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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 344, de 17/10/2013


BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 344, de 17/10/2013



ARAGÓN;107,17



ASTURIAS;128,25



ILLES BALEARS;80,05



CANARIAS;80,34




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672






PROGRAMA;GRADO DE CUMPLIMIENTO1 (%)



CANTABRIA;99,10



CASTILLA LA MANCHA;82,25



CASTILLA Y LEÓN;99,20



CATALUÑA;96,15



EXTREMADURA;80,71



GALICIA;85,66



MADRID;76,73



MURCIA;80,21



NAVARRA;119,85



PAÍS VASCO;100,99



LA RIOJA;105,23



C. VALENCIANA;84,54



1 1 a 31 de marzo de 2013;



La ejecución del Programa de Desarrollo Rural de Castilla- La Mancha a 31
de marzo de 2013 es del 49,26%.



En lo que se refiere a los objetivos de los Programas de Desarrollo Rural,
éstos son decididos por la Autoridad de Gestión de los mismos y
corresponde a esa misma autoridad de Gestión cumplirlos por lo que la
cuestión planteada excede el ámbito competencial de la Administración
General del Estado.



En cuanto a los compromisos financieros, el Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente ha cumplido íntegramente hasta el año 2012
con los compromisos financieros derivados de los Programas de Desarrollo
Rural de las Comunidades Autónomas a pesar de la situación presupuestaria
actual. En el presente ejercicio, se están cumpliendo, a su vez, los
compromisos de financiación.



Con respecto a los recursos económicos transferidos, cabe señalar que, la
aportación financiera del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente al programa de Desarrollo Rural de Castilla- La Mancha asciende
a 234.377.036 €



Por último y en relación con los indicadores, cabe informar que el Marco
Común de Seguimiento y Evaluación del periodo 2007-2013, establece una
serie de indicadores comunes que deben utilizar todos los Programas de
Desarrollo Rural para el seguimiento de sus operaciones:



1. De ejecución o output: miden las actividades realizadas dentro de los
programas.



2. De resultado: miden los efectos directos e inmediatos de la
intervención. Proporcionan información sobre los cambios de
comportamiento, capacidad o actuación de los beneficiarios directos.



3. De repercusión o de impacto: se refieren a las ventajas del programa
más allá de los efectos inmediatos en sus beneficiarios directos, no solo
desde el punto de vista de la intervención sino en el ámbito general del
programa.



4. De base: se utilizan para el diagnóstico del territorio y para la
definición de la estrategia.



Las Autoridades de Gestión de cada Programa de Desarrollo Rural son las
que se encargan de cumplimentar los indicadores, actualizan anualmente
los valores en sus respectivos Informes Intermedios Anuales y los
presentan en su respectivo Comité de Seguimiento.



Además de los indicadores comunes, cada programa puede definir indicadores
específicos o adicionales que sirvan para definir mejor su territorio.



A continuación se recogen los indicadores comunes para todos los
Programas:




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673






TABLA 1 INDICADORES DE EJECUCIÓN



Medida;Indicadores de ejecución



Acciones relativas a la información y la formación profesional;1. Número
de participantes en la formación



2. Número de días de formación recibida



Instalación de jóvenes agricultores;3. Número de jóvenes agricultores
subvencionados



4. Volumen total de inversiones



Jubilación anticipada;5. Número de agricultores jubilados a edad
anticipada



6. Número de trabajadores agrícolas jubilados a edad anticipada.



7. Número de hectáreas liberadas



Utilización de servicios de asesoramiento;8. Número de agricultores
beneficiarios de subvenciones



9. Número de silvicultores beneficiarios de subvenciones



Implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento;10.
Número de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento implantados



Modernización de explotaciones agrícolas;11. Número de explotaciones
agrícolas beneficiarias de ayudas a la inversión



12. Volumen total de inversiones



Aumento del valor económico de los bosques;13. Número de explotaciones
forestales beneficiarias de ayudas a la inversión



14. Volumen total de inversiones



Aumento del valor añadido de los productos agrícolas y forestales;15.
Número de empresas subvencionadas



16. Volumen total de inversiones



Cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías
en el sector agrícola y alimentario y en el sector forestal;17. Número de
iniciativas de cooperación subvencionadas



Infraestructuras agrícolas y forestales relacionadas con la evolución y la
adaptación de la agricultura y la silvicultura;18. Número de operaciones
subvencionadas



19. Volumen total de inversiones



Reconstitución del potencial de producción agrícola dañado por catástrofes
naturales e implantación de medidas preventivas adecuadas;20. Superficie
de tierras agrícolas dañada subvencionada



21. Volumen total de inversiones



Cumplimiento de normas basadas en la normativa comunitaria;22. Número de
beneficiarios



Participación de agricultores en programas relativos a la calidad de los
alimentos;23. Número de explotaciones agrícolas subvencionadas que
participan en el programa de calidad



Actividades de información y promoción;24. Número de acciones
subvencionadas



Agricultura de semisubsistencia;25. Número de explotaciones agrícolas de
semisubsistencia subvencionadas



Agrupaciones de productores;26. Número de agrupaciones de productores
subvencionados



27. Volumen de negocios de las agrupaciones de productores subvencionadas



Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades
naturales en zonas de montaña;28. Número de explotaciones subvencionadas
en zonas de montaña



29. Tierras agrícolas subvencionadas en zonas de montaña



Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades en
zonas distintas de las de montaña;30. Número de explotaciones
subvencionadas en zonas con dificultades distintas de las de montaña



31. Tierras agrícolas subvencionadas en zonas con dificultades distintas
de las de montaña




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Medida;Indicadores de ejecución



Ayudas en el marco Natura 2000 y ayudas relacionadas con la Directiva
2000/60/CE (DMA);32. Número de explotaciones subvencionadas en el marco
de Natura 2000 o de la Directiva Marco del Agua.



33. Tierras agrícolas subvencionadas en el marco de Natura 2000 o de la
Directiva Marco del Agua.



Ayudas agroambientales;34. Número de explotaciones agrícolas y
explotaciones de otros gestores de tierras subvencionadas



35. Superficie total objeto de ayudas agroambientales



36. Superficie física objeto de ayudas agroambientales en virtud de esta
medida



37. Número total de contratos



38. Número de actividades relacionadas con los recursos genéticos



Ayudas relativas al bienestar de los animales;39. Número de explotaciones
agrícolas subvencionadas



40. Número de contratos de bienestar de los animales



Ayudas a las inversiones no productivas;41. Número de explotaciones
agrícolas y explotaciones de otros gestores de tierras subvencionadas



42. Volumen total de inversiones



Primera forestación de tierras agrícolas;43. Número de beneficiarios de la
ayuda a la forestación



44. Número hectáreas forestadas



Primera implantación de sistemas agroforestales en tierras agrícolas;45.
Número de beneficiarios



46. Número de hectáreas objeto de los nuevos sistemas agroforestales



Primera forestación de tierras no agrícolas;47. Número de beneficiarios a
la ayuda a la forestación



48. Número de hectáreas forestadas



Ayudas en el marco de Natura 2000;49. Número de explotaciones forestales
subvencionadas en zonas de Natura 2000



50. Tierras forestales subvencionadas (hectáreas) en zonas de Natura 2000



Ayudas en favor del medio forestal;51. Número de explotaciones forestales
subvencionadas



52. Superficie forestal total objeto de ayudas en favor del medio forestal



53. Superficie forestal física objeto de ayudas en favor del medio
forestal



54. Número de contratos



Recuperación del potencial forestal e implantación de medidas
preventivas;55. Número de actividades de prevención y recuperación



56. Superficie de bosques dañados subvencionados



57. Volumen total de inversiones



Inversiones no productivas;58. Número de silvicultores beneficiarios de
subvenciones



59. Volumen total de inversiones



Diversificación hacia actividades no agrícolas;60. Número de beneficiarios



61. Volumen total de inversiones



Creación y desarrollo de microempresas;62. Número de microempresas
subvencionadas creadas



Fomento de actividades turísticas;63. Número de nuevas actividades
turísticas subvencionadas



64. Volumen total de inversiones




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Medida;Indicadores de ejecución



Servicios básicos para la economía y la población rural;65. Número de
acciones subvencionadas



66. Volumen total de inversiones



Renovación y desarrollo de poblaciones rurales;67. Número de poblaciones
rurales en que se desarrollaron actividades



68. Volumen total de inversiones



Conservación y mejora del patrimonio rural;69. Número de acciones de
conservación del patrimonio rural subvencionadas



70. Volumen total de inversiones



Formación e información;71. Número de agentes económicos participantes en
las actividades subvencionadas



72. Número de días de formación recibidos por los participantes



Adquisición de capacidades, promoción y aplicación de estrategias de
desarrollo local;73. Número de actividades de adquisición de capacidades
y promoción



74. Número de participantes en las actividades



75. Número de asociaciones de los sectores público y privado
subvencionadas



Aplicación de estrategias de desarrollo local



1. competitividad



2. medio ambiente/gestión de tierras



3. calidad de vida/diversificación;4. Número de grupos de acción local



5. Superficie total de la zona del Grupo de Acción Local (km2)



6. Población total de la zona del Grupo de Acción Local (km2)



7. Número de proyectos financiados por los Grupos de Acción Local.



8. Número de beneficiarios de subvenciones



Ejecución de proyectos de cooperación;9. Número de proyectos de
cooperación



10. Número de Grupos de Acción Local participantes en proyectos de
cooperación



Funcionamiento del grupo de acción local, adquisición de capacidades y
promoción del territorio con arreglo al artículo 59;11. Número de
acciones subvencionadas



TABLA 2 INDICADORES DE RESULTADO



Eje/Objetivo;Indicador



Aumento de la competitividad del sector agrícola y forestal;12. Número de
participantes que concluyeron satisfactoriamente una actividad de
formación relacionada con la agricultura o la silvicultura



13. Aumento del valor añadido bruto en explotaciones o empresas
subvencionadas



14. Número de explotaciones o empresas que hayan incorporado nuevos
productos o nuevas técnicas



15. Valor de la producción agraria regulada por etiquetas o normas de
calidad reconocidas



16. Número de explotaciones que se introducen en el mercado



Mejora del medio ambiente y del entorno rural mediante la gestión de las
tierras;Superficie gestionada satisfactoriamente que contribuya a:



1. la biodiversidad y la agricultura o silvicultura de alto valor natural



2. la calidad del agua



3. la lucha contra el cambio climático



4. la calidad del suelo



5. evitar la marginación y el abandono de tierras




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Eje/Objetivo;Indicador



Mejora de la calidad de vida de las zonas rurales y fomento de la
diversificación de la actividad económica;6. Aumento del valor añadido
bruto no agrícola en las empresas subvencionadas



7. Número bruto de puestos de trabajo creados



8. Número adicional de turistas



9. Población de las zonas rurales beneficiaria de los servicios
perfeccionados



10. Mayor penetración de internet en las zonas rurales



11. Número de participantes que completaron satisfactoriamente una
actividad de formación



TABLA 3 INDICADORES DE REPERCUSIÓN



Concepto;Indicador



Crecimiento económico;12. Valor añadido neto adicional expresado en EPA



Creación de empleo;13. Empleo equivalente a dedicación plena neto
adicional creado



Productividad laboral;14. Cambio en valor añadido bruto por equivalente a
dedicación plena.



Inversión de la tendencia a la pérdida de biodiversidad;15. Cambio en las
tendencias de la biodiversidad medido según la población de especies de
aves en tierras agrícolas



Mantenimiento de las tierras agrícolas y forestales de alto valor
natural;16. Cambios en la agricultura y silvicultura de alto valor
natural



Mejora de la calidad del agua;17. Cambios en el balance bruto de
nutrientes



Contribución a la lucha contra el cambio climático;18. Aumento en la
producción de energías renovables



TABLA 4 INDICADORES DE BASE



Indicadores referidos a objetivos



Concepto;Indicador



EJE HORIZONTAL;



Desarrollo económico;19. PIB per capita (EU-25=100)



Tasa de empleo;20. Proporción de empleados comparada con la población
total de la misma edad



Desempleo;21. Tasa de desempleo (% de población activa)



EJE 1: COMPETITIVIDAD;



Formación y educación en el sector agrario;22. % de agricultores con
educación básica y superior



Estructura por edades del sector agrario;23. Proporción: agricultores <35
años y >=55 años



Productividad laboral en el sector agrario;24. Valor Añadido Bruto /Unidad
de Trabajo Agrario (total y por sectores)



Formación bruta de capital fijo en el sector agrario;25. Formación Bruta
de Capital Fijo en agricultura



Creación de empleo en el sector primario;26. Empleo en el sector primario



Desarrollo económico del sector primario;27. Valor Añadido Bruto del
sector primario




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Concepto;Indicador



Productividad laboral en el sector alimentario;28. Valor Añadido Bruto
/empleados en el sector alimentario



Formación bruta de capital fijo en el sector alimentario;29. Formación
Bruta de Capital Fijo en el sector alimentario



Creación de empleo en la industria alimentaria;30. Empleo en la industria
alimentaria



Desarrollo económico de la industria alimentaria;31. Valor Añadido Bruto
en la industria alimentaria



Productividad laboral en el sector forestal;32. Valor Añadido
Bruto/empleados en el sector forestal



Formación bruta de capital fijo en el sector forestal;33. Formación Bruta
de Capital Fijo en el sector forestal



Importancia de la agricultura de semisubsistencia en los nuevos Estados
miembros;34. Número de explotaciones < 1 Unidad de Desarrollo Económico



EJE 2: MEDIO AMBIENTE;



Biodiversidad: población de aves en tierras agrarias;35. Tendencia en el
índice de población de aves en tierras agrarias



Biodiversidad: zonas agrícolas o forestales de alto valor natural;36.
Superficie Agraria Útil de tierras agrarias de alto valor natural



Biodiversidad: composición de especies arbóreas;37. Distribución de grupos
de especies por superficie de BOSA (% coníferas/% frondosas/% bosque
mixto)



Calidad del agua: balance bruto de nutrientes;38. Excedente de nitrógeno
en kg/ha



39. Excedente de fósforo en kg/ha



Calidad del agua: contaminación por nitratos y plaguicidas;40. Tendencia
anual en las concentraciones de nitrato en tierra y aguas superficiales



41. Tendencia anual en las concentraciones de plaguicidas en tierra y
aguas superficiales



Suelo: zonas con riesgo de erosión del suelo;42. Superficie con riesgo de
erosión del suelo (tn/ha/año)



Suelo: agricultura ecológica;43. Superficie Agraria Útil de agricultura
ecológica



Cambio climático: producción de energías renovables procedentes de la
agricultura y la silvicultura;44. Producción de energía renovable en
agricultura (ktoe)



45. Producción de energía renovable en silvicultura (ktoe)



Cambio climático: Superficie Agraria Útil dedicada a las energías
renovables;46. Superficie Agraria Útil destinada a la obtención de
energía y cultivos de biomasa



Cambio climático/calidad del aire: emisiones de gases procedentes de la
agricultura;47. Emisiones de amoníaco y gases de efecto invernadero
procedentes de la agricultura



EJE 3: DESARROLLO;



Agricultores con otras actividades lucrativas;48. % de agricultores con
otras actividades lucrativas



Creación de empleo en el sector no agrario;49. Empleo en los sectores
secundario y terciario



Desarrollo económico en el sector no agrario;50. Valor Añadido Bruto en
los sectores secundario y terciario



Desarrollo de las actividades por cuenta propia;51. Trabajadores por
cuenta propia



Infraestructuras turísticas en las zonas rurales;52. Número de
alojamientos (hoteles, campings, residencias vacacionales, etc.)



Penetración de internet en las zonas rurales;53. % de población suscrita a
internet DSL



Desarrollo del sector de los servicios;54. % Valor Añadido Bruto en
servicios



Migración neta;55. Índice de migración neta




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678






Concepto;Indicador



Formación permanente en zonas rurales;56. % de población de adultos que
participan en programas de formación y educación



EJE 4: LEADER;



Creación de grupos de acción local;57. Proporción de población cubierta
por grupos de acción local



Indicadores referidos a contexto



Concepto;Indicador



EJE HORIZONTAL;



Designación de zonas rurales;58. Designación de zonas rurales con
metodología OCDE



Importancia de las zonas rurales;59. % de territorio en zonas rurales



60. % de población en zonas rurales



61. % de valor añadido bruto en zonas rurales



62. % de empleo en zonas rurales



EJE 1: COMPETITIVIDAD;



Utilización de tierras agrícolas;63. % de tierras labradas/pastos
permanentes/cultivos permanentes



Estructura de las explotaciones;64. Número de explotaciones



65. Superficie agraria utilizada



66. Distribución y tamaño medio de las explotaciones



67. Distribución y tamaño económico medio de las explotaciones



68. Mano de obra



Estructura forestal;69. Bosque disponible para el suministro de madera



70. Propiedades (% de superficie de Bosque disponible para el suministro
de madera objeto de propiedad 'elegible')



71. Tamaño medio de explotaciones privadas (BOSA)



Productividad forestal;72. Incremento medio del volumen neto anual (Bosque
disponible para el suministro de madera)



EJE 2: MEDIO AMBIENTE;



Ocupación del suelo;73. % de superficie
agrícola/forestal/natural/artificial



Zonas desfavorecidas;74. % de Superficie Agraria Útil en zonas no
desfavorecidas/zonas de montaña desfavorecidas/otras zonas
desfavorecidas/zonas desfavorecidas con dificultades específicas



Zonas de agricultura extensiva;75. % de Superficie Agraria Útil para
cultivos extensivos



76. % de Superficie Agraria Útil para pastoreo extensivo



Zonas de Natura 2000;77. % de territorio en Natura 2000



78. % de Superficie Agraria Útil en Natura 2000



79. % de superficie forestal en Natura 2000



Biodiversidad: bosques protegidos;80. % de superficie protegida para
conservar la biodiversidad, el paisaje y elementos naturales específicos



Desarrollo de zonas forestales;81. Incremento medio anual de bosques y
otras superficies arboladas




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679






Concepto;Indicador



Estado sanitario de los ecosistemas forestales;82. % de
árboles/coníferas/frondosas defoliadas en grado 2-4



Calidad del agua;83. % de territorio designado zona vulnerable a nitratos



Utilización del agua;84. % de Superficie Agraria Útil de regadío



Bosques de protección en relación con el suelo y el agua esencialmente;85.
Superficie de gestionada fundamentalmente para proteger el suelo y el
agua.



EJE 3: DESARROLLO;



Densidad de población;86. Densidad de población



Estructura de edades;87. % de población total con edades de 0 a 14 años,
de 15 a 64 años y >=65 años



Estructura de la economía;88. % de Valor Añadido Bruto por rama (sector
primario/secundario/terciario)



Estructura del empleo;89. % de empleo por rama (sector
primario/secundario/terciario)



Desempleo de larga duración;90. % de desempleo de larga duración
(proporción de la población activa)



Nivel educativo;91. % de adultos (25-64) con estudios medios y superiores



Infraestructura de Internet;92. Cobertura DSL



Madrid, 13 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/025979



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Núñez, Alejandro y Guillén Izquierdo, Vicente (GS).



Respuesta:



Las actuaciones previstas en el Plan Estratégico Nacional se aplican a
través de los Programas de Desarrollo Rural (PDR). En España existe un
PDR para cada Comunidad Autónoma y la Red Rural Nacional.



Los Programas de Desarrollo Rural aplican una estrategia de desarrollo
rural a través de una serie de medidas reunidas en torno a los ejes
definidos en el título IV del Reglamento 1698/2005 del Consejo de 20 de
septiembre de 2005, para cuya consecución se solicita la ayuda del
FEADER.



El Gobierno confía en que no se perderán fondos en 2013 dado el grado de
cumplimiento de la regla n+2 de los programas de desarrollo rural que se
detalla a continuación:



PROGRAMA;GRADO DE CUMPLIMIENTO1 (%)



ANDALUCÍA;83,01



ARAGÓN;107,17



ASTURIAS;128,25



ILLES BALEARS;80,05



CANARIAS;80,34




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680






PROGRAMA;GRADO DE CUMPLIMIENTO1 (%)



CANTABRIA;99,10



CASTILLA LA MANCHA;82,25



CASTILLA Y LEÓN;99,20



CATALUÑA;96,15



EXTREMADURA;80,71



GALICIA;85,66



MADRID;76,73



MURCIA;80,21



NAVARRA;119,85



PAÍS VASCO;100,99



LA RIOJA;105,23



C. VALENCIANA;84,54



1 1 a 31 de marzo de 2013;



La ejecución del Programa de Desarrollo Rural de Aragón a 31 de marzo de
2013 es del 66,18%.



En lo que se refiere a los objetivos de los Programas de Desarrollo Rural,
éstos son decididos por la Autoridad de Gestión de los mismos y
corresponde a esa misma autoridad de Gestión cumplirlos por lo que la
cuestión planteada excede el ámbito competencial de la Administración
General del Estado.



En cuanto a los compromisos financieros, el Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente ha cumplido íntegramente hasta el año 2012
con los compromisos financieros derivados de los Programas de Desarrollo
Rural de las Comunidades Autónomas a pesar de la situación presupuestaria
actual. En el presente ejercicio, se están cumpliendo, a su vez, los
compromisos de financiación.



Con respecto a los recursos económicos transferidos, cabe señalar que, la
aportación financiera del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente al programa de Desarrollo Rural de Aragón asciende a 213.401.067
€.



Por último y en relación con los indicadores, cabe informar que el Marco
Común de Seguimiento y Evaluación del periodo 2007-2013, establece una
serie de indicadores comunes que deben utilizar todos los Programas de
Desarrollo Rural para el seguimiento de sus operaciones:



1. De ejecución o output: miden las actividades realizadas dentro de los
programas.



2. De resultado: miden los efectos directos e inmediatos de la
intervención. Proporcionan información sobre los cambios de
comportamiento, capacidad o actuación de los beneficiarios directos.



3. De repercusión o de impacto: se refieren a las ventajas del programa
más allá de los efectos inmediatos en sus beneficiarios directos, no solo
desde el punto de vista de la intervención sino en el ámbito general del
programa.



4. De base: se utilizan para el diagnóstico del territorio y para la
definición de la estrategia.



Las Autoridades de Gestión de cada Programa de Desarrollo Rural son las
que se encargan de cumplimentar los indicadores, actualizan anualmente
los valores en sus respectivos Informes Intermedios Anuales y los
presentan en su respectivo Comité de Seguimiento.



Además de los indicadores comunes, cada programa puede definir indicadores
específicos o adicionales que sirvan para definir mejor su territorio.



A continuación se recogen los indicadores comunes para todos los
Programas:




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681






TABLA 1 INDICADORES DE EJECUCIÓN



Medida;Indicadores de ejecución



Acciones relativas a la información y la formación profesional;1. Número
de participantes en la formación



2. Número de días de formación recibida



Instalación de jóvenes agricultores;3. Número de jóvenes agricultores
subvencionados



4. Volumen total de inversiones



Jubilación anticipada;5. Número de agricultores jubilados a edad
anticipada



6. Número de trabajadores agrícolas jubilados a edad anticipada.



7. Número de hectáreas liberadas



Utilización de servicios de asesoramiento;8. Número de agricultores
beneficiarios de subvenciones



9. Número de silvicultores beneficiarios de subvenciones



Implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento;10.
Número de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento implantados



Modernización de explotaciones agrícolas;11. Número de explotaciones
agrícolas beneficiarias de ayudas a la inversión



12. Volumen total de inversiones



Aumento del valor económico de los bosques;13. Número de explotaciones
forestales beneficiarias de ayudas a la inversión



14. Volumen total de inversiones



Aumento del valor añadido de los productos agrícolas y forestales;15.
Número de empresas subvencionadas



16. Volumen total de inversiones



Cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías
en el sector agrícola y alimentario y en el sector forestal;17. Número de
iniciativas de cooperación subvencionadas



Infraestructuras agrícolas y forestales relacionadas con la evolución y la
adaptación de la agricultura y la silvicultura;18. Número de operaciones
subvencionadas



19. Volumen total de inversiones



Reconstitución del potencial de producción agrícola dañado por catástrofes
naturales e implantación de medidas preventivas adecuadas;20. Superficie
de tierras agrícolas dañada subvencionada



21. Volumen total de inversiones



Cumplimiento de normas basadas en la normativa comunitaria;22. Número de
beneficiarios



Participación de agricultores en programas relativos a la calidad de los
alimentos;23. Número de explotaciones agrícolas subvencionadas que
participan en el programa de calidad



Actividades de información y promoción;24. Número de acciones
subvencionadas



Agricultura de semisubsistencia;25. Número de explotaciones agrícolas de
semisubsistencia subvencionadas



Agrupaciones de productores;26. Número de agrupaciones de productores
subvencionados



27. Volumen de negocios de las agrupaciones de productores subvencionadas



Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades
naturales en zonas de montaña;28. Número de explotaciones subvencionadas
en zonas de montaña



29. Tierras agrícolas subvencionadas en zonas de montaña



Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades en
zonas distintas de las de montaña;30. Número de explotaciones
subvencionadas en zonas con dificultades distintas de las de montaña



31. Tierras agrícolas subvencionadas en zonas con dificultades distintas
de las de montaña




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682






Medida;Indicadores de ejecución



Ayudas en el marco Natura 2000 y ayudas relacionadas con la Directiva
2000/60/CE (DMA);32. Número de explotaciones subvencionadas en el marco
de Natura 2000 o de la Directiva Marco del Agua.



33. Tierras agrícolas subvencionadas en el marco de Natura 2000 o de la
Directiva Marco del Agua.



Ayudas agroambientales;34. Número de explotaciones agrícolas y
explotaciones de otros gestores de tierras subvencionadas



35. Superficie total objeto de ayudas agroambientales



36. Superficie física objeto de ayudas agroambientales en virtud de esta
medida



37. Número total de contratos



38. Número de actividades relacionadas con los recursos genéticos



Ayudas relativas al bienestar de los animales;39. Número de explotaciones
agrícolas subvencionadas



40. Número de contratos de bienestar de los animales



Ayudas a las inversiones no productivas;41. Número de explotaciones
agrícolas y explotaciones de otros gestores de tierras subvencionadas



42. Volumen total de inversiones



Primera forestación de tierras agrícolas;43. Número de beneficiarios de la
ayuda a la forestación



44. Número hectáreas forestadas



Primera implantación de sistemas agroforestales en tierras agrícolas;45.
Número de beneficiarios



46. Número de hectáreas objeto de los nuevos sistemas agroforestales



Primera forestación de tierras no agrícolas;47. Número de beneficiarios a
la ayuda a la forestación



48. Número de hectáreas forestadas



Ayudas en el marco de Natura 2000;49. Número de explotaciones forestales
subvencionadas en zonas de Natura 2000



50. Tierras forestales subvencionadas (hectáreas) en zonas de Natura 2000



Ayudas en favor del medio forestal;51. Número de explotaciones forestales
subvencionadas



52. Superficie forestal total objeto de ayudas en favor del medio forestal



53. Superficie forestal física objeto de ayudas en favor del medio
forestal



54. Número de contratos



Recuperación del potencial forestal e implantación de medidas
preventivas;55. Número de actividades de prevención y recuperación



56. Superficie de bosques dañados subvencionados



57. Volumen total de inversiones



Inversiones no productivas;58. Número de silvicultores beneficiarios de
subvenciones



59. Volumen total de inversiones



Diversificación hacia actividades no agrícolas;60. Número de beneficiarios



61. Volumen total de inversiones



Creación y desarrollo de microempresas;62. Número de microempresas
subvencionadas creadas



Fomento de actividades turísticas;63. Número de nuevas actividades
turísticas subvencionadas



64. Volumen total de inversiones




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683






Medida;Indicadores de ejecución



Servicios básicos para la economía y la población rural;65. Número de
acciones subvencionadas



66. Volumen total de inversiones



Renovación y desarrollo de poblaciones rurales;67. Número de poblaciones
rurales en que se desarrollaron actividades



68. Volumen total de inversiones



Conservación y mejora del patrimonio rural;69. Número de acciones de
conservación del patrimonio rural subvencionadas



70. Volumen total de inversiones



Formación e información;71. Número de agentes económicos participantes en
las actividades subvencionadas



72. Número de días de formación recibidos por los participantes



Adquisición de capacidades, promoción y aplicación de estrategias de
desarrollo local;73. Número de actividades de adquisición de capacidades
y promoción



74. Número de participantes en las actividades



75. Número de asociaciones de los sectores público y privado
subvencionadas



Aplicación de estrategias de desarrollo local



1. competitividad



2. medio ambiente/gestión de tierras



3. calidad de vida/diversificación;4. Número de grupos de acción local



5. Superficie total de la zona del Grupo de Acción Local (km2)



6. Población total de la zona del Grupo de Acción Local (km2)



7. Número de proyectos financiados por los Grupos de Acción Local.



8. Número de beneficiarios de subvenciones



Ejecución de proyectos de cooperación;9. Número de proyectos de
cooperación



10. Número de Grupos de Acción Local participantes en proyectos de
cooperación



Funcionamiento del grupo de acción local, adquisición de capacidades y
promoción del territorio con arreglo al artículo 59;11. Número de
acciones subvencionadas



TABLA 2 INDICADORES DE RESULTADO



Eje/Objetivo;Indicador



Aumento de la competitividad del sector agrícola y forestal;12. Número de
participantes que concluyeron satisfactoriamente una actividad de
formación relacionada con la agricultura o la silvicultura



13. Aumento del valor añadido bruto en explotaciones o empresas
subvencionadas



14. Número de explotaciones o empresas que hayan incorporado nuevos
productos o nuevas técnicas



15. Valor de la producción agraria regulada por etiquetas o normas de
calidad reconocidas



16. Número de explotaciones que se introducen en el mercado



Mejora del medio ambiente y del entorno rural mediante la gestión de las
tierras;Superficie gestionada satisfactoriamente que contribuya a:



1. la biodiversidad y la agricultura o silvicultura de alto valor natural



2. la calidad del agua



3. la lucha contra el cambio climático



4. la calidad del suelo



5. evitar la marginación y el abandono de tierras




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684






Eje/Objetivo;Indicador



Mejora de la calidad de vida de las zonas rurales y fomento de la
diversificación de la actividad económica;6. Aumento del valor añadido
bruto no agrícola en las empresas subvencionadas



7. Número bruto de puestos de trabajo creados



8. Número adicional de turistas



9. Población de las zonas rurales beneficiaria de los servicios
perfeccionados



10. Mayor penetración de internet en las zonas rurales



11. Número de participantes que completaron satisfactoriamente una
actividad de formación



TABLA 3 INDICADORES DE REPERCUSIÓN



Concepto;Indicador



Crecimiento económico;12. Valor añadido neto adicional expresado en EPA



Creación de empleo;13. Empleo equivalente a dedicación plena neto
adicional creado



Productividad laboral;14. Cambio en valor añadido bruto por equivalente a
dedicación plena.



Inversión de la tendencia a la pérdida de biodiversidad;15. Cambio en las
tendencias de la biodiversidad medido según la población de especies de
aves en tierras agrícolas



Mantenimiento de las tierras agrícolas y forestales de alto valor
natural;16. Cambios en la agricultura y silvicultura de alto valor
natural



Mejora de la calidad del agua;17. Cambios en el balance bruto de
nutrientes



Contribución a la lucha contra el cambio climático;18. Aumento en la
producción de energías renovables



TABLA 4 INDICADORES DE BASE



Indicadores referidos a objetivos



Concepto;Indicador



EJE HORIZONTAL;



Desarrollo económico;19. PIB per capita (EU-25=100)



Tasa de empleo;20. Proporción de empleados comparada con la población
total de la misma edad



Desempleo;21. Tasa de desempleo (% de población activa)



EJE 1: COMPETITIVIDAD;



Formación y educación en el sector agrario;22. % de agricultores con
educación básica y superior



Estructura por edades del sector agrario;23. Proporción: agricultores <35
años y >=55 años



Productividad laboral en el sector agrario;24. Valor Añadido Bruto /Unidad
de Trabajo Agrario (total y por sectores)



Formación bruta de capital fijo en el sector agrario;25. Formación Bruta
de Capital Fijo en agricultura



Creación de empleo en el sector primario;26. Empleo en el sector primario



Desarrollo económico del sector primario;27. Valor Añadido Bruto del
sector primario




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685






Concepto;Indicador



Productividad laboral en el sector alimentario;28. Valor Añadido Bruto
/empleados en el sector alimentario



Formación bruta de capital fijo en el sector alimentario;29. Formación
Bruta de Capital Fijo en el sector alimentario



Creación de empleo en la industria alimentaria;30. Empleo en la industria
alimentaria



Desarrollo económico de la industria alimentaria;31. Valor Añadido Bruto
en la industria alimentaria



Productividad laboral en el sector forestal;32. Valor Añadido
Bruto/empleados en el sector forestal



Formación bruta de capital fijo en el sector forestal;33. Formación Bruta
de Capital Fijo en el sector forestal



Importancia de la agricultura de semisubsistencia en los nuevos Estados
miembros;34. Número de explotaciones < 1 Unidad de Desarrollo Económico



EJE 2: MEDIO AMBIENTE;



Biodiversidad: población de aves en tierras agrarias;35. Tendencia en el
índice de población de aves en tierras agrarias



Biodiversidad: zonas agrícolas o forestales de alto valor natural;36.
Superficie Agraria Útil de tierras agrarias de alto valor natural



Biodiversidad: composición de especies arbóreas;37. Distribución de grupos
de especies por superficie de BOSA (% coníferas/% frondosas/% bosque
mixto)



Calidad del agua: balance bruto de nutrientes;38. Excedente de nitrógeno
en kg/ha



39. Excedente de fósforo en kg/ha



Calidad del agua: contaminación por nitratos y plaguicidas;40. Tendencia
anual en las concentraciones de nitrato en tierra y aguas superficiales



41. Tendencia anual en las concentraciones de plaguicidas en tierra y
aguas superficiales



Suelo: zonas con riesgo de erosión del suelo;42. Superficie con riesgo de
erosión del suelo (tn/ha/año)



Suelo: agricultura ecológica;43. Superficie Agraria Útil de agricultura
ecológica



Cambio climático: producción de energías renovables procedentes de la
agricultura y la silvicultura;44. Producción de energía renovable en
agricultura (ktoe)



45. Producción de energía renovable en silvicultura (ktoe)



Cambio climático: Superficie Agraria Útil dedicada a las energías
renovables;46. Superficie Agraria Útil destinada a la obtención de
energía y cultivos de biomasa



Cambio climático/calidad del aire: emisiones de gases procedentes de la
agricultura;47. Emisiones de amoníaco y gases de efecto invernadero
procedentes de la agricultura



EJE 3: DESARROLLO;



Agricultores con otras actividades lucrativas;48. % de agricultores con
otras actividades lucrativas



Creación de empleo en el sector no agrario;49. Empleo en los sectores
secundario y terciario



Desarrollo económico en el sector no agrario;50. Valor Añadido Bruto en
los sectores secundario y terciario



Desarrollo de las actividades por cuenta propia;51. Trabajadores por
cuenta propia



Infraestructuras turísticas en las zonas rurales;52. Número de
alojamientos (hoteles, campings, residencias vacacionales, etc.)



Penetración de internet en las zonas rurales;53. % de población suscrita a
internet DSL



Desarrollo del sector de los servicios;54. % Valor Añadido Bruto en
servicios



Migración neta;55. Índice de migración neta




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686






Concepto;Indicador



Formación permanente en zonas rurales;56. % de población de adultos que
participan en programas de formación y educación



EJE 4: LEADER;



Creación de grupos de acción local;57. Proporción de población cubierta
por grupos de acción local



Indicadores referidos a contexto



Concepto;Indicador



EJE HORIZONTAL;



Designación de zonas rurales;58. Designación de zonas rurales con
metodología OCDE



Importancia de las zonas rurales;59. % de territorio en zonas rurales



60. % de población en zonas rurales



61. % de valor añadido bruto en zonas rurales



62. % de empleo en zonas rurales



EJE 1: COMPETITIVIDAD;



Utilización de tierras agrícolas;63. % de tierras labradas/pastos
permanentes/cultivos permanentes



Estructura de las explotaciones;64. Número de explotaciones



65. Superficie agraria utilizada



66. Distribución y tamaño medio de las explotaciones



67. Distribución y tamaño económico medio de las explotaciones



68. Mano de obra



Estructura forestal;69. Bosque disponible para el suministro de madera



70. Propiedades (% de superficie de Bosque disponible para el suministro
de madera objeto de propiedad 'elegible')



71. Tamaño medio de explotaciones privadas (BOSA)



Productividad forestal;72. Incremento medio del volumen neto anual (Bosque
disponible para el suministro de madera)



EJE 2: MEDIO AMBIENTE;



Ocupación del suelo;73. % de superficie
agrícola/forestal/natural/artificial



Zonas desfavorecidas;74. % de Superficie Agraria Útil en zonas no
desfavorecidas/zonas de montaña desfavorecidas/otras zonas
desfavorecidas/zonas desfavorecidas con dificultades específicas



Zonas de agricultura extensiva;75. % de Superficie Agraria Útil para
cultivos extensivos



76. % de Superficie Agraria Útil para pastoreo extensivo



Zonas de Natura 2000;77. % de territorio en Natura 2000



78. % de Superficie Agraria Útil en Natura 2000



79. % de superficie forestal en Natura 2000



Biodiversidad: bosques protegidos;80. % de superficie protegida para
conservar la biodiversidad, el paisaje y elementos naturales específicos



Desarrollo de zonas forestales;81. Incremento medio anual de bosques y
otras superficies arboladas




Página
687






Concepto;Indicador



Estado sanitario de los ecosistemas forestales;82. % de
árboles/coníferas/frondosas defoliadas en grado 2-4



Calidad del agua;83. % de territorio designado zona vulnerable a nitratos



Utilización del agua;84. % de Superficie Agraria Útil de regadío



Bosques de protección en relación con el suelo y el agua esencialmente;85.
Superficie de gestionada fundamentalmente para proteger el suelo y el
agua.



EJE 3: DESARROLLO;



Densidad de población;86. Densidad de población



Estructura de edades;87. % de población total con edades de 0 a 14 años,
de 15 a 64 años y >=65 años



Estructura de la economía;88. % de Valor Añadido Bruto por rama (sector
primario/secundario/terciario)



Estructura del empleo;89. % de empleo por rama (sector
primario/secundario/terciario)



Desempleo de larga duración;90. % de desempleo de larga duración
(proporción de la población activa)



Nivel educativo;91. % de adultos (25-64) con estudios medios y superiores



Infraestructura de Internet;92. Cobertura DSL



Madrid, 16 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/025980



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Núñez, Alejandro y Gallego Arriola, María del Puerto (GS).



Respuesta:



Las actuaciones previstas en el Plan Estratégico Nacional se aplican a
través de los Programas de Desarrollo Rural (PDR). En España existe un
PDR para cada Comunidad Autónoma y la Red Rural Nacional..



Los Programas de Desarrollo Rural aplican una estrategia de desarrollo
rural a través de una serie de medidas reunidas en torno a los ejes
definidos en el título IV del Reglamento 1698/2005 del Consejo de 20 de
septiembre de 2005, para cuya consecución se solicita la ayuda del
FEADER.



El Gobierno confía en que no se perderán fondos en 2013 dado el grado de
cumplimiento de la regla n+2 de los programas de desarrollo rural que se
detalla a continuación:



PROGRAMA;GRADO DE CUMPLIMIENTO1 (%)



ANDALUCÍA;83,01



ARAGÓN;107,17



ASTURIAS;128,25



ILLES BALEARS;80,05



CANARIAS;80,34




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688






PROGRAMA;GRADO DE CUMPLIMIENTO1 (%)



CANTABRIA;99,10



CASTILLA LA MANCHA;82,25



CASTILLA Y LEÓN;99,20



CATALUÑA;96,15



EXTREMADURA;80,71



GALICIA;85,66



MADRID;76,73



MURCIA;80,21



NAVARRA;119,85



PAÍS VASCO;100,99



LA RIOJA;105,23



C. VALENCIANA;84,54



1 1 a 31 de marzo de 2013;



La ejecución del Programa de Desarrollo Rural de Cantabria a 31 de marzo
de 2013 es del 62,40%.



En lo que se refiere a los objetivos de los Programas de Desarrollo Rural,
éstos son decididos por la Autoridad de Gestión de los mismos y
corresponde a esa misma autoridad de Gestión cumplirlos por lo que la
cuestión planteada excede el ámbito competencial de la Administración
General del Estado.



En cuanto a los compromisos financieros, el Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente ha cumplido íntegramente hasta el año 2012
con los compromisos financieros derivados de los Programas de Desarrollo
Rural de las Comunidades Autónomas a pesar de la situación presupuestaria
actual. En el presente ejercicio, se están cumpliendo, a su vez, los
compromisos de financiación.



Con respecto a los recursos económicos transferidos, cabe señalar que, la
aportación financiera del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente al programa de Desarrollo Rural de Cantabria asciende a
48.623.112



Por último y en relación con los indicadores, cabe informar que el Marco
Común de Seguimiento y Evaluación del periodo 2007-2013, establece una
serie de indicadores comunes que deben utilizar todos los Programas de
Desarrollo Rural para el seguimiento de sus operaciones:



1. De ejecución o output: miden las actividades realizadas dentro de los
programas.



2. De resultado: miden los efectos directos e inmediatos de la
intervención. Proporcionan información sobre los cambios de
comportamiento, capacidad o actuación de los beneficiarios directos.



3. De repercusión o de impacto: se refieren a las ventajas del programa
más allá de los efectos inmediatos en sus beneficiarios directos, no solo
desde el punto de vista de la intervención sino en el ámbito general del
programa.



4. De base: se utilizan para el diagnóstico del territorio y para la
definición de la estrategia.



Las Autoridades de Gestión de cada Programa de Desarrollo Rural son las
que se encargan de cumplimentar los indicadores, actualizan anualmente
los valores en sus respectivos Informes Intermedios Anuales y los
presentan en su respectivo Comité de Seguimiento.



Además de los indicadores comunes, cada programa puede definir indicadores
específicos o adicionales que sirvan para definir mejor su territorio.



A continuación se recogen los indicadores comunes para todos los
Programas:




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689






TABLA 1 INDICADORES DE EJECUCIÓN



Medida;Indicadores de ejecución



Acciones relativas a la información y la formación profesional;1. Número
de participantes en la formación



2. Número de días de formación recibida



Instalación de jóvenes agricultores;3. Número de jóvenes agricultores
subvencionados



4. Volumen total de inversiones



Jubilación anticipada;5. Número de agricultores jubilados a edad
anticipada



6. Número de trabajadores agrícolas jubilados a edad anticipada.



7. Número de hectáreas liberadas



Utilización de servicios de asesoramiento;8. Número de agricultores
beneficiarios de subvenciones



9. Número de silvicultores beneficiarios de subvenciones



Implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento;10.
Número de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento implantados



Modernización de explotaciones agrícolas;11. Número de explotaciones
agrícolas beneficiarias de ayudas a la inversión



12. Volumen total de inversiones



Aumento del valor económico de los bosques;13. Número de explotaciones
forestales beneficiarias de ayudas a la inversión



14. Volumen total de inversiones



Aumento del valor añadido de los productos agrícolas y forestales;15.
Número de empresas subvencionadas



16. Volumen total de inversiones



Cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías
en el sector agrícola y alimentario y en el sector forestal;17. Número de
iniciativas de cooperación subvencionadas



Infraestructuras agrícolas y forestales relacionadas con la evolución y la
adaptación de la agricultura y la silvicultura;18. Número de operaciones
subvencionadas



19. Volumen total de inversiones



Reconstitución del potencial de producción agrícola dañado por catástrofes
naturales e implantación de medidas preventivas adecuadas;20. Superficie
de tierras agrícolas dañada subvencionada



21. Volumen total de inversiones



Cumplimiento de normas basadas en la normativa comunitaria;22. Número de
beneficiarios



Participación de agricultores en programas relativos a la calidad de los
alimentos;23. Número de explotaciones agrícolas subvencionadas que
participan en el programa de calidad



Actividades de información y promoción;24. Número de acciones
subvencionadas



Agricultura de semisubsistencia;25. Número de explotaciones agrícolas de
semisubsistencia subvencionadas



Agrupaciones de productores;26. Número de agrupaciones de productores
subvencionados



27. Volumen de negocios de las agrupaciones de productores subvencionadas



Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades
naturales en zonas de montaña;28. Número de explotaciones subvencionadas
en zonas de montaña



29. Tierras agrícolas subvencionadas en zonas de montaña



Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades en
zonas distintas de las de montaña;30. Número de explotaciones
subvencionadas en zonas con dificultades distintas de las de montaña



31. Tierras agrícolas subvencionadas en zonas con dificultades distintas
de las de montaña




Página
690






Medida;Indicadores de ejecución



Ayudas en el marco Natura 2000 y ayudas relacionadas con la Directiva
2000/60/CE (DMA);32. Número de explotaciones subvencionadas en el marco
de Natura 2000 o de la Directiva Marco del Agua.



33. Tierras agrícolas subvencionadas en el marco de Natura 2000 o de la
Directiva Marco del Agua.



Ayudas agroambientales;34. Número de explotaciones agrícolas y
explotaciones de otros gestores de tierras subvencionadas



35. Superficie total objeto de ayudas agroambientales



36. Superficie física objeto de ayudas agroambientales en virtud de esta
medida



37. Número total de contratos



38. Número de actividades relacionadas con los recursos genéticos



Ayudas relativas al bienestar de los animales;39. Número de explotaciones
agrícolas subvencionadas



40. Número de contratos de bienestar de los animales



Ayudas a las inversiones no productivas;41. Número de explotaciones
agrícolas y explotaciones de otros gestores de tierras subvencionadas



42. Volumen total de inversiones



Primera forestación de tierras agrícolas;43. Número de beneficiarios de la
ayuda a la forestación



44. Número hectáreas forestadas



Primera implantación de sistemas agroforestales en tierras agrícolas;45.
Número de beneficiarios



46. Número de hectáreas objeto de los nuevos sistemas agroforestales



Primera forestación de tierras no agrícolas;47. Número de beneficiarios a
la ayuda a la forestación



48. Número de hectáreas forestadas



Ayudas en el marco de Natura 2000;49. Número de explotaciones forestales
subvencionadas en zonas de Natura 2000



50. Tierras forestales subvencionadas (hectáreas) en zonas de Natura 2000



Ayudas en favor del medio forestal;51. Número de explotaciones forestales
subvencionadas



52. Superficie forestal total objeto de ayudas en favor del medio forestal



53. Superficie forestal física objeto de ayudas en favor del medio
forestal



54. Número de contratos



Recuperación del potencial forestal e implantación de medidas
preventivas;55. Número de actividades de prevención y recuperación



56. Superficie de bosques dañados subvencionados



57. Volumen total de inversiones



Inversiones no productivas;58. Número de silvicultores beneficiarios de
subvenciones



59. Volumen total de inversiones



Diversificación hacia actividades no agrícolas;60. Número de beneficiarios



61. Volumen total de inversiones



Creación y desarrollo de microempresas;62. Número de microempresas
subvencionadas creadas



Fomento de actividades turísticas;63. Número de nuevas actividades
turísticas subvencionadas



64. Volumen total de inversiones




Página
691






Medida;Indicadores de ejecución



Servicios básicos para la economía y la población rural;65. Número de
acciones subvencionadas



66. Volumen total de inversiones



Renovación y desarrollo de poblaciones rurales;67. Número de poblaciones
rurales en que se desarrollaron actividades



68. Volumen total de inversiones



Conservación y mejora del patrimonio rural;69. Número de acciones de
conservación del patrimonio rural subvencionadas



70. Volumen total de inversiones



Formación e información;71. Número de agentes económicos participantes en
las actividades subvencionadas



72. Número de días de formación recibidos por los participantes



Adquisición de capacidades, promoción y aplicación de estrategias de
desarrollo local;73. Número de actividades de adquisición de capacidades
y promoción



74. Número de participantes en las actividades



75. Número de asociaciones de los sectores público y privado
subvencionadas



Aplicación de estrategias de desarrollo local



1. competitividad



2. medio ambiente/gestión de tierras



3. calidad de vida/diversificación;4. Número de grupos de acción local



5. Superficie total de la zona del Grupo de Acción Local (km2)



6. Población total de la zona del Grupo de Acción Local (km2)



7. Número de proyectos financiados por los Grupos de Acción Local.



8. Número de beneficiarios de subvenciones



Ejecución de proyectos de cooperación;9. Número de proyectos de
cooperación



10. Número de Grupos de Acción Local participantes en proyectos de
cooperación



Funcionamiento del grupo de acción local, adquisición de capacidades y
promoción del territorio con arreglo al artículo 59;11. Número de
acciones subvencionadas



TABLA 2 INDICADORES DE RESULTADO



Eje/Objetivo;Indicador



Aumento de la competitividad del sector agrícola y forestal;12. Número de
participantes que concluyeron satisfactoriamente una actividad de
formación relacionada con la agricultura o la silvicultura



13. Aumento del valor añadido bruto en explotaciones o empresas
subvencionadas



14. Número de explotaciones o empresas que hayan incorporado nuevos
productos o nuevas técnicas



15. Valor de la producción agraria regulada por etiquetas o normas de
calidad reconocidas



16. Número de explotaciones que se introducen en el mercado



Mejora del medio ambiente y del entorno rural mediante la gestión de las
tierras;Superficie gestionada satisfactoriamente que contribuya a:



1. la biodiversidad y la agricultura o silvicultura de alto valor natural



2. la calidad del agua



3. la lucha contra el cambio climático



4. la calidad del suelo



5. evitar la marginación y el abandono de tierras




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692






Eje/Objetivo;Indicador



Mejora de la calidad de vida de las zonas rurales y fomento de la
diversificación de la actividad económica;6. Aumento del valor añadido
bruto no agrícola en las empresas subvencionadas



7. Número bruto de puestos de trabajo creados



8. Número adicional de turistas



9. Población de las zonas rurales beneficiaria de los servicios
perfeccionados



10. Mayor penetración de internet en las zonas rurales



11. Número de participantes que completaron satisfactoriamente una
actividad de formación



TABLA 3 INDICADORES DE REPERCUSIÓN



Concepto;Indicador



Crecimiento económico;12. Valor añadido neto adicional expresado en EPA



Creación de empleo;13. Empleo equivalente a dedicación plena neto
adicional creado



Productividad laboral;14. Cambio en valor añadido bruto por equivalente a
dedicación plena.



Inversión de la tendencia a la pérdida de biodiversidad;15. Cambio en las
tendencias de la biodiversidad medido según la población de especies de
aves en tierras agrícolas



Mantenimiento de las tierras agrícolas y forestales de alto valor
natural;16. Cambios en la agricultura y silvicultura de alto valor
natural



Mejora de la calidad del agua;17. Cambios en el balance bruto de
nutrientes



Contribución a la lucha contra el cambio climático;18. Aumento en la
producción de energías renovables



TABLA 4 INDICADORES DE BASE



Indicadores referidos a objetivos



Concepto;Indicador



EJE HORIZONTAL;



Desarrollo económico;19. PIB per capita (EU-25=100)



Tasa de empleo;20. Proporción de empleados comparada con la población
total de la misma edad



Desempleo;21. Tasa de desempleo (% de población activa)



EJE 1: COMPETITIVIDAD;



Formación y educación en el sector agrario;22. % de agricultores con
educación básica y superior



Estructura por edades del sector agrario;23. Proporción: agricultores <35
años y >=55 años



Productividad laboral en el sector agrario;24. Valor Añadido Bruto /Unidad
de Trabajo Agrario (total y por sectores)



Formación bruta de capital fijo en el sector agrario;25. Formación Bruta
de Capital Fijo en agricultura



Creación de empleo en el sector primario;26. Empleo en el sector primario



Desarrollo económico del sector primario;27. Valor Añadido Bruto del
sector primario




Página
693






Concepto;Indicador



Productividad laboral en el sector alimentario;28. Valor Añadido Bruto
/empleados en el sector alimentario



Formación bruta de capital fijo en el sector alimentario;29. Formación
Bruta de Capital Fijo en el sector alimentario



Creación de empleo en la industria alimentaria;30. Empleo en la industria
alimentaria



Desarrollo económico de la industria alimentaria;31. Valor Añadido Bruto
en la industria alimentaria



Productividad laboral en el sector forestal;32. Valor Añadido
Bruto/empleados en el sector forestal



Formación bruta de capital fijo en el sector forestal;33. Formación Bruta
de Capital Fijo en el sector forestal



Importancia de la agricultura de semisubsistencia en los nuevos Estados
miembros;34. Número de explotaciones < 1 Unidad de Desarrollo Económico



EJE 2: MEDIO AMBIENTE;



Biodiversidad: población de aves en tierras agrarias;35. Tendencia en el
índice de población de aves en tierras agrarias



Biodiversidad: zonas agrícolas o forestales de alto valor natural;36.
Superficie Agraria Útil de tierras agrarias de alto valor natural



Biodiversidad: composición de especies arbóreas;37. Distribución de grupos
de especies por superficie de BOSA (% coníferas/% frondosas/% bosque
mixto)



Calidad del agua: balance bruto de nutrientes;38. Excedente de nitrógeno
en kg/ha



39. Excedente de fósforo en kg/ha



Calidad del agua: contaminación por nitratos y plaguicidas;40. Tendencia
anual en las concentraciones de nitrato en tierra y aguas superficiales



41. Tendencia anual en las concentraciones de plaguicidas en tierra y
aguas superficiales



Suelo: zonas con riesgo de erosión del suelo;42. Superficie con riesgo de
erosión del suelo (tn/ha/año)



Suelo: agricultura ecológica;43. Superficie Agraria Útil de agricultura
ecológica



Cambio climático: producción de energías renovables procedentes de la
agricultura y la silvicultura;44. Producción de energía renovable en
agricultura (ktoe)



45. Producción de energía renovable en silvicultura (ktoe)



Cambio climático: Superficie Agraria Útil dedicada a las energías
renovables;46. Superficie Agraria Útil destinada a la obtención de
energía y cultivos de biomasa



Cambio climático/calidad del aire: emisiones de gases procedentes de la
agricultura;47. Emisiones de amoníaco y gases de efecto invernadero
procedentes de la agricultura



EJE 3: DESARROLLO;



Agricultores con otras actividades lucrativas;48. % de agricultores con
otras actividades lucrativas



Creación de empleo en el sector no agrario;49. Empleo en los sectores
secundario y terciario



Desarrollo económico en el sector no agrario;50. Valor Añadido Bruto en
los sectores secundario y terciario



Desarrollo de las actividades por cuenta propia;51. Trabajadores por
cuenta propia



Infraestructuras turísticas en las zonas rurales;52. Número de
alojamientos (hoteles, campings, residencias vacacionales, etc.)



Penetración de internet en las zonas rurales;53. % de población suscrita a
internet DSL



Desarrollo del sector de los servicios;54. % Valor Añadido Bruto en
servicios



Migración neta;55. Índice de migración neta




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694






Concepto;Indicador



Formación permanente en zonas rurales;56. % de población de adultos que
participan en programas de formación y educación



EJE 4: LEADER;



Creación de grupos de acción local;57. Proporción de población cubierta
por grupos de acción local



Indicadores referidos a contexto



Concepto;Indicador



EJE HORIZONTAL;



Designación de zonas rurales;58. Designación de zonas rurales con
metodología OCDE



Importancia de las zonas rurales;59. % de territorio en zonas rurales



60. % de población en zonas rurales



61. % de valor añadido bruto en zonas rurales



62. % de empleo en zonas rurales



EJE 1: COMPETITIVIDAD;



Utilización de tierras agrícolas;63. % de tierras labradas/pastos
permanentes/cultivos permanentes



Estructura de las explotaciones;64. Número de explotaciones



65. Superficie agraria utilizada



66. Distribución y tamaño medio de las explotaciones



67. Distribución y tamaño económico medio de las explotaciones



68. Mano de obra



Estructura forestal;69. Bosque disponible para el suministro de madera



70. Propiedades (% de superficie de Bosque disponible para el suministro
de madera objeto de propiedad 'elegible')



71. Tamaño medio de explotaciones privadas (BOSA)



Productividad forestal;72. Incremento medio del volumen neto anual (Bosque
disponible para el suministro de madera)



EJE 2: MEDIO AMBIENTE;



Ocupación del suelo;73. % de superficie
agrícola/forestal/natural/artificial



Zonas desfavorecidas;74. % de Superficie Agraria Útil en zonas no
desfavorecidas/zonas de montaña desfavorecidas/otras zonas
desfavorecidas/zonas desfavorecidas con dificultades específicas



Zonas de agricultura extensiva;75. % de Superficie Agraria Útil para
cultivos extensivos



76. % de Superficie Agraria Útil para pastoreo extensivo



Zonas de Natura 2000;77. % de territorio en Natura 2000



78. % de Superficie Agraria Útil en Natura 2000



79. % de superficie forestal en Natura 2000



Biodiversidad: bosques protegidos;80. % de superficie protegida para
conservar la biodiversidad, el paisaje y elementos naturales específicos



Desarrollo de zonas forestales;81. Incremento medio anual de bosques y
otras superficies arboladas




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695






Concepto;Indicador



Estado sanitario de los ecosistemas forestales;82. % de
árboles/coníferas/frondosas defoliadas en grado 2-4



Calidad del agua;83. % de territorio designado zona vulnerable a nitratos



Utilización del agua;84. % de Superficie Agraria Útil de regadío



Bosques de protección en relación con el suelo y el agua esencialmente;85.
Superficie de gestionada fundamentalmente para proteger el suelo y el
agua.



EJE 3: DESARROLLO;



Densidad de población;86. Densidad de población



Estructura de edades;87. % de población total con edades de 0 a 14 años,
de 15 a 64 años y >=65 años



Estructura de la economía;88. % de Valor Añadido Bruto por rama (sector
primario/secundario/terciario)



Estructura del empleo;89. % de empleo por rama (sector
primario/secundario/terciario)



Desempleo de larga duración;90. % de desempleo de larga duración
(proporción de la población activa)



Nivel educativo;91. % de adultos (25-64) con estudios medios y superiores



Infraestructura de Internet;92. Cobertura DSL



Madrid, 16 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/025981



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Segura Clavell, José y Alonso Núñez, Alejandro (GS).



Respuesta:



Las actuaciones previstas en el Plan Estratégico Nacional se aplican a
través de los Programas de Desarrollo Rural (PDR). En España existe un
PDR para cada Comunidad Autónoma y la Red Rural Nacional.



Los Programas de Desarrollo Rural aplican una estrategia de desarrollo
rural a través de una serie de medidas reunidas en torno a los ejes
definidos en el título IV del Reglamento 1698/2005 del Consejo de 20 de
septiembre de 2005, para cuya consecución se solicita la ayuda del
FEADER.



El Gobierno confía en que no se perderán fondos en 2013 dado el grado de
cumplimiento de la regla n+2 de los programas de desarrollo rural que se
detalla a continuación:



PROGRAMA;GRADO DE CUMPLIMIENTO1 (%)



ANDALUCÍA;83,01



ARAGÓN;107,17



ASTURIAS;128,25



ILLES BALEARS;80,05



CANARIAS;80,34




Página
696






PROGRAMA;GRADO DE CUMPLIMIENTO1 (%)



CANTABRIA;99,10



CASTILLA LA MANCHA;82,25



CASTILLA Y LEÓN;99,20



CATALUÑA;96,15



EXTREMADURA;80,71



GALICIA;85,66



MADRID;76,73



MURCIA;80,21



NAVARRA;119,85



PAÍS VASCO;100,99



LA RIOJA;105,23



C. VALENCIANA;84,54



1 1 a 31 de marzo de 2013;



La ejecución del Programa de Desarrollo Rural de Canarias a 31 de marzo de
2013 es del 50,25%.



En lo que se refiere a los objetivos de los Programas de Desarrollo Rural,
éstos son decididos por la Autoridad de Gestión de los mismos y
corresponde a esa misma autoridad de Gestión cumplirlos por lo que la
cuestión planteada excede el ámbito competencial de la Administración
General del Estado.



En cuanto a los compromisos financieros, el Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente ha cumplido íntegramente hasta el año 2012
con los compromisos financieros derivados de los Programas de Desarrollo
Rural de las Comunidades Autónomas a pesar de la situación presupuestaria
actual. En el presente ejercicio, se están cumpliendo, a su vez, los
compromisos de financiación.



Con respecto a los recursos económicos transferidos, cabe señalar que, la
aportación financiera del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente al programa de Desarrollo Rural de Canarias asciende a
36.549.267 €.



Por último y en relación con los indicadores, cabe informar que el Marco
Común de Seguimiento y Evaluación del periodo 2007-2013, establece una
serie de indicadores comunes que deben utilizar todos los Programas de
Desarrollo Rural para el seguimiento de sus operaciones:



1. De ejecución o output: miden las actividades realizadas dentro de los
programas.



2. De resultado: miden los efectos directos e inmediatos de la
intervención. Proporcionan información sobre los cambios de
comportamiento, capacidad o actuación de los beneficiarios directos.



3. De repercusión o de impacto: se refieren a las ventajas del programa
más allá de los efectos inmediatos en sus beneficiarios directos, no solo
desde el punto de vista de la intervención sino en el ámbito general del
programa.



4. De base: se utilizan para el diagnóstico del territorio y para la
definición de la estrategia.



Las Autoridades de Gestión de cada Programa de Desarrollo Rural son las
que se encargan de cumplimentar los indicadores, actualizan anualmente
los valores en sus respectivos Informes Intermedios Anuales y los
presentan en su respectivo Comité de Seguimiento.



Además de los indicadores comunes, cada programa puede definir indicadores
específicos o adicionales que sirvan para definir mejor su territorio.



A continuación se recogen los indicadores comunes para todos los
Programas:




Página
697






TABLA 1 INDICADORES DE EJECUCIÓN



Medida;Indicadores de ejecución



Acciones relativas a la información y la formación profesional;1. Número
de participantes en la formación



2. Número de días de formación recibida



Instalación de jóvenes agricultores;3. Número de jóvenes agricultores
subvencionados



4. Volumen total de inversiones



Jubilación anticipada;5. Número de agricultores jubilados a edad
anticipada



6. Número de trabajadores agrícolas jubilados a edad anticipada.



7. Número de hectáreas liberadas



Utilización de servicios de asesoramiento;8. Número de agricultores
beneficiarios de subvenciones



9. Número de silvicultores beneficiarios de subvenciones



Implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento;10.
Número de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento implantados



Modernización de explotaciones agrícolas;11. Número de explotaciones
agrícolas beneficiarias de ayudas a la inversión



12. Volumen total de inversiones



Aumento del valor económico de los bosques;13. Número de explotaciones
forestales beneficiarias de ayudas a la inversión



14. Volumen total de inversiones



Aumento del valor añadido de los productos agrícolas y forestales;15.
Número de empresas subvencionadas



16. Volumen total de inversiones



Cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías
en el sector agrícola y alimentario y en el sector forestal;17. Número de
iniciativas de cooperación subvencionadas



Infraestructuras agrícolas y forestales relacionadas con la evolución y la
adaptación de la agricultura y la silvicultura;18. Número de operaciones
subvencionadas



19. Volumen total de inversiones



Reconstitución del potencial de producción agrícola dañado por catástrofes
naturales e implantación de medidas preventivas adecuadas;20. Superficie
de tierras agrícolas dañada subvencionada



21. Volumen total de inversiones



Cumplimiento de normas basadas en la normativa comunitaria;22. Número de
beneficiarios



Participación de agricultores en programas relativos a la calidad de los
alimentos;23. Número de explotaciones agrícolas subvencionadas que
participan en el programa de calidad



Actividades de información y promoción;24. Número de acciones
subvencionadas



Agricultura de semisubsistencia;25. Número de explotaciones agrícolas de
semisubsistencia subvencionadas



Agrupaciones de productores;26. Número de agrupaciones de productores
subvencionados



27. Volumen de negocios de las agrupaciones de productores subvencionadas



Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades
naturales en zonas de montaña;28. Número de explotaciones subvencionadas
en zonas de montaña



29. Tierras agrícolas subvencionadas en zonas de montaña



Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades en
zonas distintas de las de montaña;30. Número de explotaciones
subvencionadas en zonas con dificultades distintas de las de montaña



31. Tierras agrícolas subvencionadas en zonas con dificultades distintas
de las de montaña




Página
698






Medida;Indicadores de ejecución



Ayudas en el marco Natura 2000 y ayudas relacionadas con la Directiva
2000/60/CE (DMA);32. Número de explotaciones subvencionadas en el marco
de Natura 2000 o de la Directiva Marco del Agua.



33. Tierras agrícolas subvencionadas en el marco de Natura 2000 o de la
Directiva Marco del Agua.



Ayudas agroambientales;34. Número de explotaciones agrícolas y
explotaciones de otros gestores de tierras subvencionadas



35. Superficie total objeto de ayudas agroambientales



36. Superficie física objeto de ayudas agroambientales en virtud de esta
medida



37. Número total de contratos



38. Número de actividades relacionadas con los recursos genéticos



Ayudas relativas al bienestar de los animales;39. Número de explotaciones
agrícolas subvencionadas



40. Número de contratos de bienestar de los animales



Ayudas a las inversiones no productivas;41. Número de explotaciones
agrícolas y explotaciones de otros gestores de tierras subvencionadas



42. Volumen total de inversiones



Primera forestación de tierras agrícolas;43. Número de beneficiarios de la
ayuda a la forestación



44. Número hectáreas forestadas



Primera implantación de sistemas agroforestales en tierras agrícolas;45.
Número de beneficiarios



46. Número de hectáreas objeto de los nuevos sistemas agroforestales



Primera forestación de tierras no agrícolas;47. Número de beneficiarios a
la ayuda a la forestación



48. Número de hectáreas forestadas



Ayudas en el marco de Natura 2000;49. Número de explotaciones forestales
subvencionadas en zonas de Natura 2000



50. Tierras forestales subvencionadas (hectáreas) en zonas de Natura 2000



Ayudas en favor del medio forestal;51. Número de explotaciones forestales
subvencionadas



52. Superficie forestal total objeto de ayudas en favor del medio forestal



53. Superficie forestal física objeto de ayudas en favor del medio
forestal



54. Número de contratos



Recuperación del potencial forestal e implantación de medidas
preventivas;55. Número de actividades de prevención y recuperación



56. Superficie de bosques dañados subvencionados



57. Volumen total de inversiones



Inversiones no productivas;58. Número de silvicultores beneficiarios de
subvenciones



59. Volumen total de inversiones



Diversificación hacia actividades no agrícolas;60. Número de beneficiarios



61. Volumen total de inversiones



Creación y desarrollo de microempresas;62. Número de microempresas
subvencionadas creadas



Fomento de actividades turísticas;63. Número de nuevas actividades
turísticas subvencionadas



64. Volumen total de inversiones




Página
699






Medida;Indicadores de ejecución



Servicios básicos para la economía y la población rural;65. Número de
acciones subvencionadas



66. Volumen total de inversiones



Renovación y desarrollo de poblaciones rurales;67. Número de poblaciones
rurales en que se desarrollaron actividades



68. Volumen total de inversiones



Conservación y mejora del patrimonio rural;69. Número de acciones de
conservación del patrimonio rural subvencionadas



70. Volumen total de inversiones



Formación e información;71. Número de agentes económicos participantes en
las actividades subvencionadas



72. Número de días de formación recibidos por los participantes



Adquisición de capacidades, promoción y aplicación de estrategias de
desarrollo local;73. Número de actividades de adquisición de capacidades
y promoción



74. Número de participantes en las actividades



75. Número de asociaciones de los sectores público y privado
subvencionadas



Aplicación de estrategias de desarrollo local



1. competitividad



2. medio ambiente/gestión de tierras



3. calidad de vida/diversificación;4. Número de grupos de acción local



5. Superficie total de la zona del Grupo de Acción Local (km2)



6. Población total de la zona del Grupo de Acción Local (km2)



7. Número de proyectos financiados por los Grupos de Acción Local.



8. Número de beneficiarios de subvenciones



Ejecución de proyectos de cooperación;9. Número de proyectos de
cooperación



10. Número de Grupos de Acción Local participantes en proyectos de
cooperación



Funcionamiento del grupo de acción local, adquisición de capacidades y
promoción del territorio con arreglo al artículo 59;11. Número de
acciones subvencionadas



TABLA 2 INDICADORES DE RESULTADO



Eje/Objetivo;Indicador



Aumento de la competitividad del sector agrícola y forestal;12. Número de
participantes que concluyeron satisfactoriamente una actividad de
formación relacionada con la agricultura o la silvicultura



13. Aumento del valor añadido bruto en explotaciones o empresas
subvencionadas



14. Número de explotaciones o empresas que hayan incorporado nuevos
productos o nuevas técnicas



15. Valor de la producción agraria regulada por etiquetas o normas de
calidad reconocidas



16. Número de explotaciones que se introducen en el mercado



Mejora del medio ambiente y del entorno rural mediante la gestión de las
tierras;Superficie gestionada satisfactoriamente que contribuya a:



1. la biodiversidad y la agricultura o silvicultura de alto valor natural



2. la calidad del agua



3. la lucha contra el cambio climático



4. la calidad del suelo



5. evitar la marginación y el abandono de tierras




Página
700






Eje/Objetivo;Indicador



Mejora de la calidad de vida de las zonas rurales y fomento de la
diversificación de la actividad económica;6. Aumento del valor añadido
bruto no agrícola en las empresas subvencionadas



7. Número bruto de puestos de trabajo creados



8. Número adicional de turistas



9. Población de las zonas rurales beneficiaria de los servicios
perfeccionados



10. Mayor penetración de internet en las zonas rurales



11. Número de participantes que completaron satisfactoriamente una
actividad de formación



TABLA 3 INDICADORES DE REPERCUSIÓN



Concepto;Indicador



Crecimiento económico;12. Valor añadido neto adicional expresado en EPA



Creación de empleo;13. Empleo equivalente a dedicación plena neto
adicional creado



Productividad laboral;14. Cambio en valor añadido bruto por equivalente a
dedicación plena.



Inversión de la tendencia a la pérdida de biodiversidad;15. Cambio en las
tendencias de la biodiversidad medido según la población de especies de
aves en tierras agrícolas



Mantenimiento de las tierras agrícolas y forestales de alto valor
natural;16. Cambios en la agricultura y silvicultura de alto valor
natural



Mejora de la calidad del agua;17. Cambios en el balance bruto de
nutrientes



Contribución a la lucha contra el cambio climático;18. Aumento en la
producción de energías renovables



TABLA 4 INDICADORES DE BASE



Indicadores referidos a objetivos



Concepto;Indicador



EJE HORIZONTAL;



Desarrollo económico;19. PIB per capita (EU-25=100)



Tasa de empleo;20. Proporción de empleados comparada con la población
total de la misma edad



Desempleo;21. Tasa de desempleo (% de población activa)



EJE 1: COMPETITIVIDAD;



Formación y educación en el sector agrario;22. % de agricultores con
educación básica y superior



Estructura por edades del sector agrario;23. Proporción: agricultores <35
años y >=55 años



Productividad laboral en el sector agrario;24. Valor Añadido Bruto /Unidad
de Trabajo Agrario (total y por sectores)



Formación bruta de capital fijo en el sector agrario;25. Formación Bruta
de Capital Fijo en agricultura



Creación de empleo en el sector primario;26. Empleo en el sector primario



Desarrollo económico del sector primario;27. Valor Añadido Bruto del
sector primario




Página
701






Concepto;Indicador



Productividad laboral en el sector alimentario;28. Valor Añadido Bruto
/empleados en el sector alimentario



Formación bruta de capital fijo en el sector alimentario;29. Formación
Bruta de Capital Fijo en el sector alimentario



Creación de empleo en la industria alimentaria;30. Empleo en la industria
alimentaria



Desarrollo económico de la industria alimentaria;31. Valor Añadido Bruto
en la industria alimentaria



Productividad laboral en el sector forestal;32. Valor Añadido
Bruto/empleados en el sector forestal



Formación bruta de capital fijo en el sector forestal;33. Formación Bruta
de Capital Fijo en el sector forestal



Importancia de la agricultura de semisubsistencia en los nuevos Estados
miembros;34. Número de explotaciones < 1 Unidad de Desarrollo Económico



EJE 2: MEDIO AMBIENTE;



Biodiversidad: población de aves en tierras agrarias;35. Tendencia en el
índice de población de aves en tierras agrarias



Biodiversidad: zonas agrícolas o forestales de alto valor natural;36.
Superficie Agraria Útil de tierras agrarias de alto valor natural



Biodiversidad: composición de especies arbóreas;37. Distribución de grupos
de especies por superficie de BOSA (% coníferas/% frondosas/% bosque
mixto)



Calidad del agua: balance bruto de nutrientes;38. Excedente de nitrógeno
en kg/ha



39. Excedente de fósforo en kg/ha



Calidad del agua: contaminación por nitratos y plaguicidas;40. Tendencia
anual en las concentraciones de nitrato en tierra y aguas superficiales



41. Tendencia anual en las concentraciones de plaguicidas en tierra y
aguas superficiales



Suelo: zonas con riesgo de erosión del suelo;42. Superficie con riesgo de
erosión del suelo (tn/ha/año)



Suelo: agricultura ecológica;43. Superficie Agraria Útil de agricultura
ecológica



Cambio climático: producción de energías renovables procedentes de la
agricultura y la silvicultura;44. Producción de energía renovable en
agricultura (ktoe)



45. Producción de energía renovable en silvicultura (ktoe)



Cambio climático: Superficie Agraria Útil dedicada a las energías
renovables;46. Superficie Agraria Útil destinada a la obtención de
energía y cultivos de biomasa



Cambio climático/calidad del aire: emisiones de gases procedentes de la
agricultura;47. Emisiones de amoníaco y gases de efecto invernadero
procedentes de la agricultura



EJE 3: DESARROLLO;



Agricultores con otras actividades lucrativas;48. % de agricultores con
otras actividades lucrativas



Creación de empleo en el sector no agrario;49. Empleo en los sectores
secundario y terciario



Desarrollo económico en el sector no agrario;50. Valor Añadido Bruto en
los sectores secundario y terciario



Desarrollo de las actividades por cuenta propia;51. Trabajadores por
cuenta propia



Infraestructuras turísticas en las zonas rurales;52. Número de
alojamientos (hoteles, campings, residencias vacacionales, etc.)



Penetración de internet en las zonas rurales;53. % de población suscrita a
internet DSL



Desarrollo del sector de los servicios;54. % Valor Añadido Bruto en
servicios



Migración neta;55. Índice de migración neta




Página
702






Concepto;Indicador



Formación permanente en zonas rurales;56. % de población de adultos que
participan en programas de formación y educación



EJE 4: LEADER;



Creación de grupos de acción local;57. Proporción de población cubierta
por grupos de acción local



Indicadores referidos a contexto



Concepto;Indicador



EJE HORIZONTAL;



Designación de zonas rurales;58. Designación de zonas rurales con
metodología OCDE



Importancia de las zonas rurales;59. % de territorio en zonas rurales



60. % de población en zonas rurales



61. % de valor añadido bruto en zonas rurales



62. % de empleo en zonas rurales



EJE 1: COMPETITIVIDAD;



Utilización de tierras agrícolas;63. % de tierras labradas/pastos
permanentes/cultivos permanentes



Estructura de las explotaciones;64. Número de explotaciones



65. Superficie agraria utilizada



66. Distribución y tamaño medio de las explotaciones



67. Distribución y tamaño económico medio de las explotaciones



68. Mano de obra



Estructura forestal;69. Bosque disponible para el suministro de madera



70. Propiedades (% de superficie de Bosque disponible para el suministro
de madera objeto de propiedad 'elegible')



71. Tamaño medio de explotaciones privadas (BOSA)



Productividad forestal;72. Incremento medio del volumen neto anual (Bosque
disponible para el suministro de madera)



EJE 2: MEDIO AMBIENTE;



Ocupación del suelo;73. % de superficie
agrícola/forestal/natural/artificial



Zonas desfavorecidas;74. % de Superficie Agraria Útil en zonas no
desfavorecidas/zonas de montaña desfavorecidas/otras zonas
desfavorecidas/zonas desfavorecidas con dificultades específicas



Zonas de agricultura extensiva;75. % de Superficie Agraria Útil para
cultivos extensivos



76. % de Superficie Agraria Útil para pastoreo extensivo



Zonas de Natura 2000;77. % de territorio en Natura 2000



78. % de Superficie Agraria Útil en Natura 2000



79. % de superficie forestal en Natura 2000



Biodiversidad: bosques protegidos;80. % de superficie protegida para
conservar la biodiversidad, el paisaje y elementos naturales específicos



Desarrollo de zonas forestales;81. Incremento medio anual de bosques y
otras superficies arboladas




Página
703






Concepto;Indicador



Estado sanitario de los ecosistemas forestales;82. % de
árboles/coníferas/frondosas defoliadas en grado 2-4



Calidad del agua;83. % de territorio designado zona vulnerable a nitratos



Utilización del agua;84. % de Superficie Agraria Útil de regadío



Bosques de protección en relación con el suelo y el agua esencialmente;85.
Superficie de gestionada fundamentalmente para proteger el suelo y el
agua.



EJE 3: DESARROLLO;



Densidad de población;86. Densidad de población



Estructura de edades;87. % de población total con edades de 0 a 14 años,
de 15 a 64 años y >=65 años



Estructura de la economía;88. % de Valor Añadido Bruto por rama (sector
primario/secundario/terciario)



Estructura del empleo;89. % de empleo por rama (sector
primario/secundario/terciario)



Desempleo de larga duración;90. % de desempleo de larga duración
(proporción de la población activa)



Nivel educativo;91. % de adultos (25-64) con estudios medios y superiores



Infraestructura de Internet;92. Cobertura DSL



Madrid, 16 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/025982



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Luena López, César y Alonso Núñez, Alejandro (GS).



Respuesta:



Las actuaciones previstas en el Plan Estratégico Nacional se aplican a
través de los Programas de Desarrollo Rural (PDR). En España existe un
PDR para cada Comunidad Autónoma y la Red Rural Nacional,



Los Programas de Desarrollo Rural aplican una estrategia de desarrollo
rural a través de una serie de medidas reunidas en torno a los ejes
definidos en el título IV del Reglamento 1698/2005 del Consejo de 20 de
septiembre de 2005, para cuya consecución se solicita la ayuda del
FEADER.



El Gobierno confía en que no se perderán fondos en 2013 dado el grado de
cumplimiento de la regla n+2 de los programas de desarrollo rural que se
detalla a continuación:



PROGRAMA;GRADO DE CUMPLIMIENTO1 (%)



ANDALUCÍA;83,01



ARAGÓN;107,17



ASTURIAS;128,25



ILLES BALEARS;80,05



CANARIAS;80,34




Página
704






PROGRAMA;GRADO DE CUMPLIMIENTO1 (%)



CANTABRIA;99,10



CASTILLA LA MANCHA;82,25



CASTILLA Y LEÓN;99,20



CATALUÑA;96,15



EXTREMADURA;80,71



GALICIA;85,66



MADRID;76,73



MURCIA;80,21



NAVARRA;119,85



PAÍS VASCO;100,99



LA RIOJA;105,23



C. VALENCIANA;84,54



1 1 a 31 de marzo de 2013;



La ejecución del Programa de Desarrollo Rural de La Rioja a 31 de marzo de
2013 es del 65,92%.



En lo que se refiere a los objetivos de los Programas de Desarrollo Rural,
éstos son decididos por la Autoridad de Gestión de los mismos y
corresponde a esa misma autoridad de Gestión cumplirlos por lo que la
cuestión planteada excede el ámbito competencial de la Administración
General del Estado.



En cuanto a los compromisos financieros, el Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente ha cumplido íntegramente hasta el año 2012
con los compromisos financieros derivados de los Programas de Desarrollo
Rural de las Comunidades Autónomas a pesar de la situación presupuestaria
actual. En el presente ejercicio, se están cumpliendo, a su vez, los
compromisos de financiación.



Con respecto a los recursos económicos transferidos, cabe señalar que, la
aportación financiera del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente al programa de Desarrollo Rural de La Rioja asciende a
39.726.649 €.



Por último y en relación con los indicadores, cabe informar que el Marco
Común de Seguimiento y Evaluación del periodo 2007-2013, establece una
serie de indicadores comunes que deben utilizar todos los Programas de
Desarrollo Rural para el seguimiento de sus operaciones:



1. De ejecución o output: miden las actividades realizadas dentro de los
programas.



2. De resultado: miden los efectos directos e inmediatos de la
intervención. Proporcionan información sobre los cambios de
comportamiento, capacidad o actuación de los beneficiarios directos.



3. De repercusión o de impacto: se refieren a las ventajas del programa
más allá de los efectos inmediatos en sus beneficiarios directos, no solo
desde el punto de vista de la intervención sino en el ámbito general del
programa.



4. De base: se utilizan para el diagnóstico del territorio y para la
definición de la estrategia.



Las Autoridades de Gestión de cada Programa de Desarrollo Rural son las
que se encargan de cumplimentar los indicadores, actualizan anualmente
los valores en sus respectivos Informes Intermedios Anuales y los
presentan en su respectivo Comité de Seguimiento.



Además de los indicadores comunes, cada programa puede definir indicadores
específicos o adicionales que sirvan para definir mejor su territorio.



A continuación se recogen los indicadores comunes para todos los
Programas:




Página
705






TABLA 1 INDICADORES DE EJECUCIÓN



Medida;Indicadores de ejecución



Acciones relativas a la información y la formación profesional;1. Número
de participantes en la formación



2. Número de días de formación recibida



Instalación de jóvenes agricultores;3. Número de jóvenes agricultores
subvencionados



4. Volumen total de inversiones



Jubilación anticipada;5. Número de agricultores jubilados a edad
anticipada



6. Número de trabajadores agrícolas jubilados a edad anticipada.



7. Número de hectáreas liberadas



Utilización de servicios de asesoramiento;8. Número de agricultores
beneficiarios de subvenciones



9. Número de silvicultores beneficiarios de subvenciones



Implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento;10.
Número de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento implantados



Modernización de explotaciones agrícolas;11. Número de explotaciones
agrícolas beneficiarias de ayudas a la inversión



12. Volumen total de inversiones



Aumento del valor económico de los bosques;13. Número de explotaciones
forestales beneficiarias de ayudas a la inversión



14. Volumen total de inversiones



Aumento del valor añadido de los productos agrícolas y forestales;15.
Número de empresas subvencionadas



16. Volumen total de inversiones



Cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías
en el sector agrícola y alimentario y en el sector forestal;17. Número de
iniciativas de cooperación subvencionadas



Infraestructuras agrícolas y forestales relacionadas con la evolución y la
adaptación de la agricultura y la silvicultura;18. Número de operaciones
subvencionadas



19. Volumen total de inversiones



Reconstitución del potencial de producción agrícola dañado por catástrofes
naturales e implantación de medidas preventivas adecuadas;20. Superficie
de tierras agrícolas dañada subvencionada



21. Volumen total de inversiones



Cumplimiento de normas basadas en la normativa comunitaria;22. Número de
beneficiarios



Participación de agricultores en programas relativos a la calidad de los
alimentos;23. Número de explotaciones agrícolas subvencionadas que
participan en el programa de calidad



Actividades de información y promoción;24. Número de acciones
subvencionadas



Agricultura de semisubsistencia;25. Número de explotaciones agrícolas de
semisubsistencia subvencionadas



Agrupaciones de productores;26. Número de agrupaciones de productores
subvencionados



27. Volumen de negocios de las agrupaciones de productores subvencionadas



Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades
naturales en zonas de montaña;28. Número de explotaciones subvencionadas
en zonas de montaña



29. Tierras agrícolas subvencionadas en zonas de montaña



Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades en
zonas distintas de las de montaña;30. Número de explotaciones
subvencionadas en zonas con dificultades distintas de las de montaña



31. Tierras agrícolas subvencionadas en zonas con dificultades distintas
de las de montaña




Página
706






Medida;Indicadores de ejecución



Ayudas en el marco Natura 2000 y ayudas relacionadas con la Directiva
2000/60/CE (DMA);32. Número de explotaciones subvencionadas en el marco
de Natura 2000 o de la Directiva Marco del Agua.



33. Tierras agrícolas subvencionadas en el marco de Natura 2000 o de la
Directiva Marco del Agua.



Ayudas agroambientales;34. Número de explotaciones agrícolas y
explotaciones de otros gestores de tierras subvencionadas



35. Superficie total objeto de ayudas agroambientales



36. Superficie física objeto de ayudas agroambientales en virtud de esta
medida



37. Número total de contratos



38. Número de actividades relacionadas con los recursos genéticos



Ayudas relativas al bienestar de los animales;39. Número de explotaciones
agrícolas subvencionadas



40. Número de contratos de bienestar de los animales



Ayudas a las inversiones no productivas;41. Número de explotaciones
agrícolas y explotaciones de otros gestores de tierras subvencionadas



42. Volumen total de inversiones



Primera forestación de tierras agrícolas;43. Número de beneficiarios de la
ayuda a la forestación



44. Número hectáreas forestadas



Primera implantación de sistemas agroforestales en tierras agrícolas;45.
Número de beneficiarios



46. Número de hectáreas objeto de los nuevos sistemas agroforestales



Primera forestación de tierras no agrícolas;47. Número de beneficiarios a
la ayuda a la forestación



48. Número de hectáreas forestadas



Ayudas en el marco de Natura 2000;49. Número de explotaciones forestales
subvencionadas en zonas de Natura 2000



50. Tierras forestales subvencionadas (hectáreas) en zonas de Natura 2000



Ayudas en favor del medio forestal;51. Número de explotaciones forestales
subvencionadas



52. Superficie forestal total objeto de ayudas en favor del medio forestal



53. Superficie forestal física objeto de ayudas en favor del medio
forestal



54. Número de contratos



Recuperación del potencial forestal e implantación de medidas
preventivas;55. Número de actividades de prevención y recuperación



56. Superficie de bosques dañados subvencionados



57. Volumen total de inversiones



Inversiones no productivas;58. Número de silvicultores beneficiarios de
subvenciones



59. Volumen total de inversiones



Diversificación hacia actividades no agrícolas;60. Número de beneficiarios



61. Volumen total de inversiones



Creación y desarrollo de microempresas;62. Número de microempresas
subvencionadas creadas



Fomento de actividades turísticas;63. Número de nuevas actividades
turísticas subvencionadas



64. Volumen total de inversiones




Página
707






Medida;Indicadores de ejecución



Servicios básicos para la economía y la población rural;65. Número de
acciones subvencionadas



66. Volumen total de inversiones



Renovación y desarrollo de poblaciones rurales;67. Número de poblaciones
rurales en que se desarrollaron actividades



68. Volumen total de inversiones



Conservación y mejora del patrimonio rural;69. Número de acciones de
conservación del patrimonio rural subvencionadas



70. Volumen total de inversiones



Formación e información;71. Número de agentes económicos participantes en
las actividades subvencionadas



72. Número de días de formación recibidos por los participantes



Adquisición de capacidades, promoción y aplicación de estrategias de
desarrollo local;73. Número de actividades de adquisición de capacidades
y promoción



74. Número de participantes en las actividades



75. Número de asociaciones de los sectores público y privado
subvencionadas



Aplicación de estrategias de desarrollo local



1. competitividad



2. medio ambiente/gestión de tierras



3. calidad de vida/diversificación;4. Número de grupos de acción local



5. Superficie total de la zona del Grupo de Acción Local (km2)



6. Población total de la zona del Grupo de Acción Local (km2)



7. Número de proyectos financiados por los Grupos de Acción Local.



8. Número de beneficiarios de subvenciones



Ejecución de proyectos de cooperación;9. Número de proyectos de
cooperación



10. Número de Grupos de Acción Local participantes en proyectos de
cooperación



Funcionamiento del grupo de acción local, adquisición de capacidades y
promoción del territorio con arreglo al artículo 59;11. Número de
acciones subvencionadas



TABLA 2 INDICADORES DE RESULTADO



Eje/Objetivo;Indicador



Aumento de la competitividad del sector agrícola y forestal;12. Número de
participantes que concluyeron satisfactoriamente una actividad de
formación relacionada con la agricultura o la silvicultura



13. Aumento del valor añadido bruto en explotaciones o empresas
subvencionadas



14. Número de explotaciones o empresas que hayan incorporado nuevos
productos o nuevas técnicas



15. Valor de la producción agraria regulada por etiquetas o normas de
calidad reconocidas



16. Número de explotaciones que se introducen en el mercado



Mejora del medio ambiente y del entorno rural mediante la gestión de las
tierras;Superficie gestionada satisfactoriamente que contribuya a:



1. la biodiversidad y la agricultura o silvicultura de alto valor natural



2. la calidad del agua



3. la lucha contra el cambio climático



4. la calidad del suelo



5. evitar la marginación y el abandono de tierras




Página
708






Eje/Objetivo;Indicador



Mejora de la calidad de vida de las zonas rurales y fomento de la
diversificación de la actividad económica;6. Aumento del valor añadido
bruto no agrícola en las empresas subvencionadas



7. Número bruto de puestos de trabajo creados



8. Número adicional de turistas



9. Población de las zonas rurales beneficiaria de los servicios
perfeccionados



10. Mayor penetración de internet en las zonas rurales



11. Número de participantes que completaron satisfactoriamente una
actividad de formación



TABLA 3 INDICADORES DE REPERCUSIÓN



Concepto;Indicador



Crecimiento económico;12. Valor añadido neto adicional expresado en EPA



Creación de empleo;13. Empleo equivalente a dedicación plena neto
adicional creado



Productividad laboral;14. Cambio en valor añadido bruto por equivalente a
dedicación plena.



Inversión de la tendencia a la pérdida de biodiversidad;15. Cambio en las
tendencias de la biodiversidad medido según la población de especies de
aves en tierras agrícolas



Mantenimiento de las tierras agrícolas y forestales de alto valor
natural;16. Cambios en la agricultura y silvicultura de alto valor
natural



Mejora de la calidad del agua;17. Cambios en el balance bruto de
nutrientes



Contribución a la lucha contra el cambio climático;18. Aumento en la
producción de energías renovables



TABLA 4 INDICADORES DE BASE



Indicadores referidos a objetivos



Concepto;Indicador



EJE HORIZONTAL;



Desarrollo económico;19. PIB per capita (EU-25=100)



Tasa de empleo;20. Proporción de empleados comparada con la población
total de la misma edad



Desempleo;21. Tasa de desempleo (% de población activa)



EJE 1: COMPETITIVIDAD;



Formación y educación en el sector agrario;22. % de agricultores con
educación básica y superior



Estructura por edades del sector agrario;23. Proporción: agricultores <35
años y >=55 años



Productividad laboral en el sector agrario;24. Valor Añadido Bruto /Unidad
de Trabajo Agrario (total y por sectores)



Formación bruta de capital fijo en el sector agrario;25. Formación Bruta
de Capital Fijo en agricultura



Creación de empleo en el sector primario;26. Empleo en el sector primario



Desarrollo económico del sector primario;27. Valor Añadido Bruto del
sector primario




Página
709






Concepto;Indicador



Productividad laboral en el sector alimentario;28. Valor Añadido Bruto
/empleados en el sector alimentario



Formación bruta de capital fijo en el sector alimentario;29. Formación
Bruta de Capital Fijo en el sector alimentario



Creación de empleo en la industria alimentaria;30. Empleo en la industria
alimentaria



Desarrollo económico de la industria alimentaria;31. Valor Añadido Bruto
en la industria alimentaria



Productividad laboral en el sector forestal;32. Valor Añadido
Bruto/empleados en el sector forestal



Formación bruta de capital fijo en el sector forestal;33. Formación Bruta
de Capital Fijo en el sector forestal



Importancia de la agricultura de semisubsistencia en los nuevos Estados
miembros;34. Número de explotaciones < 1 Unidad de Desarrollo Económico



EJE 2: MEDIO AMBIENTE;



Biodiversidad: población de aves en tierras agrarias;35. Tendencia en el
índice de población de aves en tierras agrarias



Biodiversidad: zonas agrícolas o forestales de alto valor natural;36.
Superficie Agraria Útil de tierras agrarias de alto valor natural



Biodiversidad: composición de especies arbóreas;37. Distribución de grupos
de especies por superficie de BOSA (% coníferas/% frondosas/% bosque
mixto)



Calidad del agua: balance bruto de nutrientes;38. Excedente de nitrógeno
en kg/ha



39. Excedente de fósforo en kg/ha



Calidad del agua: contaminación por nitratos y plaguicidas;40. Tendencia
anual en las concentraciones de nitrato en tierra y aguas superficiales



41. Tendencia anual en las concentraciones de plaguicidas en tierra y
aguas superficiales



Suelo: zonas con riesgo de erosión del suelo;42. Superficie con riesgo de
erosión del suelo (tn/ha/año)



Suelo: agricultura ecológica;43. Superficie Agraria Útil de agricultura
ecológica



Cambio climático: producción de energías renovables procedentes de la
agricultura y la silvicultura;44. Producción de energía renovable en
agricultura (ktoe)



45. Producción de energía renovable en silvicultura (ktoe)



Cambio climático: Superficie Agraria Útil dedicada a las energías
renovables;46. Superficie Agraria Útil destinada a la obtención de
energía y cultivos de biomasa



Cambio climático/calidad del aire: emisiones de gases procedentes de la
agricultura;47. Emisiones de amoníaco y gases de efecto invernadero
procedentes de la agricultura



EJE 3: DESARROLLO;



Agricultores con otras actividades lucrativas;48. % de agricultores con
otras actividades lucrativas



Creación de empleo en el sector no agrario;49. Empleo en los sectores
secundario y terciario



Desarrollo económico en el sector no agrario;50. Valor Añadido Bruto en
los sectores secundario y terciario



Desarrollo de las actividades por cuenta propia;51. Trabajadores por
cuenta propia



Infraestructuras turísticas en las zonas rurales;52. Número de
alojamientos (hoteles, campings, residencias vacacionales, etc.)



Penetración de internet en las zonas rurales;53. % de población suscrita a
internet DSL



Desarrollo del sector de los servicios;54. % Valor Añadido Bruto en
servicios



Migración neta;55. Índice de migración neta




Página
710






Concepto;Indicador



Formación permanente en zonas rurales;56. % de población de adultos que
participan en programas de formación y educación



EJE 4: LEADER;



Creación de grupos de acción local;57. Proporción de población cubierta
por grupos de acción local



Indicadores referidos a contexto



Concepto;Indicador



EJE HORIZONTAL;



Designación de zonas rurales;58. Designación de zonas rurales con
metodología OCDE



Importancia de las zonas rurales;59. % de territorio en zonas rurales



60. % de población en zonas rurales



61. % de valor añadido bruto en zonas rurales



62. % de empleo en zonas rurales



EJE 1: COMPETITIVIDAD;



Utilización de tierras agrícolas;63. % de tierras labradas/pastos
permanentes/cultivos permanentes



Estructura de las explotaciones;64. Número de explotaciones



65. Superficie agraria utilizada



66. Distribución y tamaño medio de las explotaciones



67. Distribución y tamaño económico medio de las explotaciones



68. Mano de obra



Estructura forestal;69. Bosque disponible para el suministro de madera



70. Propiedades (% de superficie de Bosque disponible para el suministro
de madera objeto de propiedad 'elegible')



71. Tamaño medio de explotaciones privadas (BOSA)



Productividad forestal;72. Incremento medio del volumen neto anual (Bosque
disponible para el suministro de madera)



EJE 2: MEDIO AMBIENTE;



Ocupación del suelo;73. % de superficie
agrícola/forestal/natural/artificial



Zonas desfavorecidas;74. % de Superficie Agraria Útil en zonas no
desfavorecidas/zonas de montaña desfavorecidas/otras zonas
desfavorecidas/zonas desfavorecidas con dificultades específicas



Zonas de agricultura extensiva;75. % de Superficie Agraria Útil para
cultivos extensivos



76. % de Superficie Agraria Útil para pastoreo extensivo



Zonas de Natura 2000;77. % de territorio en Natura 2000



78. % de Superficie Agraria Útil en Natura 2000



79. % de superficie forestal en Natura 2000



Biodiversidad: bosques protegidos;80. % de superficie protegida para
conservar la biodiversidad, el paisaje y elementos naturales específicos



Desarrollo de zonas forestales;81. Incremento medio anual de bosques y
otras superficies arboladas




Página
711






Concepto;Indicador



Estado sanitario de los ecosistemas forestales;82. % de
árboles/coníferas/frondosas defoliadas en grado 2-4



Calidad del agua;83. % de territorio designado zona vulnerable a nitratos



Utilización del agua;84. % de Superficie Agraria Útil de regadío



Bosques de protección en relación con el suelo y el agua esencialmente;85.
Superficie de gestionada fundamentalmente para proteger el suelo y el
agua.



EJE 3: DESARROLLO;



Densidad de población;86. Densidad de población



Estructura de edades;87. % de población total con edades de 0 a 14 años,
de 15 a 64 años y >=65 años



Estructura de la economía;88. % de Valor Añadido Bruto por rama (sector
primario/secundario/terciario)



Estructura del empleo;89. % de empleo por rama (sector
primario/secundario/terciario)



Desempleo de larga duración;90. % de desempleo de larga duración
(proporción de la población activa)



Nivel educativo;91. % de adultos (25-64) con estudios medios y superiores



Infraestructura de Internet;92. Cobertura DSL



Madrid, 16 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/025983



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ábalos Meco, José Luis; Alonso Núñez, Alejandro (GS); Campos
Arteseros, Herick Manuel y Puig Ferrer, Joaquín Francisco (GS).



Respuesta:



Las actuaciones previstas en el Plan Estratégico Nacional se aplican a
través de los Programas de Desarrollo Rural (PDR). En España existe un
PDR para cada Comunidad Autónoma y la Red Rural Nacional.



Los Programas de Desarrollo Rural aplican una estrategia de desarrollo
rural a través de una serie de medidas reunidas en torno a los ejes
definidos en el título IV del Reglamento 1698/2005 del Consejo de 20 de
septiembre de 2005, para cuya consecución se solicita la ayuda del
FEADER.



El Gobierno confía en que no se perderán fondos en 2013 dado el grado de
cumplimiento de la regla n+2 de los programas de desarrollo rural que se
detalla a continuación:



PROGRAMA;GRADO DE CUMPLIMIENTO1 (%)



ANDALUCÍA;83,01



ARAGÓN;107,17



ASTURIAS;128,25



ILLES BALEARS;80,05




Página
712






PROGRAMA;GRADO DE CUMPLIMIENTO1 (%)



CANARIAS;80,34



CANTABRIA;99,10



CASTILLA LA MANCHA;82,25



CASTILLA Y LEON;99,20



CATALUÑA;96,15



EXTREMADURA;80,71



GALICIA;85,66



MADRID;76,73



MURCIA;80,21



NAVARRA;119,85



PAÍS VASCO;100,99



LA RIOJA;105,23



C. VALENCIANA;84,54



1 1 a 31 de marzo de 2013;



La ejecución del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Valenciana a
31 de marzo de 2013 es del 49,73%.



En lo que se refiere a los objetivos de los Programas de Desarrollo Rural,
éstos son decididos por la Autoridad de Gestión de los mismos y
corresponde a esa misma autoridad de Gestión cumplirlos por lo que la
cuestión planteada excede el ámbito competencial de la Administración
General del Estado.



En cuanto a los compromisos financieros, el Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente ha cumplido íntegramente hasta el año 2012
con los compromisos financieros derivados de los Programas de Desarrollo
Rural de las Comunidades Autónomas a pesar de la situación presupuestaria
actual. En el presente ejercicio, se están cumpliendo, a su vez, los
compromisos de financiación.



Con respecto a los recursos económicos transferidos, cabe señalar que, la
aportación financiera del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente al programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Valenciana
asciende a 147.912.768 €.



Por último y en relación con los indicadores, cabe informar que el Marco
Común de Seguimiento y Evaluación del periodo 2007-2013, establece una
serie de indicadores comunes que deben utilizar todos los Programas de
Desarrollo Rural para el seguimiento de sus operaciones:



1. De ejecución o output: miden las actividades realizadas dentro de los
programas.



2. De resultado: miden los efectos directos e inmediatos de la
intervención. Proporcionan información sobre los cambios de
comportamiento, capacidad o actuación de los beneficiarios directos.



3. De repercusión o de impacto: se refieren a las ventajas del programa
más allá de los efectos inmediatos en sus beneficiarios directos, no solo
desde el punto de vista de la intervención sino en el ámbito general del
programa.



4. De base: se utilizan para el diagnóstico del territorio y para la
definición de la estrategia.



Las Autoridades de Gestión de cada Programa de Desarrollo Rural son las
que se encargan de cumplimentar los indicadores, actualizan anualmente
los valores en sus respectivos Informes Intermedios Anuales y los
presentan en su respectivo Comité de Seguimiento.



Además de los indicadores comunes, cada programa puede definir indicadores
específicos o adicionales que sirvan para definir mejor su territorio.



A continuación se recogen los indicadores comunes para todos los
Programas:




Página
713






TABLA 1 INDICADORES DE EJECUCIÓN



Medida;Indicadores de ejecución



Acciones relativas a la información y la formación profesional;1. Número
de participantes en la formación



2. Número de días de formación recibida



Instalación de jóvenes agricultores;3. Número de jóvenes agricultores
subvencionados



4. Volumen total de inversiones



Jubilación anticipada;5. Número de agricultores jubilados a edad
anticipada



6. Número de trabajadores agrícolas jubilados a edad anticipada.



7. Número de hectáreas liberadas



Utilización de servicios de asesoramiento;8. Número de agricultores
beneficiarios de subvenciones



9. Número de silvicultores beneficiarios de subvenciones



Implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento;10.
Número de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento implantados



Modernización de explotaciones agrícolas;11. Número de explotaciones
agrícolas beneficiarias de ayudas a la inversión



12. Volumen total de inversiones



Aumento del valor económico de los bosques;13. Número de explotaciones
forestales beneficiarias de ayudas a la inversión



14. Volumen total de inversiones



Aumento del valor añadido de los productos agrícolas y forestales;15.
Número de empresas subvencionadas



16. Volumen total de inversiones



Cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías
en el sector agrícola y alimentario y en el sector forestal;17. Número de
iniciativas de cooperación subvencionadas



Infraestructuras agrícolas y forestales relacionadas con la evolución y la
adaptación de la agricultura y la silvicultura;18. Número de operaciones
subvencionadas



19. Volumen total de inversiones



Reconstitución del potencial de producción agrícola dañado por catástrofes
naturales e implantación de medidas preventivas adecuadas;20. Superficie
de tierras agrícolas dañada subvencionada



21. Volumen total de inversiones



Cumplimiento de normas basadas en la normativa comunitaria;22. Número de
beneficiarios



Participación de agricultores en programas relativos a la calidad de los
alimentos;23. Número de explotaciones agrícolas subvencionadas que
participan en el programa de calidad



Actividades de información y promoción;24. Número de acciones
subvencionadas



Agricultura de semisubsistencia;25. Número de explotaciones agrícolas de
semisubsistencia subvencionadas



Agrupaciones de productores;26. Número de agrupaciones de productores
subvencionados



27. Volumen de negocios de las agrupaciones de productores subvencionadas



Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades
naturales en zonas de montaña;28. Número de explotaciones subvencionadas
en zonas de montaña



29. Tierras agrícolas subvencionadas en zonas de montaña



Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades en
zonas distintas de las de montaña;30. Número de explotaciones
subvencionadas en zonas con dificultades distintas de las de montaña



31. Tierras agrícolas subvencionadas en zonas con dificultades distintas
de las de montaña




Página
714






Medida;Indicadores de ejecución



Ayudas en el marco Natura 2000 y ayudas relacionadas con la Directiva
2000/60/CE (DMA);32. Número de explotaciones subvencionadas en el marco
de Natura 2000 o de la Directiva Marco del Agua.



33. Tierras agrícolas subvencionadas en el marco de Natura 2000 o de la
Directiva Marco del Agua.



Ayudas agroambientales;34. Número de explotaciones agrícolas y
explotaciones de otros gestores de tierras subvencionadas



35. Superficie total objeto de ayudas agroambientales



36. Superficie física objeto de ayudas agroambientales en virtud de esta
medida



37. Número total de contratos



38. Número de actividades relacionadas con los recursos genéticos



Ayudas relativas al bienestar de los animales;39. Número de explotaciones
agrícolas subvencionadas



40. Número de contratos de bienestar de los animales



Ayudas a las inversiones no productivas;41. Número de explotaciones
agrícolas y explotaciones de otros gestores de tierras subvencionadas



42. Volumen total de inversiones



Primera forestación de tierras agrícolas;43. Número de beneficiarios de la
ayuda a la forestación



44. Número hectáreas forestadas



Primera implantación de sistemas agroforestales en tierras agrícolas;45.
Número de beneficiarios



46. Número de hectáreas objeto de los nuevos sistemas agroforestales



Primera forestación de tierras no agrícolas;47. Número de beneficiarios a
la ayuda a la forestación



48. Número de hectáreas forestadas



Ayudas en el marco de Natura 2000;49. Número de explotaciones forestales
subvencionadas en zonas de Natura 2000



50. Tierras forestales subvencionadas (hectáreas) en zonas de Natura 2000



Ayudas en favor del medio forestal;51. Número de explotaciones forestales
subvencionadas



52. Superficie forestal total objeto de ayudas en favor del medio forestal



53. Superficie forestal física objeto de ayudas en favor del medio
forestal



54. Número de contratos



Recuperación del potencial forestal e implantación de medidas
preventivas;55. Número de actividades de prevención y recuperación



56. Superficie de bosques dañados subvencionados



57. Volumen total de inversiones



Inversiones no productivas;58. Número de silvicultores beneficiarios de
subvenciones



59. Volumen total de inversiones



Diversificación hacia actividades no agrícolas;60. Número de beneficiarios



61. Volumen total de inversiones



Creación y desarrollo de microempresas;62. Número de microempresas
subvencionadas creadas



Fomento de actividades turísticas;63. Número de nuevas actividades
turísticas subvencionadas



64. Volumen total de inversiones




Página
715






Medida;Indicadores de ejecución



Servicios básicos para la economía y la población rural;65. Número de
acciones subvencionadas



66. Volumen total de inversiones



Renovación y desarrollo de poblaciones rurales;67. Número de poblaciones
rurales en que se desarrollaron actividades



68. Volumen total de inversiones



Conservación y mejora del patrimonio rural;69. Número de acciones de
conservación del patrimonio rural subvencionadas



70. Volumen total de inversiones



Formación e información;71. Número de agentes económicos participantes en
las actividades subvencionadas



72. Número de días de formación recibidos por los participantes



Adquisición de capacidades, promoción y aplicación de estrategias de
desarrollo local;73. Número de actividades de adquisición de capacidades
y promoción



74. Número de participantes en las actividades



75. Número de asociaciones de los sectores público y privado
subvencionadas



Aplicación de estrategias de desarrollo local



1. competitividad



2. medio ambiente/gestión de tierras



3. calidad de vida/diversificación;4. Número de grupos de acción local



5. Superficie total de la zona del Grupo de Acción Local (km2)



6. Población total de la zona del Grupo de Acción Local (km2)



7. Número de proyectos financiados por los Grupos de Acción Local.



8. Número de beneficiarios de subvenciones



Ejecución de proyectos de cooperación;9. Número de proyectos de
cooperación



10. Número de Grupos de Acción Local participantes en proyectos de
cooperación



Funcionamiento del grupo de acción local, adquisición de capacidades y
promoción del territorio con arreglo al artículo 59;11. Número de
acciones subvencionadas



TABLA 2 INDICADORES DE RESULTADO



Eje/Objetivo;Indicador



Aumento de la competitividad del sector agrícola y forestal;12. Número de
participantes que concluyeron satisfactoriamente una actividad de
formación relacionada con la agricultura o la silvicultura



13. Aumento del valor añadido bruto en explotaciones o empresas
subvencionadas



14. Número de explotaciones o empresas que hayan incorporado nuevos
productos o nuevas técnicas



15. Valor de la producción agraria regulada por etiquetas o normas de
calidad reconocidas



16. Número de explotaciones que se introducen en el mercado



Mejora del medio ambiente y del entorno rural mediante la gestión de las
tierras;Superficie gestionada satisfactoriamente que contribuya a:



1. la biodiversidad y la agricultura o silvicultura de alto valor natural



2. la calidad del agua



3. la lucha contra el cambio climático



4. la calidad del suelo



5. evitar la marginación y el abandono de tierras




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716






Eje/Objetivo;Indicador



Mejora de la calidad de vida de las zonas rurales y fomento de la
diversificación de la actividad económica;6. Aumento del valor añadido
bruto no agrícola en las empresas subvencionadas



7. Número bruto de puestos de trabajo creados



8. Número adicional de turistas



9. Población de las zonas rurales beneficiaria de los servicios
perfeccionados



10. Mayor penetración de internet en las zonas rurales



11. Número de participantes que completaron satisfactoriamente una
actividad de formación



TABLA 3 INDICADORES DE REPERCUSIÓN



Concepto;Indicador



Crecimiento económico;12. Valor añadido neto adicional expresado en EPA



Creación de empleo;13. Empleo equivalente a dedicación plena neto
adicional creado



Productividad laboral;14. Cambio en valor añadido bruto por equivalente a
dedicación plena.



Inversión de la tendencia a la pérdida de biodiversidad;15. Cambio en las
tendencias de la biodiversidad medido según la población de especies de
aves en tierras agrícolas



Mantenimiento de las tierras agrícolas y forestales de alto valor
natural;16. Cambios en la agricultura y silvicultura de alto valor
natural



Mejora de la calidad del agua;17. Cambios en el balance bruto de
nutrientes



Contribución a la lucha contra el cambio climático;18. Aumento en la
producción de energías renovables



TABLA 4 INDICADORES DE BASE



Indicadores referidos a objetivos



Concepto;Indicador



EJE HORIZONTAL;



Desarrollo económico;19. PIB per capita (EU-25=100)



Tasa de empleo;20. Proporción de empleados comparada con la población
total de la misma edad



Desempleo;21. Tasa de desempleo (% de población activa)



EJE 1: COMPETITIVIDAD;



Formación y educación en el sector agrario;22. % de agricultores con
educación básica y superior



Estructura por edades del sector agrario;23. Proporción: agricultores <35
años y >=55 años



Productividad laboral en el sector agrario;24. Valor Añadido Bruto /Unidad
de Trabajo Agrario (total y por sectores)



Formación bruta de capital fijo en el sector agrario;25. Formación Bruta
de Capital Fijo en agricultura



Creación de empleo en el sector primario;26. Empleo en el sector primario



Desarrollo económico del sector primario;27. Valor Añadido Bruto del
sector primario




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717






Concepto;Indicador



Productividad laboral en el sector alimentario;28. Valor Añadido Bruto
/empleados en el sector alimentario



Formación bruta de capital fijo en el sector alimentario;29. Formación
Bruta de Capital Fijo en el sector alimentario



Creación de empleo en la industria alimentaria;30. Empleo en la industria
alimentaria



Desarrollo económico de la industria alimentaria;31. Valor Añadido Bruto
en la industria alimentaria



Productividad laboral en el sector forestal;32. Valor Añadido
Bruto/empleados en el sector forestal



Formación bruta de capital fijo en el sector forestal;33. Formación Bruta
de Capital Fijo en el sector forestal



Importancia de la agricultura de semisubsistencia en los nuevos Estados
miembros;34. Número de explotaciones < 1 Unidad de Desarrollo Económico



EJE 2: MEDIO AMBIENTE;



Biodiversidad: población de aves en tierras agrarias;35. Tendencia en el
índice de población de aves en tierras agrarias



Biodiversidad: zonas agrícolas o forestales de alto valor natural;36.
Superficie Agraria Útil de tierras agrarias de alto valor natural



Biodiversidad: composición de especies arbóreas;37. Distribución de grupos
de especies por superficie de BOSA (% coníferas/% frondosas/% bosque
mixto)



Calidad del agua: balance bruto de nutrientes;38. Excedente de nitrógeno
en kg/ha



39. Excedente de fósforo en kg/ha



Calidad del agua: contaminación por nitratos y plaguicidas;40. Tendencia
anual en las concentraciones de nitrato en tierra y aguas superficiales



41. Tendencia anual en las concentraciones de plaguicidas en tierra y
aguas superficiales



Suelo: zonas con riesgo de erosión del suelo;42. Superficie con riesgo de
erosión del suelo (tn/ha/año)



Suelo: agricultura ecológica;43. Superficie Agraria Útil de agricultura
ecológica



Cambio climático: producción de energías renovables procedentes de la
agricultura y la silvicultura;44. Producción de energía renovable en
agricultura (ktoe)



45. Producción de energía renovable en silvicultura (ktoe)



Cambio climático: Superficie Agraria Útil dedicada a las energías
renovables;46. Superficie Agraria Útil destinada a la obtención de
energía y cultivos de biomasa



Cambio climático/calidad del aire: emisiones de gases procedentes de la
agricultura;47. Emisiones de amoníaco y gases de efecto invernadero
procedentes de la agricultura



EJE 3: DESARROLLO;



Agricultores con otras actividades lucrativas;48. % de agricultores con
otras actividades lucrativas



Creación de empleo en el sector no agrario;49. Empleo en los sectores
secundario y terciario



Desarrollo económico en el sector no agrario;50. Valor Añadido Bruto en
los sectores secundario y terciario



Desarrollo de las actividades por cuenta propia;51. Trabajadores por
cuenta propia



Infraestructuras turísticas en las zonas rurales;52. Número de
alojamientos (hoteles, campings, residencias vacacionales, etc.)



Penetración de internet en las zonas rurales;53. % de población suscrita a
internet DSL



Desarrollo del sector de los servicios;54. % Valor Añadido Bruto en
servicios



Migración neta;55. Índice de migración neta




Página
718






Concepto;Indicador



Formación permanente en zonas rurales;56. % de población de adultos que
participan en programas de formación y educación



EJE 4: LEADER;



Creación de grupos de acción local;57. Proporción de población cubierta
por grupos de acción local



Indicadores referidos a contexto



Concepto;Indicador



EJE HORIZONTAL;



Designación de zonas rurales;58. Designación de zonas rurales con
metodología OCDE



Importancia de las zonas rurales;59. % de territorio en zonas rurales



60. % de población en zonas rurales



61. % de valor añadido bruto en zonas rurales



62. % de empleo en zonas rurales



EJE 1: COMPETITIVIDAD;



Utilización de tierras agrícolas;63. % de tierras labradas/pastos
permanentes/cultivos permanentes



Estructura de las explotaciones;64. Número de explotaciones



65. Superficie agraria utilizada



66. Distribución y tamaño medio de las explotaciones



67. Distribución y tamaño económico medio de las explotaciones



68. Mano de obra



Estructura forestal;69. Bosque disponible para el suministro de madera



70. Propiedades (% de superficie de Bosque disponible para el suministro
de madera objeto de propiedad 'elegible')



71. Tamaño medio de explotaciones privadas (BOSA)



Productividad forestal;72. Incremento medio del volumen neto anual (Bosque
disponible para el suministro de madera)



EJE 2: MEDIO AMBIENTE;



Ocupación del suelo;73. % de superficie
agrícola/forestal/natural/artificial



Zonas desfavorecidas;74. % de Superficie Agraria Útil en zonas no
desfavorecidas/zonas de montaña desfavorecidas/otras zonas
desfavorecidas/zonas desfavorecidas con dificultades específicas



Zonas de agricultura extensiva;75. % de Superficie Agraria Útil para
cultivos extensivos



76. % de Superficie Agraria Útil para pastoreo extensivo



Zonas de Natura 2000;77. % de territorio en Natura 2000



78. % de Superficie Agraria Útil en Natura 2000



79. % de superficie forestal en Natura 2000



Biodiversidad: bosques protegidos;80. % de superficie protegida para
conservar la biodiversidad, el paisaje y elementos naturales específicos



Desarrollo de zonas forestales;81. Incremento medio anual de bosques y
otras superficies arboladas




Página
719






Concepto;Indicador



Estado sanitario de los ecosistemas forestales;82. % de
árboles/coníferas/frondosas defoliadas en grado 2-4



Calidad del agua;83. % de territorio designado zona vulnerable a nitratos



Utilización del agua;84. % de Superficie Agraria Útil de regadío



Bosques de protección en relación con el suelo y el agua esencialmente;85.
Superficie de gestionada fundamentalmente para proteger el suelo y el
agua.



EJE 3: DESARROLLO;



Densidad de población;86. Densidad de población



Estructura de edades;87. % de población total con edades de 0 a 14 años,
de 15 a 64 años y >=65 años



Estructura de la economía;88. % de Valor Añadido Bruto por rama (sector
primario/secundario/terciario)



Estructura del empleo;89. % de empleo por rama (sector
primario/secundario/terciario)



Desempleo de larga duración;90. % de desempleo de larga duración
(proporción de la población activa)



Nivel educativo;91. % de adultos (25-64) con estudios medios y superiores



Infraestructura de Internet;92. Cobertura DSL



Madrid, 13 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/025984



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanco Terán, Rosa Delia y Alonso Núñez, Alejandro (GS).



Respuesta:



Las actuaciones previstas en el Plan Estratégico Nacional se aplican a
través de los Programas de Desarrollo Rural (PDR). En España existe un
PDR para cada Comunidad Autónoma y la Red Rural Nacional,



Los Programas de Desarrollo Rural aplican una estrategia de desarrollo
rural a través de una serie de medidas reunidas en torno a los ejes
definidos en el título IV del Reglamento 1698/2005 del Consejo de 20 de
septiembre de 2005, para cuya consecución se solicita la ayuda del
FEADER.



El Gobierno confía en que no se perderán fondos en 2013 dado el grado de
cumplimiento de la regla n+2 de los programas de desarrollo rural que se
detalla a continuación:



PROGRAMA;GRADO DE CUMPLIMIENTO1 (%)



ANDALUCÍA;83,01



ARAGÓN;107,17



ASTURIAS;128,25



ILLES BALEARS;80,05



CANARIAS;80,34




Página
720






PROGRAMA;GRADO DE CUMPLIMIENTO1 (%)



CANTABRIA;99,10



CASTILLA LA MANCHA;82,25



CASTILLA Y LEÓN;99,20



CATALUÑA;96,15



EXTREMADURA;80,71



GALICIA;85,66



MADRID;76,73



MURCIA;80,21



NAVARRA;119,85



PAÍS VASCO;100,99



LA RIOJA;105,23



C. VALENCIANA;84,54



1 1 a 31 de marzo de 2013;



La ejecución del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid a
31 de marzo de 2013 es del 43,08%.



En lo que se refiere a los objetivos de los Programas de Desarrollo Rural,
éstos son decididos por la Autoridad de Gestión de los mismos y
corresponde a esa misma autoridad de Gestión cumplirlos por lo que la
cuestión planteada excede el ámbito competencial de la Administración
General del Estado.



En cuanto a los compromisos financieros, el Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente ha cumplido íntegramente hasta el año 2012
con los compromisos financieros derivados de los Programas de Desarrollo
Rural de las Comunidades Autónomas a pesar de la situación presupuestaria
actual. En el presente ejercicio, se están cumpliendo, a su vez, los
compromisos de financiación.



Con respecto a los recursos económicos transferidos, cabe señalar que, la
aportación financiera del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente al programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid
asciende a 24.258.627 €.



Por último y en relación con los indicadores, cabe informar que el Marco
Común de Seguimiento y Evaluación del periodo 2007-2013, establece una
serie de indicadores comunes que deben utilizar todos los Programas de
Desarrollo Rural para el seguimiento de sus operaciones:



1. De ejecución o output: miden las actividades realizadas dentro de los
programas.



2. De resultado: miden los efectos directos e inmediatos de la
intervención. Proporcionan información sobre los cambios de
comportamiento, capacidad o actuación de los beneficiarios directos.



3. De repercusión o de impacto: se refieren a las ventajas del programa
más allá de los efectos inmediatos en sus beneficiarios directos, no solo
desde el punto de vista de la intervención sino en el ámbito general del
programa.



4. De base: se utilizan para el diagnóstico del territorio y para la
definición de la estrategia.



Las Autoridades de Gestión de cada Programa de Desarrollo Rural son las
que se encargan de cumplimentar los indicadores, actualizan anualmente
los valores en sus respectivos Informes Intermedios Anuales y los
presentan en su respectivo Comité de Seguimiento.



Además de los indicadores comunes, cada programa puede definir indicadores
específicos o adicionales que sirvan para definir mejor su territorio.



A continuación se recogen los indicadores comunes para todos los
Programas:




Página
721






TABLA 1 INDICADORES DE EJECUCIÓN



Medida;Indicadores de ejecución



Acciones relativas a la información y la formación profesional;1. Número
de participantes en la formación



2. Número de días de formación recibida



Instalación de jóvenes agricultores;3. Número de jóvenes agricultores
subvencionados



4. Volumen total de inversiones



Jubilación anticipada;5. Número de agricultores jubilados a edad
anticipada



6. Número de trabajadores agrícolas jubilados a edad anticipada.



7. Número de hectáreas liberadas



Utilización de servicios de asesoramiento;8. Número de agricultores
beneficiarios de subvenciones



9. Número de silvicultores beneficiarios de subvenciones



Implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento;10.
Número de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento implantados



Modernización de explotaciones agrícolas;11. Número de explotaciones
agrícolas beneficiarias de ayudas a la inversión



12. Volumen total de inversiones



Aumento del valor económico de los bosques;13. Número de explotaciones
forestales beneficiarias de ayudas a la inversión



14. Volumen total de inversiones



Aumento del valor añadido de los productos agrícolas y forestales;15.
Número de empresas subvencionadas



16. Volumen total de inversiones



Cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías
en el sector agrícola y alimentario y en el sector forestal;17. Número de
iniciativas de cooperación subvencionadas



Infraestructuras agrícolas y forestales relacionadas con la evolución y la
adaptación de la agricultura y la silvicultura;18. Número de operaciones
subvencionadas



19. Volumen total de inversiones



Reconstitución del potencial de producción agrícola dañado por catástrofes
naturales e implantación de medidas preventivas adecuadas;20. Superficie
de tierras agrícolas dañada subvencionada



21. Volumen total de inversiones



Cumplimiento de normas basadas en la normativa comunitaria;22. Número de
beneficiarios



Participación de agricultores en programas relativos a la calidad de los
alimentos;23. Número de explotaciones agrícolas subvencionadas que
participan en el programa de calidad



Actividades de información y promoción;24. Número de acciones
subvencionadas



Agricultura de semisubsistencia;25. Número de explotaciones agrícolas de
semisubsistencia subvencionadas



Agrupaciones de productores;26. Número de agrupaciones de productores
subvencionados



27. Volumen de negocios de las agrupaciones de productores subvencionadas



Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades
naturales en zonas de montaña;28. Número de explotaciones subvencionadas
en zonas de montaña



29. Tierras agrícolas subvencionadas en zonas de montaña



Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades en
zonas distintas de las de montaña;30. Número de explotaciones
subvencionadas en zonas con dificultades distintas de las de montaña



31. Tierras agrícolas subvencionadas en zonas con dificultades distintas
de las de montaña




Página
722






Medida;Indicadores de ejecución



Ayudas en el marco Natura 2000 y ayudas relacionadas con la Directiva
2000/60/CE (DMA);32. Número de explotaciones subvencionadas en el marco
de Natura 2000 o de la Directiva Marco del Agua.



33. Tierras agrícolas subvencionadas en el marco de Natura 2000 o de la
Directiva Marco del Agua.



Ayudas agroambientales;34. Número de explotaciones agrícolas y
explotaciones de otros gestores de tierras subvencionadas



35. Superficie total objeto de ayudas agroambientales



36. Superficie física objeto de ayudas agroambientales en virtud de esta
medida



37. Número total de contratos



38. Número de actividades relacionadas con los recursos genéticos



Ayudas relativas al bienestar de los animales;39. Número de explotaciones
agrícolas subvencionadas



40. Número de contratos de bienestar de los animales



Ayudas a las inversiones no productivas;41. Número de explotaciones
agrícolas y explotaciones de otros gestores de tierras subvencionadas



42. Volumen total de inversiones



Primera forestación de tierras agrícolas;43. Número de beneficiarios de la
ayuda a la forestación



44. Número hectáreas forestadas



Primera implantación de sistemas agroforestales en tierras agrícolas;45.
Número de beneficiarios



46. Número de hectáreas objeto de los nuevos sistemas agroforestales



Primera forestación de tierras no agrícolas;47. Número de beneficiarios a
la ayuda a la forestación



48. Número de hectáreas forestadas



Ayudas en el marco de Natura 2000;49. Número de explotaciones forestales
subvencionadas en zonas de Natura 2000



50. Tierras forestales subvencionadas (hectáreas) en zonas de Natura 2000



Ayudas en favor del medio forestal;51. Número de explotaciones forestales
subvencionadas



52. Superficie forestal total objeto de ayudas en favor del medio forestal



53. Superficie forestal física objeto de ayudas en favor del medio
forestal



54. Número de contratos



Recuperación del potencial forestal e implantación de medidas
preventivas;55. Número de actividades de prevención y recuperación



56. Superficie de bosques dañados subvencionados



57. Volumen total de inversiones



Inversiones no productivas;58. Número de silvicultores beneficiarios de
subvenciones



59. Volumen total de inversiones



Diversificación hacia actividades no agrícolas;60. Número de beneficiarios



61. Volumen total de inversiones



Creación y desarrollo de microempresas;62. Número de microempresas
subvencionadas creadas



Fomento de actividades turísticas;63. Número de nuevas actividades
turísticas subvencionadas



64. Volumen total de inversiones




Página
723






Medida;Indicadores de ejecución



Servicios básicos para la economía y la población rural;65. Número de
acciones subvencionadas



66. Volumen total de inversiones



Renovación y desarrollo de poblaciones rurales;67. Número de poblaciones
rurales en que se desarrollaron actividades



68. Volumen total de inversiones



Conservación y mejora del patrimonio rural;69. Número de acciones de
conservación del patrimonio rural subvencionadas



70. Volumen total de inversiones



Formación e información;71. Número de agentes económicos participantes en
las actividades subvencionadas



72. Número de días de formación recibidos por los participantes



Adquisición de capacidades, promoción y aplicación de estrategias de
desarrollo local;73. Número de actividades de adquisición de capacidades
y promoción



74. Número de participantes en las actividades



75. Número de asociaciones de los sectores público y privado
subvencionadas



Aplicación de estrategias de desarrollo local



1. competitividad



2. medio ambiente/gestión de tierras



3. calidad de vida/diversificación;4. Número de grupos de acción local



5. Superficie total de la zona del Grupo de Acción Local (km2)



6. Población total de la zona del Grupo de Acción Local (km2)



7. Número de proyectos financiados por los Grupos de Acción Local.



8. Número de beneficiarios de subvenciones



Ejecución de proyectos de cooperación;9. Número de proyectos de
cooperación



10. Número de Grupos de Acción Local participantes en proyectos de
cooperación



Funcionamiento del grupo de acción local, adquisición de capacidades y
promoción del territorio con arreglo al artículo 59;11. Número de
acciones subvencionadas



TABLA 2 INDICADORES DE RESULTADO



Eje/Objetivo;Indicador



Aumento de la competitividad del sector agrícola y forestal;12. Número de
participantes que concluyeron satisfactoriamente una actividad de
formación relacionada con la agricultura o la silvicultura



13. Aumento del valor añadido bruto en explotaciones o empresas
subvencionadas



14. Número de explotaciones o empresas que hayan incorporado nuevos
productos o nuevas técnicas



15. Valor de la producción agraria regulada por etiquetas o normas de
calidad reconocidas



16. Número de explotaciones que se introducen en el mercado



Mejora del medio ambiente y del entorno rural mediante la gestión de las
tierras;Superficie gestionada satisfactoriamente que contribuya a:



1. la biodiversidad y la agricultura o silvicultura de alto valor natural



2. la calidad del agua



3. la lucha contra el cambio climático



4. la calidad del suelo



5. evitar la marginación y el abandono de tierras




Página
724






Eje/Objetivo;Indicador



Mejora de la calidad de vida de las zonas rurales y fomento de la
diversificación de la actividad económica;6. Aumento del valor añadido
bruto no agrícola en las empresas subvencionadas



7. Número bruto de puestos de trabajo creados



8. Número adicional de turistas



9. Población de las zonas rurales beneficiaria de los servicios
perfeccionados



10. Mayor penetración de internet en las zonas rurales



11. Número de participantes que completaron satisfactoriamente una
actividad de formación



TABLA 3 INDICADORES DE REPERCUSIÓN



Concepto;Indicador



Crecimiento económico;12. Valor añadido neto adicional expresado en EPA



Creación de empleo;13. Empleo equivalente a dedicación plena neto
adicional creado



Productividad laboral;14. Cambio en valor añadido bruto por equivalente a
dedicación plena.



Inversión de la tendencia a la pérdida de biodiversidad;15. Cambio en las
tendencias de la biodiversidad medido según la población de especies de
aves en tierras agrícolas



Mantenimiento de las tierras agrícolas y forestales de alto valor
natural;16. Cambios en la agricultura y silvicultura de alto valor
natural



Mejora de la calidad del agua;17. Cambios en el balance bruto de
nutrientes



Contribución a la lucha contra el cambio climático;18. Aumento en la
producción de energías renovables



TABLA 4 INDICADORES DE BASE



Indicadores referidos a objetivos



Concepto;Indicador



EJE HORIZONTAL;



Desarrollo económico;19. PIB per capita (EU-25=100)



Tasa de empleo;20. Proporción de empleados comparada con la población
total de la misma edad



Desempleo;21. Tasa de desempleo (% de población activa)



EJE 1: COMPETITIVIDAD;



Formación y educación en el sector agrario;22. % de agricultores con
educación básica y superior



Estructura por edades del sector agrario;23. Proporción: agricultores <35
años y >=55 años



Productividad laboral en el sector agrario;24. Valor Añadido Bruto /Unidad
de Trabajo Agrario (total y por sectores)



Formación bruta de capital fijo en el sector agrario;25. Formación Bruta
de Capital Fijo en agricultura



Creación de empleo en el sector primario;26. Empleo en el sector primario



Desarrollo económico del sector primario;27. Valor Añadido Bruto del
sector primario




Página
725






Concepto;Indicador



Productividad laboral en el sector alimentario;28. Valor Añadido Bruto
/empleados en el sector alimentario



Formación bruta de capital fijo en el sector alimentario;29. Formación
Bruta de Capital Fijo en el sector alimentario



Creación de empleo en la industria alimentaria;30. Empleo en la industria
alimentaria



Desarrollo económico de la industria alimentaria;31. Valor Añadido Bruto
en la industria alimentaria



Productividad laboral en el sector forestal;32. Valor Añadido
Bruto/empleados en el sector forestal



Formación bruta de capital fijo en el sector forestal;33. Formación Bruta
de Capital Fijo en el sector forestal



Importancia de la agricultura de semisubsistencia en los nuevos Estados
miembros;34. Número de explotaciones < 1 Unidad de Desarrollo Económico



EJE 2: MEDIO AMBIENTE;



Biodiversidad: población de aves en tierras agrarias;35. Tendencia en el
índice de población de aves en tierras agrarias



Biodiversidad: zonas agrícolas o forestales de alto valor natural;36.
Superficie Agraria Útil de tierras agrarias de alto valor natural



Biodiversidad: composición de especies arbóreas;37. Distribución de grupos
de especies por superficie de BOSA (% coníferas/% frondosas/% bosque
mixto)



Calidad del agua: balance bruto de nutrientes;38. Excedente de nitrógeno
en kg/ha



39. Excedente de fósforo en kg/ha



Calidad del agua: contaminación por nitratos y plaguicidas;40. Tendencia
anual en las concentraciones de nitrato en tierra y aguas superficiales



41. Tendencia anual en las concentraciones de plaguicidas en tierra y
aguas superficiales



Suelo: zonas con riesgo de erosión del suelo;42. Superficie con riesgo de
erosión del suelo (tn/ha/año)



Suelo: agricultura ecológica;43. Superficie Agraria Útil de agricultura
ecológica



Cambio climático: producción de energías renovables procedentes de la
agricultura y la silvicultura;44. Producción de energía renovable en
agricultura (ktoe)



45. Producción de energía renovable en silvicultura (ktoe)



Cambio climático: Superficie Agraria Útil dedicada a las energías
renovables;46. Superficie Agraria Útil destinada a la obtención de
energía y cultivos de biomasa



Cambio climático/calidad del aire: emisiones de gases procedentes de la
agricultura;47. Emisiones de amoníaco y gases de efecto invernadero
procedentes de la agricultura



EJE 3: DESARROLLO;



Agricultores con otras actividades lucrativas;48. % de agricultores con
otras actividades lucrativas



Creación de empleo en el sector no agrario;49. Empleo en los sectores
secundario y terciario



Desarrollo económico en el sector no agrario;50. Valor Añadido Bruto en
los sectores secundario y terciario



Desarrollo de las actividades por cuenta propia;51. Trabajadores por
cuenta propia



Infraestructuras turísticas en las zonas rurales;52. Número de
alojamientos (hoteles, campings, residencias vacacionales, etc.)



Penetración de internet en las zonas rurales;53. % de población suscrita a
internet DSL



Desarrollo del sector de los servicios;54. % Valor Añadido Bruto en
servicios



Migración neta;55. Índice de migración neta




Página
726






Concepto;Indicador



Formación permanente en zonas rurales;56. % de población de adultos que
participan en programas de formación y educación



EJE 4: LEADER;



Creación de grupos de acción local;57. Proporción de población cubierta
por grupos de acción local



Indicadores referidos a contexto



Concepto;Indicador



EJE HORIZONTAL;



Designación de zonas rurales;58. Designación de zonas rurales con
metodología OCDE



Importancia de las zonas rurales;59. % de territorio en zonas rurales



60. % de población en zonas rurales



61. % de valor añadido bruto en zonas rurales



62. % de empleo en zonas rurales



EJE 1: COMPETITIVIDAD;



Utilización de tierras agrícolas;63. % de tierras labradas/pastos
permanentes/cultivos permanentes



Estructura de las explotaciones;64. Número de explotaciones



65. Superficie agraria utilizada



66. Distribución y tamaño medio de las explotaciones



67. Distribución y tamaño económico medio de las explotaciones



68. Mano de obra



Estructura forestal;69. Bosque disponible para el suministro de madera



70. Propiedades (% de superficie de Bosque disponible para el suministro
de madera objeto de propiedad 'elegible')



71. Tamaño medio de explotaciones privadas (BOSA)



Productividad forestal;72. Incremento medio del volumen neto anual (Bosque
disponible para el suministro de madera)



EJE 2: MEDIO AMBIENTE;



Ocupación del suelo;73. % de superficie
agrícola/forestal/natural/artificial



Zonas desfavorecidas;74. % de Superficie Agraria Útil en zonas no
desfavorecidas/zonas de montaña desfavorecidas/otras zonas
desfavorecidas/zonas desfavorecidas con dificultades específicas



Zonas de agricultura extensiva;75. % de Superficie Agraria Útil para
cultivos extensivos



76. % de Superficie Agraria Útil para pastoreo extensivo



Zonas de Natura 2000;77. % de territorio en Natura 2000



78. % de Superficie Agraria Útil en Natura 2000



79. % de superficie forestal en Natura 2000



Biodiversidad: bosques protegidos;80. % de superficie protegida para
conservar la biodiversidad, el paisaje y elementos naturales específicos



Desarrollo de zonas forestales;81. Incremento medio anual de bosques y
otras superficies arboladas




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Concepto;Indicador



Estado sanitario de los ecosistemas forestales;82. % de
árboles/coníferas/frondosas defoliadas en grado 2-4



Calidad del agua;83. % de territorio designado zona vulnerable a nitratos



Utilización del agua;84. % de Superficie Agraria Útil de regadío



Bosques de protección en relación con el suelo y el agua esencialmente;85.
Superficie de gestionada fundamentalmente para proteger el suelo y el
agua.



EJE 3: DESARROLLO;



Densidad de población;86. Densidad de población



Estructura de edades;87. % de población total con edades de 0 a 14 años,
de 15 a 64 años y >=65 años



Estructura de la economía;88. % de Valor Añadido Bruto por rama (sector
primario/secundario/terciario)



Estructura del empleo;89. % de empleo por rama (sector
primario/secundario/terciario)



Desempleo de larga duración;90. % de desempleo de larga duración
(proporción de la población activa)



Nivel educativo;91. % de adultos (25-64) con estudios medios y superiores



Infraestructura de Internet;92. Cobertura DSL



Madrid, 16 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026002



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: De las Heras Ladera, Ascensión (GIP).



Respuesta:



En relación con el asunto interesado se informa que después de analizar y
valorar aspectos como la proximidad entre infraestructuras ferroviarias,
conexiones a la red actual, aspectos orográficos y ambientales y
cuestiones estratégicas, entre otros, la ubicación en la Vega de
Antequera, junto al nudo ferroviario de Bobadilla, se consideró la
ubicación más adecuada.



Según los estudios de viabilidad y de impacto socioeconómico realizados,
estos últimos por la Universidad de Málaga, el proyecto tendrá
necesariamente un impacto socio-económico positivo en la región.



El proyecto de 'Instalaciones de ensayo y experimentación asociadas al
Centro de Tecnologías Ferroviarias de Málaga. Anillo Ferroviario' está
incluido, desde el mes de junio 2010, en el Programa Operativo del Fondo
Tecnológico Europeo por y para las empresas.



Con fecha 21 de diciembre de 2011, se remitió a la Subdirección General de
Administración del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) la
documentación correspondiente al expediente de confirmación de ayuda como
Gran Proyecto.



El 14 de junio de 2011, se aprobó provisionalmente el proyecto del anillo
ferroviario, incluyendo el correspondiente estudio de impacto ambiental,
sometiéndolo al correspondiente trámite de información pública, a efectos
de su evaluación ambiental.



Con fecha 2 de noviembre de 2011, el Ministerio de Medio Ambiente y Medio
Rural y Marino, formula declaración de impacto ambiental (DIA) favorable.



Teniendo en cuenta las características del trazado que debe tener un
circuito para permitir realizar tanto homologaciones de trenes como
proyectos de investigación, en noviembre de 2009, se encargó un estudio
previo, analizando hasta un total de 12 alternativas distintas.




Página
728






La financiación obtenida para el proyecto está condicionada a la ejecución
del mismo, por lo que no puede ser destinada a otros proyectos.



Madrid, 13 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026005



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



Las competencias en materia de vigilancia, inspección y control de vertido
de residuos son ejercidas, de acuerdo con el artículo 12.4.b) y 12.5.b)
de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, por
las Comunidades Autónomas o los Ayuntamientos.



Madrid, 23 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026009



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



En la actualidad, las disponibilidades para la firma de nuevos convenios
de cesión de travesías con aportación económica del Ministerio de Fomento
se encuentran limitadas debido a la necesidad de alcanzar los objetivos
de estabilidad presupuestaria, en cuyo marco solo se pueden hacer frente
a los compromisos de gasto de los convenios en vigor.



Madrid, 20 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026010



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



En la actualidad, las disponibilidades para la firma de nuevos convenios
de travesías con aportación económica del Ministerio de Fomento se
encuentran limitadas debido a la necesidad de alcanzar los objetivos de
estabilidad presupuestaria, en cuyo marco solo se pueden hacer frente a
los compromisos de gasto de los convenios en vigor.



En esta situación se encuentran todos los tramos de la Red de Carreteras
del Estado en Aragón y en el resto de España, que en la actualidad son
susceptibles de ser transferidos a los Ayuntamientos correspondientes,
como consecuencia de haber adquirido la condición de vía urbana.



Como alternativa, se viene proponiendo a los Ayuntamientos interesados, la
cesión sin contraprestación económica por parte del Ministerio de
Fomento.



A esta alternativa se han acogido Ayuntamientos que han primado su interés
por acoger estos viales e integrarlos en su planificación urbana, al de
obtener la compensación económica del Ministerio.



Madrid, 20 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.




Página
729






184/026012



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



Ante episodios de las características mencionadas, resulta de inmediata
aplicación, en el ámbito del Ministerio del Interior, el régimen general
de ayudas establecido en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el
que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades
derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se
establece el procedimiento para su concesión.



Estas ayudas pueden ser solicitadas por los afectados mediante la
presentación de los correspondientes formularios, en el plazo de un mes
desde el día siguiente a la fecha de terminación de los hechos
catastróficos o de la situación de emergencia, en las respectivas
Delegaciones del Gobierno en la Comunidad Autónoma o Subdelegaciones del
Gobierno en las provincias afectadas.



Por consiguiente, la normativa ordinaria de los departamentos
ministeriales competentes permite ofrecer una respuesta inmediata en
relación con la cobertura de daños en las personas, viviendas y bienes,
así como respecto de los daños en las explotaciones agrarias.



No obstante, una vez que finalicen las labores de valoración de los daños
causados en distintas comunidades autónomas por las adversidades
climatológicas registradas en 2013, y de acuerdo con la misma, se
valorará la oportunidad de la adopción de medidas de carácter
extraordinario.



Madrid, 28 de agosto de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/026013



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



El Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación
(2013-2016) tiene el carácter de Plan Estratégico y constituye el
instrumento que permite la ejecución de las políticas públicas de la
Administración General del Estado de fomento y coordinación de las
actividades de I+D+i y no decide ni contempla otro tipo de actuaciones,
entre ellas, la apertura de centrales nucleares, cuestión que no aparece
mencionada y es totalmente ajena al Plan y a las ayudas a proyectos de
I+D+i.



El objetivo específico del reto en 'energía segura, eficiente y limpia' es
promover la transición hacia un sistema energético que permita reducir la
dependencia de los carburantes fósiles en un escenario en el que se
contemplan, simultáneamente, la escasez de los mismos, el crecimiento de
la demanda a nivel mundial y el impacto de la misma en el medioambiente.
Las actividades de I+D+i en energía que son prioritarias para España
están referidas a varios aspectos, entre ellos: la sostenibilidad para
luchar de forma activa contra el cambio climático, reduciendo la emisión
de gases de efecto invernadero y favoreciendo el desarrollo de
tecnologías de captura y almacenamiento geológico de CO2 y fuentes de
energía -eólica, solar, bioenergía, marina, geotermia, hidrógeno y
energía nuclear- y la eficiencia energética.



Dentro de este contexto hay que entender la energía nuclear sostenible,
que abarca cuestiones de interés como la seguridad, prevención y diseño
de nuevos combustibles; la gestión de los combustibles usados y residuos
de alta actividad; la reducción de residuos mediante técnicas de
separación y transmutación y el tratamiento y gestión de los residuos de
media y baja actividad.



Como se ha señalado, el Plan Estatal trata de favorecer la I+D+i de manera
que permita desarrollar alternativas innovadoras y de progreso para
nuestra sociedad en el campo energético, incluyendo todas las fuentes de
energía que se desarrollan en nuestro país.



Por otro lado, la generación de electricidad, ya sea en régimen ordinario
o en régimen especial, es una actividad que está liberalizada y que, por
tanto, es realizada por los agentes del mercado, que son los que deciden
en última instancia con qué tecnología van a producir la electricidad.



Madrid, 24 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
730






184/026025



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Yuste Cabello, Chesús (GIP).



Respuesta:



Renfe Operadora ha suscrito diversos convenios con la Comunidad Autónoma
de Aragón, para la prestación de servicios ferroviarios.



El primero de ellos entró en vigor el año 2007 y, sucesivamente, ha habido
convenios durante los años 2008, 2009 y 2010, estando éste último vigente
hasta el 31 de diciembre de 2010.



En el periodo 1 enero de 2011 - 30 de junio de 2013, aunque no ha habido
convenio alguno en vigor, Renfe Operadora ha venido prestando los
servicios ferroviarios que en su día se convinieron.



Durante el primer semestre de 2013, el Ministerio de Fomento y la
Comunidad de Aragón han mantenido conversaciones para la financiación,
por parte del Gobierno de Aragón, de servicios no sometidos a la
declaración de Obligaciones de Servicio Público por la Administración
General del Estado, habiendo llegado a un acuerdo sobre los servicios
ferroviarios a convenir, frecuencias y horarios, con efectos retroactivos
desde el 1 de julio de 2013.



El convenio está actualmente tramitándose por el conducto reglamentario
dentro de la Administración General del Estado.



Madrid, 24 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026030



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



Las relaciones de puestos de trabajo de la Gerencia de Informática de la
Seguridad Social han sido, ya desde sus inicios, manifiestamente
insuficientes para poder cubrir con personal interno los servicios
demandados. De hecho el propio Tribunal de Cuentas indica que 'se ha
detectado una falta de adecuación de las plantillas de personal técnico
informático de las entidades fiscalizadas a sus necesidades informáticas
habituales'.



Para corregir esta situación, no deseada, se han llevado a cabo varias
propuestas de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de
la Gerencia de Informática, ninguna de ellas con éxito hasta la fecha. No
obstante, en la actualidad, se está confeccionando una nueva propuesta de
RPT con el fin de dotar a la organización de personal suficiente para el
desempeño de su cometido.



Por lo que respecta a la publicación de la licitación del expediente
7201/13G para la contratación del servicio de desarrollo y mantenimiento
de las aplicaciones informáticas de las Entidades Gestoras, Servicios
Comunes e Intervención General de la Seguridad Social, mediante la
prestación de los servicios de análisis, diseño, construcción, pruebas y
documentación de aplicaciones, durante veinticuatro meses, cabe indicar
que el artículo 142.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público (TRLCSP), establece que se publicará en el
BOE y además en el Diario Oficial de la Unión Europea (DUE) cuando se
trate de contratos sujetos a regulación armonizada, el anuncio del
procedimiento de adjudicación de los contratos de las Administraciones
Públicas, no la autorización para contratar.



Según el punto 3 del mismo artículo, el envío del anuncio al 'Diario
Oficial de la Unión Europea' deberá preceder a cualquier otra publicidad.



De acuerdo con todo lo anterior, las pautas de publicación del contrato
del servicio de desarrollo y mantenimiento de las aplicaciones
informáticas de las Entidades Gestoras, Servicios Comunes e Intervención
General de la Seguridad Social, mediante la prestación de los servicios
de análisis, diseño, construcción, pruebas y documentación de
aplicaciones, han sido las siguientes:




Página
731






El 12 de junio de 2013 se remite el anuncio para publicación en el Diario
Oficial de la Unión Europea (DOUE), tal como marca el artículo 159 de la
LCSP.



Una vez que el DOUE lo publica el día 14 de junio a las 9 de la mañana, se
inicia la tramitación del anuncio para publicar en BOE y en esa misma
fecha se publica en PLACE



(Plataforma de contratación de la Administración General del Estado) y en
el perfil del contratante de la S.S.



El día 29 de junio el anuncio de licitación se publicó en la Sección V.
Anuncios, del BOE número 155.



Madrid, 18 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026031



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD).



Respuesta:



Las previsiones para los próximos años del número de usuarios en los
trayectos del AVE ya inaugurados se encuentran incorporadas en los Planes
de Negocio y aún están pendientes de aprobación por parte del Consejo de
Ministros.



A continuación se detallan los datos de viajeros AVE y Avant (Alta
Velocidad Media Distancia) del periodo solicitado:



Viajeros;2009;2010;2011;2012



AVE LARGA DISTANCIA;11.250.000;10.851.000;12.536.000;12.113.000



AV MEDIA DISTANCIA (Avant);5.652.000;5.902.000;6.068.000;6.044.000



TOTAL;16.902.000;16.753.000;18.604.000;18.157.000



Madrid, 25 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026032



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Díez González, Rosa María (GUPyD).



Respuesta:



El Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los
Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, incluye la
regulación sobre viajes combinados en España.



Con anterioridad, la Ley 21/1995, de 6 de julio, sobre viajes combinados
sirvió para la trasposición de la Directiva 90/314/CEE del Consejo, de 13
de junio de 1990, relativa a los viajes combinados, las vacaciones
combinadas y los circuitos combinados.



La Directiva de la UE sobre viajes combinados de 1990 ha sido el
fundamento de la protección ofrecida a los turistas en la Unión Europea,
garantizando una amplia protección de los consumidores que reserven
viajes combinados, con las consiguientes obligaciones para los operadores
turísticos por la prestación de servicios de viaje.



En julio de 2013 la Comisión Europea ha presentado una revisión de dicha
Directiva ya que el mercado de los viajes ha evolucionado como
consecuencia del uso de Internet por parte de los ciudadanos que
prefieren asumir un papel activo, en lugar de elegir viajes combinados
mediante folletos de agencias. Es




Página
732






decir, se recurre a uno o varios agentes comercialmente relacionados para
responder a las necesidades y preferencias del turista. Por ejemplo, los
consumidores pueden reservar en la misma agencia el transporte y el hotel
o pueden alquilar un automóvil en la página web donde hayan reservado su
vuelo. Las normas vigentes no contemplan este tipo de organización de
viajes, o solo lo hacen de forma ambigua, de manera que los consumidores
no están seguros de sus derechos y los operadores tienen poco claras sus
obligaciones.



El objetivo de la reforma que pretende la Comisión Europea es, por lo
tanto, velar para que todas las personas que compren vacaciones
personalizadas cuenten con la protección adecuada, trátese de viajes
combinados tradicionales o de una nueva forma de viaje organizado
protegido, clarificado así las 'zonas oscuras' que persisten en relación
con combinaciones de servicios comprados online en una o varias páginas
web enlazadas, es decir, el mayor control de los denominados paquetes
dinámicos, o suma de servicios sueltos. Por tanto, habrá que esperar a la
reforma de esta Directiva Comunitaria para ver el sentido de la misma y
ajustar nuestro derecho a la misma.



En cuanto a los agentes comercializadores, la regulación sobre las
agencias de viaje, más allá de las obligaciones impuestas por la
normativa de defensa del consumidor y viajes combinados, corresponde a
cada Comunidad Autónoma.



Madrid, 22 de agosto de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/026108



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Ramírez, María José (GS).



Respuesta:



El estado de cada uno de los tramos en que se ha dividido la actuación
interesada y de la estación de Huelva es el siguiente:



- Tramo 1: Majarabique-Valencina de la Concepción, debido a modificaciones
de trazado en el nudo de Majarabique respecto al estudio informativo, fue
necesario someter el proyecto básico, a información pública, lo que se
hizo en junio de 2011, el informe de alegaciones en el que se analizan y
contestan todas y cada una de las alegaciones recibidas ya se ha
finalizado y ha sido remitido en el mes de julio de 2013 a la abogacía
del Estado.



- Tramo 2: Valencina de la Concepción-Sanlúcar, la supervisión del
proyecto se ha finalizado en junio de 2013 estando pendiente, antes de su
aprobación, la realización del trámite indicado en el Artículo 7 de la
Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.



- Tramo 3: Sanlúcar la Mayor-La Palma del Condado, la supervisión del
proyecto se ha finalizado en junio de 2013 estando pendiente, antes de su
aprobación, la realización del trámite indicado en el Artículo 7 de la
Ley del Sector Ferroviario.



- Tramo 4: La Palma del Condado-Niebla, la supervisión del proyecto se ha
finalizado en junio de 2013 estando pendiente, antes de su aprobación, la
realización del trámite indicado en el Artículo 7 de la Ley del Sector
Ferroviario.



- Tramo 5: Niebla-Huelva, la supervisión del proyecto se ha finalizado en
junio de 2013 estando pendiente, antes de su aprobación, la realización
del trámite indicado en el Artículo 7 de la Ley del Sector Ferroviario.



- Estación de Huelva, ADIF tiene vigente un contrato para ejecución de
obras.



La inversión necesaria para construir la nueva línea de alta velocidad
puede estimarse en más de 1.250 millones de euros.



Respecto al calendario para la construcción de la nueva línea debe
indicarse que el mismo dependerá de las disponibilidades presupuestarias
de los próximos ejercicios.



Madrid, 26 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.




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733






184/026130



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Ramírez, María José (GS).



Respuesta:



El estado de cada uno de los tramos en que se ha dividido la actuación
interesada y de la estación de Huelva es el siguiente:



- Tramo 1: Majarabique-Valencina de la Concepción, debido a modificaciones
de trazado en el nudo de Majarabique respecto al estudio informativo, fue
necesario someter el proyecto básico, a información pública, lo que se
hizo en junio de 2011, el informe de alegaciones en el que se analizan y
contestan todas y cada una de las alegaciones recibidas ya se ha
finalizado y ha sido remitido en el mes de julio de 2013 a la abogacía
del Estado.



- Tramo 2: Valencina de la Concepción-Sanlúcar, la supervisión del
proyecto se ha finalizado en junio de 2013 estando pendiente, antes de su
aprobación, la realización del trámite indicado en el Artículo 7 de la
Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.



- Tramo 3: Sanlúcar la Mayor-La Palma del Condado, la supervisión del
proyecto se ha finalizado en junio de 2013 estando pendiente, antes de su
aprobación, la realización del trámite indicado en el Artículo 7 de la
Ley del Sector Ferroviario.



- Tramo 4: La Palma del Condado-Niebla, la supervisión del proyecto se ha
finalizado en junio de 2013 estando pendiente, antes de su aprobación, la
realización del trámite indicado en el Artículo 7 de la Ley del Sector
Ferroviario.



- Tramo 5: Niebla-Huelva, la supervisión del proyecto se ha finalizado en
junio de 2013 estando pendiente, antes de su aprobación, la realización
del trámite indicado en el Artículo 7 de la Ley del Sector Ferroviario.



- Estación de Huelva, ADIF tiene vigente un contrato para ejecución de
obras.



Madrid, 26 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026181



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



El ámbito actual de aplicación del Proyecto de Historia Clínica Digital
Interoperable es el Sistema Nacional de Salud. Los profesionales
sanitarios debidamente autorizados por la respectiva Comunidad Autónoma y
acreditados digitalmente, pueden hacer uso del Sistema de HCDSNS para el
acceso a la información clínica de un paciente cuando éste precisa
asistencia. Los requisitos de seguridad en el acceso y transmisión de la
información, se encuentran descritos en el proyecto que fue aprobado en
el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de 10 de
octubre de 2007.



Los ciudadanos pueden igualmente acceder a su información clínica mediante
acceso con certificado electrónico. Del mismo modo pueden comprobar desde
qué dispositivos del Sistema Nacional de Salud se ha accedido a sus
datos.



Actualmente se está completando tanto la extensión de este sistema, y sus
diferentes funcionalidades, en las distintas Comunidades Autónomas, como
la progresiva incorporación de la documentación clínica de cada
ciudadano.



La información disponible respecto al ámbito de aplicación de dicho
Proyecto y el Sistema de acceso a la información clínica en él definido,
es la que se encuentra recogida en la documentación de soporte del
Proyecto accesible desde la página Web del Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad,
http://www.msssi.gob.es/profesionales/hcdsns/home.htm.



Madrid, 6 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.




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734






184/026182



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



Los anticonceptivos orales más recientes proceden de los años 90 del
pasado siglo. Los estudios farmacoepidemiológicos muestran que su
eficacia es comparable a los anticonceptivos orales de segunda generación
pero el riesgo tromboembólico es más elevado en los fármacos de última
generación. El balance beneficio/riesgo, según estos estudios y según las
valoraciones de la Organización Mundial de la Salud, es más favorable en
los anticonceptivos orales de segunda generación.



Con esta base, la Comisión Interministerial de Precios (CIMP) propuso que
no se financiasen medicamentos anticonceptivos orales de precio superior
a 3 euros (PVL sin impuestos). El resultado ha sido que la mayoría de los
medicamentos anticonceptivos más recientes salieran de la financiación
por decisión de las empresas titulares.



La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios es el organismo
científico-técnico que garantiza la seguridad, eficacia, calidad y
correcta información de los medicamentos en España. Los informes de la
Agencia son independientes de los de otras organizaciones científicas y
del máximo rigor científico.



Esta institución ha elaborado un informe sobre el uso de estos
medicamentos sin prescripción médica, y el Comité de Seguridad de
Medicamentos de Uso Humano elaboró otro centrado más en el uso en
adolescentes. Ambos informes establecían que los medicamentos que
contienen Levonorgestrel para anticoncepción de emergencia podían quedar
sin prescripción médica, con independencia de que otros motivos no
relacionados con la seguridad o eficacia



El Gobierno, y en particular el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales
e Igualdad, respalda sus decisiones en la evidencia científica. En ese
sentido la anticoncepción de emergencia que comprende fármacos a base de
Levonergestrel es conocida desde hace muchos años y tanto la evidencia
científica, en cuanto a sus perfiles de seguridad y eficacia, como los
Organismos nacionales e internacionales, OMS, Agencias Europeas del
Medicamento, Sociedades Científicas, etc. la avalan. El citado
Departamento aprobó el año 2001 el fármaco Levonorgestrel como método
anticonceptivo de emergencia postcoital.



El Ministerio de Sanidad y Servicios Sociales e Igualdad actuará bajo
criterios de calidad, seguridad y eficacia en todo momento, velando por
la salud de las mujeres y especialmente de las más jóvenes.



Según la ficha técnica que figura en la Agencia Española de Medicamentos y
Productos Sanitarios, fundamentada en la bibliografía científica, la
píldora postcoital es un medicamento hormonal que a las dosis
recomendadas evita la ovulación, impidiendo la fertilización si la
relación sexual ha tenido lugar en la fase preovulatoria que es el
momento en que la posibilidad de fertilización es más elevada.



Los principales peligros se derivan de la posible mala utilización por
defectos de la correcta información en salud sexual y reproductiva y por
deficiente prevención de embarazos no deseados.



Madrid, 17 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026186



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Fernández, Rosana (GMx).



Respuesta:



El proyecto de trazado correspondiente a la ampliación de capacidad de la
Avenida de Alfonso Molina (AC-11), en A Coruña, ha sido sometido al
trámite de información pública en marzo de 2013 (BOE 20-3-13).



En la actualidad, el Ministerio de Fomento está elaborando el informe de
las alegaciones resultado de la información pública, recibidas tanto de
organismos e instituciones como de colindantes y afectados por las
expropiaciones. Una vez elaborado dicho informe de alegaciones se
procederá a la aprobación del expediente de información pública y de los
proyectos de trazado y construcción.




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735






Esta actuación se encuentra incluida en el Protocolo suscrito el 26-12-12
por el Ministerio de Fomento con la Sociedad Concesionaria de la
autopista AP-9, y será licitada y ejecutada por la citada sociedad
concesionaria. El plazo para el inicio de las obras está condicionado por
número y entidad de las alegaciones presentadas y por la tramitación de
los procedimientos de expropiaciones que será necesario efectuar en el
medio urbano correspondiente al acceso a la ciudad de A Coruña.



Por su parte el plazo de ejecución de las obras quedará determinado como
resultado del proceso de adjudicación del Contrato correspondiente.



La ejecución de las obras sobre la plataforma de la AC-11 que generen
restricciones al tráfico, se iniciarán en el momento en el que la Tercera
Ronda de A Coruña (AC-14) se encuentre en servicio en el tramo
actualmente en obras, entre A Zapateira y As Lonzas, a efectos de contar
con una vía alternativa de alta capacidad para efectuar el acceso a la
ciudad de A Coruña en adecuadas condiciones de funcionalidad y seguridad
vial.



La pasarela entre los barrios de Pedralonga y Palavea está incluida en el
proyecto de ampliación de capacidad de la Avenida de Alfonso Molina, y
será ejecutada con carácter prioritario una vez adjudicadas las citadas
obras de ampliación.



Madrid, 19 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026193



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



La Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Júcar tiene
entre sus competencias, tal y como establece el artículo 4.k del Real
Decreto 984/1989, de 28 de julio, por el que se determina la estructura
orgánica dependiente de la Presidencia de las Confederaciones
Hidrográficas, la ejecución de programas de actuación en materia de
conservación de cauces públicos, cuyo objetivo es el mantenimiento de la
capacidad hidráulica de los cauces. Las actuaciones en los embalses
competen a la Dirección Técnica del Organismo de Cuenca, en un prisma de
garantizar su correcta explotación, con el cumplimiento de los objetivos
y usos asignados a los mismos, así como con la ejecución de las órdenes
de desembalse. Estas dos atribuciones son independientes de las
competencias en la gestión de los residuos urbanos asignadas a las
Corporaciones Locales por el artículo 4.3 de la Ley 10/1998, de 21 de
abril, de Residuos.



Las intervenciones en materia de conservación de cauces referidas en el
párrafo anterior, se llevan a cabo sin perjuicio de la posibilidad,
contemplada en el RDL 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley de Aguas y disposiciones reglamentarias que la
desarrollan, de que las mismas sean realizadas por terceros,
Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales. En este caso, la ejecución de
estas actuaciones se regula bien mediante la correspondiente autorización
administrativa que otorga la Confederación Hidrográfica, bien mediante el
clausulado del convenio de colaboración que pudiera suscribirse. Este
esquema de corresponsabilidad ha sido refrendado por el Defensor del
Pueblo en el informe denominado 'Agua y Ordenación del Territorio',
elaborado en el año 2010 y sometido a las Cortes Generales.



La Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Júcar, de
acuerdo con el artículo 4.i del referido Real Decreto 984/1989, analiza y
controla la calidad de las aguas del embalse de Beniarrés. Para
desarrollar esta competencia toma muestras en tres puntos de control,
(zona de presa, zona intermedia y zona de cola del embalse), y estudia la
evolución de los parámetros físico-químicos y biológicos en la matriz
agua. Así mismo esta unidad administrativa efectúa controles sobre los
sedimentos existentes en el embalse y sobre las comunidades biológicas
indicadoras presentes. De forma complementaria, y según las
circunstancias del año hidrológico, se pueden programar controles
adicionales sobre un conjunto de parámetros críticos durante determinados
meses. En función de los resultados obtenidos y del grado de cumplimiento
de los objetivos medioambientales fijados para cada masa de agua, se
efectúan propuestas de programas de medidas para la mejorar la calidad de
las aguas.



Por otro lado, en el marco de los objetivos de la protección de las aguas
y del dominio público hidráulico, la Comisaría de Aguas ejerce las
competencias relativas a autorización, inspección, control y vigilancia
de




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736






los vertidos de aguas residuales incidentes en el embalse. A este
respecto, se ha constatado la mejora de la calidad de las aguas
embalsadas por la presa de Beniarrés, como consecuencia de las mejoras
introducidas en los sistemas de saneamiento y depuración de las
aglomeraciones urbanas situadas aguas arriba del embalse.



Por último se informa a Su Señoría que La Confederación Hidrográfica del
Júcar no ha recibido ninguna solicitud por parte del Ayuntamiento de
Planes sobre la creación de un coto de pesca con el objetivo de
reinvertir los beneficios en la mejora del propio embalse y de su
entorno. Si la corporación está interesada, podría presentar la solicitud
con la documentación correspondiente, al objeto de que la Comisaría de
Aguas de la Confederación Hidrográfica del Júcar pudiera establecer en
qué condiciones cabría informar favorablemente la instalación de las
infraestructuras asociadas a dicho coto de pesca.



Madrid, 16 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026196



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica lo siguiente:



Y Vasca



El Presidente del Gobierno español y el Presidente de la República
Francesa, tras la Cumbre hispano francesa celebrada en París el 10 de
octubre de 2012, adoptaron una declaración conjunta en la que indicaban
lo siguiente:



'Por lo que se refiere al ramal atlántico, también se han hecho progresos
con el avance de las obras de la ' Y vasca ' (Vitoria-Bilbao-San
Sebastián) y de los estudios de trazado de la nueva línea Burdeos-España,
así como la realización en el marco del GEIE Dax-Vitoria de la
coordinación de los trazados en la frontera. El proceso de información
pública del trazado Lezo/Oiartzun-frontera en España y la encuesta
pública de la nueva línea Burdeos-España se publicarán en la medida de lo
posible a lo largo del año 2013.'



Con lo que queda garantizado el compromiso francés con la citada conexión
ferroviaria internacional.



Eje Mediterráneo.



La conexión entre España y Francia por el Corredor Mediterráneo ya existe
mediante la línea de Alta Velocidad Figueres-Perpiñán que es una línea
ferroviaria de alta velocidad de doble vía, entre Llers y Le Soler (en
las cercanías de Figueres y de Perpiñán respectivamente) con una longitud
de 44,4 km y que cumple con todas las especificaciones técnicas de
interoperabilidad ferroviaria europea. Esta línea está administrada en
régimen de concesión por TP Ferro Concesionaria.



Madrid, 20 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026216



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Moscoso del Prado Hernández, Juan (GS).



Respuesta:



Mediante el Real Decreto 426/1993, de 26 de marzo, por el que se regulan
las Secciones de Asuntos Laborales y Seguridad Social (actuales Secciones
de Empleo y Seguridad Social) se estableció un nuevo




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737






modelo administrativo en el que las indicadas Secciones se configuran como
unidades integradas en las Oficinas Consulares, de las que dependen
orgánicamente, sin perjuicio de su dependencia funcional del Ministerio
de Empleo y Seguridad Social.



Por ello, la suspensión de funciones de la Agencia Consular en Basilea ha
sido el principal motivo que ha llevado a reorganizar los servicios de la
Consejería de Empleo y Seguridad Social en Suiza, específicamente en lo
que afecta a la Oficina de Empleo y Seguridad Social de Basilea.



Por otra parte se trata de un servicio para un volumen de demanda
relativamente escaso, el número de españoles residentes en la demarcación
y que se verían afectados por esta medida, según informa la Consejería de
Empleo y Seguridad Social en Berna, serían 8.770 personas con una media
de 7 personas atendidas a la semana en los últimos años.



Dicha Oficina de Empleo y Seguridad Social viene funcionando desde
diciembre de 2009 en régimen de 'permanencias', es decir, un día a la
semana es atendida durante unas horas por un funcionario que se desplaza
desde Berna. En mayo de 2011 se produjo su cierre temporal, si bien
posteriormente y dado que continuaba la presencia de la Oficina Consular
se restableció este servicio.



La suspensión del servicio no dejará sin atención a los emigrantes
españoles, puesto que pueden ser atendidos en la propia Consejería de
Empleo en Berna (debiendo señalarse que la distancia entre ambas ciudades
es de 98 kilómetros), en las Secciones de Zurich y Ginebra y en la
Oficina de Lausana.



Por estas razones se estima que la medida adoptada, en aplicación de una
política de racionalización del gasto público compatible con el
mantenimiento de la calidad de los servicios que presta a los ciudadanos
y con vistas a que éstos sean más eficaces y eficientes, no va a suponer
menoscabo en la asistencia y protección de los españoles residentes en
Basilea y su demarcación, ni en general en la atención a los residentes
españoles en Suiza.



La comunicación de estos cambios a la población española potencialmente
afectada se ha realizado directamente en la Oficina de Empleo y Seguridad
Social indicando la dirección, teléfono, fax y correo electrónico de los
servicios centrales de la Consejería de Empleo en Berna. Previamente, el
pasado 19 de junio, se había comunicado esta decisión en la reunión con
el Consejo de Residentes Españoles (CRE) a la que asistió, además del
propio Embajador, el Cónsul General de Berna-Basilea, el Consejero de
Empleo y Seguridad Social y el Consejero de Educación. También el pasado
9 de julio la misma representación estuvo presente en la reunión
informativa mantenida en la Embajada española a instancia de la
Federación del Movimiento Asociativo Español en Suiza (FEMAES).



Por último, el propio Consejo General de la Ciudadanía en el Exterior fue
informado de esta decisión en su último Pleno en Madrid los días 17 y 18
de junio pasado, por los representantes de los Departamentos de Asuntos
Exteriores y Cooperación, Educación Cultura y Deporte y Empleo y
Seguridad Social.



Madrid, 16 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026218



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hurtado Zurera, Antonio (GS).



Respuesta:



De conformidad con el artículo 4 del Real Decreto 1432/2003, de 21 de
noviembre, por el que se regula la emisión por el Ministerio de Ciencia y
Tecnología de informes motivados relativos al cumplimiento de requisitos
científicos y tecnológicos, a efectos de la aplicación e interpretación
de deducciones fiscales por actividades de investigación y desarrollo e
innovación tecnológica, son organismos competentes para la emisión de
informes motivados a los efectos de la aplicación de la deducción del
artículo 35 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre
Sociedades:



- La Dirección General de Innovación y Competitividad y el Centro para el
Desarrollo Tecnológico Industrial del Ministerio de Economía y
Competitividad, y



- El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía del
Ministerio de Industria, Energía y Turismo.




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738






El artículo 8.1 del citado Real Decreto prevé que tales organismos
públicos, a los que los obligados tributarios dirigen su solicitud,
remitan copia de los informes emitidos a la Administración tributaria,
sin que se tenga constancia de la existencia de un registro específico de
certificados emitidos por entidades privadas.



A su vez, el Real Decreto 1432/2003 regula un sistema de certificación
voluntario para solicitar la aplicación de beneficios fiscales. El citado
certificado acompaña a la declaración del impuesto de sociedades de forma
que añade seguridad jurídica a la deducción impositiva.



Por su parte, la Entidad Nacional de Acreditación, (ENAC), garantiza o
acredita la capacidad de diversas empresas para la emisión de
certificados de proyectos de Investigación, Desarrollo e innovación
(I+D+i). La ENAC actualiza permanentemente en su página Web la relación
de entidades certificadoras de Gestión de I+D+i que tiene acreditadas
pero no dispone de un registro o control de los certificados emitidos por
las entidades acreditadas, sino que son éstas quienes se encargan del
registro y control de los certificados que emiten.



El Gobierno no tiene, por tanto, acceso ni procesa datos sobre los
certificados de proyectos de I+D+i que las empresas solicitan
privadamente a esas entidades acreditadas.



Por el contrario, el Gobierno cuenta con información sobre la emisión de
los denominados informes motivados vinculantes para la aplicación de las
deducciones fiscales, que son emitidos por el Ministerio de Economía y
Competitividad (MINECO) y que requieren en unos casos, de un certificado
emitido por una entidad acreditada.



Por lo tanto, se tiene puntual información de las solicitudes de informe y
de los informes que se emiten por MINECO y de ellos se da información en
las Memorias que se publican en la web al efecto, una vez que se cierra
el ejercicio fiscal correspondiente.



Por su parte, la Dirección General de Tributos publica anualmente la
minoración de ingresos públicos por aplicación de deducciones fiscales,
que ronda en torno a 300 millones de euros. Dicho importe, puede
corresponder tanto a deducciones generadas en el último año fiscal, como
a deducciones generadas en años anteriores y que estaban pendientes de
aplicar.



Se remiten también a continuación los datos de los últimos 5 años sobre
beneficiarios y coste de las bonificaciones de cuotas de Seguridad Social
por contratación del personal investigador, financiadas con cargo al
presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal:



AÑO;BENEFICIARIOS;COSTE (Euros)



2008;2.327; 4.639.396,93



2009;3.969; 8.102.507,32



2010;5.804;12.489.478,86



2011;7.705;16.478.146,04



2012;8.984;14.213.013,44



TOTAL;;55.922.542,59



Madrid, 2 de agosto de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026225 y 184/026628



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



El Gobierno no puede establecer datos objetivos de coste medio por alumno,
más allá de la información oficial sobre precios públicos subvencionados,
que para el curso 2012/13 pueden consultarse en el




Página
739






siguiente enlace:
http://www.mecd.gob.es/dctm/sue/datos-y-cifras-sistema-universitario-espanol.pdf?documentId=0901e72b814eed28.



Madrid, 18 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026228 y 184/026229



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



El número de efectivos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a
30 de junio de 2013, eran los recogidos en los siguientes cuadros:



GUARDIA CIVIL



PROVINCIA;2013;;;;



;ACTIVOS;RESERVA OCUPADO;RESERVA SIN DESTINO;ALUMNOS PRÁCTICAS;EFECTIVOS
DISPONIBLES



ALBACETE;808;10;;0;818



ALICANTE;2.531;86;;0;2.617



ALMERÍA;1.525;81;;0;1.606



ARABA/Álava;556;6;;0;562



ASTURIAS;1.996;33;;0;2.029



ÁVILA;652;6;;0;658



BADAJOZ;1.582;39;;0;1.621



I. BALEARS;2.086;15;;0;2.101



BARCELONA;1.942;23;;0;1.965



BIZKAIA;1.261;14;;0;1.275



BURGOS;878;10;;0;888



CÁCERES;1.215;2;;0;1.217



CÁDIZ;2.398;130;;1;2.529



CANTABRIA;1.208;17;;0;1.225



CASTELLÓN;1.290;41;;0;1.331



CEUTA;573;8;;0;581



CIUDAD REAL;1.174;12;;0;1.186



CÓRDOBA;1.136;66;;0;1.202



CORUÑA, (A);1.671;70;;0;1.741



CUENCA;811;6;;0;817



GIPUZKOA;1.047;9;;0;1.056




Página
740






PROVINCIA;2013;;;;



;ACTIVOS;RESERVA OCUPADO;RESERVA SIN DESTINO;ALUMNOS PRÁCTICAS;EFECTIVOS
DISPONIBLES



GIRONA;525;7;;0;532



GRANADA;1.729;106;;0;1.835



GUADALAJARA;711;2;;0;713



HUELVA;1.422;53;;0;1.475



HUESCA;1.026;14;;0;1.040



JAÉN;1.368;76;;0;1.444



LEÓN;1.387;14;;0;1.401



LLEIDA;457;2;;1;460



LUGO;967;18;;0;985



MADRID;6.774;140;;1;6.915



MÁLAGA;1.977;114;;0;2.091



MELILLA;565;26;;0;591



MURCIA;1.943;40;;0;1.983



NAVARRA;1.637;23;;0;1.660



ORGANISMOS CENTRALES;6.590;530;;;7.120



OURENSE;842;20;;0;862



PALENCIA;653;5;;0;658



PALMAS LAS;1.807;28;;1;1.836



PONTEVEDRA;1.614;30;;1;1.645



RIOJA (LA);1.335;21;;0;1.356



S.C. TENERIFE;1.645;28;;0;1.673



SALAMANCA;801;16;;0;817



SEGO VIA;575;7;;0;582



SEVILLA;2.722;160;;0;2.882



SORIA;486;7;;0;493



TARRAGONA;590;4;;0;594



TERUEL;670;0;;0;670



TOLEDO;1.522;22;;0;1.544



VALENCIA;3.220;105;;0;3.325



VALLADOLID;713;19;;0;732



ZAMORA;701;7;;0;708



ZARAGOZA;1.386;24;;0;1.410



TOTAL;78.700;2.352;6.174;5;81.057




Página
741






CNP



PROVINCIA;2013;;;;



;ACTIVOS;2.ª ACTIVIDAD CON DESTINO;2.ª ACTIVIDAD SIN DESTINO;ALUMNOS
PRÁCTICAS;EFECTIVOS DISPONIBLES



ALBACETE;352;24;;0;376



ALICANTE;2.228;71;;0;2.299



ALMERÍA;653;36;;0;689



ARABA/ÁLAVA;299;26;;0;325



ASTURIAS;1.468;69;;0;1.537



ÁVILA;150;9;;0;159



BADAJOZ;798;35;;0;833



BALEARS (ILLES);1.553;29;;0;1.582



BARCELONA;2.336;58;;0;2.394



BIZKAIA;608;32;;0;640



BURGOS;416;19;;0;435



CÁCERES;297;20;;0;317



CÁDIZ;2.502;60;;0;2.562



CANTABRIA;506;26;;0;532



CASTELLÓN;465;10;;0;475



CEUTA;514;47;;0;561



CIUDAD REAL;422;13;;0;435



CÓRDOBA;800;49;;0;849



CORUÑA, (A);1.535;63;;0;1.598



CUENCA;118;4;;0;122



GIPUZKOA;506;13;;0;519



GIRONA;298;6;;0;304



GRANADA;1.131;50;;0;1.181



GUADALAJARA;190;7;;0;197



HUELVA;378;18;;0;396



HUESCA;249;4;;0;253



JAÉN;486;30;;0;516



LEÓN;538;36;;0;574



LLEIDA;171;15;;0;186



LUGO;333;18;;0;351



MADRID;13.375;200;;0;13.575



MÁLAGA;3.258;81;;0;3.339



MELILLA;522;38;;0;560




Página
742






PROVINCIA;2013;;;;



;ACTIVOS;2.ª ACTIVIDAD CON DESTINO;2.ª ACTIVIDAD SIN DESTINO;ALUMNOS
PRÁCTICAS;EFECTIVOS DISPONIBLES



MURCIA;1.551;71;;0;1.622



NAVARRA;678;27;;0;705



ORGANISMOS CENTRALES;9.972;271;;0;10.243



OURENSE;255;10;;0;265



PALENCIA;169;10;;0;179



PALMAS LAS;2.238;54;;0;2.292



PONTEVEDRA;1.110;70;;0;1.180



RIOJA (LA);278;24;;0;302



S.C. TENERIFE;1.631;65;;0;1.696



SALAMANCA;310;15;;0;325



SEGOVIA;184;20;;0;204



SEVILLA;2.984;103;;0;3.087



SORIA;114;2;;0;116



TARRAGONA;314;11;;0;325



TERUEL;111;5;;0;116



TOLEDO;424;18;;0;442



VALENCIA;3.800;71;;0;3.871



VALLADOLID;785;48;;0;833



ZAMORA;153;14;;0;167



ZARAGOZA;1.522;66;;0;1.588



TOTAL;68.038;2.191;11.657;0;70.229



Madrid, 25 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026230



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



En la actualidad, tras las modificaciones operadas en el Catálogo de
Puestos de Trabajo del Cuerpo Nacional de Policía, existen doce Jefaturas
Superiores de Policía cuyo titular debe pertenecer a la categoría de
Comisario Principal; siendo éstas las Jefaturas Superiores de Policía
cuyo ámbito de actuación se extiende a varias provincias, con la única
excepción de Madrid. Además, existen otros ocho puestos de trabajo de
Jefatura Superior que por su ámbito de actuación, circunscritos a una
única provincia (comunidades autónomas uniprovinciales), tienen atribuido
su desempeño a funcionarios pertenecientes a la Escala Superior, es
decir, de adscripción indistinta tanto a Comisario como Comisario
Principal.




Página
743






Asimismo, el puesto de Secretario General de las Comisarías Generales se
desempeña únicamente -al igual que el puesto de titular de dicha
Comisaría General-- por funcionarios pertenecientes a la categoría de
Comisario Principal.



Madrid, 25 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026231



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



El distrito policial de Arganzuela interviene anualmente gran cantidad de
bicicletas cuyos poseedores no han acreditado fehacientemente su
propiedad o que, simplemente, han manifestado habérselas encontrado para
así eludir la acción penal, siendo difícil la localización de su legítimo
dueño.



El pasado año se difundió, a través de los medios de comunicación, una
exposición que la Comisaría de Arganzuela iba a realizar con 60
bicicletas a fin de poder localizar a sus dueños. Como resultado de la
misma, un importante número de ciudadanos reconocieron su bicicleta
sustraída y, por tanto, consiguieron su recuperación. A pesar de ello, se
mantenían en depósito unas treinta unidades.



Debido a la problemática existente dentro del distrito, donde se registran
asaltos a menores con violencia e intimidación en los parques ' Madrid
Rio' y 'Tierno Galván', se ideó la posibilidad de utilizar las bicicletas
almacenadas, de manera experimental, para el patrullaje por esas zonas,
contando siempre con la voluntariedad de los funcionarios participantes
en el mencionado dispositivo de prevención.



Una vez que se comenzaron a realizar las primeras patrullas, la Comisaría
Provincial de Madrid decidió paralizar la iniciativa, tras detectar
algunas dificultades técnicas en su implantación, resultando que
únicamente salieron a patrullar con esos medios los días 6 y 7 de junio
por la tarde.



Madrid, 16 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026232



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



En relación con el número de plazas por el que se interesa Su Señoría se
señala que la respuesta es ninguna, toda vez que la gestión de los
Puestos de Trabajo de personal en reserva no contempla la retención de
dotaciones para los supuestos recogidos en el texto de la pregunta.



Madrid, 17 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026233



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada se informa que en el año 2013 no se
ha autorizado cupo para el pase a la situación de reserva voluntaria.



Madrid, 17 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
744






184/026234



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



El personal de la Guardia Civil que pasó a la situación de reserva,
durante el año 2012 y hasta el 30 de junio de 2013, fue el recogido en el
siguiente cuadro:



PASE A RESERVA;



AÑO 2012;AÑO 2013



782;431



Madrid, 24 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026235



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



El personal de la Guardia Civil en situación de reserva, desglosado por
años y con indicación de si ocupan o no destino, desde el año 2002 y
hasta el 30 de junio del año actual, fue el recogido en el siguiente
cuadro:



RECURSOS HUMANOS DE LA GUARDIA CIVIL EN SITUACIÓN DE RESERVA;;;;;;;;;;;;



RESERVA;2002;2003;2004;2005;2006;2007;2008;2009;2010;2011;2012;2013



CON
Destino;1.590;1.810;1.940;1.937;1.979;2.020;2.268;2.266;2.432;2.556;2.565;2.380



SIN
Destino;13.200;12.195;10.978;10.348;9.721;9.633;9.091;8.686;8.115;7.371;6.960;6.218



No se dispone de datos de 2000 y 2001;;;;;;;;;;;;



Madrid, 27 de agosto de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/026236



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



El número de funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que en el periodo
solicitado han pasado a la situación de segunda actividad por disminución
de las aptitudes psicofísicas, fue el recogido en el siguiente cuadro:



2012;20131



56;35



1 Hasta el 30 de junio de 2013.;



Madrid, 31 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
745






184/026237



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada se informa que para el año 2013 no
se ha establecido cupo de funcionarios para su pase a la situación de
segunda actividad de forma voluntaria en el Cuerpo Nacional de Policía.



Madrid, 5 de agosto de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026238



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



El personal del Cuerpo Nacional de Policía en situación de segunda
actividad, desglosado por años y con indicación de si ocupan o no
destino, desde el año 2002 y hasta el 30 de junio del año actual, fue el
recogido en el siguiente cuadro:



RECURSOS HUMANOS DEL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA EN 2.ª ACTIVIDAD;;



;CON DESTINO;SIN DESTINO



2000;1.922;11.307



2001;2.431;12.288



2002;2.486;12.991



2003;2.407;13.688



2004;2.552;13.950



2005;2.834;14.358



2006;3.553;14.729



2007;3.602;15.338



2008;3.626;15.292



2009;3.454;14.985



2010;2.932;14.690



2011;3.425;13.782



2012;3.272;13.164



2013;2.255;11.746



Madrid, 27 de agosto de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.




Página
746






184/026242



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El número de inspecciones en el campo realizadas por el SEPRONA, para
detectar construcciones ilegales en la provincia de Málaga, durante los
años 2012 y 2013, ha sido de 67 y 93; respectivamente, con el siguiente
desglose de actuaciones por municipios:



MUNICIPIOS;NÚMERO DE ACTUACIONES;



;AÑO 2012;AÑO 2013



ALCAUCÍN;1;-



ALFARNATEJO;-;1



ALHAURÍN EL GRANDE;8;-



ALMARCHA;-;1



ÁLORA;1;1



ANTEQUERA;5;2



ARCHIDONA;-;2



ARENAS;2;-



ATAJATE;-;1



BENAHAVÍS;4;1



BENALMÁDENA;1;-



BENAMOCARRA;-;53



CAMPILLOS;-;1



CANILLAS DE ACEITUNO;1;-



CANILLAS DE ALBAIDAS;1;-



CAÑETE LA REAL;1;1



CÁRTAMA;2;-



CASARABONELA;2;-



CASARES;3;3



COÍN;-;1



CÓMPETA;3;-



CORTES DE LA FRONTERA;3;1



CÚTAR;1;-



ESTEPONA;2;-



FRIGILIANA;1;7



FUENGIROLA;1;-




Página
747






MUNICIPIOS;NÚMERO DE ACTUACIONES;



;AÑO 2012;AÑO 2013



GENALGUACIL;-;1



GUARO;1;-



IGUALEJA;1;-



MÁLAGA;-;1



MANILVA;2;1



MARBELLA;2;-



MIJAS;4;-



NERJA;2;-



PERIANA;1;-



PIZARRA;-;3



RIOGORDO;1;2



RONDA;1;1



TOLOX;2;1



VÉLEZ MÁLAGA;4;6



VILLANUEVA DE ALGAIDAS;1;-



VILLANUEVA DEL ROSARIO;-;1



VIÑUELA;1;-



YUNQUERA;1;-



Madrid, 27 de agosto de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/026247



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El pasado 9 de junio de 2013 el Ministerio de Fomento puso parcialmente en
servicio las obras del acceso sur al Aeropuerto de Málaga.



El Proyecto Complementario del acceso sur al Aeropuerto de Málaga, que
contempla las obras necesarias para la puesta en servicio del acceso de
forma completa, se encuentra aprobado económicamente y la formalización
del contrato de obras correspondientes fue publicada en el BOE de 25 de
junio de 2013, con un plazo de ejecución de 5 meses. Actualmente las
obras correspondientes al Proyecto complementario se encuentran en
ejecución, estando prevista su finalización a finales de este año.



Madrid, 20 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.




Página
748






184/026248



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El pasado 9 de junio de 2013 el Ministerio de Fomento puso parcialmente en
servicio las obras del acceso sur al Aeropuerto de Málaga.



El Proyecto Complementario del acceso sur al Aeropuerto de Málaga, que
contempla las obras necesarias para la puesta en servicio del acceso de
forma completa, se encuentra aprobado económicamente y la formalización
del contrato de obras correspondientes fue publicada en el BOE de 25 de
junio de 2013, con un plazo de ejecución de 5 meses. Actualmente las
obras correspondientes al Proyecto complementario se encuentran en
ejecución, estando prevista su finalización a finales de este año.



Por lo tanto las obras no se encuentran actualmente paralizadas.



Madrid, 20 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026250



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



En el siguiente cuadro se recoge la información solicitada por Su Señoría
relativa al número de accidentes de tráfico con víctimas, en los que
estuvo implicada al menos una motocicleta, registrados en el primer
semestre de los años 2012 y 2013:



PROVINCIA;ACCIDENTES DE TRÁFICO CON VÍCTIMAS;;;;;;;



;2012;;;;2013;;;



;N.° Acc.;Muertos;H. graves;H. leves;N.° Acc.;Muertos;H. graves;H. leves



Araba/Álava;26;1;2;23;;;;



Albacete;23;1;4;19;29;1;6;23



Alicante/Alacant;149;3;39;108;149;2;33;123



Almería;54;1;18;38;49;5;11;32



Ávila;25;0;7;19;21;3;2;17



Badajoz;32;2;15;16;38;0;10;28



Balears (Illes);185;7;34;153;215;4;30;202



Barcelona;3.316;15;221;3.205;;;;



Burgos;43;1;11;38;33;1;6;27



Cáceres;29;0;7;23;15;1;2;12



Cádiz;190;5;20;179;165;4;28;156



Castellón/Castelló;39;0;8;33;30;0;6;24




Página
749






PROVINCIA;ACCIDENTES DE TRÁFICO CON VÍCTIMAS;;;;;;;



;2012;;;;2013;;;



;N.° Acc.;Muertos;H. graves;H. leves;N.° Acc.;Muertos;H. graves;H. leves



Ciudad Real;18;1;4;13;19;1;6;14



Córdoba;102;3;21;87;136;3;34;111



Coruña (A);47;4;17;33;38;3;11;24



Cuenca;14;1;6;7;9;0;4;6



Girona;183;5;39;156;;;;



Granada;181;1;23;163;187;2;29;157



Guadalajara;30;4;12;15;24;2;8;15



Gipuzkoa;219;1;12;215;;;;



Huelva;26;1;8;23;23;5;4;17



Huesca;30;1;11;23;20;2;10;12



Jaén;41;0;8;40;40;1;11;32



León;27;2;9;20;37;0;15;23



Lleida;65;3;17;46;;;;



Rioja (La);40;0;4;41;26;1;3;20



Lugo;13;0;5;11;14;0;5;10



Madrid;1.769;9;206;1.607;524;8;67;462



Málaga;233;2;39;202;183;6;33;151



Murcia;43;5;16;24;44;4;12;28



Navarra;31;4;5;22;20;1;5;19



Ourense;19;2;10;9;24;0;9;17



Asturias;123;4;16;100;120;2;20;106



Palencia;8;0;3;6;17;0;7;12



Palmas (Las);58;3;13;42;54;5;13;39



Pontevedra;111;1;27;90;75;4;22;59



Salamanca;54;0;10;45;43;0;10;32



Sta Cruz de Tenerife;91;4;27;67;88;2;29;66



Cantabria;37;2;8;31;25;0;6;20



Segovia;11;0;4;8;19;0;6;16



Sevilla;295;10;43;263;152;3;23;139



Soria;12;0;4;10;3;0;2;1



Tarragona;157;1;35;126;;;;



Teruel;7;0;3;5;2;0;1;2




Página
750






PROVINCIA;ACCIDENTES DE TRÁFICO CON VÍCTIMAS;;;;;;;



;2012;;;;2013;;;



;N.° Acc.;Muertos;H. graves;H. leves;N.° Acc.;Muertos;H. graves;H. leves



Toledo;59;2;11;47;29;3;5;24



Valencia/València;484;5;96;405;408;2;59;367



Valladolid;74;2;16;62;65;4;15;53



Bizkaia;124;3;21;84;1;1;0;0



Zamora;8;0;3;5;8;0;4;4



Zaragoza;137;3;24;111;118;1;21;99



Ceuta;17;0;0;19;24;0;2;26



Melilla;12;0;1;12;20;0;2;19



Total general;9121;125;1223;8149;3385;89;647;2846



No se dispone de datos de accidentes con víctimas de País Vasco y Cataluña
correspondientes a 2013.



Los datos de 2013 son provisionales y el cómputo de fallecidos a 24
horas.;;;;;;;;



Madrid, 27 de agosto de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/026251



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



La actual situación económica obliga a priorizar las inversiones en
materia de infraestructuras en funciones de las disponibilidades
presupuestarias.



Madrid, 27 de agosto de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/026252



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



Durante el año 2012 y con cargo a los créditos del Capítulo 2,
descentralizados a la Zona de la Guardia Civil de Andalucía/Comandancia
de Málaga, se ejecutaron obras de mejora y mantenimiento en el
acuartelamiento de Antequera por importe de 29.119,37 euros.



Por otra parte se indica que, para el presente año 2013 y con cargo a
créditos del mismo Capítulo, si las disponibilidades presupuestarias lo
permiten, están previstas actuaciones por importe de 22.000,00 euros,
correspondientes a obras de reforma de la sala SITEL y otras de reforma
de tendido de telecomunicaciones de las dependencias oficiales en el
acuartelamiento por el que se interesa Su Señoría.



Madrid, 25 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
751






184/026253



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



La inversión directa en mantenimiento y conservación de playas desde el 1
de enero de 2013, desglosadas por provincias y Comunidades Autónomas es
la siguiente, recogiéndose lo certificado a 31 de julio de 2013.



COMUNIDAD AUTÓNOMA;PROVINCIA;INVERSIÓN (€)



GALICIA;PONTEVEDRA;686.486,17



;A CORUÑA;300.722,50



;LUGO;213.629,96



ASTURIAS;ASTURIAS;579.364,41



CANTABRIA;CANTABRIA;302.784,58



PAÍS VASCO;BIZKAIA;255.063,99



;GIPUZCOA;117.112,19



CATALUÑA;GIRONA;297.830,04



;BARCELONA;489.800,19



;TARRAGONA;208.393,29



C. VALENCIANA;CASTELLÓN;215.543,75



;VALENCIA;482.208,44



;ALICANTE;455.596,29



MURCIA;MURCIA;112.018,34



ANDALUCÍA;ALMERIA;264.120,46



;GRANADA;140.991,16



;MÁLAGA;1.060.343,26



;CÁDIZ;429.908,93



;HUELVA;249.056,25



ILLES BALEARS;BALEARS;687.265,21



CANARIAS;LAS PALMAS;87.022,26



;TENERIFE;42.956,75



CEUTA;CEUTA;46.770,99



MELILLA;MELILLA;48.203,17



Madrid, 16 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.




Página
752






184/026254 y 184/026255



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El Ministerio del Interior (DG de Protección Civil y Emergencias) ha
propuesto la concesión de 31 subvenciones en aplicación del Real Decreto
por el que se interesa Su Señoría, siendo la cantidad total de las
subvenciones concedidas de 51.539,97 euros. El resto de los expedientes
se encuentran en fase de instrucción en las Delegaciones o
Subdelegaciones del Gobierno, de las provincias afectadas, o en fase de
análisis y resolución en la Dirección General de Protección Civil y
Emergencias.



El desglose de las subvenciones concedidas por provincias, es el
siguiente:



- Cádiz 7 subvenciones concedidas por un importe de 12.246,34 euros.



- Jaén 9 subvenciones concedidas por un importe de 19.265,00 euros.



- Zaragoza 5 subvenciones concedidas por un importe de 2.585,00 euros.



- Las Palmas 10 subvenciones concedidas por un importe de 17.443,63 euros.



No obstante, se indica que la Disposición Adicional única del Real Decreto
389/2013, de 31 de mayo establece que 'El plazo de dos meses para la
presentación de las solicitudes a que hacen referencia los artículos 2.4
y 3.3 de la Ley 14/2012, de 26 de diciembre, ha de contarse a partir del
día siguiente al de la entrada en vigor de este real decreto' y, la
Disposición Final segunda establece que este Real Decreto entrará en
vigor el mismo día de su publicación en el B.O.E. (15 de junio de 2013).



Así pues y de acuerdo con lo expuesto, actualmente no ha concluido el
plazo para la presentación de solicitudes.



Madrid, 25 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026275



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Buyolo García, Federico (GS).



Respuesta:



Se señalan las siguientes actuaciones realizadas por el Gobierno a través
del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en relación con la
propuesta y el impulso de iniciativas y proyectos bibliotecarios:



1. Puesta en marcha de un servicio de préstamo de libros electrónicos para
los usuarios de las bibliotecas públicas.



El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha licitado un contrato por
procedimiento abierto para la adquisición de licencias de uso de libros
electrónicos para su préstamo a través de las bibliotecas públicas, así
como la implantación de un sistema de gestión informática que facilite y
permita los préstamos de aquellas. La licitación fue anunciada en el BOE
con fecha de 10 de junio de 2013 con un presupuesto de 2.064.000 euros,
responde al desarrollo del Plan Estratégico General 2012-2015 de la
Secretaría de Estado de Cultura, y ha sido previamente consultada con las
Comunidades Autónomas a través del Consejo de Cooperación Bibliotecaria.



La contratación impulsada servirá para conformar un núcleo básico y común
de contenidos que pueda ser ofrecido a través de todas las bibliotecas
públicas españolas. Además de dichos contenidos básicos, se contratará
también un servicio de plataforma tecnológica, en cuya gestión
participarán todas las Comunidades Autónomas, permitiéndoles aumentar con
sus propios medios y recursos los contenidos ofrecidos a los habitantes
de su territorio.



2. Impulso de las colecciones digitales españolas y presencia de éstas en
proyectos internacionales.




Página
753






a) Biblioteca Virtual de Prensa Histórica y Biblioteca Virtual del
Patrimonio Bibliográfico.



En 2012 se destinaron 419.909,93 euros a proyectos de la digitalización de
prensa histórica. Con cargo a ese presupuesto se digitalizaron 370.658
páginas y se generaron ficheros de texto (reconocimiento óptico de
caracteres) de 1.209.153 páginas.



Como resultado, la Biblioteca Virtual de Prensa Histórica incluye
6.142.821 páginas de las que 5.214.636 se pueden consultar a texto
completo. Están representadas en la base de datos todas las Comunidades
Autónomas.



En el año 2013 se ha tramitado un expediente de contratación para
digitalización con un presupuesto de licitación de 600.000 euros. Como
resultado del mismo se digitalizarán 530.000 páginas y se realizará
reconocimiento óptico de caracteres de aproximadamente un millón de
páginas de prensa histórica y revistas.



b) Hispana.



Ha pasado de 3.233.456 objetos digitales a principios de 2012 a 4.394.317
a finales del mismo año, es decir, ha experimentado un crecimiento de más
del 35%. El número de repositorios recolectados por Hispana ha pasado de
156 a 183 en las mismas fechas.



En enero de 2012 Hispana aportaba a Europeana 1.649.911 objetos digitales.
A lo largo de 2012 el crecimiento ha sido de más de 300.000. La
aportación española a Europeana, a través de Hispana, a finales de 2012
era de 1.706.037 objetos digitales. El número de proveedores de datos
pasó de 35 a 49.



c) Ayudas a proyectos de digitalización.



La Secretaría de Estado de Cultura ha convocado entre 2011 y 2013 ayudas
para proyectos de digitalización por un importe total de 4.411.000 euros.
En el año 2012 se han llevado a cabo los proyectos de las instituciones
beneficiarias de esas ayudas: 15 proyectos de Comunidades Autónomas, 17
de universidades públicas, 6 de entidades locales, 5 de Reales Academias
y 20 entidades privadas sin ánimo de lucro.



3) Sistema de gestión bibliotecaria KOBLI y PCU de las Bibliotecas de la
Administración General del Estado (BAGE)



Koha-Kobli es un sistema integrado de gestión de bibliotecas (SIGB)
desarrollado por impulso del Grupo de Trabajo de las Bibliotecas de la
Administración General del Estado.



Entre los años 2010 y 2013 se ha han destinado al proyecto Koha-Kobli la
cantidad de 300.055,70 euros con cargo al programa 332B. Bibliotecas, del
presupuesto del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



En lo que se refiere al punto de consulta único (PCU), se ha llevado a
cabo un proyecto piloto en el que han participado 92 bibliotecas de la
AGE (agrupadas en 9 unidades administrativas) sumando 1.931.829 registros
bibliográficos, que supone casi el 20% de los fondos estimados en todas
ellas (según datos de 2009).



Está previsto que a lo largo de 2013 se alcance la cifra de 6.915.700
registros disponibles en el PCU, a través de las aportaciones de las 98
bibliotecas. La inversión realizada entre los años 2011 y 2013 ha sido de
214.328,68 euros.



Madrid, 19 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026277



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Buyolo García, Federico (GS).



Respuesta:



El Plan Estratégico General del Gobierno, en concreto del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte 2012-2015, recoge los siguientes proyectos
relacionados con la coordinación bibliotecaria:




Página
754






- Diseño y desarrollo de un punto de consulta único de las bibliotecas de
la Administración General del Estado.



- Implantación de forma progresiva del sistema integrado de gestión de
fuentes abiertas KOBLI en las bibliotecas de la Administración General
del Estado (AGE).



En lo que se refiere al punto de consulta único (PCU), se ha llevado a
cabo un proyecto piloto en el que han participado 92 bibliotecas de la
AGE (agrupadas en 9 unidades administrativas) sumando 1.931.829 registros
bibliográficos, que supone casi el 20% de los fondos estimados en todas
ellas (según datos de 2009). Está previsto que a lo largo de 2013 se
alcance la cifra de 6.915.700 registros disponibles en el PCU, a través
de las aportaciones del total de las 98 bibliotecas. La inversión
realizada entre los años 2011 y 2013 ha sido de 214.328,68 euros.



Por otra parte, Koha-Kobli es un sistema integrado de gestión de
bibliotecas (SIGB) desarrollado por impulso del Grupo de Trabajo de las
Bibliotecas de la Administración General del Estado. Se trata de un
sistema avanzado que cubre la mayoría de las funcionalidades requeridas.



Entre los años 2010 y 2013 se han destinado al proyecto Koha-Kobli la
cantidad de 300.055,70 euros con cargo al programa 332B. Bibliotecas, del
presupuesto del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



Madrid, 19 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026279



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Buyolo García, Federico (GS).



Respuesta:



Se señalan las siguientes actuaciones realizadas por el Gobierno, en
concreto por la Secretaria de Estado de Cultura del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte, en relación con el impulso del desarrollo e
innovación tecnológico en el ámbito bibliotecario:



1. Puesta en marcha de un servicio de préstamo de libros electrónicos para
los usuarios de las bibliotecas públicas.



Los ciudadanos van incorporando de forma creciente a sus hábitos
culturales y a su bagaje tecnológico el uso de dispositivos que permiten
la lectura de libros electrónicos (lectores específicos, tabletas,
móviles inteligentes, etc.)



Las bibliotecas públicas necesitan mantenerse permanentemente actualizadas
y atender la evolución de la sociedad para asegurar el mejor cumplimiento
de sus funciones. En este sentido, el objetivo del proyecto es aumentar
las posibilidades de acceso de los ciudadanos a los libros electrónicos,
fomentado además el consumo legal de estos formatos a través de las
bibliotecas.



Se prevé que en el año 2014 este servicio pueda entrar en funcionamiento
con una dotación básica de más 200.000 ejemplares o licencias de libros
electrónicos, a los que podrán tener acceso casi 12 millones de
ciudadanos con carnet de biblioteca pública. El presupuesto total de
licitación del proyecto es de 2.064.000 euros.



2. Impulso de las colecciones digitales españolas y presencia de estas en
proyectos internacionales.



La respuesta a la demanda de acceso y preservación del patrimonio
bibliográfico se lleva a cabo mediante la creación de objetos digitales,
que combinan la digitalización de los fondos bibliográficos con la
creación de unos datos y metadatos que aseguran su correcta recuperación
en la Red y potencian su visibilidad.



El Plan Estratégico General de la Secretaría de Estado de Cultura
2012-2015 incluye los siguientes proyectos:



1. Incremento de los contenidos de las Bibliotecas Virtuales de la
Secretaría de Estado de Cultura, cuyo objetivo es ampliar el número de
Comunidades Autónomas representadas en los contenidos de las bibliotecas
virtuales de prensa histórica y de patrimonio bibliográfico.




Página
755






2. Ampliación de los canales de difusión de los contenidos de las
bibliotecas virtuales de la Secretaría de Estado de Cultura, para
facilitar la accesibilidad a través de dispositivos móviles.



3. Impulso de las colecciones digitales españolas y su presencia en
proyectos internacionales, que trata de incrementar la aportación
española a EUROPEANA, a través del agregador nacional de contenidos
HISPANA, en dos millones de registros.



Las actuaciones llevadas a cabo en cada uno de los proyectos son las que
se indican a continuación:



a) Biblioteca Virtual de Prensa Histórica y Biblioteca Virtual del
Patrimonio Bibliográfico



En 2012 se destinaron 419.909,93 euros, a la digitalización de prensa
histórica. Con cargo a ese presupuesto se digitalizaron 370.658 páginas y
se generaron ficheros de texto (reconocimiento óptico de caracteres) de
1.209.153 páginas.



Como resultado, la Biblioteca Virtual de Prensa Histórica incluye
6.142.821 páginas de las que 5.214.636 se pueden consultar a texto
completo. Están representadas en la base de datos todas las Comunidades
Autónomas.



En el año 2013 se ha tramitado un expediente de contratación para
digitalización con un presupuesto de licitación de 600.000 euros. Como
resultado del mismo se digitalizarán 530.000 páginas y se realizará
reconocimiento óptico de caracteres de aproximadamente un millón de
páginas de prensa histórica y revistas.



b) Hispana



Ha pasado de 3.233.456 objetos digitales a principios de 2012 a 4.394.317
a finales del mismo año, es decir, ha experimentado un crecimiento de más
del 35%. El número de repositorios recolectados por Hispana ha pasado de
156 a 183 en las mismas fechas.



En enero de 2012 Hispana aportaba a Europeana 1.649.911 objetos digitales.
A lo largo de 2012 el crecimiento ha sido de más de 300.000. La
aportación española a Europeana, a través de Hispana, a finales de 2012
era de 1.706.037 objetos digitales. El número de proveedores de datos
pasó de 35 a 49.



c) Ayudas a proyectos de digitalización



La Secretaría de Estado de Cultura ha convocado entre 2011 y 2013 ayudas
para proyectos de digitalización por un importe total de 4.411.000 euros.
En el año 2012 se han llevado a cabo los proyectos de las instituciones
beneficiarias de esas ayudas: 15 proyectos de Comunidades Autónomas, 17
de universidades públicas, 6 de entidades locales, 5 de Reales Academias
y 20 entidades privadas sin ánimo de lucro.



Las distintas convocatorias han hecho posible la normalización de las
bibliotecas digitales españoles y la adaptación a los requisitos técnicos
que exige su participación en Hispana y Europeana, lo que está
permitiendo una mayor visibilidad y difusión de los fondos patrimoniales
de las bibliotecas españolas.



Los proyectos subvencionados se llevan a cabo mediante la cooperación
entre las distintas entidades subvencionadas: comunidades autónomas,
entidades locales, universidades, entidades privadas sin ánimo de lucro,
etc.



4. Sistema de gestión bibliotecaria KOBLI y PCU de las Bibliotecas de la
Administración General del Estado (BAGE)



Dentro del Plan Estratégico General de la Secretaría de Estado de Cultura
2012-2015, con objeto de favorecer la accesibilidad a los fondos de las
bibliotecas de la Administración General del Estado a través de
herramientas de fuentes abiertas, así como avanzar en la automatización
normalizada de las bibliotecas de la Administración General del Estado,
se han puesto en marcha los proyectos de 'Punto de Consulta Único y la
implantación progresiva del sistema integrado de gestión de fuentes
abiertas KOBLI.



Entre los años 2010 y 2013 se ha han destinado al proyecto Koha-Kobli la
cantidad de 300.055,70 euros con cargo al programa 332B. Bibliotecas, del
presupuesto del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.



En lo que se refiere al punto de consulta único (PCU), se ha llevado a
cabo un proyecto piloto en el que han participado 92 bibliotecas de la
AGE (agrupadas en 9 unidades administrativas) sumando




Página
756






1.931.829 registros bibliográficos, que supone casi el 20% de los fondos
estimados en todas ellas (según datos de 2009).



Está previsto que a lo largo de 2013 se alcance la cifra de 6.915.700
registros disponibles en el PCU, a través de las aportaciones de las 98
bibliotecas. La inversión realizada entre los años 2011 y 2013 ha sido de
214.328,68 euros.



Madrid, 20 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026281



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Simancas Simancas, Rafael (GS).



Respuesta:



El Ministerio de Fomento ha ejecutado las obras de Emergencia 'Reparación
de instalaciones del túnel Juan Morón García, situado en la autovía A-1,
p.k. 92. T. M. de Somosierra'. Dichas obras fueron recibidas y puestas en
servicio el día 25 de abril de 2013, encontrándose el túnel plenamente
operativo desde la citada fecha.



Madrid, 24 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026292



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hernando Vera, Antonio (GS).



Respuesta:



En el ámbito del Ministerio del Interior, los Presupuestos Generales del
Estado establecen una asignación con cargo a la aplicación presupuestaria
16 05 133A 481 'Transferencia a la Conferencia Episcopal Española para
atención al culto de centros penitenciarios'. El importe correspondiente
al año 2013 ha ascendido a 309.500 euros.



Madrid, 4 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/026295



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Hernando Vera, Antonio (GS).



Respuesta:



En el siguiente cuadro figuran los datos relativos a las pruebas de ADN
realizados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, desglosados por
muestras dubitadas e indubitadas, sin que pueda proporcionarse el dato
relativo a muestras no atribuidas al no existir como tal en la base de
datos:




Página
757






FECHA;DUBITADAS



todos los laboratorios;INDUBITADAS;;;;;;;



;;Cuerpo Nacional de Policía;Guardia Civil;Mosos
d'Esquadra;Ertzaintza;Policía Foral;Instituto Nacional de Toxicología y
Cineicas Forenses;Total año;Incremento sobre año anterior



inicio bd, hasta 31-12-2004;10.443;2.801;36;;;;;2.837;



año 2.005;5.153;785;576;-;-;-;-;1.361;



año 2.006;7.732;3.014;576;-;-;-;-;3.590;+164%



año 2.007;4.900;5.432;4.450;34;-;-;-;9.916;+176%



año 2.008;4.791;15.521;4.483;135;74;-;-;20.213;+104%



año 2.009;6.384;25.113;8.401;2.451;107;-;-;36.072;+78%



año 2.010;8.036;29.598;9.224;3.669;1.318;-;49;43.858;+21,5%



año 2.011;8.977;43.076;13.171;3.868;1.184;-;57;61.356;+39%



año 2.012;9.417;28.019;13.646;1.034;2.082;480;131;45.392;-26%



hasta 30-06-2013;4.513;11.996;5.560;290;414;51;71;18.382;-19%



TOTAL;70.346;165.355;60.123;11.481;5.179;531;308;242.977;



El tipo de delito para el que se obtienen las muestras no queda registrado
como tal en la base de datos al no estar diseñada para tratar tal
información, registrándose el dato relativo al perfil. No obstante,
debido a la especial nomenclatura usada en el identificador de los
perfiles genéticos, se pueden desglosar los siguientes 'tipos de
delitos':



1. (HO) Homicidios: 3,76%



2. (LE) Lesiones: 8,10%



3. (AS) Agresiones sexuales: 7%



4. (RF) Robo con fuerza: 22,65%



5. (RI) Robo con intimidación: 18,92%



6. (AM) Amenazas: 1,59%



7. (AT) Atentado: 0,93%



8. (TE) Terrorismo: 0,48%



9. (OT) Otros: 36,5%



La base de datos está concebida para encontrar determinadas coincidencias
genéticas entre perfiles y establecer posibles relaciones entre
asuntos/hechos delictivos, sin que contenga información relacionada con
el tipo de sujeto -sospechoso, detenido o imputado- a quien se toma la
muestra para su análisis.



En cuanto a la reducción del número de muestras tomadas a los detenidos
desde la publicación de la Sentencia 827/2011, de 25 de octubre, de la
Sala 2.ª de lo Penal del Tribunal Supremo, por la que se estableció la
obligatoriedad de tomar las muestras a los detenidos en presencia de
abogado, se informa que en el cuadro ya mencionado aparecen tanto el
valor absoluto, como el porcentaje de variación de los perfiles genéticos
indubitados en relación con el año anterior.



Madrid, 28 de agosto de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.




Página
758






184/026296



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Cabaña, Francisco (GS).



Respuesta:



Las Unidades de Violencia de Género (EMUMEs) de la Guardia Civil se nutren
de los medios técnicos propios de las correspondientes Unidades Orgánicas
de Policía Judicial en las que se encuentran encuadradas.



Por otra parte, en caso de necesitar, para actuaciones concretas, otros
recursos técnicos disponibles en cualquier unidad de la Comandancia o de
la Guardia Civil, se le asignan o se les presta el apoyo técnico preciso
por especialistas.



Madrid, 31 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026297



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Cabaña, Francisco (GS).



Respuesta:



La formación en el Cuerpo de la Guardia Civil con respecto a la
intervención en materia de violencia de género, se produce de modo
escalonado en los siguientes niveles de especialización:



Primer nivel:



Es el más general y se imparte en los Centros de Enseñanza, dentro de la
formación general como Guardia Civil, a través de módulos específicos en
los programas de enseñanza que abordan esta problemática desde el punto
de vista penal, procesal y de actuación.



Segundo nivel:



De especialización básica como Policía Judicial, dentro de los cursos que
se realizan en la Escuela de Especialización de la Guardia Civil y en el
Centro de Estudios Judiciales del Ministerio de Justicia. Se adquiere una
formación más profunda en la materia, tanto en el aspecto penal y
procesal, como científico y operativo.



Tercer nivel:



Es el último de la formación regular, consistiendo en la preparación y
especialización como Especialista Mujer-Menor (EMUME).



Esta última etapa de formación se desarrolla mediante Jornadas en la
Unidad Técnica de Policía Judicial (UTPJ), y su objetivo es conocer y
profundizar en la normativa y los procedimientos de actuación policial
bajo el punto de vista de su aplicación específica a la problemática de
la mujer como víctima de hechos criminales.



Cuarto nivel:



Actualización. Los Especialistas hacen un esfuerzo personal por mantenerse
actualizados, estando pendientes de modificaciones legislativas y
procedimentales.



Además, anualmente, se celebran unas Jornadas de actualización a las que
se convoca a los Especialistas que permanecen más de dos o tres años como
especialistas EMUME, con el objetivo de que intercambien experiencias y
conocimientos sobre su actividad profesional, a la vez que se procura la
actualización procedimental y legislativa que en cada momento sea
necesaria.




Página
759






Igualmente, con carácter anual cada Unidad territorial de ámbito
provincial (Comandancia) celebra unas jornadas sobre estas materias para
personal del Cuerpo, en las que los especialistas tienen un protagonismo
especial como formadores.



Por último, debido al contacto diario con profesionales que trabajan en
estos temas, los Especialistas participan de manera frecuente como
asistentes y/o como ponentes en Jornadas, Seminarios, Grupos de Trabajo,
etc., organizados por los distintos organismos de su demarcación
territorial.



Madrid, 25 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026298 y 184/026299



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Cabaña, Francisco (GS).



Respuesta:



La protección policial a las mujeres maltratadas se articula a través de
un sistema integrado y coordinado de actuación que incluye:



a) Los efectivos de las unidades especializadas en violencia de género de
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado: en el Cuerpo Nacional de
Policía, el Servicio de Atención a la Mujer (SAM) y las Unidades de
Prevención, Asistencia y Protección a las Mujeres Maltratadas (UPAP) y,
en la Guardia Civil, los Equipos y Especialistas en Mujer y Menor
(EMUME).



b) Los efectivos de las unidades de seguridad ciudadana de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado que se encargan, entre otras misiones, de
llevar a cabo las medidas de protección resultantes de la valoración de
riesgo policial y judicial.



Por lo que se refiere a los efectivos destinados en las Unidades
Especializadas de la Guardia Civil, a 30 de junio de 2013, su ubicación a
nivel provincial (Puntos de Atención Especializada PAEs) y el número de
especialistas que las integran, eran los siguientes:



JUNIO 2013;;G. CIVIL;



;;PAES;ESPECIALISTAS EMUME



TOTAL NACIONAL;;275;624



SERVICIOS CENTRALES;;1;9



ANDALUCÍA;;59;136



;Almería;7;18



;Cádiz;8;19



;Córdoba;6;12



;Granada;8;18



;Huelva;7;17



;Jaén;5;12



;Málaga;8;19



;Sevilla;10;21



C. ARAGÓN;;12;21



;Huesca;4;7




Página
760






JUNIO 2013;;G. CIVIL;



;;PAES;ESPECIALISTAS EMUME



;Teruel;2;5



;Zaragoza;6;9



P. DE ASTURIAS;;10;21



ILLES BALEARS;;8;21



CANARIAS;;14;30



;Las Palmas;7;16



;Sta. Cruz T.;7;14



C. CANTABRIA;;6;13



C. CASTILLA Y LEÓN;;28;60



;Ávila;3;7



;Burgos;5;8



;León;4;10



;Palencia;2;4



;Salamanca;3;7



;Segovia;2;5



;Soria;3;7



;Valladolid;3;7



;Zamora;3;5



C. CASTILLA-LA MANCHA;;22;48



;Albacete;4;9



;Ciudad Real;5;10



;Cuenca;4;8



;Guadalajara;3;7



;Toledo;6;14



CATALUÑA;;7;11



;Barcelona;2;4



;Girona;1;1



;Lleida;1;1



;Tarragona;3;5



C. VALENCIANA;;38;89



;Alicante;15;37



;Castellón;7;15



;Valencia;16;37




Página
761






JUNIO 2013;;G. CIVIL;



;;PAES;ESPECIALISTAS EMUME



C. EXTREMADURA;;11;23



;Badajoz;6;13



;Cáceres;5;10



C. GALICIA;;21;52



;Coruña (A);8;20



;Lugo;3;7



;Ourense;4;9



;Pontevedra;6;16



C. MADRID;;13;33



R. MURCIA;;11;28



C. F. NAVARRA;;5;11



C. PAÍS VASCO;;3;3



;Araba/Álava;1;1



;Gipuzkoa;1;1



;Bizkaia;1;1



C. LA RIOJA;;4;9



C. CEUTA;;1;3



C. MELILLA;;1;3



Madrid, 28 de agosto de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/026302



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campos Arteseros, Herick Manuel y Trevín Lombán, Antonio Ramón
María (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada se informa que no se han suprimido
las unidades GRECO del Cuerpo Nacional de Policía. En la actualidad
existen cinco sedes, ubicadas en Madrid, Costa del Sol, Levante, Galicia
y Cádiz, puntos considerados como estratégicos para combatir la
delincuencia organizada.



Los servicios de las plantillas integrados en los GRECO que han sido
reestructurados no han tenido que ser suplidos o cubiertos de ninguna
manera especial, ya que en esas plantillas existían Unidades de Drogas y
Crimen Organizado territoriales en las que se trabaja de forma
especializada desde 1997 y en coordinación con la Unidad Central de Droga
y Crimen Organizado (UDYCO).



Por lo que se refiere al número de miembros de las unidades GRECO
asignados en una subsede han aceptado su traslado a Unidades con sede en
el mismo lugar donde se ubican y cuál es el detalle de mantenimiento de
efectivos por destino, por provincias y poblaciones, cabe señalar que los
efectivos que se han quedado en el mismo lugar en el que estaban
asignados los GRECO que han sufrido alguna reestructuración, son los
siguientes:




Página
762






Canarias, Las Palmas 4 funcionarios, Tenerife 2 funcionarios.



Baleares, Palma de Mallorca 3 funcionarios, Ibiza 3 funcionarios.



Cádiz, Jerez 1 funcionario.



Costa del Sol, 3 funcionarios.



Levante, 2 funcionarios.



Galicia, 2 funcionarios.



Por último, cabe indicar que actualmente hay 64 funcionarios en las
distintas sedes de los GRECO, con la siguiente distribución:



Costa del Sol, 16 funcionarios (13 en Marbella y 3 en Cala de Mijas).



Greco Cádiz, 11 funcionarios.



Greco Galicia, 16 funcionarios.



Greco Levante, 11 funcionarios.



Greco Madrid, 10 funcionarios.



Madrid, 2 de agosto de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026303



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María y Campos Arteseros, Herick
Manuel (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta formulada se informa que no se ha suprimido
ninguna unidad de Equipos Contra el Crimen Organizado (ECOs) de la
Guardia Civil, que siguen prestando sus servicios en las sedes
establecidas y cuentan con ciento veintiséis efectivos que se distribuyen
entre las sedes de Málaga (26), Alicante (24), Pontevedra (20), Barcelona
(16), Baleares (15), Tenerife (13) y Las Palmas (12).



Por otra parte se indica que ningún miembro de los citados equipos ECOs ha
sido trasladado a otra Unidad, excepto en aquellos casos en los que se ha
solicitado con carácter voluntario y originando la vacante
correspondiente.



Madrid, 24 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026305



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ábalos Meco, José Luis y Heredia Díaz, Miguel Ángel (GS).



Respuesta:



El Reglamento de desarrollo de la Ley de Costas está todavía en
elaboración, dentro del plazo de seis meses que prevé la Ley 2/2013 desde
su entrada en vigor.



No hay previsiones concretas fijadas sobre la distancia entre chiringuitos
de playa.



En todo caso, el Reglamento establecerá regímenes diferentes para los
tramos naturales de las playas, que tendrán un elevado nivel de
protección que restrinja las ocupaciones, y para los tramos urbanos de
las playas en los que se garantizará la debida protección del litoral y
una adecuada prestación de los servicios compatible con el uso común.



Madrid, 16 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.




Página
763






184/026307



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Carcedo Roces, María Luisa; Trevín Lombán, Antonio Ramón María y
Monteserín Rodríguez, María Virtudes (GS).



Respuesta:



En estos momentos, la operación de integración ferroviaria en Gijón está
siendo objeto de replanteamiento por el Ministerio de Fomento,
conjuntamente con el Principado de Asturias y el Ayuntamiento, para
adecuarla a los criterios fijados por el Plan de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda-PITVI para este tipo de actuaciones.



El objetivo es definir una solución de integración viable, técnica y
económicamente, que permita, dentro del marco presupuestario de las
administraciones, sin generar mayores endeudamientos, poner en valor lo
antes posible la mayor parte posible de la infraestructura del túnel ya
ejecutada.



Para ello, se están ajustando todas las actuaciones de manera que puedan
ser financiadas con los aprovechamientos de los suelos liberados.



Por tanto, hasta que no se confirme la viabilidad de la operación y las
disponibilidades de financiación, no se puede fijar cuál será el régimen
de explotación de la infraestructura.



En todo caso, en la decisión final se tendrán en cuenta el criterio de
servir al mayor número posible de usuarios asturianos, para lo cual habrá
que tener en cuenta la reordenación de los servicios en toda la región,
que se producirá como consecuencia de la integración de FEVE en RENFE.



Madrid, 20 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026312



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Coscubiela Conesa, Joan (GIP).



Respuesta:



En relación con la iniciativa parlamentaria de referencia, se informa que
dada la crisis actual que está viviendo España en los últimos años, el
Gobierno se ha visto en la necesidad de aplicar una política restrictiva
de Empleo Público que también ha afectado al personal de las Tecnologías
de la Información y de la Comunicación (TIC), sin embargo por otra parte
ha sido necesario incrementar los servicios de Administración Electrónica
lo que ha obligado a realizar inversiones adicionales para su desarrollo.



No obstante lo anterior, ello no significa que la Gerencia de Informática
de la Seguridad Social (GISS) no lleve la dirección de los proyectos
informáticos, ya que mantiene con personal propio la fase de análisis de
los mismos (en su caso complementando el personal propio mediante
asistencia técnica por horas, exactamente igual que en la actualidad).
Esta fase es la que proporciona el conocimiento y dominio de las
aplicaciones. Lo que se contrata con el modelo de desarrollo gestionado
es la tarea de construcción de las aplicaciones, que responde a las
especificaciones y planificación obtenidas del análisis realizado
previamente. Esta tarea de construcción se controla utilizando acuerdos
de nivel de servicio y sometiendo las aplicaciones así elaboradas a
pruebas funcionales y técnicas, realizadas por personal de la GISS, y que
una vez superadas, conducen a la aprobación definitiva del producto
final.



Para el desarrollo de todas estas funciones, el personal funcionario sí
posee la formación y capacidad suficiente para llevar a cabo esta tarea,
pero la GISS no cuenta con efectivos suficientes para realizar con medios
propios toda la demanda de la Administración Electrónica que recibe.



En la actualidad, son 69 los empleados públicos que vienen realizando
parte de las funciones, junto con personal externo de asistencia técnica.
Todo el personal funcionario permanece íntegramente y trabajando en sus
mismas áreas. Hay que tener en cuenta, además que parte de las funciones
que ahora se sacan a procedimiento abierto, son funciones nuevas,
derivadas de la necesidad de incrementar los servicios de Administración
Electrónica de las Entidades Gestoras de la Seguridad Social, cuyo
control también deberá ser atendido por este personal funcionario.




Página
764






En lo que se refiere al informe del Tribunal de Cuentas, se indica que la
cautividad tecnológica a la que se refiere el mismo, es en relación con
la contratación de software y hardware, pero en ningún caso, en relación
con la contratación de servicios de asistencia técnica que no implican
cautividad tecnológica alguna.



Por último y, en lo que respecta a la licitación se informa que el mismo
no supondrá un coste añadido en los servicios que se prestan a los
ciudadanos, puesto que se financian con los presupuestos aprobados para
la GISS y las Entidades Gestoras en la Ley de Presupuestos Generales del
Estado.



Madrid, 29 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026316



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



Tal y como se puso de manifiesto en la respuesta a la iniciativa
184/19673, con número de registro de entrada en la Cámara 65092, de fecha
7 de junio de 2013, el Cuerpo Nacional de Policía remitió las actuaciones
realizadas al Decanato de los Juzgados de Instrucción de Madrid, al
Juzgado de Instrucción número 6 de Madrid, en funciones de control
jurisdiccional del CIE de Aluche, y al Juzgado de Instrucción número 3 de
Melilla, órgano que había autorizado el internamiento de la ciudadana
congoleña. La investigación de los hechos recayó en el Juzgado de
Instrucción número 38 de Madrid, órgano que finalmente decretaría el
archivo de los autos el 30 de enero de 2012.



Cada vez que se produce el ingreso de una persona extranjera en un Centro
de Internamiento de Extranjeros procedente de los CETIs de Ceuta y
Melilla, se procede a su examen médico. Si el personal médico del CETI
remite documentación sanitaria, ésta se entrega al facultativo del CIE,
siendo la relación entre el interno y el servicio médico, estrictamente
profesional, sin que trascienda a terceras personas el contenido de la
misma.



La persona fallecida sobre la que versan las cuestiones interesadas por Su
Señoría, fue atendida por el Servicio Médico del Centro en numerosas
ocasiones, siendo derivada al Hospital 12 de Octubre de Madrid, donde
finalmente falleció.



En cuanto a la pregunta relativa al cierre de los Centros de Internamiento
de Extranjeros, es preciso reseñar que éstos son establecimientos
públicos de carácter no penitenciario, regulados legalmente y sometidos
al oportuno control judicial, tanto en lo relacionado con la medida de
internamiento, como con la estancia y salvaguardia de los derechos y
libertades de los internos.



Madrid, 28 de agosto de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/026317



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Llamazares Trigo, Gaspar (GIP).



Respuesta:



Las normas sobre almacenamiento de nitrato amónico con alto contenido en
nitrógeno (superior al 28% en masa) se recogen en el Reglamento aprobado
por el Real Decreto 379/2001, de 6 de abril y en la Instrucción Técnica
Complementaria MIE APQ-8 'Almacenamiento de fertilizantes a base de
nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno', aprobada por el Real
Decreto 2016/2004, de 11 de octubre.



Por su parte, el almacenamiento de nitrato amónico con bajo contenido en
nitrógeno queda regulado en el Real Decreto 888/2006, de 21 de julio, por
el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de




Página
765






fertilizantes a base de nitrato amónico con un contenido en nitrógeno
igual o inferior al 28 por ciento en masa.



En el artículo 7 (Accidentes) de ambos Reglamentos se establece que en
caso de accidente grave o importante el titular de la instalación
elaborará un informe que presentará al órgano competente de la Comunidad
Autónoma y éste lo remitirá, a efectos estadísticos, al centro directivo
competente en materia de seguridad industrial del Ministerio de
Industria, Energía y Turismo, en la actualidad la Dirección General de
Industria y de la PYME, sin que se haya recibido informe alguno en tal
sentido, por lo que no consta que se hayan producido desde 2004
accidentes graves o importantes.



En relación con el control del cumplimiento de la normativa, debe
indicarse que, por tratarse de una materia competencia de las Comunidades
Autónomas, no puede ofrecerse una respuesta sobre dicho control.



El Gobierno entiende que la legislación nacional al respecto establece los
requisitos de seguridad necesarios para que las empresas,
establecimientos, almacenes y zonas de carga, descarga y trasiego de
fertilizantes a base de nitrato amónico existentes en España sean
seguras, encontrándose tales requisitos a nivel de la reglamentación de
los países más desarrollos.



Se considera, asimismo, que las distancias mínimas fijadas en el artículo
6 de la Instrucción Técnica Complementaria MI IP-08, para la construcción
de edificios residenciales, son suficientes para garantizar la seguridad
de la población residente en su entorno.



Se informa, por último, que los fertilizantes a base de nitrato amónico
están recogidos y clasificados en el ADR y el RID además del IMDG,
Reglamentos de Acuerdos Internacionales para el transporte de mercancías
peligrosas por carretera, ferrocarril y barco respectivamente.



En dichos reglamentos se indican su n.° ONU (2071) para clase 9 y (2067)
para la clase 5.1 y por lo tanto sus peligros potenciales, debiendo ser
transportados según los requerimientos establecidos en los anexos
técnicos de estos reglamentos.



En España, el cumplimiento de las prescripciones técnicas de los
anteriores Acuerdos, se realizan por todos los participantes de la cadena
del transporte, es decir, el fabricante expedidor de los fertilizantes,
el transportista y el descargador, siendo los vehículos utilizados para
su transporte, sean estos cisternas o vehículos tolva para carga a granel
o vehículos para el transporte en envases tipo saco o similares, los
prescritos en los anexos técnicos de los reglamentos internacionales
citados anteriormente.



Estos vehículos pasan, cuando es preceptivo o les corresponde, las
inspecciones periódicas por medio de la intervención de Organismos de
Control autorizados y acreditados por ENAC (Entidad Nacional de
Acreditación), además del obligado buen mantenimiento de los mismos por
las empresas de transporte.



En relación con el trasiego del producto en las zonas de carga y descarga,
estas operaciones son supervisadas por el Consejero de seguridad de las
empresas cargadoras y descargadoras de estos fertilizantes.



Por lo tanto, el Gobierno entiende que hay suficientes medidas de
seguridad y controles para asegurar que no exista peligro actualmente.



Madrid, 10 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026319



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Montón Giménez, Carmen; Carcedo Roces, María Luisa; Trevín Lombán,
Antonio Ramón María y Monteserín Rodríguez, María Virtudes (GS).



Respuesta:



La protección policial a las mujeres maltratadas se articula a través de
un sistema integrado y coordinado de actuación que incluye:



1. Los efectivos de las unidades especializadas en violencia de género de
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado: Servicio de Atención a la
Mujer (SAM); Unidades de Prevención, Asistencia y Protección a las
Mujeres Maltratadas (UPAP) y Equipos y Especialistas en Mujer y Menor
(EMUME).




Página
766






2. Los efectivos de las unidades de seguridad ciudadana de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado, que se encargan, entre otras misiones,
de llevar a cabo las medidas de protección resultantes de la valoración
de riesgo policial y judicial.



Una vez formulada la denuncia, se realiza una evaluación del riesgo de la
víctima y se adoptan las medidas adecuadas a dicho riesgo según los
protocolos establecidos con la participación de la Policía Local. A su
vez, se instruyen diligencias y se procura la detención y puesta a
disposición judicial del presunto responsable.



Una vez dictada la resolución que proceda por la autoridad judicial, se
adoptan las medidas congruentes y necesarias con dicha resolución,
(vigilancia del cumplimiento de las órdenes de alejamiento, grabación de
las mismas en la aplicación ARGOS), realización y seguimiento de la
evolución del riesgo de acuerdo a los parámetros de la aplicación
Violencia de Género, entrevistas con la víctima y acompañamiento a
actuaciones procesales.



En el ámbito del Cuerpo Nacional de Policía, intervienen fundamentalmente
las UPAP. En los casos de requerimientos urgentes intervienen los grupos
de Atención al Ciudadano de la Brigada de Seguridad Ciudadana o, de
conformidad con los protocolos establecidos, el grupo de Servicios
Especiales de la Policía Local.



Por lo que se refiere a los Puestos de la Guardia Civil, estos se
caracterizan por su rápida capacidad de reacción en las zonas geográficas
en las que despliegan sus competencias. Aquéllos reciben tanto las
denuncias que se presenten, prestan el auxilio que se precise y
garantizan la seguridad de las víctimas, ejecutando, a su vez, las
medidas judiciales dictadas en las correspondientes órdenes de
protección. Por tanto, todos los efectivos destinados a funciones de
seguridad ciudadana están directamente implicados en esta importante
labor.



Como complemento a la actuación de las Unidades territoriales, desde 1995
se han ido constituyendo los Puntos de Atención Especializada (PAEs) en
diversos órganos de las Unidades Orgánicas de Policía Judicial (UOPJ),
como son las Secciones de Investigación (nivel provincial) y, en un
número creciente, en los Equipos Territoriales (nivel comarcal).



Los PAEs se encuentran compuestos por agentes especializados en la
atención y protección de las mujeres víctimas de la violencia de género
(y de los menores), garantizando atención especializada, apoyo y
asesoramiento a los Puestos y Unidades territoriales. A tal efecto todas
las actuaciones de las Unidades Territoriales, en esta materia, son
notificadas a los PAEs al objeto de valorar su posible intervención,
realizando, a su vez, el seguimiento de cada caso.



El número de victimizaciones de mujeres por delitos de violencia de
género, en el Principado de Asturias, en el periodo 2008 a mayo de 2013,
ha sido el que se recoge en el siguiente cuadro:



AÑO;2008;2009;2010;2011;2012;Enero-Mayo 2013



N.° victimizaciones;1.110;1.066;1.065;1.422;1.356;506



Madrid, 17 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026320



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Carcedo Roces, María Luisa; Monteserín Rodríguez, María Virtudes;
Montón Giménez, Carmen y Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



En contestación a la pregunta formulada por Sus Señorías, relativa a
órdenes de protección por violencia de género en el Principado de
Asturias, durante los años 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y lo que llevamos
de 2013, según la información de que dispone el Registro Central para la
protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica y de Género, grabada
por los órganos judiciales en dicho Registro, en la tabla adjunta se
muestra el número de órdenes de protección.




Página
767






Cabe mencionar que en la información proporcionada se diferencia, por un
lado, las órdenes de protección concedidas de oficio y, por otro, las
órdenes de protección solicitadas a instancia de parte, con la
desagregación, en este último dato, de las que se han concedido y
denegado, y cuya suma, da el número total de órdenes de protección
solicitadas a instancia de parte.



Orden de Protección;2008;2009;2010;2011;2012;2013



OP Concedida de oficio;4;14;16;10;5;2



OP Concedida (solicitada);395;456;355;311;249;129



OP denegada (solicitada);246;260;185;131;161;114



TOTAL SOLICITADAS;641;716;540;442;410;243



En cuanto a la pregunta relativa a cuántas plazas hay disponibles y
cuántas están ocupadas en casas de acogida para mujeres víctimas de
violencia de género en el Principado de Asturias, durante los años 2008,
2009, 2010, 2011, 2012 y lo que llevamos de 2013, cabe mencionar que, en
el Registro Central para la protección de las Víctimas de Violencia
Doméstica y de Género, en el que se inscriben las penas y medidas de
seguridad impuestas en sentencia por delito o falta, medidas cautelares y
órdenes de protección acordadas en procedimientos penales en tramitación,
contra alguna de las personas a las que se refiere el artículo 173.2 de
la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como
los quebrantamientos de cualquier pena, medida u orden de protección
acordada en dichos procedimientos penales, no consta información relativa
a medidas de internamiento en casas de acogida (para víctimas mayores),
pues no existen tales, y, por tanto, no está recogido ese dato en el
mencionado Registro.



Por último, respecto al número de demandas de separación y divorcio
interpuestas por mujeres víctimas de violencia de género en el Principado
de Asturias, desde la aprobación de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre,
por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la
Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y
Ciencias Forenses, y dado que la citada ley entró en vigor a finales del
año 2012, se indica que, según la información de estadística judicial
proporcionada por el Punto Neutro Judicial del Consejo General del Poder
Judicial, órgano competente en materia de estadística judicial, en el
primer trimestre del año 2013, en los juzgados de violencia sobre la
mujer de la en el Principado de Asturias, ingresaron 36 asuntos relativos
a procesos por separación y divorcio, sin que se disponga, en estos
momentos, de los datos relativos al segundo trimestre de 2013.



Madrid, 27 de agosto de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/026322



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Carcedo Roces, María Luisa; Trevín Lombán, Antonio Ramón María;
Iglesias Santiago, Leire y Monteserín Rodríguez, María Virtudes (GS).



Respuesta:



La Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los
deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social,
recogiendo lo ya previsto en el Real Decreto Ley 27/2012, ha paralizado
los desahucios de vivienda habitual de personas en situación de especial
vulnerabilidad y ha modificado el procedimiento de ejecución hipotecaria
para adaptar el mismo a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión
Europea de 14 de marzo de 2013, previendo la posibilidad de que se pueda
suspender dicho procedimiento si existen cláusulas abusivas. Por tanto,
las medidas contenidas en esta normativa están dirigidas, por un lado, a
intentar paliar la situación excepcional de los deudores hipotecarios
que, a causa de esta situación excepcional que vive actualmente el país,
han visto alterada su situación económica y patrimonial y, por tanto,
requieren de medidas de protección y, por otro lado, a reequilibrar el




Página
768






marco general aplicable a los préstamos con garantía hipotecaria,
manteniendo el adecuado equilibrio entre ambas finalidades.



Este nuevo marco establece tres fases sucesivas para los deudores situados
en el umbral de exclusión, que son: la fase de reestructuración de la
deuda (que incluye carencia en la amortización de principal y reducción
de intereses), quita y, eventualmente, y en última instancia, la dación
en pago para liberar de la deuda.



Contiene una serie de medidas excepcionales que afectan a distintos
ámbitos y, en concreto, se amplía el ámbito de aplicación del Código de
Buenas Prácticas: el nuevo umbral prevé que podrán acogerse unidades
familiares con rentas inferiores a 3 veces el Indicador Público de Renta
de Efectos Múltiples (IPREM), que cumplan además con otros requisitos
(alteración significativa de las circunstancias económicas,
circunstancias de especial vulnerabilidad). Este límite será de 4 veces
el IPREM para unidades familiares con discapacitados y de 5 IPREM si
quién tiene declarada la discapacidad es el propio deudor. Hay que tener
en cuenta que aproximadamente un 40% de los hogares familiares tienen
rentas por debajo de 3 veces el IPREM.



La reciente promulgación de la citada normativa y, muy particularmente, de
la Ley 1/2013, de 14 de mayo, impide manejar cifras concretas de su
impacto en los sectores sociales afectados.



No obstante, se ofrecen los datos del Servicio de Estadística Judicial del
Consejo General del Poder Judicial referidos al primer trimestre del año,
publicados el 17 de junio:



Ejecuciones hipotecarias



En el primer trimestre de 2013 se han iniciado 21.272 ejecuciones
hipotecarias, un 13,9% menos que el año anterior. Una de las causas de
esta disminución puede encontrarse en la aprobación del Código de Buenas
Prácticas Bancarias.



El número de ejecuciones hipotecarias iniciadas en Andalucía representa el
22,5% del total, le siguen Cataluña con el 21,4%, la Comunidad Valenciana
con el 13,2% y la de Madrid con el 10,1%.



Lanzamientos



Respecto a los lanzamientos se dispone de dos datos. En primer lugar, el
número de los solicitados a los servicios comunes de notificaciones y
embargos, de los que se dispone de una serie desde 2008 aunque tienen el
inconveniente de que no en todos los partidos judiciales hay ese tipo de
servicios comunes, por lo que el dato permite medir la evolución, pero no
los valores absolutos. Debe recordarse también que los lanzamientos
pueden afectar a muy distintos tipos de inmuebles, no solo viviendas, y
que el que se soliciten al servicio común no significa que este lo hay
podido ejecutar.



Con estas matizaciones, se observa que el número de lanzamientos
solicitados ha sido de 16.521, un 15,8% menos que en 2012. De estos, han
terminado con cumplimento positivo 10.074, un 23,3% menos que en 2012.
Las causas de esta disminución son diversas pudiéndose citar como de
origen legal tanto la publicación de la Ley de Medidas de Agilización
Procesal, que por lo que se refiere a los lanzamientos derivados de
procedimientos arrendaticios facilita la entrega del inmueble en el
juzgado, sin que se derive la práctica del mismo a los servicios comunes,
como la del Real Decreto-ley de Medidas para reforzar la protección de
los deudores hipotecarios, que establece la suspensión de los
lanzamientos de viviendas habituales de colectivos especialmente
vulnerables.



Por primera vez, en el año 2013 se dispone del número total de
lanzamientos practicados, que en el primer trimestre ha sido de 19.468,
de ellos el 24,3% se han producido en Cataluña, el 15,4% en la Comunidad
Valenciana, el 13,3% en la de Madrid, y el 12,9% en Andalucía. Del total
de lanzamientos, el 37,5% se derivan de ejecuciones hipotecarias, el
57,7% de la Ley de Arrendamientos Urbanos y el 4,8% de otras causas.



En lo que se refiere al Código de Buenas Prácticas (CBP) se puede acceder
al informe de la Comisión de control y sus anejos a través del enlace web



http://www.mineco.gob.es/portal/site/mineco/menuitem.ac30f9268750bd56a0b0240e026
041a0/?vgnextoid=e5edec68bfe9e310VgnVCM1000001d04140aRCRD&vgnextchannel=47386e0005e08310VgnVCM1000001d04140aRCRD



Conviene recordar que el CBP se puso en marcha en abril de 2012 y cuenta
en la actualidad con 97 entidades adheridas, la práctica totalidad de las
que tienen actividad hipotecaria en España. Su objetivo




Página
769






es proteger a los deudores que no pueden hacer frente al pago de la
hipoteca como consecuencia de la crisis. El CBP permite al deudor
reestructurar la deuda, fijar una quita y, en última instancia, la dación
en pago. La adhesión al CBP es voluntaria por parte de las entidades
financieras, pero una vez efectuada, el cumplimiento es obligatorio
durante un plazo de dos años.



Un total de 4.385 deudores hipotecarios han solicitado acogerse al Código
de Buenas Prácticas durante el primer año de funcionamiento. Las
peticiones se han presentado ante 27 bancos y 19 cooperativas de crédito
y la deuda pendiente alcanza los 582,7 millones de euros. De las 4.385
solicitudes, 1.063 se encontraban pendientes de tramitación al finalizar
el primer trimestre de 2013 (el 24% del total). De las 3.322 ya
tramitadas, en 594 casos se procedió a la reestructuración de la deuda,
otros 298 acabaron en dación en pago, 238 desistieron, 2 con quita y
2.190 fueron denegados por no cumplir los requisitos.



Durante este primer año de funcionamiento, las solicitudes de adhesión al
CBP han ido aumentando a un fuerte ritmo. En el segundo trimestre de 2012
se recibieron 564 solicitudes, 722 en el tercero, 1.132 en el cuarto y
1.967 en el primero de 2013 (más del 44,8% del total). Del total
acumulado en este primer año, la mayor parte de las solicitudes se han
efectuado en Andalucía (1.156), Cataluña (1.028), Comunidad Valenciana
(755), Madrid (364) y Murcia (315). Estas cinco comunidades concentran el
82,51% del total de solicitudes. Por provincias, la que más concentra es
Barcelona (809).



En cuanto a la resolución de las solicitudes tramitadas al finalizar el
primer trimestre de este año, 2.190 fueron denegadas y 894 realizadas. En
otros 238 casos, el deudor desistió, sin que puedan determinarse las
causas. En 594 casos (el 66,4% de los resueltos y el 17,88% de los
expedientes tramitados) se procedió a la reestructuración de la deuda. En
298 casos (el 33,3% y el 8,97%, respectivamente) se acordó la dación en
pago y la consiguiente cancelación de la deuda. En dos casos se pactó una
quita.



Las denegaciones respondieron a que el préstamo o crédito no reunía los
requisitos establecidos en la norma (45%), falta de entrega de la
documentación (29,4%) o incumplimiento de los umbrales de renta o
situación familiar para acogerse (21,55%).



Teniendo en cuenta, por otra parte, que en 2012 se produjeron 2.405
entregas judiciales de vivienda ocupada, según los datos publicados el
pasado 10 de mayo por el Banco de España, se puede concluir que el CBP,
con 1.134 solicitudes aceptadas, es un instrumento útil para los deudores
hipotecarios que están en el umbral de exclusión y tienen dificultades
para hacer frente al pago de su deuda.



No obstante, a fin de convertir el CBP en una herramienta aún más útil,
los citados umbrales han sido elevados por medio de la Ley 1/2013, de 14
de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores
hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social. Por ejemplo,
se sube hasta tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos
Múltiples (1.597,53 euros mensuales) el nivel de ingresos familiares para
acogerse al CBP, el valor de la hipoteca (entre 240.000 y 400.000 euros
dependiendo del número de habitantes de la ciudad donde está ubicado el
inmueble), entre otras mejoras. Con estas medidas, cabe esperar que el
número de denegaciones baje de forma relevante ya el próximo trimestre.



Con el mismo objetivo, se han modificado, asimismo, la composición y las
funciones de la Comisión de Control del CBP.



Finalmente, hay que destacar que el pasado 17 de enero se firmó el
convenio para la constitución del Fondo social de viviendas (FSV)
destinado al alquiler, un convenio en el que han participado tres
ministerios: Fomento, Economía y Sanidad, el Banco de España, la
Federación Española de Municipios y Provincias, la Plataforma del Tercer
Sector que integra las principales ONG de este país y que representa a
casi a nueve millones de personas, las patronales bancarias, y 33
entidades de crédito que aportan las casi 6.000 viviendas con las que
nace el fondo.



Las viviendas están a disposición de aquellas familias que hayan sido
desalojadas de su vivienda por el impago de un préstamo hipotecario de la
misma entidad propietaria del fondo.



Estas familias se beneficiarán de unas rentas que oscilarán entre 150 y
400 euros al mes, con un límite máximo del 30% de sus ingresos netos
totales por unidad familiar.



De nuevo en este caso, lo reciente de la medida impide que se conozcan
todavía cifras concretas de su impacto en los sectores sociales afectados
y mucho menos desagregadas por provincias.



La información más actualizada se puede encontrar en
http://www.imserso.es/imserso_01/fsva/index.htm#ancla4 y en particular en
lo que se refiere a las entidades locales adheridas al FSV (situación a
28 de junio) y la relación de viviendas publicadas a 29 de mayo,
desglosados a nivel de municipio.



Madrid, 11 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.




Página
770






184/026323



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ábalos Meco, José Luis; Carcedo Roces, María Luisa; Trevín Lombán,
Antonio Ramón María y Monteserín Rodríguez, María Virtudes (GS).



Respuesta:



Actualmente se encuentra en elaboración el inventario de ocupaciones de
dominio público marítimo-terrestre y aunque los datos, por tanto, son
provisionales, se informa lo siguiente:



1. La clasificación de usos destinados a instalaciones industriales
incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2002 de Prevención y
control integrados de contaminación es competencia de las Comunidades
Autónomas. Según los datos provisionales de los que se dispone en la
actualidad, se estima que en el Principado de Asturias existen 2
concesiones para estos usos.



2. Según lo previsto en el articulo segundo de la Ley 2/2013, de 29 de
mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la
Ley 22/1988, de 28 de julio de Costas, serían susceptibles de ser
prorrogadas todas las concesiones vigentes a la entrada en vigor de la
citada Ley. No obstante, será cuando se tramite el procedimiento que
establece el apartado 4 del citado artículo segundo, cuando se concrete
dicha posibilidad, previo informe del órgano ambiental de la Comunidad
Autónoma sobre los efectos de la ocupación sobre el medio ambiente.



3. En el Principado de Asturias, ciento treinta y nueve ocupaciones en
dominio público marítimo-terrestre tienen concesión.



4. En el Principado de Asturias, en el periodo comprendido entre los años
2000 a 2013, se otorgaron las siguientes concesiones para la legalización
de usos:



2000;2001;2002;2003;2004;2005;2006;2007;2008;2009;2010;2011;2012;2013



2;0;1;4;0;1;0;4;2;2;0;4;0;1



5. En el Principado de Asturias existen unas 1.056 ocupaciones sin la
autorización o concesión exigible con arreglo a la legislación de costas,
sin que ello signifique que no puedan obtenerla al amparo del régimen
transitorio de la Ley de Costas.



6. Durante el periodo 2000 a 2013, han sido demolidas las siguientes
ocupaciones:



2000;2001;2002;2003;2004;2005;2006;2007;2008;2009;2010;2011;2012;2013



0;2;9;5;2;1;1;8;4;8;5;4;0;0



7. No es posible determinar con precisión el número de construcciones o
instalaciones que podrán ser legalizadas con la nueva Ley. Será caso por
caso, y cuando se tramite el correspondiente expediente, cuando se
valorará dicha posibilidad.



Madrid, 23 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026325



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Trevín Lombán, Antonio Ramón María; Alonso Núñez, Alejandro;
Monteserín Rodríguez, María Virtudes y Carcedo Roces, María Luisa (GS).



Respuesta:



Las actuaciones previstas en el Plan Estratégico Nacional se aplican a
través de los Programas de Desarrollo Rural (PDR). En España existe un
PDR para cada Comunidad Autónoma y la Red Rural




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771






Nacional. No hay Programa de Desarrollo Rural en Ceuta, ni en Melilla
porque en el acta de adhesión del reino de España a las Comunidades
Europeas se estableció que no se aplicaría la Política Agrícola Común a
estos territorios.



Los Programas de Desarrollo Rural aplican una estrategia de desarrollo
rural a través de una serie de medidas reunidas en torno a los ejes
definidos en el título IV del Reglamento 1698/2005 del Consejo de 20 de
septiembre de 2005, para cuya consecución se solicita la ayuda del
FEADER.



El Gobierno confía en que no se perderán fondos en 2013 dado el grado de
cumplimiento de la regla n+2 de los programas de desarrollo rural que se
detalla a continuación:



PROGRAMA;GRADO DE CUMPLIMIENTO1 (%)



ANDALUCÍA;83,01



ARAGÓN;107,17



ASTURIAS;128,25



ILLES BALEARS;80,05



CANARIAS;80,34



CANTABRIA;99,10



CASTILLA-LA MANCHA;82,25



CASTILLA Y LEÓN;99,20



CATALUÑA;96,15



EXTREMADURA;80,71



GALICIA;85,66



MADRID;76,73



MURCIA;80,21



NAVARRA;119,85



PAÍS VASCO;100,99



LA RIOJA;105,23



COMUNIDAD VALENCIANA;84,54



1 1 a 31 de marzo de 2013;



La ejecución del Programa de Desarrollo Rural de Asturias a 31 de marzo de
2013 es del 83,83%.



En lo que se refiere a los objetivos de los Programas de Desarrollo Rural,
éstos son decididos por la Autoridad de Gestión de los mismos y
corresponde a esa misma autoridad de Gestión cumplirlos por lo que la
cuestión planteada excede el ámbito competencial de la Administración
General del Estado.



En cuanto a los compromisos financieros, el Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente ha cumplido íntegramente hasta el año 2012
con los compromisos financieros derivados de los Programas de Desarrollo
Rural de las Comunidades Autónomas a pesar de la situación presupuestaria
actual. En el presente ejercicio, se están cumpliendo, a su vez, los
compromisos de financiación.



Con respecto a los recursos económicos transferidos, cabe señalar que, la
aportación financiera del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente al Programa de Desarrollo Rural de Asturias asciende a
66.810.677 €.



Por último y en relación con los indicadores, cabe informar que el Marco
Común de Seguimiento y Evaluación del periodo 2007-2013, establece una
serie de indicadores comunes que deben utilizar todos los Programas de
Desarrollo Rural para el seguimiento de sus operaciones:




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772






1. De ejecución ó output: miden las actividades realizadas dentro de los
programas.



2. De resultado: miden los efectos directos e inmediatos de la
intervención. Proporcionan información sobre los cambios de
comportamiento, capacidad o actuación de los beneficiarios directos.



3. De repercusión o de impacto: se refieren a las ventajas del programa
más allá de los efectos inmediatos en sus beneficiarios directos, no solo
desde el punto de vista de la intervención sino en el ámbito general del
programa.



4. De base: se utilizan para el diagnóstico del territorio y para la
definición de la estrategia.



Las Autoridades de Gestión de cada Programa de Desarrollo Rural son las
que se encargan de cumplimentar los indicadores, actualizan anualmente
los valores en sus respectivos Informes Intermedios Anuales y los
presentan en su respectivo Comité de Seguimiento.



Además de los indicadores comunes, cada programa puede definir indicadores
específicos o adicionales que sirvan para definir mejor su territorio.



A continuación se recogen los indicadores comunes para todos los
Programas:



TABLA 1 INDICADORES DE EJECUCIÓN



Medida;Indicadores de ejecución



Acciones relativas a la información y la formación profesional;1. Número
de participantes en la formación



2. Número de días de formación recibida



Instalación de jóvenes agricultores;3. Número de jóvenes agricultores
subvencionados



4. Volumen total de inversiones



Jubilación anticipada;5. Número de agricultores jubilados a edad
anticipada



6. Número de trabajadores agrícolas jubilados a edad anticipada.



7. Número de hectáreas liberadas



Utilización de servicios de asesoramiento;8. Número de agricultores
beneficiarios de subvenciones



9. Número de silvicultores beneficiarios de subvenciones



Implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento;10.
Número de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento implantados



Modernización de explotaciones agrícolas;11. Número de explotaciones
agrícolas beneficiarias de ayudas a la inversión



12. Volumen total de inversiones



Aumento del valor económico de los bosques;13. Número de explotaciones
forestales beneficiarias de ayudas a la inversión



14. Volumen total de inversiones



Aumento del valor añadido de los productos agrícolas y forestales;15.
Número de empresas subvencionadas



16. Volumen total de inversiones



Cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías
en el sector agrícola y alimentario y en el sector forestal;17. Número de
iniciativas de cooperación subvencionadas



Infraestructuras agrícolas y forestales relacionadas con la evolución y la
adaptación de la agricultura y la silvicultura;18. Número de operaciones
subvencionadas



19. Volumen total de inversiones



Reconstitución del potencial de producción agrícola dañado por catástrofes
naturales e implantación de medidas preventivas adecuadas;20. Superficie
de tierras agrícolas dañada subvencionada



21. Volumen total de inversiones



Cumplimiento de normas basadas en la normativa comunitaria;22. Número de
beneficiarios



Participación de agricultores en programas relativos a la calidad de los
alimentos;23. Número de explotaciones agrícolas subvencionadas que
participan en el programa de calidad



Actividades de información y promoción;24. Número de acciones
subvencionadas




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773






Medida;Indicadores de ejecución



Agricultura de semisubsistencia;25. Número de explotaciones agrícolas de
semisubsistencia subvencionadas



Agrupaciones de productores;26. Número de agrupaciones de productores
subvencionados



27. Volumen de negocios de las agrupaciones de productores subvencionadas



Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades
naturales en zonas de montaña;28. Número de explotaciones subvencionadas
en zonas de montaña



29. Tierras agrícolas subvencionadas en zonas de montaña



Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades en
zonas distintas de las de montaña;30. Número de explotaciones
subvencionadas en zonas con dificultades distintas de las de montaña



31. Tierras agrícolas subvencionadas en zonas con dificultades distintas
de las de montaña



Ayudas en el marco Natura 2000 y ayudas relacionadas con la Directiva
2000/60/CE (DMA);32. Número de explotaciones subvencionadas en el marco
de Natura 2000 o de la Directiva Marco del Agua.



33. Tierras agrícolas subvencionadas en el marco de Natura 2000 o de la
Directiva Marco del Agua.



Ayudas agroambientales;34. Número de explotaciones agrícolas y
explotaciones de otros gestores de tierras subvencionadas



35. Superficie total objeto de ayudas agroambientales



36. Superficie física objeto de ayudas agroambientales en virtud de esta
medida



37. Número total de contratos



38. Número de actividades relacionadas con los recursos genéticos



Ayudas relativas al bienestar de los animales;39. Número de explotaciones
agrícolas subvencionadas



40. Número de contratos de bienestar de los animales



Ayudas a las inversiones no productivas;41. Número de explotaciones
agrícolas y explotaciones de otros gestores de tierras subvencionadas



42. Volumen total de inversiones



Primera forestación de tierras agrícolas;43. Número de beneficiarios de la
ayuda a la forestación



44. Número hectáreas forestadas



Primera implantación de sistemas agroforestales en tierras agrícolas;45.
Número de beneficiarios



46. Número de hectáreas objeto de los nuevos sistemas agroforestales



Primera forestación de tierras no agrícolas;47. Número de beneficiarios a
la ayuda a la forestación



48. Número de hectáreas forestadas



Ayudas en el marco de Natura 2000;49. Número de explotaciones forestales
subvencionadas en zonas de Natura 2000



50. Tierras forestales subvencionadas (hectáreas) en zonas de Natura 2000



Ayudas en favor del medio forestal;51. Número de explotaciones forestales
subvencionadas



52. Superficie forestal total objeto de ayudas en favor del medio forestal



53. Superficie forestal física objeto de ayudas en favor del medio
forestal



54. Número de contratos




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774






Medida;Indicadores de ejecución



Recuperación del potencial forestal e implantación de medidas
preventivas;55. Número de actividades de prevención y recuperación



56. Superficie de bosques dañados subvencionados



57. Volumen total de inversiones



Inversiones no productivas;58. Número de silvicultores beneficiarios de
subvenciones



59. Volumen total de inversiones



Diversificación hacia actividades no agrícolas;60. Número de beneficiarios



61. Volumen total de inversiones



Creación y desarrollo de microempresas;62. Número de microempresas
subvencionadas creadas



Fomento de actividades turísticas;63. Número de nuevas actividades
turísticas subvencionadas



64. Volumen total de inversiones



Servicios básicos para la economía y la población rural;65. Número de
acciones subvencionadas



66. Volumen total de inversiones



Renovación y desarrollo de poblaciones rurales;67. Número de poblaciones
rurales en que se desarrollaron actividades



68. Volumen total de inversiones



Conservación y mejora del patrimonio rural;69. Número de acciones de
conservación del patrimonio rural subvencionadas



70. Volumen total de inversiones



Formación e información;71. Número de agentes económicos participantes en
las actividades subvencionadas



72. Número de días de formación recibidos por los participantes



Adquisición de capacidades, promoción y aplicación de estrategias de
desarrollo local;73. Número de actividades de adquisición de capacidades
y promoción



74. Número de participantes en las actividades



75. Número de asociaciones de los sectores público y privado
subvencionadas



Aplicación de estrategias de desarrollo local



1. competitividad



2. medio ambiente/gestión de tierras



3. calidad de vida/diversificación;4. Número de grupos de acción local



5. Superficie total de la zona del Grupo de Acción Local (km2)



6. Población total de la zona del Grupo de Acción Local (km2)



7. Número de proyectos financiados por los Grupos de Acción Local.



8. Número de beneficiarios de subvenciones



Ejecución de proyectos de cooperación;9. Número de proyectos de
cooperación



10. Número de Grupos de Acción Local participantes en proyectos de
cooperación



Funcionamiento del grupo de acción local, adquisición de capacidades y
promoción del territorio con arreglo al artículo 59;11. Número de
acciones subvencionadas




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775






TABLA 2 INDICADORES DE RESULTADO



Eje/Objetivo;Indicador



Aumento de la competitividad del sector agrícola y forestal;12. Número de
participantes que concluyeron satisfactoriamente una actividad de
formación relacionada con la agricultura o la silvicultura



13. Aumento del valor añadido bruto en explotaciones o empresas
subvencionadas



14. Número de explotaciones o empresas que hayan incorporado nuevos
productos o nuevas técnicas



15. Valor de la producción agraria regulada por etiquetas o normas de
calidad reconocidas



16. Número de explotaciones que se introducen en el mercado



Mejora del medio ambiente y del entorno rural mediante la gestión de las
tierras;Superficie gestionada satisfactoriamente que contribuya a:



1. la biodiversidad y la agricultura o silvicultura de alto valor natural



2. la calidad del agua



3. la lucha contra el cambio climático



4. la calidad del suelo



5. evitar la marginación y el abandono de tierras



Mejora de la calidad de vida de las zonas rurales y fomento de la
diversificación de la actividad económica;6. Aumento del valor añadido
bruto no agrícola en las empresas subvencionadas



7. Número bruto de puestos de trabajo creados



8. Número adicional de turistas



9. Población de las zonas rurales beneficiaria de los servicios
perfeccionados



10. Mayor penetración de internet en las zonas rurales



11. Número de participantes que completaron satisfactoriamente una
actividad de formación



TABLA 3 INDICADORES DE REPERCUSIÓN



Concepto;Indicador



Crecimiento económico;12. Valor añadido neto adicional expresado en EPA



Creación de empleo;13. Empleo equivalente a dedicación plena neto
adicional creado



Productividad laboral;14. Cambio en valor añadido bruto por equivalente a
dedicación plena.



Inversión de la tendencia a la pérdida de biodiversidad;15. Cambio en las
tendencias de la biodiversidad medido según la población de especies de
aves en tierras agrícolas



Mantenimiento de las tierras agrícolas y forestales de alto valor
natural;16. Cambios en la agricultura y silvicultura de alto valor
natural



Mejora de la calidad del agua;17. Cambios en el balance bruto de
nutrientes



Contribución a la lucha contra el cambio climático;18. Aumento en la
producción de energías renovables




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776






TABLA 4 INDICADORES DE BASE



Indicadores referidos a objetivos



Concepto;Indicador



EJE HORIZONTAL;



Desarrollo económico;19. PIB per capita (EU-25=100)



Tasa de empleo;20. Proporción de empleados comparada con la población
total de la misma edad



Desempleo;21. Tasa de desempleo (% de población activa)



EJE 1: COMPETITIVIDAD;



Formación y educación en el sector agrario;22. % de agricultores con
educación básica y superior



Estructura por edades del sector agrario;23. Proporción: agricultores <35
años y >=55 años



Productividad laboral en el sector agrario;24. Valor Añadido Bruto /Unidad
de Trabajo Agrario (total y por sectores)



Formación bruta de capital fijo en el sector agrario;25. Formación Bruta
de Capital Fijo en agricultura



Creación de empleo en el sector primario;26. Empleo en el sector primario



Desarrollo económico del sector primario;27. Valor Añadido Bruto del
sector primario



Productividad laboral en el sector alimentario;28. Valor Añadido Bruto
/empleados en el sector alimentario



Formación bruta de capital fijo en el sector alimentario;29. Formación
Bruta de Capital Fijo en el sector alimentario



Creación de empleo en la industria alimentaria;30. Empleo en la industria
alimentaria



Desarrollo económico de la industria alimentaria;31. Valor Añadido Bruto
en la industria alimentaria



Productividad laboral en el sector forestal;32. Valor Añadido
Bruto/empleados en el sector forestal



Formación bruta de capital fijo en el sector forestal;33. Formación Bruta
de Capital Fijo en el sector forestal



Importancia de la agricultura de semisubsistencia en los nuevos Estados
miembros;34. Número de explotaciones < 1 Unidad de Desarrollo Económico



EJE 2: MEDIO AMBIENTE;



Biodiversidad: población de aves en tierras agrarias;35. Tendencia en el
índice de población de aves en tierras agrarias



Biodiversidad: zonas agrícolas o forestales de alto valor natural;36.
Superficie Agraria Útil de tierras agrarias de alto valor natural



Biodiversidad: composición de especies arbóreas;37. Distribución de grupos
de especies por superficie de BOSA (% coníferas/% frondosas/% bosque
mixto)



Calidad del agua: balance bruto de nutrientes;38. Excedente de nitrógeno
en kg/ha



39. Excedente de fósforo en kg/ha



Calidad del agua: contaminación por nitratos y plaguicidas;40. Tendencia
anual en las concentraciones de nitrato en tierra y aguas superficiales



41. Tendencia anual en las concentraciones de plaguicidas en tierra y
aguas superficiales



Suelo: zonas con riesgo de erosión del suelo;42. Superficie con riesgo de
erosión del suelo (tn/ha/año)



Suelo: agricultura ecológica;43. Superficie Agraria Útil de agricultura
ecológica




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777






Concepto;Indicador



Cambio climático: producción de energías renovables procedentes de la
agricultura y la silvicultura;44. Producción de energía renovable en
agricultura (ktoe)



45. Producción de energía renovable en silvicultura (ktoe)



Cambio climático: Superficie Agraria Útil dedicada a las energías
renovables;46. Superficie Agraria Útil destinada a la obtención de
energía y cultivos de biomasa



Cambio climático/calidad del aire: emisiones de gases procedentes de la
agricultura;47. Emisiones de amoníaco y gases de efecto invernadero
procedentes de la agricultura



EJE 3: DESARROLLO;



Agricultores con otras actividades lucrativas;48. % de agricultores con
otras actividades lucrativas



Creación de empleo en el sector no agrario;49. Empleo en los sectores
secundario y terciario



Desarrollo económico en el sector no agrario;50. Valor Añadido Bruto en
los sectores secundario y terciario



Desarrollo de las actividades por cuenta propia;51. Trabajadores por
cuenta propia



Infraestructuras turísticas en las zonas rurales;52. Número de
alojamientos (hoteles, campings, residencias vacacionales, etc.)



Penetración de internet en las zonas rurales;53. % de población suscrita a
internet DSL



Desarrollo del sector de los servicios;54. % Valor Añadido Bruto en
servicios



Migración neta;55. Índice de migración neta



Formación permanente en zonas rurales;56. % de población de adultos que
participan en programas de formación y educación



EJE 4: LEADER;



Creación de grupos de acción local;57. Proporción de población cubierta
por grupos de acción local



Indicadores referidos a contexto



Concepto;Indicador



EJE HORIZONTAL;



Designación de zonas rurales;58. Designación de zonas rurales con
metodología OCDE



Importancia de las zonas rurales;59. % de territorio en zonas rurales



60. % de población en zonas rurales



61. % de valor añadido bruto en zonas rurales



62. % de empleo en zonas rurales



EJE 1: COMPETITIVIDAD;



Utilización de tierras agrícolas;63. % de tierras labradas/pastos
permanentes/cultivos permanentes



Estructura de las explotaciones;64. Número de explotaciones



65. Superficie agraria utilizada



66. Distribución y tamaño medio de las explotaciones



67. Distribución y tamaño económico medio de las explotaciones



68. Mano de obra




Página
778






Concepto;Indicador



Estructura forestal;69. Bosque disponible para el suministro de madera



70. Propiedades (% de superficie de Bosque disponible para el suministro
de madera objeto de propiedad 'elegible')



71. Tamaño medio de explotaciones privadas (BOSA)



Productividad forestal;72. Incremento medio del volumen neto anual (Bosque
disponible para el suministro de madera)



EJE 2: MEDIO AMBIENTE;



Ocupación del suelo;73. % de superficie
agrícola/forestal/natural/artificial



Zonas desfavorecidas;74. % de Superficie Agraria Útil en zonas no
desfavorecidas/zonas de montaña desfavorecidas/otras zonas
desfavorecidas/zonas desfavorecidas con dificultades específicas



Zonas de agricultura extensiva;75. % de Superficie Agraria Útil para
cultivos extensivos



76. % de Superficie Agraria Útil para pastoreo extensivo



Zonas de Natura 2000;77. % de territorio en Natura 2000



78. % de Superficie Agraria Útil en Natura 2000



79. % de superficie forestal en Natura 2000



Biodiversidad: bosques protegidos;80. % de superficie protegida para
conservar la biodiversidad, el paisaje y elementos naturales específicos



Desarrollo de zonas forestales;81. Incremento medio anual de bosques y
otras superficies arboladas



Estado sanitario de los ecosistemas forestales;82. % de
árboles/coníferas/frondosas defoliadas en grado 2-4



Calidad del agua;83. % de territorio designado zona vulnerable a nitratos



Utilización del agua;84. % de Superficie Agraria Útil de regadío



Bosques de protección en relación con el suelo y el agua esencialmente;85.
Superficie de gestionada fundamentalmente para proteger el suelo y el
agua.



EJE 3: DESARROLLO;



Densidad de población;86. Densidad de población



Estructura de edades;87. % de población total con edades de 0 a 14 años,
de 15 a 64 años y >=65 años



Estructura de la economía;88. % de Valor Añadido Bruto por rama (sector
primario/secundario/terciario)



Estructura del empleo;89. % de empleo por rama (sector
primario/secundario/terciario)



Desempleo de larga duración;90. % de desempleo de larga duración
(proporción de la población activa)



Nivel educativo;91. % de adultos (25-64) con estudios medios y superiores



Infraestructura de Internet;92. Cobertura DSL



Madrid, 11 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.




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779






184/026330



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Carcedo Roces, María Luisa; Monteserín Rodríguez, María Virtudes y
Trevín Lombán, Antonio Ramón María (GS).



Respuesta:



Se señalan las siguientes actuaciones en 2012 del Instituto del Patrimonio
Cultural de España (IPCE), del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte, en bienes de interés cultural de titularidad estatal en el
Principado de Asturias:



- Proyecto de restauración de la Catedral de Oviedo (girola y zonas
adyacentes, fachadas de las capillas radiales, capilla de Covadonga y
cubierta con tambor de la Sacristía). El proyecto, ya finalizado, se
realizó a lo largo de 2011 y 2012 y supuso una inversión de 455.462,63
euros, de los que 329.625,48 euros se sufragaron en 2012.



- Estudio microclimático en la Iglesia de San Julián de los Prados. El
IPCE elaboró en 2012, en la Iglesia de San Julián de los Prados un
estudio microclimático, en el marco del Plan Nacional de Conservación
Preventiva, que supuso una inversión de 17.464 euros.



- Estudio físico de reflectografía de infrarrojos en el cuadro 'Adoración
de los Reyes Magos' de Fernando Gallego (Museo de Bellas Artes de
Oviedo). Este trabajo, ya finalizado, se realizó de oficio por parte del
IPCE.



Madrid, 11 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026331



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



La protección policial a las mujeres maltratadas se articula a través de
un sistema integrado y coordinado de actuación que incluye:



1. Los efectivos de las unidades especializadas en violencia de género de
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado: Servicio de Atención a la
Mujer (SAM); Unidades de Prevención, Asistencia y Protección a las
Mujeres Maltratadas (UPAP) y Equipos y Especialistas en Mujer y Menor
(EMUME).



2. Los efectivos de las unidades de seguridad ciudadana de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado, que se encargan, entre otras misiones,
de llevar a cabo las medidas de protección resultantes de la valoración
de riesgo policial y judicial.



Una vez formulada la denuncia, se realiza una evaluación del riesgo de la
víctima y se adoptan las medidas adecuadas a dicho riesgo según los
protocolos establecidos con la participación de la Policía Local. A su
vez, se instruyen diligencias y se procura la detención y puesta a
disposición judicial del presunto responsable.



Una vez dictada la resolución que proceda por la autoridad judicial, se
adoptan las medidas congruentes y necesarias con dicha resolución,
(vigilancia del cumplimiento de las órdenes de alejamiento, grabación de
las mismas en la aplicación ARGOS), realización y seguimiento de la
evolución del riesgo de acuerdo a los parámetros de la aplicación
Violencia de Género, entrevistas con la víctima y acompañamiento a
actuaciones procesales.



En el ámbito del Cuerpo Nacional de Policía, intervienen fundamentalmente
las UPAP. En los casos de requerimientos urgentes intervienen los grupos
de Atención al Ciudadano de la Brigada de Seguridad Ciudadana o, de
conformidad con los protocolos establecidos, el grupo de Servicios
Especiales de la Policía Local.



Por lo que se refiere a los Puestos de la Guardia Civil, estos se
caracterizan por su rápida capacidad de reacción en las zonas geográficas
en las que despliegan sus competencias. Aquéllos reciben tanto las
denuncias que se presenten, prestan el auxilio que se precise y
garantizan la seguridad de las víctimas,




Página
780






ejecutando, a su vez, las medidas judiciales dictadas en las
correspondientes órdenes de protección. Por tanto, todos los efectivos
destinados a funciones de seguridad ciudadana están directamente
implicados en esta importante labor.



Como complemento a la actuación de las Unidades territoriales, desde 1995
se han ido constituyendo los Puntos de Atención Especializada (PAEs) en
diversos órganos de las Unidades Orgánicas de Policía Judicial (UOPJ),
como son las Secciones de Investigación (nivel provincial) y, en un
número creciente, en los Equipos Territoriales (nivel comarcal).



Los PAEs se encuentran compuestos por agentes especializados en la
atención y protección de las mujeres víctimas de la violencia de género
(y de los menores), garantizando atención especializada, apoyo y
asesoramiento a los Puestos y Unidades territoriales. A tal efecto todas
las actuaciones de las Unidades Territoriales, en esta materia, son
notificadas a los PAEs al objeto de valorar su posible intervención,
realizando, a su vez, el seguimiento de cada caso.



El número de victimizaciones por violencia de género, entre el año 2008 y
mayo de 2013 en la provincia de Ourense, es el que figura en el siguiente
cuadro:



AÑO;2008;2009;2010;2011;2012;Enero-Mayo 2013



N.° victimizaciones;308;367;380;318;335;133



Madrid, 17 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026344



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen y Sánchez Díaz, María Carmen (GS).



Respuesta:



El artículo 94 bis de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso
racional de los medicamentos y productos sanitarios establece, en el
apartado 8, que estarán exentas de aportación, entre otras, las personas
con discapacidad y sus beneficiarios en los supuestos contemplados en su
normativa específica.



En la actualidad el IMSERSO, organismo competente en el reconocimiento del
derecho a la asistencia sanitaria por la Ley 13/1982, de 7 de abril, de
Integración Social de los Minusválidos (LISMI), muestra los datos
solicitados y actualizados a través de su página web que puede consultar
en el siguiente enlace:



http://www.imserso.es/imserso_01/documentacion/estadisticas/prestaciones_sociales_economicas_l
ismi/prestaciones_sociales_economicas_lismi/index.htm.



Los datos se indican para cada comunidad autónoma, no disponiéndose de
datos desagregados a nivel provincial.



Madrid, 25 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026345



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen y Cunillera i Mestres, Teresa (GS).



Respuesta:



El artículo 94 bis de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso
racional de los medicamentos y productos sanitarios establece, en el
apartado 8, que estarán exentos de aportación, entre otros, las personas
con discapacidad y sus beneficiarios en los supuestos contemplados en su
normativa específica.




Página
781






En la actualidad el IMSERSO, organismo competente en el reconocimiento del
derecho a la asistencia sanitaria por la Ley 13/1982, de 7 de abril, de
Integración Social de los Minusválidos (LISMI), muestra los datos
solicitados y actualizados a través de su página web que puede consultar
en el siguiente enlace:



http://www.imserso.es/imserso_01/documentacion/estadisticas/prestaciones_sociales_economicas_l
ismi/prestaciones_sociales_economicas_lismi/index.htm.



Los datos se indican para cada comunidad autónoma, no disponiéndose de
datos desagregados a nivel provincial.



Madrid, 25 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026346



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Zarrías Arévalo, Gaspar Carlos; Gutiérrez del Castillo, María
Concepción; Seara Sobrado, Laura Carmen y Sicilia Alférez, Felipe Jesús
(GS).



Respuesta:



El artículo 94 bis de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso
racional de los medicamentos y productos sanitarios establece, en el
apartado 8, que estarán exentos de aportación, entre otros, las personas
con discapacidad y sus beneficiarios en los supuestos contemplados en su
normativa específica.



En la actualidad el IMSERSO, organismo competente en el reconocimiento del
derecho a la asistencia sanitaria por la Ley 13/1982, de 7 de abril, de
Integración Social de los Minusválidos (LISMI), muestra los datos
solicitados y actualizados a través de su página web que puede consultar
en el siguiente enlace:



http://www.imserso.es/imserso_01/documentacion/estadisticas/prestaciones_sociales_economicas_l
ismi/prestaciones_sociales_economicas_lismi/index.htm.



Los datos se indican para cada comunidad autónoma, no disponiéndose de
datos desagregados a nivel provincial.



Madrid, 25 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026347



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: González Santín, María Luisa; Castellano Ramón, Helena y Seara
Sobrado, Laura Carmen (GS).



Respuesta:



El artículo 94 bis de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso
racional de los medicamentos y productos sanitarios establece, en el
apartado 8, que estarán exentos de aportación, entre otros, las personas
con discapacidad y sus beneficiarios en los supuestos contemplados en su
normativa específica.



En la actualidad el IMSERSO, organismo competente en el reconocimiento del
derecho a la asistencia sanitaria por la Ley 13/1982, de 7 de abril, de
Integración Social de los Minusválidos (LISMI), muestra los datos
solicitados y actualizados a través de su página web que puede consultar
en el siguiente enlace:



http://www.imserso.es/imserso_01/documentacion/estadisticas/prestaciones_sociales_economicas_l
ismi/prestaciones_sociales_economicas_lismi/index.htm.



Los datos se indican para cada comunidad autónoma, no disponiéndose de
datos desagregados a nivel provincial.



Madrid, 25 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.




Página
782






184/026399



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez-Piñero Fernández, Inmaculada (GS).



Respuesta:



El sector de la náutica de recreo es un agregado de actividades económicas
que no aparece recogido como tal en las estadísticas oficiales. Se trata
de un sector heterogéneo que incluye pequeñas fracciones de muchas ramas
como la construcción naval, la fabricación de motores, la gestión de
puertos deportivos, las escuelas de pilotaje, el alquiler de
embarcaciones, la distribución, la electrónica y los accesorios. También
hay que tener en cuenta que otras empresas de servicios que proveen
educación, servicios financieros y servicios a las empresas marítimas
deben ser contabilizadas.



Por ello, el Ministerio de Fomento no dispone de unas cifras oficiales
relativas al empleo generado en este subsector y han de estimarse
basándose en las estadísticas oficiales.



Se suele aceptar que el concepto de 'turismo marítimo' queda acotado de
forma básica por todas aquellas actividades que tienen lugar en el
espacio marino de un país, recibiendo y atendiendo turistas. En
consecuencia, se suele considerar turismo marítimo las siguientes
actividades:



- Actividades de cruceros.



- Actividades de yates.



- Tours marítimos de un día (Coastal leisure shipping):



Las últimas cifras estimadas de empleo asociado al turismo marítimo
corresponden a los estudios que se hicieron tomando como base el marco
input-output del Instituto Nacional de Estadística (INE) y que
corresponden al año 2009:



;Efecto Directo;Efecto Indirecto;Efecto inducido;Efecto total



Empleo (n.° ocupados);62.107;71.632;35.205;168.944



Madrid, 26 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026407



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Villarrubia Mediavilla, Julio (GS); Blanquer Alcaraz, Patricia
(GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Castilla y León y en la provincia de Palencia ha sido el siguiente:




Página
783






DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



PALENCIA



CASTILLA Y LEÓN



TOTAL NACIONAL;0



28



680;1



12



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026410



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Carcedo Roces, María Luisa; Blanquer Alcaraz, Patricia; Trevín
Lombán, Antonio Ramón María y Monteserín Rodríguez, María Virtudes (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional y en el Principado de
Asturias ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



ASTURIAS



TOTAL NACIONAL;12



680;4



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
784






184/026411



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia; Buyolo García, Federico; Campos
Arteseros, Herick Manuel; Echávarri Fernández, Gabriel y Puig Ferrer,
Joaquín Francisco (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad
Valenciana y en la provincia de Alicante ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



ALICANTE



C. VALENCIANA



TOTAL NACIONAL;38



105



680;10



21



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026412



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sicilia Alférez, Felipe Jesús; Gutiérrez del Castillo, María
Concepción; Blanquer Alcaraz, Patricia y Zarrías Arévalo, Gaspar Carlos
(GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Andalucía y en la provincia de Jaén ha sido:




Página
785






DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



JAÉN



ANDALUCÍA



TOTAL NACIONAL;6



121



680;1



29



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026413



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia y Sánchez Díaz, María Carmen (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Andalucía y en la provincia de Cádiz ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



CÁDIZ



ANDALUCÍA



TOTAL NACIONAL;15



121



680;3



29



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
786






184/026414



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez Díaz, María Carmen; Zarrías Arévalo, Gaspar Carlos y
Blanquer Alcaraz, Patricia (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional y en la Ciudad Autónoma
de Ceuta ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



CEUTA



TOTAL NACIONAL;2



680;0



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026415



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia y Cunillera i Mestres, Teresa (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Cataluña y en la provincia de Lleida ha sido:




Página
787






DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



LLEIDA



CATALUÑA



TOTAL NACIONAL;9



130



680;0



51



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026416



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Silva Rego, María del Carmen; Blanquer Alcaraz, Patricia y Meijón
Couselo, Guillermo Antonio (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Galicia y en la provincia de Pontevedra ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



PONTEVEDRA



GALICIA



TOTAL NACIONAL;18



56



680;10



33



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
788






184/026417



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia; Bedera Bravo, Mario y Rodríguez Ramos,
María Soraya (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Castilla y León y en la provincia de Valladolid ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



VALLADOLID



CASTILLA Y LEÓN



TOTAL NACIONAL;11



28



680;4



12



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026418



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Saura García, Pedro; Blanquer Alcaraz, Patricia y González
Veracruz, María (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional y en la Región de Murcia
ha sido:




Página
789






DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



MURCIA



TOTAL NACIONAL;14



680;3



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026419



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Cortizo Nieto, Miguel Ángel; Blanquer Alcaraz, Patricia y Rodríguez
Vázquez, María Paloma (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Galicia y en la provincia de A Coruña ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



A CORUÑA



GALICIA



TOTAL NACIONAL;35



56



680;12



33



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
790






184/026420



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia; Castellano Ramón, Helena y González
Santín, María Luisa (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Castilla y León y en la provincia de León ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



LEÓN



CASTILLA Y LEÓN



TOTAL NACIONAL;5



28



680;4



12



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026421



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia y Sahuquillo García, Luis Carlos (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Castilla-La Mancha y en la provincia de Cuenca ha sido:




Página
791






DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



CUENCA



CASTILLA-LA MANCHA



TOTAL NACIONAL;2



16



680;0



9



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026422



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia y González Ramos, Manuel Gabriel (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Castilla-La Mancha y en la provincia de Albacete ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



ALBACETE



CASTILLA-LA MANCHA



TOTAL NACIONAL;4



16



680;3



9



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
792






184/026423



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sánchez Amor, José Ignacio; Pérez Domínguez, María Soledad y
Blanquer Alcaraz, Patricia (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Extremadura y en la provincia de Badajoz ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



BADAJOZ



EXTREMADURA



TOTAL NACIONAL;9



14



680;1



2



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026424



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rodríguez Ramírez, María José; Barrero López, Jaime Javier y
Blanquer Alcaraz, Patricia (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Andalucía y en la provincia de Huelva ha sido:




Página
793






DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



HUELVA



ANDALUCÍA



TOTAL NACIONAL;20



121



680;2



29



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026425



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia y Martín Pere, Pablo (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional y en la Comunidad
Autónoma de Illes Balears ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



ILLES BALEARS



TOTAL NACIONAL;12



680;4



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 31 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
794






184/026426



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sáez Jubero, Àlex y Blanquer Alcaraz, Patricia (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Cataluña y en la provincia de Girona ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



GIRONA



CATALUÑA



TOTAL NACIONAL;4



130



680;1



51



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 31 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026427



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Heredia Díaz, Miguel Ángel y Blanquer Alcaraz, Patricia (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Andalucía y en la provincia de Málaga ha sido:




Página
795






DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



MÁLAGA



ANDALUCÍA



TOTAL NACIONAL;24



121



680;8



29



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 31 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026428



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanco Terán, Rosa Delia y Blanquer Alcaraz, Patricia (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional y en la Comunidad
Autónoma de Madrid ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



MADRID



TOTAL NACIONAL;66



680;51



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 31 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
796






184/026429



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia y Blanco López, José (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Galicia y en la provincia de Lugo ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



LUGO



GALICIA



TOTAL NACIONAL;1



56



680;9



33



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 31 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026430



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia; Vallès Vives, Francesc y Ruiz i
Carbonell, Joan (GS).



Respuesta:



En relación con la pregunta de referencia, se indica que no se dispone de
información específica sobre las denegaciones de subsidios para mayores
de 55 años, ya que la información disponible es la del total de
denegaciones de subsidios correspondientes a todas las edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Cataluña y en la provincia de Tarragona ha sido:




Página
797






DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



TARRAGONA



CATALUÑA



TOTAL NACIONAL;21



130



680;2



51



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 3 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/026431



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tudanca Fernández, Luis y Blanquer Alcaraz, Patricia (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Castilla y León y en la provincia de Burgos ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



BURGOS



CASTILLA Y LEÓN



TOTAL NACIONAL;5



28



680;1



12



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
798






184/026432



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto y Blanquer Alcaraz, Patricia
(GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional y en la Comunidad
Autónoma de Cantabria ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



CANTABRIA



TOTAL NACIONAL;9



680;3



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026433



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Rumí Ibáñez, María Consuelo; Blanquer Alcaraz, Patricia y Fernández
Moya, Gracia (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Andalucía y en la provincia de Almería ha sido:




Página
799






DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



ALMERÍA



ANDALUCÍA



TOTAL NACIONAL;8



121



680;2



29



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026434



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia; Martínez Olmos, José y Hernando Vera,
Antonio (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional y en la Ciudad Autónoma
de Melilla ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



MELILLA



TOTAL NACIONAL;0



680;0



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
800






184/026435



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia; Martínez Olmos, José; Pezzi Cereto,
Manuel y Ramón Utrabo, Elvira (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Andalucía y en la provincia de Granada ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



GRANADA



ANDALUCÍA



TOTAL NACIONAL;7



121



680;4



29



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026436



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Campos Arteseros, Herick Manuel; Ábalos Meco, José Luis;
Rodríguez-Piñero Fernández, Inmaculada; Blanquer Alcaraz, Patricia;
Montón Giménez, Carmen; Císcar Casabán, Cipriá; Puig Ferrer, Joaquín
Francisco (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad
Valenciana y en la provincia de Valencia ha sido:




Página
801






DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



VALENCIA



C. VALENCIANA



TOTAL NACIONAL;50



105



680;6



21



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026437



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Seara Sobrado, Laura Carmen y Blanquer Alcaraz, Patricia (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Galicia y en la provincia de Ourense ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



OURENSE



GALICIA



TOTAL NACIONAL;2



56



680;2



33



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
802






184/026438



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Núñez, Alejandro y Blanquer Alcaraz, Patricia (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Castilla- La Mancha y en la provincia de Toledo ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



TOLEDO;6;5



CASTILLA-LA MANCHA;16;9



TOTAL NACIONAL;680;272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026439



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia y Muñoz González, Pedro José (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Castilla y León y en la provincia de Ávila ha sido:




Página
803






DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



ÁVILA



CASTILLA Y LEÓN



TOTAL NACIONAL;3



28



680;1



12



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026440



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia y Pradas Torres, Antonio Francisco (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Andalucía y en la provincia de Sevilla ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



SEVILLA



ANDALUCÍA



TOTAL NACIONAL;37



121



680;7



29



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
804






184/026441



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia y Luena López, César (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional y en la Comunidad
Autónoma de La Rioja ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



LA RIOJA



TOTAL NACIONAL;5



680;1



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026442



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia; Franquis Vera, Sebastián y Grande
Pesquero, Pilar (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Canarias y en la provincia de Las Palmas ha sido:




Página
805






DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



LAS PALMAS



CANARIAS



TOTAL NACIONAL;31



44



680;9



18



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026443



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Camacho Vizcaíno, Antonio y Blanquer Alcaraz, Patricia (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Castilla y León y en la provincia de Zamora ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



ZAMORA



CASTILLA Y LEÓN



TOTAL NACIONAL;1



28



680;0



12



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
806






184/026444



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia; Rodríguez García, Isabel y Barreda
Fontes, José María (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Castilla- La Mancha y en la provincia de Ciudad Real ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



CIUDAD REAL



CASTILLA-LA MANCHA



TOTAL NACIONAL;2



16



680;0



9



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026445



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Benegas Haddad, José María y Blanquer Alcaraz, Patricia (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
del País Vasco y en la provincia de Bizkaia ha sido:




Página
807






DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



BIZKAIA



PAÍS VASCO



TOTAL NACIONAL;3



11



680;6



12



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026447



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Jáuregui Atondo, Ramón y Blanquer Alcaraz, Patricia (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
del País Vasco y en la provincia de Álava/Araba ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



ÁLAVA/ARABA



PAÍS VASCO



TOTAL NACIONAL;1



11



680;0



12



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
808






184/026448



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gordo Pérez, Juan Luis y Blanquer Alcaraz, Patricia (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Castilla y León y en la provincia de Segovia ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



SEGOVIA



CASTILLA Y LEÓN



TOTAL NACIONAL;0



28



680;1



12



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026449



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia y Valerio Cordero, Magdalena (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Castilla-La Mancha y en la provincia de Guadalajara ha sido:




Página
809






DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



GUADAL AJARA



CASTILLA-LA MANCHA



TOTAL NACIONAL;2



16



680;1



9



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026450



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia y Guillén Izquierdo, Vicente (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Aragón y en la provincia de Teruel ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



TERUEL



ARAGÓN



TOTAL NACIONAL;5



31



680;6



16



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
810






184/026451



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia; Hernández Gutiérrez, Patricia y Segura
Clavell, José (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Canarias y en la provincia de Santa Cruz de Tenerife ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



SANTA CRUZ TENERIFE



CANARIAS



TOTAL NACIONAL;13



44



680;9



18



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026452



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia y Morlán Gracia, Víctor (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Aragón y en la provincia de Huesca ha sido:




Página
811






DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



HUESCA



ARAGÓN



TOTAL NACIONAL;3



31



680;1



16



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026453



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lucio Carrasco, María Pilar; Iglesias Santiago, Leire y Blanquer
Alcaraz, Patricia (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Extremadura y en la provincia de Cáceres ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



CÁCERES



EXTREMADURA



TOTAL NACIONAL;5



14



680;1



2



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
812






184/026454



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia y Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Castilla y León y en la provincia de Soria ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



SORIA



CASTILLA Y LEÓN



TOTAL NACIONAL;0



28



680;0



12



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026455



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alegría Continente, María Pilar; Sumelzo Jordán, Susana y Blanquer
Alcaraz, Patricia (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Aragón y en la provincia de Zaragoza ha sido:




Página
813






DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



ZARAGOZA



ARAGÓN



TOTAL NACIONAL;23



31



680;9



16



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026456



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ros Martínez, Susana; Puig Ferrer, Joaquín Francisco; Blanquer
Alcaraz, Patricia y Campos Arteseros, Herick Manuel (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad
Valenciana y en la provincia de Castellón ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



CASTELLÓN



C. VALENCIANA



TOTAL NACIONAL;17



105



680;5



21



272



1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.




Página
814






184/026457



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Blanquer Alcaraz, Patricia y Caldera Sánchez-Capitán, Jesús (GS).



Respuesta:



No se dispone de información específica sobre las denegaciones de
subsidios para mayores de 55 años, ya que la información disponible es la
del total de denegaciones de subsidios correspondientes a todas las
edades.



Sin embargo, sí se procesan los datos sobre denegaciones específicas en el
subsidio para mayores de 55 años, debidas a las modificaciones operadas
por el Real Decreto-ley 20/2012 y el Real Decreto-ley 5/2013 (55 años
cumplidos a la fecha de la solicitud y rentas de la unidad familiar no
superiores al 75% del salario mínimo interprofesional).



El número de solicitudes denegadas por las dos causas citadas, en los 6
primeros meses de 2013, en el conjunto nacional, en la Comunidad Autónoma
de Castilla y León y en la provincia de Salamanca ha sido:



DENEGACIONES SUBSIDIO MAYORES 55 AÑOS - AÑO 2013 (enero-junio);;



;CAUSA ESPECÍFICA: EDAD MENOR DE 55 AÑOS (1);CAUSA ESPECÍFICA: RENTAS
UNIDAD FAMILIAR (2)



SALAMANCA



CASTILLA Y LEÓN



TOTAL NACIONAL;3



28



680;0



12



272



(1) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'Conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 215 de
la L.G.S.S., modificado por el artículo 17 apartado Siete del Real
Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, para obtener el subsidio previsto en
dicho precepto, el trabajador deberá tener cumplida la edad de cincuenta
y cinco años en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno
de los subsidios contemplados en dicho artículo, cumplirla durante su
percepción o tenerla cumplida en la fecha de su agotamiento.'



(2) Fundamentos de derecho de la causa de denegación:



'De acuerdo con lo establecido en el párrafo tercero del número 3 del
apartado 1 del artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, que regula el subsidio para trabajadores mayores de
cincuenta y cinco años aunque el solicitante carezca de rentas, en los
términos establecidos en este artículo, si tiene cónyuge y/o hijos
menores de 26 años, o mayores incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad
familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número
de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo
interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas
extraordinarias.';;



Madrid, 30 de julio de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con las
Cortes.



184/026481



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lozano Domingo, Irene (GUPyD).



Respuesta:



En la reunión celebrada en Argel el 18 de junio el Ministro de Asuntos
Exteriores y de Cooperación, José Manuel García-Margallo, y su homólogo
argelino, Mourad Medelci, repasaron, tal y como se refleja en la nota de
prensa publicada por la Oficina de Información Diplomática del Ministerio
de Asuntos Exteriores y de Cooperación al día siguiente, distintas
cuestiones de interés de la agenda bilateral e internacional, entre las
que se contaba la reciente aprobación por el Consejo de la Seguridad de
las Naciones Unidas de la Resolución 2099 (2013) de renovación del
mandato de la Misión de Naciones Unidas para el Referéndum del Sahara
Occidental (MINURSO).



El Ministro destacó a su interlocutor que la promoción y defensa de los
derechos humanos en todo el mundo supone para el Gobierno español una
preocupación constante. De acuerdo con esta premisa, nuestro país ha
abordado la cuestión de los derechos humanos de toda la población del
Sahara Occidental tanto bilateralmente como en foros multilaterales.




Página
815






España ha sido tradicionalmente una firme defensora de la necesidad de
introducir mecanismos de control del respeto de los derechos humanos en
el mandato de MINURSO, postura que ha mantenido en el seno del Grupo de
Amigos del Sahara Occidental, del que forma parte, en el momento de
redactar el proyecto de resolución sobre la prórroga del mandato de dicha
misión que, como cada año, es votado en el seno del Consejo de Seguridad
de la Naciones Unidas.



En el marco de las pasadas negociaciones, España trabajó para lograr el
consenso tanto en el Grupo de Amigos como en el propio Consejo de
Seguridad, lo que permitió que finalmente la Resolución 2099 fuera
aprobada por unanimidad en el seno del Consejo de Seguridad.



El Gobierno de España seguirá trabajando para avanzar en la plena
protección de los derechos humanos de la población saharaui, y apoyando
el establecimiento de mecanismos que permitan verificar su efectivo
respeto.



Madrid, 24 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026487



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Buyolo García, Federico (GS).



Respuesta:



Los permisos de investigación de hidrocarburos denominados 'Aries 1' y
'Aries 2' (en adelante, los PIH) fueron otorgados por Real Decreto
2121/2008, de 19 de diciembre (BOE n.° 25 de 29 de enero de 2009) y se
encuentran en su 5.° año de vigencia, que comprende el periodo entre el
30 de enero de 2013 y el 29 de enero de 2014. En primer lugar, debe
recordarse que los PIH habilitan a su titular a investigar en exclusiva,
en el subsuelo de la superficie otorgada la existencia de hidrocarburos y
de almacenamientos subterráneos para los mismos. Sin embargo, no suponen
una autorización automática de ningún tipo de trabajo. Al contrario, las
actuaciones sobre el terreno que no tengan la condición de libres
requieren autorización administrativa, previa realización de los trámites
de evaluación ambiental previstos en el Texto Refundido de la Ley de
Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2008, de 11 de enero (TRLEIAP en adelante).



Además, dichas autorizaciones lo son sin perjuicio de aquellas otras
necesarias por razones fiscales, de ordenación del territorio y
urbanismo, de protección del medio ambiente, de protección de los
recursos marinos vivos, exigencia de la correspondiente legislación
sectorial o seguridad para personas y bienes.



En primer lugar, se debe señalar que parte de la información requerida
tiene carácter confidencial al amparo del artículo 37.5.d) de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, del artículo 12 de la
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos (LSH) y del
artículo 23.1.4 del Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley sobre Investigación y Explotación de
Hidrocarburos de 27 de junio de 1974. En particular, dicha
confidencialidad abarca la información relativa a las características del
yacimiento y a los trabajos, a las producciones e inversiones que se
realicen, a los informes geológicos y geofísicos así como al plan de
investigación.



La Dirección General de Política Energética y Minas (DGPEM), del
Ministerio de Industria, Energía y Turismo, en uso de las facultades
establecidas en el artículo 31 LSH, viene realizando las comprobaciones
oportunas para determinar el grado de cumplimiento de las obligaciones
que resulten exigibles al titular de los PIH y tomará, si fuese necesario
y previa instrucción de los expedientes correspondientes, las medidas
oportunas para garantizar tal cumplimiento, incluidas las previstas en el
Capítulo V y en el Título VI de la LSH.



Según las prescripciones del artículo 16 de la LSH, el titular presentó un
plan de investigación que contiene las medidas de protección
medioambientales y el plan de restauración. En el mismo, se hace una
descripción ambiental del medio, señalando aquéllos espacios con figuras
de protección tales como Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), Zonas
de Especial Protección para las Aves (ZEPA), Important Bird Area (IBA)
humedales y vías pecuarias. Posteriormente, indica las medidas de
protección medioambientales para trabajos tales como geología de campo,
campaña de sísmica de reflexión, levantamiento gravimétrico y perforación
de sondeos para terminar con el plan de restauración.




Página
816






Es necesario señalar, y así consta en el documento, que dichas medidas
deben entenderse como generales en el sentido de que en el momento del
otorgamiento no se puede conocer con precisión la ubicación de los
trabajos de campo a realizar debido a la incertidumbre geológica de las
formaciones del subsuelo. Sin embargo, en el procedimiento de
autorización administrativa de los trabajos que se plasma en un proyecto
para una ubicación determinada, se realiza el trámite de evaluación de
impacto ambiental del mismo en los términos del Texto Refundido de la Ley
de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos (TRLEIAP), trámite que
concreta, desarrolla y amplía dichas medidas que son de obligado
cumplimiento. Esto permite además la adaptación de las actuaciones a la
situación más actualizada del medio, a la normativa vigente así como a
las mejores tecnologías de cada momento.



Por su parte, la documentación a que se refiere el artículo 73 del Real
Decreto 2362/1976, de 30 de julio, que es desarrollo del artículo 34 LSH,
no resulta exigible en la actualidad ya que se refiere a acreditaciones a
presentar en el plazo de sesenta días contados a partir del vencimiento
del plazo inicial de vigencia de un PIH, hecho que no se producirá hasta
29 de enero de 2015.



Es necesario recordar que los PIH se otorgan bajo los principios de riesgo
y ventura, lo cual implica que son sus titulares a quienes corresponde el
determinar los planes futuros para los mismos, de acuerdo con las
perspectivas técnicas y económicas que resulten de los trabajos de
prospección desarrollados. El papel de la DGPEM se limita a verificar que
se cumplen las condiciones de otorgamiento y aquéllas otras que la
normativa sectorial contenida en la LSH exige a los titulares de PIH.



De acuerdo con la LSH y con el Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio, por
el que se regula la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de
seguridad, la diversificación de abastecimiento de gas natural y la
corporación de reservas estratégicas de productos petrolíferos, los
sujetos obligados deben mantener un total de 92 días de ventas o consumos
en los 12 meses anteriores en concepto de existencias mínimas de
seguridad. De acuerdo con los datos de diciembre de 2012, la obligación
anterior se traducía, en términos de la Directiva Europea, en un total de
13.555 kt de crudo y productos petrolíferos, equivalentes a 113,3 días de
importaciones.



Por fin y como se ha señalado, la decisión de llevar a cabo un
almacenamiento subterráneo de crudo o cualquier otro proyecto bajo el
paraguas de un PIH corresponde a la empresa titular en el marco del
derecho privado y el papel de la Administración se limitará a verificar
que se respetan todas las normativas de aplicación y a garantizar la
protección de personas, bienes y medio ambiente.



No obstante, debe señalarse que la explotación de un almacenamiento
subterráneo de hidrocarburos exigiría tanto el previo otorgamiento de una
concesión de explotación como de la autorización administrativa del
proyecto de ejecución, previa realización de los trámites de evaluación
de impacto ambiental, sin perjuicio de la obtención de otras
autorizaciones y permisos derivados de otras normativas sectoriales u
horizontales de aplicación así como de la verificación del cumplimiento
de las obligaciones derivadas de los PIH. Es relevante señalar que no
consta en el expediente ninguna solicitud de concesión de explotación en
trámite.



Madrid, 10 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026507



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Alonso Núñez, Alejandro (GS).



Respuesta:



Los procedimientos sobre las que no había recaído resolución firme y que
por tanto fueron dejados sin efecto, y reanudadas sus prestaciones,
ascendieron en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha a 2.401.



El número de beneficiarios afectados coincide con el número de sanciones:
2.401.



El volumen económico estimado de tales anulaciones, teniendo en cuenta que
las sanciones hubieran afectado tanto a prestaciones del nivel
contributivo como del nivel asistencial, asciende a 2,5 millones de
euros.




Página
817






El Servicio Público de Empleo Estatal ha confeccionado y puesto ficheros a
disposición de las comunidades autónomas en los que se relacionan los
procedimientos dejados sin efecto, así como aquellos que procede iniciar
por incumplimientos desde la fecha de la Sentencia del Tribunal
Constitucional, para que puedan ejercer la competencia sancionadora.



Con fecha 3 de agosto, se ha publicado el Real Decreto-ley 11/2013, de 2
de agosto, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y
otras medidas urgentes en el orden económico y social, que incluye en el
capítulo III, las modificaciones en materia de empleo y protección por
desempleo. Se añade una nueva letra e) en el artículo 207 del Texto
Refundido de la Ley General de la Seguridad Social que recoge el nuevo
requisito de inscripción como demandante de empleo para el nacimiento y
mantenimiento del derecho a prestaciones por desempleo.



A partir del día 4 de agosto se han iniciado, por parte del Servicio
Público de Empleo Estatal, los procedimientos sancionadores por no
inscripción como demandante de empleo de los beneficiarios de
prestaciones por desempleo, y que afectan a todo el territorio.



Con fecha 14 de agosto de 2013 se remitió una comunicación a los servicios
públicos de empleo de cada comunidad autónoma, en relación con los
procedimientos sancionadores de los que son competentes para su
instrucción, informando de la puesta a disposición de los ficheros
mencionados así como de los instrumentos necesarios para que puedan
ejercer sus competencias en el marco de la cooperación entre las
administraciones públicas.



Madrid, 17 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026508 y 184/026509



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Gallego Arriola, María del Puerto (GS).



Respuesta:



El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente está
tramitando el Adicional al Convenio de Gestión Directa de la Sociedad
Estatal de Aguas de las Cuencas de España, S.A, en el que se incluye la
actuación 'Obras de terminación de la Autovía del Agua' con objeto de
subscribir un convenio con el Gobierno de Cantabria para la ejecución de
dichas obras.



Una vez suscrito dicho Convenio podrán iniciarse las obras señaladas.



Madrid, 17 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026543



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Pérez Fernández, Rosana (GMx).



Respuesta:



El Ministerio de Fomento está ejecutando las obras de la autovía de acceso
a la ciudad de A Coruña (AC-14) desde la A-6 (Tercera Ronda).



En el marco del Convenio suscrito entre el Ministerio de Fomento y el
Ayuntamiento de A Coruña para para el desarrollo de esta infraestructura
se ha previsto, tras las conversaciones mantenidas con el Ayuntamiento,
la ejecución de un nuevo enlace en la Avda. de San Cristóbal, adyacente
al nudo de As Lonzas, que permitirá una nueva permeabilidad rodada y
peatonal entre las calles Glasgow (O Birloque) y Picasso (Elviña).



Dicha actuación fue anunciada por la Ministra de Fomento durante su visita
oficial a la ciudad de A Coruña en marzo de 2013, en la Delegación del
Gobierno en Galicia.




Página
818






El proyecto de trazado para la citada actuación ha sido sometido al
trámite de información pública el pasado 24/07/2013.



En lo que se refiere al ritmo de ejecución de las obras del tramo As
Lonzas-A Zapateira, se sebe indicar que han experimentado un fuerte
impulso en la presente legislatura, pasándose, en tan solo año y medio,
de una ejecución de obra del 15% en diciembre de 2011, a un grado de
ejecución del 60%.



La finalización de las obras está prevista, conforme a la programación
económica recogida para esta actuación en el anexo de inversiones de los
Presupuestos Generales del Estado de 2013.



Por otra parte, y en relación con la cuestión planteada en segundo lugar,
se informa que actualmente el cruce peatonal entre Glasgow y Picasso se
realiza en la Avda. de San Cristóbal mediante semáforos, y por tanto en
adecuadas condiciones de seguridad.



Además, en el cruce entre Glasgow y Picasso no se tiene constancia de
accidente o atropello alguno. El atropello con un fallecido, se produjo
fuera del tramo en obras, en la zona adyacente al nudo de As Lonzas hacia
el polígono de A Grela-Bens.



Respecto a la disposición del Ministerio para reforzar la seguridad vial
en la zona, como se ha indicado anteriormente, el Ministerio de Fomento y
el Ayuntamiento de A Coruña, han acordado, a efectos de mejorar la
permeabilidad y resolver la división física, urbanística y social entre
los barrios de O Birloque y Elviña, cuyos servicios y dotaciones se
encuentran compartidos (centro de salud, deportivo, dotaciones
infantiles, comerciales, biblioteca, centro social, etc.), proyectar un
nuevo enlace mediante un nuevo paso superior sobre la Avda. de San
Cristóbal, para peatones y el tráfico rodado.



Madrid, 19 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026544



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Oramas González-Moro, Ana María (GMx).



Respuesta:



La inversión realizada, en término de obligaciones reconocidas a fecha
junio de 2013, para la ejecución de la obra de referencia, asciende a un
importe total de 5.560.051,85 €, lo que representa un grado de ejecución
del 79,43%.



A esta fecha no consta ninguna Certificación.



El 21 de julio de 2011 se formalizó el contrato para la ejecución de las
obras del 'Proyecto de reposición de infraestructuras hidráulicas
Barranco de Valle Gran Rey. T.M. de Valle Gran Rey (Isla de la Gomera)'.



Con fecha 12 de julio de 2012, la Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias solicitó autorización para la
redacción de un proyecto modificado n.° 1 sin incremento presupuestario,
que fue autorizada el 24 de octubre de 2012.



El 28 de febrero de 2013, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Aguas del Gobierno de Canarias remitió copia del Proyecto Modificado n.°
1 del contrato de las obras de referencia, que se encuentra pendiente de
aprobación1.



Madrid, 16 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



1 Una vez analizado el proyecto se observó que la documentación recibida
era incompleta por lo que el fecha 16 de abril de 2013 se comunicó a la
Dirección General de Aguas de la Consejería de Agricultura, Ganadería
Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias que se consideraba necesario que,
para la aprobación de esta modificación n.° 1 del 'Proyecto de reposición
de infraestructuras hidráulicas en el barranco de Valle Gran Rey, Isla de
la Gomera', se incluyeran en la propuesta de aprobación remitida por el
Gobierno de Canarias, los informes y trámites necesarios, y que las
actuaciones incluidas se ajustasen a las autorizadas con fecha 24 de
octubre de 2012




Página
819






184/026546



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



Con motivo de la apertura de la nueva sede de la Dirección Provincial de
Castellón del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería
General de la Seguridad Social, situada en la avenida del Mar n.° 6 de
dicha localidad, en el año 2012 se dotó de nuevo mobiliario a la misma
para su correcto funcionamiento.



La adquisición de dicho mobiliario se efectuó por la Seguridad Social
conforme a lo establecido en los artículos 182.4 y 190 de la Ley 30/2007,
de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (disposición vigente en
el momento de adquisición del repetido mobiliario) y de la disposición
transitoria única de la Orden EHA/1049/2008, de 10 de abril, sobre
declaración de bienes y servicios de contratación centralizada.



Los expedientes de contratación fueron adjudicados a varias empresas,
estableciéndose en todos ellos que, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 270 de la citada Ley 30/2007, se entregase, como parte del
precio, el mobiliario existente en las antiguas dependencias, constando,
en todos los expedientes, el informe de desafectación del mobiliario
existente que se entrega como parte del pago y que, por sí mismo, implica
la baja en el inventario de la citada Dirección Provincial, así como el
documento de aceptación de cada una de las empresas, aceptando el
mobiliario en desuso como parte del precio.



En consecuencia, las empresas adjudicatarias del nuevo suministro y
responsables de retirar el mobiliario en desuso, que ya era de su
propiedad, ofertaron la posibilidad de poder retirar los elementos que
cualquier interesado considerase de utilidad con el fin de aligerar el
volumen de muebles a retirar.



En este contexto, la Seguridad Social únicamente facilitó que la operación
se llevara a cabo ordenadamente, permitiendo el acceso a sus dependencias
en fechas concretas, durante las cuales acudieron algunos funcionarios y
algún representante de ONGs y extendiendo posteriormente la información
al presidente de la Confederación Española de Personas con Discapacidad
Física y Orgánica de Castellón (COCEMFE), para ampliar este ofrecimiento
a otras organizaciones.



Madrid, 17 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026548



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



El edificio de la antigua sede de la Dirección Provincial de la Tesorería
General de la Seguridad Social (TGSS) de Castellón, sito en la plaza del
Juez Borrull, n.° 14, va a ser utilizado por dependencias propias de la
Seguridad Social, ubicándose en él la Administración de la Seguridad
Social n.° 1; la Administración de la Seguridad Social n.° 4; la Unidad
Médica de Valoración de Incapacidades y el CAISS urbano, de Castellón.



A tal efecto, con fecha 18 de julio de 2013, se ha publicado en el Boletín
Oficial del Estado el anuncio de licitación para la contratación de la
ejecución de las obras de remodelación y adecuación de dicho edificio.



En la actualidad, la TGSS tiene en arrendamiento los locales donde están
ubicadas las tres primeras dependencias antes citadas, es decir, las
Administraciones de la Seguridad Social números 1 y 4, y la Unidad Médica
de Valoración de Incapacidades, lo que significa que su traslado al
edificio sito en la plaza del Juez Borrul, n.° 14 supondrá un importante
ahorro.



Por otra parte, este Departamento tiene arrendados locales en Castellón
para albergar la sede de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad
Social en la Avenida de Doctor Clará n.° 40, y en c/ Historiador Viciana
n.° 1 de la misma ciudad. Estos arrendamientos tienen su origen en la
imposibilidad de concentrar estos efectivos en edificios de titularidad
del Estado. Sin embargo, y en línea con las directrices dictadas por el
Gobierno, este departamento ha renegociado las condiciones económicas de
estos arrendamientos, consiguiendo una rebaja del 36,61% en la renta
anual correspondiente, aplicable desde 2013.



Madrid, 10 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.




Página
820






184/026549



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



En el año 2007, el Ministerio del Interior y la Federación Española de
Municipios y Provincias formalizaron el Convenio marco de colaboración,
cooperación y coordinación en materia de Seguridad Ciudadana y Seguridad
Vial. El apartado III del Convenio, relativo a la 'Colaboración de la
Policía Local en funciones de Policía Judicial', establece -punto
duodécimo- que se podrá acordar la colaboración en varias tipologías
delictivas, entre las que destacan los apartados a), relativo a 'faltas
penales', y el i), relativo a 'actividades de carácter comercial o con
ánimo de lucro realizadas en vía pública o mercadillo y que constituyan
delitos contra la propiedad intelectual e industrial'. Dentro del mismo
apartado, se concreta que los Convenios Bilaterales de Adhesión definirán
la actuación de la Policía Local y la responsabilidad concreta que
asumirá cada cuerpo Policial.



Por lo que se refiere a la labor desempeñada por las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado en este ámbito, el Cuerpo Nacional de Policía y la
Guardia Civil investigan la actividad de los grupos criminales dedicados
al suministro y distribución al por mayor de productos comerciales que
vulneren la propiedad intelectual o industrial, llevando a cabo, entre
otras, inspecciones y controles fiscales en puertos y puntos de entrada
habilitados de mercancía. Además, se realizan controles en los lugares de
venta que dan lugar a la aprehensión del género ilícito y a la
instrucción de las diligencias o actas de intervención correspondientes.



Madrid, 28 de agosto de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/026550



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



No habría repercusión siempre que esta inversión se acomode a lo que
previene la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea y el Real
Decreto 664/1999, de 23 de abril, sobre régimen jurídico de inversiones
exteriores. Los criterios de calificación no están relacionados con la
titularidad del capital, sino con el hecho de que concurran las
circunstancias previstas en el artículo primero del Real Decreto
2858/1981, de 27 de noviembre, sobre calificación de aeropuertos civiles,
en redacción dada por el Real Decreto 1150/2011, de 29 de julio.



Respecto a la segunda cuestión y desde el punto de vista del proceso
administrativo, la descalificación del aeropuerto de Castellón, como
aeropuerto de Interés General del Estado, afectaría fundamentalmente a la
designación del órgano responsable para su autorización. Dado que la
Generalitat Valenciana tiene asumida competencias en materia de
infraestructuras aeronáuticas, el organismo competente para autorizar la
infraestructura dejaría de ser la Agencia Estatal de Seguridad Aérea
(AESA) y pasaría a ser el Órgano competente de la Generalitat Valenciana.



Desde el punto de vista técnico, y fundamentalmente dentro del proceso de
certificación, este cambio no afectaría a los requisitos exigidos en el
proceso, por lo que, sea o no de Interés General, los requisitos técnicos
que debe cumplir la infraestructura dentro del proceso de certificación
siguen siendo los mismos.



Madrid, 18 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.




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821






184/026551



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Baldoví Roda, Joan (GMx).



Respuesta:



La documentación mencionada fue presentada por el gestor del aeropuerto de
Castellón conjuntamente con la solicitud de inicio de certificación el 30
de junio de 2011.



Dentro del proceso de certificación de este aeropuerto, desde la Agencia
Estatal de Seguridad Aérea-AESA se ha ido requiriendo en sucesivas
ocasiones la subsanación de las deficiencias detectadas en la misma y por
ende la actualización de dicha documentación, habiéndose remitido la
última diligencia de actuaciones documentales el 11 de abril de 2013, y
la correspondiente a la primera inspección in situ, el 12 de julio de
2013.



Madrid, 18 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026553



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).



Respuesta:



Al no concretar Su Señoría el episodio de inundaciones al que se refiere
ni las asociaciones de afectados que son objeto de su pregunta, se
entiende que está interesado tanto por el episodio de 28 de septiembre de
2012 en el valle del Guadalentín y en la zona este de Almería, como por
la crecida de los de los ríos Segura y Mundo en la primavera de 2013.



En ambos casos el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente, a través de la Confederación Hidrográfica del Segura, ha
tramitado decenas de expedientes, dando contestación a peticiones de
actuaciones de protección frente a inundaciones, a solicitudes de
recuperación de cauces, a consultas realizadas por los afectados y a
diversas solicitudes de obras de reposición y estabilización de márgenes.



Igualmente, los equipos técnicos se desplazaron a las zonas afectadas por
estos dos episodios de inundaciones al objeto de prestar asesoramiento y
recabar información sobre la magnitud de los daños y establecer las
actuaciones a ejecutar de forma inmediata. Además, en el caso de las
inundaciones producidas durante el último fin de semana de septiembre de
2012, representantes de la Confederación Hidrográfica del Segura
mantuvieron una reunión con los responsables de las corporaciones locales
afectadas y distintas asociaciones implantadas en la zona del Guadalentín
y este de Almería.



Madrid, 16 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026555



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Sixto Iglesias, Ricardo (GIP).



Respuesta:



En relación con las previsiones y plazos para la recuperación completa de
la rambla de Biznaga cabe señalar que, el Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente, a través de la Confederación Hidrográfica
del Segura, tiene prevista la finalización del deslinde de dicho
territorio en el año 2014 como fase previa a la solicitud de la
reposición del cauce a su estado natural a aquellos que hayan invadido el
cauce.




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822






Estas actuaciones pueden complementarse, si así se estima técnicamente
oportuno, con un proyecto de encauzamiento y/o ampliación de la capacidad
de desagüe.



El deslinde administrativo únicamente implica la delimitación del contorno
del cauce público, no considera las obras que puedan requerirse con
posterioridad. En todo caso, el deslinde incluye la desembocadura de la
rambla en el Guadalentín.



Hasta donde se prolongue dicho deslinde aguas arriba dependerá de la
efectiva existencia del dominio público hidráulico (esté éste ocupado o
no), lo que vendrá determinado por los estudios técnicos que han de
realizarse y el análisis de los datos históricos disponibles.



Hasta que no finalice el deslinde, se desconoce cual es el cauce histórico
de la rambla, por lo que es aventurado adelantar fechas para el despeje y
la recuperación completa del cauce.



La resolución del problema de las inundaciones en el alto Guadalentín, el
que se incluyen toda la margen derecha del río que comprende la rambla de
Biznaga y todas sus ramblas tributarias es un asunto prioritario. Así
mismo, es un problema complejo que debe ser resuelto en su integridad.
Actualmente se está estudiando la red hidrográfica completa y la
posibilidad de retención de aguas de avenidas.



La retención de caudales aguas arriba siempre es positiva, pues no hay que
olvidar que el cauce público incluye exclusivamente la máxima crecida
ordinaria1, por lo que desbordará siempre en caso de avenidas
extraordinarias.



La retención tiene un efecto laminador que impedirá, o al menos disminuirá
el efecto de las avenidas extraordinarias. También es preciso tener en
cuenta que la retención de agua de lluvia puede contribuir a mejorar la
disponibilidad del recurso en una zona de escasez estructural.



Ambas medidas, dar continuidad al cauce y disminuir la punta de los
caudales circulantes, son necesarias para prevenir nuevas inundaciones.



El problema como se ha dicho, es complejo y requiere unos estudios
profundos que optimicen las inversiones a realizar en el futuro. En este
momento se está trabajando en estos estudios y el resultado de los mismos
será lo que establezca la prioridad de su ejecución que en todo caso
estará sujeta a las disponibilidades presupuestarias.



En lo que se refiere a las sanciones por las que se interesa Su Señoría,
se informa que, en los últimos diez años se han incoado nueve expedientes
sancionadores por ocupación y/u obras en la rambla de Biznaga, o sus
zonas de servidumbre o policía. De esos nueve expedientes, siete
finalizaron con imposición de sanción y orden de reposición a su estado
anterior.



Finalmente, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente no
tiene constancia de la existencia de una tubería de canalización de la
rambla de Biznaga.



Las coberturas totales de cauces son actuaciones excepcionales que en
pocos casos se realizan.



En la zona existen otras canalizaciones subterráneas, realizadas por otras
Administraciones y con funcionalidad distinta a la de evacuación de
caudales de la rambla.



Madrid, 16 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



1 Artículo 4 del texto refundido de la Ley de Aguas.



184/026557



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Martínez Gorriarán, Carlos (GUPyD).



Respuesta:



En relación con la información solicitada, se indica que las principales
actuaciones son las siguientes:



Contratos de conservación integral, cuyo objetivo es mantener la Red de
Carreteras del Estado en condiciones adecuadas y seguras para la
circulación.



A lo largo de 2012, además, se ha iniciado un proceso de transformación
del modelo de conservación, con el objetivo de hacerlo más flexible y
eficiente, manteniendo niveles adecuados de atención a la vialidad y
seguridad.



También, los Presupuestos Generales del Estado contemplan las partidas
necesarias para atender los 10 contratos vigentes de autovías de primera
generación.




Página
823






Se trata de contratos concesionales que tienen como objetivo dotar a las
autovías más antiguas de los estándares de calidad de las vías más
modernas.



Por otra parte, el Ministerio de Fomento tiene previsto acometer
actuaciones de conservación extraordinaria, tales como un programa de
rehabilitaciones de firme.



Además está previsto priorizar las necesidades identificadas para el
desarrollo de actuaciones de seguridad vial, rehabilitación de obras de
paso y mejoras de señalización horizontal y vertical.



Por último, en cuanto al sector de autopistas de peaje estatales, el
Ministerio de Fomento va a optimizar sus estándares de mantenimiento.



En concreto, se ha iniciado una campaña de inspección para evaluar los
parámetros que indican el estado en que se encuentra dicha red y, en su
caso, exigir la adopción de medidas a las empresas concesionarias.



Madrid, 19 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026580



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Duran i Lleida, Josep Antoni (GCiU).



Respuesta:



El tiempo medio de venta anticipada de los servicios AVE se ha situado, en
el mes de julio, alrededor de los 80 días.



En algunos casos puntuales, no ha sido posible cumplir el plazo de 62 días
establecido para la venta anticipada de los servicios AVE, debido a la
reconfiguración que ha sido preciso realizar, para adaptar, en periodo
estival, la oferta comercial a la demanda de los clientes.



Estas adaptaciones han sido de una especial complejidad, ya que se ha
requerido, no solo incrementar el número de plazas ofertadas, gestionando
el material disponible, sino también modificar, en coordinación con el
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, los horarios y periodos
de circulación de los trenes.



A estas circunstancias hay que añadir la novedad que ha supuesto el
incremento de las ofertas promocionales en los servicios AVE, dentro de
la nueva política comercial de Renfe.



Madrid, 17 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026581



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Ortiz Castellví, Laia (GIP).



Respuesta:



Los mercados financieros ofrecen una serie de funciones que mejoran la
eficiencia y el bienestar global de la sociedad al compatibilizar las
decisiones de ahorro de los ofertantes de fondos con las decisiones de
inversión de los demandantes de fondos.



En el caso de las inversiones financieras sobre materias primas, y en
particular sobre bienes alimentarios, se producen los mismos procesos.
Así, mediante inversiones financieras en estos sectores se facilita,
entre otras cosas, la llegada de fondos al tejido productivo del sector
de productos primarios pudiéndose mejorar la oferta tanto en calidad como
en cantidad. Por ello este aspecto de la actividad financiera en el
sector es deseable.



Además, las inversiones financieras permiten la cobertura directa o
indirecta de riesgos tanto de los productores de dichas materias primas
como de aquellas otras industrias que los utilizan como insumos y por
tanto cuya rentabilidad depende de la variabilidad de los mismos. Esto es
aún más importante en un contexto de elevada volatilidad.




Página
824






Respecto al hecho de que la actividad especuladora en el ámbito financiero
haya producido un aumento de los precios de los alimentos actuales es,
sin duda, una cuestión muy controvertida y discutida que la comunidad
internacional se está esforzando en aclarar.



Fruto de esta voluntad por mejorar la compresión y el adecuado tratamiento
regulatorio de la actividad especuladora, España apoya -a través de las
iniciativas multilaterales en el marco del G20 como de iniciativas
europeas- la búsqueda de una mejor regulación de esta cuestión.



En el marco europeo, la Comisión Europea ha presentado la propuesta de
reforma de la MIFID (o Directiva sobre Mercados de Instrumentos
financieros) y la propuesta de reglamento sobre mercados e instrumentos
financieros (MIFIR) en los que se trata, entre otras cosas, la regulación
sobre inversiones financieras en materias primas.



Uno de los objetivos de estas normas es hacer que las negociaciones OTC
(Over The Counter) se realicen en mercados sujetos a autorización. Ello
sin duda debiera permitir una mejor supervisión, facilitar la lucha
contra conductas punibles de abuso de mercado y asegurar un mayor acceso
a la información de los contratos negociados en dichos mercados lo que
contribuirá a una mayor comprensión de los mismos.



Además, estas normas también incluyen disposiciones que mejoran el régimen
de vigilancia y supervisión de los mercados de derivados materias primas.
El objetivo es que dichos mercados se comporten de forma eficiente y
cumplan adecuadamente las funciones comentadas de cobertura y de
mecanismo de revelación de precios, y además se eviten repercusiones
nocivas sobre otros mercados. Para ello, se establecen poderes para que
las autoridades nacionales competentes y la Autoridad Europea de
Supervisión de Valores (ESMA) puedan limitar posiciones sobre dichos
derivados.



España apoya lo expuesto anteriormente y, como Estado miembro de la UE,
está trabajando junto el resto de los Estados miembros, la Comisión y el
Parlamento europeo para conseguir una adecuada regulación de estas
cuestiones.



De forma más específica, se alude a las diferencias que pueden existir
entre el texto que ha acordado el Consejo de la Unión Europea y el texto
acordado por el Parlamento Europeo. Los colegisladores y la Comisión
Europea se reúnen actualmente en los llamados trílogos para consensuar el
texto que será finalmente aprobado.



Tanto el texto del Consejo como el del Parlamento establecen la necesidad
de contar con límites a las posiciones y otras medidas para la gestión de
las mismas.



Una diferencia entre ambos es sin embargo la determinación de la autoridad
que debe establecer aplicar los límites. Mientras que el Parlamento hace
recaer dicha función sobre las empresas que gestionan los mercados en los
que se negocian los instrumentos concernidos, para el texto del Consejo
son las autoridades competentes las que aplicarán los límites.



Finalmente en ambos casos, la determinación y la aplicación de los
límites, se uniformiza, bien entre autoridades competentes europeas, bien
entre mercados europeos, según el texto que se analice, por la
elaboración de estándares técnicos por parte de la Autoridad Europea de
Valores y Mercados y de la Comisión Europea.



Por todo lo anterior, no se consideran que vaya a existir una competencia
entre estados que tienda a una mayor desregulación ni en el caso del
texto aprobado en el Consejo, ni en el del texto aprobado por el
Parlamento.



Por último se indica que en el marco de las negociaciones europeas, España
ha venido defendiendo la necesidad de contar con mecanismos como son los
límites a las posiciones.



Madrid, 26 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026589 a 184/026591



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Tudanca Fernández, Luis (GS).



Respuesta:



En el ámbito de los Ejércitos y de la Armada existen normas e
instrucciones que regulan la policía de sus miembros. Dentro de esas
normas se encuentra la prohibición del uso de tatuajes si son visibles
con




Página
825






cualquier uniformidad reglamentaria y aquellos que contengan expresiones o
imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades, virtudes
militares o que supongan un desdoro para el uniforme.



El régimen disciplinario para los miembros de las Fuerzas Armadas
establece que el militar puede ser sancionado por inobservancia de las
normas que regulan la uniformidad, de los deberes que señalan las Reales
Ordenanzas, de los reglamentos y de las demás disposiciones que rigen la
Institución Militar.



Madrid, 19 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026623



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



Las denuncias por infracciones a la normativa vigente en materia de
tráfico formuladas por la Guardia Civil en cada una de las provincias de
la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en los seis primeros meses del
periodo 2010/2013, fue el recogido en el siguiente cuadro:



;2010;2011;2012;2013



Ávila;12.254;11.986;16.977;15.957



Burgos;22.052;20.200;34.544;35.014



León;32.679;34.729;42.334;41.028



Palencia;11.555;12.057;18.119;16.166



Salamanca;12.806;14.796;18.997;18.714



Segovia;14.605;16.534;20.747;23.223



Soria;7.188;8.791;10.904;12.419



Valladolid;20.326;19.799;26.450;27.409



Zamora;22.155;19.219;26.073;25.486



Madrid, 4 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/026635 y 184/026636



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



Continuando con el plan de mejora previsto, desde el pasado 23 de junio de
2013, el 50% de los servicios que se prestan diariamente entre Madrid y
Soria, se realiza con material de la serie 599.



Estos trenes tienen una antigüedad media de 3 años, una velocidad máxima
de 160 km/h y un total de 185 plazas (184 plazas sentadas + 1 PMR-persona
con movilidad reducida-).



Madrid, 24 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.




Página
826






184/026637



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



Las inversiones de material rodante de Renfe Operadora no son
regionalizables. Este material, por su movilidad, puede prestar servicio
en varias Comunidades a la vez, e incluso tener una rotación por
diferentes Comunidades en diferentes días.



En la actualidad, los trenes diésel de la serie 594 (TRD) de Renfe
Operadora prestan servicio en las siguientes relaciones:



- A Coruña - El Ferrol



- A Coruña - Monforte de Lemos



- Ávila - Salamanca



- Madrid - Soria



- Puebla Sanabria - Valladolid Campo Grande



- Salamanca - Valladolid Campo Grande



- Valencia de Alcántara - Cáceres



- Cáceres - Zafra



Por lo tanto, están circulando por las provincias de A Coruña, Lugo,
Ávila, Salamanca, Madrid, Guadalajara, Soria, Zamora, Valladolid, Cáceres
y Badajoz.



Estos trenes tienen una antigüedad media de 13 años, y alcanzan una
velocidad máxima de 160 km/h.



Madrid, 24 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026643



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En el año 2012, los compromisos de financiación de la Administración
General del Estado (AGE) para el Programa de Desarrollo Rural de Castilla
y León tenían como límite (techo) casi 68 millones de euros, aunque
finalmente el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
dispuso para Castilla y León hasta 71 millones de euros.



La aportación financiera realizada por el Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente en 2012 supuso 66,7 millones de euros. Se
atendieron todas las peticiones realizadas por la Comunidad Autónoma, que
no llegó a totalizar el techo inicial previsto.



A finales de 2012, Castilla y León reprogramó su Programa de Desarrollo
Rural incrementando la tasa de cofinanciación comunitaria (aportación del
Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural) manteniendo el gasto público
total, con la consecuencia de un menor gasto nacional, repartiéndose
dicha reducción entre ambas Administraciones nacionales. La
reprogramación fue iniciativa de la Comunidad Autónoma, si bien dicha
decisión fue compartida por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente.



Consecuencia de la referida reprogramación el límite de financiación de la
AGE para el año 2013 quedó establecido en 46,3 millones de euros. De esta
cantidad se ha realizado hasta la fecha una aportación financiera de 34,7
millones de euros, que suponen aproximadamente, el 75% del límite de
financiación establecido para todo el año.



El organismo pagador de Castilla y León ha realizado peticiones hasta la
fecha de 57,8 millones de euros. Como puede apreciarse, antes de
finalizar el tercer trimestre la Comunidad Autónoma ya ha realizado
peticiones muy superiores a su techo de financiación de todo el año, por
lo que no será posible atenderlas en su integridad.




Página
827






Tras la reprogramación indicada anteriormente la participación de la
Administración General del Estado en el Programa de Desarrollo Rural de
Castilla y León quedó establecida en 479,3 millones de euros. De dicha
cuantía, hasta 2012 se habían aportado 339,1 millones de euros que,
sumados a los 34,7 millones aportados en 2013 supone 373,8 millones de
euros, restando 105,5 millones de euros hasta la finalización de la
aplicación del Programa de Desarrollo Rural que tendrá lugar en el año
2015.



Los 14,39 millones de euros que menciona Su Señoría son cantidades
aportadas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
que se encontraban en poder de la Comunidad Autónoma sin justificar, por
lo que se le dio la consideración de aportación de la Administración
General del Estado al Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León,
estando dicho importe subsumido en las aportaciones de la Administración
General del Estado anteriormente indicadas, ya que su utilización tuvo
lugar entre los años 2012 y 2013. Los datos facilitados se proporcionan
de forma agregada, no siendo posible detallar por provincias.



En cuanto a la última cuestión planteada y en lo que se refiere a las
cantidades totales recibidas por Castilla y León y por Soria (expedientes
que se han tramitado en dicha provincia) y el porcentaje que ha recibido
Soria, por todos los conceptos, en 'desarrollo rural' durante los últimos
5 años, se adjuntan en el anexo 1 donde GPT (Gasto público total) es la
suma del importe FEADER y del importe de los fondos nacionales. Se dan
los datos por ejercicios financieros FEAGA: pagos realizados desde el 16
de octubre de un año hasta el 15 de octubre del año siguiente; así,
ejercicio 2008: pagos del 16/10/2007 hasta 15/10/2008.



ANEXO



Ejes y medidas;;2008;;;;;



;;Soria;;C y León;;% FEADER percibido en Soria;% GPT percibido en Soria



;;IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);;



EJE 1 - AUMENTO DE LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR AGRÍCOLA Y
FORESTAL;;591.213,59;1.478.034,61;22.689.806,51;56.723.007,54;2,61;2,61



112;Instalación de jóvenes
agricultores;145.021,01;362.552,53;2.537.236,64;6.343.091,55;5,72;5,72



113;Jubilación
anticipada;3.321,38;8.303,94;5.558.184,45;13.893.815,93;0,06;0,06



114;Utilización de servicios de asesoramiento;;;;;;



115;Implantación de servicios de gestión, sustitución y
asesoramiento;;;;;;



121;Modernización de explotaciones
agrícolas;160.791,41;401.978,56;5.741.562,55;14.353.906,60;2,80;2,80



123;Aumento del valor añadido de los productos agrícolas y
forestales;282.079,79;705.199,58;8.852.822,87;22.132.193,46;3,19;3,19



124;Cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y
tecnologías en el sector agrícola y alimentario y en el sector
forestal;;;;;;



125;Infraestructuras relacionadas con el desarrollo y la adaptación de la
agricultura y de la silvicultura;;;;;;



144;Explotaciones en proceso de reestructuración con motivo de la reforma
de una organización común de mercado;;;;;;




Página
828






Ejes y medidas;;2008;;;;;



;;Soria;;C y León;;% FEADER percibido en Soria;% GPT percibido en Soria



;;IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);;



EJE 2 - MEJORA DEL MEDIO AMBIENTE Y DEL ENTORNO RURAL MEDIANTE LA GESTIÓN
DE LAS
TIERRAS;;2.485.962,35;6.214.905,89;27.974.570,33;69.936.256,35;8,89;8,89



211;Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades
naturales en zonas de
montaña;672.325,17;1.680.812,90;4.499.817,33;11.249.543,70;14,94;14,94



212;Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades
en zonas distintas de las de
montaña;479.824,35;1.199.560,90;12.329.303,26;30.823.259,77;3,89;3,89



214;Ayudas
agroambientales;638.140,78;1.595.351,90;4.527.486,32;11.318.688,88;14,09;14,09



215;Ayudas relativas al bienestar de los
animales;1.177,54;2.943,84;244.604,93;611.512,30;0,48;0,48



221;Primera forestación de tierras
agrícolas;681.279,77;1.703.199,47;4.495.141,56;11.237.720,33;15,16;15,16



225;Ayudas en favor del medio forestal;;;1.356.487,39;3.391.219,72;;



226;Recuperación del potencial forestal e implantación de medidas
preventivas;13.214,74;33.036,88;521.729,54;1.304.311,65;2,53;2,53



227;Inversiones no productivas;;;;;;



EJE 3 - MEJORA DE LA CALIDAD DE VIDA DE LAS ZONAS RURALES Y FOMENTO DE LA
DIVERSIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA;;;;;;;



321;Servicios básicos para la economía y la población rural;;;;;;



EJE 4 - LEADER;;;;;;;



411;Aplicación de estrategias de desarrollo local. Competitividad;;;;;;



413;Aplicación de estrategias de desarrollo local. Calidad de
vida/diversificación;;;;;;



421;Ejecución de proyectos de cooperación;;;;;;



431;Funcionamiento del grupo de acción local, adquisición de capacidades y
promoción del territorio con arreglo al artículo 59;;;;;;



Asistencia técnica;;;;;;;



511;Asistencia Técnica;;;;;;




Página
829






Ejes y medidas;;2009;;;;;



;;Soria;;C y León;;% FEADER percibido en Soria;% GPT percibido en Soria



;;IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);;



EJE 1 - AUMENTO DE LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR AGRÍCOLA Y
FORESTAL;;838.804,12;2.097.010,58;52.400.994,07;131.002.609,86;1,60;1,60



112;Instalación de jóvenes
agricultores;100.967,17;252.417,97;3.855.990,65;9.639.976,77;2,62;2,62



113;Jubilación
anticipada;3.390,39;8.475,99;4.949.421,07;12.373.676,05;0,07;0,07



114;Utilización de servicios de
asesoramiento;8.731,63;21.829,16;196.470,83;491.177,16;4,44;4,44



115;Implantación de servicios de gestión, sustitución y
asesoramiento;;;29.394,08;73.485,20;;



121;Modernización de explotaciones
agrícolas;275.898,87;689.747,16;22.320.478,04;55.801.194,44;1,24;1,24



123;Aumento del valor añadido de los productos agrícolas y
forestales;449.816,06;1.124.540,30;11.972.995,92;29.932.491,48;3,76;3,76



124;Cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y
tecnologías en el sector agrícola y alimentario y en el sector
forestal;;;214.707,76;536.769,44;;



125;Infraestructuras relacionadas con el desarrollo y la adaptación de la
agricultura y de la silvicultura;;;8.861.535,72;22.153.839,32;;



144;Explotaciones en proceso de reestructuración con motivo de la reforma
de una organización común de mercado;;;;;;



EJE 2 - MEJORA DEL MEDIO AMBIENTE Y DEL ENTORNO RURAL MEDIANTE LA GESTIÓN
DE LAS
TIERRAS;;4.097.011,79;10.242.528,83;41.629.736,03;104.074.315,28;9,84;9,84



211;Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades
naturales en zonas de
montaña;675.028,17;1.687.570,37;4.473.513,67;11.183.784,13;15,09;15,09



212;Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades
en zonas distintas de las de
montaña;478.247,08;1.195.617,71;12.611.876,75;31.529.692,50;3,79;3,79



214;Ayudas
agroambientales;1.610.262,63;4.025.656,40;12.250.328,94;30.625.795,11;13,14;13,14



215;Ayudas relativas al bienestar de los
animales;6.067,49;15.168,72;584.322,74;1.460.806,82;1,04;1,04



221;Primera forestación de tierras
agrícolas;1.317.855,80;3.294.639,02;10.539.781,94;26.349.454,27;12,50;12,50



225;Ayudas en favor del medio forestal;;;3.452,93;8.632,33;;



226;Recuperación del potencial forestal e implantación de medidas
preventivas;9.550,62;23.876,61;1.166.459,06;2.916.150,12;0,82;0,82



227;Inversiones no productivas;;;;;;



EJE 3 - MEJORA DE LA CALIDAD DE VIDA DE LAS ZONAS RURALES Y FOMENTO DE LA
DIVERSIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA;;;;;;;



321;Servicios básicos para la economía y la población rural;;;;;;




Página
830






Ejes y medidas;;2009;;;;;



;;Soria;;C y León;;% FEADER percibido en Soria;% GPT percibido en Soria



;;IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);;



EJE 4 - LEADER;;;;;;;



411;Aplicación de estrategias de desarrollo local. Competitividad;;;;;;



413;Aplicación de estrategias de desarrollo local. Calidad de
vida/diversificación;;;;;;



421;Ejecución de proyectos de cooperación;;;;;;



431;Funcionamiento del grupo de acción local, adquisición de capacidades y
promoción del territorio con arreglo al artículo 59;;;;;;



Asistencia técnica;;;;;;;



511;Asistencia Técnica;;;;;;



Ejes y medidas;;2010;;;;;



;;Soria;;C y León;;% FEADER percibido en Soria;% GPT percibido en Soria



;;IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);;



EJE 1 - AUMENTO DE LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR AGRÍCOLA Y
FORESTAL;;3.236.681,95;7.785.110,65;50.367.740,50;122.025.606,76;6,43;6,38



112;Instalación de jóvenes
agricultores;222.884,20;542.140,29;4.106.351,82;10.014.886,53;5,43;5,41



113;Jubilación
anticipada;8.242,30;19.809,46;6.506.176,55;15.797.156,55;0,13;0,13



114;Utilización de servicios de
asesoramiento;191.540,20;476.977,42;659.974,10;1.644.381,33;29,02;29,01



115;Implantación de servicios de gestión, sustitución y
asesoramiento;;;135.936,75;339.246,77;;



121;Modernización de explotaciones
agrícolas;245.225,99;597.074,56;12.757.123,04;30.699.780,15;1,92;1,94



123;Aumento del valor añadido de los productos agrícolas y
forestales;493.431,89;1.191.106,77;12.063.773,86;29.240.581,93;4,09;4,07



124;Cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y
tecnologías en el sector agrícola y alimentario y en el sector
forestal;;;;;;



125;Infraestructuras relacionadas con el desarrollo y la adaptación de la
agricultura y de la
silvicultura;2.075.357,37;4.958.002,15;14.138.404,38;34.289.573,50;14,68;14,46



144;Explotaciones en proceso de reestructuración con motivo de la reforma
de una organización común de mercado;;;;;;




Página
831






Ejes y medidas;;2010;;;;;



;;Soria;;C y León;;% FEADER percibido en Soria;% GPT percibido en Soria



;;IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);;



EJE 2 - MEJORA DEL MEDIO AMBIENTE Y DEL ENTORNO RURAL MEDIANTE LA GESTIÓN
DE LAS
TIERRAS;;4.866.321,45;11.962.018,46;52.090.656,18;127.260.660,78;9,34;9,40



211;Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades
naturales en zonas de
montaña;761.168,63;1.902.798,83;5.128.221,05;12.818.043,12;14,84;14,84



212;Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades
en zonas distintas de las de
montaña;493.456,41;1.233.617,47;12.904.033,38;32.254.715,53;3,82;3,82



214;Ayudas
agroambientales;1.572.273,61;3.804.125,31;13.245.919,20;30.918.217,78;11,87;12,30



215;Ayudas relativas al bienestar de los
animales;6.206,47;15.516,19;838.824,24;2.097.060,62;0,74;0,74



221;Primera forestación de tierras
agrícolas;1.315.554,77;3.248.299,31;8.516.841,71;21.041.577,14;15,45;15,44



225;Ayudas en favor del medio
forestal;12.176,79;30.441,98;1.499.524,79;3.747.783,50;0,81;0,81



226;Recuperación del potencial forestal e implantación de medidas
preventivas;373.526,96;915.784,97;6.737.849,02;16.513.688,86;5,54;5,55



227;Inversiones no
productivas;331.957,81;811.434,40;3.219.442,79;7.869.574,23;10,31;10,31



EJE 3 - MEJORA DE LA CALIDAD DE VIDA DE LAS ZONAS RURALES Y FOMENTO DE LA
DIVERSIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA;;;;2.931.280,09;8.289.439,44;;



321;Servicios básicos para la economía y la población
rural;;;2.931.280,09;8.289.439,44;;



EJE 4 -
LEADER;;199.518,75;558.876,07;1.009.893,71;2.828.833,95;19,76;19,76



411;Aplicación de estrategias de desarrollo local. Competitividad;;;;;;



413;Aplicación de estrategias de desarrollo local. Calidad de
vida/diversificación;;;27.624,28;77.378,94;;



421;Ejecución de proyectos de cooperación;;;;;;



431;Funcionamiento del grupo de acción local, adquisición de capacidades y
promoción del territorio con arreglo al artículo
59;199.518,75;558.876,07;982.269,43;2.751.455,01;20,31;20,31



Asistencia técnica;;;;178.202,55;445.509,36;;



511;Asistencia Técnica;;;178.202,55;445.509,36;;




Página
832






;;2011;;;;;



Ejes y medidas;;Soria;;C y León;;% FEADER percibido en Soria;% GPT
percibido en Soria



;;IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);;



EJE 1 - AUMENTO DE LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR AGRÍCOLA Y
FORESTAL;;3.768.513,11;8.928.149,36;53.959.110,71;125.589.369,32;6,98;7,11



112;Instalación de jóvenes
agricultores;156.530,20;370.348,85;3.919.058,03;9.262.509,38;3,99;4,00



113;Jubilación
anticipada;11.038,51;26.070,95;6.571.089,68;15.516.329,26;0,17;0,17



114;Utilización de servicios de
asesoramiento;240.797,88;572.596,59;868.889,60;2.065.760,21;27,71;27,72



115;Implantación de servicios de gestión, sustitución y
asesoramiento;;;106.016,62;252.019,29;;



121;Modernización de explotaciones
agrícolas;226.862,83;535.667,95;12.736.002,72;28.776.859,10;1,78;1,86



123;Aumento del valor añadido de los productos agrícolas y
forestales;83.995,99;198.057,12;6.197.920,14;14.659.938,39;1,36;1,35



124;Cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y
tecnologías en el sector agrícola y alimentario y en el sector
forestal;;;398.357,96;947.802,42;;



125;Infraestructuras relacionadas con el desarrollo y la adaptación de la
agricultura y de la
silvicultura;3.049.287,70;7.225.407,90;23.161.775,96;54.108.151,27;13,17;13,35



144;Explotaciones en proceso de reestructuración con motivo de la reforma
de una organización común de mercado;;;;;;



EJE 2 - MEJORA DEL MEDIO AMBIENTE Y DEL ENTORNO RURAL MEDIANTE LA GESTIÓN
DE LAS
TIERRAS;;4.549.068,47;10.514.803,36;50.789.897,63;114.485.408,83;8,96;9,18



211;Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades
naturales en zonas de
montaña;765.633,65;1.871.505,28;5.004.734,65;12.233.409,21;15,30;15,30



212;Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades
en zonas distintas de las de
montaña;479.012,52;1.170.857,89;12.890.559,23;31.509.155,41;3,72;3,72



214;Ayudas
agroambientales;2.401.138,58;5.264.475,42;22.134.295,83;44.442.014,11;10,85;11,85



215;Ayudas relativas al bienestar de los
animales;33.039,09;80.760,42;1.114.526,41;2.723.916,66;2,96;2,96



221;Primera forestación de tierras
agrícolas;772.244,04;1.887.652,69;6.542.153,88;15.991.465,58;11,80;11,80



225;Ayudas en favor del medio
forestal;18.993,25;46.426,91;1.501.911,14;3.670.504,96;1,26;1,26



226;Recuperación del potencial forestal e implantación de medidas
preventivas;24.389,29;59.616,92;1.650.543,41;4.034.294,98;1,48;1,48



227;Inversiones no
productivas;54.618,05;133.507,83;-48.826,92;-119.352,08;-111,86;-111,86



EJE 3 - MEJORA DE LA CALIDAD DE VIDA DE LAS ZONAS RURALES Y FOMENTO DE LA
DIVERSIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD
ECONÓMICA;;333.352,72;883.040,10;2.665.544,75;7.224.784,19;12,51;12,22



321;Servicios básicos para la economía y la población
rural;333.352,72;883.040,10;2.665.544,75;7.224.784,19;12,51;12,22




Página
833






;;2011;;;;;



Ejes y medidas;;Soria;;C y León;;% FEADER percibido en Soria;% GPT
percibido en Soria



;;IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);;



EJE 4 -
LEADER;;1.167.227,58;3.269.545,99;5.696.608,04;15.956.890,48;20,49;20,49



411;Aplicación de estrategias de desarrollo local. Competitividad;;;;;;



413;Aplicación de estrategias de desarrollo local. Calidad de
vida/diversificación;926.953,32;2.596.508,76;4.116.724,98;11.531.447,06;22,52;22,52



421;Ejecución de proyectos de cooperación;;;34.756,78;97.357,95;;



431;Funcionamiento del grupo de acción local, adquisición de capacidades y
promoción del territorio con arreglo al artículo
59;240.274,26;673.037,23;1.545.126,28;4.328.085,47;15,55;15,55



Asistencia técnica;;;;141.136,92;352.842,30;;



511;Asistencia Técnica;;;141.136,92;352.842,30;;



;;2012;;;;;



Ejes y medidas;;Soria;;C y León;;% FEADER percibido en Soria;% GPT
percibido en Soria



;;IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);;



EJE 1 - AUMENTO DE LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR AGRÍCOLA Y
FORESTAL;;939.625,73;2.215.575,70;37.139.166,82;80.353.490,67;2,53;2,76



112;Instalación de jóvenes
agricultores;94.090,93;221.860,24;2.596.152,49;6.134.850,60;3,62;3,62



113;Jubilación
anticipada;8.804,29;20.759,86;6.062.792,14;14.292.585,75;0,15;0,15



114;Utilización de servicios de
asesoramiento;86.224,25;203.310,93;616.600,22;1.453.901,07;13,98;13,98



115;Implantación de servicios de gestión, sustitución y
asesoramiento;;;85.583,26;201.799,72;;



121;Modernización de explotaciones
agrícolas;148.888,76;351.069,94;8.080.771,94;17.936.989,26;1,84;1,96



123;Aumento del valor añadido de los productos agrícolas y
forestales;386.299,74;910.869,57;10.020.604,32;21.987.386,90;3,86;4,14



124;Cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y
tecnologías en el sector agrícola y alimentario y en el sector
forestal;;;513.579,71;1.210.987,38;;



125;Infraestructuras relacionadas con el desarrollo y la adaptación de la
agricultura y de la
silvicultura;215.317,76;507.705,16;9.130.765,00;17.058.786,85;2,36;2,98



144;Explotaciones en proceso de reestructuración con motivo de la reforma
de una organización común de mercado;;;32.317,74;76.203,14;;




Página
834






;;2012;;;;;



Ejes y medidas;;Soria;;C y León;;% FEADER percibido en Soria;% GPT
percibido en Soria



;;IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);IMPORTE FEADER (EUR);GPT (EUR);;



EJE 2 - MEJORA DEL MEDIO AMBIENTE Y DEL ENTORNO RURAL MEDIANTE LA GESTIÓN
DE LAS
TIERRAS;;4.211.550,21;9.593.122,73;48.588.631,46;106.380.889,66;8,67;9,02



211;Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades
naturales en zonas de
montaña;649.414,65;1.587.422,35;4.112.742,36;10.053.078,89;15,79;15,79



212;Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades
en zonas distintas de las de
montaña;457.355,68;1.117.958,27;12.083.126,27;29.535.934,54;3,79;3,79



214;Ayudas
agroambientales;1.811.120,69;3.725.534,52;19.622.704,38;35.577.243,45;9,23;10,47



215;Ayudas relativas al bienestar de los
animales;76.520,55;187.046,07;1.877.174,95;4.588.547,47;4,08;4,08



221;Primera forestación de tierras
agrícolas;1.022.380,81;2.499.097,31;8.148.584,24;19.918.272,52;12,55;12,55



225;Ayudas en favor del medio
forestal;22.266,04;54.426,90;1.465.239,80;3.581.330,16;1,52;1,52



226;Recuperación del potencial forestal e implantación de medidas
preventivas;172.491,79;421.637,31;1.279.059,46;3.126.482,63;13,49;13,49



227;Inversiones no productivas;;;;;;



EJE 3 - MEJORA DE LA CALIDAD DE VIDA DE LAS ZONAS RURALES Y FOMENTO DE LA
DIVERSIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD
ECONÓMICA;;83.436,71;214.380,01;403.575,23;1.036.935,31;20,67;20,67



321;Servicios básicos para la economía y la población
rural;83.436,71;214.380,01;403.575,23;1.036.935,31;20,67;20,67



EJE 4 -
LEADER;;1.190.993,57;3.336.117,62;8.378.145,16;23.468.203,03;14,22;14,22



411;Aplicación de estrategias de desarrollo local.
Competitividad;;;5.341,92;14.963,40;;



413;Aplicación de estrategias de desarrollo local. Calidad de
vida/diversificación;1.038.785,18;2.909.763,48;6.655.896,61;18.643.976,13;15,61;15,61



421;Ejecución de proyectos de cooperación;;;77.116,06;216.011,45;;



431;Funcionamiento del grupo de acción local, adquisición de capacidades y
promoción del territorio con arreglo al artículo
59;152.208,39;426.354,14;1.639.790,57;4.593.252,05;9,28;9,28



Asistencia técnica;;;;259.835,52;649.588,79;;



511;Asistencia Técnica;;;259.835,52;649.588,79;;



Madrid, 23 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.




Página
835






184/026645



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



Los medios que despliega el Gobierno a través del Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) para la extinción de
incendios forestales, se realizan en virtud del artículo 7.2.c de la Ley
43/2003 de Montes, que establece el despliegue de medios estatales de
apoyo a las Comunidades Autónomas para la cobertura de los montes contra
incendios. Estos medios son de cobertura nacional y pueden ser
movilizados a cualquier punto del territorio español donde sean
necesarios. El envío de estos medios estatales se realiza siempre previa
petición de las Comunidades Autónomas.



A continuación se adjunta el siguiente enlace de la página web del
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, donde se puede
consultar la distribución y el catálogo de medios de extinción de
incendios forestales del citado Departamento para la campaña 2013 y su
localización repartida entre distintas bases del territorio nacional:



http://www.magrama.gob.es/es/biodiversidad/temas/incendios-forestales/CatalogoMedios MAGRAMA_tcm7-289078.pdf



Cabe señalar, a este respecto, que la inversión a nivel nacional en el
pasado quinquenio (2009-2013) asciende a 406.000.000 €



Madrid, 16 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.



184/026646



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En contestación a la pregunta de referencia se adjunta la información
solicitada:



PERSONAL FUNCIONARIO:



DIRECTOR DEL CENTRO. FUNCIONES:



- Ejercer la representación del Centro.



- Dirigir, coordinar, gestionar y supervisar todos los servicios y
actividades del Centro.



- Coordinar la elaboración del Programa Científico-Técnico del Centro en
el que se establezcan los objetivos científicos y técnicos a corto, medio
y largo plazo.



- Velar por la correcta ejecución de los proyectos y contratos de
investigación del Centro.



- Dirigir y supervisar el cumplimiento de las obligaciones por parte del
personal del Centro.



- Velar para que las instalaciones y medios del Centro sean las apropiadas
para el eficaz desarrollo de las actividades dentro del mismo.



- Velar por el correcto cumplimiento de la normativa sobre seguridad,
prevención de riesgos laborales e higiene en el trabajo.



- Distribuir los recursos disponibles de todo tipo y velar por su óptima
utilización en el desarrollo de las actividades.



- Elaborar anualmente la memoria de actividades del Centro.



- Apoyar a los órganos directivos en la planificación de la actividad del
Organismo a través del correspondiente asesoramiento científico-técnico.




Página
836






RETRIB. BRUTAS DESDE ENERO/2011 A JUNIO/2013



;2011;2012;2013



ENERO;3.823,79;3.823,79;3.823,79



FEBRERO;3.823,79;3.823,79;3.823,79



MARZO;3.823,79;3.823,79;3.823,79



ABRIL;3.823,79;3.823,79;3.823,79



MAYO;3.823,79;3.823,79;3.823,79



JUNIO;6.690,61;7.172,58;6.551,81



JULIO;3.823,79;3.513,40;



AGOSTO;3.823,79;3.513,41;



SEPTIEMBRE;3.823,79;3.823,79;



OCTUBRE;3.823,79;3.823,79;



NOVIEMBRE;3.823,79;3.823,79;



DICIEMBRE;7.095,77;4.173,77;



TOTAL ANUAL;52.024,28;48.963,48;25.670,76



;126.658,52;;



ESPECIALISTA I+D+I. FUNCIONES:



- Tareas administrativas relacionadas con la I+D+I.



- Utilización de herramientas informáticas de análisis de datos.



- Ejecución de ensayos y análisis en el ámbito de la I+D+I.



RETRIB. BRUTAS DESDE ENERO/2011 A JUNIO/2013



;2011;2012;2013



ENERO;1.697,59;1.697,59;1.697,59



FEBRERO;1.697,59;1.697,59;1.697,59



MARZO;1.697,59;1.697,59;1.697,59



ABRIL;1.697,59;1.697,59;1.697,59



MAYO;1.697,59;1.697,59;1.723,90



JUNIO;3.387,94;3.395,18;3.341,56



JULIO;1.697,59;1.646,26;



AGOSTO;1.697,59;1.646,26;



SEPTIEMBRE;1.697,59;1.697,59;



OCTUBRE;1.697,59;1.697,59;



NOVIEMBRE;1.697,59;1.697,59;



DICIEMBRE;4.039,44;2.132,94;



TOTAL ANUAL;24.403,34;22.401,36;11.855,82



;58.660,52;;




Página
837






AUXILIAR DE INVESTIGACIÓN I+D+I. FUNCIONES:



- Análisis básicos



- Apoyo en la ejecución de ensayos y análisis en el ámbito de la I+D+I.



COMO FUNCIONARIO DEL SUBGRUPO C2



RETRIB. BRUTAS DESDE ENERO/2011 A JUNIO/2013



;2011;2012;2013



ENERO;1.145,44;1.145,44;814,55



FEBRERO;1.145,44;1.145,44;



MARZO;1.145,44;1.145,44;



ABRIL;1.145,44;1.145,44;



MAYO;1.145,44;1.145,44;



JUNIO;2.285,42;2.290,88;



JULIO;1.145,44;1.142,71;



AGOSTO;1.145,44;1.142,71;



SEPTIEMBRE;1.145,44;1.163,34;



OCTUBRE;1.145,44;1.163,34;



NOVIEMBRE;1.145,44;1.163,34;



DICIEMBRE;3.457,83;1.709,73;



TOTAL ANUAL;17.197,65;15.503,25;814,55



;33.515,45;;



COMO FUNCIONARIO DEL SUBGRUPO C1.



;2011;2012;2013



ENERO;;;685,95



FEBRERO;;;1.329,03



MARZO;;;1.329,03



ABRIL;;;1.329,03



MAYO;;;1.329,03



JUNIO;;;2.289,98



JULIO;;;



AGOSTO;;;



SEPTIEMBRE;;;



OCTUBRE;;;



NOVIEMBRE;;;



DICIEMBRE;;;



TOTAL ANUAL;0,00;0,00;8.292,05



;8.292,05;;




Página
838






TOTAL FUNCIONARIOS: 227.126,54



PERSONAL LABORAL:



GRUPO 1. CATEGORÍA: TITULADO SUPERIOR DE ACTIVIDADES TÉCNICAS Y PROF.



- CONTRATADO PROYECTO AT07-003 'ACTUACIÓN INTEGRAL DEL PLAN ESPECÍFICO
PARA SORIA. PUESTA EN MARCHA DEL CENTRO DE CALIDAD ALIMENTARIA DE SORIA'



FUNCIONES:



- Estudio del efecto de los procesos tecnológicos utilizados en la
industria alimentaria sobre los componentes químicos y los
microorganismos presentes en los alimentos, con especial dedicación a los
alimentos de origen animal.



RETRIB. BRUTAS ENE/2011 A JUN/2013



;2011;2012;2013



ENERO;1.909,52;1.935,02;



FEBRERO;1.909,52;1.935,02;



MARZO;1.909,52;1.935,02;



ABRIL;1.935,02;1.935,02;



MAYO;1.935,02;1.935,02;



JUNIO;3.870,04;3.870,04;



JULIO;1.935,02;1.935,02;



AGOSTO;1.935,02;1.935,02;



SEPTIEMBRE;1.935,02;1.935,02;



OCTUBRE;1.935,02;1.960,52;



NOVIEMBRE;1.935,02;1.960,52;



DICIEMBRE;4.583,14;4.772,58;



TOTAL;27.726,88;28.043,82;0,00



;55.770,70;;



- Contratado Proyecto AT07-003 'Actuación integral del Plan Específico
para Soria, Puesta en marcha del Centro de Calidad Alimentaria'



FUNCIONES:



- Estudio del efecto de los procesos tecnológicos utilizados en la
industria alimentaria sobre los componentes químicos y los
microorganismos presentes en los alimentos, con especial dedicación a los
alimentos de origen animal.



RETRIB. BRUTAS ENE/2011 A JUN/2013



;2011;2012;2013



ENERO;1.935,02;1.935,02;



FEBRERO;1.935,02;1.935,02;



MARZO;1.935,02;1.935,02;




Página
839






;2011;2012;2013



ABRIL;1.935,02;1.935,02;



MAYO;1.935,02;1.469,77;



JUNIO;3.964,73;0,00;



JULIO;1.935,02;0,00;



AGOSTO;1.935,02;659,57;



SEPTIEMBRE;1.935,02;1.935,02;



OCTUBRE;1.935,02;1.935,02;



NOVIEMBRE;1.935,02;1.935,02;



DICIEMBRE;4.583,14;5.254,57;



TOTAL ANUAL;27.898,07;20.929,05;0,00



;48.827,12;;



Contratado en prácticas conforme a la Resolución de 22 de febrero de 2008,
de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que
se publica la Convocatoria correspondiente al año 2008, de Concesión de
Ayudas del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de
Investigación, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica,
Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, en relación con el Real
Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del
Personal Investigador en Formación.



FUNCIONES:



- Desarrollar las actividades de investigación contempladas en el programa
establecido por el tutor para los objetivos contemplados en el título de
la tesis doctoral. 'Análisis químico-analítico de compuestos funcionales:
aplicaciones en nutrición saludable'.



RETRIB. BRUTAS ENE/2011 A JUN/2013



;2011;2012;2013



ENERO;1.527,62;1.527,62;



FEBRERO;1.527,62;1.527,62;



MARZO;1.527,62;1.527,62;



ABRIL;1.527,62;1.527,62;



MAYO;1.527,62;1.527,62;



JUNIO;3.055,24;3.055,24;



JULIO;1.527,62;1.527,62;



AGOSTO;1.527,62;1.527,62;



SEPTIEMBRE;1.527,62;1.527,62;



OCTUBRE;1.527,62;1.330,50;



NOVIEMBRE;1.527,62;0,00;



DICIEMBRE;4.025,82;236,19;



TOTAL ANUAL;22.357,26;16.842,89;0,00



;39.200,15;;




Página
840






Contratado Proyecto AT07-003 'Actuación integral del Plan Específico para
Soria. Puesta en marcha del Centro de Calidad Alimentaria en Soria'.



FUNCIONES:



- Estudio del efecto de los procesos tecnológicos utilizados en la
industria alimentaria sobre los componentes químicos y los
microorganismos presentes en los alimentos, con especial dedicación a los
alimentos de origen animal.



RETRIB. BRUTAS ENE/2011 A JUN/2013



;2011;2012;2013



ENERO;1.909,52;1.960,52;



FEBRERO;1.935,02;1.960,52;



MARZO;1.935,02;1.960,52;



ABRIL;1.960,52;1.960,52;



MAYO;1.960,52;1.960,52;



JUNIO;4.019,74;3.921,04;



JULIO;1.960,52;1.960,52;



AGOSTO;1.960,52;1.960,52;



SEPTIEMBRE;1.960,52;1.960,52;



OCTUBRE;1.960,52;1.960,52;



NOVIEMBRE;1.960,52;1.960,52;



DICIEMBRE;4.707,61;5.381,54;



TOTAL;28.230,55;28.907,78;0,00



;57.138,33;;



Contratado en prácticas conforme a la Resolución de 22 de febrero de 2008,
de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que
se publica la Convocatoria correspondiente al año 2008, de Concesión de
Ayudas del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de
Investigación, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica,
Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, en relación con el Real
Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del
Personal Investigador en Formación.



FUNCIONES:



- Desarrollar las actividades de investigación contempladas en el programa
establecido por el tutor para los objetivos contemplados en el título de
la tesis doctoral. 'Estudio de actividades de compuestos alimentarios
bioactivos modificados químicamente'.



RETRIB. BRUTAS ENE/2011 A JUN/2013



;2011;2012;2013



ENERO;1.527,62;1.527,62;



FEBRERO;1.527,62;1.527,62;



MARZO;1.527,62;1.527,62;




Página
841






;2011;2012;2013



ABRIL;1.527,62;1.527,62;



MAYO;1.527,62;1.527,62;



JUNIO;3.055,24;3.055,24;



JULIO;1.527,62;1.527,62;



AGOSTO;1.527,62;1.527,62;



SEPTIEMBRE;1.527,62;1.527,62;



OCTUBRE;1.527,62;1.429,06;



NOVIEMBRE;1.527,62;0,00;



DICIEMBRE;3.837,82;296,94;



TOTAL;22.169,26;17.002,20;0,00



;39.171,46;;



Contratado Proyecto AT07-003 'Actuación integral del Plan Específico para
Soria. Puesta en marcha del Centro de Calidad Alimentaria en Soria'



FUNCIONES:



- Estudio del efecto de los procesos tecnológicos utilizados en la
industria alimentaria sobre los componentes químicos y los
microorganismos presentes en los alimentos, con especial dedicación a los
alimentos de origen animal.



RETRIB. BRUTAS ENE/2011 A JUN/2013



;2011;2012;2013



ENERO;0,00;1.909,52;



FEBRERO;0,00;1.909,52;



MARZO;0,00;1.960,52;



ABRIL;0,00;1.935,02;



MAYO;0,00;1.935,02;



JUNIO;0,00;3.870,04;



JULIO;1.724,73;1.935,02;



AGOSTO;1.909,52;1.935,02;



SEPTIEMBRE;1.909,52;1.935,02;



OCTUBRE;1.909,52;1.935,02;



NOVIEMBRE;1.909,52;1.935,02;



DICIEMBRE;3.681,31;3.532,17;



TOTAL;13.044,12;26.726,91;0,00



;39.771,03;;




Página
842






Contratado en prácticas conforme a la Resolución de 22 de febrero de 2008,
de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que
se publica la Convocatoria correspondiente al año 2008, de Concesión de
Ayudas del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de
Investigación, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica,
Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, en relación con el Real
Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del
Personal Investigador en Formación.



FUNCIONES:



- Desarrollar las actividades de investigación contempladas en el programa
establecido por el tutor para los objetivos contemplados en el título de
la tesis doctoral. 'Estudio de ingredientes bioactivos. Prebióticos.
Efectos en distintos grupos de población y posibles mecanismos
implicados'.



RETRIB. BRUTAS ENE/2011 A JUN/2013



;2011;2012;2013



ENERO;1.527,62;1.527,62;



FEBRERO;1.527,62;1.527,62;



MARZO;1.527,62;1.527,62;



ABRIL;1.527,62;1.527,62;



MAYO;1.527,62;1.527,62;



JUNIO;3.055,24;3.055,24;



JULIO;1.527,62;1.527,62;



AGOSTO;1.527,62;1.527,62;



SEPTIEMBRE;1.527,62;1.527,62;



OCTUBRE;1.527,62;1.429,06;



NOVIEMBRE;1.527,62;0,00;



DICIEMBRE;3.837,82;237,76;



TOTAL;22.169,26;16.943,02;0,00



;39.112,28;;



- Contratado Proyecto AT07-003 'Actuación integral del Plan Específico
para Soria. Puesta en marcha del Centro de Calidad Alimentaria en Soria'.



FUNCIONES:



- Estudio del efecto de los procesos tecnológicos utilizados en la
industria alimentaria sobre los componentes químicos y los
microorganismos presentes en los alimentos, con especial dedicación a los
alimentos de origen animal.



RETRIB. BRUTAS ENE/2011 A JUN/2013



;2011;2012;2013



ENERO;1.909,52;1.935,02;



FEBRERO;1.909,52;1.935,02;



MARZO;1.935,02;1.935,02;



ABRIL;1.935,02;1.935,02;




Página
843






;2011;2012;2013



MAYO;1.935,02;1.935,02;



JUNIO;3.964,73;3.870,04;



JULIO;1.935,02;1.935,02;



AGOSTO;1.935,02;1.935,02;



SEPTIEMBRE;1.935,02;1.935,02;



OCTUBRE;1.935,02;1.935,02;



NOVIEMBRE;1.935,02;1.935,02;



DICIEMBRE;4.583,14;5.317,46;



TOTAL;27.847,07;28.537,70;0,00



;56.384,77;;



Contratado en prácticas confore a la Resolución de 22 de febrero de 2008,
de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que
se publica la Convocatoria correspondiente al año 2008, de Concesión de
Ayudas del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de
Investigación, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica,
Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, en relación con el Real
Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del
Personal Investigador en Formación.



FUNCIONES:



- Desarrollar las actividades de investigación contempladas en el programa
establecido por el tutor para los objetivos contemplados en el título de
la tesis doctoral. 'Cambios bioquímicos durante el procesado y la
conservación de alimentos'.



RETRIB. BRUTAS ENE/2011 A JUN/2013



;2011;2012;2013



ENERO;1.527,62;1.527,62;



FEBRERO;1.527,62;1.527,62;



MARZO;1.527,62;1.527,62;



ABRIL;1.527,62;1.527,62;



MAYO;1.527,62;1.527,62;



JUNIO;2.929,34;3.055,24;



JULIO;1.527,62;1.527,62;



AGOSTO;1.527,62;1.527,62;



SEPTIEMBRE;1.527,62;1.527,62;



OCTUBRE;1.527,62;1.527,62;



NOVIEMBRE;1.527,62;1.527,62;



DICIEMBRE;3.943,86;1.139,84;



TOTAL;22.149,40;19.471,28;0,00



;41.620,68;;




Página
844






GRUPO 3. CATEGORÍA: TÉCNICO SUPERIOR DE ACTIVIDADES TÉCNICAS Y
PROFESIONALES



- Contratado Proyecto AT07-003 'Actuación integral del Plan Específico
para Soria. Puesta en marcha del Centro de Calidad Alimentaria de Soria'.



FUNCIONES:



- Labores de laboratorio con técnicas relacionadas con la química y la
biología.



- Apoyo y colaboración en el desarrollo de proyectos de investigación
relacionados con la nutrigenómica y alimentos funcionales, la bioquímica
de alimentos alimentarios y la microbiología en procesos alimentarios.



RETRIB. BRUTAS ENE/2011 A JUN/2013



;2011;2012;2013



ENERO;1.236,73;1.262,23;



FEBRERO;1.262,23;1.262,23;



MARZO;1.262,23;1.262,23;



ABRIL;1.262,23;1.262,23;



MAYO;1.262,23;1.262,23;



JUNIO;2.587,86;2.524,46;



JULIO;1.262,23;1.262,23;



AGOSTO;1.262,23;1.262,23;



SEPTIEMBRE;1.262,23;1.262,23;



OCTUBRE;1.262,23;1.262,23;



NOVIEMBRE;1.262,23;1.262,23;



DICIEMBRE;3.329,44;3.634,72;



TOTAL;18.514,10;18.781,48;0,00



;37.295,58;;



- Contratado Proyecto AT07-003 'Actuación integral del Plan Específico
para Soria. Puesta en marcha del Centro de Calidad Alimentaria de Soria'.



FUNCIONES:



- Labores de laboratorio con técnicas relacionadas con la química y la
biología.



- Apoyo y colaboración en el desarrollo de proyectos de investigación
relacionados con la nutrigenómica y alimentos funcionales, la bioquímica
de alimentos alimentarios y la microbiología en procesos alimentarios.



RETRIB. BRUTAS ENE/2011 A JUN/2013



;2011;2012;2013



ENERO;1.262,23;1.262,23;



FEBRERO;1.262,23;1.287,73;



MARZO;1.262,23;1.287,73;



ABRIL;1.262,23;1.287,73;




Página
845






;2011;2012;2013



MAYO;1.262,23;1.287,73;



JUNIO;2.587,86;2.575,46;



JULIO;1.262,23;1.287,73;



AGOSTO;1.262,23;1.287,73;



SEPTIEMBRE;1.262,23;1.287,73;



OCTUBRE;1.262,23;1.287,73;



NOVIEMBRE;1.262,23;1.287,73;



DICIEMBRE;3.495,04;3.679,27;



TOTAL ANUAL;18.705,20;19.106,53;0,00



;37.811,73;;



GRUPO 4. CATEGORÍA: OFICIAL DE ACTIVIDADES TÉCNICAS Y PROFESIONALES



- Contratado Proyecto AT07-003 'Actuación integral del Plan Específico
para Soria. Puesta en marcha del Centro de Calidad Alimentaria de Soria'.



FUNCIONES:



- Conservación y mantenimiento de instalaciones, edificios y bienes
inmuebles.



- Mantenimiento de equipos e instalaciones en el centro de trabajo.



RETRIB. BRUTAS ENE/2011 A JUN/2013



;2011;2012;2013



ENERO;1.059,70;1.085,20;156,48



FEBRERO;1.266,70;1.085,20;341,34



MARZO;1.059,70;1.085,20;1.085,20



ABRIL;1.059,70;1.050,19;3.576,90



MAYO;1.170,10;1.085,20;184,84



JUNIO;2.223,97;2.164,47;2.525,77



JULIO;1.140,40;1.085,20;



AGOSTO;1.085,20;1.085,20;



SEPTIEMBRE;1.085,20;1.085,20;



OCTUBRE;1.085,20;1.085,20;



NOVIEMBRE;1.085,20;1.085,20;



DICIEMBRE;3.108,77;3.211,94;



TOTAL ANUAL;16.429,84;16.193,40;7.870,53



;40.493,77;;



Madrid, 24 de septiembre de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones
con las Cortes.




Página
846






184/026652



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



En el año 2012 no se registró ningún punto negro en las carreteras
nacionales en la provincia de Soria, no siendo posible informar sobre los
puntos negros de 2013 al no haber finalizado dicho año.



Por otra parte cabe señalar que las definiciones utilizadas por la
Dirección General de Carreteras y por la Dirección General de Tráfico son
diferentes y por tanto sus resultados a nivel nacional, provincial o de
comunidad autónoma también son distintos. Es importante advertir que esta
definición puede diferir de la establecida por otras administraciones que
también realizan tareas de determinación de tramos de concentración de
accidentes, lo que puede implicar que la calificación de un punto o tramo
pueda ser diferente.



Madrid, 28 de agosto de 2013.-El Secretario de Estado de Relaciones con
las Cortes.



184/026653



(184) Pregunta escrita Congreso



Autor: Lavilla Martínez, Félix (GS).



Respuesta:



Se acompaña como la anexo la relación de accidentes de tráfico de sólo
daños materiales localizados en las carreteras nacionales de la provincia
de Soria en el primer semestre del año 2013 (datos provisionales).



ANEXO