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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 496, de 16/07/2014


BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 496, de 16/07/2014



En su comparecencia en la Comisión de Educación del Congreso el día 24 de
junio, el ministro José Ignacio Wert admitió que la adaptación de las
Universidades españolas al llamado 'proceso de Bolonia' (EEES: Espacio
Europeo de Educación Superior) ha conseguido, paradójicamente, una menor
y más difícil internacionalización de las Universidades españolas en el
espacio europeo universitario. Dicho de otra manera: tras su adaptación
al proceso de Bolonia, las universidades españolas son, en general, menos
'internacionales' que antes del proceso.



La razón fundamental de este retroceso en un objetivo estratégico del
sistema educativo español, como es la internacionalización de nuestras
universidades, es que la mayoría de las titulaciones superiores adoptaron
un grado de cuatro años y un posgrado de uno (máster), en lugar de la
fórmula de tres años de grado y dos de posgrado (máster), adoptada en la
gran mayoría de los países integrados en el EEES, con las excepciones de
Chipre, Grecia, Turquía y España.



El retroceso en la internacionalización explica la dificultad de obtener
la convalidación automática de las titulaciones españolas de estructura
4+1 con las mayoritarias europeas de 3+2. Un viejo problema que, al
parecer, la defectuosa adaptación a Bolonia de la mayoría de las
universidades ha empeorado en vez de resolver o, al menos, facilitar.



Por todo ello, se presentan al Gobierno las siguientes preguntas por
escrito:



1. ¿Qué hará el Gobierno para corregir esta situación y conseguir la
internacionalización efectiva de las titulaciones superiores impartidas
por las universidades españolas?



2. ¿A qué atribuye el Gobierno la excepcional estructura de las
titulaciones impartidas por las Universidades españolas, comparadas con
la normal en la Unión Europa y el EEES?



3. ¿Incluye el Gobierno entre sus objetivos educativos lograr la
convalidación automática de las titulaciones superiores españolas con las
del Espacio Europeo de Educación Superior?



Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de junio de 2014.-Carlos
Martínez Gorriarán, Diputado.




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95






184/053489



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su
Diputado don Álvaro Anchuelo Crego, y al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes, del vigente Reglamento de la Cámara, presenta
las siguientes preguntas para las que se solicitan respuesta por escrito
sobre la situación patrimonial del Fondo de Garantía de Depósitos.



Exposición de motivos



Dado el deterioro continuado en las carteras de CAM y UNNIM, las cuales
están garantizadas a través de un Esquema de Protección de Activos por el
Fondo de Garantía de Depósitos, la situación patrimonial de éste parece
alarmante, como señaló la Comisión Europea recientemente. El saldo actual
del Fondo de Garantía de Depósitos es considerablemente inferior a la
cifra de cobertura recomendada, que es (como mínimo) el 0,8% de los
depósitos inferiores a 100.000 euros. A cierre de 2013, el saldo fue de
-1.637,3 millones de euros, según informó recientemente el propio Fondo
en sus cuentas anuales.



Por todo ello, se le formulan al Gobierno las siguientes preguntas para su
respuesta por escrito:



1. ¿Cuál es el saldo actual del Fondo de Garantía de Depósitos?



2. ¿Cuáles son las medidas que piensa adoptar para que la banca mantenga
un saldo en el Fondo de, al menos, el 0.8% de los depósitos inferiores a
100.000 euros?



Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de junio de 2014.-Álvaro
Anchuelo Crego, Diputado.



184/053490



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña M.ª Olaia Fernández Davila, Diputada del Grupo Parlamentario Mixto
(BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 del Reglamento de la
Cámara, presenta las siguientes preguntas para las que solicita respuesta
por escrito relativas a la norma comunitaria que obliga a certificados
sanitarios de terceros países a los barcos de pabellón español con
productos pesqueros capturas y congelados que llegan vía transbordo a
mercantes.



El Gobierno ha decidido aplazar a enero de 2015 la norma comunitaria que
obliga a que todos los productos pesqueros capturados y congelados por
barcos de pabellón español, que llegan a territorio del estado español
sin manipulación en el exterior vía transbordo a mercantes, cuenten con
certificados sanitarios de los países donde se lleva a cabo el trasvase.
Es decir, la UE está equiparando dicha mercancía a importaciones.



De este modo las autoridades comunitarias equiparan a efectos de control
documental sanitario, los transbordos sin manipulación en terceros países
a importaciones.



Una obligación normativa que no ha sido bien recibida por parte del sector
pesquero que reclama al Gobierno negociaciones en el seno de la UE para
revisar dicha norma por la imposibilidad de cumplir estos requisitos. Es
muy difícil para el sector hacerse con certificados sanitarios en
terceros países, tal y como han podido comprobar en la práctica al
intentarlo en países como Uruguay.



Especialmente perjudicados se considera la flota congeladora. Se calcula
que afectará a 244 barcos congeladores, en los que trabajan casi 5.000
tripulantes, y que da empleo indirecto a 18.000 personas. En cuanto a
producción, esta flota aporta 130.000 toneladas de pescado al año.



La norma comunitaria debía entrar en vigor el 15 de septiembre pero el
Ministerio de Sanidad comunicó a la flota afectada que se iba a aplazar
esta normativa hasta enero.



Por todo lo expuesto se formulan las siguientes preguntas:



¿Qué negociaciones está realizando el Gobierno ante la UE por la normativa
comunitaria que obliga a que todos los productos pesqueros capturados y
congelados por barcos españoles que llegan vía




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transbordo a mercantes, y sin manipulación en el exterior, cuenten con
certificados sanitarios de los países donde se realizan dichos trasvases?



¿Comparte el Gobierno que en la práctica la UE está equiparando los
transbordos sin manipulación en terceros países con importaciones?



¿Es consciente de las graves problemas que dicha norma va a acarrear a la
flota congeladora, principal afectada? ¿Es consciente de que una norma
así es prácticamente imposible de cumplir debido a las dificultades de
lograr certificados sanitarios en terceros países, como se está
evidenciando en la práctica?



¿No considera el Gobierno que la UE debería revisar esta norma y escuchar
a la flota afectada que tiene experiencia práctica?



¿Está dispuesto el Gobierno a presionar ante la UE para que se dé marcha
atrás en la obligatoriedad de aplicar dicha norma?



Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de junio de 2014.-M.a Olaia
Fernández Davila, Diputada.



184/053491



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
del Congreso de los Diputados, la Diputada adscrita al Grupo
Parlamentario de Izquierda Plural formula las siguientes preguntas
dirigidas al Gobierno, para su respuesta escrita.



Con motivo de la presentación por parte del Gobierno del anteproyecto de
ley de Reforma Fiscal, nos preocupa la falta de análisis de impacto de
estas medidas sobre la desigualdad en España.



En particular, viendo que ha caído un 14% el gasto en infancia desde 2010
y que la tasa de pobreza alcanza casi el 50% en hogares de dos
progenitores y dos hijos.



¿Qué sentido tiene plantear una reforma fiscal que reduce la capacidad
recaudatoria y por tanto merma el alcance de las políticas sociales?



¿En qué medida contribuye la reforma fiscal que plantea el Gobierno a la
equidad si las rebajas en IRPF son sustancialmente mayores para los
niveles de renta más altos, tanto por la vía del IRPF como de los
dividendos del capital?



Mientras tanto, la rebaja no alcanza ni los 300 euros en la práctica para
los niveles de renta baja, no afecta a los niveles de renta por debajo de
los 17.000 euros de ingresos anuales y en ningún momento será suficiente
para compensar el mayor esfuerzo que las familias tienen que hacer para
absorber el mayor gasto que tienen que dedicar a educación (22% más) o
sanidad (9,5%) como resultado de los recortes en políticas sociales.



A 31 de diciembre de 2013, las SICAV tenían un capital acumulado de 27.621
millones de euros. Solo en lo que va de año ya hay 86 nuevas sociedades
constituidas. Además, existe poco control sobre su funcionamiento y se
han destapado numerosos ejemplos de abusos en la conformación de las
mismas (como la utilización de los 99 mariachis o personas que únicamente
prestan su nombre para alcanzar los 100 socios requeridos).



¿Por qué la reforma fiscal no contempla la modificación en el gravamen de
las SICAV ni plantea un mayor seguimiento del fraude devolviendo a la
AEAT la responsabilidad de su control?



Las grandes empresas pagan mucho menos de lo que les correspondería,
apenas un 3,5% sobre su resultado contable. Sin embargo, se las premia
con rebajas de 5 puntos en el impuesto de sociedades, con la promesa de
que se elevará el tipo efectivo al racionalizar las exenciones y
deducciones fiscales.



¿Puede facilitar el Gobierno un cálculo estimado de cuánto se espera
recuperar por esta vía, qué análisis de impacto se ha realizado a la hora
de elegir aquellas que generen valor y descartar las que únicamente
suponen una pérdida de ingresos para el Estado?



¿En qué porcentaje prevé el Gobierno que quedará el tipo efectivo de
Impuesto de Sociedades de las empresas con beneficios de más de 100
millones después de su reforma?




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En esta línea también, si la rebaja en el tipo del Impuesto de Sociedades
no se aplica a la banca, ¿seguirán manteniendo las mismas condiciones
para los activos diferidos (DTA)?



El fraude fiscal en España es de los más elevados de Europa. Varias
fuentes estiman que se sitúa entorno al 20% al menos lo que supone
pérdidas para las arcas públicas de al menos unos 50.000 millones de
euros anuales.



¿Cómo es posible que ésta no sea la prioridad absoluta de la reforma
fiscal, tanto por su impacto recaudatorio como por la mejora en los
términos de equidad que supondría?



¿Puede detallar el Gobierno cómo se va a introducir una mayor
transparencia sobre la lista de paraísos fiscales y la efectividad en los
marcos de intercambio de información, en lugar de hacer un análisis
completo de los acuerdos de doble tributación o de intercambio de
información?



¿Comparte el Gobierno que la vivienda digna es un derecho? ¿Comparte el
Gobierno la opinión de diversos expertos que prevén que la eliminación de
los incentivos al alquiler hará que se incremente la economía sumergida
en ese sector?



Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de junio de 2014.-Laia Ortiz
Castellví, Diputada.



184/053492



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Sabino Cuadra Lasarte, Diputado de Amaiur, integrado en el Grupo
Mixto, de conformidad con lo previsto en el artículo 185 del Reglamento
del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes preguntas al
Gobierno con ruego de respuesta por escrito.



En el III Convenio Colectivo de la empresa 'Sociedad Estatal de Correos y
Telégrafos, S.A.' (SECTSA), dependiente de SEPI, en el capítulo
correspondiente a '2. Planes de Formación Sindicales con cargo a los
Fondos de Formación', se establece en su punto 2.1, relativo a la
'Asignación de los fondos de formación. Sobre los criterios de
financiación', que se destinará a los mismos.



'... la cantidad que se acuerde en la Comisión de Empleo, que no podrá ser
inferior al 5 por ciento del presupuesto de formación propio de la
empresa, a la gestión directa por parte de las organizaciones sindicales
con representación en la empresa..'.



En el mismo capítulo 2.1 se detallan cuáles son los gastos que podrán
imputarse a las acciones formativas, a saber:



'a) Directos o de Impartición: directamente imputables a las acciones
formativas:



- Gastos de formadores en el ejercicio de actividades de formación.



- Gastos de medios y materiales didácticos, como textos, materiales de un
solo uso por el alumno y demás de carácter fungible.



- Gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento de los
intervinientes en las acciones formativas (alumnos, coordinadores,
personal de apoyo y formadores).



- Gastos de alquiler, tanto de instalaciones como de equipamiento,
necesarios para el desarrollo de las actualizaciones formativas.



b) Asociados o de organización:



- Generales asociados a la ejecución de las actividades formativas que no
puedan ser imputadas de forma directa según el apartado anterior.



- Gastos de administración, organización y publicidad necesarios para la
puesta en marcha y la ejecución del plan con el límite máximo del 35% de
los gastos directos.



- Otros gastos indirectos en concepto de agua, gas, electricidad,
mensajería, teléfonos, material de oficina consumido, limpieza y otros no
especializados imputables al plan de formación...'




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Más adelante, en el Anexo sobre 'Formación Profesional en la Empresa'
contenido en el citado III Convenio, se repiten textualmente los gastos
imputables a las acciones formativas a los que se acaba de hacer
referencia.



No existe en cualquier caso información detallada sobre las cuantías y
destinos sindicales de las subvenciones correspondientes a este apartado
de formación. Únicamente, en el 'Informe Anual 2012 Grupo Correos',
página 197, en su apartado relativo a la 'Memoria de cuentas anuales
consolidadas correspondiente al ejercicio 2012', en su letra 'c)
Subvenciones de explotación', se señala que:



'La Sociedad Estatal devengó durante el ejercicio subvenciones de
explotación para la formación de sus empleados por importe de 227 miles
de euros (en el ejercicio 2011 defengó 473 miles de euros por este
concepto)'



Evidentemente, el detalle referente a la cantidad global destinada a esta
actividad no es suficiente para cumplimentar los mínimos de transparencia
que la misma precisa. Más aun teniendo en cuenta que estamos tratando un
tema sobre el cual la opinión pública está mostrando una sensibilidad
especial tras los distintos procesos abiertos en esta materia
(procesamientos, detenciones, registros,...) en distintas Comunidades
Autónomas y que han motivado, incluso, la intervención de la propia
Comisión Europea.



A la vista de todo lo anterior, este Diputado de Amaiur formula al
Gobierno (Ministerio de Fomento) las siguientes preguntas:



1. ¿Cuál es la relación de actividades de formación realizadas por cada
uno de los sindicatos presentes en la empresa 'Sociedad Estatal de
Correos y Telégrafos, S.A.' (en especial por los firmantes del III
Convenio, CCOO, UGT, Sindicato Libre -SL- y CSIF), durante los citados
años 2011 y 2012, derivados de los 'Planes de Formación Sindícales
Financiados con cargo a los Fondos de Formación' contemplados en el III
Convenio colectivo de la empresa?



2. ¿Cuáles son las cantidades anuales que ha percibido cada uno de estos
sindicatos durante los años 2011 y 2012, como consecuencia de la
realización de las actividades de formación derivadas de los Planes antes
mencionados?



3. Cuál es el desglose de gastos de las actividades formativas
subvencionadas a cada sindicato de acuerdo con los conceptos definidos en
el III Convenio de la empresa (apdo 2.1, 'Planes de Formación
Sindicales'):



a) Gastos directos o de Impartición: formadores, medios didácticos,
alojamiento, alquileres...



b) Gastos Asociados o de organización: generales, administración,
organización y publicidad, otros gastos,..



Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de junio de 2014.-Sabino Cuadra
Lasarte, Diputado.



184/053493



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Patricia Blanquer Alcaraz, Diputada por Alicante, y doña Concepción
Gutiérrez del Castillo, Diputada por Jaén, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguientes preguntas para que les sean
contestadas por escrito.



De acuerdo con lo regulado en el artículo único del Real Decreto-ley
3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo
y la contratación indefinida, y de acuerdo con los ficheros de la
Seguridad Social, se solicita información sobre las siguientes
cuestiones:



1. ¿Cuántas empresas se han beneficiado de la reducción de la aportación
empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias
comunes por contratación indefinida en el mes de marzo de 2014,
especificando:



a) Número de trabajadores con contrato indefinido que han dado derecho a
la reducción por grupo de cotización.




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b) Número de trabajadores con contrato indefinido a tiempo completo que
han dado derecho a la reducción por grupo de cotización.



c) Número de trabajadores con contrato indefinido a tiempo parcial (con
jornada de trabajo, al menos, equivalente a un 75% de la jornada de un
trabajador a tiempo completo comparable), que han dado derecho a la
reducción por grupo de cotización.



d) Número de trabajadores con contrato indefinido a tiempo parcial (con
jornada de trabajo, al menos, equivalente a un 50% de la jornada de un
trabajador a tiempo completo comparable) han sido objeto de reducción de
la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por
contingencias comunes?



El suministro de la información a que se refiere las letras anteriores
será distribuida en función del tamaño de las empresas, diferenciando los
siguientes tramos:



- De 1 a 5 trabajadores.



- De 6 a 25 trabajadores.



- De 25 a 50 trabajadores.



- De 50 a 100 trabajadores.



- De 100 a 500 trabajadores.



- Más de 500 trabajadores.



2. ¿Cuál ha sido el ahorro total para las empresas o coste para la
Seguridad Social de las reducciones de cuotas empresariales aplicadas por
las empresas en el mes de marzo de 2014?



3. ¿Qué medidas van a adoptarse para controlar el cumplimiento de las
exigencias que dan derecho a este tipo de reducciones?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de junio de 2014.-Patricia
Blanquer Alcaraz y María Concepción Gutiérrez del Castillo, Diputadas.



184/053494



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Luisa Carcedo Roces, doña María Virtudes Monteserín Rodríguez,
Diputadas por Asturias y don Antonio Trevín Lombán, Diputado por
Asturias, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso,
al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan las siguientes
preguntas para que les sea contestada por escrito.



En mayo de 2012, el Presidente de FEVE trasladó el compromiso de la
compañía con el proyecto de apeadero de La Marzaniella (Trasona) en el
Municipio de Corvera, Asturias, cuyo origen se encuentra en una petición
vecinal que el Alcalde puso en conocimiento del Presidente de RENFE.



- ¿Cuáles son las causas del retraso de su puesta en funcionamiento?



- ¿Cuál es la situación actual en la que se encuentra el citado proyecto?



- ¿Qué plazos tiene el Gobierno para la ejecución y puesta en
funcionamiento del mismo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de junio de 2014.-María Luisa
Carcedo Roces, María Virtudes Monteserin Rodríguez y Antonio Ramón María
Trevín Lombán, Diputados.



184/053495



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Herick M. Campos Arteseros, Diputado por Alicante y don José Luis
Ábalos Meco, Diputado por Valencia y don Joaquín Puig Ferrer, Diputado
por Castellón, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del
Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del
vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan las
siguientes preguntas para que les sean contestadas por escrito.




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100






¿Qué precio se ha asignado al agua producida por cada una de las
desaladoras de ACUAMED, tanto para consumo de boca, como para uso
agrícola?



¿Qué precio se ha fijado al agua transferida por el acueducto Tajo-Segura,
tanto para consumo de boca, como para uso agrícola?



¿Qué precio se había estimado que tendría el agua transferida por trasvase
del Ebro, tanto para consumo de boca, como para uso agrícola?



¿Qué precio de venta se ha marcado a la Mancomunidad de los canales del
Taibilla por el agua producida por cada una de las desaladoras de
ACUAMED, tanto para consumo de boca, como para uso agrícola?



¿Qué precio de venta se ha marcado a la Mancomunidad de los canales del
Taibilla por el agua transferida por el acueducto Tajo-Segura, tanto para
consumo de boca, como para uso agrícola?



¿Qué precio de venta se ha marcado a la Mancomunidad de los canales del
Taibilla por el agua transferida por trasvase del Ebro, tanto para
consumo de boca, como para uso agrícola?



Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de junio de 2014.-Herick Manuel
Campos Arteseros, José Luis Ábalos Meco y Joaquín Francisco Puig Ferrer,
Diputados.



184/053496



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Herick M. Campos Arteseros, Diputado por Alicante y don José Luis
Ábalos Meco, Diputado por Valencia y don Joaquín Puig Ferrer, Diputado
por Castellón, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del
Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del
vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan las
siguientes preguntas para que les sean contestadas por escrito.



De acuerdo con el Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro aprobado
recientemente, así como el Plan Hidrológico Nacional Vigente.



¿Se puede realizar la construcción de un acueducto para trasvases del río
Ebro a la cuenca del Segura y a la Mancomunidad de los Canales del
Taibilla?



¿Tiene previsto el Gobierno realizar la construcción de un acueducto para
trasvases del río Ebro a la cuenca del Segura y a la Mancomunidad de los
Canales del Taibilla? ¿Cuándo? ¿Qué presupuesto tiene?



¿Qué cantidad de agua y en qué condiciones se transferiría a través de un
acueducto que conecte el río Ebro a la cuenca del Segura y a la
Mancomunidad de los Canales del Taibilla?



¿Existe algún estudio sobre el precio final del agua transferida desde el
Ebro a la Mancomunidad de los Canales del Taibilla?



¿Qué asignación de agua trasvasable tienen cada una de las provincias,
municipios u organismos públicos o privados gestores de recursos
hídricos?



Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de junio de 2014.-Herick Manuel
Campos Arteseros, José Luis Ábalos Meco y Joaquín Francisco Puig Ferrer,
Diputados.



184/053497



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Herick M. Campos Arteseros, Diputado por Alicante y don José Luis
Ábalos Meco, Diputado por Valencia y don Joaquín Puig Ferrer, Diputado
por Castellón, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista del
Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del
vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan las
siguientes preguntas para que les sean contestadas por escrito.




Página
101






¿Tiene previsto el Gobierno la elaboración de un nuevo Plan Hidrológico
Nacional? ¿Cuándo tiene previsto presentar la propuesta de nuevo Plan
Hidrológico Nacional?



¿Se incluirá en ese nuevo Plan estará contemplado el trasvase Ebro-Cuenca
del Segura?



Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de junio de 2014.-Herick Manuel
Campos Arteseros, José Luis Ábalos Meco y Joaquín Francisco Puig Ferrer,
Diputados.



184/053498



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona y doña María Virtudes
Monteserín Rodríguez, Diputada por Asturias, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cómo está actuando el Gobierno para garantizar el derecho a la educación
de los extranjeros menores de edad?



Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de junio de 2014.-Esperança
Esteve Ortega y María Virtudes Monteserín Rodríguez, Diputadas.



184/053499



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Esperança Esteve Ortega, Diputada por Barcelona y doña María Virtudes
Monteserín Rodríguez, Diputada por Asturias, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para que sean contestadas
por escrito.



¿Considera el Gobierno que la Administración educativa que deniega la
posibilidad de obtener el título acreditativo de los estudios realizados
a un menor extranjero cumple con el deber legal de garantizar su derecho
a la educación? En caso de que estuviera incumpliendo sus obligaciones
legales ¿Qué medidas piensa adoptar?



Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de junio de 2014.-Esperança
Esteve Ortega y María Virtudes Monteserín Rodríguez, Diputadas.



184/053500



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Gracia Fernández Moya, Diputada por Almería y don José Martínez
Olmos, Diputado por Granada, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan las siguientes preguntas para que les seas contestadas por
escrito.



El día 30 de julio de 2013 la Ministra firmó un Acuerdo Marco de
Colaboración con el Consejo General de Enfermería de España y el
Sindicato de Enfermería SATSE. Acuerdo que fue rubricado en presencia del
Sr. Presidente del Gobierno.



Dicho Acuerdo recogía una serie de compromisos de desarrollo profesional,
uno de los cuales se centraba en el definitivo desarrollo de las
especialidades enfermeras establecidas en el Real Decreto 450/2005, de 22
de abril, sobre especialidades de Enfermería.




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102






A fecha de hoy no se han creado, con carácter general las categorías de
enfermero especialista en el conjunto del Sistema Nacional de Salud, el
número de plazas ofertadas en algunas de las nuevas especialidades
resulta claramente insuficiente para atender las necesidades de salud de
los ciudadanos vinculados a las mismas, no se han regulado las funciones
de los enfermeros especialistas y por si no fuera aún suficiente, se
establece un calendario de desarrollo que nos lleva nada menos que al año
2024. Y no solo esto, concretamente la especialidad de Enfermería de
Cuidados Médico Quirúrgicos tras haber sido aprobada por la Comisión
Nacional de la Especialidad, la Comisión Delegada de Enfermería y el
propio Consejo Nacional de Especialidades de Ciencias de la Salud ha
entrado en una fase de 'parón indefinido' muy difícil de entender.



Desde que se aprobara el primer Real Decreto de Especialidades de
Enfermería han transcurrido 27 años. Cinco más desde la aprobación del
decreto al que hemos hecho referencia.



¿Tiene previsto este Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
dotar a los pacientes y a los profesionales de la titulación -cualitativa
y cuantitativamente necesarias- y su efectiva práctica profesional
especializada para mejorar la calidad y la seguridad de los pacientes en
un plazo que resulte eficaz, eficiente y digno para todos?



Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de junio de 2014.-Gracia
Fernández Moya y José Martínez Olmos, Diputados.



184/053501



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Gracia Fernández Moya, Diputada por Almería y don José Martínez
Olmos, Diputado por Granada, pertenecientes al Grupo Parlamentario
Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 185 y
siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados,
presentan las siguientes preguntas para que les seas contestadas por
escrito.



El día 30 de julio de 2013 la Ministra firmó un Acuerdo Marco de
Colaboración con el Consejo General de Enfermería de España y el
Sindicato de Enfermería SATSE. Acuerdo que fue rubricado en presencia del
Presidente del Gobierno.



Dicho Acuerdo recogía una serie de compromisos de desarrollo profesional,
uno de los cuales se centraba en el desarrollo reglamentario del artículo
77.1 y la disposición adicional duodécima de la Ley 29/2006 de garantías
y uso racional de medicamentos y productos sanitarios en su vigente
redacción y, concretamente, en lo relativo a la actuación de los
enfermeros en materia de uso y autorización de dispensación de
medicamentos y productos sanitarios de uso humano.



- ¿En qué situación se encuentra la definitiva regulación de esas
previsiones legales tras un año desde que firmara su compromiso con estos
profesionales?



- ¿Hasta cuándo deberán seguir esperando los profesionales y los pacientes
a que se haga efectiva la denominada 'prescripción enfermera?



Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de junio de 2014.-Gracia
Fernández Moya y José Martínez Olmos, Diputados.



184/053502



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María del Puerto Gallego Arriola, Diputada por Cantabria y doña
Gracia Fernández Moya, Diputada por Almería, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo previsto en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan las siguientes preguntas para que les sea contestada
por escrito.




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103






Según el contenido del proyecto de orden ministerial que está elaborando
el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se
aprueba la reglamentación básica del juego de las máquinas de azar, se
facilitaría el juego gratuito.



- ¿Qué criterios comerciales son válidos para regular esta cuestión?



- ¿Cómo se evitaría que los menores jugaran de forma compulsiva?



- ¿No consideran que promueve la fidelización de clientes menores de edad
para la formación de una futura cartera de clientes?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-María del
Puerto Gallego Arriola y Gracia Fernández Moya, Diputadas.



184/053503



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María del Puerto Gallego Arriola, Diputada por Cantabria y doña
Gracia Fernández Moya, Diputada por Almería, pertenecientes al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo previsto en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presentan la siguiente pregunta para que les sea contestada
por escrito.



España será el único país europeo que abrirá las 'slots online' al plano
presencial. Dada su peligrosidad social, ¿qué criterios ha seguido el
Gobierno para acometer esta regulación?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-María del
Puerto Gallego Arriola y Gracia Fernández Moya, Diputadas.



184/053504



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Antonio Francisco Pradas Torres, Diputado por Sevilla, perteneciente
al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le
sean contestadas por escrito.



- ¿En qué situación se encuentra el proyecto para la construcción de un
Centro de Visitantes de La Poza, en el Parque Nacional de Sierra Nevada?



- ¿Tiene previsto el Gobierno acometer esta obra de interés general del
Estado en base al proyecto inicialmente redactado? De no ser así, ¿Hay
algún otro proyecto en redacción? ¿Qué previsión y proyección
presupuestaria hay con el fin de acometer esta actuación?



Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de junio de 2014.-Antonio
Francisco Pradas Torres, Diputado.



184/053505



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Antonio Hurtado Zurera, Diputado por Córdoba, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, formula las siguientes preguntas escritas.



- ¿Tiene previsto el Gobierno la instalación del sistema electrónico AFIS
para la gestión del despegue y aterrizaje de aviones en el aeropuerto de
Córdoba?




Página
104






- ¿Cuándo se instalarla este sistema electrónico AFIS?



- ¿Qué coste supone su instalación?



Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de junio de 2014.-Antonio
Hurtado Zurera, Diputado.



184/053506



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Antonio Trevin Lombán, Diputado por Asturias, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le sean contestadas
por escrito.



El lunes 16 de junio, la Policía detuvo en Madrid a nueve presuntos
miembros de una red terrorista yihadista encargada de captar y enviar
combatientes a Siria. Las actuaciones judiciales permanecen secretas
menos la parte que se ha recogido en la revista digital de la universidad
privada Francisco de Vitoria, una de cuyas redactoras, estudiante de
periodismo, hija del Comisario General de Información, responsable
policial último de la operación, cubrió la operación contra una célula de
presuntos yihadistas 'empotrada' en las unidades que la llevaron a cabo.



El mismo día 16, el Director General de la Policía dio una conferencia con
presencia del Ministro en la que puso a los españoles en alerta ante las
graves y nuevas amenazas terroristas, especialmente del yihadismo y
anarquismo de izquierda, y en los días 17 y 18 el Ministerio del Interior
llevó a cabo diversos eventos vinculados al terrorismo en los que ha
participado hasta el Presidente del Gobierno, que ha provocado una
concentración de alarmas sobre terrorismo que parece, no se corresponde
con lo que desde otros ámbitos de ese Ministerio también se informaba en
relación al dispositivo de seguridad de la toma de posesión del nuevo
Rey.



En todo caso, los hechos vinculados a la operación yihadista revisten una
especial gravedad, a la vez que ponen de manifiesto la falta criterio
mínimo exigible al responsable policial máximo en la lucha antiterrorista
en el Cuerpo Nacional de Policía, que empotró a su hija en el entramado
policial de asalto poniéndoles, tanto a ella como al resto de miembros
que actuaron en la operación, en una situación de peligro real y de
consecuencias imprevisibles.



Por ello se formulan las siguientes preguntas:



1. ¿Autorizó el Director General de la Policía que la hija del Comisario
General de Información, estuviera empotrada en el entramado policial de
asalto de los GEOS en una operación contra una célula de presuntos
yihadistas?.



2. De no ser así, ¿cuándo conoció los hechos?



3. ¿Ha ordenado ya la apertura de un expediente disciplinario a Enrique
Barón?



4. ¿Piensa proponer al Ministro el cese en su cargo de Enrique Barón por
su irresponsable comportamiento?



5. ¿Ha dado cuenta de los hechos al Juez y/o al Fiscal por si el
comportamiento del Comisario General de Información pudiera ser
constitutivo de delito?



6. ¿Qué medidas piensa adoptar para que hechos similares no vuelvan a
repetirse?



7. ¿Va a cesar el Gobierno al Director General de la Policía?



Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de junio de 2014.-Antonio Ramón
María Trevin Lombán, Diputado.



184/053507



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María del Puerto Gallego Arriola, Diputada por Cantabria,
perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo
de lo previsto en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea
contestada por escrito.




Página
105






¿Podría indicar el Gobierno cuál ha sido la inversión en carreteras
durante el año 2013 en la Comunidad Autónoma de Cantabria? Especificar
por nombre del proyecto, presupuesto, periodo de ejecución y situación
actual.



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-María del
Puerto Gallego Arriola, Diputada.



184/053508



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María del Puerto Gallego Arriola, Diputada por Cantabria,
perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo
de lo previsto en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea
contestada por escrito.



¿Podría indicar el Gobierno cuál ha sido la inversión contemplada en los
Presupuestos Generales del Estado de ADIF y Renfe durante el año 2013 en
la Comunidad Autónoma de Cantabria? Especificar por nombre de proyecto,
presupuesto, tiempo de realización y situación actual.



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-María del
Puerto Gallego Arriola, Diputada.



184/053509



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Ángeles Álvarez Álvarez, Diputada por Madrid, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo previsto en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



El pasado mes de abril, ante la alarma social generada por el repunte de
crímenes relacionados con la violencia de género, los Ministros de
Justicia e Interior asir como la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales
e Igualdad, comunicaron la ampliación de plantilla especializada, tanto
en Comisarías del Cuerpo Nacional de Policía, como de cuarteles de la
Guardia Civil.



¿Qué pasos ha emprendido el ejecutivo para dar cumplimiento al compromiso
de refuerzo de la plantilla especializada en los Cuerpos y Fuerzas de
Seguridad del Estado?



Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de junio de 2014.-Ángeles
Álvarez Álvarez, Diputada.



184/053510



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Ángeles Álvarez Álvarez, Diputada por Madrid, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo previsto en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le sean contestadas
por escrito.



¿Tiene conocimiento el Ministerio del Interior de la religión que profesan
los internos en los CIE?



¿Cómo se está prestando actualmente la asistencia religiosa en los CIE,s?



¿Cuántas confesiones colaboran actualmente .en la prestación de asistencia
religiosa en los distintos CIE,s? Desagregado por cada CIE.



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Ángeles
Álvarez Álvarez, Diputada.




Página
106






184/053511



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Ángeles Álvarez Álvarez, Diputada por Madrid, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo previsto en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Tiene previsto el Ministerio del Interior suscribir más convenios de
colaboración para asistencia religiosa en los Centros de Internamiento de
Extranjeros (CIE)? ¿Con qué confesiones?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Ángeles
Álvarez Álvarez, Diputada.



184/053512



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Ángeles Álvarez Álvarez, Diputada por Madrid, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo previsto en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le sean contestadas
por escrito.



- ¿Está colaborando el Ministerio del Interior con algún órgano
gubernamental para la valoración económica de actividades relacionadas
con:



1. Prostitución.



2. Trata de personas con fines de explotación sexual.



3. Trata de personas con fines de explotación laboral?



- ¿Qué indicadores y cálculos ha manejado para realizar dichas
valoraciones?



- Para cada caso, ¿qué cantidades ha estimado?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Ángeles
Álvarez Álvarez, Diputada.



184/053513



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Ángeles Álvarez Álvarez, Diputada por Madrid, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo previsto en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le sean contestadas
por escrito.



El Gobierno -de la mano de Eurostat, oficina estadística europea- está
trabajando para medir una parte de la economía ilegal e incorporarla al
producto interior bruto (PIB).



1. ¿Está colaborando el Ministerio del Interior con algún órgano
gubernamental para la valoración económica de actividades ilegales como
el tráfico de drogas o el contrabando?



2. ¿Qué indicadores y cálculos ha manejado para realizar dichas
valoraciones?



3. Para cada caso ¿qué cantidades ha estimado?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Ángeles
Álvarez Álvarez, Diputada.




Página
107






184/053514



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿En cuántos tramos de la línea de AVE Lubian-Ourense se encuentran
paralizadas obras desde hace más de 30 días?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/053515



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las actuaciones que prevé el Ministerio de Fomento en Galicia
en 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/053516



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las actuaciones que prevé el Ministerio de Fomento en la
provincia de Ourense en 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/053517



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Qué convenios se han firmado desde 2011 hasta ahora entre el Ministerio
de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la FEMP en materia de
violencia de género? Desglosar por año y cantidad.



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.




Página
108






184/053518



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las actuaciones que prevé el Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad en Galicia en 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/053519



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las actuaciones que prevé el Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad en la provincia de Ourense en 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/053520



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las actuaciones que prevé el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas en Galicia en 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/053521



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las actuaciones que prevé el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas en la provincia de Ourense en 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.




Página
109






184/053522



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las actuaciones que prevé el Ministerio de Justicia en Galicia
en 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/053523



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las actuaciones que prevé el Ministerio de Justicia en la
provincia de Ourense en 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/053524



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las actuaciones que prevé el Ministerio de Empleo y Seguridad
Social en Galicia en 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/053525



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las actuaciones que prevé el Ministerio de Empleo y Seguridad
Social en la provincia de Ourense en 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.




Página
110






184/053526



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las actuaciones que prevé el Ministerio de Economía y
Competitividad en Galicia en 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/053527



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las actuaciones que prevé el Ministerio de Economía y
Competitividad en la provincia de Ourense en 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/053528



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las actuaciones que prevé en Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte en Galicia en 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/053529



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las actuaciones que prevé en Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte en la provincia de Ourense en 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.




Página
111






184/053530



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las actuaciones que prevé el Ministerio de Interior en Galicia
en 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/053531



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña Laura Seara Sobrado, Diputada por Ourense, perteneciente al Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea contestada por
escrito.



¿Cuáles son las actuaciones que prevé el Ministerio de Interior en la
provincia de Ourense en 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de junio de 2014.-Laura Carmen
Seara Sobrado, Diputada.



184/053532



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Paloma Rodríguez Vázquez, Diputada por A Coruña, perteneciente
al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea
contestada por escrito.



La actual situación en relación con la carga de trabajo de la empresa
pública NAVANTIA es dramáticamente deficitaria. Los últimos anuncios y
encargos realizados para la construcción de buques en los astilleros de
Ferrol-Fene no cubren mínimamente la ocupación de la plantilla ni las
expectativas de revitalización económica creadas en la comarca de
Ferrolterra.



NAVANTIA como empresa pública puntera, de reconocido prestigio
internacional, está siendo abocada a la inactividad o a la subactividad
por cuanto sólo una parte de su plantilla tendrá ocupación en la
construcción del flote y el BAM en el caso de Ferrol-Fene y del prometido
gasero en el caso de la bahía de Cádiz.



Si a esto se añade la situación de la industria auxiliar del naval que se
ha visto abocada a cerrar definitivamente en un gran número de empresas o
a mantenerse bajo mínimos en las restantes, la conclusión es que el tema
de la construcción naval pública no forma parte de la agenda política del
actual Gobierno.



La situación de NAVANTIA debe ser tratada con el rigor y seriedad que
requieren los problemas de Estado ya que la incidencia en las comarcas en
que se ubica determina la supervivencia económica, social y poblacional
de muchas localidades que hasta ahora han constituido una parte
fundamental de la economía del país.



¿Cuándo piensa el Gobierno abordar la situación de NAVANTIA como lo que
realmente representa, es decir, como un problema de Estado que atañe a
todas las Administraciones y tejido empresarial del país?



Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de junio de 2014.-María Paloma
Rodríguez Vázquez, Diputada.




Página
112






184/053533



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Paloma Rodríguez Vázquez, Diputada por A Coruña, perteneciente
al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le
sean contestadas por escrito.



- ¿Qué acciones va a llevar a cabo el Gobierno para garantizar el
mantenimiento de los puestos de trabajo de la empresa naval auxiliar?



- ¿Qué acciones va a llevar a cabo el Gobierno para revitalizar el tejido
productivo de las comarcas en que se ubica NAVANTIA?



Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de junio de 2014.-María Paloma
Rodríguez Vázquez, Diputada.



184/053534



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Paloma Rodríguez Vázquez, Diputada por A Coruña, perteneciente
al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea
contestada por escrito.



¿Va a crear el Gobierno oportunidades de trabajo con objeto de conseguir
la reapertura de las empresas auxiliares del sector naval que han tenido
que cesar su actividad?



Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de junio de 2014.-María Paloma
Rodríguez Vázquez, Diputada.



184/053535



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Paloma Rodríguez Vázquez, Diputada por A Coruña, perteneciente
al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea
contestada por escrito.



¿Cómo piensa evitar el Gobierno la fuga de conocimientos y alta tecnología
del sector naval a terceros países?



Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de junio de 2014.-María Paloma
Rodríguez Vázquez, Diputada.



184/053536



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Paloma Rodríguez Vázquez, Diputada por A Coruña, perteneciente
al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le
sean contestadas por escrito.



- ¿Ha revisado el Gobierno las posibilidades existentes para la solicitud
de ayudas europeas con objeto de garantizar la continuidad de trabajo en
la empresa pública NAVANTIA?




Página
113






- ¿Ha iniciado el Gobierno los trámites necesarios para recabar ayudas de
la Unión Europea destinadas a la empresa pública NAVANTIA?



- ¿Ha considerado el Gobierno la posibilidad de solicitar apoyo europeo a
través de los Fondos de Innovación para la empresa pública NAVANTIA?



Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de junio de 2014.-María Paloma
Rodríguez Vázquez, Diputada.



184/053537



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Paloma Rodríguez Vázquez, Diputada por A Coruña, perteneciente
al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea
contestada por escrito.



¿Tiene el Gobierno alguna planificación específica para impulsar la
diversificación de actividades en la empresa pública NAVANTIA?



Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de junio de 2014.-María Paloma
Rodríguez Vázquez, Diputada.



184/053538



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Paloma Rodríguez Vázquez, Diputada por A Coruña, perteneciente
al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le
sean contestadas por escrito.



- ¿Cuándo tiene pensado el Gobierno realizar un Plan Industrial para
NAVANTIA que permita el aprovechamiento de su alta cualificación y
experiencia?



- ¿Cuándo tiene pensado el Gobierno realizar un Plan Industrial para
NAVANTIA que dote a esta empresa de carga de trabajo real garantizando un
nivel de ocupación suficiente?



Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de junio de 2014.-María Paloma
Rodríguez Vázquez, Diputada.



184/053539



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Paloma Rodríguez Vázquez, Diputada por A Coruña, perteneciente
al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea
contestada por escrito.



¿Cuándo tiene previsto el Gobierno realizar un Plan Financiero para
NAVANTIA que garantice su saneamiento económico?



Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de junio de 2014.-María Paloma
Rodríguez Vázquez, Diputada.




Página
114






184/053540



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Paloma Rodríguez Vázquez, Diputada por A Coruña, perteneciente
al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta la siguiente pregunta para que le sea
contestada por escrito.



¿Cuándo tiene previsto el Gobierno realizar un Plan Laboral para NAVANTIA
que permita nuevos ingresos de personal en la empresa pública?



Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de junio de 2014.-María Paloma
Rodríguez Vázquez, Diputada.



184/053541



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Paloma Rodríguez Vázquez, Diputada por A Coruña, perteneciente
al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le
sean contestadas por escrito.



- ¿Cuándo estará finalizada la autovía Santiago-Lugo (A-54)?



- ¿Qué inversiones se han realizado en el periodo 2012-2013 para dar fin a
la obra de la autovía Santiago-Lugo?



- ¿Qué inversión está previsto realizar durante el periodo 2014-2015 para
dar fin a la obra de la autovía Santiago-Lugo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de junio de 2014.-María Paloma
Rodríguez Vázquez, Diputada.



184/053542



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Paloma Rodríguez Vázquez, Diputada por A Coruña, perteneciente
al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo
establecido en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le
sean contestadas por escrito.



- ¿Cuándo estará finalizada la autovía de la Costa da Morte (AG-55)?



- ¿Qué inversiones se han realizado en el periodo 2012-2013 para dar fin a
la obra de la autovía de la Costa da Morte?



- ¿Qué inversión está previsto realizar durante el periodo 2014-2015 para
dar fin a la obra de la autovía de la Costa da Morte?



Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de junio de 2014.-María Paloma
Rodríguez Vázquez, Diputada.




Página
115






184/053543



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Paloma Rodríguez Vázquez, Diputada por Coruña, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le sean
contestadas por escrito.



- ¿Cuándo estará finalizado el acceso al puerto exterior de Punta
Langosteira en A Coruña?



- ¿Qué inversiones se han realizado en el periodo 2012-2013 para dar fin a
la obra de acceso al puerto exterior de Punta Langosteira en A Coruña?



- ¿Qué inversión está previsto realizar durante el periodo 2014-2015 para
dar fin a la obra de acceso al puerto exterior de Punta Langosteira en A
Coruña?



Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de junio de 2014.-María Paloma
Rodríguez Vázquez, Diputada.



184/053544



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Paloma Rodríguez Vázquez, Diputada por Coruña, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le sean
contestadas por escrito.



- ¿Cuándo estará finalizada la tercera ronda de A Coruña en el tramo As
Lonzas-A Zapateira?



- ¿Qué inversiones se han realizado en el periodo 2012-2013 para dar fin a
la obra de la tercera ronda de A Coruña en el tramo As Lonzas-A
Zapateira?



- ¿Qué inversión está previsto realizar durante el periodo 2014-2015 para
dar fin a la obra de la tercera ronda de A Coruña en el tramo As Lonzas-A
Zapateira?



Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de junio de 2014.-María Paloma
Rodríguez Vázquez, Diputada.



184/053545



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Paloma Rodríguez Vázquez, Diputada por Coruña, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le sean
contestadas por escrito.



- ¿Cuándo estará finalizado el vial AG-64, entre la A-8 y Ferrol?



- ¿Qué inversiones se han realizado en el periodo 2012-2013 para dar fin a
la obra del vial AG-64 entre la A-8 y Ferrol?



- ¿Qué inversión está previsto realizar durante el periodo 2014-2015 para
dar fin a la obra del vial AG-64 entre la A-8 y Ferrol?



Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de junio de 2014.-María Paloma
Rodríguez Vázquez, Diputada.




Página
116






184/053546



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Paloma Rodríguez Vázquez, Diputada por Coruña, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le sean
contestadas por escrito.



- ¿Cuándo estará finalizada la extensión de la avenida de Alfonso Molina
en A Coruña?



- ¿Qué inversiones se han realizado en el periodo 2012-2013 para dar fin a
la obra de la extensión de la avenida de Alfonso Molina en A Coruña?



- ¿Qué inversión está previsto realizar durante el periodo 2014-2015 para
dar fin a la obra de la extensión de la avenida de Alfonso Molina en A
Coruña?



Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de junio de 2014.-María Paloma
Rodríguez Vázquez, Diputada.



184/053547



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Paloma Rodríguez Vázquez, Diputada por Coruña, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le sean
contestadas por escrito.



- ¿Cuándo estará finalizada la rotonda de acceso a Lavacolla?



- ¿Qué inversiones se han realizado en el periodo 2012-2013 para dar fin a
la obra de la rotonda de acceso a Lavacolla?



- ¿Qué inversión está previsto realizar durante el periodo 2014-2015 para
dar fin a la obra de la rotonda de acceso a Lavacolla?



Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de junio de 2014.-María Paloma
Rodríguez Vázquez, Diputada.



184/053548



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña María Paloma Rodríguez Vázquez, Diputada por Coruña, perteneciente al
Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido
en el artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta las siguientes preguntas para que le sean
contestadas por escrito.



- ¿Cuándo estará finalizado el acceso al Gaiás en Santiago?



- ¿Qué inversiones se han realizado en el periodo 2012-2013 para dar fin a
la obra del acceso al Gaiás en Santiago?



- ¿Qué inversión está previsto realizar durante el periodo 2014-2015 para
dar fin a la obra del acceso al Gaiás en Santiago?



Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de junio de 2014.-María Paloma
Rodríguez Vázquez, Diputada.




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117






184/053549



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Joan Baldoví Roda, Diputado de Compromís-Equo, al amparo de lo
dispuesto en el artículo 185 del Reglamento de la Cámara, presenta las
siguientes preguntas para las que solicita respuesta por escrito.



El CSIC ha hecho pública su intención de denunciar el convenio que
mantiene con la Universitat de València para el funcionamiento del
Instituto López Piñero (Instituto mixto de investigación sobre Historia
de la medicina y de la ciencia).



El CSIC se escuda en razones científicas aunque el Instituto ha cumplido
el 100% de sus objetivos de investigación y ha conseguido hitos
importantes como la reciente publicación de una investigación en Isis,
una revista científica de referencia en el campo de la historia de la
ciencia.



Por ese motivo, pregunto:



¿Conoce el Gobierno en qué informes se ha basado el CSIC para abandonar
este Instituto?



¿Considera el Gobierno que el ahorro de 7.000 euros de aportación es
suficiente para denunciar un convenio firmado y vigente?



¿Sabe el gobierno si el CSIC tiene planes de denunciar otros convenios en
el ámbito de la Comunidad Autónoma Valenciana?



Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de junio de 2014.-Joan Baldoví
Roda, Diputado.



184/053550



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presenta las
siguientes preguntas, sobre la vulneración de derechos fundamentales con
la excusa del mantenimiento del orden público, dirigidas al Gobierno para
las que se solicita respuesta escrita.



El 19 de junio de 2014, día de la coronación del Rey Felipe VI, la Policía
no sólo impidió la libertad de expresión de los republicanos sino que
también negó el derecho al trabajo de los quiosqueros de la Puerta del
Sol de Madrid y el derecho a la información de sus compradores de prensa
y revistas. A las siete de la mañana y sin aviso previo agentes de la
Policía Nacional colocaron vallas e impidieron el acceso a los
propietarios, trabajadores y clientes de los cuatro quioscos de prensa,
todo ello sin explicación alguna y de malos modos ante las preguntas de
los afectados.



Por todo ello, se formulan las siguientes preguntas:



1. ¿Qué autoridad dio la orden de vallado de la Puerta del Sol que provocó
el cierre de los quioscos de prensa de la Puerta del Sol el día de la
coronación del rey Felipe VI?



2. ¿En qué se basó dicha orden, cuya consecuencia fue la vulneración de
los derechos al trabajo y a la información?



3. ¿Por qué no se informó previamente del cierre a los propietarios de los
quioscos? ¿Era porque se sabía que la orden podía estar al margen de la
ley?



4. ¿Quién va a resarcirles del lucro cesante?



5. ¿Piensa el Gobierno seguir vulnerando derechos fundamentales con la
excusa del mantenimiento del orden público?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de junio de 2014.-Gaspar
Llamazares Trigo, Diputado.




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118






184/053551



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas, sobre la tasa francesa de 200 euros por camión
de más de 3,5 toneladas que atraviese sus fronteras, dirigidas al
Gobierno para las que se solicita respuesta escrita.



Los camioneros pagarán hasta 200 euros por viaje cada vez que atraviesen
el territorio francés para transportar sus mercancías por la nueva tasa
por uso de sus carreteras que Francia cobrará a partir de 2015, según
calculan los transportistas españoles. Francia aplicará esta tasa a todos
los vehículos de transporte de mercancías de más de 3,5 toneladas, lo que
en el caso de España afectará a los más de 100.000 camiones que tienen
autorización para realizar tráficos de carga internacionales. El Gobierno
francés pretende empezar a cobrar este peaje de forma experimental a
partir del próximo mes de octubre y convertirlo en obligatorio desde el 1
de enero de 2015. España será uno de los países más afectados, dado que
la mayor parte de los flujos de transporte de mercancía por carretera con
origen o destino a países de la UE deben utilizar obligatoriamente la red
viaria francesa. En este punto, señala que el 60% de las exportaciones de
productos españoles a Europa se trasladan por carretera.



Por todo ello, se formulan las siguientes preguntas:



1. ¿Qué gestiones ha hecho o piensa hacer el Gobierno ante el Gobierno
francés para que renuncie a la nueva tasa por el cruce de fronteras
francesas impuesta a los camiones de mercancías de más de 3,5 toneladas?



2. ¿Piensa el Gobierno denunciar esta medida ante las autoridades de la
Unión Europea por ser un obstáculo a la libre circulación de mercancías
en el seno de la Unión Europea?



3. En el caso de que el Gobierno francés persista en el cobro de esta tasa
¿Qué medidas proporcionadas de retorsión piensa tomar el Gobierno
español?



4. ¿Qué medidas de compensación piensa tomar el Gobierno para que el
sector no sufra daños irreversibles en materia económica y de empleo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de junio de 2014.-Gaspar
Llamazares Trigo, Diputado.



184/053552



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas, sobre la adjudicación del hidroavión militar
Canadair 415 a una empresa privada sin concurso público, digno episodio
de la 'Commedia dell'Arte', dirigidas al Gobierno para las que se
solicita respuesta escrita.



El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente adjudicó sin
contrato el superhidroavión Canadair 415 a la empresa privada INAER
porque, según el Ministerio, ésta les cobraba menos dinero para operarlo
que el Ministerio de Defensa y les ofrecía mayores 'garantías'. El avión,
que costó 26,5 millones de euros, llegó en noviembre de 2013 a la base
aérea militar de Torrejón de Ardoz pintado con los motivos del Ejército
del Aire. Los pilotos del Grupo 43 habían realizado ya varios vuelos de
instrucción con él cuando Medio Ambiente decidió dárselo a una empresa
privada. El problema es que los trámites del cambio de matrícula y la
contratación de pilotos están poniendo en peligro su participación en el
inicio de la campaña antiincendios, que comienza el 1 de julio. A día de
hoy solo los pilotos del Ejército del Aire tienen la homologación para
pilotar este modelo de avión. Y ninguno de los cinco que han sido
llamados por Inaer para abandonar el Ejército del Aire y pasar a la
empresa privada han aceptado la oferta. El aparato sigue hoy sin cambios
en su aspecto exterior en los hangares de Torrejón a la espera de que
alguien lo traslade a los de Matacán (Salamanca), desde donde está
previsto que lo opere la empresa privada.



El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente adjudicó el
contrato sin concurso público y optó por la vía de 'la exclusividad' en
la adjudicación de la operativa, pese a que el procedimiento de




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119






emergencia sin concurso escogido solo está contemplado para catástrofes
naturales o accidentes imprevistos.



Como no hay pilotos civiles para pilotar este aparato, la compañía privada
contactó con cinco pilotos del Ejército del Aire para que solicitaran una
excedencia y pudieran pilotar el avión este verano para cumplir el
contrato con Medio Ambiente. Todo un despropósito, a lo que hay que
añadir que el avión ya estaba listo para volar con el Ejército del Aire y
se han realizado, incluso, prácticas de instrucción. Lógicamente, los
pilotos militares rechazaron la oferta de la empresa. Al parecer, la
empresa busca ahora pilotos italianos como figurantes en esta obra típica
de la 'Commedia dell'Arte' con avión camavalesco y máscaras sucesivas
-Defensa o Medio Ambiente-, en la que se relatan las aventuras y
vicisitudes de una pareja (Morenés y Tejerina en el papel de Florindo e
Isabella). Las intrigas, mimos y acrobacias corren a cargo de Cañete -el
astuto Brighella- y quedan por asignar los papeles del torpe Polichinela
o el rústico Truffaldino.



Por todo ello, se formulan las siguientes preguntas:



1. ¿Por qué el Ministerio de Agricultura adjudicó a la empresa privada
INAER la operativa del Canadair 415 si el avión estaba -y quizás esté
aún- adscrito al Ejército del Aire? ¿Por qué se ha privatizado el
servicio, cuando el Ejército del Aire ha ahorrado 10 millones de euros en
2013 al asumir la gestión de muchos servicios que había externalizado?



2. ¿Por qué en vez de convocar la licitación en concurso público el
Gobierno recurrió al procedimiento de emergencia, que solo está
contemplado para catástrofes naturales o accidentes imprevistos? ¿Cómo
justifica el Gobierno la legalidad del procedimiento utilizado?



3. ¿Por qué el hidroavión no opera junto a los tres de que dispone el
Ejército del Aire y se entrega su gestión a una compañía privada?



4. ¿A cuánto asciende el contrato del Ministerio de Agricultura con INAER?



5. ¿A cuánto ascendía la gestión del hidroavión por el Ministerio de
Defensa?



6. ¿Cuáles son las mejores garantías ofrecidas por INAER en relación con
las planteadas por el Ministerio de Defensa en materia operativa y de
mantenimiento?



7. ¿Por qué se ha adjudicado el hidroavión a INAER, pese a que esta
empresa ya gestionó otros cinco hidroaviones de Medio Ambiente que le
fueron retirados el año pasado?



8. ¿Cuál fue la oferta avanzada por INAER a los cinco pilotos del Ejército
del Aire para pilotar el Canadair? ¿Es cierto que se les ofreció un
sueldo de en torno a 10.000 euros, casa y coche? ¿No saldría más barato
al Estado confiar su pilotaje a pilotos militares en el marco de la
Unidad Militar de Emergencias?



9. ¿Quiénes serán los pilotos a los que se confiará el Canadair? ¿Es
cierto que INAER ha contactado con pilotos italianos para suscribir un
contrato temporal?



10. ¿Consentirá el Gobierno que el hidroavión sea confiado a pilotos
ajenos al Ejército del Aire, únicos homologados para pilotar este modelo
con suficientes garantías de seguridad?



11. ¿Garantiza el Gobierno que el hidroavión estará operativo desde el
comienzo de la campaña antiincendios, el 1 de julio de 2014?



Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de junio de 2014.-Gaspar
Llamazares Trigo, Diputado.



184/053553



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas, sobre la intención de FEVE (ADIF) de dejar once
estaciones sin personal en Asturias, dirigidas al Gobierno para las que
se solicita respuesta escrita.



Feve planea dejar once estaciones sin personal después del verano en
Asturias. Se trata de las situadas en Pola de Siero, Laviana, Nava,
Mieres, Grado, Muros, Candás, Fuso de la Reina, Ablaña, Moreda y
Cabañaquinta. La compañía convocará en breve un concurso de traslados
voluntarios para que los 40 empleados afectados encuentren destino en
otras terminales de la región. Una vez recolocados, la atención a los
viajeros quedaría limitada a la que prestan las máquinas expendedoras y
paneles de información.




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120






La división de Ancho Métrico del ADIF -sociedad que heredó la gestión de
las infraestructuras de FEVE- explica el traslado como 'una medida de
carácter interno, fruto de una mejora tecnológica, y que desde luego no
afecta a la atención al pasajero'. Esto sería así porque el personal que
va a ser reubicado 'tiene cometidos relacionados con una circulación que
se controlaba de manera manual y ahora se gestionará con enclavamientos
electrónicos, lo que es más fiable y seguro'. El trato con los clientes
'no es nuestro, corresponde al personal de Renfe; puede ser que alguno de
nuestros trabajadores ocasionalmente respondiera a las dudas de algún
viajero, pero lo hacía asumiendo cometidos que no le correspondían',
señalan desde Adif.



Los representes laborales aseguran que el personal afectado sí está
atendiendo a los viajeros y sí está vendiendo billetes, por lo que las 11
estaciones se convertirán en apeaderos marginales. Los trenes de la
extinta Feve mueven cada vez a menos pasajeros y esta medida va en
sentido opuesto a una política que pretenda recuperarlos; antes bien
parece el inicio de una operación para desmantelar lo que queda de Feve.



Los ocho ayuntamientos implicados han protestado contra esta medida, pues
aducen que este recorte del servicio se guía por motivos económicos sin
tomar en consideración las inaceptables consecuencias sociales que
acarrea.



Por todo ello, se formulan las siguientes preguntas:



1. ¿Piensa el Gobierno solicitar a ADIF que renuncie a la decisión de
dejar 11 estaciones sin personal en Asturias?



2. ¿Es consciente el Gobierno del grave impacto social de esta medida?



3. ¿Es así como el Gobierno piensa recuperar a la clientela ferroviaria
perdida por FEVE en los últimos años?



Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de junio de 2014.-Gaspar
Llamazares Trigo, Diputado.



184/053554



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presenta las
siguientes preguntas, sobre los graves incidentes en las vallas
fronterizas con Marruecos en Ceuta y en Melilla, dirigidas al Gobierno
para las que se solicita respuesta escrita.



En el lado español de las vallas fronterizas con Marruecos en Ceuta y en
Melilla se están produciendo en los últimos meses hechos gravísimos que
afectan a los derechos humanos, al derecho internacional y a la Ley
Orgánica de derechos y deberes de los extranjeros:



- Palizas y apaleamientos a inmigrantes a ambos lados de las vallas por la
gendarmería marroquí, con resultados desconocidos pese a las denuncias
por desapariciones y muertes;



- Entrada de gendarmes marroquíes en territorio español con la
colaboración o pasividad de la Administración española;



- Devoluciones en caliente o expulsiones colectivas desde suelo español,
vulnerando la ley de extranjería;



- Utilización de material antidisturbios al margen de la prudencia y de la
proporcionalidad, recurriendo incluso a herramientas irregulares como
extintores de automóvil en la valla o pelotas de goma en el agua.



Por todo ello, se formulan las siguientes preguntas:



1. ¿Por qué el Gobierno no ha tomado medidas para impedir la entrada de
gendarmes marroquíes en el lado español de las vallas fronterizas de
Ceuta y de Melilla?



2. ¿Qué medidas piensa tomar el Gobierno para impedir los apaleamientos de
agentes de la Gendarmería Marroquí a inmigrantes en la zona fronteriza e
incluso a ambos lados de las vallas?



3. ¿Sigue el Gobierno justificando las devoluciones de inmigrantes en
caliente a Marruecos en las vallas de Ceuta y Melilla?




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121






4. ¿Qué medidas piensa tomar el Gobierno para impedir el uso de extintores
y de pelotas de goma en el agua para repeler la entrada de inmigrantes en
la zona fronteriza de Ceuta y de Melilla?



5. ¿Garantizan las instrucciones del Gobierno a los agentes españoles el
uso prudente y proporcional de los medios represivos utilizados para
repeler la entrada irregular de inmigrantes en la zona fronteriza de
Ceuta y de Melilla?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de junio de 2014.-Gaspar
Llamazares Trigo, Diputado.



184/053555



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
del Congreso de los Diputados, la Diputada que suscribe formula la
siguiente pregunta dirigida al Gobierno para su respuesta escrita.



El Boletín Oficial del Estado publicó el 27 de mayo pasado la resolución
de fecha 23 de abril de 2014 de 'Aena Aeropuertos, S.A.', por la que se
anuncia la licitación de contratos de servicios, por el procedimiento
abierto con varios criterios, con expediente número DCG 153/14 y título:
Servicio de mantenimiento integral de los edificios centrales de 'Aena
Aeropuertos, S.A.'.



¿Cómo es posible que desde el pasado mes de enero se cierre el Centro de
Trabajo del Laboratorio de Aena, sito en el recinto aeroportuario de
Madrid-Barajas, alegando ahorro de gastos directos y se haya trasladado a
su personal a las oficinas que la entidad tiene en el Edificio La Piovera
Azul, calle Peonías, 12, Madrid, y sin embargo en los pliegos de
prescripciones técnicas del expediente mencionado se mantiene el edificio
en funcionamiento y con un horario especial de lunes a viernes de 7 a 15
horas?



¿Por qué no exige el Ministerio a Aena el cumplimiento de la instrucción
número 31 de la Subsecretaría de Fomento, de 10 de octubre de 2012, en
materia de racionalización de los gastos de funcionamiento del Ministerio
de Fomento, punto 1.3, respecto a los inmuebles que tiene en propiedad y
que no son necesarios para la debida prestación de los servicios,
exigiendo su desafectación inmediata?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de junio de 2014.-Ascensión de
las Heras Ladera, Diputada.



184/053556



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
del Congreso de los Diputados, la Diputada que suscribe formula la
siguiente pregunta dirigida al Gobierno para su respuesta escrita.



El Real Decreto 20/2014, de 17 de enero, por el que se completa el régimen
jurídico en materia de asignación de franjas horarias en los aeropuertos
españoles, pretende identificar el órgano responsable para la realización
de los estudios para la determinación de la capacidad aeroportuaria y
para la determinación de los parámetros para la designación de franjas
horarias y regular la designación de los aeropuertos coordinados y
facilitados, los requisitos y el ámbito de actuación del Coordinador y
facilitador de franjas horarias, así como su designación y los supuestos
en que procede su revocación. Además, se pretende asegurar la
independencia del Coordinador separándolo funcionalmente de cualquier
parte interesada.



Por acuerdo de 9 de abril de 2014 entre la representación de AENA y las
organizaciones sindicales presentes en la Coordinadora Sindical Estatal,
se crea la Asociación Española para la Coordinación y Facilitación de
Franjas horarias (AECFA) cumpliendo así con los requisitos establecidos
en el Real Decreto




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122






arriba mencionado: persona jurídica privada, sin ánimo de lucro, de ámbito
estatal y único coordinador en todo el territorio español.



¿Cuál es el presupuesto de ingresos y gastos previstos del Coordinador?



¿Qué estimaciones se han realizado sobre el desglose de medios humanos, de
explotación y de costes directos e indirectos imputables, y sobre la
programación de franjas horarias y horarios autorizados para el ejercicio
previsto e importe de las mismas?



Si la participación en AECFA de los gestores aeroportuarios y operadores
aéreos que desarrollen su actividad en los aeropuertos españoles no
excediera del 60% y el 40% restante estuviera a disposición de los
ciudadanos de Estados miembros de la UE o del espacio económico europeo,
¿qué mecanismos son los que van a asegurar su independencia?



¿Cuánto personal estima el Gobierno que será preciso para componer el
nuevo Coordinador diferenciando entre el de su órgano de gobierno, el de
gestión y el personal técnico?



¿Cuánto personal estima el Gobierno que será preciso para componer los
Comités de Coordinación de Franjas Horarias y los Subcomités de
Seguimiento del uso de franjas horarias?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de junio de 2014.-Ascensión de
las Heras Ladera, Diputada.



184/053557



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas, sobre el Acuerdo de Colaboración en materia de
Transporte Sostenible firmado con EE.UU. el 24 de junio de 2014,
dirigidas al Gobierno para las que se solicita respuesta escrita.



Recientemente, la Ministra de Fomento ha firmado con EE.UU. de un Acuerdo
de Colaboración en materia de Transporte Sostenible.



Por todo ello, se formulan las siguientes preguntas:



1. ¿Puede el Gobierno identificar los aspectos fundamentales de dicho
acuerdo?



2. ¿Cuáles son las áreas, empresas, y entes identificados con mayor
potencial para la colaboración con EE.UU. en materia de transporte
sostenible en el Grupo Fomento?



3. ¿Cuáles son sus respectivas estratégicas energéticas y de reducción de
huella de carbono? ¿Cuál es el grado de inclusión en sus estrategias
empresariales generales respectivas en 2014?



4. ¿Cuáles han sido los datos de consumos energéticos totales y
específicos (por unidad de transporte) respectivos, señalando las
procedentes de fuentes renovables, en 2010, 2011, 2012, y 2013?



5. ¿Cuáles han sido las emisiones de CO2 equivalente, totales y
específicas (por unidad de transporte) respectivas, en 2010, 2011, 2012,
y 2013?



6. ¿Cuáles son las estructuras de gestión energética, de sostenibilidad y
de medio ambiente específicas respectivas. Nivel directivo de dichas
estructuras, considerando nivel 1 el correspondiente al Presidente o
máximo responsable del área, empresa, o ente del Grupo Fomento?



7. ¿Cuáles son los compromisos de dichas áreas, empresas, y entes para
contribuir a los objetivos comunitarios energéticos y de reducción de
huella de carbono señalados para el sector transporte en España en 2020?



8. ¿Cuáles son las iniciativas comunes suscritas entre EE.UU. y el Reino
de España para potenciar el transporte intermodal y ferroviario de
mercancías en nuestro país?



9. ¿Cuáles son las iniciativas comunes EE.UU. y el Reino de España para la
electrificación del transporte público?



10. ¿Cuáles son las iniciativas comunes EE.UU. y el Reino de España para
el uso masivo de energías de origen renovable en el transporte?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de junio de 2014.-Gaspar
Llamazares Trigo, Diputado.




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123






184/053558



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su
portavoz, Rosa Díez González, y al amparo de lo dispuesto en el artículo
185 y siguientes, del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la
siguiente pregunta para la que se solicita respuesta por escrito sobre el
descenso de nacimientos en España desde el año 2008.



Exposición de motivos



Según los resultados que publica el Instituto Nacional de Estadística
(INE), en el documento 'Movimiento Natural de la Población e Indicadores
Demográficos', el número de nacimientos en España descendió en 2013 por
quinto año consecutivo casi un 7% desde 2012, lo que supone un descenso
del 18% desde el año 2008. El documento señala también que la natalidad
en España decreció de 1,32 hijos por mujer en 2012 a 1,26 para 2013, a lo
que se debe añadir que la edad en que las mujeres tienen su primer hijo
continúa aumentando.



De mantenerse esta tendencia de manera prolongada, habrá consecuencias
preocupantes para el Estado de Bienestar, ya de por sí bastante
deteriorado. El envejecimiento de la población ya está teniendo efectos
directos sobre el sistema de pensiones y la financiación del Sistema
Nacional de Salud (SNS) y las perspectivas demográficas que recoge el
documento del INE no proyectan una mejora a medio plazo. Es urgente que
se tomen medidas a corto y medio plazo que aumenten la tasa de natalidad
y facilite la posterior conciliación labora en nuestro país. Servicios
sociales básicos que damos por asegurados pueden verse comprometidos de
continuar esta tendencia.



En relación a lo anterior se presentan las siguientes preguntas:



1. ¿Considera el Gobierno que las actuales políticas de familia, apoyo a
la natalidad y conciliación familiar existentes en España son suficientes
para fomentar el aumento de los nacimientos?



a) En caso afirmativo, ¿cómo explica el Gobierno el descenso de los
nacimientos desde 2008?



b) En caso contrario, ¿qué medidas concretas piensa llevar a cabo el
Gobierno para fomentar la natalidad?



2. ¿Ha valorado el Gobierno mejorar las condiciones de acceso a la
reproducción asistida y la maternidad subrogada?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de junio de 2014.-Rosa María
Díez González, Diputada.



184/053559



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su
Diputado don Antonio Cantó García del Moral, y al amparo de lo dispuesto
en el artículo 185 y siguientes, del vigente Reglamento de la Cámara,
presenta las siguientes preguntas para las que se solicitan respuesta por
escrito sobre la adjudicación del hidroavión a la empresa Inaer por parte
del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.



Exposición de motivos



El Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente adjudicó el hidroavión
Canadair 415 a la empresa privada lnaer. El principal argumento esgrimido
por la Administración a través de la Directora General de Política
Forestal, Begoña Nieto, es el ahorro de 500.000 € en comparación con el
coste que implicaría el mismo servicio realizado por el Ministerio de
Defensa. A pesar de que se conoce que se han realizado informes por parte
de técnicos del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
que desaconsejaban la cesión del avión, el propio Ministerio procedió a
dicha cesión. La Ministra, Isabel




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124






García Tejerina, aseveró en una rueda de prensa que las condiciones que
ofreció la empresa privada eran 'mucho mejores' que las del Ministerio de
Defensa y que 'por un ejercicio de responsabilidad con los ciudadanos' se
realizó la adjudicación. Dicha adjudicación fue realizada con carácter de
urgencia, y este es uno de los motivos por los que no se ha realizado un
concurso con distintas empresas.



La empresa lnaer no cuenta con pilotos capacitados para el manejo de este
modelo concreto de hidroavión, y entre las soluciones que se están
barajando es la de contratar pilotos de otras nacionalidades europeas, ya
que a pesar de que Inaer tentó a pilotos pertenecientes al Ejército del
Aire de España, ninguno de ellos ha accedido hasta el momento.



Por todo ello, se le formula al Gobierno las siguientes preguntas para su
respuesta por escrito:



1. Cuándo podrá utilizarse el hidroavión para las funciones por las que se
adquirió?



2. Dado que uno de los argumentos para la adjudicación del hidroavión a la
empresa lnaer era el carácter de urgencia, ¿Era consciente el Gobierno
que solo los pilotos del Ejército español contaban con la homologación
para pilotar el hidroavión?



3. Dado que la empresa Inaer opera en multitud de países entre ellos
algunos tan lejanos como Australia o Chile, puede garantizar el Gobierno
que el Hidroavión Canadair 415 no abandonará el Estado español en épocas
donde no haya un alto riesgo de incendio?



4. Según los comentarios de la ministra, la adjudicación radica en el
ejercicio de responsabilidad ciudadana, de ser así ¿cuál es el motivo por
el cual no se adjudican el resto de los medios aéreos para el control de
los incendios forestales?



5. ¿Cuáles son las condiciones del contrato entre la empresa lnaer y el
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente?



6. ¿Puede el Gobierno demostrar con cifras el ahorro de 500.000 €?



7. ¿Cuál es el motivo por el que se le ha retirado a la empresa Inaer el
Servicio de Vigilancia Aduanera, y se le ha concedido otros servicios
para los cuales no cuenta con el capital humano necesario?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de junio de 2014.-Antonio Cantó
García del Moral, Diputado.



184/053560



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su
diputado, don Antonio Cantó García del Moral, y al amparo de lo dispuesto
en el artículo 185 y siguientes, del vigente Reglamento de la Cámara,
presenta la siguiente pregunta para la que se solicita respuesta por
escrito sobre las medidas que está llevando a cabo al Gobierno para
facilitar el acceso a los medicamentos huérfanos por parte de personas
que sufren enfermedades raras.



Exposición de motivos



Las enfermedades raras son aquellas patologías que poseen una incidencia
baja en la población. Para que una enfermedad sea considerada como rara,
debe afectar a un número limitado de personas, concretamente, a menos de
cinco personas cada 10.000 habitantes según la definición oficial de la
Unión Europea. El número de personas afectadas por enfermedades raras o
de baja prevalencia en Europa alcanza los 36 millones de ciudadanos,
habiéndose calculado para España la existencia de cerca de tres millones
de casos. Esas cifras han sido significativas para identificar este tipo
de patologías como un problema prioritario de Salud Pública en el entorno
comunitario.



A principios de este año FEDER presentó sus 14 propuestas para 2014. Entre
los principales retos a los que se enfrentan los pacientes con estas
enfermedades se encuentra la falta de acceso a medicamentos huérfanos,
debido principalmente a la falta de homogeneización de criterios de
accesibilidad entre las diferentes Comunidades Autónomas, así como a la
priorización de los criterios económicos a la hora de justificar la
financiación de estos tratamientos.




Página
125






En relación a lo anterior se presentan la siguiente pregunta:



1. ¿Está llevando a cabo alguna medida el Gobierno para facilitar el
acceso de personas con enfermedades raras a medicamento huérfanos?
¿Cuáles?



2. En caso contrario, ¿tiene previsto el Gobierno adoptar medidas
presupuestarias que permitan hacer frente a la falta de acceso a
medicamentos huérfanos, pudiendo ser la solución la creación de una
partida presupuestaria específica dentro de los presupuestos generales
del Estado o un fondo específico coordinado entre gobierno central y
comunidades autónomas para garantizar el acceso equitativo a estos
medicamentos en las distintas comunidades autónomas?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de junio de 2014.-Antonio Cantó
García del Moral, Diputado.



184/053561



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Doña M.ª Olaia Fernández Davila, Diputada del Grupo Parlamentario Mixto
(BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 del Reglamento de la
Cámara, presenta la siguiente pregunta para la que solicita respuesta por
escrito relativa a la posibilidad de suprimir el partido judicial de
Lalín (Pontevedra).



Hace más de un año que se conoció el informe encargado por el Ministerio
de Justicia a una Comisión de expertos sobre la reforma de la Ley
Orgánica del Poder Judicial. Un informe cuyas propuestas causaron una
gran preocupación social, política y desde el ámbito de la justicia por
plantear una reforma de la Demarcación de Planta que suprime la mayor
parte de los partidos judiciales, dejando un único partido judicial por
provincia, concentrando la sede en las capitales de provincia.



Desde entonces el malestar social, político y del ámbito de la justicia ha
ido in crescendo. En el caso concreto de Galicia, debemos explicitar que
no sobra ningún juzgado puesto que la alta dispersión poblacional hace
necesario acercar la justicia a los ciudadanos y contar con juzgados
próximos, que permitan un fácil acceso a los trámites.



A pesar de la movilización social y de profesionales de la justicia, el
Consejo de Ministros, del viernes 4 de abril, abordó el informe sobre el
Anteproyecto de la Ley Orgánica del Poder Judicial que además de mantener
propuestas como la señalada incluso empeora el mapa judicial.



Desde el BNG hemos alertado de las graves implicaciones económicas,
sociales y laborales que supondría para importantes urbes como Vigo,
Santiago de Compostela, Ferrol o en poblaciones como Lalín en la
provincia pontevedresa, así como en otras muchas de Galicia.



En Lalín la preocupación de profesionales del ámbito de la justicia como
abogados y procuradores les ha llevado a protagonizar acciones como la
recogida de firmas en contra de la eliminación del partido judicial de
Lalín que sería un serio varapalo para los habitantes de la zona por
tener que desplazarse hasta la ciudad pontevedresa.



El sector de la justicia considera que el Ministerio va a alejar la
justicia de los ciudadanos. Y alertan de las dificultades que a las que
se enfrentarán los habitantes de Lalín y A Estrada en caso de suprimirse
estos juzgados.



Por todo lo expuesto se formulan las siguientes preguntas:



¿Va el Ministerio de Justicia a dar marcha atrás en la idea de eliminar
partidos judiciales y dejar sólo las cabeceras provinciales?



¿Va a atender por fin a las advertencias de los profesionales del ámbito
de la justicia que llevan más de un año demandando ser escuchados por
parte del Ministerio?



¿Es consciente de las dificultades que una medida así va a causar en
territorios como Galicia con una alta dispersión poblacional?



¿Qué disposición tiene a revisar su idea de supresión de partidos
judiciales, una medida que traería consecuencias muy negativas en muchas
zonas? ¿Va a mantener el partido judicial de Lalín?




Página
126






¿Es consciente del gasto y de los problemas que acarreará a la ciudadanía
con un recorte tan severo del mapa de los partidos judiciales, que
obligará a continuos desplazamientos para la realización de trámites
civiles y judiciales?



¿Está dispuesto el Ministerio a reconsiderar la reorganización que
pretende en cuanto a los partidos judiciales?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de junio de 2014.-M.ª Olaia
Fernández Davila, Diputada.



184/053562



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Joan Tardà i Coma, en su calidad de Diputado de Esquerra
Republicana-Catalunya Sí (ERC-RCat-CatSi), adscrito al Grupo Mixto y al
amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
de la Cámara, formula al gobierno español las siguientes preguntas,
solicitando su respuesta por escrito.



Un joven catalán ha tenido problemas al hacerse el pasaporte porque la
Policía Nacional Española, encargada de la gestión de este documento, no
ha aceptado como válida su firma al interpretar que las cuatro líneas que
contenía la rúbrica de la misma tenían una significación política, a la
vez que consideraban que los símbolos políticos están prohibidos en el
pasaporte. Pese a que los policías afirmaban que la rúbrica contiene un
símbolo político, el joven niega que tenga una simbología y que,
simplemente es la firma que ha utilizado siempre y es la que actualmente
tiene reconocida en el DNI. En este sentido, pretendía mantener la
rúbrica reconocida y aceptada sin problemas en el DNI y mantener una
firma única, como todo el mundo.



El tema de este joven ya se ha resuelto favorablemente para él, pero le ha
generado problemas con respecto a las fechas y precio del viaje para el
que necesitaba el pasaporte.



La verdad es que la situación es surrealista y kafkiana. Por ello se
presentan las siguientes preguntas:



¿Cuántas firmas rechaza el Gobierno de DNIs y Pasaportes? ¿Cuántas de
ellas son para la rúbrica tiene simbología política?



¿Cree el Gobierno que los funcionarios que debían expedir este documento
oficial actuaron con diligencia y buena fe? En caso afirmativo, ¿por qué?
En caso negativo, ¿se les ha hecho alguna advertencia al respecto?



¿Quién decide si la firma de la rúbrica es apta o no en caso de duda?
¿Quién lo hizo en el caso que nos ocupa?



¿Cree el Gobierno que una rúbrica que tiene cuatro palos es simbología
política?



¿Comparte el Gobierno que cuatro palos en una rúbrica se identifican con
la bandera catalana? En caso afirmativo, ¿entonces si ponemos dos palos
en lugar de cuatro, la identificarán con la bandera española? En este
caso, ¿estaría permitida? ¿O quizá la identificarían con la de Italia? ¿O
la de Argentina, Armenia, Bolivia, Austria...? ¿Cómo decidirían con qué
identidad nacional o política la relacionarían? ¿Dependería del grosor de
los trazos? ¿Buscarían cuál es la afinidad política de la persona? En
este caso, ¿Lo haría el mismo funcionario o llamarían al CNI?



¿Tienen un manual de posibles símbolos políticos en las rúbrica o depende
de la habilidad del funcionario para deducirlos? ¿Hacen cursos de
formación para los policías sobre los símbolos políticos?



Palacio del Congreso de los Diputados, junio de 2014.-Joan Tardà i Coma,
Diputado.



184/053563



A la Mesa del Congreso de los Diputados



El Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia, a instancia de su
diputado don Álvaro Anchuelo Crego, y al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes del vigente Reglamento de la




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127






Cámara, presenta las siguientes preguntas para las que se solicitan
respuesta por escrito sobre el acuerdo alcanzado entre el gobierno
central y el vasco para desvirtuar la Ley de Garantía de la Unidad de
Mercado en esa Comunidad.



Exposición de motivos



Los gobiernos central y vasco han alcanzado un acuerdo en torno a la Ley
de Garantía de la Unidad de Mercado que permitirá evitar la 'potencial
deslocalización' de empresas ubicadas en Euskadi y su marcha a
comunidades autónomas con normativas 'más laxas', según ha anunciado el
portavoz del Ejecutivo autonómico, don Josu Erkoreka.



En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, el Sr. Erkoreka ha
informado del 'visto bueno' al acuerdo alcanzado con el gobierno español
en torno a la Ley 20/2013, de 9 diciembre, de Garantía de la Unidad de
Mercado. Las exigencias de la nueva Ley de Garantía de Unidad de Mercado
serán más suaves en el País Vasco, tras el preacuerdo entre el Ministerio
de Hacienda y el ejecutivo autonómico, que evitará el anunciado recurso
vasco al Tribunal Constitucional.



El pacto desvirtúa varios aspectos de la Ley. Entre otras cuestiones, las
empresas que operen en el País Vasco tendrán que cumplir la normativa de
esa autonomía, y no la de su comunidad de origen (como dice la Ley).
Además, las administraciones vascas no estarán obligadas a publicar en la
plataforma de contratación estatal sus licitaciones.



Esto contravendría el preámbulo de la Ley 20/2013 de garantía de la unidad
de mercado, donde se dice textualmente 'que la unidad de mercado
constituye un principio económico esencial para el funcionamiento
competitivo de la economía española', teniendo su reflejo en el artículo
139 de la Constitución, que expresamente impide adoptar medidas que
directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y
establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo
el territorio español. Este pacto bilateral quebrantaría el principio de
unidad de mercado configurado en nuestra Constitución y facilitaría la
posibilidad de que otras comunidades autónomas demanden otros pactos
bilaterales a la carta.



Por todo ello, se le formulan al Gobierno las siguientes preguntas para su
respuesta por escrito:



1. ¿Por qué lo que el Gobierno dice que es bueno para el conjunto de
España no es bueno para el País Vasco?



2. ¿Cree el Gobierno que es compatible la Unidad del Mercado nacional con
la concesión de privilegios territoriales a nivel autonómico?



3. ¿Se propone el Gobierno emprender actuaciones similares con todas las
Comunidades Autónomas que han expresado objeciones a esta Ley?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de junio de 2014.-Álvaro
Anchuelo Crego, Diputado.



184/053564



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Jon Iñarritu García, Diputado de Amaiur, integrado en el Grupo Mixto,
de conformidad con lo previsto en el artículo 185 del Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta la siguiente pregunta al Gobierno con
ruego de respuesta por escrito.



Según ha hecho público el periódico digital www.eldiarionorte.es, un ex
diputado foral de Bizkaia ha cobrado de una empresa pública cerca de
210.000 euros en los últimos tres años 'sin ir a trabajar'.



Juan Cruz Nieves, quien fue diputado foral de Urbanismo, está adscrito
desde 2011 como adjunto a la gerencia de la sociedad lbarzaharra,
propiedad de los gobiernos central, vasco, la Diputación de Bizkaia y el
Ayuntamiento de Sestao, creada para regenerar suelos industriales en este
municipio.



Según el mismo medio, la irregular situación laboral del ex alto cargo
habría generado malestar en el seno de los socios de la sociedad y en
2012, el gobierno vasco planteó resolverla, bien por el desarrollo normal
de su trabajo y su asistencia al puesto o, en su caso, por el despido de
Nieves. Pero la propuesta no salió adelante por el rechazo de las otras
instituciones y todo ha continuado igual.




Página
128






Teniendo en cuenta que el gobierno central es uno de los socios
mayoritarios, Amaiur desea conocer:



1. ¿Conocía el Gobierno este hecho? En caso de ser una respuesta positiva
¿desde cuándo?



2. ¿Tiene intención el Gobierno de realizar algún procedimiento para que
esta persona devuelva las cantidades cobradas?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de junio de 2014.-Jon Iñarritu
García, Diputado.



184/053565



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
del Congreso de los Diputados, la Diputada que suscribe formula la
siguiente pregunta dirigida al Gobierno para su respuesta escrita.



El Real Decreto 20/2014, de 17 de enero, por el que se completa el régimen
jurídico en materia de asignación de franjas horarias en los aeropuertos
españoles, pretende identificar el órgano responsable para la realización
de los estudios para la determinación de la capacidad aeroportuaria y
para la determinación de los parámetros para la designación de franjas
horarias y regular la designación de los aeropuertos coordinados y
facilitados, los requisitos y el ámbito de actuación del coordinador y
facilitador de franjas horarias, así como su designación y los supuestos
en que procede su revocación. Además, se pretende asegurar la
independencia del Coordinador separándolo funcionalmente de cualquier
parte interesada.



En su artículo 9 este Real Decreto establece como único requisito para la
composición del capital del Coordinador, o para la entrada en sus órganos
de gobierno, el tener un domicilio social en sus empresas radicado en la
UE o que su dueño tenga la nacionalidad de alguno de los países de la UE.



¿Considera el Gobierno positivo para la defensa de la Marca España que el
órgano que a partir de ahora deberá ser árbitro en la asignación de slots
pueda tener una mayoría social en terceros países?



¿Por qué no se han regulado mecanismos de defensa y arbitrio de la libre
competencia o de desavenencia entre los intereses de las compañías?



En el marco establecido por la normativa sobre mayorías en la composición
del capital y de los órganos de gobierno del nuevo Coordinador y
considerando la posibilidad de que pasen a manos privadas la red de
aeropuertos, ¿considera el Gobierno posible que British Ainvays sea el
árbitro en la asignación de slots de empresas con las que compite, como
son Iberia y Air Europa?



¿Considera el Gobierno posible que compañías como Ryan Air o Easy Jet
designen slots en espacios y horarios críticos en destinos españoles?



¿Cree el Gobierno que cualquiera de las posibilidades anteriores mejoraría
las perspectivas del sector turístico español o que con ello se daría un
mejor servicio público a la ciudadanía?



¿Qué supervisión pública se exigirá en la confección del Reglamento del
Coordinador?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de junio de 2014.-Ascensión de
las Heras Ladera, Diputada.



184/053566



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento
del Congreso de los Diputados, la Diputada que suscribe formula la
siguiente pregunta dirigida al Gobierno para su respuesta escrita.



El Real Decreto 20/2014, de 17 de enero, por el que se completa el régimen
jurídico en materia de asignación de franjas horarias en los aeropuertos
españoles, pretende identificar el órgano responsable




Página
129






para la realización de los estudios para la determinación de la capacidad
aeroportuaria y para la determinación de los parámetros para la
designación de franjas horarias y regular la designación de los
aeropuertos coordinados y facilitados, los requisitos y el ámbito de
actuación del Coordinador y facilitador de franjas horarias, así como su
designación y los supuestos en que procede su revocación. Además, se
pretende asegurar la independencia del Coordinador separándolo
funcionalmente de cualquier parte interesada.



En su artículo 13 este Real Decreto establece que la financiación del
Coordinador deberá garantizar su independencia y que éste se financiará
fundamentalmente a través de la retribución por los servicios prestados a
los gestores aeroportuarios y a los operadores aéreos. Esto quiere decir
que AENA externaliza una parte de sus funciones para cederlas a una
entidad privada que después cobrará sus servicios a la filial pública
Aena Aeropuertos.



¿En qué beneficia a la ciudadanía que una empresa pública comience a pagar
por unos servicios que con anterioridad ella misma gestionaba?



¿Qué estimación maneja el Gobierno sobre el coste anual que supondrá a
Aena Aeropuertos la retribución al nuevo Coordinador por sus servicios?



¿Cuál seria este coste para los operadores aéreos y en cuanto estima el
Gobierno su repercusión en el precio del billete?



¿Cuánto estima el Gobierno que será el presupuesto anual del Coordinador
para su autofinanciación?



¿De qué tipo serán el resto de actividades auxiliares del Coordinador a
las que puede recurrir para su financiación sin exceder el 25% de sus
ingresos totales?



Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de junio de 2014.-Ascensión de
las Heras Ladera, Diputada.



184/053567



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presenta la
siguiente pregunta dirigida al Gobierno, para la que se solicita
respuesta escrita.



Actualmente el Coro Nacional tiene una plantilla de trabajadores
insuficiente e ineficaz para ejercer la labor como Coro Sinfónico, tal y
como viene recogido en el artículo 2, Capítulo II del Anexo V, al
Convenio Único del Ministerio de Cultura vigente en el CUAGE actual:
'Adscrito al Instituto Nacional de Artes Escénicas y de la Música
(INAEM), el Coro Nacional de España se define como un Coro Sinfónico, de
acuerdo con su plantilla, con nivel estrictamente profesional y de
calificación polifónica.'



Como consecuencia, el CNE se verá en la obligación de interpretar buena
parte de este repertorio programado para la temporada 2014-2015 junto al
Coro de la RTVE, concretamente dos de la temporada de la OCNE y dos de la
temporada OCRTVE.



Al no reponer las bajas por jubilación de sus componentes, la merma de la
plantilla ha sido de un 38% desde la creación del INAEM (1984).



A día de hoy, hay nueve componentes que ocupan plazas de cupo anual (a los
que se le somete sistemáticamente a realizar audiciones). Pensamos que
estos trabajadores han demostrado sobradamente su valía y aptitudes
profesionales, y las próximas pruebas a las que deberían presentarse
serían las de Oferta de Empleo Público.



Si además tenemos en cuenta la Motivación de la medida n.º 1.07.013 de la
Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas Grupo 1.
Duplicidades Administrativas (CORA), observamos que dice textualmente:
'Tanto el Coro de RTVE como los Coros del INAEM (Teatro de la Zarzuela y
Coro Nacional de España) tienen un déficit estructural de plantilla'.
Recordar que las cuatro Producciones Concertistas que van a realizar
juntos el Coro de RTVE y el Coro Nacional, se denominan Convenios de
Colaboración.



1. ¿No estima el Gobierno que estos Convenios de Colaboración suponen un
encubrimiento de la aplicación de la Medida n.º 1.07.013 de CORA?



2. ¿Por qué motivos no se repone la plantilla necesaria para que el Coro
Nacional de España pueda realizar su labor como Coro Sinfónico?




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130






3. ¿Qué motivos han existido para que la Dirección Técnica de la OCNE haya
cancelado dos Grabaciones y un Concierto de la Temporada 2013-2014, así
como una Gira del CNE a Oporto de la Temporada 2014-2015, no habiendo
transcurrido ni 20 días desde la presentación oficial de dicha temporada?



4. ¿Qué alcance en cifras totales ha tenido el gasto de la presentación de
la Temporada 2014-2015 realizada el 13 de mayo de 2014?



5. ¿Cuál es la distribución por partidas de esta presentación?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de junio de 2014.-Ascensión de
las Heras Ladera, Diputada.



184/053568



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presenta la
siguiente pregunta dirigida al Gobierno, para la que se solicita
respuesta escrita.



La gestión del Instituto Nacional de Artes Escénicas y de la Música
(INAEM) ha entrado en crisis, a partir del 1 de mayo de 2014 con la
Intervención previa del Estado, por el exceso de horas extraordinarias
realizadas.



1. ¿Qué gestión se ha realizado por parte de la Dirección General del
INAEM para la conversión del exceso de horas extras en complementos
salariales y plantilla suficiente como viene reclamando la representación
sindical del organismo en múltiples ocasiones?



2. ¿Qué política de empleo público ha realizado la Dirección General del
INAEM para el mantenimiento futuro del organismo y más en concreto para
la temporada 2014-2015?



3. ¿Cuántas funciones programadas de las distintas unidades de producción
ha cancelado el INAEM so pretexto de la crisis de gestión desde el 1 de
mayo de 2014?



4. ¿Cuáles son los gastos, en cifras totales y por partidas diferenciadas,
que ha generado el INAEM como consecuencia de dichas cancelaciones de
funciones?



Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de junio de 2014.-Ascensión de
las Heras Ladera, Diputada.




Página
131






Contestaciones



La Mesa de la Cámara ha acordado publicar en el Boletín Oficial de las
Cortes Generales las contestaciones recibidas del Gobierno a las
preguntas de los señores Diputados que figuran a continuación.



En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publicación, de conformidad
con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de julio de 2014.-P.D. El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



184/026977



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tudanca Fernández, Luis (GS).



Respuesta:



Para los clientes sujetos a la Tur (Tarifa de Último Recurso) el recibo de
la luz en el período comprendido entre diciembre de 2011 y julio de 2013
tuvo una bajada media del 5,4 %.



Se adjunta en anexo la información solicitada.



;Ene-12;Abr-12;Jul-12;Oct-12;Ene-13;Abr-13;Jul-13;Evolución acumulada
dic-11



Evolución media de la factura de la luz para un cliente acogido a
Tur;13;-16 %;4 %;-2 %;3 %;-7 %;1 % ;



Un consumidor que pagara en diciembre de
2011;113,39;95,33;99,31;97,04;99,95;93,5;94,56;-5,4 %



Año;Incremento medio Tur



Ene-12 (**);-13,39



Abr-12 (**);-15,93



Jul-12;4,18



Oct-12;-2,29



Ene-13;3,00



Abr-13;-6,60



Jul-13;1,29



(*) Las revisiones de la TUR eran semestrales a partir de subastas
trimestrales



(**) Ejecución STS;



Peajes;Baja Tensión (con derecho a Tur);Baja Tensión (sin derecho a Tur)



ene-12 (***);39,38 %;20,61 %



Abr-12 (***);-22,82 %;-7,32%



Ene-13;0,00 %;0 ,00%



Abr-13;6,97 %;6,16 %



(**) Subida TUR cero



(***) Ejecución STS;;



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
132






184/026978



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tudanca Fernández, Luis (GS).



Respuesta:



Para responder a la pregunta referenciada, se ha supuesto un hogar acogido
a la Tarifa de Último Recurso con un consumo de 2.500 KWh anuales. Bajo
este supuesto, la variación de la factura del gas natural en el periodo
comprendido entre diciembre de 2011 y julio de 2013 ha sido del 4,70 %
antes de impuestos y del 10,58 % después de impuestos, de acuerdo con los
cálculos de la tabla que se adjunta en anexo.



Fecha;Precios T.U.R.;;Consumo medio (KWh);Factura anual (€);Variación
antes impuestos;Impuesto especial (C€/KWh);IVA;Factura anual
(€);Variación después impuestos



;Fijo (€/cliente y mes);Variable (c€/KWh);;;;;;;



Julio de 2013;4,3;5,75087;2500;195,3718;4,70 %;0,23399981;21
%;243,478312;10,58 %



Diciembre de 2011;4,09;5,50075;2500;186,5988;;0;18 %;220,186525;



Madrid, 9 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/043015 a 184/043018



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez-Piñero Fernández, Inmaculada; Ábalos Meco, José Luis;
Campos Arteseros, Herick Manuel; Montón Giménez, Carmen; Císcar Casabán,
Cipriá, y Puig Ferrer, Joaquín Francisco (GS).



Respuesta:



En relación con las inversiones interesadas en la Comunidad Valenciana, se
informa que se han llevado a cabo los siguientes avances:



Actuación;Certificación de enero 2013;Certificación final marzo 2013;Grado
de ejecución en 2013



Proyecto de reconstrucción del azud de la Marquesa. T.M. de Cullera
(Valencia);3.644.988,45;1.090.483,91;48 %



Euros (IVA incluido);;;



Respecto a las actuaciones 'Proyecto de defensa contra inundaciones en
Albalat de la Ribera, integración paisajística y adecuación ambiental de
la margen izquierda del río Júcar en el área de actuación' y 'Proyecto de
encauzamiento de los barrancos del Carraixet y Palmaret', no están
recogidas como tales en los Presupuestos Generales del Estado 2013 tal y
como puede comprobar a través del siguiente enlace:



http://www.sepg.pap.minhap.gob.es/Presup/PGE2013Ley/MaestroDocumentos/PGE-ROM/doc/2/3/2/1/10/N_13_E_V_2_R_1_209_1_123_1.PDF



Finalmente, en lo relativo a la actuación 'Proyecto de Acondicionamiento
del Barranco del Mandor', términos municipales de la Eliana y Ribarroja
del Turia, incluida dentro de la actuación 3.3.e




Página
133






Acondicionamiento del bajo Turia y nuevo cauce del río, cabe indicar que
se ha suspendido por tratarse de una actuación sin recuperación de
costes.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/043118



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



La autorización de la apertura (o reapertura) de las explotaciones mineras
en Asturias es competencia del Gobierno del Principado de Asturias ya que
las transferencias en materia de ordenación minera se llevaron a cabo
mediante el Real Decreto 386/1985, de 9 de enero, sobre valoración
definitiva y ampliación de funciones y medios adscritos a los servicios
traspasados al Principado de Asturias en materia de industria, energía y
minas.



En lo que se refiere al apoyo económico para que se pueda reabrir la mina,
existen varias líneas de ayudas donde se subvenciona bien un porcentaje
de las inversiones que tengan que realizar los empresarios (Orden
ITC/1231/2010, de 6 de mayo de 2010, por la que se regulan las bases para
la concesión de ayudas a la prevención de riesgos y seguridad minera en
el ámbito de una minería sostenible, a la exploración e investigación
geológico-minera y a la mejora de la productividad de las actividades
mineras no energéticas, gestionada por la Secretaría General de Minas,
del Ministerio de Industria, Energía y Turismo) o bien un préstamo para
realizar las inversiones u otro tipo de ayudas.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/045863



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



En el año 2012, la empresa S.A. Hullera Vasco Leonesa presentó la Memoria
de Seguridad y Salud, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley
31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, y en el Real Decreto
39/1997, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de
Prevención, así como en otra normativa de aplicación.



Esta Memoria, por tanto, forma parte del DOCUMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD de
la empresa en el año 2013, señalando 158 accidentes con baja en el pozo
Emilio del Valle, correspondiendo 151 accidentes en el interior y 7
accidentes en el exterior, así como 72 accidentes sin baja en el interior
y 7 accidentes sin baja en el exterior.



No existe constancia de incidentes registrados en los meses de marzo y
junio de 2012.



Las competencias en materia de inspección y vigilancia en minería se
transfirieron a la Junta de Castilla y León mediante el Real Decreto
1779/1984, de 18 de julio, sobre valoración definitiva y ampliación de
funciones y medios adscritos a los servicios traspasados y adaptación de
los transferidos en fase preautonómica a la Comunidad Autónoma de
Castilla y León en materia de industria, energía y minas, que su anexo I,
apartado B).III, 2.d) establece que la Junta de Castilla y León asume las
funciones de:



'd) Atribuciones relativas a la autorización, inspección y vigilancia de
los trabajos de exploración, investigación, explotación y beneficio de
minerales, arranque de rocas en minería y obra civil mediante la
utilización de cualquier técnica y facultades técnicas correspondientes.
Igualmente la potestad sancionadora y declaración de caducidad.'




Página
134






En consecuencia, las preguntas anteriores deberán ser trasladadas a la
Junta de Castilla y León como autoridad competente y autora de la
investigación del accidente.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/047148



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



La evolución del número de efectivos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
del Estado destinados en Ceuta desde el año 2008 hasta el 31 de enero de
2014, es la que figura en el siguiente cuadro:



Efectivos disponibles Fcse en Ceuta;;;;;;;



Año;2008;2009;2010;2011;2012;2013;31/01/2014



Cnp;548;566;598;580;563;550;548



Gc;621;636;612;591;584;573;574



Datos a 31 de diciembre de cada año excepto 2014;;;;;;;



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/047270



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Jané i Guasch, Jordi (GC-CiU).



Respuesta:



La Orden HAP/1465/2012, de 28 de junio, por la que se desarrolla el
procedimiento y condiciones de retención de la participación en los
tributos del Estado de las entidades locales que no concierten las
operaciones de endeudamiento, y se establece la remisión de información a
las comunidades autónomas a estos efectos, de acuerdo con lo previsto en
el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan
obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer
un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las
entidades locales, y el Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el
que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores,
determina que se aplicará cada mes la retención sobre la participación en
los tributos del Estado de la entidad local, de acuerdo con lo previsto
en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año.



Para el ejercicio 2014, el artículo 123.Dos de la Ley 22/2013, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, dispone
que el importe de la retención será el 50 % de la cuantía asignada a la
respectiva entidad local, tanto en cada entrega a cuenta como en la
liquidación definitiva anual correspondiente a la participación en los
tributos del Estado, excepto cuando la cuantía de la deuda sea inferior a
esa cantidad.



Por lo que se refiere al tipo de interés aplicable, durante los cinco
primeros años del periodo de las retenciones, será el mismo que resulte
aplicable a las entidades locales que hubieran concertado la operación de
endeudamiento prevista en el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero.
Transcurrido dicho plazo, se modificará el tipo de interés considerando
los gastos y costes financieros en que incurra el Fondo para la
financiación de los pagos a proveedores.



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
135






184/047488



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar (GS).



Respuesta:



Los presupuestos para la subvención a la suscripción de los seguros
agrarios se aprueban con carácter nacional, en cada ejercicio, no
existiendo territorialidad de los mismos.



La subvención a la suscripción de los seguros agrarios se concede
directamente a los asegurados en función de la línea y módulo de seguro
contratado, e incluso de las características del asegurado o si renueva
la póliza o es un nuevo asegurado. Distintos factores influyen en que
pueda tener un porcentaje u otro de subvención, pero no la situación
geográfica de su explotación. Por lo tanto, no hay un presupuesto
diferenciado por Comunidad Autónoma y tampoco a nivel provincial, siendo
imposible determinar el grado de ejecución.



El grado de ejecución del Plan de Seguros Agrarios únicamente es conocido
a nivel global, siendo los siguientes datos los correspondientes a los
años por los que se realiza la pregunta:



Ejercicio;Presupuesto aprobado en M€;Grado de Ejecución



2008;320,26;99,0 %



2009;280,78;99,9 %



2010;283,36;99,8 %



2011;273,60;99,9 %



2012;246,13;99,7 %



2013;234.18;100,0 %



La previsión de ejecución del Plan de Seguros Agrarios 2014 es del 100 %.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/047681



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: De las Heras Ladera, Ascensión (GIP).



Respuesta:



El control de legalidad respecto a los actos y acuerdos de las entidades
locales está reservado a los Tribunales (artículo 6.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local). El análisis
jurídico, que no control de legalidad, que efectúan las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno respecto a cada uno de los actos y acuerdos
de las corporaciones locales del territorio español se efectúa con
arreglo al criterio de velar por la legalidad de la actuación local,
siempre respecto a materias en las que existe regulación estatal, ya sea
básica, o bien aplicable directamente a las corporaciones locales. En
virtud del carácter bifronte de la autonomía local, paralela potestad
ostentan las comunidades autónomas cuando existe vulneración o exceso
competencial local respecto a su propia normativa o competencias.



De acuerdo con estos parámetros de derecho positivo, la revisión jurídica,
que no la 'paralización' de actos y acuerdos, se ejerce con estricta
atención a su contenido y a su corrección desde el punto de vista de la
legislación estatal. Se suele requerir información y, en su caso,
anulación de acuerdos, sobre todo en lo relativo a tres materias: Función
Pública, Procedimiento Administrativo y Régimen Fiscal. Sólo si el
requerimiento de anulación es desatendido, se formula Demanda
Contencioso-Administrativa.



En el caso al que alude la iniciativa de referencia, es aplicable el
artículo 65.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de
Régimen Local, que establece que 'cuando la Administración del Estado o
de las comunidades autónomas considere, en el ámbito de las respectivas
competencias, que




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136






un acto o acuerdo de alguna entidad local infringe el ordenamiento
jurídico, podrá requerirla, invocando expresamente el presente artículo,
para que anule dicho acto en el plazo máximo de un mes'; asimismo, 'el
requerimiento deberá ser motivado y expresar la normativa que se estime
vulnerada. Se formulará en el plazo de quince días hábiles a partir de la
recepción de la comunicación del acuerdo'.



Por lo demás, la Delegación del Gobierno ha requerido a otros
ayuntamientos para que anulen acuerdos de convocatoria de plazas
basándose en el artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del
Estatuto Básico del Empleado Público-EBEP, relativo a las ofertas de
empleo.



Respecto a la actividad de requerimiento en la materia de referencia, la
Delegación del Gobierno ha requerido de anulación a lo largo de 2013 a
tres ayuntamientos ante la posibilidad de haber incurrido en vulneración
del artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/048007



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Guillén Izquierdo, Vicente (GS).



Respuesta:



El artículo 108 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de
Aragón establece lo siguiente:



'A los efectos de concretar lo dispuesto en el artículo 104, y de forma
especial la participación territorializada de Aragón en los tributos
generales que se determine y las condiciones para la aprobación de
recargos sobre tributos del Sistema Fiscal General, en el marco de lo
dispuesto en el artículo 157.3 de la Constitución y en la legislación que
lo desarrolle, la Administración General del Estado y la Comunidad
Autónoma de Aragón suscribirán un acuerdo bilateral que se formalizará en
Comisión Mixta y podrá ser revisado periódicamente de forma conjunta,
deberá tener en cuenta el esfuerzo fiscal de Aragón y que atenderá
singularmente los criterios de corresponsabilidad fiscal y solidaridad
interterritorial.'



La Administración General del Estado ha defendido siempre, incluso en el
trámite de discusión parlamentaria del Estatuto, que el acuerdo bilateral
a que se refiere este artículo es el necesario para la aceptación de la
cesión de tributos, y que la Comisión Mixta a que se hace referencia es
la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad
Autónoma (CMAEF), a la que, según el artículo 109 del Estatuto,
corresponde 'a) Acordar el alcance y condiciones de la cesión de tributos
de titularidad estatal y, especialmente, los porcentajes de participación
en el rendimiento de los tributos estatales cedidos parcialmente' y 'h)
Seguimiento del cumplimiento del Acuerdo bilateral económico-financiero
previsto en el artículo 108'.



En cuanto a la suficiencia financiera de las entidades locales de la
Comunidad Autónoma de Aragón, la Administración General del Estado vela
por ello. De acuerdo con el artículo 142 de la Constitución, se debe
lograr mediante tres instrumentos: los tributos propios de las entidades
locales, y la participación en los tributos del Estado y en los de las
comunidades autónomas.



La Administración General del Estado viene intentando dar cumplimiento a
este principio mediante la regulación de las haciendas locales,
conteniendo la definición del sistema tributario local y de la
participación en los tributos del Estado, y también mediante la reforma
de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, articulada por la
Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de
la Administración Local, en la que se pretende clarificar el ámbito de
competencias de las entidades locales y garantizar su financiación en los
casos en los que desarrollen las que no les sean propias.



Además, se han venido estableciendo medidas específicas para garantizar
esa suficiencia y sostenibilidad, de las que son ejemplos palmarios las
tres fases del mecanismo de pagos a proveedores, en las que se ha
posibilitado la conversión de deuda comercial vencida, líquida y exigible
en deuda financiera amortizable en diez años, la definición de medidas
extraordinarias de apoyo a municipios con problemas financieros mediante
el título II del Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio, la ampliación,
a partir de 1 de enero de 2012, de 60 a 120 mensualidades del período de
reintegro de las liquidaciones negativas de la participación en tributos
del Estado de los años 2008 y 2009, o el incremento de los tipos




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137






de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, aprobado para los años
2012 y 2013 por Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, y
prorrogado para los años 2014 y 2015 por Ley 16/2013, de 29 de octubre,
por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad
medioambiental y se adoptan otras medidas tributarios y financieras.



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/048139



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lozano Domingo, Irene (GUPyD).



Respuesta:



En respuesta a la pregunta de referencia, el Gobierno manifiesta que la
dotación económica presupuestada para el Fonprode en el año 2013 no fue
de 385 millones de euros sino de 245.230.000 euros. El nivel de ejecución
de dicha dotación presupuestaria para 2013 fue del 30 % y, de los
245.230.000 euros, fueron autorizadas por el Consejo de Ministros
operaciones por un total de 88.433.053 euros en el periodo.



Es igualmente necesario subrayar que la Ley de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2013 estableció que durante el año 2013 sólo se
podrían autorizar con cargo al Fonprode operaciones de carácter
reembolsable, así como aquellas operaciones necesarias para hacer frente
a los gastos derivados de la gestión del fondo o de otros gastos
asociados a las operaciones formalizadas por el fondo, lo que significó
que no se podían hacer operaciones de donación. Es conocido que las
operaciones reembolsables conllevan mayores plazos de formalización y
ejecución, y revisten una mayor dificultad y complejidad. Igualmente, el
bajo nivel de ejecución de las dotaciones económicas presupuestadas para
el Fonprode en el año 2013 tiene que ver con el ritmo del fortalecimiento
de capacidades en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
para la gestión del Fondo. También ha influido de manera relevante la
falta de seguridad jurídica y de un marco normativo claro para las
operaciones que se pueden realizar, lo que ha dilatado el tiempo preciso
para la preparación de las distintas operaciones motivando incluso que
operaciones identificadas, o incluso formalizadas, no hayan sido
finalmente ejecutadas.



Desde la puesta en marcha del Fonprode se han detectado importantes
obstáculos que dificultan su funcionamiento como son: la multiplicidad de
órganos que intervienen en la gestión del Fondo y en la tramitación
económico-administrativa del Comité Ejecutivo del Fonprode; las
dificultades técnicas inherentes a la gestión de determinados tipos de
operaciones (i.e. aportaciones de capital); los requisitos normativos
establecidos en la Ley del Fonprode y su desarrollo reglamentario, así
como en la propia Ley de Presupuestos Generales del Estado; y otras
restricciones de carácter administrativo. En particular estos dos últimos
puntos han contribuido sustancialmente al retraso registrado en la
aprobación de operaciones en los últimos años.



Consciente de dichas dificultades, el Gobierno creó un Grupo de Trabajo en
el seno del Comité Ejecutivo del Fonprode para analizar estos obstáculos
y proponer medidas que permitan mejorar la gestión del instrumento, fruto
de lo cual con fecha 23 de abril de 2014 se ha publicado en BOE la Ley
8/2014, de 22 de abril, sobre cobertura por cuenta del Estado de los
riesgos de la internacionalización de la economía española cuya
disposición final segunda modifica la Ley 36/2010, de 22 de octubre, del
Fondo para la Promoción del Desarrollo, modificación que entrará en vigor
en julio 2014.



En cuanto a la razón por la cual no está disponible al público el
contenido íntegro de las actas de todas las reuniones celebradas por el
Comité Ejecutivo del Fonprode desde su entrada en funcionamiento, se
atendrá a lo que indica la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, que
actualmente ha entrado en vigor parcialmente.



No se ha considerado hasta la fecha la necesidad de establecer un
mecanismo específico para que las partes interesadas puedan acceder al
contenido de las actas del Comité Ejecutivo del Fonprode y a la
documentación de soporte de las propuestas presentadas a las mismas. En
todo caso, el Gobierno garantizará el derecho de los ciudadanos a
conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los
procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y obtener
copias de documentos




Página
138






contenidos en ellos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35
letra a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.



Desde la aprobación del Real Decreto 1424/2012, de 11 de octubre, por el
que se modifica el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, y se modifica igualmente el Reglamento
del Fondo para la Promoción del Desarrollo, aprobado por Real Decreto
845/2011, de 17 de junio, la composición del Comité Ejecutivo del
Fonprode es la siguiente:



Presidencia, Jesús Manuel Gracia Aldaz, Secretario de Estado de
Cooperación Internacional y para Iberoamérica, Ministerio de Asuntos
Exteriores y de Cooperación Vicepresidencia primera, Gonzalo Robles
Orozco, Secretario General de Cooperación Internacional para el
Desarrollo, Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación



Vocales:



- Ignacio Ybáñez Rubio, Director General de Política Exterior y Asuntos
Multilaterales, Globales y de Seguridad, Ministerio de Asuntos Exteriores
y de Cooperación;



- Laura López de Cerain Salsamendi, Directora de Cooperación Multilateral,
Horizontal y Financiera, Agencia Española de Cooperación Internacional
para el Desarrollo;



- Rafael Garranzo García, Director de Cooperación con América Latina y
Caribe, Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo;



- Alberto Virella Gomes, Director de Cooperación con África y Asia,
Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo;



- Fernando Eguidazu Palacios, Director General de Relaciones Económicas
Internacionales, Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación;



- Sergio Álvarez Sánchez, Director del Gabinete de la Secretaría General
de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Ministerio de Asuntos
Exteriores y de Cooperación;



- Ildefonso Castro López, Director del Departamento de Asuntos
Internacionales del Gabinete de la Presidencia del Gobierno, Presidencia
del Gobierno;



- Jaime Iglesias Quintana, Director General de Presupuestos, Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas;



- Alfonso González Hermoso de Mendoza, Director General de Evaluación y
Cooperación Territorial, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte;



- Antonio Fernández-Martos Montero, Director General de Comercio e
Inversiones, Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Economía
y Competitividad;



- Juan María Vázquez Rojas, Director General de Investigación y Gestión
del Plan Nacional de I+D+i, Ministerio de Economía y Competitividad;



- Alberto Soler Vera, Director Genera de Análisis Macroeconómico y
Economía Internacional, Ministerio de Economía y Competitividad;



- Adolfo Díaz-Ambrona Medrano, Secretario General Técnico, Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente;



- Salomé Androher Biosca, Directora General de Servicios para la Familia y
la Infancia, Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad;



- José Gefaell Chamochín, Director General de Negocios, Instituto de
Crédito Oficial;



Secretario:



- Juan Ignacio Izuzquiza Rueda, Jefe del Departamento de la Oficina del
Fonprode y de Cooperación Financiera, Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo.



Desde la aprobación del Real Decreto 1424/2012, de 11 de octubre, por el
que se modifica el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, y se modifica igualmente el Reglamento
del Fondo para la Promoción del Desarrollo, aprobado por Real Decreto
845/2011, de 17 de junio, respecto a la composición de los miembros del
Comité Ejecutivo Fonprode, se han producido las siguientes sustituciones:




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139






Santiago Cabanas Ansorena, Director General de Política Exterior y Asuntos
Multilaterales, Globales y de Seguridad, Ministerio de Asuntos Exteriores
y de Cooperación, sustituido por Ignacio Ybáñez Rubio, Director General
de Política Exterior y Asuntos Multilaterales, Globales y de Seguridad,
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. (BOE de 18 de mayo de
2013)



José Ángel Manzano, Director del Gabinete de la Secretaría General de
Cooperación Internacional para el Desarrollo, Ministerio de Asuntos
Exteriores y de Cooperación, sustituido por Sergio Álvarez Sánchez,
Director del Gabinete de la Secretaría General de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación (se incorpora como miembro del Comité en septiembre 2013).



La reforma de la Ley del Fonprode ha introducido en el esquema de gestión
del fondo a Cofides, como apoyo al Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación y a la Aecid para la gestión del instrumento, dados sus
conocimientos y experiencia en la utilización de instrumentos de carácter
reembolsable (créditos y participación en capital). La complejidad y
diversidad de las operaciones del Fondo hace necesaria esta labor de
apoyo para una adecuada gestión del instrumento. Tras la finalización de
la reforma normativa, se prevé que Cofides participe en la identificación
de operaciones.



La entrada de Cofides en el esquema de gestión del fondo como entidad de
apoyo supondrá la sustitución de los servicios de apoyo prestados por
otras entidades, en particular los realizados hasta el momento por la
Sociedad Estatal España Expansión Exterior.



Madrid, 16 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/048185



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Carcedo Roces, María Luisa (GS).



Respuesta:



Se informa a Su Señoría que es criterio del Gobierno que, en las sesiones
de control al Gobierno de los plenos del Congreso y el Senado, se
produzca el menor número posible de ausencias por parte de sus miembros.
Cuando se producen ausencias, que siempre se comunican a la Cámara con
carácter previo, es por causa justificada y razones inaplazables de
agenda oficial.



En el pleno del pasado día 12 de marzo se produjeron dichas
circunstancias. Ese día, la Vicepresidenta y Ministra de la Presidencia,
tal y como figura en la Agenda del Gobierno, que se puede consultar en el
enlace web
http://www.lamoncloa.gob.es/Gobierno/Agenda/2014/120314Agenda.htm, tenía
las siguientes actividades públicas programadas, que por su duración, no
hacían posible la presencia de la Vicepresidenta en el Congreso:



- 9:15 hs. Presentó, en el Hotel Eurostars, al presidente de las Cortes de
Aragón, José Ángel Biel, en el Foro Aragonex y participó en el coloquio
posterior a la intervención del sr. Biel.



- 11:00 hs. Presidió, en el Edificio INIA del Complejo de La Moncloa, la
reunión de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios.



- 19:30 hs. Asistió, en el Auditorio Nacional de Música, al concierto 'In
Memoriam' en homenaje a todas las víctimas del terrorismo en España,
presidido por S.M. la Reina.



En todos los casos, se trataba de actividades de trascendencia política
vinculadas a la actividad del Gobierno o a las relaciones entre el Estado
y una Comunidad Autónoma (cabe recordar que el Presidente de las Cortes
de Aragón es el Presidente de la Comisión Bilateral de Cooperación
Estado-Aragón, en representación de la Comunidad Autónoma de Aragón, y la
Vicepresidenta del Gobierno es la Presidenta de esa Comisión en
representación de la Administración General del Estado).



Madrid, 18 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
140






184/048259



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



En 2013, se puso en marcha un Plan de acción para eliminar la demora
existente en la resolución de los expedientes de valoración del
justiprecio. El objetivo de dicho Plan es proceder al pago del
justiprecio a los expropiados, determinándolo de forma inmediata, o, en
el caso de que ya se haya producido el retraso, realizar acciones de cara
a minorar el impacto presupuestario del abono de los intereses
devengados. Por ello, se han identificado las necesidades de los Jurados
Provinciales de Expropiación, teniendo en cuenta tanto los expedientes
pendientes de resolver, que son principalmente de naturaleza rústica,
como la necesidad de reforzar con personal adicional a las provincias más
afectadas por los retrasos, uniéndolo a la necesaria adecuación a la
modificación introducida por la Ley de Presupuestos Generales del Estado
2013.



Las iniciativas adoptadas en este Plan son las siguientes:



1. Recursos humanos



- Nombramiento en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de
funcionarios interinos como vocales técnicos. Se ha procedido a
identificar las provincias en las que los Jurados de Expropiación Forzosa
sufren mayores retrasos y la naturaleza de los expedientes afectados por
aquéllos (rústica y/o urbana), autorizando después el nombramiento, en
diferentes provincias, entre agosto y diciembre de 2013, de 13
funcionarios interinos con titulación de Ingeniero Agrónomo.



- Sistema de designación de vocales técnicos: 'Deslocalización' en la
tramitación. Se han realizado gestiones para aumentar la implicación de
las Delegaciones de Economía y Hacienda a la hora de dinamizar la
actividad de los técnicos designados, estableciendo un sistema de
designación de vocales técnicos de Jurados Provinciales de Expropiación
en otros Jurados de provincias donde no hubiera funcionarios con la
titulación requerida.



2. Medidas relacionadas con la aplicación informática de Jurados



- Se ha fomentado el uso obligatorio, por parte de los Jurados, de la
aplicación informática Jurados de expropiación.



- Se ha impulsado la tramitación telemática de las solicitudes de
intereses de demora.



- Se ha promovido la utilización del foro creado en 2012, en el que los
usuarios hacen propuestas de mejora para facilitar la gestión y
seguimiento de los expedientes de justiprecio.



- Se ha extendido el uso de las notificaciones por comparecencia, que
permiten un ahorro considerable de recursos públicos.



En 2014, se está analizando el establecimiento de un nuevo sistema de
gestión de expedientes que evite los retrasos actualmente existentes, a
través del establecimiento de una Guía sobre el funcionamiento del
Jurado, analizando además otras medidas que contribuyan a evitar el
sobrecoste que suponen para el Estado los intereses de demora por retraso
en la determinación del justiprecio.



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/048320



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de
la Administración Local (en adelante LRSAL) que entró en vigor el pasado
31 de diciembre de 2013, ha introducido modificaciones




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141






en el artículo 13 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
del Régimen Local (en adelante LrBRL), en las que se aborda la regulación
de tres medidas que inciden de manera directa en la denominada planta o
estructura municipal, y entre ellas las relativas a la creación de nuevos
municipios.



Por lo que se refiere a los requisitos para la creación de nuevos
municipios, el artículo 13.2 regula con mayor detalle que hasta ahora los
requisitos que ha de cumplir el procedimiento de creación de nuevos
municipios que sólo podrá realizarse sobre la base de núcleos de
población territorialmente diferenciados, de al menos 5.000 habitantes y
contando con los recursos suficientes para el cumplimiento de las
competencias municipales atribuidas sin que ello suponga disminución en
la calidad de los servicios que venían siendo prestados.



Si bien, con relación a la cuestión concreta planteada en la iniciativa
parlamentaria relativa a entidades locales autónomas, en aquellos casos
en que hayan iniciado trámites de segregación antes de la aprobación de
la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local,
hay que señalar que, en aras al principio de seguridad jurídica y de
irretroactividad normativa cuya garantía jurídica deriva de la propia
Constitución en su artículo 9.3 y de la aplicación de la regla general
contenido en el artículo 2.3 del Código Civil que literalmente señala que
'las leyes no tendrán efecto retroactivo si no dispusieren lo contrario',
el criterio interpretativo debe ser el de que los procedimientos
administrativos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la
citada LRSAL se resolverán de acuerdo con la normativa vigente en el
momento de su iniciación.



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/048321



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Saura García, Pedro (GS).



Respuesta:



Durante los años 2012, 2013 y los dos primeros meses de 2014 se han
tramitado 17 expedientes de conflicto en la aplicación de la norma
tributaria.



El informe de la Comisión Consultiva ha sido favorable en los 17
expedientes.



Todos los expedientes se han tramitado en el curso de actuaciones
inspectoras. La regularización de la situación del obligado tributario y
su correlativa liquidación tributaria se corresponde con todos los hechos
y elementos que han sido puestos de manifiesto en el curso de tales
actuaciones en función del alcance y contenido de las mismas, de modo que
no todos ellos pueden estar afectados por la declaración de conflicto.



La propia definición de conflicto dada por el artículo 15 de la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria-LGT indica que éste
existirá cuando '(...) se evite total o parcialmente la realización del
hecho imponible o se minore la base o la deuda tributaria (...)'. Además,
una de las circunstancias que necesariamente tiene que concurrir es que
'de su utilización no resulten efectos jurídicos o económicos relevantes,
distintos del ahorro fiscal (...)'.



Por tanto, las actuaciones inspectoras afectadas por los actos o negocios
respecto de los cuales se ha considerado la existencia de conflicto han
finalizado o van, previsiblemente, a finalizar (en aquellos casos en los
que aún no se haya regularizado la situación tributaria del contribuyente
por estar dentro del plazo el procedimiento) con una liquidación
tributaria.



El informe de la Comisión Consultiva declarando conflicto en la aplicación
de la norma tributaria previsto en el artículo 159 de la LGT y los demás
actos dictados en aplicación de dicho artículo no es susceptible de
recurso o reclamación de forma independiente, pero en los recursos o
reclamaciones que se interpongan contra los actos y liquidaciones
resultantes de la comprobación podrá plantearse la procedencia de la
declaración de conflicto en la aplicación de la norma tributaria.



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
142






184/048448



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Fernández, Rosana (GMx).



Respuesta:



El Gobierno, en concreto el Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente, está trabajando con el objetivo de regenerar la Ría de O
Burgo (A Coruña).



Existe un proyecto para la retirada de los lodos, que se está adaptando a
las condiciones que existen en la actualidad. Para ello se ha llevado a
cabo una nueva campaña de toma de muestras por el Centro de
Experimentación y Obras Públicas, (CEDEX) siguiendo el esquema
metodológico empleado en su día por la Universidad de Santiago de
Compostela.



A partir de estos datos se ha realizado una nueva zonificación de los
niveles de contaminación, y se ha redactado la Memoria Ambiental del
proyecto de dragado iniciando su tramitación ambiental.



Se ha llevado a cabo la fase de consultas previas, habiéndose establecido
por el órgano ambiental la amplitud y nivel de detalle de Estudio de
Impacto Ambiental. Una vez concluya dicha tramitación, se acordará con
las Administraciones involucradas en el proyecto de regeneración de la
Ría (Ayuntamientos y Xunta de Galicia) el sistema de financiación para
llevar a cabo la obra.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/048467



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio; Gallego Arriola, María del Puerto, y
Fernández Moya, Gracia (GS).



Respuesta:



La Dirección General de Ordenación del Juego del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas ha publicado dos estudios denominados
'Observatorio de la protección al jugador online', los cuales han sido
realizados en los meses de abril y noviembre de 2013, respectivamente.



Cada uno de los referidos estudios tiene como base la realización de más
de 1.000 entrevistas auto-administradas a un panel de internautas, con
cuotas de acuerdo con los principales perfiles sociodemográficos
representativos del jugador on-line del último año.



Los referidos estudios están accesibles en la página web de la Dirección
General de Ordenación del Juego:
http://www.ordenacionjuego.es/es/estudios-informes.



Existe la intención de completar la oferta de juego online con la
aprobación de la reglamentación básica de las máquinas de azar online
(las llamadas tragaperras) y las apuestas cruzadas.



Por otro lado, se indica que se considera que la regulación de esta
modalidad de juego no solo no incrementará la ludopatía sino que ayudará
a combatir su surgimiento, detección y remedio en aquella reducida
proporción de jugadores que potencialmente tengan contacto con este grave
problema, y de igual manera favorecerá que el resto de jugadores que no
resulten susceptibles de desarrollar estos problemas, la mayoría,
desarrollen una conducta de juego responsable.



A esta iniciativa subyace la voluntad de aumentar la protección del
jugador de este juego mediante su inclusión en la adecuada regulación,
frente a la situación que existe en la actualidad, donde tal juego se
ofrece en entornos no regulados. Ello permitiría, por ejemplo y sin
carácter no exhaustivo: evitar que jueguen menores y autoexcluidos a este
juego mediante los mecanismos de identificación previa establecidos en la
regulación; aplicar a este juego los límites de gasto diarios, semanales
y mensuales que rigen con carácter general para el resto de juegos;
incorporar medidas específicamente destinadas a favorecer el juego
responsable en relación con este juego en particular, tales como la
predeterminación previa del gasto y el tiempo a invertir en la sesión, la
limitación del modo de juego automático, o establecer una duración mínima
de las partidas. Todo ello no resulta aplicable en la actualidad al
entorno presencial de las máquinas tragaperras ni al online no regulado,
y sin duda constituirá un gran avance.




Página
143






En consecuencia, se considera que regular esta modalidad es mucho más
garantista que mantenerla sin regular, habida cuenta de la constatación
de la importancia de este juego tanto a nivel de demanda como de oferta.



En relación con la última pregunta, se señala que el artículo 48.1 de la
Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, define el hecho
imponible del impuesto sobre actividades de juego: 'Constituye el hecho
imponible la autorización, celebración u organización de los juegos,
rifas, concursos, apuestas y actividades de ámbito estatal, reguladas en
el apartado 1 del artículo 2, así como las combinaciones aleatorias con
fines publicitarios o promocionales, asimismo, de ámbito estatal, pese a
la exclusión del concepto de juego, reguladas en la letra c) del apartado
2 del mismo artículo, sin perjuicio de los regímenes forales de Concierto
y Convenio Económico vigentes en los Territorios Históricos del País
Vasco y de Navarra, respectivamente y de lo dispuesto en los Tratados o
Convenios Internacionales que hayan pasado a formar parte del
ordenamiento interno'.



El tipo de juego de máquinas de azar se encontraría dentro de la modalidad
de 'Otros Juegos' aplicándose, según se establece en el artículo 48.7 de
la Ley 13/2011, un tipo de gravamen del 25 % sobre los ingresos netos del
operador de juego, definidos como el importe total de las cantidades que
se dediquen a la participación en el juego, así como cualquier otro
ingreso que puedan obtener, directamente derivado de su organización o
celebración, deducidos los premios satisfechos por el operador a los
participantes.



Asimismo, el apartado 11 del artículo 48 del citado texto legal establece
que 'La recaudación obtenida por el gravamen, correspondiente a los
ingresos por el juego de los residentes en cada Comunidad, de las
actividades que se hayan efectuado mediante sistemas de medios
electrónicos, informáticos o telemáticos, regulados en el artículo 3.h)
de esta Ley se distribuirá a las Comunidades Autónomas, en proporción a
las cantidades jugadas por los residentes de cada Comunidad Autónoma.
(...). La atribución de ingresos a cada Comunidad Autónoma se determinará
en función de la residencia de los jugadores en su ámbito territorial,
correspondiéndole, en exclusiva, el incremento de recaudación derivado de
la aplicación a tales residentes de lo previsto en el último párrafo del
apartado 7 de este artículo.



El importe de la recaudación se pondrá trimestralmente a disposición de
las Comunidades Autónomas mediante operaciones de tesorería, cuyo
procedimiento se determinará reglamentariamente.'



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/048475



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ganancias del
juego se califican como ganancias patrimoniales conforme al artículo 33.1
de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos
sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio
(BOE de 29 de noviembre), -en lo sucesivo LIRPF-.



Por otra parte, el artículo 33.5 d) de la LIRPF, en su redacción aplicable
con anterioridad a 1 de enero de 2012, establecía que no se computaban
como pérdidas patrimoniales las debidas a pérdidas en el juego. No
obstante, con efectos desde 1 de enero de 2012, el artículo 2. Dos de la
Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas
tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al
impulso de la actividad económica (BOE de 28 de diciembre), modificó la
redacción del citado precepto, de forma que no se computarán como
pérdidas patrimoniales.



Por lo tanto, atendiendo al principio de capacidad económica, para la
cuantificación de la ganancia patrimonial derivada de la obtención de un
determinado premio procedente del juego se computará la diferencia
positiva entre el importe del premio obtenido y la cantidad jugada
directamente relacionada con la obtención del mismo, al ser esta
diferencia la magnitud que representa la cuantía de la renta obtenida por
el contribuyente. Ello no resultará de aplicación a los premios sujetos
al gravamen especial sobre los




Página
144






premios de determinadas loterías y apuestas, regulado en la disposición
adicional trigésima tercera de la LIRPF.



En relación con el cómputo de las pérdidas y ganancias patrimoniales
obtenidas en el juego, cabe señalar que dichas pérdidas y ganancias
patrimoniales se establecen a un nivel global, en cuanto a las obtenidas
por el contribuyente a lo largo de un mismo período impositivo y en
relación estricta con los importes ganados o perdidos en las apuestas o
juegos.



Por tanto, las pérdidas sólo se integrarán en la base imponible del
impuesto en la medida que no excedan las ganancias obtenidas en el juego
en el mismo periodo, lo que evitará la posibilidad de originar un saldo
negativo, sin distinción entre las derivadas de juego presencial u
on-line.



Finalmente, en lo que concierne a la justificación de las pérdidas de
juego presencial y on- line, como todo derecho a favor del contribuyente,
le corresponderá a éste su prueba a través de los medios de prueba
generalmente admitidos en Derecho. A este respecto, el artículo 106.1 de
la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE de 18 de
diciembre), dispone que 'en los procedimientos tributarios serán de
aplicación las normas que sobre medios y valoración de prueba se
contienen en el Código Civil y en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de
Enjuiciamiento Civil, salvo que la ley establezca otra cosa'.



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/048476



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



El Gobierno trabaja para impulsar el desarrollo de los aeropuertos que
forman parte de la red gestionada por Aena mediante la adopción de
iniciativas concertadas en el seno de los Comités de Coordinación
Aeroportuaria; órganos creados para facilitar la participación en esta
materia de todas las Administraciones Públicas y de los principales
agentes económicos y sociales de cada Comunidad y Ciudad Autónoma.



En la sesión constitutiva del Comité de Coordinación Aeroportuaria del
Andalucía, celebrada el pasado 27 de febrero, se acordó iniciar el
estudio de nuevas medidas para el desarrollo de todos los aeropuertos
situados en esa Comunid ad Autónoma, entre ellos el de Córdoba.



Madrid, 10 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/048888



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma, y Cortizo Nieto, Miguel Ángel
(GS).



Respuesta:



El Gobierno, en concreto el Ministerio de Fomento, está priorizando de
acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes las
actuaciones de firmes, marcas viales y aquellas actuaciones ordinarias de
conservación que resultan fundamentales para la correcta vialidad. Se
estima que, en la zona de la N-VI del texto de la pregunta, la calzada
está en correcto estado de conservación y no es un tramo de concentración
de accidentes, disponiendo en general de carriles de 3,50 metros de
anchura y arcenes de 1,50 metros, salvo en las zonas en las que existe
vía lenta o en zonas de travesía urbana, donde el arcén es de 0,50
metros.



No existe una vía habilitada expresamente para ciclistas (carril bici),
por lo cual los ciclistas deben ajustarse a las características de la
carretera por la que circulan. Si van por vía urbana, deberán hacerlo,




Página
145






por seguridad, acercándose a la derecha de la calzada. La misma premisa se
exige cuando la bicicleta circule por una vía interurbana, con la
diferencia de que en este caso resulta obligatorio circular por el arcén
en el caso de que exista. Ello de conformidad con el artículo 36
(Conductores obligados a su utilización) del Reglamento General de
Circulación.



Madrid, 10 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/049067



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María, y Heredia Díaz, Miguel Ángel
(GS).



Respuesta:



La variación del gasto de combustible de los Cuerpos y Fuerzas de
Seguridad del Estado entre los meses de diciembre del año 2008 y
noviembre de 2011, fue la recogida en el siguiente cuadro:



Provincias;2008 (Dic);2011 (Nov)



A Coruña;75.157,63;120.110,88



Araba;18.805,88;24.746,53



Albacete;35.104,84;59.924,72



Alicante;111.325,39;178.952,01



Almería;53.494,72;83.189,61



Asturias;77.512,03;121.791,33



Ávila;21.422,61;38.135,43



Badajoz;65.643,53;103.939,78



Barcelona;76.860,90;124.405,36



Bizkaia;36.483,69;47.323,08



Burgos;28.304,30;52.221,60



Cáceres;44.084,94;74.282,73



Cádiz;96.918,59;158.325,66



Cantabria;36.787,03;58.963,19



Castellón;44.513,91;73.450,31



Ceuta;14.433,49;20.905,01



Ciudad Real;51.888,15;84.121,76



Córdoba;46.670,27;72.063,75



Cuenca;30.082,48;47.795,51



Gipuzkoa;41.210,72;51.915,99



Girona;19.901,79;30.911,64



Granada;69.605,82;115.182,78



Guadalajara;25.461,48;44.224,89



Huelva;49.244,40;76.870,59



Huesca;34.136,21;55.289,82



Illes Balears;61.030,57;99.129,99



Jaén;47.516,32;77.795,38



La Rioja;46.652,07;85.032,45



Las Palmas;49.027,41;67.546,68



León;48.419,13;76.578,76



Lleida;14.073,58;27.570,79



Lugo;32.603,31;54.401,07



Madrid;954.605,22;1.550.636,32




Página
146






Provincias;2008 (Dic);2011 (Nov)



Málaga;104.016,83;178.336,54



Melilla;16.605,58;18.416,94



Murcia;81.255,83;133.244,61



Navarra;61.634,57;87.931,35



Ourense;26.011,66;43.485,54



Palencia;21.941,17;38.288,21



Pontevedra;64.368,37;100.308,72



Salamanca;33.304,59;56.953,75



Segovia;22.666,34;40.705,83



Sevilla;123.315,21;207.607,74



Soria;14.124,13;23.943,30



Tarragona;27.613,98;33.164,20



Tenerife;38.735,84;59.808,34



Teruel;18.495,46;30.625,74



Toledo;57.909,03;95.544,39



Valencia;153.246,29;241.412,48



Valladolid;34.175,87;57.152,37



Zamora;23.455,14;38.464,30



Zaragoza;62.541,99;115.357,57



Madrid, 18 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/049068



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María, y Heredia Díaz, Miguel Ángel
(GS).



Respuesta:



La variación del gasto de combustible de los Cuerpos y Fuerzas de
Seguridad del Estado entre los meses de noviembre de 2011 y marzo de
2014, fue la recogida en el siguiente cuadro:



Provincias;2011 Nov.;2014 Marzo



A Coruña;120.110,88;130.315,05



Araba;24.746,53;32.581,60



Albacete;59.924,72;68.438,11



Alicante;178.952,01;183.884,93



Almería;83.189,61;93.313,18



Asturias;121.791,33;127.311,13



Ávila;38.135,43;38.606,10



Badajoz;103.939,78;107.295,19



Barcelona;124.405,36;141.439,84



Bizkaia;47.323,08;52.038,75



Burgos;52.221,60;60.052,42



Cáceres;74.282,73;78.343,30



Cádiz;158.325,66;173.792,28



Cantabria;58.963,19;65.290,54



Castellón;73.450,31;71.974,17



Ceuta;20.905,01;21.616,44




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147






Provincias;2011 Nov.;2014 Marzo



Ciudad Real;84.121,76;92.905,20



Córdoba;72.063,75;75.853,76



Cuenca;47.795,51;49.821,28



Gipuzkoa;51.915,99;46.660,35



Girona;30.911,64;35.068,69



Granada;115.182,78;115.009,36



Guadalajara;44.224,89;49.317,93



Huelva;76.870,59;84.744,17



Huesca;55.289,82;55.400,16



Illes Balears;99.129,99;120.624,56



Jaén;77.795,38;77.257,21



La Rioja;85.032,45;44.634,74



Las Palmas;67.546,68;83.729,84



León;76.578,76;82.295,77



Lleida;27.570,79;25.586,92



Lugo;54.401,07;55.921,26



Madrid;1.550.636,32;1.621.605,40



Málaga;178.336,54;191.539,27



Melilla;18.416,94;20.137,26



Murcia;133.244,61;144.254,04



Navarra;87.931,35;102.488,76



Ourense;43.485,54;48.588,41



Palencia;38.288,21;45.039,81



Pontevedra;100.308,72;103.675,60



Salamanca;56.953,75;56.443,96



Segovia;40.705,83;42.855,81



Sevilla;207.607,74;223.859,03



Soria;23.943,30;26.750,52



Tarragona;33.164,20;39.990,11



Tenerife;59.808,34;65.441,88



Teruel;30.625,74;32.204,46



Toledo;95.544,39;103.888,82



Valencia;241.412,48;247.457,03



Valladolid;57.152,37;64.066,04



Zamora;38.464,30;45.500,20



Zaragoza;115.357,57;115.332,40



Madrid, 18 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/049099



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).



Respuesta:



En relación con las cuestiones planteadas por Su Señoría, se señala lo
siguiente:



La investigación abierta por la Comisión Europea (CE), pretende averiguar
si los avales, préstamos o actuaciones de distintas entidades públicas
han cumplido las normas sobre ayudas estatales de la UE, que, en esencia,
consiste en que no se falsee de forma indebida la competencia.




Página
148






El Gobierno no ha financiado a ningún club de fútbol. Por otra parte, el
resto de instituciones públicas deberán responder de sus actuaciones,
que, en todo caso, deberán respetar la legalidad vigente.



De otra parte, cabe indicar que las prácticas denunciadas se encuentran
todavía en fase de investigación y no es función del Gobierno entrar a
valorar dichas actuaciones.



El interés del Gobierno es el esclarecimiento de los hechos y, en su caso,
la exigencia de responsabilidades con independencia de a quien pueda
afectar.



El Consejo Superior de Deportes no es competente para valorar si lo
denunciado por Esquerra Unida en las Corts valencianas se ajusta a la
realidad.



Madrid, 10 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/049102



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



La Comisión Europea ha presentado, con fecha 25 de marzo de 2014, una
comparativa de precios de acceso a banda ancha a nivel europeo
segmentados por rangos de velocidad de descarga de información, tomando
como fuente el informe de la consultora Van Dijk para la Comisión Europea
denominado Broadband Internet Access Cost (BIAC) 1, que recopila los
precios publicitados por los operadores en sus páginas Web durante la
primera quincena de febrero de 2013. El BIAC 2013 recoge las ofertas más
económicas disponibles por país en una serie de categorías, así como la
mediana de los precios de las ofertas identificadas.



En su nota de prensa 2, la Comisión Europea únicamente se refiere a la
categoría de ofertas situadas en el intervalo de 12 a 30 Mbps, donde para
la mejor oferta en el caso de sólo acceso a ADSL España ocupa la
penúltima posición. En este caso, el enfoque de la Comisión se ha
orientado hacia la valoración de la banda ancha en solitario sin tener en
cuenta las dinámicas competitivas en cada uno de los mercados analizados,
penalizando a España frente al resto de países de la UE al no tener en
cuenta que el mercado español está marcado los últimos años por una
dinámica de ofertas convergentes y empaquetadas, que agrupan los
servicios fijo móvil y de banda ancha, y no servicios únicamente de
acceso a ADSL cuya relevancia en España es insignificante. De hecho, las
ofertas que están dinamizando el mercado español son las que contienen
paquetes dobles (voz+datos), triples (voz+datos+móvil) y cuádruples
(voz+datos+móvil+BA móvil).



Es de destacar que la Comisión omite la tendencia de precios de ofertas
más habituales en España, como es el caso del acceso a banda ancha fija +
telefonía fija. De hecho, de los informes BIAC 2009 3 y 2011 4, junto con
el actual de 2013, podemos obtener la tendencia convergente de los
precios en España con los de la media de las ofertas más económicas de la
UE-15 y UE-27.




[**********página con cuadro**********]




La comparativa del mejor precio en 2013 con el de 2012 (que se ha
mantenido igual), es una muestra más de que la dinámica competitiva no se
ha focalizado en disminuir el precio del ADSL empaquetado con




Página
149






voz, sino que todos los países han optado por competir bien empaquetando
la telefonía móvil o bien migrando los clientes hacia la conexión a
través de fibra u ofertas de mayor velocidad 5.



Como resumen de concl usiones generales al informe de la Comisión Europea,
en relación con la posición de España, se puede indicar lo que sigue:



- El mercado español de las telecomunicaciones está marcado los últimos
años por una dinámica de ofertas convergentes y empaquetadas que incluyen
el servicio móvil y la banda ancha, aspectos que no reflejan en la
información de la Comisión Europea, que dirige su mirada hacia el precio
de la banda ancha sin tener en cuenta las dinámicas competitivas que se
producen en cada país.



- Si bien es verdad que los precios en España de banda ancha+telefonía se
sitúan ligeramente por encima de la media de la UE-27 (por encima de
países como Francia y Reino Unido), cabe señalar la tendencia a la
convergencia con la media europea.



- Por último, la consideración de la cuota de abono en las ofertas
consideradas para España (casi el 50 % del precio total) en prácticamente
todas las ofertas, y la no popularización de la telefonía IP 6 (que
obliga a que las llamadas sean por telefonía conmutada) penalizan a
España en este tipo de comparativas.



De acuerdo con lo exigido en la normativa de la Unión Europea, los
servicios de telecomunicaciones constituyen en España un sector
liberalizado que se desarrolla en un entorno de libre mercado, en el que
la capacidad de la Administración para fijar los precios ofrecidos al
público se limita a casos muy determinados, en particular los que
conforman el denominado Servicio Universal de Telecomunicaciones, el cual
responde al conjunto definido de servicios cuya prestación se garantiza
para todos los usuarios finales con independencia de su localización
geográfica, con una calidad determinada y a un precio asequible.



Bajo el mencionado concepto de Servicio Universal y en relación con el
acceso a Internet, se deberá garantizar que todos los usuarios finales
puedan obtener una conexión a la red pública de comunicaciones
electrónicas desde una ubicación fija. Esta conexión debe permitir la
realización de comunicaciones de voz, fax y datos, a velocidad suficiente
para acceder de forma funcional a Internet, permitiendo, además,
comunicaciones de datos en banda ancha a una velocidad en sentido
descendente de 1Mbps. El Gobierno podrá actualizar esta velocidad de
acuerdo con la evolución social, económica y tecnológica, y las
condiciones de competencia en el mercado, teniendo en cuenta los
servicios utilizados por la mayoría de los usuarios.



Más allá de estas disposiciones, la capacidad de actuación de la
Administración para influir en los precios de servicios de Internet en
banda ancha se limita, principalmente, a las actuaciones de la Comisión
Nacional de los Mercados y de la Competencia destinadas a garantizar que
los mercados se desarrollen en un entorno de competencia efectiva, a
través de un proceso de análisis periódico de dichos mercados, lo cual
lleva a la imposición de medidas correctoras, en la forma de obligaciones
ex ante, sobre los operadores que identifica como poseedores de poder
significativo de mercado.



Complementariamente, las medidas que conducen a facilitar los despliegues
de redes a realizar por los operadores también contribuyen a que se
logren precios cada vez más asequibles. En este sentido destaca la
reciente aprobación en el Pleno del Congreso de los Diputados, con fecha
29 de abril, de la Ley General de Telecomunicaciones. Esta ley, que se ha
aprobado con el 95 % de los votos en cada una de las Cámaras, va a
mejorar la eficiencia en los despliegues mediante la adopción de medidas
que ayuden a los operadores a desplegar sus redes con mayor facilidad y
así poder realizar las ingentes inversiones que la innovación tecnológica
demanda y que es una característica de este sector. La Ley 9/2014, de 9
de mayo, General de Telecomunicaciones, fue pública en el BOE de 10 de
mayo de 2014.



En conclusión, no sería conforme a la normativa de la Unión Europea ni a
la nacional actuación alguna del Gobierno dirigida a influir directamente
en los precios de servicios de Internet en banda ancha, más allá de las
orientadas a garantizar que la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, como Autoridad Nacional de Reglamentación encargada de
supervisar los mercados de las telecomunicaciones, pueda desarrollar
adecuadamente dicha función.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



1
https://ec.europa.eu/digital-agenda/en/news/study-retail-broadband-access-prices-2013-smart-20100038



2 http://europa.eu/rapid/press-release_IP-14-314_en.htm



3
http://www.itu.int/wsis/stocktaking/docs/activities/1306770072/biac_2009.pdf



4
https://ec.europa.eu/digital-agenda/sites/digital-agenda/files/study_broadband_access_costs.pdf




Página
150






5 Esto también ocurre para velocidades de ADSL más bajas, puesto que las
ofertas más relevantes de los operadores alternativos -más baratos que el
operador dominante- se ofrecen en el intervalo 12-30 Mbps.



6 Este aspecto tiene un componente histórico, pues España introdujo muy
pronto la interconexión de voz por capacidad (que permite un pago fijo
entre operadores por este concepto) lo cual popularizó muy pronto las
tarifas planas, desincentivando la migración de los operadores
alternativos a la voz sobre IP. Telefónica como operador dominante
tampoco ha tenido interés en migrar hacia esa solución.



184/049536 y 184/049547 a 184/049558



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



Como continuación a la registrada de entrada en esa Cámara con el n.º
13.3211 y otros, de fecha 30 de abril de 2014, se traslada lo siguiente:



Como ya se contestó con anterioridad en respuesta a estas preguntas, el
Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda -PITVI- define objetivos,
directrices y programas de actuación desde una óptica nacional como un
sistema conjunto y no como la suma de partes, en este caso provinciales,
como se plantea en las preguntas. De ahí que no figuren de manera
específica para Soria, como para ninguna otra provincia, ni objetivos
específicos, ni directrices ni programas de actuación a nivel provincial.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/049567



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cantó García del Moral, Antonio (GUPyD).



Respuesta:



En relación con las distintas cuestiones que se plantean sobre los museos
de titularidad estatal dependientes de la Dirección General de Bellas
Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas, del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte, se señala lo siguiente:



Corresponde a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y
de Archivos y Bibliotecas, de la Secretaría de Estado de Cultura, la
gestión de los museos de titularidad estatal dependientes del Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte.



Los Presupuestos Generales del Estado no atribuyen partidas específicas
para cada museo, dado que no tienen la consideración de organismos
públicos, ni tienen personalidad jurídica propia, ni autonomía de
gestión. El presupuesto de la Subdirección General de Museos Estatales,
encargada de su gestión, asciende a 46.610.640,00 € para el ejercicio de
2014, que incluye las obligaciones reconocidas de ejercicios anteriores y
las necesidades de gasto que se producen a lo largo del ejercicio.



Para la evaluación de las necesidades presupuestaria se parte de un
análisis de cada partida de gasto, incluyendo tanto las obligaciones
reconocidas de ejercicios anteriores (contratos cuyo inicio haya
comenzado a ejecutarse en el ejercicio anterior o en los ejercicios
anteriores y no haya finalizado su ejecución), como las necesidades que
requieran ser satisfechas a lo largo del siguiente ejercicio. Hay que
tener en cuenta que por cuestiones de eficiencia determinados expedientes
de gasto se realizan para todos los museos estatales (seguridad,
suministro eléctrico..), o para un grupo de ellos (uniformidad, limpieza,
...). Por otra parte, cada museo comunica sus nuevas necesidades al
Centro Directivo.



Todos los gastos realizados, tanto a través de expedientes en firme como
por caja fija, son controlados mediante informes de carácter periódico en
relación con sus previsiones de gasto y de ejecución a lo largo




Página
151






del ejercicio. También se ejerce un efectivo control sobre la adecuación
del gasto facturado. Asimismo, todos los gastos de los museos estatales
son fiscalizados por la Intervención General del Estado.



Por otra parte, a través del Laboratorio Permanente de Público de Museos
(LPPM), se realizan estudios periódicos para evaluar la calidad de los
servicios prestados, con el objetivo de mejorar la gestión museística. A
modo de ejemplo, cabe citar el estudio sobre 'La experiencia museística
de la visita del Museo', que muestra que la valoración que realizan los
visitantes sobre su visita a los Museos Estatales es muy positiva. En una
escala de 0 a 39 puntos, que incluía variables como orientación, confort,
atención, aprendizaje o relajación, se obtuvo una puntuación media de
28'96 puntos, y el 50 % de los visitantes obtuvo una puntuación por
encima de 29 puntos.



Los estudios publicados por el LPPM se pueden consultar en:



http://www.mcu.es/museos/MC/Laboratorio/



- Actualmente no se contempla la posibilidad de que los museos
dependientes de la Dirección General de Bellas Artes y bienes Culturales
y de Archivos y Bibliotecas, posean una mayor autonomía a la hora de
financiarse, aunque no se tiene una posición cerrada a un análisis futuro
sobre esta opción.



- El personal funcionario adscrito a los museos estatales dependientes de
la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y
Bibliotecas suma un total de 209 efectivos, con el desglose por museo que
se detalla a continuación:



Museo estatal;Personal Funcionario



Museo Arqueológico Nacional;51



Museo de América;17



Museo Nacional de Artes Decorativas;13



Museo Nacional de Antropología;11



Museo del Traje. CIPE.;22



Museo Nacional del Romanticismo;11



Museo Cerralbo;9



Museo Sorolla;7



Museo Nacional y Centro de Investigación de Altamira;10



Museo Nacional de Escultura;17



Museo Casa de Cervantes;1



Museo del Greco y Museo Sefardí;10



Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias 'González Martí';10



Museo Nacional de Arte Romano;12



Museo Nacional de Arqueología Subacuática;8



- El número de trabajadores con contrato como personal laboral fijo,
adscritos a los museos estatales dependientes de la Dirección General de
Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas, asciende a
596. A continuación se detalla el desglose por museo:



Museo estatal;Personal Laboral



Museo Arqueológico Nacional;110



Museo de América;43



Museo Nacional de Artes Decorativas;25



Museo Nacional de Antropología;25



Museo del Traje. CIPE.;61



Museo Nacional del Romanticismo;30



Museo Cerralbo;21



Museo Sorolla;31



Museo Nacional y Centro de Investigación de Altamira;43



Museo Nacional de Escultura;44



Museo Casa de Cervantes;5




Página
152






Museo estatal;Personal Laboral



Museo del Greco y Museo Sefardí;64



Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias 'González Martí';14



Museo Nacional de Arte Romano;53



Museo Nacional de Arqueología Subacuática;27



- El número de trabajadores con contrato como personal laboral temporal,
adscritos a los museos estatales dependientes de la Dirección General de
Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas, asciende a
111. A continuación se detalla el desglose por museo:



Museo estatal;Personal Laboral Temporal



Museo Arqueológico Nacional;36



Museo de América;10



Museo Nacional de Artes Decorativas;10



Museo Nacional de Antropología;2



Museo del Traje. CIPE.;6



Museo Nacional del Romanticismo;4



Museo Cerralbo;9



Museo Sorolla;3



Museo Nacional y Centro de Investigación de Altamira;1



Museo Nacional de Escultura;11



Museo Casa de Cervantes;0



Museo del Greco y Museo Sefardí;7



Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias 'González Martí';5



Museo Nacional de Arte Romano;1



Museo Nacional de Arqueología Subacuática;6



- El personal de las empresas que trabajan en los museos estatales no
responde a una contratación de trabajadores sino a contratos de
servicios. Por esta razón se realiza un control efectivo de la calidad
del servicio prestado por las empresas, pero no la dirección sobre el
personal de las mismas, y tampoco se dispone de un registro sobre el
número de trabajadores de estas organizaciones (número que, por otra
parte, varía en función de las necesidades de la prestación del
servicio).



- El número de jubilaciones que se han producido en los últimos cinco años
(2009-2013) en los museos estatales dependientes de la Dirección General
de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas, asciende
a 87, contabilizando tanto personal funcionario como personal laboral. A
continuación se detalla el desglose por museo:



Museo estatal;Jubilaciones 2009-2013 (funcionarios y laborales)



Museo Arqueológico Nacional;24



Museo de América;11



Museo Nacional de Artes Decorativas;6



Museo Nacional de Antropología;5



Museo del Traje. CIPE.;6



Museo Nacional del Romanticismo;2



Museo Cerralbo;3



Museo Sorolla;5



Museo Nacional y Centro de Investigación de Altamira;0



Museo Nacional de Escultura;4



Museo Casa de Cervantes;0



Museo del Greco y Museo Sefardí;8




Página
153






Museo estatal;Jubilaciones 2009-2013 (funcionarios y laborales)



Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias 'González Martí';5



Museo Nacional de Arte Romano;7



Museo Nacional de Arqueología Subacuática;1



De estas jubilaciones se han repuesto 14 de personal funcionario.



- Desde la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de
Archivos y Bibliotecas se realizan anualmente programaciones de
actuaciones para todos los museos estatales de gestión exclusiva a partir
del conocimiento de las necesidades en materia infraestructuras, y en
función de los documentos de planificación (planes museológicos y
programas de necesidades arquitectónicas que elaboran los museos); estas
programaciones abarcan actuaciones tanto de pequeña como de gran
envergadura, planificadas a corto, medio y largo plazo, que permiten la
ejecución de intervenciones con cargo a los fondos del Programa 333.A,
Museos, de los Presupuestos Generales del Estado, ejecutados
principalmente a través de la Gerencia de Infraestructuras y
Equipamientos.



Por otra parte, en el marco del Plan Estratégico de la Secretaría de
Estado de Cultura 2012-2015, y concretamente dentro de su Objetivo
general 1 'Articular una política de Estado que garantice el derecho de
acceso a la cultura y contribuya a vertebrar la ciudadanía y favorecer la
cohesión social', en su Estrategia General 1.5 'Racionalizar el escenario
museístico estatal modernizando los procesos normativos, de gestión y
prestación de servicios a la ciudadanía en las instituciones
museísticas', se integra el Proyecto 1.5.3 'Elaboración y ejecución del
Plan de Infraestructuras de Museos Estatales', que actualmente está en
desarrollo.



El objetivo específico de este proyecto es la obtención de un programa
priorizado, viable, sostenible y territorialmente equilibrado de
actuaciones en infraestructuras de museos estatales, dependientes de la
Dirección General de Bellas Artes y de Bienes Culturales y de Archivos y
Bibliotecas y, por tanto, en los 16 museos de gestión exclusiva, que
permita a la vez definir mecanismos de respuesta adecuada a las
necesidades de los museos en esta materia, de manera global, priorizada y
territorialmente equilibrada.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/049593



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).



Respuesta:



Con relación a las cuestiones formuladas por Su Señoría, el Ministro del
Interior, el pasado 9 de abril de 2014, en el Pleno del Congreso de los
Diputados, manifestó lo siguiente: 'Hay una investigación abierta por
parte de la Unidad de Asuntos Internos. En la medida en que está abierta,
tengo que ser especialmente escrupuloso en mi respuesta, pero le voy a
aclarar algunas cosas. Primero, los hechos investigados tienen que ver
con actuaciones producidas en el año 2010. Segundo, tienen que ver con
una información que extrañamente le llegó a una agencia de detectives que
ha adquirido notoriedad últimamente con ocasión de actuaciones policiales
y judiciales y que salió de esa unidad sin registro de salida y llegó a
esa agencia de detectives, donde uno de sus clientes estaba especialmente
interesado en esas investigaciones. No puedo ir más allá, pero espero que
le haya sido suficientemente clara mi respuesta. Repito, los hechos son
del año 2010; la intervención policial y judicial en esa agencia de
detectives ha sido ahora, y precisamente por eso hemos tenido
conocimiento de los hechos ahora. No se ha interrogado a la UDEF, sino a
algunos policías para aclarar cómo llegó esa información a esa agencia y,
concretamente, a ese cliente que tenía intereses en el ámbito de esa
investigación a la que usted se ha referido, y que no tenía nada que ver
con el Partido Popular.'



Madrid, 3 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
154






184/049598



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GC-CiU).



Respuesta:



Los grupos y subgrupos en que pueden clasificarse las empresas de
servicios son los establecidos en el artículo 37 del Reglamento General
de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Estos grupos y
subgrupos no abarcan la totalidad de las actividades propias de dicho
tipo contractual, sino solamente aquellas para las que el Texto Refundido
de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas estableció la
clasificación como requisito para su contratación con las
Administraciones Públicas.



Tanto la evolución experimentada por muchas de las actividades propias de
los contratos de servicios como los cambios en la legislación de
contratos del Sector Público desde la aprobación de dicho Reglamento,
hacen necesaria su revisión en lo relativo a la clasificación de los
contratos de servicios, revisión en la que el Gobierno está trabajando
actualmente.



Tal como ha dictaminado repetidamente la Junta Consultiva de Contratación
Administrativa del Estado, en los contratos de gestión de servicios
sociales no es exigible la clasificación a las empresas licitadoras.



Por otra parte, el artículo 65 del Texto Refundido de la Ley de Contratos
del Sector Público, en su actual redacción dada por la Ley 25/2013, de 27
de diciembre, establece que la clasificación no será exigible para los
contratos de servicios.



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/049664



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En el ordenamiento jurídico español, la fijación de los niveles de
exposición a campos electromagnéticos viene establecida en el Real
Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el
Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público
radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas
de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.



En concreto, dichos niveles se fijan en el art. 6 de dicho Reglamento, que
se dictó con carácter de norma básica, en virtud de las competencias
sanitarias del artículo 149.1.16.ª de la Constitución y de la Ley General
de Sanidad.



El Gobierno, en concreto la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y
para la Sociedad de la Información, del Ministerio de Industria, Energía
y Turismo, considera que la existencia y rápida expansión del número de
instalaciones radioeléctricas por el incremento en el uso de los
servicios de comunicaciones electrónicas, ha traído como consecuencia una
mayor preocupación por los efectos que la exposición a los campos
electromagnéticos (CEM) puede tener sobre la salud. En este sentido,
desde las instituciones comunitarias se ha aconsejado la adopción del
principio de precaución y el establecimiento de límites de exposición a
los CEM.



El marco europeo, que garantiza un alto nivel de protección de la
población en la exposición a los campos electromagnéticos procedentes de
productos y aparatos eléctricos o electrónicos, se enmarca en la
Recomendación 1999/519/CE del Consejo de Sanidad de la Unión Europea, de
fecha 12 de julio de 1999, relativa a la exposición del público en
general a campos electromagnéticos desde 0 Hz a 300 GHz. Esta
Recomendación Europea tiene el respaldo de la Organización Mundial de la
Salud (OMS), máxima institución internacional garante de la salud, y es
la que ha sido seguida por la gran mayoría de los Estados miembros de la
UE.



La OMS recomienda una estricta adhesión a los estándares internacionales
citados con anterioridad, que han sido desarrollados para proteger tanto
a los usuarios de telefonía móvil, como a las personas que




Página
155






trabajan cerca o viven alrededor de estaciones bases, y a la gente que no
hace uso de este tipo de comunicación. La OMS también recomienda que no
se impongan límites arbitrarios, desautorizando o desconfiando de la
regulación existente que está basada en el conocimiento científico.



Por otro lado, los estudios de la comunidad científica demuestran que
hasta la fecha no se han encontrado evidencias significativas que muestre
la necesidad de revisar las restricciones básicas y los niveles de
referencia definidos en la Recomendación del Consejo de Sanidad de 1999.



Por lo anterior, el vigente Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre,
tiene ya en cuenta el principio de precaución o cautela e incorpora los
límites y requisitos dimanantes de la citada Recomendación, según quedó
expuesto en la sentencia de 19 de abril de 2006 emitida por el Tribunal
Supremo.



Pero no sólo se han fijado unos límites seguros de las emisiones
electromagnéticas, que tienen sobradamente en cuenta el principio de
precaución, sino que adicionalmente se hace un exhaustivo e intenso
control del cumplimiento de dichos límites.



Según lo establecido en la normativa sectorial española, y con carácter
general, antes de la puesta en funcionamiento de una estación
radioeléctrica, los operadores deben realizar un proyecto técnico firmado
por un técnico competente, en el que se incluya un estudio detallado de
los niveles de exposición radioeléctrica en áreas en las que pueden
permanecer habitualmente las personas. Esto significa que no se contempla
la instalación de la nueva estación radioeléctrica de manera aislada,
sino que también se consideran los niveles de emisión existentes en el
entorno, de tal forma que el conjunto, incluida la nueva instalación, no
sobrepase los límites establecidos por la normativa.



Posteriormente, el operador está autorizado a instalar la estación desde
el punto de vista radioeléctrico para aquellas memorias técnicas que
superen la comprobación realizada por los técnicos del Ministerio de
Industria, Energía y Turismo. Finalizada la instalación, el citado
Ministerio realiza una inspección. En ella se comprueba la instalación
'in situ', verificando que los valores de la estación se corresponden con
los que aparecen en el proyecto técnico presentado y que no superan los
límites establecidos en la normativa. Cumplidas estas condiciones, la
estación radioeléctrica queda aprobada por el Ministerio de Industria,
Energía y Turismo para utilizar el espectro radioeléctrico.



Una vez instaladas las estaciones, se sigue manteniendo un control
periódico sobre las mismas, estando los operadores de telefonía móvil
obligados a presentar ante el Ministerio de Industria, Energía y Turismo
en el primer trimestre de cada año natural, una certificación emitida por
un técnico competente en la que se indique que se han respetado durante
al año anterior los límites de exposición establecidos en el Real Decreto
1066/2001 en áreas cercanas a donde puedan permanecer habitualmente las
personas. Asimismo, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo lleva a
cabo planes de inspección anuales, entre los que se incluye la
realización de medidas y una auditoría de las certificaciones presentadas
por los operadores. Los resultados de estas actuaciones se hacen públicos
en un informe anual, que puede encontrarse en la página Web del
Ministerio.



En definitiva, la tecnología y la ciencia no respaldan medidas adicionales
de protección. No obstante, atendiendo a la preocupación mostrada por
algunos ciudadanos en recientes encuestas del Eurobarómetro, la nueva Ley
General de Telecomunicaciones (Ley 9/2014, de 9 de mayo) recoge medidas
tendentes a satisfacer la demanda de recibir mayor información en
relación a los posibles efectos de los CEM sobre la salud. Para ello,
procede a la creación de la Comisión Interministerial sobre
Radiofrecuencias y Salud, cuyo objetivo será asesorar e informar sobre
las restricciones establecidas a las emisiones radioeléctricas, las
medidas de protección sanitaria aprobadas frente a emisiones
radioeléctricas y los múltiples y periódicos controles a que son
sometidas las instalaciones generadoras de emisiones radioeléctricas a
todos los agentes implicados: la ciudadanía, el conjunto de las
administraciones públicas y los diversos agentes de la industria.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/049674



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD).




Página
156






Respuesta:



La Comisión Europea ha presentado, con fecha 25 de marzo de 2014, una
comparativa de precios de acceso a banda ancha a nivel europeo
segmentados por rangos de velocidad de descarga de información, tomando
como fuente el informe de la consultora Van Dijk para la Comisión Europea
denominado Broadband Internet Access Cost (BIAC) 1, que recopila los
precios publicitados por los operadores en sus páginas Web durante la
primera quincena de febrero de 2013. El BIAC 2013 recoge las ofertas más
económicas disponibles por país una serie de categorías, así como la
mediana de los precios de las ofertas identificadas.



En su nota de prensa 2, la Comisión Europea únicamente se refiere a la
categoría de ofertas situadas en el intervalo de 12 a 30 Mbps, donde para
la mejor oferta en el caso de sólo acceso a ADSL España ocupa la
penúltima posición. En este caso, el enfoque de la Comisión se ha
orientado hacia la valoración de la banda ancha en solitario sin tener en
cuenta las dinámicas competitivas en cada uno de los mercados analizados,
penalizando a España frente al resto de países de la UE al no tener en
cuenta que el mercado español está marcado los últimos años por una
dinámica de ofertas convergentes y empaquetadas, que agrupan los
servicios fijo, móvil y de banda ancha, y no servicios únicamente de
acceso a ADSL cuya relevancia en España es insignificante. De hecho, las
ofertas que están dinamizando el mercado español son las que contienen
paquetes dobles (voz+datos), triples (voz+datos+móvil) y cuádruples
(voz+datos+móvil+BA móvil).



Es de destacar que la Comisión omite la tendencia de precios de ofertas
más habituales en España, como es el caso del acceso a banda ancha fija +
telefonía fija. De hecho, de los informes BIAC 2009 3 y 2011 4, junto con
el actual de 2013, podemos obtener la tendencia convergente de los
precios en España con los de la media de las ofertas más económicas de la
UE-15 y UE-27.




[**********página con cuadro**********]




La comparativa del mejor precio en 2013 con el de 2012 (que se ha
mantenido igual), es una muestra más de que la dinámica competitiva no se
ha focalizado en disminuir el precio del ADSL empaquetado con voz, sino
que todos los países han optado por competir bien empaquetando la
telefonía móvil o bien migrando los clientes hacia la conexión a través
de fibra u ofertas de mayor velocidad 5.



Como resumen de conclusiones generales al informe de la Comisión Europea,
en relación con la posición de España, se puede indicar lo que sigue:



El mercado español de las telecomunicaciones está marcado los últimos años
por una dinámica de ofertas convergentes y empaquetadas que incluyen el
servicio móvil y la banda ancha, aspectos que no reflejan en la
información de la Comisión Europea, que dirige su mirada hacia el precio
de la banda ancha sin tener en cuenta las dinámicas competitivas que se
producen en cada país.



Si bien es verdad que los precios en España de banda ancha+telefonía se
sitúan ligeramente por encima de la media de la UE-27 (por encima de
países como Francia y Reino Unido), cabe señalar la tendencia a la
convergencia con la media europea.



Por último, la consideración de la cuota de abono en las ofertas
consideradas para España (casi el 50 % del precio total) en prácticamente
todas las ofertas, y la no popularización de la telefonía IP 6 (que
obliga a que las llamadas sean por telefonía conmutada) penalizan a
España en este tipo de comparativas.




Página
157






De acuerdo con lo exigido en la normativa de la Unión Europea, los
servicios de telecomunicaciones constituyen en España un sector
liberalizado que se desarrolla en un entorno de libre mercado, en el que
la capacidad de la Administración para fijar los precios ofrecidos al
público se limita a casos muy determinados, en particular los que
conforman el denominado Servicio Universal de Telecomunicaciones, el cual
responde al conjunto definido de servicios cuya prestación se garantiza
para todos los usuarios finales con independencia de su localización
geográfica, con una calidad determinada y a un precio asequible.



Bajo el mencionado concepto de Servicio Universal y en relación con el
acceso a Internet, se deberá garantizar que todos los usuarios finales
puedan obtener una conexión a la red pública de comunicaciones
electrónicas desde una ubicación fija. Esta conexión debe permitir la
realización de comunicaciones de voz, fax y datos, a velocidad suficiente
para acceder de forma funcional a Internet, permitiendo, además,
comunicaciones de datos en banda ancha a una velocidad en sentido
descendente de 1Mbps. El Gobierno podrá actualizar esta velocidad de
acuerdo con la evolución social, económica y tecnológica, y las
condiciones de competencia en el mercado, teniendo en cuenta los
servicios utilizados por la mayoría de los usuarios.



Más allá de estas disposiciones, la capacidad de actuación de la
Administración para influir en los precios de servicios de Internet en
banda ancha se limita, principalmente, a las actuaciones de la Comisión
Nacional de los Mercados y de la Competencia destinadas a garantizar que
los mercados se desarrollan en un entorno de competencia efectiva, a
través de un proceso de análisis periódico de dichos mercados, lo cual
lleva a la imposición de medidas correctoras, en la forma de obligaciones
ex ante, sobre los operadores que identifica como poseedores de poder
significativo de mercado.



Complementariamente, las medidas que conducen a facilitar los despliegues
de redes a realizar por los operadores también contribuyen a que se
logren precios cada vez más asequibles. En este sentido destaca la
reciente aprobación en el Pleno del Congreso de los Diputados, con fecha
29 de abril, de la Ley General de Telecomunicaciones. Esta ley, que se ha
aprobado con el 95 % de los votos en cada una de las Cámaras, va a
mejorar la eficiencia en los despliegues mediante la adopción de medidas
que ayuden a los operadores a desplegar sus redes con mayor facilidad y
así poder realizar las ingentes inversiones que la innovación tecnológica
demanda y que es una característica de este sector. La Ley 9/2014, de 9
de mayo, General de Telecomunicaciones fue pública en el BOE del 10 de
mayo de 2014.



En conclusión, no sería conforme a la normativa de la Unión Europea ni a
la nacional actuación alguna del Gobierno dirigida a influir directamente
en los precios de servicios de Internet en banda ancha, más allá de las
orientadas a garantizar que la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, como Autoridad Nacional de Reglamentación encargada de
supervisar los mercados de las telecomunicaciones, pueda desarrollar
adecuadamente dicha función.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



1
https://ec.europa.eu/digital-agenda/en/news/study-retail-broadband-access-prices-2013-smart-20100038



2 http://europa.eu/rapid/press-release_IP-14-314_en.htm



3
http://www.itu.int/wsis/stocktaking/docs/activities/1306770072/biac_2009.pdf



4
https://ec.europa.eu/digital-agenda/sites/digital-agenda/files/study_broadband_access_costs.pdf



5 Esto también ocurre para velocidades de ADSL más bajas, puesto que las
ofertas más relevantes de los operadores alternativos -más baratos que el
operador dominante- se ofrecen en el intervalo 12-30 Mbps.



6 Este aspecto tiene un componente histórico, pues España introdujo muy
pronto la interconexión de voz por capacidad (que permite un pago fijo
entre operadores por este concepto) lo cual popularizó muy pronto las
tarifas planas, desincentivando la migración de los operadores
alternativos a la voz sobre IP. Telefónica como operador dominante
tampoco ha tenido interés en migrar hacia esa solución.



184/049675



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



Respecto de la trascendencia exterior de los asuntos públicos en España,
se informa que el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
procede habitualmente a redactar informaciones para su distribución a las
Representaciones de España en el Exterior.




Página
158






El fin de dichas informaciones es afirmar y promover los intereses de
España, con el objetivo de fortalecer su presencia internacional, su
imagen en el mundo y, en consecuencia, el bienestar de España y sus
ciudadanos.



En tal sentido, dicho Ministerio remite informes sobre todo tipo de
cuestiones relativas a la política interior y exterior del Gobierno, así
como sobre aquellos aspectos de la vida pública española que atienden o
comprometen el interés general de los españoles.



La información contenida bajo el título 'Por la convivencia democrática',
elaborada por los propios servicios del Ministerio y remitida a las
Embajadas y Consulados de España, es esencialmente una exposición y una
recopilación de normas, intervenciones parlamentarias, declaraciones
políticas y escritos académicos y periodísticos que dan cuenta de los
esfuerzos, tanto históricos como actuales, así como de los obstáculos, a
la hora de garantizar en España la convivencia democrática dentro de la
Constitución y de las leyes, respecto de la consolidación de un Estado de
Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad
popular y al objeto de proteger a todos los españoles y pueblos de España
en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones,
lenguas e instituciones.



A su vez el Gobierno, en concreto el Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación, a través de su página Web (www.maec.es), pone a disposición
de todas las representaciones de España en el exterior numerosas notas,
comunicados, artículos, entrevistas, comparecencias parlamentarias e
informaciones sobre muchos aspectos de la política interior y exterior de
España.



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/049750



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Torres Mora, José Andrés, y Buyolo García, Federico (GS).



Respuesta:



En respuesta a la pregunta de referencia, se señala que el Instituto
Cervantes pone siempre su red de centros a disposición de las distintas
iniciativas que puedan plantear las instituciones culturales, siempre que
éstas se ajusten a los objetivos fundacionales y no impliquen costes
adicionales.



Por el momento no hay ninguna actividad relacionada con la capital
cultural de San Sebastián 2016 programada ni en la sede ni en los centros
del Instituto Cervantes.



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/049914



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD).



Respuesta:



La Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud (SNS), en la
que están representadas las Consejerías de Salud/Sanidad de todas las
Comunidades Autónomas, se ha manifestado en distintas ocasiones a favor
del mantenimiento de los programas de formación de Técnico Superior en
Laboratorio Clínico y Biomédico en el ámbito de la formación profesional,
considerando que este nivel formativo da respuesta a las necesidades del
SNS.



Esta comisión ha informado favorablemente los nuevos títulos de Técnico
Superior en Laboratorio Clínico y Biomédico. Su duración es de 2.000
horas (2 años) lo que equivale a 120 créditos del Sistema Europeo de
Transferencia y Acumulación de Créditos (ECTS). Estos programas recogen
las competencias que deben adquirir estos profesionales respondiendo
suficientemente a las necesidades de los Servicios




Página
159






de Salud. En este nuevo título de Técnico Superior en Laboratorio Clínico
y Biomédico se han incluido las vías de acceso a otros estudios, así como
el reconocimiento de créditos entre este título y las enseñanzas
conducentes a títulos universitarios y viceversa, y se ha establecido la
equivalencia de cada módulo profesional con créditos europeos ECTS.



Los estudios de técnico superior en España se desarrollan teniendo en
cuenta los acuerdos de Bolonia y constituyen el primer nivel de educación
superior en nuestro país, según se recoge en el Marco Español de
Cualificaciones de Educación Superior (MECES) y el técnico superior que
desee continuar su formación con estudios universitarios en este campo
dispone de la vía de acceso establecida para hacerlo.



La Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de
septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones
profesionales y su trasposición en el Real Decreto 1837/2008, de 8 de
noviembre, regulan el reconocimiento de las cualificaciones profesionales
en la Unión Europea, sometiéndolo a un régimen general, en el que se
analizan los contenidos de la formación del solicitante en el estado
miembro de origen y en el de acogida, así como su experiencia
profesional. En el caso de que la formación no sea equivalente podrán
aplicarse medidas compensatorias, pero en ningún caso impedir la libre
circulación.



Madrid, 16 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050143



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



El centro de día para personas dependientes de La Nucia (Alicante) está
financiado por el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local
creado por Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre.



Este proyecto se ha justificado correctamente de acuerdo con las
obligaciones establecidas tanto en el propio Real Decreto-ley como en las
Resoluciones del Secretario de Estado de Cooperación Territorial del
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de fechas 2 de
noviembre de 2009, 20 de enero de 2010 y 11 de marzo de 2010.



Una vez cumplidos los objetivos del fondo y finalizado el centro de día,
el Ayuntamiento puede optar por su gestión directa o bien acudir a
fórmulas de gestión indirecta recogidas en el artículo 277 del Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real
Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, tal como establece el
artículo 85 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050160



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Por tratarse de una actividad programada para 2014 en el marco del
programa de emprendimiento universitario desarrollado por la Secretaría
General de Industria y de la PYME, (SGIPYME), del Ministerio de
Industria, Energía y Turismo, en colaboración con la Fundación Escuela de
Organización Industrial cabe señalar la realización de 5 módulos
formativos de emprendimiento dirigido a estudiantes que estén cursando un
máster en la Universidad de Málaga, estudiantes de postgrado, doctorado y
jóvenes universitarios en paro que hayan acabado sus estudios en los
últimos años. El importe de la realización




Página
160






de cada módulo en Málaga es de 17.538 euros. El Programa de Emprendimiento
Universitario 2014, tiene como objetivo la realización de 154 cursos o
módulos de emprendimiento en universidades españolas.



Con carácter general, el resto de actuaciones del Ministerio se dirigen a
todas y cada una de las provincias españolas, sin que quepa consignar, en
el caso de Málaga, actividad específica alguna.



En este sentido, la SGIPYME, a través de sus programas e iniciativas,
atenderá todas las demandas que, dentro de su ámbito de competencias,
presenten las empresas y entidades públicas y privadas de la provincia.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050228



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Zaragoza Alonso, José (GS).



Respuesta:



Se adjunta en anexo la información solicitada relativa a los años 2012,
2013 y primer trimestre de 2014.



Informes, Estudios Externos y otros trabajos técnicos para el M.º
Industria años 2012, 2013 y 1 trim 2014;;;;;;



N.º;Objeto;Procedimiento;Concepto;Importe;Año ;A favor de:



120021;Dirección Facultativa y Coordinador Seguridad y salud obras reforma
sala hldroneumática, Pº Cast. 160-62;Contrato Menor ;630,03 ;6.608,00
€;12;Sinergia Estudios Ingeniería y Consultoría. S.L.



120057 ;Evaluación de los riesgos laborales en 20 Centros de trabajo de
los Servlcios Periféricos del departamento;Contrato menor
;227,06;17.874,04 €;12;Sociedad de Prevención de Fraternidad Muprespa,
.S.L.



120059;Elaboración planes de emergencia y simulacro de evacuación en
centros periféricos dependientes del Mº de Industria;Contrato menor
;227,06;2.494,97€;12 ;Sociedad de Prevención de Fraternidad Muprespa,
S.L.



120115;Redacción proyecto Instalación sistema evacuación humos de los
atrios del Complejo Cuzco;Contrato Menor ;630,03 ;18.150,00 €;12;Adventis
Ingeniería, S.L.



120160;Coordinación en seguridad y salud obras mejora seguridad
contraincendios plantas sobre rasante;Contrato menor;630,02
;1.567,50€;13;SPRJL Norte,S.L.




Página
161






Informes, Estudios Externos y otros trabajos técnicos para el M.º
Industria años 2012, 2013 y 1 trim 2014;;;;;;



N.º;Objeto;Procedimiento;Concepto;Importe;Año ;A favor de:



130012;Coordinación en seguridad y salud en obras que sean adjudicadas,
mediante contrato menor en los edificios del Ministerio Industria,
Energla y Turismo de Madrid;Contrato menor;630,03;11.035,20 €;13;SPRJL
Norte,S.L.



130014;Evaluación de los riesgos laborales en 23 Centros de trabajo de los
servicios perifériocos del departamento;Contrato menor;227,06;18.982,18
€;13 ;Sociedad de Prevención de Fraternidad Muprespa, S.L.



130019 ;Realización planes de emergencia y simulacro de evacuación en las
Jef. Prov.de León y Pontevedra,dependientes del Departamento;Contrato
Menor ;227,06;1.299,76 €;13;Sociedad de Prevención de Fraternidad
Muprespa, S.L.



130022;Redacción del sistema de programacióni de las centrales de
Incendios;Contrato Menor ;630,03 ;10.285,00 €;13;JWA ENGJNEERING
CONSULTANCY S.L.



130045 ;Servicio de asistencia para la constítución y el desarrollo del
Comité de Normalización de Ciudades Inteligentes;Contrato
menor;227,06;5.000,00 €;13;Asociacion española de normalización y
certificación (AENOR}



13000115 ;Redacción de un proyecto técnico para modificación Centro
Transformación en Mº Industria C/ Capitán Haya 41;Contrato menor ;630,03
;5.142,50 € ;13;Prevelec. SA -UniPersonal-



13000118;Dirección Facultativa y coordinación de seguridad y salud de la
obra de adptación al reglamennto gral. baja tensión en vigor de la planta
9ª a la cubierta de Castellana 160;Contrato menor
;630,02;20.630,50;13;Sinergia Estudios y Consultoría,S.L.



13000128 ;Coordinación seguridad y salud con las obras del centro
transformación e instalación nuevo transformador en Capitán Haya
41;Contrato menor ;630,03 ;1.790,80 €;13;Spril Norte, S.L.




Página
162






Informes, Estudios Externos y otros trabajos técnicos para el M.º
Industria años 2012, 2013 y 1 trim 2014;;;;;;



N.º;Objeto;Procedimiento;Concepto;Importe;Año ;A favor de:



13000129;Coordinación seguridad y salud con las obras instalación sistema
energla solar termodinámica para calefacción en Capitán Haya 41;Contrato
menor ;630,03 ;1.790,80 €;13;Spril Norte,SL



13000172 ;Trabajos de auditoría para las escaleras Norte, Sur y central
del edificio de Pº de la Caslel!ana 160. Tramitación anticipada;Contrato
menor ;630,02;11.616,00 €;14; JVVA ENGINEERING CONSULTANCY S.L.



13000176;Servicio para la revisión y aclualización del Plan de
Autoprotecc!ón del edificto en el que se ubica la Jef. Prov.Inspección
Telecomunicaciones de Bilbao;Contrato menor ;227,06;10.454,40 €
;14;Novotec Consultores, S.A.



14000008;Coordinación en seguridad y salud en obras que sean adjudicadas
mediante contrato menor de los edificios del MINETUR de Madrid;Contrato
menor ;630,03 ;11.035,20 €;14 ;SRPIL Norte, S.L.



14000012;Realización del proyecto de obra civil correspondiente a la
adaptación de las condiciones de seguridad contra Incendios del Comple!o
Cuzco en las plantas bajo rasante;Contrato menor;630.03 ;21.719,50 €;14
;Tomiza Arquitectos.SL.



14000025;Elaboración planes de emergencia y simulacro de evacuación en las
Jefaturas Provinciales de Almerla, Asturias, Jaén, dependientes del
Ministerio;Contrato menor ;227,06;2.607,36 €;14;Sociedad de Prevención
Fraternidad Muprespa S.L.



14000028;Servicio para la evaluación de los riesgos laborales en 8 centros
de trabajo de los servicios periféricos del Departamenlo;Contrato
menor;227,06;7.594,35 €;14;Sociedad de Prevención Fraternidad Muprespa
S.L.




Página
163






Informes, Estudios Externos y otros trabajos técnicos para el M.º
Industria años 2012, 2013 y 1 trim 2014;;;;;;



N.º;Objeto;Procedimiento;Concepto;Importe;Año ;A favor de:



14000037;Redacción de! proyecto de sustitución de obras de modificación
del Centro de reparto de media tensión existente en el Complejo
Ministerial Cuzco;Contrato menor ;630,03 ;4.815,80 €;14 ;Prevelec, S.A.



14000051;Redacción de proyecto de sustitución del grupo eleclrógeno de las
dependencias del MINETUR en el edificio de Capitán Haya, 41 de
Madrid;Contrato menor ;630,03 ;1.936,00 €;14;Sinergia Estudios Ingenieria
Y Consultoría,S.l.



;;;;194.429,86 €;;



Madrid, 10 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050276 y 184/050277



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Duran i Lleida, Josep Antoni (GC-CiU).



Respuesta:



En este momento se está elaborando, con todos los agentes del sector, el
modelo del nuevo Plan Técnico del Dividendo Digital, que verá la luz en
un breve periodo de tiempo, donde se asegurará una oferta plural,
gratuita y de calidad.



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050283



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lozano Domingo, Irene (GUPyD).



Respuesta:



En respuesta a la pregunta de referencia, el Gobierno manifiesta que la
lucha contra la discriminación por razón de orientación sexual sí
constituye una prioridad de la política exterior de derechos humanos del
Gobierno de España.



Según figura en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación, de acceso a través del siguiente enlace:



http://www.exteriores.gob.es/PORTAL/ES/POLITICAEXTERIORCOOPERACION/DEREC
HOSHUMANOS/Paginas/Inicio.aspx



'La promoción y defensa de los derechos humanos constituye una de las
prioridades de la política exterior y de cooperación internacional con el
objetivo de garantizar la paz y la seguridad en el mundo.




Página
164






Esta política se lleva a cabo a través de cinco áreas prioritarias, no
excluyentes: lucha contra la pena de muerte; no discriminación por razón
de género o de orientación sexual; derechos de las personas con
discapacidad; derecho humano al agua potable y al saneamiento, y empresas
y derechos humanos. Junto a ello, de manera transversal, se presta
especial atención al apoyo a los defensores de derechos humanos, para los
que existe un programa de acogida temporal'.



En concreto, el apartado dedicado a la lucha contra la discriminación por
razón de género, orientación sexual e identidad de género del siguiente
enlace, puede leerse:



(http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/PoliticaExteriorCooperacion/DerechosHumanos/Pagi nas/Prioridades.aspx)



'España viene participando de manera muy activa, tanto en la UE como en el
sistema de NNUU, en la fijación de políticas y creación de instrumentos e
instituciones de lucha contra la discriminación por razón de género y en
particular contra la violencia de género, así como contra la
discriminación por orientación sexual e identidad de género.'



Prueba de ello son las diferentes acciones que el Gobierno ha llevado a
cabo en este ámbito. Entre ellas destacan las siguientes:



1. Defensa activa en diversos foros internacionales del principio de no
discriminación por motivos de orientación sexual. Concretamente, el
Gobierno de España desempeñó un papel muy activo durante el proceso de
elaboración de las Líneas Directrices para la promoción y protección de
los derechos humanos de las personas lesbianas, gays, bisexuales,
transexuales e intersexuales en todo el mundo, adoptadas por el Consejo
de la Unión Europea en junio de 2013. La base de estas nuevas directrices
se encuentra en el 'Toolkit o Manual para la promoción y protección del
disfrute de todos los derechos humanos por el colectivo LGBT', adoptado
durante la Presidencia española del Consejo de la Unión Europea en 2010.



2. Comunicado emitido el pasado 25 de febrero de 2014, en relación a las
medidas legislativas emprendidas en algunos países que penalizan las
relaciones homosexuales consentidas entre adultos y criminalizan a las
personas por su orientación sexual y o identidad de género. En este
comunicado el Gobierno de España expresó su condena ante tales medidas y
reafirmó su compromiso con los derechos humanos y libertades
fundamentales, defendiendo el respeto del estado de derecho como
mecanismo de garantía para todas las personas, sin distinción alguna.



3. Participación activa en el Mecanismo de Examen Periódico Universal
(EPU) del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. El Gobierno
de España viene suscitando en las sesiones de este mecanismo preguntas y
recomendaciones específicas a aquellos países en los que se han detectado
violaciones de derechos humanos relacionadas con las personas LGBTI.



4. Programa de subvenciones. La Oficina de Derechos Humanos del Ministerio
de Asuntos Exteriores y Cooperación cuenta con un programa de
subvenciones para actividades de divulgación, promoción y defensa de los
derechos humanos. La convocatoria que se publica anualmente en el BOE
establece la no discriminación por orientación sexual como una de las
líneas prioritarias de actuación. En los últimos años se han financiado
proyectos ejecutados dentro de este ámbito. Concretamente, en la última
convocatoria (2013) se concedió una subvención de 5.000 euros a la
Federación Española de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales (FLGBT)
para la realización y posterior publicación del informe 'Derechos LGBT en
España'.



5. Declaración institucional con motivo del Día Internacional Contra la
Homofobia y la Transfobia. Desde el año 2010, y a propuesta conjunta de
los Ministerios de Exteriores y Cooperación y de Sanidad, Política Social
e Igualdad, el Gobierno de España adopta una declaración institucional
anual para manifestar su absoluto compromiso con la erradicación de la
discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050304 a 184/050306



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez Díaz, María Carmen, y Alonso Núñez, Alejandro (GS).




Página
165






Respuesta:



En relación con la información solicitada, se señala que el 'gasóleo
bonificado' es el gasóleo al que se aplica un tipo impositivo reducido en
el Impuesto sobre Hidrocarburos, establecido en el epígrafe 1.4 del
artículo 50.1 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos
Especiales (BOE de 29 de diciembre).



El apartado 3 del artículo 50 de la Ley de Impuestos Especiales establece:



'3. (...), la aplicación de los tipos reducidos fijados para los epígrafes
1.4, 1.12, 1.15, 1.16 y 2.10 queda condicionada al cumplimiento de las
condiciones que se establezcan reglamentariamente en cuanto a la adición
de trazadores y marcadores, así como a la utilización realmente dada a
los productos. Tales condiciones podrán comprender el empleo de medios de
pago específicos.'



En el supuesto de la referencia, el Reglamento de los Impuestos
Especiales, aprobado por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio (BOE de
28 de julio) ha exigido el empleo de un medio de pago específico. En
efecto, el artículo 106, apartado 3, letra c), del citado Reglamento,
establece:



c) El suministro de gasóleo bonificado efectuado por un detallista a un
consumidor final autorizado estará condicionado a que el pago se efectúe
mediante la utilización de las tarjetas gasóleo- bonificado o
cheques-gasóleo bonificado a que se refiere el artículo siguiente.
(...)'.



La Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas entiende que la utilización de la tarjeta
gasóleo-bonificado en las ventas de este producto realizadas en
establecimientos minoristas es un mecanismo de control que reemplaza al
sistema general de control de la circulación, tenencia y utilización de
productos sujetos a los impuestos especiales de fabricación, a los que se
aplica un tipo reducido, sistema general que se sustenta en la expedición
de un documento de acompañamiento y en la inscripción registral del
usuario final. El control de la circulación, tenencia y utilización del
gasóleo bonificado en el supuesto en que se ha habilitado la utilización
de la tarjeta gasóleo bonificado solo es posible si la utilización de
este medio de pago específico se realiza simultáneamente al propio
suministro del gasóleo. Ello con independencia de que la tarjeta se
configure como de crédito, de débito o de compras, que es una
circunstancia irrelevante a este respecto.



Este criterio de la Dirección General de Tributos se recoge en la
contestación vinculante V0442-06 de 14 de marzo de 2006, en respuesta a
una consulta tributaria escrita formulada por la Confederación de
Cooperativas Agrarias de España.



Los pronunciamientos expresados por el Tribunal Supremo, la Audiencia
Nacional y algún otro Tribunal Superior de Justicia, al juzgar casos de
falta de utilización de los medios de pago específicos, parecen respaldar
claramente la tesis mantenida por esta Dirección General en el sentido de
que la viabilidad de las tarjetas gasóleo-bonificado como mecanismo de
control pasa por su utilización simultánea en el momento del suministro
del gasóleo bonificado.



En efecto, el Tribunal Supremo ha manifestado reiterada y unívocamente que
la utilización de la tarjeta gasóleo-bonificado (o, en su caso, del
cheque gasóleo-bonificado) es un requisito constitutivo y no meramente
formal para el disfrute del tipo impositivo reducido del que se beneficia
el gasóleo bonificado. Y de ello se deriva que si no se utiliza dicha
tarjeta en su adquisición en establecimientos detallistas se pierde el
derecho al beneficio.



La mayor parte de los argumentos que emplea el Tribunal Supremo para
justificar la utilización de los medios de pago específicos como medio de
control son igualmente extensibles a la necesidad de que dicha
utilización sea simultánea al momento de la realización del suministro de
gasóleo.



La modificación del Reglamento de Impuestos Especiales a la que hace
referencia Su Señoría, efectuada por el Real Decreto 1041/2013, de 27 de
diciembre (BOE de 30 de diciembre), ha consistido en añadir un párrafo en
su artículo 106, apartado 3.c), incorporando lo siguiente:



'Sin perjuicio de lo anterior y de lo establecido en el artículo 107 de
este Reglamento, cuando el detallista sea una cooperativa agroalimentaria
y el consumidor final sea socio de la misma, la oficina gestora podrá
autorizar que el suministro del gasóleo bonificado pueda realizarse con
condiciones particulares de utilización de la tarjeta-gasóleo bonificado
o del cheque-gasóleo bonificado.'



El párrafo introducido se dirige a facilitar la utilización de la tarjeta
gasóleo-bonificado o del cheque gasóleo-bonificado.




Página
166






La modificación llevada a cabo del Reglamento de Impuestos Especiales ha
entrado en vigor el 1 de enero de 2014 y no puede tener efectos
retroactivos, por lo que no altera la situación descrita.



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050315



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



Como continuación a la respuesta del Gobierno registrada de entrada en esa
Cámara con el n.º 138220, de fecha 4/06/2014, se traslada lo siguiente:



Los artículos 52 a 54 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se
aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, se encuentran ubicados
en el capítulo VI de su título III, que lleva por rúbrica 'Deberes de los
empleados públicos. Código de Conducta' y que recoge los principios y
deberes que deben servir de guía a las actuaciones de todo el personal al
servicio de la Administración, distinguiéndose entre principios éticos
(artículo 53) y los principios de conducta (artículo 54). Igualmente, los
principios y reglas establecidos en dicho capítulo informarán la
interpretación y aplicación del régimen disciplinario de los empleados
públicos, de manera que el incumplimiento de muchos de estos deberes,
principios y reglas de conducta encuentra su reflejo en la tipificación
de algunas infracciones del régimen disciplinario.



Por tanto, la responsabilidad disciplinaria de los empleados públicos se
deriva de las actuaciones llevadas a cabo por éstos en el desempeño de
sus actividades profesionales, siempre y cuando de ellas se derive un
perjuicio para el funcionamiento del servicio público o para la propia
Administración, de acuerdo con la tipificación de faltas establecidas en
el régimen disciplinario y el procedimiento previsto al efecto que, en el
caso del personal sanitario, se regula en los artículos 70 y siguientes
de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal
Estatutario de los Servicios de Salud.



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050327



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de
la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el
modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de
devolución, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en
los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan el
lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación, la aplicación
efectiva de la nueva tasa judicial comenzó el pasado 17 de diciembre de
2012.



Hecha esta consideración, se informa que la recaudación de las tasas
judiciales desde enero de 2013 hasta marzo de 2014, expresada en términos
brutos y con criterio de caja, asciende a 400.902 miles de euros.



La recaudación de las tasas judiciales en el ejercicio 2013, expresada en
términos brutos y con criterio de caja, asciende a 320.941 miles de
euros.



La Agencia Tributaria no ha suprimido la publicación del informe mensual
de recaudación tributaria. El calendario de difusión de estas
estadísticas puede ser consultado en la página web de la Agencia
Tributaria, en la dirección electrónica www.agenciatributaria.es.



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
167






184/050469



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



En los Presupuestos Generales del Estado para 2013, dentro del Programa
491M (Ordenación y Promoción de las Telecomunicaciones y de la Sociedad
de la Información), Sección 20 (Ministerio de Industria, Energía y
Turismo), Servicio 12 (Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para
la Sociedad de la Información), figura el Proyecto 1992 17 27 0060
'Adecuación de locales e instalaciones de Jefaturas Provinciales de
Inspección', con una dotación presupuestaria para la provincia de
Guadalajara de 12.300,00 euros.



Con cargo al Proyecto indicado, a 31 de diciembre de 2013 no se realizó
inversión alguna en la provincia de Guadalajara.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050473



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



En los Presupuestos Generales del Estado para 2013, dentro del Programa
491M (Ordenación y Promoción de las Telecomunicaciones y de la Sociedad
de la Información), Sección 20 (Ministerio de Industria, Energía y
Turismo), Servicio 12 (Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para
la Sociedad de la Información), figura el Proyecto 1994 17 27 0025
'Adquisición de medios fijos y móviles para comprobación técnica de
emisiones', con una dotación presupuestaria para la provincia de
Guadalajara de 23.590,00 euros.



Con cargo al Proyecto indicado, a 31 de diciembre de 2013 no se realizó
inversión alguna en la provincia de Guadalajara.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050607



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



En febrero de 2008 el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación,
actuando en el ejercicio de la competencia 'Bases y coordinación de la
planificación general de la actividad económica', título atribuido en
exclusividad al Estado por el artículo 149.1.13.ª de la Constitución,
suscribió un convenio marco de Colaboración con la Asociación para el
Desarrollo de Ribagorza Románica para la puesta en marcha de una serie de
líneas estratégicas para llevar a cabo un proyecto de desarrollo rural
sostenible en zonas de montaña de la comarca de la Ribagorza
perteneciente a las comunidades autónomas de Aragón y Cataluña.



En este convenio marco se establecía la necesidad de colaborar potenciando
las actuaciones que dicha Asociación realizara en relación con el
desarrollo rural sostenible. El citado Ministerio se comprometió




Página
168






a incluir, en la Ley 51/2007 de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales
para el año 2008, y dentro del Programa 414 B Desarrollo Sostenible del
Medio Rural, una línea presupuestaria nominativa denominada: Proyecto
piloto de Desarrollo Rural sostenible: 'Asociación para el Desarrollo de
la Ribagorza Románica'. La dotación presupuestaria prevista era de 5
millones de euros para cada año desde el año 2008 hasta el año 2012
incluido.



Durante los años 2008 a 2011 se han suscrito con la Asociación para el
Desarrollo de Ribagorza Románica cuatro convenios de colaboración con una
dotación presupuestaria de 5.000.000 de euros se destinaron a la
realización de actuaciones que tenían que contribuir al desarrollo rural
sostenible de la zona, mediante la aplicación de una serie de medidas y
actuaciones que contribuyeran a frenar el proceso de despoblación, a la
creación y mantenimiento de la actividad económica y del empleo y que
elevasen el grado de bienestar de la población, asegurando unas
infraestructuras y servicios públicos básicos adecuados y suficientes
potenciando los recursos culturales, y especialmente el patrimonio
románico. En total se han destinado a esta Asociación un total de
20.000.000 euros.



Los objetivos de estos convenios han servido para determinar y ejecutar
actuaciones que han contribuido en el desarrollo rural sostenible en
zonas de montaña y son los siguientes:



- Mantener y generar nuevas actividades económicas basadas en la
utilización sostenible de los atractivos culturales y naturales de la
zona, impulsando el mantenimiento y la creación de empleo.



- Frenar la desaparición de explotaciones agrícolas y ganaderas mejorando
sus condiciones laborales, favoreciendo el relevo generacional y
potenciando la diversificación hacia actividades agroalimentarias, de
turismo rural y del sector servicios.



- Dotar a los núcleos de población de los servicios y equipamientos
básicos y de las infraestructuras necesarias para mejorar la calidad de
vida y la igualdad de oportunidades, en especial en materia de accesos,
agua, energía y telecomunicaciones.



- Potenciar la prestación de servicios básicos y adecuados a las
características específicas de la población en los ámbitos de la
educación, la sanidad y atención social.



- Introducir parámetros de calidad ambiental previniendo el deterioro del
patrimonio natural y de la biodiversidad, o facilitando su recuperación,
mediante la ordenación integrada del uso del territorio para diferentes
actividades, la mejora de la planificación y de la gestión de los
recursos naturales.



- Facilitar el acceso a la vivienda en el medio rural, y favorecer una
ordenación territorial y un urbanismo adaptado a sus condiciones
específicas, que atiendan a la conservación y rehabilitación del
patrimonio construido, persiga un desarrollo sostenible y respeten el
medio ambiente.



En la actualidad, la Asociación ha realizado, con alto grado de
satisfacción, todas las actuaciones encomendadas en los convenios y han
justificado correctamente los gastos de los cuatro convenios suscritos.



Madrid, 18 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050672



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lozano Domingo, Irene (GUPyD).



Respuesta:



España ha trasladado, en reiteradas ocasiones, su protesta formal al
Gobierno británico por las actividades de relleno que las autoridades
locales gibraltareñas vienen desarrollando en las aguas adyacentes al
Peñón de Gibraltar.



Estas acciones son contrarias al Derecho Internacional, dado que implican
un cambio en la configuración del espacio marítimo-terrestre incompatible
con el Tratado de Utrecht de 1713, en el que se definen los espacios
cedidos al Reino Unido.



La posición de España respecto de los espacios cedidos y no cedidos a la
Gran Bretaña por el Tratado de Utrecht permanece inalterada desde dicho
Tratado. España no reconoce al Reino Unido otros derechos




Página
169






y situaciones relativos a los espacios marítimos de Gibraltar que no estén
comprendidos en el artículo X del Tratado de Utrecht de 1713, suscrito
entre las Coronas de España y la Gran Bretaña.



Las actividades de relleno suponen un grave deterioro medioambiental, lo
que podría suponer una violación de las Directivas Europeas en materia de
impacto medioambiental de proyectos urbanísticos privados y planes
públicos.



En cumplimiento de lo establecido en la Directiva 92/43/CEE del Consejo,
de 21 de mayo de 1.992, relativa a la conservación de los hábitats
naturales y de la fauna y flora silvestres (Directiva Habitats), el
Consejo de Ministros español aprobó el día 30 de noviembre de 2013 el
Real Decreto 1620/2012 por el que se declara como Zona Especial de
Conservación (ZEC) el Lugar de Interés Comunitario (LIC) español
'Estrecho Oriental'. Las operaciones de relleno se desarrollan en dicha
Zona Especial de Conservación, siendo objeto de prohibición expresa en el
citado Real Decreto 1620/2012.



Por todo ello, se han presentado denuncias ante la Fiscalía General del
Estado, que han sido elevadas a la Comisión Europea, en su condición de
garante del estricto cumplimiento de la normativa comunitaria.



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050677



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



En respuesta a la pregunta de referencia, el Gobierno manifiesta que, en
aplicación de su principio general de política exterior de promoción y
defensa de los derechos humanos en todo el mundo, España sostiene una
política de promoción y defensa de los derechos humanos de la población
saharaui. Aborda esta materia en su diálogo político con las partes, así
como en las distintas iniciativas bilaterales y multilaterales de defensa
de derechos humanos que España apoya, entre las que se incluye el marco
de diálogo político reforzado de la Unión Europea con Marruecos que
aborda la cuestión de los derechos humanos y permite un intercambio
regular con las autoridades marroquíes en un subcomité de derechos
humanos.



Con vistas a la renovación del mandato de la Misión de las Naciones Unidas
para el Referéndum del Sahara Occidental (MINURSO), España, como miembro
del Grupo de Amigos del Sahara Occidental, apoya las propuestas de
consenso discutidas en su seno, incluidas aquellas relativas a la
protección de derechos humanos.



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050719



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



Tras los fuertes episodios de tormentas de viento y mar ocurridos en la
fachada atlántica gallega y en la costa cantábrica los pasados meses de
enero y febrero, el Gobierno y las Comunidades Autónomas afectadas
hicieron una primera valoración de los daños cifrada en 102 millones de
euros. Estos daños hacen referencia fundamentalmente a los ocasionados en
el litoral y en el dominio público hidráulico.



Concretamente en la provincia de Ourense, la valoración de los daños
realizada por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil asciende a la
cantidad de 1.215.000 euros según el detalle siguiente:




Página
170






Daños en el dominio público hidráulico (Ch Miño-Sil) en la provincia de
Ourense, por municipios;



Reparación daños por avenidas en márgenes del río Caldo: 200.000 €;



Lobios;



Reparación de daños en dominio público hidráulico y mejora de capacidad de
desagüe en río Limia y afluentes: 310.000 €;



Baltar;Porqueira



Bande;Rairiz de Veiga



Os Blancos;Sandias



Calvos de Randin;Sarreaus



Entrimo;Trasmiras



Xinzo de Limia;Vilar de Barrio



Lobeira;Vilar de Santos



Lobios;Xunqueira de Ambia



Muiños;



Reparación de daños en dominio público hidráulico por sucesivos episodios
de desbordamientos en ríos Miño, Sil y afluentes: 355.000 €;



Arnoia;Maside



A Bola;Melon



A Merca;Montederramo



Daños en el dominio público hidráulico (Ch Miño-Sil) en la provincia de
Ourense, por municipios;



Reparación de daños en dominio público hidráulico por sucesivos episodios
de desbordamientos en ríos Miño, Sil y afluentes: 355.000 €;



Carballeda de Avia;Punxin



Carballeda de Valdeorras;Quintela de Leirado



Cartelle;Ramiras



Cástrelo do Miño;Ribadavia



Castrelo do Val;Rubia



Castro Caldelas;San Amaro



Celanova;San Cibrao Das Viñas



Cenlle;San Cristovo de Cea



Chandrexa de Queixa;San Xoan de Rio



Coles;Taboadela



Cortegada;Toen



Esgos;Verea



Gomesende;Viana do Bolo



Larouco;Vilamarin



Leiro;Vilamartin de Valdeorras



Maceda;Vilariño de Conso



Manzaneda;Xunqueira de Espadaneo



Mejora de capacidad de desagüe en ríos Matabois, Requeixo, O Regato y
Bibei: 350.000€;



A Veiga;O Bolo



Montederramo;



Tras la valoración de los daños, el Gobierno ha aprobado el Real
Decreto-ley 2/2014, de 21 de febrero, por el que se adoptan medidas
urgentes para reparar los daños causados en los dos primeros meses de
2014 por las tormentas de viento y mar en la fachada atlántica y la costa
cantábrica.




Página
171






El Real Decreto-ley será de aplicación a los municipios de Galicia siempre
y cuando las localidades a las que se refieren las preguntas formuladas
entren dentro del ámbito de aplicación subjetiva del real decreto-ley,
que de acuerdo con el mismo será desarrollado por orden ministerial, y
que hayan sido objeto de los fenómenos meteorológicos contemplados en
dicho Real Decreto-ley.



El objetivo de esta norma fue el de aprobar un catálogo de medidas que
afectan a varios departamentos ministeriales y abarcan aspectos muy
diferentes, entre ellas:



- Ayudas por daños personales, por daños materiales en enseres y las
destinadas a establecimientos industriales, mercantiles, agrarios,
marítimo-pesqueros, turísticos y de otros servicios.



- Ayudas a corporaciones locales por los gastos causados para hacer frente
a estas situaciones de emergencia, dirigidos a la restauración de las
infraestructuras dañadas.



- Subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria de
las Diputaciones provinciales que serán financiados por el Estado con una
subvención de hasta el 50 % de su coste.



- Se faculta al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
para declarar zona de actuación especial para la restauración del dominio
público marítimo terrestre e hidráulico y las infraestructuras rurales de
uso general.



- Exención de las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
correspondientes al ejercicio de 2014 que afecten a viviendas,
establecimientos industriales, turísticos y mercantiles y profesionales,
explotaciones agrarias, marítimo-pesqueras y forestales, locales de
trabajo y similares, dañados como consecuencia directa de los siniestros.



- Reducción en el Impuesto sobre Actividades Económicas correspondiente al
ejercicio de 2014 a las industrias de cualquier naturaleza,
establecimientos mercantiles, marítimo- pesqueros turísticos y
profesionales cuyos locales de negocio o bienes afectos a esa actividad
hayan sido dañados como consecuencia directa de los siniestros.



- Exención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las
ayudas excepcionales por daños personales.



- Exención de las tasas del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico
establecidas por la Ley 16/1979, de 2 de octubre, la tramitación de las
bajas de vehículos solicitadas como consecuencia de los daños producidos
por los siniestros, y la expedición de duplicados de permisos de
circulación o de conducción destruidos o extraviados por dichas causas,
cuyo coste será sufragado por la Administración General del Estado.



- Reducción de los índices de rendimiento del Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto
sobre el Valor Añadido.



- Las extinciones o suspensiones de los contratos de trabajo o las
reducciones temporales de la jornada de trabajo que tengan su causa
directa en los daños producidos por los acontecimientos catastróficos,
tendrán la consideración de provenientes de una situación de fuerza
mayor.



- Exoneración de cuotas de la Seguridad Social.



- Moratoria de hasta un año sin interés en el pago de las cotizaciones a
la Seguridad Social.



- Para llevar a cabo las obras de reparación de los daños causados, las
Administraciones públicas y las entidades sin ánimo de lucro podrán
solicitar del servicio público de empleo competente la adscripción de
trabajadores perceptores de las prestaciones por desempleo para trabajos
de colaboración social.



- Consideración de emergencia de las obras, servicios o suministros para
la reparación o mantenimiento de infraestructuras, equipamientos o
servicios, así como las obras de reposición de bienes perjudicados por la
catástrofe, cualquiera que sea su cuantía.



- Se declara urgente la ocupación de los bienes afectados por las
expropiaciones derivadas de la realización de las obras.



- Prevé se celebren convocatorias especiales con cargo al Fondo Financiero
para la Modernización de las Infraestructuras Turísticas (FOMIT) con la
finalidad específica de financiar las obras de reparación de las
infraestructuras turísticas municipales y establecimientos turísticos
privados que hayan quedado afectados.



Por último, cabe señalar que las solicitudes de ayudas concedidas, las
obras realizadas y las actuaciones de restauración de las
infraestructuras de titularidad estatal contempladas se financiarán
mediante créditos extraordinarios con cargo al Fondo de Contingencia de
ejecución presupuestaria.



Por otro lado conviene recordar que el Sistema Nacional de Seguros
Agrarios constituye la herramienta más eficaz para asegurar la renta de
los agricultores y silvicultores ante adversidades climáticas y




Página
172






medioambientales. A este respecto, según el informe de la Entidad Estatal
de Seguros Agrarios (ENESA) y Agroseguro, en los datos sobre
siniestralidad a 3 de marzo destacan un elevado porcentaje de siniestros
producidos por viento con una gran concentración en el territorio
peninsular, pero en la provincia de Ourense sólo se ha declarado un
siniestro, correspondiente a 15,11 hectáreas de explotación hortícola al
aire libre, que tras la peritación oportuna será compensada por el seguro
agrario.



Respecto al ámbito de aplicación del citado Real Decreto-Ley, con fecha 1
de mayo se ha publicado en el BOE la Orden del Ministerio del Interior
701/2014 de 25 de abril por la que se determinan los municipios a los que
son de aplicación las medidas previstas en él, donde aparecen para la
provincia de Ourense todos los municipios detallados en la tabla
anterior.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050748



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).



Respuesta:



La empresa a la que alude Su Señoría no remitió información alguna sobre
el incidente de referencia. La contaminación fue detectada por otro buque
fondeado en las cercanías del causante de la contaminación. El primero
pasó la información a las 16:16 horas del 22.04.14 al Centro de
Coordinación de Salvamento (CCS) de Valencia perteneciente a la Sociedad
de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR). El CCS de inmediato activó
el protocolo previsto para estos casos informando a la Capitanía Marítima
de Valencia y movilizando los medios adecuados para comprobar la
información y luchar contra la contaminación producida.



Por los servicios de la Capitanía Marítima, dependiente del Ministerio de
Fomento, se identificó el responsable como el buque de bandera de Antigua
y Barbuda 'MARENO' (IMO:9175717) en aguas del fondeadero del Puerto de
Valencia, primero, y en la dársena 'PRÍNCIPE FELIPE' después. Por parte
del CCS se movilizaron los siguientes medios: aeronave Sasemar 101,
helicóptero Helimer 205, buque de salvamento Sar Mesana, y embarcaciones
de salvamento Salvamar Pollux, Salvamar Sabik y Guardamar Polimnia. Se
activaron el Plan de Autoprotección del puerto de Valencia y el Plan
Nacional de Contaminación. Los medios movilizados estuvieron trabajando,
en función de sus respectivas capacidades, del 22 al 29 de abril en que
se dio por finalizado el episodio de contaminación. Los servicios
prestados fueron los de detección, evaluación, toma de muestras y lucha
contra la contaminación producida mediante el tendido de barreras,
recogida de residuo de fuel oil flotante mezclado con agua y dispersión
mecánica en aquellos casos en que la recogida resultaba impracticable.



De las investigaciones e inspecciones realizadas por los servicios de
inspección de la Capitanía Marítima, y visto el informe de la Sociedad de
Clasificación del buque, DNV-GL, más las declaraciones de 22 y 27 de
abril del Capitán del buque, MAREK JERZY JUSZKIEWICZ (EE 5917084), se
constató como causa del vertido el deslastre operacional de los tanques
de agua de lastre laterales, n.º 5 (BWT N.º 5 WING) babor y estribor,
tanto en el fondeadero como en el interior del puerto, agua de lastre que
se encontraba contaminada con fuel pesado (HFO) proveniente del tanque
almacén n.º 5 estribor situado junto al tanque de agua de lastre
anteriormente citado (estribor), debido a algún fallo estructural. Como
consecuencia, el Capitán Marítimo de Valencia dispuso la iniciación de un
expediente administrativo sancionador en el que resultan responsables,
con carácter solidario, el Capitán al mando del buque, la empresa
naviera, la empresa armadora y la entidad aseguradora de la
responsabilidad. En cumplimiento de las normas en vigor y con objeto de
asegurar la eficacia de las resoluciones que en su día proceda adoptar,
el buque fue retenido hasta que por parte de los expedientados se
cumplimentasen las medidas cautelares establecidas consistentes en la
constitución ante la Caja General de Depósitos de una garantía de 600.000
euros con objeto de hacer frente a las posibles sanciones que pudieran
recaer en el procedimiento administrativo sancionador iniciado y la
constitución de otra garantía por valor de 600.000 euros para hacer
frente a los gastos que puedan derivarse de la detección, control y
combate de la contaminación producida.




Página
173






Ambos tanques de lastre fueron sellados y el combustible del tanque
almacén de fuel fue trasegado a otro tanque y, a continuación, también
sellado hasta su reparación. Tras estas operaciones y una vez depositadas
las garantías mencionadas en el párrafo anterior, se permitió al buque
proseguir viaje a Orán.



Madrid, 26 de mayo de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050789



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lagares Flores, Juan Carlos (GP).



Respuesta:



En el cuadro siguiente se recoge la información sobre el presupuesto
ejecutado y el número de obras realizadas dentro del Programa de Fomento
de Empleo Agrario en la provincia de Huelva, desde su creación hasta los
últimos datos disponibles correspondientes al año 2013:



Años;Presupuesto Ejecutado(Euros);Número de Obras



1998;8.997.621,28;182



1999;10.153.749,70;178



2000;10.214.551,00;215



2001;10.585.917,70;187



2002;11.825.127,44;220



2003;12.044.290,55;193



2004;10.010.408,82;155



2005;12.874.900,99;291



2006;11.121.331,47;178



2007;10.882.619,36;199



2008;11.297.256,20;197



2009;11.581.193,95;162



2010;11.971.094,60;180



2011;12.360.284,71;183



2012;12.172.462,58;141



2013;12.267.984,67;152



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050791



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lagares Flores, Juan Carlos (GP).



Respuesta:



En anexo se recoge la información sobre los importes asignados a la
Comunidad Autónoma de Andalucía, durante el periodo 2010-2014, para
Oportunidades de Empleo para Colectivos con Especiales Dificultades,
destacándose que la distribución de estos importes se realiza mediante
las Órdenes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social para cada
ejercicio económico, cuyos criterios de distribución se acuerdan en la
Conferencia Sectorial de Empleo y Relaciones Laborales.




Página
174






Oportunidades de empleo para colectivos con especiales dificultades;;;;;;



Importes asignados a la comunidad autónoma de Andalucía-ejercicios
2010-2014;;;;;;



2010;;2011;;2012;2013;2014



Aplicación presupuestaria 19.101.241A.454.32;Aplicación presupuestaria
19.101.241A.454.33;Aplicación presupuestaria
19.101.241A.454.32;Aplicación presupuestaria
19.101.241A.454.33;Aplicación presupuestaria
19.101.241A.454.05;Aplicación presupuestaria
19.101.241A.454.05;Aplicación presupuestaria 19.101.241A.454.05



Contratación indefinida de personas con discapacidad, enclaves laborales y
empleo con apoyo;Integración laboral de personas con discapacidad en
centros especiales de empleo y unidades de apoyo para el ajuste personal
y social;Contratación indefinida de personas con discapacidad, enclaves
laborales y empleo con apoyo;Integración laboral de personas con
discapacidad en centros especiales de empleo y unidades de apoyo para el
ajuste personal y social;Oportunidades de empleo para colectivos con
especiales dificultades;Oportunidades de empleo para colectivos con
especiales dificultades;Oportunidades de empleo para colectivos con
especiales dificultades



17.692.496 €;31.924.929 €;17.592.970 €;46.239.285 €;34.827.513
€;40.359.980 €;PENDIENTE Distribución de Conferencia Sectorial



49.617.425 €;;63.832.255 €;;;;



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050832



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En relación con las preguntas formuladas, cabe reiterar que la información
disponible sobre los extremos por los que se interesa Su Señoría fue la
facilitada por el Secretario de Estado de Seguridad durante el desarrollo
de su comparecencia en la sesión de la Comisión de Interior del Congreso
de los Diputados, celebrada el pasado 19 de marzo, publicada en el Diario
de Sesiones del Congreso n.º 525, para exponer las últimas novedades de
la lucha contra la inmigración irregular y custodia de las fronteras de
Ceuta y Melilla y aportar información sobre los sucesos ocurridos en la
frontera de Ceuta el 6 de febrero de 2014.



Madrid, 23 de mayo de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050833



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada conviene precisar, con carácter
previo, que la figura de declaración de zona catastrófica no existe desde
el año 2007, toda vez que dicha figura fue derogada por el Real Decreto
477/2007, de 13 de abril, que modificaba el Real Decreto 307/2005, de 18
de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a
determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de
naturaleza catastrófica.



Efectuada la anterior precisión, se informa que el Real Decreto 307/2005
habilitó desde entonces una serie de ayudas, destinadas fundamentalmente
a unidades familiares con daños en sus viviendas y enseres, o con daños
personales, y a entidades locales que han llevado a cabo actuaciones de
emergencia para garantizar la vida y seguridad de las personas. Estas
subvenciones son gestionadas por el Ministerio del Interior, a través de
la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.




Página
175






De acuerdo con lo anterior, el Ayuntamiento de Bermeo solicitó una ayuda
por gastos de emergencias de acuerdo con el citado Real Decreto 307/2005,
que fue denegada por no cumplir los requisitos de acreditación de escasez
de recursos económicos exigidos en la normativa.



Madrid, 12 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050834



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada se informa que en el vuelo fletado
el día 7 de marzo de 2014 viajaban 18 ciudadanos malienses que fueron
expulsados a la ciudad de Bamako (Mali), portando cada uno de ellos su
documentación correspondiente.



Todos ellos estaban documentados mediante salvoconducto por el Consulado
de Mali, que sólo documenta a sus ciudadanos residentes en la zona sur de
Mali, zona libre de conflicto.



El Gobierno tiene en consideración la situación bélica o de peligro que
afecta a los países de los que proceden los inmigrantes irregulares. En
estos casos no se realizan vuelos de deportación.



En el caso de Mali, su conflicto bélico finalizó hace dos años,
localizándose actualmente focos de conflictividad en el norte del país.
Siguiendo las recomendaciones de ACNUR, no se materializa la repatriación
de ningún ciudadano de nacionalidad maliense con residencia en la zona
norte del país.



Por otra parte, cabe señalar que en el vuelo de 15 de abril de 2014 con
destino a Bamako fueron expulsados 21 malienses, todos ellos varones
mayores de edad.



Por último, se indica que los ciudadanos malienses localizados en pateras
cuando pretendían entrar de forma irregular en España fueron 198 en el
año 2012 y 632 en el año 2013. Además, en 2012 se produjeron 35
denegaciones de entrada en puestos fronterizos a ciudadanos de Mali y 43
en el año 2013. Por lo que se refiere a solicitudes de protección
internacional de ciudadanos de Mali en España, se informa que fueron 99
en 2012 y 1.482 en 2013.



Madrid, 5 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050836



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



El Gobierno reitera la respuesta dada a su pregunta con número de
referencia 184/43390, cuyo texto se incluye a continuación:



'Los miembros del Grupo de Acción Rápida (GAR) de la Guardia Civil, como
cualquier otro miembro del Cuerpo que viste de uniforme, portan, de
manera visible, una placa identificativa del modo en que dispone la
Instrucción número 13/2007 de la Secretaría de Estado de Seguridad, del
Ministerio del Interior, relativa al uso del número de identificación
personal en la uniformidad de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del
Estado'.



Por último cabe señalar que no existe ningún expediente abierto a ningún
miembro del Grupo de Acción Rápida (GAR) en relación con la Instrucción
de la Secretaría de Estado de Seguridad citada.



Madrid, 4 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
176






184/050837



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En contestación a la pregunta formulada se informa que el conjunto de las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado desarrollan sus funciones de
conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, tanto nacional como
internacional, siendo los principales garantes, junto con el conjunto del
Poder Judicial, de los derechos y libertades de todos los ciudadanos.



De acuerdo con lo anterior, ningún efectivo de la Guardia Civil ha
administrado sedación alguna.



Madrid, 3 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050848



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).



Respuesta:



El Gobierno, en concreto el Ministerio del Interior, no dispone de los
sistemas GI2 de la empresa Verint, así como tampoco de sistemas similares
o superiores capaces de intervenir las comunicaciones y obtener números
de teléfono en un radio de hasta centenares de metros de distancia.



Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad cuentan con un sistema centralizado de
interceptación de las comunicaciones, denominado 'SITEL', que cumple los
requisitos de certificación de la norma ISO/UNE IEC 27001 y de la
normativa técnica vigente en materia de interceptación, publicada por el
Ministerio de Industria mediante las normas ITC/110/2009, ITC/313/2010,
ITC/682/2010 e IET/2530/2012.



Para la interceptación de las comunicaciones por dicho sistema, así como
de los datos asociados, o metadatos, es imprescindible contar de forma
previa con el correspondiente mandamiento judicial que autorice su
activación por parte de la operadora de telecomunicación concernida.



Por tanto, la interceptación y el seguimiento de las comunicaciones están
sujetas al correspondiente control judicial, tal y como se establece en
la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en la Ley 32/2003, de 3 de noviembre,
General de Telecomunicaciones, modificada por la Ley 9/2014, de 9 mayo,
de Telecomunicaciones, y el Real Decreto 424/2005, sobre las condiciones
para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el
servicio universal y la protección de los usuarios, así como las normas
ITC del Ministerio de Industria ya citadas.



Por otro lado, en relación con la conservación y cesión de datos relativos
a las comunicaciones electrónicas, se debe señalar que la Ley 25/2007, de
18 de octubre, de conservación de datos relativos a las comunicaciones
electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, establece que los
operadores correspondientes solo podrán ceder los datos a los agentes
facultados previa autorización judicial.



Con referencia a las garantías de los ciudadanos de la privacidad de sus
conversaciones y su localización física geográfica, debemos recordar el
mandato recogido en el artículo 18.3 de la Constitución, en cuya virtud
'se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las
postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial'.



Por su parte, el artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
concreta los casos en los que se podrán someterse a control los derechos
citados en el artículo 18.3 de la Carta Magna en el caso de aquellas
personas respecto a las que existan indicios de responsabilidad criminal.



La ya citada Ley 25/2007, de 18 de octubre, establece el régimen
sancionador aplicable al incumplimiento de sus previsiones, sin perjuicio
del régimen sancionador establecido en la Ley




Página
177






Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal, así como de las responsabilidades penales que pudieran
derivarse.



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050852



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Centella Gómez, José Luis (GIP).



Respuesta:



En respuesta a la pregunta de referencia, el Gobierno manifiesta que está
en contacto con las autoridades cubanas sobre el programa referido y no
considera que una declaración pública sea una manera adecuada de tratar
esta cuestión.



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050853



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Centella Gómez, José Luis (GIP).



Respuesta:



En respuesta a la información solicitada por Su Señoría, se señala que el
Gobierno no valora el trabajo de otras Agencias de Cooperación
Internacional para el Desarrollo.



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050854



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Centella Gómez, José Luis (GIP).



Respuesta:



Las previsiones descritas no coinciden con la posición que el Gobierno
viene defendiendo, en el marco de la política exterior de la Unión
Europea, en relación con el asunto de referencia.



Madrid, 3 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050904



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Centella Gómez, José Luis (GIP).




Página
178






Respuesta:



Las obligaciones reconocidas sobre la actuación SE-40 ascienden a un total
de 372.942.720,48 euros.



En los siguientes enlaces se pueden consultar las correspondientes
partidas presupuestarias:



Dirección General de Carreteras:



http://www.sepg.pap.minhap.gob.es/Presup/PGE2014Ley/MaestroDocumentos/PGE-ROM/doc/2/3/1/1/2/2/11/N_14_E_V_2_O_1_201_1_2_117_1_138_1.PDF



Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre:
http://www.sepg.pap.minhap.gob.es/Presup/PGE2014Ley/MaestroDocumentos/PGE-ROM/doc/2/3/1/3/1/N_14_E_V_2_O_2_0_1946_INVROOT_17426.PDF



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050946



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



En primer lugar, se informa que el desplazamiento a Ceuta del helicóptero
destacado en Melilla se efectuó para la instalación en Ceuta de una
cámara térmica, no por las razones recogidas en el literal de las
preguntas formuladas por Su Señoría.



Por otra parte, cabe recordar lo dispuesto en el Real Decreto 1145/1990,
de 7 de septiembre, regulador de la asistencia religiosa a los miembros
de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil.



Madrid, 12 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050950



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Álvarez Álvarez, Ángeles (GS).



Respuesta:



En contestación a la pregunta formulada por Su Señoría se informa que con
independencia de los plazos marcados para realizar las evoluciones del
nivel de riesgo de cada caso, donde necesariamente se contacta con la
víctima, también se realizan cuando existen nuevas y significativas
circunstancias para la víctima o en la conducta del agresor y/o cuando lo
disponga la autoridad judicial o el fiscal.



Las víctimas son alertadas de su situación de riesgo a través del Centro
de control, COMETA, que gestiona el Sistema Tecnológico de Detección de
Proximidad y que tiene como objetivo principal mejorar la seguridad y
protección de la víctima permitiendo la verificación del cumplimiento de
las medidas de alejamiento impuestas por la autoridad judicial.



Los avisos que genera el sistema son de dos tipos, alarmas y alertas,
siendo estos comunicados por parte del Centro de Control, tanto a las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, como a la víctima.



Por su parte, en el Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de
Violencia de Género aparece reflejado qué víctimas y autores tienen
instalados los dispositivos.



Las víctimas también son alertadas de su situación de riesgo a través del
Servicio de teleasistencia móvil, ATENPRO. Se trata de un servicio
telefónico de comunicación permanente que tiene como objetivo garantizar
una atención inmediata y adecuada ante situaciones de emergencia. Este
servicio es prestado por los ayuntamientos adheridos al Programa de
Teleasistencia Móvil para Víctimas de Violencia de




Página
179






Género, FEMP-IMSERSO (Federación Española de Municipios y
Provincias-Instituto de Mayores y Servicios Sociales).



La Secretaria General de Instituciones Penitenciarias ha remitido con
periodicidad mensual dos ficheros de población penitenciaria a la
Delegación del Gobierno para la Violencia de Género. Los ficheros hacen
referencia a internos penados y a internos preventivos. El primero de
ellos se remite desde enero de 2010 y recoge información acumulada y
actualizada desde diciembre de 2009. El fichero relativo a preventivos,
se remite mensualmente desde junio de 2011. El 17 de enero de 2014 se
procedió a la creación de un nuevo fichero de internos preventivos para
actualizar la sintaxis del anterior.



Los delitos relacionados con violencia de género se registran en el
Sistema de Información Penitenciaria desde el 25 de Agosto de 2005, tras
la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de
Medidas de Protección Integral contra la violencia de género.



En la actualidad la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias
está elaborando un fichero de microdatos, a petición de la Delegación del
Gobierno para la Violencia de Género, en el que se incluirá un listado de
delitos de violencia de género de internos: presentes, penados y
preventivos, en Centros Penitenciarios de la Administración General del
Estado.



A través del Sistema de Información Penitenciaria (SIP) se comunica de
forma automática toda incidencia y/o modificación que se produzca en la
situación penitenciaria del interno (traslado de centro...), tal y como
prevé el protocolo vigente.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/050952



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



En respuesta a la pregunta de referencia, el Gobierno manifiesta que,
desde su compromiso con la igualdad como valor superior del ordenamiento
jurídico, el Gobierno de España ha manifestado en diversas ocasiones su
determinación para trabajar en la promoción de la igualdad de todas las
personas, así como en la prevención y la lucha contra cualquier forma de
discriminación.



Concretamente, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación emitió
un Comunicado oficial el 25 de febrero de 2014 en relación a las medidas
legislativas emprendidas en algunos países que penalizan las relaciones
homosexuales consentidas entre adultos y criminalizan a las personas por
su orientación sexual y o identidad de género. En dicho Comunicado, el
Gobierno de España expresaba su condena ante tales medidas y reafirmaba
su compromiso con los derechos humanos y libertades fundamentales,
defendiendo el respeto al estado de derecho como mecanismo de garantía
para todas las personas, sin distinción alguna.



Esta misma condena fue reiterada en el Acuerdo del Consejo de Ministros
del pasado día 16 de mayo de 2014, por el que se aprobó la Declaración
del Gobierno con motivo de la celebración del Día Internacional contra la
Homofobia y la Transfobia.



El Gobierno de España seguirá defendiendo en diversos foros
internacionales la aplicación efectiva de las normas internacionales de
derechos humanos que se rigen por los principios de universalidad y no
discriminación, tal y como lo ha hecho hasta ahora.



Concretamente, en el ámbito de la Unión Europea, seguirá haciendo uso de
las Líneas Directrices para la promoción y protección de los derechos
humanos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e
intersexuales en todo el mundo, adoptadas por el Consejo de la Unión
Europea en junio de 2013 y en cuya base figura el Manual para la
promoción y protección del disfrute de todos los derechos humanos por el
colectivo LGBT, adoptado durante la Presidencia española del Consejo de
la Unión Europea en 2010. Estas directrices tienen como objetivo
habilitar a las Delegaciones de la Unión Europea (UE), representaciones y
Embajadas de Estados Miembros en terceros países no sólo para reaccionar
ante casos de violaciones de derechos humanos en este ámbito sino también
para dar más visibilidad a estas cuestiones en las estrategias de
derechos humanos de cada país.




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180






Por otro lado, en el ámbito de las Naciones Unidas, seguirá participando
activamente en el mecanismo de Examen Periódico Universal (EPU) del
Consejo de Derechos Humanos, suscitando preguntas y recomendaciones a
aquellos países en los que se hayan detectado violaciones de derechos
humanos relacionadas con las personas LGBTI.



En definitiva, puesto que el respeto de los derechos de las personas LGTBI
es una prioridad en la política exterior de protección de los derechos
humanos del Gobierno de España, éste continuará manteniendo una actitud
vigilante ante esta cuestión.



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051003



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



En el Anexo de Inversiones Reales de los Presupuestos Generales del Estado
para el año 2013 figura una dotación de 720,00 miles de euros en el
proyecto de inversión 2005 17 40 0141 L.A.V. Ourense-Vigo, con cargo al
programa de inversión 453-A 'Infraestructura del Transporte Ferroviario'.



El proyecto básico de esta actuación se ha remitido a información pública
el pasado día 25 de diciembre de 2013, como parte del proceso que acabará
conduciendo hasta la obtención de la Declaración de Impacto Ambiental.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051016



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Olmos, José (GS).



Respuesta:



El ondeo a media asta de la Enseña Nacional en determinadas fechas forma
parte de la tradición secular de los ejércitos y está integrada en la
normalidad de los actos de régimen interior que se celebran en las
unidades militares. Por tanto, y como señala el Tribunal Constitucional
en su Sentencia 34/2011, de 28 de marzo, 'Cuando una tradición religiosa
se encuentra integrada en el conjunto del tejido social de un determinado
colectivo, no cabe sostener que a través de ella los poderes públicos
pretendan transmitir un respaldo o adherencia a postulados religiosos'.



Madrid, 5 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051058



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastian (GS).




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181






Respuesta:



Como continuación a la registrada de entrada en esa Cámara con el n.º
140211, de fecha 17/06/2014, se traslada lo siguiente:



Se indican seguidamente las publicaciones oficiales donde se puede
consultar las asociaciones que han sido subvencionadas por el Ministerio
de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus Organismos dependientes:



- BOE de 29 de mayo de 2013: Resolución de 26 de abril de 2013, de la
Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se
publican las subvenciones concedidas al amparo de lo dispuesto en la
Orden SSI/1199/2012, de 4 de junio.



- BOE de 30 de abril de 2014: Resolución de 21 de marzo de 2014, de la
Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se
publican las subvenciones estatales concedidas para la realización de
programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al año
2013.



- BOE de 20 de enero de 2014: Resolución de 16 de diciembre de 2013, del
Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publican las
subvenciones concedidas a entidades no gubernamentales en el área de
atención a mayores, con cargo a los presupuestos 2013.



- BOE de 1 de enero de 2014: Resolución de 2 de diciembre de 2013, de la
Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se
publican las ayudas a entidades privadas sin fines de lucro y de ámbito
estatal, con cargo al Fondo de Bienes decomisados por tráfico ilícito de
drogas y otros delitos relacionados, en aplicación de la Ley 17/2003, de
29 de mayo, para la realización de programas supracomunitarios sobre
drogodependencias en el año 2013.



- BOE de 30 de abril de 2013: Resolución de 5 de abril de 2013, del
Instituto de la Juventud, por la que se publican las ayudas concedidas
para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en
el marco del Programa 'La Juventud en Acción'.



- BOE de 1 de agosto de 2013: Resolución de 27 de junio de 2013, del
Instituto de la Juventud, por la que se publican las ayudas concedidas
para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en
el marco del programa 'La juventud en acción'.



- BOE de 27 de diciembre de 2013: Resolución de 22 de noviembre de 2013,
del Instituto de la Juventud, por la que se publican las ayudas
concedidas para la realización de actividades financiadas por la Comisión
Europea en el marco del Programa 'La Juventud en Acción'.



- BOE de 13 de febrero de 2014: Resolución de 27 de diciembre de 2013, de
la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se
publican las subvenciones concedidas al amparo de lo dispuesto en la
Orden SSI/1434/2013, de 22 de julio, destinadas a proyectos de atención a
mujeres víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación
sexual.



Madrid, 20 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051124



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En respuesta a la pregunta de referencia, al Ministerio de Asuntos
Exteriores y de Cooperación no le consta la consulta objeto de esta
pregunta parlamentaria, ni la solicitud por parte de la Comisión de
información a España sobre la ley mencionada a través de un procedimiento
UE PILOT, ni que haya sido esta normativa objeto de examen por parte del
grupo de trabajo de Unidad de Mercado.



No existe un cauce institucional formalmente acordado con las comunidades
autónomas en materia de consultas sobre normativa autonómica a la
Comisión.



Madrid, 4 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




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182






184/051125



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En relación con la protección de la salud a ciudadanos extranjeros en
situación administrativa irregular en nuestro país, el Gobierno considera
que con las medidas previstas en el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de
abril, se cubre todas las contingencias de salud pública. Los ciudadanos
de otras nacionalidades son atendidos y reciben asistencia sanitaria
hasta la situación de alta médica. En todo caso, los extranjeros menores
de dieciocho años reciben asistencia sanitaria en las mismas condiciones
que los españoles. Otros colectivos como solicitantes de protección
internacional y víctimas de tratas de seres humanos también tienen
garantizada la asistencia sanitaria aunque no tengan la condición de
asegurados.



El Consejo de la Unión Europea ha confirmado la evaluación positiva de las
medidas adoptadas por España a través del Real Decreto-ley 16/2012.



En la reunión de Ministros de Salud de la Unión Europea que se celebró en
Atenas, se ha puesto de manifiesto que España es uno de los países de la
Unión Europea con mayor cobertura sanitaria para este colectivo. El
comisario Borg confirmó que España tiene su normativa adaptada a la Unión
Europea y se pone de manifiesto la generosidad en el tratamiento a estas
personas.



Madrid, 2 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051203



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



La Confederación Hidrográfica del Ebro percibió las alfardas a las que
alude Su Señoría. Sin embargo, de acuerdo con la cláusula 2.ª de la Orden
Ministerial de fecha 31 de diciembre de 1956, la Confederación
Hidrográfica entregó, a fecha 31 de enero de 1957 y mediante talón al
portador, las tarifas devengadas que se corresponden con los pagos
realizados entre 1949 y 1952, únicos años en los que el Sindicato de
Riegos del río Huerva y Pantano de Mezalocha efectuó los pagos.



Madrid, 16 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051205



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



Para conocer las necesidades hídricas de cada territorio es necesario
haber concluido previamente el proceso de planificación hidrológica, al
que este Gobierno está dedicando todos sus esfuerzos. Sin los planes
hidrológicos no se puede disponer de información actualizada sobre los
recursos hídricos de cada río, de las necesidades de los distintos
territorios, ni del modo de atenderlas. Por ello, se ha otorgado la
máxima prioridad para culminar el proceso de planificación hidrológica lo
más rápido posible.



Fruto del trabajo realizado, en breve estarán aprobados todos los planes
de cuencas intercomunitarias. Se está trabajando, al mismo tiempo, para
cerrar el segundo ciclo de planificación, de manera que se




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183






pueda dar cumplimiento a la Directiva marco del Agua, que obliga a la
revisión de los planes en el año 2015. Será entonces, cuando se cuente
con toda la información necesaria para poder abordar un gran pacto
nacional del agua, previo e indispensable para plantear un futuro plan
hidrológico nacional.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051212 y 184/051213



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



Por el túnel urbano de Zaragoza circulan servicios ferroviarios, tanto en
ancho ibérico (cercanías y regionales) como en ancho UIC (alta
velocidad).



En línea con las directrices que establece el vigente Plan de
Infraestructuras, Transporte y Vivienda (2012-2024), en los próximos años
se deberá realizar un seguimiento exhaustivo de la evolución del número
de usuarios de los servicios de cercanías y media distancia en el área de
Zaragoza, con el objeto de garantizar que la dotación de infraestructuras
sea adecuada a la demanda real, todo ello en el actual contexto de
consolidación presupuestaria, derivado de la crisis económica reciente.
No obstante, todo lo anterior deberá conjugarse con las previsiones de
mejora de los servicios en el área de Zaragoza.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051237 a 184/051239



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Núñez, Alejandro (GS).



Respuesta:



Las razones de mantener los 142 millones de euros en el régimen de pago
único hay que buscarlas en las decisiones tomadas en 2008, cuando se
eligieron las medidas que serían apoyadas en el marco del Programa de
Apoyo al sector Vitivinícola español 2009-2013, con el sobre nacional de
fondos que se asignó a España.



Así, aplicando la posibilidad que daba el Reglamento de la OCM del vino
aprobado en 2008 de asignar derechos de pago único a viticultores, España
decidió en junio de 2008, cuando se comunica el Programa de Apoyo
2009-2013 a la Comisión Europea, conceder derechos a viticultores
vinculados en un periodo de referencia a la elaboración de mosto no
destinado a la vinificación y a la destilación de alcohol de uso de boca.
Esta asignación supuso que desde el ejercicio financiero 2010, era
necesario transferir fondos desde la OCM del vino al Régimen de Pago
Único para poder atender los pagos de esos derechos. De manera que esos
fondos no pudieron volver a estar disponibles en esos ejercicios para el
resto de medidas como la promoción, reestructuración y reconversión de
viñedos etc. Además de España, otros países hicieron uso de la medida de
pago único a viticultores transfiriendo fondos a este régimen, como
Grecia, Luxemburgo, Reino Unido y Malta.



Hay que señalar que la decisión que se tomó en 2013 de mantener
definitivamente los 142 millones de euros en el régimen de pagos directos
en lugar de en el Programa de Apoyo ha venido marcada por las decisiones
tomadas por el anterior Gobierno. En efecto, la Comisión Europea confirmó
en respuesta a una consulta específica realizada por el Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a este respecto, que los
derechos asignados a los viticultores en 2009 y 2010 se asignan de forma
definitiva y no es por tanto posible detraer sus importes y recuperar el
sobre para incluirlo de nuevo en el Programa de Apoyo.




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184






Por lo tanto, el precedente de asignar derechos de pago único en el pasado
a unos viticultores, ha influido en la decisión de mantener los 142
millones de euros necesarios para el pago de esos derechos, ya que el no
mantenimiento en el régimen de pagos directos de esos fondos, obligaría a
soportar por el resto de agricultores los pagos de los mismos, viendo
disminuidas sus ayudas. Igualmente Grecia, Luxemburgo, Reino Unido y
Malta han decidido mantener los fondos trasferidos en el Régimen de Pago
Único.



Por lo tanto el Programa de Apoyo al sector vitivinícola español desde el
momento en el que se decidió transferir fondos al pago único, no ha
contado con los 142 millones de euros para el resto de medidas.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051243



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Núñez, Alejandro (GS).



Respuesta:



En relación con las preguntas planteadas respecto al impuesto nacional de
gases fluorados de efecto invernadero, creado por la Ley 16/2013, de 29
de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de
fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y
financieras, se informa lo siguiente:



Por sectores de actividad se estiman los siguientes porcentajes de uso en
CO2eq: refrigeración comercial 60 %, climatización 20 %, industria
agroalimentaria 15 %, incendios 4 %, generación y distribución de energía
eléctrica 0,5 % y espumas de aislamiento térmico 0,5 %.



Respecto de la industria agroalimentaria se entiende que el impacto es muy
bajo, dado que utiliza principalmente como refrigerante el NH3 que no
está sujeto a este impuesto. Por otra parte, en lo que se refiere a la
distribución el impacto estimado como consecuencia de la aplicación de
este impuesto es del 0,1 % de sus costes totales.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051260



Ampliación a la respuesta del Gobierno



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Como continuación a la respuesta del Gobierno registrada de entrada en esa
Cámara con el n.º 137.963, de fecha 03/06/2014, se traslada lo siguiente:



El 18 de mano de 2014 el INE publicó la estadística del cuarto trimestre
de 2013 de la Encuesta Trimestral de Coste Laboral (ECL). Aún no están
disponibles los datos anuales correspondientes a 2013, que serán
publicados previsiblemente en julio de 2014 una vez que la Encuesta Anual
de Coste Laboral sea elaborada y completada con los datos trimestrales.



Por tanto, la variación de los costes salariales, según la ECL, desde 2011
con el dato más actualizado posible sólo podría calcularse sobre los
datos trimestrales y hasta el cuarto trimestre de 2013.



En el siguiente cuadro se ha calculado la variación porcentual del coste
salarial medio por trabajador y mes -en euros- entre el cuarto trimestre
de 2013 y el mismo trimestre de 2011. Debe tenerse en




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185






cuenta que los datos trimestrales sobre un mismo periodo anterior están
sujetos a mayor variabilidad que los datos anuales.



Encuesta trimestral de Coste Laboral



Componentes del coste laboral total



Coste salarial total por trabajador



Unidades: Euros y porcentaje;;;



;2013TIV;2011TIV;VAR %



Nacional;1.995,68;2.020,13;-1,21



Andalucía;1.790,12;1.840,29;-2.73



Aragón;1.929,86;1.931,17;-0,07



Asturias, Principado de;1.999,65;2.032,29;-1,61



Balears, Illes;1.905,31;1.939,47;-1,76



Canarias ;1.612,32;1.653,90;-2,51



Cantabria ;1.823,91;1.897,72;-3,89



Castilla y León;1.813,68;1.872,55;-3,14



Castilla-La Mancha;1.852,08;1.843,97;0,44



Cataluña;2.133,89;2.174,60;-1,87



Comunitat Valenciana;1.755,14;1.778,33;-1,30



Extremadura;1.621,43;1.742,36;-6,94



Galicia;1.778,19;1.813,12;-1,93



Madrid, Comunidad de;2.324,15;2.304,42;0,86



Murcia, Región de;1.777,12;1.851,62;-4,02



Navarra, Comunidad Foral de;2.099,20;2.175,40;-3,50



País Vasco;2.409,20;2.392,16;0,71



Rioja, La;1.920,00;1.924,76;-0,25



Fuente: Encuesta Trimestral de Coste Laboral del INE y elaboración
propia;;;



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051277



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Se adjunta anexo con los datos solicitados, desglosado por comunidades
autónomas, provincias y paradores.




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186






Resultado por comunidad, provincia y parador diciembre 2013;;;



Comunidad autónoma;Provincia;Parador;2013



Andalucía;Almería;Mojacar;56.542,15



;Total Almería;;56.542,15



;Cádiz;Arcos de la Frontera;-207.864,92



;;Cádiz. Hotel Atlántico;-70.413,36



;;Total Cádiz;-278.278,28



;Córdoba;Córdoba;-157.381,82



;;Total Córdoba;-157.381,82



;Granada;Granada;2.029.434,90



;;Total Granada;2.029.434,90



;Huelva;Ayamonte;-254.262,05



;;Mazagon;190.371,75



;;Total Huelva;-63.890,30



;Jaén;Cazorla;-201.055,14



;;Jaen;83.101,82



;;Ubeda;-46.489,70



;;Total Jaén;-164.443,02



;Málaga;Antequera;-808.397,26



;;Campo golf de Málaga;68.283,26



;;Malaga Gibralfaro;441.012,98



;;Malaga Golf;-411.500,03



;;Nerja;1.185.695,71



;;Ronda;1.269.784,73



;;Total Málaga;1.744.879,39



;Sevilla;Carmona;801.332,56



;;Total Sevilla;801.332,56



;Total Andalucía;;3.968.195,58



Aragón;Huesca;Bielsa;-117.215,30



;;Total Huesca;-117.215,30



;Teruel;Alcañiz;-39.938,87



;;Teruel;-155.236,61



;;Total TerueL;-195.175,48



;Zaragoza;Sos del Rey Católico;-1.886,24



;;Total Zaragoza;-1.886,24



;Total Aragón;;-314.277,02



Principado de Asturias;Oviedo;Cangas de Onís;299.030,27



;;Corias;-240.250,67



;;Gijón;-1.586,25



;;Total Oviedo;57.193,35



;Total Principado de Asturias;;57.193,35



Canarias;Gran Canaria;Cruz de Tejeda;-70.664,24



;;Total Gran Canaria;-70.664,24



;Tenerife;El Hierro;-280.399,29



;;La Gomera;414.142,79



;;La Palma;-113.230,13



;;Las Cañadas del Teide;404.088,00



;;Total Tenerife;424.601,37



;Total Canarias;;353.937,13




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187






Resultado por comunidad, provincia y parador diciembre 2013;;;



Comunidad autónoma;Provincia;Parador;2013



Cantabria;Santander;Fuente de;-215.266,81



;;Limpias;-98.960,50



;;Santillana del Mar;189.714,72



;Total Santander;;-124.512,59



;Total Cantabria;;-124.512,59



Castilla-La Mancha;Albacete;Albacete;-475.621,03



;;Total Albacete;-475.621,03



;Ciudad Real;Almagro;43.104,08



;;Manzanares;-287.819,75



;;Total Ciudad Real;-244.715,67



;Cuenca;Alarcón;-37.118,76



;;Cuenca;738.557,84



;;Total Cuenca;701.439,08



;Guadalajara;Sigüenza;126.461,81



;;Total Guadalajara;126.461,81



;Toledo;Oropesa;-162.105,59



;;Toledo;802.765,72



;;Total Toledo;640.660,13



;Total Castilla-La Mancha;;748.224,32



Castilla y León;Ávila;Ávila;102.773,97



;;Gredos;-424.587,40



;;Total Ávila;-321.813,43



;Burgos;Lerma;299.219,96



;;Total Burgos;299.219,96



;León;León-Hostal de San Marcos;-54.342,92



;;Villafranca del Bierzo;-505.463,56



;;Total León;-559.806,48



;Palencia;Cervera;-114.395,67



;;Total Palencia;-114.395,67



;Salamanca;Ciudad Rodrigo;-20.790,29



;;Salamanca;-267.568,29



;;Total Salamanca;-288.358,58



;Segovia;La Granja;487.389,33



;;Segovia;54.817,24



;;Total Segovia;542.206,57



;Soria;Soria;-342.721,44



;;Total Soria;-342.721,44



;Valladolid;Tordesillas;-16.369,33



;;Total Valladolid;-16.369,33



;Zamora;Benavente;-167.317,53



;;Puebla de Sanabria;-290.421,66



;;Zamora;150.643,22



;;Total Zamora;-307.095,97



;Total Castilla y León;;-1.109.134,37




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188






Resultado por comunidad, provincia y parador diciembre 2013;;;



Comunidad autónoma;Provincia;Parador;2013



Cataluña ;Barcelona;Cardona;71.518,39



;;Vic-Sau;-297.459,61



;;Total Barcelona;-225.941,22



;Girona;Aiguablava;683.455,09



;;Total Girona;683.455,09



;Lleida;Arties;-132.187,25



;;La Seu D'urgell;-486.915,00



;;Vielha;-410.597,24



;;Total Lleida;-1.029.699,49



;Tarragona;Tortosa;-81.853,34



;;Total Tarragona;-81.853,34



;Total Cataluña;;-654.038,96



Ciudad autónoma de Ceuta;Ceuta;Ceuta. Hotel la Muralla;-246.711,42



;;Total Ceuta;-246.711,42



;Total Ciudad autónoma de Ceuta;;-246.711,42



Extremadura;Badajoz;Merida;196.243,38



;;Zafra;-185.025,23



;;Total Badajoz;11.218,15



;Cáceres;Cáceres;-167.193,59



;;Guadalupe;-93.859,87



;;Jarandilla De La Vera;277,3



;;Plasencia;374.169,85



;;Trujillo;-131.806,91



;;Total Cáceres;-18.413,22



;Total Extremadura;;-7.195,07



Galicia;A Coruña;Ferrol;-141.025,50



;;Santiago de Compostela;1.353.965,27



;;Total A Coruña;1.212.939,77



;Lugo;Monforte de Lemos;-299.728,49



;;Ribadeo;66.235,12



;;Vilalba;-222.255,00



;;Total Lugo;-455.748,37



;Ourense;Santo Estevo;-329.640,37



;;Verin;-222.423,28



;;Total Ourense;-552.063,65



;Pontevedra;Baiona;732.733,47



;;Cambados;-179.127,76



;;Pontevedra;-51.107,04



;;Tui;-240.271,92



;;Total Pontevedra;262.226,75



;Total Galicia;;467.354,50



La Rioja;Logroño;Calahorra;-127.658,81



;;Sto. Domingo de la Calzada;2.852,56



;;Sto.domingo Bernardo Fresneda;-144.454,35



;;Total Logroño;-269.260,60



;Total La Rioja;;-269.260,60



Comunidad de Madrid;;;



;Madrid;Alcala de Henares;-725.938,97




Página
189






Resultado por comunidad, provincia y parador diciembre 2013;;;



Comunidad autónoma;Provincia;Parador;2013



;;Chinchón;-88.069,71



;;Total Madrid;-814.008,68



;;Total Comunidad de Madrid;-814.008,68



Ciudad autónoma de Melilla;Melilla;Melilla;-314.357,07



;;Total Melilla;-314.357,07



;;Total Ciudad autónoma de Melilla;-314.357,07



Región de Murcia;Murcia;Lorca;-448.606,52



;;Puerto Lumbreras;-75.024,44



;;Total Murcia;-523.630,96



;Total Región de Murcia;;-523.630,96



Comunidad Foral de Navarra;Navarra;Olite;95.043,49



;;Total Navarra;95.043,49



;;Total Comunidad Foral de Navarra;95.043,49



Pais Vasco;Araba/Álava;Argomaniz;-357.052,47



;;Total Araba/álava;-357.052,47



;Gipuzkoa;Hondarribia;643.782,34



;;Total Gipuzkoa;643.782,34



;Total País Vasco;;286.729,87



Comunidad Valenciana;Alicante;Javea;626.466,75



;;Total Alicante;626.466,75



;Castellón;Benicarlo;144.985,83



;;Total Castellón;144.985,83



;Valencia;Campo de Golf del Saler;24.905,01



;;El Saler;-564.170,52



;;Total Valencia;-539.265,51



;;Total comunidad Valenciana;232.187,07



Servicios centrales (Madrid);;;-21.578.647,26



Total;;;-19.746.908,69



Madrid, 3 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051303



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



La variación del gasto de combustible del Cuerpo Nacional de Policía entre
los meses de noviembre del año 2011 y marzo de 2014, fue la recogida en
el siguiente cuadro:



Provincias;2011 nov.;2014 marzo



A Coruña;41.335,62;48.419,20



Araba;7.858,12;5.970,87



Albacete;10.114,35;9.930,71




Página
190






Provincias;2011 nov.;2014 marzo



Alicante;73.747,42;65.474,97



Almería;20.058,79;18.379,30



Asturias;37.386,02;34.518,19



Ávila;4.461,70;4.462,90



Badajoz;22.753,20;20.610,10



Barcelona;60.744,74;70.270,59



Bizkaia;21.328,94;20.810,95



Burgos;12.260,38;12.524,74



Cáceres;9.182,47;9.421,39



Cádiz;50.131,67;46.840,29



Cantabria;15.765,58;14.711,11



Castellón;15.099,35;13.136,84



Ceuta;8.336,19;7.210,25



Ciudad Real;12.893,12;13.327,05



Córdoba;20.975,08;21.678,51



Cuenca;2.941,14;3.304,30



Gipuzkoa;14.546,43;8.894,04



Girona;7.402,02;11.440,06



Granada;31.153,30;31.728,15



Guadalajara;5.617,73;5.947,79



Huelva;11.796,31;12.311,58



Huesca;5.872,02;6.148,02



Illes Balears;30.938,23;36.962,52



Jaén;12.303,27;11.401,81



La Rioja;8.584,27;7.919,46



Las Palmas;28.531,55;34.664,21



León;13.588,32;14.658,36



Lleida;3.793,12;5.305,71



Lugo;8.869,99;8.513,83



Madrid;775.561,61;751.011,40



Málaga;93.702,69;102.481,63



Melilla;6.204,50;6.258,07



Murcia;50.109,25;50.704,92



Navarra;19.897,19;20.297,37



Ourense;6.606,53;6.360,24



Palencia;3.781,41;5.167,49



Pontevedra;31.399,18;26.863,05



Salamanca;8.632,74;8.342,98



Segovia;5.300,98;4.942,91



Sevilla;90.953,30;94.738,66



Soria;2.669,20;2.977,32



Tarragona;7.266,05;10.880,46



Tenerife;23.075,32;25.108,57



Teruel;3.099,73;2.969,35



Toledo;14.105,94;13.742,82




Página
191






Provincias;2011 nov.;2014 marzo



Valencia;95.817,72;101.286,68



Valladolid;24.620,65;25.417,12



Zamora;4.314,72;5.130,64



Zaragoza;42.156,85;43.342,51



Madrid, 18 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051304



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



La variación del gasto de combustible de la Guardia Civil entre los meses
de noviembre del año 2011 y marzo de 2014, fue la recogida en el
siguiente cuadro:



Provincias;2011 nov.;2014 marzo



A Coruña;78.775;81.895,85



Araba;16.888;26.610,73



Albacete;49.810;58.507,40



Alicante;105.205;118.409,96



Almería;63.131;74.933,88



Asturias;84.405;92.792,94



Ávila;33.674;34.143,20



Badajoz;81.187;86.685,09



Barcelona;63.661;71.169,25



Bizkaia;25.994;31.227,80



Burgos;39.961;47.527,68



Cáceres;65.100;68.921,91



Cádiz;108.194;126.951,99



Cantabria;43.198;50.579,43



Castellón;58.351;58.837,33



Ceuta;12.569;14.406,19



Ciudad Real;71.229;79.578,15



Córdoba;51.089;54.175,25



Cuenca;44.854;46.516,98



Gipuzkoa;37.370;37.766,31



Girona;23.510;23.628,63



Granada;84.029;83.281,21



Guadalajara;38.607;43.370,14



Huelva;65.074;72.432,59



Huesca;49.418;49.252,14



Illes Balears;68.192;83.662,04



Jaén;65.492;65.855,40



La Rioja;76.448;36.715,28




Página
192






Provincias;2011 nov.;2014 marzo



Las Palmas;39.015;49.065,63



León;62.990;67.637,41



Lleida;23.778;20.281,21



Lugo;45.531;47.407,43



Madrid;775.075;870.594,00



Málaga;84.634;89.057,64



Melilla;12.212;13.879,19



Murcia;83.135;93.549,12



Navarra;68.034;82.191,39



Ourense;36.879;42.228,17



Palencia;34.507;39.872,32



Pontevedra;68.910;76.812,55



Salamanca;48.321;48.100,98



Segovia;35.405;37.912,90



Sevilla;116.654;129.120,37



Soria;21.274;23.773,20



Tarragona;25.898;29.109,65



Tenerife;36.733;40.333,31



Teruel;27.526;29.235,11



Toledo;81.438;90.146,00



Valencia;145.595;146.170,35



Valladolid;32.532;38.648,92



Zamora;34.150;40.369,56



Zaragoza;73.201;71.989,89



Madrid, 18 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051314



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lozano Domingo, Irene (GUPyD).



Respuesta:



En respuesta a la pregunta de referencia, el Gobierno manifiesta que la
Administración debe actuar en cumplimiento de la legalidad vigente. El
Reglamento (CE) N.º 810/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13
de julio de 2009 por el que se establece un Código comunitario sobre
visados (Código de visados), de aplicación directa en España, indica en
su artículo 14.1 que 'Al solicitar un visado uniforme, el solicitante
presentará: (...) d) información que permita establecer la intención del
solicitante de abandonar el territorio de los Estados miembros antes de
la expiración del visado solicitado'. El artículo 32.1 del citado
Reglamento añade que 'se denegará el visado: (...) b) si existen dudas
razonables acerca de la autenticidad de los documentos justificativos
presentados por el solicitante o de la veracidad de su contenido, de la
fiabilidad de las declaraciones efectuadas por el solicitante o de su
intención de abandonar el territorio de los Estados miembros antes de la
expiración del visado solicitado'.



En consecuencia, el Gobierno considera que la falta de seguridad del
retorno es, efectivamente, un argumento suficiente para denegar un
visado.



Las Oficinas Consulares españolas aplican directamente el Código de
Visados Schengen, sin que se haya establecido por el momento un criterio
adicional o complementario relativo a las razones humanitarias.




Página
193






El citado Código de Visados es de aplicación directa y obligatoria para
todos los Estados que aplican el acervo Schengen, entre ellos España, que
no pueden legislar en contra de lo establecido por una norma comunitaria.
La Comisión Europea, no obstante, ha propuesto recientemente una reforma
del actual Código de Visados, y las cuestiones humanitarias son uno de
los elementos que se tratarán a nivel comunitario en las deliberaciones
consiguientes.



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051320



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



En relación con la protección de la salud a ciudadanos extranjeros en
situación administrativa irregular en nuestro país, con las medidas
previstas en el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, se cubre todas
las contingencias de salud pública. Los ciudadanos de otras
nacionalidades son atendidos y reciben asistencia sanitaria hasta la
situación de alta médica. En todo caso, los extranjeros menores de
dieciocho años reciben asistencia sanitaria en las mismas condiciones que
los españoles. Otros colectivos como solicitantes de protección
internacional y víctimas de tratas de seres humanos también tienen
garantizada la asistencia sanitaria aunque no tengan la condición de
asegurados.



El Consejo de la Unión Europea ha confirmado la evaluación positiva de las
medidas adoptadas por España a través del Real Decreto-ley 16/2012.



En la reunión de Ministros de Salud de la Unión Europea que se celebró en
Atenas, se ha puesto de manifiesto que España es uno de los países de la
Unión Europea con mayor cobertura sanitaria para este colectivo. El
comisario Borg confirmó que España tiene su normativa adaptada a la Unión
Europea y se pone de manifiesto la generosidad en el tratamiento a estas
personas.



Madrid, 2 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051357



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



En relación con las preguntas formuladas por Su Señoría se informa que no
consta que se haya producido la dejación de funciones reseñada en el
literal de las mismas.



El Gobierno, como no podría ser de otra forma, es el primer valedor del
ordenamiento jurídico vigente y, por tanto, de la Constitución, de los
Estatutos de Autonomía y de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 marzo, de
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, respetando plenamente las competencias
asumidas por las Policías Autonómicas.



El Ministerio del Interior cuenta con mecanismos de cooperación con las
Fuerzas de Seguridad autonómicas, por medio de los que traslada y recibe
información, entre otras la relacionada con excarcelaciones de internos
de organizaciones terroristas.



Por último cabe recordar que el actual Gobierno promovió el Real Decreto
671/2013, de 6 de septiembre, por el que fue aprobado el Reglamento de la
Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral
a las Víctimas del Terrorismo.



Madrid, 30 de mayo de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
194






184/051408



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: García Álvarez, María Caridad (GIP).



Respuesta:



En primer lugar, conviene señalar que el papel de la asignatura de
Educación Física dentro del sistema educativo español viene regulado en
la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley
Orgánica 8/2013 de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad
educativa. Ya desde su artículo 2, dicha Ley establece claramente la
importancia que concede a esta materia para el desarrollo integral del
alumnado, recogiendo, como uno de los fines de la educación, en el
apartado h) 'la adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de
trabajo, de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos
y artísticos, así como el desarrollo de hábitos saludables, el ejercicio
físico y el deporte'.



Por otra parte entre los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria
que se relacionan en el artículo 23, en su apartado k) se establece que
uno de ellos será: 'conocer y aceptar el funcionamiento del propio cuerpo
y el de los otros, respetar las diferencias, afianzar los hábitos de
cuidado y salud corporales e incorporar la educación física y la práctica
del deporte para favorecer el desarrollo personal y social. Valorar
críticamente los hábitos sociales relacionados con la salud, el consumo,
el cuidado de los seres vivos y el medio ambiente, contribuyendo a su
conservación y mejora'.



Igualmente entre los objetivos del bachillerato se indica que dicha
enseñanza contribuirá a desarrollar en los alumnos las capacidades que
les permitan: 'Utilizar la educación física y el deporte para favorecer
el desarrollo personal y social' [artículo 33 apartado m)].



Finalmente, conviene señalar que la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de
diciembre, en su Disposición adicional cuarta, Promoción de la actividad
física y dieta equilibrada, señala que 'Las Administraciones educativas
adoptarán medidas para que la actividad física y la dieta equilibrada
formen parte del comportamiento infantil y juvenil. A estos efectos,
dichas Administraciones promoverán la práctica diaria de deporte y
ejercicio físico por parte de los alumnos y alumnas durante la jornada
escolar, en los términos y condiciones que, siguiendo las recomendaciones
de los organismos competentes, garanticen un desarrollo adecuado para
favorecer una vida activa, saludable y autónoma. El diseño, coordinación
y supervisión de las medidas que a estos efectos se adopten en el centro
educativo, serán asumidos por el profesorado con cualificación o
especialización adecuada en estos ámbitos'.



Con respecto a las cuestiones tres y cuatro, es preciso aclarar que el
artículo 6 bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en su apartado 2
establece una distribución en bloques de las materias que conforman el
currículo, con objeto de definir a continuación la forma en que las
Administraciones educativas y los centros deben asumir sus competencias
sobre cada uno de dichos bloques.



Conforme a lo anterior, la citada ley, en los artículos 24.4.a), 25.6.a) y
34 bis, apartado 4.a), incluye la Educación Física entre las materias que
los alumnos deben cursar dentro del bloque de asignaturas específicas en
todos los cursos de Enseñanza Secundaria Obligatoria y en el primer curso
de Bachillerato, respectivamente.



En cuanto a la carga horaria, el artículo 6 bis en su apartado 2.c).5,
indica que, dentro de la regulación y límites establecidos por el
Gobierno a través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte,
corresponderá a las Administraciones educativas fijar el horario
correspondiente a los contenidos de las asignaturas de los bloques de
asignaturas específicas y de libre configuración autonómica.



Igualmente el artículo 6 bis en su apartado 2.d).3 indica que dentro de la
regulación y límites establecidos por las Administraciones educativas de
acuerdo con los apartados anteriores, y en función de la programación de
la oferta educativa que establezca cada Administración educativa, los
centros docentes podrán determinar la carga horaria correspondiente a las
diferentes asignaturas.



Respecto a la cuestión número 5, la Ley referida Orgánica 2/2006 adopta la
denominación de las siete competencias clave definidas por la Unión
Europea. Según esta 'las competencias clave son aquellas que todas las
personas precisan para su realización y desarrollo personal, así como
para la ciudadanía activa, la inclusión social y el empleo'. Por
recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de diciembre de
2006 sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente, se
identifican las competencias clave esenciales para el bienestar de las
sociedades europeas, el crecimiento económico y la innovación, y se
describen los conocimientos, las capacidades y las actitudes esenciales
vinculadas a




Página
195






cada una de ellas. La competencia motriz como tal no se encuentra entre
las competencias clave, si bien se incluye su tratamiento dentro de
otras, como ocurre en la competencia matemática y en las competencias
básicas en ciencia y tecnología.



Con respecto a la inclusión de la Educación Física en la Formación
Profesional Básica, el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el
que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de
las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se
aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos
básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre
expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las
enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, señala en su artículo 9 los módulos profesionales que incluyen
los ciclos de Formación Profesional Básica. Entre las materias que
incluyen estos módulos no se encuentra la Educación Física.



En cuanto a la presencia de la materia en el segundo curso de
bachillerato, bien como asignatura troncal o como específica, la citada
Ley Orgánica 2/2006 establece en su artículo 34 ter. 5 que, en función de
la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca
cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros
docentes, los alumnos podrán cursar alguna materia más en el bloque de
asignaturas de libre configuración autonómica, que podrán ser Educación
Física, materias del bloque de asignaturas específicas no cursadas,
materias de ampliación de los contenidos de alguna de las materias de los
bloques de asignaturas troncales o específicas, o materias a determinar.



Madrid, 11 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051421



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cantó García del Moral, Antonio (GUPyD).



Respuesta:



La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de
la Administración Local (en adelante LRSAL), ha introducido
modificaciones en el sistema o modelo de atribución de competencias a los
municipios, con la finalidad de garantizar la prestación de los servicios
públicos a los ciudadanos de manera sostenible financieramente y de
evitar duplicidades administrativas que implican una mala gestión de los
recursos públicos. Las características de este nuevo modelo se pueden
resumir del modo siguiente:



La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (en
adelante LrBRL), en su artículo 25.1, según la nueva redacción dada por
la LRSAL, recoge una cláusula de carácter general de alcance limitado,
puesto que reconduce la posibilidad de promover actividades y prestar
servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades de la
comunidad vecinal a los términos previstos en el propio artículo 25.



En el apartado 2 de dicho artículo se enumeran una serie de materias en
las que el legislador sectorial estatal y autonómico ha de determinar
competencias propias municipales. En ese nuevo listado ya no figuran
algunos ámbitos materiales que aparecían en la redacción originaria de
1985 o aparecen con una redacción más concretizada. Así sucede en el
ámbito de los servicios sociales, en los que se ha pasado de una
formulación más genérica a la actual contenida en el apartado e)
'Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la
atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social',
que asimismo se ha configurado en el artículo 26.1 de la LrBRL (según la
nueva redacción dada por la LRSAL) como un servicio mínimo obligatorio a
prestar en los municipios con población superior a 20.000 habitantes.



La LRSAL no prohíbe el ejercicio por los municipios de competencias en
esos otros ámbitos materiales no recogidos en el artículo 25.2. Éstos
podrán ejercerlas en los siguientes casos:



1. Teniendo en cuenta el modelo de distribución constitucional de
competencias previsto en los artículos 148 y 149 CE, nada impide que las
Comunidades Autónomas, en las materias en las que hayan asumido
competencias legislativas en sus respectivos Estatutos de Autonomía,
identifiquen las concretas competencias que corresponden al municipio en
su legislación sectorial atribuyéndolas como propias




Página
196






(apartados 1 y 2 del artículo 7 de la LrBRL). Y en iguales términos sucede
en el caso de las materias de la legislación estatal.



En ambos casos, la determinación de las competencias propias habrán de
cumplir lo previsto en los apartados 3, 4 y 5 del artículo 25 de la
LrBRL.



2. Por delegación de las Comunidades Autónomas o del Estado, en los
términos de los artículos 7.3 y 27 de la LrBRL.



3. Cuando no exista ninguno de los anteriores títulos jurídicos, siempre
que no se ponga en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la
Hacienda municipal, no se incurra en un supuesto de ejecución simultánea
del mismo servicio público con otra Administración Pública y se recaben
los correspondientes informes vinculantes de la Administración competente
por razón de materia, en el que se señale la inexistencia de
duplicidades, y de la Administración que tenga atribuida la tutela
financiera sobre la sostenibilidad financiera de las nuevas competencias,
tal y como dispone el artículo 7.4 de la LrBRL.



La disposición transitoria segunda de la LRSAL prevé la asunción por las
Comunidades Autónomas de la titularidad de las competencias que se
preveían como propias del municipio relativas a la prestación de los
servicios sociales y de promoción y reinserción social, con fecha 31 de
diciembre de 2015, en los términos previstos en las normas reguladoras
del sistema de financiación autonómica y de las Haciendas locales. Todo
ello, sin que pueda suponer un mayor gasto para el conjunto de las
Administraciones Públicas y sin perjuicio de que las Comunidades
Autónomas puedan delegar dichas competencias en los municipios o
diputaciones provinciales en los términos previstos en el artículo 27 de
la propia LRSAL. Por último, también se prevé en esta misma disposición
transitoria que si en la fecha citada la Comunidad Autónoma no hubiese
asumido el desarrollo de los servicios sociales de su competencia o no
hubiese acordado su delegación, los servicios sociales seguirán
prestándose por los municipios con cargo a la Comunidad Autónoma
correspondiente.



La prestación de los servicios sociales a los ciudadanos en ningún caso va
a dejar de ser efectuada por las Administraciones Públicas en los
términos expuestos.



Centrándose en los aspectos competenciales, lo que se cuestiona en esta
iniciativa parlamentaria es la procedencia del título competencial en
materia de régimen local que habilita al Estado a aprobar una ley básica
de régimen local al objeto de regular el régimen jurídico de las
competencias locales.



Desde la perspectiva competencial, hay que señalar que, con relación al
artículo 149.1.18.ª de la Constitución Española-CE, desde la primera
jurisprudencia del Tribunal Constitucional -STC 4/1981, FF.JJ. 1.º B) y
3.º-, se ha sostenido por el Alto Tribunal que, en primera instancia,
corresponde al Estado el desarrollo normativo del nivel local de
gobierno, en virtud de la competencia que ostenta sobre las 'bases del
régimen jurídico de las Administraciones Públicas' ex artículo 149.1.18.ª
CE. La razón de tal argumento radica en la conexión directa que media
entre esta competencia normativa y, de una parte, la concreción de la
garantía constitucional de la autonomía local y, de otra parte, el
aseguramiento de un determinado modelo de Estado. En palabras del TC,
'como titulares de un derecho a la autonomía constitucionalmente
garantizada, las comunidades locales no pueden ser dejadas en lo que toca
a la definición de sus competencias y la configuración de sus órganos de
gobierno a la interpretación que cada Comunidad Autónoma pueda hacer de
ese derecho [...]. La garantía constitucional es de carácter general y
configuradora de un modelo de Estado, y ello conduce, como consecuencia
obligada a entender que corresponde al mismo la fijación de principios o
criterios básicos en materia de organización y competencia general de
aplicación en todo el Estado' -STC 32/1981, F.J. 5.º-.



La normativa estatal sobre régimen local amparada en el artículo
149.1.18.ª de la Constitución 'tiende a asegurar un nivel mínimo de
autonomía a todas las Corporaciones locales en todo el territorio
nacional, sea cual sea la Comunidad Autónoma en que estén localizadas'
-SSTC 213/1988, F.J.2.º y 259/1988, F.J.2.º-.



De acuerdo con estos presupuestos jurisprudenciales, las bases estatales
en materia de régimen local están constituidas por aquellas cuestiones
más estrechamente ligadas con la delimitación de la autonomía
constitucionalmente garantizada, entre las que sobresale el ámbito
competencial de municipios y provincias, dado que en este aspecto
concreto el legislador básico desempeña una 'función constitucional',
consistente en 'garantizar los mínimos competenciales que dotan de
contenido y efectividad a la garantía de la autonomía local' -SSTC
214/1989, F.J.3.º y 159/2001, F.J.4.º-.



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
197






184/051425



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Picó i Azanza, Antoni (GC-CiU).



Respuesta:



En las previsiones a corto y medio plazo del Gobierno, no se contempla
ninguna reforma de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación
Internacional para el Desarrollo.



Madrid, 18 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051431



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cuadra Lasarte, Sabino (GMx).



Respuesta:



En respuesta a la pregunta formulada se informa que tras los incidentes
ocurridos el 23 de abril de 2014 ante el Centro Social 'Jaén en pie', las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado realizaron las diligencias
oportunas, dando traslado de las mismas a las autoridades judiciales y
gubernativas correspondientes.



La concentración de referencia no había sido comunicada previamente, razón
por la que la Comisaría Provincial de Jaén dirigió la correspondiente
propuesta de sanción a la Subdelegación del Gobierno, que es la
competente, dentro de la Administración General del Estado.



Las personas relacionadas con los hechos ocurridos a la salida del Centro
Social están plenamente identificadas, habiéndose dado traslado al
Juzgado de Instrucción de las diligencias practicadas, del material
video-fotográfico y de las diligencias ampliatorias derivadas de la
denuncia, acompañada de parte de lesiones, presentada por quien fue
presuntamente agredido por un numeroso grupo de personas que apoyaban el
acto de presentación protagonizado por el interpelante. Por otra parte,
debe aclararse que hasta la fecha no consta denuncia alguna por el
intento de acometimiento referido en el preámbulo de las preguntas
formuladas.



Madrid, 3 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051438



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Vallès Vives, Francesc (GS).



Respuesta:



El Ministerio de Fomento, a través del Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias (ADIF), está ejecutando las obras del Corredor Mediterráneo.
Dentro de éstas figura el tramo entre Vandellós y el entorno de Camp de
Tarragona.



En el caso del tramo Vandellós a Vilaseca el proceso constructivo previsto
requiere una fase provisional en la que la vía se monta en ancho ibérico.
Esta fase es necesaria por condicionantes técnicos ya que, para que las
afecciones al tráfico ferroviario sean las mínimas posibles, el
transporte del carril se está realizando con trenes que acceden a la zona
de obras desde la línea convencional (ancho ibérico) existente en
Vandellós.




Página
198






Después se procederá a desplazar los raíles hacia el interior, ya que
estas traviesas polivalentes ya están preparadas para ello. Así el
trazado pasaría a ser en ancho estándar UIC, desapareciendo el ancho
ibérico.



Asimismo, este sistema permite que en una fase posterior se pueda proceder
a la instalación del ancho ibérico mediante un tercer carril, con lo que
se puede asegurar el mantenimiento de los dos anchos.



El Ministerio de Fomento está analizando, tal y como fue aprobado en la
proposición no de Ley, n.º de exp. 161/002481, del Grupo Parlamentario
Popular, en la Comisión de Fomento del Congreso el pasado 11 de marzo de
2014, DSS n.º 591, y publicada en al Boletín de la serie D n.º 427 de
25/03/2014, las posibilidades de implantación de ancho internacional en
el Corredor Mediterráneo entre Tarragona y Castellón para compatibilizar
los tráficos ferroviarios de ancho ibérico con los de ancho
internacional. Ello se realizará sin que suponga ningún retraso en el
calendario establecido.



La planificación ferroviaria vigente incluye la implantación del ancho
estándar UIC en el Corredor Mediterráneo entre Castellón y Vilaseca, no
contemplándose escenarios que no permitan la circulación de trenes en
ancho estándar UIC en este tramo.



Finalmente se informa que se encuentra en redacción el 'Estudio
Informativo del tramo Castellón-Tarragona del Corredor ferroviario del
Mediterráneo', en el que se analizan todas las posibilidades para la
implantación de una nueva doble vía en el tramo citado.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051448



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Montón Giménez, Carmen; Echávarri Fernández, Gabriel, y Ros
Martínez, Susana (GS).



Respuesta:



El Gobierno, en concreto el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad, ha suscrito con grandes empresas convenios de colaboración para
promover la sensibilización en materia de violencia de género y para
facilitar la inserción sociolaboral de las mujeres víctimas de la
violencia de género. En la actualidad, 56 empresas han firmado un
convenio con el citado Ministerio, 22 de ellas realizan acciones de
sensibilización y las otras 34 desarrollan actuaciones de sensibilización
y de integración laboral.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051461



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Montón Giménez, Carmen (GS).



Respuesta:



La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, el día 14 de mayo
de 2014, en respuesta a la pregunta oral ante el Pleno del Congreso,
formulada por Su Señoría, n.º de expediente 180/947, en relación con este
mismo asunto, manifestó lo siguiente:



'Señoría, me parece impresentable tanto su pregunta como su intervención,
porque usted sabe perfectamente que ni este Gobierno ni ningún otro en
democracia adoptaría, plantearía ni estudiaría ninguna medida que pusiera
en riesgo la salud o la vida de ninguna persona, ni de las mujeres ni de
los hombres.



Señoría, ustedes de nuevo se sitúan al margen de las prioridades de los
ciudadanos. En estos días estamos ante un debate muy importante en el
marco de la Unión Europea, pero ustedes desde hace




Página
199






meses tienen predeterminado utilizar, suscitar algunas cuestiones como
esta que plantean en el día de hoy y que no se sostienen.



Como todo el mundo sabe, el citado anteproyecto, sobre el que hemos dicho
por activa y por pasiva que vamos a dialogar con todo el mundo, reproduce
una serie de supuestos que ya estaban contemplados en la Ley de 1985.
Afirmar, por tanto, que pone en riesgo la vida de las mujeres es decir
exactamente que entre 1985 y el año 2010 con la ley aprobada por el
Gobierno de Felipe González se puso en riesgo la vida de las mujeres. Y
estoy segura de que usted no ha querido decir eso pero, le guste o no, es
la conclusión que se saca exactamente de su intervención.



Señoría, el asunto está muy claro. Tenemos meses para analizar una
propuesta. Hemos solicitado la opinión de todos los órganos consultivos
habidos y por haber y también de las comunidades autónomas -por supuesto,
vamos a contar con la opinión de los grupos parlamentarios-, en el bien
entendido, en primer lugar, que protegemos por supuesto los derechos de
las mujeres, pero también extendemos esa protección a los derechos de los
no nacidos; en segundo lugar -algo importantísimo-, que por primera vez
ninguna mujer va a ser condenada penalmente por la interrupción
voluntaria de un embarazo y, en tercer lugar, por último, algo en lo que
coincide la inmensa mayoría de los españoles, señorías, que las menores
deberían ir acompañadas de sus familias en un momento tan trágico y tan
trascendental para sus vidas.



Dicho esto, el Gobierno va a seguir concentrado en gobernar, por supuesto,
y en participar en el debate europeo que ahora toca en España, y dentro
de unos meses abordaremos esta cuestión en la que la sociedad nos
demandará a todos coherencia, coherencia que desde luego a usted le ha
faltado en la intervención del día de hoy.



Muchas gracias.'



Madrid, 2 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051477



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



La Inspección de Trabajo y Seguridad Social desarrolla de forma permanente
actuaciones dirigidas a comprobar el cumplimiento de las obligaciones
legales en materia de integración laboral de las personas con
discapacidad.



En el ejercicio 2013, se realizaron 3.872 actuaciones, que dieron lugar a
698 requerimientos y se propusieron 276 infracciones.



Según lo solicitado en la iniciativa parlamentaria, se adjuntan los datos
desglosados por provincia.



En relación con los datos referidos a centros de trabajo, debe indicarse
que los datos, informes o antecedentes de los que puedan tener
conocimiento los inspectores de trabajo y seguridad social en el
desempeño de sus funciones, el artículo 12 de la Ley 42/1997, de 14 de
noviembre, ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social,
establece un deber de observar secreto y, por lo tanto, no pueden ser
revelados.



Esta regla tiene las siguientes excepciones:



1. La investigación o persecución de delitos públicos.



2. Lo previsto en el marco legalmente establecido para la colaboración con
la Administración laboral, la de la Seguridad Social, la tributaria, la
de lucha contra el fraude en sus distintas clases.



3. Y aquellos supuestos de colaboración con comisiones parlamentarias de
investigación. Según lo indicado, la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social considera que los datos solicitados por afectar a empresas
concretas y al resultado de las actuaciones sobre éstas -sanciones y
cuantía económica- están comprendidos en el ámbito de reserva acotada por
el artículo 12 de la citada Ley.




Página
200






Resultados en materia de integración laboral de las personas con
discapacidad;;;;



Año 2013;;Actuaciones;Infracc.;Requer.



Andalucía ;Almería;29;5;18



;Cádiz;31;2;9



;Córdoba;12;3;4



;Granada;30;6;26



;Huelva;32;0;23



;Jaén;50;5;7



;Málaga;35;8;0



;Sevilla;56;0;15



;Total;275;29;102



Aragón ;Huesca;16;0;1



;Teruel;3;0;1



;Zaragoza;71;1;12



;Total;90;1;14



;P. Asturias;10;0;1



;Illes Balears;110;5;18



Canarias;Las Palmas;195;76;0



;Sta. Cruz Tenerife;272;24;24



;Total;467;100;24



Cantabria;;143;4;8



Castilla-La Mancha ;Albacete;10;0;1



;Ciudad Real;11;0;5



;Cuenca;6;0;5



;Guadalajara;6;0;0



;Toledo;17;3;9



;Total;50;3;20



Castilla y León ;Ávila;19;0;1



;Burgos;53;2;10



;León;109;3;4



;Palencia;30;0;10



;Salamanca;32;0;9



;Segovia;18;1;4



;Soria;11;0;1



;Valladolid;72;6;6



;Zamora;13;1;1



;Total;357;13;46



Cataluña;Barcelona;489;51;76



;Girona;86;3;34



;Lleida;79;1;18



;Tarragona;69;6;28



;Total;723;61;156



Comunidad Valenciana;Alicante;82;8;27



;Castellón;25;3;5



;Valencia;275;13;11



;Total;382;24;43




Página
201






Resultados en materia de integración laboral de las personas con
discapacidad;;;;



Año 2013;;Actuaciones;Infracc.;Requer.



Extremadura;Badajoz;3;0;0



;Cáceres;37;1;0



;Total;40;1;0



Galicia;A Coruña;56;1;10



;Lugo;12;0;3



;Ourense;17;5;0



;Pontevedra;157;0;31



;Total;242;6;44



La Rioja;;57;0;3



C. Madrid;;728;26;190



Región de Murcia;;162;1;16



C. Floral Navarra;;22;2;12



;Álava/Araba;2;0;1



;Guipuzkoa;7;0;0



;Bizcaia;2;0;0



;Total;11;0;1



C. Ceuta;;0;0;0



C. Melilla;;3;0;0



;Total Nacional;3.872;276;698



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051480



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



La Inspección de Trabajo y Seguridad Social desarrolla de forma permanente
actuaciones dirigidas a comprobar el cumplimiento de las obligaciones
legales en el ámbito de la integración laboral de las personas con
discapacidad.



En el ejercicio 2012, como se indica en la memoria anual que elabora la
Autoridad Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se
propusieron 162 infracciones en el ámbito de las obligaciones legales de
integración laboral de las personas con discapacidad.



Según lo solicitado en la iniciativa parlamentaria, se adjuntan los datos
desglosados por provincia.



En relación con los datos referidos a centros de trabajo y empresas, debe
indicarse que los datos, informes o antecedentes que puedan tener
conocimiento los inspectores de trabajo y seguridad social en el
desempeño de sus funciones, el artículo 12 de la Ley 42/1997, de 14 de
noviembre, ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social,
establece un deber de observar secreto y, por lo tanto, no pueden ser
revelados.



Esta regla tiene las siguientes excepciones:



1. La investigación o persecución de delitos públicos.



2. Lo previsto en el marco legalmente establecido para la colaboración con
la Administración laboral, la de la Seguridad Social, la tributaria, la
de lucha contra el fraude en sus distintas clases.



3. Y aquellos supuestos de colaboración con comisiones parlamentarias de
investigación.




Página
202






Según lo indicado, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social considera
que los datos solicitados por afectar a empresas concretas y al resultado
de las actuaciones sobre éstas -sanciones y cuantía económica- están
comprendidos en el ámbito de reserva acotada por el artículo 12 de la
citada Ley.



Resultados en materia de integración laboral de las personas con
discapacidad;;;;



;Año 2012;Actuaciones;Infracc.;Requer.



Andalucía ;Almería;50;15;25



;Cádiz;35;4;11



;Córdoba;14;1;11



;Granada;1;0;0



;Huelva;20;0;20



;Jaén;0;0;0



;Málaga;33;8;0



;Sevilla;34;3;0



;Total;187;31;67



Aragón;Huesca;12;0;5



;Teruel;6;0;3



;Zaragoza;59;3;12



;Total;77;3;20



P. Asturias;;58;0;3



Illes Balears;;175;2;30



Canarias;Las Palmas;146;0;1



;Sta. Cruz Tenerife;7;1;0



;Total;153;1;1



;Cantabria;152;12;17



Castilla-La Mancha;Albacete;21;0;2



;Ciudad Real;3;0;0



;Cuenca;6;0;2



;Guadalajara;5;1;2



;Toledo;18;1;14



;Total;53;2;20



Castilla y León;Ávila;18;0;0



;Burgos;45;2;4



;León;100;7;0



;Palencia;20;0;1



;Salamanca;15;1;2



;Segovia;15;1;5



;Soria;14;1;0



;Valladolid;69;3;6



;Zamora;11;1;0



;Total;307;16;18



Cataluña;Barcelona;491;34;12



;Girona;94;0;19



;Lleida;54;0;8



;Tarragona;120;0;27



;Total;759;34;66




Página
203






Resultados en materia de integración laboral de las personas con
discapacidad;;;;



;Año 2012;Actuaciones;Infracc.;Requer.



Comunidad Valenciana;Alicante;76;2;35



;Castellón;15;0;3



;Valencia;489;23;34



;Total;580;25;72



Extremadura;Badajoz;3;0;1



;Cáceres;28;5;0



;Total;31;5;1



;A coruña;65;1;13



Galicia;ugo;13;0;2



;Ourense;9;1;2



;Pontevedra;170;0;51



;Total;257;2;68



La Rioja;;6;0;1



C.Madrid;;491;20;123



Región de Murcia;;169;5;30



C. Foral de Navarra;;22;2;7



Álava/Araba;;5;0;0



País Vasco;Gipuzkoa;9;1;1



;Bizkaia;7;0;0



;Total;21;1;1



C A Ceuta;;0;0;0



C A Melilla;;3;1;1



Total Nacional;;3.501;162;546



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051486



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



El Gobierno, en concreto el Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente (Magrama), en materia de género y medio rural ha convocado
y concedido diversas subvenciones dentro de sus competencias para
promover la participación de las mujeres rurales en el desarrollo rural
en el ámbito nacional, cuya información puede consultarse en la página
web del Magrama:



http://www.magrama.gob.es/es/desarrollo-rural/temas/igualdad_genero_y_des_sostenible/subvenciones_y_premios/subvenciones_estatal/default.a spx



Por otro lado, el citado Ministerio también ha suscrito con la Comunidad
Autónoma de Galicia diversos convenios de colaboración para realizar
actuaciones en el medio rural. Entre estos convenios destacan los
siguientes:



- El convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Galicia para el
desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible con
duración hasta el 31 de mayo de 2013.




Página
204






- Convenio de colaboración con la Diputación de Ourense para la
realización de un programa de desarrollo rural sostenible en la
provincia, este convenio finalizó el 30 de junio de 2013. El objeto de
este convenio era la realización de programas de desarrollo rural
sostenible a través de la creación de una marca de turismo rural
denominada 'Ruta de los ríos' en la provincia de Ourense.



- Convenio con el Ayuntamiento de Allariz y la Asociación para el
desarrollo sostenible del medio rural de la Reserva de Biosfera del Área
de Allariz para el apoyo a la gestión y al desarrollo sostenible en la
Reserva de la Biosfera Área de Allariz. El objeto era compatibilizar los
objetivos de desarrollo socioeconómico y de conservación y respeto del
patrimonio natural, y mejorar el grado de cumplimiento de los fines de la
Reserva de Biosfera. Este convenio finalizó el 31 de marzo de 2013.



- Convenio específico entre la Administración General del Estado y la
Comunidad Autónoma de Galicia para la ejecución, seguimiento y evaluación
de las 'acciones incluidas en los planes de zona de sus zonas rurales',
con una duración de 5 años, de 2012 a 2016. El convenio cubre un total de
12 zonas rurales, tres de ellas en la provincia de Ourense: Miño Central,
Valdeorras, Depresións Ourensanas e Terras do Sil. Todas las acciones
contempladas en el convenio se dirigen directa e indirectamente a la
lucha contra el despoblamiento de las zonas rurales, al fomento de su
desarrollo y a la diversificación de su economía con vistas a la
generación y mantenimiento de empleo, medidas encaminadas a evitar el
abandono de la población de estas zonas.



Por último, cabe señalar que como continuación de los compromisos
adquiridos en la Conferencia Sectorial de Agricultura y Alimentación, de
17 de octubre de 2011, para la mejora de las infraestructuras básicas y
caminos agrícolas, se propuso la transferencia de la cantidad de
15.982.560 Euros para la realización de las mismas, algunas de las cuales
fueron destinadas a la provincia de Ourense.



Por otro lado, el Instituto de la Mujer, del Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad, en el ámbito de sus competencias, ha
realizado las siguientes actuaciones en la provincia de Ourense en
materia de género y medio rural, desde el 2011 hasta la fecha:



- Programa A.



Su objetivo es mejorar la participación social y laboral de las mujeres
del ámbito rural, así como su capacitación profesional vinculada a las
ofertas laborales de la zona. Este programa consiste en la realización de
un itinerario integrado y personalizado de inserción social y laboral,
trabajando la autoestima, la formación ocupacional, la intermediación
laboral y la inserción en el mercado de trabajo. Se lleva a cabo a través
de la suscripción de convenios de colaboración con distintas Entidades
Locales, que en la provincia de Ourense se han desarrollado en Calvos de
Randín, Carballeda de Avia y Coles.



- Proyecto Hispano-Noruego 'Equilibrio-Balance: por una conciliación
corresponsable'.



Tiene como finalidad principal fomentar la conciliación de la vida
personal, familiar y laboral, y la corresponsabilidad, en el ámbito de la
administración local.



El proyecto que lidera el Instituto de la Mujer, se realiza en el marco de
la cooperación establecida entre los países del Espacio Económico Europeo
(EEE) y el Gobierno de España. Dicho proyecto cuenta con la colaboración
de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y de la
Asociación Noruega de Autoridades Locales y Regionales (KS).



El Ayuntamiento de Verín (Ourense) está participando en este Proyecto, del
que forman parte 15 ayuntamientos españoles y 2 noruegos.



- Asimismo, en relación con el Programa de formación de formadoras en
alfabetización digital y empoderamiento de mujeres rurales, en 2013/2014
se llevó a cabo un taller en Santiago de Compostela, en el que
participaron mujeres de los Centros de Información a la Mujer de la
provincia de Ourense.



En el ámbito de la lucha contra la violencia de género, en el siguiente
enlace se puede consultar la información sobre dispositivos electrónicos,
atención a través del teléfono 016 o ATENPRO y otras actuaciones:
http://www.msssi.gob.es/ssi/violenciaGenero/portalEstadistico/boletinmensual/2014/docs/Boletin_ Estadistico_Marzo.pdf.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
205






184/051490



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Buyolo García, Federico (GS).



Respuesta:



Los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) están regulados en
los artículos 264 a 266 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre
derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración
social, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.



A tenor de lo dispuesto en dicho articulado, los CETI son Centros de la
Administración Pública, concebidos como dispositivos de primera acogida
que están destinados a prestar servicios sociales básicos al colectivo de
inmigrantes, solicitantes de asilo y otras formas de protección
internacional, que acceden de manera irregular a las ciudades autónomas,
bien sea por vía terrestre o marítima.



Establecido lo anterior, se informa que en el último ejercicio el promedio
de tiempo de estancia de menores en los CETI ha sido el siguiente:



CETI;Promedio de estancia (días)



Ceuta;89



Melilla;133



Madrid, 12 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051491



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Buyolo García, Federico (GS).



Respuesta:



Los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) están regulados en
los artículos 264 a 266 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre
derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración
social, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.



A tenor de lo dispuesto en dicho articulado, los CETI son Centros de la
Administración Pública, concebidos como dispositivos de primera acogida
que están destinados a prestar servicios sociales básicos al colectivo de
inmigrantes, solicitantes de asilo y otras formas de protección
internacional, que acceden de manera irregular a las ciudades autónomas,
bien sea por vía terrestre o marítima.



Establecido lo anterior, se informa que a lo largo del primer trimestre de
2014 se ha atendido a los siguientes menores en los CETI:



CETI;Menores atendidos



Ceuta;70



Melilla;392



Madrid, 12 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051492



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Buyolo García, Federico (GS).




Página
206






Respuesta:



Los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) están regulados en
los artículos 264 a 266 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre
derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración
social, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.



A tenor de lo dispuesto en dicho articulado, los CETI son Centros de la
Administración Pública, concebidos como dispositivos de primera acogida
que están destinados a prestar servicios sociales básicos al colectivo de
inmigrantes, solicitantes de asilo y otras formas de protección
internacional, que acceden de manera irregular a las ciudades autónomas,
bien sea por vía terrestre o marítima.



Establecido lo anterior, se informa que a lo largo del año 2013 se atendió
a los siguientes menores en los CETI:



CETI;Menores atendidos



Ceuta;33



Melilla;313



Madrid, 12 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051495 y 184/051501



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Buyolo García, Federico (GS).



Respuesta:



Los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) están regulados en
los artículos 264 a 266 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre
derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración
social, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.



A tenor de lo dispuesto en dicho articulado, los CETI son Centros de la
Administración Pública, concebidos como dispositivos de primera acogida
que están destinados a prestar servicios sociales básicos al colectivo de
inmigrantes, solicitantes de asilo y otras formas de protección
internacional, que acceden de manera irregular a las ciudades autónomas,
bien sea por vía terrestre o marítima.



Los menores que se encuentran en los CETI siempre están acompañados de sus
familias o de alguna persona responsable de su cuidado (no se da en los
CETI la presencia de menores no acompañados, que son acogidos por la
Administración autonómica, en ejercicio de su competencia en materia de
protección de menores, en los correspondientes Centros de menores).



- En cuanto a la derivación de menores desde los CETI a los mencionados
Centros de menores, se produce en los siguientes casos:



- Existencia de situación de riesgo para un menor que se encuentra en el
CETI en compañía de un adulto responsable del mismo, de la que se da
cuenta a la Fiscalía de Menores para que adopte las medidas que considere
necesarias para su protección.



Acogida en los CETI de un extranjero en principio mayor de edad, pero
respecto al cual posteriormente se aprecia que pudiera ser menor de edad.
En estos casos, el posible menor es derivado al Centro de protección de
menores, y le son realizadas pruebas de determinación de la edad. Debe
destacarse la actuación de la Fiscalía de menores también en estos
supuestos.



Establecido lo anterior, se informa que a lo largo del año 2013:



El CETI de Melilla derivó 3 menores al Centro competente de la Ciudad
Autónoma, como consecuencia del abandono de los mismos por sus
progenitores.



El CETI de Ceuta derivó 3 menores al Centro competente de la Ciudad
Autónoma, como consecuencia del abandono de los mismos por sus
progenitores.



Madrid, 20 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
207






184/051507



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



Se adjunta en anexo la información solicitada.



Datos en miles de euros



(Aunque se figura por separado, la Amortización está incluída en los
costes totales de Explotación);;;;;;



Producto;Relación;Total ingresos;Amortización;Total costes de
explotación;Resultado total;Cobertura al resultado (%)



Ave;Madrid-Valladolid;2.049,3;543,8;4.149,6;-2.100,3;49,4%



Ave;Madrid-Barcelona;341.088,7;15.857,4;242.440,1;98.648,5;140,7%



Ave;Madrid-Huesca;6.985,6;582,8;8.511,4;-1.525,8;82,1%



Ave;Madrid-Sevilla;144.460,9;4.482,6;127.987,8;16.473,2;112,9%



Ave;Madrid-Málaga;101.560,1;6.570,5;94.668,1;6.892,0;107,3%



Ave;Madrid-Albacete;1.974,5;1.004,5;7.682,4;-5.707,9;25,7%



Ave;Madrid-Valencia;90.496,9;10.155,4;86.464,4;4.032,6;104,7%



Ave;Barna.-Sevilla / Málaga;59.657,7;4.365,5;67.758,0;-8.100,3;88,0%



Ave;Valencia-Sevilla;4.016,2;341,8;6.106,9;-2.090,7;65,8%



Alvia;Madrid-Logroño / Pamplona;-19.046,5;1.926,2;21.505,0;-2.458,5;88,6%



Alvia;Madrid-Asturias;22.769,8;2.432,8;23.980,9;-1.211,1;94,9%



Alvia;Madrid-Cantabria;12.002,0;1.707,8;15.445,0;-3.443,0;77,7%



Alvia;Madrid-León;3.347,2;447,4;4.207,8;-860,6;79,5%



Alvia;Mad-País Vasco;16.990,7;3.275,3;23.292,7;-6.302,0;72,9%



Alvia;Mad-Galicia;7.287,6;1.869,0;11.236,8;-3.949,2;64,9%



Alvia;Madrid-Barcelona;454,3;65,7;574,9;-120,5;79,0%



Alvia;Madrid-Cádiz;29.715,5;1.866,1;25.190,9;4.524,6;118,0%



Alvia;Madrid-Huelva;5.740,1;450,9;6.395,0;-654,9;89,8%



Alvia;Madrid-Castellón;9.786,9;931,1;10.771,1;-984,2;90,9%



Alvia;Madrid-Valencia / Gandía;2.182,1;294,0;3.186,3;-1.004,2;68,5%



Alvia;Madrid-Alicante;44.860,2;3.320,3;39.761,4;5.098,8;112,8%



Alvia;Barna-Figueres;2.761,1;8,4;3.503,9;-742,7;78,8%



Alvia;Barna-País Vasco;16.822,3;1.589,7;20.236,8;-3.414,5;83,1%



Alvia;Barna-Galicia;9.972,1;1.099,6;11.926,7;-1.954,6;83,6%



Alvia;Barna-Navarra;672,8;95,9;1.335,7;-663,0;50,4%



Alaris;Alcáza-Albacete-Valencia;5.001,2;158,2;3.384,4;1.616,8;147,8%



Alaris;Barna-Valencia-Alicante;2.263,9;95,1;2.567,1;-303,2;88,2%



Alaris;Barna-Val/Sev-Mál;11.376,5;756,6;13.240,7;-1.864,2;85,9%



Euromed;Figueras-Barna-Valenc-Alicante;37.837,1;2.844,0;32.471,9;5.365,2;116,5%



Altaria;Madrid-Murcia / Cartagena;17.828,6;551,9;22.261,6;-4.433,1;80,1%



Altaria;Madrid-Alicante;374,5;7,0;475,2;-100,7;78,8%



Altaria;Madrid-Granada;7.856,6;218,0;11.005,2;-3.148,6;71,4%



Altaria;Madrid-Algeciras;9.724,7;252,7;12.139,7;-2.415,1;80,1%



Intercity;Madrid-Ponferrada;291,8;52,4;341,2;-49,4;85,5%



Intercity;Barna-Navarra;1.943,0;45,8;1.607,1;336,0;120,9%



Intercity;Barna-Valladolid;2.661,3;11,1;2.007,4;654,0;132,6%



Talgo;Madrid-Galicia;3.510,6;198,2;4.382,4;-871,8;80,1%




Página
208






Datos en miles de euros



(Aunque se figura por separado, la Amortización está incluída en los
costes totales de Explotación);;;;;;



Producto;Relación;Total ingresos;Amortización;Total costes de
explotación;Resultado total;Cobertura al resultado (%)



Talgo;Madrid-Almería;4.820,2;296,5;8.905,0;-4.084,8;54,1%



Talgo;Cerb-Barna-Val-Alic-Mur-Cartag-Lorca;24.513,7;643,8;22.400,1;2.113,6;109,4%



Arco;Bilbao-Coruña/Vigo;4.210,4;763,2;10.463,1;-6.252,7;40,2%



Arco;Coruña-Monforte;662,1;627,0;1.749,4;-1.087,3;37,8%



Arco;Arco Este-Med;1,0;1,7;519,2;-518,2;0,2%



Diurno;Bilbao-Salamanca;1.834,9;70,0;2.246,0;-411,1;81,7%



Trenhotel;Madrid-Galicia;8.103,3;472,3;16.078,8;-7.975,5;50,4%



Trenhotel;Madrid-Lisboa;3.287,2;144,0;5.173,3;-1.886,1;63,5%



Trenhotel;Francia-Portugal;4.932,1;158,9;4.500,8;431,3;109,6%



Trenhotel;Elipsos;10.295,1;272,7;18.694,6;-8.399,5;55,1%



Trenhotel;Barna-Galicia /
Asturias;11.744,8;2.209,9;32.372,6;-20.627,7;36,3%



Trenhotel;Barna / Granada;6.858,1;215,0;9.886,3;-3.028,2;69,4%



Estrella;Madrid-Portbou;4.573,3;246,1;7.560,9;-2.987,6;60,5%



Estrella;Bilbao-Málaga;139,8;4,0;317,6;-177,9;44,0%



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051524



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Franquis Vera, Sebastián (GS).



Respuesta:



El Gobierno, en concreto el Consejo Superior de Deportes, está preparando
la próxima publicación de la convocatoria de ayudas para los
desplazamientos a la península de equipos y deportistas insulares y de
las ciudades de Ceuta y Melilla, por su participación en competiciones
deportivas de ámbito estatal en la temporada 2013-2014. Desde el Consejo
Superior de Deportes ya se ha informado a las Direcciones Generales de
Deportes insulares y de las ciudades de Ceuta y Melilla sobre la próxima
publicación de la citada convocatoria de ayudas.



Madrid, 12 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051580



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



La solicitud 'Estudios para la adecuación de las infraestructuras
existentes en la línea internacional Zaragoza-Canfranc-Pau de cara al
restablecimiento de los tráficos ferroviarios' fue propuesta por el
Gobierno de Aragón en la convocatoria de 2012 de las ayudas financieras a
redes transeuropeas de transporte y, finalmente, no estuvo entre las
propuestas para su financiación en esta convocatoria.




Página
209






Con posterioridad, el Reglamento (UE) n.º 1315/2013 del Parlamento Europeo
y del Consejo de 11 de diciembre de 2013 ha definido unos nuevos esquemas
de la Red Transeuropea de Transporte compuestos de dos niveles: la red
básica (core network) y la red global (comprehensive network).



Por otra parte, el Reglamento (UE) n.º 1316/2013 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 11 de diciembre de 2013 por el que se crea el Mecanismo
'Conectar Europa' determina las condiciones, métodos y procedimientos
para proporcionar ayuda financiera a las redes transeuropeas y establece
asimismo el desglose de los recursos que deben facilitarse con arreglo al
marco financiero plurianual del período 2014-2020.



No obstante, será necesario esperar a las correspondientes convocatorias
de ayudas financieras con cargo al citado marco financiero, para conocer
las condiciones concretas para la financiación de actuaciones y
determinar la pertinencia de este instrumento financiero para cada
proyecto.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051591



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD).



Respuesta:



En la obras de infraestructuras ferroviarias de alta velocidad siempre se
procede al cierre completo de la obra mediante vallado de triple torsión
y puertas de perfiles de acero. En algunos túneles, como en el de Sorbas,
y para mayor seguridad, se procede al cierre de los mismos. Los objetivos
en estos casos son evitar el vandalismo y los accesos no autorizados, la
entrada o anidado de animales, la sustracción de material o el uso
indebido de las instalaciones con el consiguiente riesgo de accidentes,
entre otros.



El cierre del túnel es una solución temporal, hasta que finalicen los
trabajos de plataforma en los tramos adyacentes y pueda continuarse con
el resto de actividades (montaje de vía, electrificación, instalaciones
de seguridad y señalización). En modo alguno significa el abandono del
proyecto de la futura línea.



El túnel de Sorbas, localizado en la línea de Alta velocidad
Murcia-Almería, se enmarca dentro de un proyecto prioritario para España
y Europa como es el Corredor Mediterráneo, proyecto de gran envergadura
en el que se incluyen diversas actuaciones llevadas a cabo por distintos
organismos del Ministerio de Fomento. La inversión total actual en la
línea de Alta velocidad Murcia-Almería asciende a 727,46 millones de
euros, que incluye la ejecución de este túnel. Dicha actuación está
recogida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 y
siguientes.



En cuanto a las previsiones para la conexión Alicante-Murcia-Almería y el
Corredor Mediterráneo, el vigente Plan de Infraestructuras, Transportes y
Vivienda (PITVI 2012-2024) recoge los criterios a tener en cuenta para la
planificación y desarrollo de la red ferroviaria, desde una perspectiva
de corto, medio y largo plazo.



Para el desarrollo de la red de alta velocidad, el PITVI establece dos
niveles de prioridad:



- Un primer nivel presidido por un entorno de austeridad presupuestaria,
en que el desarrollo de la red de alta velocidad estará condicionado por
criterios básicos de eficiencia (rentabilidad económica y social, mejora
funcional a nivel de línea y de red, grado de ejecución de la línea,
posibilidad de recepción de fondos europeos), dando prioridad a las obras
en ejecución.



- Un segundo nivel de desarrollo de la red, en el que se hará énfasis en
los ejes con elevada potencialidad de captación de demanda, y por tanto
mayor rentabilidad, para garantizar las exigencias de sostenibilidad
económica del sistema.



En este marco de actuación, se está desarrollando la puesta en servicio de
este corredor ferroviario, por parte de la entidad pública empresarial
ADIF-Alta Velocidad, dentro de las disponibilidades presupuestarias
actuales. Así, el tramo Murcia-Alicante ya está en una fase de ejecución
muy avanzada,




Página
210






mientras que en el tramo Murcia-Almería se está estudiando igualmente la
forma más conveniente para completar este corredor ferroviario.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051599



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



En relación con las diversas cuestiones formuladas por Su Señoría se
informa que la representación de España en la primera cumbre de alto
nivel celebrada el 8 de mayo de 2014 en Bruselas, al igual que el resto
de los Estados miembros, expuso la situación actual en el ámbito
nacional, proponiendo intensificar la colaboración y cooperación y, a
instancia del Ministerio del Interior belga, estudiar el desarrollo de un
Plan de Acción específico para luchar contra el riesgo al que alude Su
Señoría.



Por lo que se refiere a las medidas adoptadas, cabe señalar que la
Estrategia de Seguridad Nacional diseñada en 2013, en la que se incluye
el Plan de Lucha contra la Radicalización, desarrollado por el Centro
Nacional de Coordinación Terrorista, se encuentra en un estado muy
avanzado.



Por último, actualmente el Gobierno está llevando a cabo el desarrollo de
reformas legislativas que posibiliten la adopción de medidas similares a
algunas de las propuestas en el texto de su pregunta.



Madrid, 9 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051624



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



El Informe del Tribunal de Cuentas incorpora una serie de recomendaciones
y conclusiones dirigidas a mejorar los procedimientos de control en la
Fundación a la que alude Su Señoría, si bien el propio Informe hace
constar que varias de esas recomendaciones y conclusiones ya habían sido
incorporadas con anterioridad o dentro del período objeto de
fiscalización. Con posterioridad han sido llevadas a cabo otras
recomendaciones en el sentido indicado en el Informe.



Sobre la afirmación de que varios miembros de la dirección de la Fundación
Residencia de Estudiantes forman parte simultáneamente del patronato de
la Fundación Arte, Ciencia y Diálogo con la que la primera ha suscrito
convenios para actividades conjuntas con dimensión económica no
justificada, debe señalarse que ningún miembro de la dirección de la
Residencia de Estudiantes forma parte del Patronato de la Fundación Arte,
Ciencia y Diálogo.



La colaboración entre ambas fundaciones está vinculada a la preparación y
ejecución de proyectos en torno a conmemoraciones de gran significación y
amplia proyección pública, especialmente los relacionados con el
centenario de la creación de la Residencia de Estudiantes. En la
evaluación de los convenios suscritos ha quedado acreditado que el grado
de cumplimiento ha sido satisfactorio y que se han cumplido los objetivos
previstos.



En relación con la verificación del cumplimiento de las recomendaciones
del Tribunal de Cuentas por parte de la Fundación Residencia de
Estudiantes del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC),
como se ha indicado anteriormente, muchas de las recomendaciones del
Tribunal de Cuentas ya habían sido subsanadas con anterioridad o dentro
del propio periodo objeto de fiscalización y otras han sido incorporadas
con posterioridad.



Madrid, 16 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
211






184/051627



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



El Gobierno, en concreto la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias, va a proceder a regular, mediante Instrucción, el
funcionamiento de las Unidades Terapéuticas y Educativas. En la
actualidad existen 24 unidades de esta naturaleza, como oferta específica
de tratamiento para internos en Centros Penitenciarios.



En cualquier caso, como no puede ser de otra manera, la Instrucción
respetará principios esenciales que disciplinan la ejecución de las penas
privativas de libertad y los procedimientos administrativos, como son el
de jerarquía normativa, legalidad, competencia, derecho a la tutela
judicial efectiva, interdicción de la arbitrariedad y el de igualdad de
mérito y capacidad a la hora de proveer puestos de trabajo en el ámbito
penitenciario; principios que identifican los sistemas penitenciarios
avanzados, entre los que se encuentra, sin duda, el español.



A tal fin se ha creado un grupo de trabajo en el que están representados
diez de los Subdirectores de Tratamiento que dirigen otro número de UTEs
a fin de analizar el funcionamiento de estas unidades para dotarlas de un
marco jurídico específico, que permita beneficiarse a todas de los
elementos terapéuticos más eficaces y contrastados, generando mayor
seguridad jurídica en las decisiones de los funcionarios que trabajan en
estas Unidades y, en definitiva, contribuyendo a diseñar, en el ámbito
del tratamiento de los reclusos, una oferta terapéutica avanzada e
integradora que, rentabilizando el ingente esfuerzo institucional llevado
a cabo en esta materia, permita a los penados que se incorporen a estas
unidades, abordar eficazmente las carencias que les llevaron a delinquir.



Hay que recordar que la regulación de los departamentos organizados como
Comunidad Terapéutica, aparece recogida en los artículos 66.1 de la Ley
Orgánica General Penitenciaria (LOGP) y 115 y 170 del Reglamento que la
desarrolla. Y también que el compromiso con la rehabilitación está en la
esencia de la función penitenciaria y en el compromiso profesional de
todos y cada uno de los funcionarios que sirven con objetividad los
intereses generales en la Administración Penitenciaria.



La UTE de Villabona es, ciertamente, una iniciativa ejemplar consecuencia
del esfuerzo excepcional y admirable de todos los funcionarios de ese
Centro Penitenciario, de los que han trabajado en él, de los Directores y
Subdirectores que han ejercido sus responsabilidades en ese
establecimiento. También es mérito de las aportaciones ilusionadas de los
internos que han pasado por estas Unidades puliendo y mejorando el
proyecto con su compromiso personal. Y, también, de entidades y ONGs que
han llegado donde la Administración Penitenciaria, por sí sola, no habría
podido.



Por otra parte, en este momento hay 24 UTEs, circunstancias que evidencian
la voluntad de ampliar estas iniciativas como complemento de otras que
también se ofertan en los Centros Penitenciarios y que han demostrado su
eficacia, como por ejemplo los módulos de respeto.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051633



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En relación a la pregunta de referencia se informa que el Gobierno ha
aprobado en la reunión de Consejo de Ministros del 20 de junio de 2014 el
Real Decreto por el que se crea el Guión y el Estandarte de Su Majestad
El Rey Felipe VI y se modifica el Reglamento de Banderas y Estandartes,
Guiones, Insignias y Distintivos, aprobado por Real Decreto 1511/1977, de
21 de enero.




Página
212






La citada reforma ha tenido lugar, no por los motivos señalados en la
iniciativa de Su Señoría, sino por el cambio que se ha producido en la
Corona de España.



Se informa, por último, que para llevarla a efecto se ha contado con el
dictamen de la Real Academia de la Historia.



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051634



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Fernández, Rosana (GMx).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que la línea se va
acometiendo por fases, lo que permitirá ir avanzando en la puesta en
servicio en diversas ciudades, que tendrán un ferrocarril de alta
velocidad con mejoras de tiempos de viaje y servicio, siendo el objetivo
contar con doble vía.



Entre 2012 y 2013 se han destinado en los Presupuestos Generales del
Estado a esta obra 1.761,4 Meuros, y en los Presupuestos Generales del
Estado para el año 2014 se han consignado 876,6 Meuros, de los que 572,2
Meuros se destinan en Galicia. Cifras muy similares a la inversión del
2013, lo que demuestra el compromiso del Gobierno de que la alta
velocidad llegue a Galicia.



Dentro de las últimas actuaciones destacadas en el AVE a Galicia, se
encuentra la licitación del contrato de control de tráfico, seguridad y
telecomunicaciones entre Olmedo y Ourense, que ha sido publicada en el
BOE el pasado 14 de marzo de 2014. El importe total de la licitación
asciende a 640,8 Meuros.



En los Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 el Corredor
Noroeste de Alta Velocidad es el primer corredor en volumen de inversión
(1.077 Meuros), de los que 876,6 Meuros son para el AVE a Galicia. De
ellos 572,2 Meuros, se refieren a Galicia (estas cifras incluyen los
proyectos Ourense-Vigo por Cerdedo).



En consecuencia, el AVE a Galicia es una de las grandes actuaciones del
Gobierno. Por ello se está dando un fuerte impulso en estos dos años de
Legislatura con el objetivo de finalizar las obras en 2018, permitiendo
así la conexión en alta velocidad entre el centro de la meseta y el
noroeste peninsular.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051640



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Erias Rey, Antonio; Pérez Insua, Antonio; Garrido Valenzuela,
Irene; Delgado Arce, Celso Luis; García Díez,Joaquín María; Martín
González, Telmo; Vázquez Blanco, Ana Belén; Olano Vela, Jaime Eduardo de;
Lago Martínez, María Paz; González Vázquez, Marta; Ruano Gómez, Juan de
Dios; Collarte Rodríguez, Guillermo; Moraleja Gómez, Tristana Maríam, e
Iglesias Fontal, María Olga (GP).



Respuesta:



La situación de las obras del Eje Atlántico de Alta velocidad entre
Santiago y Vigo es la siguiente:



- Los trabajos de Plataforma: Se encuentran todos finalizados a excepción
del Viaducto del Ulla, la estación de Vigo Urzáiz y las cuatro últimas
galerías de ventilación y evacuación del túnel Vigo Das Maceiras.



- Montaje de Vía: Se encuentra todo adjudicado, en ejecución los tramos
Vigo Soutomaior, Pontevedra Cerponzons, Vilagarcía Padrón.




Página
213






- Obras de Electrificación: Todo adjudicado y en ejecución.



- Instalaciones de seguridad y comunicaciones: Todo adjudicado y en
ejecución.



El compromiso del Ministerio de Fomento ha sido claro desde principio de
legislatura y esto se refleja tanto en la dotación presupuestaria como en
la inversión ejecutada a lo largo de 2012, 2013 y lo que ha transcurrido
de 2014. Así se puede resumir:



- Entre 2012 y 2013 se han licitado obras por un importe de casi 201
Meuros y se han adjudicado obras por un importe de más de 160 Meuros.



- La dotación presupuestaria de 2012 en el Eje Atlántico de Alta velocidad
fue de 313 Meuros, de los que se ejecutaron el 99,5 % de la inversión, en
el 2013 la dotación presupuestaria fue de 195,7 y también la ejecución
fue casi del 99 %



- Y en 2014, se ha previsto una dotación de 195 Meuros en los Presupuestos
Generales del Estado, con lo que se consigue mantener el ritmo de
ejecución que las obras necesitan.



En el tramo Vigo-Frontera portuguesa, que consta de vía única
electrificada hasta Guillarey y sin electrificar de Gillarey a la
frontera, se ha comenzado el proyecto constructivo para la
electrificación de este tramo.



Este proyecto ha sido un compromiso adquirido en las sucesivas Cumbres
hispano-portuguesas. En ellas, los Gobiernos de ambos países se han
comprometido a poner en marcha iniciativas que asegurasen unas conexiones
ferroviarias de calidad entre ambos territorios, y de este modo, conectar
la Península Ibérica de forma eficiente con el resto de Europa.



En el contexto actual se han priorizado los trabajos de mejora de la línea
convencional, frente a los estudios y proyectos de la nueva conexión de
alta velocidad, que se acometerán en horizontes posteriores.



El Ministerio de Fomento está redactando un estudio para analizar la
viabilidad de la implantación de servicios ferroviarios de proximidad en
Galicia, incluyendo el tramo A Coruña-Ferrol.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051642



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Conde Martínez, Gema; Moneo Díez, María Sandra, y López Vilaboa,
José Máximo (GP).



Respuesta:



Las estadísticas sobre la riqueza financiera neta de los hogares del
capítulo 3 (Cuentas Financieras Trimestrales) del Boletín Estadístico del
Banco de España que se adjuntan como anexo y que se pueden consultar en:
http://www.bde.es/webbde/es/estadis/infoest/a0309.pdf no incluyen
desglose por provincias.




Página
214







[**********página con cuadro**********]





Página
215






184/051643



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Conde Martínez, Gema; López Vilaboa, José Máximo, y Moneo Díez,
María Sandra (GP).



Respuesta:



En contestación a la pregunta de referencia se adjunta a continuación la
información solicitada.



Datos de los FLUJOS de Inversión Extranjera:



Según el Registro de Inversiones Exteriores, en el año 2007 (año anterior
a la crisis) la provincia de Burgos no registra ninguna inversión, y en
2008, 2009 y 2010, se realizan inversiones por un total de 1,4 y 10
millones de euros, respectivamente.



Es a partir de 2011, con 43 millones de euros, y de 2012, con 56 millones
de euros, cuando asistimos a un mayor crecimiento con tasas de variación
positivas del 340 % y 29,7 %, respectivamente. En 2013, sin embargo, la
inversión sufrió una caída del 31,8 % hasta situarse en 38 millones de
euros.



Sin embargo, fijarse únicamente en los datos de flujos de inversión y no
en datos del stock (inversión acumulada) tiene el problema de la
volatilidad de los mismos. La concentración inversora en muy pocas
empresas que no repiten inversión, depara un panorama de alta volatilidad
inversora que se acentúa si el análisis se hace a nivel provincia, en vez
de a nivel de CC.AA. o país. Por ello, siempre es recomendable para
mejorar la robustez del análisis, tener en cuenta períodos largos y así
ver la tendencia inversora.



Datos del STOCK de Inversión Extranjera:



En términos de stock, desde 2008 a 2010, el stock de inversiones en la
provincia de Burgos apenas aumenta en un 1,3 %, como consecuencia de la
caída que se produce en 2009, en que retrocede en un 2,6 %. Es sólo a
partir de 2011 cuando el Stock de inversión extranjera comienza
nuevamente a registrar cifras positivas, llegando a 322 millones de euros
en 2011 y 329 millones de euros en 2012, lo que supone crecimientos del
4,4 % y del 5,2 %, respectivamente.



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051660



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Moreno Palanques, Rubén (GP).



Respuesta:



La Red de Políticas Públicas de I+D+i se configura como un punto de
encuentro entre todos aquellos agentes y entidades cuya misión es
contribuir a la mejora de la situación de la innovación en España, tanto
a nivel de la Administración Central como de las diferentes Comunidades.
Sus objetivos son:



1. Objetivos generales:



- Optimizar el diseño, la implementación y el desarrollo de los marcos
existentes y futuros de apoyo público a la innovación, contribuyendo a la
mejor utilización de las ayudas prestadas por el Fondo FEDER.



- Promover la innovación en las empresas españolas y el cumplimiento de
los objetivos establecidos en la Estrategia Española de Ciencia y
Tecnología y de Innovación.



2. Objetivos específicos:



- Evitar solapamientos en la definición de programas y en el uso de los
recursos



- Incrementar la cooperación y el diálogo entre los diferentes niveles
Administrativos



- Generar sinergias (optimizar) la actuación de apoyo a la innovación



- Mejorar los sistemas de información



- Proponer formas para mejorar la utilización de los programas
cofinanciados por el Feder



- Establecer áreas de conocimiento prioritarias y/o sectores




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216






La Red nació en las postrimerías del Marco Financiero 2007-2013 y con la
especial indicación de promover la ejecución del Fondo Tecnológico. Su
perspectiva de futuro se habrá de ligar ahora al nuevo periodo de
programación.



Desde 2011 ha desarrollado un papel de impulso y coordinación de las
actividades llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas (CCAA) y la
Administración General del Estado (AGE), actuando como mecanismo
facilitador para permitir una articulación óptima de las políticas de
I+D+i recogidas en las estrategias y las prioridades nacionales.



En estos años de actividad, la Red ha demostrado ser un eficaz foro de
reflexión e intercambio entre las distintas Comunidades Autónomas así
como entre ellas mismas y los Ministerios de Economía y Competitividad
(MINECO) y de Hacienda y Administraciones Públicas (MINHAP).



En el periodo abril 2013-marzo 2014, la Red ha centrado su actividad en el
apoyo a las comunidades autónomas durante el proceso de definición de sus
RIS3 (Estrategia de Especialización Inteligente en Investigación e
Innovación) y ha jugado un papel destacado en la búsqueda de puntos de
encuentro entre las CCAA y la AGE en el ámbito de las Estrategias de
Especialización Inteligente. En este sentido hay que destacar el papel
desarrollado por la Red durante el Plan de Trabajo del año 2013.



A lo largo de este año la Red ha impulsado iniciativas informativas y de
coordinación en la definición de las Estrategias de Investigación e
Innovación para la Especialización Inteligente (grupos de trabajo, mesas
interregionales, apoyo en actos regionales, etc.).



El desarrollo de estas actividades ha permitido crear un ecosistema de
comunicación y colaboración que ha dado lugar, por ejemplo, a las
distintas iniciativas para el apoyo a la elaboración de las Estrategias
RIS3, el establecimiento del Foro de Transversalidad para la discusión de
posibles mejoras en la coordinación entre los agentes del sistema, etc.



Con el año 2014 se abre el nuevo periodo de programación de la Política de
Cohesión 2014-2020 en el que las Estrategias de Especialización
Inteligente ocupan un lugar destacado, por ser una condición ex ante
necesaria para la utilización de los fondos estructurales, incluidos los
destinados a la I+D+i. Pero, además, estas estrategias se plantean como
un medio que va a permitir a las regiones desarrollar y reforzar sus
activos y potencialidades, así como crear nuevas sinergias con otros
territorios.



Por todo ello, desde la Red de I+D+i, manteniendo las estructuras de
coordinación en funcionamiento, se trabajará especialmente en dos ejes:



Eje I Desarrollo de las RIS3.



El Eje I comprenderá las actividades que tienen como objetivo contribuir
al desarrollo y a la implementación de las estrategias de investigación y
de innovación para la Especialización Inteligente (RIS3). En este marco,
la Red pretende continuar su labor iniciada en el año 2013, mediante la
celebración de Mesas Interregionales.



Concretamente, este año se agrupará a las regiones en torno a un sector
y/o problemática común, en función de las prioridades que hayan sido
definidas en sus RIS3, fomentando de esta forma la reflexión entre los
agentes, así como buscando la definición de líneas comunes de
colaboración y los fondos más adecuados para apoyar a las mismas. Se
plantean cuatro ejemplos de mesas:



- Mesas Temáticas Interregionales



- Mesas Sectoriales Interregionales



- Mesas transfronterizas



- Mesas Transnacionales



Específicamente, se trata de apoyar a las Comunidades Autónomas, no tanto
en la definición de los sistemas regionales de seguimiento y de
evaluación, sino en el desarrollo de los mismos en cada territorio.
También, la Red contribuirá a dar visibilidad a los resultados obtenidos
en las distintas estrategias mediante los canales que se consideren
oportunos.



Eje II Seguimiento, evaluación y promoción de los resultados.



Específicamente, se apoyará a los ejercicios de evaluación requeridos por
la Comisión Europea en este nuevo periodo, así como se ayudará a realizar
una labor de seguimiento la más eficiente posible de tal forma que se
pueda medir y dar visibilidad a los resultados de las estrategias.




Página
217






A este respecto, se seguirá trabajando con la Plataforma Automatizada para
la Integración de Datos (PAID), instrumento que recoge las acciones de
I+D+i de las Administraciones Públicas (AGE+CCAA), así como se prevé la
redacción de una publicación al final del año con los avances y
resultados obtenidos en esta materia.



Adicionalmente, en 2014, la identificación de las actuaciones relevantes
del ámbito de la I+D+i se realizará mediante la celebración de un
certamen que buscará dinamizar la difusión de los casos que hayan contado
con la aportación de los fondos estructurales.



Para ello, se realizará una búsqueda amplia en las fuentes públicas
oportunas antes de presentar los casos más relevantes a un Comité de
Selección que elegirá los cinco casos de mayor interés. De éstos, se
seleccionarán 3 casos ganadores, que se difundirán a través de distintos
medios (página web, boletín semanal 'Martes de la Red', mail corporativo
(redi+d+i@fecyt.es) y redes sociales), además de la publicación anual.



Además, en la línea de la actividad que ya viene realizando la Red, está
previsto continuar con la difusión de los casos de buenas prácticas
identificados, mediante los distintos canales de los que se dispone
(boletín Martes de la Red, web, redes sociales...).



Se plantean los siguientes mecanismos:



- Certamen para la promoción de actuaciones relevantes en el marco de la
Red de Políticas Públicas de I+D+i.



- Mesas Temáticas Interregionales de Seguimiento y Evaluación.



Junto a estas actividades, se pretende incrementar la colaboración con las
otras Redes Temáticas



- Red de Igualdad de Oportunidades.



- Red de Autoridades Medioambientales.



- Red de Iniciativas Urbanas.



Para más información consultar Plan de Trabajo 2014 en
http://www.redidi.es/Publico/RED-
IDI/ES/Paginas/Listado-Publicaciones.aspx



La Red IDI (Red de Políticas Públicas de I+D+i) es una estructura
consolidada, con capacidad probada de gestión de instrumentos y
mecanismos de coordinación y comunicación entre las partes, siendo un
elemento fundamental en la búsqueda de sinergias y en la comunicación
entre todos los agentes involucrados en la programación y la ejecución de
las ayudas en el ámbito de la I+D+i.



Es un instrumento que cuenta con la colaboración permanente de todos sus
agentes, AGE, CCAA y Comisión Europea, siendo su trayectoria reconocida
de modo unánime en todos estos ámbitos.



La coordinación que se ha establecido entre las Administraciones y las
iniciativas que la Red ha impulsado o en las que ha participado, han
permitido la creación de un entorno colaborativo que facilita las
sinergias y la búsqueda de actuaciones comunes entre las distintas
Administraciones españolas, lo cual posiciona a España de forma muy
ventajosa para la ejecución de los Fondos Estructurales para la I+D+i y
también para el posicionamiento en relación con la participación activa
en el Programa Horizonte 2020.



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051676



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ábalos Meco, José Luis, y Rangel Tarrés, Joan (GS).



Respuesta:



El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente está
redactando con el apoyo del CEDEX la Estrategia para la Protección de la
Costa del Maresme. Dichos trabajos se realizan de forma coordinada




Página
218






con la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la
Generalitat de Cataluña. Se ha redactado un primer borrador que se
encuentra en fase de análisis.



Está previsto disponer del documento definitivo en el presente año y con
carácter previo informar a los Ayuntamientos afectados.



El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente realizará sus
labores de conservación y mantenimiento periódicas en la provincia de
Barcelona, independientemente de la aprobación de la Estrategia para la
Protección del Maresme.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051683



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pradas Torres, Antonio Francisco (GS).



Respuesta:



La agenda del anterior Secretario de Estado de Servicios Sociales e
Igualdad, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, se
ajustó al desempeño de las funciones propias del cargo.



Madrid, 27 de mayo de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051684



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Elorza González, Odón (GS).



Respuesta:



El pasado 16 de enero se constituyó una Comisión Interinstitucional para
el acceso de la alta velocidad a San Sebastián/Donostia, formada por el
Ayuntamiento de San Sebastián, el Departamento de Medio Ambiente y
Política Territorial del Gobierno Vasco y el Ministerio de Fomento,
ámbito adecuado para adoptar, en su caso, las decisiones instadas en la
iniciativa planteada.



Las actuaciones referidas se ejecutarán de acuerdo con lo establecido en
el Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda (PITVI) para el
periodo 2012-2024 y a medida que las disponibilidades presupuestarias lo
permitan.



Hasta la fecha, Renfe no ha elaborado ningún estudio relacionado con la
rentabilidad social y ventajas comerciales de un nuevo apeadero en
Riberas de Loiola.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051685



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Silva Rego, María del Carmen (GS).



Respuesta:



En relación con las ayudas otorgadas a las federaciones, asociaciones y
centros de españoles en el exterior durante los años 2011, 2012 y 2013,
se indican a continuación las fechas de publicación en el




Página
219






Boletín Oficial del Estado de las subvenciones concedidas en el
correspondiente programa de subvenciones para los tres años en cuestión:



1. BOE de 25 de julio 2011.



2. BOE de 31 de octubre 2011.



3. BOE de 4 de abril 2013.



4. BOE de 16 de agosto 2013 (se publicaron conjuntamente en dos
resoluciones distintas primer y segundo trimestre).



5. BOE de 8 de marzo 2014.



De la información contenida en dichas resoluciones se desprende la
evolución de los importes concedidos a cada entidad en los
correspondientes periodos.



El programa de subvenciones tiene como finalidad contribuir a la
financiación de los gastos de funcionamiento, así como a la de los gastos
ocasionados por las reparaciones y el mantenimiento de federaciones,
asociaciones y centros de españoles en el exterior y de retornados, pero
en ningún caso ha constituido nunca ni constituye la única fuente posible
de recursos de éstos.



En este sentido, no se considera riguroso establecer una vinculación
directa y exclusiva entre las cuantías percibidas por las distintas
federaciones, asociaciones y centros en el marco de las convocatorias de
este programa de subvenciones y su mantenimiento como entidad.



En relación con las preguntas relativas al cierre, fusión o disolución de
las asociaciones, hay que indicar en primer lugar que la Secretaría
General de Inmigración y Emigración, igual que tampoco lo hacía la
extinta Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, no recibe
información (y por tanto no dispone de datos) sobre las asociaciones que
hayan cesado sus actividades, se hayan disuelto o se hayan fusionado con
otras.



Sin perjuicio de ello, debe negarse rotundamente que desde el Gobierno de
España, ni ahora ni en legislaturas anteriores, se haya prescindido de la
labor de estas asociaciones. Muy al contrario, laSecretaría General de
Inmigración y Emigración valora de forma muy positiva su existencia, como
expresión del derecho de participación de los ciudadanos del exterior y
retornados en los asuntos que les afectan, y su contribución al bienestar
personal, social, sanitario o cultural de los españoles en el exterior y
retornados, y dirige sus mayores esfuerzos a colaborar en la medida de
sus posibilidades al funcionamiento de las mismas.



Madrid, 20 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051690



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



El pasado día 30 de abril se publicó en el BOE la resolución de la
Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos, del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte, por la que se convoca procedimiento abierto
para la adjudicación del contrato de obras de ejecución de la nueva sede
de la Biblioteca Pública del Estado en Córdoba, en los Jardines de la
Agricultura. Este procedimiento sigue su correspondiente tramitación.



No obstante se señala que el citado Ministerio escucha y analiza todas las
propuestas realizadas sobre estos proyectos.



Madrid, 11 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
220






184/051692



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex (GS).



Respuesta:



En relación con la cuestión solicitada, se indica que las medidas de
seguimiento, control y prevención se enmarcan en la Estrategia Integral
contra el Terrorismo Internacional y la Radicalización aprobada por el
Gobierno. Este documento está clasificado como secreto.



Madrid, 3 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051701



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Muñoz González, Pedro José (GS).



Respuesta:



La inversión prevista en la provincia de Ávila dentro del programa 453-A
'Infraestructura del transporte ferroviario' durante los años 2012,2013 y
2014 es la que se señala a continuación:



;2012 (miles de euros);2013 (miles de euros);2014 (miles de euros)



2006170400703. Línea del ferrocarril
Madrid-Ávila-Salamanca;229,58;117,09;104,41



Mantenimiento red titularidad del Estado;10.730,00;8.641,00;8.641,00



Adicionalmente, la inversión prevista de ADIF y la Sociedad Estatal de
Infraestructuras del Transporte Terrestre-SEITTSA en esta materia está
recogida en la partida correspondiente de los Presupuestos Generales del
Estado, que puede consultarse en los siguientes enlaces:



2012:



- ADIF:
http://www.sepg.pap.minhap.gob.es/Presup/PGE2012Ley/MaestroDocumentos/PGE-



ROM/doc/2/3/1/3/1/N_12_E_V_2_O_2_0_1195_INVROOT_14860.PDF



- SEITTSA:
http://www.sepg.pap.minhap.gob.es/Presup/PGE2012Ley/MaestroDocumentos/PGE- ROM/doc/2/3/1/3/1/N_12_E_V_2_O_2_0_1946_INVROOT_14860.PDF



2013:



- ADIF:
http://www.sepg.pap.minhap.gob.es/Presup/PGE2013Ley/MaestroDocumentos/PGE-



ROM/doc/2/3/1/3/1/N_13_E_V_2_O_2_0_1195_INVROOT_17010.PDF



- SEITTSA:
http://www.sepg.pap.minhap.gob.es/Presup/PGE2013Ley/MaestroDocumentos/PGE- ROM/doc/2/3/1/3/1/N_13_E_V_2_O_2_0_1946_INVROOT_17010.PDF



2014:



- ADIF:
http://www.sepg.pap.minhap.gob.es/Presup/PGE2014Ley/MaestroDocumentos/PGE-



ROM/doc/2/3/1/3/1/N_14_E_V_2_O_2_0_1195_INVROOT_17426.PDF



- SEITTSA:
http://www.sepg.pap.minhap.gob.es/Presup/PGE2014Ley/MaestroDocumentos/PGE- ROM/doc/2/3/1/3/1/N_14_E_V_2_O_2_0_1946_INVROOT_17426.PDF



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
221






184/051709



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



La ejecución presupuestaria en la Variante de Pajares, hasta la fecha, es
de 2.995 millones de euros. Dentro de este importe se incluyen los cuatro
lotes de los túneles y la construcción de la plataforma de los tramos
adyacentes.



El Ministerio de Fomento está dando un importante impulso a la variante.
Así, en los últimos meses se han licitado y/o adjudicado las obras
necesarias (montaje de vía, electrificación, instalaciones de
telecomunicaciones móviles GSM-R, instalaciones de enclavamientos, etc.)
para la puesta en servicio de la línea.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051744



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



El Gobierno, en concreto desde la Secretaría de Estado de Empleo, apoya la
creación de empleo en el conjunto del territorio nacional, mejorando las
reglas de funcionamiento del mercado de trabajo y desarrollando políticas
que favorezcan la empleabilidad de los trabajadores.



Para ello, se han puesto en marcha, en estos dos últimos años, un conjunto
de medidas de gran calado para afrontar los retos de la difícil situación
por la que atraviesa el país y orientar, de forma más adecuada que en el
pasado, la acción pública hacia el objetivo de desarrollo de la actividad
y creación de empleo. Las actuaciones más importantes han sido: la
reforma laboral de 2012, el nuevo modelo de políticas activas de empleo y
la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven. A ellas se pueden añadir
como más recientes:



- La reforma de 2012 ha sido completada recientemente con algunas medidas
que mejoran algunos de los aspectos del funcionamiento del mercado de
trabajo. Se trata de ciertos ajustes y medidas adicionales, totalmente
coherentes con la reforma aprobada en su momento. Así, el Real
Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, ha introducido reformas tanto en
la contratación a tiempo parcial como en la de prácticas, ha puesto en
marcha el nuevo sistema de simplificación administrativa de la
contratación y ha avanzado en la simplificación de los incentivos a la
contratación, a fin de favorecer su conocimiento por parte de las
empresas.



- La nueva configuración del modelo de políticas activas de empleo, basado
en la definición de unos objetivos comunes; en el establecimiento
flexible de servicios y programas, por parte de las administraciones
gestoras, al servicio de esos objetivos; y en una evaluación permanente
de los resultados, que permita la corrección continua de lo que no
funciona, se va a afianzar definitivamente en la Estrategia de Activación
para el Empleo 2014-2016.



Esta Estrategia, que es fruto de la colaboración entre el Estado y las
comunidades autónomas, será el instrumento que vertebre todas las
estrategias individuales de los Servicios Públicos de Empleo bajo un
paraguas de objetivos y principios comunes. Constituye así el motor para
la modernización de los Servicios Públicos de Empleo, en línea con las
Recomendaciones del Consejo Europeo de julio de 2013. En el marco de esta
nueva Estrategia se aprobará en breve el Plan de Acción para el Empleo
2014.



La gestión de la mayor parte de estas políticas corresponde a las
comunidades autónomas, por lo que las medidas específicas para una
determinada zona de su territorio deben ser implementadas desde el
gobierno de las mismas.




Página
222






- En el ámbito de la formación para el empleo, se está trabajando en una
mesa de negociación con los interlocutores sociales para avanzar hacia un
nuevo modelo, sobre la base de la transformación que ya inició la reforma
laboral.



Se pretende firmar el V Acuerdo del subsistema de formación profesional
para el empleo, de acuerdo con una serie de principios básicos que
garanticen la calidad: respuesta adecuada a las necesidades del mercado
de trabajo, eficiencia en la gestión de los fondos, competencia con una
mayor presencia de centros privados y transparencia y evaluación.



- En línea con la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016,
está dando sus primeros pasos el Plan de Implantación de la Garantía
Juvenil, que el Gobierno de España envió a la Comisión Europea el pasado
19 de diciembre. El Plan recoge las actuaciones que se llevarán a cabo
para dar cumplimiento a la recomendación europea. Para su puesta en
marcha y para aprovechar la denominada Iniciativa de Empleo Juvenil,
España contará con un Programa Operativo específico para jóvenes dotado
con 2.800 millones en euros, de los cuales más de 2.000 millones se
concentrarán en 2014 y 2015. Contiene un catálogo de medidas para atender
las necesidades formativas y de empleo de los jóvenes menores de 25 años
que ni estudian, ni trabajan, ni reciben formación se organizan en torno
a cuatro ejes de actuación: la mejora de la intermediación y de la
empleabilidad, los estímulos a la contratación y el fomento del
emprendimiento.



- Por último, el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de
febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación
indefinida (BOE de 1-3-2014). Esta norma aprueba una tarifa plana de 100
euros por contingencias comunes para los nuevos contratos indefinidos que
efectúen las empresas a lo largo de este año, siempre que ello suponga la
creación neta de empleo.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051745 a 184/051748



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



En relación con las preguntas de referencia relativas a la aportación del
Estado a las Diputaciones Provinciales de Galicia durante el periodo 2008
a 2014, solo se puede facilitar la información correspondiente a la
participación en tributos del Estado. En cuanto a las transferencias
realizadas por la Administración General del Estado como participación en
tributos del Estado, se informa que desde enero de 2006 toda la
información de las entregas a cuenta, anticipos y liquidaciones
definitivas de la participación en tributos del Estado se encuentra
disponible, en la página web del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, en la Oficina Virtual para la Coordinación
Financiera con las Entidades Locales en la dirección electrónica:



http://www.minhap.gob.es/es-ES/Areas %20Tematicas/Administracion
%20Electronica/OVEELL/Paginas/DatosFinanciacionEL.aspx



La participación en tributos del Estado tiene carácter incondicionado, y
las cantidades transferidas por este concepto se abonan mediante entregas
a cuenta durante el ejercicio correspondiente y una liquidación
definitiva que se practica dos años después. Así pues los datos que se
pueden aportar de los ejercicios 2014, 2013 y 2012 son las cantidades
correspondientes a las entregas a cuentas transferidas o que se van a
transferir en cada uno de esos años. Para los demás ejercicios se ofrecen
los datos definitivos de participación, es decir sus entregas a cuenta y
la liquidación positiva, en su caso, practicada durante el segundo
ejercicio posterior.



Los datos solicitados se detallan en el siguiente cuadro:




Página
223






Ejercicio;A Coruña;Lugo;Ourense;Pontevedra



;Entregas a cuenta previstas;;;



2014;187.434.421,53;75.740.476,31;84.908.975,73;153.404.031,08



;Entregas a cuenta;;;



2013;194.329.691,70;78.548.169,46;88.070.415,93;159.127.800,78



2012;159.919.571,12;60.732.996,12;68.718.281,35;130.575.972,80



;Participación total;;;



2011;169.574.117,48;68.035.483,82;76.072.944,34;138.548.371,98



2010;174.411.910,38;69.957.820,71;78.177.903,46;142.750.776,71



2009;112.759.209,58;44.646.304,43;49.711.271,99;91.652.454,80



2008;154.209.136,12;61.733.441,78;69.071.911,11;125.919.677,72



Madrid, 4 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051766



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través de
la sociedad estatal Acuaes, está ejecutando el proyecto de inversión
denominado 'Interceptores generales de la ría de Ferrol'.



Los importes invertidos en la actuación, son los detallados a
continuación:



Interceptores Generales Margen Derecha Ria
Ferrol;2011;2012;2013;2014;Total



Asistencias técnicas, Proyectos y Estudios
Previos;0,00;6.470,00;137.130,00;0,00;143.600,00



Expropiaciones;0,00;0,00;250.260,00;84.070,00;334.330,00



Obra;0,00;0,00;1.997.480,00;1.844.548,66;3.842.028,66



Asistencia Técnica a la Dirección de la
Obra;0,00;0,00;356.820,00;135.210,00;492.030,00



Otras Asistencias Técnicas;0,00;0,00;19.720,00;0,00;19.720,00



Otros;880,00;27.120,00;190.120,00;13.550,00;230.790,00



Total;880,00;33.590,00;2.951.530,00;2.077.378,66;5.062.498,66



Euros;;;;;



Dicha actuación está desglosada en cinco proyectos, de los cuáles dos
están adjudicados y en ejecución:



- Tramo A Malata-A Gándara: adjudicado el 20 de diciembre de 2012 a la
empresa FCC Construcciones, S.A. por un importe de 8.012.652,00 euros
(sin IVA).



- Tramo A Gándara-Cadaval: se adjudicó el 20 de febrero de 2013 a la
empresa Acciona Infraestructuras, S.A. por un importe de 12.752.863,43
euros (sin IVA).



Respecto a los datos mensuales de las certificaciones de obra, éstos
pueden consultarse en las siguientes tablas:




Página
224







[**********página con cuadro**********]





Página
225






184/051767



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



A través de la sociedad estatal Acuaes, el Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente está ejecutando la actuación 'Saneamiento a
Santiago de Compostela'. Dicho proyecto está subdividido en dos
subproyectos:



'Actuaciones y mejora de la EDAR de Silvouta' con un presupuesto de
inversión de 4.000.000 euros.



'Emisario y EDAR de O Souto' con un presupuesto de inversión de
52.777.244,92 euros.



Se dispone de un proyecto redactado denominado 'Actuaciones y mejora de la
EDAR de Silvouta' y un anteproyecto para la 'EDAR de O Souto'.



Los importes de las certificaciones realizadas hasta el momento son las
que se detallan a continuación:



Año;Hasta 2012;2013;2014;Total



Importe;62.249,68;146.296,96;12.013,61;220.560,25



Respecto a la fecha de finalización prevista, cabe indicar que ésta está
condicionada a la firma del convenio con los usuarios.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051784



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad reitera que las
empresas adheridas a la iniciativa 'Empresa por una sociedad libre de
Violencia de Género' con las que se han suscrito convenios de
colaboración en materia sensibilización e inserción sociolaboral son de
ámbito estatal, por lo que en el marco de la misma no se han suscrito
convenios con empresas de ámbito autonómico.



Para más información puede consultarse el siguiente enlace web del
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad:



http://www.msssi.gob.es/ssi/violenciaGenero/Sensibilizacion/AMBITOEMPRESARIAL/home.htm



Madrid, 12 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051804



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



En relación con las preguntas parlamentarias formuladas, el Gobierno
reitera que la información de la que puede dar traslado a Su Señoría es
la expuesta por el Ministro del Interior y el Secretario de Estado de
Seguridad ante la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados en
las comparecencias celebradas, respectivamente, el 13 de febrero (Diario
de Sesiones n.º 500) y el 19 de marzo (Diario de




Página
226






Sesiones n.º 525), ambos de 2014, y recuerda que los hechos acaecidos en
la madrugada del 6 de febrero en el puesto fronterizo de Ceuta, son
objeto de la oportuna instrucción por el órgano judicial competente para
ello.



Madrid, 3 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051805



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cantó García del Moral, Antonio (GUPyD).



Respuesta:



En primer lugar, es preciso señalar que la situación del Lago de Sanabria,
de acuerdo con el seguimiento que se viene realizando anualmente por la
Confederación Hidrográfica del Duero, en virtud de los criterios fijados
en la normativa y resultado del consenso por parte de la comunidad
científica -concretamente en relación con los elementos de calidad
fitoplancton y fauna bentónica de invertebrados- oscila, en el periodo
comprendido entre los años 2006 al 2013, entre el Buen Estado Ecológico y
el Muy Buen Estado Ecológico. Por otra parte, el seguimiento de los
parámetros fisicoquímicos arroja valores compatibles con las
calificaciones anteriores.



Los resultados anteriores son concordantes con el seguimiento realizado
por la Junta de Castilla y León y por otros trabajos de investigadores
independientes como quedó de manifiesto en la reunión científica
celebrada bajo el patrocinio de la Fundación Biodiversidad, el 22 de
abril del presente año, en Madrid.



La exigencia de la Directiva Marco del Agua en relación con el Lago de
Sanabria es que dicha masa de agua habrá de tener la calificación de Buen
Estado Ecológico al final del 2015.



La situación actual del lago es la mencionada calificación y no se ha
detectado evolución negativa, sino más bien una razonable estabilidad
respecto a la calificación señalada, por lo que no se considera
procedente la comunicación a la Unión Europea que señala Su Señoría en
una de sus preguntas.



En cuanto al informe de 2008, se trata de un documento elaborado por la
Junta de Castilla y León relativo a los colectores de aguas residuales y
de cuya existencia, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente, a través de la Confederación Hidrográfica del Duero, no ha
tenido conocimiento hasta fechas recientes.



Respecto a las afirmaciones sobre la pérdida de biodiversidad de la
Iniciativa de Energía y Biodiversidad (EBI) y entendiéndose que se
refiere a la riqueza de especies dentro del elemento de calidad
fitoplancton (algas), cabe señalar que en relación con la riqueza de
especies de fitoplancton, la Confederación Hidrográfica del Duero no ha
constatado ninguna reducción significativa en el año 2012. Tampoco se ha
observado ninguna tendencia, en este sentido, durante el periodo
2006-2013.



Lo que sí se han constatado son cambios en la dominancia de las diferentes
especies dentro de la población de fitoplancton a lo largo del tiempo,
hecho que, en principio, se encuentra dentro de la normalidad, teniendo
en cuenta que estamos hablando de ecosistemas y seres vivos, entre los
cuales se establecen complejas relaciones determinadas, a su vez, por el
medio abiótico (cambios en la hidrología, usos del suelo, meteorología,
etc.) y biótico.



Los indicadores establecidos por la normativa vigente para la evaluación
del estado ecológico de los lagos en base al fitoplancton son los
siguientes: clorofila A y biovolumen de fitoplancton.



Madrid, 18 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051809



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tardà i Coma, Joan (GMx).




Página
227






Respuesta:



Está previsto que se desarrollen actuaciones de mejora de accesibilidad y
andenes en la estación de Molins de Rei (Baix Llobregat), que se llevará
a cabo en los próximos años de acuerdo con la planificación del Plan de
Infraestructuras, Transporte y Vivienda-PITVI y las disponibilidades
presupuestarias.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051813



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



En relación con la protección por desempleo, de conformidad con lo
previsto en el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social y demás normativa de aplicación, las personas desempleadas que
reúnan los requisitos exigidos para ello tienen derecho a las
prestaciones por desempleo de nivel contributivo y/o asistencial en los
términos establecidos en dichas normas.



Se trata de un sistema específico diseñado para cubrir las necesidades de
los trabajadores que han perdido involuntariamente su empleo mientras
buscan uno nuevo. Hay que tener en cuenta que, al igual que ocurre en
otros países de nuestro entorno, la protección por desempleo no es
universal ni indefinida. No obstante, en la regulación actual está
previsto que los períodos de protección lleguen a alcanzar una duración
superior a los cuatro años, e incluso que la misma se prolongue hasta que
se cumpla la edad legal de jubilación, tal y como es el caso de
determinados colectivos de personas desempleadas mayores de 45 años y con
responsabilidades familiares, así como las personas desempleadas mayores
de 55 años, respectivamente, siempre y cuando reúnan los demás requisitos
exigidos en la normativa vigente.



Por otra parte, para las personas desempleadas en situación de especial
necesidad, el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, regula el
programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales
necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.



Además, el sistema de protección por desempleo se complementa con otras
medidas que también van dirigidas a personas desempleadas en situación de
necesidad, entre las que se encuentran:



1. La aprobación del programa de recualificación profesional de las
personas que agotan su protección por desempleo, y cuya vigencia fue
prorrogada de forma automática por períodos de seis meses, siempre que la
tasa de desempleo sea superior al 20 por ciento según la última Encuesta
de Población Activa, de acuerdo a lo establecido en la disposición
adicional segunda del Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero.



2. La prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos
regulada mediante Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un
sistema específico de protección por cese de actividad de los
trabajadores autónomos y que ha sido desarrollada por el Real Decreto
1541/2011, de 31 de octubre.



En relación con todo ello, el gasto dedicado durante el años 2013 a la
protección por desempleo alcanzó un total de 30.105 millones de euros, en
línea con lo sucedido en los cinco últimos años tras el comienzo de la
crisis, cifras que casi triplican las de los años previos a 2007.



El indicador que se maneja para conocer la relación entre los
beneficiarios de la protección por desempleo y los trabajadores en paro
es la tasa de cobertura de las prestaciones por desempleo, que fue
consensuado en el año 2009 con los Interlocutores Sociales, y que
responde a la siguiente fórmula.



Total beneficiarios de prestaciones por desempleo (incluidos los del
subsidio para eventuales agrarios).



Paro registrado SISPE con experiencia laboral+Beneficiarios del subsidio
agrario. La tasa del mes de abril de 2014 ha sido del 57,92 %.



En todo caso, la protección por desempleo forma parte de la política de
empleo y que gran parte de las reformas estructurales adoptadas van en la
dirección de evitar la destrucción de empleo y promover su creación con
el fin de que las personas desempleadas tengan la oportunidad de
conseguir un puesto de trabajo, enfocando las mejoras con especial
atención en el acceso al empleo autónomo.




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228






El concepto de protección social es mucho más amplio que el de la
protección por desempleo e incluye, entre otras medidas, las pensiones y
prestaciones de la Seguridad Social contributivas y no contributivas, así
como la asistencia social competencia de las comunidades autónomas y
corporaciones locales, lo que amplía la protección de las personas
desempleados a través de salarios sociales, rentas mínimas o ayudas
equivalentes.



Las medidas orientadas a las personas que están atravesando dificultades
económicas están articuladas en torno al Plan Nacional de Inclusión
Social 2013-2016, cuyo segundo gran objetivo estratégico es garantizar un
sistema de prestaciones que permita apoyar económicamente a las personas
que se encuentran en situación de vulnerabilidad y reducir la pobreza
infantil.



Así, las diferentes acciones que desarrolla el Gobierno pasan por avanzar
en la configuración como derecho subjetivo del sistema de garantía de
rentas, alcanzar un nivel adecuado de cobertura de las rentas mínimas o
mejorar en la eficacia de la gestión de las mismas.



Por otro lado, el mantenimiento del sistema de pensiones no contributivas
constituye otro de los pilares sobre los que se asienta el sistema de
garantía de rentas.



En este enlace se pueden consultar las acciones específicas incluidas en
el segundo objetivo estratégico del Plan Nacional de Acción para la
Inclusión Social (PNAIN):



http://www.msssi.gob.es/ssi/familiasInfancia/inclusionSocial/docs/PlanNacionalAccionInc lusionSocial_2013_2016.pdf



El Plan tiene como objetivo transversal la lucha contra la pobreza
infantil porque no es aceptable que los niños tengan que afrontar las
consecuencias de las dificultades económicas por las que pasan sus
familias.



En esta línea se enmarca el fondo extraordinario de 17 millones de euros
al que se refiere la pregunta. Actualmente, el Gobierno está trabajando
con las comunidades autónomas en los proyectos de intervención social
destinados a dar respuesta a situaciones de privación material severa.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051814



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones
sanitarias establece en el artículo 22.4:



'4. Reglamentariamente se determinará el sistema de adjudicación de todas
las plazas ofertadas en la convocatoria anual, que se efectuará de
acuerdo al orden decreciente de la puntuación obtenida por cada
aspirante, con las peculiaridades que se establezcan respecto a las
plazas de centros de titularidad privada.'



El Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y
clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan
determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada,
establece en la disposición transitoria quinta la normativa aplicable a
las pruebas de acceso, señalando en su punto 1.a):



'1.a) En la oferta de plazas en formación por el sistema de residencia que
se incluya en cada convocatoria se distinguirán dos grupos: uno incluirá
las plazas a adjudicar en centros de titularidad pública o privada que
tengan el mismo sistema de adjudicación que aquellos, y otro, integrado
por las plazas pertenecientes a centros de titularidad privada que
ejerzan el derecho de conformidad previa a los aspirantes que pretendan
acceder a las mismas. El derecho de conformidad previa solo podrá hacerse
efectivo si el aspirante ha superado la puntuación mínima que, en su
caso, se establezca y si ha obtenido en la prueba selectiva un número de
orden igual o menor al total de plazas convocadas para la titulación de
que se trate, en el grupo integrado por las plazas que se adjudican por
el sistema público. A estos efectos, los aspirantes estarán obligados a
presentar en el momento de solicitar la asignación de plaza en un centro
privado, el documento acreditativo de la conformidad expresa del centro.'




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229






La Orden SSI/1695/2013 es un reflejo de lo establecido en la normativa de
aplicación respecto a los Centros de titularidad privada y señala cuáles
eran los centros concretos que podían acogerse a este sistema en la
pasada convocatoria 2013-14.



Madrid, 10 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051816



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Enbeita Maguregi, Onintza (GMx).



Respuesta:



Hasta la fecha no ha sido posible celebrar la reunión de la Comisión
Interinstitucional prevista, por lo que no se puede proporcionar la
información solicitada.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051817



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Anchuelo Crego, Álvaro (GUPyD).



Respuesta:



La Comunidad Autónoma de Cataluña se adhirió al Fondo de Liquidez
Autonómico 2014 por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de enero de
2014, en el que se recoge su compromiso de cumplir las condiciones
previstas en el Real Decreto-ley 21/2012, de 13 de julio, de medidas de
liquidez de las Administraciones públicas y en el ámbito financiero, así
como en los Acuerdos del Consejo de Política Fiscal y Financiera y de la
Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, y en cualquier
otra disposición que desarrolle este mecanismo de financiación, entre la
que se encuentra el Programa para la aplicación del mecanismo de apoyo a
la liquidez de las Comunidades Autónomas 2014.



El artículo 4 del Real Decreto-ley 21/2012 establece que la adhesión al
mecanismo por parte de una Comunidad Autónoma conllevará la aceptación de
las condiciones financieras que en el mismo se indican, incluyendo entre
ellas que la liquidez otorgada con este mecanismo deberá ser utilizada
para atender, entre otros, los vencimientos correspondientes a los
valores emitidos.



El artículo 5 del Real Decreto-ley establece que la adhesión al mecanismo
por parte de una Comunidad Autónoma conllevará la aceptación de la
condición de presentar y acordar con el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, en el plazo de quince días naturales desde la
aprobación del acuerdo previsto en el artículo 2 del citado Real
Decreto-ley, un plan de ajuste que asegure el cumplimiento de los
objetivos de estabilidad y de deuda pública, así como el reembolso de las
cantidades aportadas por el Fondo de Liquidez Autonómico.



En la normativa anteriormente citada se recogen todas las condiciones
financieras y fiscales a las que deben ajustarse las Comunidades
Autónomas que se adhieren al Fondo de Liquidez Autonómico para poder
acceder a la financiación que proporciona dicho mecanismo y que permite
atender los vencimientos de emisiones de valores.



El Fondo de Liquidez Autonómica (FLA), junto a otras medidas de apoyo a
las Comunidades Autónomas, puestas en marcha con anterioridad por el
Gobierno, han tenido como objeto asegurar que ninguna Comunidad pudiera
hacer un impago en los vencimientos de deuda, ante las fuertes
dificultades que tenían éstas para las refinanciaciones de sus
vencimientos. Esta decisión del Gobierno viene motivada por la
importancia de evitar un efecto contagio al conjunto de Administraciones
Públicas por la necesidad de seguir garantizando la prestación de los
servicios públicos básicos a los ciudadanos.



La adhesión al FLA, por parte de cualquier Comunidad Autónoma, conlleva
una condicionalidad financiera y fiscal, que viene plasmada en el
capítulo 2.º del Real Decreto-ley 21/2012, de 13 de julio, de medidas de
liquidez de las Administraciones públicas y en el ámbito financiero, que
es la norma que crea el FLA.




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230






La condicionalidad financiera, recogida en el artículo 4 ha sido
posteriormente desarrollada a través de la Resolución de la Secretaría
General del Tesoro y Política Financiera que define el Principio de
Prudencia Financiera.



En cuanto a la condicionalidad fiscal y a las obligaciones de suministro
de información, esta es ejercida por el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas y se desarrolla en los artículos 5 a 8 del
citado Real Decreto-ley. En este sentido, y como señala la Exposición de
Motivos de la norma, 'cabe señalar la relevancia del plan de ajuste como
instrumento en el que se concreta el acuerdo entre las Administraciones
central y autonómica para garantizar el cumplimiento de los objetivos de
estabilidad presupuestaria. El plan de ajuste es único y dinámico en el
tiempo, pues debe ir adaptándose a los diferentes compromisos adquiridos
por la Comunidad Autónoma y a la evolución de sus ingresos y gastos.



Para un adecuado seguimiento de los planes, se establecen obligaciones
periódicas de remisión de información económica, financiera,
presupuestaria y de tesorería con el objeto de evitar desviaciones en el
cumplimiento del contenido del plan de ajuste.



Adicionalmente, la efectividad del modelo se refuerza con la posibilidad
de que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas proponga la
modificación del plan o que se encomiende a la Intervención General de la
Administración del Estado el ejercicio de misiones de control en el
supuesto de que se detecten riesgos de incumplimiento o incumplimiento de
las medidas del plan de ajuste.'



Por otra parte, hay que señalar que todas las Comunidades Autónomas, entre
ellas la propia Cataluña, están realizando un intenso proceso de
consolidación fiscal y que están reduciendo sus déficits públicos desde
2011.



Es necesario señalar, además, que las aportaciones del FLA a las
Comunidades Autónomas son préstamos a largo plazo que éstas deben
devolver en el tiempo con un tipo de interés.



En segundo lugar, los préstamos del FLA cubren los conceptos establecidos
en el Real Decreto-ley 21/2012, de 13 de julio, de forma global y no
particular. Así, el artículo 4.3 señala que 'la liquidez otorgada con
este mecanismo deberá ser utilizada para atender:



- Los vencimientos correspondientes a los valores emitidos.



- Los vencimientos de préstamos concedidos por instituciones europeas de
las que España sea miembro.



- Aquellas operaciones que no puedan ser, en su caso, refinanciadas o
novadas por las propias Comunidades Autónomas respetando el criterio de
prudencia financiera definido por Resolución la Secretaría General del
Tesoro y Política Financiera.



- Las necesidades de financiación del déficit público.'



En este sentido, los denominados 'bonos patrióticos' como cualquier otra
emisión de deuda emitida con anterioridad a la entrada en vigor del FLA
está cubierta por el citado mecanismo, ya que entran dentro del apartado
a) del artículo.



La razón por la cual los títulos de deuda pública de las Comunidades
Autónomas quedan cubiertos por el FLA, tal y como se ha mencionado antes,
se debe a la necesidad de erradicar toda duda acerca de la capacidad de
repago de los compromisos financieros por parte de las Administraciones
Públicas españolas, evitando así el posible efecto contagio a la deuda
soberana.



Desde la introducción del FLA en julio de 2012 las primas de riesgo tanto
de la deuda española como de la deuda autonómica se han moderado
considerablemente. La deuda española registraba el 14 de julio de 2012
(fecha de creación del FLA) una prima de riesgo respecto a la deuda
alemana de 540,3 puntos básicos mientras que la prima de riesgo a la que
cotizaba la deuda de Cataluña sobre la deuda española ascendía a 695
puntos básicos. En el mes de mayo de 2014 la prima de riesgo de la deuda
de España en relación a la deuda alemana es de 163 puntos básicos y la de
la deuda de Cataluña respecto a la del Tesoro es de 109 puntos básicos.



Y en tercer lugar, no son comparables los denominados 'bonos patrióticos',
que eran emisiones de deuda pública, con las participaciones preferentes.
Las segundas están subordinadas a otras emisiones de renta fija de la
entidad. Por el contrario, en las emisiones de deuda de una Comunidad
Autónoma los inversores están en las mismas condiciones en cuanto a
prelación en el pago.



Madrid, 23 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




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231






184/051820



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que el número es de
126.



Las recompensas militares tienen por objeto premiar o distinguir,
individual o colectivamente, a los miembros de las Fuerzas Armadas y de
la Guardia Civil por la realización de acciones, hechos o servicios que
implican reconocido valor o mérito en sus diversas graduaciones.



De este modo, las cartelas y recompensas están referidas exclusivamente a
la participación de dichas unidades en diferentes hechos de armas y no
constituyen, en ningún caso, muestra de exaltación, personal o colectiva,
de la sublevación, de la Guerra Civil o de la represión de la Dictadura.
Además, señalan y facilitan el conocimiento de los hechos y
circunstancias acaecidos durante la Guerra Civil (artículo 1.2. de la Ley
52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y
se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o
violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura).



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051821



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP)



Respuesta:



En anexo se facilita la información sobre trabajadores por cuenta propia o
autónomos que se han beneficiado de las deducciones en la cotización en
virtud de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero,
de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la
creación de empleo, en la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de
apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de
empleo y en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los
emprendedores y su internacionalización.



Esta información se proporciona a fecha 21 de mayo de 2014, y es
desglosada de la manera siguiente:



1. Autónomos que reúnen los requisitos del apartado 1 de la disposición
adicional trigésima quinta de la Ley General de la Seguridad Social
(según redacción del Real Decreto-ley 4/2013 y la Ley 11/2013).



- Beneficiados por una reducción del 30 % de la cuota por haber
transcurrido menos de 16 meses desde el inicio de la deducción.



- Beneficiados por una bonificación del 30 % de la cuota, por haber
transcurrido entre 16 y 30 meses desde el inicio de la deducción.



2. Autónomos que reúnen los requisitos del apartado 2 de la disposición
adicional trigésima quinta de la LGSS (según redacción del Real
Decreto-ley 4/2013 y la Ley 11/2013):



- Beneficiados por una reducción del 80 % de la cuota por haber
transcurrido menos de 7 meses desde el inicio de la deducción.



- Beneficiados por una reducción del 50 % de la cuota, por haber
transcurrido entre 7 y 12 meses desde el inicio de la deducción.



- Beneficiados por una reducción del 30 % de la cuota, por haber
transcurrido entre 13 y 15 meses desde el inicio de la deducción.



- Beneficiados por una bonificación del 30 % de la cuota, por haber
transcurrido entre 16 y 30 meses desde el inicio de la deducción.



3. Autónomos que reúnen los requisitos de la disposición adicional
trigésima quinta bis de la LGSS (incluida por la Ley 14/2013):



- Beneficiados por una reducción del 80 % de la cuota por haber
transcurrido menos de 7 meses desde el inicio de la deducción.




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232






- Beneficiados por una reducción del 50 % de la cuota, por haber
transcurrido entre 7 y 12 meses desde el inicio de la deducción.



4. Autónomos discapacitados que reúnen los requisitos del apartado 1 de la
disposición adicional undécima de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de
medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo
y mejora de la ocupabilidad (según redacción del Real Decreto-ley 4/2013
y la Ley 11/2013).



5. Autónomos discapacitados que reúnen los requisitos del apartado 2 de la
disposición adicional undécima de la Ley 45/2002 (según redacción del
Real Decreto-ley 4/2013 y la Ley 11/2013):



- Beneficiados por una reducción del 80 % de la cuota por haber
transcurrido menos de 13 meses desde el inicio de la deducción.



- Beneficiados por una reducción del 50 % de la cuota, por haber
transcurrido más de 12 meses desde el inicio de la deducción.



- Autónomos discapacitados que reúnen los requisitos del apartado 1 de la
disposición adicional undécima de la Ley 45/2002 (según redacción de la
Ley 14/2013).



- Beneficiados por una reducción del 80 % de la cuota por haber
transcurrido menos de 7 meses desde el inicio de la deducción.



- Beneficiados por una reducción del 50 % de la cuota, por haber
transcurrido más de 6 meses desde el inicio de la deducción.



Los incentivos en la cotización consistentes en deducciones en la cuota a
pagar por los trabajadores autónomos son aplicados directamente por la
propia Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en el momento de
la generación de los recibos de liquidación de cotizaciones que se
remiten mensualmente a los sujetos obligados, no contemplando la
normativa actual, para tener derecho al incentivo en la cotización,
ningún trámite previo de solicitud por parte del beneficiario y
resolución por parte de la Administración competente, en este caso, la
TGSS.



Por ello, no se dispone de información de la existencia de solicitudes de
'tarifa plana'. En algún caso, lo que ha existido es una solicitud de
devolución de cuotas por la diferencia entre el importe girado en el
recibido de liquidación de liquidaciones y el importe resultante si se
hubiera aplicado la 'tarifa plana' de autónomos.



Por la misma razón, no se dispone de información sobre solicitudes de
'tarifa plana' en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la
Seguridad Social de Alicante, así como tampoco de denegaciones de esta
solicitud.



Finalmente, cabe señalar que la aplicación de las reducciones de cuotas
establecidas por la normativa actual a los trabajadores autónomos se
efectúa por la TGSS en los recibos mensuales de liquidación de
cotizaciones aplicando procedimientos automatizados de carácter
centralizado y en base a la información que consta en el Sistema de
información de la Seguridad Social. Por tanto, la generación de los
recibos de liquidación de cuotas y la aplicación de los beneficios en la
cotización a los que tuvieran derecho los sujetos obligados se realiza
por igual para todos los trabajadores autónomos con independencia de la
Dirección Provincial a la que corresponda su Unidad de Gestión.



Respecto a los criterios establecidos por la TGSS para excluir de la
aplicación de las reducciones de pago de cotizaciones en los tres
supuestos que cita la pregunta parlamentaria (autónomos societarios,
autónomos colaboradores y autónomos con aplicación de una deducción de
cuotas por el mismo supuesto), se informa lo siguiente:



• Respecto de la exclusión de socios de sociedades mercantiles
capitalistas, la TGSS ha venido considerando que no procede la aplicación
de dichos incentivos respecto de aquellos socios de sociedades
mercantiles capitalistas, ya sean de responsabilidad limitada o anónima,
y aun cuando se trate de sociedades unipersonales, cuya inclusión en el
Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA)
se produce al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional vigésimo
séptima de la Ley General de la Seguridad Social.



Y esto es así porque, a diferencia de lo que ocurre con los miembros de
comunidades de bienes, socios de sociedades civiles, socios de sociedades
regulares colectivas y los socios colectivos de compañías comanditarias,
a los que sí se aplica dicha bonificación siempre que reúnan los demás
requisitos previstos para aplicación de los mismos, en las sociedades de
capital la responsabilidad de los




Página
233






socios está limitada al capital aportado y, por tanto, en el caso de que
contraigan deudas, los socios no responden con su patrimonio personal.



Esta diferencia es lo que lleva a concluir que no se está, en este tipo de
sociedades, ante el colectivo de 'emprendedores' a los que se dirigen los
incentivos previstos y que, en último lugar vienen a compensar el mayor
riesgo personal que éstos asumen por su actividad empresarial o
profesional.



Todo ello, sin perjuicio de la posibilidad de aplicación de dichos
beneficios respecto de los socios trabajadores de Cooperativas de Trabajo
Asociado, que optaron por su encuadramiento en el RETA, conforme prevé la
citada disposición adicional en su apartado 4, en tanto que se reúnan los
demás requisitos establecidos al efecto, de manera que si el legislador
hubiera querido incluir en el ámbito de aplicación de tales incentivos a
todos los trabajadores autónomos, no hubiera hecho mención expresa
únicamente respecto de los socios trabajadores de Cooperativas de Trabajo
Asociado.



Respecto de la exclusión de quienes hubieran recibido anteriormente una
bonificación de la Seguridad Social como autónomo, el artículo 1.Uno del
Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al
emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo,
redacta de nuevo la disposición adicional trigésima quinta, añadiendo un
apartado 2 mantenido por la actual Ley 11/2013, de 26 de julio, en donde
se crea junto al incentivo indicado en el apartado 1, uno nuevo,
alternativo al anterior pero bajo los mismos principios establecidos con
carácter general. En él se indica que:



'Alternativamente al sistema de bonificaciones y reducciones establecido
en el apartado anterior, los trabajadores por cuenta propia que tengan
menos de 30 años de edad y que causen alta inicial o que no hubieran
estado en situación de alta en los cinco años inmediatamente anteriores a
contar desde la fecha de efectos del alta, en el Régimen Especial de la
Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos...'



Este apartado 2 introduce un sistema alternativo de beneficios en la
cotización a la Seguridad Social restringido a aquellos trabajadores
menores de 30 años de edad que causen 'alta inicial' en el
correspondiente régimen especial o 'que no hubieran estado en situación
de alta en los cinco años inmediatamente anteriores', si bien, exigen
como presupuesto de hecho para causar derecho a la aplicación de tales
beneficios que se trate de nuevas altas (a estos exclusivos efectos
también se considera alta inicial, cuando no ha estado en alta en los
cinco años inmediatamente anteriores), pero se mantiene, como no podría
ser de otro modo, el principio general de no aceptar para una misma
persona y por el mismo supuesto (menor de 30 años de edad y alta inicial)
dos bonificaciones distintas sucesivas, máxime cuando el legislador
pretende que en su caso sean alternativas.



Lo mismo debe concluirse respecto de los incentivos aprobados con
posterioridad, mediante la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, que añadió
una nueva disposición adicional a la Ley General de la Seguridad Social,
la trigésimo quinta bis, respecto de los trabajadores de 30 o más años de
edad, al exigir también que causen 'alta inicial' en el correspondiente
régimen especial o 'que no hubieran estado en situación de alta en los
cinco años inmediatamente anteriores'.



En consecuencia, tanto unas como otras se aplican por una sola vez, es
decir, para una misma persona y supuesto de hecho idéntico, lo que no
impide que un trabajador que se hubiera beneficiado en algún momento de
los incentivos al amparo de la citada disposición adicional trigésima
quinta, como joven menor de 30 años de edad, pueda una vez transcurridos
cinco años desde su alta anterior, con motivo de su nueva alta en RETA,
aplicarse los beneficios previstos en la citada disposición adicional
trigésima quinta bis, como mayor de 30 años, ya que los supuestos de
hecho que dan lugar a la aplicación de unos y otros incentivos son
distintos.



Respecto de la exclusión de la aplicación de dichos incentivos a los
trabajadores que causan alta en el Régimen Especial de Trabajadores por
Cuenta Propia o Autónomos como familiares colaboradores del trabajador
autónomo, ello viene determinado por el hecho de que para este colectivo
están previstos específicamente los incentivos contenidos en la
disposición adicional undécima de la Ley 3/2012, de 6 de julio, y en
tanto reúnan los requisitos previstos en la misma a tal fin.



Asimismo y en relación con la litigiosidad derivada de la denegación de la
aplicación de dichos incentivos en los supuestos descritos, se significa
que, hasta el momento, la TGSS tiene conocimiento de que han recaído
sentencias dictadas por el orden contencioso-administrativo, tanto en
sentido estimatorio como desestimatorio sobre la pretensión de aplicación
de dichos incentivos deducidas por los socios de sociedades mercantiles a
que se refiere el apartado a) del presente informe, estando prevista la
interposición de recurso por la TGSS contra las primeras, así como de
otra recaída en sentido estimatorio de un recurso interpuesto en relación
con el criterio contenido en el apartado b) del presente informe




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234







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235






184/051825



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Iñarritu García, Jon (GMx).



Respuesta:



A la vista de las circunstancias excepcionales que concurren en las
personas mencionadas en la iniciativa parlamentaria, se comunica que se
va a iniciar a su favor la tramitación de sendos procedimientos de
autorizaciones de residencia temporal de las previstas en la disposición
adicional primera.4 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de
enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su
Integración Social, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril,
en los que la competencia para resolver está atribuida a la titular de la
Secretaría General de Inmigración y Emigración.



Madrid, 11 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051829



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia se plantean las siguientes
consideraciones:



Primera. El convenio para la constitución del Fondo Social de Viviendas
(FSV) fue firmado el 17 de enero de 2013 por los ministerios de Economía
y Competitividad, Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Fomento, Banco
de España, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), la
Plataforma del Tercer Sector (Organizaciones no Gubernamentales), las
patronales bancarias y 33 entidades de crédito.



Los últimos datos facilitados por el Banco de España sobre el proceso de
adjudicación de viviendas pueden sintetizarse como sigue: 1.446
solicitudes recibidas; 980 solicitudes aceptadas por cumplir con los
requisitos; 427 rechazadas por no cumplir con los requisitos; 739
viviendas asignadas a solicitantes; 465 contratos de alquiler
efectivamente suscritos.



Segunda. La Comisión de Seguimiento y Coordinación del Fondo Social de
Viviendas (FSV) ha acordado ampliar el ámbito de aplicación del Convenio
por el que se rige este instrumento, destinado a atender a familias en
dificultades por la crisis.



Las modificaciones permitirán quedarse en la vivienda mediante el pago de
alquiler reducido en algunos supuestos e incluir a un amplio número de
personas o familias que, previo informe de los Servicios Sociales, se
encuentren en circunstancias de vulnerabilidad social.



La modificación del convenio va a permitir que personas o familias puedan
mantenerse en la vivienda que habitaban, aunque la hayan perdido como
consecuencia de una ejecución forzosa y después de que haya sido
adjudicada. También se abre esta posibilidad para las daciones en pago.
En ambos casos se pagará un alquiler reducido, es decir, entre 150 y 400
euros al mes o por debajo en circunstancias especiales, tal como está
previsto en el Convenio del FSV.



Además, se amplían las circunstancias personales y familiares que dan
derecho a solicitar una vivienda al FSV. Estas son las siguientes:



1. Unidades familiares con hijos menores de edad (18 años). Hasta ahora se
exigía que los menores no tuvieran más de tres años.



2. Personas en situación de dependencia o con discapacidad para las que la
vivienda supone, de acuerdo con el informe de los Servicios Sociales
competentes, un activo indispensable para el mantenimiento de su
inclusión social y autonomía. El requisito hasta ahora era una
discapacidad del 33 % o superior.




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3. Personas mayores en situación de prejubilación o jubilación que
mediante aval hayan asumido las deudas de sus hijos o nietos. Esta
circunstancia es nueva.



4. Otras personas o unidades familiares con circunstancias de
vulnerabilidad social distintas de las anteriores, previo informe de los
Servicios Sociales. Ello amplía el acceso al FSV a muchas situaciones de
riesgo social no tipificadas.



Se mantienen los requisitos anteriores como son situación de desempleo y
sin prestaciones, familias monoparentales, familias numerosas o violencia
de género.



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051831



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ares Martínez-Fortún, María de la O; Araújo Gil, Rogelio; Fajarnés
Ribas, Enrique; ramis socias, Miquel, y Grau Reinés, Juan Carlos (GP).



Respuesta:



Actualmente se ha adjudicado y está a la espera del comienzo de los
trabajos el proyecto: 'Conservacion y mantenimiento de las actuaciones de
estabilizacion del talud de cala Bañalbufar realizadas por la d. Gral. de
costas en 2002 y 2003'.



El presupuesto asciende a la cantidad de: 759.411,29 euros.



El proyecto se realizará por medios propios mediante la empresa TRAGSA, y
las obras que se acometerán serán las siguientes:



- Saneo y desbroce



El saneo del talud consiste en la retirada de bloques, piedras, cuñas,
lajas, etc., que se encuentren inestables o con estabilidad estricta.



En este apartado se incluye también la retirada de árboles y arbustos que
han enraizado en grietas y que pueden provocar la extrusión del bloque.



- Malla de Triple Torsión



Se sustituirá la malla en aquellas partes del talud donde puede producirse
un chineo generalizado, y en otros mayoritarios en combinación con
bulones y red de cables de acero.



- Red de Cables



Se ha proyectado la sustitución del sistema de red de cables de acero
pasivo con un soporte unitario de hasta 9,4 kN/m², La red queda adosada
al terreno mediante barras de acero autoroscables.



Este sistema tiene como función el soporte de los empujes y control de
movimientos en rocas fracturadas en las proximidades de la superficie del
terreno. Una vez resulta esta problemática, se garantiza el control de la
degradación del talud, y se evita la caída de materiales sobre la playa
adyacente. El sistema de anclajes tiene como función la de soportar los
empujes transmitidos por la red y transmitirlos por la barra de anclaje
hasta el bulbo de anclaje en la zona estable del terreno.



Desde el punto de vista medioambiental, esta actuación es mucho más ligera
que el gunitado, y los bulones con dado de hormigón, además de que
favorece la revegetación natural de los desmontes y facilita también la
evaluación del comportamiento futuro, siendo posible detectar posibles
fallos y aplicar las medidas correctoras oportunas durante la
explotación.



- Bolsas de Red de Cables.



En algunos se observan bloques con juntas muy abiertas, y otros bloques
desgajados y caídos contra la red actualmente instalada. La solución
proyectada para evitar la llegada a la playa de este material inestable
consiste en repetir la solución ya utilizada previamente: 'recoger' los
bloques mediante mallas de cables de 16 m², anclados al terreno natural
con cuatro bulones (uno en cada extremo) de tipo GEWI y longitud 2 m. La
malla de cables considerada tendrá una resistencia a tracción directa de
85 kN/m.



Madrid, 18 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




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237






184/051832



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Moreno Palanques, Rubén (GP).



Respuesta:



El Centro de Investigación Biomédica en Red/Ciber es un consorcio
dependiente del Instituto de Salud Carlos III/ISCIII. El Ciber en su Área
Temática de Enfermedades Raras (Ciberer) tiene como principal objetivo
coordinar y favorecer la investigación básica, clínica y epidemiológica,
así como potenciar que la investigación que se desarrolla en los
laboratorios llegue al paciente y dé respuestas científicas a las
preguntas nacidas de la interacción entre médicos y enfermos. Ciberer se
compone de un equipo humano de más de 700 profesionales e integra a 60
grupos de investigación, pertenecientes a 29 instituciones consorciadas.



www.ciberer.es.



Las actividades de investigación de Ciberer están organizadas en siete
Programas de Investigación que constituyen el motor de coordinación y
actividad del Centro: Medicina Genética, Medicina Metabólica Hereditaria,
Medicina Mitocondrial, Medicina Pediátrica y del Desarrollo, Patología
Neurosensorial, Medicina Endocrina y Cáncer Hereditario y Síndromes
Relacionados.



Entre los campos de investigación científica de interés para Ciberer,
podemos citar, entre otros: investigación biológica integrada de
Enfermedades Raras/ER y procesos fisiopatológicos relacionados;
enfermedades monogénicas, rutas metabólicas y nuevas dianas terapéuticas
potenciales; genómica funcional, proteómica y bioinformática;
farmacogenética y farmacogenómica; desarrollo de modelos animales y
celulares de ER; biología de sistemas; epidemiología clínica y genética
de poblaciones; e Investigación en servicios de salud de ER y genéticas.
En concreto Ciberer tiene por objetivo desarrollar una investigación de
alta calidad en ER, cooperativa e innovadora, fomentando la traslación de
los resultados a la práctica clínica. Los objetivos concretos están
fundamentalmente dirigidos al desarrollo de nuevos tratamientos, y a la
mejora en el acceso al diagnóstico de las ER.



Se estima que un mínimo del 80 % de las ER son de etiología genética.
Puede tratarse de enfermedades con genética sencilla en cuanto que se
trate de un único gen responsable, o de casos mucho más complejos,
pudiendo haber diferentes genes implicados, en combinaciones diversas con
efectos fenotípicos de grado o de subtipo de cada patología.



Sobre esta situación de partida y gracias en buena medida a la
disponibilidad de las técnicas de secuenciación masiva, cada vez resulta
más viable obtener la información genética de un individuo determinado ya
sea para su aplicación en la práctica clínica (en caso de que la base
genética de la patología esté definida) como para el avance de la
investigación (en el caso de no haberse identificado esta causa
genética). De todos modos, desde la obtención de la información cruda
hasta su interpretación clínica es muchas veces necesario recorrer un
arduo proceso de interpretación y filtrado. Es aquí, para facilitar este
proceso, donde resulta clave el Ciberer Exome Server.



Existe un alto nivel de variabilidad en las poblaciones humanas (si
comparamos dos humanos no emparentados, estos divergen en unos 30.000
cambios en las zonas codificantes y en cerca de medio millón, si tenemos
en cuenta todo el genoma) que dificulta los estudios que buscan
determinar los genes causales de enfermedad.



La razón es que esta variabilidad natural, inocua, se confunde con las
variantes causales reales y las oculta, haciendo muy difícil su búsqueda.
Uno de los pasos más críticos es el filtrado de variantes conocidas y
presentes en la población (y por lo tanto no causantes de enfermedad).
Para ello se usan poblaciones generales (p. ej. 1000 genomas).



Sin embargo, se sabe que las poblaciones locales tienen perfiles de
variabilidad específicos, que si no son tomados en cuenta pueden dejar
sin filtrar mucha variación no recogida en las poblaciones generales.
Disponer de información fiable sobre las variantes presentes en población
española sana y sus frecuencias poblacionales es, por lo tanto, una
necesidad para la el éxito de la investigación en nuevos genes de
enfermedad.



Ciberer Exome Server nace como herramienta pública, disponible de forma
gratuita para todos los investigadores para facilitar sus procesos de
interpretación y filtrado de las variantes genéticas de la




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238






población española encontradas en sus proyectos de secuenciación masiva
para buscar genes de enfermedad. Se espera obtener un avance cuantitativo
y cualitativo en la investigación orientada al descubrimiento de nuevos
genes de enfermedad que redundará, a corto plazo, en el aumento del
número de enfermedades diagnosticables y a más largo plazo muchos de
estos genes constituyen dianas terapéuticas que podrían dar lugar al
desarrollo de nuevos fármacos.



Disponer de las frecuencias de las variantes locales para filtrar, de
entre las variantes candidatas a ser causantes de la enfermedad estudiada
aquellas que son comunes en la población española, marca una diferencia
notable con respecto al uso de frecuencias poblacionales generales (p.
ej. 1000 genomas) o foráneas (p. ej. 750 genomas en Holanda). En
enfermedades monogénicas dominantes se estima que la capacidad de filtrar
es entre 5 y 10 veces mayor, y en el caso de recesivas entre 2 y 4 veces.



En términos prácticos esto quiere decir que se puede ahorrar en el proceso
de validación de los genes candidatos finales, en un factor entre 2 y 10
dependiendo del caso. Aunque no cuantificable tan fácilmente, también
conlleva un ahorro de tiempo en la investigación.



El Exome server no almacena ninguna muestra sino que contiene estadísticas
de la frecuencia agregada con la que aparecen las distintas variantes
genéticas o mutaciones, a partir de una serie de muestras de DNA
anonimizadas representativas de la población española. Estas frecuencias
están basadas actualmente en 75 exomas de individuos controles no
relacionados entre ellos y prevé llegar en breve a tener frecuencias
basadas en unos 400 exomas con la colaboración del proyecto Genoma Médico
y de diferentes grupos de investigación del Ciberer.



En todo caso, desde Ciberer se están estableciendo acciones para promover
el crecimiento de la base de datos, a través de la inclusión de
resultados de grupos de investigación particulares y de la colaboración
con proyectos internacionales que hayan generado información de
secuenciación masiva. En este marco dinámico y de proyección hacia el
futuro inmediato, el objetivo principal es disponer de la información
genética y genómica agregada de 1.000 exornas (conforme el proyecto
evolucione) de referencia representativa de la población española.



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051833



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Moreno Palanques, Rubén (GP).



Respuesta:



El convenio al que alude Su Señoría, tanto el marco como el específico, ha
sido suscrito por la Fundación Centro Nacional de Investigaciones
Oncológicas Carlos III/CNIO.



El programa formativo contempla acciones en diversos niveles.



1. Formación de formadores. Es un diseño de la Sociedad Española de
Medicina Familiar y Comunitaria (SEMFyC) mediante el que, un grupo de
médicos representativos de distintas CCAA o distintas áreas sanitarias,
reciben la formación para que sea transmitida al resto de profesionales
de Atención Primaria/AP de su CCAA. Esta estructura ya fue ensayada en el
I Curso de Formación en Cáncer Familiar para Médicos de Familia,
organizado por el Programa de Genética del Cáncer Humano (PGCH) del CNIO
y la SEMFyC celebrado en Madrid en 2008. El programa contempla dar
continuidad a este tipo de cursos.



2. Cursos online. Dirigidos a todos los médicos de AP con contenidos que
se estructuran en diferentes niveles de especialización. El PGCH del CNIO
organizó con la SEMFyC el I Curso online de Cáncer Hereditario al que se
accedía desde la web de la SEMFyC y que tuvo una gran acogida. El
programa contempla repetir este curso con contenidos actualizados y el
diseño de un nuevo curso de nivel más avanzado.



3. Material educativo para distribución en papel y online sobre cáncer
hereditario. El PGCH en colaboración con SEMFYC y el Instituto Roche ha
creado ya las primeras 10 guías rápidas sobre cáncer hereditario, a las
se puede acceder a través de la web MDI Campus del Instituto Roche.




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239






Un proyecto actualmente en desarrollo es el diseño de un poster con
información muy básica para colocar en las consultas de AP, de forma que
llegue a todos los pacientes que acuden a esa consulta.



4. Participación en congresos y reuniones de AP, interviniendo en mesas
redondas, comunicaciones, ponencias, etc.



Los avances en la asistencia que la Fundación Centro Nacional de
Investigaciones Oncológicas Carlos III espera que genere su acuerdo con
el Instituto Roche para mejorar la formación de los médicos de Atención
Primaria sobre cáncer hereditario se centra en una mayor participación
del médico de AP en el proceso de atención del cáncer hereditario,
incrementando su capacidad para la identificación de nuevas familias y su
selección para ser evaluadas en consultas especializadas.



El nuevo convenio refuerza el compromiso del CNIO en la difusión entre los
profesionales sanitarios, especialmente entre los profesionales de AP, de
los principios del cáncer hereditario, sienta las bases y da continuidad
a las acciones ya emprendidas y que venían realizándose de forma
esporádica.



Madrid, 16 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051835



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lara Moya, Cayo (GIP).



Respuesta:



El Tesoro comunicó en su estrategia de financiación para 2014 su
disponibilidad de poner en marcha un programa de Bonos y Obligaciones
indexados a la inflación europea:



'En 2013 se han dado los pasos necesarios para facilitar la emisión de
estos activos. Si se dan las circunstancias adecuadas, el Tesoro Público
estará en disposición de lanzar un programa de Bonos y Obligaciones
indexados a la inflación europea, con vistas en los próximos años a
formar una curva de referencias a las que pueda dotar de liquidez
mediante reaperturas frecuentes.'



El pasado 13 de mayo el Tesoro emitió su primera Obligación a 10 años
indexada a la inflación iniciando un nuevo programa líquido que permitirá
diversificar las fuentes de financiación.



Estas emisiones permiten alcanzar los siguientes objetivos:



1. Acceder a una nueva base inversora que demanda emisiones indexadas a la
inflación de un nuevo emisor soberano en un mercado líquido existente en
Europa. Se diversifica así la base inversora del Tesoro Público y se
reduce la presión sobre los instrumentos tradicionales.



2. Los pagos de inflación logran un mejor ajuste entre pasivos y activos
del Estado, ya que gran parte de los activos del Estado están vinculados
a la inflación española.



3. Se alarga la duración de la cartera.



España se une así a los fondos soberanos europeos con programas de
financiación de mayor tamaño, que ya tienen programas regulares de bonos
indexados a la inflación. Este es el caso de Francia (176.000 M € en
circulación a 31 de enero, un 12 % del total de la deuda en circulación),
Italia (133.565M € en circulación a 31 de diciembre, un 7,7 % del total
de la deuda en circulación) o Alemania (59.000M € en circulación, un 5 %
de su deuda en circulación). Otros grandes emisores que no pertenecen a
la zona euro también disponen de programas de deuda indexada
sustanciales, como es el caso de Estados Unidos o Japón.



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051917



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).




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240






Respuesta:



En contestación a la pregunta parlamentaria formulada por Su Señoría se
informa que el anteproyecto de Ley Orgánica de Protección de la Vida del
Concebido y de Derechos de la Mujer Embarazada, se encuentra en la fase
de informes y dictámenes.



Una vez valorados los informes evacuados, así como las consultas y
actuaciones practicadas, este anteproyecto de Ley Orgánica se someterá al
dictamen del Consejo de Estado.



Además en relación con las cuestiones formuladas, se informa que las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado asumen la función, entre otras,
de prevenir la comisión de actos delictivos y auxiliar y proteger a las
personas y asegurar la conservación y custodia de los bienes que se
encuentren en situación de peligro por cualquier causa.



Cuando se tiene conocimiento de la celebración ante los citados centros
médicos de concentraciones, durante las que pudieran perpetrarse actos
ilícitos o alteraciones del orden público que pongan en riesgo la
seguridad ciudadana o la integridad de personas y bienes, las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad disponen el operativo más adecuado a las
circunstancias concurrentes.



Madrid, 25 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051928



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Silva Rego, María del Carmen; Seara SobradO, Laura Carmen; Meijón
Couselo, y Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



La información disponible se encuentra recogida en el siguiente enlace
web:



http://www.msssi.gob.es/profesionales/saludPublica/prevPromocion/embarazo/home.htm



Respecto a 2013 se comunica que en la actualidad se está procediendo al
cierre, por parte de las CC.AA., de los datos de las interrupciones
voluntarias del embarazo para posteriormente elaborar las salidas
pertinentes para su publicación, por lo que no se dispone de la
información del número de interrupciones voluntarias del embarazo en la
provincia de Pontevedra.



Madrid, 10 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051949 y 184/051950



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Moya, Gracia, y Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



Las medidas incluidas en el Plan Estratégico de Infancia y Adolescencia se
pueden consultar en el siguiente enlace:



http://www.observatoriodelainfancia.msssi.gob.es/documentos/PENIA_2013-2016.pdf



El Plan incluye acciones como:



1. Ofrecer nueva información estadística sobre aspectos que afectan a la
infancia que contemplen la franja de edad 0-18 años, desagregados por
sexo, edad, situación de discapacidad y hábitat.



2. Propuesta para la aprobación un Plan Integral de atención para los
menores de tres años con graves discapacidades por el Consejo Territorial
del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia,




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241






con el objetivo de facilitar la atención temprana y rehabilitación de sus
capacidades físicas, mentales e intelectuales.



3. Impulsar acciones de defensa y promoción de la igualdad entre los
niños, con independencia de su sexo, edad, nacionalidad, pertenencia
étnica, discapacidad, religión, clase social o cualquier otra condición,
interviniendo desde la primera infancia para reducir las desigualdades
sociales existentes. En especial, promover, fomentar y difundir modelos
masculinos de asunción de responsabilidades y cuidados familiares con el
fin de eliminar estereotipos sexistas en la vida cotidiana de los
hogares.



4. Impulsar y desarrollar una cooperación multilateral con todos los
agentes implicados (CCAA, Corporaciones locales, movimiento asociativo,
expertos) en acciones de estudio, sensibilización, difusión de
información y buenas prácticas especialmente en colectivos con
necesidades diferentes como son los menores de edad con discapacidad,
formación de profesionales y promoción de servicios sociales
especializados.



5. Apoyo a familias o tutores con niños con discapacidad y/o situación de
dependencia.



6. Fomentar una visión crítica de la televisión en el entorno familiar,
escolar y social en general que sea constructiva, participativa y
respetuosa con los diferentes niños con discapacidad, minorías étnicas,
inmigrantes, etc..) con la colaboración de las administraciones públicas,
las organizaciones sociales y el sector audiovisual divulgando materiales
formativos y promoviendo alternativas atractivas para el público
infantil.



7. Fomentar la accesibilidad a las tecnologías de comunicación,
especialmente a Internet y a los medios audiovisuales, a todos los niños
con cualquier tipo de discapacidad.



8. Difundir una imagen social adecuada de los niños con discapacidad (y de
la discapacidad en general) evitando estereotipos o ideas preconcebidas.



9. Desarrollar líneas de investigación sobre la violencia en el hogar y en
los diferentes entornos contra los niños (especialmente los
pertenecientes a colectivos más vulnerables, como son los menores con
discapacidad, etc..), los malos tratos y los abusos sexuales y cualquier
otra forma de violencia en las relaciones paterno-filiales o en cualquier
otra relación asimétrica de poder, reflejando la realidad de estos
fenómenos en todo el territorio.



10. Impulsar foros de intercambio de información sobre proyectos
innovadores y efectivos en la prevención, detección y atención del
maltrato infantil y abuso sexual, con especial atención a la situación de
los niños y adolescentes con discapacidad.



11. Consolidar la gratuidad del segundo ciclo de educación infantil desde
los tres años de edad y la atención temprana a menores con discapacidad
para el desarrollo al máximo de sus capacidades.



12. Promover en el marco de la Estrategia Nacional de Promoción de la
Salud y Prevención de la Enfermedad la coordinación de las actuaciones de
promoción de la salud y prevención de las enfermedades de la infancia y
la adolescencia prestando especial atención a la población más vulnerable
(estimulación precoz en menores de edad con discapacidad, familias de
clases sociales desfavorecidas, con problemas de salud mental, menores
extranjeros no acompañados y minorías étnicas).



13. Elaborar estudios que recojan la opinión de niños y expresen sus
puntos de vista sobre la situación de la infancia y la adolescencia, las
decisiones que se toman y les afectan y crear instrumentos concretos y
eficaces para evaluar con rigor la calidad de las acciones destinadas a
promover la participación de la infancia y la adolescencia sin ningún
tipo de discriminación y garantizando que los niños con discapacidad
puedan expresar su opinión sobre cuestiones que les afecten.



14. Aplicar sistemas de indicadores de participación infanto-juvenil
inclusiva en sus entornos más cercanos que cuente con variables como la
discapacidad inmigración y minorías étnicas, que habrán de ser
complementarios con otros más generales relacionados con la infancia y
adolescencia.



15. Promover que la participación ciudadana sea un contenido transversal
en los programas de atención a la infancia, impulsando la creación de
Consejos, clubs de infancia y espacios de encuentro y relación con otros
colectivos optimizando espacios de diálogo, informando y difundiendo su
repercusión a los niños y adolescentes y desarrollando estrategias
comunes a través de las Corporaciones Locales y del movimiento asociativo
con especial incidencia en las zonas rurales y colectivos vulnerables
como menores de edad con discapacidad que tienen más barreras para la
para la participación social.



16. Promover programas que fomenten la formación en valores positivos
asociados al deporte, como el respeto, el trabajo en equipo y el
compañerismo, conjugando así el acceso al 'deporte para todos' y el
derecho al juego en entornos seguros sin discriminación por discapacidad
o cualquier otro tipo. 8.5.2. Optimizar las instalaciones para la
práctica deportiva.




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242






17. Promover la supresión de barreras para favorecer la plena
accesibilidad de niños y adolescentes con discapacidad o situación de
dependencia y su integración plena en sus barrios, incluyendo la
supervisión de las normas de tráfico en núcleos urbanos que permitan
desplazamientos seguros para todos e identificando puntos conflictivos o
peligrosos para ellos en el entramado urbano.



18. Avanzar en el fomento de las artes dirigidas a la incorporación activa
de los niños y adolescentes, sin discriminación alguna, como herramienta
para su desarrollo y enriquecimiento personal facilitando los medios para
que los niños con discapacidad puedan disfrutar en igualdad de la
participación y disfrute de los bienes culturales.



19. Promover acciones de carácter cultural (música, teatro, pintura...),
teniendo en cuenta la diversidad étnica, lingüística y social y
discapacidad física, sensorial e intelectual de los niños y adolescentes
a todos los niveles empezando por sus barrios, distritos y municipios,
escuelas, colegios e institutos.



20. Promover que todos los juguetes sean accesibles para los niños con
discapacidad a través de la colaboración de los fabricantes e impulsar la
concienciación de los distribuidores de esos productos.



Asimismo, el Boletín Oficial del Estado del 2 de agosto de 2013 publicó la
Resolución de 25 de julio de 2013, de la Secretaría de Estado de
Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Acuerdo del
Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía
y Atención a la Dependencia sobre criterios comunes, recomendaciones y
condiciones mínimas de los planes de atención integral a menores de tres
años en situación de dependencia o en riesgo de desarrollarla y
evaluación anual correspondiente al ejercicio 2012 de los resultados de
aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la
Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia
que se puede consultar en el siguiente enlace:



http://www.boe.es/boe/dias/2013/08/02/pdfs/BOE-A-2013-8539.pdf



Entre las acciones que propone el texto, cabe señalar las dirigidas a:



1. Facilitación de información sobre discapacidad y dependencia para la
adaptación y la plena inclusión social.



2. Orientación e información a las familias o tutores sobre las
posibilidades de solicitar el reconocimiento de grado de discapacidad, en
su caso, así como los servicios que puedan beneficiar al menor y/o a su
familia.



3. Desarrollo de acciones formativas básicas, dirigido al conocimiento
general y universal sobre promoción del desarrollo infantil /
discapacidad y dependencia, de los colectivos de profesionales del ámbito
sanitario, educativo y de servicios sociales.



4. Elaboración y ejecución de proyectos de investigación, en prevención,
desarrollo e innovación y tratamiento de las deficiencias y
discapacidades.



5. Realización de estudios sobre la situación y necesidades de los menores
de 3 años con discapacidad en colectivos desfavorecidos.



Madrid, 10 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051951 y 184/051952



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen, y Fernández Moya, Gracia (GS).



Respuesta:



La Ley 8/2013 de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación
urbana, establece en su artículo 10.3:



'3. Será posible ocupar las superficies de espacios libres o de dominio
público que resulten indispensables para la instalación de ascensores u
otros elementos, así como las superficies comunes de uso privativo, tales
como vestíbulos, descansillos, sobrecubiertas, voladizos y soportales,
tanto si se ubican en el suelo, como en el subsuelo o en el vuelo, cuando
no resulte viable, técnica o económicamente, ninguna otra solución para
garantizar la accesibilidad universal y siempre que asegure la
funcionalidad de




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243






los espacios libres, dotaciones públicas y demás elementos del dominio
público. A tales efectos, los instrumentos de ordenación urbanística
garantizarán la aplicación de dicha regla, bien permitiendo que aquellas
superficies no computen a efectos del volumen edificable, ni de
distancias mínimas a linderos, otras edificaciones o a la vía pública o
alineaciones, bien aplicando cualquier otra técnica que, de conformidad
con la legislación aplicable, consiga la misma finalidad.'



Asimismo, la citada Ley 8/2013 de 26 de junio, de rehabilitación,
regeneración y renovación urbana, en su artítuclo 12.1.b) establece:



'1. La delimitación espacial del ámbito de actuación de rehabilitación
edificatoria y de regeneración y renovación urbanas, sea conjunta o
aislada, una vez firme en vía administrativa, provoca los siguientes
efectos:



b) Legitima la ocupación de las superficies de espacios libres o de
dominio público de titularidad municipal que sean indispensables para la
instalación de ascensores u otros elementos para garantizar la
accesibilidad universal, siendo la aprobación definitiva causa suficiente
para que se establezca una cesión de uso del vuelo por el tiempo en que
se mantenga la edificación o, en su caso, su recalificación y
desafectación, con enajenación posterior a la comunidad o agrupación de
comunidades de propietarios correspondiente, siempre que resulte inviable
técnica o económicamente cualquier otra solución y quede garantizada la
funcionalidad del dominio público correspondiente.



Cuando, con las finalidades y con los requisitos previstos en el párrafo
anterior, fuere preciso ocupar bienes de dominio público pertenecientes a
otras Administraciones, los Ayuntamientos podrán solicitar a su titular
la cesión de uso o desafectación de los mismos, lo cual procederá, en su
caso, de conformidad con lo previsto en la legislación reguladora del
bien correspondiente.



Asimismo, la disposición final duodécima de la Ley 8/2013 modifica
diversos artículos del texto refundido de la Ley de Suelo, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, que inciden en la
apuesta de este Gobierno por la accesibilidad. En este sentido, se añade
un nuevo apartado 3 al artículo 2 de la Ley del suelo, por el cual, 'los
poderes públicos propiciarán la consecución de un medio urbano que esté
suficientemente dotado, en el que se ocupe el suelo de manera eficiente,
y en el que se combinen los usos de forma funcional, garantizando, en
particular:



b) La accesibilidad universal, de acuerdo con los requerimientos legales
mínimos, de los edificios de uso privado y público, de los espacios de
uso público y de los transportes públicos.'



Asimismo, en la Ley 9/2013, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley
16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y
la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, en su título II, donde
se recogen las disposiciones de aplicación general a los transportes por
carretera y a las actividades auxiliares y complementarias de los mismos,
establece como condición para quienes contraten una operación de
transporte como porteadores, que 'los vehículos destinados al transporte
de viajeros deberán cumplir las condiciones básicas de accesibilidad para
personas con discapacidad que reglamentariamente resulten exigibles'.
(Artículo 54.2.)



La citada ley además modifica la composición del Consejo Nacional de
Transportes Terrestres.



- El artículo 140.27.6 de la misma Ley califica como infracción muy grave:
'El incumplimiento de las condiciones de accesibilidad a los vehículos
establecidas con carácter general para todos los servicios públicos de
transporte regular de viajeros por carretera de uso general o
especialmente señalados en el pliego de condiciones o el contrato del
servicio de que se trate'.



Hasta esta modificación el incumplimiento de dichos requisitos era
considerado como infracción grave.



Se destaca que los requisitos mínimos de accesibilidad de los vehículos de
transporte de viajeros por carretera están establecidos
reglamentariamente, concretamente, en el Real Decreto 1544/2007, de 23 de
noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad
y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de
transporte para personas con discapacidad, modificado por Real Decreto
1276/2011, de 16 de septiembre.



Por otra parte, tienen además especial trascendencia a estos efectos los
pliegos de los concursos para la licitación de los servicios regulares de
transporte de viajeros, que exigen una accesibilidad mayor que la
prevista con carácter general en el citado real decreto.



Madrid, 11 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
244






184/051957 a 184/051960



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Fernández Moya, Gracia, y Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



En el 'Boletín Oficial del Estado' se publican las subvenciones concedidas
con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas en las que se especifican todas las asociaciones
beneficiarias así como la cuantía otorgada:



1. Resolución de 2 de febrero de 2011, de la Secretaría General de
Política Social y Consumo, por la que se publican las subvenciones
concedidas para la realización de programas de cooperación y voluntariado
sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas (BOE número 55 de 5 de marzo de 2011).



2. Resolución de 22 de febrero de 2012, de la Secretaría de Estado de
Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publican las subvenciones
concedidas al amparo de lo dispuesto en la Orden SPI/1191/2011, de 6 de
mayo (BOE número 74 de 27 de marzo de 2012).



3. Resolución de 26 de abril de 2013, de la Secretaría de Estado de
Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publican las subvenciones
concedidas al amparo de lo dispuesto en la Orden SPI/1199/2012, de 4 de
junio (BOE número 128 de 29 de mayo de 2013).



4. Resolución de 21 de marzo de 2014, de la Secretaría de Estado de
Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publican las subvenciones
estatales concedidas para la realización de programas de interés general
con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas, correspondiente al año 2013 (BOE número 105 de 30 de
abril de 2014).



Madrid, 11 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051967



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



En contestación a la pregunta formulada por Su Señoría se informa que se
desconocen las conclusiones contenidas en el preámbulo de la misma,
debiendo reseñar que la organización y ejecución de las pruebas de acceso
para la selección del personal de las Unidades de Intervención Policial
corresponden a la División de Formación y Perfeccionamiento a través del
Centro de Actualización y Especialización y el Gabinete Psicopedagógico.



Madrid, 16 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/051996



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Núñez, Alejandro (GS).



Respuesta:



En la actualidad los inmuebles que administra la Comisión Gestora de la
Extinta



Confederación Nacional de Cámaras Agrarias (Conca) son los siguientes:




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245






1. Edificio de la calle Agustín de Bethencourt, n.º 17, que dispone de 8
plantas, 3 plantas de sótano, 1 semisótano y 1 terraza, con una
superficie total de 9.250 m2 (incluida terraza).



2. Inmueble en la calle de Modesto Lafuente, n.º 65, escalera derecha,
piso 2.º derecha, con una superficie de 134, 90 m2.



3. Inmueble en la planta 4.ª de la calle San Bernardo, n.º 20, escalera
1-4.º, puerta 3, con una superficie total de 357, 86 m2.



En la presente Legislatura, se ha autorizado la realización de obras de
mejora de patrimonio en las plantas 2.ª y 7.ª del edificio de la calle de
Agustín de Bethencourt, n.º 17. Dichas obras fueron aprobadas en la
reunión de la Comisión Gestora del 16 de octubre de 2012, que también
acordó denegar a Cooperativas Agroalimentarias de España la cesión de uso
de la planta baja de este edificio, dado que es preciso alquilarla para
poder sufragar los gastos de mantenimiento. Asimismo, acordó, el pasado 6
de febrero de 2014, alquilar a la Mutua Activa las plantas Baja y
Primera, del edificio de Agustín de Bethencourt n.º 17.



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052007



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



El Plan de Acción de la Estrategia Española sobre Discapacidad, que
constituirá el marco de referencia en la definición de las políticas y
acciones estatales, y tendrá carácter facultativo para las comunidades
autónomas y las entidades locales, será aprobado próximamente.



Se ha solicitado la colaboración a tres ámbitos concernidos por el mismo:
Administración General del Estado, comunidades autónomas y administración
local, y asociaciones del sector de la discapacidad.



En cuanto a los Ministerios, se ha solicitado informe a los centros
directivos concernidos por los objetivos y medidas del Plan.



Asimismo, se ha solicitado informe a todas las comunidades autónomas y a
la Federación Española de Municipios y Provincias, administraciones para
las que el Plan tiene carácter facultativo.



Finalmente, el Plan ha sido presentado en el Consejo Nacional de la
Discapacidad, con gran participación de las entidades representativas de
la discapacidad.



El Plan supone un paso más en el compromiso del Gobierno de alcanzar de
manera efectiva la no discriminación, la plena igualdad de oportunidades
y la equiparación de derechos de las personas con discapacidad con el
resto de ciudadanos, teniendo como eje el impulso de la empleabilidad.



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052009



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



En los últimos años se ha vivido en España una situación extremadamente
complicada, a cuya corrección el Gobierno ha dedicado un gran esfuerzo,
con el objetivo de recuperar la confianza y volver a la senda del
crecimiento. Para ello, se pusieron en marcha un conjunto de medidas y
reformas estructurales, destinadas a dotar de flexibilidad y dinamismo al
sistema productivo y recuperar la




Página
246






productividad y competitividad de la economía española, estimular el
crecimiento económico y, con él, la generación de empleo.



En el ámbito del empleo se abordó una reforma laboral que, sustentada en
los principios de flexibilidad y empleabilidad, logró, en el corto plazo,
frenar la destrucción de empleo y, en el medio largo plazo, sentará las
bases para la creación de empleo estable y de calidad de manera
acompasada al crecimiento de la economía. Se está haciendo una profunda
reforma del modelo de políticas activas de empleo que se afianzará
próximamente con la aprobación de la Estrategia de Activación para el
Empleo 2014-2016. También se está revisando el sistema de formación para
el empleo, para lo que se ha abierto una mesa de negociación con los
Interlocutores Sociales con la finalidad de establecer, mediante acuerdo,
lo que deberá ser el modelo para los próximos años. Se ha puesto en
marcha la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven y se ha elaborado
el Plan de Implantación de la Garantía Juvenil para el período 2014-2020,
iniciativas cuyo objetivo es mejorar las oportunidades de empleo de los
jóvenes en la etapa de recuperación económica que ya se empieza a
vislumbrar.



Las medidas señaladas se han completado, recientemente, con las aprobadas
el pasado mes de diciembre, dirigidas a impulsar la contratación a tiempo
parcial y el contrato en prácticas así como la puesta en marcha del nuevo
sistema de simplificación administrativa de la contratación, y la que se
ha aprobado el pasado mes de febrero, relativa a la tarifa plana de 100
euros en la cotización a la Seguridad Social para los nuevos contratos
indefinidos que realicen las empresas y destinada, por tanto, a 'animar'
el empleo estable y de calidad.



Junto a las medidas de dinamización de la actividad y el empleo, el
Gobierno ha mantenido la garantía de un sistema de protección por
desempleo, que debido a la crisis está suponiendo la aplicación de un
gran volumen de recursos (30.000 millones de euros, habiéndose duplicado
desde el inicio de la crisis). Y lo ha hecho desde la sostenibilidad a
largo plazo, introduciendo algunos ajustes para reforzar su viabilidad, y
desde la solidaridad, prestando especial atención a los desempleados que
son más vulnerables.



A esta protección se añade el esfuerzo que se ha realizado al prorrogar de
forma indefinida (mientras la tasa de desempleo esté por encima del 20 %)
el Programa PREPARA, programa de política activa de empleo que lleva
asociada una ayuda económica y que ha reforzado su capacidad como
instrumento de inserción laboral para los colectivos más vulnerables.



En todo caso, el Gobierno trabaja para conseguir que el conjunto de
políticas puestas en práctica se traduzca en que cada vez más personas
encuentren y mantengan el empleo y cada vez menos tengan que recurrir al
sistema de protección por desempleo.



En el momento actual nos encontramos ya ante un cambio de tendencia, con
datos alentadores que muestran que se ha estabilizado el mercado de
trabajo y que, pese al todavía moderado crecimiento económico, se empieza
a crear empleo. Ello es fruto en gran parte de las reformas puestas en
marcha y del esfuerzo conjunto de la sociedad española.



Los datos de la Encuesta de Población Activa del cuarto trimestre de 2013
mostraban ya un crecimiento de empleo en términos desestacionalizados,
algo que no ocurría desde el primer trimestre de 2008. Por su parte,
desde el mes de octubre de 2013, el paro registrado ha venido
disminuyendo cada mes respecto al mismo mes del año anterior y haciéndolo
cada vez con mayor intensidad. En conjunto, en los últimos doce meses
(mayo 2013/2014) el paro registrado ha bajado en 318.543 personas. Y los
datos de afiliación a la Seguridad Social coinciden también con esta
evolución, mostrando que se está empezando a crear empleo neto: en el mes
de mayo de este año el número de afiliados ha aumentado en 198.320
respecto a los existentes en el mes de abril y en 261.361, en términos
interanuales. Con datos desestacionalizados, la afiliación lleva nueve
meses de crecimiento ininterrumpido.



Se está ahora en un momento crítico, a partir del cual se espera que las
cosas vayan mejor y que se consolide el crecimiento de la economía, lo
que permitirá empezar a generar un volumen significativo de empleo. De
hecho, la economía española ha empezado a crear empleo con tasas de
crecimiento del PIB muy inferiores a las que se necesitaban
anteriormente.



En marzo de 2014 se contabilizaron 15.600 beneficiarios de una prestación
por desempleo en la provincia de Ourense. Según los datos de la Encuesta
de Población Activa del primer trimestre de 2014, la tasa de paro en
Ourense fue del 22 %, casi cuatro puntos porcentuales menos. También
destaca que la provincia de Ourense cuenta con la menor tasa de actividad
de todo el país (un 47 % frente al 54 % de Galicia y el 59 % para
España). Esta tasa de actividad está muy influida por el relativamente
alto grado de envejecimiento de la provincia (los mayores de 65 años
suponen el 30 % de la población total frente al 18 % en el conjunto de
España).




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247






Por tanto, a la luz de estos datos, el porcentaje al que se alude en la
pregunta puede explicarse parcialmente por factores coyunturales
relacionados con la evolución del mercado de trabajo pero también
presentan un fuerte factor estructural derivado del alto grado de
envejecimiento de la población de Ourense, que implica que para un
elevado porcentaje de hogares su fuente de ingresos principal sea la
pensión de jubilación.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052010



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



Las cifras a las que se alude en la pregunta planteada deben ponerse en el
contexto de la doble recesión económica que vivió la economía española en
los periodos III tr. 2008-IV tr. 2009 y II tr. 2011-II tr. 2013. Una de
las consecuencias de la crisis ha sido el deterioro de la capacidad
adquisitiva de los hogares españoles como resultado, entre otros
factores, del aumento del desempleo, el proceso de moderación salarial o
las subidas impositivas necesarias para llevar a cabo el proceso de
consolidación presupuestaria.



No obstante, a pesar del contexto de deterioro de los principales
indicadores económicos durante los últimos años, en 2010 la renta per
cápita en Ourense según los datos de la Contabilidad Regional de España,
era de 18.675 euros (82,3 % respecto a la renta per cápita nacional)
mientras que en 2011, último año para el que se dispone de datos, la
renta per cápita orensana creció un 3,4 % para situarse en 19.305 euros,
convergiendo hacia la media nacional (85,1 %). La tasa de desempleo según
la Encuesta de Población Activa del primer trimestre de 2014 se sitúa en
Ourense en el 22,06 %, casi 4 puntos porcentuales por debajo del nivel
nacional.



La mejora de la situación económica española y, por tanto, también de la
de Ourense descansa en la aplicación de la estrategia de política
económica desarrollada en el Programa Nacional de Reformas. En la
actualización de dicho programa para el año 2014 se encuentran los
siguientes ejes que tienen como objetivo global reforzar las bases del
nuevo ciclo de crecimiento económico para que sea sostenible y su
composición sea equilibrada:



1. Saneamiento fiscal diferenciado y favorecedor del crecimiento.



2. Restablecimiento de las condiciones normales de crédito a la economía.



3. Fomento del crecimiento y la competitividad.



4. Lucha contra el desempleo y las consecuencias sociales de la crisis.



5. Modernización de la administración pública.



El desarrollo de esta estrategia debe afianzar el crecimiento económico y
generar nuevos puestos de trabajo, recuperando la renta disponible de los
hogares. Otra medida prevista que tendrá un impacto positivo sobre la
capacidad adquisitiva de los hogares españoles será la reforma fiscal
que, como se ha anunciado públicamente, incluirá una reducción de los
tramos de la tarifa y de los tipos del IRPF.



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052011



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).




Página
248






Respuesta:



El 25 de abril de 2014 el Consejo de Ministros aprobó el Plan Integral de
Apoyo a la Competitividad del Comercio Minorista de España 2014 (en
adelante el Plan Integral). El Plan Integral contempla 32 medidas
articuladas en 10 líneas de actuación desarrolladas por el Ministerio de
Economía y Competitividad en colaboración con el resto de ministerios,
las comunidades autónomas, las entidades locales, el Consejo Superior de
Cámaras, las Cámaras de Comercio, Mercasa y las principales
organizaciones empresariales.



El Plan Integral recoge las actuaciones de Red.es que, en el marco de la
Agenda Digital para España, tienen como objetivo extender las soluciones
de comercio electrónico y adaptación del comercio minorista a los nuevos
canales de venta, a través del programa de ayudas financieras para
contratar servicios de asesoramiento individual y especializado
(mentoring). Por otra parte, Red.es está poniendo en marcha un conjunto
de actuaciones basadas en talleres y materiales formativos diseñadas con
el fin de incentivar la implantación de soluciones tecnológicas para la
gestión de las pequeñas y medianas empresas comerciales.



Así mismo, y en el marco del convenio de colaboración suscrito por la
Dirección General del Comercio Interior de la Secretaría de Estado de
Comercio del Ministerio de Economía y Competitividad y el Consejo
Superior de Cámaras, éste está desarrollando, a través de las Cámaras de
Comercio, programas dirigidos al pequeño comercio para la mejora de la
gestión del punto de venta y la adopción de soluciones innovadoras, a
través de la realización de talleres formativos, diagnósticos asistidos a
los comercios y planes tutoriales de gestión del punto de venta.



El apoyo al emprendimiento en el sector comercial también es objeto de
medidas de asistencia y formación por parte de las Cámaras de Comercio.



La Línea 10 del Plan Integral contempla las medidas en materia de
formación y empleo competencia del Servicio Público de Empleo Estatal del
Ministerio de Empleo y Seguridad Social, constituyendo la generación de
empleo y la formación en el sector comercial y, singularmente, de los
colectivos con dificultades de inserción laboral un objetivo principal de
este Plan Integral.



En relación con ello, cabe destacar en primer lugar la cuestión relativa a
los certificados de profesionalidad regulados por el Real Decreto
34/2008, de 18 de enero, que son aquellos instrumentos de acreditación
oficial de las cualificaciones profesionales de las ocupaciones y
perfiles incluidos en el Catálogo Nacional de Cualificaciones
Profesionales por parte de la Administración laboral. A fecha 7 de junio
de 2014, el Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad (en
adelante RNCP) se compone de 587 certificados de profesionalidad.



Las características propias del comercio minorista obligan a considerar la
transversalidad de los ámbitos de formación y las necesidades del sector.
Los certificados de profesionalidad constituyen una oferta de formación
profesional para el empleo versátil y completa que puede incluir otras
familias profesionales vinculadas con el comercio minorista y que
resultan afines al sector.



Actualmente, se está abordando el desarrollo de una gestión de la
formación profesional para el empleo por competencias más ajustada a las
necesidades de los trabajadores y las empresas, con la previsión de
impulsar la acreditación de los certificados de profesionalidad tanto por
la vía formativa como por la de la acreditación de la experiencia
laboral. La mejora de la calidad de la formación atenderá las necesidades
de cualificación de los profesionales del sector, contribuyendo así a
mejorar los procesos y productividad de los profesionales.



En el registro general de certificados de profesionalidad, el número de
certificados de profesionalidad otorgados en la familia profesional de
comercio y marketing, entre 2011 y 2013, ascendía a 2.812 titulados. El
RNCP responde a los tres primeros niveles competenciales definidos en el
Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional de todos los
sectores productivos agrupados en 26 familias profesionales y 102 áreas
profesionales. En el registro general de certificados de profesionalidad
figuran como titulados desde 2011 a 2013, 98.574 personas.




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249







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Debe tenerse presente que estos datos responden únicamente a los registros
disponibles en el Servicio Público de Empleo Estatal, y que solo se
refieren a los certificados otorgados, siendo los beneficiarios de la
formación de certificados de profesionalidad superior ya que en la
actualidad no todos los graduados solicitan, al final del proceso
formativo, la expedición del correspondiente certificado de
profesionalidad.



Relación de certificados de profesionalidad de la familia profesional de
comercio y marketing directamente relacionada con el plan integral de
apoyo al comercio minorista (Oferta del Subsistema de formación
profesional para el empleo)



Código;Denominación;Nivel;Horas MF;Horas MP;Total horas;Publicado Real
Decreto (RD);Actualiz. RD



COML0110;Actividades auxiliares de almacén;1;170;40;210;RD 1522/2011;



COML0209;Organización del transporte y la distribución;3; 340; 80; 420;RD
642/2011;



COML0210;Gestión y control del aprovisionamiento;3;370;80;450;RD
1522/2011;



COML0309;Organización y gestión de almacenes;3;310;80;390;RD 642/2011;



COMM0110;Marketing y compraventa internacional;3;710;40;750;RD 1522/2011;



COMP0108;Implantación y animación de espacios comerciales;3;310;80;390;RD
1377/2008;




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250






Código;Denominación;Nivel;Horas MF;Horas MP;Total horas;Publicado Real
Decreto (RD);Actualiz. RD



COMT0210;Gestión administrativa y financiera del comercio
internacional;3;620;40;660;RD 1522/2011;



COMT0211;Actividades auxiliares de comercio;1;230;40;270;RD 1694/2011;



COMT0311;Control y formación en consumo;3;460;80;540;RD 1694/2011;



COMT0411;Gestión comercial de ventas;3;530;80;610;RD 1694/2011;



COMV0108;Actividades de venta;2;510;80;590;RD 1377/2008;RD 1522/2011



COMT0110;Atención al cliente, consumidor o usuario;3;420;40;460;RD
1522/2011;



COMM0111;Asistencia a la investigación de mercados;3;430;80;510;RD
614/2013;



COMM0112;Gestión de marketing y comunicación;3;730;80;810;RD 614/2013;



COMT0111;Gestión comercial inmobiliaria;3;540;40;580;RD 614/2013;



COMT0112;Actividades de gestión del pequeño comercio;2;450;80;530;RD
614/2013;RD982/2013



En segundo lugar, y en lo que se refiere a la formación de oferta, las
estimaciones de las convocatorias de la Fundación Tripartita para la
Formación en el Empleo en 2014, asumiendo un comportamiento similar al de
las anteriores convocatorias, prevén que se formen en torno a 26.000
participantes de la Comisión Paritaria Sectorial de Comercio en la
convocatoria de oferta estatal dirigida prioritariamente a ocupados.



En tercer lugar, hay que hacer mención a los contratos para la formación y
el aprendizaje que son aquellos contratos que combinan trabajo remunerado
con formación y que tiene como objeto la cualificación profesional de los
trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral en una
empresa con una actividad formativa. Esta formación se desarrolla en el
marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema
educativo, y el objetivo de la misma es la cualificación profesional de
las personas trabajadoras necesaria para la obtención de un título de
formación profesional de grado medio o superior, o de un certificado de
profesionalidad o, en su caso, de la certificación académica o
acreditación parcial acumulable.



Durante el año 2013 se celebraron 33.321 contratos para la formación y el
aprendizaje en la actividad del comercio, y en 2014, hasta mayo, se han
comunicado 15.183 contratos.



Asimismo, a lo largo de 2014 se renovará el marco normativo actual de
políticas activas de empleo, como una de las piezas claves de la reforma
de las políticas activas de empleo, lo que se abordará a través de la
aprobación de una nueva Estrategia Española de Activación para el Empleo
y la elaboración de tres nuevos Reglamentos, de Servicios, de Empleo y de
Formación Profesional para el Empleo.



El nuevo Reglamento de Formación será el instrumento jurídico en el que se
plasmará el nuevo modelo de programación, evaluación y financiación de
las políticas activas de empleo. Este nuevo reglamento supondrá la
revisión del subsistema de formación profesional para el empleo en su
conjunto y del entramado de normas que lo regulan, constituido
actualmente por el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se
regula el subsistema de formación profesional para el empleo así como por
sus normas complementarias y de desarrollo. Este proceso de revisión se
efectuará en coherencia con los




Página
251






acuerdos que se adopten en el marco del diálogo social, y con la reciente
doctrina del Tribunal Constitucional en esta materia.



A tal fin, se está procediendo a la revisión del Acuerdo de Formación
Profesional para el Empleo en el marco del Diálogo Social y se
profundizará en la coordinación entre el Estado y las comunidades
autónomas en esta materia.



Toda esta reforma del subsistema de formación profesional para el empleo,
tendrá incidencia, como es obvio, en la mejora de la cualificación de
trabajadores del sector del comercio.



Por último, el sector comercial se beneficiará de los resultados del
establecimiento de la Garantía Juvenil para la mejora de la empleabilidad
de los jóvenes. En este sentido, y de conformidad con lo previsto en la
disposición adicional quinta de la Ley 1/2014, de 28 de febrero, para la
protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes
en el orden económico y social, el Gobierno pondrá en marcha, en
coordinación con las comunidades autónomas, un Programa Operativo de
Empleo Juvenil en el marco de la gestión del Fondo Social Europeo en el
próximo período de programación 2014-2020 que sirva para canalizar los
recursos procedentes de la Unión Europea destinados a posibilitar que
todos los jóvenes de hasta 25 años reciban, de forma adecuada a su perfil
y en el plazo recogido en la recomendación del Consejo, una oferta de
empleo, educación continua, formación o período de prácticas, tras quedar
desempleados o haber terminado la educación formal. Dicho programa
responderá a las distintas realidades sociales territoriales existentes.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052015



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pezzi Cereto, Manuel (GS).



Respuesta:



El Tribunal de Cuentas Europeo en sus constataciones preliminares sobre la
Auditoría de la financiación del año 2013 del Programa Operativo Fondo de
Cohesión-FEDER 2007ES161PO009 (referencia PF-5622 de 15 de enero de 2014)
sobre el Gran Proyecto 'Línea de Alta Velocidad Antequera-Granada.
Plataforma. Fase II', en el 'Anexo 3-Tabla resumen de tipos de error'
(página 8/67), indica que: 'No hay ninguna observación'.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052019



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Muñoz González, Pedro José (GS).



Respuesta:



Los servicios de transporte ferroviario de media distancia convencional
sometidos a obligaciones de servicio público vienen recogidos en el
Acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 28 de diciembre de 2012.



Navalperal de Pinares cuenta con un servicio de Media Distancia que tiene
su llegada a Madrid en torno a las 8:00 horas de la mañana. En concreto,
este servicio tiene su salida de Ávila a las 6:29 h., pasa por Navalperal
de Pinares a las 6:51 h., llega a Madrid-Príncipe Pío a las 8:12 h. y
tiene destino final Madrid-Chamartín, a las 8:38 h.




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252






En caso de que alguna comunidad autónoma tuviera interés en la prestación
de servicios ferroviarios de viajeros adicionales, dicha comunidad
autónoma podrá formalizar el correspondiente contrato con
Renfe-Operadora, asumiendo la financiación del déficit de explotación de
dicho servicio.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052027 a 184/052029



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Barkos Berruezo, Uxue (GMx).



Respuesta:



Ante las diversas cuestiones planteadas por Su Señoría, debe señalarse que
los datos de criminalidad no son los únicos factores a tener en cuenta a
la hora de determinar el establecimiento de una nueva Unidad de la
Guardia Civil en Fitero (Navarra).



En este sentido, dada la responsabilidad general y no exclusiva de la
Policía Foral de Navarra, las competencias en materia de seguridad
ciudadana, presididas siempre por un criterio de complementariedad, son
desempeñadas de manera compartida con las Unidades de la Guardia Civil
desplegadas en la Comunidad Foral, las cuales asumen la responsabilidad
derivada de los ámbitos supracomunitario y extracomunitario.



Así, entre otras, además de las propias de la lucha antiterrorista,
generales en todo el territorio nacional, merecen ser citadas como
misiones más importantes desempeñadas por la Guardia Civil en la
Comunidad Foral, las siguientes:



- Lucha contra el crimen organizado, por medio esencialmente de la
actividad de las correspondientes Unidades Orgánicas de Policía Judicial
(UOPJs), con especial protagonismo de sus Equipos contra la Delincuencia
Organizada y Antidroga (EDOAs), y con apoyo, en caso necesario, de la
Unidad Central Operativa (UCO).



- Lucha contra el contrabando, como Resguardo Fiscal del Estado.



- Seguridad y protección de aquellas instalaciones que, por su interés, lo
requieran, a través de las correspondientes Unidades de Seguridad
especializadas.



- Servicio integral en relación a la legislación sobre Armas y Explosivos,
tanto desde un punto de vista de control administrativo (Intervenciones
Especiales, Ordinarias, de Comandancia y Zona), como operativo a nivel
especializado (Intervenciones y Equipos de Inspección de Zona y
Comandancias) y general de las Unidades desplegadas en el territorio
(inspección, control y escolta de transportes, vigilancia y supervisión
directa de consumos, etc.).



La Institución -al igual que en el resto del territorio nacional- asume un
papel de vertebración estatal, por lo que su despliegue, junto al de
otras instituciones de carácter nacional, ha de estar presente
efectivamente en todo el territorio español.



Finalmente, y tras la somera enumeración de responsabilidades y cometidos
a desarrollar por las Unidades del Cuerpo en la Comunidad Foral Navarra,
se puede afirmar que, en un proceso permanentemente de estudio y
adecuación del despliegue de Unidades y de efectivos a las necesidades y
cambios experimentados por la seguridad ciudadana a lo largo de toda la
geografía nacional, la constitución de un Puesto Ordinario en la
localidad de Fitero contribuirá a mejorar la calidad del servicio de
seguridad pública que la Institución presta tanto en el municipio como en
la comarca y está alineado con el compromiso institucional de cercanía y
atención inmediata a la población en demarcación del Cuerpo.



Por otra parte, el incremento en la tasa de criminalidad en la localidad a
la que se refiere Su Señoría, entre las posibles causas se muestran como
las más evidentes la mejor accesibilidad al municipio, tanto dentro de la
propia comarca como desde el eje de comunicaciones
Zaragoza-Logroño-Vitoria. Esta circunstancia impulsa el desarrollo
económico de la zona y, como consecuencia del mismo, el incremento de
forasteros, bien en régimen de transeúnte o como nuevos residentes. Este
contexto social y económico repercute también en el incremento de los
riesgos relativos a la delincuencia.



Madrid, 18 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
253






184/052032 y 184/052033



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Barkos Berruezo, Uxue (GMx).



Respuesta:



En anexo se aporta la información solicitada por Su Señoría. Por otra
parte, cabe señalar que la construcción de cualquier instalación de la
Administración Pública sólo puede llevarse a cabo cuando se cumplan todas
las exigencias legales aplicables al caso concreto.



Acuartelamientos de la Guardia Civil construidos desde el año 2009 hasta
el año 2014;;



Localidad;Provincia;Año de recepción



Almoradi;Alicante;2009



Benabarre;Huesca;2009



Corralejo-La Oliva;Tenerife;2009



Felanixt;Baleares;2009



Inchaurrondo;Guipúzcoa;2009



Jimena de la Frontera;Cádiz;2009



Llanes;Asturias;2009



Peal del Becerro;Jaén;2009



Quintanar del Rey;Cuenca;2009



Siruela;Badajoz;2009



Tamarite de Litera;Huesca;2009



Tarragona;Tarragona;2009



Tavernes de la Valldigna;Valencia;2009



Tías Puerto del Carmen;Las Palmas;2009



Tremp;Lerida;2009



Virgen del Camino Grs N.º 6;León;2009



Albadalejo;Ciudad Real;2010



Alcolea de Cinca;Huesca;2010



Argamasilla de Alba;Ciudad Real;2010



Azuqueca de Henares;Guadalajara;2010



Baena;Córdoba;2010



Balazote;Albacete;2010



Calaceite;Teruel;2010



Castilleja de la Cuesta;Sevilla;2010



Híjar;Teruel;2010



Illescas;Toledo;2010



La Gineta;Albacete;2010



La Rinconada;Sevilla;2010



La Victoria;Córdoba;2010



Las Pedroñeras;Cuenca;2010



Navia;Asturias;2010



Nueva Carteya;Córdoba;2010



Pulpí;Almería;2010



Santa Bárbara de Casas;Huelva;2010




Página
254






Acuartelamientos de la Guardia Civil construidos desde el año 2009 hasta
el año 2014;;



Localidad;Provincia;Año de recepción



Serón;Almería;2010



Siruela;Badajoz;2010



Trevélez;Granada;2010



Villalba de la Sierra;Cuenca;2010



Yeste;Albacete;2010



Ames;A Coruña;2011



Aracena;Huelva;2011



Baeza;Jaén;2011



Bollullos Par del Condado;Huelva;2011



Calahorra;La Rioja;2011



Calviá;Baleares;2011



Cazorla;Jaén;2011



Cella;Teruel;2011



El Provencio;Cuenca;2011



Formentera;Baleares;2011



Fuente del Maestre;Badajoz;2011



Gandesa;Tarragona;2011



Ibiza;Baleares;2011



Linares;Jaén;2011



Luintra-Nogueira de Ramuín;Ourense;2011



Malpartida de Plasencia;Caceres;2011



Moncada;Valencia;2011



Monforte de Lemos;Lugo;2011



Montilla;Córdoba;2011



Montoro;Córdoba;2011



Morella;Castellón;2011



Oleiros;A Coruña;2011



Oña;Burgos;2011



Oropesa del Mar;Castellón;2011



Pozoblanco;Córdoba;2011



Sa Pobla;Baleares;2011



Samos;Lugo;2011



Santa Comba;A Coruña;2011



Santo Domingo de la Calzada;La Rioja;2011



Tarifa-Torreplata;Cádiz;2011



Tobarra;Albacete;2011



Torrecilla en Cameros;La Rioja;2011



Utrera;Sevilla;2011



Valmojado;Toledo;2011



Villablino;León;2011



Vitigudino;Salamanca;2011



Xinzo de Limia;Ourense;2011



Olvega;Soria;2012




Página
255






Acuartelamientos de la Guardia Civil construidos desde el año 2009 hasta
el año 2014;;



Localidad;Provincia;Año de recepción



Santa Lucia de Tirajana;Las Palmas;2012



Calviá;Mallorca;2012



Utrera;Sevilla;2012



Formentera;Mallorca;2012



Guadix;Granada;2012



Lorca;Murcia;2013



Madrid, 18 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052037



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).



Respuesta:



En primer lugar, hay que poner de manifiesto que el Servicio Público de
Empleo Estatal (SPEE) realiza un importante esfuerzo enfocado a la
continua mejora de la calidad de los servicios que presta. En este
sentido, el proceso de modernización de su gestión a través de los
canales de atención telefónica y electrónica, alternativos a las oficinas
de prestaciones, ha permitido logros evidentes dirigidos a la ciudadanía,
dado que posibilita la realización en línea de la mayoría de los trámites
sin precisar desplazamiento a las oficinas de prestaciones, con el fin de
facilitar los mismos en la mayor medida posible.



De acuerdo con ello, se informa que los certificados de prestaciones
pueden obtenerse a través de la dirección electrónica del Servicio
Público de Empleo Estatal, www.sepe.es, accediendo mediante el usuario y
contraseña que se facilita en las oficinas de prestaciones en el momento
de solicitar una prestación por desempleo, o bien con DNI electrónico o
certificado digital. Alternativamente, el certificado se puede obtener
por correo, solicitándolo telefónicamente a través del número 901119999,
servicio del que el SPEE no obtiene ningún beneficio, asumiendo en copago
el coste de la línea al 50 % con el ciudadano.



Asimismo, el Servicio Público de Empleo Estatal ofrece la posibilidad de
realizar la llamada a través del número geográfico provincial
correspondiente, sin que esta opción suponga ningún coste adicional. La
información telefónica provincial de cada uno de los 3 servicios de
Atención Telefónica (Ciudadanos, Empresas y Cita Previa) se encuentra
publicada en la referida web del organismo en el siguiente enlace:



http://www.sepe.es/contenidos/inicial/attelefonica/telefonos.html



Por último, se indica que desde el año 2013 es posible obtener los
certificados de prestaciones en línea, además de por las formas ya
señaladas, mediante el acceso con datos de contraste relativos a la
prestación por desempleo, por lo que no se precisa de usuario y
contraseña, facilitando en todo lo posible su obtención.



En todo caso, se informa que los ciudadanos que acuden a las oficinas de
prestaciones a solicitar los certificados presencialmente son atendidos
por el personal de las mismas, sin que en ningún caso se haya
externalizado el servicio de emisión de los certificados de prestaciones,
el cual se facilita por el SPEE a través de las diferentes vías que
acaban de ser expuestas, y siempre con el objetivo de ofrecer un mejor
servicio a los ciudadanos.



Madrid, 12 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
256






184/052038



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Macias i Arau, Pere (GC-CiU).



Respuesta:



La Dirección General de Carreteras-DGC del Ministerio de Fomento utiliza
desde hace décadas equipos de auscultación automatizada. Todas las
auscultaciones de los firmes, pavimentos y señalización efectuadas por la
DGC están regidas por las normas de ensayo emanadas del Centro de
Normalización Europeo y recogidas en los Pliegos Generales y Particulares
de Obras de Carreteras del Estado. A este respecto, la Dirección General
de Carreteras realiza, en colaboración con el Centro de Estudios y
Experimentación de Obras Públicas-CEDEX, campañas de armonización de
equipos de auscultación de las que se obtienen las ecuaciones de
correlación que cada equipo individual debe aplicar si mide en la Red de
Carreteras del Estado.



En los Presupuestos Generales del Estado, que están desglosados por
provincias, las obligaciones reconocidas en el programa 453C de
conservación y explotación en 2012 y 2013, en la Comunidad Autónoma de
Cataluña, ascienden a 46.058.495,55 € y 96.850.985,75 €, respectivamente.
Dicho importe engloba las diferentes carreteras y municipios de la
provincia.



En los Presupuestos Generales del Estado, aprobados por las Cortes, se
encuentran recogidas las respectivas partidas presupuestarias para la
conservación y el mantenimiento de la Red de Carreteras del Estado para
cada provincia.



La Dirección General de Carreteras va realizando con cargo a dichas
partidas las actuaciones de conservación y mantenimiento que va
detectando como necesarias, de acuerdo con las prioridades y las
disponibilidades presupuestarias.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052040



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Riera I Reñé, Inmaculada (GC-CiU).



Respuesta:



En contestación a la pregunta de referencia se señala lo siguiente:



Según los datos presentados recientemente por el Banco Europeo de
Inversiones (BEI) de sus actividades en 2013, del total de 10.600
millones de euros de préstamos del BEI en España en 2013, 4.800 millones
de euros correspondieron a préstamos para pymes.



Es el BEI el que, siguiendo sus directrices y reglas de funcionamiento,
realiza la selección y negociaciones con los intermediarios de este tipo
de préstamos.



La financiación del BEI se realiza en estos casos a través de líneas de
crédito destinadas a una amplia gama de intermediarios financieros y al
sector público. Por lo tanto, ésta es la vía de canalización de los
préstamos intermediados a PYMES, en la que el Estado español no tiene
asignado un papel en particular.



Madrid, 9 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052042



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ciuró i Buldó, Lourdes (GC-CiU).




Página
257






Respuesta:



Según el Real Decreto 906/2003, de 11 de julio, relativo al etiquetado de
los productos alimenticios que contienen quinina o cafeína, sólo era
obligatorio en las bebidas indicar 'Contenido elevado de cafeína' en el
mismo campo visual en la etiqueta, si la cantidad de cafeína, sea cual
sea su fuente, tiene una proporción superior a 150 mg/l).



Con motivo de la revisión de la legislación relativa al etiquetado de los
alimentos, y la adopción del Reglamento (UE) 1169/2011, del Parlamento
Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2011 sobre la información
alimentaria facilitada al consumidor, se han ampliado las exigencias de
etiquetado de las bebidas y otros alimentos que contienen cafeína. Así, a
partir del 13 de diciembre de 2014, las que contengan cafeína, cualquiera
que sea su origen, con una proporción superior a 150 mg/l, o estén en
forma concentrada o seca y después de la reconstitución contengan
cafeína, en una proporción superior a 150 mg/l, deberán incluir la
leyenda 'Contenido elevado de cafeína: No recomendado para niños ni
mujeres embarazadas o en período de lactancia' en el mismo campo visual
que la denominación de la bebida, seguida de una referencia, al contenido
de cafeína expresado en mg por 100 ml.



Esta información deberá cumplir además los nuevos requisitos de
legibilidad, que establecen por ejemplo un tamaño mínimo de letra para
toda la información obligatoria de 1,2 mm en los alimentos en los que
superficie mayor del envase sea superior a 80 cm2, y de 0.9 mm en el
resto.



A partir de esa fecha, por tanto, se trabajará para que desde las
administraciones competentes se haga cumplir esta nueva ampliación de
inclusión en el etiquetado de las bebidas que contengan cafeína en una
proporción superior a 150 mg/l y se continuará difundiendo la información
relativa a la misma, así como del seguimiento de su cumplimiento.



Por otro lado se seguirá trabajando en los grupos al efecto dentro de la
Comisión Europea en cualquier modificación o iniciativa de modificación
de la legislación referente a información al consumidor en el etiquetado
de los productos.



En cuanto a la regulación de la publicad y venta de estos productos,
actualmente la normativa de etiquetado de los productos alimenticios,
regula el etiquetado, presentación y publicidad de los mismos. Por otro
lado, el Reglamento 1924/2006, relativo a las declaraciones de
propiedades nutricionales y saludables de los productos alimenticios,
regula los mensajes relativos a la relación entre los alimentos o sus
ingredientes y la salud. Bajo este Reglamento, se encuentran pendientes
de reevaluación por parte de EFSA de 5 declaraciones relativas a la
cafeína. Estas declaraciones posteriormente son debatidas por la Comisión
y los Estados Miembros antes de proceder a su autorización o denegación
con la publicación del consiguiente Reglamento



Madrid, 9 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052043



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GC-CiU).



Respuesta:



El informe de Asempleo se refiere al Boletín n.º 82 del mes de mayo del
presente ejercicio, que mensualmente elabora dicha Entidad. En el informe
se menciona que en el cuarto trimestre del 2013, último dato disponible
sobre vacantes de puestos de trabajo, el número de parados por cada
vacante era de 110. No obstante, en el informe también se menciona que
esa ratio ha disminuido un 17 % respecto al mismo trimestre de 2012,
debido al aumento de los nuevos puestos de trabajo (19 % interanual) y a
la reducción del número de parados (1,4 % respecto a un año antes). Al
valorar estos datos en el citado informe se menciona textualmente: 'una
tendencia positiva que es preciso destacar, aun cuando la cifra esté
lejos de las 22 personas desempleadas por vacante que había de media
durante el periodo comprendido entre 2005 y 2008'.



En definitiva, la ratio del número de parados por vacante en el cuarto
trimestre del pasado ejercicio seguía siendo elevada, si bien está
inmersa en un proceso de intensa reducción habría continuado en el




Página
258






primer trimestre de 2014, a tenor del favorable dato del paro EPA y de las
cifras de afiliación y paro registrado correspondientes al primer
cuatrimestre. Las perspectivas de paro y de creación de empleo (puestos
de trabajo ofertados) anticipan que la ratio número de parados por
vacante seguirá disminuyendo en los próximos trimestres.



El empleo se está creando principalmente en el sector servicios y, en
especial, en las ramas relacionadas con el turismo y la hostelería,
actividades de ocio en general y en los servicios ligados a la
producción. En cambio, el ajuste en las ramas de construcción e industria
todavía no ha finalizado, si bien en la industria estaría próximo a su
fin. El Servicio Público de Empleo Estatal y, en concreto, el
Observatorio Ocupacional de dicho servicio, realiza Estudios sobre
Ocupaciones Generadoras de empleo y sus perfiles Ocupacionales en
diversas actividades económicas como construcción, otras actividades
empresariales, hostelería, comercio al por menor e industria alimentaria.
La finalidad de los mismos es conocer las ocupaciones más demandas en el
mercado de trabajo y orientar a las personas que buscan activamente
empleo y a aquellas otras que necesitan reciclarse profesionalmente, o
van a iniciar sus estudios y necesitan orientación para decidir su
trayectoria profesional.



El informe explica también que el aumento de la oferta de empleo es
indicador de la recuperación del mercado de trabajo.



El Programa Nacional de Reformas de 2014 relaciona los sectores que son
prioritarios para impulsar la internacionalización de las empresas. Se
citan textualmente los siguientes:



- Sectores con trayectoria ascendente y destacada competitividad:
medicamentos, química, maquinaria industrial, maquinaria eléctrica,
metálicas básicas, productos agroalimentarios y textil- confección-moda.



- Sectores con elevada expansión de la demanda mundial: productos
metálicos y otros equipos de transporte.



- Sectores donde existe margen para ganar cuota para las exportaciones
españolas: productos de minerales no metálicos e instrumentos científicos
y ópticos.



- Otros: Tecnologías Facilitadoras Esenciales (TFE), el sector de
automoción, edición, madera y productos cerámicos, textil-moda



- Dentro del sector de servicios, existen, además del turismo, sectores de
atención preferente por su potencial internacional y potencial de
crecimiento. Entre ellos: servicios de consultoría, ingeniería y
arquitectura; servicios personales y culturales; servicios de transporte;
y servicios informáticos y de comunicación. Todos ellos son relevantes en
las exportaciones españolas.



Por otro lado, el Observatorio de las ocupaciones del Servicio Público de
Empleo Estatal publica periódicamente informes específicos en los que se
detallan aquellas ocupaciones que presentan una tendencia positiva en la
contratación, tanto a nivel nacional como de Comunidad Autónoma. El
último informe publicado se refiere a marzo de 2014.



La principal fuente de información que utiliza el Observatorio de las
Ocupaciones son los registros laborales administrativos de los Servicios
Públicos de Empleo, los datos de afiliación del Ministerio de Empleo y
Seguridad Social y la información procedente del Instituto Nacional de
Estadística. El Observatorio explota y analiza, de forma homogénea e
integral, la totalidad de los registros administrativos laborales de los
Servicios Públicos de Empleo de forma territorializada en todos los
niveles, tanto local y provincial como autonómico y nacional. Esta
información alcanza el máximo detalle y extensión cuando está referida a
ocupaciones de trabajadores y actividades económicas de las empresas.
Además de dichas fuentes el Observatorio obtiene información a través de
encuestas, entrevistas y consultas a empresas e informantes clave y, de
forma complementaria, se realiza un seguimiento de los distintos portales
de empleo, webs de empresa y entidades de selección con el objetivo de
determinar los perfiles de la oferta de empleo.



Este conjunto de información sirve de base, a su vez, para el desarrollo
de metodologías y generación de indicadores de carácter prospectivo, cuya
finalidad es analizar con regularidad la situación y tendencias del
mercado de trabajo y la detección de necesidades de formación.



De entre los distintos informes disponibles se señala una información de
las ocupaciones y de las actividades económicas con tendencia positiva en
la contratación, de periodicidad mensual y anual; informes anuales que
analizan el mercado de trabajo, con un capítulo dedicado exclusivamente a
las tendencias y ocupaciones potencialmente capaces de crear empleo,
tanto en el ámbito provincial como estatal. Asimismo, otro informe
'Perfiles de la Oferta de Empleo' detalla los requisitos demandados por
el sistema productivo en las ofertas de empleo que se publican en los
portales de Internet.




Página
259






En relación con los sectores, cada año se selecciona un sector con
potencialidad de creación de empleo y se elabora un estudio del mismo de
carácter prospectivo: Energías Renovables, Automoción, Turismo,
Hortofrutícola, Logística). Esta información se encuentra disponible en
la página web del Servicio Público de Empleo Estatal, en la siguiente
dirección: http://www.sepe.es/contenido/observatorio/



En un contexto de incertidumbre laboral y económica, la observación del
mercado de trabajo está ofreciendo apoyo a la programación de acciones
formativas adecuándolas a las necesidades y a las demandas del sistema
productivo, está proporcionando información relevante para los procesos
de orientación profesional, a los desempleados les permite conocer la
caracterización de los puestos de trabajo, sus condiciones, las
actividades económicas y ocupaciones más relevantes, los nuevos empleos y
la situación del mercado de trabajo y a los distintos gestores de
administraciones laborales y educativas les sirve para poner en marcha
planes y políticas de empleo y de formación.



En cuanto a la estrategia de creación de empleo, la generación de empleo
es uno de los principales objetivos del Gobierno y, en este sentido, se
han tomado medidas importantes. La orientación de la Política Económica
se ha dirigido, fundamentalmente, a sentar las bases para potenciar el
crecimiento económico equilibrado, factor más relevante para la creación
de empleo. De hecho, las previsiones económicas que han acompañado al
Programa de Estabilidad 2014-2017 se han revisado al alza respecto a las
anteriores, previéndose un crecimiento del PIB para 2014 del 1,2 % y del
1,8 % para 2015, tasas que conllevan una creación de empleo del 0,6 % en
el presente ejercicio y del 1,2 % en el próximo. En el mismo sentido, las
previsiones de crecimiento para España han sido revisadas al alza por el
conjunto de los analistas y los Organismos Internacionales de carácter
económico, como la Comisión Europea, la OCDE, el FMI,...



Respecto a actuaciones específicas en el mercado de trabajo para impulsar
la creación de empleo, las medidas han sido numerosas, destacando la
Reforma Laboral que el Gobierno a principios de 2012 puso en marcha
mediante el Real Decreto-ley 3/2012, que posteriormente fue aprobado en
el Parlamento mediante la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes
del mercado laboral. En este sentido, cabe mencionar que esta Reforma
Laboral ha introducido un mayor grado de flexibilidad en el mercado de
trabajo y ha estimulado la creación de puestos de trabajo reduciendo el
umbral de creación de empleo -antes de la misma se requerían tasas de
crecimiento del PIB por encima del 2 % para iniciar la creación de empleo
y ahora ese crecimiento se inicia con tasas significativamente
inferiores-.



Tanto el citado Programa Nacional de Reformas 2014 como la Estrategia de
Emprendimiento y Empleo Joven se han diseñado atendiendo de forma
conjunta a tres perspectivas: institucional, oferta y demanda.



La Reforma Laboral de 2012 ya incluía medidas que incidían
predominantemente en la creación de nuevo empleo, como los estímulos a la
contratación, las medidas de flexibilización laboral o aquellas que
fomentan la colaboración público-privada en la búsqueda de un puesto de
trabajo.



También hay medidas diseñadas para estimular el empleo entre las 100
incluidas en la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven. Por ejemplo,
entre las de alto impacto a corto plazo, o 'de choque', está incluida una
tarifa plana en la cotización a la seguridad social para el inicio de una
actividad por cuenta propia; u otras medidas dirigidas a fomentar el
espíritu emprendedor, como las nuevas medidas para la financiación del
autoempleo; o las nuevas facilidades para la contratación, como el
contrato 'primer empleo' joven, la 'vinculación formativa' para
incentivar la contratación a tiempo parcial de jóvenes o el contrato
'Generaciones' para incentivar la contratación de personas con
experiencia para su incorporación a nuevos proyectos de emprendimiento
joven.



Madrid, 18 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052056



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



Las bonificaciones actualmente en vigor por la contratación de personas
con discapacidad se encuentran reguladas en la Ley 43/2006, de 29 de
diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.




Página
260






Dicha Ley en su artículo 2.2 establece una graduación de la bonificación
en los supuestos de trabajadores con discapacidad, siendo ésta superior
en los casos de personas incluidas en alguno de los grupos siguientes:



a) Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o
personas con discapacidad intelectual, con un grado de minusvalía igual o
superior al 33 por 100.



b) Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía
reconocido igual o superior al 65 por 100.



Asimismo, el apartado 3 del referido artículo 2 determina que 'No obstante
lo establecido en el apartado anterior, cuando se trate de trabajadores
con discapacidad, que reúnan los requisitos a que se refiere el último
párrafo, contratados por un centro especial de empleo, mediante un
contrato indefinido o temporal, incluidos los contratos formativos, se
aplicarán las bonificaciones del 100 por 100 de la cuota empresarial a la
Seguridad Social (...)'.



Por tanto, en la normativa actual ya está prevista una graduación de las
bonificaciones en función del grado y tipo de discapacidad del trabajador
que se contrate.



Por su parte, la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la
reforma del mercado laboral, establece en el apartado 3 de la disposición
final duodécima que 'el Gobierno, a lo largo de la presente legislatura,
regulará un nuevo marco legal de medidas estatales de políticas activas
de empleo dirigidas de manera integrada a favorecer la inclusión laboral
de las personas con discapacidad, que establecerá los contenidos mínimos
que serán de aplicación en el conjunto del Estado. Transitoriamente las
acciones y medidas que puedan llevar a cabo las Comunidades Autónomas en
relación con las políticas activas de empleo dirigidas a los
discapacitados deberán respetar los contenidos comunes recogidos en las
medidas estatales de inserción laboral de personas con discapacidad
previstas en la Estrategia Española de Empleo 2012-2014 aprobada por Real
Decreto 1542/2011, de 31 de octubre'.



La regulación del nuevo marco de medidas de políticas activas de empleo
para las personas con discapacidad se acometerá dentro del desarrollo de
la nueva Estrategia Española de Activación para el Empleo. De acuerdo con
ello, en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales las
comunidades autónomas y el Ministerio de Empleo y Seguridad Social
acordaron las líneas de actuación en las que se basará la nueva
estrategia que van seguir las políticas activas de empleo en España.



Dicha reforma se abordará mediante la aprobación de una nueva Estrategia
Española de Activación para el Empleo, así como a través de la
elaboración de tres nuevos Reglamentos, de Servicios, de Empleo y de
Formación Profesional para el Empleo.



Concretamente, el Reglamento de Empleo establecerá la regulación aplicable
a los distintos programas que puedan ejecutar las comunidades autónomas
en materia de fomento del empleo, regulando los aspectos esenciales de
los 'programas comunes' que podrán ser aplicados y, en su caso,
desarrollados en sus aspectos no esenciales, por todos los integrantes
del Sistema Nacional de Empleo.



En todo caso, este desarrollo reglamentario incluirá un marco normativo de
programas estatales de Políticas Activas de Empleo dirigidas de manera
integrada a favorecer la inclusión laboral de las personas con
discapacidad. Asimismo, establecerá los contenidos mínimos que serán de
aplicación en el conjunto del Estado, pudiendo contener diferentes
medidas, o modificaciones de las actuales, todo ello con el objetivo de
favorecer la inserción laboral y el mantenimiento en el empleo del
colectivo de personas con discapacidad.



Madrid, 12 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052057



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la
Seguridad Social fueron creadas a partir del año 1900 con la denominación
de Mutuas Patronales de Accidentes de Trabajo y




Página
261






Enfermedades Profesionales y su finalidad era la de repartir entre los
empresarios asociados los riesgos y costes derivados de los accidentes
que se produjeran en sus instalaciones, con motivo de la responsabilidad
empresarial que instituyó la Ley de Accidentes de Trabajo en la Industria
promulgada en el año 1900.



En virtud de la Ley de Seguridad Social de 21 de abril de 1966, las Mutuas
de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad
Social pierden su primigenia naturaleza jurídica para transformarse en
Entidades Colaboradoras de la Seguridad Social, figura que tipifica y
regula desde entonces el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la
Seguridad Social (en adelante LGSS).



En consecuencia, las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades
Profesionales no son entidades aseguradoras, como se configuraron en sus
orígenes históricos, sino asociaciones de empresarios que, desde el año
1966, gestionan, por atribución del Estado, prestaciones y recursos
públicos de la Seguridad Social, bajo la dirección y tutela de su
titular, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, y aplicando el
régimen jurídico y económico común a las mismas, con independencia de la
Entidad Gestora o Colaboradora que desarrolle su gestión.



Por lo que se refiere al asunto de las 'altas presuntas' que se plantea,
se informa que el Sistema Nacional de Salud (SNS) nunca ha emitido altas
presuntas, por lo que resulta imposible que se les sustraiga algo que
nunca han tenido. La competencia del SNS es de mayor alcance del
señalado, pues le corresponde la emisión de los partes médicos de baja,
confirmación de baja y alta, y estas funciones no se modifican.



En cuanto a la capacidad de suscribir convenios de colaboración con las
Comunidades Autónomas, la misma la ostentan en virtud del Real Decreto
1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre
colaboración de las Mutuas de Accidente de Trabajo y Enfermedades
Profesionales de la Seguridad Social, sin que se haya manifestado ningún
inconveniente, ni por ese grupo parlamentario ni por ningún colectivo,
por lo que la capacidad que ahora se señala, no constituiría ninguna
novedad, sino que existe desde antiguo.



Respecto a la detracción de fondos del SNS como consecuencia de los
Convenios de Colaboración, haciendo referencia a los supuestos en que los
Servicios Públicos de Salud soliciten a las Mutuas la práctica de pruebas
médicas, tratamientos y asistencias al colectivo del ámbito protector de
los primeros, no se produce ninguna detracción, sino la necesaria
compensación económica por parte de los obligados a dispensar dichas
pruebas, tratamientos y asistencias a favor de las entidades que carecen
de recursos financieros a tal efecto, porque las cotizaciones sociales no
están habilitadas para financiar la asistencia sanitaria derivada de
contingencias comunes. Por el contrario, la falta de compensación
económica supondría infringir la obligación legal de separación de
fuentes financieras entre las prestaciones contributivas y las no
contributivas, que se estableció desde los denominados Pactos de Toledo y
que establece el artículo 86 de la LGSS. De manera que la asistencia
sanitaria mencionada debe financiarse con cargo a las aportaciones del
Estado al Presupuesto de la Seguridad Social y no con cargo a las
cotizaciones sociales.



Por otro lado, la obligación de compensación económica en estos supuestos
tampoco constituye ninguna novedad; por el contrario, supone la
aportación de instalaciones públicas para el mejor servicio de los
ciudadanos, los cuales y sus intereses deberían estar presentes y primar
sobre cualesquiera otros.



Por lo que se refiere a la cuestión sobre el ahorro estimado, de 227
millones de euros, se informa que dicha estimación se basa en el
porcentaje que representa el gasto sobre las cuotas ingresadas por
determinadas Mutuas, haciéndolo extensivo a todas ellas, y que el mismo
se producirá introduciendo mejoras de coordinación entre los servicios y
entidades competentes y no mediante el incremento de funciones a las
Mutuas, ya que todas ellas las tienen atribuidas desde antiguo. Las
mejoras además benefician a los trabajadores, ya que los retrasos
existentes por la ineficacia y descoordinación mencionadas, perjudican la
reincorporación laboral y con ello los intereses económicos, laborales y
morales de los trabajadores.



Además, debe indicarse que no existe previsión de incrementar el poder de
decisión de las Mutuas. Por ello, si la cuestión se refiere a la facultad
de formular al Servicio Público de Salud propuestas de alta médica, dicha
facultad fue concedida por el Real Decreto 576/1997, de 18 de abril, por
el que se modifica el Reglamento General sobre colaboración en la gestión
de las Mutuas de Accidente de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la
Seguridad Social. Las previsiones lo que introducen son mejoras en la
coordinación entre el proponente y el destinatario.




Página
262






Por último, cabe indicar que el efecto de los Convenios de Colaboración
será mantener el equilibrio de las cotizaciones sociales, pues según se
ha expuesto, las Mutuas no están habilitadas para financiar la asistencia
sanitaria que dispensa el SNS, que se financia con los tributos del
Estado. Simultáneamente producirá el efecto favorable al beneficiario de
poder ser asistido con mayor prontitud.



Madrid, 11 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052063



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Olabarría Muñoz, Emilio (GV).



Respuesta:



Los principales retos a los que se encuentra sometido el sistema de
Seguridad Social español, son los derivados del progresivo envejecimiento
de la población española y la reducción de la tasa de natalidad.



El progresivo envejecimiento origina que la estructura poblacional
española esté compuesta cada vez por un mayor número de pensionistas, y
que el número de años que una persona disfrute de la condición de
pensionista sea cada vez mayor como consecuencia del incremento de la
esperanza de vida. El efecto de este progresivo envejecimiento irá
aumentando en la década de 2030 y 2040.



La disminución de las tasas de natalidad origina por su parte, y como
consecuencia de la definición del sistema de Seguridad Social español
como un sistema de reparto, que las prestaciones de la Seguridad Social,
sean cada vez financiadas por un menor número de cotizantes, si es que la
reducción de la natalidad conduce a un menor número de trabajadores.



Como consecuencia de lo anteriormente señalado, y con el objetivo de
garantizar la sostenibilidad del sistema, no solo en el corto plazo, sino
en el medio y largo plazo, se han venido adoptando en los últimos años un
conjunto de medidas que tienen por objeto fomentar el envejecimiento
activo a la vez que incrementar la contributividad del sistema.



Hacia el primero de los objetivos se ha avanzado mediante el incremento,
en 2011, de la edad legal de jubilación, pasando de 65 a 67 años, si bien
se ha establecido un amplio periodo transitorio. A su vez se han adoptado
un conjunto de medidas accesorias, como lo son las relativas al
establecimiento de límites a la jubilación anticipada, el establecimiento
de coeficientes que incrementan la pensión cuando se acceda a una edad
superior a la edad legal de jubilación, la exención de la obligación de
cotizar por algunas contingencias para aquellos trabajadores que hayan
cumplido la edad legal de jubilación, continúen trabajando y gocen de
amplias carreras de cotización, el fomento de la compatibilidad del
trabajo y la pensión tras la edad legal de jubilación, etc. De igual
forma se han establecido penalizaciones a la discriminación negativa de
las personas de más edad en los procedimientos colectivos de regulación
de empleo.



Hacia el objetivo del incremento de la contributividad del sistema se
avanzó en 2011 aumentando el número de años considerados para el cálculo
de la base reguladora, premiando de esta forma las carreras largas de
cotización, así como incrementando los periodos para la obtención del 100
% de la pensión de jubilación,Adicionalmente, y con objeto de reforzar la
sostenibilidad del sistema, se ha aprobado la Ley 23/2013, de 23 de
diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de
Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social.



El objetivo básico de la introducción del Factor de Sostenibilidad y del
Índice de Revalorización de las Pensiones es garantizar la viabilidad
económica del sistema público de pensiones en el medio y largo plazo,
contribuir a un reparto equilibrado de las aportaciones y de las
prestaciones que se pueden obtener en diferentes momentos y situaciones,
garantizar la equidad entre generaciones, y establecer unas garantías
sobre la capacidad del sistema público de hacer frente a sus crecientes
obligaciones de gasto.



El Factor de Sostenibilidad se define como un instrumento que con carácter
automático permite vincular el importe de las pensiones de jubilación del
sistema de la Seguridad Social a la evolución de la esperanza de vida de
los pensionistas, a través de la fórmula que se regula en esta norma,
ajustando las cuantías que percibirán aquellos que se jubilen en
similares condiciones en momentos temporales diferentes.




Página
263






El automatismo de su aplicación garantiza la viabilidad del sistema sin
necesidad de continuas reformas, sin necesidad de alterar plazos o
periodos de otras medidas, con mayor seguridad jurídica, y con mayor
capacidad de planificación a largo plazo, que supera ampliamente el
horizonte de varias legislaturas.



La aplicación de esta medida contribuye a liberar al sistema de pensiones
de presiones y condicionantes políticos; es objetiva y previsible, y
permite evitar la necesidad de adoptar medidas drásticas o urgentes y
probablemente más ineficaces, con alto coste en términos de confianza en
el sistema.



Por otro lado, el Índice de Revalorización de las Pensiones es un
indicador que tendrá en cuenta factores objetivos que atiendan a la
capacidad financiera del propio sistema de pensiones a la hora de
revalorizarlas.



Así, relaciona el aumento anual de las pensiones con la evolución
económico-financiera del sistema de la Seguridad Social en los 5 años
previos y también en los cinco posteriores, además del año en curso.



Para evitar fluctuaciones y ofrecer confianza, certidumbre y tranquilidad
a los pensionistas se han introducido unos límites mínimos y máximos de
revalorización, de forma que se propone:



- Las pensiones siempre van a subir como mínimo un 0,25 %.



- Y que en épocas de bonanza se actualicen incluso por encima del IPC,
hasta un 0,50 % más.



En definitiva, las pensiones crecerán todo lo que la economía pueda
ofrecer, con la garantía de que siempre subirán, al menos un 0,25 %.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052064



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Salvador Armendáriz, Carlos Casimiro (GMx).



Respuesta:



En relación con la iniciativa parlamentaria de referencia, se informa que
se vienen aprobando diversas medidas dirigidas a mantener la cotización
durante los períodos de maternidad y así, la disposición adicional
cuadragésima cuarta, del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Seguridad
Social (en adelante LGSS), sobre la acreditación de períodos de
cotización asimilados por parto, establece que 'a efectos de las
pensiones contributivas de jubilación y de incapacidad permanente de
cualquier régimen de la Seguridad Social, se computarán, a favor de la
trabajadora solicitante de la pensión, un total de 112 días completos de
cotización por cada parto de un solo hijo y de 14 días más por cada hijo
a partir del segundo, éste incluido, si el parto fuera múltiple, salvo
si, por ser trabajadora o funcionaria en el momento del parto, se hubiera
cotizado durante la totalidad de las dieciséis semanas o, si el parto
fuese múltiple, durante el tiempo que corresponda'.



Los beneficios que se contemplan en la disposición adicional de la LGSS
hay que complementarlos, por otra parte, con los que establece la
disposición adicional sexagésima de la LGSS sobre beneficios por cuidado
de hijos o menores, en el que se reconoce como período cotizado a todos
los efectos, salvo para el cumplimiento del período mínimo de cotización
exigido, 112 días ampliables hasta 270 días (en el año 2019; en función
de las posibilidades económicas del sistema de Seguridad Social podrá
anticiparse antes de 2018, en el caso de familias numerosas) en el caso
de extinción de la relación laboral o de terminación del cobro de
prestaciones por desempleo, entre los 9 meses anteriores al parto y 6
años posteriores al nacimiento. Asimismo, la aplicación de los beneficios
establecidos como período cotizado no podrá superar los cinco años por
beneficiario.



Ciertamente, el reto demográfico al que se está enfrentando Europa y
también se enfrenta España es una realidad y esto hace que sean cada vez
más precisas las medidas de apoyo a las familias y las medidas de
conciliación de la vida laboral y profesional máxime en los casos de
familias numerosas.



Por ello, la Seguridad Social otorga protección a la familia a través de
prestaciones asistenciales, familiares y económicas, de pago único o de
pago periódico como son las prestaciones económicas de




Página
264






pago periódico por maternidad (contributiva y no contributiva),
paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia
natural, cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave,
prestaciones familiares por hijo a cargo, de pago periódico (hijo con o
sin minusvalía) y prestaciones familiares de pago único por parto o
adopción múltiple y por nacimiento o adopción en los supuestos de
familias numerosas, monoparentales y por madre discapacitada en grado
igual o superior al 65 %.



Por último se señala que la reforma de la legislación de protección a la
infancia presentada en el Consejo de Ministros del pasado 25 de abril,
prevé la modificación de la Ley de Familias Numerosas, muy demandada por
las familias, que pretende evitar que pierdan el derecho al título hasta
que el último de los hijos cumpla la edad establecida, es decir hasta que
el hermano menor cumpla 21 o 26 años en el caso de que esté estudiando.



Madrid, 12 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052067



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Fernández, Rosana (GMx).



Respuesta:



España, como Estado Miembro de la UE, no sólo está informada sobre la
marcha de las negociaciones sino que participa activamente en ellas
defendiendo los intereses de España.



Las relaciones económicas entre la Unión Europea (UE) y Estados Unidos
(EEUU) han sido siempre una referencia fundamental para el resto del
mundo dada la importancia económica de ambos actores que, conjuntamente,
producen casi la mitad del PIB mundial, intercambian un tercio de los
flujos comerciales mundiales y cuentan con más de 800 millones de
habitantes.



EEUU ocupa un papel muy relevante para España, muestra de lo cual son los
elevados flujos comerciales de bienes y servicios existentes entre ambos
países (respectivamente 18.897 millones de euros en 2013 y 3.479 millones
de euros en 2012, con un total de casi 3.000 empresas exportadoras) así
como las elevadas cifras de inversión alcanzadas (44.774 millones de
euros de stock de inversión en 2012, según Eurostat), que han convertido
a EEUU en el cuarto destino de la inversión española en el extranjero
(sólo por detrás de Reino Unido, Brasil y Países Bajos).



Todo lo anterior convierte el Acuerdo Transatlántico sobre comercio e
inversión (TTIP por sus siglas en inglés) en una oportunidad para
continuar profundizando en las relaciones económicas entre la UE y EEUU
de importancia estratégica para España al ser nuestro país uno de sus
principales beneficiarios potenciales: algunos estudios han cuantificado
que, de llegar a concretarse el TTIP, España sería el cuarto país de los
incluidos en la negociación que más puestos de trabajo crearía y el
cuarto país en el que más se incrementaría la renta per cápita a largo
plazo.



El Gobierno, de acuerdo con su compromiso con la transparencia, tiene
disposición absoluta a compartir toda la información disponible sobre la
negociación, dentro de las razonables limitaciones de confidencialidad
impuestas por la Comisión Europea a la hora de llevar a cabo un proceso
negociador.



Un reciente ejemplo de este compromiso ha sido la Conferencia
Internacional sobre el TTIP, organizada en Madrid por el Ministerio de
Economía y Competitividad, la Comisión Europea y las Embajadas en España
del Reino Unido, EEUU e Irlanda el 17 de marzo de 2014.



El Presidente de la Comisión de Economía y Competitividad del Congreso así
como varios portavoces de dicha Comisión y de la Comisión de Economía y
Competitividad del Senado fueron invitados expresamente a la Conferencia
Internacional que, además, estaba abierta a todos, al tratarse de un
evento público.



Por otra parte, el Gobierno de España, junto con la Comisión Europea y la
Embajada de los Estados Unidos en España, ha puesto en marcha una campaña
de información en torno a las negociaciones del TTIP y ha creado una
página web (http://uesp.es/ttip) donde encontrar la información más
relevante sobre las negociaciones.



Las negociaciones se encuentran aún en un estado muy inicial de modo que
la dirección concreta de las mismas aún no está definida si bien España
está a favor de un acuerdo lo más amplio y ambicioso




Página
265






posible pues este escenario es el que traerá, según todos los estudios
realizados, los mayores beneficios en términos de crecimiento económico y
de creación de empleo. En todo caso, la idea general detrás del TTIP no
es la de desregular sino la de aproximar regulaciones entre EEUU y la UE
lo cual, no sólo beneficiará directamente a las Partes implicadas, sino
que servirá de incentivo para que, por ejemplo, las negociaciones
multilaterales en el seno de la Organización Mundial del Comercio (OMC)
avancen de forma decidida gracias a la creación de estándares de comercio
que, dado el tamaño de las economías de la UE y de EEUU, serán relevantes
a nivel mundial.



La apertura de mercados a mayor competencia internacional no puede
interpretarse más que de forma positiva, siendo además las PYMEs las
principales beneficiadas de una eliminación de trabas al comercio
innecesarias. Las grandes multinacionales no necesitan del TTIP para
establecerse en ambos mercados, las PYMEs sí. En cualquier caso, toda
negociación comercial implica beneficios y concesiones. La UE, y España
como Estado Miembro, tratan siempre de buscar el equilibrio entre ambos
con el objetivo final de contribuir a la mejora de los estándares de vida
de los ciudadanos.



La Comisión Europea, que negocia en nombre de la UE, defiende el principio
de precaución en sus negociaciones. Este principio, mencionado en el
artículo 191 del Tratado de Funcionamiento de la UE, pretende garantizar
un elevado nivel de protección del medio ambiente mediante la toma de
decisiones preventivas en caso de riesgo. En la práctica, su ámbito de
aplicación es mucho más amplio y se extiende a la política de
consumidores, a la legislación europea relativa a los alimentos, a la
salud humana, animal y vegetal.



Basándose en dicho principio, la UE ha señalado que las regulaciones
básicas no serán objeto de negociación.



De acuerdo con lo anterior, la intención de la Comisión, que España
apoyará, será no cambiar las regulaciones básicas.



No parece razonable aceptar los estándares estadounidenses que no son
compatibles con las prácticas europeas, tal y como ha puesto de
manifiesto la propia Comisión Europea, en defensa de los principios
sanitarios comunitarios. La inflexibilidad de la Comisión a ceder en
estos, debería contribuir a mejorar la percepción que se tiene del
Acuerdo Transatlántico sobre comercio e inversión en algunos sectores que
lo asocian con una reducción de la seguridad alimentaria, cuestión
especialmente sensible para los ciudadanos europeos.



Lo anterior no es óbice para que ambas Partes se muestren dispuestas a que
en el curso de las negociaciones se puedan ofrecer procedimientos más
agiles para la autorización de ciertos productos.



La decisión de incluir un mecanismo de solución de disputas
inversor-Estado (ISDS, por sus siglas en inglés) dentro del TTIP no se
tomará hasta que no finalice, el 27-6-2014, la consulta pública lanzada
por la Comisión al respecto a través de la siguiente página web:



http://ec.europa.eu/yourvoice/ipm/forms/dispatch?userstate=prodhtml



En cualquier caso, si finalmente se incluyese, se haría sin perjuicio del
derecho de la UE y sus Estados Miembros a adoptar y ejecutar, de acuerdo
con sus respectivas competencias, las medidas necesarias para perseguir
legítimamente sus objetivos de políticas sociales, medioambientales, de
seguridad, de estabilidad del sistema financiero, de salud pública y de
seguridad.



El Gobierno de España apoya plenamente el Acuerdo Transatlántico sobre
comercio e inversión, como Estado Miembro de la UE, en la confianza de
que contribuirá a fomentar el crecimiento y el empleo en nuestro país,
tal y como indican todos los estudios previos sobre el TTIP.



El Gobierno informará del modo más preciso posible al Congreso de los
Diputados sobre el contenido y desarrollo de las negociaciones del TTIP.



El Acuerdo Transatlántico sobre comercio e inversión, como todos los
acuerdos comerciales de la UE desde la entrada en vigor del Tratado de
Lisboa, exige, además de la aprobación del Consejo Europeo, del que son
miembros los Jefes de Estado o Gobierno de todos los Estados Miembros
(elegidos democráticamente) el consentimiento del Parlamento Europeo,
cuyas elecciones han sido recientemente celebradas. Además, el Parlamento
Europeo es informado de forma continua por la Comisión de estas
negociaciones a través del Comité de Comercio Internacional (INTA -
International Trade Committee) del Parlamento Europeo.




Página
266






Además, dado que probablemente se tratará de un acuerdo de naturaleza
mixta (competencias comunitarias y nacionales), tendrá que ser aprobado
por todos los Parlamentos nacionales de los Estados Miembros de la UE.



Este proceso ofrece garantías y ningún grupo político se quedará sin poder
expresar su punto de vista sobre el TTIP, sea en el Parlamento Europeo,
sea en los Parlamentos nacionales.



Madrid, 9 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052087



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



En respuesta a la pregunta de referencia, el Gobierno manifiesta estar
trabajando para informar sobre la Unión Europea y dar a conocer a los
ciudadanos el trabajo y responsabilidades de las instituciones europeas.
Esta labor se lleva a cabo fundamentalmente desde el Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación, a través de la Secretaría de Estado
de la Unión Europea, que trabaja en las siguientes líneas de actuación
sobre comunicación de la Unión Europea:



1. La Secretaría de Estado para la Unión Europea, realiza una labor de
información y difusión de las decisiones tomadas en el ámbito europeo que
afecten a los ciudadanos con el objetivo de favorecer una mayor
vinculación entre la población española y las instituciones de la Unión.
La página web www.hablamosdeeuropa.es, desde su creación en 2005, es la
principal herramienta de la Secretaría de Estado para alcanzar este
objetivo mediante la comunicación institucional. El objetivo es informar
sobre la Unión Europea con el fin de promover y fomentar el interés de
los ciudadanos, y en particular de los más jóvenes, por todas las
cuestiones relacionadas con las instituciones de la Unión Europea. La
página web, www.hablamosdeeuropa.es, ha consolidado su presencia en
internet y hoy en día es una de las páginas web de referencia sobre temas
europeos en España, siendo también activa en redes sociales, Facebook y
Twitter.



2. Entre los objetivos de la Secretaría de Estado para la Unión Europea,
se encuentra el fortalecimiento del concepto de ciudadanía europea y
conseguir un mayor acercamiento del proceso de integración europeo a los
ciudadanos españoles. En el marco de la iniciativa 'Hablamos de Europa'
de esta Secretaría de Estado, existe una convocatoria anual de
subvenciones para la realización de todo tipo de acciones de comunicación
y actividades divulgativas sobre los temas prioritarios en el ámbito de
la Unión Europea.



La Secretaría de Estado para la Unión Europea formalizó en 2009 un Acuerdo
de Delegación con la Comisión Europea para el desarrollo de un Plan de
comunicación conjunto sobre la Unión Europea, con una vigencia de cuatro
años, a través de un Partenariado de Gestión. En virtud del cual, la
Secretaría de Estado para la Unión Europea ha actuado como órgano
intermedio, teniendo encomendadas las tareas de gestión y administrativas
de carácter general. Esta asociación de gestión ha tenido el objeto de
crear sinergias entre los medios de acción empleados por España y la
Comisión Europea, y coordinar actividades de información y comunicación
sobre la Unión Europea mediante un plan de comunicación conjunto,
financiado con fondos de la Comisión.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052134



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).




Página
267






Respuesta:



En relación con la moneda medieval objeto de la pregunta, acuñada en Jaca
por Pedro I y adscrita al Museo Arqueológico Nacional, el Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte no contempla la cesión o traslado de la
misma, ni ha recibido ninguna petición del Gobierno de Aragón en dichos
términos.



Madrid, 11 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052149



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



En relación con los proyectos interesados se indica que las previsiones de
actuación del Gobierno son las reflejadas en los Presupuestos Generales
del Estado de 2014.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052175



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



El número de efectivos disponibles de la Guardia Civil en la provincia de
Tarragona, a 31 de diciembre de 2013, era de 585.



Madrid, 16 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052176



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



El número de efectivos disponibles del Cuerpo Nacional de Policía en la
provincia de Tarragona, a 31 de diciembre de 2013, era de 340.



Madrid, 16 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052177



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).




Página
268






Respuesta:



Los datos públicos de criminalidad pueden consultarse en la página web del
Ministerio del Interior, en el apartado Anuarios y Estadísticas
(http://www.interior.gob.es/es/web/archivos-y-documentacion/documentacion-y-publicaciones/anuarios-y-estadisticas).



Madrid, 9 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052179



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



La información disponible por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales
e Igualdad, puede consultarse en el siguiente enlace web:



http://www.imserso.es/imserso_01/documentacion/estadisticas/pensiones_no_contributivas_jubilac ion_invalidez/index.htm



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052181 y 184/052182



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



En anexo se facilitan los importes de las pensiones contributivas del
sistema de Seguridad Social, en términos de obligaciones reconocidas,
correspondientes a los ejercicios 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013, en
la provincia de Tarragona, según los datos obtenidos del Sistema de
Información Contable de la Seguridad Social (SICOSS).



Importes en euros de las pensiones contributivas de la seguridad social en
término de obligaciones reconocidas desde 2008 A 2013 en la provincia de
Tarragona;;;;;;



Tipo de pensión;2008;2009;2010;2011;2012;2013



Incapacidad
permanente/invalidez;157.982.541,86;165.471.019,48;173.235.288,21;179.015.254,89;185.921.708,11;190.158.605,08



Jubilación;929.430.273,40;996.655.066,75;1.070.250.999,86;1.126.693.836,79;1.188.284.115,22;1.265.439.359,72



Viudedad;253.231.430,82;268.175.189,51;283.790.126,46;292.444.290,76;301.840.937,08;313.595.374,31



Orfandad;15.989.648,33;16.954.210,55;18.559.826,43;19.485.501,63;20.729.214,68;22.656.738,28



Favor de
familiares;1.151.736,05;1.143.476,55;1.141.247,24;1.182.323,76;1.224.439,31;1.196.095,97



Total pensiones
contributivas;1.357.785.630,46;1.448.398.962,84;1.546.977.488,20;1.618.821.207,83;1.698.000.414,40;1.793.046.173,36



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052224



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Cabaña, Francisco (GS).




Página
269






Respuesta:



La pregunta se circunscribe a la situación de crisis empresarial de la
planta que RPC Envases tiene en el polígono de Campamento en San Roque
-Cádiz-. Dadas las competencias transferidas a la Comunidad Autónoma de
Andalucía en materia de expedientes de regulación de empleo, operada en
virtud del Real Decreto 1035/1984, de 9 de mayo, cuando un despido
colectivo afecta sólo a trabajadores de un centro de trabajo, situado en
esa comunidad autónoma, corresponde a la Autoridad laboral de la misma la
tramitación de dicho expediente. En el escrito objeto de informe sólo se
hace referencia al centro de San Roque, no habiéndose presentado en la
Dirección General de Empleo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social
ninguna comunicación de despido colectivo por parte de la citada empresa,
por lo que no se dispone de información al respecto.



Madrid, 16 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052235



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada y por lo que se refiere al ámbito de
competencias del Ministerio del Interior, se informa que, desde el
comienzo de la presente legislatura, se ha venido defendiendo ante la
Unión Europea una política en el ámbito de la inmigración irregular
basada en las siguientes líneas de actuación esenciales:



- La prevención en origen



- La cooperación con los países terceros de origen y tránsito



- La lucha contra las redes criminales que trafican con los inmigrantes
mediante la adopción de medidas concretas.



- La mejora de la gestión de fronteras.



En sintonía con dichos planteamientos, el Gobierno solicitó apoyo real y
tangible a la Comisión Europea mediante una propuesta de medidas
concretas, recogidas en la solicitud girada a la Comisaria del ramo el 3
de marzo de 2014.



Además de lo anterior, la Agencia Europea para la Gestión de la
Cooperación Operativa en las Fronteras Exteriores (Frontex) ha apoyado y
apoya a España mediante diversas operaciones, como por ejemplo las
desarrolladas en la zona del Mediterráneo Occidental (Indalo y Minerva)
de influencia inmediata sobre Ceuta y Melilla.



Por último, cabe señalar que España es uno de los países de la Unión
Europea que ha defendido tradicionalmente la necesidad de reforzar el
papel de Frontex, en especial durante los trabajos de la Task Force para
el Mediterráneo, creada tras los dramáticos sucesos producidos en las
costas de Lampedusa acaecidos en octubre de 2013.



Madrid, 11 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052244



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: García Álvarez, María Caridad (GIP).



Respuesta:



En relación con la pregunta escrita de referencia, se informa que, en la
actualidad, se encuentra en fase de elaboración el Proyecto de Real
Decreto por el que se modifica el artículo 23 del Reglamento




Página
270






General sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad
Social, aprobado por Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, que
tiene por objetivo armonizar la regulación, de dicho artículo, con la del
artículo 109 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio,
adaptando su contenido a las actuales reglas del cómputo de la base de
cotización al Régimen General.



En dicho proyecto, se prevé una valoración diferente de las percepciones
en especie (por el coste marginal, en vez de por el coste medio), cuando
se trate de la prestación del servicio de educación infantil, primaria,
secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional hasta su
grado medio por centros educativos autorizados, a los hijos de sus
empleados, con carácter gratuito o por precio inferior al normal del
mercado. Regla de valoración diferente, que se justifica en las
especiales características del sector educativo, en la finalidad que
comporta intrínsecamente la educación y en el beneficio social que
conlleva, máxime cuando se trata, no del propio trabajador, sino de un
tercero, en este caso, los hijos de los empleados.



Ahora bien, debe tenerse en cuenta que se trata de un proyecto normativo
al cual se pueden incorporar o eliminar determinados aspectos, en las
distintas fases del procedimiento.



En este contexto, como parte del procedimiento, el pasado 26 de mayo,
dicho texto se remitió a los Agentes Sociales para su análisis y
formulación de las observaciones que estimen oportunas.



Madrid, 11 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052248



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GC-CiU).



Respuesta:



En relación con la pregunta escrita de referencia, se informa que como
consecuencia de las sucesivas recomendaciones y prioridades marcadas por
la Comisión del Pacto de Toledo y sus renovaciones parlamentarias, las
pensiones de viudedad han experimentado en los últimos años determinadas
modificaciones legales en su régimen jurídico.



Así, inicialmente se mejoró paulatinamente la cuantía de estas pensiones,
incrementando el porcentaje aplicable a la base reguladora, armonizando
el principio de contributividad con la cobertura de situaciones de
necesidad en el caso de las pensiones más bajas.



Posteriormente, se extendió a las parejas de hecho la posibilidad de
acceder por primera vez, en determinadas condiciones, a la pensión de
viudedad y se racionalizó el reparto de la pensión para los casos en que
pueden concurrir varios beneficiarios, en supuestos de divorcios o
separaciones legales. Asimismo, se ha suavizado la exigencia de pensión
compensatoria para acceder a la pensión de viudedad, en supuestos de
beneficiarios mayores de 65 años.



Por otra parte, y siguiendo las directrices de reformas de mejora de la
pensión, mediante la disposición adicional trigésima de la Ley 27/2011,
de 1 de agosto, sobre actualización y modernización del sistema de
Seguridad Social, se ha trasladado a la normativa de la Seguridad Social
la recomendación número 13 del Pacto de Toledo, en relación con la
necesidad de mejorar la acción protectora de la pensión de viudedad en
los beneficiarios mayores de 65 años en que esta pensión sea su principal
fuente de ingresos. Se pretendía incrementar de nuevo el porcentaje de la
base reguladora, pasando del actual 52 % al 60 % de forma gradual en ocho
años a partir del 1 de enero de 2012, que se utiliza para calcular la
pensión de viudedad. Al mismo tiempo se mandata al Gobierno para regular
un mecanismo corrector que permita una mayor progresividad en la
tributación en el impuesto sobre la renta de las personas físicas hasta
un importe equivalente a la pensión mínima de viudedad, en el caso de
pensiones de viudedad que se acumulen exclusivamente con rentas
procedentes del trabajo u otras pensiones.



La aplicación de dicho incremento, sin embargo, ha sido sucesivamente
aplazada desde 2012 como consecuencia de la necesidad de abordar la
reducción del gasto público, de acuerdo con las orientaciones y
recomendaciones establecidas por la Unión Europea y cumplir los objetivos
de estabilidad presupuestaria y de deuda pública.




Página
271






En conclusión, cualquier propuesta, medida o línea de actuación que pueda
afectar al ámbito de la acción protectora otorgada por el sistema de
Seguridad Social, incluidas las pensiones de viudedad, tendría que ser
necesariamente objeto de análisis, valoración y, en su caso, de
negociación en el marco de la Mesa del Diálogo Social existente para el
seguimiento y desarrollo del Pacto de Toledo, así como en la propia
Comisión del Pacto de Toledo, debido al alcance de su repercusión
económica y a su presumible incidencia en la sostenibilidad y viabilidad
del sistema público de pensiones.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052250



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GC-CiU).



Respuesta:



En España, la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos
laborales, y su normativa de desarrollo, determinan el cuerpo básico de
garantías y responsabilidades precisas para establecer un adecuado nivel
de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos
derivados de las condiciones de trabajo. La normativa que desarrolla la
Ley 31/1995, incluye el Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la
protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos
relacionados con los agentes químicos durante el trabajo, y el Real
Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre protección de los trabajadores
contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos
durante el trabajo, mediante el cual, se establecen las disposiciones
mínimas aplicables a las actividades en las que los trabajadores estén o
puedan estar expuestos a agentes cancerígenos como consecuencia de su
trabajo, sin perjuicio de aquellas disposiciones específicas contenidas
en la normativa vigente relativas a la prohibición de determinados
agentes o actividades cancerígenos, como sería el caso del amianto , y la
relativa a la protección sanitaria contra las radiaciones ionizantes.



El Real Decreto 665/1997 es de aplicación a todos los agentes cancerígenos
o mutágenos que estén o puedan estar presentes en los lugares de trabajo.
La definición de agente cancerígeno de este Real Decreto incluye aquellas
sustancias o preparados que cumplen con los criterios para su
clasificación como cancerígenos de primera o segunda categoría por la
normativa de notificación de sustancias nuevas, clasificación, envasado y
etiquetado de sustancias y preparados peligrosos (estén o no
clasificadas). De igual forma, se incluyen en la definición de agente
cancerígeno las sustancias, preparados o procedimientos especificados en
el anexo I del citado Real Decreto.



El principio de sustitución está incorporado en el citado Real Decreto, de
manera tal que 'en la medida en que sea técnicamente posible, el
empresario evitará la utilización en el trabajo de agentes cancerígenos o
mutágenos, en particular mediante su sustitución por una sustancia, un
preparado o un procedimiento que, en condiciones normales de utilización,
no sea peligroso o lo sea en menor grado para la salud o la seguridad de
los trabajadores'. Por lo tanto, el Real Decreto 665/1997 indica
claramente que, siempre que sea técnicamente posible, la medida
obligatoria para eliminar el riesgo por exposición a agentes cancerígenos
o mutágenos debe ser la sustitución de estos agentes o el procedimiento
que los origine. La obligación de la sustitución se mantiene incluso si
la alternativa (sustancia, preparado o procedimiento) es más costosa que
el original.



El hecho de que la normativa disponga que el empresario deba aplicar esta
medida de prevención siempre que sea técnicamente posible significa que
en la evaluación se debe contemplar esta solución, y si no se adopta, se
deberá justificar la imposibilidad técnica de llevarla a cabo. En caso de
que no sea técnicamente posible sustituir el agente cancerígeno o
mutágeno, el empresario garantizará que la producción y utilización del
mismo se lleven a cabo en un sistema cerrado (artículo 5.2 del Real
Decreto 665/1997). Cuando la aplicación de un sistema cerrado no sea
técnicamente posible, el empresario garantizará que el nivel de
exposición de los trabajadores se reduzca a un nivel tan bajo como sea
técnicamente posible (artículo 5.3). No obstante, en los casos en que,
después de haber planteado inicialmente la sustitución, se estime que
ésta no es técnicamente posible, el Real Decreto 665/1997




Página
272






enuncia en los apartados posteriores una serie de medidas, de aplicación
obligatoria por parte del empresario, cuyo objetivo será siempre reducir
al máximo la exposición a estos agentes.



Por lo que respecta al marco regulador de la comercialización de
sustancias químicas en el mercado interior europeo, el Reglamento (CE)
n.º 1907/2006 relativo al registro, evaluación, autorización y
restricción de sustancias y preparados químicos (Reglamento REACH),
tiene, como uno de sus objetivos, mejorar el nivel de protección de la
salud humana y del medio ambiente, imponiendo nuevos requisitos para la
comercialización de las sustancias más peligrosas, como son las
cancerígenas y las mutágenas, y estableciendo un proceso de autorización
de determinados usos de las mismas, que obliga, entre otras cuestiones, a
la búsqueda y estudio de alternativas. Se espera que ello favorezca la
sustitución de cancerígenos y mutágenos, fomentando la entrada de
sustancias menos peligrosas en el mercado y facilitando así al empresario
el cumplimiento de las disposiciones del artículo 4 del Real Decreto
665/1997.



De este modo, no se pueden poner en el mercado o usar las sustancias
incluidas en el listado del Anexo XIV del citado Reglamento REACH,
independientemente de su tonelaje, a menos que tengan la correspondiente
autorización. Además, se establece un mecanismo para el control de las
sustancias peligrosas mediante la restricción de las mismas, destinado a
regular o prohibir ciertas sustancias y usos que presenten un riesgo
inaceptable para la salud o el medioambiente y que estén incluidas en el
anexo XVII del Reglamento (CE) n.º 1907/2006.



Por otra parte, el Reglamento (CE) n.º 1272/2008 del Parlamento Europeo y
del Consejo (Reglamento CLP), estableció un nuevo sistema para la
clasificación y el etiquetado de sustancias y mezclas dentro de la Unión
Europea, basado en el Sistema Global Armonizado de Clasificación y
Etiquetado de Productos Químicos (SGA) a nivel internacional, en el marco
de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas. Esto ha dado
lugar a que se modifiquen determinadas Directivas relativas a la
seguridad y salud en el trabajo que contenían referencias al anterior
sistema de clasificación y etiquetado. Es el caso de la Directiva
2014/27/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de
2014, que modifica, entre otras, la Directiva 2004/37/CE sobre la
protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la
exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo, y que
establece un plazo de trasposición que finaliza el 1 de junio de 2015.



Por lo tanto, y para adecuar nuestro ordenamiento jurídico a las
disposiciones establecidas por esta nueva Directiva 2014/27/UE, y en lo
que respecta a agentes cancerígenos, se está trabajando en la
correspondiente modificación del Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo,
sobre protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con
la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.



Además, y para adaptarla a los cambios normativos impuestos por la
reglamentación REACH y CLP, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene
en el Trabajo, está trabajando en la revisión y actualización de la Guía
Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con
la exposición a agentes cancerígenos o mutágenos durante el trabajo, la
cual, proporciona los criterios y recomendaciones que pueden facilitar a
los empleadores y a los responsables de prevención, la interpretación y
aplicación del Real Decreto 665/1997, especialmente en lo que se refiere
a la evaluación de los riesgos para la salud de los trabajadores
involucrados y en lo concerniente a las medidas correctoras y el
acondicionamiento de este tipo de puestos.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052251



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GC-CiU).



Respuesta:



En relación con la pregunta escrita de referencia, se informa que la
cobertura de las enfermedades profesionales y las causadas por el
trabajo, se realiza a través de una doble vía:



1. A través de un reconocimiento automático de la enfermedad profesional.
Según el artículo 116 Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley




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273






General de la Seguridad Social (en adelante LGSS) un trabajador tiene
derecho a la cobertura por enfermedad profesional si dicha enfermedad ha
sido contraída a consecuencia del trabajo en las actividades que se
especifican en el cuadro de enfermedades profesionales aprobado por Real
Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de
enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se
establecen criterios para su notificación y registro (en adelante Real
Decreto 1299/2006) y está provocada por la acción de los elementos o
sustancias que se indiquen en dicho cuadro.



2. Por aplicación del artículo 115 de la citada LGSS que reconoce que las
enfermedades no catalogadas en el cuadro de enfermedades profesionales,
que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo,
serán consideradas accidente de trabajo, siempre que se pruebe que la
enfermedad tuvo causa exclusiva en la ejecución del mismo.



En la actualidad el sistema Cepross (Comunicación de Enfermedades
Profesionales en la Seguridad Social), recaba información de las
patologías sufridas por los trabajadores que están incluidas en el cuadro
de enfermedades profesionales.



Esta información se pretende ampliar incluyendo las enfermedades
reconocidas en aplicación del citado artículo 115 de la LGSS. Con este
objeto la Orden 1448/2010, de 2 de junio, por la que se desarrolla el
Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, por el que se regula el
establecimiento de un sistema de reducción de cotizaciones por
contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido
especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad, de
conformidad con el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de protección de datos de carácter personal, se crea el
fichero de datos personales de la aplicación informática Panotratss
(Fichero de Patologías no traumáticas causadas por el Trabajo A.T.)



A través del sistema de comunicación Panotratss, implantado en 2010, se
obtiene información sobre las enfermedades no incluidas en la lista de
enfermedades profesionales que contraiga el trabajador con motivo de la
realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo
por causa exclusiva la ejecución del mismo, así como, las enfermedades o
defectos, padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven
como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.



La información que proporciona este fichero se considera fundamental para
elaborar estadísticas de las enfermedades causadas por el trabajo,
completando así la información que hasta el momento se reducía a las
enfermedades profesionales.



A estos efectos, los resultados obtenidos indicarán si existen evidencias
respecto de algunas enfermedades causadas por el trabajo que deban quedar
incluidas en la lista de enfermedades profesionales.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052252



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GC-CiU).



Respuesta:



El artículo 161 bis.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social prevé que la edad mínima exigida para tener derecho a
pensión de jubilación en el Régimen General de la Seguridad Social podrá
ser rebajada por Real Decreto en aquellos grupos o actividades
profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa,
tóxica, peligrosa o insalubre y, acusen elevados índices de morbilidad o
mortalidad, siempre que los trabajadores afectados acrediten en la
respectiva profesión o trabajo el mínimo de actividad que se establezca.




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274






El procedimiento, regulado por el Real Decreto 1698/2011, de 18 de
noviembre, exige la realización previa de estudios sobre siniestralidad
en el colectivo o sector laboral. Cuando de éstos se desprenda que, o
bien existen excepcionales índices de penosidad, toxicidad, peligrosidad
o insalubridad y, asimismo, tengan elevados índices de morbilidad o
mortalidad en el desarrollo de su actividad, o bien que las condiciones
psicofísicas que se exigen para el ingreso en el colectivo y el
desarrollo de la actividad no pueden hacerse a partir de unas
determinadas edades, aunque el desarrollo de la misma no lleve consigo un
incremento del índice de siniestralidad, se entenderá que se cumplen los
requisitos exigidos en la legislación, respectivamente, para la reducción
de la edad de acceso a la jubilación, como consecuencia de la realización
de trabajos considerados de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica,
peligrosa o insalubre, o para la anticipación de la edad como
consecuencia de actividades en las escalas, categorías o especialidades
correspondientes, inviables a cierta edad.



Por tanto se trata de profesiones concretas y en las que se han elaborado
los estudios precisos para la aplicación específica de unos coeficientes.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052253



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GC-CiU).



Respuesta:



En España, se dispone de estimaciones sobre exposiciones a cancerígenos
laborales, basadas en los datos aportados por el proyecto europeo CAREX
(International Information System on Occupational Exposure to
Carcinogen), según el cual, en nuestro país, y con los datos aportados en
el período 1990-1993, un 25 % de los trabajadores estarían o podrían
estar expuestos a agentes clasificados como carcinógenos. Según este
estudio, los principales agentes carcinógenos laborales, en España, y por
número de trabajadores expuestos, serían: la radiación solar (1.100.000
trabajadores), humo de tabaco ambiental (700.000 trabajadores expuestos
como mínimo durante un 75 % del tiempo), sílice cristalina (400.000
trabajadores) y polvo de madera (400.000 trabajadores). Con un menor
porcentaje de trabajadores expuestos, se determinó que, en el ámbito de
determinadas actividades industriales era relevante la presencia de
determinados compuestos cancerígenos como son: el benceno (90.000
trabajadores expuestos), trabajadores de la industria del plástico y
caucho (90.000 trabajadores), dibromuro de etileno (80.000 trabajadores)
o amianto (57.000 trabajadores).



Tal y como reconoce el informe que hace balance de la Estrategia española
de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007-2012, uno de los indicadores más
complejos de evaluar es el impacto de las actividades enmarcadas en la
Estrategia sobre la incidencia de la enfermedad profesional. En el caso
de los agentes cancerígenos potencialmente presentes en el medio laboral,
los estudios científicos revelan que, excepto en casos muy concretos,
como serían los casos de mesotelioma pleural, en donde el amianto es
considerado como el factor causante de la enfermedad (riesgo atribuible
en un 80 % de los casos), la contribución de la ocupación al total de
cánceres diagnosticados no supera un 10 %, es decir, que estarían
influyendo otros factores como serían los relacionados con los hábitos de
vida, medioambientales, o de predisposición genética.



Para el caso concreto del amianto, cancerígeno reconocido como de
categoría 1A, se dispone de un registro de exposiciones, establecido a
través del 'Programa de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores que
han estado Expuestos al Amianto (Pivistea)' que actualmente desarrolla el
Gobierno en colaboración con las comunidades autónomas.



El 'Programa de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores que han estado
Expuestos al Amianto (Pivistea)', fue creado en el año 2004, tras ser
consensuado y aprobado en el seno de la Comisión de Salud Pública
(reunión de 12 de diciembre de 2002), por la Comisión Nacional de
Seguridad y Salud en el Trabajo (Plenario de 29 de enero de 2003) y por
el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (reunión de su
Comisión Delegada de 26 de febrero de 2003).




Página
275






El Programa se ha ido implantando progresivamente en las comunidades
autónomas desde el año 2004, y en la actualidad, se han registrado 1.529
empresas que realizan o han realizado actividad laboral con amianto, y
35.630 trabajadores que manipulan o en su día manipularon fibras de
amianto en su actividad laboral. Dicho Programa contempla, entre otras,
las siguientes actividades:



1. Elaborar un registro de trabajadores expuestos.



2. Establecer y facilitar los procedimientos de acceso a los exámenes de
salud post- ocupacionales por exposición.



3. Exámenes de salud post-ocupacionales iniciales por exposición al
amianto.



4. Establecer la continuación de la vigilancia de la salud
post-ocupacional.



5. Favorecer el reconocimiento médico-legal de las enfermedades derivadas
de la exposición al amianto.



El 12 de diciembre de 2013, el pleno de la Comisión Nacional de Seguridad
y Salud en el Trabajo aprobó el 'informe sobre la evaluación del Programa
de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores Expuestos al Amianto
(Pivistea)'.



Según dicho informe, en el período 2004-2012, el número de trabajadores
que fueron citados para realizar el primer examen de salud ha sido de
24.638 trabajadores, aunque no acudieron a la citación 2.431 (el 9,97 %).
De los 22.207 que acudieron a realizarse el examen de salud completaron
el seguimiento 21.635 trabajadores, lo que supone un 87,8 % de los
citados (datos de 13 Comunidades Autónomas).



Por lo que respecta a los trabajadores expuestos actualmente al amianto,
acudieron a realizarse el primer examen de salud 9.554 trabajadores
expuestos. El 98,28 % de los de los mismos lo completaron y no lo
hicieron un 1,72 %.



Respecto a los trabajadores que han estado expuestos al amianto
(post-expuestos), los citados para que acudieran a realizar el examen de
salud fueron 14.917. De estos el 80,99 % lo completaron, un 2,72 % no lo
finalizaron y no acudieron a realizar el examen el 16,30 % de los
trabajadores.



El Programa de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores que han estado
Expuestos al Amianto ha permitido diagnosticar 3.398 enfermedades
derivadas de la exposición al amianto, de las que, hasta la fecha, se han
reconocido como enfermedad profesional 64 casos, lo que supone un 1,88 %
del total de enfermedades diagnosticadas. Esta información procede de los
datos aportados por 5 comunidades autónomas. El resto de las comunidades
no tienen información sobre si han sido reconocidas o no. Las
enfermedades que se han reconocido con mayor frecuencia como
profesionales han sido la asbestosis (51,56 %), la fibrosis con
restricción respiratoria (17,17 %) y el mesotelioma pleural (14,06 %).



La experiencia que ha supuesto el Programa Pivistea para el caso del
amianto, demuestra que la investigación sobre las exposiciones a
cancerígenos ocupacionales requiere una implantación de sistemas de
recogida de información que permita integrar los datos de exposición
laboral y las historias clínicas de los pacientes, como punto de partida
para establecer una relación de causa-efecto que permita la
identificación de los casos de cáncer ocupacional. Se trata de un proceso
complejo dada la coexistencia de múltiples factores de riesgo (tabaco,
alcohol, la coexistencia de dieta, etc.) y la escasa especificidad de las
relaciones exposición-enfermedad, al menos hasta este momento. Los
avances que se están produciendo en la investigación sobre biomarcadores
permitirán asociar la patología a una determinada exposición.



Por otra parte, en 2006 fue modificado el listado de enfermedades
profesionales, a través del Real Decreto 1299/2006, para adoptar la
Recomendación 2003/670/CE de la Comisión, de 19 de septiembre de 2003,
relativa a la Lista Europea de Enfermedades Profesionales. A pesar de su
carácter de recomendación, nuestro país, no solo traspone al derecho
interno dicha norma, sino que la amplía y mejora. Para el caso de los
cancerígenos, se sistematiza y ordena en un solo grupo todos los factores
cancerígenos que en la lista de 1978 estaban dispersos, se incorpora
algunas de las enfermedades del Anexo II de la Recomendación 2003/607
(como las afecciones y cánceres broncopulmonares consecutivos a la
exposición al hollín, alquitrán, asfalto, brea de antraceno y sus
compuestos). Además, se incorporan nuevos agentes cancerígenos como son
el berilio, bis-(cloro- metil) éter, cadmio, hidrocarburos aromáticos
policíclicos, polvo de madera dura, radón, nitrobenceno, ácido
cianhídrico, cianuros, compuestos de cianógeno y acrilonitrilos.



El Real Decreto 1299/2006 también supuso la introducción de cambios en la
fuente de notificación, en el flujo de notificación, en el procedimiento
de información y comunicación de enfermedades profesionales, y la mejora
del contenido de la información en el parte de declaración de enfermedad
profesional. Además,




Página
276






esta normativa ha establecido las bases para facilitar la comunicación de
sospecha desde el sistema sanitario y desde los servicios de prevención
de riesgos laborales, la cual ha de realizarse a través de las
autoridades sanitarias competentes de las comunidades autónomas.



Por lo tanto, se debe seguir trabajando para establecer los mecanismos de
comunicación de la existencia de una enfermedad laboral, a través de las
unidades competentes de las comunidades autónomas, a la correspondiente
unidad gestora o colaboradora de la Seguridad Social. Esta dinámica
permitirá un importante avance en la cohesión del sistema, estableciendo
los vínculos necesarios que permitirán abordar de una forma integradora a
las enfermedades profesionales y supondrá una mejora en los sistemas de
declaración y con ello del conocimiento del impacto real de estas
patologías.



La Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social ha
suscrito a lo largo del año 2013 y en el presente año 2014 convenios de
colaboración con diversas comunidades autónomas para la realización de
actuaciones conjuntas en relación con los trabajadores afectos de
patologías derivadas de la utilización laboral del amianto.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052255



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GC-CiU).



Respuesta:



En la normativa laboral vigente ya está contemplada la reserva de puesto
de trabajo en supuestos de incapacidad permanente, no solo para la
enfermedad concreta a que se refiere la pregunta, sino con carácter
general para cualquier enfermedad, si bien sujeta al cumplimiento de
determinados requisitos y con una duración limitada a un periodo de dos
años. Así, el vigente artículo 48.2 del Estatuto de los Trabajadores
establece lo siguiente:



'En el supuesto de incapacidad temporal, producida la extinción de esta
situación con declaración de invalidez permanente en los grados de
incapacidad permanente total para la profesión habitual, absoluta para
todo trabajo o gran invalidez, cuando, a juicio del órgano de
calificación, la situación de incapacidad del trabajador vaya a ser
previsiblemente objeto de revisión por mejoría que permita su
reincorporación al puesto de trabajo, subsistirá la suspensión de la
relación laboral, con reserva del puesto de trabajo, durante un periodo
de dos años a contar desde la fecha de la resolución por la que se
declare la invalidez permanente.'



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052257



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campuzano i Canadés, Carles (GC-CiU).



Respuesta:



El artículo 116 del Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, establece que 'se entenderá por enfermedad profesional la
contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las
actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las
disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esté
provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro
se indiquen para cada enfermedad profesional'.




Página
277






El Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las
disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con
riesgo de exposición al amianto, establece en su artículo 7 que todas las
empresas que vayan a realizar actividades u operaciones en las que sus
trabajadores estén expuestos o sean susceptibles de estar expuestos a
fibras de amianto o de materiales que lo contengan deberán de inscribirse
en el Registro de empresas con riesgo por amianto existente en los
órganos correspondientes de la autoridad laboral del territorio donde
radiquen sus instalaciones principales.



Por su parte, el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se
aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la
Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y
registro, en su Anexo I recoge la nueva lista de enfermedades
profesionales que sigue la Recomendación 2003/670/CE de la Comisión, de
19 de septiembre de 2003.



En el nuevo cuadro de enfermedades profesionales, aprobado por el citado
Real Decreto 1299/2006, las enfermedades se clasifican en 6 grandes
grupos: 'Grupo 1. Enfermedades causadas por agentes químicos', 'Grupo 2.
Enfermedades causadas por agentes físicos', 'Grupo 3. Enfermedades
causadas por agentes biológicos', 'Grupo 4. Enfermedades causadas por
inhalación de sustancias', 'Grupo 5. Enfermedades de la piel' y 'Grupo 6.
Enfermedades causadas por agentes carcinógenos'.



Se establece una codificación de la enfermedad profesional en 6 dígitos.
El primero de ellos indica el grupo de enfermedad, el segundo el agente,
el tercero el subagente y los dos últimos la actividad laboral.



Dentro del Grupo 6. 'Enfermedades profesionales causadas por agentes
carcinogénicos', se recogen aquellas enfermedades en las que el agente
causante ha sido el 'A. Amianto' y dentro de éste el subagente 03.
'Mesotelioma de pleura'.



Para la evaluación médica de los trabajadores que padecen un mesotelioma
pleural con antecedentes de exposición laboral al amianto se realiza el
procedimiento general previsto por el Real Decreto 1300/1995, de 21 de
julio, por el que se desarrolla, en materia de incapacidades laborales
del sistema de la Seguridad Social, la Ley 42/1994, de 30 de diciembre,
de medidas fiscales, administrativas y de orden social.



A fin de protocolizar y agilizar la valoración médica de los trabajadores
que padecen patologías que pudieran tener relación con la exposición
laboral al amianto, la Dirección General del Instituto Nacional de la
Seguridad Social ha suscrito a lo largo del año 2013 y en el presente año
2014 convenios de colaboración con diversas comunidades autónomas para la
realización de actuaciones conjuntas en relación con los trabajadores
afectos de patologías derivadas de la utilización laboral del amianto.
Los convenios suscritos hasta esta fecha son los siguientes:



Con la Comunidad Autónoma del País Vasco: firmado el 15 de febrero de
2012, prorrogado mediante adenda el 14.02.2013 y en la actualidad
pendiente de trámite de nueva prórroga.?Con la Consejería de Sanidad de
la Comunidad de Madrid: firmado el 31 de mayo de 2013 (Resolución de 3 de
febrero de 2014 publicada en el BOE de 28 de febrero de 2014).



Con la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Castilla y León: firmado
el 4 de noviembre de 2013 (Resolución de 11 de febrero de 2014 publicada
en el BOE del 28 de febrero de 2014).



Con la Consejería de Salud de la Comunidad Foral de Navarra: firmado el 21
de octubre de 2013 (Resolución de 11 de febrero de 2014 publicada en el
BOE de 28 de febrero de 2014).



Con la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Galicia: firmado el 14 de
marzo de 2014 (Resolución de 29 de mayo de 2014, publicada en el BOE de
12 de junio 2014).



Con la Consejería de Sanidad de la Comunidad Valenciana: firmado el 14 de
abril de 2014 (Resolución de 19 de mayo de 2014, publicada en el BOE de
30 de mayo 2014).



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052265



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ciuró i Buldó, Lourdes (GC-CiU).



Respuesta:



La Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los
deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social supuso
una modificación y mejora del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de
medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.




Página
278






A través de la Ley 1/2013, se modificó el Código de Buenas Prácticas, así
como la composición y el funcionamiento de la Comisión de Control
encargada del seguimiento del cumplimiento del Código por parte de las
entidades.



Tal y como establece el artículo 6.4, 'La Comisión de Control recibirá y
evaluará la información que [...] le traslade el Banco de España y
publicará semestralmente un informe en el que evalúe el grado de
cumplimiento del Código de Buenas Prácticas.'



La Ley 1/2013 deja claro el contenido de la información que las entidades
deberán remitir al Banco de España. En concreto, el artículo 6.5 del Real
Decreto-ley 6/2012 establece lo siguiente:



'Las entidades adheridas remitirán al Banco de España, con carácter
mensual, la información que les requiera la comisión de control. Esta
información incluirá, en todo caso:



a) El número, volumen y características de las operaciones solicitadas,
ejecutadas y denegadas en aplicación del Código de Buenas Prácticas, con
el desglose que se considere adecuado para valorar el funcionamiento del
Código.



b) Información relativa a los procedimientos de ejecución hipotecaria
sobre viviendas de personas físicas.



c) Información relativa a las prácticas que lleven a cabo las entidades en
relación con el tratamiento de la deuda hipotecaria vinculada a la
vivienda de las personas físicas.



d) Las reclamaciones tramitadas conforme a lo previsto en el apartado
siguiente.



La Comisión de Control podrá igualmente requerir a las entidades adheridas
cualquier otra información que considere apropiada en relación con la
protección de deudores hipotecarios.'



Además en el Plan Estadístico Nacional 2013-2016, con numeración 6316, se
ha incluido una nueva estadística sobre Ejecuciones Hipotecarias, que
tiene la finalidad de conocer con carácter trimestral la evolución de las
ejecuciones hipotecarias iniciadas (inscritas en el registro de la
propiedad) en proceso según la naturaleza de las fincas, como posible
aproximación a la evolución de los desahucios.



La difusión será trimestral y los datos correspondientes al primer
trimestre de 2014 se publicarán el próximo 30 de junio de 2014.



Madrid, 18 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052267



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Macias i Arau, Pere (GC-CiU).



Respuesta:



Se adjuntan en anexo las tablas que incluyen el resumen de plantilla de
personal correspondiente al I Convenio colectivo del Grupo Aena en sus
aeropuertos situados en la Comunidad Autónoma de Cataluña y en la
Comunidad Autónoma de Madrid, a fecha 30 de abril de 2014, según los
distintos criterios de agrupación solicitados.



Datos personal Aena Aeropuertos en la Comunidad Autónoma de Cataluña



Personal según tipo de contratación (fijo o eventual):;;;



;Contrato;;



Centro;Fijo;Temporal;Total



Aeropuerto Barcelona-El Prat;718;88;806



Aeropuerto Girona-Costa Brava;101;15;116



Aeropuerto Reus;70;8;78




Página
279






Personal según tipo de contratación (fijo o eventual):;;;



;Contrato;;



Centro;Fijo;Temporal;Total



Aeropuerto Sabadell;16;4;20



Personal según categoría profesional:;;;;;;



Centro;Nivel Retributivo;;;;;



;A/B;C;D;E;F;Total



Aeropuerto Barcelona-El Prat;133;151;443;4;75;806



Aeropuerto Girona-Costa Brava;12;20;84;0;0;116



Aeropuerto Reus;11;15;47;0;5;78



Aeropuerto Sabadell;2;2;16;0;0;20 Personal según ocupación:;;;;;;



Centro;Administrativo;Mantto. y Servicios Generales;Operacs. y
Servicios;Sistemas de Informac. ;Titulados;Total



Aeropuerto Barcelona-El Prat;116;182;337;38;133;806



Aeropuerto Girona-Costa Brava;17;19;65;3;12;116



Aeropuerto Reus;8;13;44;2;11;78



Aeropuerto Sabadell;2;3;13;0;2;20



Personal con régimen de turno o con jornada normal:;;



;Jornada;



;Normal;Turnos



Cataluña;39,7 %;60,3 %



Datos personal Aena E.P.E en la Comunidad Autónoma de Cataluña



Personal según tipo de contratación (fijo o eventual):;;;



Centro;Contrato;;



;I Convenio Grupo;;Total



;Fijo ;Temporal;



Torre de Control Barcelona-El Prat;45;3;48



Torre de Control Girona-Costa Brava;6;3;9



Torre de Control Reus;5;1;6



Torre de Control Sabadell;2;0;2



Personal según categoría profesional:;;;;;;;



Centro;Nivel retributivo;;;;;;



;I Convenio Grupo;;;;;;



;A;B;C;D;E;F;Total



Torre de Control Barcelona-El Prat;1;1;5;41;0;0;48



Torre de Control Girona-Costa Brava;0;1;1;7;0;0;9



Torre de Control Reus;0;0;2;4;0;0;6



Torre de Control Sabadell;0;0;0;2;0;0;2




Página
280






Personal según ocupación:;;;;;;;



Centro;Ocupaciones;;;;;;



;I Convenio de Grupo;;;;;;



;Ingeniería;;;;;;



;Administrativos;Apoyos;I Convenio de Ingeniería y Mto. de
NA;Operacs.;Técnicos en informática;Titulados;Total



Torre de Control Barcelona-El Prat;4;0;32;11;0;1;48



Torre de Control Girona-Costa Brava;0;0;8;0;0;1;9



Torre de Control Reus;0;0;6;0;0;0;6



Torre de Control Sabadell;0;0;2;0;0;0;2



Personal con régimen de turno o con jornada normal:;;;



Centro;Jornada;;



;I Convenio Grupo;;



;Normal;Turnos;Total



Torre de Control Barcelona-El Prat;21;27;48



Torre de Control Girona-Costa Brava;2;7;9



Torre de Control Reus;2;4;6



Torre de Control Sabadell;2;0;2



Datos personal Aena Aeropuertos en la Comunidad Autónoma de Madrid



Personal según tipo de contratación (fijo o eventual):;;;



;Contrato;;



Centro;Fijo;Temporal;Total



Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas;908;88;996



Aeropuerto Madrid-Cuatro Vientos;23;4;27



Personal según categoría profesional:;;;;;;



Centro;Nivel Retributivo;;;;;



;A/B;C;D;E;F;Total



Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas;159;183;564;5;85;996



Aeropuerto Madrid-Cuatro Vientos;2;5;19;0;1;27



Personal según ocupación:;;;;;;



Centro;Administrativo;Mantto. y Servicios Generales;Operacs. y
Servicios;Sistemas de Informac. ;Titulados;Total



eropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas;104;202;517;14;159;996



Aeropuerto Madrid-Cuatro Vientos;4;4;17;0;2;27




Página
281






Personal con régimen de turno o con jornada normal:;;



;Jornada ;



;Normal;Turnos



Madrid;39,5 %;60,5 %



Datos personal Aena E.P.E en la Comunidad Autónoma de Madrid



Personal según tipo de contratación (fijo o eventual):;;;



;Contrato;;



Centro;Fijo;Temporal;Total



Torre Ctrol Adolfo Suárez Madrid-Barajas;75;5;80



Torre de Control Madrid-Cuatro Vientos;5;0;5



Personal según categoría profesional:;;;;;;;



Centro;Nivel Retributivo;;;;;;



;I Convenio Grupo;;;;;;



;A;B;C;D;E;F;Total



Torre Ctrol Adolfo Suárez Madrid-Barajas;6;0;59;14;0;1;80



Torre de Control Madrid-Cuatro Vientos;0;0;5;0;0;0;5



Personal con régimen de turno o con jornada normal;;;;;;;



Centro;Ocupaciones;;;;;;



;I Convenio de Grupo;;;;;;



;Ingeniería;;;;;;



;Administrativos;Apoyos;I Convenio de Ingeniería y Mto. de
NA;Operacs.;Técnicos en informática;Titulados;Total



Torre Ctrol Adolfo Suárez Madrid-Barajas;6;0;59;14;0;1;80



Torre de Control Madrid-Cuatro Vientos;0;0;5;0;0;0;5



Personal con régimen de turno o con jornada normal:;;;



Centro;Jornada;;



;I Convenio Grupo;;



;Normal;Turnos;Total



Torre Ctrol Adolfo Suárez Madrid-Barajas;48;32;80



Torre de Control Madrid-Cuatro Vientos;2;3;5



Madrid, 11 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052273



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).




Página
282






Respuesta:



En anexo se facilita la información sobre las inversiones realizadas en
los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) de
la provincia de Málaga, durante los ejercicios 2011, 2012, 2013 y 2014,
con el desglose por municipios solicitado.



Inversiones realizadas en los centros de atención e información de la
Seguridad Social (CAISS) de la provincia de Málaga durante los ejercicios
2011, 2012, 2013 y 2014 (desglosadas por municipio);;;;;



;2011;2012;2013;2014 (*);Total



CAISS comarcal de Antequera;18.370,32;;;;18.370,32



CAISS comarcal de Coín;4.910,18;;;;4.910,18



CAISS comarcal de Campillos;4.910,18;639,34;;;5.549,52



Nueva OSS comarcal de
Marbella;;49.853,21;81.862,92;2.681.549,11;2.813.265,24



CAISS comarcal de Ronda;;54.315,23;;;54.315,23



CAISS comarcal de Fuengirola;;1.278,68;;;



CAISS urbano de Capuchinos-Málaga;;12.803,26;;;12.803,26



CAISS comarcal de Marbella;;639,34;;;639,34



CAISS comarcal de Estepona;;639,34;;;639,34



CAISS comarcal de Vélez-Málaga;;1.598,35;;;1.598,35



CAISS urbano de Alameda-Málaga;;42.085,32;;;42.085,32



CAISS urbano de Centro-Málaga;;959,01;;;959,01



OSS urbana de El Palo-Málaga;;11.821,99;12.433,73;22.700,11;46.955,83



Total;28.190,68;176.633,07;94.296,65;2.704.249,22;3.003.369,62



(*) En ejecución (fase autorización/disposición).;;;;;



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052287



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que hasta el mes de
mayo de 2014 el Ministerio de Fomento ha licitado en la provincia de
Málaga un total de 95,7 millones de euros, prácticamente lo mismo que fue
licitado en todo el año 2011 (91,5 %).



De hecho, en los cinco primeros meses de 2014 la licitación en
Ferrocarriles ha sido un 177 % superior a todo lo licitado en 2011, y en
Carreteras ya se ha licitado este año un 44 % más que en todo 2011.



A continuación se recoge el desglose de la licitación por años.



Licitación obras Ministerio de Fomento en la provincia de Málaga;;;;



En miles de euros;;;;



;2011;2012;2013;2014 (hasta 31 mayo)



Licitación;104.745,67;16.610,65;34.667,29;95.713,57



Madrid, 6 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
283






184/052292



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Entendiendo que por Comisión de Seguimiento Su Señoría se puede referir a
las Comisiones de Coordinación previstas por el artículo 10 del Real
Decreto 697/2013, de 20 de septiembre, por el que se regula la
organización y funcionamiento de los Comités de Coordinación
aeroportuaria, se informa lo siguiente:



- El artículo 10 del Real Decreto citado dispone que, a propuesta del
correspondiente Comité de Coordinación, por Orden de la Ministra de
Fomento, se podrán constituir Comisiones de Coordinación en aquellos
aeropuertos que registren un tráfico anual superior a los 8 millones de
pasajeros.



- La competencia para la propuesta de estas Comisiones corresponde a los
correspondientes Comités de Coordinación Aeroportuaria sin que hasta el
momento se haya constituido ninguna Comisión de Coordinación en ningún
aeropuerto.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052294



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Las inversiones (material e intangible) ejecutadas por las 28 Autoridades
Portuarias y Puertos del Estado, en los puertos de interés general del
Estado e instalaciones de su competencia, desde el 1 de enero de 2014 al
30 de abril de 2014, han sido las siguientes:



Comunidad Autónoma;Inversión realizada en 2014 (De 1/1/2014 a 30/4/2014)



Comunidad Autónoma de Andalucía:;



Autoridad Portuaria de Almería.;37.



Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras.;4.812.



Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz.;8.828.



Autoridad Portuaria de Huelva.;4.650.



Autoridad Portuaria de Málaga.;30.



Autoridad Portuaria de Motril.;495.



Autoridad Portuaria de Sevilla.;129.



Total inversión en la Comunidad Autónoma de Andalucía.;18.981.



Comunidad Autónoma de Illes Balears:;



Autoridad Portuaria de Baleares.;892.



Total inversión en la Comunidad Autónoma de Illes Balears.;892.



Comunidad Autónoma de Canarias:;



Autoridad Portuaria de las Palmas.;2.470.



Autoridad Portuaria de Sta. Cruz de Tenerife.;5.320.



Total inversión en la Comunidad Autónoma de Canarias.;7.790.



Comunidad de Castilla y León:;



Autoridad Portuaria de Bilbao.;2.178.



Total inversión en la Comunidad de Castilla y León.;2.178.




Página
284






Comunidad Autónoma;Inversión realizada en 2014 (De 1/1/2014 a 30/4/2014)



Comunidad Autónoma de Cataluña:.;



Autoridad Portuaria de Barcelona.;9.025.



Autoridad Portuaria de Tarragona.;5.478.



Total inversión en la Comunidad Autónoma de Cataluña.;14.503.



Comunidad Autónoma de Cantabria:;



Autoridad Portuaria de Santander.;664.



Total inversión en la Comunidad Autónoma de Cantabria.;664.



Ciudad Autónoma de Ceuta:;



Autoridad Portuaria de Ceuta.;101.



Total inversión en la Ciudad Autónoma de Ceuta.;101.



Comunidad Autónoma de Galicia:;



Autoridad Portuaria de A Coruña.;2.504.



Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao.;733.



Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra.;30.



Autoridad Portuaria de Vigo.;5.666.



Autoridad Portuaria de Vilagarcía.;43.



Total inversión en la Comunidad Autónoma de Galicia.;8.976.



Comunidad de Madrid:;



Puertos del Estado.;362.



Total inversión en la Comunidad de Madrid.;362.



Ciudad Autónoma de Melilla:;



Autoridad Portuaria de Melilla.;364.



Total inversión en la Ciudad Autónoma de Melilla.;364.



Comunidad Autónoma del Principado de Asturias:;



Autoridad Portuaria de Avilés.;4.179.



Autoridad Portuaria de Gijón.;536.



Total inversión en la Comunidad Autónoma del Principado de
Asturias.;4.715.



Comunidad Autónoma del País Vasco:;



Autoridad Portuaria de Bilbao.;5.962.



Autoridad Portuaria de Pasaia.;1.959.



Total inversión en la Comunidad Autónoma del País Vasco.;7.921.



Comunidad Autónoma de la Región de Murcia:;



Autoridad Portuaria de Cartagena.;2.268.



Total inversión en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.;2.268.



Comunidad Autónoma Valenciana:;



Autoridad Portuaria de Alicante.;235.



Autoridad Portuaria de Castellón.;2.289.



Autoridad Portuaria de Valencia.;3.449.



Total inversión en la Comunidad Autónoma Valenciana.;5.973.



Total inversión del sistema portuario de titularidad estatal.;75.688.



Cifras referidas a devengos, en miles de euros e IVA no incluido.;



Madrid, 11 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052295



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).




Página
285






Respuesta:



Actualmente el Cuartel General del Ejército de Tierra tiene ordenada la
redacción de un proyecto de obras para la adecuación del edificio del
antiguo Gobierno Militar de Málaga, previa a la preceptiva Inspección
Técnica de Edificios a la que obliga la Ley de Ordenación Urbanística de
Andalucía. Las obras consistirán principalmente en el arreglo de las
fachadas exteriores e interiores y la impermeabilización de las
cubiertas, entre otras, esperando finalizar su redacción próximamente.
Está previsto el inicio de las obras para el próximo mes de octubre.



Madrid, 20 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052351



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



La decisión de qué vuelos y destinos se operan es una decisión que
corresponde a las compañías aéreas en función de sus intereses y
políticas comerciales.



La obligación del Ministerio de Fomento y de Aena es dotar a sus
aeropuertos, incluido el Aeropuerto de Málaga-Costa del Sol, de unas
modernas infraestructuras e instalaciones, con capacidad adecuada para
atender la demanda de vuelos prevista, siendo las compañías aéreas las
que decidirán para cada aeropuerto si operan sus vuelos según el modelo
de hub, o si lo hacen punto a punto.



Aena Aeropuertos ha dotado al Aeropuerto de Málaga-Costa del Sol de unas
instalaciones con capacidad y precios competitivos que permiten una
operación eficiente para las compañías aéreas. Por ello, el Aeropuerto de
Málaga-Costa del Sol está preparado para atender a las compañías aéreas
que tengan interés en operar en él con la operativa de vuelos que
consideren más adecuada, y de esa manera contribuir a que se incremente
el empleo.



Madrid, 13 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052393



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En contestación a la pregunta escrita de referencia, se informa que todas
las pensiones mínimas se actualizan, para todo el territorio nacional,
conforme a las previsiones establecidas en la Ley de Presupuestos
Generales del Estado para cada ejercicio.



En los años 2013 y 2014 se aplicaron incrementos del 2 por ciento y del
0,25 por ciento, respectivamente, para todos los mínimos y en todas las
comunidades autónomas por igual.



El único mínimo exceptuado de esta regla es el aplicado para la
Incapacidad Permanente Total derivada de Enfermedad Común para titulares
menores de 60 años con cónyuge no a cargo, cuya cuantía es equivalente al
55 % de la base de cotización mínima establecida para el Régimen General
de la Seguridad Social, por lo que se incrementa en la misma cuantía que
lo haga esta última (un 0,6 por ciento en el año 2013 y sin incremento en
2014).



Madrid, 16 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
286






184/052402 a 184/052409



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



El Plan de Infraestructuras, Transporte y Vivienda-Pitvi define objetivos,
directrices y programas de actuación desde una óptica nacional como un
sistema conjunto y no como la suma de partes, en este caso provinciales,
como se plantea en las preguntas. De ahí que no figuren de manera
específica para Soria, como para ninguna otra provincia, ni objetivos
específicos, ni directrices ni programas de actuación a nivel provincial.



Las actuaciones que se han realizado en este asunto, como en el resto de
los temas contenidos en el documento propuesta del Pitvi, han sido las
normativamente establecidas para su aprobación. En este sentido se indica
que el plazo de presentación de observaciones y alegaciones al Pitvi y su
Informe de Sostenibilidad Ambiental (Isa), contemplado en su proceso de
Información Pública, finalizó el día 14 de marzo de 2014, encontrándose
actualmente en la fase de análisis de las alegaciones presentadas. La
previsión es poder aprobar el documento definitivo del Pitvi en los meses
próximos.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052432



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



Las actuaciones que se han realizado en cuanto a la aprobación del Plan de
Infraestructuras, Transporte y Vivienda-PITVI han sido las normativamente
establecidas. En este sentido se indica que el plazo de presentación de
observaciones y alegaciones al PITVI y su Informe de Sostenibilidad
Ambiental (ISA), contemplado en su proceso de Información Pública,
finalizó el día 14 de marzo de 2014, encontrándose actualmente en la fase
de análisis de las alegaciones presentadas. La previsión es poder aprobar
el documento definitivo del PITVI en los meses próximos.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/052458



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



Dado el carácter estratégico del Plan de Infraestructuras, Transporte y
Vivienda 2012-2024 (PITVI), las actuaciones de los distintos programas
que contribuyen a alcanzar los objetivos estratégicos establecidos, tanto
para transporte como para vivienda, aparecen sin territorializar, y su
concreción y diseño final están fuera del alcance estratégico del PITVI.
De ahí que no figuren en el PITVI de manera específica las que afectan a
Soria, como para ninguna otra provincia.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
287






184/052459



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



La finalización de la Información Pública del Plan de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda 2012-2024 (PITVI) no es el último paso antes de su
aprobación. Por tanto, la situación de dicha plataforma tras la
Información Pública no ha variado respecto a la prevista en el documento
propuesta del PITVI presentado a dicho proceso.



Los cambios que se introduzcan en el PITVI, tras la Información Pública,
tendrán su reflejo en la versión final que sea aprobada.



Madrid, 17 de junio de 2014.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
288






CONTROL PARLAMENTARIO DE LA CORPORACIÓN RTVE Y SUS SOCIEDADES



PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA RTVE



Preguntas



La Mesa de la Cámara ha acordado publicar en el Boletín Oficial de las
Cortes Generales las preguntas de los señores Diputados para las que se
solicita respuesta por escrito que figuran a continuación.



En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publicación, de conformidad
con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de julio de 2014.-P.D. El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



179/000247



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Don Teófilo de Luis Rodríguez, Diputado por Madrid, perteneciente al Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta las
siguientes preguntas al Presidente de la Corporación RTVE de las que
desea obtener respuesta por escrito.



Se ha conocido por medios de comunicación que se está realizando una
encuesta para conocer las horas de consumo de televisión y las franjas
preferidas de los españoles que residen en el extranjero para mejorar la
oferta del canal internacional y radio exterior.



Es evidente que hoy, en el año 2014, los españoles que se encuentran en el
extranjero se adaptan e integran plenamente en la sociedad que les
acogen, muchos son jóvenes que se encuentran complementando su formación
o trabajando, y que por tanto las horas de consumo de televisión serán
aquellas que sean habituales en los países en los que residen.



En opinión del diputado que suscribe, si bien es conveniente conocer datos
sobre el perfil de los españoles que atienden las emisiones del canal
internacional y de radio exterior, el tiempo que dedican al seguimiento
de sus emisiones y las preferencias en los contenidos. Bajo un criterio
estrictamente subjetivo del autor de esta iniciativa, el servicio público
que ofrece la corporación de RTVE debe ir más allá, pues la audiencia del
canal internacional y de radio exterior no puede regirse de forma
exclusiva por los gustos del español residente en una país extranjero.



El carácter público del servicio que presta la corporación de RTVE,
especialmente en su actividad exterior, en mi opinión, debe contribuir a
mejorar nuestra presencia en el mercado global y a mejorar el prestigio
de nuestro país como un gran actor en la cultura occidental y con un peso
muy considerable en el conjunto de la Unión Europea. Teniendo muy
presente el importante número de hogares a donde llega la señal,
considero prioritario conocer realmente de qué forma se pudiera impactar
en la audiencia extranjera.



Por todo ello, y a los efectos de conocer las acciones que se desarrollan
y las que se pueden desarrollar en el futuro para mejorar el servicio del
canal internacional y de radio exterior, en relación a la encuesta que se
ha puesto en marcha con ayuda de las respectivas embajadas entre los
españoles que residen en el extranjero, se formulan las siguientes
preguntas:



1. ¿Cuáles son las conclusiones que de la encuesta se derivan señalando
por razones de edad, horas de consumo de la señal del canal internacional
y de radio exterior, franja preferida, dispositivo desde el que se
realiza la conexión y tipo de emisión que consume?



2. A los efectos de mejorar nuestra presencia entre la audiencia no
española, objetivo de gran importancia en mi opinión, ¿cuáles son los
estudios de mercado realizados a tal efecto?



Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de junio de 2014.-Teófilo de Luis
Rodríguez, Diputado.




Página
289






179/000248



A la Mesa del Congreso de los Diputados



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan
las siguientes preguntas, dirigidas al Presidente del Consejo de
Administración y de la Corporación RTVE, para las que se solicita
respuesta escrita.



Suponiendo que este país no sea un cuento de hadas y que vivimos en un
país democrático, con una prensa independiente y unos servicios
informativos en la televisión pública dignos de estos sustantivos y con
una visión más 'holística' que la publicación '¡Hola!' y la que concierne
al director de informativos Julio Somoano.



¿Cuál es el criterio profesional para que en el telediario de TVE1 de las
15:00 horas, del día 19 de junio, fuera un cromo y sólo hubiera cabida de
la información sobre la aprobación en Las Cortes de Felipe de Borbón como
rey de España y los avatares de la selección de fútbol, sin que hubiera
ninguna otra noticia en España, ni en el mundo mundial?



Además, dado que esa noticia había acaparado toda la programación
televisiva de esa cadena y de otras de televisión española,



¿Quién dio la orden para que no hubiera ninguna noticia aparte de las
mencionadas en el telediario?



¿Por qué se eludió toda información e imágenes en ese telediario de que
muchos ciudadanos españoles discrepaban públicamente de ese acto y
planteaban que era más democrático el que se celebrase un referéndum
consultivo sobre la conveniencia de una república para nuestro país?



¿Por qué quiere la dirección de los 'servicios informativos' de televisión
española que en lugar de contar toda la realidad de aquí y del mundo, su
'oficio' es trasladar que ésta es sólo su ideología monocromática, nada
plural, al servicio desinformativo?



Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de junio de 2014.-Ricardo Sixto
Iglesias, Diputado.




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Contestaciones



La Mesa de la Cámara ha acordado publicar en el Boletín Oficial de las
Cortes Generales las contestaciones recibidas del Gobierno a las
preguntas de los señores Diputados que figuran a continuación.



En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publicación, de conformidad
con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de julio de 2014.-P.D. El
Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



179/000227



(179) Pregunta escrita a la Corporación RTVE



Autor: Ruiz i Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



¿En la provincia de Tarragona, cuál era el número de trabajadores de la
Corporación de RTVE con fecha 31 de diciembre de 2013? ¿Y cuál era su
categoría profesional?



En la unidad informativa de Tarragona hay dimensionados 6 puestos,
conforme a la distribución geográfica pactada en el Acuerdo para la
constitución de la Corporación RTVE, suscrito el 12 de julio de 2006:
tres informadores, dos técnicos superiores de sonido y un técnico
superior de imagen.



El Presidente de la Corporación RTVE, Leopoldo González-Echenique
Castellanos de Ubao.



179/000232



(179) Pregunta escrita a la Corporación RTVE



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



¿Cuántos minutos han dedicado los informativos de la TVE al deporte
femenino en España?



Desde el 1 de enero al 9 de mayo de este año, los Servicios Informativos
de TVE han dedicado dos horas, diez minutos y treinta y dos segundos al
deporte femenino nacional e internacional.



La relación de deportes sobre los que se ha informado es la siguiente:
atletismo, natación, waterpolo, rallies, tenis, alpinismo, esquí,
baloncesto, balonmano, fútbol y windsurf.



El Presidente de la Corporación RTVE, Leopoldo González-Echenique
Castellanos de Ubao.



179/000234



(179) Pregunta escrita a la Corporación RTVE



Autor: Lozano Domingo, Irene (GUPyD).



Respuesta:



Según publican diferentes medios de comunicación, la redacción de
Informativos de Televisión Española incorporará próximamente a varias
personas procedentes de otros medios de comunicación para cubrir noticias
consideradas de 'gran sensibilidad política'. Los trabajadores de la
redacción de informativos señalan que estas incorporaciones pretenden
distorsionar la realidad en relación a ciertas




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noticias, como por ejemplo las relacionadas con temas como el Caso Gürtel,
el Caso Nóos o las informaciones relacionadas con el proceso secesionista
ilegal del Gobierno Catalán.



Por todo lo anterior se presentan las siguientes preguntas para las que se
solicita respuesta por escrito a la Corporación RTVE:



1. ¿Qué considera el Gobierno por noticias de 'gran sensibilidad'?



2. ¿Es cierto que se incorporarán próximamente nuevos periodistas a la
redacción de Informativos de Televisión Española? ¿Cuántos? ¿A qué áreas
concretas irán destinados? ¿Cómo justifica la dirección de RTVE estas
contrataciones después del ERE de 2006 en que se despidió a cerca de
4.000 personas?



3. ¿Qué motivos concretos justifican la contratación de nuevas personas
para la redacción de informativos? ¿Por qué piensa el Gobierno que
profesionales recién incorporados a la redacción pueden ser los más
idóneos para cubrir temas de 'gran sensibilidad política' y no
trabajadores experimentados de la redacción?



4. ¿Considera el Gobierno que es ésta la mejor manera de garantizar la
imparcialidad y objetividad correspondiente a una televisión pública?



Sus preguntas parten de una premisa no correcta. No es verdad que 'la
redacción de Informativos de Televisión Española incorporará próximamente
a varias personas procedentes de otros medios de como a cubrir noticias
consideradas de 'gran sensibilidad política'.



El Presidente de la Corporación RTVE, Leopoldo González-Echenique
Castellanos de Ubao.



179/000235



(179) Pregunta escrita a la Corporación RTVE



Autor: Lozano Domingo, Irene (GUPyD).



Respuesta:



De acuerdo a una noticia publicada por el diario 'El Mundo', el26 de
marzo, RTVE podría haber presentado a la UEFA una oferta de 50 millones
de euros por los 20 partidos de clasificación (ida y vuelta) de la
selección española de fútbol para la Eurocopa 2016 y el Mundial 2018,
cuando el precio de mercado estaría en torno a 30 millones de euros. Esta
operación resulta descabellada teniendo en cuenta que en 2012 y 2013 el
déficit del ente público creció en 113 millones de euros cada año. Lo
disparatado de la oferta puede deberse a intentar saltarse la limitación
que establece el artículo 43.7 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General
de la Comunicación Audiovisual: 'En los términos establecidos por la
Comisión Europea sobre la aplicación de las normas en materia de ayudas
estatales a los servicios públicos de radiodifusión, los prestadores de
servicios públicos de comunicación audiovisual no podrán subcotizar los
precios de su oferta comercial y de servicios ni utilizar la compensación
pública para sobrepujar frente a competidores privados por derechos de
emisión sobre contenidos de gran valor en el mercado audiovisual'. Por
todo lo anterior se presentan las siguientes preguntas para las que se
solicita respuesta por escrito a la Corporación RTVE:



1. ¿Considera la dirección de RTVE que inflar los precios de mercado es
signo de buena gestión?



2. Con un déficit de 226 millones en 2012 y 2013, ¿considera una prioridad
gastarse 50 millones de euros en adquirir programas deportivos?



3. ¿Obedece una oferta tan sobredimensionada a un intento de sortear el
artículo 43.7 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la
Comunicación Audiovisual?



4. ¿Qué medidas va a tomar la dirección de RTVE para evitar un nuevo
déficit en las cuentas de 2014?



La noticia publicada no es correcta, la oferta presentada por RTVE no ha
sido por 50 millones de euros por los 20 partidos de clasificación de la
Selección Española de fútbol para la Eurocopa 2016 y el Mundial 2018.



Como ya manifesté en mis comparecencias parlamentarias, la adquisición de
los derechos de emisión se enmarca en el Mandato Marco de la Corporación,
que establece la atención prioritaria de RTVE a las




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competiciones deportivas profesionales 'donde participen las selecciones
nacionales españolas'. Por ello se ha alcanzado un acuerdo con la UEFA
para la adquisición de los derechos sobre dichos partidos clasificatorios
de la Eurocopa 2016 y el Mundial 2018 en condiciones económicas
razonables, con una rebaja de un 44 % sobre el coste que RTVE venía
pagando por los partidos de la selección española en épocas anteriores.
Además el acuerdo contempla los derechos de emisión para TV, web,
móviles, radio y la producción de los partidos que se disputen en España.



Por último, destacar que la Audiencia Nacional, mediante sentencia de 21
de marzo de 2014, ha señalado que la Corporación RTVE tiene permitido el
acceso a contenidos deportivos de alto valor comercial, siempre que sean
compatibles con su misión de servicio público, como lo es, en estos
casos, por su interés para la sociedad.



El Presidente de la Corporación RTVE, Leopoldo González-Echenique
Castellanos de Ubao.



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