspección Técnica de Vehículos de la Dirección General de la
Policía.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065432



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



En contestación a las diversas cuestiones formuladas por Su Señoría se
informa que, con fecha 16 de julio de 2014, el Juzgado Central de lo
Contencioso Administrativo n.º 1 de la Audiencia Nacional dictó sentencia
anulando la Resolución del Secretario de Estado de Seguridad de 21 de
octubre de 2013, por la que se nombra Subdirector General de Inspección
de Personal y Servicios de Seguridad al Sr. Rodríguez Calderón.



La citada sentencia no es firme al haber sido recurrida en apelación ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional por la
Abogacía General del Estado.



Por otro lado, mediante el Real Decreto 873/2014, de 10 de febrero, por el
que se modifica el Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, se
crea el Centro de Inteligencia contra el Crimen Organizado.



El nombramiento del titular al citado puesto se ha efectuado mediante una
adscripción provisional y posterior convocatoria en el Boletín Oficial
del Estado.



La utilización de este sistema se debe a un obrar conforme al criterio
sentado por la sentencia del Juzgado Central de lo
Contencioso-Administrativo número uno de la Audiencia Nacional que, si
bien no se comparte y por ello ha sido recurrida por la Abogacía General
del Estado, podría afectar a la validez de este nombramiento, en caso de
adquirir firmeza, por posible extensión de efectos.



Madrid, 28 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065438



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



MY World/MI Mundo (www.myworld2015.org) es la encuesta global de las
Naciones Unidas para un mundo mejor. Creada e impulsada por la Campaña
del Milenio, en colaboración con el Programa de Naciones Unidas para el
Desarrollo, el Overseas Development Institute del Reino Unido (ODI) y la
Fundación World Wide Web. Se trata de una encuesta que busca conocer las
prioridades de los ciudadanos del mundo de cara a la futura agenda de
desarrollo post-2015.



El Departamento de Información Pública de las Naciones Unidas y el
programa Voluntarios de las Naciones Unidas también han jugado un papel
destacado en el desarrollo de MI Mundo; así como las más de 700
organizaciones de sociedad civil, asociaciones, grupos religiosos,
sindicatos, universidades y empresas en todo el mundo que apoyan su
difusión y puesta en práctica.



Si bien la encuesta estaba disponible en español, era necesario realizar
en España una campaña de comunicación, difusión y sensibilización sobre
la futura agenda de desarrollo e invitar a los ciudadanos a




Página
343






participar activamente, votando por sus prioridades en MI Mundo
—subrayando que los resultados obtenidos de ésta se harán llegar, a
través de Naciones Unidas, a los líderes mundiales que debaten y
participan en este proceso—.



Esta encuesta incorpora las líneas de trabajo prioritarias del IV Plan
Director de la Corporación Española 2013/2016 ya que refuerza el objetivo
de construir una ciudadanía global comprometida con el desarrollo, a
través de la transparencia y una comunicación de resultados. Por todo
ello, el 13 de noviembre de 2013 la Agencia Española de Cooperación
Internacional concedió al Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo una subvención por un montante de 250.000 euros para financiar
durante 2014 el proyecto «Mi Mundo, la encuesta de las Naciones Unidas
para un mundo mejor».



Como complemento a lo anterior, un funcionario del Ministerio de Asuntos
Exteriores y de Cooperación se reunió con la Coordinadora de la Campaña
del Milenio en España a fin de articular vías comunes para difundir la
encuesta. Fruto de este encuentro se incluyeron enlaces en la página web
del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación que remiten
directamente a la página de la campaña, facilitando de este modo la
participación de los ciudadanos. El informe de balance de la encuesta
presentado en Nueva York el 12 de diciembre ha registrado la
participación de 216.000 personas en España.



España sigue participando activa y constructivamente en la conformación de
la futura Agenda de Desarrollo post 2015 incluyendo los Objetivos de
Desarrollo Sostenible (ODS), como continuación del proceso iniciado con
los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) y sobre la base de una
reflexión profunda en torno a las lecciones aprendidas de los Objetivo de
Desarrollo del Milenio y los retos aún pendientes.



España forma parte del Grupo de trabajo de composición abierta para los
Objetivos de Desarrollo Sostenible en el marco del proceso de
configuración de la nueva Agenda. España defenderá la incorporación a la
Agenda post 2015 y a los mencionados objetivos del concepto de
erradicación de la pobreza; las tres dimensiones del desarrollo
sostenible (económica, social y medioambiental); un enfoque humano,
basado en derechos, garantía de estándares básicos de vida, justicia,
equidad, igualdad, gobernanza democrática y Estado de Derecho; el
empoderamiento de mujeres y la igualdad de género; los derechos de las
personas con discapacidad; así como la naturaleza mutuamente
fortalecedora de los vínculos entre paz, estabilidad y desarrollo, ligada
a la imposibilidad de lograr el desarrollo sostenible en contextos de
fragilidad, violencia y conflicto armado.



Todo ello se encuentra recogido en el documento de Prioridades para España
en el 69.º periodo de sesiones de la Asamblea General de Naciones Unidas,
que se ha publicado en la página web del Ministerio y se ha presentado
ante otros Gobiernos mediante gestiones en persona de todas las Embajadas
acreditadas en el mundo y en las Embajadas acreditadas en España. La
presencia de España en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas para el
bienio 2015-2016 contribuirá, a buen seguro, a potenciar estos objetivos
y prioridades.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065441



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En contestación a las diversas cuestiones formuladas se informa que las
instalaciones policiales que el Cuerpo Nacional de Policía venía
utilizando en San Sebastián (Gipuzkoa) se han ido desalojando de forma
escalonada a medida que se ha ido disponiendo de nuevas ubicaciones.



Así, el cierre y desalojo del edificio de la calle Aldapeta, destinado a
servicios policiales, se llevó a cabo en los primeros meses del año 2014
y su demolición se inició el 30 de julio, una vez se habían retirado
todos los efectos del mismo.



El cierre y desalojo del edificio destinado para residencia de
funcionarios, comenzó el pasado mes de septiembre, habiendo finalizado su
desalojo total el pasado día 7 de noviembre, si bien el vaciado y
limpieza del mismo continúa en la actualidad.




Página
344






Por otro lado cabe señalar que durante los trabajos de retirada de muebles
y enseres inservibles, el edificio ha permanecido cerrado y con
vigilancia por patrullas periódicas que comprueban las cerraduras e
impiden el acceso al mismo a cualquier persona no autorizada.



Al respecto, el día 11 de noviembre de 2014 se detectó una intrusión en
las instalaciones de la calle Amara 26, de personas no identificadas, que
habrían fracturado un cristal para poder acceder al interior del mismo
desde las obras contiguas. Se han tomado medidas para que tales hechos no
vuelvan a repetirse.



Todo el material policial está inventariado y controlado, y lo existente
en dicho edificio es equipamiento obsoleto, carente de peligro y
preparado para proceder a su destrucción.



Desde la fecha del desalojo de los residentes, personal de la Comisaría
Provincial de San Sebastián ha continuado con la retirada de efectos y
enseres que no han sido trasladados por no poder ser utilizados en las
nuevas dependencias sin que, en ningún caso, el material se haya
encontrado abandonado, continuándose, a fecha de hoy, con la limpieza del
edificio, del que se ha solicitado su desafectación.



El explosivo en el Cuerpo Nacional de Policía es rígidamente controlado
por especialistas, auditado estrictamente y empleado, cuando es
necesario, reglamentariamente con todas las garantías y medidas de
seguridad.



Asimismo, cabe reiterar que cualquier material peligroso que pudiera haber
existido en la calle Amara 26, ya fue retirado, siendo inexistente el
grado de peligrosidad del material que todavía permanece en las
instalaciones, por lo que no hay materia sobre la que informar ni a la
Consejería de Seguridad ni a las Autoridades Municipales.



El destino final del edificio, una vez puesto a disposición de la Gerencia
de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado (GIESE),
según se determina en el artículo 4, e), del Real Decreto 2823/1998, de
28 de diciembre, por el que se crea el Estatuto de la GIESE y artículo
53, dos, 6’, de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales,
administrativas y del orden social, y siempre y cuando no resulte de
utilidad para otros fines de la Administración General del Estado, será
el de la enajenación onerosa por el procedimiento legal establecido al
efecto.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065454



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Carreño Fernández, María Ascensión (GP).



Respuesta:



El número de personas, menores de 30 años, con colocación con oferta
previa, de enero a noviembre de 2014, en la Región de Murcia, ha sido de
378.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065455 y 184/065457



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Carreño Fernández, María Ascensión (GP).



Respuesta:



En el cuadro siguiente se recogen los datos de contratos en Prácticas y de
Formación y Aprendizaje, cuyo destino ha sido la Región de Murcia, en el
año 2014 (enero-noviembre), correspondientes al colectivo de menores de
30 años.




Página
345






Tramos de edad;Contratos en prácticas;Contratos para la formación y
aprendizaje



16-19;46;694



20-24;637;2.095



25-29;671;1.648



Total;1.354;4.437



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065456



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Carreño Fernández, María Ascensión (GP).



Respuesta:



El número de personas menores de 30 años con servicios de Orientación para
Autoempleo y Emprendimiento, iniciados en el periodo de enero a noviembre
de 2014, en la Región de Murcia, ha sido de 299.



Madrid, 7 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065460



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Candón Adán, Alfonso (GP).



Respuesta:



El número de conversiones de contratos de formación a contratos
indefinidos, desde febrero de 2012 a noviembre de 2014, en la provincia
de Cádiz ha sido de 101, con reducción de cuotas, según la Ley 3/2012, de
6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065481



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



A continuación se facilita el número de reclamaciones solicitado,
correspondiente al periodo 1 de enero-30 de noviembre de 2014:



Andalucía



Núcleo de Cercanías: CÁDIZ;N.º Reclamaciones recibidas



C1: CÁDIZ - JEREZ DE LA FRONTERA;447




Página
346






Núcleo de Cercanías: CÁDIZ;N.º Reclamaciones recibidas



C1a: LAS ALETAS - UNIVERSIDAD;2



Núcleo de Cercanías: MÁLAGA;N.º Reclamaciones recibidas



C1: FUENGIROLA - MÁLAGA CENTRO - A LAMEDA;456



C2: MÁLAGA CENTRO - ALAMEDA - ÁLORA;20



Núcleo de Cercanías: SEVILLA;N.º Reclamaciones recibidas



C1: LEBRIJA - UTRERA - SANTA JUSTA - LORA DEL RÍO;1.304



C2: SANTA JUSTA - CARTUJA;7



C3: SANTA JUSTA - CAZALLA - CONSTANTINA;47



C4: SANTA JUSTA - PALACIO DE CONGRESOS - SANTA JUSTA;116



C5: VIRGEN DEL ROCIO - SANTA JUSTA - BENACAZÓN;224



Aragón



Núcleo de Cercanías: ZARAGOZA;N.º Reclamaciones recibidas



C1: CASETAS - MIRAFLORES;112



Principado de Asturias



Núcleo de Cercanías: ASTURIAS;N.º Reclamaciones recibidas



C1: GIJÓN - OVIEDO - PUENTE DE LOS FIERROS;621



C2: OVIEDO - EL ENTREGO;110



C3: LLAMAQUIQUE/ OVIEDO - SAN JUAN DE NIEVA;162



Núcleo de Cercanías: ASTURIAS - FEVE;N.º Reclamaciones recibidas



OVIEDO - INFIESTO;139



OVIEDO - SAN ESTEBAN DE PRAVIA;67



GIJÓN - POLA DE LAVIANA;73



GIJÓN - CUDILLERO;88



BAIÑA - COLLANZO (CAUDAL - ALLER);11



Castilla y León



Núcleo de Cercanías: LEÓN - FEVE;N.º Reclamaciones recibidas



LEÓN - CISTIERNA - GUARDO;11



Cantabria



Núcleo de Cercanías: SANTANDER;N.º Reclamaciones recibidas



C1: SANTANDER - REINOSA;17




Página
347






Núcleo de Cercanías: SANTANDER - FEVE;N.º Reclamaciones recibidas



SANTANDER - CABEZÓN DE LA SAL;313



SANTANDER - LIÉRGANES;79



Cataluña



Núcleo de Cercanías: BARCELONA;N.º Reclamaciones recibidas



R1: MOLINS DE REI - MAÇANET - MASSANES;2.976



R2: CASTELLDEFELS - GRANOLLERS CENTRE;4.048



R3: L'HOSPITALET DE LLOBREGAT - PUIGCERDÀ;1.653



R4: ST. VICENÇ DE CALDERS - MANRESA;3.743



R7: BARCELONA ST.ANDREU ARENAL - CEDANYOLA;55



R8: MARTORELL - GRANOLLERS CENTRE;75



Galicia



Núcleo de Cercanías: FERROL - FEVE;N.º Reclamaciones recibidas



FERROL - ORTIGUEIRA;53



País Vasco



Núcleo de Cercanías: BILBAO/BILBO;N.º Reclamaciones recibidas



C1: ABANDO INDALECIO PRIETO - SANTURTZI;526



C2: ABANDO INDALECIO PRIETO - MUSKIZ;239



C3: ABANDO INDALECIO PRIETO - ORDUÑA;647



Núcleo de Cercanías: BILBAO - FEVE;N.º Reclamaciones recibidas



BILBAO - BALMASEDA / LA CALZADA;124



Núcleo de Cercanías: DONOSTIA;N.º Reclamaciones recibidas



C1: IRÚN - BRINKOLA;1.458



Comunidad de Madrid



Núcleo de Cercanías: MADRID;N.º Reclamaciones recibidas



C1: PRÍNCIPE PÍO - ATOCHA - RECOLETOS - AEROPUERTO T4;271



C2: GUADALAJARA - ALCALÁ DE HENARES - ATOCHA;5.145



C3: ARANJUEZ - ATOCHA - SOL - CHAMARTIN - EL ESCORIAL;1.502



C4: PARLA - ATOCHA - CHAMARTIN - CANTOBLANCO;2.413



C5: MÓSTOLES EL SOTO - ATOCHA - FUENLABRA DA;2.283



C7: ALCALÁ DE HENARES - ATOCHA - CHAMARTÍN - P. PÍO;353



C8: ATOCHA - CHAMARTÍN - VILLALBA - CERCEDILLA / EL;859



C9: CERCEDILLA - COTOS;45



C10: VILLALBA - PRÍNCIPE PÍO - ATOCHA - CHAMARTÍN;1.012




Página
348






Región de Murcia



Núcleo de Cercanías: CARTAGENA - FEVE;N.º Reclamaciones recibidas



CARTAGENA - LOS NIETOS;9



Región de Murcia / C. Valenciana



Núcleo de Cercanías: MURCIA / ALICANTE;N.º Reclamaciones recibidas



C1: MURCIA - ALACANT T.;555



C2: MURCIA - ÁGUILAS;137



C3: ALACANT T. - SANT VICENTE CENTRO;24



C. Valenciana



Núcleo de Cercanías: VALENCIA;N.º Reclamaciones recibidas



C1: VALÈNCIA NORD - GANDÍA;742



C2: VALÈNCIA NORD - XÀTIVA - MOIXENT;543



C3: VALÈNCIA SANT ISIDRE - BUÑOL - UTIEL;100



C4: VALÈNCIA SANT ISIDRE - XIRIVELLA L'ALTER;1



C5: VALÈNCIA NORD - CAUDIEL;60



C6: VALÈNCIA NORD - CASTELLÒ;684



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065484



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Fernández, Rosana (GMx).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Campo de Tiro
y Maniobras de Parga, en el Ayuntamiento de Guitiriz en Lugo, es una
propiedad del Ministerio de Defensa, asignada al Ejército de Tierra, sin
servidumbres ni cesiones de uso o explotación alguna. Las vías interiores
son de propiedad y uso exclusivo militar.



La valla perimetral se ha instalado para salvaguardar la seguridad de las
personas, que por cualquier motivo puedan acceder a la propiedad sin
autorización a pesar de los carteles de prohibición instalados. Está
prevista la sustitución de esta valla temporal por otra permanente cuando
lo permita la situación presupuestaria.



El Campo de Maniobras y Tiro de Parga es una instalación de interés para
la Defensa y se utiliza con asiduidad por unidades de Las Fuerzas
Armadas. La programación de los ejercicios es competencia exclusiva del
Ministerio de Defensa, sin perjuicio de que se comunica puntualmente por
escrito al Subdelegado del Gobierno la realización de ejercicios con
explosivos.



Madrid, 13 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065491



(184) Pregunta escrita Congreso




Página
349






Autor: Martínez Olmos, José (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las
contrataciones de especialistas en el ejercicio de la capacidad de
gestión de la Gerencia del Hospital de Melilla se han realizado para
acercar la atención sanitaria a la población de Melilla, evitando el
desplazamiento de los pacientes a la península y promoviendo la formación
continuada de los facultativos del Hospital de Melilla. La contratación
del servicio de neurofisiología es el más reciente, pero el de oncología
por especialista externo se inició hace una década y el de alergología en
el mes de febrero del año 2011.



La atención sanitaria tanto en Ceuta como en Melilla, precisa de medidas
que incrementen la capacidad de resolución asistencial en dichas
Ciudades. Estas medidas han de articularse para optimizar las necesidades
de desplazamiento a los pacientes a la Península, con el fin de evitar
los efectos de dichos desplazamientos a los pacientes: tiempo invertido,
molestias e incertidumbres, pérdidas de jornadas laborales, disposición
de acompañantes para el viaje en muchos casos, gastos en dietas y
desplazamientos, incrementos de presión asistencial en el Servicio
Andaluz de Salud, etc.



Ejercicio;Número órdenes viaje;Servicio;Total gasto (€)



2012;9;Neurofisiología;26.674,24



2013;13;Neurofisiología;35.732,28



2014 (a 30/11/2014);10;Neurofisiología;29.667,70



2012;5;Alergología;8.055,00



2013;4;Alergología;4.613,08



2014 (a 30/11/2014);10;Alergología;11.532,70



2012;13;Oncología;17.439,60



2013;10;Oncología;17.532,84



2014 (a 30/11/2014);10;Oncología;14.610,70



La pregunta referida al Servicio Andaluz de Salud ha de formularse a dicho
organismo.



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065497



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



La adjudicación interesada por Su Señoría se realizó siguiendo el
procedimiento establecido, de acuerdo con la normativa y con la
transparencia habitual en este tipo de adjudicaciones. Por acuerdo de la
Junta de Contratación del Ministerio de Defensa, órgano de contratación
del Acuerdo Marco de Servicios de Seguridad y Control para el Ministerio
de Defensa y sus Organismos Autónomos, se adjudica el lote 1 de dicho
Acuerdo Marco, relativo a los servicios de seguridad, a la empresa
«Seguridad Integral Canaria», por haber presentado la oferta
económicamente más ventajosa de acuerdo con los criterios objetivos de
valoración establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas
particulares del Acuerdo Marco.



De conformidad con lo establecido en el artículo 151.2 del Texto Refundido
de la Ley de Contratos del Sector Público, se requirió a Seguridad
Integral Canaria para que presentara, entre otra documentación,
justificación de estar al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Esta empresa aportó
certificados de la Agencia Tributaria (de fecha 2 de mayo de 2014 y con
validez de 6 meses) y de la Tesorería General de la Seguridad Social (de
fecha 6 de mayo). Al haber aportado la documentación requerida, no
incurrir en ningún supuesto de prohibición para contratar, y transcurrido
el plazo legal previsto en los artículos 40 y siguientes de la citada
Ley, relativos a la interposición del recurso potestativo




Página
350






especial en materia de contratación contra la adjudicación, se procedió a
formalizar el Acuerdo Marco con la citada empresa. Al tratarse de un
Acuerdo Marco, se establecen las condiciones generales de contratación a
que deben ajustarse los órganos de contratación de los diferentes
contratos derivados correspondientes a las instalaciones militares
adheridas al Acuerdo Marco, entre ellas, la fábrica de armas de Oviedo.



Por todas estas razones, no existe motivo alguno para anular dicho
contrato, toda vez que no concurre causa alguna que pueda determinar la
resolución del mismo.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065504



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que tal y como
expresó la Ministra de Fomento en el pleno del Congreso de los Diputados
el 15 de octubre de 2014, en repuesta a la pregunta, con n.º de exp.
180/1079, Diario de Sesiones n.º 229, del diputado D. José Luis Ábalos
Meco, en la presente Legislatura las cuatro principales ciudades de la
Comunidad Valenciana, incluida Elche, van a tener comunicación por AVE.



Madrid, 23 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065526



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada por Su Señoría, y en el ámbito
competencial del Ministerio de Justicia, se indica que el Gobierno
atiende las peticiones de refuerzo de Secretarios Judiciales que se
proponen desde los respectivos territorios. Actualmente, no existe
ninguna petición solicitando reforzar el personal de este colectivo en
los Juzgados de Instrucción de Málaga.



En relación con la Carrera Judicial, se señala que desde el Ministerio de
Justicia y a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, en la
medida de lo posible, se atienden las solicitudes de refuerzo de órganos
judiciales que llegan desde el mencionado órgano constitucional. Así,
durante el año 2014 en la provincia de Málaga, se han aprobado las
siguientes medidas de refuerzo:



— Juzgados de lo Penal de Málaga: un magistrado con relevación de
funciones desde el 12/04/2014 a 11/10/2014.



— Juzgados de lo Mercantil de Málaga: un magistrado con relevación de
funciones desde el 12/04/2014 hasta el 30/12/2014.



— Audiencia Provincial de Málaga, Secciones Penales: dos magistrados con
relevación de funciones desde el 12/04/2014 hasta el 30/12/2014.



— Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Málaga: un magistrado con
relevación de funciones desde el 14/04/2014 hasta el 30/12/2014.



— Juzgado de Instrucción 1 de Marbella: un magistrado con relevación de
funciones desde el 14/04/2014 hasta el 30/12/2014.



— Audiencia Provincial de Málaga, Secciones Civiles: dos magistrados con
relevación de funciones desde el 06/06/2014 hasta el 30/12/2014.




Página
351






— Juzgado de Instrucción 1 de Marbella: un magistrado sin relevación de
funciones desde el 08/05/2014 hasta el 07/12/2014.



Por lo que se refiere a los funcionarios al servicio de la Administración
de Justicia, cabe mencionar que la Comunidad Autónoma de Andalucía tiene
asumidos los traspasos en materia de provisión de medios personales al
servicio de la Administración de Justicia desde el año 1997, por lo que,
desde la fecha de efectividad de dichos traspasos, corresponde a la
citada Administración regional la adopción de las medidas de refuerzo que
estime oportunas.



Madrid, 16 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065527



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El expediente de obra titulado «Reparación de las cubiertas de la T3 del
Aeropuerto Málaga-Costa del Sol» ya ha sido licitado, encontrándose
actualmente en la última fase de dicho proceso de licitación. La fecha de
publicación del mencionado expediente en la Web de Aena S.A. fue el
pasado 18 de septiembre de 2014.



Madrid, 9 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065532 a 184/065536



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Cabaña, Francisco y Sánchez Díaz, María Carmen (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que no está previsto
el cierre de las instalaciones del Centro de Formación de Tropa n.º 2 de
San Fernando (Cádiz).



Madrid, 13 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065555



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto (GS).



Respuesta:



En el cuadro adjunto se informa de los datos de demandantes parados (paro
registrado), del colectivo de mayores de 45 años, desagregados por
sectores de actividad económica y sexo, en la Comunidad Autónoma de
Cantabria, de los meses de diciembre de los años 2011, 2012 y 2013 y
noviembre del año 2014.




Página
352






Fecha mes;Hombres;;;;;;Mujeres;;;;;;Total ambos sexos



;Sector sin activ.;Agricult. y pesca;Indust.;Construc.;Servic.;Total
hombres;Sector sin activ.;Agricult. y
pesca;Indust.;Construc.;Servic.;Total mujeres;



Diciembre de
2011;241;205;1.116;3.645;4.230;9.437;877;42;675;225;6.360;8.179;17.616



Diciembre de
2012;206;219;1.433;4.192;5.358;11.408;948;52;727;274;7.684;9.685;21.093



Diciembre de
2013;207;245;1.789;4.055;5.994;12.290;971;58;814;302;8.429;10.574;22.864



Noviembre de
2014;249;227;1.558;3.207;5.593;10.834;1.012;52;763;283;8.407;10.517;21.351



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065556



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto (GS).



Respuesta:



En el cuadro adjunto se informa de los datos de beneficiarios de
prestaciones por desempleo, medias de los años 2011 a 2014
(enero-noviembre).



Media beneficiarios



Años;Prestaciones económicas;;;;;;;;;;Desglose;;



;Total;Nivel contributivo;;;;Nivel asistencial
(subsidio);;;;Renta;Prestac.;Renta;



;(1)+(2)+ (3);Total (1);Desemp. Total;Susp. Empleo;Desemp. Parcial;Total
(2);Desemp. Total;Susp. Empleo;Desemp. Parcial;Activa de



Inserción (3);Contrib. T.E.A.;Agraria T.E.A.;PRODI



Año
2011;2.698.455;1.328.020;1.311.790;7.878;8.352;1.184.119;1.183.865;241;13;186.316;18.996;53.827;70.818



Año
2012;2.801.858;1.381.261;1.355.696;8.351;17.215;1.186.824;1.186.622;185;18;233.773;19.700;60.814;1.057



Año
2013;2.731.810;1.310.915;1.281.073;8.119;21.723;1.180.643;1.180.467;156;20;240.252;19.600;69.511;108



Año 2014
(ene-nov);2.426.019;1.067.346;1.049.224;3.364;14.758;1.097.186;1.097.019;151;16;261.487;24.260;73.310;40



Madrid, 14 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065561



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



El número de viajeros en la estación de Puente Genil-Herrera es el
siguiente:




Página
353






Año;N.º de viajeros (en miles) Puente Genil-Herrera;;



;Subidos;Bajados;Total



2011;51,6;51,2;102,8



2012;46,0;45,9;92,0



2013;48,0;47,6;95,6



20141;47,2;46,7;93,2



1 Datos acumulados a noviembre de 2014.;;;



El número de trenes que pararon es el siguiente:



Año;N.º de servicios (en miles) Puente Genil-Herrera



2011;7,77



2012;7,45



2013;7,91



20141;7,76



1 Dato acumulado a noviembre de 2014.;



Desde la puesta en explotación de la estación de Puente Genil-Herrera, en
diciembre de 2006, Renfe viene realizando las variaciones de
oferta/demanda en este núcleo de población y los ajustes necesarios al
respecto, siendo la oferta actual suficiente para cubrir la demanda
existente.



Madrid, 9 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065562



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



El número de viajeros que han subido y bajado en la estación de Villanueva
de Córdoba-Los Pedroches desagregado por meses es el siguiente:



;Estación de Villanueva de Córdoba - Los Pedroches;;;;;;;;



;Marzo(1);Abril;Mayo;Junio;Julio;Agosto;Sept.;Oct.;Nov(2)



Viajeros subidos;97;1.282;1.620;1.594;1.728;1.954;1.548;1.571;1.505



Viajeros bajados;89;1.579;1.609;1.583;1.712;1.950;1.608;1.755;1.456



Viajeros
subidos+bajados;186;2.861;3.229;3.177;3.440;3.904;3.156;3.326;2.961



(1) Datos desde 29 de marzo de 2014.



(2) Datos provisionales.;;;;;;;;;



El número de trenes que pararon en la estación, desglosado por meses, fue
el siguiente:



;Estación de Villanueva de Córdoba - Los Pedroches;;;;;;;;



;Marzo(1);Abril;Mayo;Junio;Julio;Agosto;Sept.;Oct.;Nov(2)



N.º de servicios;17;206;222;235;251;250;240;246;240




Página
354






;Estación de Villanueva de Córdoba - Los Pedroches;;;;;;;;



;Marzo(1);Abril;Mayo;Junio;Julio;Agosto;Sept.;Oct.;Nov(2)



(1) Datos desde 29 de marzo de 2014.



(2) Datos provisionales.;;;;;;;;;



Renfe realiza un seguimiento diario y exhaustivo de los resultados y de la
demanda hacia y desde Villanueva de Córdoba-Los Pedroches, así como de
todos los factores que influyen y pueden influir en este mercado, para
adaptar la oferta a las necesidades de la demanda, por lo que se estima
que actualmente la oferta de servicios es adecuada.



Madrid, 9 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065564 a 184/065566



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



A continuación se detalla la información por la que se interesa Su
Señoría:



Obra;Inicio;Empresa;Importe (€);Finalización



Acondicionamiento del cauce y márgenes del río Badella, Ayto. Bande.;Junio
2014;La empresa adjudicataria es Compañía General de Construcción Abaldo,
S.A.;360.096;Las obras acaban de finalizar.



Actualmente, se están realizando los trámites necesarios para proceder a
la recepción de la obra.



Obras de mejora de la calidad de las aguas y recuperación del embalse de
As Conchas, Ayto.



Bande y Muiños.;Junio 2014;La empresa adjudicataria es ISOLUX INGENIERIA,
S.A.;667.998,61;Finalización prevista en septiembre de 2015.



Mejora de la capacidad de eliminación de nutrientes de la EDAR Xinzo de
Limia (Ourense).;Publicada licitación BOE de 14.10.14;La contratación no
ha



finalizado por lo que aún no se puede conocer la empresa o UTE que
ejecutará las obras.;Presupuesto base de licitación 1.239.385,80;Tras
adjudicarse la actuación se procederá a iniciar las obras con un plazo de
ejecución previsto de 6 meses.



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
355






184/065576



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sicilia Alférez, Felipe Jesús (GS).



Respuesta:



Las informaciones publicadas en diferentes medios de comunicación
relativas a Francisco Nicolás Gómez Iglesias han sido respondidas
mediante comunicados de la Secretaría de Estado de Comercio y, por lo
tanto, el Gobierno y en concreto el Ministerio de Economía y
Competitividad se remiten a dichos comunicados.



Madrid, 19 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065598



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Davila, M.ª Olaia (GMx).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que dentro de las
actuaciones que se están llevando a cabo en la estación ferroviaria de
Vigo Urzaiz, si los condicionamientos técnicos lo permiten, la estación
provisional tiene prevista su finalización en 2015.



En la actualidad se está trabajando en la búsqueda de un socio con el
objeto de constituir una Sociedad que construya y gestione la futura
estación Vialia-Vigo.



Respecto a la intermodalidad de la estación de Vigo Urzaiz, se señala que
uno de los objetivos de Adif es conseguir que la mayor parte de sus
estaciones sean intermodales. En este sentido se han llevado a cabo
varias reuniones con responsables del Ayuntamiento de Vigo y la Xunta de
Galicia para buscar la mejor conexión con la estación de autobuses.



Madrid, 23 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065617



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Romero Girón, Aurelio (GP).



Respuesta:



El número de pasajeros en la operación paso del estrecho en el verano de
2014 ha sido de 2.547.962, con un incremento del 9,2 % respecto al año
anterior.



Madrid, 9 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065618



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Romero Girón, Aurelio (GP).




Página
356






Respuesta:



Las obligaciones reconocidas en el programa 453C de conservación y
explotación en los años 2012 y 2013, en la provincia de Cádiz, ascienden
a 13.931.096,92 euros.



Madrid, 13 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065623



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ferrando Sendra, Amparo (GP).



Respuesta:



El Plan de Inversiones 2014-2018 vigente de cada una de las Autoridades
Portuarias y de Puertos del Estado contempla para dicho período las
siguientes inversiones:



Inversiones previstas en las Autoridades Portuarias y Puertos del Estado
para el período 2014-2018



Autoridad portuaria;2014 (Previsión de Cierre);Presupuesto
2015;2016;2017;2018



A CORUÑA;20.102;70.834;36.687;11.306;22.241



ALICANTE;3.595;2.924;2.056;1.612;1.500



ALMERÍA;13.457;7.783;905;605;605



AVILÉS;11.075;8.997;3.857;1.498;5.197



BAHÍA DE ALGECIRAS;42.320;74.380;38.963;39.963;52.565



BAHÍA DE CÁDIZ;33.749;39.860;9.683;2.570;6.570



BALEARES;24.219;36.951;36.922;34.005;33.821



BARCELONA;58.559;119.444;110.153;81.031;85.715



BILBAO;53.139;63.940;44.095;31.176;34.626



CARTAGENA;14.044;23.604;24.970;4.220;34.075



CASTELLÓN;3.789;3.193;5.493;8.193;10.193



CEUTA;2.141;4.674;4.184;2.236;5.104



FERROL-SAN CIBRAO;9.299;14.037;5.522;8.466;17.635



GIJÓN;6.021;8.697;9.711;10.612;7.010



HUELVA;25.375;38.664;25.039;23.960;24.380



LAS PALMAS;27.901;42.441;21.308;8.644;33.389



MÁLAGA;6.402;2.775;2.100;944;2.520



MARÍN Y RÍA DE PONTEVEDRA;7.935;7.398;2.835;1.690;2.340



MELILLA;5.523;6.197;1.498;2.955;4.648



MOTRIL;12.836;4.873;1.495;2.256;2.093



PASAIA;7.886;8.998;2.069;1.460;1.360



STA. CRUZ DE TENERIFE;66.906;99.675;41.890;13.856;6.151



SANTANDER;8.578;23.815;24.786;18.540;18.971



SEVILLA;6.333;72.336;6.630;17.368;13.920



TARRAGONA;24.254;35.775;22.606;16.773;38.095



VALENCIA;16.503;48.146;42.919;39.265;33.885



VIGO;9.784;23.275;10.613;5.102;7.426



VILAGARCÍA;2.551;2.412;1.440;1.192;1.740




Página
357






Autoridad portuaria;2014 (Previsión de Cierre);Presupuesto
2015;2016;2017;2018



TOTAL AUTORIDADES PORTUARIAS;524.276;896.098;540.429;391.498;507.775



PUERTOS DEL ESTADO;2.610;1.760;1.550;1.550;1.550



TOTAL AUTORIDADES PORTUARIAS Y PUERTOS DEL
ESTADO;526.886;897.858;541.979;393.048;509.325



(Cifras referidas a devengos, en miles de euros e IVA no incluido).
Incluye Inversión Material, Intangible e Inmobiliaria.;;;;;



Madrid, 13 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065643



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GCiU).



Respuesta:



La partida presupuestaria que recoge la dotación para mejorar la
accesibilidad de la estación de Sant Sadurní d’Anoia es la «0707
Actuaciones en estaciones de Rodalies», incluida en el anexo de
inversiones de los Presupuestos Generales del Estado de 2015 de
RENFE-Operadora.



El importe consignado para la anualidad 2015 en la mejora de la
accesibilidad de la estación de Sant Sadurníd Anoia es de 1.309.091
euros.



Madrid, 23 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065659



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Centella Gómez, José Luis (GIP).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la Autoridad
Portuaria de Huelva ha solicitado la personación de la Abogacía del
Estado en las Diligencias Previas incoadas, facilitándose al Juzgado
competente toda la información requerida.



Algunos de los temas denunciados ya han sido resueltos, como es el caso de
la contratación del servicio informático, de acuerdo con las
recomendaciones efectuadas por Puertos del Estado. El resto de asuntos
denunciados se encuentran «sub iudice» y serán los jueces y tribunales
quienes, en el ejercicio de sus competencias, deberán resolver el
procedimiento judicial en curso.



Por otro lado, respecto a las responsabilidades políticas que pudieran
presentarse, es preciso señalar que el nombramiento de la Presidenta de
la Autoridad Portuaria de Huelva es competencia de la Junta de Andalucía.



Madrid, 16 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065663



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).




Página
358






Respuesta:



Se adjunta la información solicitada en el periodo 2005-2013.



Ciudad Subida;Ciudad Bajada;2005;2006;2007;2008;2009;2010;2011;2012;2013



SALAMANCA;BARCELONA;11.910;10.973;8.301;7.812;5.467;;;;



;BILBAO-ABANDO;4.500;4.293;4.152;4.247;4.144;4.264;3.877;1.393;



;BURGOS;5.443;5.664;5.817;5.377;;;;;



;HENDAYA;2.535;2.211;1.715;1.656;1.614;1.467;1.313;624;277



;SAN SEBASTIÁN/



DONOSTIA;5.485;5.173;4.781;4.578;4.602;4.801;4.650;2.136;677



;VITORIA/GASTEIZ;4.633;4.667;4.346;4.215;4.144;3.947;3.799;1.753;405



;ZARAGOZA;2.850;2.595;2.577;2.758;4.856;12.056;3.417;;



Ciudad Subida;Ciudad Bajada;2005;2006;2007;2008;2009;2010;2011;2012;2013



BARCELONA;SALAMANCA;11.977;10.602;8.246;7.487;5.330;;;;



BILBAO-ABANDO;;4.817;4.616;4.560;4.464;4.529;4.699;4.199;1.579;



BURGOS;;7.150;7.238;7.351;7.003;;;;;



SAN SEBASTIÁN/



DONOSTIA;;5.223;5.189;4.817;4.518;4.598;4.695;4.510;2.224;950



VITORIA/GASTEIZ;;4.583;4.682;4.548;4.359;4.350;4.086;3.916;2.064;683



ZARAGOZA;;2.863;2.597;2.608;2.796;5.123;12.595;3.564;;



Madrid, 13 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065664



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



Desde el 17/05/2014, fecha de lanzamiento del producto interesado, hasta
el 14/12/2014, un total de 140.441 viajeros han empleado Salamanca como
origen o destino de su viaje utilizando billete combinado.



Se adjuntan tablas con los datos solicitados.



Origen Salamanca



Estación Subida;Estación;Estación Bajada;Año 2012;Año 2013;Año 2014



Salamanca;Chamartín;Aeropuerto-T4;—;108;406



;;Alacant-Terminal;192;271;419



;;Albacete-Los Llanos;39;110;151



;;Alcázar de San Juan;4;14;10



;;Balsicas-Mar Menor;7;8;23



;;Calasparra;—;—;2



;;Cartagena;5;24;28



;;Cieza;—;—;1



;;Cuenca-Fernando Zobel;—;—;6



;;Elda-Petrel;21;7;—




Página
359






Estación Subida;Estación;Estación Bajada;Año 2012;Año 2013;Año 2014



;;Hellín;2;6;4



;;La Roda de Albacete;—;2;6



;;Murcia del Carmen;41;96;107



;;Torre-Pacheco;;2;3



;;Villena;6;2;—



;;Villena A.v.;—;4;16



Salamanca;Medina del Campo;A Coruña;23;71;87



;;A Gudiña;0;3;3



;;Betanzos-Ciudad;—;—;1



;;Ferrol;—;4;12



;;Guillarei;—;5;4



;;Ourense;16;21;32



;;Pontevedra;14;21;33



;;Puebla Sanabria;—;1;—



;;Redondela;1;—;—



;;Santiago Compostela;70;112;174



;;Vigo-Guixar;26;46;67



;;Zamora;1;5;11



Salamanca;Palencia;Altsasu;86;169;187



;;Briviesca;13;41;84



;;Burgos Rosa de Lima;295;754;710



;;Hendaya;60;78;79



;;Intermodal Abando Ind.Prieto;500;854;1.025



;;Irún;245;463;444



;;Llodio;53;108;87



;;Miranda de Ebro;183;384;418



;;Palencia;9;—;—



;;Donostia;784;1.403;1.452



;;Vitoria/Gasteiz;1.031;1.991;1.773



;;Zumárraga;114;206;282



Salamanca;Valladolid Camp.Gran.;Aguilar de Campoo;;4;11



;;Barcelona Sants;2.698;4.480;3.960



;;Burgos Rosa de Lima;1.248;2.447;2.277



;;Calahorra;224;475;462



;;Camp.Tarragona;463;773;758



;;Castejón de Ebro;81;130;153



;;Gijón Sanz Crespo;18;70;72



;;Haro;—;10;51



;;Hendaya;139;217;276



;;Intermodal Abando Ind.Prieto;1.200;2.502;2.528



;;Irún;269;560;540



;;León;72;174;177



;;Lleida-Pirineus;345;536;459



;;Llodio;—;33;131



;;Logroño;764;1.417;1.293



;;Mieres Puente;1;11;—



;;Miranda de Ebro;511;990;1.047



;;Oviedo;32;88;120




Página
360






Estación Subida;Estación;Estación Bajada;Año 2012;Año 2013;Año 2014



;;Palencia;83;137;111



;;Pola de Lena;—;1;—



;;Reinosa;3;12;10



;;Sahagún;6;25;13



;;Donostia;922;1.793;1.897



;;Santander;77;176;203



;;Tolosa;33;104;122



;;Torrelavega;3;16;20



;;Tudela de Navarra;184;263;266



;;Vitoria/Gasteiz;777;1.697;1.869



;;Zaragoza Delicias;920;1.502;1.340



;;Zumarraga;142;300;340



Total subidos en Salamanca;;;15.056;28.337;28.653



Destino Salamanca



Estación Subida;Estación Enlace;Estación Bajada;Año 2012;Año 2013;Año 2014



Aeropuerto-T4;Chamartín;Salamanca;—;37;104



Albacete-Los Llanos;;;27;43;66



Balsicas-Mar Menor;;;3;9;18



Cartagena;;;3;19;26



Murcia del Carmen;;;35;95;94



A Coruña;Medina del Campo;Salamanca;18;64;75



A Gudiña;;;—;2;1



Guillarei;;;—;0;2



Ourense;;;7;13;18



Pontevedra;;;7;7;21



Puebla Sanabria;;;—;—;1



Redondela;;;—;1;1



Santiago Compostela;;;53;91;157



Vigo-Guixar;;;13;33;55



Zamora;;;1;2;4



Aguilar de Campoo;Palencia;Salamanca;—;—;1



Altsasu;;;65;87;103



Briviesca;;;1;3;20



Burgos Rosa de Lima;;;369;720;528



Intermodal Abando Ind.Prieto;;;369;735;797



Irún;;;198;421;468



Llodio;;;58;121;77



Miranda de Ebro;;;187;239;284



Donostia;;;660;1.079;1.192



Santander;;;—;—;18



Torrelavega;;;—;—;2



Vitoria/Gasteiz;;;497;950;985



Zumárraga;;;90;170;240



Aguilar de Campoo;Valladolid Camp.Gran.;Salamanca;9;11;3




Página
361






Estación Subida;Estación Enlace;Estación Bajada;Año 2012;Año 2013;Año 2014



Agurain Salvatierra;;;—;3;3



Alar del Rey;;;2;6;—



Altsasu;;;1;106;85



Araia;;;;;1



Barcelona Sants;;;1.967;3.730;3.407



Beasain;;;—;8;14



Briviesca;;;1;18;36



Burgos Rosa de Lima;;;1.201;3.050;2.785



Calahorra;;;214;516;509



Camp.Tarragona;;;352;629;647



Castejón de Ebro;;;46;182;149



Gijón Sanz Crespo;;;2;50;66



Haro;;;—;10;60



Herrera del Pisuerga;;;3;5;5



Intermodal Abando Ind.Prieto;;;896;2.262;2.440



Irún;;;391;870;791



Legazpi;;;—;2;2



León;;;21;107;108



Lezo / Rentería;;;—;4;4



Lleida-Pirineus;;;225;482;427



Llodio;;;—;30;112



Logroño;;;853;1.846;1.784



Los Corrales de Buelna;;;—;2;—



Maliaño;;;—;—;2



Mieres Puente;;;—;2;1



Miranda de Ebro;;;418;1.134;1.096



Ordizia;;;—;6;5



Osorno;;;—;—;2



Oviedo;;;7;41;71



Palencia;;;360;976;903



Pola de Lena;;;—;—;1



Reinosa;;;6;19;8



Renedo;;;—;1;—



Donostia;;;976;1.924;1.958



Santander;;;17;260;169



Tolosa;;;36;97;125



Torrelavega;;;4;22;25



Tudela de Navarra;;;178;279;279



Valdecilla;;;—;1;—



Venta de Baños;;;7;31;21



Vitoria/Gasteiz;;;1.024;2.571;2.700



Zaragoza Delicias;;;743;1.407;1.192



Zumárraga;;;133;318;328



Total Bajados en Salamanca;;;12.754;27.959;27.682



Total viajeros en Salamanca;;;27.810;56.296;56.335



Madrid, 13 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
362






184/065665



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que se adjuntan los
datos disponibles correspondientes al periodo 2005-2013.



Viajeros en miles;2005;2006;2007;2008;2009;2010;2011;2012;2013



Lusitania (Lisboa-Madrid);41,0;39,7;33,7;33,2;28,5;32,1;29,4;25,0;30,6



Surexpreso
(Lisboa-Irún/Hendaya);46,4;46,4;42,6;41,4;34,7;33,5;30,5;26,2;25,6



Viajeros en miles;2005;2006;2007;2008;2009;2010;2011;2012;2013



Lusitania (Madrid-Lisboa);39,4;38,2;33,0;31,3;27,6;29,5;28,1;25,8;31,5



Surexpreso
(Irún/Hendaya-Lisboa);48,9;49,2;45,0;43,7;36,8;32,7;30,9;26,0;24,5



Madrid, 23 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065666



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



Se adjunta tabla con los datos solicitados desde el año 2008, ya que para
estos servicios no se disponen de datos anteriores a esa fecha.



Viajeros en miles



Origen;Destino;2008;2009;2010;2011;2012;2013



Salamanca;Madrid;190,7;170,3;173,3;161,0;148,1;131,7



Madrid;Salamanca;188,5;172,3;150,2;139,7;127,3;117,2



Salamanca;Peñaranda de Bracamonte;28,4;27,0;27,0;27,3;27,3;24,8



Peñaranda de Bracamonte;Salamanca;28,2;24,8;23,7;23,5;23,0;20,5



Peñaranda de Bracamonte;Ávila;3,3;2,6;2,0;1,8;1,9;1,8



Ávila;Peñaranda de Bracamonte;3,4;2,8;2,0;1,9;2,1;2,0



Peñaranda de Bracamonte;Madrid;11,0;10,8;11,1;10,7;10,3;8,7



Madrid;Peñaranda de Bracamonte;11,5;11,4;11,5;10,9;10,7;9,0



Salamanca;Ávila;43,4;37,3;34,7;33,6;30,9;27,1



Ávila;Salamanca;40,7;33,5;34,0;32,6;30,5;26,8



Ávila;Madrid;202,8;190,5;181,4;199,4;178,9;165,2



Madrid;Ávila;207,5;200,0;189,9;206,0;182,6;165,7



Salamanca;Valladolid;27,1;26,7;27,4;28,7;42,3;51,7



Valladolid;Salamanca;25,8;23,0;21,7;22,8;38,6;50,8



Salamanca;Medina del Campo;7,3;6,9;6,0;6,5;7,7;7,0




Página
363






Origen;Destino;2008;2009;2010;2011;2012;2013



Medina del Campo;Salamanca;8,2;7,2;6,4;7,3;7,5;6,7



Salamanca;Palencia;2,6;2,9;2,8;3,0;6,3;8,5



Palencia;Salamanca;3,0;2,9;2,7;3,1;6,1;6,0



Madrid, 13 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065680



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sanz Remón, Álvaro (GIP).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el sistema
adquirido es totalmente operativo y proporciona al Mando de Artillería
Antiaérea del Ejército de Tierra la capacidad de defensa aérea necesaria.



Este sistema ha sido sometido a las tareas de mantenimiento preventivo
señaladas en su documentación técnica y que tienen periodicidad variable,
desde mantenimientos diarios hasta semestrales y anuales. La ejecución de
estas tareas ha dado como resultado la permanente disponibilidad
operativa del material para cumplir sus cometidos



El coste efectivo del material a adquirir será de 41.163.420,00 euros, y
la aplicación presupuestaria que financia esta adquisición es la 14. 012.
650. 122A.1.



Madrid, 14 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065697



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Álvarez, Ángeles (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, y según la información de
estadística judicial, proporcionada por el Punto Neutro Judicial del
Consejo General del Poder Judicial, órgano competente en materia de
estadística judicial, se indica que en la misma no se desciende al nivel
de desagregación solicitado por Su Señoría, razón por la que no es
posible dar contestación a la pregunta parlamentaria.



Madrid, 16 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065698



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Barahona, María Teresa (GS).



Respuesta:



Se adjunta anexo con información de los datos de demandantes parados (paro
registrado), cuya inscripción de la demanda es entre uno y dos años y de
más de dos años, desagregados por tramos de edad y nivel formativo, a
fecha 30 de noviembre de 2014.




Página
364







[**********página con cuadro**********]





Página
365






184/065699



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Barahona, María Teresa (GS).



Respuesta:



Por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se ha recogido en
acta, en el periodo interesado, un total de 11.255 infracciones de
trabajadores a lo previsto en el artículo 26 de la Ley sobre Infracciones
y Sanciones en el Orden Social (Texto Refundido aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2000, de 4 agosto), en materia de prestaciones o subsidio
por desempleo. El número total de bajas en prestaciones por este motivo
en ese mismo periodo ha sido de 2.061.



En cuanto al número de empresas sancionadas de conformidad con los
preceptos incluidos en la pregunta, cabe señalar que el total de empresas
a las que se ha incoado acta es de 6.851, aunque cada infracción puede
afectar a varios trabajadores. Este número incluye también las
infracciones muy graves en aplicación del artículo 7.10 de la Ley.



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065700



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Barahona, María Teresa (GS).



Respuesta:



En el cuadro siguiente se detallan los datos disponibles de bonificaciones
de cuotas de la Seguridad Social, correspondientes al mes de noviembre de
2014, procedentes de la explotación de los ficheros TC2 de la Tesorería
General de la Seguridad Social:



COLECTIVOS BONIFICADOS;;NOVIEMBRE 2014;



;;N.º PERSONAS;IMPORTE



Jóvenes;16-30 años < 50 Trabajadores 1.º Año;7.284;498.093,40



;16-30 años < 50 Trabajadores 2.º Año;6.009;540.865,12



;16-30 años < 50 Trabajadores 3.º Año;6.747;665.018,47



;16-30 años < 50 Trabajadores 1.º Año MSR*;13;1.122,02



;16-30 años < 50 Trabajadores 2.º Año MSR*;20;1.909,57



;16-30 años < 50 Trabajadores 3.º Año MSR*;53;5.520,13



TOTAL Jóvenes;;20.126;1.712.528,71



Mayores de 45;> 45 < 50 Trabajadores;18.815;1.888.713,18



;> 45 < 50 Trabajadores MSR*;63;7.444,60



TOTAL Mayores de 45;;18.878;1.896.157,68



TOTAL BONIFICACIONES;;39.004;3.608.686,39



* MSR: Mujeres en ocupaciones en las que tienen una menor
representación.;;;



Madrid, 21 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
366






184/065704 a 184/065711, 184/065726 y 184/065727



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



A través de los siguientes enlaces se puede conocer el presupuesto
destinado a la Comunidad Autónoma de Galicia, y más concretamente para la
provincia de A Coruña (código provincia: 15) en los anexos de inversiones
reales y programación plurianual de los Presupuestos Generales del Estado
para los años por los que se interesa Su Señoría en los que se detallan
los proyectos incluidos en la Sección 23 (Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente).



Año;Anexo de inversiones reales y programación plurianual



2012;http://www.sepg.pap.minhap.gob.es/Presup/PGE2012Ley/MaestroDocumentos/PGE-ROM/doc/2/3/2/1/4/N_12_E_V_2_R_1_203_1_123_1.PDF



2013;http://www.sepg.pap.minhap.gob.es/Presup/PGE2013Ley/MaestroDocumentos/PGE-ROM/doc/2/3/2/1/4/N_13_E_V_2_R_1_203_1_123_1.PDF



2014;http://www.sepg.pap.minhap.gob.es/Presup/PGE2014Ley/MaestroDocumentos/PGE-ROM/doc/2/3/2/1/4/N_14_E_V_2_R_1_203_1_123_1.PDF



2015;http://www.sepg.pap.minhap.gob.es/Presup/PGE2015Proyecto/MaestroDocumentos/PGE-ROM/doc/2/3/2/1/4/N_15_A_V_2_R_1_203_1_123_1.PDF



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065716



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Girela de la Fuente, José Manuel (GS).



Respuesta:



La carretera que une la localidad de Guadajoz, en el término municipal de
Carmona (Sevilla), con Los Rosales y Tocina está dividida en dos tramos:



1.º) El tramo de Tocina a Los Rosales no es una carretera cuya titularidad
sea del Organismo de Cuenca.



2.º) Respecto al tramo que discurre entre Guadajoz y Los Rosales, la
titularidad corresponde a dos entidades diferentes. El tramo desde Los
Rosales hasta el cruce con la carretera SE-3201 se transfirió al
Ayuntamiento de Tocina por discurrir por el núcleo urbano de Los Rosales.
Y el resto de la carretera es de titularidad del Organismo de Cuenca.



Entre febrero y junio del 2012, a través de las Obras de Emergencia para
Mejoras de Caminos de Servicio de la Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir en la provincia de Sevilla y Granada, se llevó a cabo la
mejora de la carretera en las zonas degradadas, actuándose de distintas
maneras en función del estado del firme.



En las zonas en que se localizaban deformaciones del firme, se llevó a
cabo el escarificado del mismo, estabilizado con cemento, aportación de
paquete de zahorra compactada de 10 cm de espesor y extendido de
aglomerado en caliente tipo G-20 de 10 cm. de espesor.



En las zonas en que la capa de rodadura estaba degradada, se realizó el
fresado de las mismas y posterior extendido de aglomerado en caliente
tipo S-12 de 5 cm. de espesor.




Página
367






Tras las actuaciones antes indicadas, el referido tramo de carretera quedó
suficientemente señalizado. Al ser un camino de servicio construido, en
su día, para uso agrícola, su velocidad quedó limitada a 40 km/h,
manteniéndose dicha limitación. Este tramo ha quedado en un grado
adecuado y aceptable para su circulación, no considerándose peligroso.



Adicionalmente, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir dispone de
un programa de mantenimiento de caminos en la provincia de Sevilla a
través del cual se puede subsanar, a corto plazo, cualquier deficiencia
que pudiera ser detectada en las vías de su titularidad.



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065717



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Girela de la Fuente, José Manuel (GS).



Respuesta:



La antigua línea Sevilla-Alcalá-Carmona se conoce como vía del «tren de
los panaderos». El tramo referido, situado en el término municipal de
Carmona (Sevilla), fue cerrado al tráfico y autorizado su
desmantelamiento por Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de diciembre
de 1964.



Parte de estos terrenos fueron enajenados y el resto permanece en el
Inventario de Bienes Inmuebles de Adif con la naturaleza jurídica de
bienes patrimoniales.



Adif está manteniendo contactos con el Ayuntamiento de Carmona para llegar
a un acuerdo en relación con dichos terrenos.



Madrid, 23 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065720



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Girela de la Fuente, José Manuel (GS).



Respuesta:



La estación de Guadajoz, en el término municipal de Carmona (Sevilla),
pertenece a la línea C-1 de Cercanías de Sevilla, y atiende una demanda
media de 454 viajeros/día (subidos+bajados, según aforos 2013).



Cuenta con un edificio de viajeros que dispone de una cafetería
recientemente reformada, andenes de 160 metros a la cota adecuada a las
composiciones y un paso inferior de comunicación entre ellos.



Los accesos están asfaltados y en el margen derecho del edificio de
viajeros hay un aparcamiento con capacidad para 30 vehículos.



Se considera que el estado general de las instalaciones es bueno y
adecuado a la demanda existente.



Madrid, 23 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065728



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).




Página
368






Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Gobierno, a
través del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, con
cargo al programa 456D Actuación en la costa, tiene previsto acometer en
2015 la Fase I de la Regeneración ambiental de las marismas de A
Xunqueira do Areal, en A Pobra do Caramiñal.



Dicha actuación incluye la construcción de una pasarela de madera por el
límite de A Xunqueira.



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065754, 184/065755



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En el mes de octubre de 2014 únicamente se han producido, en la provincia
de A Coruña, 3 bajas de beneficiarios de prestaciones por desempleo por
readmisión, las tres correspondientes a mujeres. Por municipios, una se
ha producido en la localidad de A Coruña, otra en Santiago de Compostela
y otra en el municipio de Teo.



Madrid, 14 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065756



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En contestación a la pregunta escrita de referencia, en el anexo que se
acompaña se facilita el número de códigos de cuenta de cotización (una
empresa puede tener dos o más códigos de cuenta de cotización) de la
provincia de A Coruña con trabajadores en alta a 31/10/2014, por los que
aquellas tuvieron derecho a aplicar las reducciones en la cotización
establecidas en el Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas
urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida.



La información se facilita con el desglose solicitado por actividades
económicas (anexo I) y por municipios (anexo II), según el domicilio de
cada código de cuenta de cotización que consta en el sistema de
información de la Seguridad Social.



ANEXO



Trabajadores con tarifa plana por contratación indefinida



Por sector de actividad (CNAE*-09);N.º de empresas (CCC)



A.— Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca;32



B.— Industrias extractivas;2



C.— Industria manufacturera;163



D.— Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado;1



E.— Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y
descontaminación;4




Página
369






Por sector de actividad (CNAE*-09);N.º de empresas (CCC)



F.— Construcción;179



G.— Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos de motor
y motocicletas;563



H.— Transporte y almacenamiento;125



I.— Hostelería;362



J.— Información y comunicaciones;52



K.— Actividades financieras y de seguros;32



L.— Actividades inmobiliarias;32



M.— Actividades profesionales, científicas y técnicas;190



N.— Actividades administrativas y servicios auxliares;64



P.— Educación;67



Q.— Actividades sanitarias y de servicios sociales;61



R.— Actividades artísticas, recreativas y de entrenimiento;33



S.— Otros servicios;75



T.— Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico;
actividades de los hogares como productores de bienes y servicios para
uso propio;1



Total general;2.038



* CNAE: Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009.;



ANEXO



Datos de trabajadores de alta a 31 de octubre de 2014 acogidos al R. D.
ley 3/2014



Trabajadores con tarifa plana por contratación indefinida



Localidad de la actividad;N.º de empresas (CCC)



A POBRA DO CARAMIÑAL;11



ABEGONDO;2



AGUIÑO;1



ALVEDRO;1



AMES;32



ARANGA;1



ARES;5



ARTEIXO;44



ARZÚA;8



BABILONIA (A);2



BANDOJA (SAN MARTÍN);1



BERGONDO;34



BERTAMIRANS (CAPITAL;7



BETANZOS;19



BETANZOS (CAPITAL);1



BOIRO;19



BOQUEIXON;4



BRIÓN;8



BURGO (O);4



CABANA;3



CABANAS;7




Página
370






Localidad de la actividad;N.º de empresas (CCC)



CACHEIRAS;2



CAMARIÑAS;5



CAMBRE;45



CAMBRE (CAPITAL);1



CAPELA (A);2



CARBALLO;44



CARBALLO (CAPITAL);6



CARIÑO;2



CARNOTA;2



CARRAL;12



CEDEIRA;14



CEE;15



CEE (CAPITAL);1



CEE (SANTA MARÍA DA;1



CERCEDA;11



CERCEDA (CAPITAL);1



COIROS;5



CORISTANCO;5



CORUÑA (A);294



CORUÑA (A) (CAPITAL);366



CULLEREDO;66



CURTIS;12



DODRO;1



DUMBRIA;2



ESTEIRO (SANTA MARIÑ;2



FENE;8



FERROL;75



FERROL (CAPITAL);6



FISTERRA;2



FONTECULLER;1



FRADES;5



IRIXOA;1



LARACHA;11



LAVACOLLA;1



LAXE;6



LAXE (SANTA MARÍA);1



LOUSAME;2



MALPICA (CAPITAL);1



MALPICA DE BERGANTIÑA;4



MAÑÓN;1



MAZARICOS;5



MEICENDE;1



MELIDE;15



MELIDE (CAPITAL);1



MESIA;4



MESOIRO;3



MILLADOIRO (O);21



MIÑO;7




Página
371






Localidad de la actividad;N.º de empresas (CCC)



MIÑO (CAPITAL);2



MOECHE;1



MONFERO;2



MONFERO (SAN FELIX);1



MONTROVE;3



MUGARDOS;1



MUROS;12



MUROS (CAPITAL);1



MUXIA;2



NARÓN;55



NEDA;4



NEGREIRA;1



NOGUEIRA;1



NOIA;17



NOIA (CAPITAL);7



OLEIROS;51



ORDES;20



OROSO;4



ORTIGUEIRA;3



ORTIGUEIRA (CAPITAL);1



ORTOÑO (SAN JUAN);1



OSEIRO (SAN TIRSO);3



OURILLE;1



OUTES;10



OZA DOS RÍOS;4



PADRÓN;28



PADRÓN (CAPITAL);1



PALAVEA;1



PALMEIRA;1



PALMEIRA (SAN PEDRO);1



PERILLO;4



PINO (O);7



PONTECESO;5



PONTEDEUME;12



PONTES DE GARCÍA ROD;26



PORTO DO SON;6



PORTO DO SON (CAPITA;2



PORTOSIN;2



RIANXO;15



RIBEIRA;23



RIBEIRA (A);1



ROIS;7



SADA;18



SADA (SANTA MARÍA);1



SAN SADURNIÑO;3



SANTA COMBA;14



SANTIAGO (SAN LAZARO;1



SANTIAGO DE COMPOSTE;245




Página
372






Localidad de la actividad;N.º de empresas (CCC)



SERRA DE OUTES (A);5



SIGUEIRO (CAPITAL);1



SOBRADO;5



SOÑEIRO (SAN JULIÁN);2



TEMPLE (EL) (SANTA M.);1



TEMPLE (O);1



TEO;22



TOQUES;1



TORDOIA;2



TOURO;3



TRAZO;3



VAL DO DUBRA;10



VALDOVIÑO;8



VEDRA;3



VILABOA;1



VILASANTAR;2



VIMIANZO;15



VIMIANZO (CAPITAL);1



ZAS;7



TOTAL GENERAL;2.038



Madrid, 14 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065757



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



El coste para la Seguridad Social de las reducciones de cuotas
empresariales en el Régimen General (RG), Régimen Especial de
Trabajadores Autónomos (RETA) y Régimen Especial de Trabajadores del Mar
(REMAR), aplicadas por las empresas en la provincia de A Coruña durante
el mes de octubre de 2014 asciende a 2.171.850 euros.



Madrid, 14 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065758, 184/065759



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En anexo se remiten los datos sobre bajas de beneficiarios de prestaciones
por desempleo por jubilación e invalidez, en la provincia de A Coruña,
por municipios y sexo, correspondientes al mes de octubre de 2014.




Página
373







[**********página con cuadro**********]





Página
374







[**********página con cuadro**********]





Página
375






184/065760 y 184/065761



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



El número de trabajadores que han sido objeto de bonificación en la cuota
empresarial de los contratos de emprendedores registrados durante el mes
de octubre de 2014, así como el importe de la misma, en la provincia de A
Coruña, de conformidad con los datos procedentes de la explotación de los
ficheros TC2 de la Tesorería General de la Seguridad Social es el
siguiente:



— Número personas: 808.



— Importe: 74.752 euros.



En cuanto a la información sobre dichas bonificaciones en la localidad de
Ferrol, se informa que no es posible facilitarla dado que no se dispone
de estos datos distribuidos por municipios.



Madrid, 21 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065762, 184/065763



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En Anexo se remiten los datos sobre bajas de beneficiarios de prestaciones
por desempleo por capitalización, en la provincia de A Coruña, por
municipios y sexo, en octubre de 2014.




Página
376







[**********página con cuadro**********]





Página
377







[**********página con cuadro**********]





Página
378






184/065764, 184/065765, 184/065767, 184/065768



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En Anexo se remiten los datos sobre bajas de beneficiarios de prestaciones
por desempleo por colocación (cuenta propia y ajena), en la provincia de
A Coruña, por municipios y sexo, en octubre de 2014.




Página
379







[**********página con cuadro**********]





Página
380







[**********página con cuadro**********]





Página
381







[**********página con cuadro**********]





Página
382






184/065766, 184/065769



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En Anexo se remiten los datos sobre bajas de beneficiarios de prestaciones
por desempleo por agotamiento de la prestación, en la provincia de A
Coruña, por municipios y sexo, en octubre de 2014.




Página
383







[**********página con cuadro**********]





Página
384







[**********página con cuadro**********]





Página
385







[**********página con cuadro**********]





Página
386






184/065775



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



A continuación se detalla la información por la que se interesa Su Señoría
en términos de Obligaciones Reconocidas y según la información disponible
en la Oficina Presupuestaria del Ministerio de Agricultura, Alimentación
y Medio Ambiente:



Proyecto;Crédito Incial Miles €;Obligaciones Reconocidas Miles
€;Porcentaje



Saneamiento y Depuración, Comunidad Autónoma de Galicia.;2.087,65;0,0;0,0



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065776



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



A continuación se detalla la información por la que se interesa Su Señoría
en términos de Obligaciones Reconocidas y según la información disponible
en la Oficina Presupuestaria del Ministerio de Agricultura, Alimentación
y Medio Ambiente:



Proyecto;Crédito inicial



Miles euros;Obligaciones reconocidas



Miles euros;Porcentaje



Control de la regresión de la costa en A Coruña;50,00;0,0;0,0



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065786



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



A continuación se detalla la información por la que se interesa Su Señoría
en términos de Obligaciones Reconocidas y según la información disponible
en la Oficina Presupuestaria del Ministerio de Agricultura, Alimentación
y Medio Ambiente:




Página
387






Proyecto;Crédito Incial Miles €;Obligaciones Reconocidas Miles €;%



Protección y recuperación de sistemas litorales en A Coruña;50,00;0,0;0,0



Madrid, 8 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065810



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia (GS).



Respuesta:



Las medidas que va a tomar este Gobierno para incrementar el transporte de
mercancías por ferrocarril son la que emanan del Plan de Infraestructuras
del Transporte Terrestre-PITVI, y más concretamente de la Estrategia
Logística de España, que incluye las siguientes medidas no solo para el
impulso del transporte de mercancías por ferrocarril, sino también para
la mejora del sector del transporte y la logística:



1. Desarrollo de normativa específica de la logística.



2. Impulso a la liberalización del transporte ferroviario de mercancías.



3. Mejora de la formación del sector.



4. Elaboración de un código de buenas prácticas en el sector.



5. Ventanilla única para la tramitación administrativa.



6. Observatorio del Transporte y la Logística.



7. Análisis de las capacidades de carga en el transporte de mercancías por
carretera.



8. Coordinación de calendarios de restricción al transporte de mercancías
por carretera.



9. Puesta en servicio de Autopistas Ferroviarias.



10. Optimización de los modelos de gestión de terminales intermodales.



11. Desarrollo de acuerdos específicos con los sectores logístico e
industrial para potenciar la participación del ferrocarril en la cadena
de transporte.



12. Mejora de la competitividad de los puertos.



13. Puesta en servicio de nuevas Autopistas del Mar.



14. Impulso a las nuevas terminales logísticas estratégicas y
prioritarias.



15. Adaptación de los principales corredores ferroviarios para transporte
de mercancías.



16. Mejora de los accesos terrestres a los puertos.



17. Mejora de la conectividad de los puertos con su «hinterland».



El presupuesto estimado para implantar estas medidas, de acuerdo con la
Estrategia Logística, es de 7.650 millones de euros, con el siguiente
desglose:



Mejora de las conexiones ferroviarias:



— Ancho UIC: 2.800 millones de euros.



— Vías de apartado: 100 millones de euros.



— Otras actuaciones: 450 millones de euros.



— Total: 3.350 millones de euros.




Página
388






Mejora de los accesos terrestres a los puertos:



— Accesos viarios: 700 millones de euros.



— Accesos ferroviarios: 600 millones de euros.



— Total: 1.300 millones de euros.



Terminales logísticas y otras actuaciones sobre el Mapa Logístico: 3.000
millones de euros.



Por último, el plazo para implantarlas es, de acuerdo con la citada
Estrategia, el periodo 2014-2024.



Madrid, 13 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065818



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Santín, María Luisa y Castellano Ramón, Helena (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica la competencia en la
materia de la Junta de Castilla y León por lo que dicha información
podría solicitarse a la Comunidad Autónoma concernida.



Madrid, 13 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065825, 184/067110



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Meijón Couselo, Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



En contestación a las preguntas formuladas por Su Señoría se informa que
la eliminación de barreras arquitectónicas que dificultan el acceso a la
Unidad de Extranjería y Documentación de Tui requiere la colaboración
entre la Dirección General de la Policía y el Ayuntamiento de la citada
localidad. Asimismo, debe contarse con la correspondiente aprobación por
parte de Patrimonio, al verse afectada la fachada y el acceso principal
del edificio.



En ese sentido, se han impartido instrucciones a la citada Área de
Patrimonio y Arquitectura de la Dirección General de la Policía para que
inicie los trámites necesarios con el Ayuntamiento, tendentes a conseguir
las autorizaciones necesarias para proceder a la ejecución de la
actuación solicitada lo antes posible.



Madrid, 21 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065833



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



En primer lugar, en lo que se refiere al desacato de una resolución
judicial y a las consecuencias que derivan de ello, cabe señalar que es
el propio Poder Judicial el competente para apreciar esta circunstancia y
resolver lo que sea pertinente.




Página
389






Por otro lado, cabe indicar que esta empresa, hasta el momento, solo ha
realizado en España transporte urbano, ámbito que no es competencia del
Estado, sino de las Comunidades Autónomas. En todo caso, se ha reforzado
la coordinación en materia de inspección entre el Estado y las
Comunidades Autónomas para el control exhaustivo de este tipo de
servicios. En el Plan de Inspección coordinado Estado-Comunidades
Autónomas se ha incluido un apartado específico dedicado a establecer
actuaciones y criterios comunes y armonizados para el control de este
tipo de servicios.



Madrid, 5 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065860



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lara Moya, Cayo (GIP).



Respuesta:



Se acompañan anexos con información de las cuantías de las bonificaciones
recibidas por la empresa José Lantero e Hijos, S.A. con CIF A81907677,
desde el año 2009 hasta el 2014, de acuerdo a los datos disponibles en el
Servicio Público de Empleo Estatal procedentes de la Tesorería General de
la Seguridad Social.



Respecto al posible ERE al que se refiere la pregunta, la Dirección
General de Empleo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, cuya
competencia se circunscribe a los expedientes de regulación de empleo de
ámbito supraautonómico, no ha recibido ninguna comunicación en relación
con la empresa mencionada, por lo que no se dispone de información al
respecto.



Anexo



Periodo estudiado: Enero de 2009 a septiembre de 2014



Datos para el CIF A81907677 Jose Lantero e Hijos, S.A.



Bonificaciones;;N.º personas;Importe



Mujeres;Reincorporadas tras maternidad;2;1.400,00



;TOTAL Reincorporadas tras maternidad;2;1.400,00



TOTAL Mujeres;;2;1.400,00



> 60;> 60;38;183.137,07



;TOTAL > 60;38;183.137,07



TOTAL > 60;;38;183.137,07



Interinidades;Descanso maternal y cuidado hijos;4;6.032,41



;TOTAL Descanso maternal y cuidado hijos;4;6.032,41



TOTAL Interinidades;;4;6.032,41



Maternidad;Maternidad;3;6.628,65



;TOTAL Maternidad;3;6.628,65



TOTAL Maternidad;;3;6.628,65



TOTAL BONIFICACIONES;;47;197.198,13




Página
390






Bonificaciones parciales cuotas a la S.S. por código de colectivo y CIF



Periodo estudiado: Enero de 2014 a septiembre de 2014



Datos para el CIF A81907677



Bonificaciones;;N.º personas;Importe



Interinidades;Descanso maternal y cuidado hijos;1;1.950,43



;TOTAL Descanso maternal y cuidado hijos;1;1.950,43



TOTAL Interinidades;;1;1.950,43



Maternidad;Maternidad;1;2.067,66



;TOTAL Maternidad;1;2.067,66



TOTAL Maternidad;;1;2.067,66



TOTAL BONIFICACIONES;;2;4.018,09



Periodo estudiado: Enero de 2013 a diciembre de 2013



Datos para el CIF A81907677



Bonificaciones;;N.º personas;Importe



Interinidades;Descanso maternal y cuidado hijos;1;1.052,70



;TOTAL Descanso maternal y cuidado hijos;1;1.052,70



TOTAL Interinidades;;1;1.052,70



Maternidad;Maternidad;1;1.345,27



;TOTAL Maternidad;1;1.345,27



TOTAL Maternidad;;1;1.345,27



TOTAL BONIFICACIONES;;2;2.397,97



Periodo estudiado: Enero de 2012 a diciembre de 2012



Datos para el CIF A81907677



Bonificaciones;;N.º personas;Importe



Mujeres;Reincorporadas tras maternidad;2;1.400,00



;TOTAL Reincorporadas tras maternidad;2;1.400,00



TOTAL Mujeres;;2;1.400,00



> 60;> 60;10;10.379,81



;TOTAL > 60;10;10.379,81



TOTAL > 60;;10;10.379,81



Interinidades;Descanso maternal y cuidado hijos;2;2.563,43



;TOTAL Descanso maternal y cuidado hijos;2;2.563,43



TOTAL Interinidades;;2;2.563,43



Maternidad;Maternidad;1;1.109,25



;TOTAL Maternidad;1;1.109,25



TOTAL Maternidad;;1;1.109,25



TOTAL BONIFICACIONES;;15;15.452,49




Página
391






Periodo estudiado: Enero de 2011 a diciembre de 2011



Datos para el CIF A81907677



Bonificaciones;;N.º personas;Importe



> 60;> 60;17;37.025,55



;TOTAL > 60;17;37.025,55



TOTAL > 60;;17;37.025,55



TOTAL BONIFICACIONES;;17;37.025,55



Periodo estudiado: Enero de 2010 a diciembre de 2010



Datos para el CIF A81907677



Bonificaciones;;N.º personas;Importe



> 60;> 60;21;75.718,57



;TOTAL > 60;21;75.718,57



TOTAL > 60;;21;75.718,57



Maternidad;Maternidad;1;1.523,89



;TOTAL Maternidad;1;1.523,89



TOTAL Maternidad;;1;1.523,89



TOTAL BONIFICACIONES;;22;77.242,46



Periodo estudiado: Enero de 2009 a diciembre de 2009



Datos para el CIF A81907677



Bonificaciones;;N.º personas;Importe



> 60;> 60;17;60.013,14



;TOTAL > 60;17;60.013,14



TOTAL > 60;;17;60.013,14



Interinidades;Descanso maternal y cuidado hijos;1;465,85



;TOTAL Descanso maternal y cuidado hijos;1;465,85



TOTAL Interinidades;;1;465,85



Maternidad;Maternidad;1;582,58



;TOTAL Maternidad;1;582,58



TOTAL Maternidad;;1;582,58



TOTAL BONIFICACIONES;;19;61.061,57



Madrid, 15 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065864 y 184/065865



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).




Página
392






Respuesta:



La limitación de velocidad establecida a 100 km/h en la Nueva Ronda de
Circunvalación Oeste de Málaga (Autovía del Mediterráneo, A-7) es la
contemplada en los proyectos de construcción de los diversos tramos
basándose en sus respectivos estudios de visibilidad realizados conforme
a la normativa vigente en el momento de redacción de los mismos.



Madrid, 23 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065868



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El proyecto de mejora de la accesibilidad en la estación ferroviaria de
Torremolinos (Málaga) se encuentra en fase de redacción.



Madrid, 13 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/065880



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lozano Domingo, Irene (GUPyD).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el Consejo de
Ministros del pasado 5 de diciembre aprobó la compra de un sistema de
defensa aérea «Patriot», que consiste en una central de operaciones de la
Central de Control e Intervención (ICC) y dos baterías más sus
correspondientes vehículos, equipos de comunicaciones y elementos
necesarios para realizar el mantenimiento correspondiente.



La compra de la Central de Control e Intervención incrementa la
integración en el correspondiente sistema de defensa aérea y antimisil.
En la actualidad, la batería «Patriot» funciona de modo «independiente».
Este modo proporciona capacidad antimisil, dispone de un enlace con el
escalón superior, dispone de alerta temprana sobre la zona de defensa
asignada y la correlación de trazas se realiza de forma manual. A partir
de ahora, la Central de Control e Intervención permitirá la transferencia
automática de trazas con un enlace de datos, con lo que se consigue una
mejor integración en estructuras de defensa antiaéreas.



España ha adquirido tanto las baterías como la Central de Control e
Intervención, para proporcionar a la estructura defensiva del país una
capacidad que aumenta su potencial de defensa aérea y antimisil con un
sistema fiable y probado con éxito en situaciones reales de defensa aérea
del territorio.



Madrid, 20 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066513



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hernando Vera, Antonio; Sumelzo Jordán, Susana y Martínez Olmos,
José (GS).




Página
393






Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.




Página
394






Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.




Página
395






El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la Ciudad Autónoma interesada:



Ciudad Autónoma de Melilla



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mut. obligatorios en activo;2.175;2.179;2.124;2.091;2.045



Mut. obligatorios jubilados;295;312;341;376;394



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066514



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez Díaz, María Carmen y Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.




Página
396






Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de




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397






Salud y el procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta
normativa la periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en
la referida Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Cádiz



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mut. obligatorios en activo;19.914;19.590;19.180;18.421;17.969



Mut. obligatorios jubilados;4.484;5.194;5.622;6.390;6.705



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
398






184/066515



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rumí Ibáñez, María Consuelo y Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la




Página
399






convocatoria de becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se
mantenga la renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto
en cuanto se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los
estudios universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.




Página
400






Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Almería



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mut. obligatorios en activo;10.037;10.110;9.907;9.672;9.547



Mut. obligatorios jubilados;2.856;3.141;3.290;3.562;3.671



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066516



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana; Barrero López, Jaime Javier y Rodríguez
Ramírez, María José (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE




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401






convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial del
Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.




Página
402






Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Huelva



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mut. obligatorios en activo;7.760;7.884;7.584;7.374;7.220



Mut. obligatorios jubilados;1.873;1.962;2.244;2.438;2.561



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




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403






184/066517



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana; Aguilar Rivero, Rosa; Hurtado Zurera,
Antonio y Costa Palacios, María Angelina (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la




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404






convocatoria de becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se
mantenga la renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto
en cuanto se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los
estudios universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.




Página
405






Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Córdoba



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mut. obligatorios en activo;13.383;13.421;13.058;12.518;12.183



Mut. obligatorios jubilados;4.533;4.867;5.165;5.668;5.880



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066518



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana y Pradas Torres, Antonio Francisco (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la




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406






adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se
establece que «MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el
“Boletín Oficial del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus
disponibilidades presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual
convocatoria queda vinculada a la existencia de consignación
presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.




Página
407






Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Sevilla



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mutualistas en activo;31.383;31.239;30.468;29.116;28.459



Mutualistas jubilados;9.322;10.055;10.686;11.864;12.427



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
408






184/066519



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sicilia Alférez, Felipe Jesús; Sumelzo Jordán, Susana y Zarrías
Arévalo, Gaspar Carlos (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la




Página
409






convocatoria de becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se
mantenga la renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto
en cuanto se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los
estudios universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.




Página
410






Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Jaén



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mutualistas en activo;11.072;11.099;10.806;10.422;10.029



Mutualistas jubilados;3.607;3.889;4.126;4.436;4.666



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066520



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Jiménez García-Herrera, Trinidad; Heredia Díaz, Miguel Ángel;
Torres Mora, José Andrés y Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:




Página
411






En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).




Página
412






Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.




Página
413






Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Málaga



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mutualistas en activo;23.617;23.962;23.557;22.940;22.498



Mutualistas jubilados;6.717;7.316;7.831;8.635;9.126



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066521



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Olmos, José; Sumelzo Jordán, Susana; Ramón Utrabo, Elvira
y Pezzi Cereto, Manuel (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de




Página
414






marzo), como la de 5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se
convocan la concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el
año 2013 y 2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de
los efectos de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.




Página
415






En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Granada



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mutualistas en activo;19.121;19.087;18.702;17.885;17.482



Mutualistas jubilados;6.370;6.912;7.305;7.962;8.235



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066523



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana y Morlán Gracia, Víctor (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará




Página
416






el 6,36 por ciento de los haberes reguladores establecidos para el año
2014 a efectos de cotización de Derechos Pasivos, incrementados en un
0,25 por ciento. De dicho tipo del 6,36, el 4,10 corresponde a la
aportación del Estado por activo y el 2,26 a la aportación por
pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para




Página
417






obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2 al 0,5 % para
aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de enero de 2013.
Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la determinación del
importe de los subsidios por defunción causados a partir del 1 de enero
de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los 187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.




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418






Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Huesca



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mutualistas en activo;3.754;3.652;3.512;3.264;3.175



Mutualistas jubilados;1.222;1.336;1.443;1.673;1.743



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066524



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana y Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.




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419






En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y




Página
420






fueron actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución
de MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Zaragoza



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mutualistas en activo;15.145;14.920;14.523;13.715;13.445



Mutualistas jubilados;5.228;5.645;5.970;6.699;6.952



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066525



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana y Tudanca Fernández, Luis (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la




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421






Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado una cuantía por
mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido, la Ley de
Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del




Página
422






Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan normas
para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen especial de
Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el coeficiente
multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas computables
para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2 al 0,5 %
para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de enero de
2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no




Página
423






sea elevado y pueda resultar aconsejable la concentración de los recursos
diagnósticos y terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos
servicios es el conjunto del territorio nacional, en condiciones
equivalente a las del resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Burgos



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mutualistas en activo;5.386;5.304;5.143;4.780;4.625



Mutualistas jubilados;2.112;2.226;2.341;2.694;2.772



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066526



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana y Gordo Pérez, Juan Luis (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los




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424






requisitos para su concesión, así como las diferentes modalidades de
convocatoria, sí han sido objeto de modificación para su adaptación al
actual contexto de consolidación presupuestaria y garantizar una mejor
utilización de los fondos públicos a través de la priorización de los
objetivos de este tipo de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles




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425






del Estado. Dichas prestaciones se encuentran reguladas en la Orden
APU/2245/2005, de 30 de junio, por la que se regulan las prestaciones
complementarias de la asistencia sanitaria en la MUFACE y se establece el
procedimiento de financiación de bombas portátiles de infusión subcutánea
continua de insulina, y fueron actualizadas, de acuerdo con su apartado
undécimo, por Resolución de MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de
adaptar sus importes a la evolución de los precios de los productos
financiados y para garantizar la suficiencia presupuestaria en la
atención de las necesidades cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas,
en algunos casos, o su ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto,
la suspensión o eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Segovia



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mutualistas en activo;3.181;3.066;2.985;2.815;2.756



Mutualistas jubilados;1.193;1.292;1.351;1.516;1.569



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066527



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Muñoz González, Pedro José y Sumelzo Jordán, Susana (GS).




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426






Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.




Página
427






Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.




Página
428






El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Ávila



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mut. obligatorios en activo;11.541;7.484;5.275;4.624;4.339



Mut. obligatorios jubilados;1.239;1.315;1.398;1.477;1.521



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066528



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana; González Santín, María Luisa y Castellano
Ramón, Helena (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.




Página
429






Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.




Página
430






Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de León



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mut. obligatorios en activo;8.843;8.642;8.339;7.872;7.635



Mut. obligatorios jubilados;3.791;4.041;4.322;4.721;4.866



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
431






184/066529



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana y Rominguera Salazar, María del Mar (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto dla ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.




Página
432






Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con




Página
433






el mismo contenido que a cualquier usuario del Sistema Nacional de Salud
(SNS) puesto que se garantiza la cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Zamora



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mut. obligatorios en activo;3.127;3.029;2.940;2.826;2.711



Mut. obligatorios jubilados;1.667;1.750;1.826;1.913;1.991



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066530



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix y Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:




Página
434






En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en




Página
435






situación de alta o asimilada al alta, resulta imposible estimar los
efectos del mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera
supuesto una evolución diferente de los importes satisfechos por la
Mutualidad por este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.




Página
436






Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Soria



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mut. obligatorios en activo;2.081;2.030;1.971;1.908;1.860



Mut. obligatorios jubilados;881;932;962;1.028;1.050



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066531



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Bedera Bravo, Mario; Rodríguez Ramos, María Soraya y Sumelzo
Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas




Página
437






en situación de dependencia. Posteriormente, tanto la Resolución de 22 de
marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de 5 de marzo de 2014 (BOE 20 de
marzo), por las que se convocan la concesión de ayudas de protección
sociosanitaria durante el año 2013 y 2014, han venido manteniendo el
programa de prolongación de los efectos de ayudas de atención a la
dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el




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438






alza de las ayudas, en algunos casos, o su ajuste, en otros, sin que se
produjera, por tanto, la suspensión o eliminación, de ninguna de estas
ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Valladolid



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mut. obligatorios en activo;10.775;10.533;10.228;9.722;9.430



Mut. obligatorios jubilados;3.813;4.158;4.410;4.848;5.034



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066532



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Caldera Sánchez-Capitán, Jesús y Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de




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la aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado,




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440






el coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones
básicas computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación
pasó del 2 al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir
del 1 de enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación
para la determinación del importe de los subsidios por defunción causados
a partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.




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441






Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Salamanca



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mut. obligatorios en activo;7.865;7.575;7.398;6.859;6.667



Mut. obligatorios jubilados;3.299;3.612;3.789;4.320;4.462



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066533



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Villarrubia Mediavilla, Julio y Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.




Página
442






En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y




Página
443






fueron actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución
de MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Palencia



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mut. obligatorios en activo;2.925;2.769;2.701;2.556;2.508



Mut. obligatorios jubilados;1.271;1.424;1.442;1.569;1.569



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066534



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana y Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la




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444






Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado una cuantía por
mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido, la Ley de
Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles




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445






del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no




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446






sea elevado y pueda resultar aconsejable la concentración de los recursos
diagnósticos y terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos
servicios es el conjunto del territorio nacional, en condiciones
equivalente a las del resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Guadalajara



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mut. obligatorios en activo;4.239;4.225;4.160;3.884;3.769



Mut. obligatorios jubilados;1.005;1.061;1.124;1.408;1.508



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066535



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Barreda Fontes, José María; Sumelzo Jordán, Susana y Rodríguez
García, Isabel (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los




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447






requisitos para su concesión, así como las diferentes modalidades de
convocatoria, sí han sido objeto de modificación para su adaptación al
actual contexto de consolidación presupuestaria y garantizar una mejor
utilización de los fondos públicos a través de la priorización de los
objetivos de este tipo de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles




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448






del Estado. Dichas prestaciones se encuentran reguladas en la Orden
APU/2245/2005, de 30 de junio, por la que se regulan las prestaciones
complementarias de la asistencia sanitaria en la MUFACE y se establece el
procedimiento de financiación de bombas portátiles de infusión subcutánea
continua de insulina, y fueron actualizadas, de acuerdo con su apartado
undécimo, por Resolución de MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de
adaptar sus importes a la evolución de los precios de los productos
financiados y para garantizar la suficiencia presupuestaria en la
atención de las necesidades cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas,
en algunos casos, o su ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto,
la suspensión o eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Ciudad Real



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mut. obligatorios en activo;8.915;8.755;8.452;7.941;7.714



Mut. obligatorios jubilados;2.355;2.452;2.658;3.093;3.222



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066536



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Ramos, Manuel Gabriel y Sumelzo Jordán, Susana (GS).




Página
449






Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.




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450






Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.




Página
451






El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Albacete



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mutualistas en activo;8.151;8.099;7.825;7.478;7.306



Mutualistas jubilados;2.146;2.244;2.456;2.802;2.913



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066537



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sahuquillo García, Luis Carlos y Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.




Página
452






Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de




Página
453






Salud y el procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta
normativa la periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en
la referida Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Cuenca



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mutualistas en activo;3.325;3.242;3.128;3.042;2.927



Mutualistas jubilados;1.291;1.367;1.444;1.510;1.572



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
454






184/066538



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana; Martín González, María Guadalupe y Alonso
Núñez, Alejandro (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la




Página
455






convocatoria de becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se
mantenga la renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto
en cuanto se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los
estudios universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.




Página
456






Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Toledo



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mutualistas en activo;9.301;9.238;9.128;8.732;8.575



Mutualistas jubilados;2.194;2.299;2.451;2.894;3.016



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066539



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana y Cunillera Mestres, Teresa (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la




Página
457






que se establece, con el carácter de prestación de asistencia social, una
ayuda económica para la adquisición de viviendas por mutualistas de
MUFACE, expresamente se establece que «MUFACE convocará, mediante
Resolución publicada en el “Boletín Oficial del Estado”, la concesión de
estas ayudas, cuando sus disponibilidades presupuestarias lo permitan»,
con lo que su eventual convocatoria queda vinculada a la existencia de
consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.




Página
458






Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.




Página
459






Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Lleida



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mutualistas en activo;6.806;6.676;6.457;6.141;5.992



Mutualistas jubilados;1.619;1.771;1.940;2.195;2.296



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066541



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sumelzo Jordán, Susana y Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas




Página
460






en situación de dependencia. Posteriormente, tanto la Resolución de 22 de
marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de 5 de marzo de 2014 (BOE 20 de
marzo), por las que se convocan la concesión de ayudas de protección
sociosanitaria durante el año 2013 y 2014, han venido manteniendo el
programa de prolongación de los efectos de ayudas de atención a la
dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el




Página
461






alza de las ayudas, en algunos casos, o su ajuste, en otros, sin que se
produjera, por tanto, la suspensión o eliminación, de ninguna de estas
ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Girona



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mutualistas en activo;9.508;9.385;9.193;8.813;8.530



Mutualistas jubilados;2.071;2.247;2.417;2.740;2.923



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066542



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Vallès Vives, Francesc y Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la




Página
462






aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado,




Página
463






el coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones
básicas computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación
pasó del 2 al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir
del 1 de enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación
para la determinación del importe de los subsidios por defunción causados
a partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.




Página
464






Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Tarragona



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mutualistas en activo;9.897;9.741;9.508;9.138;8.930



Mutualistas jubilados;2.209;2.405;2.620;2.911;3.072



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066543



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campos Arteseros, Herick Manuel; Puig Ferrer, Joaquín Francisco;
Buyolo García, Federico; Sumelzo Jordán, Susana; Echávarri Fernández,
Gabriel y Blanquer Alcaraz, Patricia (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto




Página
465






de modificación para su adaptación al actual contexto de consolidación
presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los fondos públicos
a través de la priorización de los objetivos de este tipo de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles




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466






del Estado. Dichas prestaciones se encuentran reguladas en la Orden
APU/2245/2005, de 30 de junio, por la que se regulan las prestaciones
complementarias de la asistencia sanitaria en la MUFACE y se establece el
procedimiento de financiación de bombas portátiles de infusión subcutánea
continua de insulina, y fueron actualizadas, de acuerdo con su apartado
undécimo, por Resolución de MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de
adaptar sus importes a la evolución de los precios de los productos
financiados y para garantizar la suficiencia presupuestaria en la
atención de las necesidades cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas,
en algunos casos, o su ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto,
la suspensión o eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Alicante



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mutualistas en activo;22.551;22.069;21.514;20.508;20.006



Mutualistas jubilados;5.344;6.050;6.591;7.579;7.966



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066544



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ros Martínez, Susana; Sumelzo Jordán, Susana; Campos Arteseros,
Herick Manuel y Puig Ferrer, Joaquín Francisco (GS).




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467






Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.




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468






Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.




Página
469






El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Castellón



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mutualistas en activo;8.562;8.339;8.135;7.905;7.691



Mutualistas jubilados;2.106;2.348;2.535;2.766;2.925



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066545



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Císcar Casabán, Cipriá; Ábalos Meco, José Luis; Such Botella,
Antoni; Sumelzo Jordán, Susana; Montón Giménez, Carmen y Puig Ferrer,
Joaquín Francisco (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.




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470






Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.




Página
471






Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Valencia



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mutualistas en activo;41.729;40.789;39.783;38.543;37.515



Mutualistas jubilados;9.996;11.044;11.917;13.018;13.704



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
472






184/066546



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lucio Carrasco, María Pilar; Sumelzo Jordán, Susana y Iglesias
Santiago, Leire (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la




Página
473






convocatoria de becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se
mantenga la renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto
en cuanto se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los
estudios universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.



Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.




Página
474






Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:



Provincia de Cáceres



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mutualistas en activo;7.587;7.413;7.191;6.868;6.691



Mutualistas jubilados;2.777;3.043;3.192;3.459;3.558



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066547



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Domínguez, María Soledad; Sánchez Amor, José Ignacio y
Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la




Página
475






que se establece, con el carácter de prestación de asistencia social, una
ayuda económica para la adquisición de viviendas por mutualistas de
MUFACE, expresamente se establece que «MUFACE convocará, mediante
Resolución publicada en el “Boletín Oficial del Estado”, la concesión de
estas ayudas, cuando sus disponibilidades presupuestarias lo permitan»,
con lo que su eventual convocatoria queda vinculada a la existencia de
consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de marzo), como la de
5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se convocan la
concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2013 y
2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de los efectos
de ayudas de atención a la dependencia.



Respecto de la ayuda de termalismo social para mayores y podología, tal y
como se ha indicado en la contestación a las cuestiones anteriores,
MUFACE no ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria
desde el año 2013.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto del programa de becas de estudio y becas de residencia, MUFACE no
ha suprimido este tipo de ayudas, sino que las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender la convocatoria de
becas de nueva adjudicación. Lo que no ha impedido que se mantenga la
renovación de las becas de residencia ya adjudicadas en tanto en cuanto
se sigan cumpliendo los requisitos exigidos y se completen los estudios
universitarios correspondientes.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que se hubieran solicitado esta ayuda
de haberse seguido convocando.



Respecto de los subsidios por jubilación y defunción, de conformidad con
lo establecido en la Orden HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que
se modifica la Orden de 29 de julio de 1987, por la que se establece, con
el carácter de prestación de asistencia social, una ayuda económica para
la adquisición de viviendas por mutualistas de MUFACE, la Orden de 30 de
diciembre de 1988, por la que se revisan las cuantías de determinadas
prestaciones económicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado y la Orden APU/95/2004, de 12 de enero, por la que se dictan
normas para la aplicación del subsidio por defunción en el régimen
especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, el
coeficiente multiplicador que ha de aplicarse a las retribuciones básicas
computables para obtener la cuantía del subsidio de jubilación pasó del 2
al 0,5 % para aquellos hechos causantes producidos a partir del 1 de
enero de 2013. Asimismo, el módulo multiplicador de aplicación para la
determinación del importe de los subsidios por defunción causados a
partir del 1 de enero de 2013, asciende a 93,91 euros (frente a los
187,82 euros anteriores).



Dada la configuración de este subsidio, que solamente se devenga para el
caso de jubilaciones de carácter forzoso o por declaración de incapacidad
permanente para el servicio de los mutualistas en situación de alta o
asimilada al alta, resulta imposible estimar los efectos del
mantenimiento del coeficiente anterior y si ello hubiera supuesto una
evolución diferente de los importes satisfechos por la Mutualidad por
este concepto en función del número de solicitudes.




Página
476






Respecto de la ayuda para periodoncia, MUFACE, en su condición de
administración sanitaria para su colectivo protegido, forma parte del
Sistema Nacional de Salud (SNS) y por ello, de acuerdo con la disposición
adicional cuarta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo de cohesión y calidad
del SNS, debe garantizar el acceso de su colectivo protegido a las
distintas modalidades que conforman la cartera común de servicios del
mismo, en los términos que establezca la normativa sanitaria vigente en
cada momento.



Actualmente, el contenido de la Cartera Común de Servicios está fijado en
el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece
la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización, de acuerdo con esta normativa la
periodoncia no forma parte de las prestaciones incluidas en la referida
Cartera.



Respecto de las ayudas económicas por prestaciones dentarias y oculares,
constituyen una prestación complementaria de la asistencia sanitaria, que
se presta en el régimen especial del mutualismo administrativo y no así
en otros regímenes de seguridad social, de acuerdo con lo señalado en el
apartado c) del artículo 16 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad
Social de los Funcionarios Civiles del Estado. Dichas prestaciones se
encuentran reguladas en la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la
que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia
sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de
bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, y fueron
actualizadas, de acuerdo con su apartado undécimo, por Resolución de
MUFACE de 26 de junio de 2014, al objeto de adaptar sus importes a la
evolución de los precios de los productos financiados y para garantizar
la suficiencia presupuestaria en la atención de las necesidades
cubiertas. Ello supuso el alza de las ayudas, en algunos casos, o su
ajuste, en otros, sin que se produjera, por tanto, la suspensión o
eliminación, de ninguna de estas ayudas.



En cuanto a la protección sanitaria otorgada por el Régimen del Mutualismo
Administrativo, los sucesivos conciertos que, conforme a lo dispuesto en
la normativa vigente, suscribe MUFACE con entidades de seguro para
facilitar la prestación de asistencia sanitaria a su colectivo protegido,
tienen carácter normativo y en ellos se estipulan los derechos y
obligaciones recíprocos de las partes, así como las modalidades, forma,
condiciones de la asistencia y la causa por las que ésta se prestará a
los beneficiaros con derecho a ella.



En el Concierto por tanto se establecen las condiciones en que debe
prestarse el servicio, y entre ellas se incluyen una serie de criterios
para definir y delimitar los recursos asistenciales que las Entidades que
han resultado concertadas deben poner a disposición del colectivo para
hacer efectiva la prestación con el mismo contenido que a cualquier
usuario del Sistema Nacional de Salud (SNS) puesto que se garantiza la
cartera de servicios del mismo.



Las distintas prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios a
facilitar por la respectiva Entidad se estructuran en varios niveles
asistenciales territorializados que comprenden un nivel de atención
primaria —incluye todos los municipios— y en cuatro niveles de atención
especializada en orden creciente, definidos en función, entre otros, por
factores poblaciones (tanto general como especifico de colectivo
mutualista residente), así como otros aspectos como la distancia y tiempo
de desplazamiento a núcleos urbanos donde existe una mayor disponibilidad
de recursos sanitarios privados.



El conjunto de especialidades exigibles en cada nivel asistencial se
define en función del grado de especialización, demanda y frecuentación
de cada tipo de Atención Especializada. Además se definen también los
servicios de referencia destinados a la atención de patologías que
precisan de alta especialización profesional y elevada complejidad
tecnológica o cuando el número de casos a tratar no sea elevado y pueda
resultar aconsejable la concentración de los recursos diagnósticos y
terapéuticos, el marco geográfico y poblacional de estos servicios es el
conjunto del territorio nacional, en condiciones equivalente a las del
resto del SNS.



Estos criterios para la definición de los diversos niveles asistenciales
territorializados, determinantes de la exigencia de medios en los
conciertos, están en concordancia con los utilizados con carácter general
por las diversas administraciones sanitarias para la planificación de sus
respectivos recursos asistenciales, por lo que no puede afirmarse, por
tanto, que, con carácter general, se haya producido una concentración de
estos medios.



Se indican a continuación los datos de la provincia interesada:




Página
477






Provincia de Badajoz



Situación;2010;2011;2012;2013;2014



Mutualistas en activo;12.124;11.789;11.447;10.553;10.285



Mutualistas jubilados;3.325;3.764;4.032;4.863;5.007



Madrid, 22 de enero de 2015.—El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/066548



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen y Sumelzo Jordán, Susana (GS).



Respuesta:



En relación con la información interesada se indica que legalmente están
exceptuados de la obligación de cotizar los mutualistas jubilados, por
tanto MUFACE no ha dejado de ingresar ninguna cantidad legalmente
prevista. Asimismo, el aumento del número de jubilaciones no afecta a las
cuentas de la Mutualidad, al estar recogida en la aportación del Estado
una cuantía por mutualista jubilado exento de cotizar. En este sentido,
la Ley de Presupuestos Generales para 2015 establece que la cuantía de la
aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto
Legislativo 4/2000, representará el 6,36 por ciento de los haberes
reguladores establecidos para el año 2014 a efectos de cotización de
Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del
6,36, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,26
a la aportación por pensionista exento de cotización.



La disponibilidad de fondos para atender todas las obligaciones de la
Mutualidad están plenamente garantizadas por el Estado, reflejo de ello
es la aportación del Estado a MUFACE en 2015 que asciende a 1.201.403
miles de euros, lo que supone un incremento de 142 millones de euros
respecto a la de 2014.



En cuanto a la acción protectora del Régimen del Mutualismo
Administrativo, procede informar, respecto de las ayudas, becas y
programas objeto de las distintas preguntas formuladas, lo siguiente:



En cuanto a la ayuda a la adquisición de la vivienda, las exigencias de
consolidación presupuestaria han obligado a suspender su convocatoria,
pero no han sido suprimidas. Así, en el artículo primero de la Orden
HAP/2786/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 29
de julio de 1987, por la que se establece, con el carácter de prestación
de asistencia social, una ayuda económica para la adquisición de
viviendas por mutualistas de MUFACE, expresamente se establece que
«MUFACE convocará, mediante Resolución publicada en el “Boletín Oficial
del Estado”, la concesión de estas ayudas, cuando sus disponibilidades
presupuestarias lo permitan», con lo que su eventual convocatoria queda
vinculada a la existencia de consignación presupuestaria.



Como quiera que la concesión de estas ayudas estaba sometida a las
necesidades de los mutualistas que las solicitaban, resulta imposible
determinar el número de mutualistas que hubieran solicitado esta ayuda de
haberse seguido convocando.



Respecto de las ayudas a la dependencia y las ayudas adicionales a los
dependientes de los beneficiarios y mutualistas de MUFACE, procede
aclarar que, en ningún caso, han sido suprimidas. Los requisitos para su
concesión, así como las diferentes modalidades de convocatoria, sí han
sido objeto de modificación para su adaptación al actual contexto de
consolidación presupuestaria y garantizar una mejor utilización de los
fondos públicos a través de la priorización de los objetivos de este tipo
de programas.



En este sentido, debe ponerse de manifiesto que las Resoluciones de 25 de
febrero de 2011 y 27 de febrero de 2012 (publicadas en el BOE los días 15
de marzo de 2011 y 16 de marzo de 2012, respectivamente), por las que se
convocan la concesión de ayudas de atención a la dependencia durante el
año 2011 y 2012, recogían expresamente programas de ayudas adicionales
específicas para personas en situación de dependencia. Posteriormente,
tanto la Resolución de 22 de marzo de 2013 (BOE 25 de




Página
478






marzo), como la de 5 de marzo de 2014 (BOE 20 de marzo), por las que se
convocan la concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el
año 2013 y 2014, han venido manteniendo el programa de prolongación de
los efectos de ayudas de atención a la dependencia.